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                    <text>MSC Métodos de Solución de Conflictos.
Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

Vol. 03, Núm. 04,
Enero 2023

Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez
Director Editorial
Giovana Patricia Ríos Godínez y
Claudia Ibette Estrada Carreón

Editoras invitadas

�MSC Métodos de Solución de Conflictos Vol. 3, Núm. 4, Enero-Diciembre
2023, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología.
Dirección de la publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P.
66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. revistamsc.uanl.
mx, revistamsc@uanl.mx. Editor responsable: Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez, subdirección de posgrado e investigación de la Facultad
de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm.
04-2022-031517471200-102 ISSN En trámite, ambos otorgados por el
Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y
Criminología Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura del editor de la publicación. Todos los artículos son de creación original del
autor, por lo que esta revista se deslinda de cualquier situación legal
derivada por plagios, copias parciales o totales de otros artículos ya
publicados y la responsabilidad legal recaerá directamente en el autor
del artículo. Se autoriza compartir, copiar y redistribuir el material en
cualquier medio o formato; y de remezclar, transformar y construir a
partir del material, citando siempre la fuente completa.
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0 Internacional.

�Sobre la revista

MSC Métodos de Solución de Conflictos es
una publicación en línea con periodicidad semestral dedicada a difundir resultados de investigaciones sobre negociación, mediación, conciliación, arbitraje, justicia restaurativa, justicia
terapéutica, bienestar y, otras áreas y disciplinas interrelacionadas, afines a los métodos de
solución de conflictos (MSC), desde la óptica
del valor intangible de la paz, con el objetivo de
contribuir al fortalecimiento de una cultura en la
gestión y transformación del conflicto y la ciudadanización de la justicia promoviendo la calidad de vida de las personas y su interrelación
armónica.
Se pretende aportar a la divulgación de conocimiento básico y aplicado en un entorno transdiciplinaria y multidimensional que nos permite
abordar el estudio y la generación de ciencia
nueva desde diversos ámbitos científicos de los
MSC que contribuyen a fortalecer las perspectivas teóricas existentes, los modelos y desarrollos
prácticos y a generar propuestas nuevas a través de la aplicación del conocimiento, la investigación e innovación social.
MSC Métodos de Solución de Conflictos está
dirigida a investigadores, docentes, comunidad
académico-científica internacional y miembros
de la comunidad MSC interesados en el abor-

daje científico, instrumental, holístico y normativo
de la ciencia de los métodos de solución de conflictos que convergen en la gestión y transformación del conflicto, en las diversas relaciones concéntricas y sus incidencias multidimensionales en
el tránsito de relaciones conflictivas a relaciones
armoniosas.
Aportará una visión clara y evolucionista de la
práctica de los MSC, llevando el conocimiento
científico disruptivo de los MSC a la práctica, en
un proceso natural del pensamiento exponencial
a su aplicación cotidiana, observando las necesidades humanas para lograr un proceso armónico de interacción social en razón del bienestar
subjetivo percibido de los individuos.
MSC Métodos de Solución de Conflictos se constituirá en una herramienta fundamental de la
práctica de los MSC y de la investigación científica de los MSC. Tiene como visión convertirse en
una de las más importantes revistas científicas
de acceso abierto en Latinoamérica, ingresar a
los índices científicos más importantes y facilitar con ello el acceso a una plataforma en línea
para la divulgación de investigaciones de alto
impacto que contribuyan a la comprensión de
la gestión del conflicto a través de los diversos
métodos de solución de conflictos en su ejercicio
teórico práctico.

�Historial de la revista

Enfoque y alcance de la revista

La revista MSC Métodos de Solución de Conflic-

MSC Métodos de Solución de Conflictos es

tos surge en el marco de los primeros 10 años de la

una revista electrónica de difusión científica

fundación del Doctorado en Métodos Alternos de

con acceso abierto de publicación semestral

Solución de Conflictos, programa que a la vuelta de

y arbitrada, dirigida a la divulgación de los

esta década se ha consolidado como un programa

diversos métodos de solución de conflicto que

generador de ciencia nueva en el tema de los Mé-

contribuirá al establecimiento de un sistema

todos de Solución de Conflictos, en un programa de

social de gestión y transformación de los con-

reconocida calidad por el PNPC CONACyT en su ni-

flictos, el bienestar social y el bienestar subje-

vel consolidado.

tivo percibido, en el más amplio entendimiento
de una vida digna y respeto de los intereses

La revista surge en razón de la necesidad de difundir

subyacentes de los individuos en sus diversas

el conocimiento y la ciencia nueva generada en este

áreas de influencia y relaciones concéntricas.

programa doctoral, así como el conocimiento influido
en el marco de una escuela de pensamiento de mis-

Se fundamenta en la calidad de la producción

mo nombre, en donde confluye toda una comunidad

científica, con base en la sistematicidad y el

internacional que a lo largo de 10 años ha instituido

rigor, utiliza en su proceso de revisión por pa-

alianzas estratégicas internacionales en América y

res la metodología doble ciego (Double Blind

Europa. Es destacable señalar que la influencia ac-

Review), publica artículos originales resultados

tual del programa doctoral es significativa proveyen-

de proyectos de investigación mixta multidi-

do investigaciones científicas mixtas y una produc-

mensionales y revisiones bibliográficas bajo

ción científica de referencia en el mundo de los MSC

los lineamientos de las normas de publicacio-

y su contribución a la práctica cotidiana de los MSC.

nes de la American Psychological Association
(APA) en su edición más reciente.

En este marco, la revista MSC Métodos de Solución
de Conflictos será un referente y un vínculo de las

Líneas temáticas:

diversas alianzas estratégicas del programa docto-

•

Negociación

ral, surge con la finalidad de materializar la esencia

•

Mediación

de la ciencia de los MSC haciendo realidad el trán-

•

Conciliación

sito de las relaciones conflictivas a relaciones armo-

•

Arbitraje

niosas, en su ámbito científico y practico, proveyendo

•

Justicia restaurativa

de elementos sustantivos a ambos constructos, en

•

Justicia terapéutica

una lógica de flujo circular de la transformación del

•

Valores Intangibles de los MSC

conocimiento práctico a científico y de científico a

•

Bienestar subjetivo percibido

práctico.

•

Disciplinas interrelacionadas

�Equipo Editorial

Director editorial
•
Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez (Universidad Autónoma de Nuevo León)
Coordinador editorial
•
Dr. Paris A. Cabello-Tijerina (Universidad Autónoma de
Nuevo León)
Comité Editorial
Internacional
•
Dr. Manuel Torres Aguilar (Universidad de Córdoba,
España)
•
Dra. Francisca Fariña Rivera (Universidad de Vigo, España)
•
Dr. David Shirk (University of San Diego, EEUU)
•
Dra. Nuria Belloso Martin (Universidad de Burgos, España)
•
Dra. Esther Pillado González (Universidad de Vigo, España)
•
Dra. María Fernanda Vázquez Palma (Universidad de
Talca, Chile)
•
Dr. Adriano da Fonseca Pinto (Universidad Estácio da
Sá, Brasil)
•
Dr. Humberto Dalla Bernardina de Pinho (Universidad
Estácio da Sá, Brasil)
Nacional
•
Dra. Reyna L. Vázquez-Gutiérrez (Universidad Autónoma de Nuevo León)
•
Dr. Arnulfo Sánchez García (Universidad Autónoma de
Nuevo León)
•
Dra. Karla Annett Cynthia Sáenz López (Universidad
Autónoma de Nuevo León)
Comité Científico
Internacional
•
Dr. Enrique Pastor Seller (Universidad de Murcia, España)
•
Dr. Antonio López Peláez (Universidad Nacional de
Educación a Distancia, España)
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Dra. Leticia García Villaluenga (Universidad Complutense de Madrid, España)
•
Dra. Marta Gonzalo Quiroga (Universidad Rey Juan
Carlos I, España)
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Dr. Rafael Mario Iorio Filho (Universidad de Estácio de
Sá, Brasil)
•
Dr. Marcelo Pereira (Universidad La Salle de Río Janeiro, Brasil)
•
Ariane Trevisan Fiori Davidivich (Universidad de Estácio de Sá, Brasil)
Nacional
•
Alfredo Islas Colín (Universidad Juárez Autónoma de
Tabasco, México)
•
Manuel Vidaurri Arechiga (Universidad de la Salle Bajío, México)

Comité Consultivo
Internacional
•
Dr. Carlo Pilia (Universidad de Cagliari, Italia)
•
Dr. Porfirio Bayuelo Schoonewolff (Universidad Simón
Bolívar, Colombia)
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Dra. Gladis Isabel Ruiz-Gómez (Universidad Simón Bolívar, Colombia)
•
Dr. Joan Albert Riera Adrover (Universitat de les Illes
Balears, España)
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Mtra. Rosana Julia Binda (Universidad de Estácio de
Sá, Brasil)
•
Lic. Ivette Rocío Araujo Velásquez (Universidad Gerardo Barrios, Salvador)
•
Dra. Blanca Torrubia Chalmeta (Universitat Oberta de
Catalunya,España)
•
Dra. Verónica López Yagües (Universidad de Alicante,
España)
•
Dr. Teodoro Verdugo Silva (Universidad de Cuenca,
Ecuador)
•
Dr. Ricaurte Soler Mendizábal (Instituto Superior de la
Judicatura, Panamá)
•
Dra. Graciela Curuchelar (Universidad del Salvador,
Argentina)
•
Dra. Graciela Lovence (Universidad de Buenos Aires,
Argentina)
•
Mtra. Rodrigo Zubieta del Paso (Organización de Estados Americanos)
•
Dr. Robert Mckenna Brown (Universidad Virginia Commonwealth, EEUU)
Nacional
•
Dra. Egla Cornelio Landero (Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, México)
•
Dr. José Steele Garza (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dra. Myrna Elia García Barrera (Universidad Autónoma
de Nuevo León, México)
•
Dr. Gabriel de Jesús Gorjón Gómez (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dra. Laura Camarillo Govea (Universidad Autónoma
de Baja California, México)
•
Dr. Enoc Francisco Moran Torres (Universidad de Colima, México)
•
Dra. Brenda Judith Sauceda Villeda (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dra. Jessica Marisol Vera Carrera (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dr. Daniel Alberto Garza de la Vega (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dr. Erick Alberto Durand de Sanjuán (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)

�Editores invitados

Dra. Jéssica Marisol Vera Carrera
Profesora-investigadora de la Universidad Autónoma de Nuevo León
Giovana Patricia Ríos Godínez y Claudia Ibette Estrada Carreón
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente
ITESO

�Contenido

ARTÍCULOS
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y
funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación
Cristina Merino Ortiz

11

La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y
protectora de las emociones
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

33

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

55

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la
resignificación de las relaciones familiares
Enriqueta Benítez López

75

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta
conflictividad familiar en el estado de México
Olga Lidia Sanabria Tellez

95

Mediación familiar a distancia: el uso de la tecnología para garantizar el
acceso a justicia
Patricia Alejandra Veracierto

117

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia
y su búsqueda por la paz social
Yamilet Guadalupe González Ramos

131

�8

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

Presentación

La Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León se
congratula en presentar a la revista MSC Métodos de Solución de Conflictos, un espacio
de encuentro académico donde se entrelazan conocimientos, experiencias, reflexiones y
visiones que contribuyen a generar conocimiento que beneficia a solucionar los conflictos
de la sociedad y generar con ello niveles de bienestar social.
MSC Métodos de Solución de Conflictos surge en el marco de los primeros 10 años de la
fundación del Doctorado en Métodos Alternos de Solución de Conflictos, programa que
a la vuelta de esta década se ha consolidado como un programa generador de ciencia
nueva en el tema de los Métodos de Solución de Conflictos, en un programa de reconocida
calidad por el Programa Nacional de Posgrados de Calidad —PNPC— del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología —CONACyT— en su nivel consolidado.
La investigación de impacto social es una de las estrategias más importantes para la Facultad de Derecho y Criminología, por tal motivo, se impulsó la creación de la revista MSC
Métodos de Solución de Conflictos con el objetivo de reunir expertos en la nueva ciencia
de la mediación que sean promotores y motivadores en la formación de los nuevos investigadores sociales que forma nuestra institución.
Con la creación de las revistas científicas de nuestra facultad, estamos cumpliendo con
nuestro compromiso y responsabilidad social en la pacificación de los conflictos.

Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

�Editorial

La mediación como herramienta de construcción de
paz en espacios familiares
Mediation as a tool for building peace in family spaces

Giovana Patricia Ríos Godínez y Claudia Ibette Estrada Carreón
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente ITESO
Editoras Invitadas
A través de la presente editorial presentamos a la comunidad interesada en la aplicación
de los métodos de solución de conflictos este número 4, el cual busca posicionar a la mediación familiar como una herramienta pacífica de gestión, transformación y solución de
conflictos, en los diferentes tipos de familias.
Las familias (en plural debido a la diversidad en su composición) se construyen a partir de
vínculos afectivos que permiten que existan relaciones de cuidado, de solidaridad y de
apoyo; asimismo, se tejen espacios socioeconómicos y se fomentan y/o deconstruyen roles
de género que enmarcan las formas en que se relacionan los integrantes de estas.
A través de estas páginas las autoras nos invitan a reflexionar sobre la importancia, diversidad y cambios que tiene la mediación familiar en México y en otras partes del mundo. En
el primer capítulo la Dra. Cristina Merino, realiza un abordaje teórico y del marco normativo
de la mediación familiar en España, nos habla de cómo la mediación familiar se ha consolidado en los últimos 20 años, refiere el impacto psicosocial que tiene y la importancia de
la figura mediadora para garantizar un proceso de humanización viable, a través de este
mecanismo pacífico de solución de conflictos.
En un segundo momento abordamos tres capítulos importantes en torno a las emociones
en los conflictos familiares. La Dra. Paredes muestra como la mediación familiar es una herramienta pacífica para solucionar los conflictos entre los integrantes de la familia, realiza
un abordaje teórico de la mediación familiar en diversas partes del mundo, nos refiere la
importancia de los principios y los beneficios de este mecanismo pacífico de solución de
controversias, nos habla de la relevancia que tiene implementar los diferentes modelos

�de mediación familiar y hace énfasis en el perfil de la persona mediadora, quien a través
de las diversas herramientas y habilidades que posee, invita a la paciencia, serenidad,
comprensión, respeto y confianza para generar climas que faciliten la comunicación digna y respetuosa entre las partes, así como también, refiere la importancia que tiene la
mediación familiar en las emociones de los integrantes de la familia. Las doctoras Natalia
Ix-Chel Vázquez y Guillermina Díaz investigadoras de la Universidad Autónoma del Estado
de México presentan un artículo sobre la importancia de las emociones y la perspectiva de
género en las relaciones de pareja. Invitan a la comprensión de las competencias emocionales y a observar cómo se pueden gestionar. Otro artículo es el Benítez que trata sobre
la complejidad de los conflictos familiares ante la escalada de conflictos, teniendo como
resultado ofensas y situaciones dolorosas. El perdón se convierte en una posibilidad de
restitución y de resignificación de las relaciones familiares como una medida previa a un
procedimiento formal.
En los últimos artículos se abordan dos temas de gran interés en las mediaciones familiares,
en primer lugar, la coordinación de la parentalidad como respuesta a la conflictividad familiar y la mediación a distancia como herramienta fundamental ante la dificultad que existe
de acordar reuniones presenciales, sea por distancia, economía o situaciones de salud. La
Dra. Sanabria reconoce la alta conflictividad que viven las niñas, niños y adolescentes en
las disputas familiares, lo cual no es atendido adecuadamente por las propias dinámicas
judiciales o ante los métodos de solución de conflictos. Es la coordinación de parentalidad
donde se debe poner énfasis en el trabajo de las personas mediadoras para que la construcción de parentalidad sea el eje principal en el proceso de la resolución de conflictos
familiares. Veracierto por su parte, nos presenta su experiencia por más de 12 años de innovar en el uso de las tecnologías en los procesos de mediación familiar, haciendo énfasis
en la necesidad de utilizar estas herramientas en contextos de restricción a la movilidad
como ocurrió entre 2020 y 2021 debido a la pandemia de Covid-19.
Cabe mencionar que este número ha buscado específicamente la aportación de mujeres
investigadoras y mediadoras que a través de su conocimiento y de la interdisciplina permitan a las y los lectores observar buenas prácticas y reconocer factores primordiales como
es el género, el interés superior de las niñas, niños y adolescentes, el reconocimiento de
las emociones entre otros, para que las mediaciones familiares se constituyan como herramientas capaces de reconstituir el tejido social desde la base.
Agradecemos al Dr. Paris A. Cabello-Tijerina y el Dr. Francisco Gorjón por su acompañamiento en el proceso de coordinación de este número.

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

Marco de la mediación familiar en España
Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque
adaptativo en mediación
Framework of family mediation in Spain
Conflict typology and mediation functions from an adaptive approach in
mediation
Recibido: 29-09-2022
Cristina Merino Ortiz*

| Aceptado: 29-11-2022
*https://orcid.org/0000-0003-1339-8751
Universidad del País Vasco y Universidad de Deusto (País
Vasco, España)

Resumen
El presente artículo trata sobre la Mediación Familiar en España, la cual se ha venido desarrollando
significativamente en las dos últimas décadas. La evolución de la demanda social de mediación ha
generado que los procesos surjan tanto en contextos intrajudiciales como extrajudiciales, pudiendo
ser éstos últimos a su vez tanto prejudiciales como postjudiciales.
La diversidad de conflictos familiares, así como el carácter relacional de dichos conflictos requiere
un abordaje psicosocial, en un contexto de comunicación directa tal como ofrece el proceso de
mediación.
Se analizará la figura mediadora, en cuanto a sus características y las funciones que desarrolla en
el proceso de mediación para garantizar dar respuestas adaptativas a la diversidad de conflictos y
modelos de relaciones familiares que nos encontramos en la actualidad.
Palabras clave: mediación; gestión conflictos familiares; funciones mediadoras; enfoque adaptativo.

Abstract
This article is about Family Mediation in Spain, which has been developing significantly in the last
two decades. The evolution of the social demand for mediation has generated that the processes

Cómo citar
Merino Ortiz, C. Marco de la Mediación Familiar en España: Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde
un enfoque adaptativo en mediación. MSC Métodos De
Solución De Conflictos, 3(4). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.php/m/article/view/44

�12

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

arise both in intrajudicial and extrajudicial contexts, the latter being able to be both prejudicial and
postjudicial.
The diversity of family conflicts, as well as the relational nature of these conflicts, requires a psychosocial approach, in a context of direct communication such as mediation process offers.
The mediator as a professional will be analyzed, in terms of his/her characteristics and roles it unfolds in a mediation process to guarantee adaptive responses to the diversity of conflicts and models
of family relationships we find today.
Keywords: mediation, family conflicts, mediation skills, adaptative answers.

1. INTRODUCCIÓN
Los métodos de resolución de conflictos han
variado en función del desarrollo de las sociedades. Hasta décadas recientes, cuando se hablaba de métodos de gestión o de
transformación de conflictos interpersonales, se hacía referencia a los procesos de
negociación, quizá por su mayor presencia
dentro del ámbito de las relaciones sociales
formales. De hecho, cuando surge una disparidad de intereses entre dos o más personas y existe la voluntad (o necesidad) de llegar a un acuerdo, implícita o explícitamente,
se abre una negociación. Este proceso se ha
presentado a lo largo del tiempo de formas
muy variadas. Cada civilización ha prestado
una atención particular a su espíritu y a sus
métodos.
En las relaciones diarias, bien en el ámbito
familiar, profesional o social, es habitual encontrarse realizando funciones mediadoras
con el fin de ayudar a manejar disputas. El
carácter espontáneo e informal de estas intervenciones lleva a que sean consideradas

propias de la interacción y comunicación
humana. En ocasiones, esta labor se acerca
a la mediación de conflictos hasta el punto
de que, tal y como expresa Kolb (1986, p. 13),
“la mediación tal vez no sea la profesión más
antigua del mundo, pero poco le faltará, sin
duda”. A nivel informal, según esta autora, ya
desde la antigüedad, cuando surgía un litigio
entre grupos sociales o individuos siempre
solía aparecer una tercera persona “consejera” que intentaba establecer la paz.
En la experiencia europea de Derecho Comparado -principalmente entre los procesos
alternativos de resolución de conflictos que
se han implantado en países como Inglaterra, Francia o Alemania, entre otros- han
llegado a concluir que en los procesos de
familia familiares “es preciso dar a las partes una oportunidad para convenir los términos de lo que está ocurriendo en sus vidas,
reflexionando sobre el futuro de la familia, y
renegociando su marco de relaciones” (informe previo a la reforma de The Divorce
Reform Act de 1990 de la Comisión Legal del
Parlamento Británico).

Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

En la actualidad europea, la mediación
se ha extendido en la mayor parte de los
países con diversa regulación y desarrollo,
atendiendo a su naturaleza y ámbito de actuación. En cuanto a su ubicación institucional, la mediación familiar está implantándose con éxito en la mayoría de los países
europeos, con diversas variantes en función
de su naturaleza y ámbito de aplicación. En
algunas experiencias, la mediación familiar
se integra tanto en los servicios sociales,
como en la Administración de Justicia, como
una forma de hacer Justicia, al ser procedimientos que se inscriben en el contexto de
la mejora de acceso a la justicia, favoreciendo su modernización y eficacia. En este
sentido se manifestó la Recomendación
(86) 12 del Comité de Ministros del Consejo
de Europa a los Estados miembros sobre las
medidas para prevenir y reducir la carga
de trabajo excesiva en los Tribunales. Por
tanto, en el marco del Consejo de Europa,
esta Recomendación ya imponía a la judicatura, como una de las tareas principales,
la búsqueda de un acuerdo amigable entre
las partes, en todos los asuntos que se les
planteen, al inicio del proceso, o en cualquier fase apropiada del mismo. Asimismo,
la Recomendación (98) 1, adoptada por el
Comité de Ministros el 21 de enero de 1998,
instaba a los Estados miembros a instituir y
promover la mediación familiar o, si fuera el
caso, a reforzar y profundizar la regulación
existente.
A pesar de la evolución social y los cambios
legislativos de las dos últimas décadas, la
familia continúa siendo una institución que
implica, salvo en ocasiones, un pacto de
convivencia y satisface necesidades básicas

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

13

de la persona. Teniendo en cuenta la diversidad de modelos de familia, así como las
necesidades que cubre cualquiera de ellos,
implican múltiples interacciones que experimentan crisis y conflictos, considerándose
éstos inherentes a las relaciones humanas.
Por todo ello, resulta de especial importancia para la sociedad el funcionamiento y la
salud de la familia, tanto en las situaciones
de pretendida normalidad como en aquellas
otras en las que la crisis de convivencia intrafamiliar o de pareja propicia una ruptura
en la relación, conflictos intergeneracionales y su consiguiente adaptación y transformación familiar.
II. MARCO NORMATIVO DE LA
MEDIACIÓN FAMILIAR EN ESPAÑA
El marco legislativo de la Mediación Familiar tiene su origen en las Recomendaciones
y Directivas del Consejo de Europa y de la
Unión Europea en la medida que son de aplicación a los Estados miembros, con especial
atención a sus principios, fundamentalmente enumerados y dotados de contenido en
la Recomendación (98)1, del Comité de Ministros a los Estados Miembros del Consejo
de Europa sobre la Mediación Familiar. En
el marco normativo español, el reconocimiento que otorga la Constitución Española
a una serie de derechos fundamentales son
los que permiten que la mediación sea un
proceso aceptado y promovido. Se procede, posteriormente, a la identificación de las
posibilidades que reconoce el Derecho Civil
en lo concerniente a los conflictos familiares,
tanto en lo relativo a la ruptura de pareja
como a aspectos derivados de las propias
relaciones familiares (relación con hijos e hiCristina Merino Ortiz

�14

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

jas, de abuelos/abuelas con nietos y nietas, la mediación un lugar donde comunicarse,
relación de dependencia…).
reflexionar y concretar en qué términos se va
a desarrollar tal relación. Por tanto, esta ley
La normativa española ofrece una diversi- tiene dos objetivos, siendo ambos compatidad de leyes que, sin hacer una referencia bles con el espíritu de la mediación:
expresa a la mediación, regulan una serie • El reconocimiento del derecho de visitas
de relaciones familiares que en situaciones
específicamente para la relación entre
de conflicto pueden ser abordadas medianabuelos, abuelas y nietos y nietas, tanto
te procesos de mediación. Por orden croen caso de ruptura familiar, como en el
nológico, se han identificado las siguientes
caso de conflictividad en las relaciones
referencias legislativas que favorecen el deintergeneracionales.
sarrollo de la mediación ante la diversidad • La atribución a estas abuelas y abuelos
de conflictos familiares (MERINO, MORCIde un papel relevante en el caso de deLLO, 2011):
jación de las obligaciones derivadas del
rol de madre y padre.
Ley 42/2003, de 21 de noviembre, de
modificación del Código Civil y de la Con el ánimo de lograr cualquiera de los
Ley de Enjuiciamiento Civil en materia dos objetivos, la mediación favorece el esde relaciones familiares de los nietos pacio y el proceso que minimice los efectos
con los abuelos.
negativos y traumáticos de una situación de
crisis de pareja o de dificultad en la relación
Esta ley reconoce que son las abuelas y familiar.
abuelos quienes pueden desempeñar un • Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se
papel crucial para la estabilidad del menor,
modifica el Código Civil en materia de
en la medida que se mantengan ajenos a
derecho a contraer matrimonio.
las situaciones de ruptura de pareja o matrimonial. En este sentido, la ley les atribu- La regulación del matrimonio en el Derecho
ye una autoridad moral y una distancia con Civil contemporáneo ha reflejado los moderespecto a los problemas de la pareja que los y valores dominantes en las sociedades
puede ayudar a nietas y nietos a sobrelle- europeas y occidentales. Teniendo estos cóvar situaciones de conflicto familiar, favore- digos su origen en el Código Civil francés
ciendo en este sentido su estabilidad y su de 1804, en ese momento no precisaban
desarrollo. Es en estas situaciones donde la referirse al matrimonio entre personas del
mediación encuentra un campo de actua- mismo sexo. La sociedad evoluciona y pación de gran interés, al ofrecer un espacio ralelamente los modelos de convivencia se
en el que gestionar situaciones de hostili- diversifican, siendo la realidad social mucho
dad o enfrentamiento entre padres y ma- más rica, plural y dinámica que la sociedad
dres que se convierten en yernos o nueras. en la que surge el Código Civil español de
Todas estas personas están interesadas en 1889. Es en esta ley 13/2005 en la que se reel bienestar de esos hijos e hijas y buscan en conoce la convivencia entre personas del
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

mismo sexo, su derecho a contraer matrimonio y, consiguientemente, a interrumpirlo o
ponerle fin. Con lo cual, se les atribuye el derecho a acudir a mediación en caso de que
se considere un proceso adecuado para la
gestión de sus conflictos interpersonales.
• Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y la
atención a las personas en situación de
dependencia.

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Científica y Práctica en MSC

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personas cada vez más amplio. A esta
realidad, derivada del envejecimiento,
debe añadirse la dependencia por
razones de enfermedad y otras causas de
discapacidad o limitación. Hasta ahora, han
sido las familias, y en especial, las mujeres,
las que tradicionalmente han asumido el
cuidado de las personas dependientes,
constituyendo lo que ha dado en llamarse el
«apoyo informal». Sin duda, esta realidad
social genera conflictos familiares, desde
el momento en que hay una necesidad de
dar respuesta económica, de colaboración
en la asistencia, de dedicación de tiempo y
en ocasiones, de expresión de afecto; todas
ellas cuestiones de difícil abordaje en el
procedimiento judicial y, por ello, se buscan
espacios de diálogo donde tratar temas de
familia con la propia familia.
• Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.

En esta norma se presta atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal, constituyendo uno de los principales retos de la
política social de los países desarrollados.
El reto es, precisamente, atender las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, requieren apoyos para desarrollar
las actividades esenciales de la vida diaria,
alcanzar una mayor autonomía personal y
poder ejercer plenamente sus derechos de
ciudadanía.
La Ley orgánica 3/2007 incorpora al ordenamiento español dos directivas en mateEl reconocimiento de los derechos de las ria de igualdad de trato, la 2002/73/CE, de
personas en situación de dependencia ha reforma de la Directiva 76/207/CEE, relativa
sido puesto de relieve por numerosos doc- a la aplicación del principio de igualdad de
umentos y decisiones de organizaciones in- trato entre hombres y mujeres en lo que se
ternacionales, como la Organización Mun- refiere al acceso al empleo, a la formación y
dial de la Salud, el Consejo de Europa y la a la promoción profesionales, y a las condiUnión Europea. Tal como expresa esta ley, ciones de trabajo; y la Directiva 2004/113/
la sociedad está viviendo el “envejecimien- CE, sobre aplicación del principio de igualto del envejecimiento», es decir, el aumento dad de trato entre hombres y mujeres en el
del colectivo de población con edad acceso a bienes y servicios y su suministro.
superior a 80 años, que se ha duplicado La mayor novedad de esta Ley radica, en
en sólo veinte años. Estas cuestiones la prevención de esas conductas discrimiconforman una nueva realidad que conlleva natorias y en la previsión de políticas actiproblemas de dependencia en las últimas vas para hacer efectivo el principio de igetapas de la vida para un colectivo de ualdad. Tal opción implica necesariamente
Cristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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una proyección del principio de igualdad
sobre los diversos ámbitos del ordenamiento jurídico, de la realidad social y, sin duda,
de todos aquellos procesos que faciliten la
gestión de conflictos y la toma de decisiones
también en el ámbito familiar.
Tal como recoge la propia Ley orgánica
3/2007 en su Exposición de motivos, “el logro de la igualdad real y efectiva en nuestra
sociedad requiere no sólo del compromiso
de los sujetos públicos, sino también de su
promoción decidida en la órbita de las relaciones entre particulares”. Precisamente, es
en esas relaciones interpersonales y en los
posibles conflictos que surjan donde tiene
cabida la mediación.
• Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación
en Asuntos Civiles y Mercantiles
En materia específica de mediación, la
Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en
Asuntos Civiles y Mercantiles, que incorporó al ordenamiento español la Directiva
2008/52/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, así como el Real Decreto
980/2013, de 13 de diciembre, por el que se
desarrollan determinados aspectos de la
Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en
asuntos civiles y mercantiles, nacieron con
la vocación decidida de asentar en nuestro país la mediación como instrumento de
autocomposición eficaz de controversias
surgidas entre sujetos de Derecho privado
en el ámbito de sus relaciones de derecho
disponible. Sin embargo, aún queda camino
por andar.

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En diciembre de 2018, se aprobó el Anteproyecto de Ley para el Impulso a la Mediación. Tal como expresa en su Exposición
de motivos, las modificaciones propuestas
responden al deseo de impulsar el uso de
la mediación para la resolución de los conflictos, de manera que se opta por superar
el vigente modelo de mediación basado en
el carácter exclusivamente voluntario de la
misma, por otro comúnmente denominado
de “obligatoriedad mitigada”, que configura como obligación de las partes un intento
de mediación previa a la interposición de
determinadas demandas (las materias concretas donde se establece esta obligación
se recogen en la Ley 5/2012, de 6 de julio),
o bien cuando el tribunal en el seno de un
proceso considere conveniente que las partes acudan a esta figura. En ambos casos, la
finalidad es la de lograr una solución más
ágil y efectiva.
La mediación se configura tanto a nivel extrajudicial como intrajudicial. Tal como describe SUBIJANA ZUNZUNEGUI (2017), la
mediación familiar puede ser prejudicial y,
en tal caso, actúa como un sistema de composición de conflictos alternativo al judicial;
así como puede ser intrajudicial y, en ese
caso, constituye un sistema alternativo al adversarial. En relación con la mediación extrajudicial, o previa a la interposición de la
demanda, se trata de que en determinadas
materias y procesos se haga preciso que
las partes reciban de la persona mediadora
una información clara y precisa de la naturaleza de la mediación, de la estructura del
procedimiento y de los beneficios frente a la
vía judicial. Es decir, amplía el concepto de
simple sesión informativa y añade una pro-

Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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puesta más cercana al análisis del conflicto de la ley de modernización de la Justicia.
denominándola “sesión exploratoria”.
Mediante esta medida Francia refleja su
interés de impulsar la mediación a nivel faLa obligatoriedad mitigada se constituye miliar desarrollando un protocolo que encomo un presupuesto procesal necesa- tró en vigor el 1 de septiembre de 2018 y se
rio para acceder a la vía judicial, pero no mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2019.
supone una obligación de someterse a todo Anteriormente, Francia aprobó en marzo de
un proceso de mediación o de consensuar un 2015 el Decreto sobre la simplificación del
acuerdo que ponga fin al litigio. Esa opción procedimiento civil en la comunicación elecsería contraria al espíritu de la mediación y trónica y la resolución amistosa de conflical principio de voluntariedad. Además, esta tos, mediante el que se modifica el artículo
obligación no afecta al derecho a la tutela 56 del Código Civil francés para obligar al
judicial efectiva, pues se configura como un demandante a acreditar los esfuerzos de
trámite de carácter previo. Queda en todo acudir a un procedimiento de mediación ancaso garantizado el acceso a la vía judicial, tes de la presentación de la demanda bajo
si no se llegara a acordar el inicio de la me- sanción de nulidad en el caso de no hacerlo.
diación, de forma que los tribunales sólo se En la actualidad, sin duda, el paradigma de
ocupen de aquellos conflictos que no hayan la sentencia judicial como único modo de
podido ser solucionados de otra forma.
resolver conflictos ya no existe. La jurisdicción no sirve para todo, solo sirve cuando
En cuanto a la mediación intrajudicial, la el conflicto es de naturaleza jurídica y como
misma tendrá lugar cuando el tribunal, una bien conocemos desde la Teoría del Conflicvez analizado el caso, se encuentre en to, el epicentro de los conflictos está en la
condiciones de conocer el sustrato del litigio relación, donde el poder, la identidad y las
y de su carácter mediable y siempre que no emociones condicionarán su evolución. Por
se hubiera intentado con carácter previo al ello, en los conflictos interpersonales (como
proceso.
son los del ámbito familiar) dar la oportunidad a las personas a que reflexionen sobre
Avanzando en esta misma línea, la media- ello es una manera de impartir Justicia.
ción en la última década ha experimentado
un gran salto, ya no es únicamente una al- El debate está abierto entre promover la
ternativa al sistema judicial, sino que es una obligatoriedad de la mediación (o la obligforma de hacer justicia (Prólogo de Merino atoriedad mitigada tal como propone el Anen Ruiz, 2019). En fecha 11 de Julio de 2017, teproyecto para el Impulso a la Mediación)
Francia anunciaba en el semanario Le Re- o continuar priorizando la autonomía de la
publican que en el Tribunal de Primera In- voluntad de las partes, incluso para acudir
stancia de Evry (partido judicial próximo a a la sesión informativa. La alerta surge ante
París) se ponía en marcha un programa pilo- el temor de que las experiencias de medito para el desarrollo de métodos extrajudi- ación obligatoria impuesta por ley en Italia
ciales de resolución de conflictos al amparo y Argentina puedan tener un efecto perverCristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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so, que es el de convertir la mediación en un
trámite burocrático, incluso llegando a desprestigiar la mediación, más que a fomentarla.
Más recientemente, en el marco normativo
español en materia de mediación, es significativa la aprobación del Anteproyecto de
Ley de Medidas de Eficiencia Procesal
del Servicio Público de Justicia, que se
aprobó el 15 de diciembre del 2020 y aún
está por desarrollar. En lo relativo a la mediación, introduce el término MASC (Medios
Adecuados a la Solución de Controversias)
e incide de forma directa en la normativa
para la utilización de estos MASC entre los
que se incluye la mediación. El documento
se refiere constantemente a métodos “adecuados”, superando ya el calificativo de
“alternativos”. Entre los aspectos que destacan, pretende recuperar la capacidad
de negociación, comunicación y diálogo de
las partes en cuestión, en detrimento de la
dinámica de confrontación, intolerancia y
crispación que habitualmente invaden las
relaciones en el ámbito judicial.
El desarrollo de este Anteproyecto será clave
en la evolución de la mediación en lo que
se refiere a su relación con el procedimiento
judicial, tanto en un momento prejudicial, intrajudicial o postjudicial.
III. ÁMBITO DE APLICACIÓN:
TIPOLOGÍA DE CONFLICTOS EN EL
ÁMBITO FAMILIAR

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europea 2008/52/CE que se limitaba a establecer unas normas mínimas para fomentar la mediación de los litigios transfronterizos en asuntos civiles y mercantiles. La
norma contiene un régimen general, permitiendo un proceso de mediación en materias
que son competencia exclusiva del Estado,
en el respeto a las previsiones europeas,
al igual que a cualquier tipo de normativa
que dicten las Comunidades Autónomas en
el ejercicio de sus competencias. Por tanto,
la mediación se aplicará a todos los conflictos que surjan dentro de una relación civil o
mercantil, siempre y cuando las partes puedan disponer libremente de su objeto.
Los primeros asuntos civiles que se pueden
entender incluidos, por analogía con las leyes de mediación autonómicas, son los conflictos familiares, cuya normativa en gran
medida es de ius cogens dado que el interés
público es inherente a su objeto procesal,
pero donde se permite un amplio margen a
la autonomía de la voluntad en todas aquellas materias disponibles para las partes
como alimentos, guarda y custodia de menores e incapacitados, derecho de visitas
…Y en las cuales, la experiencia acumulada
desde hace más de dos décadas en algunas
comunidades autónomas, nos permite conformar el siguiente listado (MERINO ORTIZ,
LASHERAS HERRERO, 2013) :
Conflictos originados a partir de la ruptura de pareja:

En esta categoría se incluyen tanto los conEl artículo 2 de la Ley 5/2012 de Mediación flictos originados en un momento inmediaen Asuntos Civiles y Mercantiles amplía no- tamente anterior a la ruptura, como en los
tablemente las previsiones de la Directiva momentos en los que la misma se está produMarco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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ciendo, así como en cualquier etapa posterior
a la misma. Estas situaciones tienen su correspondencia con los conceptos de mediación
intrajudicial y extrajudicial (prejudicial y postjudicial). Es decir, un proceso de mediación
puede iniciarse en un momento previo a tomar contacto con la vía judicial o posterior a
la finalización del procedimiento, en ambos
casos se trata de un procedimiento extrajudicial. Sin embargo, cuando se ha interpuesto
una demanda de separación, divorcio, solicitud de custodia o modificación de las medidas, sus protagonistas pueden ser remitidas
a un proceso de mediación por derivación judicial (tal como propone el Anteproyecto de
Ley para el Impulso a la Mediación).
Por tanto, independientemente de que el acceso a la mediación sea de modo directo y
voluntario o bien sea por derivación judicial,
los temas a tratar en el proceso serán aquellos que según la legislación sean materia
disponible. En sentido positivo, es posible
gestionar desde el proceso de mediación
los siguientes aspectos:
• El modo de organizar la atención de hijos e hijas menores de edad. Se trata del
concepto de la guarda y custodia y sus
tipos.
• Tiempos de convivencia para el padre
o madre que no ejerza la custodia. Corresponde con el concepto jurídico de
régimen de visitas, en cuanto a periodos
ordinarios y vacacionales.
• Pensiones alimenticias para los hijos e hijas.
• Atribución del uso de la vivienda familiar
y ajuar.
• Pensión compensatoria, en su caso.
• Cualquier aspecto relacionado con pau-

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tas educativas, convivenciales, de atención de los hijos e hijas, susceptibles de
ser abordadas desde la mediación.
Hasta hace una década, la ruptura de pareja hacía referencia a matrimonios o uniones
de hecho heterosexuales. En la actualidad,
desde el reconocimiento legal de las uniones de hecho y matrimonios entre personas
del mismo sexo, se ha ampliado la intervención a rupturas de parejas de personas del
mismo sexo.
Conflictos originados en la relación intergeneracional
Si bien, literalmente, la mediación intergeneracional, supone la gestión de conflictos
entre personas de dos generaciones, lo que
puede ubicarse tanto en los problemas con
hijos e hijas menores de edad, como entre
personas adultas y sus respectivos progenitores, en este apartado se ha optado por
centrarlo en los problemas con hijos e hijas,
bien sean menores o mayores de edad, dejando los conflictos con personas mayores
para el siguiente apartado.
Las particularidades de la mediación ante
este tipo de conflictos se manifiestan en la
necesaria adaptación del proceso al nivel
de desarrollo intelectual y de comunicación
de todas las personas implicadas en el conflicto. Por tanto, los modelos de mediación
tienden a utilizar un estilo transformativo,
terapéutico o narrativo, dejando a un lado
las intervenciones finalistas y enfocadas únicamente al acuerdo. El estilo de quien dirige la mediación se centra especialmente en
generar la confianza que todas las partes
Cristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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requieren, prestando especial atención a la
participación de la adolescencia mediante
técnicas que favorezcan el reconocimiento y
el respeto en un espacio más propio de personas adultas.
Entre los conflictos habituales en la relación
intergeneracional padres/madres e hijos/hijas se identifican las siguientes situaciones:
• Reglas, objetivos y expectativas relativas
a la conducta y actividades de los hijos
e hijas.
• Estructura, disciplina, incentivos y consecuencias.
• Asuntos de identidad.
• Problemas de conducta en el centro escolar o en otros escenarios.
• Adicciones tanto a sustancias (drogas,
alcohol) como a las no sustancias (tecnología, consumo, juego).
• Situaciones de maltrato, abandono o negligencia por parte del padre o madre.
• Diferencias sobre amistades y actividades.
• Situaciones relacionadas con la Administración de Justicia.
• Toma de decisiones.
• La salida de los hijos e hijas de casa.
• Asuntos médicos, como embarazos tempranos, exposición a enfermedades de
transmisión sexual, resistencia a tratamiento médico, intentos suicidas o comportamientos autolíticos.

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al nacer y un incremento de la población
española que supera la barrera de los 65
años, pone de manifiesto cómo la vejez ha
dejado de ser una experiencia de una minoría para llegar a cifras dignas de tener en
cuenta. La mediación, como forma pacífica
de gestión y transformación de conflictos, se
presenta como una herramienta que permitirá a las familias y a sus mayores hacer frente
a sus problemas de una manera constructiva y dialogante donde todas las partes tengan su reconocimiento. El objetivo es crear
un ambiente óptimo para la comunicación
productiva, donde se genere un clima de
confianza que permita maximizar la capacidad de cualquiera de las personas afectadas para participar de manera efectiva. En
la mediación todas las personas afectadas
por el conflicto tendrán la oportunidad de
ser escuchadas, posibilitando un mejor entendimiento entre ellas.
La mediación ofrece un proceso adaptable
para el abordaje de situaciones relacionadas con la atención y cuidado de personas
ancianas, incapacitadas o con enfermedades crónicas. Estos procesos tienen su fundamento en los principios de la mediación
familiar y en una conciencia social y legislativa sobre las necesidades de las personas
mayores y de la protección de sus derechos.

Tal como se ha concluido desde la intervención directa y la investigación, la mediación
Conflictos originados con personas mafamiliar es un proceso adecuado en la meyores y dependientes
dida que preserva y defiende la capacidad
de la persona mayor para tomar decisiones
El acelerado envejecimiento de la población sobre su vida, derecho que únicamente se
que se está viviendo en la sociedad actual, verá afectado cuando existe un deterioro
marcado por una mayor esperanza de vida cognitivo grave que se lo impida. En tales
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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ocasiones, se plantea la posibilidad que
una persona cercana a la familia y de confianza de la persona anciana, actúe en la
mediación representándole en sus intereses.
Asimismo, también permite que todas las
partes integrantes de la familia afectadas
por el problema puedan participar, ser escuchadas y que expresen sus inquietudes y
sus objetivos. Entre todas intentarán conseguir un acuerdo consensuado y que la relación familiar no se sienta afectada, siendo
ésta uno de los principales soportes afectivos para las personas mayores.
Con relación a conflictos con personas dependientes o lo que se ha denominado hasta la fecha “incapacitadas judicialmente”,
recientemente, durante el año 2021, se ha
aprobado la Ley 8/2021 de 2 de junio, por la
que se reforma la legislación civil y procesal
para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
El texto legal plantea un cambio de paradigma en relación a las personas con discapacidad, en el sentido de que convierte
lo que antes implicaba el concepto de “incapacitar judicialmente” en un proceso en
el que se encuentra en un primer plano las
voluntades, deseos y preferencias de estas
personas con discapacidad, ofreciéndoles
apoyos para que puedan ejercitar todos sus
derechos.
En este sentido, desde una mirada mediadora, cabría la posibilidad de atender a familias en este proceso de facilitar la escucha
y toma de decisiones teniendo en cuenta las
voluntades, deseos y preferencias de estas
personas. La nueva normativa empodera a
las personas con discapacidad, dado que

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son ellas mismas las encargadas de tomar
las decisiones que hasta ahora han tomado
por ellos/as, pudiéndose ocasionar situaciones conflictivas dentro de la familia, situaciones que se podrían intervenir en mediación.
Para ello, la mediación como proceso flexible se puede adaptar a las necesidades de
estas personas en cuanto a la capacidad de
lectura de documentos o de comprensión,
así como a participar con las personas de
la familia que representen sus necesidades.
Conflictos generados en situaciones de
desprotección de menores
El planteamiento de la mediación en situaciones de protección de menores supone
asomarse a uno de los procedimientos legales más complejos del ordenamiento jurídico
español. Si bien, por el tipo de conflicto relacional que implica, la vía judicial no garantiza que la resolución conlleve el bienestar de
los menores y sus familias, a su vez se trata
de un proceso de naturaleza mixta e inquisitiva, en el que el adversario de la familia es
el propio Estado. Por ello, la mediación en
asuntos de protección de menores no incluye
la discusión sobre las actuaciones realizadas por el Estado, por ser de interés público
y en la que entran derechos fundamentales
que deben de dilucidarse mediante el proceso judicial tradicional. Los procesos de
mediación en situaciones de desprotección
se orientan a la elaboración de los planes
que favorezcan la organización familiar en
el momento de la reunificación, excluyendo
de la mediación los aspectos relacionados
con la legalidad de la intervención del Estado o la situación de maltrato o abandono
como tal.
Cristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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En la trayectoria de la mediación familiar en España las situaciones de acogimiento y adopción se han incluido en las últimas regulaciones autonómicas. Incluso, en la práctica, antes
de haber sido reconocidas como posibles ámbitos de intervención ya se venían aplicando
procesos de mediación a estas situaciones, tal
es el caso del País Vasco con anterioridad a
la aprobación de la Ley Vasca de Mediación
Familiar 1/2008, de 8 de febrero.
Del mismo modo que se ha analizado en las
situaciones de desprotección de menores,
la adopción es una institución de interés público, que únicamente puede ser concedida
mediante un proceso judicial que garantice
la protección de los derechos de todas las
partes implicadas. Aun así, hay una serie de
situaciones que pueden ser gestionadas mediante un proceso de mediación tales como:
relaciones entre familia biológica y adoptante, aspectos relacionales del niño con la
familia adoptiva, facilitación del encuentro
con el hijo o hija adoptada con su familia de
origen, así como cualquier aspecto relacional o material que las partes consideren.
Conflictos en situaciones transfronterizas

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internacionales, entre los cuales se encuentran cuestiones relativas a alimentos, custodia y relaciones paterno/materno filiales,
relocalización y sustracción ilegal de menores. La Recomendación (98) 1 del Comité de Ministros de los Estados Miembros del
Consejo de Europa sobre la Mediación Familiar, reconociendo la internacionalización
de las relaciones familiares y los problemas
propios de este fenómeno, indica en su Sec.
VII a, que “los Estados deberían, si procede,
contemplar la posibilidad de establecer mecanismos de mediación en los casos en los
que intervenga un elemento de extranjería,
sobre todo en las cuestiones relativas a los
niños en particular cuando se trata de la tutela o del régimen de visitas de padres que
viven o piensan vivir en Estados diferentes”.
Por último, respecto a la atención de los problemas relativos a la sustracción internacional de menores, se presentó en el 2006, en
la V Reunión de la Comisión Especial sobre el
funcionamiento del Convenio de La Haya de
25 de octubre de 1980, un documento titulado Notas para el Desarrollo de la Mediación, Conciliación y Medios Similares para
Facilitar Soluciones Acordadas en Disputas
Familiares Transfronterizas Relativas a Menores. En la actualidad, en diversas regiones
se han desarrollado proyectos de mediación
o de otras intervenciones no judiciales para
atender situaciones transfronterizas y/o de
sustracción ilegal de menores.

La movilidad geográfica de las personas por
motivos profesionales, junto con el desarrollo de la tecnología y formas de comunicación, ha facilitado las relaciones de pareja
entre personas de diferente nacionalidad, o
de la misma, con residencias en países, in- Entre la casuística para la Mediación Famicluso continentes, diferentes.
liar, el magistrado ORTUÑO MUÑOZ (2018)
añade a las situaciones ya contempladas
Esta realidad social ha generado la regula- las siguientes: disolución de comunidades
ción internacional de los conflictos familiares de bienes y liquidación de los patrimonios
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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comunes; administración de bienes hereditarios, interpretación de cláusulas testamentarias, formación de inventarios y adjudicación de bienes en sucesiones testadas
o intestadas; así como problemáticas entre
socios de empresas o negocios familiares.
El ya citado Anteproyecto de Ley para el
Impulso a la Mediación identifica una serie
de materias susceptibles de mediación obligatoria. A los efectos de dicha ley (a fecha
actual aún Anteproyecto), se entenderá por
intento de mediación, al menos, la celebración ante la persona mediadora de una sesión informativa y una sesión exploratoria,
que podrán haberse celebrado en un único
acto, y haberse efectuado dentro de los seis
meses anteriores a la presentación de la demanda. A dicha sesión habrán de asistir las
partes, personalmente si se trata de personas físicas, y el representante legal o persona con poder para transigir, si se trata de
personas jurídicas. Las materias susceptibles
de mediación obligatoria serán, con carácter previo al inicio de un proceso declarativo, en los siguientes casos que superan el
ámbito propiamente familiar:
a) Medidas que se adopten con ocasión de la declaración de nulidad del
matrimonio, separación, divorcio o las
relativas a la guarda y custodia de los
hijos menores o alimentos reclamados
por un progenitor contra el otro en
nombre de los hijos menores, así como
aquellas que pretendan la modificación de las medidas adoptadas con
anterioridad.
b) Responsabilidad por negligencia
profesional.
c) Sucesiones.

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d) División judicial de patrimonios.
e) Conflictos entre socios y/o con los
órganos de administración de las sociedades mercantiles.
f) Reclamaciones en materia de responsabilidad extracontractual que no
traigan causa de un hecho de la circulación.
g) Alimentos entre parientes.
h) Propiedad horizontal y comunidades
de bienes.
i) Derechos reales sobre cosa ajena.
j) Contratos de distribución, agencia,
franquicia, suministro de bienes y servicios siempre que hayan sido objeto
de negociación individual.
k) Reclamaciones de cantidad inferiores a 2.000 euros entre personas físicas
cuando no traigan causa de un acto de
consumo.
l) Defectos constructivos derivados de
un contrato de arrendamiento de obra.
m) Protección de los derechos al honor,
intimidad o la propia imagen.
n) Procesos arrendaticios que hayan
de ventilarse por los cauces del juicio
ordinario (Anteproyecto de Ley para
el Impulso de la Mediación, diciembre
2018).
IV. LA MEDIACIÓN FAMILIAR COMO
PROCESO ADAPTATIVO PARA LA
INTERVENCIÓN EN CONFLICTOS:
PRINCIPIOS INSPIRADORES
La Mediación Familiar es un tipo de mediación que tiene diferencias significativas con
relación al proceso de mediación en otros
ámbitos. Al mismo tiempo las estructuras familiares se han transformado desde la heCristina Merino Ortiz

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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gemonía de la familia tradicional hacia la
diversidad representada por las denominadas nuevas formas familiares. A pesar de
llamarse nuevas formas, ya existían en otras
sociedades desde hace tiempo. El catálogo
básico de nuevas formas familiares en España incluye: familias monoparentales, familias compuestas y parejas de hecho (RUIZ
BECERRIL, 2004). Lo que nos interesa es la
diversidad de conflictos que implican dichas
formas, ya que la intervención desde la mediación o desde el procedimiento judicial
solo es posible si partimos del conocimiento
de su realidad social y somos capaces de
dar respuestas adaptadas. En opinión de
RUIZ BECERRIL (2004), las nuevas familias
se han instaurado en la sociedad para consolidarse. Es decir, no nos puede llevar a un
pensamiento de crisis de la familia sino de
su fortalecimiento. Precisamente, el proceso
experimentado es una adaptación a la diversidad presente en las sociedades contemporáneas y toda adaptación es una manifestación de supervivencia.

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(1984), en el contexto de la separación y/o
divorcio, que definen la mediación como “un
proceso no terapéutico por medio del cual
las partes, con la asistencia de una persona
neutral, intentan aislar sistemáticamente los
puntos de acuerdo y desacuerdo, exploran
alternativas y consideran compromisos con
el propósito de alcanzar un acuerdo consensuado sobre los distintos aspectos de su
separación o divorcio”. En definitiva, la mediación es un proceso de resolución y manejo del conflicto que devuelve a las partes la
responsabilidad de tomar sus propias decisiones en relación con sus vidas.

En un sentido más amplio, la mediadora B
española BERNAL SAMPER (1995) la define
como una alternativa a la forma tradicional
de acudir a la justicia en busca de solución.
La solución la realizan las propias partes
en conflicto con la ayuda de una tercera
imparcial, la persona mediadora, que trata de ayudarles para que éstas consigan
acuerdos consensuados que les permitan
una salida pacífica de la situación conflictiPrecisamente si aplicamos la misma reflexión va. Esta autora también destaca la autodea la mediación, solo un modelo adaptativo terminación de las partes ante una tercera
nos puede garantizar la supervivencia de imparcial.
esta institución. En este sentido, la mediación se ha convertido en una palabra con Por último, resulta de importancia destacar
un valor reconocido tanto a nivel judicial, que la mediación lo que ofrece es precisacadémico, profesional, como mediático. Al amente un espacio físico y un tiempo, asanalizar las múltiples definiciones que apa- pectos primordiales para el diálogo. En palrecen en la bibliografía tradicional específi- abras del mediador y académico BOLAÑOS
ca, se observa cómo ha ido evolucionando CARTUJO (2008) “la mediación reconoce
el propio concepto.
la necesidad de un tiempo y un lugar para
las transiciones familiares. El espacio tranDesde el marco internacional, en las investi- sicional otorga una dimensión temporal de
gaciones del ámbito familiar, son de interés referencia al espacio transaccional (interlas aportaciones de FOLBERG Y TAYLOR cambios de información, negociaciones, acMarco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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uerdos) y permite ubicarlo en la relatividad mediadora (ALZATE SÁEZ DE HEREDIA, MEde un contexto de avance, de evolución, no RINO ORTIZ, 2011).
de resolución definitiva”.
Así el Model Standards of Practice for Family
Un importante avance en la definición de and Divorce Mediation (2000) recoge un tomediación lo representó el documento tal de trece premisas orientadas a favorecer
publicado a partir del consenso de las or- el buen hacer en mediación. Dichas premisganizaciones profesionales norteamerica- as cumplen tres funciones:
nas vinculadas a esta práctica. El Simposio • Servir de guía para las personas mediacelebrado en el año 2000 en EE.UU. tenía
doras en conflictos familiares.
como objetivo establecer una definición • Informar a las personas participantes en
común que favoreciera la confianza en esta
una mediación sobre lo que implica un
actividad profesional. Desde el documento
proceso de este tipo.
consensuado en 1984, denominado entre el • Promover la confianza en la mediación
movimiento profesional de mediación como
como proceso para resolver los conflicModel Standards (Model Standards of Practos familiares.
tice for Family and Divorce Mediation), la
mediación ha necesitado adaptarse a la re- Esta propuesta de modelo de actuación se
alidad social y a las particularidades profe- plantea en diferentes niveles en cuanto a su
sionales, técnicas e institucionales de cada aplicabilidad. Es decir, algunas líneas de accontexto. Si bien los criterios consensuados ción son sólo sugerencias, otras son convenien 1984 supusieron un hito en el desarrollo entes en su aplicación y hay un tercer nivel de
de la mediación, no tuvieron en cuenta as- alto grado de exigencia para el buen hacer
pectos que son de gran interés en la actu- de la persona mediadora. En la traducción
alidad, tales como la violencia doméstica y adaptación de estos tres niveles exigibles
o el abuso infantil, así como la posibilidad se ha optado por las expresiones: “es desede intervenir en conflictos familiares con al- able”, “es conveniente” o “se requiere”. Este
gún episodio de violencia o en situaciones máximo nivel de exigencia es el que exprepost-ruptura. Por ello, se consideró la con- san las trece normas básicas que propone el
veniencia de actualizar tales principios a documento. De modo sintético, se enumeran
las necesidades sociales con la finalidad a continuación los principios (Tabla 1) que
de buscar unos mínimos que clarifiquen las defiende este modelo que serán aplicables
funciones de la mediación y de la persona a cada contexto familiar.
Principios inspiradores de la intervención en mediación
Considerar la mediación como un proceso basado en la autodeterminación de cada
participante.
Acreditar una formación de base y entrenamiento específico en mediación.

Cristina Merino Ortiz

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Tener capacidad de ofrecer a las partes la información que precisen para entender lo
que es la mediación, así como analizar si es lo que desean y están preparadas para
iniciar un proceso de mediación.
Tener habilidad de dirigir el proceso de un modo imparcial. Por tanto, supone finalizar
todo proceso en el que pueda darse un conflicto de intereses entre las partes y la persona mediadora tanto en el momento actual como en un futuro próximo.
Informar a las partes de cualquier tipo de honorarios, tarifas o precio que suponga el
proceso para las partes.
Organizar el proceso de mediación de modo que las partes puedan tomar sus decisiones basadas en una suficiente información y conocimiento sobre la situación de conflicto sobre la que tratan.
Mantener la confidencialidad de toda la información obtenida en el proceso de mediación, excepto en aquellos casos en que se le haya autorizado o requerido a desvelar
alguna información por ley o por acuerdo de las partes.
Informar a las partes con la finalidad de promover el interés de cualquier menor que
pueda estar implicado.
Tener capacidad y formación para identificar situaciones de abuso o negligencia hacia
hijos e hijas menores de edad, de modo que se dirija la mediación a dar los pasos adecuados que permitan alcanzar acuerdos que pongan fin a tales comportamientos.
La actuación como persona mediadora en el ámbito familiar requiere capacidad para
identificar situaciones de violencia doméstica, de modo que se dirija la mediación a dar
los pasos adecuados que permitan alcanzar acuerdos que pongan fin a tales comportamientos.
Suspender o finalizar el proceso de mediación cuando considere que una parte no es
capaz de participar en el proceso de modo adecuado y respetuoso con los fines de la
mediación.
Ofrecer una información veraz tanto en su propaganda profesional como en el modo
de divulgar la mediación.
Adquirir la competencia profesional antes de actuar en mediación, así como mantenerla mediante la formación continua.
Tabla 1. Principios para la intervención en Mediación Familiar. Fuente: Model Standards of Practice for Family and Divorce Mediation (2000), en Merino (2012).

Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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A su vez, añaden en la propia definición
que la mediación no es el proceso adecuado para todas las familias. No la conciben
como un sustituto del asesoramiento legal
o terapéutico, aunque sí la definen como
una opción válida para aquellos conflictos
familiares en los que se busca aumentar la
autodeterminación de las partes y el desarrollo de la comunicación, así como reducir
los costes emocionales y económicos que se
asocian a este tipo de conflictos cuando se
judicializan.

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V. LA ACTIVIDAD MEDIADORA EN EL
ÁMBITO FAMILIAR
El desarrollo de la mediación está intrínsecamente vinculado con la figura mediadora,
como profesional en el análisis del conflicto y diseño del proceso adecuado para su
gestión y posible resolución. Las primeras
investigaciones realizadas sobre las características personales y profesionales para
intervenir en la gestión de conflictos se remontan a los años 50 y 60, cuando se trataban de identificar las diferencias entre lo
que se entendía por intervención eficaz e
ineficaz. El perfil óptimo venía configurado
por una serie de características entre las
que se incluían: objetividad, perspicacia
psicológica, experiencia en conocimientos,
ingenio, habilidad para inspirar confianza,
destacando por encima de todas ellas las
habilidades intelectuales. Estudios posteriores intentaron delimitar las investigaciones
previas, dibujando a la persona mediadora efectiva como aquella que debía poseer
conocimientos sobre la situación conflictiva,
habilidad para entender las posiciones de
las partes enfrentadas, capacidad de escucha, sentido del tiempo, habilidades para
la comunicación, habilidades para manejar el procedimiento y saber dirigir la crisis
(WEHR, 1979).

Esta perspectiva de la mediación presta especial atención a la eficacia de la persona
mediadora en el sentido de requerir una
formación, experiencia y actitud que le permitan intervenir desde la imparcialidad, respetando en todo momento que las partes
lleguen a sus acuerdos de manera voluntaria y que estén basados en la información
aportada. Una de las cuestiones que precisa es la necesidad de que toda persona
mediadora sea consciente del impacto que
su propia cultura (y trayectoria vital) puede
suponer en la gestión de conflictos, así como
estar preparada para identificar situaciones
en las que la violencia o el abuso estén presentes. En este sentido no especifica si en
tal caso deberá suspenderse la mediación,
sino únicamente advierte de la necesidad
de identificar tales comportamientos para
proceder de forma adecuada.
Junto con las características individuales, se
vienen identificando una serie de actitudes
Una vez expuesta la aproximación concep- que han generado debates teóricos. La imtual a la mediación, así como los principios parcialidad y neutralidad son dos aspectos
inspiradores de la intervención, continuamos que suelen incluirse en la gran mayoría de las
con la figura mediadora y sus funciones.
definiciones sobre mediación y que hacen
referencia a actitudes que se deben mostrar
ante el proceso. El punto de vista tradicional
Cristina Merino Ortiz

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defiende la necesidad de mantener dichas
posiciones para contribuir a una mediación
satisfactoria. Las personas mediadoras serán mejor aceptadas y tendrán mayor incidencia sobre las partes si son percibidas
como imparciales. Sin embargo, en ocasiones, la parte mediadora puede verse en la
necesidad de mostrar un mayor apoyo a una
parte que a la otra. Tal es el caso de aquellos conflictos en donde el poder entre las
partes no es equitativo. Si se acepta que la
persona mediadora debe tratar de ayudar
a las partes en la consecución de acuerdos
satisfactorios y justos, parece lógico asumir
que se pueda prestar más atención a aquellas que tengan una posición de debilidad
manifiesta en la negociación.

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en conflictos, HONEYMAN (2006) propone
uno de los escasos protocolos que agrupa
las habilidades en los siguientes conceptos:
A) Investigación en cuanto a la capacidad
mediadora de obtener información pertinente sobre cada caso, así como las técnicas para proceder a la búsqueda de información sobre diferentes hechos, teniendo
en cuenta hasta los datos aparentemente
insignificantes.
B) Empatía en lo referente a la habilidad de
prestar atención con la finalidad de identificar y considerar las necesidades de las partes.

C) Invención como la capacidad de ofrecer
En la línea de buscar características per- modos de colaboración, facilitar la creativisonales que favorezcan el buen hacer en dad para generar ideas que lleguen a resolmediación familiar, diferentes autores seña- ver cada caso.
lan la experiencia como una característica
distintiva de la persona mediadora eficaz. D) Persuasión como la capacidad de coSe tiende a afirmar que la experiencia ge- municación verbal y no verbal, en el sentido
nera en las partes credibilidad y confian- de plantear la información y aplicar habiliza, condiciones ambas correlacionadas dades que permitan una comunicación efimuy positivamente con las probabilidades caz.
de acuerdo. Tal como indica BERCOVITCH
(1991, p.25-26): «ser un mediador no supo- E) Distracción en el sentido de la capacidad
ne ser un erudito omnisciente o una versión de la persona mediadora de desviar la atenmoderna de un hombre renacentista, pero, ción en momentos de mucha tensión emociopara ser efectivo, debería tener algunas de nal que permita reducir la espiral del conflicto
las siguientes cualidades: inteligencia, re- y recuperar la calma para la comunicación.
sistencia, energía, paciencia, sentido del
humor, capacidad de empatía, credibilidad, VI. FUNCIONES MEDIADORAS PARA LA
competencia y grandes habilidades perso- PRÁCTICA DE LA MEDIACIÓN
nales».
FAMILIAR
Si se tratara de realizar una selección de la Una vez expuestas las características, configura mediadora adecuada para intervenir tinuamos con las funciones mediadoras
Marco de la Mediación Familiar en España. Tipología de conflictos y funciones mediadoras desde un enfoque adaptativo en mediación PP. 11-32

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pudiéndose agrupar en una variedad de
intervenciones que, a su vez, implican una
combinación de habilidades y técnicas. En
síntesis, se identifican ocho funciones que
dan contenido a la gestión de conflictos en
un proceso propiamente de mediación con
una estructura de participación y protagonismo de las partes:
Comunicación
La intervención en un proceso de mediación requiere conocer los elementos de la
comunicación eficaz, así como las técnicas
y estrategias para identificar cuáles son las
necesidades e intereses de las partes y, a
su vez, la capacidad para generar diálogos que faciliten el camino hacia soluciones integradoras. Cuando los canales de
comunicación están interrumpidos o deteriorados, la tercera parte facilitará su restablecimiento o creará modos nuevos de
comunicación en términos respetuosos y
constructivos.
Legitimación
La función de legitimar se entiende como
la capacidad de establecer compromisos
entre las partes a modo de normas que regulen el proceso y que éstas se respeten a
lo largo del mismo. Esta función implica la
legitimación del proceso, de la propia persona mediadora y de las partes; por tanto, trasciende del mismo concepto utilizado
por el modelo de mediación circular-narrativo como una de las técnicas básicas para
avanzar en el proceso y legitimar a las partes.

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Facilitación
Esta función supone la capacidad para proponer un proceso estructurado, que a su vez
tiene carácter flexible, que ofrezca a las personas enfrentadas una dinámica de abordaje de los asuntos en conflicto mediante una
agenda de temas a tratar y una secuencia
de fases que son los que dan contenido al
proceso.
Entrenamiento
La función que desempeña la persona mediadora fue definida hace décadas por algunos autores como de educación a las partes que se encuentran sin experiencia en la
negociación o con escasas habilidades. Esta
falta de conocimiento sobre el proceso y la
filosofía que subyace al mismo puede suponer una limitación para las partes protagonistas en cuanto a poder sacar provecho al
proceso. Por ello, la función mediadora será
explicar y entrenar a las partes para una
participación activa en el mismo.
Desarrollo del potencial individual
La persona mediadora ayuda a las partes a
identificar y desarrollar sus propios recursos
internos, así como a buscar en fuentes externas, con experiencia específica en el asunto,
con la finalidad de facilitar la consecución
de opciones de acuerdo aceptables.
Identificación de temas
Se trata de facilitar a las partes la identificación de temas que subyacen al conflicto, de
modo que desde la fragmentación del misCristina Merino Ortiz

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mo sea más fácil gestionarlo para tomar de- Si tenemos en cuenta el marco legislativo de
cisiones y llegar a soluciones satisfactorias la Mediación Familiar y la experiencia acupara todas las partes.
mulada en este ámbito, podemos afirmar
que en cualquier momento del procedimienLiderazgo positivo
to judicial y de la dinámica del conflicto podría plantearse el iniciar una mediación, ya
La función mediadora implica habilidades sea por derivación judicial o en fase temprapara llevar la iniciativa en el sentido que se na (prejudicial) o incluso una vez dictada la
promueva la participación de las partes en resolución judicial. En la actualidad, la mecuanto a la reflexión, identificación de inte- diación ha experimentado un gran avance
reses y necesidades y adopción de acuer- y reconocimiento, ya no es únicamente una
dos. Sin embargo, al mismo tiempo que se alternativa al sistema judicial, sino que es
requiere un rol proactivo supone también una forma de hacer justicia. En los conflictos
una cierta humildad en el sentido de asumir, interpersonales (como son los del ámbito faen ocasiones, una función de aparentar «no miliar), dar la oportunidad a las personas a
saber», de ausencia de conocimiento, que que reflexionen sobre ello es un modo eficaz
active la participación y responsabilidad de de impartir Justicia.
las partes.
En la actualidad, el Anteproyecto de Ley
Agente de realidad
para el Impulso a la Mediación, así como el
Anteproyecto de Ley de Medidas de EficienSer agente de realidad en un proceso de cia Procesal del Servicio Público de Justicia,
mediación implica ayudar a las partes a to- 15 de diciembre del 2020, implican un commar decisiones que se puedan trasladar a promiso mayor en la promoción de la mediaacuerdos razonables y viables, llegando a ción al establecer como requisito previo a la
cuestionar las argumentaciones poco realis- presentación de la demanda, en aquellas
tas o polarizadas.
materias susceptibles de mediación obligatoria, de una sesión informativa y una sesión
VII. CONCLUSIONES
exploratoria. Tras la investigación y trayectoria profesional en procesos de gestión de
La evolución social, la diversidad de mode- conflictos durante 25 años, en mi opinión la
los de familia y los cambios legislativos de mediación es una opción válida para aquelas últimas décadas en España, han gene- llos conflictos familiares en los que se busca
rado el terreno adecuado para el desarrollo aumentar la autodeterminación de las perde la mediación en el Derecho de familia. El sonas y el desarrollo de la comunicación,
hecho de existir interdependencia entre las aunque no sea el proceso adecuado para
partes e intereses comunes en las relacio- todas las familias, requiere un diagnóstico
nes familiares requiere que se gestione des- del conflicto y adaptación del proceso para
de un enfoque colaborativo y adaptativo tal lograr el fin que se propone. Intrínsecamente
como promueve la mediación.
vinculada con el proceso de mediación se
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encuentra la persona mediadora, a quien se
le requiere formación académica, experiencia profesional y actitud que le permitan intervenir desde la imparcialidad y flexibilidad
en la gestión de conflictos ajenos, generando credibilidad y confianza.

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Científica y Práctica en MSC

31

BERNAL SAMPER, T. (1995). Perfil, rol y formación del psicólogo jurídico del mediador. En De Nicolás y L. Martínez:
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BERCOVITCH, J. (1991). Mediator and Mediation Strategies
in International Relations. Negotiation Journal, vol. 8,
pp. 99-112.

En resumen, el futuro de la mediación tiene
su fundamento en dos vertientes: la legislativa y la profesional. La regulación legislativa
en la medida que promueva el marco normativo en el que se desarrolle y se legitime
la mediación (ya sea de carácter intrajudicial o extrajudicial); la vertiente profesional
en cuanto que la persona mediadora esté
capacitada para ejercitar sus funciones optimizando la autodeterminación de las partes, de modo que favorezca el desarrollo del
potencial individual y relacional. La habilidad de adaptar el proceso y aplicar todas
las técnicas y estrategias dependerá de la
formación de la persona mediadora, sus características personales y su ética, así como
de otras variables relacionadas con la institución mediadora en la que se desarrolle
el proceso o la entidad que financie dicha
actividad, cuestiones que sería conveniente
que se evaluaran para conocer los criterios
adecuados para desarrollar la mediación
en cada contexto cultural.

FOLBERG, J., TAYLOR, A. (1984). Mediation: a comprehensive guide to resolving conflicts without litigation. San
Francisco: Jossey-Bass.
HONEYMAN, C. (2006). Understanding Mediators. En A. Kupfer Schneider y C. Honeyman (eds): The Negotiator´s
Fieldbook. Washington, D.C.: American Bar Association.
KOLB (1986). Kolb, D.M. (1986). Los mediadores. Madrid:
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“Principios éticos y Código de conducta para personas

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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VÉRTIZ, J. Tiempo de reformas: perspectiva académica
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Herriko Unibertsitatea, 2017, págs. 221-234.
WEHR, P. (1979). Conflict Regulation. Boulder, Colo.: Westview Press.

_
Cristina Merino Ortiz
Licenciada en Derecho por la Universidad
del País Vasco. Postgrado Universitario en
Criminología por el Instituto Vasco de Criminología de la Universidad del País Vaso
(IVAC-UPV), experta en Drogodependencias por la Universidad Deusto. Especialista
en Psicodrama e intervención en grupos.
Abogada y mediadora del Servicio Público de Mediación Familiar, Gobierno Vasco
(1998-2023).
Profesora de la Universidad del País Vasco,
en el Grado de Psicología y Criminología
(2011-2018). Consultora y facilitadora de
procesos de gestión de conflictos en ámbito
organizacional e interpersonal. Docencia en
Consejo General del Poder Judicial, consultoría y formación en Administración Pública y
entidades privadas.
Mail: c.merino.ortiz@gmail.com

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

La mediación familiar como herramienta para la
solución pacifica y protectora de las emociones
Family mediation as a tool for the peaceful and protective solution
of emotions
Recibido: 26-09-2022
Sandra Guillermina Paredes Baltazar*

| Aceptado: 28-12-2022
*https://orcid.org/0000-0002-1050-6246
Universidad de Guadalajara. Centro Público de Mediación
de CUCEA No. 156.

Resumen
La mediación familiar es un proceso por el cual un mediador de manera imparcial se encargará de
escuchar con empatía a las partes con la intención de solucionar la problemática que haya surgido
entre ellos; para esto el mediador deberá de contar con las técnicas y herramientas especiales que
le permitan llevar a cabo una mediación familiar reflexiva, logrando que las partes puedan tener
la capacitad de tomar las opciones mas viables y, por consecuencia, que los acuerdos tomados se
realicen de manera mas comprometida y responsable en beneficio de la familia buscando siempre
proteger el interés superior de los menores si es que los hubiese.
Existen diferentes aspectos de vital importancia para el actuar del mediador, entre los cuales, está el
análisis de las diversas alternativas para solucionar el conflicto, la paciencia, serenidad, comprensión,
respeto y la confianza que se les debe de otorgar a las partes, dentro de un ambiente lo más cómodo
posible, ya que esto facilitará la comunicación entre ellas, creando mayores oportunidades de solución al problema. Es indispensable que el mediador empatice con las distintas circunstancias que se
presentan en la problemática narrada de diferente manera por cada una de las partes, otorgando un
trato digno y respetuoso para todos los integrantes de la familia, incluyendo a los menores.
Palabras clave: mediación familiar, conflicto, modelos de la mediación, participación, resolución
de conflictos.
Cómo citar
Paredes Baltazar, S. G. La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las
emociones. MSC Métodos De Solución De Conflictos, 3(4).
Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.
php/m/article/view/40

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Abstract
Family mediation is a process by which an impartial mediator will listen empathetically to the parties
with the intention of solving the problem that has arisen between them; For this, the mediator must
have the special techniques and tools that will allow him to carry out a reflective family mediation,
ensuring that the parties have the ability to make the most viable options and, consequently, that
the agreements reached are carried out in a more committed and responsible for the benefit of the
family, always seeking to protect the best interests of minors, if any.
There are aspects of vital importance for the mediator to act, among which is the analysis of the
various alternatives to resolve the conflict, patience, serenity, understanding, respect and trust that
must be granted to the parties, within different an environment as comfortable as possible, is that
this will facilitate communication between them, creating greater opportunities to solve the problem.
It is essential that the mediator empathize with the different circumstances that arise in the problem
narrated in a different way for each of the parties, granting a dignified and respectful treatment for
all members of the family, including minors.
Keywords: family mediation, conflict, mediation models, stake, conflict resolution.

1. INTRODUCCIÓN
En algunos países, como Francia, al incrementarse la estadística del divorcio, nació la
necesidad de buscar alternativas pacificas
de solución del proceso, implementando la
mediación familiar para ayudar a la familia
involucrada en este contexto, a tomar decisiones reflexivas que apoyen el menor desgaste emocional que conlleva todo proceso
de separación familiar, ya sea que estén casados o solo viviendo juntos.
Es de suma importancia que la mediación
familiar en México sea de manera especializante, ya que, mediante el trabajo de un
equipo multidisciplinario se podrá lleva a
cabo una mediación reflexiva que fortalezca
los lazos familiares, si bien es cierto, dejaran

de ser pareja, pero como padres es un rol
que solo termina con la muerte.
Así mismo es necesario considerar el perfil
del mediador familiar, en mi experiencia de
mediadora familiar durante 10 años, existen
dos habilidades esenciales para tener éxito
en el desempeño del mediador: la paciencia y la pasión, mismas que tendrán que ponerse en marcha en todo proceso familiar.
Como lo veremos en los diferentes modelos
de mediación, el modelo circular narrativo
de Sara Cob, considera relevante tomar en
cuenta la narrativa de las personas ya que,
cada uno lo vivirá y lo considerará de manera subjetiva, es por eso, la gran importancia
de la paciencia para contar con la empatía,
el respeto, la tolerancia, la prudencia de es-

La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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cuchar de manera activa y se logre la con- das de antemano”; también dice que es una
fianza de los mediados.
técnica sumamente versátil que se adapta
con facilidad para ser utilizada en gran canOtro gran tema por considerar en la actua- tidad de asuntos (Singer, L.R, 1996,31-49)
lidad es la participación de Niñas, Niños y
Adolescentes, que, al ser escuchados por un La mediación familiar ha sido definida como
especialista en psicología, manifestando las un proceso en el que una tercera persona
recomendaciones que emite dicho profesio- imparcial ayuda a los involucrados en una
nal, nos permiten a los mediadores hacerles ruptura familiar; y en especial, a las pareesta devolución a los padres, en la mayoría jas en vías de separación o divorcio, a code los casos si logran reflexionar en la ma- municarse mejor entre ellos y a llegar a sus
nera de relacionarse con sus hijos, recapa- propias decisiones conjuntas, sobre la base
citando la gran importancia de apoyar este de una información suficiente, respecto de
duelo tan difícil tanto para ellos, como para algunos o de todos los temas relacionados
sus hijos.
con la separación, el divorcio, los hijos, la
economía o el patrimonio familiar. (Colegio
2. CONCEPTO DE MEDIACIÓN
de Mediadores Familiares del Reino Unido,
FAMILIAR
Código Deontológico, 1995).
La mediación se ubica entre las técnicas alternativas de resolución de conflictos más
utilizadas, junto con el arbitraje y la negociación.

La mediación es un proceso que emplea a
un tercero neutral –el mediador- para facilitar las negociaciones entre las partes de un
conflicto con el fin de llegar a una solución
mutuamente aceptable. Las mediaciones
son:
• Voluntarias.
• Flexibles.
• Confidenciales.
• Informales.
• No vinculantes.

Si se reúnen los elementos comunes de diferentes definiciones, se puede decir que la
mediación es una técnica o un método para
resolver conflictos a través del acuerdo y la
participación de las partes involucradas, y
que es conducido por una tercera persona
neutral que no tiene facultades de decisión
(Rodríguez, B, 2000, 17)
A diferencia de un árbitro o un juez, el mediador no les impone una solución a las parSinger la caracteriza como: “…el méto- tes intervinientes. En lugar de ello, trabaja
do principal de negociación como hombre con las partes para ayudarlas a definir sus
bueno” y describe al proceso como: “…vo- objetivos y resolver sus diferencias. Aunque
luntario, confidencial, formalmente flexible, la mediación es un proceso no obligatorio,
limitado en tiempo, que se desarrolla con la en la gran mayoría de los casos el resultado
participación de las partes, (y que) consta de este proceso es un acuerdo a la vez vinde una serie de etapas conocidas y acepta- culante y exigible (Picker, 2001, 16).
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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La mediación busca centrarse en la solución
del problema y no en quién tiene la razón o
el derecho; de ahí que permite abrir la comunicación entre las personas en conflicto
y les dota de herramientas para que en un
ambiente sano y estructurado encuentren de
común acuerdo, la salida a sus diferencias.
Es un procedimiento que, además, da cabida a los intereses y sentimientos personales
en la búsqueda de soluciones. Por ello, las
razones primordiales para el uso de este
mecanismo de solución de controversias son:
• Dar una pronta solución al conflicto.
• Encontrar una solución que sea satisfactoria para ambos participantes.
• Evitar el desgaste que imposibilita que la
relación subsista (Ferráez, 2011, 32)

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o abogados, aunque muchos de éstos incorporen a su labor las funciones de mediación
(Camp, 2003, 16).
Cuando se habla de mediación familiar,
se hace referencia a una técnica o método voluntario, práctico, privado y confidencial que, con la participación de un tercero
neutral, ayuda a las parejas a aceptar el
divorcio en un nivel emocional y a asimilar
los sentimientos generados por la disolución
del matrimonio, al tiempo que los guía para
negociar una separación amistosa.
La mediación familiar es una manera diferente de enfrentar la separación, es la posibilidad de que una pareja, con dificultades
para comunicarse, pueda trabajar unida por
última vez para enfrentar los problemas que
sobrevienen al divorcio. Su objetivo es lograr
un acuerdo entre las partes, que considere
los intereses de todos los miembros de la familia y que sea durable (Villa, 2001, 21).

La mediación familiar es un proceso en donde un mediador facilita la comunicación de
manera imparcial entre los mediados, para
ellos mismos decidan las opciones de solución de manera pacífica. El mediador no
propone, ni sugiere, solo facilita la comunicación, el dialogo y el respeto de los media- La mediación familiar es una vía de educados.
ción que promueve la colaboración y el trabajo en equipo. Según Risolia, esta técnica
El papel del mediador resulta esencial como tiene como objetivo básico el de “…lograr,
un tercer elemento que intenta superar la no tanto un acuerdo sino la colaboración a
dualidad que se establece entre dos pares través de un acuerdo. El espíritu de coopeen conflicto. El mediador ni juzga ni sanciona ración y de comunicación es un aprendizaje
las actitudes y los comportamientos de las para el futuro de la familia… “, que se está
partes en conflicto; procura, simplemente, reorganizando. También dice que se debe
que éstas puedan encontrar por sí mismas “… inscribir el conflicto en un marco de coosoluciones adaptadas a sus conveniencias y peración, en vistas no a la disolución de una
expectativas a través del mejoramiento de familia, sino a su reorganización atribuyénla comunicación. No pretende solucionar dose a las partes la posibilidad de reglar
nada, ni su actuación puede confundirse con sus relaciones futuras”.1
la de un terapeuta, ni con las prestaciones
propias de maestros, trabajadores sociales 1 Risolia de Alcaro, M., “Mediación familiar; el mediador y
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Me parece relevante mencionar que existe
en la Ley de Mediación y Conciliación en
Argentina el trato especial de la Mediación
familiar que en sus arts. 31 y 32 y 33 que a la
letra dice:
Art. 31.- Mediación Familiar. La Mediación
Familiar comprende las controversias patrimoniales o extramatrimoniales originadas
en las relaciones de familia o que involucren
intereses de sus miembros o se relacionen
con la subsistencia del vínculo matrimonial,
a excepción de las excluidas por el Art. 52
inciso b) de la presente ley.
Se encuentran comprendidas dentro del
proceso de mediación familiar las controversias que versen sobre:
a) Alimentos entre cónyuges o derivaros de parentesco, salvo los provisorios
que determina el artículo 375 del Código Civil;
b) Tenencia de menores, salvo cuando
su privación o modificación se funde en
los intereses en juego en la mediación”, en Mediación: una
transformación en la cultura. Pp. 120 y 199.
2 Artículo 5.- Controversias excluidas del procedimiento
de mediación prejudicial obligatoria. El procedimiento de
mediación prejudicial no será aplicable en los siguientes
casos: a) Acciones penales; b) Acciones de separación
personal y divorcio, nulidad de matrimonio, filiación, patria potestad y adopción, con excepción de las cuestiones
patrimoniales derivaras de éstas. El juez deberá dividir los
procesos, derivado la parte patrimonial al mediador; c)
Causas en que el Estado nacional, las provincias, los municipios o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o sus entidades descentralizadas sean parte, salvo en el caso que
medie autorización expresa y no se trate de ninguno de los
supuestos a que se refiere el artículo 841 del Código Civil;
d) Procesos de inhabilitación, de declaración de incapacidad y de rehabilitación; e) Amparos, hábeas corpus, hábeas data e interdictos; f) Medias cautelares; g) Diligencias
preliminares y prueba anticipada; h) Juicios sucesorios;
i) Concursos preventivos y quiebras; j) Convocatoria de
Asamblea de copropietarios por el art. 10 de la ley 13.512;
k) Conflictos de competencia de la Justicia del trabajo y l)
Procesos voluntarios.

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motivos graves que serán evaluados
por el Juez o éste disponga las medidas cautelares que estime pertinentes;
c) Régimen de visitas de menores o
incapaces, salvo que existan motivos
graves y urgentes que impongan sin dilación la intervención judicial;
d) Administración y enajenación de
bienes sin divorcio en caso de controversia;
e) Separación personal o separación
de bienes sin divorcio, en el supuesto
del artículo 12943 del Código Civil;
f) Cuestiones patrimoniales derivadas
del divorcio, separación de bienes y
nulidad del matrimonio;
g) Daños y perjuicios derivados de las
relaciones de familia.
Art. 32.- Conclusión de la mediación familiar. Si durante el proceso de mediación
familiar el mediador notase conocimiento de
circunstancias que impliquen un grave riesgo para la integridad física o psíquica de la
parte involucradas o de su grupo familiar,
dará por concluida la mediación. En caso de
encontrarse afectados intereses de menores
o incapaces, el mediador lo pondrá en conocimiento del Ministerio Público de la Defensa a fin de que solicite las medidas pertinentes ante el juez competente.
Art. 33.- Mediadores de Familia. - Los mediadores de familia deberán inscribirse en el
Registro Nacional de Mediación que organi3 Art. 1294. Uno de los cónyuges puede pedir la separación
de bienes cuando el concurso y o la mala administración
del otro le acaree peligro de perder su eventual derecho
sobre los bienes gananciales, y cuando mediare abandono
de hecho de la convivencia matrimonial por parte del otro
cónyuge.
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

�38

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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zará y administrará el Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos. El Poder Ejecutivo nacional dictará la reglamentación que determinará los requisitos necesarios para la inscripción, que deberá incluir necesariamente
la capacitación básica en mediación, y la
capacitación específica que exija la autoridad de aplicación.
La mediación familiar inicia, en la forma en
que ahora conocemos, en los sistemas judiciales de los Estados Unidos de América y
Canadá, a principios de los años 80 del siglo XX; esta mediación ha tenido a partir de
los 90 del siglo anterior gran aceptación en
los países de la Comunidad Europea, pero
es a partir de la entrada del siglo XXI que ha
tenido auge (Espinosa, 2013, 4).
Por lo que ya a principios de este siglo encontramos un concepto de mediación familiar, tal y como señala la cita que realiza
Pascual Ortuño, en su ensayo titulado: La
Mediación en el ámbito Familiar:
El consejo Consultivo de la mediación familiar de Francia (creado en 2002), la define
como “un proceso de construcción y de reconstrucción del vínculo familiar sobre los
ejes de la autonomía y de la responsabilidad de las partes afectadas por un conflicto,
en cuyo proceso interviene un tercero imparcial, independiente, cualificado y sin ningún
poder de decisión, que es el mediador familiar, para facilitar, a través de la realización
de entrevistas confidenciales, la reanudación de la comunicación entre las partes y la
autogestión del conflicto dentro del ámbito
privado familiar, teniendo en consideración
de peculiaridad de las situaciones, su diver-

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sidad y la evolución de las relaciones familiares” (Ortuño, 2013, 5).
Pensamos que, efectivamente, la mediación
familiar es una especialización en donde
mediante un trabajo en equipo, promoviendo la empatía con los mediados se da la
confianza de poner las cosas como son en la
realidad, aclarando los malentendidos, que
muchas de las veces son el conflicto no de
meses, sino de años. Si se realiza este trabajo especializado desde el inicio del trámite
de conflicto familiar, existe gran posibilidad
de llegar a una mediación exitosa, en donde ambas partes quedan satisfechas con los
acuerdos tomados y por ende, será de mayor cumplimiento de las partes.
2.1. Las ventajas de la mediación familiar:
Quienes ganan en la mediación serán siempre los directamente involucrados en la
toma de decisiones, como son los cónyuges,
pero los hijos, si los hubiesen, siempre serán
los más beneficiados en la mediación familiar pues este beneficio a favor de ellos se
ve materializado tanto en el presente como
en el futuro de las relaciones paterno-filiales, por lo que pueden todos los miembros
de una familia que se rompe, incluidos los
hijos, ganar en eficacia, comprensión y mejores resultados en todos los aspectos que
los involucren.
Al utilizar la mediación familiar se evita un
número importante de procesos judiciales,
contribuyendo de esta manera a descongestionar al sistema judicial; sin embargo,
esta ventaja no es lo más importante, pues
el mayor beneficio es para la familia en con-

La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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flicto que decide someterse a mediación, ya
que, al solucionar sus conflictos por esta vía,
evitan desgaste emocional a sus integrantes
al ser la mediación más ágil y menos costosa
desde el punto de vista económico y emocional.

“La apertura al Derecho de Familia hacia
otras disciplinas, nos ha permitido tener una
visión más integral de la familia y un mejor
abordaje de los conflictos familiares que vistos desde la óptica exclusivamente jurídica,
se solucionan a medias o no se solucionan”

Entre las ventajas que ofrece este método,
considero que la democratización de acceso a justicia es una de ellas. Se logra cuando
las familias en proceso de divorcio deciden
cuál será la vía para resolver sus diferencias; por un lado, la jurisdiccional y por otro
la de los mecanismos alternativos como la
mediación. En la actualidad, la mayoría de
las familias mexicanas conocen que para
romper el vínculo matrimonial y resolver sus
diferencias deben de acudir ante un juez extraño, quien resuelve su divorcio basándose
exclusivamente en la Litis y no en las necesidades básicas, emociones y principios de
los integrantes del núcleo familiar.

Una de las características fundamentales
de la mediación es estar orientada al futuro
y con esto coinciden todos los modelos de
mediación. Por ello debemos centrarnos en
cuáles son las posibles soluciones que esperan para un futuro libre de problemas.

Entonces, si nos encontramos en un país en
el cual podemos decidir libremente diversas
situaciones, pues tenemos opciones para
elegir la que nos genere un mayor beneficio
¿por qué no optar por la cultura de la paz
utilizando medios alternativos a los jurisdiccionales?

La intervención conocida como la pregunta
del milagro, basada en el modelo del terapeuta familiar Steve de Shazer y utilizada
por el mediador canadiense Aldo Morrone,
es altamente efectiva.

Las preguntas hacia el futuro, y fundamentalmente las preguntas circulares de tiempo,
son las intervenciones más utilizadas en este
momento del proceso. Los resúmenes y la
historia alternativa orientada hacia el futuro
son también de gran utilidad porque ayudan a que las personas se centren en lo que
quieren que suceda mañana.

La exploración de las soluciones, si bien
puede realizarse en reuniones privadas, es
probablemente más útil llevarla a cabo en
reuniones conjuntas, porque los participantes muchas veces se sorprenden gratamente
al ver a su “adversario” reflexionar sobre las
soluciones (Suares, 2002, 261-262).

El Derecho de Familia tiene actualmente
cambios importantes en sus instituciones
como el matrimonio y el divorcio, y, en consecuencia, modificaciones en los deberes
y obligaciones que se producen con esos
cambios que nos llevan a la necesidad de
involucrar otras disciplinas. Para Nilda Gor- Según Monroy Cabra, el propósito principal
gein (Gorvein, 2010, 26):
de la mediación es el manejo y solución del
conflicto y tiene como bondades que:
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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a) Reduce los obstáculos de comunicación entre las partes en conflicto.
b) Permite analizar diversas alternativas para solucionar el conflicto.
c) Es interactiva y atiende a las necesidades de las partes.
d) Es un proceso que se desarrolla en
corto tiempo.
e) Requiere de seriedad y confianza de
las partes.
f) No busca cambiar la personalidad de
las partes, ni reemplaza a la terapia.
g) No sustituye al abogado.
h) Permite la intervención activa de las
partes en la búsqueda de soluciones.
i) No está sujeta a ritos procesales, ni a
reglas sustanciales.
j) No busca un ganador y un perdedor,
sino que ambas salgan ganando.
k) Reduce la hostilidad y crea un ambiente propicio para el arreglo, y
l) Las partes le otorgan fuerza obligatoria.

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diación y quizás no estén familiarizados con
otras orientaciones teóricas. Una de las más
conocidas es la de la solución de problemas
o modelo orientado por el acuerdo, fundada en el sistema de Negociación basada en
los principios desarrollados por Fisher y Ury
(1981).
3.1. La mediación orientada por el
acuerdo.
Una de sus características principales es la
concentración en los intereses y no en las
posiciones. Una posición es una declaración
del resultado preferido, por una parte. Normalmente el planteamiento de una posición
incluye elementos estratégicos como la acusación, la exageración, la insistencia en los
derechos y facultades de uno y la negociación de que el otro tiene los mismos derechos. Por contraste, un interés es una necesidad subyacente o una meta que tiene que
satisfacerse. Una posición sería, verbigracia, exigir una proporción fija de los bienes
conyugales, y un interés, necesitar el dinero suficiente para conseguir un alojamiento
adecuado. Por ejemplo, una pareja se está
peleando por la cantidad de dinero que
cada uno de ellos tiene derecho a recibir,
pero, como padres, pueden tener un interés
mutuo en ofrecer estabilidad a sus hijos y
evitar un cambio de escuela, si es posible.

Para ponderar la importancia de este método, resulta interesante señalar que en China
hay más de mil doscientos millones de habitantes, diez millones de mediadores y solo
quince mil abogados, lo que nos permite inducir la cultura pacifista en un país que ha
sorprendido a todos por su pujante desarrollo y su colocación en el contexto mundial y
la fobia compartida por los abogados (Soto,
2011, 274-275).
En la mediación orientada por el acuerdo,
primero se invita a las partes a exponer sus
3.- MODELOS DE MEDIACIÓN
respectivas posiciones. El mediador trata
FAMILIAR
de identificar y entender los intereses que
están debajo de éstas y ayuda a las partes
Muchos mediadores familiares se han for- a reconocer que pueden tener intereses y
mado según su particular modelo de me- necesidades mutuas, a pesar de estar en
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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conflicto. Con frecuencia tales necesidades
no son sólo concretar, como el alojamiento,
sino también de tipo psicológico como conservar el respeto y la autoestima. El mediador contribuye a que los clientes busquen
soluciones integradoras o “ganador-ganador” que satisfagan tantas de esas necesidades mutuas como sea posible. Como se
dice en el famosísimo eslogan, el mediador
es “blando con las personas y duro con el
problema”. El compromiso de las partes con
un enfoque de resolución de problemas les
permite trabajar juntos hacia el acuerdo, en
vez de perder tiempo y energía en una competición destructiva. Este enfoque se apoya
considerablemente en las técnicas de negociación. Es probable que el mediador razone con el hemisferio cerebral izquierdo,
un pensamiento caracterizado como lineal,
lógico, analítico, racional y orientado a la
tarea.
Al usar las técnicas de la negociación basada en principios, el mediador pretende:
1. Separar a las personas del problema.
2. Centrarse en los intereses en lugar de las
posiciones.
3. Crear opciones de mutuo beneficio.
La mediación orientada por el acuerdo consta de una serie de pasos o fases. Un modelo
sencillo de cuatro etapas comprendería las
siguientes:
1. Definición de los temas: los participantes
explican sus posiciones.
2. Indagación fáctica: recoger y compartir
la información.
3. Exploración de las opciones: consideraciones de las necesidades, preocupaciones y consecuencias.

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4. Alcanzar el acuerdo: negociar un resultado mutuamente aceptable.
El concepto de MAAN4 (La Mejor Alternativa a un Acuerdo Negociado), y su opuesto
el PAAN5 (La Peor Alternativa a un Acuerdo
Negociado) se usan como referencias con
las que se puede confrontar una propuesta
de acuerdo. Haynes, un célebre exponente
de la mediación orientada por el acuerdo,
define la fase de la negociación final como
aquella en que se “hacen ofertas contraofertas, se sugieren intercambios, se cambian las posiciones y se elabora afanosamente un acuerdo”. (Haynes, 1984, pág. 4).
Cuando la atención se centra en los intereses y no en las posiciones, pueden examinarse diferentes maneras de satisfacerlos,
emergiendo las posibles áreas de convergencia. El proceso funciona sumamente
bien cuando existen intereses y/o motivación mutua para resolver problemas. No
obstante, debe tenerse presente que la mediación orientada por el acuerdo se apoya
en varias presunciones. Se supone que los
participantes tienen motivos para llegar a
un acuerdo.
1. Son capaces de pensar racionalmente.
2. Tienen una idea suficientemente clara
sobre los problemas que tienen que solucionar.
3. Son capaces de explicar y sostener sus
4 Traducción literal de la terminología inglesa, BATNA
(BestAlternative to a NegotiatedAgreement). Para una profundización sobre el modelo y la significación del acrónimo
puede consultarse el libro “Obtenga el sí” versión española del famoso Getting to Yes de Fisher y Ury (1981, 1991) publicado en 1996 por la Ediciones Gestión 2000. (N. de la T.)
5 Traducción de WATNA. (WorstAlternative to a NegotiatedAgreement). Véase la nota anterior. (N. de la T.)
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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posiciones.
a decisiones y pactos que tengan en cuenta
4. Pueden negociar.
las necesidades de sus hijos, así como las
5. Son capaces de reconocer un resultado propias.
equitativo o aceptable.
3.2. Mediación Transformadora.
Muchos mediadores-abogados prefieren
este modelo a otros porque permite medir La mediación orientada al acuerdo es aprolos resultados en términos concretos y por- piada para ciertos tipos de disputas. Sin
que suelen sentirse más cómodos en un pa- embargo, en la separación y en el divorcio
pel activo, o incluso directivo. En la media- muchas personas no están dispuestas o no
ción dirigida por el acuerdo, el mediador son capaces de negociar de una manera
puede ejercer un poder considerable. Existe tranquila y racional. A menudo les invaden
el riesgo de debilitar a una o ambas partes emociones tan fuertes que no nos permiten
en lugar de fortalecerlas y el mediador se pensar con claridad. Muchos mediadores
enfrenta a dilemas tales como si debe o no familiares, quienes procedían de counsereforzar a la parte más débil, y en caso afir- lling y de la terapia, pensaron que este momativo como hacerlo. Otro riesgo es que los delo les incitaba a tomar demasiado control
mediadores, deseosos de obtener un deter- del proceso y demasiada responsabilidad
minado resultado, pueden dirigir a las par- en la resolución de problemas. El enfoque
tes hacia la solución por ellos preferida en desarrollado por Busch y Folger (1994), que
lugar de invertir el tiempo necesario en ela- ellos denominaron mediación transformatiborar un acuerdo mutuamente satisfactorio va6 permite que los participantes marquen
con ambos clientes.
al mediador la dirección a seguir; en lugar
de esperar que aquellos sigan la que señale
Normalmente, la atención se dirige hacia la el mediador. Se concentra en conversar y esconsecución de resultados concretos y solu- cuchar y estimula una visión “fresca”, tanto
ciones prácticas, y aunque el inicio se invite metafóricamente como literalmente. Cuando
a los participantes a expresar sus sentimien- hay una nueva perspectiva y se comprentos, se espera que después los dejen de de con el corazón, el cuadro entero puede
lado. Esto no es posible para muchas perso- transformarse. Los componentes centrales
nas, sobre todo en materia de separación y son: oír y escuchar (la escucha activa empadivorcio.
tíca del mediador) y posibilitar que las partes se oigan y se escuchen recíprocamente.
La mediación dirigida por el acuerdo no se
diseñó para las familias, sino que se ha to- La primera premisa de esta orientación es
mado de la mediación civil y comercial. Si no
se reconocen suficientemente los sentimien6 Para una mejor comprensión del modelo, hay una vertos y no se dedica bastante tiempo a las sión española disponible sobre el libro “ThePromise of Merelaciones familiares, puede alcanzarse un diation de Baruch Bus y Folger, publicada por la editorial
Granica con el título. La Promesa de la Mediación (1986).
acuerdo sin que los padres hayan llegado (N. de T.)
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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que la mediación tenga el potencial de generar efectos transformadores muy beneficiosos para las partes y para la sociedad.
La segunda premisa es que mediación pueda originar estos efectos sólo y en la medida
en que el mediador disponga de una actitud
mental y de unos métodos para la práctica
conducentes a la realización de dos metas
claves: la revalorización y el reconocimiento.
La revalorización estimula la libre determinación y la autonomía, incrementa la capacidad de las personas de ver su situación
más claramente y de tomar decisiones por sí
mismos. El reconocimiento 7 implica que los
participantes pueden reconocerse mutuamente sus sentimientos y puntos de vista y
que sean más sensibles a sus necesidades
recíprocas. Los mediadores transformadores les ayudan a adquirir una comprensión
mutua para que puedan admitir las necesidades del otro con más empatía que antes.
Folger y Busch (1996) identifican diez características de la mediación transformativa:
1. Compromiso con la revalorización y el reconocimiento como objetivos principales
del proceso y rasgos principales del papel del mediador.
2. Se deja a las partes la responsabilidad
por el resultado (“es su opción”).
3. Negarse conscientemente a ser crítico
con las opiniones y decisiones de los
participantes. (“ellos saben más”).
4. Tener una visión optimista de las aptitudes y motivos de las partes. Los mediadores transformativos adoptan un punto de
vista positivo sobre la buena fe y la decencia de las partes, pese a las aparien7 He respetado la traducción de los términos “Empowerment” y “Recognition” que se ofrece en el libro mencionado en la nota anterior. (N. de la T.)

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cias. En lugar de etiquetar a las personas
como intrínsecamente poco compasivas,
débiles o manipuladoras, el mediador
las ve, incluso en sus peores momentos,
como temporalmente defensivas, debilitadas, o absortas en sí mismas.
5. Permitir y dar respuesta a la expresión
de emociones (no simplemente conceder
unos minutos para que ventilen sus sentimientos con el propósito de apartarlos y
así poder avanzar hacia “los problemas
reales”). Los mediadores transformadores animan a que las partes describan
sus emociones y los eventos que las suscitaron para promover el entendimiento y
perspectivas compartidas.
6. Aceptar y, explorar la narrativa de los
participantes (su falta de claridad se veía
como un hecho positivo, en lugar de negativo). Si los mediadores suponen desde el principio que entienden perfectamente la situación y las necesidades de
cada parte, pueden impedir un momento
importante de fluidez y ambivalencia. En
lugar de desarrollar una hipótesis que
lleva a una dirección concreta, es preferible que los mediadores conserven un
saludable sentimiento de incertidumbre,
para que continúen preguntando en lugar de sacar conclusiones.
7. Permanecer centrados en el aquí y ahora de las interacciones del conflicto (“La
acción se produce en la sala”). En lugar
de intentar resolver problemas, el mediador dirige la atención a las declaraciones específicas en el momento en que se
emiten, tratando de descubrir los puntos
concretos sobre los que las partes tienen
dudas, se sienten incomprendidos o pueden haberse entendido mal uno de otro.
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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Cuando los mediadores perciben tales
indicios, reducen la velocidad de la discusión y dedican el tiempo necesario a
la clarificación, comunicación y reconocimiento.
8. Ser sensibles a las declaraciones de las
partes sobre eventos pasados (“discutir
el pasado tiene valor en el presente”).
Generalmente los mediadores animan
a las partes a concentrarse en el futuro, no el pasado. Por contraste, Folger y
Bush defienden que si se ve la historia
del conflicto como un mal en el que no
debe insistirse, se perderán oportunidades importantes para la revalorización y
el reconocimiento Al revisar el pasado
se pueden revelar las elecciones que se
hicieron, las opciones entonces disponibles y puntos de inflexión importantes.
Puede conducir a una reconsideración
del presente.
9. Concebir una intervención como un punto en una secuencia mayor de interacción del conflicto. Con frecuencia el conflicto se desarrolla cíclicamente, ya que
las partes se enfrentan a dudas e incertidumbres. Si los mediadores esperan que,
dentro del ciclo, después de un avance
hacia el acuerdo puede haber otro movimiento que los aleje de él, es menos probable que se asusten cuando se detiene
o se atasca la marcha de las negociaciones. Los mediadores transformadores
incluso llegan a recibir bien estos ciclos
como parte del natural flujo y reflujo del
proceso de la mediación.
10. Albergar un sentimiento de éxito cuando se producen la revalorización y el
reconocimiento, incluso en grado mínimo (“los pazos pequeños cuentan”). La

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mediación es siempre un desafío, a menudo difícil. Es muy importante ser capaces de percibir y disfrutar los pequeños
triunfos para mantener nuestra energía y
motivación. En lugar de definir el resultado positivo sólo en función del acuerdo
final alcanzado, los mediadores transformadores valoran cada paso, por minúsculo que sea, que contribuya a la fuerza
personal y a la comprensión y compasión
interpersonal.
Folger y Bush creyeron que el enfoque transformador era absolutamente preferible al
orientado al acuerdo. Sin embargo, muchas
personas vienen a la mediación precisamente porque tienen problemas que resolver y
no están pidiendo que se les transforme. La
denominación de “mediación transformadora” es infeliz si transmite la noción de que los
mediadores son milagreros capaces de modificar a las personas o sus conflictos en el
curso de un proceso relativamente breve. Ni
siquiera una terapia de larga duración asegura un cambio personal fundamental. Folger y Bush no aclaran suficientemente si el
objetivo principal es transformar a las personas o su relación, o las percepciones de
su conflicto. Es posible cambiar un conflicto,
si éste es entendido y manejado de forma
diferente. Intentar modificar a las personas
queda fuera de las funciones del mediador
y es potencialmente peligroso. Las personas no vienen a mediación para que se les
transforme y los mediadores no deben imponer por su cuenta un proceso, aunque sea
creativo e idealista, a las personas que no
lo desean. Si los participantes quieren que
se les ayude a llegar a un acuerdo concreto
sin que se pretenda de ellos que cambien

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sus opiniones negativas sobre el otro, tienen El modelo de Irving y Benjamín consta de
perfecto derecho a ello.
cuatro fases:
1. Evaluación.
Los mediadores con la misión de transfor- 2. Pre-mediación.
mar a sus clientes pueden estar operando 3. Negociación y
fuera de los límites éticos de la mediación. 4. Seguimiento.
Con todo, hay indicios de que tomar parte
en una mediación puede ser una experien- La función de la fase de evaluación o toma
cia catártica para algunas personas, que de contacto es comprobar si ambas partes
les conduce a cambiar la manera en que entienden la mediación y están dispuestos a
se responden uno a otro e incluso a modi- participar, si los dos pueden mantener discuficar la percepción de sí mismos. Si esta li- siones cara a cara y si la situación es aproberación se produce por su propia voluntad, piada para la mediación. Si ambos desean
sin que el mediador la fuerce, el papel del participar, pero emocionalmente no pueden
mediador es auténticamente facilitador. La aún enfrentarse a una discusión juntos, se
mediación puede tener efectos terapéuticos les puede ofrecer sesiones individuales adisin convertirse en terapia. La contribución cionales. Irving y Benjamín descubrieron en
de Folger y Bush es acentuar los aspectos sus estudios de seguimiento que la cuidaempáticos, idealistas y humanos de la me- dosa evaluación durante la pre-mediación
diación, a diferencia del enfoque dirigido al junto con el uso optativo de las reuniones
acuerdo, que puede ser demasiado lógico, individuales redujo un empleo inadecuado
frío y limitado para tratar las relaciones in- o prematuro de la mediación. Algunas paterpersonales.
rejas empezaron con sesiones separadas y
después pudieron pasar a las negociacio3.3. Mediación familiar terapéutica.
nes conjuntas, con resultados satisfactorios.
La diferencia principal entre la mediación
familiar terapéutica y la mediación transformadora está el distinto énfasis que se
da a la evaluación previa. El modelo desarrollado por Irving y Benjamín (1995) reconoce que hay parejas que son incapaces,
o que todavía no están preparadas para
trabajar juntos en mediación. Es posible
capacitar a algunas de éstas para usar la
mediación ofreciéndoles una ayuda preliminar en reuniones separadas, en lugar de
rechazarlos como “no aptos para la mediación”.

3.4. El Modelo Ecosistémico.
Los modelos de mediación para el acuerdo
y el transformador tienden a centrarse en
las preocupaciones y perspectivas que los
adultos traen a mediación. Los niños apenas son mencionados en la literatura que
he leído sobre estos modelos. Se los pueden
considerar como objeto de cuidado, o hasta
objeto de negociación, más que como individuos con derechos y necesidades propios
que deben ser tenidos en cuenta. Muchos
mediadores familiares piensan que su tarea
es la de fortalecer las capacidades de los
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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adultos que participan en la mediación, en
la creencia de que el acuerdo de los padres
es el mejor para sus hijos. Sólo una pequeña
minoría involucra directamente a los menores en la mediación. Sin embargo, algunos
niños desaprueban fuertemente que se les
excluya de las decisiones que van a tener
un impacto profundo en sus vidas. Como un
joven de 15 años declaró: “Nosotros también somos personas y no se nos debe tratar como seres inferiores porque seamos
jóvenes. Creo que los chicos también tienen
derecho al mismo respeto que los llamados
adultos” (Morrow, 1999).
Saposnek (1983) señalo hace veinte años
que “las disputas sobre la custodia de los
niños surgen normalmente de dinámicas interactivas complejas. Considerando las disputas sobre la custodia desde el punto de
vista de los sistemas familiares, y el mediador puede entender los elementos que los
configuran y realizar intervenciones para
obtener una resolución efectiva. El comportamiento de los niños puede causar el efecto de polarizar aún más la posición de cada
progenitor; porque cada progenitor puede
interpretarlo como una evidencia válida y
necesaria al mismo tiempo de su propia posición para asegurar el bienestar de los niños”. Si la disputa se analiza dentro de un
marco sistémico resulta evidente que las acciones de cada miembro de la familia, incluyendo la de los propios niños, influencian las
acciones y reacciones de los otros miembros
de la familia de una manera recíproca. En
consecuencia, trabajar sólo con los adultos
sin tomar en consideración las necesidades
y los sentimientos y reacciones de los niños,
puede ser ineficaz si el propósito es llegar

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a un acuerdo que funcione en la práctica.
Los niños pueden encontrar la forma de bloquear arreglos que los hagan profundamente infelices.
El modelo ecosistémico de mediación (Berubé 2002, Parkinson, 2002) se centra en la
familia como un todo. Los niños y los demás
miembros de la familia son incluidos en el
marco, indirectamente o si es posible, también directamente. El mediador mantiene
mejor la equidistancia al considerar las necesidades de la familia como un todo, que si
se centra sólo en la pareja parental en conflicto (Parkinson, 2005, 43-52).
Yo como mediadora familiar, y mi perfil profesional, como abogada y terapeuta familiar
sistémica, considero necesario contemplar
en la mediación familiar una mirada sistémica, en donde contemplemos los sentimientos
y los pensamientos de toda la familia incluyendo a los hijos. En la práctica, esta dualidad profesional me ha permitido llevar a
cabo escucha de menores, no con la intención de cuestionar con cuál padre se quieren quedar, pero si para escuchar y entender sus sentimientos y necesidades respecto
a la separación de sus padres. Si trabajamos multidisciplinariamente con el área de
psicología, con los integrantes que deseen
acudir a terapia, el desarrollo de los procesos de divorcio suele ser más favorables, sobre todo, más protectores en las emociones
de la familia.
Los principios rectores de los modelos ecosistémicos se refieren a que:
• Los miembros de la familia –principalmente los padres- pueden necesitar

La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

•

•

•

•

ayuda para negociar cambios en todos
los sectores de sus vidas, incluyendo la
necesidad de llegar a acuerdos con relación a los niños, vivienda, y situación
económica.
La particular pertinencia de un enfoque
interdisciplinario: la mediación ocurre
dentro de marcos culturales, sociales y
jurídicos. Los mediadores familiares necesitan conocimientos interdisciplinarios
y comprensión de estos marcos interconectados.
Los niños son personas –no posesionescon derechos propios, incluyendo el derecho a mantener relaciones familiares
que les brinden apoyo y formación.
Una familia separada todavía puede
ser una familia: las necesidades de sus
miembros se interrelacionan y ellos pueden necesitar ayuda para comunicarse
sobre sus problemas.
Los niños y adolescentes necesitan entender los cambios en sus vidas. Si ambos progenitores están de acuerdo en
que ello sería lo más apropiado, los niños y adolescentes pueden ser involucrados directamente en la mediación, como
también indirectamente. Los mediadores
familiares necesitan una formación adicional para incluir niños en la mediación.

Los modelos ecosistémicos de mediación
familiar tienen valores que necesitan ser
explicitados, en vez de permanecer implícitos, para que los participantes puedan hacer una elección informada del ámbito y del
proceso a recorrer. Cada familia es única:
su cultura, necesidades particulares, circunstancias y relaciones son variables y ello
puede llevar a un resultado diseñado indivi-

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

47

dualmente por la familia, en vez de para la
familia: resultado que por lo general difiere
del que se obtiene en una sentencia judicial
(Parkinson, 2005, 55-56).
Referente al párrafo anterior, en la práctica
profesional es muy cierto, que es preferible
que el convenio de divorcio lo planteen y lo
arreglen los padres, respecto a la custodia,
a la convivencia, a la pensión alimenticia,
ya que en la mayoría de los casos en donde
la resolución es dictada por un juez de familia, el resultado es alejado de la realidad
de cada familia. En la actualidad respecto a
las custodias de los hijos, son los varones los
que ya también cuentan con la custodia de
los hijos, pero también es una realidad, de
que los hermanos son separados, un padre
tiene algunos hijos, y el otro padre al resto,
en un convenio voluntario se hace mención
de la necesidad de que todos los hermanos
convivan en común, para fortalecer los lazos
de hermandad, y eso se logra principalmente en un proceso de mediación, contemplando estos tipos de situaciones, que cada día
son las normales en la vida real.
3.5. Modelo Narrativo.
Los modelos narrativos de mediación se basan en la idea de que los mediadores y los
participantes ejercen una influencia recíproca a lo largo de su diálogo. Los autores con
una perspectiva narrativa de la mediación la
conciben como un proceso en el que se invita
a los participantes a contar su historia, con
el doble propósito de implicarlos por igual
y de ayudarlos a llegar a una comprensión
compartida. Cobb (1994) y otros ven el reconocimiento de la influencia recíproca y conSandra Guillermina Paredes Baltazar

�48

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

tinua que los mediadores y los disputadores
ejercen entre sí como un desafío al modelo
de mediación dirigido al acuerdo, en el que
los participantes son guiados por el mediador a través de una serie de pasos o fases.
Los modelos por etapas proporcionan una
estructura provechosa para el proceso de
mediación, pero no explican la dinámica ni
utilizan una gama amplia de estrategias de
comunicación. Un punto clave en el modelo
narrativo es el concepto del marco de Bateson (1972), quien lo definió como un medio
psicológico de configurar los mensajes. Los
marcos operan incluyendo ciertos mensajes y excluyendo otros, igual que el marco
del cuadro contiene a éste y excluye lo que
queda fuera de él. Los marcos también sugieren cómo ha de interpretarse el mensaje
que está dentro de ellos. Por ejemplo, puede
darse un marco positivo a un mensaje negativo o viceversa. No obstante, la noción
del marco es estático, mientras que la mediación ha tomado el término reenmarcar
(o más comúnmente, reformular), más orientado al proceso, para representar un intercambio interactivo de mensajes.
La reformulación está ampliamente considerada como una de las herramientas principales con las que los mediadores ayudan a
los participantes a moverse hacia el acuerdo. En una gran parte de la literatura sobre
mediación es entendida como una función
unilateral que lleva a cabo el mediador. En
los modelos de mediación transformadora y
terapéutica, el mediador usa técnicas como
la reformulación para conseguir un determinado efecto en las partes. Por contraste,
los modelos de comunicación dan importancia a la influencia conjunta o “co-construc-

revistamsc.uanl.mx

ción de marcos” en que todas las partes,
disputadores y mediadores, se enmarcan
y reenmarcan unos a otros continuamente.
Esta percepción altera fundamentalmente
la influencia tradicionalmente atribuida al
mediador, con sus implicaciones para el modelado o conformación que éste confiere al
proceso de la mediación en respuesta a los
diferentes movimientos de acción-reacción
de cada participante.
Bodtker y Jameson (1997) utilizan la metáfora del calidoscopio para representar la
complejidad de los marcos en interacción.
Cada participante (y son al menos tres, si
hay dos partes y un mediador) trae un marco al proceso, que es como un disco que encaja al extremo del calidoscopio. Necesitamos una herramienta conceptual para que
nos permita entender la relación entre estos
tres calidoscopios durante el proceso de influencia mutua. ¿Qué características escoge el mediador de los marcos de las partes
como más significativas que las otras, y por
cuáles razones? Greatbtch y Dingwall (1994)
investigaron los cambios en la intervención
de los mediadores respecto a tres tipos de
reacción de las partes: la resistencia verbal, la conformidad verbal y el silencio. Su
estudio ilustra las influencias recíprocas del
proceso de mediación. Cobb y Rifkin (1991),
es un análisis narrativo de las sesiones de
la mediación, señalan que la importancia de
la secuencia en que se ofrecen los marcos.
La parte que relata su historia primero tiene
ventaja sobre la que interviene en segundo
lugar y ésta se ve entonces en términos de
reacción o reto a la primera, y no como una
historia por derecho propio. La segunda historia pasa a ser un argumento secundario,

La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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Científica y Práctica en MSC

a menos que esto sea diestramente manejado por el mediador. Esto plantea nuevas
consideraciones en cuanto a si el mediador
debe invitar a las partes a decidir quién va
a intervenir primero, como en el modelo de
Coogler, o si es él quien elige la persona
que comienza a hablar, después de haber
tomado una hipótesis sobre su relación de
poder o sobre otros factores.
Cobb (1994, pág. 54) describe las historias
del conflicto como “notoriamente rígidas, fácilmente reiterativas en el discurso y recalcitrantes en cuanto al cambio”. Los papeles de
los personajes que aparecen en la historia
de cada disputador son atacados y reformulados en la versión contraria, y los valores que se defienden en una se denigran en
la otra. La imagen del calidoscopio es fija.
Haynes y Haynes (1989) describen la mediación como la apertura de las historias de
la pareja a nuevas interpretaciones, Cobb
(op. cit. pág. 61) sostiene que las tres notas
distintivas de una perspectiva postestructural de la narrativa (la coherencia, el cierre y

La Mediación.

49

la interdependencia de la narrativa) operan
colectivamente para desafiar los conceptos
tradicionales de la mediación. La narrativa
en la mediación es, de este modo, mucho
más que una metáfora. La comprensión de
la influencia recíproca de los marcos y la reformulación de todos los participantes en el
proceso nos proporcionan una nueva perspectiva para entender las intervenciones.
También al desarrollo de nuevas técnicas
por parte de los mediadores, en su intento
de transformar las historias de las partes o,
simplemente, de estimular una mayor congruencia entre ellas (Parkinson, 2005, 5860).
Para mí en lo personal, como mediadora
familiar, me identifico más con el modelo
circular-narrativo de Sara Cobb, ya que se
contempla, como se dijo, de qué manera se
dijo y en qué contexto se dice. Es labor de
los mediadores tener la actitud de paciencia
y escucha activa, para poder entender la
historia cada involucrado en un conflicto.

TRADICIONAL.

TRANSFORMATIVO.

CIRCULAR-NARRATIVO.

Harvard.

Bush y Folger

Sara Cobb

Negociación colaborativa

Oportunidad para de-

Proceso de llegar a acuerdos trans-

asistida por un tercero

sarrollar el potencial de

formando la narrativa de confron-

para resolver problema.

cambio de las personas

tación, por unaw historia alternativa

al descubrir sus propias

que posible el cambio.

habilidades.

La Comunicación.

Se centra en conteni-

Se centra en el proceso

Es un proceso complejo que incluye

dos verbales. Diálogos=

relacional.

el contenido y la relación; qué se

”comunicación bilateral

dice, cómo se dice y dentro de

efectiva”

que contexto.

Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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revistamsc.uanl.mx

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

El Mediador.

Es el facilitador de la

Facilita la trasformación

Busca transformar la historia y la

comunicación, experto en

de la relación.

relación.

Un obstáculo para la

Oportunidad de transfor-

Historia interpersonal de malestar

satisfacción de intereses o

mación.

y confrontación donde mi identi-

dirigir la discusión.

El conflicto.

necesidades.

dad y mi yo o self, han estado mal
posicionados.

Métodos.

Alienación del conflicto=

Empoderamiento.

Reflexión y comprensión.

catarsis o descarga de las

Co-protagonismo.

Reconocer y aumentar las diferen-

emociones asociadas al

Preguntas circulares.

cias.

conflicto.

Legitimar a las personas.

Neutralidad: imparciali-

Generar nuevos significados.

dad y equidistancia del

Generar contexto de confianza.

mediador.
Ir del caos al orden.

Metas.

Lograr el acuerdo.

Modificar la relación

Reflexión más que aireación.

Disminuir diferencias entre

entre las partes, sin im-

Cambiar el significado.

las partes.

portar si llegan o no a un

Transformar la historia.

acuerdo.

Lograr el acuerdo, si es posible.

Principales modelos de mediación.
Fuente: Harvard; Bush y Folger, 1996; Cobb, 1995.

Tomando en cuenta el modelo de circular
narrativo de Cobb, (1991) se menciona que
se concibe la comunicación como un todo;
esto es, un proceso bidireccional donde las
partes comunicantes están en constante intercambio y en tanto se comunican, se retroalimentan.

•

Este modelo gira en torno a las relaciones (Paredes, 2010, 82-83).

4.- PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA MEDIACIÓN FAMILIAR.
El principio indispensable en la mediación
familiar será la voluntariedad, como principio rector de la mediación. En la ley de jusEn este modelo se considera importante pro- ticia alternativa del Estado de Jalisco8 conporcionar un espacio en donde:
templa los siguientes principios:
• Se fomente la reflexión y no la aireación
de las historias.
Artículo 4.- Las actuaciones derivadas del
• Cambiar el significado del conflicto.
procedimiento de los métodos alternativos
• Transformar la historia que traen a la se- estarán regidas por los siguientes principios:
sión.
congresoweb.congresojal.gob.mx/.../Leyes/
• Buscar un acuerdo, aunque éste no sea 8
Ley%20de%20Justicia%20Alternativa%20...
la meta fundamental.
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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I. Voluntariedad: La participación de los
interesados en el método alternativo deberá realizarse con su consentimiento y bajo su
absoluta responsabilidad;

conflictos derivados por la violación de
un derecho legítimo o por incumplimiento
indebido de una obligación y que no afecten
el interés público;

II. Confidencialidad: La información derivada de los procedimientos de los métodos
alternativos no podrá ser divulgada, por lo
que será intransferible e indelegable.

VIII. Honestidad: El prestador del medio alterno deberá excusarse de participar
cuando reconozca que sus capacidades,
limitaciones o intereses personales pueden
afectar el procedimiento;

Sólo a petición de la autoridad ministerial
y judicial se podrán entregar las actuaciones derivadas de los procedimientos de los
métodos alternativos, los cuales se considerarán reservados para efectos de la Ley de
Transparencia e Información Pública del estado de Jalisco;

IX. Protección a los más vulnerables: Los
convenios finales se suscribirán observando adicionalmente los derechos de las niñas, niños, adolescentes, incapaces, adultos mayores e indígenas, según sea el caso;

X. Economía: Los prestadores del servicio
III. Flexibilidad: El procedimiento será sus- procurarán ahorrar tiempo y gastos a las
ceptible de cambios o variaciones según las partes;
circunstancias o necesidades de los participantes;
XI. Ejecutoriedad: Una vez sancionado y
registrado el convenio en el Instituto, se poIV. Neutralidad: El prestador del servicio drá exigir su cumplimiento forzoso ante un
alternativo deberá ser ajeno a los intereses juez de primera instancia en la vía y términos
jurídicos que sustenten las diversas partes establecidos en el Código de Procedimiendel conflicto;
tos Civiles del Estado;
V. Imparcialidad: El prestador del medio XII. Inmediatez: El prestador del servicio
alternativo procederá con rectitud sin pre- tendrá conocimiento directo del conflicto y
disposición en favor o en contra de alguna de las partes;
de las partes;
XIII. Informalidad: Estará ausente de las
VI. Equidad: El prestador del servicio de- formas preestablecidas en los procedimienberá generar condiciones de igualdad para tos jurisdiccionales, sujetándose únicamente
que las partes actúen dentro del procedi- a esta ley y la voluntad de las partes;
miento sin ventajas indebidas;
XIV. Accesibilidad: Toda persona sin disVII. Legalidad: Sólo podrán ser objeto tinciones de origen étnico, sexo, edad, condel procedimiento previsto en esta ley, los dición social, religión o estado civil tendrá
Sandra Guillermina Paredes Baltazar

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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derecho a los métodos alternos de justicia,
por lo que se facilitará su acceso principalmente a las personas o grupos más vulnerables de la sociedad; y
XV. Alternatividad: Procurará el conciliador proponer diversas soluciones al conflicto de manera que las partes tengan opción
de escoger alguna alternativa conveniente
para solucionar el conflicto.
CONCLUSION.

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ocasiones muchos de los problemas existen
por la mala comunicación que hemos tenido
y por consecuencia algunos malentendidos.
Otro elemento importante es tomar en cuenta que los mediadores familiares debemos
de considerar la paciencia necesaria para
atender a las familias, tener la empatía de
saber escuchar, entender y validar el pasado de las personas, que cada una, vive,
siente y observa su historia de manera diferente, comprendiendo esto y hacerles saber que entendemos que han pasado por
situaciones difíciles para ellos y después
invitarlos a pensar que propuestas tienen,
enfocando la solución tanto en el presente
como en el futuro.

Este tema de investigación es de mi interés
porque considero que la Mediación Familiar
debe de abordarse de una manera especial,
tomando en cuenta que en la actualidad los
problemas familiares han incrementado de Así mismo, considero importante que, tomanera impresionante.
mando en cuenta, que todos los seres humanos debemos ser atendidos privilegiando los
En la práctica se observa que el modelo cir- derechos humanos, validando sus historias
cular narrativo tiene mayor cobertura en la de una manera respetuosa y compresiva,
parte emocional, es importante en la aten- sin olvidarnos de la imparcialidad que debe
ción a las familias tener una mediación fa- respetar el mediador.
miliar reflexiva con una mirada sistémica,
donde los resultados sean obtenidos con la Partiendo de la premisa del Dr. Juan Luis
voluntariedad de las personas involucradas Linares (Terapeuta Familiar Sistémico) dony, por ende, los convenios serán de mayor de menciona: “que todos los seres humanos
cumplimiento.
debemos de sentirnos queridos, valorados y
reconocidos”, en mi experiencia, aplicando
Dentro de las técnicas y herramientas del ésta premisa he observado muchísimos cammediador familiar destacamos que una de bios emocionales en las mediaciones que
las más importantes es la escucha activa he realizado, a la fecha cuento con 10 años
empática, ya que mediante el parafraseo de experiencia en la mediación familiar, y
se harán devoluciones a los mediados, de tomando en cuenta las emociones de toda
lo que escuchamos, con la finalidad de que, la familia, se logra favorecer la reflexión de
por un lado, el mediado se sienta escuchado que, los padres dejan de ser pareja termiy comprendido y por su parte, el otro me- nando la conyugalidad pero, la parentalidiado escuche y reflexione como se siente dad que es la relación sus hijos, subsistirá
la otra persona, que en la mayoría de las por siempre.
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

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Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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En esta investigación, precisamente otro
tema relevante es tomar en cuenta siempre
las emociones de las niñas, niños y adolescentes, donde mediante su participación de
escucharlos, podemos detectar situaciones
delicadas que tendrán que considerarse a
la hora de elaborar los convenios familiares.
Inclusive esta participación se debe de realizar antes de que se tomen los acuerdos del
convenio final, con la intención de que, se
logre la reflexión de los padres.

de los retos que enfrentamos por el COVID
las secuelas muestran un gran deterioro en
la salud mental de los integrantes de la familia; desde depresión, abandono, indiferencia, desempleo, falta de comunicación,
etc. Y por lo tanto los asuntos de familia se
han incrementado de manera considerable.
A raíz de estas problemáticas anteriormente
mencionadas es necesario tomar acciones
para que la sociedad y las familias fomentemos mayor empatía para poder promover
una cultura de paz que fortalezca las relaEn muchas ocasiones las charlas con las ni- ciones humanas y en consecuencia que conñas, niños y adolescentes revelan en sus en- flictos se resuelvan tanto de manera voluntatrevistas la gran tristeza que manifiestan de ria, consensuada y con mayor cumplimiento.
diferentes maneras por la separación de sus
padres, manifestándose con acciones de
La primera obligación que tiene el ser humaltrato físico a ellos mismos. Es indispenmano desde el momento de nacer y hasta
sable, que dentro de las recomendaciones
el fin de su existencia es ser feliz.
a los padres se sugiera tener una sana convivencia con sus hijos, de mejor calidad, ya
Roberto Arizmendi.
que en la actualidad los dos padres trabajan y los hijos se sienten abandonados: física, emocional y económicamente. Así mismo
se les recomienda llevar a sus hijos a terapia TRABAJOS CITADOS
psicológica.
Bennett, G. P. (2001). Guía Práctica para la mediación. Pai-

Siendo la mediación familiar una materia
especializante, será necesario que se realice un trabajo multidisciplinario (indispensable la intervención de un abogado, un psicólogo y un trabajador social) como Directora
del Centro Público de Mediación del Centro
Universitario de Ciencias Económico y Administrativas de la Universidad de Guadalajara, hemos trabajamos de manera integral,
favoreciendo los resultados de las mediaciones realizadas.

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Carrasquedo Espinosa, E. J. (2013). Propuesta de Reforma
del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, para regular la Mediación Familiar. Diplomado de
Métodos Alternos para la Solución de Conflictos. Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco. Comisión
Carrera Judicial, Adscripción y Evaluación.
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Habilidades del Mediador”. Instituto Tzapopan, Guada-

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Mediación del CUCEA No. 156, de la Universidad de Guadalajara. Claustro del Instituto
de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco. Docente de la Maestría en Resolución de
Conflictos de CUCEA Universidad de Guadalajara. Profesora de la Maestría en Terapia Familiar Sistémica del Instituto Tzapopan. Profesora de materias de derecho en el
CUCEA de la Universidad de Guadalajara..

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Vinyamata Camp, E. (2003). Mediación. Paidós.

_
Sandra Guillermina Paredes Baltazar
Abogada por la Universidad de Guadalajara. Maestría en Terapia Familiar Sistémica
del Instituto Tzapopan. Doctora en Derecho
por el Instituto Internacional del Derecho y
del Estado. Directora del Centro Público de
La mediación familiar como herramienta para la solución pacifica y protectora de las emociones. PP. 33-54

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

La importancia de las emociones en los conflictos
de pareja
The importance of emotions in couple conflicts

Recibido: 28-09-2022

| Aceptado: 28-12-2022

Natalia Ix-Chel Vázquez González*
Guillermina Díaz Pérez*

*https://orcid.org/0000-0002-3492-9526
Universidad Autónoma del Estado de México
Toluca, México
*https://orcid.org/0000-0002-7634-6636
Universidad Autónoma del Estado de México
Toluca, México

Resumen
El artículo tiene por objetivo mirar como las emociones en las relaciones de pareja se ven atravesadas por el género y como ello repercute en la manera en la que afrontan los conflictos entre
ellos, para ello, se hizo uso de metodología cualitativa a través de entrevistas a profundidad
a personas que viven en pareja independientemente de su situación civil. Las categorías que
marcaron el rumbo de la investigación son los estereotipos de género con el propósito de comprender si estos pudieran relacionarse con las competencias emocionales, así como saber si las
personas entrevistadas podían reconocer, nombrar y gestionar sus emociones, la última categoría
se centra en las actitudes que asumen frente a sus conflictos de pareja. Por otra parte, se hace
alusión a como la mediación puede ayudarnos en reconocer y externar nuestras emociones.
Palabras clave: parejas, emociones, conflicto, mediación

Abstract
The article aims to look at how emotions in couple relationships are crossed by gender and how
this affects the way in which they face conflicts between them, for this, qualitative methodology
was used through interviews with depth to people who live as a couple regardless of their marital
status. The categories that marked the course of the investigation are gender stereotypes with the
purpose of understanding if these could be related to emotional competencies, as well as knowing
Cómo citar
Vázquez González, N. I.-C., &amp; Díaz Pérez, G. La importancia de las emociones en los conflictos de pareja. MSC
Métodos De Solución De Conflictos, 3(4). Recuperado a
partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.php/m/article/
view/43

�56

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

if the interviewed people could recognize, name and manage their emotions, the last category
focuses on the attitudes they assume towards their partner conflicts. On the other hand, reference
is made to how mediation can help us recognize and express our emotions.
Keywords: couples, emotions, conflict, mediation

1. INTRODUCCIÓN
Desde la Investigación para la Paz es un
principio trabajar en relaciones humanas
que se desarrollen de manera justa y pacífica, y para ello, debemos de recuperar
nuestras capacidades de ser sensibles, cuidadoso/as, diligentes y amoroso/as; sin embargo, no siempre sucede así.
La filosofía para la Paz de la que habla Vicent Martínez Guzmán, considera que los
seres humanos, a través de la ética dialógica, pueden pedir cuentas de lo que hacen, dicen y callan. La ética dialógica brinda
la oportunidad de contar con capacidades
para saber hacer las paces, donde los seres
humanos podrían potenciar el amor y saber
que se pueden hacer las cosas con cuidado,
con diligencia y expresando los sentimientos hacia los otros y las otras y expresando
cómo nos sentimos nosotros mismos (Martínez-Guzmán, 2020)
Las relaciones humanas no siempre se conducen bajo dichos principios y se generan
algunos puntos de vista distintos o contrarios,
por ello, se debe de trabajar con diálogo,
creatividad, la cual siempre se localiza entre
lo intelectual y lo emocional. Una buena idea
comienza como una emoción, produciendo
una sensación de liberación las emociones

son las fuerzas directoras; la intelectualidad
es el instrumento; lo cierto es que la no violencia que nunca insulta las necesidades básicas (Galtung, 2004). Existe armonía cuando
hay una satisfacción mutua de necesidades
básicas (Galtung,2000). Es aquí donde vemos que en estas relaciones humanas necesitamos de las emociones para mirarnos
los unos y los otros, para también saber que
tenemos la capacidad de cuidar al uno y al
otro (Martínez-Guzmán., 2020).
2. LA IMPORTANCIA DE LAS
EMOCIONES EN LAS RELACIONES
HUMANAS
Vicent Martínez-Guzmán (2020) desde la
filosofía para hacer las paces recupera el
concepto del amor, al situarlo como esa
competencia para reconocer al otro como
interlocutor válido y tener ganas de saber y
compartir con justicia, de recuperar la sensibilidad y buscar formas pacíficas de trascender los conflictos, reconocer el papel del
cuerpo como parte del reforzamiento de la
identidad, y asumir la acaricia y la ternura
como recuperación de la confianza en uno
mismo (Martínez -Guzmán, 2020). Pero,
cómo miramos y trabajamos los sentimientos de los otros y otras y los nuestros; cómo
ocupamos estos sentimientos para tener una
capacidad amorosa de reconocimiento de

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

la otredad, de igualdad entre los interlocutores; cómo ejercemos poder sobre el otro,
cómo ocupamos nuestras emociones para
recuperar en nosotros mismos y en la otredad las capacidades y competencias; cómo
ocupamos nuestras emociones para hacer
las paces y expresar el amor como amistad,
como gratitud o como deseo; cómo recuperar esta otra parte emocional que es tan
importante para sabernos que no solamente
somos seres racionales sino que a través de
las emociones podemos construir la paz.

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

57

cidades que construyen y aumentan la solidaridad, la justicia, los espacios de libertad,
equidades y sociedad con el reconocimiento del género e intercultural.

El diálogo, a través del lenguaje y la palabra, permite expresar las emociones; pero
si éstas provocan en el otro miedo de tal
suerte que se convierten en espacios de dominación y ponen en situación de fragilidad,
vulnerabilidad y negación de su capacidad
de interlocución válida, se está frente a un
proceso de poder destructivo y de violencia,
Cuando nuestras emociones no se encuen- “la violencia rompe la equivalencia de la
tran atravesadas por estos elementos de jus- justicia” (Martínez -Guzmán, 2020, p. 95).
ticia, se puede tener un ejercicio del poder
con un significado negativo; es decir, cuan- Por el contrario, los seres humanos somo indo unos seres humanos anulan las capaci- terdependientes y somos seres relaciones
dades, competencias y poderes de otros que necesitamos de la otredad para poder
seres humanos mediante la marginación, la configurar nuestra identidad. De ahí la immiseria y la exclusión; por eso cuando se tie- portancia del lenguaje en la construcción de
ne esta capacidad de moverse en relacio- los mundos sociales, en donde se nombra y
nes sociales con emociones y sentimientos reconoce a la otredad como interlocutores
en donde se procura el cuidado del otro, válidos.
nuestro cuidado, se está trabajando en lo
que Francisco Muñoz llama el empodera- Justo por ello se hace necesario una educamiento pacifista, el cual “podría interpretar- ción socio emocional en tanto que ésta es imse como aquel ejercicio de las capacidades, portante para afrontar los conflictos de macompetencias y poderes de los seres huma- nera pacífica. La emoción se define “como
nos con miras hacer las paces “ (Martínez un sentimiento y sus pensamientos caracteG., 2020, p. 89); de ahí que sea relevante rísticos, a estados psicológicos y biológicos
visualizar la relevancia de las emociones en y a una gran variedad de tendencias a aclas relaciones humanas, porque a partir de tuar” (Goleman D., 1998, p.331). Por su parte,
ellas o se hacen las paces o se podrían estar Bisquerra afirma que las emociones son “Un
generando espirales de violencia. Trabajar estado complejo del organismo caracterisobre las emociones que generan relacio- zado por una excitación o perturbación que
nes justas, igualitarias, de reconocimiento predispone a una respuesta organizada. Las
del otro, equitativas, también generan rela- emociones se generan habitualmente como
ciones que trascienden de lo interpersonal a respuesta a un acontecimiento externo o inlo comunitario y con ello se observan capa- terno” (Bisquerra A., 2000, p.61). Ambas deNatalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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finiciones dejan entrever que las emociones
motivan una actuación en el sujeto y por tanto se pueden expresar, gestionar y transformar; pero depende de los contextos sociales y culturales donde se van aprendiendo y
significando colectivamente a reconocerlas,
expresarlas, negarlas, potenciarlas, ocultarlas y transformarlas. La importancia del lenguaje y el diálogo para el reconocimiento,
expresión y gestión de estás es fundamental,
en tanto que con el lenguaje apropiamos y
construimos el mundo social; se debe, entonces, también trabajar con las maneras que
se tienen de nombrar las cosas para poder
trabajar con las emociones.
A manera de esquematizar, se afirma que
existen dos tipos de emociones, las primarias
y las secundarias. Las emociones básicas o
primarias aparecen durante el desarrollo
natural de cualquier persona, independientemente del contexto, en el que se desarrolla y tienen como propósito ayudar a sobrevivir y dirigir nuestra conducta y favorecer
las relaciones sociales; estas emociones
básicas sirven para defenderse o alejarse
de los estímulos nocivos o para aproximarse
a estímulos placenteros o de recompensas.
Paul Ekman (citado en Bisquerra A., 2000),
distinguió seis emociones básicas: alegría,
tristeza, miedo, ira, asco, sorpresa.
Las emociones son señales que no siempre
se ajustan de manera adecuada al contexto
y pueden aparecer como problemas si no se
sabe gestionarlas, sea por falta de información en el aprendizaje emocional, o por las
vivencias previas. De ahí, la necesidad de
acercarse a una educación socioemocional
para promover una inteligencia emocional,

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esta última en facilita acceder, interpretar y
nombrar las señales internas que están produciendo problema, reflexionar sobre ellas
y utilizarlas o transformarlas de forma adaptada a las circunstancias. Cuando se consigue realizar este proceso de manera exitosa el bienestar aumenta exponencialmente
y se revela el significado que se tienen en
la experiencia de vida y de esta manera se
van dando pistas para aprender a gestionar
adecuadamente los estados de ánimo para
ser capaces de tomar decisiones con las
que se incremente el grado de satisfacción
y se abandonen los intentos de reprimir las
emociones desagradables o de reaccionar
de manera impulsiva.
Las emociones secundarias, se desarrollan
a partir de las emociones básicas. Son mucho más complejas y surgen en contextos de
relaciones interpersonales, por lo que están
condicionadas por los procesos de aprendizaje y socialización. Las emociones secundarias se desarrollan a partir de las básicas
y al ser más complejas se necesita que la
persona tenga un grado de desarrollo cognitivo para poder elaborarlas (empiezan a
desarrollarse alrededor de los 2 - 3 años de
vida).
La inteligencia emocional tiene como propósito enseñar a comprender las emociones
propias y poderlas gestionar de la forma
más correcta. El mayor reto aparece cuando se pone el foco en las emociones negativas, las cuales puede ser desbordantes
y paralizantes cuando la persona no sabe
cómo enfrentarse a ellas. Entre estas emociones encontramos el miedo, un reflejo que
puede condicionar áreas de nuestra vida y

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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llevar hasta el aislamiento o la ansiedad elevada, sin ser necesario que exista una fobia
para ello. Goleman (citado en Bisquerra y
Pérez, 2007, p. 66), divide en cinco dominios
el desarrollo de la Inteligencia emocional:
autoconciencia emocional, manejo de las
emociones, automotivación, empatía y habilidades sociales.

Practicar la empatía ayuda a ampliar las
perspectivas y con ello a enriquecer el conocimiento del mundo con nuevas ideas,
puntos de vista y oportunidades. Es una habilidad social clave que permite escuchar
mejor, comprender y formular mejores preguntas, mejorando la comunicación, siendo
la base para construir relaciones sólidas y
enriquecedoras. Regularmente cuando hay
La empatía es una de las competencias más violencia de género no existe la práctica de
importantes de las que están incluidas en la la empatía, en tanto se desconoce al otro en
inteligencia emocional. La palabra procede su totalidad.
de los vocablos griegos en que significan
“dentro de él” y “lo que se siente”. Sin em- En los últimos años se ha hecho evidente que
bargo, el significado real de este fenómeno no sólo necesitamos competencias profesiopsicológico es aún más importante que la nales para poder desempeñarnos, sino que
capacidad de ponerse en el lugar de otro; es necesario contar con competencias de
es la capacidad de comprender la vida desarrollo socio-personal, entendiendo que
emocional de otra persona, casi en toda su incluyen, a su vez, competencias de índole
complejidad. Esto no supone necesariamen- personal e interpersonal y en estas es donte compartir las mismas opiniones y argu- de se incluyen el subconjunto de las compementos que justifiquen el estado o reacción tencias emocionales: Motivación, autoconque expresa la otra persona. Ni siquiera sig- fianza, autocontrol, paciencia, autocrítica,
nifica estar de acuerdo con el modo de in- autonomía, control del estrés, asertividad,
terpretar las situaciones con carga afectiva responsabilidad, capacidad de toma de
del interlocutor.
decisiones., empatía, capacidad de prevención y solución de conflictos, espíritu de
La empatía está referida entre otras cosas a equipo, altruismo ( Bisquerra y Pérez, 2007).
la escucha activa, la comprensión y el apoyo
emocional. Además, implica tener la capa- La competencia emocional se relaciona con
cidad suficiente para diferenciar entre los la demostración de autoeficacia (capaciestados afectivos de los demás y la habili- dad y las habilidades) que tiene el individad para tomar perspectiva, tanto cognitiva duo para lograr los objetivos al expresar
como afectiva, respecto a la persona que emociones en las relaciones sociales. Entre
nos expresa su estado emocional.
las que se pueden encontrar dentro de las
competencias personales, la conciencia de
Los componentes de la empatía son: saber sí mismo (Conciencia emocional de uno misescuchar, Interpretar las señales no ver- mo, la valoración adecuada de uno mismo
bales, mostrar comprensión, prestar ayuda y la confianza en uno mismo) y la autogesemocional
tión (autocontrol emocional, transparencia,
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

�60

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adaptabilidad, logro, iniciativa, optimismo);
dentro de las competencias sociales, la conciencia social (donde entra la empatía) y la
gestión de las relaciones (donde entra la
gestión de los conflictos) (Saarni citado en
Bisquerra y Pérez, 2007, p.65).
Dicho autor señala que para que haya autoeficacia se requiere conocimiento de las
propias emociones y capacidad para regularlas hacia los resultados deseados y éstos
dependen de los principios morales que uno
tiene; el carácter moral y ético influyen en las
respuestas emocionales de cara a promover la integridad personal. Una competencia emocional madura debería reflejase en
el ejercicio de los valores ético- culturales,
de ahí la importancia que ocupa el contexto, donde el tiempo el espacio y el tiempo
son condicionantes de la competencia emocional. Justo aquí cobra sentido la relación
entre el desarrollo moral y las competencias
emocionales maduras.

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ajena e imparcial al conflicto, aceptada por los disputantes y sin poder de
decisión sobre los mismos, con el objetivo de facilitar que éstos lleguen por
sí mismos a un acuerdo por medio del
diálogo y la negociación (Jares, 2001,
p.159).
La mediación, no sólo nos permite hacernos
conscientes del papel que juagamos dentro
de un conflicto y asumir nuestra responsabilidad en el mismo, también nos permite explorar nuestra capacidad de diálogo, hasta
donde y en qué estamos dispuestos a ceder para la transformación del conflicto, así
como experimentar el bienestar emocional
que podemos sentir a través de ello.

Es de nuestro interés hacer hincapié en el
papel que tiene la mediación para conocer nuestras emociones, así Marines Suares (1996) considera que ésta nos permite
diversos aprendizajes, entre ellos el deuteroaprendizaje o conocimiento tácito, ya
3.- EL PAPEL DE LA MEDIACIÓN EN LA
que se convierte en un proceso positivo de
ENSEÑANZA DE NUESTRAS
enseñanza sobre: habilidades positivas y
EMOCIONES
efectivas de relación interpersonal, de regulación y expresión de emociones y senLos diversos medios alternos de resolución timientos, de comunicación, cooperación,
de conflictos tienen como propósito transfor- pensamiento reflexivo, creativo, crítico, etc.
mar creativa y positivamente los conflictos,
entre ellos, la mediación, acorde a Xesús Los conflictos en las relaciones de pareja
Jares (2001), ésta es altamente educativa, suelen estar motivados por una baja gestión
ya que a través de sus etapas existen diver- emocional, mala o nula comunicación, persos aprendizajes para las partes involucra- cepciones falsas o estereotipos y conductas
das, recordemos que
negativas, ejerciendo un poder destructivo
emocionalmente. En algunos casos incluso
La mediación es un procedimiento de pueden ser considerados como conflictos
resolución de conflictos que consiste en irreales porque no hay una condición objela intervención de una tercera parte, tiva que propicie el conflicto, es más un proLa importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

blema de relación que implica emociones.
No sólo peleamos por los deseos y las metas que nos interesan, frecuentemente, las
personas con las que reñimos más a menudo
son aquellas a quienes valoramos y queremos, solemos pensar en que es lo que nosotros requerimos de la relación sin realmente
conocer las necesidades y emociones de
nuestra (la) pareja sentimental, o pero aún
no es fácil reconocer lo que emocionalmente
necesitamos y lo que podemos ofrecer a la
pareja. Cuando por diversas circunstancias
no se ha logrado transformar el conflicto, la
mediación familiar, es una opción que puede ayudar a las parejas.
Un estudio, de García, Fuentes y Sánchez
(2016), donde se realiza una correlación entre el amor, la satisfacción marital y la resolución de conflictos en las parejas, parte del
hecho, que el conflicto puede brindar oportunidades para el cambio, la negociación,
comprender y adaptarse a las diferencias
y crecer como pareja. Para llevar a cabo el
análisis recuperan la tipología de Kurdek
(citado en García, Fuentes y Sánchez, 2016)
para hablar de estilos de afrontar el conflicto (la negociación o resolución positiva, la
confrontación, la retirada).

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hombres usan más que las mujeres el estilo
de sumisión y las mujeres usan más la confrontación. El mayor uso de los hombres de la
sumisión podría relacionarse con la actitud
predominante, ágape, la que se caracteriza por la entrega desinteresada que podría
abarcar incluso ceder la posición al momento de resolver un conflicto. Por otra parte, el
uso mayor de la confrontación por parte de
las mujeres podría tener relación con el nivel
educacional, pues un nivel superior, les proporciona mayores herramientas sociales y
un empoderamiento de género, equiparándose los roles en la relación. También una
actitud de retirada del conflicto afectaría los
niveles de comunicación dentro de la relación de pareja y que a la par se relaciona
con niveles bajos de satisfacción de la pareja (cfr. García, Fuentes y Sánchez, 2016, p.
287-288).

Al momento de estallar un conflicto, es frecuente que las personas involucradas experimenten numerosos sentimientos y emociones, ya que son reacciones que comúnmente
se pueden tener ante el estímulo del conflicto, particularmente fuertes cuando se trata
de personas en una relación de pareja en la
que no solo pueden estar presentes vínculos
afectivos entre ellos, en ocasiones también
Dichos autores afirman que la distinción en- implica a terceras personas, ya sea sus hijos
tre las parejas funcionales de las disfuncio- e hijas, cuando los tienen, o tal vez a otros
nales se da por la forma en que resuelven familiares o seres queridos.
estas discrepancias. Los resultados de dicho
estudio muestran que en las parejas funcio- Las emociones, así como los sentimientos
nales tanto hombres como mujeres utilizan pueden alterar a las partes, o a la posición
en mayor medida a la negociación como o postura que asumen en el conflicto, por
estilo de afrontar los conflictos. Sin embar- lo que es importante al momento de analigo, manifiestan diferencias significativas con zar el conflicto, identificar que emociones o
respecto a estilos disfuncionales, pues los sentimientos intensos, están presentes para
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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buscar posibles alternativas de solución o
transformación del conflicto, por otra parte reconocer la emoción o el sentimiento, y
externarlo de modo que no se vuelva destructivo para la persona que lo experimenta
ni para terceros, puede ayudar a despejar
nuestra mente y evitar somatizar las emociones.
El hecho de poder nombrar las diversas
emociones que somo capaces de externar
como seres humanos puede ser tarea compleja, e incluso las emociones básicas, aún
más identificarlas, debido a que -desafortunadamente- en pocas ocasiones se cuenta
con una educación emocional, y/o la propia ofuscación que experimentamos por el
conflicto, nubla nuestros verdaderos o más
profundos sentimientos, sean o no gratos.
Por ello, en el proceso de mediación, la tarea de identificación y reconocimiento de las
emociones que originaron y/o nos genera
el conflicto, el mediador o mediadora tiene
un papel central, quien como sabemos debe
contar con diversas habilidades, entre ellas,
la capacidad de mejorar las emociones en
el conflicto. Así, parte de su labor es estimular a los mediados a expresar sus emociones, no esencialmente para que se liberen
de ellas, encausarlas o profundizar en ese
aspecto, sino para conocer qué hay detrás
de las emociones sobre el conflicto y así poder alentar su empoderamiento y el reconocimiento. Sin duda, ello también será útil
para propiciar acuerdos colaborativos, en
este sentido los mediadores o mediadoras
deben considerar la presencia de las emociones en cada una de las personas mediadas y buscar la congruencia entre ellas. Es
así que, dentro de la capacitación para po-

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der ser una persona dedicada a la mediación, está el conocimiento profundo de las
emociones y su gestión.
También el mediador está haciendo un trabajo que desde la Investigación para la Paz,
permite que los mediados reconozcan sus
necesidades así como al otro como interlocutor válido y estén realizando un ejercicio
de empoderamiento pacifista con los mediados, lo que incrementa la creatividad y
potencia las capacidades para usar un lenguaje que construya otro tipo de realidades
sociales, con mayor justicia, más solidaridad, equidad y libertad.
El reconocer y estar conscientes de nuestra
emociones, aprender a expresarlas y regularlas nos permite conocer nuestras necesidades y motivaciones, profundizar sobre
nuestro sentir y a conocernos, aunado a que
propicia una mejor salud emocional y por
tanto física, en ello la mediación tiene un
papel centralmente educativo.
4. GÉNERO Y EMOCIONES
Son diversos los factores que influyen en
nuestra capacidad para expresar nuestros
sentimientos y emociones, uno de ellos es la
manera que fuimos educados por nuestros
padres y madres a expresarnos o no emocionalmente, e incluso en ocasiones se enseñan las emociones que podemos expresar
públicamente y cuáles no; lo que aprendemos en el contexto familiar es reforzado por
los medios de comunicación, la escuela, y el
grupo de personas con las que cotidianamente convivimos.

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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Existe un factor que afecta prácticamente los
diversos espacios de nuestra vida incluido el
emocional, este es el género, el cual consiste
en un conjunto de características culturales
asignadas a cada uno de los sexos, las cuales son reproducidas y legitimadas socialmente, así “los sentimientos, las emociones,
las actitudes femeninas o masculinas no se
heredan, sino que se aprenden” (Lagarde,
1996, p. 31).

cómo resuelven sus conflictos. Para ello, se
recurrió a la entrevista en profundidad entendida esta como “reiterados encuentros
cara a cara entre el investigador y los informantes, encuentros éstos dirigidos hacia la
comprensión de las perspectivas que tienen
los informantes respecto de sus vidas, experiencias o situaciones, tal como las expresan
con sus propias palabras (Taylor y Bogdan,
2013, p. 101).

El género ha marcado lo que mujeres y hombres deben expresar sentimental y emocionalmente, establece que “corresponde” a
las mujeres ser expresivas emocionalmente,
ellas deben ser afectuosas, amorosas, cariñosas, compasivas, empáticas, tiernas, con
capacidad para cuidar a los otros, mientras
que a los hombres les corresponde tener una
expresividad limitada, mostrar fortaleza, ser
agresivos, valientes, arrojados, dominantes
con su pareja sentimental y protectores de
su familia, el poder cumplir con estos roles y
estereotipos de género en el ámbito de las
emociones permite considerar a las personas como femeninas o masculinas.

Los requisitos para elegir a los informantes
consistió en que estuvieran en pareja conviviendo en la misma casa, indistintamente
de que vivieran en unión libre o casados, no
importaba que tuvieran o no hijos. Se buscaron hombres y mujeres, y se trató de tener un
rango que fueran de los 20 a los 34, de los
34 a los 50 y de 50 a más, en aras de tener
un espacio comparativo para ver si había
diferencias en sus acercamientos emocionales al momento de afrontar un conflicto. Fue
necesario el uso de porteros que permitieran encontrar a los informantes.

5. DISEÑO METODOLÓGICO Y
RESULTADOS
Para cumplir con los objetivos de la investigación se recuperó la metodología cualitativa, en aras de recuperar desde la propia
voz de los sujetos los datos que nos permitan acercarnos al objeto de estudio. Hacer
uso de esta metodología permite apreciar
la realidad a través de las interpretaciones
de las parejas heterosexuales, la interiorización de los estereotipos de género, sus emociones y sus acercamientos a la manera en

El objetivo de la investigación es mirar como
las emociones en las relaciones de pareja se
ven atravesadas por el género y como ello
repercute en la manera en la que afrontan
sus conflictos de pareja; de ahí que dentro de
las categorías que marcaron el rumbo de la
investigación era fundamental trabajar con
los estereotipos de género con el propósito
de comprender si estos pudieran relacionarse con las competencias emocionales; una
segunda categoría se centró en las competencias emocionales y ver si se podían reconocer, nombrar y cómo se gestionaban las
emociones, una tercera categoría se centra
en las actitudes frente al conflicto. FinalmenNatalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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te, en el cuidado, como manera de entender tal suerte que las categorías pueden visualila empatía y las rutinas de mirar al otro. De zarse en el siguiente cuadro:
Cuadro 1: Categorías e indicadores
Categoría

Variable

Indicador

Estereotipos y roles de
género

Roles tradicionales
Nuevos roles

Autodefinición de ellas/os mismos
Definición de un buen hombre
Definición de una buena mujer

Competencias emocionales

Conciencia emocional

Toma de conciencia de las propias emociones
Dar nombre a las emociones
Comprensión de las emociones
de los demás
empatía
Expresión emocional
Regulación emocional
Habilidades de afrontamiento

Regulación emocional

Resolución de conflictos

Actitudes frente al conflicto
PIN

Cooperación
Negociación
competencia
Evasión
Sumisión
¿Se trabajan las necesidades e
intereses o los posicionamientos?

Cuidado

Autocuidado
Practica del cuidar al
otro

¿Prácticas de autocuidado o
Autosacrificio?
Empatía,
Responsabilidad compromiso

Fuente: elaboración propia

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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Las dificultades para la selección de los informantes claves, requirió que se hiciera uso
de porteros que permitirá el con ellos, para
que tuvieran la seguridad de que su espacio íntimo no sería trastocado. Se cambiaron

65

los nombres para su confidencialidad. Se
realizaron siete entrevistas: tres hombres y
cuatro mujeres. El perfil de los entrevistados
quedó determinado de la siguiente manera:

Estereotipo de género
Tradicionales

Libia

M

23 licenciatura Ama de casa/
comerciante

3 años Unión
libre

-

Tradicional/con
Perspectiva de
género

Raúl

H

32 maestría

8 años Unión
libre

-

Perspectiva de
género

Constanza

M

50 licenciatura Profesora

22
años

Casada

2

Tradicional/con
Perspectiva de
género

Jorge

H

48 Secundaria Carpintero

10

Unión
libre

-

Tradicionales

Profesor
Universitario

Tiempo de vivir en
pareja

2

escolaridad

17 años Unión
libre

Edad

42 secundaria Chofer

sexo

Manuel H

Entrevistado

Hijos/as

Situación conyugal

Actividad profesional

Cuadro 2.- Personas Entrevistadas

Miriam M

33 especialidad

Profesional de la 8 años Unión
salud
Libre

-

Tradicional/con
Perspectiva de género

Carla

61 primaria

Ama de casa

5

Tradicionales

M

37
años

Casada

Fuente: Elaboración propia a partir de las entrevistas

Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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Con los resultados obtenidos en la investigación se reafirma lo que Vicent Martínez-Guzmán, desde su filosofía para hacer
las paces, asevera en el sentido de que
la ética dialógica implica ser capaces de
expresar nuestras emociones y pedirnos
cuentas respecto a lo que nos hacemos,
decimos o callamos, entre nosotros mismos
como seres humanos así como con la naturaleza, así, solamente nos pedimos y damos
razones a través del diálogo, en ese sentido encontramos en la investigación que
algunas de las personas entrevistadas dicen hacer uso del diálogo como la parte
más importante para tener una relación de
pareja estable:
Yo creo que tiene que ver con la forma de pensar y la forma de actuar de
cada uno, mmm… Por ejemplo, yo soy
mucho de… de resolver el problema
con la persona directa, ¿no?, en este
caso, con mi pareja; trato de resolverlo
con ella, de platicarlo con ella (Raúl)
Pues tratar de apoyar, colaborar y hablarlo, por qué no, no hay otra manera,
creo que si, en un principio uno cree
que con el pensamiento se van a, van
a cambiar las cosas y pues no, solo hablarlo, tratarlo, ir cambiando poco a
poco (Miriam)
Que tengamos siempre comunicación;
que sea una persona que me comunique todo (…) . Siempre comunico todo;
cualquier problema que “haiga”, trato
de hablar siempre la situación (…). Lo
platico, lo platico, y lo reflexiono (…) Lo
platico con ella y busco… eh… un con-

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sejo, alguna palabra de aliento (Manuel).
Pues es que todo, yo creo que todo
se hace hablando, ya sea algo que le
pueda traer a uno felicidad o enojo,
primero lo más importante es hablar
y saber (…) Pues lo más importante
es este, la confianza, ya se ha dicho
mucho acerca de, de estas situaciones, la confianza, hablar cuando exista un problema, por muy pequeño, o
un simple coraje, por muy sencillo que
sea, hablarlo, para que pues en ambas partes, siga funcionando la, la relación, la confianza, siempre hablar,
siempre la comunicación, porque los
seres humanos es lo que más debemos de tener, comunicación y más que
nada en esta situación de, de pareja
(silencio) (Jorge)
Pues trato de escuchar a ver qué es lo
que pasa o por qué, o por qué está molesta y ya después le contesto… y entonces yo creo que ya así pus es más
fácil entender a que ponernos, a al tú
por tú, que no vamos a llegar a ningún
acuerdo, nos vamos a, a acalorar, nos
vamos a, va a ser un conflicto más grande, entonces tratar de escuchar a la
persona porque pus a veces digo “no
sé, está estresada, tiene problemas o
algo” y a veces es una cosa tan sencilla
y a veces lo hacemos en, tan grande en
un vaso de agua, nos ahogamos, en un
vaso de agua, que a veces, es mejor
así (silencio) tratar de escuchar a las
personas también (Carla)

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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Si hay algo que de alguna forma no escuchar a la pareja para reconocer sus
nos gusta, o eso, pues, lo hablamos y, puntos de vista y/o necesidades:
pues, llegamos a un acuerdo y, pues,
los dos tratamos de mejorar para no
Escuchar, preguntar cómo se encuentra
molestar al otro. hablarlo… hablarlo y,
la otra persona y escuchar lo que me
llegar a un acuerdo para que no nos
diga (…) Siempre, como que, hablaafecte a ninguno de los dos. (Constanmos y acordamos qué es lo que vamos
za)
a hacer, cómo lo vamos a resolver, (…)
(Constanza)
A pesar de que reconocen al diálogo como
una opción cuando existe enojo, ocupan a la
Este, pues a veces me escucha ¿no? A
evasión o retirada para tranquilizarse y eviveces, no siempre, porque si no, no sería
tar una espiral de violencia:
un conflicto, a veces me escucha y pues
bueno, pues ya trata de colaborar ya
Cuando nos enojamos, normalmente,
verme ya cuando estoy enojada ya es
nos dejamos de hablar, entonces, pues,
como “bueno ya voy a hacer las cosas”
es muy difícil no hablar con alguien sí,
este, pero, a veces, cuando entramos,
todo el día estás con él. Entonces, yo
este, en conflictos o situaciones complicreo que, él, evita que estemos enojacadas, también el escucharme, estar ahí
dos para no estar incomunicados (Libia).
presente, este, a veces me trata de dar
consejos ¿no? (Miriam)
Sí, como toda persona al estar enojado
pues, se deja a veces uno de hablar,
Me gusta escuchar, eh… Comparar; y
bueno, momentáneamente en lo que se
sobre de eso es como voy tratando de ir
le pasa a uno la molestia (Jorge)
sacando una conclusión, día a día (Manuel)
Pues él cuando tiene un conflicto, llegamos a tener un conflicto así, pues él,
Para empezar con el escucharlos, este,
va y se lo comunica a sus, a sus hermapues es como un buen, un buen inicio
nas (…) No, no lo habla directamente
¿no? Saber que no soy dueña de la verconmigo, si no va y no pus es que mi
dad absoluta de las cosas, este, y a lo
esposa está molesta, esta enojada o se
mejor también, también tratarme de sienojó o esto o el otro y yo como le digo,
tuar, en ser empática ¿no? (Miriam)
no, no tienes ni porque irles dar, a saber lo que, lo que vives ¿porque?, por- A través de podernos expresar con los otros
que aquí estoy yo, y dime a mí en que te y tratar de evidenciar nuestros sentimientos
falte o que te estoy haciendo, o que te hay un acercamiento al cuidado del otro -en
molesta de mí y lo hablamos (Carmen) su mayoría permeados por el género-, porque al saber de los otros y de las otras es
Por otra parte, resaltan la importancia de tener ganas de saber y compartir con jusNatalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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ticia, con libertad y cooperación (Martínez,
2020 ):
Pues para cuidar a mí esposo, como él
es una persona ya de sesenta y siete
años, es enfermo, diabético, pues yo
trato de no hacerle corajes, de que no
eh, de no hacerle corajes, de que no
se enoje, de que pues de que tratar de
vivir más o menos bien, yo sé que a la
mejor es muy poco ya el tiempo que
nos queda y pues tratar de vivir bien
con, con él como pareja, porque yo soy
todavía de la idea de que, que esa,
son, son ¿Cómo se dijera? Son hábitos
que nos dejaron nuestros padres, todavía de que, nosotros somos todavía
de que, hasta que la muerte nos separe
¿no? (Carla)
Para cuidarlo, pues, creo que no somos
de las personas que tengamos que estar todo el día juntos para estar bien,
pero desde el preguntar “hola ¿cómo
te fue? ¿Cómo te sientes? ¿Cómo estás?” platicar de nuestro día a día, este
sentarnos o, o irnos a este, a la habita…
a la recamara a platicar creo que, que
eso este, nos ayuda mucho a ambos
¿no?, (…) de nuestros diez minutos a lo
mejor en la noche, que tenemos para
platicar de cómo nos fue en el día, creo
que es lo que nos ayuda a cuidarnos
y a saber cómo estamos y a saber en
que trabajamos(Miriam)

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coma bien; que tome agua; que haga
ejercicio para que se sienta bien; que
tome vitaminas… pues, que esté bien;
que esté a gusto; que tenga las cosas
que le gustan (Constanza)
Trato de que se sienta, pues… bien,
porque… bueno, sea feliz; que se sienta como protegido porque, pienso que
de esa manera, pues, él, está, emocionalmente, bien y, no puede como…
o sea, está tranquilo y está bien y, no
tiene la mente ocupada en otras cosas
y, puede como tener como que menos…
probabilidad de que le pase algo por
distracción o por tristeza. Y pues, también, procuro que de salud esté bien, y
que… más que nada, emocionalmente,
que se sienta bien (Libia)
Él, siempre trata de que esté fuera de
peligro al realizar labores del hogar o
del trabajo y, pues, también, trata de
que esté feliz, de que no esté enojada
(Libia)
Yo he estado hospitalizada en varias
ocasiones, y pues él ha estado allí
apoyándome tanto en lo físico como en
lo mental, como en, en todo estos aspectos y pues igual yo cuando él esta,
digamos por enfermedad si él está en
una situación complicada pues estar
allí con él, eso es como yo veo la forma
en que lo cuido y la forma en que él me
cuida (Miriam)

Pues, procuro que esté contento. Estoy
interesada en ver cómo está, si lo veo Como lo señala Irene Comins-Mingol ( 2022
que está cansado, pues, le sugiero que ), pocos logran comprender la importancia
descanse; que se relaje… Procuro que del cuidado para sí, sólo lo ejercen para
La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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otros, no aparecen respuestas de procesos
de autocuidados en mujeres porque asumen las tareas de cuidado de los otros que
les han sido asignadas por el género; por
ello es que solamente un varón reconoce
como una tarea de autocuidado, el cuidado
emocional
Yo solamente conozco la única manera,
es este, hacer ejercicio, puesto que lo
he hecho desde niño y no me ha funcionado nada, ni medicamento, porque sí en la actualidad sí, si me estreso
bastante, tenga poco trabajo o mucho,
me estreso demasiado y la única forma
que tengo es de hacer unas leves, eh
respiraciones y ejercicio [los he aprendido de] los programas educativos, ya
hay secciones de todo, de yoga, de
ejercicios, este pues pensar positivamente, todo lo he aprendido eh pues
en la televisión, en la televisión que me
gusta mucho, hasta eso (Jorge)
Así como en las tareas del cuidado aparece
el género como un detonante, los estereotipos de género que son determinantes en la
relación, en su mayoría son los tradicionales,
“los hombres, bajo el patriarcado, se convierten en personas no capacitadas en autocuidados, es decir, en dependientes sociales. El hecho de haber crecido al margen de
la socialización y la práctica del cuidado los
vuelve en muchas ocasiones en analfabetos
en las tareas de sostenibilidad de la vida y
en el propio autocuidado” (Comins-Mingol,
2022, p. 12 ), mientras que las mujeres asumen que son ellas a quienes corresponde
cuidar a los otros, olvidando el autocuidado

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

69

Tratar de que no le haga falta nada,
estar atento con ella (…) siempre está
atenta a mí, este… Cualquier cosa que
ve, que yo estoy preocupado o mal
(Manuel)
Pues las características (…) como una
mujer trabajadora y como una mujer,
una mujer este, una madre ejemplar…
Y las de mi esposo pues yo pienso, que
también, un buen hombre, un buen padre y un padre responsable (silencio)
yo creo que con eso se dice mucho (…)
Pues una buena mujer (…) decir que
trabaja y a veces llega uno a la casa y
ya llega y en lugar de descansar, todavía se ocupa de, de varias cosas de la
casa, como hacer comida, lavar, planchar y todo eso, entonces yo considero
esa es una buena mujer, porque hay
también hay matrimonios que, que no,
que llegan y ya, pus ya vine de trabajar y ya me quedo a descansar y no le
interesa que la casa esté tirada, que la
ropa este sucia, que los hijos le estén
pidiendo de comer (Carla)
Apoyo a los diferentes miembros también a que se mantengan como en
equilibrio o que estén contentos, que
vayan logrando lo que cada uno quiere. Y, pues, bueno, también, como característica (o no sé si eso pueda ser
característica), pues, me toca como que
organizar (dentro de lo que comentaba
que me toca organizar), pues, también,
me toca organizar las actividades, o;
más bien, las cuestiones de comida
y de despensa (…) mi pareja es una
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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persona que está comprometida con la
familia; es una persona que es un buen
proveedor de la casa (Constanza)

contestan en ese momento o tiene un
arrebato o sea más bien, trato de, de
pensarlo, de analizarlo (Libia).

El enojo emocionalmente implica mayores
competencias emocionales. En esta investigación se observa que es difícil reconocerlo
y nombrarlo. Quienes tienen mayor conciencia sobre dicha emoción, se toman su tiempo para reflexionar y tener autoconciencia,
quienes tienen interiorizados los roles de
género tradicionales lo ocupan como mecanismo violento, ya se dejar de hablar, irse o
ignorar a las personas.

Sí, como toda persona al estar enojado
pues, se deja a veces uno de hablar,
bueno, momentáneamente en lo que se
le pasa a uno la molestia [¿Pero se lo
hace saber a su esposa] Sí, porque ella
misma me pregunta, “¿qué tienes?”
[Ah, pero usted no se lo dice antes] No
hasta que ella se da cuenta, sí, porque precisamente eso, en eso consiste
a veces el, bueno es una de las cosas
que ve la pareja en uno, uno a veces
es, es ciego porque nomas piensa en
desquitarse o ser feliz, pero a veces no
piensa uno en que los demás se dan
cuenta y en cuestión de pareja ella es
la que me pregunta “¿Qué pasa? ¿Por
qué estas así?” o “¿quién te hizo enojar?” o “¿No fui yo verdad?” pues ya le
doy la respuesta (Jorge)

El enojo, porque creo que es válido el
no siempre ser la cara perfecta porque, tanto el hombre como la mujer,
puede llegar a enojarse, sin embargo,
no es malo proyectar el enojo o la furia
(quizá), sin embargo… cómo guardarte
ese enojo y no lastimar a los demás……
Pienso que… siempre tengo como, un
miedo; para decir si estoy muy muy feliz, solo digo: “estoy feliz”. No, no siempre lo proyecto como, al cien por ciento. Igual, cuando estoy enojada, pues,
si puedo decir: “okey, me molesta”,
pero no siempre el cien por ciento de
mi enojo (Miriam).
Sí las expreso, cuando son de felicidad
generalmente las expreso ¿no? Cuando son de tristeza, cuando son de enojo este a veces me las guardo y a veces
prefiero trabajarlas yo sola primero, en,
en algún momento he tenido comentarios fuertes de otras personas, que me
han cimbrado, me han calado, pero, no
soy, ahora, no soy de las personas que

No, no porque, pues, siempre hemos
platicado, hemos tratado de siempre
de tener comunicación, siempre nos
hemos tratado de entendernos. Y cuando estamos molestos, ya nos conocemos uno al otro y… Bueno, de mi parte,
siempre trato de evadir, y cuando… De
que estamos molestos, mejor trato, yo,
de estar, eh… en otro, digamos, en otra
posición, en otro lugar; para no estar
ahí, los dos, molestos; evado todos los
problemas que tengamos de enojo o
por cualquier cosa, hasta que ya se nos
baje el coraje. Es cuando llego al diálogo, y a estar bien… Pues, si podemos,
dialogamos y, si no, la dejo un rato, me…

La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

no sé, estoy en otra parte; no sé, en mi
recámara; viendo la televisión. Si ella
está en la recámara; estoy en la sala.
La cosa es que no estemos juntos para
que no… no estemos molestos. Tratar
de pasar un rato, a que se nos baje,
no sé; la molestia, y ya, después, entrar
en dialogo, a modo de que ya estemos
tranquilos, y arreglarlo (Manuel)
CONCLUSIONES

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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entienda, se ponen histéricas o los hombres
nunca te comprenden o no te escuchan) define que la persona es así y es mejor dejar
que se bajen las emociones por sí solas, y a
partir de ello, puede ser posible hablar.
En el manejo y la gestión de las emociones se observan las correlaciones con las
violencias estructurales y culturales y entre
ellas las desigualdades que se derivan de
los estereotipos de género. Mientras en todas las entrevistas aparece que se ocupa
el diálogo y la escucha para el manejo de
los conflictos y el trabajo con las emociones,
lo cierto es que existe una realidad diferenciada de cómo se entiende el diálogo y la
escucha. Ello nos remite a reflexionar sobre
la importancia de trabajar en las emociones
positivas sobre todo en contextos en los que
la violencia se ha interiorizado tanto que no
la permitido; ya que éstas se vinculan con la
resiliencia, con la capacidad de ser feliz y
con la calidad de vida.

Dentro de los resultados generales más importantes que derivaron de la propia investigación, se encuentra que en la medida en
la que se tenga una perspectiva de género,
donde se rompen con esos roles tradicionales de género, la manera de acercarse a los
conflictos tiende a ser más cooperativos, reconociendo las necesidades e intereses de
la pareja y sobre todo ocupando la empatía, lo que permite desarrollar las competencias; por una parte la práctica de la comunicación receptiva y por el otro el desarrollo
de la comunicación expresiva, mismas que Recuperar los estudios culturales como consson importantes para el desarrollo de las trucciones teóricas- metodológicas a través
de los significados y sentidos de vida, de los
competencias emocionales.
cultural, de las voces silenciadas y sus conPor otra parte, cuando se tiene un mayor diciones materiales de vida se convierte en
enraizamiento en los roles tradicionales de una tarea que puede dar cuenta de las regénero, las actitudes frente a los conflictos laciones de poder y el género. Pero también,
se mueven en dos líneas; por una parte, hay para reivindicar los aportes que ha hecho la
una incidencia en nombrar los posiciona- investigación para la paz, desde la ética del
mientos y entonces se traduce en una parte cuidado y la filosofía para hacer las paces.
de competencia y la otra de sumisión. La otra El espacio cotidiano, se convierte el lugar
línea, es la evasión. Esta última se presenta, desde el cual pensar la construcción social
por una parte, porque hay un estereotipo de de la paz y la violencia. Violencias que se
rol hegemónico que le otorga emociones es- hacen invisibles ante el sentido común del
tereotipadas (a las mujeres no hay quién las espacio habitado y compartido.
Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

Se dejan muchas interrogantes, pero se considera que las mujeres y hombres podrían
tener una mayor educación socioemocional
y un acercamiento a la ética del cuidado,
a través de la mediación, como espacio de
acercamiento para cuestionar los roles de
género y la trascendencia de sus conflictos.

revistamsc.uanl.mx

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es Coordinadora de la Maestría en Estudios para

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la Paz y el Desarrollo (PNPC-Conacyt). Pertenece al

México: Montiel y Soriano editores.

Cuerpo Académico Consolidado Sociedades y Siste-

García, F. E., Fuentes Zarate, R., &amp; Sánchez Sánchez, A.

mas Culturales. Correo: nivazquezg@uaemex.mx

(2016). Amor, satisfacción en la pareja y resolución de
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Guillermina Díaz Pérez

sión Científica del Departamento de Psicología UCBSP,

Doctora en Ciencias Políticas y Sociales con orien-

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La importancia de las emociones en los conflictos de pareja PP. 55-74

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Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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Estado de México y directora editorial de Convergencia Revista de Ciencias Sociales. Ha impartido
docencia a nivel licenciatura y posgrado en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UAEM y en
el Máster Universitario en Estudios Internacionales de
Paz, Conflictos y Desarrollo de la UJI de Castellón,
España. Sus líneas de investigación son paz, políticas
públicas y género. Correo: gdp@uaemex.mx

Natalia Ix-Chel Vázquez González y Guillermina Díaz Pérez

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

La nueva articulación familiar y la necesidad el
perdón en la resignificación de las relaciones
familiares
The new family articulation and the need for forgiveness in the
redefinition of family relationships
Recibido: 05-10-2022
Enriqueta Benítez López*

| Aceptado: 13-12-2022
*https://orcid.org/0000-0002-7423-6556
ITESO, Guadalajara, Jal. México

Resumen
Los cambios de las formas en las que nos relacionamos y creamos vínculos, especialmente los familiares, han conseguido cambiar el rubro de nuestros conflictos y las formas de solucionarnos. Nos
preguntamos aquí si esta circunstancia, legitima el hecho de que los cambios y modos nuevos de relacionarnos junto con el nacimiento de diferencias, especialmente las nacidas en las familias, sean
motivo suficiente para des-hacer los vínculos familiares y así poder seguir adelante. ¿Se trata de
que todos los problemas sean dirimidos a través los métodos alternos? creemos que los conflictos,
especialmente los familiares, se encuentran en un punto en el que su dificultad parece ser agravada por los bajos niveles de tolerancia a tener situaciones problemáticas, originando que, en más
de una ocasión, los conflictos escalen sin necesidad y con ello, menospreciada la posibilidad del
perdón de las ofensas que dan origen a dificultades familiares, las cuales terminan en un tribunal o
un método alterno. El propósito aquí es mostrar uno de esos múltiples escenarios familiares donde
aparecen los problemas con el propósito de generar una conciencia acerca de su gravedad y proponer la posibilidad del perdón entre los miembros de la familia para poder restituir o resignificar
las relaciones familiares como medida previa a cualquier procedimiento formal.
Palabras clave: Conflicto, perdón, mediación familiar, vínculos familiares.

Cómo citar
Benítez López, E. La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones
familiares. MSC Métodos De Solución De Conflictos, 3(4).
Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.
php/m/article/view/46

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Abstract
The changes in the ways in which we relate and create bonds, especially family ones, have managed
to change the heading of our conflicts and the ways of solving ourselves. We wonder here if this circumstance legitimizes the fact that the changes and new ways of relating to each other, along with the
birth of differences, especially those born in families, are sufficient reasons to undo family ties and thus
be able to move forward. Is it that all problems are resolved through alternate methods?
We believe that conflicts, especially family conflicts, are at a point where their difficulty seems to be
aggravated by low levels of tolerance for having problematic situations, causing conflicts to escalate
unnecessarily on more than one occasion and with it underestimated the possibility of forgiveness of
offenses that give rise to family difficulties, which end up in a court or an alternative method. The purpose here is to show one of those multiple family scenarios where problems appear with the intention
of generating awareness about their seriousness and proposing the possibility of forgiveness among
family members in order to restore or resignify family relationships as a measure prior to any formal
procedure.
Key Words: Conflict, forgiveness, family mediation, family ties

1. INTRODUCCIÓN

del articulo 4to. Constitucional que se limitó
a decir que: La mujer y el hombre son iguales
La familia, como institución ancestral, ya no ante la ley. Ésta protegerá la organización y
es la misma, la mayoría de nosotros, hemos el desarrollo de la familia. (Párrafo reformasido testigos en la última mitad del siglo XX do DOF 06-06-2019).
y lo que llevamos del XXI, de cambios acelerados. Lo que un día la mayoría de los códi- El texto constitucional dice poco o nada
gos civiles en el mundo consagraban como acerca de los cambios y transformaciones
concepto el hecho de que una familia era que vertiginosamente nos ha puesto en
el núcleo social fundamental constituido por cuestión diversas instituciones que duranmadre, padre e hijos, desde hace varios te mucho tiempo regularon las relaciones
años se ha puesto en cuestión, lo cierto es familiares en nuestro país. Lo cierto es que
que décadas atrás, la familia ya había ini- la idea de matrimonio y familia ahora se
ciado un cambio profundo en su estructura y encuentran revestidos por una afortunada
con ello, un cambio importante en los modos pluralidad de posibilidades en su configude relacionarse sus miembros.
ración y con ello, la defensa de las personas en el ejercicio de sus derechos al libre
Así, por señalar un caso, algunas de las re- desarrollo de la personalidad, la no discriformas importantes en nuestro país, estuvie- minación y la libertad de definir el rumbo
ron colocadas en normas, jurisprudencias y de su vida se ha ampliado y sobre todo,
finalmente con un ambiguo hecho en el texto protegido.
La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Uno de los ejemplos que queremos traer
aquí es un caso paradigmático que ocurrió
en nuestro país y que la Suprema Corte de
Justicia resolvió a través de la resolución
emitida sobre la Controversia Constitucional
2/2010 en la cual se discutió el derecho de
las parejas del mismo sexo unidas sea por
matrimonio o concubinato, a adoptar. La acción de inconstitucionalidad fue presentada
por el Procurador General de la República
(Arturo Chávez Chávez) de aquél entonces,
en la que se pedía declarar inconstitucional
los artículos 146 y 391 del Código Civil del
Distrito Federal (en los que se da la posibilidad de parejas del mismo sexo a adoptar),
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal de 29 de diciembre de 2009, argumentando entre otras cosas que, no debería
admitirse por el hecho de que su promulgación iba en contra de los derechos de la
familia (se alega ahí, la defensa de la familia tradicional constituida por la madre, el
padre e hijos fundando esto, en un numeral
abrogado pero que en los años 70´s tenía
vigencia y que respaldaba esta definición,
además se insiste en que, de permitir la
adopción en parejas del mismo sexo, viola
derechos de la niñez y que esto originaría
serio problemas de aceptación social y generaría traumas en los menores, pasando
por alto con ello, el interés superior del menor).
Así, en la propuesta para el análisis de fondo
de la acción de inconstitucionalidad acerca
de la adopción1 la Corte, dando respuesta al
1 PROPUESTA DE ANÁLISIS DE FONDO DEL ARTÍCULO
391 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, DENTRO DE LA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 2/2010
(ADOPCIÓN) en el que se discute: (Falta de motivación del

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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procurador del otrora Distrito Federal enfatiza y reconoce lo siguiente:
“Como hemos referido, la dinámica social nos demuestra que existe una gran
diversidad de formas como puede integrarse una familia -nuclear, monoparental, extensa e, incluso, homoparental-, así como que no siempre derivan
del matrimonio; familias, todas, que
innegablemente tienen la misma protección constitucional, pues no puede
suscribirse por este Tribunal, de ninguna manera, que se reste valor a la
estructura u organización de familias
sólo porque no se corresponden con
concepciones tradicionales. Así, la labor del legislador debe buscar siempre
arropar o acoger a todos los tipos de
familia, sin excepción alguna.” (Pág.
6 de acción de inconstitucionalidad
2/2010 recuperado de https://www.
senado.gob.mx/comisiones/justicia/
docs/Ministros/Meza/Accion2-2010.
pdf 17 de septiembre de 2022, las cursivas son nuestras).
Si atendemos lo anterior, nos daremos cuenta de que hoy día se encuentran legítima y
plenamente reconocidas las formas distintas
de integrar una familia2. Además, en el estudio completo y publicación de la resolución,
artículo 146, en relación con el diverso 391, que permite el
acceso de los cónyuges y concubinos del mismo sexo a la
figura jurídica de la adopción.
2 Sirva este comentario para comprender como es que los
conflictos entre sus miembros, al estar diversificados, igualmente lo pueden estar las diferencias y los conflictos, ya
no se trata aquí del conflicto entre un hombre y una mujer
como pareja y éstos la va vez con sus hijos (y entre éstos)
sino posibles variaciones por los nuevos roles que implicarían las nuevas configuraciones familiares.
Enriqueta Benítez López

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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los puntos de pronunciamiento de la Corte
son importantes en tanto que declara que:
273. Pretender, como hace el Procurador, que dicha desigualdad encuentra
razonabilidad en la conservación de la
familia, como núcleo de la sociedad,
argumentación que considera, entonces, el matrimonio entre personas del
mismo sexo como una “amenaza” u
“oposición” a dicha estructura, tampoco puede admitirse por este Tribunal Constitucional, en tanto refiere una
afectación inexistente, pues, como ya
mencionamos, en primer lugar, la transformación y secularización del matrimonio y de la sociedad ha resultado
en una gran diversidad de formas de
constituir una familia, que no necesariamente surgen del matrimonio entre
un hombre y una mujer; en segundo lugar, este último también ha evolucionado de forma tal que se ha desvinculado
la unión en sí misma de quienes lo celebran, de la “función” reproductiva del
mismo, llegando, incluso, al extremo
de que, aun teniendo descendencia,
en muchos casos, ésta no es producto
de la unión sexual de ambos cónyuges,
sino de los avances de la medicina reproductiva, o bien, de la adopción, aun
cuando no exista impedimento físico alguno para procrear; en tercer lugar, las
uniones entre personas heterosexuales
no son las únicas capaces de formar
una “familia”; por último, no se advierte de qué manera podría limitar o restringir el matrimonio entre personas del
mismo sexo, esa función reproductiva
“potencial” del matrimonio civil y, de

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ahí, la formación de una familia y que,
se insiste, no es, de ninguna manera, su
finalidad, como afirma el accionante.
(págs. 104-105) (recuperado de https://
archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/
libros/7/3270/3.pdf 17 de septiembre
de 2022)
El contenido completo de la resolución es,
nos parece, relevante en tanto que se trata
de un posicionamiento de un criterio formal,
en el que se aclaran ambigüedades sobre
las creencias (muchas veces derivadas de
temores, fes y costumbres “tradicionales”)
que se tienen de los estereotipos familiares y
más importante aún, nos permiten entender
que todas y todos tenemos el derecho a formar o ser parte de una familia, las personas
que no pueden concebir, tienen la opción no
sólo de la adopción sino de acudir a procedimientos de fertilización por mencionar las
opciones más conocidas sin que éstas sean
las únicas; volviendo al punto con relación
al posicionamiento de la corte con relación
a su criterio sobre la familia, vale destacar
lo siguiente:
a) Que la familia es un núcleo importante de la sociedad pero que en ninguna circunstancia su delimitación se
corresponde al criterio tradicional.
b) Que la familia, debido a las transformaciones sociales es reconocida bajo
distintas modalidades.
c) Que admitir un modelo tradicional y
obsoleto, sería violatoria a las libertades de las que hoy gozan las personas
como lo es el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la no discriminación entre otros derechos fundamentales.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

d) Que bajo ninguna circunstancia un
modelo de familia distinto del tradicional puede ser considerado como una
amenaza al orden social, sino por el
contrario, protege la diversidad tanto
cultural, como de creencias y diversidad sexual.
El reconocimiento oficial de la existencia
de distintos tipos de familia también representa el reconocimiento oficial de la libre
asociación bajo todas sus circunstancias y
consecuencias. Estamos ante cambios muy
importantes, de los cuales, en los escenarios
formales se están discutiendo en cuanto a
sus alcances y posibles efectos de las determinaciones que, en materia de uniones y familia se están generando; cabe señalar que,
la Corte ha asumido una responsabilidad y
posición congruente a estos cambios en un
revestimiento jurídico tal vez sin precedentes
y esto ocurre no solo en nuestro país, sino
que el fenómeno está ocurriendo en otros
países por lo menos en aquellos que son democráticos.
Uno de los casos de transformación lo es
el tema del llamado “poliamor” que, al ser
declarado por la corte como protegido, su
no reconocimiento implica una violación a
la diversidad sexual y una discriminación al
momento de celebrar una unión matrimonial. Nos referimos aquí a la sentencia del
juicio de amparo 1227/2020 emitida por el
Juzgado Octavo de Distrito en Materia de
Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y
Juicios Federales en el Estado de Puebla, en
el que se reconoce el derecho a la libertad
sexual y cómo ésta es violada por la idea
del matrimonio contraído por dos personas,

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

79

dando origen a la posibilidad de celebrar
un matrimonio con más de dos contrayentes.
Esta sentencia señala en uno de sus párrafos que:
“Normativamente existe un tipo de
discriminación indirecta, la cual ocurre cuando las normas y prácticas son
aparentemente neutras, pero el resultado de su contenido o aplicación se
traduce en un trato desproporcionado
en personas o grupos en una situación diferente dada su orientación sexual, conocida como poliamorosa, sin
que exista una justificación objetiva
y razonable [Acción de inconstitucionalidad 8/2014 resuelta por el Pleno
de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación]. (pág. 15 recuperado de https://miguelcarbonell.me/wp-content/
uploads/2022/07/Sentencia-poliamor.
pdf el 18 de septiembre de 2022)
“…Por todo lo anterior, es que se considera que los artículos impugnados son
inconstitucionales, por contener una
descripción que excluye tácita e injustificadamente a las relaciones entre varias personas del mismo o de diferente sexo, del acceso al matrimonio y al
concubinato, al permitir contraer legalmente –el primero– o de hecho –el segundo– a las parejas conformadas por
dos personas; y por tanto, los artículos
294 y 297 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, vulneran los principios de igualdad y no
discriminación contenidos en los artículos 1° y 4° de la Constitución Federal.
(recuperado de https://miguelcarbonell.me/wp-content/uploads/2022/07/
Enriqueta Benítez López

�80

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Sentencia-poliamor.pdf 18 de septiem- ignorada por nuestra sociedad y que hoy
toca la puerta porque no se trata solamenbre de 2022).
te de una modificación jurídica sino de una
Distintas consecuencias se seguirán de esta transformación social y cultural que nos obliresolución, pero me parece que aún no so- ga a comprender las formas bajos las que
mos conscientes de su trascendencia; por estamos relacionándonos.
mencionar un rubro problemático, al aceptarse un matrimonio de más de dos contra- Así, al aceptarse y legitimarse las nuevas
yentes, se tendrán que revisar y modificar formas de relación, es natural que aparezregulaciones que ventilen por lo menos te- can problemas, principalmente entre los que
participan de manera directa de estas nuemas de:
vas formas de convivencia4
1. Derechos hereditarios,
2. Patria potestad, derechos de paternidad,
2. EL PANORAMA PARA LA MEDIACIÓN
maternidad y custodia,
3. Los regímenes de sociedad legal, conyu- FAMILIAR
gal y separación de bienes en el matriDesde la antigüedad, se ha identificado a
monio,
la familia a partir de los vínculos consanguí4. Derechos a recibir pensión,
5. Derecho con relación a los derechos de neos y después civiles o jurídicos reconocidos en una sociedad reunidos en una totaliviudez,
6. La responsabilidad compartida en mate- dad o grupo identificado con el nombre de
familia. Al respecto, nos dicen Rosalía Buenria familiar entre otros los temas.
rostro y Edgard Baqueiro (2010) que:
Los dos temas anteriores nos colocan en el
Los grupos familiares han existido en
tema de la familia ante un crisol completodas las culturas a lo largo de la histojo muy amplio. Aquí, sólo se colocarán los
ria del hombre, y dieron origen a distinpuntos que debemos considerar en tanto
tos tipos de familias, las cuales reflejan
que nuestro deber como profesionales, desuna gran variedad de situaciones ecode nuestra propia disciplina, nos compete
nómicas, sociales, políticas, jurídicas,
revisar estos fenómenos que han hecho de
etc. Debido a ello, la familia es una
nuestra sociedad una pluralidad con una
institución que ha sido definida de muy
problemática como señalábamos, tal vez sin
3
distintas formas. Por ejemplo, se le ha
precedentes o por lo menos, que había sido
considerado como la primera asocia3 En este punto agradezco a mis estudiantes de la materia de Filosofía del Derecho (otoño 2022) en el ITESO, quienes,
hablando de precedentes en términos de coetáneos, me
orientaron acerca de los casos prácticos que, que más allá
de nuestro país, se empiezan a regular en otras legislaciones como es el caso de Colombia, Alemania y Estados
Unidos entre otros. Es decir, se están generando precedentes en otros países que, en términos de este problema, parecen marchar con nosotros a pasos acompasados, como

el caso de Colombia de la sentencia sobre el matrimonio
igualitario C-577/2011 por señalar un caso.
4 Dejamos de lado aquí a los parientes colaterales y a
los amigos o cualquier persona que forme parte del núcleo
social para evitar complejizar el punto y sobre todo, porque
es un tema que los expertos sociales y sus disciplinas conocen mejor que esta autora.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

ción humana, o como la célula natural
y necesaria de la sociedad; también
como el núcleo de toda organización
social o el medio en el que el individuo
en sus diversas etapas de desarrollo,
al principio del seno de la familia en
que nace, y, posteriormente, en el de
la familia que hace; asimismo, se le
ha señalado como la institución cuyos
miembros se relacionan por derechos,
deberes y obligaciones recíprocos (p.
3).
No es aquí nuestro propósito hacer una distinción sutil, sólo nos interesa señalar, siguiendo a Baqueiro y Buenrostro que, las
definiciones de familia se dan en el ámbito
de diversas disciplinas, así, una descripción
en el terreno de lo biológico, dará cuenta del
modo de la reproducción y aseguramiento
de la especie, aspecto que no coincide con
el orden social y organizativo de las culturas
a lo largo de la historia cuyo concepto, es el
reflejo del modo en que cada grupo social
ha decidido organizarse en una asociación
que le es conveniente para hacer frente a
las necesidades de la vida o hacer frente a
las estructuras sociales y conveniencia del
poder en el orden de los modos de pasar
de un miembro a otro el control familiar, patrimonial o hasta político. Así, la necesidad
objetiva de llegar por conceso a una definición jurídica nos coloca en el plano de la
validez institucional dada por un texto legal
en el que se delinea espacio temporalmente lo que debemos entender por familia,
cuál es su configuración y quienes son sus
miembros. Este dato es importante porque
su oficialidad, al darle validez, constituye los
derechos y obligaciones a los que hacen re-

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

81

ferencia los códigos civiles y su objetividad,
garantiza la forma de su efectividad material.
Es por lo que los cambios que se dan en lo
social deben consolidarse y aparecer en un
cuerpo legal, para que la validez de los modos en que se decide la convivencia humana, sean portadores objetivos de derechos y
obligaciones y en consecuencia, protegidos
por los gobiernos.
Por lo tanto, el derecho familiar y civil es
nuestra principal fuente objetiva de comprensión de la organización que bajo el
nombre de familia configura una estructura
reconocida y válida de las elaciones entre
personas que han decidido vivir juntos; que
han nacido en el seno de esa organización
o que se han sumado por mor de la ley bajo
las figuras en que ésta faculta para dar con
ello su reconocimiento. Cabe aclarar que
hay otras fuentes válidas, pero cuyo reconocimiento jurídico puede o bien no tenerlo
encontrarse en vías de obtenerlo.
Siguiendo esta lógica de construcción, tenemos que, ahora, la familia, al encontrarse diversificada y, sobre todo: reconocida
jurídicamente en su multiplicidad, nos coloca en la responsabilidad de conocer (sobre todo a los que no somos psicólogos(as)
o sociólogos (as)), la forma en que ocurren
estas transformaciones. No es suficiente con
que un cuerpo legal las reconozca y les de
vida jurídica, es importante saber cómo son
y cómo nacen en el plano de la convivencia humana en todos sus aspectos para que
nuestra comprensión pase de un aspecto
humano-individual a un plano de comprenEnriqueta Benítez López

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

sión profesional y podamos estar en condiciones de un mejor ejercicio profesional en
el ámbito de la mediación y de los métodos
alternos en los que el tema de la familia se
vea involucrado. Aquí, creemos, el tema de
la multidisciplinariedad cobra especial importancia, pues cada disciplina nos provee
de un marco explicativo desde su enfoque, y
por consecuencia por permite valorar mejor
desde su arista, punto que desde el nuestro
no vemos o por lo menos no de una manera
más sutil y cuidadosa.
Me parece que la compresión de estos temas
nos volverá sensibles y abiertos a la diversidad en que los conflictos se presenten pues
en estos nuevos escenarios donde nuestra
actividad profesional como mediadores encontrará un nuevo e importante reto. La psicología desde sus diversos enfoques puede
aportar importantes elementos de comprensión bajo los que un conflicto puede ocurrir y
contribuir junto con las teorías del conflicto a
una mejor comprensión de los nuevos fenómenos, en este caso, los fenómenos familiares de convivencia.5
Como señalábamos, la mediación se encuentra en un momento importante en unas
de las áreas que le competen, a quienes
estamos interesados en estas áreas, se nos
colocan responsabilidades muy importantes, me parece que la principal, es la necesidad de escuchar a las disciplinas que nos
pueden dar orientación sobre estos cambios
5 Si se me permite, hay una copiosa literatura sobre el
tema, pero hay un artículo que vale la pena recomendar de
la doctora Mónica Chávez-Aviña: La reconciliación como
proceso de encuentro entre las personas publicado en la
Revista Multidisciplinaria Semestral. Número 15 y al cual me
referiré más adelante.

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como lo es la psicología, la sociología, la
antropología y el derecho por mencionar las
más inmediatas a los temas de mediación.
Nos dice María Montserrat Pérez Contreras,
investigadora de la UNAM que:
“La mediación familiar es una medida
de apoyo a la familia, un método de
solución de conflictos que trata de evitar, en la medida de lo posible y sin que
se dejen de garantizar los derechos reconocidos en la legislación civil a los
miembros de la familia, la disputa judicial en las juzgados respectivos, y así
evitar, siempre que lo permita el caso
concreto, el deterioro o agravamiento
de los conflictos familiares, proveyendo a sus integrantes de elementos y
herramientas para la pacífica resolución de los mismos y evitar la desintegración de la familia”. (recuperado de:
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/
view/4074/5238#:~:text=La%20mediaci%C3%B3n%20familiar%20es%20un,conflictos%20familiares%20que%20
prev%C3%A9%20el el 17 de septiembre de 2022)
Consideremos que un primer punto de partida es el reconocimiento del momento histórico en el que nos encontramos: la familia no es lo mismo que hace quince años,
la mediación tiene como principal reto reflexionar sobre el hecho de que estamos
en presencia de una nueva articulación
familiar, con una diversidad importante y
por consecuencia, con una problemática
nueva.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

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En los años 60´s y 70´s, nuestras sociedades de una parte importante del mundo,
fueron testigo de la incorporación de la
mujer a las fuentes laborales; así, el cambio
de ser ama de casa a ser obrera, empleada o profesionista, trajo como consecuencia una afirmación de la mujer que la llevó
a su emancipación del rol familiar del que
se le había estereotipado y del que costó
mucho trabajo desaparecer (me atrevería a
decir que no ha desaparecido del todo, por
lo menos no en todas partes); con el cambio, también se dio una transformación en
las dinámicas de convivencia familiar y en
consecuencia, los conflictos familiares ampliaron su materia.

Kristeva (1979) nos expone que hay una serie
de comportamientos sociales que, o bien son
el reflejo o dan origen al cambio de un orden
social y que, si bien les dan solidez a las representaciones concretas de la conducta y
los modos de convivencia, también revisten
cierta fragilidad pues como ella misma nos
dice: el denominador simbólico ya no puede
pretender la universalidad y sufre las consecuencias y los ataques de otras memorias socioculturales (p. 344). Siguiendo esta
idea, podemos afirmar que, tenemos nuevos
denominadores simbólicos que dan nuevos
significados a la realidad y a los modos de
convivencia humana. Frente al cambio, nos
encontramos en una especie de bisagra que
conecta nuestro pasado reciente con un fuEs Julia Kristeva (1979) quien acuña el con- turo del cual sabemos muy poco:
cepto de Denominador simbólico en el que
señala que este denominador aparece como
Las sociedades en su transformación se
consecuencia de una transformación históriencuentran frente a una doble probleca y por consecuencia, en una modificación
mática: “La de la identidad que se ha
del orden del comportamiento social, así:
constituido por sedimentación histórica
y la de la pérdida de la identidad pro“consiste en la respuesta que los gruducida por una conexión de memorias
pos humanos, unidos por su tierra y
que escapa a la historia para enconen el tiempo, han dado no a los protrarse en la antropología…” (p. 345).
blemas de producción de bienes materiales (terreno de la economía y de Es así que, cuando una sociedad por causa
las relaciones humanas que ésta impli- de sus medios productivos, por sus transforca, la política) sino a los problemas de maciones sociales y por la emergencia de
re-producción, de sobrevivencia de la sus acciones libres, provoca no solo camespecie, de vida y de muerte, de cuer- bios en la conducta sino en los modos de
po, de sexo de símbolo… (p. 344 las relación; una sociedad contemporánea y
cursivas son de la autora)6
su pujanza en el reconocimiento de ancestrales pero ocultas o prohibidas prácticas
que saca a la luz de lo que puede ser vis6 La cita forma parte del artículo “Tiempo de las muje- to, muestra que las personas se relacionan y
res”, publicado en la revista 34/44, Universidad de París se afectan de manera distinta. Hacer visible
VII, núm. 5, 1979 pp. 5-19 y que fue vuelto a publicar en la
esto, nos coloca en un plano de explicación
edición que aquí presentamos.
Enriqueta Benítez López

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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que no se tocará aquí pero que es importante señalar, aunque que ese dominio disciplinar corresponde a la sociología y la antropología entre otras disciplinas, encargadas
de dar cuenta en una racionalidad científica, el origen, causa o razón de los cambios.
Lo que nos tiene aquí es la afirmación de su
existencia cuyos inesse testimonio, colocó al
derecho en el reconocimiento y en la consecuente re-definición de la familia y el matrimonio.
Estos cambios han dado origen a conflictos
propios de las familias y nuevos en las familias nuevas. En el ámbito de la mediación
se han presentado conflictos de convivencia, de respeto entre los miembros de una
familia, la separación, el reparto de los gananciales y la disputa por bienes específicos
que, más que un valor oneroso, simbólicamente representan otro tipo de valores sean
afectivos, morales, como de circunstancias
que hacen que en apariencia los conflictos
de las familias tanto tradicionales como nuevas, se enfrenten a ellos.
A lo largo de mi ejercicio profesional7, me he
enfrentado y he colaborado con diversos
casos de divorcio, de conflictos familiares
originados por temas de naturaleza sucesoria, mercantil ( y dentro de éstos, deudas
entre parientes) e inclusive de materia penal, como señalaba, a través de mi práctica
profesional he sido testigo de los conflictos
por los que atraviesan las familias y asimismo, he sido un agente (como abogada
o mediadora) que ha contribuido a poner
7 Mi actividad profesional como abogada tiene más de 20
años y como mediadora y asesora, poco más de 5. Actualmente estoy en un nuevo proceso de acreditación.

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fin o intentar poner fin a los conflictos entre las personas; pero en los últimos años,
he observado una notoria modificación en
la forma bajo la que los conflictos se presentan. A continuación presento tres casos
que se ventilaron en el centro de mediación
al cual me encuentro adscrita8 y que, por
nuestro proverbial principio de confidencialidad debo omitir los datos reales de los
involucrados; aquí, no intento marcar los
detalles de los casos sino resaltar rasgos
nuevos que por lo menos en los años 90´s
en los que inicié mi ejercicio profesional, no
eran comunes o por lo menos, en mi ciudad
natal (Guadalajara) no eran muy puestos
a la luz de la vida cotidiana, y que ahora, podemos ventilarlos sin que haya una
carga simbólica en el sentido de Kristeva
que los pueda prejuiciar o los estigmatice9.
Si se me permite, mencionaré brevemente
tres casos con la única intención de resaltar
para efectos ilustrativos acerca de lo que
quiero decir cuando menciono que las (ni
tan)nuevas formas de convivencia generan
conductas distintas y cuyas consecuencias
podemos considerar como un síntoma del
cambio y sobre todo, que, en este cambio,
hay un rasgo (ampliamente consciente de
que no es el único) que a mí en lo personal,
me interesa rescatar porque se trata del segundo punto que aquí quiero tratar y que
me permitirá vincular el tema del perdón
aunque éste por su propia naturaleza tiene una envergadura muy amplia, aquí seré
8 Movimiento 45yMás.
9 Es importante señalar que no se realiza una explicación
de la representación simbólica en ellos, pero es importante
traerlos para tomar consciencia de sus prácticas cada vez
más comunes y que merecen ser vistas y analizadas desde
esta y otras perpectivas para comprender mejor sus transfomaciones por más sutiles e inocuas que parezcan.

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vencerla” del optar por divorciarse. Elisa
modesta y presentaré un guiño de lo que
asiste a la invitación que le es otorgada,
ampliamente podría decirse.
pero se niega a divorciarse señalando que
aún hay oportunidad de mantener el vínculo
Presento a continuación tres breves casos
matrimonial.
ocurridos en el centro de mediación con datos alterados, pero no así en lo esencial para
Caso C. Carlos pide el divorcio a Lucía a
nuestra ilustración, posteriormente presento
través del procedimiento de mediación, amlos comentarios de las y los mediadores que
bos están de acuerdo en el divorcio, pero la
intervinieron en ellos y quienes me permipensión alimenticia parece ser un conflicto.
tieron ventilar sus opiniones vertidas en una
Carlos y Lucía tienen un hijo y Lucía aparte
breve entrevista constituida por cinco reacde la pensión le pide que quede a su nomtivos10:
bre la camioneta que ella conduce y es propiedad de Carlos.
Caso A: Juan casado con Mario, ha iniciado
una petición de un procedimiento de mediaLos casos11 anteriores nos llamaron la atención en el que, Mario como parte compleción por tener ciertas características signifimentaria, ha sido invitada a iniciar el procecativas:
dimiento. El conflicto se centra en dos puntos:
a) Se trata en A y B casos de matrimoa) Juan reclama de Mario su falta de interés
nios entre el mismo sexo.
en la relación y por lo tanto le propone el dib) En los tres casos hay bienes inmuevorcio, además, dado que su matrimonio llebles, pero no parece importarles muva 4 años, b) Juan quiere conservar la casa,
cho el patrimonio.
así como un cuadro original pintado por una
c) En el primer caso la discusión más
artista local. Mario, al ser invitado, en su priacalorada se da sobre un cuadro de
mera entrevista, señala estar de acuerdo en
una artista local y no sobre la posibilidivorciarse, recibir el valor de la proporción
dad de una reconciliación.
de la casa que le corresponde, pero rechad) En el segundo caso, la parte compleza todo enser doméstico a excepción del
mentaria apuesta por la recuperación
cuadro de la artista local que pide Juan.
de la relación y a la solicitante parece
no importarle.
Caso B: Liliana casada con Elisa, a través
e) En el tercer caso, el problema parece
de un procedimiento de mediación solicita
ser la camioneta y no la pensión en la
la invitación para Elisa y “le ayuden a conque si existe un acuerdo tanto del monto como de la forma de su proporción
10 Las preguntas formuladas a las y los mediadores fueron
las siguientes: 1. ¿Cómo reacciona la parte complementaria
(esto acordado en la primera sesión).
al ser invitada?, 2. ¿Cómo reacciona en su primera sesión?,
3. ¿Qué es lo que más les cuesta reconocer a ambas partes
en el proceso de mediación y cómo se filtra en sus narrativas?, 4. ¿Qué emociones se perciben en la primera sesión
y cómo éstas van cambiando en el proceso? y 5. De llegar
su conclusión y firmar el convenio que pone fin al procedimiento, ¿qué emociones o actitudes cambian o aparecen?

11 Como he mencionado, se han omitido los nombres y los
detalles de los casos por razones de sus derechos a la protección de datos y la naturaleza confidencial de procedimiento.
Enriqueta Benítez López

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Con relación a lo mencionado en el inciso c
(que pertenece al primer caso), el objeto que
es materia de controversia, no se debe al
valor del cuadro sino al origen de su compra
debido a que la artista fue gran amiga tanto
de Juan como de Mario. Ambos desean conservar el cuadro para sí y no quieren llegar a
un arreglo. En la segunda entrevista, lejos de
llegar a un acuerdo, la mediación se torna
difícil y las partes llegan a los insultos que,
según declararon, no se habían proferido
antes, ni siquiera en su vida privada.
Con relación a lo mencionado en el inciso
d), Elisa cree que se puede recuperar la relación, pero Liliana confiesa una infidelidad
y eso cambia el sentido de lo que se había
ventilado en el proceso se la mediación.
Ahora Elisa se siente profundamente ofendida y no quiere otorgar el divorcio y prefiere
recurrir a los medios judiciales para ello.
En cuanto al inciso e), La camioneta fue un regalo del padre de Carlos y por eso no quiere
cederla a Lucía; ésta asegura que la camioneta la quiere para regalarla a una hermana
de Carlos quien le hizo mucho daño (a Elisa)
en el pasado y por eso no quiere cederla.
Los tres casos en apariencia sencillos, se
tornan de difícil resolución, porque lo que,
en las sesiones de la mediación en que se
han ventilado en los tres casos, pudimos observar que aún con sus variantes, son temas
que tienen un común denominador: las tres
parejas se han insultado o bien se encuentran en una circunstancia en donde la ofensa es aquello que impide salir adelante con
los acuerdos, y lo más importante: no parece haber un avance en la reconstrucción de

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una convivencia pacífica, por el contrario, la
ventilación de la diferencia hizo más patente
el origen del conflicto.
Siguiendo en Mónica Chávez-Aviña (2015),
esta parte donde la violencia no parece ser
grave, sino que, se trata de un conflicto en
el que sus rasgos son cercanos a la venganza, la indiferencia, la infidelidad; el conflicto escala y no aparecen rasgos de posible
conciliación por lo menos para poder llevar
a buen término su proceso de mediación.
Nuestra autora, haciendo alusión a la idea
de justicia anamnética postulada principalmente por Paul Ricoeur, nos dice que
“la reconciliación es un proceso largo que
implica la justicia anamnética, el perdón y
el encuentro entre las personas para hacer
proyectos comunes” (p. 104) más adelante
nos dice que “A veces, no sólo ignoramos,
sino que no queremos saber, porque en el
fondo descubrimos que hemos contribuido
a esa violencia (en nuestro casos, desavenencia) y a las injusticias que la acompañan. No deseamos mirar la realidad para no
avergonzarnos, al desconocimiento agregamos el encubrimiento…” (p. 104). Guardando
la debida proporción, en los casos que nos
ocupan, desde nuestro punto de vista no alcanzan las escalas de lo que podríamos llamar algo irreconciliable.
Lo que nos llama la atención es que, en las
experiencias de los tres casos expuestos,
señalamos que, quienes participaron como
mediadores12, una vez entrevistados sobre
las dificultades que encontraron en el pro12 Cada caso fue atendido por un mediador distinto, aunque los tres pertenecen al mismo centro de mediación.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

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ceso, las coincidencias de sus comentarios
se dieron en estos aspectos:
I. En cada caso, una vez ventilada la
controversia y ocurridas las ofensas en
el procedimiento, a las partes, les costó reconocer el nuevo conflicto (el que
apareció una vez iniciado el procedimiento).
II. Las partes, en un momento posterior,
a pesar de reconocer el origen, estaban reticentes en su aceptación.
III. Tampoco se reconoció en ninguno
de los casos que se habían faltado a
respeto y que ambas partes (de cada
caso), se sentían ofendidos o no escuchados y tampoco ocurría en su intento
de disculparse al momento de una segunda entrevista con la/el mediador.
IV. En el caso B, las emociones se volvieron más intensas y no fue posible
llegar a un acuerdo, en los casos A y C
al final se pudo firmar el convenio.
Por experiencia profesional, no solamente
en los métodos alternos, sino en los conflictos familiares que han llegado a tribunales,
las modalidades en las que se han diversificado las formas de convivencia, la naturaleza de los conflictos ha habido varios cambios que tal vez para el lector podrían no
serle significativos. El motivo por el que se
eligieron estos tres casos es significativo, un
rasgo determinante para nuestra exposición
es que ninguno de ellos es paradigmático y
tampoco es especialmente difícil, en términos arendtianos, y parafraseando a la autora13: lo que nos sorprendió fue su carácter
13 Hannah Arendt en su ora, la Vida del Espíritu, hacien-

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ordinario y podríamos decir hasta banal.
Sostenemos aquí que se trata de un problema socialmente serio cuyo tejido social ha
empezado a verse notoriamente dañado
bajo lo que Kristeva (habíamos mencionado), llama un nuevo denominador simbólico:
los roles de pareja cada vez son más frágiles y susceptibles de rupturas irreconciliables, aunque el origen de un conflicto en
términos objetivos no revista una gravedad
irremontable.
Nos referimos a que, desde una nueva perspectiva, estamos observando que cada vez
más las parejas, a primera de cuentas optan
por el divorcio y no por resolver sus diferencias cuando éstas podrían salvarse y resolverse a través de la comunicación y el diálogo; y no importa si se trata de matrimonios
heterosexuales u homosexuales.
Descubrimos que los bienes inmuebles son
un objeto entre otros y ya no representan
una idea de morada14 y por eso fácilmente
se negocia con ellos. Las casas, parecen
haber perdido una fuerte carga simbólica
identitaria entre las partes y la idea de familia cuyo soporte físico es complementario
de lo que comúnmente identificamos con la
idea de hogar. Así, su pérdida o transacción, al ser despojada de su valor simbólico
do referencia a Adolf Eichmann, señala que la capacidad
para hacer daño depende en mucho de su condición banal y la imposibilidad de las personas en representarse un
problema en términos de verdadera reflexión. Así, la banalidad aquí significa la incapacidad para reflexionar acerca
de un tema de manera que termina trivializándose.
14 Aquí vale nuestro comentario como mera mención, debido a que nuestra afirmación reclamaría una reflexión
más cuidadosa y profunda, pero esto implicaría salirse del
tema, pero no queríamos pasar por alto este comentario.
Enriqueta Benítez López

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(familiar), se convierte fácilmente en objeto los centros de mediación o en el peor de los
de negociación.
casos, en los tribunales.
Por el contrario, los objetos cada vez tienen
una carga simbólica más fuerte, inmediata y
subjetiva que constituyen el centro de gravedad de los conflictos, como si ahí se depositara el valor y la dignidad de las personas.
Los problemas familiares dejaron de ser resueltos en el seno familiar; la falta de tolerancia a las diferencias y los problemas han
generado la escalada, y de lo que pudo ser
una mera diferencia o desaveniencia familiar se ha transformado en un conflicto.
En el seguimiento de las observaciones y
matices en la práctica de las mediaciones
familiares y en el intento por ayudar a mejorar una relación aún cuando ésta termine en separación o divorcio, hemos podido
observar que cada vez cuesta más que las
personas o los miembros de una familia se
disculpen y en su caso, se perdonen.
En términos prospectivos, la impronta de
comprender los cambios que se están dando en las relaciones familiares hoy día, nos
colocan en la necesidad de abordar por lo
menos uno de los aspectos que apoyen a la
solución o, mejor dicho, otorguen un soporte
a mejorar los conflictos.
Estamos convencidos de que, si no hay perdón en la vida cotidiana, no puede haber
una reivindicación de las relaciones familiares personales y no importa la multiplicidad
a la que nos estamos enfrentando en la trama y urdimbre de las relaciones familiares y
a los tipos de familia; ocasionando con ello
una progresión innecesaria que depara en

Además, aunque no sea el centro de nuestro
tema, sumemos que, si bien el año de pandemia elevó exponencialmente los divorcios
en el mundo y en nuestro país particularmente, a pesar de ser un caso excepcional
por el tiempo vivido, no podemos pasar por
alto la fragilidad de los asuntos humanos en
las que un tiempo crítico fue razón suficiente
para que las familias optaran por soluciones
radicales a las diferencias que se suscitaron
en este tiempo y que, aún siguen teniendo
sus derivaciones y consecuencias; una nota
publicada por Rodrigo Soriano en El País, el
28 de septiembre de 2022 da cuenta de las
secuelas que la crisis de la pandemia dejó
en el tema de divorcios:
El año de la pandemia de la covid-19
dejó un aumento de divorcios del 61,4%
en México, según los datos publicados
por del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). El porcentaje
se traduce en que, en el 2021, hubo un
total de 149.675 separaciones frente a
las 92.739 del curso anterior. Los datos del INEGI muestran que, entre estas
cifras, hubo una clara muestra de divorcios incausados, una modalidad en
la que no es necesaria una causa concreta o solo uno de los dos cónyuges el
que lo exige. Este tipo de separaciones
supuso el 65,9% de los casos: 98.635
separaciones. Los Estados en los que
más ascendió el número de rupturas
fueron Campeche, Sinaloa y Coahuila.
… (recuperado de https://elpais.com/
mexico/2022-09-29/el-numero-de-

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divorcios-en-mexico-aumenta-un-60en-el-ano-de-la pandemia.html#:~:text=El%20a%C3%B1o%20de%20
la%20pandemia%20de%20la%20
covid%2D19%20dej%C3%B3,las%20
92.739%20del%20curso%20anterior.
30 de septiembre de 2022).
La inconsistencia en que insistimos es en la
fragilidad en la que se encuentran las relaciones familiares que parecen descomponerse a
partir del surgimiento de problemas. Ni en el
artículo publicado en El País, ni en el INEGI
se da cuenta detallada de las causas de los
divorcios, pero incluso un divorcio incausado,
no necesita que haya graves causas para
que éste se pueda levar a cabo. Es aquí que,
dentro de los múltiples factores y causas del
fenómeno, cuyos expertos pueden dar mejor cuenta de ellos, nosotros nos limitamos a
señalar el hecho para postular una hipótesis
que intenta poner una señal de alerta y evitar que los métodos alternos se conviertan en
una llave fácil para la salida de un conflicto en materia familiar y se aporte desde una
preocupación genuina, la necesidad de pensar si un divorcio sea a través de los MASC,
o sea a través de otra vía, es la solución a
los problemas familiares y si con ello, estamos
contribuyendo no a resolver un conflicto sino
a quitarlo del radar dejando una secuela tal
vez no deseada en los participantes.
3. EL PERDÓN EN LA FAMILIA, UNA
CONDICIÓN NECESARIA PARA RECUPERAR LA CONVIVENCIA. DIFICULTAD
ENTRE COMPRENDER Y PERDONAR
Cuando aparecemos en el mundo, nos dice
Aristóteles (1265a) aparecemos formando

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parte de algo, de una ciudad, de una aldea,
pero, sobre todo: formamos parte de una
familia. Ese vínculo fundamental que nos determina en gran medida, genera en nosotros
la confianza y sirve de base a la formación
de nuestro carácter. Cuando somos hijas, hijos, esperamos que la familia sea el soporte vital emocional que nos permitirá frente
al mundo, posicionarnos, cuidarnos, mostrarnos; por otro lado, cuando somos madres, padres, procuramos dar y generar las
condiciones para que nuestras hijas e hijos
sean felices y sean independientes. Esto es
una postura ideal de la condición de nuestra conciencia. Estamos presuponiendo personas buenas y sanas que saben remontar
diferencias y cualquier tipo de dificultades
que se presenten en el día a día.
Pero esto no siempre ocurre así, hay familias cuyos integrantes por sus diferencias (de
criterio, de puntos de vista y sus propios deseos), se colocan en serios y terribles conflictos. Es inevitable que los haya al interior de
la familia, siguiendo a María Elina Fuquen
Alvarado (2003), los conflictos y las formas
alternativas de resolución forman parte de
nuestra vida cotidiana tanto a nivel personal
como social, sabemos que tener diferencias
con otro es inevitable, nuestros propósitos,
puntos de vista y deseos no siempre conectan o coinciden con los demás (amigos,
conocidos o familiares), es parte de nuestra condición humana, por ello, nos dice la
autora en virtud de su condición inevitable,
que:
El conflicto como una oportunidad de
aprendizaje introduce un proceso continuo de construcción y reconstrucción
Enriqueta Benítez López

�90

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del tejido social, cuando se replantean
las relaciones colectivas que permiten el entendimiento y la convivencia,
más aún si se tiene en cuenta que el
conflicto está presente en la vida personal y familiar, en el ámbito educativo
y laboral, en la situación económica y
política, en el manejo de las relaciones
interpersonales y en las relaciones internacionales. (p. 268)
Una de las formas de resolver el conflicto no
es el acuerdo sino el perdón. El perdón como
práctica y poder moral personal, creemos,
puede ser un factor muy importante en este
intento de salvar las relaciones personales,
insistimos, no creemos que la disolución de
un vínculo matrimonial, aunque sea a través
de métodos alternos de resolución de conflictos sea la mejor vía para resolver todos
los problemas, nos parece que es un método
pacífico, pero antes que éste, debería contar todo intento de reconciliación familiar
bajo cualquier modalidad de familia en que
su configuración se presente.
Uno de los grandes dilemas de la vida cotidiana tal vez más difíciles de resolver se nos
presenta cuando se trata de “perdonar”.
Este acto, nace de una capacidad humana
diríamos, sobrehumana, valiente, porque,
en términos estrictamente humanos (no hablamos de asuntos jurídicos o psicológicos
aquí), intentamos con el perdón en términos
de Hannah Arendt (1995): deshacer lo que
ha sido hecho:
“El hecho de que la reconciliación sea
inherente a la comprensión ha dado lugar al equívoco popular según el cual

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tout comprendre c´est tout pardonner.15
A pesar de ello, el perdón tiene tan
poco que ver, que no es ni su condición
ni su consecuencia. El perdón (ciertamente una de las más grandes capacidades humanas y quizá la más audaz
de las acciones, en la medida en que
intenta lo aparentemente imposible,
deshacer lo que ha sido hecho, y logra
dar lugar a un nuevo comienzo allí donde todo parecía haber concluido es
una acción única y culmina en un acto
único” (p. 29).
Así, perdonar a los enemigos, implica seguir
adelante y liberarnos de una carga histórica, moral y hasta psicológica, las heridas de
aquél a quien perdono se borran entre otras
cosas porque perdonar es liberarse y ayuda
mucho el saber que no les volveremos a ver,
o los tendremos muy lejos de nosotros, pero
el perdón al enemigo16 no es igual al perdón
de quien amamos, o de quienes alguna vez
tuvimos confianza.
El tema que nos tiene aquí, es una circunstancia en la que el perdón requiere de un
acto de valentía aún mayor, es un acto generoso al cual no podemos estar obligados
porque se destruiría dada su naturaleza
que exige la más pura sinceridad; porque
cuando se trata de perdonar a un miembro
de la familia, no existe la distancia que cure
el daño, la presencia del otro que nos recuerda y nos coloca en la circunstancia que
15 “entender todo es perdonar todo” (traducción propia)
16 Recupero el término de Arendt, aunque para la literatura y el contexto familiar es un término fuerte casi violento
al cual no me suscribo, pero lo coloco en el discurso en
aras de respetar la interpretación y el sentido que le da la
autora.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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Científica y Práctica en MSC

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dio origen a un acto violento, nos dispone
permanentemente frente a ella con la sola
presencia de aquél a quien decidimos perdonar. El perdón en la familia reclama de
nosotros por lo menos:
a) La sinceridad del acto y
b) Su no condicionamiento

nos toca, no solo es promover la cultura de
la paz para que la vida sea posible, sino,
además, creemos, que se trata de promover
una cultura del perdón que ayudaría mucho
a reconstituir tanto el tejido social como familiar, siempre y cuando no se pase por alto
sus dos y esenciales requerimientos (a y b).
Aprender a perdonar es aprender a liberarSólo a través de este acto “no tramposo” de se y aprender a dejar libres de las acciones
nuestras emociones podemos proponernos que nos mantienen anclados al pasado en
estar dispuestos a volver a empezar. En la una forma trágica.
familia ocurren actos que son leves, cuyas
ofensas se borran, pero existen otros que le- Existe un caso que nos llama poderosamensionan y fracturan volviendo (casi) imposible te la atención: una madre que perdona al
recuperar la relación familiar.
asesino de su hija, recuperamos aquí la noticia que dio la vuelta al mundo:
Hay actos que, por su gravedad, nos impiden que ocurra a) y b), son actos que solo
(FLORIDA/EEUU, 13/06/2014) Addy
podemos sanar a través de ayuda, que van
Guzmán, madre de la víctima, hizo a un
desde el diálogo y la confrontación hasta la
lado el dolor por la pérdida de su hija,
terapia.
quien murió como consecuencia de un
disparo accidental efectuado cuando
El perdón en la familia es un medio imporHowe presumía a sus compañeros con
tante para lograr que una familia se recupeel arma de su padrastro. La mujer de
re y pueda vivir en paz, aunque, sabemos,
Florida logró llegar a un acuerdo con
no todos los actos aún entre familiares puela fiscalía para que la condena a Jordden ser perdonados. La cultura del perdón,
yn Howe se redujera considerablemenincluso el perdón en su arraigo profundate, luego de que el agresor solicitara el
mente religioso, no puede generar en noperdón de la familia. “Estoy apenado
sotros “obligatoriamente” la sinceridad y la
por su pérdida y me disculpo por haber
espontaneidad, tal como ha sido enfatizado
hecho lo que hice”, declaró el acusado
por Arendt, el perdón es un acto imposible
al juez, al momento de ser abrazado
de condicionarse, es un don (para el crepor la madre afectada. El acto logró
yente) otorgado por Dios y que nos coloca
conmover incluso a la juez encargada
en este plano sobre-humano que nos otorga
del caso, quien expresó que el hecho
el poder de remontar un conflicto y empees realmente admirable y que nunca
zar de nuevo. El perdón sólo puede provehabía visto algo parecido durante 20
nir de aquél al que se ha ofendido, no es
años de ejercicio de su profesión. “Yo
trasferible y tampoco subrogable. Lo que
nunca imaginé que la madre de una
Enriqueta Benítez López

�92

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

víctima abrazara al asesino de su hija.
Me doy cuenta de que la pérdida de
esta preciosa niña podría potencialmente salvar la vida otros jóvenes”,
expresó la jueza Ellen Sue Venzer del
condado Miami-Dade. (recuperado
de https://www.actualidadevangelica.
es/index.php?option=com_content&amp;view=article&amp;id=6858%3Auna-madre-perdona-al-asesino-de-su-hija-y-le-abraza-en-el
juicio&amp;catid=8%3Anorteamerica&amp;Itemid=186 el 29 de septiembre de 2022,
las cursivas son nuestras)
Más allá de una interpretación, el hecho
por demás conmovedor, nos muestra que
a veces, es el corazón sufriente que ya no
quiere sobrellevar la tragedia y el acto que
nos arrebató a un ser amado, nos coloca en
un caso extremo del perdón por su propia
radicalidad; pero a su vez, es significativo,
porque, como decíamos anteriormente, y siguiendo tanto a Arendt como a Kristeva, no
todo se puede perdonar, aquí, el acto sincero y espontáneo de la madre está vinculado al acto no-intencional de quien causó la
muerte, al no haber intención, el perdón aún
siendo no exigible, se da por un acto generoso de la ofendida, pero además la madre
sabe que no volverá a ver a quien dio muerte a su hija.

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nos importa es si yo puedo perdonar a mi
hermana(o) o ésta me puede perdonar a mí.
Porque hay un lazo que no existe entre otro
tipo de agresores y las víctimas. Perdonar a
un miembro de la familia es un acto liberador, pero más difícil por la convivencia y la
forma en que la memoria de nuestra acción
actúa en las relaciones cotidianas.
Para una cultura de la paz, es importante
colocar al perdón en uno de sus primeros
planos dado su poder reivindicante y, sobre
todo, por su poder reparador.
Nos colocamos así, en el punto en el que
aventurarse a investigar la naturaleza del
perdón en su intento por restablecer y resignificar las relaciones familiares podría a
su vez, colocarlo en un plano de posibilidad
frente a los métodos alternos antes de dar
seguimiento a un procedimiento que tal vez
no es la mejor solución al conflicto. O mejor
aún, revisar (vale la expresión) previamente la posibilidad del perdón para que, en el
decurso de los acontecimientos en un procedimiento formal, los acuerdos aparezcan
impregnados de una transversalidad que
avale no solo llegar a un arreglo, sino que
el perdón garantice una mejor restitución
de las relaciones que una vez se fracturaron
entre personas que se han amado.
CONCLUSIONES

Pero el perdón en la familia es distinto, no
hay forma de establecer un criterio de lo Nos encontramos en un tiempo donde las
perdonable o de lo imperdonable17 Lo que familias son diversas y son constitutivas de
heterogéneas formas de relación, éstas se
17 En su estudio sobre el perdón, Julia Kristeva (1992), en
una forma amplia la forma del perdón y su relación que
guarda con la responsabilidad, el olvido y la gravedad del
acto. Texto ampliamente recomendable en “Dostoievski,

una poética del perdón”, en El perdón. Quebrar la deuda y
el olvido. Madrid, Ediciones Cátedra.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

encuentran plenamente legitimadas y reconocidas, donde gracias a ello, todo ser humano puede encontrar un centro de gravedad para la búsqueda de su felicidad, crear
y hacer crecer vínculos personales y con
ello, darle una configuración un núcleo más
íntimo y que puede llamar familia.
En esta diversidad y modos de relacionarse,
aparecen conflictos, aquí, solo nos colocamos en los conflictos familiares (sin ser los
únicos) y que buscan los métodos alternos
para llegar a poner fin no solo al conflicto
sino a las relaciones que nos vinculan con
nuestros seres amados.
Dimos cuenta de que en esta diversidad y
por otros factores, cada vez hay más conflictos cuya causa pareciera tener aún, una
posibilidad distinta como solución, es decir,
aún nos queda explorar la posibilidad del
perdón antes de llegar a disolver nuestras
relaciones, especialmente las familiares.
De manera incipiente, ventilamos el cambio
simbólico de los objetos que forman parte
de nuestros vínculos con nuestra familia, así
una casa y los objetos pueden tener una importancia más profunda que otros y esto no
tiene nada qué ver con el valor pecuniario
sino con nuestras asociaciones afectivas (y
dicho no como un dato novedoso sino como
un dato importante al momento de resolver
o no una diferencia) y con ello, volverse el
factor determinante en un proceso de resolución de conflictos.
Ventilamos la necesidad de plantear y promover la cultura del perdón antes de disolver o poner fin a nuestras relaciones fami-

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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liares. El perdón tiene una fuerza liberadora
que, creemos, puede ayudar mucho no solo
al fortalecimiento de nuestra familia sino
contribuir al fortalecimiento del tejido social.
TRABAJOS CITADOS
Aristóteles. (1991). Política. Madrid: Editorial Gredos.
Arendt, Hannah (1995). Comprensión y Política. En de la
Historia a la Acción. Barcelona: Editorial Paidós.
Arendt, Hannah (2005). La condición humana (Trad. Ramón
Gil Novales). Barcelona: Paidós.
Baqueiro Rojas, Edgard y Buenrostro Báez Rosalía. (2008).
Derecho de Familia. Segunda Edición. México: Oxford
University Press.
Chávez-Aviña, Mónica (2015) La reconciliación como proceso de encuentro entre las personas. Revista Multidisciplinaria Semestral, número 15. Recuperado de http://www.
saber.ula.ve/bitstream/handle/123456789/41259/articulo10.pdf;jsessionid=C0E6FCBE62569D290B286C0C0D3E820F?sequence=1
Fuquen Alvarado, María Elina (2003). “Los Conflictos y las
formas alternativas de solución”. En Tábula Rasa. Revista
de Humanidades. ISSN 1794-2489. Bogotá: Universidad
Colegio Mayor de Cundinamarca.
Kristeva, Julia (1979). El tiempo de las mujeres, en Revista
34/44 Universidad París VII, núm. 5.
Kristeva, Julia (1992). “Dostoievski, una poética del perdón”, en El perdón. Quebrar la deuda y el olvido. Madrid: Ediciones Cátedra.
Pérez Contreras, María de Montserrat. Mediación Familiar
en el Distrito Federal. Un acercamiento al procedimiento y a su regulación. Recuperado de https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derechocomparado/article/
view/4074/5238#:~:text=La%20mediaci%C3%B3n%20
familiar%20es%20un,conf lictos%20familiares%20
que%20prev%C3%A9%20el

Enriqueta Benítez López

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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—

Enriqueta Benítez López
Abogada, maestra en filosofía, doctora en derecho.
Diplomado en Mediación y MASC; líneas de investigación: Lógica, Epistemología, Ética y Argumentación
Jurídica.

La nueva articulación familiar y la necesidad el perdón en la resignificación de las relaciones familiares. PP. 75-94

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta
ante la alta conflictividad familiar en el estado
de México
The Parenting Coordination, a solution for high level of family
conflict in state of Mexico
Recibido: 30-09-2022
Olga Lidia Sanabria Tellez*

| Aceptado: 29-12-2022
* https://orcid.org/0000-0003-1576-4487
Centro de Convivencia Familiar del Poder Judicial del
Estado de México

Resumen
La alta conflictividad en materia familiar donde se ven afectadas niñas, niños y adolescentes es
una situación que actualmente se encuentra muy latente en los órganos jurisdiccionales y cuando
la ayuda profesional especializada en psicología, los medios alternativos y la propia dinámica del
proceso judicial no han logrado dar solución al conflicto, se deben romper paradigmas implementado una figura de la coordinación de parentalidad donde el trabajo bajo líneas psicoterapéuticas
y mediación den la oportunidad a las familias de encontrar una nueva forma de solución de conflictos en acompañamiento de todas las personas que se encuentran en el proceso judicial y donde
las niñas, niños y adolescentes se vuelven el principal eje del procedimiento para la construcción
de un plan de parentalidad.
Palabras clave: familia, niñas, niños y adolescentes, alta conflictividad, medios alternos, mediación, Centros de Convivencia Familiar, coordinación de parentalidad, jueza o juez, plan de parentalidad.
Abstract
The High-Conflict level in familiar area where girls, boys, and teenagers are constantly affected is a
situation that is currently founded in the national judiciaries and when professional help specialized

Cómo citar
Sanabria Tellez, O. L. La Coordinación de Parentalidad,
una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. MSC Métodos De Solución De Conflictos,
3(4). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/
index.php/m/article/view/45

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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in psychology, alternative dispute resolution and the dynamic of the judicial process itself have not
been able to provide a solution to the conflict, paradigms must be broken by implementing parenting
coordination where work under psychotherapeutic lines and mediation give families the opportunity
find a new form of conflict resolution in accompaniment of all the people are in the judicial process
and where children and adolescents become the main axis of the procedure for the construction of
a parenting plan.
Key words: family, girls, boys and teenagers, high-conflict, mediation, Centros de Convivencia Familiar, parenting coordination, judge, parenting plan.

INTRODUCCIÓN
La implementación de figuras que coadyuven a la resolución de conflictos a través del
trabajo personalizado de los participantes
del mismo y donde se priorice el interés superior de niñas, niños y adolescentes, es una
responsabilidad que se debe de asumir en
pro de las familias que se encuentran envueltas en altas conflictividades y que ello
ha lastimado por años no solo su contexto
familiar, sino también su contexto personal,
social, económico y personal.

que se presenta en ella, detonante de conflictos que no logran ser solucionados por
los medios alternos convencionales, ni por
profesionistas especializados como lo son
terapeutas familiares y por ello se presentan ante órganos jurisdiccionales donde la
contienda se vuelve aún mayor generando
altos desgastes emocionales, personales y
económicos a todas las partes del conflicto.
Trabajar colaborativamente entre todos los
integrantes del proceso judicial (jueza o
juez, partes, asesores legales, niñas, niños
y adolescentes, familias extensas y terceros
involucrados) a través de una metodología
diversa que versa en el ser humano y sus
necesidades e interés reales, es dar paso a
una administración de justicia con calidad
humana, preocupada por la construcción
positiva de la sociedad y de fomentar la cultura de paz y el perdón.

El nueve de junio de dos mil veintiuno, en el
Poder Judicial del estado de México, se implementa la figura de la coordinación de parentalidad a través de los Centros de Convivencia Familiar, quienes son los encargados
de impulsar en los órganos jurisdiccionales
este nuevo medio alterno en el país, convirtiéndose en el primer estado en buscar tra- El presente artículo es un trabajo que presenbajar las altas conflictividades familiares tan ta a la coordinación de parentalidad como
recurrentes en nuestra sociedad.
una nueva oportunidad en la administración
de justicia, partiendo de conflictos que al ser
El presente artículo se desarrolla partien- tan complejos de resolver por el órgano judo del análisis de la familia y la separación risdiccional, porque el origen de los mismo
La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

no deriva del cumplimiento de una ley, sino
de resolver situaciones personales que solo
pueden corresponder a sus generadores,
donde se encuentran contextos más personales involucrando sentimientos y emociones,
es dar paso a construir una responsabilidad
y conciencia en las familias en pro de ellas y
de sus niñas, niños y adolescentes.

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La familia es un grupo de potencia natural en
la cual se establecen recíprocas dependencias y vínculos afectivos entre sus miembros.
Posee estructura jerárquica dinámica y funcionamiento sistémico, se encuentra en interacción recíproca y constante con otros grupos e
instituciones sociales (Valladares, 2008). Existen varios criterios para clasificar la familia:

MARCO TEÓRICO

Por el número de miembros que da lugar al
tamaño de la familia:
1. La familia, su separación
• Familia grande: más de 6 miembros
La familia, base de la contextualización so- • Familia mediana: entre 4 y 6 miembros
cial, personal, cultural e incluso económica • Familia pequeña: entre 1 y 3 miembros
de un ser humano, en ella se concentra la
formación de las hijas e hijos y se construye Por la ontogénesis de la familia.
el mundo de valores que conducirán la vida • Familia nuclear: presencia de hasta dos
de un ser humano. Herrera (2004), concepgeneraciones padres e hijos, matrimonio
tualiza a la familia como “la unión de percon hijos o sin ellos y hermanos solos. Si la
sonas que comparten un proyecto vital de
pareja sufrió muerte, separación o divorcio
existencia que en el mejor de los casos se
de uno de los dos cónyuges y es nuclear,
supone duradero, es en esta institución donpuede denominarse familia monoparental.
de se generan fuertes sentimientos de perte- • Familia extensa o extendida: presencia de
nencia a dicho grupo, existe un compromiso
dos generaciones o más. Incluye hijos capersonal entre sus miembros y se establecen
sados con descendencia o sin ella. Es váintensas relaciones de intimidad, reciprocilido aclarar que el término familia extensa
dad y dependencia”.
también alude a los padres, hermanos y
abuelos, a la familia de origen – que toda
Desde la psicología, la familia es un grupo sopersona tiene – aunque se viva en una facial que comparte hábitos, costumbres, valores
milia de estructura típica nuclear.
y formas de vida; en donde interactúan facto- • Familia mixta o ampliada: cualquier tipo
res como la situación económica, el ambiente
de familia que rebasa las anteriores essocial, la integración de la familia, el empleo
tructuras, puede incluir otros parientes y
de los valores o antivalores que, van a deteramigos.
minar de manera definitiva los rasgos psicológicos que una persona en su edad adulta va Partiendo de las anteriores conceptualizaa tener, el sistema de la familia debe cubrir las ciones el papel constructor del núcleo faminecesidades de sus miembros, al mismo tiem- liar, es la esencia del ser humano, en él se
po aportar a ellos un bienestar moral y físico modela a la persona, sé educa en valores y
(Gutiérrez, 2005).
se procura el trabajo de emociones y sentiOlga Lidia Sanabria Tellez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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mientos positivos como el amor, el respeto,
la seguridad, la empatía, etc, se fortalece al
ser humano, sin olvidar la disciplina, la responsabilidad y los límites, esenciales en la
formación que se da por la madre, el padre
y la familia extensa a las hijas e hijos y ello
a su vez fortalece los vínculos que unen a
cada miembro de la familia.
Las personas al formar una pareja e iniciar
una familia tiene un pensamiento común,
que es idealizar la conclusión de sus vidas
juntos, y es que nadie se casa o forma una
familia pensando en separarse, en pasar
procesos donde el conflicto supera el amor y
lo sustituye por emociones negativas, actuaciones de daño y sobre todo situaciones que
lastiman constantemente a las hijas o hijos,
definitivamente eso no estaba estipulado.
No obstante que el ideal de la familia es permanecer juntos, actualmente enfrentamos
una realidad de constantes conclusiones en
las relaciones de pareja, las cuales solo deberían traer el término de una relación y no
así la conclusión o transformación negativa
del rol de padre o madre ante las hijas e hijos. En una separación debe existir la continuidad de la familia, como ese grupo positivo
que construye a un ser humano en el afecto,
en la disciplina, los valores y los límites.
Actualmente ante las separaciones de pareja, se puede observar un fenómeno que es
la separación también de hijas e hijos, que
se propicia ante la alta conflictividad en la
separación de sus ascendientes, quienes no
logran concluir de forma positiva su relación,
sino al contrario, la controversia lleva puntos
de escalada constante que lastiman a toda

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la familia y que parecen incontrolables ante
la postura de que cada parte se considera
poseedora de la verdad absoluta.
Las relaciones de pareja pueden llegar a su
fin por una diversidad de motivos, entonces
la separación, divorcio o conclusión de una
relación obtiene el poder de romper una
familia, de transformar a cada miembro en
una persona que pierde la capacidad del
diálogo, de la escucha y que construye en
base a sus percepciones sus realidades que
no permiten ser tan fácilmente cuestionadas
y todo puede terminar entonces ante las manos de un juzgador o juzgadora quién tendrá
que determinar lo que como pareja y familia
no pueden acordar en pro de ellos mismos y
de sus familias.
• La Asociación Española de Abogados
de Familia (AEAFA, 2022) menciona que
estos doce motivos son las causas principales por la que las parejas españolas
deciden divorciarse, aunque en muchos
casos hay más de una causa:
• El desgaste, alejamiento y la falta de comunicación al que lleva el estrés provocado por la crianza de los hijos y el trabajo.
• El desenamoramiento, a veces, acompañado del inicio de una relación con una
tercera persona.
• Infidelidades.
• Dificultades económicas.
• Discrepancias que surgen a raíz de
la crianza y de la educación de los hijos.
Se pone en evidencia estilos de vida y
valores completamente distintos.
• La excesiva presencia de las respectivas
familias políticas que generalmente ayudan, pero que a veces también ahogan.
Sobre todo, cuando uno de los miembros

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

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•
•

•
•
•

•

de la pareja mantiene vínculos de excesiva dependencia con su familia de origen.
Irritabilidad o mal carácter.
Elección de una pareja con un carácter incompatible e irreconciliable con el
nuestro.
Adicciones.
Violencia de género, doméstica, trato inadecuado entre los miembros de la pareja.
Dificultad para gestionar las emociones que genera el surgimiento de enfermedades, físicas o mentales, o agravamiento de las ya existentes en algún
miembro de la familia.
Cuando uno de los miembros de la pareja “sale del armario” aceptando su verdadera orientación sexual.

Estos motivos para poder entenderlos con
mayor claridad y posteriormente trabajar en
ellos, los agrupo en cuatro grupos principalmente, no importando el número, cualquiera
de ellos puede establecerse en alguno:

Esquema para categorizar las cusas de separación de una pareja.
Elaboración propia

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Es entonces que cada causa o motivo lo que
conflictúa a una pareja al grado de no poder controlarlo y por ello verse obligados a
buscar que terceros como son los profesionistas especializados (terapeutas de pareja, coach de vida, psicólogos, etc), órganos
jurisdiccionales o algún medio alterno de
solución de conflicto, les brinden una solución a lo que ellos irremediablemente no
pueden y esto lamentablemente es el inicio
de nuevos conflictos y no siempre de la solución que se esperaba.
2. POSIBLES SOLUCIONES ANTE EL
CONFLICTO
Tomada la decisión de una separación se
da inicio a buscar la mejor alternativa para
concluirlo y continuar sus vidas e incluso sus
familias, aunque estas cambien de estructura, mamá y papá separados, pero juntos moral y emocionalmente para sus hijas
e hijos. Esta sería la mejor alternativa, ante
los conflictos que dan fin a una relación, el
tomar la decisión de solucionar el o los conflictos por las partes o con ayuda de un profesionista experto en relaciones de pareja,
sería el ideal que funciona mejor, aunque
lamentablemente es el que menos se considera por la pareja.
Es fundamental que conceptualicemos al
conflicto para entender por lo que transitan las personas ante la separación, entonces se puede señar que el término conflicto
proviene de la palabra latina conflictus que
quiere decir chocar, afligir y/o infligir; y que
conlleva a una confrontación o problema, lo
cual implica una lucha, pelea o combate. El
conflicto es sinónimo de desgracia, de mala
Olga Lidia Sanabria Tellez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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suerte y es considerado como algo aberrante o patológico, como violencia en general
o una situación anímica desafortunada para
las personas que se ven implicadas (Fuquen,
2003).
El conflicto desde la filosofía para la paz
puede ser concebido como la divergencia
percibida de intereses o creencias (sentires,
pensares, haceres) que impiden a las partes
alcanzar simultáneamente sus aspiraciones
corrientes (Hernández, 2012).
Del concepto de conflicto, se deducen por lo
menos seis elementos:
• Presencia de dos o más partes (individuos, grupos, Estados, organizaciones).
• Intereses opuestos entre ellos.
• Reconocimiento de esos intereses.
• Acciones que obstaculizan los objetivos
de ambas partes.
• Creencia de que el otro obstruye sus intereses.
• Preexistencia de relaciones y un contexto
en donde se da, es decir, el espacio.
• Galtung (2007, en Calderón, 2009) para
llegar a un concepto de conflicto, hizo un
ejercicio de síntesis conceptual:
• La primera línea de respuestas se enfoca
sobre los aspectos interiores del ser humano (como el odio).
• La segunda línea se concentraba fundamentalmente en la incompatibilidad de
objetivos de las partes.
• La tercera línea se focaliza en el hecho
externo de las contradicciones.

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cómo sienten y piensan las partes de un conflicto, cómo perciben al otro y cómo ven sus
propias metas y al conflicto en sí mismo. El
comportamiento (aspecto objetivo) alude a
cómo actúan las partes durante el conflicto:
si buscan intereses comunes y acción creativa y constructiva o si tratan de perjudicar
y causar dolor al otro. La contradicción (aspecto subjetivo) tiene que ver con el tema o
temas reales del conflicto y con cómo este se
manifiesta.
Ante estos conflictos no resueltos se inicia la
búsqueda de una ayuda diversa a la solución personal e inicia el asesorarse por un
experto en derecho que les ayude a resolver sus conflictos y formalizar su separación
y es cuando se puede acudir a órganos jurisdiccionales o centros de mediación, dependiendo de la orientación que otorgue el
asesor legal. La pregunta que siempre surge, es cuál de las dos metodologías es la
más correcta, siempre voy a sugerir la segunda, acudir ante un mediador, conciliador
o facilitador es la respuesta más positiva
ante un conflicto, de no lograrlo, se tendrá
que acudir al órgano jurisdiccional para que
una jueza o juez emitan la resolución que
conforme a derecho sea la más apropiada.
Para entender, la importancia de la resolución de los conflictos por un medio alterno
retomare algunas de sus principales concepciones que permiten observar la importancia de cada uno de ellos.

Los Medios Alternos de Solución de ConflicEs decir, conflicto es: Actitudes, presuncio- tos son mecanismos o procesos de comunines + comportamiento + contradicción. Las cación interpersonales, que enfatizan el diáactitudes (aspecto motivacional) se refiere a logo y la colaboración entre las partes por
La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

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sobre el debate adversarial y en los cuales
la solución a la que se arribe se acerca a los
reales intereses y necesidades de las personas involucradas, más que a lo que prescribe la norma legal. Los MASC incluyen métodos tales como: negociación, mediación,
conciliación y el arbitraje (Díaz, 2019).

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intereses y necesidades de manera satisfactoria y dentro de los límites de la legalidad
(González, 2013).
La conciliación es el proceso por el cual dos
o más personas en conflicto logran restablecer su relación, gracias a la intermediación de un tercero denominado conciliador,
que se rige bajos los principios de equidad,
veracidad, buena fe, confidencialidad, imparcialidad o neutralidad, legalidad, celeridad (prontitud), y economía. La forma de
intervención del conciliador está destinada
a facilitar a las partes que solucionen el conflicto, sin embargo, los conciliadores pueden
adoptar diferentes estilos a fin de lograr
cumplir su papel, como lo son los denominados estilo negociador y terapéutico (Guzmán, 1999).

La mediación, es un proceso mediante el
cual un mediador facilita un método privado,
informal y flexible para reflexionar acerca
del conflicto o disputa interpersonal y tratar
de resolverlo, consiste en el restablecimiento
de la comunicación a partir de la comprensión de intereses confluyentes. La mediación
pone énfasis en el consenso, la persuasión
moral y el mantenimiento de la armonía en
las relaciones humanas, por sus características individualizadoras funciona como un
proceso alternativo de resolución de conflictos en (Castanedo, 2001):
•
• Mediación familiar y conyugal
• Mediación en la comunidad
• Mediación laboral
• Mediación judicial
El fundamento legal de la mediación se
encuentra en el artículo 17, párrafo cuarto,
CPEUM, el cual señala: “Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de
controversias. En materia penal regularán
su aplicación, asegurará la reparación del
daño y establecerán los casos en que se requerirá supervisión judicial”. En México, la
mediación es un procedimiento autocompositivo de solución de conflictos, es decir,
se trata de una negociación asistida por
un tercero imparcial que auxilia a las partes para que éstas logren una comunicación
constructiva que les permita negociar sus

101

•

Estilo negociador: el conciliador debe
procurar llegar lo más pronto posible a
una solución, controlando las emociones
y señalando los beneficios del acuerdo.
Por ello se considera un estilo pragmático donde las partes deben sentir las ventajas de llegar a un acuerdo (Guzmán,
1999).
Estilo terapéutico: La meta de la conciliación en este caso es ayudar a que las
partes se sientan escuchadas, compartiendo sus emociones y sentimientos. Las
emociones se tratan directamente usando incluso intervenciones terapéuticas
(Guzmán, 1999).

De acuerdo con Ormachea (1999) la conciliación es un proceso consensual y confidencial de toma de decisiones en el cual una
o más personas imparciales (conciliador)
Olga Lidia Sanabria Tellez

�102

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

asisten a personas, organizaciones y comunidades en conflicto a trabajar hacia el logro de una variedad de objetivos, pasando
por distintas fases de la conciliación, como
lo son: los actos previos o fase pre-conciliatoria, la introducción o fase de explicación
del proceso, la discusión de los hechos o
fase para escuchar la versión de las partes,
centrándose en el pasado; identificación de
los problemas señalados en la solicitud, a
menudo se descubren problemas distintos a
la demanda, desplazándose a la situación
actual; búsqueda de soluciones al movilizar el conflicto del pasado a una situación
resolutiva o futuro ideal, el acuerdo que es
el resultado que pone fin al conflicto y finalmente, el seguimiento del caso o acuerdo
velando por la calidad de la conciliación.
La justicia restaurativa se propone como una
relectura al tratamiento de los delitos y la
violencia, es una justicia que se centra más
en la reparación que en el castigo, contribuye a la sanación y a la paz, considera al
delito como un conflicto interpersonal, y que
éste es una oportunidad para transformar la
situación en la que se encuentran las partes y evitar brotes de violencia. Lo anterior
es así, porque el delito es una conducta que
causa daño a la víctima y a la sociedad, de
modo que la solución se busca estableciendo responsabilidades y obligaciones para la
persona que delinquió, con miras al futuro,
entre ellas la de reparar el daño para que
la conducta delictiva no se repita (González,
2018).

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información real acerca del delito, permitirle
contar la historia de lo sucedido a quienes le
causaron daño, con miras a que comprendan el impacto de sus acciones; el empoderamiento, así como, la restitución y la reivindicación. Mientras que la persona infractora
es quien necesita asumir su responsabilidad
en las consecuencias del delito, necesita
que los daños sean abordados, a fin de fomentar la empatía y la responsabilidad, así
como transformar la vergüenza (González,
2018).
La justicia restaurativa es un proceso dirigido a involucrar, dentro de lo posible, a todos
los que tengan un interés en una ofensa particular, identificar y atender colectivamente
los daños, necesidades y obligaciones derivados de dicha ofensa, con el propósito
de sanar y enmendar los daños de la mejor
manera posible. Para trabajar desde el modelo de la justicia restaurativa es importante
realizarse tres preguntas eje (Zehr, 2010):
• ¿Quién ha sido dañado?
• ¿Cuáles son sus necesidades?
• ¿Quién tiene la responsabilidad de atender estas necesidades?
Los programas de justicia restaurativa tienen como propósito confiar ciertas decisiones clave a aquellas personas que se han
visto más afectadas por el crimen, hacer que
la justicia sea más sanadora e, idealmente,
más transformadora y disminuir la probabilidad de ofensas en el futuro (Zehr, 2010).

Todos estos mecanismos dan una oportuniPor lo que, la víctima necesita recuperar el dad pacífica y empática para resolver de la
control; por ello, entre sus necesidades se mejor forma los conflictos de familia que se
encuentran la reparación del daño, brindar están presentando, construyen lazos de coLa Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

103

municación que abren oportunidades de solucionar de fondo los verdaderos conflictos y
aprender a controlar los futuros. Los medios
alternos dan a sus participantes una nueva
alternativa de visualizar sus percepciones y
de entender las necesidades e intereses de
ellos mismos y de la otra parte, así que este
sería la mejor alternativa para concluir la
controversia ante la ruptura de la relación.

ciones o interferencias parentales y ante ello
la intervención de un Centro de Convivencia
para supervisar la convivencia familiar, un
acto que por naturaleza tendría que ser parte fundamental de la relación madre, padre,
hijas o hijos y familia extensa, pero que ante
los conflictos de los ascendientes se puede
convertir en un acto de enojo, frustración,
miedo y daño constante entre las partes.

3. LA IMPLEMENTACIÓN DE LA FIGURA
DE COORDINACIÓN DE
PARENTALIDAD, UNA ALTERNATIVA DE
TRABAJO CONJUNTO CON EL
ÓRGANO JURISDICCIONAL.

Esta supervisión en el estado de México es
realizada por los Centros de Convivencia
Familiar, los cuales se conceptualizan empleando las palabras de Casillas (2013) los
Centros de Convivencia son una herramienta jurídica que aportan a la sociedad la prevención, protección y mejoramiento de las
condiciones generales de vida de los menores sujetos a procesos de desintegración
familiar por separación de sus padres, constituyendo un lugar seguro para el pleno desarrollo de los encuentros entre progenitores
e hijos; anteriormente la visión que se tenía
respecto a las convivencias, es que tenían
como origen fundamental la separación de
los padres, hoy en día se sabe que las convivencias no siempre tienen su origen en dicha
separación, sino que son probablemente
parejas que nunca vivieron conjuntamente,
convirtiéndose en un fenómeno múltiple en
el que las convivencias pueden ser solicitadas por otro miembro de la familia.

Cuando los conflictos generados ante la separación de la pareja no logran resueltos, y
se acude al órgano jurisdiccional a dar inicio a un proceso para que una jueza o juez
lo resuelva, se puede concluir la controversia con la sentencia y el cumplimiento de la
misma por las partes o bien se vuelven asuntos de alta conflictividad donde se afectan
los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y se producen daños de índole psicoemocional que pueden resultar de alto
impacto en sus vidas e incluso convertirlos
en víctimas. Por lo que nos enfrentamos no
solo al conflicto de adultos, sino también a la
situación de colocar a los infantes y adolescentes en el centro de la conflictiva judicial
y personal, obligándolos a vivir experiencias
poco apropiadas y a tomar decisiones que
no les corresponderían. Por estas situaciones los conflictos por guarda y custodia y el
régimen de visitas y convivencias se vuelven
una controversia más constante donde se
daña aún más a la familia, por la negativa
de convivencia, la presencia de manipula-

Considerando la importancia del entorno
familiar para el desarrollo de un menor, en
función de las relaciones afectivas que en
ella se generan, Mata (2018, en Raymundo,
2022) señala que los Centros de Convivencia Familiar son espacios neutrales idóneos
para favorecer el derecho fundamental del
Olga Lidia Sanabria Tellez

�104

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

niño/a para mantener las relaciones con sus
familias, cuando en una situación de separación y/o divorcio o acogimiento familiar,
o en otros supuestos de interrupción de
la convivencia familiar, el derecho de visita se ve suspendido o es de cumplimiento difícil o conflictivo. Además de facilitar
el encuentro del menor con sus progenitores
no custodios y/o la familia biológica garantizando sus intereses.

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estado de México una figura denominada
coordinación de parentalidad que apoye al
órgano jurisdiccional a dar solución a estas
altas conflictivas donde se percibe un daño
a los infantes y adolescentes y, la cual depende de los Centros de Convivencia Familiar por ser el órgano auxiliar de las y los jueces que tienen la mayor cercanía con estas
problemáticas familiares constantes. En esta
línea conceptualizamos a la coordinación
de parentalidad para entender su contexto.
La definición más ampliamente aceptada es
la de la Association of Families and Conciliation Courts (AFCC); definen la coordinación de parentalidad como “un proceso alternativo de resolución de disputas centrado
en los niños y las niñas en virtud del cual un
profesional de la salud mental o del ámbito
jurídico con formación y experiencia en mediación; implementará su plan de parentalidad, ayudándoles a resolver oportunamente
sus disputas, ofreciéndoles así una psicoeducación con respecto a las necesidades de
sus hijos o hijas (con previo consentimiento
de las partes y/o del juzgado); tomando decisiones con base a los términos y condiciones establecidos por la resolución judicial, o
por el acuerdo de designación del coordinador de parentalidad” (Capdevila, 2016).

Los Centros de Convivencia Familiar son espacio neutral y protegido donde se coadyuva a que se lleven a cabo las convivencias
familiares decretadas por el Órgano Jurisdiccional entre ascendientes no custodios y
sus descendientes y tienen por objeto además facilitar el desarrollo de las convivencias
familiares entre ascendientes no custodios y
sus descendientes, en aquellos casos en que
a juicio de los órganos jurisdiccionales, o por
convenio suscrito ante el Centro de Mediación, Conciliación y Justicia Restaurativa del
Estado de México no puedan realizarse de
manera libre porque se considera se pone
en peligro el interés superior del menor, a
efecto de generar lazos de identidad y confianza entre los mismos, y desarrollar la ejecución de talleres psicoeducativos, coadyuvando al sano desarrollo psicoemocional de
los involucrados en la controversia. (Poder Proceso no contencioso centrado en las neJudicial del estado de México, 2017).
cesidades de los hijos y las hijas en el que
el coordinador de parentalidad (CP) ayuda
Entonces, estos Centros tienen una labor re- a los progenitores a reducir la conflictividad
levante ante estas conflictivas y por ello un y a implementar el plan de parentalidad
compromiso de construir modelos que real- aprobado por el juzgado, identificando los
mente apoyen a las familias en estas altas obstáculos para su cumplimiento y realizanconflictivas donde se involucra el interés do las modificaciones de forma consensuasuperior de niñas, niños y adolescentes, lo da por los progenitores (Tena, 2018).
anterior nos ha llevado a implementar en el
La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

La American Psychological Association (2012,
en Fariña, Novo, Arce y Vázquez, 2017) define la Coordinación de Parentalidad como
un proceso de resolución de conflictos de
carácter no adversaria, que puede ser ordenado por el juzgado o acordado por los
propios padres, que están separados o divorciados y sumidos en un continuo conflicto
o litigio, que afecta negativamente a la relación con sus hijos. El principio rector que
debe regir al coordinador parental (CP) es
el mejor interés del menor.
Esta coordinación de parentalidad tiene
como principal objetivo trabajar a través de
herramientas psicológicas y de mediación
las conflictivas que presentan los ascendientes en la crianza de sus hijas e hijos y por lo
cual construyen junto con su coordinador un
plan de parentalidad.
Estos planes de parentalidad se definen
como un tipo de instrumentos de pacto específicos, como complemento o sustituto del
convenio regulador, dirigidos a consensuar
todos los detalles del ejercicio de la guarda
y custodia, es decir, del régimen de estancias de los hijos con sus progenitores. El plan
de parentalidad es un claro ejemplo del
ejercicio de los principios de corresponsabilidad, de coparentalidad y principio contradictorio, por ello también es conocido como
plan de corresponsabilidad o plan contradictorio (Alba, 2019).
Es un instrumento que puede ser utilizado en
diversos escenarios prejudiciales y judiciales para el mejoramiento de condiciones de
cuidado y protección de los hijos e hijas. Un
espacio y quizás el más esperado es el que

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

105

se refiere al documento de mutuo acuerdo
y consiste en un pliego trabajado en punto
prejudicial entre padres, pudiendo contar
con presencia de un mediador o consejeros
como abogados de parte, que aportan en
confección del texto, de modo que su contenido dé cuenta de necesidades de sus integrantes, en el marco legal vigente (Valdebenito, Rojo y Campillay, 2019).
Acorde a lo referido por Rodríguez y Carbonell (2014, pp. 198, en Rodríguez y Soto, 2015)
el Plan de Parentalidad se lleva a cabo en un
contexto de confidencialidad, imparcialidad
y neutralidad; el motivo de dicho proceso
está en la voluntad de las partes para llegar
a acuerdos implicando la responsabilidad
parental y la obligación del acuerdo, el instrumento detalla los compromisos que asumen respecto de la comunicación entre los
padres, los acuerdos para el traslado de los
niños, los acuerdos sobre contacto telefónico entre los padres y entre padres e hijos,
los acuerdos sobre cómo compartir objetos
como la ropa o los juguetes personales del
menor.
Debo enfatizar que el trabajo que desempeña un coordinador de parentalidad, es el
dar solución a las altas conflictivas que se
presentan ante la separación de una pareja
y donde las hijas e hijos se encuentran en
medio de las mismas y existe una serie de
interferencias o manipulaciones parentales
que empiezan a bloquear la relación familiar en todos los sentidos, evitando la convivencia con la o el ascendiente no custodio y
trayendo como consecuencia la ruptura de
los vínculos familiares.
Olga Lidia Sanabria Tellez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

¿Cuándo surge y por qué esta figura en el
estado de México? Por acuerdo del Pleno
del Consejo de la Judicatura del estado de
México, en sesión ordinaria de fecha veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno, por el
cual, se implementa la figura de la o el coordinador de parentalidad en el Poder Judicial
de la entidad y se emiten los lineamientos
de operatividad, los cuales se publican en la
circular número 40/2021 de fecha nueve de
junio del mismo año.
Es importante resaltar los datos estadísticos,
de acuerdo al CENSO DE POBLACIÓN Y
VIVIENDA 2020, la población total en el
Estado de México es de 16 992 418 habitantes, 8 741 123 son mujeres (51.4%) y 8 251 295
son hombres (48.6%), por municipios, Ecatepec de Morelos es el más poblado con 1 645
352 habitantes (Instituto Nacional de Estadística y Geografía, 2021a).
Durante 2020 se registraron 335 563 matrimonios, de los cuales se registraron 92 739
divorcios; 8 719 (9.4%) fueron resueltos por
la vía administrativa (se efectúa a través del
Registro Civil) y 84 020 (90.6%) por la judicial (se gestiona en algún Juzgado de lo
Familiar, Civil o Mixto). La información se obtiene anualmente de los registros administrativos a través de los Juzgados de lo Familiar, Mixtos y Civiles y de las oficialías del
Registro Civil. El decremento coincide con
el periodo de la pandemia de COVID-19,
durante el cual hubo una reducción en la
demanda de este servicio por la población
debido al confinamiento de las personas en
sus viviendas y a las condiciones que las autoridades sanitarias. Asimismo, el estado de
México presenta una tasa de divorcios por

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cada 10 000 habitantes de 18 años o más en
2020 de 7.4 (INEGI, 2021b).
Ahora bien, las principales causas del divorcio a nivel nacional acorde a lo establecido
por el INEGI (2021b) son:
• Incausado (voluntario unilateral)
• Mutuo consentimiento
• Separación por 2 años o más
• Causa injustificada: el divorciado puede
divorciarse 3 meses después de la última
sentencia
• Adulterio o infidelidad sexual
• Incompatibilidad de caracteres
• Servicia, amenazas, injurias y violencia
• Separación del hogar conyugal por más
de un año
• Abandono del hogar por más de 3 o 6
meses
• Incitación a la violencia
Ante nuestro elevado número de población y
las circunstancias sociales que nos rodean y
que se convierten en constantes conflictivas,
en el Poder Judicial del estado de México se
presenta la siguiente información estadística
en materia familiar, en el año dos mil veinte:
• Número de Divorcios incausados: 27,771
• Número de procesos de guarda y custodia: 11, 793
• Número de convivencias realizadas:
45,662
Ante tales circunstancias, se procura no contar solo con órganos de administración de
justicia, sino también trabajar en la prevención y en el desarrollo humano de nuestros
usuarios. Los Centros de Convivencia Familiar atienden de forma directa los casos de
mayor conflictiva y ante tal situación, fue ne-

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

cesario construir un modelo que además de
trabajar con la supervisión de convivencia,
cuenta con una serie de programas y actividades como son el programa de integración
y vinculación familiar, los talleres psicoeducativos para ascendientes o familia extensa,
los talleres psicoeducativos para niñas, niños y adolescentes, las campañas de acompañamiento, el programa de conferencia,
los círculos de lectura y todas las actividades de vinculación parental que se realizan.
Contando incluso con un Foro de Niñas, Niños y adolescentes que se vuelve inclusivo
para la niñez y adolescencia de la sociedad
mexiquense.
La información que nuestras estadísticas y
las actitudes observadas directamente de
los usuarios de los Centros nos llevaron a
identificar los diversos niveles de conflictividad que se presentan en los mismos, los
cuales han sido la base para la construcción
de un modelo que atienda las necesidades
familiares y la situación psicoemocional de
niñas, niños y adolescentes que se atienden
en la supervisión de convivencia. Lamentablemente presenciamos familias con altas
conflictividades y es que, ante una separación familiar, las niñas, niños y adolescentes
viven dos situaciones: los efectos psicológicos de la separación y las interferencias
o manipulaciones parentales que se estén
presentados ante la conflictiva para la realización de la convivencia y el fortalecimiento
de los vínculos parentales, enfatizando estos
dos últimos temas en el siguiente marco teórico que señala:

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

107

parental es un concepto que es común identificar en casos de orden familiar, produciendo efectos negativos que incluso pueden repercutir en la psique del niño, no sólo en el
presente sino a mediano y largo plazo. De tal
manera que es necesario estudiar a profundidad y, en un determinado momento, exista
una regulación para su análisis y detección
en procesos judiciales. Si bien, el concepto
como tal ha atravesado una serie de críticas
para su aceptación en procesos judiciales,
es necesario partir de sus antecedentes al
haber sido mencionado como el Síndrome
de Alienación Parental (SAP), pensando
que éste solo existe y surge exclusivamente
en el contexto de disputas por la guarda y
custodia de las niños, niños y adolescentes
(NNA) donde su manifestación primaria es
la campaña de denigración del niño contra
unos de los progenitores sin una justificación
aparente. En este sentido, el SAP se entiende como conjunto de ideas que pretenden
explicar y solucionar el rechazo de los hijos
a comunicarse con uno de sus progenitores
tras la ruptura familiar.

Hoy en día, este concepto sigue buscando
aceptación en el marco jurídico y, aunque
aún carece de evidencia científica, se sigue
aceptando en procesos judiciales como formas de manipulación que generan coalición
con uno de los progenitores y el rechazo hacia uno de ellos, mediante la implantación
de ideas que no son propias o ya sea con
motivo de la separación de los padres. En
consecuencia, Rodríguez (2011) menciona
que la manipulación deviene en diversas
consecuencias, entre ellas:
De acuerdo con Gardner (1985 en Padi- • Depresión crónica
lla-Racero, 2018) el tema de manipulación • Problemas para relacionarse en ambienOlga Lidia Sanabria Tellez

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•
•
•
•
•
•

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

tes psicológicos y sociales
Trastornos de identidad e imagen
Desesperación
Sentimientos de culpa
Sentimientos de aislamiento
Comportamiento hostil
Falta de organización

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sa y con la intención de destruir la relación
del niño con el otro progenitor. Más recientemente, se conceptualiza al niño como un
arma, empleada por el progenitor obstaculizador, para ganar la batalla emprendida
contra su ex cónyuge durante el divorcio a
cualquier coste, por lo que la intencionalidad sería siempre maliciosa. En este contexto, el autor destaca otros instrumentos de los
que se serviría el progenitor obstaculizador
para lograr su objetivo, como el tiempo (amplios períodos temporales sin el progenitor
rechazado estrechan la relación entre el
progenitor obstaculizador y el niño) y la distancia. Específicamente, resalta estrategias
de IP como interferir en las conversaciones
telefónicas, obstruir las fiestas y reuniones
familiares del progenitor alienado, prohibir
fotografías, sabotear las visitas y no tener
en cuenta la presencia del otro progenitor
(Bricklin, 1995; Garrity y Barris, 1994; Farkas,
2011; en González 2016).

Ahora bien, en relación a las interferencias
parentales en el extremo opuesto a las dinámicas de cooperación y comunicación
entre progenitores que fomentan el establecimiento de relaciones adecuadas y gratificantes con el menor (coparentalidad), se
sitúan aquellas otras que buscan precisamente todo lo contrario y cuya principal manifestación es la denigración de un progenitor por parte del otro generando en el niño
graves y profundos daños a largo plazo.
Estas dinámicas se conocen generalmente
como interferencias parentales (IP) e implican la presencia de conductas y/o actitudes
que perjudican o buscan perjudicar la relación del menor con uno de sus progenitores Otros autores también engloban como inter(Hayden, 1984; González, 2016).
ferencias parentales las conductas y actitudes propias del progenitor preferido y otras
En una investigación realizada sobre la personas, en forma de críticas persistentes
custodia infantil, el autor concluyó que las a las cualidades personales del progenideclaraciones del niño a menudo eran re- tor rechazado y sus actividades de crianza
sultado de las manipulaciones, sobornos o del niño, y varias maniobras para excluir al
coacciones infligidas por el progenitor pre- progenitor rechazado de la vida del menor;
ferido y no basadas en la experiencia real afirmaciones que influencian a éste a temer,
mantenida con el progenitor rechazado. despreciar, y criticar al progenitor rechazaOtros autores, señalaron que la desvalori- do. Se concluye, por tanto, que las estratezación del progenitor rechazado como no gias de IP empleadas por el progenitor obsmerecedor de confianza o afecto y la per- taculizador incluyen una amplia variedad de
suasión del niño hacia esta creencia, podían comportamientos específicos, que pueden
suceder de forma conscientemente malicio- ser intencionales o inconscientes, explícitos

La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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Científica y Práctica en MSC

o sutiles, y se encaminan siempre a deteriorar la relación del niño con el progenitor
rechazado o alienado, sea desvalorizando
la imagen que sostiene el menor de su otra
figura paterna, obstaculizando el contacto
entre ellos o forjando una alianza patológica con el niño (Bernet, Von Boch-Galhau, •
Baker y Morrison, 2010; en González, 2016).
Ante estas altas conflictivas generadas
por esas manipulaciones o interferencias
parentales en el órgano jurisdiccional se
presentan en situaciones litigiosas fuera de
lo común que hace interminable el proceso
por el cumulo de recursos y promociones
que se acumulan en el expediente y que generan que la conflictiva no solo escale, sino
también construya nuevos conflictos entre
las partes y los propios asesores jurídicos,
afectando el interés superior de niñas, niños
y adolescentes. Con la finalidad de crear
una alternativa positiva para los justiciables
y sus niñas, niños y adolescentes, se realiza
la propuesta por parte de la Coordinación
de los Centro de Convivencia Familiar a mi
cargo de implementar la figura referida, la
cual fue impulsada por el Consejero Mgdo.
Dr. Raúl Aarón Romero Ortega integrante del
Consejo de la Judicatura y aprobada por el
presidente del Tribunal Superior de Justicia
del estado de México. Mgdo. Dr. Ricardo A.
Sodi Cuellar, así como por los integrantes
del Consejo de la Judicatura y la Secretaría
General de Acuerdos.
Según Dominic D’Abate (2013), existen tres
razones primordiales para introducir esta figura:
• En primer lugar, los estudios indican que
los conflictos graves entre progenitores

•

109

-disputas verbales y físicas, litigios persistentes, desconfianza y hostilidad, alejamiento de un progenitor, entre otros- ponen a los menores en riesgo y destruyen
los beneficios que las relaciones parentales positivas puede aportarles.
En segundo lugar, en los casos más difíciles, los jueces a menudo recomiendan
la mediación, evaluaciones psicosociales
o terapia, estos recursos acostumbran a
ser pocos efectivos cuando los progenitores están atrapados en un conflicto
crónico.
En tercer lugar, las familias con divorcios
de elevada conflictividad utilizan muchos
servicios del tipo de protección de menores, mediación, consultas a expertos,
mientras que, paralelamente, numerosos
procedimientos legales que suponen un
elevado coste para la sociedad y para la
propia familia.

Ante los argumentos expuestos, se implementa la figura en la entidad y se emiten los lineamientos correspondientes de la coordinación,
dando inicio con la participación de doce juzgados y con la apertura de treinta y seis casos.
Estos Coordinadores de Parentalidad del
Poder Judicial del estado de México, se
plantean tres objetivos en su labor:
• Mejorar las relaciones familiares en procesos judiciales, caracterizados por una
alta conflictividad.
• Atender la salud emocional y mental de
los menores que viven las separaciones y
divorcios de alta litigiosidad, así como el
bienestar social de la familia.
• Apoyar en el cumplimiento de las resoluciones judiciales en las sentencias deOlga Lidia Sanabria Tellez

�110

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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rivadas de controversias del orden fami- Una situación que hace particular el proceliar.
so de coordinación es la labor que conjuntamente hacen todos los miembros que partiLa labor de los coordinadores se regula por cipan en el, escuchándolos de forma directa
los siguientes principios:
en sus necesidades.
Son principios rectores que deben observar
las y los Coordinadores de Parentalidad:
Los participantes del proceso son:
I.
Confidencialidad limitada;
• La o el juzgador.
II.
Cortesía;
• La o el coordinado custodio.
III.
Disciplina;
• La o el coordinado conviviente.
IV.
Economía;
• Niñas, niños y adolescentes.
V.
Eficacia;
• Representantes legales.
VI.
Gratuidad;
• Familia extensa.
VII.
Honradez;
• Terceros involucrados.
VIII. Integridad;
IX.
Profesionalismo;
Estos procedimientos tienen una duración
X.
Prudencia;
de doce a dieciocho meses dependiendo
XI.
Rendición de cuentas;
de la conflictividad que se presenta y del
XII.
Respeto;
trabajo de los mismos surgen los planes de
XIII. Legalidad;
parentalidad, que es instrumento en el que
XIV. Imparcialidad, y
los ascendientes familiares detallan cada
XV.
Responsabilidad Institucional.
uno de los acuerdos donde se establecen
las necesidades de sus hijas/os presentes y
Para el desarrollo del proceso de coordi- futuras, así como la forma ordenada de denación de parentalidad se consideraron los sarrollar las diversas actividades donde se
diversos contextos y características de la en- ven inmersos (educación, vestido y calzado,
tidad y se determinaron las siguientes fases, alimentación, vida social, actividades famisi bien es cierto se siguen las generalidades liares y escolares, salud, y entre otras) y que
del modelo internacional, también es cierto se comprometen como ascendientes a traque el modelo se tropicaliza a las necesida- bajar de forma colaborativa.
des de nuestra entidad y sus pobladores:
La coordinación de parentalidad repreEl proceso está integrado por las siguientes sentó romper paradigmas y crear otra alfases:
ternativa a las familias mexiquenses para
Fase previa: derivación del servicio.
terminar su conflicto construyendo una
Fase inicial: sensibilización del proceso, nueva forma de vida, salvaguardando el
trabajo individual de necesidades.
interés superior de niñas, niños y adolesFase media: Plan de parentalidad.
centes y creando ambientes familiares poFase final: desarrollo de autonomía familiar. sitivos para todos.
Fase de seguimiento: evaluación final.
La Coordinación de Parentalidad, una respuesta ante la alta conflictividad familiar en el estado de México. PP. 95-116

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111

METODOLOGÍA

CONCLUSIONES

Se aplicó la metodología de análisis de
caso integrando elementos cualitativos
para explicar con base al marco teórico,
la implementación de la figura de la coordinación de parentalidad en el estado de
México, primer estado de la República
Mexicana de integrarla a su labor judicial.
Se establecieron los elementos esenciales
que dieron paso a este nuevo método alternativo.

Los coordinadores de parentalidad son especialistas que coadyuva con el órgano
jurisdiccional bajo un trabajo integral de
quienes participan del conflicto, construye canales de comunicación y enseña a las
participantes a trabajar sus verdaderas necesidades para construir soluciones solidas
en beneficio de las partes y las niñas, niños
y adolescentes que son la esencia de una
familia, disolviendo su conflicto y determinando un plan de parentalidad.

La estrategia específica que cada investigador termina adoptando para su problema
específico es el resultado de una combinación de decisiones que realiza precisamente
para construir este contra-factual de forma
tal que resista lo más airosamente posible
a las diversas críticas, metodológicas (los
factores de invalidez) y sustantivas (teorías
rivales). (Shadish, 202).
El objetivo de la investigación consistió en
focalizarse ante una nueva figura que viene a complementar los medios alternos de
solución de conflictos en el estado de México, siendo importante entender el papel
que hoy tienen los Centros de Convivencia
Familiar al acrecentar sus posibilidades de
auxiliar a los órganos jurisdiccionales, no
solo con la supervisión de convivencias, sino
también con el trabajo de una figura que
apoya a la disolución de las altas conflictividades donde se involucre a niñas, niños y
adolescentes que se encuentren afectados
por esta situación.

La decisión de concluir un conflicto no depende de una jueza o juez, sino de la disposición verdadera sus generadores que en
el mayor acto de amor por ellos y por sus
niñas, niños y adolescentes pueden reconstruir, perdonar y sanar lo que los ha dañado
para iniciar una nueva etapa en su historia
de vida.
Las y los juzgadores no pueden a través de
las sentencias, resolver todas las controversias que se presentan ante ellos, un alto
número de esas conflictivas derivan de una
situación emocional que va en crecimiento,
motivo por el cual deben de disolverse por
las partes con ayuda de un coordinador de
parentalidad para extinguir el conflicto de
forma definitiva. Los conflictos dirimidos ante
el órgano jurisdiccional donde se encuentren de por medio derechos de niñas, niños o
adolescentes, su eje central, son ellas y ellos
al ser las personas más vulnerables del conflicto. Se debe de trabajar con y para ellas y
ellos procurando siempre su bienestar y evitando que se ejerza manipulación o interferencia parental que los haga convertirse en
Olga Lidia Sanabria Tellez

�112

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las personas que deciden un conflicto que cesos jurisdiccionales a procesos de coordino les pertenece.
nación de parentalidad, debe ser una nueva
forma de trabajo por sus clientes, donde la
La crianza positiva de las niñas, niños y ado- ética profesional y la conciencia humana se
lescentes es una responsabilidad de sus as- combinan en pro de las niñas, niños y adocendientes o en su caso de la familia exten- lescentes que se encuentran en medio de
sa y ella debe derivar de la conciencia de las controversias de las personas adultas y
las personas adultas que la tienen a cargo y de sus clientes.
no de un órgano jurisdiccional, por lo que, el
coordinador de parentalidad es la persona TRABAJOS CITADOS
idónea para auxiliar a ser reflexivos sobre
las verdaderas necesidades de los infantes Alba, E. (2019). EL PLAN DE PARENTALIDAD Y EL COORDIy adolescentes para construir el plan de paNADOR PARENTAL: HERRAMIENTAS DE PROTECCIÓN
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La coordinación de parentalidad debe de
ser una figura que debe de continuar su
implementación a nivel nacional, las altas
conflictividades donde se encuentran vulnerándose derechos de niñas, niños y adolescentes y destruyéndose las relaciones de
ascendientes y familias extensas no puede
resolverse por una sentencia, sino por las
decisiones de las partes del conflicto en
bien de sus familias.

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Los Centros de Convivencia Familiar con su
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su labor conjunta con los órganos jurisdiccionales para fortalecer la figura de la coordinación de parentalidad y mejorarla en pro
de las familias que participan de ella.

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en: Justicia Restaurativa por la Universidad Javeriana de Colombia, Justicia Restaurativa por el Instituto de Mediación México, Competencias Educativas,
Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos,
Formador de Formadores en Coaching para el Desarrollo Humano Integral, por el Centro Universitario
CIFE, Planeación Basada en Resultados, Metodología de Investigación y Desarrollo de Proyectos por la
Universidad Tecnológica de México. Actualmente es
Directora de los Centros de Convivencia Familiar del
Poder Judicial del Estado de México.

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Científica y Práctica en MSC

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y Práctica
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04, ENERO
2023 en MSC

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en
torno a la innovación en el proceso de mediación y
el uso de las tecnologías
Distance family co-mediation: reflections on innovation in the
mediation process and the use of technologies
Recibido: 11-10-2022
Patricia Alejandra Veracierto*

| Aceptado: 13-12-2022
*https://orcid.org/0000-0002-7734-3285
Facultad de Derecho - Universidad de Buenos Aires,
Argentina

Resumen
Este artículo relata la experiencia de la autora en la adaptación de las prácticas de mediación
familiar a distancia con recursos tecnológicos desde el año 2010 hasta la actualidad. Luego de
narrar las primeras experiencias de co-mediación a distancia y sus repercusiones, se da cuenta de
la creación paulatina de una Red de Centros Institucionales que alcanza en la actualidad varios
países de América del Sur. Asimismo, el artículo detalla el diseño de la metodología de trabajo
y el modo en que estas herramientas tuvieron un particular protagonismo en el contexto de las
restricciones a la movilidad ocurridas durante 2020 y 2021, en plena pandemia de Covid-19. Por
último, a través del análisis FODA, se busca dar cuenta de las oportunidades, las ventajas y riesgos
del trabajo con herramientas tecnológicas, para reflexionar, evaluar y posibilitar el desarrollo de
nuestra tarea profesional como facilitadores de la comunicación en conflictos familiares, temática
abordada en esta revista.
Palabras clave: Mediación familiar, co-mediación a distancia, resolución de conflictos, tecnología,
comunicación
Abstract
This article reports the author’s experience in adapting distance family mediation practices with
Cómo citar
Veracierto, P. A. Mediación familiar a distancia: el uso de
la tecnología para garantizar el acceso a justicia. MSC
Métodos De Solución De Conflictos, 3(4). Recuperado a
partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.php/m/article/
view/41

�118

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technological resources from 2010 to the present. After narrating the first experiences of distance
co-mediation and its repercussions, he realizes the gradual creation of a Network of Institutional
Centers that currently reaches several countries in South America. Likewise, the article details the
design of the work methodology and the way in which these tools had a particular role in the context of the mobility restrictions that occurred during 2020 and 2021, in the midst of the Covid-19
pandemic. Finally, through the SWOT analysis, it seeks to account for the opportunities, advantages
and risks of working with technological tools, to reflect, evaluate and enable the development of
our professional task as facilitators of communication in family conflicts, the topic addressed. in this
magazine.
Key words: Family mediation, Distance Co-mediation, Conflict resolution, Communication, Technology

INTRODUCCIÓN
A fines del año 2010, en el marco del Centro
de Mediación1 de la Facultad de Derecho de
la Universidad de Buenos Aires, dependiente del Departamento de Práctica Profesional
donde hace 27 años me desempeño como
mediadora y docente, comencé a pensar y
diseñar un dispositivo de co-mediación a
distancia con el uso de herramientas tecnológicas. Mi inquietud era dar respuesta a
las personas que vivían distanciadas geográficamente y que no contaban con recursos económicos para afrontar los gastos de
traslado o de representación a la hora de
acceder a una mediación.

diados, 11 por imposibilidad de notificación
y 33 por incomparecencia. Los 5 restantes
fueron mediados por la comparecencia de
los convocados. Estos datos señalaban que
existía un vacío legal en nuestro país, que
nuestro diseño vino a llenar.
Gráfico 1. Situación previa. Pedido de
Mediación con requeridos en otras Provincias (Período: 2009 a junio de 2011).

Entre los años 2009 y 2011, el Centro antes
mencionado recibió 49 casos de mediación
con requeridos domiciliados en el interior
del país. De ellos, 44 casos no fueron me1 El Centro de Mediación se encuentra anexo al Consultorio Jurídico Gratuito de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, que brinda asesoramiento y representación jurídica a personas con recursos económicos
limitados.
Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
PP. 117-130

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Fuente: Veracierto, 2020, p. 254.

Elaboración propia en base a datos recopilados por el equipo de trabajo del Centro
de Mediación de la Facultad de Derecho
de la Universidad de Buenos Aires.
Epígrafe gráfico 1:
Del cien por ciento de los casos que ingresaban con requeridos cuya residencia se
encontraba fuera de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y, más específicamente, en
otras provincias de la República Argentina,
solo el diez por ciento se realizaba porque
asistía el requerido. El resto eran mediaciones cerradas por incomparecencia.
¿Qué
historias,
nunca
escuchadas,
quedaban detrás de aquellos que no podían
presentarse? ¿Qué alternativa había para
esas personas, privadas de esta posibilidad
por no contar con recursos suficientes, y a los
que sólo les quedaría por delante la ardua
vía judicial, complicada por las dificultades,
costos y tiempos, que se ven acrecentados
por la distancia y, fundamentalmente, por la
imposibilidad de solucionar los problemas
por la vía de la palabra y el entendimiento?

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

119

mediación en Argentina y en el mundo. La
co-mediación fue llevada adelante por el
equipo interdisciplinario que formé junto al
Lic. Sergio Arch Guerrero, por aquel entonces mediador del Programa de Mediación
Comunitaria de la Provincia de Salta. Al finalizar el proceso, en abril de 2011 se plasmó el
acuerdo escrito de la primera co-mediación
familiar a distancia realizada en Argentina
y en el mundo con acuerdo homologado
judicialmente por el Juzgado Nacional de
la Instancia en lo Civil N° 82, a cargo de la
Jueza Subrogante Dra. Celia Giordanino,
Secretaría de la Dra. Laura Masi.
Cuando empezamos a pensar en esta problemática, no teníamos noticias de métodos
de mediación a distancia que se hubieran
aplicado ni en la República Argentina ni en
el resto del mundo desde el marco legal y
con acogida favorable de los Tribunales. El
caso que inició este camino, entre la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Salta, puso de manifiesto que a través de las
nuevas tecnologías era posible satisfacer
las necesidades de personas que no podían
acceder a la mediación.

La situación previa me motivó a diseñar el
dispositivo que se puso en práctica con el
primer caso llevado a cabo el 9 de febrero
de 2011, por videoconferencia, facilitada por
la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
con el apoyo de la Dra. Elena Highton2 y de
la Dra. Gladys Álvarez3, precursoras de la

2. PRIMERAS APLICACIONES DEL MODELO DE CO-MEDIACIÓN Y SUS
REPERCUSIONES

2 La Dra. Elena Highton de Nolasco ​fue jueza ministra de
la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina desde
2004 hasta 2021. Autora de más de 30 libros y casi 100
proyectos de investigación, recibió un premio otorgado por
el Foro Mundial de Mediación por su actuación destacada.
3 La Dra. Gladys Álvarez fue jueza de la Cámara Nacional

de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires.
Dirige la carrera de posgrado en Negociación y Resolución de Conflictos en la Facultad de Derecho de la UBA y
es Directora Académica de la Escuela de Mediación de la
Facultad de Derecho de la Universidad de Mar del Plata. Es
autora de numerosos libros sobre mediación.

Mariela requería la mediación en Buenos
Aires convocando a Marcelo, residente en
la Provincia de Salta (a 1300 km de distan-

Patricia Alejandra Veracierto

�120

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cia)4. La primera imposibilidad para concretar el diálogo era la económica: Marcelo
no tenía recursos para viajar y encontrarse.
Esto nos impulsó a trabajar pensando en los
fundamentos políticos y filosóficos que tiene
la mediación para nosotros, esencialmente
entendida como la posibilidad de modificar
la realidad propia, participando de manera
horizontal en las decisiones que nos involucran, y que no sea un tercero ajeno quien
decida sobre los desacuerdos. Desde lo público, acercar esa posibilidad implicaba (y
aun lo hace) buscar medios posibles para
que la falta de recursos no imposibilitara
esa forma de participar en la transformación
de los conflictos y de acceder a justicia.
El teléfono fue la primera herramienta que
utilizamos para superar la distancia: Marcelo
atendió personalmente y charlamos acerca
de la importancia de solucionar el problema
que se presentaba. Él estaba interesado, la
distancia y su situación económica le impedían concurrir, pero también manifestó que
tenía temas para plantear. En síntesis: la voluntariedad estaba presente. Mariela, quien
había iniciado la mediación por alimentos con pocas expectativas de realización,
aceptó con sorpresa y cierto temor nuestra
propuesta de intentarlo haciendo uso de recursos tecnológicos. Ella había dejado Salta
por problemas con Marcelo tres años atrás,
y en ese momento vivía en Buenos Aires con
su nueva pareja, con un niño de 2 años (hijo
de ambos), una hija de 9 años (de su primera unión) y con Ruth, de 5 años, la hija de
Marcelo, quien era la principal destinataria
4 Fuimos autorizados y relevados de la confidencialidad
para compartir la experiencia con fines pedagógicos y de
difusión de este trabajo innovador.

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de este primer intento. Ruth no recordaba
mucho de su padre biológico y trataba como
tal a la pareja actual de su madre.
Muchísimos casos siguieron al primero, con
enorme éxito y aceptación. A continuación,
presentamos algunos datos estadísticos:
Gráfico 2. Resultados mediación a distancia. (Período: 2011 a junio de 2019).

Fuente: Veracierto, 2020, p. 255.

Elaboración propia en base a datos recopilados por el equipo de trabajo del Centro
de Mediación de la Facultad de Derecho de
la Universidad de Buenos Aires. Cantidad de
casos relevados: 184.

Epígrafe gráfico 2: Del 100% de los casos
de conflictos familiares co-mediados a distancia, el 88% fueron cerrados con acuerdo
de las partes.

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
PP. 117-130

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

2.1. Una red en expansión

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121

dores. Todo esto derivó en la conformación
de una Red de Centros Institucionales de
todo el país, que paulatinamente se fueron
adhirieron a la práctica y redactando protocolos para la realización de mediaciones a
distancia. En las siguientes tablas puede observarse la presencia de la red en toda la República Argentina y las conexiones logradas
con varios países limítrofes.

En aquellos años no podía imaginar que sobrevendría el contexto que nos atravesó a
partir de marzo de 2020. Cuando vuelvo a
aquel pasado, recuerdo a la comunidad de
mediadores y mediadoras, las miradas, los
susurros y ciertos silencios “de esos que hablan por sí solos”, tal como Paul Waztlawick
lo enuncia en su primer axioma de la comunicación (Waztlawick et al., 1993). En mi Tabla 1. Red de centros de mediación a
primer libro, publicado durante 2015 (Vera- distancia conectados en el interior de
cierto, 2015) y luego reeditado y ampliado Argentina.
en una segunda edición presentada cinco
años después (Veracierto, 2020), dediqué
Provincias
Provincias conectaalgunos párrafos a quienes pensaban que
conectadas con el das con otros Cenla co-mediación a distancia no era mediaCentro de Mediatros de Mediación
ción, a los prejuicios derivados de esa prácción UBA
tica novedosa, y justifiqué conceptualmente
el diseño de intervención facilitado por el Catamarca
Córdoba
uso de nuevas herramientas tecnológicas de Chaco
Corrientes
comunicación.
Chubut
Entre Ríos
Formosa
Neuquén
La recomendación de que hubiera un marco Jujuy
Santa Fe
institucional para la práctica y la divulgación La Pampa
Santiago del Estero
de mi enfoque para el diseño del trabajo, Mendoza
sumado a la participación en los Congre- Misiones
sos Nacionales e Internacionales en los que Río Negro
estuvimos presentes, las capacitaciones, las Salta
revisiones de prácticas y las publicaciones San Juan
en diversos ámbitos, dieron nacimiento a un San Luis
universo importante, pero por entonces mi- Santa Cruz
noritario entre los mediadores. Ese universo Tierra del Fuego
se fue expandiendo a partir de enriquecedo- Tucumán
ras experiencias de capacitación que realiFuente: Veracierto, 2020, p. 77.
cé para mediadores de distintas provincias
y Centros de Mediación del interior del país, Elaboración propia en base a datos recopisumado a la circulación de la primera edición lados por el equipo de trabajo del Centro de
de mi libro, que permitió que las herramientas Mediación de la Facultad de Derecho de la
llegaran a numerosos profesionales media- Universidad de Buenos Aires.
Patricia Alejandra Veracierto

�122

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Tabla 2. Red de centros de mediación a en un mismo espacio físico, pero que estadistancia conectados en el interior de la ban dispuestas, manifestando el deseo de
Provincia de Buenos Aires.
encontrarse y de solucionar sus disputas. El
modelo de trabajo diseñado contempla la
Localidades conec- Localidades coformación de un equipo de co-mediación
tadas con el Centro nectadas con otros
para la tarea. Se organiza un espacio online
de Mediación UBA Centros de Mediapara hacer posible el encuentro de las parción
tes desde su ciudad de residencia, cada una
Azul
Bahía Blanca
teniendo a su lado un mediador del equipo
La Plata
Pilar
(Veracierto, 2020, p. 53-65). Se llenó así un
Mar del Plata}
Lomas de Zamora
vacío legal de nuestra regulación, pues la
Junín
legislación nada preveía para quienes, distanciados geográficamente, no tenían recurFuente: Fuente: Veracierto, 2020, p. 78.
sos que les permitieran gestionar su representación por apoderado o presentarse en
Elaboración propia en base a datos recopi- forma personal, tal como lo indica el artículo
lados por el equipo de trabajo del Centro de 19 de la Ley 26.589 de Mediación Prejudicial
Mediación de la Facultad de Derecho de la Obligatoria: “Las partes deberán compareUniversidad de Buenos Aires.
cer personalmente y no podrán hacerlo por
apoderado, exceptuándose a las personas
Tabla 3. Red de centros de mediación jurídicas y a las domiciliadas a más de ciena distancia conectados con países de to cincuenta (150) kilómetros de la ciudad en
América del Sur.
la que se celebren las audiencias”.
País conectado
con el Centro de
Mediación UBA

Países conectados
con otros Centros de
Mediación

Chile

Bolivia
Uruguay

Fuente: Fuente: Veracierto, 2020, p. 79.

Elaboración propia en base a datos recopilados por el equipo de trabajo del Centro de
Mediación de la Facultad de Derecho de la
Universidad de Buenos Aires.
Los destinatarios de nuestro trabajo eran las
personas que, por razones económicas, no
podían participar del proceso de mediación

Nosotros apostamos fervorosamente a esta
herramienta intrínsecamente informal como
es la mediación, para que ningún formalismo, burocracia o reglamentación obstaculizara el deseo de las personas de restablecer el diálogo en las relaciones familiares.
Nuestro aporte durante estos años de trabajo sigue atento a no quitar frescura, voluntariedad y verdadero encuentro a través
de esta metodología que muchos adoptaron como propia, con las particularidades
que se pensaron necesarias, útiles o adecuadas. Quitar formalidad a un proceso
informal le devuelve el potencial a la mediación, perdido en ocasiones por coexistir
con estructuras necesariamente rígidas que

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
PP. 117-130

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

requieren reglamentos y disposiciones que
disminuyen la potencialidad de una forma
de resolución de conflictos que finalmente
brinda acceso a justicia. El Poder Judicial,
al intervenir en su homologación, resolvió
con creatividad, pudiendo comprobar que
hay otro modo de velar por el bienestar de
las familias. Felices por haber posibilitado
desde entonces muchísimos procesos que
no podían concretarse, festejamos el potencial de esta práctica social que hemos
abrazado como profesionales, con mucha
pasión y con amor, ingrediente indispensable para encarar estas aventuras, a lo que
podemos sumarle una dosis necesaria de
H2O: “Humildad, Honestidad y Osadía”,
utilizando palabras del maestro Enrique
Mariscal.
3. DISEÑO DE LA METODOLOGÍA DE
CO-MEDIACIÓN A DISTANCIA
Comparto con los lectores un resumen de los
objetivos, actores involucrados y metodología que diseñara en aquella oportunidad y
que fue volcada en la primera edición de mi
libro:

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

123

3.2. Actores involucrados
•

•
•
•
•

Personas distanciadas geográficamente
que solicitan o son convocados a un proceso de mediación.
Centros de mediación institucionales públicos y gratuitos.
Mediadores familiares con suficiente experiencia y capacitación.
Patrocinios jurídicos gratuitos.
Servicios sociales interdisciplinarios.

3.3. Metodología
a. Recepción del caso. Siempre se intenta
celebrar la mediación presencial, que sería
lo ideal, por lo que se cursan en primera instancia las notificaciones al convocado, independientemente de su lugar de residencia.
Al comprobar que el requerido no puede
acercarse en persona, se pone en marcha el
mecanismo para realizar una co-mediación
a distancia. Es decir que es un recurso pensado, desde mi perspectiva, sólo para los
casos en los que no es posible el encuentro
presencial.

b. Lectura y mapa del conflicto a mediar. Se
3.1. Objetivos
trata de explorar el conflicto desde su estructura y componentes teóricos. Ver qué
a) Garantizar el acceso a justicia, brin- tensiones movilizan a las partes, más allá del
dando contextos institucionales públi- objeto concreto del reclamo, teniendo en
cos y gratuitos de actuación.
cuenta las características de dicho conflicto.
b) Posibilitar procesos de mediación familiar entre partes que viven a distancias c. Construcción de una red de centros insticonsiderables y que no cuentan con tucionales de mediación públicos y gratuitos
recursos económicos para presentar- que se adhieran al sistema. A medida que
se en forma personal ni por medio de trabajamos nuevos casos, fuimos haciendo
apoderados.
contacto con centros de distintos lugares del
país, con los que volvimos a trabajar cuanPatricia Alejandra Veracierto

�124

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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do ellos nos lo requirieron. Cada lugar nuevo dialmente la distancia planteada entre los
implica encontrar el centro público adecua- progenitores, con los efectos que de ella se
do y disponible.
derivan.
d. Propuesta de co-mediación. Se realiza en
forma simultánea al centro respectivo (para
conformar un equipo de co-mediación) y al
requerido, en lo que hemos denominado audiencia de ofrecimiento. Ninguna de estas
gestiones se puede hacer antes de la otra,
porque no se puede prometer al requerido
una co-mediación si no se puede armar un
equipo, ni armar el equipo cuando el requerido puede no aceptar.
e. Audiencias privadas con las partes, a
modo de pre-mediación, con trabajo simultáneo del equipo de co-mediación. Esta es
la etapa más importante, y es fundamental
que los mediadores cuenten con un máximo
entrenamiento y capacitación sobre la modalidad a distancia. Cada mediador trabaja
con cada una de las partes, sin perjuicio del
intercambio permanente, a fin de trasladar
los resultados entre los mediadores y estos
con las partes y sus abogados, de modo de
confirmar y/o ampliar la lectura del mapa
inicial. En esta etapa cobra particular importancia el uso de las herramientas comunicacionales, para que el traslado referido anteriormente sea correcto. También se debe
considerar la voz del niño5 en la co-mediación familiar a distancia, insistiendo cada
vez más en su consideración y participación
activa por ser en quienes impacta primor5 Recordando que, tanto en la Declaración Universal de
Derechos Humanos como en la Declaración de los Derechos del Niño, las Naciones Unidas proclamaron que las
infancias tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Ley 26.061 de protección integral de los derechos de
las niñas, niños y adolescentes (art. 3, inc. C).

f. Audiencia conjunta por videoconferencia.
Se realizarán tantas como sean necesarias.
Esto es incluso indispensable, tanto en caso
de acuerdo como de cierre sin acuerdo6, a
fin de otorgar validez al proceso de mediación para casos ingresados por sus temas
legales (en el caso de Argentina, la Ley de
Mediación Prejudicial Obligatoria). Esta metodología presencial de cada parte con el
mediador y por videoconferencia otorga el
consentimiento necesario para acordar o
cerrar la mediación. ¿Por qué decimos presencial si el sistema funciona a distancia?
Porque entendemos lo presencial como la
comunicación fluida, directa entre las partes, sin necesidad de que la presencia sea
física en el mismo lugar. Es necesario tener
en cuenta los problemas logísticos que se
pueden producir, y tener acordado entre los
mediadores un plan de contingencia por si
surgen dificultades. Al involucrar tecnología,
hay múltiples factores que pueden interrumpir la comunicación, y mientras más preparación haya para lidiar con ellos, las partes
tendrán menos confusión y más confianza en
la seriedad del trabajo realizado.
g. Remisión del acuerdo y/o acta por correo
certificado para su firma. Se remite el acuerdo a fin de que sea materialmente firmado
por la parte convocada, con certificación
ante el Juez de Paz del lugar u otro funcionario público que dé fe de dicho acto. En
6 Caso co-mediado a distancia con la Provincia de Río
Negro. CE.JU.ME. Cipolletti. Año 2011.

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
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general suelen ser los Coordinadores de los
Centros quienes realizan esta certificación
dada la conformación general de la red.
Previamente, en la videoconferencia cada
parte habrá firmado su ejemplar, a modo
de preacuerdo y como prueba del consentimiento y compromiso.
h. Escrito con firma certificada solicitando
homologación del acuerdo, para el caso de
ser necesaria la homologación, siempre que
el sistema legal así lo solicite, fundamentalmente en cuestiones de familia y si existen
intereses de menores involucrados, evitando
de este modo la posibilidad de que la parte
que se encuentra distanciada geográficamente sea convocada a ratificar el pedido.
i. Nueva remisión de antecedentes al lugar
de origen del requerimiento para proceder
a la homologación. Dado el avance de la
tecnología en el ámbito de las comunicaciones en los años transcurridos desde el diseño original de la metodología, estos últimos
pasos pueden modificarse de acuerdo con
las nuevas posibilidades y recursos disponibles, o mantenerse según el caso y las necesidades institucionales. Cabe destacar que,
en la actualidad, las cuestiones relativas a
la firma del convenio han encontrado nuevas prácticas por la aceleración de los sistemas y plataformas virtuales.
j. Presentación al Juzgado de todos los antecedentes de la mediación. Actas, intercambios realizados por medios informáticos,
preacuerdos, acuerdos, videoconferencias,
etc. Todo ello resguarda la legalidad y seriedad del proceso mediatorio y puede ser
entregado por el mediador al abogado de

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Científica y Práctica en MSC

125

la parte requirente para el correspondiente
trámite.
4. UNA PRÁCTICA EN CRECIMIENTO
La herramienta metodológica presentada
en mi primer libro llegó a lugares distantes, lo que posibilitó la conformación de
una Red de Centros Institucionales, uno de
nuestros objetivos iniciales, que se alcanzó
ampliamente dentro de nuestro país y más
allá de las fronteras. Siendo aún una práctica joven y en proceso de desarrollo, en
el año 2019 sentí el deseo de actualizar mi
libro para compartir la experiencia de los
años que siguieron, sumando voces, casos
y centros que forman parte de esta práctica, y enriquecer la obra con el aporte de
todos. El nuevo material da cuenta de que
la co-mediación es una tarea instalada y
compartida, que nos propone un mutuo
crecimiento. Incorporamos nuevos casos
articulados con la metodología, actualizamos estadísticas, apuntamos los Congresos donde dijimos presente, sumamos intercambios y consideraciones con nuestros
equipos de trabajo, reflexionamos acerca
de la importancia de la voz del niño en los
procesos, legitimamos la ampliación de la
red, recapitulamos la experiencia de los
talleres de capacitación y los efectos de la
supervisión de prácticas.
4.1. La mediación y el aislamiento social
obligatorio
A su vez, la situación de aislamiento social
obligatorio que vivimos en 2020/2021 no
podía escapar a las reflexiones incorporadas para esta segunda edición, pues confiPatricia Alejandra Veracierto

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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nacional
Cabe mencionar que la situación global de
aislamiento sanitario aceleró mi mudanza
desde la Ciudad de Buenos Aires hasta el
pie de las sierras, en la Provincia de San
Luis, a casi 800 kilómetros de distancia. Este
cambio de escenario propició el trabajo en
la nueva edición de mi libro y, con el avance
estrepitoso de la virtualidad, facilitó mantener mi labor en los distintos contextos en los
que intervengo como mediadora.7 Fue allí,
en la Provincia de San Luis, donde realicé el
30 de junio del corriente año mi última experiencia en la temática, con un caso internacional cuya parte convocada residía en la
República Oriental del Uruguay. El caso, que
no había sido aceptado por otros mediadores —que seguramente al observar el domiLa experiencia del aislamiento social obli- cilio del requerido no supieron cómo aborgatorio nos incluyó a todos. Nosotros mis- darlo— “casualmente” resultó resorteado a
mos, como mediadores, nos vimos convo- mi favor y, sin dudarlo, puse manos a la obra.
cados a repensar, confirmando o variando
rumbos de acción, sumidos en una marea de Los amorosos vínculos que fui cosechando
sensaciones personales. La situación puso en este largo recorrido por congresos interen común la experiencia de la distancia y la nacionales y capacitaciones brindadas en
imposibilidad de trasladarnos para encon- otros países —como el mantenido con la ditrarnos con nuestros afectos, lo que me pa- rectora de esta revista, Giovana P. Ríos Goreció una oportunidad para volver a pensar dinez, quien gentilmente me ofreciera esta
nuestras prácticas. Las nuevas condiciones participación—, me permitieron saber quién
nos permitieron, en el mejor de los casos, sería mi compañera de equipo. Me contaccomprender más y mejor las historias fami- té con la querida colega Mónica Casavieja
liares y los dolores de quienes se acercan López, del Centro de Mediación Cerro, pera nosotros, con el desafío de trabajar con teneciente al Poder Judicial de la República
mayor empatía y una escucha sensible, a Oriental del Uruguay, y propuse el caso a la
todo volumen, como lo he conceptualizado Coordinación del centro para el cual presto
junto a otras herramientas que nacieron con
estas prácticas.
guró nuevas experiencias que merecían ser
abordadas. Decidimos incorporar un capítulo para pensar juntos cómo este imprevisto
cambió el contexto y se incorporó a nuestro
quehacer. Durante muchos meses, en nuestro país la circulación estuvo restringida, por
lo que ni partes ni mediadores podían trasladarse. Desde la flexibilidad que distingue
la práctica que abrazamos como mediadores, tuvimos que dar respuesta a las demandas de las partes y garantizar el acceso a
justicia más genuina e inmediata posible. Ya
contábamos con una amplia caja de herramientas tecnológicas, para intentar que la
palabra circule, que la disputa se aborde y
sea tratada por la imperiosa necesidad de
resolverla.

4.2. Una co-mediación a distancia inter-

7 Centro de Mediación Facultad de derecho UBA, Mediadora Privada Prejudicial en C.A.B.A., Consejo de Mediación
de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires
y Mediadora Extrajudicial y Judicial de la Provincia de San
Luis.

Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
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mis servicios, para llevarlo a cabo conforme tro necesario reflexionar sobre el uso de la
a mi metodología.
tecnología en los procesos de mediación en
general —y en la especificidad de la mediaEl trabajo conjunto que realizamos posibilitó ción familiar en particular— desde un anála concurrencia del convocado a una cues- lisis FODA, como matriz y herramienta de
tión iniciada por alimentos ante la Defenso- diagnóstico, que permite evaluar y al mismo
ría de la Niñez y Adolescencia, y juntos fui- tiempo proyectar escenarios eventuales.
mos encontrando soluciones a las distintas
temáticas planteadas a lo largo del proceso. Fortalezas: Sin dudas, la mayor fortaleza
Se trataba de un papá distanciado de su hija de las prácticas realizadas —y que motivade 14 años, por lo que fue muy interesante la ron e hicieron exitoso el primer diseño de inconcurrencia de la Defensora en represen- tervención del 2011— fue posibilitar la contación de los intereses de la adolescente, currencia a un proceso de mediación…
trayendo su voz, colaborando en la solución ni más ni menos. Es irrefutable que la mey posibilitando abrir un nuevo capítulo en diación a distancia brinda la posibilidad de
la historia para la familia. La variedad de continuar con los procesos de mediación no
posibilidades que la mediación trae apa- solo a personas distanciadas geográficarejada en los distintos contextos y espacios mente o faltas de recursos económicos, sino
institucionales de intervención, desafía per- también para resguardar la salud de todos
manentemente nuestro ejercicio de la crea- los involucrados en el contexto de crisis satividad. Esto me lleva a continuar alentando nitaria. Posibilitar el diálogo que propone
estos procesos y a confirmar una vez más los la mediación a través de las técnicas de inbeneficios de la metodología, que sigue po- formación y comunicación amplía la caja de
sibilitando encuentros entre familias que han herramientas de los mediadores ante un sinsido atravesadas por conflictos no resueltos. fín de imposibilidades (físicas, geográficas,
temporales o de restricción a la libertad, por
5. ANÁLISIS FODA DEL USO DE LA TEC- ejemplo) y constituye una posibilidad cierta
NOLOGÍA EN LA MEDIACIÓN
de acceso a justicia, ante la parálisis o ineficacia de otros mecanismos para el reclaAhora bien, en el contexto actual, después mo de derechos.
del avance del uso de la tecnología en casi
todas las áreas de la vida cotidiana y del Otra fortaleza a destacar es la posibilidad
trabajo a raíz de la crisis sanitaria mundial, que, como profesionales mediadores, teney como lo expuse en una presentación efec- mos de poder estar presentes a través de la
tuada en el mes de abril del corriente año virtualidad en espacios geográficos distanen el “III Seminario Internacional Los MARC tes, hecho que la presencialidad física obliy la mediación. Lecciones aprendidas. Nue- gatoria antes nos vedaba. También puede
vos escenarios y posibilidades”8, encuen- destacarse como fortaleza la agilización y
8 Veracierto, P. (2022) Disertación: Mediación y co-media-

ción a distancia. Reflexiones desde un análisis FODA.
Patricia Alejandra Veracierto

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facilitación de trámites internos del proceso que no requieran de corporalidad, y no
digo presencialidad porque considero que
realmente estamos presentes en el espacio virtual.

con relación a la corporalidad y el afecto que
ella nos produce? El incuestionable valor de
encontrarnos “carne a carne” y su efecto en
lo vincular, presente en la mediación como
proceso dialógico, puede verse amenazado.
¿Cómo y cuánto se podría vulnerar nuestra
Debilidades: Por el contrario, la pérdida de capacidad de vincularnos si la modalidad
esa corporalidad que favorece lo vincular actual impuesta por la crisis llegara para
de las relaciones familiares se torna necesa- quedarse?
ria e indispensable para posibilitar diálogos
y conversaciones, en los que la mirada, el Promover esa “comodidad” o “convenientono de voz y el espacio físico tangible ge- cia” —expresada por muchos mediadores—
neran un clima muchas veces imposible de podría traer aparejada una simplificación
homologar en la virtualidad. Por otra parte, de la tarea, desnaturalizando y empobrela falta o escasez de recursos tecnológicos ciendo la especificidad del acto de mediar,
en muchos de los actores de una familia pro- fundamentalmente en las cuestiones de favoca una asimetría de posibilidades inacep- milia que nos convocan, poniendo en riesgo
table en un proceso que busca el equilibrio el enorme potencial del dispositivo de mede poder. La mayor homologación del es- diación.
pacio virtual en presencial requiere de una
tecnología de punta aún ausente en muchos Oportunidades: Estas amenazas ciertacasos. No todos ni todas la poseen, esto se mente generan incertidumbre y temor a la
observa en la realidad de las prácticas, es- pérdida de calidad en la mediación, pero
pecialmente con actores vulnerables o que como operadores y agentes de procesos
residen en lugares con escaso acceso a in- de cambio y de visión positiva ante las criternet. Es por esto que hay momentos en que, sis, podemos pensar y capitalizar las oporaun contando con la pericia de mediadores tunidades que nos ofrece este momento de
entrenados, se producen pérdidas de voz y reflexión actual. ¿Qué beneficios podemos
de imagen, interrupciones en la conexión y observar para que las tecnologías de la
situaciones imprevistas, pues la realidad so- información y la comunicación se conviercioeconómica de muchos países (o territorios tan en herramientas a las que el mediador
dentro de un mismo país), no permite contar pueda acudir como conductor del proceso
con plataformas y sistemas más eficientes. cuando lo considere pertinente, necesario
Esto nos lleva a pensar en el siguiente punto. y beneficioso para el proceso comunicacional? Creo que varios e interesantes.
Amenazas: ¿En qué puede convertirse la
práctica de la mediación como proceso de La primera oportunidad sería suprimir abencuentro, de diálogo restaurativo, como solutamente la posibilidad de que una
proceso de transformación e interacción de persona esté eximida por la distancia de
las personas? ¿Cuál será el futuro o el impacto concurrir a una mediación. Toda persona
Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
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�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

necesaria para el proceso ahora puede estar presente de manera virtual. Surge también la oportunidad de posibilitar escenarios semipresenciales que pueden ser
más útiles que mediar con apoderados, con
quienes siempre se desdibuja la exploración
de los intereses y las necesidades reales.

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

129

frustración y ello nos dio la oportunidad de
repensarnos como operadores, problematizando nuestros roles, desde preguntas muy
simples, pero necesarias: ¿cómo?, ¿cuánto?,
¿para qué? ¿quién desplaza a quién?
CONCLUSIÓN

La segunda oportunidad que observamos
es la posibilidad de aumentar y potenciar
el trabajo en equipo en mediación. Esta,
que fue una característica del primer diseño
de intervención, se vio reflejada en la conformación de equipos de trabajo en virtualidad, que nos sacaron de ese aislamiento
típico del mediador, trabajando solo en su
estudio o en su despacho. Nos atrevimos a
pensar en equipos de trabajo, a contar con
la colaboración de otro para el soporte técnico, para la tarea de observación de prácticas, etc. Creo que este es un punto positivo
que nos deja este tiempo de virtualidad. Es
importante destacar que esta modalidad de
trabajo en equipo fue pensada en la metodología de la co-mediación a distancia para
otorgar un plus de simetría al desarrollo del
proceso, aunque muchos no lo entiendan así
y pretendan aplicar el modelo con un solo
mediador.

El análisis realizado anteriormente resulta un
disparador para seguir pensando nuestras
prácticas de mediación familiar, nos desafía a seguir velando por la calidad de nuestras intervenciones que, en esta materia,
requieren el encuentro −sin ninguna duda−,
aunque la tecnología posibilita y abre el
abanico de acciones inclusivas en la mediación. El mundo ha cambiado, las formas
de comunicación se encuentran en un fuerte
proceso de transformación, y la mediación
como práctica dialógica no escapa a esta
realidad. Los mediadores familiares, como
facilitadores de la comunicación, tenemos
por delante la tarea de acompañar estos
cambios sin desmedro de lo conocido, privilegiando el encuentro e incorporando los
avances tecnológicos, en tanto sus herramientas favorezcan a las familias y sus posibilidades de arribar a consensos. El arte que
implica también la tarea de mediar, permitirá apreciar el caso por caso y sumar o desOtra oportunidad inmejorable es la de di- cartar las nuevas posibilidades.
mensionar nuestra posibilidad de resolver
con creatividad situaciones problemáti- Finalmente, para cerrar este espacio de
cas o inesperadas, exigiéndonos reacción presentación y reflexión, dejo a los lectores
y modificación de nuestros modos de ver, parte del prólogo de mi segundo libro, que
pensar y actuar. La situación se convirtió en pertenece a mi amigo y colega mediador
un analizador natural de nuestros modos de Sergio Arch Guerrero, con quien inauguramediar y nuestras capacidades para ello. Así mos aquella aventura de incorporar la teclo he experimentado. Toleramos la propia nología a nuestro trabajo en el año 2011:
Patricia Alejandra Veracierto

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El conocimiento del territorio lo tienen Mariscal, E. (2014) Manual de Jardinería Humana. Buenos
los baqueanos9 por tanto ir y venir
Aires: Ediciones Urano.
acompañando a otros. Saben que el Veracierto, P. (2015) Co-mediación familiar a distancia.
mapa se dibuja en cada recorrido y en
Metodología, redes y acceso. Buenos Aires: Ed. de la
cada encuentro, y saben que de tanto
autora.
dibujar mapas tienen muchos previstos (2020) Prácticas de mediación y co-mediación familiar a
y los actualizan todo el tiempo. El badistancia. Conectando territorios a través de la tecnoloqueano va mapeando con otro. Mira
gía. Metodología, redes y acceso a justicia. Buenos Aicurioso, amable y sin juicios, mira para
res: Ed. de la autora. Versión física y digital disponibles.
descubrir nuevas y únicas conexiones y
senderos. Dispuesto a renunciar siem- _
pre a dibujos anteriores, sabe que no Patricia Alejandra Veracierto
hay mapas definitivos sin heridas nar- Graduada de la carrera de Derecho de la
cisistas.
Universidad de Buenos Aires (UBA), integra
el Centro de Mediación del Departamento
Los mapas inmodificables son los del de Práctica Profesional de la Facultad de
ego y la identidad. La mediación, en Derecho de la UBA y de la Defensoría del
cambio, es un acto de servicio y de Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. Doamor, que privilegia el vínculo por so- cente de grado y posgrado en la Facultad
bre la identidad. Las tecnologías avan- de Derecho y en la Facultad de Ciencias Sozan con lógicas binarias de control, ciales de la UBA. Mail: patricia.veracierto@
nosotros avanzamos a la par para des- gmail.com
cubrir con otro cómo nos vinculamos
cada vez, cada única vez en la que nos
encontramos.
Dibujar mapas nuevos conociendo el
territorio con el otro sería la tarea (Veracierto, P., 2020: 8-9).
TRABAJOS CITADOS
Jackson, D.D., Beavin Bavelas, J., Watzlawick, P. (1993) Teoría de la comunicación humana: interacciones, patologías y paradojas. Barcelona: Herder.

9 El término “baqueano” o “baquiano” muy utilizado en
América del Sur para designar a una persona conocedora
de una zona geográfica determinada, su topografía, y los
caminos y atajos que se pueden recorrer.
Co-mediación familiar a distancia: reflexiones en torno a la innovación en el proceso de mediación y el uso de las tecnologías.
PP. 117-130

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 03, NÚM.
04, ENERO
2023 en MSC

Solución de conflictos interpersonales entre
varones durante la pandemia y su búsqueda por la
paz social
Resolution of interpersonal conflicts between men during the
pandemic and their search for social peace
Recibido: 17-01-2022
Yamilet Guadalupe González Ramos*

| Aceptado: 12-10-2022
*https://orcid.org/0000-0001-8582-4129
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, Tabasco,
México

Resumen
El presente artículo tiene como objetivo estudiar los conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia provocada por la COVID-19. Se empleó un método descriptivo documental con el
análisis de obras académicas de científicos en la materia. Se concluye que el confinamiento social
de casi dos años, ha provocado conflictos interpersonales, que ha perturbado la estabilidad de los
individuos; por lo que es importante establecer mecanismos o métodos de intervención, de solución
de conflictos que permita de forma pacífica resolver una problemática social que estadísticamente
coloca a los varones en desventaja de otros grupos y con ello se restablezca la paz social. Se empleó una metodología descriptiva-deductiva a través de un análisis de la problemática y partiendo
de los elementos que ocasionan conflictos. Dentro de los resultados se encuentra que el bloqueo
social provocado por la epidemia de COVID-19 ha causado que las relaciones antropogénicas
cambien aún más en las interacciones sociales, debido a que la vida compartida, donde el tiempo
familiar y no laboral completan la rutina diaria, ahora comienzan a tener más duración.
Palabras clave: Varones, conflictos interpersonales, pandemia, paz social

Cómo citar
Gonzalez Ramos, Y. G. Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por
la paz social. MSC Métodos De Solución De Conflictos,
3(4). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/
index.php/m/article/view/26

�132

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Abstract
This article aims to study interpersonal conflicts between men during the pandemic caused by COVID-19. A documentary descriptive method was used with the analysis of academic works of scientists in the field. It is concluded that the social confinement of almost two years has caused interpersonal conflicts, which has disturbed the stability of individuals; Therefore, it is important to establish
mechanisms or methods of intervention, of conflict resolution that allow a peaceful resolution of a
social problem that statistically places men at a disadvantage compared to other groups and thereby restores social peace. A descriptive-deductive methodology was used through an analysis of
the problem and starting from the elements that cause conflicts. Among the results, it is found that
the social blockade caused by the COVID-19 epidemic has caused anthropogenic relationships to
change even more in social interactions, due to shared life, where family and non-work time complete the daily routine, now they begin to have more duration.
Key words: Men, interpersonal conflicts, pandemic, social peace

INTRODUCCIÓN
Durante el proceso de confinamiento se originó una serie de problemas provenientes
principalmente de los aspectos intrapersonales e interpersonales en los varones, y con
el tiempo han aumentado los estudios de
pandemia y los diferentes efectos psicológicos, así como los efectos sociales. Dentro de
las variables psicológicas se encuentran depresión, ansiedad, desmotivación, desconfianza en sí mismo, baja autoestima, agresividad, pánico, frustración, entre otros.
La pandemia, puede ser vista como una
oportunidad analítica para estudiar el
comportamiento, las directrices de cumplimiento, los conflictos psicológicos y las
estrategias interactivas que se encuentran
en este proyecto, el hombre ha sido elegido como el personaje principal debido
a que se le da a todos las actitudes y las
directrices sexuales que deben reunirse y

el hombre de su lado es un género considerado “fuerte” a una serie de ciertas tareas, como la crianza de los niños, el trabajo doméstico de otros, la pandemia ha
hecho que las personas se queden en el
aislamiento continuo, la motivación de la
interacción humana ha servido de revisión,
centrándose en los conflictos de los hombres entre individuos después de una pandémica y de detención social, mostrando
factores que permiten dar una mejor visión
en el campo de las masculinidades.
Los alcances de esta investigación se traducen en analizar los aspectos socio-emocionales que emergen en los varones derivado
del confinamiento por COVID-19. Dentro de
las limitaciones se encuentran la falta de estudios previos en el área de investigación
debido a las restricciones de movilidad y
convivencia durante el confinamiento (Avello y otros, 2019).

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

1. LA AFECTACIÓN DE LA PANDEMIA
COVID-19 EN LOS VARONES Y EL
IMPACTO SOCIAL

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

133

de vidas de familiares, amigos, compañeros
de trabajo, y esto sigue provocando un colapso económico en toda la población.
Al respecto, Pedro Arias (2009) menciona
que “Las situaciones de crisis exigen de los
responsables sanitarios un ejercicio de planificación previo usando diversos escenarios
potenciales” (p. 489). Este argumento invita
a la reflexión, todo con la finalidad de prevenir una crisis sanitaria con mayores estragos de los que pudiera tener o si bien fuera
el caso que al menos una crisis no genere
tantos conflictos para la población en tanto
a mortalidad, economía, impactos sociales,
psicológicos y médicos, los responsables
sanitarios por ende deben estar preparados
para todo tipo de situación que evite un posible colapso social que pueda generar un
severo daño en la sociedad.

En el mundo entero se está viviendo un fenómeno social por la aparición de una enfermedad que está afectando a todas personas sin distinción de sexo, los brotes se
fueron dando en grandes escalas provocando conflictos en los diversos ámbitos, la salud de cada persona se ha visto amenazada
con la pandemia COVID-19, para lo que no
se estaba preparado, más en los países en
los que su sistema de salud no es de primera, lo que hizo que el año 2020 fuera un
conflicto muy grave en la prestación de los
servicios de salud, la economía fue afectada
enormemente y por ende la sociedad en general empezó a vivir conflictos interpersonales, por el estrés, debido al encierro, trabajo
desde casa, en donde muchos perdieron sus Aunado a lo anterior, Lamas (2013) menciotrabajos y comenzó el impacto económico na que “la perspectiva de género se aleja
en las familias.
de las argumentaciones funcionalistas y deterministas, y busca explicar la acción humaEl virus que empezó a dañar la salud tanto de na como un producto construido con base
hombres como de mujeres, provocó muchos en un sentido subjetivo” (p. 11).
decesos, diariamente morían más y más personas posicionando a México en los países Lo anterior, hace notar que el género es
con mayor índice de mortandad, estas con- subjetivo y está expuesto a lo que la sociesecuencias indirectas de la pandemia ge- dad considera femenino o masculino, esto
neró demasiados estragos algunos de ellos provoca desigualdades en el sistema de gédifíciles de resolver, enfrentamientos entre las nero ejemplo, las mujeres antes, se considepersonas por el confinamiento social, y la cri- raban máquinas de bebés y cocineras, por
sis sanitaria principalmente generó otros fac- su género no podían estudiar ni trabajar, su
tores como son: la violencia en los varones, único objetivo de vida, según el sistema, es
tanto en lo psicológico como en lo físicos.
ser esposas, mientras que el hombre tenía
los privilegios de poder estudiar, trabajar y
Es alarmante para muchas personas el con- hasta de ocupar cargos políticos y empretrolarse cuando se están viviendo pérdidas sariales altos, esto debido a que el género
Yamilet Guadalupe González Ramos

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masculino es y era considerado superior al que las personas que dependían de ellos no
femenino.
sufrieran necesidades o carencias durante
el tiempo de pandemia, lo cual ha sido una
En base al concepto de género preestable- de las variables para ejercer violencia dada
cido por la sociedad que rodea a los varo- a la precaria economía y la exigencia por
nes, es que ellos contienen una mayor carga parte de sus familias.
de responsabilidades en el hogar, bajo el
mandato social de ser el sustento económico En México, el Instituto Nacional de Estadísde la familia, durante la pandemia los hom- tica y Geografía (en adelante INEGI) realizó
bres sufrieron una modificación en cuanto a una Encuesta sobre el Impacto Económico
sus rutinas cotidianas y en la forma en la que Generado por COVID-19 en las Empresas
se relacionaban con sus círculos sociales.
(ECOVID-IE), como se muestra en la tabla 1,
estos datos tabulados nos brindan la inforEl cambio surge a partir de las nuevas for- mación del impacto económico que se dio
mas de trabajo en donde los varones tuvie- en las empresas de nuestro país con lo que
ron que aprender a trabajar en modalidad se puede identificar como la pandemia y el
en línea, mientras que otros tuvieron que aislamiento social afectaron gravemente la
abandonar sus empleos o de cierto modo economía, miles de trabajadores entre ellos
emprender nuevas formas de trabajo que hombres que eran el pilar económico del
les permitieran generar una buena econo- hogar perdieron empleos que les permitían
mía para sobrevivir al día a día, evitando así mantener a sus familias.
Tabla 1. Número de empresas según instrumentación de paros técnicos o cierres
temporales ante la contingencia originada por COVID-19 por tamaño de empresa
Abril de 2020 para la primera ronda
Agosto de 2020 para la segunda ronda
Mes anterior a la entrevista para la tercera ronda
Ronda

Tamaño de empresa

Total

Sí

Primera

Total

1 873 564

1 115 983

757 581

16 893

7 447

9 446

128 261

66 052

62 209

1 728 410

1 042 483

685 927

Grandes
Medianas y pequeñas
Micros

No

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Segunda

Total

135

1 873 564

432 001

1 441 563

16 893

1 491

15 402

128 261

18 799

109 462

Micros

1 728 410

411 711

1 316 699

Total

1 873 564

310 824

1 562 740

16 893

1 344

15 549

128 261

12 501

115 760

1 728 410

296 978

1 431 432

Grandes
Medianas y pequeñas

Tercera

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

Grandes
Medianas y pequeñas
Micros

Las entrevistas para la tercera ronda se realizaron del 01 de marzo al 31 de marzo de 2021.
Fuente: Reproducción. INEGI. Encuesta Sobre el Impacto Económico Generado por COVID-19 en
las Empresas, (ECOVID-IE).

En la tabla 1, se observa cuántas empresas
desde grandes, medianas, chicas y micros
cerraron sus procesos habituales, lo que
dio paso al desempleo afectando de forma económica y de forma psicológica a la
población obrera, lo que ocasionó interrogantes como ¿Qué voy hacer? ¿Cómo voy a
salir adelante? ¿Cómo le digo a mi familia
que perdí el trabajo? ¿Cómo voy a sobrevivir? Incógnitas que a la brevedad y por la
crisis tienen que ser resueltas para enfrentar
el problema del desabasto económico y la
falta de empleo.

zón y es que no importa si hay un virus mortal
o no, ellos son el pilar de una familia, económicamente hablando, su deber es aportar al
hogar sin importar cómo se sientan.
Por lo anterior, Giacaglia (2002) expresa:
Hegemonía se define como el logro de
un liderazgo moral, intelectual y político, a través de la expansión de un
discurso que fija un significado parcial
en torno a puntos nodales. Implica más
que consensos pasivos y acciones legítimas: implica la expansión de un
discurso particular de normas, valores,
puntos de vista y percepciones, a través de readscripciones persuasivas del
mundo (p. 155).

Uno de los mandatos más comunes en el
hombre es “Yo soy fuerte” y ese “Yo soy fuerte” es como un mantra constante con el que
enfrentan el dolor, físico y emocional, tras
ese mandato durante la pandemia muchos
de los hombres que sufrieron contagios recu- Por tanto, al nacer dependiendo el sexo
rrieron a la automedicación y salieron hacer (hombre o mujer) se le otorga al hombre
sus actividades cotidianas por una sola ra- este poder de liderazgo y cuenta con resYamilet Guadalupe González Ramos

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ponsabilidades mayores a las de la mujer y
aunque la ideología de esto ha ido transformándose con el tiempo aún no se erradica y
es un poder hegemónico con el que muchos
hombres viven porque proviene de la forma
de crianza con la que crecieron y es por eso
que en su mayoría siempre son más las de-

funciones en hombres que en mujeres, en el
caso de la COVID-19 enfocándonos en el
municipio de Centro, Tabasco, el INEGI nos
muestra en la tabla 2 el índice de mortalidad
registradas a partir del año 2020, año donde se dio el desarrollo de la pandemia y el
confinamiento social.

Tabla 2. Mortalidades
Total

Hombre

Mujer

No especifico

Tabasco

22,337

13,074

9,262

1

Centro

10,521

6,169

4,352

Nota. Consulta de: Defunciones generales
Por: Entidad y número de ocurrencia
Según: Sexo. Datos tomados de INEGI (2020).

Con la pandemia de la COVID-19, toda la
estructura masculina está pasando por un
proceso de modificación que imposibilita
que el hombre sea libre en su espacio y limita su entorno desde su punto de vista y bajo
las diferentes interpretaciones de la masculinidad. Al respecto, Minello (2002) se refiere:
Al revisar someramente los estudios
de masculinidad encontraremos diferentes interpretaciones, que parten de
supuestos epistemológicos, teóricos,
metodológicos y políticos distintos. Las
variadas posiciones podrían resumirse
en que la masculinidad es considerada como: I) un atributo personal que
los distintos hombres poseen en distintas magnitudes; II) un rasgo de personalidad, que puede ser más o menos

permanente en cada individuo; III) una
esencia inscrita en la naturaleza de los
varones; IV) un papel en la organización social (proveedor, protector, etc.);
V) todo lo que hacen o piensan los
hombres; VI) todo aquello que hagan
o piensen en función de ser hombres;
VII) lo que hacen o piensan algunos
varones, considerados paradigmáticos; VIII) dentro de las relaciones de
género (p. 719).
La masculinidad en sí misma o lo que es
considerado como “masculinidad” cambió
a medida que la pandemia aportó nuevas
normas de interacción social y nuevas medidas sanitarias para evitar que hubiera mayores números de contagios, por lo que la
relación del hombre con el entorno, y las tareas sociales a las que está sujeto conllevan

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

una mayor carga de responsabilidad social
y emocional que perjudica no solo al hombre si no a quienes forman parte del núcleo
familiar o afectivo de este.
La situación económica en la que se emerge,
las afectaciones emocionales que implicó el
cierre durante la cuarentena y la pérdida de
familiares o amigos por la COVID-19 generaron una reestructuración emocional y social, de forma que emocionalmente se considera que el encierro fue ese acercamiento a
nuevas conductas de interacción familiar (el
rol de la crianza madre e hijo) ahora se tenía el tiempo suficiente para que el hombre
pudiera involucrarse en el rol de crianza de
los hijos o bien adaptarse a las dinámicas
de convivencia que implicaba ejercer tareas
como ir al súper, mantener limpio el hogar
o incluso la responsabilidad de reparar los
pequeños inconvenientes que surgieran
dentro de este.
Por otro lado, el confinamiento implicó la
pérdida de miles de empleos, pero también
abrió las puertas para que el hombre pudiera tener nuevas fuentes de ingreso y nuevas
ideas de emprendimiento.
Partiendo de la concepción de género predeterminada de una sociedad que envuelve
al hombre con una mayor carga de responsabilidades en el hogar, y bajo la responsabilidad social de ser el sostén económico de
la familia, durante la pandemia los hombres
han visto un cambio en sus rutinas y su relación con sus círculos sociales.

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Científica y Práctica en MSC

137

cierre de empresas durante la cuarentena
y la pérdida de familiares o amigos por la
COVID-19 generaron una reestructuración
emocional y social, de forma que emocionalmente se considera que el encierro fue
ese acercamiento a nuevas conductas de
interacción familiar (en el rol de la crianza
padre e hijo, nuevas formas de comunicación digitales con el exterior) ahora se tenía el tiempo suficiente para que el hombre
pudiera involucrarse en el rol de crianza
de los hijos o bien adaptarse a las dinámicas de convivencia que implicaba ejercer
tareas como ir al súper, mantener limpio el
hogar o incluso la responsabilidad de realizar algunas tareas como arreglar o reparar,
mantener el hogar en buenas condiciones.
El cambio surge a partir de las nuevas formas de trabajo en donde los varones tuvieron que aprender a trabajar en modalidad
en línea, mientras que otros tuvieron que
abandonar sus empleos o de cierto modo
emprender nuevas formas de trabajo que
les permitieran generar una buena economía para sobrevivir al día a día, evitando así
que las personas que dependían de ellos no
sufrieran necesidades o carencias durante
el tiempo de pandemia, lo cual ha sido una
de las variables para ejercer violencia dada
a la precaria economía y la exigencia por
parte de sus familias.
2. LAS RELACIONES INTRAPERSONALES
E INTERPERSONALES EN LOS VARONES
ANTE LA COVID-19

Las relaciones intrapersonales e interpersonales son consideradas incluso antes de
La situación económica en la que se emerge, la gestación, porque es la sociedad quien
las afectaciones emocionales que implicó el emula un paradigma donde la descendenYamilet Guadalupe González Ramos

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cia debe cumplir con mandatos sociales establecidos y por ende la principal construcción afectiva que tenemos empieza desde lo
intrapersonal, desde lo interior de nosotros,
es decir la emoción, dice Eli Martínez (2019)
que:

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los sexos y, por lo tanto, ámbitos exclusivos
para cada uno de ellos” (Minello, 2002:718).
Aun viviendo en una sociedad más actual
donde se busca la equidad para ambos sexos y sobre todo para las mujeres, todavía
existe un plano en el que son aceptables
ciertas acciones del hombre, la forma en la
que se relaciona incluso dentro de sus espacios como el trabajo, la familia, los amigos, la escuela, etcétera. La forma en la que
el hombre puede interactuar varía según el
lugar donde esté y según las personas que
conformen ese entorno de confianza. Las relaciones intrapersonales se forman a partir
de los intereses personales del individuo, así
como de la conciencia, los pensamientos y
sentimientos morales, y las relaciones interpersonales surgen cuando los individuos tienen intereses comunes o similitudes con los
demás.

Cuando el bebé nace, tiene desarrollada su capacidad para expresar emociones, llora cuando está triste, grita o
pega cuando se enoja, ríe a carcajadas cuando está feliz, en pocas palabras está conectado a su energía vital
de gozo, alegría amor y libertad. Pero
a medida que crece y es condicionado
por los papás y figuras de autoridad,
el niño aprende que sus expresiones
emocionales no son bien recibidas.
Frases como “¡no llores!”, “¡no grites!”,
“¡quita esa cara!” O “¿de qué te ríes?”
Bloquea las expresiones naturales de
lo que siente (p. 3).
Rosa Cornelio (2019) comenta que el conflicto intrapersonal se presenta al interior del
En el caso de los hombres, esta represión individuo y suele implicar alguna forma de
emocional contrasta con la represión que conflicto con las metas, el conocimiento o los
experimentan las mujeres, pues si bien se afectos. Es el conflicto que experimenta un
desarrollan en las mismas condiciones que individuo consigo mismo, lo cual es terrible,
los hombres, a ellas se les permite expresar pues no puede haber enemigo mayor que
sus sentimientos con mayor libertad, pues los nosotros mismos (p. 171).
hombres están sujetos a cumplir mandatos
sociales de represión emocional como: “¡Yo El confinamiento social ocasionado por la
soy fuerte!”, “¡Los hombres no lloran!”, “¡Pór- pandemia causó que las relaciones estate como los hombres!”, este condiciona- tablecidas por el hombre sufrieran nuemiento emocional surge de la virilidad que vas modificaciones de interacción social,
se le otorga a un hombre desde el momen- debido a que pasó de una convivencia
to en que nace, por lo que la forma en que donde los espacios familiares y laborales
se va a relacionar desde lo intrapersonal es complementaban las rutinas diarias ahodistinta. “Cuando se piensa en un papel (o ra se entró a tener relaciones interperrol) se mantiene una visión estática que su- sonales de mayor duración en el entorno
pone diferencias más que relaciones entre familiar.
Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

La cuarentena fue ese espacio donde los
conflictos intrapersonales llevaron al límite
las formas de comunicación y comprensión
en el entorno familiar del hombre, como resultado de esto es que se descubrió que el
hombre tiene una gran resistencia emocional.

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139

separada de la actividad social. Y cuando
sucede, se niega a vivir en determinadas
épocas y trasciende el pasado.

Por su parte, también sería una representación justa de un entorno en el que las personas se ven obligadas a mantener un contacto habitual cara a cara con su entorno y
John B. Thompson (1998) en su libro Los me- a distancia de sus círculos sociales (Thompdia y la modernidad menciona que, estas son, 1998).
sociedades modernas tienen mayor acceso
al conocimiento al que llama “no local” el Las limitaciones de la sociedad obligan a
cual define como lo que los individuos en- los hombres a mantener una comunicación
tienden y cómo lo utilizan en el medio que constante, desde las habituales 5-6 horas
los rodea.
de convivencia 24 horas al día, 7 días a la
semana, creando una división general a
Es importante destacar la importancia del partir de los conflictos internos. El cuidado
desarrollo mediático, que como enriquece la de los hombres para tener el control, para
propia transformación, constituye incluso un modificar su comportamiento para que puepaso importante hacia la intimidad que se dan ofrecer soluciones a los conflictos genepuede tener y se define de diversas formas rados por el individuo, que son provocados
como el presencial. También existe la inte- principalmente por la falta de comunicación
racción mediática, que hoy se da con una y la modificación de nuevos canales, aunque
socialización limitada a través de mensajes presentes, para permitir a los hombres perde texto, llamadas telefónicas y recursos manecer en contacto con el ámbito laboral,
como plataformas digitales que permiten social y académico.
la sustentabilidad de la interacción social,
a distancia de todos en el círculo social de Las plataformas digitales permitieron que
todos.
las personas pudieran comunicarse con su
entorno, implementando el “home office”
Los medios semi-interactivos, donde el au- (trabajo desde casa). Esto también dio paso
tor nos da un ejemplo muy breve y muy mo- a que los varones pudieran tener un domiderno, un fan y un artista, que obtiene los nio de estas y convertirlas en oportunidades
estimulantes resultados de la comunicación para aprender a ser uso de las mismas.
libre sin tener que ser correspondido.
Si bien la pandemia representó un tiempo
Dados estos puntos importantes, podemos de muerte y reflexión también bien fue una
ver que la comunidad descrita por el autor oportunidad donde el hombre demostró un
es una comunidad promedio en pruebas incremento en la fe, ya sea desde el punto
continuas porque, en algunos casos, está religioso en Cristo, Jehová y otras denomiYamilet Guadalupe González Ramos

�140

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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naciones otorgadas a la fe de cada persona y aunque el varón no reconoce en ocasiones la existencia o la creencia de algún
ser religioso, sí mantiene una esperanza
en la fe y está en la cuestión mediática
ante el confinamiento social se reflejó en
los diversos grupos de amistad en plataformas como WhatsApp y Facebook donde
además de compartir un saludo fraternal
o amistoso también compartía su angustia
y preocupación ante situaciones como los
contagios de personas cercanas a ellos
como amigos, familia o incluidos ellos mismos.
Esta limitación del contacto cara a cara hizo
que la comunicación mediática fuera ese
salvavidas que le permitió al hombre expresarse, pero a la vez demostrar sus inconformidades y sus conflictos.
Si bien ya no estaba a disposición un lugar donde poder llorar una pena ahora el
hombre experimentó una serie de conflictos que permearon en su entorno familiar
afectando sus dinámicas, en el caso de los
varones que son padres y sus hijos están
lejos el confinamiento limitó estas formas
de comunicación cara a cara a llamadas o
mensajes de cada quince días o cada fin
de semana.

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El confinamiento social provocado por la
pandemia del COVID-19 ha obligado a
que las relaciones hechas por el hombre
se transformen en nuevas interacciones sociales, ya que han pasado de un lugar de
convivencia, donde la familia y los espacios
públicos además de las rutinas diarias comienzan ahora a tener relaciones interpersonales más interactivas mediante los medios digitales, lo que les permite que sean
más duraderas y dinámicas sin la necesidad
de tener un contacto cara a cara.
La otra facción se da a la fe de cada persona y aunque los hombres a veces no reconocen la existencia o la creencia de una
afección religiosa, mantiene la esperanza
en la fe y está en el incidente de los medios
antes de ser detenido, la sociedad se reflejó
en diferentes grupos de amistad en las plataformas como WhatsApp y Facebook además de compartir la pendiente amigable o
el saludo. Este límite de contacto directo ha
permitido que los medios de comunicación
sean la fuente de expresión del hombre,
pero durante el mismo período, muestren su
desacuerdo y conflicto interno o externo en
relación a sus creencias, sus formas de actuar, o lo que consideran rasgos o aspectos
de la masculinidad.

3. LA SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS
Resaltando que en efecto el confinamiento INTERPERSONALES DE LOS VARONES
trajo consigo nuevas dinámicas de interac- PARA LA PAZ SOCIAL
ción desde lo intrapersonal, interpersonal
y así mismo esto género en algunos casos La resolución de conflictos y su reconciliación a
problemas de comunicación y un aumento menudo proviene de la comunicación, ya que
de comunicación mediática que se volvió la es la base de todas las interacciones sociales,
brecha salvavidas del hombre con su entor- sin las cuales es casi imposible encontrar soluno.
ciones amistosas en situaciones problemáticas.
Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Durante el confinamiento surgieron una serie de disputas familiares en las que el hombre tuvo que aprender a arbitrar, debido a
que el encierro obliga al hombre a interactuar a la fuerza con el entorno del hogar, las
principales diferencias débiles se dieron en
los aspectos de la comunicación y la convivencia diaria. Antes de la propagación de
la epidemia de la COVID-19, había muchos
casos de movilización familiar sin las mejores condiciones de vida debido a las crisis
económicas y los conflictos internos, que en
gran parte desembocan en violencia física
o verbal.
El varón también sufre y fue durante la crisis
sanitaria originada por la pandemia de la
COVID-19 que se descubrió que mediante el
confinamiento hubo una modificación en las
dinámicas de interacción que le permitieron
adecuarse a los escenarios de convivencia
social dentro de su entorno familiar.

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Científica y Práctica en MSC

141

través de charlas o pláticas que le permitan
al hombre arreglar sus conflictos interpersonales y de esa forma conseguir un bien común para ambas partes conflictuadas.
Los mecanismos de mediación y conciliación
parten de la premisa de que, en el entorno
adecuado, las partes de un conflicto pueden
mejorar sus relaciones y evolucionar hacia la
cooperación, estos mecanismos mencionados por la autora no se rigen por procedimientos, sino que se rigen por principios los
cuales muestra en el siguiente esquema:
Esquema 1. Principios de la mediación y
conciliación

En el ámbito jurídico, el fomento de la paz
a nivel individual y social es una aspiración
de todo ser humano de vivir y convivir en armonía, por lo tanto, los nuevos sistemas de
justicia van encaminados a la cercanía de
las autoridades de la justicia cívica con grupos vecinales o comunales (Cornelio, 2020).
Se busca la construcción del diálogo para
la resolución de los conflictos principalmenFuente: Egla Cornelio (2020).
te en el área de los mecanismos de solución
de conflictos.
La misma autora nos dice también que:
Egla Cornelio (2020) nos dice que los nuevos modelos de justicia están interesados
en buscar la paz social a través del diálogo
como principal herramienta de mediación,
el ejercicio de comunicación puede darse a

La mediación es un proceso voluntario
que las personas en situación de conflicto llevan a cabo con la intervención
neutral e imparcial de un profesional
que carece de poder para imponer
Yamilet Guadalupe González Ramos

�142

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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acuerdos, pero los guía en el procedimiento para que ellas, como dueñas
del conflicto, lleguen acuerdos que
pongan fin a la desavenencia (Cornelio, 2020: 11).

a trabajar desde casa, no tener suficientes herramientas y espacio para hacerlo, sus actividades y convivir durante el
día. La convivencia diaria con la misma
persona provocó diversos conflictos económicos, de salud, emocionales, sociales
Sería correcto que a través de estas nuevas
y comunicativos, que derivaron en condinámicas de interacción que los hombres
ductas conflictivas entre los varones. Los
adoptaron, para dar solución a sus conflicresultados obtenidos se enmarcan dentos pudieran mediar situaciones de conflicto
tro de: 1) la formación de relaciones inentre las personas que conforman su hogar
terpersonales por parte de los hombres
o sus espacios sociales, pensar dos veces
ha llevado a la represión emocional, en
antes de actuar lo llevaría a ejercer un mejor
contraposición a la represión de las muejercicio de comunicación e interacción imjeres, porque si bien se desarrollan en
pulsando en el varón los principios de tener
las mismas condiciones que los hombres,
una cultura cívica donde el ejercicio de conse les permite expresar sus sentimientos
vivencia en los espacios adecuados donde
con mayor libertad e incluso viviendo en
se dé la interacción, se vuelvan mayormente
una sociedad más moderna donde la
agradables y satisfactorios siendo este caigualdad es deseable para ambos sexos
paz de compartir los mismos espacios de
y especialmente para las mujeres, existe
recreación con las personas cercanas a él
un grado en el que ciertas acciones de
sin distinción de sexo o raza, con el fin de
los hombres son aceptadas, la forma en
generar una conciencia colectiva encamique se relacionan incluso en su espacio
nada hacia la paz social del hombre en sus
como el trabajo, la familia, los amigos y
relaciones interpersonales.
la escuela, etc.
2. El bloqueo social provocado por la epiEste mismo concepto de cultura cívica imdemia de COVID-19 ha causado que las
pulsa el bien vivir como ciudadanos en su
relaciones antropogénicas cambien aún
calidad de miembro de la comunidad bajo
más en las interacciones sociales, debirespeto y normas de convivencia, tolerancia,
do a que la vida compartida, donde el
civilidad; la familia, la tradición y la cultura
tiempo familiar y no laboral completan
cívica como adjetivo del deber ciudadano
la rutina diaria, ahora comienzan a tener
(Cornelio, 2020).
más duración.
3. Las plataformas digitales han permitido
4. CONCLUSIONES
que los varones se conecten con su entorno, implementando “oficinas en casa”. La
1. 1Se concluye que la vida de las personas
recepción también expresa su dolor y anha cambiado mucho con la llegada de la
siedad ante situaciones como herir a otras
COVID-19, debido a las diversas condipersonas cercanas a ellos, como amigos,
ciones que se presentan, acostumbrarse
familiares o incluso a ellos mismos.
Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Esta nueva dinámica de interacción que han
adoptado los varones, en su nuevo impulso de resolución de conflictos, que pueden
arbitrar situaciones de conflicto entre las
personas que constituyen el nido o el espacio social. Su comunidad, pensar dos veces
antes de actuar de esta manera conduce a
mejores prácticas de comunicación e interacción, el fortalecimiento de los principios
de ciudadanía para los culturalmente dotados en los hombres es la práctica de la convivencia en lugares apropiados donde la
interacción se convierte en el momento más
importante de diversión y alegría, y la capacidad de compartir los mismos espacios
recreativos con sus allegados sin discriminación por razón de género o raza, para crear
una conciencia colectiva hacia la paz social
del hombre en sus relaciones personales.

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Científica y Práctica en MSC

143

gestarán los mismos para una nueva forma
de atenderlos. Ante los múltiples obstáculos
que nacen cada día alrededor del mundo
para la sana convivencia entre personas,
la práctica de la solución de los conflictos
de manera pacífica se presenta como una
alternativa necesaria para lograr a nivel social una cultura de paz.
5. TRABAJOS CITADOS
Arias Bohigas, P. (julio-agosto de 2009). La ética durante
las crisis sanitarias: a propósito de la pandemia por el
virus. Revista Española de Salud Pública, 83(4), 489-491.
https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=17011699001
Avello Martínez, Raidell, Rodríguez Monteagudo, Mabel
A., Rodríguez Monteagudo, Pavel, Sosa López, Dailyn, Companioni Turiño, Bárbara, &amp; Rodríguez Cubela,
Rodrigo Leandro. (2019). ¿Por qué enunciar las limitaciones del estudio?. MediSur, 17(1), 10-12. Recuperado

Las nuevas dinámicas de interacción emergen como una oportunidad para repensar
conceptos, relaciones y necesidades de la
sociedad en pro de lograr una cultura de
paz, sin embargo, es fundamental analizar
los conflictos que se visibilizaron con mayor
intensidad durante el confinamiento. Desarrollar estrategias de atención y resolución
de estos conflictos en el plano familiar y
persona puede permitir que dichos conflictos aminoren los resultados negativos de la
convivencia social.

de http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S1727897X2019000100010&amp;lng=es&amp;tlng=es.
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171-173), México: Editorial Porrúa.
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pensar la política. Tópicos (10), 151-159. https://www.re-

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transformación y escalada de los conflictos
y sus dinámicas presentadas a raíz del confinamiento provocado por la COVID-19. Es
en la sociedad donde se originan los conflictos y es en la propia sociedad donde se

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Lamas, M. (2013). El género. La construcción cultural de la
diferencia sexual. México: Maporrúa.
Martínez, E. (2019). Arregla tus emociones. En E. Martínez, y
M. d. Saavedra (Ed.), Crea Una Vida a Tu Medida (pp.
87-91). México: Penguin Random House.
Minello Martini, N. (septiembre-diciembre de 2002).
Yamilet Guadalupe González Ramos

�144

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

Los estudios de masculinidad. Estudios Sociológicos, XX(3), 715-732. https://www.redalyc.org/articulo.
oa?id=59806009
Thompson, J. B. (1998). El yo y la experiencia en un mundo
mediático. En J. B. Thompson, Los media y la modernidad (pp. 269-271). España: Paidós.

_
Yamilet Guadalupe Gonzalez Ramos
Licenciada en Derecho. Mail: gora9912@
gmail.com

Solución de conflictos interpersonales entre varones durante la pandemia y su búsqueda por la paz social. PP. 131-144

��Vol. 03, Núm. 04,
Enero 2023

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC
MSC Métodos de Solución de Conflictos es una publicación en línea con periodicidad semestral dedicada a difundir resultados de investigaciones sobre negociación,
mediación, conciliación, arbitraje, justicia restaurativa, justicia terapéutica, bienestar y,
otras áreas y disciplinas interrelacionadas, afines a los métodos de solución de conflictos (MSC), desde la óptica del valor intangible de la paz, con el objetivo de contribuir al
fortalecimiento de una cultura en la gestión y transformación del conflicto y la ciudadanización de la justicia promoviendo la calidad de vida de las personas y su interrelación
armónica

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                    <text>MSC Métodos de Solución de Conflictos.
Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

Vol. 02, Núm. 03,
Julio 2022

Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez
Director Editorial
Dra. Jéssica Marisol Vera Carrera
Editora invitada

�MSC Métodos de Solución de Conflictos Vol. 2 Núm. 3, Julio-Diciembre
2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología.
Dirección de la publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P.
66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. revistamsc.uanl.
mx, revistamsc@uanl.mx. Editor responsable: Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez, subdirección de posgrado e investigación de la Facultad
de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm.
04-2022-031517471200-102 ISSN En trámite, ambos otorgados por el
Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y
Criminología Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura del editor de la publicación. Todos los artículos son de creación original del
autor, por lo que esta revista se deslinda de cualquier situación legal
derivada por plagios, copias parciales o totales de otros artículos ya
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cualquier medio o formato; y de remezclar, transformar y construir a
partir del material, citando siempre la fuente completa.
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0 Internacional.

�Sobre la revista

MSC Métodos de Solución de Conflictos es
una publicación en línea con periodicidad semestral dedicada a difundir resultados de investigaciones sobre negociación, mediación, conciliación, arbitraje, justicia restaurativa, justicia
terapéutica, bienestar y, otras áreas y disciplinas interrelacionadas, afines a los métodos de
solución de conflictos (MSC), desde la óptica
del valor intangible de la paz, con el objetivo de
contribuir al fortalecimiento de una cultura en la
gestión y transformación del conflicto y la ciudadanización de la justicia promoviendo la calidad de vida de las personas y su interrelación
armónica.
Se pretende aportar a la divulgación de conocimiento básico y aplicado en un entorno transdiciplinaria y multidimensional que nos permite
abordar el estudio y la generación de ciencia
nueva desde diversos ámbitos científicos de los
MSC que contribuyen a fortalecer las perspectivas teóricas existentes, los modelos y desarrollos
prácticos y a generar propuestas nuevas a través de la aplicación del conocimiento, la investigación e innovación social.
MSC Métodos de Solución de Conflictos está
dirigida a investigadores, docentes, comunidad
académico-científica internacional y miembros
de la comunidad MSC interesados en el abor-

daje científico, instrumental, holístico y normativo
de la ciencia de los métodos de solución de conflictos que convergen en la gestión y transformación del conflicto, en las diversas relaciones concéntricas y sus incidencias multidimensionales en
el tránsito de relaciones conflictivas a relaciones
armoniosas.
Aportará una visión clara y evolucionista de la
práctica de los MSC, llevando el conocimiento
científico disruptivo de los MSC a la práctica, en
un proceso natural del pensamiento exponencial
a su aplicación cotidiana, observando las necesidades humanas para lograr un proceso armónico de interacción social en razón del bienestar
subjetivo percibido de los individuos.
MSC Métodos de Solución de Conflictos se constituirá en una herramienta fundamental de la
práctica de los MSC y de la investigación científica de los MSC. Tiene como visión convertirse en
una de las más importantes revistas científicas
de acceso abierto en Latinoamérica, ingresar a
los índices científicos más importantes y facilitar con ello el acceso a una plataforma en línea
para la divulgación de investigaciones de alto
impacto que contribuyan a la comprensión de
la gestión del conflicto a través de los diversos
métodos de solución de conflictos en su ejercicio
teórico práctico.

�Historial de la revista

Enfoque y alcance de la revista

La revista MSC Métodos de Solución de Conflic-

MSC Métodos de Solución de Conflictos es

tos surge en el marco de los primeros 10 años de la

una revista electrónica de difusión científica

fundación del Doctorado en Métodos Alternos de

con acceso abierto de publicación semestral

Solución de Conflictos, programa que a la vuelta de

y arbitrada, dirigida a la divulgación de los

esta década se ha consolidado como un programa

diversos métodos de solución de conflicto que

generador de ciencia nueva en el tema de los Mé-

contribuirá al establecimiento de un sistema

todos de Solución de Conflictos, en un programa de

social de gestión y transformación de los con-

reconocida calidad por el PNPC CONACyT en su ni-

flictos, el bienestar social y el bienestar subje-

vel consolidado.

tivo percibido, en el más amplio entendimiento
de una vida digna y respeto de los intereses

La revista surge en razón de la necesidad de difundir

subyacentes de los individuos en sus diversas

el conocimiento y la ciencia nueva generada en este

áreas de influencia y relaciones concéntricas.

programa doctoral, así como el conocimiento influido
en el marco de una escuela de pensamiento de mis-

Se fundamenta en la calidad de la producción

mo nombre, en donde confluye toda una comunidad

científica, con base en la sistematicidad y el

internacional que a lo largo de 10 años ha instituido

rigor, utiliza en su proceso de revisión por pa-

alianzas estratégicas internacionales en América y

res la metodología doble ciego (Double Blind

Europa. Es destacable señalar que la influencia ac-

Review), publica artículos originales resultados

tual del programa doctoral es significativa proveyen-

de proyectos de investigación mixta multidi-

do investigaciones científicas mixtas y una produc-

mensionales y revisiones bibliográficas bajo

ción científica de referencia en el mundo de los MSC

los lineamientos de las normas de publicacio-

y su contribución a la práctica cotidiana de los MSC.

nes de la American Psychological Association
(APA) en su edición más reciente.

En este marco, la revista MSC Métodos de Solución
de Conflictos será un referente y un vínculo de las

Líneas temáticas:

diversas alianzas estratégicas del programa docto-

•

Negociación

ral, surge con la finalidad de materializar la esencia

•

Mediación

de la ciencia de los MSC haciendo realidad el trán-

•

Conciliación

sito de las relaciones conflictivas a relaciones armo-

•

Arbitraje

niosas, en su ámbito científico y practico, proveyendo

•

Justicia restaurativa

de elementos sustantivos a ambos constructos, en

•

Justicia terapéutica

una lógica de flujo circular de la transformación del

•

Valores Intangibles de los MSC

conocimiento práctico a científico y de científico a

•

Bienestar subjetivo percibido

práctico.

•

Disciplinas interrelacionadas

�Equipo Editorial

Director editorial
•
Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez (Universidad Autónoma de Nuevo León)
Coordinador editorial
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Nuevo León)
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España)
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Sá, Brasil)
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Estácio da Sá, Brasil)
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Autónoma de Nuevo León)
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Nacional
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Tabasco, México)
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Comité Consultivo
Internacional
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Balears, España)
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Catalunya,España)
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España)
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Ecuador)
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Judicatura, Panamá)
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Argentina)
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Argentina)
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Dr. Robert Mckenna Brown (Universidad Virginia Commonwealth, EEUU)
Nacional
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Dr. José Steele Garza (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
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de Nuevo León, México)
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Dr. Gabriel de Jesús Gorjón Gómez (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
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de Baja California, México)
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Dr. Erick Alberto Durand de Sanjuán (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)

�Editores invitados

Dra. Jéssica Marisol Vera Carrera
Profesora-investigadora de la Universidad Autónoma de Nuevo León

�Contenido

ARTÍCULOS
Los métodos alternos de solución de controversias: un reto para la
autoridad electoral
Luigui Villegas Alarcón y Sofía Velasco Becerra

11

Pertinencia de los mecanismos alternativos de solución de controversias
para la materia electoral
Alfonso Roiz Elizondo

27

Conflictos que surgen de la confrontación por el poder político en los
procesos electorales y sus mecanismos de resolución
Carolina Baule

47

Educación cívica para la construcción de una cultura política democrática
Rosaura Rojas Monedero

73

La naturaleza mediadora de los partidos políticos
María Leonor Ramos Morales, Paola Margarita Carvajal Muñoz y
Eduardo Antonio Palencia Ramos

87

�8

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

Presentación

La Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León se
congratula en presentar a la revista MSC Métodos de Solución de Conflictos, un espacio
de encuentro académico donde se entrelazan conocimientos, experiencias, reflexiones y
visiones que contribuyen a generar conocimiento que beneficia a solucionar los conflictos
de la sociedad y generar con ello niveles de bienestar social.
MSC Métodos de Solución de Conflictos surge en el marco de los primeros 10 años de la
fundación del Doctorado en Métodos Alternos de Solución de Conflictos, programa que
a la vuelta de esta década se ha consolidado como un programa generador de ciencia
nueva en el tema de los Métodos de Solución de Conflictos, en un programa de reconocida
calidad por el Programa Nacional de Posgrados de Calidad —PNPC— del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología —CONACyT— en su nivel consolidado.
La investigación de impacto social es una de las estrategias más importantes para la Facultad de Derecho y Criminología, por tal motivo, se impulsó la creación de la revista MSC
Métodos de Solución de Conflictos con el objetivo de reunir expertos en la nueva ciencia
de la mediación que sean promotores y motivadores en la formación de los nuevos investigadores sociales que forma nuestra institución.
Con la creación de las revistas científicas de nuestra facultad, estamos cumpliendo con
nuestro compromiso y responsabilidad social en la pacificación de los conflictos.

Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

�Editorial

La finalidad por la cual se pretende solucionar conflictos electorales, entendiéndose a todos los que surgen de la interacción entre los actores del proceso electoral. A través de la
mediación es posible fomentar en la ciudadanía vías alternas de solución de conflictos en
el sentido que permitan agilizar los procesos, proponer soluciones participativas con lo que
se fomente la participación ciudadana en los sistemas democráticos y en las instituciones
que lo integran.
Los conflictos relacionados con las elecciones son una parte esencial de los ciudadanos,
así como de los partidos políticos, debido a que durante el proceso electoral la credibilidad
del mismo, y de las Instituciones que lo enmarcan está determinada en gran medida por
la capacidad del Estado para resolver estos conflictos, así como por la percepción de la
ciudadanía al desarrollo del proceso electoral y sus resultados.
Se considera que, con la inclusión de la mediación electoral, se fomentará el dialogo entre
las partes intervinientes, se agilizará la resolución de los conflictos, dentro de un proceso
ya marcado por tiempos exactos.
Debemos resaltar la pertinencia y necesidad social de fomentar la resolución de conflictos
por medio de la educación cívica, con lo cual se coadyuva en la construcción de cultura
política democrática con ciudadanos participativos.

Dra. Jéssica Marisol Vera Carrera
Editora Invitada

��Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
03, JULIO
2022 en MSC

Los métodos alternos de solución de
controversias, un reto para la autoridad electoral
Alternative dispute resolution, a challenge for the electoral
authority
Recibido: 08-06-2022
Luigui Villegas Alarcón*
Sofía Velasco Becerra **

| Aceptado: 08-07-2022
*ORCID 0000-0002-8209-6266
Comisión Estatal Electoral,
Monterrey, Nuevo León, México
**Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen
Los tribunales y las entidades federativas han iniciado una serie de modificaciones a sus cuerpos
normativos, han creado leyes específicas sobre el tema de mecanismos alternos de solución de
controversias, y se ha visto su aplicación, además del ámbito penal, en el civil, en el familiar, en el
laboral; han surgido también instituciones y todo un andamiaje burocrático a su alrededor. Sin embargo, su aplicación en materia electoral es casi nula, quizá porque no se ha considerado como una
posibilidad idónea para resolver las controversias de este tipo. Como en todas las materias habrá
casos en los que los mecanismos alternativos sean una opción viable para las partes involucradas,
y otros donde por la propia naturaleza del asunto, no lo sea.
Palabras clave: conflictos electorales, procedimientos especiales sancionadores, solución de controversias

Abstract
The courts and the states have initiated a series of modifications to their regulatory bodies, have
created specific laws about alternative dispute resolution (ADR), and its application has been observed in criminal law, civil law, family law, and labor law; institutions and a bureaucratic structure
have also been created around ADR. Nonetheless, its application in election law is virtually nonexistent, perhaps because it has not been considered a suitable option to solve disputes of this nature.
Cómo citar
Villegas Alarcón, L., &amp; Velasco Becerra, S. (2022). Los métodos alternos de solución de controversias: un reto para
la autoridad electoral . MSC Métodos De Solución De
Conflictos, 2(3). https://doi.org/10.29105/msc2.3-33

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

As in all fields of law, there will be cases in which alternative dispute resolution would be a feasible
option for the involved parties, and other cases where due to the nature of the matter, it would not be.
Keywords: election disputes, special sanctioning procedures, dispute resolution

INTRODUCCIÓN
La reforma constitucional de 18 de junio de
2008 (Secretaría de Gobernación, 2008,
art. 17) introdujo los mecanismos de solución
de controversias como una respuesta a las
demandas de justicia. Se insertó como parte
de la reforma penal –aunque no es exclusiva
para esta área- de ese año y por la necesidad de contar con un efectivo acceso a la
justicia para toda la población, sobre todo
para la más desprotegida económicamente
y que se encuentra en desventaja ante las
instancias públicas contra las que interactúa.
Se pretendió cambiar el paradigma de la
justicia restaurativa con la participación más
activa de la población, donde se privilegia
la responsabilidad personal, el respeto al
otro y la comunicación, además de las ventajas en disminuir las cargas de trabajo en
los tribunales y de acceso expedito a la reparación del daño por parte de la víctima
(Secretaría de Gobernación, 2008).
Al respecto, la Suprema Corte de Justicia
de la Nación (2017) ha señalado que tanto en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos como, en la Convención
Americana de Derechos Humanos se deriva
el derecho de acceso pleno a la justicia el

cual comprende, en adición a determinados
factores socioeconómicos y políticos, el derecho a una tutela jurisdiccional efectiva y
los mecanismos de tutela no jurisdiccional
que también deben ser efectivos y estar fundamentados constitucional y legalmente.
A partir de esa reforma, los tribunales y las
entidades federativas han iniciado una serie de modificaciones a sus cuerpos normativos, han creado leyes específicas sobre el
tema, y se ha visto su aplicación además del
ámbito penal, en el civil, en el familiar, en el
laboral; han surgido también instituciones y
todo un andamiaje burocrático a su alrededor. Sin embargo, su aplicación en materia
electoral es casi nula, quizá porque no se ha
considerado como una posibilidad idónea
para resolver las controversias de este tipo.
Como en todas las materias habrá casos en
los que los mecanismos alternativos sean
una opción viable para las partes involucradas, y otros donde por la propia naturaleza
del asunto, no lo sea.
Cabe destacar que Nuevo León fue pionero
en instaurar los Métodos Alternos de Solución de Controversias (MASC), la entidad
los estableció en 1996 para asuntos civiles;
sin embargo, se instituyó para todas las materias en junio de 2004 con una reforma a
la Constitución. En ese mismo año se creó

Los métodos alternos de solución de controversias: un reto para la autoridad electoral. PP. 11-26

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

13

el Centro Estatal de Métodos Alternos para
la Solución de Conflictos. Para el 2005 se
publicó la Ley de Métodos Alternos para la
Solución de Conflictos, misma que fue abrogada en el 2017 que se promulgó la Ley de
Mecanismos Alternativos para la Solución
de Controversias. En el proyecto de la nueva
Constitución, que ya se presentó al Congreso Local de Nuevo León y que se aprobó en
una primera vuelta también se contemplan
estos mecanismos.1

conflicto ante alguna autoridad. En los últimos años se ha desarrollado todo un sistema
de procedimientos basados desde la perspectiva de la paz, y de proponer soluciones
que convengan a las partes y en un tiempo
más corto. Los MASC deben aplicarse en todas las materias, dice el texto constitucional;
sin embargo, en la materia electoral se ha
explorado muy poco y en casos excepcionales. ¿Qué debería hacer la autoridad electoral para implementar estos mecanismos de
solución? ¿Son viables desde la parte prácMETODOLOGÍA
tica u operativa? La revisión de la literatura
de los MASC nos indica que sí, no obstante,
Se revisó la bibliografía de los MASC, la le- se deberá ver que dice la ley electoral sobre
gislación vigente a nivel federal y local sobre sus procedimientos sancionadores o medios
los MASC y se hizo una correlación con la le- de impugnación.
gislación electoral, en particular los diferentes medios de impugnación, con la finalidad 1. Los métodos alternos de solución de
de identificar los posibles eventos en los que controversias.
se puedan aplicar los MASC.
Los métodos alternos de solución de controAsimismo, se revisaron cifras de expedien- versias, “son procedimientos diferentes a los
tes tramitados por las autoridades electora- jurisdiccionales que tienen como objetivo reles locales y se estudiaron las sentencias de solver conflictos suscitados entre partes con
Tribunales Locales Electorales, de las Salas un problema de intereses” (Marquéz y De
Regionales y de la Sala Superior del Tribunal Villa, 2013, p. 1587).
Electoral del Poder Judicial de la Federación
que ordenaron la aplicación de MASC, con La mediación es una figura emergente en el
la finalidad de conocer el impacto que han sistema jurídico mexicano, y aunque ya se
tenido en la justicia electoral.
ha legislado al respecto, aún existen áreas
del derecho donde este mecanismo de soMARCO TEÓRICO
lución de controversias y justicia restaurativa puede incidir. Algunos autores sostienen
El acceso a la justicia es un derecho que que la mediación como mecanismo alterno,
tienen todas las personas que enfrentan un además de resolver conflictos, genera capiproceso judicial o que acuden a resolver un tal social, ya que, en esencia, las partes en
pugna se someten voluntariamente, lo que
implica cooperación y alienta la convivencia
1
Se aprobó el Dictamen de primera vuelta el
pacífica fincada en un instrumento del Esta23 de marzo de 2022.
Luigui Villegas Alarcón y Sofía Velasco Becerra

�14

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

do con fuerza vinculante y reconocimiento un tercero neutral, que no tiene poder sonormativo (Gorjón y Barrera, 2016, p. 2).
bre las partes, ayuda a estas a que en forma
cooperativa encuentren el punto de armonía
De acuerdo con la literatura, entre los dife- en el conflicto”.
rentes tipos de Métodos Alternos de Solución
de Controversias (MASC) se encuentran:
El Censo Nacional de Justicia Estatal 2021
a) La negociación,
del Instituto Nacional de Estadística y Geob) La mediación,
grafía (2021) señala que, en el 2020, los
c) La conciliación,
poderes judiciales estatales reportaron una
d) La justicia restaurativa y
solución de más de 113 mil asuntos, contra
e) Las soluciones amistosas.
los más de 121 mil que ingresaron a centros
de mediación, es decir, una eficacia de 97%
La negociación es un proceso comunicacio- de los expedientes. Los temas de mayor incinal donde ninguna de las partes se impone dencia fueron los familiares, civiles, mercanpara alcanzar un acuerdo (Guzmán Palma, tiles, y penales.
2020, p. 6).
De acuerdo con estas cifras es significatiLa conciliación, es un proceso facilitado por va la cantidad de trabajo que no ingresó a
un tercero quien previo análisis del caso, los juzgados, y que sin duda benefició a las
presenta las partes propuestas de solución personas involucradas en obtener una solual conflicto, las partes en pleno ejercicio de ción adecuada para ellas y de manera más
su libertad, deciden si la aceptan o no (Guz- pronta y expedita. Aunque el Censo (INEGI,
mán Palma, 2019, p. 20).
2021) no señala el tiempo en que los asuntos fueron resueltos, con toda seguridad
La justicia restaurativa, se aplica en mate- fue menor que si se hubieran sometido a un
ria penal y consiste en reparar el daño a las proceso judicial con todo el periplo de fases
víctimas más que en castigar a las personas que esto representa.
responsables (Guzmán Palma, 2019, p. 20).
Además del ahorro de tiempo y en recursos,
Las soluciones amistosas, generan espa- los métodos alternos permiten avanzar en la
cios participativos de diálogo entre las construcción de la paz, porque evitan conpersonas y la autoridad, se pueden llegar flictos innecesarios, o los desgastes físicos
a acuerdos benéficos para ambas partes y emocionales de un largo proceso judicial,
e incluso para la sociedad porque pueden debemos avanzar en formar una cultura de
hacer cambios estructurales (Guzmán Pal- no violencia, dialogar, escuchar a la otra
ma, 2019, p. 20).
persona y llegar a acuerdos comunes puede
ser posible, o alcanzar la paz, definida como
La figura más usada es la mediación que de una relación de armonía y sin conflictos enacuerdo con Gorjón (2015) se define como tre las personas.
“un procedimiento no adversarial en el que
Los métodos alternos de solución de controversias: un reto para la autoridad electoral. PP. 11-26

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

La paz es indispensable para que un pueblo pueda vivir con tranquilidad y logre sus
objetivos comunes, es un elemento central
en las democracias. La Organización de las
Naciones Unidas (ONU, 2015) en la agenda
2030 sobre el desarrollo sostenible fijó como
uno de sus objetivos a la paz, la justicia e instituciones sólidas, y entre las acciones para
el logro de este objetivo se encuentran las
de garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, representativas
y participativas que respondan a las necesidades, así como garantizar el acceso a la
justicia para todas las personas. Debemos
recordar que uno de los motivos por los que
surgen los métodos alternos es precisamente
que las personas tengan acceso a la justicia.
En la contienda electoral, la lucha por el
poder enfrenta a las distintas fuerzas políticas, por lo que no es fácil considerar que
ante intereses antagónicos se pueda arribar
a acuerdos o mediar para conciliar, como
ejemplo tenemos la cantidad de conflictos
que se presentan antes y durante el proceso
electoral. No obstante lo anterior, si se toman
en cuenta las dos dimensiones de la política,
ésta entraña competición en la contienda y,
cooperación cuando se gobierna en las dimensiones gobierno-oposición. Con base en
esta premisa política, se puede conjeturar
que en temas electorales es posible la conciliación o la mediación. Veamos algunos
ejemplos donde se han aplicado.

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

15

resolver conflictos, aunque existen algunos
ejemplos a destacar como los siguientes:
En el Estado de México, el Instituto Electoral
local emitió los Lineamientos para Regular la
Propaganda Electoral durante los Procesos
Electorales de esa entidad en el año 2000,
es decir, se puede considerar que fueron
pioneros en contemplar los mecanismos alternativos en materia electoral porque se
emitieron antes de la reforma de 2008. Se
destaca que contemplaban a la conciliación
como mecanismo para resolver las controversias entre los partidos políticos, y para
ello debían firmar un acuerdo que contuviera el compromiso de retiro, blanqueo, o
restitución de la propaganda electoral (Gobierno del Estado de México, 2000).
El acuerdo CG/IEEPCO-59/2013 emitido por
el Instituto Estatal Electoral y de Participación
Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) que estableció los Lineamientos y metodología para
el proceso de mediación en casos de controversias respecto a las normas o procesos
de elección en los municipios que se rigen
por sistemas normativos internos, teniendo
sustento legal en el Código de Instituciones
Políticas y Procedimientos Electorales para
el Estado de Oaxaca, el cual señala en su
artículo 264 que:

“En caso de presentarse controversias, respecto a las normas o procesos de elección
en los municipios que se rigen por sus siste2. Mediación en materia electoral. Esce- mas normativos internos, éstos agotarán los
nario jurídico actual
mecanismos internos de resolución de conflictos antes de acudir a cualquier instancia
En materia electoral no se ha generalizado estatal” (Tribunal Electoral del Poder Judicial
el uso de los MASC como herramienta para de la Federación, 2017).
Luigui Villegas Alarcón y Sofía Velasco Becerra

�16

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

El mismo Código señala en su artículo 266
que la mediación electoral estará basada
en la democracia, la pacificación social, la
tolerancia, el diálogo, el respeto y el consenso con la finalidad de construir acuerdos
justos, aceptables y pacíficos. También refiere que la metodología que se emplee en
mediación se realizará de acuerdo con los
estándares nacionales e internacionales de
los derechos humanos. Por tanto, en el caso
de Oaxaca, existe una normativa electoral que obliga al IEEPCO a instrumentar los
mecanismos internos de resolución de conflictos como primera instancia en casos de
controversias con comunidades indígenas
(Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, 2017).
Al respecto, la Sala Superior del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación
(TEPJF) emitió el 28 de mayo de 2014 la jurisprudencia 11/2014, SISTEMAS NORMATIVOS INDÍGENAS. MEDIDAS ALTERNATIVAS
DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS ELECTORALES (LEGISLACIÓN DE OAXACA), que
señala que en la elección de autoridades
de pueblos indígenas, cuando existan escenarios de conflicto que puedan tener un impacto social o cultural para los integrantes
de la comunidad, derivados de elecciones
regidas por sistemas normativos indígenas,
previamente a la emisión de una resolución
por parte de las autoridades administrativas
o jurisdiccionales, se deben privilegiar medidas específicas y alternativas de solución
de conflictos al interior de las comunidades,
mediante los procedimientos e instituciones
que se consideren adecuados y válidos comunitariamente; lo anterior contribuye a garantizar el pleno respeto a su autonomía, así

revistamsc.uanl.mx

como el derecho que tienen a elegir a sus
propias autoridades en el ejercicio de su libre determinación, al propiciar la participación de los miembros de la comunidad y de
las autoridades en la solución de la controversia, de una manera alternativa a la concepción tradicional de la jurisdicción, sin que
estas formas alternativas puedan contravenir preceptos y principios constitucionales y
convencionales (Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, 2014).
En esa misma línea, se encuentra la sentencia SX-JDC-551/2018 de la Sala Regional
Xalapa del TEPJF, relacionada con un conflicto que involucró a personas pertenecientes a una comunidad indígena en Oaxaca.
La sentencia emitida por la Sala señaló,
entre sus consideraciones, que en la resolución de conflictos intracomunitarios previo a
la emisión de una resolución de una autoridad administrativa o jurisdiccional se deben
privilegiar medidas pacíficas de solución de
conflictos tales como la mediación y la consulta, tal como lo ha señalado la Sala Superior en la jurisprudencia mencionada líneas
arriba. (Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación, 2018).
La mediación –continúa la sentencia SXJDC-551/2018- es una medida alterna de
solución de controversias que encuentra sustento en el principio de acceso a la justicia
que busca privilegiar el diálogo y el consenso en la resolución de conflictos al interior de
comunidades indígenas (Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación, 2018).
También se señala que dentro de los principios que rigen la mediación se encuentra el

Los métodos alternos de solución de controversias: un reto para la autoridad electoral. PP. 11-26

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

de respeto al derecho de libre determinación, lo cual permite que el órgano encargado de desarrollar dicho procedimiento tome
en cuenta las manifestaciones de ambas
partes, por lo que el proceso de mediación
y conciliación en los procesos de elección
de autoridades municipales de Oaxaca son
medidas coadyuvantes en la administración
de justicia (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2018).
De forma más reciente, y en consonancia con
la sentencia de la Sala Superior, el Tribunal
Electoral del Estado de Chiapas emitió en
enero del 2021 un Reglamento para la aplicación de Medios Alternativos de Solución
de Controversias en los Procesos Electivos
regidos por Sistemas Normativos Indígenas.
Este Reglamento señala que el Tribunal
cuenta con una Unidad de Justicia Alternativa de Sistemas Normativos Internos, que se
integra por facilitadores (as), mediadores
(as) y conciliadores (as) para el proceso de
mediación y conciliación, quienes deberán
tener la capacitación y formación correspondiente para resolver los conflictos que
se les presenten. (Tribunal Electoral de Chiapas, 2021).

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

17

de elección de municipios que se rigen bajo
los sistemas normativos indígenas, tomando como base el propio acuerdo CG/IEEPCO-59/2013. El tribunal local estimó que
este mecanismo alterno debe de basarse en
diversos principios como la democracia, la
paz y la tolerancia (Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, 2019a).
Por su parte, el Tribunal Electoral de la
Ciudad de México, al resolver el JLDC021/2020, ordenó el agotamiento de un
procedimiento de conciliación y/o mediación para dar solución a los conflictos generados alrededor del proceso electivo para
designar a la autoridad del pueblo originario de San Pedro Mártir, Tlalpan, en aquella entidad. Lo anterior, toda vez que, tras la
celebración del proceso electivo, se interpusieron diversos medios de impugnación de
los cuales conocieron tanto el tribunal local,
como la Sala Regional Ciudad de México
del TEPJF. La sentencia JLDC-021/2020 estimó que, debido a la naturaleza de la controversia, y para darle mayor celeridad a su
resolución, un proceso de conciliación y/o
mediación resultaba necesario, con base en
el derecho de autodeterminación que gozan
los integrantes de la comunidad referida.
Este mismo tribunal hizo referencia al Convenio 169 de la Organización Internacional
del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, que prevé el
reconocimiento y protección de los valores
y prácticas sociales propios de estas poblaciones (Tribunal Electoral de la Ciudad de
México, 2020).

En ese mismo sentido, la sentencia
JNI/34/2019, emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (2019), reencauzó
la demanda presentada por un ciudadano autoadscrito como indígena, instruyendo al Consejo General del Instituto Estatal
Electoral y de Participación Ciudadana de
Oaxaca a iniciar el proceso de mediación
previsto dentro de la normativa local para En el mismo orden de ideas, se encuentra la
la resolución de controversias en procesos sentencia JDCI/120/2019 del Tribunal Elec-

Luigui Villegas Alarcón y Sofía Velasco Becerra

�18

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Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

toral del Estado de Oaxaca, que ordenó al
organismo público local de la entidad, a coadyuvar en la realización de un proceso de
mediación con las autoridades municipales
y auxiliares de San Pablo Villa de Mitla y San
Miguel Albarradas, Oaxaca. Lo anterior, debido a que diversos ciudadanos interpusieron demanda ante el referido tribunal, tras
no haber sido convocadas las mujeres a
participar en el proceso electivo ni las personas originarias de la comunidad que radicaban fuera de la misma. Al mismo tiempo,
la sentencia vinculó a diversas dependencias del Estado de Oaxaca como fueron la
Secretaría General de Gobierno del Estado
de Oaxaca, la Defensoría de los Derechos
Humanos del Pueblo de Oaxaca, la Fiscalía
General del Estado de Oaxaca, entre otras
autoridades (Tribunal Electoral del Estado
de Oaxaca, 2019b).
Por último, el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero emitió la sentencia TEE/
JEC/001/2021, en la cual ordenó al Consejo
General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero instruir a sus
áreas técnicas a coadyuvar con el Consejo
Municipal Comunitario y la Asamblea Municipal de Representantes, después de que
varios ciudadanos indígenas presentaran
ante el Instituto una solicitud para que se
provea una consulta a fin de determinar el
Modelo de Elección e integración del órgano de Gobierno Municipal por sistema normativo interno (Tribunal Electoral del Estado
de Guerrero, 2021).

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que provea de una consulta a fin de resolver
un conflicto con matices electorales, implica
una intermediación o la intervención de un
tercero.
Otro ejemplo de legislación electoral que
contempla los MASC es la Ley General de
Partidos Políticos para los procedimientos
de justicia intrapartidaria, y obliga a que en
los estatutos de dichos institutos políticos se
establezcan los medios alternativos de solución de controversias sobre asuntos internos,
para lo cual deberán prever los supuestos
en los que serán procedentes, la sujeción
voluntaria, los plazos y las formalidades del
procedimiento. Esta normativa le dedica un
capítulo a la Justicia Intrapartidaria en los
artículos 46 al 49 de la Ley General de Partidos Políticos.
Sobre el particular, la magistrada Janine M.
Otálora Malassis, de la Sala Superior del
TEPJF señaló que ante la alta judicialización
de los asuntos derivados de los conflictos internos de los partidos políticos, se debería
crear la figura del mediador electoral, para
dirimir los conflictos entre los precandidatos que buscan ser aspirantes a candidatos
de un partido político o puestos dentro del
mismos instituto político, lo que beneficiaría
a los tribunales locales y federales quienes
además de resolver los asuntos de contienda electoral, también deciden sobre si el
proceso de selección de las y los candidatos
fue el correcto (Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, 2018).

Si bien esta sentencia no incluye un MASC En otro aspecto, aunque no precisamente
en sentido estricto, se considera relevan- como parte de la contienda en un proceso
te porque se pide a la autoridad electoral electoral, el Instituto Nacional Electoral esLos métodos alternos de solución de controversias: un reto para la autoridad electoral. PP. 11-26

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

tableció en el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la
Rama Administrativa, la conciliación para
dirimir conflictos entre el personal a fin de
lograr un acuerdo y hacer cesar las conductas que dieron origen al mismo; en las
denuncias de acoso u hostigamiento sexual
no procederá resolver por esta vía. Se establecieron una serie de reglas para llevar a
cabo esta medida y en caso de no llegar a
un acuerdo se dejan a salvo los derechos de
las partes involucradas para hacerlos valer
en la vía que consideren oportuna (Instituto
Nacional Electoral, 2020).

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

19

través de la figura del Procedimiento Especial Sancionador es necesario hacer énfasis en que este mecanismo de resolución de
controversias electorales tuvo su origen en el
marco del proceso electoral de 2005-2006
con motivo de una queja presentada ante el
Instituto Federal Electoral (IFE) por la entonces “Coalición por el Bien de Todos” donde
solicitaba a la autoridad electoral ordenara el retiro de propaganda a la coalición
“Alianza por México”. La negativa del IFE a
esta petición fue impugnada ante el Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y dio lugar al expediente SUPRAP-17/2006, en cuya resolución ordenó al
IFE instrumentara un procedimiento idóneo y
eficaz, en el que, respetando las formalidades esenciales del procedimiento resolviera las cuestiones debatidas en materia de
propaganda electoral (Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, 2006).

De forma similar los organismos públicos locales electorales (OPLES) han emitido lineamientos similares para dirimir conflictos entre
su personal y han privilegiado la conciliación
como vía para resolverlos, tal es el caso del
Instituto Electoral del Estado de Colima que
emitió el acuerdo IEE/CG/AO59/2017 por el
que se nombró a la autoridad conciliadora Lo que inició como un mandato judicial para
en la solución de conflictos laborales (Ins- definir una controversia electoral a través de
tituto Electoral del Estado de Colima, 2017). una sentencia, se incorporó en 2007 en el
Código Federal de Instituciones y ProcediCon la finalidad de que las autoridades mientos Electorales (COFIPE) con el denomielectorales den cumplimiento a la norma nador de procedimiento sancionador elecconstitucional sobre MASC y por lo tanto al toral.
acceso a la justicia pronta y expedita, éstas
deben explorar en qué asuntos las contro- El aumento de la competitividad electoral
versias podrían dirimirse bajo la óptica de en México no ha estado exento de tensioestos mecanismos alternativos.
nes que se han traducido en un exponencial
aumento de la conflictividad electoral. En las
3. Conflictividad electoral en las entida- entidades federativas se aprecia un incredes federativas: Procedimientos Espemento significativo de quejas por parte de
ciales Sancionadores
los diversos actores políticos, que han derivado en PES como se puede apreciar en el
Antes de abordar el tema de la conflictivi- siguiente cuadro:
dad electoral en las entidades federativas a
Luigui Villegas Alarcón y Sofía Velasco Becerra

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Cuadro 1. Procedimientos Especiales Sancionadores,
entidades federativas: 2018 y 2021
Procedimientos Especiales Sancionadores (PES)
Entidad

2018

2021

Aguascalientes

45

106

Baja California

101

180

Baja California Sur

22

52

Campeche

33

134

Chiapas

43

86

Chihuahua

138

315

Ciudad de México

279

319

77

72

Colima

-

-

Durango

1

64

206

704

Guerrero

76

101

Hidalgo

34

106

Jalisco

145

543

Estado de México

534

693

Michoacán

-

-

Morelos

-

-

Nayarit

0

172

635

1020

Coahuila de Zaragoza

Guanajuato

Nuevo León

427

Oaxaca

145

558

Querétaro

81

214

Quintana Roo

80

16

Puebla

Los métodos alternos de solución de controversias: un reto para la autoridad electoral. PP. 11-26

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

San Luis Potosí

124

296

Sinaloa

28

41

Sonora

229

185

Tabasco

135

136

Tamaulipas

88

187

Tlaxcala

26

336

Veracruz

231

885

Yucatán

80

113

Zacatecas

107

195

21

Fuente: Elaboración propia con base en información proporcionada por los institutos estatales
electorales. No se recibió información por parte de Colima, Michoacán y Morelos. Oaxaca refirió
no tener registro de 2018.

Como se puede apreciar en el cuadro anterior, salvo Coahuila y Quintana Roo, la tendencia en la conflictividad electoral estatal
fue al alza entre los procesos electorales de
2018 y 2021, siendo Nuevo León la entidad
federativa que más tramitó Procedimientos
Especiales Sancionadores en ambos procesos comiciales.
En el caso de Nuevo León, la Comisión Estatal Electoral tramitó durante el Proceso Electoral 2017-2018, la cantidad de 635 PES. En
el proceso electoral 2020-2021 esta misma
autoridad electoral substanció 1020 PES, lo
que representó una carga significativa de
trabajo para el área jurídica en cada proceso electoral, misma que se sumó al desarrollo de las actividades ordinarias relacionadas con el proceso electoral.
Por su parte el Tribunal Estatal Electoral en
Nuevo León tramitó en el período del 1 de oc-

tubre al 30 de septiembre de 2021, la cantidad de 1311 medios de impugnación y procedimientos sancionadores, lo que representa
un número mayor que en el proceso electoral anterior de 2017-2018 donde esta misma
autoridad jurisdiccional substanció 939 medios de impugnación y procedimientos sancionadores. Si comparamos esta última cifra
con la estadística del proceso electoral local
de 2014-2015 donde se substanciaron 606
medios de impugnación y procedimientos,
la cifra va in crescendo, es decir, la conflictividad electoral aumenta en cada proceso
electoral, lo que detona un aumento signwificativo en las cargas de trabajo de las
autoridades electorales, desde la autoridad
administrativa electoral, pasando por la autoridad jurisdiccional electoral local, hasta
arribar a la justicia federal electoral. Si se
toma en cuenta que, en muchos casos, las
partes en conflicto agotan toda la cadena
impugnativa, eventualmente, esto pudiera
Luigui Villegas Alarcón y Sofía Velasco Becerra

�22

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

colapsar el trabajo de las autoridades elec- vertir de manera gráfica este crecimiento de
torales. En el siguiente cuadro es posible ad- conflictividad electoral:

Cuadro 2. Total de medios de impugnación y procedimientos sancionadores 20152021 en Nuevo León.
Actividad Jurisdiccional Proceso Electoral
Proceso electoral 2020-2021

1311

Proceso electoral 2017-2018

939

Proceso electoral 2014-2015

606

Fuente: Elaboración propia con base en datos del Informe de labores de la Presidencia del TEENL,
disponible en: https://www.tee-nl.org.mx/transparencia_sipot/acuerdos/informe_de_actividades_2020_2021.pdf

Entre las bondades de los MASC se encuentra el período de tiempo más corto
para la solución de los asuntos, dado que
las cargas de trabajo se incrementan considerablemente en la contienda electoral.
Parecería viable que en materia electoral se
valore establecer alguno de los mecanismos
de solución de controversias con lo que se
cambiaría el paradigma de solución de casos en contiendas electorales donde a veces
el enfrentamiento entre los actores políticos
parece no dar lugar a una tregua.

Anteriormente, la legislación establecía que
la Comisión Estatal Electoral debía tramitar
y resolver los procedimientos sancionadores
ordinarios y el Tribunal Electoral Local, debía resolver los procedimientos especiales
sancionadores. Actualmente, la resolución
de ambos tipos de procedimientos es competencia del Tribunal.2 (Congreso del Estado
de Nuevo León, 2022).
Habrá algunos casos donde los MASC pueden ser muy efectivos, como las conductas
que se realizan entre los particulares, como
la colocación indebida de propaganda o
las calumnias y algunas conductas en redes
sociales, con el impacto masivo de comunicación que tienen estas últimas. En los casos

Cabe señalar que en la contienda electoral,
en la mayoría de los casos, los conflictos se
deben resolver en el tiempo en que se desarrolla el proceso electoral, es decir, un plazo relativamente corto, y quizá esa puede
La reforma del 4 de marzo de 2022 a la Ley
ser una de las justificaciones del porqué los 2
Electoral de Nuevo León, otorgó al Tribunal Electoral
MASC no sean tan atractivos como una soLocal la facultad de resolver los procedimientos ordilución pronta e inmediata.
narios sancionadores.
Los métodos alternos de solución de controversias: un reto para la autoridad electoral. PP. 11-26

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

que un partido político o una ciudadana o
ciudadano presente un medio de impugnación o queja por un interés difuso, colectivo
o de grupo o bien del interés público, resultaría improcedente el uso de los MASC,
debido a que el ejercicio de la acción impugnativa en ese caso, no es para la defensa de su interés jurídico en particular, como
gobernado, sino para tutelar los derechos
de la ciudadanía, entendida ésta, como una
colectividad que se conforma por sub colectividades o grupos, e inclusive, de otros grupos que sin ser considerados jurídicamente
como ciudadanos, merecen la tutela del Estado, como los menores de edad, donde en
materia de propaganda política, el derecho
tutelado es el interés superior de la niñez,
entendida esta última como una colectividad (Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación, 2009).

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

23

Debemos avanzar en la construcción de
acuerdos que representen una economía
procesal, un ahorro en tiempo, en recursos
humanos y financieros; a toda la sociedad
nos conviene.

El legislador tiene un reto que ojalá quiera
asumir: encontrar la fórmula de plasmar en
la legislación electoral federal o local el reconocimiento de MASC como vías alternas
para la solución heterocompositiva a través
de alguna figura de arbitraje o mediación
profesional-electoral que permita una solución eficaz a las controversias entre los diversos actores políticos, pero que a la vez sume
en la construcción del tejido democrático, en
el entendido de que si bien en democracia
existe el principio de la competencia política, también existe el de la cooperación, es
decir, como dos caras de la misma moneda
que se complementan, donde por un lado
Por lo antes expuesto, el partido político o la está la faz de la competición, y del otro lado,
ciudadanía demandante no podrían desis- la cooperación.
tirse válidamente del medio de impugnación
o queja promovida, porque no existe un titu- La política es competición y cooperación al
lar único del interés jurídico afectado, el cual mismo tiempo, entendiendo esta última como
corresponde a toda la ciudadanía e incluso la dimensión a través de la cual los diversos
a toda la sociedad.
actores políticos resuelven sus conflictos de
manera amigable y a favor de la democraCONCLUSIONES
cia, porque esos mismos competidores serán en un futuro Gobierno/Oposición, MayoLa llegada de los MASC a nuestro sistema rías/Minorías que tienen que dialogar para
de justicia ha obligado a las instancias judi- encontrar soluciones públicas. Mientras meciales y administrativas que resuelven con- nos friccionados arriben a esos escenarios
flictos, a cambiar el paradigma de solución. postelectorales, será más factible llegar a la
Llegar a acuerdos favorables para las par- toma de acuerdos por la vía del diálogo y
tes, dialogar para mediar o conciliar una del consenso, evitando incluso, la polarizaproblemática desde la perspectiva de la ción.
paz, es posible.
Luigui Villegas Alarcón y Sofía Velasco Becerra

�24

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

Operativamente, la instrumentación de los
MASC, además de plasmarse en la ley, debería incluir una capacitación a las y los
futuros mediadores y certificarlos para dotarles de las herramientas y habilidades que
requieren las soluciones alternas a los conflictos. Sin duda para las personas involucradas en los conflictos político-electorales
también va a significar un cambio de paradigma, como en todo proceso nuevo habrá
resistencias que al tiempo cederán ante los
beneficios que hemos visto representan las
soluciones alternativas de conflictos.

revistamsc.uanl.mx

Se podría pensar en una reforma a la Ley
Electoral estatal que los contemple, aunque
también podemos señalar que el principal
instrumento jurídico que es la Constitución
ya lo establece.
Propuestas
•

•

Hasta ahora, aunque hay algunos casos excepcionales, la mayoría de la literatura refie- •
re a los conflictos electorales relacionados
con los pueblos indígenas los que destacan
por su aplicación en los métodos alternos de •
solución de controversias.

El reconocimiento en la ley de la instrumentación de los MASC para la resolución de conflictos electorales.
La capacitación por parte de las autoridades electorales al personal necesario
que se designaría para implementar los
MASC.
Establecer los manuales de procedimientos alternativos acordes a la Ley de Métodos Alternos y a la Ley Electoral.
Proporcionar orientación a las personas
involucradas en el conflicto sobre la posibilidad de solucionar el problema por
algún MASC.
Realizar, en aquellos casos que proceda,
y que no sean de interés público, las soluciones con base en los MASC.

Debemos replantear los asuntos en los que sí
quepa la justicia con este tipo de soluciones •
y tener presente que habrá asuntos como los
de interés general, o los de violencia política de género o donde se afecte el interés
superior del niño y de la niña, que seguramente no podrán someterse a las medidas TRABAJOS CITADOS
de conciliación y de mediación, o cuando se
trate de violaciones a la Constitución.
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2022,
27 de febrero). Ley General de Partidos Políticos. https://

Es necesario también la difusión de este tipo
de mecanismos alternativos para que la sociedad, y por lo tanto las personas involucradas en una contienda electoral, ya sea
partidos políticos, candidatos, candidatas
e independientes conozcan los mismos y las
bondades que puede ofrecer y que han sido
señaladas en este trabajo.

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Ley Electoral para el Estado de Nuevo León. http://www.
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Los métodos alternos de solución de controversias: un reto para la autoridad electoral. PP. 11-26

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Licenciada en Derecho por la UAM Azcapotzalco,

EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN ES PROMOVIDO POR UN

Máster en Derecho Penal, Constitución y Derechos,

PARTIDO POLÍTICO, EN EJERCICIO DE UNA ACCIÓN

por la Universidad Autónoma de Barcelona, Maestría

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en Derecho Constitucional y Gobernabilidad (cursan-

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Sánchez Macías, M.P.) https://www.te.gob.mx/salasreg/
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(2018). Se debe crear la figura de mediador electoral
ante la alta judicialización de los conflictos internos de
los partidos políticos: Otálora Malassis. https://www.te.
gob.mx/front3/bulletins/detail/3526/0
—

Luigui Villegas Alarcón
Licenciaturas en Derecho y en Ciencias Políticas y
Administración Pública, ambas por la UNAM, Máster
en Estudios Latinoamericanos por la Universidad de
Salamanca, España y Maestría en Derecho Electoral por el TEPJF, Cursando Doctorado en Derecho en
la UANL. Consejero electoral y consejero presidente provisional de la Comisión Estatal Electoral NueLos métodos alternos de solución de controversias: un reto para la autoridad electoral. PP. 11-26

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
03, JULIO
2022 en MSC

Pertinencia de los mecanismos alternativos
de solución de controversias para la materia
electoral
Relevance of alternative dispute resolution mechanisms for
electoral matters
Recibido: 17-05-2022
Alfonso Roiz Elizondo*

| Aceptado: 20-06-2022
*https://orcid.org/0000-0003-1222-2391
Comisión Estatal Electoral de Nuevo León, Monterrey,
México

Resumen
El estado actual del sistema de justicia electoral en nuestro país nos invita a repensar el uso de los
MASC en este ámbito. Hay una creciente y sostenida carga de trabajo en las instancias encargadas de la impartición de justicia comicial, por lo que la implementación de estos mecanismos podría ayudar a despresurizar la sobrecarga judicial. En el presente artículo se problematiza sobre
su pertinencia, a través de un estudio mixto en el que se revisan datos de la situación actual de
la justicia tradicional y, posteriormente, se analizan las ventajas y las áreas de mejora que podría
generar la incorporación de los MASC. Se concluye que podrían aportar importantes beneficios
respecto de la justicia tradicional, con principios como los de flexibilidad y confidencialidad que
abonarían a un proceso ágil y abierto. Igualmente se destacan algunos puntos que podrían dificultar su implementación, respecto de los cuales se plantean algunos ajustes para lograr una
mayor viabilidad y pertinencia.
Palabras clave: Mecanismos alternativos de solución de controversias, mediación, conciliación,
justicia electoral.

Abstract
The current state of the electoral justice system in our country invites us to rethink on the use of
ADR in this area. There is a growing and sustained workload in the instances in charge of admiCómo citar
Roiz Elizondo, A. Pertinencia de los mecanismos alternativos de solución de controversias para la materia electoral.
MSC Métodos De Solución De Conflictos, 2(3). https://doi.
org/10.29105/msc2.3-32

�28

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

nistering electoral justice, so the implementation of these mechanisms could help to depressurize
the judicial overload. In this article, its relevance is problematized, through a mixed study in which
data on the current situation of traditional justice are reviewed and, subsequently, the advantages
and areas for improvement that could be generated by the incorporation of ADR are analyzed.
It is concluded that they could provide important benefits with respect to traditional justice, with
principles such as flexibility and confidentiality that would contribute to an agile and open process.
Likewise, some points that could hinder its implementation are highlighted, with respect to which
some adjustments are proposed to achieve greater viability and relevance.
Keywords: Alternative dispute resolution, mediation, conciliation, electoral justice.

INTRODUCCIÓN

Por ello, en el presente trabajo nos avocamos a revisar su viabilidad y pertinencia
Los mecanismos alternativos de solución de para solventar las disputas derivadas de
controversias (MASC) se han convertido en los comicios.
una opción viable para resolver disputas
sin necesidad de llegar a los tribunales o En principio, saltan a la vista dos ventajas
para finiquitarlas dentro de procesos judi- que podríamos señalar respecto de estos
ciales ya iniciados. Han estado presentes mecanismos: la brevedad para terminar
en el sistema de justicia mexicana desde la disputa y la simplicidad en sus procedihace más de un siglo, con la conciliación mientos. Sin embargo, esos beneficios no
en materia laboral prevista desde su expe- parecían tener -hasta hace poco- el mismo
dición, en la Constitución Política de los Es- atractivo para la justicia electoral, pues en
tados Unidos Mexicanos (CPEUM) y, poste- esta última no hay tanta demora en el dicriormente, se fueron incorporando en otras tado de las sentencias y ordinariamente sus
procesos suelen ser menos complejos.
ramas del Derecho.
Sin duda, han ayudado a fortalecer y maximizar la salvaguarda del derecho fundamental de acceso a la justicia de las personas, ofreciendo una alternativa para
solucionar sus diferencias. No obstante,
han tenido un desarrollo marginal en materia electoral, apenas en fechas recientes
se presentaron algunos casos en los que se
reconoció la factibilidad de su aplicación.

Empero, lo que antes parecía no tener suficiente atractivo, ahora convendría que se
evaluara con mayor detenimiento. Esto es,
el incremento exponencial y sostenido de
los conflictos electorales podría llevarnos a
reflexionar y reconsiderar sobre los MASC
como una opción que contribuya a despresurizar el sistema judicial electoral, aunado,
por supuesto, a las ventajas propias que

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ofrece esta vía alternativa, con principios Como señalamos, el sistema de justicia eleccomo los de flexibilidad y confidencialidad. toral ha tenido incrementos sostenidos en la
cantidad de asuntos que se reciben. Hasta
Con ello en mente, en primer momento se el momento ello ha sido manejado satisfacpresentan algunas cifras para apreciar la si- toriamente por los tribunales y organismos
tuación actual de la justicia electoral. Luego, electorales, pero ciertamente se han prese destaca el reconocimiento constitucional sentado ya algunos síntomas del gran prode los MASC y su respaldo como derecho blema que implica enfrentar esa sobrecarga
fundamental. Enseguida, como tema princi- y la situación límite que se podría estar tepal se presenta un análisis respecto de los niendo en años próximos.
posibles beneficios de la aplicación de los
principios específicos de los MASC al ámbi- En primer lugar, se presentan las cifras de
to electoral, sin soslayar escenarios proble- asuntos resueltos por el TEPJF tomando
máticos que pudieran descartar su utiliza- como punto de partida el periodo 1999ción para ciertos casos. Concluimos con un 2020. Para ese efecto, se comparan los daapartado de reflexiones con una exposición tos de procesos de naturaleza similar: las
sucinta de lo abordado.
elecciones presidenciales, las intermedias,
los lapsos previos a los comicios y los pos1. SITUACIÓN ACTUAL DE LA JUSTICIA
teriores a ellos. Ello, debido a que no sería
ELECTORAL
factible comparar la cantidad de impugnaciones que se reciben en un año de elecEn este apartado se presentan algunas ci- ción presidencial con las de elecciones infras del Tribunal Electoral del Poder Judi- termedias o el año previo o posterior a los
cial de la Federación (TEPJF), del Tribunal comicios.
Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL)
y de la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León (CEE), con la aclaración de que se
muestran con el objetivo de establecer un
panorama ilustrativo de la situación actual
de la justicia electoral, no se trata de un
diagnóstico exhaustivo. Para eso se requeriría un artículo que se ocupara únicamente del tema, que contemplara, cuando menos, revisiones multinivel y multifactoriales
de fenómenos que pudieran traslaparse y
explicar las variaciones en los datos, tales como: disputas partidistas, elecciones
coincidentes, comicios altamente competidos o triunfos con amplio margen, entre
otros.
Alfonso Roiz Elizondo

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Gráfica 1. Asuntos recibidos por el TEPJF1

Fuente: Elaboración propia con base en informes de labores del TEPJF (2000 a 2021a)
1
Estos datos se refieren a los lapsos que abarcan del mes de noviembre del año señalado inicialmente hasta el mes de octubre
del año siguiente (TEPJF 2021a, 19)

De lo anterior se aprecia una clara tendencia al alza en el número de impugnaciones
que resuelve cada año el TEPJF. La cantidad
de asuntos se ha disparado más de ocho veces en las elecciones presidenciales, 10 veces en las intermedias, 11 veces para los periodos previos y posteriores a las elecciones.

tente en comparación con las intermedias.
En ambos casos, las cifras actuales sobrepasan las dieciocho mil impugnaciones. Una
cifra altísima. Solo en el periodo 2017-2018
hubo un ligero decremento de menos de tres
por ciento, pero si vemos el resto de los números, no parece que habrá una tendencia
a la baja, por el contrario, podría esperarse
Los periodos de elecciones presidenciales que continuará el incremento.
solían ser los que presentaban mayor cantidad de impugnaciones, pero esa brecha pa- Ello explica en gran parte el crecimiento
rece que ha quedado prácticamente inexis- que ha tenido la estructura del TEPJF y la
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alta especialización de su personal, lo cual
es también un reflejo de la ampliación de
la materia electoral, con temáticas cada
vez más diversas que van más allá de las
clásicas nulidades electorales o impugnación de candidaturas. Ahora se ven temas
de fiscalización, comunicación política,
protección de niñas, niños y adolescentes,
violencia política por razón de género, recolección de apoyos ciudadanos, mecanismos de participación ciudadana, entre muchos otros.

sucedido en el caso de Nuevo León, la alza
en las cifras ha sido sostenida y considerable, sin importar el tipo de elección.

Por cuanto hace a los tribunales electorales
locales, como caso ejemplificativo se muestran las cifras de asuntos recibidos por el
TEENL en los últimos tres periodos electorales.

En relación con los institutos electorales locales, igualmente se presentan de forma
ejemplificativa datos de la CEE sobre los
procedimientos sancionadores que se llevan
a cabo ante esta entidad.

Gráfica 2. Asuntos recibidos por el
TEENL

Gráfica 3. Procedimientos sancionadores recibidos por la CEE

Fuente: Elaboración propia con base en el
Informe de actividades de la Presidencia del
TEENL (2021a)

Fuente: Elaboración propia con base en datos
del Sistema de Información de Apoyo a los Proceso Electorales de la CEE (2021b).

Como puede verse, el TEENL ha enfrentado
cargas de trabajo con aumentos muy significativos. En el lapso del 2014 a 2021 la cifra
de asuntos subió más del doble. De manera similar al ámbito federal, solía tenerse la
percepción de que las elecciones a la gubernatura generaban más impugnaciones
que las intermedias locales, pero eso no ha

La CEE ha enfrentado un aumento considerable en la cantidad de procedimientos
sancionadores que sustancia. A solo dos
procesos electorales de distancia la cifra
se incrementó en un 150%, lo que sin duda
ha generado una carga de trabajo inusitada y complicada de solventar. Sobre todo,
teniendo en consideración que este tipo de

Se trata de un incremento exponencial en
un periodo muy corto, con las implicaciones que ello significa para el órgano de
justicia local que debe hacer frente a esta
sobrecarga de trabajo con personal y recursos limitados, con la encomienda de resolver los asuntos en el menor tiempo posible.

Alfonso Roiz Elizondo

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procedimientos implican una serie de requerimientos, informes, desahogo de pruebas,
audiencias y demás actividades de investigación que no suelen ser necesarias en el
sistema de medios de impugnación.

Al respecto, el TEPJF informó que el tiempo
promedio de resolución de los juicios recibidos
fue de poco menos de 15 días (2021a, 25). Un
lapso brevísimo comparado con los promedios
que suelen presentarse en otras instituciones
de justicia, lo cual, como dijimos, se explica
En ese sentido, el aumento exponencial de precisamente por la especial necesidad de
los sancionadores tiene una incidencia dife- solucionar las disputas electorales antes de
rente a la que se presenta en otro tipo de que se generen afectaciones irreparables.
asuntos, con la consecuente necesidad de
asignar mayores recursos materiales y hu- Esta combinación de sobrecarga de trabajo
manos para desarrollar las indagatorias ne- con la exigencia de resolución en tiempos
cesarias, lo cual cobra una mayor relevan- brevísimos genera que se deban adoptar
cia si se toma en cuenta que los organismos medidas especiales para priorizar la resoelectorales locales tienen como tarea fun- lución de asuntos urgentes. Por ello, en 2021
damental y primaria el desarrollo y organi- las salas regionales del TEPJF suspendieron
zación de las elecciones.
los plazos para sustanciar y resolver juicios
para dirimir los conflictos o diferencias laboEn síntesis, acorde con los datos referidos es rales entre el Instituto Nacional Electoral y
claro que el sistema de justicia electoral en- sus servidores (TEPJF 2021b, c, d, e y g) y, en
frenta una carga de trabajo con incrementos el caso de la Sala Xalapa, suspendió tamsustanciales y sostenidos. No podemos ha- bién plazos para resolver recursos de apelablar de que esté en una situación de colap- ción (TEPJF 2021f), los cuales ordinariamente
so, pero sin duda ha llegado a niveles de deben resolverse en un plazo de doce días,
preocupación.
acorde con la Ley General del Sistema de
Medios de Impugnación en Materia ElectoPor sí mismo, este dato netamente numérico ral2 (a. 47.2).
podría ser un aspecto relevante y suficiente
para replantearse la conveniencia de alter- Asimismo, esta señalada sobrecarga judicial
nativas a la resolución de los conflictos por podría explicar que algunos asuntos de relela vía judicial. Más aún si las consideramos vancia hayan llegado al límite de los plazos.
en el contexto de la especial exigencia que La conjugación del súbito aumento al que se
tienen los órganos de justicia electoral de enfrentan los órganos locales y la multipliresolver los asuntos de forma brevísima, cidad de instancias ha propiciado situaciodada la posibilidad latente de que las vio- nes extremas en que el tiempo para resolver
laciones alegadas se consumen de manera los conflictos está prácticamente agotado
irreparable por el mero transcurso del tiem- cuando llega a la Sala Superior del TEPJF
po y ante el principio de ausencia de efectos para su resolución definitiva.
suspensivos que opera en la materia comicial (CPEUM, a. 41.VI).
2
En adelante, Ley de Medios.
Pertinencia de los mecanismos alternativos de solución de controversias para la materia electoral. PP. 27-46

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Una situación como la descrita sucedió en
Nuevo León en los comicios de 2021. El 23
de junio, la CEE (2021a) realizó la asignación
de diputaciones locales de representación
proporcional. Ello se impugnó y fue resuelto
el 13 de agosto por el TEENL (2021b). Faltaban aún dos instancias judiciales y ya solo
restaban dieciocho días para que la afectación se volviera irreparable, dada la toma
de protesta prevista para el primero de septiembre (Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, a. 46).

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rar la sobrecarga. Por supuesto, además de
las bondades y ventajas ordinarias de los
MASC que, por sí mismas, podrían ser suficientes para tenerles en consideración, aun
sin un escenario complicado.
2. EL RECONOCIMIENTO
CONSTITUCIONAL DE LOS MASC
Un aspecto crucial para destacar es que
los MASC cuentan con el debido respaldo
constitucional. El artículo 17, párrafo quinto,
de la CPEUM establece “Las leyes preverán
mecanismos alternativos de solución de controversias” y el 73, fracción XXIX-A señala la
obligación de del Congreso de la Unión de
establecer los principios y bases en materia
de MASC.

Se siguió con el reclamo ante la Sala Monterrey y en ese órgano se dictó sentencia el
27 de agosto (TEPJF 2021h). Luego, las impugnaciones de esta determinación llegaron ante la Sala Superior hasta el 28 y 29 de
agosto, restando solo un par de días para
resolver antes de que se tornara irreparable Estas regulaciones constitucionales no refie(TEPJF 2021i).
ren alguna exclusión de la materia electoral o de alguna otra. Por ende, podría, en
Lamentablemente, esta no ha sido la úni- principio, señalarse que no hay una prohica ocasión, suele ser algo frecuente en la bición para aplicarlos en el ámbito comicial.
Sala Superior. A la sobrecarga de trabajo En todo caso, habría que analizar estos prese agrega, algunas veces, la necesidad de ceptos constitucionales desde la perspecresolver los asuntos con una rapidez extre- tiva de la naturaleza pública de la materia
ma, con todo lo que ello implica, en cuanto electoral y pensar en las limitantes que ello
al esfuerzo del personal judicial, la falta de podría conllevar.
tiempo para efectuar un análisis profundo,
aunado a el estado de incertidumbre que Para esto último, estimo importante apuntar
genera para los casos de integración de ór- que la mera enunciación del orden público
ganos de elección.
no sería por sí misma un obstáculo o impedimento insalvable, pues incluso en otras
Con base en el panorama expuesto, pode- materias, como el Derecho Penal -también
mos señalar que hay una situación de pre- de naturaleza pública-, se aplican los MASC
ocupación que podría en poco tiempo con- con algunas limitaciones establecidas legalvertirse en algo más, de ahí que se justifique mente. Este tema lo abordamos con detalle
la conveniencia de valorar otras opciones en un apartado posterior.
que permitan a la justicia electoral aminoAlfonso Roiz Elizondo

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En adición, para el caso de nuestro estado, el artículo 16 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Nuevo León
reconoce expresamente que toda persona
“tiene derecho a resolver sus diferencias
mediante métodos alternos para la solución
de controversias, en la forma y términos establecidos por las leyes.” Es decir, aquí hay
una clara referencia a los MASC como un
derecho específico que podría invocarse
por la ciudadanía neolonesa, sin señalar limitaciones respecto de alguna materia.
Desde la academia, Silva Hernández y Martínez (2019, 278) reflexionan sobre el carácter de los MASC como derecho humano y
destacan que su “aplicación debe ser garantizada en un plano de igualdad como el
derecho de acceso a la jurisdicción, porque
ambos sistemas persiguen el mismo fin, que
las personas resuelvan sus conflictos.”
En todo caso, de lo que se trata es precisamente de maximizar el derecho fundamental de acceso a la justicia de la ciudadanía,
optimizando los esfuerzos institucionales
hacia vías como los MASC que cuentan con
sustento constitucional y podrían sumar al
sistema de justicia para desahogar un poco
la referida sobrecarga judicial y permitir la
solución oportuna de las disputas electorales.
3. VENTAJAS DE LOS MASC EN LA
MATERIA ELECTORAL
Diversas voces han hecho eco sobre las
bondades que pueden traer los MASC para
acercar la justicia electoral a las poblaciones más desfavorecidas y para resolver de

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manera pronta cierto tipo de controversias
electorales.
En el Manual elaborado por el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia
Electoral (IDEA 2011, 35), se señala el rol que
han jugado estos mecanismos para solucionar algunas problemáticas de crisis políticas
e institucionales en países como Afganistán,
Indonesia, Malawi, Mozambique, República
Democrática del Congo y Sudáfrica, donde
contribuyeron a aliviar la presión sobre los
tribunales formalmente establecidos.
La magistrada Janine M. Otálora (2018, 40)
hizo énfasis en casos de justicia alternativa
dentro de algunas comunidades indígenas
en Oaxaca, en las que se establecieron sistemas de negociación tradicional para dirimir conflictos internos en las comunidades,
con el apoyo del instituto electoral local.
Asimismo, la magistrada Claudia Carrillo
(2020, 5) ha resaltado el criterio establecido por el TEPJF (2013b) en el que determinó
que en conflictos intracomunitarios se deben
de privilegiar medidas pacíficas de solución
de conflictos mediante los procedimientos e
instituciones que consideren adecuados y
válidos comunitariamente, tales como la mediación y la consulta.
De igual manera, Jessica Vera (2022, 109)
señala que “la mediación en los conflictos
electorales puede contribuir a avalar la democracia, la rendición de cuentas y la alternabilidad, pero sobre todo que su objetividad es el refuerzo del poder ciudadano y las
formas de participación e involucramiento
en la resolución de las problemáticas”.

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Por nuestra parte, enseguida abordamos
algunas beneficios o ventajas que podría
aportar el uso de los MASC a la materia
electoral.
3.1. Los MASC como proceso de pacificación social
La justicia tradicional electoral al igual que
los MASC tienen como objetivo primordial
lograr la paz social. La justicia electoral en
México surgió como una vía para dar certeza jurídica de que se respeta la voluntad de
la ciudadanía expresada en las urnas, pero
también hay que enfatizar que tuvo como
propósito fundamental establecer una forma pacífica de encausar las pasiones, las
discrepancias y los desencuentros que se
generan con los comicios.

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la mediación y la conciliación forman parte
de los medios pacíficos de solución de conflictos, pues su estructura fomenta la participación y el diálogo constructivo entre las
partes y, por tanto, son esenciales para la
cultura de paz.
Esa es una ventaja importante de los MASC.
Son concebidos como procesos de pacificación y las personas facilitadoras que operan
estos mecanismos tienen la cultura de la paz
como una directriz en el ejercicio de su función.
3.2. Despresurización del sistema de
justicia electoral

Como hemos señalado, los números de la
justicia electoral van en un claro ascenso y
no hay indicadores de que vayan a disminuir.
Por el contrario, la amplitud cada vez mayor
Como lo ha destacado Ramón Narváez de la materia electoral deriva en potencia(2016, 38), el propio TEPJF (2003b) recono- les impugnaciones desde diversos frentes.
ce que su actividad jurisdiccional encuentra
su fundamento y razón en la necesidad de Ante esa situación que da algunas notas de
preservar y mantener la paz.
preocupación, lo natural es voltear hacia
otras alternativas que ayuden a despresuriEs de crucial importancia poner atención zar la sobrecarga de trabajo del sistema de
a este elemento primario. No se trata solo justicia electoral, como ha sucedido en otras
de impartir justicia y que a una u otra de las materias.
partes se le dé la razón, sino de contar con
una vía de pacificación que sirva para que Acorde con Francisco Gorjón (2003, 27) en
la sociedad que circunda a las fuerzas polí- países como Estados Unidos el 70% de los
ticas -partes de los juicios- no se vea afec- conflictos se resuelven vía MASC, solo el
tada por sus disputas por el poder. Que los 30% llega a tribunales. Empero, en México y
pleitos se diluciden en los tribunales y no en respecto de la materia electoral, difícilmente
las calles o de formas violentas.
podríamos lograr estos alcances -al menos
de corto plazo-, dada la muy reciente exploPara Pérez Sauceda (2015, 113) una de las ración de estas figuras y el necesario tiemcaracterísticas principales de los MASC es po de dispersión y asimilación, aunado a las
su acentuación amigable: la negociación, circunstancias especiales de la materia.
Alfonso Roiz Elizondo

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No obstante, como ha referido Vado Grajales (2006, 377), el objeto no es renunciar a la justicia tradicional o privatizarla,
sino de la existencia de diversos mecanismos para seguirla. Es decir, no se trata de
sustituir un sistema con otro, sino que sirva
como un canal adicional y complementario
a través del cual se pueda dar cauce a las
desavenencias, para contribuir a despresurizar el sobrecargado sistema de justicia
tradicional.
3.3. Solución pronta y definitiva de los
conflictos
El sistema de justicia electoral mexicano se
compone de diversas instancias a las que
puede acudir la ciudadanía hasta lograr
una resolución definitiva e inatacable. Según
la temática, la cadena impugnativa puede
conformarse hasta por cuatro etapas.
Por citar un caso, si se tratara de un conflicto intrapartidista local, el justiciable debería promover, primero, un medio de defensa
al interior de su partido político3; segundo,
debería acudir a un juicio ante un tribunal
electoral local4; tercero, podría promover un
medio de impugnación ante la Sala Regional correspondiente del TEPJF5 y, cuarto, si
hubiera algún tema de constitucionalidad,
podría llegar a la Sala Superior del TEPJF
para tener una resolución definitiva e inatacable.6

3
Artículo 80, párrafo 3, de la Ley de Medios.
4
Por ejemplo, véase el artículo 137, párrafo 6, de la Ley
Electoral para el Estado de Nuevo León.
5
Artículo 83, apartado b), fracción IV, de la Ley de Medios.
6
Artículo 61 de la Ley de Medios.

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Si bien los tiempos promedio de resolución
en la materia suelen ser cortos, menores a
15 días en el caso del TEPJF (2021a, 25), lo
cierto es que en conjunto podrían sumar mucho más tiempo, al tener que transitar entre
tantas instancias, agregando los tiempos de
notificación, trámite y los respectivos plazos
de impugnación. Como ya relatamos en un
apartado previo, eso ha generado situaciones problemáticas en que la resolución de
los litigios debe hacerse con extrema urgencia en el órgano terminal, dado que llegan
ya con plazo prácticamente agotados.
En ese contexto, la vía de los MASC parece
atractiva para los propios justiciables en la
medida que puedan lograr una solución definitiva de un conflicto en un tiempo menor,
sin tener que estar transitando a través de
las diversas instancias. Se podrían evitar la
elaboración de escritos de demanda, contestación, alegatos, estar al pendiente de
las notificaciones, entre otras actividades
que requieren su atención como partes de
un juicio.
Desde la perspectiva institucional, un asunto resuelto en la vía de los MASC significa
un asunto menos para cada una de las instancias que conforman el sistema de justicia
electoral. Para los órganos administrativos
significa la pronta definición de una situación jurídica, por lo que no tendrían que estar a expensas o en espera de eventuales
revocaciones o modificaciones que alteren
las posteriores actividades que se basen
en la materia o tema que hubiere estado en
disputa.

Pertinencia de los mecanismos alternativos de solución de controversias para la materia electoral. PP. 27-46

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3.4. Confidencialidad
Este principio tiene un aporte muy interesante en la solución de las diferencias. Consiste
en mantener bajo sigilo la información obtenida en el desarrollo de un MASC, con la obligación de abstenerse de divulgarla o usarla
para fines distintos (Ley de Mecanismos Alternativos para la Solución de Controversias para
el Estado de Nuevo León, a.5.I). De acuerdo
con Schiffrin (1996, 46), esta directriz se vuelve crucial para el éxito del método alterno en
cuestión, pues es la única forma de lograr que
se expongan con sinceridad los múltiples aspectos del conflicto (Schiffrin 1996, 46).

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taciones, información, pruebas o conclusiones a las que se hubiere arribado en el seno
de estos mecanismos. Así los participantes
podrían expresarse con plena libertad sin
temor a perjudicar irremediablemente a
alguna de las partes involucradas en una
eventual instancia judicial.
Algo similar a lo establecido en la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución
de Controversias en Materia Penal que al definir el principio de confidencialidad subraya
que la información tratada en el MASC no
podrá ser usada en perjuicio de los intervinientes dentro del proceso penal (a. 4.III).

En materia comicial podría permitir que los
mecanismos se lleven a cabo con la confianza de que lo abordado en ellos no trascienda
hacia otros sectores, como la opinión pública
o hacia una eventual impugnación. Se trata
de que se expresen y circule la información
libremente, no solo sin los formalismos legales, sino reduciendo los temores naturales
que conllevan este tipo de disputas.

Con ello se fomenta no solo una visión jurídica de la situación, sino que incluso sería
factible para la persona facilitadora detectar emociones, malestares o perspectivas
personales que para nada son el objetivo en
el desahogo de los medios de prueba con
las formalidades técnicas que se siguen en
la justicia tradicional. Sobre este tema, Gabriel Gorjón (2015, 73), al describir la mediación, enfatiza que se trata de una “oportuniAsí, se tiene que un beneficio evidente es la dad de expresar sentimientos, necesidades
privacidad que proporcionan estos meca- y emociones” para “decidir voluntariamente
nismos, en tanto que implicaría que su de- la medida más óptima para ellos”.
sarrollo no se ventile ante la opinión pública
y, en esa medida, las partes puedan abrirse 3.5. Flexibilidad
o expresarse con mayor sinceridad, disminuyendo el temor natural a sufrir alguna afec- El principio de flexibilidad está previsto en
tación en su posicionamiento electoral o al diversos instrumentos normativos que reguinterior de un partido político.
lan la implementación de los MASC.7 Marca
Adicionalmente, para potencializar sus efectos sería de vital importancia que se establezca como regla que no se puedan utilizar
para una eventual impugnación las manifes-

7
Tales como el artículo 4.4 de la Ley Nacional de
Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en
Materia Penal y 5.3 de la Ley Ley de Mecanismos Alternativos para la Solución de Controversias para el Estado de
Nuevo León.
Alfonso Roiz Elizondo

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una diferencia sustancial con la justicia tradicional, apegada a ciertas reglas procesales que no están sujetas a convenio. Se trata
de evitar o matizar formalismos o solemnidades en aras de privilegiar la posibilidad
de allegarse de elementos que permitan esclarecer los hechos o las circunstancias que
rodean la disputa.

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De igual manera, se podría recibir la declaración u opinión de especialistas en ciertas
áreas para abonar a definir algunos temas
que pudieran suscitar algunas dudas en las
circunstancias que se hubiere dado la disputa. El desahogo de este tipo de elementos no
tendría que estar sujeto a todas las formalidades que se siguen en la prueba pericial
en la justicia tradicional, sino que estas exigencias pueden flexibilizarse con el acuerdo de las partes. Por ejemplo, recibiendo la
opinión de forma oral y no por escrito, y con
el reconocimiento mutuo que realicen de la
legitimidad del especialista, en vez de solicitar una evaluación de sus credenciales.

En los MASC, las partes son libres de aportar de viva voz los elementos con los que
pretenden encausar sus pretensiones y llevar a buen puerto una negociación. Esto resulta contrastante con lo que acontece en
los juicios tradicionales, donde para que los
medios de convicción aportados sean valorados deben pasar por el rigor procesal del 4. PUNTOS PROBLEMÁTICOS
desahogo de una prueba.
Para complementar la visión sobre la pertiEn ese sentido, este principio permitiría in- nencia de los MASC es indispensable anatroducir a los MASC algunos elementos que lizar también los puntos problemáticos o exen la justicia tradicional serían complica- presiones de desconfianza que al respecto
dos, por ejemplo, declaraciones de los in- se pudieran plantear.
volucrados o gente allegada a la disputa,
sin necesidad de limitarse por las formali- 4.1. La naturaleza pública de la materia
dades que se requieren, por ejemplo, para electoral
las pruebas confesionales o testimoniales.8
El desarrollo de este tipo de elementos se Tal vez la mayor objeción en contra de su
podría efectuar en un ambiente flexible y uso en la materia electoral se refiere a la naempático que permita la libre expresión de turaleza pública de los conflictos que se suslas ideas, opiniones y sentimientos, sin su- citan. Pareciera que todo lo que es electoral
jetarse a un ambiente que pudiera resultar es en automático público y no está sujeto a
amenazante como el caso de la justicia tra- ningún tipo de negociación entre las partes.
dicional.
Al respecto, habría que tener en cuenta que
la reciente amplitud de la rama electoral ha
llevado a los tribunales temáticas cuya na8
Acorde con los artículos 14.2 de Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación y 461.4 de la Ley General de Institu- turaleza pública no es tan evidente, como lo
ciones y Procedimientos Electorales, la prueba confesional y teseran al inicio con los reducidos temas que se
timonial solo son admitidas cuando se levanten previamente ante
fedatario público.
abordaban. Ciertos casos o disputas denotan
Pertinencia de los mecanismos alternativos de solución de controversias para la materia electoral. PP. 27-46

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intereses en juego que no están directamente referidos a toda la sociedad, sino a un
sector delimitado como un partido político,
una asociación política o una comunidad indígena.

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que no haya una incidencia grave o directa
en el orden público.
Así, hay algunas disputas cuyo interés en la
controversia podría considerarse acotado
al ámbito personal o privado, como cuando
se alega un agravio por calumnia, el uso sin
autorización de la imagen de particulares,
la pinta de bardas o propiedades privadas,
por mencionar algunos casos.

No es lo mismo el interés o afectación que
podría resentir toda la ciudadanía con la resolución de un conflicto sobre la validez de
una elección, como la Gubernatura de Nuevo León, que con una diferencia interna partidista, como podría ser una disputa por una En ese sentido, la razón del orden público
dirigencia municipal.
como argumento para excluir los MASC de
la rama comicial podría no estar presente
Respecto de esto último, claro que podría con la misma intensidad en ejemplos como
estimarse que hay un interés público en pro- los recién aludidos.
teger la democracia interna de los partidos
políticos, pero lo cierto es que no es equi- En adición, vale mencionar que la razón del
parable con una elección constitucional. La orden público está también presente en el
incidencia de la ciudadanía en general en Derecho Penal y ahí han operado con éxito
estos temas partidistas no es igual que la de los MASC, como una vía para aliviar el siemsus afiliados o simpatizantes. Incluso desde pre cargado sistema de justicia.
la normativa legal se les reconoce a los partidos políticos la libertad de autodetermina- Los MASC están debidamente contemplación, la cual se ejerce esencialmente con el dos, aceptados e implementados en la marespaldo de la militancia (Ley General de teria penal. Sus bases están definidas en la
Partidos Políticos, a. 5.2)
Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de
Solución de Controversias en Materia Penal,
En ese tenor, hay que aclarar que algu- cuyas disposiciones son de orden público,
nos temas podrían quedar excluidos de los interés social y de observancia general en
MASC, como aquellos cuya afectación al todo el territorio nacional (a. 1).
orden público se vincule directamente con
la voluntad del electorado, tales como: re- Es más, dichos mecanismos ya son utilizasultados de los comicios, medidas de segu- dos en el ámbito penal electoral, pues diridad, mecanismos de cómputo, entre otros. cha materia se rige por lo dispuesto en el
Es decir, no sería constitucionalmente válido Código Nacional de Procedimientos Penales
que las partes de un litigio negocien sobre que establece como derecho de las victimas
aceptar o no la voluntad de la ciudadanía u ofendidos acceder a los MASC (a. 109.X).
y lo que ello conlleva, pero sí podría haber
margen de acuerdo en aquellos casos en los
Alfonso Roiz Elizondo

�40

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

revistamsc.uanl.mx

Por ejemplo, en la pasada contienda por
la gubernatura en Nuevo León, se vivieron
acusaciones sobre la probable comisión de
ilícitos y se presentaron diversas denuncias
electorales y penales. De estas últimas, fue
muy divulgado el caso del actor Marco Alfonso Polo Guerra, “Marco Polo”, quien fue
denunciado ante la Fiscalía Especializada
en Delitos Electorales de Nuevo León (FEDE
NL) por la entonces candidata de la coalición “Juntos Haremos Historia”, quien señaló que se cometió violencia política por
razón de género en su contra, derivado de
la publicación de una parodia en la que se
aludía a la candidata.

En relación con este punto, cabe aclarar
que no en todos los casos la solución de la
disputa tiene la misma urgencia. Igual que
decíamos en el apartado anterior, no es lo
mismo una controversia sobre la nulidad de
una elección que respecto de una renovación de dirigencia partidista. Es decir, en un
buen número de casos, sobre todo conflictos partidistas, la brevedad de la resolución
podría ser relevante, pero no con la misma
premura. Ello, atendiendo a que en los conflictos partidistas no aplica el mismo criterio
respecto a que la fecha prevista como toma
de posesión torne irreparables los actos
controvertidos (TEPJF 2001b).

El asunto se resolvió sin llegar a los tribunales, el actor se disculpó públicamente después de que la FEDE NL le recomendara
hacerlo y la entonces candidata aceptó las
disculpas. Ambas partes tuvieron posibilidad
de expresar sus razones y puntos de vista y
el asunto se resolvió sin llegar a la justicia
penal (FEDE NL, 2021; POSTAmx 2021; Teleradio 2021).

De cualquier manera, para que pudieran
operar los MASC en la materia electoral tendrían que operar algunas medidas especiales que permitieran su funcionamiento.

4.2. Viabilidad de los efectos jurídicos
de los MASC
Otro tema que sería necesario sortear se
refiere a la utilidad real y efectiva que pudieran tener los MASC en caso de que se
adoptara su implementación. Y es que estas
alternativas resultan atractivas frente a litigios que suelen tardar años, por lo que el
tiempo que pudiera demorar un MASC podría no ser tan relevante, sin embargo, para
el ámbito comicial el tiempo es crucial, las
definiciones deben tomarse con la mayor
prontitud.

Primero, sería indispensable brindar la oportunidad de interrumpir el plazo de impugnación para que las partes pudieran acudir
a las vías alternativas sin el riesgo de que
precluya su derecho de recurrir a la justicia
tradicional. De poco serviría contar con los
MASC si no hay oportunidad de mantener a
salvo sus derechos de no lograr un acuerdo.
Suponiendo que alguien quisiera activar la
vía alternativa en esas condiciones, podría
prestarse a estrategias de la contraparte
para agotar los plazos con el objetivo de lograr la consumación definitiva e inatacable
de la situación controvertida.
Adicionalmente, lo ideal sería trasladar a los
MASC el principio de celeridad o brevedad
que opera en la justicia tradicional electoral
(TEPJF 2018b), para establecer la directriz

Pertinencia de los mecanismos alternativos de solución de controversias para la materia electoral. PP. 27-46

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

de preferir la convención de plazos cortos
para las etapas que se acuerden. Tendría
que reservarse un tiempo prudente considerando la fecha en que las circunstancias
puedan tornarse irreparable, a fin de que no
suceda el fenómeno comentado de llegar a
las instancias jurisdiccionales con el plazo
prácticamente agotado. Es decir, convendría establecer un plazo que contemple la
posibilidad de que, de no obtener una solución al conflicto, haya tiempo suficiente para
agotar las múltiples instancias del sistema
de justicia electoral.
En ese sentido, habría que admitir que la
utilidad de estos mecanismos quedaría reducida a aquellos casos en que los plazos
lo permitan, pues ante la extrema urgencia
sería difícil dejar de lado la definitividad
del sistema tradicional. Sobre todo, atendiendo a que en la justicia electoral opera
la práctica procesal de acudir per saltum
-brincándose la instancias- a los órganos de
jerarquía superior, precisamente cuando se
suscitan condiciones de tal urgencia que no
es factible exigir al justiciable que agote las
instancias previas de impugnación (TEPJF
2007b).
En otro tenor, para que los MASC resulten
viables habría que observar también el principio de legalidad. Sería necesario tener especial cuidado en que la persona facilitadora cuente con los conocimientos suficientes
en materia electoral, a fin de que la solución
o acuerdo que proponga sea válido y realizable acorde con la normativa y criterios
aplicables. De poco serviría establecer una
vía alternativa de solución que resulte en un

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

41

acuerdo jurídicamente inviable, que puedan
ocasionar un menoscabo en los principios
rectores de nuestro sistema democrático.
Además, sería necesario establecer el reconocimiento de la vinculatoriedad de los
acuerdos que adopten las partes, a efecto
de dotarle de plena definitividad sobre los
efectos jurídicos que se deriven. Ello iría en
consonancia con lo señalado anteriormente
respecto de la imposibilidad de usar lo expresado en los MASC en una posterior instancia judicial.
De lo contrario, se reducirían los posibles
beneficios que se pudieran generar, pues
acudir a una vía alternativa no lograría los
objetivos planteados inicialmente y se convertiría solamente en una instancia adicional
a la ya de por sí larga cadena impugnativa
que debe seguir un justiciable para lograr
una solución definitiva.
De lo que se trata es de presentar opciones de solución viables jurídicamente, estableciendo una arena de diálogo respecto
de los puntos que sea posible negociar y se
pueda arribar a un desenlace en que todas
las partes terminen ganando.
CONCLUSIONES
La justicia electoral enfrenta cifras que han
llegado a niveles preocupantes, los números
no mienten. Por ello, convendría mirar hacia
otras alternativas de solución de los conflictos, como se ha hecho en otras materias
de Derecho y en otros países. En un primer
término, la incursión de los MASC en la materia electoral podría ayudar a aminorar las
Alfonso Roiz Elizondo

�42

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

cargas de trabajo de los órganos jurisdiccionales. Al igual que la justicia tradicional
constituyen una vía para construir una cultura de paz en las contiendas electorales,
las cuales, dada su naturaleza de conflicto,
generalmente presentan duras disputas que
rayan en los límites legales.

revistamsc.uanl.mx

que no encuadran en esta descripción y más
bien en ellos se dilucidan disputas que se
vinculan a un segmento restringido o derechos de ciertas personas en lo individual.
Finalmente, es necesario establecer algunas medidas en torno a la viabilidad de los
efectos jurídicos de los MASC, tales como:
contemplar plazos cortos para su desarrollo,
tener especial atención en la legalidad de
lo pactado y establecer efectos vinculantes
a la solución adoptada.

Los MASC cuentan con el suficiente sustento
constitucional para ser tomados en consideración en el ámbito comicial. Se presentan
como una opción viable para ayudar a que
la situación judicial no escale a niveles críticos, además de que por sí mismos muestran Esperemos en que la pertinencia de los
valores y beneficios que pueden ser aprove- MASC para la materia sea motivo de una
chados en la materia electoral.
buena reflexión y de ejercicios más frecuentes de implementación para ir descubrienEntre las ventajas que advertimos de los do y recopilando experiencias, ventajas, así
MASC encontramos las siguientes: se trata como áreas de oportunidad para la materia
de procesos de pacificación social; servirían electoral que permitan su incursión en el fupara despresurizar el sobrecargado siste- turo próximo.
ma de justicia electoral; aportan una vía de
solución pronta y definitiva, sin tener que
transitar por la multiplicidad de instancias y, TRABAJOS CITADOS
finalmente, podrían aprovecharse los principios de confidencialidad y flexibilidad para Carrillo Gasca, C. 2020. Mecanismos Alternos de Solución
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sus diferencias de una manera más privada, CEE. Comisión Estatal Electoral de Nuevo León. 2021a.
sin que se ventilen a la opinión pública y sin
Acuerdo del Consejo General de la Comisión Estatal
que se vea comprometida su posición en las
Electoral mediante el cual se realiza la asignación y la
preferencias electorales.
distribución de curules por el principio de representación proporcional para integrar el Congreso del Estado

En cuanto a los puntos problemáticos, hay
que considerar que algunos asuntos que se
ventilan en la materia electoral podrían no
estar sujetos a negociación, por el riesgo
de causar una afectación al orden público,
sin embargo, hay un buen número de litigios

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Alfonso Roiz Elizondo
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Pertinencia de los mecanismos alternativos de solución de controversias para la materia electoral. PP. 27-46

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
03, JULIO
2022 en MSC

Conflictos que surgen de la confrontación por el
poder político en los procesos electorales y sus
mecanismos de resolución
Conflicts thar arise from the confrontation for political power in
electoral processes and ther resolution mechanisms
Recibido: 26-04-2022
Carolina Baule*

| Aceptado: 17-06-2022
*https://orcid.org/0000-0003-1279-543X
Investigador Independiente, Panamá

Resumen
Este trabajo se centra en el estudio científico de la construcción de paz, teniendo como objetivo la aplicación de los métodos alternos de resolución de disputas específicamente la mediación
electoral y los beneficios que con su aplicación les daría a los procesos electorales. Partimos del
abordaje del tratamiento de los conflictos más relevantes en torno a los procesos electorales en
Panamá (2019); describiendo los puntos neurálgicos de los mismos y valorar la pertinencia de la
implementación de la mediación como sistema dinamizador de los conflictos en torno a los procesos
electorales, desde la perspectiva de la aplicación en los sistemas de control electoral. Todo ello
apoyado desde una propuesta que induce a la clasificación de los conflictos electorales con los
que se puede innovar con nuevas técnicas de abordaje, con la intención de disminuir la violencia
en los procesos eleccionarios y construir sistemas democráticos dirigidos a la construcción de paz.
Palabras clave: Conflicto político, Procesos electorales, Sistemas de control electoral, autocomposición, Mediación Electoral.
Abstract
This work focuses on the scientific study of peacebuilding, with the objective of applying alternative
dispute resolution methods, specifically electoral mediation, and the benefits that its application would
give to electoral processes. We start from the approach to the treatment of the most relevant conflicts

Cómo citar
Baule, C. Conflictos que surgen de la confrontación por el
poder político en los procesos electorales y sus mecanismos de resolución . MSC Métodos De Solución De Conflictos, 2(3). https://doi.org/10.29105/msc2.3-30

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around the electoral processes in Panama (2019); describing the neuralgic points of the same and
assessing the relevance of the implementation of mediation as a dynamic system of conflicts around
electoral processes, from the perspective of the application in electoral control systems. All this supported from a proposal that induces the classification of electoral conflicts with which it is possible to
innovate with new approach techniques, with the intention of reducing violence in electoral processes
and building democratic systems aimed at building peace.
Key Words: Political Conflict, Electoral processes, Electoral Control Systems, self-composition, Electoral Mediation.

INTRODUCCIÓN

Panamá, y como los mismos han sobrevenido aún a pesar de varios torneos electorales, inferimos que su tratamiento debe
ser analizado desde la aplicación de un
sistema apto no solo para investigar y castigar sus causas y efectos; sino también de
componer las relaciones de los actores del
conflicto.

El conflicto es parte de la naturaleza humana, y es también la base silenciosa sobre la
cual se desarrollan los procesos electorales,
pues para su final desenlace se institucionaliza la competencia, que no es más que la
puja y repuja de ideologías e intereses para
lograr alcanzar el poder de gobernar a través de la política.
La aplicación de métodos alternos de solución de conflicto en procesos electorales, es
A pesar de que los procesos electorales tie- aún un tema que no se desarrolla amplianen un periodo establecido, como es el caso mente, como en otras ciencias sociales; pero
de Panamá, donde se realizan elecciones aun así las veces que se ha implementado
generales con tiempos de campaña esta- ha dejado ver resultados que tienen un valor
blecidos, los sistemas de control electoral incalculable para el establecimiento de la
están vigentes todo el año; ello obedece a democracia representativas y la paz social
que los mismos no son procesos simples de que deben surgir de la realización de los
establecer y requieren de un análisis objeti- procesos electorales.
vo, y de la implementación de un sin número
de actuaciones; para lograr tanto su buen Ejemplo de estos beneficios los podemos endesempeño como sostener los niveles de contrar en la aplicación de métodos alternos
confiabilidad en los mismos.
de solución de conflictos, la mediación, por
los sistemas de control electoral en Kenia,
En el análisis presentamos algunos de los Malawi, Sudáfrica, Afganistán y en México
más relevantes conflictos electorales en (Oaxaca).
Conflictos que surgen de la confrontación por el poder político en los procesos electorales y sus mecanismos de resolución. PP. 47-72

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Precisamos en este escrito la necesidad no
solo de establecer nuevas formas de manejo y resolución de los conflictos de los
procesos electorales, sino también de entender la particularidad del conflicto político que está inmerso en la génesis de los
mismos.
De igual manera apuntamos la necesidad
de establecer precedentes para lograr un
cambio en la cultura y conciencia política del
ciudadano y en la forma que el mismo puede construir paz desde el ámbito electoral.
Ello se puede constituir en el nuevo aliento
refrescante que necesitan los procesos electorales, frente al descrédito de los partidos
políticos y el aumento de la desconfianza en
los sistemas de control y justicia electoral.

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dividual siempre tendrá una posición o interés particular frente a una cosa o situación
específica, pero que al día de hoy existan
en la humanidad episodios menos grises
(enfrentamiento) y más episodios claros (de
tranquilidad o sosiego), demuestra que en
su gran mayoría el ser humano ha encontrado puntos de equilibrio o mecanismos para
la resolución de sus disputas. Y sin duda el
hombre contemporáneo encamina sus esfuerzos para cumplir el anhelo del establecimiento de la paz.

Por ello, así como el surgimiento de los conflictos es inacabado, de esa misma forma
deben ser los métodos aplicados para su
oportuna resolución, verbigracia de los conflictos políticos en torno a los procesos electorales cuya atención oportuna y eficaz es
1.1 Nociones del conflicto y poder polítiel elemento que da forma al establecimienco.
to de una democracia estable, por lo cual
impera la necesidad de analizar y tratar de
Para el desarrollo de este apartado to- manera adecuada los conflictos que surgen
maremos como referencia el concepto de de este ámbito.
conflicto que exponen los estudiosos de la
materia (Cabello-Tijerina, Sáenz, &amp; Gorjón, Pero, ¿cómo se relacionan los conflictos de
2015, pág. 25). Para quienes el conflicto es poder y el surgimiento de los conflictos en los
una situación en el cual un grupo de huma- procesos electorales?, para explicar la correnos se encuentra en oposición a uno u otro lación de los mismos, no podemos obviar que:
grupo de humanos, en razón de que tie- el ejercicio del poder produce, en los sujetos
nen o persiguen intereses incompatibles, sobre los cuales se aplica, una emoción de
quienes sostienen además que entre los miedo, y la reacción adaptativa natural del
grupos la discrepancia puede ser llevada mismo es la protección (Redorta, 2005, pág.
a niveles que trae como consecuencia la 39) mientras que las causas básicas de todos
violencia.
los conflictos se centran en tres principios a
saber: a) alguien puede más que otro, b) alBasándonos en tales aseveraciones es de- guien cree ser más que otro, c) alguien desducible que el conflicto es una constante en confía del otro. Es decir, los conflictos residen
el comportamiento humano, puesto que de en el ejercicio del poder en sí.
manera natural cada ser humano como inCarolina Baule

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Entonces, en el plano del desarrollo de los
procesos electorales los conflictos surgen
de la existencia de un sin número de intereses o motivaciones, que son guiados
para controlar el comportamiento electoral de la población, dicho comportamiento
va por demás inmerso de ideologías políticas que buscan influenciar en el electorado para lograr el consenso político, desvirtuando los valores de sus contendores,
para conseguir por parte del interesado la
adjudicación del poder o el título de: vencedor social.

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un compromiso de fortalecer la democracia
de los procesos electorales.
1.2 Conflictos electorales y el ejercicio
de la justicia electoral en democracia.

Como hemos visto el desarrollo de un proceso electoral, lleva consigo la responsabilidad del manejo efectivo de los conflictos
que de ella surjan, sin embargo, la real tarea que enfrentamos es la del entendimiento
de los conflictos que surgen de esta materia
para su resolución, la cual influenciará en la
confianza de la población hacia los sistemas
Dicho de otra forma, el deseo de dos ciu- de control electoral.
dadanos de ser presidente de un mismo
país, o de otros pares para ser alcalde de En un sistema democrático, los sistemas de
una misma comuna, constituyen el nicho de justicia electoral, se constituyen como la vía
surgimiento de conflictos de poder, lo cual óptima para el consenso, donde se puede
no es más que una lucha o “guerra” po- prever y evitar el resquebrajamiento de la
lítica democrática, cuya finalidad es ser- aceptación y respeto de la institucionalidad
vir a la sociedad, la cual está plagada de del estado por medio del cumplimiento de la
estallidos conflictivos que en algunos es- voluntad política.
cenarios van de moderados a altamente
violentos.
Dimensionar que los procesos democráticos
están enmarcados en una actividad, de caDe allí surge la necesidad de la innovación lificación/descalificación, rechazo/aceptadel abordaje de los conflictos electorales, ción, de sus dirigentes y que tales actuaciocomo parte fundamental de las nuevas ten- nes estén normadas en la ley, es lo que, de
dencias de las investigaciones teóricas de manera sustantiva, nos dirige al análisis de
la paz en torno a los procesos electorales. la importancia del entendimiento y manejo
Respetando que en democracia la manifes- efectivo del conflicto electoral.
tación de desacuerdo es un respeto a la libertad humana del disenso político.
La tarea de analizar los conflictos electorales no es fácil, así como tampoco la búsquePareciera entonces que la supervisión de la da de su resolución. La misma debe estar
crisis electoral depende no solo de medidas guiada por la clasificación y entendimiento
para prevenir y resolver conflictos, sino tam- de los conflictos, con el fin de armonizar las
bién en gran medida de la voluntad de los interacciones entre los actores electorales,
actores políticos involucrados para asumir la normativa que los rige y buscar construir a
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partir de ellos un sistema de impartición de ejemplo de estas trasgresiones la compra
justicia democrático que brinde bienestar y de voto, el clientelismo entre otros.
paz social.
Es ahí donde los efectos del control ejerEl adecuado tratamiento de los conflictos cido por la justicia electoral en torno a los
electorales, en sus etapas tempranas pue- conflictos que se suscitan en los procesos
de ser la formula efectiva a la prevención o electorales, nos llevan a cuestionarnos
disminución de los mismos, a fin de brindar ¿Quién es el verdadero responsable de
una base de fuerza para el establecimien- la tutela del bien jurídico afectado, ante
to de democracias sólidas basadas en los la conflictividad político electoral? Conprincipios de la paz y orden social, así lo curriendo ese rol en el ciudadano, que es
sostiene (Vázquez-Gutiérrez, Áreas emer- quien debe proteger y protegerse de los
gentes de instrumentalizacion e investiga- efectos de la conflictividad y su comporción de los MASC, Perspectiva Transdisci- tamiento en los procesos electorales, es
plinaria, 2020, pág. 68) cuando sustenta decir la forma en que los actores políticos
que la Justicia Restaurativa además de un acostumbran a participar de los procesos
derecho humano es una técnica metodo- electorales.
lógica e instrumental para el bienestar social. Preceptos que sustentan en el análisis Haciendo la valoración propuesta por Ortede la Teoría Democrática de Luigi Ferrajoli ga y Gasset, se hace necesaria la integrapara el cual la crisis que sustenta la demo- ción de la mediación en materia electoral,
cracia tiene sus soluciones en la alternan- basado en el interés del ciudadano que se
cia del derecho, principios propuestos por puedan resolver aquellas concepciones que
la justicia restaurativa. Los cuales llevan a afectan la atención adecuada de aquellos
la construcción de los sistemas de justicia ciudadanos que cometan fraude o trampa
modernos, que se basan en esquemas que electoral, por citar un ejemplo, y que los misvan desde la prevención del delito a la re- mos más allá de la consecuencia personal,
inserción social del actor delictivo, teniendo sean tratados en vía de una corrección de
como principio básico los derechos funda- la conducta que afecta a la democracia rementales.
presentativa.
Parafraseando la filosofía política de José
Ortega y Gasset, como sociedad tenemos
la obligación de valorar la relevancia de la
democracia representativa, cúspide de la
democracia, en función de corresponder y
entender la transversalidad que existen en
las trasgresiones que causa, la conflictividad de los procesos políticos electorales y
de los derechos políticos, a la democracia;

Por ello, la aplicación de la mediación en
materia electoral llevaría al fortalecimiento
de la democracia, tomando el rol de asegurador de la misma generando conciencia
pública de la necesidad del cambio en la
cultura política. Esta alteridad propuesta en
la práctica del derecho electoral está basada por demás en la demostración que la judicialización y aumento en las penas no han
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sido suficientes para inhibir los delitos y su han sido desarrollados por la investigación
científica o la literatura académica, lo que
incidencia.
sí está demostrado es que su aplicación ha
Y para el efecto del establecimiento de sis- surtido buenos resultados.
temas democráticos, fin último de los procesos electorales; la democracia represen- 2. DIMENSIONES DE LOS PROCESOS
tativa no puede ser descrita o definida de ELECTORALES Y EL MANEJO DE SU
forma aislada ni unificada. Tampoco puede CONFLICTIVIDAD POLÍTICA, EL CASO
ser tratada su conflictividad de forma gene- DE PANAMÁ.
ralizada, reconociendo que las democracias
no evolucionan todas de la misma manera, 2.1 Generalidades
aunado a ellos que no todos los intereses
que convergen en ella van en la misma di- En Panamá, como en otros países, los prorección; es por ellos que debiera estar la cesos electorales son actos que dan pie al
justicia electoral más íntimamente relacio- establecimiento de la democracia, los pronada con una justicia relacional, y los princi- cesos electorales en Panamá son complejos,
con una implicación territorial amplia, con
pios de “Buena fe”.
resultados basados en el respeto de la voA manera de ilustrar nuestro escrito cata- luntad mayoritaria y de una sola vuelta. Parlogamos algunos de los conflictos que se ticularmente para los cargos de presidente,
generan en torno a los procesos electora- alcaldes y representantes es uninominal, y
les y su tratamiento, el caso de Panamá; en algunas circunscripciones para Diputalos que a nuestro entender merecen ser dos son plurinominales, características estas
analizados desde aristas que conlleven que contribuyen al aumento en el nivel de
no solo y como vía única la acción judi- conflictividad, basados en el conjunto plural
cial y sancionadora de los mismos. Si no de emociones e intereses que convergen en
más bien con la implementación de meca- ellos, por el número plural de pociones que
nismos que permitan soluciones cónsonas se llevan a elección, medidas finalmente en
con los plazos electorales, con un enfoque un resultado numérico.
consultivo y compositivo de las relaciones
En el proceso electoral panameño, en un
políticas.
mismo día se someten a elección y se escruEjemplo de esta necesidad, las plasmamos tan votos para un total de 1,667 cargos de
más adelante cuando se presente el análisis elección popular y son llamados a las urnas
cronológico de los conflictos electorales de un total aproximado de 2,7 millones de halos pueblos originarios de Panamá. Y se sur- bitantes.
te a manera de comparación, la implementación de mecanismos autocompositivos en
situaciones específicas electorales en otras
democracias, aun cuando sabemos que no
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Tabla 1. Cargos elegibles en una elección nacional en Panamá.
División administrativa

Posiciones sometidas a
elección

Ganadores proclamados a nivel
nacional

Presidente y vicepresidente

2

2

Diputados nacionales y su suplente

72

144

Diputados al Parlamento Centroamericano

20

20

Alcaldes y vicealcalde distritales

75

150

Representantes de corregimiento y su
suplente

671

1342

9

9

Conejales
Totales

849
Fuente: Tribunal Electoral de Panamá
*Elaboración Propia

1667

Este tipo de procesos eleccionarios que
implica elecciones nacionales con tiempos
establecidos para su desarrollo, tienen funcionalidad en forma y cargos específicos,
estructurados por intereses o actores políticos diversos: dentro de los cuales destacan, múltiples intervinientes: los organismos
de control electoral, aspirantes políticos,
partidos políticos, un número plural de
votantes; los organismos de control de la
justicia electoral, y por demás con posiciones e intereses diversos para el ejercicio
del poder en común, lo que caracteriza el
procedimiento electoral es la finalidad que
persigue y que, consiste en la alternancia
del poder político, (Campos &amp; Delgado Del
Ricón, 2010).

de la reforma a la Ley electoral en 2018, la
cual estipula por primera vez un tope para
el tiempo de ejercicio de las campañas políticas, regulando los mismos de 45 días para
la interna partidaria y 60 días para la campaña a elecciones generales, otro de ellos
es el establecimiento de los topes de los
financiamientos de campaña: con la intención legislativa de hacer campañas menos
agotadoras, menos costosas y más equitativas. Sin embargo, supusieron un nuevo nivel
de estrés frente a los comicios del 2019, de
la cual surgieron nuevos conflictos electorales entre ellos: las violaciones a los topes
de campaña, los tiempos de veda electoral
y la fijación de publicidades. Situación que
llevó a elevar los tiempos de campaña, en
la reforma de 2021 y será aplicada en el
Otros ingredientes que suponen un nivel de Plan General de Elecciones 2024.
conflictividad nuevo para las elecciones en
Panamá, están constituidos en el contenido
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2.2 Carácter resolutivo.
No podemos dimensionar los conflictos electorales más relevantes en el ejercicio de la
justicia electoral panameña, sin mencionar
los mecanismos empleados en la práctica
de la resolución de los mismos, la cual se
ejercitara a través de la vía judicial; y es que
en Panamá, de manera similar a otros países, el sistema que se implementa en el ejercicio de la justicia electoral, está regida por
directrices constitucionales, que delegan la
función de vigilancia, organización y control
de la justicia electoral al Tribunal Electoral,
dándole la competencia privativa de conocer todos los conflictos electorales y su resolución como hemos dicho por la vía judicial.
Sumado a ello el Tribunal Electoral Panameño, también dirige y aplica las reglas para
las conformaciones de instituciones que siguen los lineamientos establecidos, para
la creación de los partidos políticos y las
agrupaciones políticas que intervienen en
los procesos electorales de igual forma las
candidaturas independientes.
Es de carácter obligatorio y merecedor mencionar que el sistema normativo electoral
panameño, hasta el momento está catalogado como estable, en la base del desarrollo de un sistema de justicia electoral confiable. Sin embargo en los últimos procesos
electorales surgen diversas inquietudes, por
ejemplo, el grado cada vez más notorio de
las demandas sociales, en materia de información política, ya sea de los gremios o
aspirantes; para así lograr su crédito o descrédito, movidos por los niveles elevados de
corrupción en los que se ven envueltos algunos líderes políticos o partidos; sumado a

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ellos el cuestionamiento de los fallos emitidos por controversias jurídicas electorales,
por ejemplo las decisiones enmarcadas en
materia de levantamiento de fuero electoral,
todas ellas dan pie a la desconfianza de la
integridad y competitividad del sistema de
justicia electoral, generando conflictos en
torno a los procesos de elección en sí y los
ponen en peligro, tomando como referencia
las concepciones de Josep Redorta, cuando
sustenta que “cuando la falta de confianza
traspasa un punto crítico, sobreviene la desobediencia y la lucha por el poder”. (Redorta, 2005, pág. 248).
Es visible que la lucha por el poder político
en Panamá, también está influenciada por la
intención de controlar las formas de gestión
o administración política electorales, por corrientes políticas; esa influencia genera oposición, miedo, duda y hasta el impulso natural de resistencia del ser humano al cambio
o lo que es peor la incertidumbre de tener
que elegir bajo la influencia de esa emoción
negativa. Es allí donde surgen los nuevos
conflictos electorales, donde y cuando uno o
más actores electorales niegan la validación
del proceso, en el cual deben maniobrar sus
intereses, con el contenido de las normas y
el fiel cumplimiento y el cuestionamiento de
los resultados, como tal o su consecuencia
(Srdjan, 2010).
Los conflictos políticos como hemos expresado, generan formulaciones tendientes al
alcance y legitimidad del proceso electoral y generan nuevos conceptos sobre la ley
existente (reformas electorales), que pueden
resultar en modificaciones, que nacen de la
propia dinámica de la actividad política o

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promovido por los actores que en ella intervienen. No obstante, los conflictos nacientes
de estas dimensiones o controversias electorales, buscan su solución a través de negociaciones (pujas y repujas) internas, grupales o individuales; que, en su gran mayoría,
quedan al sesgo del resquebrajamiento de
las relaciones y se expresan en los criterios
generales que son el resultado general de
las elecciones.
Por ello Podemos determinar la necesaria
delimitación, aunque estrecha, que existe en
los conflictos electorales y las fases en que
se presentan. Ya que muchos de ellos están siendo dirimidos por la vía jurisdiccional
electoral, sin embargo, el matiz de conflicto
de intereses por ejercer el poder, que le da
el conflicto político a la disputa no desaparece.
Situaciones estas que las encontramos en
la mayoría de las legislaciones electorales
existentes en América Latina donde, el poder de dirimir los conflictos electorales y políticos, recae sobre una estructura de poder
electoral, destinada con legislaciones y competencias para tales efectos, que ejercen su
función sobre la conformación de los partidos políticos, su estructuración organizativa,
sus autoridades y acuerdos o alianzas que
en función de los procesos de elección realicen y la organización de las elecciones en
sí, bajo un sistema netamente judicializador.
Los conflictos políticos a los que nos referimos, son aquellos donde los intereses y las
emociones, son su génesis, por ende la vía
jurídica electoral al dictar una sentencia
aplicando una norma jurídica legal, no soluciona conforme a los intereses de las partes

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el conflicto, las sanciones emitidas por disposición de la ley electoral, tiene un corte
de aplicación generalizada, basadas en el
principio de la legalidad que le da la facultad de aplicar o prohibir una actuación
siempre y cuando esté contemplada en una
legislación positiva, brindando este principio
un orden estructurado, lógico y escrito para
la solución de los conflictos de forma unificada y no individualizada atendiendo a las
diferencias en los intereses de cada caso.
En Panamá, los conflictos electorales son
dirimidos al amparo del derecho electoral,
encaminado por la aplicación de la ley basada en la interpretación de la intención del
legislador al momento de la creación de la
normativa, el análisis de los reglamentos internos de los colectivos, agrupaciones políticas o movimientos políticos independientes,
donde se establecen los parámetros para
el desenvolvimiento de un proceso electoral y la forma de resolver los conflictos, es
por la vía judicial, sin embargo, se ha dejado de analizar que un proceso electoral
no solo genera conflictos de corte electoral,
los mismos, también dimensionan conflictos
políticos: los cuales nacen de la vulneración
de los intereses, el manejo de las emociones en la lucha por alcanzar el poder y no
se ha avanzado en la forma de recomponer
después del conflicto las relaciones políticas
que son necesarias para la continuidad y
fortaleza de la democracia del país.
2.3 Clasificación
Como hemos aportado, una adecuada clasificación de los conflictos electorales puede
contribuir a dirigir los esfuerzos para brindar
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un tratamiento más acertado de los mismos,
así como también la determinación de cuál
de las etapas en las que se subdividen los
procesos electorales requiere de una mayor
atención. Haremos mención a la clasificación
que se surten de los conflictos electorales y

las etapas en las que se suscitan, haciendo
uso del análisis de caso realizado en la tesis
expuesta para el análisis de “Los elementos
de la mediación, en la resolución de los conflictos preelectorales en Panamá”

Tabla 2: Clasificación de los conflictos electorales y las etapas en que se presentaron y su porcentaje de incidencias en la etapa preelectoral
fases en que se dividen los procesos electorale
clasificación de los
conflictos electorales

fase preelectoral

fase postelectoral

Porcentaje

En todo

Antes del

Durante el

En la

Posterior

de inciden-

momento

inicio del

periodo de

etapa de

al proce-

cia en la

o fue-

proceso

campaña,

resultados

dimiento

etapa pre

ra del

electoral

hasta el día

electoral

electoral

proceso

de la elec-

electoral

ción

Descripción
Conflictos relacionados
con la impugnación a
los estatutos o normas

55.2

que rigen la organización partidaria
Conflictos relacionados
con la impugnación o
inscripción de adheren-

62.1

tes/simpatizantes de las
agrupaciones políticas
Conflictos relacionados
con la administración o
jerarquía interna de los

37.9

colectivos políticos
Conflictos relacionados
con procesos disciplinarios seguidos a los

6.9

miembros de colectivos
políticos

Conflictos que surgen de la confrontación por el poder político en los procesos electorales y sus mecanismos de resolución. PP. 47-72

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Conflictos relacionados
con la imposibilidad de
ejercer el cargo obteni-

27.2

do por elección
Conflictos relacionados
con el acceso a la pa-

6.9

peleta de votación
Conflictos relacionados
con la fiscalización de
informes de gastos en

6.9

campaña, presentado
por los aspirantes.
Conflictos relacionados
con la fiscalización de
gastos, uso y manejo de

3.4

fondos públicos por los
colectivos políticos.
Conflictos relacionados
con la difusión de propaganda en tiempo de

27.6

veda electoral.
Conflictos relacionados
con la impugnación del
acto de proclamación

0

de candidatos electos.
Conflictos relacionados
con la solicitud de nulidad o impugnación de

0

actos realizados por las
mesas de elección.
Conflictos relacionados
con la impugnación de

3.4

actas electorales
Conflictos relacionados con las alianzas o
coaliciones políticos

51.7

electorales

Carolina Baule

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Conflictos relacionados
con el control de la pro-

48.3

paganda electoral
Conflictos relacionados
con el control de tope
de campaña de prima-

62.1

ria
Conflictos relacionados
con la designación de
autoridades electorales.

34.5

(administrativas)
Conflictos relacionados
con la publicación la
transmisión extraoficial

13.8

de los resultados (TER)
Conflictos relacionados
con la designación de
los candidatos por parte

71.4

de los colectivos políticos
Conflictos relacionados
con la designación de
las aspirantes de libre

65.5

postulación
Conflictos relacionados
con la acreditación de
los observadores elec-

58.6

torales
Conflictos relacionados
con el registro electoral

55.2

general
Conflictos relacionados
con el registro electoral

51.7

de los partidos
Conflictos relacionados
con la propaganda
electoral de los colecti-

34.5

vos políticos en los medios de comunicación

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Conflictos relacionados
con el control de propaganda de los servidores

48.3

públicos en miras a las
campañas electorales.
Conflictos relacionados
con la violación de los
costos, tiempos de radio

34.5

y televisión.
Conflictos relacionados con la asignación
de fondos del subsidio

41.4

electoral a los candidatos independientes
Conflictos relacionados
a la recolección de firmas para las candidatu-

55.2

ras independientes
Conflictos relacionados
con la nulidad de los
miembros de la mesa

48.3

electoral
Conflictos relacionados
con la Impugnación de
residencias de los elec-

51.7

tores y candidatos

Fuente: Tesis Doctoral “Los elementos de la mediación, en la resolución de los conflictos preelectorales en Panamá”.
*Elaboración Propia

Como resultado del análisis se puede observar que el 62.4 % de los conflictos que se
generan en los procesos electorales ocurren
en la etapa preelectoral. Lo que permite conocer que la etapa preelectoral además de
ser un nicho de conflictos es la etapa que

permite más oportunidades para resolver
adecuadamente las tensiones, con mecanismos que recompongan en mismo a fin
de disminuirlo y que no lleguen a escaladas
que impidan la realización de los torneos
electorales.

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Tabla 3: Porcentaje de incidencia de los conflictos electorales en Panamá según la
fase en que se suscitan
Fases electorales y la incidencia de conflictos
fase preelectoral
En todo momento o
fuera del proceso
electoral
12.4%

fase postelectoral
Durante el periodo

Antes del inicio del
proceso electoral

de campaña,
hasta el día de la

En la etapa de resultados

Posterior al procedimiento electoral

elección
56.6%

3.4%

36.3%

1.3%

Fuente: Tesis Doctoral “Los elementos de la mediación, en la resolución de los conflictos pre electorales en Panamá”
*Elaboración Propia

3. CONFLICTOS ELECTORALES RELEVANTES EN LA JUSTICIA ELECTORAL
PANAMEÑA.

del país, así como la elección de las autoridades políticas en general. Esta entidad jurisdiccional y administrativa vela de manera
permanente la organización, estructuración
En este punto creemos conveniente señalar y financiamiento de la actividad política en
algunos de los conflictos más sobresalien- todo el territorio nacional.
tes en torno a los procesos electorales panameños, con la intención de formular una Dado que las organizaciones partidarias
guía temporal de los mismos, y los sistemas están vigentes permanentemente y realiaplicados para su tratamiento, correla- zan sus actividades según sus estatutos, así
cionándolos con otros sistemas de control como también la figura de los movimientos
electoral que ejercen su resolución aplican- políticos independientes que tienen un esdo mecanismos autocompositivos del con- pacio de actividad claramente establecida.
flicto.
Sin embargo, existen en Panamá como en
otros países, un sin número de instituciones
3.1 Conflictos electorales en torno a
que accionan su manejo y alternancia del
elecciones de los pueblos originarios en poder, a través del ejercicio del sufragio libre
Panamá
y secreto, sin necesidad de ser actividades
Inter partidarias o de movimientos políticos;
Como hemos mencionado el derecho elec- son estamentos como ya mencionamos que
toral panameño señala la conformación de buscan de alguna manera ejercer el poder
estamentos competentes en materia jurisdic- a través del sufragio, entablando un procecional, con funciones judiciales, administrati- so electoral; sin la intervención del Tribunal
vas y organizacionales para el sostenimiento Electoral, tal es el caso de las elecciones de
del desarrollo de los actos electorales, ten- las autoridades de la Comarca Ngäbe Budientes al cambio de poder administrativo gle, dicha comarca fue creada mediante
Conflictos que surgen de la confrontación por el poder político en los procesos electorales y sus mecanismos de resolución. PP. 47-72

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la Ley 10 de 1997 donde además se dictan
las disposiciones para su autogobierno y la
forma en que los mismos bajo su autonomía
eligen sus autoridades y el procedimiento
a aplicar; tienen derecho a participar del
sufragio aproximadamente 160,000 ciudadanos, siendo este el pueblo originario más
grande del país.
La estructuración de la comarca se desarrollaba conforme a sus reglas y procedimientos, sin embargo proceso tras procesos
los resabios de los conflictos electorales se
insertaban en el tejido social comarcal, ello
producto de la marcada injerencia del estado panameño para dirigir los resultados
de las elecciones, como ejemplo: lo ocurrido
en 2006 con la injerencia del gobierno en la
elección del cacique general, lo que en evidencia resulta en un proceso de inseguridad
y conflicto para la comarca (Humanos, 2007,
pág. 118)
Los conflictos de los procesos electorales
comarcales, son puestos en contexto cuando en enero de 2010, la denuncia pública
del dirigente comarcal Bayardo Jiménez,
aparece en los titulares de los diarios de circulación nacional, el 20 de enero de 2010,
“Elecciones Comarcales Fueron Un Fraude Él
TE Debe Solucionar”, haciendo un llamado
a la autoridad electoral (Tribunal Electoral),
para que “juegue un papel protagónico en
la solución de los conflictos electorales, los
cuales a su entender se derivan en el fraude
electoral” (Panamá R. D., 2010, pág. 2), vale
la pena recalcar que hasta la fecha el tribunal electoral no tenía participación alguna
en los mismos.

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61

Tendiente a resolver tales conflictos del proceso electoral comarcal, evidenciado en
enero de 2010, se da una modificación a la
“Carta Orgánica de la Comarca”, mediante
el Decreto Ejecutivo 537 del 20 de junio de
2010, que emana del Ministerio de Gobierno y Justicia, en el cual, en referencia a las
elecciones de las autoridades comarcales,
la modificación disponía lo siguiente:
Artículo 81: Para la elección de los delegados al Congreso General, el tribunal
Electoral organizará y reglamentará
dicha elección y culminará con la entrega de credenciales a los delegados
Electorales.
Dando poder de organización y financiamiento de las elecciones comarcales, al Tribunal Electoral por primera vez. Ello frente
a la elección de los delegados al Congreso
General Comarcal, comicios que se celebrarían el 24 de octubre de 2010. Lo que por
palabras del propio Magistrado del Tribunal
Electoral: Eduardo Valdez Escoffery “será la
primera vez después de aprobada la Carta
Orgánica Comarcal en 1999, que los electores de la Comarca Ngäbe Bugle tendrían
dirigentes legítimamente electos” (Panamá
T. E., 2010, pág. 7), situación que para los integrantes de la Comarca fue tomado como
una intromisión inconsulta en la autonomía
de las que gozan los pueblos originarios en
la elección de sus autoridades; para el Tribunal electoral las mismas constituían modificaciones meramente de “carácter técnico
legal” (Anaya, 2014, pág. 14).
En este primer proceso de 58 corregimientos
(104,602 habitantes), donde se debía elegir
Carolina Baule

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autoridades solo se presentaron postulacio- Donde el porcentaje de abstencionismo al
nes en 31 localidades (58,606 habitantes). proceso de elección fue de 86.6%.
Tabla 4: Resultados generales del primer proceso electoral comarcal, dirigido por
el Tribunal Electoral de Panamá (2010)
Votantes
104,602

Padrón Elec- Votos

Emiti-

toral

dos

58,602

14,025

Abstención
44,578

Votos válidos
13,127

Votos nulos
508

Votos blancos
390

Fuente: Tribunal Electoral de Panamá
*Elaboración Propia

Sin embargo, al amparo del sinsabor, siguió
llevándose a cabo lo establecido en los calendarios electorales que fueron previstos para la
conformación de las autoridades comarcales.
Para las elecciones de 18 de octubre de 2015,
el nivel de participación solo fue de 23.75%, el
abstencionismo marcado continúa reflejando
las inconformidades de los electores comarcales de la forma en que se desarrollaban la
selección de sus autoridades.
No fue sino hasta el año 2016, cuando la corte suprema de justicia se pronunció seis años
después de iniciada la consulta, mediante
un fallo declarando la nulidad por ilegal del
contenido del Decreto Ejecutivo N.°537 de 2
de junio de 2010, que estipulo las reformas
en materia electoral y le daba competencias
al (TE) sobre las elecciones comarcales. Al
igual que la nulidad de las elecciones que se
habían realizado (Fallo que declara nulo por
ilegal, El Decreto Ejecutivo NO. 537 DE 2 DE
JUNIO DE 2010, 2016). Devolviéndole con ello
la autonomía con la que los pueblos originarios gozan para organizar sus elecciones, las
cuales opina la Corte “Espera se puedan desarrollar en un clima de paz y respeto”.

Posterior al fallo de la Corte Suprema de
Justicia, En enero de 2018 se llevan a cabo
elecciones, nuevamente sin la injerencia de
las autoridades del (TE), para la escogencia
de los caciques; resultado que denota la persistencia de los conflictos en torno al proceso
electoral comarcal, específicamente basado
en desacuerdos en la fase preelectoral. Que
dieron como resultado que 12 caciques solicitaran la anulación de las elecciones, por
estar plagadas de conflictos entre sus actores, lo que da como resultado que a tres días
después de realizadas las elecciones no se
conocían los resultados finales. (Gil, 2018),
para estas elecciones el Tribunal Electoral no
participó, sustentando que para su injerencia
faltaban disposiciones legales.
Para tratar de poner fin a los conflictos
electorales, que la aplicación de la norma
de control no logro resolver y que afectan
el desempeño de las elecciones comarcales, se ha desarrollado un acuerdo, el 13
de marzo de 2021 para la realización de un
proceso electoral en el área de la comarca Ngäbe-Buglé, consenso que debe ser
avalado por el congreso interregional, y el
Ministerio de Gobierno como encargado de
políticas indigenistas, que será respaldado

Conflictos que surgen de la confrontación por el poder político en los procesos electorales y sus mecanismos de resolución. PP. 47-72

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por la Defensoría del Pueblo y el Tribunal
Electoral. (Panamá M. d., 2021), se pretende
desarrollar los nuevos procesos electorales,
organizados por los pueblos indígenas con
la participación del (TE) (Aparicio, 2021), a
fin de disminuir la conflictividad en torno a
los procesos electorales comarcales.
Es evidente que el conflicto electoral comarcal panameño, debe ser analizado desde
una perspectiva que logre conjugar la interculturalidad y la necesidad de construcción
de un estado de paz. Estado que puede lograrse desde la aplicación de una justicia
restaurativa en las concepciones antes descritas y que por demás cuente con metodologías cuyos procesos pueden adaptarse a
varios contextos culturales, para solucionar
problemas que involucran a víctimas y a la
comunidad misma (Muñoa, 2018, pág. 5),
desarrollar no solo estrategias que lleven a
la realización de un proceso electoral, sino
que supongan una solución real a la problemática contextualizada de interculturalidad,
justicia electoral y la libre autodeterminación de los pueblos originarios.

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resolución pacífica. Esa es (o debiera) ser la
apuesta principal de todo régimen democrático (Gomar, 2010).
Basándonos en ello, podemos mencionar, a
manera de ejemplos los efectos positivos de
la implementación en el estado de Oaxaca,
de la mediación electoral, para las resoluciones los conflictos electorales en torno a
los usos y costumbres de los pueblos indígenas, donde se instruye a los organismos judiciales de atención de la disputa electoral
con la aplicación de tales mecanismos. Para
el desarrollo de los mismos si ha establecido
el procesos a aplicar en los Lineamientos y
metodología para el proceso de mediación
en casos de controversias respecto a las
normas o procesos de elección en los municipios que se rigen por sistemas normativos
internos (Oaxaca).
Sin embargo, es meritorio resaltar la voluntad
autocompositiva de las comunidades o pueblos indígenas en la resolución pacífica de
las disputas, para contextualizar el conflicto
y su atención, vale recomendar la lectura de
Las Políticas del Gatopardo desarrolladas por
David Recondo, quien destaca que las virtudes de la conciliación son indiscutibles, toda
vez que los acuerdos resultantes son menos
susceptibles de ser impugnados, que los aplicados por la ley automática en un veredicto
dictado por un tribunal, y que para que estos acuerdos sean sostenidos en el tiempo se
hace necesaria la imparcialidad y legitimidad
del mediador electoral (Recondo, 2007)

El análisis de los conflictos electorales comarcales tratados desde la mediación como
mecanismo restaurador de las relaciones, en
el contexto de los pueblos originarios, y los
efectos que la misma brinda en la solución
de los conflictos, sería un elemento clave en
el fortalecimiento de la confianza y legitimación de las autoridades comarcales, que
busca otro objetivo que el de establecer una
vida democrática comarcal y como es sabido, la democracia es fuente de conflictos, Basado entonces en estas conceptualizaciopero también una vía para su prevención y nes, fijamos la tendiente necesidad, así como

Carolina Baule

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lo ha establecido la vía judicial ordinaria, de
aplicar la mediación en el marco y desarrollo de la justicia electoral panameña, como
mecanismos de solución de controversias
políticos electorales, que se susciten en los
colectivos políticos, agrupaciones o gremios
que persisten a través de la sustentación del
derecho al sufragio, reconocido como actividad electoral y en este caso en particular
como vía de desahogo del conflicto intercultural y de comunicación, producto del desarrollo de actividades electorales.
3.2 Conflictos relacionados a la conformación del padrón electoral o lista de
votación
Para la realización de las elecciones generales de 2019, el registro final de electores
tenía como fecha tope de emisión el 5 de
febrero de 2019 (Panamá T. E., 2018), por lo
que se establece a través de la norma reglamentaria los pasos establecidos para las
presentaciones a las impugnaciones del padrón electoral.

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sada y tendrán que ver con correcciones de
datos, solicitud de inclusión de ciudadano a
los que se les haya excluido de gozar de derechos ciudadanos, registro de electores en
el extranjero. Para la presentación de estas
no se requiere de representación legal y se
dispone que pueden ser enviadas a través
de correo electrónico.
Para el desarrollo de este apartado tomaremos como referencia el análisis de las
impugnaciones al padrón electoral, puesto
que son las que mayores conflictos presentan en la fase preelectoral.
Para la atención de tales conflictos el organismo electoral pertinente ha establecido un
procedimiento apegado a los procedimientos
judiciales que dan curso a la tramitación de
los mismos, las demandas respectivas deben
ser presentadas ante la dependencia administrativa del tribunal o los juzgados electorales en turno, estos últimos, encargados de dar
curso a las audiencias respectivas, donde se
procederá a realizar los análisis de los cargos y descargos de lo alegado.

Cabe resaltar, que, contra la conformación
del padrón electoral en Panamá, y debido a Para la sustentación de la misma es requisito
la incidencia de los mismos se han clasifica- la aportación de declaración jurada de testido dos tipos de ellos:
gos que pertenezcan a la circunscripción del
impugnado. Respetando las afiliaciones pa1. Las impugnaciones al padrón electoral rentales que el reglamento desarrolló para
preliminar por razón de la residencia de los tales fines.
impugnados: reclamaciones que para su
presentación es requerimiento obligatorio Sin embargo, a pesar del establecimiento
la formal presentación de demanda suscrita de estrategias de comunicación que indican
por un profesional del derecho.
las sanciones a tales actuaciones, los con2. Reclamaciones al padrón preliminar: estás flictos en torno a la conformación del padrón
se harán de forma personal por parte intere- electoral en Panamá van en aumento.
Conflictos que surgen de la confrontación por el poder político en los procesos electorales y sus mecanismos de resolución. PP. 47-72

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Tabla 5: Comparativo de presentación de impugnaciones al padrón electoral en
Panamá. (2008-2017)
Provincia

Impugnados
2008

2013

2018

Bocas del Toro

0

0

149

Coclé

4

0

0

Colón

360

194

2278

Chiriquí

385

803

1158

Darién

166

22

707

Herrera

59

92

177

Comarca Guna Yala

0

29

1247

Panamá

2255

2011

1119

Veraguas

3385

2326

1980

Comarca Ngäbe-Bugle

112

87

4

Los Santos

1179

1477

1255

0

0

1777

7905

7041

11851

Panamá Oeste
Totales

Fuente: Tribunal Electoral de Panamá.
*Elaboración Propia

En 2018, como resultado del análisis del manejo de tales conflictos tenemos que el 10.5%
de las demandas de impugnación no fueron
admitidas en su gran mayoría por la negatividad de los testigos de asistir al acto de
audiencia. Mientras que de las admitidas
en la vía administrativa el 59.1% fue liberado
de las responsabilidades administrativas y
penales, es decir continuaron en el padrón
electoral; mientras que el 40.9% de los impugnados fueron excluidos del padrón y
remitidos a la fiscalía electoral a fin de determinar por la vía penal, si la comisión de
delito electoral, fue dolosa o intencional. Y
así entablar entonces la querella formal en
la vía penal electoral. De los cuales 257 fueron declarados culpables de la comisión del
delito.

Este tipo de conflictos que va en aumento en
Panamá, llama poderosamente la atención,
ya que los padrones o listas electorales son
uno de los instrumentos legales que hace
de los procesos electorales sea confiables
(Chanes, 2020), entonces las medidas correctivas y preventivas que se adopten deben generar cambios en las actitudes, transformarlas, es decir deben ser de carácter
restaurativo que contribuyan a la disminución de la incidencia de los mismos.
3.3 Conflictos electorales a lo interno de
los partidos políticos en Panamá
Los partidos políticos son sin discusión la
principal institución para el fortalecimiento
y funcionamiento de la democracia y de la
vida política de las naciones, a pesar del
Carolina Baule

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marcado desgaste y descrédito social con el
cual cargan actualmente, lo que apunta ser
una crisis generalizada a todas las instituciones partidarias de cualquiera que sea el
país al que podamos referirnos.
Dicho descrédito está generado por temas
como la corrupción, falta de transparencia
en la selección democrática de sus estructuras internas y el narco financiamiento. En
Panamá, la imagen de los partidos políticos
para las elecciones de 2019, se vio marcada
además de los anteriores elementos, por el
escándalo de corrupción, que ha sido denominada la crisis de corrupción más grande
en la que se ha visto envuelto el país, que
surgen de la publicación de los Panamá-Papers y el internacional Caso de Odebrecht,
(Fajardo, 2019). Del cual se desprenden señalamientos que indican que dineros provenientes de actos de corrupción fueron destinados a las campañas políticas (France,
2017).

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conflictos de la democracia interna del
Partido Cambio Democrático (CD), donde
las opiniones en torno a los conflictos no
han encontrado consenso y los niveles de
hostilidad y tensión en torno a la disciplina de sus líderes es castigada con el voto
del electorado. Siendo en la actualidad del
partido CD un vivo ejemplo de cómo el conflicto político en torno a los procesos electorales, puede convertirse en la mayor oposición de un partido político y llegar a la
fibra del conglomerado social, para apuntalar el principal elemento de su descrédito.
Para poder entrar a detallar esta situación
debemos primero poner de contexto el panorama general del proceso electoral panameño específicamente.

En 2019, se enfrentaron un total de siete partidos políticos sumados a las Candidaturas
Independientes. Con un marcado señalamiento hacia los más altos dirigentes de los
colectivos políticos por la corrupción y falta
de transparencia en el manejo del financiaConjuntamente a todos estos elementos los miento público electoral.
partidos políticos están siendo víctimas de
las contradicciones inherentes a su papel Pese a esta realidad, casi la mitad de la
fundamental en el ejercicio de la demo- población votante del país está inscrita en
cracia (Linz, 2012, pág. 531) es decir que el un partido político. Lo que explicado por la
descrédito de los mismos también viene del politóloga Patricia Otero Felipe, redunda en
manejo inadecuado del conflicto político que el sistema político partidista de Panamá
institucionalizado en ellos, y es que para el es clientelar (Felipe, 2006, pág. 16), lo que
desarrollo de su función de representación refleja que los mismos carecen de ideolode los intereses de sus representados, de- gías, que da como resultado partidos políben hacerlo a través de la contienda o lu- ticos inmersos en conflictos generados por
cha que representa el único vehículo para promesas incumplidas; malos manejos de
alcanzar el poder.
los fondos de financiamiento político estatal.
Cabe señalar que a lo interno de los mismos
Ejemplo de ello podemos exponer el des- también surgen pugnas que generan concrédito que pesa por el mal manejo de los flictos duraderos en el tiempo y que pareConflictos que surgen de la confrontación por el poder político en los procesos electorales y sus mecanismos de resolución. PP. 47-72

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ciesen estar ya en el ADN de los colectivos,
debido a que algunos de ellos son menos
democráticos en sus relevos internos, y en la
conformación de su oferta electoral, pugnas
internas que se reflejan en votos de descalificación en las elecciones generales (Escoffery, s.f., pág. 735)
Son estos conflictos o pugnas internas naturales en el oficio de los partidos políticos, los
que hacen que los mismos estén cada vez
más distantes de la valoración de los votantes, quienes están en la búsqueda, de quien
será la mejor opción para dar soluciones a
problemas sociales.
El partido Cambio democrático fue oficialmente constituido en 1998, cuenta actualmente con apenas 21 años de formación, ha
participado en cinco torneos electorales y ha
logrado dirigir el país desde la presidencia
en una ocasión, con el que para entonces
era su líder máximo, Ricardo Martinelli, CD
es un partido catalogado por estudiosos de
las ciencias sociales como un partido carente de institucionalización, y se encuentra actualmente sumergido en conflictos políticos
que parecen no encontrar fin, aun después
de agotada la vía de acción judicial.
Tales conflictos vienen generados en varias
vías, la primera de ellas se genera con la salida de su presidente y líder máximo, del país
en 2015; y posterior encarcelación del mismo
en EE.UU. en enero de 2017. Quien además
de ser el primer presidente de la república
abanderado por el partido, cuenta con la
popularidad y recordación más positiva de
la historia de los expresidentes, con un proceso de extradición, para enfrentar cargos

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67

por escucha ilegal en Panamá, convirtiéndose este en los temas centrales de escrutinio
para la acreditación de la desconfianza de
las fuerzas vivas electorales del partido político.
Dichos conflictos llegaron a una escalada
monumental, cuando se enfrenta el partido
además a la apertura de un proceso disciplinario con la intención de expulsión y revocatoria de mandato a un grupo mayor de
15 diputados nacionales que fueron electos
y forman parte de la bancada legislativa del
colectivo, basados en el criterio de La Junta Directiva: que los mismos incumplieron en
las disposiciones del voto que los investigados debían emitir en actos de selección de
la junta directiva de la Asamblea Nacional
(Resolución 014/THD/2017). Y que según la
dirigencia no correspondía a los lineamientos ni intereses del partido.
En ese mismo momento el mismo grupo denominado los “Disidentes”, inician acciones
tendientes a su defensa y a la vez a aupar a
las bases del colectivo de la urgente necesidad de la realización de las elecciones de
renovación interna de las autoridades del
partido, mismas que por ausencia de su líder
máximo habían sido postergadas.
A raíz de los conflictos, y la no disponibilidad
de las partes de llegar a acuerdos, por la
llamada unidad del partido, ni la disponibilidad de los llamados fiscalizadores internos
y defensores de los miembros de buscar vías
de comunicación y resolver los conflictos, se
realizan en enero de 2018, las elecciones
de la renovación de las autoridades internas del colectivo político, ganando la nueva
Carolina Baule

�68

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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Junta Directiva, compuesta en su gran mayoría por los diputados llamados “Disidentes” y dirigidos por Rómulo Roux, quien de
manera abrumadora (62.9%), desplaza a
Ricardo Martinelli (36.4%) de la posición de
presidente estando este aun detenido en Estados Unidos.

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Por un bando, Ricardo Martinelli aspirando
a correr como candidato abanderado CD
para la alcaldía de la ciudad capital, y uno
de sus más allegados seguidores aspirando
al abanderamiento del CD como candidato
presidencial.
Mientras que por el otro grupo los “Disidentes” aupaban la figura de Rómulo Roux,
quien ganó la candidatura presidencial CD
con el 67% de los votos frente a José Raúl
Mulino con el 31%.

Como consecuencia del resultado electoral
contra Ricardo Martinelli, quien goza de una
gran popularidad, avoca sus esfuerzos tendientes al desprestigio del colectivo, que el
mismo había fundado y liderado, tachando
de traidores a los “Disidentes” y generando De este resultado, ante la pugna de descréuna gran tensión política contra el colectivo dito personal y negativa en la que se desatanto interna como externa.
rrolló la contienda interna, vale resaltar que
el nivel de abstención a participar del evento
Seis meses después y ante un fuerte enfren- eleccionario fue del 71.6% es decir 254,104.
tamiento mediático, la nueva dirigencia del Entendiendo el abstencionismo, como el núpartido se ve envuelta en la obligatoriedad mero que refleja la apatía del electorado de
de realizar las elecciones internas para la participar sin duda en un proceso que estaselección de la oferta electoral, que repre- ba plagado por el conflicto y el no manejo
sentaría al colectivo en las elecciones gene- adecuado del mismo.
rales de mayo de 2019.
A pesar de los llamados a la unidad interna
El partido cambio democrático contaba en- y dar una buena cara, en 2019, a cuatro días
tonces con una nueva dirigencia política, de las elecciones el Tribunal Electoral, depero su líder más popular estaba enfrentan- creta la imposibilidad de Ricardo Martinelli
do cargos que representaban posible con- de correr por la alcaldía capitalina, el resuldena de más de 21 años de cárcel, con un tado de la elección coloco al candidato del
40% de su facción política apoyándolo, ante partido Cambio Democrático en la segunda
una férrea oleada de conflictos internos ge- posición más votada con una diferencia de
nerados por los dos bandos existentes.
2 puntos porcentuales del vencedor, lo que
representa una diferencia de 40,000 votos.
De esta forma en agosto de 2018, el colec- Después del resultado electoral de mayo
tivo realiza sus elecciones internas, reser- de 2019, para ser específicos en octubre de
vando un número importante de posiciones 2019 se retoman las oleadas conflictivas por
para alianzas o negociaciones Inter parti- retomar una nueva representación del partidarias futuras.
do. Situación que ahora es encarnada nuevamente y lleva entre sus matices denuncias
Conflictos que surgen de la confrontación por el poder político en los procesos electorales y sus mecanismos de resolución. PP. 47-72

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por malos manejos de fondos públicos des- de los partidos políticos y su aplicación con
tinados al partido.
referencia al respeto de los derechos fundamentales, está sujeta a los límites exclusivos
Lo cierto es que en este plano el comporta- del Tribunal Electoral, exentos del control
miento conflictivo a lo interno del colectivo constitucional de los mismos, de hecho la
político, y la falta de un tratamiento adecua- aprobación de los mismos se da por medio
do, después de la ejercitada tanto por el sis- de la emisión de una resolución por el ente
tema interno de justicia electoral como por encargado, limitando a un tiempo de 8 días
los sistemas de impugnación judicial, que para ser impugnados, y una vez vencido el
establece la legislación electoral, en este tiempo, los mismos quedan establecidos
caso en particular, es evidente que el con- para regir el desempeño de la vida demoflicto está afectando de forma significativa crática de los mismos.
como se visibiliza el partido cambio democrático hacia el electorado.
Pero el mayor problema de naturaleza jurídica de los estatutos de los partidos políticos
Consiguiendo de ellos rechazo, descalifica- panameños, radica en la forma en que estos
ción o descrédito, contrario a lo que persi- señalan las reglas en las que se desarrolla la
guen los partidos: obtener mayor simpatía, democracia interna de los mismos. Por ejempara traducirla en votos.
plo, en el sistema de control de las disidencias internas que presenten sus miembros en
En acciones similares y en torno a conflic- oposición a las decisiones de sus autoridatos políticos electorales, algunos países han des, algunos partidos señalan el poder de
desarrollado la implementación de acciones representación que recae sobre el defensor
tendientes a la autocomposición del conflic- de sus miembros, cargos que en algunas de
to, tal es el caso de Sudáfrica, quien imple- las reglamentaciones hace un llamado a
menta como mecanismo de autotutela de los la aplicación de la Mediación Conciliación
conflictos electorales partidarios, promo- y Arbitraje para dirimir tales conflictos, sin
viendo la conciliación de los mismos a través embargo “La estructura interna y el funciode los comités de enlace partidarios deno- namiento de los partidos políticos estarán
minados Party Liaison Committee Represen- fundados en principios democráticos”, contatives (África, 2022).
firma la importancia que este mecanismo
tiene y puede llegar a tener, para asegurar
3.4 Conflictos relacionados a los estatu- el adecuado funcionamiento de nuestra detos de los partidos políticos
mocracia.
Por mandato constitucional el Tribunal Electoral, tiene competencia privativa de aplicar
e interpretar la ley electoral así como conocer las controversias que origine su aplicación; sin embargo, el estudio de los estatutos

4. CONCLUSIONES
El análisis de los conflictos electorales desde la perspectiva del entendimiento y clasificación del conflicto es una vía que permite
Carolina Baule

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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elaborar las nuevas guías para la resolución de los mismos, eliminando las consecuencias negativas que los conflictos están
dejando en el ejercicio de la ejecución de
actividades tendientes al respeto de la democracia.
Los casos revisados nos indican la necesidad de considerar la importancia de crear
en torno a los procesos electorales una
voluntad política encaminada a la cultura
de paz, la cual contribuye a la disminución
de los conflictos y que en caso de que se
presenten se puedan emplear mecanismos
poco ortodoxos, que permitan la consecución de resultados acordes a los plazos
electorales.

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mientas como el debate, el diálogo y la armonización de las relaciones políticas; que
beneficien de forma económica, ágil y estructural al sostenimiento de la democracia.

TRABAJOS CITADOS
África, E. C. (20 de marzo de 2022). https://www.elections.
org.za/pw/Parties-And-Candidates/Party-Liaison-Committees. Obtenido de file:///C:/Users/Hp/Downloads/
Electoral%20Commission%20Act%2051%20of%20
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Anaya, J. (2014). Informe del Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas. Nueva York, Estados
Unidos: Asamblea General de las Naciones Unidas.
Obtenido de chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/viewer.html?pdfurl=https%3A%2F%-

5. PROPUESTA

2Fwww.acnur.org%2Ffileadmin%2FDocumentos%2FBDL%2F2015%2F9921.pdf&amp;clen=239181&amp;chunk=true

Aun cuando la implementación de los métodos alternos de solución de conflictos en
torno a los procesos electorales, no está establecida en los marcos jurídicos y legales
del Derecho Electoral y los mismos se encuentren en desarrollo literario y académico.
Las pocas experiencias practicadas dan
cuenta de las oportunidades con las que
cuentan los Organismos de Control Electoral, para el desarrollo de sistemas de control
y construcción de la justicia electoral, en el
rol de dar y promover soluciones eficientes y
sobre todo que compongan el tejido social
en torno a los procesos electorales, que no
son más que los desarrollados sobre la naturaleza de la pugna de intereses políticos.
La crítica amigable expuesta con comparaciones, propone el desarrollo de sistemas de
justicia electoral donde se implemente, para
la solución del conflicto electoral, herra-

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Procesal Penal, Docente Universitaria, Licenciada en
Derechos y Ciencias Políticas.

Conflictos que surgen de la confrontación por el poder político en los procesos electorales y sus mecanismos de resolución. PP. 47-72

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
03, JULIO
2022 en MSC

Educación cívica para la construción de una
cultura política democrática
Civic education for the construction of a democratic political
culture
Recibido: 14-06-2022
Rosaura Rojas Monedero*

| Aceptado: 23-06-2022
*ORCID: 0000-0003-1008-5338
Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen
La presente es una reflexión de la importancia de los procesos de enseñanza para la formación
integral de los ciudadanos que requiere la sociedad actual. La educación para la ciudadanía debe
generar condiciones y oportunidades para que los sujetos puedan ejercer sus derechos y deberes
que establece la constitución de la nación, es brindar posibilidades de interacción en el escenario
de las relaciones políticas y sociales.
En este sentido, la ciudadanía surge en las relaciones de las personas en comunidad, sobre las
cuales se fundan los principios de pertenencia, participación y reconocimiento recíproco como ciudadanos. Por ello, el presente articulo aborda no solo la formación en la integridad del sujeto, sino
también la relevancia de la educación en ciudadanía y la cultura política como mediación conceptual en esta formación integral del ciudadano es una revisión teórica que arroja como hallazgo que,
a partir del reconocimiento de las realidades individuales se construye una visión compartida de
futuro, por lo cual los cambios en la cotidianidad de la realidad que viven las personas conllevan
también cambios en la construcción de ciudadanía. Por consiguiente, la formación de ciudadanos
es importante porque depende de las posibilidades de interacción y de las formas como éstas se
produzcan, pueden o no surgir las nuevas ciudadanías; también debe comprenderse como un proceso político, social dinámico y permanente basado en el ejercicio de los derechos y los deberes,

Cómo citar
Rojas Monedero, R. Educación cívica para la construcción de una cultura política democrática. MSC Métodos
De Solución De Conflictos, 2(3). https://doi.org/10.29105/
msc2.3-31

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además de la promoción de los valores de la vida, la justicia social y el compromiso con las generaciones futuras.
Palabras clave: Formación, ciudadanía, integridad, cultura política y democracia.
Abstract
This is a reflection of the importance of teaching processes for the comprehensive education of citizens required by today’s society. Education for citizenship must generate conditions and opportunities so that subjects can exercise their rights and duties established by the constitution of the nation,
it is to provide possibilities for interaction in the scenario of political and social relations.
In this sense, citizenship arises in the relationships of people in community, on which the principles of
belonging, participation and reciprocal recognition as citizens are based. For this reason, this article
addresses not only the formation in the integrity of the subject, but also the relevance of education in
citizenship and political culture as a conceptual mediation in this integral formation of the citizen is a
theoretical review that throws as a finding that, Starting from the recognition of individual realities, a
shared vision of the future is built, for which changes in the daily reality that people experience also
entail changes in the construction of citizenship. Consequently, the formation of citizens is important
because it depends on the possibilities of interaction and the ways in which these are produced, new
citizenships may or may not arise; It must also be understood as a dynamic and permanent political,
social process based on the exercise of rights and duties, in addition to the promotion of the values
of life, social justice and commitment to future generations.
Key words: Training, citizenship, integrity, political culture and democracy.

1. INTRODUCCIÓN

delo político y económico establecido de
manera hegemónica en el planeta, arrastra
a la especie humana en un proceso de deterioro de la dignidad y de la vida, representa
la distopía de su concepción y su porfiada
persistencia; representa para una nación, la
negación absoluta de construcción de ciudadanía.

Formar ciudadanos se debe basar en brindar las posibilidades de interacción en el
escenario de las relaciones políticas y sociales. La ciudadanía surge en las relaciones
de las personas en comunidad, relaciones
sobre las cuales se fundan los principios de
pertenencia, participación y reconocimiento
recíproco como ciudadanos (Jelin, 1993).
Con la misma inmediatez de seguirse justificando en la pretensión de ser la mejor forma
De allí que el desconcierto actual de la so- de “progreso humano”, sus negativos efecciedad presenciando la forma como el mo- tos se han manifestado de distinta manera
Educación cívica para la construcción de una cultura política democrática. PP. 73-86

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

en todos los ámbitos de las relaciones políticas y sociales. El modelo corresponde a la
imposibilidad de ejercer los derechos y los
deberes que sí pueden ejercer los ciudadanos formados.
El nivel de inequidad en el que está “sobreviviendo” el país, evidente cuando las personas requieren acudir al servicio de salud,
manifiestan el anhelo de la educación, necesitan disponer de las condiciones mínimas
de vivienda, de ambientes saludables para
el crecimiento y el desarrollo de sus niños y
jóvenes, para el cuidado de sus ancianos,
y trabajar en condiciones humanas; refleja
también el fracaso en la construcción y el
ejercicio de la ciudadanía en su nivel fundamental de atención de las necesidades básicas de las personas (DANE, 2020, pág. 2).
No obstante, la inequidad y la pobreza multidimensional son algunas de las consecuencias de un modelo político y económico que
no representa de ninguna forma la construcción de una ciudadanía. Una probable aproximación a la causa es procurar comprender
por qué en este contexto la sociedad se ha
habituado a tolerar la injuria, la corrupción y
la violencia, entre otras formas de desconocimiento y dominación del otro.
La dominación del otro es sin duda un rasgo
de la perdurabilidad de lo que define Castro (2000, pág. 153) como el proyecto de
modernidad occidental del colonialismo. Y
en ese mismo sentido también es el impedimento del ejercicio de los derechos y los
deberes que establece la constitución de la
nación, imposibilitando deliberadamente la
formación de ciudadanos y los escenarios
para la construcción de ciudadanía.

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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La institucionalización de sistemas educativos dio origen a un marco normativo que
llevó a la escuela a asumir la concepción
de que debía prepararse para la formación
de un ciudadano y no sólo de un individuo.
Además, que, en este proceso debían congregarse elementos teóricos, técnicos y sociales. La escuela asume las demandas de
la sociedad que le asignan el trabajo de
desarrollar en los individuos un conjunto de
conocimientos, habilidades y valores que
favorecen su incorporación en la cultura de
una comunidad y en un momento histórico
determinado.
La tendencia conservadora lógica en toda
comunidad social a reproducir los comportamientos, valores, ideas, instituciones y
relaciones que se han manifestado vitales
para la propia existencia del grupo humano, choca inevitablemente con la tendencia,
también lógica, a modificar los caracteres
de dicha formación social que se muestran
especialmente desfavorables para algunos
de los individuos o grupos que componen el
complejo y conflictivo tejido social.
El delicado equilibrio de la convivencia en la
sociedad que conocimos a lo largo de la historia requiere tanto la conservación como el
cambio y lo mismo ocurre con el frágil equilibrio de la estructura social de la escuela
como complejo grupo humano, así como las
relaciones entre ésta y las demás instancias
primarias de la sociedad (Pérez, 1992).
En un primer momento se explora la formación del sujeto desde la integridad, presentando una reflexión acerca de la importancia de la formación de ciudadanos desde
Rosaura Rojas Monedero

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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un enfoque integral. Un segundo momento,
se aborda la educación para la ciudadanía desde un panorama crítico, asumiendo
como lección los hechos que han afectado la
formación de ciudadanos y la construcción
de ciudadanía, se plantean desafíos para
quienes ofrecen su servicio a la educación
como derecho fundamental y por ultimo, se
puntualiza en la Cultura política como una
mediación conceptual en la formación de
ciudadanos, destacando el rol que cumple
la educación al ser la responsable de brindar a los jóvenes las herramientas necesarias para que ejerzan su ciudadanía de una
manera responsable y asertiva.
2. LA FORMACIÓN EN LA INTEGRIDAD
DEL SUJETO
La formación integral se fundamenta en el
desarrollo de las dimensiones humanas, se
orienta al crecimiento de la persona como
ciudadano y se considera componente
esencial de la misión de la educación en el
afianzamiento del compromiso de la persona consigo misma y con la sociedad.

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brindando a todos en contexto la posibilidad
colectiva de formación como ciudadano.
Por lo anterior toda acción educativa debe
buscar el desarrollo del ser sin sobreponer su
intelectualidad a su sensibilidad, permitiendo
que la persona como ciudadano comprenda
la implicación de sus acciones individuales
para la sociedad. Para el ciudadano que se
forma en la educación superior, la integridad
de su formación conlleva la trascendencia
del pensamiento crítico y la significatividad
del conocimiento en la construcción de ciudadanía (Nova, 2017, pág. 190).
Es por ello que si bien la educación como
concepto implica la integralidad del ser humano, acentuar en la educación el rasgo de
la de formación integral debe entenderse
como una forma de acusar la escisión del
modelo educativo que, desde principios del
siglo XX más allá de los propósitos de un
repetido discurso, en la práctica se ha dirigido a una formación conductista-instruccionista que privilegia el saber disciplinar y
fragmentado orientado a la cualificación de
los desempeños laborales de las personas
para la productividad de las empresas dejando de lado la formación de ciudadanos
íntegros (Pineda &amp; Loaiza, 2017, pág. 156).

Esta formación guía al individuo en el desarrollo
de la capacidad de participar con autonomía y
responsabilidad en los proyectos sociales, que,
con base en las relaciones y el diálogo con los
otros, crean y promueven visiones compartidas En complemento, la ideología anti-intelectualista que se ha fortalecido con los últien la construcción de ciudadanía.
mos gobiernos y ha dado vigor corporativo
En la educación la formación integral exige y empresarial a la universidad (Diaz, 2020),
la creación de experiencias formativas para estigmatiza el valor social de la educación
los diferentes integrantes de la comunidad reflexiva, el fundamento de las ciencias huacadémica, en ambientes de relación per- manas, de las ciencias sociales y de las armanente con personas que conforman y re- tes, en detrimento de la formación integral
presentan grupos y sectores de la sociedad, de los ciudadanos del siglo XXI.
Educación cívica para la construcción de una cultura política democrática. PP. 73-86

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Esta ideología ha conseguido retablo en el
control del papel que debe asumir la universidad en la determinación curricular, alentando la universidad de manera prioritaria
al cumplimiento de metas establecidas por
sistemas internacionales de medición de la
productividad académica y seduciendo al
profesor con indicadores de éxito personal.
Desde allí también los gobiernos con la
aplicación a conveniencia del concepto de
autonomía sitúan la responsabilidad de la
educación en la universidad y los profesores. La universidad por su parte, en su perplejidad confronta su responsabilidad en
la formación de ciudadanos íntegros con
el degradado escenario ético en el cual la
sociedad y los propios gobiernos han rebasado con codicia los límites de las lógicas
económicas, dejando de lado los valores de
la justicia social y de la vida.

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Científica y Práctica en MSC

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de las posibilidades de interacción y de las
formas como éstas se produzcan, pueden o
no surgir las nuevas ciudadanías; también
debe comprenderse como un proceso político y social dinámico y permanente basado
en el ejercicio de los derechos y los deberes.
De allí que el desconcierto actual de la sociedad presenciando la forma como el modelo político y económico establecido de
manera hegemónica en el planeta, arrastra
a la especie humana en un proceso de deterioro de la dignidad y de la vida, representa
la distopía de su concepción y su porfiada
persistencia; representa para una nación, la
negación absoluta de construcción de ciudadanía.

Con la misma inmediatez de seguirse justificando en la pretensión de ser la mejor forma
de “progreso humano”, sus negativos efectos se han manifestado de distinta manera
3. EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA
en todos los ámbitos de las relaciones políticas y sociales. El modelo corresponde a la
La formación de ciudadanos y la construc- imposibilidad de ejercer los derechos y los
ción de ciudadanía se logra con el recono- deberes que sí pueden ejercer los ciudadacimiento del otro, reconociendo con quien se nos formados.
interactúa. Es con base en el reconocimiento
de las realidades individuales que se cons- El nivel de inequidad en el que está “sobretruye una visión compartida de futuro, por viviendo” el país, evidente cuando las perlo cual los cambios en la cotidianidad de la sonas requieren acudir al servicio de salud,
realidad que viven las personas conllevan manifiestan el anhelo de la educación, netambién cambios en la construcción de ciu- cesitan disponer de las condiciones mínimas
dadanía. La ciudadanía entendida así, es de vivienda, de ambientes saludables para
un proceso político y social en construcción el crecimiento y el desarrollo de sus niños y
permanente.
jóvenes, para el cuidado de sus ancianos,
y trabajar en condiciones humanas; refleja
Los cambios en las realidades de los indivi- también el fracaso en la construcción y el
duos implican cambios en las formas como ejercicio de la ciudadanía en su nivel fundaestos se relacionan. Por consiguiente, la for- mental de atención de las necesidades bámación de ciudadanos es importante porque sicas de las personas (DANE, 2020, pág. 2).
Rosaura Rojas Monedero

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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No obstante, la inequidad y la pobreza multidimensional son algunas de las consecuencias de un modelo político y económico que
no representa de ninguna forma la construcción de una ciudadanía. Una probable aproximación a la causa es procurar comprender
por qué en este contexto la sociedad se ha
habituado a tolerar la injuria, la corrupción y
la violencia, entre otras formas de desconocimiento y dominación del otro.

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tiva puede haber más urgencia de alcanzar
altos resultados en las pruebas oficiales,
que de desarrollar procesos culturales que
contribuyan a la formación de ciudadanía.
Algo distinto ocurre en la educación inicial y,
particularmente en el grado Transición, que
pese a estar bajo la propuesta de desarrollo de competencias, no hay estándares ni
pruebas oficiales para medir los saberes;
y se considera que de alguna manera esto
amplía las posibilidades de autonomía en el
La dominación del otro es sin duda un ras- trabajo.
go de la perdurabilidad de lo que define
Castro-Gómez (2000) como el proyecto de Un verdadero problema sería, en todo caso,
modernidad occidental del colonialismo. Y que los mismos profesores de algunas esen ese mismo sentido también es el impe- cuelas desconozcan, no le den valor o desdimento del ejercicio de los derechos y los cuiden en el trabajo con los estudiantes,
deberes que establece la constitución de la lo relacionado con su identidad, valores,
nación, imposibilitando deliberadamente la costumbres, tradiciones, creencias e histoformación de ciudadanos y los escenarios rias, entre otros intereses que configuran su
para la construcción de ciudadanía.
contexto cultural y representan sus saberes;
priorizando únicamente los contenidos que
Lastimosamente se suele pensar en la edu- les sirvan como preparación para la pricación para la ciudadanía solo como una maria. Esto puede ocurrir, pues también los
tarea del maestro del área de Ciencias So- profesores tienen la huella de un sistema
ciales; sin embargo, esto no es real, es algo educativo que creó el currículo de preescotransversal que debe enseñarse en toda la lar como una etapa de preparación para la
escuela.
primaria; pero también puede suceder con
los padres de familia que, hijos del mismo
En el caso de la educación en Colombia se sistema, han creado sus propias expectatitrabaja es la competitividad especialmente vas sobre lo que se debe enseñar y lo que
en los niveles de Básica primaria en ade- deberían saber los niños para considerar
lante, esto, porque desde este nivel rigen que tienen un conocimiento válido.
los estándares de competencias y se aplican las pruebas para medir los progresos en Por lo tanto, se requiere que, desde el doel saber. Y se considera que esta situación minio de su saber pedagógico, los profelimita la plena libertad para ejercer la au- sores orienten a todos los miembros de la
tonomía institucional establecida en la Ley comunidad educativa sobre los fines, princiGeneral de Educación; pues se percibe que pios, propósitos y alcances de la educación
en la cotidianidad de la comunidad educa- inicial, ojalá con un énfasis profundo en el
Educación cívica para la construcción de una cultura política democrática. PP. 73-86

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compromiso con la cultura; se dice “a todos”
porque puede ocurrir que otros profesores o
directivos también puedan tener expectativas diferentes. La escuela, como mecanismo
de gestión cultural, implica al sujeto, producto y productor de cultura, al currículo, “texto cultural que objetiva la cultura” (Gimeno,
1998) y al docente, ejecutor del currículo en
la escuela (Mallarino, 2007).
De acuerdo con lo anterior, se considera
que, en la educación inicial, se observan
mayores oportunidades de integración del
conocimiento que en los otros niveles de la
educación formal. Esto debido a las orientaciones para el trabajo pedagógico, en
las que se destaca, que, frente al riesgo de
convertir las dimensiones del desarrollo en
áreas de trabajo pedagógico, se optó por
invitar a que este trabajo, sin desconocer las
dimensiones, se orientará fundamentalmente
a través de unos “pilares” conceptualizados
como las actividades rectoras de la infancia.
Posteriormente, otras publicaciones confirmaron: el desarrollo como organizador de
los procesos en la educación inicial, el trabajo pedagógico desde las cuatro actividades rectoras, la vigencia de las dimensiones
del desarrollo y estrategias integradoras tales como: el proyecto lúdico pedagógico, los
centros de interés, la secuencia didáctica.
De esta manera, en el Documento 20 se
propuso que las actividades rectoras: juego, expresiones artísticas, literatura y exploración del medio, se consideraran “contenidos” para que los educandos puedan
desarrollarse por medio del conocimiento
propio, el establecimiento de relaciones y la
exploración de su mundo. En este sentido se

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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precisó que: “No se trata de que las actividades rectoras de la primera infancia se
constituyan en el cómo del quehacer pedagógico, sino en el sentido mismo del qué es
lo que se privilegia en el trabajo cotidiano
con niñas y niños” (MEN, 2014). En este marco, el profesor debe favorecer experiencias
pedagógicas y proponer ambientes en los
que estén presentes las actividades rectoras, ofreciendo escenarios en los que “las
niñas y los niños jueguen, creen, inventen,
imaginen, se relacionen, comuniquen, construyan conocimientos, planteen hipótesis,
tomen decisiones, expresen sus emociones
e ideas, es decir, se desarrollen de forma integral” (MEN, 2014).
Un aspecto que conviene señalar es que los
profesores de la educación inicial – y preescolar – actualmente se encuentran en proceso de exploración y apropiación de todas
las orientaciones pedagógicas entregadas,
que demandan tiempo para reflexionar profundamente en torno al currículo y adelantar
acciones que apunten paulatinamente a la
transformación de su práctica. Se propone
como ejemplo pensar en las implicaciones
que tendrá interiorizar el desarrollo como
organizador de los procesos de formación,
en un país en el que por tradición la organización ha sido por contenidos y donde el
currículo lleva más de 36 años en función del
desarrollo y, sin embargo, sólo hasta ahora
se logra precisar como organizador. Este es
sólo un ejemplo que indica cuanto tiempo
pueden tomar las reflexiones, ahora, ¿qué
se dirá entonces del tiempo requerido para
la apropiación de dichos discursos y para la
deseable transformación de las prácticas en
el nivel de reproducción del currículo?
Rosaura Rojas Monedero

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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La situación anterior puede explicar de alguna manera el hecho de que en las aulas
de la educación inicial persistan las prácticas tradicionales que, entre otras cosas,
también pueden obedecer al afán por preparar para el grado primero; pues otra situación no superada es el origen del Preescolar como preparación para la educación
primaria. Respecto a la primera cuestión, De
Zubiría (2017), planteó que, para enfrentar
los desafíos de transformar la educación,
es necesario un profundo replanteamiento
pedagógico y de los currículos y, entre otras
acciones, recomendó dejar de enseñar lo
mismo, pues considera que:
Los modelos que enfatizan la transmisión
de informaciones, hoy vigente en la mayoría
de las instituciones educativas, han demostrado que no logran promover el desarrollo
humano e integral de los estudiantes. Los niños y jóvenes presentan graves limitaciones
para pensar, comunicarse y convivir debido,
en parte, a la supremacía de los modelos
pedagógicos tradicionales en la mayoría de
los colegios.
Con base en la idea de abordar las limitaciones de convivir, comunicarse y pensar
planteadas por De Zubiría (2017), Oyola y
Quintero (2019) establecieron una relación
entre estas tres competencias transversales y los tres propósitos del desarrollo y el
aprendizaje aportados para la organización
curricular y pedagógica en la educación inicial y el preescolar, a saber: “1. Los niños y
las niñas construyen su identidad en relación
con los otros; se sienten queridos, y valoran
positivamente pertenecer a una familia, cultura y mundo. 2. Los niños y las niñas son

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comunicadores activos de sus ideas, sentimientos y emociones; expresan, imaginan y
representan su realidad. 3. Los niños y las
niñas disfrutan aprender; exploran y se relacionan con el mundo para comprenderlo y
construirlo” (MEN, 2017). Partiendo de la relación entre dichas competencias transversales y propósitos, Oyola y Quintero (2019)
consolidaron una propuesta editorial que integra las dimensiones del desarrollo y ofrece posibilidades de trabajo pedagógico en
el aula a través de las actividades rectoras.
Con la mención de este trabajo, se quiere sustentar la idea de que los trabajos de
organización curricular realizados por los
profesores a cargo de la educación inicial
– y el preescolar – con base en las diversas orientaciones pedagógicas dadas por
el MEN y que contemplan la integración de
componentes tales como los fines, principios
y propósitos para la educación inicial, las
dimensiones del desarrollo, la actividades
rectoras, entre otros; pueden representar
ideas de cómo avanzar en la transformación
de las prácticas tradicionales presentes en
las aulas de esta primera etapa de la educación, que como ya se dijo, pueden estar
asociadas a la intención de preparar para
la primaria y en este caso estar representadas por contenidos fragmentados que buscan correspondencia con las áreas de primer grado, de tal manera que los niños que
pasen de Transición a Primero se acoplen
más rápido por sus avances en los contenidos temáticos.
Estos adelantos a los procesos de primaria
son interpretados como situaciones que van
en detrimento de los propios de la educación
inicial, por esta razón, se recomienda “tener

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Científica y Práctica en MSC

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cuidado de no convertirse el grado de Transición en un Primero de Primaria. La intención
es que el grado de Transición, como primera
experiencia escolar, sea lo más placentera
y significativa posible; de ello depende en
gran medida que los niños quieran ingresar
y continuar su proceso de formación a largo
plazo” (MEN, 2014). Sin embargo, la brecha
existente entre la organización curricular de
la educación inicial y la básica primaria revela que los niños que viven la integración de
las dimensiones se ven enfrentados a diez o
más áreas cuando ingresan al grado primero y esto genera tensiones y contradicciones
por más armónica que se haya adelantado
la transición. Al respecto, De Zubiría (2017),
afirma que: “En lugar de quince asignaturas
desligadas, toda la educación básica debe
estar concentrada en desarrollar tres esenciales competencias transversales: pensar,
comunicarse y convivir”.

Se cuestiona entonces, cómo es que el MEN
hace una afirmación como la anterior al tiempo que declara que la primera infancia va
de los cero a los seis años, que la educación
inicial hace referencia a esa misma edad y
que los niños que pertenecen al nivel preescolar se encuentran en esta misma franja poblacional. En definitiva, esta situación
denota cierta desarticulación entre los tres
conceptos, y tal vez se ha tratado de subsanar haciendo referencia a “la educación inicial y el Preescolar” quizá para marcar cierta distinción o para asegurar la inclusión del
preescolar; lo que no sería necesario porque
la población preescolar está contenida en la
educación inicial por su edad. No obstante,
se aclara que en este trabajo se adoptó la
expresión “educación inicial” para hacer referencia a los niños de cero a seis años que
están vinculados a la educación incluyendo,
desde luego, a los que están en Preescolar.
Es claro en todo caso que el uso del térmiTal parece que distanciarse de la educación no “Preescolar” es correcto para referirse a
que prepara para la básica primaria toma- este nivel educativo.
rá mucho tiempo, especialmente si el mismo
Ministerio afirma que: “Mientras la educa- A modo de idea que permita pensar posición preescolar, básica y media organiza bilidades de integración curricular tanto en
su propuesta a través de la enseñanza de la educación inicial como en la básica priáreas específicas o del desarrollo de com- maria, se propone para el análisis el estupetencias en matemáticas, ciencias natura- dio de Mallarino (2007), quien plantea la
les y sociales, entre otros, la educación ini- renovación del currículo, con fundamento en
cial centra su propuesta en el desarrollo y “experiencias de aprendizaje mediado en
atención de la primera infancia” (Documen- la primera infancia y con los adultos mayoto 20, MEN, 2014). Esta afirmación puede re- res”, y genera interesantes reflexiones sobre
presentar dos confusiones, una respecto a la contextualización del currículo y la nela organización del trabajo en el preescolar cesidad de conectar el pensamiento con el
– que claramente no es por áreas o compe- sentimiento en la formación de ciudadanos.
tencias en matemáticas, ciencias naturales Según esta autora, privilegiar la educación
y sociales – y otra con relación a dónde se para el desarrollo del proyecto de hombre y
ubica el preescolar.
sociedad actual, requiere:
Rosaura Rojas Monedero

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

Tomas de decisión diferentes a las tradicionales para los diseños curriculares, que dan
lugar a criterios que rompen con la separación rígida entre las disciplinas, la simple
transmisión del conocimiento y la memorización de datos, conducentes a dar una explicación integral y compleja de los saberes, a
la interpretación de los problemas culturales
como sistemas que enmarcan el pensamiento creativo y a la acción y transformación de
una racionalidad instrumental por una formación para la construcción del saber y el
desarrollo de la imaginación (Mallarino y
otros, 2000) (Mallarino, 2007).
A punto de finalizar, se propone sumar las
directrices oficiales más recientes hechas al
currículo de la educación inicial y el preescolar (Orientaciones pedagógicas, referentes, bases curriculares, etc.) con los avances
que las mismas comunidades educativas de
estos niveles han logrado en torno a la integración curricular (experiencias propias de
los diversos contextos colombianos a través
de proyectos, secuencias didácticas, centros
de interés, etc.), que en conjunto conforman
esa mixtura curricular que orienta el trabajo pedagógico en las aulas; para constituir
así, insumos que permitan fortalecer la integralidad en la educación inicial y pensar
un currículo de básica primaria más centrado en la formación integral y más cercano a
la educación inicial. De tal manera que se
contribuya desde la misma comunidad educativa al cierre de esa brecha tan marcada
entre los grados Transición y Primero de Primaria.

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fesores como si sólo ellos llevaran a cuesta
la responsabilidad de transformar la realidad de las aulas y, desde luego se reconoce
que no es así, que en esta misión la responsabilidad es compartida por todos: Estado,
sociedad, familia, escuela, entre otros actores; sin embargo, se han querido plantear
algunas reflexiones e ideas que puedan animar la transformación del currículo desde el
quehacer docente, enfocada a fomentar la
ciudadanía desde edades tempranas del
sistema educativo, considerando que desde
la raíz es en donde se debe promover estos
principios y valores del ciudadano que se
desea formar.
Es claro que el gobierno nacional debe de
trabajar para superar las brechas de inequidad social, cultural y económica del país, de
modo que se pueda garantizar el derecho
a la educación de la infancia con las condiciones de igualdad, bienestar y oportunidad
prometidas en las normas, políticas, planes
y programas; pero mientras esto ocurre, los
profesores deberán asumir una postura propositiva para aportar sentido a su quehacer
y contribuir con la anhelada transformación
de la educación en la ciudadanía.
4. CULTURA POLÍTICA COMO
MEDIACIÓN CONCEPTUAL EN LA
FORMACIÓN DE CIUDADANOS

Al considerar la formación ciudadana como
una meta de la enseñanza, los profesores se
enfrentan a una categoría compleja, incorporada por magnitudes de índole diversa
que conforman el perfil del ciudadano maTal vez se note que las soluciones propues- duro; entre éstas: el razonamiento de las letas están dirigidas a la escuela y a sus pro- yes; la comprensión del sistema político; el
Educación cívica para la construcción de una cultura política democrática. PP. 73-86

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Científica y Práctica en MSC

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ejercicio electoral; la colaboración y la cul- De esta forma, se considera la cultura política como un sistema de percepciones cotura de la legalidad.
lectivas respecto al poder y la autoridad; en
En este sentido, esta aproximación dificulta otros términos, las valoraciones, concepcioque los profesores puedan diseñar y llevar nes y reacciones que los individuos poseen
a cabo prácticas educativas pertinentes respecto de cómo se distribuye el poder,
que hagan posible formar en los ciudada- cómo funciona y cómo se toman elecciones.
nos jóvenes los prerrequisitos para una ciu- Por ello, la cultura política es el resultado de
dadanía madura. Por ello, surge la idea de la obra que los individuos realizan al interuna cultura política como intervención con- nalizar el sistema político en creencias, senceptual que permita concretar un campo timientos, concepciones y valoraciones.
para la acción educativa objetiva, a partir
del cual los profesores logren propiciar pro- Es oportuno recalcar que el comienzo de sicesos formativos eficaces, al brindar a sus glo representó para los profesores el reto de
estudiantes las herramientas suficientes no pasar de los logros y sus indicadores – que
solo en materia de ciudadanía, sino también se encontraban en proceso de apropiación
en resolución de conflictos para de esta ma- – a los estándares de competencias; y que
nera sean ciudadanos competentes para la en el marco del desarrollo de competencias,
estando en el proceso de comprensión para
sociedad.
la apropiación, recibieron recientemente los
La cultura política es el resultado de la DBA y sus evidencias de aprendizaje; que
construcción que las personas hacen al in- llegaron a hacer parte del gran paquete
ternalizar el sistema político en creencias, de “apoyo” que deben tener en cuenta los
sentimientos, concepciones y valoraciones. docentes a la hora de planificar la formaÉsta se traduce en un imaginario colectivo ción. Esta situación, además de congestioelaborado por un grupo sobre relaciones de nar y fragmentar el currículo por la cantidad
poder y autoridad, mandato y obediencia y áreas y variables que lo componen, hace
su contraparte, la sujeción, la resistencia y la más compleja la función de los profesores,
que deben hacerle frente a los cuatro comrebelión (Peschard, 2008).
ponentes del PEI: conceptual, pedagógico
La noción de cultura política ha sido aborda- y curricular, administrativo y comunitario; y
da desde diferentes perspectivas teóricas, que en aras de responder cabalmente a las
en particular, para este contexto, se tomará exigencias de la calidad educativa terminan
el enfoque histórico cultural que parte de la disminuyendo el tiempo destinado a la foridea de que la cultura política es “una con- mación.
figuración de representaciones y prácticas
que existe como algo estructural” (Somers, En relación con lo anterior Gimeno Sacriscitado en Mateos, 2009, p. 6), en la que las tán (1999), expuso que en el curso de la
ideas y prácticas de las personas deben ser historia “la educación institucionalizada ha
acaparado e ido añadiendo finalidades al
vistas como el resultado de su historia.
Rosaura Rojas Monedero

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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proyecto ilustrado, que han transformado
las funciones de las instituciones y las de los
profesores, que han matizado, corregido y
ampliado aquel primer proyecto para el que,
empapar a los jóvenes en la cultura, era la
esencia de la educación”. Además, presentó algunas circunstancias muy evidentes en
la sociedad actual, que él identificó hace ya
dos décadas y que señaló como algunas razones de esas situaciones que han hecho de
la educación institucionalizada un proyecto
multifuncional, a saber:
Los cambios sociales que llevan consigo la
acumulación de la población en las grandes
urbes, las transformaciones de la familia, la
incorporación de la mujer al mundo del trabajo, la pérdida de relevancia de otras instituciones sociales, la ligazón estrecha del sistema educativo a las actividades laborales y
la evolución del pensamiento acerca de la
educación y sobre el desarrollo del alumno
(Gimeno Sacristán, 1999).
La cita anterior remite a pensar que no hay
que perder de vista, en todo caso, que el currículo surgió centrado en la economía y que
sigue estando orientado por los intereses del
sistema económico internacional, que como
tal refleja la hegemonía de poder existente.
No se cumple el principio en el que superar
las brechas de inequidad social, cultural y
económica del país, pasa por garantizar una
educación para la infancia, que se comprometa con la eliminación de la desigualdad,
permitiendo a todos los niños el ingreso temprano a la escuela y el acceso a las herramientas de la cultura, indispensables para
superar el atraso generado en los primeros
años de vida (Rincón y Triviño, 2017).

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Ahora, frente al hecho de reconocer que
el proyecto educativo se va desvaneciendo aunque guarda su función ilustradora,
se comprende que la escuela deba cumplir
con su papel en la capacidad de reflexionar y producir el conocimiento teórico; lo
que preocupa es que la balanza se incline
tanto hacia ese lado que, en el otro, los profesores desconozcan o pierdan el interés
y la obligación que tienen con otro tipo de
saberes provenientes de la cultura; pues la
pedagogía es precisamente “la disciplina
que conceptualiza, aplica y experimenta los
conocimientos referentes a la enseñanza
de los saberes específicos en las diferentes
culturas. Se refiere tanto a los procesos de
enseñanza propios de la exposición de las
ciencias, como al ejercicio del conocimiento
en la interioridad de una cultura”, según lo
afirman Zuluaga, O., Echeverry, A. Martínez,
A. Restrepo, S., Quiceno, H., (1988). Con el
interés de puntualizar esa relación de los
profesores con la cultura, se amplía sobre el
campo práctico de la pedagogía, del que
estos autores precisan que:
No es solamente el acto de enseñanza, sino
también la enseñanza en la escuela, que implica una relación entre educación y sociedad; la enseñanza en una cultura particular
que implica una relación entre el conocimiento y la tradición; la enseñanza que tiene una
historia, y por ello es capaz de reactualizar
su memoria de saber; la enseñanza como estrategia de Estado, que materializa políticas
normativas y de adecuación social de los conocimientos” (Zuluaga y otros, 1988, p8).
El papel de la escuela frente a la cultura es
evidente en los documentos que componen

Educación cívica para la construcción de una cultura política democrática. PP. 73-86

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el currículo, pero más que eso debe mantener en las mentes de los profesores como
garantía de acción consciente en las aulas,
pese a la hegemonía de poder reinante. Sin
embargo, la historia cuenta que no siempre
ha sido así a través del Movimiento Pedagógico, originado por un colectivo de maestros intelectuales en 1982, para movilizar a
todos los maestros del país alrededor de la
pedagogía, reconociéndola como su saber
propio y desde el que podían recuperar la
identidad y la autonomía profesional como
trabajadores de la cultura (Tamayo (2006,
p5). Casi cuarenta años después y bajo la
competitividad que motiva el currículo especialmente de Básica Primaria en adelante, no hay garantía de que esa intención
pedagógica y esa autonomía profesional
se conserve sin tropiezos. Lo importante en
todo caso, “es que la escuela provoque su
impronta ilustradora, como proyecto dirigido
que es, y que no permanezca impasible a
las influencias de otros agentes o abrace sin
más los contenidos que aportan éstos” (Gimeno Sacristán, 1999).
5. CONCLUSIONES

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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la formación. Se debe fomentar en los y las
niñas del preescolar los principios y valores
que aporten a la construcción del ciudadano integral que requiere la sociedad actual.
Con base en el reconocimiento de las realidades individuales se construye una visión
compartida de futuro, por lo cual los cambios
en la cotidianidad de la realidad que viven
las personas conllevan también cambios en
la construcción de ciudadanía. La ciudadanía entendida así, es un proceso político y
social en construcción permanente.
La cultura política como un sistema de percepciones colectivas respecto al poder y la
autoridad; en otros términos, las valoraciones, concepciones y reacciones que los individuos poseen respecto de cómo se distribuye el poder, cómo funciona y cómo se
toman elecciones. Por ello, la cultura política
es el resultado de la obra que los individuos
realizan al internalizar el sistema político en
creencias, sentimientos, concepciones y valoraciones.
TRABAJOS CITADOS
Castro, S. (2000). Ciencias sociales, violencia epistémica y

La formación integral exige la creación de
experiencias formativas para los diferentes
integrantes de la comunidad académica, en
ambientes de relación permanente con personas que conforman y representan grupos y
sectores de la sociedad, brindando a todos
en contexto las herramientas necesarias que
posibilitan de manera colectiva la formación
como ciudadano responsable y asertivo.

el problema de la “invención del otro”. CLACSO, 145-161.
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La escuela debe garantizar la educación
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—

Rosaura Rojas Monedero
De nacionalidad colombiana, Doctora en Métodos
Alternos de Solución de conflictos de la universidad
Autónoma de Nuevo León, México. Magíster en Gestión Pública de la Universidad Santiago de Cali. Li-

Educación cívica para la construcción de una cultura política democrática. PP. 73-86

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
03, JULIO
2022 en MSC

La naturaleza mediadora de
los partidos políticos
The mediating nature of
political parties
Recibido: 08-06-2022
María Leonor Ramos Morales*
Paola Margarita Carvajal Muñoz**
Eduardo Antonio Palencia Ramos***

| Aceptado: 23-06-2022
*https://orcid.org/0000-0002-2875-9399
Universidad Autónoma de Nuevo León, Monterrey, México
**https://orcid.org/0000-0002-6661-8044
Universidad de la Costa, Barranquilla, Colombia
***https://orcid.org/0000-0003-2535-1854
Universidad Simón Bolívar , Barranquilla, Colombia

Resumen
El presente artículo de investigación aborda el tema de la naturaleza mediadora de los partidos políticos para ello se enfatiza en los conceptos dados por teóricos bienquistos como Norberto Bobbio
y Giovanni Sartori. Por cuanto, ambos coinciden en que estos transmitir los problemas del pueblo
al poder. De esta manera, se relaciona los principios de la mediación: voluntariedad, imparcialidad, justicia, equidad y legalidad; como aquellos orientadores hacia sociedades democráticas.
La multidisciplinariedad, elemento característico de la mediación, facilita que esta sea aplicada a
distintas esferas del conocimiento donde esté presente la interacción social. Por tanto, la política
no es ni puede ser ajena a estos propósitos máxime si se considera que es un ámbito donde el nivel
pasional se exacerba a tal punto de generar polarizaciones y fragmentación social como es el caso
de las actuales sociedades latinoamericanas. En virtud de lo anterior, se sostiene que la función de
los partidos políticos es mediadora y de su cumplimiento depende el futuro de la democracia y la
observancia de los intereses individuales.
Palabras clave: Mediación, partidos políticos, colectividad, principios, democracia, legitimidad
Abstract
This research article addresses the issue of the mediating nature of political parties, for which it
Cómo citar
Ramos Morales, M. L., Carvajal Muñoz, P., &amp; Palencia Ramos, E. La naturaleza mediadora de los partidos políticos .
MSC Métodos De Solución De Conflictos, 2(3). https://doi.
org/10.29105/msc2.3-34

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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emphasizes the concepts given by well-off theorists such as Norberto Bobbio and Giovanni Sartori.
Because both agree that these transmit the problems of the people to power. In this way, the principles of mediation are related: voluntariness, impartiality, justice, equity and legality; as those guiding towards democratic societies. Multidisciplinarity, a characteristic element of mediation, makes
it easier for it to be applied to different spheres of knowledge where social interaction is present.
Therefore, politics is not and cannot be alien to these purposes, especially if it is considered that
it is an area where the level of passion is exacerbated to the point of generating polarization and
social fragmentation, as is the case in current Latin American societies. By virtue of the foregoing,
it is argued that the function of political parties is a mediator and the future of democracy and the
observance of individual interests depend on its fulfillment.
Key words: Mediation, political parties, collectivity, principles, democracy, legitimacy.

INTRODUCCIÓN
La existencia de sociedades libres fue siempre el anhelo de los movimientos liberales del
siglo XVII y XVIII, por ese entonces la racionalización del poder fungía como prurito de
intelectuales que entendían en la participación popular un elemento determinante para
lograr objetivos que permitieran una soberanía consolidada. Es en este punto histórico donde aparece en escena la democracia
como sistema facilitador de valores axiológicos como la igualdad, la participación, la
justicia y principalmente el empoderamiento
del pueblo.
Los partidos políticos se configuran, por consiguiente, en colectividades que tienen la
responsabilidad de cristalizar los fines antes
enunciados. De esta manera surgen en ellos
compromisos inevitables no solo de representación sino de órganos que establezcan
un nexo entre el poder y la sociedad civil.
En consecuencia, a lo anterior, y fundados
en la constante conflictividad en la que han
estado inmerso el mundo desde su cosmoLa naturaleza mediadora de los partidos políticos. PP. 87-100

gonía, su orientación debe ser mediadora
por cuanto son estos grupos quienes conocen la realidad problémica experimentada
desde sectores populares, en ese sentido su
confluencia con el poder los hace idóneos
para lograr soluciones que repercutan en
favor de un funcionamiento correcto de la
democracia.
En consideración con lo expuesto hasta
aquí, se asume lo expresado desde diferentes vertientes teóricas, en particular con
la fundamentación sobre partidos políticos
realizada por conspicuos politólogos y estasiólogos como Norberto Bobbio y Giovanni
Sartori, quienes desde sus apreciaciones
intelectivas conciben a estos grupos con
una función mediadora. Para el primero, por
ejemplo, los partidos políticos cumplen con
un rol mediador, por tanto, se infiere que
desde la idea de este pensador coadyuvan
a la resolución de conflictos. Para el segundo, su función corresponde a transmitir problemas del pueblo al poder, lo que permite
colegir que en ellos se presenta el principio
de comunicación asertiva.

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Corresponde aclarar que el presente artículo busca exaltar la importancia que tiene la
mediación en sociedades conflictivas en la
cual los partidos políticos, en lugar de acudir a procesos y técnicas que favorecen la
mediación, incentivan y en algunos casos
instan a la generación de controversias. Por
ende, se pretende establecer una reflexión
que motive a la resolución de problemas a
través de estas colectividades considerando
su importancia en una sociedad democrática.
En connivencia de lo reseñado este artículo se estructura en dos acápites: el primero denominado, noción conceptual de los
partidos políticos desde la perspectiva mediadora. En este se considera como sustrato
teórico los conceptos realizados por Bobbio
y Sartori, quienes dedicaron parte de su eminente vida intelectual al estudio de la democracia y los partidos; el segundo se intitula,
principios de la mediación en la promoción
democrática ciudadana. En este se aborda
la mediación como mecanismo esencial en
el ejercicio de los partidos políticos en función de lograr la reintegración social y la
solución de problemas suscitados entre los
miembros de una comunidad.
NOCIÓN CONCEPTUAL DE LOS
PARTIDOS POLÍTICOS DESDE LA
PERSPECTIVA MEDIADORA
Como se mencionó en la introducción, en
este apartado se hará alusión a la idea de
los partidos políticos desde su plano ontológico, resaltando que su función original obedece a la de ser mediadores entre el pueblo
y los gobernantes. Por consiguiente, se parte

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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de la concepción que entiende a la democracia como resultado de teorías pactistas
(Castaño, 2010). Esto es, que fue el acuerdo
celebrado entre gobernantes y gobernados
a fin de vivir de manera regulada, lo que posibilitaba pasar a una etapa donde impere
la armonía y la concordia entre ciudadanos
superando así la opresión propincua de sistemas monárquicos absolutistas. Asimismo,
autores como Valencia Villa (2014) relacionan esta teoría al origen del derecho.
Fundado en lo expuesto, es claro expresar
que las democracias surgen como visiones
antípodas a los problemas, pese a que su
naturaleza deliberativa plantee desacuerdos estos no pueden llegar al punto de la
escala de un conflicto que genere divisiones
profundas en el tejido social. Ha de suponerse entonces que la política en función de
la democracia debe propender por la solución de conflictos y la promoción de una cultura cuya búsqueda de la paz sea su principal propósito. Las teorías contractualistas
planteadas por Locke y Rousseau implican
la transcendencia del ser humano a etapas
que evidencien su sentido racional, cuya finalidad sea la satisfacción de necesidades
sociales, aunque una de las características
sea el individualismo como determinaba el
último pensador reseñado Segovia, (2021).
Lo curioso es que las democracias en la actualidad se han convertido en espacios de
disputas, como desavenencias y conflictos lo
que conlleva a que se desdibuje ostensiblemente los propósitos iniciales que sirvieron
de base para establecerla como un sistema
idóneo en función del advenimiento de sociedades pacíficas.

María Leonor Ramos Morales, Paola Margarita Carvajal Muñoz y Eduardo Antonio Palencia Ramos

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

Dentro de este contexto aparecen los partidos políticos, sin duda, la representación
prístina de las democracias plebiscitarias,
en principio estas colectividades nacen con
la idea de ser órganos identificados con
ciertos sectores ideológicos en la sociedad,
lo cual en sí ya manifiesta una división, no
obstante, su orientación se encauza a la
confluencia y no a la fragmentación, este
último aspecto afianzado vertiginosamente;
en ese orden los partidos no han sabido dar
respuesta a tal situación, debido a que sus
fines se han circunscrito a lo electoral soslayando otros tipos de propósitos.
Por las razones antes indicadas es preciso
volver a retomar su idea natural, es así como
se recurre a los planteamientos teóricos dados por Sartori (2012) para quien los partidos políticos deben ser una especie de eje
transmisor de los problemas del pueblo a los
gobernantes, entiende el pensador italiano
que el Estado está al servicio del pueblo y
no viceversa. Es importante considerar las
ideas antes referenciadas máxime en sociedades como las nuestras en donde parece
haber un contrasentido puesto que sucede
lo inverso. Cabe anotar, que los partidos
políticos aquí desempeñan una importante
misión de índole mediador, en ese orden de
ideas deben emplear todas las herramientas
que permitan canalizar de forma más idónea la diversidad de intereses sin soslayar
las diferencias naturales del conglomerado.
Zielinski (2021). Conviene destacar que para
alcanzar tales objetivos es menester que los
partidos políticos obtengan una confianza
de la ciudadanía debido a que sobre esta
recae el ejercicio mediador de las colectividades. Situación muy compleja por la crisis
La naturaleza mediadora de los partidos políticos. PP. 87-100

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de legitimidad arrostrada por estas entidades.
Sobre la crisis de legitimidad Andrade Terán
(2011), menciona que hay déficit en relación
credibilidad que se cierne sobre los partidos
políticos a nivel continental, a su vez, afirma
Huneeus (2020) que la división de los partidos y la exigua confianza de los ciudadanos
es una situación actual bastante critica, entre
varias razones porque estos carecen de un
verdadero cimiento ideológico y su búsqueda se basa en la inmediatez electoral, transgrediendo de esta manera sus propias bases
doctrinarias y redimensionando la actividad
política como un espacio donde prima los intereses personales y el egoísmo para obtener
un triunfo que los haga encumbrarse en cargos de la administración pública.
También porque han desviado el rol natural
que les compete en favor del pueblo haciéndolo en interés suyo. Es de esta manera
como en vez de lograr acuerdo que beneficien a la comunidad los realizan de forma
interpartidista a través de las denominadas
coaliciones (Palencia Ramos, 2012) .
Autores como Matas (2005). revalidan lo
antes descrito, de tal forma que advierten en
los partidos políticos una función integradora en la sociedad capaz de resolver problemas de división entre las distintas capas de
una comunidad. Con lo anterior, se pretende dejar claro que la tarea de los partidos
políticos es exigua, como ocurre en la actualidad, si se limita a intenciones electorales.
Resulta importante advertir que no se espera que solo por el hecho de la existencia

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

que no se considera a la democracia como
un sistema mágico en virtud del cual, perse,
se garantice la no existencia de conflictos
en una sociedad, ya que es obvio y naturalmente demostrado la inevitabilidad de las
controversias en seres humanos que pertenezcan a un mismo conglomerado social,
basta recordar lo expresado en su momento por Bobbio (2018), cuando expresaba lo
que a su juicio denomino “falsas promesas
de la democracia”. Para los fines que nos
atañen se hará alusión a tres en específico; derrota del poder oligárquico, espacios
limitados y el ciudadano no educado. Básicamente estas se resumen de la siguiente
manera: primero, las democracias no acabaron con las oligarquías, estas persisten e
incluso disputan el poder entre ellas; segundo, la democracia no puede ser calificada
desde una concepción cuantitativa, donde
su consideración se limita a cuantas personas pueden votar y no a si existen espacios
que permitan ejercer ese derecho. Tercero,
con el advenimiento de la democracia se
esperaba un ciudadano con mayor cultura
política, interesado en los temas del Estado
y con un comportamiento basado en principios como la tolerancia, la diferencia y el
respeto por las opiniones diversas, no obstante, en la actualidad presenciamos sociedades cada vez más polarizadas donde
el irrespeto y la violencia están presentes
en la cotidianidad.
En relación con este último punto, es notable lo acaecido en varias sociedades latinoamericanas donde el sectarismo y la radicalización del discurso político generan
mayor división en las capas populares, lo
que deviene en considerar a quien piensa

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diferente no como un opositor con derechos
a pensar divergente sino como un enemigo a quien hay que apabullar. Son en estas
circunstancias donde los partidos políticos
que gesten y promuevan la mediación son
necesarios.
Conforme a esto Bobbio (2018) establece sin ambages un concepto referido a la
función ideal de los partidos políticos, de
tal suerte que este teórico considera a “Los
partidos, únicos sujetos autorizados para
fungir como mediadores”. p.19. En virtud de
esta aseveración se destaca no solo el carácter resolutivo en materia de conflictos
que deben tener las colectividades, sino
que implícitamente los conmina a utilizar
métodos conducentes a lograr la solución
de controversias.
Concierne enarbolar lo que a juicio de Zielinski (2021), son las estrategias empleadas
por los partidos políticos para la consecución de materializar su naturaleza mediadora: Primero, los partidos deben ser los
principales canales de comunicación entre
pueblo y poder. Segundo, en consecuencia
a lo anterior, su labor debe ser mayor en
tiempos de crisis y emergencia social como
fue el caso de la pandemia donde toda la
población mundial experimentó carencias
de cualquier índole, sobre todo los sectores
más desposeídos; tercero, los partidos políticos deben poseer cualidades que faciliten
el fortalecimiento de la unidad popular, para
esto deben afianzar valores como la cooperación y medios que le permitan entender la
diversidad propia de nuestras sociedades
cuya disimilitud es su característica más resaltable.

María Leonor Ramos Morales, Paola Margarita Carvajal Muñoz y Eduardo Antonio Palencia Ramos

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Aunque los problemas que en este acápite
fueron descritos son ineluctables, no deja
de ser cierto que el reconocimiento de derechos puede llegar a hacer óbice de enormes problemas y en consecuencia de una
escala del conflicto que derive en el resquebrajamiento social. Uno de estos puntos
revindicativos es el de la pluralidad lo que
se traduce en la posibilidad de expresión
política diversa. Por ende, la existencia de
partidos políticos de distintas perspectivas
ideológicas permite una mayor recepción
de inconformidades manifestadas por sus
simpatizantes. En el caso de sociedades históricamente conflictivas resulta aún más proficuo estas tendencias ya que el descontento
general persiste a través del tiempo, quizás
por la no garantía de ampliación democrática. En efecto, la posibilidad de participar
y de representaciones políticas de todos los
sectores amaina la insatisfacción y las conductas contestarias.
Respecto a lo hasta aquí mencionado, se
evidencia ingentes responsabilidades de
los partidos políticos en lo concerniente a
sus funciones de mediación en sociedades conflictivas propias de la democracia
liberal en nuestros tiempos, sin embargo,
resulta insoslayable no considerar el deber de la ciudadanía en el marco de estos
menesteres, fundamentalmente porque a
través de las constituciones se establecen
parámetros que facultan a los individuos
para ser partícipes de los asuntos del Estado. En ese sentido las cartas políticas de
algunos estados han cambiado la noción
de soberanía erigiéndose esta en popular,
otorgando de esta forma mecanismos de
participación que permiten la vigilancia
La naturaleza mediadora de los partidos políticos. PP. 87-100

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e inspección a los funcionarios del poder
público.
No cabe duda, que la cristalización del poder popular requiere de ciudadanos comprometidos con la política, puesto que, sujetos pasivos – utilizando la expresión de
John Stuart Mill- es decir sin intenciones de
injerencia directa en los temas relacionados
al poder, o peor aún apáticos, son espectadores silentes del accionar de instituciones
como los partidos políticos.
Para Bobbio (2018), retomando los escritos de la ciencia política norteamericana
existen dos tipos de individuos los output,
quienes solo esperan la satisfacción de necesidades del sistema político y los input
quienes son electores comprometidos en la
formación de decisiones estatales. Estos últimos, se precisan en democracias directas
y participativas por cuanto su actitud vigilante insta a los partidos políticos a cumplir
con su función natural de ser interlocutores
en favor del a ciudadanía. Al respecto Muñiz &amp; Corduneanu (2014), determina que la
participación ciudadana es absolutamente
necesaria para el logro de democracias
que persistan a través del tiempo y robustecidas.
Al tenor de lo dicho, el marasmo popular
es inconveniente a la democracia en relación a las bases populares, toda vez, que
impiden ejercer un control constante a los
partidos políticos y de esta forma no se
configura su rol mediador en la sociedad.
Es oportuno apuntar entonces que para el
cumplimiento de las funciones ontológicas
de los partidos políticos se precisa de la

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

voluntad de estos y de una reflexión que
como institución les permita volver a su
generis y naturaleza conceptual, así como
también de una ciudadanía libre, activa y
comprometida con el ejercicio democrático de manera tal, que les permita ser veedores de las acciones de todos los organismos vinculados al poder.

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alcanzar buenos términos entre las partes en
contienda.

Resulta clarificador el anterior concepto si
asumimos en consideraciones democráticas
por cuanto reúne, implícitamente, una serie
de elementos cualitativos propios del sistema en mención. Ellos son particularmente la
justicia en su dimensión real que impide el
PRINCIPIOS DE LA MEDIACIÓN EN
abuso y el provecho indebido de una persoLA PROMOCIÓN DEMOCRÁTICA
na contra otra. En definitiva, puede decirse
CIUDADANA
de forma categórica que la mediación posee
una naturaleza democrática y en ese orden
Como se dijo anteriormente, de acuerdo a de ideas los organismos, como el caso de
su naturaleza conceptual los partidos polí- partidos políticos, que la propicien deben se
ticos tienen como principal función la de ser anuentes a su utilización.
interlocutores entre el pueblo y el poder, por
consiguiente, deben cumplir con un ejercicio Para Mazo Álvarez (2013), tiene una catemediador en virtud del cual promuevan y goría “no adversarial” lo cual implica que
garanticen la resolución de conflictos socia- la solución de conflictos debe ser tomando
les. En ese sentido, es necesario aludir a los en cuenta los intereses de los partícipes, sin
principios de la mediación como mecanis- duda, una característica inexistente en las
mos eficaces para solventar controversias. formas convencionales de terminación de
Se sostiene que a partir de esto se genera conflictos. Es importante resaltar a los partiun fortalecimiento de la democracia en la dos políticos como colectividades que al esciudadanía.
tar inmersos en el seno social y por su puesto experimentar las realidades de cada uno
De acuerdo a lo anterior, vale la pena, en de los miembros del conglomerado deben
un primer momento, aproximarnos a una de- identificar las particularidades del sector
finición de mediación. Al respecto Gonzá- que ideológicamente representan. Puede
lez (2021), estipula que esta es entendida deducirse que la omisión de estas acciones
como un mecanismo cuyo fin es la solución conlleva a un desvío notable de sus princidel conflicto de forma justa, proporcional y pales roles.
en las mejores condiciones de culminación
para los involucrados. Al considerar esta Entienden Gorjón Gómez &amp; Steele Garza
apreciación está claro que mediante este (2012), la multidisciplinariedad de la memecanismo se busca no la tradicional solu- diación, lo cual lo hace estar presente en un
ción en la que una parte obtiene una vic- campo variado de áreas temáticas, aspecto
toria frente a la otra que termina vencida, este que hace prever su impacto y pertinensino que pretende el equilibrio en aras de cia. Así las cosas, puede aplicarse en ámMaría Leonor Ramos Morales, Paola Margarita Carvajal Muñoz y Eduardo Antonio Palencia Ramos

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bitos como: familiar, escolar, civil, laboral,
judicial entre otros. De lo anterior, se puede
inferir que la política no es ajena a este mecanismo, por tanto, los actores pertenecientes a esta actividad están comprometidos a
su utilización. Cabe recordar que la escena
política se caracteriza por factores emocionales, pasionales, viscerales, a la sazón, son
estos quienes impelen en muchas ocasiones
los discursos y el comportamiento electoral.
Se precisa entonces de los partidos políticos
la capacidad de manejar todas las sensaciones anteriormente expuestas, puesto que
es su constante condición.
Habiendo analizado varias posturas conceptuales de la mediación y su connivencia
con los partidos políticos, es indispensable
tomar en cuenta algunas perspectivas teóricas de la mediación (Cabello-Tijerina, 2021).
En torno a su análisis histórico el movimiento
mediador plantea cuatro tendencias de las
cuales podemos destacar la historia de la
justicia social, en virtud de esta la mediación
otorga una manera de organización en los
individuos en función de sus objetivos comunes. Explica el autor que la mediación debe
ser considerada como parte de una política
pública encaminada a la solución de controversias permitiendo la materialización de
intereses sociales y posibilitando la organización política. Conviene hacer notar que la
tesis sostenida a lo largo de esta reflexión ha
sido revalidada por cada uno de las teorías
hasta el momento plasmadas, ello corrobora
en los partidos políticos una naturaleza mediadora.

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articulo le damos en cuanto a los partidos
políticos, no puede dejar de mencionarse
el poder que esta tiene en relación a la democracia y participación ejercida desde las
bases populares. Lo anterior se refleja en
lo afirmado por Gorjón Gómez (2021) en
tanto la mediación otorga la posibilidad de
crear espacios dialógicos y del perdón mediante la gestión del conflicto, en su aspecto
amplio democratizador. A su vez, con ella
se da la posibilidad de garantizar una vida
digna fundada en el respeto. Con base a
lo referido, es determinante mencionar que
otro de los resultados de la mediación obedece a la capacidad que tiene para suscitar
modificaciones en las relaciones entre seres
humanos, en específico en lo tocante a la
gobernanza, debido a que aumenta la participación especialmente de la población
marginada. De igual forma, incrementa el
acceso a recursos que fortalezcan el empoderamiento ciudadano.
En igual sentido se refiere Paris Cabello
(2015) cuando menciona a la mediación
como un mecanismo mediante el cual se
materializa la formación de nuevas ciudadanías, responsable, de mayor compromiso en el escenario social y en la naturaleza.
Una comunidad fundada en valores como
la tolerancia y la solidaridad que eliminen
expresiones de violencia, la exclusión social, desigualdad entre otros. Este contexto
nos muestra evidentemente unos deberes
de gran dimensión en los partidos políticos.
Acá los motivan a hacer propiciadores de
transformaciones sociales, a través de la
mediación.

Debido a las características ínsitas en la
mediación y la inmanencia que desde este De otra parte, no resulta excluyente consiLa naturaleza mediadora de los partidos políticos. PP. 87-100

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

derar los principios de la mediación en lo
que respecta a la función de los partidos
políticos. De manera más simple se entiende que la única forma de lograr la concreción de aquello que se ha denominado en
este articulo como naturaleza mediadora de
los partidos políticos a partir de su concepto, solo es posible mediante la aplicación de
principios que son connivente a este mecanismo de solución de conflictos.
Los principios que para este acápite se han
asumido son aquellos desarrollados por en
cuanto mantienen la sustancia que permite
advertirlos en sentido de su finalidad, funcionalidad y núcleo rector. De acuerdo a
ello, se mencionan los siguientes:
Voluntariedad: este obedece a que se
garantiza la voluntad de las partes, en tal
sentido los participantes son libres de acudir, permanecer y abandonar este proceso
(Cabello, 2021). En relación a los partidos
políticos este principio desempeña un papel transcendental debido a que en este se
configura uno de los elementos representativos de las democracias liberales. Ha de
acotarse que los partidos políticos deben
comprender a la ciudadanía en un sentido
libre ajenos a todo tipo de imposiciones y
violencia que constriñan la conciencia del
ser humano para lograr un favorecimiento
electoral. Asimismo, esa libertad se dirige
a permitir en los ciudadanos a consensuar a
través de la mediación. Para Tarud Aravena
(2013), la voluntad implica que quien funge
como mediador no termina imponiendo sus
opiniones.

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nimidad decisional lo cual se traduce en la
realización de un examen equilibrado en
favor de los partícipes. Para Gorjón Gómez
(2017), este principio está relacionado con
la objetividad. No obstante, en lo que atañe
a los partidos políticos tal sindéresis puede
ser una entelequia ya que como se sabe las
colectividades a intereses ideológicos muy
particulares. Ahora bien, la imparcialidad
al cual se hace referencia en el marco de
la acción en cuanto a partidos políticos es
aquella en la que su rol de interlocutor no
está viciado por la imposición en ese orden
de ideas los problemas que necesitan ser
resueltos son aquellos que la comunidad
manifieste y no el que la entidad política establecer.
Justicia: La proporcionalidad existente en
las relaciones humanas. (Noguera Laborde, 2008), este principio representa el fin
máximo de toda sociedad, para el derecho
es su consecución laudable para la política su principal orientación axiológica. Por
lo anotado todo el desarrollo de los partidos debe estar encaminado a su materialización. Se puede considerar que la figura
de la mediación en cuanto a sus características intrínsecas facilita la existencia de
esta en la sociedad. Debe recordarse basados en una apreciación aristotélica que
la justicia es una necesidad social y que
como tal requiere del Estado gobernante
la ejecución de planes encauzados a garantizarla.

Equidad: Es un principio ligado a la justicia, aunque difieren en ciertos aspectos por
cuanto esta implica conocer las diferencias
Imparcialidad: Se fundamenta en la ecua- entre los actores y en ese orden otorgar
María Leonor Ramos Morales, Paola Margarita Carvajal Muñoz y Eduardo Antonio Palencia Ramos

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conforme a las capacidades y aptitudes de
cada quien mientras que la justicia hace parte más del trato igualitario y no hace ningún
tipo de distinciones. Según Arenas &amp; Gaviria Toro (2010), de la equidad se derivan
dos elementos relacionados con los asuntos
políticos; lo valorativo y la acción humana
en función del bien común. El primero de
ellos acaece cuando hay que hacer planteamientos de interés para los miembros de
una sociedad en función de sus relaciones.
El segundo, enfatiza en contrarrestar la injusticia en aras de lograr un favorecimiento
de índole colectivo.
Legalidad: Este principio se relaciona con
la ley en sentido estricto, esto es, todo acto
debe hacerse de acuerdo a lo consagrado
en los textos normativos, este principio es
propio del Estado de Derecho en el caos de
los partidos políticos significa obedecer lo
que el marco legal de un Estado determina,
a su vez, mantener un comportamiento acorde a la ética pública. En la órbita ciudadana
a mayor conducta proba de parte de las colectividades mayor el grado de legitimidad
que estas van teniendo. En un anterior acápite se mencionó que el rol mediador de los
partidos políticos depende en grado sumo
del respaldo popular, ya que de esta forma
se permitirá la acción de institución de poder en el seno social.

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ses de las partes, ya que hay que tomar en
cuenta, que cada proceso es disímil por
ende cada uno tiene unas particularidades
significativas que no pueden soslayarse
para su éxito. En este contexto es oportuno
mencionar a Marinés Suares (2005) citado por Paris Cabello (2021) afirman que la
mediación es el más formal de los medios
informales, lo cual permite entrever su sencillez y prontitud en la resolución de controversias. De conformidad con los partidos
políticos, la flexibilidad, desempeña un aspecto de gran relevancia pues permite que
estas instituciones adviertan a la sociedad
como un conjunto de personas pensantes
de cuyas ideas propositivas pueden extraerse variadas soluciones a un problema
que afronta la comunidad. Lo anterior, se
fundamenta en el hecho de que los partidos políticos deben evitar el sectarismo que
conlleva a la rigidez en el abordaje de un
conflicto y considerarse como los únicos capaces de generar soluciones loables.

Como pudo advertirse los principios de la
mediación hasta aquí expuestos son determinantes para que los partidos políticos
cumplan con su función mediadora en la
sociedad, lo anterior también demuestra
que tales principios son inmanentes a las
colectividades. Por ende, si se quiere lograr la concreción integral de sus tareas
deben siempre privilegiarse en todo moSi bien es cierto, los principios antes aludi- mento y lugar.
dos son los más considerados en los procesos de mediación, existen otros que resultan
importantes para lograr una configuración
laudable de este mecanismo, tal es el caso
de la flexibilidad, para Paris Cabello (2021),
esta posibilita la adecuación a los intereLa naturaleza mediadora de los partidos políticos. PP. 85-98

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Gráfica 1. El rol mediador de los partidos políticos basado en los principios de la mediación.
Elaboración propia.

Como es lógico los principios precitados no
generan por sí solos un cambio en la órbita
de los partidos políticos, en consecuencia,
se propende por la existencia de miembros
idóneos con capacidades mediadoras cuyo
ejercicio pueda articular las demandas sociales, los intereses colectivos en relación
con el poder. Estas técnicas de mediación
solo pueden ser adquiridas a través de capacitaciones que deben hacerse en el interior de los partidos políticos bajo el propósito de conseguir la legitimidad popular
y como menciona Folger (2008) arrogar estrategias, aplicar diversas destrezas y mecanismos e incluso ser considerada desde
distintas áreas disciplinares conlleva hacia
la transformación. Este tipo de mediación se
denomina transformativa y tiene como finalidad el ejercicio del mediador mediante la

aplicación de habilidades especiales de intervención (Sáenz &amp; Zurita, 2021).
RECOMENDACIONES
Con base a lo planteado en este articulo y
con el fin de garantizar la existencia de partidos políticos comprometidos con su rol mediador se proponen las siguientes recomendaciones:
• Considerar a la mediación como un mecanismo determinante y efectivo en la solución de conflictos sociales.
• Entender la política como una actividad
tendiente a garantizar la justicia social
mediante la aplicación de principios de
la mediación.
• Capacitar a dirigentes y militantes de
partidos políticos en mediación para ma-

María Leonor Ramos Morales, Paola Margarita Carvajal Muñoz y Eduardo Antonio Palencia Ramos

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•

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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terializar la naturaleza mediadora en las
colectividades.
Promover la cultura de paz a partir de las
acciones de los partidos políticos. Para
ello se debe tener en cuenta los intereses
comunes y disímiles en los miembros de
la sociedad.

CONCLUSIONES
Los partidos políticos advienen como una
representación prístina de la democracia su
objetivo es lograr la compenetración con las
bases populares que, en principio, puedan
resultar afines ideológicamente con ellos.
No obstante, su principal función estriba en
la articular las necesidades del pueblo en
connivencia con el poder. Es decir, tienen
una función mediadora.

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activas inexisten los medios de control que
permitan señalar las irregularidades en algunos partidos políticos por la desviación
de su concepción original. Otro tanto, cabe
mencionar de la legitimidad como elemento que deben poseer los partidos frente a la
sociedad.
Los principios de la mediación son afines a
la naturaleza de los partidos políticos, por
cuanto a partir de ellos se preconiza la consolidación democrática en una sociedad,
para el cumplimiento de estos se precisa la cualificación del dirigente y de igual
manera sus miembros y afiliados. Pareciera un contrasentido vincular la mediación a
los partidos, aunque desde sus conceptos
así se planteé ya que la política en sí misma motiva a la disputa y controversia. No
obstante, donde recobra mayor relevancia
un mecanismo como la mediación, toda vez
que, focaliza sus esfuerzos en la garantía de
sociedades pacíficas.

La naturaleza mediadora de los partidos
políticos ha sido definida por connotados
teóricos de la ciencia política en los que
puede destacarse Sartori y Bobbio, quienes
comprenden a las colectividades como instituciones que deben tener la capacidad de TRABAJOS CITADOS
transmitir los problemas del pueblo al poder
y no viceversa.
Andrade Terán, R. (2011). La crisis de los partidos políticos
Las competencias de mediación contribuyen
en Colombia. Bogotá: Feriva.
a lograr fines sociales como la cohesión, la Arenas, G., &amp; Gaviria Toro, A. (2010). La igualdad y la
participación, el reconocimiento de intereequidad: dos conceptos claves en la agenda de trabajo
ses particulares, entre otros. En definitiva,
de los profesionales de familia. Revista Latinoamericana
son más los beneficios que se obtienen tanto
de Estudios de Familia.
a nivel partidista como social si se emplean Bobbio, N. (2018). El Futuro de la Democracia. (J. Fernández,
las estrategias de mediación.
Trad.) Ciudad de México, México: Fondo de Cultura
Económica.

La concreción del rol mediador en los partidos políticos no esta supeditada solo a la
voluntad de las colectividades, ya que sin
la existencia de sociedades políticamente
La naturaleza mediadora de los partidos políticos. PP. 87-100

Cabello, P. (2015). La mediación como vía irenológica.
En Diversas miradas, un mismo sentir: comunicación,
ciudadanía y paz como retos del siglo XXI. México:
Plaza y Valdés.

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

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María Leonor Ramos Morales

Doctora y Master en Métodos Alternos de
Solución de Conflictos, por la Universidad
Autónoma de Nuevo León. Catedrática de
la Facultad de Derecho y Criminología de la
UANL. Investigadora del Sistema Nacional
de Investigación CONACYT-SNI Nivel 1. Mediadora Certificada por el Poder Judicial del
Estado Nuevo León, México. ramos.leonor@
gmail.com

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Paola Margarita Carvajal Muñoz

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Abogada, Magister en Ciencia Política y Derecho Público, Universidad de Zulia Venezuela, Doctora en Métodos alternos de solución de conflictos. Universidad Autónoma de
Nuevo León Monterrey- México. Profesora
tiempo completo en el área de derecho pú-

María Leonor Ramos Morales, Paola Margarita Carvajal Muñoz y Eduardo Antonio Palencia Ramos

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blico Universidad de la Costa. Contacto en:
pcarvaja1@cuc.edu.co paolacarvajal83@
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Eduardo Antonio Palencia Ramos
Abogado, Magister en Ciencia Política y Derecho Público,
Universidad de Zulia Venezuela, Doctor en Métodos alternos de solución de conflictos. Universidad Autónoma de
Nuevo León Monterrey- México. Profesor tiempo completo
Universidad Simón Bolívar Barranquilla Contacto: epalencia@unisimonbolivar.edu.co.

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MSC Métodos de Solución de Conflictos es una publicación en línea con periodicidad semestral dedicada a difundir resultados de investigaciones sobre negociación,
mediación, conciliación, arbitraje, justicia restaurativa, justicia terapéutica, bienestar y,
otras áreas y disciplinas interrelacionadas, afines a los métodos de solución de conflictos (MSC), desde la óptica del valor intangible de la paz, con el objetivo de contribuir al
fortalecimiento de una cultura en la gestión y transformación del conflicto y la ciudadanización de la justicia promoviendo la calidad de vida de las personas y su interrelación
armónica

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                <text>MSC Métodos de Solución de Conflictos es una publicación, semestral que inicia en el 2021 en soporte digital; dedicada a difundir resultados sobre negociación, mediación, conciliación, arbitraje, justicia restaurativa, justicia terapéutica, bienestar y, otras áreas y disciplinas interrelacionadas, desde la óptica del valor intangible de la paz, con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de una cultura en la gestión y transformación del conflicto y la ciudadanización de la justicia.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>MSC Métodos de Solución de Conflictos.
Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

Vol. 02, Núm. 02,
Enero 2022

��Sobre la revista

MSC Métodos de Solución de Conflictos es
una publicación en línea con periodicidad semestral dedicada a difundir resultados de investigaciones sobre negociación, mediación, conciliación, arbitraje, justicia restaurativa, justicia
terapéutica, bienestar y, otras áreas y disciplinas interrelacionadas, afines a los métodos de
solución de conflictos (MSC), desde la óptica
del valor intangible de la paz, con el objetivo de
contribuir al fortalecimiento de una cultura en la
gestión y transformación del conflicto y la ciudadanización de la justicia promoviendo la calidad de vida de las personas y su interrelación
armónica.
Se pretende aportar a la divulgación de conocimiento básico y aplicado en un entorno transdiciplinaria y multidimensional que nos permite
abordar el estudio y la generación de ciencia
nueva desde diversos ámbitos científicos de los
MSC que contribuyen a fortalecer las perspectivas teóricas existentes, los modelos y desarrollos
prácticos y a generar propuestas nuevas a través de la aplicación del conocimiento, la investigación e innovación social.
MSC Métodos de Solución de Conflictos está
dirigida a investigadores, docentes, comunidad
académico-científica internacional y miembros
de la comunidad MSC interesados en el abor-

daje científico, instrumental, holístico y normativo
de la ciencia de los métodos de solución de conflictos que convergen en la gestión y transformación del conflicto, en las diversas relaciones concéntricas y sus incidencias multidimensionales en
el tránsito de relaciones conflictivas a relaciones
armoniosas.
Aportará una visión clara y evolucionista de la
práctica de los MSC, llevando el conocimiento
científico disruptivo de los MSC a la práctica, en
un proceso natural del pensamiento exponencial
a su aplicación cotidiana, observando las necesidades humanas para lograr un proceso armónico de interacción social en razón del bienestar
subjetivo percibido de los individuos.
MSC Métodos de Solución de Conflictos se constituirá en una herramienta fundamental de la
práctica de los MSC y de la investigación científica de los MSC. Tiene como visión convertirse en
una de las más importantes revistas científicas
de acceso abierto en Latinoamérica, ingresar a
los índices científicos más importantes y facilitar con ello el acceso a una plataforma en línea
para la divulgación de investigaciones de alto
impacto que contribuyan a la comprensión de
la gestión del conflicto a través de los diversos
métodos de solución de conflictos en su ejercicio
teórico práctico.

�Historial de la revista

Enfoque y alcance de la revista

La revista MSC Métodos de Solución de Conflic-

MSC Métodos de Solución de Conflictos es

tos surge en el marco de los primeros 10 años de la

una revista electrónica de difusión científica

fundación del Doctorado en Métodos Alternos de

con acceso abierto de publicación semestral

Solución de Conflictos, programa que a la vuelta de

y arbitrada, dirigida a la divulgación de los

esta década se ha consolidado como un programa

diversos métodos de solución de conflicto que

generador de ciencia nueva en el tema de los Mé-

contribuirá al establecimiento de un sistema

todos de Solución de Conflictos, en un programa de

social de gestión y transformación de los con-

reconocida calidad por el PNPC CONACyT en su ni-

flictos, el bienestar social y el bienestar subje-

vel consolidado.

tivo percibido, en el más amplio entendimiento
de una vida digna y respeto de los intereses

La revista surge en razón de la necesidad de difundir

subyacentes de los individuos en sus diversas

el conocimiento y la ciencia nueva generada en este

áreas de influencia y relaciones concéntricas.

programa doctoral, así como el conocimiento influido
en el marco de una escuela de pensamiento de mis-

Se fundamenta en la calidad de la producción

mo nombre, en donde confluye toda una comunidad

científica, con base en la sistematicidad y el

internacional que a lo largo de 10 años ha instituido

rigor, utiliza en su proceso de revisión por pa-

alianzas estratégicas internacionales en América y

res la metodología doble ciego (Double Blind

Europa. Es destacable señalar que la influencia ac-

Review), publica artículos originales resultados

tual del programa doctoral es significativa proveyen-

de proyectos de investigación mixta multidi-

do investigaciones científicas mixtas y una produc-

mensionales y revisiones bibliográficas bajo

ción científica de referencia en el mundo de los MSC

los lineamientos de las normas de publicacio-

y su contribución a la práctica cotidiana de los MSC.

nes de la American Psychological Association
(APA) en su edición más reciente.

En este marco, la revista MSC Métodos de Solución
de Conflictos será un referente y un vínculo de las

Líneas temáticas:

diversas alianzas estratégicas del programa docto-

•

Negociación

ral, surge con la finalidad de materializar la esencia

•

Mediación

de la ciencia de los MSC haciendo realidad el trán-

•

Conciliación

sito de las relaciones conflictivas a relaciones armo-

•

Arbitraje

niosas, en su ámbito científico y practico, proveyendo

•

Justicia restaurativa

de elementos sustantivos a ambos constructos, en

•

Justicia terapéutica

una lógica de flujo circular de la transformación del

•

Valores Intangibles de los MSC

conocimiento práctico a científico y de científico a

•

Bienestar subjetivo percibido

práctico.

•

Disciplinas interrelacionadas

�Equipo Editorial

Director editorial
•
Dr. Francisco Javier Gorjón Gómez (Universidad Autónoma de Nuevo León)
Coordinador editorial
•
Dr. Paris A. Cabello-Tijerina (Universidad Autónoma de
Nuevo León)
Comité Editorial
Internacional
•
Dr. Manuel Torres Aguilar (Universidad de Córdoba,
España)
•
Dra. Francisca Fariña Rivera (Universidad de Vigo, España)
•
Dr. David Shirk (University of San Diego, EEUU)
•
Dra. Nuria Belloso Martin (Universidad de Burgos, España)
•
Dra. Esther Pillado González (Universidad de Vigo, España)
•
Dra. María Fernanda Vázquez Palma (Universidad de
Talca, Chile)
•
Dr. Adriano da Fonseca Pinto (Universidad Estácio da
Sá, Brasil)
•
Dr. Humberto Dalla Bernardina de Pinho (Universidad
Estácio da Sá, Brasil)
Nacional
•
Dra. Reyna L. Vázquez-Gutiérrez (Universidad Autónoma de Nuevo León)
•
Dr. Arnulfo Sánchez García (Universidad Autónoma de
Nuevo León)
•
Dra. Karla Annett Cynthia Sáenz López (Universidad
Autónoma de Nuevo León)
Comité Científico
Internacional
•
Dr. Enrique Pastor Seller (Universidad de Murcia, España)
•
Dr. Antonio López Peláez (Universidad Nacional de
Educación a Distancia, España)
•
Dra. Leticia García Villaluenga (Universidad Complutense de Madrid, España)
•
Dra. Marta Gonzalo Quiroga (Universidad Rey Juan
Carlos I, España)
•
Dr. Rafael Mario Iorio Filho (Universidad de Estácio de
Sá, Brasil)
•
Dr. Marcelo Pereira (Universidad La Salle de Río Janeiro, Brasil)
•
Ariane Trevisan Fiori Davidivich (Universidad de Estácio de Sá, Brasil)
Nacional
•
Alfredo Islas Colín (Universidad Juárez Autónoma de
Tabasco, México)
•
Manuel Vidaurri Arechiga (Universidad de la Salle Bajío, México)

Comité Consultivo
Internacional
•
Dr. Carlo Pilia (Universidad de Cagliari, Italia)
•
Dr. Porfirio Bayuelo Schoonewolff (Universidad Simón
Bolívar, Colombia)
•
Dra. Gladis Isabel Ruiz-Gómez (Universidad Simón Bolívar, Colombia)
•
Dr. Joan Albert Riera Adrover (Universitat de les Illes
Balears, España)
•
Mtra. Rosana Julia Binda (Universidad de Estácio de
Sá, Brasil)
•
Lic. Ivette Rocío Araujo Velásquez (Universidad Gerardo Barrios, Salvador)
•
Dra. Blanca Torrubia Chalmeta (Universitat Oberta de
Catalunya,España)
•
Dra. Verónica López Yagües (Universidad de Alicante,
España)
•
Dr. Teodoro Verdugo Silva (Universidad de Cuenca,
Ecuador)
•
Dr. Ricaurte Soler Mendizábal (Instituto Superior de la
Judicatura, Panamá)
•
Dra. Graciela Curuchelar (Universidad del Salvador,
Argentina)
•
Dra. Graciela Lovence (Universidad de Buenos Aires,
Argentina)
•
Mtra. Rodrigo Zubieta del Paso (Organización de Estados Americanos)
•
Dr. Robert Mckenna Brown (Universidad Virginia Commonwealth, EEUU)
Nacional
•
Dra. Egla Cornelio Landero (Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, México)
•
Dr. José Steele Garza (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dra. Myrna Elia García Barrera (Universidad Autónoma
de Nuevo León, México)
•
Dr. Gabriel de Jesús Gorjón Gómez (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dra. Laura Camarillo Govea (Universidad Autónoma
de Baja California, México)
•
Dr. Enoc Francisco Moran Torres (Universidad de Colima, México)
•
Dra. Brenda Judith Sauceda Villeda (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dra. Jessica Marisol Vera Carrera (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dr. Daniel Alberto Garza de la Vega (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)
•
Dr. Erick Alberto Durand de Sanjuán (Universidad Autónoma de Nuevo León, México)

�Contenido

ARTÍCULOS
El poder de la mediación
Francisco Javier Gorjón Gómez

09

Propuesta educativa metodologica aplicada a través del comics por una
construccion de paz
Lourdes Albor-Chadid

23

Los intangibles en el discurso de apertura de la mediación familiar intrajudicial
Rubinia Teresa Sandoval-Salazar y Carlos Franco Castellanos

39

Formación de operadores del sistema de justicia penal y cultura de la paz
Cristian Ortega Barrera

57

Los Métodos de Solución de Conflictos en la Paradiplomacia: Los retos del
mediador en la internacionalización de los gobiernos locales
Maria Gabriela Zapata

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La certeza jurídica de los acuerdos de mediación empresarial
José Arturo Cen Puc

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RESEÑAS DE LIBROS
Gorjón Gómez Francisco, La mediación como vía al bienestar y la felicidad,
Tirant lo blanch, México, 2020
Genaro Hernández Velazco

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�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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Presentación

La Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León se
congratula en presentar a la revista MSC Métodos de Solución de Conflictos, un espacio
de encuentro académico donde se entrelazan conocimientos, experiencias, reflexiones y
visiones que contribuyen a generar conocimiento que beneficia a solucionar los conflictos
de la sociedad y generar con ello niveles de bienestar social.
MSC Métodos de Solución de Conflictos surge en el marco de los primeros 10 años de la
fundación del Doctorado en Métodos Alternos de Solución de Conflictos, programa que
a la vuelta de esta década se ha consolidado como un programa generador de ciencia
nueva en el tema de los Métodos de Solución de Conflictos, en un programa de reconocida
calidad por el Programa Nacional de Posgrados de Calidad —PNPC— del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología —CONACyT— en su nivel consolidado.
La investigación de impacto social es una de las estrategias más importantes para la Facultad de Derecho y Criminología, por tal motivo, se impulsó la creación de la revista MSC
Métodos de Solución de Conflictos con el objetivo de reunir expertos en la nueva ciencia
de la mediación que sean promotores y motivadores en la formación de los nuevos investigadores sociales que forma nuestra institución.
Con la creación de las revistas científicas de nuestra facultad, estamos cumpliendo con
nuestro compromiso y responsabilidad social en la pacificación de los conflictos.

Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

�Editorial

Presentamos a la comunidad internacional de los métodos de solución de conflictos, el
número 2 de la revista Métodos de Solución de Conflictos MSC, que significativamente a
través de esta edición representa el inicio de su proceso de consolidación, el cual cumple
al igual que el anterior con todos los indicadores necesarios para su futura indexación.
Esta edición se compone de 6 artículos y una reseña, en la cual sus autores pertenecen a
diversas instituciones de Colombia y México. Ellas son de la Universidad Simón Bolívar, de la
ANUIES, de la UADY, UJAT, del CEMC y de la UANL. Lo que la da a este número un peculiar
sentido orientado a la practicidad de la mediación, la paz y de los demás MSC.
Destacamos la propuesta de la Dra. Albor-Chadid que propone una nueva forma novedosa a través de los comics de educar para la paz, al igual que las aportaciones de la Dra.
Sandoval-Salazar y el Dr. Franco-Castellanos que re dinamizan el DAM a través de los
valores intangibles de los MSC.
Celebramos en el mismo sentido la practicidad y la ubicación operativa que el Mtro. Ortega hace de la mediación penal como una opción viable al perdón y la recomposición del
tejido social, y del Mtro. Cen Puc que describe magistralmente los elementos constitutivos
que la certeza jurídica que la mediación aporta a los mediados, con especial énfasis en la
mediación empresarial, bastión indiscutible del futuro de la mediación.
También observaremos gratamente la ubicación que la Dra., Zapata hace de la mediación
en la paradiplomacia internacional como parte de la agenda mundial, considerándola un
elemento facilitador y de seguridad que todo vínculo institucional amerita ante el reto de
la diversidad.
Y como corolario de este número se presenta la propuesta de considerar a la mediación
una institución social bajo la dinámica del cambio social, abonando de igual manera a la
mediación como una innovación social y una fuente de poder, destacando, que el poder
del mediador y de los mediados en un proceso transformativo positivo.
Y por último, observaremos la reseña que el Mtro. Hernández hace al Libro de LA MEDIACIÓN COMO VIA AL BINESTAR Y LA FELICIDAD, que describe como la mediación genera
calidad de vida, resaltando el aporte que los MSC hacen al buen vivir y del vivir bien.
Agradezco a todos su tiempo y recurrencia a este espacio de reflexión practica y científica
pro mediación y pro paz.
Dr. Francisco Gorjón.
Editor de la Revista “MSC Métodos de Solución de Conflictos”

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
02, ENERO
2022 en MSC

El poder de la mediación

The power of mediation

Recibido: 21-09-2021
Francisco Javier Gorjón Gómez*

| Aceptado: 11-10-2021
* https://orcid.org/0000-0001-5296-6454
Universidad Autónoma de Nuevo León, México

Resumen
La mediación es una fuente de poder, es una fuerza que genera el empoderamiento de las personas cuando acuden a ella, porque produce sinergias que hacen del mediador un agente de cambio
social y un agente de paz. Hace que el mediador y el mediado, sean factores evolutivos hacia una
sociedad moderna, porque la mediación tiene la fuerza y el poder de generarlas positivamente en
donde no las hay, logrando que podamos vibrar en la misma sintonía, sincronizándonos en armonía.
Este articulo pretende mostrar una visión realista de dónde debe de posicionarse la mediación en
su contexto actual, visualizando las condiciones históricas favorables para elevarla al pináculo de
su evolución, considerando al poder un elemento consustancial de su progreso para ser considerada una institución y una innovación sociales.
Palabras clave: Poder, Mediación, Institución Social, Innovación Social.

Abstract
Mediation is a source of power, it is a force that empowers people when they turn to it, because
it produces a synergy of forces that makes the mediator an agent of social change and an agent
of peace. It makes the mediator and the mediated evolutionary factors towards a modern society,
because mediation has the power to generate positive synergies where there are none, making it
possible for us to vibrate in the same tune, synchronizing ourselves in harmony.
Cómo citar
Gorjón Gómez, F. J. El Poder de la mediación. MSC Métodos De Solución De Conflictos, 2(2). Recuperado a partir
de https://revistamsc.uanl.mx/index.php/m/article/view/27

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

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This article aims to show a realistic vision of where mediation should be positioned in its current
context, visualizing the favorable historical conditions to elevate it to the pinnacle of its evolution,
considering power an inherent element of its progress to be considered a social institution and a
social innovation.
Key words: Power, Mediation, Social Institution, Social Innovation.

INTRODUCCIÓN

crear ciencia nueva en torno a la mediación
y los MSC, en la que participan doctores y
La búsqueda de fórmulas sociales que per- doctorandos especializados en MSC, preomitan la implementación de la mediación cupados y ocupados en esta búsqueda.
como una forma cotidiana de intervención y
acción social asertiva, es una preocupación Presentamos a la comunidad profesional y
de todos aquellos que hemos hecho de la científica de los MSC un escenario, que permediación un estilo de vida, un sustento pro- mitirá a la mediación, en él, evolucionar en
fesional, una labor educativa o un proceso torno a la visión aquí planteada, consideinvestigativo. Esta búsqueda de nuevas fór- rándola una institución social que le permimulas sociales son parte también de la exi- tirá crecer y desarrollarse de una forma más
gencia experiencial de todos aquellos que independiente y con un impacto más signifiya han resuelto sus conflictos y/o mejorado cativo, haciendo de ella una innovación sosus vidas a través de la mediación o de otros cial con un espectro paralelo y colaborativo
métodos de solución de conflictos (MSC).
que generará una simbiosis evolutiva y hará
de la mediación una opción más realista baEvidentemente este movimiento creativo sada en el estudio y análisis de la vida cotiha generado todo un esfuerzo intelectual y diana, que objetivamente nos aportara más
colaborativo mundial de muchas mujeres y argumentos de convicción social.
hombres que como señale en párrafo anterior han hecho de ella y ellos un estilo de Igualmente presentamos o más bien dicho
vida y un sustento profesional, motivando la afirmamos que la mediación y los demás
búsqueda de fórmulas innovadoras que pro- MSC son poder, derivado de la fuente convoquen este objetivo anhelado.
sustancial que es la libertad y la capacidad
de decisión de todos los seres humanos, que
En razón de esta implicación y de diversas al igual que la mediación y los MSC tienen
experiencias profesionales y vivenciales ge- el poder del cambio, de hacer de nuestro
neradas en la Escuela de Pensamiento de modus vivendi y de los demás un entorno de
los MSC de la UANL (Gorjón Gómez, Sáe- vida mejor, acordado y avalado por nuesnz López, &amp; Vázquez Gutiérrez, 2014) y en el tras acciones. Por lo que el poder es el motor
marco de su doctorado surgen y han surgido del cambio y de aceptación de la mediade investigaciones que tienen como visión ción, como institución social.
El poder de la mediación. PP. 09-22

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

1. QUE ES EL PODER
Definir conceptualmente el poder es un tema
por demás complejo derivado de su multidimensionalidad y de sus diversos efectos que
la ciencia y la historia nos han enseñado, así
como el poder es la principal fuente evolutiva de una sociedad, es también la principal
fuente de retroceso social, así como el poder es una fuente de bienestar puede igualmente ser una fuente de caos, así como el
poder es una fuente que permite alcanzar
felicidad también provoca la infelicidad, así
como el poder representa liderazgo social,
representa igualmente sometimiento social,
así como el poder es una fuente de riqueza,
también pude ser una fuente de pobreza. Es
tal vez esta dicotomía multifactorial la que
hace del poder un concepto de difícil acceso y comprensión.
Esto nos enseña la volatilidad del concepto
de poder y su intemporalidad, por lo que las
lides del poder hacen que imaginarlo sea un
reto, y más si queremos vincularlo con la mediación y los métodos de solución de conflictos (MSC), sin embargo, existe dos elementos
que nos lo permite y se encuentra presentes
en todas sus dimensiones “el ser humano y
su capacidad de decisión”, ya que son ellos,
quienes lo matizan, lo moldean, lo crean o lo
desintegran, son ellos quienes deciden sus
efectos negativos o positivos en lo general
y en lo particular, le da equilibrio y estabilidad, como valores intangibles de cohesión
social, que al igual que la mediación (Gorjón
Gómez, 2017), generan ese mismo efecto.
Reconfirmamos esta visión al observar que
el ser humano según (Foucault, 1988) es la

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fuente misma de poder, y es él, el sustento
de todas las relaciones de producción y significación social, por lo que su existencia y
valía siempre dependerá del ser humano, en
esta misma lógica, en la mediación sucede
lo mismo, en dos vertientes, primero, la persona (mediado), quien decidirá qué hacer y
qué no hacer, y segundo, el mediador, quien
da el contexto de orden y libertad en la toma
de esas decisiones.
Ahora bien, cuales son los elementos del poder y su vinculación a la gestión y transformación del conflicto vía los MSC bajo la dinámica de los elementos del “el ser humano
y su capacidad de decisión”. Podríamos decir que estos se encuentran presentes en la
disgregación que hace de él (Carpizo, 1999)
al afirmar que:
“El poder fuera de la sociedad no es
imaginable porque siempre se manifiesta a través de las relaciones sociales. A su vez, una sociedad o agrupamiento sin poder no puede existir
porque le es necesaria la energía que
la impulsa y que establece las reglas
mínimas indispensables para poder
vivir en grupo…. En cualquier grupo o
asociación es indispensable la existencia de un poder…. el poder es necesario para tener orden y la libertad no es
posible si se carece de aquél.
No existe sociedad o agrupamiento sin
poder. Lo social y el poder se implican
recíprocamente. Uno no podría existir
sin el otro.
El poder es algo tan natural y necesario
como el vivir en sociedad. Quien tiene
poder lo debe a la convivencia con los
Francisco Javier Gorjón Gómez

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otros y lo conservará, quizás lo incrementará, en tanto esté al servicio y responda a los intereses de los demás.
El fenómeno del poder se encuentra
en los más diversos espacios de la sociedad; en consecuencia, existe pluralidad de poderes que adoptan una
estructura jerárquica y un perfil piramidal, los que a su vez se interrelacionan
entre sí”.
Destacamos entonces que el poder se deriva de las relaciones sociales, y que, sin este,
una sociedad o grupo de personas independientemente de su vínculo social pueda
existir, por lo que establece reglas mínimas,
siendo fundamentales para lograr orden y libertad, con un equilibrio de ideales, esto es
un quid pro quo, que alienta la reciprocidad,
ya que el que ostenta poder lo debe a la
convivencia con los demás, en razón de sus
intereses, en razón entonces de su bienestar
subjetivo percibido.
Estos elementos también se encuentran
presentes en la mediación como base fundamental de su accionar, por lo que nuevamente nos encontramos ante una analogía
pro positiva en donde la mediación es también una fuente de poder, es en sí poder. Es
en este punto en donde recurrimos nuevamente a (Carpizo, 1999) cuando señala que:
“El quid del poder se encuentra en una
ecuación de intereses en la cual quien
posee el poder tiene la capacidad de
influir socialmente y los demás -voluntaria o involuntariamente- lo sostienen
porque él -expresa o implícitamenteles conviene” (Carpizo, 1999).
El poder de la mediación. PP. 09-22

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En razón de lo anterior es por lo que afirmamos que la mediación es poder, por ser
una fuente de decisiones, es la capacidad
de influir en los demás en razón de sus intereses, reflejado esto en un régimen de gestión y de transformación de conflictos que
cambia vidas, representado por su método
y los demás MSC, por ser técnicas que privilegian la libertad, el libre albedrio, la voluntad de decisión de quienes las ejercen, es
una fuente de poder pro positiva que procura el bienestar social desde la perspectiva
del bienestar subjetivo percibido, fuente de
felicidad y de paz, que genera convivencia
y cohesión social armónica.
2.- REDIMENSIÓN REALISTA DEL CONCEPTO DE LA MEDIACIÓN
El periplo evolutivo de la mediación y de los
demás métodos de solución de conflictos ha
sido vertiginoso en los dos últimos lustros
a nivel planetario, sobre todo al cierre de
la segunda década del siglo 21, en donde
surge una de las más constriñentes disrupciones del actuar social, ante la presencia
del gran confinamiento, una nueva época
ya denominada poscovid, que ha generado
una re significación a la convivencia social
y le ha dado una nueva variable a la taxonomía del conflicto, obligándonos a ver a la
mediación desde una visión más realista y
como origen del poder.
Actualmente situamos a la mediación en diversas dimensiones, primero la mediación
como solución al conflicto de la impetración
de la justicia, segundo la mediación como
un método, tercero la mediación como profesión, cuarto la mediación como una cien-

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cia social emergente, quinto la mediación
como cultura y estilo de vida a través de sus
valores intangibles, sexto la mediación como
una vía al bienestar y la felicidad y séptimo
como una fuente de poder, que, si las observamos con detenimiento, definen lo que
la mediación es hoy por hoy y su rol en la
generación de bienestar social y paz.
Sin embargo, seguimos evolucionando, el
poscovid ha ubicado a la mediación y a
los demás MSC como una opción oportuna
para solventar la contingencia generada en
el sistema de procuración e impartición de
justicia, que sea dicho de paso se ha colapsado, al igual que ha sucedido con todo
el sistema de bienestar social (salud, educación, seguridad, economía, etc.),esto es
una oportunidad histórica, lo que necesariamente nos obliga a repensar y a entender
a la mediación más allá de las dimensiones
señaladas y no ya solo como un método de
solución de conflictos, aún incansable para
la sociedad.
Por ello, la mediación bajo el halo del realismo, debemos contextualizarla y redimensionarla como una institución social y como
una innovación social generadoras de poder que nos aportara nuevos elementos a la
solución del conflicto de la impetración de
la justicia, contribuyendo entonces a la procreación de un nuevo ecosistema social más
digno a través de ella y de los demás MSC,
forjándose una interface temporal kairos
como una oportunidad favorable que puede cambiar la dinámica social actual en la
generación del bienestar social, haciéndola
más dúctil e introduciéndola verdaderamente al imaginario social.

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2.1. La mediación como institución social.
Una institución social genera una forma o
sistema de organización que le da sentido
a cubrir o solventar necesidades de grupo,
como lo es la familia, la educación, la religión, entre otras. Una institución social es
un instrumentó del poder, que tiene como
uno de sus principales sentidos cohesionar
a los miembros integrantes de un grupo social determinado, esto es genera armonía y
provocar que todos vibremos en la misma
sintonía, también procura la inclusión social,
la transmisión de valores, códigos morales,
respeto y orden, generando pautas de comportamiento y rasgos organizativos como
actividad social (Fernández Esquinas &amp; Torres Albero, 2009).
Es por ello que debemos entenderla como
una estructura cultural que toca la conciencia de la sociedad en todo su esquema organizacional, ya que siguiendo a (Smith,
1962) afirma que una institución social es “es
un haz de normas sociales interrelacionadas
que se asocian con un núcleo de valores de
alta prioridad y con una o más necesidades
humanas básicas”. Y resalta que “Una institución es una forma reconocida de llevar
a cabo alguna actividad en sociedad..., es
una norma, como son normas los usos y costumbres populares y las leyes..., es un procedimiento establecido. Las instituciones exigen siempre asociaciones específicas que
las sostengan...” De ahí que interpretando lo
anterior, consideremos posible a la mediación y los demás MSC como institución social
al contener mismos elementos e intencionalidades como las anteriores instituciones sociales señaladas, como parte de la estructura social contemporánea.
Francisco Javier Gorjón Gómez

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Una institución social orienta la conducta
de las personas mediante un esquema organizacional positivo, permitiéndoles alcanzar sus necesidades básicas y aquellas que
solventan su bienestar subjetivo percibido
(Gorjón Gómez, 2020), dándole a la sociedad continuidad mediante normas y códigos
de conducta que nos permiten interactuar,
por lo que una institución social se convierte
en un ente coordinador de la sociedad, en
un símbolo cultural e ideológico, en una instrumento de poder.
Lo que hace entonces de la mediación una
institución social, al igual que sucede con el
derecho, ya que surge de hechos sociales,
como conjunto de comportamiento, actitudes,
creencias de los miembros de una sociedad,
“bajo la idea una intencionalidad colectiva que implica no sólo compartir actitudes,
creencias intenciones, deseos, esperanzas
o percepciones de dos o más agentes, sino
también actuar de forma cooperativa” (Cano
Jiménez, 2008). Esto último es tal vez el quid
de esta analogía funcional, ya que tiene su
analogía y se basa en los rasgos distintivos
del valor intangible de la armonía de la mediación (Gorjón Gómez, 2017).

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proporciona (Alonso-Martínez, 2015) al establecer que innovación social son “aquellas innovaciones desarrolladas por gobiernos, empresas o personas que contribuyen
de forma novedosa a mejorar la calidad de
vida de la sociedad y que al mismo tiempo
genera beneficios económicos o al menos
sostenibles”. El corazón de esta definición y
que nos impacta en nuestro objetivo, es la
afirmación de que la innovación social “mejora de la calidad de vida” con beneficios
sostenibles de forma, que bien podemos observarlos como generales y particulares.
Esto lo reconfirmamos cuando observamos
el estudio realizado por (Hernández-Ascanio, 2016) que identifica diversas definiciones que a través del tiempo se han venido
acuñando y coinciden con esta visión contemporánea, a saber, algunas de las principales que llamaron nuestra atención y
apuntalan la visión de que la mediación por
su concepto, elementos y por sus efectos es
una innovación social, son:

“La innovación social puede responder más
eficazmente a una serie de problemas sociales para los que el Estado de bienestar
no está preparado para hacer frente, por lo
2.2. La mediación como innovación social. que la sociedad tiene que responder de una
Ahora bien, no podemos considerar al po- forma auto-organizada”.
der y a la mediación y a los demás MSC, sin
el andamiaje evolutivo que las innovaciones “Un proceso de creación colectiva en la
sociales proporcionan a la sociedad y más que los miembros de una determinada uniespecíficamente a las instituciones sociales, dad colectiva aprenden, inventan y diseñan
ya que son estas las que las dinamizan.
nuevas reglas para el juego social de la colaboración y de conflicto o, en una palabra,
Existen diversas definiciones de innovación una nueva práctica social, y en este prosocial, empero conforme al objetivo de este ceso adquieren las necesarias habilidades
articulo observamos la definición que nos cognitivas, racionales y de organización”.
El poder de la mediación. PP. 09-22

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“Las nuevas formas de organización e institucionales, nuevas formas de hacer las cosas,
nuevas prácticas sociales, los nuevos mecanismos, nuevos enfoques y nuevos conceptos •
que dan lugar a logros concretos y mejoras”.

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lítica, o bien porque su importancia no
sea percibida ni para el sector privado ni
para el sector público.
Originar cambios en las relaciones sociales, especialmente con respecto a la
gobernanza, ya que incrementan los niveles de participación, en general, y más
concretamente de los grupos más vulnerables de la sociedad.
Acrecentar la capacidad socio-política y
el acceso a los recursos necesarios para
fomentar el empoderamiento ciudadano.
Se desarrolla mediante un proceso que
emerge desde la base de la ciudadanía
(bottom-up).

“Las innovaciones sociales son innovaciones
que son sociales tanto en sus fines como en
sus medios. Específicamente, definimos las
innovaciones sociales como productos (nue- •
vas ideas, servicios y modelos) que cumplan
simultáneamente las necesidades sociales
(más eficaces que otras alternativas) y crean •
nuevas relaciones sociales o colaboraciones.
Son innovaciones que no sólo son buenas
para la sociedad, sino que también mejoran
la capacidad de actuar societariamente”.
Concluimos entonces que una innovación social es un proceso creativo que da forma a
Quiero pre concluir en razón de los elemen- prácticas sociales específicas, que alienta las
tos hasta ahora observados y de la analogía relaciones sociales y su colaboración. Si nos
de la mediación como innovación social, es detenemos un momento a pensar esto, podecoincidente en niveles macro, ya que ambas mos ubicar a la mediación y los MSC no solo
tienen como visión dar respuesta eficaz a como un elemento constitutivo de este proproblemas de forma auto-organizada, ge- ceso, sino como una fuente de poder per se,
neran procesos de creación colectiva en al jugar dos roles simbióticos, esto es; como
torno a un objetivo social, diseñan nuevas institución social y como innovación social, ya
reglas para el juego social de la colabora- que la mediación puede ser una institución
ción y del conflicto, crean nuevos enfoques social por su alcance y efectos transformay nuevos conceptos que dan lugar a logros dores, y podrá ser considerada igualmente
concretos y mejoras, provocan nuevas rela- una innovación social por su lógica operativa
ciones sociales o colaboraciones y mejoran en la solución del conflicto social y particula capacidad de actuar societariamente en lar pro bienestar y de transformación cultural,
razón del bienestar subjetivo percibido.
en ambos caso representan el fin del poder
identificado en la sinergia colectiva que amLo anterior coincide con el fin que una inno- bas figuras producen.
vación social tiene (Alonso-Martínez, 2015):
Abundemos más en esto, la institución social
• Satisfacer necesidades humanas no y la innovación social genera cambios proatendidas, ya sea por escasez de recur- positivos que surgen de la idea de mejorar
sos, por cuestiones de oportunidad po- nuestra coexistencia, convirtiéndose en un
Francisco Javier Gorjón Gómez

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factor clave de ello la participación directa de la sociedad, cuando esta gestiona y
transforma sus conflictos a través de la mediación y los MSC, entendiéndola como el
vector principal de la tensión disruptiva entre el pensamiento lineal y el pensamiento
exponencial, que re contextualiza su significado en sus diversas dimensiones, así como
en su entender de institución social, de innovación social y fuente de poder.
3. LA MEDIACIÓN Y EL PODER
La mediación es una fuente de poder, es una
fuerza que genera el empoderamiento de
las personas cuando acuden a ella, porque
produce una sinergia de fuerzas que hacen
del mediador un agente de cambio social
y un agente de paz. Hace que el mediador
y el mediado, sean factores evolutivos hacia una sociedad moderna, porque la mediación tiene el poder de generar sinergias
positivas en donde no las hay, logrando que
podamos vibrar en la misma sintonía, sincronizándonos en armonía.

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demos orientar según nuestros intereses de
forma consciente o inconsciente, de forma
proactiva o pasiva, por acción u omisión, y
en el proceso de mediación se influye positivamente en los mediados y ellos a su vez
lo hacen exponencial con las personas de
su entorno, generando un flujo de energía
positiva haciendo a las personas mejores, y
lo interesante de esto es que desde su propia perspectiva de vida, sin afectar la del
otro, es más, mejora las relaciones o lo que
es mejor crea nuevas y aumenta tu nivel de
interacción e influencia.
La mediación da el poder de vivir felices,
de generar el propio bienestar y el de los
demás, porque las personas tienen el poder
de decidir qué problemas enfrentar, siendo
parte de la solución, esto es, como principal efecto genera el empoderamiento de
las personas mejorando su situación y modo
de vida, otorgándole vitalidad positiva a las
partes en su más amplio sentido, ya que al
resolver su conflicto reconstituye su o sus relaciones. El empoderamiento de las partes
vía la mediación está ampliamente reconocido por la doctrina especializada, entendiéndose como un valor intangible porque
genera equilibrio entre las partes y refuerza
la autoestima, genera un ambiente de corresponsabilidad alentando el respeto mutuo (Gorjón Gómez, 2017).

El poder de la mediación se centra en hacernos mejores, mejorando la calidad de vida
y el bienestar subjetivo percibido de cada
persona, porque fortalece la individualidad
de las personas y su autenticidad de forma
coherente, conforme a nuestros propios intereses y necesidades, así como la colectividad cohesionada.
El poder de la mediación radica también en
el orden que genera, y en la estabilidad que
Los seres humanos vivimos relaciones con- provoca mediante la comunicación asertiva,
céntricas e influimos en los demás, porque porque va más allá de la simple transmisión
tenemos el poder de hacerlo, nuestra simple de ideas o querencias, de conceptos o visiopresencia puede motivar cambios e influir en nes personales, la mediación da el poder de
situaciones cotidianas. Esta influencia la po- decidir quiénes somos y quienes queremos ser.
El poder de la mediación. PP. 09-22

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Imaginemos que podemos tener relaciones
armónicas, imaginemos vibrar y fluir en la
misma sintonía, imaginemos buscar nuestro
bienestar y el de los demás sin lesionar los
intereses del otro, imaginemos respetar a los
demás y que ellos nos respeten, imaginemos
una vida digna basada en el equilibrio pragmático, respeto común, en nuestra libertad,
en nuestra igualdad y libre albedrío, y todo
ello derivado de nuestro poder de decisión,
la mediación nos hace y nos hará mejores
personas, por ello la mediación es poder.
4.- EL PODER DE LA MEDIACIÓN
Hemos afirmado en el transcurso de este
artículo que el poder radica principalmente en la capacidad de decisión de los seres
humanos y hemos vinculado como analogía
pro positiva a la mediación ya que al igual
que el poder su virtud radica en la capacidad de decisión de quien la ejerce y de
quien la disfruta.
El poder de la mediación lo debemos identificar también por sus efectos o facetas más
allá de solo pensar en la toma de decisión
de la o las personas que lo fundamentan en
cuento a un conflicto determinado, o en razón del vínculo social o particular que genera en correlación a la organización social
en donde se sitúa o pertenece, por ello debemos observar sus diversas facetas como
resultado de la intervención del mediador y
de las decisiones de o de los mediados en
torno a un conflicto y la influencia de estas
decisiones en la vida propia y de los demás.
Es importante destacar que estos efectos o
facetas son diferentes a los valores intangibles de la mediación, ya que per se un valor

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intangible bien puede ser también una faceta del poder de la mediación, ya que el valor
que le da, radica en su percepción positiva que tenemos de la solución del conflicto.
Siendo el caso de que, si esa percepción no
es real, el valor positivo del intangible no se
manifiesta o tiene una vida superflua, de ahí
la importancia del acuerdo al cual lleguen
los mediados.
A diferencia del poder que no radica solo
en la percepción que hace la persona del
resultado de la mediación, de la solución
dada en cuanto a su particular forma de
vida, sino de sus efectos y cambios sobre la
persona o las personas en un estadio definido por la decisión que se toma y esta las
empodera, a través elementos facticos, haciéndola más fuerte y evolucionar, por lo que
la capacidad del poder tiene una influencia
superior, más amplia, su multidimensionalidad hace del poder un factor de disposición
y libertad, porque genera orden y cohesión
social, a través de cambios tangibles.
Esto lo confirmamos cuando observamos la
capacidad que tienen las personas de generar bienestar cuando soluciona un conflicto,
partiendo de su propio bienestar subjetivo
percibido, en donde logra invertir el rol del
Estado como el generador único del bienestar, por lo que para lograrlo implican una
suma de acuerdos o mediaciones derivado
de un cumulo de conflictos y de diversas personas en comunidad, esto es, que para que
tenga un efecto social, requiere de la acción
de más de uno, a diferencia del poder en
donde uno puede generar el cambio, claro,
se puede potencializar cuando más de uno
actúa en consecuencia.
Francisco Javier Gorjón Gómez

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Bajo esta lógica podemos observar la diferencia entre valor intangible y poder, el valor intangible radica en el valor del BSP y el
poder es el impacto factico y los efectos del
acuerdo en el Bienestar Social desde la individualidad de las personas.

•
•
•

•
•
Los efectos y facetas del poder de la media- •
ción son:
•
• el poder de la ALTERIDAD de la media- •
ción
• el poder ALTRUISTA de la mediación
•
• el poder de la AMISTAD de la mediación •
• el poder del AMOR de la mediación
• el poder del EQUILIBRIO de la mediación •
• el poder de la AUTOESTIMA y AUTORREALIZACIÓN de la mediación
•
• el poder del BIENESTAR de la mediación •
• el poder de la CALIDAD de la mediación •
• el poder CIUDADANO de la mediación
•
• el poder del COACHING de la mediación
• e poder de la CONCERTACIÓN de la •
mediación
•
• el poder CULTURIZADOR de la media- •
ción
• el poder DEMOCRATIZADOR de la me- •
diación
• el poder del DIÁLOGO de la mediación
•
• el poder de la DIGNIDAD y RESPETO de •
la mediación
• el poder DISRUPTIVO de la mediación
•
• el poder ECONÓMICO de la mediación •
• el poder de la EMPATÍA de la mediación •
• el poder de la ESCALADA de la media- •
ción
• el poder ESPIRITUAL de la mediación
•
• el poder ÉTICO de la mediación
•
• el poder del ÉXITO de la mediación
•
• el poder del GANAR/GANAR de la mediación
•
El poder de la mediación. PP. 09-22

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el poder de la GENEROSIDAD de la mediación
el poder del HONOR de la mediación
el poder HUMANIZADOR de la mediación
el poder INDULGENTE de la mediación
el poder INNOVADOR de la mediación
el poder INTANGIBLE de la mediación
el poder del JÚBILO de la mediación
el poder de la JUSTICIA y la EQUIDAD
de la mediación
el poder de la LIBERTAD de la mediación
el poder del MENTORAGE de la mediación
el poder del ORDEN SOCIAL de la mediación
el poder de la OTREDAD de la mediación
el poder PACIFICADOR de la mediación
el poder del PERDÓN de la mediación
el poder de la PERMANENCIA de la mediación
el poder PROACTIVO de la mediación
el poder del PROGRESO de la mediación
el poder de la RECONCILIACIÓN de la
mediación
el poder de la REDENCIÓN de la mediación
el poder REFORMISTA de la mediación
el poder de la REPARACIÓN DEL DAÑO
de la mediación
el poder RESILIENTE de la mediación
el poder RESTAURATIVO de la mediación
el poder SANADOR de la mediación
el poder de la SINCRONÍA de la mediación
el poder SOLIDARIO de la mediación
el poder del TIEMPO en la mediación
el poder de la TOLERANCIA de la mediación
el poder TRANSICIONAL de la mediación

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

•
•

el poder de la VERDAD de la mediación
el poder VINCULANTE de la mediación

CONCLUSIONES
Entender los beneficios y valores intangibles
de la mediación y de los demás Métodos de
Solución de Conflictos ha representado un
reto, así como su posicionamiento en el imaginario social, de ahí que planteamos como
estrategia visualizar de forma realista lo que
significa la mediación, ahora debernos observarla como una institución social y como
una innovación social, ello dará paso a su
posicionamiento cultural desde una perspectiva aún más amplia que la que el propio bienestar y la felicidad pueden generar,
entendiendo que aun que el BSP en sincronía con la mediación y los MSC, significa un
paso enorme en el proceso de entendimiento social de la mediación, visualizarla como
institución o como innovación social permitirá, que sea ella la que construya su impacto
social y no solo se integre a otras instituciones o innovaciones como un elemento adaptado o adoptado para poder ser conocida
y reconocida, como actualmente sucede, en
sus diversas dimensiones.
Consideramos igualmente que aparejada
a esta visión de la mediación y de los MSC
es de absoluta importancia significar que la
mediación es una fuente de poder, tan objetiva o subjetivamente como queramos verlo,
lo que si es cierto, es que el poder y la mediación tienen un mismo principio “la libertad y el libre albedrio” que a su vez se fundamenta en “el ser humano y su capacidad
de decisión”, es cierto que existe infinidad
de instituciones sociales que a través de los

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Científica y Práctica en MSC

19

tiempos han generado innovaciones sociales que han transformado el mundo en positivo, por ello en razón de esas experiencias,
y de la sinergia dimensional de la mediación
en donde su rango de profesión o ciencia
empiezan a ser reconocidos, es idóneo entender a la mediación como una fuente de
poder, que transforma, cambia y mejora las
condiciones sociales de seres humanos.
Y de como a través de la gestión y transformación de conflictos la mediación en múltiples facetas genera efectos tangibles que
dimensionalmente empodera a los seres
humanos y a la sociedad, teniendo el poder
de provocar el altruismo en las personas,
fomentar la amistad y el amor, derivado del
equilibro entre ellas, ello hace que la autoestima y la autorrealización no sean solo
un ideal en las personas si no una realidad
generando bienestar y calidad de vida y de
cómo desde la perspectiva ciudadana genera cambios no solo a un circulo inmediato de influencia si no en los demás, significa
que puedo orientar (coaching) a quienes
creen en mí, quienes se acercan a mí en pos
de ayuda o de quienes dependen de mí,
concertando ideales y modos de vida afectivos y coincidentes con los demás.
El poder de la mediación nos da la posibilidad de generar cultura del dialogo y del
perdón a través de la gestión del conflicto,
en un sentido amplio democratizador en el
que es posible para todos, tenemos a través
de ella la posibilidad de vivir dignamente y
con respeto, generar disrupciones en nuestra vida que antes no eran posibles, con impacto económico, que nos permite vivir dignamente y exitosamente en un contexto de
Francisco Javier Gorjón Gómez

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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ganar - ganar, haciendo de la mediación un agentes de cambio como agentes de paz,
modo y estilo de vida.
pacificadores y proactivos consientes de
nuestro papel y del rol que desempañamos
La mediación tiene el poder de que seamos para hacer que la sociedad progrese, y pomás empáticos con nuestro entorno y con las damos redimirnos de nuestras acciones u
personas que nos rodean, evitando con ello omisiones, ello dará paso a que reformemos
la escala de emociones negativas y conflic- nuestro entorno en positivo y el de los detos. El poder de la mediación nos da cre- más.
cimiento personal pero también espiritual
desde nuestras diversas creencias, hacien- El poder de la mediación nos hace más redo que creamos en nuestro prójimo, fomen- silientes a los hechos y acontecimientos
tando relaciones éticas, siendo generosos y cotidianos que afecta positivamente o nehumanistas preocupados por los demás, de- gativamente nuestra vida diaria, el poder
jándonos de inquietar por lo nuestro, ya que restaurativo de la mediación nos lo facilita y
ello lo tendremos resuelto, permitiéndonos sana a todos de forma sincrónica y hace que
ser indulgentes con los demás y poder vivir nuestras decisiones sean vinculantes, ya que
con honor.
de no ser para todos los embates negativos
lo evitarían, así como el efecto positivo del
El poder de la mediación nos da la posibi- poder de la mediación nos sana tanto moral
lidad de innovar, de generar cambios en como espiritualmente.
nuestra vida y en la de los demás, a través
de sus valores intangibles para alcanzar La mediación tiene el poder de hacernos
nuestros objetivos en plena libertad, de for- más solidarios, de hacernos más toleranma justa y equitativa.
tes con nuestro prójimo, con nuestras familias, con quienes amamos, hace del tiempo
El poder de la mediación genera jubilo cuan- un aliado fortaleciéndonos, permitiendo la
do resolvemos nuestros conflictos y logramos transición de relaciones conflictivas a relareparar el daño que nos han hecho o que ciones armoniosas de una manera más rápihemos hecho, perdonar y que nos perdonen, da, eficiente y permanente.
esto hace que la sociedad nos observe y al
ver que funciona generamos un mentoraje La mediación tiene el poder de la verdad,
que provocara orden social, todos querrán de nuestra verdad, esto significa darles vida
mediar cuando observen sus beneficios y la y forma a nuestros ideales, sin afectar a los
permanencia de sus beneficios, reconcilián- demás bajo el halo de nuestra verdad, así
donos con quienes convivimos, trabajamos como la felicidad se constituye en una vero amamos.
dad jurídica, nuestros ideales igualmente
podemos materializarlos en una verdad raEl poder de la mediación genera en noso- cional, legal, sincrética y adaptativa, que no
tros la otredad permitiéndonos evolucionar solo nos dará beneficios a nosotros, sino que
y poder cambiar y ser otros, erigirnos como podemos compartirla con los demás, en el
El poder de la mediación. PP. 09-22

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

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porcentaje necesario que mis vínculos ame- de la UANL, Miembro del Sistema Nacional de Invesriten, o mejor dichos según la coincidencia tigadores nivel 2, Presidente del Colegio de Mediade intereses implicados.
dores de Nuevo León, A.C. Profesor Investigador de
la Facultad de Derecho y Criminología de la UANL..

TRABAJOS CITADOS

Email: fgorjon@hotmail.com

Alonso-Martínez, D.-A. N. (2015). La innovación social como
motor de la creación de empresas. UCJC Business and
Society Review, 47.
Cano Jiménez, R. M. (2008). El derecho como institución social: Searle y Hart. Madrid: Universidad Carlos III.
Carpizo, J. (1999). El poder: su naturaleza, su tipología y
los medios de comunicación masiva. Boletin de derecho
comparado, 321 - 356.
Fernández Esquinas, M., &amp; Torres Albero, C. (2009). La ciencia como institución social: clásicos y modernos institucionalismos en la sociología de la ciencia. ARBOR Ciencia, Pensamiento y Cultura, 663 - 687.
Foucault, M. (1988). El sujeto y el poder. Revista Mexicana
de Sociología, 3 - 20.
Gorjón Gómez, F. J. (2017). Mediación, su valor intangible y
efectos operativos. Una visión integradora de los métodos alternos de solución de conflictos. México: Tirant
Lo Blanch.
Gorjón Gómez, F. J. (2020). La mediación como vía al bienestar y la felicidad. México: Tirant Lo Blanch.
Gorjón Gómez, F. J., Sáenz López, K., &amp; Vázquez Gutiérrez,
R. L. (2014). Escuela de pensamiento de los métodos de
solución de conflictos. Monterrey: Tendencias, UANL.
Hernández-Ascanio, J. &amp;.-V.-M. (2016). El concepto de innovación social: ámbitos, definiciones y alcances teóricos.
CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y
Cooperativa, 164-199.
Smith, H. (1962). El concepto de institución: usos y tendencias. Revista de Estudios Políticos (1259, 93 - 104).
—

Francisco Javier Gorjón Gómez
Presidente de la Asociación Internacional de Doctores en MASC, A.C., Director del Doctorado en MASC
Francisco Javier Gorjón Gómez

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y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
02, ENERO
2022 en MSC

Propuesta educativa metodológica aplicada a
través del comics por una construcción de paz
Methodological educational proposal applied through comics for
a construction of peace
Recibido: 12-11-2021
Lourdes Albor-Chadid*

| Aceptado: 10-12-2021
* https://orcid.org/0000-0001-5296-6454 Universidad,
Universidad Simón Bolívar, Colombia

Resumen
Las comunidades académicas escolares nacionales e internacionales son conscientes de las problemáticas psicosociales por las que afrontan las escuelas diariamente. Es por tanto la necesidad
de generar planes y programas educativos, pedagógicos creativos e innovadores que sean atractivos a los estudiantes para de esta manera fortalecer nuevos aprendizajes en competencias que
faciliten las buenas relaciones interpersonales y las disminuciones de los conflictos. El presente
estudio es resultado de una aplicación de investigación aplicada que tiene como objetivo construir
representaciones dialógicas a través del comic como medio pedagógico para promover las construcciones de paz en los contextos escolares. El estudio es de tipo cualitativo, del método representativo de la Investigación-Acción-Participación donde las personas observan y estudian sus propias
realidades con fines de concientizarse de sus propios problemas sociales y de resolverlos. La población participante fueron 30 niños y niñas de la Institución Educativa “San José” de la ciudad de
Barranquilla-Colombia. En los resultados se observó a cada uno de los niños en su libre naturalidad
ejerciendo un rol mediador, en que a través del diálogo, con el uso adecuado del lenguaje, les permitió la diversidad de gustos, formas de comprender el conflicto y construir paz. Como conclusiones
esta propuesta de cultura de paz con aplicación pedagógica creativa del comic, le apuesta a la
educación para la paz, cultura de paz para ayudar a construir valores mediante acciones humanas
que permita la involucración y participación de todos los niños y niñas, para ayudarlos a construir,
fortalecerlos en valores y cambios de actitud.
Cómo citar
Albor-Chadid, L. Propuesta educativa metodológica
aplicada a través del comics por una construcción de paz.
MSC Métodos De Solución De Conflictos, 2(2). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/index.php/m/
article/view/18

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Palabras clave: Comics, Diálogo, Pedagogía, Construcción De Paz.

Abstract
The national and international academic school communities are aware of the psychosocial problemas that schools face on a daily basis. It is therefore the need to generate creative and innovative
educational, pedagogical plans and programs that are attractive to students in order to strengthen
new learning in competencies that facilitate good interpersonal relationships and decrease conflicts.
Thus, the present study is the result of an applied research application that aims to build dialogic
representations through the comic as a pedagogical means to promote peacebuilding in school
contexts. The study is of a qualitative type, of the representative method of Research-Action-Participation where people observe and study their own realities in order to become aware of their own
social problems and to solve them. The participating population was 30 boys and girls from the Educational Institution “San José” in the city of Barranquilla-Colombia. In the results, each one of the
children was observed in their free naturalness, exercising a mediating role, in which, through dialogue, with the appropriate use of language, they allowed a diversity of tastes, ways of understanding
the conflict and building peace. As conclusions, this proposal for a culture of peace with creative
pedagogical application of the comic, bets on education for peace, a culture of peace to help build
values through human actions that allow the involvement and participation of all children, to help
them to build, strengthen them in values and attitude changes.
Keywords: Comics, Research-Action-Participation, Pedagogy, Peacebuilding.

INTRODUCCIÓN
El Ministerio de Educación Nacional República de Colombia, a través de la Constitución
Política de 1991, la Ley General de Educación
115 de 1994 y los diversos convenios internacionales suscritos por Colombia, reconocen
la importancia de los derechos humanos
como objetivo fundamental de la educación
dentro del marco de la formación ciudadana como son el respeto, la defensa y la promoción de los derechos humanos.

mientas básicas para que cada persona
pueda respetar, defender y promover los
derechos fundamentales, relacionándolos
con las situaciones de la vida cotidiana en
las que éstos pueden ser vulnerados, tanto
por las propias acciones, como por las acciones de otros. Por tanto, las competencias
ciudadanas representan las habilidades y
los conocimientos necesarios para construir
convivencia, participar democráticamente
y valorar el pluralismo (Ministerio de Educación Nacional, República de Colombia,
2019).

Es así como se promulga por las competencias ciudadanas que se enmarcan en la A pesar que el Ministerio de Educación Naperspectiva de derechos y brindan herra- cional en Colombia ha procurado por mantePropuesta educativa metodológica aplicada a través del comics por una construcción de paz. PP. 23-38

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ner y operacionalizar las normas, leyes, principios que procuren el desarrollo humano y
social de toda una comunidad escolar académica, aún persiste la divergencia entre lo
real y la norma, puesto que actualmente las
situaciones de conflictos que se presentan
en las escuelas tales como los estudiantes
señala que el conflicto está lastimando a
compañeros mental y físicamente, así como
también lo describen como algo negativo
que es inaceptable, desagradable y repulsivo. Lo califican como acciones violentas físicas de un estudiante a otro. A nivel mental
piensan que el conflicto es una situación que
perturba y que es algo en lo que nada se
puede hacer con consecuencias que puede
estar afectando sus valores.
Es de importancia anotar que ante lo adverso de construir paz en las instituciones educativas se encuentra la violencia escolar, es
por tanto que actualmente se están desarrollando múltiples investigaciones con resultados que evidencian que las causas que
más generan los conflictos en las escuelas
son el abuso de sustancias, los problemas
económicos, políticos y sociales, el género,
la adaptación social, las relaciones entre
pares y maestros, la adaptación social y los
factores psicológicos, siendo América Latina
la región que más problemáticas presentan,
debido a las circunstancias que enfrentan
de problemas de violencia en general (Rodríguez-Burgos et al 2020).
Es así como el Estado Colombiano a la luz de
generar relaciones directas entre la construcción de paz y el fortalecimiento de una
idea de Estado, se comprende como una
institución que debe crear y garantizar las

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condiciones para la paz a través del artículo 22 de la Constitución Política de Colombia
que estipula que “La paz es un derecho y
un deber de obligatorio cumplimiento” donde se comprende como un deber en tanto
involucra a toda la ciudadanía colombiana
desde su aspecto más formal, relacionado
con el Estado y sus instituciones, hasta el
más emergente, relacionado con lo social y
las demandas de la sociedad civil (Grajales
et al 2015).
Con esta medida implementada por el Ministerio de Educación para el desarrollo
humano de los estudiantes y atendiendo a
las necesidades de las diferentes problemáticas sociales que se presentan en las
instituciones educativas principalmente los
conflictos escolares y a su formación biopsicosocial, se visualiza la necesidad de orientar unas prácticas pedagógicas con objetivos motivados a aplicar una metodología
con estrategias interpretativas que muestre
el significado subjetivo y que esté unido a
unas respuestas conductuales en búsqueda de comprender las respuestas sociales y
búsquedas de alternativas de solución que
aminoren los conflictos. Es así que este estudio tiene como objetivo principal construir
representaciones dialógicas a través del comic como medio pedagógico para promover
las construcciones de paz en los contextos
escolares.
Por tanto, se presenta El comic en Iberoamérica como el producto de un conjunto de
tradiciones editoriales y culturales diversas
que, ahora en el contexto de un renovado
interés por la historieta, plantea propuestas
y miradas cada vez más difíciles de ignorar
Lourdes Albor-Chadid

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por parte del establecimiento cultural (Co- sis de grado que se ha estado construyenrrea et al 2010).
do con el Doctorado en Métodos Alternos
en Solución de Conflictos en convenio con
De igual manera Correa et al (2010) afirman la Universidad de Nuevo León – Monterrey
que el comic hace evidente el hecho de que – México. Esta experiencia educativa pedacuanto más fluida es la comunicación con un gógica reflexiva se está construyendo con
público amplio, la producción secuencial es niños y niñas de la Institución Educativa “San
más un espacio de reflexión colectiva dis- José” de la ciudad de Barranquilla – Colompuesto a abordar los temas más complejos bia, desde sus cotidianidades académicas.
con la mayor seriedad y respeto (pág. 50).
Hecha la descripción anterior, se continúa
estructurando la fundamentación teórica
Por cuanto la propuesta del comic repre- puesta a disposición que nos revelará los
senta atributos que atribuye manifestadas principios, supuestos para ser evidenciados
en competencias llevadas a las acciones en la práctica con la participación de la pocon las reflexiones y significados propios blación.
de cada persona. Cabe decir también que
tiene una facilidad para indagar interpreta- 2. LITERATURA REVISADA
ciones que permite considerar y revisar críticamente las autorrepresentaciones propias Carr &amp; Kemmis (1988) afirman que las estrade cada individuo y su forma de interactuar tegias pedagógicas educativas sociales poindividual y socialmente.
drían revelar en el plano social estructural el
carácter ideológico de la vida de un grupo,
Esta propuesta de cultura de paz con apli- demostrando el modo en que los procesos
cación pedagógica creativa del comics, le sociales como el lenguaje y otros atributos
apuesta a una educación para la paz con de producción de medios de comunicación,
fines de aumentar las herramientas de in- así como de reproducción cultural, configutervención a la ciudadanía para ayudar a ran las experiencias del mundo social, así
construir valores y actitudes tales como la como también buscan formas para transjusticia, la libertad, la libre expresión de formar y mejorar el proceso de enseñanza y
pensamientos, el respeto, la solidaridad aprendizaje.
mediante acciones humanas que permita
la involucración y participación de todos los Asimismo, tal como afirma Weber (1977) que
niños y niñas, para orientarlos a construir y el hombre es un animal inserto en tramas de
fortalecerlos en valores y nuevos cambios de significados que él mismo ha tejido donde la
actitud para afrontar situaciones de conflic- cultura es esa urdimbre y la que el análisis
tos.
de la cultura ha de ser, por lo tanto, no una
ciencia experimental en busca de leyes, sino
Como descripción y lugar de los aconteci- una ciencia interpretativa en busca de sigmientos donde se desarrolla la propuesta, nificados.
este documento es fruto del trabajo de tePropuesta educativa metodológica aplicada a través del comics por una construcción de paz. PP. 23-38

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Así mismo complementando lo anterior, se
especifica la importancia de la acción-comunicativa, donde Habermas (1989) expone la realidad social como una construcción
del mundo de la vida cotidiana, que resulta
de los “rendimientos interpretativos” de las
personas directamente implicados; es decir
concebir la comprensión como el modo privilegiado de experiencia.

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englobado en el contexto internacional de
la educación para la paz (Citado por Vázquez, 2015).
La cultura de paz es definida por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO,
como aquel conjunto de valores, actitudes,
tradiciones, comportamientos y estilos de
vida basados en el respeto a la vida, el fin
de la violencia y la promoción y la práctica
de la no-violencia por medio de la educación, el diálogo y la cooperación, el respeto
pleno y la promoción de todos los derechos
humanos y las libertades fundamentales; el
compromiso con el arreglo pacífico de los
conflictos y el respeto y el fomento de la
igualdad de derechos y oportunidades de
mujeres y hombres además que encuentra en la mediación una herramienta eficaz
para el logro de estos objetivos (Citado por
Vázquez, 2015).

Así mismo Habermas (1989) expone la lingüística y las acciones social como pretensiones de validez de modo similar a los actos
de habla con enunciado y enunciación, es
decir constituyen medios de acciones comunicativas en que el individuo aprende estrategias de afrontamiento para confrontar su
contexto actual en casos en que se tornen
problemas, conflictos y en las que se hace
menester llegar a un acuerdo a través del
diálogo argumentativo donde se reconocen
simultáneamente a algo en el mundo objetivo, en el mundo social y en el mundo subjetivo, para negociar definiciones de la situa- Cabe señalar que Velasco Suárez, et al
ción que puedan ser compartidas por todos (2012) sostienen que los principios de la
(pág. 143).
Educación para la Paz están basados en la
legitimidad y en la justicia moral que podrá
Desde esta propuesta se destaca la cultu- dar lugar a un nuevo orden de equilibrio y
ra y educación para la paz como medios convivencia responsable en el mundo (Cide programas de construcciones de paz en tado por Cabello-Tijerina &amp; Vázquez Gutiéel marco de la mediación educativa como rrez, 2018).
concepto impulsado por la Organización de
las Naciones Unidas para la Educación, la De lo anteriormente expuesto, se nombra la
Ciencia y la Cultura (UNESCO) que busca pedagogía como recurso facilitador para
que los Estados miembros adapten y evolu- alcanzar estos atributos de formación intecionen sus políticas públicas educativas, en gral, es así como Muñoz &amp; López Martínez
la norma y en la aplicación, a fin de asegurar (2004) afirman que:
la formación en valores, derechos humanos,
La Educación para la Paz es también
paz, participación democrática, tolerancia,
nombrada pedagogía de la paz que
no violencia y entendimiento intercultural,
nace como estudio de los comportaLourdes Albor-Chadid

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mientos agresivos y violentos en los seres humanos y apuesta por unas formas
de socialización y educación diferentes
que hicieran a las personas más libres,
responsables y creativas.

Además, también se destaca en estos procesos, la eficacia y autodeterminación de
aplicar modelo de innovación pedagógica
en las escuelas colombianas, lo que estimula la autoeficacia y motivación académica, el apoyo social, la afiliación escolar, así
Es así como el rigor de este discurso nos per- como nuevos reforzadores tanto cognitivos,
mite observar los principios de la educación emocionales y conductuales por la disminupara la paz tale como afirman Hoyos &amp; Var- ción de la incidencia de la violencia escolar
gas (1997):
(Albor-Chadid, et al 2020).
1. El nivel del reconocimiento del otro y
de las diferencias, de la multiplicidad Entonces es de señalar los principios de la
de perspectivas, puntos de vista, para- educación para la paz que Palos Rodríguez
digmas y culturas siendo finalmente el (2010) señala:
momento comunicativo, dado que com- 1. Enseñar y aprender a resolver conflictos.
prender al otro no nos obliga a estar de
Educar para la paz es una forma particuacuerdo con él, pero sí hace posible el
lar de educar en valores. Cuando educaque lo estemos o el que sepamos por qué
mos, consciente o inconscientemente se
no lo podemos estar.
está transmitiendo una escala de valores.
2. Pretender la intención manifiesta en el 2. Ayudar a construir unos valores y actitulenguaje y expresión libre en el lenguaje
des determinados tales como la justicia,
tal cual como se expresa que se refiere
libertad, cooperación, respeto, solidaa un mundo subjetivo que se va reproduridad, actitud crítica, el compromiso, la
ciendo en procesos de formación de la
autonomía, el diálogo, la participación.
persona. En este mundo subjetivo habiAl mismo tiempo se cuestionan los valotan las personas desde el punto de vista
res que son contrarios a la paz como la
de sus diferentes formas de interactuar
discriminación, la intolerancia, la violensocialmente es decir desde su autocomcia, el etnocentrismo, la indiferencia, el
prensión e identidad.
conformismo.
3. Educación desde y para la acción. No se
Con base en lo anterior y la importancia que
trata de educar para inhibir la iniciativa y
tiene la educación aplicando la pedagogía
el interés sino para encauzar la actividad
como medio para construir la paz, éstas se
y el espíritu combativo hacia la consecuestructuran como fortalezas para alcanzar
ción de resultados útiles a la sociedad.
los aprendizajes, para constatar la veraciSe trata de participar en construcciones
dad de los saberes evidenciados en las reade paz. (Citado por Vázquez, 2015).
lidades, el aumento del pensamiento crítico,
la comunidad estudiantil como lo interpreta, Sin embargo, no se debería desconocer que
como determinaría para la toma de decisio- dentro de las interacciones sociales en que
nes y resuelve conflictos.
vive el ser humano los efectos de las sociaPropuesta educativa metodológica aplicada a través del comics por una construcción de paz. PP. 23-38

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lizaciones, diferencias de estilos de vida y económicos, sociales y familiares. (pág. 59).
crianza predisponen a las situaciones de Con base en lo anterior, la mediación como
conflictos.
método alterno de solución de conflictos,
constituye herramientas de comunicación,
Entonces se podría afirmar que, desde las de diálogos de saberes con estructuras que
construcciones de paz, la educación para la facilitan el intercambio natural de opiniones,
paz constituye una línea de intervención de de las realidades y que a través de la lingüíscambio social que desde la construcción de tica se expresan símbolos, representaciones
paz versus educación para la paz hacen re- mentales en relación con un ser humano lleferencia de comprender que la construcción no de historias y experiencias sociales.
de paz no es ausencia del conflicto. Por el
contrario, se asume que el conflicto es con- Es de importancia anotar como afirma Pésustancial a las relaciones entre los seres rez de Guzmán Puya (2009) que, con los
humanos, por tanto, es un elemento funda- métodos de las mediaciones aplicadas en
mental para repensar la paz y las variadas los contextos escolares, el paradigma consformas en que los seres humanos lo resuel- tructivista es visible ya que se respetan los
ven bajo estrategias no violentas, como la sentimientos e intereses de los implicados y
creación de ambientes educativos de sana contribuye a la formación individual y grupal
convivencia y de reconocimiento de la diver- (Citado por Vázquez, 2015).
sidad y la diferencia (Grajales, et al, 2015).
Es de reconocer entonces la emanación de Ahora continuando con lo anterior y la imlas políticas públicas para implementar pla- portancia del aprendizaje constructivista en
nes, programas, proyectos que promulguen la forma de instruir la paz, Riveros (2009) y
soluciones a las situaciones de conflictos Espinoza (2017) señalan que se requiere de
que surgen en las instituciones escolares una predisposición para aprender significacon fines de promover la cultura de la convi- tivamente y para efectuar el esfuerzo mental
vencia y soluciones pacíficas a los conflictos que eso supone. De aquí la importancia de
(Miranda-Medina &amp; Gorjón, 2018, como se que la función principal del profesor sea que
citó en Enamorado et al 2020).
sus alumnos aprendan de manera significativa. En este sentido se retoma lo manifesPor lo anterior, es necesario resaltar la im- tado por Pérez Gómez (2008) y Pérez Sánportancia de la mediación educativa en los chez y Beltrán Llera (2014) respecto a que la
contextos escolares como afirma Vázquez motivación es el motor del aprendizaje que
(2015), como una estrategia de amplia ac- se encuentra influida por las emociones, las
ción dentro de la contextualización de la creencias, los intereses y los valores. (Citaeducación para la paz y a su vez en direc- do por Carranza Alcantar, Caldera Montes,
ción objetiva de una educación integral, una 2019).
formación entendida como un todo que se
compone de una gran diversidad de ele- La escuela es actualmente un sistema social
mentos individuales, recursos materiales, que debe responder a las exigencias proLourdes Albor-Chadid

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pias de una cultura, pero ante la exigencia
de unas crisis de adaptación de todo un sistema académico, el logro de metas, se presentan los episodios de conflictos escolares
evidenciados en las conductas violentas, es
por tanto que los mecanismos de constante innovación pedagógica permite a la comunidad académica a utilizar herramientas
creativas, didácticas para trabajar desde la
academia los conflictos sociales en las escuelas (Albor-Chadid, 2019).

El propósito del cómic se afirmaría que
acentúa nuevas aperturas de comunicación
humana que nos muestra posibilidades de
interpretar, comprender las realidades humanadas de otras personas a la vez ser utilizado como mediación pedagógica donde
instruye para aumentar los canales de comunicación, el fomento por liderazgo en los
grupos, la toma de decisión en grupo, la facilidad para mediar situaciones de conflictos.

Por tanto, el interés de lo anterior se centra
en aumentar la eficacia de la mediación, la
formación del mediador y el análisis de los
programas de mediación escolar, en aumentar la convivencia escolar y la promoción de la mediación escolar en políticas
públicas con aplicación de estrategias innovadoras en pedagogía (Miranda-Medina et
al 2020).

Es por tanto que el comic permite ser utilizado como técnica de doble vía, por una
parte, como herramienta pedagógica de
sentido de autorreflexión y por otra parte
con posibilidades de medir el conocimiento
científico ya que permite utilizarlo con estructuras metodológicas aplicadas y observar los cambios de percepción de realidad
y actitudinales. Es así como Latorre, (2016)
afirma que:
La facilidad del cómic para genera estructuras narrativas cercanas al contexto de los estudiantes es pertinente preguntarse sobre el tipo de enseñanza
que se busca por lo tanto es relevante
comprender este aspecto por su significatividad entendida como el aprendizaje de las temáticas tanto discursivas como históricas con posibilidad de
aplicarse de manera práctica con estructuras lógicas que permita un razonamiento estructurado por parte de los
estudiantes y por su funcionalidad, que
lo aprendido modifique activamente su
futura relación con la temática que sea
“un aprendizaje extrapolable o ampliable” (Citado por Vargas Gómez,
2019).

Es así como el cómic como mediación pedagógica en su estructura narrativa cumple un
propósito esencial que es la de “distraer”,
es por tanto que debido a las necesidades
y al prestigio social se ha implementado en
las aulas de clase para motivar a los estudiantes a aprender y para hacer uso de éste
como una mediación pedagógica facilitando el acto educativo, para los docentes entrevistados consideran que “El cómic siempre ha sido una herramienta muy valiosa y
subsidiaria de las disciplinas para transmitir
mensajes, conocimientos y enseñanzas, a
través de las imágenes y de los textos que
son llamativos para los estudiantes” (Oliveros Zambrano, Pulido González, &amp; Rincón
Pinilla, 2017).

Propuesta educativa metodológica aplicada a través del comics por una construcción de paz. PP. 23-38

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

3. MÉTODO
La construcción de la propuesta con base
en competencias ciudadanas por una construcción de paz implicó procesos de interpretación con la aplicación del uso del
comics como estrategia pedagógica que
permitieran reflexiones e interpretaciones
con relación de la teoría con la práctica
y aplicación del método representativo de
la Investigación-Acción-Participación donde
las personas observan y estudian sus propias realidades con fines de concientizarse
de sus propias problemas sociales y actuar
en toma de decisiones de acciones o transformación social. El estudio es de tipo cualitativo ya que se necesitó explorar las percepciones, actitudes de los individuos. Se
adoptó un postulado constructivista con la
participación de las personas comprometidas en el desarrollo del programa.
3.1. Participantes
Los participantes fueron 12 niñas y 18 niños
para un total de 30 estudiantes del Grado
Sexto en edades entre los 10 y 13 años de
edad de la Institución Educativa Distrital
“San José” ubicado en la ciudad de Barranquilla-Colombia.
3.2. Instrumento
Se utilizó una entrevista semiestructurada
para la recolección de datos. La guía de la

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

31

entrevista se aplicó en tres talleres interactivos que incluyeron preguntas para ser indagadas a través del comic con instrucciones pedagógicas que hicieron referencia a
la convivencia y al diálogo entre compañeros como mediación para la resolución de
conflictos y la construcción de paz en la escuela.
3.3. Procedimiento
En cada sesión de los talleres se instruía
a los participantes con una pregunta de
orientación que luego se complementaba
con subpreguntas para mayor razonamiento, interpretación y flexibilidad para medir
las situaciones de conflictos indagadas a
través del comic. Además, se les solicitó a
los participantes comentarios adicionales
acerca de la creatividad, motivación por
construir escenarios sobre el diseño de su
comic.
Para el análisis e interpretación de la información cualitativa aplicada a través del uso
del comic se determinó una categoría principal que permitiera atender al objeto de
estudio. En la categoría se especifica dos
subcategorías con definiciones para ampliar
los atributos naturales del individuo en su
construcción para promover construcciones
de paz. Además, se presenta la estructura
de la guía de entrevista semiestructurada
aplicada.

Lourdes Albor-Chadid

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

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Tabla 1: Categorías-Subcategorías
Categoría

Representaciones
dialógicas

Subcategoría

Definición

El lenguaje constituye
el instrumento dócil
Relación entre el
y transparente de
lenguaje y la men- la expresión de
te humana.
representaciones
producidas por la mente
a través del dibujo.
Componente natural
del individuo en que
Participación
asume consciencia de
práctica de las
su espacio, posición,
personas.
integrándose en
dinámicas grupales a
través de la práctica.
Fuente: Análisis propio.

De acuerdo a lo anterior y teniendo en cuenta
la estructura organizada metodológica aplicada para trabajar la estrategia pedagógica
del comic y su importancia en las construcciones de paz escolares, se empezó la actividad
motivando a los participantes a participar
pensando en una lluvia de ideas acerca de
acciones para resolver un conflicto. En esta
actividad cada niño representó una historia
con carácter lúdico a través del dibujo, acerca
de sus opiniones en condiciones de libertad,
libre expresión acerca de mediar situaciones
de conflicto. Luego se reunieron en grupos,
cada uno expresó, dialogó, debatieron, tomaron la palabra, expresaron sus ideas acerca
de comic, reflexionaban acerca de lo que dialogaban y como cada quien aportaba reglas
para promover construcciones de paz.

Guía de preguntas
¿Quiénes son las partes del
conflicto?
¿Piensas que tu comic,
facilitará la comunicación
con tus compañeros?
¿Es el diálogo un medio
que facilita resolver
problemas entre las
personas?
¿De qué forma te
relacionarías con tus
compañeros para construir
paz?
¿Piensas que construir paz
te hace sentir mejor?

RESULTADOS
Es de destacar la importancia de la escuela
como sistema de relaciones grupales donde
se debería actualizar en utilizar herramientas creativas, didácticas para trabajar desde la academia, el diálogo como una herramienta natural, lingüística para construir
sistemas de paz y así disminuir los conflictos
sociales en las escuelas.
Por lo anterior, la investigación aplicada
aporta resultados apreciables que permiten
la mejora en la sociedad (Miranda-Medina &amp;
Rodríguez-Burgos, 2017) con la aplicación de
diferentes métodos cualitativos y cuantitativos (Sáenz &amp; Rodríguez-Burgos, 2010; Rodríguez-Burgos &amp; Gorjón, 2014; Rodríguez-Bur-

Propuesta educativa metodológica aplicada a través del comics por una construcción de paz. PP. 23-38

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Científica y Práctica en MSC

gos, 2012) con expectativas de transferir ese
conocimiento a las instituciones educativas
en procura de mejorar la calidad de la educación y el desarrollo de los estudiantes así
como también el aporte de herramientas didácticas y estratégicas para mejorar el sistema educativo (Citado por Rodríguez-Burgos
&amp; Miranda-Medina 2020).

33

A continuación, se presentan los resultados
del comic creado y representado socialmente con la participación de los niños y niñas
del Grado Sexto de la Institución Educativa
Distrital “San José”.

Figura 1: Representación dialógica del conflicto, Subcategoría relación entre el
lenguaje y la mente humana.

Fuente: Elaboración propia.

Como novedad e innovación, las instrucciones suministradas para la creatividad y uso
del comic, recibió anotaciones muy positivas.
Los participantes mostraron autonomía, atentos, espontáneos y divertidos en cada uno de
sus diseños. Expresaron opiniones como: “Me
gustó todo, sobre todo, representar a un súper héroe llamado “Antibullin” con poderes
para resolver los conflictos en una aventura”.

a través del lenguaje en su ejercicio de narrar su comic, ejercían un rol mediador entre un compañero y otro; es decir, se generó
el juego de preguntas y de respuestas que
facilitaba la interacción grupal, así como la
comprensión de los dibujos en sus contextos
culturales. La interacción simple de hablar
y de exponer los símbolos, signos, frases o
enunciados representados en el comic, les
permitió poder reflexionar acerca de sus
En la subcategoría relación entre el lenguaje propios mundos y el de los demás.
y la mente humana, surgió una subcategoría
denominada “Diálogo” donde se observó Es de señalar que, en las entrevistas, 22 parcómo cada uno de los niños naturalmente ticipantes de 30, en la subcategoría “partiLourdes Albor-Chadid

�34

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

cipación práctica de las personas” narraron
aspectos relacionados con la mediación.
Hablaron que se les hacía más fácil construir
paz a través de la representación de un superhéroe que tiene la intención de manifestar algo, sobre algo que hay que solucionar
en instrucciones estilo comic.
Es de anotar que desde el componente natural del individuo en participar de actividades en las que se apoyó de sus habilidades
lingüísticas a través del dibujo, los motivo a
reforzarse en sus áreas cognitivas, emocionales y conductuales en disminuir los conflictos y malos entendidos en frases o enunciados como: “siento que hice mal, voy a hacer
las paces con ese compañero”, Amigo, discúlpame. Te disculpo, somos amigos y no tuvimos que pelear”.
De acuerdo a lo anterior, como afirma Palos Rodríguez (2010), los niños construyen

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valores, cuestionan los valores contrarios
a la paz, así como también afirma Riveros
(2009) y Espinoza (2017) que se requiere de
una predisposición para aprender significativamente y para efectuar el esfuerzo mental
que la actividad supone. En la interacción
social aceptan y obedecen la dinámica de
manera consciente, desinhibida que les ayuda a crecer integralmente a resolver conflictos a parte que los mantenía concentrados
y divertidos en la experiencia pedagógica.
Además, como afirma Pérez de Guzmán
Puya (2009), en estos episodios de creatividad, diálogos, encuentros culturales, los niños construyen sus formaciones individuales
y grupales sensibles al espíritu y respeto por
las emociones a partir de su comunicación
verbal y no verbal, así como las condiciones
adecuadas para afrontar los conflictos con
acciones inherentes de construir sanas convivencias de paz.

Figura 2. Representación dialógica del conflicto.

Fuente: Elaboración propia.
Propuesta educativa metodológica aplicada a través del comics por una construcción de paz. PP. 23-38

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Las representaciones dialógicas que se describe en la figura 2, refleja como los cuadros
ocupan un espacio en sus mundos reales, sus
posibilidades ilimitadas de manifestaciones
acerca de sus percepciones, proyectando a
través del dibujo sus actitudes, pensamientos, sentimientos, expresión de valores y formas conductuales que están en sus procesos
e intenciones de construcción de paz y de
responder a una forma particular construir
formas adecuadas de convivencia. Además, también como afirma Palos Rodríguez
(2010), la actividad los encauza hacia metas,
resultados que les puedan ser útiles tanto a
los niños como a la sociedad, así como también desde los aportes de Habermas (1989),
quien afirma que las realidades sociales se
construyen del mundo de la vida cotidiana,
que resulta de los “rendimientos interpretativos” de las personas directamente implicados; es decir concebir la comprensión como
el modo privilegiado de experiencia.

to, intenta descubrir desde sus propias habilidades naturales como es la comunicación,
el diálogo, el medio natural del habla, que
le permita solucionar el problema, así como
también muestra sensibilidad y determinación en encontrar alivio emocional y medios
alternativos para construir ambiente de armonía y paz.

Por lo anterior, es importante anotar que las
formas de la representación dialógica determinadas por los estudiantes evidenciados en
la figura 2 en su comic, en 21 entrevistas de
30, señalan la presencia diaria y normal de
los episodios de violencia, el maltrato físico y
verbal en la escuela. Pero lo destacable consistió en que aquellos participantes en que
su discurso era bajo, se motivaron a expresar
algo, a pronunciar cualidades del contenido
secuencial en tiempo, espacio de las acciones de sus personajes creativos del comic
para mediar una situación de conflicto.

Así mismo posibilita los cambios mentales
en cuanto a la desinhibición de sus propias
creencias a través del dibujo y así mismo
comparándolos y evidenciarlos en sus propias realidades.

4. CONCLUSIONES
Esta propuesta de cultura de paz con aplicación pedagógica creativa del comic, le
apuesta a la educación para la ciudadanía
para ayudar a construir valores y actitudes
tales como la justicia, la libertad, la libre expresión de pensamientos, el respeto, la solidaridad mediante acciones humanas que
permita la involucración y participación de
todos los niños y niñas, para ayudarlos a
construir y fortalecerlos en valores y nuevos
cambios de actitud.

Es de anotar que, a través de la estrategia
didáctica, los niños a través del diálogo focalizan un problema, lo analizan, lo interpretan y tratan de desplazar el problema a
situaciones en que ellos pueden resolverlos, además que se fomentan las habilidades discursivas, el derecho a hablar como
un vínculo moral (relaciones interpersonales
Lo importante de la representación dialógi- con el compañero), así como también el foca del dibujo expresado en el comic, es que mento por la igualdad de género para fortael estudiante explora la situación del conflic- lecer la mediación entre compañeros.
Lourdes Albor-Chadid

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

La construcción de la propuesta pedagógica por una construcción de paz, implica procesos de reflexión, interpretación que relacione la teoría con la práctica a través de la
praxis con criterios de organización y orden
para propiciar ambientes de mediación.
La estrategia pedagógica dirigida a una
cultura de paz tiene un enfoque humanista
y social que direcciona la exploración de los
valores sociales con objetivos de fortalecerlos en sus relaciones interpersonales.
La cultura de paz a través de la mediación,
articulan intereses de diversos tipos de saberes en que exploran sus propias culturas,
costumbres, creencias, prejuicios, así como
comprensión de sus propias historias.

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donde descubre e interpreta un conjunto de
actitudes que le dan construcciones de sentido y enseñan a aprender a resolver conflictos.
Así también desde las narraciones que propicia en la que se revele la posibilidad de
interpretar realidades y métodos alternos
(mediación, conciliación), en la que valoren
de manera espontánea sus desarrollos, autoperciban su formación, reinterpreten sus
propias realidades y así modificar sus actos.
Ayuda a describir y descubrir las competencias, creativas e innovadoras que cada niño
tenga y pueda aportar hacia sus propias
construcciones integrales por las construcciones de paz.
Asumir la estrategia como un desafío la técnica didáctica del comic como un instrumento para generar investigaciones educativas
en búsqueda de aumentar las estrategias
de enseñanzas para reducir los conflictos
escolares y las construcciones de paz.

Es por tanto que esta estrategia lúdica pedagógica con objetivos de resolución de
conflictos, parte de la participación de sus
integrantes, al sentido de autorreflexiones,
en el uso de la comunicación a través de la
lingüística por las oportunidades de hablar,
de dialogar, de apostar por nuevas recons- Cabe señalar que la efectividad de la aplitrucciones del sentido de la vida.
cación de la técnica del comic depende de
la debida utilización metodológica pertiEs de señalar que los momentos pedagógi- nente por parte del docente con sentido de
cos dirigidos hacía las construcciones de paz orientar e influenciar en el estudiante en el
constituyeron unas dinámicas de relaciones nuevo aprendizaje y a partir de allí, explorar
horizontales con los participantes, facilitan- sus habilidades, competencias de construcdo el sentido de lo social, construcciones de ciones de identidad, así como el de fortalelo social y donde el lenguaje y la comunica- cer sistemas de construcción de paz.
ción tenían un sentido de reproducción racional de sus propias historias.
TRABAJOS CITADOS
La aplicación del comic como un instrumento
pedagógico en que el individuo expresa en
el significados subjetivos a través del dibujo

Albor-Chadid, L. I. (2019). Comics, medio innovador, creativo pedagógico para la resolución de conflictos escolares. Eirene Estudios de Paz y Conflictos, (2).

Propuesta educativa metodológica aplicada a través del comics por una construcción de paz. PP. 23-38

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
02, ENERO
2022 en MSC

Los intangibles en el discurso de apertura de la
mediación familiar intrajudicial
The intangibles in the opening speech of the intajudicial family
mediation
Recibido: 05-11-2021
Rubinia Teresa Sandoval-Salazar*
Carlos Franco-Castellanos**

| Aceptado: 04-12-2021
* https://orcid.org/0000-0001-8970-6103
Universidad de Monterrey, México
** https://orcid.org/0000-0001-8970-6103
Cuba

Resumen
En el presente artículo, se abordará el valor de los intangibles de los mecanismos alternativos y se
identificará qué intangibles pueden ser aplicados en mediación familiar en sede judicial y, a su vez,
determinar en qué parte del proceso judicial en materia familiar deben ser implementados. Esto
tiene como objetivo analizar su impacto en las familias en conflicto para que se produzca un cambio en la dirección del proceso judicial, pasar de un proceso con base en el litigio a un proceso de
diálogo colaborativo, en donde las partes puedan apreciar el valor real de la mediación familiar en
sede judicial a través del discurso de apertura de la mediación familiar intrajudicial.
Palabras clave: Valor Intangible, Mediación Familiar, Mediación Familiar Intrajudicial
Abstract
This article addresses the value of the intangibles of alternative mechanisms and identifies what intangibles can be applied in family mediation in court, and in turn determine in which part of the judicial
process in family issues they should be implemented. As for the objective, it is to analyze its impact on
families in conflict to allow a change in the direction of the judicial process, moving from a process based on litigation to a collaborative dialogue process, where the parties can appreciate the real value
of family mediation in court through the opening speech of intrajudicial family mediation.
Key Words: Intangible Value, Family Mediation, Intrajudicial Family Mediation
Cómo citar
Sandoval-Salazar, R. T., &amp; Franco-Castellanos, C. Los
Intangibles en el discurso de apertura de la mediación
familiar intrajudicial. MSC Métodos De Solución De Conflictos, 2(2). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.
mx/index.php/m/article/view/20

�40

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

INTRODUCCIÓN

revistamsc.uanl.mx

participación de voluntades privadas en el
manejo adecuado y racional de los conflicEn el presente artículo, se identifica el valor tos interpersonales.
intangible y cómo este término tiene aplicación en la mediación familiar. En este senti- Lo anterior, se sustenta en que los mecanisdo, es necesario mencionar los intangibles mos alternativos están en el mismo plano
presentes en la mediación y, a su vez, ana- constitucional que la justicia formal o tralizar cada intangible y determinar su impac- dicional y, así ha sido reafirmado por la juto en la mediación familiar bajo un enfoque risprudencia (Tesis: III.2o.C.6 K (10a.), 2013).
práctico-aplicativo dentro de los procesos No obstante, ello no ha sido suficiente y se
judiciales en materia familiar.
requiere el desarrollo de estrategias que
garanticen la culturización y promuevan la
Se va a identificar la forma de dar a conocer persuasión de la ciudadanía hacia su uso
los intangibles y la manera en que pueden cotidiano para la resolución de conflictos
ser implementados en la mediación fami- (Franco-Castellanos y Sandoval-Salazar,
liar intrajudicial por medio del discurso de 2021). Al respecto, la aceptación por las parapertura. Asimismo, es de apreciar que la tes en disputa de la invitación a derivación
instrumentalización del valor intangible de la judicial del conflicto a mediación durante la
mediación familiar en sede judicial va a per- sustanciación del proceso judicial represenmitir darle valor jurídico al proceso de me- ta un área de oportunidad para poner en su
diación en sí y a la figura del mediador en conocimiento el valor jurídico que tiene la
sede judicial. Con ello, además se da cabal mediación familiar intrajudicial a través de
cumplimiento al precepto constitucional en los intangibles y «posible» aplicación en el
el cual se establece que el Estado debe de discurso de apertura de la mediación, cuesprivilegiar los mecanismos alternativos para tión que merece análisis y estudio.
la solución de conflictos, relegando la vía judicial a ultima ratio (Artículo 17, Constitución 1. EL VALOR INTANGIBLE EN LA
Política de los Estados Unidos Mexicanos, úl- MEDIACIÓN FAMILIAR
tima reforma 28-10-2019, 1917).
El valor intangible “anteriormente no [era
Los preceptos constitucionales buscan pri- contemplado] con tanta insistencia” (Valenvilegiar los mecanismos alternativos para la cia, 2006, p. 45) en diversas áreas. Con el
solución de controversias y así se evidencia paso del tiempo, este ha sido mayormente
del análisis de la codificación sustantiva y valorado y aplicado; por cuanto sirve para
adjetiva, toda vez que refuerza los derechos tener ventajas frente a otros y empezar a esde las personas y establece la forma de lle- tar dentro del mapa en donde quieres desvar a cabo una aplicación efectiva de los tacar. En este sentido, representa un valor
derechos fundamentales a través del proce- añadido que confiere un plus al servicio o al
so judicial. Ello permite un efectivo acceso a producto en el que se adhiere.
la justicia en la medida en que privilegia la
Los intangibles en el discurso de apertura de la mediación familiar intrajudicial. PP. 39-56

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

El intangible “es empleado usualmente en
el campo de la contabilidad y el de capital intelectual es utilizado frecuentemente
en el terreno de recursos humanos” (Valencia, 2006, p. 45). Pero, cabe cuestionarse
qué significado le es atribuible. Al respecto,
valga resaltar que intangible prima facie es
aquello que no se puede tocar, medir, sentir;
sin embargo, esto no constituye un obstáculo para analizar e identificar los intangibles
cuando se desarrolla un proceso de mediación familiar en sede judicial.
El valor de los intangibles —aplicado en las
empresas y enfocado en el desarrollo del
capital humano para un determinado objetivo— puede permitir generar un impacto
positivo e importante en los procesos corporativos. Así, entre sus resultados, merece
destacar la obtención de más ganancias, la
ampliación de su cartera de clientes, mayor
impacto a nivel local, nacional e internacional.
Una categoría relevante es la economía capital intelectual, por cuanto incluye conocimientos, habilidades, valores y actitudes
de las personas, lo cual origina los denominados activos intangibles. En este sentido,
es menester destacar su importancia, por
cuanto hace referencia a la capacidad organizacional que se desarrolla cuando se
promueve el trabajo en grupos. Derivado de
lo anterior, la implementación de la mediación familiar en sede judicial exige cambios
o modificaciones en las habilidades, valores y actitudes de las partes inmersas en un
proceso judicial para iniciar un cambio en
la cultura jurídica. Para ello, se debe desaprender, aprender y reaprender a trabajar

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con base en el diálogo colaborativo, buscando transformar o reconstruir las relaciones familiares.
La justicia de los mecanismos alternativos es
creada y regulada para acceder a procesos
autocompositivos donde las partes por medio de un tercero neutral puedan llegar a un
acuerdo en relación con el conflicto ajustado a los cánones legales o no. En este caso,
el capital humano que se enfoca es el tercero neutral denominado facilitador o mediador, en donde la justicia ordinaria busca
la forma de fortalecer el efectivo acceso a
la justicia por medio de la incorporación de
los mediadores al proceso de mediación en
sede judicial.
Se parte de la idea de que la mediación
familiar busca “la avenencia en ciertos problemas permitidos en algunas parejas, escucharse quizá por primera vez” (Parkinson,
2005, p. 16). A partir de la fuerte carga emocional que le caracteriza, inmediatamente es
de apuntar que, para implementar la mediación familiar en sede judicial, es necesario
desarrollar el capital humano, estructural y
relacional del sistema de justicia en relación
con la justicia de los mecanismos alternativos por medio de las funciones de los jueces
familiares.
Los mediadores familiares deben generar
dentro de la sede judicial “una actitud atenta y comprometida (…) en la percepción de
la mediación como eficaz y positiva” (Serrano et al., 2006, p. 88). Sin embargo, hoy
día ello resulta sesgado, por cuanto se debe
perfeccionar el desarrollo y la forma de implementar la mediación familiar por medio
Rubinia Teresa Sandoval-Salazar y Carlos Franco Castellanos

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de una efectiva derivación judicial, buscar
un cambio en los usuarios que posibilite la
transición de un proceso litigioso a un proceso colaborativo y de diálogo.

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trabajar en desarrollar valores intangibles
en sede judicial que permitan que las acciones legales de los usuarios, jueces y representantes del sistema empiecen a inclinarse
hacia la búsqueda de la justicia a través del
En el entorno familiar, surgen constantemen- proceso de mediación, y la construcción del
te problemas familiares que cuando estos no camino hacia una cultura jurídica del diálose pueden arreglar entre los miembros de la go y la colaboración en la sede judicial.
familia, las partes acuden a diversas instancias legales con el fin de hacer valer algún Interesante resulta la definición de cultura
derecho familiar. Lo notorio es que recurren propuesta por Cadenas (2014, p. 101) cuanmayormente a la vía judicial tradicional, ya do la entiende como un medio de comunicaque predomina una cultura jurídica del liti- ción que sirve para reconstruir la nueva acgio en donde las familias buscan ganar no titud frente al carácter operativo, de forma
por medio de un arreglo pacífico, sino a tra- que se construye frente a un medio y de este
vés de la ley del más fuerte, sin escatimar en modo sirve a la comunidad social. Entonces,
costes y recursos.
para lograr que los usuarios accedan a la
tutela de los mecanismos alternativos para
Lawrence Friedman (citado por Cadenas, la solución de controversias, es necesario
2014) define la cultura jurídica como “valo- buscar que el sistema judicial y sus operares y actitudes, los cuales unen al sistema en dores jurídicos interactúen a través de la cosu conjunto y los cuales determinan el lugar municación, con el fin de impulsar el diálogo
del sistema jurídico en la cultura de la socie- y la colaboración en sede judicial.
dad” (p. 91). Desde esta perspectiva y bajo el
enfoque que se sigue en este artículo, ha de En el proceso judicial, se debe comunicar y
señalarse que lo que define la cultura jurídi- mostrar el valor intangible de la mediación
ca de un determinado lugar son los valores familiar, que muestre a los usuarios la dualique poseen los jueces, los representantes y dad procesal en sede judicial. En este orden
los usuarios del sistema de administración y de ideas, para empezar a caminar hacia la
procuración de justicia al momento de en- cultura jurídica del diálogo, es necesario busfrentar una contienda legal.
car esa interacción que permita mostrar los
valores intangibles y, con ello, trabajar en el
Sobre la cultura legal, cabe mencionar que cambio de actitud entre los usuarios en conse trata de la “red de valores y actitudes re- flicto.
lacionadas con el derecho, lo que determina
cuándo, por qué y dónde la gente se dirige La cultura jurídica del diálogo y la colabohacia el derecho o el gobierno, o se aleja de ración busca una interacción objetiva y reél” (Cadenas, 2014, p. 91). En consecuencia, levante en la sede judicial a través de la
para implementar los mecanismos alterna- comunicación en donde haya una colaborativos de solución de controversias, se debe ción estratégica por parte de los funcionaLos intangibles en el discurso de apertura de la mediación familiar intrajudicial. PP. 39-56

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rios judiciales que pueda transmitir el valor
jurídico de la mediación familiar a partir de
la comunicación dual generada dentro del
proceso judicial, a la vez que actuar como
un apoyo en el cambio de actitud en el contexto cultural jurídico.

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J., 2017, p. 14), ya sea dentro o fuera de la
sede judicial.
La teoría del valor de los intangibles de los
mecanismos alternativos para la solución de
controversias es la base de esta investigación. Como se mencionó con anterioridad, es
menester analizar cada uno de los intangibles, para luego seleccionar previa identificación cuáles son los intangibles aplicables
a la mediación familiar en sede judicial.

Luego, para que las familias empiecen a caminar en la cultura jurídica del diálogo y la
colaboración, se necesita que los miembros
de las familias inmersos en un conflicto familiar conozcan los intangibles de la mediación
familiar “como una nueva forma de concebir, A continuación, se mencionan los valores
como una nueva forma de transmitir sus be- intangibles de los mecanismos alternativos
neficios a través de su valor real” (Gorjón F. para la solución de controversias. Obsérvese la Tabla 1.
Tabla 1. Intangibles de los Métodos Alternos para la Solución de Controversias
1. Activo de Paz

12.Empoderamiento

23. Mejora continua

2. Armonía

13.Especialización

24. Modernidad

35. Re-Asociación

3. Asociatividad

14.Estabilidad

25. Monopolización del
Procedimiento

36. Reparación del daño

4. Autonomía

15. Felicidad

26.Motivación

37. Reputación corporative

5. Bajo costo

16. Fidelización

27. Neutralidad

38. Satisfacción

6. Capital Social

17. Flexibilidad

28. No trae consecuen39. Seguridad jurídica
cias económicas sociales

7. Cláusula de Estilo

18. Garantía

29. Objetividad

40. Simplicidad

8. Competitividad

19. Independencia

30. Perdón

41. Sinergia

9. Confianza

20. Innovación

31. Prestigio

42. Transparencia

10. Confidencialidad 21. Internacionaliza- 32. Prevención del conción
flicto
11. Creatividad

34. Rapidez

43. Universalidad

22. Liderazgo
33. Productividad
Fuente: Gorjón F. J. (2017).
Rubinia Teresa Sandoval-Salazar y Carlos Franco Castellanos

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En la Tabla 1, se reflejan los intangibles de
los mecanismos alternativos para la solución
de controversias; los que pueden darse a
conocer a los usuarios en sede judicial de
forma sencilla y clara. Esto tiene como propósito divulgar el valor intangible de los mecanismos alternativos para la resolución de
conflictos y, a la vez, fortalecer el valor jurídico de la institución objeto de estudio.

ción familiar en sede judicial va encaminada
a desarrollar una nueva actitud frente a la
forma de resolver el conflicto familiar a través de una comunicación por parte de los
operadores jurídicos, donde se tenga una
estrategia de colaboración basada en el
diálogo y el fortalecimiento de la tutela de
los mecanismos alternativos para la solución
de controversias en sede judicial.

Ahora bien, el valor intangible llevado a la
sede judicial va encaminado a persuadir a
los usuarios inmersos en un conflicto familiar
en el ámbito jurídico. Unido a ello, permite
además acceder a la tutela efectiva de la
mediación familiar en sede judicial. En este
sentido, cabe preguntarse: ¿qué intangibles
resultan relevantes para efectuar una derivación judicial a mediación familiar? La interrogante es de suma importancia, por cuanto ello posibilitará que el usuario entienda y
conozca el valor jurídico, social y emocional
de la mediación en sede judicial.

Al respecto, es de tomar en consideración
que cuando los usuarios en sede judicial deciden acceder a un proceso de mediación
y, previamente, fueron informados acerca de
los intangibles de la mediación familiar, entonces los usuarios ganan conciencia sobre
su utilidad y se manifiestan de acuerdo en
que su actuación va a ir encaminada a desarrollar esos mismos intangibles en la búsqueda de un bienestar familiar.
De los cuarenta y tres (43) intangibles aplicados a los mecanismos alternativos para la
solución de controversias, se identificaron
cuáles son los intangibles de la mediación
familiar que le confieren un verdadero valor
jurídico en sede judicial y contribuyen con
una cultura jurídica del diálogo y la colaboración en el seno familiar.

La implementación de los intangibles de la
mediación familiar en sede judicial se considera “viable y ad hoc redimensionar a los
MASC a través de sus valores intangibles
como una estrategia de culturización, que
nos permitirá traducir sus beneficios y su
valor a la sociedad de una forma simple y Se identificaron treinta y seis (36) intangibles
condicente” (Gorjón F. J., 2017, p. 15). La di- aplicados a la mediación familiar en sede
vulgación del valor intangible de la media- judicial, los que se muestran en la Tabla 2.
Tabla 2. Intangibles de la mediación familiar en sede judicial
Intangibles - Rasgos Distintivos
Activo de Paz: Promueve el respeto, reduce el resentimiento familiar, promueve el arreglo pacífico
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Armonía: Evita el rompimiento de las relaciones familiares, estabilidad en las relaciones familiares respecto a la convivencia familiar
Asociatividad: Se busca el interés común que son la familia y los hijos, cooperación y el compromiso mutuo, empatía durable
Autonomía: Las partes deciden libremente la solución del conflicto familiar, garantiza acuerdos
duraderos
Capital Social: Entender sus intereses y no sus posiciones con base en el bienestar familiar
Competitividad: Hacer ver a los abogados y a las partes que hay nuevos procesos que pueden
beneficiar a los clientes, refiriendo que en todo momento se necesita de la colaboración de los
abogados para llegar a una solución de forma integral, creativa y pacífica
Confianza: Se debe dar por parte del Poder Judicial suficiente confianza y credibilidad de que
el servicio de mediación es un servicio de calidad respaldado por el Poder Judicial y que es una
forma segura de llegar a una solución al conflicto familiar
Confidencialidad: Es un procedimiento discreto, y les proporciona la libertad de poder manifestar sus verdaderos intereses y permite una mayor comunicación entre las partes, ahí es donde
pueden ser escuchadas y esto permite llegar a convenios viables y duraderos
Creatividad: Ordenan ideas, se resuelve el conflicto de forma original con base en la necesidad
de una determinada situación familiar, se producen nuevas opciones de solucionar el conflicto
familiar y ahí es donde los abogados tienen la participación más importante, ya que se pondrá
en marcha la creatividad jurídica
Empoderamiento: Tienen las partes el control de sus vidas y del propio proceso, respeto mutuo
Especialización: El mediador es un experto en el tema, es el mejor para ayudar a abrir canales
de comunicación asertiva entre las partes
Estabilidad: Se aminoran los riesgos de incumplimiento, dando una estabilidad en las relaciones familiares frente al cumplimiento de determinadas obligaciones
Felicidad: Esto depende de la voluntad de las partes que las mueve a resolver satisfactoriamente el conflicto
Fidelización: Volver nuevamente a resolver los conflictos familiares en la vía de los MASC
Flexibilidad: Se adapta a las necesidades de las familias en conflicto, redefine posturas y se
generan diversidad de opciones, posibilidad de elección
Garantía: Fácil acceso, asegura a las partes participar de forma directa

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Independencia: La decisión del conflicto depende de la decisión de las partes y no de la preferencia del mediador
Independencia: Ahora tu aliado es con quien tienes el problema, buscando el beneficio mutuo,
una nueva visión del problema familiar
Liderazgo: Orienta a las partes, guía en pro de sus objetivos, metas, orientando e identificando
el verdadero problema
Mejora continua: Proceso de reflexión continua, reinventa la relación, genera ser mejores padres y tratar de unir a la familia mediante la transformación de la rutina de la relación familiar
Modernidad: Nuevas formas de pensamiento, acto de madurez social, cambio de actitud de
adaptación
Monopolización del procedimiento: No hay influencia de un tercero sobre la decisión, ya hay
más formas de solucionar conflictos familiares
Motivación: Intenciones positivas, las partes encuentran la mejor solución de forma conjunta,
ambas partes se esfuerzan
Neutralidad: El mediador no puede influir en el resultado
No trae consecuencia económica social: Negación de créditos, mala fama, mejores relaciones futuras
Perdón: Evitar resentimientos futuros, recomponiendo verdaderamente la relación interpersonal
Prevención del Conflicto: Evitar la escalada del conflicto, o resurgimiento de conflictos, cumplimiento oportuno de las obligaciones
Productividad: Las relaciones familiares se vuelven más colaborativas, se soluciona el conflicto
con menor tiempo y esfuerzo
Rapidez: El proceso se realiza sin demora y en un menor tiempo, elimina tramites innecesarios,
abreviación y simplicidad del procedimiento
Re-Asociación: Restablecen sus lazos, efecto de reintegración, evita la recaída de los conflictos, equilibrio familiar, elimina barreras de comunicación, respeto a las partes, no se pierde la
relación familiar
Reparación del daño: Sanación emocional, sin generar resentimientos entre las partes
Satisfacción: Asegura una relación satisfactoria con los hijos, convivencia pacífica
Seguridad jurídica: La tutela judicial le otorga seguridad jurídica al acuerdo de mediación

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Simplicidad: Procedimiento sencillo, permite concentrarse más en el conflicto que en el proceder, fácil acceso y comprensión, soluciones sencillas
Sinergia: Acción colaborativa, alinea los intereses y diluye las posiciones
Transparencia: Sinceridad, las partes presencian todos los actos procesales
Fuente: Gorjón Gómez F. J. (2017).

En la Tabla 2, se identificaron los intangibles de la mediación familiar en sede judicial, lo que permite desarrollar un principio
informador al respecto. Con ello, se posibilita desarrollar un discurso de apertura de
la mediación familiar intrajudicial en donde
el juez familiar, quien representa a la autoridad judicial, se considera la persona idónea
para persuadir a los usuarios en la elección
de la vía consensual, con el objetivo de impulsar las derivaciones judiciales a la mediación familiar.
La divulgación de los intangibles a través del
discurso de apertura de la mediación familiar intrajudicial representa un área de oportunidad para la culturización de los MASC
y la estimulación del arreglo pacífico de los
conflictos familiares trabados en sede judicial. Lo anterior, se sustenta en la asimetría
de información procesal sobre la dualidad
procesal con que cuenta el sistema de impartición y procuración de justicia, “debido
a que todas ellas [las informaciones sobre el
proceso] se han centrado en aspectos técnicos, desde dialécticas muy elaboradas, es
decir, que el lenguaje de los profesionales e
investigadores de la mediación no se desenvuelva de manera entendible para la sociedad” (Miranda-Medina, 2018, p. 278).

Por tanto, urge un cambio de actuación del
juez en el ejercicio de sus funciones a partir del cambio de paradigma enfocado en
la coparticipación de voluntades privadas
para el manejo de los conflictos familiares.
3. LOS INTANGIBLES EN EL DISCURSO
DE APERTURA DE LA MEDIACIÓN
FAMILIAR
En el discurso de apertura de la mediación
familiar en sede judicial, se necesitan desarrollar “estrategias para reconocer los
diversos entornos y adecuar su comportamiento” (IIIera, 2005, p. 249) en relación con
los usuarios. También, se debe enseñar que
los conflictos familiares en el ámbito judicial
pueden obtener una solución satisfactoria
en el entorno familiar a través de un proceso
de mediación, ya que brinda soluciones colaborativas entre los miembros de la familia
en conflicto y busca resaltar las ventajas y
bondades aplicables para la preservación
del entorno de la familia en conflicto.
En la regulación normativa, se prevé un discurso de apertura de la mediación donde
“las partes son informadas del funcionamiento y trascendencia del MASC” (Sánchez, 2019, p. 78). Asimismo, se les explican
los principios esenciales de los mecanismos
Rubinia Teresa Sandoval-Salazar y Carlos Franco Castellanos

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alternativos para la solución de controver- p. 33); lo que evidencia la necesidad de la
sias y se señalan las reglas que rigen el propuesta que se realiza.
comportamiento de los mediados y una breve explicación del proceso de mediación.
Así, el discurso de apertura de mediación
donde se incluyen los intangibles de la meAhora bien, es de referir que este discurso de diación familiar se va a denominar: discurso
apertura de mediación se aplica de la misma de apertura de mediación familiar intrajudiforma y manera por parte del mediador para cial. Esto se debe a que es un discurso no del
asuntos judiciales y extrajudiciales. Sin em- mediador, sino de los jueces familiares, con
bargo, quienes suscriben son del criterio de el fin de persuadir a los usuarios inmersos en
que el impacto del discurso de apertura de la un juicio familiar para que puedan conocer
mediación en sede judicial debe buscar dar su valor jurídico encaminado a una solución
mayor valor jurídico al proceso de mediación por el camino del diálogo colaborativo que
y a la figura del mediador dentro y fuera de la permita llegar a un acuerdo con los mismos
sede judicial. No obstante, esto solo se puede efectos jurídicos que una sentencia. Bondad
lograr si se elabora un discurso de apertura que, a la postre, debe ser sopesada y valode la mediación intrajudicial basada en los rada de conjunto con las ventajas que pueintangibles de la mediación familiar.
de propiciar para la descongestión judicial y
la efectividad de las decisiones adoptadas
Siendo así, el discurso de apertura de la en el orden de las familias.
mediación familiar debe estar previamente integrado por los valores intangibles de La construcción del discurso de apertura de
la mediación. Ello permite ver que “los ADR la mediación familiar intrajudical, basada en
ofrecen algo, para que realmente sea al- los intangibles de la mediación familiar en
ternativo debe ser algo igualmente bueno o sede judicial, se desarrolla a continuación:
mejor” (Nieva-Fenoll, 2014, p. 26), buscan- a.- En el proceso de mediación familiar, no
do que en el proceso judicial deben estar hay influencia de un tercero que determine
reguladas las actuaciones judiciales para por sentencia judicial la solución a su conpropiciar la cultura jurídica del diálogo co- flicto como es el caso de la vía judicial. Uslaborativo en la solución del conflicto legal. tedes deben saber que se cuenta con más
formas de solucionar conflictos familiares de
Súmese a las consideraciones anteriores manera pacífica por medio del diálogo. Inque los jueces familiares siempre velan por vito a los representantes de las partes y a
el interés superior de la niñez. Para ello, re- las partes a que acudan a un proceso de
sulta necesario que “las formas de contribuir mediación familiar, ya que considero que su
a que las familias resuelvan los problemas caso es viable y pueden obtener un benefirelacionados con la separación, es la utili- cio que cubra sus necesidades y solucione
zación de acciones mediadoras que pueden de la mejor manera el conflicto familiar.
servir para allanar el camino hacia una mediación intrajudicial” (Gómez-Morata, 2012,
b. Los representantes de las partes tienen
Los intangibles en el discurso de apertura de la mediación familiar intrajudicial. PP. 39-56

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la obligación ética y profesional de
brindar una asesoría jurídica sobre el
acceso a la justicia de los mecanismos
alternativos para la solución de controversias. En este momento, los invito
a trabajar en forma colaborativa, con
el fin de ayudar a sus representados a
que arriben a una solución de forma integral, creativa y pacífica, propiciando
el diálogo reflexivo.

familiares; es el mejor para ayudar a
abrir canales de comunicación asertiva entre las partes. En este sentido, es
conveniente informarles que el mediador no influye en la solución del conflicto familiar, porque son las partes, o
sea, ustedes quienes toman la decisión
del conflicto, es decir, depende de la
decisión de las partes y no de la preferencia del mediador.

c. Les recomiendo acceder a la justicia
de los mecanismos alternativos para
la solución de controversias, ya que el
proceso de mediación familiar es confiable, por cuanto dispone de mediadores especializados y debidamente
capacitados. Por tanto, el servicio de
mediación es un servicio de calidad y
es respaldado por el Poder Judicial, resultando ser de fácil acceso.

f. El trabajo del mediador es orientar a
las partes, y guiar en pro de sus objetivos y metas familiares, ayudándoles a
identificar el verdadero problema y las
necesidades familiares. En el proceso
de mediación, las partes deciden libremente la solución del conflicto familiar
porque se trata de garantizar acuerdos viables y duraderos. Para ello, es
importante que el mediador les ayude
a las partes a manifestar sus intereses
y relegar sus posiciones, a partir de la
búsqueda en conjunto del bienestar familiar a través del diálogo colaborativo.

d. Las partes podrán tener una participación directa que les permita ser escuchados y entendidos durante el proceso de mediación familiar, donde el
mediador ayudará a facilitar el diálogo
con el objetivo de que las partes puedan aportar soluciones que les permitan satisfacer las necesidades familiares y, recordando a los abogados la
importancia de su participación al momento de otorgar la seguridad jurídica
al acuerdo de mediación. Asimismo, les
reitero que un convenio de mediación
y una sentencia judicial tienen los mismos efectos jurídicos.

Lo anterior, se fundamenta en que el proceso
de mediación familiar funciona cuando las
partes tengan la intención de tener control
de sus vidas, debe haber respeto mutuo, sinceridad. El proceso de mediación familiar es
transparente, ya que las partes presencian
todos los actos procesales de forma oral y
en persona. El proceso de mediación familiar
se realiza sin demora y en un menor tiempo;
elimina trámites innecesarios; busca la abreviación y simplicidad del procedimiento.

e. Les comento además que el media- Añádase además que el procedimiento
dor familiar es un experto en conflictos de mediación familiar es sencillo; permite
Rubinia Teresa Sandoval-Salazar y Carlos Franco Castellanos

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concentrarse más en el conflicto que en el
proceder judicial; es de fácil acceso y comprensión y, de la mediación familiar pueden
surgir soluciones sencillas que pongan fin al
conflicto familiar, buscando sanar y restablecer las relaciones familiares.
El proceso de mediación es discreto y les
proporciona a las partes la libertad de poder manifestar sus verdaderos intereses y
permite una mayor comunicación entre ellas,
ahí es donde pueden ser escuchadas y, por
esa razón, es posible llegar a un convenio
de mediación familiar de forma pacífica. Así,
se promueve el respeto, se trata de reducir
el resentimiento familiar, se busca el interés
común que es la familia y los hijos y, con ello,
se mejoran las relaciones futuras y esto se
logra por medio de la cooperación familiar
y el compromiso mutuo.
La resolución del conflicto familiar a través
de una mediación familiar trata de evitar la
ruptura de las relaciones familiares; trata de
estabilizar las relaciones familiares respecto
a la convivencia familiar, ya que se persigue
una sanación emocional, sin generar resentimientos entre las partes a futuro. También,
se busca recomponer verdaderamente la relación interpersonal familiar, siempre velando en conjunto por el bienestar de la niñez.
La mediación familiar busca evitar la escalada del conflicto, o resurgimiento de conflictos. En consecuencia, las obligaciones
asumidas han de ser cumplidas en todo momento. Asimismo, se busca que las relaciones familiares se vuelvan más colaborativas
y trata de encontrar soluciones al conflicto
familiar que restablezcan sus lazos y se logra la reintegración familiar. Entonces, su

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propósito es buscar el equilibrio familiar,
tratando de eliminar barreras de comunicación y rescatar la relación familiar.
En la mediación familiar, se busca tener una
acción colaborativa, donde trabajen junto
con sus representados para que les apoyen
en ver el interés familiar y se diluyan las posiciones. De tal suerte, se asegura una relación
satisfactoria entre los miembros de la familia
por medio de una convivencia pacífica.
g. Durante el proceso de mediación, se
busca que las partes se adapten a las
necesidades del núcleo familiar, deben
redefinirse posturas y trabajar las partes junto con sus representantes en generar diversidad de opciones de soluciones integrales. Es menester que vean
que se puede abrir un abanico de posibilidades de elección que los puede llevar como familia a una solución pacífica. Para ello, se necesitan identificar las
necesidades y tener presente en todo
momento el interés superior de la niñez.
Durante la mediación, se producen nuevas
opciones para solucionar el conflicto familiar y, ahí es donde los representantes tienen
una participación importante y colaborativa
entre ellos con la familia en conflicto, ya que
se pondrá en marcha la creatividad jurídica. Con ello, se busca aminorar los riesgos
de incumplimiento, dando estabilidad a los
acuerdos adoptados y las relaciones frente
al cumplimiento de determinadas obligaciones familiares.
h. La mediación es un proceso de reflexión
continua, reinventa la relación, genera

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ser mejores padres con sus hijos y entre
sí y, tratar de unir a la familia mediante la transformación de la rutina de la
relación familiar. La mediación familiar
los invita a tener una nueva forma de
pensamiento, es un acto procesal de
madurez social, las partes deben estar
conscientes que necesitan un cambio
de actitud frente al conflicto, por cuanto deben trabajar de forma conjunta y
enfocarse hacia el beneficio mutuo. Esto
trae como consecuencia tener una nueva visión del problema familiar y verlo
como un área de oportunidad para crecer y afianzar el vínculo afectivo-emocional entre los miembros de la familia.
Cuando las partes deciden acudir a un proceso de mediación, deben tener intenciones
positivas. Las partes debe tratar de encontrar la mejor solución de forma conjunta.
Esto no es sencillo, razón por la cual invito a
ambas partes junto con sus representantes
para que se esfuercen en trabajar de forma
colaborativa, ya que de esto depende resolver satisfactoriamente el conflicto familiar.
Este principio informador de los intangibles
de la mediación familiar en sede judicial
desarrolla dos elementos, a saber: «la percepción y la persuasión». Ambos “se constituyen en elementos importantes para la
construcción de la teoría del valor intangible
de los MASC, en su introducción a la sociedad” (Gorjón F. J., 2017, p. 35) y, aplicados al
discurso de apertura de mediación familiar
intrajudicial, permite convencer a las partes
y a sus representantes de transitar de la vía
judicial hacia la vía de los mecanismos alternativos para la solución de controversias.
Este acto procesal bien implementado y re-

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gulado por la normativa vigente permitirá un
efectivo acceso a la justicia de los mecanismos alternativos para la solución de controversias en sede judicial.
4. LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS
INTANGIBLES EN EL DISCURSO DE
APERTURA DE LA MEDIACIÓN
FAMILIAR INTRAJUDICIAL
El proceso judicial se encuentra regulado
por principios procesales, entendidos como
reglas que guían las actuaciones procesales. Por otro lado, Chiovenda (citado por
Gonzaíni, 2015) refiere que “verdaderamente importante es conseguir que el Estado
aplicara el derecho objetivo sin importar
las condiciones formales” (p. 320). Siendo
así, los principios procesales deben dirigir
las actuaciones judiciales, los cuales deben
subsanar las ineficacias de los instrumentos
procesales. Esto le compete a la rama del
derecho procesal que es “toda norma que
regula las relaciones jurídicas procesales”
(Durand y Gorjón, 2016, p. 69).
El derecho procesal regula las actuaciones,
las vías de acción, los términos, plazos, competencia, la actividad jurisdiccional, principios, todo aquello que lleve a materializar el
derecho sustantivo y permita cumplir con la
tutela jurídica efectiva, “es el derecho público subjetivo que toda persona tiene, dentro
de los plazos y términos que fijen las leyes,
para exceder de manera expedita a tribunales independientes e imparciales” (Durand y Gorjón, 2016, p. 68).
El derecho sustantivo “es un conjunto de normas que regulan la conducta humana. TamRubinia Teresa Sandoval-Salazar y Carlos Franco Castellanos

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bién, es llamado «de fondo»” (Osorio, s.f.,
p. 311). Se debe tener una regulación donde
el derecho sustantivo sea fortalecido por el
derecho procesal y caminar hacia un efectivo acceso a la tutela jurisdiccional y a la
tutela de los mecanismos alternativos para
la solución de controversias.

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de mediación familiar romper con la barrera
de la voluntad de las partes (Franco-Castellanos y Sandoval-Salazar, 2021).
En los juicios familiares contenciosos donde
se ventilan los derechos de las personas menores de edad o incapacitadas o, aquellas
cuestiones derivadas del divorcio, se debe
buscar la aplicación de la mediación familiar, lo cual se establece en el Código de
Procedimientos Civiles en el Estado de Nuevo León1. Al respecto, refiere que el juez familiar en la audiencia preliminar debe invitar
a las partes a que acudan a un MASC, con
el fin de llegar a un convenio de mediación.

“La finalidad del proceso jurisdiccional es la
de solucionar los conflictos para lograr el equilibrio, paz, y la tranquilidad social” (Gómez,
2017, p. 17). En los juicios familiares, hoy día se
establece una forma dual de llevar a cabo los
procedimientos jurisdiccionales por la vía del
litigio, pero también se cuenta con una vía alterna del diálogo colaborativo y ambos deben
encajar en un sistema judicial efectivo.
En la Ley de Mecanismos Alternativos para
la Solución de Controversias2, se establece
Al respecto, Robles (2013) menciona que exis- la forma de llevar a cabo la invitación. En
ten procesos inquisitivos y contradictorios. Los
1
En el CPCNL, en el artículo 1052, se establece que,
primeros los define como una visión vertical si asisten las partes, el Juez les propondrá someterse a un
de la justicia impartida por el juez, se inicia de mecanismo alternativo, y si están de acuerdo con esta vía,
procederá conforme a la Ley de Mecanismos Alternaoficio la acción, el juez tiene un protagonis- se
tivos para la Solución de Controversias para el Estado de
mo absoluto en el proceso frente a las partes. Nuevo León, en la práctica se establece que en la audienpreliminar el juez tiene la obligación invitar a las partes
Contrario sensu, la forma contradictoria cons- cia
a que acudan a un MASC, con el fin de llegar a un convenio
tituye la forma procesal en que las principales de mediación.
En la LMASCNL, en el artículo 43, se establece
actividades procesales son desarrolladas por 2que, en los
procesos contenciosos del orden familiar, prefelas partes, los abogados protagonizan los ac- rentemente deberán agotarse los mecanismos alternativos
tos procesales y el juez desempeña un papel de conciliación y mediación que garanticen los derechos
de los menores, incapacitados, así como los derechos inhede espectador de la confrontación para pos- rentes que derivan del matrimonio, en el cual reafirma que
los jueces familiares deben establecer formas que permita
teriormente dictar sentencia.
Por medio de la tutela de los mecanismos alternativos para la solución de controversias,
se habilita un proceso de derivación judicial,
el cual tiene como objetivo desviar las actuaciones procesales de los usuarios en el
proceso oral familiar, con el fin de solucionar
el conflicto por medio del diálogo colaborativo en búsqueda de arribar a un convenio

que las partes tengan preferencias en los MASC que en los
procesos judiciales contenciosos.
Iniciado el procedimiento por la vía jurisdiccional contenciosa del orden familiar, el Juez en el auto de radicación,
en caso de que no haya apercibido a las partes de los mecanismos de conciliación descritos en el párrafo anterior,
deberá darles vista de los Mecanismos Alternativos previstos en esta Ley, a fin de que si las partes así lo convienen
resuelvan su controversia, proveyendo la lista de centros de
mediación y conciliación públicos o privados acreditados,
así como los facilitadores privados certificados vigentes
para que las partes elijan el facilitador respectivo, o en su
caso puedan solicitar al Instituto dicho servicio.

Los intangibles en el discurso de apertura de la mediación familiar intrajudicial. PP. 39-56

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

este sentido, dispone que la invitación debe
estar en el auto de radicación y consiste en
brindar una lista de centros de mediación y
conciliación públicos o privados acreditados, así como de los facilitadores privados
certificados vigentes para que las partes elijan el facilitador respectivo. Esta invitación
sigue siendo incierta, ya que no establece el
objetivo ni el tiempo, lugar y fecha para propiciar la derivación judicial (Sandoval, 2019).
Esta invitación a los mecanismos alternativos
para la solución de controversias en los juicios tradicionales solo se realiza de forma
escrita en el auto de radicación y, en los juicios orales, se establece escrita y oral y, por
segunda ocasión, solo de forma oral en la
etapa preliminar.
En la fase conciliatoria, la invitación escrita
se limita a informar a las partes el derecho
que tienen de acudir a un mecanismo alternativo para la solución de controversias
y solucionar el conflicto por medio de un
convenio. La invitación exhorta a las partes
para que acudan a un proceso de mediación, pero se limita a una pregunta cerrada:
¿Desea acudir a la mediación familiar?
Esta invitación se debe desarrollar con base
en “principios procesales [que] no sólo determinan la manera de estructurarse un procedimiento, sino que también orientan e informan
el desarrollo de toda la actividad procesal en
cada disciplina jurídica” (Ruiz, 2010, pp. 205206). Entonces, su estudio, análisis y aplicación resultan cardinales para efectos de que
las partes perciban la utilidad y los beneficios
de acudir a mediación familiar en lugar de
los tribunales, a la vez que sean persuadidos
a su empleo como justicia cotidiana.

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La invitación que tiene como objetivo lograr
la derivación judicial a la mediación y cumplir con el principio de expedites3, es decir,
busca que las derivaciones judiciales deben
estar libres de obstáculos al momento de iniciar su tramitación.
En la derivación judicial, le corresponde al
juez familiar iniciar con la invitación a los
mecanismos alternativos para la solución
de controversias en la audiencia preliminar
durante la fase conciliatoria. Al respecto, se
necesitan establecer principios procesales
que garanticen el derecho a la información
sobre los intangibles de los mecanismos alternativos para la solución de controversias
y faciliten la toma de “decisiones adecuadas
basadas en una comprensión significativa
de la información” (Del Brío y Riera, 2006,
p. 214). Lo anterior, se refiere a la necesidad
de proporcionar información honesta, sincera, verdadera, por parte del juez familiar.
Así, se genera una percepción positiva de la
mediación familiar y se obtiene el consentimiento informado de las partes en la determinación de la estrategia procesal a seguir
y la vía procesal a elegir como la más idónea para el caso concreto.
Los responsables de la derivación judicial
son los jueces familiares, por lo cual deberán seleccionar de forma previa los casos
que son viables para ser derivados a la sesión informativa. Y, es que “(…) aquí el papel desempeñado por los jueces tiene una
3
En la LMASCNL, en el apartado de artículos transitorios, en el artículo Décimo Primero. - El Poder Judicial y
el Instituto realizarán las acciones necesarias para cumplir
con el principio de expedites una vez que los intervinientes
ejerzan el derecho consignado en el artículo 43 de la presente Ley.
Rubinia Teresa Sandoval-Salazar y Carlos Franco Castellanos

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importancia trascendental, pues va a determinar en gran parte los resultados de esta
fase inicial” (Marín et al., 2009, p. 7), a la vez
que condicionará el éxito de lograr avanzar
hacia la cultura jurídica del diálogo colaborativo en sede judicial.

las partes y a sus representados, a la vez
que les genera confianza para que accedan
a la justicia de los mecanismos alternativos y
satisfagan sus necesidades e intereses.

La implementación del discurso de apertura
de la mediación familiar intrajudicial debe
ser desarrollada por el juez familiar, quien
es el que dirige el proceso judicial y tomando en cuenta su investidura jurídica. En este
sentido, su intervención no debe limitarse a
una pregunta cerrada que indague únicamente si desean las partes acudir o no a un
proceso de mediación con el fin de llegar a
un acuerdo. Es necesario además que, dentro de un proceso judicial, el reconocimiento
del valor intangible de la mediación familiar
parta de la propia consideración del juez
en su función de impartir y administrar justicia, de manera que el rol del mediador se
vea potencializado y la mediación sea vista
como una bondad para la recuperación de
los lazos familiares erosionados por el conflicto.

La teoría del valor de los intangibles de los
mecanismos alternativos permite entender
y comprender la verdadera esencia de los
mecanismos alternativos y dotarles de un valor social. Una vez analizados los cuarenta y
tres (43) intangibles, se identificaron cuáles
de esos intangibles permitían dar valor jurídico a la mediación familiar en sede judicial.
Se identificaron los treinta y seis (36) intangibles de la mediación familiar que dotan de
valor jurídico, familiar y emocional el proceso
de mediación, así como la figura del mediador en sede judicial y, con ello, se contribuye
a impulsar en el seno familiar una cultura jurídica del diálogo y la colaboración en sede
judicial.

El juez familiar debe darle valor jurídico a
la mediación familiar. Ello se debe a que su
actuación judicial permite una implementación efectiva de las derivaciones judiciales
por medio del discurso de apertura de la
mediación familiar intrajudicial, el cual puede ser definido como el discurso propio del
juez familiar donde da a conocer a los usuarios los intangibles de la mediación familiar,
mostrándoles el valor real, jurídico, social y
emocional de que goza el proceso de mediación y la figura del mediador familiar a

CONCLUSIONES

El cambio de actitud de los usuarios en sede
judicial se puede influir con una estrategia
jurídica de implementar y de divulgar los intangibles en la mediación familiar, por medio del juez familiar debido a la investidura
jurídica que tiene, y que permite dar a conocer esta tutela dual de acceder a la justicia.
Es necesario que el juez familiar con base en
su investidura jurídica sea la figura jurídica
idónea para que desarrolle un discurso de
apertura de la mediación intrajudicial que
permita dar valor jurídico al proceso de mediación y a la figura del mediador. Ello debe
ser introducido en la etapa de audiencia
preliminar durante la fase conciliatoria, dán-

Los intangibles en el discurso de apertura de la mediación familiar intrajudicial. PP. 39-56

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dole el suficiente tiempo y relevancia que
permita dar a conocer las esencias de la
dualidad de los procesos con los que cuenta la administración de justicia, y propicie
que los usuarios empiecen a caminar hacia
la cultura jurídica del diálogo colaborativo
en búsqueda de un bienestar familiar en el
ámbito jurídico.
Este discurso de apertura de la mediación
familiar intrajudicial va más allá de conocer
en qué consiste el proceso de mediación y
buscar el contacto directo con el mediador.
Este discurso va encamino a hacer ver los
valores que posee el proceso de mediación
en sede judicial y cómo estos valores entendidos y comprendidos permiten un cambio
de actitud frente a la dualidad de tutelas
contempladas en el marco constitucional.

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Rubinia Teresa Sandoval-Salazar
Doctorado en Métodos Alternos para la Solución de Conflictos en la Universidad Autónoma de
Nuevo León, docente en la Universidad de Monterrey
(udem), abogada litigante en materia familiar, civil y mercantil, Mediadora certificada, directora del
centro de mediación privado certificado C-MAS Dra.
Rubinia Teresa Sandoval Salazar y asesora para la
empresa grupo FFR. ruby_rd@hotmail.com
Carlos Franco-Castellanos
Doctorado en Métodos Alternos para la Solución
de Conflictos en la Universidad Autónoma de Nuevo
León (UANL), México. Catedrático de Metodología
de la Investigación en la Facultad de Derecho y
Criminología de la UANL. Email: cfcastlegal@gmail.
com
Los intangibles en el discurso de apertura de la mediación familiar intrajudicial. PP. 39-56

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y Práctica
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Formación de operadores del sistema de justicia
penal y cultura de la paz
Training of criminal justice system operators and culture of peace

Recibido: 07-10-2021
Cristian Ortega Barrera*

| Aceptado: 10-12-2021
* Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de
Educación Superior, ANUIES
México

Resumen
La formación de los abogados, antes de la instauración de las salidas alternas, había privilegiado
la solución de los conflictos a través de un litigio, mismo que involucra la imposición de la resolución
del juez sobre la voluntad de una o de ambas partes; a raíz de la Reforma Constitucional en materia
de seguridad y justicia de 2008, la capacitación en el mundo jurídico ha cambiado, ahora además
de solucionar el conflicto también lo entiende y ayuda a su prevención a través de mecanismos no
violentos; lo que contribuye al logro de la Cultura de la Paz.
Palabras clave: Derecho penal, Educación, Cultura de Paz, Abogado, Solución de conflictos
Abstract
The training of lawyers had privileged the resolution of conflicts through litigation, which involves the
imposition of the judge’s resolution generating violence, because of the 2008 Constitutional Reform
on Security and Justice; the training in the legal world has changed, now also solves the conflict but
also understand it and prevent it through non-violent mechanisms, which contributes to the achievement of the Culture of Peace.
Key words: Criminal law, Education, Culture of Peace, Lawyer, Conflict resolutions.

Cómo citar
Ortega Barrera, C. Formación de operadores del sistema
de justicia penal y cultura de la paz. MSC Métodos De Solución De Conflictos, 2(2). Recuperado a partir de https://
revistamsc.uanl.mx/index.php/m/article/view/16

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1. INTRODUCCIÓN

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sitos para poder comprender el necesario
cambio en la formación de las personas esEn La educación de los operadores jurídicos tudiantes de Derecho.
(jueces, defensores y fiscales y los asesores
de la víctima), tradicionalmente no se ha de- En el presente escrito se explicará cómo ha
sarrollado desde el Cultura de la Paz; sino sido la formación jurídica tradicional que ha
que se les ha dotado de capacidades que privilegiado que se observe la solución de
son utilizadas para resolver el conflicto a conflictos a través de la violencia y por qué
través de la violencia.
la misma debiera privilegiar la formación
para la Cultura de Paz, que se refleje en una
Nos hemos percatado como comunidad hu- mayor solución de conflictos jurídico-penamana que el conflicto no necesariamente es les por medios pacíficos.
sinónimo de violencia; que se puede repensar
y transformar en aprendizaje que nos permita 2. UNA OPCIÓN AL DERECHO PENAL
evolucionar a partir de la crisis. La promoción
y educación en la Cultura de la Paz nos ayu- De acuerdo con la Declaración y Programa
da a alcanzar u obtener esta visión.
de Acción sobre una Cultura de Paz, resolución 53/243 de la Asamblea General de
“La cultura de paz supone ante todo un es- Naciones Unidas en su artículo 1, la Cultura
fuerzo generalizado para modificar menta- de Paz es un conjunto de valores, actitudes,
lidades y actitudes con ánimo de promover tradiciones, comportamientos y estilos de
la paz.” (Torres, T. &amp; Corella, O., 2020, p. 5); vida basados en1 (Naciones Unidas, 1999,
este esfuerzo generalizado debe permear a Resolución 53/243, Artículo primero):
todo tipo de actividad humana de manera
que se logre no sólo la ausencia de conflica) El respeto a la vida, el fin de la viotos sino también que se logre la solución de
lencia y la promoción y la práctica de
los conflictos existentes a través de soluciola no violencia por medio de la edunes no violentas.
cación, el diálogo y la cooperación;
b) El respeto pleno de los principios
El término Cultura de Paz, deviene de la Dede soberanía, integridad territorial e
claración y Programa sobre Cultural de Paz,
independencia política de los Estados
resolución 53/243 de la Asamblea General
y de no injerencia en los asuntos que
de Naciones Unidas; al indicar que debe ser
son esencialmente jurisdicción interna
alcanzable, entre otros, a través del respeto
de los Estados, de conformidad con la
a los derechos humanos, la solución de conCarta de las Naciones Unidas y el deflictos de forma pacífica y la igualdad; sienrecho internacional;
do que en estas labores la profesión jurídica
c) El respeto pleno y la promoción
esta presente. Este término cobra relevancia
de todos los derechos humanos y
pues debemos plantearnos si en la educación jurídica se persiguen o no estos propó- 1
Negritas del Autor del presente trabajo.
Formación de operadores del sistema de justicia penal y cultura de la paz PP. 57-70

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las libertades fundamentales;
d) El compromiso con el arreglo pacífico de los conflictos;
e) Los esfuerzos para satisfacer las necesidades de desarrollo y protección
del medio ambiente de las generaciones presentes y futuras;
f) El respeto y la promoción del derecho al desarrollo;
g) El respeto y el fomento de la
igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres;
h) El respeto y el fomento del derecho
de todas las personas a la libertad de
expresión, opinión e información;
i) La adhesión a los principios de libertad, justicia, democracia, tolerancia, solidaridad, cooperación,
pluralismo, diversidad cultural, diálogo y entendimiento a todos los niveles de la sociedad y entre las naciones; (…)
Así entonces una Cultura de la Paz debe
lograrse, promoverse y fomentarse; entre
otras, a través de la práctica de la no violencia, el diálogo, el respeto a los derechos y
libertades fundamentales, el arreglo pacífico de los conflictos, el respeto a la igualdad
de género; y la adhesión a los principios de
libertad, justicia, democracia, tolerancia,
solidaridad, cooperación, pluralismo, diversidad cultural, diálogo y entendimiento a todos los niveles de la sociedad. Es por ello
que la Cultura de Paz debiera permear a la
sociedad en todos los niveles y desde todas
las disciplinas, no obstante, y hasta hace
poco tiempo, se encontraba ausente de la
profesión jurídica, pero a raíz de la Reforma Constitucional en materia de seguridad y

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justicia de 2008, ha permeado en forma de
soluciones alternas al proceso que no obstante sus bondades, en muchas ocasiones
son sub utilizadas por los litigantes debido a
falsas creencias derivadas de la formación
del operador jurídico.
Se ha mencionado que el Derecho Penal tiene una finalidad de prevención especial y de
prevención general; la prevención especial
se logra cuando se ha presentado un delito
y se ha castigado éste, con lo que se evita
que la persona vuelva a delinquir; por otro
lado, la prevención general se logra cuando
entra en vigor la norma penal y con ello se
evita que los ciudadanos comentan delitos;
no obstante;
¿Será la norma jurídico-penal la que
influye en primera instancia en el individuo para no cometer delito? Si respondiéramos afirmativamente, estaríamos
sosteniendo que el ser humano pasa su
vida pensando en cometer delitos, y no
lo hace por temor a ser penado; ello
no es así; la mayoría de los ciudadanos
desarrollan su vida social observando
comportamientos sustentados en reglas de conducta establecidos por la
misma sociedad, los cuales tienen un
trasfondo moral, ético o religioso. Estos
principios son los que en primera instancia influyen en el comportamiento
social. Si la mayoría de los ciudadanos
no privan de la vida a otro no es por
que piensen en la sanción, sino por que
hay un mecanismo valorativo interior
que les impide llevar a cabo esa conducta. De ahí la expresión “va contra
mis principios”.
Cristian Ortega Barrera

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No obstante, hemos manifestado que
existen ciertas conductas tan dañinas
para el desarrollo de la vida social
que requieren de la intervención estatal (Díaz, E. &amp; Roxin, C., 2017, pp. 2930).
Las anteriores aseveraciones nos llevan a
considerar si en la sociedad actual, ¿existen
conductas que son lesivas para la vida en
sociedad pero no lo suficientemente graves
para ameritar la intervención estatal?, muchas de estas conductas las tenemos manifestadas en los delitos de querella pero
también están manifiestas en otras formas
de solución del conflicto que permiten a los
involucrados una solución no impuesta por
la fuerza, a diferencia de la sentencia; y que
con ello se preserve la paz social por medio
de la voluntad, la negociación, la comprensión mutua y la buena fé de las partes.
A raíz de la Reforma en materia de seguridad y justicia de 2008, estas nuevas formas
de solución no violenta de conflictos se introducen, obligando a un cambio en la formación jurídica que transite hacia la Cultura
de Paz para verla como un compromiso con
la resolución pacífica de los conflictos; lo
que obliga a la reflexión respecto de la “cultura de la formación” de los operadores del
sistema de justicia penal para analizar, si los
operadores jurídicos están preparados para
esta nueva visión y nueva forma de resolución de conflictos, si el mundo de lo jurídico se ha visto enriquecido con estas formas
alternas de solución y si se puede preparar
a las futuras generaciones, no sólo de abogados, para facilitar el logro de la paz en
pro de los derechos de las personas y de la

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sociedad en la búsqueda de soluciones por
medios diversos a la sentencia.
3. SÍNTESIS SOBRE LA FORMACIÓN
JURÍDICA TRADICIONAL
En el mundo de lo jurídico, la materia penal
se había reservado casi de forma exclusiva
para la profesión del abogado. Así entonces, cuándo los jóvenes ingresábamos a las
Facultades y Escuelas de Derecho se nos
instruía en el conocimiento y manejo de la
ley resaltando la enseñanza respecto de las
formas de solución de conflictos, pero sin indicar qué es, que integra o de dónde surge
el conflicto.
Respecto de esto, se nos indicaba que la
autotutela, al ser “un intento por resarcir
el daño sufrido produciendo otro idéntico.”
(García, L., 2012, p. 17) por lo regular no estaba permitida, salvo en los casos en que el
Estado no pudiera brindar protección al ciudadano ante la violación de sus derechos.
Se nos enseñaba también, sobre la autocomposición como “aquella figura a través
de la cual los particulares, de forma conjunta, pero sin la intervención de terceros, buscan la forma de solucionar sus diferencias
a través de los acuerdos” (García, L., 2012,
p. 18) al hacer referencia al desistimiento de
la acción o bien a la negociación y se decía que la mejor solución para el conflicto
era un buen arreglo. Pero también se hacía
énfasis en la enseñanza de las reglas y procedimientos para la heterocomposición; es
decir a la solución del conflicto mediante la
intervención del juez que, como tercero desinteresado e imparcial, decidía quién tenía
y quién no la razón, imponiendo una reso-

Formación de operadores del sistema de justicia penal y cultura de la paz PP. 57-70

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lución que restituye al ganador en el uso
y goce del derecho dañado; incluso mediante indemnización, ordenando también
una pena para el acusado al ser declarado
culpable. En pocas palabras, al tiempo que
se recomendaba la negociación, no se dotaba al alumno de ninguna habilidad para
desarrollarla y se enaltecía la capacidad
del abogado para ganar litigios; o lo que es
más, en muchas ocasiones ni siquiera se enseñaba al alumno o alumna a desarrollar un
aprecio por este tipo de soluciones. El problema de la heterocomposición, como sabemos, es que en el fondo entraña una resolución que es impuesta mediante la violencia
a las partes sin que se verifique si en efecto,
la misma ha satisfecho los intereses de las
personas involucradas o si dicha resolución
las ha dejado inconformes a ambas; resolución que muchas veces no lograba resolver
el conflicto en su totalidad pues no reparaba
el daño producido con la conducta contraria
a derecho pues si bien, se ordenaba la reparación del daño, esta no contemplaba la
sanación, el perdón, la reparación del tejido
social ni la reparación integral.
Esta formación, privilegiaba la violencia cultural pues se normalizaba el uso de la ley
como la vía para la emisión e imposición de
una resolución emitida por un órgano legitimado para ello como lo es el jurisdiccional,
olvidando esta formación que la sentencia
es una expresión de violencia cultural pues;
“La violencia cultural hace que la violencia
directa y la estructural aparezcan, e incluso
se perciban, como cargadas de razón -o al
menos, que se sienta que no están equivocados-“ (Galtung, J., 2016, p.149)

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Esta resolución impuesta por medio de la
heterocomposición, en muchas ocasiones,
lejos de ayudar a la resolución pacífica de
los conflictos a partir de la transformación
de su percepción, los perpetuaba “atacando fuego con fuego”, es decir el acrecentar
el conflicto en la búsqueda de una venganza institucionalizada que encontraba en la
ley el instrumento para ser ejercida. Referimos esto porque se enseñaba a los futuros
abogados y abogadas, a defender los derechos de las partes a toda costa, sin habernos preguntado: si ¿eso era lo que quería
nuestro representado?, si con la sentencia
¿se encontró la solución de raíz al conflicto?,
¿en todos los casos era necesario elevar el
conflicto a la sede judicial?, ¿las partes luego de la sentencia se sentían satisfechas? o
¿ estaban en el hartazgo del proceso que les
obligó a aceptar la resolución?
Así entonces, el estudiante de Derecho y el
operador del sistema de justicia penal percibían a la ley como un medio legítimo y necesario para lograr y perpetuar la paz; sin
que se percibiera que el camino para llegar
al arreglo del conflicto por medio de la heterocomposición, en el fondo, entraña la imposición de la decisión por medio de la violencia sin reflexionar acerca de su utilidad
como mecanismo para la solución última del
conflicto.
Hacía falta que la formación del abogado
contemplara otras alternativas para la solución de las problemáticas al conflicto, además de que se procurara la enseñanza de
la prevención pues respecto de los conflictos
“No hay que esperar a que estallen, queremos trabajarlos en sus primeros estadios, o
Cristian Ortega Barrera

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incluso antes de que se produzcan…” (Cascón, P., 2000, p.61); hacía falta enseñar a
los profesionales del Derecho a desarrollar
estrategias de gestión de las problemáticas
sociales, pues si se enseñan estos mecanismos, no sólo se solucionan los conflictos
existentes sino que se previenen los futuros
y en cuanto surjan, se pueden implementar
mecanismos de solución que eviten su escalada sin que haya necesidad del uso institucionalizado de la violencia.
Actualmente y por medio de la nueva formación que se ha dado a los operadores del
sistema de justicia penal, se ha entendido
que, en materia penal, no todos los conflictos ameritan la misma solución pues en la legislación actual se pueden buscar otros caminos a través del diálogo entre las partes,
permitiendo el arreglo del fondo del conflicto
sin generar más violencia. Esto solo acontece en los casos que se estima, no involucran
la violación a un bien jurídico fundamental
para la vida social como puede ser la vida,
la libertad, la sexualidad, la seguridad del
Estado, entre otros. Estos mecanismos se expresan en la legislación a través de los mecanismos alternativos de solución de controversias sumado al derecho de la víctima de
obtener una reparación integral, que no solo
comprende la reparación en términos económicos, es decir que no sólo comprende
una indemnización sino también la restitución, rehabilitación, garantías de no-repetición, y las diversas medidas de satisfacción;
y lo que es más, el derecho de ambas partes
para el acceso a la justicia restaurativa entendida como el restablecimiento del tejido
dañado con la conducta ilícita.

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En esta realidad, por un lado, el mundo jurídico comenzó a percibir otras formas de
solución de conflictos y abrió sus puertas
a nuevos perfiles y nuevas profesiones;
y por el otro comenzó a percibir que el
conflicto jurídico-penal puede preverse
y evitar que surja como un objetivo prioritario. En ambos casos la Cultura de la Paz
se ve reflejada pues permite el diálogo que
soluciona el conflicto, evita la violencia al
prevenir que surja el conflicto al tiempo que
vela por los Derechos Humanos de las personas involucradas. “La educación para la
paz busca fomentar competencias en solucionar conflictos, en resolver guerras, en
prevenir la violencia, en impedir todo aquello que es contrario a la vida y a la dignidad
humana…” (Loera, E. &amp; Loera T., 2017, p.196)
4. LA CULTURA DE LA PAZ Y LOS
OPERADORES DEL SISTEMA DE
JUSTICIA PENAL
¿Cómo se transformó la formación de los
operadores jurídicos en el sistema penal?,
¿Cómo el mundo de los jurídico se abrió a
nuevos perfiles?; ¿Cómo ambas cuestiones
logran la prevención de la violencia?
Hemos dicho que la percepción del operador jurídico del sistema de justicia penal ha
cambiado, ahora se percibe distinto al conflicto. Ya no es sólo un choque de intereses;
sino que se le ve como un proceso del que
deriva un aprendizaje para las partes y para
la sociedad, que puede solucionarse a través del dialogo, que puede preverse y que
resulta mejor aprender a gestionarlo que a
eliminarlo a través de la violencia institucionalizada en forma de sentencia.

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Para modificar la visión tradicional de la heterocomposición a la autocomposición a través de la negociación; fue necesario modificar planes y programas de estudio, no sólo
a nivel universitario sino de las propias Instituciones de Justicia y comenzar la formación
de nuevos perfiles en un proceso que ha
tomado más de 15 años; pero que también
ha exigido la transformación cultural de los
formadores de dichos operadores para que
a través de ellos se transmita la importancia
de este tipo de soluciones alternas y de la
justicia restaurativa.
Como parte de la formación de los Defensores, Ministerios Públicos, Jueces y Magistrados, y asesores jurídicos se incluyó la premisa que obliga a privilegiar, en los casos
en donde sea legalmente procedente y con
la voluntad de los involucrados, las salidas
alternas y los mecanismos alternativos de
solución de controversias; dotando a dichos
operadores de las habilidades de negociación que se requieren en estos casos, pero
sobre todo, de una visión que les permite
tener en consideración que la pena a una
conducta delictiva no necesariamente protege los intereses de las partes, que esta no
siempre logra la satisfacción de los intereses
de las partes pero, sobre todo, que su imposición genera violencia que impide que el
tejido roto con el delito se transforme y que,
además, logra en muchos casos, partes insatisfechas y una escalada de violencia. Es
decir que se transformó la visión que se tenía del proceso penal para hacer de él una
herramienta de prevención y de reparación
efectiva e integral del daño por medio de la
justicia restaurativa.

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63

Sumado a lo anterior se les formó también
en perspectiva de género y en caso de que
los mecanismos alternos no prosperen o no
sean procedentes, en la defensa firme del interés que representen. Sin embargo, se hace
necesario ampliar el catálogo de conductas
que admiten estas salidas y transformar la
percepción del conflicto no sólo en el mundo
jurídico sino en toda actividad permitiendo
así cada vez menos procesos jurídicos penales y más salidas pacíficas al conflicto. Al
hacerlo, se estará implementando un mecanismo de aprendizaje y de reconstrucción,
ya que el problema con el litigio es que sólo
es una forma civilizada mas no pacífica de
solución del conflicto y que en el fondo no
logra una prevención de mayores problemáticas. “Un estado de derecho fuerte, que
protege los derechos humanos contribuye a
prevenir y mitigar los delitos violentos y los
conflictos, proporcionando procesos legítimos para la resolución de las reclamaciones
y desincentivos para el delito y la violencia.”
(Torres,T. &amp; Corella O., 2020, p.8)
Los abogados/as también deben cambiar sus esquemas mentales no solamente para las destrezas de litigación
y diseño estratégico que este sistema
requiere, sino también para ayudar a
sus clientes/as a lograr los objetivos
que persigue el proceso penal y a cubrir, en la medida de lo posible sus necesidades (Maltos, M., 2015, p.280).
Para la formación de este capital humano en
las Instituciones de Justicia se incluyeron planes de formación que mostraban a los operadores del sistema penal la importancia de
dar a conocer a las personas la posibilidad de
Cristian Ortega Barrera

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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arreglar sus conflictos a través de los mecanismos alternativos de solución de controversias
como los acuerdos reparatorios o la suspensión condicional del proceso; que hoy permiten en ciertos delitos, atacar las causas que
originan el conflicto a través de una condición
que es impuesta al imputado y/o a través del
convenio para la reparación integral del daño,
que utiliza a la mediación y la conciliación en
multiplicidad de prácticas que permiten la reparación integral y la reparación del tejido social así como la importancia de voltear a ver al
Derecho Penal únicamente en los casos más
graves y con la conciencia de la importancia
sobre el respeto a los derechos humanos de
las personas involucradas en el conflicto.
En este sentido, dentro de este sistema de
justicia penal reformado, la solución de conflictos no sólo se encuentra en el litigio, para
esos efectos la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 17,
indica que se preverá en la ley mecanismos
alternativos de solución de controversias, así
entonces para poner en marcha la operación del sistema de justicia penal acusatorio
se requirió no sólo de la formación de litigantes y juzgadores, sino también de facilitadores quienes ponen en marcha estos métodos alternos y, quienes no necesariamente
son abogados ya que por lo regular se trata
de psicólogos, antropólogos, trabajadores
sociales, y personas con cualquier profesión
capaces de entender y dar alternativas de
solución al conflicto, quienes son capaces
de encontrar a través del entendimiento mutuo entre partes, soluciones consensuadas a
los problemas jurídico-penales; previniendo
así delitos mayores y acercando al Derecho
Penal a una efectiva ultima ratio.

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Estos “métodos alternos son procedimientos, a través de los cuales, de manera legal,
flexible, neutral, imparcial, honesta, confidencial y equitativa, se busca una solución
integral a los problemas, con ayuda de un
tercero neutral.” (Guerrero, S. &amp; Quiroz, S.,
2018, s/n); ya que al lograr que las partes
entiendan sus intereses, preocupaciones,
puntos de vista, sentimientos y afectaciones
se atiende la raíz del problema, y es desde
este punto que se generan acuerdos que les
permite la búsqueda de soluciones.
Así pues, por medio de este cambio en la formación, los operadores logran ver al conflicto, aún en lo penal, como una oportunidad y
no como una forma de expresión de la violencia institucionalizada; ya que a través de
estos mecanismos se ve un sendero diverso
al proceso para llegar a la solución, solución
que sólo puede conseguirse al valorar a la
contraparte y su relación con ella como algo
importante contribuyendo así a la restauración del tejido dañado con el delito y en el
fondo al logro y mantenimiento de la paz.
Por otro lado y como otra de las aristas del
mantenimiento de la paz desde la prevención estricta del delito, se capacitó al personal de algunas Instituciones encargadas de
la investigación como las Fiscalías y Secretarías de Seguridad Ciudadana, entre otras;
para que pudieran llevar a cabo análisis de
las conductas delictivas, detectando constantes, en aras de prevenir el delito y de buscar formas más efectivas de investigación y
persecución, como es el caso del Analista
Criminal, quienes por lo regular son expertos en manejo de bases de datos, a través
de las cuáles y por medio de análisis de in-

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teligencia, se logran detectar áreas, situaciones, horarios, etc. que están relacionados con determinadas conductas delictivas
o que pueden ser causas criminógenas; así
entonces se logra evitar que ocurran ilícitos
por medio de acciones focalizadas en evitar y erradicar dichas causas, un ejemplo de
ello serían operativos de patrullaje en ciertas zonas o en ciertos horarios, colocación
de alumbrado público, creación de senderos seguros en las escuelas, etc.
Pero no sólo por medio de los mecanismos
alternativos y de las acciones de prevención es que se logró el fortalecimiento de la
Cultura de Paz por medio del sistema penal
acusatorio; sino que también se previeron y
regularon mecanismos menos agresivos de
intervención para las partes. Este es el caso
de la inclusión en la ley procesal penal, Código Nacional de Procedimientos Penales,
de diversidad de medidas cautelares que
permiten el logro del fin del proceso, al tiempo que se protege a los intervinientes y a las
víctimas, sin necesidad de que el imputado
vaya a prisión preventiva en todos los casos
ya que, en el proceso penal anterior, el imputado por lo regular iba a prisión preventiva aún antes de saber si era o no culpable
lo que incrementaba su respuesta violenta
ante el sistema, con estas cautelares diversas el impacto en los derechos y en la psique
de la persona procesada disminuyen, facilitando el mantenimiento de la paz.
Para el respeto de estas medidas cautelares
se crearon nuevas funciones y perfiles ad hoc
para la evaluación del riesgo que representa
para el proceso el imputado, para la seguridad de los intervinientes o para la seguri-

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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dad en general, así como para el seguimiento de la medida impuesta; está nueva figura,
en caso de incumplimiento de la medida por
el imputado, provee al Agente del Ministerio
Público y al Defensor de la información necesaria para que el Juez a través de la información que le sea proporcionada por éstos;
pueda decidir la medida cautelar idónea o su
modificación en cualquier etapa del proceso.
Estas nuevas Instituciones llamadas Unidades de Medidas Cautelares o de Servicios
Previos al Juicio cuentan entre su personal
con algunos abogados, trabajadores sociales, etc. quienes vigilan también las condiciones impuestas al imputado en la Suspensión
Condicional del proceso; lo que contribuye
también al logro y mantenimiento de la Paz
en tanto duran las condiciones impuestas. Así
entonces, la Cultura de Paz, ha aportado un
sinfín de beneficios para el sistema penal.
5. APORTACIONES DE LA CULTURA DE
LA PAZ AL SISTEMA PENAL
Hemos enunciado los beneficios que trajo
al proceso penal y al sistema de justicia, la
implementación de los mecanismos alternativos de solución de controversias en forma
de nuevos procedimientos y nuevas figuras
procesales; en el fondo el beneficio es el
cambio cultural que permite transformar la
visión del conflicto y su solución no sólo del
operador jurídico del proceso, sino que de
momento también han mostrado sus beneficios a las personas que han accedido a
ellos; “Cuando pensamos en los conflictos,
los relacionamos con la forma en que habitualmente se suelen enfrentar o ‘resolver’, la
violencia, la anulación o destrucción de una
de las partes, y no una solución justa y muCristian Ortega Barrera

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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tuamente satisfactoria.” (Cascón, P., 2000, permitir a las personas en conflicto un mayor
p.57).
acceso a la justicia y con ello, una mejor protección y un mayor respeto de sus Derechos
La intención de la formación de estos nuevos Humanos.
perfiles es proporcionar al sistema las herramientas necesarias para provocar un cambio Esta nueva visión del conflicto ha instituciocultural. Este cambio, beneficia al sistema nalizado este tipo de salidas y mecanismos
penal mismo y a la población en general al de prevención; se han modificado las esenterarse de estas nuevas formas de gestión tructuras orgánicas de los Poderes Judiciadel conflicto. Los nuevos perfiles formados y les y de las Fiscalías Generales de Justicia
esta nueva forma de ver, entender, ejercer para poder llevar a cabo estas soluciones
y enseñar el Derecho propiciarán una acti- alternas al grado que, en el año 2018, por
tud distinta en el formador de manera que el ejemplo, se abrieron 257 mil 154 expedientes
proceso enseñanza-aprendizaje se vea be- en los Centros de Justicia Alternativa (INEGI,
neficiado con nuevas formas de resolver el 2020, s/n)lo que significa el mismo número
conflicto desde su base y con una efectiva de conflictos vistos desde una perspectiva
reparación integral del daño así como de la diversa al proceso penal, y que logran marestauración del tejido social; así entonces, la yor satisfacción de las partes pues 242, 588
visión de venganza privada y de justicia pu- han sido resueltos (INEGI, 2020, s/n).
nitiva del sistema penal se transformará en
algo mucho menos violento y de mayor bene- Estos mecanismos, no sólo han sido impleficio social que al mismo tiempo impacte en la mentados en México sino también en divercreatividad de los profesionales al verse en la sas latitudes, en materia penal; tal es el caso
necesidad de encontrar soluciones creativas. de Bolivia, Colombia, Chile, Nicaragua, Panamá, entre otros; pero no sólo se aplican en
Ahora bien, pensar creativamente, ser materia penal sino también en otros campos
creativo, actuar creativamente conlleva como en México donde se desarrollan en el
al mediador no sólo a pensar en nue- campo del derecho familiar o civil, por ejemvas formas de adaptación del medio a plo; con el fin de construir una Cultura de la
las necesidades de las personas para Paz.
obtener una solución a una situación
particular, sino también de crear un 6. PROPUESTA PARA FACILITAR LA
ambiente que favorezca el surgimiento IMPLEMENTACIÓN DE LA CULTURA DE
de posibles soluciones de las mismas LA PAZ EN EL SISTEMA PENAL
personas involucradas en la problemática. (Gorjón, F., 2020b, p. 19)
Como ha quedado señalado, la formación
de los operadores del sistema de justicia
Este impacto esperado no sólo se refleja- penal ha permitido observar el conflicto
rá en una baja de la violencia directa sino desde otra perspectiva que los ha llevado
también de la cultural y de la estructural al a buscar soluciones más efectivas a éstos y
Formación de operadores del sistema de justicia penal y cultura de la paz PP. 57-70

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

prevenirlos. Sin embargo, queda trabajo por
hacer puesto que hace falta formar para la
paz y desde la paz desde las primeras trayectorias educativas de las personas; así se
acostumbrará a los estudiantes, desde niños, a ver en el conflicto una oportunidad de
construir y no de destruir; lo que llevará a la
evolución de la sociedad. Es cada vez más
frecuente que se utilicen estos mecanismos
también en Instituciones Educativas, lo que
sin duda contribuye a permear esta cultura,
pero se requiere de mayor esfuerzo en todos
los niveles educativos, no sólo a través de la
resolución de conflictos y el involucramiento
de la comunidad, sino también a través de
la explicación e interiorización del concepto
del conflicto, de las formas de solución de
éste y de la importancia de la reconstrucción
del tejido social; es decir, permear a todas
las comunidades educativas de acciones de
formación encaminadas al conocimiento de
la cultura de paz y de los mecanismos alternos de solución.
Una educación que incluya la educación para la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la libertad, el
respeto a las diferencias, la diversidad
cultural y, sobre todo, al desarme, a la
prevención de los conflictos armados y
a la transformación pacífica de los conflictos (Bahajin, S., 2018, p.94).
Para lograrlo, será necesario introducir a todos los niveles formativos y en la población
en general el conocimiento y utilidad del
sistema jurídico, derechos humanos, habilidades de escucha activa, para generar empatía, aspectos cívicos y éticos relacionados
con la igualdad y la tolerancia, estudio so-

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bre el origen del conflicto, habilidades de
negociación, técnicas para el manejo de la
ira, de evaluación de intereses y necesidades, para ser sensibles y replantear nuestros
objetivos y entender los de los demás, manejo de la violencia, perdón, etc.
Pero no podemos solamente prevenir que
los conflictos futuros sean vistos y gestionados de otra forma a través de la formación
de los estudiantes; si queremos observar los
beneficios a corto plazo y por lo que hace a
los conflictos jurídico-penales ya existentes;
será necesario permitir una serie de salidas
no violentas en más delitos, buscar verdaderamente al Derecho Penal como la ultima
ratio; pero sobre todo, desarrollar cambio
cultural para que la población y la autoridad
empleen estos mecanismos de sanación en
todos los procesos penales y en todos los
delitos y faltas administrativas por medio de
la justicia cívica; de esta forma se están previendo conflictos de mayor envergadura y se
sana la relación social.
Si se quieren los anteriores objetivos, es necesario implementar campañas de difusión,
que muestren el significado de la Cultura de
Paz, y de las bondades de los mecanismos
alternos; así la población en general acudirá a ellos con mayor confianza y con más frecuencia; aceptarán este tipo de soluciones
con mayor naturalidad, dejarán de buscar al
proceso penal como mecanismo de venganza para la solución a los conflictos cuando
se pueden solventar por otras vías; al tiempo
que se permite la valoración de la relación
con el otro, la comprensión de su circunstancia y la construcción de acuerdos.
Cristian Ortega Barrera

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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No podemos concebir el tema de la jusde su intangibilidad y su valor proactiticia en los MASC sin considerar como
vo, es considerado un activo de la paz,
elemento rector de ella a la ciudadadesde mi perspectiva son sinónimos,
nía, es ella el corazón de los MASC, deporque en ambos contextos a través de
rivado de su participación activa, como
su aplicación y uso provocan bienestar
sucede en la paz positiva. Ante la imen las personas y en la sociedad en
portancia y trascendencia de este congeneral, por ser un medio para el decepto es necesario de igual manera vinsarrollo pleno de una cultura de la no
cularlo al concepto de equidad ya que
violencia, la prevención y la solución de
una de las principales características
conflictos (Gorjón, F., 2017, pp. 65-66).
de estos métodos es que las decisiones
son asumidas por las partes generando Recientemente, algunas entidades como Micompromisos propios, auténticos y más choacán han creado leyes para la Promosuyos (Gorjón, F., 2015, p. 119).
ción de la Cultura de la Paz y otras las han
presentado como iniciativas; incluso, se ha
Desde luego que estos cambios propuestos hablado de la presentación de una iniciativa
comprenden el mundo de la formación jurí- de ley para promoverla a nivel nacional; esdica en donde también hace falta trabajo tas adiciones legales sin duda contribuirán
por hacer; se debe entender a profesión ya a la construcción de una mejor sociedad,
no sólo como la aplicación de leyes a casos pero dichas leyes deberán estar acompaconcretos sino también como una fuente de ñadas de políticas públicas que las hagan
comprensión del conflicto y de las formas en realidad. Veremos en el futuro cercano qué
que el ser humano soluciona sus problemas; ocurre con ellas en beneficio de la construcaumentar el entendimiento y el aprecio por ción de la paz que tanta falta hace al país y
otros perfiles que contribuyen en la construc- con ello la construcción de la felicidad como
ción de soluciones; pero sobre todo, se debe parte del ejercicio del libre albedrío en la
reforzar la valoración de los mecanismos al- búsqueda de soluciones.
ternos de solución de conflictos a través de
la modificación del perfil del abogado; don- “Nuestra capacidad de decidir es lo que
de ya no es mejor aquel que ha litigado más nos hace felices, por lo que cuando esa cacasos ante los Tribunales sino aquel que ha pacidad se ve interrumpida o cuartada sosolucionado más conflictos, todo ello permiti- mos infelices, escoger lo que nos hace sentir
rá la aplicación de las soluciones alternas en bien es la clave de la felicidad” (Gorjón, F.,
más casos y propiciará en los representados 2020a, p.76).
de estos profesionales, la aceptación de estas salidas al contemplar sus bondades.
7. CONCLUSIONES
Los MASC en específico las mediacio- A lo largo de la formación jurídica, se han
nes son consideradas herramientas privilegiado las formas violentas de solución
para la paz, pero desde la perspectiva del conflicto a través del proceso; estas forFormación de operadores del sistema de justicia penal y cultura de la paz PP. 57-70

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mas imponen una solución a las partes sin TRABAJOS CITADOS
verificar la efectiva satisfacción de los intereses de cada una de ellas. Estas solucio- Arango Durling, V. (2007). Paz Social y Cultura de la Paz.
nes heterocompositivas generan en el fondo
Panamá: Panamá Viejo.
violencia al ser impuestas por la autoridad y Bahajin, S. (2018). La educación como instrumento de la
buscadas por la población como una forma
Cultura de Paz. Revista Innovación educativa.
de venganza.
Cascón Soriano, P. (2000). Educar para el conflicto en los
centros. Cuadernos de Pedagogía.

Es necesario generar un cambio cultural que
permita a la población el entendimiento y el
ejercicio de la Cultura de Paz. Este cambio
cultural se puede generar a través de la difusión y el empleo de mecanismos de justicia
alternativa y sobre todo de justicia restaurativa que logra la solución del conflicto, pero
no mediante la violencia sino mediante la
voluntad, el entendimiento del otro y la verdadera satisfacción de los intereses de las
partes. Estos beneficios y cambio cultural
se lograrán por medio de la transformación
de la profesión jurídica para ser entendida
como una profesión encargada sí de la defensa de los intereses de las partes, pero
además, como la encargada de generar soluciones consensuadas, apegadas al marco
legal y respetuosas de los derechos humanos.

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Por otro lado, la formación para la Cultura de
Paz debe permear a todos los niveles educativos y entre la población en general, de
forma que se acepten y apliquen cada vez
más y cada vez de forma mejor, las soluciones alternas de terminación del conflicto. Sin
duda los cambios en la formación jurídica y
en la formación de la población en general,
lograrán una mejor sociedad.

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—

Cristian Ortega Barrera
Maestro y Licenciado en Derecho por la UNAM.
Fue Director de Profesionalización de Projusticia de
USAID/México. Litigante y docente en materia penal.
Coordinador del Centro de Documentación, Investigación y Prospectiva para la Seguridad, Justicia y Paz
de la ANUIES (Asociación Nacional de Universidades
e Instituciones de Educación Superior).

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Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
02, ENERO
2022 en MSC

Los Métodos de Solución de Conflictos en la
Paradiplomacia: Los retos del mediador en la
internacionalización de los gobiernos locales
Conflict Resolution Methods in Paradiplomacy: The challenges of
the mediator in the internationalization of local governments
Recibido: 23-11-2021

| Aceptado: 21-12-2021

Maria Gabriela Zapata*

* https://orcid.org/0000-0002-4386-084X
Universidad Autónoma de Nuevo León, México

Resumen
En un mundo donde impera la globalización la transformación de las agendas locales hacia estrategias de internacionalización ha derivado en controversias tanto locales como internacionales al
momento de ejercer acciones diplomáticas ajenas a los estados centrales. El papel del mediador
tanto en la resolución del conflicto en el interior del estado que prohíje al gobierno local que intenta
internacionalizarse tanto al exterior con sus pares para conveniar hermanamientos y convenios de
colaboración parece esencial como parte importante del que hacer diplomático. El objetivo de este
artículo es analizar los puntos de encuentro del trabajo del mediador como profesión destacable
en el ámbito de la paradiplomacia, a través de una profunda revisión literaria se encuentra que los
métodos alternos de solución de conflictos y los profesionistas encargados de su implementación
pueden llegar a tener un papel fundamental en la internacionalización a través de la paradiplomacia de los gobiernos locales.
Palabras clave: Paradiplomacia, MSC, gobiernos locales
Abstract
In a world where globalization prevails, the transformation of local agendas towards internationalization strategies has led to both local and international controversies when carrying out diplomatic
Cómo citar
Zapata, M. G. La paradiplomacia y la mediación internacional: el papel del mediador internacional en la proyección de la agenda internacional de los gobiernos locales:
Los conflictos derivados de la internacionalización de los
gobiernos locales . MSC Métodos De Solución De Conflictos, 2(2). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.
mx/index.php/m/article/view/23

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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actions outside the central states. The role of the mediator both in the resolution of the conflict within
the state that prohibits the local government that tries to internationalize both abroad with its peers
abroad to agree on twinning and collaboration agreements seems essential as an important part of
what to do diplomatically. The objective of this chapter is to find the meeting points of the mediator’s
work as an outstanding profession in the field of paradiplomacy, through a deep literary review it is
found that alternative methods of conflict resolution and the professionals in charge of their implementation can get to play a fundamental role in internationalization through the paradiplomacy of
local governments.
Key words: Paradiplomacy, CRM, local governments

INTRODUCCIÓN

de un sentido de identificación con el gobierno central que los arropa, puede llevar
a conflictos ineludibles en su búsqueda de
esta empresa. En primera instancia, se debe
recalcar la importancia de definir lo que es
la paradiplomacia y su transformación teórica en los últimos años.

Los métodos de solución de conflictos recalcan que el conflicto es la naturaleza inevitable del ser humano, por lo que resulta
inevitable la confrontación que enfrentan
los gobiernos locales cuando no se sienten
identificados con el estado central al querer buscar a sus pares en el extranjero o una La paradiplomacia o las relaciones interagenda que no dependa necesariamente nacionales de los gobiernos subestatales o
de los actores diplomáticos tradicionales.
locales es un fenómeno mundial. Cada vez
más gobiernos no centrales están llevando a
En este sentido, el conflicto se produce entre cabo acciones de relaciones internacionapersonas en todo tipo de relaciones huma- les que impactan directamente en las intenas y en todos los entornos sociales. Debido racciones de estos dentro del sistema intera la amplia gama de diferencias potenciales nacional.
entre las personas, la ausencia de conflicto
generalmente señala la ausencia de inte- De manera positiva, la paradiplomacia
racción significativa. El conflicto en sí mismo cuenta con un gran impacto dentro del bienno es ni bueno ni malo. Sin embargo, la ma- estar y desarrollo local. Este último, no denera en que se maneja el conflicto determi- pende únicamente de las políticas naciona si es constructivo o destructivo (Deutsch y nales, sino que, lo que es más importante,
Coleman, 2000).
está relacionado con las políticas locales y
los conflictos que se puedan dar para que
En este sentido, las entidades que buscan estas sucedan. En un mundo globalizado con
promover su internacionalización apartados economías nacionales y regionales cada
Los Métodos de Solución de Conflictos en la Paradiplomacia: Los retos del mediador en la internacionalización de los gobiernos
locales. PP. 71-86

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vez más abiertas y competitivas, los gobiernos subnacionales con mayores niveles de
actividad internacional atraen más inversión
extranjera directa, abren mercados para sus
productos e incrementan las exportaciones
y reciben más cooperación descentralizada
internacional, generando bienestar social
local (McMillan 2012; Grau Vidiella 2013).
En este sentido, se ha presenciado participación que ha ido in crescendo por parte los
gobiernos subnacionales en la esfera internacional, este fenómeno también es conocido como paradiplomacia. Este discurso radica tanto en transformaciones que pueden
ser vistas a niveles estatales e internacionales en el plano político, como en el progreso
económico de las regiones.
Ahora bien, fue en 1961, que Rohan Butler
definió “paradiplomacia” como la actividad
diplomática paralela que compite o complementa la política exterior tradicional del gobierno central (Butler, 1961). En el estudio de
Waldman, Jiménez y Zapata-Morán (2019),
mencionan que, de igual manera, está presente la contemplación de la paradiplomacia como una manera no gubernamental de
mediación disyuntiva, y hoy en día está fomentada de forma significativa las nuevas
tecnologías de información y comunicación.
Asimismo, la paradiplomacia puede ser considerada como una democratización de la
política en el exterior, al consideras los intereses y necesidades de los niveles al interior
de un Estado (Oddone, 2016). De acuerdo
con Soja (2005), en el avance de este proceso de globalización es fácil contemplar en
el futuro vastas áreas regionales de actividad económica, que estén enfocados en la

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condensación de ejercicios económicos especializados en servicios bancarios, educativos o comerciales.
LA PARADIPLOMACIA
El término “paradiplomacia” ha recibido diversas connotaciones, sin embargo, el término ha evolucionado en diferente literatura
especializada que ha permitido pluralizar
los conceptos como paradiplomacia universitaria, comercial o ciudadana. La búsqueda de los gobiernos no centrales o meso
gobiernos que dependiendo de cada país
se denominan comunidad autónoma como
en el caso de España o entidad federativa
como es el caso de México.
En este sentido, Aguirre (2000) menciona
que estos gobiernos buscan relacionarse en
el exterior debido a que se asume que estos vínculos contribuyen considerablemente
a la mejora de competencias institucionales
para la atracción de recursos y talentos necesarios para generar su propio desarrollo.
Esta nueva práctica, conocida como paradiplomacia, ha sido objeto de distintas designaciones. Sin embargo, este término ha
progresado con cierto nivel de popularidad
a lo largo de la literatura especializada (Carreón, 2007).
Los primeros autores en hablar acerca de
la acción internacional de los gobiernos no
centrales fueron Ivo Duchacek y Panayotis
(1986) y definen a la paradiplomacia como
las prácticas directas e indirectas por parte de los gobiernos no-centrales al área de
las relaciones internacionales (Duchacek,
1990). Por otro lado, están las aportaciones
María Gabriela Zapata

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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literarias de Keohane y Nye (1977) quienes
afirmaron que en la nueva agenda de las relaciones internacionales existe una cantidad
progresiva de temas complejos que involucran a todos los niveles de gubernamentales.

diación entre estos actores pues su implicación en las relaciones internacionales, mediante la instauración de vínculos formales e
informales, permanentes o ad hoc con entidades extranjeras, públicas o privadas, con
el objetivo de suscitar cuestiones de carácNo obstante, éstos no disponen de una je- ter socioeconómicas, políticas o culturales,
rarquía clara o de soluciones fáciles. Cada así como cualquier otra extensión externa
uno de los niveles gubernamentales son en de sus aptitudes constitucionales.
una determinada proporción responsables.
Por consiguiente, cualquier posible solución Las regiones en este mundo global, son imque se plantee son necesarios mayores ni- pulsadas a la búsqueda de inversiones e
veles de cooperación intergubernamental y innovadores mercados, por lo cual no sería
de mediación.
extraño verlos inclusive con mayor interés
que a los propios gobiernos centrales, pues
Diversos temas de los gobiernos locales ge- son realmente los gobiernos locales quienes
neran coaliciones y estos temas generan di- se comportan como si se tratara de un esceferentes grados de conflicto. En este sentido nario de subastas en donde rivalizan para
una coordinación e investigación adecuada alcanzar inversiones extranjeras, ya sea mede las políticas sobre estos conflictos puede diante la instalación de parques de diversioayudar a ahorrar costos significativos. Por lo nes, ferias sobre la tecnología o fábricas de
que interdependencia que incrementa día automóviles (Berneo, 2019).
con día, se encuentra muy apartada de la
corriente teórica del realismo y de la Escue- Tomando en cuenta la globalización, distinla Inglesa de Relaciones Internacionales, tas ciudades y regiones alrededor del munla cual enmarca que el Estado es el actor do han alcanzado un gran protagonismo,
principal, y la sociedad de Estados, la esfera algunas veces de manera independiente
propia de la diplomacia (Carreón, 2007).
de los gobiernos nacionales a los que pertenecen. Tal es la situación de las llamadas
De esta manera, al hablar de paradiploma- ciudades globales, entre las cuales se encia se podría referir a todos aquellos acto- cuentran París, Londres, Pekín, Nueva York, y
res no tradicionales que llevan a cabo ac- el ejemplo de regiones con altos grados de
tividades internacionales como lo pueden internacionalización como lo son Lombardía,
ser universidades, organismos no guberna- Cataluña, y Silicón Valley (Berneo, 2019).
mentales, medios de comunicación, empresas. Todos estos actores ejecutan labores de Las ciudades han contado con oportunidamediación entre diferentes realidades.
des para instaurarse como centros económicos y culturales internacionales mediante la
En este sentido, Cornago (2011) menciona la promoción de su cultura, el establecimienimportancia de agentes dedicados a la me- to en el espacio urbano de compañías de
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locales. PP. 71-86

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alta tecnología que aceleran las demandas
de profesionales altamente calificados, en
un marco en donde se discute la economía
creativa y también se exija a las ciudades esa
abundancia cultural y académica, a lo que
entendemos comúnmente como calidad de
vida. De esta manera, surgen las denominadas ciudades globales o mundiales, con una
mayor preocupación económica y académica por el tema (Gastal y Osmainsch, 2017).
De esta manera, y en lo particular, no es que
existan otros actores; sino que lo novedoso
son sus consideraciones teóricas y sus estudios de manera sistemática, debido a que,
en las últimas décadas, la esfera internacional ha estado asignada por dos características principales: el incremento del número
y tipo de actores internacionales que acentúan la calidad de su participación e influencia en asuntos globales (Harispe, Herrero y
Araya, 2014).
LOS CONFLICTOS DERIVADOS DE LA
INTERNACIONALIZACIÓN DE LOS
GOBIERNOS LOCALES

Revista Internacional de Investigación
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75

objetivos de la política exterior como es el
caso de la diplomacia tradicional (estatal)
que en momentos no es integradora, sino
que también implica luchas por la expresión
misma de la política exterior. Los Estados
rara vez acogen con agrado la idea de que
las regiones o ciudades se promociones en
el extranjero; de hecho, tienden a oponerse
vigorosamente, por lo que algunas fuerzas
políticas regionales pueden adoptar una
actitud similar.
Los ejemplos más representativos ha sido
la movilización en las regiones autónomas
españolas como lo son las experiencias del
País Vasco y Cataluña o la región de Quebec en Canadá. En donde se han dado movimientos en contra del gobierno central al
no sentirse identificados con los propósitos
de la política exterior.
En el caso de Cataluña, se responde a la situación de un territorio con peculiaridades
culturales muy marcadas y con una voluntad
permanente de autogobierno, así que, con
una larga lucha histórica por la autodeterminación, el gobierno catalán ha procurado
adquirir una proyección exterior que ha sido
sumamente compleja, pues es bien sabido
que España siempre ha conservado una tradición centralista. Los catalanes han aprovechado las intenciones y el desarrollo autonómico para aumentar las actividades en
el exterior (Enríquez, 2019).

La movilización política, cultural y territorial
como un proceso de nacionalismo puede
estar lógicamente relacionado con los gobiernos regionales que buscan desarrollar
una agenda internacional. La peculiaridad
de la paradiplomacia como forma de expresión internacional es su dinámica interna
altamente conflictiva derivado de la necesidad de estos gobiernos anteponer sus nece- En su estudio, Velázquez (2007) afirma que
sidades al estado central.
el aumento de ejercicios paradiplomáticos
se debe principalmente a la creciente gloLa paradiplomacia no se limita a presentar balización y a la existencia de una mayor
conflictos en cuanto a la definición de los interdependencia económica. De esta maMaría Gabriela Zapata

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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nera, la participación de los actores subnacionales en asuntos internacionales se debe
a que la globalización ha limitado de manera paulatina la capacidad de los Estados
centrales para satisfacer las necesidades
de las regiones.

Un ejemplo de esto son los conflictos derivados del procés llevado a cabo desde el 2012
y que se concibe como un proceso histórico
y político en el que se hizo un referéndum
para la autodeterminación e independencia
de Cataluña. El mismo sigue teniendo estragos hoy en día, por lo que la mediación pueLa satisfacción de estas necesidades va a de intervenir en la prevención del conflicto y
traer consigo los grandes problemas de la la reparación de daños en el enfrentamiento
paradiplomacia lo cual crea un enfrenta- en los gobiernos subnacionales y centrales.
miento entre el centro y la periferia; es decir,
entre el Estado y las unidades que lo cons- EL PAPEL DE LA MEDIACIÓN
tituyen. En algunas ocasiones, las acciones INTERNACIONAL EN LA
exteriores de los organismos no estatales PARADIPLOMACIA
complementan la política exterior y algunas
otras veces va en contra de los intereses na- La importancia que tiene la implementación
cionales, inclusive pretendiendo erosionar de la profesionalización del mediador internala integridad territorial del Estado (Arenas, cional recae en los hechos mencionados an2018).
teriormente como la integración en la agenda
internacional de otros actores no tradicionaEs por eso, que el regionalismo en el sentido les. Los métodos de solución de conflictos en
estricto del término ofrece una mayor visión un sistema internacional, más conectado y
teórica y conocimiento práctico de las regio- con mayor pluralidad parecen indispensables
nes y también es una creencia pragmática ante las diferencias de opiniones.
que reivindica a las regiones como instrumentos útiles para alcanzar una amplia va- Ante la complejidad descrita en un sistema
riedad de objetivos (Soja, 2005).
internacional contemporáneo, la mediación
como un método flexible ha demostrado
En ocasiones, en las regiones se manifiesta ser un medio de solución pacífica de conun proyecto de nación diferente al del Es- troversias en este sistema contemporáneo.
tado central, provocando que la proyección Entre otras cosas debido a los esfuerzos de
internacional sea distinta. En estos casos las buenos oficios de los mediadores y ante la
regiones llegan a un punto de inflexión (Kea- mediación que tiene cabida en cualquier
ting, 2002). En esta resistencia, los Estados momento, es importante para cualquier cirse muestran cautelosos a la participación de cunstancia, incluida, como hemos visto, la
los actores subnacionales, en competencias más compleja como puede ser el caso de
que se creían exclusivas del Estado central. Cataluña (García, S.f).
Estas acciones provocan que la Paradiplomacia sea percibida como una relación con- En el sistema internacional, la mediación
flictiva con la diplomacia nacional.
cumple su función como medio diplomátiLos Métodos de Solución de Conflictos en la Paradiplomacia: Los retos del mediador en la internacionalización de los gobiernos
locales. PP. 71-86

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co en el arreglo de controversias. En comparación con los medios jurisdiccionales
tradicionales, los actores que recurren a la
mediación como herramienta mantienen su
libertad de acción y decisiones en la solución final de los conflictos. Asimismo, la solución se plasma en acuerdos internacionales
obligatorios y no tiene que estar basada necesariamente en el Derecho Internacional,
ya que puede considerar de manera parcial
o total los elementos de las oportunidades
políticas (Carrascal, 2011).
Ahora bien, el papel del mediador internacional tendrá dos dimensiones, una local y
una internacional pues no solo se trata de establecer contacto con otros gobiernos locales
o centrales en el exterior. Si no también de
establecer métodos de solución de conflictos
al interior para evitar la confrontación del actor no tradicional con el gobierno central.
En este sentido, la mediación se convierte en
un instrumento activo y bidimensional: pues,
por un lado, los mediadores internacionales
no se limitan a ponerse en contacto con las
partes en el exterior, ya que también participa de manera activa, realizando propuestas
y negociando.
De esta manera, los mediadores internacionales actúan como un tercero quien pone en
contacto a los dos actores internacionales,
con el propósito de entablar negociaciones
diplomáticas o suministrar ocasiones adecuadas para dar pie a dichas negociaciones, el papel del mediador internacional
encuentra su legalidad, pues sus actividades se codificaron originariamente en las
mismas herramientas jurídicas, tal como las

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Convenciones de La Haya de 1899 y 1907
(Carrascal, 2011).
LOS CONFLICTOS DE LA
INTERNACIONALIZACIÓN DE LOS
GOBIERNOS SUBNACIONALES
De acuerdo con Zepeda (2018), las consecuencias de la globalización han debilitado
las capacidades con las que cuentan los gobiernos para garantizar el cumplimiento tanto
de intereses, como también de políticas públicas. Por esta razón es que los gobiernos
subnacionales se encuentran con mayores
desventajas, lo que los ha orillado a encontrar nuevas maneras de desarrollarse económicamente dentro del Sistema Internacional;
asimismo, este autor hace un énfasis en la
desigualdad que los efectos del ya mencionado proceso ya traído, pues ciertas regiones
han sido mayormente favorecidas que otras.
Por su parte, dentro de la esfera política, y
gracias al inevitable proceso de la globalización, los gobiernos locales han buscado
obtener e incrementar la presencia internacional que tienen frente al resto del mundo,
tratando de demostrar en una gran cantidad
de ocasiones, una autonomía frente a los
gobiernos locales.
No obstante, las regiones nacionalistas que
tienen tendencias separatistas son quienes
están mayormente interesadas en implantar
dichas relaciones externas que les brinden
apoyo para su propia causa; tal es el caso
de Quebec, en donde las minorías que habitan en esa región buscan a su madre patria
(Francia) para obtener mayor soporte (Dávila, Schiavon y Velázquez, 2008).
María Gabriela Zapata

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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Indudablemente, el proceso histórico por el
que ha pasado Quebec muestra un desarrollo sólido y consistente de autonomía sobre el
gobierno central y sus manifiestos por obtener mayor independencia han dado paso a
la descentralización de poder y atribuciones
al resto de provincias dentro de esta nación.
De este modo, es conveniente mencionar que
la descentralización que se ha visto dentro
de Canadá es debido principalmente a las
acciones históricas impulsadas por Quebec
para adquirir su autonomía.

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te hacia cinco propósitos, los cuales toman
en cuenta los intereses económicos, políticos
y culturales. Éstos son: reforzar las acciones e
influencia, fomentar el desarrollo, coadyuvar
a la seguridad local y a la América del Norte
en conjunto, suscitar la identidad propia, así
como también cooperar con la solidaridad
internacional.

En suma, se puede entender que esta provincia canadiense ha defendido su identidad
mediante la denominada paradiplomacia
identitaria, esto significa que se encuenPor esta razón, Zepeda (2018) explica que, tra en la constante búsqueda de reforzarse
una vez empezadas las intenciones secesio- como una nación propia dentro de Canadá
nistas de Quebec, la Federación le otorgó (Zepeda, 2018).
poderes administrativos sobre diversos temas, tales como la inmigración, e inclusive se Otro claro ejemplo de lo que sucede dentro
le brindó la oportunidad de impulsar diversos de las actividades paradiplomáticas, y que,
programas, sobre todo en el área de educa- a su vez, ha representado un indudable conción superior.
flicto, es el independentismo catalán, que si
bien, se puede considerar que ha causado
Además, también le permitieron promover muchos conflictos internos y, sobre todo, con
una cadena televisiva francesa privada, la el gobierno español, muestra de qué manecual tuvo alcance nacional e incrementó la ra se pueden utilizar ciertas herramientas
utilización del idioma francés. Por esta razón, paradiplomáticas para el resto del mundo.
es conveniente considerar a Quebec como
una de las provincias que se encuentran Cataluña ha utilizado como estrategia las
mayormente activas en que concierne a las vulnerabilidades que se encuentran en la
acciones paradiplomáticas, pues también esfera cultural, tal como la identidad, pues
cuenta con un departamento que tiene a su aboga que existe una pérdida y la ha utilizadisposición personal que se dedica exclu- do como una herramienta paradiplomática,
sivamente a las relaciones internacionales; lo que le ha permitido captar el interés de
no suficiente con esto, cabe destacar que ha la comunidad internacional. Gran parte de
firmado más de 700 acuerdos internaciona- los actos de paradiplomacia de Cataluña
les desde 1964, y en la actualidad, 370 si- se realizan de forma funcional, esto quiere
guen vigentes con 79 naciones.
decir, que sus objetivos están relacionados
con el cumplimiento del compromiso político,
Las acciones internacionales a las que Que- especialmente en el ámbito de la economía
bec se dirige están enfocadas principalmen- (Dermawan y Akin, 2020).
Los Métodos de Solución de Conflictos en la Paradiplomacia: Los retos del mediador en la internacionalización de los gobiernos
locales. PP. 71-86

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De esta manera, se puede asegurar que
la paradiplomacia utilizada por Cataluña,
contiene acciones simbólicas con el objetivo de lograr reconocimiento internacional a
una identidad nacional diferente a la española. No obstante, ha trabajado con otras
herramientas paradiplomáticas, tales como
el cabildeo, la participación en agendas internacionales, las visitas de alto perfil y la
diplomacia pública en escenarios internacionales para ganar simpatía y apoyo (Dermawan y Akin, 2020).
Es importante mencionar, que Cataluña no
siempre tuvo como objetivo principal alcanzar una independencia, pues en un principio, quería obtener una mayor autonomía
al participar como actor internacional y a
la vez pertenecer a una red de alianzas con
las demás naciones. Dichos objetivos fueron
evolucionando, hasta lo que se conoce hoy
en día, de esta manera, fueron interviniendo variables como la falta de soberanía y la
pérdida de identidad.
Finalmente, es necesario que se destaquen
las consecuencias que las intenciones secesionistas catalanas trajeron consigo, pues
ayudó en gran medida a florecer la economía de Barcelona, así como también mejoró
la infraestructura y existió mayor apoyo en la
prestación de servicios, por lo que se consiguió una legitimidad social de Barcelona y
Cataluña alrededor del mundo. Por su parte,
España como respuesta, ha adoptado como
enfoque, el reconocimiento de la comunidad
internacional, alegando que el conflicto catalán es una disputa política, mas no de interés internacional (Dermawan y Akin, 2020).

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LOS MASC EN LA SOLUCIÓN DE
CONFLICTOS INTERNACIONALES
Como se sabe, debido a la búsqueda constante de mantener un estado de paz entre las
naciones, la solución de conflictos ha evolucionado paulatinamente, y han ido surgiendo
numerosas cantidades de acciones prácticas
y teóricas que se han internacionalizado, debido al importante papel que representan
dentro des los movimientos pacíficos.
Como mencionan Rivera y Tamez (2019),
el crecimiento de los denominados Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos
(MASC), se han presentado como un tema
novedoso a nivel internacional, pues son
considerados como las opciones más aptas
y viables para la solución de la mayor parte
de las problemáticas, además, es importante destacar que dichos mecanismos han funcionado como un complemento imprescindible dentro de los procesos jurisdiccionales
que se encuentran buscando establecer la
cultura de paz mundial.
De tal manera que, la importancia de los
MASC recae en el obtener una solución adecuada de los conflictos, mientras se evita la
obstaculización de implementar la cultura
de paz; es por esta misma razón que dichos
métodos se van estableciendo poco a poco
dentro de la sociedad contemporánea, pues
se manifiesta una constante necesidad de
alcanzar la paz a nivel mundial.
Además, es importante mencionar que las
problemáticas pueden verse en distintas
áreas, como es el caso de los conflictos coMaría Gabriela Zapata

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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merciales internacionales, en este aspecto,
puede verse como ejemplo para la resolución de diferencias a través de la participación de un tercero, que tomaría el papel de
mediador neutral e imparcial y ayudaría a
buscar una solución adecuada para lograr
restablecer las relaciones entre ambas partes (Rivera y Tamez, 2019).
Sin embargo, se debe tomar en cuenta la participación de un mediador ante las problemáticas que puedan surgir dentro de la comunidad internacional, no sólo dentro de los
conflictos relacionadas al comercio, sino también ante todos aquellos que involucren la disolución de relaciones internacionales pacificas, tomando en cuenta siempre a los MASC,
pues se deben poner en práctica constante
para encontrar resultados satisfactorios y evitar conflictos bélicos o perjudiciales.
No obstante, cabe recalcar que este tipo de
intervenciones no son nuevas, y ya han sido
contempladas en una gran cantidad de ocasiones, prueba de esto, es que, dentro de la
Carta de las Naciones Unidas, en el capítulo VI, artículo 33, se establece el arreglo
pacífico de controversias, el cual menciona
que ante las problemáticas que puedan ser
susceptibles al arriesgar la paz y la seguridad internacional, se les buscará la solución
principalmente a través de la negociación,
investigación, mediación, conciliación, arbitraje, arreglos judiciales y al uso de organismos, acuerdos regionales y otros medios
que sean considerados pacíficos. De acuerdo con Gómez (2016):

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el determinante para definir el contenido del arreglo y por tanto afecta a
todos los aspectos del acuerdo bajo
negociación, independientemente del
lugar de ejecución, la cultura de los
representantes, el sitio donde se desarrollan los acercamientos o la ley aplicable. Las consecuencias dependerán
de la clase de preparación, la actitud,
el tipo de concesiones realizadas y la
intención de las partes, y variarán ante
un resultado satisfactorio para todos
los participantes o uno en el cual una
de las partes quede evidentemente en
mejores condiciones que la otra (p. 41).
De esta manera, se puede asegurar que
tanto el uso de las intervenciones, como el
de la mediación, han sido estrategias que
dependen no sólo de las partes terceras,
sino también de las actitudes que tengan
cada una de las partes involucradas, por lo
que una cultura de paz, a través del uso de
los MASC pueden ser una realidad si todos
colaboran, ya que no es suficiente con llegar
al final de la disputa, sino que los resultados
justos e iguales deben ser la única opción si
se quieren evitar conflictos posteriores.

Por su parte, Gorjón y Sáenz (2009), destacan
que en el caso de México de 1970 a 1997, fue
mediador en una gran cantidad de conflictos
internacionales, por lo que se puede decir,
que las mediaciones han sido una alternativa
desde hace mucho tiempo, de esta manera,
se puede asegurar que es una herramienta a
la que han acudido muchas naciones, con el
propósito de resolver las problemáticas que
A diferencia de las negociaciones lo- los aquejan y que pueden ser perjudiciales
cales, aquí es el factor internacional en un futuro inmediato, por lo que la media-

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locales. PP. 71-86

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ción ha sido un instrumento considerado per- cipación que se tiene dentro de Conferencia
tinente por muchos.
de Gobernadores Fronterizos, la cual se establece con Estados Unidos, además cuenta
Finalmente, Borjón y Rosario (2019), señalan con una gran cantidad de oficinas dedicala importancia de la globalización, pues den- das a la atención a migrantes en el exterior,
tro del ámbito internacional, dicho proceso especialmente en Estados Unidos, asimismo,
ha sido inevitable debido al comportamiento su participación dentro de foros internacioy desarrollo individual de las naciones, asi- nales ha sido notable.
mismo, ha jugado un rol fundamental debido
a que cambió por completo el orden y com- Por su parte, Dávila, Schiavon y Velázquez
portamiento internacional, modificando inclu- (2008) mencionan otros ejemplos que son
so la estructura institucional y las relaciones prueba de la participación internacional y de
económicas y políticas, viéndose influidas las actividades paradiplomáticas en las que
con la llegada de las nuevas tecnologías.
México, a través de los años ha formado parte:
• En el año 2000, el gobernador del estaEL NUEVO MODELO DE
do de México, de ese momento, Arturo
PARADIPLOMACIA EN MÉXICO
Montiel, llevó a cabo diferentes estrategias que imponían un activismo político
Según Duchaceck (1990), el crecimiento de
internacional, el cual inclusive superó las
las actividades internacionales se ha dado
actividades comerciales y económicas
mediante seis áreas, entre las que destacan
de las administraciones previas. Efectuó
la estabilización de oficinas encargadas de
una gira por América del Sur, en la que
la representación de naciones ya sea en las
se reunió con importantes representantes
capitales o en otras ciudades, las organizapúblicos y privados, entre los que se enciones de viajes sumamente publicitados de
contraban los presidentes de Argentina
ejecutivos a diferentes naciones, el envío de
y Chile de ese momento, Fernando de la
misiones de funcionarios locales hacia el exRúa, y Ricardo Lagos, respectivamente.
terior, la organización de ferias internacionaPosteriormente, en el año 2003, el estales para los productos locales tanto a niveles
do de México fue anfitrión del Foro de
estatales como externos, la profundización
Biarritz, donde ocurrió el cuarto encuende relaciones entre entidades federativas
tro entre América Latina y Europa, tuvo
dentro de los ámbitos regionales, especiallugar principalmente en Valle de Bravo,
mente de las regiones fronterizas, y finalmendebido al planeamiento por parte del
te, la participación de burócratas locales en
exgobernador, cabe destacar que este
reuniones u organismos internacionales.
evento, ocurrió por primera vez fuera de
Europa, lo cual permitió a Arturo Montiel
Ahora bien, la participación de México ante
obtener una gran visibilidad tanto a nivel
actividades internacionales ha sido numenacional como internacional.
rosa, y se puede ver a través de diversos • En el año 2001, el exgobernador del esejemplos, uno de los más claros es la partitado de Chiapas, Pablo Salazar, creó la
María Gabriela Zapata

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•

MSC Métodos de Solución de Conflictos
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Coordinación de Relaciones Internacionales dentro de su estado, debido a que
el Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) estaba teniendo una enorme visibilidad a nivel internacional, esta
Coordinación tenía como objetivo el asesoramiento y apoyo cada una de las instancias del gobierno de Chiapas para llevar a cabo negociaciones, propuestas y
proyectos con diferentes actores internacionales. Posteriormente, en el año 2002,
el estado chiapaneco mantenía amistad
con 43 naciones pertenecientes a los cinco continentes, así como también con una
gran cantidad de organismos a nivel internacional. Finalmente, en el año 2004,
Chiapas firmó junto con la Unión Europea,
un convenio de Financiación con una duración de cuatro años, dicho convenio establecía un proyecto de cooperación con
recursos por la cantidad de 15 millones de
euros, con la finalidad de reforzar los trabajos gubernamentales para combatir la
pobreza, así como también para la conservación de la Selva Lacandona.
Durante la administración de Marcelo
Ebrard como jefe de gobierno del entonces llamado Distrito Federal, se intensificó
considerablemente la presencia internacional, ya que en menos de un año visitó
países como Estados Unidos, China, Reino Unido y Alemania, asimismo, se reunió
con una gran cantidad de mandatarios,
entre los que se encuentran Lula da Silva
de Brasil, Néstor Kirchner de Argentina,
Michelle Bachelet de Chile, y el primer
ministro de ese entonces de España, José
Luis Rodríguez Zapatero, con los que negoció e institucionalizó mecanismos enfocados a la atracción de inversión ex-

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tranjera, promoción de las exportaciones
locales, cooperación en áreas técnicas y
sectoriales, y el acercamiento a comunidades de emigrantes en el exterior.
Finalmente, se deben destacar a las entidades federativas mexicanas que mantienen
mayor actividad internacional, las cuales
son: Nuevo León, el estado de México, Jalisco, Chiapas y Baja California. Una de las
principales razones por las que se encuentran en esta lista, es que poseen una gran
cantidad de oficinas enfocadas en asuntos
internacionales que tienen una estructura
burocrática. En el caso de Chiapas, como se
mencionó con anterioridad, ha obtenido una
presencia destacada dentro de la esfera
internacional debido a la determinación de
fundar la Coordinación de Asuntos Internacionales y al conflicto zapatista.
Por su parte, los estados de Nuevo León y
Baja California igualmente son estados que
cuentan con una fuerte relación con el exterior debido a la cuestión fronteriza con
Estados Unidos, debido a esta situación,
han tenido la oportunidad de contar con
grandes flujos de inversión extranjera. Asimismo, como ya se mencionó anteriormente,
la participación dentro de la Asociación de
Gobernadores fronterizos ha fructificado las
interlocuciones con Estados Unidos.
En el caso de Distrito Federal (ahora Ciudad
de México), debido a las estrategias implementadas por parte de Marcelo Ebrard
como jefe de gobierno, la entidad tuvo la
oportunidad de incrementar en gran medida
la presencia internacional, debido a que, en
las gestiones previas, esto no era considera-

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locales. PP. 71-86

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do como una prioridad, dejando en segundo cando cada paso de la agenda pública, se
plano, las relaciones exteriores.
necesita un estricto compromiso de secreto
entre ambas partes.
Sin embargo, se debe tomar en cuenta que las
actividades enfocadas principalmente a las El segundo eje es no imponer condiciones inatracciones de inversión extranjera, la promo- quebrantables, ósea, que no se van a poder
ción del comercio internacional y el acerca- aceptar por el otro. Cada parte tiene deremiento a las distintas comunidades tanto na- cho a tener posiciones mínimas bien establecionales como internacionales, son llevadas a cidas y muy claras. Por lo que es importante
cabo no solamente para la promoción del go- al inicio y al final del proceso explicitarlas
bierno subnacional ante el Sistema Internacio- aludiendo a que no habrá ningún consenso
nal, sino que significa un enorme y ventajoso en determinadas condiciones (Ortuño, 2017).
posicionamiento para los líderes o mandata- La primera herramienta mencionada, la disrios que las implementen, pues las actividades creción del mediador en conflictos relacioen escenarios exteriores significan un avance nados con la Paradiplomacia se requiere
dentro de sus carreras personales.
secrecía para llevar a cabo negociaciones
entre las partes, por la manipulación que se
LAS ESTRATEGIAS DE MEDIACIÓN
ejerce sobre la agenda pública local y los inPARADIPLOMÁTICA
tereses que se tienen con países extranjeros.
Se plantea el cuestionamiento de cuál es el
camino a seguir para la mediación de este
tipo de conflictos con singularidades locales e internacionales, el mediador paradiplomático tiene que tener en cuenta que el
papel de su mediación tiene dos sentidos en
primera instancia una mediación local que
permita al gobierno central establecer conversación con el gobierno local, en un segundo sentido, la mediación internacional
permite al gobierno local establecerse en la
agenda internacional y buscar relación con
sus pares en el exterior.
Para que esto suceda se recomiendan dos
ejes de acción de la mediación en conflictos
derivados de la Paradiplomacia, en primera
la discreción de las partes, de acuerdo con
Fisher y Ury (1990), es mejor negociar fuera
del foco mediático y la prensa militante mar-

Por último, existen ciertas condiciones que
no son negociables, en regiones que buscan
su internacionalización en la periferia del
estado central tienen características como el
lenguaje o la cultura, así como su representación que resulta condiciones inquebrantables por una de las partes.
MÉTODO
El enfoque de la presente investigación es
cualitativo, en donde se hace un diseño no
experimental que se refiere a que se observan condiciones o situaciones ya existentes
se basa en variables que no son manipuladas ni intervenidas por el investigador, en
este tipo de investigación se observan los
fenómenos tal cual se observan en su contexto natural para después analizarlos.
María Gabriela Zapata

�84

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

Se procedió a la recopilación de un total de
30 fuentes para la construcción del marco
teórico conceptual de “Los métodos de solución de conflictos en la Paradiplomacia: Los
retos del mediador en la internacionalización de los gobiernos locales” donde fueron
utilizadas como instrumento para generar
conceptos, ideas y argumentos que fueron
analizados desde una perspectiva crítica y
analítica. Después se realizó el estudio de
caso en el cual los datos pueden ser obtenidos desde una variedad de diferentes
fuentes, tanto cualitativas como cuantitativas; pueden ser, documentos, registros de
archivos, entrevistas directas, observación
directa, observación de los participantes e
instalaciones (Chetty, 1996).

revistamsc.uanl.mx

nales, lo que permite un mayor beneficio ya
que en la actualidad tienen mayor coyuntura.
Sin embargo, este proceso puede llevar a
conflictos derivados de shocks exógenos o
endógenos que en un momento dado necesitan la intervención de mediadores para
evitar controversias a grande escala. En este
sentido la intervención de los MASC en el
Sistema Internacional conlleva una importancia aun mayor, al poder involucrar herramientas de mediación tanto al interior de los
estados como se pudo observar en el caso
de Cataluña y al exterior en el posicionamiento de los gobiernos subnacionales.
En relación con eso, los métodos alternos
de solución de conflictos y la mediación son
herramientas que en un futuro aún más interdependiente el encuentro de diferentes
puntos de vista e ideologías son necesarias
para el bienestar común, la implementación
de programas de internacionalización y por
supuesto la participación de gobiernos locales en el Sistema Internacional.

Para la comprensión del problema de investigación se recopilaron fuentes secundarias
para definir los conceptos de métodos alternos de solución de conflictos y la paradiplomacia, teniendo la información recopilada y
analizada se realiza un estudio de caso, donde se observan diferentes ejemplos de paradiplomacia en Europa y América y se contrastan los resultados con lo sucedido en México. Como mencionan diversos autores (Dávila,
Para proceder a generar conclusiones, limi- Schiavon y Velázquez, 2008; Zepeda, 2018)
tantes del estudio y recomendaciones.
debido a la creciente interdependencia a
nivel y al incremento de la descentralizaCONCLUSIONES
ción y consolidación democrática en países
como México, se espera que las actividades
A manera de conclusión, se puede destacar internacional y paradiplomáticas de los goque la importancia de los gobiernos subna- biernos subnacionales continúe creciendo.
cionales ha incrementado con el paso del El proceso de la globalización ha cambiatiempo debido a la globalización, pues ha do las estrategias para todos los y esta sisido un proceso creciente que afecta a las tuación de internacionalización permite que
naciones, y posiciona a las localidades con exista un nuevo espacio, en el que se enmayores ventajas, brindándoles la oportuni- cuentran nuevos modelos de funcionamiento
dad de participar dentro de foros internacio- y diversas posibilidades de gobernanza.
Los Métodos de Solución de Conflictos en la Paradiplomacia: Los retos del mediador en la internacionalización de los gobiernos
locales. PP. 71-86

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Sin lugar a duda, los gobiernos locales tienen la oportunidad hoy más que nunca de
incrementar su presencia y los alcances internacionales que tienen en sus manos, para
poder cubrir intereses locales, debido a que,
en una gran cantidad de ocasiones, se pueden ver ven obstaculizados por los gobiernos federales a los cuales pertenecen, por
este motivo principalmente es que se busca
ayuda al exterior, pues pretender encontrar
un apoyo que muchas veces no tienen.

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

85

6. TRABAJOS CITADOS
Aguirre,

I.

(2001)

“¿Qué

sentido

tiene

hablar

de

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a un neologismo polisémico” en Paradiplomacia: las
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Por su parte, las mediaciones internacionales
han surgido como un innovador proceso que
abre paso a la una gran cantidad de estrategias, enfocadas principalmente en intensificar las relaciones amistosas, dejando a un
lado los obstáculos que se puedan presentar,
de esta manera, los conflictos se resuelven de
una manera más precisa y democrática, buscando siempre cubrir los intereses de cada
una de las partes involucradas.

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Asimismo, es importante conocer las estrategias que se han ido adoptando por parte de los gobiernos subnacionales que han
adoptado políticas relacionadas con las
actividades paradiplomáticas, pues pueden
servir como ejemplo a la hora de incorporar
nuevas estrategias para los demás gobiernos locales, además, es imprescindible contar con el apoyo de la Federación a la que
se pertenece, pues el éxito de sus gobiernos subnacionales son también importantes,
debido a que se adquiere mayor apoyo por
parte de la comunidad internacional.

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�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
02, ENERO
2022 en MSC

La certeza jurídica de los acuerdos de mediación
empresarial
The legal certainty of business mediation agreements

Recibido: 07-10-2021
José Arturo Cen Puc*

| Aceptado: 21-00-2021
* https://orcid.org/0000-0002-6834-3048
Universidad Autónoma de Yucatán, México

Resumen
La mediación empresarial genera mejores prácticas de gobierno corporativo, las empresas que
quieren una mayor competitividad, tienen con la mediación un método que le garantice certeza en
sus acuerdos, provocando relaciones empresariales más duraderas, ya que genera cultura de paz,
confianza, honestidad y demás valores intangibles que benefician las relaciones empresariales que
se dan entre los socios, los órganos de administración empresarial, sus colaboradores, proveedores, clientes y con las instituciones públicas.
Palabras clave: Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, Mediación, Mediación Empresarial, Certeza Jurídica, Competitividad. s.
Abstract
Business mediation generates better corporate governance practices; companies that want greater
competitiveness have mediation, which guarantees certainty in their agreements, causing more lasting business relationships. It generates a culture of peace, trust, honesty, and other intangible values that benefit business relationships between partners, direction boards, collaborators, suppliers,
clients, and public institutions.
Key Words: Alternative Conflict Resolution Methods, Mediation, Business Mediation, Legal Certainty, Competitiveness.
Cómo citar
Cen Puc, J. A. La certeza jurídica de los acuerdos de
mediación empresarial. MSC Métodos De Solución De
Conflictos, 2(2). Recuperado a partir de https://revistamsc.
uanl.mx/index.php/m/article/view/17

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

1. INTRODUCCIÓN
La Los Mecanismos Alternos de Solución de
Controversias pueden generar mayor competitividad para las empresas que fomenten dentro su organización la resolución de
conflictos por vías más amigables, donde
puedan ser las empresas en términos de
sus intereses quienes busquen una solución
consensuada, sin necesidad de someterlo a
la decisión jurisdiccional.

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presa, enunciando el ámbito de aplicación
de la mediación en el Estado, tomando en
cuenta a la mediación llevada a cabo en
centros privados o por mediadores privados.
Se analizará los elementos de validez que
garanticen la certeza jurídica de los acuerdos de mediación y como en el ámbito privado de la mediación es necesario ir más allá
de lo establecido en la ley aplicable, para
blindar dichos acuerdos.

2. MECANISMOS ALTERNATIVOS
Las empresas en México tienen una estima- DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
ción de duración de dos años, esto puede COMO MEJORES PRÁCTICAS DE GOser debido a los diversos conflictos que se BIERNO CORPORATIVO
presente en su operación y relaciones comerciales.
La empresa genera un desarrollo económico y social, busca cumplir sus intereses y con
En el presente trabajo se analizará como ello formar una estructura que le ayude a lolos Mecanismos Alternativos de Solución de grar sus fines, esta dimensión de como una
Controversias fomentan mejores prácticas idea se vuelve de un modelo de negocio a
de gobierno corporativo, estableciendo que una organización que se va construyendo y
mecanismos se reconocen en el estado de fortaleciendo día a día, es el resultado de la
Yucatán, definiendo a la conciliación, el ar- interacción continua de las personas que la
bitraje y la mediación.
integran.
Es la voluntad y la autonomía contractual, lo
que le da validez a establecer un clausulado escalonado para el uso de la mediación,
conciliación y arbitraje como métodos para
solucionar los conflictos, sin necesidad de
someterse a un proceso judicial, lo que provoca mayor efectividad, control en la solución de conflictos de manera económica y
en menor tiempo.
Estableciendo a partir de las relaciones empresariales, la necesidad de una mediación
empresarial para los conflictos de índole comercial y mercantil que involucren a la em-

La definición propia de empresa en México va asociada a una sociedad o persona
moral, que en términos de la Ley General de
Sociedades Mercantiles que en su artículo 1,
señala que las diversas sociedades mercantiles podrán realizar toda clase de actos de
comercio para cumplir con su objeto social.
La legislación mexicana reconoce sociedades desde un solo socio la denominada Sociedad de Acciones Simplificada, sin embargo, son las sociedades que requieren mayor
número de socios como la Sociedad Anónima, la Sociedad Anónima Promotora de
Inversión y la Sociedad de Responsabilidad

La certeza jurídica de los acuerdos de mediación empresarial. PP. 87-100

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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Limitada las que tienen mayor relevancia y En un estudio realizado sobre las empresas
existencia.
familiares, segmentaron las empresas que
son familiares de las que no lo son, idenTodas las sociedades deben de estar legal- tificando si existe un familiar que posea al
mente constituidas, dotándose de derechos menos el 50% de la propiedad y si tiene al
y obligaciones, entre socios, socios con co- menos un miembro de esta misma familia
laboradores o empleados, socios con pro- ocupando un puesto directivo. Las respuesveedores, socios con acreedores, socios con tas afirmativas a estas preguntas muestran
deudores, y demás relaciones que se van que el 83% de las empresas en México puegestando desde el inicio de una idea que de considerarse como familiares. (San Marbusca convertirse en un negocio.
tín Reyna &amp; Durán Encalada, 2017)
La actividad empresarial se compone de diversos factores que le generan el capital, el
trabajo que va encamino a la producción,
extracción, transformación, circulación, distribución, intercambio, tráfico, etc., de satisfactores destinados al público en general, a
un mercado determinado, realizadas de manera estable y profesional, en nombre y por
cuenta de un empresario con la finalidad de
especulación y bajo riesgo (León &amp; González, 2018, pág. 2).
Se estima que en México el 90% de las empresas son consideradas Empresas Familiares, sin embargo es necesario por lo menos
aproximarse a una definición de empresa
familiar, ya que hoy en día hay diferentes definiciones que tomas diversas características
para su establecimiento, mismas que fueron
estudiadas en los años 70 y que obtuvieron
más auge en los 80, principalmente en Estados Unidos, desde esas primeras definiciones
puede inferirse que es una empresa controlada por una familia, que exista alguna influencia estratégica de los miembros de la familia
en la administración, las propiedades estén
en manos de miembros de la familia y que
busquen trascender por generaciones.

Ahora bien, estas relaciones y actividades
deben de ser reguladas o estipuladas mediante acuerdos o instrumentos que den
certeza de la empresa y por ende de los
actos de comercio que realice para cumplir
con sus fines, esta regulación busca prevenir conflictos y garantizar el buen funcionamiento de esta.
A nivel empresarial las relaciones que se
van gestando desde el inicio de una empresa, involucra diferentes personas, procesos
y etapas, partiendo desde la integración societaria: los socios, que al celebrar su acta
constitutiva generan un consentimiento de
participar y cumplir los fines e intereses personales y colectivos, seguidamente la integración de sus órganos de administración,
derivando en las relaciones laborales que
pudieran tener con colaboradores, para
poder ofertar sus bienes o servicios, interactuando con prospectos y clientes, a los cuales para garantizar dichos bienes y servicios,
se requieren en ocasiones que la empresa
cuente con proveedores, inversionistas, también involucra relaciones con instituciones
públicas para garantizar la legalidad de las
actividades, así como relaciones con otras
José Arturo Cen Puc

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

empresas, todo eso establece una gama de
posibilidades que pueden dar pie a diversos conflictos, el conflicto se puede afirmar
que es una percepción, es decir, deriva de
la interpretación de las partes con relación a
los hechos que le dan origen (Medina, 2018,
pág. 70).
Consideramos que el conflicto es prevenible
con una buena estructura, con transparencia y claridad en las comunicaciones y con
la implementación de mejores prácticas corporativas.
Para una mayor competitividad dentro la
práctica empresarial que establezca la permanencia en el tiempo y logre una mayor
trascendencia, es necesario que estas relaciones, actividades y toma de decisiones
se den en un ámbito de honestidad, transparencia, responsabilidad, eficiencia y legalidad, para ello es necesario el establecimiento de un gobierno corporativo.

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generales, auditores, consejeros independientes, etc.
El Consejo Coordinador Empresarial ha sido
un impulsor para el establecimiento de mejores prácticas corporativas, desde el 2006
ha publicado el Código de Principios y Mejores Prácticas de Gobierno Corporativo,
siendo su adhesión voluntaria y busca que
las empresas incorporen y adopten sus principios en su estructura organizacional y de
gobierno corporativo para lograr una mayor
competitividad entre sí y con el mercado en
el que se encuentre inmerso.
En dicho código se señala la importancia
de que en las relaciones entre los socios, en
el adecuado desempeño de las funciones y
obligaciones que tiene que atender el consejo de administración y sus órganos de gobierno, al existir diferencias se eviten dañar
la imagen de la sociedad y dificultar la operación en perjuicio de colaboradores, proveedores o algún tercero interesado, para
cual sugiere que la sociedad tenga definido
una procedimiento para la prevención y solución pacífica y negociada de los conflictos
entre los accionistas y/o entre los consejeros, privilegiando los mecanismo alternativos de solución de controversias (Consejo
Coordinador Empresarial, 2018, pág. 18).

El Gobierno Corporativo comprende el conjunto de normas, principios, elementos estratégicos, operacionales y administrativos,
que buscan maximizar el valor de las sociedades mediante la regulación del diseño,
integración y funcionamiento de los órganos
que las gobiernan y controlan, dando mayor
transparencia conforme a los intereses de
los accionistas y el público (León &amp; Gonzá- A partir de la reforma constitucional de
lez, 2018, pág. 358).
2008, donde se estableció en su artículo 17
y 18 a los Mecanismos Alternativos de SoluPara la ejecución y realidad del gobierno ción de Controversias (MASC) son una realicorporativo es necesario que se establezca dad que abona a una cultura de la paz y el
una estructura organizacional de la empre- bienestar social, es un hecho que la imparsa eficaz, tales como el consejo de adminis- tición de justicia pronta y expedita cada día
tración, comités, consejo familiar, directores es más compleja, los tiempos que se llevan
La certeza jurídica de los acuerdos de mediación empresarial. PP. 87-100

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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en resolver los conflictos, genera un nivel de Lo anterior, resalta la importancia de tener
desconfianza en las instituciones que tienen claridad en los conceptos y ámbitos de aplieste deber.
cación, en este trabajo nos centraremos en
el análisis de la Ley de Mecanismos AlternaAsí es como los MASC se vuelven en la al- tivos e Solución de Controversias en el Estaternativa eficaz para resolver conflictos en- do de Yucatán, publicada en el 2009, para
tre particulares en menor tiempo, con mayor determinar elementos de validez que den
consenso entre las partes, el reto es ampliar certeza jurídica en los acuerdos de mediasu aplicación en cualquier situación que ge- ción empresarial.
nere conflicto y se llegue a un acuerdo, se
garantice una reparación del daño y una En el Estado de Yucatán se reconocen como
justicia retributiva.
Mecanismos Alternativos:
Los mecanismos se desenvuelven con un
contexto que involucra más allá de la ciencia
del derecho, ya que es multidisciplinar, involucrando incluso modelos de negociación y
mediación, haciendo necesario el desarrollo
de políticas públicas, reformas estructurales, leyes especializadas estatales y federales, reglamentos y tratados internacionales,
así como facilitadores especializados que
requieren una capacitación constante, que
en algunos casos no necesariamente tienen
que ser abogados y que llevan a cabo los
procesos de los mecanismos alternativos en
centro de mediación públicas o privadas.
3. LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS
DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN
EL ESTADO DE YUCATÁN.
Como ya se señaló el establecer a nivel constitucional los Mecanismos como una alternativa, ha servido para que se vayan integrando en nuestro sistema jurídico mexicano, para
el 2019 se contaba con 26 leyes estatales de
Mecanismos Alternativos, con diferentes denominaciones, “conceptos y contradicciones”
(Gorjón &amp; Steele, 2020, pág. 25).

…todo procedimiento de solución de
controversias de índole civil, familiar,
mercantil y penal incluyendo los casos
de adolescentes en conflicto con la ley,
tales como la mediación, conciliación y
los demás que permitan a las personas
prevenir conflictos previstos en otras
disposiciones legales o, en su caso, solucionarlos sin necesidad de intervención de los órganos jurisdiccionales,
salvo aquellos que tiendan a garantizar
la eficacia del convenio adoptado por
los participantes y el cumplimiento del
mismo (Ley de Mecanismos Alternativo
de Solución de Controversias del Estado de Yucatán, 2009, art. 4 fracción X).
Expresamente se señalan a la mediación y a
la conciliación, se deja la posibilidad de las
demás que contemplen en otras disposiciones legales que permitan prevenir conflicto,
sin necesidad de intervención de los órganos jurisdiccionales, tal como se establece
en el Juicio Arbitral, que contempla el Código de Procedimientos Civiles del Estado de
Yucatán.
José Arturo Cen Puc

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

Ante estos métodos alternativos aplicables,
es necesario establecer los parámetros
para su desarrollo, es decir sus principios
tales como la voluntariedad, la buena fe,
neutralidad, Imparcialidad, equidad, legalidad, honestidad, flexibilidad, oralidad, consentimiento informado, intervención mínima
y economía, estos contemplados en Ley Estatal.

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senso, aunado a que son un sistema integrado, son reconocidos internacionalmente,
flexibles, abona a la creatividad, son más
agiles y rápidos, así como económicos.
4. LA CONCILIACIÓN.
Es el mecanismo voluntario mediante las
partes involucradas en conflicto, encuentran
la manera de resolverlo con la intervención
de un facilitador, se desarrolla mediante la
promoción del dialogo hasta llegar a una
solución satisfactoria, el tercero facilitador
propone una solución a partir del debate,
persuadiendo a las partes.

La voluntariedad como principio que se basa
en la libre autonomía de las partes a celebrar acuerdos y compromisos, pero antes de
ello la libertad de acceder a participar en
estos métodos, incluso antes de cualquier
instancia jurisdiccional, teniendo la voluntad
y libertad de decidir sobre la información La conciliación se puede apegar a lineaque revelan, así como de llegar o no a un mientos establecidos por instituciones arconvenio o acuerdo.
bitrales, el facilitador deberá ser experto
en la materia de la controversia, el proceLa legalidad, que es el límite a la voluntad dimiento puede terminarse en el momento
de las partes, la ley, la moral y las costum- que las partes lo decidan, al terminarse el
bre, que los conflictos sean susceptibles de procedimiento se formula un informe de los
ser mediables y que no vayan contra el or- acuerdos tomados, este acuerdo es vincuden público.
lante, es considerado una etapa previa en
el arbitraje y en algunos modelos de mediaLa confidencialidad de la información que ción.
se vierta en los procesos sometidos en los
métodos alternativos.
5. EL ARBITRAJE

La Equidad, resolver de manera adecuada, El arbitraje es el mecanismo utilizado con
con proporcionalidad y razón, sin que se frecuencia en la resolución de controversias
otorgue ventaja a alguna de las partes.
en el comercio internacional.
Por mencionar algunos principios que buscan garantizar una participación de las partes para proponer una solución en el conflicto, lo cual tiene diferencia de un proceso
jurisdiccional, donde se espera la resolución
de un juez, en los métodos se busca un con-

Es un procedimiento heterocompositivo extraprocesal, fundado en el principio de la
autonomía de la voluntad de las partes, que
enaltece el principio pacta sun servanda,
esto es, que las partes someten sus diferencias a la consideración de un particular, un

La certeza jurídica de los acuerdos de mediación empresarial. PP. 87-100

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

árbitro, quien actuará según sus potestas,
bajo la tutela del principio erga omnes basado en el ius mercatorum o lex mercatoria
y en la lex fori (Gorjón &amp; Steele, 2020).
Es un proceso especializado vinculante, en
donde los arbitros dan la solución, por lo que
deben ser expertos en la materia que estan
resolviendo, las partes designan el idioma,
el proceso y el derecho aplicable al conflicto, pueden establecer si deciden someterse
a la resolución de una institución arbitral
permanente, para lo cual el procedimiento
se desarrollará conforme al reglamento de
la institución designada; o bien puede establecerse que las partes se someterán a
una resolución de un procedimiento arbitral
Ad hoc, para lo cual deberán nombrar a los
árbitros o establecer los modos o formulas,
asi como determinar el lugar de la sede o
emplazamiento del tribunal arbitral y fijar las
normas de procedimiento.
Las sentencias o laudos arbitrales no son impugnables, por lo que tienen fuerza de sentencia judicial ejecutoriada, esta exigencia
se puede hacer de la misma forma que las
sentencias dictadas en los tribunales ordinarios nacionales o extranjeros, y bastara
con acudir a instancia de parte a un órgano
jurisdiccional acordado para solicitar la ejecución del laudo.
6. LA MEDIACIÓN
Es un método de solución de conflictos donde
las partes son guiadas por un tercero, quien
los asiste con la finalidad de facilitar las vías
del diálogo y la búsqueda de un acuerdo.
Este proceso es vinculante, satisface los inte-

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

93

reses particulares y públicos, es un método
rápido y económico, el procedimiento puede terminar en el momento que dispongan
las partes, el convenio o acuerdo es voluntario, tiene que ser ratificado ante los centros
públicos de mediación, en Yucatán la mediación privada puede ser ratificada ante
notario, si el conflicto no ha sido expuesto
en algún ámbito jurisdiccional, para que sea
ejecutivo dicho acuerdo deberá acudirse a
un órgano jurisdiccional, en caso de incumplimiento del acuerdo, el conflicto puede llevarse mediante proceso jurisdiccional.
La mediación gestiona el conflicto, es el
método más cercano a nuestras relaciones
diarias que abona a una cultura de la paz y
bienestar.
Es disruptivo porque implica un mejoramiento de nuestro sistema y por lo tanto, un
cambio de paradigma en la imparti¬ción de
justicia privilegiando la movilización del proceso, por el de la gestión y transformación
del conflicto como procedimien¬to, generando la ciudadanización de la justicia (Gorjón, 2017, pág. 24).
En ese sentido, ante el desarrollo de los
MASC se puede considerar cada vez más
que la mediación es una ciencia cuyo objeto de estudio radica en el estudio de los
conflictos sociales, que permitan una cohesión social, impulsa la concertación y un crecimiento ordenado, que al igual que otras
ciencias tiene un fin claro y determinado,
rasgo distintivo de toda ciencia, en caso de
la mediación su fin último es la paz (Gorjón,
Mediación, ciencia social emergente, 2016,
pág. 11).
José Arturo Cen Puc

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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7. LA MEDIACIÓN EMPRESARIAL
La resolución de conflictos que involucren
relaciones empresariales, entendidas estas
las que se crean entre sus socios, órganos
de administración, estructura organizacional, colaboradores, empleados, proveedores, prospectos, clientes, instituciones públicas, que involucren o se deriven de esta
relación mercantil, que no necesariamente
sean comerciales, podemos determinarla
como Mediación Empresarial.

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estatutos sociales se puede señalar estos
mecanismos para la solución de conflictos,
siendo los Estatutos Sociales las reglas, características, condiciones y fines que rigen
las relaciones societarias, dando pie al nacimiento de la empresa y que generará estas relaciones.

Ante ello, será necesario que los socios realicen acuerdos referentes a la solución de
conflictos a través de los métodos alternativos de solución de conflictos, que se establezcan en un apartado especial de los
Bajo la premisa de que todo lo que se puede Estatutos, un clausulado med-arb para gaarbitrar comercialmente es mediable, sobre rantizar el uso escalonado de la mediación
todo en el comercio internacional, es común y el arbitraje.
pensar en el arbitraje como el principal método de solución de conflictos, sin embargo, Si la empresa desde su concepción lo estaeste trabajo pretende establecer que la me- blece, esta práctica se permea en toda su
diación puede ser una vía previa al arbitra- estructura, en el capital humano con el que
je, evitando así resolver el conflicto incluso cuenta y en relaciones siendo más compejurisdiccionalmente.
titiva, generando un ambiente empresarial
con un enfoque de la cultura de paz, conA nivel empresarial siempre será preferi- fianza, honestidad, empoderamiento, felicible la optimización del tiempo y recurso, así dad, fidelización, innovación, modernidad,
como el del cuidado de una imagen corpo- prestigio, productividad, rapidez, reputarativa ante los conflictos que se susciten, es ción corporativa, transparencia, como valopor lo que se afirma que la mediación em- res intangibles dentro y fuera de la empresa.
presarial presenta estas ventajas, además
de la flexibilidad, simplicidad y que permite Los intangibles son un valor sustentado en
tener opciones de procedimientos para dar el capital intelectual, generado competitivisolución a los conflictos, presentado opcio- dad, beneficios, valor y adaptabilidad.
nes validas y efectivas, que busquen democratizar el ámbito de solución de controver- Por nombrar algunos conflictos que pueden
sias mercantiles o comerciales.
ser sometidos a esta mediación empresarial
serian:
El consentimiento al sometimiento a una me• Falta de acuerdo para la diversifidiación empresarial se basa a la voluntad
cación de capitales.
de las partes en su autonomía contractual,
• Buscar acuerdo para la contratadesde la constitución de la sociedad, en los
ción de proveedores o acreedores.
La certeza jurídica de los acuerdos de mediación empresarial. PP. 87-100

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

•
•
•
•
•
•
•

Arreglos de relaciones contractuales con clientes.
Desacuerdos entre socios.
Desacuerdos en el desarrollo de la
estructura organizacional.
Acuerdos sucesorios, principalmente en empresas familiares.
La admisión de capital familiar
Exclusión de socios.
Conflictos con deudores de la empresa.
Conflictos con colaboradores y empleados.

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Científica y Práctica en MSC

95

diante los facilitadores institucionales del
propio centro estatal o facilitadores privados de solución de controversias, adscritos
que se encuentren certificados ante el Centro Estatal, los cuales puedes realizarlo sin
necesidar de pertenecer a un Centro Privado de Solución de Controversias.

Son suceptibles de mediación los conflictos
o las diferencias que se susciten entre las
personas interesadas con relacion a algún
•
hecho, derecho, contrato, obligación, acción
o prestación, siempre que los asuntos puedan ser objeto de transacción en este caso
Es necesario hacer mención que la media- comercial o mercantil, siempre que no afección empresarial tal como se propone has- te a la moral, derechos de terceros, al orden
ta ahora contempla la mediación mercantil público o derechos irrenunciables.
y comercial en los términos de los conflictos
que puede derivarse de lo establecido en La mediación empresarial puede ser aplicaartículo 75 del Código de Comercio. (Código do en cualqueir momento, incluso si ya existe
de Comercio, 2018)
un proceso judicial respecto al conflicto y en
materia mercantil siempre que no se contra8. APLICACIÓN DE LA MEDIACIÓN
vengan las diposiciones legales aplicables.
EMPRESARIAL EN YUCATÁN
Una persona moral puede ser parte de un
proceso de mediación, por conducto de sus
En la legislación de Yucatán se establece a representantes o apoderados legales.
la mediación como el procedimiento voluntario en el cual un facilitador imparcial y sin Si no existiera algun proceso judicial puede
facultad para sustituir las decisiones de las realizarse ante un Centro Privado o Facilitapersonas involucradas en una controversia, dor Privado, quienes deberan refrendar su
las asiste con la finalidad de facilitar las vías certificación y registro cada tres años, cumde diálogo y la búsqueda en común de un pliendo con las obligaciones que señala la
acuerdo que contenga la voluntad de las Ley de Mecanismo Alternativos de Solución
partes, sin necesidad de recurrir al procedi- de Controversias del Estado de Yucatán y el
miento judicial (Ley de Mecanismos Alterna- reglamento aplicable.
tivo de Solución de Controversias del Estado
de Yucatán, 2009, Art. 3 Fracc. XI).
En cuanto a los centros privados de mediación, estos deben de estar constituidos como
Este mecanismo será aplicado por el Centro una sociedad civil, contar con facilitadores
Estatal de Solución de Controversias, me- debidamente certificados, de igual forma
José Arturo Cen Puc

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deben contar con el reglamento institucional 9. CERTEZA JURÍDICA DE LOS
para su desempeño, tener las instalaciones ACUERDOS DE MEDIACIÓN
adecuadas para las sesiones, entre otros.
CELEBRADOS EN LOS CENTROS
PÚBLICOS
El proceso de mediación se desarrolla en
sesiones orales con la participación de las Los Mecanismos alternativos de Solución de
partes que solicitan la intervención para la Controversias tienen su fundamento en el
solución del conflicto, esta sesiones pueden principio de autonomía de la voluntad de las
ser conjuntas o individuales, sin la participa- partes reconocido internacionalmente, es un
ción de teceros, velando por el cumplimiento derecho universal presente en la mayoría de
de los principios rectores de los mecanismos las sociedades y un sustento legal reconoalternos, de la sesión llevada a cabo no se cido a nivel mundial que les otorga una selevantará constancia alguna, siempre en guridad jurídica a sus resultados (acuerdos,
cumplimiento del principio de confidenciali- convenios, laudos) los hace vinculantes a las
dad del proceso y del conflicto, con excep- partes, en un esquema multidisciplinario, incion del convenio que resulte como solución terdisciplinario y mul-tidimensional (Gorjón,
del conflicto, sin embargo, las declaraciones 2017, pág. 67).
emanadas en dichas sesiones no podrán ser
presentadas como prueba en algún proceso Para la validez y certeza del convenio o
judicial.
acuerdo de mediación el artículo 53 de la Ley
de Mecanismos Alternativo de Solución de
A la solicitud realizada por las partes, se con- Controversias del Estado de Yucatán, señala:
tinuará con la invitacion a la parte contraria
I. Deberá constar por escrito;
para realizar una entrevista incial, donde se
II. Señalar hora, lugar y fecha de su ceseñale el mecanismo y sus principios rectolebración;
res, si acepta dicha invitación se dará inicio
III. Contener el nombre o denominaal procedimiento de mediación, mediante la
ción y los datos de identificación de los
sesión respectiva, donde se buscará llegar
mediados o conciliados, así como la
a un acuerdo de solución, siendo que si una
referencia y copia del documento ofisesión no es suficiente puede citarse a otra.
cial con el que se identifiquen. Cuando
La mediación concluye con el convenio que
en el procedimiento hayan intervenise redacte, en él se establecerán los acuerdo personas morales, deberá hacerse
dos a los que se llegaron y que dan la soluconstar el documento con el que sus
ción total al conflicto, otra forma de concluirrepresentantes acreditaron dicho case es mediante la decisión del facilitador al
rácter, el cual deberá contar con poverificar que no hay un acuerdo satisfacoder bastante para transigir, enajenar
trio, por solicitud de alguno de los mediay obligar a su representada, y anexar
dos o por ambos derivado de la negativa de
copia certificada del mismo;
suscribir el convenio.
IV. Describir el conflicto y demás antecedentes que resulten pertinentes;
La certeza jurídica de los acuerdos de mediación empresarial. PP. 87-100

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

V. Las cláusulas contendrán la descripción precisa, ordenada y clara de los
acuerdos alcanzados por las partes, y
las obligaciones de dar, hacer o tolerar, así como las condiciones, términos,
fecha y lugar de cumplimiento, incluyendo cualquier compromiso moral a
cargo de cualquiera de los interesados
que no esté prohibido por la ley;
VI. Contar con la firma de quienes lo
suscriben y en caso de que no sepa
o no pueda firmar alguno de los mediados o conciliados o ambos, estamparán sus huellas dactilares, firmando otra persona en su nombre y a su
ruego, dejando constancia de ello, así
como llevar el nombre y la firma del facilitador;
VII. Previa certificación del titular del
Centro, se entregará un ejemplar del
convenio a cada una de las partes y
se comunicará mediante oficio a la
autoridad que canalizó en su caso la
atención de la controversia, así mismo
deberá conservarse un ejemplar en los
archivos del Centro según corresponda.
En los convenios celebrados en Centros Públicos, las partes y el facilitador institucional,
deberán comparecer inmediatamente ante
el Director General del Centro, el Subdirector de la oficina regional o a la autoridad
competente de la Fiscalía General de Justicia del Estado, con la finalidad de ratificar su
contenido, se reconozcan las firmas y lo certifique, levantando constancia, teniendo un
carácter ejecutivo, siempre que no se haya
planteado controversia judicial, si hubiese
sido remitido por un Juez, se le hará de su

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97

conocimiento para que sea reconocido y
se le otorgue el carácter de sentencia con
efectos de cosa juzgada, sin que se necesite
su ratificación.
10. CERTEZA JURÍDICA DE LOS
ACUERDOS DE MEDIACIÓN
CELEBRADOS EN LOS CENTROS
PRIVADOS DE MEDIACIÓN O
MEDIADOR PRIVADO
La Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en el Estado de Yucatán, señala que, para los convenios celebrados en centros privados, si el conflicto
mediado haya tenido lugar en el desarrollo
de un proceso jurisdiccional, deberá ser ratificado ante autoridad judicial que conozca
sobre dichos procedimientos, para que sea
reconocido y se le otorgue el carácter de
sentencia con efectos de cosa juzgada.
Si el convenio parte de un conflicto que se
haya tramitado antes del inicio de cualquier
proceso jurisdiccional, satisfaciéndose los
requisitos establecidos en la ley, este podrá
ser ratificado ante el titular del Centro Estatal u oficia regional, la autoridad competente de la Fiscalía del Estado o el Notario
Público que las partes designen, siendo que
una vez certificado el convenio tendrá carácter ejecutivo.
Tiene relevancia la ratificación del convenio
de mediación privada celebrada ante notario, ya que no en todos los Estados del País
se regula la mediación privada y fomenta
una mayor aplicación, sin embargo, hay que
tener atención en dicho convenio y ratificación para que no carezca de validez.
José Arturo Cen Puc

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
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En ese orden de ideas, se debe establecer
que el efecto de la ratificación hecha ante
Director del Centro Estatal, Subdirector de
los Centros Regionales, del Centro Público
de Solución de Controversias o notario público, en términos de la misma ley es que el
acto de acudir ante él es el de manifestar
que su voluntad la suscripción del documento, reconociendo sus firmas.

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Los elementos de control a priori se sustentan
en principios internacionales establecidos
en la convención sobre el Reconocimiento y
Ejecución de Sentencias Arbitrales Extrajeras en su artículo 5, así como en el artículo 19
de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Mediación Comercial Internacional y Acuerdos
de Transacción Internacionales Resultantes
de la Mediación de 2018, en la legislación
nacional en el artículo 1457, 1461,1462 y 1463
Por su parte la Ley del Notariado del Esta- del Código de Comercio. (Código de Codo de Yucatán, en su artículo 110 faculta al mercio, 2018)
Notario público a realizar actos fuera de su
protocolo y en su fracción VIII señala el de Que, si bien no están contempladas en la ley
ratificar el convenio de mecanismos alterna- específicamente para mediación, el objetitivos de solución de controversias entre dos vo es blindar el acuerdo de mediación, ya
o más personas, sin embargo en el mismo que es una obligación del mediador dictar
artículo limita la autentificación o ratificación acuerdos válidos y ejecutables.
de firmas las cuales no tendrá más efectos
que acreditar que las mismas fueron puestas Dichos Elementos de control a priori, Gorjón
por las personas a quienes se les atribuyen, (2020) señala que, para el Acuerdo de Mesin calificar sobre la validez y licitud de los diación y conciliación, son:
documentos que contenga.
• Inexistencia o nulidad del compromiso (Capacidad de las Partes)
Lo anterior hace pertinente que para que
• Estado de indefensión de alguna de
la mediación privada tenga mayor fuerza,
las partes (trato igualitario)
genere confianza y garantice su validez, se
• Incongruencia del contenido del
tiene que utilizar otros elementos que gaacuerdo (extra petitia)
ranticen los acuerdos como válidos y eje• Irregularidades en el procedimiento
cutables, para ello un buen ejercicio sería
de mediación
otorgarle al acuerdo de mediación un rango
• Falta de obligatoriedad del acuersimilar al que se le otorga a un laudo arbido de mediación (nulidad)
tral comercial, es decir que se considere una
• Contrario al Orden Público
sentencia y que traiga aparejada ejecución,
• Materia no mediable
se le considere un título ejecutivo, dotada
de la presunción de legalidad juris tamtum Así el acuerdo de mediación privada adey se genere una reversión de la carga de la más de los establecidos en la Ley de mecaprueba, todos estos rubros son considera- nismos para el Estado de Yucatán, se debe
dos como Elementos de control a prori (Gor- garantizar que la primera notificación a
jón, 2020, pág. 16).
cada una de las partes sea de manera perLa certeza jurídica de los acuerdos de mediación empresarial. PP. 87-100

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

sonal, durante el procedimiento se debe observar un trato igualitario a cada una de las
partes, propiciando la equidad en las intervenciones que tengan las partes, el acuerdo
no debe entrar a otros esquemas que no le
correspondan, no debe ser contrario al orden público y ser un conflicto mediable, que
no exponga derechos de tercero o irrenunciables.
11. CONCLUSIONES

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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arbitraje, dejando a un lado las vías jurisdiccionales, provocará en buena medida la
descentralización de la justicia a las instituciones jurisdiccionales.
El reto sin duda será en la mediación privada, Yucatán es de los pocos estados que
la contempla, sin embargo, en cuanto a su
vinculación con los Notarios para la ratificación de los acuerdos, no la dota de la certeza necesaria, por ende es imperativo que el
mediador privado aplique el mayor blindaje
para garantizar su validez, o bien preferir
acudir a los centros públicos de mecanismos
alternativos de solución de controversias,
para su ratificación, ante lo cual consideramos que podría ampliarse a nivel notarial
una ratificación de la voluntad, más allá del
reconocimiento de las firmas.

La mediación en el ámbito empresarial
como un método para solucionar los conflictos genera valor y competitividad a la empresa, los que hará un diferenciador en el
mercado en el que se encuentren inmersos,
diferenciadores que hoy en día se sustenta
cada vez en los valores intangibles con las
que cuenta, tener a la mediación garantiza
mejores prácticas de gobierno corporativo. Ante ello, el adoptar los elementos de control a priori establecidos en el laudo arbitral
El éxito para que la mediación empresa- comercial al acuerdo de mediación, impulsa
rial tenga mayor aplicación en el Estado de su certeza y validez.
Yucatán, radica en la certeza jurídica y el
blindaje, en los acuerdos de mediación ce- Prácticamente todo los conflictos comercialebrados por las partes, si bien su incumpli- les y mercantiles son mediables, las empremiento puede dar lugar a otro mecanismo o sas pueden llevar cualquier conflicto a la
bien iniciar algún proceso jurisdiccional, se mediación, lo que se traduce en un ahorro
pueden determinar un clausulado de con- económico y de tiempo ya que los conflictratación y de regulación de las relaciones tos se resuelven en menor tiempo que en un
que emanen con los diversas agentes con proceso judicial, lo que para sus actividades
los que se interactúa, donde se vincule los comerciales se refleja la optimización de sus
métodos alternos para solucionar los con- recursos estructurales, de capital humano y
flictos que se vayan suscitando, teniendo de sus relaciones, fomentando ante los proa la voluntad de las partes y la autonomía blemas el dialogo, la negociación, una culcontractual como principios rectores de los tura de la paz y el bienestar, lo que se transacuerdos, por ende fomentar la cláusula forma en una sociedad más responsable e
med-arb, que establezca de manera esca- innovadora.
lonada a la mediación, la conciliación y el
José Arturo Cen Puc

�100

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

TRABAJOS CITADOS

revistamsc.uanl.mx

Yucatán, asesor jurídico para empresas; fundador de
Ars Comunidad S.C.P., empresa cultural enfocada al

Camara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (28 de
febrero de 2018). Código de Comercio. México : Diario

desarrollo de emprendimientos en la industria creativa jose.cen@correo.uady.mx

Oficial de la Federación .
Consejo Coordinador Empresarial. (2018). Código de Principios y Mejoras Prácticas de Gobierno Corporativo. México
: Consejo Coordinador Empresarial.
Gorjón, F. (2016). Mediación, ciencia social emergente. Comunitania. Revista Internacional de Trabajo Social y Ciencias
Sociales, 9-25.
Gorjón, F. (2017). Mediación su Valor Intangible y Efectos Operativos “Una visión integradora de los métodos alternos de
solución de conflictos”. Ciudad de México: Tirant lo Blanch.
Gorjón, F. (2020). La mediación como vía al bienestar y la felicidad. Ciudad de México: Tirant lo Blanch.
Gorjón, F., &amp; Steele, J. (2020). Métodos Alternativos de Solución de Conflictos. México: Oxford University Press.
León, S., &amp; González, H. (2018). Sociedades Mercantiles e
Introducción al Derecho Mercantil. Ciudad de México:
Oxford University Press.
Ley de Mecanismos Alternativo de Solución de Controversias
del Estado de Yucatán. (24 de Julio de 2009). Diario Oficial del Gobierno del Estado de yucatán. Yucatán, México:
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Medina, L. (2018). Negocios Familiares en México; guia para
empresarios, introducción para consultores. México: Colegio Nacional de Correduría Pública Mexicana; Miguel
Ángel porrúa.
San Martín Reyna, J. M., &amp; Durán Encalada, J. A. (2017). Radriografía de la Empresa Familiar en México. San Ándres
Cholula, Puebla, México: UDLAP.

—

José Arturo Cen Puc
Abogado egresado de la Universidad Autónoma de
Yucatán, estudiande de la maestría en Derecho Procesal Civil y Familiar de la Universidad Autónoma de

La certeza jurídica de los acuerdos de mediación empresarial. PP. 87-100

�Revista Internacional de Investigación

Científica
y Práctica
MSC MÉTODOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS | VOL. 02, NÚM.
02, ENERO
2022 en MSC

Gorjón Gómez Francisco, La mediación como
vía al bienestar y la felicidad, Tirant lo blanch,
México, 2020. Paginas 166.

Recibido: 22-10-2021
Genaro Hernández Velazco*

| Aceptado: 21-12-2021
* https://orcid.org/0000-0002-0148-5121
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, México

Tener la oportunidad de reseñar la obra de
uno de los principales exponentes de los
mecanismos de solución de controversias en
México representa un honor y orgullo para
quien escribe por su importancia y relevancia en el conocimiento y divulgación de la
cultura de la paz.
La obra contiene el rigor científico característico del autor de más de doce libros en la
materia, que refleja la evolución natural de
más de dos décadas de estudio de la mediación y las formas pacificas de solución
de controversias. El doctor Francisco Gorjón
Gómez, a lo largo de sus trabajos ha hecho
un recorrido desde los aspectos introductorios para el estudio de la mediación hasta
su cientificidad y los valores intangibles que
enmarcan a la llamada mejor forma de solucionar un conflicto.
Cómo citar
Hernández Velazco, G. La mediación como vía al bienestar
y la felicidad. MSC Métodos De Solución De Conflictos,
2(2). Recuperado a partir de https://revistamsc.uanl.mx/
index.php/m/article/view/19

El libro está estructurado en ocho capítulos,
iniciando con el porqué de la mediación como
vía para materializar el bienestar y la felici-

�102

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

dad. El autor menciona que la felicidad es una
filosofía de vida que encuentra similitudes en
la mediación en cuanto a su voluntariedad
sosteniendo que la felicidad es al final una
decisión personal que impactará en lo social.
Conforme avanzan las líneas del texto el autor hace una crítica a las estrategias del uso
de la mediación, señalando el vínculo e influencia dada por el Derecho en donde es
visto el conflicto como un incumplimiento de
la norma y no aquellos intereses o preocupaciones de las personas que se vinculan a
la felicidad.

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deberá ser un parámetro en la implementación de políticas públicas. El autor nos habla de la emoción que arropa la felicidad y
cómo esta es el fin mismo de la sociedad. En
el cuarto capítulo se realiza un estudio científico, sociológico, psicológico, político y teleológico de la felicidad, como generadora
de sensaciones positivas y deseos, elemento
indispensable del buen vivir y equilibrio del
constructo social.
Reconozco el espirito proactivo y entusiasta
del autor en cada línea que ha dibujado en
su obra. Distingue el largo camino que ha
tenido la mediación en México y la necesidad de seguir impulsando, justamente él ha
contribuido sembrando los elementos para
una implementación masiva de los métodos
de solución de conflictos.

El doctor Gorjón ha diseñado un libro que
permite una lectura fluida, que transmite y
conecta de manera inmediata con el lector.
En la parte media del texto, invita a la reflexión de considerar necesaria la transición
de políticas normativistas por políticas de
bienestar que generen confianza, coopera- En los capítulos ulteriores, el autor concluye
ción y fomenten el libre albedrío en las per- que la felicidad es un hacer y un deber ser,
sonas.
parte de la premisa de que aquello que realicemos o dejemos de hacer en lo individual
Para el punto nuclear de la obra se reali- va influir en lo colectivo. El libro nos lleva a
za un análisis de la operatividad de las un constante replanteamiento para elegir
políticas de bienestar y cómo estas en su de qué manera vivir, decidir qué queremos
aplicación pierden de vista la razón de su de la vida, qué necesitamos para nosotros,
existencia. El autor pone las bases para el nuestros seres queridos, qué meta alcanzar
reconocimiento de la mediación como ge- y qué conflictos solventar.
neradora de felicidad y paz, puesto que los
acuerdos que se emanan de este método En el cierre de la obra el escritor devuelve a
atienden a los intereses y necesidades de las personas el protagonismo en sus histolas personas.
rias. Sentencia que la fórmula de la felicidad
está en cada uno de nosotros, en la capaciDentro de los aportes del libro se encuen- dad de que por nosotros mismos podamos
tra el estudio exhaustivo que se hace sobre resolver nuestros problemas.
la felicidad, su carácter polisémico permite
verlo como un deber de todas las personas o Sin duda, se trata de un texto actual que nos
como derecho u prerrogativa, pero además habla de los retos actuales de vivir en una
Gorjón Gómez Francisco, La mediación como vía al bienestar y la felicidad, Tirant lo blanch, México, 2020. Paginas 166.
PP. 101-104

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

sociedad compleja, de generaciones completas que han nacido y vivido en medio de
crisis sociales y de la importancia del fomento de las elecciones personales por el vivir
bien y el buen vivir.
La mediación se ha ido ampliando y modificando con el apoyo de distintas disciplinas
y muestra de ello es el libro objeto de esta
reseña. La mediación como estilo de vida
puede prevenir distintas situaciones que terminan en conflictos, porque es un instrumento que puede ser empleado como un movimiento cultural (Marcelo N. A. &amp; Montejo C.
L. &amp; Negredo C. O., 2019), aquellas personas
que participen en un proceso de mediación,
mediadores, facilitadores, espectadores,
estudiantes, personas en conflicto, serán
agentes de cambio en la sociedad puesto
que a través del referido método se pueden
transformar las relaciones humanas (Conelio
E., 2017: 90).

Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC

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adversariales de solución de conflictos), que
aquella que se siente discriminada y no respetada, por lo tanto, los derechos humanos
pueden considerarse un elemento inseparable de la cultura de la paz (Islas A., 2017).
En conclusión, la mediación tiene un vínculo
estrecho con el respeto a la dignidad de las
personas y sus derechos humanos que están
latentes durante todo el mecanismo, entonces quien participe de un proceso de mediación, logre comprender y sentir la esencia de sus principios lo transmitirá a su vida
cotidiana, quien aplique, replique y participe activamente de la mediación estará generando bienestar social.

TRABAJOS CITADOS
Cabello-Tijerina, P. A., “La mediación como política social.
Una vía eficaz para el logro de una cultura de Paz”,
Mediaciones sociales. Revista de Ciencias Sociales y de

A través de la mediación puede revertirse o
atenuar los efectos de una cultura confrontativa o violenta, puede contribuir a generar nexos en el tejido social, hay que ver a
la mediación como un instrumento para la
comprensión, la paz, solidaridad, respeto y
transformación (Puntes S., 2007).

la Comunicación, no. 12, 2013.
Cornelio L. E., Mediación mecanismos para la solución de
conflictos laborales en México horizontalidad de la justicia, Porrúa, 2017.
Islas C., A., “Libertad de expresión y cultura de la paz”,
Pensamiento Americano, vol. 10, núm. 19, 2017.
Marcelo N. A. &amp; Montejo C. L. &amp; Negredo C. O., Mediación
comunitaria, recorridos, sentires y voces en tiempos de

La mediación debe ubicarse dentro de las
políticas sociales (Cabello P., 2013), puesto que tiene como base el fortalecimiento e
instauración de una cultura de paz. El respeto a los derechos humanos es decisivo en
la consecución de una cultura de la paz. Si
una persona siente que su dignidad es respetada, estará más predispuesta al diálogo, colaboración y negociación, (los cuales
son piezas fundamentales en los métodos no

cambio, Astrea, 2019.
Puntes G., S., Mediación comunitaria, Uniempresarial, 2007.

—

Genaro Hernández Velazco
Licenciado en Derecho y Maestro en Métodos de Solución de Conflictos y Derechos Humanos por la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, miembro del
Padrón y Sistema Estatal de Investigadores del ConGenaro Hernández Velazco

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MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación Científica y Práctica en MSC

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sejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Tabasco.
Actualmente profesor en el Centro Universitario Colegio México y funcionario conciliador en el Centro de
Conciliación Laboral del Estado de Tabasco.

Gorjón Gómez Francisco, La mediación como vía al bienestar y la felicidad, Tirant lo blanch, México, 2020. Paginas 166.
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Enero 2022

MSC Métodos de Solución de Conflictos
Revista Internacional de Investigación
Científica y Práctica en MSC
MSC Métodos de Solución de Conflictos es una publicación en línea con periodicidad semestral dedicada a difundir resultados de investigaciones sobre negociación,
mediación, conciliación, arbitraje, justicia restaurativa, justicia terapéutica, bienestar y,
otras áreas y disciplinas interrelacionadas, afines a los métodos de solución de conflictos (MSC), desde la óptica del valor intangible de la paz, con el objetivo de contribuir al
fortalecimiento de una cultura en la gestión y transformación del conflicto y la ciudadanización de la justicia promoviendo la calidad de vida de las personas y su interrelación
armónica

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                    <text>CROMA
ARTE, DISEÑO, AUDIOVISUAL

2022, NÚMERO 8

LA CONEXIÓN DEL
A R T I S TA C O N S U A R T E

junio 2022 1

�Í N D I C E

Yasodari Sánchez

ARTÍCULO DEL MES

P.12
Artistas del futuro
DIMENSIÓN 26

P.4

Í

La fotografía como
memoria
Con Alma Daniela

P.8
2 junio 2022

P.20

Fundamentos
esenciales del artista

EMPRENDIMIENTO

P.14

ENFOQUE

TALENTO FAV

N

Víctor Moreno
La virtud de la difusión
cultural

Sofía Segovia

P.24

D

Sueños musicales de la
FAV

P.22

I

�ARTE

Créditos
Rector UANL
Dr. Santos Guzmán López
Secretaria Académica UANL
QFB. Emilia Vázquez Farías
Secretario de Extensión y Cultura UANL
Dr. José Javier Villarreal Tostado

Flor de Liz Castañeda

EVENTOS

P.30

E

Directora de la Facultad de Artes Visuales
Dra. Verónica Lizett Delgado Cantú
Subdirección de Investigación y Posgrado
Dr. Jesús Eduardo Oliva Abarca
Secretaria Académica
M.A. Eva Julia De La Cerda Cruz
Coordinadores y Editores de la Revista
Croma
Dra. Sandra Guadalupe Altamirano Galván
Lic. Alejandra Gabriela Martínez Carrasco
Lic. Manuel Saturnino Sancho González
Redacción y Diseño:
Dulce Marian Gaona Miranda
Eloísa Estefanía García Berlanga
Omar Adrián Guajardo López
Fátima Loera Mejorado
Nery Andrea Arechiga Pérez
Stephanie Cuevas Rodríguez
Claudia Lizbeth González Reyes
Karen Esmeralda Salazar Rodríguez
Laura Giovanna González Rodríguez
Angélica Fonseca Ruiz
Daniela Alejandra Zapata Loera
Anakaren Lozano González
Carla Mariela Mora Rodríguez

C

Corrección de Estilo
Sergio Feluel Hernández Loaiza

“Materia estética
disponible”
Miguel Calderón

P.34

Portada
Omar Guajardo e Isaac Almazán
CROMA, año 4, No.8, Junio 2022, es una
publicación trimestral editada y publicada
por la Universidad Autónoma de Nuevo
León a través de la Coordinación Editorial de
Licenciatura de la Facultad de Artes Visuales.
Domicilio de la publicación: Praga y Trieste
4600, Fraccionamiento Las Torres, Unidad
Mederos,Monterrey, N.L., México, C.P.
64930. Teléfono +52 8183-294260. Reserva
de derechos al uso exclusivo No. 04-2021032219402300-203, otorgado por el Instituto
Nacional del Derecho de Autor.

junio 2022 3

�TEANL TE RNETVOI SFTAAV

ARTISTAS
DIMENSIÓN 26

DEL FUTURO
Un podcast de Halda Vázquez y Tonny Berumen
el cual va dirigido a la comunidad creativa, artística
y no tan artísticos. Donde podrán escucharlos
hablar sobre: Diseño Gráfico, los procesos creativos,
danzas, sus experiencias, entre otros.
POR: FATIMA LOERA MEJORADO

4 septiembre 2018

�¿

Qué los llevó a entrar al mundo del
podcast y cómo nació la idea de crear
Dimensión 26?
Halda: En realidad la idea del podcast nos surgió simplemente, nos guiamos por este camino
porque como artistas lo que queremos es hacer
más cosas, no centrarnos en una sola idea. Lo
que queríamos era crear una pequeña agencia,
ya que Tonny se encarga del medio audiovisual
y yo del medio gráfico. Tratar de hacernos un poco más reconocidos ya sea para poder conseguir clientes o contactos que nos
ayuden a hacer más proyectos, así que la idea del podcast surgió
como idea de marca personal. Nos fue comiendo más el podcast
y nos empezó a gustar más, nos fuimos por ese camino en el
cual ahorita estamos muy contentos.
Tonny: Dimensión 26 no es solo un podcast, es un proyecto que
puede ser lo que sea.
Halda: Estábamos tratando de darle conceptualización, lo único
que teníamos en mente era, “queremos hacer algo juntos, queremos que esto sea algo muy grande que participen muchas personas y que ayuden a inspirar a más gente”.
¿Cómo es el proceso de elegir e investigar los temas que hablan?
Tonny: Normalmente yo soy el que propone temas pero ahí vamos viendo. Deben ser cosas relevantes o por el contrario, que
no haya mucho contenido de eso, por ejemplo vamos a hacer
un video del arte digital y yo no encontré videos de eso, nos
ponemos a ver videos de Youtube para ver que hay. También tenemos propuestas de amigos, hay temas que nos aburren o que
se hablan mucho pero no lo dicen de otra forma.

Halda: Algunos de los temas por ejemplo “¿Qué es el arte?”
usualmente cuando escuchamos de eso nos llegan a aburrir con la
historia o se centran solamente en un tipo de arte ya sea el arte plástico o pintura y nosotros queremos abarcar diversos temas o hacer
como que más grande la información para que le llegue a muchas
personas y se sientan identificadas, siempre tratamos de hacer las
cosas diferentes y hacer lo que queremos escuchar, cuando queremos investigar temas no siempre dan la información que queremos
escuchar. Nosotros siempre estamos investigando ya sea de páginas
de internet, a través de videos, tratar de ver los temas relevantes que
están surgiendo dentro del arte y la creatividad. Son cosas nuevas
que probablemente hay poca información pero tratamos de dar un
surf a todo el internet para ver que le podemos dar al público y
decir nuestra opinión.
Tonny: A veces son temas que nos gustan y le agregamos
el nicho.
junio 2022 5

�T A L E N T O

F A V

FOTOS: CORTESÍA DE DIMENSIÓN 26.

¿Han sido influenciados por otros artistas?
Halda: Creo que gran parte de lo que somos o lo que nos gusta
está influenciado ya sea en tendencias artísticas, tendencias de
diseño, algunos autores no son creativos tal cual pero han hecho cosas grandiosas que nos han gustado mucho. Tonny usualmente comenta a sus artistas favoritos en cada episodio, creo
que lo hace más interesante el tener de referencia artistas que
nos gusten y podamos transmitir.
Tonny: A parte creo que nos dirigimos más a artistas digitales porque es lo que más nos ha influenciado, de hecho es lo
que más me gusta. Halda y yo tenemos de base casi las mismas
referencias, hay cosas no tangibles que pueden ser referencias,
es como un efecto cadena a lo que realmente somos ahorita.

FOTOS: CORTESÍA DE DIMENSIÓN 26.

Podcast #36 de Dimensión 26.

Podcast #37 de Dimensión 26 con Mariely Soto.

6 septiembre 2020

¿Cuál es la mayor meta para Dimensión 26?
Halda: Lo que queremos hacer es dar cursos, ya sea enfocados
en la producción del podcast o cualquier rama creativa que estemos relacionados. Hacer una exposición acerca de nuestro arte
con un fluxus game en donde la gente se sienta más interesada
en participar y que además sea parte del arte.
Tonny: Una de nuestras premisas como proyecto es que el
arte es divertido, es nuestro distintivo.
Halda: También es hacer un festival estilo conferencia en
donde las persona que estén interesadas puedan participar exponiendo su voz, su arte, que sea de todos y para todos. Lo que
queremos remarcar es que el arte se comparte en donde cualquiera puede ser artista y todos pueden disfrutar de eso.
¿Qué aprendizajes o experiencias les ha dejado
este proyecto?
Halda: Lo que más se nos ha quedado es la mejor comunicación,
hemos visto nuestro avance en cómo comunicamos el mensaje y
ser multidisciplinarios, yo solamente empecé con diseño gráfico
pero ahorita tengo que checar sonido, luz, cámara, entre otras
cosas que ni siquiera hubiera pensado.
Tonny: Por mi parte creo que en saber cómo hablar, siempre
he convivido con gente, también hemos mejorado en contenido
de calidad y en cómo expresarse, se nota la diferencia de nuestro
primer episodio al último.
Recientemente lanzaron “Artistas del futuro” ¿Qué
los llevó a crear esta nueva sección?
Tonny: Es para impulsar a los artistas, nunca hemos querido
que se estanque el proyecto en el podcast por eso Dimensión 26
hace esta sección para empezar a mudar. No sé cómo vaya a ser
en un futuro pero probablemente los podcast solo serán para
invitados, puede que no, puede que sí.
Halda: Lo que tratamos de hacer es crear una comunidad
como dijimos hace rato “de todos y para todos” esa fue la primer intención cuando empezó a trazarse este camino de Dimensión 26. No solamente queremos que nosotros seamos la
Dimensión 26 y que solo nosotros podemos hablar de arte y
creatividad porque al final de cuentas no sabemos todo. Tonny
sabe de producción, yo sé diseño gráfico, pero queremos llegar

�a la gente que sea músico, que sepa de danza, teatro, arte contemporáneo, etc. y nosotros no podemos dar el ejemplo pero
hay gente afuera que puede y queremos ofrecerles este espacio.
Que los artistas del futuro sean reconocidos, ahorita vamos
comenzando a nivel estatal pero tenemos contemplada a gente
en otros estados de la república para que el arte se comparta
y que el mundo sepa “ellos son artistas del futuro y tú puedes
ser como ellos”. Crear esa boleta de nivel donde el arte se vaya
desmontando de lo que solamente es pintura y que sepan que
el arte puede estar en todos lados.
Tonny: La mayoría de los podcasts son invitar a alguien
solo para que hable de sí mismo, entonces preferimos darle
presentación al invitado donde ahí es el protagonista. Aunque
no conozcas a la persona, te gusta el contenido. Nos inspira
inspirar, tal cual.
¿Piensan añadir alguna otra sección a su Dimensión 26?
Halda: Vamos trazando un camino con Dimensión 26, queremos hacer muchas cosas, en nuestra cabeza estamos, “queremos hacer esto esto y esto” pero son cosas que se tienen que
organizar y Artistas del futuro apenas va trazando esa línea, a
como tenemos los artistas vamos a trabajar mucho durante 2
años para 10 artistas, es demasiado el contenido que tenemos
que hacer pero sí lo hemos pensado.
Tonny: Como habíamos dicho, el fluxus game, el noticiero
como parodia de cosas que están pasando porque el formato
que tenemos es atemporal, si los ves dentro de 10 años tiene que
tener alguna relevancia no como Tik Tok que sale una vez y ya
pasó la moda.
Halda: Más que nada conceptos artísticos que estén saliendo
y podamos darle cierto giro divertido para que no se vea como si
solo estuvieran comiendo información, simplemente darle más
sentido con comunicación y diversión. El fluxus game sería algo
interactivo en donde la gente va a estar jugando y te des cuenta
que es algo artístico. Los cursos son para que la gente se sienta
más inspirada. El festival de arte donde todos son invitados.
Tenemos esa lista donde ya están para conceptualizarlas,
también queremos empezar en Twitch
para que la gente tenga la libertad de
preguntarnos, de reaccionar, de guiarnos por ese camino. Que se sientan más
conectados con nosotros y nosotros con
toda la audiencia porque a veces queremos preguntarle a la gente sobre los
temas y no podemos porque el podcast INSTAGRAM
queda grabado y queremos una respues- @dimension.26
ta.
YOUTUBE

REDES
SOCIALES:

Dimensión 26

SPOTIFY

Dimensión 26

junio 2022 7

�FOTOS: CORTESÍA DE ALMA DANIELA

T A L E N T O

8 junio 2022

F A V

�L
A
FOTOGRAFÍA
COMO
MEMORIA
CON ALMA DANIELA
Ganadora del segundo lugar
en el Certamen de las
Artes Visuales UANL 2021

T

POR: FATIMA LOERA MEJORADO

e presentamos a Alma Daniela, estudiante de Lenguaje y Producción Audiovisual
que ha colaborado en múltiples eventos
con su fotografía.
Es una mujer talentosa que destaca por
sus trabajos fotográficos, los cuales
comparte a través de Instagram.
Dichos proyectos se caracterizan por el uso llamativo de colores, iluminación
natural y que tiene de protagonistas a personas
ya sea en el medio artístico, movimientos sociales, deporte o photoshoot. También gusta de
capturar momentos para recordar y compartir
con los demás.
¿Cómo ha sido el proceso de aprendizaje
en las colaboraciones?
A: Fue prueba y error, pero sobre todo mucha pelea conmigo misma por qué solemos tener esa voz que es como “no
vas a poder”, “no te van a elegir a ti”, “no te va a salir”, como
que me pongo a pelearme conmigo y esa voz. Ahora es “me
van a elegir a mí” o “si ellos no me eligen, voy a hacer que me
noten”, “tu inténtalo”. Ya si me dicen que no, bueno al menos
lo intente y me quite la idea de que no iba a poder porque
tenemos ese impostor dentro de nosotros mismos que si no
nos vamos contra eso te vas a quedar ahí, yo intento decírselo
a mis amigos o conocidos “tu diles lo que sea que hagas, ya
si les interesa o no depende de ellos”. Ese ha sido el proceso
intentarlo, quien me elija que bueno y el que no se lo pierde.

¿Cuáles son tus intereses en la fotografía?
A: Hasta ahorita he hecho de todo un poco y creo que no tengo
una meta fija de querer hacer esto o llegar a cierto punto. Creo
que mi interés es quedarme aquí en mi “Safe place” y me gusta
mucho por memoria, recuerdos, expresarme, hacer mis propias
ideas, proyectos, creo que lo que me interesa de la foto es tenerla. Seguir creando y sea una forma en la que pueda ser yo, si se
puede vivir de ella me parece perfecto.
¿Hay algún proyecto que estés deseando hacer?
A: Híjole, que no quiero hacer pregúntale a mis papas o amigos
yo quiero hacer todo, constantemente mi cabeza está llena de
cosas y es como “le voy a hablar a esta persona y le voy a
decir que hagamos esto” o “le voy a hablar a este grupo
de bailarines y les diré que hagamos esto”, ni me conocen ni me topan en su vida, pero yo soy como
de “no me importa, yo les voy a hablar y les voy a
decir”. Después ya me acuerdo que tengo clases,
tarea, trabajo, proyectos, etc., entonces como
que muchas cosas se me olvidan, pero en el día
a día como que voy creando al menos una idea o
algún proyecto y lo voy anotando. Intento llevarlo
a cabo, pero si me voy a lo súper extremo, bueno espero no sea súper largo plazo, puede ser mediano plazo, ojalá que sí. Me gustaría mucho trabajar con algún ballet
como: El Ballet de Nueva York o también, aunque mucha gente
lo ve como “no manches”, me gustaría trabajar con la NFL, ¿por
qué? ¡Y porque no, chica!, No tengo ningún equipo en específico sino como el deporte, o sea, no es algo que te haya comentado, pero “profesionalmente” mis primeros trabajillos fueron en
futbol americano súper local, en un equipo chiquito pero, como
te dije con eso he ido midiendo mi avance, o sea, como que empecé en un equipo chiquito y ahora es el equipo representativo
y ahora es de otro estado, ahora estoy en otro país, entonces al
rato quiero llegar a la NFL Como para decir “si se puede”.

junio 2022 9

�T A L E N T O

F A V

¿Cómo te inspiras para hacer fotografía?
A: Todo y todos me inspiran, es una muy mala respuesta probablemente pero, como que el pensar que todos tenemos algo
bueno y no solamente en persona sino todos los lugares tienen algo bueno. Todas las personas tienen algo bueno, todos
los climas tienen algo bueno, y que en parte en mi ansiedad
probablemente el sentir que quiero que todo el mundo pueda
sentir o conocer eso, o sea es como, habrá gente en 5 años que
no vaya a poder ver esto que estoy viendo yo ahorita, entonces
que ya no va a existir en ese momento o lo que sea. Entonces
siento la necesidad de ser yo quien se los muestre, como no sé,
“hay alguien que está trabajando ahorita y no va a poder ver
este atardecer” entonces tengo que subir la foto y que la vean,
muy probablemente tiene que ver con la ansiedad… pero eso
me gusta y el crear el recuerdo, el que se quede ahí pues para
los que vengan, para los que sigan etc. Porque también me da
mucho miedo y no debería estar diciendo esto, pero, me da
miedo mi memoria, que en algún momento me falle o ahí se
me atraviesen los cables o algo y ya no recordaría cosas, sería
bonito tener eso, aunque me imagine o me invente las historias de cada foto, pero, voy a tener de donde inventar sino
pues que voy a hacer.
10 junio 2022

¿Qué es lo que te gusta expresar con tus fotos?
A: Pues igual creo que depende de cada foto y de cada estilo y
de cada persona pero, en general como honestidad porque sin
hacer problema ni nada pero muchas veces como que creemos
que la persona, el objeto o el producto debe verse como nosotros o como lo que nosotros somos y a mi me gusta un poco
más como el “yo soy muy llorona pero ella se ríe por todo entonces tiene que verse feliz”, o sea no importa que yo este triste
tengo que empatizar con esa persona y conocerla al punto de
poder mostrar lo que es ella y no envolvernos. No hacer como
una mezcla aunque luego llega el punto de termino mostrando
lo que soy yo como quiera, como que es una mezcla de ambas
personas y cosas. Pero si me gusta la honestidad y con esto no
quiero hacer como creer que la foto tiene que ser natural y sin
retoque o edición tú puedes hacerlo, pero que sea honesto a la
persona, al lugar, el tipo de producto que se está vendiendo, no
quitarle la esencia a eso por lo que sea que tú quieras comunicar.
¿Hay alguna fotografía que te haya gustado hacer,
pero no has tenido la oportunidad?
A: Yo siento que si me he quedado con ganas de hacer muchas
cosas por decir que participo en una convocatoria y no me se-

�FOTOS: CORTESÍA DE ALMA DANIELA

leccionan y entonces me quedo con la
idea o formo un proyecto para algún presupuesto que tenga ahí alguna asociación
y no quedo y no lo puedo hacer y se queda
el proyecto completo, pero no me quedo
INSTAGRAM
con las ganas como tal porque lo intento
@almadaniela
hacer de otra forma. Bueno no tuve todo
ese dinero lo hago con poco presupuesto
o no conseguí a esa modelo entonces la
modelo soy yo no importa, intento para que no se me quede
perdidas esas ideas pero siempre, todos los días tengo algo que
digo, “huy debí haber hecho esa foto”, “debí haber salido a hacer
esto” etc.
Creo que el punto es en lugar de decir, “ay no lo pude hacer”,
últimamente si me detuve mucho pero yo sola como que me
regañe de que “ponte las pilas”, lo que sea que quieras hacer, no
tienes que hacer el súper gran proyecto puedes empezar desde
el celular, con cámara análoga, tu perro, vecino, con lo que sea el
punto es seguir haciendo porque eso nos ayuda a seguir carburando sobre todo como artistas. Siento que no me quedo con las
ganas de nada porque hago otra cosa.

REDES
SOCIALES:

¿Con qué iluminación te gusta trabajar más y por
qué?
A: En general, probablemente el 99.999% de todo lo que hago
es con luz natural, con luz de ventana así natural, si se y si he
utilizado y si tengo flashes y lámparas, pero casi siempre estoy
sola entonces me da como más miedo o hasta hueva la verdad
el de que “ay tengo que sacar esto y luego armar todo” y luego
como estoy pues enfocada en la imagen, después pienso “que no
se vaya a caer esto o lo otro”. También como la transportación
del equipo, intento casi todo sea con luz natural a menos que sea
algo nocturno o en algún lugar tipo teatro pues me informo a
ver qué tipo de iluminación tienen que me puedan apoyar para
no llevar algo yo, prefiero lo natural por comodidad y también
porque da ciertos tonos diferentes y se me hace bonito.

junio 2022 11

�D O C E N T E S

YASODARI
SÁNCHEZ

S

u nombre es Yasodari Sánchez Zavala, egresada de la Facultad de Artes Visuales en
1997, Maestra en Artes Visuales, por la misma institución y tiene otra Maestría en
Educación que hizo en el Centro de Estudios Universitarios.

¿De dónde surgió la idea para llevar a cabo este
proyecto?

¿Cuáles fueron las estrategias de planeación y
producción del documental?

Y: La idea surgió porque hay como muchas cosas. Yo antes de comenzar a hacer esto, trabajaba en la reflexión del espacio público y los procesos migratorios. Entonces a partir de esa reflexión
empecé a hacer una serie de documentales, una mini serie sobre migración en Monterrey. Tomando diferentes comunidades
que son importantes de mencionar, que fueron los indígenas,
los centroamericanos y tres grupos extranjeros: España Japón
y Argentina; a partir de ahí tomé la Independencia como el origen de la migración y el proceso migratorio y comencé a hacer
entrevistas, y una de esas entrevistas me llevó a Los Sonideros.
Yo soy de la colonia Independencia, mis papás y mis abuelos
también y yo decía ¿Por qué se genera tanta comunidad? Y en
realidad era algo que yo siempre buscaba en los proyectos. A
partir de ahí comencé a pensar en el oficio, que para que eso
funcione tienen que vincularse muchas cosas y al final todos
somos Sonideros. Generar otros dispositivos sociales, esos son
las dinámicas para tener una salida de arte. En realidad lo que
yo quiero recuperar es la memoria de los habitantes de la Independencia.

Y: Yo siempre les digo a mis alumnos que de verdad lo
hagan como un acto de urgencia, de necesidad, como
cuando uno quiere comer o ir al baño. Todos mis proyectos los he empezado de manera autogestiva y tienes que
estructurar a partir de esta reflexión que te digo, si sé que
pasó esto, si tengo muchas respuestas, es decir, si llegaron
los grupos desde ahí yo digo, “esta memoria tiene que ver
con generar un podcast o esto tiene que ver con accionar a
la comunidad pintando con su logo en mano”. Estos datos
a veces se piensan como en datos duros desde una mirada
folclórica o exótica. Si tengo mi agenda como de 20 cosas
a veces salen más, pero las hago no como en ese orden
si no que el orden va saliendo y va como muy natural o
como muy orgánico.

12 junio 2022

¿Hacia qué tipo de público va dirigido?
Y: Nunca pienso mucho en el público, pero sí tengo claro la
cuestión de circuito artístico, esta condición de socializar la
obra, en ciertos espacios, en ciertas convocatorias. Sí me importa mucho cómo pensar estas dinámicas de arte, creo que eso

�es lo que construye otro sentido a muchas otras cosas que están
normalizadas. Creo que el arte sí hace que se esguincen varias
formas en que hemos situado un ecosistema solamente desde lo
político o lo mediático, creo que el arte resignifica esas partes.
Siempre estoy pensando en que estas partes del arte puedan saltar a procesos comunitarios o desde la comunidad.
¿En qué año inició el proyecto?
Y: Este proyecto de Los Sonideros inició en el 2013, fueron las
primeras entrevistas en el 2012-2013, pero en ese momento tenía varios proyectos, entonces iba poquito a poquito. Pero yo
creo las entrevistas formales fueron en el 2013 y 2014. Para mí
eso es importante, porque es lo que significa el oficio y luego a
partir de ahí en el 2015 me dieron un apoyo para el largometraje.
Durante el proyecto, ¿cuál fue el momento que en lo
personal le causó más impacto con base en la seriedad de la escena?
Y: Mira yo soy súper intensa y no puedo vivir con esta intensidad, la Independencia es una colonia muy extensa y de las más
antiguas, pero fue importante ese barrio porque es la memoria
de mis padres. Creo que esa es la parte personal y es un barrio
difícil, es una colonia difícil que tiene grados de violencia. Yo
recuerdo de niña pandilleros, creo que es algo importante de
hacer y que se re-aplique. Porque qué condiciones y que oportunidad tienen los niños para que pasen otras cosas y son niños
que tienen muchas familias. Pero creo que ese espacio, la ausencia es una forma de pensar en el abandono, en el silencio, en la
representación que tiene esta ciudad y qué ciudadanos están generando. Eso es lamentable, es la gente de la Indepe, son la gente
que construye San Pedro. La condición de que hay violencia,
droga, y es un pretexto para maquillar a alguien de otro nivel.
¿Tuvo dificultades de algún tipo durante la filmación??
Y: No, a lo mejor cuando empecé en la misma producción y no
tenía dinero y no sabía a quién decirle. Algunos alumnos no
saben mucho de sonido y era difícil. Es difícil porque llevaba
el proyecto sola y era enseñarle a un alumno y luego a otro y
simplemente no te entienden.

Festival de los Barrios de
la Indepe 111 Aniversario
2021 - Mural Sonidero

¿Qué proyecto está interesada en hacer próximamente?
Y: Ahorita mismo tiene que ver con Los Sonideros y los compositores de la Indepe, voy a hacer un disco de compositores,
pero un proyecto mío de cuarentona, yo siempre quise tener
una banda y todos mis tíos han hecho música, están haciendo
un grupo, se llama La Dinastía Sánchez, y por el mero gusto, a
mí me gusta escribir mucho y hacer canciones. Y otro proyecto que el año pasado me dieron mención honorifica y estaba
trabajando con mujeres indígenas, que seguramente tengo que
seguir a la par y con los niños estoy en un taller de cine. Tengo
muchas ideas y quiero hacer muchas cosas, y con esos niños
estoy trabajando con fotos.
¿Qué es lo que más ha disfrutado del proyecto?
Y: Yo disfruto en cada proyecto, los ponía a bailar y me inventé
un juego como lotería y les regalaba tarjetas telefónicas de 20
pesos, a partir de ahí, yo también pensaba en ¿a quién le hablaban?. También hay un baile que se llama la puntita, y disfrutaba
mucho eso y con los indígenas disfrutaba sus bailes y además el
amor que le tienen a sus bordados. En otros momentos, llegaba
con los centroamericanos y comían verduras fritas y los indígenas comían tamales y luego con los de la Indepe era tómate una
cheve, todas esas interacciones las disfrutaba mucho.

Festival de los Barrios de
la Indepe 111 Aniversario
2021 - Mural Sonidero

junio 2022 13

�P O R T A D A

FUNDAMENTOS
esenciales

FOTOGRAFÍA: GUILLERMO LÓPEZ GAONA

DEL ARTISTA

Acompáñanos en este breve recorrido, en el cual discerniremos
los elementos esenciales de un artista en la época contemporánea,
así como las obras y su incursión en el presente contexto social.
POR: OMAR GUAJARDO
FOTOS: OMAR GUAJARDO Y GUILLERMO LÓPEZ

14 junio 2022

�E

l camino del artista también es placentero, gratificante y excitante. Con el cuidado y tacto necesario,
puede ser la búsqueda de luz en la oscura incertidumbre del vacío de la existencia. Un artista no es un
artista hasta que alguien más lo reconoce como tal;
una persona ajena a la historia de su recorrido, alguien que juzga
la obra sin un criterio predeterminado y que reconoce y respeta
la creación del autor.
El deber del artista es promover en sí mismo el hábito de la
creación porque es una necesidad inherente del ser humano, lo
que lo llevará a acercarse más a la búsqueda y localización de su
propio estilo y de su voz interior.
Dentro de esa necesidad existen fundamentos que hacen
que un artista sea reconocible. En este artículo se discernirán
aquellos componentes que rodean el aura mítica de un artista.

UNA BREVE INDAGACIÓN SOBRE LAS
MEMBRANAS DE LA CREACIÓN
Podemos comprender a la creatividad como la capacidad de
aportar soluciones originales a los diferentes retos y/o problemas que se plantean a partir de la generación de ideas.
Se caracteriza por abordar la realidad de forma original y
flexible. Este proceso mental va estrictamente ligado con la imaginación, y por consecuencia, toda aquella persona que requiere
hacer uso del pensamiento creativo debe de tener mucha información en su mente relacionada con el tema a tratar.
El proceso creativo orientado a un fin, y con aras de materializarse en una obra, se caracteriza por los siguientes 5 elementos:

1. EL PROCESO CREATIVO
CONLLEVA UNA ACCIÓN:
Cuando se hace uso de la creatividad como fuente de innovación, no es suficiente concebir una idea, sino que tener la idea
es solo el inicio. Para que la creatividad pueda materializarse y
tener sentido, es necesario implementarla y que funcione. Una
idea creativa que no es práctica no puede ser considerada como
creatividad. Desafortunadamente, en el mundo acelerado en el
que vivimos, una idea no la compra nadie, esa idea tiene que
verse reflejada en un proyecto real para poder ser valorada.
2. LA FLEXIBILIDAD:
Es la capacidad básica de adaptación, debido a que está referida
al manejo de variadas categorías de respuestas frente a una situación concreta. En el proceso creativo, además de crear ideas
válidas y prácticas, se deberá buscar que sean variadas para
adaptarse mejor a las circunstancias que sean requeridas según
sea el caso.
3. ORIGINALIDAD:
Es la capacidad de crear respuestas, que además de ser consideradas válidas y flexibles, al mismo tiempo resulten novedosas e inesperadas y que por lo tanto, provoquen un cierto
impacto y que sean el detonante de un factor de cambio.
4. FLUIDEZ:
Este es un elemento cuantitativo, no cualitativo. Es aquella capacidad que tenemos las personas de generar en el proceso
creativo muchas ideas de forma rápida, particularmente de la
fluidez de pensamiento. Esta característica de la creatividad
nos permite la producción abundante de ideas, un mayor número de soluciones a situaciones o problemas.

FOTOGRAFÍA: GUILLERMO LÓPEZ GAONA

5. MOTIVACIÓN Y PASIÓN:
La pasión por realizar nuestro proyecto determina el grado en el
que nos involucramos al buscar la competitividad y al intentar
que nuestro proyecto llegue al punto que deseamos. Esta no es
una característica indispensable del proceso, pero sí es un valor
añadido que hace más interesante nuestro viaje inventivo.

junio 2022 15

�PPOORRTTAADDAA

EN BUSCA DE LA INSPIRACIÓN
Comúnmente se tiene esta idea de que la concepción de las
mejores obras, los resultados más favorables y las acciones más
significativas se llevan a cabo bajo los efectos de la “inspiración”. A decir verdad eso es sólo quedarse con la parte más
romántica del proceso. La mayoría de las personas pasan por
alto el hecho de que ese “momento divino” viene a raíz de una
actividad que fomenta esa práctica. Por eso es necesario realizar actividades diarias para estar en constante movimiento y
aprovechar de mejor manera esa bocanada de ideas y conceptos que ayudan a perfeccionar lo que haces.
La inspiración, en su gran mayoría, es un estímulo, y éste
es una señal interna o externa que es capaz de influir en un
objeto y hacer que éste reaccione ante tal señal. Es por eso que
la mayoría de los episodios de inspiración que podemos llegar
a tener son producto de una sensación, un lugar tangible y/o
imaginario en el cual estuvimos. Algún sentimiento que nos
recordó los pasajes más emotivos de nuestra vida, o directamente a una persona que nos provee la energía y fluidez necesaria para poder afrontar nuestros retos más difíciles, acompañándonos con esa inspiración, que en muchas ocasiones,
termina por ser la explotación de ideas que ya tenemos, pero
vistas desde otro punto de vista.
De hecho muchos episodios ilustres de la época moderna y
la cultura contemporánea han sido resultado de la mitificación
de este concepto. Músicos que han compuesto piezas excepcionales, artistas que han pintado sus mejores obras, escritores que
han conseguido plasmar sus mejores ideas en papel, entre otros.
Esto hace todavía más grande el mito de que “el artista sólo
trabaja bajo inspiración”; lo cierto es que aquella persona que
realmente es consciente de su potencial, sus limitaciones o que
tiene la habilidad de la autocrítica, tiene la suficiente sabiduría
para trabajar sin inspiración. Pues ser una persona que sólo
trabaja esperando esos momentos de “iluminación” en esta
época es algo que da mucha ventaja a otras personas.

16 junio 2022

LA INESPERADA VIRTUD DE LA DEDICACIÓN
Dicen que no existe una recompensa que no sea equivalente
al esfuerzo impregnado en tratar de conseguirla; aun cuando
estas recompensas son aparentemente “fáciles de conseguir”,
siempre existirá el factor humano, el cual involucra la superación personal. Por tal motivo, las personas que constantemente se encuentran en movimiento, en busca de nuevos retos,
están en busca de obtener mejores resultados o en este caso
mejores recompensas.
La dedicación es todo aquel esfuerzo implementado con
dirección a un objetivo en una unidad determinada de tiempo. Esta constancia se desarrolla, se obtiene; por tal motivo es
considerada como una virtud, una cualidad y, en el mejor de
los casos, en una característica.
Podemos desarrollar esa virtud de la dedicación mediante
diversas acciones que dependen enteramente de nosotros:
OBTENIENDO RESPONSABILIDADES
Es adquirir conciencia del potencial que podemos llegar a desplegar del lugar en el que nos encontramos, así como de la
necesidad de tomar el control de nuestros propios actos prestigiándolos lo más posible. Es una buena oportunidad de medir
las capacidades del artista y sus límites.

�DANDO UN ESFUERZO EXTRA
Ir más allá de lo que habitualmente tenemos planificado fortalecerá nuestra energía interna y nos brindará una gran sensación de plenitud y satisfacción personal. Al llevar a cabo
esta práctica en un corto plazo nos daremos cuenta que esos
pequeños detalles creativos nos proporcionan mejores resultados.
SABIENDO DISTRIBUIR NUESTRO TIEMPO
El tiempo que le dedicamos a cada una de las actividades que
realizaremos puede ser la clave para evitar el estrés, así como
la presión que termina perjudicando el proceso entero. Completar lo que empezamos, cerrar ciclos de la mejor manera y
cultivar nuestra claridad e impecabilidad en cada una de nuestras esferas de acción nos llevan a disipar el caos y traer calma
y claridad a nuestro mundo.
TRABAJANDO EN LO QUE TE GUSTA
Te permitirá multiplicar tu productividad, es decir, ser más
eficiente en el trabajo y conseguir mejores resultados que los
que no podrías obtener en un puesto de trabajo que realmente
no te hace feliz. Cuando trabajas en lo que realmente te atrae
y te hace feliz, tus sentimientos también serán más positivos
y estables.

LA DERROTA VIENE IMPRESA EN EL INTENTO
Un verdadero artista es constantemente víctima del fracaso,
eso es prácticamente ley de vida porque cada fracaso constituye lo que realmente serás. Éste forma su estilo y puede proveer
una perspectiva a medida de cada intento fallido que él artista
puede tener.
Una característica de las personas que logran sobresalir es
la resiliencia, eso que se define como la capacidad humana de
sobreponerse a los golpes de la vida. La persona resiliente es
aquella que acepta el fracaso como parte del juego, ve la vida
como un escenario lleno de retos que hay que superar y tiene
una actitud desafiante ante la adversidad.
El gran dilema es que el fracaso es relativo, dentro de un estándar social o profesional cualquier decepción laboral puede
precisarse como derrota, pero en muchos casos, cada caída es
simplemente un paso en falso que se da sin necesidad de polarizarlo hasta convertirlo en lo que conocemos como fracaso.
Incluso para un eficaz auto-sabotaje personal es inherente
separar el fracaso del éxito, ya que, contrario a lo que suele
mencionarse, ninguno de los dos nace a partir del otro.

De la quietud nace la inspiración
y del movimiento surge la
creatividad. ”
ISABEL ALLENDE
La relatividad del fracaso es similar a la perfección ya que se
rige bajo parámetros personales, por lo cual, cuando alguien
intenta compartirte las “10 claves para levantarte del fracaso” lo hace desde su perspectiva, que si bien, puede ser un
consenso bastante próximo a tu ideología. A final de cuentas
no deja de ser un lineamiento personal, o como Aristóteles
alguna vez mencionó: “El fracaso se dice de muchas maneras”.
junio 2022 17

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REFLEXIÓN

AUTOR

ALGO QUE NO NOS SIRVE, PERO QUE TODOS
NECESITAMOS, Y VICEVERSA
Friedrich Nietzsche afirma “la vida sin arte sería un error”.
Mientras que su contemporáneo Oscar Wilde, en el prólogo
de su novela, El retrato de Dorian Gray escribió: “todo arte es
inútil”. Este oxímoron se origina por dos pensamientos fundamentados por los puntos de vista y la experiencia de cada
artista, así que ¿quién tiene la razón? La verdadera respuesta
podemos formularla a raíz de conceptualizar ¿qué es útil?
En el margen de la productividad, la filosofía y el arte son
inútiles. Sin entender su capacidad de mostrarnos un modo
distinto de expresar e interpretar lo real, el hombre piensa,
trabaja y “juega”, entendiendo aquí el juego como una acción
sin utilidad, una actividad divertida, pero también una necesidad antropológica que ha originado la creatividad. Se comete
el error de adoptar lo útil como medida de todas las cosas,
llegando a valorar lo humano en función de su utilidad y olvidando que cada persona es única e irrepetible. Consciente
de su finitud y con un grado de libertad que le permite elegir
hacer cosas inútiles por puro placer.
El ser humano no se limita a lo material y necesario, sino
que necesita cultivar su espíritu. Desde sus orígenes, en un
impulso fundamental el hombre ha hecho arte, siendo a veces
su arte lo único que ha sobrevivido. El artista necesita crear y
además sus congéneres disfrutan y valoran el arte que otros
han creado y es por ello que perdura en el tiempo.
El arte define nuestra capacidad de apreciar la verdad y la
18 junio 2022

belleza por su carácter moral. Éste nunca pierde su valor precisamente porque no es útil, sino por que resulta ser placentero,
a la vez que atrevido, desconcertante y misterioso. Éste es el
paradigma de la inutilidad suprema, sublime y fascinante.
Nuestra necesidad de crear cosas es la esencia del ser humano porque es inquieto por naturaleza. En ocasiones hacemos
cosas sólo por la experiencia, por generarnos nuevas perspectivas o por aprender conceptos nuevos. La raíz del arte yace en
eso, si es útil o no depende completamente de la persona que
lo consume, y aún más del autor que lo genera. Sí para ti es indispensable contar ficciones, crear fotogramas, dibujar pensamientos o grabar historias, que no exista nadie que te diga que
eso no es necesario. Si crear arte es útil para ti, eventualmente
será necesario para los demás.
CREAR ES UN PROCESO EGOÍSTA, PERO
ES LA ACCIÓN MÁS GENEROSA POSIBLE
En la gran mayoría de procesos de desarrollo de cualquier producto o servicio, existe una intervención de valores personales que cada elaborador le impregna. No necesariamente esos
valores tiene que ser propios del autor o inventor de la obra,
mientras más personas tengan acceso a la realización del proyecto, más factores intervendrán en la concepción final, en este
caso todos cumplen un fin; un fin que puede tener intenciones
realmente genuinas y de responder una duda o satisfacer una
necesidad. Cualquiera que sea el caso, debemos comprender
que uno de los principales componentes que incentivaron esa

�TRANSMISIÓN

EXPOSICIÓN

ideología es que el artista debe pensar en sí mismo para crear,
decisión de emprender aquello que deseabas es el egoísmo.
Durante toda mi infancia, siempre me preguntaba ¿por qué en sus métodos, procesos, mensaje y estilo para obtener malos padres le prohíben a sus hijos ser egoístas? Era más una terial suficiente que se utilizará para generar lo que sea que se
cuestión de identidad que de valor, si un niño no compartía deba generar.
Muchas personas cometen un error al pensar que el artista
aquello que poseía, entonces todos los otros niños no se relacionarían más con él y los otros padres culparían a los del niño tiene una responsabilidad social, que tiene que ser un líder de
opinión, o que debe ser más influyente que nuestros
egoísta, lo que les crearía mala reputación, y nadie
gobernantes, cuando la realidad es que nunca ha sido
quiere eso ¿o sí?.Pero la realidad es que el egoísmo
así. El arte no es algo que deba cargar con el peso de
no debería de verse como lo peor del comportamienmuchas minorías, y claro está que no puede satisfacer
to humano. Muchas veces el egoísmo es la reiteraa la gran mayoría de las personas. No conozco alguna
ción de lo mucho que anhelamos alguna recompensa
ley o norma que se haya reformado a raíz de una obra,
o es el recordatorio de todo el esfuerzo que ejercimos
película, o pintura, pensar así sólo condenaría nuestro
para conseguir algo.
producto aún y cuando éste ni siquiera salga a la luz.
El artista crea por necesidad, por inquietud, para
Paradójicamente ese egoísmo que puede contextuaresponder una pregunta, pero sobre todo el artista INSTAGRAM
lizar a la obra, es la acción más generosa del artista pordebe regirse por un motivo. Ese motivo tiene que ser REDACCIÓN
que secretamente en el marco teórico de la proyección
hasta cierto punto egoísta, pues ese egoísmo puede @_omarguajardo
de la idea está implícito el deseo de transgresión.
presentarse en distintas alternativas, no solamente
Esa transgresión que hace que los emprendedores
por fama, ni para que nuestro ego se enaltezca de FOTOGRAFÍAS
se decidan a comenzar a crear, el poder transmitir un
tal manera que seamos recordados por siempre. El @memolpzg
mensaje, un pensamiento y generar algo con base en
artista tiene una visión y esa manera de ver las coese proyecto.
sas, es la que intentamos transmitir. La persona debe
En las membranas de cada acción se encuentra adherido
sentirse completamente realizada con su obra, debe ser su primer crítico y decretar si lo que hizo está listo para mostrarse. un fuerte deseo y ese deseo termina por ser una de las motivaTratamos de hacer que las personas consuman ese punto de ciones más grandes de los artistas. Por lo tanto, el egoísmo de
vista, y eso está bien, no necesariamente es malo. Muchas otras cada obra termina fructificando ante la natural necesidad de
personas además del artista hacen eso. Lo que mantiene esta comunicarnos como seres sociales.

REDES
SOCIALES:

junio 2022 19

�E M P R E N D I M I E N T O

LA VIRTUDde la
VÍCTOR MORENO

DIFUSIÓN CULTURAL
En esta edición platicamos con Víctor Moreno, fundador y CEO de la marca
MTY360, que cuenta con un medio de difusión artística que acumula
más de 50.000 mil seguidores en sus diversas plataformas y con un portal
de internet que recibe miles de visitas diarias.
POR: OMAR GUAJARDO

L

os medios de difusión digitales son la lógica evolución del medio impreso, es decir que proceden de
los formatos de divulgación de diversas noticias,
como es el caso de: los periódicos, los folletos, libros o revistas. Víctor Moreno de MTY360 platicó
con nosotros, con motivo de conocer su punto de vista sobre
el aporte de los medios digitales al ámbito artístico.
CONECTANDO CON EL PÚBLICO

¿Cuáles fueron los indicios y cómo surgió la idea
de emprender en un medio digital propio?
Yo antes colaboraba en “Hellow”, solía escribir un blog y ahí
comencé a agarrarle sabor al medio. Después me fui a ABC y ahí
tenía una columna todos los sábados y a partir de eso yo quería
seguir escribiendo de cosas que me gustaran, no sólo de música.
Hasta que un día platiqué con un amigo y surgió la idea de crear
un magazine digital. Después platicamos con mi hermano y
decidimos emprender el proyecto con una página digital.
¿Existieron dificultades u obstáculos al inicio del
proyecto?
La verdad es que no muchos, por ejemplo, en el ámbito de conciertos yo ya conocía a varios contactos, conocía a muchos productores de aquí de Monterrey y comencé a solicitar acreditaciones para los eventos.
Pero, en la cuestión digital sí hubo obstáculos, debido a que
alimentar la web fue difícil ya que sólo éramos tres personas
colaborando he intentábamos siempre mantener actualizado el
portal, y sí, los primeros tres meses sí fueron pesados. Después
entraron un par de colaboradores más, logramos solventar la
página y le seguimos para adelante, ya con ayuda de ellos.
20 junio 2022

La marca de MTY360 se ha mantenido como un
medio digital, ¿fue planeada así desde un principio?
Sí, al principio surgió la idea de intentar hacer las revistas semanales o mensuales en formato impreso, pero la verdad es que a
mí no me llamó mucho la atención de tener un medio impreso,
porque hoy en día la mayoría de las fuentes de información son
digitales.
El alcance que ha conseguido el portal y sus redes
sociales ha ido creciendo exponencialmente con
el paso del tiempo ¿alguna vez has sentido que la
marca ha sobrepasado tus expectativas o pretensiones?
Sí, sobre todo al principio cuando algún famoso o celebridad te
da retweet o utiliza o comparte las fotografías que le tomaste en
algún evento, al inicio si me sorprendía mucho, pero ya con el
paso del tiempo veo normal cuando sucede algo así.
Todo eso ayuda mucho en la exposición de las redes sociales.
Por ejemplo una vez subí una publicación en twitter y Chumel
Torres lo compartió, y eso generó muchas interacciones y seguidores nuevos en la página. También Billy Corgan de “The Smashing Pumpkins” una vez compartió durante varios días fotografías que le tomamos en el Riot Fest de Chicago y bueno, eso da
mucha vitrina en redes sociales y exposición como medio digital.
Aparte de la zona del área metropolitana, ¿en
qué otros lugares y eventos ha hecho cobertura
MTY360?
Todos los años vamos al Austin City Limits, hemos ido a muchos
festivales en Texas, al Riot Fest de Chicago, también al Kaboo de
San Diego en sus primeras dos ediciones. Teníamos acreditaciones para el Mad Cool en Madrid, pero la pandemia canceló el
evento. También en Inglaterra fuimos al Glastonbury, y en Méxi-

�REDES
SOCIALES:
WEB

www.mty360.net

INSTAGRAM
@mty360

TWITTER
@mty_360

FACEBOOK
@MTY360
Fuente: MTY360. Foster the people (Pa´l Norte 2021)

co hemos ido al Corona Capital y al Vive Latino, entre otros, y claro contando a los festivales más cercanos al área metropolitana.
¿Cuál es el marco contextual y periodístico que
MTY360 suele cubrir?
Más que nada nos enfocamos en los conciertos, festivales, musicales, eventos; también funciones de prensa en el cine. En ocasiones subimos post de tecnología, redes sociales y también de
deporte, sobre todo en el ámbito local, cosas relacionadas a la cultura popular. Por ejemplo, hemos cubierto aperturas de galerías,
eventos artísticos y exposiciones en museos.
¿La idea de tener colaboraciones siempre se mantuvo vigente desde el inicio?
Sí, yo ya había hablado con diferentes personas que conocía
–de deportes sobre todo–, gente que en otros lugares tenían
menos espacio o no les permitían muchas notas y acá (en
MTY360) si alguno de ellos me pedía una oportunidad, yo les
dejaba la hoja blanca para que desarrollaran sus artículos.
¿Qué elementos y/o aspectos consideras fundamentales para el desarrollo de las piezas de contenido de los colaboradores de MTY360?
Personalmente, creo que lo más esencial es que aporten ideas
nuevas, porque es muy fácil copiar la información. Es importante que el colaborador trate de aportar un punto de vista
particular. Siempre intentamos que los contenidos tengan un
toque personal de cada autor, nosotros no censuramos nada,
solamente que el mensaje no sea emitido con malas palabras
o groserías.
Por ejemplo, la gente que empezó conmigo en el año 2015
aún se mantiene colaborando con nosotros, siguen sumando
experiencia laboral quizá en otros medios, pero ligados al proyecto (MTY360). Lo que trato es que la gente que colabore
realmente haga contenido que le guste, porque si le gusta lo
que hace, lo seguirá haciendo.

La perseverancia es quizá la aptitud
que se vuelve fundamental para
lograr trascender en algo, LA
CONSTANCIA ES MUY IMPORTANTE
PORQUE SE VUELVE VISIBLE”.
VÍCTOR MORENO
FUNDADOR DE MTY360

¿En qué forma crees que MTY360 aporta al ámbito
artístico?
De diferentes formas, pienso que primordialmente en la difusión de la cultura popular, por ejemplo a los artistas locales,
sitios turísticos que no necesariamente son los lugares típicos,
el propio arte que los colaboradores en MTY360 suben a sus
redes y con la exposición de los eventos que se llevan a cabo no
solamente en la ciudad sino en diferentes puntos en los que la
marca (MTY360) acude.

Logo oficial de la marca MTY360

junio 2022 21

�E M P R E N D I M I E N T O

SUEÑOS
MUSICALES
DE LA FAV
Actualmente Kato Martínez combina su trabajo de marketing digital en MVS
radio con sus proyectos musicales, y como la mayoría, ha tenido que buscar
ingreso para desarrollar sus propios proyectos, en esta entrevista nos demuestra que no es imposible y nos cuenta su secreto para tener éxito.
POR: NERY ARÉCHIGA

C

reo que hablo por una gran parte de nuestros lectores cuando digo que en algún momento hemos
soñado con ser grandes artistas; justo como con los
que crecimos admirando por todo lo que su trabajo
provocó en nosotros; pero sin duda alguna, el arte es algo que
contiene diversas ramas de expresión y una de esas es la música.
Muchos de nosotros tenemos objetivos claros desde un principio y nos esforzamos durante todo el trayecto hasta lograrlo,
pero otros dentro de este abanico de sabiduría nos dejamos llevar para poder encontrar ese granito que mueve todas nuestras
ganas y despierte el interés y amor por el proceso artístico que
más nos acomode. Y este fue el caso de Kato Martínez, un increíble talento egresado de la Facultad de Artes Visuales, con un
enfoque a la producción musical muy especial, y en esta edición
nos comparte su experiencia para inspirar y apoyar a cualquiera
con la misma aspiración.
¿Por qué decidiste estudiar LLyPA?
Kato: Investigando y tratando de encontrar algo que a Kato le
emocionara, descubrió que había algo en esta carrera que capturaba su atención, “el hecho de agarrar una cámara y grabar
cualquier idea me llamaba mucho la atención y me movía por
dentro”; estoy contento de haber tomado esa decisión sin

22 junio 2022

indagar de más. Así es como Kato hizo un clic instantáneo con
el plan de aprendizaje y siguió su corazón. Soy afortunado de
haber dado en el blanco y no haberme traicionado a mi mismo
en el sentido de haber tomado una carrera que es muy juzgada.
¿Los planes de la producción músical ya estaban desde un principio o se fue añadiendo a tus prioridades?
¿Cómo decidiste dedicarte a producir ?
Kato: Yo desde muy pequeño fui víctima de las rutinas de
mis padres y una muy bonita de ellos era escuchar música e ir
al cine, así que creo que inconscientemente esa pasión estaba
dentro de mi cabeza pero la que más predominaba era el grabar,
hacer guiones, actuar y toda esa onda. Es hasta tercer semestre
que conocí a un compañero del mismo campus en la Facultad
de Música que se llama Diego Arizpe con el cual descubrí que
compartimos muchos gustos y formas de pensamiento tanto
musicales como de arte. Él me enseñó cómo veía el tema de la
música y poco a poco se abrió ese caparoncito de la música hasta el día de hoy.
Siempre me gustó escribir cosas y cuando decidí ponerme las
pilas fue hace como tres años pero tengo muchas cosas guardadas para estar chambeando en la música. Me apasiona mucho
cantar y hasta hace poco me la creí.

�¿Cómo combinas tu trabajo y estudios con tus proyectos musicales?
Kato: Tengo la fortuna de que están relacionadas inherentemente ambas, son arte. Pasé cuatro/cinco años de mi vida estudiando una carrera que no está directamente relacionada a
la música pero ¿Cómo puedo sacarle provecho?. ¿Cómo puedo
trabajar? Y es ahí cuando pongo en práctica mis conocimientos
de producción audiovisual para complementar mis proyectos
musicales y es muy gratificante. Me doy cuenta que los equipos
de los proyectos de los artistas grandes, tienen un equipo basto con mucha gente atendiendo diferentes aspectos del negocio
musical y viéndolo como artista emergente Indie, pues tengo la
fortuna de que conozco cómo trabajar varias áreas que complementan el trabajo del músico aunque no haya estudiado para
serlo.
Sin duda cualquier profesión puede encontrar la manera de
involucrarse con el arte que más le acomode .
¿Cómo ha sido tu experiencia de tus proyectos personales como productor musical hasta el día de hoy?
Es una experiencia demasiado hermosa el hecho de pensar
hasta dónde puede llegar algo que tú
escribiste o pensaste. A mi me gustan mucho los compilados,
entonces viéndolo así, soy una persona que le gusta planear cada
detalle de lo qué hay dentro, ese es mi trabajo personal como
artista.
Una de las herramientas que nos da la carrera son los contactos, tuve la oportunidad de socializar sanamente con mis
compañeros antes de la pandemia y cuando tomé la decisión de
grabar mi primer material discográfico fue a raíz de eso, porque
conocí a un compañero involucrado en todo ese ámbito. Tuve la
fortuna de conocer a Alan Urbiales que es un gran productor de
Monterrey y fue todo lo que necesitaba para animarme y poder
dar este gran paso. Todos estos prospectos de grabar y todo es

cuando descubro, que mi pasión número uno es hacer música y
mi pasión de hacer cine se convirtió en mi pasión número dos
pero siempre está ahí y me gusta mucho complementarlas.
Es algo maravilloso toparse a muchas personas en el camino
y darse cuenta que varias han recorrido lo mismo que yo, desde
haber estado en la misma facultad, estudiando lo mismo.
¿Qué consejos puedes darle a los lectores con base
en tu experiencia?
Si tienes la chispa de hacer música háganlo con determinación,
paciencia y perseverancia, “la peor cosa con la que te puedes
enfrentar es contigo mismo”. Es increíble cuando te metes y encuentras qué hay colectividad, pero el verdadero reto es que voy
a hacer yo para destacar del resto”.
¿Cuáles son tus planes para este 2022?
CAVILO SE ESTRENA PRONTO, dentro de unos pocos meses
aproximadamente para Abril estaré estrenando un EP de seis
canciones y un intro. Cavilo significa pensar profundamente y
creo que dió como anillo al dedo con lo que estaba tratando
de decir con este material. Es amarillo me gusta jugar con los
colores y eso es lo más próximo para este 2022 en cuanto a lanzamientos.

Es algo maravilloso toparse con muchas
personas en el camino y darse cuenta
que varias han recorrido lo mismo
que yo, DESDE HABER ESTADO
EN LA MISMA FACULTAD
ESTUDIANDO LO MISMO”

junio 2022 23

�E N F O Q U E

SOFÍA
SEGOVIA

L

EN

a literatura es una de las ramas del arte más antiguas
y necesarias en la historia del ser humano. Es fundamental
FOQU
E en la idiosincrasia social y un aspecto infalible para la comunicación humana. La literatura
impresa tiene sus raíces desde el siglo XV cuando,
Johannes Gutenberg, revolucionó el mundo al inventar la prensa de imprenta y a lo largo de los años esas palabras tintadas en
papel se han convertido en una oportunidad de conexión entre
un emisor y un receptor. Es por eso que en esta edición reconocemos la labor de los artistas que se dedican a la literatura y la
utilizan como método infalible de la expresión humana.
Así que nos reunimos con Sofia Segovia, autora originaria
de Monterrey, Nuevo León, ella es conferencista, escritora y
best-seller de tres libros: “El murmullo de las abejas”, “Huracán”
y “Peregrinos”, además de sus diversos proyectos como, “El pasado como memoria del futuro”. Hablamos con ella para conocer
su punto de vista sobre diferentes cuestiones que conciernen al
ámbito artístico y a la literatura contemporánea.

Sofía
Segovia

“−Hay cosas que angustian y que
nos mueven a contar esas historias
a literatura es de
unaalguna
de las ramas
del porque
arte másese
manera,
antiguas
necesarias
ennunca
la historia
ser o
tipoyde
historias
estándelsueltas
humano. Es fundamental en la idiosincravienen conectadas en un plazo de tiempo o
sia social y un aspecto infalible para la coson una La
tendencia.”
nicación humana.
literatura impresa tiene sus

L

ces desde el siglo XV cuando, Johannes Guteng, revolucionó
el mundo
inventar infalibles
la prensa que
de te
¿Cuáles
son esosalelementos
constituyen
a
ti
(Sofía
Segovia)
como
artista?
tiene que estar súper conectada con la realidad y con todo lo
prenta y a lo largo de los años esas palabras tinYo pienso que es un todo, así como el ser humano, no se puede que está pasando, realmente conectada con las noticias y las
as en papel se han convertido en una oportunidefinir de manera lineal, así como la vida, como la historia, es historias verdaderas. Yo pienso que de ahí saco muchísima si
d de conexión
entrepienso
un yo
emisor
receptor.
Es por supues- no inspiración, sí esa angustia. Hay cosas que angustian y que
una esfera,
que así yes.un
A mí,
por ejemplo,
eso que en
éstalasedición
reconocemos
la labor
to que
anécdotas,
todas las historias
que mede
han contado
y son
nos mueven
a contar esasinfalibles
historias de que
alguna
¿Cuáles
esos elementos
temanera,
consti-porque
que
he
leído,
porque
considero
que
mientras
tenemos
fama
de
ese
tipo
de
historias
nunca
están
sueltas
o
vienen
conectadas en
artistas que se dedican a la literatura y la utili- tuyen a ti (Sofía Segovia) como artista?
vivir un porcentaje del día en el éter otro aspecto de mi vida un plazo de tiempo o son una tendencia. Es lo que me ha imcomo método infalible de la expresión humana.
Yo pienso que es un todo, así como el ser humano,
24
junio
2022
no
se puede definir de manera lineal, así como la vida,
í que nos reunimos con Sofia Segovia, autora origiia de Monterrey, Nuevo León, ella es conferencista, como la historia, es una esfera, pienso yo que así es.

�lante estudié la carrera de comunicación porque me
gustaba mucho escribir, yo quería escribir como periodista, pero en la carrera me decía: “No le agregues
flores a tus relatos”. Lo cual ahora que lo pienso es una
cualidad muy interesante para cualquier novelista.
pulsado a escribir desde el año 2000, porque siento la necesidad
de estar conectada con lo duro, lo crudo de la realidad. ¿Qué
soy? Soy una persona que tiene todas las dimensiones posibles y
que las exploro, hay parte de lo que hago que es absolutamente
intelectual y hay parte de lo que hago que viene absolutamente
del corazón. Exploro todo eso y el resultado da historias que
provienen de la exploración de las emociones y de la condición
humana, sin dejar de lado ese aspecto que invita al lector a cuestionarse cierto tipo de cosas.
¿Recuerdas tus primeros contactos con el ámbito
artístico?
Soy de Monterrey y eso es importante mencionarlo, el Monterrey de 1965, porque el entorno en el que vivimos también nos
conforma, nos constituye, nos cuenta nuestras historias, pero
finalmente ¿qué era Monterrey en mi infancia? Era una ciudad
que estaba encontrando su estabilidad económica, pero apenas
estaba en búsqueda de su vocación artística. En ese tiempo casi
no había conciertos o librerías de literatura para lectores, no
había muchos museos, no se hacía mucho arte, entonces ¿Qué
sucede? Yo leí toda mi vida, no hubo un libro como tal en el
que yo pensara, “voy a ser escritora”. Lo que sí, de todas maneras, es que a pesar de que era una ciudad muy industrial, en
mi familia se leía mucho, cada Navidad el Santa Claus nos traía
colecciones de libros, algo que apreciaba mucho. En mi familia
era muy normal la lectura, no tanto en el exterior o al menos no
era algo muy común, no conocí a ningún autor, nada me acercó
a eso. Más adelante estudié la carrera de comunicación porque
me gustaba mucho escribir, yo quería escribir como periodista,
pero en la carrera me decía, “no le agregues flores a tus relatos”.
Lo cual ahora que lo pienso es una cualidad muy interesante
para cualquier novelista.
¿Cuáles fueron tus primeros pasos en el ámbito
profesional?
Juntando todas estas lecturas e historias, en toda mi vida nunca me separé de la lectura, siempre supe que me encantaba la
literatura, pero siempre creí que se hacía en otro lado, en Monterrey no, pero después iba a ser el año 2000 y el mundo se iba
a acabar, así nos lo anunciaron (risas) y no que yo creyera, yo
pienso que la vida es más grande que los unos y ceros. Pero resulta que sí me hizo una invitación, para detenerme un poco y
escuchar mi interior, escuchar y quedarme en silencio de todo
lo demás. Escucharme a mí y decir “si se acabara la vida, ¿qué
tendrías al final de todo?, ¿algo que mostrar? ¿un legado que
dejar?. Sí, muchas cosas había escrito, había escrito cosas para
campañas políticas en diferentes proyectos y así, y mi familia,
mis hijos, muchas cosas que me siento orgullosa, pero ¿qué era
lo mío? Y comprendí que lo mío, lo mío, eran los cuentos que
escribí de niña y de jovencita, de la carrera, comprendí que no
tenían que ver con nadie más, no eran para cumplir con otra
persona, era para cumplir conmigo.
Entonces busqué un taller de creación literaria aquí en Monterrey, fui y la primer pregunta que me hicieron fue ¿de qué se

trata tu novela? y yo pensé: ¿se puede soñar con eso? y eso lo
convertí absolutamente en este sueño que siempre debió haber
sido mío, pero que nunca me di cuenta (ni siquiera) que tenía
derecho a él, para nada. Fue algo muy curioso, porque fue un
momento detonador. La siguiente semana llegué con el primer
avance de mi primera novela y de ahí comenzó todo. El mensaje
que envías necesita un receptor y eso fue una maravilla para mí,
tener receptor del mensaje de mi primera novela que fue “Noche
de huracán” el que me inspiró, ahora sí a escribir “El murmullo
de las abejas” la cual me abrió la puerta al mundo.
Referente a que el mensaje tenga que tener un
receptor ¿Qué opinión tienes sobre que tus obras
tengan que ser calidad por el público?
Es algo absolutamente maravilloso, yo comencé a abrir mi tiempo y decidí también ocuparme en hacer éstas reuniones maravillosas con lectores y comprender que, si, yo escribí la novela y le
puse punto final y lo festejé aquí con mi familia, pero, finalmente el verdadero punto final se lo pone cada lector y es algo de lo
que hablo mucho y festejo. Los lectores son absolutamente libres de recibir el mensaje y comprenderlo desde su perspectiva.
Pero cuando leemos estamos absolutamente solos en ese
junio 2022 25

hacía
a ser
anun
la vid
que
me u
darm
y de
todo
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habí
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cosa
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escri
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cum

Ento
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fue:
soña
sueñ
nunc
a él,
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el pr
men
tor y
men
cán"
llo d

�E N F O Q U E

mundo ficticio planteado por la obra y estamos solamente con
nosotros mismos, nuestros pensamientos, emociones y la empatía que podemos tener con cualquier de los personajes. Con
toda libertad, tú libertad, y entonces a veces encuentras lectores
que se van más por ciertas interpretaciones, por ejemplo, en “El
murmullo de las abejas” hay quienes dicen que “es un libro de
ecología” y hay otros que dicen “es un homenaje a la vejez” y
todo es válido. Es algo en lo que creo absolutamente y festejo
cuando veo las críticas de mis obras y aplaudo la libertad de
cada lector.
A ti como lectora ¿Con cuáles libros te has
sentido muy identificada y que hayan sido muy
importantes en tu vida?
En lo personal me gusta mucho una novela que se llama “A
Gentleman In Moscow” de Amor Towles, me agrada el ritmo que
tiene sin prisas. Me gusta mucho también “La fiesta del chivo”
de Mario Vargas Llosa. Te podría mencionar también “Platero
y yo” de Juan Ramón Jiménez porque fue el primer libro en el
cual descubrí que la tinta negra también hace imaginaciones en
la mente, cuando era niña pensaba, “tengo a platero en mi mente”. Lo recuerdo con mucho cariño y de ahí hasta muchos otros
libro más, yo suelo leer de todo y eso es algo que pienso que se
refleja en mis propios libros porque a mí no me importa mucho
el género, sino que realmente lo que me atrapa son las historias
bien contadas.

26 junio 2022

En tus obras se tratan temas regionales y eso ha
conectado exponencialmente con público de todo
el mundo ¿A qué crees que se deba ese efecto?
En “El murmullo de las abejas” pasa eso, todas mis historias tiene
mucho de local pero en ésta novela está más presente. Yo escribí
esta novela con la angustia de completar la historia de México,
porque es tan centralista que ni en los libros de historia cuentan
al noreste de México. Monterrey nunca está en ningún libro de
historia y yo precisamente quería decir, “ya me contaste mucho
la revolución desde tu punto de vista centralista ahora quiero
romper con eso y quiero contarte la desde el punto de vista y el
momento histórico norestense de Linares en Monterrey”. Todo
eso es el murmullo (de las abejas).
Pero cuando terminé de escribirla, la envíe a la editorial y
ahora sin mencionar que yo era de Monterrey. Después, resulta
que a mi editora le gustó mucho el libro, inicio el proceso y en
pocos meses fui a firmar el contrato.
En la junta me mencionaron que mi novela era muy local y que
era difícil que fuera a trascender a diferentes lugares no sólo de
México sino del mundo, a lo que yo les mencioné, “yo si veo mi novela funcionando en todos lados” y hoy me enorgullece haber tenido esa convicción. Toda la literatura de la historia de la humanidad
es regional. ¿De dónde es “Cien años de soledad”? es regional.
Qué maravillosa es la literatura porque es un viaje precisamente a regiones concretas del mundo, un viaje que los

�lectores queremos emprender, ¿por qué alguien no querría
emprender el viaje a Linares?, sí yo me la paso por todo el
mundo ¿por qué no van a aceptar esta invitación que yo estoy
haciendo?, lo regional a mí me parece que finalmente es lo que
tenemos, no tenemos otra cosa, pero aún existen estas ideas de
que la literatura mexicana solo tiene que contar cierto tipo de
historias, de cierto tipo de lugares, de cierto tiempo de puntos
de vista y es lo aceptado y medio se parece a cómo se cuenta la
historia oficial de México, lo cual a mí me da mucha tristeza.
Pero hay que defender lo regional pensando siempre que lo
regional puede ser universal.
En “Murmullo de las abejas” el personaje de
Simonopio se caracteriza por tener valores como
la lealtad, la inocencia, el amor incondicional y
la libertad ¿Crees que son valores fundamentales
que se necesitan en la sociedad de hoy en día?
Si, es posible. Fíjate que encuentro que cada quien interpreta
diferentes cosas, hay gente que se va por la cuestión de la naturaleza, que sí está muy presente también. Pero finalmente son
valores universales o preguntas universales, problemas universales, ésta cuestión del hombre contra el gobierno también puede existir en la novela.
Disfruté mucho escribiendo la novela, desde todas esas cosas
que me gustan y luego ver cómo es recibida, poder decir,“mira,
puede que hables otro idioma pero hasta entiendes el sentido
del humor y eso es algo bien bonito, porque aquí hay un sentido
de humor mexicano en esta novela”. Los humanos tenemos más
cosas en común qué diferencias.
El arte se ha presentado en muchas situaciones
como el puente de conexión humana ¿Para ti que
representa el arte en el entorno social?
Estoy absolutamente de acuerdo, tan es así que tengo una
asociación con otras autoras (3 y contando historias sin

fronteras).La literatura es un puente, hablando se entiende la
gente, leyendo se siente la gente. No hay más, hay que hacer el
ejercicio de abrir un libro traducido y sentir lo que se siente ser
mexicano, cuando eres de Estados Unidos o viceversa. Hay que
atreverse un poco a sentir esa otredad.
Por ejemplo, en Peregrinos (Libro de Sofía Segovia, 2018) existe
un personaje que lo único que tiene a su disposición son granos
de trigo y esos los usa para contarle cuentos a una niña. Él es polaco y la niña es alemana, no hablan el mismo idioma. Pero en esos
dibujos, le cuentan sus cuentos que le contó su madre y resulta
que terminan borrando todas las fronteras y creo que tenemos la
prueba absoluta de que la literatura borra frontera.
Se ha comentado que la literatura se encuentra
escrita, pero el contexto y significado de muchas
obras se modifica con el paso del tiempo ¿A qué
crees que se deba eso?
Qué maravilla son esos autores que escriben libros que no son
necesariamente para un rango específico de edad, que tiene un
público amplísimo, por ejemplo cuando la gente lee “Momo” o
“El Principito” y piensa en la aventura de un niño que se vuelve
un poco angustiante porque está sólo, pero luego lo vuelves
a leer más adulto y te das cuenta que son relatos sumamente
complejos y muy filosóficos, porque tiene que ver con qué entiendes más cosas al crecer y sobretodo comprendes mejor éste
tipo de relatos.
¿Qué consejos les darías a todos aquellos que son
Padres o Madres y que les ayude a incentivar el
pensamiento creativo en sus hijos?
Yo creo en la creatividad como forma de vida feliz y creo que
eso es algo que nace desde nuestra forma de vida infantil.
Simplemente, creo que ahora los Padres pueden estar mucho
más dispuestos a encontrar los talentos de los hijos, los talentos bien particulares de sus niños. Incluso las escuelas también
junio 2022 27

�E N F O Q U E

los Padres deben de entender que hay que apreciar y respetar
el momento en el que está el hijo en ese momento. Si el hijo
piensa en “monstruos azules”, no cambiarles su pensamiento
o decirles que los “monstruos son verdes” o “no existen los
monstruos”
Nunca dejen de tener ese puente con su imaginación y su
creatividad y creo que ese puente puede ser la literatura.

es
que

ue tenando

¿Tendrás algunos libros que hayas leído
últimamente que recomiendes a la audiencia?
Creo que sobre todo a mí me llama mucho la atención el espacio y los proyectos que están publicando autoras, obras hechas
por mujeres, no me refiero a literatura femenina, no me gusta
usar ese término, sino buenas obras creadas por mujeres, siento que hay una visión muy interesante que actualmente se está
plasmando en los libros contemporáneos. Si recomendaría
que centrarán la mirada en ese tipo de literatura.
Afortunadamente México cada vez lee más y entre más leamos, más escritores van a surgir.

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un limexiicevertredad.

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s polao idiouentos
an bomos la
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¿Qué consejos les darías a todos aquellos que son
Padres o Madres
y que
ayude
incentivar el
“−Si hay
quelesestar
alapendiente
pensamiento creativo en sus hijos?

del talento de cada hijo, implica
estar abiertos a que la creatividad no viene
Yo creo en la creatividad como forma de vida feliz y
por que
género.
creo
eso es algo que nace desde nuestra forma de
vida
[...] infantil.
Si el hijo piensa
»monstruos
no estar
Simplemente,
creo que
ahora los azules«,
Padres pueden
cambiarles
su pensamiento
o decirles
que
mucho
más dispuestos
a encontrar
los talentos
de los
hijos,
los
talentos
bien
particulares
de
sus
niños.
los »monstruos son verdes« o »no existenIncluso las escuelas también exploran más esto, no tienes que
los monstruos« ”
ser realmente bueno en matemáticas, puedes ser bueno
en literatura o en otras facetas y explorar eso. Si hay que
estar
pendiente
talento
hijo,bueno
implica
estar
exploran
más esto,del
no tienes
quede
ser cada
realmente
en mateabiertos
a que ser
la creatividad
no viene
hay
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bueno en literatura
o enpor
otrasgénero.
facetas Si
y explorar
eso. Si hayelque
estar
del talento
de cada hijo,
que
promover
uso
de pendiente
la imaginación.
Personalmente
implica
estar abiertos
quees
la que
creatividad
viene poryogénero.
lo
que concluyó
deamí
en minoinfancia
nunca
Si hay que promover el uso de la imaginación. Personalmente
deje
de ser lectora y creo que la lectura me ha seguido
lo que concluyó de mí es que en mi infancia yo nunca deje de
conectando
hoyque
enladía
con lo
yo imaginaba
de hoy
niña
ser lectora y creo
lectura
meque
ha seguido
conectando
yendarme
no tengodeque
de sorprenderdía concuenta
lo que que
yo imaginaba
niñadejar
y darme
cuenta que
no tengo
dejar de sorprenderme
por el de
pensamiento
ima-de
me
por que
el pensamiento
imaginativo
mí misma
ginativo de mí misma de cuando era niña. También creo que
cuando era niña. También creo que los Padres deben de
entender que hay que apreciar y respetar el momento
28 junio
en
el 2022
que está el hijo en ese momento. Si el hijo piensa
en "monstruos azules", no cambiarles su pensamiento o

En tu proceso creativo ¿Cuáles son esos elementos
que te ayudan a que puedas crear obras de manera
más solvente y eficaz?
El proceso creativo precisamente lo que no busca es el mismo
resultado siempre, yo creo que hay autores que si son así, que
se encuentran una fórmula y funciona muy bien.
Personalmente y lo que a mí me funciona no puede partir
de ninguna fórmula, yo conozco otros autores y que son muy
esquemáticos, muy organizados y hacen muchos procesos antes de crear una novela y entonces antes de que empiecen ya la
tienen planeada al cien por ciento.
Yo tengo un proceso creativo muy libertario, casi de libertinaje. Yo siento mi creatividad radica en la tripa (risas) ese es
el instinto y no estoy tan equivocada, porque después descubrí
que la tripa –el estómago– si está cubierta en una película de
neuronas, lo cual quiere decir que si son muy primitivas, pero
ahí en esa capa que tenemos en el estómago pueden radicar
las mariposas por ejemplo. Esas que te indican el instinto de
algo, el instinto de luchar o correr, yo siento que esas son los
primeros avisos de algo, ese apretoncito que da el estómago,
que te indica algo, en ocasiones el miedo o hasta a veces el
amor, incluso antes que el corazón. Yo pienso que ahí radica
la creatividad, este impulso, este instinto creativo. El impulso
sale de la tripa y nos va a guiar a los recursos que nos ofrece
nuestro cerebro. Entonces, yo escribo con la tripa y el corazón,
ambos como punta de lanza, impulsados por el cerebro que me
provee de información. Si les recomiendo mucho escucharse a
ustedes mismos, escuchen su murmullo y no teman estar en
completo silencio.

�junio 2022 29

�A R T E

FLOR DE LIZ
CASTAÑEDA

LA DANZA COMO MÁXIMA EXPRESIÓN CORPORAL CON

Con motivo de brindarle un merecido homenaje y reconocimiento a esos artistas
que se esfuerzan por comunicarse mediante su arte, platicamos con FLOR CASTAÑEDA,
actual bailarina de la compañía del ballet de Monterrey, que cuenta con más
de 20 años de carrera profesional en la cual ha logrado presentar su arte
en muchas ciudades alrededor mundo.
POR: OMAR GUAJARDO

E

l verdadero arte representa un proceso infalible que
ocasiona mucho dolor, al igual que placer. Es decir,
que para crear una obra, un artista se debe de enfrentar contra diversos obstáculos, ya sean tangibles
e intangibles. Justamente, si existe una rama del arte
que supone un esfuerzo tanto físico como emocional es la danza, ya que representa una de las máximas expresiones visuales
del ser humano por medio de movimientos físicos que representan emociones y mensajes no verbales.
Flor de Liz Castañeda es una bailarina profesional originaria
de la Ciudad de México, con especialización en la interpretación
de danza de concierto y aceptó nuestra invitación para charlar
con nosotros sobre la danza como medio de expresión artística
y su importancia en la contemporaneidad.

LO MÁS ESENCIAL DE FLOR
¿Qué elementos o características crees que te componen a tí en el aspecto profesional?
Mi mundo ha sido la danza y es donde he crecido. Creo que la
danza es un arte que involucra el cuerpo, la ente y el corazón,
entonces es una composición que hace al ser humano íntegro.
Para mí, la clave ha sido siempre encontrar el gusto por lo que
estoy haciendo, por cada cosa que estoy haciendo. En cada proceso tú vas teniendo altas y bajas, pero la clave es siempre tener
un objetivo que te apasione, que tú quieras lograr por ti, que tus
sentimientos estén involucrados y por lo tanto eso te va llevar
a salir. La clave de todo ese proceso es aprovechar lo bueno, lo
malo, lo difícil y lo fácil, todo es un conjunto. La clave es no
perderte, tener el objetivo y ya de ahí vas ir sumando o restando,
pero si, saber a dónde quieres llegar o transmitir a un público.
30 junio 2022

REDES
SOCIALES:
INSTAGRAM
@flowerdelizcc

En tu caso particular ¿eres una persona de estar
constantemente trazandote metas?
En general sí, sí soy una persona que siempre se traza objetivos
o metas. Aunque también he aprendido que en el mundo del
arte eso varía mucho, porque muchas veces, tu vas por un objetivo o un camino y dentro te encuentras algo que te va a dificultar el camino, pero esos obstáculos que se presentan te llevan
a otras cosas mejores.

�LA ARTISTA DETRÁS DEL ESCENARIO
¿Qué te impulsó a escoger la danza como la rama
artística a la cual terminarías dedicándote?
Desde pequeña estuve inmersa en ese mundo, tuve maravillosos
maestros que siempre me inculcaron el ser no sólo una persona,
sino también una bailarina integral. Yo soy graduada de la academia de la Danza Mexicana y mi carrera es como intérprete de
danza de concierto. En ese plan de estudios se llevaban 8 años
de ballet clásico, 6 años de contemporáneo y también 6 años de
danza folclórica. Muchos estaban como en contra de ese plan de
estudios porque argumentaban que no se creaba una bailarina
completa. Para mí, fue lo mejor que pude haber cursado, porque me volvió bailarina integral y dentro de eso, también los
maestros me enseñaron el camino hacia las demás artes que a lo
mejor no son mi especialidad, pero si conocí, abrí mi mente, la
mirada y el corazón hacia otro tipo de artistas. Salir a una exposición, escuchar un buen concierto, apreciar un película y eso,
no solo te enriquece como artista, sino como persona.
¿Recuerdas ese primer momento o lugar en el que
te sentiste muy atraída por la danza?
Yo creo que el momento en el cual yo dije, “yo quiero estar aquí,
yo quiero bailar, yo quiero dedicar mi vida a esto”, fue de las primeras funciones a las que empecé a ir al palacio de bellas artes
en la ciudad de México.
Yo soy originaria de allá, ahora vivo en Monterrey por la
compañía en donde bailo (Ballet de Monterrey), y recuerdo haber pisado el palacio de bellas artes y quedarme maravillada con
lo que vi.
Con el apoyo de mis papás empezamos la
búsqueda de escuelas y la investigación de
un plan profesional para que esto fuera
más en serio y a la fecha el haber bailado
en tantos teatros y presentaciones, haber pisado el palacio de bellas artes me
hacen recordar ese momento y digo, “sí,
sí fue ese momento”.
¿Cuáles fueron los primeros proyectos o compañías en los que marcaste tus primeros pasos en la danza?
Al principio, yo estudie en la academia de baile de Coyoacán,
fue mi primera escuela. Luego de ahí, ingrese a la academia de
la danza mexicana que fue de donde me gradué y mi primer
compañía fue el ballet independiente en la ciudad de México,
donde tuve la oportunidad de bailar un repertorio
del maestro “Raúl Flores Canelo”. Aunado a eso,
fui desarrollándome como bailarina clásica y
contemporánea. He tenido también la oportunidad de bailar folklore mexicano -lo cual
es un placer- y eso me ha llevado a viajar a
muchas partes del mundo y ser muy bien recibida por el público.

Flor de Liz Castañeda bailarina profesional

La danza es un arte que involucra
EL CUERPO, LA MENTE Y
EL CORAZÓN, por lo cual
es una composición que hace al ser
humano integro.”
- FLOR CASTAÑEDA

BAILARINA PROFESIONAL

Flor de Liz Castañeda actual miembro del ballet de Monterrey

junio 2022 31

�A R T E

bamos súper cansados pero con esa satisfacción y esa felicidad
de haber terminado. Es como ese choque que te lleva a pensar,
“estoy súper cansada, ya no puedo más, pero soy la persona más
feliz del mundo de estar aquí”
En tu trayectoria profesional ¿has estado en un estado de flujo en el cual ya ejecutas los movimientos
más por inercia que por planeación?
Sí, a estas alturas de mi carrera ya ha sucedido. Me acuerdo la
primera vez que baile el lago de los cisnes te juro que en elpaso más sencillo no dejaba de pensar en todo lo que tenía
que hacer; en seguir la fila, yo formo parte del cuerpo de baile, entonces, siempre son movimientos en los que más de diez
o veinte bailarinas tienen que ir al mismo tiempo. Eso pasaba las primeras veces que bailé ese ballet, después de muchas
presentaciones ya mi cuerpo, tuvo no solo la memoria muscular, sino toda esa experiencia para poder bailar más tranquila y cada vez estar disfrutando más y eso está padre porque ya no te tienes que preocupar tanto por la parte técnica,
aunque una bailarina nunca deja la parte técnica de un lado.

¿Cómo fue el proceso en el cual El Ballet de Monterrey te contactó para invitarte a formar parte de la
compañía?
Cuando yo me gradué, una amiga me invitó a tomar un curso de
verano aquí en Monterrey. Vinieron en ese entonces bailarines
del “Miami City” a impartir el curso, y estaba también la bailarina Katia Carranza, que a mí la verdad me inspira muchísimo y
dije, “¡es mi momento, vamos!”. Fuimos al curso y estuvimos ahí
aproximadamente de 2 a 3 semanas. De ahí, el director que estaba en ese momento habló conmigo, me comentó que si me interesaba quedarme. En ese momento yo tenía otras dos opciones
más, pero el ballet de Monterrey era mucho más atractivo en la
cuestión de bailar más repertorios, producciones más grandes,
entonces ahí dije, “bueno, el que no arriesga, no gana”.
Entonces, una semana después regresé a la ciudad de México
y le comenté a mis papas. Al principio pensé, “va a ser una cuestión de seis meses a un año” y después pasaron trece años y aquí
seguimos súper contentos (ríe).

EL PAPEL FUNDAMENTAL DE LA DANZA
Crear arte es un proceso de mucho dolor, pero
también de mucho placer, y si hay una rama del
arte que realmente cumple esa máxima es la danza
Si, es una mezcla bastante rara. A veces platicando entre bailarines decimos, “bueno, nosotros ¿qué seremos masoquistas o qué
cosa?”. Recuerdo hace unos cuatro años que nos fuimos a una
gira a España y nos tocó ir con dos ballets muy pesados que son:
“Lago de los cisnes” y “Bayadera”. Entonces, estábamos realmente que no podíamos dar un paso, los pies nos quemaban, está32 junio 2022

¿Cuál crees tú que es el papel que ejerce la danza contemporánea en la sociedad moderna?
Juega ese papel de sensibilizar a la sociedad y a todas las personas que lo ven, que llegan a tener contacto con ello. Es esa parte,
siempre normalmente el artista trata de llegar al público con
movimiento, con música pero, ¿de qué forma? Sensibilizando,
entonces, tú al sensibilizar a ese público, a esa sociedad, lograr
tener empatía y si tú te das cuenta, si este mundo fuera un poquito más empático otra cosa seria.

�junio 2022 33

�E
S V
E C
E N
C IT ÓO N
S

“MATERIA
ESTÉTICA
DISPONIBLE”
MIGUEL CALDERÓN

Miguel Calderón por: Mauricio Castillo

34 junio 2022

Foto de exposición “Caída Libre“ por Kurimanzutto galería del artista.

�POR: STEPHANY CUEVAS

M

iguel Calderón nos trajo 53
obras en su primera revisión
curatorial “Materia Estética
Disponible” la cual se expuso
en El Museo de Arte Contemporáneo de Monterrey, donde se pudo disfrutar
de la exposición asistiendo al museo o darse un
rápido recorrido por las salas a través del sitio
web de este mismo. Sin embargo, para quienes
tuvieron la oportunidad de asistir, pudieron
apreciar la obra titulada “Mutante” que contiene
a 3 peces del “Lago de Chapultepec” los cuales
presentan un color diferente al que normalmente tienen, o “Avalancha” una obra bastante
humorística, con las cuales se pudo observar
y analizar los mensajes detrás de cada obra.
El artista nos mostró desde fotografías, dibujos,
videos, películas, hasta esculturas con temas
como: La naturaleza humana, lo social y personal. No siendo obras difíciles de interpretar, e
incluso podría decirse que en más de 3 se apreciaba la “ironía”, algo característico del artista
Miguel Calderón. La creatividad en esta exposición fue interesante, si hacer arte fuera tan
“fácil” como algunas personas lo dicen, todo el
mundo podría hacerlo, ¿no? Pero no a todas
las personas se les ocurre colocar una alfombra
con sus logros y ver cómo se le es pisoteada…

Miguel Calderón, “Materia Estética Disponible”,
Museo MARCO, Monterrey (2021)

El artista nos
mostró desde fotografías, dibujos,
videos, películas,
hasta esculturas
con temas como:
La naturaleza humana, lo social y
personal.

REDES:
KURIMANZUTTO.
COM

Obra “Ridiculum Vitae”, alfombra con los logros del
artista a lo largo de su carrera

junio 2022 35

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>ENERO 2022 1

�I N D I C E

Créditos
Dr. Santos Guzmán López
Rector

Arte, Diseño, Audiovisual

QFB Emilia Vásquez Farías
Secretaria Académica UANL

Enero 2022, Número 7

Dr. Celso José Garza Acuña
Secretario de Extensión y Cultura

Talentos
fav
Colectivo Escuincles
+
Highlander Villarreal

Docentes Visuales
a la vista
Pablo Alvarado

04 10

Diseño de
Producción,
Rebel Mork,
Mehrenda &amp;
Mauri Alvarez
“Candy Boy”

14

Emprendimiento
Grace Elizondo
“Gra-C” +
Beto Ibarra

Directora de la Facultad
de Artes Visuales
Dra. Verónica Lizzet Delgado Cantú

enfoque
Mario Cobas +
“Proceso creativo
en el diseño de
producción” por
Bere Jaramillo

22 26

artes
Colectivo Ejido Doce

eventos

Secretaria Académica
M. A. Eva Julia de la Cerda Cruz

Colectivo Mxertos
de Harte

Subdirección de Posgrado e Investigación
Dr. Jesús Eduardo Oliva Abarca

32 34

Coordinadores y Editores
de la Revista CROMA
Dra. Sandra Guadalupe Altamirano Galván
Lic. Alejandra Gabriela Martínez Carrasco
Lic. Manuel Saturnino Sancho González
Estancia de producción
Aldo Saúl Alfaro Peña
Alejandra Requena Montelongo
Andrea Carolina Buentello Rosales
Arturo Ernesto Soto Galván
Brenda Janeth Martínez Camarillo
Diego Aref Reyes Herrera
Eva Mariana Garza Banda
Frida Yazmin García Ochoa
Gerardo Daniel Pérez Cobos
Grace Elizondo Pérez
Jose Emmanuel Morales Jiménez
Orlando de Jesús Segovia López
Raquel Guerra Ruíz
Roxxana Gabriel Esquivel Rivas
Yoana Lizbeth Navarro Hernández
Portada y contraportada
Andrea Carolina Buentello Rosales
Raquel Guerra Ruíz
CROMA, año 4, No.7, Enero 2022, es una publicación
trimestral editada y publicada por la Universidad
Autónoma de Nuevo León a través de la Coordinación
Editorial de Licenciatura de la Facultad de Artes
Visuales. Domicilio de la publicación: Praga y Trieste
4600, Fraccionamiento Las Torres, Unidad Mederos,
Monterrey, N.L., México, C.P. 64930. Teléfono +52
8183-294260. Reserva de derechos al uso exclusivo
No. 04-2021-032219402300-203, otorgado por el
Instituto Nacional del Derecho de Autor.
ENERO 2022 3

�T A SL EE C
N CT IOÓ N
F A V

ESCUINCLES
CREANDO UNA PRODUCTORA Y
EMANUEL SENA GALEANA, SEBASTIÁN RAMÍREZ RODRÍGUEZ Y AURORA FERNANDA CHÁVEZ TORRES

DISTRIBUIDORA ESTUDIANTIL

Escuincles es una casa productora y
distribuidora enfocada en la creación
de proyectos audiovisuales para cine
de ficción, documental y publicidad.

E

scuincles es un proyecto que
nació como colectivo, pero que
hoy en día se definen como
una productora y distribuidora
de cortometrajes estudiantiles e independientes. Se encuentra conformado
por múltiples estudiantes de la Facultad
de Artes Visuales de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), y lleva
en pleno funcionamiento desde el primero de junio.

A pesar de su reciente fundación, ya se encuentran distribuyendo el cortometraje “La luz que recuerdo” (2021) en los
distintos festivales regionales y nacionales; tales como “Ficmonterrey”, “Shorts México”, “VicFilm” y entre muchos otros.
Además, al mismo tiempo están produciendo el primer cortometraje de la productora como tal, al cual entraremos en detalle
más adelante.

4 ENERO 2022

¿Cuál es el objetivo de “Escuincles”?
Diríamos que el objetivo principal que tenemos ahorita es
crecer y ayudar a crecer. Aunque estemos viendo mucho por
nosotros, pensando en el futuro de lo que vayamos a hacer con
la distribuidora y productora, algo que fue muy puntual desde
nuestros inicios fue el apoyar a los demás y darles este crecimiento que tuvimos. Aportando este pequeño conocimiento
que obtuvimos nosotros a todas esas personas que gustarían que
sus proyectos crezcan y que el público los conozca.
¿En qué se diferencia “Escuincles” a comparación de otras casas
productoras?
Principalmente que somos muy nuevos, estamos en el proceso de un primer proyecto y que de una u otra forma estamos teniendo el reto de crecer en una circunstancia extraña para todo
el mundo. La pandemia nos ha mostrado una nueva realidad
con el que se han presentado dificultades, que anteriormente
no existían. Por otra parte, sentimos que lo que hace especial
a Escuincles es la falta de una “cabeza”. Esto a comparación de
otras casas productoras regionales o nacionales, las cuales tienen a un dueño o CEO, quienes justamente son lo que ponen
la productora y suelen ser la única persona que produce o, incluso, dirigen. Nosotros como empezamos como un colectivo,
no tenemos esa jerarquía al momento de producir, tenemos esta
libertad de que cada uno pueda producir dentro de los distintos
puestos de producción e intercambiar a otro diferente. Creemos que esto es lo que nos diferencia y, en consecuencia, las
historias que contemos también. Por último, otro punto clave
de lo que nos diferencia es que no estamos buscando irnos al
área comercial o de publicidad. Nuestra intención es irnos por
el ámbito artístico, produciendo cortometrajes y mandándolos
a los distintos festivales, aunque estamos abiertos a cualquier
posibilidad en el futuro

POR: GERARDO DANIEL PÉREZ COBOS

¿Cómo surgió la idea de crear “Escuincles”?
En sí, Escuincles nació derivándose de dos partes: la parte
productora y la de distribuidora.
La parte productora surgió colectivamente a base del grupo que trabajó en “Los Niños Perdidos” (2020), ya que al ver
que el cortometraje funcionó y obtuvo un gran recibimiento
en los festivales de cine; ganando con ello el premio otorgado
por la Tuna, tomamos la decisión de seguir trabajando juntos
para seguir haciendo lo que más nos gusta. Ya que cada uno
tenía la oportunidad de mostrar ideas y hacer propuestas de
las distintas cabezas de producción. Fue en ese momento en
que Escuincles nació como colectivo, con esta idea de que hay

que seguir produciendo juntos porque tenemos la oportunidad
de producir a lo grande gracias a este premio. En cuestión de la
parte de distribuidora, surge de esa necesidad de apoyar a otras
personas y, principalmente, a los demás estudiantes a distribuir
sus cortometrajes. Mostrar todas esas historias, impidiendo que
se queden en el olvido y encontrando un camino claro

Nosotros queremos dar esta
ayuda, apoyando en la distribución de los cortometrajes y
provocando que la gente no
tenga miedo”

IMÁGENES DEL CORTO: “LA LUZ QUE RECUERDO”

IMÁGENES DEL CORTO: “LA LUZ QUE RECUERDO”

¿Por qué la decisión de distribuir y producir cortometrajes?
En la parte del por qué distribuir, es meramente debido a
otorgar ese apoyo a aquellas personas que no saben acerca de
ese proceso y no saben cómo dar ese paso necesario para llegar
a múltiples audiencias. Por ejemplo, hubo muchos cortometrajes estudiantiles que vimos en tercer semestre que han tenido la
calidad para estar en festivales, pero que no lo dieron porque da
miedo distribuir. Nosotros queremos dar esta ayuda, apoyando
en la distribución de los cortometrajes y provocando que la gente no tenga miedo. Y como productora, al ver que “Los Niños
Perdidos” estaba recibiendo mucho amor, se nos despertó un
querer seguir produciendo juntos, un hambre por estar en más
festivales y que nuestros proyectos se vean.
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Ya verán por qué decimos esto. Y esperemos que al igual que
nosotros, a ustedes también les guste mucho este proyecto que
está siendo armado con el mayor cariño y esfuerzo.

redes
Sociales:

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FACEBOOK
/escuincles.mx
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INSTAGRAM
@escuincles_mx

¿Cuál ha sido la recepción del público hacia “Escuincles”?
Hemos visto una muy buena recepción por parte del público.
Nos hemos percatado de que Escuincles se encuentra en la boca
de personas del medio, los cuales ubican quienes somos, provocándose un eco dentro de la comunidad. Además, gracias a todo
el contenido que subimos a las redes sociales sobre la participación de “La Luz que Recuerdo” en el festival de Ficmonterrey,
pues nos han empezado a llegar más seguidores, notándose el
gusto por el contenido que estamos generando. Por otra parte, muchos de los festivales cinematográficos más importantes
dentro de la República nos siguen, otorgándonos más alcance
en las distintas redes sociales.
¿Cómo se organizan y plantean las actividades por venir dentro
del Escuincles?
Dentro de la distribuidora se divide en tres áreas, las cuales
son: la administrativa, la de festivales y la de publicidad. Empezando por el área administrativa, se encarga meramente de
cómo funciona Escuincles en sí, lo que harán las otras dos áreas.
Después, en cuestión del área de festivales, son los que se encargan de investigar a fondo de todos los festivales existentes, saber
cuáles son de paga, de estudiantes, gratuitos y sus categorías.
Y por último, del área de publicidad, son los que generan toda
esta calendarización sobre cada una de las publicaciones de los
festivales por venir. Estas tres áreas son sumamente importantes
para que la parte de distribución siga funcionando.

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¿Cómo ven a “Escuincles” dentro de un corto, mediano y largo plazo?
A un plazo cercano, es seguir creciendo, conocer todas nuestras posibilidades, desarrollándonos poco a poco dentro de un
panorama de clientela y, con ello, apoyar en la distribución de
cortometrajes.
A un mediano plazo, generar proyectos dentro del ámbito de
lo artístico y seguir produciéndolos. Teniendo un equipo técnico propio del cual no dependamos tanto de una casa productora
externa para nosotros tener la posibilidad de producir.
A un largo plazo, sería adentrarnos a los proyectos comerciarles, que estos se mantengan a flote, provocando que vivir de
Escuincles sea algo posible. Además, que la parte distribuidora
forme parte de la escena cinematográfica en Monterrey.
¿Hay algún proyecto en el que estén trabajando recientemente y
del que deseen platicarnos?
Pues sí, ahorita tenemos un proyecto por ahí titulado “Conejos” el cual está siendo dirigido por Sebastián Ramírez y escrito
en conjunto con Camila Saavedra; quien además es diseñadora
de producción, y Mariana Castillo; que a su vez es primer asistente de dirección. Es el primer proyecto oficialmente producido bajo el nombre de Escuincles. Se lleva trabajando en él desde
octubre del año pasado y conforme ha ido transcurriendo el
tiempo, hemos estado aprendiendo demasiado sobre producir
un corto fuera de la faceta estudiantil.
Hablando del proyecto en sí, es una historia personal, ubicada dentro del romance pero con toques fuera de lo común.

¿Algún consejo para cualquier estudiante que desee producir
sus proyectos audiovisuales?
Como primer consejo, sería tener paciencia. No hay nada que
no se pueda solucionar de distintas formas, saber que en todo
hay una posibilidad. Aprendiendo a escuchar y ver los diferentes puntos de vista para llegar a un punto medio. Este consejo es
algo importante de adquirir, ya que estamos en una industria en
el que no ves resultados tan inmediatos.
El segundo consejo sería tener una comunicación efectiva y
saber trabajar en equipo, algo que se aprende dentro y fuera de
la carrera es lo vital, que es el diálogo, ya que puede volver todo
más ameno, hacer que las cosas funcionen y no nos tropecemos
en el camino.
Pasando al tercer consejo, consideramos el estar abierto a
aprender. Nunca dejamos de aprender, nosotros que estamos
en proceso de salir de la Facultad, nos hemos percatado que
realmente nos falta mucho que aprender, entonces hay que estar
dispuesto a aprender de los demás y, al igualmente, enseñar a
los demás.
Ya por último, sería ser perseverantes. En esta industria es ir
creciendo poco a poco, aprendiendo desde otras perspectivas y
distintas áreas de producción. Es seguir dando constancia del
quehacer cinematográfico y seguir con el trabajo hasta estar satisfecho con él.

No hay nada que no se pueda
solucionar de distintas formas,
saber que en todo hay una
posibilidad. Aprendiendo a
escuchar y ver los diferentes
puntos de vista para llegar a un
punto medio. Este consejo es
algo importante de adquirir, ya
que estamos en una industria
en el que no ves resultados tan
inmediatos.”

IMAGEN DE LA PREPRODUCCIÓN DE “CONEJOS.

IMAGEN DE LA PREPRODUCCIÓN DE “CONEJOS.

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Platicamos con él para descubrir más
acerca de su pasión por el cine y cómo
todo lo que ha aprendido a lo largo de
estos años se debe a su gran curiosidad
y la constante búsqueda por lograr sus
cometidos. Nos comenta que se adentra
al mundo de los VFX desde muy temprana edad, ya que con tan solo ocho
años de edad abrió por primera vez
After Effects.
Menciona que siempre tuvo la idea
de crear sus propios vídeos y/o cortometrajes, pero al no tener con quien
realizarlos descubrió que mediante el
uso de los efectos visuales podía complementar aquello que no podía hacer
solo, sin embargo él no sabía que lo que
estaba haciendo era post- producción.

HIGHLANDER VILLARREAL

LA PASIÓN
QUE NACE
DESDE LA CURIOSIDAD
POR: EMMANUEL MORALES

H

ighlander Villarreal,
oriundo de la Ciudad
de México, es alumno de octavo semestre
de la Licenciatura de
Lenguaje y Producción Audiovisual.
Se destaca en la creación de efectos visuales, donde se inició como freelancer
8 ENERO 2022

para varias producciones audiovisuales,
como el largometraje ruso “The peacemakers” (2021), por mencionar alguna;
actualmente trabaja para la casa productora SLYHIGH (siendo cofundador de la misma), la cual se dedica a la
creación de publicidad, comerciales,
videoclips y cine.

Su aprendizaje ha ido creciendo con
el pasar de los años y justamente se ha
desarrollado gracias a su gran curiosidad, él suele indagar de manera exhaustiva en el cómo puede sacar adelante
cierta problemática que se le presente,
por ejemplo, si tiene que hacer un vídeo
en 3D o tiene que hacer cierto efecto especial, investiga la manera de realizarlo
y luego lo intenta cientos de veces, a base
de prueba y error hasta que lo logre.
Hace cuatro años creó la productora
SLYHIGH junto a Sly García, un amigo
suyo, y lo que inició con trabajos pequeños y esporádicos cada tres o cinco
meses que ellos mismos buscaban o que
eran encargos de amigos y que realizaban entre ellos dos o a veces con un
pequeño grupo de tres, cuatro o cinco
personas ha ido creciendo gradualmente a lo que es hoy en día: una productora con proyectos un poco más grandes,
trabajos constantes y con una plantilla
establecida de al menos diez colaboradores. Dentro de sus trabajos más importantes, se destaca una campaña de
publicidad para la marca Coca-Cola realizada para el Festival Metate, así como
un segmento de Barbie de Mattel para
los Kids Choice Awards México, en donde crearon vía VFX un escenario virtual.

El crecimiento de su productora durante estos últimos años, se ha dado
de manera muy gradual y han llegado
a donde están gracias a la creación de
su portafolio, así como una búsqueda constante por aplicar a varios proyectos en los que pudiesen colaborar; Highlander dice que es así como
cada vez ha ido tomando más fuerza
su casa productora. Antes de llegar a
la creación de su productora, primero tuvo un largo camino por recorrer
(que a día de hoy sigue recorriendo),
tuvo que aprender a realizar múltiples
cosas, practicar las cosas hasta que le
salieran bien, explorar los programas
de edición y sus diferentes áreas de
oportunidad, pasar noches sin dormir,
no tener tiempo ni para el mismo y ha
sido capaz de mantenerse porque está

haciendo lo que más le apasiona: contar historias. Por ejemplo, nos comenta
que su proyecto favorito, no ha sido un
trabajo para alguna marca o compañía,
sino más bien uno en el que hizo lo que
verdaderamente ama: el cine.
Para finalizar la entrevista, High
nos dejó un consejo para todas las
personas que son amantes del cine
“Estudien pero también háganlo por
su cuenta, investiguen aquellos temas que les interesen, si no llegan a
ver algo de su interés en la carrera
que estudian, investíguenlo, además
de que hagan, hagan y hagan, aunque
sientan que no son buenos en algo o
no les gusta lo que hacen, sigan haciéndolo, ya que eso es experiencia y
llegará el día en el que sean buenos”.

Define tus OBJETIVOS, tu plan de vida
definirá qué es lo mejor que tienes
qué hacer para lo que quieres lograr,
todas las respuestas que necesitas las
encontrarás cuando definas qué es LO

¿Cómo te adentraste al mundo
de After Effects?
“Llegué al programa porque estaba
haciendo un corto sobre una invasión
de hormigas y lo quería hacer 3D, pero
claro no tenía los recursos ni sabía cómo
hacerlo, así que me fui a Google para
buscar cómo lo podía lograr, de hecho
me descargué muchos programas de
Softonic, pero ninguno me sirvió, así
que seguí con mi búsqueda hasta que
me encontré un tutorial de alguien
que explicaba cómo hacerlo con After
Efects, así que ahí me ves con ocho
años buscando el After pensando que
iba a ser gratis, cuando me dí cuenta
de que no lo era, me acordé de un
conocido de mi papá que le movía
a las computadoras, así que le dije
a mi padre que si le podía decir a su
amigo si lo instalaba, supuestamente
eso hizo, lo empecé a usar y todo, pero
a los 30 días me llega un mensaje que
decía –tu prueba gratis ha terminado-,
ahí empezó mi viaje”

QUE QUIERES HACER”.

redes
Sociales:

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Highlander Villarreal
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@Highvillarreal

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PABLO

ALVARADO
Con 10 años de experiencia en publicidad
y fotografía, el maestro Pablo Alvarado
nos cuenta un poco sobre la docencia,
su trabajo en la publicidad y además nos
comparte algunos consejos.

E

POR: CAROLINA BUENTELLO

l profesor Pablo Alejandro Alvarado
Rodríguez es egresado de la Facultad
de Ciencias de la Comunicación con
acentuación en publicidad, además
de haber tomado un posgrado de dirección de arte y redactor publicitario
en la Escuela Superior de Creativos
Publicitarios de Buenos Aires, Argentina, y por último la maestría en Diseño Gráfico con
orientación en dirección creativa en la Facultad de Artes
Visuales, donde también es docente, al igual que lo es en la
Facultad de donde egresó.
Su enfoque principal dentro del trabajo, es el área de la
publicidad comercial y lo que más le gusta es el colaborar
e interactuar con las marcas, ya que es algo que le genera
emoción y lo motiva a ser más creativo. Nos cuenta que
toda la inspiración que tiene para sus proyectos vienen de
la misma publicidad, porque te hace pensar en qué pasaría
si lo hubieras hecho tú, o si las personas se sentirían igual
de emocionadas al ver tu trabajo. “No puedo creer que hayan pensado en una solución como esa, ¿Por qué no se me
ocurrió a mí?”, nos comenta, que muchas veces pasan esas
preguntas por su mente al ver campañas o activaciones extraordinarias.

produciendo ideas nuevas y que esté a la vanguardia de lo que
les interesa a los alumnos. Lo cual, hace esto mismo la parte difícil, el seguir el ritmo de los nuevos estudiantes, que ya
tienen un conocimiento más amplio gracias a la tecnología y
las tendencias, por ende, es complicado “alcanzarlos” teniendo
tanta información actualizada.
De todos los trabajos que ha realizado, el que más experiencia le dejó fue una activación con la marca Powerade para el
Abierto de Monterrey, ya que nunca había realizado una campaña de BTL (below the line). Gracias a esa activación pudo ver
una idea suya ya materializada. El compartir espacio con su
creación, dentro del Abierto de Monterrey acompañado de las
figuras que vinieron en ese momento, lo marcó para siempre
como algo que le gustaría recordar, y más al ser con Powerade,
siendo considerada por él, una marca enorme.
El maestro Pablo Alvarado nos dice que el dar clases le ayudó a especializarse mucho más en cuestiones teóricas, a causa
de que en su escuela era muy difícil pensar qué es lo que harías
a futuro o incluso al ser tanta teoría, olvidabas la realidad. “Es
aquí cuando llegas al punto en el que puedes compartir con
tus alumnos esas experiencias, cómo es que suceden las cosas
fuera de la escuela, y cómo es que hay muchas cosas que debes
re-aprender de lo que ha sucedido de un tiempo a otro y que no
todo es práctica. Lo cual se vuelve valioso para los estudiantes”
dice, y que cuando eligió ser docente estaba atravesando uno
de sus mejores momentos dentro de su especialidad, y por un
momento pensó que le estaba diciendo adiós a la publicidad,
pero no fue así, gracias a que muchas de las marcas o clientes
con los que trabajó siguieron en contacto con él, abriendo de
nuevo las puertas a ese campo.

Campaña Below the Line de Powerade para el Abierto de
Monterrey, dirigido por el maestro Pablo Alvarado.

“El único producto que
debería importarnos
comprar en esta vida,
es nuestra plenitud”

La parte más fácil de su trabajo es que disfruta mucho
hacerlo, y encontró dentro de un espectro de actividades
el lugar perfecto para poder seguir practicando de manera
constante, ya sea enseñando materias que impliquen creatividad o temas relacionados. Eso es lo que hace que esté
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Campaña Sigue de Paseo de Paseo Tec Monterrey,
dirigido por el maestro Pablo Alvarado.
Campaña Yo logré de la Universidad TecMilenio de
Monterrey, dirigido por el maestro Pablo Alvarado.

“Sean empáticos con ustedes mismos,
auto-obsérvense y vean qué está
pasando, pregúntense si están haciendo
las cosas bien y si están siendo buenas
personas.”

Pablo Alvarado basa mucho su manera de trabajo
en la publicidad, nos comenta, “Llega el momento en
el que debes transformar información en algo visual y
gráfico, tomar los elementos y hacerlos algo tangible;
con la única diferencia de que en la enseñanza es un
poco distinto, dado a que los estudiantes tienen menos
experiencia”. Así mismo él busca poder enseñar todo
eso que ya sabe, hacia sus alumnos.
Nos contó que su trabajo se ha visto en una
balanza, por el tema de la pandemia, donde en un
extremo está lo que ha disminuído y en el otro lo que
aumenta. Sin embargo en el tema de la docencia se ha
encontrado con mejores respuestas, ya que muchos de
los estudiantes se sienten más cómodos o se adaptaron
al cambio, aunque sigue habiendo quienes no se
sienten del todo agusto con ello. “Todo es referente
a la perspectiva en la que tomamos las cosas” agrega
como conclusión.
Por último, nos cuenta que gracias a todo lo que
ha aprendido de la vida, actualmente se siente pleno
con sus logros y no hay algo que “le quite el sueño”. La
plenitud, nos comenta, es algo que no se puede llegar
a publicitar y se debe ir comprendiendo. La felicidad y
la plenitud han sido su estandarte de vida, y en lo que
se ha estado concentrando en estos años, optando por
una manera más aterrizada de ver las cosas; incluso
su mayor sueño ahora sería que uno de sus alumnos
ganara un premio importante por su trabajo, que una
de las personas a las que él contribuyó a su formación
llegara a lograr algo así.

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DE LA PRODUCCIÓN AL ARTE

Visuales
a la vista

¿

POR: ERNESTO SOTO

UNA DULCE
EXPERIENCIA
?

Se han topado alguna vez con el término diseño de producción

En México contamos con grandes diseñadores de producción,
como es el caso de Eugenio Caballero, con una destacada trayectoria
en proyectos como “El laberinto del fauno”, o la más reciente,
“Roma”, respectivamente de Guillermo del Toro y Alfonso Cuarón.

Pero bien, ahora hablaremos de grandes artistas y diseñadores
de arte que han pasado por la Facultad de Artes Visuales .

El diseño de producción
se vuelve una necesidad
estética en el cine"

E

n el momento en el que el cine cobra vida, escuchamos por
primera vez el término de dirección artística.

Ya sea en un gran robo a un tren, o en un viaje a la luna, se necesitará
una representación artística visual de ciertos elementos, y es allí donde
nace la necesidad de esta área, la cual se encargaría de plasmar los más
asombrosos sueños, haciéndose cargo de la creación de escenarios,
vestuarios, utilería o maquillajes . El diseño de producción se vuelve
una necesidad estética en el cine.
No fue, sino hasta la llegada del cine a color, que esta área comenzó
a recibir el reconocimiento que merecía, siendo William Cameron
Menzies el primer galardonado al Óscar por su diseño de producción
en el clásico norteamericano “Lo que el viento se llevó”.

14 ENERO 2022

Trabajo de Eugenio Cabellero como
diseñador de producción en Roma, 2018.

Conoce un poco sobre la gran experiencia de “Candy Boy”
y el origen de este apodo.
Redes sociales:

POR CAROLINA BUENTELLO

INSTAGRAM

@soycandyboy

M

auricio Alvarez Ayala, mejor conocido como
“Candy Boy” actualmente estudia el octavo
semestre de la carrera de Diseño Gráfico en
la Facultad de Artes Visuales. Tiene 20 años y
entre todos sus gustos se encuentran el dibujar, escuchar música, bailar y los videojuegos, además de trabajar en proyectos de entretenimiento, videos musicales o en
televisión.
Su carrera ayudó mucho a agilizar el proceso de trabajar en la
animación e ilustración, ya que le abrió un panorama de poder
buscar a lo que se quería dedicar, y cuando al fin lo encontró, se
dió cuenta que temas como la teoría y psicología del color, o de
las formas le sirvieron. También nos contó que definitivamente
quisiera dedicarse a la animación e ilustración para siempre
aunque “nunca digas nunca”, agregó, “desde los 15 años, la primera vez que fuí a un concierto y vi las pantallas me dije ¡quisiera
estar ahí, quiero hacer eso!, pero no como el cantante sino como
el que realizó la imagen o animaciones del concierto” nos dijo.
Aunque también quisiera aprender otras técnicas en ilustración
o inclusive lettering, pero a un nivel de poder hacerlo en modelado 3D con distintas texturas o movimientos y para proyectos
como video lyrics.
Le preguntamos sobre ¿qué es lo más complicado que ha
hecho como artista? y nos contestó que en cada proyecto sale
algo más difícil. Al conseguir sus proyectos le van aumentando
el grado de complejidad, pero dice que le gusta tomar retos y
averiguar cómo es que resolverá ese trabajo, sin embargo lo ve
como algo divertido ya que le gusta mucho aprender y ver tutoriales para mejorar sus conocimientos y después aplicarlos, por
lo que a pesar de ser algo difícil siempre le encuentra lo divertido. “Siempre el proyecto más difícil, es el siguiente que harás”.
ENERO 2022 15

�La mejor herramienta que tenemos es
el CONOCIMIENTO Y HAY MUCHO
CONOCIMIENTO GRATIS”.

me da satisfacción el hecho de que estoy iniciando algo muy
grande desde muy joven, siento muy bonito ver a mi familia y
amigos felices por verme en proyectos grandes”.
Algo que dice que le falta cumplir es ver su trabajo en grande,
como en un panorámico y saber que miles de personas lo verán,
aparte de todos los artistas con los que quisiera trabajar. “Me
gusta mucho la música y la comedia, el stand up y las drag
queens, me encantaría trabajar en esos campos además de la
música”. Programas como “La más Draga” o comediantes como
Richie O’ Farrill o el podcast de "La Cotorrisa", son personas
con quienes quisiera trabajar en un futuro, aunque con el comediante Richie O’ Farrill ya tuvo un pequeño acercamiento, gracias a un trabajo personal de animación y stickers de Instagram
de su podcast “Neurosis y Ánimo”, los cuales fueron todo un
éxito y los siguen usando.

Su proceso de diseño de arte, según nos dijo, inicia siempre con
una lluvia de ideas que pueden surgir durante el día o incluso antes de dormir, que puede apuntarlas en su celular o hacer bocetos
que sólo él entiende y dice que no parecen nada al producto final,
después lo hace en un boceto de baja fidelidad para después digitalizarlo, y finalmente lo anima. Regularmente sus ilustraciones
están pensadas para ser animadas en 3D, que es su parte favorita.
Y cuando trabaja en conjunto a otros artistas inicia con las ideas
que funcionen mejor y ya sobre eso, iniciar el proceso de trabajo.
De entre todos los trabajos en los que ha participado, nos dió a
destacar algunos que le emocionaron muchísimo, como el video
“Nos Volvemos Locos” de Gloria Trevi y Guaynaa, la cual es su artista favorita, “verlos juntos y además yo ser parte de ese proyecto
fue WOW, hasta Gloria Trevi me siguió en Instagram” dice Mauri, también colaboró en el video animado de “Feliz Navidad” de
Thalia. Recientemente con RBD en su reencuentro virtual “Ser o
Parecer” en donde tuvo lugar en el área de animación en conjunto
de otro gran artista Nicolas Teviño “NicoTronick” quien ha sido un
gran amigo y compañero, con el cual ha realizado muchos de sus
trabajos, uno de ellos es en el programa “Nicolores” de NicoTronick
en el canal 6 de Multimedios, como ayudante de animación y hasta llegó a tener su propio personaje, darle voz y animarlo para el
programa a nivel nacional. De la mano de Nico y Ricky Zazueta,
participó en el video “Hoy es tu pumpeaños” del personaje Pumpe
del Show Piedra Papel o Tijera. “Todos tienen un cachito de mi
corazón”- comentó.

Tiktok “Nos volvemos locos” de Gloria Trevi y Guaynaa.

16 ENERO 2022

Candy Pop para el programa Nicolores.

Pumpe del Show Piedra Papel o Tijera.

Su mayor inspiración es la emoción de las personas, sobre todo
cuando es trabajo para clientes y el saber que sus animaciones son
parte de esa emoción, y dice “nunca termino de procesar lo que
siento al ver mi trabajo en las plataformas, pero cuando vamos terminando e iniciando otros en secreto y privado, me emociona y

Lo más difícil de mi trabajo es guardar el
secreto hasta que se estrene, no poder
contar nada a nadie, pero una vez que ya
salen es una sensación muy bonita y VALE
COMPLETAMENTE LA PENA”.

Finalmente, su consejo para las personas es que prueben todas las ramas del arte, y en cuanto sepan qué es lo que les gusta
y en que son buenos, den todo por aprender más, “vendía dulces
o rifaba cosas, hacía lo necesario para juntar dinero y pagarme
cursos, tuve dos cursos con Carlos Tristán de After Effects,
cursos en línea de 3D, incluso videos tutoriales en Youtube,
aprendan todo lo que puedan, así cuando tengas la oportunidad
de entrar a un trabajo que te guste, ya sabrás que hacer y hacerlo sin problemas, el conocimiento que adquieran les va a durar
mucho, aprovéchenlo y traten de expandirlo con las herramientas que puedan” agrega como conclusión.

Gloria Trevi y Mamey.

Mi apodo nació gracias a un amigo
que me lo dijo por mensaje, como yo
vendía dulces en la Facultad, se me
hizo GRACIOSO ponerlo como apodo
en mis “menús” y al ser PEGAJOSO
con el tiempo los alumnos, profesores,
directivos hasta en mi familia ya me
conocían así, por lo que lo adopté
como mi APODO OFICIAL, después
de haber buscado uno desde la preparatoria, el que menos esperaba y el
más ESPONTÁNEO fue el que
me gustó más”.

Intro del programa Nicolores.

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UN ALMA REBELDE

REBEL MÖRK
Únete a la rebelión junto a Rebel y entérate sobre
cómo nació su amor por el arte y sus inicios siendo
drag queen, llevándola a triunfar en la cuarta edición
de La más Draga.

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Redes
sociales:
@rebelmork

POR:DIEGO AREF REYES HERRERA

Cuándo nació esta pasión que tienes por
el arte?
Nació desde pequeño, siempre tuve una pasión por
las artes ya que me gustaba mucho crear con las
manos y elementos no convencionales. Mi pasión
por las artes se veía sesgada por lo plástico ya que
me era más fácil canalizar en objetos palpables. Mis
abuelos siempre han sido muy cercanos a la solución de problemas de manera creativa, entonces creo que todo ese gusto venía
insertado en los genes.
¿Cómo surgió Rebel Mörk?
Nace a partir de mi gusto por la fotografía. Me encantaba hacer
retratos desde que estaba en la secundaria pero fue hasta la Facultad donde decidí experimentar con el maquillaje en los rostros
de mis modelos. Hasta que un día me encontraba en la necesidad
de expresarme directamente con mis propias fotografías e inicié
a hacerme retratos. Fue ahí donde jugaba con tendencias y maquillajes andróginos para explorar nuevos rumbos creativamente,
sin imaginar que sería una catarsis emocional.
¿Cómo fueron tus inicios?
Fue en una plataforma digital del la comunidad LGBT+ donde
se impulsaba el talento local de artistas emergentes. Siempre fue
muy apegado a lo cultural. También me hacía partícipe de toda
oportunidad que la Facultad daba, ya sea en proyectos o exposiciones.
¿Con qué retos te topaste cuando decidiste dedicarte
a esto?
Enfrentarme a mí mismo, creo que la mayor barrera es mi cabeza. Sufro de ansiedad desde los 16 años y ha sido una jornada
bastante pesada. Es una lucha constante contigo mismo pero lo
importante es recordar que somos más fuertes que nuestro subconsciente. Otro reto es la discriminación, el lidiar con los estigmas que generaciones tras generaciones han cargado por mucho
tiempo es algo difícil.

18 ENERO 2022

No se dejen guiar por sus miedos,
creo que en este camino del arte es
intentar y fracasar, TODOS VAN A
ESTAR HABLANDO DE TI, OCUPAS
TENER EL VALOR, atrévete a hacer
lo que quieras hacer.”

INSTAGRAM

¿Tienes alguna otra pasión que te ayude en tu vida
de artista?
La escritura, con ella logro exprimir mi cabeza al máximo, lo cual
me pone demasiado exhausto ya que logro canalizar todo de mí
en muchos aspectos pero si no sale todo... La escritura me ayuda
mucho.
¿Qué consideras que es lo más gratificante del camino que elegiste?
El reconocimiento que está tomando últimamente, la relevancia
que tiene hoy en día, que se tome como una expresión artística
como la danza callejera, que ahora ya no solo es en la noche que
es de donde nace, sino también en el día. Y también las oportunidades que me ha otorgado a lo largo de los años que llevo
trabajando en esto.
¿Cómo es tu proceso creativo?
Canalizo mis emociones, soy una persona muy ansiosa, tengo
miedos al pasado, al futuro y depresión; la canalizo y busco que
los demás lo sientan para generar empatía y conciencia, busco
hacerlo rápido, espontáneo y emocional.
¿Qué consejo le darías a alguien que quiere dedicarse a lo que haces?
Que no se deje guiar por sus miedos, creo que en este camino del
arte es intentar y fracasar, todos van a estar hablando de ti, ocupas
tener el valor, atrévete a hacer lo que quieras hacer, tú tienes el
control de tu vida, libérate de tus pensamientos y crea algo para ti.

SOR JUANA por REBEL MÖRK

ENERO 2022 19

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MEHRENDA

UNA ARTISTA EN INTERNET

Conoce un poco sobre Miranda Quezada mejor
conocida como Mehrenda, su trabajo como artista,
influencer y creadora de contenido en redes sociales.

POR CAROLINA BUENTELLO

M

iranda Quezada es una estudiante de la Facultad
de Artes Visuales, actualmente cursa el 8vo
semestre de la carrera de Lenguaje y Producción
Audiovisual y a su vez trabaja como creadora de
contenido en redes sociales como Instagram y Tik tok enfocándose
en el maquillaje y la moda, además de estar trabajando con el
LABNL de Conarte, en un proyecto llamado “El cancionero para
la memoria” el cual tiene el propósito de ser llevado a redes en el
mes de enero.
Eligió estudiar la carrera ya que desde muy chiquita le
encantaba ver programas de televisión, películas, entre otros,
pero no fue hasta la preparatoria, cuando decidió qué es lo que
le gustaría estudiar. Su primera opción era cinematografía, sin
embargo nos dice que no le encontró tanta variedad como la de
lenguaje audiovisual, porque le ofrecía saber de cine, televisión,
fotografía y videos.

Fotografía por Daniela Torres
@tiadonalddani

Siempre lo más difícil de
iniciar es dar el primer salto,
ya sea por pena o por el qué
dirán las personas que te
rodean, pero una vez que
das el salto, todo se vuelve
más fácil"

20 ENERO 2022

Nos comenta que la razón principal de su inicio en redes
sociales fue que sentía que por la pandemia no se estaba
arreglando tanto, y al tener tiempo decidió explorar el mundo
del maquillaje, empezó practicando y grabando su proceso para
después subirlo a redes sociales, lo que ella no esperaba es que
mucha gente comenzó a seguirla y a gustarle lo que hacía, fue ahí
donde tomó la decisión de tomarlo como algo más serio. Si no se
hubiera presentado la situación de la pandemia, también le hubiera
gustado enfocarse en redes sociales, pero presentando su trabajo
como fotógrafa, videógrafa o con sus ediciones fotográficas que a
la gente le gustan mucho. Agrega que su carrera le ha servido de
mucho en este nuevo espacio de creación de contenido en redes
sociales, esto a diferencia de muchas personas que quieren iniciar
en redes y no tienen un conocimiento amplio de fotografía o
edición, así que el estudiar algo relacionado le ayudó a tener más
noción sobre lo que podía subir, cómo subirlo y qué es lo que
le atrae más a la gente, dejando de lado que algo que tuvo que
aprender después fue el cómo funcionan los algoritmos y como
debes manejarte, “crear contenido ya sabía hacerlo”- comentó..
Habló un poco sobre su proceso creativo o su proceso de
diseño de arte, el cual dice que va conectado con todo lo que
hace, ya que si tiene agendado grabar un video, lo que viene
después es tomar fotografías la mayoría de las veces y que gracias

a que tiene la libertad de elegir qué es lo que quiere hacer en
el día va buscando ideas que la hagan sentir cómoda o que no
ha hecho en un buen tiempo, lo que la hace salir de su zona
de confort. Ella principalmente se inspira en imágenes que
guarda en plataformas como Pinterest sobre distintos estilos,
combinaciones de colores, formas, técnicas, texturas, entre
otros, para después crear la idea principal y plasmarla en su cara.
Usualmente, elige su outfit con base en el maquillaje que está
creando, y sólo en ciertas ocasiones lo hace al revés, es decir si ya
tiene un outfit en mente, hace un maquillaje que lo complemente.
Finalmente vienen las fotografías, “busco que mis fotografías
siempre tengan color, me gusta mucho que tengan color” nos dijo
con mucho énfasis, y hace un recuento de todo su perfil sobre qué
poses o encuadres ha usado últimamente, por ejemplo, si usó una
fotografía de cuerpo completo, su siguiente fotografía tendría
que ser una más cerca o un retrato, para tener un contenido
variado; y para su trabajo fuera de redes, hace exactamente lo
mismo, con la diferencia de que se adapta totalmente al cliente.
Su experiencia al trabajar con distintas marcas la ha hecho darse
cuenta de que su trabajo está siendo visto y recibido, dando como
resultado el contacto de marcas grandes para colaboraciones o
agregarla a sus listas de relaciones públicas, “es ahí cuando dices
WOW”, nos dice feliz. Y que gracias a ese contacto, te permiten tener
un mayor crecimiento, dando paso a que más marcas te conozcan y
conozcan tu trabajo que hasta quieran trabajar y colaborar contigo.

La opinión más importante es
la que tengas tú de ti mismo, y
ya las otras personas que digan
lo que quieran, mientras sean
constructivas o positivas todo
está muy bien”.

Un contratiempo que ha encontrado durante su trabajo ha sido
que muchas veces se vuelve complicado hacer una idea realidad,
“por ejemplo, se me puede ocurrir una idea súper padre pero no
tengo el material adecuado y por la pandemia no es tan fácil salir a
comprarlo” agrega. Lo cual ha sabido darle la vuelta y convertirlo
en un beneficio haciendo que su creatividad crezca más, también
mejoró sus habilidades en postproducción y edición fotográfica.
“lo que más me gusta ahora, es todo el apoyo que recibo como
creadora de contenido y en mi trabajo personal, me apoyan
demasiado, y es muy bonito sentir eso aunque venga de gente con
la que nunca has convivido en persona, además de que es muy libre,
es como si yo fuera mi propio jefe, yo soy la que organiza las ideas,
la imagen, los tiempos y me doy la libertad que quiero”- comentó.
Finalizando, nos contó que su plan a futuro consiste en encontrarse
bien económicamente por redes sociales y su contenido,
también le encantaría participar en el detrás de cámaras de
una producción, “es mi sueño al igual que el de todo artista”,
también en sus planes está viajar a la Ciudad de México y probar
suerte buscando oportunidades nuevas de trabajo, y siempre
ha querido trabajar en una revista como directora creativa,
llevando al mando el tema de cómo se vería dicha revista, el
estilo de fotografías que tendrían, las pasarelas, el maquillaje, etc.
Fotografía por Daniela Torres
@tiadonalddani

ENERO 2022 21

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GRACE

Gra-c es una marca de moda
100% mexicana creada por
Grace Elizondo, una estudiante
de la Licenciatura de Artes
Visuales.

ELIZONDO G

POR: EVA MARIANA GARZA BANDA

race Elizondo es una estudiante de 22 años que
actualmente cursa la Licenciatura de Artes
Visuales y anteriormente culminó sus estudios en la preparatoria técnica de Diseño y
Proyección de Moda. Su primer acercamiento
con las artes visuales fue cuando era muy pequeña
gracias a su mamá, ya que es una artista visual que
trabajaba realizando exposiciones y daba clase de
pintura a niños, por lo que siempre se le fue inculcado el arte.

Creó “Gra-c” a sus 18 años, a través de su pasión por
el arte y la moda para incorporarse al mundo del
emprendimiento con su marca propia, en la cual se
dedica a intervenir prendas con diseños personalizados para su venta en Instagram y Facebook. Fue
establecida con el objetivo de comenzar a generar
ingresos para en un futuro establecerse de una manera más formal y poder distribuir sus productos con
un alcance más amplio y llegar a más consumidores.
Sus diseños destacan con la técnica de tie-dye, el
cual se basa en un proceso en el que la tela se anuda
y después se tiñe con distintos colores dependiendo
el diseño que se quiera lograr, además, de incluir
detalles únicos para diferenciarse de la competencia.

REDES SOCIALES
Instagram:
@graceelizondo
@gra_cmx
Facebook:
/gracedesign21/

Su marca se identifica completamente con
el arte experimental porque le gusta hacer
cosas distintas e innovar, además son aspectos diferenciadores que la definen como
emprendedora; pero su pasión por este tipo
de intervención originalmente comenzó
cuando cursaba la preparatoria, ya que, sus
compañeros y profesores siempre le recalcaban que destacaba por sus diseños por
ser más extravagantes, gracias a que suele
combinar materiales como plástico, luces
led, texturas y colores, para tener resultados
increíbles.
Para la confección de las prendas que encontramos a la venta, Grace suele comprar prendas básicas (blancas y negras)
en distribuidoras y después intervenirlas
jugando con los dobleces de los textiles y
con colores para generar diseños e integrarlos a su stock cuando esté satisfecha
con los resultados, además, suele realizar
bocetos cuando tiene alguna idea en mente,
para después hacer el proceso creativo de
una forma más organizada y precisa, pero
incluso aquí no descarta la experimentación, ya que, el diferente uso de materiales
le trae distintos resultados y tiene que ver
con cómo se comportan los pigmentos con
los textiles que utilice. Dentro de su tienda online podemos encontrar productos
como, t-shirt, crewneck, hoodies, conjuntos unisex y aretes, aunque sus productos
no acaban aquí, Grace maneja otra marca
llamada “GP Shop” (@gra.c.e.p en Instagram), donde encontramos fundas, termos
y tazas personalizados con resina al gusto
del cliente.

¿Cómo funciona Gra-c?
Es una marca completamente manejada
por ella, ya que como se mencionó anteriormente, ella realiza sus diseños a mano,
además de que cuando estaba en la preparatoria tomó un curso de modelaje y hoy
en día es representada por “ONAVA the
agency” que es una agencia de modelaje
ubicada en Monterrey, por lo que ella es la
modelo de su propia ropa, y su hermano es
el fotógrafo de esta misma, además de tener
su participación como modelo dentro del
emprendimiento.
En un futuro, Grace espera estar en pasarelas, donde los diseños y las confecciones que realice sean más formales y poder
posicionar su marca en el mercado. Además, que conforme vaya creciendo como
persona, su negocio evolucione junto con
ella, para realizar nuevos diseños con una
nueva perspectiva.
Grace nos cuenta que emprender ha sido
una experiencia que tiene altas y bajas, donde es de suma importancia el ser constante
y no decaer, ya que como todos los negocios, pueden haber meses buenos y malos
donde las ventas no son como uno desea,
pero esto no influye en que debes detenerte
con tu emprendimiento, al contrario, debes
usarlo como una motivación de crecer y
ser mejor. También nos dice que el trato
con el cliente es algo muy importante, pero
también te debes proteger a ti mismo como
emprendedor, por ejemplo, en su caso al
realizar prendas pintadas a mano, la forma
de compra es bajo pedido, por lo que ella
suele pedir un anticipo, para la compra
de los materiales que va a utilizar, de esta
manera se protege de que, si llega a haber
alguna cancelación o algún imprevisto, ella
no pierda recursos.

Para un emprendimiento exitoso,
el mejor consejo es no decaer y ser
constante. Entiende a tus clientes
y haz de tus experiencias una
motivación para crecer.

22 ENERO 2022

ENERO 2022 23

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Ó INE N T O

Redes sociales:

POR DIEGO AREF REYES HERRERA

INSTAGRAM
@betoibarra

FACEBOOK

@BetoibarraPhotographer

WEB

betoibarra.com

¿

Por qué elegiste la fotografía?
Es algo que viene de familia, siempre
estuve interesado en la fotografía desde que recuerdo, vengo de familia de
productores audiovisuales, mercadólogos, marketing, siempre ha sido parte de mi día a día.

¿Cómo fueron tus primeros pasos en la profesión?
Tengo dedicándome a la fotografía 10 años, si
bien viene de familia nunca se me obligó a dedicarme a ello y mi primer contacto con ello fue cuando
tenía 16 años, iba a los campos de fútbol americano,
le tomaba fotos a los jugadores y las editaba para después venderselas a sus papás, fue como mi primer
contacto con la fotografía como forma de trabajo,
siempre vi la foto como un método de ingreso antes
de verlo como un arte.
24 ENERO 2022

¿Qué fotógrafos te han influenciado?
Pedro Meyer, no sé si podría ponerlo en las palabras correctas, pero viendo su trabajo fue como me
enamoré de la foto, eso fue lo que me abrió los ojos.
¿Cuándo no hay inspiración qué haces para recuperarla?
Siempre he dicho que la falta de inspiración es
para principiantes, para una persona que depende
completamente de hacer arte, la falta de inspiración
es un lujo que no te puedes dar, cuando no hay inspiración sigues procesos para sacar adelante el jale,
la falta de inspiración no es una excusa para dejar de
producir.
¿Qué es lo que más te gusta de fotografiar?
Me gusta la fotografía como forma de expresión
y me gusta que puedo vivir de esto, es lo que amo

Fotografía por Beto Ibarra

Entre el romance, las historias y la
fotografía, tenemos a Beto Ibarra,
un fotógrafo que toma preciados
momentos de la vida de las personas
para hacerlos permanentes en la
historia, logrando con ello hacer
tangibles las memorias de una vida

hacer y es en parte lo que amo de hacerlo, que me
permite muchas cosas, viajar, conocer, aprender.
¿Cuál es el secreto detrás de un buen retrato?
La luz, pues la fotografía es luz y composición,
primero composición y luego luz, yo primero compongo y luego expongo, un buen retrato tiene que
transmitir, hay un dicho de Helmunt Newton que
dice “Mi trabajo como fotógrafo de retratos es seducir, encantar y entretener” ese es el verdadero trabajo
de un fotógrafo.
¿Tienes algún hobby que complemente tu profesión?
La fotografía análoga, los procesos de revelado y
ampliación.
¿Qué consejo le darías a los que recién empiezan
con esta profesión?
No le hagas caso a los profesores de la Facultad,
en cuanto a que hacer sociales va a demeritar tu trabajo, pues generar dinero de este trabajo no es malo,
no te creas hijo de Dalí, vive de lo que amas hacer.

Fotografía por Beto Ibarra

FOTOGRAFÍA POR BETO IBARRA

IBARRA

Fotografía por Beto Ibarra

BETO

ENERO 2022 25

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MARIO

COBAS

Te presentamos a Mario un productor
audiovisual y sonidista, que ha
trabajado con grandes productoras
como Amazon Prime Video.
POR: ALDO SAÚL ALFARO PEÑA

¿Cuál fue tu primer acercamiento con el mundo audiovisual?
Yo venía saliendo de estudiar medicina, no era realmente una
carrera que me estuviera llamando la atención y en este proceso
de entrar a estudiar algo diferente fue que entré a la Universidad
de Guanajuato en la carrera de Animación y Arte Digital.

Todo llega cuando tiene
que llegar, y no me
refiero que no hay que
esforzarse, al contrario,
uno debe luchar todos los
días de su vida el doble
de tiempo para poder
conseguir lo que uno
quiere.”.
26 ENERO 2022

En esa carrera vi cosas de diseño, ilustración, historia de arte
y fui aprendiendo cosas muy amplias. Durante ese período una
compañera me invitó a hacer un corto para el Festival de Cine de
Guanajuato en la categoría de Identidad y Pertenencia. Dentro
de la categoría se tenía 6 meses para hacer un documental que
tratase sobre cosas características de la zona. Lo que el festival
hace es darnos un coacheo con personas muy padres de la industria cinematográfica. Tuvimos a uno de los coloristas de La
Reina del Sur (2011), Juan Carlos Rulfo, director del documental
¡De Panzaso! (2012), entre otros que nos estuvieron asesorando
y apoyando.
Yo entré haciendo sonido, pero después otra persona lo hizo
y me fui a la edición donde ahí sí edité todo el documental. Me
encargué de las entrevistas y después de la edición. Hice un poco
de producción y co-dirigí el documental. Fue un proyecto muy
padre, estuvimos alrededor de 19 festivales, entre ellos el festival
de Cannes. Después de esto me fui a San Antonio a trabajar en
un cortometraje que me sirvió para conocer a más gente de allá.
Ese fue el momento en que descubrí que quería dedicarme a hacer cine, que realmente me llenaba de contar historias. Todo esto
fue muy cercano a mi entrada a la Autónoma de Nuevo León
porque justamente cuando el documental gana en Guanajuato
yo iba a entrar a propedéuticos de Producción Audiovisual. Falté

la primera semana para presentar el documental al festival, después hablé a la Uni y me dieron una prórroga para no ir la primera semana, pero me tenía que presentar a propedéuticos el lunes
y el domingo se hacía la premiación; ese día ya no pude asistir.
¿Qué historias son las que te gusta contar?.
Tengo un recuerdo muy presente de un maestro que me decía
“cada vez que contamos una historia estamos tratando de sanar
algo que está dentro de nosotros”, y la verdad es cierto. Yo fui paramédico durante mis estudios en Monterrey justamente para
solventar mi carrera y es algo que me permitió conocer muchas
historias y también ayudarlas. En la Cruz Roja siempre nos dijeron que no debes involucrarte con las historias de las personas
porque psicológicamente no es sano para el paramédico, pero
yo lo hacía.
Siempre he estado muy cerca del documental, muy cerca de
las historias que a la gente le sucede; un poco esta tragedia, esta
injusticia. El último proyecto que hemos estado desarrollando
junto a Roberto Goe y Valeria es sobre la historia de una nota
roja que vi de un gran amigo mío, Carlos Jiménez, donde salió
la muerte de un niño. "Salón Pezina" (2016) tiene ésta esencia de
antaño, gente que quiere contar algo, adultos mayores que viven
gran parte de su tiempo en una cantina y que son personas un
poco olvidadas. "El Guardián" (2015) fue el primer documental
que hice, Av. Aztlán (2017) que fue para el reto Doctubre MX
habla sobre la revista y toda ésta avenida emblemática del norte
de la ciudad de Monterrey que también tienen muchas historias
que contar.
¿Cómo ha ayudado en tus proyectos conocer del mundo de la
dirección, el sonido, el arte digital y la medicina?
El ser paramédico me ayudó a poder ser más empático, a saber escuchar y poner atención, sin embargo también me ha ayudado en otros aspectos, por ejemplo, en éstos días trabajando en
la serie que estoy ahora, había una escena de un niño en un hospital, entonces el equipo de arte me pidió ayuda para truquearlo
y así la escena se viera creíble. En una película a un personaje le

daban un balazo en la cara, entonces uno de los actores me pide
asesoría para saber cómo el cuerpo reaccionaría e inclusive apoyé al equipo de arte para cuestiones del maquillaje.
Por otro lado, cuando estudié animación y arte digital vi mucho de diseño, de edición, todo este tipo de cosas de Photoshop e
Ilustrador. Yo abrí un pequeño negocio de rotulo, vinil, playeras
con serigrafía, sublimación y de más y justamente en un proyecto pasado en el área de arte salió un chico positivo de COVID
y tuvieron que aislar a todo el equipo y como no había nadie
de arte gente del equipo de producción tomó roles de arte para
decorar. Me tocó rotular un vehículo para que se volviera una
patrulla, días antes los ayudé a poner viniles en un vidrio y empecé a explicar cómo hacerlo. Yo creo que todo lo que uno va
viviendo, haga lo que haga, va nutriendo y hace que uno aprenda porque el cine es vivencial, entonces, cualquier cosa que uno
haga nutre para poder hacer eso.
El sonido me ha regalado muchísimas cosas; me ha regalado
el poder tener una conciencia más a detalle del entorno, ser más
consciente de los ruidos, pues las aves que hay en CDMX no son
las mismas que hay en El Bajío, Guanajuato, de donde soy. Me
ha permitido una conciencia más auditiva para poder entender
estos procesos del cine y nutrir las historias. Por ejemplo en Zafra (2018), que se grabó en San Luis Potosí, habla de la quema de
la zafra, entonces era escuchar víboras, conejos corriendo por el
calor de la quema de la maleza y es encontrar otros ambientes, el
fuego, los golpes del machete contra la caña. Era tratar de encontrar todas estas esencias de un pueblo que está sumido en una
situación religiosa, por eso encontramos murmullos de iglesia.
Creemos que el cine es 50, 50 “la fotografía es lo más importante”
y los fotógrafos se lo creen.
El sonido también importa, pero no sólo es eso, es el arte que
vemos; cómo está adornada la locación, el vestuario, la actuación, incluso muchos departamentos que no contemplamos: los
continuistas, el departamento de alimentación, drivers, la gente
de limpieza que tienen todos los sets en orden.
ENERO 2022 27

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Por: Amazon Prime Video

Proyectos en los que ha trabajado Mario

Mario Cobas trabajando con el
actor Chris Ramos en el set de
El Juego de las Llaves.

No es que uno sea más importante que otro; somos un equipo,
un cúmulo de personas con un mismo objetivo.
¿Qué tipo de proyecto es en el que te sientes más cómodo?
Creo que lo que hace que un proyecto sea cómodo es la gente con la que colaboras; afortunadamente trabajo con una casa
productora con la que llevo un par de años y los proyectos los
hacemos con la misma gente.
Entonces para mí es muy cómodo estar haciendo estos proyectos con ellos. Somos gente muy cercana que hemos pasado
buenas y malas. Vivimos en Cancún 3 meses para hacer el Juego
de las Llaves (2019), pasamos navidad, año nuevo y mi cumpleaños juntos, ahora vivimos en Cancún otro mes para hacer otra
película.
Lo que me hace sentir cómodo es trabajar con la gente que
quiero, que me apoya, que está el uno para el otro sin distinguir
que eres de un departamento u otro. El cariño es realmente lo
importante. Hacer ficción no me daría mucha comodidad porque no me siento tan capacitado para hacerlo, hacer documental
28 ENERO 2022

sí, siempre investigo y genero mucho material, el problema es
editar y porque me cuesta mucho trabajo ir cortando partes de
las historias que siento importantes, pero que no caben dentro
de esta parte del documental. Me siento muy cómodo haciendo
sonido ahora, siendo operador de boom, o microfonista; ya sea
película, serie, cortometraje, documental, realmente en todas me
siento muy cómodo, en cada proyecto aprendo cosas diferentes y
se nutre no solo de técnica, sino de las historias que uno cuenta.
¿Cómo has sentido el salto de dirigir algo escolar como Salón
Pezina (2016) a ahora trabajar en proyectos de Amazon Prime
como El juego de las Llaves (2019)?
Es un salto impresionante, la verdad no pensé llegar a éste
punto y hacer lo que hago ahora. Cuando uno está en la escuela
uno tiene llamado para hacer un corto de 3 días, 6 hrs, 8 hrs. Acá
es trabajar de lleno, 12 hrs al día durante 6 días a la semana, por
ejemplo. Cuando estábamos en la escuela era como jugar a hacer
cine y de pronto te das cuenta que acá ese jugar ya no existe,
realmente lo estás haciendo. Es un proyecto que terminará en
una plataforma de Amazon, HBO, Netflix o tendrá salida a algún
festival; empiezas a tomarlo con mayor seriedad.

Hace unos días estaba pensando “estoy jugando a hacer cine”
y no jugando en el mal sentido, sino que estoy haciendo algo
que me gusta y me parece divertido venir todos los días a un
llamado, y de pronto son 5 semanas de levantarte a las 5 am
para llegar a tu llamado o tener llamados nocturnos de 12 hrs.
Sí es pesado físicamente, pero lo disfruto mucho; disfruto hacer
lo que tengo que hacer. Algunos días es estresante y me quiero volar la cabeza porque estamos grabando en una locación
que es muy ruidosa, pero son los retos que implica el trabajo.
Si pudieses darle un consejo a Mario que recién va adentrándose
a la industria audiovisual ¿qué le dirías?
Que no deserte; que hay que tener mucha pasión, muchas ganas y no dejarte caer por ninguna cosa. Ser tenaz, ser paciente.
Hace 1 año estuve a punto de dejar esto porque venía la pandemia y entre otras cosas, pero afortunadamente ahora estamos
bien, las cosas están saliendo como debían salir y estoy haciendo
proyectos, hay trabajo, pero hace 1 año no lo pensaba.
Roberto Fiesco fue la persona que me trajo a este mundo y

gracias a él he podido lograr muchas cosas, alguna vez me lo
dijo “el cine es para le gente que aguanta”. Ésta es una carrera
de paciencia y aferrarse mucho. Yo decía que es muy fácil para
ellos que toda su vida han trabajado de esto, pero ahora que lo
estoy haciendo, sí, es de eso, de mucha tenacidad, de aguantar las
buenas y aguantar las malas. Todo llega cuando tiene que llegar,
y no me refiero que no hay que esforzarse, al contrario, uno debe
luchar todos los días de su vida el doble de tiempo para poder
conseguir lo que uno quiere. Eso le diría a mí, Mario, no desertes, sigue luchando, no pierdas la esperanza, en algún momento
se va a conseguir y aun así me lo sigo diciendo porque no he
llegado a donde quiero estar, pero voy en ese camino.
¿Algún proyecto futuro que te gustaría realizar?
Sí, hacer mi corto de ficción; tener todo lo que necesito, la sabiduría y conocimiento para poder contar esa historia y se vuelva
una muy bonita y pueda quedar satisfecho con ella. Todos los
proyectos que vengan de hoy en adelante son trabajos que educan, que dejan. El sueño de seguir creciendo, seguir trabajando
con la gente con la que colaboro, verlos crecer y como van siendo
mejores junto con uno; realmente todo lo que venga es un gusto.
ENERO 2022 29

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BERE
ENTREVISTA A

JARAMILLO

Berenice Jaramillo es egresada de la
Facultad de Artes Visuales, actualmente
trabaja como fotógrafa profesional
en su propio estudio, Paralelo Studio,
dónde realiza trabajos de fotografía
comercial y artística.

POR FRIDA GARCÍA

¿Desde cuándo trabajas con la fotografía y cómo describirías tu
trabajo?
Llevo más o menos como 6 años dedicándome más de lleno a la
fotografía, hago mucha foto comercial para empresas y negocios,
lo que se conoce como fotografía de producto y todo eso todo
ese tipo de fotos, lo que me gusta también, es ofrecer foto retrato
pero más como retrato creativo, en donde de repente bailarines,
actores, actrices me contactan. Me gusta hacer las sesiones más
personalizadas y con cierto estilo.
Trato de hacer fotografía variada porque también soy una persona que luego me aburro de estar haciendo lo mismo, entonces
me gusta que de repente venga una persona interesada en retratos
y luego un negocio para fotos de sus productos, entonces por ahí
andando variándole un poco en esos 2 ámbitos de la fotografía.

POR: BERE JARAMILLO

¿En qué contenidos te basas para usarlos como inspiración?

¿Cómo describes el lado creativo del tipo de fotografía que manejas?
Creo que que al final siempre dejas algo de ti y lo que te gusta
en las fotos, por más que sea un cliente y te pida algo específico,
uno siempre termina plasmando un poco de sí en lo que hace y
ahí es donde por lo regular meto el querer hacer un poco más de
dirección de arte, me gusta siempre proponer algo más a las ideas,
agregarle esta parte más creativa, props, un poquito de diseño de
color, texturas y demás.
Entonces, creo que eso es como mi aportación, a veces se puede, a veces no, porque sobre todo en la foto comercial, es más
cuadrado todo pero digamos que es como mi manera de plasmar
lo que me gusta por el lado de dirección de arte.
¿Consideras que el diseño de producción es fundamental en tus
fotografías?
En mi caso, tuve la oportunidad de trabajar en un par de películas, bueno ya en 3 películas y series, en las cuales su producción
es más estilo cine y ahí me di cuenta de la importancia de la dirección de arte, yo no había tenido como ese acercamiento en la fotografía, lo vine a conocer en el cine o las series y bueno, por qué
no llevarlo a la foto, ahí descubrí la importancia de la dirección de
arte y cómo éste es el que he querido plasmar siempre, pero definitivamente es importante para el estilo de foto que yo hago, yo
sigo aprendiendo, tratando de conocer más de los procesos, pero
sí creo que enriquece muchísimo a la fotografía la dirección de
arte y al final pues también es parte de hacerlo muy diferenciador.

Bueno, cuando yo estaba en la facu, me enamoré del cine, allí
descubrí lo bonito que es el cine y realmente eso es como mi mayor fuente de inspiración, lo audiovisual en general, me encanta
estar viendo imágenes de otros fotógrafos, que no tengan precisamente que ver con foto comercial y creo que la música, sobre
todo los soundtrack de las películas, creo que también es común
que me inspiren a estar creando cosas, voy tomando elementos
que me gustaría plasmar en mis trabajos, como los ambientes; por
ejemplo, del cine me gusta ver y analizar, la dirección de fotografía
y la dirección de arte, más allá de la historia, me quedo con estas
imágenes, entonces, del cine, yo creo que se puede sacar mucho y
muy variado también, está padre.

A veces la pregunta
ideal es ¿qué no te
gusta?

Sabemos que cada sesión es diferente, pero en todas es necesario
un proceso creativo para que se decida el estilo, ¿Cuál es tu proceso para decidir el diseño de producción de cada sesión?

Recomendarías algún curso o libro a nuestros estudiantes
fotógrafos que quieren empezar a desarrollar mejor el diseño de
producción en sus trabajos.

Por ejemplo, la mayoría de las veces llegan los clientes sin saber
qué quieren, ni la menor idea de cómo expresarlo y tú tienes que
tratar de sacarlo, entonces a mí me gusta mucho platicar primero con los clientes, así sea para un proyecto de foto comercial, a
veces la pregunta ideal es, ¿qué no te gusta?, creo tiene mucho
que ver con conectar con las personas, hay algunas que te dejan
y hay otros que son más renuentes a contarte cosas, pero con un
cliente que se abre también se empieza a empatizar y es más fácil
hacer este proceso, luego para mí lo que sigue es buscar referencias, siempre trato de abarcar el estilo de iluminacion, el tipo de
encuadres, las posturas que se van a usar, si va a llevar muchos
productos, el tipo de productos, entre otros, con las referencias
ayudas a visualizarle al cliente lo que se puede lograr.

A mí lo que me ha servido para la dirección de arte en específico es ver behind the scenes, la verdad es súper padre ver cómo
construyen todo, sobre todo de películas, es súper enriquecedor,
también el analizar las fotografías, pensar cómo crees que se haya
hecho el diseño de producción, viendo las sombras, los reflectores, es un ejercicio muy interesante.

Ya que te lo validan, empieza la parte fea, que es la cotización y
pues ahí ya empiezas a adaptarte, pero creo que para que te acepten una cotización, depende justo de esa conexión con el cliente.
Como freelancer en Paralelo Studio, ¿cómo es el proceso en el caso
de tu trabajo con clientes, ¿qué tanta influencia tienes con ellos en
el diseño de producción y/o estilo en las fotografías?

Ver fotos o ver películas y preguntarte cómo lo habrán hecho,
es cómo hacerte consciente del trabajo que conlleva una producción en general y eso te va a hacer también más consciente de
lo que conlleva tu dirección de arte, entonces creo que es lo que
más me ha ayudado a mí. Sí recomiendo que de ser posible, te
acerques a un director de arte y le digas ¿puedo ser tu ayudante
o tu asistente?, porque eso es súper enriquecedor, a mí me tocó
asistir a directores de arte en algunos comerciales y lo que aprendí
en ese momento fue más valioso de lo que hubiera aprendido en
cualquier libro o curso, porque ya es del mundo real, enfrentarse
a la presión del tiempo, de un director y el pensar cómo resuelvo
lo que me piden, te las ingenias en resolver las cosas en 2 segundos porque no queda de otra y es importante llevarlo a práctica.

Yo creo que al final, todos los fotógrafos siempre terminamos
influenciando un poquito a los clientes y al final también por eso
te escogen, porque esperan cierta calidad, cierto tipo de luz, cierto
tipo de retoque de fotos, lo esperan aunque no estén conscientes
de esto, entonces es inevitable no dejar un poco de tiempo en las
fotos, de tus gustos personales, del estilo de tu forma de ser, de
retoque y de tu servicio al cliente también, entonces es la conexión que tú formas con los clientes y muchas veces los clientes
te buscan por eso.

POR: BERE JARAMILLO

30 ENERO 2022

ENERO 2022 31

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EJIDO

Para esto han comenzado a realizar fotografía documental de
ciertos espacios para así, tener un archivo regional de Linares.
Otra manera de su recopilación de archivo, es realizando memoria oral (entrevistas) a personas que han habitado ciertos lugares, o que saben de términos constructivos e incluso a quienes
tienen un negocio establecido, de esta manera van evidenciando
cómo ellos mismos van construyendo su propio espacio. Dicho
esto, han abarcado tanto el centro histórico de la ciudad como
las periferias sin registro alguno.

DOCE

Por: Ejido Doce

Ya para terminar, muchos de la comunidad saben sobre su
proyecto ya que es necesario comentar sobre él y pedir autorización para el registro de fachadas de casas, tiendas, mercados etc.
Y a los mismos habitantes les da la emoción el saber que jóvenes
se interesen sobre recaudar la memoria del pueblo.

Dupla de la reconstrucción
memorial-patrimonial.
POR: GRACE ELIZONDO

E

32 ENERO 2022

Por: Ejido Doce

No cabe duda que recaudar el archivo tiene sus dificultades
dependiendo el sitio que les gustaría documentar, y con quién
se acerquen a preguntar. El encargado de la Fototeca de Linares,
las ha apoyado mucho, debido a que cuenta con archivo donado de los mismos habitantes. Sin embargo, en el caso de alguna
casa deshabitada es más difícil encontrar; ¿Quién la construyo?
¿Cómo era por dentro? ¿Quiénes vivieron ahí?, a pesar de eso,
siguen en proceso de llegar a documentar toda esa información.
De esta manera el objetivo de su proyecto es ayudar a las personas a rememorar sus espacios. Pretenden llegar principalmente
a las personas de su comunidad, ya que al final del día quienes habitan los espacios son los que pueden tener empatía en estos sitios
y son ellos mismos los que lo transforman. De igual manera les
gustaría que personas de otros estados o países vean el proyecto.

El teatro Benítez - Por: Ejido Doce

Daira E. Cruz Durán
Fundadora de Ejido
Doce

Redes
Sociales:

_
INSTAGRAM
ejidodoce

Por: Ejido Doce

Consejos para quienes deseen
desarrollar un proyecto
_
1
“Si desean investigar sobre su comunidad,

es bueno entrevistar a una persona mayor”. –
Daira Cruz

_
2

Miriam I. Amaro
De León
Fundadora de Ejido
Doce

ranchos y de esta manera para tener un mejor futuro y continuar
con sus estudios, emigran a la ciudad, de esta manera conlleva a
un abandono de patrimonio.

“Deberían apoyarse entre los proyectos, si
tienen fines en común, es bueno apoyarse
entre colegas”. – Daira Cruz

_
3
Por: Ejido Doce

jido Doce es un proyecto de mujeres Linarenses de
investigación-creación, conformado por dos Artistas Visuales de la UANL, con muchos intereses en
común y muy unidas a su comunidad donde habitan; Linares Nuevo León.
Daira E. Cruz Durán se dedica a desarrollar trabajos de investigación-creación con base en la historia y memoria de acontecimientos de la comunidad donde vive (Linares). Los medios
a utilizar en sus producciones son muy diversos, entre esos son;
textiles, fotografía documental, archivo, video y audio.
Miriam I. Amaro De León, en un principio su producción
se enfocaba en los procesos de despojo (segregación social del
espacio) especialmente en el archivo de la Ciudad de Monterrey, por un contexto familiar. Su principal objetivo es el saber
¿cómo se recuerda un espacio que ya no está?; sus medios para
trabajar son: la fotografía de arquitectura, archivo documental y
el bordado como proceso íntimo.
Debido a sus intereses de reconstruir la memoria de lugares donde han habitado, en el 2018 comenzaron a formalizar su
proyecto Ejido Doce en donde “Ejido” es el lugar donde vivieron
su infancia y “doce” es el año (2012) en que se conocieron, la
investigación que realizan tiene un enfoque de la preservación
patrimonial en donde el archivo recopilado (escritos, fotografías, entrevistas, video, audio, planos, entre otros) se transforma
en una producción y de esta manera se le da difusión a la documentación encontrada.
Este proyecto surge a partir de sus experiencias en un hábitat
rural y la pérdida de sus costumbres, con la inquietud de ¿cómo
salvar esos recuerdos?.
Si las construcciones no se registran no serán encontradas y
prácticamente no existirían. Buscaron ciertos sitios en google
mapas, pero al ser un espacio pequeño, no aparecen. La razón
del porque hay casas deshabitadas es porque hay familias donde
los abuelos o papás, vienen de un contexto rural; de ejidos, de

“Cree en lo que estés haciendo, cree en tu
proyecto, sigue trabajando en él, si es necesario regresar al principio para encontrar la
línea de él, hay que hacerlo, no entristecerse
si no saben el camino a donde van”. – Miriam
Amaro

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Muertxs de harte

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@muertxsdeharte

Logo Muertxas de Harte

Fotografía tomada por el colectivo Muertxs de harte

HARTE PARA HARTISTAS

Fotografías tomadas por Emmanuel Morales

PRIMERA EXPOSICIÓN

“MUERTXS DE HARTE”
El Expendio dió lugar a la primer exhibición colectiva que llevó como
temática la precariedad artística
POR: EMMANUEL MORALES

M

uertxs de Harte es un colectivo reciente conformado por Luz Posadas, Valeria Miranda y
Kiwi Zanahoria, el cuál nace por la unión y la
necesidad de crear arte en compañía, dentro de
un mundo donde la incertidumbre artística y la
precariedad laboral abundan. Y a manera de bautizo, crearon su
primer proyecto en conjunto: una exposición que lleva el mismo
nombre del colectivo.

El evento tuvo lugar el pasado sábado 25 de septiembre en ElExpendio, ubicado a unos cinco minutos de la estación Edison de
la línea 1 del metro de Monterrey, en donde se presentó la obra de
más de 20 artistas y tendrá permanencia de una semana, siendo el
próximo sábado 2 de octubre su cierre.
“La precariedad artística como una experiencia de incertidumbre económica y profesional, el uso de materiales baratos, reciclados, perecederos y de uso cotidiano como alternativa a los medios
tradicionales” fue la temática del mismo.
34 ENERO 2022

Fotografía tomada por el colectivo Muertxs de harte

Cartel de inauguración

Las artistas que lo conforman nos mencionan que le dieron vida a este proyecto
debido a la incertidumbre del ser artista
en México, el cómo puede ser un privilegio exponer o incluso como ciertas formas
y expresiones artísticas no encajan completamente con ciertas plataformas o en donde
la mayoría de las convocatorias de arte cobran para aplicar, es así como del hartazgo y
la frustración optaron por crear esta nueva
plataforma para todas aquellas personas que
se sientan igual que ellas.

Fotografía tomada por el colectivo Muertxs de harte

Algo que hizo realmente especial esta exposición, fue el hecho de que no es la típica
exhibición con todas sus piezas enmarcadas,
dentro de un espacio completamente ordenado y limpio, como si fuese algo “perfecto”,
sino que optaron por una estética más desgarbada, siendo un contraste a la pulcritud
que se suele ver en las galerías de arte. Con
su proyecto, el colectivo nos invita a conocer
y explorar las diferentes maneras del quehacer
artístico y de cómo se expone; lograron hacer
algo que va más allá de lo tradicional.
Fotografía tomada por Emmanuel Morales

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MIEMBRXS DEL

COLECTIVO:
KIWI ZANAHORIA:

Fotografía tomada por Emmanuel Morales

Se pudo encontrar una gran variedad de expresiones artísticas, que iban desde la fotografía,
el collage, la pintura, escultura o el dibujo hasta
el video-arte o incluso el arte-objeto; en donde
varias de las obras estuvieron a la venta. Además
de exhibir las piezas de los artistas seleccionados, durante el día de la inauguración también se
abrió un espacio para que algunos artistas vendieran
su trabajo en un mercadito de arte, donde hubo
un poco de todo: stickers, fotografías enmarcadas y sueltas, postales, fanzines, ilustraciones,
prints, prints en risografía, etc.
Próximamente saldrá a la luz un fanzine
elaborado por el colectivo que contará toda la
experiencia de esta primer exposición, es una
especie de documentación del evento, el cuál
sería recurrente en sus futuros proyectos. Las organizadoras nos comentan que es muy probable
que más adelante se hagan nuevas exposiciones
manteniendo la esencia de lo que fue esta primer
exhibición de “harte para hartistas”.

@kiwi_zanahori

Kiwi Zanahoria es una larva con alas, disfruta de sorber de la fruta podrida del
mesón estrella.
Vuela esperando encontrar basureros con
todo tipo de materias vegetales putrefactas, nuevos sabores y colores.
Empezó a morir de harte al caer en un
balde de desechos tóxicos, otorgándole la
necesidad de crear e incitar a que otras
moscas lo hagan.

VALERIA MIRANDA:

Valeria Miranda es una mosca muerta que
disfruta de pararse en los pescados de
muestra del mercado. Pasó su etapa larva en
el plato de carne y sobras para fieras del circo
Atayde Hmnos. Murió de harte cuando se
paró en una fotocopiadora y la aplastaron
con el texto “modos de ver”, imprimiéndola
para siempre.
@valeeria.miranda

LUZ POSADAS:

Fue un evento muy especial, lleno de personas talentosas que tienen mucho que decir y
que lograron hacerlo con lo poco que tienen a la
mano, presenciar esta primer exposición colectiva fue de cierta forma ver cómo los artistas vuelven a emerger de la tierra para declarar lo que
les pertenece: el arte y cómo hacerlo lejos de esta
estigma de que debe ser un privilegio hacerlo.

Luz Posadas es una mosca que le gusta
cortarse los pelos ella sola creyendo que
le van a quedar bien, también empezó a
picar más moscas para hacerles dibujitos
en su piel y sueña con morir de harte bien
morida para siempre algún día.

@luzposadas

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ENERO 2022 37

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                    <text>ISSN: 2954-453X
ENERO-JULIO. 2023 .VOLUMEN III, NO.4. PUBLICACIÓN SEMESTRAL

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Vol. 03, Núm. 04, Enero-Junio 2023

Desafíos Jurídicos

Sobre la revista
Desafíos Jurídicos Vol. 2 Núm. 3, Julio-Diciembre 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología. Dirección de la publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San
Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@
uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN
2954-453X, ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable
de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo
León, México.
Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura del editor de la revista Desafíos Jurídicos. Todos los artículos son de creación original del autor, por lo que esta revista se
deslinda de cualquier situación legal derivada por plagios, copias parciales o totales de otros
artículos ya publicados y la responsabilidad legal recaerá directamente en el autor del artículo. Se autoriza compartir, copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato; y de
remezclar, transformar y construir a partir del material, citando siempre la fuente completa.
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0 Internacional.

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Equipo Editorial
DIRECTORIO INSTITUCIONAL
RECTOR: DR. SANTOS GUZMÁN LÓPEZ
SECRETARIO GENERAL: DR. JUAN PAURA GARCIA
DIRECTOR DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGIA: MTRO. OSCAR P. LUGO
SERRATO
REVISTA DESAFÍOS JURÍDICOS
DIRECTORA: Dra. Amalia Guillén Gaytán
CORDINADOR: Dr. Mario Alberto García Martínez
CORDINADORA DEL NÚMERO: Dra. Karina Soto Canales
ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
ADMINISTRACIÓN DEL SITIO WEB: M.A. Daniel Vázquez Azamar
EDICIÓN TEXTUAL Y CORRECCIÓN DE ESTILO: María Alejandra Villagómez Sánchez
REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
COMITÉ EDITORIAL: Amalia Guillén Gaytán, Alberto Rojas Ríos, Alonso Martínez Arrieta,
David Emmanuel Castillo Martínez, Gina Jaqueline Prado Carrera, Humberto Sierra Porto,
José Luis Prado Maillard, Juan Ángel Salinas Garza, Julio Ortiz Gutiérrez, Lucio Pegoraro,
Luis Bustos, Luis Ferney, Mario Alberto García Martínez, Martha León Alonso, Mercedes
Iglesias Bárez, Michael Gustavo Núñez Torres, Mohammad H. Badii Zabeh, Rafael Estrada
Michel, Rodrigo Maldonado Corpus.
COMITÉ CONSULTIVO: Alicia Azzolini Bincas, Carlos Báez Silva, Carlos Ugo Santander,
Dealmy Delgadillo Guzmán, Edson Jesús Quindes James, Eloísa Quintera, Félix Guadalupe
Contreras Arguiropulos, Fernando Hernández Silva, Gabriela Carmona Ochoa, Héctor S.
Maldonado Pérez, Helio Iván Ayala Moreno, Hugo José Regalado Jacob, Joaquín Merino,
Juan Antonio Caballero Delgadillo, Livier Olivia Escamilla Galindo, Luis Gerardo Rodríguez
Lozano, Miguel Ángel Rivera López, Nancy Nelly González Sanmiguel.
ILUSTRACIÓN DIGITALDE LA PORTADA: M.A. Daniel Vazquez Azamar “Decisiones” ©2022

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Índice
ARTÍCULOS
10-23

Vivir o convivir: La disyuntiva en la era de la incursión de las tecnologías de
inteligencia artificial en la cotidianeidad
Juan Carlos Sánchez Aguirre (Universidad Internacional de las Américas UIA, Costa rica)

24-37

La categoría dogmático penal de la tipicidad, el principio de legalidad y los delitos
informáticos en la legislación ecuatoriana. Ciberseguridad y criminalidad informática
Alfredo Islas Colín y Marilyn Sarai Avalos Huesca (Universidad Central del Ecuador y
Universidad de los Hemisferios)

38-49

El constitucionalismo de la IA
Ariel Agramont Loza (Universidad Católica Boliviana)

50-77

El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período
2018-2022
Yarina Amoroso (Universidad de Ciencias Informáticas) y Jacqueline Guerrero (Universidad
Internacional del Ecuador)

78-93

Los retos actuales del derecho mexicano en materia informática y su legislación
como medio de prevención de controversias a futuro
Brenda Yamila Castillo Alvarado (Universidad de las Américas Puebla

94-107

Contribuciones para consolidar la carta peruana de derechos digitales
Katty Agripina Pérez Ordoñez (Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez)

108-121

El movimiento “rules as code” y el modelo “og”. a propósito de un espacio a mejorar
de modo acelerado
Olinda Beatriz Suárez Hernández &amp; José Guillermo García Murillo (Universidad de
Guadalajara)

122-137

Alcance del Trato de Nación más Favorecida (TNMF) y su aplicación en derechos
adjetivos, a partir de la interpretación de la Cláusula de Nación Mas Favorecida (CNMF)
en cada uno de los Tratados Base en los Tratados Bilaterales de Inversión (BIT).
Paola Stephania Muñiz Lupian (Universidad Autónoma de Nuevo León)

CRITICA JURISPRUDENCIAL
140-151

El impacto de la discapacidad dentro del divorcio sin expresión de causa a la luz
de lo resuelto por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al
conocer del juicio de amparo directo 12/2021
Napoleón Narváez Treviño (Universidad Autónoma de Nuevo León)

RESEÑA DEL LIBRO
154-159

Verdad, error y proceso penal. Un ensayo sobre epistemología jurídica (Larry Laudan)
Edwin Horacio Gracia Elizondo (Universidad Autónoma de Nuevo León)

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Presentación
Desafíos Jurídicos es una revista editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León a
través de la Facultad de Derecho y Criminología que tiene como objetivo difundir la ciencia
jurídica de actualidad como elemento estructurador de baluartes jurídicos que fortalecen el
Estado de Derecho y la Cultura de la Legalidad.
La sinergia entre la revista Desafíos Jurídicos y el Doctorado en Derecho, el cual es reconocido como un programa de calidad por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; contribuye a generar productos científicos de alto nivel, tendentes a la consolidación y fusión de la
docencia con la investigación científica.
El aporte de investigadores de reconocimiento tanto nacional como internacional contribuye
a satisfacer las necesidades más acuciantes de las sociedades del siglo XXI en especial a
las referidas con la administración e impartición de la justicia.
La Facultad de Derecho y Criminología comprometida con la sociedad neolonesa y del país,
se enorgullece de contar con una revista científica de formato digital que sirva de plataforma
en el desarrollo y difusión de conocimiento de impacto social que permee en las estructuras
de la sociedad en el mejoramiento de todos los ciudadanos.
Desafíos Jurídicos afronta el reto de ser una de las revistas jurídicas más importantes de
Latinoamérica.
Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

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Editorial
La Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informática (FIADI) fue constituida en el año 1984, con ocasión del “I Congreso Iberoamericano de Informática Jurídica”,
celebrado en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana entre el 29 de octubre y el
2 de noviembre de 1984. En dicha ocasión los Presidentes de las Asociaciones Nacionales
de Informática Jurídica adoptaron la decisión de creación de la FIADI con objeto de coordinar
sus distintas corrientes de actividades, tales como congresos y publicaciones.
Desde 1984 hasta la fecha la Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e
Informática (FIADI) ha desarrollado, casi sin interrupción, su actividad vinculada al Derecho
y las Tecnologías y se ha consolidado como una instancia de cooperación, intercambio de
experiencias y de generación, promoción y difusión de soluciones en torno a la Informática
Jurídica, el Derecho Informático y/o el Derecho aplicable a las Tecnologías de la Información
y la Comunicación, reconocida internacionalmente.
FIADI ha desarrollado una intensa actividad académica de formación y promoción de estas
temáticas mediante la organización de los Congresos Iberoamericanos de Derecho e Informática que suman a la fecha su versión XXIV, organizado en conjunto con la Facultad de
Derecho y Criminología de la UANL, los días 26 al 28 de octubre de 2022.
Con el tiempo y para el mejor desarrollo de sus actividades FIADI incorporó entre sus asociados/as a personas físicas, bajo el único requisito de estar vinculadas al estudio y desarrollo
del Derecho y las Tecnologías, situación que en la práctica ha hecho extender profusamente
la red en Iberoamérica.
Ahora bien, es menester señalar que en el 2010 organizamos el XIV Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, del 25 al 30 de octubre del propio 2010, también en la Facultad
de Derecho y Criminología de la UANL.
Ninguna persona en cualquier camino del aprendizajeprofesional, no podemos dejar de lado
el tema de tecnología, en lo individual es claro que la transformación digital ha jugado un
papel importante en los últimos años, y más aún en tiempos de pandemia por Covid 19 con
las diversas tecnologías disruptivas que hemos visto y utilizado, como lo vemos en gobierno
digital, justicia electrónica desde lo que hemos avanzado en la procuración e impartición de
justicia, con la pandemia. Ahora los retos son muchos, entre los que destacan: los llamados
derechos digitales, inteligencia artificial, robótica, metaverso, ciberseguridad, ciberacoso,

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violencia digital, evidencia digital y reglas de valoración, derechos humanos de nueva generación, temas que encontraras en la presente publicación, en la cual ofrecemos, las ponencias aceptadas en el XXIV Congreso, esperando que sea de utilidad para todas y todos.
Dra. Myrna Elia García Barrera
Presidenta del Comité Organizador
Ponencias presentadas en el XXIV Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática, que organiza la FIADI y la Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad
Autónoma de Nuevo León, México (FACDYC – UANL), 26, 27 y 28 de octubre del año
2022.

�Fotografía Plate6 por Daniel Vázquez Azamar

Artículos

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Juan Carlos Sánchez Aguirre (Universidad Internacional de las
Américas UIA)
Vivir o convivir: La disyuntiva en la era de la incursión de las
tecnologías de inteligencia artificial en la cotidianeidad. pp. 10-23
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
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Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
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Vivir o convivir: La disyuntiva en la era de la
incursión de las tecnologías de inteligencia artificial
en la cotidianeidad
Living or coexisting: The dilemma in the era of the incursion of artificial intelligence
technologies into daily life
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023

Por: Juan Carlos Sánchez Aguirre*

* https://orcid.org/0000-0002-3644-117X
Universidad Internacional de las Américas UIA, Costa rica

Resumen. La frecuente interacción entre las personas y las nuevas tecnologías inteligentes
ha hecho que a diario se delegue todo tipo de tareas a éstas. Muchos han ido creando una
dependencia creciente y ésta se ha normalizado al punto de ser imperceptible y hace que las
personas estén renunciando a convivir de manera presencial con las demás para pasar más
tiempo con estos sistemas. Este trabajo trata sobre esta nueva realidad y procura descubrir
si esta interacción nos está apartando del goce de un derecho fundamental emergente, el de
poder estar con nuestros semejantes y pretende evidenciar la necesidad de protegerlo. Esto se
hizo mediante la lectura de publicaciones sobre salud mental, robótica e inteligencia artificial,
así como el estudio de normativa internacional, análisis de doctrina y entrevistas a personas
expertas en tecnología, psicología y derechos humanos. Un propósito secundario es que las
personas lectoras tomen conciencia de que las nuevas tecnologías son un punto vértice donde
concurren una serie de afectaciones a nuestros bienes jurídicos para generar debate académico, y concluye con una sinopsis analítica de la investigación y con un conjunto de recomendaciones sobre los principios con los que se debe de tratar el tema en lo subsecuente.
Palabras clave: robótica, inteligencia artificial, salud mental, convivencia humana, derechos
emergentes, derechos humanos.
Abstract. The frequent interaction between people and new intelligent technologies has meant
that all kinds of tasks are delegated to them daily. Many people have developed a growing
dependency, and this has become normalized to the point of being imperceptible and they are
giving up social coexistence to spend more time with these systems. This research deals with
* Costarricense, licenciado en derecho por la Universidad Internacional de las Américas (UIA), magíster en derechos humanos
y en educación para la paz por el Instituto de Estudios Latinoamericanos de la Universidad Nacional (IDELA), profesor de la
Escuela de Ingeniería Industrial de la Universidad de Costa Rica (EII-UCR).

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this new reality and seeks to discover if this interaction is separating us from the enjoyment
of an emerging fundamental right such as being able to be with our fellows and aims to make
evident the need to protect it. All this was done by studying articles and publications on mental
health, robotics, and artificial intelligence, as well as analyzing international law, doctrine, and
interviewing experts in technology, psychology, and human rights. A secondary purpose is that
readers become aware that new technologies are an intersection point where our rights concur
to generate an academic debate and concludes with an analytical synopsis of the research and
with some recommendations on the principles with which this issue should be treated in the
future.
Keywords: robotics, artificial intelligence, mental health, human coexistence, emerging rights,
human rights.

NOCIONES CONCEPTUALES
El título de esta investigación llama la atención
porque nos lleva a reflexionar sobre el hecho
de que los seres humanos no somos criaturas
que vivimos, sino criaturas que convivimos.
Así las cosas, el simple enunciado de la existencia nos podría llevar a un debate filosófico
interminable de si sólo los seres vivos existen
o si las cosas inanimadas también tienen una
existencia - si interpretamos ésta como la simple condición del estar.
Para las personas de habla inglesa este tipo
de discusión está más relacionado con la realidad construida mediante la palabra, ya que
para ellas el verbo to be es un concepto dual
donde se juntan el ser y el estar en un solo vocablo. No obstante, para los de habla castellana, el ser y el estar son dos cosas distintas y
es aquí donde se da un debate ontológico que
podría ser inacabable. En palabras más sencillas y para no hacer de este apartado algo
innecesariamente extenso, podemos afirmar

que el ser es una existencia que tiene que ver
con la vida y el estar puede ser simplemente
la presencia física de algo.
Basados en lo anterior, podemos decir que
la existencia nuestra se afirma y confirma
mediante la convivencia con otros semejantes que sepan que estamos aquí y ahora, sin
importar las cosas de las cuales estamos rodeados y que no poseen vida. No obstante,
este convivir no debería dejarse sin observar
y regular porque, como veremos, la revolución
tecnológica nos está llevando hacia una interacción cada vez más frecuente con solamente adminículos (gadgets), artefactos inteligentes y sistemas dinámicos programados (como
software complejo y aplicaciones populares,
apps) que nos hacen compañía o que, en el
mejor de los casos, fungen como mediadores
con otros seres humanos.
En junio de 2012, un chatbot (programa informático diseñado para charlar con un sistema) de nombre Eugene Goostman logró
superar la prueba de Turing de manera que

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hizo que más del 30% de los jueces que participaban en un experimento en la Royal Society de Londres pensara que estaban interactuando con un muy jovial chico de trece
años en Ucrania, que respondía a preguntas
sobre sus primeros años viviendo cerca del
mar Negro, su displicencia hacia la saga de
películas de Star Wars y su particular gusto
por las canciones del rapero estadounidense, Eminem. (Fresneda, 2014). Con esta
prueba superada, se evidenció que un programa de inteligencia artificial no sólo puede
hacerse pasar por un ser humano, sino que
hasta puede resultar entretenida la convivencia con este.

Lo anterior no es nada nuevo bajo el Sol, antes de la contingencia mundial por la pandemia del COVID-19, la soledad en la que muchas personas viven a pesar de estar en un
mundo totalmente interconectado era ya un
asunto que algunos profesionales en psicología no habían querido dejar pasar. Tal es
el caso de la doctora Julianne Holt-Lunstad
(2015), psicoanalista del Brigham Young University, quien dijo que “existe evidencia sustancial que nos indica que los individuos que
carecen de conexiones sociales (aislamiento
social tanto objetivo como subjetivo) están en
riesgo de muerte prematura”. (Holt-Lunstad,
2015, p. 20)

Existen innumerables ejemplos de lo que pareciera ser lo que nosotros llamamos el silencioso rapto tecnológico de nuestra era y estos
van desde las personas que viven solas, pero
que poseen aparatos inteligentes que les limpian la casa y les preparan el café a una hora
predeterminada, hasta el caso de un japonés
de nombre Akihijo Kondo que dijo haberse
casado con un holograma digital de forma femenina generado mediante tecnología de realidad virtual (Rothkopf, 2018) y la nueva tendencia llamada mukbang que se trata de pagar
por mirar de manera remota a otras personas
ingerir sus alimentos para sentirse acompañados mientras se ingieren los propios (Lavelle,
2018). Estos casos parecieran irrisorios, pero
lo cierto es que es público y notorio que los
seres humanos estamos prescindiendo cada
vez más de la presencia de semejantes para
pasar más tiempo siendo asistidos por la tecnología. Además, estamos interactuando con
otros seres humanos de manera remota y con
estos sistemas como mediadores.

El tema de la soledad de nuestra era es tan
serio que el gobierno inglés anunció en 2018
que estaba creando una cartera ministerial
para atender este flagelo psicológico que afectaba entonces a nueve millones de personas
en ese país (que equivalía a casi el 14% de
la población) y que se dijo impacta especialmente a las personas en estado de pobreza,
las poblaciones migrantes, las desempleadas
y aquellas personas con limitaciones físicas.
Así fue como nació el llamado Ministerio de la
Soledad (Loneliness Minister) para atender el
problema de salud pública que representa la
soledad y el aislamiento. (John, 2018)
Un reportaje de la revista británica New Statesman (que tiene el atractivo lema de “para
un pensamiento preclaro en tiempos oscuros”) de 2019 tiene el interesante título de ‘Los
robots de atención social privatizan la soledad
y erosionan el placer de ser verdaderamente
conocidos’ (Social care robots privatise loneliness, and erode the pleasure of being truly
known). Su autora nos habla de Pillo, un robot

Juan Carlos Sánchez Aguirre

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de ojos azules y sonrisa pixelada que sabe
todo lo que las personas de una casa deben
de atender gracias a sus receptores y sistemas de inteligencia artificial. El artículo finaliza con una frase premonitoria que dice que
“el bienestar emocional y el contacto humano
serán cada vez más prescindibles” (Beater,
2019).
Lo anterior ha llevado a algunos investigadores a reflexionar sobre este cohabitar y coexistir con sistemas inteligentes desde una óptica
social (sí, otra vez, el vivir y convivir). Acá, ya
no hablamos solamente de artefactos con piezas mecánicas, sino también de programas
informáticos dinámicos que son capaces de
virtualizar una personalidad en una computadora y sin la necesidad de existir físicamente.
Tal es el caso del profesor Domenico Parisi
(2017), investigador del Instituto de Ciencias
y Tecnologías Cognitivas de Roma, quien
habla de los robots humanoides y de los robots humanos. Los primeros vienen a ser los
artefactos físico-mecánicos y los segundos
aquellos que son producto de una simulación
digital que sólo puede verse en un equipo de
cómputo. Parisi habla de la importancia de
comprender la parte social de la convivencia
humana más allá de la simple existencia (el
vivir) y profundiza la característica humana de
la interacción cultural (el convivir). Este dice
que “otra característica de los robots humanos que traerá problemas a las personas es
que los robots humanos necesitarán ser robots muy sociables porque los humanos son
animales muy sociales”. (Parisi, 2017. p. 165)
Queda claro que los humanos definitivamente
estamos pasando mucho tiempo con objetos
carentes de vida, pero inteligentes. Para na-

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die es ya un secreto que la llamada Internet
de las Cosas (Internet of Things, IOT) se ha
metido por todas partes y viene de la mano
con sistemas de tecnologías de inteligencia
artificial. Esto nos lleva a pensar en la dependencia que tenemos y a caer de nuevo en la
conclusión evidente de que hemos ido delegando una serie de tareas y decisiones a estos sistemas.
Otro aspecto que debemos de tener claro es
que los seres humanos tenemos una tendencia natural a desarrollar vínculos afectivos con
las personas con quienes convivimos regularmente, pero que además extendemos esta
afección hacia las cosas que poseemos y más
si éstas nos son de utilidad. Para nadie es un
secreto que muchas veces nos apegamos a
objetos más por un valor afectivo que por su
valor de mercado. María José Santos González (2017) advierte esto cuando dice que
“aflorarán vínculos afectivos muy fuertes con
los robots que nos evocarán sentimientos de
cariño” y que esta relación “supondrá riesgos
sociales como el que la gente no sea capaz
de diferenciar entre la realidad y la ficción, entre lo natural y lo artificial”. (Santos Gonzáles,
2017, p. 28)
Muchas veces se ha dicho que no hay mejor guionista que la realidad y esto ha quedado muy bien demostrado en este tiempo, en
el cual la narración de la trama es un mundo distópico y apocalíptico que pareció estar
genuflexo ante un Némesis invisible llamado
COVID-19. Y es que, hasta hace pocos años,
este tema tenía relevancia cuando pensábamos que todo lo que he descrito anteriormente
se trataba de una decisión voluntaria (bastante discutible, por cierto), pero la crisis sanitaria

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global nos enseñó que muchas personas fueron sometidas al convivir con aparatos o sistemas tecnológicos que sustituyeron las labores
que tradicionalmente eran llevadas a cabo por
otros seres humanos. Un ejemplo de esto que
estamos hablando es el caso de los adultos
mayores (la población de alto riesgo ante el
patógeno) que fueron atendidos por robots u
otros sistemas de la llamada nursing technology y no sabemos si consintieron libremente
para ser sometidos a este tipo de atención.
(Kataz, 2020)

mizan el devenir de la historia y la vorágine
tecnológica en la que estamos inmersos está
generando una importante cantidad de situaciones que están dinamizando este apartado
en particular.

DE DÓNDE VIENEN LOS SOLITARIOS

Los profesionales de la salud mental no consideran que los conceptos de aislamiento
social y soledad sean sinónimos. Para Joan
Gene-Badi (2016) del Instituto Catalán de la
Salud en Barcelona (España), el aislamiento
Así las cosas, la humanidad se enfrenta a un social es la situación voluntaria de tener connuevo caso de la inversión de los derechos tactos mínimos o nulos con otras personas,
humanos de la que nos hablaba Franz Hinke- mientras que la soledad es la sensación de
lammert (2018) y es que, en un afán de asistir- tener menor afecto y cercanía de lo deseado.
nos mejor, caemos en un silencioso rapto tec- (Gene-Badia, 2016). Entonces, la autonomía
nológico que nos aísla de la convivencia con de la voluntad está jugando un papel muy imotros seres humanos, y nos da la justificación portante en la toma de decesiones respecto
perfecta para someter a otras personas a vivir a este tema en particular, pero también se
asistidas por sistemas inteligentes, reducien- hace menester saber si las personas están
do su interacción con los demás, reproducien- teniendo opciones reales a decidir o si esto
do así el aislamiento y la soledad con el argu- es consecuencia del silencioso rapto tecnomento de que estamos haciéndoles un favor o lógico. Lo cierto es que las personas profemejorando su calidad de vida.
sionales en estas áreas dicen también que
la soledad incrementa la probabilidad de paLOS DERECHOS QUE GERMINAN
decer males como la demencia senil y aseguran que el aislamiento está muy relacionaEs importante en este punto recordar que los do con la depresión y los casos de suicidio.
derechos humanos emergentes son reclamos (Gene-Badia, 2016). El problema no es sólo
legítimos que pretenden la aceptación de nue- en las personas adultas, ya que, según un
vos valores o conceptos que son producto de estudio del Foro Económico Mundial (2019,
la evolución doctrinal como consecuencia de citado por Lim, 2019), más de uno de cada
los cambios en los factores que inciden en la tres adultos jóvenes de entre los 18 y los 25
esfera jurídica de las personas. Estos dere- años dijeron tener problemas con sus nivechos pretenden formar parte del catálogo tra- les de soledad y que “existe alguna evidencia
dicional a manera de nuevas interpretaciones de que aquellos que están solos tienen más
ampliadas para responder a las profundas probabilidades de usar Internet para las intetransformaciones de los elementos que dina- racciones sociales y pasar menos tiempo en
Juan Carlos Sánchez Aguirre

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Desafíos Jurídicos

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las interacciones de la vida real”. (Lim, 2019,
párrafo 14).

chos del Niño (Naciones Unidas, 1989) tutela
las relaciones familiares, el derecho a tener
padres y a tener una educación básica. AdeLos motivos que llevan a una persona a la so- más, prohíbe las separaciones forzadas. Por
ledad pueden ser innumerables y muy parti- su parte, la Convención Internacional sobre
culares de cada una. No obstante, claro está los Derechos de las Personas con Discapacique la soledad que nos interesa es aquella dad (Naciones Unidas, 2006) protege la autoque se genera por el uso de las nuevas tec- nomía individual, la privacidad, la libertad de
nologías inteligentes y ya sabemos que éstas desplazamiento y de tomar decisiones, la parse pueden presentar de muchas maneras y ticipación social, la accesibilidad, la no discrique se recurre a ellas con mayor frecuencia y minación, la libertad de expresión, el acceso a
de una manera cada vez más normalizada en la información y el derecho a tener un hogar.
nuestra cotidianeidad.
Además, promueve el uso de las tecnologías
para apoyar a esta población, fomenta su reNORMAS SIN FRONTERAS
habilitación y prohíbe los experimentos científicos sin el libre consentimiento de la persona.
Hasta aquí, se ha articulado una narrativa que Por último, la Convención Interamericana soincluye publicaciones académicas, artículos bre la Protección de los Derechos Humanos
de tecnología y notas periodísticas relvantes de las Personas Mayores (OEA, 2009) proteque asientan el interés actual por este tema, ge ya valores más específicos y mejor definipero es importante también analizar normati- dos (IPPDH, 2015) como la dignidad, la indeva sin fronteras que nos ayude a determinar pendencia, el protagonismo, la autonomía, el
si existe un espíritu de protección hacia un buen trato, la atención preferencial, la particibien jurídico emergente más específico. Para pación e integración en la sociedad.
apegarnos a las normas de espacio, veremos
únicamente normativa internacional superior y Estas normas superiores evidencian la exislas Leyes del Derecho Civil Europeo para la tencia de un espíritu normativo que tutela conRobótica de 2016, que serán las únicas que ceptos y principios fundamentales que van
analizaremos.
más allá de su enunciado literal, y queda claro
que el derecho a convivir con otros es distinto
La Declaración Universal de los Derechos Hu- al derecho a sólo vivir. Entonces, el derecho a
manos (Naciones Unidas, 1948) y el Pacto de la vida debe de entenderse como el derecho
San José (OEA, 1969) tutelan el derecho a la a vivir libres y seguros, y el derecho a la libervida, la libertad, la seguridad, la libre reunión tad también se debe de entender integrado y
y asociación; la privacidad, la integridad física, compuesto para hablar ahora del derecho a
moral y psíquica y el tener una familia. Ade- no ser aislado de manera degradante y no pomás, prohíben los tratos crueles y fomenta la der elegir con quienes pasar el tiempo, como
educación y la instrucción técnica y científica puede ser el caso de quienes son dejados sin
con pleno respeto de los derechos humanos, su consentimiento al cuido de un sistema de
entre otros. La Convención sobre los Dere- inteligencia artificial sin la posibilidad de poVivir o convivir: La disyuntiva en la era de la incursión de las tecnologías de inteligencia artificial en la cotidianeidad. PP. 10-23

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Desafíos Jurídicos

der convivir con sus semejantes. Además, se
infiere también de esta normativa que el uso
de las nuevas tecnologías tiene que estar basado siempre en el respeto a las personas,
la debida información sobre los sistemas, la
no discriminación y la no experimentación con
seres humanos, y esto no se puede separar
del derecho a la educación y la ciencia que
han de ser entendidas como el enseñar sobre
estos avances con un enfoque de respeto a la
dignidad.
Por su parte, las Leyes del Derecho Civil Europeo para la Robótica regulan a esta tecnología
autónoma de inteligencia artificial y protegen
a los humanos de los daños que puedan ser
causados por los robots, tutelan el derecho a
rechazar ser cuidado por uno de ellos, protegen los datos personales procesados por estos, protegen de la manipulación que puedan
hacer, prohíbe la disolución de los vínculos
sociales, restringe el acceso a las tecnologías
que puedan fabricar una criatura híbrida entre
humano y máquina (tipo cyborg) y fomentan la
igualdad de acceso a estos avances en todos
los Estados comuntarios. (European Parliament, 2016, pp. 20-25). Sobresale en esta legislación su clara disposición de cuidar al ser
humano de los daños que podrían darse de
esta interacción homo-machina y que enuncia
el derecho a rechazar ser cuidado por un robot y que expresa de manera clara que estos
no pueden separarnos de los demás, ni manipularnos desde la afectividad emocional (una
posibilidad que no se había tenido contemplada sino hasta tiempo reciente).

QUÉ DICEN LOS QUE MÁS SABEN

rior de Estudios Psicológicos de Barcelona
nos dijo que las nuevas tecnologías sí están
llevando a las personas a un estado de aislamiento que interrumpen el contacto social y
que prácticas como el mukbang o las preferencias afectivas como la del mediático nipón,
Akihijo Kondo, son todo menos algo conveniente para el bienestar de nuestra especie.
López nos habló de algunas necesidades
básicas y hasta primitivas como son el contacto físico, las miradas, el tono de la voz y
los olores, y dice que nada de esto puede ser
sustituido por los emojis o las videollamadas.
(López Corrales, comunicación personal, 13
de septiembre, 2021)
Por su parte, el ingeniero en robótica Luis
Alonso Sánchez de la National Cheng Kung
University de Taiwán, nos dijo que ya debemos de concebir a los robots como máquinas
capaces de tomar decisiones basadas en el
análisis de los datos que reciben y nos habló
de cómo estos fueron utilizados en la isla de
Formosa para identificar y atender a personas
infectadas por el COVID-19 durante la etapa
más apremiante de la pandemia. Además,
aseguró que el mayor avance en esta tecnología ya no es tanto en la parte mecánica sino
en los sistemas de inteligencia artificial y puso
de ejemplo el progreso de los chatbots como
Eugene Goostman que cada día son más
frecuentes en los sistemas operativos de las
gigantes de la tecnología de los dispositivos
móviles que muchos cargamos a todas partes, tales como el Google Go de Android, Siri
de Apple, Cortana de Microsoft, Amazon Echo
de Amazon y Bixby de Samsung. (Sánchez
Porras, comunicación personal, 13 de agosto,
2021).

La doctora Andrea López del Instituto SupeJuan Carlos Sánchez Aguirre

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Desafíos Jurídicos

El doctor Ramón Gil Carreón, doctor en derechos humanos y profesor de la Universidad de
Durango, nos recordó que los derechos fundamentales son construcciones doctrinales que
evolucionan hacia normativas, pero que no se
limitan sólo a lo codificado, sino que repasan
también un espectro más amplio de nuevas
propuestas basadas siempre en algunos valores del catálogo clásico de estos valores
fundamentales de nuestra materia y nos recordó también que las pretensiones de reconocimiento surgen en momentos relevantes y
específicos de la historia (como las Revoluciones Atlánticas y la Revolución Industrial), pero
nos dijo también que la protección a la convivencia libre entre semejantes estuvo siempre
presente desde los primeros esbozos de las
ideas del contrato social. (Carreón Gallegos,
comunicación personal, 20 de agosto, 2021).

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puede ser identificado como un valor jurídico
específico y aquí sí podemos asegurar que no
existe mucha conciencia sobre este apartado
en particular, por lo cual es importante empezar a trabajar en una nueva gnosis académica
(¡y de difusión!) que repase las relaciones que
nos permiten tener una sana existencia de
seres sociales y que la tecnología todavía no
logra satisfacer todas estas fibras de necesidades que nos definen como seres humanos.

Entonces, podemos, ahora sí, asegurar que
nuestra existencia se afirma y confirma a través de la convivencia con los semejantes con
los que compartimos el aquí y el ahora, y que
este nivel de consciencia existencial colectiva
no se puede tener con una máquina o con una
rutina dinámica e informática de inteligencia
artificial. Con esto claro, podemos asegurar
que solamente podemos convivir con los seres que tienen vida y que nuestra existencia
CONCLUSIONES
con las cosas que no la tienen es una mera inLa idea central de este trabajo ha sido la de teracción con el tecnos (del griego τεχνο) que
poder determinar si las tecnologías de inteli- nos facilita algunas tareas cotidianas que angencia artificial pueden aislar a las personas tes tenían mayor grado de complejidad, y que,
al punto de limitarles la convivencia con otros en el mejor de los casos, hace de intermediario
seres humanos y afectar su salud, y la res- con otras personas porque nos puede dar una
puesta es un sí rotundo, ya que queda cla- sensación de compañía porque nos permite
ro que esto no es sólo una posibilidad, sino acercarnos a los demás de manera digital.
que una realidad que estamos viendo a diario Se trata entonces de una ficción moderna de
y que tiene a las personas profesionales de que no estamos en soledad, pero basta con
la salud mental observando y atendiendo los preguntarnos dónde quedan todos aquellos
casos sobrevenidos por esta intereacción. De aspectos que nos señalaba la doctora Andrea
igual manera, queríamos ver si el convivir y López, como lo son el tacto, el olor y la afecno sólo el vivir está tutelado por la regulación tividad íntima que hasta podría ser parte de
internacional de derechos humanos y quedó nuestro ser primitivo más recóndito. Debemos
claro que sí existe un espíritu normativo su- de cuidar esta parte profundamente humana
perior de protección hacia la convivencia y sin caer en una actitud ludita de satanización
no sólo a la existencia. También, queríamos de la tecnología y de sus recientes manifestasaber qué tanta conciencia hay de esto y si ciones emergentes, pero sí es necesario tener
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claro que no importa cuánta de ésta tengamos
en nuestro entorno cotidiano, nuestro derecho
libérrimo y fundamental es el convivir con las
personas y no sólo el coexistir o cohabitar con
máquinas o sistemas de inteligencia artificial.
Podrá sonar perogrullesco, pero es menester
decirlo para asentar bien este colofón: los humanos estamos pasando mucho tiempo con
objetos carentes de vida, pero inteligentes, y
hemos creado una dependencia hacia este
desarrollo dinámico a un punto en el cual les
hemos delegado una serie de tareas consuetudinarias hasta el extremo de que hemos renunciado muchas veces a tomar decisiones
por nosotros mismos confiando en el mejor
diseño de sus algoritmos. La comprensión de
esto ya no está en entredicho, sino el cómo lo
vamos a abordar para proteger aquellas fibras
profundas que nos hacen ser humanos. El primer paso es sin duda el crear conciencia (como
esperamos sea el caso de este trabajo) para
entender que esto no puede tener una solución afable si primero no comprendemos que
debemos de hurgar entre el espíritu normativo y doctrinal de los derechos humanos para
reconocer que sí existe un derecho a convivir
con otras personas que debe de ser enunciado y tutelado ante el silencioso rapto tecnológico del que hemos venido hablando. Sólo
así, podremos empezar a tomar las medidas
pertinentes que nos permitan la coexistencia
con estas tecnologías bajo los apercibimientos del conocer las posibles consecuencias
si no lo hacemos a tiempo, como podría ser
el surgimiento de violencias subrepticias sobrevenidas por la inversión de los derechos
humanos que el maestro Hinkelammert nos
advertía hace ya más de un lustro. Con todo
esto claro, podemos empezar a esbozar un

nuevo derecho humano emergente y señalarle al Estado cuáles serían las buenas formas
para que pueda tutelarlo y hasta pueda contar
con la colaboración de las empresas (sujetos
de derecho privado), porque la tecnología es
en la mayoría de los casos una actividad de
emprendimiento no estatal.
Es importante también que estos temas entren ya de manera definitiva en los programas
de estudio diseñados por los Estados y en las
estrategias de difusión colectiva para que generen un interés en boga similar al tema de
género, el ambientalismo y el multinacionalismo constitucional. Para esto, hay que sumarle a la academia a las carteras de gobierno
(salud, tecnología, educación, comunicación,
comercio y demás incumbentes), las instituciones autónomas (como la seguridad social,
el sistema financiero, los ayuntamientos, el
regulador de telecomunicaciones, institutos
encargados del deporte, entre otros), el ombudsman y las defensorías de las poblaciones
potencialmente vulnerables y algunas superintendencias.
No obstante, nada de esto podrá funcionar a
largo plazo con una legislación específica, pétrea y taxativa que pretenda regular todas las
posibles conductas y situaciones que podrían
surgir. Primero, porque no podemos hacerle
a la pitonisa para poder vaticinar la evolución
tecnológica. Segundo, porque una regulación
numerus clausus puede devenir en obsoleta más pronto de lo que creemos. Entonces,
debemos de echar mano a lo más básico del
derecho y esto no es otra cosa que los principios, por su condición de no tener una definición mosaica y de que pueden evolucionar
con el devenir de los tiempos. Así las cosas

Juan Carlos Sánchez Aguirre

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Desafíos Jurídicos

y, para empezar, proponemos que cualquier
iniciativa en este sentido esté basada en el
principio de información, el principio de neutralidad tecnológica, la protección de datos de
las personas y el principio de humanum est
pelagus res (primacía de los humanos).

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de manera que no se podrá acordar nada en
contra de sus disposiciones para sostener estas tutelas fundamentales en el tiempo.

Llegado el momento, se podrá considerar la
creación de una superintendencia o de un
órgano observador adjunto a algunas de las
El principio de información deberá de comu- instituciones mencionadas, pero esto deberá
nicar, educar y difundir todo lo referente res- de hacerse siguiendo todos los enunciados y
pecto a estos avances tecnológicos y sus principios expuestos, de manera que siempre
ventajas y riesgos para las personas con un se nos tutele el derecho a convivir con otros
espíritu de transparencia para que sepan a seres humanos ante la incursión de las nuequé pueden ser sometidas. El principio de vas tecnologías de inteligencia artificial en
neutralidad tecnológica será el que permita la nuestra cotidianeidad. Bien lo dijo Carreón
libre oferta de tecnologías y la no imposición Gallegos cuando redondeó lo que me decía
de ninguna cuando hubiese varias y el Estado con una verdad que parece de Perogrullo,
deberá de velar por que éstas sean mejora- pero que no lo es porque tiene todo el sentido
bles y susceptibles de poder migrarlas hacia del mundo habiendo concluido este trabajo:
otros proveedores. La protección de datos de “los derechos surgen cuando tienen que surlas personas será para evitar el uso indebido gir”. (Carreón Gallegos, comunicación persode estos y no puede verse aislado del primer nal, 20 de agosto, 2021).
principio porque cualquier asunto importante
en este sentido debe de ser debidamente informado. El principio de humanum est pelagus TRABAJOS CITADOS
res lo proponemos como el más importante de
todos porque es el que vela porque la tecnoBeater, E. (7 de agosto de 2019). Social care robots privatise
logía nunca sea un fin en sí mismo, sino que
loneliness and erode the pleasure of being truly known.
se considere que el fin de cualquier desarroNew Statesman. Recuperado el 10 de mayo de 2021,
llo sea el bienestar de la persona, y así se
https://www.newstatesman.com/science-tech/2019/08/
procure que la convivencia no se rompa y que
social-care-robots-privatise-loneliness-and-erode-the-plelas libertades estén siempre garantizadas measure-of-being-truly-known.
diante valores como la igualdad y la no discriEuropean Parliament. (2016). European Civil Law Rules in
minación. Además, todo esto apelando a los
Robotics. Brussels: European Parliament’s Commitvalores más tradicionales de la bioética, como
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perar por primera vez el test de Turing. El Mundo. Recu(HHS, 1976) Por último y no menos importanperado el mayo de 3 de 2021, de https://www.elmundo.es/
te, esto se tendrá siempre como irrenunciable,
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Jonathan Marcelo Ramos Mera (Universidad Central del Ecuador) y María José Vega Gallegos (Universidad de los Hemisferios)
El derecho de acceso a la información pública y las lenguas indígenas en México. pp. 24-37 Fecha de publicación en línea: 31 de
enero del 2023.
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Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
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La categoría dogmático penal de la tipicidad, el principio
de legalidad y los delitos informáticos en la legislación
ecuatoriana. Ciberseguridad y criminalidad informática
The criminal dogmatic category of typicity, the principle of legality and computer
crimes in Ecuadorian legislation. Cybersecurity and computer crime
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023

Por: Jonathan Marcelo Ramos Mera* y
María José Vega Gallegos**

* Universidad Central del Ecuador
** Universidad de los Hemisferios

Resumen. El Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano, es el instrumento vigente mediante el cual el Estado ecuatoriano ejerce hoy en día el poder punitivo. Dicho cuerpo normativo
tiene su vigencia desde el año 2014 en el Ecuador, sin embargo, a pesar de su apoteósico
aparecimiento, ha dejado más dudas que certezas. Por ello, este trabajo académico se centra
en evidenciar que la falta de tipificación de delitos informáticos, ha generado en el Ecuador,
no solo inseguridad jurídica, sino impunidad de los sujetos que cometen este tipo de acciones
atípicas que lesionan bienes jurídicos protegidos constitucionalmente, tales como, la información, la privacidad, la propiedad, etc. La pandemia evidenció claramente que nuestro país no
estaba listo para sobrellevar una situación como esta, sin embargo, nos debemos preguntar
¿Quién lo estuvo?; la repuesta es que nadie. Pero la brecha digital se vio tan marcada en este
aspecto, puesto que, por un lado, los países desarrollados pudieron responder rápidamente a
los embates del confinamiento y por otro, países en vías de desarrollo, a los cuales les costó y
les cuesta hasta el día de hoy, vivir una verdadera sociedad de las tecnologías de la información y comunicación. Esta falta de respuesta, no solamente se ha producido desde el ámbito
constitucional sino penal. El aparecimiento del desarrollo y comercialización de programas
computacionales para el cometimiento de delitos informáticos, ha traído consigo en estos días
en el Ecuador, la problemática para el procesamiento y condena de estas actividades delictuales que se multiplicaron en la pandemia, pero que no pueden ser castigadas, puesto que,
en el Ecuador, las conductas detalladas anteriormente no se encuentran tipificadas. Por ello,
* Abg. Jonathan Marcelo Ramos Mera. Máster en Derecho Penal mención Derecho Procesal Penal por la Universidad Central
del Ecuador. Catedrático Universitario de la Universidad Central del Ecuador
** Abg. María José Vega Gallegos. Candidata a Máster en Investigación en Derecho con mención en Derecho Humanos,
Constitucionales y Ambientales por la Universidad de los Hemisferios

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este documento se centra en evidenciar la problemática constante actualmente, generada por
el desinterés de la Asamblea Nacional en cuanto a la tipificación de los delitos informáticos en
el Ecuador.
Palabras clave: Código Penal, Delitos Informáticos, Principio de Legalidad, Tipificación, Impunidad.
Abstract. The ecuadorian Comprehensive Organic Penal Code is the current instrument through wich the ecuadorian State exercises punitive power. This regulatory instrument has been
in forcé since 2014 in Ecuador, however, despite ist tremendous appearance, it has left more
doubts than certainties. For this reason, this academic work focuses on evidencing that the lack
of typification of cybercrimes has generated in Ecuador, not only legal insecurity, but also impunity of the fellows who commit this type of atypical actions that harm constitutionally protected
legal rights, such as information, privacy, property, etc. The pandemic clearly showed that our
country was not ready to cope with a situation like this, however, we must ask ourselves, who
was? the answer is no one. But the digital gap was so marked in this aspect, since, on the one
hand, developed countries were able to respond quickly to the impact of confinement and, on
the other, developing countries, which had a hard time and are still having a hard time today,
to live a true society of information and communication technologies. This lack of response has
not only occurred from the constitutional but also from the criminal sphere. The appearance of
the development and commercialization of computer programs for the commission of cybercrimes, has brought with it these days in Ecuador, the problem for the prosecution and conviction
of these criminal activities that multiplied in the pandemic, but that cannot be punished, since,
in Ecuador, the behaviors detailed above are not criminalized. For this reason, this document
focuses on evidencing the current constant problem, generated by the disinterest of the National Assembly in relation of the definition of cybercrimes in Ecuador.
Keywords: Comprehensive Organic Penal Code, cybercrimes, principle of legality, typification,
impunity.

CATEGORÍA DOGMÁTICO PENAL DE
LA “TIPICIDAD
La tipicidad está conectada con el principio de
legalidad, dentro del cual, tal y como consta
en la Constitución de la República del Ecuador “Nadie puede ser juzgado ni sanciona-

do por un acto u omisión que, al momento de
cometerse, no este tipificado en la ley como
infracción penal, (…) ni se le aplicará una sanción no prevista por la Constitución o la Ley”;
en ese sentido, esta categoría dogmático penal, debe ser entendida como el primer filtro
de la teoría del delito, por el cual debe pasar

La categoría dogmático penal de la tipicidad, el principio de legalidad y los delitos informáticos en la legislación ecuatoriana.
Ciberseguridad y criminalidad informática. PP. 24-37

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el acto, la acción o la omisión, para posteriormente determinar si la misma es antijurídica,
y se puede responsabilizar a una persona con
una pena por dicha conducta.

PRINCIPIO DE LEGALIDAD
Enunciamos en el párrafo anterior el principio
de legalidad y lo hacemos con miras a explicar que, en el actual estado constitucional de
derechos, democrático y de justicia social en
el que vivimos, es necesario e indispensable
que los actos de las personas que intervienen
en el poder público, se rijan estrictamente a
lo determinado en la ley. Las arbitrariedades
generadas cuando el accionar del poder público se torna abusivo no tiene límites, esto
ha generado sin duda alguna, muchas vulneraciones tanto en el reconocimiento, goce y
ejercicio de los derechos humanos de las personas, es por ello que a través de la historia
se ha ido fortaleciendo un principio por medio
del cual el poder punitivo del Estado ha sido
frenado, estableciendo límites, con el objetivo
de regular de manera estricta los actos de las
personas que participan en ejercicio de una
potestad estatal, este principio es llamado legalidad, mismo que se transforma en uno de
los elementos base, en los que se fundamenta este documento, pues se busca evitar el
juzgamiento análogo de delitos informáticos
por medio de delitos tradicionales.
El principio de legalidad, es uno de los mandatos de optimización estructurales más importantes del debido proceso, pues es el que
garantiza y frena el poder punitivo del Estado,
evitando así un exagerado e inescrupuloso
ejercicio del derecho penal; el tema de la legalidad a través de la historia ha sido resisti-

Desafíos Jurídicos

do enormemente, muchas veces porque los
Estados autoritarios veían en el imperio de la
legalidad una disminución en el desarrollo de
sus poderes. Es el abuso del poder, conjuntamente con las arbitrariedades y la violación de
derechos humanos lo que da origen al nacimiento del principio de legalidad.
Este principio entendido bajo el concepto de
que nadie puede ser sancionado o condenado por una acción conductual por más perjudicial que esta parezca, sino está establecida
la misma de manera legal como una conducta
merecedora de sanción penal; es decir ningún
delito, ninguna pena sin ley previa. En ese
sentido Feuerbach (1989) señala que “(…)
la imposición de una pena se condiciona a la
existencia de una acción conminada, por lo
cual, la ley se convertiría en un vínculo entre
la pena y el hecho como presupuesto jurídico necesario” (p.63). Por ello, en los delitos
informáticos es necesario analizar esta categoría de la tipicidad con énfasis en el principio de legalidad, pues solamente una norma
construida y clara en su tipicidad traerá como
consecuencia juzgamientos legítimos y respetuosos del debido proceso.
Hay que recordar que Beling (1930) fue quien
se percató de las consecuencias que traía
consigo el reconocimiento y aplicación del
principio de legalidad, es así que como lo destaca el mismo antes del aparecimiento de este
principio “el juez podía castigar toda ilicitud
culpable” (p.36), ya que cualquier conducta
que se presumía antijurídica y culpable de por
sí debía tener como conclusión el establecimiento de una pena, es decir, era escasa y
casi nula la existencia de tipos delictivos, se
penaba a las personas de manera arbitraria

Jonathan Marcelo Ramos Mera y María José Vega Gallegos

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Desafíos Jurídicos

y desproporcional, eliminando cualquier rasgo
de seguridad jurídica; en este punto y sobre
el tema de la arbitrariedad es necesario hacer alusión a lo que señala el maestro Nodier
Agudelo (2014) en su obra “Estudios Preliminares y Notas - Cesare Beccaria De los
Delitos y de las Penas”, cuando mencionaba:
“Que quien vea establecida la misma pena de
muerte, por ejemplo, para quien mate un faisán, para quien asesine a un hombre o para
quien falsifique un escrito importante, no distinguirá entre esos delitos, destruyéndose de
ese modo los sentimientos morales” (p.189);
es claramente lo que sucedía en las épocas
en las que el principio de legalidad no tenía la
relevancia que actualmente posee.
La legalidad ha tenido un efecto tan importante en el derecho penal, pues ha sido el elemento que impulso los procesos de construcción y creación de los llamados tipos penales,
este principio fue el que motivó principalmente
a los alemanes para tipificar específicamente
los delitos informáticos; esto con el objetivo de
evitar y prevenir que los administradores de
justicia sancionen a personas por conductas
que no están establecidas previamente en la
norma; de esta manera la protección jurídica
de las personas se refuerza cuando al “tomar
el legislador mismo el monopolio de la facultad
de construir los tipos y de imponerles la pena,
con exclusión del derecho consuetudinario y
de la analogía”. (Beling,1930, p.26).

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proceso penal sin ley anterior al hecho. Este
principio rige incluso cuando la ley penal se
remita a otras normas o disposiciones legales
para integrarla”; evidentemente este principio
limita la intervención abusiva y autoritaria de
un estado en el tema punible.
El principio de legalidad fue reconocido a nivel
internacional dentro de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en el año de
1948, desde ese momento varios instrumentos internacionales también lo incluyeron y reconocieron expresamente en sus contenidos,
dentro de esos instrumentos tenemos al Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
al Convenio Europeo de Derechos Humanos,
a la Convención Americana de Derechos, a la
Carta Africana sobre los Derechos Humanos
y de los Pueblos, y una de las ultimas la Carta
de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Es importante acotar que el principio de legalidad dentro del sistema americano de
derechos humanos aparece no de manera
independiente, sino que esta enlazado con algunos artículos que se refieren a la protección
de los derechos humanos, por ejemplo en el
artículo 25 de la Declaración de los Derechos
y Deberes del Hombre en el inciso primero se
determina que: “Nadie puede ser privado de
su libertad sino en los casos y según las formas establecidas por leyes preexistentes”; en
este mismo instrumento en el artículo 26 se ha
El Código Orgánico Integral Penal Ecuatoria- dejado establecido el principio de inocencia,
no al desarrollar en su artículo 5 los principios dentro del cual “se presume que todo acusado
procesales por los cuales se regirá el debido es inocente, hasta que se pruebe que es culproceso, en su primer numeral establece por pable”, después de desarrollar este principio
la importancia que tiene al de legalidad, seña- en el mismo artículo se señala que todas las
lando que “no hay infracción penal, pena, ni personas tienen derecho a un proceso reguLa categoría dogmático penal de la tipicidad, el principio de legalidad y los delitos informáticos en la legislación ecuatoriana.
Ciberseguridad y criminalidad informática. PP. 24-37

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lar, en donde “Toda persona acusada de delito
tiene derecho a ser oída en forma imparcial
y pública, a ser juzgada por tribunales anteriormente establecidos de acuerdo con leyes
preexistentes y a que no se le imponga penas
crueles, infamantes o inusitadas”.
El análisis del principio de legalidad reviste de importancia en este documento¸
pues nos ayudara a entender junto con las
conceptualizaciones respecto a materia
informática, que es necesaria la modificación
del Código Orgánico Integral Penal, en el
capítulo referente a los delitos contra la
seguridad de los activos de los sistemas de
información y comunicación.
Ahora bien, tomando en cuenta el principio de
legalidad, para una modificación en cuanto a
los delitos contra la seguridad de los activos
de los sistemas de información y comunicación, debe ser analizado no solo conceptualmente sino técnicamente, por lo tanto, hemos
de decir en primer lugar que, toda actuación y
procedimiento punitivo deberá regirse estrictamente por el imperio de la legalidad, por lo
tanto, el juez deberá tener como instrumento
una ley previa, expresa, general y prohibitiva
de toda clase de analogía.

PROHIBICIÓN DE RETROACTIVIDAD
Comenzando por la ley previa, diremos que
esta exigencia se traduce en que una conducta será punible siempre y cuando la misma al
momento de cometerse se encuentre tipificada previamente como conducta merecedora
de sanción penal. Con la “lex praevia se expresa la prohibición de retroactividad de las
leyes que castigan nuevos delitos o agravan

Desafíos Jurídicos

su punición: es preciso que el sujeto pueda
saber en el momento en que actúa si va a incurrir en algún delito o en alguna pena nueva”. (Mir Puig, 2005, p. 116). Exigencia que
evidentemente otorga seguridad jurídica a los
ciudadanos, puesto que, en su conocimiento
saben con anterioridad que conductas son
merecedoras de reproche penal.
Esa prohibición de retroactividad tiene una
excepción, y es la retroactividad favorable,
conectada directamente con el principio de
favorabilidad, en donde por poner un ejemplo un sujeto comete un determinado delito,
el mismo que es sancionado con un código
penal que establece una pena (x), posteriormente entra en vigencia un nuevo código penal cuyo contenido reforma la pena para ese
delito, esa reforma establece que la pena del
delito por el cual esa persona fue sentenciada sea menor a (x), dando como resultado
que por el trascurso del tiempo cumplido,
esa persona pueda favorecerse y quedar en
libertad.

LEY EXPRESA (LEX SCRIPTA)
Ley expresa o lex scripta, es decir los delitos
deben estar contemplados necesariamente
en la norma penal, derecho positivo, derecho
escrito, dentro de la cual no cabe la imposición de sanciones en base a la costumbre;
sin duda esta exigencia va conectada con el
principio de publicidad, en donde toda norma
es pública. Pero no solamente basta que una
norma este escrita esta deberá poseer “rango
de ley emanada por el poder legislativo, como
representación del pueblo”. (Mir Puig, 2005,
p. 116).

Jonathan Marcelo Ramos Mera y María José Vega Gallegos

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Desafíos Jurídicos

LEY STRICTA
Otra de las exigencias es que la ley deberá
prohibir todo tipo de analogía, ley stricta o ley
estricta, es decir, que los delitos deberán estar individualizados con sus respectivas penas con absoluta precisión, con el objetivo de
evitar confusiones que generen inseguridad
jurídica y arbitrariedad, es decir, que “la infracción establecida en la norma legal debe ser
clara.”1 La finalidad que busca la prohibición
de analogía, es la de “delimitar las formas de
interpretación de la ley en los casos concretos” (Roxin, 1997, p.148); esta exigencia está
estrechamente ligada con la lex certa, ley
cierta, o ley general, en donde se exige que
las normas penales determinen con certeza y
exactitud las conductas que están prohibidas
y las sanciones a las que se someten las personas que aún a sabiendas de la pena sancionatoria deciden cometer la conducta criminal.
Esta exigencia también ha sido denominada
como principio de taxatividad, que evidencia
el concepto garantista del principio de legalidad, pues solo si el delito está determinado
en la ley con certeza y precisión, podremos
decir que el ciudadano está protegido de toda
1 Sentencia de TEDH, Kokkinakis c. Grecia, 25 de mayo de
1993 “El tribunal señala en el artículo 7.1 del Convenio no se
limita a prohibir la aplicación retroactiva del derecho penal
en detrimento del acusado. Se consagra así, de manera más
general, el principio de legalidad de los delitos y de las penas
(…) y el que exige no aplicar la ley penal de manera extensiva
en detrimento del acusado; especialmente por analogía; de
ello se deduce que un delito debe ser claramente definido por
la ley. Esta condición se cumple cuando el individuo puede
conocer, a partir de la redacción del artículo aplicable y, en su
caso, con la ayuda de su interpretación por los tribunales, que
actos y omisiones comprometen su responsabilidad”.

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amenaza de arbitrariedad ejercida por parte
del estado; esto es deber del legislador pues
a de definir y delimitar lo más concretamente
los elementos típicos objetivos del delito con
su respectiva penalidad.
Estas exigencias que acabamos de analizar
garantizaran el derecho a la seguridad jurídica, que como está establecido en nuestra
constitución responde al respeto a la Constitución y a la existencia de normas jurídicas
previas, claras, públicas y aplicadas por autoridades competentes.
Por lo tanto, el Estado, como ente del poder
público de las relaciones en sociedad, no sólo
establece los lineamientos y normas a seguir,
sino que en un sentido más amplio tiene la
obligación de establecer “seguridad jurídica”
al ejercer su “poder” político, jurídico y legislativo.
De esta manera observamos que el principio
de legalidad es un elemento generador de garantías, una de ellas el de la seguridad jurídica; por ello el legislador debe ser cuidadoso al
momento de crear una norma más aun cuando se trata de delitos en los que ha ingresado
una nueva ciencia como la informática, misma que cambia constantemente por la evolución de la tecnología; hay que tener en claro
que un pequeño descuido o la falta de técnica
legislativa, en conjunto con el poco entendimiento de dogmática penal pueden generar
normas ineficaces; por lo tanto, se debe entender que estos delitos evolucionan, en efecto igualmente el derecho debe evolucionar,
los legisladores deben ir a la par, en el estudio
e investigación de los posibles nacimientos
de nuevas conductas delictivas con el uso de

La categoría dogmático penal de la tipicidad, el principio de legalidad y los delitos informáticos en la legislación ecuatoriana.
Ciberseguridad y criminalidad informática. PP. 24-37

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la informática, con el fin de proteger efectivamente los bienes jurídicos susceptibles de
transgresión y vulneración; sin olvidarnos que
además, estas normas correctamente estructuradas serán los instrumentos por medio de
los cuales los jueces impartan bajo el imperio
de la ley, la justicia.

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Desafíos Jurídicos

social. En ese sentido, el derecho en general
parte como el instrumento a través del cual
se regula la convivencia de los integrantes de
la sociedad, es necesario en este punto acotar, que el derecho está conformado por un
sinnúmero de materias, que responden a las
necesidades de los actos y consecuencias jurídicas de los hechos, que generan los ciudaEl Ecuador en su Código Penal no mantiene danos. Sin perjuicio de aquello, los problemas
en su tipificación varios delitos informáticos, si que presentan muchas de la materias, en parbien es cierto como veremos más adelante en ticular, derecho penal, se debe a la volatilidad
un tipo penal específicamente el de ataque a y actualización de acciones atípicas que lesiola integridad de sistemas informáticos, se ha nan bienes jurídicos, no solamente individuainsertado ciertos elementos del tipo objetivo les sino también colectivos, es ahí donde el
de abuso de dispositivos, no es suficiente, monopolio que se radica en la Asamblea Napuesto que, los demás tipos penales no han cional, debe atender los problemas generacontemplado tal posibilidad, haciendo de esta dos, observando que los fenómenos sociales,
falta de tipificación, un elemento generador de o más conocidos como disfunciones sociales,
inseguridad jurídica y de impunidad.
una vez que han mantenido estabilidad, devenida de la falta de norma, deberán inmediataLa pandemia trajo consigo el aumento crí- mente tomar los correctivos correspondientes
tico de este tipo de acciones delictuales, en a fin de que conductas que generen daños y
el Ecuador según datos de la Fiscalía Gene- lesionen bienes jurídicos protegidos constitural del Estado, desde el año 2017 al 2021 se cionalmente y que no puedan ser atendidos
procesaron a 104.765 personas por el cometi- por otras materias del derecho, indefectiblemiento de delitos informáticos.
mente deberán ser atendidas, a través del poder punitivo del Estado.
Sin perjuicio de aquello, cabe en este punto
hacerse dos interrogantes, la primera, las per- Este poder punitivo del Estado, recae en lo
sonas que desarrollan y comercializan progra- que actualmente conocemos, como derecho
mas para el cometimiento de delitos informá- penal, materia a través de la cual, se legitima
ticos bajo ¿qué tipo penal fueron procesadas al Estado para que, a través de cierta coery sentenciadas?. Y la segunda, si es que en ción, logre castigar a los responsables de acel Ecuador no existe tal tipificación, ¿se está ciones delictuales.
condenando a esas personas por analogía?
El derecho penal se constituye así, en última
Como se manifestó en párrafos precedentes, ratio si las otras materias jurídicas no han loa través de la historia, los Estados, se han vis- grado solucionar el problema jurídico, y de prito en la necesidad de crear normas, que co- mera ratio para aquellas conductas que sean
adyuven como finalidad última la convivencia merecedoras de sanción penal y en efecto no
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Desafíos Jurídicos

hayan podido ser resueltas por otra categoría
del derecho, es por ello, que este documento
desarrolla, los aspectos inherentes al principio
de legalidad, mandato de optimización, que
permite eliminar cualquier sesgo de arbitrariedad vulneratorio de derechos constitucionales y a su vez se transforma en un elemento
contensor, que limita la coerción por parte del
Estado.
En palabras de Felipe Rodríguez Moreno,
para que una conducta pueda ser sancionada
debe ser típica, es decir, que debe estar sancionada por la ley. (Principio de legalidad).

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mántico del artículo 234 del Código Orgánico
Integral Penal, mismo que tipifica el delito de
acceso no consentido a sistemas informáticos, este análisis no solo se centra en el mencionado delito, sino que se lo ha realizado en
contraste con todos los delitos que mantienen
como bien jurídico protegido, la seguridad de
los activos de los sistemas de información y
comunicación, identificando una problemática, que ya avizora consecuencias lesivas no
solamente al bien jurídico enunciado en anteriores líneas, sino tambien a la privacidad e
intimidad y otros bienes jurídicos que a través
de la delincuencia informática se lesionan.

Respecto a este principio, la doctora Paulina
Araujo ha señalado que el mismo se transforma en el elemento común de todas las
ramas del derecho público, la importancia y
fundamento de la reserva de ley en el área
penal, surge por el acento de garantía que suministra a los individuos, precisamente por la
incidencia que tiene la pena sobre la libertad
personal.

Cabe aquí preguntarse, si una persona que
desarrolla y comercializa, programas informáticos, para que otra acceda de manera no
autorizada a un sistema de información, es
penada en el Ecuador, la respuesta rotunda,
es no, puesto que esta actividad primaria,
previa al cometimiento del delito de acceso
no consentido, no se encuentra tipificada en
el código orgánico integral penal, para poner
el ejemplo más claro al entendimiento de los
Es decir que, por un lado, el principio de le- lectores de este documento, imaginémonos el
galidad es el mandato por medio del cual, el siguiente hecho fáctico: Pedro, experto ingeEstado puede castigar a una persona bajo los niero en sistemas informáticos, ha creado un
presupuestos constantes en el Código Penal software mismo que, es capaz de infectar un
y por otro, que no pueda irse más allá de lo sistema de información, el cual una vez creado
que establece la norma, en consecuencia, un y desarrollado lo vende, comercializa indiscrijuez no puede sancionar a una persona por minadamente, a fin de que otra persona cualianalogía y está imposibilitado totalmente de ficada o no cualificada, acceda de manera no
sancionar a alguien por conductas que no se consentida a un sistema de información.
encuentren tipificadas en la norma o en el Código Penal.
Está claro entonces que la persona que compre el software y acceda de manera no conPor ejemplo, podemos evidenciar que una de sentida al sistema informático, va a ser sanlas falencias que mantiene el Código Orgáni- cionado de acuerdo al art 234 del Código
co Integral Penal se centra en el contenido se- Orgánico Integral Penal, pero quien se dedica
La categoría dogmático penal de la tipicidad, el principio de legalidad y los delitos informáticos en la legislación ecuatoriana.
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a comercializar y desarrollar los programas
para el cometimiento de ese delito, queda en
la completa impunidad.
Es inaudito pensar que en el Ecuador, de
acuerdo al artículo objeto de estudio, se sancione, a quien accede de manera no consentida o no autorizada a un sistema informático,
y no a quien desarrolla y comercializa el programa para cometer este acto delictual, analógicamente vamos a poner un ejemplo, para
su mayor entendimiento: Pepito G. se dedica
al desarrollo y comercialización de pistolas de
fuego calibre 9 milímetros, Rafael comercializa y vende esta arma de fuego a Lenin, Lenin
utiliza el arma y asesina con la misma a su
esposa Abigail, queda claro aquí, que Rafael
no es el responsable del delito de asesinato o
en nuestro país que se podría encuadrar en
femicidio, pero si lo es por la comercialización
ilegal de armas, y que también podría ser responsable por la tenencia y porta de armas, si
bien es cierto, no se puede analizar los delitos
tradicionales de la misma manera que los delitos informáticos, es necesario contrastarlo de
manera básica y simple para el entendimiento
de este documento. El primer inciso del artículo 234 del Código Orgánico Integral Penal
ecuatoriano, ha creído conveniente sancionar
a quien acceda, es decir, el solo ingreso sin
la autorización, aun cuando ese ingreso no
constituya una lesión a ese bien jurídico, está
penado, hay que tomar en consideración que
esta clase de tipos penales, de acuerdo a las
teorías dualistas, no solamente afectan bienes jurídicos individuales sino también, supra
individuales, por ello es necesario entender
que tal y como está tipificado el delito de acceso no consentido a un sistema informático,
deja por fuera, a los desarrolladores, creado-

Desafíos Jurídicos

res y comercializadores de programas, para
acceder de manera no autorizada a un sistema informático, llama la atención también, en
el tipo penal desarrollado, que en su segundo
inciso, solamente hace alusión, a quien accede de manera no consentida y lo hace para
explotar ilegítimamente el acceso, sin establecer en detalle el bien jurídico que se podría
afectar de orden individual como la intimidad,
privacidad o patrimonio.
En tal razón, deja en duda la eficacia de aplicación por parte de los jueces con este tipo
penal, y decimos esto porque, saldrá el jurista innovador en tecnologías de información y
comunicación y dirá, que ese tipo penal mantiene como bien jurídico protegido, solamente la seguridad de los activos de los sistemas
informáticos, sin perjuicio de aquello, cuando
se ha accedido y se ha lesionado otros bienes jurídicos evidentemente ya no solamente
se trata del que acabamos de señalar anteriormente, sin alejarnos del tema central y al
ser esta una crítica a dicho tipo penal, debemos mencionar que, el documento, se centra
en la acción previa al acceso no autorizado
a un sistema informático, es decir, que por la
estructura de acciones científicas en su desenvolvimiento delictual, comportan un análisis
que va más allá del simple razonamiento y
equivalencia analógica a tipos penales tradicionales
Llama fuertemente la atención, que el legislador sí identificó esta problemática en el delito
de ataque a la integridad de sistemas informáticos, puesto que estableció en el párrafo
segundo de dicho tipo penal, los verbos rectores, diseñar, desarrollar, programar, adquirir,
enviar, vender o distribuir programas destina-

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Desafíos Jurídicos

dos a causar los efectos señalados en el primer inciso de ese tipo penal, con esto queremos identificar de manera fehaciente que ya
el legislador avizoró que no solamente quien
ataque a un sistema informático debe ser
sancionado, sino también, quien desarrolla y
comercializa programas informáticos para cometer el delito que hemos enunciado, es más,
no solamente que se dio cuenta de aquello
sino que estableció el mismo quantum de la
pena, para quien ataque y para quien venda
programas a otra persona para que realice el
resultado lesivo ya señalado, si bien es cierto,
el tipo penal establecido en el artículo 232 del
Código Orgánico Integral Penal, tiene evidentemente un resultado lesivo, porque se trata
de un inciso que contiene un tipo penal de resultado, el segundo inciso aun cuando no tenga un resultado, ya que no se podría imputar
a una persona que desarrolla y comercializa
sobre el resultado causado del tipo penal principal, el legislador ha creído conveniente tipificar en un inciso autónomo estas dos acciones
que pretende implementar en el artículo 234
del Código Orgánico Integral Penal.
Hay que tomar en consideración que, de
acuerdo a lo señalado por la doctrina española, entre ellas la Doctora Corcoy, se ha manifestado que, la verdadera protección de la
seguridad de los activos de los sistemas de
información, nace a partir de una correcta tipificación que contemple también la realidad de
que a través de la lesión de este bien jurídico
supra individual se afecta bienes jurídicos individuales.
Hay que ser críticos, en que no porque el legislador haya insertado en el artículo 232 del
Código Orgánico Integral Penal varios verbos

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rectores el problema haya sido atendido integralmente, pues no significa que la redacción
ilimitada de verbos rectores haga eficiente
la aplicación de un tipo penal, en este punto
para ejemplificar lo que acabamos de señalar,
diremos lo siguiente: ¿suprimir y borrar son
lo mismo? La respuesta es no, sin perjuicio
de aquello, al ser verbos rectores tipificados
en uno de los delitos informáticos que mantiene el Código Orgánico Integral Penal, los
jueces y fiscales los utilizan como sinónimos,
esta actividad que realizan jueces y fiscales,
es producto de la falta de preparación en derecho informático, basta con preguntar a los
mismos, cuál es la diferencia entre estos dos
verbos rectores y evidentemente utilizarán
para encontrar una solución a esta dicotomía,
el diccionario de la Real Academia Española cuyo contenido literal en este instrumento
los mantendrá como sinónimos, pero ya en la
realidad técnica e informática, estas dos acciones mantienen conceptos completamente
diferentes.La acción de borrar significa una
supresión superficial del contenido de un sistema informático, mismo que puede ser recuperado a través de una técnica forense igualmente de índole informático, en cambio, la
supresión conlleva un proceso no solamente
de eliminación superficial de información sino
también un proceso de sobreescritura, lo que
impide muchas veces recuperar la información alojada en un sistema informático.
Esto para ciertos juristas es irrelevante, pero
tiene su razón de ser, preguntémonos en este
punto, en cuál de los dos casos habría una
mayor lesión a un bien jurídico y la respuesta evidente va a ser en el segundo caso, por
cuanto dicha información que fue atacada no
pudo ser recuperada como en el primer caso,

La categoría dogmático penal de la tipicidad, el principio de legalidad y los delitos informáticos en la legislación ecuatoriana.
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estos dos verbos rectores de acuerdo a materia informática pueden subsumirse en la acción típica de alterar pero el legislador ecuatoriano en su vanidad muchas veces devenida
del desconocimiento, acumula una cantidad
de verbos rectores innecesarios, por ende no
es necesaria la acumulación de verbos rectores como lo contempla el inciso segundo del
artículo 232 del Código Orgánico Integral Penal, solo basta realizar la inserción del verbo
rector, desarrollar y comercializar para combatir esta clase de delitos que en la actualidad
no está tipificada en el ordenamiento jurídico
penal ecuatoriano.
La inserción indiscriminada de verbos rectores, da pie para que los jueces encuadren
dichas conductas atípicas en verbos rectores
que ellos consideran precisos para que dichas
conductas no queden en la impunidad.
En el Ecuador no se puede condenar a quien
comete el delito de abuso de dispositivos, es
decir, no existe tipo penal alguno que contemple los verbos rectores comercialización
y desarrollo de programas computacionales
para cometer delitos como el de acceso no
consentido a sistemas informáticos o interceptación ilegal de datos, si bien es cierto,
estos son actos preparatorios que no contemplan objetiva y directamente lesiones
a bienes jurídicos individuales sí afectan la
seguridad de los activos de los sistemas de
información y comunicación; la legislación
chilena y la legislación boliviana, ya se han
preocupado sobre dichos aspectos puesto
que, han visto necesario crear un tipo penal
autónomo para quienes realizan estas acciones delictuales.

Desafíos Jurídicos

Esta tipificación se vuelve una ante sala para
castigar a quien vende y comercializa programas con el objetivo de que se cometan otros
delitos informáticos, la inexistencia de estos
elementos en el tipo objetivo, por ejemplo, del
delito de acceso no consentido hacen imposible que se pueda condenar a una persona por
dichas acciones, actualmente en el Ecuador,
los jueces no solo que están condenando estas acciones con el delito de acceso no consentido a sistemas informáticos, vulnerando el
principio de legalidad y consecuentemente el
principio de inocencia de las personas, porque por más que parezca lesivas las acciones
detalladas, nada podrá hacerse si es que el
tipo penal no contempla dicha posibilidad.
También los operadores de justicia han buscado según ellos la solución a esta problemática, encuadrando las acciones de desarrollo
y comercialización de programas computacionales para el cometimiento de delitos informáticos en general con el párrafo segundo
del artículo 232 del Código Orgánico Integral
Penal que se refiere al delito de ataque a la
integridad de sistemas informáticos, el catálogo de delitos informáticos insertos en la
norma penal ecuatoriana, se diferencia en el
contenido semántico y tipológico de acuerdo
a características específicas determinadas en
dichos delitos, por lo que, es absurdo e ilegal
pretender aplicar una pena por conductas de
un tipo penal específico.
Con el análisis efectuado en párrafos precedentes, se evidencia que los delitos informáticos contemplados en el Código Orgánico Integral Penal han sido un avance en la intención
de regulación específica en materia de delitos
informáticos, sin embargo, la misma actual-

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Desafíos Jurídicos

mente no cumple aun, parámetros técnicos y
exigencias normativas internacionales que los
vuelvan eficaces y sean suficientes para combatir la cibercriminalidad.

CONCLUSIONES

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FEUERBACH, Paul Johan Anselm Rittervon. Tratado de Derecho Penal común vigente en Alemania. Buenos Aires:
Hammurabi, 1989. Impreso.
MIR, Santiago. Derecho Penal Parte General, 7ma Edición.
Barcelona: Editorial Reppertor, 2005. Impreso.
RODRÍGUEZ, Felipe, Curso de Derecho Penal. Ecuador: Cevallos Editora Jurídica, 2019. Impreso.

La regulación vigente sin lugar a duda fue un
avance en comparación a la mantenida en el
anterior Código Penal Ecuatoriano, sin embargo, con el análisis realizado a la tipicidad con
énfasis en el principio de legalidad, así como
los elementos que integran el tipo objetivo de
los delitos contra la seguridad de los activos
de los sistemas de la información y comunicación, específicamente en lo que tiene que
ver con las acciones típicas, hemos evidenciado que existen ciertos vacíos legales, ciertas acciones no contempladas en cada uno de
los tipos penales analizados, mismas que a
la postre serán generadoras de imposibilitar
al juzgador para sancionar, obligando a los
mismos bajo el justificativo de no dejar en la
impunidad estos actos, al uso de la analogía,
lo que evidentemente recaería en la vulneración del principio de legalidad al momento de
juzgar.

ROXIN, Claus. Derecho Penal Parte General Tomo I. Navalcarnero (Madrid): Civitas, 1997. Impreso..

TRABAJOS CITADOS
AGUDELO, Nodier. Cesare Beccaria-De los delitos y de las
penas. Medellín-Colombia, 2014. Impreso.
ARAUJO, Paulina, El principio de legalidad. Ecuador: Corporación de Estudios y Publicaciones, 2021. Impreso.
BELING, Ernst von. Esquema de Derecho Penal. La doctrina
del Delito-Tipo. Trad. De.
Sebastián Soler, de las obras originales alemanas Grundzüge
des Strafrechts, 11ª ed.
1930 y Die Lehre von Tatbestand, 1930. Buenos Aires, Palma, 1944. Impreso.
La categoría dogmático penal de la tipicidad, el principio de legalidad y los delitos informáticos en la legislación ecuatoriana.
Ciberseguridad y criminalidad informática. PP. 24-37

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Ariel Agramont Loza (Universidad Católica Boliviana)
El constitucionalismo de la IA. pp. 38-49 Fecha de publicación en
línea: 31 de enero del 2023.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
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Desafíos Jurídicos Vol. 3 Núm. 4, Enero-Junio 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León,
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publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
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El constitucionalismo de la IA
The constitutionalism of AI

Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023

Por: Ariel Agramont Loza*

* Universidad Católica Boliviana, Bolivia

Resumen. La evolución de la teoría de la constitución desde la Carta Magna de 1915 hasta
la Constitución mexicana de 1917, pasando por la creación de la Unión Europea y la supranacionalidad, nos enseñan el constitucionalismo liberal y el constitucionalismo social, todo ello
producto de intensas luchas en busca de libertad, bienestar general y de conquistar derechos
individuales y sociales. Esta tecnología jurídica junto con la invención y uso tecnológico reciente de la Inteligencia Artificial, el nuevo fuego de la humanidad, avizora los albores de un
nuevo constitucionalismo mejorado y optimizado de una república 2.0, que este trabajo denomina el Constitucionalismo de la IA (inteligencia artificial).
Palabras clave: Constitucionalismo; Inteligencia Artificial; Derecho
Abstract. The evolution of the theory of the constitution from the Magna Carta of 1915 to the
Mexican Constitution of 1917, passing through the creation of the European Union and supranationality, teach us liberal constitutionalism and social constitutionalism, all of which is the
product of intense struggles in search for freedom, general well-being and to conquer individual
and social rights. This legal technology together with the invention and recent technological
use of Artificial Intelligence, the new fire of humanity, foresees the dawn of a new improved and
optimized constitutionalism of a republic 2.0, which this work name the Constitutionalism of AI
(artificial intelligence).
Keywords: Constitucionalism; artificial intelligence; Law

* Master - Abogado, Universidad Católica Boliviana.

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1. INTRODUCCIÓN
La constitución es un sistema guiado por los
principios de la independencia y separación
de poderes con los mecanismos de frenos y
contrapesos; sistema cuyo propósito es limitar
y distribuir el poder para tener un gobierno de
leyes y no de hombres, en éste trabajo, nos
ubicamos primero en el desarrollo del constitucionalismo liberal que tiene su antecedente
en la Carta Magna (1215), Constitución de Estados Unidos (1787) y la Revolución Francesa (1789); segundo en el constitucionalismo
social con basamento en la Constitución de
México de 1917, resultado directo de la Revolución mexicana, en Alemania, con la Constitución de la República de Weimar en 1919
y en España con la Constitución española de
1931; y tercero en la creación de la Unión Europea y la concepción de supranacionalidad
incluida en las diferentes constituciones europeas, así como en la Comunidad Andina y sus
países miembros; hechos jurídicos ocurridos,
en su mayoría, principalmente antes del advenimiento de la tercera ola de la sociedad de
la información y del conocimiento.

mente se intensifican o adquieren magnitud
que sobrepasa la capacidad transaccional del
sistema, las instituciones no responden con
un funcionamiento regular ni su contenido
de justicia ideal puede mantener el equilibrio
deseado (Sáchica, 2002:105). Esto es precisamente lo que se conoce como la crisis del
constitucionalismo que no es otra cosa que la
erosión del sistema por sus imperfecciones
originales, lo que justifica la necesidad de herramientas jurídicas que restauren la confianza en el sistema.
En este trabajo se analiza principalmente al
gobierno republicano1 - la tecnología jurídica
constitucional más establecida en los diferentes países a nivel mundial -, cuya naturaleza
es la democracia y cuyo principio es la virtud2,
el desafío de este trabajo es recuperar esa
virtud generadora de acuerdos y equilibrios a
través del uso de la Inteligencia Artificial (IA),
para que ésta a través de sus algoritmos se
constituya en un guardián de la virtud y la democracia que provea y devuelva al pueblo la
1 Aunque está fuera del alcance de éste trabajo, algunos de
los análisis vertidos podrían aplicarse también a gobiernos

Como en el interior de todos los sistemas políticos, en el seno del constitucionalismo hay
conflicto, contradicción, incongruencia, patentes en las fases de crisis, por agudización de
aquella. Mientras hay acuerdo sobre las cuestiones de fondo, el sistema funciona ordenadamente, y sus soluciones para las ligeras
discrepancias de matiz son aptas y satisfactorias. Más, cuando el indetenible cambio socioeconómico y cultural (inherente al contexto
de toda realidad política) genera situaciones
de hecho incompatibles con el sistema, o las
de desequilibrio que él ha encubierto larga-

monárquicos.
2   Cuando esta virtud desaparece, la ambición se apodera de
los corazones más a propósito para recibirla, y la avaricia de
todos. Los deseos mudan de objeto; lo que antes se amaba,
se aborrece; los que eran libres con las leyes, quieren ser
libres contra ellas; cada ciudadano parece un esclavo fugado
de la casa de su dueño; lo que era máxima, se titula rigor; lo
que era regla, se llama vejamen, y lo que era respeto, adquiere el nombre de miedo. La frugalidad y no el deseo de
tener es la avaricia de la república. (Monstesquieu, 2018:23)
La falta de virtud es como un virus en una república democrática. que se extiende y daña a veces irremediablemente
el sistema.

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confianza en el sistema constitucional, de tal
modo que nos llevaría a una nueva fase del
constitucionalismo.

nedas, la nube y otras tecnologías podríamos
estar en los albores de lo que será la sociedad
de la IA.

2. EL CONTEXTO ACTUAL EN EL QUE
SE DESARROLLA EL CONSTITUCIONALISMO

El discurso político actual, denota una clara
falta de liderazgo, y continúa siendo el tradicional con un ligero cambio hacia la moda TikTok y el uso de redes sociales como Twitter
La primera computadora - ENIAC (1946), o Facebook, espacios digitales en los que el
el lanzamiento del primer Satélite - Sputnik político busca promocionarse si de un produc(1957), el proyecto ARPANET3, y el Internet to se trata y ganar electores incluso a costa de
(1973), el mundo ha evolucionado tecnológica hacer comedia, entretenimiento y en algunos
y cognocitivamente unas veces en provecho casos hasta el ridículo, la casta política está
de la humanidad y otras en su perjuicio. Es- desesperada.
tos hechos especialmente constituyen parte
fundamental de la revolución del conocimien- La sociedad organizada en movimientos soto donde el principal recurso económico y de ciales, cámaras, asociaciones, federaciones
poder, es y será el conocimiento y por consi- y otros grupos sociales, en su desesperación
guiente el desarrollo de la inteligencia. (Agra- elevan intensas demandas que claman por
mont, 2002)
una mejor economía, un mejor servicio de justicia, una mejor educación para sus hijos, más
A este cambio trascendental Peter Drucker lo seguridad para sus familias y sus barrios, en
llama la Sociedad Postcapitalista, Alvin Tofler definitiva buscan un mejor nivel de vida que
le denomina la Nueva Economía del Conoci- la política tradicional y el sistema constituciomiento o la tercera ola de la información, Tai- nal establecido no han podido afrontar, de ahí
chi Sakaiya la Sociedad del Conocimiento y las crisis constitucionales de las últimas déDaniel Bell la Sociedad Postindustrial, y con la cadas y la necesidad de instaurar asambleas
explosión de la bigdata, blockchain, criptomo- y procesos constitucionales reformadores
como la Convención Constituyente en Argen3 La ARPAnet (advanced research projects agency network) tina (1993-1994), la Asamblea Constituyente
o Red de Agencias de Proyectos de Investigación Avanzada en Bolivia (2006), el Congreso Constituyente
en español, era una red de computadoras construida en 1969 de Brasil (1987-1988), La Asamblea Nacional
como un medio resistente para enviar datos militares y conec- Constituyente Colombiana (1990-1991), la
tar principales grupos de investigación a través de los Esta- Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador
dos Unidos. ARPAnet ejecutó NCP (network control protocol/ (2007-2008), la Asamblea Constituyente del
protocolo de control de red) y subsecuentemente la primera Paraguay (1991), el Congreso Constituyente
versión del protocolo de Internet o la suite TCP/IP, teniendo la Democrático del Perú (1992-1993), la AsamARPAnet una destacada parte en la naciente Internet. ARPA- blea Nacional Constituyente de Venezuela
net finalizó a comienzos de 1990. (Glosario Mozilla, 2022 ver (1999), y la más reciente Convención Consen:https://developer.mozilla.org/es/docs/Glossary/Arpanet).
Ariel Agramont Loza

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titucional de Chile (2021-2022)4. Las Constituciones políticas latinoamericanas después
de los procesos de independencia hace doscientos años, fueron elaboradas sobre la base
(o al menos teniendo en cuenta) modelos extranjeros. 5

llamar la atención de los juristas en el campo del Derecho Constitucional como aquella
materia que limita y distribuye el poder, estructura el Estado, establece los derechos y
las libertades de los miembros de una sociedad, prevé el relacionamiento interno y externo del Estado con otros Estados y en defiLa pandemia global del SARS-CoV-2 (CO- nitiva determina la forma en que se gobierna
VID19), que inició en el año 2019 y tuvo una cada Estado soberano.
En este sentido,
fuerte expansión global en el año 2020, ha nos preguntamos si ¿puede ser la IA aquel
orillado inevitablemente a las sociedades a crisol tan añorado que procure una adminislos mares de las tecnologías de información y tración pública más eficiente y eficaz?, con
comunicación, provocando el uso intensivo de menos corrupción y más acceso a informavideoconferencias en el campo de la educa- ción, ¿puede la IA fortalecer la democracia?,
ción, y el trabajo, lo cual motoriza la economía ¿puede ayudarnos la IA a tener mejores lítradicional y digital a una escala nunca antes deres y una mejor casta política?, puede la
vista, en otras palabras, navegamos en esos IA ser aquel nuevo módulo que permita, la
mares buscando educarnos, trabajar, entrete- tan buscada división e independencia de ponernos, y desarrollarnos.
deres al interior de un Estado, optimizar la
democracia digital y ser la la respuesta que
En este escenario de claro desgaste de la la humanidad necesita para dar el próximo
estructura y del sistema republicano en sí paso en el constitucionalismo.
mismo, aparece la IA que en palabras de
Sundar Pichai, líder de Google, supondrá un 3. LA DEFINICIÓN DE IA
cambio “más profundo que el fuego, la electricidad o internet”6, esta aseveración debe Un algoritmo es un conjunto ordenado y finito
de operaciones que permite hallar la solución
4   La Propuesta de Constitución Política de la República de un problema, y la inteligencia es la capacide Chile de 2022, en su Artículo 86 numeral 1 señala que: dad de entender o comprender, y de resolver
“Toda persona tiene derecho al acceso universal a la conec- problemas. Entonces la IA, es una disciplina
tividad digital y a las tecnologías de la información y comu- científica que se ocupa de crear programas
nicación”, ver: https://www.chileconvencion.cl/wp-content/ informáticos que ejecutan operaciones comuploads/2022/07/Texto-Definitivo-CPR-2022-Tapas.pdf
parables a las que realiza la mente humana,
5   Asambleas Constituyentes en América del Sur en un con- como el aprendizaje o el razonamiento lógico.
texto de Nuevo Constitucionalismo, Biblioteca del Congre- (RAE Online, 2022)
so Nacional de Chile, Ver en: https://obtienearchivo.bcn.cl/
obtienearchivo?id=repositorio%2F10221%2F21190%2F5%2FN%C2%B

electricidad o internet”: Sundar Pichai, líder de Google, BBC

A05-14%20Asambleas%20Constituyentes(1).pdf

News Mundo, 2022, visitar en https://www.bbc.com/mundo/

6   La IA supondrá un cambio “más profundo que el fuego, la

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Los expertos recomiendan prudencia para definir y referirse a la IA, por ejemplo, no podríamos
decir con propiedad que la IA entiende cómo
entiende un ser humano, en otras ocasiones
un determinado sistema podría tener una pizca de IA entonces no podríamos decir que es
una IA en todo el sentido de la palabra; tampoco
podríamos asumir que un determinado algoritmo usado en reconocimiento facial, podría ser
igualmente usado en un automóvil autónomo,
sería como comparar las habilidades y aptitudes
de un pintor con las de un médico, hay mucho
por discurrir para lograr una cabal comprensión.

De acuerdo a la MinnaLearn y la Universidad
de Helsinki, si bien la portada de la versión
impresa del New York Times o el China Daily
es la misma para todos los lectores, la portada
de la versión en línea es distinta para cada
usuario. Los algoritmos que determinan el
contenido que ves se basan en la IA. La misma tecnología que se utiliza en redes sociales
como Facebook, Twitter, LinkedIn, TikTok, Instagram, entre otras, que nos da la sensación
de personalización y de que el sistema te da
lo que quieres ver porque te entiende o te conoce.

Entonces, hay que ser cautelosos a la hora
de definir y hablar de la IA, puesto que muchas de las palabras que utilizamos pueden
ser bastante engañosas, no obstante, desde
el ángulo de sus características podemos definir la IA como aquel sistema dotado de Autonomía y Adaptabilidad.

La IA puede aprovechar la bigdata - enormes
cantidades de datos e información albergadas en la nube - de empresas como Google
o Facebook, que en los hechos conocen
mejor a las personas de un determinado
país que las propias autoridades en un nivel extremadamente personal saben de sus
preferencias, deseos, búsquedas, ubicación
y hasta estados de ánimo, es por ello que,
más allá de la protección de datos personales y los debates entorno a la privacidad
digital, surge la necesidad de diseñar algoritmos específicos de beneficio común, concebidos bajo la lógica de servicios públicos,
que beneficien la construcción de ciudadanías, el ejercicio y promoción de derechos,
el cumplimiento y seguimiento de deberes,
tanto como la aplicación y el respeto estricto
a las garantías constitucionales de todos los
ciudadanos. Teniendo el pueblo la IA de su
lado cambia el escenario político-jurídico y
socioeconómico de la sociedad, y se convierte en un aliado, en una garantía de que
el sistema funciona.

Autonomía

La capacidad para ejecutar tareas en situaciones complejas sin la dirección constante del
usuario.

Adaptabilidad

La capacidad para mejorar la ejecución de las
tareas aprendiendo de la experiencia8.
La IA es, en la base, el intento de replicar la
inteligencia humana en máquinas. Varios sistemas de IA ya son mejores que los humanos
para resolver tipos particulares de problemas.7
7   La IA supondrá un cambio “más profundo que el fuego, la
electricidad o internet”: Sundar Pichai, líder de Google, BBC
News Mundo, 2022, visitar en https://www.bbc.com/mundo/
noticias-57809469

Ariel Agramont Loza

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4. LOGROS Y APORTES DEL CONSTITUCIONALISMO EN SUS DIFERENTES
ETAPAS

parlamentarias por las opiniones que emitan
(Dermizaky, 1998).

El gran aporte de la Constitución de Estados
La evolución de la teoría de la constitución, Unidos (1787)8 - primera constitución escrita
nos retrotrae a la Carta Magna de 1915, in- que se conoce y la más antigua - al constitudependencia de Estados Unidos (1776) y la cionalismo moderno, ha sido la implementaConstitución de Estados Unidos (1787), la ción práctica de todo un conjunto de valores
Revolución Francesa (1789) y la Declaración republicanos, que en Europa fueron impode los Derechos del Hombre, la Constitución sibles de probar, por el poder que tenían las
de México (1917), la Constitución Alemana de monarquías en el ejercicio del gobierno.9 Los
Weimar 1919, la Declaración Universal de los aportes destacados se erigen entre otros en la
Derechos Humanos y la creación de las Nacio- limitación de las facultades de los gobernannes Unidas, la creación de la Unión Europea tes, para garantizar los derechos y libertades
con la supranacionalidad, tecnología jurídica de los ciudadanos; la separación de poderes,
que conjuntamente a la invención y reciente el control judicial de la constitucionalidad de
despliegue tecnológico de la IA, el nuevo fue- las leyes.
go de la humanidad, avizoran los albores de
lo que será un nuevo constitucionalismo mejo- La revolución francesa que se plasma en la
rado y optimizado, que este trabajo denomina Declaración de los Derechos del Hombre y el
de modo original y primigenio el constitucio- Ciudadano (1789) y la Constitución francesa
nalismo de la IA (IA), como la siguiente fase (1791), hacen enormes aportes a la humaniinevitable de la historia del constitucionalismo. dad entre otros los derechos naturales para
el hombre y el ciudadano, el nacimiento del
La Carta Magna del rey Juan sin Tierra del 15 nacionalismo, la abolición de los privilegios
de junio de 1215, nos enseña que ningún tri- de la nobleza y el clero, la influencia en otras
buto se establecerá sin el consentimiento de revoluciones posteriores, la igualdad ante la
un consejo común del reino, y que nadie podrá ser arrestado, aprisionado, ni desposeí- 8   NOSOTROS, el Pueblo de los Estados Unidos, a fin de
do de sus bienes, costumbres y libertades, formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, afirmar
sino en virtud del juicio de sus pares, lo que la tranquilidad interior, proveer la Defensa común, promover
se considera un antecedente directo del ha- el bienestar general y asegurar para nosotros mismos y para
beas corpus y como un antecedente directo nuestros descendientes los beneficios de la Libertad, estatuide la libertad personal y de locomoción. El mos y sancionamos esta CONSTITUCIÓN para los Estados
Bill of Rights (1689) constituye, entre otros, Unidos de América. (Ver texto completo en: https://www.archiun antecedente de la separación de poderes, ves.gov/espanol/constitucion)
el derecho ciudadano de petición, la prohi- 9   Anavitarte, E. J. (2012, June). Aportes de Estados Unidos
bición de infligir torturas, exacciones y cas- al Constitucionalismo. Academia Lab. https://academia-lab.
tigos crueles, inhumanos o degradantes a com/2012/06/24/los-aportes-de-estados-unidos-al-constitulas personas, y la inviolabilidad e inmunidad cionalismo-moderno/
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ley, la soberanía nacional en oposición a la
soberanía de origen divino, la ley como una
expresión de la voluntad general y no como
decisión arbitraria del monarca, la libertad de
opinión, la propiedad privada como derecho
inviolable y sagrado salvo la expropiación por
utilidad pública, entre muchas otras figuras.
Exaltados los derechos individuales inherentes a la persona humana y limitadas las facultades de los gobernantes para controlarlos
- constitucionalismo liberal - se produjeron
excesos, explotaciones e injusticias, que afectaron gravemente a la base social en un contexto de revolución industrial, etapa que deriva en el surgimiento del constitucionalismo
social.
La Constitución mexicana (1917) promulgada
en Querétaro, impactó tanto en el orden nacional mexicano como en el internacional, y
su aporte se centra principalmente en el constitucionalismo social10 y el amparo, esa idea
de que la Constitución no sólo debía proteger
los derechos de quienes tenían más, sino también amparar a los más necesitados tratando
de encontrar medios adecuados para lograr
una justicia social. Por primera vez en la historia de las Constituciones se incorporaron derechos sociales a un texto constitucional. Por
tanto, la Constitución de 1917 representó la
vanguardia del constitucionalismo social. Hoy

en día, en Latinoamérica, el constitucionalismo social es visto no como algo que reemplazó al liberal sino que se acopló para contar
con una paleta ampliada tanto de derechos individuales de libertad como de derechos, que
aunque pueden ser reconocidos a grupos sociales se ejercen ya en forma individual ya en
forma colectiva, como los de sindicalización.
Eso significó que el rol de la Constitución se
incrementó en tareas. Además de garantizar
la protección a los individuos frente al Estado
pasó a velar por el bienestar material de grandes sectores de la población 11 (Fix-Zamudio,
2017:914). En enfoque social también es recogido por la Constitución de Weimar (1919).
Este enfoque es el adecuado para comprender que el sistema constitucional encontró
más allá de los derechos individuales una
gama de derechos sociales muy necesarios
para dar cumplimiento al mandato democrátido de la sociedad; hoy en día es prácticamente inconcebible imaginar una Constitución
moderna que no contemple ambas realidades, como parte de su esencia, esto también
permitirá a la IA entender que el alcance de
derechos y libertades es un proceso dinámico
en la historia.
Después de la II guerra mundial, otro hecho
histórico relevante que amerita considerar es
la creación de la Unión Europea (UE), que

10   Corresponde al Estado ocuparse de la educación, salud,

11   Los aportes de la Constitución mexicana de 1917 al siglo

previsión y asistencia sociales; regular las relaciones entre

XXI. Del constitucionalismo nacional al intercultural, Silvero

los factores del trabajo para armonizar sus intereses, en vez

Salgueiro, Jorge, ver en: https://archivos.juridicas.unam.mx/

de enfrentarlos entre si como ocurría en el sistema liberal,

www/bjv/libros/10/4798/20.pdf , parte de la obra del centena-

intervenir en la planificación, dirección y control de la econo-

rio de Influencia extranjera y trascendencia internacional. De-

mía del país, en lugar de dejar hacer y dejar pasar, que era la

recho comparado, de Fix-Zamudio, Héctor y Ferrer Mac-Gre-

Filosofía del Estado Liberal (Dermizaky,1998:35).

gor, Eduardo.
Ariel Agramont Loza

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se hizo por partes a lo largo de más de 70
años, desde la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (1952), el Tribunal de Justicia
de la Unión Europea (1952), y el Parlamento
Europeo (1962) , hasta el intento de establecer una Constitución para Europa (2004) firmada por veinticinco de sus Estados miembros pero que fue rechazada por Francia y
los Países Bajos en 2005.12 Los logros de la
UE van más allá de la creación de una unión
aduanera, o de una moneda única, nos permite entender un nuevo concepto como es
el de la soberanía compartida, distinta a la
soberanía absoluta de la monarquía y la soberanía relativa de los Estados constitucionales, lo que da lugar al Derecho Comunitario, este andamiaje jurídico complejo, aún en
funcionamiento a pesar de la salida del Reino
Unido (2020) nos demuestra la capacidad de
la humanidad de construir supraestados con
objetivos comunes que permiten administrar
justicia comunitaria, tanto como legislar para
la Comunidad y por supuesto contar con un
ejecutivo que se haga cargo de la administración del grupo de integración. Similar experiencia se ha replicado en la Comunidad
Andina en el continente americano, de la que
forman parte Bolivia, Colombia, Ecuador, y
Perú. Es menester tener en cuenta que ninguno de los casos de supranacionalidad en
el mundo cuentan con un nivel de integración
en la esfera de la seguridad externa, es decir,
de contar con fuerzas armadas que puedan
proteger de forma común al espacio comunitario.

El común denominador en la historia del constitucionalismo es el abuso de poder y la sed de
justicia para construir una mejor sociedad en
la que podamos vivir, es a este propósito es al
cual debe contribuir la IA y ponerse al servicio
de la sociedad para su progreso y desarrollo
sostenible, advirtiendo y pronosticando escenarios de peligro que pudieran comprometer
la paz.

12   Historia de la Unión Europea1945-59, https://euro-

5.1 En el campo electoral

pean-union.europa.eu/principles-countries-history/history-eu_es

La necesidad de que el Estado pueda gestionar sus recursos naturales, proveer justicia,
salud, educación, seguridad social, bienestar
general, condiciones de libertad, ejercicio y
protección de derechos, seguridad, y tecnología a su pueblo, así como también, decidir
sobre su adhesión o retiro - según su posición
geográfica - a un grupo de integración supranacional, son por mencionar algunos de los
logros de la historia del constitucionalismo liberal y social - que se convierten en altos y
desafiantes retos para el constitucionalismo
de la IA.

5. APROXIMACIÓN HACIA UN CONSTITUCIONALISMO DE LA IA
La IA, con sus características de autonomía y
adaptabilidad, en el contexto del Estado Republicano liberal-social, puede contribuir en
cada uno de sus órganos legislativo, ejecutivo, judicial y electoral de poder considerando
siempre de los logros y aportes del constitucionalismo liberal, social, y las contribuciones
del Derecho Comunitario, en este acápite señalamos algunas de las ideas al respecto.

La IA debería permitirnos conocer de primera
mano los registros y antecedentes de quienes

El constitucionalismo de la IA. PP. 38-49

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pretenden ocupar cargos públicos haciendo
más transparente y de acceso público los perfiles, y la trayectoria de los políticos. La IA podría mediante un algoritmo evitar el nepotismo
al interior del gobierno, mediante un relacionamiento automático de cada ciudadano con
la base de datos de quienes ocupan la función
pública, promoviendo la virtud del sistema en
lugar del favoritismo hacia unos cuantos.

to de sus metas y objetivos trazados haciendo a la administración pública más eficiente y
eficaz, es posible que algunos detractores de
la IA incluso quieran apagar los sistemas que
albergan los algoritmos necesarios para este
control pero los beneficios de la nube con las
múltiples ubicaciones en las que puede estar albergada, incluso en blockchain, evitarán
que esto suceda.

La IA podría gestionar, controlar y garantizar
conjuntamente con grupos de la sociedad civil
y tecnologías como el blockchain la realización de elecciones libres, fidedignas, y transparentes.

La IA hará que el gobierno electrónico tenga
vida y muestre su verdadero objetivo que no
es el control masivo sino el control a la casta
política y no a la sociedad únicamente, gobernantes y gobernados, que en un nuevo pacto
social, utilizarán los algoritmos diseñados por
La IA podrá desactivar de forma autónoma las seres humanos para su propio bienestar cocredenciales de gestión del Estado a quién mún, teniendo siempre en cuenta los logros
no cumpla su periodo para el cual fue electo, de los derechos individuales y sociales, eviy también a aquellos políticos abusivos que tando alterar su esencia, por cuanto responhackean al sistema democrático para reele- den a procesos históricos.
girse una y otra vez sin fin, este bucle estaría
limitado o prohibido mediante algoritmos que 5.3 En el campo legislativo
evitarían este tipo de situaciones, y en último La IA participa de forma activa en la elabocaso la IA convocaría de forma directa al pue- ración, aprobación y promulgación de leyes,
blo para que decida de un modo transparente es parte del proceso legislativo en sí mismo,
la permanencia o no de un gobernante, para y las leyes son codificadas como algoritmos
legitimarse o para ratificar su salida para dar complejos que se pueden medir en efectivilugar a otro gobernante.
dad, eficiencia y legitimidad.

5.2 En el campo ejecutivo

La IA podría igualmente permitirnos entender,
mediante un análisis de opinión social permanente, el nivel de aceptación, rechazo o acierto que tienen las políticas públicas así como
de su sostenibilidad en el tiempo, dando indicadores y estadísticas.
La IA, más que el control social, podrá evaluar
a las primeras autoridades en el cumplimien-

Con la IA, la consulta de la viabilidad de una
ley es realizada de forma autónoma mediante
aplicaciones móviles diseñadas para obtener
la legitimidad necesaria mediante una participación masiva y en tiempo real, y controla
que no se tengan más asambleístas levanta
manos que ni siquiera entienden las motivaciones de las leyes que votan, porque la IA
evalúa su rendimiento como representantes
del pueblo.

Ariel Agramont Loza

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5.4 En el campo judicial

La IA analiza toda la jurisprudencia por cada
materia y nos señala las probables resoluciones en casos determinados, ayudando a los
jueces a tomar decisiones mejor fundadas en
base a un historial pre analizado.
La IA también puede emitir resoluciones y
sentencias en casos determinados, y en primeras instancias, en los cuales su algoritmo
es inequívoco a las circunstancias, requisitos
y condiciones legales del caso.
La IA retroalimenta el proceso legislativo con
la jurisprudencia que ha sido analizada, y propone cambios legislativos para lograr una mejor justicia, remitiéndose de forma autónoma
a los legisladores y ciudadanos para que se
pueda iniciar el proceso legislativo.

5.5 En el campo constitucional

Mediante referéndums vinculantes los países
pueden adoptar la IA con las competencias específicas que así lo decidan - cómo se hubiera hecho en la transmisión de competencias
en la UE a través de la soberanía compartida
del Derecho Comunitario - para que pueda
ir cobrando existencia legal y legitimarse a sí
misma por sus beneficios hacia la sociedad.

tros tiempos que son los abusivos monarcas y
los explotadores industriales y burgueses que
dieron lugar a cambios profundos en el constitucionalismo liberal y social del pasado.

6. CONCLUSIONES
Que sea la IA y sus algoritmos los que lleven
a la República 1.0 tradicionalmente concebida
desde la constitución de Estados Unidos hacia una República 2.0 que incluya entre sus
órganos a la IA como un factor determinante
para el desarrollo de las naciones y sociedades en su conjunto.
Afirma K. C. Wheare:
sólo cuando democracia significa a la
vez libertad e igualdad, puede preverse
con alguna confianza que se produzca el
gobierno constitucional. Si los hombres
pueden no sólo votar, sino hacerlo en favor de un gobierno distinto al que ostenta el poder, y si están garantizados sus
derechos incluso frente al mismo Estado, entonces se da la posibilidad de que
el gobierno limitado exista.13

Precisamente son los seres humanos, habitualmente los políticos, quienes toman las
decisiones en la República 1.0 y que a veces
Estas son algunas ideas de cómo el consti- coartan o limitan la libertad de las personas
tucionalismo de la IA, revolucionará la forma y generan las desigualdades por su ambición
en la que vivimos en sociedad, y de cómo la de poder profundizando la pobreza y mitiganconvivencia podría ser mejor entre seres hu- do las oportunidades, y es precisamente la IA
manos, gracias a algoritmos diseñados con la herramienta que el pueblo necesita como
el propósito de mantener la paz y de generar un guardián que con sus algoritmos converel bienestar general, hay mucho trabajo por tidos en leyes o articulados en las Constituhacer y reflexiones sobre cómo vivir con ésta
enorme ayuda que limitará la ambición des- 13 Wheake, K. C., Constituciones modernas, Barcelona, Lamedida y abusiva de la casta política de nues- bor, 1971, p. 145.
El constitucionalismo de la IA. PP. 38-49

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Desafíos Jurídicos

ciones mediante referendums o como parte
de asambleas constituyentes - puedan alertar y notificar los abusos y arbitrariedades de
las autoridades y grupos de poder, al mismo
tiempo que ayudarán a los políticos a tomar
decisiones mejores más eficientes, eficaces y
justas en beneficio de sus pueblos, haciendo
realidad los logros de las etapas anteriores al
constitucionalismo de la IA.

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Ariel Agramont Loza

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
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Yarina Amoroso (Universidad de Ciencias Informáticas) y
Jacqueline Guerrero (Universidad Internacional del Ecuador)
El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período 2018-2022. pp. 50-77. Fecha de publicación en
línea: 31 de enero del 2023.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos Vol. 3 Núm. 4, Enero-Junio 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León,
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publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
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Desafíos Jurídicos

El panorama legislativo de la protección de datos
en Latinoamérica en el período 2018-2022a
The legislative panorama of data protection in Latin America in the period
2018-2022
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023
* https://orcid.org/0000-0002-0185-082X

Por: Yarina Amorosos* y
Jacqueline Guerrero**

Universidad de Ciencias Informáticas
** https://orcid.org/0000-0002-3513-8291
Universidad Internacional del Ecuador

Resumen. La protección de datos personales ha tenido un desarrollo legislativo a nivel mundial, con características acorde a la realidad de cada país o región, permitiendo establecer
modelos de regulación con diferentes enfoques. América Latina, en los últimos veinte años, ha
sido influenciada por la tradición europea continental. Sin embargo, eran pocos los países latinoamericanos que tenían normativa específica de protección de datos antes de la vigencia del
Reglamento de la Unión Europea 2016/679, emanado del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016 (RGPD); y, únicamente cuatro han aprobado leyes sobre la materia
posterior a la vigencia de la referida norma.
El artículo explica la correspondencia del marco normativo relativo a la protección de datos
de algunos países latinoamericanos con los estándares más importantes del Reglamento de
la Unión Europea 2016/679 emanado del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de los mismos. Para este efecto, se realiza un análisis
comparativo que permita determinar el contenido y alcance de categorías específicas de las
propuestas legislativas de los países latinoamericanos que cuentan con normativa específica
de protección de datos vigentes posterior al 2018, a fin de identificar los rasgos particulares.
Palabras clave: protección de datos personales; intimidad; privacidad.
a Este trabajo se desprende del proyecto de investigación Lex Infodata: panorama de la protección de datos en Latinoamérica,
desarrollado conjuntamente por la Mgt. Yarina Amoroso, de la Universidad de Ciencias Informáticas de Cuba; Dra. Nayibe
Chacón, de la Universidad Central de Venezuela, Dra. Myrna García, de la Universidad de Nuevo León de México; Dra. Jacqueline Guerrero, de la Universidad Internacional de Ecuador; Dra. Laura Nahabetián, de la Universidad Mayor de la República Oriental del Uruguay; y, Dra. Patricia Reyes, de la Universidad de Valparaíso, Chile.

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desafiosjuridicos.uanl.mx

Abstract. The data protection has had a worldwide legislative development, with characteristics according to the reality of each country or region, allowing the establishment of regulatory
models with different approaches. Latin America, in the last twenty years, has been influenced
by the continental European tradition. However, few Latin American countries had specific data
protection regulations before the validity of the European Union Regulation 2016/679, issued
by the European Parliament and the Council, of April 27, 2016 (GDPR); and only four have
approved laws on the matter after the entry into force of the aforementioned regulation.
The article explains the correspondence of the regulatory framework relating to data protection
in some Latin American countries with the European Union Regulation 2016/679 issued by the
European Parliament and the Council of April 27, 2016, relative to the protection of natural persons with regard to the processing of personal data and their free circulation. For this purpose,
a comparative analysis is carried out to determine the content and scope of specific categories
of the legislative proposals of Latin American countries that have specific data protection regulations in force after 2018, in order to identify the particular features.
Key words: personal data protection; privacy; privacy.

INTRODUCCIÓN
En el contexto de las sociedades actuales
se hace cada vez más habitual el uso de las
computadoras y el acceso a Internet, lo cual
ha ocasionado una significativa transformación en todos los procesos y ha generado un
nuevo orden social caracterizado por la importancia de la información. El advenimiento
y expansión de Internet, como la red de redes
que vincula a millones de individuos en todo
el mundo, ha trascendido en la concentración,
sistematización y disponibilidad de información personal para diferentes fines. Se enfrentan, además, otros desafíos provenientes de
una tecnología en constante avance, tal es el
caso del Big Data, la Internet de las cosas,
la computación en nube y la inteligencia artificial. Sin embargo, estos adelantos tecnoló-

gicos forman parte de la realidad más rápidamente que las respuestas jurídicas dadas a
los problemas por ellos originados.
Con el objetivo de atenuar las problemáticas
que el desarrollo tecnológico provoca para el
desenvolvimiento de la persona humana, así
como para la propia sociedad, se han promulgado un grupo de normativas cuyo fin ha sido
la protección de los datos personales, a partir
de las Constituciones, como norma suprema
que ordena los principios básicos para este
derecho. También se han adoptado estándares para la región iberoamericana donde se
plantean nuevos retos a los ordenamientos
jurídicos. Estos constituyen una convocatoria
para la actualización de las legislaciones vigentes, con base en las mejores prácticas, así
como un incentivo para aquellos países que
aún no cuentan con legislaciones específicas.

El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período 2018-2022. PP. 50-77

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Desafíos Jurídicos

El propósito es que se legisle sobre el particular, pues el uso de las TIC y las redes sociales,
en particular, convierten a este asunto en un
tema que acompaña a todos los individuos en
su andar por el Ciberespacio, desde cualquier
lugar en que se acceda o se realice el tratamiento de los datos personales.

de amparo; y, por último, la definición del carácter autónomo e independiente del derecho
con rango constitucional no siempre se equipara con la aprobación de una ley específica
que amplíe los preceptos de la Ley Suprema,
lo cual implica un desarrollo jurisprudencial
notable.

Teniendo en cuenta las disímiles normativas
que se han aprobado desde la década de los
70 del siglo XX, en la que se evidencian las
primeras manifestaciones del derecho a la
protección de los datos personales, se pueden identificar algunos rasgos que distinguen
a dichas regulaciones (Ojeda Bello 2020).
En tal sentido se aprecia cómo los criterios
de regulación son diferentes de acuerdo con
el contexto, en unos casos con sistemas integrales de protección y en otros a través de
normas generales, no específicas y sectoriales. Además, se delimitan las garantías de los
derechos individuales a partir de establecer
límites al empleo de la informática y regular
el derecho de acceso de las personas a las
informaciones que les conciernen.

De esta forma en los diferentes países donde se ha regulado, constitucionalmente o en
una ley específica, se expresan características distintivas en los que el desarrollo tecnológico, las problemáticas asociadas y otros
factores políticos han incidido en las disímiles
formas en las que se fuera configurando, cada
vez con una mayor autonomía, el derecho a la
protección de datos personales (Ojeda Bella,
Zahira y Yarina Amoroso 2016)

VALORACIONES TÉCNICO CONCEPTUALES DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS

Desde la década de los 70 del siglo XX, progresivamente, se supera el concepto restringido de derecho a la intimidad. Éste, aplicado
Así mismo, se aprecia un mayor desarrollo a los avances tecnológicos actuales, da paso
normativo en Europa, no así en Latinoaméri- a la denominación de derecho a la autodeterca donde se evidencia un retardo, tanto en el minación informativa o libertad informática y
orden constitucional como legislativo. Sin em- años más tarde emerge como un derecho aubargo, solo hasta finales de la década de los tónomo e independiente denominado derecho
90 es que se logra definir estándares de pro- a la protección de datos personales.
tección que permitieron el flujo de datos entre
los Estados Unidos de Norteamérica y Euro- La diversidad de criterios expuestos en estos
pa. En el contexto latinoamericano, los textos últimos años, con independencia de los eleconstitucionales reconocen, en su mayoría, el mentos que cada uno de ellos tuvo en cuenta
derecho a la protección de datos personales para ofrecer una conceptualización del dereasociado al derecho a la intimidad y su regu- cho a la protección de datos personales, ha
lación la expresan en ocasiones en forma de permitido determinar que debe ser entendido
garantía específica o como un tipo de acción como aquel a través del cual se aseguran toYarina Amoros y Jacqueline Guerrero

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Desafíos Jurídicos

dos aquellos datos de carácter personal, que
identifiquen o sean susceptible de identificación y a tal efecto le ocasionen alguna afectación al titular de los mismos. En consecuencia,
el titular podrá solicitar el acceso, la rectificación, cancelación u oponerse al tratamiento y
uso de sus datos. De ahí que la intensificación
de los riesgos que la compilación y sistematización de los datos de carácter personal ha
provocado, con el auge creciente de las tecnologías de la información y las comunicaciones, ha permitido clarificar las diferencias entre lo reconocido como derecho a la intimidad,
el derecho a la autodeterminación informativa
o libertad informática y el derecho a la protección de datos personales.
La ordenación de las sociedades del siglo XXI
debe ser vista desde el desarrollo tecnológico alcanzado, unido a las formas de estudio y
regulación en el ámbito jurídico de las problemáticas sobrevenidas. Al decir de Delpiazzo
“(…) para que el cambio tecnológico sea sumido y no sufrido por la sociedad, se requiere
que el derecho se adecue a la nueva realidad
emergente” (2003, 55). Frente a este panorama los individuos se encuentran a merced de
un sinnúmero de situaciones que alteran sus
derechos humanos, que a decir de la Dra. C.
Danelia Cutié Mustelier se entienden como:
aquellas exigencias y facultades inherentes a la dignidad humana reconocidas por el ordenamiento jurídico nacional en correspondencia con el desarrollo
histórico y a tono con los documentos
aprobados por la Comunidad Internacional, que requieren de una determinada
condicionalidad material, que permita su
viabilidad social y de un férreo sistema

desafiosjuridicos.uanl.mx

de garantías que de forma integral proporcione una rápida y eficaz tutela de los
mismos, ante cualquier acto o actuación
proveniente de agentes o funcionarios
estatales, así como de particulares que
los amenacen o vulneren”, y no la de derechos fundamentales por cuanto esta
última se refiere a “una jerarquización
protectora utilizando la vía judicial para
la defensa de dichos derechos, más que
enfocarlos como naturales, mientras que
el término derechos humanos permite
defender la postura de que todos los derechos son iguales, interdependientes e
indivisibles y por tanto imprescindibles
para la vida humana y de esta forma
pueden situarse al mismo nivel, dotarlos
de iguales garantías y ofrecerles la misma protección (Cutié 1999, 30).
La comprensión del derecho a la protección
de datos personales como un derecho autónomo se enmarca en el análisis de las generaciones de derechos y como parte del proceso
de evolución histórica de los derechos humanos, que para autores como García González
(2007, 746) constituyen categorías históricas
determinadas que tienen sentido en contextos
temporales específicos (García 2007). Con
base a ello, aunque la identificación de tres
generaciones1 de derechos (Villabella 2020,
1   Con fines metodológicos y para indicar el iter evolutivo de
los derechos, sin querer establecer jerarquizaciones que indiquen distinciones entre los mismos, se hace referencia a las
generaciones de derechos. La primera de ellas, pertenece a
las Revoluciones Liberales del siglo XVIII en la que se marcaron los derechos individuales de defensa de la persona, cuya
exigencia consistió en la autolimitación y la no injerencia de
los poderes públicos en la esfera íntima de la persona. Se

El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período 2018-2022. PP. 50-77

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Desafíos Jurídicos

146-148) es la postura más común entre
los estudiosos, se identifica por Bustamante
(2010, 10) una cuarta generación2 ubicada en
lo que se ha denominado por Castell (2002,
50) como sociedad de la información y del
conocimiento,3 teniendo en cuenta el referido
reconocen, por ejemplo, el derecho al honor, el derecho a la
intimidad, el derecho a la vida y a la integridad personal. La
segunda generación se ubica desde las luchas sociales del

impacto causado por la aparición y desarrollo
universal de las tecnologías de la información
y las comunicaciones. Tanto los beneficios
como las contradicciones manifiestas para su
uso y explotación, han llevado a una nueva
comprensión de los derechos humanos, en
tanto la influencia de la tecnología informática
dota de un significado diferente a un grupo de
principios éticos que exige contar con un modelo jurídico adecuado.

siglo XIX y hasta el siglo XX con la formulación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948. Caracterizada por la intervención del Estado para garantizar los derechos
de carácter económico y social. Surgen derechos como: a la
seguridad social, a la educación, a la salud y al trabajo. La
tercera generación, se ubica a partir de la segunda mitad del
siglo XX. El promotor de estos derechos será la acción de determinados colectivos que reclaman sus legítimos derechos.
Se configuran derechos en forma de declaraciones sectoriales que protegen derechos de sectores excluidos o minorías
étnicas o religiosas afectados por las múltiples manifestaciones de la discriminación económico-social. Se destacan
derechos como la autodeterminación, el medio ambiente, la
identidad nacional y cultural. La solidaridad caracteriza a estos nuevos derechos ya que ellos se hallan aunados entre sí
por su incidencia mundial en la vida de todos los seres humanos y exigen para su realización la comunidad de esfuerzos y
responsabilidades a escala universal.

Al referirse al innegable proceso evolutivo que
sufren los derechos Pérez Luño afirma:
(…) el cambio de generación es esencial
y expresa por tanto que el papel de los
derechos fundamentales deja de ser el
mero límite a la actuación estatal para
transformarse en instrumentos jurídicos
de control de su actividad positiva, que
debe estar orientada a posibilitar la participación de los individuos y los grupos en
el ejercicio del poder. Lo que trae como
consecuencia la necesidad de incluir en
el sistema de los derechos fundamentales no solo a las libertades clásicas, sino
también a otros como categorías accionables y no como meros postulados programáticos (Pérez Luño 1991, 228).

2   Debe ser entendida como una forma de garantizar el nuevo
status del individuo de la sociedad digital (su personalidad
virtual) provocado por la universalización del acceso a las tecnologías de la informática y las comunicaciones, la libertad de
expresión en la red y la libre distribución de la información y
el conocimiento.
3   El término “sociedad del conocimiento” se ha confundido o
utilizado como sinónimo de “sociedad de la información”. La

Todo lo cual lleva a que el derecho constitucional en el presente siglo, desarrolle procesos de positivización de nuevas categorías
de derechos humanos así como la adecuación de las ya existentes, teniendo en cuenta
el entorno de la sociedad de la información y
el conocimiento. En consecuencia, el adveni-

información se compone de hechos y sucesos, mientras que
el conocimiento se define como la interpretación de dichos

la sociedad del conocimiento, en tanto esta última se refiere

hechos dentro de un contexto, con alguna finalidad. Ello impli-

a la apropiación crítica y selectiva de la información para pro-

ca reconocer que la sociedad de la información es la base de

ducir conocimiento.

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

�56

Desafíos Jurídicos

miento de la cuarta generación de los derechos humanos garantizará el nuevo status del
individuo de la sociedad digital. Lo anterior, no
impide afirmar que a partir de la tercera generación de derechos se hace más evidente
la adecuación de las instituciones jurídicas,
así como su normatividad, en defensa de la
persona, en tanto se dota de protección o se
intensifican las ya existentes, a esas nuevas
categorías de derechos que no habían sido
con claridad identificadas.
Justo en la década del 70 del siglo XX, comienza a construirse el perfil del llamado derecho
a la autodeterminación informativa,4 que se
identifica como un nuevo derecho y considera
que el concepto de derecho a la intimidad se
limita al ámbito más próximo de la persona, es
decir el de los datos revelados a un círculo de
relaciones restringidas y sin extenderse a los
datos protegidos en materia informática; contenido incluido en el derecho a la autodeterminación informativa, de ahí su ubicación por
separado (Amoroso 2019).

desafiosjuridicos.uanl.mx

procesados y disponer sobre su transmisión.
Por su parte Puccinelli (1999, 4) sostiene que el
concepto de libertad informática ofrece un contenido erróneo en relación a la protección de los
datos de carácter personal y resalta la proyección del principio–valor libertad que desde su
visión, aplicado a la actividad informática, se traduce en el derecho de los operadores de dichos
sistemas de colectar, procesar y transmitir toda
la información, cuyo conocimiento, registro o difusión no esté restringido desde lo legal por motivos razonables, fundados en la protección de
los derechos de las personas o en algún interés
colectivo relevante que justifique tal limitación.
Sin dejar de tener en cuenta el proceso de desarrollo del derecho objeto de estudio, en tanto
se concibió en sus primeras formas de manifestación como parte del derecho a la intimidad, lo
analizado hasta aquí, evidencia cómo en ocasiones se incluyen los datos personales de manera
desacertada dentro del ámbito de salvaguarda
del derecho a la intimidad,5 sin declararse aún
su carácter autónomo e independiente.

Pérez Luño (1994, 12) lo refiere también, como
un nuevo derecho fundamental denominado
de libertad informática propio de la tercera generación, cuya finalidad es asegurar la facultad
de las personas de conocer y acceder a las informaciones que les conciernen archivadas en
bancos de datos, así como controlar su calidad.
Hecho que implica la posibilidad de corregir o
cancelar los datos inexactos o indebidamente

A tal efecto tras el precedente análisis teórico – conceptual, se aprecia cómo la definición
del derecho se hace desde diversos posicionamientos teóricos, en unos casos desde el
derecho a la intimidad y en otros como autodeterminación informativa o libertad informática
e incluso se manifiestan diversas posturas en
cuanto a si es un derecho o una garantía. Además al enunciarse problemáticas ocasionadas
por el avance de las tecnologías de la informa-

4   Adquiere rango constitucional a partir de la sentencia del

5 La primera enunciación del derecho a la intimidad se en-

15/12/1983, del Tribunal Constitucional Federal alemán, don-

cuentra en 1890, en los Estados Unidos de Norteamérica,

de se presenta recurso contra la Ley de 25/3/1982, sobre el

con la obra The right of privacy de Samuel Denis Warren y

censo demográfico, al excederse en la solicitud de informa-

Louis Denmbitz Brandies, como contrapartida a la extralimi-

ción que se solicitaba a los ciudadanos.

tación de la prensa en los asuntos íntimos de las personas.

El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período 2018-2022. PP. 50-77

�57

Vol. 03, Núm. 04, Enero-Junio 2023

Desafíos Jurídicos

ción se hace desde la vulneración del derecho
a la intimidad; mientras que al definir el objeto
de protección de este derecho se hace desde
el enfoque de los datos informáticos.
En consecuencia el derecho a la protección
de datos personales se identifica como autónomo e independiente al contar con un contenido, principios y garantías propias, aún cuando se relaciona y asegura otros derechos, de
ahí su carácter instrumental. Se ubica en una
cuarta generación de derechos humanos, teniendo en cuenta las novedosas formas de
relaciones sociales expresadas tras el vertiginoso avance de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Con base en este breve análisis conceptual
del derecho a la protección de datos, a continuación se describe la consagración del derecho a la protección de datos en las legislaciones de Brasil, Cuba, Panamá, Ecuador y
Uruguay, que son los países que han aprobado normativa específica o reformado la existente, posterior a la vigencia del RGPD. Ello
en razón de que la investigación es descriptiva y con enfoque cualitativo, pues interpreta
a partir del contenido de las legislaciones de
Brasil, Cuba, Panamá, Ecuador y Uruguay, los
elementos comunes y las diferencias de ciertas categorías específicas.

LA SITUACIÓN DE LATINOAMÉRICA
AL 2022
Marcos jurídicos nacionales
Brasil

visto en la Constitución Política de la República Federativa de Brasil de 1988. La Carta
constitucional consagra también, en su artículo 5 literal X, la inviolabilidad de la intimidad,
la vida privada, el honor y la imagen de las
personas.
Pese a que la Ley 13.709 de Protección de
Datos, publicada el 14 de agosto de 2018, no
es la primera norma relativa a la protección
de datos en Brasil, brindó unidad legislativa
a la materia en el país y es la primera ley de
protección de datos en Latinoamérica aprobada posterior a la vigencia de RGPD, que
evidencia una clara influencia europea, pues
si bien no es una réplica del RGPD es consistente con los aspectos fundamentales. La Ley
13.709 se ha modificado dos veces6, y está en
pleno vigor desde el 15 de agosto de 2021.
La Ley General de Protección de Datos de
Brasil contiene tres elementos decisivos: a)
gobernanza de los datos; b) seguridad de la
información; y, c) atención a los titulares de los
datos. La gobernanza de los datos es uno de
los pilares, que corresponde a las tareas de
diagnóstico, evaluación de riesgos e impacto
por la recolección, tenencia y uso de datos
personales. El segundo pilar fundamental es
la seguridad de la información que conlleva la
gestión segura de los datos personales. Y, el
tercer pilar corresponde a la definición de los
servicios a los titulares de los datos persona6 La Ley 13.853 de diciembre de 2019 creó la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, entidad adscrita
al Ministerio de Justicia, que posteriormente se reglamenta

Al igual que otros países latinoamericanos, el
antecedente del derecho a la protección de
datos en Brasil radica en el habeas data, pre-

mediante Decreto 10.474 de 26 de agosto de 2020; y, la Ley
14.010 de junio de 2020 pospuso la aplicación del régimen de
sanciones, el cual está en vigor desde agosto de 2021.

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

�58

Desafíos Jurídicos

desafiosjuridicos.uanl.mx

les para asegurar el ejercicio de los derechos
de los titulares de los datos (Baños 2019).

la privacidad de las personas, dado que tal
como se reconoce por la doctrina y la jurisprudencia internacional, el derecho de protección
Cuba
de datos alcanza a todo dato que bien idenEn Cuba desde el año 2019 entró en vigor una tifique o permita identificar a una persona y
nueva Constitución, en el Capítulo II Dere- conocer aspectos de su vida privada.
chos, artículo 48, se dispone: “Todas las personas tienen derecho a que se les respete su Se trata de elementos que integran el conteintimidad personal y familiar, su propia imagen nido esencial del derecho a la protección de
y voz, su honor e identidad personal”.
datos personales y por tanto su vulneración
ocasionará la violación a estas normas. Por
En materia específica de protección datos de- otra parte, es a su vez fundamental, como
rechos se correlacionan con lo dispuesto en el hace la Ley, dejar establecido toda la secuenCapítulo VI Garantías de los derechos:
cia de principios que informan al derecho de
protección de datos personales, siendo más
“ARTÍCULO 97. Se reconoce el derecho que una declaración de intenciones, pues son
de toda persona de acceder a sus datos principios que se hacen efectivos a través del
personales en registros, archivos u otras ejercicio de los derechos que los titulares de
bases de datos e información de carácter los datos tienen posibilitado.
público, así como a interesar su no divulgación y obtener su debida corrección, Con la promulgación de la Ley de Protección
rectificación, modificación, actualización de Datos, cambia para bien, el panorama alo cancelación. El uso y tratamiento de rededor de este sensible tema en el país. Se
estos datos se realiza de conformidad instalan las normas que viabilizan las garancon lo establecido en la ley”.
tías y derechos constitucionalmente reconocidos y se imponen desafíos para su ejercicio
A partir de estos presupuestos el derecho inhe- a favor de la consideración de la centralidad
rente a la personalidad, conjuntamente con el humanista que tiene por finalidad sostener el
derecho a la propia imagen y al honor se corres- carácter de centro vital de las políticas públiponde con el principio de la dignidad humana cas y las acciones individuales y colectivas
que reconoce a la persona en su lugar de pri- con focalización en la persona como eje y
vilegio, como individualidad que sustenta la for- base elemental de imputación de derechos,
mulación de todas las políticas públicas y desa- deberes, libertades y obligaciones. Para ello
rrollos que se efectúan en la sociedad cubana. reclama de una reorganización institucional
para su gestión efectiva, no solo para los daRecientemente, el 14 de mayo de 2022, el tos en manos del sector público sino también
parlamento cubano ha aprobado Ley de Pro- el privado (Amoroso, 2022).
tección de Datos Personales, en virtud del
cual se protegen todas las informaciones cuya La Ley es portadora de una formulación propia
divulgación pueda impactar negativamente en de protección de datos personales, en vínculo
El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período 2018-2022. PP. 50-77

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Desafíos Jurídicos

con las tecnologías presentes y emergentes.
Es fundamental que la norma contenga un
sistema de contravenciones, pero al mismo
tiempo que haya sido aprobada al unísono de
todo el conjunto de disposiciones procesales
y el propio Código Penal, porque se crean las
condiciones para evitar cualquier tipo de indefensión frente a un mundo tan tecnológicamente invasivo como el que comienza a ser
parte con mayor intensidad en el día a día.
Unido a ello, además, y de manera intencionada se comienza a promover una cultura de
respecto a la privacidad propia y ajena, advirtiendo sobre riesgos y medidas de protección
a la ciudadanía.
Ecuador
La Constitución de la República del Ecuador,
en vigencia desde el 20 de octubre de 2008,
en su artículo 66, numeral 19, consagró el derecho a la protección de datos como un derecho de libertad, en términos de asegurar el
acceso y la decisión sobre información y datos de carácter personal, sumándose de esta
manera a los otros cuatro países latinoamericanos7 que tienen el reconocimiento constitucional del derecho a la protección de datos
como un derecho independiente del derecho
a la privacidad e intimidad (OEA 2012). En
este sentido, para la recolección, archivo, procesamiento, distribución o difusión de estos
datos o información, la Constitución dispone
que se requerirá la autorización del titular o el
mandato de la ley.
A su vez, con la finalidad de proteger eficaz e
inmediatamente el derecho a la protección de
7 República Dominicana, Ecuador, Perú, México y Venezuela

datos, declarar la violación del derecho y disponer la reparación integral del daño causado
por la violación, en el Art. 82 de la Constitución se consagra la garantía jurisdiccional de
Habeas Data, en los siguientes términos:
Toda persona, por sus propios derechos
o como representante legitimado para el
efecto, tendrá derecho a conocer de la
existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos
de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en
soporte material o electrónico. Asimismo
tendrá derecho a conocer el uso que
se haga de ellos, su finalidad, el origen
y destino de información personal y el
tiempo de vigencia del archivo o banco
de datos. Las personas responsables de
los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con autorización de su titular o de
la ley. La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin
costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso de datos
sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona titular,
se exigirá la adopción de las medidas de
seguridad necesarias. Si no se atendiera
su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza
o juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la Acción
de Habeas Data se puede interponer en los

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

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Desafíos Jurídicos

siguientes casos: a. Cuando se niega el acceso a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes
que consten en entidades públicas o estén en
poder de personas naturales o jurídicas privadas; b. Cuando se niega la solicitud de actualización, rectificación, eliminación o anulación de datos que fueren erróneos o afecten
sus derechos; y, c. Cuando se da un uso de
la información personal que viole un derecho
constitucional, sin autorización expresa, salvo
cuando exista orden de jueza o juez competente.
Ahora bien, en materia de protección de datos
el Ecuador inaugura una nueva etapa con la
vigencia de la Ley Orgánica de Protección de
Datos, publicada en el quinto suplemento del
Registro Oficial 459 de 26 de mayo de 2021.
La norma tiene el carácter de orgánica, por lo
cual prevalecerá sobre cualquier otra ley ordinaria, en razón de regular un derecho constitucional. La norma consta de doce capítulos y
setenta y siete artículos.
La Ley Orgánica de Protección de Datos está
en pleno vigor y conforme lo establece la Disposición General Séptima el ejercicio de los
derechos reconocidos en la norma podrá ser
exigido por el titular independientemente de
la entrada en vigor del régimen sancionatorio.
Sin embargo, la disposición transitoria segunda prevé una vacatio legis de dos años, a partir de la publicación de la Ley, para que los tratamientos de datos realizados en forma previa
a la entrada en vigencia de la Ley se adecúen
a lo previsto en la norma.
La ley ecuatoriana es la norma más actual, en
cuanto a su aprobación posterior a la vigencia

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del RGPD, y, sigue el modelo europeo, con
algunas modificaciones en virtud de que se
trata de la primera ley en la materia que adopta el país y era necesaria una adecuación a
la realidad propia y la escasa experiencia.
Así, por ejemplo, Ecuador decidió no regular
el tema del derecho al olvido, incluyó algunas
categorías especiales de datos como los datos relativos a las discapacidades y mantuvo
el sistema de registro de bases de datos, entre otros.
Panamá
Luego de Brasil, Panamá se convirtió en el segundo país en aprobar una ley de protección
de datos posterior a la vigencia del RGPD. El
26 de marzo de 2019 Panamá publicó en su
Gaceta Oficial la Ley 81 sobre Protección de
Datos Personales, la cual entró en vigencia el
29 de marzo de 2021, y fue reglamentada mediante Decreto Ejecutivo 285 del 28 de mayo
de 2021.
La Ley 81 encuentra fundamento de validez
en el reconocimiento constitucional del derecho a la protección de datos, en el artículo 42
de la Constitución Nacional que señala:
Toda persona tiene derecho a acceder
a la información personal contenida en
bases de datos o registros públicos y privados, y a requerir su rectificación y protección, así como su supresión, de conformidad con lo previsto en la Ley. Esta
información solo podrá ser recogida para
fines específicos, mediante consentimiento de su titular o por disposición de
autoridad competente con fundamento
en lo previsto en la Ley.

El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período 2018-2022. PP. 50-77

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La Ley panameña, pese a ser una norma específica, no es la única que conforma el marco
regulatorio de la protección de datos en Panamá. Esto debido a que existen otras norma
aplicables como: la Ley Bancaria, Ley de Seguros, Ley de Valores, Ley fiduciaria, Ley que
regula los derechos y obligaciones de los pacientes, en materia de información o decisión
libre e informada (De la Guardia 2021).

Se destaca que Uruguay adhirió al Convenio
N° 108 del Consejo de Europa para la Protección de las Personas con Respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter
Personal y por la Ley 19.948 de 16 de abril
de 2021 aprobó el Protocolo de enmienda del
Convenio para la Protección de las Personas
con respecto al Tratamiento de Datos Personales.

Uruguay
Uruguay fue uno de los primeros países de
Sudamérica en adoptar normativa de protección de datos orientada al cumplimiento de
los estándares internacionales, así la Ley
18.331 del 11 de agosto de 2008 inauguró el
marco normativo específico de la protección
de datos. En la línea de concordancia con el
RGPD, Uruguay aprueba importantes reformas a los artículos 37 al 40 de la Ley 18.331
a través de la Ley 19.670 de 15 de octubre
de 2018.

ANÁLISIS COMPARADO

La actualización del marco normativo de la protección de datos uruguayo se cierra con el Decreto No. 64/020 de 21 de febrero de 2020, que
reglamenta la Ley 19.670 y con miras a lograr
el nivel máximo de protección de datos la última
reglamentación desarrolla temas fundamentales
como: los casos de aplicación extraterritorial de
la normativa de protección de datos; la obligación de notificar las vulneraciones de seguridad;
la consagración del principio de responsabilidad
proactiva; la obligación de contar con un delegado de protección de datos para ciertas entidades; y, la necesidad de establecer de manera
escrita los servicios de tratamientos realizados
por terceros (Castells 2020).

La investigación tiene un enfoque cualitativo,
pues se interpreta, a partir del contenido de
las legislaciones de Brasil, Cuba, Panamá,
Ecuador y Uruguay, los elementos comunes
y las diferencias de cinco categorías específicas. El análisis es descriptivo con base en el
análisis de las normas.
La metodología comparativa empleada para
la investigación seleccionó como sujeto de
comparación la legislación de los países que
han aprobado o reformado su normativa,
posterior a la vigencia del RGPD. Luego, se
definieron cinco categorías para la comparación: I. Consentimiento; II. Categorías especiales de datos. III. Flujos transfronterizos de
datos. IV. Autoridad de control. VI. Régimen
sancionatorio. Finalmente, en cada categoría
el análisis específico identifica los elementos
comunes de las legislaciones y los factores diferenciadores.
A continuación se muestra la fase descriptiva
de las categorías seleccionadas para la comparación y posterior análisis.

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

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Cuadro 1: Países con marco legislativo aprobado / reformado posterior al 2018
CATEGORÍA

NORMA

GDPR

Reglamento General de Protección de Datos 2016/679, emanado del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (GDPR).

CUBA

Ley de Protección de Datos Personales. Aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular, de 14 de mayo de 2022.

BRASIL

Ley General de Protección de Datos Personales. Ley 13.853 reformatoria
de la Ley 13.709.

ECUADOR

Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

PANAMA

Ley sobre protección de Datos Personales. Reglamento a la Ley 81.

URUGUAY

Ley de protección de datos personales. Ley reformatoria de la Ley 18.331.
Decreto 64/020. Resolución 23-21 del Consejo Ejecutivo de la Unidad
Reguladora y de Control de Datos Personales, de 8 de junio de 2021.
Resolución 105-2015 del Consejo Ejecutivo de la Unidad Reguladora y de
Control de Datos Personales, de 23 de diciembre de 2015.

CATEGORÍA

I. Consentimiento

GDPR

Art. 11. Numeral 11).- consentimiento del interesado: toda manifestación
de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el interesado acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen.

CUBA

Artículo 10. La protección y tratamiento de datos personales se rige por
los principios siguientes: l) consentimiento: el titular ha de manifestar su
voluntad de forma libre, inequívoca, específica e informada para el tratamiento de los datos personales, precisando el fin con el que se otorga el
consentimiento.

BRASIL

Art. 5.- XII. Consentimiento: manifestación libre, informada e inequívoca
por la cual el titular está de acuerdo con el tratamiento de sus datos personales para un fin específico.

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ECUADOR

Art. 4.- Definiciones.- Consentimiento: Manifestación de la voluntad libre,
específica, informada e inequívoca, por el que el titular de los datos personales autoriza al responsable del tratamiento de los datos personales a
tratar los mismos.
Art. 8.- Consentimiento.- Se podrán tratar y comunicar datos personales cuando se cuente con la manifestación de la voluntad del titular para
hacerlo. El consentimiento será válido, cuando la manifestación de la
voluntad sea: 1) Libre, es decir, cuando se encuentre exenta de vicios del
consentimiento; 2) Específica, en cuanto a la determinación concreta de
los medios y fines del tratamiento; 3) Informada, de modo que cumpla con
el principio de transparencia y efectivice el derecho a la transparencia,
4) Inequívoca, de manera que no presente dudas sobre el alcance de la
autorización otorgada por el titular. El consentimiento podrá revocarse en
cualquier momento sin que sea necesaria una justificación, para lo cual el
responsable del tratamiento de datos personales establecerá mecanismos
que garanticen celeridad, eficiencia, eficacia y gratuidad, así como un
procedimiento sencillo, similar al proceder con el cual recabó el consentimiento. El tratamiento realizado antes de revocar el consentimiento es
lícito, en virtud de que este no tiene efectos retroactivos.
Cuando se pretenda fundar el tratamiento de los datos en el consentimiento del afectado para una pluralidad de finalidades será preciso que
conste que dicho consentimiento se otorga para todas ellas.

PANAMA

Art. 4. Numeral 4). Consentimiento: manifestación de la voluntad del titular
de los datos, mediante la cual se efectúa el tratamiento de estos.

URUGUAY

Art. 4. Literal c). Consentimiento del titular. Toda manifestación de voluntad, libre,
inequívoca, específica e informada, mediante la cual el titular consienta el tratamiento de datos personales que le concierna.
Art. 9.- Principio del previo consentimiento informado.- el tratamiento de datos
personales es lícito cuando el titular hubiere prestado consentimiento libre,
previo, expreso, e informado, el que deberá documentarse. El referido consentimiento prestado deberá figurar en forma expresa y destacada, previa notificación
al requerido de datos.

Análisis específico de la categoría:

El consentimiento es un tema estructural y pilar
fundamental del sistema de protección de datos
y elemento esencial del contenido del derecho
(Troncoso 2011), al punto que la ausencia del

consentimiento del titular deriva en la ilicitud del
tratamiento de los datos personales. El consentimiento refleja el ejercicio de la autodeterminación informativa y constituye la regla general
para el tratamiento de los datos personales.

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

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Acorde con los estándares, el consentimiento es caracterizado como: libre, informado e
inequívoco, a lo cual adhieren las normas de
Brasil, Cuba Ecuador y Uruguay. Por su parte,
las normativas de Cuba, Ecuador y Uruguay,
siguiendo la línea del GDPR (Trujillo 2017),
también incorporan como característica del
consentimiento la especificidad, que refiere a
la determinación concreta de los medios y fines del tratamiento, por tanto no se puede emplear el consentimiento para el procesamiento
de datos a gran escala. La norma panameña

es la única que describe el consentimiento en
términos generales, como la manifestación de
la voluntad del titular de los datos, pero sin
precisar las características.
Otro de los elementos comunes es el requerimiento de que el consentimiento sea previo
y la admisión de algunas excepciones al requisito de consentimiento, como por ejemplo
en caso de realizarse procesamiento de datos
para el cumplimiento de un contrato o por disposición de una norma legal.

CATEGORÍA

II. Categorías especiales de datos personales

GDPR

Art. 9. Se prohíbe el tratamiento de datos personales que revelen el origen
étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos
biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física,
datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación
sexuales de una persona física.

CUBA

Artículo 15.1. Son datos personales sensibles aquellos cuya utilización
indebida puede dar lugar a discriminación, implique distinción lesiva a la
dignidad humana o conlleve un riesgo grave para su titular.
2. Se incluyen los datos que pueden revelar el sexo, género, identidad,
identidad de género, orientación sexual, origen étnico y color de piel, el
estado de salud presente o futuro, discapacidad, información genética, u
obtenidos a partir de pruebas diagnósticas realizadas en instituciones de
salud o vinculadas a las técnicas de reproducción asistida; creencias religiosas e ideológicas; antecedentes policiales y penales.
Artículo 16.1. La persona no puede ser obligada a proporcionar datos personales sensibles, ni es lícito su tratamiento sin el consentimiento expreso, inequívoco, libre e informado de su titular, salvo en aquellos casos de
excepción previstos en esta Ley.
2. Lo regulado en el apartado anterior se observa también en el caso de personas fallecidas, para lo que se ha de contar con el consentimiento que otorgara
en vida, si existe declaración al respecto en el testamento o manifestación de voluntad destinada a ese fin; en su defecto, el de sus herederos o causahabientes.

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Desafíos Jurídicos

BRASIL

Art. 5.- II. Datos personales sensibles: datos personales sobre origen racial
o étnico, convicciones religiosas, opinión política, afiliación a un sindicato u
organización de carácter religioso, filosófico o político, datos relacionados
con la salud o la vida sexual, datos genéticos o biométricos, cuando estén
vinculados a una persona física.
Art. 14. Tratamiento de datos de niños y adolescentes

ECUADOR

Art. 4.- Definiciones.- Datos sensibles: datos relativos a: etnia, identidad
de género, identidad cultural, religión, ideología, filiación política, pasado
judicial, condición migratoria, orientación sexual, salud, datos biométricos, datos genéticos y aquellos cuyo tratamiento indebido pueda dar origen
a discriminación, atenten o puedan atentar contra los derechos y libertades
fundamentales. Datos relativos a la salud: datos personales relativos a la
salud física o mental de una persona, incluida la prestación de servicios de
atención sanitaria, que revelen información sobre su estado de salud.
Art. 25.- Categorías especiales de datos personales.- Se considerarán categorías especiales de datos personales, los siguientes: a) Datos sensibles;
b) Datos de niñas, niños y adolescentes; c) Datos de salud; y, d) Datos de
personas con discapacidad y de sus sustitutos, relativos a la discapacidad.

PANAMA

Art. 4. Numeral 11. Dato sensible: aquel que se refiera a la esfera íntima de
su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o
conlleve un riesgo grave para este. De manera enunciativa, se consideran
sensibles los datos personales que puedan revelar aspectos como origen
racial o étnico; creencias o convicciones religiosas, filosóficas y morales;
afiliación sindical; opiniones políticas; datos relativos a la salud; a la salud;
a la preferencia u orientación sexual; datos genéticos o biométricos; entre
otros, sujetos a regulación y dirigidos a identificar de manera unívoca a una
persona natural.

URUGUAY

Datos especialmente protegidos: (arts. 18 a 23)
Datos sensibles
Datos de telecomunicaciones
Datos de salud
Datos biométricos
Datos con fines de publicidad
Datos relativos a actividad comercial o crediticia
Datos transferidos internacionalmente

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

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Desafíos Jurídicos

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Análisis específico de la categoría:

La determinación de categorías de datos personales que requieren mayores o peculiares
condiciones o cuidados para su tratamiento es
una particularidad nueva de las normas de protección de datos. Se suele enumeran las categorías especiales de datos personales y se determina alguna condición más gravosa para la
protección.
En relación con las categorías especiales de
datos el elemento común de todas las normas
sujeto de la comparación es el relativo a los
datos sensibles. Tratándose de éste tipo de
datos, el RGPD prohíbe su tratamiento, a diferencia de Cuba y Ecuador que permite el tratamiento pero con el requerimiento especial
de contar con el consentimiento expreso del
titular. Brasil por su parte prevé un uso más
restrictivo de los datos sensibles.

Así también, Ecuador incorpora como categoría especial de tratamiento los datos de niños,
niñas y adolescentes, los datos de salud y los
datos relativos a las discapacidades. Por su
parte, la normativa uruguaya prevé, además,
como datos especialmente protegidos a los datos de telecomunicaciones, los datos biométricos, aquellos con fines de publicidad, los relativos a la actividad comercial o crediticia y los
datos transferidos internacionalmente.
Cuba, por su parte, adhiere totalmente al lineamiento del GDPR al establecer la correlación de los datos personales sensibles con
aquellos cuya utilización indebida puede dar
lugar a discriminación, implique distinción lesiva a la dignidad humana o conlleve un riesgo
grave para su titular. Destaca, también, que
en la enumeración ejemplificativa se incluyan
datos genéticos y los relativos a las técnicas
de reproducción asistida.

CATEGORÍA
III. Flujos transfronterizos
GDPR
Capítulo V. Art. 44 a 49.
El principio general de la transferencia internacional de datos personales es la
garantía del nivel adecuado de protección en el país, territorio o sector específico al que se transfieren los datos.
También es posible realizar la transferencia internacional de datos mediante
garantís adecuadas y a condición de que los interesados cuenten con derechos
exigibles y acciones legales efectivas. Esto incluye las normas corporativas vinculantes, cláusulas tipo, códigos de conducta, mecanismos de certificación.

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CUBA

Desafíos Jurídicos

Artículo 63. Se autoriza la transferencia de datos personales dentro del territorio nacional a solicitud de los responsables o encargados de tratamiento de datos, en los
casos siguientes:
a) Intercambio de datos de carácter médico, sanitario o investigativo cuando sea requerido para tratamiento del titular, o por interés colectivo;
b) cuando la transferencia de datos tiene como objeto la seguridad colectiva, el bienestar general, el respeto al orden público, y el interés de la defensa;
c) transferencias bancarias en cuanto a las transacciones respectivas;
d) para facilitar el ejercicio del derecho al sufragio en cuanto a la conformación del
registro de electores; y
e) por otras razones que de manera significativa así lo ameriten.
Artículo 64. Los responsables o encargados para tratar datos personales, lo son para
autorizar su transferencia en el ámbito de sus competencias, cumpliendo los principios establecidos en la presente Ley.
Artículo 65.1. La transferencia internacional de datos a solicitud de la autoridad responsable del país receptor, procede en los casos siguientes:
a) Colaboración judicial internacional;
b) intercambio de datos de carácter médico cuando lo exija el tratamiento del titular,
una investigación epidemiológica, en tanto se realice previa adopción de un procedimiento de disociación de la información, con la finalidad de que el titular de los datos
sea inidentificable;
c) transferencias bancarias o bursátiles en cuanto a las transacciones respectivas y
de acuerdo con la legislación que resulte aplicable;
d) cuando la transferencia se ha acordado en el marco de tratados internacionales en
los que la República de Cuba sea Estado Parte; y
e) cuando la transferencia de datos tiene como objeto la cooperación internacional
entre organismos para la lucha contra el crimen organizado, el terrorismo, lavado de
activos, tráfico de drogas y otros delitos objeto de dicha cooperación;
2. Para autorizar la transferencia internacional de datos se tiene en cuenta la índole o naturaleza de los datos que se solicitan; los fines en los que son utilizados; el
consentimiento o información a los titulares en los casos que se requiera; período
de duración del tratamiento a que son sometidos o que se tienen previstos; país de
origen y destino final de la información; normas de derecho, generales o especiales
aplicables; normas profesionales específicas aplicables y medidas de seguridad técnicas y organizativas en vigor en los países de destino.
Artículo 66. El Presidente del Tribunal Supremo Popular, el Fiscal General de la República, el Ministro-Presidente del Banco Central de Cuba y los ministros de Relaciones
Exteriores, del Interior, de Justicia y de Salud Pública, están facultados para autorizar
la transferencia internacional de datos personales en el ámbito de sus competencias.

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

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BRASIL

Art. 33. Transferencia internacional de datos personales permitida en los
casos previstos en la Ley, como a países con nivel adecuado de protección, debiendo dar garantías de cumplimiento de los principios y ser
compatible con el régimen de protección de datos de Brasil y que además
se cuente con: a) cláusulas contractuales específicas para una transferencia dada; b) cláusulas contractuales estándar; c) estándares corporativos globales; d) sellos, certificados y códigos de conducta emitidos
regularmente.

ECUADOR

Capítulo IX. Transferencia o Comunicación Internacional de datos personales.
Arts. 55 al 61.
Por principio general La transferencia o comunicación internacional de datos personales se podrá realizar a países, organizaciones y personas jurídicas
en general que brinden niveles adecuados de protección, y que se ajusten a la
obligación de cumplimiento y garantía de estándares reconocidos internacionalmente. El nivel adecuado será determinado por la Autoridad de Protección
de Datos Personales.
Si no hay nivel adecuado se podrá realizar la referida transferencia internacional siempre que el responsable o encargado del tratamiento de datos personales ofrezca garantías adecuadas para el titular, sustentadas en un instrumento que permita: a. Garantizar el cumplimiento de principios, derechos
y obligaciones en el tratamiento de datos personales en un estándar igual o
mayor a la normativa ecuatoriana vigente. b. Efectiva tutela del derecho a
la protección de datos personales, a través de la disponibilidad permanente de
acciones administrativas o judiciales; y, c. El derecho a solicitar la reparación
integral, de ser el caso.
También se puede realizar transferencia o comunicación internacional de datos personales con base en normas corporativas vinculantes, en cuyo caso
se deberá observar el formato y los procedimientos para la transferencia o
comunicación de datos realizada en aplicación de las normas corporativas
vinculantes.

El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período 2018-2022. PP. 50-77

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PANAMA

Desafíos Jurídicos

Art. 33. Se considera lícita la transferencia de datos personales si se cumple
al menos con una de las siguientes condiciones:
-

URUGUAY

Consentimiento del titular.
Que el país u organismo receptor proporcione mejor nivel de protección.
Que se encuentre previsto en una Ley o Tratado.
Para prevención de diagnóstico médico.
Que sea efectuada a cualquier sociedad de un mismo grupo económico
siempre que no sean usadas para fines distintos.
- En virtud de un contrato.
- Necesario para la salvaguarda de un interés público.
- Para el reconocimiento o defensa de un derecho en un proceso judicial.
- Para el mantenimiento o cumplimiento de una relación jurídica.
- Requerida para transferencias bancarias o bursátiles.
- Para cooperación internacional entre organismos de inteligencia para luchar contra el crimen organizado, terrorismo, narcotráfico, etc.
- Que el responsable que transfiere los datos adopte mecanismos de autorregulación vinculante.
- En caso de cláusulas contractuales.
Art. 23.- Datos transferidos internacionalmente. Se prohíbe la transferencia de
datos personales de cualquier tipo con países u organismos internacionales
que no proporcionen niveles adecuados de protección de acuerdo a los estándares del Derecho Internacional o Regional en la materia.
La prohibición no regirá en los casos específicamente detallados en esta disposición.
Además, se debe considerar la regulación específica emitida a través de la
Resolución de la URCDP N° 23/021

Análisis específico de la categoría:
En la sociedad actual, que debe ser entendida en términos de la Sociedad Red (Amoroso,
Nayibe, y otros 2019), los flujos transfronterizos son consustanciales de la protección de
datos, puesto que los datos y la información
de carácter personal circulan velozmente a
través del ciberespacio y las redes que conectan el mundo. Ya en 1990 la Organización de

las Naciones Unidas (ONU), en el marco de
la Resolución 45/95, consideraba que cuando
los países tengan niveles comparables de protección, la circulación transfronteriza debe ser
tan libre como dentro de sus propios territorios
(Trujillo 2017). En este sentido y como bien ha
señalado la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, los marcos
de protección de datos deben ser compatibles

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

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Desafíos Jurídicos

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con los flujos de datos internacionales, para
que los países en desarrollo puedan beneficiarse de la economía digital mundial.

cuadas como: las normas corporativas vinculantes, las clausulas tipo los códigos de conducta o los mecanismos de certificación.

La transferencia internacional de datos es un
tema expresamente previsto en todas las normas sujeto de la comparación, pero con algunas
diferencias. La regla común en todas las legislaciones es la posibilidad de realizar transferencia internacional de datos hacia un destino que
garantice un nivel adecuado de protección en
el país, territorio o sector específico al que se
transfieren los datos, a fin de mitigar el riesgo
que supone para los derechos de los titulares de
los datos la transferencia de datos entre países.

Las normas de Brasil, Ecuador y Cuba adhieren a la línea del RGPD, consagrando que el
principio general para la transferencia o comunicación internacional de datos personales es
el nivel adecuado de protección, o en su defecto si se ofrecen garantías adecuadas. La
norma uruguaya prohíbe la transferencia internacional de datos personales si no existen
niveles adecuados de protección, excepto en
los casos previstos en la misma norma. Por su
parte Panamá establece como principio la posibilidad de transferir los datos, con base en las
condiciones determinadas en la norma, que no
se limita al hecho de que el país u organismo
receptor proporcione mejor nivel de protección.

En esa misma línea, otro rasgo común, es la
intervención estatal para establecer el nivel
adecuado de protección del país de destino,
así como el reconocimiento de garantías adeCATEGORÍA

IV. Autoridad de control

GDPR

Capítulo VI. Autoridades de control independientes. Art. 51. Se prevé una
autoridad de control creada por cada Estado, creada como autoridad pública independiente.

CUBA

DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA: Encargar al Ministerio de Justicia el control del cumplimiento de
lo dispuesto en la presente Ley. SEGUNDA: El Consejo de Ministros de
manera excepcional, autoriza la transferencia internacional de datos personales en los casos no previstos en la presente Ley, a propuesta del Jefe del
órgano, organismo de la Administración Central del Estado o entidad nacional que corresponda.
TERCERA: Los ministros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del
Interior aplican lo establecido en la presente Ley de acuerdo con las características de sus organismos y adoptan las medidas para modificar, adecuar
o dictar las normas que correspondan.

El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período 2018-2022. PP. 50-77

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Desafíos Jurídicos

CUARTA: Los jefes de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado y entidades nacionales, establecen las regulaciones internas
que correspondan que permitan adoptar las medidas necesarias para dar
cumplimiento a lo que por la presente se dispone.
BRASIL

Art. 5. XIX. Autoridad nacional: órgano de la administración pública responsable de fiscalizar, implementar y fiscalizar el cumplimiento de esta Ley en
todo el territorio nacional.
Art. 1 del Decreto 10.474 de 26 de agosto de 2020. La Autoridad Nacional de Protección de Datos - ANPD, órgano adscrito a la Presidencia de
la República, dotado de autonomía técnica y decisoria, con jurisdicción en
el territorio nacional y con sede y jurisdicción en el Distrito Federal, tiene
como objetivo proteger los derechos fundamentales de libertad y privacidad
y el libre desarrollo de la personalidad de la persona natural regidos por lo
dispuesto en la Ley N ° 13.709, de 14 de agosto de 2018.

ECUADOR

Art. 4.- Definiciones.- Autoridad de Protección de Datos Personales: Autoridad pública independiente encargada de supervisar la aplicación de la
presente ley, reglamento y resoluciones que ella dicte, con el fin de proteger los derechos y libertades fundamentales de las personas naturales, en
cuanto al tratamiento de sus datos personales.
La Ley no describe expresamente la naturaleza da la Autoridad de Protección de Datos Personales, sin embargo, el artículo 77 hace referencia
al Superintendente de Protección de Datos como titular de la misma. Se
deduce, por tanto, la existencia de una Superintendencia, entidad que se
crea al amparo de lo establecido en la Constitución de la República, que en
su artículo 213 señala que las superintendencias son organismos técnicos
de vigilancia, auditoría, intervención y control de las actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades
públicas y privadas, con el propósito de que estas actividades y servicios se
sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general. Son parte de
la Función de Transparencia y Control Social, pero de conformidad con el
Art. 204 de la Constitución de la República, son entidades con personalidad
jurídica y autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa.

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

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Además, el Art. 205 de la Constitución determina que los representantes
de las entidades que forman parte de la Función de Transparencia y Control Social, entre las que se cuentan las superintendencias, tienen fuero de
Corte Nacional y están sujetos al enjuiciamiento político de la Asamblea
Nacional. Su selección se realiza mediante concurso público de oposición y
méritos en los casos que proceda, con postulación, veeduría e impugnación
ciudadana. Esto da cuenta de la independencia de la autoridad que represente a la Superintendencia de Protección de Datos.
PANAMA

Art. 34. Consejo de Protección de Datos Personales. Ente consultivo en
materia de protección de datos.
Art. 36. La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información
es el ente que podrá aplicar las sanciones.

URUGUAY

Artículos del 31 a 34. Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales.

Análisis específico de la categoría:
La existencia de una autoridad de control en
materia de protección de datos es uno de los
pilares fundamentales en el sistema de protección de los datos y lo que caracteriza la particularidad única del derecho a la protección
de datos, que a diferencia de otros derechos,
cuenta con una autoridad exclusiva para velar
por su respeto y no vulneración. Tal premisa
es condición necesaria más no suficiente, pues
las características de autonomía, independencia e imparcialidad en la actuación de la autoridad de control determinarán el cumplimiento
del estándar internacional (Guerrero 2019).

pero es un órgano desconcentrado de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión
Electrónica y de la Sociedad de la Información
y del Conocimiento (AGESIC); y, en el caso de
Panamá el Consejo de Protección de Datos
Personales funge únicamente como ente consultivo, siendo la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información el ente que
puede aplicar las sanciones. Finalmente, la
norma cubana encarga el cumplimiento de la
misma al Ministerio de Justicia y reparte competencias a otros funcionarios de Estado, por
tanto destaca el hecho de que la norma no
haya creado ninguna entidad especializada.

La autonomía no es la característica que define a los organismos de control de protección
de datos previstos en las legislaciones sujeto
de la comparación, como se puede evidenciar
respecto de la autoridad de control de Brasil,
Panamá y Uruguay. La autoridad brasileña
está adscrita a la Presidencia de la República;
la autoridad uruguaya tiene autonomía técnica

El caso de Ecuador es diferente, puesto que
la Superintendencia de Protección de Datos,
conforme a las disposiciones Constitucionales, será una entidad con personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera,
presupuestaria y organizativa. Esta autonomía también corresponde a la figura de su representante, esto es el Superintendente, que

El panorama legislativo de la protección de datos en Latinoamérica en el período 2018-2022. PP. 50-77

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Desafíos Jurídicos

deriva del proceso de selección, así como de
la imposibilidad de su destitución, salvo el
caso de que se realice un juicio político en la
CATEGORÍA

GDPR

Asamblea Nacional. Por lo tanto, la autoridad
ecuatoriana es la única que cumple con el estándar de independencia y autonomía.

V. Régimen sancionatorio

Art. 83. Condiciones generales para la imposición de multas administrativas.
Art. 84. Los Estados deben definir las demás sanciones aplicables por las infracciones cometidas. Las sanciones serán efectivas, proporcionadas y disuasorias.

CUBA

Sección Cuarta Del incumplimiento de las disposiciones relativas a la protección de
datos personales.
Artículo 56.1. Las personas naturales o jurídicas, sujetas al régimen legal que esta
Ley establece, que incumplan las disposiciones relativas a la protección de datos
personales se les imponen, por la autoridad competente, las sanciones y medidas
siguientes:
a) Apercibimiento;
b) multa de hasta 20 000 pesos;
c) suspensión de la base de datos respectiva por el plazo de hasta cinco días; y
d) clausura de la base de datos.
2. Estas sanciones y medidas se gradúan teniendo en cuenta el impacto social, la
gravedad, reiteración o reincidencia de la infracción cometida.
3. Las sanciones y medidas se aplican sin perjuicio de la responsabilidad civil o
penal en la que se pueda incurrir.
4. La autoridad competente para imponer la multa y demás medidas que correspondan por los incumplimientos de las disposiciones relativas a la protección de datos
personales, son los funcionarios autorizados expresamente por los órganos, organismos de la Administración Central del Estado y entidades nacionales, en el ámbito
de su competencia.
Artículo 57.1. Contra la sanción o medida impuesta por la autoridad competente el
afectado puede interponer por escrito recurso de apelación en el plazo de 10 días
hábiles siguientes a la fecha de notificación.
23.2. Está facultado para conocer y resolver el recurso de apelación, el jefe inmediato superior de la autoridad que impuso la sanción o medida.
3. Con el recurso de apelación el inconforme propone las pruebas de que intente
valerse a los fines de su impugnación.

Yarina Amoros y Jacqueline Guerrero

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Artículo 58. El jefe inmediato superior que conoce del recurso puede convocar al
recurrente para ser escuchado sobre su impugnación.
Artículo 59. El recurso de apelación no interrumpe la ejecución de la sanción o medida impuesta.
Artículo 60.1. El recurso se resuelve en un plazo de hasta diez días hábiles posteriores a su presentación.
2. Dicho plazo puede ser prorrogado por diez días hábiles más si la práctica de
pruebas presentadas lo hace necesario.
3. La resolución que resuelve el recurso de apelación se notifica al recurrente dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a la fecha de dictada.
Artículo 61. En el caso en que se declare con lugar el recurso, la decisión se comunica a quienes hayan intervenido en la ejecución de la sanción o medida.
Artículo 62. Contra la decisión de la autoridad administrativa facultada procede demanda administrativa en sede judicial.
BRASIL

Art. 52. Sanciones administrativas: Advertencia, indicando el plazo para tomar las medidas correctivas; multa simple de hasta el 2% (dos por ciento)
de los ingresos de una persona jurídica de derecho privado, grupo o conglomerado en Brasil en su último año fiscal, sin impuestos, limitada en total a R
$ 50.000.000,00 (cincuenta millones de reales ) por infracción; multa diaria,
observando el límite total a que se refiere el ítem II; dar a conocer la infracción
después de que su ocurrencia sea debidamente investigada y confirmada; bloqueo de los datos personales a los que se refiere la infracción hasta su regularización; supresión de los datos personales a los que se refiere la infracción;
suspensión parcial del funcionamiento de la base de datos a la que se refiere
la infracción por un período máximo de 6 (seis) meses, prorrogable por igual
período, hasta la regularización de la actividad de tratamiento por parte del responsable del tratamiento; Prohibición total o parcial del ejercicio de actividades
relacionadas con el tratamiento de dato.

ECUADOR

Capítulo XI. Medidas correctivas, infracciones y régimen sancionatorio. Artículos 65
al 74.
Sección 1ª. Se establecen infracciones leves y graves en las que incurren tanto los
responsables como los encargados del tratamiento de datos personales.
Se establecen las sanciones aplicables para las infracciones leves y para las graves.

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PANAMA

Art. 36. Sanciones pecuniarias acorde a la gravedad de las faltas que se establecerán desde mil balboas así como diez mil balboas.
Art. 43. Sanciones:
Faltas leves: citación ante la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la
Información.
Faltas graves: multas según su proporcionalidad.
Faltas muy graves: clausura de los registros de la base de datos, sin perjuicio de
la multa correspondiente. Suspensión e inhabilitación de la actividad de almacenamiento y/o tratamiento de datos personales de forma temporal o permanente.

URUGUAY

Art. 35. URCDP.
Observación
Apercibimiento
Multa
Suspensión de la Base de Datos
Clausura de la Base de Datos
Resolución de la URCDP N° 105/015 (reglamenta la aplicación de las sanciones)

Análisis específico de la categoría:
El sistema de protección de datos prevé como
un pilar para el cumplimiento un régimen sancionatorio, que incluye diferentes tipos de medidas que se aplican según el tipo y gravedad
de la falta.
Tratándose del régimen sancionatorio las similitudes se establecen por la existencia de
sanciones administrativas y pecuniarias, pero
con cuantías diferentes que se ubican en extremos y medidas de diferente tipo. Pero, destaca que las normas en comparación en términos de sanciones pecuniarias tienen límites
menos rigurosos que el GDPR.

CONCLUSIONES
Desde la década del 70 del siglo XX, progresivamente, se supera el concepto restringido

de derecho a la intimidad. Este, aplicado a los
avances tecnológicos actuales, da paso a la
denominación de derecho a la autodeterminación informativa o libertad informática y años
más tarde emerge como un derecho autónomo e independiente denominado derecho a la
protección de datos personales.
La diversidad de criterios expuestos en estos
últimos años, con independencia de los elementos que cada uno de ellos tuvo en cuenta
para ofrecer una conceptualización del derecho a la protección de datos personales ha
permitido determinar que debe ser entendido
como aquel a través del cual se aseguran todos aquellos datos de carácter personal, que
identifiquen o sean susceptible de identificación y a tal efecto le ocasionen alguna afectación al titular de los mismos. En consecuencia,
el titular podrá solicitar el acceso, la rectifica-

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ción, cancelación u oponerse al tratamiento y
uso de sus datos. De ahí que la intensificación
de los riesgos que la compilación y sistematización de los datos de carácter personal ha
provocado con el auge creciente de las tecnologías de la información y las comunicaciones permitiera clarificar las diferencias entre
lo reconocido como derecho a la intimidad, el
derecho a la autodeterminación informativa o
libertad informática y el derecho a la protección de datos personales.

como referente el RGPD. Esto implica una clara postura de Latinoamérica en el sentido de
cumplir los estándares internacionales para la
protección de datos personales. Sin embargo,
no ha sido posible avanzar en relación con la
estandarización de la normativa de protección
de datos a nivel Latinoamericano. Por el contrario, el panorama de Latinoamérica se torna
complejo, debido a las particularidades que
los Estados que han aprobado normas específicas de protección de datos han introducido
en su legislación interna, tal como se evidenLatinoamérica ha seguido la línea del sistema cia en el análisis comparativo de las cinco caeuropeo de protección de datos, en cuanto al tegorías referidas en este trabajo.
reconocimiento del derecho a la protección de
datos y la necesidad de garantizarlo, desde TRABAJOS CITADOS:
la perspectiva de los derechos humanos. Sin
embargo, en relación al marco jurídico-legal Amoroso, Yarina. «Contribución al debate sobre la proteccón
del derecho a la protección de datos ha tenide datos personales en Cuba.» GIGA, nº 2 (2019).
do una evolución asimétrica, pudiendo identi- ___. ¿Qué desafíos trae la nueva Ley de Protección de Daficarse países con una normativa adecuada,
tos?. CUBAHORA. 2022.
en términos del estándar europeo, así como Amoroso, Yarina, Chacón Nayibe, García Myrna, y Guerrero,
países con un nivel de protección mínimo.
Patricia, Reyes Jacqueline. Gobierno de la Información:
realidades contemporáneas. Quito: UDLA, 2019.

El panorama normativo de protección de datos en Latinoamérica ha tenido cambios significativos a partir del 2018, en razón de la aprobación y vigencia del Reglamento de la Unión
Europea 2016/679, emanado del Parlamento
Europeo y del Consejo el 27 de abril de 2016.
Esto debido a los efectos que dicha normativa
conlleva, incluso, fuera del espacio europeo,
siendo este un aspecto relevante para los países que mantienen fuertes lazos comerciales
con la Unión Europea

Baños, José María. «Ley de Protección de Datos Brasil: un
panorama general de la nueva legislación.» letslaw. 6 de
mayo de 2019. https://letslaw.es/ley-de-proteccion-de-datos-brasil/ (último acceso: 15 de agosto de 2021).
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Castell, Manuel. Informations, reseaux, identitees Les clés du
XXIe siécle. París: Fayard, 2002.
Castells, Mercedes. «Uruguay dicta nuevas normas sobre
protección de datos.» IAPP - The International Association
of Privacy Professionals. 7 de abril de 2020. https://iapp.

Muchos de los países de Latinoamérica que
no contaban con legislación de protección de
datos, están trabajando en sendos proyecto
de leyes de protección de datos, tomando

org/news/a/uruguay-dicta-nuevas-normas-sobre-proteccion-de-datos/ (último acceso: 21 de agosto de 2021).
Cutié, Daniela. El sistema de garantías de los derechos humanos en Cuba (tesis doctoral). Santiago de Cuba: Uni-

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
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Brenda Yamila Castillo Alvarado (Universidad de las Américas Puebla)
Los retos actuales del derecho mexicano en materia informática
y su legislación como medio de prevención de controversias a futuro. pp. 78-93. Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
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Desafíos Jurídicos Vol. 3 Núm. 4, Enero-Junio 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León,
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publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
94
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Los retos actuales del derecho mexicano en materia
informática y su legislación como medio de prevención de
controversias a futuro
The current challenges of Mexican computer law and its legislation as a means of
preventing disputes in the future
Fecha de publicación en línea: 23 de enero de 2023

Por: Brenda Yamila Castillo Alvarado*

* Universidad de las Américas Puebla, México

Resumen. La inteligencia artificial y la tecnología en general ha adquirido la atención del mundo, dicha tecnología es trascendental para el derecho porque, como se apreciará a lo largo de
esta investigación, debe ser regulada debido al impacto social que está demostrando tener en
la vida de los ciudadanos. Por tal motivo, comprender la manera en que actualmente se relaciona el derecho desde un punto de vista regulatorio, es lo que justifica investigar el presente
tema y expresar dichos resultados.
Estudiaremos las lagunas en el derecho, la ambigüedad y vaguedad de las leyes en el campo
de la era digital, de igual forma, abordaremos los tipos de interpretación jurídica y su resolución
partiendo desde la filosofía del derecho.
El aporte de esta investigación radica en concientizar a la sociedad de la necesidad de crear
una regulación eficaz para el uso de tecnología e inteligencia artificial en México, también
mostrará los obstáculos identificados por los cuales no se ha podido legislar en esta materia,
de igual forma, pondrá en debate los principios éticos y filosóficos de los cuales se partirá en
la búsqueda de esta nueva legislación.
Palabras clave: IA, tecnología, derecho, interpretación, digital, filosofía.
Abstract. Artificial intelligence and technology in general have acquired the attention of the
world, said technology is transcendental for the law because, as will be appreciated throughout
this investigation, it must be regulated due to the social impact that it is proving to have on the lives of citizens. For this reason, understanding the way in which the law is currently related from
a regulatory point of view, is what justifies investigating this topic and expressing these results.

* Licenciada en Derecho por parte de la Universidad de las Américas Puebla

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We will study the gaps in the law, the ambiguity and vagueness of the laws in the field of the
digital age, in the same way, we will address the types of legal interpretation and its resolution
starting from the philosophy of law.
The contribution of this research lies in making society aware of the need to create an effective
regulation for the use of technology and artificial intelligence in Mexico, it will also show the
identified obstacles for which it has not been possible to legislate on this matter, in the same
way, will put into debate the ethical and philosophical principles from which the search for this
new legislation will be based.
Keywords: AI, technology, law, interpretation, digital, philosophy.

INTRODUCCIÓN
La inteligencia artificial es una tecnología que
en los últimos años ha adquirido la atención
del mundo, dicha tecnología es trascendental
para el derecho porque, como se apreciará
a lo largo de esta investigación, debe ser regulada debido al impacto social que está demostrando tener en la vida de los ciudadanos.
Por tal motivo, comprender la manera en que
actualmente se relaciona el derecho desde un
punto de vista regulatorio, es lo que justifica
investigar el tema y expresar dichos resultados.
Los objetivos de esta investigación, en primer
lugar, es entender de forma general los inicios
de esta tecnología y sus aplicaciones contemporáneas, específicamente en relación con
los riesgos y beneficios que se han presentado en diversas áreas. De igual forma, se
pretende analizar si corresponde a una nueva
legislación en materia de derecho informático el mostrar un catálogo de soluciones a las
controversias que puedan surgir derivadas del
uso de la tecnología, o bien, si se trata sola-

mente de una interpretación jurídica a realizar
por el juzgador. Otro de los objetivos radica
en analizar los casos jurídicos controversiales
que han marcado un parteaguas en la regulación de la informática y la inteligencia artificial.
Como se pretende apreciar en este documento, el primer tema a aborda son aspectos clave de esta investigación, se describirá
el desarrollo histórico de la tecnología, con la
finalidad de que el lector comprenda de mejor manera todo lo que conlleva la creación de
una inteligencia artificial.
Asimismo, en el segundo apartado de la investigación, partiremos y se le dará solución
a la pregunta clave: ¿Debe el gobierno mexicano crear una legislación en materia de tecnología e inteligencia artificial o se trata de un
problema de interpretación jurídica? Para ello,
estudiaremos el problema de interpretación de
las llamadas lagunas jurídicas, de igual forma,
abordaremos su resolución partiendo desde
la filosofía del derecho. Finalmente, terminaremos este apartado analizando dos casos
que han marcado un parteaguas en el uso de
la inteligencia artificial, tanto en los avances

Los retos actuales del derecho mexicano en materia informática y su legislación como medio de prevención de controversias a futuro. PP. 78-93

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Desafíos Jurídicos

tecnológicos, como en los avances jurídicos
sobre esta.
En el apartado de conclusiones realizaremos
una recopilación de los puntos clave de esta
investigación, los cuales nos llevaran a comprobar la siguiente hipótesis: México es un
país que presenta una colosal laguna jurídica consecuencia de la nula regulación y marco normativo relativo al uso de la tecnología
e inteligencia artificial, lo cual representa un
estancamiento en la investigación enfocada
a ella y presenta un peligro a futuro debido
a que la tecnología avanza rápidamente y su
no regulación, basada en principios éticos a
determinar, aplicables a la tecnología e IA,
traerá como consecuencia un uso indebido de
la tecnología que puede repercutir de manera
negativa en la vida de los seres humanos.
Por otra parte, la metodología de esta investigación se basa en descripciones, comparación de derecho y el análisis de casos actuales
derivados del mal uso de la tecnología. Como
se ha mencionado, se describirá y analizará el
desarrollo histórico de la IA y para darle una
aproximación jurídica se analizarán las reacciones y debates existentes respecto al uso
de esta tecnología en la sociedad.
Las fuentes de información principales en este
trabajo son: Revistas especializadas en tecnología y derecho, documentos legales emitidos por los reguladores y/o legisladores de
los países a comparar, documentos públicos
sobre los debates de las autoridades relevantes en materia de regulación de inteligencia
artificial y artículos de divulgación científica
enfocados en tecnología, derecho e interpretación jurídica.

I. HISTORIA DEL INTERNET
La palabra internet es una abreviación de las
palabras interconnected y networks ya que,
como su nombre lo indica, es una interconexión de redes informáticas que permite a
las computadoras conectadas, comunicarse
directamente y compartir recursos. Estas interconexiones ocurren entre redes informáticas de organismos oficiales, empresariales,
educativos, etc. Sin embargo, también existen
sistemas de redes más reducidos llamados intranet generalmente para el uso de una sola
organización. (Kaplan.A., 2010, pág. 59)
El desarrollo del internet, al igual que todos
los avances científicos, no se debe a una sola
persona, sino que ha sido fruto de las ideas y
del trabajo de miles de personas. A Lawrence Roberts le llaman el padre de la Internet,
porque fue el director del equipo de ingenieros que crearon ARPANET, el percusor de
la actual Internet. En 1972, Robert Kahn fue
contratado por Lawrence Roberts para trabajar en ARPA, trabajó en el cual desarrolló un
modelo de arquitectura de red abierta, donde
cualquier ordenador pudiera comunicarse con
cualquier otro, independientemente del hardware o el software particular de cada uno de
ellos. Este trabajo le llevó a desarrollar, junto con Vinton Cerf, el protocolo Transmission
Control Protocol/Internet Protocol (TCP/IP)
(Codina.L., 2009, pág. 8)
ARPANET tenía como propósito crear una
red de comunicación entre científicos, sin
necesidad de instalaciones centralizadas, ya
que estas eran inmunes a ataques nucleares.
Pero fue hasta 1973 que se logró la primera
conexión internacional a ARPANET, a través

Brenda Yamila Castillo Alvarado

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Desafíos Jurídicos

de interconexiones de redes y a su vez, surge
el término internet. Finalmente, ARPANET cerró sus puertas en el año de 1989 y dos años
después se crea el primer servidor web. (Cortés.A., 2010, pág. 20).

2. LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN
NUESTRO PRESENTE
Definir a la inteligencia artificial, no es una tarea sencilla, pues incluso los especialistas en
esta materia declaran que no existe una definición precisa para este concepto ya que en
un principio la IA tenía como único objetivo,
solucionar teoremas, funciones y en general
problemas matemáticos, para después centrarse en los llamados problemas de sentido
común (commonsense reasorning). Para lograr esto, la IA tenía el gran de reto de imitar e
incluso igualar los tres procesos fundamentales de la inteligencia humana:
1. Aprendizaje: Adquirir el conocimiento por
medio de la información y saber aplicar dicho conocimiento.
2. Razonamiento: Aplicar el conocimiento
para alcanzar conclusiones aproximadas
o definitivas.
3. Autocorrección: Capacidad de identificar
nuestros propios errores y desechar los
conocimientos, conclusiones y formas de
actuar que nos conducen a ellos.
Para tener un panorama más amplio hay que
mencionar que la expresión Inteligencia Artificial se adoptó por primera vez en la conferencia Dartmouth Summer Research Project
on Artificial Intelligence o comúnmente llamada, la conferencia de Dartmouth, la cual
tuvo lugar en 1956 en la universidad Dartmouth College, ubicada en Hanover, Nuevo

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Hampshire (Estados Unidos). (Moor.J., 2006,
pág.14)
El evento fue organizado por John McCarthy,
Marvin L. Minsky, Nathaniel Rochester y Calude E. Shannon, quienes establecieron las
bases de la IA como un campo independiente
de la informática. Existía mucho optimismo en
dicha conferencia, lo que trajo consigo opiniones y predicciones eufóricas acercas de la IA
que resultaron un tanto exageradas, ya que
en aquel momento se pensaba que, si los ordenadores podían resolver problemas que a
los seres humanos les resultaba complicado,
entonces sería posible lograr que los ordenadores resolvieran problemas más fáciles para
nosotros.
Fue en el año 1982 que Japón reconoció las
ventajas del uso de la IA con un gran proyecto
denominado Proyecto de Sistemas Informáticos de Quinta Generación, el cual incluía procesamiento avanzado en hardware, software inteligente, de procesamiento paralelo de
quinta generación. Este proyecto sirvió como
un catalizador para el interés en la IA en el
resto del mundo, pues incluía la construcción
de Sistemas Basados en Conocimiento Inteligente (IKBS) o también llamados sistemas
expertos. (Ning. X. et al., 2020, Pág.67)
El proyecto inundó la tercera fase de investigación de la IA, concentrándose plenamente
en los IKBS que contenía el conocimiento de
dominio específico para resolver problemas
por medio de la IA. Dicho conocimiento se adquiere en primera instancia a través de expertos humanos en este dominio, posteriormente, el conocimiento se agrupaba en forma de
reglas y al conjunto de reglas se les denomi-

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naba base de conocimiento. Sin embargo, los
IKBS presentaban algunas desventajas, ya
que no tenían capacidad de aprender, es decir, necesitaban forzosamente de la base de
datos. Lo cual representaba una gran desventaja ya que los IKBS necesitaban actualizarse
regularmente y realizar esta tarea de manera
manual consumía mucho tiempo. Actualmente
el enfoque de este tipo de proyectos se basa
en lo que hemos denominado anteriormente
como big data, utilizando en ocasiones un modelo de fuente abierta para capturar datos en
la Web, lo que ha permitido que el aprendizaje
de máquina se haya convertido en un tema
muy importante en la IA.
Entonces ¿Cómo definimos a la inteligencia
artificial (IA)? La OCDE la define como:
“Un sistema basado en una máquina que
puede, para un determinado conjunto de
objetivos definidos por el ser humano,
hacer predicciones, recomendaciones o
decisiones que influyen en los entornos
reales o virtuales. Utiliza entradas basadas en máquinas y/o personas para percibir entornos reales y/o virtuales; abstraer esas percepciones en modelos (de
manera automatizada, por ejemplo, con
ML [Machine Learning o AM – Aprendizaje de máquinas] o manualmente); y
utilizar la inferencia de modelos para formular opciones de información o acción.
Los sistemas de IA están diseñados para
funcionar con diversos niveles de autonomía”(OCDE, 2019, Pág.15).
La IA busca imitar la inteligencia humana para
realizar tareas y tienen la capacidad de mejorar a partir de la información que recopilan.

Aunque su verdadero objetivo versa en mejorar significativamente las capacidades y contribuciones humanas, Otra de las diferencias
que encontramos entre la vida y la inteligencia
artificial, es que esta última busca crear redes
neuronales artificiales que simulen el funcionamiento de neuronas reales.
Capítulo II.- Las lagunas jurídicas latentes en
la regulación a la inteligencia artificial y la necesidad de la creación de normas que validen
los procesos científicos en materia informática.
Hemos abordado ya, cómo la tecnología ha
ido evolucionando, proporcionándonos no
solo las comodidades que esto conlleva, sino
también, la solución a diversos problemas que
van más allá de la capacidad e inteligencia humana. Sin embargo, la indebida regulación de
la informática en nuestro país ha traído consigo un sinfín de conflictos de interpretación y
de la aplicación de la norma.
Por tal motivo, es sumamente importante
mencionar que el tema de las llamadas lagunas jurídicas tiene una importancia crucial en
el derecho ya que la decisión que se adopte
respecto a este problema de laguna jurídicas
impacta directamente incluso en la concepción del fenómeno jurídico del cual se trate.
Aunado a esto, existe una diversidad de incógnitas que surgen derivado de las lagunas
jurídicas.
La expresión laguna, es empleada por los juristas para referirse a aquellos casos o conductas que no son reguladas por el derecho,
como es el caso del derecho informático en
México. Se afirma que existe una laguna

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cuando, según el significado que se atribuye
a las disposiciones jurídicas, el ordenamiento
no ha previsto una regla jurídica para un determinado supuesto de hecho. Afirmamos entonces que, si se acepta la presencia de una
laguna en nuestro marco jurídico, el conflicto
que surge no es un problema de interpretación
en estricto sentido, sino que no se encuentra
una norma en qué fundar la decisión del caso
en cuestión. (Rodríguez, J.L. (1999, pág. 32)
Ahora bien, adentrándonos en las llamadas
lagunas de conocimiento debemos saber que
estas se presentan cuando algunos aspectos
del hecho son desconocidos y ello dificulta la
posibilidad de atender el caso. Como ejemplo
podemos mencionar los múltiples casos que
surgen hoy en día respecto a la violación a la
intimidad. Como caso hipotético mencionaremos que una chica decide enviarle fotos íntimas a su pareja sentimental, tiempo después
una amiga le avisa a la chica que sus fotos
están circulando en todas las redes sociales.
La chica decide denunciar a su pareja sentimental por haber difundido las fotos sin su
consentimiento, causándole un perjuicio. Ante
dicha acusación, el chico argumenta que él
no difundió las imágenes, sino que, al recibir
dichas imágenes, estas se quedan almacenadas en la cloud computing (red que permite el
almacenamiento de datos en internet, sin la
necesidad de un dispositivo fijo) y que alguien
ha hackeado su nube de almacenamiento y
difundido las fotografías.
¿Cómo podría comprobar el juzgador que lo
argumentado por el chico, es verdad? Muchas
veces este “defecto” es remediado mediante
el derecho procesal, el cual se ocupa de establecer reglas sobre la admisibilidad de prue-

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bas y las reglas que distribuyen la carga de
la prueba, lo cierto es que este poco puede
hacer si no se establecen normas y mecanismos encargados de solucionar las lagunas
jurídicas del derecho informático, pues se carece de precisión en el procedimiento a falta
de ellos.
Ahora bien, en materia de tecnología e inteligencia artificial, ¿Existe un trabajo interpretativo o legislativo?
El sistema jurídico mexicano es indeterminado, en el sentido de que existen controversias
respecto a cuáles normas “existen” y cuáles
normas pertenecen al mismo o están vigentes
dentro de este, lo cual depende de la ambigüedad ya que cada texto normativo admite
una pluralidad de interpretaciones, por lo que
está sujeto a posibles desacuerdos interpretativos. Como ejemplo podemos mencionar el
artículo 24 del Código Penal Federal, el cual
expone:
“Artículo 13.- Son autores o partícipes
del delito:
I.- Los que acuerden o preparen su realización;
II.- Los que los realicen por sí;
III.- Los que lo realicen conjuntamente;
IV.- Los que lo lleven a cabo sirviéndose
de otro;
V.- Los que determinen dolosamente a
otro a cometerlo;”
Sin embargo, actualmente sabemos que las
respuestas que dan las inteligencias artificiales son cada vez más similares a las respuestas del cerebro humano, es decir, menos
lineal y constante. Por otro lado, los programas realizados dentro de los parámetros de

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la inteligencia artificial utilizan algoritmos inteligentes, lo que permite que una máquina o
herramienta sea capaz de interpretar datos y
situaciones, respondiendo de manera diferente en cada caso, y aun así aprender de cada
uno de ellos, contienen un sistema operativo
que evoluciona constantemente y que ya no
depende de su programador inicial, sino que
se va moldeando conforme a sus nuevas experiencias, como es el caso del robot Sophia,
del cual hablaremos más adelante.
Por otra parte, el Código Civil Federal, declara
que:
“Artículo 1932.- Igualmente responderán
los propietarios de los daños causados:
I. Por la explosión de máquinas, o por la
inflamación de substancias explosivas;
II. Por el humo o gases que sean nocivos
a las personas o a las propiedades;
III. Por la caída de sus árboles, cuando
no sea ocasionada por fuerza mayor;
IV. Por las emanaciones de cloacas o
depósitos de materias infectantes;
V. Por los depósitos de agua que humedezcan la pared del vecino o derramen
sobre la propiedad de éste;
VI. Por el peso o movimiento de las máquinas, por las aglomeraciones de materias o animales nocivos a la salud o por
cualquiera causa que sin derecho origine algún daño.”
Como podemos observar el Código responsabiliza de daños a los propietarios de máquinas, es decir, a personas físicas.
En este tenor de ideas, debemos preguntarnos ¿Qué sucede entonces cuando una inteligencia artificial realiza algún acto delictivo?

Conforme a la legislación mexicana, de acuerdo con el artículo 16 y demás relativos al Código Penal Federal, el responsable deberá ser
la persona física, es decir, el programador o
en su defecto la persona moral, es decir, la
encargada de realizar el proyecto de inteligencia artificial. No obstante, si hemos discutido
que las inteligencias artificiales pueden adquirir cierto grado de autonomía, ¿Es justo que
sea la persona física o moral quien pague la
responsabilidad penal, aun cuando ninguno
de los mencionados haya tenido la voluntad
para realizar dichos actos? Y si la respuesta
es negativa, ¿Quién sería entonces el responsable penal?
Para algunos, este ejemplo sería uno de los
muchos casos que podría resolver la interpretación jurídica, partiendo de las leyes que se
encuentran ya en nuestro ordenamiento jurídico, el juez podría realizar un trabajo interpretativo “en abstracto” ofreciendo razones
y motivando sus argumentos. Sin embargo,
cada norma vigente es indeterminada en el
sentido que no se sabe exactamente qué casos recaen en su campo de aplicación, todos
los textos normativos tienen una referencia
“abierta” y es aquí en donde se ven afectados
por la vaguedad. Por tal motivo, sea la norma
cual fuera, hay casos en los que ésta seguramente es aplicable, casos en los que no puede ser aplicada y casos “dudosos” o de “difícil
interpretación”.
Tomando de referencia el artículo 1932 del
Código Civil Federal fracción I, sabemos que
se responsabiliza a los dueños de máquinas,
pero ¿Podría esta, fungir gracias a la interpretación como una solución a nuestro ejemplo
planteado respecto a la “autonomía” de la

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inteligencia artificial? Para ello debemos preguntarnos qué es una máquina y cuál es la
diferencia entre esta y una inteligencia artificial. La Real Academia de la Lengua Española define a la máquina como un “conjunto de
aparatos combinados para recibir cierta forma
de energía y transformarla en otra más adecuada, o para producir un efecto determinado”
(RAE, 2020, pág.350)

matividad mexicana se limite al trabajo interpretativo del artículo 1932 del Código ya
referido, o se dirija al Código Penal Federal,
respecto a la responsabilidad y el uso de máquinas, cuando hemos observado que estas
no tienen los mismos alcances que una IA y
por ende, la responsabilidad debe ser analizada desde otro punto de vista, tanto por el
juzgador, como por el legislador.

Por otra parte, la inteligencia artificial, como la
definimos al inicio de esta investigación, constituye cualquier inteligencia similar a la humana exhibida por una computadora, robot u otra
máquina. Esto quiere decir aprender de ejemplos y experiencias, reconocer objetos, comprender y responder al lenguaje, tomar decisiones, resolver problemas, y combinar estas
y otras capacidades para realizar funciones
que un ser humano podría hacer, como saludar a un huésped de un hotel o conducir un
automóvil. A diferencia de una máquina, la inteligencia artificial funciona por medio del machine learning, una aplicación que proporciona a los sistemas la capacidad de aprender
y mejorar automáticamente de la experiencia
sin requerir programación una IA es capaz de
aprender con observaciones y experiencia directa o instrucción, con el fin de buscar patrones en los datos y tomar mejores decisiones
en el futuro. El objetivo principal es permitir
que las computadoras aprendan automáticamente sin intervención o asistencia humana y
sean capaces de adaptar sus acciones como
corresponda.

A continuación, estudiaremos dos casos que
marcaron un parteaguas en el uso de la inteligencia artificial, a fin de demostrar los
alcances que esta puede llegar a tener y la
importancia de comenzar a trabajar en una regulación de la IA en México.

Es por ello que, como hemos comentado anteriormente, la inteligencia artificial ha sobre
pasado la definición de lo que es una máquina, en este tenor, no es correcto que la nor-

2.1. Análisis del caso Loomis vs State
En el año 2013 Eric Loomis fue detenido por
agentes de la policía del Estado de Wisconsin
cuando conducía un vehículo implicado en un
reciente tiroteo. Se le acusaba de huir de la
policía y utilizar un vehículo sin la autorización
de su propietario, para lo cual, el señor Loomis se declaró culpable del cargo principal, es
decir, de conducir un vehículo sin autorización
del propietario y de intentar huir de la autoridad policial, pero no de haber participado en
el tiroteo, con la esperanza de mejorar su situación legal, buscando una condena menor.
(Hyatt.S, 2013, pág.30)
Al llegar la audiencia, el fiscal presenta un informe elaborado por la empresa privada Northpointe Inc, creadora del programa informático COMPAS, encargado de elaborar perfiles
de gestión de delincuentes correccionales,
también fungen como herramienta de gestión
de casos y apoyo en la toma de decisiones

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desarrollada. Una empresa contratada por el
Estado, la cual estableció el índice de “peligrosidad” de Eric Loomis, concluyendo que el
señor Loomis era considerado de alto riesgo
para la comunidad, por la posible comisión de
delitos en el fututo. El juez recibe este informe
y condena a Loomis a seis años de prisión y
cinco años de libertad condicional, sin considerar que él se había declarado culpable anteriormente.
La defensa de Loomis cuestiona esa condena y la declara como violatoria de derechos
humanos y violatoria del debido proceso. Asimismo, plantea las preguntas lógicas, las cuales versan en ¿Cómo se creó este software?
¿Quién realiza esta evaluación? ¿Quién arma
el esquema de puntuación que marca este índice de peligrosidad? La sentencia se recurre,
alegando que se había vulnerado el derecho
a un proceso con todas las garantías, debido a que no se podían discutir los métodos
utilizados por el programa informático COMPAS. Sin embargo, tales argumentos no fueron acogidos por la Corte Suprema del Estado
de Wisconsin ya que declaraban que el software utilizaba pautas habituales para medir
la peligrosidad de una persona a futuro y que
debido a que era un secreto industrial y no podían mostrárselo a los defensores para que
no pudieran argumentar en su contra. El caso
fue denegado y no se abrió la instancia para
presentarlo en la Corte Suprema de la Nación.

analiza su pensamiento criminal con cuestionamientos tales como: ¿Robar para comer,
está bien? ¿Matar en defensa propia, está
bien?
COMPAS busca resolver este tipo de conflictos sometidos a su criterio, auxiliando al juzgador, para que este, basado en el informe
presentado, tenga una mayor claridad al momento de dictar sentencia. Sin embargo, este
software logra cometer los errores que, se
pretende, busca solucionar, como ejemplo podemos mencionar que en EUA han existido un
sinfín de casos en los que ha existido discriminación por parte del impartidor de justicia, ya
sea por el color de piel, la etnia, religión, clase
social, etc. Sin embargo, un software que pregunta sobre tu raza, etnia, religión, en dónde
vives, si tus amigos han estado en pandillas,
si pregunta sobre tus antecedentes, los de tus
familiares y amigos; evidentemente comienza
a cerrar el ciclo sobre determinado grupo poblacional, que podríamos llamar, el más vulnerable a ser sancionado por la justicia penal
como pasó en el presente caso.

Ahora bien, cada una de estas preguntas recibe una puntuación, posteriormente se realiza un promedio y de este, se establece si el
imputado es sujeto para libertad condicional,
para prisión preventiva, etc. Y ante todo esto,
el gran cuestionamiento es ¿Es correcto que
los seres humanos estemos dejando en manos de estos programas informáticos nuestra
Cada día, es más común que los estados en libertad? Si bien, el software y la inteligencia
EUA adopten este tipo de programas, basa- artificial han traído consigo un sinfín de vendos en algoritmos que se fundan en una serie tajas, lo cierto es que su mal uso y falta de
de preguntas que se le forman al imputado so- regulación en el derecho solo puede reprebre su vida y van desde su historial criminal, sentar un retroceso en el procedimiento judihasta las historias de sus familiares y amigos, cial, todas las victorias en contra del sistema
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impositivo que implicó derrocar el sistema inquisitivo en donde una persona desconocía el
por qué se le imputaba, las pruebas o quién
lo acusaba, hoy con los programas informáticos que nos dan la apariencia de eficacia,
aplicados de una manera errónea, nos hace
cuestionarnos realmente esta “eficacia” y su
objetividad ya que, como mencionamos anteriormente, hay un grupo de personas detrás
de estos softwares determinando qué tipo de
preguntas y datos se cargan al programa y
sobre todo cómo se evalúan estos datos, supuestamente objetivos que tienen un impacto directo en las personas. Es claro, que las
empresas y los juzgadores buscan que este
impacto sea positivo pero el software también
puede impactar de una forma negativa.
Ahora bien, México se encuentra en una etapa en donde se ha reemplazado la máquina
de escribir por la computadora y entrando a
la etapa en donde se comienzan a digitalizar
expedientes, a realizar juicios y trámites en
general vía digital; no obstante, no distan muchos años para que pronto se comiencen a implementar este tipo de softwares que puedan
resolver sobre nuestras vidas, por lo que es
necesario prepararnos para ello, es necesario
analizar no solo nuestros derechos humanos
y las garantías del debido proceso, sino también la aplicación de la filosofía en el derecho
con la finalidad, no de impedir que la tecnología avance en el campo del derecho porque
eventualmente, el momento llegará, por ello
es necesaria una legislación que regule de
manera correcta el uso de dicha tecnología
en el área legal y en la aplicación a las resoluciones que impacten de manera directa en la
vida de los ciudadanos para que se realice de
manera eficaz y objetiva.

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2.2. Análisis del robot genoide Sophia
y su situación legal
El 19 de abril del año 2015 fue creada el genoide Sophia por David Hanson, fundador de
Hanson Robotics, mediante la combinación
de innovaciones en ciencia, ingeniería y arte.
Sophia también es un marco para la robótica
de vanguardia y la investigación de inteligencia artificial, en particular para comprender las
interacciones entre humanos y robots y sus
posibles aplicaciones de servicio y entretenimiento. Por ejemplo, se ha utilizado para la
investigación como parte del proyecto Loving
AI, que busca comprender cómo los robots
pueden adaptarse a las necesidades de los
usuarios a través del desarrollo intra e interpersonal. (Winson.P., 2021, pág.18)
Sophia es el robot más avanzado de la IA,
recientemente los científicos probaron su software utilizando la medida de conciencia Tononi Phi, y descubrieron que incluso puede
tener una forma rudimentaria de conciencia,
dependiendo de los datos que esté procesando y la situación en la que está interactuando.
Asimismo, Sophia es la primera ciudadana robótica del mundo y la primera Embajadora de
Innovación robótica del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Sophia ahora es un nombre familiar, con apariciones en
Tonight Show y Good Morning Britain, además
de hablar en cientos de conferencias en todo
el mundo. En octubre del 2017 fue nombrada
la primera ciudadana no humana de la historia de Arabia Saudita. El Reino Saudí busca
diversificar la matriz de su economía para
transitar al camino de la innovación en tecnología, por lo que en aquella conferencia en la
que le otorgó la ciudadanía a Sophia, anunció

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también la construcción de NEOM, una nueva
ciudad con robótica y energías renovables en
la que invertirá más de quinientos mil millones
de dólares, como parte de las políticas diseñadas por el heredero del país, Mohamed bin
Salmán en 2030. (Corona.S., 2018, pág. 1)

cias a la impresión 3D ¿Qué hay de los deberes que debe cumplir todo ciudadano? ¿Debe
tributar Sophia en Arabia Saudita?

Es necesario que la sociedad de Arabia Saudita, en este caso, reconsidere los derechos
que se les están negando a las miles de muA medida que la noticia comenzó a circular jeres y migrantes de su país, analizar que, si
en las redes sociales, muchos internautas se bien Arabia busca ser pionera en el uso de la
preguntaban cómo era posible que esta nue- IA, lo cierto es que no puede priorizar la innova ciudadana tuviera más derechos que sus vación digital por encima de los derechos de
conciudadanas humanas. Según el sistema sus ciudadanos.
legal del país oriental, cada mujer se ve forzada a usar un velo y una abaya, también a te- Ante los casos ya analizados, podemos obner siempre un acompañante masculino a su servar lo cerca que esta la tecnología de, no
lado, normalmente un miembro de su familia solo incorporarse a nuestras vidas, sino de lo
o alguien con la autoridad suficiente para ejer- cerca que están de tener el poder de decisión
cer como tal. Sin embargo, Sophia como ciu- sobre las mismas. La tecnología es un arma
dadana, no debe usar este tipo de vestimenta, de doble filo, que, si no se regula de manera
ni ir acompañada de un hombre, puede rea- correcta, lejos de beneficiarnos como especie,
lizar conferencias e incluso coquetear con el solo traerá consigo controversias que pueden
público ¿Cómo es esto posible? Otros de los atentar contra la vida humana y para los cuadebates que surgieron fue que Sophia tuvo la les no estaremos preparados ni siquiera en el
ciudadanía saudí mucho antes que los kafala, ámbito legal.
trabajadores con un visado especial que han
vivido en el país toda su vida. Bajo esa ley, los 3. CONCLUSIÓN
trabajadores extranjeros no pueden abandonar el país sin el permiso de sus jefes, lo cual La conclusión más importante de esta inveslimita enormemente sus derechos de movili- tigación es que la regulación de inteligencia
dad y residencia.
artificial en México no es un trabajo de interpretación jurídica, pues analizamos que para
Ante esto, salen varias dudas a la luz, que nos que esta interpretación pueda llevarse a cabo,
hacen repensar el concepto de lo que significa el juzgador debe contar con una base jurídica
ser un ciudadano. Además de que, ser ciuda- a interpretar, la cual se encuentra plenamente
dano contempla una serie de derechos, So- en el ordenamiento jurídico y que si bien, el
phia ahora podría casarse, votar, postularse Código Civil Federal y el Código Penal Fedecomo candidato a servidor público, o incluso ral, hacen referencia al uso de máquinas, lo
podría tener hijos con derecho a una ciudada- cierto es que dista mucho a parecerse a una
nía en caso de que decida reproducirse, como inteligencia artificial. La regulación jurídica sohacen ya algunos robots por sí mismos, gra- bre tecnología e IA es nula en México, lo cual,
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confirma nuestra hipótesis. También se ha demostrado que lo poco que se ha establecido
en términos jurídicos acerca de la tecnología,
se inclina en el ámbito penal, como ejemplo
mencionamos a la ley Olimpia, sin embargo,
la regulación en cuanto a responsabilidad penal de la IA es nula.
No obstante, fue evidente algo no contemplado en nuestra hipótesis: La ignorancia
respecto al tema de los reguladores, tanto legislativos como administrativos. Lo cual, nos
confirma que es un tema complejo de abordar
en términos legislativos y que serán necesarias más aportaciones de los expertos y de la
propia experiencia legislativa para que sea
posible apreciar una regulación de la IA.
Por otra parte, es necesario que el gobierno
mexicano concientice e informe a la sociedad
respecto a la tecnología y al uso de la IA, su
correcto funcionamiento, ventajas y los límites
de estas, para que, en un fututo, sepan cómo
utilizarlas en su favor y que estas no representen un obstáculo en su desarrollo profesional
y humanitario. Las políticas gubernamentales
tienen un impacto significativo sobre las iniciativas de conectividad y, al tener en cuenta
los posibles beneficios y usos de la IA, esas
iniciativas de conectividad pueden adaptarse
para garantizar que los ciudadanos estén conectados de tal manera que puedan beneficiarse de las nuevas e incipientes tecnologías.
Debe observarse también que el diseño y la
correcta aplicación de las estrategias de seguridad cibernética pueden ser importantes
para el desarrollo de las tecnologías de IA. La
posibilidad de que se produzcan ciberataques
podría desalentar la innovación. Sin embargo, los países deben tener cuidado de no ser

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excesivamente inclusivos al diseñar las políticas, ya que esto también podría desincentivar
la innovación. Por ejemplo, la necesidad de
cumplir con políticas o regulaciones estrictas
de seguridad cibernética podría desestimular
a los innovadores en cuanto a desarrollar la
IA, mientras que la falta de una política de seguridad cibernética podría llevar a que un país
no resulte atractivo para el desarrollo de la IA.
Lograr un equilibrio adecuado en políticas
de ciber-seguridad y la legislación adecuada
para el uso de la inteligencia artificial son un
punto clave para permitir o restringir el crecimiento de la IA.
Del mismo modo, se debe tomar como ejemplo los marcos regulatorios que han creado
diversos países pioneros en el uso de IA, que
han optado por desarrollar requisitos y reglamentos concretos sobre esta, asegurándose
que estos modelos sean utilizados con un
conjunto de datos apropiados, y que los datos
utilizados estén protegidos. Por lo tanto, es
fundamental mitigar el uso indebido de los datos y prevenir sesgos. También es importante
que el gobierno mexicano sea proactivo en el
diseño de marcos de protección de datos que
no sólo propicien un fácil acceso a los datos
y su utilización, sino que también protejan los
datos personales y delicados. Además, no deben pasar por alto el hecho de que los datos
resultan fundamentales para la innovación en
materia de IA.

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Brenda Yamila Castillo Alvarado

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Katty Agripina Pérez Ordoñez (Universidad Andina Néstor Cáceres
Velásquez)
Contribuciones para consolidar la carta peruana de derechos digitales. pp. 94-107. Fecha de publicación en línea: 31 de enero del
2023.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
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Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
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Contribuciones para consolidar la carta peruana de
derechos digitales
Contributions to consolidate the Peruvian letter of digital rights

Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023

Por: Katty Agripina Pérez Ordoñez*

* Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, Perú

Resumen. La presente ponencia, articula la visión de los Derechos Digitales, con el objetivo
y finalidad de aportar al proceso de co-creación y consolidación de la Carta Peruana de Derechos Digitales, en el marco de los fines de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital – (Perú-2011) y los objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) liderado por le MovileWorld
Congress (2022) en colaboración con la secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial (España). En cuanto que los Derechos Digitales son definidos “como una extensión
de los Derechos establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la organización de las Naciones Unidas (ONU-1948)”. Derechos Digitales que tienen la finalidad de
garantizar el libre acceso a internet y a las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC), a
todas las personas, para cerrar la brecha digital y promover un uso correcto de las redes como
un bien común de la humanidad.
El Método. – En cuanto el Enfoque Cualitativo – para la producción de nuevos conocimientos y
saberes – demanda la comprensión y verificación amplia y precisa de la teoría que sustenta el
problema de investigación, donde la realidad socio-jurídica se desenvuelve a través de proposiciones, mandatos y mandamientos jurídico-legales, se utiliza la argumentación e interpretación inductiva para el cuestionamiento y el análisis valorativo de los principios que desarrollan
el corpus propositivo para el establecimiento de la verdad holística o la comprensión totalizadora de los procesos y contextos que integran la proyección de los Derechos Humanos, los
Derechos Fundamentales y los Derechos Digitales del presente y de las futuras generaciones.
Conclusión Primigenea. – La proyección de la Cuarta Ola de los Derechos Humanos, permite

* Doctoris Scientiae por la Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez, Docente Universitaria

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percibir la co-creación y consolidación de los Derechos Digitales que junto al acceso de las
TIC, caracterizan la Era del Conocimiento, las Comunicaciones y la Inteligencia Artificial.
Palabras clave: Derechos Humanos, Carta de Derechos Digitales
Abstract. This paper articulates the vision of Digital Rights, with the objective and purpose of
contributing to the process of co-creation and consolidation of the Peruvian Charter of Digital
Rights, within the framework of the goals of the Secretary of Government and Digital Transformation – (Peru-2011) and the Sustainable Development Goals (SDG) led by the MovileWorld
Congress (2022) in collaboration with the Secretary of State for Digitization and Artificial Intelligence (Spain). Insofar as Digital Rights are defined “as an extension of the Rights established
in the Universal Declaration of Human Rights of the United Nations organization (UN-1948)”.
Digital Rights that have the purpose of guaranteeing free access to the Internet and Information
and Communication Technologies (ICT), to all people, to close the digital divide and promote
the correct use of networks as a common good of humanity.
The method. – Regarding the Qualitative Approach – for the production of new knowledge
and knowledge – demands the broad and precise understanding and verification of the theory
that supports the research problem, where the socio-legal reality unfolds through propositions,
mandates and commandments juridical-legal, the argumentation and inductive interpretation is
used for the questioning and evaluative analysis of the principles that develop the propositional
corpus for the establishment of the holistic truth or the totalizing understanding of the processes
and contexts that integrate the projection of Human Rights , Fundamental Rights and Digital
Rights of the present and future generations.
Original conclusion. – The projection of the Fourth Wave of Human Rights, allows us to perceive the co-creation and consolidation of Digital Rights that, together with ICT access, characterize the Age of Knowledge, Communications and Artificial Intelligence.
Keywords: Human Rights, Bill of Digital Rights

1. INTRODUCCIÓN
En vista que en la actualidad, no existe un estándar codificado de Derechos Digitales en el
ordenamiento global, sino nacional. Y, donde
el ecosistema digital en el Perú no ha consolidado el uso de las TIC, como instrumento modelador de los procesos sociales y productivos, así como la producción de conocimientos

basados en la ciencia y la tecnología. más el
rezagamiento de la automatización y robotización de la producción industrial, agrícola
y pecuaria, además de la persistencia de un
sistema agro-minero de exportación primaria,
propia del modelo mecánico, maquino-manufacturero, caracterizan ésta realidad, como
una sociedad en tránsito al dominio de la Era
del BIT.

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En este contexto, la modelación (y construcción) de la Carta de los Derechos Digitales,
demanda la adopción de Nuevos Paradigmas
y disrupciones que estructuren categorías jurídicas que abarquen concepciones sobre el
derecho a la libertad digital, a la igualdad y la
no discriminación en el acceso a las TIC, a la
protección y conservación de datos mediante
la ciberseguridad. Derecho a la transparencia
en el uso de herramientas digitales, al goce
de los Derechos Digitales en el ámbito laboral,
así como el Derecho a la Educación Digital
para desterrar la brecha del analfabetismo y
el goce del Derecho al Desarrollo Humano en
un entorno digital sostenible, etc.
Por lo que, enlazando los Derechos humanos,
los Derechos Fundamentales y los Derechos
de las Futuras Generaciones, hacemos alcance de los temas relacionados con los Derechos a la Vida, a la Libertad y la Dignidad, a
una tierra indemne y preservada, a la vida y la
preservación de la especia humana, al honor
y al derecho a la propiedad para que sean tomados en consideración en la Carta Peruana
de Derechos Digitales.

2. LA CARTA DE DERECHOS DIGITALES
El razonamiento jurídico posmoderno, relacionado con la consolidación de la nueva Era
del conocimiento, las comunicaciones y la inteligencia artificial, en la actualidad, delibera
acerca de la vigencia de los Derechos Digitales, los mismos que provienen de la evolución de las formas de interpretación de los
Derechos Humanos, categorizados como Derechos Fundamentales de la persona y socie-

dad, cuyos antecedentes se hallan en el Foro
de DAVOS (1996) cuando Perry Barlow disertó sobre la “Declaración de Independencia
del Ciberespacio” reconocido como el primer
manifiesto que impuso un nuevo paradigma
para la protección de los derechos de internet.
Como la libertad de expresión y creación. Propuestas de similar alcance y contenido datan
en la “Carta sobre los Derechos de Internet”
(APC – 2008), la “Carta de Derechos de Internet para Guatemala” (WWW FUNDATION
2017), la “Carta Magna de Derechos Digitales de Chile” (FLACSO – 2022), el “Manifiesto
para un nuevo Pacto Digital” (2018) el “Marco Civil de Internet” (Brasil – 2014). Y, acerca de los Derechos de la Cuarta Generación,
KAREL VASAK en la Conferencia del Instituto
Internacional de Derechos Humanos dado en
Edimburgo (1979) distinguió tres generaciones de Derechos Humanos. Pues según Riofrío Martines Villalba (2011) “En la literatura
jurídica actual, numerosas voces ya pregonan
la aparición de una nueva gama de derechos
relacionados con la sociedad de la información, que configuran, una cuarta generación
de Derechos Humanos. Que se plantean dos
clases de Derechos (1) varios derechos que
ya han logrado el reconocimiento en muchos
países como la libertad de expresión, el derecho a la protección de los datos sensibles, a la
privacidad, el secreto de las comunicaciones,
entre otros (2) otros derechos de nueva data
que recién se están formulando, como los derechos del cibernauta en el Mundo Digital.
De allí que, para priorizar la valoración de
los derechos relacionados con la ciudadanía
digital, como el derecho a la identidad e intimidad digital, al trabajo digital individual, a la
igualdad en el acceso a las comunicaciones

Katty Agripina Pérez Ordoñez

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y el resguardo y seguridad de las comunicaciones, resaltamos algunas características del
ciberespacio o ecosistema digital, donde los
Derechos Digitales de la cuarta ola de Derechos Humanos, deben ser plasmados en la
Carta Peruana de Derechos Digitales, destacando la impostergable necesidad de proteger y preservar el foro de la identidad e intimidad de las comunicaciones; en el universo
de la libre exposición de la data informática,
la atemporalidad y la no especialidad de los
elementos y contenidos que se exponen ante
un ciberespacio digital si límites físicos, apenas perceptibles, como un eco de la realidad
presente. Ciberespacio tal, que no tiene ocupación espacio-temporal sino más bien, ocupa un espacio de libertad, responsabilidad e
igualdad para el ejercicio de los conocimientos
que responden a los valores y principios que
demanda el Derecho, la Justicia y los Derechos Humanos, en tanto el que valor primigenio y más importante, es la persona humana,
distinguida como fin supremo, guiado y amparado por la concurrencia de fines valorados
como el logro de la dignidad, la privacidad, la
intimidad, la libertad y la voluntad para ejercer
con transparencia y eficiencia los postulados
de la verdad.
De tal forma que, siguiendo la lógica de desarrollo de la Cuarta Ola de Derechos Humanos,
con Riofrío Martínez Villalba (2022) “Consideramos que, dentro de un correcto contexto
comunicativo, en el mundo digital deben protegerse al menos los siguientes derechos:
a. El derecho a existir digitalmente. El
derecho a la reputación digital. La estima digital. La libertad y responsabilidad
digital. La privacidad virtual, el derecho

al olvido, el derecho al anonimato. El derecho al big-reply. El derecho al domicilio
digital. El derecho a la técnica, al update, al parche. El derecho a la paz cibernética y a la seguridad informática. Y, El
derecho al testamento digital
Algunos de estos derechos, son más bien,
una propuesta para la posteridad, como algo
ya consagrado en los pactos de derechos
humanos, y delimitado por la jurisprudencia,
como por ejemplo.
a. El Derecho a Existir Digitalmente. – Expone
el hecho que: de la misma manera en que el
principio de todo derecho es el Derecho a la
existencia, es decir, a la vida misma, a parte de la individualidad genética-material de la
existencia, quien no tiene contacto, acceso o
modo de vivir sin el ciberespacio o el ecosistema digital, no tiene ningún derecho digital.
Pues, en tanto ser (digital) debe manifestar
su existencia, en un modo determinado de
actuar, opinar o comunicarse con exclusividad en un sitio web, donde el “yo”, realiza su
presencia virtualmente. Por ello es que, el derecho a la existencia digital, se debe traducir
como la expresión electrónica de los rasgos
y características expuestas ante los demás,
donde la identidad del yo digital, resalta los
rasgos contingentes de la formalidad expresada en un conjunto de valores, principios y
normas en comunicación permanente.
Sin embargo, el derecho a existir digitalmente, no debe entenderse como la dependencia
humana de los sistemas de procesamiento
comunicacional (TIC) sino que el Derecho a la
Vida y a la preservación de la especia humana, resulta ser el derecho fundamental más

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importante, reconocido no sólo por las Constituciones democráticas de los Estados de Derecho, sino también por la Declaración de los
Derechos Humanos de las futuras generaciones, como:

2.1. El derecho a la vida y a la preservación de la especie humana:
Consagrado por el Primer Art. De la Declaración de los Derechos Humanos de las Futuras
Generaciones:”Las personas pertenecientes
a las generaciones futuras tienen derecho a
la vida y al mantenimiento y perpetuación de
la Humanidad, en las diversas expresiones de
su identidad. Por consiguiente, está prohibido
causar daño de cualquier manera que sea a
la forma humana de la vida, en particular con
actos que comprometan de modo irreversible
y definitivo la preservación de la especie humana, así como el genoma y la herencia genética de la Humanidad, o tiendan a destruir,
en todo o en parte, un grupo nacional, étnico,
racial o religioso”
El derecho a la vida, que resulta ser el derecho
fundamental más importante en las Constituciones de los modelos democráticos de Estado de Derecho, es la condición básica para
hablar del futuro de la humanidad.
Es pertinente señalar que el documento internacional más importante relacionado con
esta investigación, resulta ser la denominada
“Declaración de La Laguna”, consistente en
una Convención en la que participaron treinta
expertos procedentes de una gran diversidad
de países pertenecientes a las diferentes regiones geopolíticas de la Tierra y que se realizó en la Universidad española de La Lagu-

na en el mes febrero del año 1994. El mismo
estuvo organizado a solicitud de la UNESCO
y del Equipe Cousteau, por el Instituto Tricontinental de la Democracia Parlamentaria y
de los Derechos Humanos de la Universidad
de La Laguna, el mismo determino de forma
unánime aprobar la Declaración Universal de
los Derechos Humanos de las Generaciones
Futuras1, llamada también Declaración de La
Laguna.
Futuro de la humanidad, comparado por la vigencia de los Derechos Civiles fundamentales
que, junto al Derecho a la Vida, involucra:
El derecho a la vida en sentido amplio, que
comprende el derecho a la vida en sentido estricto o derecho a la existencia.
Este derecho comprende, a su vez, los siguientes derechos:
• El derecho a la vida frente al hambre; El
derecho a la vida frente a la pena de muerte; El derecho a la vida frente a las ejecuciones extrajudiciales. El derecho a la vida
frente a la desaparición forzada; El derecho a la vida frente al genocidio; El derecho a la vida frente al aborto; El derecho a
la vida frente a la manipulación genética.
•

El derecho a la integridad personal, este
derecho genérico comprende: El derecho
a la integridad psico-física; El derecho a la
integridad moral.

•

El derecho a la seguridad personal. Este
derecho comprende los siguientes: El de-

1 Disponible

en:

http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_

ID=13178&amp;URL_DO=DO_TOPIC&amp;URL_SECTION=201.html

Katty Agripina Pérez Ordoñez

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recho a la nacionalidad; El derecho a la libertad de movimiento: derecho a migrar.;
El derecho de asilo, considerando el asilo
como derecho y no como garantía.
¿Cómo se proyectan “el derecho a la vida
y a la dignidad” para consolidar la carta
peruana de derechos digitales?
En el Título I de la Constitución Política del
Perú, denominado De la persona y la sociedad, Capítulo I titulado Derechos Fundamentales de la persona, el Artículo 2, prescribe
que toda persona tiene Derecho: 1. “A la vida,
a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar.
El concebido es sujeto de derecho en todo
cuanto le favorece”. En primer lugar, la vulneración del derecho a la vida no solo está relacionado con el buen o mal estado de la salud
física y mental, o a la ausencia de una enfermedad, el ser humano al estar relacionado y
ser parte integrante de la naturaleza y al convivir con ella de modo permanente, también
es dependiente de la Salud Ambiental, que
involucra indudablemente, al problema de
las condiciones de vida saludable. Asimismo,
a las condiciones materiales en las que se
afronta esta vida, salud, vivienda, alimentación, transporte, trabajo, en fin, todas las necesidades humanas. En esencia, el derecho
fundamental a la vida, involucra, no solo el
derecho de todo ser humano a no ser privado
de la misma de forma arbitraria, sino también
el derecho a que “no se le impida el acceso a
las condiciones que garanticen una existencia digna. Los estados guardan la obligación
de garantizar la creación de las condiciones
que se requieren para que no producir violaciones a este derecho básico y, en parti-

cular, el derecho a impedir que sus agentes
atenten contra la vida” (Sentencia de Fondo:
Caso Niños de la Calle (Villagrán, Morales y
otros) Vs. Guatemala, del 9 de noviembre de
1999, Fundamento 144).
El acceso a las condiciones que garanticen
una vida digna, abarca rambiénr, el problema de la contaminación del aire, el agua, la
tierra y la biodiversidad animal y vegetal, que
no solo afectan el bienestar de la población
vulnerable, sino también ocasionan malestar
físico, psíquico y moral a toda la humanidad,
y en cuanto a la integridad física, dependiente de la salud, la sola presencia de la pandemia del COVID-19, evidencia la vulneración del derecho a la vida en integridad, la
misma que está surtida de múltiples carencias como la falta de profesionales médicos,
hospitales, medicinas y laboratorios, falta de
oxígeno, de camas UCI, presupuesto y etc.
Aún sin agregar, o tomar en consideración,
los problemas adscritos al respeto a la dignidad humana que también demanda dicho
Artículo primero de la Constitución Política)
, más, la terrible problemática que ocasiona
la pobreza, la marginación social, el hambre
y la miseria humana de la población en la
presente coyuntura.
El Derecho a la Vida y la Preservación de la
Especie Humana, que reza en el Artículo 3°
de la DUDHGF, está indisolublemente relacionado con el Derecho a la salud y el bienestar de la población, que así mismo demandan los artículos 10° y 11° de la Constitución,
al respecto el Artículo. 10°, señala que el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social,
para su protección frente a las contingencias

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que precisa la ley y para la elevación de su
calidad de vida”. Por otro lado, el Artículo 11°
señala que el Estado debe garantizar el libre
acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas
o mixtas. Por nuestra parte, es impostergable
remarcar que el Derecho a la buena salud
esta indiscutiblemente ligado a la alimentación, la vivienda saludable y el trabajo digno,
se infiere que el Derecho a la Alimentación
constituye la condición necesaria y permanente para la supervivencia de la especia
humana, implica el derecho “a no morirse de
hambre” en cuanto se pueden satisfacer las
condiciones mínimas de subsistencia, implica el derecho al agua, la energía, el techo
propio, la tierra y todos aquellos enseres y
elementos vitales, que sostienen la continuidad de la vida saludable. Derecho vulnerado
en las sociedades con perfiles de pobreza,
donde el hambre y la miseria, generan también, enfermedades que reflejan los niveles
de desnutrición crónica, especialmente de la
niñez y de la familia que transita al desamparo de los bienes y servicios públicos por efecto del endémico mal de la corrupción, aunque
el Artículo 7° de la Constitución, reitera que
“Todos tienen derecho a la prestación de la
salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribución a su
promoción y defensa” y según el Artículo 9°
de la misma, se debe considerar que el Estado determina la política de salud, a través de
ejecutivo que norma y supervisa su aplicación. Corresponde rearticular la revisión de
los conceptos jurídico – políticos que deniegan el acceso a la salud de la población peruana presente y futura.

2.2. Sobre los derechos humanos y
derechos fundamentales
Observando los lineamientos generales de
la dogmática constitucional de los Derechos
Fundamentales, cabe la pregunta: ¿Es posible establecer alguna diferencia entre los
conceptos de Derechos Humanos, Derechos
Fundamentales y Derechos Constitucionales?
Como ya se ha establecido la respuesta es
sí y no, en el entendido que, los Derechos
Fundamentales son constitucionales desde el
momento en que están insertados en la Constitución. Por otro lado, es posible que la norma
suprema produzca la constitucionalización de
los Derechos Humanos. Así como establece
el artículo 105° de la Constitución del Perú de
1979 que expresaba: “los preceptos contenidos en los tratados relativos a los Derechos
Humanos, tienen jerarquía constitucional”.
Sin embargo, es necesario dejar constancia
que existen ciertos caracteres que establecen
“diferencias” en la interpretación de los principios fundamentales y derechos fundamentales, en el sentido que los principios racionalizados como “grandes axiomas, lineamientos
y orientaciones jurídicas, existen, pero sin
ningún efecto vinculante”, en cuanto que los
caracteres de dichos principios fundamentales, establecen un conjunto de valores que
le dan sentido a la constitución sobre la base
del valor moral de la dignidad de la persona.
Los derechos fundamentales, también tienen
la finalidad suprema de proteger la dignidad
de la persona en condiciones de bienestar y
justicia. Al respecto, con precisión dogmática,
Sosa (2003) aclara que los Derechos Fundamentales se deben encuadrar en una constitución y guardan una significación especial.

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Al respecto el jurista Peter Haberle, consideró
que la constitución se consagra en un sistema
de valores que debe guiar el desenvolvimiento
de una sociedad. De esto se debe inferir que
estos derechos protegen determinados bienes, el mismo jurista argumenta que los Derechos fundamentales en la constitución están
dirigidos a la tutela de determinados bienes
imprescindibles para la vida de los individuos
y de los colectivos, es decir, los Derechos
Fundamentales, tienen un rango de bienes
jurídicos constitucionales. En ese sentido, la
tutela de bienes jurídicos que necesariamente
tienen por fin, garantizar las condiciones indispensables para la continuidad de la vida, como
la salud, la educación, el trabajo, el bienestar
en un ambiente sano y saludable, son bienes
jurídicos tales que proporcionan la base material y moral para el sustento y la sostenibilidad
de una vida digna. La vida considerada digna
es objeto de protección constitucional.

2.3. El derecho a la libertad y la dignidad humana
Lorenzetti (1999) Nos dice “También es una
comuni opinio, la que sostiene que se debe
proteger la autonomía personal, es decir que
partiendo de la idea de que el individuo tiene
libertad para decidir cómo quiere vivir, cuál es
su religión, su moral, sus ideas políticas, su
noción acerca de la vida familiar, construye un
núcleo duro de tutela. Nadie puede ser discriminado por sus ideas, ni por su sexo, raza
o religión, nadie puede ser obligado a recibir
tratamientos médicos contrarios a su voluntad
y sus ideas; un individuo tiene derecho a decidir cómo desea vivi o morir ya que la libertad
personal está antes que la vida”.

Es en este mismo sentido, el Artículo 1° de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece que todos los seres humanos
nacen libres e iguales en dignidad y derechos
y se encuentran dotados de razón y conciencia, debiendo comportarse fraternalmente los
unos con los otros.
Por su parte, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José
de Costa Rica) en el Artículo 7º proclama que
“toda persona tiene derecho a la libertad y a
la seguridad personal”. Precisando en el inciso 7.2 que “nadie puede ser privado de su
libertad física, excepto por causas y en condiciones fijadas de antemano por las normas
constitucionales o por las leyes que sean coherentes a ellas”. Añadiendo en el numeral 7.3
que “nadie puede ser sometido a detención o
encarcelamiento arbitrarios”.
Aguilera (2010) señala finalmente que la Ley
Fundamental de Bonn (1949) dispone que “la
Dignidad del hombre es sagrada y constituye
deber de todas las autoridades del Estado su
respeto y protección. El pueblo alemán reconoce, en consecuencia, los derechos inviolables e inalienables del hombre como fundamento de toda comunidad humana, de paz y
justicia en el mundo”.
Debemos agregar que el derecho a la igualdad
y dignidad, señala que “Nadie debe ser ser discriminado por motivo alguno como pueden ser
de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión,
condición económica o de cualquiera otra justificación”. Aunque no existe consenso, en cuanto a que, la teoría de la igualdad humana, en
el sentido más amplio, pueda equipararse con
el término semejanza, porque según el Diccio-

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nario de Ciencias Jurídicas y Sociales (2012),
no todos los seres humanos guardan el mismo
grado de inteligencia, de fortaleza, de belleza,
de iniciativa de valor. De esas diferencias se deriva una consideración distinta de las personas
frente a la ley, afirmación que debe tomarse en
el sentido de actos por sí mismos, y otros, en
razón de la edad, de la deficiencias mentales o
de la enfermedad y hasta en ocasiones por el
sexo, porque no tienen capacidad para actuar
jurídicamente o tienen esta capacidad muy
disminuida, inclusive frente a un similar ilegal,
esa misma diferencia de condiciones personales puede generar desde la plena imputabilidad
del acto, hasta la absoluta inimputabilidad. De
allí que el concepto igualitario esté referido a
que las personas que no identifiquen las características semejantes dentro de una normalidad natural. Por eso se ha señalado por
diversos autores que la verdadera igualdad se
presenta cuando se trata desigualmente a los
desiguales.
Y ¿Cómo se puede proyectar entonces, este
derecho? En el sentido de la igualdad procesal, donde todas las personas o sujetos de
derecho “tienen idéntica posición y las mismas facultades para ejercer sus respectivos
derechos” y por ello mismo, se asocia la no
discriminación, que en el plano social significa: no dar trato de inferioridad por motivos
raciales, políticos o religiosos. Sin embargo,
las poblaciones vulnerables (originarias, indígenas y/o comunitarias y nativas) son sujetos
de derechos especiales y mayoritariamente
son objeto de discriminación racial, en tanto la
sociedad actual, sigue arrastrando su naturaleza racista-colonial a pesar de estar categorizada y consignada como sociedad Multilingüe
y Pluricultural.

2.4. El derecho a una tierra preservada
El Artículo 1º de la Declaración de los Derechos Humanos de las Generaciones Futuras,
proclama que: “Las personas pertenecientes
a las generaciones futuras tienen derecho a
una tierra indemne y no contaminada, comprendiendo el derecho a un cielo puro; tienen
derecho a disfrutar de este planeta que es el
soporte de la historia de la Humanidad, de la
cultura y de los lazos sociales, lo que asegura a cada generación y a cada individuo su
pertenencia a la gran familia humana”. Y, para
resguardar los principales caracteres de la
normativa vigente y futura, el Derecho a una
Tierra indemne, cuyo significado involucra un
“territorio virgen” (que no ha recibido ningún
daño, y permanece intacta e invulnerable), es
la que a diario soporta millones de toneladas
de basura y veneno tóxico, de gases químicos emanados a la atmosfera “cual alimento”
para el continuo ensanchamiento del agujero
de la capa de ozono que provoca las mayores
tasas de radiación solar que provoca el calentamiento global y el cambio climático, fenómenos particularmente nocivos para la extinción
de especies animales, vegetales y la biodiversidad, así como la sobrevivencia de la especia humana y el resto de la vida de la propia
naturaleza. Tierra indemne y no contaminada,
difícil de percibir, oler, palpar, oir o saborear,
por la abundante y abultada influencia cambiante de la data de contaminación plástica,
de los residuos sólidos y la basura atómica
(a propósito del “proyecto intergaláctico” de
la “guerra de las galaxias”, el “turismo espacial” o la apropiación del espacio planetario)
además del agregado de la contaminación
agro-química del suelo, las semillas, el aire,
y las aguas, más la incontrolada transfigura-

Katty Agripina Pérez Ordoñez

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ción de la producción transgénica y artificial 2.5. Derecho al honor, la buena reputade todas las especies, (incluyendo la especie ción y la intimidad personal
humana) por efecto de la guerra atómica, química y biológica del presente.
Al respecto en el artículo 4° (de la citada Declaración de los Derechos Humanos de las
Complementa el Derecho a una Tierra Preser- generaciones futuras) sostiene el Derecho a
vada, el Artículo 8° de dicha constitución, que Conocer sus Orígenes y su Identidad, similar
demanda el Derecho al Desarrollo Individual y con lo señalado en el Artículo 2.7 de la ConsColectivo Sobre la Tierra, el mismo que descri- titución Política, que prescribe: “Toda persona
be, que el derecho al desarrollo es considera- tiene derecho al honor y a la buena reputado como un derecho inalienable, en razón de ción, a la intimidad personal y familiar y tamque las personas pertenecientes a las gene- bién, a la vez, a la imagen propia”. Derecho
raciones futuras tienen derecho a beneficiarse que, en la realidad actual, se enfrenta con la
de las mejores condiciones económicas, so- pérdida paulatina de la identidad nacional y de
ciales y culturales que propicien su desarrollo las nacionalidades más vulnerables, en cuanindividual y colectivo, espiritual y material y to sigue en ascenso indetenible la absorción
que sean posibles de realizar. La adquisición, y adopción de la cultura y el idioma dominandifusión y uso de los conocimientos científicos te, fenómeno que influye negativamente en el
y médicos, entre otros, siempre debe bene- avance de la transculturación y la alienación
ficiar a las generaciones futuras, esto quiere cultural. Estos elementos son discordantes
decir, entonces, que el Derecho al desarrollo, con el derecho a la intimidad y a la imagen
no puede rezagarse ni estar al margen de una propias, en la medida de la absorción intimitierra preservada y descontaminada, en tanto dante de la globalización unidimensional de la
que los conocimientos científicos y técnicos cultura, el idioma y la tecnología.
deberían de propiciar mejores condiciones de
vida, basada en la salud humana y ambiental. Se debe tener en cuenta también, que la
De no emplearse recursos públicos para con- transculturación y la alienación cultural, al intrarrestar los efectos de la contaminación am- cidir en la pérdida de la conciencia valorativa
biental global, las futuras generaciones no de la identidad nacional, reproduce en la imatendrán la posibilidad de gozar de una tierra gen individual y social, la pérdida del orgullo
indemne y no contaminada. Por su parte, la de pertenencia a una familia y a un estado nadogmática jurídica, no debe seguir adoptando ción, en cuanto sirven al objetivo amoral de
posturas permisivas de daños y delitos am- minimizar la vigencia de los valores que engbientales, sin observar, por ejemplo, la lectu- loban el carácter pluricultural y multiétnico de
ra del “Libro Blanco Europeo” que dispone el la sociedad.
principio de “quien contamina paga” muy a pesar que la dogmática penal vigente en el Perú, De persistir esta tendencia, las generaciones
(en el artículo 304° del CP), tipifica la contami- futuras, se verán imposibilitadas de conocer
nación ambiental, como delito.
sus orígenes nacionales y su identidad personal y familiar (su historia) a cambio de conContribuciones para consolidar la carta peruana de derechos digitales. PP. 94-107

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figurar una colectividad rígida, basada en la
egolatría de la globalidad uniforme y corporativizada.. La valoración de la cultura no puede
ser meramente declarativa y exige acciones
concretas de las políticas públicas para resaltaar el honor, la buena reputación y la intimidad personal y social.

2.6. Derecho de propiedad

Bajo estas condicionantes, se hace necesario
redefinir la conceptuación y las competencias
que suele asignarse a la gran propiedad monopolista transnacional y el papel de las otras
formas de propiedad participativa.

2.7. El derecho a la conservación y
trasmisión de los bienes culturales

En vista que la dogmática jurídica nacional y
El Artículo 6° de la citada Declaración, propo- global reconoce la “obligación de asegurar la
ne que: “Las personas pertenecientes a las identificación, la protección, la conservación,
generaciones futuras, solas o en colectividad, el reconocimiento y la trasmisión del patrimoson susceptibles de tener y ejercer el derecho nio natural y cultural para el goce de las gede propiedad” En tanto que, nuestra consti- neraciones futuras” que demandan los Artícutución también garantiza, en el artículo 2.16, los 1º y 2º de la Convención de la UNESCO,
que toda persona tiene derecho “A la propie- llamada también Declaración de La Laguna
dad y la herencia” y sin más orientación para de 1972; la misma que cuestiona las reperel conocimiento de su naturaleza, su clasifica- cusiones negativas de la alienación cultural
ción y sus formas, se deduce el carácter pri- en el disfrute de los derechos humanos. En
vatista de la propiedad individual, al observar lo que concierne al desarrollo de la temática
en el Artículo 2.8 que tenemos derecho “A la de la trasmisión del patrimonio cultural, que
libertad de creación intelectual, técnica y cien- a nuestro juicio incluye el examen crítico del
tífica, así como a la propiedad sobre dichas progreso social continuo, dicho proceso es
creaciones y a su producto”, que se comple- “observado” por la corriente funcionalista normente con el derecho a la propiedad privada y teamericana de Jacobs, quién sostiene la no
la herencia individual, que impedirían el acce- correspondencia y aplicabilidad histórica de
so a otras formas de propiedad social y aso- éste postulado a cualquier sociedad futura, en
ciativa, especialmente comunitaria.
razón al carácter imperativo de la normativa
vigente que exige, manda o prohíbe su ejerEn ese contexto, donde la dogmática jurídi- cicio, establecido con exclusividad para la vica y constitucional, son permisivas para el gencia del “control social” solo de la sociedad
aliento a la concentración y crecimiento de la presente.
propiedad, tendiente a la gran propiedad monopolista o concentrada, el derecho sobre la Falsa Hipótesis histórica, que contradice a la
pequeña y mediana propiedad privada, ten- exégesis filosófica de la dialéctica jurídica del
dería a su caducidad futura, en tanto la gran SER (la ley) y el DEBER SER del derecho,
propiedad monopólica, se halla acordonada (en la perspectiva y proyección de los valores
a las bolsas de valores del capital financiero, jurídicos), los mismos que según dicha hipótepetrolero, minero y tecnológico transnacional. sis, no podrían operar en contextos socio-políKatty Agripina Pérez Ordoñez

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ticos distintos al espacio tiempo histórico para
el cual fueron establecidos, dada la “ruptura
generacional” entre el ser y el deber ser de la
ley y la justicia.

progreso y el desarrollo humano, De lo que
se trata, es en consecuencia, de la percepción del fenómeno de la transición progresiva
del proceso histórico jurídico, que así mismo
conlleva la explicación del encadenamiento
El análisis de cobertura del derecho como causal de sucesión de las relaciones sociales,
sistema que garantiza seguridad y ejerce mediante las cuales se explica el nacimiento,
control social en diferentes contextos y coyun- desarrollo, decadencia y renacimiento de las
turas socio-jurídicas, demanda que, la imple- distintas civilizaciones y culturas; en cambio
mentación futura de un nuevo modelo jurídico de la hipótesis de la “regularidad y perpetuaconstitucional, es pertinente considerando la ción de un solo sistema”. Por lo que reiteraproyección del contenido principista de los va- mos, que el nexo de la ley de la causalidad,
lores universales vigentes, en cuanto la valo- conlleva la esencia de la acción recíproca y
ración de la seguridad jurídica sostiene que el equivalente de los factores materiales (econoderecho y la justicia DEBEN SER y HACER mía, producción, distribución y consumo) y los
normas jurídicas e instituciones que expresen factores espirituales (moral, ética, derecho, fi(en el futuro) su legalidad y seguridad, como losofía y justicia), los mismos que configuran
sinónimos de validez, utilidad y legitimidad.
la unidad y diversidad del progreso humano.
Unidad y diversidad del progreso que, de conDe tal forma que, la trasmisión del patrimonio formidad a las reglas de convivencia cientícultural a las generaciones futuras, es relati- fico-económicas, las costumbres laborales
vamente viable, en cuanto la “ruptura gene- y las normas morales y ético jurídicas de la
racional y la regularidad y permanencia del sociedad presente (como causa), pueden insistema”, confronte la tesis de la irregularidad ternalizarse, (como efecto) en la conciencia
del cambio social, como factor principal del futura, porque las reglas del comportamiento
progreso humano, considerando que no sólo socio-jurídico y laboral, se expresan a través
es necesaria la valoración ética de los hechos de los usos de la práctica, asimilados mediany acontecimientos históricos, sino también te una nueva valoración crítica del estado de
la evaluación del papel de las Revoluciones desarrollo de la ciencia, la técnica y la tecnotecno-científicas que necesaria y permanen- logía.
temente perfeccionan y sustituyen los medios técnicos y tecnológicos de producción 3. CONCLUSIONES
de bienes y servicios, gracias a la creatividad
inteligente y las invenciones científicas, las PRIMERA. Para lograr la co-creación y conmismas que además de repercutir en la mo- solidar la Carta Peruana de Derechos Digidificación de la organización socio productiva tales, es necesario tomar en consideración,
y política del Estado, y, de recrear la riqueza los preceptos, los valores y principios consespiritual de la normativa relacionada con el titutivos de la filosofía del derecho, así como
trabajo humano; se condicione el avance de la jurisprudencia de la Declaración Universal
los saltos cualitativos hacia otras esferas del de los Derechos Humanos, los Derechos FunContribuciones para consolidar la carta peruana de derechos digitales. PP. 94-107

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Desafíos Jurídicos

damentales de la Constitución Política y los
Derechos Humanos de las Futuras Generaciones.

Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. (2005). Derechos Humanos y Gobernabilidad Democrática Local. Lima
- Programa Andino de Derechos Humanos.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2018).

SEGUNDA. Para arribar a la meta de la vigencia plena de los Derechos Digitales, el
Estado Peruano deberá proyectar y fomentar
el uso de todas las herramientas e inventivas de computación electrónica, así como los
protocolos de las TIC, a fn de consolidar las
relaciones socio-jurídicas de la transición socio-económica actual, con los presupuestos y
procedimientos propios de la Era del BIT.

RESOLUCION 1/18 CORRUPCION Y DERECHOS HUMANOS.
https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/resolucion-1-18-es.pdf.
Ezquiaga Ganuzas, F. (2011). Argumentación e Interpretación. La Motivación de las Decisiones Jurídicas en el Derecho Peruano, Lima: Grijley Editores.
Ferrajoli, L. (2001). Los fundamentos de los Derechos Fundamentales. Madrid: TROTTA Editores.
Mesias Ramírez, C. (2018). Los Derechos Fundamentales,

TERCERA. La Carta Peruana de Derechos
Digitales debe incluir con prioridad, la vigente
valoración de los derechos a la vida, la dignidad, la igualdad, el acceso gratuito a las redes
de procesamiento y comunicación digital, mediante la Declaración de los Derechos Digitales, al unísono de los valores y principios de la
Carta Peruana de Derechos Digitales

Dogmática y Jurisprudencia del Tribunal Constitucional,
Lima: Gaceta Jurídica S.A.
Velásquez Monsalve, J.D. (2013). El derecho natural en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos. Revista
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS. Vol.
43, N°. 119, pp. 735-772.

TRABAJOS CITADOS
Arendt, Hanna (1976). La condición humana. Barcelona:
SEIX BARRAL.
Arribasplata Cabanillas, I. y Quintana, H. (1995). Educación
en Valores, Lima:
Editorial San Marcos.
Caro Coria, D. (1999). Derecho Penal del Ambiente, Delitos
y Técnicas de Tipificación, Lima: Gráfica Horizonte S.A.
Carruitero Lecca, F. &amp; Sosa Mesta, H. (2003). Medios de Defensa de los Derechos Humanos en el Sistema Internacional, Modelos, Doctrina. Jurisprudencia y Tratados Internacionales, Lima Jurista Editores EIRL.
Convención Americana sobre Derechos Humanos de San
José de Costa Rica. Lima – AFA Editores Importadores
S.A.

Katty Agripina Pérez Ordoñez

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e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
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Marcelo Bauzá Reilly (Universidad de la República del Uruguay)
El movimiento “rules as code” y el modelo “og”. a propósito de
un espacio a mejorar de modo acelerado. pp. 108-121. Fecha de
publicación en línea: 31 de enero del 2023.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
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Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza,
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El movimiento “rules as code” y el modelo “og”.
a propósito de un espacio a mejorar de modo
acelerado
The “rules as code” movement and the “og” model.
about a space to improve in an accelerated way
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023

Por: Marcelo Bauzá Reilly*

* Universidad de la República del Uruguay
** “1.1. Las reglas son un ciudadano de primera
clase en el mundo de los Requisitos. ...”

Resumen. El COVID 19 ha tenido un efecto acelerador en la sociedad, del que no escapan los
sectores gubernamentales dedicados al dictado de normas jurídicas (leyes y normas administrativas), procurando hacerlo de una manera más ágil e innovadora atendiendo las circunstancias padecidas. El movimiento Rules as Code ocupa un lugar en ese sentido, con experiencias
en curso en distintos países e instituciones, así como gente experta dedicada a la instalación
de nuevos procesos y métodos pluridisciplinarios, convergentes en la finalidad de contar con
versiones oficiales del derecho, desde el momento mismo de nacer la norma jurídica, pero en
lenguaje entendible y usable por las máquinas. Vale decir una versión en código informático,
paralela a la versión tradicional en lenguaje natural, sin tener que pasar por procesos de interpretación y traducción intermedios. La ponencia describe este movimiento y sus alternativas,
con detenimiento final en uno de los exponentes cercanos al autor, el Modelo OG, de promisorio futuro.
Palabras clave: COVID-19; Rules as Code; Derecho Informático
Abstract. COVID 19 has had an accelerating effect on society, from which the government sectors dedicated to the issuance of legal regulations (laws and administrative regulations) do not
escape, trying to do it in a more agile and innovative way, taking into account the circumstances
suffered. The Rules as Code movement occupies a place in this sense, with ongoing experiences in different countries and institutions, as well as expert people dedicated to the installation
* Abogado Doctor en Derecho y Ciencias Sociales. Ex docente de la Universidad de la República, Uruguay, Facultad de Derecho, Instituto de Derecho Informático (1993-2022). Presidente de la FIADI (2018-2022).
** Extraído del “Manifiesto de Reglas de Negocio. Los principios de la Independencia de las Reglas” Business Rules Group.

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of new processes and multidisciplinary methods, converging in order to have official versions
of the law, from the very moment the legal norm was born, but in language understandable
and usable by machines. That is to say, a version in computer code, parallel to the traditional
version in natural language, without having to go through intermediate interpretation and translation processes. The paper describes this movement and its alternatives, with a final focus on
one of the exponents close to the author, the OG Model, with a promising future.
Keywords: COVID-19; Rules as Code; Informatic Law

1. DE LAS TANTAS COSAS QUE HA
DEJADO EL COVID 19

los que proveen los bienes y servicios asentados en las normas.

Resulta obvio reiterar que los Estados, al menos los democráticos, tendrán por siempre
la necesidad de crear versiones oficiales de
sus textos legislativos y derivados. El foco va
La cita que sigue al título principal está tomapuesto así en seguir haciéndolo pero de mejor
da de un texto más amplio y muy sugestivo
modo, donde la pandemia ha dejado su ensea los fines de esta ponencia. El caso es que
ñanza. No cabe esperar otra pandemia para
de ahora en más hablaremos de “reglas” de
dejar entrar las computadoras en el mundo
tipo jurídico, y sucede que el citado “Manifiesde las normas jurídicas. No escapa al entento…” contiene numerosos principios aplicadimiento común que la creación de versiones
bles a las reglas jurídicas no obstante referir
normativas explotables a la vez por el hombre
a las reglas de negocio. ¿Cómo explicar esta
y las máquinas, arrojará consecuencias favoasimilación? Simplemente ubicándonos en la
rables. Sobre todo cuando las circunstancias
realidad del mundo en que vivimos. El COVID
sociales exigen actuar claro, contundente y
19 lo ha hecho más evidente: la necesidad a
rápido. Aunque en esta especie de automatransitar hacia estadios de mejor administratización fuerte también existen riesgos. Pero
ción pública. Los métodos y rutinas seguidos
estos son sorteables si se hacen las cosas
para el dictado de las leyes y el cuerpo norcomme il faut.
mativo sub legal, forman parte de esta necesidad. Son entregables y consumibles como
Como quiera que sea la realidad circundante,
bienes y servicios
de habitual (aunque no siempre) una norma
apunta a generar un trámite. Pero una cosa es
Bajo este presupuesto se puede enorme promontar ese trámite en vía digital ex novo guarvecho de la lectura completa del citado “Manidando respeto de la norma, y otra cosa mejor
fiesto…”. Al fin y al cabo es lo que cabe exigir
es que la acción fluya naturalmente, sin interde los servidores públicos, los creadores y
pretaciones intermedias, a partir de la versión
aplicadores de las normas jurídicas. Ellos son
escrita en lenguaje informático de esa misma

1.1 Por una reforma legislativa no tan
tradicional

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norma. No siempre tendríamos que sufrir una
pandemia para revolucionar e innovar con rapidez en este campo, como sucedió. Es bueno recordarlo.

1.2 Viejos odres, nuevos vinos
El asunto que nos ocupa no es nuevo. Nos
referimos a la denominada informatización jurídica ex ante de la normativa jurídica. Desde los precursores Layman E. Allen con sus
primeros estudios en la década del 50 del
siglo pasado, hasta los modernos y profusos
trabajos en XML asociados a la web semántica; pasando por el desarrollo de nota en su
momento (1981) sobre la ley de nacionalidad
británica (Kovalsky). Ciertamente existe una
rica historia precedente en materia de drafting
legislativo con auxilio informático. Nosotros
mismos nos vinimos a ocupar del tema en los
lejanos 80 del siglo pasado, mediante una ponencia presentada y expuesta en el II Congreso Iberoamericano de FIADI.
Sin embargo los tiempos son otros y marcan
la diferencia. Hoy día la sociedad marcha a un
ritmo y compás nunca antes visto, en cuanto a
lo digitalizable. Por lo que resulta forzoso pensar que la labor normativa estatal ya no podrá
seguir escapando a este destino, sino que deberá transitar sin prisa pero también sin pausa hacia ulteriores estadios. Sobre todo con
orden y racionalidad. Es hora que ocurra, es
forzoso que así suceda. Y no es que no haya
habido nada al respecto en los años pasados
como se acaba de expresar, pero lo que parece insinuarse hoy día es algo muy diferente:
es la instalación de la usina informática en la
propia génesis o nacimiento de la norma jurídica.

De eso trata la presente ponencia. No de cualquier cambio, sino de uno en particular que
comienza a insinuarse en el derecho comparado. Que no está totalmente perfilado y sus
propios cultores así lo reconocen. Pero todo
tiene comienzo, desarrollo y fin (esto último
esperemos sea siempre un nuevo comienzo,
apelando al consabido loop de la ciencia de la
información).

2. UN PUNTO DE PARTIDA Y TRES DOCUMENTOS A EXAMEN
2.1. Tres documentos a examen
La cuestión pasa por ubicarnos y tomar conciencia en que la generación de una norma
jurídica ya no es más labor exclusiva de seres
humanos, y que sin que ello signifique dejar
estos aparte, no parece demorar el arribo del
momento en que sean las máquinas las que
asumirán la tarea. Entiéndase por “máquinas”, un sistema informático acorde a ello, no
necesariamente –aunque tampoco excluidala intervención de la Inteligencia Artificial tan
en boga.
A partir del documento de trabajo de 135 páginas de la OCDE sobre gobernanza pública
No. 42, “Cracking the Code: Rulemaking for
humans and machines”, publicado en el año
2020 bajo la autoría de James Mohun y Alex
Robert, ha venido a revalorizarse la atención
sobre modelos de generación automatizada
de las normas jurídicas. A este movimiento
se le denomina Rules as Code, y concita exponentes, tanto en desarrollos teórico como
prácticos, en numerosos países y regiones
del planeta.

Marcelo Bauzá Reilly

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Otro documento importante que consideraremos al efecto, es el que lleva por título “Rules
as code – Seven levels of digitisation”, de la
Singapore Management University, WONG,
Meng Weng (HUANG Mingrong). Rules as
code - Seven levels of digitisation. (2020). Research Collection Yong Pung How School Of
Law.
Finalmente, traeremos a escena siempre en
forma estrechamente relacionada con lo anterior, la doctrina y el método elaborados por
el experto argentino Raúl A. Raggio en más
de una versión, la última de 2021 con una extensión de 218 páginas, que lleva por título
“Objetos de Gestión II. Diseño y Gestión de
Procesos de Negocios. Ontología para Organizaciones Inteligentes”.

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2.2. Un cambio de mentalidad
Las reglas jurídicas están en la base de los
sistemas de gobierno y administración estatales. Sin embargo a cualquier ciudadano común le desespera la lentitud, complejidad y
hasta opacidad del establishment jurídico, a la
hora de hacerse cargo de los requerimientos
sociales que, de inicio, necesita del dictado
de una norma jurídica. El uso masivo de las
aplicaciones móviles1, que todo lo emparenta a la obtención de productos y servicios, ha
contribuido con esta palpable sensación de
lentitud burocrática y, por ende, de insatisfacción, comparando los servicios públicos con
los privados.

Sucede que cuando de productos y servicios
se trata, rápidamente emerge el imperativo de
Todos estos documentos son accesibles li- la calidad. Un asunto frecuentemente descuibremente por Internet, bajo las URL indicadas dado en los ámbitos generadores de las noren la Bibliografía. Cuando hagamos citas de mas jurídicas. El problema está así presente
extractos provenientes de éstos u documen- y se hace patente. No es atacado aun por las
tos que figuren publicados en idioma diferente vías y posibilidades que demanda la poblaal español, lo haremos en traducción libre a ción.
nuestro cargo y responsabilidad, para facilitar
el aprovechamiento del lector. En esos casos Los gobernantes y administradores dictan
la fuente de consulta en el idioma originario normas con destino a los ciudadanos, las emestará siempre asegurada en la nota al pie presas, los actores privados de diferente índorespectiva y/o en lo consignado en la “biblio- le y los propios organismos. Pero no siempre
grafía” final de la ponencia.
1   “Una aplicación móvil (en ocasiones, también aplicación

El problema del dictado y aplicación de las
normas jurídicas a tono con las exigencias de
la era actual es algo que merece atención. El
mencionado enfoque no recibe aun en Iberoamérica la difusión que merece, pero sí en
otros lugares; razón adicional para darlo a conocer en un foro internacional de la región.

telefónica) es una aplicación informática diseñada para ser
ejecutada en teléfonos inteligentes, tabletas y otros dispositivos móviles. Este tipo de aplicaciones permiten al usuario
efectuar un variado conjunto de tareas —profesional, de ocio,
educativas, de acceso a servicios, etcétera—, facilitando las
gestiones o actividades a desarrollar”. (https://es.wikipedia.
org/wiki/Aplicaci%C3%B3n_m%C3%B3vil) última consulta
12 agosto 2022).

El movimiento “rules as code” y el modelo “og”. a propósito de un espacio a mejorar de modo acelerado. PP. 108-121

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(más bien pocas veces) priorizan su calidad y
ejecutoria a tiempo.
A pesar de las muchas mejoras generadas
para que estos dictados sean eficientes en todos los sentidos de la palabra, las exigencias
actuales son otras que cuando nacieron y se
desarrollaron los procesos de informatización
legal clásicos. También lo son las herramientas informáticas con las que hoy se cuenta,
mucho más potentes y versátiles que las anteriores aun cuando no toda dificultad de diálogo hombre-máquina se entienda superada.
Como quiera que se analice la situación, ciertamente se observa hoy día (quizás desde
siempre fue así, en la era contemporánea al
menos), un desfasaje o brecha notables entre las instancias vigentes para la producción
normativa, y lo que exige la realidad cada vez
más dinámica y compleja.
Se expresa al respecto: “… las autoridades
hacen frente a un ambiente operacional extremadamente diferente, que ha creado y amplificado las dificultades vinculadas al proceso
de reglamentación en vigor. Primero, el sistema actual supone operaciones recurrentes de
interpretación y de traducción de reglas del
lenguaje natural al lenguaje máquina casi que
universalmente requeridas para la prestación
de servicios modernos y la puesta de conformidad. Y luego, limita la capacidad de los dirigentes a remediar los problemas cada vez
más complejos en materia de acción pública
y de reglamentación, problemas que cubren
numerosos dominios y exigen intervenciones
rápidas y eficaces de los poderes públicos. Finalmente, el sistema actual genera ineficiencias resultado de la traducción manual de las

normas gubernamentales en formularios consumibles por máquina a escala de las empresas.”2
Por lo acuciante del problema, la propuesta
en examen cae en momento apropiado (otra
cosa es su puesta en práctica). Resulta ya imperioso poner la tecnología digital al servicio
de un apoyo y servicio más robustos y consistentes a la actividad legiferante, mucho más
radical que lo vigente.
Cabe acudir al concepto de calidad total 3 en
términos generales de “excelencia” que se
exige para productos y servicios del ámbito
privado, que resulta también exigible al propio
Estado, específicamente en la labor normativa
desarrollada por sus gobernantes y administradores. Por antonomasia, la tarea de edictar
y poner en práctica las normas jurídicas es de
las principales, sino la más, en tal sentido, de
los gobernantes.
El camino apropiado es el de generar versiones oficiales de las reglas jurídicas al momento mismo en que se generan, bajo código
informático. Se propugna esto tanto para textos legislativos, como aquéllos de naturaleza
administrativa (decretos, reglamentos, circulares, ordenanzas, dictámenes, en fin… resoluciones estatales de la clase y contenidos
2   “Cracking the Code…” p. 7.
3   Según la Escuela Europea de Excelencia “La Calidad Total,
también conocida como Excelencia, se puede definir como
una estrategia de gestión de la organización, cuyo objetivo
principal es satisfacer de una manera equilibrada las necesidades y expectativas de todos sus grupos de interés.” En
https://www.nueva-iso-9001-2015.com/2022/06/calidad-total-definicion-y-conceptos-fundamentales/

Marcelo Bauzá Reilly

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que fueren). No se postula sustituir la versión
tradicional de los textos en lenguaje natural,
en cambio sí ponerla a la par con la escrita
en código informático, de forma tal que la versión que asegure la buena performance real
esperable de toda norma, sea mayormente la
ulteriormente nombrada.

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sumadas) por máquina, ayuda a toda la sociedad. Desde el funcionario público que debe
aplicarla con certeza y sin hesitaciones interpretativas, hasta el ciudadano que debe quedar sujeta a ella en condiciones de seguridad
jurídica. Evitando o reduciendo al máximo la
ambigüedad y complejidad de la normativa.

3. EL MOVIMIENTO RULES AS CODE

Se trata, bajo otro ángulo, de una expresión
ostensible de RegTech en su sentido más om3.1. De qué trata este movimiento
nicomprensivo del término5, vale decir aquellas tecnologías que apuntan fuertemente al
Rules as Code (Reglas como Código llevado cumplimiento reglamentario de empresas y
a nuestro idioma), agrupa una serie de inicia- administrados en general, con recursos de
tivas que vienen emergiendo en diversos paí- adaptación eficientes en contextos de dinámises, instituciones, e instancias académicas, ca y cambio continuo. Desde luego que, para
todas ellas agrupadas bajo el enfoque común que los programas de computación sean los
de hacer que las normas jurídicas (leyes, nor- usuarios finales de este tipo de insumos (es lo
mas administrativas en general) se creen, que se postula), se requiere una intervención
nazcan y permanezca a su tiempo y vigencia, muy profunda en los procesos que están a la
bajo un lenguaje (o sea un código) legible y base de la creación normativa. Hay países,
ejecutable por las computadoras. Como tal, regiones, en fin instituciones y la propia acaa la iniciativa se la identifica como “un nuevo demia, que están apostando a ello.
método de elaboración de reglas necesarias
en el mundo actual”.4
De la experiencia que recorre el Gobierno
Neozelandés, posiblemente la de mayor fusLo más importante de este movimiento es su te y concreciones hasta el momento, vale toaspiración, aun cuando la misma no esté to- mar los siguientes conceptos: “El enfoque de
davía lograda, sino en curso. Se la presenta Mejores Reglas es una metodología que no
como una tendencia, con muestras palpables solo nos permite crear RaC sino también simya logradas en algunos lugares, pero en la
que falta mucho aún por recorrer según sos- 5   “RegTech (del inglés regulatory technology, ‘tecnología
tienen las voces autorizadas. Al mismo tiem- regulatoria’) es un término acuñado para definir a aquellas
po, y a nuestro juicio, se trata de un movimien- empresas de base tecnológica que crean soluciones dirigidas
to promisorio y digno de apoyo en el seno de a cumplir y adaptarse a los requerimientos regulatorios de
las políticas públicas de administración digital cada sector. Las RegTech utilizan tecnologías como la commás actuales. Hacer de las reglas jurídicas un putación en la nube, los macrodatos o la cadena de bloques,
instrumento legible y ejecutable (condiciones y se caracterizan por la agilidad y flexibilidad que ofrecen ante
cualquier cambio regulatorio.” (https://es.wikipedia.org/wiki/
4   “Cracking the Code…” p. 2.

Regtech última consulta 12 agosto 2022).

El movimiento “rules as code” y el modelo “og”. a propósito de un espacio a mejorar de modo acelerado. PP. 108-121

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Desafíos Jurídicos

plificar un proceso complejo como es el subsidio salarial al crear: Modelos conceptuales,
Árboles de decisión, Declaraciones de reglas,
Reglas como código. La metodología Better
Rules generalmente utiliza técnicas de diseño
centradas en el ser humano y un equipo multidisciplinario de analistas de negocios, diseñadores de servicios, codificadores de software,
analistas de políticas y expertos en la materia
que trabajan en un espacio compartido. Juntos, el equipo crea una expresión comprensible y más accesible de las reglas que expresa
la intención del sistema regulatorio.”6

3.2. Consecuencias ventajosas del
nuevo método
Se trata de una refundación de los procesos
de generación de las normas jurídicas. Las
ventajas de tal propósito son varias. Destacaremos algunas de ellas:

validez legal de los preceptos contenidos.
5. Fuerte impulso a generar normativa jurídica clara, precisa, explícita, evitando interpretaciones encontradas o abiertas, desde
el momento que la misma debe cumplir en
paralelo los estándares y propiedades de
un lenguaje informático, de formas de expresión univocas.
6. Visibilidad mayor en cuanto a la integración y utilización de la normativa en la realidad a la cual se dirige y aplica, facilitando
con ello los procesos de ajuste y reforma
posteriores con medios y conclusiones
más objetivos.
7. Interoperabilidad, eficiencia, transparencia, aumento de la participación ciudadana.

3.3. Algunas de las experiencias en
curso

No podemos detenernos en la descripción de
1. Simplificación de los procedimientos y trá- cada una de ellas. Solamente las enunciaremites en los se concreta la aplicación de mos acompañando fuentes de consulta que
las normas en el mundo real. Lo cual con- permiten ampliar. La lista que sigue es obviaduce a la mejora en la prestación de servi- mente incompleta.
cios y la optimización de los resultados de • GOBIERNO DE NUEVA ZELANDA - “Betla acción gubernamental.
ter Rules” https://www.betterrules.govt.nz/
2. Normalización de las regulaciones jurídi- • NEW SOUTH WALES –AUSTRALIA –
cas bajo isomorfismos unificadores.
“Rules as Code”
3. Facilitación en la explotación de las mis- • https://www.digital.nsw.gov.au/article/
mas, no solamente por las máquinas sino
rules-code-test-learn-repeat
además por los seres humanos.
• OPSI-OECD – “Rules as Code” https://
4. Remisión de una serie muy grande de
oecd-opsi.org/?s=rules+as+code
asuntos a su aplicación vía formularios, a • OPEN FISCA – software colaborativo de
los que el usuario no pondrá en juego la
origen francés, basado en Python, cuyo
uso se ha expandido rápidamente dentro y
6   Using Rules as Code during COVID-19 (https://
fuera de Francia; se apoya en varios partoecd-opsi.org/blog/using-rules-as-code-duringners, indicados por sus logos al final de la
covid-19/ última consulta 12 agosto 2022)
página principal, en https://fr.openfisca.orMarcelo Bauzá Reilly

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•
•

•

g/s://fr.openfisca.org/
AUSTRALIA – Australasian Legal Information Institute http://www.austlii.edu.au/
FRANCIA - Prosecco group (https://prosecco.gforge.inria.fr/), and in collaboration
with academics from the Paris Panthéon
Sorbonne University and the Northwestern
Pritzker School of Law.
DINAMARCA - Agency for Digitalisation
(n.d. a), tiene varias iniciativas e informes
(ver pág. 62 de “Cracking the Code…”).

4. LOS 7 NIVELES DE DIGITALIZACIÓN
DE LAS REGLAS JURÍDICAS
En este apartado posaremos la atención en
el segundo documento citado ut supra 2.1.,
vale decir el producido por expertos del laboratorio de Derecho e informática de la Escuela de Derecho de la Universidad de Singapur.
Un enfoque a menudo utilizado por quienes
vienen dedicando atención al tema objeto de
análisis, como forma de medir el grado evolutivo de “transformación digital” de las normas
jurídicas, y los servicios que se desprenden
de ellas. Se arriba de ese modo a una “jerarquía de niveles que pueden incluirse como
términos de referencia en las discusiones de
planificación”7. Es muy útil para comparar en
que estación estamos, y hacia qué dirección
vamos.
El descriptivo sucinto de estos niveles es el
siguiente:
Nivel 0 – No digital / La legislación, regulación, y reglas de negocios, están editadas y
publicadas en papel.
7   WONG - “Seven Levels…” p. 1.

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Nivel 1 – Primeros pasos en la dimensión
digital /
1.0 Escaneos y reconocimiento óptico de caracteres por terceras partes.
1.1. Publicación en HTML como PDFs u otros
formatos recuperables en sitio web.
1.1.1. Accesos tarifados u otras restricciones
como pertenencia a sociedades profesionales;
1.1.2. Accesos sin restricciones.
1.2. Publicación en formatos especializados
para documentos legales.
1.2.1. Como parte de kits propietarios;
1.2.2. En formatos abiertos.
Nivel 2 – Aplicaciones y productos digitales / Uso de programas embebidos de instituciones privadas o públicos especializadas
para automatizar ciertas funciones jurídicas
de competencia de la institución en cuestión
(ej. el cálculo y cobro de impuestos). La aplicación puede venir en paquetes de instalación, bajarse de sitio web o mediante aplicación (app) para móviles. El uso de la técnica
chatbot8 para la interactividad con el usuario
también entra en este nivel, acelerando la en“De manera sencilla y comprensible podemos
definir un chatbot como un asistente que se comunica con los usuarios a través de mensajes de
texto. En muchas otras ocasiones, toma forma
convirtiéndose en un compañero virtual que se integra en sitios web, aplicaciones… conversando y
ayudando a los usuarios. Se trata de una tecnología que permite al usuario mantener una conversación a través de un software que se integra en
un determinado sistema de mensajería, como, por
ejemplo: Facebook, Twitter, Telegram, Whatsapp,
etc.”(PERIS s/f).
8  

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trega del servicio digital. (En esta categoría se
ubica el Openfisca). A partir de este nivel nos
limitaremos a remitir a la lectura del documento bajo reseña, remitiendo tan solo a los títulos
de los siguientes sub-niveles, y haciéndolo en
el idioma de origen (inglés). En ese punto:
2.1. Spaghetti Rules.
2.2. Embedded DSL.
Nivel 3 – Reglas, por un lado, implementación, por otro / Las reglas se implementan
en una capa declarativa separada de la implementación. Un motor de reglas está explícitamente involucrado en la operativa de éstas.
En este nivel, un objetivo importante es que
las reglas puedan ser desarrolladas y mantenidas por “usuarios comerciales no técnicos”,
quienes, con el apoyo de las herramientas
adecuadas, pueden (en teoría) formular reglas
sin necesidad de trabajar en estrecha colaboración con los programadores. Subniveles:
3.1. Rule Engine.
3.2. Rule Standard.
3.3. Rule APP.
3.4. Rule API.
3.5. Authoritative API.
3.6 Rules Only.
Nivel 4 – Ontologías9 / Las ontologías están
especializadas en describir reglas constituti-

vas. Por ejemplo, qué entidad cuenta con qué
rol dentro de un esquema decisorio, si es una
persona o una persona física o una corporación, si es o no un individuo de 21 años de
edad, que es un dependiente, qué es un día
hábil en tal o cual país. Y así sucesivamente.
Hay Modelos que alcanzan este nivel de uso
y respuesta acordes. Aquí también tenemos
distintos grados de evolución (cinco en total),
que van desde una ontología no especificada
de entendimientos implícitos y por ende problemáticos, hasta aquélla que reutiliza y hereda un marco estándar existente, e incluso ontologías de conceptos legales, como DOLCE,
UFO-L o Núcleo LKIF.
Nivel 5 – Generación en lenguaje natural
informáticamente consumible /
La necesidad de desarrollar reglas detalladas
consumibles por máquina en paralelo con reglas de lenguaje natural obliga a discusiones
de diseño explícitas en etapa de borradores
(draft), antes de lo que habitualmente sucede
en otro tipo de abordajes. Algunos especialistas refieren a esta postura como una estrategia
de “gemelo digital”. Las versiones avanzadas
de esta estrategia podrían llamarse “primero
digital” o “nacido digital”. Aquí también se verifican subniveles según el grado de asimilación entre el lenguaje informático y el lenguaje
natural: menor que, igual, mayor qué.

9   “Un cuerpo de conocimiento representado formalmente se
basa en una conceptualización”…Una ontología es una especificación explícita de una conceptualización. …Una conceptualización es una visión abstracta y simplificada del mundo
que deseamos representar con algún propósito. Cada base
de conocimiento, sistema basado en conocimiento o agente
a nivel de conocimiento está comprometido con alguna conceptualización, explícita o implícitamente” (GRUBER, T.R.

Nivel 6 – Automatización de herramientas /
Entran en este nivel como subniveles:
6.1. Las herramientas de tipo KKR (Knowledge Representation and Reasoning) tales como
sistemas expertos, planificadores, ensambladores de documentos, gestores de ciclos contractuales;

“Towards principles…”).
Marcelo Bauzá Reilly

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6.2. Otro tipo de herramientas asignadas a
las labores de desarrollo, tales como el componente “Proof Assistant” del programa IDE
que sirve para identificar errores semánticos,
comenzando con errores tipográficos. Y las
“pruebas unitarias” que permiten al desarrollador monitorear el efecto de cambios propuestos en escenarios de referencia específicos.

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ANSES del citado país. No obstante, pese a
sus bondades, luego fue discontinuado por
motivos que no hicieron a su calidad técnica,
sino por carecer de soluciones a problemas
específicos de plataforma de software, que
permitieran operarlo, hoy superadas.

Los lineamientos completos de este Modelo
están librados al estudio y el juicio de los enNivel 7 – Adopción universal / Llegadas a tendidos en la materia. Personalmente apeeste punto las instancias de producción y eje- nas lo conocimos y nos adentramos en su filocución de reglas jurídicas (leyes, decretos, sofía y parcial dominio (hasta donde nos dan
contratos, etc.), la clave en consideración es los conocimientos de base), entendimos que
la universalidad. Por tanto se espera que las se trataba de un rico aporte a la mejoría de
reglas y los contratos aparezcan como código los procesos de automatización normativa. Su
digital, de la misma manera que las proyec- acceso y consulta son libres por vía de Interciones financieras se espera que aparezcan net, como ha sido expresado. La dirección de
como hojas de cálculo digitales, las fotogra- consulta está en la “bibliografía” de la presenfías como archivos JPEG digitales, los planos te ponencia. No podemos dejar de mencionar,
arquitectónicos como archivos digitales de asimismo, otra nueva fuente de próxima apaAutoCAD, y los manuscritos científicos de las rición, en este caso de autoría explícitamente
revistas se presenten en LaTeX.
compartida con el experto Raggio, que también incluimos en la bibliografía aun cuando
5. UN EJEMPLO A CONSIDERAR: OBtodavía no está en el mercado. Tenemos la
JETOS DE GESTIÓN II
convicción de que el Modelo OG encuentra
en la actualidad un terreno propicio en el mo5.1. Un modelo que comprende al RaC vimiento Rules as Code, como para pasar una
vez más de la teoría a la práctica, más que
En este punto nos abocaremos, por fuerza merecida en virtud de su potencia y calidad.
en forma breve, al contenido del tercer documento aludido ut supra 2.3. El “modelo OG” 5.2. Definiciones primarias
(Objetos de Gestión) surge en Argentina de
la mano y estudio de su creador, el experto El Modelo apuntado está concebido bajo el
argentino Raúl A. Raggio, quien ha trabajado paradigma de gestión de negocios en sentido
por decenios en el ámbito de la programación amplio. Vale decir para ser aplicado al conjuny análisis de sistemas informáticos. Fruto de to de actividades que cualquier Organización,
sus intensas y prolongadas investigaciones, pública o privada, con o sin fines de lucro, tenel Modelo alcanza a ser parcialmente imple- ga por misión, a fin de generar un producto o
mentado en la década del 90 del siglo pasa- servicio dados. Como tal, no presenta dificuldo, en el organismo de prestaciones sociales tad epistemológica alguna para su aplicación
El movimiento “rules as code” y el modelo “og”. a propósito de un espacio a mejorar de modo acelerado. PP. 108-121

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completa a cuerpos normativos jurídicos. Por
otra parte, y esto podrá ser convalidado por
los entendidos, el Modelo alcanza cotas de
muy alto relieve en el baremo de Singapur antes anotado: Level 6.2: Tool for Rules. Y con
ello inscribe su proyección y fortalezas dentro
del movimiento internacional Rules as Code.
Por lo demás, el Modelo OG de Raggio reviste
las propiedades de una ontología ya que “…
describe los conceptos en el mundo o algún
dominio, algunas de sus propiedades y cómo
los conceptos se relacionan entre ellos” (Weigand, 1997)10.

Proposicional de primer orden, en su esquema (básico) “si… entonces”.

5.4. El Modelo utiliza principios de Machine Learning
El “Aprendizaje inductivo a partir de ejemplos”
tiene protagonismo también en el Modelo. Tomando como tales los ejemplos construidos a
partir de los límites explícitos contenidos en el
cuerpo legal con el que se pretende regular el
comportamiento de los actores involucrados
en las acciones del caso.

5.3. El punto de partida: la “regla” y
sus desarrollos

Las herramientas empleadas para ello son las
propias de una ontología: entidades, atributos, conceptos, clases, relaciones, variables,
En este Modelo, la REGLA es una forma de valores o resultados, y otras relacionadas con
representación de un texto legal o reglamen- los impedimentos mencionados en la referentario, mediante la cual la organización que cia al caso Anses, que se ven a continuación.
administra el Modelo en la práctica asigna un
Servicio, o una Prestación a un Usuario. Pue- 5.5. Componentes de Machine Learden existir Tipos (si hubiera más de un servi- ning e Inteligencia Artificial
cio prestación), y Dominios en tanto haya que
referirse a la gestión de prestaciones en más Un algoritmo de Machine Learning (Algoritmo
de un cuerpo legal. Desde luego juega tam- LATC – Learning Assistance Through Cardinabién la Fecha de Vigencia para cada una de lity) que, partiendo de ejemplos de caso realas variantes del cuerpo legal.
les, completa y consiste el cuerpo de Reglas
que regula cada concepto del Modelo OG.
Luego están los ATRIBUTOS y las ENTIDADES. Ejemplo: la edad de una persona, donde Complementariamente un sustituto de motor
“edad” es un atributo y “persona” es una enti- de inferencia construido ad hoc y basado en
dad. (Categorías semánticas).
IA, que permite evaluar cada caso del mundo
real que se presente a eventual sujeción por
El carril de ejecución a la regla, viene dada las Reglas, sin necesidad de transcribir estas
por la más antiguas de las Lógicas, la Lógica a un lenguaje computacional. O sea, tal como
se encuentra expresada una Regla del Mode10   “An ontology is a database describing the concepts in the lo OG interpretable por un ser humano, así es
world or some domain, some of their properties and how the ejecutada por el motor de inferencia del Moconcepts relate to each other.” (cit. PÉREZ, 2002)
delo OG.
Marcelo Bauzá Reilly

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Lo expresado precedentemente permite afirmar que se ha hallado una forma de expresión
de un texto legal capaz de ser contenida en
el formato de un predicado de orden 1, que
puede ser evaluado y operado computacionalmente, además de comprendido por los
seres humanos, sin requerir otra expresión
que no sea la propuesta. También, que esa
forma asegura la Completitud y Consistencia
del cuerpo legal, expresado como conjunto
de hipótesis inductivas de reconocimiento de
conceptos.

máquinas para transformar el gobierno”. En https://apolitical.co/solution-articles/es/nueva-

zelanda-explora-le-

yes-legibles-por-maquina-para-transformar-el-gobierno.
Última consulta: 23/05/2022.
ESCUELA EUROPEA DE EXCELENCIA – “Calidad total: definición y conceptos fundamentales” Entrada de 21 junio,
2022. En https://www.nueva-iso-9001-2015.com/2022/06/
calidad-total-definicion-y-conceptos-fundamentales/. Última consulta: 12/08/2022.
GRUBER, T R – “Toward principles for the design of ontologies used for knowledge sharing” En International Jourhttps://

nal Human-Computer Studies 43, p.907-928
tomgruber.org/writing/onto-design.pdf -

Por último, destacar que, en tales sentidos,
asiste a la generación de aquellos textos legales que puedas ser expresados en la forma
If…then”…” ya mencionada.

TRABAJOS CITADOS

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MICHALSKI, Ryszard S. – “A Theory and a Methodology of
Inductive Learning”. En http://ebot.gmu.edu/bitstream/
handle/1920/1654/90-

43.pdf?sequence=1&amp;amp;isA-

llowed=y. Última consulta: 23/05/2022.
NEW SOUTH WALES GOVERNMENT – “Rules as Code

AGESIC - “Open Fisca”. En https://www.gub.uy/agencia-gobierno-electronico-

sociedad-informacion-conocimiento/

politicas-y-gestion/openfisca. Última consulta: 23/05/2022.

– Test, Learn, Repeat” https://www.digital.nsw.gov.au/
article/rules-code-test-learn-repeat.

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Mohun, Alex Roberts. Documents de travail de l´OCDE

Pública”. II Congreso Iberoamericano de Informática y

sur la gouvernance publique No. 42. Accesible en ht-

Derecho (Guatemala 1989). En Actas publicadas por el

tps://doi.org/10.1787/027bac0e-fr Se ha consultado la

CREI y el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala

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el mismo año (Centro Regional del IBI para la Enseñanza

te del mismo texto en idioma inglés bajo el título “Crac-

de la Informática, págs. 221-225).

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en.pdf?expires=1653636334&amp;amp;id=id&amp;amp;accna-

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Desafíos Jurídicos

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Última

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WADDINGTON, M. 2020. “Research Note. Rules as Code.”
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WONG, Meng Weng (HUANG Mingrong) - “Rules as Code:
seven levels of digitization”. En Research Collection
School of Law. Accesible en https://ink.library.smu.edu.sg/
sol_research/3093/. Última consulta: 23/05/2022.

Marcelo Bauzá Reilly

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Desafíos Jurídicos

desafiosjuridicos.uanl.mx

Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Paola Stephania Muñiz Lupian (Universidad Autónoma de Nuevo
León)
Alcance del Trato de Nación más Favorecida (TNMF) y su aplicación en derechos adjetivos, a partir de la interpretación de la
Cláusula de Nación Mas Favorecida (CNMF) en cada uno de los
Tratados Base en los Tratados Bilaterales de Inversión (BIT). pp.
122-137. Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos Vol. 3 Núm. 4, Enero-Junio 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León,
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Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y
Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
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REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
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Alcance del Trato de Nación más Favorecida (TNMF) y su aplicación
en derechos adjetivos, a partir de la interpretación de la Cláusula de
Nación Mas Favorecida (CNMF) en cada uno de los Tratados Base en
los Tratados Bilaterales de Inversión (BIT)
Scope of the Most Favored Nation Treatment (MFN) and its application in adjectival rights,
based on the interpretation of the Most Favored Nation Clause (MFN) in each of the Base
Treaties in the Bilateral Investment Treaties (BIT)
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023

Por: Paola Stephania Muñiz Lupian*

* https://orcid.org/0000-0002-6559-2401
Universidad Autónoma de Nuevo León, México

Resumen. Existen principios fundamentales observados en la negociación de los BIT y TLC;
que se extraen del Derecho Internacional Comercial, TNMF y Trato Nacional, insertos en el
GATT con una definición exacta; pero no así en el Derecho de las Inversiones, existe controversia en los criterios arbitrales y académicos sobre la capacidad de la CNMF para atraer ventajas
adjetivas, de jurisdicción y competencia en la resolución de controversias inversor-Estado.
Palabras clave: GATT, CNMF, BIT, Jurisdicción, Arbitraje.
Abstract..There are fundamental principles observed in the negotiation of the BIT and FTA;
that are extracted from the International Commercial Law, TNMF and National Treatment, inserted in the GATT with an exact definition; but not so in Investment Law, there is controversy in
the arbitration and academic criteria on the ability of the CNMF to attract adjectival advantages,
jurisdiction and competence in the resolution of Investor-State disputes.
Palabras clave: GATT, CNMF, BIT, Jurisdiction, Arbitration.

* Maestra en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México; Doctoranda en Derecho Procesal y profesor-investigador de la Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León.

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Desafíos Jurídicos

1. INTRODUCCIÓN:
El documento estudia las aportaciones del
Derecho Internacional a fin de establecer una
definición común, principios, alcances e interpretación para el Trato de Nación más favorecida, mediante el Proyecto de Artículos sobre
las Cláusulas de la Nación más Favorecida
(United Nations, International Law Commission, 1978) y el Informe final del Grupo de
Estudio sobre la Cláusula de la Nación más
favorecida (Naciones Unidas, Comisión de
Derecho Internacional, 2015).

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del mismo modo como las decisiones arbitrales y demás documentos internacionales,
permearon la celebración del acuerdo más
reciente.

2. CNMF EN EL DERECHO INTERNACIONAL DE LAS INVERSIONES:
La CNMF es uno de los pilares del Derecho
Comercial Internacional, al igual que el Trato
de Nacional (Organización Mundial Del Comercio, 2023), pero no forman parte del derecho internacional consuetudinario, sino que
corresponde a una obligación que debe figurar en los Tratados para poder ser invocada,
es decir, debe pactarse estrictamente por las
partes (Riquelme, 2018), y precisamente por
eso, se considera fundamental, entre otras
razones, pues permite evitar la discriminación
en el tráfico entre los distintos Estados.

Posteriormente
se
analizan
diversos
awards-resoluciones, de arbitrajes Inversor-Estado, donde el tema principal es la
aplicación de la Cláusula de Nación Mas Favorecida (CNMF), con la finalidad de extraer
beneficios de derechos adjetivos, de tratados
de inversión más “favorables” celebrados con
un tercer Estado por parte de los Estados par- En materia comercial, la CNMF se encuentra
te de un Tratado Base.
marcada en el GATT (Organización Mundial
Del Comercio, 1947) articulo 1º sobre: el Trato
Por último se estudiara la redacción de tres general de la nación más favorecida”
documentos celebrados por México en materia de inversión, Acuerdos Para la Promoción
“Con respecto a los derechos de aduana
y Protección Recíproca de las Inversiones
y cargas de cualquier clase impuestos
(APPRI´S), primero, el APPRI México-Suiza
a las importaciones o a las exportacio(Estados Unidos Mexicanos, Presidencia de
nes… cualquier ventaja, favor, privilegio
la República, 1998); segundo, el APPRI Méo inmunidad concedido por una parte
xico-Emiratos Árabes Unidos (Estados Unicontratante a un producto originario de
dos Mexicanos, Presidencia de la República,
otro país o destinado a él, será conce2018); y el tercero, el más reciente en la base
dido inmediata e incondicionalmente a
de datos de Secretaria de Relaciones Extetodo producto similar originario de los teriores, el APPRI México-Hong Kong (Estados
rritorios de todas las demás partes conUnidos Mexicanos, Presidencia de la Repúblitratantes o a ellos destinado.”
ca, 2021); análisis con la finalidad practica de
estudiar en la redacción de cada uno de estos El presente concepto de Nación más favoreAPPRIS, el desarrollo histórico de la CNMF; cida fue exportado a las demás convenciones
Alcance del Trato de Nación más Favorecida (TNMF) y su aplicación en derechos adjetivos, a partir de la interpretación de la Cláusula de
Nación Mas Favorecida (CNMF) en cada uno de los Tratados Base en los Tratados Bilaterales de Inversión (BIT).. PP. 122-133

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Desafíos Jurídicos

del derecho internacional de comercio, como
los servicios y propiedad intelectual (Organización Mundial Del Comercio, 2023); con las
variaciones específicas de cada una de las
materias; del mismo modo fue aplicado como
estándar general para la celebración de los
Tratados Bilaterales de Inversión (BIT), pero
en la especie la aplicación del trato, la interpretación y alcances de la cláusula es muy
distinta del derecho comercial.
Iniciamos con la distinción entre la aplicación
automática del derecho comercial, “concedido inmediata e incondicionalmente”, la misma
ventaja, favor, privilegio o inmunidad concedido por una de las partes celebrantes de un
tratado (denominado base), y un tercer Estado: “tratado referencia’. (Riquelme, 2018).

de estándar general, que fue insertada como
principio fundamental de las relaciones entre
estados, tuvo un alcance que en principio no
fue dimensionado por la comunidad internacional, al utilizar la CNMF, en procedimientos
jurisdiccionales para atraer condiciones más
favorables, de derecho adjetivo, es decir para
obtener una ventaja en jurisdicción o competencia, que se resumen a tres puntos: cumplir
con los requisitos ratione materia, ratione personae y ratione temporis. (Naciones Unidas,
Comisión de Derecho Internacional, 2015).

Así, las cosas, en el año de 1978, la Comisión
de Derecho Internacional de la ONU en su sesión número 30, creo el Proyecto de Artículos
sobre las Cláusulas de la Nación más Favorecida, en 1978, (United Nations, International Law Commission, 1978) documento que
Mientras que en el derecho internacional de a pesar de haber sido sometido a la Asamblea
las inversiones la ventaja no es concedida au- General de la ONU para la creación de una
tomáticamente, debe ser exigida por la parte convención multilateral, no prospero para ser
beneficiaria (por el inversor) al Estado bene- sometida a firma por los Estados partes1; sino
factor (donde se ha desarrollado la inversión). que solamente se ha constituido en un do(García Corona, 2013).
cumento de consulta, no vinculante, pero de
referencia obligatoria para tribunales y acadé¿Pero cuáles son los criterios de aplicación de micos en la aplicación e interpretación de la
la CNMF a las inversiones? ¿Cuál es el criterio CNMF.
reiterado de aplicación por parte de los tribunales arbitrales? ¿Porque no existe una con- El Proyecto, principalmente brinda una definivención marco de interpretación de la CNMF?, ción general de la CNMF, en el artículo 4:
esas y otras interrogantes han tratado de ser
abordadas y resultas desde la creación de los 1   No terminó en la celebración de una convención internaTratados Bilaterales de Inversión como tal, en cional por que la Asamblea General de la ONU y la Comisión
los año 50´s, y posteriormente con las contro- de Derecho Internacional, no se ponían de acuerdo conforme
versias Ambiatelos (United Nations, 2006) y a otorgar derechos todavía más favorables a las naciones en
Maffezini vs España (Centro Internacional de vías del desarrollo sin discriminar a los países desarrollados,
Arreglo de Diferencias Relativas a Inversio- situación que no puedo soslayarse, pues no fue formalizado
nes Washington, D.C., 2000), que serán ana- dicho proyecto, no es vinculante, pero si es una referencia de
lizadas más adelante, la cláusula inofensiva interpretación de la CNMF.
Paola Stephania Muñiz Lupian

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Desafíos Jurídicos

“Una cláusula de la nación más favorecida es una disposición de un tratado por
el cual un Estado contrae una obligación
para con otro Estado de otorgar el trato
de nación más favorecida en una esfera
de relaciones acordada.”

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un tercer estado, sin vulnerar la voluntad de
las partes que han celebrado el tratado base,
en un marco de búsqueda de liberalización
del derecho de las inversiones, sin que sea
necesaria una renegociación de los AII.

A partir de los laudos mencionados y el estaAsí, como el TNMF, en el artículo 5:
blecimiento del Proyecto de Artículos; las resoluciones arbitrales y documentos académicos,
“Trato otorgado por el Estado conce- se han polarizado respecto de los alcances e
dente al Estado beneficiario, o a las per- interpretación de la CNMF, tema trascendensonas o las cosas de una determinada te, pues incluso algunos autores mencionan
relación con ese Estado, no menos favo- que al ir más allá de lo exactamente pactado
rable que el trato conferido por el Estado vulnera la soberanía de los Estados partes;
concedente a un tercer Estado o a las pero que también en ejercicio de esa soberapersonas o las cosas en la misma rela- nía fue que se obligaron recíprocamente para
ción con ese tercer Estado.”
la protección a las inversiones, y que al realizar esa protección de manera explícita, sin
Del mismo modo, se puede concluir que el señalar excepciones expresas, la protección
principal cometido de dicho documento fue de la cláusula se extiende a las disposiciones
establecer las bases, en concordancia con de todo el documento para atraer beneficios
los artículos 31 y 32 la Convención de Viena de un tratado de referencia celebrado por una
(Naciones Unidas, 1969), para una interpre- de las partes con tercer Estado.
tación conforme de la CNMF, dependiendo
de la redacción de esta en cada uno de los Herrera Ramírez (2009) resume los diferentes
tratados, puesto que existen diferentes redac- tipos de CNMF en términos de su redacción
ciones como BIT, APPRI y TLC, han sido ce- respecto a su alcance en derechos adjetivos,
lebrados en todo el mundo, es decir, todos los entre ellos:
Acuerdos Internacionales de Inversión “All”,
que elevó el acervo de AII a 3.322 para 2021, 1. Estipula, expresamente, su aplicación a
incluidos 2.558 AII aun en vigor, (Conferencia
las disposiciones relativas al arreglo de
de las Naciones Unidas sobre Comercio y Dediferencias (Cláusula tipo de los TPPI del
sarrollo, UNCTAD, 2022).
Reino Unido, Alemania y Países Bajos).
2. Se usan términos “generales” que cubren,
Por tanto, no puede establecerse una interprepor ejemplo: all matters, all rights, el traittación homogénea aplicable a todos los tratament, pero que no hacen referencia algudos base, es necesario que sean analizados e
na a las disposiciones relativas al arreglo
interpretados uno por uno para determinar los
de diferencias.
fines, objetivos y alcances de la CNMF, que 3. Redactada en términos no generales, aunbusca atraer condiciones más favorables de
que guarda silencio en lo relativo a los meAlcance del Trato de Nación más Favorecida (TNMF) y su aplicación en derechos adjetivos, a partir de la interpretación de la Cláusula de
Nación Mas Favorecida (CNMF) en cada uno de los Tratados Base en los Tratados Bilaterales de Inversión (BIT).. PP. 122-133

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canismos de arreglo de diferencias (NAFTA art. 3).
4. La CNMF expresa claramente que no se
aplica a las disposiciones relativas al arreglo de diferencias (CAFTA, FTAA).
En esta clasificación los puntos 1 y 4, no tienen ningún problema a la hora de interpretarse y aplicarse, porque no queda ninguna
duda, pero respecto de los puntos 2 y 3, existe ambigüedad y es necesario que sean interpretados uno por uno cada uno de los acuerdos celebrados, entonces el problema de la
aplicación y alcances de la CNMF reside en la
formulación de esta.
Posteriormente, el tema fue analizado por el
Grupo de Estudio sobre la Cláusula de la Nación más favorecida. (Naciones Unidas, Comisión de Derecho Internacional, 2015)
Establece tres ejemplos de Acuerdos, para
establecer diversas clasificaciones en su redacción:
1. Del acuerdo entre Austria y la República Checa y Eslovaca de 15 de
octubre de 1990 “Cada Parte Contratante otorgará inversores de la otra
Parte Contratante un trato no menos
favorable que el otorgado a sus propios inversores o a los inversores de
un tercer Estado y sus inversiones”.
2. En algunos casos una cláusula NMF
incluye tanto la obligación de proporcionar tratamiento NMF y la obligación de otorgar Trato Nacional. Del
acuerdo Argentina Reino Unido de 11
de diciembre de 1990 dispone: “Ninguna de las Partes Contratantes de
su territorio las inversiones sujetas o

ganancias de inversores o sociedades de la otra Parte Contratante a un
tratamiento menos favorable que el
otorgado a las inversiones o ganancias de sus propios inversores o empresas o a las inversiones y ganancias de los nacionales o sociedades
de un tercer Estado”.
3. En otros casos, la obligación de proporcionar un trato NMF está ligada
a la obligación de otorgar un trato
justo y equitativo. Del acuerdo entre
China y Perú de 9 de junio de 1994
establece: “Las inversiones y actividades asociadas a las inversiones de
inversores de una Parte Contratante
deberán recibir un trato justo y equitativo y gozarán de protección en el
territorio de la otra Parte Contratante.
El tratamiento y la protección mencionada en el párrafo 1 del presente
artículo no podrán ser menos favorable que el otorgado a las inversiones
y actividades asociadas con dichas
inversiones de los inversores de un
tercer Estado “
A pesar de las variaciones en la redacción
de las cláusulas NMF, hay cuestiones de interpretación que son comunes a todas estas
cláusulas, ya sea en el ámbito del comercio,
la inversión, o servicios.
Tres aspectos de las disposiciones de NMF
que han dado lugar a cuestiones interpretativas: el beneficiario de una cláusula NMF, el tratamiento necesario, y el alcance de la cláusula.
De estas tres importantes cuestiones de interpretación, sólo el alcance del “tratamiento” de-

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ben preverse en virtud de una disposición de
NMF ha sido objeto de un importante debate
y controversia ante los tribunales de inversión.
También existen principios interpretativos tales como:
1. Respecto del sujeto de la inversión: circunstancias similares.
2. Respecto de la inversión: la aplicación material, principio ejusdem generis, es decir
la solicitud de aplicación de CNMF, solo
puede aplicarse respecto de la misma materia y con respecto a aquellos en una relación de comparación. (Naciones Unidas,
Comisión de Derecho Internacional, 2015).
Del mismo modo las principales excepciones,
a la aplicación del Trato NMF son señaladas
por la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos (OCDE, 2019): incluso
para aquellos miembros que son parte de una
unión aduanera o sistema monetario especial,
y más en general en relación con el mantenimiento del orden público o la protección
por el miembro de la salud pública, la moral
y la seguridad, la protección de los intereses
esenciales de seguridad de los miembros, o el

cumplimiento de sus obligaciones relativas a
la paz y la seguridad internacionales.
Al final los dos documentos de las Naciones Unidas y diversos autores, tales como
(Stephan W. Schill, 2017) y (Thulasidhass,
2015), coinciden en que la interpretación de la
CNMF debe ser atendida tratado por tratado
para adecuarse a la voluntad de las partes.
Contrario a lo planteado por otros autores,
como (Batinfort, et. al., 2018), respecto a que
la interpretación debería ser de arriba hacia
abajo, es decir, establecer homogéneamente
como debe ser entendida y aplicada de manera general, en aras de la seguridad jurídica,
sin tomar en cuenta la redacción especificada
de cada uno de los tratados.

3. REVISIÓN DE LAUDOS ARBITRALES CON PRESENCIA DE LA CNMF.
En este apartado se expondrán brevemente,
los laudos arbitrales que han sido resueltos a
favor de la aplicación de la CNMF para derechos adjetivos:

Figura 1. CNMF para obtener beneficios en derechos adjetivos:
Laudo

Tratado Base

Ambatielos 1956.
(United Nations,
2006)

Grecia- Reino
Unido
Tratado greco-británico
de comercio
y navegación
(1886).

Tratado
referencia

Resolución
Resuelve que la “administración de justicia”
es parte importante de los derechos de los
comerciantes y, en virtud de la CNMF debe
ser tratado como incluido dentro de la frase
“todos los asuntos relacionados con el comercio y la navegación”. Sentando la base
aplicativa de la CNMF de conformidad con
el principio ejusdem generis.

Alcance del Trato de Nación más Favorecida (TNMF) y su aplicación en derechos adjetivos, a partir de la interpretación de la Cláusula de
Nación Mas Favorecida (CNMF) en cada uno de los Tratados Base en los Tratados Bilaterales de Inversión (BIT).. PP. 122-133

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Maffezini vs España
2000.
(Centro Internacional de Arreglo
de Diferencias Relativas a Inversiones Washington,
D.C., 2000)

Siemens AG vs
República Argentina
2007.
(International Centre for Settlement
of Investment Disputes Washington,
D.C., 2007)

TBI Argentina-España
1991
Solicita aplicar
la CNFM, con
el fin de hacer
caso omiso de
la exigencia de
un período de
espera de 18
meses antes de
presentar una
demanda en
virtud del TBI.
TBI Argentina-Alemania
1993. Solicita
aplicar la CNFM,
con el fin de hacer caso omiso
de la exigencia
de un período
de espera de 18
meses antes de
presentar una
demanda en
virtud del TBI.

Desafíos Jurídicos

TBI España-Chile 1991
no incluía ese
requisito (18
meses de espera) y permitió
que un inversor
optar por el arbitraje internacional después
de seis meses.

El tribunal tuvo en cuenta los amplios términos de la cláusula NMF, que se aplica “en
todas las materias reguladas por el presente Acuerdo” aplicando “el principio ejusdem
generis, a partir del laudo Ambiatelos.”

TBI Chile-Argentina 1991.
No incluía ese
requisito (18
meses de espera) y permitió
que un inversor
optar por el arbitraje internacional después
de seis meses.

El tribunal declaró que la solución de diferencias “es parte de la protección ofrecida
por el Tratado. Parte del tratamiento de los
inversores y las inversiones extranjeras y
de las ventajas accesibles a través de una
cláusula NMF”.

Fuente: elaboración propia con datos de los diversos laudos arbitrales consultados.

Del mismo modo se comparan, otras tres resoluciones que han sido negativas en cuanto
a la aplicación de la CNFM para obtener beneficios en derechos adjetivos:

Paola Stephania Muñiz Lupian

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Figura 2. Laudos negativos a la CNMF para generar beneficios en derechos adjetivos.
Laudo

Tratado Base

Tratado referencia

TBI Italia-Jordania 1999, el

Resolución

TBI Jordania–USA
1997; y TBI Jordania–
dejar sin efecto la cláusula
Reino Unido 1979.
de arreglo de diferencias
Los cuales permitían
estipuladas en el contrato de
llevar ante el CIADI
concesión, que no contemplatodo diferendo relaba el arbitraje del CIADI.
tivo a un contrato de
construcción.

Las partes del TBI de base
habían manifestado expresamente la voluntad de someter
a los mecanismos de solución previstos en el contrato
todos los litigios originados
por la ejecución de estos
(Lex specialis derogat legem
generalem).
El Tribunal concluye entonces, que la CNMF no cubría
las disposiciones relativas al
arreglo de las controversias.

Plarna vs
Bulgaria
2008.
(International
Centre for
Settlement of
Investment
Disputes
Washington,
D.C., 2008)

TBI Bulgaria–Chipre 1987,
La cláusula de solución de
controversias permitía el
acceso solo a un arbitraje
ad-hoc según el reglamento
UNCITRAL y los negocios
solucionables por esta
vía, estaban limitados a la
indemnización en caso de
expropiación juzgada ilegal
por los Tribunales del país
anfitrión.

TBI Bulgaria–
Finlandia 1999
La demandante
invocó la CNMF, para
poder acudir al CIADI,
establecido en este
BIT.

Telenor vs
Hungría 2006.
(International
Centre for
Settlement of
Investment
Disputes
Washington,
D.C., 2006)

TBI Noruega–Hungría
(8 de abril de 1991)
El BIT limitaba la competencia del tribunal CIADI al contencioso de la expropiación,
de la repatriación de capitales
y a la indemnización debida
en caso de destrucción de la
inversión por guerra, revolución o eventos análogos.

Diversos.
Para acceder a cláusulas de solución de
controversias “más
favorables” acordadas
por Hungría a terceros
Estados.

El acuerdo debe ser claro e
inequívoco. Una CNMF en
un tratado básico no incorpora por referencia o en
su totalidad o en parte las
disposiciones de solución de
controversias establecidas en
otro tratado, a menos que la
disposición de NMF en el tratado básico no deje dudas de
que las Partes Contratantes
pretendían incorporarlos.”
El alcance de la jurisdicción
del Tribunal está limitado por el
Artículo XI a reclamos que involucran expropiación y que la
cláusula de NMF incorporada
en el Artículo IV no puede invocarse para extender la jurisdicción del Tribunal a reclamos
bajo el Artículo III.

Salini vs Jodania
2006.
(International
Centre for
Settlement of
Investment
Disputes Washington, D.C.,
2006)

demandante italiano buscaba

Figura 2. Fuente: elaboración propia con datos de los diversos laudos arbitrales consultados.

Alcance del Trato de Nación más Favorecida (TNMF) y su aplicación en derechos adjetivos, a partir de la interpretación de la Cláusula de
Nación Mas Favorecida (CNMF) en cada uno de los Tratados Base en los Tratados Bilaterales de Inversión (BIT).. PP. 122-133

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Las diferencias entre las resoluciones positivas y negativas, de acceso a la jurisdicción
mediante la CNMF, pueden resumir a tres
grandes aspectos:
1. Las primeras fueron parte del paradigma
que se aperturó a discusión a partir del
caso Ambiatelos, mismo que sentó las
bases de interpretación de la CNFM, a la
luz del principio ejusdem generis.
2. Posteriormente se realizó un estudio
más profundo respecto de la importancia de redacción de las cláusulas y la
voluntad de las partes, para una interpretación del derecho de los tratados,
mediante el articulo 31 y 32 de la Convención de Viena; cuestiones plasmadas también en los Proyectos de Artículos de la CNMF de 1978.
3. Por último, la evolución en los estudios
académicos y mayor número de demandas de arbitraje que se pretendieron
combatir a través de la CNMF, establecieron precedentes y doctrina sobre
su interpretación, llenando relativamente un vacío legal, que hasta hoy se discute, pero que ha otorgado más certezas
a las partes; a los Estados respecto de
las negociaciones en los nuevos BIT,
especificando lo que entienden por
CNMF, y estableciendo expresamente
sus alcances y excepciones; para los
inversores, esta demás, señalar que las
ventajas respecto a la posibilidad de atraer jurisdicción es extraordinaria para
resolver sus controversias de forma expedita.

4. EJEMPLOS DE CNMF, EN LA REDACCIÓN DE LOS ACUERDOS PARA
LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN
RECÍPROCA DE LAS INVERSIONES
(APPRI´S), CELEBRADOS POR MÉXICO:
Por último, realizamos un estudio de análisis de contenido cualitativo, a través de una
muestra de tres APPRI´s celebrados por México: el primero en 1998, México-Suiza, que
a priori señalo contiene una determinación
general “all maters” de la CNMF; a diferencia
del APPRI México-Emiratos Árabes Unidos,
de 24 de enero de 2018, que es totalmente
restrictivo en cuanto a la atracción de mejores derechos adjetivos mediante la CNMF, y
del mismo modo establece otras excepciones;
asimismo el APPRI México-Hong Kong de 11
de junio de 2021, que ya no contiene propiamente dicho una CNMF, sino que solo se limita a establecer “un Trato No Discriminatorio”
no menos favorable que el que otorgue a sus
propios inversionistas “Trato Nacional” y no
menos favorable que el que otorgue, en circunstancias similares, a los inversionistas de
cualquier Parte no Contratante “TNMF”, pero
que establece expresamente que no comprende un requisito para extender a los inversionistas de la otra Parte Contratante procedimientos de resolución de controversias.
Para el presente ejercicio es necesario extraer
el contenido de dichos Acuerdos:
Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la Confederación Suiza para la
Promoción y Protección Recíproca de
las Inversiones.
Artículo 4. Protección y Tratamiento:

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1. A las inversiones… les será otorgado
en todo momento un trato justo y equitativo y gozarán de protección y seguridad
plenas en el territorio de la otra Parte, de
conformidad con el Derecho Internacional.
2. Cada una de las Partes, otorgará un
trato “no menos favorable que el que
otorgue, en circunstancias similares, a
las inversiones de sus propios inversionistas o a las inversiones de inversionistas de un tercer Estado, cualquiera que
sea más favorable para el inversionista
en cuestión.”
3. Cada una de las Partes, otorgará a
los inversionistas de la otra Parte, en
relación con la administración, mantenimiento, uso, goce o disposición de sus
inversiones, “trato no menos favorable
que el que otorgue, en circunstancias
similares, a sus propios inversionistas o
a inversionistas de cualquier tercer Estado”, cualquiera que sea más favorable
para el inversionista en cuestión.
APÉNDICE: Solución de Controversias
entre una Parte y un Inversionista de la
otra Parte
Artículo 4: Sometimiento de la Reclamación al Arbitraje
Siempre que hayan transcurrido seis meses desde que tuvieron lugar los actos
que motivan la reclamación y que el inversionista contendiente haya notificado
por escrito por lo menos con tres meses
de anticipación a la Parte contendiente
su intención de someter la reclamación
a arbitraje, el inversionista contendiente
podrá́ someter la reclamación a arbitraje
de acuerdo con:
El convenio CIADI…

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Del primer APPRI, celebrado por el Estado
Mexicano con Suiza en 1998, podemos advertir que no contiene mención expresa sobre
aplicación extensiva o limitación alguna de la
CNMF respecto del acceso a la jurisdicción,
contenida en un tercer APPRI más favorable,
por lo que en ese momento no se consideró el
alcance y naturaleza jurídica que tendría este
concepto comercial en el Derecho Internacional de las Inversiones, como hemos advertido
en el presente estudio la evolución histórica
del concepto, por lo que el Trato de Nación
más Favorecida puede ser aplicada para solicitarse un acceso a jurisdicción más favorable, en el caso específico del presente AII.
Conviene señalar que otros puntos relevantes para la determinación de los alcances e
interpretación de la CNMF, corresponden a
las interpretaciones realizadas por las mismas partes de una controversia, tanto por el
demandante como por el demandado (Claimant and Respondent); del mismo modo es
relevante la costumbre de los Estados, en
cuanto a la resolución de controversias, y los
acuerdos celebrados con posterioridad entre
los Estados Parte y en última instancia la renegociación del tratado.
Es importante tener presente la evolución de
la interpretación de la CNMF, pues como hemos analizado no se trata más de un mero
estándar presente de forma general en todos
los AII, en específico de inversión, sino de una
cláusula mutante, que puede atraer beneficios de acceso pronto a la jurisdicción, que
en principio no estuvieron contemplados por
los Estados celebrantes; el paradigma pues
ha evolucionado como parte de la actividad
intelectual de las partes al momento de redac-

Alcance del Trato de Nación más Favorecida (TNMF) y su aplicación en derechos adjetivos, a partir de la interpretación de la Cláusula de
Nación Mas Favorecida (CNMF) en cada uno de los Tratados Base en los Tratados Bilaterales de Inversión (BIT).. PP. 122-133

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Vol. 03, Núm. 04, Enero-Junio 2023

Desafíos Jurídicos

tar sus argumentos a favor y en contra; del
aplicará a las cuestiones de procedimismo modo, al no poder preverse todas las
miento o judiciales.”
variables posibles, es que “el principio más
aceptado de interpretación de la CNMF reside El presente APPRI celebrado 23 años
en la interpretación tratado por tratado.”
después, es ejemplo latente de la evolución,
preparación y prevención, que ha tenido a
Acuerdo entre el Gobierno de los Esta- bien observar y desarrollar el Estado Mexidos Unidos Mexicanos y el Gobierno de cano, en la celebración de los subsecuentes
los Emiratos Árabes Unidos para la Pro- tratados de inversión, evitando crear ventanas
moción y Protección Recíproca de Inver- de jurisdicción temprana, sujetando a lo essiones.
trictamente pactado, aunque existan mejores
Artículo 3: Trato Nacional y Trato de la condiciones a un tercer Estado. Por lo que,
Nación Más Favorecida.
termina estableciendo una excepción expresa
1. Cada Parte Contratante otorgará y cerrada “el trato de la nación más favorecia los inversionistas de la otra Parte da no se aplicará a las cuestiones de procediContratante y a sus inversiones “un miento o judiciales.”
trato no menos favorable que el que
otorgue, en circunstancias similares,
Acuerdo entre el Gobierno de los Esa sus propios inversionistas y a las
tados Unidos Mexicanos y el Gobierno
inversiones de sus propios inversiode la Región Administrativa Especial de
nistas en lo referente a la adminisHong Kong de la República Popular Chitración, mantenimiento, uso, goce o
na para la Promoción y Protección Recídisposición de las inversiones.”
proca de Inversiones.
2. Cada Parte Contratante otorgará
Artículo 4: Trato No Discriminatorio.
a los inversionistas de la otra Parte
1. Cada Parte Contratante otorgará
Contratante y a sus inversiones, un
a los inversionistas de la otra Parte
trato no menos favorable que el que
Contratante y a sus inversiones “un
otorgue, en circunstancias similares,
trato no menos favorable que el que
a los inversionistas y a las inversiones
otorgue, en circunstancias similares,
de inversionistas de cualquier tercer
a sus propios inversionistas y a las
Estado en lo referente a la adminisinversiones de sus propios inversiotración, mantenimiento, uso, goce o
nistas” en lo referente a la adminisdisposición de las inversiones.
tración, mantenimiento, uso, goce o
3. Para mayor certeza, sin perjuicio de
disposición de las inversiones.
cualquier otro Acuerdo Bilateral de
2. Cada Parte Contratante otorgará
Inversiones que las Partes Contraa los inversionistas de la otra Parte
tantes hayan firmado con otros EstaContratante y a sus inversiones “un
dos antes o después de la entrada en
trato no menos favorable que el que
vigor del presente Acuerdo, “el trato
otorgue, en circunstancias similares,
de la nación más favorecida no se
a los inversionistas de cualquier ParPaola Stephania Muñiz Lupian

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Desafíos Jurídicos

te no Contratante y a las inversiones
de inversionistas de cualquier Parte
no Contratante” en lo referente a la
administración, mantenimiento, uso,
goce o disposición de las inversiones.
3. Para mayor certeza, la obligación en
este Artículo “no abarca un requisito para extender a los inversionistas
de la otra Parte Contratante procedimientos de resolución de controversias” …
Contempla tanto el Trato Nacional y el Trato
de Nación más Favorecida, pero los simplifica
en un “Trato No Discriminatorio”, y si restringe
el acceso a derechos adjetivos más favorables; pues la no discriminación: “no abarca un
requisito para extender a los inversionistas de
la otra Parte Contratante procedimientos de
resolución de controversias”.
Desde la asimilación de la Trato de Nación más
Favorecida al Trato Nacional, y al Trato con
terceros Estados, para la no discriminación.
Resalta también una limitación “respecto a las
circunstancias similares” y la materia de ese
análisis, dejando en lo especifico como materia de la aplicación de la CNMF, en el presente APPRI, exclusivamente para derechos
sustantivos, respecto a la administración,
mantenimiento, uso, goce o disposición de las
inversiones.
El presente ejercicio nos permite dimensionar
la intrincada conexión entre los tratados internacionales celebrados por México, es decir, la
posible interacción 30 Acuerdos para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones (APPRIs) con 31 países o regiones ad-

desafiosjuridicos.uanl.mx

ministrativas y 9 acuerdos de alcance limitado
(Acuerdos de Complementación Económica y
Acuerdos de Alcance Parcial) en el marco de
la Asociación Latinoamericana de Integración
(ALADI); y los 14 Tratados de Libre Comercio
(TLC),con 50 países (Secretaria de Relaciones exteriores, 2023); además, México participa activamente en organismos y foros multilaterales y regionales como la Organización
Mundial del Comercio (OMC), el Mecanismo
de Cooperación Económica Asia-Pacífico
(APEC), la Organización para la Cooperación
y Desarrollo Económicos (OCDE) y la ALADI;
en este gran volumen donde puede aplicarse
de formas diversa la CNMF, que deberá ser
establecida texto por texto de lo AII; sin dejar de mencionar los tratados referencia, que
los mexicanos, en calidad de inversores, podríamos invocar como un trato más favorable
que otro tercero, diversos a los celebrados
con los estados partes, para la resolución de
las controversias de arbitraje en el extranjero
con ventaja en jurisdicción de los mexicanos
inversionistas.

5. CONCLUSIONES:
El estudio del alcance de los derechos adjetivos mediante la CNMF, en el Derecho Internacional de las Inversiones, no es un tema nuevo,
mucho menos acabado respecto de su interpretación y aplicación, pues al tomarse el concepto del Derecho Internacional Comercial,
fue extrapolado sin tener los mismos efectos;
en ese sentido la búsqueda de interpretación
conforme y principios de aplicación, data desde el mismo momento en que se celebró el
primer BIT a finales de 1950; posteriormente
el histórico caso Ambiatelos de 1956; y los trabajos de la Comisión de Derecho Internacion-

Alcance del Trato de Nación más Favorecida (TNMF) y su aplicación en derechos adjetivos, a partir de la interpretación de la Cláusula de
Nación Mas Favorecida (CNMF) en cada uno de los Tratados Base en los Tratados Bilaterales de Inversión (BIT).. PP. 122-133

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Vol. 03, Núm. 04, Enero-Junio 2023

Desafíos Jurídicos

al, que culminaron con el documento “Proyectos de los Artículos de la CNMF, de 1978”.

pueden ser significativamente mayores dependiendo de la firma de abogados que representa al inversionista estatal o extranjero, sin
En la actualidad los criterios sobre la CNMF contar las cantidades que resulten por daños
apuntan inequívocamente a la importancia de en la resolución del laudo arbitral, que pueden
la redacción e interpretación de esta, tratado afectar gravemente a la administración y funpor tratado.
ciones públicas del Estado parte.
Solo pocos autores opinan lo contrario, respecto de una interpretación homogénea aplicable para todos los Tratados de Inversión, lo
que traería consigo no una unificación sino un
caos, pues se dejaría de lado la voluntad de
las partes en ejercicio de su soberanía y se
establecerían menores o mayores beneficios
sin que estuviera en su poder la decisión misma, afectando la independencia en la toma
de decisiones de políticas necesarias para un
país.

Por lo que, atendiendo a los Estados, que son
las partes que negocian y celebran la creación
de los Tratado de Inversión y los Tratados
de Libre Comercio, en libertad de su soberanía, mediante la voluntad de las partes celebrantes, serán estos mismos, quienes tienen
en sus manos el futuro de las presentes y
futuras controversias sobre alcance de derechos adjetivos mediante la CNMF.

Pues como se advierte del último APPRI celebrado por México en junio del año 2021,
Del mismo modo, otros autores apuntan a la México-Hong Kong, la tendencia es a imponer
creación de un organismo de apelación que mayores restricciones reciprocas entre los Espueda reconsiderar las decisiones arbitrales, tados respecto de la CNMF en la atracción de
tal como la OMC lleva a cabo la apelación de derechos adjetivos, dejando su aplicación exlas controversias comerciales, donde si ex- clusivamente a derechos subjetivos y a cieriste unificación de criterios; pero de nuevo se tas materias.
dejaría de lado la naturaleza de la inversión,
que no forma parte del derecho internacional 5. TRABAJOS CITADOS:
consuetudinario, sino que se obliga a lo particularmente pactado y cuyo incumplimiento, Batinfort, S. and Heath, J. B. (2018). The New Debate on
o discriminación injustificada de aplicación de
the Interpretation of MFN Clauses in Investment Treapolíticas públicas en contra de una inversión
ties: Putting the Brakes on Multilateralization (December
determinada tiene consecuencias alarmantes,
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tales como las reclamaciones y posteriores
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sor) y demandado (Estado) que van desde 1
favorecida (CNMF o MFNC) en el derecho de las invermillón USD, que representa el piso para los arsiones. En Arbitraje de inversión: la cláusula de la nación
bitrajes del CIADI, debido a los altos costos de
más favorecida en derechos adjetivos. Instituto de Inveslos tribunales arbitrales del CIADI; y los costos
tigaciones Jurídicas de la UNAM. pp.149-213. [RecuperaPaola Stephania Muñiz Lupian

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�Fotografía: Realidad por R. Badii

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Napoleón Narváez Treviño (Universidad Autónoma de Nuevo León)
El impacto de la discapacidad dentro del divorcio sin expresión
de causa a la luz de lo resuelto por la Primera Sala de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación al conocer del juicio de amparo
directo 12/2021 pp. 140-151. Fecha de publicación en línea: 31 de
enero de 2023.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos Vol. 3 Núm. 4, Enero-Junio 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León,
a través de la Facultad de Derecho y Criminología. Dirección de la
publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San
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El impacto de la discapacidad dentro del divorcio sin
expresión de causa a la luz de lo resuelto por la Primera
Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al
conocer del juicio de amparo directo 12/2021.

Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023

Por: Napoleón Narváez Treviño*

* Universidad Autónoma de Nuevo León, México

Resumen. Con motivo de un juicio de divorcio sin expresión de causa en el cual una de las
partes contaba con discapacidad se resolvió que no bastaba la libre expresión de la voluntad
para resolver sobre la disolución del vínculo matrimonial. Por el contrario, se requería de la implementación de distintas medidas para salvaguardar los derechos fundamentales de aquélla.
Al final, un caso de excepción sobre la regla general en cuanto a que en esa clase de juicios
basta la voluntad de uno de los cónyuges para obtener sentencia estimatoria y las consecuencias de tal disolución en todos sus términos.
Palabras clave: Libre desarrollo de la personalidad. Divorcio sin expresión de causa. Protección a la Familia. Debido proceso. Perspectiva de género. Discapacidad.

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I. INTRODUCCIÓN
Acorde con el contenido del artículo 267 del
Código Civil para el Estado de Nuevo León
para la disolución del vínculo matrimonial basta con que uno de los cónyuges lo solicite, sin
necesidad de que exprese motivo o acompañe prueba alguna.

Resulta de ese modo porque en tales casos
no sólo es un derecho fundamental el que pudiere estar inmerso, también podrían estar inmiscuidos otros con los cuales podría haber
una interdependencia o bien cuando ello no
resulte posible un desplazamiento.

Al final, lo importante es resaltar que las normas se encargan de regular ciertas hipótesis,
En este sistema, no importa la oposición que pero desde una concepción abstracta, la cual
en un momento dado pudiera externar el otro mutará, pero en función de las características
consorte.
de cada escenario jurídico y deberá ser éste
el que condicione o module la aplicación de
Ahora, es cierto que tal postura es acorde con el tales normas a fin de no trastocar los derederecho inherente al libre desarrollo de la per- chos fundamentales que pudieren asistirles a
sonalidad, así como también que pudiere tener las partes dentro de un juicio como el de dicomo fin evitar conflictos al interior de la familia vorcio.
pues pensar lo contrario implicaría obligar a los
consortes a permanecer unidos cuando ya no Uno de los casos sobre los que sin duda pues posible la vida en común. Sin embargo, tam- diera ejemplificarse lo descrito es precisabién lo es que no debe quedar exenta de ser mente el que resulta objeto de análisis en el
objeto de injerencia por parte del Estado.
presente artículo.
Cabe aclarar que esa injerencia no debe ser
en función de la voluntad inherente a la persona.

Para ello, será imprescindible conocer sus antecedentes, así como la deliberación de éstos
y finalmente, la decisión.

Lo anterior, porque el Estado no puede coaccionarla para que mantenga una vida en común con quien ya no lo desea.

Todo lo anterior, a su vez, permitirá externar
una serie de reflexiones a manera de contribución sobre la interdependencia de los derechos fundamentales presentes tanto en la
unión matrimonial, como en la disolución de
ésta.

Por el contrario, la injerencia de la que se habla debe ser respecto de las consecuencias a
las que puede haber lugar precisamente con
motivo de tal disolución.
Esto es, sobre aquellas vinculadas con los hijos o el haber conyugal, pero también con la
propia condición y el proyecto de vida de los
consortes.

II. ANTECEDENTES
Se promovió juicio de divorcio sin expresión
de causa en el que como hecho se expresó
el deseo de no continuar con la unión matrimonial.

La Contradicción de tesis (criterios) 34/2021. PP. 183-193

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Vol. 03, Núm. 04, Enero-Junio 2023

Desafíos Jurídicos

La demanda se radicó y se ordenó emplazar
a la demandada y una familiar de ella compareció dentro de juicio a manifestar que se
encontraba imposibilitada para manifestar lo
conducente respecto de la solicitud de divorcio dado que producto de un trastorno psiquiátrico quedó privada para actuar por sí misma.

en el cual refirió que si bien en apariencia la
sentencia reclamada favorecía a su representada lo cierto es que debían haberse atendido
los derechos fundamentales de ésta inherentes tanto a su condición, como al acceso a la
jurisdicción al, entre otras cosas, tenerse por
convalidado el emplazamiento al juicio.

Con motivo de tales manifestaciones se giraron oficios a determinado Instituto de salud
pública para que informara si la demandada
gozaba de servicio médico y si contaba con
algún reporte sobre la incapacidad indicada.

El Tribunal Colegiado de Circuito solicitó a la
Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerciera la facultad de atracción, la cual fue aceptada y con motivo de ello, radicó el juicio de
amparo directo dentro de la Primera Sala para
la elaboración del proyecto correspondiente.

El Instituto de salud pública informó sobre la
condición de salud de la demanda y con base
en ello el juez consideró sobreseer el juicio de
divorcio.

III. DELIBERACIÓN

En primer término y previo al análisis del caso,
la Sala consideró necesario hacer referencia
Básicamente al señalar que al estar impedida a ciertos tópicos tales como el derecho al lila demandada para ejercer el derecho de au- bre desarrollo de la personalidad; el divorcio
diencia tal evento se traducía en una causa sin expresión de causa; el derecho de protecmanifiesta e indudable para dictar sentencia. ción a la familia en el divorcio sin expresión
de causa; el debido proceso en el divorcio sin
En contra de esa determinación el actor pro- expresión de causa; el divorcio sin expresión
movió juicio de amparo directo en el cual re- de causa y la obligación de juzgar con persfirió que incluso, además de que la supuesta pectiva de género; la obligación de juzgar con
incapacidad de la demanda debía haber sido perspectiva de discapacidad; y, la discapacideclarada por sentencia ejecutoriada para que dad.
surtiera efecto en el procedimiento, en autos
no había prueba suficiente que la corroborara. En cuanto al derecho al libre desarrollo de la
personalidad, destacó que las personas adeLa demanda de amparo fue radicada y al ad- más de tener derecho a la vida, también les
vertirse indicios sobre la discapacidad de la asiste el de ejercerlo en libertad, ser autónotercera interesada se solicitó la designación mas y desarrollar el proyecto que desean en
de asesor que la representara.
función de su vocación, aptitudes, potencialidades y aspiraciones. Proyecto de vida que
Una vez que quedó maternizada la desig- debe ser respetado y estar libre de injerencias
nación del representante éste compareció a arbitrarias.
promover juicio de amparo directo adhesivo
Napoleón Narváez Treviño

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Por su parte, en cuanto al derecho al libre
desarrollo de la personalidad y el divorcio sin
expresión de causa, puntualizó que comprende el derecho tanto de contraer o no matrimonio, como de permanecer o no, dentro de esa
unión.
A su vez, respecto al derecho de protección a
la familia en el divorcio sin expresión de causa, destacó el mandato contenido en el artículo 4° de la Constitución Federal, en cuanto
a que la ley debe proteger la organización y
desarrollo de la familia, así como en los numerales 17, apartado 1, de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, 23 del Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos y
10 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en los cuales
de igual manera se ordena que la familia sea
protegida tanto por la sociedad, como por el
Estado.
En este apartado aclaró que el derecho de
protección a la familia no impide la disolución
del vínculo matrimonial, dado que el objeto de
este no es preservar tal institución, sino proteger a la familia misma.
Por otro lado, en cuanto al debido proceso en
el divorcio sin expresión de causa señaló que
en función del libre desarrollo de la personalidad el deseo de que se disuelva el vínculo
matrimonial no puede estar sujeto a oposición
alguna, esto es, a que éste o no conforme el
cónyuge que no lo solicitó, pero sin que ello
implique que no se le permita comparecer a
juicio pues existen consecuencias sobre las
cuales se le debe permitir ejercer los derechos que le asistan.

Dentro del debido proceso, también subrayó
la necesidad de juzgar con perspectiva tanto
de género, como de discapacidad.
En cuanto a la primera, destacó que emana
de lo dispuesto en los artículos 1° y 4°, párrafo primero, de la Constitución Federal y 2,
6 y 7 de la Convención Interamericana para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia
contra la Mujer, así como en el artículo 16, de
la Convención sobre la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación en contra de la
Mujer.
Bajo esa lógica, relató que todas las autoridades en sus respectivos ámbitos competenciales tienen la obligación de examinar las
posibles desventajas ocasionadas por estereotipos culturales o bien que expresamente
den cuenta de denuncias por violencia de género en cualquiera de sus modalidades y al
identificarlas, buscar un equilibrio que permita
a la parte vulnerada ejercer plenamente los
derechos que la asistan.
A Igual conclusión llegó sobre las personas
con discapacidad, pues al ser evidente que
debido a ello pueden ser objeto de múltiples
formas de discriminación también debe asegurarse que gocen de los derechos fundamentales que les asistan en condiciones de
igualdad con el resto de la población.
Finalmente, en cuanto a la discapacidad resaltó el deber de tratar a la persona como a
cualquier otra, así como el de inclusión y sobre todo que es sujeta de derechos, además
de contar con personalidad y capacidad jurídica.

La Contradicción de tesis (criterios) 34/2021. PP. 183-193

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Vol. 03, Núm. 04, Enero-Junio 2023

Aquí consideró oportuno distinguir entre capacidad jurídica y mental al precisar que la
primera consiste en ser titular de derechos y
obligaciones, como en la capacidad de ejercer
tales derechos y obligaciones, mientras que la
mental que se vincula a la aptitud de una persona para adoptar decisiones pero que, naturalmente, varía de una persona a otra.
De ese modo, aseveró que el hecho que una
persona tenga una discapacidad no debe ser
motivo para negarle la capacidad jurídica ni
derecho alguno.
También, consideró necesario mencionar que
al estar inmersa en el contradictorio una persona mayor de edad, con una discapacidad
intelectual por procesos mentales deficientes,
debía suplirse la deficiencia de la queja acorde con lo dispuesto por el artículo 79 fracción
II, de la Ley de Amparo.
De igual manera, acotó que se estaba en un
caso en el que se promovió una demanda de
amparo principal y otra adhesiva, razón por la
cual el estudio de ambas se haría de manera
integral.
Bajo ese orden de ideas, recordó que la decisión del juzgador en cuanto a sobreseer el
juicio de divorcio debía ser sometida a un escrutinio en función del libre desarrollo de la
personalidad, pero sin dejar de atender los
derechos de la demandada como una persona con discapacidad.
Hecho lo anterior, estableció que si bien con
tal decisión no se había respetado el derecho
al libre desarrollo de la personalidad, tampoco
los de la demandada.

Desafíos Jurídicos

Estimó de esa manera porque el derecho al
libre desarrollo de la personalidad comprende
el derecho de la persona a contraer matrimonio o no hacerlo, al igual que el de mantener o
no, esa unión, razón por la cual bastaba que
uno de los cónyuges solicitara el divorcio.
Sin embargo, añadió que de sostener lo
anterior entonces la pregunta sería ¿qué
trascendencia tiene que el otro consorte
comparezca o no al juicio, si finalmente sea
cual sea su alegato, el divorcio debe proceder?
La trascendencia, resaltó que es relevante
porque dentro del juicio de divorcio sin expresión de causa no sólo se ventila la disolución
del vínculo matrimonial, también las consecuencias inherentes a tal disolución del matrimonio.
Por ello, estableció que ese tipo de juicios deben verse a través de dos enfoques.
El primero, determinante para la procedencia
del divorcio, en cuanto a que no resulta relevante oposición alguna y en cuanto al segundo que la disolución del vínculo matrimonial
siempre traerá consecuencias y no sólo respecto de los propios consortes.
Por ende, consideró a pesar de que para el
divorcio basta la manifestación de voluntad
de quien lo solicita, sin que al respecto valga
oposición alguna, ello no implica soslayar las
formalidades esenciales del procedimiento,
entre las que destaca la garantía de audiencia.
Máxime que acorde con lo dispuesto en el
artículo 1109 del Código de Procedimientos

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Civiles para el Estado de Nuevo León, la demandada también puede presentar alguna
propuesta de divorcio y a que de lo dispuesto
en el diverso artículo 1114 y 117 de la legislación procesal civil en consulta le juez debe
informar sobre las consecuencias del divorcio
y exhortar a las partes para que las resuelvan.
Al final, situaciones que evidencian la necesidad de que en el juicio de divorcio sin expresión de causa se cumplan con las formalidades esenciales del procedimiento, al igual que
se respeten los derechos fundamentales que
pudieran asistirles a las partes.
En el caso, destacó que habían sido evidentes distintas violaciones a esas formalidades
y derechos fundamentales de las partes dado
que el emplazamiento a juicio se verificó con
un familiar de la demandada quien comunicó
sobre su condición de salud, de modo que esa
diligencia debía haber sido objeto de examen
para concluir sobre la legalidad o ilegalidad de
ésta debido precisamente a lo sucedido.
Para efecto de lo anterior, formuló las siguientes preguntas: ¿el emplazamiento efectuado
en el juicio puede tenerse por válido, cuando
ni siquiera se tiene la certeza de que la parte
demandada haya adquirido conocimiento del
mismo? y de ser el caso, ¿de qué manera
puede emplazarse a la demandada, para que
adquiera conocimiento del juicio y se escuche
su parecer?
Tales preguntas estimó que debieron de haber
sido respondidas en el procedimiento previo
a la decisión dictada en éste y ello con perspectiva de discapacidad, a efecto de garantizar que la demandada gozara del derecho de

comparecer en el juicio y sobre todo en condiciones de igualdad real y efectiva.
En suma, que se debieron atender las necesidades específicas de la demandada, sin que
hubiere sido así dado que en contravención al
artículo 12 de la Convención sobre Derechos
de las Personas con Discapacidad, decretó el
sobreseimiento en el juicio de divorcio, a pesar de que las personas con discapacidad son
sujetos de derechos y que, por ende, gozan
tanto personalidad, como capacidad jurídica.
En ese orden de ideas, la Sala estimó que se
debía determinar ¿cuál debió ser el proceder
de la autoridad, a efecto de respetar el derecho al libre desarrollo de la personalidad del
actor, sin transgredir los derechos que como
persona con discapacidad tiene la demandada? para de esa manera, poder dar respuesta
a las interrogantes previamente planteadas.
Para lo anterior, consideró necesario enfatizar que los juicios de interdicción resultan
inconstitucionales, en tanto que se basan en
un modelo rehabilitador o médico que resulta
contrario al modelo social, el cual pugna con
que la causa que genera la discapacidad es el
contexto en que la persona se desenvuelve.
También porque con base en una deficiencia,
niegan la capacidad jurídica de las personas
que se pretenden declarar incapaces, pues al
prever la figura de un tutor, se permite la sustitución de la voluntad. Lo cual, niega o permite
limitar la capacidad jurídica de tales personas
y, por ende, vulnera el derecho de igual reconocimiento como persona ante la ley, de
manera que en el caso no era necesario se
ventilara un juicio de esa naturaleza.

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En cambio, lo que sí era necesario era que
se resolviera el divorcio con perspectiva de
discapacidad. Máxime cuando esa condición
quedó corroborada en autos.
Bajo tal perspectiva, indicó que el emplazamiento a juicio no podía subsistir, ante la falta
de certeza de que la demandada conoció del
juicio y que en consecuencia se debió reponer el procedimiento para que con base en el
artículo 13 de la Convención de los Derechos
de las Personas con Discapacidad, se hicieran los ajustes al procedimiento a fin de que
la demandada pudiera acceder y ejercer los
derechos fundamentales que le son propios.
Tales ajustes, como el nombrar expertos sobre la detección y atención de las personas
con discapacidad para tener la certeza de que
si bien pudiere haber algún deterioro físico y
éste le impida a la interesada comunicarse, no
así expresar su sentir o su voluntad.
En suma, que el juez, como ajuste al procedimiento debió auxiliarse de expertos, verbigracia, psicólogos, pedagogos y/o terapeutas
y especialistas en comunicación humana, a
efecto de que éstos establecieran cuál es la
manera más adecuada de entablar una comunicación con la demandada dentro de un entrevista desarrollada en un ambiente de confianza y tranquilidad, de manera preferente,
en el lugar en que ésta habita que permita saber cuáles son sus deseos y de igual manera
se le brinde apoyo, se le designe un defensor
e incluso la oportunidad de también ser asistida por su familiar.
Aunado a lo anterior y teniendo en consideración la condición de la demandada y el que

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con la petición del actor sea suficiente para la
disolución del vínculo matrimonial con lo cual
perderá la afiliación que tiene con un Instituto
de seguridad social, estableció que se debió
girar oficio al Consejo para las Personas con
Discapacidad, a efecto de que éste disponga
lo necesario para asegurar que se le brinden
servicios públicos para la atención de su salud
y rehabilitación integral, así como los servicios
sociales de atención y tratamiento psicológico
que requieran tanto ella como sus familiares.
Por último, se consideró importante recordar
al juzgador que estaba obligado a juzgar con
perspectiva de género, pero sobre todo que
debió analizar si la demandada se encontraba
en una situación de vulnerabilidad y de violencia patrimonial y económica, para que, de
ser el caso, dictara las medidas necesarias
para proteger la integridad y bienestar de la
demandada.

IV. DECISIÓN
La Sala consideró conceder el amparo y protección de la Justicia Federal para el efecto
de que la autoridad responsable dejara insubsistente la resolución reclamada y en su
lugar emitiera otra, en la que al partir de que
la demandada es una persona con discapacidad, el asunto lo analizara con perspectiva
de discapacidad, lo cual le permitiría hacer los
siguientes ajustes al procedimiento:
Dejar insubsistente el emplazamiento y antes
de ordenar un nuevo, solicitar el apoyo de expertos en la materia, a efecto de que éstos
establezcan cuál es la manera más adecuada
de entablar una comunicación con la demandada.

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Una comunicación en la que al menos pueda
expresar su sentir o su voluntad, en el entendido de que podría darse el caso de que sea
ella quien pueda manifestar la manera más
adecuada de comunicación o las personas
con quien convive cotidianamente y hecho lo
cual, tales expertos lo hagan del conocimiento
del juzgador, para que éste nuevamente ordene la realización del emplazamiento, en términos claros y sencillos.
Hecho lo anterior, a efecto de que la demandada pueda estar en condiciones de expresar
su voluntad, se le designe un defensor que
le brindase asesoría y patrocinio jurídico gratuito, en el entendido de que esa asesoría,
también debe apoyarse de los expertos encargados de lograr una comunicación con la
demandada, para que al partir de ello pueda
tener un conocimiento más efectivo e integral
de la demanda instaurada en su contra y en
especial, de las consecuencias jurídicas inherentes al divorcio, así como de los derechos
que le derivan, para que al ejercer su capacidad jurídica, esté en condiciones de contestarla, respetando su voluntad como persona
con discapacidad, sin sustituirse a ella. Defensor que, además, debe asistirla en todas las
diligencias y actuaciones judiciales.
Asimismo para que gire oficio a la Procuraduría de la Defensa de las Personas con Discapacidad, para que designe un procurador
que vigile que realmente esté asesorando a
la demandada, a la vez de que la escuche y
respete su voluntad.
Requerir al familiar de la demandada, para
que, si así lo desea, también sea nombrado
como salvaguardia, a efecto de que la acom-

pañe en tales diligencias y verifique que los
apoyos designados respeten su voluntad y
preferencias.
Hecho lo anterior, deberá pronunciarse sobre
la disolución del vínculo matrimonial y continuar con la tramitación del juicio con el apoyo
de los expertos en la materia, en el entendido
de que, si la demandada se niega a asistir al
juzgado, es el juzgado quien tendrá que acercarse a ella, de tal suerte que, de ser el caso,
se tendrán que implementar las medidas que
resulten necesarias, para que las audiencias
sean desahogas en el domicilio de la demandada.
Lo anterior en el entendido de que tales medidas son enunciativas, más no limitativas, por
lo que el juzgador podrá hacer los ajustes que
estime necesarios al procedimiento, así como
nombrar los apoyos y salvaguardias que estime pertinentes.
Atento a los lineamientos establecidos en la
ejecutoria gire oficio al Consejo para las Personas con Discapacidad del Estado de Nuevo
León, a efecto de que éste disponga lo necesario para asegurar que se brinden a la demandada servicios públicos para la atención
de su salud y rehabilitación integral, así como
los servicios sociales de atención y tratamiento psicológico que requieran, tanto ella como
sus familiares.
Advertir la situación de vulnerabilidad y de
violencia patrimonial y económica en que se
encuentra la demandada por parte del actor y
al tener en cuenta que el Código Civil para el
Estado de Nuevo León, en caso de violencia
familiar, autoriza a dictar diversas órdenes de

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protección, dicte las que estimara convenientes; en especial aquellas que se vinculan con
sus necesidades básicas.
Juzgar el caso con perspectiva de género y
para que, al resolver las cuestiones jurídicas
inherentes a la disolución del vínculo matrimonial, tenga presente que en el caso opera
la suplencia de la queja, tanto en los planteamientos de hecho como de derecho, en donde
se deberá velar por el interés de la demandada, ya que se trata de una persona con discapacidad.

V. REFLEXIONES
Antes de emitir algunas reflexiones en cuanto
al tema en análisis conviene recordar que la
sentencia es la única versión oficial sobre lo
ahí tratado.
De igual manera que dentro del ámbito jurisdiccional la aplicación de las normas reviste
un papel importante en tanto que a través del
proceso de individualización se da solución al
caso.
En ese orden de ideas, el punto cumbre de
un procedimiento es su resolución, en ésta, se
logra la individualización de la norma.
Dicha tarea, es creativa y no mecánica. Se
sostiene lo anterior porque dentro de esa actividad el juzgador debe forjar su criterio con
base en la disposición o conjunto de éstas
que considera resultan aplicables o bien de la
interpretación.
En palabras de Gustavo Zagrebelsky (Zagrebelsky, 2016) los escenarios jurídicos son el

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motor que impulsan al intérprete y marcan la
dirección.
De ese modo, a partir del caso se acude al
derecho para interrogarlo y obtener de él una
respuesta.
En los casos de divorcio como el analizado es
evidente la participación de distintos derechos
fundamentales entre los cuales destaca el inherente al libre desarrollo de la personalidad
que es el que se privilegia con el contenido del
artículo 267 del Código Civil para el Estado de
Nuevo León.
Sin embargo, la individualización del derecho
fundamental en cuestión no está exento de
colisionar con otro u otros derechos de igual
jerarquía dentro del contradictorio, tal es el
caso de los inherentes a las personas con capacidades diferentes que las colocan en situación de vulnerabilidad.
Cuando ello acontece se está en cuanto a lo
conceptualizado por Ronald Dworkin (Dworkin, 2005) frente a la teoría de los casos difíciles, pues ese litigio ya no se puede subsumir
claramente en la norma jurídica y entonces el
juez debe decidir el caso en uno u otro sentido, pero ya no de forma automática, sino que
debe encontrar un equilibrio e incluso modular
la aplicación de tales normas para evitar trasgredir derechos fundamentales de las partes.
Para encontrarlo, existen distintas formulas.
Autores como Robert Alexy (Alexy, 1993) y
Carlos Bernal Pulido (Bernal Pulido, 2014) diferencian entre dos estadios definidos de la
interpretación jurídica: la tarea intelectual de
descubrimiento del significado de la norma y

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la labor argumentativa de justificación a través
de la formula del peso en la cual frente a una
colisión de derechos uno de ellos debe ceder
para que prevalezca el otro según el escenario jurídico en el cual se hubiere dado tal colisión.
Por su parte, Ahoron Barak (Barak, 2021) señala que habrá casos en los cuales el juzgador al emprender la tarea de individualizar las
normas podrá encontrarse frente a la disyuntiva de seleccionar entre dos o más alternativas
posibles respecto de las cuales deberá optar
por aquella que resulte proporcional al derecho que se pretende salvaguardar, tal como
sucede cuando se está frente alguna restricción constitucional.

A guisa de ejemplo tenemos el que motivó
la sentencia en análisis en el cual no sólo se
privó a la quejosa adhesiva de contar con un
juicio en el que se respetaran las garantías del
debido proceso, sino que, al decidirse sobre la
disolución del vínculo matrimonial, sin alguna
consideración previa sobre la atención médica de la que era objeto por su condición, se le
dejó en desamparo, en estado de vulnerabilidad.
Por ende, en casos como este la satisfacción
de uno de los derechos no puede ser absoluta, debe modularse para que, aún ejercido
el libre desarrollo de la personalidad, converja
y perdure con otros derechos fundamentales
sin los cuales no sea posible la salvaguarda
de la integridad de todos los involucrados.

Tanto en una como en otra, existe un derecho
fundamental que deberá ceder, sin embargo,
no debe desatenderse que habrá casos en VI. TRABAJOS CITADOS
los que no necesariamente esa deba ser la
solución. Por el contrario, será necesario inAlexy, R. (1993). Teoría de los Derechos Fundamentales. Materrelacionar los derechos que puedan estar
drid: Centro de Estudios Constitucionales.
inmersos y a cada uno de ellos asignarle un
Barak, A. (2021). Discrecionalidad Judicial. Lima: Palestra.
valor sin llegar a que sean desplazados.

Bernal Pulido, C. (2014). El Principio de Proporcionalidad y

Con base en lo expuesto, es cierto que frente
al derecho al libre desarrollo de la personalidad
podrán ceder otros como los inherentes al proyecto de vida, al no poderse obligar a los consortes a permanecer unidos cuando ese dejó
de ser su deseo, pero también lo es que habrá
otros que no pueden ser desplazados y estos
son precisamente los que tienen que ver con la
condición de los consortes, esto es, cuando las
capacidades diferentes que pudieren tener les
impiden ejercer de manera plena tanto los derechos procesales, como sustantivos, que les
asisten, sin la intervención del Estado.

los Derechos Funcamentales. Bogotá: Universidad Externado de Colombia.
Dworkin, R. (2005). El Imperio de la Justicia. Barcelona: Planeta-Agostini.
Zagrebelsky, G. (2016). El Derecho Dúctil. Madrid: Trotta.

Amparo Directo 12/2021. Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nueve de
febrero de dos mil veintidós. Consultable en: https://www2.scjn.gob.mx/ConsultaTematica/PaginasPub/DetallePub.aspx?AsuntoID=285690..

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Edwin Horacio Gracia Elizondo (Universidad Autónoma de Nuevo
León)
Verdad, error y proceso penal. Un ensayo sobre epistemología
jurídica (Larry Laudan). pp. 154-159. Fecha de publicación en línea:
31 de enero del 2023.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos Vol. 3 Núm. 4, Enero-Junio 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León,
a través de la Facultad de Derecho y Criminología. Dirección de la
publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
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Verdad, error y proceso penal
Un ensayo sobre epistemología jurídica
(Larry Laudan)

Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2023

Por: Edwin Horacio Gracia Elizondo*

*https://orcid.org/0000-0002-3882-0341
Escuela Federal de Formación Judicial

Hablar del razonamiento probatorio se ha vuelto tendencia entre los países hispanoamericanos, debido a que gran parte de las entidades
que conforman el continente occidental, han
migrado de un modelo procesal penal de corte inquisitivo a uno acusatorio y adversarial,
lo que implicó cambios en las diversas reglas
procesales que rigen a la prueba.
Se adoptó un esquema de valoración de prueba surgido en Francia a principios del siglo
XIX y perfeccionado por España a finales del
mismo siglo, y no me refiere a aquella que
efectúa el jurado (íntima convicción) o se encuentra preestablecida en la norma (tasada),
sino aquella que efectúa el juez bajo diversos
parámetros racionales de valoración (libre).
Otro cambio significativo en la prueba se dio
con el muy aclamado principio de presunción
de inocencia, cuyas manifestaciones, entre
otras, están dirigidas a la prueba, pues con
* Estudiante del grado de Doctor en Derecho Procesal FACDYC-UANL, Secretario de Primera Instancia en los Juzgados de
Control y Juicio Oral Penal del Estado de Nuevo León así como en la Dirección de Control Disciplinario, ambos Órganos del
Poder Judicial del Estado de Nuevo León. Actualmente funge como Coordinador Académico del Instituto de la Judicatura en
esa Institución.

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aquel principio se estableció, a) las particularidades que una prueba debe contener para
que pueda ser incorporada a juicio (legal), b)
a quien corresponde la carga de la prueba
(parte acusadora), y c) cuál es el grado de suficiencia probatoria para condenar a una persona (más allá de toda duda razonable).
En su obra, Laudan realiza una crítica desde
un enfoque filosófico, poniendo en discusión
aquellas figuras que están lejos de acercarse
al objetivo (desde el punto de vista epistémico) del proceso, como es la averiguación, o al
menos, la aproximación a la verdad.

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ca a asuntos tales como el uso eficiente de recurso, protección de los derechos del acusado (un ejemplo es la presunción de inocencia
en su variante de estándar probatorio el cual
debe generar convicción “más allá de toda
duda razonable”1), o preservación de buenas
relaciones con otras naciones (generalmente
los diplomáticos no pueden ser condenados),
cuestiones que pese que no forman parte de
la búsqueda de la verdad, su implementación
genera obstáculos para aquélla.

Para Laudan, un sistema de justicia penal es
un motor epistémico, un dispositivo o herramienta para descubrir la verdad a partir de lo
Inicia refiriéndose al error, no como error de que a menudo comienza con una mezcla conhecho o derecho, sino como aquel que ocu- fusa de pistas e indicios.
rre cuando una persona inocente es tratada
como culpable o cuando una persona culpa- Por ello, realiza una pausa para explicar breble no es hallada como tal por el sistema. De vemente en que consiste la epistemología juforma tal que identifica dos tipos de errores: rídica, afirmando que entenderla es necesario
falso hallazgo inculpatorio y falso hallazgo ex- comprender en términos generales la episculpatorio. El primero consiste en condenar a temología aplicada, siendo ésta, el estudio
una persona inocente. El segundo, cuando el orientado a determinar si los diversos sistesistema jurídico no acierta en condenar al ver- mas de investigación que pretenden buscar la
verdad cuentan o no con un diseño apropiado
dadero delincuente.
que le permita generar creencias verdaderas
Enfoca su estudio en el common law, indican- acerca del mundo.
do que los objetivos que encauzan al sistema Refiere que la epistemología jurídica consde justicia penal de los Estados Unidos son ta de dos proyectos: uno descriptivo y otro
tres: reducción del error, distribución del error normativo. El primero, consiste en determiy valores de política pública no-epistémicos. nar cuáles de las reglas vigentes procuran la
El primero, consiste en averiguar la verdad y verdad y cuales la obstaculizan. El segundo,
evitar el pronunciamiento de veredictos falsos. en proponer cambios en las reglas existentes
El segundo, en como conducir un proceso
penal de manera tal que, cuando algún error 1   Refiere el Juez Richard Posner: “Las severas exigencias
ocurra, éste sea, con mayor probabilidad, una impuestas a la fiscalía, implican que algunas, quizás muchas,
absolución falsa y no una condena falsa, pues personas culpables no sean acusadas y que la mayoría de
resulta más costoso condenar a un inocente quienes son acusados y absueltos, sean de hecho, culpaque absolver un culpable. El tercero, se enfo- bles”.
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que constituyan impedimentos graves para la
búsqueda de la verdad.
Ahora bien, seguramente han escuchado
hablar de que, la verdad, es aquello que las
pruebas (presentadas en juicio) nos muestran;
para Laudan, decidir sobre esa afirmación,
solo significa que es una decisión fundada,
pero un fallo puede ser falso o verdadero a los
hechos que realmente tuvieron lugar. Que, en
ese sentido, algunas veces, personas inocentes son condenadas y culpables son absueltos (error de falsos veredictos), aun cuando
el jurado haya extraído las conclusiones más
apropiadas posibles a partir de la prueba.
Bajo esa reflexión, Laudan distingue dos tipos
de culpabilidad: una material y otra probatoria.
La primera, en el sentido que una persona es
culpable porque cometió el delito. La segunda, en el sentido que una persona es culpable
porque el sistema lo ha condenado. De manera similar, distingue dos tipos de inocencia:
una material y otra probatoria. La primera, en
el sentido que una persona es inocente porque no cometió el delito. La segunda, en el
sentido que una persona es inocente porque
fue exonerado o liberado del escrutinio judicial.
Este ejemplo es tan sólo el primer error que
Laudan identifica como posible en los sistemas judiciales. No obstante, también hace
distinción de otros tipos de errores (además
de los básicos que ya fueron mencionados)
que se hacen consistir en: veredictos válidos
e inválidos y veredictos verdaderos o falsos.
Los veredictos válidos son cuando las pruebas presentadas en juicio establezcan que el

acusado cometió el delito que se le imputa,
satisfaciendo para ello el estándar de prueba
aplicable, caso contrario, el veredicto es inválido. Este último, se puede presentar cuando
el juzgador puede otorgar a algunos de los
elementos de juicio, mayor o menor peso del
que le corresponde o bien, puede malinterpretar el grado de severidad del estándar de
prueba aplicable.
La verdad de un veredicto ocurre cuando se
condena a una persona, y esa persona si cometió el delito o se absuelve a una persona y
esa persona no cometió el delito. Caso contrario, el veredicto falso, pues ocurre cuando
se condena a una persona y esa persona no
cometió el delito o se absuelve a una persona
y esa persona si cometió el delito.
Laudan resalta que no todos los veredictos validos son verdaderos, pues a la luz de la prueba puede llegarse a una convicción diversa
a la que pudiese haber ocurrido en realidad.
Si el resultado de un procedimiento penal es
erróneo en alguno de los sentidos expuestos,
es decir, falso, inválido o ambos, el sistema ha
fracasado.
Para el autor, retirar los cargos en contra de
una persona inocente no es un error, sino un
éxito del sistema, sin embargo, hablamos de
error si se retira cargos a una persona culpable materialmente en virtud que no cumplen
con el estándar probatorio exigido por la presunción de inocencia.
Ante estos posibles errores, el autor se dirige a un estudio de la prueba, haciendo ver al
lector que existen dos conceptos clave relacionados con la misma y que se traducen en

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creíble y relevante. El primero, ocurre cuando
se cuenta con razones para creer que su contenido es verdadero o por lo menos, plausible. El segundo, es cuando un elemento de
juicio es relevante para la hipótesis, el cual si
es creíble, puede hacer más probable la hipótesis de lo que era con anterioridad.

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ba. Según Laudan, estos principios no están
diseñados para reducir la probabilidad de cometer errores sino de distribuirlos de un modo
determinado, ya que su implementación hace
muy difícil condenar, salvo en los casos más
obvios y contundentes de culpabilidad.

La presunción de inocencia, según Laudan,
Sin embargo, en términos epistémicos, se vi- prohíbe a los jurados atribuir relevancia al hesualiza como un obstáculo para la obtención cho que el acusado ya ha sido considerado
de la verdad, el hecho de que las pruebas probable culpable de los cargos que se le imrelevantes puedan ser excluidas en la etapa putan en audiencias previas. El beneficio de
de admisión, pues además de ser relevan- la duda establece que si los hechos que se
tes, deben cumplir con otros requisitos tales juzgan constituyen un caso límite o de froncomo que haya sido obtenida sin violación a tera, los jurados deben decidir en favor del
derechos humanos. Esto siguiere que, excluir acusado. La carga de la prueba garantiza que
pruebas relevantes, por la razón que sea, el acusado será absuelto salvo que el Estadisminuye la probabilidad de que personas do pruebe su caso. Finalmente, un estándar
racionales lleguen a conclusiones correctas. de prueba tan demandante como el de “más
Por ello, insiste que la epistemología jurídica allá de toda duda razonable”, prescribe a los
indica que se deban admitir única y exclusiva- jurados absolver al acusado incluso cuando
mente todas las pruebas relevantes.
piensen que es probablemente culpable, dado
que solo una creencia firme e indubitable de
Por ello, es que eleva la importancia de la su culpabilidad justifica la emisión de una conrelevancia y la credibilidad como medio para dena.
mitigar o disminuir el error el cual, como se indicó, constituye uno los objetivos que encau- El autor percibe como una problemática en
zan al sistema de justicia penal de los Estados el concepto “más allá de toda duda razonaUnidos.
ble”, el cual lo define como el único criterio o
parámetro actualmente aceptado para emiOtro de los objetivos de dicho sistema, lo re- tir veredictos justos en un proceso penal, es
fiere Laudan como la distribución del error, la que es oscuro, incoherente y pantanoso, pues
cual, describe mediante la proposición con- no permite generar un entendimiento homosistente en que es mucho mejor que consien- géneo acerca del cual es el nivel de prueba
tan absolver al culpable que condenar al ino- apropiado para condenar a alguien del delito
cente. Desde luego, existen un conjunto de que se le imputa.
conceptos que materializan la importancia de
distribuir los errores. Tal es el caso, de la pre- En estados Unidos, aunque ya era utilizado
sunción de inocencia, el beneficio de la duda, el concepto de “más allá de toda duda razola carga de la prueba y el estándar de la prue- nable”, desde mediados del siglo XIX hasta
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mediados del siglo XX, en 1970 una famosa
decisión In re Winship, lo elevó a nivel constitucional. La Corte Suprema determinó que la
constitución mandaba a que todos los jurados
de casos penales fuesen instruidos de que tenían la obligación de aplicar “más allá de toda
duda razonable” como umbral para la emisión
de condenas (siendo que en su constitución
no se tocaba la cuestión del estándar de prueba aplicable en materia penal).

En síntesis, este libro se aparta de reflexiones
totalmente jurídicas y nos muestra un enfoque
filosófico-epistémico que nos abre las puertas
hacia nuevos horizontes que nos permiten
estudiar figuras jurídicas un tanto racional sin
obviar las políticas públicas como es la distribución del error. En fin, una obra, sin duda,
altamente recomendable que cualquier investigador del razonamiento probatorio no debe
dejar pasar.

Laudan afirma que el estándar probatorio más
allá de toda duda razonable constituye uno
de los principales causantes del error de falsos veredictos. Ello se debe a que, desde su
perspectiva, presenta básicamente dos deficiencias: la subjetividad con la que la determinación de su satisfacción o no se realiza, y su
excesiva severidad o nivel de exigencia para
afirmar que algo está demostrado.

Mtro. Edwin Horacio Gracia Elizondo, Doctorando de la Facultad de Derecho y Criminología, de la Universidad Autónoma de Nuevo
León.

Desde luego, esta obra ha inspirado a un sin
número de autores que dirigen sus esfuerzos
para proponer soluciones a las problemáticas
que las figuras procesales (algunas garantistas) producen para alcanzar el objetivo epistémico de la verdad.
Tal es el caso de los estudios relacionados
con el estándar probatorio “más allá de toda
duda razonable” y sus esfuerzos de alcanzar
una objetividad en su configuración, aunque
esos esfuerzos en muchas ocasiones terminan en propuestas de explicación subjetivas
del concepto. Algunos autores incluso niegan
la subjetividad del estándar al existir métodos
de valoración racional, aunque son instituciones y momentos totalmente diferentes, el hecho de que uno sea objetivo no significa que
el otro lo sea.
Edwin Horacio Gracia Elizondo

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023
Desafíos Jurídicos es una publicación semestral de la Facultad de Derecho y Criminología
de la Universidad de Autónoma de Nuevo León. Contribuye al debate de las ideas en torno
al derecho y la interacción de temas jurídicos conjugados con otras disciplinas, fomenta el
diálogo, análisis y reflexión de los procesos sociales contemporáneos desde una perspectiva
que incluya una visión crítica tanto académica como científica en aras de acrecentar el conocimiento. Prioriza la publicación de artículos producto de investigación, escritos por autores
nacionales y extranjeros. Promueve vínculos dentro la comunidad de investigación social.
Está dirigido a investigadores sociales y en general, profesionales interesados en las áreas
sociales del conocimiento.

desafiosjuridicos.uanl.mx

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JULIO-DICIEMBRE. 2022 .VOLUMEN II, NO.3. PUBLICACIÓN SEMESTRAL

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

Sobre la revista
Desafíos Jurídicos Vol. 2 Núm. 3, Julio-Diciembre 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología. Dirección de la publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San
Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@
uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN
2954-453X, ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable
de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo
León, México.
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deslinda de cualquier situación legal derivada por plagios, copias parciales o totales de otros
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Equipo Editorial
DIRECTORIO INSTITUCIONAL
RECTOR: DR. SANTOS GUZMÁN LÓPEZ
SECRETARIO GENERAL: DR. JUAN PAURA GARCIA
DIRECTOR DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGIA: MTRO. OSCAR P. LUGO
SERRATO
REVISTA DESAFÍOS JURÍDICOS
DIRECTORA: Dra. Amalia Guillén Gaytán
CORDINADOR: Dr. Mario Alberto García Martínez
CORDINADORA DEL NÚMERO: Dra. Karina Soto Canales
ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
ADMINISTRACIÓN DEL SITIO WEB: M.A. Daniel Vázquez Azamar
EDICIÓN TEXTUAL Y CORRECCIÓN DE ESTILO: María Alejandra Villagómez Sánchez
REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
COMITÉ EDITORIAL: Amalia Guillén Gaytán, Alberto Rojas Ríos, Alonso Martínez Arrieta,
David Emmanuel Castillo Martínez, Gina Jaqueline Prado Carrera, Humberto Sierra Porto,
José Luis Prado Maillard, Juan Ángel Salinas Garza, Julio Ortiz Gutiérrez, Lucio Pegoraro,
Luis Bustos, Luis Ferney, Mario Alberto García Martínez, Martha León Alonso, Mercedes
Iglesias Bárez, Michael Gustavo Núñez Torres, Mohammad H. Badii Zabeh, Rafael Estrada
Michel, Rodrigo Maldonado Corpus.
COMITÉ CONSULTIVO: Alicia Azzolini Bincas, Carlos Báez Silva, Carlos Ugo Santander,
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Contreras Arguiropulos, Fernando Hernández Silva, Gabriela Carmona Ochoa, Héctor S.
Maldonado Pérez, Helio Iván Ayala Moreno, Hugo José Regalado Jacob, Joaquín Merino,
Juan Antonio Caballero Delgadillo, Livier Olivia Escamilla Galindo, Luis Gerardo Rodríguez
Lozano, Miguel Ángel Rivera López, Nancy Nelly González Sanmiguel.
ILUSTRACIÓN DIGITALDE LA PORTADA: M.A. Daniel Vazquez Azamar “Decisiones” ©2022

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ARTÍCULOS
10-27

Acoso laboral contra mujeres universitarias: Conocimiento como recurso de
agenciamiento
Eva Paola Arenas Loera (Universidad de Guanajuato)

28-47

El derecho de acceso a la información pública y las lenguas indígenas en México
Alfredo Islas Colín &amp; Marilyn Sarai Avalos Huesca (Universidad Juárez Autónoma de
Tabasco)

48-71

La sexualidad como bien jurídico y la protección penal de los derechos sexuales y
reproductivos de la mujer
Lázaro Enrique Ramos Portal (Universidad Autónoma de Nuevo León)

72-85

Análisis sobre las reformas en materia electoral al sistema de Representación
política de México
Jazmín Flores Montes (Universidad de Colima)

86-113

Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano. Un asunto pendiente
en la agenda legislativa de la reforma constitucional de derechos humanos de 2011
Humberto Pineda Acevedo (Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional
Autónoma de México)

114-127

Paralelismos en materia energética en México. El estudio fantasma de E. Rabasa y
los proyectos de reforma de la 4T
Carlos Manuel López Hernández &amp; Omar Adolfo López Castañeda (Universidad Autónoma
de Nuevo León)

128-145

El fortalecimiento democrático. Cohesión de su contenido tripartita
Olinda Beatriz Suárez Hernández &amp; José Guillermo García Murillo (Universidad de
Guadalajara)

146-163

El Impulso procesal y la responsabilidad administrativa
Irma Evangelina Oliva Garza (Universidad Autónoma de Nuevo León)

164-179

Los retos del Federalismo Mexicano en el siglo XXI
José Guillermo García Murillo &amp; Olinda Beatriz Suárez Hernández (Universidad de
Guadalajara

CRITICA JURISPRUDENCIAL
182-193

La Contradicción de tesis (criterios) 34/2021: Recurso innominado previsto en el
artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, como garantía de
acceso a la justicia para las víctimas y ofendidos
Christian David Garza Lomas &amp; Edwin Horacio Gracia Elizondo (Universidad Autónoma de
Nuevo León)

RESEÑA DEL LIBRO
196-201

Elementos esenciales de la dogmática de los derechos fundamentales
Oscar Guillermo Barreto Nova (Escuela Federal de Formación Judicial)

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Desafíos Jurídicos

desafiosjuridicos.uanl.mx

Presentación
Desafíos Jurídicos es una revista editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León a
través de la Facultad de Derecho y Criminología que tiene como objetivo difundir la ciencia
jurídica de actualidad como elemento estructurador de baluartes jurídicos que fortalecen el
Estado de Derecho y la Cultura de la Legalidad.
La sinergia entre la revista Desafíos Jurídicos y el Doctorado en Derecho, el cual es reconocido como un programa de calidad por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; contribuye a generar productos científicos de alto nivel, tendentes a la consolidación y fusión de la
docencia con la investigación científica.
El aporte de investigadores de reconocimiento tanto nacional como internacional contribuye
a satisfacer las necesidades más acuciantes de las sociedades del siglo XXI en especial a
las referidas con la administración e impartición de la justicia.
La Facultad de Derecho y Criminología comprometida con la sociedad neolonesa y del país,
se enorgullece de contar con una revista científica de formato digital que sirva de plataforma
en el desarrollo y difusión de conocimiento de impacto social que permee en las estructuras
de la sociedad en el mejoramiento de todos los ciudadanos.
Desafíos Jurídicos afronta el reto de ser una de las revistas jurídicas más importantes de
Latinoamérica.
Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

Editorial
A la par de nuestra sociedad, la mirada crítica del derecho ha cambiado de forma dramática,
la visualización de la vulneración de derechos humanos está logrando un cambio de paradigmas sociales y jurídicos impensables culturalmente hace una década, la normalidad de
abusos y practicas denigrantes por pertenecer a unos grupos vulnerables ha dejado der ser
aceptado y por tanto ha traspasado las fronteras jurisdiccionales para tutelar diversos conflictos que engloban temas tan distintas y polarizados como es el caso del artículo de Eva
Paola Arenas Loera (Universidad de Guanajuato) con el tema “Acoso laboral contra mujeres
universitarias: Conocimiento como recurso de agenciamiento.”
En esa mismos tesitura de Alfredo Islas Colín y Marilyn Saraí Avalos Huesca (Universidad
Juárez Autónoma de Tabasco) abordan el tema “El derecho de acceso a la información pública
y las lenguas indígenas en México” lo cual analiza el diseño normativo del derecho de acceso a
la información a nivel nacional, dando una mirada puntual a las leyes de transparencia de Ciudad de México, Estado de México, Yucatán, Chiapas, Oaxaca y Tabasco, y visibiliza la operacionalización de inclusión de las lenguas indígenas en los procesos de acceso a la información.
“La sexualidad como bien jurídico y la protección penal de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer” es un tema abordado por Lázaro Enrique Ramos Portal (Universidad
Autónoma de Nuevo León) en donde enfatiza la politización de dichos temas repercutiendo
en la efectividad de su tutela efectiva como un bien jurídico derivada de su alcance hasta la
legislación penal en México y Cuba.
Enmarcado en una análisis institucional entramos en nuestros segundo bloque de artículos
en donde encuentran análisis de diversas materias, dando un recorrido en materia electoral
con “Análisis sobre las reformas en materia electoral al sistema de Representación política
de México” por Jazmín Flores Montes (Universidad de Colima). Humberto Pineda Acevedo
(Instituto de Investigaciones Juridicas de la UNAM) con “Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano Un asunto pendiente en la agenda legislativa de la reforma
constitucional de derechos humanos de 2011” de forma más que interesante Pineda recalca
la importancia del tema de la suspensión de derechos, llevándonos a un recorrido desde
la perspectiva teórica constitucional, mediante el cual da un llamado al Poder Legislativo
Federal Mexicano para la promulgación de la ley secundaria o reglamentaria del artículo 29
constitucional; una asignación legislativa pendiente.
En materia energética el artículo de Carlos Manuel López Hernández &amp; Omar Adolfo López
Castañeda (Universidad Autónoma de Nuevo León) “Paralelismos en materia energética en

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Desafíos Jurídicos

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México.” El estudio fantasma de E. Rabasa y los proyectos de reforma de la 4T” ciertos
paralelismos que se detectan en la situación política entre lo vivido en la época del origen
de la Constitución Federal Mexicana de 1917, y la época de la actual administración pública federal 2018-2024, de la denominada “Cuarta Transformación” («4T»); entre el «estudio
fantasma» de E. Rabasa y los proyectos de reforma en materia de energética de la actual
administración pública federal, situación altamente interesante.
Los últimos tres artículos nos conducen a la reflexión sobre la actuación del Estado. Olinda
Beatriz Suárez Hernández &amp; José Guillermo García Murillo (Universidad de Guadalajara)
“El fortalecimiento democrático Cohesión de su contenido tripartita” nos invitan analizar los
componentes de un Sistema Democrático a comprender su operatividad y elementos esenciales para su efectividad. Irma Evangelina Oliva Garza (Universidad Autónoma de Nuevo
León) nos presenta “El Impulso procesal y la responsabilidad administrativa” ella destaca la
importancia del impulso procesal, la operatividad de dicha figura y aprovecha para darnos
una descripción y contextualizad en el proceso. Cerramos la sección de artículos con “Los
retos del Federalismo Mexicano en el siglo XXI” el artículo de José Guillermo García Murillo
y Olinda Beatriz Suárez Hernández (Universidad de Guadalajara) quienes sostiene como
hipótesis que sólo el fortalecimiento y conocimiento de nuestro sistema Federalista debe dar
cohesión estructural, funcional y adaptabilidad socio-jurídica al estado mexicano.
En nuestra sección de Critica Christian David Garza Lomas y Edwin Horacio Gracia Elizondo (Universidad Autónoma de Nuevo León) encontraron un tema de alta relevancia para la
protección de las víctimas y ofendidos, mediante el análisis y estudio de “La Contradicción
de tesis (criterios) 34/2021: Recurso innominado previsto en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, como garantía de acceso a la justicia para las víctimas y
ofendidos.”
En este número se incluye la reseña del libro “Elementos esenciales de la dogmática de los
derechos fundamentales” del autor Martin Borowski editado por Tirant lo Blanch. Oscar Guillermo Barreto Nova (Escuela Federal de Formación Judicial) intenta resaltar la importancia
de la obra del maestro Borowski y nos invita a su lectura recordándonos que es un libros
indispensable para los estudiosos del derecho ya que profundiza no solo en los conceptos
sino también se adentra a su operatividad, ponderación, teoría del discurso por destacar
algunos de los muchos temas relevantes.
Amalia Guillén Gaytán
Julio 2022

�Fotografía “Pure energy” por Daniel Vázquez Azamar

Artículos

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Eva Paola Arenas Loera (Universidad de Guanajuato)
Acoso laboral contra mujeres universitarias: Conocimiento como
recurso de agenciamiento. pp. 10-27. Fecha de publicación en línea:
31 de julio del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos Vol. 2 Núm. 3, Julio-Diciembre 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo
León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología. Dirección de
la publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San
Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza,
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REVISTA DESAFÍOS JURÍDICOS
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CORDINADOR: Dr. Mario Alberto García Martínez
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ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
ADMINISTRACIÓN DEL SITIO WEB: M.A. Daniel Vázquez Azamar
EDICIÓN TEXTUAL Y CORRECCIÓN DE ESTILO: María Alejandra Villagómez Sánchez
REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
ILUSTRACIÓN DIGITAL DE LA PORTADA: M.A. Daniel Vazquez Azamar “Decisiones” © 2022

�Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

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Acoso laboral contra mujeres universitarias:
Conocimiento como recurso de agenciamientoa
Mobbing against university women: Knowledge as an agency resource

Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022.

Por: Eva Paola Arenas Loera*

* https://orcid.org/0000-0003-4689-687X
Universidad de Guanajuato

Resumen. Este artículo discute que, en los espacios universitarios, el acoso laboral se extiende mediante acciones relacionales, legitimadas, legalizadas y materializadas en protocolos de
atención, que resultan inoperantes porque permiten omisiones de autoridades y pares, para
continuar con la intimidación sistemática y dominio, particularmente contra el género femenino. Se propone que la visibilización de esta sujeción a la violencia, es clave para identificar el
agenciamiento propio, como contrapeso político para la transformación estructural y cultural
que permita crear acciones de resistencia colectiva y fomentar redes femeninas de apoyo para
exigir el reconocimiento de derechos laborales y una vida libre de violencia.
Palabras clave: Acoso laboral violencia institucional, violencia de género, agencia, entorno
laboral universitario.
Abstract. This paper discusses extends mobbing in universities through relational actions,
legitimized, legalized and materialized as inoperative norms and protocols of care, because of
that allow omissions of authorities and academic peers, to maintain the systematic intimidation
and dominance over female gender particularly. It is proposed the visibility to this violence its
key to recognize a personal agency, like a political counterweight to create structural and cultural transformation, to turn them into collective resistance actions and encourage female social
support networks organization to demand their work rights and a life free of violence.
Keywords: Mobbing, violence recognition, gender violence, women’s agency, college work
environment.
a Proyecto de investigación: Violencia contra mujeres universitarias en espacios académicos: Reconocimiento, resistencia y
agencia.

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INTRODUCCIÓN
La cualidad agenciante del conocimiento hace
suponer que los escenarios educativos pueden contribuir al pleno goce de los derechos
humanos y desmantelamiento de la violencia,
sin embargo, las universidades son espacios
de conocimiento políticamente conflictuados,
en donde suceden acciones de lucha y competencia por el poder, según explica Muñoz1.
De acuerdo con este autor, el poder en las
universidades se deriva de su autonomía, ya
que mediante ella sus gobiernos activan mecanismos normativos que determinan derechos, obligaciones y regulación de relaciones
entre sus integrantes.
También Muñoz resalta la manera como el
entorno laboral universitario, atravesado por
complejos ejercicios de poder, y cuya estructura de gobierno funciona a partir de relaciones de subordinación y obediencia, supedita
el conocimiento y la formación profesional a
lo dictado y requerido por la autoridad y a las
fuentes que lo financian. Solo en casos circunstanciales se observa resistencia, pero
si ésta no representa una fuerza política, ni
trasciende del ámbito privado al público, carece de influencia sobre el quehacer universitario.

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de la universidad. Estas formas de control político, aunados a los procesos burocráticos que
caracterizan la operatividad de las universidades públicas, suelen ser las características tácitas de la violencia estructural e institucional
que sostienen otras formas de violencia, en
especial aquellas ejercidas contra mujeres,
como son el hostigamiento y acoso laboral,
con o sin un componente de carácter sexual.
En los últimos cuarenta años se ha documentado cada vez con mayor frecuencia, la producción y reproducción de la violencia contra las
mujeres en las universidades, en particular las
trabajadoras universitarias, quienes han estado
expuestas a vivirla, a normalizarla y callarla2.
De igual forma se observa que a las mujeres
académicas se les somete al mismo esquema
de estructura de poder, se les acota el rumbo
de su trabajo de investigación, llevándolas al
plano del individualismo y delimitado al interés
del cumplimiento de indicadores.

En este contexto la cualidad agenciante de
una persona universitaria puede verse constreñida debido a la reproducción de prácticas
sociopolíticas, como las mencionadas, cumpliéndose así el mantenimiento del statu quo

Aunque existen distintas denuncias por acoso
y hostigamiento sexual y laboral en diferentes Instituciones de Educación Superior (IES),
y a pesar de la existencia de protocolos para
su atención en algunas de ellas, en la práctica, estos se vuelven inoperantes, debido en
parte a su ausente articulación con tratados
internacionales o regulaciones nacionales.
Y para agravar las condiciones, los protocolos ni siquiera cuentan con mecanismos de
seguimiento que permitan la observación y
evaluación sistemática de su aplicación; por
el contrario. De esta manera, no solo no se

1   Muñoz, Humberto. (2019). Universidad pública: poder, re-

2   Frías, Sonia. (2017). 25 años de investigación cuantitativa

laciones y prácticas políticas. Perfiles Educativos 41(165),

y cualitativa sobre violencia en contra de las mujeres en Mé-

165-184.

xico. Revista Internacional de Estadística y Geografía, 8(2).
Acoso laboral contra mujeres universitarias: Conocimiento como recurso de agenciamiento. PP. 10-27

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

ha logrado resolver el problema, sino que muchas veces forman parte de su origen.

Esta acción permitió que ellas pudieran finalmente denunciar de manera formal ante la Comisión de Honor y Justicia del Consejo GenePara mostrar lo anterior, se cita aquí el caso ral Universitario. En el proceso, esta Comisión
de la universidad pública del estado de Gua- cometió actos revictimizantes y no desarrolló
najuato. En 2016, Universidad de Guanajuato un debido y exhaustivo trabajo de investiga[UG], esta universidad recibió recursos pú- ción. Por estas condiciones, las alumnas y
blicos del Programa de Fortalecimiento de la profesoras tuvieron que solicitar medidas de
Calidad Educativa (PFCE) de la Secretaría de protección ante la Sub-Procuraduría de DereEducación Pública3 para que capacitara a su chos Humanos, quien determinó que la Copersonal directivo y administrativo en temas misión previamente citada debía capacitarse
relacionados con la perspectiva de género, antes de continuar7.
desnaturalización de prácticas como el acoso
laboral y hostigamiento, prejuicios, estereoti- Al parecer esta capacitación no surtió efecto,
pos y discriminación4. Dos años más tarde, la pues las autoridades continuaron llevando inmisma universidad impartió cursos a ciertos adecuadamente el proceso 8 y 9, ya que la vasectores de la sociedad con el fin de erradicar loración se basó en prejuicios y estereotipos
prácticas discriminatorias y dar énfasis en la de género para el caso de violencia laboral. El
perspectiva de género e igualdad5. Sin embar- resultado de esta incompetencia procesal fue
go, en agosto de ese mismo año un grupo de la aplicación de sanciones no equivalentes a la
alumnas y profesoras realizaron públicamente violencia ejercida, y para el caso específico de
una denuncia colectiva sobre acoso sexual y violencia laboral, no se fincó responsabilidad
laboral ante los medios de comunicación6.
Proceso, 14 de agosto de 2018, https://www.proceso.com.
3   Universidad de Guanajuato. Reporte final seguimiento de

mx/546943/alumnas-de-la-universidad-de-guanajuato-de-

proyectos PFCE, 2016ª, http://148.214.155.19/images/2016/

nuncian-a-seis-profesores-por-acoso-sexual

pfce/proges3/Informes_Finales/Informe_Final_Pro

7   Carabaña, Carlos, Guadarrama, Daniela y Vega, Adán. “La

GES_3_Equidad_y_G%C3%A9nero_20171213155558043.

lucha contra el acoso en una de las mejores universidades

pdf

del país”. Muraldegenero.com, 30 de abril de 2019, https://

4   Universidad de Guanajuato, Trabaja UG en permear la

muraldegenero.com/la-lucha-contra-el-acoso-en-una-de-las-

perspectiva de género entre el personal administrativo, 2016b,

mejores-universidades-del-pais/

http://www.ugto.mx/ugenero/noticias/33-trabaja-ug-en-per-

8   León, Germán. “Ya hay fecha para que Agripino rinda cuen-

mear-la-perspectiva-de-genero-entre-el-personal-administra-

tas por casos de acoso sexual ante el Congreso; será pú-

tivo

blica”. Zona franca, 27 de junio de 2019, https://zonafranca.

5   Universidad de Guanajuato, UG imparte capacitación en

mx/politica-sociedad/ya-hay-fecha-para-que-rector-de-la-ug-

perspectiva de género a taxistas de Guanajuato, 2018, http://

comparezca-ante-el-congreso-por-casos-de-acoso.

www.ugto.mx/ugenero/noticias/154-ug-imparte-capacita-

9 Domínguez, Edith. “Alumnas de la Universidad de Gua-

cion-en-perspectiva-de-genero-a-taxistas-de-guanajuato

najuato denuncian a profesores por presunto acoso sexual”.

6   Espinosa, Verónica. “Alumnas de la Universidad de Gua-

Sin embargo, 30 de mayo de 2019, https://www.sinembargo.

najuato denuncian a seis profesores por acoso sexual”.

mx/30-05-2019/3588802

Eva Paola Arenas Loera

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Desafíos Jurídicos

alguna. Este caso se impugnó ante el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) del mismo
estado, el cual, para el año 2021, sentenció a
favor de la denunciante, según consta en el
expediente público número: 2021/816-1910.
Esta sentencia incluso fue ganadora de un
concurso sobre Sentencias que incorporan la
perspectiva de género en 202111, pero cabe
destacar que la propia víctima, en comunicación personal afirmó que, sin tutela jurídica,
ella misma integró todo su expediente, ya que
ni el propio sindicato al que está afiliada, desde antes de hacer la denuncia formal, le brindó el respaldo que ella solicitó a su secretaria
general y a una de las abogadas del mismo,
pues, en palabras de la sobreviviente, la abogada le mencionó “tenía expectativas de reconocimiento de derechos como si se estuviera
en el año 2025”. La carpeta integrada por la
profesora-investigadora fue la base que utilizó
la defensoría de oficio de la oficina de o contencioso, para que ésta pudiera hacerlo notar
a la autoridad de la 1ª Sala del TJA, con el
fundamento debido y la evidencia correspondiente.

10   Tribunal de Justicia Administrativa, “Sentencia definitiva
del proceso contencioso administrativo, expediente número
816/1ª SALA/19”, 2021, https://justiciagenero-gto.org/senten-

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Lejos de ser un camino de justicia, esta batalla legal demostró que al denunciar dentro o
fuera de la universidad, se activa y mantiene
un tipo de violencia incesante, que suele incrementar porque otros miembros del trabajo
se suman a las acciones coercitivas y, en muchas ocasiones, propicia el desistimiento de la
denuncia o torna latente la posibilidad de que
la persona agredida renuncie antes de ser
ayudada o de ver resuelto su caso. Aquí es
donde se observa que la universidad pública
tiene condiciones favorables para la presencia
y mantenimiento del acoso laboral o terror psicológico que sucede entre pares o entre niveles jerárquicos ascendentes o descendentes.
Además de la autonomía y burocracia, características de algunas universidades públicas,
puede ser más probable que estas formas de
violencia, en contra de las mujeres se manifiesten en estos recintos de conocimiento,
debido a la tendencia histórica por tratar de
mantener a las mujeres fuera de ellos12. Así
mismo pueden encontrarse formas de marginación hacia las investigadoras universitarias,
en tanto que suelen ser consideradas intelectualmente inferiores, o son denostados sus
méritos mediante conjeturas de haber obtenido puestos de mando o de poder en la institución, por intercambios de tipo sexual con
superiores jerárquicos13.

cias/concurso2021/816-19-tja-guanajuato.pdf
11   Secretaría de Gobierno de Guanajuato. “En el #DíaNa-

12   Fernández, Lourdes, “Roles de Género. Mujeres Acadé-

ranja conoce la sentencia 816/1ª SALA/19 del Tribunal de

micas ¿Conflictos?”, ponencia presentada en el III Congreso

Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato, ganado-

Internacional Multidisciplinario sobre Mujer, Ciencia y Tecno-

ra del Concurso “Sentencias que incorporan la perspectiva

logía, Panamá, 2000. https://www.oei.es/historico/salactsi/

de género 2021” en la que se consideró que no se obser-

lourdes.htm

varon parámetros mínimos en materia de perspectiva de

13   López, M. (2015). El rol como investigadora. En Angélica

género”, 25 de mayo de 2022, https://www.facebook.com/

Mendieta (Coord.) ¿Legitimidad o reconocimiento? Las inves-

page/124047777702377/search/?q=816

tigadoras del SNI. Retos y propuestas. (139-144). México: La

Acoso laboral contra mujeres universitarias: Conocimiento como recurso de agenciamiento. PP. 10-27

�15

Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

Por tanto, resulta contradictorio que un espacio como el universitario, que debería ser
seguro e imparcial, no cuente con los mecanismos para reconocer, denunciar y defender
a las víctimas de violencia e incluso que la
autoridad no implemente estrategias eficaces
para frenarla.
Por lo anterior, la presente reflexión plantea
que el conocimiento del acoso o terror psicológico o laboral hacia las mujeres puede interpelar a quien la vive para que reconozca,
en su capacidad de agencia, la posibilidad de
contener su impacto, defenderse y visualizar
el alcance de acciones políticas de resistencia
y organización colectiva, para que estas puedan entretejerse desde la propia subjetividad
y trastocar la conciencia de género. De esta
manera, se espera que el propio proceso permita que la conciencia de género, a su vez,
transforme materialmente las inequidades
sociales para un cambio real, pues el hecho
de que algunas mujeres ocupen espacios de
poder no ha significado la eliminación de las
asimetrías de este y su ejercicio en las relaciones vinculadas al género14.
Cuando se mantienen las inequidades se carece de garantía de acceso a la justicia, incluso si se siguen los protocolos de atención, porque tanto personal como autoridades realizan
omisiones, encubren o minimizan el abuso de
poder, vulnerando aún más a la denunciante,

quien puede verse afectada psicológica y físicamente, menguando su rendimiento laboral,
lo que suele utilizarse como elemento de desacreditación en muchas ocasiones, puesto
que el propósito es exterminar la participación
de las mujeres en el espacio público universitario, tal y como sucede en el ámbito de lo
privado.
LA UNIVERSIDAD COMO EL ENTORNO
ORGANIZACIONAL PARA LA
OCURRENCIA DEL ACOSO LABORAL
González15 refiere cómo la historia de la universidad se ha caracterizado por excluir a las
mujeres. Baste recordar que anteriormente
las mujeres sólo accedían si pertenecían a
la élite aristocrática o lo hacían vestidas con
ropa de varón. Su ingreso se masificó al ofrecerse profesiones que fueron “feminizadas”,
tal como fue el caso del magisterio en México,
el cual les permitió a las mujeres integrarse
a un campo profesionalizante y reconocido,
aunque todavía no se había logrado trasgredir el estigma del género y la carga cultural
de lo femenino16. Incluso a pesar del auge del
liberalismo progresista de la época, no se daría paso para “el avance de novedosas definiciones de género con acento igualitario” 17.

15 González, Rosa (2013). Violencia de género en Instituciones de Educación Superior en México. México: Horizontes
Educativos, Universidad Pedagógica Nacional, CONACYT

Biblioteca.

16   Cano, Gabriela (2000). Género y construcción cultural de

14   Blázquez, Norma, Bustos, Olga y Fernández, Lourdes,

las profesiones en el porfiriato: magisterio, medicina, jurispru-

“Saber y poder. Vivencias de Mujeres Académicas”, ponen-

dencia y odontología. En Historia y grafía, 14, 207-243.

cia presentada en el IX Congreso Iberoamericano de Ciencia,

17   Mansuy, Celeste (2016). Matilde Montoya: fuentes para

Tecnología y Género, Organización de Estados Americanos,

el análisis de la educación de la mujer mexicana finisecular.

Sevilla, España, 2012.

Signos históricos, 18(36), 182-192.
Eva Paola Arenas Loera

�16

Desafíos Jurídicos

Al respecto, Brunner 18 menciona que en la
universidad moderna se ha conservado el patriarcado, ya sea por medio del modelo humboldtiano, donde ciencia y formación están
bajo el patrocinio del Estado; o por el modelo
napoleónico, donde es el Estado quien asume
la educación.
Dadas estas razones históricas, aún se observa el mantenimiento de esta estructura de
poder al interior de las universidades, donde
la cúpula que lo ostenta traduce como afrenta
cualquier señalamiento en torno a su ejercicio
de violencia, ya que su reconocimiento implicarían transformaciones culturales para desentrañar tales prácticas, y según Marsiske19,
la universidad no se ha caracterizado precisamente por crear cambios al servicio de la
sociedad, sino al servicio de la hegemonía dominante, y eso incluye al capitalismo 20.
Este entramado estructural revela otra complicación a la que deberá enfrentarse la mujer:
la violencia institucional- Esta suele suceder
casi de forma natural en las universidades,
dada su operatividad burocrática, su carácter
ideológico, político y el sistema de poder en el
que se arraiga, pues ello fortalece su autonomía. Tales condiciones son internalizadas por

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los miembros de la comunidad académica,
administrativa y estudiantil, constituyendo así
el escenario idóneo para el impedimento del
acceso a la justicia.
Lo anterior se suma al vacío jurídico generado por su desarticulación, ya que si bien en
México desde 2012 se supone existen mecanismos de protección y tratamiento con perspectiva de género, la violencia laboral se sigue abordando como daño moral; por ende,
la valoración de los casos se realiza sin perspectiva de género, con exaltación de los estereotipos y con prejuicios arraigados21.
Al respecto, la Organización de las Naciones
Unidas también ha expresado que la normatividad estatal mexicana no se encuentra plenamente armonizada con los instrumentos internacionales de derechos humanos para que
las mujeres sean libres de violencia22.
En el mismo sentido, la ONU23 publicó las reiteradas observaciones y recomendaciones
sobre los múltiples mecanismos de discriminación contra las mujeres y su situación actual
en México, realizadas por parte del Comité
para la Eliminación de la Discriminación contra
21   Martínez, Sanjuana. “Impune, el acoso sexual dentro de

18   Brunner, José. (2014). La idea de la universidad pública

la Suprema Corte de Justicia de la Nación”. La Jornada, 27

en América Latina: Narraciones en escenarios divergentes.

de agosto de 2017, https://www.jornada.com.mx/2017/08/27/

Educación XX1, 17(2), 17-34.

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19   Marsiske, Renate. (2006). La universidad de México: His-

22   Organización de las Naciones Unidas, “Desarrollo huma-

toria y Desarrollo. Revista Historia de la Educación Latinoa-

no y violencia contra las mujeres”, 2016, http://www.onu.org.

mericana, 8, 11-34.

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20   Morales, María; Sanabria, Pedro y Caballero, Daniel.

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(2015). Características de la vinculación universidad-entorno

23   Organización de las Naciones Unidas, “México ante

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la

tad de Ciencias Económicas, XXIII(1), 189-208

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CEDAW”,

2018,

http://www.onu.org.mx/wp-content/

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

la Mujer (CEDAW); lo que para Cruzvillegas24
“es una oportunidad inigualable para reconocer que el Estado mexicano tiene aún un largo
trecho para superar el déficit democrático por
razón de género”. Por tanto, no solo no puede
superarse dicha violencia intrínseca, sino que
la ideología dominante activa, la mantiene y
sostiene estructuralmente 25.

que no se ha reconocido que no siempre tiene un componente de carácter sexual, como
ya lo ha argumentado ampliamente Segato29,
razón por la que se complica la capacidad de
defensa, pues se hacen apreciaciones cargadas de estereotipos y roles de género.

Las causas de la violencia laboral se asocian
a una estructura organizacional que motiva,
ACOSO LABORAL Y PODER DE AGENCIA precipita o facilita el acoso según sea la interacción social en su interior30, pues ésta
La sujeción a la violencia laboral es dañina y organiza, divide y jerarquiza a las personas
muchas veces implica hasta la expulsión del en conformidad con los intereses que manespacio de trabajo a quien se violenta. Se tengan ciertas relaciones de poder31. De
compone de conductas intencionales de hos- este modo se van entretejiendo determinatilidad que se encuentran interrelacionadas das interacciones desde que se comienza a
entre sí26 y suceden en contubernio grupal27, trabajar en el sitio, creando así una especie
sin importar la jerarquía entre acosador y aco- de privatización social originaria, la cual consado28. En procesos de valoración jurisdiccio- tingentemente da pie a que algún incidente
nal y no jurisdiccional de la violencia contra desencadene la hostilidad. En cambio, para
las mujeres, esta característica suele ser in- autores como Trujillo32, se inicia con un eventerpretada sin perspectiva de género, puesto to que detona una persecución sistemática
durante un tiempo, y aunque llegue el punto
24   Cruzvillegas, Eréndira, “Principales preocupaciones sobre en donde las autoridades se involucren, la
la situación de las mujeres que presenta la Comisión Nacio- violencia no cesa porque el objetivo intrínsenal de los Derechos Humanos ante el Comité de la CEDAW co es hacer que la persona acosada termine
derivadas del Noveno Informe Periódico de México”, Informe por renunciar.
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32   Íbid.
Eva Paola Arenas Loera

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Desafíos Jurídicos

Incluso debido a que el ámbito laboral es
una esfera de la vida pública, el cual también
han tenido que reclamar las mujeres, no está
exento de la ocurrencia de violencia de género, ni siquiera cuando se trata de un recinto
educativo; todo lo contrario, justo por tratarse
de un espacio que excluyó a las mujeres por
siglos y aún las mantiene en niveles estereotípicamente feminizados, resulta primordial
la procuración del autocuidado en su interior,
como base de las relaciones laborales, ya que
la confianza suele ser interpretada por el abusador, solo como un campo de ventaja para
su propio beneficio.
En este sentido, en cuanto se detecte un incidente inicial, debe dejarse alguna evidencia
de la queja o registro, de preferencia por escrito, con el propósito de marcar un precedente, en caso de llegar a evolucionar el asunto.
Si esto sucediera, se requeriría la elaboración
de registros de situaciones de persecución,
ya que, en caso de presentarse una denuncia formal, se requiere entregar por escrito un
reporte de sucesos, describiendo el cruce entre tiempo, modo y lugar al superior jerárquico
del agresor. Esta fase es definitoria y crítica.
Por esta razón la persona agredida debe activar todos los apoyos con los que cuente y
cobran suma relevancia las redes familiares y
de amistad, de compañeras y compañeros de
trabajo que apoyen con discreción y puedan
ser confiables.
En estos casos suele requerirse el apoyo de
organismos internos y externos, formales e
informales, que cuenten con mecanismos de
atención, protección, acompañamiento y defensa, pero debe advertirse que éstos también operan bajo intereses específicos, por

desafiosjuridicos.uanl.mx

lo cual, es conveniente actuar con cautela en
todo momento, en tanto se busca entender o
se construya el objetivo que la persona agraviada persiga.
Un blindaje recomendable es el cuidado del
propio trabajo, hasta donde sea humanamente posible, sobre todo si se le está exigiendo
mayor o menor productividad de la estipulada
en el perfil de puesto, y/o si se cambia a la
persona a un espacio físico que pudiera ser
hostil por sus características climáticas, de iluminación, tamaño o ubicación. Éstas pueden
constituir medidas de ataque organizacional,
sobre todo si concurren con el incidente crítico.
En este cruce del conflicto, lo más probable
es que el actuar de la persona que reclama su
derecho, sea considerado incómodo y problemático, por ende, la respuesta organizacional
que reciba puede resultar más agresiva. Aquí
la persona debe tener presente su derecho al
goce pleno y respeto de cualquier esfera de
su vida, sustentado en distintas leyes, porque
seguramente deberá exigirlos recorriendo un
camino político, burocrático y violento, y llegado a este punto, se definiría la posibilidad de
mantener o abandonar el trabajo.
En resumen, para este momento, se han activado ya múltiples dimensiones asociadas al
acoso laboral y se han involucrado más actores que tienen poder de decisión y legitimidad
de uso de la normativa, a modo de no alterar
el statu quo. Aquí es donde la persona agredida puede actuar políticamente, partiendo del
reconocimiento de su posición, para desentrañar su sujeción y agenciarse para su subjetivación.

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Desafíos Jurídicos

Ahora bien, vale la pena resaltar la duración
y el tiempo como características fundamentales del acoso laboral. El mínimo identificado
es de seis meses, lapso en el que también
se observa la aparición de nuevas conductas que van llevando a la persona víctima a
experimentar segregación. La situación se
agudiza si se decide denunciar, dado que las
agresiones continúan y suelen ser sostenidas
estructuralmente, en específico por la existencia de ciertas relaciones políticas al interior de
la institución. También se añade que no son
acompañadas por una tutela jurídica efectiva,
a la que se supone se debería tener derecho.
Sin embargo, es precisamente este escenario
el que interpela a la capacidad de agencia.

Pero las vivencias de la violencia laboral en
las universidades no son tan evidentes como
la violencia de los estudios citados y eso propicia que sea más compleja la activación de
la capacidad de agencia, pues son justificadas culturalmente en tanto que son mecanismos simbólicos y violencia directa mediante
prácticas sociales normalizadas, legitimadas
y legalizadas estructuralmente, y por ende, al
prevalecer la autonomía universitaria, no se
asume la responsabilidad que como organismo no jurisdiccional tiene sobre la protección
a los derechos humanos.

En estas condiciones, se apela a que las mujeres universitarias busquen reproducir lo que
Gandhi35, nombra axiomas de unicidad de
Al respecto, existe evidencia en procesos de vida y unicidad de medios y fines; en los que
migración, que muestran cómo la capacidad la unicidad es interpretada como cercanía y
de agencia cobra forma al asumir el abandono reconocimiento frente al adoctrinamiento y el
del lugar en el que se nace, con el propósito ostracismo…”, lo cual implica que la vida en
de edificar “un espacio de vida en situaciones lo general, y la humana en lo particular, debe
de adversidad”33, tales como la posibilidad de acercar a los seres entre sí, debiendo además
la exposición a la discriminación, desigualdad, existir reconocimiento mutuo. Para Galtung36
explotación laboral, persecución y otras veja- la unicidad de la vida llevaría a la mejora de
ciones posibles. También hay hallazgos de toda la vida humana y no solo a las que se
mujeres que incluso asumen riesgos en con- encuentren bajo una categoría específica; y la
tra de su familia, si eso las lleva al agencia- unicidad de los medios y fines, convoca a la
miento, dadas las condiciones de pobreza y acción simultánea. Esto quiere decir que se
vulnerabilidad prevalecientes en su realidad34. cuida la vida humana a través de medios que
son cercanos y cuidados por las personas,
pues con estas acciones, los fines se cuida33 Vázquez, Vanesa, Risquez, Marielva, Perazzolo, Romina rán solos.
y Giménez, Claudia (2014). Resistencias desde los márgenes: la experiencia migratoria de las mujeres como forma de
agencia social. La ventana, 40, 59-87.
34   García, Claudia., Munévar, Claudia. y Gómez, Nathalia.

Con la exposición de estos axiomas se propone que las mujeres en sus ámbitos académicos comiencen a cuidar su vida a partir del

(2018). Agenciamientos socio-jurídicos en mujeres con jefatura de hogar, en contextos de pobreza y vulnerabilidad social.

35   Galtung, J. op. cit. nota 26, p. 167

Civilizar, 18(35), 73-90.

36   íbidem
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reconocimiento de la violencia a su alrededor
que, además de llevarlas a la propia valoración, les permita reflexionar cómo han internalizado la violencia cultural vivida y reproducida
estructuralmente, en distintas esferas, incluyendo su espacio laboral. Además de la internalización, este análisis también comprende
el reconocimiento de la violencia directa por
parte de personas concretas, quienes también han estado expuestas a las estructuras
violentas, legitimadas y normadas en las instituciones de educación superior.
Para la unicidad de los medios y fines, se plantea tanto el reconocimiento de los derechos
humanos como de los canales, estructuras y
acciones que impulsen la búsqueda del logro
de su garantía, a través de la acción política
para la búsqueda del agenciamiento; puesto
que las reacciones a la violencia directa suelen ser desesperanza o frustración que redundan internamente en agresión autodirigida,
manifestada de forma externa como apatía y
abandono; lo cual solo favorece a la conservación de todos los estratos de la violencia.

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violencia, será necesaria también la reflexión
sobre la desarticulación histórica de las leyes
y mecanismos que impiden su configuración.
Lo mismo tendría que hacerse con el acoso
laboral, pues ello posibilitaría la comprensión
de las relaciones contingentes que son parte
de la trama de la estructura de poder en la que
están colocados los sujetos. Esto quiere decir que el agenciamiento implica la actuación
política de un agente, quien problematiza sus
propias concepciones en relación con el contexto donde se encuentra situado y reconoce
la concepción relacional de poder que fundamenta la acción política38.

En cuanto al acoso laboral en instituciones
educativas, por ejemplo, la acción política de
las mujeres representaría en primera instancia, el reconocimiento de la violencia a la que
están sujetas en el trabajo y, por consiguiente, al poder para exigir los derechos que les
corresponden, pero para ello se requiere ubicar una identidad asociada a estos. Es decir,
debe reconocerse primero que ha sido o está
sujeta al acoso psicológico o mobbing, identificar la violencia internalizada históricamente
En un ámbito tan institucionalizado como el y valorar su capacidad de agencia, partiendo
educativo, la capacidad de agencia puede de la posición en la que esté colocada relacioutilizar las mismas estructuras con las que nalmente en la institución y otras esferas que
aquél opera, con el propósito de buscar una sostienen o la protegen de la violencia.
transformación que eventualmente permita la
movilización hacia el nivel cultural, justo como Una vez que se habilita este reconocimienGaltung37 menciona que sucedió con la credi- to identitario, puede ejercer la capacidad de
bilidad en lo masculino y la supuesta superio- agencia desde la comprensión acerca de la
ridad occidental blanca.
violencia vivida por ser mujer y que se extiende a la vivida como mujer trabajadora univerAl aprovechar las estructuras institucionaliza- sitaria, condicionada por la constricción de
das para el agenciamiento de una vida libre de
38 Ema, J. (2004). Del sujeto a la agencia a través de lo po37   Íbidem

lítico. Athenea Digital. 6, 1-24.
Acoso laboral contra mujeres universitarias: Conocimiento como recurso de agenciamiento. PP. 10-27

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Desafíos Jurídicos

normativas (estatutos o reglamentos académico-administrativos) y desde una ubicación
espacio temporal al amparo de la autonomía
universitaria.

También es posible mapear el flujo de fuerzas de poder que revela lo que Tranier41 denomina: la desterritorialización de los espacios
ocupados y la reterritorialización de otros, es
decir, “…supone un cuestionamiento y un reLas acciones de las trabajadoras en este con- ordenamiento simultáneamente del contexto
texto de por sí político, se pueden dinamizar en donde opera” Ello conforma el reconociusando como medio la responsabilidad colec- miento del camino andado y el que está por
tiva, pues con ella se impulsa la mediación de venir, a través de la movilización política para
flujos de acciones vinculados a un compro- transitar de la sujeción a la subjetivación, de
miso ético-político, bajo el reconocimiento de la comprensión a la transformación que, de
la propiedad relacional del poder; sobre todo forma indisociable, se conjuguen la teoría y la
al considerar que las estructuras de poder y praxis, como menciona Reyes.
organizacionales de las universidades comprenden fuerzas configuradas que dificultan La comprensión específica implicaría que las
el desarrollo de transformaciones, cuando los mujeres reflexionaran de manera relacional
movimientos sindicales, los del profesorado, sus propias vivencias de violencia laboral con
o los del estudiantado, no representan ningu- el conocimiento teórico, empírico y jurídico
na fuerza política. La intención es que la or- que existe sobre el fenómeno y se contexganización de las mujeres trabajadoras de la tualice en todos los planos de violencia (diuniversidad pueda potenciar la capacidad de recta, estructural, simbólica y cultural), con el
producir un efecto novedoso en las normati- fin de llegar a desvelar los asuntos y condivas existentes, para impulsar cambios en las ciones laborales desde la perspectiva de su
estructuras que remuevan las entrañas del multidimensionalidad que permita reconocer
estrato de la violencia cultural existente.
la estructura de poder a la que están sujetas.
También consideraría la identificación de vaPor otra parte, trasciende el papel de la com- cíos jurídicos, así como el análisis de su desprensión en la capacidad de agenciamiento articulación con reglamentaciones de organisante la violencia laboral y que se ha estable- mos jurisdiccionales y no jurisdiccionales que
cido en discusiones serias39. Tal comprensión impiden el proceso para acceder a la justicia.
debe ser situada en el contexto donde se re- Así, el reconocimiento del acoso psicológico o
crea la posición de quien es violentada, dentro del entramado de normas y relaciones de de género. Perspectivas Legales Transnacionales. Filadelfia,
dominación que incluso legitiman el acoso40.
Pennsylvania: University of Pennsylvania Press.
41   Tranier, José, “Oleadas neoliberales y educación pública
39

Reyes, Jesús (2018). Como conocer la realidad para

en el nuevo milenio en Argentina”, ponencia presentada en el

transformarla por la praxis: una aproximación a la construc-

II Congreso Internacional sobre Problemáticas Contemporá-

ción del conocimiento popular. Trayectorias Humanas Tras-

neas. Sujetos y contextos de las violencias en América Lati-

continentales, 3, 86-99.

na. Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México, 2019.

40 Cook, Rebecca y Cusack, Simone (2009). Estereotipos
Eva Paola Arenas Loera

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Desafíos Jurídicos

mobbing, la identificación de la violencia internalizada, así como la valoración de la propia
capacidad de agencia, permitiría transitar por
los caminos allanados por la violencia, pero
en otro sentido. Es haciéndole frente a ese
camino como se recrearía relacionalmente el
propio poder.
Por supuesto que no es un asunto sencillo,
pues en un adverso y violento ambiente laboral, se viven situaciones muy similares a las
experimentadas tras una catástrofe. Una vez
iniciado un evento y debido a la persistencia de
la agresión constante y sistemática, la violencia se ve actualizada por varios aspectos como
son: el proceso de la estimación de los daños;
el intento por comprender lo sucedido; la adaptabilidad pragmática a las nuevas y cambiantes
circunstancias; la carencia de tutela jurídica y
otros apoyos que deberían activarse a través
de departamentos como el de recursos humanos; la anacrónica o desarticulada normativa
institucional con las regulaciones nacionales
e internacionales en materia de protección
a las mujeres; el conveniente uso que le dan
las autoridades a la autonomía; los intereses
particulares determinados por la estructura
y relaciones de poder; la posición de los actores involucrados y otros que se van sumando, dado el entramado de la dinámica grupal y
política; la corrupción, burocracia e ignorancia
para responder a la altura de las necesidades y
la falta de voluntad para cambiar prácticas patriarcales, entre otras. En este contexto, para
la búsqueda de agenciamiento se propone colocar al centro el autocuidado crítico y con ello
la posibilidad de documentarse sobre lo vivido,
contrastarlo con la evidencia y los testimonios
existentes de esa y otras formas de violencia
hacia las mujeres.

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Con el autocuidado crítico como focus, se
trabajaría también la acción política que reflexione sobre las prácticas de dominación en
los centros de trabajo para depositarla en el
agresor y buscar desmontarla de sí misma, lo
que contribuye a conservar en lo posible su
integridad personal, cuidarse en el espacio laboral y confiar en su propia preparación. Esto
es relevante porque una vez activado el agenciamiento, será claro para el agresor o agresores que la persona violentada no asumirá la
hostilidad, ni el sometimiento, y la estructura
de poder orientada por un marco normativo
reproductor de relaciones de dominación social y patriarcal procurará preservarse intacta,
desencadenando una serie de provocaciones
sistemáticas en contra de la víctima, como si
el entorno solo se reajustara de manera sofisticada y agresiva, para devolverla a la sujeción de la cual ha manifestado querer salir.
Esta dinámica de flujos de poder puede acarrear consecuencias negativas psicológicas,
físicas, laborales, sociales e incluso jurídicas,
que recaen en la persona agredida, quien
además ahora probablemente será estigmatizada como problemática por la organización,
ya que su propósito directo es desacreditarla.
De esta forma, al tener ciertas prácticas sociolaborales infectas incrustadas, se vuelve
relativamente fácil legitimar la violencia laboral, pues se parte de la idea de que aquella
persona es la inadaptada. Esta práctica se
convierte en un dispositivo pedagógico para
otros integrantes que reciben un claro mensaje de disciplinamiento sobre los lugares que
se pretende que ocupen y mantengan ciertas
personas, el modo como se hace frente a los
conflictos y cómo las universidades funcionan

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para dar continuidad a este modelo dominante.
Por ello, otro punto fundamental para el agenciamiento es el conocimiento de los derechos
y ocuparse en defenderlos, compartir estas
vivencias con sus redes de apoyo y de trabajo horizontales, así como con otras organizaciones afines con las cuales se acerque
durante el proceso, complementado por la
denuncia formal a través de todas las vías posibles, dando seguimiento puntual a su cauce, porque nadie lo hará en su lugar, aunque
le corresponda por derecho. Tal como Peña
y Sánchez42 sostienen que “la única medida
realmente correctiva del mobbing es descubrirlo, documentarlo y reconocerlo como una
forma de violencia, diseñando estrategias
para eliminarlo”

sidades son espacios pedagógicos que continúan reproduciendo la sentencia patriarcal de
la sujeción de las mujeres a la violencia.
Así, al plantearse la acción política como medio para la subjetivación y agenciamiento, las
mujeres pueden hacerse de toda posible fuente de conocimiento acerca del acoso laboral,
las regulaciones que la sostienen en contraste
con las vinculadas con el pleno goce de los
derechos humanos y, en concreto, a mantener
una vida libre de violencia. La posibilidad de
organizarse de manera colectiva para procurar el autocuidado crítico y el desmonte de la
violencia encarnada en su experiencia personal puede sustraer el territorio donde habita el
patriarcado y atomizar dinámicas de coerción
históricas contra el género femenino.

De igual forma, en este proceso de agenciaCONCLUSIONES
miento colectivo, puede existir la demanda de
mayor voluntad y respeto de los miembros
Sin duda alguna, ante la ausencia de mecanis- de las comunidades laborales para poner en
mos de atención a la violencia de género en marcha caminos a la justicia no patriarcales
las instituciones educativas de nivel superior para recrear otras formas de cultura laboral.
con que disponen las mujeres, en particular
su modalidad de acoso laboral, así como por El reconocimiento de las instituciones educalas distintas formas de supresión en contra de tivas del poder de agencia femenino que se
ellas, se construye el escenario idóneo para ha venido gestando en la universidad referida
el agenciamiento mediante la acción política. en este trabajo y su visibilidad en la sociedad
Su actuar político se reconoce en primer mo- a través de distintas vías de comunicación y
mento, por la conciencia dolorosa de género divulgación, es un paso para conmocionar
mediante la cual pueda asumir que las univer- desde sus entrañas a la estructura patriarcal y
con ello reconstruir los espacios académicos
42 Peña, Florencia y Sánchez, Sergio (2007). El Mobbing y y laborales que en ella se edificaron. Se espesu impacto en la salud. En Civera, Magali y Martha Herrera ra que este trabajo contribuya a la discusión
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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Alfredo Islas Colín &amp; Marilyn Sarai Avalos Huesca (Universidad
Juárez Autónoma de Tabasco)
El derecho de acceso a la información pública y las lenguas indígenas en México. pp. 28-47 Fecha de publicación en línea: 31 de
julio del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos Vol. 2 Núm. 3, Julio-Diciembre 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo
León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología. Dirección de
la publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San
Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
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El derecho de acceso a la información pública y las
lenguas indígenas en México
The right of access to public information and indigenous languages in Mexico

Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: Alfredo Islas Colín* y Marilyn Sarai
Avalos Huesca**

* https://orcid.org/0000-0002-2841-4315
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco
** https://orcid.org/0000-0001-9184-2606
Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

Resumen. Los derechos humanos son necesarios en una sociedad donde la igualdad y la
equidad buscan combatir los sesgos construidos siglo a siglo. El presente artículo tiene como
objetivo analizar el diseño normativo del derecho de acceso a la información a nivel nacional.
Por otra parte, se estudian las leyes de transparencia de Ciudad de México, Estado de México,
Yucatán, Chiapas, Oaxaca y Tabasco, ello con el fin verificar la inclusión de las lenguas indígenas en los procesos de acceso a la información. Se aborda un marco conceptual para examinar los antecedentes nacionales e internacionales en materia de transparencia, así como la
manera en que los Institutos de Transparencia y el Estado buscan incluir a las lenguas indígenas en los procesos de rendición de cuentas.
Palabras clave: lenguas indígenas, acceso a la información pública, derechos humanos, México
Abstract. Human rights are necessary in a society where equality and equity seek to combat
biases-built century after century. This article aims to analyse the regulatory design of the right of access to information at the national level. On the other hand, the transparency laws of
Mexico City, State of Mexico, Yucatan, Chiapas, Oaxaca and Tabasco are studied, in order to
verify the inclusion of indigenous languages in the processes of access to information. A conceptual framework is addressed to examine the national and international antecedents in terms

a 1) tipo de artículo: artículo científico; 2) título del proyecto de investigación del cual se deriva: 3) grupo de investigación y
línea: derechos lingüísticos; 4) nombre del investigador principal y de los co-investigadores: Alfredo Islas Colín, Marilyn Saraí
Avalos Huesca; 6) fecha de terminación de la investigación: 30 de abril de 2022

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of transparency, as well as the way in which the Transparency Institutes and the State seek to
include indigenous languages in accountability processes.
Keywords: indigenous languages, access to public information, human rights, Mexico

INTRODUCCIÓN
México es un país pluricultural y plurilingüe
“sustentado en los pueblos indígenas” en el
cual convergen diversas identidades. Los
pueblos y comunidades “minoritarias” sobreviven y resisten a los embates, falta de pluralidad, privación de derechos y a la ausencia de
transparencia. Una de ellas son los pueblos y
comunidades indígenas que se encuentran a
lo largo y ancho de la nación, las cuales manifiestan su identidad por medio de su vestimenta, tradiciones, lengua, entre otros.1
En el caso de la lengua, el artículo 2o., apartado A, Fracción IV de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM)
reconoce y garantiza el uso, preservación y
enriquecimiento de las lenguas indígenas. En
México hay sesenta y ocho lenguas indígenas
y trecientas sesenta y cinco variantes a lo largo del territorio nacional.2

Con base en dicho artículo, los hablantes de
lenguas indígenas pueden acceder al derecho
a la educación, la salud o la información por
medio de su lengua materna, y será obligación del estado que lo anterior se cumpla. El
uso del primer idioma le permite al hablante
cierta autonomía política,3 que a su vez facilita al ciudadano la elección de las autoridades
y una participación plena en los procesos de
cambio del lugar en el que habita. La información es clave para que los individuos y las comunidades puedan tomar decisiones que les
beneficien dentro de la legislación vigente.4
La autonomía antes mencionada y el derecho
en el acceso a la información son conceptos
inamovibles en la cual los sujetos obligados
como las autoridades u organismos del sector
público deben transparentar lo que se realice
en su interior, así como proteger los datos personales que tengan en su poder. Para realizar
3 Aparicio Wilhelmi, M. “La libre determinación y la au-

tonomía de los pueblos indígenas. El caso de México”.
1 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, “Diver-

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2 Secretaría de Cultura, “Especialistas dialogan sobre

formación para la toma de decisiones en la planeación

mecanismos para que las comunidades indígenas ejer-

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El derecho de acceso a la información pública y las lenguas indígenas en México. PP. 28-47

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lo anterior, es necesario que todos los ciudadanos puedan acceder a ella, sin importar la
lengua o sistema de escritura y lectura que
utilicen, esto es, sin discriminación, sin tratos
diferenciados que afecten derecho.

pagan los ciudadanos. Un tema crucial en un
país que ocupa el segundo lugar a nivel continente en relación a lenguas vivas habladas en
su territorio, tan solo después de Brasil.6

La hipótesis que se maneja es que la Ley
Sin embargo, aún hay lenguas que no son in- General de Transparencia y Acceso a la incluidas en dichos documentos, por ende, sus formación Pública (LGTAIP) y la Ley Federal
hablantes no tienen acceso total a la informa- de Transparencia y Acceso a la Información
ción. Lo anterior sucede especialmente en Pública (LFTAIP) no han sido aplicadas de
las lenguas en grave peligro de extinción, ya manera total y plurilingüe por las instituciones,
que se percibe que al haber pocos hablantes por ende, se perpetua la discriminación y exno es necesario elaborar el material esencial clusión de los hablantes de lenguas indígenas.
para cumplir con el derecho de los hablantes La investigación que se llevó a cabo fue cualia la información.
tativa, específicamente descriptiva- documental, ya que se estableció una situación conSi bien el INAI da la opción de recibir la res- creta en la cual se señalan sus características
puesta a la solicitud de transparencia en una con base en el análisis del marco normativo.
lengua indígena, el documento para hacer la De igual manera se estudia la realidad que vimisma se encuentra totalmente en español, lo ven las instituciones en México en relación a
cual no coadyuva al acceso a la información la transparencia.
de las comunidades indígenas. En algunos
estados como Yucatán existen líneas telefó- El proceso de análisis fue dinámico y se basó
nicas para atender a las personas hablantes en el método comparativo por medio de recolde maya,5 sin embargo, lo anterior no está ección de información y el muestreo teórico
presente en todas las dependencias guberna- donde se estudiaron conceptos ya desarrollamentales.
dos con anterioridad. Con base en lo anterior
se desarrolló la conclusión que se presenta en
El presente artículo busca responder la pre- la parte final de este artículo.
gunta, ¿las instituciones públicas cumplen
con el derecho de acceso a la información de I. MARCO CONCEPTUAL
toda la población en México? La palabra instituciones se refiere a todos los órganos de El derecho de acceso a la información no
gobierno auspiciados por dinero público, es es un concepto propio de la época contemdecir, que tiene origen en los impuestos que poránea, desde la época de Immanuel Kant
quien promulgaba la confianza entre los es5   Zepeda, A., “INAI pide esfuerzos para acercar infor-

mación a comunidades con lenguas indígenas”. Excel-

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Alfredo Islas Colín y Marilyn Sarai Avalos Huesca

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tados y sus ciudadanos, se desarrollaban debates en relación a la voluntad del gobierno
en diversos aspectos. Si bien el filósofo se
pronunciaba en contra de la democracia, respaldaba el uso de un gobierno representativo
y empático en relación a las necesidades de
sus ciudadanos. 7
La transparencia se clasifica en dos categorías: la opaca y la clara.8 La primera se
refiere a “la información que sólo se divulga
nominalmente o a la que se divulga, pero no
resulta confiable...”, mientras la segunda se
refiere “a los programas que dan a conocer
información confiable y accesible sobre el
desempeño institucional”. Con base en lo establecido por Fox, la información divulgada
puede no ser veraz, por ello es necesario que
se invierta el tiempo y el capital humano para
lograr el principal objetivo: acceder a la información de manera clara.

acceso y utilizar la información de calidad”.10
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos establece que dicho derecho tiene dos
dimensiones: individual y social.11 La primera se refiere a que nadie puede ser limitado
o coaccionado en el uso de dicho derecho,
mientras el social señala el derecho colectivo
concerniente al acceso a la información pública y transparente de la misma.

Lo anterior es respaldado por el artículo
6o. de la CPEUM, 12 el cual menciona ​q ue
“toda persona tiene derecho al libre acceso
a información plural y oportuna, así como
a buscar, recibir y difundir información e
ideas de toda índole por cualquier medio
de expresión.” En el mismo artículo se establece que la Federación contará con un
organismo que garantice el cumplimiento
del derecho a la información pública de los
ciudadanos. Por otra parte, es importante
recordar que, con base en la Reforma ConDe acuerdo al artículo 4o. de la LGTAIP (2015), stitucional del 2011, México incorporó los
el derecho de acceso a la información es “​​el derechos humanos reconocidos en la Carsolicitar, investigar, difundir, buscar y recibir ta Fundamental y los tratados internacionainformación”.9 Por su parte, el presente dere- les. Al ser un derecho humano, este debe
cho es definido como “​​el derecho humano de
toda persona que consiste en solicitar, tener 10 Apreza Salgado, S, “Derecho de acceso a la información de los pueblos y comunidades indígenas. Una
7 Kant, Immanuel, “La paz perpetua”, Elejandría, 1975,​​

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respetarse y buscar los mecanismos para
llevarlo a cabo. 13
Entre los derechos previamente mencionados, el acceso a la información es abordado
en los siguientes instrumentos internacionales
vigentes en México: el artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos
(1969), la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), así como el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos
(1966). Este último fue reconocido en 1976
y ratificado en 167 estados en el 2012, tal y
como lo menciona el mismo pacto en su introducción.14
El artículo 19 de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos menciona que:
Todo individuo tiene derecho a la libertad
de opinión y de expresión; este derecho
incluye el de no ser molestado a causa
de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por
cualquier medio de expresión.
En este caso, se hace énfasis en el texto anterior donde se determina que recibir información y opiniones deben ser accesibles a
todos sin limitaciones, ya que estas últimas
son tangibles en el uso de dicho derecho. El
13 Diario Oficial de la Federación. Reforma en Materia

de Transparencia, 7 de febrero de 2014. Recuperado el
3 de abril de 2022 de: https://cutt.ly/eDKPkjJ
14

gobierno mexicano, con fundamento en la LGTAIP establece al INAI como órgano garante
de dicho derecho a nivel nacional, así como
la existencia de ciertos organismos a nivel estatal.
La libertad de expresión y de acceso a la información están ligadas en el entendido de
que son inherentes a quienes son reconocidos como personas ante la ley, un concepto
necesario para los derechos civiles y políticos
de los seres humanos. Si bien las doctrinas
y jurisprudencias internacionales son precisas
en ello, el Estado Mexicano aún se encuentra en una evidente desventaja al respetar los
derechos de los ciudadanos en todos los sentidos. La ley es clara en relación a quienes deben presentar facilidades a la población para
ello: los sujetos obligados.
En el artículo 23 de la LGTAIP se definen a
dichos órganos como:
son sujetos obligados a transparentar
y permitir el acceso a su información y
proteger los datos personales que obren
en su poder: cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos
autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato
que reciba y ejerza recursos públicos o
realice actos de autoridad en los ámbitos
federal, de las Entidades Federativas y
municipal.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políti-

cos,1966. Recuperado el 3 de abril de 2022 de: https://
cutt.ly/6SROtpp

Es decir, organismos que se manejan con
fondos privados o que dependan de una inversión ajena a lo recaudado en los impues-

Alfredo Islas Colín y Marilyn Sarai Avalos Huesca

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tos, no están forzados a transparentar sus procesos ante la ciudadanía, aunque sí ante los
organismos públicos rectores como el Sistema
de Administración Tributario.15 La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
es clara en relación a ello al mencionar que
“el acceso a la información posee un carácter
facilitador del ejercicio de otros derechos humanos”,16 los cuales se pueden referir al derecho a la salud, a la movilidad, a la educación,
entre otros.

II. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES
DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN

El derecho a la información se encuentra vinculado al derecho a la libertad de expresión,
ya que, si tomamos en cuenta los elementos
de la comunicación, hay un mensaje, el cual
es transmitido por un canal y llega a un receptor. Ambos derechos se encuentran presentes
en la Declaración Americana de los Derechos
y Deberes del Hombre (DADyDH) (1948) donde se establece en el artículo IV que “Toda
Por otra parte, la información compartida debe persona tiene derecho a la libertad de investiser emitida en las lenguas nacionales, tal y gación, opinión, expresión y difusión del pencomo lo menciona el artículo 7 de la Ley Gen- samiento por cualquier medio”. Si bien “el deeral de Derechos Lingüísticos de los Pueblos recho a la información” no aparece de manera
Indígenas (LGDLPI) ​​” Las lenguas indígenas tácita, la expresión “derecho a la libertad de
serán válidas, al igual que el español, para investigación”, da lugar a que los ciudadanos
cualquier asunto o trámite de carácter públi- puedan acceder a datos, estadísticas e inforco, así como para acceder plenamente a la mes relacionados a ciertos temas que sean
gestión, servicios e información pública”.17 El de su interés.
mismo artículo menciona que las autoridades
deben tener disponible y difundir las leyes y Posterior a ello, la Convención Americana
reglamentos en las lenguas de los beneficiari- sobre Derechos Humanos (CADH) de 1969
os correspondientes, empero lo anterior no ha menciona en el artículo 13 que “Toda persona
sido aplicado tal y como se presentará en los tiene derecho a la libertad de pensamiento y
siguientes párrafos.
de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración
15 Ley General de Transparencia y acceso a la infor- de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o
mación pública, “Artículo 23”, 2015. Recuperado el 18 en forma impresa o artística, o por cualquier
de abril de 2022 de: https://cutt.ly/sPOkzra
otro procedimiento de su elección.” En este
16 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “In- caso, la palabra información aparece de maforme Acceso a la información, violencia contra las mujeres nera clara, y es clave para establecer un any administración de justicia en las Américas”, párr. 14, 12 de tecedente a un derecho básico. Lo anterior se
marzo de 2015. Recuperado el 4 de abril de 2022.
expresa en la Asamblea General y los órganos
17 Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueb- del Sistema Interamericano de Protección de
los Indígenas, 2003. Recuperado el 2 de abril de 2022 los Derechos Humanos de la OEA, Comisión
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El derecho de acceso a la información pública y las lenguas indígenas en México. PP. 28-47

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Los hombres tienen deberes, tales como el
pago de impuestos y el respeto a la ley, al
igual que las autoridades. Estas últimas deben transparentar el uso de las partidas presupuestales anuales, los programas que desarrolla en pro de la población, los niveles de
estudio de las autoridades, entre otros. Lo anterior es producto de la democracia que impera en la mayoría de los países, la cual es definida como una forma de gobierno donde el
poder recae en la ciudadanía.18 Emmerich subraya que la transparencia es un componente
central en la democracia, pues con base en
ella, la ciudadanía puede elegir durante cada
ejercicio electoral a sus nuevos representantes. Lo anterior se mide en el grado de satisfacción de la población con base en la gestión
pública inmediatamente anterior o las previas
a ella.

segunda se verifica de manera cotidiana en
los órganos de gobierno.
Con base en lo anterior, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos creó una
Relatoría Especial en 1997, la cual se ocupa
de la de la libertad de expresión. Posterior a
ello, dicha Relatoría instituyó la Declaración
de Principios sobre la Libertad de Expresión
en el año 2000, y con ello añadió el derecho a
la información en el Principio 4 “el acceso a la
información en poder del Estado es un derecho fundamental de los individuos”.

El acceso a la información ha continuado su
crecimiento desde entonces, sin embargo,
este no ha sido homogéneo en todas las naciones, pues algunas de ellas tienen gobiernos monárquicos o dictaduras. De acuerdo
al Instituto Internacional para la Democracia
Los ciudadanos tienen el derecho y la obliga- y Asistencia Electoral (IDEA), del total de los
ción de participar de manera activa directa o 195 países que existían en el 2018, solo 97
indirectamente para lograr el cumplimiento de eran gobernados por un gobierno democratilos objetivos establecidos en pro de un bien co.20 Es decir, solo casi el 57% de la población
común. De hecho, hay dos tipos de responsa- vive en un país donde la transparencia es imbilidades del gobierno hacía los ciudadanos: perante.
la responsabilidad vertical y la responsabilidad
horizontal.19 La primera se refiere a las cuen- III. EL DERECHO A LA INFORMACIÓN A
tas que el gobierno debe dar a los ciudadanos, NIVEL FEDERAL
y la cual solo se da al finalizar el mandato para
obtener el voto nuevamente, mientras que la El derecho del ciudadano a conocer en qué
se invierten sus impuestos o de las decisio18 Real Academia Española, Democracia. En Diccio- nes que toman las autoridades son parte de
nario de la Lengua Española, (s./f.). Recuperado el 12 la cultura de la democracia que se desarrolla
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es la excepción. Lo anterior es un cambio tangible para un país que pasó por diversas formas de gobierno a través de los siglos, tales
como ​​monarquía, dictadura, república federal
o república centralista. Durante las formas de
gobierno previamente mencionadas, la transparencia era poca o nula, así como el respeto
a otros derechos como la salud, la educación,
la vivienda adecuada o el trabajo digno.
Tanto en México como en Latinoamérica la
transparencia es un requisito nuevo para los
gobernantes, pues su importancia e influencia
no se vio reflejado hasta las últimas dos décadas del siglo XX. En el caso de México se comenzó a entender su importancia a finales de
la década de los 80’s debido a la Ley General
de Protección y Equilibrio Ecológico. La anterior Ley fue aprobada en 1988 estableció por
primera vez en el país un marco general sobre
la participación e información de los asuntos
ambientales.

decir, no era gratuita e incluso en el en el mismo BIS se solicitaba la justificación de dicha
información, dando a entender que si la autoridad no consideraba suficiente el argumento
presentado podría desechar la solicitud. La
Comisión Nacional de Derechos Humanos resalta que “es el derecho de toda persona a solicitar gratuitamente la información generada,
administrada o en posesión de las autoridades públicas, quienes tienen la obligación de
entregarla sin que la persona necesite acreditar interés alguno ni justificar su uso”.21
En México hay dos leyes relacionadas con la
transparencia, la Ley General y la Ley Federal. La primera se relaciona con los 3 niveles
de gobierno y establece los principios, bases
y procedimientos para transparentar la información, la segunda garantiza el acceso de las
personas a la información en posesión de los
Poderes de la Unión, al igual que los órganos
Constitucionales Autónomos.

Si bien la ley abarca principalmente temas
como la preservación, protección y restauración del medio, también estableció el derecho
a la información y los plazos para entrega de
la misma en un contexto donde lo anterior era
inimaginable. El artículo 159 BIS 3 menciona
que “Toda persona tendrá derecho a que la
Secretaría, los Estados, el Distrito Federal y
los Municipios pongan a su disposición la información ambiental que les soliciten, en los
términos previstos por esta Ley.”, con lo cual
se completaba parcialmente el derecho establecido en la CADH de 1969.

Con base en ambas leyes se fomenta la cultura de la transparencia, no como un privilegio,
sino como un derecho humano. Lo anterior es
llevado a cabo por diversos organismos que
promueven el acceso de todos los ciudadanos
a la información pública tales como el Sistema
Nacional de Transparencia en el cual los sujetos obligados suben información y contestan
las solicitudes, el cual trabaja en conjunto con
el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) quien garantiza que la información
sea entregada al solicitante.

Sin embargo, la última parte de la BIS 3 subraya que “En su caso, los gastos que se generen, correrán por cuenta del solicitante.”, es

21 Comisión Nacional de Derechos Humanos, Dere-

cho a la Información, 2017. Recuperado el 14 de abril
de 2022 de: https://cutt.ly/WDK1VS0

El derecho de acceso a la información pública y las lenguas indígenas en México. PP. 28-47

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

El INAI permite al usuario solicitar información
utilizando cualquiera de las siguientes opciones: acudir personalmente a la unidad de
transparencia de la institución; por internet,
utilizando la Plataforma Nacional de Transparencia; por correo electrónico, correo postal,
mensajería, telégrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el sistema nacional, dirigido a la unidad de transparencia del sujeto
obligado cuya información solicita. La mayoría
de los anteriores procedimientos son gratuitos
y el Instituto está obligado a contestar la solicitud en menos de 20 días hábiles.

página no da la opción de cambiar a otra lengua. Al descargar el formato de solicitud de la
página del INAI, el problema es el mismo. Si
bien el INAI ha incluido medidas de accesibilidad para comunidades indígenas, personas
sordas o con discapacidad, esto solo se obtendrá en los resultados, hasta que el formato
sea llenado y enviado. Esta medida vulnera
la identidad del hablante, ya que alienta a un
bilingüismo desigual y le obliga a usar su lengua no como lengua materna, sino como lengua secundaria, ya que para poder comunicarse con la mayoría debe utilizar español. 23

En el caso de la Plataforma Nacional de
Transparencia, esta se encuentra traducida
en alguna de las sesenta y ocho lenguas indígenas existentes en el país.22 Asimismo, el
proceso descrito para ejercer el derecho a la
información, solo está escrito en español y la

El INAI no es la única institución que incurre
en prácticas de bilingüismo sustractivo o acul23 Hagège (1996) define que la relación entre dos len-

guas puede ser de igualdad o de subordinación, dependiendo de las circunstancias sociales y geopolíticas
que existen entre las dos culturas de esos idiomas.

22   De acuerdo al Catálogo de Lenguas Indígenas Na-

Hagège, C., L’enfant aux deux langues. Paris:Odile Ja-

cionales elaborado por el INALI, en México hay 68 len-

cob, 1996. Recuperado el 10 de abril de 2022.

guas indígenas. https://www.inali.gob.mx/clin-inali/

Imagen 1
Fragmento de una solicitud de acceso a la información del INAI

Nota. La imagen muestra un fragmento de la solicitud que
se debe rellenar para solicitar información en el INAI.

Alfredo Islas Colín y Marilyn Sarai Avalos Huesca

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desafiosjuridicos.uanl.mx

turación, aunque algunas han incluido de
manera parcial ciertas lenguas. Con el objetivo de ilustrar de manera clara y precisa lo
anteriormente mencionado, así como a las
instituciones que a nivel nacional integran a
las lenguas indígenas en el proceso de informar y transparentar sus labores, se presenta
la siguiente tabla.
Tabla 1
Instituciones con instrucciones en lenguas
indígenas en México
Institución

Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación se presentan en audios y por escrito
en la página del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), pero
solo en dieciséis lenguas indígenas.25 Por su
parte, el Banco de México también presentó
una Guía de Acceso a la información, la cual
formó parte de su Diagnóstico de Accesibilidad 2017-2020, pero solo en tres lenguas, las
cuales fueron seleccionadas con base en el
criterio del número de estados en los cuales
se utilizan.26

Número de
lenguas

Sin lugar a dudas, se ha avanzado en el ámbito del acceso a la información en el país,
Suprema Corte de Justicia
14
empero, la falta de cumplimiento en el critede la Nación
rio no es exclusiva de las instituciones sino de
las mismas leyes, las cuales no son del todo
Consejo Nacional para
16
claras en la manera en que los sujetos obPrevenir la Discriminación
ligados facilitarán la accesibilidad de la infor(CONAPRED)
mación. El artículo 13 de la LGTAIP menciona
Banco de México
3
que “los organismos procurarán que el acceso
a la información se traduzca en la medida de
Nota.La tabla muestra las instituciones que han
lo posible a una lengua indígena”, dejando la
publicado manuales o guías en lenguas indígeposibilidad de que no se haga. Al analizar de
nas para que sus hablantes puedan solicitar infor- una manera semántica el párrafo anterior, el
mación. En el caso de la CONAPRED, aunque no mensaje es claro en relación a la omisión de
está relacionada con la transparencia, promueve
programas contra la discriminación, pero no tiene
dicha información en todas las lenguas.

indígenas”, 2017. Recuperado el 14 de abril de 2022
de: https://cutt.ly/YDKYJbi
25 La CONAPRED presenta folletos o audios, pero es-

La Suprema Corte de Justicia de la Nación
presentó en el 2017 una Guía de Acceso a la
Información para solicitantes en lenguas indígenas, sin embargo, esta solo se encuentra
disponible en catorce lenguas, y no en todas
sus variantes lingüísticas.24 Los folletos de la

tos no se encuentran disponibles en todas las lenguas.
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. (s/f).
Recuperado el 9 de abril de 2022 de: https://cutt.ly/
APOvrmQ
26 El Sistema de Accesibilidad del Banco de México

se puede encontrar en náhuatl, maya y tseltal. Banco
de México, “Diagnóstico de accesibilidad 2017-2020”,

24 Suprema Corte de Justicia de la Nación, “Guía de

2020. Recuperado el 11 de abril de 2022 de: https://

Acceso a la información para solicitantes en lenguas

cutt.ly/IJqaQnx

El derecho de acceso a la información pública y las lenguas indígenas en México. PP. 28-47

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

dicho paso si no lo considera el organismo,
violentando el derecho del ciudadano.
El uso de la lengua y el acceso a la información
son vitales en la construcción de una sociedad
cimentada en los derechos humanos, pues
ambos conllevan a una vida digna, uno de los
objetivos de la Agenda 2030 y una utopía si
las leyes no son aplicadas de manera equitativa en el país. Sin embargo,27 no son sólo las
instituciones de transparencia quienes deben
encargarse de que se cumpla dicho derecho,
sino también una política pública.
Por ejemplo, el uso exclusivo de medios electrónicos de comunicación para informar da
continuidad a los patrones de discriminación
en relación a las comunidades indígenas, ya
que varias de ella no cuentan con servicios
como energía eléctrica, por ende, tampoco internet. Es necesario que la transparencia sea
intercultural, accesible y empática con todos
los ciudadanos.

SCJN, BANCO DE MÉXICO, CONAPRED…)
no realizan las traducciones en sesenta y
ocho lenguas indígenas y trecientas sesenta y
cinco variantes constituyen actos de discriminación.
a) De

Conformidad con el Comité de Derechos Humanos de la ONU, la discriminación tiene los elementos28 siguientes:
b) Es toda acción u omisión que implique
trato diferenciado (distinción, exclusión,
restricción o preferencia29 a personas en
igualdad de condiciones;
c) que tengan por objeto o por resultado
anular o menoscabar el reconocimiento,
goce o ejercicio;
d) no toda diferenciación de trato constituirá una discriminación, si los criterios
para tal diferenciación son razonables y
objetivos y lo que se persigue es lograr
un propósito legítimo en virtud del Pacto.
e)
el trato no significa identidad en
toda circunstancia.

Las autoridades tienen la obligación de ga- De manera específica, la comunidad internarantizar el ejercicio pleno de los derechos hu- cional garantiza el uso de las lenguas originamanos, en los que “todas las personas” sin rias mediante las tres regulaciones siguientes:
distinción, todos los pueblos y comunidades
indígenas puedan hacer efectivos sus dere1. si el trato diferenciado se realiza por
chos. Por lo que, si las autoridades (INAI,
“medios de comunicación de masas”
a los pueblos o comunidades indíge27 Leopoldo Maldonado Gutiérrez Maldonado, director

de Artículo 1, se pronunció a favor de mecanismos que

28 Comité de Derechos Humanos de la ONU, “ Ob-

favorezcan la transparencia en lenguas indígenas en

servaciones generales, número 18, 37º período de se-

el marco de la Feria de las Lenguas Indígenas Nacio-

siones”, 1989.Recuperado el 30 de marzo de 2022 de:

nales. Secretaría de Cultura, “Especialistas dialogan

https://cutt.ly/hJqsAdQ

sobre mecanismos para que las comunidades indíge-

29 Convención Internacional sobre la Eliminación de

nas ejerzan su derecho de acceso a la información”,

Todas las Formas de Discriminación Racial, “Artículo

2020. Recuperado el 5 de abril de 2022: https://cutt.ly/

1”, 1969. Recuperado el 30 de abril de 2022 de: https://

UDLEpkM

cutt.ly/8HiLT9D
Alfredo Islas Colín y Marilyn Sarai Avalos Huesca

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desafiosjuridicos.uanl.mx

nas por el uso de lengua, es violatorio
del artículo 3º de la Declaración sobre
los Principios Fundamentales Relativos a la Contribución de los Medios
de Comunicación de Masas al Fortalecimiento de la Paz y la Comprensión Internacional, a la Promoción de
los Derechos Humanos y a la Lucha
Contra el Racismo, el Apartheid y la
Incitación a la Guerra. El sólo título
de éste instrumento internacional
muestra la gravedad de los efectos
de dicho trato diferenciado.
2. Si el trato diferenciado de la autoridad se realiza a pueblos o comunidades indígenas por origen lingüístico de las minorías30 es violatorio del
artículo 1 de la Declaración sobre los
Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas.
3. Si el trato diferenciado a las leguas
de los pueblos y comunidades indígenas contituye violación del “principio la igualdad ante la ley” y de
“prohibición del principio de no discriminación” constituyen violaciones de
ius cogens, de normas imperativas,
que consisten en “la expresión de la
comunidad internacional que toma
conciencia de si misma y los valores
en cuyo reconocimiento descansa y
se constituye,” 31 previsto en el Trata-

do de Tratados, en la Convención de
Viena sobre el Derecho de los Tratados, en el artículo 53, que señala
que: “Es nulo todo tratado que en el
momento de su celebración, este en
oposición con una norma imperativa
de derecho internacional general”.
La cual consiste en aquella “norma
aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su
conjunto como norma que no admite
acuerdo en contrario y que solo puede ser modificada por una norma ulterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter.
IV. MARCO NORMATIVO DE TRANSPARENCIA A NIVEL ESTATAL
El Instituto Nacimiento de de Lenguas Indígenas (INALI) realizó un catálogo de lenguas
indígenas mexicanas con sus respectivas variantes, tal y como lo menciona el artículo 20
de la LGDLPI. Dicho documento sirve para
visibilizar la existencia de otras lenguas pertenecientes a diversas familias lingüísticas y
que tuvieron su origen en los pueblos indígenas.

El número de lenguas es diverso en cada estado, al igual que la ley estatal que representa
a cada una de las treinta y dos entidades federativas. Para el presente artículo se tomaron
en cuenta los estados de Ciudad de México,
30   Declaración Sobre Los Derechos De Las Personas Estado de México, Yucatán, Chiapas, OaxaPertenecientes A Minorías Nacionales o Étnicas, Reli- ca y Tabasco, ya que en ellos se encuentra
giosas y Lingüísticas,” Artículo 1”, 1992. Recuperado el el mayor número de lenguas y hablantes, por
19 de abril de 2022 de: https://cutt.ly/QJqgdNo
ello se presentarán casos concretos y se ana31   Gómez Robledo, Antonio, “Ius Cogens internacional (estudio histórico crítico)”, UNAM. IIJ, 1982, p. 223. Recuperado

el 30 de abril de 2022.

El derecho de acceso a la información pública y las lenguas indígenas en México. PP. 28-47

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Desafíos Jurídicos

lizará la ley estatal de transparencia de cada
uno de ellos.32
La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la
Ciudad De México (LTAIPRC) es de las pocas
leyes estatales que toma en cuenta a las lenguas indígenas en relación al cumplimiento de
la misma. El artículo 12 de la LTAIPRC (2016)
menciona que “En la medida de su capacidad
presupuestal, atiendan y resuelvan los asuntos en la lengua de los pueblos y barrios originarios, y comunidades indígenas residentes
de la Ciudad de México.”.33
Con base en lo anterior, el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública,
Protección de Datos Personales y Rendición
de Cuentas de la Ciudad de México (INFO) y
la Secretaría de los Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes
(SEPI) lanzaron la campaña “Pregunta en tu
lengua” en el 2019. Lo anterior tiene por objetivo la visibilización y la inclusión de los hablantes de lenguas indígenas, así como para
disminuir la desigualdad que impera entre el
español y las otras sesenta y ocho lenguas
existentes en el territorio nacional. 34

La campaña previa es importante, ya que de
acuerdo al INALI, hay 45 lenguas distintas en
dicha ciudad, las cuales acrecientan la multiculturalidad de la urbe. Hay diversos factores que pudieron causar dicha migración, sin
embargo, la búsqueda de trabajo y mejores
oportunidades de vida pueden ser factores
imperantes.
Tabasco es uno de los primeros estados en
traducir material de difusión relacionado con
acceso a la información en lenguas indígenas.
Con lo anterior cumple lo mencionado por el
artículo 11 de la Ley de Transparencia y Acceso a la información pública del Estado de
Tabasco (LTAIPET) el cual establece que es
obligación de garantizar la información por todos los medios, pues lo contrario derivará en
discriminación.35 La LTAIPET fue establecida
en el año 2015, siendo el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública el
encargado de verificar el cumplimiento de sus
192 artículos.
En el 2017 el ITAIP tradujo los formatos de
solicitud de información y recurso de revisión,
al igual que trípticos, panfletos y otros materiales de difusión en tres lenguas indígenas:
chontal-yokot’an, ch’ol y tsotsil.36 Es verdad

32   Se toma en cuenta el Cuadro 3 Lenguas Indígenas

contempladas en la Estadística Básica de la Población

“Info Y Sepi Lanzan La Campaña Pregunta En Tu Len-

Hablante de Lenguas Indígenas Nacionales elaborado

gua, Para Difundir El Acceso A La Información Entre

por el INALI en el 2015. https://cutt.ly/zGfOmLm

Comunidades Indígenas”, 2019. Recuperado el 18 de

33

Ley De Transparencia, Acceso a la Información

abril de 2022 de: https://cutt.ly/TDFl8Dj

Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de Méxi-

35 Ley de Transparencia y Acceso a la información

co, 2016. Recuperado el 6 de abril de 2022 de: https://

pública del Estado de Tabasco, 2015. Recuperado el

cutt.ly/EDZ93Tu

19 de abril de 2022 de: https://cutt.ly/8DZ2GMx

34 Instituto de Transparencia, Acceso a la Información

36 El proyecto se realizó en colaboración con La Del-

Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de

egación de la Comisión Nacional para el Desarrollo de

Cuentas de la Ciudad de México Boletín: DCS/134/19,

los Pueblos Indígena. INPI Prensa, TABASCO. CDI

Alfredo Islas Colín y Marilyn Sarai Avalos Huesca

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que en Tabasco hay alrededor de 26 lenguas
indígenas, sin embargo, son cinco las principales si se toma en cuenta el tseltal y el ayapaneco, sin embargo, la disponibilidad de recursos e información en lenguas indígenas
ello la posibilidad de garantizar el derecho de
más del 60% de las lenguas existentes en dicho estado.
Yucatán tiene varias lenguas indígenas en su
territorio, el maya es la lengua indígena mayoritaria con más de medio millón de hablantes de acuerdo al informe del INALI,37 sin embargo, también hay población ch’ol, tseltal y
náhuatl, la cual no fue incluida. Yucatán tiene
una ley estatal de transparencia que no incluye un artículo que imponga el uso de lenguas
indígenas durante los procesos o en las campañas de concientización sobre la transparencia. Sin embargo, en el 2020 se convirtió en el
primer Estado en traducir la Ley General de
Transparencia a una lengua indígena, el maya,38 aunque no es su única lengua, hay 27
más. Aunado a lo anterior, es el único estado
que cuenta con una línea telefónica en maya
para atender a los hablantes de dicha lengua
que deseen acceder a cierta información en
específico.

Oaxaca es uno de los estados con menor participación ciudadana en relación a la rendición
de cuentas. Lo anterior obedece a causas
multifactoriales entre las que destacan la pobreza, el poco o nulo acceso a la tecnología y
la falta de conocimiento de sus derechos por
parte de la población. De igual manera, al ser
un estado con una gran población indígena y
con más de 40 lenguas habladas, cada una
de las etnias cuenta con una manera de manejar la rendición de cuentas. 39
La falta de obligatoriedad de medios alternos
en la LGTAIP, lo cual resulta en una discriminación hacia la población que no tiene acceso a una computadora o celular.40 Si bien el
Instituto de Acceso a la Información Pública
y Protección de Datos Personales del Estado
de Oaxaca (IAIPPDPEO) publicó en su página de internet folletos en chinanteco, mazateco, mixe, mixteco bajo, triqui y zapoteca, no
cubre ni siquiera el 25% de las lenguas existentes en su territorio.41 La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para
el Estado de Oaxaca es clara en relación al
uso de las lenguas indígenas en el artículo
39   Juan-Martínez, V., “Fiscalizando la autonomía. Es-

tado, pueblos indígenas y rendición de cuentas”, Retraduce a las lenguas chontal-yokot’an, ch’ol y tsotsil

vista de Ciencias Sociales, Núm. 65, 2019, 115-134.

materiales de difusión, 2017. Recuperado el 22 de abril

Recuperado el 13 de abril de 2022 de: https://cutt.ly/

de 2022 de: https://cutt.ly/ODLxM2t

HGfA4Tb

37 Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, “Catálogo

40   Chávez Martínez, Juan Carlos, “Datos abiertos para com-

de Lenguas Indígenas Nacionales”, 2015. Recuperado

batir”, Universidad de Guadalajara, 2020. Recuperado el 3 de

el 10 de abril de 2022: https://www.inali.gob.mx/clin-in-

abril de 2022: https://cutt.ly/EJwwFI9

ali/

41 Instituto de Acceso a la Información Pública y Pro-

38   Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública, Pre-

tección de Datos Personales del Estado de Oaxaca,

senta Inaip Yucatán Ley General de Transparencia en lengua

“Acceso a la información en Lenguas Indígenas”, (s/f).

maya, 2020. Recuperado el 15 de abril de 2022: https://cutt.

Recuperado el 13 de abril de 2022 de: https://cutt.ly/

ly/pDKiY5c

hGfACGH
El derecho de acceso a la información pública y las lenguas indígenas en México. PP. 28-47

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

15, con base en el cual se espera que progresivamente puedan integrarse a los medios
para permitir a la población acceder a este
derecho.42
Por otra parte, Chiapas es claro en relación al
derecho a la información, pues en el artículo 7
de su Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Chiapas menciona que
“toda persona cuenta con el derecho de acceso a la información”.43 Con base en ello, el
Instituto de Acceso de Información Pública de
Chiapas ha hecho lo propio, ya que presentó
la Ley de Transparencia en ​​tzotzil, tzeltal y zoque en el 2021.44
Sin embargo, a pesar de que dichos actos
coadyuvan al acceso de ciertos derechos, el
avance es parcial no total, ya que no se incluyen a la mayoría de las lenguas del estado.
Además, si bien la ley se encuentra en las lenguas antes mencionadas, es poco probable
que los integrantes de dichas comunidades
puedan acceder totalmente a ellas debido a la
brecha digital existente. En Chiapas hay cuarenta y cinco lenguas de acuerdo, doce principales y endémicas: mam, jakalteco, tsotsil,

tojolabal, teko, qato’k, tseltal, lacandón, zoque, ch’ol, chuj, q’anjob’al. Al solo incluir tres
de las doce lenguas, se está discriminando a
casi 75% de las lenguas existentes en dicho
estado.
Por otra parte, en el Estado de México se interpuso un recurso en el 2021 para solicitar la
traducción del acta de la última sesión del Comité de Transparencia, en la lengua otomí, ya
que la persona había solicitado el documento
en dicha lengua indígena y la recibió en español. De tal manera, el Pleno del Instituto de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios falló a favor de
quien había llevado a cabo el recurso.45 Sin
embargo, la ley del acuerdo que menciona las
pautas que los sujetos obligados deben seguir
para generar información está desde el año
2015 en el DOF. Dicho acuerdo establece
que la traducción de los documentos solicitados debe hacerse de manera imperante en
lenguas indígenas.46
El artículo 4 de la Ley General de Derechos
45 Instituto de Transparencia, Acceso a la Información

42 Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública y Protección de Datos Personales del Estado

Pública para el Estado de Oaxaca, 2016. Recuperado

de México, “Debe garantizarse el acceso a la infor-

el 17 de abril de 2022 de: https://cutt.ly/yGh05zx

mación en lenguas indígenas”, 2021. Recuperado el 14

43 Ley de Transparencia y Acceso a la Información

de abril de 2022 de: https://cutt.ly/YDFxWW8

Pública del Estado de Chiapas, 2021.Recuperado el 3

46 Diario Oficial de la Federación, “Acuerdo mediante

de abril de 2022 de: https://cutt.ly/aDZ7D24

el cual se aprueban los Lineamientos que los sujetos

44 Instituto de Transparencia, Acceso a la Información

obligados deben seguir al momento de generar infor-

y Protección de Datos Personales del Estado de Chi-

mación, en un lenguaje sencillo, con accesibilidad y tra-

apas, “ITAIPCH, IAIP CHIAPAS y UNICH presentan

ducción a lenguas indígenas”, 2016. Recuperado el 13

traducción al tzotzil, tzeltal y zoque de la ley de trans-

de abril de 2022 de: https://cutt.ly/hDLpLKA

parencia”, 2021. Recuperado el 19 de abril de 2022 de:
https://cutt.ly/UDKTOWW
Alfredo Islas Colín y Marilyn Sarai Avalos Huesca

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Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, dispone que las lenguas indígenas y el español
son lenguas nacionales, mientras que el artículo 7o de dicha ley subraya que todas las
lenguas existentes en el territorio nacional son
igual de válidas “para acceder plenamente a
la gestión, servicios e información pública”, lo
cual obliga a las instituciones a incrementar y
aplicar las políticas públicas creadas en relación a la igualdad de los hablantes de lenguas
indígenas en el país.

Asimismo, es importante capacitar y contratar
traductores de dichas lenguas para que mínimo las leyes estén sesenta y ocho lenguas
nacionales y no en las catorce o dieciséis de
siempre. Las prácticas de asimilación y discriminación no deben ser normalizadas en
ningún organo gubernamental o nivel de gobierno, ya que provoca que las lenguas sigan
desapareciendo debido a la falta de apoyo de
las autoridades.

Es necesario entender que se discrimina al
Aunado a ello, el Convenio 169 de la Organi- hablante al no incluir su lengua y se viola la
zación Internacional del Trabajo, ratificado por “pluricultaridad” sustentada en los pueblos
México el 5 de septiembre de 1990, en sus indígenas y el derecho al uso, preservación
artículos 2, 3 y 4, refiere a la no discriminación y enriquecimiento de las lenguas indígenas,
de los pueblos indígenas, así como el respeto previstos en la constitución y en los tratados
a los derechos de los mismos. Es claro que lo internacionales, así como en la ley de dereanterior es un reto en un país plurilingüe y con chos lingüísticos de los pueblos indígenas. Lo
falta de mecanismos accesibles y cultural- cual afecta su derecho a la transparencia, que
mente apropiados para toda la población, por puede desembocar en conflictos para acceder
ende, se debe apelar a la objetividad cuando plenamente a servicios de salud, educación y
se apele a las políticas públicas.
justicia.
CONCLUSIONES

REFERENCIAS:

Es necesario alcanzar una cultura de la transparencia, en la cual no solo se publique en
las lenguas mayoritarias, sino también en las
minoritarias, pues no hay una lengua más importante que otra. La distinción es violatoria
de los principios de “igualdad ante la ley” y del
“principio de no discriminación”. No importa el
número de hablantes para ello. Las lenguas
minoritarias se mueren porque no se les visibiliza ni se busca que no desaparezcan. La
homogeneidad que se está expandiendo en el
país, ya que está invisibilizando a sus hablantes y sus derechos sin propiciar un diálogo interinstitucional.

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Lázaro Enrique Ramos Portal (Universidad Autónoma de Nuevo
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La sexualidad como bien jurídico y la protección penal de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer. pp. 48-71 Fecha de
publicación en línea: 31 de julio del 2022.
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La sexualidad como bien jurídico y la protección penal
de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer
Sexuality as a legal right and the legal protection of the sexual and reproductive
rights of women
Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: Lázaro Enrique Ramos Portal*

* https://orcid.org/0000-0002-7478-6371
Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen. El presente artículo versa sobre la importancia de reconocer a la sexualidad humana como un bien jurídico general y su trascendencia para la protección penal de los derechos
sexuales y reproductivos de la mujer, considerada una necesidad universal que depende, en
gran medida, de la manera en que el Derecho reacciona ante las directrices políticas. Para dar
cumplimiento a los objetivos investigativos el autor señala algunos antecedentes normativos
que muestran la inequidad de género y la discriminación que ha predominado en la construcción y el análisis de los delitos sexuales; describe la influencia de ciertos criterios sexistas
dentro de la Política criminal y la forma en que estos han calado en los modelos legislativos;
argumenta sobre los requerimientos para integrar las relaciones humanas, vinculadas al ejercicio de la sexualidad, en la concepción de bienes jurídicos; expone cómo se muestra esta
tendencia en las leyes penales sustantivas de Cuba y México; y recomienda el uso de las definiciones sobre derechos sexuales y reproductivos que aportan los expertos de organismos y
comunidades internacionales.
La metodología de estudio se basó en el análisis de contenido legal y tomó, como referente
teórico, los postulados doctrinales sobre los bienes jurídico-penales, lo cual permitió arribar a
conclusiones relevantes sobre la necesidad de actualizar los sistemas normativos para la protección penal de los derechos sexuales y reproductivos, incorporando el enfoque de género y
generacional.
Palabras clave: Delitos sexuales, Derecho penal, discriminación, género, Política criminal,
violencia sexual

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Abstract. The present article is about the importance of recognizing human sexuality as a general legal right and its relevance to the legal protection of the sexual and reproductive rights
of women as a universal need that is largely dependent on the way that Law reacts to political
guidelines. In order to achieve the aims of research, the author highlights some normative
backgrounds that reveal gender inequality and discrimination issues that have prevailed in the
construction and analysis of sex offenses. He also describes the impact of certain sexist views
of the criminal policy and how they have become established in legislative models and the requirements to incorporate human relations related to the exercise of sexuality into the conception of legal rights. Likewise, he shows this trend becomes manifest in the substantive criminal
laws of Cuba and Mexico and recommends the use of definitions of sexual and reproductive
rights provided by experts from international bodies and communities.
The methodology of this study was based on the analysis of legal contents and used as a theoretical referent the doctrinal postulates of legal-criminal rights, which led to relevant conclusions
on the need to update the current normative systems with a view to the legal protection of sexual and reproductive rights through and gender-inclusive and generational approach.
Keywords: Sex offenses, Criminal Law, discrimination, gender, Criminal Policy, sexual violence

INTRODUCCIÓN
La violencia sexual es un fenómeno complejo
que se materializa mediante el despliegue de
conductas humanas individuales o colectivas;
que usa mecanismos de poder estructurales,
culturales o directos para propiciar abusos,
ataques, lesiones, amenazas o actos de discriminación por razón del sexo, el género, la
edad, u otras condiciones, de manera opuesta
a la voluntad expresa o tácita de sus víctimas
y que menoscaban la sexualidad humana; representando una vulneración de los derechos
sexuales y reproductivos concebidos como
derechos humanos.
Los delitos sexuales son la parte criminalizada de la violencia sexual y deben mantenerse

configurados de acuerdo con la realidad social y los avances del conocimiento científico.
A los legisladores y hacedores de política criminal se les hace difícil responder a las demandas de prevención de la violencia sexual
contra la mujer, porque necesitan sostener un
discurso de género que no cuestione la naturaleza de las estructuras sociales (familia, comunidad, centros laborales o de estudio, entre
otras), sino la forma en que predominantemente están distribuidos los roles de género a
lo interno de esas estructuras, basados en la
subordinación femenina y el poder patriarcal.
Esta desigualdad dentro de las estructuras
sociales es asumida por la Política criminal y
legitimada por el Derecho penal en cualquier
sociedad. Los estereotipos de género contri-

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buyen a definir, con parcialidad, las formas y
mecanismos con que se aborda el fenómeno
de la violencia sexual que afecta a las mujeres, es decir, delimitan el campo de acción del
control social y los fundamentos de la reacción penal ante una manifestación evidente
de violencia de género.
El sistema de género, los criterios generacionales y los preconceptos sobre la sexualidad humana influyen en la construcción de
los bienes jurídicos que pretenden proteger a
las mujeres, de cualquier edad, de las transgresiones sexuales, por lo cual, su contenido
(como un conjunto de intereses y relaciones
sociales estables) será el reflejo de una época, de una voluntad política y del criterio de
actualidad seguido por los legisladores.
El misticismo histórico que rodea a la sexualidad humana determina que muchos de los
delitos preceptuados para prevenir y castigar
la victimización sexual y reproductiva están, a
su vez, cargados de sexismo y estereotipos
que impiden una visión integral de las diferencias de género y favorecen la discriminación
ante la ley y al interior de esta.
Lo que propone este artículo es algo bastante
sencillo, si se tienen en cuenta los rodeos que
han dado los juristas para plantear, concretamente, que es preciso proteger la sexualidad
humana en todas sus aristas y que el Derecho
penal puede asumir como fin y objetividad jurídica la protección de los derechos sexuales
y reproductivos ante conductas trasgresoras
de significativa peligrosidad social.
Entre otros objetivos, en este trabajo subyace
la necesidad de demostrar que el Derecho pe-

nal, en materia de delitos sexuales: no recibe
directamente el influjo de la investigación criminológica empírica, carece de una estrategia
interdisciplinar para incorporar los avances
en los estudios de género, subordina sus procedimientos a las soluciones que aportan las
ciencias naturales y biomédicas, no así de las
ciencias sociales, y limita el análisis del fenómeno de la criminalidad sexual a los hechos
atraídos por las normas penales sin ahondar
en las condiciones estructurales que les favorecen.
1. ALGUNOS ABUSOS LEGITIMADOS.
Los prejuicios y estereotipos que han dominado en las concepciones sobre la sexualidad
humana han repercutido en las formas en que
se conciben y respetan los derechos sexuales
y reproductivos en cada sociedad, por tanto,
las restricciones que se aprecian a la libertad
sexual y reproductiva en la actualidad no son
creaciones de nuevo tipo, sino el resultado de
una cultura patriarcal heredada que se legitima mediante su consagración en múltiples
instrumentos normativos. Le ha correspondido
al Derecho, desde la antigüedad, ser el portavoz de las diferencias basadas en estructuras
jerárquicas asociadas con el sexo, el género,
el origen étnico, la edad o la posición social.
Un claro ejemplo es el artículo 209 del Código
de Hammurabi que preceptuaba: “Si un hombre golpea a una hija de hombre y le causa la
pérdida del fruto de sus entrañas, pagará 10
siclos de plata”. En el artículo 210 señala: “Si
esa mujer muere, que maten a su hija.”1 En
1   Código de Hammurabi. Códigos legales de tradición babilónica, Trotta, Barcelona, 1999.

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este caso el hombre responsable respondería
con la vida de su hija y no con la suya propia.
Los historiadores consideran que este Código
babilónico del siglo XVIII a.C. era el principal
ejemplo de la conocida ley del Talión, sin embargo, la forma de retribuir con un castigo por
la conducta anterior muestra una adaptación
patriarcal sui generis a los supuestos parámetros de proporcionalidad que regían en esa
época.
Las reglas del talión también retroceden ante
las clases sociales: “Por las esclavas se abonará a su dueño una pequeña suma de dinero
si se le provoca el aborto mediante golpes (Artículo 213) y si muere solo pagará 1/3 de mina
de plata (artículo 214).”2
En el Código de Hammurabi se estipulaban
penas bastante benévolas por actos de agresión a las mujeres; sin embargo, en la Biblia,
aparecen reacciones excesivas en temas de
protección a la sexualidad masculina, hasta
prever la mutilación como pena para una mujer que atente contra los órganos genitales de
un hombre, mandando que: “Si dos hombres
se están golpeando, y se acerca la mujer a
uno de ellos para defender a su marido y agarra al otro por las partes genitales, ustedes
ordenarán sin ninguna compasión que se le
corte la mano a la mujer.”3

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bleciendo que: “si una mujer, muy pagada de
su familia y de sus cualidades, es infiel a su
esposo, el rey la haga devorar por los perros
en un lugar muy frecuentado.” 4
En Atenas el castigo para el adulterio consistía
en arrancar los cabellos a la mujer adúltera y
derramar cenizas calientes sobre su cabeza.5
“Desde el período clásico ateniense se desarrolló una posición misógina ante las diferencias sexuales; se identificó al sexo masculino
como superior y condicionante, y al femenino
como inferior y condicionado a las exigencias
del primero. La mujer era reducida a una mera
cosa y tenía dos funciones: como esposa legítima en el ámbito de la familia patriarcal monogámica o representaba un medio natural para
el desahogo del instinto sexual del varón.”6
En Roma, el marido era el único facultado para
acusar a la mujer adúltera y tenía derecho de
matar a la culpable y a su “cómplice” si los sorprendía en el acto flagrante. La Lex Iulia de
Adulteris del año 18 a. C. autorizó la acción
pública y el derecho ciudadano a denunciar el
adulterio y se transformó el poder de matar a
los infieles, por su relegación y trato infamante.

4   Fontán, Carlos. Delitos sexuales, 2da. Edición, Depalma,
Buenos Aires, 1953, p. 17.
5   Fontán, Carlos. op. cit., p. 18.

Una de las prescripciones más brutales referente a una conducta femenina es aquella que
indica la forma de represión del adulterio en
el versículo 371 de las Leyes de Manú, esta-

6   Vid. Greco, Luigi; Grimani, Daria. La vendita di bambini, la
prostituzione e la pornografia minorile, CE.DI.S. di Stefano
Conti Editore, Roma, 2005, p. 42. Según Demóstenes: “Las
cortesanas existen para el placer; las concubinas, para los
cuidados cotidianos; las esposas, para tener una descenden-

2   Código de Hammurabi, Ibidem.

cia legítima y una fiel guardiana del hogar” Foucault, Michel.

3   Deuteronomio 25.11 – 12. La Biblia de estudio. Dios habla

Historia de la sexualidad II. El uso de los placeres. Siglo XXI

hoy, Sociedades Bíblicas Unidas, Brasil, 2013, p. 193.

Editores, 1999, p. 132.

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El castigo de la mujer adúltera fue rescatado por el Código penal franquista, en pleno
siglo XX; “reinstauraba la “vindicta in honore” o la muerte de la esposa infiel a manos
de un esposo que solo era desterrado por
el juez o la jueza (lo que fue un incentivo
para el crimen más que una disuasión o
verdadera pena). Este artículo duró hasta
la reforma del Código español de 1963.”7 El
adulterio (principalmente femenino) es considerado un acto reprobable y castigado aún
en: Arabia Saudita, Afganistán, Catar, Emiratos Árabes Unidos, Irán, Kuwait, Marruecos, Mauritania, Omán, Pakistán, Sudán y
Yemen.
A comienzos del siglo XX, en Estados Unidos, se impuso la esterilización forzada por
causas eugenésicas, punitivas o anticonceptivas. El estado de Indiana fue el primero
en legalizarla en 1907. Su desarrollo se debió a la trascendencia que el positivismo criminológico les imprimió a las supuestas bases “científicas” de las teorías biogenéticas
sobre la transmisión hereditaria de los estigmas criminales e instintos perversos. Más
de 65.000 individuos fueron esterilizados en
33 estados norteamericanos, principalmente amerindios y mujeres afroamericanas.8
La población afectada por la esterilización
fue mayormente femenina; pero incluyó a
discapacitados físicos y mentales, minorías
étnicas y algunos criminales lujuriosos, en-

contrados responsables por delitos sexuales.9
El programa de esterilización más radical fue
ejecutado por el Tercer Reich en la Alemania
nazi y alcanzó a cerca de 400 000 personas;
fue legalizado en 1933.10 También tuvieron
programas de esterilización con reconocimiento legal otros países como: Suecia, Japón, India, China, Perú, Uzbekistán, Australia,
Noruega, Finlandia, Estonia, Eslovaquia, Suiza, Islandia, Puerto Rico y Checoslovaquia.
El amparo legal a estas cuestionadas acciones humanas fue sustentado en una manipulación prejuiciosa de los bienes jurídicos, utilizando argumentos que justificaban supuestos
beneficios étnicos, sociales o para la salud colectiva, sin cuestionar que tales medidas eran
contrarias a los derechos humanos.
El Derecho fue y es utilizado para transmitir
credibilidad en las formas de reacción social
que promueven los intereses políticos, buscando que la sociedad acate sus directrices
mediante el convencimiento o la coacción. De
la misma manera la Política criminal interviene en la reacción penal: buscando enemigos,
segmentando las áreas de protección, criminalizando conductas y creando tipos penales
a conveniencia de los procesos de selección
y persecución penal, lo cual trasciende a las
formas en que son apreciadas las diferencias
al interior de los modelos legislativos.

7 Lacasta, José I. “Género y ambivalencia del Derecho y de
su sistema penal”, Análisis del Código Penal desde la pers-

9   Sobre sanidad humana y eugenesia Vid. Valentí, I. Crimi-

pectiva de género, EMAKUNDE – Instituto vasco de la mujer,

nales lujuriosos y agresividad psicosexual, Antonio Virgili, S.

Vitoria-Gasteiz, 1998, p. 25

en C., Barcelona, 1911, pp. 9 y ss.

8   Passím. Kevles, Daniel. In the name of eugenics: Genetics

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Desafíos Jurídicos

2. EL RECONOCIMIENTO DE LAS DIFERENCIAS EN LOS MODELOS LEGISLATIVOS.
Mientras la mayoría de los delitos han sido
admitidos como perseguibles de oficio o a
instancia de las autoridades en el ejercicio
de la acción pública; los delitos sexuales
han sostenido varios requisitos de procedibilidad y un velo de impunidad que obedece, en gran medida, a las concepciones
sobre la privacidad y la intimidad que utiliza
el Derecho para poder mantenerse alejado
del contexto de las relaciones sexuales y reproductivas.
Las concepciones acerca de la intimidad y
la privacidad so pretexto de protección de
los derechos individuales y familiares supuestamente “privados” constituyen una
fuente de desigualdades; sus postulados
han trascendido debido a la consolidación
de normas sociales y culturales que limitan
la intervención estatal y aseguran la dominación masculina, separando los ámbitos de
intervención legal, entre lo público y lo privado; lo que, a su vez, influye en la invisibilización y naturalización de las desigualdades
que se manifiestan en el construido “ámbito
privado”.

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espacio privado, las feministas han usado la
afirmación: “Lo personal es político”. 11
Las diferencias de género que se solapan en
el ámbito privado se proyectan hacia el Derecho y este, a su vez, las desarrolla en varios
modelos legislativos que, a criterio de Ferrajoli,12son perfectamente distinguibles:
1. Modelo de indiferencia jurídica de las
diferencias:
Fue el predominante desde el siglo XVII hasta la primera mitad del XX, cuando el poder
patriarcal determinaba el carácter asimétrico
de las relaciones sociales de dominación y las
diferencias entre hombres y mujeres eran obviadas o evadidas por el Derecho.13
El Derecho obviaba las diferencias porque
estas no eran el centro de las demandas sociales y las normas eran redactadas por hombres. Como el Derecho obedece a un infalible
carácter histórico, trató las inequidades como
una consecuencia natural de los roles desarrollados por los individuos en sociedad y enmascaró los procesos discriminatorios; con lo
cual, según plantean Facio y Fries: “se encar11   Fries, Lorena. “Lo privado y lo público. Una dicotomía fatal”, Género y Derecho, Corporación de Desarrollo de la Mu-

La protección y respeto del ámbito privado
no significa que el Derecho deba retraerse
a lo que allí ocurre. Según Fries: “La crítica
feminista a la distinción público/privado, ha
sido usada para marcar que el hecho de ubicar a las mujeres en lo privado ha permitido
sustraerlas de lo público, en el sentido de la
protección legal a sus derechos.” Para darle
importancia a los eventos que ocurren en el

jer, Santiago de Chile, 1999, p. 40.
12   Ferrajoli, Luigi. “Igualdad y diferencia”, en Derechos y garantías. La ley del más débil, Trotta, Madrid, 2003, pp. 73 y
ss. Ávila, Ramiro. “Género, Derecho y Discriminación. ¿Una
mirada masculina?”, La discriminación de género en el Derecho y sus expresiones en la legislación y en la práctica jurídica, Serie justicia en clave de género / No. 1, Yamila González
(Compiladora), UNJC, La Habana, 2012, pp. 19 – 25.
13   Ferrajoli, Luigi. op. cit., p. 74.

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gó de facilitar el traspaso de un determinado
modelo político, social y sexual a las futuras
generaciones.”14
2. Modelo de diferenciación jurídica de las
diferencias:
Según Ferrajoli este modelo: “se expresa en
la jerarquización de las diferentes identidades”.15 Está basado en el principio de igualdad
formal “igual para los iguales y desigual para
los desiguales”. Como hombres y mujeres son
diferentes, a cada uno compete una esfera de
actuación en los espacios públicos y privados,
un conjunto de roles que no es permitido intercambiar; por lo que cualquier intromisión en
la esfera del otro es un presupuesto para la
corrección de las conductas.
Esto significa que el Derecho tendrá una normativa que pretende ser igualitaria y neutral
cuando, en realidad, está admitiendo que
existen ciertas diferencias que son irresolutas
y crea respuestas diferenciadas en su contexto, donde los parámetros de igualdad deben
acondicionarse a las características de cada
individuo, en dependencia de sus condiciones
de género, socioeconómicas, entre muchas
otras; pero sin proponer cambios ni hacer críticas al statu quo.

“desiguales”, escogidos mediante procesos
de selección discriminatorios o dudosos.
Si se tiene en consideración que las leyes penales están preconcebidas para ser más aplicadas a los hombres como, de hecho, ocurre. Las mujeres tendrán una triple dificultad
al incurrir en una conducta delictiva, pues se
arriesgan a que se les reproche el hecho antijurídico, su manera de comportarse históricamente masculina y su abandono de los roles
de género asociados a su obligación de cuidado familiar.
3. Modelo de homologación jurídica de
las diferencias:
Consiste en una estrategia jurídica para sobrevalorar la identidad masculina y sus características, por la cual se pretende que las
mujeres alcancen los derechos y beneficios
que ya ostenta el hombre, concebido como
ser privilegiado.16
Según Ávila: “En términos jurídicos, se reconoce los valores positivos de lo masculino, se
desconocen las características femeninas y
se regulan las relaciones de tal forma que fomenten el acercamiento a los privilegios masculinos.”17

Para teóricos y operadores el sistema jurídico
es perfecto, solo hay que adaptarlo a dar respuesta a los actos de los considerados “iguales” y a los de aquellos reconocidos como

El sistema jurídico y sus operadores captan,
reproducen y generan estereotipos de actuación humana; así sientan las bases de conformación de los roles y estatus individuales y

14 Facio, Alda; Fries, Lorena. “Feminismo, Género y

16   Este es el sistema que predomina en la Ley 62/1987,

Patriarcado”, Género y Derecho, Corporación de Desa-

Código penal cubano. Vid. Ferrajoli, Luigi. op. cit., p.

rrollo de la Mujer, Chile, 1999, p. 4.

75.

15   Ferrajoli, Luigi. op. cit., p. 74.

17   Ávila, Ramiro. op. cit., p. 22.
Lázaro Enrique Ramos Portal

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Desafíos Jurídicos

grupales, resaltando la superioridad masculina. Esto influye en que el sexo tienda a aparecer como la pauta más diferenciadora y difícil
de homologar en el contexto jurídico, ya que
muchas de las instituciones jurídicas (como la
legítima defensa, con sus requisitos de proporcionalidad e inmediatez); están concebidas para actuaciones típicamente masculinas
que las mujeres tienen dificultades de emular
y, por tanto, se limitan sus derechos a beneficiarse de las respuestas legales.
4. Modelo de valoración jurídica de la diferencia:
Conocido como modelo de la equidad o de la
igualdad sin discriminación, “garantiza a todos
su libre afirmación y desarrollo, no abandonándolas al libre juego de la ley del más fuerte
sino haciéndolas objeto de esas leyes de los
más débiles que son los derechos fundamentales.”18Para algunos autores, este modelo se
basa en el principio de la justicia,19incorpora la
igualdad de género, reconoce las diferencias
características y supera los aspectos discriminatorios de las tres variantes anteriores.

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pertenecen a distintos sexos, razas, etnias,
clases sociales. El principio de igualdad está
estrechamente relacionado con el ejercicio de
la tolerancia: el reconocimiento del otro o de la
otra como igual, es decir, que siendo distinto o
distinta, tiene los mismos derechos y responsabilidades.”20
La complejidad de las relaciones sociales indica que solo desde la equidad puede afrontarse cada situación desventajosa en un plano
de igualdad. La equidad jurídica y social implica acceso igualitario a la justicia y un trato
equivalente de acuerdo con las diferencias,
las cuales se caracterizan por su interseccionalidad y exceden la identidad sexual y de
género porque se combinan con otras condiciones como: la etnia, el color, la casta o situación socioeconómica, el idioma, la religión,
la opinión política, el origen, el estado civil, la
maternidad, la edad, la educación, la salud,
la discapacidad, la propiedad, la privación de
libertad, entre muchas otras.

La equidad está contenida en el principio de
igualdad y no discriminación; se sustenta en
normas prohibitivas que inhiben las actuacio“La igualdad no se define a partir de un crite- nes propiciatorias de discriminación y el trato
rio de semejanza, sino de justicia: se otorga el desigual, o a partir de la formulación de normismo valor a personas diversas, integrantes mas afirmativas, que incentivan las conductas
de una sociedad. La igualdad es importante y medidas igualitarias, justas, equitativas y
justamente entre diferentes, ya que se trata que estimulen la no discriminación. La equide una convención social, de un pacto, según dad depende de las concepciones y modelos
el cual se reconoce como iguales a quienes que asumen y transmiten los diferentes sistemas normativos.
18   Ferrajoli, Luigi. Ídem, p. 76.
19   Torres, Isabel. “La aplicación de la cuota mínima de

participación de las mujeres ¿Ficción o realidad?” Fun-

20   Pacheco, Gilda et al. Los derechos humanos de las mu-

dación Arias para la Paz y el Progreso Humano, Costa

jeres: Fortaleciendo su promoción y protección internacional.

Rica, 2001. p. 13.

De la formación a la acción, IIDH, Costa Rica, 2006, p. 80.

La sexualidad como bien jurídico y la protección penal de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer. PP. 48-71

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Desafíos Jurídicos

Siguiendo lo planteado por Emmenegger: “El
derecho a la igualdad significa una prohibición
a crear, reforzar o simplemente mantener la
desigualdad de poder social entre mujeres y
hombres. Bajo este aspecto, el acoso sexual,
la prostitución, la restricción en el ámbito de
la procreación, la violación y la pornografía
son manifestaciones de la supresión social
de las mujeres y, por tanto, de las cuestiones
de igualdad.”21En este sentido, el bien jurídico
que ha de proteger a las mujeres, de cualquier
edad, de las conductas descritas, debe tener
un alcance global, reconocer las diferencias
y respetar los derechos sexuales y reproductivos en el camino de la equidad de género y
generacional.
3. HACIA UN BIEN JURÍDICO-PENAL QUE
PROTEJA LA SEXUALIDAD HUMANA Y
LOS DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS.
El comportamiento humano se subordina a
varios sistemas normativos; el más evidente es el sistema jurídico, pero este no puede
desligarse de la religión, los usos sociales y
la moral, como conjuntos normativos que integran el control social y subyacen, anteceden
o son concomitantes al orden legal; todos están plagados de valores y modelos de actuación vinculados, muchas veces, a la sexualidad, los cuales condicionan el ordenamiento
jurídico y la posición de las personas ante la
ley e influyen en la conformación de los intereses y las relaciones sociales requeridas de

protección, que conforman la esencia de los
bienes jurídicos.
Autores como Mir han insistido en la necesidad de diferenciar los bienes jurídicos de
aquellos jurídico-penales, basados esencialmente en la intervención mínima del
Derecho Penal y para ello apunta que: “una
Política criminal restrictiva de la intervención
penal exige subordinar ésta a valoraciones
específicamente jurídico-penales, que permitan seleccionar con criterios propios, especialmente estrictos, los objetos que merecen amparo jurídico-penal y no sólo jurídico,
in genere.” 22
Aunque es muy difícil encontrar una Política
criminal restrictiva de la intervención penal,
este criterio consolida la importancia orientadora de la misma para delimitar la nomenclatura y el contenido de los bienes jurídico-penales, considerados un reflejo de la política
estatal en su preocupación por los bienes jurídicos generales. Los bienes jurídicos en general, así sean de conocimiento público, deben cumplimentar varios requisitos para ser
considerados como bienes jurídico-penales,
entre los que destacan:23
•

Distinguirse de los valores morales, religiosos y culturales, aunque esté vinculado
a ellos; por lo cual se circunscribe al ámbito jurídico, es decir, debe ser aprehensible

22   Mir, Santiago. “Bien Jurídico y Bien Jurídico-Penal como
Límites del Ius Puniendi”, Estudios penales y criminológicos,

21   Emmenegger, Susan. “Perspectivas de género en Derecho”,

XIV, Universidad de Santiago de Compostela, 1991, p. 206.

Anuario de Derecho Penal, Número 1999-2000, España, pp.

Disponible en: http://www.neopanopticum.com.ar/1/Mir.htm

43 - 44. Disponible en: https://www.unifr.ch/ddp1/derechope-

Consultado 22 de junio de 2021.

nal/anuario/an_1999_05.pdf Consultado 8 de mayo de 2021.

23   Ídem, p. 207.

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Desafíos Jurídicos

•

•

•

por el Derecho y, en específico, por el Derecho Penal.
Responder a una necesidad de protección
por el Derecho Penal que justifique el uso
intimidatorio y aflictivo de la pena.
Ser importante para el orden social, o sea,
se deben: “situar los bienes merecedores
de tutela jurídica en el terreno de lo social,
exigiendo que constituyan condiciones de
funcionamiento de los sistemas sociales.”
Se entiende que las conductas infractoras
deben ser socialmente peligrosas.
Representar un beneficio para los individuos receptores de la norma.

La Política criminal debe determinar, a efectos de la prevención de los delitos, el bien jurídico-penal que pretende proteger, aquellas
conductas que conformarán el catálogo de los
delitos recogidos bajo esa rúbrica y las instituciones jurídico-penales que van a interactuar
con el axioma lógico del Derecho Penal, por el
cual toda conducta, para merecer una pena,
24
debe ser encuadrada en el marco normativo, sin dificultad y en correspondencia con los
componentes estructurales del delito.

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La conminación con pena del ilícito es un requisito formal-legislativo para el funcionamiento del sistema penal, pero no el único, pues el
contenido normativo responde a un proceso
de selección25 que revela un fenómeno reconocido socialmente por su peligrosidad, que
afecta o amenaza las relaciones sociales concebidas como un bien jurídico, y es percibido
como dañoso por otros sistemas normativos
(normas civiles, familiares, religiosas o valores morales), todo lo cual condiciona el envío
de la conducta punible al campo de la antijuricidad.
El proceso legislativo convierte en antijurídicas las conductas; descriminaliza aquellas
que han dejado de enfrentar a los valores de
la sociedad actual, pero debe sustentarse en
datos que muestren las bases, argumentos y
necesidad de la decisión política.

Esta operación lógica aplica para la violencia
sexual contra la mujer, que contiene conductas que no han sido criminalizadas debido a
los estándares de aceptación social (la consideración del piropo o floreo como forma de
acoso sexual) o no podrán ser criminalizadas
ni conminadas con pena de acuerdo con la
24   “El merecimiento de pena (de una conducta) - se- proporcionalidad interna que debe regir en el
gún Hassemer y Muñoz- es ante todo una cualidad nor- sistema jurídico penal (el absurdo hecho de
mativa (de esta conducta) (…) es, desde un punto de considerar como abuso lascivo la relación sevista político-criminal, un elemento central del concepto xual que se propone a cambio de favores a
de conducta criminal y tiene un doble componente: un personas detenidas o en estado de inferioricomponente de justicia y otro puramente utilitario. Am- dad o dependencia, según el Código Penal
bos tienen que ser acumulativamente afirmados antes cubano) si no es percibida en su dimensión
de que el legislador penal pueda hablar de “crimina- real; lo cual sugiere tener en consideración la
lidad” y actuar en consecuencia.” Hassemer, Winfried; interseccionalidad que se presenta entre las
Muñoz, Francisco. Introducción a la Criminología y al
Derecho Penal, Tirant lo Blanch, Valencia, 1989, pp. 66

25   Bacigalupo, Enrique. Manual de Derecho Penal. Parte Ge-

- 67.

neral, Tercera reimpresión, Temis, Bogotá, 1996, p. 2.
La sexualidad como bien jurídico y la protección penal de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer. PP. 48-71

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Desafíos Jurídicos

diferentes formas de violencia que sufren las
mujeres.
La falta de congruencia entre el valor social de
ciertos hechos de la realidad y lo legalmente
normado genera problemas de seguridad jurídica y obliga a observar los argumentos que
deben valorarse en la formación de un bien jurídico penal, cuyo concepto: “se bifurcó en dos
acepciones: una político-criminal y externa,
de carácter crítico y perteneciente al mundo
del deber ser, destinada a evaluar qué podía
ser sancionado con una consecuencia jurídico-penal y otra, de carácter neutral e interna, y
comprendida en el mundo del ser, cuyo objetivo era determinar el significado de las figuras
delictivas y su ubicación sistemática.”26
Esta bifurcación permite definir que el concepto político criminal de bien jurídico-penal
condiciona y, a su vez, está limitado por el
contenido dogmático de ese propio bien y,
aunque se reconoce su facultad para limitar el
ius puniendi, también se discute si su carácter
restrictivo es eficaz para regular el comportamiento humano y amparar todas las relaciones sociales que requieren protección.

neral; mientras cada delito sexual en particular
proteja los derechos sexuales y reproductivos
en especie, o sea, describan específicamente
la objetividad jurídica o núcleo de la relación
social que pretende y necesita proteger.
La objetividad jurídica que tiende a ser identificada en los delitos sexuales es la libertad
sexual, tal como afirmó Rocco y han seguido
otros penalistas27 y codificaciones.28 Según el
criterio más amplio y actual de Oxman, lo que
debe protegerse es la libertad sexual tratada
como: “una relación social concreta que ha de
permitir a los individuos su autorrealización en
la vida sexual individual y social, por otro lado,
ha de ser expresión de confianza del sistema
normativo hacia la persona, de respeto a la diversidad, de interacción comunicativa tolerante y pluralismo en sede democrática; en consecuencia, la libertad sexual es la base sobre
la cual debe estructurase todo el análisis de la
configuración del derecho vigente en lo tocante a los delitos de significación sexual.”29
Por su parte Rega completa el catálogo más
reconocido afirmando que la libertad sexual:
27   Vid. Muñoz Conde, Francisco. Derecho Penal. Parte Espe-

Por este motivo no se llega fácilmente a la
protección de la sexualidad humana desde
la construcción de las figuras delictivas, ya
que describiría un proceso inverso, deductivo;
cuando lo que se pretende es que la sexualidad humana sea lo general, el bien jurídico ge-

cial, Decimotercera edición, Tirant lo Blanch, Valencia, 2001,
p. 195 y ss.
28   El Código Penal Español de 1995, los denomina “Delitos
contra la libertad e indemnidad sexuales”;
29 Oxman, Nicolás. ¿Qué es la integridad sexual?, Revista
Jurídica Regional y Subregional Andina 8, Chile, 2008, pp.
42 – 43. El autor se basa en lo expuesto por Muñoz Conde,

26 Balcarce, Fabián I. “Breve relato sobre la ineficacia de la

Francisco. Introducción al Derecho Penal, serie maestros del

función político criminal del Bien Jurídico Penal”, Centro de

Derecho Penal, Editorial B de f, 2ª. edición, Buenos Aires,

investigación Interdisciplinaria en Derecho Penal Económico,

2001, pp. 90 y ss. Mir Puig, Santiago. Introducción a las Ba-

2016, p. 1. Disponible en: http:// www.ciidpe.com.ar Consulta-

ses del Derecho Penal, serie maestros del Derecho Penal,

do 16 de mayo de 2021.

Editorial B de f, Buenos Aires, 2003, p.123.
Lázaro Enrique Ramos Portal

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Desafíos Jurídicos

“se caracteriza por la existencia de capacidad intelectual para comprender el alcance
del acto sexual y la voluntad necesaria y suficiente para consentirlo.”30 Lo cual conlleva a
buscar, en la indemnidad sexual, la protección
de aquellas personas que carecen de la capacidad de consentimiento, es decir, de libertad
sexual al momento de ejecutarse el acto punible, dígase menores o incapaces.
Con las referencias a la libertad y la indemnidad sexual se han satisfecho varias legislaciones sustantivas, pero no puede negarse
que, en la actualidad, la objetividad jurídica
sobrepasa estos conceptos. El contenido político-criminal de la libertad sexual, concebida como el bien jurídico-penal que agrupa a
los delitos sexuales, está sometido a ajustes
según el contexto social donde se construye, sin embargo, tiene como punto en común
que las relaciones sociales que protege están
vinculadas a la forma en que cada individuo
vive y disfruta de su sexualidad, por tanto,
la libertad sexual, al igual que la indemnidad
sexual, son derechos sexuales que operan
como componentes esenciales de un bien
común a todas las personas: la sexualidad
humana, que no admite distinciones de género, edad, condición social, o cualquier otra
clasificación conocida, porque constituye un
bien común, cuya trascendencia socio-jurídica varía según sus intersecciones. La libertad e indemnidad sexual se complementan
con todas las expresiones de la sexualidad

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humana que deben ser protegidas por el Derecho.
Para efectos jurídicos, se recomienda considerar a la sexualidad humana como un bien
jurídico general, orientador, que permita reconstruir los argumentos sociales y políticos
que justifican su protección desde todo el
ordenamiento jurídico; desde sus diferentes
ramas como el Derecho Civil, de Familia, Administrativo, Laboral y, en último caso, servir
al Derecho Penal para la construcción de un
bien jurídico-penal particular al conjunto de figuras delictivas que, mediante el uso de las
penas, castigan las conductas verdaderamente peligrosas.
A los efectos de lograr cierta uniformidad se
puede tomar como referencia la definición de
sexualidad que plantea la Organización Mundial de la Salud (OMS), al describirla como:
“un aspecto central del ser humano, a lo largo
de su vida. Abarca el sexo, las identidades y
los papeles de género, el erotismo, el placer,
la intimidad, la reproducción y la orientación
sexual. Se vive y se expresa a través de pensamientos, fantasías, deseos, creencias, actitudes, valores, conductas, prácticas, papeles
y relaciones interpersonales. La sexualidad
está influida por la interacción de factores biológicos, psicológicos, sociales, económicos,
políticos, culturales, éticos, legales, históricos,
religiosos y espirituales.”31

30 Rega, Elia E. “Delitos contra el normal desarrollo de las re-

31   Organización Mundial de la Salud (OMS). Defining sexual

laciones sexuales y contra la familia, la infancia y la juventud”,

health: report of a technical consultation on sexual health, 28–

Mayda Goite (Coordinadora) Una visión desde la dogmática

31 January 2002, Geneva, 2006. Disponible en: http://www.

a figuras del Código Penal Cubano, (s.e.), La Habana, 200-,

who.int/reproductivehealth/publications/sexual_health/defi-

p. 249.

ning_sexual_health.pdf Consultado 11 de febrero de 2020.
La sexualidad como bien jurídico y la protección penal de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer. PP. 48-71

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Desafíos Jurídicos

Además de su función como bien jurídico general, la sexualidad humana puede ser concebida como un bien jurídico-penal protegido
desde una concepción político-criminal, perteneciente al mundo del deber ser, destinada a
evaluar cuáles son las conductas que pueden
ser sancionadas por el sistema jurídico-penal,
mientras que la afectación específica a los derechos individuales o colectivos, de carácter
sexual y reproductivo, que nacen del ejercicio y disfrute de la sexualidad pueden ser el
objeto de protección particular que sirva para
agrupar los delitos sexuales desde una concepción dogmática, comprendida en el mundo
del ser, cuyo objetivo será determinar el significado de las figuras delictivas y su ubicación
sistemática.
Desde la perspectiva político-criminal y utilizando la definición aportada por la OMS, los delitos sexuales podrán ser considerados cómo:
aquellas acciones u omisiones socialmente
peligrosas, prohibidas por la ley y reprimidas
con sanción penal que afectan o amenazan de
manera significativa el ejercicio y expresión de
la sexualidad humana; que abarca el sexo, las
identidades y los papeles de género, el erotismo, el placer, la intimidad, la reproducción y la
orientación sexual de cada persona.
Los códigos tienden a colocar los intereses de
protección como encabezado de los títulos y
expresión del bien jurídico-penal común a grupo de figuras delictivas, lo cual sirve de orientación dogmática y, desde esta perspectiva,
se puede integrar con el conjunto de derechos
sexuales y reproductivos ya reconocidos.

como aquellas conductas activas u omisivas
socialmente peligrosas, prohibidas por la ley
y reprimidas con sanción penal que afectan
o amenazan de manera significativa los derechos humanos sexuales y reproductivos. De
esta manera se puede seguir una guía para
la construcción de los tipos penales, considerando previamente cómo se protegen los derechos sexuales y reproductivos desde otros
sectores sociales y otras ramas del Derecho
y cuáles conductas deben ser consideradas
punibles desde la norma penal.
Como presupuesto pueden tomarse en consideración los catálogos de derechos sexuales
y reproductivos que plantean la Declaración
Universal de los Derechos sexuales de 1997
y el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo de
1994, respectivamente.
Derechos sexuales:32
• Derecho a la libertad sexual. Abarca la posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los individuos y excluye toda
forma de coerción, explotación y abuso
sexuales en cualquier tiempo y situación
de la vida.
• Derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del cuerpo. Incluye la capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la propia vida sexual dentro del contexto
de la ética personal y social. También están
32   Declaración del 13avo. Congreso Mundial de Sexología,
1997, Valencia, España; aprobada por la Asamblea General
de la Asociación Mundial de Sexología, 1999, 14º Congreso
Mundial de Sexología, Hong Kong. Organización Mundial de

En correspondencia los delitos de significación sexual y reproductiva serían reconocidos

la Salud. Promoción de la salud sexual. Recomendaciones
para la acción. Apéndice I, pp. 37 – 38.

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incluidas la capacidad de control y disfrute
de nuestros cuerpos, libres de tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.
Derecho a la privacidad sexual. Este involucra el derecho a las decisiones y conductas individuales realizadas en el ámbito de
la intimidad siempre y cuando no interfieran en los derechos sexuales de otros.
Derecho a la equidad sexual. Este derecho se refiere a la oposición a todas las
formas de discriminación, independientemente del sexo, género, orientación sexual, edad, raza, clase social, religión o
limitación física o emocional. Es recogido
en los Principios de Yogyakarta.33
Derecho al placer sexual. Incluyendo el
autoerotismo, como fuente de bienestar
físico, psicológico, intelectual y espiritual.
Derecho a la expresión sexual emocional.
Va más allá del placer erótico o los actos
sexuales. Todo individuo tiene derecho a
expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión emocional y el amor.
Derecho a la libre asociación sexual. Significa la posibilidad de contraer o no matrimonio, de divorciarse y de establecer otros
tipos de asociaciones sexuales responsables.
Derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables. Abarca el

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derecho a decidir tener o no hijos, el número y espaciamiento entre cada uno, y el
derecho al acceso pleno a los métodos de
regulación de la fecundidad.
Derecho a información basada en el conocimiento científico. Este derecho implica
que la información sexual debe ser generada a través de la investigación científica
libre y ética, así como el derecho a la difusión apropiada en todos los niveles sociales.
Derecho a la educación sexual integral.
Este es un proceso que se inicia con el nacimiento y dura toda la vida y que debería
involucrar a todas las instituciones sociales.
Derecho a la atención de la salud sexual.
La atención debe estar disponible para la
prevención y el tratamiento de todos los
problemas, preocupaciones y trastornos
sexuales.

Derechos reproductivos:34:
• Derecho a la autonomía y autodeterminación del propio cuerpo.
• Derecho a la vida: es el derecho a que se
respete la integridad física, psíquica y sexual.
• Derecho a la procreación.
• Derecho a la salud reproductiva.
• Derecho a informarse adecuadamente sobre la reproducción humana, sin censura
política ni religiosa.

33   Principios de Yogyakarta: Principios sobre la aplicación de
la legislación internacional de derechos humanos en relación

34   El Programa de Acción de la Conferencia Internacional

con la orientación sexual y la identidad de género. Presen-

sobre Población y Desarrollo, de 1994, expone la necesidad

tados el 26 de marzo de 2007 en el Consejo de Derechos

de protección de los derechos reproductivos ante la discrimi-

Humanos de la ONU en Ginebra y ratificado por la Comisión

nación y la violencia; y reafirma su naturaleza de derechos

Internacional de Juristas. Disponible en: http://www.refworld.

humanos. Organización de Naciones Unidas. Conferencia

org/cgi-bin/texis/vtx/rwmain/opendocpdf.pdf?reldoc=y&amp;doci-

Mundial de Población.

d=48244e9f2 Consultado 9 de mayo de 2020.
La sexualidad como bien jurídico y la protección penal de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer. PP. 48-71

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Derecho al acceso a los servicios sanitarios de salud reproductiva y de planificación familiar.
Derecho al acceso a los avances científicos en materia de reproducción.
Derecho a decidir sobre la reproducción
sin sufrir discriminación, coerción o violencia.
Derecho al uso de métodos anticonceptivos e interrumpir el embarazo
Derecho a que no cese la relación laboral
de la mujer en caso de embarazo.
Derecho a recibir un pago en concepto de
licencia de maternidad o paternidad.

En el ámbito teórico se justifica la inclusión en
los ordenamientos jurídicos de el:
• derecho a la seguridad y la protección
contra la violencia en el ámbito sexual y a
la información sobre agresores sexuales,
parte de la obligación del Estado y de las
instituciones privadas y públicas de garantizar el acceso a la justicia y la protección;
• derecho a exigir el cumplimiento de los
derechos sexuales en cualquier ámbito:
escolar, laboral, familiar, social y a buscar
ayuda en las estructuras nacionales e internacionales y;
• derecho a que se protejan a los hijos e
hijas contra la violencia sexual, algo congruente con la perspectiva de los derechos
humanos.

guido, excepcionalmente, por el Consejo de
Gobierno del Tribunal Supremo Popular de la
República de Cuba en su Dictamen No. 412.
Acuerdo No. 245 de 10 de diciembre de 2001
sobre la aplicación de los preceptos relativos
a la Corrupción de Menores donde utilizó el
término “normal desarrollo de la sexualidad”.35
Sin embargo, la legislación sustantiva ha tomado otros caminos.
El Código Penal cubano vigente, en su Título
XI, regula los Delitos contra el normal desarrollo de las relaciones sexuales y contra la
familia, la infancia y la juventud. El Título está
dividido en 4 Capítulos; aunque los bienes
jurídicos particulares a cada grupo de delitos
están delimitados, es indudable la conexión
que se establece a lo interno del Título XI, por
los propios caracteres de las relaciones sociales e intereses que protege. Su denominación
fue introducida por la Ley No. 1249 de 1973,
que elevó notablemente las sanciones imponibles a los delitos de violación, abusos lascivos, pederastia con violencia y corrupción de
menores36 y que modificó el antiguo Código de
35   V. gr. “pues si del conjunto fáctico declarado probado se
pone de manifiesto la realización reiterada de tales actos con
un mismo menor, la entrega de dádivas para así comprar su
voluntad, la formulación de determinadas promesas o amenazas, u otros actos, de modo que lo vayan encaminando a
la desviación, la perversión, o la deformación en el normal
desarrollo de la sexualidad, o de su comportamiento social

3.1. La protección de la sexualidad en la
legislación penal cubana.

particular que debió y pudo prever el comisor, estaríamos en
presencia de un delito de Corrupción de Menores.” Dictamen
No. 412. Acuerdo No. 245 de 10 de diciembre de 2001 del

El reconocimiento de la sexualidad como un
bien jurídico protegido ha sido escasamente
utilizado por los operadores del sistema de
justicia penal cubano. Este criterio fue se-

Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba.
36   Grillo, José A. Los Delitos en especie, Tomo II, Ciencias
Sociales, La Habana, 1982, p. 186.

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Desafíos Jurídicos

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Defensa Social de 1939, el cual agrupaba sus
figuras bajo la rúbrica de Delitos contra las
buenas costumbres y el orden de la familia.37
El Código de Defensa Social había sustituido el primigenio término de “honestidad”, y
mantuvo el de “buenas costumbres”, ambos
usados por el Código Penal Español de 1870,
y que fueron criticados por considerarse que
cualquier conducta punible era un acto deshonesto y contrario a las buenas costumbres,38
sin embargo, nada se dijo del carácter sexista
y androcéntrico de su contenido, que propugnaba una especie de moral sexual intachable
para la mujer, sujeta al control autorizado de
la familia, la religión y el Estado, lo cual perpetuaba sus condiciones de vulnerabilidad.

digo Penal cubano vigente sirvió como presupuesto político-criminal y dogmático para
identificar el bien jurídico-penal que podía ser
amenazado o atacado por conductas de peligrosidad social. Sin dudas constituyó un paso
de avance en relación con los criterios moralizantes que predominaban en el Derecho penal cubano anterior, pero no tan radicalmente como planteaba Grillo, para quien, con el
cambio de nombre: “el tabú sexual desapareció también en la legislación penal, como
antes había desaparecido en las relaciones
sociales y en la educación.” 40

37   Martínez, José A. Código de Defensa Social, Jesús Mon-

Si el sistema jurídico-penal cubano se sustenta y legitima en la necesaria protección de
bienes jurídico-penales, es preciso delimitar,
atendiendo a la forma en que se concibe en
la actualidad la sexualidad humana y las relaciones sociales en torno a su ejercicio, si el

El cambio en la nomenclatura del bien jurídico-penal particular, recogido en el Código
penal cubano, introdujo un elemento subjetiAsua critica el contenido dogmático que se vo cuestionado en el ámbito de la sexualidad
adscribía a la interpretación de estos términos humana, pues “el normal desarrollo de una
y plantea que: “La tutela de la honestidad ha relación sexual” es difícil de delimitar si se
sido sobre todo la tutela de un determinado constata que cada individuo tiene una forma
orden social donde la identidad de la mujer propia de desarrollar esta relación, o sea, una
venía determinada en función de los come- manera especial de expresar su sexualidad y
tidos atribuidos por razón de su sexo, y su de entender lo que considera normal desde su
status social en razón de su pertenencia a un identidad sexual y de género, en específico,
hombre, y de sus cometidos en el asegura- desde su atracción sexual, lo que sugiere que
miento de la descendencia legítima a través el límite a las “normales relaciones sexuales”
viene impuesto por la laceración de los deredel matrimonio.” 39
chos de otros individuos y no por los cánones
La nomenclatura de “delitos contra el normal y estereotipos de aquellos que promueven y
desarrollo de las relaciones sexuales”, del Có- redactan la ley.

tero Editor, La Habana, 1939, p. 99.
38   Vid. Grillo, José A. op. cit., pp. 183 -184. Rega, Elia. op.
cit., p. 248.
39   Asua, Adela. “Las agresiones sexuales en el nuevo Código Penal: imágenes culturales y discurso jurídico”. Análisis
del Código Penal desde la perspectiva de género, EMAKUNDE, Vitoria-Gasteiz, 1998, p. 50.

40   Grillo, José A. op. cit., p. 185.

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bien jurídico penal que referencia el Código es
suficiente tanto para limitar los excesos del ius
puniendi como para abarcar las formas de violencia sexual más significativas que afectan a
la sociedad cubana y que deben ser recogidas en forma de figuras delictivas.
Según el análisis realizado no existe una total protección a la sexualidad humana y, por
tanto, quedan desprotegidos, de manera integral, los derechos sexuales y reproductivos,
debido a una mirada estrecha y estereotipada del bien jurídico-penal que se traduce al
contenido hipotético y estructural de los tipos
penales.
Uno de los ejemplos de carencia de sistematicidad dogmática ocurre en relación con el delito de Estupro,41 que en sus orígenes fue concebido para proteger el honor del padre de la
“agraviada”, sin embargo, esta antigua visión
trasciende en la ley sustantiva cubana hasta
nuestros días y se reafirma cuando ubica este
delito, que constituye esencialmente un acto
de carácter sexual con mujer de entre 12 y 16
años, bajo la rúbrica de los “Delitos contra el
normal desarrollo de la familia”, y no aparece
entre los tipos penales que protegen el normal
desarrollo de las relaciones sexuales, lo que
desnaturaliza el bien jurídico individual que
pretende proteger.
Se le suma que la persecución del Estupro
requiere de un requisito de procedibilidad preceptuado en el apartado 2 del artículo 309,
41   ARTÍCULO 305. El que tenga relación sexual con mujer
soltera mayor de 12 años y menor de 16, empleando abuso
de autoridad o engaño, incurre en sanción de privación de
libertad de tres meses a un año.

que roza la discriminación, ya que resulta relevante que sea el representante legal quien
tenga la potestad de establecer la denuncia
correspondiente por el Estupro y también de
desistir de ella, sin importar el criterio de la
víctima, denominada legalmente “persona
agraviada”.
El requisito de procedibilidad limita la intervención personal de otros actores sociales y
dificulta la persecución penal en caso de que
los hechos pretendan ser puestos en conocimiento por vías indirectas, o sea, mediante comunicación telefónica, correspondencia,
documento anónimo o autografiado, correo
electrónico u otros medios.
Otro ejemplo que ataca la sistematicidad del
Código penal cubano y evidencia la fragmentación de los bienes jurídicos es la ubicación del
Capítulo IV, que reúne un grupo de conductas
bajo el nombre de Aborto Ilícito, pero pertenece
al Título VIII de los Delitos contra la vida y la
integridad corporal, lo cual dificulta el enfoque
de salud y de género que requieren los delitos contra los derechos reproductivos, aunque
sean pluriofensivos y, en algunas de sus variantes, ataquen la vida y la integridad corporal.
El capítulo IV es de mayor contenido que lo referente al aborto forzado, que destaca por su
exclusivo carácter de imposición o contraposición a la voluntad de la mujer embarazada,
ya que incluye actos bajo el consentimiento y
voluntad de la grávida.
Con un breve ejemplo se ilustra uno de los
desatinos legislativos contenidos en este capítulo. El artículo 270 contiene una conducta
muy difícil de determinar en la realidad porque

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Desafíos Jurídicos

presupone la realización intencional de actos de fuerza, violencia o lesiones sobre una
mujer embarazada, conociendo su estado de
gravidez, que provocan el aborto o la muerte
del embrión, pero “sin el propósito de causarlo”, lo cual introduce elementos de imprudencia, que desvirtúan el resultado aborto del feto
o embrión y cuya sanción es de privación de
libertad de uno a tres años, lo cual no se corresponde con los marcos establecidos para
los delitos de igual naturaleza lesiva.
Este hecho introduce una gran polémica porque pretende configurar un delito de aborto
ilícito imprudente que acontece como resultado de actos de fuerza, violencia o lesiones
sobre la grávida, provocados por una persona
que conoce de su embarazo, es decir, es un
delito en que el resultado lesivo contradice la
naturaleza de la acción típica y la intención del
sujeto agresor. Parece increíble que el legislador introduzca la duda acerca de la naturaleza intencional de los actos de ejecución, para
poder observarlos como un elemento casual
al resultado y no causal.

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Este es un delito cargado de sexismo y fruto de la dudosa protección que el Derecho
Penal patriarcal provee a las mujeres. En
caso de no producirse el aborto, esta conducta puede quedar impune o subsumida en
la escala de las lesiones, ya que no existen
mecanismos legales para reconocer objetivamente otras formas de violencia de género o intrafamiliar.
Este supuesto puede integrar una figura básica de peligro concreto que sancione a quien,
conociendo su estado de gravidez, ejerza
fuerza, violencia o produzca lesiones a una
mujer embarazada. Puede acompañarse de
una figura derivada que suponga la agravación de la pena en caso de aborto, muerte del
embrión o feto u otra consecuencia lesiva.
Muchos son los ejemplos de la legislación
penal sustantiva cubana, pero cuestiones de
espacio impiden que sean expuestos de forma exhaustiva. Lo más importante es que han
sido visibilizados gracias a la introducción de
un enfoque de género y generacional en el
campo jurídico, lo cual ha permitido encontrar
las herramientas cognitivas para mirar el Derecho desde un ángulo crítico y descubrir los
aspectos que impiden una verdadera igualdad
ante la ley y en la propia ley.

¿Por qué el legislador no estableció la figura
delictiva intencional y dejó este supuesto sui
generis para ser observado por la regla general de adecuación de la sanción para los delitos imprudentes contenida en el artículo 48,
apartado 1 del Código Penal cubano?42 Qui- 3.2. Pequeños avances del Código Penal
zás por su evidente inaplicabilidad.
Federal mexicano.
42  ARTÍCULO 48.1. Los delitos por imprudencia se sancionan con privación de libertad de cinco días a ocho años o
multa de cinco a mil quinientas cuotas. La sanción no podrá
exceder de la mitad de la establecida para cada delito en particular, salvo que otra cosa se disponga en la Parte Especial
de este Código o en otra ley.

El Código Penal Federal mexicano presenta
algunos avances significativos en la estructura
sistemática que ayudan a reconocer las motivaciones del legislador y el contenido de los
bienes jurídicos que pretende proteger desde
sus lineamientos de Política criminal. Un bre-

La sexualidad como bien jurídico y la protección penal de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer. PP. 48-71

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Desafíos Jurídicos

ve repaso puede ayudar a captar la idea que
se expone.
En su Título Séptimo enmarca a los Delitos
contra la salud dedicando el Capítulo II al peligro de contagio de enfermedades transmisibles entre las que incluye aquellas vinculadas
a las relaciones sexuales, lo cual es una primera línea de protección a los derechos sexuales y reproductivos.
El Capítulo III hace referencia directa a los
Delitos contra los derechos reproductivos,
tal y como se aconseja en este artículo,
siendo atinado que estas figuras delictivas
se agrupen bajo el rubro de la salud y no
en los delitos contra la vida y la integridad
corporal, aunque puedan tener expresión
concreta en alguna afectación corporal, porque la salud es un bien jurídico general más
abarcador, que integra los enfoques médicos y sociales.
Lo objetable es que las figuras delictivas aquí
contenidas tienen una proyección relativamente actualizada hacia cuestiones bioéticas,
sin embargo, no hace referencia a cuestiones
más tratadas por el Derecho penal y de gran
polémica en México, como lo relativo al aborto
forzado o ilícito, lo cual genera una problemática muy vinculada a los servicios de salud,
pero sigue regulado con el término simple de
Aborto en el Capítulo IV del Título Decimonoveno, de los Delitos contra la Vida y la Integridad Corporal.
El Título Sétimo bis es reconocido con una nomenclatura un tanto enrevesada que dificulta
saber con claridad hacia dónde va el criterio
legislativo. La denominación de “Delitos con-

tra la indemnidad de privacidad de la información sexual” no se justifica y aporta poco
a los fines de prevención general de la norma
penal, porque una definición incomprensible
para los ciudadanos no tiene la posibilidad de
motivar su respeto.
El nombre del Título tiene una correspondencia abstracta con el único Capítulo que recoge, el cual se denomina y, por tanto, prohíbe
la “Comunicación de contenido sexual con
personas menores de dieciocho años de edad
o de personas que no tienen capacidad para
comprender el significado del hecho o de personas que no tienen la capacidad para resistirlo”, lo cual es un ataque evidente a la indemnidad y la privacidad sexual y, en específico, a la
autonomía, integridad y seguridad sexual del
cuerpo, de víctimas bien delimitadas por las
condiciones de vulnerabilidad que propician
la menor edad y ciertas discapacidades
mentales y físicas.
El Título Octavo reúne, bajo su objetividad jurídica, a un grupo de “Delitos contra el libre
desarrollo de la personalidad,” lo cual crea
cierta duda sobre su correcta nomenclatura, ya que antes se había admitido el término indemnidad y no libertad para el caso de
las personas discapacitadas o menores de 18
años, significando que puede no existir una
total libertad en el proceso de formación de la
personalidad.
En su Capítulo I se hace referencia a todas
las formas de “Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas
que no tienen capacidad para comprender el
significado del hecho o de personas que no
tienen capacidad para resistirlo,” incluyendo,

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Desafíos Jurídicos

entre varias, la corrupción que se genera en
torno a la sexualidad.
El Capítulo II apunta directamente a la explotación sexual de menores de edad y preceptúa el delito de “Pornografía” que se complementa con el Capítulo III que prohíbe el
turismo sexual, con el Capítulo IV que castiga
el Lenocinio y con el Capítulo V sobre la Trata
de personas, todos con interés de proteger al
mismo grupo de personas vulnerables. Para
la protección penal del resto de las personas
se utiliza el Capítulo VI, que abarca solo los
delitos de Lenocinio y Trata de personas.
El Capítulo VII está dedicado a la punición de
los actos de incitación a delinquir, en específico a castigar la “Provocación de un delito y
apología de éste o de algún vicio y de la omisión de impedir un delito que atente contra el
libre desarrollo de la personalidad, la dignidad humana o la integridad física o mental,”
lo cual amplía el catálogo de bienes jurídicos
que se pueden afectar con la conducta antijurídica al sumar la dignidad humana y la
integridad física o mental como un conjunto
nuclear más vinculado a los derechos humanos.
En el Capítulo VIII se describen varias conductas punibles bajo el nombre de Pederastia,
lo cual parece exceder el contenido dogmático que históricamente se ha entendido como
afín a esta terminología, pero sin desdorar su
importancia y alcance normativo.
El resto de los delitos de significación sexual
aparecen en el Título Decimoquinto de los
Delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual, el cual pudiera bien agrupar

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a los Delitos contra los derechos sexuales,
sin embargo, sigue una dirección parecida a
la utilizada en el Código Penal cubano, haciendo referencia a la innegable libertad sexual pero incluye el normal desarrollo psicosexual, siendo este un elemento totalmente
subjetivo, sometido a cuestionamiento y a
múltiples interpretaciones extrajurídicas. En
su Capítulo I incluye las figuras delictivas más
representativas como el Hostigamiento sexual, el Abuso sexual, el Estupro y la Violación; y en el Capítulo III el Incesto.
Las figuras delictivas que se han señalado
en este breve espacio pudieran responder y,
de hecho, guardan estrecha relación con la
protección de las formas de expresión de la
sexualidad humana, considerada un bien jurídico general con capacidad de adherencia a
los fundamentos de Política criminal, lo cual
sirve de contexto para aunar las conductas
antijurídicas descritas en un consenso de que
todas atentan contra los derechos sexuales o
los reproductivos, concebidos como un bien
jurídico-penal en toda regla.
CONCLUSIONES
Un grupo de limitaciones al conocimiento jurídico con enfoque de género y generacional
influyen en que no se hayan desarrollado plenamente las herramientas para identificar la
amplitud de los derechos sexuales y reproductivos, para establecer la conexión de estos
derechos con el desarrollo pleno de la sexualidad humana y para delimitar que ramas del
Derecho, como ciencia, deben encargarse de
sus ámbitos de protección como bien jurídico
general.

La sexualidad como bien jurídico y la protección penal de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer. PP. 48-71

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Desafíos Jurídicos

Quizás algunos patrones culturales latinoamericanos nublen el catálogo de conductas que
deben ser captadas por el Derecho Penal, en
correspondencia con el alcance de los discursos y las intenciones político-criminales; pero
mayor perfección del sistema jurídico-penal
no garantiza que se cubran todos los espacios de atención a la violencia sexual que es
un fenómeno amplio, de contornos indeterminados, sometido a siglos de invisibilización y
naturalización.

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Como se aprecia, vistos desde un enfoque
ecológico, son varios los niveles de protección
de la sexualidad humana que se entrecruzan
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de la visibilización y desnaturalización de las
violencias y el empoderamiento de sus víctimas, en un contexto que privilegie la atención
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Es de reconocer que el núcleo de los delitos
sexuales es de carácter personalísimo y tiene
como base la protección de derechos individuales, o sea, derechos subjetivos que son lacerados en la relación social que desarrollan
la víctima y su victimario, en esencia, son quebrantados los derechos humanos sexuales y
reproductivos que dan origen, previo condicionamiento procesal, a la relación jurídico-penal
entre el Estado y el sujeto comisor; a partir de
que el propio Estado los haya podido considerar como derechos fundamentales, los aúne
en forma de bienes jurídicos susceptibles de
protección y los materialice en la norma penal
de acuerdo a los presupuestos de igualdad y
equidad, el enfoque de género, generacional
y el reconocimiento de las diferencias.

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2001 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular de la República de Cuba.

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e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
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Jazmín Flores Montes (Universidad de Colima)
Análisis sobre las reformas en materia electoral al sistema de Representación política de México. pp. 72-85. Fecha de publicación en
línea: 31 de julio del 2022.
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Análisis sobre las reformas en materia electoral al
sistema de Representación política de México
Electoral reforms analysis of Mexico’s political representation system

Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: Jazmín Flores Montes*

*https://doi.org/10.29105/dj2.3-26
Universidad de Colima

Resumen. El presente artículo analiza las diversas reformas en materia electoral por las que
ha pasado el sistema de representación política mexicana para llegar a la que posee el día
de hoy, este análisis se emprende con la reforma que es considerada el parteaguas hacia el
camino de la democracia en donde las agrupaciones de ciudadanos pudieron visibilizar su
derecho de agrupación para la creación de partidos políticos, continuando este curso evolutivo
de reformas con el robustecimiento mediante el incremento de escaños de diputaciones para
cada partido, la verdadera independencia de las autoridades electorales, la eliminación de
cláusulas de gobernabilidad, nuevos ordenamientos sobre el financiamiento Público y privado
de los partidos, su acceso en radio y televisión, la duración de sus campañas y precampañas,
hasta las más recientes sobre la reelección de diputados federales y senadores, de los presidentes municipales, síndicos y regidores, paridad de género, candidaturas independientes y
participación ciudadana.
Palabras clave: Reforma electoral, Representación política, Transición, Democracia.
Abstract. The present article analyzes the diverse reforms in electoral matters through which
the Mexican system of political representation has passed to reach the one it has today, this
analysis is undertaken with the reform that is considered the watershed towards the path of
democracy where the groups of citizens could make visible their right of grouping for the creation of political parties, continuing this evolutionary course of reforms with the strengthening

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through the increase of deputation seats for each party, the true independence of the electoral authorities, the elimination of governability clauses, new regulations on public and private
financing of parties, their access to radio and television, the duration of their campaigns and
pre-campaigns, and the most recent reforms on the re-election of federal deputies and senators, municipal presidents, syndic and councillors, gender parity, independent candidacies and
citizen participation.
Key words: Electoral reform, Political representation, Transition, Democracy.

crática, la poca estabilidad de la economía
en momentos determinantes de las finanzas,
otro factor es la visibilización de las minorías,
En México desde la creación de los Partidos
la alternancia del poder político, la inclusión
políticos más longevos en los años 1929,
en paridad de género y sobre todo la partici1939, y 1989, el Partido Revolucionario Instipación del ciudadano libre a participar en los
tucional, Partido Acción Nacional y Partido de
procesos electorales mediante algún partido
la Revolución Democrática respectivamente,
político o de manera independiente, figura viel sistema electoral ha ido evolucionando siggente Enel marco jurídico nacional mexicano.
nificativamente en cuestiones de participación
ciudadana y la cantidad de mandatos dentro
REFORMAS AL SISTEMA ELECTORAL
de los escaños posibles que ofrece el sistema
MEXICANO
de representación primordialmente.
CONSIDERACIONES PRELIMINARES

De esta manera el prolongado y paulatino
cambio del sistema electoral mexicano sobre
representación política a través de sus diversas reformas, han consolidado a México como
uno de los países a nivel Latinoamérica en poseer unos de los sistemas más incluyentes de
las minorías, otorgándoles encomiendas por
medio de escaños dentro del régimen de representación, así como el ser visto como una
nación de cambio multipartidista sobre tenencia del poder político en América latina.

Concibiendo mejor lo enunciado supralíneas,
se explica entonces la forma en que se compone el sistema electoral, tal y como lo expresa Lorenzo Córdova1 al describir las razones
mediante la cuales se inspiraron para llegar
a este proceso de cambio sobre el contexto
político mexicano, en donde la principal característica que se consolidó a partir del momento histórico de la Revolución mexicana, y
dentro de este autoritario régimen político fue
1   Córdova Vianello, Lorenzo, “REFORMA POLÍTICA

Se puede aseverar entonces que algunos de
los principales factores que orillaron a México
a evolucionar su modelo electoral, han sido,
los movimientos sociales de transición demo-

Y ELECTORAL EN AMÉRICA LATINA 1978-2007”, en
Zovatto, Daniel y Orozco Henríquez, J. Jesús (Coords.),
La reforma electoral y el cambio político en México, México, IDEA Internacional, 2008, p. 655.

Análisis sobre las reformas en materia electoral al sistema de Representación política de México. PP. 72-85

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la marginación de los ya conocidos partidos
de oposición de la época, permitiendo que el
Partido Revolucionario Institucional (PRI) se
instalara dentro de todos los espacios gubernamentales en el ámbito estatal y federal, espacios que mantuvieron hasta no hace mucho
tiempo (dos décadas).

de esta transición en donde cada una aportó
sus propios rasgos distintivos sobre representación política, el diseño de las instituciones
comisionadas de organizar y calificar las elecciones, sobre los procesos electorales, así
como de generar las condiciones y la calidad
de la competencia democrática2.

Todo este proceso de transición a la democracia se ha podido representar a través de siete reformas electorales federales, las cuales
paulatinamente fueron esbozando el camino

Se presenta a continuación la personalización
de cada una las Reformas electorales de la
Reformas en materia electoral Representación política mexicana.
2 Idem

Tabla 1 Personalización de cada una de las Reformas electorales de la Reformas en
materia electoral Representación política mexicana
N° de Reforma

Año Reforma
electoral

1.

1977

2.

1986 - 1988

3.

1993

4.

1994

Personalización de la Reforma

Punto de partida de la vida democrática mexicana.
Fijación del tope máximo de escaños.
Partidos políticos firman acuerdos y compromisos para la independencia de
la autoridad electoral.
Se delega al INE la función de fiscalizar los recursos de los partidos políticos.

5.

1996

6.

2007

7.

2014

Instauración de la regla de los ocho puntos porcentuales, el nivel máximo de
sobrerrepresentación.
Reforma Constitucional y Ley electoral sobre las reglas para los partidos
políticos en tiempo de campaña electoral.
Reelección legislativa y ejecutiva de servidores públicos en competencia
federal y municipal.

Fuente: Elaboración propia

Dichas reformas son la de 1977, de 19861988, de 1993, 1994, de 1996, 2007 y, finalmente la de 2014. De las cuales se describirán
los aspectos más relevantes, de modo que, se

relatarán cada una de ellas cronológicamente
hasta llegar al sistema electoral mexicano vigente.

Jazmín Flores Montes

�76

Desafíos Jurídicos

Reforma electoral de 1977:
La reforma ocurrida en 1977 tuvo un carácter único y es considerada el punto de partida de la vida democrática mexicana, con un
sello esencialmente incluyente de las fuerzas
políticas que hasta entonces no habían sido
reconocidas de manera oficial. A partir de ese
año, la democratización fue impulsada por los
actores políticos como un proceso de cambio
centrado en el sistema electoral3.
Esta reforma fue impulsada por el entonces
secretario de gobernación Jesús Reyes Heroles durante el sexenio del ciudadano José
López Portillo, el autor de esta reforma puso
especial énfasis sobre el reconocimiento de la
participación de las minorías en los órganos
de representación política.
Para Córdova Vianello4, Dieter Nohlen5, Becerra, Salazar y Woldenberg6 y Riva Palacio
López7 los ejes sobre los que se fundó la pri3   Instituto Nacional Electoral, INE, “Boletín Eleccio-

nes 2015 Programa de Acompañamiento Ciudadano”,
Reformas estructurales de nuestro sistema electoral.
Reformas estructurales de nuestro sistema electoral,
México, 2015, http://pac.ife.org.mx/para_saber_mas_
reformas_estructurales.html
4   Córdova Vianello, Lorenzo, op. Cit., p. 658.
5   Nohlen, Dieter, Sistemas electorales y partidos políti-

cos, México, Fondo de Cultura Económica, 1998 p.116.
6   Becerra, Ricardo, et. al., La mecánica del cambio po-

desafiosjuridicos.uanl.mx

mera de las reformas electorales de la etapa
de la transición a la democracia en México
fueron primordialmente los siguientes:
a) La posibilidad de que agrupaciones de
ciudadanos obtuvieran su registro como
partidos políticos a través del llamado
“registro condicionado” (que era una
opción mucho más flexible en términos
de los requisitos exigidos para obtener
el “registro definitivo”), mismo que implicaba que ese partido debía refrendar su
registro en las elecciones, mediante la
obtención de un porcentaje mínimo de
votación (el 1.5% de los votos válidos).
b) El acceso a financiamiento público y a
espacios estatales en los medios de comunicación.
c) La incorporación del mecanismo de
elección proporcional para elegir a una
parte de los integrantes de la Cámara de
Diputados (el 25%, es decir, 100 de los
400 diputados que a partir de entonces
integraban a dicha Cámara), convirtiéndose en un modelo mixto de distrito plurinominales de representación proporcional y uninominales de mayoría de para la
conformación del órgano legislativo.
d) La posibilidad directa para que los
partidos políticos nacionales pudieran
participar en las elecciones estatales y
municipales.

lítico en México. En Elecciones, partidos y reformas.
México, México, 2000.
7   Riva Palacio López, Antonio, La reforma política y

la L Legislatura del H. Congreso de la Unión, México,
Miguel Ángel Porrúa, 2007, p. 17, http://biblioteca.diputados.gob.mx/janium/bv/ce/scpd/LX/reforma.pdf

Esta gran reforma del año 1977 dio apertura
a que el sistema de partidos de la época, el
cual se caracterizaba por ser estático, marginal, cegado y diera la pauta para la entrada de nuevas fuerzas políticas, generando la

Análisis sobre las reformas en materia electoral al sistema de Representación política de México. PP. 72-85

�77

Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

integración de la nueva pluralidad ideológica
y política, así mismo permitió la apertura de
espacios de representación política para la
oposición8.

da la mayoría absoluta de los escaños, independientemente de la votación que obtuviera.
También se fijó en 350 el máximo de escaños
que podría obtener un partido.

Reforma electoral de 1986-1988:

En México, desde 1988 se aplica un sistema
mixto con dominante mayoritario. Se eligen
300 diputados en sendos distritos uninominales y 200 de representación proporcional
en cinco circunscripciones plurinominales. El
umbral establecido para participar en la distribución de los diputados de Representación
Proporcional fue del 1.5% de la votación nacional11.

Durante esta reforma se modificaron un par
de artículos de la constitución mexicana, así
como también en su momento se promulgó una nueva ley en materia electoral, mejor
conocido como el Código Federal Electoral
(CFE). Asimismo, se derogó el tan criticado
registro condicionado de partidos, por lo que
esta reforma fue mayormente recordada como
aquella en la que el gobierno nuevamente obtuvo el control total de la organización electoral, pues se establecieron cláusulas para que
el partido político más fuerte pudiera alcanzar
en la Cámara de diputados la mayoría absoluta. Por su parte la ley electoral de 1987 duró
tan solo un año vigente pue se avecinaba el
proceso electoral de 19889 y Carmona-Hernández y Jiménez-Solares10.
La fórmula utilizada en 1988 durante el sexenio del presidente de México Salinas de Gortari estuvo permeada de cuestionamientos, ya
que en esta se incrementó a 200 el número
de escaños por listas de partido, previendo
que el partido que obtuviera el mayor número de distritos de mayoría tendría garantiza8 Córdova Vianello, Lorenzo, op. cit., p. 569.
9   Instituto Nacional Electoral, op. cit.1.

Asimismo, en el año de 1988 cambia la historia del país con el abanderamiento del primer candidato presidencial de izquierda, un
reconocido miembro de la clase política priista, Cuauhtémoc Cárdenas el cual logró el
crecimiento de la oposición en el país, lo cual
permitió la llegada de los primeros legisladores opositores al senado, así como arrebatar
la mayoría calificada al Partido Revolucionario
Institucional-PRI en la Cámara de Diputados.
Las reformas de 1989-1991 mantuvieron el límite máximo de escaños y la cláusula de mayoría garantizada (denominada cláusula de
gobernabilidad), pero exigiendo que para su
aplicación se obtuviera al menos 30% del total de la votación emitida. Con esas reformas
también se crearon escaños adicionales para
el partido ganador, de tal forma que no tuviera
que operar con una mayoría muy estrecha en
la Cámara12. En el que por primera vez el H.

10   Carmona-Hernández, José Salvador y Jiménez-So-

lares, Carlos, “La reforma electoral en México 1988-

11   Valdés, Leonardo, Sistemas electorales y de parti-

2000”. Ra Ximhai, volumen 2, núm. 3, septiembre-di-

dos, México, Instituto Nacional Electoral, 2013, p. 19.

ciembre, 2006, pp. 641-655, https://www.redalyc.org/

12   Reynolds, Andrew, et. al., Diseño de Sistemas Elec-

pdf/461/46120305.pdf

torales. El nuevo manual de IDEA internacional, MéxiJazmín Flores Montes

�78

Desafíos Jurídicos

Congreso de la Unión no fue sometido por el
Partido que siempre había tenido mayoría, ya
que solo poseía el 47% de los curules de la
Cámara de Diputados.

desafiosjuridicos.uanl.mx

Reforma electoral de 1993 y 1994:

para fortalecer las garantías de transparencia,
como aumentar la confiabilidad del padrón
electoral, garantías de equidad en el acceso a
los medios de comunicación masiva, impedir
el uso de recursos y programas públicos a favor de algún partido o candidato, entre otras.

En 1994 la situación política exigió un esfuerzo extraordinario por parte de los partidos para
reforzar y revalidar las leyes, las instituciones
y la viabilidad de las elecciones en un panorama teñido por la violencia, y su eventual espiral, que generó el alzamiento del Ejército Zapatista el primero de enero de aquel año, día
en que también entró en operación el Tratado
de Libre Comercio.

La reforma de 1994 eliminó la cláusula de
mayoría garantizada y creó un sistema paralelo, en donde la distribución de los escaños
de representación proporcional fuera completamente independiente de los resultados de
las elecciones en los distritos uninominales.
Como regla general, ningún partido podía ganar más de 60% de los escaños (300 de los
500)14.

De cara a la renovación de los poderes federales en julio de ese año, los principales partidos políticos, firmaron una serie de acuerdos y compromisos asumidos como “una
contribución al proceso de paz”, para lo cual
eran necesarias unas elecciones imparciales
aceptadas por todos13. Básicamente, los partidos acordaron avanzar en la independencia
de la autoridad electoral –por voluntad propia los partidos políticos perdieron su voto
en los órganos de decisión de las elecciones
y se incorporó a dichos órganos la figura de
“consejeros ciudadanos” con voz y voto–, y
desarrollar una serie de enmiendas a la ley

También tuvo como principal efecto que el IFE
(ahora INE), se le delegara la función de fiscalizar los recursos de los partidos políticos
para que revisar que estos cumplieran con
todas las disposiciones existentes en materia
de financiamiento, particularmente en cuanto
a los topes de campaña electorales. Así como
también que sobre el Tribunal Federal Electoral recayera la función de calificar las elecciones de diputados y senadores y sobre todo la
emisión de la credencial para votar originando
el concepto de ciudadanización de las instituciones15.
Reforma electoral de 1996:

co, Instituto Federal Electoral-Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, 2006, p. 113, https://www.
idea.int/sites/default/files/publications/diseno-de-sistemas-electorales-el-nuevo-manual-de-idea-internacional.pdf.

En 1996 la reforma a la ley electoral tuvo
como ejes primordiales el establecer el límite
de 300 escaños que un partido podría ganar,
y fijar en ocho puntos porcentuales el nivel

13 Woldenberg, José¸ El cambio político en México, Serie
cuadernos de divulgación, México, Tribunal Electoral del Es-

14   Reynolds, Andrew, et. al., op. cit., p. 113.

tado de Hidalgo, Colegio del Estado de Hidalgo, 2007, p.32.

15   Carmona-Hernández, et. al., op. cit., p. 20.

Análisis sobre las reformas en materia electoral al sistema de Representación política de México. PP. 72-85

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

máximo de sobrerrepresentación16. Esta regla
electoral ha sido la más estable desde que se
implantó la representación multipartidista en
1964, pues se ha aplicado en las elecciones
de 1997 y hasta la recién legislatura LXIV del
2018 ningún partido ha obtenido una mayoría
absoluta de escaños bajo esta regla, solo el
Partido de Regeneración Nacional cuenta actualmente con un total de 256 escaños.
Con la emisión de la ley electoral de 1996 durante el sexenio del presidente Ernesto Zedillo se conservó el número de senadores que
integrarían una de las Cámaras del Congreso
de la Unión, es decir 128 senadores, además
de que el número que sería elegido en cada
una de las 32 entidades federativas se redujo
a tres (dos asignados al partido más votado
y uno a la primera minoría), mientras que los
restantes 32 legisladores se elegirían a través
del sistema electoral proporcional mediante
listas cerradas y bloqueadas en una única
circunscripción en el país17, mejor conocido
como sistema mixto.

16   Cámara de Diputados, H. C, índice de Glosario: La

Reforma electoral de 2007:
Tras las elecciones del 2006 el sistema electoral evidenció graves deficiencias en algunos aspectos, esto dio origen a que nuevamente se reformara no solo la ley electoral,
sino que también la constitución mexicana,
es decir, se reformaron en el año 2007 nueve
artículos de ambas normativas, motivando un
ambicioso proceso de transformación Institucional. Esta anhelada reforma constitucional
y legal se hizo cargo de muchos de los problemas y faltantes que se habían presentado
o evidenciado en la última década y que se
presentaron conjuntamente con una alta dosis disruptiva en los comicios presidenciales
del 2006, sometiendo a una dura prueba la
viabilidad de los procedimientos e instituciones electorales 18.
Para Jorge Carpizo19 y Lorenzo Córdova
Vianello20 los ejes de esta reforma fueron los
siguientes:
a) Nuevas reglas en las condiciones de
la competencia.
En este sentido, se establece una nueva
fórmula para el financiamiento público
de los partidos políticos, tanto en lo público como en lo privado.

Cámara de Diputados”, 2021, p. 1, http://www3.diputados.gob.mx/camara/001_diputados/007_destacados/d_accesos_directos/006_glosario_de_terminos/o_

b) Una nueva regulación del acceso de
los partidos a la radio y la televisión.

la_camara_de_diputados.
17   Zovatto, Daniel y Orozco Henríquez, J. Jesús, “RE-

18   Ibidem, pp. 24-25.

FORMA POLÍTICA Y ELECTORAL EN AMÉRICA LATINA

19   Carpizo, Jorge, La reforma del Estado en 2007 y

1978-2007”, en Zovatto, Daniel y Orozco Henríquez, J. Je-

2008. Cuestiones constitucionales, México, 2008,

sús (Coords.) Reforma Política y electoral en América Latina

pp.19-48,

1978-2007: Lectura regional comparada, México, IDEA Inter-

n19a2.pdf

nacional, 2008, p. 20.

20   Córdova Vianello, Lorenzo, op. cit., p. 676.

Jazmín Flores Montes

http://www.scielo.org.mx/pdf/cconst/n19/

�80

Desafíos Jurídicos

Es decir, plantear reglas precisas para
el uso de los medios de comunicación
por parte de los partidos políticos tanto
en precampañas como en campañas, la
compra de publicidad en medios electrónicos de comunicación.
c) Reducción de los tiempos de campaña y regulación de las “precampañas”.
Las campañas presidenciales disminuyeron su duración si antes rebasaban
los 160 días ahora se reducen a 90 y, la
duración máxima de las actividades de
proselitismo se fija en dos terceras partes de tiempo de duración de las campañas.
d) Nueva integración y facultades para
las autoridades electorales.
Tanto el IFE (ahora INE) como el Tribunal Electoral sufren modificaciones en los
tiempos de duración del encargo de sus
integrantes, estos serán renovados en forma escalonada, así como nuevas facultades para vigilar y sancionar las conductas
ilícitas de los actores electorales, así como
administrar los tiempos que corresponden
al Estado en medios electrónicos.

desafiosjuridicos.uanl.mx

galidad de las elecciones, así como también
establecer nuevos modelos de integración, de
distribución de competencias de las autoridades electorales, administrativas y jurisdiccionales.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación21, el INE22
y Zamitiz Gamboa23 describen en forma de
resumen los cambios que se introdujeron a
la reforma electoral, mismos que se agrupan en siete grandes ejes temáticos, de los
cuales, solo se describen los más destacados que tienen relación con el artículo en
comento:
a) Una de las novedades que trajo consigo esta reforma fue en lo relativo a la
reelección legislativa de los diputados
federales y senadores, de los presidentes municipales, síndicos y regidores, en
esta se describen las bases y condiciones para que las reelecciones puedan
llevarse a cabo.

21   Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación, “Contenido de los siete ejes temáticos de las
reformas político-electoral de 2014”, México, TEPJF, 2014.

e) La prohibición expresa de la interven- 22 Instituto Nacional Electoral, INE, “Reforma Político
ción de organizaciones gremiales en la Electoral 2014”, Información que debes conocer, Méxiinstauración de partidos políticos, o de co, 2014, http://www.ine.mx/archivos2/CDD/Reforma_
cualquier forma de afiliación corporativa. Electoral2014/normatividad_legislacion.html
23   Zamitiz Gamboa, Héctor, “La reforma político-elec-

Reforma electoral de 2014:

toral 2014-2015: ¿híbrido institucional o avance gradual del sistema democrático en México?”, Estudios

Esta reforma es una de las más actuales dentro del sistema electoral mexicano, se llevó a
cabo en año 2014 y su principal objetivo fue
garantizar la transparencia, dar certeza y le-

políticos (México), México, núm. 40, enero-abril. 2017,
p.11-46,

http://www.scielo.org.mx/pdf/ep/n40/0185-

1616-ep-40-00011.pdf

Análisis sobre las reformas en materia electoral al sistema de Representación política de México. PP. 72-85

�81

Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

b) La paridad de género ha sido una
de las grandes contribuciones que trajo
consigo esta reforma electoral, ya que
ahora los partidos políticos por mandato
constitucional deben garantizar la paridad de género en porcentajes iguales,
es decir los partidos postularán en cualquier cargo público con el 50% de mujeres y el 50% de hombres, así como también un sistema uniforme de coaliciones
para los procesos electorales federales
y locales.
c) Otro de los rubros que se modificaron
fue las del día de jornada electoral, pues
si bien era sabido que la jornada electoral era llevada a cabo el primer domingo
de julio, ahora esta cambia y se adelanta para celebrarse al primer domingo de
junio.
d) Respecto del régimen de los partidos
políticos, se hace énfasis que para que
los partidos puedan conservar su registro, estos deben completar al menos el
3% de la votación valida en las eleccio-

nes del momento determinado, respecto
de las elecciones de renovación de las
Cámaras del Congreso de la Unión y del
Poder Ejecutivo mexicano.
e) Se estipularon las reglas básicas sobre las consultas populares, especialmente sobre los instrumentos de participación ciudadana.
f) En lo relativo a las candidaturas independientes, las cuales hoy son una
realidad, se reformó la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales, en la cual se introdujeron las bases
relativas a su actuación.
Resumen de cada una de la Reformas en materia electoral sobre Representación política
mexicana
A continuación se presenta en forma de tabla
las principales aportaciones de cada una de
la Reformas en materia electoral sobre Representación política.

Tabla 2 Principales aportaciones de la Reformas en materia electoral sobre
Representación política mexicana
Año

Aportaciones de la Reforma electoral
•

Agrupaciones de ciudadanos pudieron crear partidos políticos bajo la opción del
registro condicionado.

1977

•

Acceso a financiamiento público en los medios de comunicación.

•

Implementación del modelo mixto de representación.

•

Participación directa de los partidos políticos nacionales en elecciones estatales.

Jazmín Flores Montes

�82

Desafíos Jurídicos

1986-1988

desafiosjuridicos.uanl.mx

•

Promulgación del Código Federal Electoral.

•

Derogación del registro condicionado.

•

Incremento en el número de escaños por listas de partido. 200 escaños.

•

Elección de 300 diputados en sendos distritales uninominales.

•

Tope máximo de escaños por partido. 350 escaños.

•

1989-1991 La cláusula de gobernabilidad se exigía al menos 30% del total de la
votación emitida.

•

Partidos acordaron avanzar en la independencia de la autoridad electoral.

•

Partidos políticos perdieron su voto en los órganos de decisión de las elecciones
y se incorporó a dichos órganos la figura de “consejeros ciudadanos” con voz y

1993 y 1994

voto.
•

Se eliminó la cláusula de mayoría garantizada, ningún partido podía ganar más de
60% de los escaños (300 de los 500).

•

Se delega al INE la función de fiscalizar los recursos de los partidos políticos.

•

Al Tribunal Federal Electoral le compete la función de calificar las elecciones de
diputados y senadores.

•

Emisión de la credencial para votar.

•

Se establece en 300 el límite de escaños que un partido podría ganar.

•

Se fija en ocho puntos porcentuales el nivel máximo de sobrerrepresentación.

•

El número de Senadores elegidos en cada una de las 32 entidades federativas
se redujo a tres (dos asignados al partido más votado y uno a la primera minoría),

1996

mientras que los restantes 32 legisladores se elegirían a través del sistema electoral proporcional mediante listas cerradas y bloqueadas en una única circunscripción.
•

Nueva fórmula para el financiamiento público de los partidos políticos, tanto en lo
público como en lo privado.

•

Nueva regulación del acceso de los partidos a la radio y la televisión, en cuanto al
uso y compra de publicidad en tiempos de precampañas y campañas.

2007

•

Reducción de la duración de los tiempos de campaña y regulación de las “precampañas.

•

Nueva integración y facultades del Instituto Nacional Electoral como del Tribunal
Electoral.

•

La prohibición de la intervención de cualquier forma de afiliación corporativa u
organizaciones gremiales en la instauración de partidos políticos.

Análisis sobre las reformas en materia electoral al sistema de Representación política de México. PP. 72-85

�83

Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

•

Desafíos Jurídicos

Se admite la reelección legislativa de los diputados federales y senadores, de los
presidentes municipales, síndicos y regidores.

•

Integra la Paridad de género en la postulación a cualquier cargo público con el
50% de mujeres y el 50% de hombres.

2014

•

Cambio en el día de la jornada electoral al primer domingo de junio.

•

Para la conservación de registros de los partidos políticos, se estipula el 3% de la
votación valida en las elecciones de renovación de las Cámaras del Congreso de
la Unión y del Poder Ejecutivo.

•

Se introdujeron las bases relativas a las candidaturas independientes.

•

La estipulación de las reglas básicas sobre los instrumentos de participación ciudadana en las consultas populares.

Fuente: Elaboración propia

Dicha tabla supralíneas resume como el sistema electoral mexicano ha evolucionado a
lo largo de más de cuatro décadas y media,
integrando por medio de reformas al marco
jurídico nacional mexicano, estas valiosas
aportaciones sobre Representación política,
las cuales fortalecen la identidad de los partidos políticos, les da la posibilidad de participar dentro de la democracia, robustece la vida
interna de los mismos y da credibilidad a las
instituciones encargadas de llevar a cabo estos comicios.

entre ellos, la disminución en el número del
curules de ambas Cámaras. Otras de ellas fue
la reducción del financiamiento de los partidos
políticos, siendo esta última propuesta en el
año 2021, presentada por la senadora Mónica
Fernández Balboa, en dicho intento de reforma, versaba sobre el artículo 41 de la Constitución mexicana, con la finalidad de emplear
los ahorros de diversos recursos públicos para
atender alguna emergencia nacional, como la
de la actual pandemia de la COVID-109, sin
embargo, ninguna ha podido materializarse.

Cada una de estas transformaciones de las
cuales ha sido parte el sistema electoral mexiHasta actual legislatura, es decir, la LXIV Le- cano, en las que se implicaron reformas legislatura del H. Congreso de la Unión de Mé- gales locales, reformas constitucionales encaxico, la Cámara de Diputados no ha aprobado bezas por la revolución, prologadas guerrillas,
ninguna reforma electoral nueva, aunque si permitieron variaciones en el número de rebien es cierto que desde el año 2018 el grupo presentantes, y también dieron pauta para la
parlamentario del Partido Movimiento de Re- delimitación y actualización de circunscripciogeneración Nacional -MORENA, ha querido nes en todo lo referido a la obtención de algún
llevar a cabo bajo el slogan de total austeri- escaño, de tal forma que, esta evolución tuvo
dad varias iniciativas como la desaparición de objetivos específicos que en términos genelos Organismos Públicos Locales Electorales, rales, tendieron a reforzar los cambios que
CONCLUSIONES

Jazmín Flores Montes

�84

Desafíos Jurídicos

previamente se habían impulsado, o bien a introducir nuevas transformaciones que venían
a sumarse a las que ya se habían concretado.
De ahí que el carácter gradual y paulatino de
la transición a la democracia y la evolución
de los sistemas electorales en México, sean
modelos aprovechables que han sabido permanecer desde su integración o a los largo de
casi más de 45 años en aspectos muy importantes, como la cantidad de espacios de representación, además de que, no solo se han
enfocado en eso, sino que también han sentado a los partidos políticos las reglas esenciales de armonización, control y certeza jurídica
tanto para ellos mismos en la intervención en
las contiendas electorales, y para el ciudadano al brindarle los instrumentos necesarios para su inclusión paritaria de aspiración
a ocupar cualquier cargo público, asimismo
generar espacios de verdadera participación
sin tantas trabas legales y sobre todo darles la
credibilidad de que en realidad si representan
la voluntad del elector, de todo aquel que manifiesta su conformidad mediante el sufragio.

desafiosjuridicos.uanl.mx

nes poseían el poder político de la época y
querían seguirlo conservarlo y a pesar de todos los demás declives que han pasado a lo
largo de la vida democrática y político electoral, se está viviendo algo trascendental, tanto
así mediante los modelos e inclusión del ciudadano de manera independiente en la vida
político-electoral o la integración de nuevos
partidos políticos hemos vivido ya por primera
vez en la historia de nuestro país la existencia
de un gobierno estatal proveniente de un participante vía independiente y un presiente de
la nación de izquierda.
Así como también mediante la inclusión de los
nuevos instrumentos de participación ciudadana, pues si bien es cierto es modelos de la
inclusión e iniciativa de participación ciudadana, dan la pauta para que el ciudadano tenga
la intención de involucrarse en el quehacer
electoral y democrático al que pertenece y no
dejándole todo el trabajo a las instituciones ni
a los partidos políticos.
BIBLIOGRAFÍA

También es cierto que aquellas fortalezas con
las que un día fueron motivadas y con fines
hacia la verdadera democracia de 1970, las
cuales fueron vistas como algo utópico más
no imposible de volver a retomar, son ahora el
estandarte determinante del rumbo del sistema electoral, procurando no repetir la misma
historia, evitado convertirse en un ciclo, sino
que siempre mirando hacia adelante hacia
una viviente democracia.

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Carmona-Hernández, José Salvador y Jiménez-Solares,
Carlos, “La reforma electoral en México 1988-2000”. Ra

De esta misma forma en las que coexistieron
dentro del sistema de representación política
mexicana algunas reformas ineficaces, que
solo beneficiaron a algunos cuantos o a quie-

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Jazmín Flores Montes

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Humberto Pineda Acevedo (Instituto de Investigaciones Jurídicas,
Universidad Nacional Autónoma de México)
Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano.
Un asunto pendiente en la agenda legislativa de la reforma constitucional de derechos humanos de 2011. pp. 86-113. Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022.
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Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
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ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San
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Suspensión de derechos en el régimen constitucional
mexicano: Un asunto pendiente en la agenda legislativa de la
reforma constitucional de derechos humanos de 2011a
Suspension of rights in the mexican constitutional regime: A pending issue on the
legislative agenda of the constitutional amendment of human rights of 2011
Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: Humberto Pineda Acevedo*

* https://orcid.org/0000-0002-5725-2343
Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional
Autónoma de México

Resumen. El presente ensayo consiste en analizar un tema olvidado en el régimen constitucional mexicano, el cual trata sobre la suspensión del ejercicio de los derechos humanos
y de sus garantías. La reforma constitucional del 10 de junio de 2011 implicó un cambio de
paradigma en el tema de los derechos humanos en México, por lo que la amplia modificación
del artículo 29 de la Constitución Mexicana tuvo como consecuencia el reconocimiento de una
“suspensión constitucionalizada” en torno al ejercicio de los derechos y de sus garantías, conforme a lo dispuesto por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Por lo tanto, el
objetivo del presente texto es resaltar la importancia del tema de la suspensión de derechos,
desde la perspectiva teórica constitucional, lo cual lleva a establecer un recordatorio al Poder
Legislativo Federal Mexicano para la promulgación de la ley secundaria o reglamentaria del
artículo 29 constitucional; una asignación legislativa pendiente.
Palabras clave: Constitución, suspensión, derechos humanos, dictadura, Estado de excepción, Estado constitucionalmente suspendido.
a Artículo académico que se deriva de un proyecto de investigación personal sobre la suspensión de derechos en México,
cuya línea argumentativa principal se encuentra en las disciplinas de Teoría Constitucional y de Historia del Derecho. Investigador único: Humberto Pineda Acevedo. Nadie financió este proyecto de investigación. Trabajo finalizado el 19 de junio de
2022.
* Filiación institucional: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Formación académica: Actualmente, estudiante del
Doctorado en Derecho del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Abogado y Maestro en Derecho Constitucional
por la Escuela Libre de Derecho. Profesor en la Maestría en Derecho Constitucional de la Universidad Latina de América
en Morelia, Michoacán. Líneas de investigación: Derecho y teoría constitucional, Poder Ejecutivo, Monarquía(s) y Autoritarismo(s). Dirección electrónica: hpineda@unla.edu.mx. Perfil académico: https://eld.academia.edu/HumbertoPinedaAcevedo

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Abstract. This essay consists of analyzing a forgotten topic in the Mexican constitutional regime, which deals with the suspension of the exercise of rights and their guarantees. The constitutional reform of June 10, 2011 implied a paradigm shift in the issue of human rights in Mexico,
therefore the wide change of article 29 of the Mexican Constitution resulted in the recognition
of a “constitutional suspension” around to the exercise of rights and their guarantees, in accordance with the provisions of the American Convention on Human Rights. Therefore, the objective of this text is to highlight the importance of the suspension of rights, from the constitutional
theoretical perspective, which leads to establish a reminder to the Mexican Federal Legislative
Power for the promulgation of the secondary or regulatory law of constitutional article 29; a
pending legislative appropriation.
Key words: Constitution, suspension, human rights, dictatorship, State of emergency, State
constitutionally suspended.

I. INTRODUCCIÓN
Este ensayo está desarrollado, principalmente, bajo dos perspectivas: la teoría constitucional y la historia del derecho, cuyo análisis
abarca una explicación, desde una visión occidental general, de lo que se ha entendido
por el tema de la suspensión de derechos,
pasando por el Estado de excepción – lo
cual se ha asociado erróneamente a los regímenes dictatoriales –, su tránsito hacia el
Estado constitucionalmente suspendido y su
regulación en el régimen constitucional mexicano; todo esto para reflexionar históricamente y desentrañar los motivos por los cuales el contenido del artículo 29 constitucional
mexicano ha sido prácticamente olvidado por
el Ejecutivo Federal, debido a que, como lo
veremos en las próximas páginas, solamente
ha sido utilizado una sola vez durante la presidencia de Manuel Ávila Camacho, además
de que en la actualidad no cuenta con una legislación secundaria, tras la importante refor-

ma constitucional de derechos humanos del
2011, por lo que ha permanecido como una
tarea pendiente en la agenda del Legislativo
Federal.
Por lo tanto, este trabajo de investigación se
basa en la doctrina y en los antecedentes
constitucionales de la suspensión de derechos, a partir de 1917, por lo que no se citarán ejemplos jurisprudenciales o de precedentes judiciales en función de que no existen
en México, ante la casi absoluta inactividad
observada en la realidad, por parte del Poder Ejecutivo Federal, respecto al artículo 29
constitucional, y porque este ensayo no busca
hacer comparaciones ni simples descripciones de lo que opinen o puedan llegar a pronunciar los jueces, sino consiste en identificar
los argumentos y las razones suficientes, a
través de un análisis teórico constitucional e
histórico, para encontrar fundamentos y necesidades por las cuales se pueda activar la
suspensión de derechos, cuando el Ejecutivo

Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano. PP. 86-113

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Federal, tras estudiar y valorar la situación,
decida que puede activarse este artículo 29,
y también para recordarle al Poder Legislativo
Federal que no ha promulgado ley alguna que
reglamente dicho supuesto que puede suscitarse, es decir, una normatividad secundaria
que ayudaría o complementaría lo establecido
por la Constitución.

En el último apartado concluyo con la idea general de que la suspensión de derechos no
es sinónima de establecer un régimen autoritario, en donde desprendo conclusiones más
concretas en torno a que en México pareciera
que el problema de la casi total inaplicabilidad
del artículo 29 constitucional se debe al temor que ha generado una confusión conceptual con el término de dictadura, por lo que la
En el apartado II estudiaré la transición histó- aplicación de la suspensión de derechos se
rica del Estado de excepción al Estado cons- encuentra dentro de un régimen institucional
titucionalmente suspendido, desarrollando las eficaz y ayudaría a comprender mejor este
causas y los motivos por los cuales se ha mal tipo de suspensión si el Legislativo Federal
interpretado que una posible suspensión de diseñara la normativa secundaria pendiente.
derechos pueda confundirse con el establecimiento de alguna dictadura o de un régimen De esta forma, a continuación se desarrolla
autoritario.
un tema importante que ha sido prácticamente olvidado en el imaginario de las autoridades
En el numeral III busco concretar la teoría de- ejecutivas y legislativas federales mexicanas
sarrollada del apartado II en el caso mexica- durante el siglo XX, y cuyo precepto constino, en particular dentro del suceso de la Se- tucional, a pesar de haber sido reformado en
gunda Guerra Mundial, cuando el presidente el año de 2011, carece de legislación secunÁvila Camacho consideró la apremiante ne- daria que pueda desarrollar, de manera más
cesidad de activar la suspensión de las en- amplia, la suspensión de derechos humanos
tonces denominadas “garantías individuales”, en ciertos supuestos que determina la Constilo cual puede servir como único antecedente tución Mexicana.
histórico de haberse aplicado el artículo 29
constitucional.
II. DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN AL ESTADO CONSTITUCIONALMENTE SUSPENDIEn el apartado IV realizo un recorrido histó- DO
rico de cómo se ha modificado el artículo 29
constitucional hasta llegar a la reforma de de- El Estado de excepción defendido por Carl
rechos humanos del 2011, en donde conecto Schmitt en un artículo de 1934 titulado como:
la exposición teórica de los anteriores aparta- El Führer defiende el derecho, consiste en
dos para justificar la necesidad de promulgar que la excepción que debería ser pasajera,
una ley secundaria que regule el supuesto del por su propia naturaleza, se transforma en reartículo 29 constitucional y resaltar el desem- gla permanente, por lo que Schmitt afirma en
peño pasivo del Ejecutivo Federal, al no haber dicho ensayo que el “soberano es quien deciaplicado dicho precepto en situaciones que de sobre el Estado de excepción”, añadiendo
posiblemente lo requerían.
que, “debido a la forma de pensar de un EstaHumberto Pineda Acevedo

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do de Derecho liberal… la burocracia civil no
encontró el valor para darle a los amotinados
y a los enemigos del Estado lo que ellos merecían.”1 Así, desaparece el Estado garantista
de derecho al ser sustituido por el Estado del
soberano que crea el derecho para enfrentar
los peligros que se vayan presentando. Estas
amenazas se perpetúan con el fin de mantener la excepción como regla – algo parecido a
una guerra sempiterna –.
Esta interpretación Schmittiana se entiende
como aquella suspensión permanente del
Estado de Derecho, en función de una emergencia o de algún caos provocado por distintas causas, principalmente por la guerra,
en donde un líder político – el Káiser – debía
asumir, de manera absoluta, todas las decisiones del régimen con la finalidad de desburocratizar acciones gubernamentales que
tendrían que realizarse de manera rápida y
eficaz, derivadas de la emergencia que debía
atenderse.
Este concepto de suspensión jurídica constitucional se ha intentado equiparar con aquel
procedimiento de designación de un dictador
en la Roma clásica republicana. Si existía alguna emergencia – una catástrofe natural o
suceso perjudicial provocado por alguna guerra – el Senado romano le otorgaba facultades al Cónsul para ejercer un poder especial
y absoluto por un periodo de seis meses,
nombrándole dictador, para que ayudara a
contrarrestar la emergencia, y una vez termi-

nada esta situación extraordinaria, el dictador
devolvería este poder al Senado restaurando
las magistraturas ordinarias de la república.2
Este tipo de procedimiento de aquella Roma
de los años previos a Cristo no es el mismo
que la moderna suspensión del régimen jurídico. Es cierto que ambas situaciones son
parecidas, sin embargo, el contexto histórico
nos ayuda a reflexionar en que son dos procedimientos totalmente distintos. El ejemplo
histórico romano nos ayuda a entender la
causa por la cual Julio César fue nombrado
dictador ante especiales circunstancias después de su victoria contra Pompeyo y obtener
un poder político importante por parte del Senado,3 esto en atención de que César no fue
un simple dictador de seis meses, sino además de este nombramiento, logró acumular
un capital político que le permitiría rediseñar
Roma a su propia imagen y razonamiento. En
esta experiencia histórica, la Constitución romana no registraba una suspensión moderna del régimen jurídico, en función de que el
ejercicio de los derechos civiles o políticos de
los romanos dependían de una clase social
o económica a la que pertenecían, independientemente de quien o de quienes ejercían
el poder en el gobierno. Además entendiendo
que, en Roma, el derecho jurisprudencial –
ius – pertenecía al orden privado, al no existir una distinción moderna entre derecho público y privado, de tal suerte que el derecho
constitucional, como hoy lo entendemos, no
existía en la época antigua romana.

1   Schmitt, Carl, “El Führer defiende el derecho” en

Orestes Aguilar, Horacio, Carl Schmitt: Teólogo de la

2   Kunkel, Wolfgang, Historia del Derecho romano, 9ª ed.,

Política, México, Fondo de Cultura Económica, 2001,

trad. de Juan Miquel, Barcelona, Ariel, 2003, pp. 22 a 25.

pp. 114 a 118.

3   Ibidem, p. 55.
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Entonces, indudablemente me permito señalar que el uso histórico del término de la dictadura se remonta a la antigua Roma, en donde
es claramente identificado con rasgos institucionales, lo cual genera un contraste con el
uso contemporáneo del concepto, debido a
que su evolución fue atrapada por las manipulaciones políticas, dando como resultado un
régimen – el cual estaba bien definido por sus
reglas – que se conocería por una definitiva
ausencia de reglas.4

por la ausencia completa de atributos asociados con la democracia.6

Además de las anteriores nociones, posteriormente la dictadura recibió pocas referencias y no sucedió hasta el siglo XIX cuando
el término fue reutilizado, entre 1789 y 1815,
en Francia y, después de 1852, brevemente
denotado en el Segundo Imperio.7 Lo interesante consiste, durante esta etapa formativa
moderna, en que la utilización del término
ya no se refería al gobierno de un solo homJennifer Gandhi insiste en que intentar definir bre, sino al gobierno de un grupo, como lo
a la dictadura no es cualquier asunto banal,5 fue aquel supuesto bajo el que la Convensino dicho concepto cruza por una puntual ción Nacional Francesa suspendió la Consevolución, desde un artefacto institucional uti- titución, en octubre de 1793, y estableció un
lizado en la antigua Roma hasta un sistema de gobierno provisional que funcionó como dicreglas, el cual en la modernidad es asociado tadura de un grupo revolucionario: el Comité
con la ausencia absoluta de instituciones y de de Salud Pública.8
restricciones, porque la consecuencia, durante el siglo XX, ha sido constituir una definición Poco tiempo después, el término de dictadunegativa de la dictadura, resaltando que se ra fue usado ya no para referirse a un grupo,
trata de un régimen gubernamental marcada sino a una clase social, cuando Lenin expresó
la “dictadura del proletariado” y, por otro lado,
4   Gandhi, Jennifer, Political Institutions under Dictator- pocos años posteriores transcurrieron para
ship, Nueva York, Cambridge University Press, 2010, que el término de dictadura tuviese connotap. 2.
ciones peyorativas como el fascismo italiano
5   De hecho, Gandhi primeramente distingue los términos de y el nazismo, al haber sido los claros oponentiranía y de dictadura porque en el lenguaje contemporáneo tes del liberalismo.9 De esta manera, se puede
parece que fueran sinónimos, pero realmente no es así. Ini- observar que el concepto de dictadura había
cialmente, en la antigua Atenas, la tiranía era un régimen cambiado en la modernidad, porque repreimpuro de gobierno que no estaba vinculado a la dictadura; sentaba un gobierno autoritario, represivo y
mientras que el dictador era un cargo de la antigua Roma – arbitrario que ejercía negativamente el poder
seleccionado por el Cónsul romano – cuyo líder gobernaba político sin limitaciones constitucionales, por
en periodos de emergencia, cuando las guerras externas o una persona o por un grupo, imponiéndose
rebeliones internas amenazaban la existencia de la civitas. La
duración del cargo de dictador llegaba a su fin por alguna de

6   Idem.

estas tres razones: a) Un tiempo máximo de seis meses, b)

7   Ibidem, p. 5.

El Cónsul que lo seleccionó hubiese sido derrocado, o c) Si la

8   Idem.

emergencia hubiese finalizado. Ver: Ibidem, p. 3.

9   Idem.
Humberto Pineda Acevedo

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absoluta e indiscutiblemente de forma vertical
hacia los súbditos de un Estado.
Gandhi expresa que la dicotomía contemporánea – entre democracia y dictadura10 – se cen10   Gandhi analiza las posturas de Carl Schmitt, Nicolás Maquiavelo y Hans Kelsen para entender las serias consecuencias que tuvieron las distinciones modernas entre dictadura y
democracia.
Por el lado de Schmitt, la dictadura se distingue en comisaria
y soberana. La dictadura comisaria se refiere al concepto original romano, mientras que, en la dictadura soberana Schmitt
provoca un colapso entre los tiempos ordinarios y excepcio-

tró mayormente en definir a la democracia al
haber dejado a la dictadura en una categoría
residual definiéndola en los términos de lo qué
no es.11 En este mismo sentido, entonces las
dictaduras podrían considerarse como regímenes que no tienen elecciones competitivas,
sin Estado de Derecho, sin derechos civiles
ni políticos, y sin una alternancia en el poder,
resaltando atributos que caracterizan a las
dictaduras en relación con las democracias;
no obstante, este tipo de definición esconde
lo opuesto, una significativa heterogeneidad
en la organización de dichos regímenes dictatoriales.12

nales de un sistema político, expresando que el dictador está
legitimado para restaurar la voluntad preconstitucional del
pueblo, sin importar si esto significa la alteración de la Constitución vigente. Por lo tanto, este último tipo de dictadura no
es temporal – sino permanece –, ni restaurativa del orden

El concepto moderno de dictadura, en mi opinión, ha estado vinculado y ha cambiado en
torno a los prejuicios y a los efectos negativos
del autoritarismo, de la autocracia, de la tira-

constitucional previo.
La diferencia aristotélica entre monarquía, aristocracia y de-

que la distinción schmittiana entre la dictadura comisaria y

mocracia colapsó, durante la modernidad, en dos momentos:

soberana podría identificarse, respectivamente, con la dicta-

a) Maquiavelo distinguió entre el gobierno de uno contra el

dura clásica y la moderna, entre una diferencia constitucional

gobierno de la asamblea, apartando a la democracia de otras

y constituida, y una extra constitucional y constituyente, por

formas de gobierno, y b) Kelsen afirmó que las distinciones

lo que si partimos de la visión de la dictadura clásica, la dic-

basadas en el número de personas era superficial, por lo que

tadura soberana – revolucionaria o contrarrevolucionaria – ya

aquél propuso solamente la diferencia que podía resultar

no es una dictadura, sino una tiranía, en donde el dictador se

entre la presencia o la ausencia de libertad política, distin-

apropia de un poder mayor, que el atribuido originalmente,

guiendo entre normas autónomas y heterónomas; en donde

degenerando en un tirano. La dictadura siempre había tenido

las formas de gobierno democráticas son aquellas cuyas

una connotación positiva hasta la aparición de los gobiernos

leyes son creadas por las mismas personas a las que se les

revolucionarios, cuyo poder fundamental consistió en haber

aplican, y en los regímenes autocráticos las leyes son crea-

sido el poder soberano, envuelto en aspectos negativos que

das por personas diferentes de aquellos a quienes se dirige la

fueron incluyéndose en torno a la ausencia de reglas y de

ley, por lo que deben obedecerse. Por lo tanto, los regímenes

límites. Para mayor análisis, ver: Bobbio, Norberto, La teoría

que habría que distinguir, en la modernidad, eran reducidos

de las formas de gobierno en la historia del pensamiento polí-

solamente a dos: la democracia y la dictadura

tico: Año académico 1975 – 1976, 2ª ed., 10ª reimp., trad.

Para mayor profundidad, revisar la obra referida de Jennifer

de José F. Fernández Santillán, México, Fondo de Cultura

Gandhi: Ibidem, pp. 6 y 7.

Económica, 2014, pp. 188 a 190.

Bajo esta misma perspectiva arriesgada de oponer, por com-

11   Gandhi, Jennifer, op. cit., p. 7.

pleto, la democracia a la dictadura, Norberto Bobbio sostuvo

12   Idem.

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nía, del despotismo, del fascismo, del nazismo
e incluso del socialismo, pasando de la detentación del poder de una persona a un grupo,
y hasta una clase social completa. Por ello, la
esencia de lo que realmente se entendía por
dictadura – en un sentido clásico antiguo – se
había desvanecido por completo ante la conformación y la reconstrucción de un concepto
totalmente negativo, el cual gira alrededor del
ejercicio ilimitado del poder político por parte de un dictador o de un grupo revolucionario. Bajo este peligro conceptual, el tema de
la suspensión de derechos se ha confundido
con la terminología moderna de dictadura, los
cuales no tienen relación alguna, en virtud de
que pertenecen a categorías diferentes en determinados contextos históricos.
De esta forma, el Estado de excepción o de
emergencia Schmittiano conformó un concepto constitucional moderno de suspensión de
derechos – desvinculado de un régimen dictatorial –, en el cual ese poder absoluto enmendaría todos los desperfectos ocurridos por la
emergencia de una guerra, prevaleciendo la
voluntad política de un primer magistrado en
atropello de todo un régimen jurídico y de los
derechos o garantías de los civiles. En esto
podemos percatarnos que el contexto se refería al nacional socialismo en Alemania y, en
poco tiempo, estallaría la Segunda Guerra
Mundial. Las circunstancias de la figura del
dictador romano y las pautas del Estado de
excepción moderno eran diametralmente distintas, de manera primordial por atender, en
pleno siglo XX, a un concepto de Constitución
codificado en donde los derechos se convirtieron en fundamentales por haber experimentado un proceso histórico revolucionario durante
el cual fue necesaria su fundamentación, lo-

grando su debido reconocimiento en el orden
constitucional de la modernidad, por lo que el
derecho constitucional pasaría a conformar el
universo del derecho público.
Una vez aclarada la distinción anterior entre
la evolución conceptual del término de dictadura y el régimen moderno de suspensión de
derechos, el Estado excepcional que defendió
Carl Schmitt se comprende a través de una reflexión histórica – una contextualización – en
la cual la voluntad del soberano (su decisión
y responsabilidad por encima de todo) equivale al pensamiento general Schmittiano de
que la Constitución equivale a las decisiones
políticas, es decir, aquella ecuación traducida
como Constitución = Política. La excepción
del Estado de emergencia debía convertirse
en la regla general y sempiterna, por lo que
la permanencia de este modelo de un solo
hombre prevalecería para tutelar y cuidar el
régimen constitucional, sustituyendo la idea
institucional y constitucional del derecho por
la guía de un líder políticamente fuerte.
Carl Schmitt manifestaba en su obra El
Concepto de lo Político, que precisamente lo
político tiene sus propios criterios y sus propias categorías, tal como sucede en la moral
cuando se distingue entre el bien y el mal, o
también como pasa en la economía para distinguir lo rentable de lo no rentable, por lo que
alguna distinción política específica es la diferencia entre amigo y enemigo, al marcar el
grado máximo de intensidad de una asociación o disociación, en un sentido concreto y
existencial, no como simples metáforas, esto
porque el enemigo no es cualquier adversario, sino aquel conjunto de personas que se
opone de forma combativa a otro conjunto

Humberto Pineda Acevedo

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análogo, conformando al enemigo público.13
Con esto busco referirme a que el pensamiento constitucional de Schmitt deriva de su juicio político, el cual además de su formación
intelectual se produce por el contexto histórico altamente politizado, porque en la primera
mitad del siglo XX la disciplina o materia del
derecho constitucional recientemente se encontraba fundándose como una rama jurídica
de la modernidad dentro del derecho público.
Si bien es cierto que durante los siglos XVIII y
XIX, dentro de la tradición histórica occidental,
se conformó un incipiente derecho constitucional a través de la promulgación de diversas
Constituciones, cuyo proceso codificatorio
resultó ser posterior a las codificaciones de
los Códigos – en el ámbito del derecho privado –, de tal manera que la codificación de
las Constituciones no solamente consistía en
saber si solo eran escritas, sino que además
se debía medir si fortalecían la eficacia y la
seguridad jurídica, acorde a las reacciones
políticas nacionalistas que se fueron desarrollando en el siglo XX. En mi opinión, esto
es clave para comprender el universo jurídico
Schmittiano, en donde la Constitución opera
esencialmente como una premisa política sin
frontera alguna, por lo que amigo y enemigo
se convirtieron en los primeros conceptos necesarios que identificaron Estado y Política,
así como también Constitución y Politización.
El Estado, como unidad política organizada, la
cual toma decisiones como un todo por encima de amigo y enemigo, tratándose de prima13 Schmitt, Carl, El Concepto de lo Político, 2ª ed.,

rios conceptos políticos, de estos se derivan
conceptos secundarios, aquellos que se refieren al lenguaje de lo polémico, la política de
los partidos, las guerras y las luchas intensas
de clases.14 Por lo tanto, la Constitución del
contexto histórico Schmittiano funcionó fundamentalmente como una maquinaria política,
en donde el Estado de excepción se preocupa
en mayor grado por las acciones, los deberes,
los procesos y los elementos políticos que
requiera construir un gobierno, permitiéndole
confrontar los peligros de cualquier emergencia, sin importarle o simplemente olvidando
la fundamentación constitucional de los derechos. El fondo de los derechos fundamentales
aparecerá en la transición hacia la posguerra,
directamente en la segunda mitad del siglo
XX.
Desde luego que no es mi intención realizar
alguna clase de apología política sobre Carl
Schmitt en cuanto a su actuación durante las
décadas de los treinta y de los cuarenta del
siglo pasado, sino trato de aterrizar su pensamiento jurídico, conforme a la historiografía
constitucional de su obra. Por lo tanto, el Estado de emergencia Schmittiano fue adoptado durante el periodo caótico de la Segunda
Guerra Mundial, con lo que una “despistada”
contextualización nos puede llevar a un arriesgado pensamiento falaz de que estas medidas
excepcionales o extraordinarias de hoy en día
podrían acarrear los efectos de un poder hegemónico autoritario. Sin embargo, mostraré
que, al menos en México, la redacción más
reciente del artículo 29 constitucional comprueba que la suspensión es un medio alternativo de defensa extraordinario de la propia

trad. de Rafael Agapito, Madrid, Alianza Editorial, 2019,
pp. 58 a 61.

14   Ibidem, pp. 62 a 69.
Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano. PP. 86-113

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Constitución, en tiempos políticos dubitativos
o de incertidumbre, ya sea por algún suceso
de la naturaleza o por cualquier acontecimiento del ser humano.
Posteriormente a la Segunda Guerra Mundial,
en el periodo conocido como de la posguerra, dos instrumentos internacionales, como lo
fueron la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Declaración
Universal de Derechos Humanos, ambas de
1948, buscaron reivindicar la lucha que había
significado el reconocimiento de los derechos
humanos, a través de dos vías: la democracia y la consolidación de un Estado Constitucional de Derecho en la óptica internacional.
Esto significó que el Estado de Derecho de la
época previa a la Segunda Guerra Mundial se
robustecería a partir de esta experiencia belicosa con una dosis de constitucionalidad, a
nivel internacional y de forma vinculatoria para
todos los Estados, en el sentido de reconocer
el pluralismo histórico de valores olvidados y
la universalidad de los derechos humanos,
estos entendidos como una derivación de la
dignidad humana y que deberían ser reconocidos por cualquier gobierno en el mundo. De
esta manera, la forma externa de los modelos
constitucionales pasaría a priorizar el fondo
jurídico, en donde “los derechos se tomarían
en serio”, dejando a un lado el legicentrismo y
apostando por un renovado y diversificado ius
commune contemporáneo.
Esta transición de la forma al fondo jurídico
tuvo una gran repercusión en la suspensión
del ejercicio de los derechos y de sus garantías. El Estado de excepción o de emergencia planteado por Schmitt en la década de
los treinta del siglo pasado, pasaba a conver-

tirse en un Estado constitucionalmente suspendido, es decir, la época del voluntarismo
y de la legolatría se trasladaba a un periodo
de pluralismo y de revalorar la historia de los
derechos, por lo que la suspensión se entendería, desde aquél momento y en adelante,
como un medio extraordinario de defender la
“constitucionalización suspendida de los derechos y de sus garantías”, de tal manera que
la regla permanente Schmittiana se convertiría propiamente en la excepción que debió
plantearse originalmente desde un principio y
adicionalmente esta suspensión ya no estaría
en las manos de una sola persona, sino se
encontraría limitada – no todos los derechos
pueden suspenderse – por la intervención de
los tres poderes públicos clásicos, pero principalmente vigilada por un Tribunal Constitucional.
De esta forma, el guía o el líder político de
Schmitt que tutelaba el orden constitucional
fue sustituido por un órgano judicial con características democráticas en una situación
de crisis gubernamental. En consecuencia, un
Tribunal Constitucional tutelaría una posible
suspensión conforme a lo previsto por la misma Constitución, sin desviarse por el contexto
de la Segunda Guerra Mundial, sino realmente realizando una interpretación acorde a las
circunstancias del periodo de la posguerra,
atendiendo a la defensa de los derechos humanos.
En el caso latinoamericano, la democratización y el desarrollo del Estado Constitucional
se han consolidado de forma paulatina, por lo
que su incorporación a la Organización de los
Estados Americanos ha sido un factor clave
para la ampliación y la progresividad de las

Humberto Pineda Acevedo

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diversas interpretaciones en favor de los derechos por parte de los distintos Tribunales
Constitucionales locales. No obstante, esta
apertura democrática ha sucedido durante un
largo proceso de transición, pasando por dictaduras militares o incluso por alguna dictadura perfecta,15 para lograr conquistar la reivindicación y el reconocimiento de los derechos
humanos a través de una eficaz justicia social
y de libres procesos electorales. No obstante,
la victoria de la democracia y de los derechos
humanos aún no ha sido garantizada en la
15   Mario Vargas Llosa afirmó que México era la dictadura

geografía latinoamericana, al sufrir en los últimos años el retorno al “mesianismo”, al caudillismo y por lo tanto a las autocracias. Pensar en alguna victoria definitiva dependerá en
mayor medida de las Cortes Supremas, de los
Tribunales Constitucionales y por supuesto
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual vigila y persigue arduamente
la democratización de los sistemas políticos
latinoamericanos, por medio de su control de
convencionalidad, el cual ha permeado profundamente en los controles de constitucionalidad regionales de cada país, priorizando una
agenda jurídica de los derechos.

perfecta, a pesar de que nuestro país no tuvo formalmente
una dictadura militar durante el siglo XX. Posteriormente al
suceso de la Revolución mexicana aconteció una dictadura
camuflada en el caso mexicano. Vargas Llosa enfatizó que
era una dictadura por la pacífica permanencia inamovible
en el poder de un partido político único por muchas décadas – Partido Revolucionario Institucional –, que concedía un espacio para la crítica, siempre que esta le sirviera
para garantizarle su continuidad en la verticalidad del poder,
confirmando así una aparente democracia, pero realmente
era represora de la libertad y ausente en hacer efectiva una
justicia social. Ante esta afirmación, Octavio Paz replicó con
una precisión intelectual suya, en la cual matizó que México
había padecido un sistema hegemónico de dominación de
un solo partido político, lo cual era una circunstancia peculiar
en el caso mexicano a diferencia de otros países, por lo que

De esta forma, el proceso de expandir el contenido de los derechos en el continente Americano ha tenido su punto de partida con la Convención Americana sobre Derechos Humanos
o mejor conocido como Pacto de San José, al
haber sido un tratado internacional aprobado
y suscrito el 22 de noviembre de 1969, entrando en vigor el 18 de julio de 1978, y propiamente ratificado por México el 24 de marzo de
1981. Por lo que a partir de las décadas de los
ochenta y noventa del siglo pasado, la experiencia jurídica mexicana, desde la visión de
la sede internacional, se transformaría poco a
poco junto con el avance democrático interno
del país.

no podía señalarse al Estado mexicano, de manera formal,
como un sistema dictatorial. Estas declaraciones sucedieron
en el primer Encuentro de Vuelta, en la conferencia “El siglo
XX: la experiencia de la libertad”, transmitido por la televisión
mexicana la noche del 30 de agosto de 1990. Para más información, consultar: “Vargas Llosa: México es la dictadura
perfecta. Españoles y latinoamericanos intervienen en la polémica sobre el compromiso y la libertad”, El País, Madrid, 1º
de septiembre de 1990, https://elpais.com/diario/1990/09/01/
cultura/652140001_850215.html

La labor interpretativa de la Suprema Corte
mexicana en pro de los derechos humanos, o
de las entonces denominadas “garantías individuales” no era suficiente, por lo que la reforma constitucional del 10 de junio de 2011 redimensionó y replanteó el papel de los jueces
constitucionales mexicanos, obteniendo un
rol activo – relegando su desempeño pasivo
histórico –, a partir de ese momento, en torno

Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano. PP. 86-113

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al reconocimiento de los derechos humanos
de la propia Constitución y de los tratados internacionales en los que México fuese parte,
además de manifestar la obligada observación, por parte de las autoridades, de los principios pro homine, de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En
lo que se refiere, concretamente, al tema del
presente ensayo en torno a la suspensión de
derechos y de sus garantías, el primer párrafo
del artículo 1º constitucional distinguió propiamente entre los conceptos de derechos y de
garantías, porque recordemos que la redacción original de este precepto en 1917 exclusivamente se refería a las “garantías individuales” sin realizar precisión conceptual alguna,
por lo que la actual redacción es:
Articulo 1º. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los
derechos humanos reconocidos en esta
Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea
parte, así como de las garantías para su
protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los
casos y bajo las condiciones que esta
Constitución establece…

talmente de su propia Corte Constitucional.
Este artículo 29 solo había tenido dos reformas
desde 1917, corrigiendo solamente aspectos
formales, sin haber entrado en mayores detalles, por lo que la disposición aparentaba,
previamente a la reforma de 2011, una interpretación autoritaria que peligraba en su aplicación, porque se podía pensar que si algún
Presidente gozaba de una alta personalidad
autocrática y se dieran las circunstancias para
alguna posible aplicación del citado artículo,
se corría el riesgo de que la suspensión podía
redundar en la arbitrariedad. Solamente en
una ocasión fue necesaria – a juicio del Poder
Ejecutivo – la activación de la cláusula de la
entonces denominada “suspensión de garantías individuales”, durante el sexenio del presidente Manuel Ávila Camacho, la cual analizaré en el próximo apartado.
III. LA SUSPENSIÓN DE LAS “GARANTÍAS
INDIVIDUALES” EN MÉXICO

El Poder Ejecutivo Federal solamente tiene
facultades legislativas en los casos en que
expresamente lo autorice la propia Constitución. Por lo tanto, por mandato constitucional el Ejecutivo puede realizar funciones
legislativas de manera extraordinaria, como
Con esta reforma constitucional de 2011 se aquellas que se refieren a las medidas de
modificaría profundamente el artículo 29 cons- salubridad (artículo 73 fracción XVI), la extitucional, en donde el presidente de la Repú- pedición de los reglamentos (artículo 89
blica debía compartir funciones con el Con- fracción I), o la suspensión16 de derechos
greso, pero principalmente con la Suprema de acuerdo con lo dispuesto por el artículo
Corte de Justicia de la Nación, la cual puede 49 constitucional en su segundo párrafo, el
revisar la constitucionalidad de los actos del cual señala:
Ejecutivo. En este sentido, en el caso mexicano, el Estado excepcional Schmittiano de un
líder político transitó a la intervención pluralis- 16   Carpizo, Jorge, El presidencialismo mexicano, 19ª ed.,
ta de los demás poderes públicos, fundamen- México, Siglo Veintiuno editores, 2006, pp. 99 y 100.
Humberto Pineda Acevedo

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…No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en
un individuo, salvo el caso de facultades
extraordinarias al Ejecutivo de la Unión,
conforme a lo dispuesto en el artículo
29…
El artículo 29 constitucional permite que en
aquellos casos calificados como “graves”,
tratándose de invasiones, perturbaciones de
la paz pública, cualquiera que ponga en peligro o en conflicto a la sociedad, el presidente
puede solicitar la aprobación del Congreso o
en su caso a la Comisión Permanente, para
suspender el ejercicio de los derechos y de
sus garantías a través de prevenciones generales.
El Congreso podrá conceder las autorizaciones que estime necesarias con la finalidad
de que el Ejecutivo pueda enfrentar la situación. Esto se entiende como la autorización
por medio de la cual el Congreso puede conceder al Ejecutivo facultades extraordinarias
para legislar durante el tiempo de esta situación de peligro o de conflicto, y que pueda
hacerlo exclusivamente sobre asuntos relacionados con alguna hipótesis que señala el
mismo precepto constitucional,17 las cuales
mencioné al principio del párrafo anterior.
Por lo tanto, el objetivo principal del artículo
29 es la interrupción o cesación – por medio
de la suspensión – temporal de la vigencia del
ejercicio de los derechos y de las garantías
cuando la sociedad se vea expuesta a un peligro grave que solo pueda enfrentarse me-

diante acción rápida y eficaz, para lo cual los
derechos y las garantías puedan constituir un
obstáculo.18
El único antecedente histórico del régimen
constitucional mexicano vigente en el que se
ha activado el artículo 29 constitucional fue
durante el episodio de la Segunda Guerra
Mundial. En mayo de 1942, cuando los submarinos alemanes hundieron los buques petroleros mexicanos “Potrero del Llano” y “Faja
de Oro”, México declaró la guerra a las potencias del Eje: Alemania, Italia y Japón. De esta
manera, el gobierno mexicano se involucró en
esta pugna internacional al lado de los Aliados, por lo que el gobierno estadounidense le
brindó armamento al Ejército Mexicano con la
finalidad de mejorar su capacidad y se creó el
Servicio Militar Nacional.19
Una vez declarada la guerra, el entonces presidente de México, Manuel Ávila Camacho,
activó el procedimiento constitucional previsto
en el artículo 29, al haber solicitado facultades extraordinarias con la debida aprobación
del Congreso, con la finalidad de legislar y de
suspender las “garantías individuales”. La redacción de este precepto era la misma desde
1917, año de la promulgación de la Constitución mexicana vigente. El texto disponía:

18 Fix Fierro, Héctor, comentario al artículo 29 constitucional, Derechos del pueblo mexicano: México a través de sus
constituciones, 4ª. ed., México, Cámara de Diputados del H.
Congreso de la Unión LV Legislatura, UNAM, instituto de Investigaciones Jurídicas, 1994, t. V, p. 596.
19   Aboites, Luis y Loyo, Engracia, “La construcción del nuevo Estado, 1920-1945”, Nueva historia general de México,

17 Ibidem, p. 101.

México, El Colegio de México, 2015, p. 644.
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Artículo 29. En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquiera otro que ponga a la sociedad en grande peligro o conflicto, solamente el Presidente de la
República Mexicana, de acuerdo con el Consejo de Ministros, y con aprobación del Congreso de la Unión, y en los recesos de éste,
de la Comisión Permanente, podrá suspender
en todo el país, o en lugar determinado las
garantías que fuesen obstáculo para hacer
frente, rápida y fácilmente, a la situación; pero
deberá hacerlo por un tiempo limitado, por
medio de prevenciones generales y sin que la
suspensión se contraiga a determinado individuo. Si la suspensión tuviese lugar hallándose
el Congreso reunido, éste concederá las autorizaciones que estime necesarias para que el
Ejecutivo haga frente a la situación. Si la suspensión se verificase en tiempo de receso, se
convocará sin demora al Congreso para que
las acuerde.
La redacción original señalaba que el presidente podía proceder a la suspensión de
acuerdo con sus “Ministros”, cuyo término
realmente se refería a su gabinete, es decir a
sus secretarios de Estado. El uso de la palabra “Ministro” se utilizó en el lenguaje constitucional mexicano del siglo XIX para nombrar a
los miembros del gabinete del presidente, por
lo que el Constituyente de 1917 lo dejó como
una reminiscencia en el texto constitucional.
El procedimiento de la suspensión contenía
tres pasos generales a seguir: a) Decretar
la suspensión, por parte del presidente, de
acuerdo con sus “Ministros”, b) dictar las prevenciones generales correspondientes que
reglamenten la suspensión y c) conceder las
autorizaciones necesarias, por parte del Con-

greso, para que el Ejecutivo pueda enfrentar
la situación. Además, la suspensión, concretamente, debía cumplir con dos requisitos: i)
Se haría por tiempo limitado y en todo el país
o en determinada región del territorio nacional, y ii) no se contraería contra cierta persona
en específico.
El presidente Ávila Camacho promulgó el 2 de
junio de 1942 el Decreto que aprueba la suspensión de las garantías individuales consignadas en varios artículos constitucionales,20
bajo el cual se suspendió la prohibición de
pena de muerte, el debido proceso, junto con
los derechos a la libertad del trabajo, libertad
de expresión, libertad de opinión, libertad de
tránsito, libertad de posesión de armas, entre
otros, para todo el territorio nacional y para todos sus habitantes.
El citado Decreto de suspensión cumplió con
los requisitos anteriormente mencionados, al
haber determinado en su artículo 3º que se
autorizó al Ejecutivo para dictar las prevenciones generales que regularan las garantías
suspendidas. En la parte que se refería a la
determinación del tiempo del régimen de suspensión también se cumplió con lo establecido por el texto constitucional, en virtud de
que el artículo 2º del Decreto dispuso que la
suspensión duraría todo el tiempo que México permaneciera en guerra con las potencias
del Eje y podría prorrogarse, bajo la discre20   “Decreto que aprueba la suspensión de las garantías individuales consignadas en varios artículos constitucionales”,
Diario Oficial de la Federación: Órgano del gobierno constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, México, núm. 26, t.
CXXXII, martes 2 de junio de 1942, https://www.dof.gob.mx/
index_113.php?year=1942&amp;month=06&amp;day=02

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ción del Ejecutivo, hasta 30 días después de
que hubiese terminado el conflicto, por lo que
expresamente se limitó el periodo de este Estado de excepción.

y reglamentó la suspensión de los derechos,
libertades y propiamente las garantías, cuyo
parámetro – en cuanto a su ejercicio – estaría
en constante revisión dentro de la esfera de
toma de decisiones del presidente.

En los artículos 4º y 5º de este Decreto se
autorizó al Ejecutivo para legislar e imponer
cualquier modificación en la Administración
Pública siempre y cuando lo hiciera con el
objetivo de defender el territorio nacional, su
soberanía y las instituciones fundamentales.

El Estado de excepción mexicano, regulado
en su forma original desde 1917, para atender
el supuesto de la Segunda Guerra Mundial
fue activado de manera adecuada conforme
al procedimiento constitucional del artículo 29,
al haber operado como una defensa política
Entonces, una vez que el Ejecutivo obtuvo del Estado, por parte de un líder – el presidenlas autorizaciones pertinentes, por parte del te de la república – quien actuó conforme a la
Congreso, acorde a lo dispuesto por el Decre- Constitución, apegándose a la estricta vigilanto de suspensión, el presidente expidió leyes cia del Congreso. No obstante, este precepto
que no estuvieron relacionadas con el asunto no señalaba si todas las “garantías individuade la emergencia, la cual era precisamente les” podían suspenderse, además de que, en
el conflicto internacional, promulgando legis- aquellos momentos, el Poder Ejecutivo y el
lación como los casos de la ley de la lotería Poder Legislativo – la élite del poder – eran
nacional, decretos que crearon el hospital in- dominados por un solo partido político, por lo
fantil y el instituto nacional de cardiología,21 que las lagunas de este mencionado artículo
entre otros.
corrían el riesgo, en algún futuro, de ser utilizadas en beneficio de cualquier otro presidenEl artículo 6º del Decreto estableció que el te con rasgos temiblemente autocráticos.
Ejecutivo rendiría cuentas ante el Congreso
de la Unión respecto al uso de las facultades El destino de la suspensión de derechos en
extraordinarias concedidas, por lo que, de al- México, durante el periodo de la posguerra,
guna forma, el Poder Legislativo controlaba la fue silencioso y tranquilo, en virtud de que
actuación del Ejecutivo.
ningún otro presidente, hasta el día de hoy,
ha activado esta cláusula, por lo que la evoluPor lo tanto, con fundamento en el artículo 3º ción y la transición de este tipo de Estado de
del Decreto de suspensión, Ávila Camacho excepción fue vigente hasta el año de 2011,
expidió el 13 de junio de 1942 la Ley de Pre- cuando finalmente México adaptó su propia
venciones Generales relativa a la suspensión Constitución a la regulación internacional de
de garantías individuales,22 bajo la cual reguló
Diario Oficial de la Federación: Órgano del gobierno constitu21   Carpizo, Jorge, op. cit., p. 103.

cional de los Estados Unidos Mexicanos, México, núm. 36, t.

22   “Ley de Prevenciones Generales relativa a la suspensión

CXXXII, sábado 13 de junio de 1942, https://www.dof.gob.mx/

de garantías establecida por decreto de 1º de junio de 1942”,

index_113.php?year=1942&amp;month=06&amp;day=13

Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano. PP. 86-113

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los derechos humanos, como lo podremos
apreciar a continuación.
IV. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL ARTÍCULO 29 DE LA CONSTITUCIÓN MEXICANA
El procedimiento de suspensión no fue activado por los presidentes posteriores a Manuel
Ávila Camacho, por lo que, al hacer una reflexión histórica del siglo XX, esto significó que
no existió algún acontecimiento parecido a una
guerra mundial que pudiera poner en grave
peligro o en conflicto a la sociedad, o incluso
perturbar la paz pública. Algunos sucesos que
tal vez ameritaron la suspensión de las “garantías individuales” pudieron ser aquellos que se
derivaron del movimiento estudiantil de 1968
y la emergencia producida por el terremoto de
1985. No obstante, los presidentes en turno no
optaron por la vía del Estado de excepción.
Durante el periodo de la posguerra, nuestro
artículo 29 constitucional no tuvo modificación
alguna, por lo que aparentemente pareció
evolucionar como un tipo de precepto olvidado, y solo funcionar como un tipo de recuerdo
histórico al haber sido utilizado en 1942, derivado de que México declaró la guerra a las
potencias del Eje.
El 21 de abril de 198123 fue reformado el artículo 29, en un aspecto meramente formal:
23 “Decreto por el que se reforman los Artículos 29, 90 y 92
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”,
Diario Oficial de la Federación: Órgano del gobierno constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, México, núm. 37, t.
CCCLXV, martes 21 de abril de 1981, https://www.dof.gob.

En los casos de invasión, perturbación
grave de la paz pública, o de cualquiera
otro que ponga a la sociedad en grande peligro o conflicto, solamente el Presidente de la República Mexicana, de
acuerdo con los Titulares de las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Procuraduría General
de la República, y con aprobación del
Congreso de la Unión, y en los recesos
de éste, de la Comisión Permanente,
podrá suspender en todo el país, o en
lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida
y fácilmente a la situación; pero deberá
hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que
la suspensión se contraiga a determinado individuo. Si la suspensión tuviese
lugar hallándose el Congreso reunido,
éste concederá las autorizaciones que
estime necesarias para que el Ejecutivo
haga frente a la situación, pero si se verificase en tiempo de receso, se convocará sin demora al Congreso para que
las acuerde.24
Como podemos apreciar, la reminiscencia del
Constituyente de 17 que mencionamos en el
apartado anterior respecto al término de “Ministros” fue sustituido por “los Titulares de las
Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Procuraduría General de la
República”. El presidente, además de acordar
su posible decisión con su gabinete, también
debía acordarla con los departamentos administrativos y el Procurador General de la República.

mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=199752&amp;pagina=3&amp;seccion=0

24   El subrayado es mío.
Humberto Pineda Acevedo

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El 2 de agosto de 200725, el artículo 29 fue En esta reforma, a diferencia de la anterior de
nuevamente reformado en cuanto a un aspec- 1981, se sustituyó el término “Presidente de la
to de forma:
República Mexicana” por el de “Presidente de
los Estados Unidos Mexicanos”. También suEn los casos de invasión, perturbación primió la mención o alusión a los departamengrave de la paz pública, o de cualquiera tos administrativos, por lo que el presidente
otro que ponga a la sociedad en gran- solo acordaría su decisión con su gabinete y
de peligro o conflicto, solamente el Pre- el Procurador General de la República.
sidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los Titulares de las El 10 de junio de 201127 se produjo la imporSecretarías de Estado y la Procuraduría tante reforma constitucional en materia de
General de la República, y con la apro- derechos humanos, en donde se modificó el
bación del Congreso de la Unión y, en los fondo de diversos artículos, incluido el propio
recesos de éste, de la Comisión Perma- artículo 29:
nente, podrá suspender en todo el país,
o en lugar determinado las garantías
En los casos de invasión, perturbación
que fuesen obstáculo para hacer frente,
grave de la paz pública, o de cualquier
rápida y fácilmente a la situación; pero
otro que ponga a la sociedad en grave
deberá hacerlo por un tiempo limitado,
peligro o conflicto, solamente el Presipor medio de prevenciones generales
dente de los Estados Unidos Mexicay sin que la suspensión se contraiga a
nos, de acuerdo con los titulares de las
determinado individuo. Si la suspensión
Secretarías de Estado y la Procuraduría
tuviese lugar hallándose el Congreso
General de la República y con la aproreunido, éste concederá las autorizaciobación del Congreso de la Unión o de
nes que estime necesarias para que el
la Comisión Permanente cuando aquel
Ejecutivo haga frente a la situación; pero
no estuviere reunido, podrá restringir
si se verificase en tiempo de receso, se
o suspender en todo el país o en lugar
convocará sin demora al Congreso para
determinado el ejercicio de los derechos
26
que las acuerde.
y las garantías que fuesen obstáculo
para hacer frente, rápida y fácilmente a
la situación; pero deberá hacerlo por un
25 “Decreto por el que se reforman los artículos 29, 73,

27   “Decreto por el que se modifica la denominación

90, 92, 93, 95, 110 y 111 de la Constitución Política de

del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos

los Estados Unidos Mexicanos”, Diario Oficial de la Fe-

artículos de la Constitución Política de los Estados

deración: Órgano del gobierno constitucional de los Es-

Unidos Mexicanos”, Cámara de diputados H. Congreso

tados Unidos Mexicanos, México, núm. 2, t. DCXLVII,

de la Unión LXIV Legislatura, México, 10 de junio de

jueves 2 de agosto de 2007, https://www.dof.gob.mx/

2011, http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/

nota_detalle.php?codigo=4995269&amp;fecha=02/08/2007

CPEUM_ref_194_10jun11.pdf

26   El subrayado es mío.
Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano. PP. 86-113

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tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la restricción o
suspensión se contraiga a determinada
persona. Si la restricción o suspensión
tuviese lugar hallándose el Congreso
reunido, éste concederá las autorizaciones que estime necesarias para que el
Ejecutivo haga frente a la situación; pero
si se verificase en tiempo de receso, se
convocará de inmediato al Congreso
para que las acuerde.
En los decretos que se expidan, no podrá
restringirse ni suspenderse el ejercicio
de los derechos a la no discriminación, al
reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a
la protección a la familia, al nombre, a la
nacionalidad; los derechos de la niñez;
los derechos políticos; las libertades de
pensamiento, conciencia y de profesar
creencia religiosa alguna; el principio de
legalidad y retroactividad; la prohibición
de la pena de muerte; la prohibición de
la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la desaparición forzada y la
tortura; ni las garantías judiciales indispensables para la protección de tales
derechos.
La restricción o suspensión del ejercicio
de los derechos y garantías debe estar
fundada y motivada en los términos establecidos por esta Constitución y ser
proporcional al peligro a que se hace
frente, observando en todo momento
los principios de legalidad, racionalidad,
proclamación, publicidad y no discriminación.

Cuando se ponga fin a la restricción o
suspensión del ejercicio de los derechos
y garantías, bien sea por cumplirse el plazo o porque así lo decrete el Congreso,
todas las medidas legales y administrativas adoptadas durante su vigencia quedarán sin efecto de forma inmediata. El
Ejecutivo no podrá hacer observaciones
al decreto mediante el cual el Congreso
revoque la restricción o suspensión.
Los decretos expedidos por el Ejecutivo
durante la restricción o suspensión serán revisados de oficio e inmediatamente por la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, la que deberá pronunciarse con
la mayor prontitud sobre su constitucionalidad y validez.
El primer párrafo de este artículo tuvo una
modificación en el fondo, en cuanto a que
distinguió el uso de los términos “derechos
humanos” y de sus “garantías”, por lo que desapareció del texto constitucional el término
de “garantías individuales”. Además de “suspensión”, se le asimiló con la redacción de la
“restricción” del ejercicio de los derechos y de
sus garantías. Sin embargo, más allá de discutir si suspensión y restricción son sinónimos
o si se refieren a asuntos distintos, la novedad
del artículo, en mi opinión, fue la adición de
cuatro párrafos al precepto, los cuales analizo
más adelante.
Ahora bien, como lo he podido estudiar hasta el momento, el artículo 29 constitucional
recoge la experiencia política de que es posible una acción enérgica y rápida durante
una emergencia si la misión de resolverla se
confía a un solo individuo o a un grupo pe-

Humberto Pineda Acevedo

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queño de personas para no perder mucho
tiempo en largas deliberaciones. La suspensión del ejercicio de derechos y de garantías
no constituye interrupción alguna de la vigencia de la misma Constitución, sino realmente
se trata de un medio extraordinario de defensa del Estado Constitucional, incluso la propia
Corte Interamericana de Derechos Humanos
ha manifestado en la Opinión Consultiva 8/87
que este tipo de suspensión no significa propiamente la suspensión temporal del Estado
de Derecho o que autorice a los gobernantes
apartarse de la legalidad.28
Dentro del concepto ambiguo del multicitado
artículo de nuestra Constitución: “que ponga
a la sociedad en grave peligro o conflicto”, caben situaciones de emergencia como guerras
civiles, rebeliones armadas o toda clase de
catástrofes naturales como terremotos, inundaciones, incluso epidemias. Cabe resaltar
que esto significa que el artículo 29 no enumera de manera limitativa las posibles situaciones de emergencia.29

Comisión Permanente, la suspensión del ejercicio de derechos y de sus garantías surtirá
sus efectos30.
En segundo lugar, necesito referirme al ámbito espacial, en virtud de que la suspensión
puede aplicarse en todo el territorio nacional o solo en determinados lugares del país.
También se cuenta al ámbito temporal, en el
cual la suspensión debe tener una duración
limitada, ya sea que de manera expresa se
señale alguna fecha determinada o se prolongue hasta que la situación de emergencia
desaparezca. Además, se encuentra el ámbito personal, en donde la suspensión se debe
realizar por medio de prevenciones generales,
por disposiciones abstractas y generales, esto
acorde al artículo 13 constitucional en el que
se prohíben las leyes privativas.31

Como último límite constitucional se encuentra el importante ámbito material, el cual, en mi
opinión, se encuentra finalmente en la adición
de los párrafos segundo al quinto del artículo 29 constitucional en esta reforma de 2011.
¿Cuáles son los límites constitucionales de Esta limitación material puede clasificarse en
esta suspensión o restricción?
tres rubros: a) los derechos, b) la proporcionalidad y c) la revisión de constitucionalidad.
En primer lugar, atendiendo a los requisitos En cuanto al rubro de los derechos, el artícude procedencia: la iniciativa del presidente es lo 29 dispone expresamente que no podrán
discrecional – el día de hoy tendría que ser restringirse ni suspenderse el ejercicio de los
racional y proporcional – a quien realmente derechos a la no discriminación, al reconocile tocase determinar y analizar si existe una miento de la personalidad jurídica, a la vida,
situación de emergencia que amerite la ac- a la integridad personal, a la protección a la
tivación de este medio extraordinario. Por familia, al nombre, a la nacionalidad; los deotro lado, con la aprobación del Congreso rechos de la niñez; los derechos políticos; las
(mayoría simple en ambas cámaras) o de la libertades de pensamiento, conciencia y de
28   Fix Fierro, Héctor, op. cit., pp. 596 y 597.

30   Idem.

29   Ibidem, p. 598.

31   Ibidem, p. 599 y 601.
Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano. PP. 86-113

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profesar creencia religiosa alguna; el principio de legalidad y retroactividad; la prohibición
de la pena de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la
desaparición forzada y la tortura; ni tampoco
las garantías judiciales indispensables para la
protección de tales derechos.
Ahora, en lo que se refiere a la proporcionalidad, la suspensión del ejercicio de los
derechos y garantías debe estar fundada y
motivada en los términos establecidos por la
Constitución y ser proporcional al peligro a
que se enfrenta, observando siempre los principios de legalidad, racionalidad, proclamación, publicidad y no discriminación.
Respecto a la revisión de constitucionalidad,
el precepto multicitado señala que los decretos expedidos por el Ejecutivo durante la suspensión serán revisados de oficio e inmediatamente por la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, la que deberá pronunciarse sobre
su constitucionalidad.
Esta reforma al artículo 29 se realizó con base
en la posibilidad de compatibilizar nuestro texto constitucional con lo dispuesto por el artículo 27 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, o mejor conocido como
el Pacto de San José, respecto a este tema
de la suspensión de derechos y de garantías:
CAPÍTULO IV
SUSPENSIÓN DE GARANTÍAS, INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN
Artículo 27. Suspensión de Garantías
1. En caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace

la independencia o seguridad del Estado
Parte, éste podrá adoptar disposiciones
que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la
situación, suspendan las obligaciones
contraídas en virtud de esta Convención,
siempre que tales disposiciones no sean
incompatibles con las demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada en motivos de raza, color,
sexo, idioma, religión u origen social.
2. La disposición precedente no autoriza
la suspensión de los derechos determinados en los siguientes artículos: 3 (Derecho al Reconocimiento de la Personalidad Jurídica); 4 (Derecho a la Vida);
5 (Derecho a la Integridad Personal); 6
(Prohibición de la Esclavitud y Servidumbre); 9 (Principio de Legalidad y de Retroactividad); 12 (Libertad de Conciencia
y de Religión); 17 (Protección a la Familia); 18 (Derecho al Nombre); 19 (Derechos del Niño); 20 (Derecho a la Nacionalidad), y 23 (Derechos Políticos), ni de
las garantías judiciales indispensables
para la protección de tales derechos.
3. Todo Estado parte que haga uso del
derecho de suspensión deberá informar
inmediatamente a los demás Estados
Parte en la presente Convención, por
conducto del Secretario General de la
Organización de los Estados Americanos, de las disposiciones cuya aplicación haya suspendido, de los motivos
que hayan suscitado la suspensión y de
la fecha en que haya dado por terminada
tal suspensión.

Humberto Pineda Acevedo

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Como se puede observar, la Constitución
Mexicana, dentro de su limitación del ámbito
material de la suspensión, se torna compatible con lo dispuesto por la Convención Americana, en cuanto a determinar expresamente
los derechos que no pueden suspenderse.
Así, el artículo 29 constitucional observa, con
el mayor detalle, lo dispuesto por el artículo
27 de la Convención, atendiendo a este nuevo
orden pluralista de los derechos humanos de
la reforma de 2011.
De esta manera, el artículo 29 original de
nuestra Constitución transitó del Estado de
excepción – aquel Estado Schmittiano de la
seguridad, de la forma jurídica, del líder político – hacia el Estado constitucionalmente suspendido, en donde la suspensión de derechos
se convierte en un medio de defensa extraordinario del Estado Constitucional con la reforma de derechos humanos de 2011.
No obstante, el Decreto por el que se modifica
la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo cuarto transitorio señaló lo
siguiente: El Congreso de la Unión expedirá
la Ley Reglamentaria del artículo 29 constitucional en materia de suspensión del ejercicio
de los derechos y las garantías, en un plazo
máximo de un año, contado a partir del inicio
de la vigencia de este decreto.32 Conforme al
artículo primero transitorio, el Decreto entró
en vigor al día siguiente de su publicación en

el Diario Oficial de la Federación, cuya fecha
precisa fue el 11 de junio de 2011. Entre los
años de 2011 y de 2012 no se promulgó ley
secundaria alguna correspondiente a la materia de suspensión de derechos humanos y de
sus garantías.
En consecuencia, al no haber ley reglamentaria de dicho precepto, la hipótesis de que pueda activarse el procedimiento de suspensión
se convierte en una opción más compleja desde el punto de vista político, en función de que
si bien era un artículo olvidado en la Constitución, después de haberlo aplicado durante
la Segunda Guerra Mundial, el día de hoy sin
una ley que lo reglamente, prácticamente está
descartado ante cualquier emergencia o peligro que pueda surgir en nuestro contexto, y
el cual podría ser de gran utilidad si llegase a
ser activado.
El 10 de febrero de 201433 se reformó la
Constitución en materia política-electoral, por
lo que el primer párrafo de nuestro artículo 29
constitucional tuvo un cambio:
En los casos de invasión, perturbación
grave de la paz pública, o de cualquier
otro que ponga a la sociedad en grave
peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con la aprobación del Congreso de
la Unión o de la Comisión Permanente
33   “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Es-

32   “Decreto por el que se modifica la denominación del Capí-

tados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral”, Cá-

tulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la

mara de diputados H. Congreso de la Unión LXIV Legislatura,

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, op.

México, 10 de febrero de 2014, http://www.diputados.gob.mx/

cit.

LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_194_10jun11.pdf
Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano. PP. 86-113

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cuando aquel no estuviere reunido, podrá restringir o suspender en todo el
país o en lugar determinado el ejercicio
de los derechos y las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida
y fácilmente a la situación; pero deberá
hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que
la restricción o suspensión se contraiga
a determinada persona. Si la restricción
o suspensión tuviese lugar hallándose el
Congreso reunido, éste concederá las
autorizaciones que estime necesarias
para que el Ejecutivo haga frente a la situación; pero si se verificase en tiempo
de receso, se convocará de inmediato al
Congreso para que las acuerde…
Derivado de su lectura, nos percatamos que
se eliminó la colaboración de los titulares de
las Secretarías de Estado y la del Procurador
General – hoy Fiscal General de la República – con el Presidente, para el supuesto de
acordar alguna suspensión o restricción de
derechos.
En consecuencia, es necesario preguntarnos
lo siguiente: Con esta reforma ¿solamente
el presidente puede activar lo dispuesto por
este artículo? o ¿aún necesita acordar con los
secretarios de Estado y posiblemente con el
ahora Fiscal General de la República? Ante el
silencio o la omisión de lo dispuesto por este
precepto, la respuesta puede encontrarse en
el artículo 6º de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,34 el cual señala:

Para los efectos del artículo 29 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Presidente de la República acordará con todos los Secretarios de Estado y el Fiscal General de la
República.
Esta disposición secundaria siempre ha complementado – al menos desde 1976 – lo establecido en el primer párrafo del artículo 29
constitucional. En este sentido, el presidente
deberá acordar alguna posible suspensión
o restricción de derechos y de sus garantías
con los secretarios de Estado y el Fiscal General de la República, por lo que si bien es
cierto que la decisión de aquél continúa siendo unilateral, el proceso para llegar a dicha
determinación seguirá siendo acordada con
su gabinete y con el Fiscal General.
V. A MANERA DE CONCLUSIÓN: LA SUSPENSIÓN DE LOS DERECHOS NO EQUIVALE A UN AUTORITARISMO MODERNO
En la antigüedad, la ley representaba el orden
ideal de las cosas como el equilibrio de un gobierno que no amenazara los valores religiosos ni familiares de la polis o de la res publica,
por lo que el dilema de Antígona de Sófocles
atendía a la búsqueda incesante de encontrar
el balance correcto entre una ley civil y una
ley divina. El Estado de excepción moderno
acaso ¿se asemeja al tipo de postura “legalista” de Antígona? En ciertas ocasiones, nos
puede llegar a suceder que por tratar de descontextualizar ciertos ejemplos para que nos
ayuden como antecedentes en el afán de ex-

34   “Ley Orgánica de la Administración Pública Federal”, Cámara de diputados H. Congreso de la Unión LXIV Legislatura,

enero de 2020), http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/

México, 29 de diciembre de 1976 (última reforma del 22 de

pdf/153_220120.pdf

Humberto Pineda Acevedo

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plicar figuras jurídicas o instituciones públicas
del día de hoy, resulta el peligro de confundirnos y posiblemente pensar que la aplicación
de la suspensión de derechos pueda llegar a
ser un tipo de dictadura.
En el numeral I de este texto recordé la figura
del dictador de la Roma clásica republicana
e insisto en su descontextualización a través
de usarla como ejemplo de algún antecedente
del Estado de excepción. El concepto moderno de dictadura del siglo XX es absolutamente
diferente a la noción de dictadura, como cargo o magistratura extraordinaria, de la antigua
Roma clásica. En Roma, la magistratura de
la dictadura era un cargo temporal – de seis
meses – para resolver algún problema o cierta
emergencia, por lo que el concepto moderno
de “dictador” de la actualidad – en términos
generales – equivalente al totalitarismo y a la
concentración de poder no implica conexión
alguna con el “dictador” romano. Julio César
sacó ventaja política de sus facultades y de su
cargo, pero esta dictadura romana no llevaba
intrínsecamente por su propia naturaleza alguna concentración del poder. La res publica
era enemiga de alguna institución política que
acumulara en pocas manos el poder político,
por lo que la desconcentración y el equilibrio
eran determinantes en su conformación de la
civitas.
De esta manera, el Estado de excepción Schmittiano moderno no tiene vinculación alguna
con el antecedente del dictador romano, principalmente por la sencilla razón de que son
dos momentos históricos distintos, dos tipos
de “Estado” diferentes, dos líderes perpendiculares que se ven acotados a dos Constituciones históricas diametralmente opuestas.

El Estado de excepción de la primera mitad
del siglo XX se encuentra al borde de la guerra constante y permanente, por lo que Schmitt recurre al líder poderoso, apelando a la
ecuación: Constitución = Política, cuyo tipo
de régimen de suspensión de derechos tomó
la apariencia de una dictadura moderna, en
la cual el soberano presiente su poderío que
le permitiría actuar discrecionalmente sin una
“Constitución posguerra”, sin límite formal alguno, con el propósito de decidir lo mejor para
el Estado de Derecho en un conflicto armado o en cualquier emergencia para la ciudadanía. Lo que prevalece son las acciones más
seguras y certeras.
Posteriormente a la Segunda Guerra Mundial,
el Estado formalista transitó a convertirse en
el Estado Constitucional, un tipo de Estado
que fue forjado en la época de la posguerra –
durante la Guerra Fría – y el cual procuró fortalecer la defensa de los derechos humanos,
aleccionándonos respecto de la experiencia
del holocausto y de la atomización.
El Estado Constitucional resultó ser una
construcción de los juristas en la década de
los setenta del siglo pasado y que se mantiene hasta la fecha como una elaboración
teórica dominante – al menos en la tradición
occidental – en donde los derechos humanos son el fundamento y el fin del Estado,
al garantizarlos plenamente, y también en el
cual exista una propuesta real de democracia constitucional, en tanto las mayorías y las
unanimidades desaparezcan, dándole el lugar
a las sociedades con principios pluralistas,
teniendo como pilares sustantivos a la inclusión, al igualitarismo, a la justicia, a la libertad

Suspensión de derechos en el régimen constitucional mexicano. PP. 86-113

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y a la interpretación judicial.35 Las mayorías
aplastantes o aquellas masas36 descontroladas del Estado moderno que parecían arrasar
cualquier régimen político a través de la emanación de un líder político fueron la experiencia negativa del legicentrismo y del proceso
codificatorio de los diversos Estados occidentales, por lo que el individualismo olvidado de
los siglos XVIII y XIX recobró vigencia hacia la
segunda mitad del siglo XX.

del Estado de excepción al Estado constitucionalmente suspendido, bajo el cual no hay
indicios de dictaduras ni mucho menos de autoritarismos. Lo que prevaleció fue el diálogo
y el fortalecimiento de los derechos humanos.
La aplicación del régimen de suspensión de
las denominadas “garantías individuales” en
el año de 1942 en nuestro país – a pesar de
aparentar un Estado de excepción formal – no
atendió al voluntarismo ni a la dictadura, como
lo analicé en este ensayo, al haber recurrido a
De esta forma, el Estado Constitucional – en una regulación precisa y priorizando en el Dela época de la posguerra y hasta ahora – ha creto de suspensión cuáles derechos fueron
recurrido a la fórmula del pluralismo jurídico, restringidos, para que no se diera lugar a la
en donde la democracia constitucional de- arbitrariedad presidencial.
fienda eficazmente los derechos humanos.
En concreto, en el caso mexicano, el régimen La reforma de derechos humanos del año
de suspensión de derechos se transformó en 2011 transformó el artículo 29 constitucional
una cuestión de fondo, al construir un proce- y lo adaptó al orden internacional, específidimiento con mayores y mejores consensos, camente compatibilizándolo con lo dispuesto
priorizando qué derechos no pueden, bajo por la Convención Americana sobre Derechos
ninguna circunstancia, suspenderse ni res- Humanos, aclarándonos que la suspensión
tringirse, razonando acorde a una propor- de derechos y de sus garantías es un medio
cionalidad y no dejando necesariamente la extraordinario y especial de defensa de la prosuspensión a la discrecionalidad, transitando pia Constitución.
35 Cárdenas Gracia, Jaime, Del Estado Absoluto al Estado
Neoliberal, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2017, pp. 105 y 106.
36   La masa entendida como aquella masa nacional que le
importaba encontrar la definición correcta de una nación, la
que invocaba a la uniformidad, porque una vez que se lograra encontrar un solo concepto, este se le podría aplicar a
todas las naciones. También observar a la masa como una
reivindicación histórica de superioridad, en donde el miembro
de una nación no se vea solo, por lo que el individualismo
desvanece en ese salvaje y despiadado colectivismo. Para
mayor profundidad, estudiar esta noción extraída de: Canetti,
Elias, Masa y poder, 3ª ed., trad. de Muchnik Editores S.A.,
Barcelona, Alianza Editorial, 2018, pp. 239 a 242.

Sin embargo, actualmente no existe legislación secundaria alguna que regule dicho precepto constitucional, debido a que el Legislativo Federal no ha observado la necesidad de
hacerlo. Esto puede entenderse, en mi opinión, de que la suspensión de derechos no ha
sido una cláusula activada, por el presidente
de la república, a causa de dos razones: i)
En el siglo XX solo se utilizó en 1942 por el
ingreso de México a la segunda guerra mundial y, ii) por el hecho de que este régimen de
suspensión, de manera equivocada, ha sido
históricamente conectado al riesgo de ampliar
las facultades del Ejecutivo, pudiendo dege-

Humberto Pineda Acevedo

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nerar en una especie de dictadura o de autoritarismo.
De acuerdo con lo que he analizado en las anteriores páginas de este trabajo, el concepto
de dictadura ha sido deformado a lo largo de
la historia, pasando de una definición institucional hacia un contenido en el que diversas
formas de autoritarismo podrían caber en dicho concepto, por lo que el temor ante la posibilidad de una suspensión de derechos en
nuestro país, por parte del Ejecutivo Federal,
se ha observado históricamente durante la vigencia de la Constitución de 1917, debido a
su casi y prácticamente nula utilización. En el
siglo XX existieron diversos sucesos en donde el presidente pudo haber activado el artículo 29 constitucional, como fueron los casos de
los movimientos de los médicos y de los estudiantes en las décadas de los cincuenta y de
los sesenta – fundamentalmente el movimiento estudiantil del ’68 –, el terremoto de 1985 –
cuyo inmovilismo gubernamental se reflejó en
la participación de la sociedad civil –, o incluso
también en aquella ocasión del huracán Paulina en 1997, así como otros acontecimientos
catastróficos de la naturaleza que nos ha tocado presenciar en el territorio nacional.

recientemente con los terremotos de 2017
que causaron daños en los estados de Oaxaca, Morelos, Puebla, Guerrero y la Ciudad
de México. En consecuencia, por un lado, el
Poder Legislativo Federal tiene como asunto
pendiente el diseño y la promulgación de una
ley que regule la suspensión de derechos, y
por otra parte, el Poder Ejecutivo Federal podría activar este precepto constitucional ante
algún caso de invasión, perturbación grave
de la paz pública o cualquier asunto que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto,
sin mayor temor u obstáculo alguno, debido a
que la aplicación del artículo 29 constitucional
no es sinónimo de autoritarismo alguno, sino
todo lo contrario, porque consiste en atender
una emergencia, de forma rápida, en un gobierno democrático, como lo es el régimen de
nuestro país.
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Cualquier posible aplicación o activación del
procedimiento de suspensión de derechos no
implica una dictadura, ni autoritarismo alguno,
sino representa un recurso viable y democrático, el cual defiende los principios constitucionales que tanto han costado reivindicar
durante el siglo XX. Esto daría como resultado
contemplar al artículo 29 constitucional como
un escape o una salida ante algún problema,
emergencia o catástrofe que pueda ocurrir en
las próximas décadas, como lo que sucedió

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e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
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Carlos Manuel López Hernández &amp; Omar Adolfo López Castañeda
(Universidad Autónoma de Nuevo León)
Paralelismos en materia energética en México. El estudio fantasma de E. Rabasa y los proyectos de reforma de la 4T. pp. 114-1127.
Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
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Desafíos Jurídicos Vol. 2 Núm. 3, Julio-Diciembre 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo
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Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
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ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
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ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
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REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
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Paralelismos en Materia Energética en México:
el «estudio fantasma» de E. Rabasa y los proyectos
de Reforma de la 4T
Parallels in energy matters in Mexico: The «ghost study» of E. Rabasa and the
reform projects of 4T
Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: Carlos Manuel López Hernández* y
Omar Adolfo López Castañeda**

* https://orcid.org/0000-0003-0741-5391
Universidad Autónoma de Nuevo León
** Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen. Este artículo analiza ciertos paralelismos que se detectan en la situación política
entre lo vivido en la época del origen de la Constitución federal mexicana de 1917, y la época
de la actual administración pública federal 2018-2024, de la denominada “Cuarta Transformación” («4T»); entre el «estudio fantasma» de E. Rabasa y los proyectos de reforma en materia
de energética de la actual administración pública federal, con el fin de exponer un comparativo
histórico de la situación jurídica vivida en aquél entonces y el presente, pero cuyos procesos
para atender la incertidumbre generada en ambas épocas, son completamente distintos.
Palabras clave: Reforma energética, propiedad, irretroactividad, artículo 27, paralelismos
Abstract. This paper analyzes certain parallels that are detected in the political situation between what was experienced from the Mexican federal constitution of 1917, and the current era
of public federal administration 2018-2024, so-called “Fourth Transformation” (“4T »); between
the “ghost study” of E. Rabasa and the energy reform projects of the current federal public
administration, in order to expose a historical comparison of the legal situation experienced at
that time and the present, but whose processes to address the uncertainty generated in both
periods, are completely different.
Keywords: Energy reform, property, non-retroactivity, article 27, parallels

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INTRODUCCIÓN
Por un largo periodo, existió un rumor acerca
de un estudio desarrollado por E. Rabasa, el
autor de La Constitución y la Dictadura;1 un
estudio que, se afirmaba, contenía los mejores argumentos para destruir, punto por punto, el artículo 27 constitucional (vigente desde
1917). En los últimos años, tomó aún mayor
relevancia, ya que, al parecer, constituiría un
fundamento para validar la incursión del mercado privado y extranjero para la explotación
de hidrocarburos en México.
Sin embargo, a pesar de que en la comunidad
jurídica se anhelaba encontrar en Rabasa una
pequeña luz para analizar los posibles problemas que se generarían al reformar el artículo 27 constitucional del México contemporáneo, no fue posible dar con los apuntes del
jurista, sino hasta tiempo después.
Por lo mismo, a dicho estudio se le llegó a
denominar «estudio fantasma», ya que se
aseguraba que era verídico, pero, al mismo
tiempo, a nadie le constaba que fuese real,
pues no se encontraba en ninguna parte —
aunque ya se le denominaba así desde mucho
antes.2 Asimismo, nadie podía darse el lujo
de presumir su lectura, sino simplemente, a
lo mucho, de haber oído a alguien que sí lo
había hecho —siempre y cuando se le tuviera
confianza. Todo quedaba como siempre: simples rumores, nada concreto.

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No obstante, en el año 2015, dos años después
de la reforma energética (2013-2014),3 Aguilar Rivera logró dar con tan mitológico estudio. Se encontraba en la biblioteca Netti Lee
Benson de la Universidad de Texas, en Austin,
según relata él mismo.4 Con ello, se daba fin a
los rumores acerca de él, por casi cien años,
y fue publicado dos años después, en 2017,
en conmemoración del centenario de la constitución federal.
Tal descubrimiento, como ya se mencionó, fue
muy acorde a la situación política vivida en el
país, ya que, un par de años antes a su descubrimiento, se había avalado la reforma constitucional en materia energética (llamada reforma energética) con la cual se volvían a abrir las
puertas a la industria privada en el sector energético, tras la expropiación petrolera en 1938
y la nacionalización de la industria eléctrica en
1960; configurando así, el fin del modelo estatista en México tras dichos eventos históricos.
3   Del Tronco, J. &amp; Hernández, M. I. (2016) “Reforma energética y ¿representación política? La importancia de la negociación y la deliberación pública”, en Payan, T. et al. (ed.)
Estado de Derecho y Reforma Energética en México, Tirant
lo Blanch, México Center, Escuela de Gobierno y Transformación Pública: Tecnológico de Monterrey (ITESM), University of Houston (Law Center), CIDAC, Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL): México, pp. 95-134. Sobre el
«Pacto por México”: Sosa Hernández, G. Georgina. (2017)
“El Pacto por México y la comunicación política”, en Polis, v.
13, n. 1, pp. 193-199. Recuperado en 07 de junio de 2022,
de

http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttex-

t&amp;pid=S1870-23332017000100193&amp;lng=es&amp;tlng=es
1   Rabasa Estebanell, E. (2002) La Constitución y la Dictadura, Editorial Porrúa: México.
2 Este particular nombre se debe a Charle A. Hale, historiador estadounidense.

4   Aguilar Rivera, J. A. (ed.) El derecho de la propiedad y la
Constitución mexicana de 1917, Suprema Corte de Justicia
de la Nación, Centro de Investigación y Docencia Económicas y Fondo de Cultura Económica: México, p. 14.

Paralelismos en Materia Energética en México: el «estudio fantasma» de E. Rabasa y los proyectos de Reforma de la 4T. PP. 114-127

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Ante esto, cobraba relevancia porque, antes
de salir a la luz, uno de los tantos rumores, en
la comunidad jurídica, afirmaba que Rabasa
no estaba muy a favor de la nueva conceptualización acerca de la propiedad privada que
se manifestaba en la nueva constitución, por
lo que su estudio se configuraba como un argumento de peso para validar la tan cuestionada e impopular reforma energética de 2013.
Como se sabrá, tras llevarse a cabo el movimiento de la Revolución Mexicana, y concretarse con la creación de una nueva constitución federal, uno de los puntos centrales
fue transformar el concepto de «propiedad»,
el cual ya no era considerado como un derecho sin limitación alguna, sino que ahora pertenecía originalmente a la nación, y es esta la
principal condición por la cual se constituye,
propiamente, la propiedad privada:

Desafíos Jurídicos

tado mexicano a esta industria, dejándolos en
un estado de indefensión.
Mismas opiniones de algunos políticos, empresarios e inversionistas nacionales y extranjeros del pasado reciente, tras darse la
alternancia política con los comicios presidenciales de 2018, ya que, durante la campaña,
se proponía dar revés a la reforma energética
de 2013: devolver el petróleo a los mexicanos,
principalmente. Por lo que, según estos grupos, se contemplaba un escenario en el que
se desconocerían los contratos de exploración
y explotación de hidrocarburos concedidos
durante el sexenio anterior, y, por ende, igual
que en los tiempos de Rabasa, se estaría en
un estado de indefensión.

Esto, debido a que el candidato ganador, fue
estigmatizado desde hace doce años atrás,
Artículo 27. La propiedad de las tierras por lo que, su llegada al poder, se considery aguas comprendidas dentro de los lí- aba como una condena al Estado;6 un tipo de
mites del territorio nacional, corresponde retroceso que llevaría al país a la configuraoriginariamente a la Nación, la cual, ha ción de un autoritarismo o una dictadura, por
tenido y tiene el derecho de transmitir el lo que se desconocerían las privatizaciones y
dominio de ellas a los particulares, cons- se declararían expropiaciones por doquier.
tituyendo la propiedad privada.5
Han pasado, sin embargo, ya casi 4 años
Han pasado ya más de cien años de aquél en- del inicio de la actual administración y no se
tonces, y parece ser que las condiciones entre tiene registro de que algo como eso haya
el ayer y hoy, no han cambiado. De aquella pasado. Al igual que en la época de Rabasa,
época, Rabasa consideraba que las medidas
del Estado, reflejadas en la nueva constitu- 6 Para los comicios de 2018, el candidato por la coalición
ción, eran propias de un autoritarismo y so- “Juntos Haremos Historia”, conformado por Morena, PT
cialismo, al desconocer la propiedad privada, y PES, obtuvo una votación de 30,110,327, de un total de
obtenida durante el porfiriato, de las empre- 56,601,874, lo que equivale a un 52.3%. Para mayor inforsas extranjeras sobre el petróleo y, por ende, mación: INE (2018) “Sistema de Consulta de la Estadística de
auguraba una expropiación inminente del Es- las Elecciones del Proceso Electoral 2017-2018. Recuperado
en 07 de junio de 2022, de http://siceen.ine.mx:3000/#/distri5   DOF: 02/05/1917, art. 27.

bucion-cargos.
Carlos Manuel López Hernández y Omar Adolfo López Castañeda

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Desafíos Jurídicos

el jurista afirmaba que era inminente que el
Estado atentara contra los intereses de los
particulares y extranjeros, pero no fue sino
hasta 21 años después que se aplicó la ley
como tal;7 además, lo fue después de un
conflicto en el sector laboral, así como un
desacato a la Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN), el cómo se logró la expropiación petrolera.
Con el actual panorama, resulta imprescindible analizar: ¿Qué tan certeros son
estos dichos que afirman una inminente
catástrofe; sin seguridad jurídica alguna?
¿Qué otros paralelismos existen entre aquella época de 1917 y el presente? ¿Realmente
existe un estado de indefensión? ¿Qué hay
del principio de irretroactividad? Estas preguntas y otras más se analizan en este artículo, en el cual se considera que el proceso
optado por la actual administración federal y
apuesta para atender esta problemática, a
diferencia de la propuesta de Rabasa, es el
diálogo como la principal arma para atender
estas problemáticas.
I. ENCOMIENDA A RABASA
Ante los inminentes cambios constitucionales
que se aproximaban por el Poder Constituyente de Querétaro, tras atravesar la Revolución Mexicana, los inversionistas empezaron a sentirse un poco amenazados, ya que
el contenido del artículo 27 de la Constitución
(1917) amenazaba con no reconocer sus
concesiones petroleras, adquiridas durante

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el porfiriato, las cuales configuraban más del
90%, de la totalidad.8
Esto resulta significativo, ya que el interés por
la modificación constitucional no fue propiamente de Rabasa, sino de la industria privada —como se analizará enseguida. Quizá eso
explique el por qué el jurista, en su regreso a
México, no se haya pronunciado a favor ni en
contra de la nueva constitución,9 aunque esto
es material de análisis de otra investigación;
una que difiere de la aquí plasmada.
Volviendo al punto; debido a esta preocupante inquietud de los inversionistas extranjeros,
al jurista mexicano, durante su exilio en New
York, se le encomendó, por W. Pearson, un
importante contratista petrolero de aquél entonces, el desarrollo de un estudio acerca del
artículo 27 de la nueva, con el fin de entender
qué problemáticas económicas podría atraer
dicho cambio constitucional a sus negocios.10
Para Rabasa, seguramente, no significaba
gran cosa contraargumentar el contenido normativo de la nueva constitución, ya que, desde un inicio, no reconocía al Poder Constituyente de la época; para él, la Constitución de
1857 debería prevalecer.

8   Meyer, L. (1972) México y los Estados Unidos en el conflicto petrolero 1917-1942, (2ª Edición), Colegio de México:
México, p. 113.
9   Aguilar Rivera, J. A. (2017) “La Constitución y la tiranía:
Emilio Rabasa y la carta de Querétaro de 1917”, en Historia mexicana, v. 66, n. 3, pp. 1419 y s., 1455. Recuperado
en 26 de mayo de 2022, de http://www.scielo.org.mx/scielo.

7   Cabe precisar que incluso el mismo Rabasa no llegó a

php?script=sci_arttext&amp;pid=S2448-65312017000101415&amp;l-

presenciar tal acontecimiento, pues había fallecido 8 años

ng=es&amp;tlng=es.

antes.

10   Ibídem., p. 1420.

Paralelismos en Materia Energética en México: el «estudio fantasma» de E. Rabasa y los proyectos de Reforma de la 4T. PP. 114-127

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Por lo mismo, Rabasa, por una parte, actuó
rápido, pues el artículo 27 de la Constitución
atentaba contra lo que para él era la «guía»
de los pueblos civilizados y el recto actuar: la
propiedad privada.11 Esto no extraña en absoluto, pues tal concepto es la piedra angular de
la ideología liberal, a la cual el jurista mexicano era afín. Por otra parte, esto mismo fue lo
que provocó que el jurisconsulto considerara
que dicho cambio constitucional era un movimiento político para dejar en estado de indefensión a los inversores extranjeros, pues sus
negocios se consideraban de interés público y
de utilidad pública.12 Parecía claro, pues, que
la nueva constitución era caracterizada como
“[…] anticapitalista y antiextranjerista […] hostil al derecho de propiedad y radicalmente socialista”.13
Para Rabasa, además, quedaba clara una
cosa más: “el objeto evidente de semejante anomalía es dar a la declaración carácter
constitucional para que pueda ser retroactiva
su aplicación sin violar la garantía individual
del artículo 14”.14 Con otras palabras, no podría alegarse la inconstitucionalidad de un
precepto que forma parte de la constitución:
«no hay nada inconstitucional en lo constitucional».
Por todo, para el distinguido jurista, las vías
jurídicas no eran una opción, pues los tribu-

Desafíos Jurídicos

nales quedarían atados de manos al no poder
actuar en contra de la constitución. Además,
atribuía que el Congreso de la Unión, vía fast
track, pondría de su parte para validar jurídicamente lo que él consideraba un «despojo».15
Al final, solo la vía diplomática, según concluye, daría seguridad jurídica a Pearson, aseguraba Rabasa. Por tanto, su recomendación
era que las empresas extranjeras, en México,
apelaran a la intervención de sus gobiernos
para evitar este tipo de atrocidades a la propiedad privada.
II. PARALELISMOS
Mucho tiempo ha pasado, y la historia únicamente ha confirmado que Rabasa se equivocó en todo. No solo porque no ocurrió nada
tal cual él lo afirmó, sino porque el concepto
mismo de propiedad cambió a raíz del hito
histórico de la nueva constitución, la cual es
considerada como la primera constitución social de la historia. Además, porque es inaudito
que, para un jurista tan admirado como Rabasa, no haya tenido un horizonte adecuado
para atender dicha situación.16
Como llegó a mencionar el exministro Cossío:
“[…] me parece que las críticas a Rabasa son
equivocadas”.17 Sin embargo, este dicho, para
el exministro, debe interpretarse como el resultado de un trabajo profesional (consultoría)

11   Rabasa Estebanell, E. (2016) “El derecho de propiedad y
la constitución mexicana de 1917”, en supra, p. 147 y s.

15 Ibídem., p. 154.

12   Para aquél entonces, la indemnización por expropiación

16   Para mayor ahondamiento sobre este rubro del concepto

era producto del valor catastral de la propiedad, con un au-

de «horizonte»: López Hernández, C. M. (2019) Derrotabili-

mento del 10%.

dad de las normas: un giro hermenéutico, Doctorado: Tesis,

13   Rabasa Estebanell, E., El derecho de propiedad…, p. 187.

pp. 43 y s.

14   Ibídem., p. 165.

17   Cossío Díaz, J. R., óp. cit., p. 64.
Carlos Manuel López Hernández y Omar Adolfo López Castañeda

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Desafíos Jurídicos

mas no académico, pues Pearson lo contrató
para realizar en multicitado estudio sobre el
artículo 27 constitucional.
Aquí, la opinión es otra. Esto, por dos razones:
[…] no es ni un buen trabajo de consultoría ni tampoco un buen trabajo académico, ya que, por una parte, la única opción
que ofrece a su cliente es la intervención
diplomática del su país de origen, en
este caso, de Estados Unidos de América (USA) […] [y] no es un buen estudio
académico tampoco, porque esa faceta
[no] ofrece la oportunidad de ampliar el
horizonte, es decir, una opción de ir incluso mucho más amplia que la posición
profesional; es lo que permite a los juristas desarrollar respecto a la formulación
de argumentos y brindar opciones innovadoras que no se presentan con regularidad en un proceso jurídico.18
Dejado eso atrás, llegado a este punto, hay
que puntualizar exactamente cuáles son los
paralelismos entre la época de Rabasa y la
actualidad, la llamada «cuarta transformación» o «4T», la cual, de cierta manera, con
su agenda legislativa, provoca ciertas inquietudes: paralelismos entre el aquél entonces y
hoy.
Para esto, como primer punto, se abordará la
cuestión sobre el concepto de propiedad, cuya
concepción cambió radicalmente, acorde a la
nueva constitución, en su artículo 27.
18 Para mayor ahondamiento, puede consultarse: López
Castañeda, O. (2021) Claroscuros de la reforma energética:
algunas inquietudes procesales, Doctorado: Tesis, p. 39.

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Después, como segundo punto, se analizará
respecto a un supuesto «antiextranjerismo» y
socialismo, una acusación de Rabasa al Estado
mexicano, ya que, a partir del artículo 27, no se
permitiría más que extranjeros pudieran hacer
negocios en el rubro de los hidrocarburos.
Como tercer punto, se abordará lo que respecta al principio de irretroactividad de la ley,
pues al entrar en vigor la nueva constitución,
el jurisconsulto mexicano consideraba que se
desconocerían los negocios contraídos en el
pasado, dando lugar a una violación al principio del artículo 14 constitucional.
Luego, como cuarto punto, derivado de esto
último, se analiza sobre la expropiación. Para
Rabasa, resultaba claro que, al desconocer
los negocios adquiridos en el pasado, el Estado, con fundamento constitucional, despojaría
a los particulares extranjeros de sus negocios,
algo inevitable.
Por último, como quinto punto, se reflexiona
sobre el autoritarismo, lo cual era la base fundamental para todo lo anterior.
En total, resultan cinco paralelismos que se
dan entre el «estudio fantasma» de Rabasa y
los proyectos de reforma de la llamada «4T».
Para ello, en cada uno de los siguientes puntos, se ahondará sobre las situaciones del pasado y lo que ocurre con el hoy.
Como punto seis, se argumentará respecto a
por qué la apuesta de la actual administración
federal es, en realidad, el diálogo entre partes;
a pesar de calificarse con ciertos perjuicios,
como lo hacía en aquél entonces Rabasa con
el nuevo constituyente.

Paralelismos en Materia Energética en México: el «estudio fantasma» de E. Rabasa y los proyectos de Reforma de la 4T. PP. 114-127

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1. Concepto de propiedad
Pues bien, inevitablemente, lo primero a tratar debe ser el concepto de propiedad, el
cual cambió su definición a partir de la nueva constitución. Ya no se trata de un derecho
absoluto; como un derivado de una ideología
iusnaturalista (en razón del trabajo), sino del
positivismo jurídico (una distribución condicionada a los bienes provistos por la naturaleza).19 Esto quiere decir que, sin Estado, no es
posible conceder la garantía de la propiedad;
con la Constitución se da paso al modelo garantista de derechos: a la soberanía nacional.
Hoy es plenamente diferente, aunque la idea
central de la propiedad privada sigue siendo
la misma: no se trata de garantizar, sino de
reconocer derechos. Esto mismo se plasma
en la misma reforma energética, al considerar que la propiedad reside originalmente en
la nación, por la cual es posible —aunque, en
realidad, esto no forma parte de la reforma,
sino que se mantuvo el espíritu original.
Por lo mismo, como llegó a sostener Ihering:
«la idea de la propiedad no puede conllevar
algo que esté en oposición con la idea de sociedad».20 De ahí que, por ende, la propiedad
ya no sea un derecho absoluto, sino que debe
19 Hobbes, T. (2005) Leviatán. O la materia, forma y poder
de una República, eclesiástica y civil, (2ª Edición), Fondo de
Cultura Económica: Argentina, p. 118.
20   Ihering, R. von (1978) El fin en el Derecho, Editorial Heliasta: Buenos Aires, §216, pp. 251 y ss. Para mayor ahondamiento sobre el concepto de propiedad: Cordero Quinzacara, Eduardo, &amp; Aldunate Lizana, Eduardo. (2008). Evolución
histórica del concepto de propiedad. Revista de estudios
histórico-jurídicos, n. 30, 345-385. https://dx.doi.org/10.4067/
S0716-54552008000100013.

Desafíos Jurídicos

ser un derecho entendido dentro del contexto
de una sociedad democrática, donde, para la
prevalencia del bien común y de los derechos
colectivos, deben existir medidas proporcionales que garanticen los derechos individuales,
pues la función social de la propiedad es un
elemento fundamental para el funcionamiento
de la misma y es por ello que el Estado, a fin
de garantizar otros derechos fundamentales
de vital relevancia para una sociedad específica, puede limitar o restringir el derecho de
propiedad privada, respetando siempre los supuestos contenidos en la Constitución (interés
social, utilidad pública, indemnización justa).
Esta misma tesis es compartida por la SCJN:
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 14, 16 y principalmente el 27, reconoce como derecho fundamental el de
la propiedad privada; sin embargo, lo
delimita fijando su contenido, a fin de
garantizar otros bienes o valores constitucionales, como el bien común o el
respeto al ejercicio de los derechos de
los demás integrantes de la sociedad.
Luego, tratándose de aquel derecho,
la Constitución Federal lo limita a su
función social, toda vez que conforme
al indicado artículo 27, el Estado puede
imponer modalidades a la propiedad
privada por causas de interés público o
bien, podrá ser objeto de expropiación
por causas de utilidad pública y, por tanto, es ella la que delimita el derecho de
propiedad en aras del interés colectivo,
por lo que no es oponible frente a la
colectividad sino que, por el contrario,
en caso de ser necesario debe privilegiarse a esta última sobre el derecho de

Carlos Manuel López Hernández y Omar Adolfo López Castañeda

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Desafíos Jurídicos

propiedad privada del individuo, en los
términos que dispone expresamente la
Norma Fundamental.21
Aclarado dicho punto, es necesario plantearse
ahora ¿Cuál es la concepción de la propiedad
privada de la «4T»? Pues bien. Al igual que en
la época de la revolución, al derrocar la dictadura porfirista y el surgimiento del movimiento
constitucionalista, se temía que se desconocieran todos los actos jurídicos anteriores (entre ellos, los negocios), precisamente al promover una nueva constitución, lo mismo pasó
con la actual administración.
Desde su primer intento, para instaurarse un
gobierno federal de izquierda, en 2006, existió una campaña mediática cuyo propósito era
alimentar el miedo a la sociedad. Se alertaba
que, si el actual presidente llegaba al cargo,
ya desde aquél entonces, sería el fin de las
instituciones y, en general, del poco progreso
democrático que tanto esfuerzo le había costado al Estado mexicano en los últimos años.
Sin olvidar, además, que sería un gobierno y
una situación similar a lo que ocurrió en Venezuela con H. Chávez o en Cuba con F. Castro,
por lo que se trataba de una apología a una
ideología dictatorial y del socialismo con tintes
comunistas, y, por ende, desconocedora de la
propiedad privada,22 cuya pretensión sería nacionalizar lo cedido a los extranjeros.

21   SJF: P./J. 37/2006, Registro: 175498.

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Fue la construcción de un discurso que se propagó por tres elecciones presidenciales. Asimismo, fue esto lo que provocó, de cierta manera,
que se originara un ambiente de incertidumbre
para los inversionistas nacionales y extranjeros
al darse el cambio de administración en 2018,
por una aplastante victoria de más de 30 millones 113 mil 483 sufragios, un equivalente al
53.19%; e incluso calificada como la elección
más votada en la historia del país.
Por lo mismo, se pensaba, pues, que la propuesta de una contrarreforma del actual gobierno significaría hacer valer el artículo 27
constitucional y, por ende, se expropiarían
propiedades, así como desconocer los contratos adquiridos por la reforma energética.
Sin embargo, ha pasado el tiempo y nada de
eso ha ocurrido. Por tanto, el concepto de propiedad privada, para la «4T» es, en efecto, la
misma que en 1917, pero que no ha desconocido los negocios adquiridos por la reforma
energética, ni tiene tintes comunistas.
2. Antiextranjerismo y socialismo
Otro paralelismo se trata de la cuestión antiextranjerista y la ideología socialista. Sin embargo, estas cuestiones, en realidad, no son
características ni de la época de la Revolución
ni de la «4T». Esta último se corrobora, actualmente, al mantener los índices de inversión
extranjera directa, a pesar incluso de la pandemia de SARS-COVID19.23 Por ende, si se

22   Aunque el marxismo, en realidad, no desconoce la propiedad privada, en las naciones donde se ha intentado llevar a

23   Para mayor información, puede consultarse: Conferencia

la práctica el comunismo, no se han obtenido los resultados

de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCT-

esperados. Esto llevó a Marx a sentenciar: «tout ce que je

AD) Informe sobre las inversiones en el mundo, 2018, 2019,

sais, c’est que je ne sui spas marxiste».

2020 y 2021.

Paralelismos en Materia Energética en México: el «estudio fantasma» de E. Rabasa y los proyectos de Reforma de la 4T. PP. 114-127

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

tuviera una posición «antiextranjerista», no
sería posible mantener este tipo de acciones
provenientes del extranjero. Además, las
empresas extranjeras con negocios en el
rubro de energía, operan con normalidad en
el territorio nacional, así como las extranjeras
mineras, a las cuales la propaganda, también,
las alcanzó; provocando una extensión en la
situación de la incertidumbre al tomar posición
la actual administración pública federal.
Mientras que, de la época de Rabasa, no se
expulsó a los extranjeros petroleros del territorio nacional, sino todo lo contrario, se les
respetaron sus negocios. Y fue solo tras un
conflicto obrero-patronal en el que incurrieron
los particulares, cayendo en un desacato a la
SCJN, la cual ordenaba mejorar las condiciones laborales,24 por lo que el Estado mexicano
actúo en contra de ellos, pues no iba a permitir «arrodillarse».25 Además, habría que añadir
que no se les cerró las puertas a los extranjeros en cualquier otro tipo de negocio, incluso
después de tan amarga experiencia.
Hasta ahora, por una parte, la administración
pública federal no ha desconocido ningún
contrato ni adquisición a ningún particular
que lo adquirió después y durante la vigencia
de la reforma energética, incluso a pesar de
considerarse que muchos de esos contratos
24   Fernández Ruiz, J. (2013) “Expropiaciones emblemáticas

Desafíos Jurídicos

son leoninos, y que afectan directamente a las
empresas productoras del Estado, lo que son:
Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión
Federal de Electricidad (CFE), pues se traducen en pérdidas millonarias.
A pesar de ello, la administración federal actual, lejos de tomar medidas socialistas y autoritarias, ha optado por renegociar los contratos para encontrar una solución vía diálogo
y no conflictiva que lleve a los tribunales o al
arbitraje internacional.
Ahora bien, y, por otra parte, es cierto que,
a partir de 2021, se cancelaron las rondas
petroleras, lo cual puede interpretarse como
una medida antiextranjerista, pero la lectura
de esta acción es otra. México, como es el interés de muchos países, busca la soberanía
energética. Por tanto, delegar la administración de la energía a particulares sean nacionales o extranjeros, no es una buena medida
para lograrlo.
Además, “[…] en el panorama internacional,
los países están buscando la forma de reducir
el consumo de combustibles fósiles y no de
aumentarlo […] el tema central no es cómo
aumentar la producción sino como mantenerla o incluso reducirla”.26 Por tanto, no es un
asunto antiextranjerista o socialista, sino que
esto implica una cuestión con el cuidado del
medio ambiente.

en México”, en Los procedimientos administrativos expropiatorios. Tutela frente a las actuaciones de la Administración
Pública, Bosch: España pp. 745 y ss.

26   Sheinbaum Pardo, C. (2015) “La reforma energética en

25   Grunstein, M. (2015) “Reforma petrolera: pasos y

el contexto internacional”, en Cárdenas Gracia, J. (coord.)

tropiezos del proceso en México”, en Cárdenas Gracia, J.

Reforma Energética. Análisis y consecuencias, Tirant lo

(coord.) Reforma energética. Análisis y consecuencias, Tirant

Blanch, Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM:

lo Blanch: México, p. 223.

México, pp. 104.
Carlos Manuel López Hernández y Omar Adolfo López Castañeda

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Desafíos Jurídicos

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3. Principio de irretroactividad de la ley

4. Expropiación

Pero ¿qué hay de la irretroactividad? Pues
bien, como se ha mencionado líneas más arriba, la actual administración pública federal
parece estar lejos de adoptar este tipo de medidas. Su propósito principal es (re)negociar.
No se advierte que exista una medida o algún
plan para desconocer la propiedad de ningún
particular en el tema energético. No obstante,
el año pasado (2021) se realizó una reforma
a la Ley de Hidrocarburos, con la cual se podrían suspender permisos otorgados a particulares en caso de haber algún peligro para la
seguridad nacional, energética o a la economía nacional.27

Por similares razones, tampoco se puede hablar de una inminente expropiación, como auguraba Rabasa en su tiempo:
[…] desde hace algunos años ha venido
mostrándose por el gobierno de México
la tendencia de exigir a las empresas petroleras más de lo que los contratos autorizan, ya en forma de contribuciones, ya
de participación, ya aventurando la idea
de la nacionalización del petróleo por expropiación o ya por otros procedimientos
de más o menos importancia, pero siempre de una tendencia hostil contra una
industria que se supone de rendimientos
enormes, de comercio seguro sin contingencia alguna. No es pues, aventurado
suponer que esa tendencia cristalizó en
el párrafo mencionado del artículo 27,
ni es ligereza prever que su aplicación
será el despojo total, por la anulación de
los contratos o la presión sobre las empresas para lograr la modificación de las
concesiones en términos gravemente
onerosos.29

Sin embargo, esto parece ser resultado de la
experiencia en el pasado. Durante la época de
Rabasa, las empresas petroleras amenazaban
y chantajeaban al Estado mexicano con disminuir la producción, con el fin de afectar otros
negocios; por ende, desestabilizar el país.28
Por tanto, que los proyectos de reforma asumidos por la «4T» van encaminados a construir una estrategia que permita no doblegarse
como Estado, ante las transnacionales, pues,
al final de cuentas, este tipo de empresas, no
gozan de buena reputación.

27   LH, reforma publicada en el DOF: 04/05/2021, art. 59 bis.
28   Ackerman, J. A. (2015) “Privatización, Petróleo y Democ-

Ese parecía ser el mismo panorama cuando la
nueva administración pública federal asumió
el cargo en diciembre de 2018, pues proponía
algunas contrarreformas, tanto en materia energética, como en el sector educativo, principalmente, las cuales significaban dar revés a
las llamadas «reformas estructurales» de la
pasada administración.

racia en México”, en Cárdenas Gracia, J. (coord.) Reforma
Energética. Análisis y Consecuencias, Tirant lo Blanch, Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): México, p.

29   Rabasa Estebanell, E., El derecho de la propiedad…, p.

30.

167.

Paralelismos en Materia Energética en México: el «estudio fantasma» de E. Rabasa y los proyectos de Reforma de la 4T. PP. 114-127

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Vol. 02, Núm. 03, Julio-Diciembre 2022

Desafíos Jurídicos

Sin embargo, como ya se ha mencionado, ni
en los tiempos de Rabasa ni en los del presente, se tuvo planeado actuar de dicha manera. Efectivamente, esto es otro paralelismo,
pero que la manera de abordar la situación es,
nuevamente, distinta. Así se advierte por los
mensajes enviados desde presidencia; no se
apuesta a la amenaza de la expropiación, sino
por el diálogo entre las partes.30

interés es fortalecer a las empresas del Estado. Esto se ha llevado a cabo no solo con la
renegociación de contratos, sino también con
la adquisición de la refinería Deer Park, en
Texas, la cual ha generado, en solo 100 días,
una utilidad de 195 mdd.32 Además, la construcción de la nueva refinería “Dos Bocas”, en
Tabasco, la cual se espera que entre en operaciones para julio 2 de este año 2022.

5. Autoritarismo

6. Diálogo inter-partes

Así pues, los proyectos de reforma de la «4T»,
en materia energética, no son medidas autoritarias, sino que aceptan las reglas del juego.
Para Rabasa era diferente:

Por todo, es así como existen ciertos paralelismos entre la época de Rabasa y la llamada
«4T», pero que el modo de tratar la situación
es, definitivamente, distinta.

La revolución que triunfa establece un
Gobierno, y después de prometer la democracia, tiene que convertirse en mantenedora del orden, que sólo encuentra
en la dictadura; así, su único efecto es
cambiar los papeles: los revolucionarios
se hacen mantenedores del Gobierno
dictatorial, y los que eran defensores del
Gobierno, se hacen partidarios de una
nueva revolución democrática.31

Para el jurisconsulto, la única opción para tratar todas estas inquietudes y, de cierta manera, generar un poco de tranquilidad, era obvia:
recurrir a la intervención diplomática.33 Estaba
convencido que “[…] el recurso de amparo no
tiene importancia legal efectiva como defensa de la propiedad contra los preceptos de la
nueva Constitución”.34

Pero, para la administración pública federal
actual, lo que interesa es fortalecer a las empresas productivas del Estado: competir.
Sus proyectos de reforma van encaminados
en ese sentido. No se puede competir en
desigualdad de circunstancias, por lo que el

Para el caso actual, parece que la vía adecuada es esto último, pero que su implementación
puede ser algo desgastante. Bien es cierto
que el juicio de amparo es el medio adecuado
para obtener protección ante los malos actos
u omisiones de la autoridad, pero estos juicios
suelen extenderse, y más si se tratan de juicios en materia energética; incluso puede que
32 Mediante un comunicado de prensa, la Presidencia de la

30   Por ejemplo, en 2019, CFE llegó a un acuerdo con Ferme-

República confirmó que esta operación se concretó en enero

ca (empresa de gasoductos). Asimismo, en ese mismo año,

21 de 2022.

se lograron acuerdos con Carso, TransCanadá e IEnova.

33   Aguilar Rivera, J. A., óp. cit., p. 141.

31   Rabasa Estanell, E., La constitución y la dictadura, p. 245.

34   Rabasa Estebanell, E., El derecho de propiedad…, p. 189.

Carlos Manuel López Hernández y Omar Adolfo López Castañeda

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Desafíos Jurídicos

los asuntos se vayan a un arbitraje internacional.
Por ejemplo, el caso de COMMISA vs Pemex
(ICC 13613/CCO/JRF), un asunto en donde
se reclaman daños y perjuicios tras la decisión
de la empresa estatal de rescindir el contrato
celebrado entre las partes, de manera unilateral, el cual trataba sobre la construcción
de una plataforma petrolera. Este caso se remonta a diciembre 16 de 2004, y que tardó 12
años en concluir.35
Por esa razón, puede decirse que la «4T»
apuesta por el diálogo, pues es una medida
que puede arrojar mejores resultados, mayor
eficacia: «más vale un mal acuerdo, que un
buen pleito», se suele decir.
CONCLUSIONES
Han pasado poco más de tres años desde la
toma de posición del actual ejecutivo federal,
pero no se han concretado ningún supuesto
acto autoritario que deje en estado de indefensión a los particulares, sino que, lejos de
esta postura, la administración actual ha op35   Para mayor información: Wöss, H. et al. (2015) “El contrato administrativo, inarbitrariedad y el reconocimiento de laudos anulados en el país de origen”, en Pauta 75, ICC: México,
pp. 8 y ss. Además: Cavazos Villanueva, G. (2016) “Arbitraje y protección a la inversión en el contexto de la reforma
energética en México: una primera aproximación desde los
casos COMMISA vs PEMEX y KBR vs México”, en Payan, T.
et al. (ed.) Estado de Derecho y Reforma Energética en México, Tirant lo Blanch, México Center, Escuela de Gobierno y
Transformación Pública: Tecnológico de Monterrey (ITESM),
University of Houston (Law Center), CIDAC, Universidad

desafiosjuridicos.uanl.mx

tado por entablar diálogo con la industria privada y llegar a acuerdos que dejen a ambas
partes satisfechas: por una parte, que el Estado recupere la mayor parte del negocio energético, con vías de desarrollar una soberanía
energética; y, por otra parte, que la industria
privada mantenga sus negocios operables.
Esto ha pasado, verbigracia, tras el reciente
debate, en abril 17 de 2022, sobre el proyecto
de decreto por el que se reforman los artículos
4, 25, 27 y 28 de la Constitución, en materia de
energía y acceso a la energía eléctrica, el cual
fue aprobado por la Cámara de Diputados con
275 votos a favor, y 223 votos en contra, pero
fue rechazado al no lograr mayoría calificada,
pues se necesitaban de 334 votos (mayoría
calificada) para reformar la Constitución.
Dicha reforma contemplaba que la CFE obtuviera hasta un 54% de la generación de energía, pero que, tras rechazarse, queda ahora
con el 90% de la preferencia. Esto debido a
una decisión de la SCJN sobre la constitucionalidad de la ley, y, por supuesto, por la oposición en la Cámara de Diputados, al rechazar
la reforma.
Y, sin embargo, lejos de aprovechar el gran
desliz de la oposición, la actual administración
convoca al diálogo para generar acuerdos y
evitar juicios, los cuales, por lo que dicta la experiencia, suelen ser muy desgastantes. Por
tanto, el modo de actuar y atender las complejidades del sector energético, por parte de
la actual administración federal, es completamente distinto a lo que proponían Rabasa, en
su tiempo, y la actual oposición: una intervención política.

Autónoma de Nuevo León (UANL): México, pp. 347 y ss.
Paralelismos en Materia Energética en México: el «estudio fantasma» de E. Rabasa y los proyectos de Reforma de la 4T. PP. 114-127

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Olinda Beatriz Suárez Hernández &amp; José Guillermo García Murillo
(Universidad de Guadalajara)
El fortalecimiento democrático. Cohesión de su contenido tripartita. pp. 128-145. Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022.
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El fortalecimiento democrático
Cohesión de su contenido tripartita
Democratic strengthening
Its tripartite cohesion
Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: Olinda Beatriz Suárez Hernández* y
José Guillermo García Murillo**

* University of Guadalajara
** https://orcid.org/0000-0002-3856-9281
University of Guadalajara

Resumen. La presente investigación, aproxima el análisis que sobre la gestación y evolución
histórica de la democracia se ha realizado buscando detectar en esa transición los diferentes
enfoques y modelos de pensamiento que en su momento priorizaron esquemas de tutela, que
fueron vinculando a la libertad e igualdad como derechos humanos prevalentes en su construcción.
Se expone la importancia de su cohesión conceptual, considerando relevante diferenciar cuándo refiere ser un sistema político, estructura jurídica y sistema de vida, cuya naturaleza debería justificarse en el cumplimiento del bien público temporal del Estado.
Se habla de la llamada buena democracia, donde el equilibrio entre libertad e igualdad está
presente y que unido al esquema de la corresponsabilidad Estatal, se vuelve el motor que alimenta la teleología del Estado constitucional democrático de derecho.
Asimismo, se expone cómo la democracia dejó de ser un tema local para convertirse en uno
de naturaleza global, que involucra para su descripción y alcance, normativa de orden internacional.
Palabras clave: Estado de Derecho, Democracia, Estructura Jurídica, Régimen Político, Sistema de Vida.

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Abstract. The present investigation approximates the analysis that on the gestation and historical evolution of democracy has been carried out seeking to detect in that transition the different approaches and thought models that at the time prioritized tutelage schemes, which were
linked to freedom and equality as prevailing human rights in its construction.
The importance of its conceptual cohesion is exposed, considering relevant to differentiate
when it refers to being a political system, legal structure and life system, whose nature should
be justified in the fulfillment of the temporary public good of the State.
There is talk of the so-called good democracy, where the balance between freedom and equality is present and which, together with the scheme of State co-responsibility, becomes the engine that feeds the teleology of the democratic constitutional State of law.
Likewise, it is exposed how democracy ceased to be a local issue to become one of a global
nature, which involves international regulations for its description and scope.
Keywords: Rule of Law, Democracy, Legal Structure, Political Regime, System of Life.

I. INTRODUCCIÓN
La democracia en su condición originaria,
enlazó una forma de vida específica con el
quehacer político de una comunidad, se hablaba de los asuntos públicos diferentemente
de aquéllos que no lo eran, de los que podían
participar en ellos y los que estaban impedidos para hacerlo.
Los contextos delimitaron entonces, la construcción del vocablo con visiones diversas, que
quisieron describir aquello que fue enmarcando la condición participativa de los que fueron
incorporándose en el escenario de lo público a
través de luchas, revoluciones y guerras.
La democracia como concepto, empezó a diferenciar en su esencia lo público de lo pri-

vado, llegando luego a distinguir su condición
positiva de la negativa pasando entonces a
revalorar el vocablo para incrustar temáticas
como el de los derechos humanos, el Estado
de derecho, la paz y el desarrollo sostenible.
Hoy, la democracia es tema no solo de una
agenda local o nacional, sino de naturaleza
global donde los organismos supranacionales
juegan un papel relevante, dado que se encamina a considerar la visión de conjunto del
llamado Estado abierto, que no puede estar
ajeno a los grandes cambios que se acontecen en el orden geopolítico.
La vida democrática en el Estado, requiere del
compromiso de cada uno de sus integrantes
por hacer cierta la cohesión de su contenido,
teniendo presente el rubro de la Corresponsabilidad Estatal, donde deberá cumplirse cada

El fortalecimiento democrático. Cohesión de su contenido tripartita. PP. 128-145

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encomienda (como gobernado y gobernante),
haciendo lo necesario por vivir la condición
deontológica no solo en la búsqueda, sino en
el cumplimiento del bien público temporal del
Estado, aprendiendo la libertad y erradicando
la ignoracia, tal como lo señalaba Montesquieu, a efecto de consolidar día a día el llamado Estado Constitucional Democrático de
Derecho.

refirió la lejana condición de la verdadera libertad privada de los pueblos antiguos, los
cuales vivían carentes de un sistema representativo cuya creación le adjudicó a los modernos.

Su esencia, nos obliga a voltear y ver la integración tripartita de su concepto, vivir la democracia nos solo como estructura jurídica o
régimen político, sino como sistema de vida
que ancla a cada ciudadano (como parte del
Estado mismo), en el ámbito de la corresponsabilidad, para la consecución de los fines estatales.

…ejercer colectiva pero directamente
varios aspectos incluidos en la soberanía: deliberar en la plaza pública sobre la
guerra y la paz, celebrar alianzas con los
extranjeros, votar las leyes, pronunciar
sentencias, controlar la gestión de los
magistrados, hacerles comparecer delante de todo el pueblo, acusarles, condenarles o absolverles, al mismo tiempo
que los antiguos llamaban libertad a todo
esto, además admitían como compatible
con esta libertad colectiva, la sujeción
completa del individuo a la autoridad de
conjunto. No encontraréis entre ellos,
ninguno de los goces que como vimos
forman parte de la libertad de los modernos. Todas las acciones privadas estaban sometidas a una severa vigilancia.
Nada se abandonaba a la independencia individual, ni en relación con las opiniones, ni con la industria ni “sobre todo”
en relación con la religión (…) En las cosas que nos parecen más fútiles, la auto-

II. ANÁLISIS
A lo largo de la historia y para hablar de la
democracia, ha sido de obligada referencia
voltear al pasado (siglos VI y V a de C), e identificar lo que para muchos ha sido su génesis,
citando a la Grecia clásica como cuna de la
democracia, recordando los tiempos de una
realidad cuyas construcciones matizaron luego herencias en los pueblos que le sucedieron, pasando del contenido antiguo (gobierno
de los muchos), al moderno (heredero de la
tradición liberal) propiciándose (a lo largo de
su devenir) enfrentamientos que buscaron
emancipar los ideales de una humanidad que
ha buscado vivir en libertad y con justicia.

Godoy Arcaya, citado por Cerezo nos comparte dicho discurso donde Constant, manifestó
que la libertad consistía en:1

1 Cerezo Tomás, Francisco, Benjamin Constant. Discurso
sobre la Libertad de los Antiguos Comparada con los Moder-

Fue en el Ateneo de París, en 1819, donde
Henri Benhjamin Constant de Rebecque (a
través de su discurso Sobre la libertad de los
antiguos comparada con la de los modernos),

nos, Academia, p.3. https://www.academia.edu/36083932/
BENJAMIN_CONSTANT_DISCURSO_SOBRE_LA_LIBERTAD_DE_LOS_ANTIGUOS_COMPARADA_CON_LA_DE_
LOS_MODERNOS_

Olinda Beatriz Suárez Hernández y José Guillermo García Murillo

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ridad del cuerpo social se interponía y se
entorpecía la voluntad de los individuos.
Terpadro no pudo añadir ni una cuerda a
su lira sin que los éforos se ofendieran.
Aun en las relaciones más domésticas,
la autoridad intervenía.
Para Benjamín Constant este era el verdadero escenario de la democracia de la antigüedad. El individuo, habitualmente casi soberano en los asuntos públicos, era esclavo
en todas sus relaciones privadas. 2 Reflexión
esta que nos hace detener y meditar respecto de si las herencias fueron las que detonaron la búsqueda plena de la libertad y “por
ende” el camino a la verdadera democracia,
como la construcción del sistema representativo del Estado moderno.
Hablar de la democracia en su composición
etimológica, nos vincula con el demos (pueblo), y el kratos (poder o gobierno), de ahí
que la Real Academia Española la define como:3 la forma de gobierno en la que el poder político es ejercido por los ciudadanos
y como la doctrina política según la cual la
soberanía reside en el pueblo, que ejerce el
poder directamente o por medio de representantes.
Resulta “en consecuencia” oportuno iniciar el
análisis panóptico de una institución que ha
nacido y evolucionado a lo largo de trazos históricos contextuados, vinculada con el pueblo,
poder, la autoridad y el gobierno.

Haciendo un recuento histórico Resnik señala
que: 4
Durante dos mil años el concepto de
democracia en el mundo occidental estuvo estrechamente ligado a la idea de
la democracia directa. Los que pensaban en la democracia como un régimen
político, la mayoría de las veces para
rechazarlo, tenían en mente algo similar
a la polis ateniense. No es un gran secreto que los filósofos y asesores políticos de príncipes, como Platón, Aristóteles, Polibio, Cicerón, santo Thomás de
Aquino, Maquiavelo, Bodin y Hobbes,
no mostraron particular simpatía por
un régimen en el que el pueblo como
conjunto era la única fuente de poder
político.
La anterior percepción fue heredada en los siglos posteriores, incluso se llegó a argumentar
que no era pertinente aceptar la existencia de
un régimen donde muchos pudieran decidir,
Locke y Madison citados por Resnik aludían
que “la democracia directa era incompatible
con un Estado grande y populoso” 5
John Locke, en el Segundo Tratado sobre el
Gobierno señala que: 6

4   Resnik, Philip, 2007, La democracia del siglo XXI, editorial
Anthropos, 2007, España, p.77
5   Idem
6   Gil de Gómez Pérez –Aradros, Carlos, ¿Qué democracia
tenemos? Democracia Real y Democracia Liberal Represen-

2 Idem

tativa? Nómadas. Revista Crítica de Ciencias Sociales y Jurí-

3 Real Academia Española, Diccionario, https://dle.rae.

dica, Volumen 40, número 4, 2013, p. 8. https://revistas.ucm.

es/?w=democracia

es/index.php/NOMA/article/view/48336/45220
El fortalecimiento democrático. Cohesión de su contenido tripartita. PP. 128-145

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Para comprender bien en qué consiste
el poder político y para remontarnos a su
verdadera fuente, será forzoso que consideremos cuál es el estado en que se encuentran naturalmente los hombres, a saber: un
estado de completa libertad para ordenar
sus actos y para disponer de sus propiedades y de sus personas como mejor les
parezca, dentro de los límites de la ley
natural sin necesidad de pedir permiso y
sin depender de la voluntad de otra persona.
Por su parte Montesquieu, llegó a afirmar
que:7
Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma
persona o corporación, entonces no hay
libertad, porque es de temer que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas
para ejecutarlas del mismo modo. Así sucede y también, cuando el poder judicial
no está separado del poder legislativo y
del ejecutivo. Estando unido al primero,
el imperio sobre la vida y la libertad de
los ciudadanos sería arbitrario, por ser
uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico,
por cuanto gozaría el juez de la fuerza
misma que un agresor.
Y así podríamos referir narrativas que describen a la democracia para exaltarla, pero también para desnaturalizarla, tal es el caso de
Schumpeter, quien señala que “no se puede
hablar de un verdadero modelo normativo de
democracia” 8. Se pasa así a un momento de la

Desafíos Jurídicos

vida del Estado donde entender la democracia
se percibe no solo como una estructura jurídica
o régimen político, sino también como un sistema de vida según dispone el artículo tercero,
fracción segunda, inciso a), de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En el primero de los casos, la expresión más
profunda del concepto la encontramos en
nuestra propia Ley Suprema, documento que
integra los principios, valores y anhelos del
país cuya historia ha quedado escrita en cada
uno de sus preceptos y que en las últimas décadas ha sido motivo de análisis para definir
la conveniencia o no de dar vida a una nueva
Constitución.
Por otra parte, es importante mencionar que
la democracia como régimen político, nos introduce en el modelo que alcanza a las instituciones que se ponen en marcha para darle
vida, por lo que bajo esta circunstancia cabría
reflexionar si deberíamos seguir preguntándonos sobre la posibilidad de una mejor forma y sistema de gobierno en México, quizá
plantearnos la opción entre el sistema presidencial o parlamentario, semipresidencial o
semiparlamentario, cuando sabemos (antes
del actual gobierno), se transitó de un sistema
presidencial debilitado y un Congreso obstaculizador, apareciendo en el escenario un Gobierno de Gabinete.
Si de la democracia sustraemos la parte de
ella que corresponde solo al régimen político
dadanía: hacia una democracia débil, Nómadas, Critical Journal of Socialand Juridical Sciences, Volumen 35, número 3,

7   Idem

493-506, 2012, p. 9 https://revistas.ucm.es/index.php/NOMA/

8   Gil de Gómez Pérez Aradros, C, Élites Tecnócratas y Ciu-

issue/view/2402

Olinda Beatriz Suárez Hernández y José Guillermo García Murillo

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entonces, debe tenerse presente en su análisis la pluralidad de dichos regímenes y la
transición de los sistemas, la existencia por
ejemplo; de un sistema presidencial y sus tipologías, argumentando sus ventajas y desventajas, asimismo para con el sistema parlamentario y lo que a él corresponde, todo
ello (desde la década de los setenta del siglo
pasado), motivo de grandes y profundas reflexiones de juristas, politólogos y académicos
en México, fecha que coincidió con el inicio
de los cambios en el desarrollo democrático
de nuestro país, a través de modificaciones
normativas e institucionales como las vinculadas a la materia electoral, tocando tópicos
(entre otros), como el de la apertura política y
la construcción de las instituciones.
Resulta pertinente mencionar que, por lo que
ve al sistema presidencial, existe un antes y
un después de 1997. Por una parte, la prevalencia hegemónica de un sistema y por la otra,
el inicio de la fragmentación del mismo en las
Cámaras, lo cual pinceló la transformación del
régimen presidencial en México.
Consecuencia de esta suma histórica generó
la reflexión profunda por su parte, de juristas
como Diego Valadés, proponiendo medidas
susceptibles de generar una relación entre el
Congreso y el Gobierno, y de producir efectos positivos en cuanto a la cooperación entre
ambos órganos de poder. Entre dichas medidas señala las siguientes: 9
9   Valadés, Diego, El Sistema Presidencial Mexicano. Actualidad y Perspectivas, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, Nueva Serie, Año XLIV, Número 130, Enero-Abril, Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM, 2011, p. 305, http://
www.scielo.org.mx/pdf/bmdc/v44n130/v44n130a9.pdf

1. Restablecer la figura del Consejo de
Ministros, con facultades expresas en la
Constitución.
2. Asignar a uno de los ministros la función de coordinador o jefe del gabinete.
3. Mantener la facultad presidencial de
designar y remover a los ministros, pero
en el primer caso con la expresión de
confianza del Senado. Se sugiere que
sea esta la cámara competente para
otorgar la confianza, en tanto que es la
única que tiene un periodo sexenal, análogo al presidencial.
4. Facultar al Senado para formular una
expresión de reprobación con relación a
alguno de los ministros o a la totalidad
del ministerio, aun cuando no tenga un
efecto vinculante para el presidente.
5. Obligar a que los ministros comparezcan de manera periódica y alternativa
ante cada una de las cámaras, para desahogar preguntas y atender interpelaciones, cuando sea el caso.
6. Someter el programa de gobierno a la
aprobación del Congreso.
7. Reformar el poder político en los estados de la Federación en la misma dirección
que se haga con los órganos federales.
8. Recuperar la respetabilidad de los partidos. La frecuencia del transfuguismo y
las alianzas electorales inverosímiles
(entre partidos con tesis excluyentes) y
contradictorias (los mismos partidos que

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en unos estados son rivales irreconcilia- Ley Suprema, en su artículo 3º., fracción II,
bles, en otros estados aparecen como inciso a) que a la letra dice: 11
aliados fraternos) erosionan la imagen
de los partidos.
…considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un
Todo lo anterior con el objetivo de racionalizar
régimen político, sino como un sistema de
(término usado por el propio jurista), el sistevida fundado en el constante mejoramienma presidencial y de esta manera fortalecer la
to económico, social y cultural del pueblo.
democracia Estatal.
No debe perderse de vista lo anterior, no obsEs verdad que el afianzamiento del sistema tante se siga escribiendo que la expresión
presidencial se encuentra en las cámaras, “crisis de la democracia”, aparece con altísima
donde la existencia mayoritaria o no del parti- frecuencia en la literatura politológica y jurídido político al que pertenece el Ejecutivo, defi- ca mundial, con títulos como los siguientes:12
ne y determina el cumplimiento de los objetivos de gobierno. Por ello, cuando el ejecutivo
Marina Lalatta Costerbosa habla de
no tuvo mayoría se propuso la reforma al artí“democracia asediada”; Geminello Preculo 89, fracción XVII, de la Constitución Políterossi se pregunta sobre “aquello que
tica de los Estados Unidos Mexicanos.
queda de la democracia”; los filósofos de
la política dedican su Congreso nacional
Algunos han considerado que el sistema Prede 2013 a la “crisis de la democracia”; un
sidencial, ha encontrado dificultades para mafamoso lingüista, Raffaele Simone, reterializar una democracia estable, tal y como
construye “cómo fracasa la democracia”;
lo llegara a plantear Juan Linz, quien además
Nadia Urbinati describe una democracia
señaló como dificultad de dicho sistema la
desfigurada.
transición y consolidación de la misma democracia,10 lo cierto es que la estabilidad e Como estructura jurídica la democracia y el
inestabilidad democrática en nuestra nación Estado de derecho se vuelven inescindibles al
ha sido multifactorial, atendiendo a ámbitos hablar del Estado constitucional democrático
no solo en lo político sino en lo jurídico, social, de derecho, aparecen en la escena del Estaeconómico y cultural.
do democrático, la soberanía del pueblo.
Hablar de democracia obliga a medir el desarrollo e integración benevolente de sus tres
contenidos, tal como se describe en nuestra

11   Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
Diario Oficial de la Federación 28 de Mayo 2021, Art.3º, Texto

Vigente,

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/

cpeum.htm
10   Nohlen, Dieter, Presidencialismo versus Parlamentaris-

12   Riccobono, Francesco, Democracia y Constitucionalis-

mo: dos enfoques contrapuestos, Revista de Estudios Políti-

mo, Derechos y Libertades, Número 37, Época II, 2017, p.

cos (Nueva Época) enero-marzo, 1998, p. 162, https://recyt.

19 https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/27133/

fecyt.es/index.php/RevEsPol/article/view/45215/26746

DyL-2017-37-riccobono.pdf?sequence=1&amp;isAllowed=y

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Por su parte, la democracia como sistema de
vida es quien involucra de manera activa al
elemento substancial del Estado, el pueblo
cuya participación resulta de suma importancia en el cumplimiento de las metas y razón
de ser de dicha estructura política.
En México, se ha transitado del Estado de
Derecho al Estado Constitucional Democrático de Derecho, definiéndose el rumbo del
sistema jurídico que vincula la condición del
Estado de Derecho donde toda autoridad
debe realizar sus funciones teniendo presente
la constitucionalización normativa, donde los
derechos humanos son protegidos y respetados en el entorno de una democracia plena.
La condición que se detalla, debe por ende
vincular la vida de nuestra nación con la democracia en sus tres contenidos, yendo un
poco más allá de los alcances propuestos por
Castellanos, al mencionar que la tridimensionalidad de esta, toca tópicos que involucran:13

humanos, teniendo presente la cohesión de
cada uno de sus contenidos al describirla ontológicamente.
Elías Díaz citado por Alarcón señala que: 14
El Estado de Derecho, caracterizado
principalmente por el imperio de la ley
como expresión de la soberanía popular,
tiene que dar cuenta de un núcleo ético-político básico constituido por los derechos fundamentales y la democracia.
Mientras que los derechos fundamentales son la razón de ser del Estado de
Derecho (criterio de legitimidad objetiva), la democracia es el procedimiento para convertir en legalidad tales
exigencias de legitimidad (legitimidad
procedimental). La mejor defensa de
la legalidad y la legitimidad exige actuar
siempre en el marco de la Constitución y
del Estado de Derecho.

…en lo político, la participación directa y
la indirecta; en lo económico, la distribución equitativa de la riqueza y la libertad
de ocupación lícita y en lo social, el acceso a los servicios públicos de calidad
y la igualdad de oportunidades.

Se transita a un nuevo escenario donde se
vislumbra lo que algunos llaman la primacía
del ciudadano, y como alude Paolo Grossi, citado por Moreira:15

La descripción a la que alude el Pacto Federal, cuando se refiere a la democracia, busca
integrar en un mismo espíritu el anhelo de
un país por vivir en libertad y con justicia en
el entorno de la cultura de una legalidad democrática donde se respeten los derechos

14   Alarcón Requejo, Gilmer, Estado Democrático de Dere-

…se rescata el derecho de la sombra

cho, Economía. Revista en Cultura de la Legalidad, Número
8, marzo-agosto, 2015, p.5 https://e-revistas.uc3m.es/index.
php/EUNOM/article/view/2490/1373
15   Moreira Neto, Diego de Figueiredo, Nuevas Funciones
Constitucionales en un Estado Democrático de Derecho. Un
estudio de caso en Brasil, Revista de Administración Pública,

13 Castellanos, G.M.E, Del Estado de Derecho al Estado de

Número 183, septiembre-diciembre, Madrid, pp. 11 y 12 http://

Justicia, 2ª. edición, Porrúa, México, Universidad Autónoma

www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revista-de-adminis-

de Baja California, 2009, p. 124

tracion-publica/numero-183-septiembrediciembre-2010-3

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condicionante y dañosa del poder y le
devuelve al seno de la sociedad, para
volver a ser su propia expresión.
Es en el Estado Constitucional y Democrático
de Derecho donde se vuelve a la búsqueda
de la justicia, dejando a un lado el reducido
concepto de legalidad, colocando sobre el escenario actual y en una apreciación neoconstitucionalista a la sociedad y el Estado en su
condición dicotómica.
Por otra parte, son la democracia y los derechos humanos las dos columnas que sostienen el puente constitucional que vislumbra la
construcción de un Estado (diverso al que se
llamó Estado moderno), inmerso en un contenido de valores, en una condición global
basada ahora en la protección de la persona
humana.
Por su parte Castellanos, señala que:16
…el principal desafío para los mexicanos está en reorientar la cultura política
democrática, hacia el entendimiento de
que la participación del pueblo en las tareas oficiales del Estado no se limitan,
mucho menos se agotan, en la elección
de los integrantes de los órganos representativos; sino que implica muchas
otras formas de acción política concreta,
que van desde el referéndum, el plebiscito, la iniciativa ciudadana y la revocación del mandato, hasta un más claro,
transparente e imparcial acceso a la justicia en general y específicamente a la
justicia social.

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Sobre la democracia y los derechos humanos,
podemos referir ideas que entretejen anhelos
como los que Thompson lista al referir las siete lecciones para la democracia en América
Latina:17
1. Los derechos humanos implican más
que libertades: una democracia que no
aprenda a afrontar los problemas de la
pobreza y la falta de oportunidades económicas no está llenando su cometido.
2. Los seres humanos son creados iguales; las exclusiones y discriminaciones,
de hecho o de derecho son contrarias a
los derechos humanos y deslegitiman a
las democracias que las toleran.
3. La seguridad ciudadana es una prioridad para el desarrollo de una sociedad y
una exigencia de los derechos humanos;
la lucha contra la delincuencia y la violencia, sin embargo, no puede incurrir en
las violaciones que busca combatir.
4. La transparencia y una cultura de rendición de cuentas son elementos esenciales de la democracia y de la participación política; los derechos humanos
exigen el control de todos los ilícitos por
parte de la justicia; las excepciones hechas a favor de los poderosos socavan
17   Thompson, José, Participación, Democracia y Derechos
Humanos. Un enfoque a partir de los derechos humanos en
América Latina, Revista IIDH, San José, Costa Rica, 2002,
pp. 74-75, https://www.iidh.ed.cr/BibliotecaWeb/Varios/Documentos.Interno/BD_157895943/Revista%20IIDH%2034-35.
pdf?url=%2FBibliotecaWeb%2FVarios%2FDocumentos.In-

16   Castellanos G.M.E, op. cit., nota 13, p.103

terno%2FBD_157895943%2FRevista+IIDH+34-35.pdf

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la solidez de la democracia a los ojos de
su pueblo.
5. La participación es la sangre viva de
una democracia verdadera, requiere de
una apuesta en su favor, y de 2001-2002]
Participación Política 103 condiciones
para su ejercicio, por medio del respeto
a derechos humanos fundamentales tales como la libertad de expresión, la de
asociación y la de reunión, así como de
condiciones económicas y sociales mínimas y del estímulo a la desconcentración del poder en la forma de gobiernos
locales.

al mundo entero: la cara humana de la
globalización está en el interés y los esfuerzos por apoyar estas causas desde
diversas latitudes.
Pasemos ahora, a hablar de lo global, el cuadro que se muestra a continuación incluye la
recopilación realizada por el Alto Comisionado
de Derechos Humanos de Naciones Unidas,
en cumplimiento a la resolución 2003/36 párrafo 14, de la Comisión de Derechos Humanos y cuyos datos aparecen a continuación:18

6. El voto, el sistema electoral y la institucionalidad son factores sine qua non
para que pueda hablarse de democracia
pero no bastan para asegurar la participación política y menos aun, el buen
gobierno, que debe volver siempre sobre
la consideración de sus fines en busca
del bienestar de quienes están bajo su
mando.
7. En los tiempos actuales, la consolidación de una democracia sana y sólida,
como la vigencia de los derechos humanos, son asuntos que afectan cada vez

18   Oficina del Alto Comisionado, Naciones Unidas Derechos
Humanos, Normas Internacionales, ACNUDH 1996-2022, https://www.ohchr.org/es/international-standards
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I. Organizaciones

regionales y
subregionales

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A. África:
1.Unión Africana (UA)
a. Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
b. Acta constitutiva de la Unión Africana
c. Declaración de Lomé de julio de 2000 sobre el marco de
respuesta de la OUA a los cambios inconstitucionales de gobierno
d. Conferencia sobre Seguridad, Estabilidad, Desarrollo y
Cooperación en África (CSSDCA)
e. La Nueva Alianza para el Desarrollo de África (NEPAD)
f. Declaración de la Unión Africana sobre los principios que rigen
las elecciones democráticas en África, AHG/Decl.1 (XXXVIII),
2002
Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los
Pueblos sobre los derechos de la mujer en África (extractos)
2.Comunidad Económica de los Estados de África Central (CEEAC)
Declaración de Bata para la Promoción de la Democracia Duradera,
la Paz y el Desarrollo en África Central
3.Comunidad Económica de Estados de África Occidental
(CEDEAO)
a. Tratado de la CEDEAO
b. Declaración de principios políticos de la CEDEAO (A/
DCL.1/7/91)
c. Protocolo sobre democracia y buen gobierno (A/SP1/12/01)
4.Comunidad para el Desarrollo del África Meridional (SADC)
a. Tratado de la SADC
b. El Plan Indicativo Regional de Desarrollo Estratégico de la
SADC (RISDP)
c. Principios y directrices de la SADC para las elecciones
democráticas
5.Región Árabe
a. Declaración de Sana’a sobre la democracia, los derechos
humanos y el papel de la Corte Penal Internacional, enero de
2004
6.Liga de Estados Árabes
a. Declaración de Túnez
b. Carta Árabe de Derechos Humanos

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B. Europa:
1. Unión Europea
a. Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
b. Resolución del consejo y de los estados miembros reunidos en el
consejo sobre derechos humanos, democracia y desarrollo
c. Reglamento (CE) nº 976/1999 del Consejo, de 29 de abril de 1999
d. El Acuerdo de Cotonú
2. Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE)
a. Conferencia sobre la dimensión humana de la CSCE
b. Mecanismo de Viena
c. Mecanismo de Moscú
d. Documento de la Reunión de Copenhague de la Conferencia sobre la
Dimensión Humana de la CSCE
e. Carta de París para una Nueva Europa
3. Consejo de Europa - Comisión de Venecia
a. Código de buenas prácticas en materia electoral (julio de 2002)
b. Directrices para los referendos constitucionales a nivel nacional
c. Directrices sobre la prohibición y disolución de partidos políticos y
medidas análogas
d. Directrices sobre la financiación de los partidos políticos
C. Las Américas:
1. Organización de Estados Americanos (OEA)
a. Carta Democrática Interamericana
b. Promoción y fortalecimiento de la democracia: Seguimiento de la
Carta Democrática Interamericana
c. Declaración de Santiago sobre Democracia y Confianza Pública: Un
nuevo compromiso de buena gobernanza para las Américas
d. Declaración de Nuevo León
e. Proyecto de declaración de Quito sobre el desarrollo social y la
democracia, y el impacto de la corrupción
2. Comunidad Andina
a. Declaración sobre la Democracia y la Integración
b. Protocolo Adicional al Acuerdo de Cartagena “Compromiso de la
Comunidad Andina con la Democracia”;

c. Declaración de Machu Picchu sobre la democracia, los
derechos de los pueblos indígenas y la lucha contra la pobreza

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d. Carta Andina de Promoción y Protección de los Derechos Humanos
3. Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) (en Español)
a. Declaración de Concepción
4. Sistema de la Integración Centroamericana (SICA)
a. Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados
Centroamericanos (ODECA)
b. Alianza para el Desarrollo Sostenible de Centroamérica
c. Tratado marco de seguridad democrática en Centroamérica
5. Mercosur (en Español)
a. Declaración Presidencial Sobre Compromiso Democrático en el Mercosur
b. Protocolo de Ushuaia Sobre Compromiso Democrático en el Mercosur, la Republica de Bolivia y la Republica de Chile
6. El Grupo de Río
a. Acapulco Compromiso con la paz, el desarrollo y la democracia
b. Declaración de Asunción
c. Declaración sobre la Defensa de la Democracia
d. Compromiso de Cartagena con la Democracia
e. Declaración sobre Democracia
f. El Consenso de Cusco “ Gobernabilidad democrática: Defensa y consolidación de la democracia “, mayo de 2003
II. Otras organiza-

ciones intergubernamentales

1. Organización Internacional de la Francofonía (OIF)
1. Declaración de Bamako
2. Declaración de Beirut
2. La Commonwealth
1. Declaración de la Commonwealth de Harare, 1991
2.El Programa de Acción de la Commonwealth de Millbrook sobre

la Declaración de Harare, 1995
3. Declaración de la Commonwealth de Aso Rock sobre
Desarrollo y Democracia: Asociación para la Paz y la Prosperidad

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III. Otros organismos

1. Conferencia Internacional de las Democracias Nuevas o

Restauradas
1. Quinta Conferencia Internacional de las Democracias Nuevas o
Restauradas
2. Plan de Acción de Ulaanbaatar: Democracia, buena
gobernanza
2. Comunidad de Democracias
1. Hacia una Conferencia Ministerial de la Comunidad de
Democracias
2. Plan de Acción de Seúl: Invertir en Democracia para la Paz y la
Prosperidad
IV.

Organizaciones
Interparlamentarias

1. Unión Interparlamentaria Unión (IPU)
1. Declaración Universal sobre la Democracia
2. Garantizar una democracia duradera estableciendo vínculos

estrechos entre el Parlamento y el pueblo
3. El papel de los parlamentos en el fortalecimiento de las
instituciones democráticas y el desarrollo humano en un mundo
fragmentado
4.Informe del Foro Parlamentario con motivo de la Quinta
Conferencia de las Democracias Nuevas o Restauradas
V. Naciones Unidas

y Organismos Especializados

1. Naciones Unidas
1. Declaración Universal de los Derechos Humanos
2. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
3. Declaración y Programa de Acción de Viena, junio de 1993
4. Declaración del Milenio de las Naciones Unidas
2. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Cien-

cia y la Cultura (UNESCO)
1. Declaración de Montevideo
2. Plan de Acción Mundial sobre la Educación para los Derechos
Humanos y la Democracia, y Contribuciones a la preparación de
una declaración sobre la libertad académica
3. Recomendaciones de Seúl sobre democracia y tolerancia
4. Declaración (Ginebra, Suiza, 1994) y Marco Integrado de Acción sobre la Educación para la Paz, los Derechos Humanos y la
Democracia (PARÍS, 1995)
5. Estrategia integrada de la UNESCO sobre la democracia en el
marco del Centro Internacional de Ciencias Humanas - Biblos

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Como se aprecia en el cuadro que antecede,
en el ámbito internacional existen documentos
que se han vuelto una fuente para aquellos que
buscan promover y consolidar la democracia;
convenciones, tratados y demás que listan los
contenidos y su alcance, por lo que en el tránsito por lograr construir dicho corpus, no debe
perderse de vista que convergieron razones
diversas que han nutrido su naturaleza y cuya
cohesión ha sido pincelada en momentos con
diverso ánimo político y socio-cultural. En el
caso nuestro, hemos pasado como nación por
tiempos de grandes luchas, donde todo ha sumado para quizá en algunas ocasiones mirar
diferente la doctrina de los clásicos, porque la
evolución conlleva una reflexión dialógica que
se enciende con la construcción y deconstrucción de las ideas enlazadas con la realidad.
Naciones Unidas señala que debe fortalecerse la resiliencia democrática argumentando
que:19
La crisis sin precedentes causada por la
pandemia ha generado importantes desafíos sociales, políticos y legales a nivel mundial. A medida que los estados
de todo el mundo adoptan medidas de
emergencia para abordar la crisis, es
fundamental que sigan defendiendo el
estado de derecho, protegiendo y respetando las normas internacionales y los
principios básicos de legalidad, así como
el derecho a acceder a la justicia, los recursos y los procesos en curso.

19   Naciones Unidas, Fortalecer la resiliencia democrática
para afrontar futuras crisis, https://www.un.org/es/observances/democracy-day

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Hoy, se requiere reflexionar sobre la condición actual de los seres humanos en un mundo que ha cambiado y cuyo punto referente
para llegar a buen puerto debe ser siempre la
salvaguarda de la dignidad humana, teniendo
como medio para lograrlo el ejercicio pleno de
la buena democracia.
III. CONCLUSIÓN
En consecuencia, cabe señalar que la construcción diaria de la democracia (a través de
la cohesión de su contenido y el auge del
Estado Constitucional Democrático de Derecho requieren de la puesta en movimiento
de la llamada Corresponsabilidad Estatal,
que nos encamina a realizar en nuestra calidad de gobernados, pero también como gobernantes (para el caso de tener esa alta
encomienda), lo que a cada uno corresponde. El propósito final es lograr que se cumpla el bien público temporal del Estado, en la
búsqueda de la paz, la unidad y coordinación de intereses.
La democracia como sistema de vida debe
encausar la posición del hombre y su libre
albedrío en el centro, cuidando los principios
de libertad e igualdad de la misma manera y
con la misma intensidad, buscando afianzar
la buena democracia de la que hablaba Tocqueville y evitando el régimen malo al que se
refería Montesquieu.
Ciertamente la regulación normativa es imprescindible para que exista la libertad abrazada por la democracia, pero quizá no es suficiente, si entendemos que la libertad en su
complejidad conceptual es (como algunos señalan), además de un derecho, un sentimiento

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que debe generarse a cada momento y todos
los días, porque la libertad dibuja la plenitud
de la condición humana.

CEREZO TOMÁS, Francisco, Benjamin Constant. Discurso sobre la Libertad de los Antiguos comparada con los
Modernos,

https://www.academia.edu/36083932/BEN-

JAMIN_CONSTANT_DISCURSO_SOBRE_LA_LIBER-

En este trayecto sujeto a grandes cambios,
concientizar sobre el papel trascendental que
la persona tiene debe priorizarse en su propia
descripción de contenido, pues si no hay voluntad para vivir la buena democracia como
estilo de vida, se podrá extrapolar la igualdad
sobre la libertad o ésta última sobre aquélla,
situación aniquilante en un sistema político
cuya naturaleza epistémica debería buscar
que haya equilibrio entre ambos derechos humanos.

TAD_DE_LOS_ANTIGUOS_COMPARADA_CON_LA_
DE_LOS_MODERNOS_
REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, Diccionario, https://dle.rae.
es/?w=democracia
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, Diario Oficial de la Federación 28 de Mayo
2021, Art.3º, Texto Vigente, https://www.diputados.gob.
mx/LeyesBiblio/ref/cpeum.htm
GIL DE GÓMEZ PÉREZ –ARADROS, Carlos,

mocracia tenemos? Democracia Real y Democracia
Liberal Representativa? Nómadas. Revista Crítica de
Ciencias Sociales y Jurídica,

Dos pilares sostienen la democracia: igualdad
y libertad, si uno cae la democracia cae, si uno
prevalece la democracia desaparece, por ello
es importante que ambos permanezcan, con
el mismo peso en su justa valoración.

¿Qué de-

2013,

Volumen 40, número 4,

https://revistas.ucm.es/index.php/NOMA/article/

view/48336/45220
_________________________________________Élites
Tecnócratas y Ciudadanía: hacia una democracia débil,
Nómadas, Critical Journal of Socialand Juridical Sciences,
Volumen 35, número 3, 493-506, 2012, https://revistas.

Es el ser humano quien construye las estructuras jurídicas, los sistemas políticos y la democracia como sistema de vida, por ello en
el Estado, todos somos corresponsables y
saberlo nos permite reconocer que ello irriga
y mantiene viva la cohesión tripartita de la democracia, cuando se suprime el individualismo y se exalta la razón.

ucm.es/index.php/NOMA/issue/view/2402
MOREIRA NETO, Diego de Figueiredo, Nuevas Funciones
Constitucionales en un Estado Democrático de Derecho.
Un estudio de caso en Brasil, Revista de Administración
Pública, Número 183, pp. 9-29, septiembre-diciembre,
Madrid,

http://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/

revista-de-administracion-publica/numero-183-septiembrediciembre-2010-3
NACIONES UNIDAS, Fortalecer la resiliencia democrática

IV. BIBLIOGRAFÍA

para afrontar futuras crisis, https://www.un.org/es/observances/democracy-day

ALARCÓN REQUEJO, Gilmer, Estado Democrático de De-

NOHLEN, Dieter, Presidencialismo versus Parlamenta-

recho, Economía. Revista en Cultura de la Legalidad,

rismo: dos enfoques contrapuestos, Revista de Es-

Número 8, marzo-agosto pp. 229-241, 2015, https://e-re-

tudios Políticos (Nueva Época) Enero-marzo, 1998,

vistas.uc3m.es/index.php/EUNOM/article/view/2490/1373

https://recyt.fecyt.es/index.php/RevEsPol/article/

CASTELLANOS, G.M.E, Del Estado de Derecho al Estado de
Justicia, 2ª. Edición, Porrúa, México, Universidad Autónoma de Baja California, 2009.

view/45215/26746
OFICINA DEL ALTO COMISIONADO, NACIONES UNIDAS
DERECHOS HUMANOS, Normas Internacionales, AC-

El fortalecimiento democrático. Cohesión de su contenido tripartita. PP. 128-145

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NUDH 1996-2022, https://www.ohchr.org/es/international-standards
RICCOBONO, Francesco, Democracia y Constitucionalismo, Derechos y Libertades, Número 37, Época II, pp.
17-29, 2017, https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/27133/DyL-2017-37-riccobono.pdf?sequence=1&amp;isAllowed=y
RESNIK, Philip, 2007, La democracia del siglo XXI, editorial
Anthropos, 2007, España.
VALADÉS, Diego, El Sistema Presidencial Mexicano. Actualidad y Perspectivas, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, Nueva Serie, Año XLIV, Número 130, Enero-Abril,
Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM, pp.283307, 2011, http://www.scielo.org.mx/pdf/bmdc/v44n130/
v44n130a9.pdf

Olinda Beatriz Suárez Hernández y José Guillermo García Murillo

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Irma Evangelina Oliva Garza (Universidad Autónoma de Nuevo
León)
El Impulso procesal y la responsabilidad administrativa. pp. 146163. Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
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Desafíos Jurídicos Vol. 2 Núm. 3, Julio-Diciembre 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo
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Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza,
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REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
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administrativa
The procedural impulse and administrative responsibility

Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: Irma Evangelina Oliva Garza*

* Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen. La presente investigación se lleva a cabo desde la perspectiva de la Teoría del
Proceso y el Derecho Administrativo y analiza las figuras jurídicas relativas al proceso y procedimientos estableciendo su diferencia y naturaleza jurídica a fin de demostrar que el impulso
procesal debe ser responsabilidad de los sujetos materiales y formales, sin embargo, el inicio
de la acción corresponde al actor y al demandado continuar con la sinergia procesal de generar la siguiente fase procesal incluida en el reconocimiento del acto procesal que emita la
autoridad jurisdiccional correspondiente, dejando en claro que a ésta ultima le corresponde
por cuestión de función hacer suyo el proceso y darle continuidad para que no suspensa, pues
provoca el incumplimiento de la finalidad del Estado en el Sistema de impartición de justicia y
como consecuencia responsabilidad administrativa.
Palabras clave: Proceso, procedimiento, impulso procesal, sujetos procesales, Estado.
Abstract..The present investigation is carried out from the perspective of the Theory of the
Process and the Administrative Law and analyzes the legal figures related to the process and
procedures demonstrating their difference and legal nature in order to show that the procedural
impulse must be the responsibility of the material subjects materiales and formales. However,
the initiation of the action corresponds to the plaintiff and the defendant to continue with the
procedural synergy of generating the next procedural phase included in the recognition of the
procedural act issued by the corresponding jurisdictional authority, making it clear that it corres-

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ponds to the latter as a matter of function, making it`s property the process and give it continuity
so that it is not suspended, since it breaches the State’s purpose in the Justice System and, as
a consequence, administrative responsibility.
Palabras clave: Process, procedure, procedural impulse, procedural subjects, State.

EL IMPULSO PROCESAL Y EL PROCESO
El impulso procesal es una figura jurídica
cuya importancia en el proceso es indispensable y es la responsable de la terminación
de los procesos en tiempo y forma, mediante
ella el Estado cumple con la responsabilidad
administrativa de impartir justicia y resguarda
las garantías individuales que protegen al ciudadano. Esta figura cobra especial relevancia al ser fundamental para el seguimiento y
terminación de un proceso, pero su finalidad
va mas allá, produce otros efectos como son
responsabilidad administrativa y en algunos
casos violación de derechos humanos.
El impulso procesal ha sido expresado y definido como; “El proceso es un organismo sin
vida propia que avanza juntamente en virtud
de los actos de procedimiento. Esta fuerza externa que los mueve se llama impulso procesal, que vinculado con la institución de los términos los cuales ponen un límite en el tiempo
a los actos procesales, y con el principio de la
preclusión, que establece un orden sucesivo,
hace posible el desenvolvimiento progresivo
del proceso”1

A esa actividad que es indispensable para el
desarrollo y movimiento de un proceso, necesario para dar fin al mismo e impartir justicia,
es decir, un orden jurídico social, debemos
otorgarle el valor que le corresponde y el lugar en el contexto general del derecho, a fin
de recuperar su esencia.
Considerando el siguiente contexto, es algo
muy simple; “El impulso procesal es la fuerza
o actividad que pone en movimiento el proceso y lo hace avanzar hacia su fin una vez
iniciado.” 2 lo cual es así; “La actividad que se
propone tan solo obtener el movimiento progresivo de la relación procesal hacia su término.” 3
En el desarrollo del proceso se presentan circunstancias que hacen que las fases procesales no se desarrollen tal cual se encuentran
en la normatividad, por particularidades que
generan dilatación, esa afectación origina que
se deba impulsar el proceso, por alguno de
los sujetos procesales para que se ponga en
2   Prieto-Castro y Ferrandiz. Leonardo y Eduardo Gutíerrez
de Cabiedes y Fernández de Heredía. Derecho Procesal Penal. Cuarto Edición. Editorial Porrúa. México 2019
3   Chiovenda. Giuseppe. Principios de Derecho Procesal Ci-

1 Alsina. Hugo. Tratado Teórico Práctico de Derecho Civil

vil. Tomo I. Biblioteca Jurídica de Autores Españoles y Extran-

Comercial. Tomo 2. Editorial Ediar. Argentina 2018.

jeros. España 2020.

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movimiento y cumpla el fin para el que fue
creado. Por lo que resultad de suma importancia considerar la responsabilidad de quien
debe generar ese movimiento en el proceso,
puesto que de ello depende su terminación.

zado, como ha de ser en buena lógica, entre
la causa y la finalidad, sirviendo de puente entre una y otra…….

…….refiriendo al proceso, estas ideas, entenderemos por su objeto el resultado inmediato
Si consideramos que el proceso, tiene como que produce o, en otras palabras, lo que se
finalidad llevar a cabo actos o actividades pro- hace con el proceso. Causa habrá de ser el
cesales, destinadas a esclarecer la verdad móvil que incita a cada parte actuante, que
real de un litigio, en el cual se deberá emitir puede ser normal si esta de acuerdo con el
una resolución que ponga fin al conflicto, es objeto, anormal (ilícita) en el caso contrario.
menester reconocer la importancia del impul- Y finalidad, será la función que desempeñe el
so procesal pues sin el, no se cumpliria su proceso institucionalmente; esto es, la misión
fin, sin embargo, esa no es la única razón de que se le encomienda en definitiva sobre la
importancia del impulso procesal, pues al re- sociedad… (el ) objeto es una parte esencial
solverse los conflictos queda de manifiesto la en la definición del proceso, los otros dos confinalidad institucional en el orden jurídico del ceptos son muy utiles como auxiliares de la
Estado, pues conservar un orden social es investigación, sobre todo con efectos arguparte de la finalidad de creación del propio mentativos”
Estado
Al surgir el proceso como una forma institu4
En opinión de Esteves ; “El proceso tiene como cional y evolucionada de solución de la confinalidad institucional la constancia en el orden flictiva social, las partes y terceros ajenos a
jurídico; es decir, el procurar su preservación, la relación sustancial llevan a cabo actos proconservación y mantenimiento. Tiene como yectados y que convergen en el acto final de
causa el no-orden; esto es, la interferencia; aplicación de una ley estatal a un caso concosa evidente pro sí, ya que si imaginamos creto para dirimirlo y solucionarlo, por un terpor un momento una sociedad sin interferen- cero con carácter administrativo envestido de
cias, en que reine el orden, arrebataremos al autoridad jurisdiccional.
proceso toda razón de ser. Y finalmente, tiene
por objeto la vuelta al orden, forzando la eje- Bajo lo argumentado prodría pensarse que el
cución de las actividades compatibilizadoras, proceso es el mejor medio de solución de la
ya al realizar una declaración, ya al mover la conflictiva, social, sin embargo en la práctica
inminencia de la coacción potencial la volun- no es precisamente asi, ese conjunto de actos
tad del obligado, ya al actuar ejecutivamente, son dilatados a veces inútiles y costosos y no
sentido escricto. El objeto resulta así empla- en todos los casos se tiene la seguridad y certeza jurídica de que se emita una resolución
4   Lois Estevez, José. Citado por Cipriano Goméz Lara. Teo- que ponga fin a la conflictiva social, resolvienria General del Proceso. Editorial Oxford University Press. do la problemática, además de que tampoco
México 2012
se llega a la verdad real que es lo importante
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al solucionar la conflictiva o en el peor de los
escenarios no se termina el proceso y queda
detenido en una fase, sin cumplir ninguno de
los cometidos, de ahí la importancia del impulso procesal.
Considerando la importancia del impulso procesal y sus efectos podemos afirmar lo siguiente.
1. Al existir un proceso existe un litigio o una
problemática por resolver.
2. Cada proceso es un conjunto de fases procesales, en las cuales se encuentran procedimientos particulares para ello.
3. La dilatación del proceso es una responsabilidad para las partes que intervienen en
proceso, ya sea administrativa o material
en el efecto de la resolucion a la conflictiva
4. Administrativamente, genera acumulación
de expedientes no resueltos.
5. La conflictiva social no resuelta, incumple
con la finalidad del Estado.
6. Las caracteristicas de todo proceso son
rapidez, justicia, economía y eficacia, su
incumplimiento genera responsabilidad
administrativa y violación de garantías individuales.
Cada uno de estos puntos constituyen afirmaciones que analizaremos.
Estamos de acuerdo en que los términos proceso y procedimientos son utilizados como sinónimos, sin embargo, debemos tener en claro
la diferencia ya que de ello depende la aplicación de la figura que nos ocupa.5 “Los términos

proceso y procedimiento se emplean con frecuencia, incluso por procesalistas eminentes,
como sinónimos o intercambiables. Conviene,
sin embargo, evitar la confusión entre ellos,
porque si bien todo proceso requiere para su
desarrollo un procedimiento, no todo procedimiento es un proceso…..el proceso se caracteriza por su finalidad jurisdiccional compositiva
del litigio, mientras que el procedimiento (que
puede manifestarse fuera del campo procesal,
cual sucede en el orden administrativo o en el
legislativo) se reduce a ser una coordinación
de actos en marcha, relacionados o ligados
entre sí por la unidad del efecto jurdico final,
que puede ser el de un proceso o el de una
fase o fragmento suyo (v. gr., procedimiento
incidental o impugnativo). Así, pues, mientras
la noción de proceso es esencialmente teleológica, la de procedimientos distintos sirvan
para tramitar procesos de idéntico tipo. Ambos
conceptos coinciden en su carácter dinámico,
reflejado en su común etimología, de procedere, avanzar; pero el proceso, además de un
procedimiento como formadde exteriorizarse,
comprende los néxicos -constituyan o no relación jurídica-que entre sus sujetos (es decir,
las partes y el juez) se establecen durante la
sustanciación del litigio.”
Efectivamente, el proceso tiene la finalidad de
resolver un litigio por lo que existe una controversia en la cual las partes que intervienen
como actor y demandado necesitan resolver
esa conflictiva de reconocimiento de derechos, en los que ambos consideran violados
sus derechos y por consecuencia requieren
la restitución correspondiente. Para lo cual

5 Alcalá-Zamora Y Castillo, Niceto. Proceso, Autocomposición y autodefensa. Contribución al estudio de los fines del

xico

1970.

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/li-

proceso. Universidad Nacional Autónoma de México, Mé-

bros/1/41/13.pdf.

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se sujetan a la intervención de un tercero que
revestido de personalidad jurídica debe decidir el conflicto y resolver la controversia como
parte de la responsabilidad administrativa que
le corresponde al Estado.

administración de justicia se debe cumplir con
las caracteristicas de todo proceso ya que se
estaría en presencia de violaciones a los derechos fundamentales del ciudadano, lo cual
es la razón de ser de la existencia del Estado.
Al tener las características de rapidez, justicia,
De ahí que es menester señalar que adminis- economía y eficacía, el proceso se convierte
trar justicia, es un trabajo que el Estado reali- en una obligacion Estatal, otorgándole esa
za mediante una estructura dotada para ello, responsabilidad al sistema jurisdiccional.
de todos los elementos indispensables como
sistema jurisdiccional, autoridades, normativi- La finalidad del proceso jurisdiccional debe
dad, procesos y procedimientos.
perseguir todo proceso jurisdiccional es la de
solucionar controversias para lograr el equi6
Por lo que Alcalá-Zamora y Castillo , señala; librio, la paz y la tranquilidad sociales. Pero
“Refiriéndose al proceso como procedimien- si estas finalidades no se llevan a cabo, no
to, advierte que una magistratura capacitada dependerá ello del proceso mismo, sino de los
puede administrar una justicia impecable con hombres que lo manejan. Es decir, el probleun instrumento procedimental deficiente, y vi- ma del7 “proceso… no es de eliminación, sino
ceversa, que el mejor procedimiento sobre el de perfeccionamiento de saber combinar en la
papel, no impedirá los mayores abusos, si los ordenación de sus normas los principios que
funciones judiciales a quienes su manejo se mejor sirvan para la obtencion de sus fines”
encomiende son inmorales o ineptos. Advierte
el mismo autor que si un mal procedimiento Opinión con la cual estamos totalmente de
no es el peor enemigo de un buen proceso, acuerdo, la conflictiva social que se presenta
sí es un enemigo importante, el cual puede en la sinergia diaria de los particulares con el
hacer que se pierda la fe en la justicia; por Estado, debe tener como finalidad mantener
ello postula la necesidad de contar con una la relación entre ambos sujetos procesales y
judicatura y una abogacía que además de po- generar un equilibrio que permita a las partes
seer una elevada preparación técnica, sean desarrollar cada fase procesal conforme a sus
cuerpos o gremios animados por el más alto derechos buscando que se obtenga la verdad
espiritu de caballerosidad profesional, se dis- real del proceso y permita solucionar la conponga de un procedimiento que satisfaga las flictiva lo más cercano a esa realidad.
exigencias de rapidez, justicia, economía, eficacía”. Precisamente, la importancia del im- Por ello debemos estar conscientes que las
pulso procesal genera además de demoras en partes procesales tienen una pretensión y con
el proceso, deficiencia en la finalidad del Es- base en ella llevan a cabo los actos procesatado y responsabilidad administrativa, puesto les, cumplen con los lineamientos y esperan
que en todo momento como responsable de la una resolución favorable a sus intereses.
6   Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto. Op.cit.

7   Gómez Lara. Cipriano. Op. Cit.
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Debemos agregar de acuerdo con el proceso,
lo que Cipriano Gomez Lara8, señala, pues define los principios procesales y en siete puntos
necesarios respecto a este tema, y que tienen
que ver con la unidad de lo procesal
1. El contenido de todo proceso es un litigio;
2. La finaldia de todo proceso es la de solucionar el conflicto, o sea, dirimir el litigio o
controversia;
3. En todo proceso existen siempre un juez
o tribunal y dos partes que están supeditadas al tribunal o juez y que tienen intereses contrapuestos entre si;
4. Todo proceso presupone la existencia de
una organización de tribunales, con jerarquías y competencias, es decir, con un escalonamiento de autoridad y con una distribución de funciones;
5. En todo proceso existe una secuencia y
orden de etapas, desde la iniciación hasta
el fin del mismo,
6. En todo proceso existe un principio general de impugnación, o sea, que las partes
deben tener los medios para combatir las
resoluciones de los tribunales cuando éstas sean incorrectas, ilegales, equivocadas
o irregulares, o no apegadas a derecho, y
7. En todo proceso existen las cargas procesales, como necesidades de actualizacion
de las partes.
Ello tambien, es también la reflexión al problema
de la unidad de lo procesal, pero deja en claro
los elementos de los que consta un proceso.
Asi llegamos al concepto de proceso9, “Conjunto complejo de actos del Estado como
8   Goméz Lara. Cipriano. Op.cit.
9   Idem.

soberano, de las partes interesadas y de los
terceros ajenos a la relación sustancial, actos
todos que tienden a la aplicación de una ley
general a un caso concreto controvertido para
solucionarlo o dirimirlo”
De ello desprendemos entonces que el proceso lo hace suyo el Estado y mediante el
sistema jurisdiccional se obliga a resolver las
conflictivas y sustanciar los cada fase procesal, generando el impulso para hacerlo,
asumiendo su responsabilidad administrativa
y obligatoriedad, conforme a su finalidad de
existencia.
Como ya dejamos claro el proceso es un conjunto de actos o actividades que desarrollan
las partes a fin de cumplir con cada una de las
fases procesales y que determinan su forma
de actuar, existen por lo tanto diferentes tipos
de procedimientos dependiendo de la naturaleza del proceso, o bien, se manejan como
aislados es decir, como procedimientos particulares frente al Estado, de ahí que tengamos
procedimientos administrativos, propiamente,
notariales, etc., como ejemplo señalaremos
los necesarios para un permiso, licencia, etc.
Cada procedimiento tiene una finalidad por
cumplir dependiendo de su naturaleza, y solo
se límita a un actuar, cumpliendo con una serie de requisitos que al no efectarse pues no
se obtiene el fin para el que fue efectuado. En
éste no existe un litigio sino una serie de reglas, actos o actuaciones que traen como consecuencia un fin ya definido, por ejemplo, en
un procedimiento para la obtención de una licencia de manejo, sabemos que la pretensión
es la obtención de esa licencia, por lo que al
cumplir con los actos o requisitos establecidos

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en la normatividad, se obtiene una licencia, es
decir, el fin para el precisamente se inició el
procedimiento. De antemano la pretensión
esta explícita en el procedimiento mismo.
Se dice por lo tanto que el proceso esta constituido por una serie de procedimientos concatenados y que al cumplirse cada uno de ellos
tal cual la normatividad señala, se da fin al
proceso mismo. Cada uno de esos procedimientos son requisitos ya sea formales o materiales, que se reflejan en actos que producen consecuencias jurídicas.

Lara12, existe una clasificación entre los sujetos procesales y de antemano considera que
es algo mas amplio que el concepto de parte procesal. “El concepto de parte no es un
témrino exclusivo del derecho procesal. La
palabra, en un sentido lógico, implica alguno
de los elementos de un todo. Desde el punto
de vista jurídico se refiere a los sujetos de
derecho, es decir, a los que son susceptibles
de adquirir derechos y obligaciones.” De esta
manera empieza por determinar el rol que les
corresponde en el proceso y su consecuencia jurídica en la terminación del mismo.

Los hechos procesales10 son “aquellos acaecimientos de la vida que proyectan sus efectos
sobre el proceso” mientras que por acto procesal se entiende, “el acto jurídico emanado de las
partes, de los agentes de la jurisdicción o aún
de los terceros ligados la proceso susceptible de
crear, modificar o extinguir efectos procesales”

Expresa que el concepto de sujeto procesal
es mas amplio que el de parte, y a su vez,
parte formal es mas amplio que el de parte
material. Por lo tanto, los sujetos del proceso,
son; el juez, los peritos, los testigos, otra serie
de auxiliares de la función jurisdiccional y desde luego, las propias partes.

De ahí nuestra afirmación, “El acto procesal
se manifiesta dentro de la secuencia de actos
que integran el proceso”11

Las partes pueden ser en sentido formal y
material siempre y cuando esten capacitadas,
para actuar en el proceso persiguiendo una
resolucion jurisdiccional la cual podrá afectarCon ello hemos dejado clara la naturaleza y los concretamente y de forma particular en su
finalidad de ambas figuras el proceso y el pro- espera jurídica.
cedimiento, asi como su finalidad y existencia,
desprendiéndose de ello la resposabilidad y Es necesario señalar que 13 “para impulsar la
obligación estatal.
actividad procesal, con objeto de obtener la
resolución jurisdiccional que vendrá a afectar
Sin embargo, consideramos necesario deter- a la esfera jurídica de otras personas: las parminar quienes son las partes procesales y su tes materiales. Todo proceso civil penal o de
papel en el proceso. De acuerdo con Gomez cualquier orden, supone tres sujetos fundamentales…, dos que contienden y un tercero
10 Couture. Eduardo J. Fundamentos del derecho procesal
civil. Tercera edición, Depalma, Buenos Aires. 1974.

12   Gómez Lara. Cipriano. Op.cit.

11   Ovalle Favela. José. Teoría General del Proceso. Sexta

13   Alcala-Zamora y Castillo, Nieto y Levene, Ricardo. Dere-

edición. Editorial Oxfor University Press. México 2019.

cho Procesal Penal. Editorial Guillermo Kraft. España 2008.

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que decide la controversia…En principio, por
parte debemos entender los sujetos de la acción, en contraste con el sujeto del juicio, o
sea el juez… partes son los sujetos que reclaman una decisión jurisdiccional respecto a la
pretensión que en el proceso se debate.” A fín
de hacer incapie en la figura que estudiamos
y la naturaleza de las partes que intervienen,
definiendo su finalidad y objeto, debemos clasificar los elementos principales en los sigientes elementos distintivos entre ellos.
“La parte material
Capacidad de ser parte
Interes
Litis			
Sentencia		

La parte formal
capacidad procesal
voluntad
acción
Proceso”14

Por lo tanto, el carácter de parte debe ser manejado en un sentido amplio con su clasificación entre parte formal y parte material con el
fin de englobar todos y cada uno de los elementos que los identifican y distinguen.

que desea hacer efectiva mediante las probanzas correspondientes y recibir una resolucion
favorable. La parte formal, es quien de acuerdo con su naturaleza jurídica es quien debe resolver o auxiliar a resolver mediante el proceso
la controversia y que su interés en el proceso es el proceso mismo, ya que constituye su
obligación y responsabilidad administrativa.
A fin de esclarecer aún más, determinemos la
naturaleza jurídica del proceso; desde nuestra perspectiva y tomando en consideración
la teoría de la relación jurídica, trataremos de
señalar la importancia del rol que les corresponde a las partes16; “Toda relación jurídica se
establece entre dos o más sujetos de derechos, es decir, entre dos o mas personas. El
contenido de toda relación jurídica es también,
siempre un conjunto de derechos y obligaciones y, por ello, la relación juridica es el vínculo
que se establece entre los sujetos de derechos a los que normas jurídicas les atribuyen
derechos u obligaciones, por esa atribución,
los relacionan entre sí, ya que toda imputación normativa presupone un derecho y, a la
vez, una obligación; así la norma que determina que el vendedor está obligado a entregar
la cosa, está expresando al mismo tiempo el
derecho que tiene el comprador para recibirla”

Ahora bien15, “El carácter de parte se determina o configura en virtud de las imputaciones
normativas que otorgan atribuciones a ciertas
personas para desplegar y realizar actos procesales, dichas personas son las partes formales, el aspecto o concepto de parte material
queda limitado a aquellas personas sujetas a Mediante este teoría se explica la relación jula sentencia que determinará a su favor o en rídica que tienen los sujetos en un proceso y
su contra la actuación concreta de la ley.”
que impllica derechos y obligaciones, es decir,
deberes y acciones a cumplir para esclarecer
Pues bien, entonces, la parte material, tiene un y dar fin a una conflictiva. Cada uno desde su
interes jurídico en el proceso y una pretensión perspectiva y conforme a su interés legítimo,
ya sea de afectación directa o conforme a la
14   Palacios, Ramón J. Instituciones de amparo, Editorial
Cajica. Puebla 1963

16 García Máynez, Eduardo. Lógica del juicio jurídico. Fon-

15   Goméz Lara. Cipriano. Op. Cit.

do de Cultura Económica. México 1955.

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naturaleza de autoridad por la obligación del
desarrollo del proceso mismo.
Las partes interesadas en la acción y como
consecuencia que tienen una pretensión en el
proceso, son a los que la resolución que se
emita les afecta en su esfera jurídica, por lo
que son los encargados de llevar a cabo la
acción en el proceso y dar continuidad al mismo, siguiendo todos los lineamientos a fin de
esclarecer y proporcionar todos los elementos
necesarios para comprobar.
Mientras que por otro, lado el juzgador es la
persona o personas en caso necesario de llevar a cabo el proceso mediante los lineamientos
y tiempos establecidos, conocer la conflictiva,
determinar la litis, dirimir la controversia y dictar
una resolución, que cumpla con la normatividad
correspondiente. Con ello justificar su actuar y
definir su naturaleza. Por lo que, tendriamos que
afirmar que hace suyo el proceso y lleva a cabo
lo subsecuente, hasta la resolución.

una relación procesal. “nos dice que no puede
hablarse de derechos y obligaciones, sino de
cargas procesales, las que tienen su origen
en la relación de derecho público que, fuera
del proceso, existe entre el Estado, el órgano
encargado de la jurisdicción y los individuos.
El deber del juez de decidir la controversia
no es de naturaleza procesal, sino constitucional, y deriva de su carácter de funcionario
público”. Lo cual resulta acertado considerando la responsabilidad estatal en el desarrollo
de la función jurisdiccional, no olvidemos que
estamos en presencia de una autoridad que
debe cumplir con un fin para el que fue creado y debe desarrollarlo con estricto apego. La
violación a normas constitucionales genera
responsabilidad administrativa hacia el servidor público encargado de dicha función, y por
ende violación a los derechos fundamentales
del ciudadano, ambos aspectos protegidos y
que forman parte del deber ser del Estado.

Independientemente que18 “Dentro de esta
concepción doctrinal, se niega la posibilidad
Ahora bien, esta teoría no podemos analizar- de una relación entre las partes y el juez y, por
la aisladamente, pues la naturaleza de la ac- todo ello, no se configura una relación sino
tuación de las partes, no puede ser limitatia a una situación El mismo Couture se encarga
derechos y obligaciones como tales, lo cual de sintetizar las críticas fundamentales que
desde nuestra perspectiva es incorrecto, pues contra esta posición han enderezado autores
sabemos que el actuar administrativo, tiene como Calamandrei, Prieto Castro, Liebman,
una finalidad por naturaleza y responsabilidad, Alosina y De Pina.”
mientras que el ciudadano, tiene derechos y
obligaciones que no pueden ser violados.
Por lo tanto, queda claro que el impulso procesal es una figura determinante en el desarrollo
La Teoría del Proceso es vista también como del proceso, el cual al ser una seríe de actos o
situación jurídica, expuesta por W.Goldschmi- actividades debidamente estructurados para
dt17, quien de antemano niega la existencia de
México 2016
17   Golschmidt. Werner.citado por Alsina, Hugo. Funda-

18   Couture, Eduardo J. Fundamentos del Derecho Procesal

mentos del derecho procesal. Ubijus, Editorial S.A. de C.V.

Civil. Editorial Roque Depalma. Buenos Aires 1974

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llegar a una resolución en la cual se dirime
una controversía, todo ello forma parte de un
sistema de impartición de justicia integrado
por autoridades, normatividad y procesos o
procedimientos, constituidos a fin de cumplir
con la finalidad del Estado, mantener la paz
social.

te su aplicación en los supuestos jurídicos de
hecho. Los cuales son analizados en cada
uno de los procesos en los cuales el Estado
tiene el poder, la obligación y responsabilidad
de estructurarlo, administrarlo, agilizarlo y resolverlo.

Es importante señalar que el desarrollo de
EL ESTADO Y LA RESPONSABILIDAD AD- todo proceso puede generar discrepancias y
MINISTRATIVA
falta de cumplimiento tanto de los principios
generales del Derecho, como de las bases
Desde la perspectiva administrativa el proce- procesales y sobre todo incumplimiento en
so y el funcionamiento estatal e individual del las garantías individuales que como derechos
ser humano es establecido anticipadamente fundamentales rigen toda figura jurídica, pues
por una serie de preposiciones normativas determinan el campo de acción respecto del
que en conjunto generan un Estado de Dere- cual se desarrollan todas las actividades adcho, garantizando los principios de seguridad ministrativas. Las cuales como ya analizamos
y certeza jurídica, mediante la legalidad. Este se encuentran intimamente ligadas a nuestra
orden no es arbitrario ni causal, sino el fruto figura en comento, el impulso procesal.
de cambios sociales que han ido conformando una organización que permite vivir en so- Sin embargo, eso es precisamente lo que teciedad. La legalidad es un valor intrínseco que nemos que tener presente y seguir con cada
como principio es todo acto que al emanar de uno de los lineamientos que normativamente
los poderes públicos rige el funcionamiento se tienen, independientemente de quienes
administrativo y la voluntad del individuo con sean los que lleven a cabo la aplicación o seel único fin del bien común, el cual persiste guimiento, pero dejando en claro su responpor sobre el individual, lo cual asegura una sabilidad y obligatoriedad a fin de que éste
conducta adecuada de los ciudadanos y evita cumpla el propósito de existencia.
las acciones arbitrarias.
Al analizar el Sistema normativo mexicano,
Considerar la legalidad fuera de sus dos as- el Estado, como ente jurídico y estructura adpectos principales sería un error, debemos, ministrativa con responsabilidades en la aplipor lo tanto, mencionar que la creación del cación de la norma, se determina la obligaDerecho y la aplicación de este mediante el toriedad en el cumplimiento de los principios
cumplimiento son indispensables para esta- generales del derecho, asi como los aspectos
blecer un Estado de Derecho. Esos aspectos procesales, dejando de manifiesto que el inno son tan sencillos, pues existen bases fun- cumplimiento coloca a la autoridad fuera de su
damentales que los determinan, la legalidad razón de ser y en un estado de indefención al
al incluirlos genera un amplio esquema de particular que depende de su resolución para
circunstancias que alteran considerablemen- cumplir con su pretensión. Lo que nos lleva
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a afirmar que la justificación de la existencia
del Estado, es precisamente la razón práctica,
del bienestar común de los administrados, sin
perjudicar su patrimonio. Poder que el Estado ejerce en la solución de controversias para
conseguir la paz social.
Por otra parte no hay que olvidar que en el desarrollo del proceso cada fase procesal esta
destinada a descubrir una verdad real del
conflicto y resolver esa conflictiva, ya que la
responsabilidad estatal, es precisamente resguardar ese orden público, otorgado al mismo
mediante la renuncia de los derechos individuales del ciudadano.
Los derechos fundamentales del ciudadano
han sido a partir del surgimiento de la figura
del Estado materia de innumerables modificaciones a las disposiciones legales pues protegerlos implica establecer, definir, limitar, jerarquizar, etc., esa potestad estatal que como
formación política ha pasado históricamente
por acontecimientos que han hecho lo que
actualmente se conoce como el Estado moderno, pues cada fase desde el Estado, aún
los liberales, monárquicos, autoritarios y de
control total han aportado elementos que en
menor o mayor medida forman políticamente
el actuar administrativo.
Por ende el Estado es una estructura compleja, creada conforme a circunstancias y situaciones particulares que fueron confluyendo,
hasta formar lo que actualmente se conoce
como tal con cada de sus características perfectamente definidas y justificada su existencia, de ahí la importancia del cumplimiento de
sus fines y la obligatoriedad de su actividad
administrativa.

Pues, el ciudadano al consentir ceder su libertad natural al Estado a cambio de que se
garantice por el propio Estado su libertad civil
hace que la obediencia de la ley sea precisamente una manifestación de libertad, pues
haciendo uso de esa libertad individual es
como las voluntades de los hombres se han
puesto de acuerdo dando vida a ese contrato social. Bajo esta argumentación, el Estado
surge como consecuencia de un acuerdo de
voluntades, por lo que se puede decir que es
un organismo artificial creado por el hombre libremente mediante convenio. Pero que la importancia de su función repercute en todo lo
relacionado con el ciudadano y ahí es donde
cobra especial relevancia el impulso procesal,
porque precisamente es el reflejo de la aplicación de poder que solo él como autoridad
administrativa puede juridicamente realizar.
Al considerar la existencia de un bien común
o público de categoría superior al individual
o personal, se hizo patente la necesidad del
esfuerzo de todos para conseguirlo, al nacer
ese elemento determinante en este caso, el
ingrediente teleológico en la sociedad, se crea
la obligación de obedecer al grupo dominante,
o como diría Santo Tomas de Aquino la naturaleza humana indigente social, impulsa al
hombre a instituir la sociedad política, que en
esta forma es una creación humana, un producto de la industria humana.
Por lo tanto, el bien público es un elemento
indispensable para el desarrollo y perfeccionamiento de la persona humana, el cual solo
puede obtenerse por medio de la actividad de
una sociedad que tenga una estructura capaz
de lograrlo.

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La existencia del Estado como estructura humana se da como consecuencia de la propia
naturaleza humana, pero como instrumento
necesario para la realización de un bien público. Por lo tanto, es necesario considerar
que no nace precisamente de un pacto social, sino consecuencia de un proceso histórico sociológico que va impulsando la voluntad
humana hacia su creación de una manera
necesaria.

nocemos y que no han cambiado con el transcurso del tiempo.20

La función legislativa, que es la encaminada
a formular las normas generales que deben
en primer término estructurar al Estado y en
segundo término reglamentar las relaciones
entre el Estado y los ciudadanos y las relaciones de los ciudadanos entre sí. La función
jurisdiccional es la que se encarga de tutelar
el ordenamiento jurídico definiendo la norma
El pacto social se presenta de una manera precisa que aplicar en los casos particulares.
tácita al momento en que cada uno de los Y, por último, la función administrativa que es
particulares se obliga al cumplimiento de las la que promueve la satisfacción de las necedisposiciones legales que el Estado establece sidades de los ciudadanos y el progreso de
para cumplir con cada una de sus funciones. la colectividad, en la cual se encuentra comprendida la función gubernamental o de direcObviamente en la formación de esa estructura ción del Estado.21
ha intervenido la voluntad humana, pero ésta
se ha dado conforme a la necesidad de cubrir 20 A través de la historia se puede observar que
algunos aspectos particulares, por lo que la cada una de las teorías políticas han sido caractecuestión sociológica y voluntaria ha sido de- rísticas como tales, pues cada uno de los pensaterminante; acertadamente Porrúa Pérez se- dores en sus épocas las han mencionado, analiñala19; “que el Estado es producto de la activi- zado y observado. Aristóteles en la Política indica
dad humana libremente orientada de acuerdo que son esenciales a toda la polis, santo tomas de
con la especial cualidad de arbitrio indetermi- Aquino fomenta la necesidad de separar el poder
nado que corresponde a la naturaleza de la ejecutivo del legislativo, etc.
persona humana…”
21   Es sabido que los grandes pensadores funLo anterior es asi, que debemos afirmar; la
existencia del Estado está obviamente supeditada al cumplimiento de sus fines, mediante
la realización de actividades que desarrolla
con el contenido propio de las funciones atribuidas a los órganos centralizados por lo que
sus funciones esencialmente se encuentran
clasificadas en las tres que actualmente co19 Porrúa Perez.Francisco. Teoría del Estado. Editorial
Porrúa. México 2019

damentales en la teoría de la división de poderes
fueron precisamente Locke y Montesquieu, quienes proporcionaron la base científica de la separación, otorgándoles diversas funciones al Estado,
Montesquieu por su parte, la creó considerando
los vicios que existían en el funcionamiento de las
instituciones parlamentarias de Francia en comparación con Inglaterra, aunque no fue acogida
en su totalidad por las instituciones de su época,
los primeros que la aceptaron fueron precisamente las declaraciones de derechos, de las constituciones del Estados Unidos y de Francia, pues

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El argumento bajo el cual se basó Montesquieu, precisamente fue; la intención de establecer un equilibrio entre cada uno de los
poderes y funciones sin que ninguno de ellos
rebasara sus esferas de competencia e interfiriera en la actividad de los otros. La ventaja
estriba en el resultado preciso de esa división,
el hecho que la soberanía no se ejercite por
un solo órgano, sino que la misma se encuentre repartida entre varios, teniendo como base
fundamental el equilibrio entre los poderes y
su delimitación precisa de competencia.
Por lo tanto, es indiscutible que, al tener la distribución de la soberanía, se especializan las
funciones y se dividen las tareas que realiza
el Estado, por lo que se hace posible un mejor
ejercicio del poder.
Esta teoría tiene una flexibilidad importante
de destacar, de acuerdo con el Derecho administrativo,22 la posibilidad de que cada uno
obviamente esto venía a dejar en entredicho el
funcionamiento actual de una organización parlamentaria y aceptar los vicios que tenía.
22   Ya que el conjunto de normas jurídicas que regulan la existencia de la administración pública,
prevé la posibilidad de que existan actividades estatales materiales y formales, así como tareas que
permitan cumplir con sus fines, sin descuidar el
aspecto particular del organismo estatal. Siendo
esta la finalidad principal, cada órgano debe llevar
a cabo los actos necesarios que le permitan cumplir con su función desde su organización interna
hasta los actos que produzcan en los particulares
los efectos públicos deseados. Esta teoría, no es
aceptada por algunos autores entre ellos el maestro Francisco Porrúa Pérez, pues el señala que
es falsa, ya que considera que cada acto estatal

de los poderes lleve a cabo funciones que en
esencia correspondan o produzcan un efecto
que no sea el propio, es factible. Es decir, la
esencia y naturaleza jurídica de cada uno de
los poderes se conserva precisamente en la
realización de los actos administrativos que
ejercen, sin embargo, el efecto que producen
al momento de la aplicación cambia por el
contenido de éste y efecto de éste.
Los derechos humanos del gobernado han
sido reconocidos por las disposiciones legales que se han elaborado como preposiciones
normativas mediante presupuestos y principios tendientes a protegerlos, siendo un constante reflejo de la necesidad de resguardar la
libertad, la seguridad y certeza jurídica como
bien público del ciudadano. Lo cual ocurre en
todo actuar administrativo.
Mientras que el bien público ha sido utilizado
como sinónimo de bien común, de bienestar
social, etc., pero de acuerdo con el maestro
Porrúa Pérez23 , consiste en establecer el conjunto de condiciones económicas, sociales,
culturales, morales y políticas necesarias para
que el hombre pueda alcanzar su pleno desarrollo material y espiritual como persona humana, como miembro de la familia, de la agrupación profesional, del municipio, del Estado y
de la comunidad internacional. Circunstancias
que se ponen de manifiesto en todo proceso y
procedimiento.

tiene un perfil propio de clasificación, por lo que independientemente del efecto que produzcan son
emitidas por el órgano correspondiente y su naturaleza es precisamente esa.
23 Porrúa Peréz. Francisco. Op. Cit.

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El Estado, por lo tanto, es responsable de que
cada una de las condiciones se den, pero también, debe serlo del buen funcionamiento estatal ya que ello constituye el objeto material
del bien común, es decir, el medio por el cual
se cumplan dichas condiciones, en tal caso,
la existencia del Estado y su conservación
fundan los aspectos del bien estatal, esto se
pone de manifiesto en el desarrollo de su función en cada sistema gubernamental, como
en el jurisdiccional al resolver las conflictivas
sociales.
Bajo este argumento, se considera que es
preciso cuidar dos aspectos fundamentales
en el actuar estatal, la organización administrativa y el efecto que producen los actos administrativos resultado de la actividad del Estado, pues ambos influyen directamente en la
sociedad, conformando un todo que fusiona
sus elementos fundamentales, sin perder los
objetivos.

Las funciones estatales en este caso del sistema jurisdiccional se realizan para cumplir
con su finalidad, más, sin embargo, si consideramos que al hablar solo de cuestión material estamos ante actos administrativos que
producen consecuencias jurídicas que deben
reúnir básicamente los mismos requisitos
para su realización y no deben afectar la esfera jurídica del gobernado, en su decisión,
sino que al buscar la verdad real del proceso
y por consecuencia resolver la conflictiva social conforme a los lineamientos establecidos
siguiendo las reglas y hacerlas cumplir por
las partes procesales, cada parte obtiene lo
que por derecho le corresponde, estando en
presencia de un reconocimiento de derechos
comprobados ante la autoridad, mediante los
actos o actividades normados.

Por tal motivo y debido a la necesidad de evitar dichas violaciones a los derechos de los
particulares, se ha reconocido en el ciudadaPor otra parte, debemos estar conscientes no el derecho de acudir ante una autoridad
que, al garantizarse el funcionamiento esta- superior o distinta, pero con poder suficiente
tal mediante el respeto de sus decisiones, es para revisar el actuar administrativo y determitambién una manera de otorgar esa seguridad nar la existencia o no de violaciones a dichos
y certeza jurídica al gobernado, es decir, un derechos, mediante los cuales se logre la nuverdadero Estado de Derecho, pues la garan- lificación de los actos o resoluciones dictadas
tía y protección de sus derechos individuales fuera del contexto jurídico.
se encuentran precisamente en el Derecho
subjetivo que emana de dicho actuar.
En este contexto debemos señalar que el
impulso procesal esta constituido por varios
Al ejercer una acción el actor debe estar se- elementos fundamentales, primeramente los
guro de que tendra una resolución que pondrá sujetos que como partes ya sea material o forfín a su conflictiva, la cual será realizada por mal intervienen en él, y los actos o actividades
una autoridad comprometida y que ha hecho procesales que se desarrollan para cumplir
suyo el proceso para darle esa celeridad ne- con cada una de las fases que lo componen.
cesaria, llegando a tener un proceso justo, efi- Por lo tanto, existe una responsabilidad admiciente y eficaz.
nistrativa en el desarrollo del proceso y una
material en el seguimiento de la acción conEl impulso procesal y la responsabilidad administrativa. PP. 146-163

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forme a la pretensión, esto ocasiona que tengamos a las partes interesadas confluyendo
en una serie de pasos para conseguir el fin
correspondiente de la resolución, que su importancia es para ambos en la esfera de su
papel o rol en el proceso.
Ahora en que momento es necesario el impulso procesal, al respecto tenemos lo siguiente24; “Cuando una legislación procesal
acepta como principio básico de su ordenamiento jurídico el sistema dispositivo, todas
las actividades que hacen mover el proceso
están libradas a la iniciativa de las partes, en
consecuencia el impulso procesal depende
exclusivamente de las partes que intervienen
en el proceso, a tal punto que si ellas dejan
de realizar los actos procesales que establece la ley, el proceso se paraliza, no avanza;
esto puede acontecer cuando una de las partes pierde el interés en el pleito y a la otra le
conviene esperar el plazo legal del abandono
de la instancia o también cuando las partes
convienen en llegar a un acuerdo extrajudicial sobre el hecho materia de controversia”
Esto es lo que genera el impulso procesal, es
decir el movimiento del proceso,lo cal debe
ser realizado por los sujetos que intervienen
en el proceso, éstos son los únicos que que
pueden hacerlo, las partes material y formal
deben materializar lo necesario para la solución de la conflictiva.
24   López-Chávez. Ricardo Nugent. El impulso y

la preclusión procesales. Revista Derecho PUCP.
Número 13 (año1953). Editorial Pontificia Universidad
Católica del Perú. http://revistas.pucp.edu.pe/index.
php/derechopucp/article/view/13242

Al dejar en claro en lineas anteriores los
elementos que converguen en un proceso,
derechos, obligaciones, deberes y responsabilidades, además de la relación jurídica
procesal, debemos afirmar que la parte material al realizar un acto procesal determinado por la normatividad, esta generando una
reacción que se formaliza y genera a su vez
en la otra parte un estimulo que sirve de reacción y asi sucesivamente hasta terminar
con las fases procesales en las que solo quedará pendiente dictarse la resolución correspondiente.
Ahora bien, esto en excelentes condiciones,
pero si hay paralización por avance en el
proceso de alguna de las partes esto será indefinido, por lo que se preveé que no puede
haber inactividad de los litigantes, sino que la
Autoridad haciendo uso de su poder realiza
lo necesario para el avance del proceso. De
aquí la afirmación que dejamos en lineas anteriores en las que el juzgador a fin de cumplir
con su finalidad, y su rol en el proceso active
el proceso.
Para cumplir con lo anterior, las partes en un
proceso ya sea formales o materiales deben
estar conscientes de su rol en el mismo y el
papel que les corresponde, ya que si consideramos de origen la diferencia entre procedimiento y proceso, en el primero de los casos
el inicio de la acción genera que el impulso
procesal deba ser de la autoridad administrativa, siempre y cuando el actor cumpla con los
requisitos correspondientes, sin esperar que
el ciudadano o particular exprese a la autoridad lo que deba hacerse y solicite la continuación del mismo.

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Mientras que en el proceso, el impulso procesal siempre sera de inicio para la parte actora,
correspondiente a la parte formal, aceptar y
continuar a lo conducente generando una sinergia sin necesidad de solicitud de las partes
materiales a la continuidad de proceso, a menos que no se cumpla con la fase correspondiente por inactividad, en este ultimo caso el
juzgador hace suya la continuación del proceso y exige el seguimiento correspondiente.
Por lo tanto, el impulso procesal una vez iniciados tanto el proceso como el procedimiento corresponde a la autoridad administrativa,
seguir los actos concatenados o exigir el seguimiento, al hacerlo suyo como parte de su
obligacion.

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José Guillermo García Murillo &amp; Olinda Beatriz Suárez Hernández
(Universidad de Guadalajara)
Los retos del Federalismo Mexicano en el siglo XXI. pp. 164-179.
Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022.
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ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza,
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Los Retos del Federalismo Mexicano en el Siglo XXI

The Challenges for the Mexican Federalism on the century XXI

Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: José Guillermo García Murillo* y Olinda
Beatriz Suárez Hernández**

* https://orcid.org/0000-0002-3856-9281
Universidad de Guadalajara
** Universidad de Guadalajara

Resumen. En un Estado federalista, se debe omitir lo que implica un Estado monolítico y centralista. En la Constitución de 1824 se pretendía establecer y promover Estados soberanos,
en contraste los conservadores insistían que todas las provincias dependieran de un Virrey y
por lo tanto de la Monarquía Española; no convencieron a los federalistas quienes se mantenían en su posición de determinar que ninguna Provincia era independiente, pero tenían gran
autonomía. México tuvo que enfrentar la dictadura institucionalizada de un partido político con
una democracia ausente, un poder monolítico y represor que abatió movimientos de expresión
universitaria (1968). En la actualidad tenemos problemas de orden y paz social como la corrupción, discriminación, problemas ambientales, impunidad de la delincuencia organizada…
El federalismo mexicano es el proyecto de Nación que queremos para fortalecer la unidad, la
independencia, la soberanía, la libertad, la igualdad y la justicia.
Palabras clave: Federalismo, centralismo, liberales, democracia.
Abstract..In a federalist State, what a monolithic and centralist State implies must be omitted.
In the Constitution of 1824 it was intended to establish and promote sovereign States, in contrast the conservatives insisted that all the provinces depend on a Viceroy and therefore on
the Spanish Monarchy; they did not convince the federalists who remained in their position of
determining that no province was independent, but they had great autonomy. Mexico had to
face the institutionalized dictatorship of a political party with an absent democracy, a monolithic

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and repressive power that brought down movements of university expression (1968). Currently
we have problems of order and social peace such as corruption, discrimination, environmental
problems, impunity for organized crime... Mexican federalism is the Nation’s project that we
want to strengthen unity, independence, sovereignty, freedom, equality and justice.
Keywords: Federalism, centralism, liberals, democracy.

grupos autónomos, sin olvidar la necesidad
de relaciones de más alto nivel.1.

INTRODUCCION
El Federalismo mexicano ha sido un tema recurrente en la historia de este país, el modelo
federalista que se ha construido por parte de
los mexicanos es muy “suigeneris” pues se
ha venido adecuando de acuerdo a las disposiciones normativas de las diferentes etapas
de nuestra Nacion. Es por eso que al dia de
hoy pocos lo entendemos, pocos nos sorprendemos y cada vez menos lo cuestionamos, lo
que si es una verdad es que nuestros padres
fundadores lo concibieron como una forma de
autonomia de cada uno de los Estados integrantes del Estado Mexicano para respetar
sus caracteristicas pluriculturales, etnicas, antropologicas, sociales, politicas y economicas.
Podemos definir entonces el Federalisco
como la union de varias entidades territoriales llamadas, estados o provincias de delegan
parte de su autonomia en una autoridad general, conservando su autonomia, leyes y autoridades propias.
Si se utiliza la palabra federalismo en un sentido más general, esto es, en el terreno de la
vida social, económica y cultural, entonces el
término se refiere a la organización que se
basa en el principio de la conservación de

La necesidad de preservar la libertad en los
aspectos cotidianos como la economia y la
vida cultural seran principios rectores del federalismo.
Ante esta circunstancia, el diseño institucional del sistema federal no puede permanecer
anclado a la antigua lógica centralizadora.
Al contrario, debemos idear fórmulas novedosas para salir de dicha lógica, a efecto de
entrar en una dinámica que permita vitalizar
a los estados y a los municipios de México.
Los mexicanos de hoy estamos ante la tarea
enorme de encontrar un diseño institucional
que devuelva facultades a los estados y a los
municipios, pero que también genere las condiciones para lograr la coherencia en el actuar público. Debemos encontrar un punto de
equilibrio institucional que tome en cuenta las
grandes diferencias que existen entre estados
y entre municipios, y que a la vez tienda a ga1   Sánchez de la Barquera y Arroyo; Herminio. El federalismo
como forma de organización del Estado. Biblioteca Jurídica
Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
México. 2014. P. 211

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rantizar un mínimo satisfactorio de servicios y pación ciudadana en el diseño, supervisión y
bienes públicos para todos los que vivimos en evaluación de las políticas públicas.
este país.2
Ahora bien, desde una perspectiva compaEsta autonomia como punto fundamental nos rada, es indudable que los modelos paradigayudará a rescatar las caracteristicas de cada máticos del federalismo en nuestros tiempos,
Estado, respetando en todo momento los de- como lo son el estadounidense y el alemán,
rechos humanos, las buenas costumbres y han tendido a la centralización de las compesus tradiciones, procurando asi el bienestar tencias legislativas. Quizá sea esta una tenpúblico.
dencia estructural de esta forma de Estado,
como también tal vez sea una tendencia de
A partir de la organización de los Estados sub- los Estados unitarios el desarrollarse en el
yace la división de los llamados “Municipios”, sentido de lograr ciertas formas de descentratal como lo menciona la Constitución en su ar- lización, como lo ilustran los casos de España
tículo 115:
e Italia.4
“Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático,
laico y popular, teniendo como base de
su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre…” 3
En consideración, para el filósofo mexicano
Armando Bartra, el municipio es la célula política básica y la instancia primaria de gobierno,
su papel en la planeación, ejecución y gestión de los programas de fomento económico
y desarrollo social ha sido íntimo. Además, en
el ámbito del sistema político donde mayor es
la cercanía entre gobernantes y gobernados,
por lo tanto, es el más propio para la partici2   Serna de la Garza; José María. Introducción al Análisis del

El metodo comparativo de los modelos federalistas entre paises Europeos permite detectar los puntos de difeencia enre un modelo y
otro, logrando conocer una vision distinta del
federalismo mexicano.
No olvidemos que la Constitución de 1824
fue reclamada por las propias provincias y
que las provincias amenazaban con romper
la unidad del naciente Estado mexicano si
no se adoptaba el régimen federal; se conocía el federalismo y se exigía porque se
consideraba que respondía mejor a las evidentes diferencias regionales que México
presenta dentro de su homogeneidad, porque la centralización del poder colonial había significado el abandono y la supeditación
de las unidades locales a normas extrañas
e inaplicables y porque las anheladas liber-

Sistema Federal. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. México. 2005

4   Rolla, G., El sistema de distribución de competencias entre

3   Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Uni-

el Estado y las regiones en Italia: aspectos de su evolución.

dos Mexicanos. Con Reforma publicada en el Diario Oficial de

Revista Vasca de Administración Pública, mayo-agosto de

la Federación el día 26 de marzo de 2019.

1993.

José Guillermo García Murillo y Olinda Beatriz Suárez Hernández

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tades quedaban mejor resguardadas en un
régimen de autonomía.5

Algunos tratadistas abordan el abordan el
tema con los siguientes posicionamientos:

La Nación Mexicana se constituyó en 1824
como un Estado federalista precisamente con
la idea de evitar las atrocidades que implica un
Estado monolitico y centralista, el absolutismo
que aniquila cualqueir forma de democracia.

Hans Kelsen (1881-1973): El estado federal
se caracteriza por el hecho de que los estados miembros poseen un cierto grado de autonomía constitucional, es decir, por el hecho
de que el órgano legislativo de cada Estado
miembro es componente en relación con materias que conciernen a la constitución de esa
comunidad, de tal manera que los mismos
Estados miembros pueden realizar, por medio
de leyes, cambios en sus propias constituciones. El estado federal presenta un grado de
centralización que es todavía compatible con
una comunidad jurídica constituida por el derecho nacional.6

DESARROLLO
El federalismo da cuenta del carácter plural
y democratico en el cual los mexicanos nos
hemos propuesto vivir con reglas claras y precisas de participación en este pacto que debe
ser incluyente y proporcional en la repartición
de la riqueza para el desarrollo de las regiones, nos sorprendemos con instituciones generadas por quienes de manera demagogica
en la actualidad profesan ser federalistas y
desde la capital del país generan leyes e instituciones cada vez mas centralistas en las
tomas de desiciones; es decir, entonces vivimos un federalismo en el deber ser del derecho y una gran fisura en la funcionalidad y en
la eficacia de los hechos, pues el avance de
nuestro federalismo se refleja lento, pesado,
añejo, cansado, de tal suerte que ha llegado
el momento de replantearnos el proyecto de
Nación que queremos los mexicanos de este
siglo XXI, pues ademas significará el legado
historico para nuestros descendientes pero
tambien el analisis critico que los mexicanos
del siglo XXI harán de nosotros los juristas de
todo aquello que hicimos o dejamos de hacer.

Para Kelsen, el estado federal es la norma direccional de organización política, cuyo principio es la construcción de estructuras normativas que mantengan el orden y el apego
obligatorio de todos sus componentes a la
Ley. Los estados confederados, según este
autor, se reúne para propósitos muy definidos; aspectos económicos, políticos, sociales
y culturales, mas no mantienen una unidad jurisdiccional como los estados federados que
son autónomos, pero parte de esa autonomía
la delegan en la federación para que la misma
devuelva de manera integral y superior valores de libertad, igualdad, progreso y justicia.
Montesquieu (1689-1755): Desarrolla la noción de “República Federativa”, como modelo
de reforma que sustituya al despotismo existente en Francia, donde dicha república se-

5 Gamas Torruco; José. El sistema representativo mexicano.
Universidad Nacional Autónoma de México - Instituto de In-

6   Kelsen, Hans. Compendio de Teoría General del Estado.

vestigaciones Jurídicas. México. 2005. P. 57

Ed. Blume, 3a. edición. España, 1979

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ría un conjunto de repúblicas. Esta forma de
gobierno sería una convención, mediante la
cual, diversas entidades políticas se presentan a formar parte de un estado más grande,
conservando cada una su personalidad.7

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binaciones en favor de la prosperidad y de la
libertad humanas.8

Este autor inspiró a los estados emergentes
del continente americano para optar por un
modelo de república federalista, que contrasMontesquieu observa la construcción de una tara con el modelo monárquico europeo que
república en la división de los poderes, Legis- se encontraba en crisis; además en la forma
lativo, Ejecutivo y Judicial; los cuales, funda- de descentralización administrativa que permentan sus actuaciones en la norma jurídica mitía el desarrollo y progreso de los estados
que los origina, de tal suerte que este tratadis- miembros de una manera independiente pero
ta da cuenta de que el federalismo se nutre al mismo tiempo interdependiente uno de otro,
en un esquema de democracia y se fortalece logrando con ello que los estados miembros
en la división de los poderes que gobiernan; establecieran sinergias entre ellos mismos
sería difícil pensar, entonces que el federalis- y la propia federación. El centralismo, por el
mo pudiera florecer en un estado monolítico y contrario, mantenía una forma de organizadictador.
ción unidireccional y de alguna manera imperaba la autocracia.
Alexis de Tocqueville (1805-1859) En su obra
“La Democracia en América”, señala que la Para el año de 1812 en la nueva España imunión de las Trece Colonias Norteamericanas peraba una constitución de cadiz a pesar de
fue formada con el fin de responder a algunas los multiples intentos por originar un aconstigrandes necesidades generales, tales como: tución propia de la America septentrional, tal
protección en lo comercial, estabilidad eco- es el caso de los sentimientos de la Nación de
nómica, aspectos fiscales y complementaria- Jose Maria Morelos y Pavon que manifestaba
mente a la búsqueda de su seguridad común, la independencia de las Americas de la corona
en el que el gobierno federal tiene las atribu- española, pero ademas la igualdad de todos
ciones que no estaban consideradas para los los americanos pues afirmaba: “Que solo se
estados; así, el gobierno de estos, siguió sien- deberia de distinguir a un americano de otro
do el derecho común y la normatividad del go- mas que por el vicio o la virtud”
bierno federal fue la excepción. Más adelante
plantea como una de las características princi- De esa manera se prohibian las castas en el
pales de los Estados Unidos de América, que territorio de esta emergente nacion, posteriorla unión tiene por gobernados no a estados, mente se dieron los principios constitucionasino a simples ciudadanos; hace hincapié en les de Rayon en el año de 1814 que nunca
que el sistema federativo tiene la ventaja de lograron promulgarse por el congreso de Chilrepresentar una de las más poderosas com8   De Tocqueville, Alexis, La Democracia en América ; pref.
7   Montesquieu. Del Espíritu de las Leyes. Ed. Porrúa, 9a.

notas y biblogr. de J. P. Mayer ; introd. de Enrique González

edición. México, 1992

Pedrero ; trad. de Luis R. Cuéllar—México : FCE, 1957. P.132
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pancingo, asi pues la constitución de cadiz se
mantuvo vigente hasta el primer imperio de
Iturbide el centralismo seguía siendo la forma
de gobierno que los mexicanos conocieron
por mas de 300 años hasta el año de 1824
cuando se generó una constitución de corte
federalista.

objeto dividir lo que está unido, y hacer naciones diversas de la que era una sola; y esa
visión aún persiste, pues hay quienes todavía
sostiene que en México nunca ha existido una
auténtica federación, pues en la práctica se
mantiene un sistema político que favorece al
centralismo.

Sin embargo esa forma de gobierno central,
unitario y vertical; era el conocimiento de frontera de tal suerte que como lo estipulaba Fray
Servando Teresa de Mier existía un temor fundado de que esa idea federalista dividiera la
unidad y la individisibilidad de la nación y además, el propio federalismo propiciaría la separación de lo unido durante 300 años; argumentaba: “…Esa federación va a desunirnos y
abimarnos en un archipíelago de discordias”,
además insistió que la forma de organización
de la colonia favorecía a una forma de gobierno centralizada y que, el federalismo sólo aseguraba el gran error de tratar de imponer Instituciones Extralógicas a la Sociedad Mexicana
de la época. Evidentemente la posición de los
conservadores consideraba que no se puede
transformar la cultura política existente estableciendo Instituciones poco adecuadas a la
realidad social y cultural del pueblo, la visión
del a la conservadora mantenía en su postura
de no optar por el federalismo, pues como señalaban era una burda copia de la Constitución
de Estados Unidos del Norte, pero con una
aplicación a la inversa de lo que ellos habían
tenido, puesto que, las colonias Norteamericanas estaban divididas y eran autónomas,
unas con respecto de otras; fue exactamente
el Federalismo lo que permitió constituirlas en
estados soberanos pero unidos con una federación; el fenómeno socio-jurídico y político
del federalismo en el caso mexicano tuvo por

El Estado Federal nace históricamente bicameral. Ciertamente el primer caso histórico de
aplicación del modelo federal se produce en
Norteamérica en 1787 a partir de su independencia de la Corona Británica. Este se conformaba por “una Cámara de Representantes,
en la cual se representa, proporcionalmente,
el pueblo de cada Estado-miembro, el Senado’21, con dos componentes por cada uno de
los Estados mismos, independientemente de
su existencia e importancia.9
El Acta Constitutiva y la Constitución de 1824,
fueron la pretención de una gran mayoría liberal de establecer y de promover Estados
soberanos, pero con una gran idea de acabar
con la política decentralizada a través de una
federación que respetara la heterogeneidad
de cada uno de los estados, sosteniendo además, que la federación consiguió evitar la fragmentación del país, pues ya había gobiernos
independientes como Nueva Vizcaya,Tabasco y Nueva Galicia; en contraste insistían los
conservadores que todas las provincias septentrionales americanas en un grado mayor o
menor eran dependientes del Virrey y por lo
9   Núñez Nava, Rosa Virginia, &amp; Matos Mosquera, María

Gabriela (2006). El Estado federal unicameral: nuevo paradigma del federalismo. Provincia, (Esp),219-238.[fecha de
Consulta 15 de Junio de 2022]. ISSN: 1317-9535. Disponible en: https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=55509811

Los Retos del Federalismo Mexicano en el Siglo XXI. PP. 164-179

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tanto, de la Monarquía española. No convenció a los federalistas, quienes mantenían su
posición de determinar que ninguna provincia
era independiente, por su puesto, pero tenían
gran autonomía y que resultaba extraño que
una nación independiente no reconociera las
facultades de autogobierno de las provincias.
El jaliscience Prisciliano Sánchez se declaraba partidario del federalismo y proponía la
constitución Federal de Anáhuac, mediante el
establecimiento de estados soberano, organizado por una autoridad central y junto con
Francisco Severo Maldonado coincidían al
nuevo país Anáhuac; algunos historiadores
suponen que esto fue como opocisión a México, nombre de la ciudad capital que consideraban partidaria del centralismo y causa de muchos males; durante esta época los debates
también tenían como propósito deslumbrar a
los indecisos y moderados para que fijaran un
posicionamiento, la razón del sistema federal
era para alcanzar el progreso y en todas las
publicaciones de la época se hablaba de la
prosperidad de los Estados Unidos del Norte,
se hacía mención de los logros, de la igualdad
y del crecimiento que beneficiaba a los ciudadanos de aquella nación, pero nadie hacía
un análisis más profundo sobre la prosperidad
estadounidense que pudiera darse por otros
factores y no necesariamente por el modelo de
federalismo como gobierno, todo era tan simplista que la ecuación la presentaban de una
manera fácil “federalismo = prosperidad”, en
ese contexto de puros elogios, la federación
se dislumbraba como una forma de gobierno
buena, casi perfecta, un traje a la medida para
las naciones americanas que acababan de liberarse del despostismo europeo.

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El 4 de octubre de 1824; después de un largo debate el posicionamiento liberal logró
imponerse como una corriente política que
en el seno del Congreso constituyente estableció en el Artículo 4° que la Nación mexicana adoptara para su forma de gobierno a
la República Representativa Popular Federal,
así fue como la organización jurídico-política
federalista tuvo su génesis en los albores de
la creación del Estado Mexicano.
En México, en el Congreso Constituyente de
1824, la tendencia liberal señalaba que el pacto federal se materializa en la Constitución, debido a que en ella queda estipulada y regulada
la alianza o unión en que todos los estados
soberanos expresan y acuerdan por medio de
sus representantes los derechos que ceden a
la federación para el bien general de ella y de
los que cada uno se reserva. Cabe señalar, “...
que es consubstancial al federalismo la existencia de dos estructuras constitucionales e
interdependientes: la organización constitucional federal y la organización constitucional
local. Ambas emanan del Pacto Federal expresado en una Constitución escrita.10
Una de las maneras de estudiar y comprender la historia del federalismo es analizar su
trazabilidad en el sistema jurídico apreciando
la interrelación entre el derecho y la realidad,
en el análisis de la forma de gobierno no solamente de lo que señala la norma jurídica si
no desentrañando los contrastes entre normalidad y normatividad, lo que acontece en una
circunstancia concreta
10   Faya Viesca, Jacinto. El Federalismo Mexicano (Régimen
Constitucional del Sistema Federal). Ed. INAP. México, 1988.
p. 25.

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Las necesidades sociales y postulados políticos dieron consistencia a la constitucionalidad
que estableció nuestro federalismo y lo plasmó en la carta magna de entonces, aunque no
con toda amplitud, ni precisión. El artículo 50
de esa ley fundamental no fue suficientemente explícito, pues estableció, con vaguedad,
por ejemplo, que correspondía a la federación
“fomentar la prosperidad general”, y a los estados “guardar y hacer guardar la Constitución
y las leyes generales de la Unión”, expresiones como éstas, dejaron sin definir claramente las tareas que correspondían a cada ámbito
de gobierno y esta deficiencia, en unos años,
mostró sus efectos.11
En suma, el federalismo era un sistema que
proveía grandes beneficios, sobre todo, teniendo en cuenta el caso de la Administración
de la Justicia, la que se consideraba más expedita cuando se contaba con Tribunales en
cada estado, pero eso es posible sin que para
ello hubiera la necesidad de adoptar un sistema federal, pero el federalismo había avanzado empujado por los grupos poderosos de
algunas de las provincias: Yucatán, Oaxaca,
Jalisco, Zacatecas y Puebla; todos estos se
adelantaron y eligieron legislaturas propias y
poderes que se negaron a reconocer a uno
superior. De esta forma dejaron de llamarse
así, mismas como provincias y adoptaron el
nombre de Estados Libres y Soberanos. Sin
embargo, los estados se establecieron de facto sin que existieran ningún fundamento legal
a ese proceso, recurriendo a la ficción ius na11   Camacho Quiroz; Cesar. El federalismo mexicano del siglo XXI, expresión de una nueva constitucionalidad. Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas

turalista del contrato social, basados en la individualización del estado de la naturaleza y
bajo la idea contractualista y los principios de
esta teoría se sustentaron para constituír las
nuevas entidades. Los partidarios del federalismo consideraban que si ya no había más
monarquía quedaba naturalmente una república: el gobierno republicano es un gobierno
de todos, es el natural en donde los hombres
se hayan reunido por mera casualidad o por
intento, en tanto que los otros gobiernos como
la monarquía o la aristocracia se generan de
forma artificial y ante la desaparición de esas
formas, sólo queda la república. La tradición
ius naturalista fue muy importante en la tradición de los liberales para defender el federalismo. Los defensores del federalismo, tras la
caida de la monarquía en 1823, afirmaban que
el país se encontraba en un estado natural, en
el cual cada provincia había recuperado sus
facultades de gobierno, pero no determinaron
qué facultades eran la inexistencia legal de
entidades previamente constituídas ocasionó
que los criterios del congreso constituyente
para fijar un estado no quedaran claros.
La inexistencia legal de las entidades previamente consitituídas en base al derecho natural se fijó entonces con el criterio de que para
integrarse como estado debió de haber existido el antecedente que para el periodo colonial
estas eran reconocidas como intendencias.
Cabe aclarar que este criterio no tuvo un efecto amplio, sino que también generó excepciones como en el caso de Tabasco, Querétaro,
Colima y Tlaxcala que nunca fueron intendencia, porque habían formado parte de las provincias internas, pero fueron integradas a la
federación en calidad de estados.

de la UNAM. México. 2005. P.20
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El Virreinato era una división de carácter administrativo, no político, de tal suerte que las
entidades federativas marcaron sus límites y
fronteras de acuerdo a sus intendencias; en el
periodo 1823 y 1824, el federalismo en México
se diseñó bajo una invensión nueva en donde
cada uno de los estados fueron promulgando
sus constituciones locales, de tal suerte que
todos reunidos y formados por el contrato social en el Derecho del estado de naturaleza
se organizaron tal y como la propia diputación
provincial de Jalisco afirmara “Tenemos la libertad para organizarnos como queramos”.
Así los estados recuperaron sus territorios y
los delimitaron de acuerdo a las intendencias
o provincias, dejando en lo inmediato el arreglo de límites, identificación plena de distritos,
partidos y pueblos que se formaban para un
momento posterior. No omito comentar que
esa condición geopolítica de conformación
de los estados preexiste y sigue siendo una
cuestión de disputa territorial, el ejemplo entre
Jalisco y Colima; Jalisco y Nayarit, caso sin
resolver al día de hoy.
El proyecto del federalismo hizo que los territorios tuvieran como objetivo hacer prosperar
a la región para que tuviera riqueza, ilustración y población, bajo esa óptica el partido de
Colima, que había formado parte de la intendencia de Nueva Galicia se le dio el reconocimiento de estado. Otro caso interesante fue
Tlaxcala que no tenía todos los elementos
para ser un estado federal, pero sin embargo, sus pobladores argumentaban que Tlaxcala había sido una república independiente
antes de la llegada de los conquistadores,
por lo que Tlaxcala exigía la justicia y la conveniencia de ser un estado, sin embargo su
petición nunca prosperó en ese momento. La

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tesis que enarvolaron los federalistas para la
constucción de los estados se sustentó sobre
el siguiente lema: “La justicia, la conveniencia y la política”. Para determinar las regiones que serían territorios de la federación y
cuales estados.
La constitución de 1824 construyó el pacto federal y no incluyó ni enumeró los derechos de
los ciudadanos, sino que más bien se encargó
de hablar sobre los derechos de los estados
federales, así se dieron los primeros pasos en
la construcción del federalismo mexicano.
El Estado Federal se distingue del estado
unitario y centralista porque existe un mayor
grado de descentralización, en el estado unitario este se divide en provincias autónomas
y el Estado Federal presenta un grado de descentralización que es todavía compatible con
normas locales que van de solamente en los
estados de los territorios componentes; las
leyes federales son creadas por la legislatura
de la federación, mientras tanto hay normas
locales creadas por órganos legislativos de
los estados miembros, dicho de otra manera
la validez del orden jurídico tiene competencia federal y competencia estatal; mientras la
competencia federal es mas amplia, los estados miembros se ven más restringidos en su
actuación.
En el Federalismo los estados soberanos y
autónomos forman parte de una comunidad
jurídica integral, pero su fuerza radica en la
comunidad jurídica parcial de cada uno de los
estados miembros que en conjunto y simultáneamente integran a la federación, como un
Estado federal total.

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Cada una de las comunidades parciales de
los estados miembros y la propia federación
en cuanto a su validéz jurídica radica en la
constitución federal y en la constitución de los
estados; el estado federal otorga a sus miembros un cierto grado de autonomía constitucional, de tal manera que los estados miembros
pueden realizar, por medio de sus propia leyes modificaciones a su propia constitución,
pero esta alimentación que tienen los estados
miembros se encuentra ligada a los principios
establecidos en la propia constitución federal.
El Estado federal se caracteriza por constar de
dos Cámaras, la Cámara de Diputados o de representantes populares y la Cámara del Senado o de representantes de los estados miembros el hecho de que cada estado miembro se
encuentre representado en el Senado revela
la igualdad de los estados miembros frente a
la federación y garantiza que todos ellos participen en el procedimiento legislativo, el Senado toma sus resoluciones de acuerdo con los
principios de mayoría. Los estados miembros,
son los componentes del estado federal. En el
estado federal no solamente la competencia
Legislativa se encuentra dividida entre la federación y los estados miembros, si no también,
la competencia judicial y administrativa.
La Constitución de 1824 en síntesis es el entorno del sistema federal, ya que las facultades de los estados eran mucho mayores,
sin restricciones en su régimen interno. Así
mismo, las legislaturas eran el factor determinante en la elección del ejecutivo; tal como lo
establece el artículo 157, que señala: El gobierno de cada uno de los estados se dividirá,
para su ejercicio en tres poderes: Legislativo,
Ejecutivo y Judicial, con lo cual se asentó un
golpe al centralismo colonial.

El Artículo 171, establecía: “jamás se
podrían reformar los Artículos de esta
Constitución y de la Acta Constitutiva,
que establecen la libertad e independencia de la Nación Mexicana, su religión,
forma de gobierno, libertad de imprenta…”
Sin embargo, existieron los intentos conservadores y en forma retrograda se generaron
constituciones de carácter centralista los desencuentros entre liberales y conservadores
dieron origen a la división del país y las constantes crisis vulneraron al estado mexicano
frente enemigos externos.
“En 1835 y 1836 se buscó, ante todo,
una reforma sobre la forma de gobierno
vigente hasta entonces. Esta fue la intención de la convocatoria del Congreso de
1835 y ésta fue, en esencia, la afectación trascendental que se enuncia en las
Bases Constitucionales de la República
Mexicana, suscritas en la ciudad de México el 23 de octubre de 1835, en las que
como dice la Base tercera, el sistema gubernativo de la nación es el Republicano,
representativo popular, es decir, se suprime única y exclusivamente la palabra
federal. Con la simple impresión de esta
palabra, pasamos de un gobierno federal, a un gobierno centralizado y unitario, que dividió políticamente el territorio
nacional en departamentos, todo ello sin
que se afectara para nada lo relativo a la
idea de nación, o a la idea de Estado”12
12   Barragán Barragán José. El Federalismo Mexicano – visión histórico constitucional- Universidad Nacional Autónoma
de México. México, 2007. P. 83.

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En 1842, se decidió la adopción de la forma
de gobierno unitario en vez del gobierno federal. En 1847 vino la redacción federalista
con las actas de reforma que entre otros casos reestablecía la vigencia de la constitución
de 1824, sin embargo, en ese año perdimos
más de la mitad de nuestro territorio Nacional y posteriormente, “Heridos en lo más vivo
los liberales, compactos con el común peligro,
amagados por la facción conservadora mantenían un foco de rebelión federalista”13 con
las leyes de reforma y la vuelta del federalismo en la constitución de 1857 se exacerbaron
aún más las divisiones y dimos cuenta de la
intervención francesa y del segundo imperio
mexicano, el poco respeto a las instituciones
y a las leyes de una dictadura que durante 33
años golpeo duramente a la democracia y a
las exigencias sociales de los mexicanos lograron detonar la revolución mexicana y con
el triunfo del ejército constitucionalista el 05
de febrero de 1917 establecimos una constitución, la primera en el mundo que garantiza
los derechos sociales, el federalismo siguió
siendo la asignatura pendiente avanzamos
en los valores de libertad, igualdad pero el
federalismo seguía siendo durante la época
de 1929 hasta 1998 una exigencia cotidiana
y lo sigue siendo hoy pues existe un gobierno que si bien ha llegado por los canales de
democracia a un mantienen un discurso entre
conservadores y liberales que desde mi punto
de vista esos grupos ya no existen y que los
verdaderos enemigos del federalismo actual
son la pobreza, el hambre, la ignorancia y los
problemas de salud, un gobierno que pretende todo centralizar y ese debe ser en defensa

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de la constitución nuestro posicionamiento federalista, el respeto a la misma, no se trata de
generar una nueva constitución federal si no
el sometimiento a la legalidad de la misma, al
gran pacto social que históricamente hemos
defendido.
Esta nueva constitucionalidad está determinada por la necesidad de consolidar la democracia, así como por otras convicciones políticas
y sociales que exigen ser incorporadas al texto constitucional, o que, estándolo formalmente, demandan positividad. La democracia es
el vehículo legítimo e incuestionable para tener acceso al poder; no obstante, cuando los
resultados del gobierno no son los esperados,
se ve amenazada, al punto de provocar desencanto con la democracia y un déficit de credibilidad. Revertir esta tendencia supone estados capaces y mejor organizados. Se requiere
una manera distinta de enfrentar los asuntos
públicos, una nueva estatalidad, que traiga
consigo instituciones más fuertes, orientadas
a la obtención de resultados y diseñadas para
compartir responsabilidades. En escenarios
complejos como el de México, la estatalidad
referida, implica, entre otras decisiones, redistribuir racionalmente el poder entre ámbitos
de gobierno, esto es, fortalecer el federalismo
para hacerlo más eficaz. Condensar las convicciones y las aspiraciones políticas y sociales de nuestra época y someterlas a la consideración del poder revisor de la Constitución,
nos permitirá establecer el Estado federal que
demanda el México del siglo XXI.14
México tuvo que enfrentar la dictadura institucionalizada de un partido político con una

13 Prieto, Guillermo (Fidel). Viajes de orden suprema. Vicente García Torres, México. 1857, P. 31

14 Camacho Quiroz; Cesar. Op. Cit. p. 22

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democracia ausente, un poder monolítico y
represor que abatió los movimientos de expresión universitaria a través de los estudiantes (1968); en la actualidad enfrentamos problemas de orden y paz social, como producto
de otros factores, como las implicaciones a
los problemas ambientales, la corrupción, el
narco estado y la impunidad de la delincuencia organizada; aunado a lo anterior, podemos
percatarnos de las incompletas resoluciones
de las investigaciones de casos significativos
para México (caso Ayotzinapa y Radilla Pacheco, por decir algo) de parte del gobierno
federal ante la seguridad del estado y la población mexicana, que cada vez confía menos
en sus representantes. Con una clase política con un discurso poco consistente desde
el punto de vista jurídico de la revolución o
de la transformación, porque no han podido
comprender que nuestro proyecto de nación
debe de fincarse en la unidad y la solidaridad
del pueblo. Es importante que no se bipolarice
más a la sociedad en el siglo XXI, las luchas
fueron en el extremo insurgentes y realistas
que pronto se acomodaron en dos visiones de
logias masónicas: Yorkina y Escocesa, ambas
extremistas que se transformaron en partidos
políticos de liberales y conservadores; luego
fueron federales y revolucionarios. Hemos
transitado en la confrontación, ha llegado el
tiempo de hacer un justo análisis socio-jurídico de nuestro proyecto de nación, bajo el modelo del Federalismo.
El presente documento sostiene como hipótesis que sólo el fortalecimiento y conocimiento
de nuestro sistema Federalista debe dar cohesión estructural, funcional y adaptabilidad
socio-jurídica al estado mexicano.

Hoy en día, daremos cuenta que el federalismo fue un ideario político consubstancial a la
fundación del Estado Mexicano, bajo su evolución y desarrollo podemos afirmar que se logró la transformación histórica para definir al
federalismo no sólo como un ideario, sino más
bien, como una técnica político-jurídico-administrativa para impulsar el desarrollo del país
mediante la aplicación del ámbito normativo
constitucional en las diferentes competencias
gubernamentales.
“La democracia como sistema de vida involucra todo lo que el ser humano realiza
o deja de realizar, sus acciones diarias,
la toma de decisiones, sus encuentros
y desencuentros que le colocan en un
escenario que le permite internalizarla
y hacerla parte de su diario vivir. Si la
preminencia se da a la libertad, estamos
hablando de liberalismo, si se le da a la
igualdad, estamos hablando de socialismo. Este conflicto es punto de partida
del pensamiento político, y su respuesta
es una inquietud permanente del pensamiento del hombre.”15
El Federalismo mexicano es una visión de Estado que para el año 2024 estaremos cumpliendo apenas de 200 años de historia es el
momento de reflexionar y analizar el camino
que hemos optado para su constitución, en ese
contexto incluye la democracia, es importante
el empoderamiento de la ciudadanía y de sus
organismos constitucionales autónomos; evitar que se forme un claustro burocrático que
15  Rodríguez, Prats Juan José. La política del derecho en la
crisis del sistema mexicano. Universidad nacional Autónoma
de México, México 1992. P 78.

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evite la posibilidad universal de acceder a los
cargos públicos, aumentar la influencia de la
opinión pública, la transparencia y la rendición
de cuentas en el siglo XXI, la batalla por consolidar nuestra democracia y Estado Federal
sigue vigente.
CONCLUSIONES
1. El federalismo mexicano es el resultado
del triunfo de las ideas liberales del siglo
XIX que tenian como ejemplo la Revolucion Francesa, la Revolucion de Independencia de los Estados Unidos de Norte
America y la Constitución de Cadiz.
2. El Federalismo Mexicano es el proyecto
de Nación que se fortalece con el liberalismo social del siglo XX, es la manifestacion
de las ideas de la Revolucion Mexicana.
3. El Federalismo Mexicano no solo es un
ideario politico, es una forma de gobierno
sustentada en una tecnica politica, juridica
y administrativa.
4. El Federalismo Mexicano en el siglo XXI
se fortalece con una participación democrática directa de la ciudadania y en la expresión de fortalecer formas de democracia semidirecta.
5. La construccion del Federalismo debe ser
de manera paralela a la formacion de un
verdadero Estado democratico de derecho.
6. La eficacia del sistema federal requiere de
sistemas de justicia constitucional capaces de resolver conflictos que se deriben
de la organización estatal.
7. El Federalismo Mexicano es el proyecto
de Nación que queremos para fortalecer la
unidad, la independencia, la soberanía, la
libertad, la igualdad y la justicia de nuesto

Desafíos Jurídicos

pueblo en funsión del respeto irrestricto a
los derechos humanos.
8. El estado y el gobierno deben cooperar
entre si para lograr un federalismo, trabajando en armonia, siendo responsables
por partes iguales del desarrollo y potencializacion de sus regiones, pues el porposito no es fucionar ni dividir, el porposito es
la union.
9. Nuesta historia nos define como un pueblo
de mestizaje cuya cultura debe sostenerce
en el orgullo defensa y protección de los
pueblos originarios de America.
BIBLIOGRAFÍA
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la Federación el día 26 de marzo de 2019.
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�Fotografía “Mucha lucha” por Daniel Vázquez Azamar

Crítica

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Christian David Garza Lomas &amp; Edwin Horacio Gracia Elizondo
(Universidad Autónoma de Nuevo León)
La Contradicción de tesis (criterios) 34/2021: Recurso innominado previsto en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, como garantía de acceso a la justicia para las
víctimas y ofendidos. pp. 182-193. Fecha de publicación en línea: 31
de julio del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
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correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos Vol. 2 Núm. 3, Julio-Diciembre 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo
León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología. Dirección de
la publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San
Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos
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Contradicción de tesis (criterios) 34/2021: Recurso
innominado previsto en el artículo 258 del Código
Nacional de Procedimientos Penales, como garantía de
acceso a la justicia para las víctimas y ofendidos

Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: Christian David Garza Lomas* y Edwin
Horacio Gracia Elizondo**

* https://orcid.org/0000-0002-9224-8171
Universidad Autónoma de Nuevo León
** Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen. En este trabajo se somete a crítica la jurisprudencia emitida por la Primera Sala de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que declara que la negativa de acceso a la
carpeta de investigación a las víctimas y ofendidos no puede impugnarse a través del recurso
innominado previsto en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Esto,
para conocer si tal precedente se ajusta a la doctrina previamente generada por esa Sala y si
garantiza los derechos de las víctimas y ofendidos.
Palabras clave: Derechos de la víctima, acceso a la carpeta de investigación, actos de acción
u omisión del Ministerio Público, control judicial, acceso a la justicia.
Abstract. This paper criticizes the jurisprudence issued by the First Chamber of the Supreme
Court of Justice of the Nation, in which it declares that the refusal of access to the investigation
folder to victims and offended persons cannot be challenged through the unnamed remedy
provided for in article 258 of the National Code of Criminal Procedures. This, to know if such a
precedent conforms to the doctrine previously generated by that Chamber and if it guarantees
the rights of the victims and offended.
Keywords: Rights of the victim, access to the investigation file, acts of action or omission of the
Public Prosecutor’s Office, judicial control, access to justice.

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INTRODUCCIÓN

ANTECEDENTES DEL CASO

En este caso, se analizará la jurisprudencia
derivada de la contradicción de tesis (criterios) al rubro citada, en la que la Primera Sala
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
examinó los alcances del recurso innominado
previsto en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, para determinar si la negativa del Ministerio Público a que
las víctimas accedan a la carpeta de investigación es impugnable mediante ese recurso.

En fecha 23 de junio de 2021, la Primera Sala
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
al resolver la contradicción de tesis (criterios)
34/2021, advirtió que dos tribunales colegiados realizaron la interpretación contraria de
un mismo problema jurídico relacionado con
la impugnabilidad -a través del recurso innominado regulado en el artículo 258 del Código
Nacional de Procedimientos Penales- de la
negativa del Ministerio Público a que las víctimas accedan a la carpeta de investigación.

Para tal efecto, se delimitarán los antecedentes y estudio del caso, luego, se efectuará la Para ilustrar dicha discrepancia, a continuacrítica correspondiente.
ción, se inserta una tabla que contiene los órganos involucrados, la decisión que emitieron
y su justificación:

Noveno Tribunal Colegiado en Materia
Penal del Primer Circuito Judicial

Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del
Segundo Circuito Judicial

Decisión:

La negativa de acceder a la carpeta
de investigación sí es impugnable
con el recurso innominado del
artículo 258 del Código Nacional de
Procedimientos Penales.

La negativa de acceder a la carpeta
de investigación no es impugnable con
el recurso innominado del artículo 258
del Código Nacional de Procedimientos
Penales.

Justificación:

Sostuvo que mediante el estudio de
la contradicción de tesis 233/2017,
resuelta por la Primera Sala de
la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, el referido recurso es
procedente contra todos los actos
u omisiones de investigación,
incluyendo, la negativa de acceder a
la carpeta de investigación.

Aseveró que el mencionado recurso está
perfectamente delimitado por el texto del
artículo 258 -abstención de investigar,
archivo temporal, aplicación de un criterio
de oportunidad y no ejercicio de la acción
penal- y por la tesis jurisprudencial
derivada de la contradicción de tesis
233/2017, resuelta por la Primera Sala de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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Indicó que la intención del
constituyente permanente de que
fuera el Juez de Control quien
debe controlar la legalidad de las
actuaciones del Ministerio Público, de
tal manera que no se atentara contra
el principio de continuidad del proceso
penal, cosa que sucede si se hace
procedente el amparo indirecto sin
agotar ese recurso.

Concluyó que la negativa de poder
acceder a la carpeta de investigación no
está contemplada ni en el artículo 258 ni
en la contradicción de tesis referida, dado
que es un acto generado por el Ministerio
Público, distinto a una omisión.

Estimó que el aludido recurso tiene
por objeto que el Juez de Control
revise las decisiones u omisiones del
Ministerio Público que definen el curso
de la investigación, incluyendo, la
negativa a las víctimas de acceder a
la carpeta de investigación.
Concluyó que la negativa de acceso
a la carpeta de investigación no se
exceptúa del principio de definitividad,
pues estimar lo contrario, implicaría
que el arbitrio de la quejosa para optar
por acudir directamente al juicio de
amparo sea la regla general, no la
excepción.
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de la revisión documentaria

Bajo tal escenario, estimó necesario efectuar
la unificación de criterios, a fin de salvaguardar el sistema jurídico del país y crear certeza
jurídica a la sociedad.
ESTUDIO DEL CASO
Para solucionar la contradicción en cita, la
Primera Sala formuló el cuestionamiento siguiente:

¿Es impugnable -a través del recurso innominado regulado en el artículo 258 del
Código Nacional de Procedimientos Penales- la negativa del Ministerio Público
a que las víctimas accedan a la carpeta
de investigación?
La respuesta fue en sentido negativo, es decir,
que la negativa de acceder a la investigación
no es impugnable con el recurso innominado

Christian David Garza Lomas y Edwin Horacio Gracia Elizondo

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del artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

la contradicción de tesis (criterios) 233/2017,
consideró que las omisiones del Ministerio Público relacionadas con su deber de investigar
A fin de llegar a esa conclusión, efectuó un los delitos también son impugnables a través
estudio del caso enfocado en la teleología del de esa vía.
recurso innominado y su relación con la aludida negativa, en los términos que enseguida De esta manera, al efectuar el cotejo del artíse detallan:
culo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales y lo analizado anteriormente, adInicialmente, tuvo a la vista el contenido del virtió que el núcleo que ampara el recurso es
artículo 258 del Código Nacional de Procedi- la omisión y la parálisis de la actividad de inmientos Penales, en el advirtió que regulaba vestigación que compete al Ministerio Público.
un recurso de impugnación “innominado” para
las víctimas u ofendidos en contra de las si- Dicho con otras palabras, adujo que la finaliguientes determinaciones del Ministerio Pú- dad del recurso innominado es impugnar acblico: a) abstención de investigar; b) archivo tos u omisiones que paralicen, suspendan o
temporal; c) aplicación de un criterio de opor- terminen una investigación, de modo que protunidad; y d) no ejercicio de la acción penal.
tege la posibilidad misma de que continúe la
investigación, al permitir a las víctimas u ofenEstas cuatro determinaciones, a su juicio, son didos impugnar aquellos actos u omisiones
figuras que facultan al Ministerio Público para del Ministerio Público que la impiden.
que interrumpa o finalice la investigación de
los delitos y, por tanto, el ejercicio de la acción Posteriormente, indicó que el problema jurídipenal, entendida esta última como la facultad co al que se enfrentaron los tribunales contendel Estado a investigar, perseguir y castigar la dientes fue la negativa por parte del Ministerio
comisión de delitos.
Público de que las víctimas tuvieran acceso a
la carpeta de investigación.
Indicó que sus características incluyen una
acción por parte del Ministerio Público tenden- Acto que, desde su óptica, no tenía una relate a interrumpir, ya sea de manera temporal o ción de causalidad con la paralización de la
definitiva la investigación, y consigo la acción investigación, pues la negativa puede tener
penal. Por tanto, imposibilitan que las preten- implicaciones hacia la víctima, en el sentido
siones de las víctimas u ofendidos sigan el de que no podrá conocer lo establecido en la
curso natural del proceso penal a través de carpeta de investigación, pero no tiene implisus etapas, nulificando la posibilidad de obte- caciones directamente relacionadas con la
ner una sentencia condenatoria.
suspensión de la investigación.
Luego, enfatizó que tales decisiones no eran
las únicas impugnables a través del recurso
innominado, toda vez que esa Sala, al resolver

Por el contrario, asumió que la petición de
acceder a la carpeta de investigación y su
respectiva negativa, caminan bajo una pre-

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tensión distinta mucho más apegada al derecho a una defensa adecuada y de acceso a la
justicia, ambos principios constitucionales. Y
esta acción positiva se traduce en una actitud
de involucramiento hacia el conocimiento de
los datos de prueba que pudieran existir en
una carpeta de investigación.
Estimó que, si bien, esas dos pretensiones giraban en torno a una misma etapa de investigación, la omisión de investigar y la negativa
de acceso son líneas que persiguen distintos
fines.
En consecuencia, determinó que la negativa
de acceder a la carpeta de investigación no
encuadra en ese tipo de actos u omisiones y,
por tanto, no es impugnable a través del recurso de impugnación regulado en el artículo
258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, generando la jurisprudencia siguiente:
Registro digital: 2023557
CARPETA DE INVESTIGACIÓN. LA
NEGATIVA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE PERMITIR SU ACCESO A LAS
VÍCTIMAS U OFENDIDOS DEL DELITO, NO PODRÁ SER IMPUGNADA A
TRAVÉS DEL RECURSO PREVISTO
EN EL ARTÍCULO 258 DEL CÓDIGO
NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS
PENALES.
Hechos: Los Tribunales Colegiados de
Circuito contendientes realizaron un análisis interpretativo que los llevó a conclusiones distintas, al resolver si la negativa
del Ministerio Público de permitir el ac-

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ceso a la carpeta de investigación a las
víctimas u ofendidos del delito es impugnable o no a través del recurso previsto
en el artículo 258 del Código Nacional de
Procedimientos Penales.
Criterio jurídico: La Primera Sala de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación
determina que la negativa del Ministerio
Público de permitir el acceso a la carpeta
de investigación a las víctimas u ofendidos del delito, no es impugnable a través
del recurso previsto en el artículo 258 del
Código Nacional de Procedimientos Penales.
Justificación: El artículo 258 del Código
Nacional de Procedimientos Penales
prevé un recurso innominado con el objeto de que las víctimas u ofendidos del
delito puedan impugnar las siguientes
determinaciones del Ministerio Público:
abstención de investigar, archivo temporal, aplicación de un criterio de oportunidad y el no ejercicio de la acción penal.
Además, esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 233/2017,
concluyó que las omisiones del Ministerio Público en la etapa de investigación
sí entran en el rango de las determinaciones y el objeto del recurso innominado. Ahora bien, el acto al que se enfrentaron los tribunales contendientes fue la
negativa por parte del Ministerio Público
de que las víctimas tuvieran acceso a
la carpeta de investigación, y si bien es
cierto que la negativa puede tener implicaciones hacia la víctima, en el sentido
de que no podrá conocer lo establecido

Christian David Garza Lomas y Edwin Horacio Gracia Elizondo

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en la carpeta de investigación, también
lo es que no tiene implicaciones directamente relacionadas con la suspensión
de la investigación, pues la petición de
acceder a la carpeta de investigación
y su respectiva negativa caminan bajo
una pretensión distinta a la de una omisión de investigar, ya que va mucho más
apegada al amparo del derecho a una
defensa adecuada y de acceso a la justicia, ambos principios constitucionales. Y
esta acción positiva apuntala una actitud
de involucramiento hacia el conocimiento de los datos de prueba que pudieran
existir en una carpeta de investigación.
Estas dos pretensiones, si bien giran en
torno a una misma etapa de investigación, esta Primera Sala de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación arriba a
la conclusión de que una omisión de investigar y una negativa de acceso son
líneas que persiguen distintos fines.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en
diversos precedentes1, ha generado doctrina
respecto a este sistema acusatorio, a fin de
contextualizarlo y fijar la unificación de criterios para salvaguardar el sistema jurídico del
país.
La etapa que interesa abordar es la investigación, la cual, de acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, tiene por
objetivo que la Fiscalía recabe aquellos datos
que logren esclarecer los hechos denunciados y sustentar una acusación.
Esta etapa, en un proceso acusatorio, busca
identificar todo aquello útil para la comprobación del hecho considerado penal.2 El Ministerio Público actúa como director en la investigación, él tiene la obligación de investigar
si un hecho es delictuoso y, de ser el caso,
acudir ante la autoridad judicial para obtener
una sentencia de condena.3

Como se logra ver, el Ministerio Público goza
de un importante papel en la etapa investigaPrecisados los antecedentes y estudio del toria del Modelo Procesal Penal Acusatorio, al
caso, ahora corresponde realizar una crítica tratarse del responsable de dirigir la misma,
a la jurisprudencia citada, con el objetivo de quien debe de recabar aquellos datos que
determinar si se ajusta a la doctrina previamente generada y si respeta los derechos de 1 Contradicción de tesis 412/2010, contradicción de tesis
las víctimas y ofendidos del delito.
97/2013, conflicto competencial 28/2015, amparo directo en
ANÁLISIS CRITICO

revisión 669/2015, amparo directo en revisión 945/2018 y am-

De entrada, es oportuno indicar, como antecedente, que en el año dos mil ocho, se introdujo a nuestro país un Modelo Procesal Penal
Acusatorio, el cual se rige por diversos principios y etapas, estas últimas: investigación,
intermedia y juicio.

paro directo en revisión 4321/2017, del índice de la Primera
Sala
2   Guillén López, Germán. La investigación criminal en el sistema penal acusatorio. Universidad Nacional Autónoma de
México e Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 2018
3 Benavente Chorres, Hesbert. Guía para el estudiante del
proceso penal acusatorio y Oral. Flores Editor y Distribuidor,
México, 2011.

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permitan esclarecer los hechos que se tildan
de ilícitos, así como la identificación de las
personas que lo cometieron, para luego formular la acusación y solicitar la condena correspondiente.

Desafíos Jurídicos

La función de ellos, entre otras, es asegurarse que el actuar de la Fiscalía, como director
de la investigación, se encuentre dentro del
marco legal aplicable y no infrinja derechos
fundamentales de las partes intervinientes en
el proceso penal.

Ciertamente, su actuación debe encontrarse
apegada a una serie de principios tales como
la legalidad, objetividad, profesional y el respeto de derechos humanos, entre otros. Sin
embargo, se considera que la Representación
Social en algunas ocasiones puede incurrir en
acciones u omisiones que vulneran derechos
fundamentales dentro de los procesos penales.

Ahora bien, en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se contempló un recurso innominado para aquellas
determinaciones que emita la Fiscalía en el
sentido de abstenerse de investigar, el archivo
temporal, la aplicación de un criterio de oportunidad y el no ejercicio de la acción penal.

Por esa y otras razones, se creó la figura del
Juez de Control como aquella autoridad que
supervise la salvaguarda y garantía de los
derechos de las partes, asegurando un control judicial sobre todos los actos procesales o
comportamientos que los pongan en peligro,
al menos, durante las etapas preliminares
como la investigación.

Los alcances de este recurso fueron desarrollados precisamente por la Primera Sala de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
al resolver la contradicción de tesis (criterios)
233/2017, donde sostuvo que esas determinaciones ejercidas en la etapa de investigación a cargo del Ministerio Público, necesitan
pasar por un control judicial, con la finalidad
de que sea el Juez de Control quien las revise
y advierta su legalidad.

Se trata de un juez de “garantía” o “legalidad”
con el que se logran una serie de objetivos,
entre ellos, que la investigación sea judicializada para que se eviten arbitrariedades y demoras en ellas.4
Son garantes de derechos fundamentales al
resolver actos y técnicas de investigación y
sustituyen a los jueces de distrito en sus competencias para revisar la legalidad de las decisiones que emita el Agente Ministerial.5

También, indicó que esa revisión no se limitaba a las decisiones taxativamente previstas
en dicho numeral, sino que en general todo
acto u omisión que genere efectos para paralizar, suspender o terminar una investigación.
En síntesis, concluyó que la finalidad de que
el Juez de Control revise las decisiones u omisiones del Ministerio Público, que definen el
curso de una investigación, es que al advertir que su actuación es ilegal, debe ordenarle

4   Carbonell, Miguel. Los juicios orales en México, 3ª. ed.,
Porrúa - UNAM- Renace, México, 2011

ma acusatorio en México, Universidad Nacional Autónoma de

5   Castillo Garrido, Salvador. Los jueces de control en el siste-

México e Instituto de Investigaciones Jurídicas, México, 2018

Christian David Garza Lomas y Edwin Horacio Gracia Elizondo

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que continúe la investigación y obtenga todos
los actos necesarios para esclarecer los hechos delictivos.
Lo hasta aquí expuesto, permite conocer
que, durante la etapa de investigación, los
Jueces de Control vigilan y controlan la actuación de la Representación Social, para
sujetarla al respeto de los derechos de las
partes y, en caso, de la actualización de un
acto u omisión que los transgreda, permitir la
instancia al afectado para sancionar la actuación ministerial.6
Bajo este panorama y al analizar la jurisprudencia materia de la presente crítica, se advierte que la misma se contrapone con la
doctrina generada previamente respecto del
recurso innominado y, desde luego, no garantiza un acceso a la justicia para las víctimas y
ofendidos. Veamos por qué:
La premisa toral que sostuvo que la negativa
de acceder a la carpeta de investigación no es
impugnable a través del recurso regulado en el
artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, recae en dos puntos:
a) Que no tiene una relación de causalidad con que se paralice la investigación;
y,
b) Que no tiene implicaciones directamente relacionadas con la suspensión
de la investigación.
Sin embargo, sí se trata de una actuación relacionada con esos conceptos que son sus6   Véase artículo 134, fracción II, del Código Nacional de Procedimientos Penales.

ceptibles a revisión mediante el recurso innominado.
En efecto, la afirmación que sostiene la Primera Sala resulta somera, porque tal pareciera
que olvidó la doctrina que generó al analizar la
contradicción de tesis (criterios) 233/2017, en
el sentido que el recurso innominado podría
interponerse contra actos y omisiones que
conlleven a los efectos aludidos.
En el caso, negar el acceso a la carpeta de investigación, contrario a lo sostenido por la Primera Sala, sí tiene una estrecha relación de
causalidad con los conceptos “paralizar, suspender o terminar la investigación”, si bien, no
directamente por decisión del Ministerio Público, como es el caso de la abstención de investigar, el archivo temporal, la aplicación de un
criterio de oportunidad o el no ejercicio de la
acción penal, si indirectamente, toda vez que
no permitirle dicho acceso, impide que la víctima coadyuve en la investigación y, por ende,
la posibilidad de abrir nuevas líneas de investigación con la aportación de nuevos elementos para el esclarecimiento de los hechos que
no se tenían contemplados, lo que se relaciona con los derechos fundamentales previstos
en los artículos 20, apartado C, fracción II, de
la Constitución Federal, 109, fracciones, XIV,
y XVII del Código Nacional de Procedimientos
Penales, relativos a que tiene derecho a coadyuvar con el Ministerio Público y a que se
le reciban aquellos elementos pertinentes con
los que cuente para el esclarecimiento de los
hechos.
Desde luego, se considera que tal acto (negativa de acceder a la carpeta) puede ocasionar
una paralización o suspensión de la investi-

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gación, porque al negar el acceso, en consecuencia, se priva a la víctima u ofendido de la
posibilidad de aportar información o solicitar
actos de investigación para esclarecer los hechos, situación que hace probable que el material probatorio que obra en la carpeta no sea
suficiente para esclarecer los hechos y, por
tanto, el Ministerio Público estará en posibilidad de emitir una resolución que actualice algunos de los efectos que dan lugar al recurso
innominado (paralizar, suspender o terminar).

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cedimientos Penales, pues este acto traería,
indirectamente, una privación de ofrecimiento
probatorio que a la postre puede conllevar a
la paralización, suspensión o terminación de
la investigación, de ahí que sí sea factible su
impugnación a través del referido recurso.

Rescata sentido el hecho de que el Juez de
Control, como garante de los derechos fundamentales de las partes en la etapa de investigación, respecto de los actos de acción
y omisión del Ministerio Público, resuelva vía
Para ilustrar ello, se menciona el ejemplo si- impugnación por medio del expresado recurso
guiente: El Ministerio Público realiza una in- innominado, las decisiones de la índole que
vestigación de un hecho con características motivó la jurisprudencia de la Primera Sala,
de robo cometido en perjuicio de la Víctima como es la negativa al acceso de la carpeta
X. Esta última acude a la Unidad de Investi- de investigación.
gación para imponerse de las últimas actuaciones recabadas por la policía, en particular, Por otro lado, debe mencionarse que, en la
algunas entrevistas y la recolección de fichas jurisprudencia analizada se sostiene que la
administrativas de personas con característi- petición de acceso y su negativa se constricas similares a los sujetos que cometieron el ñe bajo una pretensión apegada al derecho a
ilícito. La Representación Social, por determi- una defensa y de acceso a la justicia, ambos
nada razón, niega el acceso a la carpeta. Lo de índole constitucional. Lo anterior, direcciorelevante es que, con la información recolec- na que es impugnable directamente con el
tada por la policía, la Víctima X podía apor- Juez Federal, por involucrar derechos constar mayores datos e incluso identificar a sus titucionales.
agresores, si se le diera acceso a la carpeta
(imponerse de su contenido y ofrecer actos de No obstante, de ninguna manera puede admiinvestigación), pero al no hacérselo, se puede tirse que no es impugnable ante el Juez de Conocasionar la suspensión o paralización de la trol, pues, como ya se indicó éste último tiene
investigación.
el deber de asegurar y garantizar los derechos
fundamentales de las partes, vigilando que
En consecuencia, es evidente que, conforme las conductas de la Representación Social
la doctrina que la propia Primera Sala generó se encuentren dentro de los parámetros de
previo a la jurisprudencia materia de la pre- legalidad.
sente crítica, la negativa de acceder a la investigación es susceptible de impugnación Sostener lo contrario, conllevaría a desnatumediante el recurso innominado regulado en ralizar diversas figuras y principios del modeel artículo 258 del Código Nacional de Pro- lo acusatorio, entre ellos, el principio de conChristian David Garza Lomas y Edwin Horacio Gracia Elizondo

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tinuidad, el control judicial y la figura del Juez
de Garantía o de Control. Y se perdería de
vista que la Constitución Federal, en su artículo 20, inciso C, fracción, VII, dispone que
las víctimas u ofendidos cuentan con el derecho de impugnar ante la autoridad judicial las
omisiones del Ministerio Público o aquellas
que determinen la suspensión del procedimiento cuando no se garantice la reparación
del daño.
Adicionalmente, haría nulo el ejercicio del derecho de acceso a la justicia contemplado en
el artículo 10 de la Ley General de Víctimas,
consistente en la oportunidad de contar con
un recurso judicial que garantice conocer la
verdad de los hechos y que la Fiscalía realice una investigación inmediata, exhaustiva y
diligente.

En tal virtud, con la jurisprudencia que motiva
esta crítica no se garantizan los derechos de
las víctimas y ofendidos, al pasar por alto que
esa negativa de acceso sí trae como consecuencia efectos suspensivos o de finalización
de la investigación, cortando con ello la oportunidad de acudir ante el Juez de Control y
desnaturalizar las figuras, reglas, principios y
alcances del Modelo Procesal Penal Acusatorio; aunado a que generará un retraso en los
procedimientos penales, al imponer la necesidad de acudir ante un Juez Federal.
REFLEXIONES FINALES

La jurisprudencia que derivó la contradicción
de tesis (criterios) motivo de la presente crítica, pasa por alto la doctrina que anteriormente generó esa misma Sala con el recurso
innominado previsto en el artículo 258 del
Otro aspecto relevante, recae en que acudir Código Nacional de Procedimientos Penaa la instancia federal provocaría un retraso les, porque, a pesar de que sostuvo que este
procesal considerable en perjuicio de las víc- recurso podría interponerse contra actos y
timas y ofendidos, pues tomando en cuenta omisiones que conlleven a los efectos de palas reglas de definitividad y el procedimiento ralizar, suspender o terminar la investigación,
del juicio de amparo, así como la carga laboral con este precedente, excluyó la oportunidad
que impera en los órganos federales, la praxis de inconformarse con un acto que puede acnos ha demostrado que la resolución de los tualizar, de forma indirecta, los efectos que
casos se efectúa en un periodo de seis meses son motivo de análisis de ese recurso.
hasta un año.
En efecto, hace nulo el ejercicio de diversos
Ese retraso, incluso, fue reconocido y recha- derechos, especialmente, al derecho que
zado por la Primera Sala, al resolver la contra- tienen las víctimas de acceder a la justicia
dicción de tesis (criterios) 233/2017, pero tal y de contar con un recurso que garantice
pareciera que lo ignoró en esta jurisprudencia, conocer la verdad de los hechos y que la
generando un criterio que ocasionará demo- Fiscalía realice una investigación, inmeras en los procedimientos penales en perjuicio diata, exhaustiva y diligente; dado que de
de las víctimas y, por ende, que sus derechos un análisis integral del Código Nacional de
no se hagan valer de forma expedita.
Procedimientos Penales se trata del recurso
que busca revisar la conducta del Ministerio
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Público para salvaguardar los derechos de
los intervinientes.

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Carbonell, Miguel. Los juicios orales en México, 3ª. ed., Porrúa - UNAM- Renace, México,, 2011
Contradicción de tesis (criterios) 34/2021, emitida por la Pri-

El criterio en cuestión abrió la puerta para reclamar la negativa de acceso con un Juez Federal, desnaturalizando la figura del Juez de
Control como aquella autoridad que garantiza
y vigila el respeto de los derechos, así como
el control de las decisiones o comportamientos del Ministerio Público; y también, para generar un retraso procesal en perjuicio de las
víctimas y ofendidos, tomando en cuenta las
reglas y el procedimiento del juicio de amparo,
así como la carga laboral que impera en los
órganos federales.

mera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
en fecha 23 de junio de 2021. Consultable en: https://
www2.scjn.gob.mx/ConsultaTematica/PaginasPub/DetallePub.aspx?AsuntoID=279452
Contradicción de tesis (criterios) 233/2017, emitida por la
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fecha 18 de abril de 2028. Consultable en: https://
www2.scjn.gob.mx/ConsultaTematica/PaginasPub/DetallePub.aspx?AsuntoID=218834
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Código Nacional de Procedimientos Penales
Ley General de Víctimas

Por tales razones, la decisión más adecuada
tanto para la protección de los derechos de las
víctimas y ofendidos, como para los alcances
del Modelo Procesal Penal Acusatorio, consistía en que la Primera Sala sostuviera que la
negativa de acceso a la carpeta sí podía impugnarse a través del recurso innominado, al
derivar una privación probatoria que a la postre, de forma indirecta, conlleva la paralización,
suspensión o terminación de la investigación.
REFERENCIAS
Guillén López, Germán. La investigación criminal en el sistema penal acusatorio. Universidad Nacional Autónoma de
México e Instituto de Investigaciones Jurídicas, México,
2018
Castillo Garrido, Salvador. Los jueces de control en el sistema
acusatorio en México, Universidad Nacional Autónoma de
México e Instituto de Investigaciones Jurídicas, México,
2018
Benavente Chorres, Hesbert. Guía para el estudiante del proceso penal acusatorio y Oral. Flores Editor y Distribuidor.
México, 2011
Christian David Garza Lomas y Edwin Horacio Gracia Elizondo

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�Fotografía “Plenitud” por Daniel Vázquez Azamar

Reseña

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e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
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Oscar Guillermo Barreto Nova (Escuela Federal de Formación Judicial)
Elementos esenciales de la dogmática de los derechos fundamentales. pp. 196-201. Fecha de publicación en línea: 31 de julio del
2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos Vol. 2 Núm. 3, Julio-Diciembre 2022, es una publicación semestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo
León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología. Dirección de
la publicación: Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San
Nicolás de los Garza, Nuevo León, México. desafiosjuridicos.uanl.mx,desafiosjuridicos@uanl.mx. Editora responsable: Dra. Amalia Guillén
Gaytán, Facultad de Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo núm. 04-2022-041510211500-102. ISSN 2954-453X,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología, Av. Universidad s/n, Cd. Universitaria, C.P., 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
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Elementos esenciales de la dogmática de los
derechos fundamentales.
Martin Borowski. Tirant lo Blanch 2022. 479 páginas.

Fecha de publicación en línea: 31 de julio del 2022

Por: Oscar Guillermo Barreto Nova*

* Escuela Federal de Formación Judicial

I. INTRODUCCIÓN.
En la historia de la humanidad existen libros
cuyas páginas narran acontecimientos de natualeza épica en donde los protagonistas logran grandes hazañas. Por poner ejemplos
tenemos a la Ilíada y la Odísea o las cabalgatas del Quijote narradas por Saavedra, así
mismo, el propio pensamiento humano ha
sido actor de importantes narrativas como lo
escribio Kant en sus tres críticas o Hegel en
la Fenomenología del Espiritú, esos textos
son obras monumentales en sus respectivas
áreas. Por lo que hace a la ciencia jurídica,
hay obras que hasta hoy en día se siguen
referenciando para explicar el fenomeno jurídico. Basta recordar textos de autores como
Kelsen, Hart, Dworkin, Alexy entre muchos
otros nombres.
Bajo esta idea, el libro del profesor Borowski,
bien pueden considerarse dentro de aquellas
* Licenciado en Derecho con Especialidad en Derechos Humanos y Maestría en Derecho todos por la Facultad de Estudios
Superiores Acatlán de la Universidad Nacional Autonóma de México, actualmente laborando en la Escuela Federal de Formación Judicial.

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obras cuya lectura es indispensable para los
profesionales del derecho. Dentro de la ciencia jurídica el tratado que se reseña hace las
veces de un poema épico en donde la narrativa se centra en los derechos fundamentales
como actores principales.
En este grandioso viaje que presenta la
obra, el lector cuenta con una brújula que
resulta indispensable para no perderse, navegar y comprender la ruta de la obra, me
refiero al Estudio Introductorio de Arnulfo
Daniel Mateos Durán. En este apartado se
facilita al lector a través de un lenguaje sencillo, claro y concreto los conceptos e ideas
necesarias para tener un mapa sobre lo que
debe de esperar de la obra, por lo que la
persona que se inice en el libro podrá volver
las veces que estime necesario para entender la diversidad de temas tratados dentro
de la teoría que presenta la obra del profesor Borowski.
En las siguientes líneas se presentará una
reseña por capítulos que componen el libro
titulado Elementos escenciales de la dogmática de los derechos fundamentales. Lo anterior, se realizará a través de ideas breves
que permitan reflejar – en la medida de lo
posible- el corazón del capítulo, con lo que
se espera detonar el interés en la lectura de
la obra.
Por último, se presentan algunas ideas del
suscrito a manera de consideraciones finales haciendo hincapié que cada lector podrá
identificar idea claves según se desempeñe
en el que hacer jurídico.

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II. RESEÑA POR CAPITULOS
En el protocolo del libro, el profesor Borowski
presenta las cuatro distinciones de los derechos fundamentales sobre las cuales se basa
su teoría, mismas qué serán útiles para el
lector al introducirse a las páginas que desarrollan los capítulos subsecuentes. Así
mismo, se podrá advertir como los derechos
fundamentales como entidades [cuasi] omnipresentes en el mundo, cuentan con distintas
categorías que se han conceptualizado para
su estudio, además, en este apartado el autor
distingue lo que a su consideración abona en
lo concerniente al lenguaje de los derechos.
En el capítulo Los principios como normas de
derecho fundamental, la obra aborda el tema
de los principios y su relación con los derechos fundamentales. Dicho tema es de suma
importancia puesto que en torno a este se entiende la teoría actual no solo a las normas de
derechos fundamentales, sino de la ponderación y la proporcionalidad de las restricciónes
a los derechos, por lo que entender la validez
y categrorías de los principios es obligatorio
para el jurista contemporáneo. Pues muchos
de los problemas emergentes a lo largo del
mundo tienen que ver con conceptos que en
este apartado se analizan.
En el capítulo El esquema de intervención-restriccón de la dogmática alemana de los derechos fundamentales, el autor es muy puntual
en el tema de la restricción a los derechos
fundamentales a trevés de una metodología
que consiste en identificar todos los conceptos inherentes a un tema tan importante como
lo es la intervención de los derechos. En este
sentido, este capítulo aborda los temas acer-

Elementos esenciales de la dogmática de los derechos fundamentales. Martin Borowski. PP. 196-201

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ca del ambito de protección; supuesto de hecho; proporcionalidad en sentido amplio, así
como la justificación constitucional de los derechos fundamentales a partir del control consitucional, cabe añadir, que de este concepto
se desprenden diversas aristas apartir de las
cuales el autor analiza el tema de la posibilidad de intervención, menoscabo limitación o
restricción de los derechos fundamentales.
En el capítulo La Marcha Triunfal de la proporcionalidad, el autor desmenuza el tema
de la proporcionalidad desde sus fibras más
profundas, es decir, desde su origen hasta su
actualidad, para mostrar los elementos que
componen la estructura de este método, así
mismo, se da cuenta del desarrollo en Alemania y su expansión en Europa, lo anterior, puede asimilarse a una visión desde la práctica,
no obstante, el autor no se queda solamente
en esa dimensión, pues también aborda aristas de tipo filosófico-jurídicas, así como desde
la ciencia del derecho inherentes al tema de la
proporcionalidad. Por lo que el lector dispone
de diversos ángulos para acercarse al estudio
y comprensión de este método que se ha consolidado para resolver conflictos de derechos
en los tribunales de la mayoría de los países.
Los dos siguientes apartados pueden leerse en conjunto como si fuerán la continuidad
uno del otro, pues abordan lo concerniente al
tema de los derechos fundamentales. En este
sentido, La distinción de los derechos fundamentales y Derechos Fundamentales de prestación, muestra dos dicotomías por conocer.
En primer lugar, la distinción entre derechos
de defensa y derechos de prestación, lo anterior, a partir de diversas distinciones como
lo son: la material y la formal. En segundo lu-

gar, el autor estudia el tema de los derechos
de igualdad, desde sus distinciones con los
derechos de prestación y con los derechos
fundamentales de defensa. Cabe señalar que
estos apartados cuentan con un arsenal conceptual que permite tener una lectura actualizada de la teoría del supuesto de hecho, los
derechos subjetivos y la limitación de los derechos. Lo que resulta útil para postulantes y
jueces en virtud de las demandas la sociead
contemporánea.
En el capítulo Sujetos de la interpretación
constitucional, el autor da respuesta a diversas interrogantes en torno a los interpretes
de la Constitución. Para llevar a cabo lo anterior, en este apartado, da inicio con nociones sobre interpretación constitucional, para
después enfocar su estudio a los interpretes
de la Constitución como el Tribunal Constitucional y el Poder legislativo, sin embargo, resulta interesante que una porción del estudio
es dedicado a los particulares como parte del
tema de los interpretes constitucionales, situación que no es muy común en los estudios
sobre interpretación constitucional, por lo qué
el lector podrá encontrar una análisis bastante
redondo sobre el tema.
En capítulo El control limitado en la poderación de derechos fundamentales, es uno de
los apartados más amplios del libro y quizá
uno de los más complejos. Por principio, el
autor refleja la importancia de la proporcionalidad y analiza sus elementos. No obstante, el
tema corazón de este apartado es el control
limitado en la ponderación, por lo que el autor
explica las características del control limitado
en la poderación de derechos fundamentales
en sede nacional como en sede internacional,

Oscar Guillermo Barreto Nova

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Desafíos Jurídicos

por otro lado, identifica la distinción entre la
ponderación, la subsunción y la relación con
el control limitado, para después analizar la
fórmula del peso propuesta por Alexy y por
último explica los tres modelos de reconstrucción de los principios formales, lo que deja ver
el amplio conocimiento y la producción teórica
del autor.
En el capítulo La Drittwirkung de los derechos
fundamentales, el autor explica esta doctrina. La cuál lleva el plano de los efectos de
los derechos fundamentales al terreno de los
particualares, para lo anterior, parte desde su
conceptualización y definición para después
desarrollar el apartado a partir de tres interrogantes que le darán claridad al lector sobre el
tema de la eficacia horizontal de los derechos,
aunado a un estudio comparativo de esta doctrina.
En el capítulo La teoria del discurso en el derecho internacional- Los derechos humanos
a través del discurso. El autor realiza un ejerecicio de clarificación conceptual respecto al
tema de los derechos fundamentales a partir
de diversas caracteristicas inherentes al discurso con el que a estos se les ha identificado,
posteriormente se presentan un panorama
general respecto a las ideas basicas dentro
de la teoría del discurso. Posteriormente, el
artículo introduce al lector a las premisas escenciales sobre la justificación de los derechos mediante la teoría del discurso. Por lo
que en dicho apartado, el autor se aparta de lo
estrictamente jurídico para abordar el tema de
los derechos fundamentales desde otra arista.
En el capítulo La reconstrucción jurídica de
Neil MacCormick de la Comunidad Europea,
la Soberanía y el pluralismo jurídico. El autor

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centra su análisis en la teoría de Neil MacCormick para abordar el tema de la reconstrucción juridica de la Comunidad Europea. Lo
anterior, lo realiza a partir de la introducción
de dos visiones: la europea y la nacional, para
despues presentar ideas sobre la relevancia
de este dilema. El apartado continua con el
análisis de la teoría de MacCormick sobre la
Post soberanía.
En el capítulo La Reconstrucciónde la supremacía normativa del derecho de la Unión Europea, análiza el tema de la supremacía normativa en Europa. Lo anterior a partir de dos
ejes conceptuales: Como expresión de una
superioridad formal y como primacía a partir de las constituciones de los Estados parte
de la Comunidad Europea. En este sentido el
autor aborda un tema de suma importancia
sobre el que aporta ideas concretas como lo
es la supremacía del derecho supranacional
frente al nacional y el papel del tribunal constitucional.
III. CONSIDERACIONES FINALES.
Las ideas que preceden estos párrafos pretenden despertar el interés y estudio de la
obra del profesor Martin Borowski. El lector
que se introduzca en las páginas del libro que
se reseña encontrará un acercamiento a una
mente lúcida, brillante y que posee una pluma
fina y además una forma de escribir a través
de una metodología bien estructurada que ha
apuntado sus esfuerzos a construir una teoría
sobre los derechos fundamentales.
Por otro lado, al entrar en las páginas de la
obra, el lector encontrará -como se dijo en los
párrafos iniciales- un viaje por la dogmática

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de los derechos fundamentales, cuya posible
objeción sea quizá que los textos que componen la obra del autor no hagan referencia
a hechos de latitudes diferentes a Europa o
el propio Estado Alemán, sin embargo, esta
objeción tal vez sea derribada en la medida
en que se avance en la lectura y comprensión
de los textos, pues en ellos se advierte una
gran cantidad de teoría jurídica contemporánea que permite dar luz a conceptos y métodos que en apareiencia lucen complejos y
difíciles de comprender, además, es posible
trasladar los análisis del autor a países donde
las problematicas en materia de derechos fundamentales son emergentes o no son del todo
claros, lo anterior, en virtud de que los textos
del profesor Borowski lejos de evidenciar problemas, como ya se dijo clarifican ideas y conceptos además de construir teoría jurídica actual, lo anterior, resulta notable para el avance
de la ciencia jurídica.

cuenta con una obra de dimensiones épicas
a la par de las grandes obras escritas fuera y
dentro de la ciencia jurídica que seguramente
se convertirá en un referente atemporal y que
servirá de estudio para generaciones presentes y futuras. Por lo que su traducción al español se debe de agradecer y aprovechar. ¡En
hora buena por el autor, traductores y editorial
por tan extraordinario trabajo!

Cabe señalar que la estructura del libro en
cuanto a su composión se da a través de artículos que fueron publicados de manera independiente, lo anterior, permite al lector afrontar la lectura de la forma tradicional o bien,
escoger el texto cuyo tema de su interés. No
obstante independientemente de la ruta que
se escoja para su lectura, existe plena seguridad de que la persona que se allegue a sus
páginas, va a encontrar como eje transversal
a los derechos fundamentales como protagonistas y a partir de ahí se pueden hallar temas
inherentes a ellos que gravitan como planetas
en un sistema solar.
Para finalizar, el juez, el legislador, el postulante y todo aquél que tenga interés en la
comprensión de los derechos fundamentales,
Oscar Guillermo Barreto Nova

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022
Desafíos Jurídicos es una publicación semestral de la Facultad de Derecho y Criminología
de la Universidad de Autónoma de Nuevo León. Contribuye al debate de las ideas en torno
al derecho y la interacción de temas jurídicos conjugados con otras disciplinas, fomenta el
diálogo, análisis y reflexión de los procesos sociales contemporáneos desde una perspectiva
que incluya una visión crítica tanto académica como científica en aras de acrecentar el conocimiento. Prioriza la publicación de artículos producto de investigación, escritos por autores
nacionales y extranjeros. Promueve vínculos dentro la comunidad de investigación social.
Está dirigido a investigadores sociales y en general, profesionales interesados en las áreas
sociales del conocimiento.

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                  <text>Desafíos Jurídicos es resultado de un esfuerzo de los investigadores de la Facultad de Derecho y Criminología de la Universidad de Autónoma de Nuevo León para generar un plataforma de difusión de ideas que contribuyan al debate en torno al Derecho y la interacción de temas jurídicos conjugados con otras disciplinas. Fomenta el diálogo, análisis y reflexión de los procesos sociales contemporáneos desde una perspectiva crítica en aras de aportar al conocimiento académico y científico. Se publica semestralmente de manera digital desde el 2021.</text>
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2022.
VOLUMEN
II, NO.2.
PUBLICACIÓN
SEMESTRAL
ENERO- JUNIO
- JUNIO
2022.
VOLUMEN
II, NO.2.
PUBLICACIÓN
SEMESTRAL

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Desafíos Jurídicos

Sobre la revista
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Revista de temas contemporáneos sobre
derecho, y sus conexiones en la vida cotidiana, Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022,
es una publicación semestral de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la
Facultad de Derecho y Criminología, editada en la Ciudad Universitaria, N.L, México. Con
dirección en Cd. Universitaria, Av. De los Rectores s/n, San Nicolás de los Garza, N.L. C.P.
66451, Página electrónica de la revista: http://desafiosjridicos.uanl.mx
Editora en jefe: Dra. Amalia Guillén Gaytán Reserva de Derechos al Uso Exclusivo del Título
Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, ISSN: en trámite ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de este número: Mtro. Juan Alonso
Martínez Arrieta.
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho aborda temas contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la vida cotidiana, tiene como propósito constituirse en un foro de
discusión académica que aborda la compleja, contradictoria y multicausal relación entre el
derecho y la vida social. Desafíos Jurídicos se inscribe en el debate académico nacional e
internacional en el ámbito de Derecho y su giro especial en las ciencias sociales e invita al
análisis de diversas prácticas sociales y formas de organización y acción política desde una
perspectiva multidisciplinaria que ponga énfasis en la defensa de los derechos y su aplicación. Los textos publicados incorporan métodos y problemas tratados desde el derecho, la
sociología, la ciencia política, la economía, los estudios urbanos, la geografía, los estudios
culturales, la antropología, la literatura y el feminismo, entre otros. Las opiniones expresadas
por los autores no reflejan la postura del comité editorial.
Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes
de la publicación sin previa autorización expresa de la revista.

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Desafíos Jurídicos

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Equipo Editorial
DIRECTORIO INSTITUCIONAL
RECTOR: DR. SANTOS GUZMÁN LÓPEZ
SECRETARIO GENERAL: DR. JUAN PAURA GARCIA
DIRECTOR DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGIA: MTRO. OSCAR P. LUGO
SERRATO
REVISTA DESAFÍOS JURÍDICOS
DIRECTORA: Dra. Amalia Guillén Gaytán
CORDINADOR: Dr. Mario Alberto García Martínez
CORDINADOR DEL NÚMERO: Mtro. Juan Alonso Martínez Arrieta
ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
ADMINISTRACIÓN DEL SITIO WEB: M.A. Daniel Vázquez Azamar
EDICIÓN TEXTUAL Y CORRECCIÓN DE ESTILO: María Alejandra Villagómez Sánchez
REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
COMITÉ EDITORIAL: Amalia Guillén Gaytán, Alberto Rojas Ríos, Alonso Martínez Arrieta,
David Emmanuel Castillo Martínez, Gina Jaqueline Prado Carrera, Humberto Sierra Porto,
José Luis Prado Maillard, Juan Ángel Salinas Garza, Julio Ortiz Gutiérrez, Lucio Pegoraro,
Luis Bustos, Luis Ferney, Mario Alberto García Martínez, Martha León Alonso, Mercedes
Iglesias Bárez, Michael Gustavo Núñez Torres, Mohammad H. Badii Zabeh, Rafael Estrada
Michel, Rodrigo Maldonado Corpus.
COMITÉ CONSULTIVO: Alicia Azzolini Bincas, Carlos Báez Silva, Carlos Ugo Santander,
Dealmy Delgadillo Guzmán, Edson Jesús Quindes James, Eloísa Quintera, Félix Guadalupe
Contreras Arguiropulos, Fernando Hernández Silva, Gabriela Carmona Ochoa, Héctor S.
Maldonado Pérez, Helio Iván Ayala Moreno, Hugo José Regalado Jacob, Joaquín Merino,
Juan Antonio Caballero Delgadillo, Livier Olivia Escamilla Galindo, Luis Gerardo Rodríguez
Lozano, Miguel Ángel Rivera López, Nancy Nelly González Sanmiguel.
FOTOGRAFIA DE LA PORTADA: M.A. Daniel Vazquez Azamar “En la otra ventanilla”
©2022

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Índice
ARTÍCULOS
10-31

32-55

La Iglesia Católica y la laicidad del Estado: Una convergencia necesaria
José Pablo Pedrazzi Cosio (Presbítero católico de la Arquidiócesis de México)
Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos de Carácter Civil y sus
Representación a través de la (Des)cortesía e Intensificación
María Eugenia Martínez Flores &amp; Martha Alicia Vela Gámez
(Universidad Autónoma de Nuevo León)

56-73

Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales
Armando Valencia Álvarez (Universidad Veracruzana)

74-89

La UANL y su compromiso social hacia la plena igualdad de las mujeres en
la ciencia y la investigación: logros, avances y desafíos
Aida Figueroa Bello (Universidad Autónoma de Nuevo León)

90-111

La capacidad jurídica del adulto mayor maduro
Ivonne Janeth Ixba Santiago &amp; Brenda Judith Sauceda Villeda
(Universidad Autónoma de Nuevo León.)
CRITICA JURISPRUDENCIAL

114-129 Urgencias en la regulación de fraccionamientos cerrados ante las lagunas y
antinomias en el marco jurídico mexicano
Karina Soto Canales (Universidad Autónoma de Nuevo León)
RESEÑA DEL LIBRO
132-137 Precedente judicial de Michael Taruffo
Guillermo Cienfuegos Galindo, Israel Mizraim Pérez Garza &amp; Edgar Alejandro
Márquez Alfaro (Universidad Autónoma de Nuevo León)

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Presentación
Desafíos Jurídicos es una revista editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León a
través de la Facultad de Derecho y Criminología que tiene como objetivo difundir la ciencia
jurídica de actualidad como elemento estructurador de baluartes jurídicos que fortalecen el
Estado de Derecho y la Cultura de la Legalidad.
La sinergia entre la revista Desafíos Jurídicos y el Doctorado en Derecho, el cual es reconocido como un programa de calidad por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; contribuye a generar productos científicos de alto nivel, tendentes a la consolidación y fusión de la
docencia con la investigación científica.
El aporte de investigadores de reconocimiento tanto nacional como internacional contribuye
a satisfacer las necesidades más acuciantes de las sociedades del siglo XXI en especial a
las referidas con la administración e impartición de la justicia.
La Facultad de Derecho y Criminología comprometida con la sociedad neolonesa y del país,
se enorgullece de contar con una revista científica de formato digital que sirva de plataforma
en el desarrollo y difusión de conocimiento de impacto social que permee en las estructuras
de la sociedad en el mejoramiento de todos los ciudadanos.
Desafíos Jurídicos afronta el reto de ser una de las revistas jurídicas más importantes de
Latinoamérica.
Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

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Desafíos Jurídicos

Editorial
La poli-cromática diversidad de interacciones en la sociedad, dan pauta a la visión multidisciplinar de nuestra revista, en la actualidad las divergencias son parte de nuestra cotidianidad,
la cual nos brinda la oportunidad de observar de una gama de situaciones a las que se cuestiona la efectividad y la eficacia del derecho, sin olvidar su pertinencia y actualidad.
En este escenario nuestros autores se enfocarán en un mosaico de nuestra obra de arte que
es la sociedad, un mural de colores multifacético y carismático para un análisis a profundidad. En las secciones de artículos, crítica legislativa y reseña de libro de las cuales destaca
comentar lo siguiente:
En nuestra primera entrega Pablo Pedrazzi en su artículo La Laicicidad y se sumerge en
una discusión filosófica mediante la teorización del principio de neutralidad del Estado con la
finalidad de salvaguardar la protección del Derecho Humano a la libertad Religiosa, Pedrazzi
efectúa una discusión valiosa contrastando en el caso del derecho mexicano, la similitud de
varias disposiciones del derecho canónico con las normas constitucionales y legales en vigor
en nuestro orden jurídico, que disfrutará el lector
En el artículo “Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos de Carácter Civil y sus
Representación a través de la (Des) cortesía e Intensificación” las autoras Eugenia Martínez
y Martha Vela realizan un acercamiento a las estrategias comunicativas utilizadas en las sentencias de materia civil, haciendo énfasis al rol que desempeñan cada una de las partes en
un conflicto, el lector podrá darse cuenta mediante la lectura de la utilización de estos medios
y de lo que se pretende con ellos.
Valencia Álvarez nos enriquece mediante una senda de los errores más comunes en la recolección de las evidencias de diversos medios informáticos, intenta llevar al lector de la mano
con sus operacionalización práctica y reflexiones jurídicas en un camino de actualidad y
practicidad, abonando con reflexiones y estrategias que serán de gran utilidad a los lectores.
En el artículo “La UANL y su compromiso social hacia la plena igualdad de las mujeres en la
ciencia y la investigación: logros, avances y desafíos” en el cual se observan las dinámicas
institucionales encaminadas a lograr y ponderar el proceso de igualdad de género, Aída Figueroa resalta el compromiso institucional que demuestra la UANL ante las mujeres para su
desarrollo y consolidación.
La capacidad del Adulto Mayor Maduro se manifiesta en una artículo que nos lleva a la
reflexión sobre los prejuicios legales y sociales entorno al envejecimiento, situándolo en la

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vulnerabilidad, en su publicación las autoras Ixba Santiago y Sauceda Villeda nos aproximan
a una visón del Bioderecho que es sumamente importante en la actualidad.
La revista en su crítica legislativa aborda el tema de los fraccionamientos cerrados, sus problemáticas jurídicas que desencadenan abusos en su operatividad, la autora Soto Canales
efectúa un análisis multidimensional del Derecho desde una esfera Federal, Estatal y Local.
Por último, nos presentan una reseña del libro Aspectos del Precedente Judicial del autor
Michele Taruffo por parte de los autores Cienfuegos, Pérez y Márquez los cuales ambicionan
sintetizar dicha obra de gran utilidad ante los cambios de la Corte.
Este número nos deja de reflexión cómo nuestras instituciones jurídicas deben tener la capacidad de evolucionar cuando las circunstancias así lo requieran, con la finalidad de brindar
una forma efectiva de acceso a la justicia en todas las conjugaciones del Derecho.
Amalia Guillén Gaytán
Enero 2022

�Fotografía Ilusión por Rostam B.G

Fotografía: “Ilusión” por Rostam B.G

Artículos

ARTÍCULOS

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Pablo José Pedrazzi Cosió (Secretario Ejecutivo de Relaciones Públicas en Conferencia del Episcopado Mexicano.)
La Laicidad desde la perspectiva Canónica. pp. 10-31 Fecha de
publicación en línea: 31 de enero del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Revista de temas
contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la vida cotidiana, Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, es una publicación semestral de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología, editada en la Ciudad Universitaria,
N.L, México. Con dirección en Cd. Universitaria, Av. De los Rectores
s/n, San Nicolás de los Garza, N.L. C.P. 66451, Página electrónica de
la revista: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/index.php/ds
Editora en jefe: Dra. Amalia Guillén Gaytán Reserva de Derechos al Uso Exclusivo del Título Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, ISSN: en trámite ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de
este número: Mtro. Juan Alonso Martínez Arrieta.
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho aborda temas contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la
vida cotidiana, tiene como propósito constituirse en un foro de discusión académica que aborda la compleja, contradictoria y multicausal relación entre el derecho y la vida social. Desafíos Jurídicos se inscribe en el debate académico nacional e internacional en el ámbito de Derecho y su giro especial en las ciencias sociales e invita al análisis de diversas
prácticas sociales y formas de organización y acción política desde una perspectiva multidisciplinaria que ponga énfasis
en la defensa de los derechos y su aplicación. Los textos publicados incorporan métodos y problemas tratados desde
el derecho, la sociología, la ciencia política, la economía, los estudios urbanos, la geografía, los estudios culturales, la
antropología, la literatura y el feminismo, entre otros. Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura
del comité editorial.
Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa
autorización expresa de la revista.
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SECRETARIO GENERAL: DR. JUAN PAURA GARCIA
DIRECTOR DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGIA: MTRO. OSCAR P. LUGO SERRATO
REVISTA DESAFÍOS JURÍDICOS
DIRECTORA: Dra. Amalia Guillén Gaytán
CORDINADOR: Dr. Mario Alberto García Martínez
CORDINADOR DEL NÚMERO: Mtro. Juan Alonso Martínez Arrieta
ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
ADMINISTRACIÓN DEL SITIO WEB: M.A. Daniel Vázquez Azamar
EDICIÓN TEXTUAL Y CORRECCIÓN DE ESTILO: María Alejandra Villagómez Sánchez
REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
PINTURA DE LA PORTADA: M.A. Daniel Vazquez Azamar “En la otra ventanilla” © 2022

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

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Desafíos Jurídicos

La iglesia católica y la laicidad del estado: una
convergencia necesariaa
The catholic church and the lay state: a necessary convergence

Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022.

Por: Jose Pablo Pedrazzi Cosio*b

*Episcopado Mexicano

Resumen. El presente estudio trata de desentrañar el origen cristiano de la laicidad y su actual
diálogo con el principio de neutralidad del Estado que es necesario para poder garantizar el
derecho humano de libertad religiosa. La posición que desde los años sesenta del siglo pasado adoptó la Iglesia Católica respecto a los derechos humanos y la laicidad la hacen tener
abundantes coincidencias con los aspectos fundamentales que comprende la laicidad contemporánea. Lo anterior se puede apreciar, en el caso del derecho mexicano, en la similitud de
varias disposiciones del derecho canónico con las normas constitucionales y legales en vigor
en nuestro orden jurídico.
Palabras clave: Laicidad, Derechos Humanos, Libertad Religiosa, Derecho Canónico, Derecho Mexicano
Abstract. This study tries to unravel the Christian origin of secularism and its current dialogue
with the principle of neutrality of the State that is necessary to guarantee the human right of
religious freedom. The position adopted by the Catholic Church since the sixties of the last century with respect to human rights and secularism makes it have abundant coincidences with the
fundamental aspects that contemporary secularism comprises. This can be seen, in the case
of Mexican law, in the similarity of several provisions of canon law with the constitutional and
legal norms in force in our legal order.
Keywords: Secularism, Human rights, Religious Freedom, Canon Law, Mexican Law
a Investigación derivada del seminario “Laicidad y elecciones” organizado por la Escuela Judicial del TEPJF. La línea de investigación es sobre libertad religiosa y sociedad democrática. Fecha de terminación: 9 de diciembre de 2021.
b Presbítero católico de la Arquidiócesis de México. Maestro en derecho constitucional por la Escuela Libre de Derecho. Línea
de investigación: derechos humanos en perspectiva comparada; derecho de libertad religiosa. Dirección electrónica: pedrazzi582@gmail.com

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I. A MANERA DE INTRODUCCIÓN.
El término laicidad no ha sido utilizado por la
Iglesia católica debido a la connotación negativa que ha tenido al haber derivado en muchos
casos en laicismo, es decir, en una apreciación negativa del fenómeno religioso. También
importa el origen francés del término que hace
difícil su traducción precisa a otras lenguas
como el inglés. La palabra inglesa traducida
por secularismo se acerca a lo que sucede en
varias sociedades europeas en las que se fue
afinando cada vez más la protección de la libertad religiosa, aunque continuaran los vínculos institucionales fuertes entre el Estado y
las iglesias tradicionales, incluso, como sucede aún en varios países de tradición protestante, con una Iglesia de Estado. La laicidad en
su génesis y desarrollo histórico corresponde
más a una sociedad como la francesa o la turca, esta última después de las leyes kemalistas, en la que existió un decisivo esfuerzo por
desvincular completamente al Estado de cualquier influjo de tipo religioso y establecer una
desconfesionalización de la estructura estatal.
Por eso, como bien lo hace ver Víctor J. Vázquez, a propósito del caso europeo, el Tribunal
de Estrasburgo -con una amplia jurisprudencia
en el ámbito religioso- no puede apelar al término laicidad en su sentido estricto porque significaría negar la realidad de muchos Estados
europeos en los que no existe una realidad tan
tajante como en Francia o Turquía.1 Por eso,

es mejor, como lo hace el Tribunal Europeo hablar de “neutralidad del Estado” en su relación
con las confesiones religiosas porque, al final,
esté o no contenido como un principio expresamente señalado en las constituciones, es la
condición necesaria para la protección efectiva
de la libertad religiosa y de la misma sociedad
democrática. El principio de neutralidad del
Estado puede abrazar otros términos: aconfesionalidad, laicidad. La Iglesia católica, que se
hace presente en muchos países, se adapta
a las condiciones constitucionales y legales,
por lo que tampoco puede asumir un término
que no equivale a lo mismo en todos los Estados o que ni siquiera se conoce como tal. Sin
embargo, los presupuestos y elementos que
componen la neutralidad estatal, sí han sido
asumidos y reflexionados por la Iglesia como
lo demostraremos en lo que seguirá. Lo que es
claro es que la neutralidad estatal frente a las
confesiones religiosas se opone tanto al laicismo hostil como al confesionalismo religioso
intolerante. Los grados de neutralidad varían
mucho de un Estado a otro, pudiendo ser principalmente de dos clases: estricta o cerrada,
en la que se acentúa la separación del Estado
con las iglesias y no se presenta la colaboración institucional; y abierta o positiva en la que
constitucional y prohibición del velo islámico en los espacios
públicos” en Id. Madrid-México. Fontamara. 2016, pp. 27-29.
Por ejemplo, el artículo 2 de la Constitución turca señala: “La
República de Turquía es un Estado de derecho democrático,
laico y social, respetuoso de los derechos del hombre en un

1  Vázquez, Víctor J. “Relaciones Iglesia-Estado en la juris-

espíritu de paz social, de solidaridad nacional y de justicia,

prudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”

vinculado al nacionalismo de Atatürk y que reposa sobre los

en: Isotomía. Revista Internacional de Teoría Política y Ju-

principios fundamentales enunciados en el preámbulo”. Véa-

rídica. Número 3. México. Universidad Autónoma de Nuevo

se TEDH. Gran Sala. Sentencia del 13 de febrero de 2003.

León. Octubre 2010, p. 95. También es útil para el tema de

Refah Partisi (The Welfare Party) v. Turkey, párr. 45 en http://

la neutralidad el texto de Aláez Corral, Benito. “Democracia

hudoc.echr.coe.int/eng?i=001-60936 (11 de febrero de 2021).

La iglesia católica y la laicidad del estado: una convergencia necesaria. PP. 10-31

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Desafíos Jurídicos

se mantiene la separación; pero se acentúa el
valor de las religiones para la sociedad y se
puede dar la colaboración institucional. Hecha
esta aclaración terminológica, lo que la Iglesia
entiende por laicidad corresponde a una neutralidad activa, positiva, asumida en varios países de Europa y América Latina.

Francia, durante su visita a Paris en septiembre de 2008:

Numerosas personas, también aquí en Francia, se han detenido para reflexionar acerca
de las relaciones de la Iglesia con el Estado.
Ciertamente, en torno a las relaciones entre
campo político y campo religioso, Cristo ya
Veremos, a continuación, cómo en sus oríge- ofreció el criterio para encontrar una justa
nes el cristianismo pugnó por una laicidad y solución a este problema al responder a una
estuvo contra cualquier confesionalismo de pregunta que le hicieron afirmando: “Dad al
Estado. Después analizaremos los presu- César lo que es del César y a Dios lo que es
puestos o condiciones para que exista la lai- de Dios” (Mc 12,17).3
cidad y poder definir qué clase de laicidad o
neutralidad sostiene la Iglesia católica. Final- Curiosamente, la gran batalla librada por el
mente, en el último apartado, analizaremos la cristianismo en los primeros cuatro siglos de su
correspondencia de algunos cánones del de- existencia se trabó contra una religiosidad cenrecho canónico con las disposiciones aplica- trada en la persona del César que pretendía
bles en el derecho mexicano vigente.
divinizar el ámbito político-potestativo. Asimismo, como sostiene José Antonio Pérez Tapias:
II. ORÍGENES CRISTIANOS DE LA
LAICIDAD
El mismo proceso de secularización vivido en Occidente se debe en gran meNo pocos autores sostienen que la laicidad tiedida al cristianismo, con raíces tanto en
ne un origen cristiano por paradójico que esto
el desencantamiento de la naturaleza
pueda parecer. Como asienta Andrés Ollero:
como en la desacralización de las instituciones, reverso de la trascendencia del
El «dad al césar que es del césar y a
Dios de un monoteísmo judeocristiano.4
Dios lo que es de Dios» surge innovadoramente en un contexto generalizado de El creacionismo cristiano implica la existencia
fusión de lo político con lo religioso, que del mundo como autónomo, con sus propias
generó no pocos mártires; empezando
por su autor.2
3 Benedicto XVI. Discurso en la ceremonia de bienvenida con las autoridades del Estado. Paris. 12 de septiem-

El mismo papa Benedicto XVI hacía ver lo
mismo, en su discurso ante al Presidente de

bre de 2008 en: http://www.vatican.va/content/benedict-xvi/
es/speeches/2008/september/documents/hf_ben-xvi_
spe_20080912_parigi-elysee.html (10 de octubre de 2021).

2  Ollero, Andrés. “Laicidad Positiva, igualdad consiguiente:

4

  Pérez Tapias, José Antonio. Del bienestar a la justicia. Apor-

diálogo sobre el artículo 16 de la Constitución española” en:

taciones para una ciudadanía intercultural. Madrid. Trotta.

Persona y Derecho. Vol. 77. Pamplona, España. 2017, p. 104.

2007, p. 305.

Jose Pablo Pedrazzi Cosio

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leyes y contradicciones intrínsecas que lo explican. En pocas palabras: aunque la realidad
creada tenga la impronta de su Hacedor, no
se identifica con él. Es más: el ser humano,
dotado de autonomía y libertad, tiene la capacidad intelectiva y racional de crear una segunda naturaleza o realidad cultural y, dentro
de ésta, el amplio mundo de las instituciones
políticas y jurídicas. Es claro, sin embargo,
que el contexto de la realidad moderna y el
surgimiento del protestantismo, así como del
liberalismo decimonónico, ocasionaron en
varios sectores católicos –no en todos- una
reacción que tendió a ver con sospecha los
movimientos libertarios y secularizadores tanto del siglo XIX como de la primera mitad del
siglo XX. Sin embargo, un eclipse no puede
marcar toda una historia: sería una injusticia
manifiesta. Es más, el largo camino iniciado
desde finales del medioevo y que terminó reivindicando la subjetividad humana se hizo en
sede cristiana y es responsable del perfeccionamiento de la noción de “derecho subjetivo”
sin la cual no podría haber surgido la idea de
los derechos humanos.5 Queda claro que mu-

chas de las formas de pensamiento y acción
de la laicidad moderna tienen su fundamento
en el ámbito cristiano.
Otro elemento que no podemos olvidar atiende al mismo fundador del camino llamado
después “cristianismo”: Jesús de Nazaret.
Más allá del dogma cristiano respecto a su
persona -persona divina hecha hombre-, Jesús aparece dentro del movimiento profético
de Israel e históricamente como un laico,6 es
decir, como perteneciente a las periferias: su
misión la realiza en su mayor parte en Galilea, al norte y por lo tanto, lejos de Jerusalén,
centro político y religioso del judaísmo. Jesús
fue un hombre que acabó reivindicando la dignidad humana por encima de cualquier poder
religioso o político: el sábado es para el hombre y no el hombre para el sábado. Su muerte,
desde el punto vista estrictamente histórico,
más allá del significado profundo que Jesús le
dio y que constituye el centro de la vida cristiana, se debió a una confabulación de intereses
1976, p. 35; Mauricio Beuchot. Derechos Humanos. Iuspositivismo y Iusnaturalismo. México. UNAM-Instituto de Investiga-

5  El surgimiento y desarrollo de la noción de derecho subje-

ciones Filosóficas. 1995, pp. 25-46.

tivo debe situarse en sus coordenadas históricas precisas.

6 Laico en el sentido de no pertenecer al sacerdocio judío

Como han mostrado varios estudiosos: Michael Villey, Car-

del templo, ni haber ejercido actos culturales en el templo,

los I. Massini, Javier Hervada y, en nuestro país, Mauricio

ni ser de la tribu de Leví que detentaba la misión cultual. En

Beuchot, el concepto va afinándose a partir del medioevo

este sentido, Jesús no fue un clérigo. Ahora bien, la Carta

tardío, especialmente desde Guillermo de Ockham y durante

a los Hebreos tiene como mensaje central el nuevo sacer-

la primera modernidad. Sin la idea de derecho subjetivo, no

docio de Jesucristo. Sin embargo, se refiere más bien a su

es posible hablar de derechos fundamentales. Michel Villey,

sacrificio que concluyó en su muerte en cruz y su posterior

por ejemplo, admite que en el Corpus Iuris justinianeo puede

resurrección que abre al hombre las posibilidades de la vida

hallarse una cierta noción subjetiva del derecho; pero sin que

eterna más allá de la muerte. Recuérdese que la Carta a los

ello signifique que los juristas romanos hubieran desarrolla-

Hebreos es un escrito que forma parte de los 27 libros que

do una idea clara del tema: es más se trataba de algo muy

integran el Nuevo Testamento y que se añade a los libros del

secundario. Vid. Villey, Michael. Orígenes en torno a la no-

Antiguo Testamento que comparten judíos y cristianos en lo

ción de derecho subjetivo. Valparaíso. Editorial Universitaria.

general.

La iglesia católica y la laicidad del estado: una convergencia necesaria. PP. 10-31

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políticos y religiosos. La vida profética y de
estudio profundo del mensaje cristiano no ha
dejado nunca de recalcar la desacralización
del poder político y el distanciamiento frente a
un poder religioso que coqueteé con los intereses mundanos.

en la visión de la vida pública y de la persona.
Obviamente la causa se debía a que se trataba de una reacción, es decir, de una resistencia a aceptar la propia realidad.

A medida que la secularización de las sociedades y los procesos democráticos fueron
Es cierto, sin embargo, que dentro de la his- ganando terreno, en parte, lo repetimos, a
toria del cristianismo en su natural proceso de las aportaciones del mismo cristianismo, fue
institucionalización y expansión, no solamen- obvio que el clericalismo se fuera radicalizante se compenetró con otras culturas fuertes do al punto de pactar con los poderes concomo fue el caso griego, sino que ha siem- servadores resistentes y querer imponer a la
pre conocido la tentación del clericalismo que sociedad valores y formas de comportamiensupone la existencia de un grupo selecto en to. El clericalismo, como anota José Antonio
el aparato institucional diferenciado del laico González Faus, ha tenido dos vertientes: una
que, como advierte Pérez Tapias: “… vinien- ha sido la que interesa aquí y que se traduce
do del griego laós para designar al pueblo de en el exceso de la influencia del clero en los
Dios pasó a referirse a los ‘legos’, esto es, a asuntos políticos. La otra, más sutil, sería la
los ‘sin poder’ en la institución eclesiástica”.7
intervención excesiva del clero en la vida del
pueblo de Dios, es decir, los laicos dentro de
El clero se convierte así en una élite de con- la Iglesia.9
trol hacia dentro, pero también que intenta hacerlo hacia fuera, terminado pactando: “Con Precisamente, los movimientos laicistas comlos poderes de este mundo, cuando no puede batirán este tipo de confesionalismo y, por
controlarlos o sobreponerse a ellos, para sal- ende, terminarán siendo “anticlericales”. Más
var sus intereses”.8 Obviamente no podemos adelante veremos cómo cierta laicidad derivó
mirar la historia del cristianismo en occiden- en laicismo, que constituye una visión discutite, ni la historia concreta de las instituciones ble que termina por intentar eliminar lo religioeclesiales con los anteojos del hombre ac- so en amplio sentido de la vida pública de las
tual: siempre será necesario la ardua labor de sociedades políticas. La laicidad ha adquirido
comprensión de las mentalidades pretéritas un carácter anticlerical en el sentido de evisi queremos acercarnos a la verdad histórica. tar un confesionalismo autoritario; pero no al
Sin embargo, el problema del clericalismo y grado de convertirse en antirreligiosa. Cuando
el confesionalismo realmente se agudizó a lo esto último sucede, pierde su carácter favolargo del siglo XIX y una parte del siglo XX recedor del ejercicio de libertades y deviene
cuando concluía una larga duración histórica
y se había manifestado un nuevo paradigma 9  González Faus, José Antonio. Herejías del catolicismo actual. Madrid. Trotta. 2013, pp. 105-106. Este autor también
7  Pérez Tapias, José Antonio, op.cit., p. 306.

pone de relieve el carácter de Jesús como laico y su talante

8  Idem.

anticlerical, id., pp. 109-110.
Jose Pablo Pedrazzi Cosio

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intolerante, al imponer una cosmovisión que
reprime ámbitos importantes de la persona
humana, como es el religioso y cuarta derechos fundamentales.
III. LOS FUNDAMENTOS DE LA LAICIDAD

na que acabará revalorando al individuo y sus
derechos subjetivos.10
Era necesario esta precisión porque el derecho canónico como tal no ofrece, salvo en
algunos cánones, mayor detalle sobre la postura actual del catolicismo respecto a la laicidad. Para contar con una visión al respecto
es necesario acudir a otros documentos de la
mayor jerarquía para la Iglesia: me refiero a
los documentos surgidos de los concilios y a
los documentos papales.

Antes de abordar la cuestión se hace necesaria una precisión. Ciertamente el título de
esta participación alude a la perspectiva canónica. Aquí debemos entender el orden jurídico
interno que rige a la Iglesia Católica en sus
diversos ámbitos: los derechos y deberes de
los fieles y clérigos, las instituciones de go- Después de la Segunda Guerra Mundial la
bierno, las personas jurídicas, los diversos sacramentos, los bienes, los delitos y sanciones, 10  El gran momento del derecho canónico coincidió con el
etcétera. Desde el punto de vista del amplio redescubrimiento del derecho romano a partir del siglo XII.
campo del derecho fundamental de libertad Igual que en la ciencia civil se comentaba y reinterpretaba el
religiosa, la dimensión colectiva implica el Corpus iuris civilis para poderlo volver un derecho vivo, en la
derecho que tienen las iglesias a contar con misma ciudad de Boloña, donde tuvo auge el trabajo jurisun régimen jurídico interno que el Estado no prudencial de la baja edad media, aparecen estudiosos que
puede cuestionar o intervenir, salvo en cier- buscarán ordenar y sistematizar el derecho canónico para
tas situaciones muy concretas. A esto se le poder servir de cimiento sólido en la construcción jurídica de
conoce como autonomía de las instituciones la Iglesia Católica. De esta manera, tanto en sede jurisprureligiosas. Sin embargo, por vocación y géne- dencial como en la misma sede de los Romanos Pontífices,
sis histórica, el derecho canónico nació como emerge lo que se conoce como: “derecho canónico clásico”.
un ordenamiento jurídico que tuvo una amplia La producción jurídica de los siglos XII al XIV constituirá el
connotación en la vida civil, dado que lo hizo denominado Corpus iuris canonici que, al igual que su par
en una Europa cristiana, en la que convivían civil, será por varios siglos el fundamento para hallar soluciodiversos ordenamientos jurídicos. Por eso, el nes equitativas a problemas históricos concretos. La Iglesia
desarrollo más notable del derecho canónico católica vio la necesidad de adaptar su propio ordenamiento
que corresponde a los siglos XIII y XIV influ- a las exigencias sistemáticas de la codificación moderna y, en
yó notablemente en el derecho civil como se consecuencia, se expidió el primer Código de Derecho Canópuede ver, por ejemplo, en la construcción de nico en 1917. Más tarde, a raíz de las reformas implementauna teoría jurídica sobre las personas morales das por el Concilio Vaticano II, se promulgó el actual Código
-que se distinguen de sus integrantes-, en el vigente desde 1983. Para conocer más sobre el proceso de
consensualismo contractual que defiende la formación del derecho canónico, puede verse en: Grossi,
manifestación de la voluntad de las partes por Paolo. El Orden Jurídico Medieval. Traducción de Francisco
encima de la forma estricta y, como ya señala- Tomás y Valiente. Madrid. Marcial Pons, Ediciones Jurídicas
mos, la reflexión sobre el concepto de perso- y Sociales. 1996, pp. 202-209.
La iglesia católica y la laicidad del estado: una convergencia necesaria. PP. 10-31

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Iglesia Católica, a través de distintas voces
autorizadas en el campo de la teología, la filosofía, la historia, la profecía y en su misma estructura de gobierno, tuvo que hacerse un serio cuestionamiento sobre su propia identidad,
sobre el mundo y la sociedad y sobre la manera de trasmitir su mensaje. En ese contexto, la
realización del Concilio Vaticano II entre 1962
y 1965 dio lugar a diversos textos que reafirmaron la original laicidad del cristianismo, sin
perder su propia identidad, ofreciendo una
postura también acerca de la libertad religiosa
como derecho inalienable de la persona humana. A partir de ese momento, en distintas
oportunidades, no se ha dejado de reflexionar
y replantear el tema de la laicidad, aunque no
lo mencione expresamente como tal. Veamos,
pues, algunos de los principales argumentos.

te fundado en la dignidad misma de la
persona humana, tal como se la conoce
por la palabra revelada de Dios y por la
misma razón natural. Este derecho de la
persona humana a la libertad religiosa
ha de ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad, de tal manera
que llegue a convertirse en un derecho
civil.11

Se comienza a entrever que el derecho humano de libertad religiosa deriva de la dignidad humana, es anterior obviamente a las
constituciones políticas de los Estados que
deben reconocerlo y garantizarlo. Nótese que
la necesidad de reconocer este derecho como
fundamental -civil en la terminología del documento- no era una petición extemporánea:
en 1965 aún no se contaba, por ejemplo, con
El documento más importante que la Iglesia el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
ha emitido sobre el tema y que constituyó una Políticos, ni con la Convención Americana de
auténtica bomba para muchos, incluso al día Derechos Humanos, aunado a que varios esde hoy, fue la Declaración Dignitatis Humanae tados no solamente no reconocían, sino que
del Concilio Vaticano II del año 1965. Es útil abiertamente perseguían o trataban de obstranscribir el segundo numeral:
taculizar la práctica religiosa, como acontecía
en el bloque socialista. Es también importante
Este Concilio Vaticano declara que la desde ahora, darse cuenta que antes de hapersona humana tiene derecho a la li- blar de laicidad, se habla de libertad religiosa.
bertad religiosa. Esta libertad consiste La laicidad existe en razón de la dignidad huen que todos los hombres han de estar mana y los derechos que derivan de ella y no
inmunes de coacción, tanto por parte de viceversa.
individuos como de grupos sociales y de
cualquier potestad humana, y esto de tal En otro numeral de la mayor relevancia, la Demanera que, en materia religiosa, ni se claración contempla el deber de protección del
obligue a nadie a obrar contra su conciencia, ni se le impida que actúe confor- 11 El texto de la Declaración está disponible en:
me a ella en privado y en público, sólo o http://www.vatican.va/archive/hist_councils/ii_vatican_counasociado con otros, dentro de los límites cil/documents/vatii_decl_19651207_dignitatis-humanae_
debidos. Declara, además, que el dere- sp.html (8 de octubre de 2021).
cho a la libertad religiosa está realmenJose Pablo Pedrazzi Cosio

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derecho de libertad religiosa que no descansa
únicamente en las autoridades civiles, sino en
los mismos ciudadanos. Nos parece de la mayor importancia lo anterior, porque descubre
algo que es relevante también en la praxis de
muchas cortes constitucionales y aún de tribunales internacionales de derechos humanos:
la vigencia de los derechos fundamentales y,
también del derecho de libertad religiosa, en
las relaciones entre particulares.12
Puesto que el bien común de la sociedad,
que es el conjunto de las condiciones de
la vida social mediante las cuales los
hombres pueden conseguir con mayor
plenitud y facilidad su propia perfección,
se asienta sobre todo en la observancia
de los derechos y deberes de la persona humana, la protección del derecho a
la libertad religiosa concierne a los ciudadanos, a las autoridades civiles, a la
Iglesia y demás comunidades religiosas,
según la índole peculiar de cada una de
ellas, teniendo en cuenta su respectiva
obligación para con el bien común.13

de ejercicio –individual y colectivo- de este
derecho fundamental. Por otra parte, cuando
habla de los derechos de las comunidades
religiosas, se lee una frase que será retomada posteriormente y que anticipa una visión
abierta de la laicidad y del espacio cívico de
las religiones:
Forma también parte de la libertad religiosa el que no se prohíba a las comunidades religiosas manifestar libremente
el valor peculiar de su doctrina para la
ordenación de la sociedad y para la vitalización de toda actividad humana.14
Este párrafo es de gran relevancia porque anticipa una laicidad que no se entiende como la
privatización de la esfera religiosa, sino que
sabe entender que las comunidades religiosas tienen también un ámbito social y público
que toca temas de interés público. Más adelante volveremos sobre esto.

Otro documento de la mayor importancia, producto también del Concilio Vaticano II, es la
Constitución Pastoral Gaudium et Spes, que
Aunque el tema de la laicidad no esté expre- versa sobre las relaciones entre la Iglesia y
samente definido en este documento, se deja el mundo actual y que comienza haciendo un
entrever que para la eficaz protección de la reconocimiento sorprendente de responsabilibertad religiosa, el Estado requiere ser neu- lidad de muchos cristianos en el surgimiento
tral frente a las diversas expresiones y formas del ateísmo en su diversas vertientes, por una
defectuosa transmisión del mensaje cristiano
12  El tema, a propósito del Convenio Europeo para la protec- o por una falta de testimonio del mismo. Esto
ción de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, tiene relevancia porque, precisamente, el clelo trato con cierta amplitud en mi trabajo: Los derechos fun- ricalismo en la forma como la hemos presendamentales frente a la libertad religiosa. Un recorrido por la tado y, por ende, el olvido de la laicidad en
jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. la misma génesis del cristianismo constituyó
una contradicción del mensaje cristiano origiMéxico. Tirant-lo Blanch. 2020, pp. 98-120.
13  Concilio Vaticano II. Declaración Dignitatis Humanae, número 6.

14 Ibidem, número 4.
La iglesia católica y la laicidad del estado: una convergencia necesaria. PP. 10-31

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nal. No hace daño transcribir este importante
pasaje:

No obstante, en el actual pontificado, el papa
Francisco ha hecho referencias frecuentes al
tema del clericalismo y sus consecuencias
También los creyentes tienen en esto para la vida de la Iglesia, lo que parece confirsu parte de responsabilidad. Porque el mar que estamos entrando en una etapa en la
ateísmo, considerado en su total integri- que se deberá efectuar una autocrítica mucho
dad, no es un fenómeno originario, sino más amplia y general que termine por asumir
un fenómeno derivado de varias causas, una responsabilidad eclesial. Así, para el acentre las que se debe contar también la tual Pontífice, refiriéndose al caso concreto de
reacción crítica contra las religiones, y, América Latina:
ciertamente en algunas zonas del mundo, sobre todo contra la religión cristiaNos hace bien recordar que la Iglesia
na. Por lo cual, en esta génesis del ateísno es una elite de los sacerdotes, de los
mo pueden tener parte no pequeña los
consagrados, de los obispos, sino que
propios creyentes, en cuanto que, con
todos formamos el Santo Pueblo fiel de
el descuido de la educación religiosa, o
Dios. Olvidarnos de esto acarrea varios
con la exposición inadecuada de la docriesgos y deformaciones tanto en nuestrina, o incluso con los defectos de su
tra propia vivencia personal como comuvida religiosa, moral y social, han velado
nitaria del ministerio que la Iglesia nos
más bien que revelado el genuino rostro
ha confiado.17
de Dios y de la religión.15
Y, concretamente, enfrentando el tema del cleA pesar de este reconocimiento decisivo por ricalismo, el Pontífice añade: “El clericalismo
parte de la Iglesia Católica, Pérez Tapias no se olvida que la visibilidad y la sacramentalidejaba de señalar que:
dad de la Iglesia pertenece a todo el Pueblo
de Dios… Y no solo a unos pocos elegidos e
Parece que aún está lejos de recono- iluminados”.18
cer análogamente su responsabilidad
en el anticlericalismo al que es tan sen- Otro aspecto fundamental que la Iglesia Casible, confundiéndolo indebidamente tólica aclaró con toda firmeza y que, aunque
con antirreligiosidad, tratándose de una como lo dijimos estuvo desde siempre en su
confusión inducida por la misma clerica- mensaje primordial fue la autonomía que tiene
lización que tiene incrustada en sus es- el mundo con sus propias leyes y exigencias
tructuras.16
17  Carta del Santo Padre al Cardenal Marc Ouellet, Presi15  Constitución Pastoral Gaudium et Spes, número 19 en

dente de la Pontificia Comisión para América Latina, 19 de

http://www.vatican.va/archive/hist_councils/ii_vatican_coun-

marzo de 2016 en: http://www.vatican.va/content/frances-

cil/documents/vatii_const_19651207_gaudium-et-spes_

co/es/letters/2016/documents/papafrancesco_20160319_

sp.html (8 de octubre de 2021).

pont-comm-america-latina.html (9 de octubre de 2021).

16  Pérez Tapias, José Antonio, op.cit., p. 308.

18  Idem.
Jose Pablo Pedrazzi Cosio

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y sobre el que hombre, tanto en lo individual
como en lo comunitario debe esforzarse por
mejorar. La autonomía de las realidades terrenas involucra también a la realidad cultural
dentro de la cual se encuentran las instituciones políticas. Como lo dijimos antes, uno de
los rasgos fundacionales del cristianismo fue
la desacralización del poder político y de la
propia realidad mundana. Reconocer que las
cosas no se hicieron solas sino que pueden
ser referidas en última instancia a un Creador,
no significa que no detenten autonomía, ni
que el ser humano no deba investigar y avanzar en su conocimiento sobre la realidad. Esto
mismo pasa con los sistemas políticos. Veamos el texto preciso:
Si por autonomía de la realidad se quiere decir que las cosas creadas y la sociedad misma gozan de propias leyes y valores, que el
hombre ha de descubrir, emplear y ordenar
poco a poco, es absolutamente legítima esta
exigencia de autonomía. No es sólo que la
reclamen imperiosamente los hombres de
nuestro tiempo. Es que además responde
a la voluntad del Creador. Pues, por la propia naturaleza de la creación, todas las cosas están dotadas de consistencia, verdad
y bondad propias y de un propio orden regulado, que el hombre debe respetar con el
reconocimiento de la metodología particular
de cada ciencia o arte. Por ello, la investigación metódica en todos los campos del saber, si está realizada de una forma auténticamente científica y conforme a las normas
morales, nunca será en realidad contraria a
la fe, porque las realidades profanas y las de
la fe tienen su origen en un mismo Dios. Más
aún, quien con perseverancia y humildad se
esfuerza por penetrar en los secretos de la

realidad, está llevado, aun sin saberlo, como
por la mano de Dios, quien, sosteniendo todas las cosas, da a todas ellas el ser. Son, a
este respecto, de deplorar ciertas actitudes
que, por no comprender bien el sentido de
la legítima autonomía de la ciencia, se han
dado algunas veces entre los propios cristianos; actitudes que, seguidas de agrias polémicas, indujeron a muchos a establecer una
oposición entre la ciencia y la fe.19
Texto preciso y precioso, porque descubre
un ámbito insospechado de posibilidades de
relación sana con la realidad que, sin estar
separada de Dios, no se identifica con Él. La
labor científica en todos los ámbitos y, dentro de ella, la gran ingeniería constitucional no
puede suponer que desde las verdades religiosas se pueda condicionar y definir absolutamente todo. En el caso del cristianismo, el
mandato del amor como ley suprema impulsa,
incluso, a un diálogo continuo entre fe y ciencia que pueden iluminar mutuamente su identidad y tarea. Por eso, todo confesionalismo
que pretenda uniformar la visión de la realidad e imponerla a la sociedad, queda proscrito. Lógicamente, no se tratará nunca de una
autonomía absoluta, sin ninguna referencia a
Dios, que ha dado a conocer la identidad del
hombre y su insuperable dignidad.
IV. ¿QUÉ LAICIDAD? LA RESPUESTA DEL
CATOLICISMO ACTUAL
En los años posteriores al Concilio, el estudio
del tema del derecho de libertad religiosa y de
las relaciones de la Iglesia y el mundo fue profundizado aún más, quedando resumido en
19  Constitución Pastoral Gaudium et Spes, número 36.

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dos grandes esfuerzos sintetizadores: el Catecismo Universal de la Iglesia Católica del año
1992 y el Compendio de Doctrina Social de la
Iglesia de 2004. Veamos este último.
Aunque no lo mencione expresamente, pero
sí de forma implícita, la laicidad existe para
asegurar, a su vez, un par de principios definitorios que son la base de toda sociedad democrática.
En primer lugar, la dignidad humana como
principio supremo y que el cristianismo eleva hasta afirmar sin cortapisas que todas las
personas humanas son hijas de Dios, es el
punto de partida de la existencia misma de la
comunidad política. En una afirmación bastante cercana a los planteamientos centrales
del Estado Constitucional de Derecho y a las
reflexiones de no pocos juristas y filósofos del
derecho sobre el fundamento de los derechos
humanos, el Compendio afirma:

satisfacción de las exigencias humanas
fundamentales.20
Para no salir de nuestra propia realidad nacional, Héctor Fix-Zamudio y Salvador Valencia
Carmona, al comentar la reforma constitucional de derechos humanos que introdujo un
nuevo paradigma en nuestro orden jurídico, a
partir del dictamen aprobado en la Cámara de
Diputados en diciembre de 2010, en coincidencia con otros dictámenes que habían sido aprobados en las cámaras del Congreso, advertían:
“La opinión coincidente de que los derechos
humanos son naturales e innatos al hombre”.21
En segundo lugar, el valor de la democracia
no solamente como sistema político o forma
de gobierno, sino como forma de vida comunitaria. A este respecto, conviene recordar que
la actitud de la Iglesia frente a la democracia,
en general, no ha sido negativa.
20 Pontificio Consejo Justicia y Paz. Compendio de Doctrina

Considerar a la persona humana como
fundamento y fin de la comunidad política significa trabajar, ante todo, por el reconocimiento y el respeto de su dignidad
mediante la tutela y la promoción de los
derechos fundamentales e inalienables
del hombre… En los derechos humanos
están condensadas las principales exigencias morales y jurídicas que deben
presidir la construcción de la comunidad
política. Estos constituyen una norma
objetiva que es el fundamento del derecho positivo y que no puede ser ignorada
por la comunidad política, porque la persona es, desde el punto de vista ontológico y como finalidad, anterior a aquélla:
el derecho positivo debe garantizar la

Social de la Iglesia. Ciudad del Vaticano, 2004, número 388
en:

http://www.vatican.va/roman_curia/pontifical_councils/

justpeace/documents/rc_pc_justpeace_doc_20060526_compendio-dott-soc_sp.html#PRESE (9 de octubre de 2020).
21  Fix-Zamudio, Héctor y Valencia Carmona, Salvador. Las
reformas en derechos humanos, procesos colectivos y amparo como nuevo paradigma constitucional. 3a. edición. México. Porrúa-UNAM. 2015, p. 3. Los autores citan el dictamen
aprobado en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de
2010 que señalaba que los derechos: “Son preexistentes al
Estado o a la norma fundamental y en consecuencia deben
ser reconocidos por la Constitución y en el caso de reforma
no podrán ser afectados por sus alcances”. Sobre el tema
del fundamento de los derechos humanos en autores como
Alexy, Dworkin, Ferrajoli y Nino, remito a mi estudio Los derechos fundamentales frente a la libertad religiosa… cit., nota
número 9, pp. 34-47.

Jose Pablo Pedrazzi Cosio

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Obviamente, como anotamos antes, la reacción católica, enmarcada dentro de la historia
de la Europa después de Napoleón, no tuvo
una actitud positiva ante la democracia; pero
como también dijimos, se trató de un contexto
histórico pasajero.

advierte cuando alerta contra una visión relativista de la democracia que le apueste simplemente a los dictados de una mayoría sin adherirse a una verdad sólida sobre la persona
humana y sus exigencias propias. Me parece
que es claro el nexo entre esta manera de ver
la realidad democrática con el concepto de
El Compendio señala sobre la vida democrá- democracia constitucional. El poder del puetica que:
blo para adoptar decisiones colectivas, ya sea
mediante formas de ejercicio directo, ya sea a
Una auténtica democracia no es sólo el través de formas de representación, es un poresultado de un respeto formal de las re- der limitado: “… por los derechos fundamenglas, sino que es el fruto de la acepta- tales sancionados por las constituciones que
ción convencida de los valores que ins- no pueden ser válidamente suprimidos, limipiran los procedimientos democráticos: tados o derogados por el mismo”.24 Aunque la
la dignidad de toda persona humana, el visión de Ferrajoli y de otros estudiosos tenga,
respeto de los derechos del hombre, la en mi opinión, diversos aspectos discutibles,
asunción del « bien común » como fin y lo importante está en la coincidencia sobre
criterio regulador de la vida política. Si las limitaciones del poder democrático; la difeno existe un consenso general sobre es- rencia es el fundamento: un mero positivismo
tos valores, se pierde el significado de la decisorio de un poder constituyente o una verdemocracia y se compromete su estabi- dad del hombre, creado a imagen de Dios que
lidad.22
no puede ser negada por ningún régimen autoritario, ni democrático. Sin embargo, como
Resalta el carácter vital de la democracia: no se desprende de estos textos, es importante
es solamente una formalidad, ni tampoco el buscar las coincidencias. Este es otro aspecto
mero ejercicio del derecho fundamental a las de la laicidad que analizaremos al final.
diversas instancias de participación política.
Supone un consenso social sobre valores sus- La separación entre las comunidades polítitanciales que son admitidos en las sociedades cas y la Iglesia es otro rasgo esencial que perdemocráticas actuales. Nadie dudaría que la mite entender cómo se comprende la laicidad
dignidad humana, los derechos humanos y el desde la Iglesia. En otro de los grandes posinterés público fundamentan aquello que Luigi tulados del Concilio Vaticano II, se afirma sin
Ferrajoli, por ejemplo, llama: “dimensión sus- cortapisas la necesidad de esta separación en
tancial de la democracia”.23 El Compendio lo las sociedades pluralistas:
22  Compendio de Doctrina Social… cit., número 407.
23  Ferrajoli, Luigi. Los fundamentos de los derechos funda-

Es de suma importancia, sobre todo allí donde
existe una sociedad pluralista, tener un recto

mentales. Edición de Antonio de Cabo. Madrid. Trotta. 2007,
p. 340.

24 Ibidem, pp. 343-344.
La iglesia católica y la laicidad del estado: una convergencia necesaria. PP. 10-31

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concepto de las relaciones entre la comunidad política y la Iglesia y distinguir netamente entre la acción que los cristianos, aislada
o asociadamente, llevan a cabo a título personal, como ciudadanos de acuerdo con su
conciencia cristiana, y la acción que realizan,
en nombre de la Iglesia, en comunión con sus
pastores.25
Interesante es la distinción entre la labor que
cada cristiano realiza en el mundo de acuerdo
con sus convicciones y la que pueden realizar
institucionalmente en nombre de la Iglesia y
en unión con sus pastores. La jurisprudencia
europea de la Corte de Estrasburgo, por ejemplo, ha sido muy cuidadosa en diferenciar la
protección de la libertad religiosa de cada persona en cuanto a que ésta actúa según sus
convicciones y en conciencia; de aquella otra
que corresponde a una actuación según las
normas estrictas mandadas por un credo reli25  Constitución Pastoral Guadium et spes… cit., número 76.
Las sociedades pluralistas, como su nombre lo deja ver, significan la presencia de diversas maneras o modos de pensar,
de ver la realidad en sus diversos contornos. En este sentido,
el reconocimiento y garantía efectiva del derecho humano de
libertad religiosa y libertad de pensamiento es esencial para
que pueda existir una sociedad así. El Tribunal Europeo de
Derechos Humanos lo ha reiterado muchísimas veces en la
basta jurisprudencia que posee respecto a la interpretación
del artículo 9 del Convenio Europeo que recoge este derecho

gioso y que deben compartir quienes conforman una iglesia o agrupación religiosa.
En otro párrafo de la mayor importancia, el
Concilio sostiene:
La comunidad política y la Iglesia son independientes y autónomas, cada una en
su propio terreno. Ambas, sin embargo,
aunque por diverso título, están al servicio de la vocación personal y social del
hombre. Este servicio lo realizarán con
tanta mayor eficacia, para bien de todos,
cuanto más sana y mejor sea la cooperación entre ellas, habida cuenta de las
circunstancias de lugar y tiempo.
26

Por paradójico que parezca, la reflexión de la
Iglesia Católica va más allá de varias tradiciones y órdenes jurídicos constitucionales que
aún conservan una Iglesia de Estado o que
reconocen una religión mayoritaria. La separación de competencias es esencial para que
la misma Iglesia mantenga su autoridad moral
y religiosa, lo que no es ápice para una colaboración institucional para el interés público.
De hecho, en diversos sistemas jurídicos se
prevé el principio de colaboración del Estado
y las iglesias, en el marco de sus respectivas
esferas de acción cuando existen temas en
común referentes al interés público y al mismo
favorecimiento del pluralismo.

fundamental. Su afirmación devenida un lugar común partió
desde la primera sentencia relevante directamente relacionada con la violación del artículo 9: “El pluralismo indisociable
para una socie¬dad democrática, el cual se ha ido conquistando con esfuerzo en el transcurso de los siglos depende

Respondiendo al discurso de bienvenida en
su visita oficial a Paris que le dirigió el entonces presidente francés, Nicolás Sarkozy, Benedicto XVI señalaba:

de esta libertad”. TEDH. Sentencia del 25 de mayo de 1993.
Kokkinakis v. Greece, párr. 31 en: http://hudoc.echr.coe.int/
eng?i=001-57827 (10 de octubre de 2021).

26  Constitución Pastoral Guadium et spes… cit., número 76.
Jose Pablo Pedrazzi Cosio

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Por otra parte, Usted, Señor Presidente,
utilizó la bella expresión “laicidad positiva” para designar esta comprensión más
abierta. En este momento histórico en el
que las culturas se entrecruzan cada vez
más entre ellas, estoy profundamente
convencido de que una nueva reflexión
sobre el significado auténtico y sobre la
importancia de la laicidad es cada vez
más necesaria. En efecto, es fundamental, por una parte, insistir en la distinción
entre el ámbito político y el religioso para
tutelar tanto la libertad religiosa de los
ciudadanos, como la responsabilidad
del Estado hacia ellos y, por otra parte,
adquirir una más clara conciencia de
las funciones insustituibles de la religión
para la formación de las conciencias y
de la contribución que puede aportar,
junto a otras instancias, para la creación
de un consenso ético de fondo en la sociedad.27
Comienza a delinearse un aspecto de notable
importancia: el lugar cívico de las religiones,
sobre todo de aquellas que tienen, como la
Iglesia católica, una muy visible estructura organizacional. Podemos anticipar que la Iglesia está claramente consciente y afirma con
firmeza que su espacio institucional no corresponde al espacio público político y menos en
un Estado Constitucional de Derecho.
El Compendio lo dice a su manera en estos
términos:
La Iglesia respeta la legítima autonomía
del orden democrático; pero no posee

título alguno para expresar preferencias
por una u otra solución institucional o
constitucional, ni tiene tampoco la tarea
de valorar los programas políticos, si no
es por sus implicaciones religiosas y morales.28
Ahora bien, la laicidad no equivale al laicismo.
Éste último, como advierte Pérez Tapias, pone
su mirada no en la erradicación de un confesionalismo religioso que pone en entredicho
una sociedad democrática e incluso pretende
limitar la libertad religiosa, tanto en su fuero
interno, como en sus formas externas de manifestación, sino en la erradicación misma de
la religión a la que ve con desprecio o como
una forma primitiva en el estadio evolutivo de
la humanidad, sin reconocer su relevancia y
aportes, aún para sociedades seculares.29 El
laicismo mira la realidad con ojos decimonónicos, propios del Estado liberal primigenio que
tuvo su aporte en la distinción entre la esfera
pública y privada, poniendo al Estado como
garante de la libertad individual para que los
individuos atomizados pudieran llevar a cabo
con seguridad jurídica sus diversas transacciones jurídicas y de mercado. Bajo esa clave, lo religioso se ubicaría en el armario del
espacio privado de cada individuo, sin tener
conexión con lo público estatal.
Sin embargo, una visión liberal de este tipo no
corresponde ya con las sociedades complejas y comunitarias de hoy, ni con la relevancia
que tienen los cuerpos intermedios. Incluso,
el constitucionalismo después de la Segunda Guerra, reconoce esta realidad plural. En
28 Compendio de doctrina social… cit., número 424.

27  Discurso de bienvenida…, cit.

29  Véase Pérez Tapias, José Antonio, op.cit., pp. 322-325.

La iglesia católica y la laicidad del estado: una convergencia necesaria. PP. 10-31

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nuestro continente sobresale la Constitución
colombiana vigente que en varios preceptos,
sobre todo, en lo conducente a la garantía de
los derechos económicos y sociales, es decir,
colectivos, involucra no sólo al Estado, sino
a la familia y la sociedad, entendida ésta, en
toda su pluralidad.30
La realidad social es compleja y no puede ser
ignorada por el Estado, ni siquiera en su deber de protección de los derechos humanos
en todas sus dimensiones. Por eso, no sirve
de mucho una separación tajante entre lo público y lo privado, aún menos para la plena garantía de la libertad religiosa. De esta forma,
podemos desdoblar el espacio público y el espacio privado, resultando así, por una parte,
el espacio público político y el espacio público
social; por la otra, el espacio privado comunitario y el espacio privado personal.

que tienen que ver con la cosa pública. Lo
relevante está en que comprendan siempre
que al salir su opinión de la estricta y cuidada
sala de lo privado comunitario, existe un espacio democrático plural en donde no cabe una
pretensión impositiva, ni absoluta y, como se
ve en varios casos de la amplia jurisprudencia europea, están expuestas y deben estar
conscientes de ello, al ejercicio de la libertad
de expresión que es especialmente protegida
cuando las opiniones vertidas son provocadoras, satíricas y aún molestas.

Bajo esta perspectiva, la postura de la Iglesia
congenia perfectamente con la laicidad: el espacio religioso no es el público político por las
razones esbozadas. Pero, el amplio campo
del espacio público social donde convergen
diversas entidades colectivas, con variados
objetivos e intereses, no queda cerrado para
las instituciones religiosas. Así, las organizaciones religiosas como entidades colectivas,
a través de sus representantes, sean o no
ministros, pueden ofrecer una opinión razonablemente fundada sobre aspectos que tienen

La negación del derecho a profesar públicamente la propia religión y a trabajar
para que las verdades de la fe inspiren
también la vida pública, tiene consecuencias negativas sobre el verdadero
desarrollo. La exclusión de la religión del
ámbito público, así como, el fundamentalismo religioso por otro lado, impiden
el encuentro entre las personas y su
colaboración para el progreso de la humanidad. La vida pública se empobrece
de motivaciones y la política adquiere un
aspecto opresor y agresivo. Se corre el
riesgo de que no se respeten los derechos humanos, bien porque se les priva de su fundamento trascendente, bien
porque no se reconoce la libertad personal. En el laicismo y en el fundamentalismo se pierde la posibilidad de un diálogo
fecundo y de una provechosa colabora-

30  Por ejemplo, el artículo 46 que se refiere a los derechos de
las personas de la tercera edad señala: “El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia
de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria”. https://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/Constitucion%20politica%20de%20
Colombia.pdf (11 de octubre de 2021).

En el espacio público social, Benedicto XVI
sitúa la presencia religiosa, con los límites
que hemos señalado. Su afirmación, como
veremos, resulta especialmente oportuna en
aquellas religiones que tienen una amplia vocación profética intramundana:

Jose Pablo Pedrazzi Cosio

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ción entre la razón y la fe religiosa. La razón necesita siempre ser purificada por
la fe, y esto vale también para la razón
política, que no debe creerse omnipotente. A su vez, la religión tiene siempre
necesidad de ser purificada por la razón
para mostrar su auténtico rostro humano. La ruptura de este diálogo comporta
un coste muy gravoso para el desarrollo
de la humanidad.31

encuentran dificultad para afianzarse,
perjudicando el auténtico desarrollo.32

Me parece que la interpretación que muchas
cortes constitucionales y, al menos, el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, han dado de
las disposiciones convencionales sobre el derecho de libertad religiosa alcanzan a visualizar que la protección efectiva del derecho
fundamental en cuestión involucra tanto lo público político –neutralidad del Estado-; lo púNo escapa a la reflexión católica y creo que blico social: proselitismo y enseñanza, incluso
ahí hay una notable coincidencia con la labor a través de los medios de comunicación; lo
de los Estados, organismos internacionales y privado comunitario: el derecho de asociación
tribunales internacionales, como son: la Corte con fines religiosos, la autonomía institucional
Interamericana y el Tribunal Europeo, el as- y las formas colectivas de manifestación; y lo
pecto negativo que pueden tener ciertas ex- privado personal: protección del fuero interno,
presiones religiosas que muchas veces cons- de la identidad religiosa y de las formas indivitituyen sectarismos o formas radicales dentro duales de manifestación religiosa.33
de los mismas instituciones religiosas. En la
jurisprudencia hay casos fallados con este
tipo de temas y que no son otra cosa sino las
32  Ibidem, número 55.
limitaciones válidas al derecho de libertad re33  Véase Pedrazzi Cosío, Pablo José, op.cit., sobre todo los
ligiosa. El mismo Benedicto XVI lo expresaba
capítulos III y IV donde trato con especial detenimiento vaasí:
rias sentencias que desarrollan los distintos elementos del

Al mismo tiempo, persisten a veces
parcelas culturales y religiosas que encasillan la sociedad en castas sociales
estáticas, en creencias mágicas que no
respetan la dignidad de la persona, en
actitudes de sumisión a fuerzas ocultas.
En esos contextos, el amor y la verdad

derecho fundamental de libertad religiosa y sus limitaciones.
A su modo, el artículo 24 constitucional, con sus tantas limitaciones reconoce tanto la dimensión pública, como privada
del derecho. Sin embargo, de conformidad con el artículo
1° constitucional, la esfera de protección se amplía cuando
aplicamos el artículo 12.1 de la Convención Americana de
Derechos Humanos en la que no cabe duda de la protección
del derecho de libertad religiosa en la amplia esfera pública
y privada: “Toda persona tiene derecho a la libertad de con-

31  Benedicto XVI. Carta Encíclica Caritas in veritate. Ciudad

ciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de con-

del Vaticano. 29 de junio de 2009. Número 56 en: http://www.

servar su religión o sus creencias, o de cambiar de religión o

vatican.va/content/benedictxvi/es/encyclicals/documents/

de creencias, así como la libertad de profesar y divulgar su

hf_benxvi_enc_20090629_caritas-in-veritate.html (12 de oc-

religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en

tubre de 2021).

público como en privado”.
La iglesia católica y la laicidad del estado: una convergencia necesaria. PP. 10-31

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Finalmente, en su más reciente intervención
magisterial, el papa Francisco ha reafirmado
la necesidad de lo religioso y los valores religiosos en la sociedad pluralista, en aras de
construir una justicia y fraternidad universales. Lo dice así:

las discusiones públicas con un lenguaje
religioso. Una cultura política liberal puede incluso aceptar que los ciudadanos
secularizados participen de los esfuerzos por traducir relevantes contribuciones del lenguaje religioso en un lenguaje
accesible al público.35

No puede admitirse que en el debate
público sólo tengan voz los poderosos y
los científicos. Debe haber un lugar para
la reflexión que procede de un trasfondo
religioso que recoge siglos de experiencia y de sabiduría. «Los textos religiosos
clásicos pueden ofrecer un significado
para todas las épocas, tienen una fuerza
motivadora», pero de hecho «son despreciados por la cortedad de vista de los
racionalismos».34

Por ejemplo, el amplio ámbito de la doctrina
social de la Iglesia en la que se abordan muchos temas que atienden al desarrollo integral
de los pueblos y las personas, es resultado de
una atenta reflexión sobre la realidad histórica
que busca, a partir de los valores evangélicos,
iluminar la vida económica, política, social y
cultural, sin sugerir expresamente procedimientos o soluciones científicas y técnicas;
pero aportando grandes directrices iluminadas no solamente por la Biblia u otros textos
Jürgen Habermas, desde hace tiempo, había religiosos, sino desde una ardua labor de enadvertido que lejos de desterrar el campo re- cuentro con las ciencias humanas que hacen
ligioso a las catacumbas de la conciencia y traducible su lenguaje y que está al servicio
práctica privadas, es necesario que tengan de los Estados, entidades intermedias y pervoz en el debate público, siempre que sepan sonas individuales.
ubicar su posición dentro de una sociedad
plural y democrática:
Con todo lo anterior, creemos hemos agotado
con cierta amplitud la visión católica acerca de
A los ciudadanos secularizados no les la laicidad, según las advertencias terminológiestá permitido, en el ejercicio de su pa- cas de la introducción. Dijimos que el derecho
pel como ciudadanos del Estado, negar canónico como tal no contiene mayores orienen principio una potencial verdad a las taciones sobre la amplitud del tema desarrollaimágenes religiosas del mundo, ni de ne- do aquí. Sin embargo, teniendo en cuenta que
gar a los conciudadanos creyentes el de- la postura católica coincide ampliamente con
recho de ofrecer la propia contribución a
35  Ratzinger Joseph y Jürgen Habermas. Etica, Religione e
34  Carta encíclica Fratelli tutti. Asís, Italia, 3 de octubre de

Stato Liberale. Trad. de Giulio Colombi y Omar Brino. Bres-

2020, número 275 en: http://www.vatican.va/content/frances-

cia, Italia. Morcelliana. 2004, p. 40. Existe edición castellana:

co/es/encyclicals/documents/papafrancesco_20201003_en-

Entre razón y religión. Dialéctica de la secularización. México.

ciclica-fratelli-tutti.html (12 de octubre de 2021).

Fondo de Cultura Económica. 2008.
Jose Pablo Pedrazzi Cosio

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una neutralidad o laicidad abierta o positiva,
en la que se acepta que no es posible ocupar
posiciones políticas, ni aspirar al poder político
a través de sus ministros, ni como institución
religiosa, nos parece necesario mostrar que los
pocos cánones que de alguna manera tocan
el tema lo hacen para garantizar jurídicamente
esta convicción tan clara.

cas para los clérigos en materia política contenidas en el Código de Derecho Canónico
vigente y algunas de las disposiciones relativas contenidas tanto en el artículo 130 de la
Constitución Política, como en el artículo 14
de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Nos parece necesario para saber
apreciar las coincidencias en el respeto a la
neutralidad religiosa del Estado. 36

V. LAS LIMITACIONES CANÓNICAS PARA
LOS CLÉRIGOS EN EL ESPACIO PÚBLICO
POLÍTICO
En esta última parte, efectuaremos un cuadro
comparativo entre las prohibiciones canóniDerecho canónico
Canon 285 § 3: “Les está
prohibido a los clérigos aceptar
aquellos cargos públicos, que
llevan consigo una participación
en el ejercicio de la potestad
civil”.

36  Código de Derecho Canónico en http://www.vatican.va/archive/ESL0020/__ P1B.HTM.

Derecho mexicano vigente
CPEUM. Artículo 130, inciso
d): “En los términos de la ley
reglamentaria, los ministros de
cultos no podrán desempeñar
cargos públicos”.
LARCP. Artículo 14: “No podrán
ser votados para puestos de
elección popular, ni podrán
desempeñar cargos públicos
superiores”.

Comentarios
La ley da a entender que se
trataría de cargos públicos
superiores en la jerarquía
administrativa. No se prohíbe
una contratación como
empleado burocrático o en
cargos de asesoría. La potestad
civil implica no sólo la función
de gobierno, sino también las
otras funciones estatales.

La iglesia católica y la laicidad del estado: una convergencia necesaria. PP. 10-31

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Canon 287 § 2: “No han de
participar activamente en
los partidos políticos ni en
la dirección de asociaciones
sindicales, a no ser que
según el juicio de la autoridad
eclesiástica competente,
lo exijan la defensa de los
derechos de la Iglesia o la
promoción del bien común”.

Desafíos Jurídicos

CPEUM Artículo 130, inciso
e): “Los ministros no podrán
asociarse con fines políticos ni
realizar proselitismo a favor o
en contra de candidato, partido
o asociación política alguna”.
LARCP Artículo 14: “Los
ciudadanos mexicanos que
ejerzan el ministerio de
cualquier culto, tienen derecho
al voto en los términos de la
legislación electoral aplicable.
No podrán ser votados para
puestos de elección popular”.

Finalmente, ciertas disposiciones en materia
de legislación electoral como las infracciones
establecidas en el artículo 455 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales relativas a la prohibición de inducción

La ley da a entender que se
trataría de cargos públicos
superiores en la jerarquía
administrativa. No se prohíbe
una contratación como
empleado burocrático o en
cargos de asesoría. La potestad
civil implica no sólo la función
de gobierno, sino también las
otras funciones estatales.
Se entiende que lo deseable es
que los clérigos no participen
en partidos políticos, salvo
excepciones que debe dar
la autoridad eclesiástica.
Obviamente sería en Estados
que no tengan la prohibición
constitucional como es el
caso mexicano. También debe
entenderse que al no militar en
partidos, tampoco se deben
presentar, sin licencia del
Superior, a cargos de elección
popular.
Incluso, aún en el caso de la
posibilidad de candidaturas
independientes, les estaría
prohibido por el canon 285 en
virtud de que los cargos de
elección implican el ejercicio
de una potestad civil, sea
legislativa, que administrativa.
El proselitismo, en el sentido
de “ganar prosélitos” es una
forma activa de participación
partidista. Nótese que el Código
de Derecho Canónico no se
limita a la asociación, sino a una
participación activa.

al abstención del voto, o al voto, o a la promoción de aportaciones económica en favor de
partido o candidato no contradicen el espíritu
del canon 287 porque, finalmente, se trata de
una participación activa en partidos políticos.

Jose Pablo Pedrazzi Cosio

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VI. CONCLUSIÓN.

BIBLIOGRAFÍA

La Iglesia Católica mantiene una actitud abierta respecto a la realidad plural y compleja que
vive el mundo. Sin poder renunciar a compartir
su mensaje íntegro que toca todas las aristas
fundamentales de la realidad humana - personal y comunitaria - ha sabido comprender
los signos de los tiempos actuales y, desde su
misma raíz, sostener la imperiosa necesidad
tanto de la autonomía del mundo, como del
rechazo de todo fundamentalismo religioso.
El valor incalculable de la dignidad humana
justifica el reconocimiento y protección de los
derechos humanos, entre los que destaca la
libertad religiosa. La laicidad positiva, abierta,
está al servicio de la efectiva protección de
los derechos humanos de todas las personas.
Por eso, las diversas manifestaciones religiosas de los individuos y colectividades enriquecen a la sociedad y reflejan su pluralidad. Una
visión cerrada y laicista sobre el fenómeno religioso nubla la democracia y, lo más grave,
puede lacerar la misma dignidad humana.

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Iglesia en el mundo actual. 7 de diciembre de 1965 en:
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La garantía plena de la libertad religiosa exige
que las instituciones religiosas y sus representantes se mantengan fuera del espacio público político: el derecho canónico confirma lo
anterior. Sin embargo, una auténtica sociedad
democrática, como queda de manifiesto, por
ejemplo, en la basta jurisprudencia del Tribunal
Europeo, no puede limitar al ámbito privado las
expresiones religiosas. El espacio público social es también un terreno para las religiones,
siempre y cuando acepten las condiciones del
juego plural y democrático. Lejos de significar
un deterioro de las condiciones democráticas,
pueden enriquecen las diversas formas de enfrentar los grandes problemas públicos.

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Isotomía. Revista Internacional de Teoría Política y Jurídica. Número 3. México. Universidad Autónoma de Nuevo
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Jose Pablo Pedrazzi Cosio

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María Eugenia Martínez Flores &amp; Martha Alicia Vela Gámez (Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Autónoma de Nuevo León.)
Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos de Carácter
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2022.
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Editora en jefe: Dra. Amalia Guillén Gaytán Reserva de Derechos al Uso Exclusivo del Título Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, ISSN: en trámite ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de
este número: Mtro. Juan Alonso Martínez Arrieta.
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho aborda temas contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la
vida cotidiana, tiene como propósito constituirse en un foro de discusión académica que aborda la compleja, contradictoria y multicausal relación entre el derecho y la vida social. Desafíos Jurídicos se inscribe en el debate académico nacional e internacional en el ámbito de Derecho y su giro especial en las ciencias sociales e invita al análisis de diversas
prácticas sociales y formas de organización y acción política desde una perspectiva multidisciplinaria que ponga énfasis
en la defensa de los derechos y su aplicación. Los textos publicados incorporan métodos y problemas tratados desde
el derecho, la sociología, la ciencia política, la economía, los estudios urbanos, la geografía, los estudios culturales, la
antropología, la literatura y el feminismo, entre otros. Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura
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REVISTA DESAFÍOS JURÍDICOS
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ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
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Desafíos Jurídicos

Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos
de Carácter Civil y sus Representación a través de
la (Des)cortesía e Intensificación
Analysis of Socio-pragmatic Categories in Legal Civil Texts and their
Representation through (Im)politeness and Intensification
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022

Por: María Eugenia Martínez* y Martha Alicia
Vela Gamez**

*https://orcid.org/0000-0001-5573-3592
Universidad Autónoma de Nuevo León
** https://orcid.org/0000-0002-2035-5875
Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen. En este trabajo se analizan las estrategias comunicativas de atenuación e intensificación en dos sentencias civiles – sentencia de divorcio y sentencia de adopción plena - emitidas en el Estado de Nuevo León, México. Para estudiar las estrategias atenuadoras se utilizan
las propuestas de clasificación que plantea Briz (2001) y las estrategias de intensificación se
analizan a partir de la clasificación hecha por Martha Albelda (2005). Para el análisis de las
estrategias de (des)cortesía e imagen se utilizarán los modelos de Brown y Levinson (1987),
Briz (2001,2003), Albelda (2005) quienes plantean en sus modelos teóricos generalizaciones
de cómo funciona la cortesía en los distintos niveles de la lengua, y el concepto de imagen
de autonomía y afiliación se analizan a partir de los conceptos teóricos planteados por Bravo
(2004, 2010).
De acuerdo con María Bernal (2010) en el discurso jurídico, dado que se trata de un lenguaje
de registro formal por ser oficial y por quienes lo emiten se presupone que la atenuación a
través de la cortesía está presente de modo automático. Su naturaleza además debe ser un
mecanismo retórico para convencer, obtener beneficio, persuadir, y asimismo, cuidar las relaciones interpersonales y sociales de los individuos involucrados en un proceso jurídico. En el
discurso jurídico cada uno de los actores en el proceso de la demanda tienen propósitos claros
en su rol de hablante y oyente y su intención en el acto de habla de un proceso legal.
Palabras clave: discurso jurídico, atenuación, intensificación, cortesía, descortesía, estrategias de imagen y afiliación.

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Abstract. This article analyzes the communicative strategies of mitigation and intensification in
two civil sentences – a divorce sentence and a full adoption sentence - issued in the State of
Nuevo Leon, Mexico. The study founds the mitigation strategies on Briz´s (2001) classification
proposals, and the study of intensification strategies on Martha Albelda´s (2005) classification.
The analysis of (im)politeness and image strategies follows the models of Brown and Levinson
(1987), Briz (2001, 2003), and Albelda (2005); their theoretical models state generalizations of
how politeness works in the different language levels, as well as the image of autonomy and
affiliation´s study grounds on Bravo´s (2004, 2010) theoretical framework.
María Bernal (2010) notes that legal discourse assumes that mitigation is observed automatically through politeness considering the language´s formal register and those authorities who
issue it. Its nature must be a rhetorical mechanism to convince, benefit, persuade, and also
take care of the interpersonal and social relationships of the legal process´ participants. In the
legal discourse, petitioners within a lawsuit has a purpose in their roles as speaker and listener
and their intention in a legal process´ speech act.
Keywords: legal discourse, mitigation, intensification, (im)politeness, image, and affiliation
strategies.

1. INTRODUCCIÓN
En el acto comunicativo que se presenta en el
discurso jurídico y dado a los involucrados en
un proceso legal, estos buscan como finalidad
alcanzar como objetivo persuadir a su oponentes con diversas estrategias y conseguir
su propósito en una situación de demanda.
La demanda consiste en la declaración de voluntad de una persona, que se expresa formalmente en un escrito dirigido a un juzgado,
en donde se solicita que se incoe un proceso
y comience su tramitación. A este acto se le
llama la presentación de la demanda y, a partir
de este momento, el perjudicado se convierte
en actor o demandante de la persona contra
la que se inicia el proceso -el demandado- que
es la parte a la que considera responsable del

perjuicio que él ha sufrido (Alcaraz Varó &amp; Hughes, 2002)1.
Desde esta perspectiva, el proceso de demandar ya implica en sí un proceso en el que
la imagen de quien inicia dicho proceso se ve
amenazada, por lo cual se recurre a la atenuación del discurso por medio de la cortesía
para así mitigarlo y tener como resultado un
mecanismo retórico para convencer, obtener
un beneficio, persuadir, y a la vez, cuidar las
relaciones interpersonales y sociales de los
individuos involucrados en un proceso jurídico. Todo acto comunicativo, y en este caso el
discurso jurídico, tiene como finalidad alcan1  Alcaraz Varó, E., &amp; Hughes, B. (2002). El español jurídico.
Barcelona: Ariel.

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zar un objetivo por el cual el hablante busca
de alguna manera persuadir a su oponente a
través del lenguaje y así conseguir lo que se
propone. Estas representaciones comunicativas de un proceso demanda y la interrelación
comunicativa de los involucrados en las que
emplean mecanismos de atenuación, (des)
cortesía e intensificación se abordan en el
presente trabajo desde una perspectiva de
los estudios de la sociopragmática.

tinuos avances tecnológicos que obligan a la
creación de nuevos conceptos en un área de
conocimiento específico (Borja, 2000)3. Este
tipo de textos que son meramente normativos, a diferencia de los narrativos, poéticos,
filosóficos o científicos, se caracterizan por su
valor autoritativo derivados de las instancias
que los emiten y por presentar una función
prescriptiva, destinada a orientar el comportamiento de terceros (Borja, 2000).

En este trabajo se busca por lo tanto, dar a conocer los tipos de estrategias de (des)cortesía
y de intensificación que se producen en las
sentencias civiles, ya que estos elementos en
el texto están claramente representados en la
tipología textual jurídica. Held (1989)2 considera que la atenuación y la intensificación son
estrategias de minimización y maximización
que no se consideran como estrategias válidas y que su función en ambas es proteger
la imagen de los involucrados en un proceso
comunicativo.

De esto deriva que utilizan elementos lingüísticos y terminológicos que a menudo resulta
difícil de comprender para quienes no son especialistas en la materia. Los juristas defienden la naturaleza y las razones que justifican
esta forma de estructurar el discurso que tienen que ver con cuestiones de exactitud, la
precisión a la hora de dictaminar para que no
queden imprecisiones o dudas sobre el mensaje o sentido del texto que se trasmite en una
sentencia. Por lo que como afirma Alcaraz
Varó (2002)4 se puede decir que es un lenguaje complejo y difícil no solo para los legos en
la materia, sino para los mismos estudiosos
del derecho.

2. MARCO TEÓRICO
2.1 La naturaleza lingüístico discursiva del
texto jurídico
Es importante destacar que el lenguaje jurídico, dentro de los lenguajes de especialidad, se
desenvuelve dentro de una situación llevada
a cabo por los profesionales del derecho, se
dice que posee un alto grado de especificidad
y es extremadamente conservador a diferencia de otros lenguajes que presentan mayor
dinamismo en su desarrollo debido a los con-

Desde esta perspectiva de Alcaraz (1994)5
afirma que “el lenguaje jurídico es un lenguaje que tiene sus raíces en la tradición cultural
de cada pueblo”. Desde enfoques diferentes
como lo es el panorama jurídico, y el lingüístico se suele estudiar con dos miradas distintas,
3  Borja Albi, Anabel. (2000). El texto jurídico inglés y su traducción al español. Barcelona: Ariel Lenguas Modernas.
4  Alcaraz Varó, E., &amp; Hughes, B. (2002). El español jurídico.
Barcelona: Ariel.

2  Held, G. (1989). On the role of maximization in verbal polite-

5  Alcaraz, Varó, E. (1994). El inglés jurídico: Textos y docu-

ness, Multilingua 8-2/3, pp. 167-206.

mentos. Barcelona: Ariel.

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el jurista en su país y en su contexto cultural
y profesional del derecho, el lingüista lo hace
desde el texto como objeto lingüístico. En ese
tenor, es de suma importancia llevar a cabo
una aproximación de la producción lingüística en diferentes niveles: el léxico-semántico,
morfosintáctico, sociopragmático que involucra el estudio de la naturaleza del discurso
jurídico y la apegada al derecho en el sistema
que se produce el discurso.
Debido a su carácter específico, el lenguaje
jurídico plantea problemas especiales relacionados a la cultura y su reflejo en el lenguaje.
Desde una perspectiva lingüístico discursiva
se deben reconocer no solo las dificultades
que surgen en la transmisión de un mensaje
dentro del contexto jurídico; sino que además,
han de preocuparse por adentrarse en un sistema lingüístico que en cumpla con los requerimientos de un proceso comunicativo eficaz y
su rol en un proceso social.

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2.2 Pragmática
Morris (1985)6 introdujo el concepto de
pragmática para designar la ciencia de los
signos en relación con sus intérpretes, que
junto a la semántica y la sintaxis formaban
una tricotomía, en donde la pragmática permite interpretar el lenguaje en una situación
comunicativa concreta. Por lo tanto la pragmática, como disciplina permite considerar
los factores extralingüísticos que determinan el uso del lenguaje, es decir los factores
que no pueden ser analizados a partir de la
gramática, tales como el emisor, destinatario, intención comunicativa, contexto verbal,
situación o conocimiento del mundo (Escandell, 1996)7.

Así mismo, la pragmática se considera como
una disciplina de la lingüística que se encarga
de estudiar los fenómenos extralingüísticos
que se gestan en los procesos de comunicación en todos los contextos posibles, y es de
El tener un conocimiento especializado en importancia trascendental para la interpretaesta tipología, no solo atañe al especialista ju- ción del discurso jurídico. A este respecto Esrídico, sino a quienes trabajan en otras áreas candell (1996), explica su conceptualización
como el lingüista, el traductor, como auxiliar de la pragmática como sigue:
en la aplicación de la justicia en un proceso
de peritaje de esta tipología, o áreas más esse entiende por pragmática el estudio
pecializadas como la lingüística forense. Para
de los principios que regulan el uso del
trabajar con los documentos de esta rama del
lenguaje en la comunicación, es decir,
conocimiento, se requiere de conocimientos
las condiciones que determinan tanto el
muy específicos sobre los sistemas legales,
empleo de un enunciado concreto por
y en el caso del lingüista, de los sistemas juparte de un hablante concreto en una sirídicos de países con quienes realizarán un
tuación comunicativa concreta, como su
proceso como lo es el caso de la traducción,
tanto a cuestiones léxico estilísticas como las 6  Morris, C. (1985). Fundamentos de la teoría de los signos.
sociopragmáticas en la traducción de textos Barcelona: Paidós.
jurídicos y culturas del derecho involucradas 7  Escandell, V. (1996). Introducción a la pragmática. Barceloen este proceso.
na, Editorial Ariel, S.A.
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interpretación por parte del destinatario
(Escandell, 1996: 13-14).
En el estudio que Escandell (1996) realiza sobre la pragmática, resalta la importancia del
análisis y la comprensión de los aspectos que
intervienen en una situación comunicativa y
que nos permiten comprender situaciones
comunicativas de diferente categoría lo que
conduce a la comprensión de la producción
comunicativa en un discurso de la tipología
jurídica.
En el discurso jurídico es de suma importancia comprender estos factores de una manera
bastante amplia, puesto que es un discurso
extremadamente formal y cortés por provenir
de instancias de gobierno o instituciones gubernamentales supeditadas a la ley. El receptor, tiene diversas dimensiones, que va desde
el abogado, juez, el demandante, el demandado o el burócrata. Se dice que el discurso
jurídico debe presentar sustentos objetivos e
imparciales que se reflejan en su objetividad y
la búsqueda de la verdad en un proceso legal,
por lo que sus conceptos centrales siempre
deben ser la equidad y la justicia (Cubells e
Iñiguez-Rueda, 2008)8.
2.3 Sociopragmática
La sociopragmática es una disciplina que estudia la intención comunicativa del hablante
para ser asimilada o rechazada por su interlocutor, se interesa por el uso de la lengua

como un fenómeno real e inmediato con una
gran dependencia en el contexto social de
una situación dada. Esta disciplina permite
analizar la influencia que produce una transferencia de hábitos desde lo social hacia lo
lingüístico.
El estudio de un acto comunicativo desde un
enfoque socio-pragmático establece una consideración del uso del lenguaje en función
de premisas socioculturales que determinan
cómo utilizamos el discurso y para qué lo hacemos. Efectivamente, el contexto adquiere relevancia desde esta perspectiva. Para
Leech (1983)9, la Sociopragmática es una línea de la Pragmática que permite el estudio
de las “condiciones más específicas correspondientes a un determinado uso del lenguaje” (p. 54).
La sociopragmática por lo tanto, es una disciplina que estudia el uso de la lengua en su
contexto de forma más determinada, teniendo
en cuenta los componentes sociales y culturales y está íntimamente ligada a la Pragmática. Baran M. (2010, p. 119)10, afirma que la
pragmática se ocupa básicamente del estudio
de los recursos lingüísticos particulares que
proporciona una lengua dada para transmitir
los diferentes tipos de actos ilocutivos, y la sociopragmática por su parte, analiza cómo las
conceptualizaciones de tipo social o cultural
determinan el uso lingüístico.
9  Leech, G. (1983). Principles of Pragmatics. New York:
Longman Group Ltda.

8  Cubells e Iñiguez-Rueda (2008). La construcción de hechos

10  Baran, M. (2010). Emotividad y convención sociopragmá-

en el discurso jurídico: Análisis del caso de los robos en caje-

tica. Una contribución al estudio del ethos comunicativo de la

ros automáticos en la ciudad de Barcelona. Revista Española

comunidad hispanohablante peninsular. Polonia: Universidad

de Investigación Criminológica Artículo 4, Número 6.

de Łódź.

María Eugenia Martínez Flores y Martha Alicia Vela Gamez

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La competencia pragmática según Thomas
(1983: 92)11, es la habilidad para usar el lenguaje de una forma efectiva para lograr un
propósito específico y comprender el lenguaje
dentro de un contexto. Por otra parte, Thomas
(1983) afirma además, que la socio-pragmática comprende condiciones sociales del lenguaje y de su uso. Para ser competente en
cuanto al aspecto socio-pragmático sería, por
lo tanto importante saber cuándo y con quién
usar adecuadamente un acto de habla, es decir, saber emitir un acto comunicativo en las
condiciones apropiadas, por lo que es importante tener conocimiento de reglas tanto sociales como culturales.

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abarca factores extralingüísticos que permiten que la transmisión de un mensaje en el
intercambio de un texto oral o escrito sean
utilizados de manera adecuada y correcta y
suenen lo más natural y nativo posible” (Saiz
Pérez, 2004: 2). Así pues, para poder medir
y poder diferenciar la competencia sociopragmática de un grupo hay que tener en cuenta
la situación intercultural en que se encuentren, ya que personas de diferentes culturas
suelen responder, por ejemplo, a un cumplido,
sistemáticamente de manera diferente (Spencer-Oatey 2004: 168)14.

Para que un acto de habla sea entendido en
su totalidad, es necesario que tanto el emisor
En este trabajo se estudian los textos jurídi- como el destinatario sean competentes de la
cos, desde la sociopragmática, a partir de un misma legua y tengan cierto nivel de compeanálisis contrastivo para identificar la (des) tencia sociopragmática. Esta competencia socortesía e intensificación en un corpus de ciopragmática ha sido abordada por los estudos sentencias mexicanas. La competencia dios realizados por Brown y Levinson (1987)15,
pragmática según Thomas (1983: 92)12, es la quienes en sus modelos teóricos plantean
habilidad para usar el lenguaje de una forma generalizaciones de cómo funciona la corteefectiva para lograr un propósito específico y sía en los distintos niveles de la lengua, y el
comprenderlo dentro de un contexto. Thomas concepto de imagen de autonomía y afiliación
(1983) afirma además que la sociopragmática que ha planteado Bravo (200416, 2010)17. Por
comprende condiciones sociales del lenguaje otra parte, para estudiar las estrategias atey de su uso
nuadoras, se utilizan las propuestas de clasificación que plantea Briz (2001)18; y las estrateLa sociopragmática, es la unión de la Pragmática y la Sociolingüística, Saiz Pérez (2004)13, 14 Spencer-Oatey, H. (2000). Culturally speaking managing
afirma que “la competencia sociopragmática rapport in talk across cultures. London: Cassell.
15  Brown &amp; Levinson (1987). Politeness: Some universals in
11  
Thomas, J. (1983). Cross-cultural pragmatic failure.

language usage. Cambridge.

Applied linguistics, 4 (2), 91-112.

16  Bravo, D. (2004). Actividades de cortesía, imagen social y

12  
Thomas, J. (1983). Cross-cultural pragmatic failure.

contextos socioculturales: Una introducción.

Applied linguistics, 4 (2), 91-112.

17  Bravo, D., Flores N. H., y Cordisco, A. (eds). (2010). Apor-

13  Saiz Pérez, I. (2004). La adquisición de la competencia

tes pragmáticas sociopragmáticas y socioculturales de la cor-

sociopragmática. ¿Son las estancias en el extranjero la clave

tesía en español. Estocolmo / Buenos Aires: Dunken.

de su éxito? Tesina, Universidad de Estocolmo.

18  Briz, A. (2001). El español coloquial en la conversación.

Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos de Carácter Civil y sus Representación a través de la (Des) cortesía e Intensificación.PP. 32-55

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gias de intensificación se analizan a partir de
la clasificación que Martha Albelda (2005)19 y
Briz (200120, 2003)21.
A manera de esquema se presenta en la siguiente tabla las categorías sociopragmáticas
de la (des)cortesía e intensificación que están
presentes en esta tipología discursiva y con
las que se realizarán los análisis en el presente trabajo.

teóricas de cada una de las categorías sociopragmáticas que claramente se presentan
en la tipología discursiva jurídica. Con estas
categorías se busca identificar las relaciones
y representaciones sociales y culturales en un
acto comunicativo de esta naturaleza.

Tabla 1. Clasificación de categorías sociopragmáticas
Categorías sociopragmáticas
Atenuación

Imagen de autonomía y
afiliación

Consiste en minimizar
la fuerza ilocutiva de
los actos del habla y,
con frecuencia, regula
la relación interpersonal y social entre
los participantes de
la enunciación. (Briz,
2001, 2003)

La imagen de autonomía (Bravo,2004)
es el concepto que
se refiere a la noción
de independencia y la
libertad de acción del
individuo. La imagen
de afiliación es el deseo que permite identificarse con el grupo.

En el siguiente apartado se presenta de manera detallada y con las consideraciones

Descortesía
La descortesía (Kaul
de Marlangeon, 2012)
quiebra el equilibrio
social, no obstante,
es un comportamiento
apropiado a un designio comunicativo, es
ocasional, personal y
ad hoc.

Intensificación
Albelda (2005) y Briz
(2001), sitúan la intensificación como una
función que permite
hacer que algo tenga
mayor intensidad para
persuadir y convencer al interlocutor.

2.4 Categorías sociopragmáticas
2.4.1 Atenuación

Esbozo de pragmagramática. Editorial Ariel. 2a Edición. Barcelona España.
19  Albelda M. (2005). La intensificación en el español coloquial. Universidad de Valencia.
20  Briz, A. (2001). El español coloquial en la conversación.
Esbozo de pragmagramática. Editorial Ariel. 2a Edición. Barcelona España.
21  Briz Gómez, Antonio (2003). La estrategia atenuadora
en la conversación cotidiana española, en D. Bravo (ed.)
(2003a), pp. 17 - 46.

Para lograr una clara comprensión de los conceptos de la atenuación y cortesía, se define,
en primera instancia, el recurso de la atenuación, el cual de acuerdo con diversos autores
es una categoría pragmática cuya función
consiste en minimizar la fuerza ilocutiva de
los actos de habla y, con frecuencia, regula la
relación interpersonal y social entre los participantes de la enunciación. Se emplea a través

María Eugenia Martínez Flores y Martha Alicia Vela Gamez

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de una serie de estrategias pragmalingüísticas para lograr las metas deseadas en la comunicación (Briz, 200322, 200723).

tuación de conflicto entre los interlocutores y
establecer una solución al conflicto derivado
de la demanda.

A. Briz (199524:103-122) enumera siete funciones prototípicas para la aparición de la atenuación; estas serían: minimizar el autoelogio,
maximizar el elogio, suavizar una posición de
conflicto entre interlocutores, relativizar juicios
u opiniones del hablante, minimizar la acción
del emisor, en los actos ilocutivos de petición y
para suavizar el contenido del mensaje cuando este puede representar una amenaza para
la imagen del interlocutor.

En las sentencias analizadas se puede observar cómo los involucrados hacen uso constante de un lenguaje cortésmente atenuado que
les permite proteger su imagen a través del
uso de fórmulas corteses y el uso de estrategias que mitigan la fuerza ilocutiva que representa un proceso de demanda, en este caso
de carácter civil.
2.4.2 Cortesía

De acuerdo con Briz (2003), las características pragmalingüísticas de la atenuación, esta
busca a nivel lingüístico llegar a un acuerdo
en la conversación, a través del empleo de
estrategias de minimización, en donde el hablante y oyente llegan a una negociación.

Por otra parte el recurrir a la cortesía, según
Brown y Levinson (1987)25, se debe a la necesidad de facilitar las relaciones sociales y
como una manera de compensar la agresividad o amenaza a la imagen de los participantes en la interacción. En la base de su doctrina se encuentran dos supuestos: por un lado,
Estas funciones de atenuación, claramente la concepción de que existe un potencial de
se presentan en el discurso jurídico, puesto enfrentamiento, una lucha de tensiones entre
a como se define el proceso de sentencia es los participantes de la comunicación; por otro
aquel en el que uno de los actores se ve per- lado, la consideración de que es deseable
judicado ante una situación de la que se deri- para todos ellos evitar o subsanar dicho enva la demanda y otra parte la que produce el frentamiento y lograr una cierta armonía.
prejuicio o daño, entonces los recursos que
utilizan los involucrados buscan suavizar la si- La relación que se establece entre la atenuación y cortesía consecuente de un discurso
22  Briz Gómez, Antonio (2003). La estrategia atenuadora jurídico se debe a la naturaleza de dicha tien la conversación cotidiana española, en D. Bravo (ed.) pología, al que algunos estudiosos del tema
(2003a), pp. 17 - 46.
citan como característica distintiva del lengua23  Briz Gómez, Antonio. (2007). Para un análisis semántico, je legal; su complejidad no proviene sólo de
progmático y sociopragmático de la cortesía atenuadora en su estructura sintáctica, sino que es conseEspaña y América. Lingüística Española Actual XXIX/1.
cuencia de los aspectos pragmáticos que lo
24  Briz Gómez, Antonio. (1995). La conversación coloquial.
Anejo XVI de la revista Cuadernos de Filología. Universidad

25  Brown &amp; Levinson (1987). Politeness: Some universals in

de Valencia.

language usage. Cambridge.

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contextualizan. Los textos jurídicos muestran
rasgos característicos muy específicos: un
lenguaje especializado, fosilizado y con estructuras textuales estereotipadas (Borja Albi,
2000)26. El discurso jurídico se caracteriza típicamente como formal e incluso hiperformal, y
tanto la formalidad y las características antes
mencionadas, permiten categorizarlo como
un discurso en el que se presenta la cortesía
protocolaria, a la cual diversos estudiosos de
la pragmática y la cortesía en específico se
refieren como un registro formal, posiblemente Institucional, en donde existe un conjunto
de reglas de trato interpersonal, que han sido
previamente establecidas.
La cortesía en el ámbito discursivo pretende
conseguir la colaboración de los interlocutores
y el desarrollo armónico, sin tensiones de la
conversación (Briz, 2003)27. Puede tratarse de
una cortesía normativa, que se deriva de una
norma social de comportamiento, como en saludos, despedidas, agradecimientos; o de una
cortesía estratégica, que los hablantes emplean para asegurarse del logro de algún objetivo, en la realización cortés de una petición.

la imagen positiva y negativa de las teorías de
Brown y Levinson, (1987)29 las necesidades de
autonomía y afiliación en las relaciones humanas. Define a la imagen de autonomía como
el concepto mediante el cual un integrante de
un grupo adquiere un contorno propio dentro
del mismo, se refiere principalmente a la noción de independencia y la libertad de acción
del individuo. La imagen de afiliación es el deseo de imagen que permite identificarse con
el grupo y depende de cada cultura según su
idiosincrasia.
Bravo (2004)30, agrega además que no toda
presentación de una imagen de sí mismo o
del grupo al cual se pertenece se realiza dentro de la dimensión de la cortesía. Cuando alguien afirma ser una persona sincera, no se
realiza una actividad de cortesía, pero si una
de imagen, por lo que aunque se dice que las
actividades de cortesía son actividades de
imagen, ya que esta siempre es una estrategia para quedar bien con el otro, no siempre
las actividades de imagen son de cortesía
(Flores Hernández, 2002)31.
2.5 Descortesía

2.4.3 Conceptos de Imagen y afiliación
La descortesía indica Kaul de Marlangeon
En cuanto a los conceptos de imagen Diana
Bravo (1999)28 propone como alternativas de
29  Brown &amp; Levinson (1987). Politeness: Some universals in
26  Borja Albi, Anabel. (2000). El texto jurídico inglés y su tra-

language usage. Cambridge.

ducción al español. Barcelona: Ariel Lenguas Modernas

30  Bravo, D. (2004). Actividades de cortesía, imagen social y

27 Briz Gómez, Antonio (2003). La estrategia atenuadora

contextos socioculturales: Una introducción. Actas del Primer

en la conversación cotidiana española, en D. Bravo (ed.)

Coloquio del programa EDICE. Estocolmo: Programa EDICE.

(2003a), pp. 17 - 46

31  Flores Hernández, N. (2002). La cortesia en la conversa-

28  Bravo, D. (1999). ¿Imagen ´positiva´ vs imagen ´negati-

ción Española de familiares y amigos: La búsqueda de equili-

va´?: Pragmatica sociocultural y componentes de face. Ora-

brio entre la imagen del hablante y la imagen del destinatario.

lia. Analisis del Discurso Oral.

Programa EDICE.
María Eugenia Martínez Flores y Martha Alicia Vela Gamez

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Desafíos Jurídicos

(2012)32 quiebra el equilibrio social, no obstante es un comportamiento apropiado a un
designio comunicativo, es ocasional, personal
y ad hoc, y como característica en el caso de
la demanda de adopción plena, al describir
los demandantes el comportamiento del juez
a juicio de los demandantes se considera una
ofensa voluntaria hacia el juez para defender
su imagen y dañar la del juez. Kaul de Marlangeon (2005)33 reconoce dos actitudes humanas fundamentales para la descortesía de fustigación, las de refractariedad y de afiliación
exacerbada, que claramente se manifiestan
en los ejemplos de descortesía en la sentencia de adopción.

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atenuaciones de este tipo en la interacción
con los involucrados en las sentencias, ya
sean expertos o no, Bernal ( 2010) al citar a
Kryk-Kastovsky (2006)36 hace destacar que la
forma de comunicación en un juicio o proceso legal se ha venido asociando más bien a
comportamientos de cortesía, dadas las convenciones del registro formal, sin embargo,
es importante destacar que la descortesía no
está ausente en dicho registro. La descortesía
agrega, ha sido vista durante bastante tiempo
como subordinada a la cortesía, sin embargo,
Lachenicht (1980)37 proporcionó una rápida
respuesta al modelo de cortesía postulado por
Brown y Levinson (1987)38 al presentar un modelo de descortesía.

En cuanto a la descortesía en el discurso jurídico, autores como Bernal (2010)34 y Archer Bernal (2010)39 hace una propuesta de la des(2011)35, solo por mencionar algunos, han es- cortesía a partir de un análisis llevado a cabo
tudiado la forma en que los juristas utilizan en conversaciones informales:
32  Kaul de Marlangeon, S. (2012). Encuadre de aspectos
teórico-metodológicos de la descortesía verbal en español.
Miradas multidisciplinares de los fenómenos de cortesía y
descortesía en el mundo hispánico, en Escamilla Morales J.
y Vega G. H. (eds.) Universidad del Atlantico y programa EDICE, 76.

a) La descortesía normativa que entre
personas allegadas cumple con las expectativas de la situación de riña donde
se producen actos potencialmente amenazantes, como hacer reproches o criticar, etc.

33  Kaul de Marlangeon, S.(2005). Descortesía de fustigación
por afiliación exacerbada o refractariedad. En D. Bravo (Ed.),

36 Kryk-kastovsky, B. (2006) Impoliteness in early modern in

Estudios de la (des) cortesía en español. Categorías concep-

English courtroom discourse. Journal of Historical Prgamatic.

tuales y aplicaciones a corporas orales y escritos. Vol I, pp

John Benjamins.

299-318). Buenos Aires: Programa EDICE- Dunken.

37  Lachenicht L. G. (1980). Aggravating language: A study of

34  Bernal, M. (2010). Descortesía en el contexto judicial. El

abusive and insulting language. Paper in Linguistics.

caso del juicio del 11-M. En F. Orletti y L. Mariottini (Eds.),

38  Brown &amp; Levinson (1987). Politeness: Some universals in

(Des) cortesía en español. Espacios teóricos y metodológicos

language usage. Cambridge.

para su estudio (pp. 599-636). Roma-Estocolmo: Università

39  Bernal, M. (2010). Descortesía en el contexto judicial. El

degli Studi Roma Tre-EDICE.

caso del juicio del 11-M. En F. Orletti y L. Mariottini (Eds.),

35  Archer, D. (2011). Facework and im/politeness across legal

(Des) cortesía en español. Espacios teóricos y metodológicos

contexts: An introduction. Journal of Politeness Research, n.

para su estudio (pp. 599-636). Roma-Estocolmo: Università

7, p. 1-19, 2011.

degli Studi Roma Tre-EDICE.

Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos de Carácter Civil y sus Representación a través de la (Des) cortesía e Intensificación.PP. 32-55

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Desafíos Jurídicos

b) La descortesía producida por amenazas ni atenuadas ni reparadas a la imagen del interlocutor, ya sea de su imagen
personal, su imagen de rol, o la imagen
dentro de un grupo determinado, o del
interlocutor en relación con su familia,
amigos u otro grupo al que pertenece.

(2005)43, se presenta con mayor frecuencia
en la comunicación escrita, puesto que quien
emite el mensaje debe valerse con mayor intensidad de estrategias comunicativas como
la atenuación y la intensificación para lograr
conseguir su propósito.

Según la definición de Briz (1995a:53)44, la
c) La descortesía por incumplimiento de intensificación es una “estrategia conversalas normas de cortesía, que para la si- cional retórica para dar a entender más de lo
tuación de encuentros entre familiares y que realmente se dice, de manipular realzanamigos abarca los actos de romper ex- do los enunciados con finalidades diferentes”.
pectativas del ritual de cortesía en la si- Siguiendo de nuevo a Briz (1995:22-30), las
tuación de encuentro.
funciones en las que suele aparecer la intensificación serían principalmente cuatro: expre40
Kaul de Marlangeon (2012) afirma que mien- sar cantidad y/o cualidad, reforzar o manipular
tras la cortesía, como principio regulador de la actitud del hablante, enfatizar el acuerdo o
la conducta, facilita el equilibrio social en la el desacuerdo e intensificar una acción.
convivencia, la descortesía procura el efecto
contrario, de quebrar ese equilibrio.
En este sentido Albelda por su parte (2005,
61-62) propone una clasificación de los recur2.6 Intensificación
sos intensificadores a nivel del enunciado y de
la enunciación, de la que se pueden extraer
41
42
Albelda (2005) y Briz (2001) , sitúan a la in- una serie de estrategias, de las cuales se
tensificación como una función que permite hace uso a menudo en el acto comunicativo:
hacer que algo tenga mayor intensidad para
conseguir persuadir y convencer al interlo- 1. Recursos morfemáticos: Están entre
cutor. La intensificación considera Albelda
esta categoría gramatical los sufijos y prefijos, en el uso de la lengua oral y escrita a
40  Kaul de Marlangeon, S. (2012). Encuadre de aspectos
menudo se hace uso de afijos que permiteórico-metodológicos de la descortesía verbal en español.
ten que ciertas expresiones tengan carácMiradas multidisciplinares de los fenómenos de cortesía y
ter intensificador.
descortesía en el mundo hispánico, en Escamilla Morales J. 2. Recursos léxicos: Se encuentran dentro
y Vega G. H. (eds.) Universidad del Atlantico y programa EDIde esta categoría gramatical las unidades
CE, 76.
41  Albelda M. (2005). La intensificación en el español colo-

43  Albelda M. (2005). La intensificación en el español colo-

quial. Universidad de Valencia.

quial. Universidad de Valencia.

42 Briz, A. (2001). El español coloquial en la conversación.

44  Briz Gómez, Antonio. (1995). La conversación coloquial.

Esbozo de pragmagramática. Editorial Ariel. 2a Edición. Bar-

Anejo XVI de la revista Cuadernos de Filología. Universidad

celona España.

de Valencia.
María Eugenia Martínez Flores y Martha Alicia Vela Gamez

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Desafíos Jurídicos

simples, es decir, los sustantivos, adjetivos, verbos, adverbios, así como también
las fraseologías, locuciones, refranes y
formas rutinarias.
3. Recurso sintácticos: Entre los recursos:
Entre los recursos sintácticos encontramos los modificadores de las categorías
gramaticales nucleares, las estructuras
sintácticas intensificadas en sí mismas, las
repeticiones y las enumeraciones. A nivel
de los recursos sintácticos, la estructura
más común y frecuentemente hallada en
las frases intensificadas es: “muy+adjetivo/adverbio” y “mucho+sustantivo”, Albelda (2005, 91)45.
4. Recursos semánticos: Es una de las categorías que engloban quizás los recursos más utilizados por el ser humano en
la emisión de mensajes. Encontramos en
esta categoría el uso de tropos y la ironía,
elementos que se emplean en la comunicación con el fin de reforzar el enunciado
emitido.
3. METODLOGÍA DE ANÁLISIS DE
SENTENCIA
Este trabajo busca presentar aspectos fundamentales en los estudios del discurso jurídico
mexicano para identificar las estrategias de
(des)cortesía e intensificación comunes en esta
tipología discursiva. Todos los antecedentes en
el presente trabajo se analizan con una metodología cualitativa; a partir de la observación
de ejemplos que se extraen de textos emitidos
de una manera auténtica y desde un enfoque
sociopragmático del análisis de sentencias.

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El corpus que se analiza en este trabajo consiste en el análisis de dos sentencias civiles
emitidas en juzgados civiles del estado de
Nuevo León, México: una sentencia de adopción plena y una sentencia de divorcio. Debido a la extensión de las sentencias solo se
analiza la parte introductoria y la argumentación de la apelación por los demandantes de
la sentencia de adopción. En la sentencia de
divorcio presentaremos los considerandos o
puntos resolutivos de la sentencia de divorcio.
3.1 Atenuación
Con esta estrategia de la atenuación se busca
mitigar la fuerza elocutiva de un acto, encontrándose que éste puede ser de tipo asertivo
o exhortativo, donde se mitiga la actuación del
yo y/o tu Briz (2001)46. A. Briz (1995:103-122)
47
enumera siete funciones prototípicas para
la aparición de la atenuación; estas serían:
minimizar el autoelogio, maximizar el elogio,
suavizar una posición de conflicto entre interlocutores, relativizar juicios u opiniones del
hablante, minimizar la acción del emisor en
los actos ilocutivos de petición y para suavizar
el contenido del mensaje cuando este puede
representar una amenaza para la imagen del
interlocutor. Como vemos, todas ellas coinciden en la idea de una cierta sumisión por parte del emisor y una exaltación o relace del receptor del mensaje tratando siempre de evitar
46  Briz, A. (2001). El español coloquial en la conversación.
Esbozo de pragmagramática. Editorial Ariel. 2a Edición. Barcelona España.
47  Briz Gómez, Antonio. (1995). La conversación coloquial.

45  Albelda M. (2005). La intensificación en el español colo-

Anejo XVI de la revista Cuadernos de Filología. Universidad

quial. Universidad de Valencia.

de Valencia.

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Desafíos Jurídicos

el conflicto, ya sea por oposición de opiniones
o porque la imagen del receptor pueda resultar dañada.

cias de divorcio y adopción encontramos está
forma de atenuación en las que se observa
este tipo de estrategia comunicativa.

3.1.1 Atenuación con cortesía

Con estos ejemplos se muestra la representación de la atenuación en la que se busca
suavizar una posición de conflicto entre interlocutores, ya sea con la impersonalización u

En cuanto a la atenuación con efecto de cortesía, es una estrategia que busca cierto equili-

Tabla 2. Ejemplo de atenuación con cortesía en Sentencias civiles
(Selección propia de la autora)
Sentencias de divorcio necesario y
adopción plena

Táctica lingüística de atenuación/cortesía (procedimiento)

el juez tercero (…) pronunció

Sin pronombre en español para mitigar la actuación del
yo.

y se lo expusimos al juzgador de origen

Uso de la impersonalización con el reflexivo se y lo.

se lo expusimos al Juzgador.

Uso de la impersonalización con el reflexivo se y lo.

Se desecha la solicitud planteada de los Impersonalización del yo con el uso del reflexivo, /se
suscritos ordenando el archivo y la baja desecha/ en el cual se impersonaliza también la acción
del expediente
realizada al utilizar el concepto /los suscritos/
Circunstancias que este H Tribunal de
Alzada deberá de considerar

Se considera al colectivo H. Tribunal para evitar el uso
del yo..

se supla la deficiencia de la queja en la
Los suscritos impersonaliza a los involucrados se manexposición de los presentes agravios en tiene la atenuación e impersonalización de los actores
beneficio de los suscritos y del menor
en el proceso de la sentencia.
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.

brio y protección de la imagen del yo y tú, son
construcciones que esconden el agente de la
acción (Briz Gómez, 2012)48. En las senten48  Briz Gómez A. (2012). La (no) atenuación y la (des)cortesía, lo lingüístico y social: ¿son pareja? En J. Escamilla Morales y G. H. Vega (Eds.), Miradas Multidisciplinarias a los

otros recursos como la sustantivación en el
caso del término los suscritos o minimizar la
acción del emisor, en este caso el juez, en los
actos ilocutivos de petición y para suavizar
el contenido del mensaje cuando este puede
representar una amenaza para la imagen del
interlocutor.

fenómenos de cortesía y descortesía en el mundo hispánico.
Barranquilla/Estocolmo: CADIS-Programa EDICE.
María Eugenia Martínez Flores y Martha Alicia Vela Gamez

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Desafíos Jurídicos

3.1.2 Atenuación sin efectos de cortesía
Briz Gómez (2012)49 define la atenuación
como “un mecanismo lingüístico que tiene
que ver siempre con la eficacia y la actividad
argumentativa y no siempre con la cortesía”.
La atenuación por lo tanto se logra con la despersonalización del yo con la cual se evita
la responsabilidad sobre lo dicho, se atenúa
con el propósito de se acepten las demandas,
pero no de manera cortés.

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3.1.3 Análisis de imagen de autonomía e
imagen de afiliación
En cuanto a los conceptos de imagen, Diana
Bravo (1999),50 propone como alternativas de
la imagen positiva y negativa de las teorías de
Brown y Levinson, (1987)51, las necesidades de
autonomía y afiliación en las relaciones humanas. La autora define a la imagen de autonomía
como el concepto mediante el cual un integrante
de un grupo adquiere un contorno propio dentro

Tabla 3. Ejemplo de atenuación sin cortesía en Sentencias civiles
(Selección propia de la autora)
Sentencias de adopción plena y divorcio
necesario

Táctica lingüística de atenuación/cortesía
(procedimiento)

dado que el legislador en dicho numeral establece que se debe velar por el interés superior de
los menores (…) fue omiso en considerar dicha
determinación.

Se evita la responsabilidad del legislador y se
atenúa con la perífrasis verbal fue omiso pero no
es cortés.

Con lo anterior se da por terminado este
Se aceptan las demandas, pero la cortesía está
convenio firmándolo de conformidad los pro- disminuida..
moventes y obligándose a pasar por él en todo
tiempo y lugar como asunto resuelto.
es evidente la violación que realiza el juzgador
en perjuicio de los suscritos y del menor _____

Es evidente la violación/ en perjuicio de los suscritos Se aceptan las demandas, pero la cortesía
está disminuida. es como lo marca Briz, un atenuación dialógica cuando existe un desacuerdo o
disconformidad con respecto a la intervención del
otro interlocutor (Briz, 2001)
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.

49  Briz Gómez A. (2012). La (no) atenuación y la (des)corte-

50  Bravo, D. (1999). ¿Imagen ´positiva´ vs imagen ´negati-

sía, lo lingüístico y social: ¿son pareja? En J. Escamilla Mo-

va´?: Pragmatica sociocultural y componentes de face. Ora-

rales y G. H. Vega (Eds.), Miradas Multidisciplinarias a los

lia. Analisis del Discurso Oral.

fenómenos de cortesía y descortesía en el mundo hispánico.

51  Brown &amp; Levinson (1987). Politeness: Some universals in

Barranquilla/Estocolmo: CADIS-Programa EDICE.

language usage. Cambridge.

Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos de Carácter Civil y sus Representación a través de la (Des) cortesía e Intensificación.PP. 32-55

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Desafíos Jurídicos

del mismo, se refiere principalmente a la noción
de independencia y la libertad de acción del individuo. La imagen de afiliación es el deseo de
imagen que permite identificarse con el grupo y
depende de cada cultura según su idiosincrasia.
En este trabajo se considera la afiliación que se
crea en el grupo que determinan los abogados,
jueces o incluso los comparecientes en el proceso de litigio.

afiliación puede ocurrir entre los grupos de un
cierto gremio o en este caso a las mismas leyes o códigos.
3.2 Descortesía
Fuentes (2011)52, afirma que la descortesía
en el discurso se utiliza de una manera consciente con una función argumentativa para así

Tabla 4. Ejemplos de imagen de autonomía en Sentencia de Adopción
(Selección propia de la autora)
Sentencia de adopción
Los apelantes ciudadanos XX y XX, comparecieron expresando los agravios de su intención por
escrito
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.

En este ejemplo son los promoventes de la
sentencia de adopción quienes, bajo su propia decisión, comparecen ante la autoridad
para manifestar su solicitud de atender a sus
demandas ante un juicio que consideran no
justo para sus fines, que en este caso es la
adopción de un menor.

ayudar al hablante a conseguir sus objetivos
comunicativos. Ya quedará a elección del hablante decidir si desea emplear la cortesía o
descortesía, por lo que para ello es importante
que considere cuál es su intención comunicativa, sus objetivos y el fin argumentativo, así
como también los aspectos sociales que ro-

Tabla 5. Ejemplos imagen de afiliación en Sentencia de Divorcio
(Selección propia de la autora)
Análisis en Sentencia de divorcio
SEGUNDO: Asimismo, la competencia de este órgano jurisdiccional para conocer de la demanda de
divorcio intentada, se surte de conformidad con lo establecido en los artículos 98, 99, 100,111
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.

En este último ejemplo se muestra la afiliación
del órgano jurisdiccional se afilia a los códigos que sustentan la decisión tomada para
la resolución en la sentencia de divorcio. La

52  Fuentes, C. (2011). (Des)cortesía y violencia verbal: implicaciones lingüísticas y sociales. Aproximaciones a la (des)
cortesía verbal en español. E. R. A. Lara, &amp; E. B. Peña (Eds.).
Peter Lang. 27-64.

María Eugenia Martínez Flores y Martha Alicia Vela Gamez

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dean al tipo de discurso y las características
personales. Es así pues que la cortesía no es
lo “bueno” y la descortesía lo “malo” sino que
ambos son estrategias del discurso que los
hablantes emplean y que les ayudan a alcanzar sus objetivos.
Como parte de su estudio a la descortesía, Silvia Kaul (2012)53, reconoce los diferentes tipos
que existen y las clasifica en una escala en la
que la descortesía de fustigación es la que mayor daño genera hacia la imagen de a quien

Esta descortesía de fustigación se realiza mediante el uso de actos directos con la intención
de que las palabras del hablante agredan al
oyente y lo inciten a la confrontación o desafío. Este tipo de descortesía se caracteriza por
mostrar comportamientos volitivos, conscientes y estratégicos. Por este motivo, Silvia Kaul
(2012), compara la descortesía de fustigación
con el sentido metafórico de “dar azotes”, y
menciona que la violencia que ejerce de forma verbal puede presentarse en diferentes
niveles de intensidad y dejarse ver como ira o

Tabla 6. Ejemplo de descortesía en Sentencia de Adopción
(Selección propia de la autora)
Sentencia de adopción
Los apelantes ciudadanos _______ y ________ comparecieron expresando los agravios de su
intención por escrito presentado ante el juzgado de origen en fecha 30 de octubre de 2013, mismos
que se interpusieron al tenor siguiente:
Nos causa Agravios el auto de fecha 23- veintitrés de octubre del presente año, auto en el que, del
juez inferior de una manera arbitraria, ilegal, contraria a derecho, mezquina, cruenta y fuera
de toda consideración humana al indebidamente desechar la solicitud del Procedimiento Oral de
Jurisdicción Voluntaria sobre ADOPCIÓN respecto al menor.
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.

vaya dirigida, mientras que los que se encuentran en la escala con menor intensidad son los
actos descorteses con intencionalidad cortés.
53  Kaul de Marlangeon, S. (2012). Encuadre de aspectos
teórico-metodológicos de la descortesía verbal en español.
Miradas multidisciplinares de los fenómenos de cortesía y
descortesía en el mundo hispánico, en Escamilla Morales J.

cólera, dada la estrecha relación que este tipo
de actos mantiene con las emociones.
Como se observa en el ejemplo anterior, el
quiebre de la comunicación cortés al considerar ‘inaceptable’ la forma de actuar del juez
ante las demandas solicitadas, busca desacreditar el actuar en su resolución y lograr el

y Vega G. H. (eds.) Universidad del Atlantico y programa EDICE, 76.
Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos de Carácter Civil y sus Representación a través de la (Des) cortesía e Intensificación.PP. 32-55

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objetivo deseado. Como afirma Kaul (2012)54
estas estrategias del discurso que los hablantes emplean les ayudan a alcanzar sus objetivos en su proceso legal.
3.3 Intensificación
En lo que respecta al fenómeno de la intensificación, se pudo apreciar que la intensificación

en su tesis doctoral La intensificación en el español coloquial, donde propone un esquema
de clasificación sobre las estrategias y formas
de intensificación presentes en el español (cf.
pág. 14-17). Los resultados que se obtuvieron en cuanto a estrategias intensificadoras
se pueden expresar a través de la siguiente
clasificación y ejemplificación:

Tabla 7. Intensificación con sustantivo
(Selección propia de la autora)
Sentencia de adopción
Los apelantes ciudadanos _____ y_____, comparecieron expresando los agravios de su intención
por escrito
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.

se manifiesta más claramente en el texto de
adopción plena. Para dicho análisis se partió
del planteamiento que hace Albelda (2005)55

La estrategia se manifiesta en el mismo concepto de la manifestación del concepto los
agravios que también representa una forma

Tabla 8. Intensificación con adjetivos
(Selección propia de la autora)
Sentencia de adopción
en el que del juez inferior de una manera arbitraria, ilegal, contraria a derecho, mezquina, cruenta y
fuera de toda consideración humana
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.
54  Kaul de Marlangeon, S. (2012). Encuadre de aspectos
teórico-metodológicos de la descortesía verbal en español.
Miradas multidisciplinares de los fenómenos de cortesía y
descortesía en el mundo hispánico, en Escamilla Morales J.
y Vega G. H. (eds.) Universidad del Atlantico y programa EDI-

intensificar el actuar del juez en prejuicio de
sus demandas para lograr hacer que sus demandas tengan una mayor intensidad para
conseguir persuadir y convencer al interlocutor.

CE, 76.
55  Albelda M. (2005). La intensificación en el español coloquial. Universidad de Valencia.

El valor intensificador trasmite las categorías
gramaticales del uso de este recurso a los ad-

María Eugenia Martínez Flores y Martha Alicia Vela Gamez

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jetivos, con los conceptos de manera arbitraria, ilegal, mezquina, cruenta lo que maximiza
la intención de la toma de decisión del juez.
Se presenta además el recurso fraseológico o
unidades complejas /fuera de toda consideración humana/.

El recurso intensificador es el uso de modificadores de las categorías gramaticales nucleares, en este caso locución adverbial + adjetivo, /de una manera/ilegal, arbitraria y cruenta.

Tabla 9. Intensificación con adverbio (Selección propia de la autora)
TEXTO ORIGEN
El juez al indebidamente desechar la solicitud de los suscritos
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.

La intensificación es a través del recurso sintáctico del adverbio /indebidamente/ que modifica o intensifica la acción del verbo.

En el análisis previo de las sentencias de
adopción y divorcio, se observan los recursos
de intensificación de derivación morfológica,

Tabla 10. Intensificación con adjetivo y sustantivos (Selección propia de la autora)
TEXTO ORIGEN
El juez al manifestar actos de Autoridad que se traducen en la inevitable violación y vulneración en
perjuicio de los suscritos comparecientes y del menor XX.
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.

La intensificación se da en dos sentidos a través del recurso léxico del adjetivo que modifica a dos sustantivos, que también son intensificadores /inevitable violación y vulneración/.

que son muy productivos en la expresión de
este recurso. Estos intensificadores se proyectan o se forman a partir de las cuatro categorías gramaticales que admiten matización

Tabla 11. Intensificación con adjetivo, sustantivo y verbo
(Selección propia de la autora)
TEXTO ORIGEN
El juez al manifestar Sin embargo, de una manera ilegal, arbitraria y cruenta, el Ad-quo desecha el
presente procedimiento sin considerar que los suscritos hemos cumplimentando con todos y cada
uno de los requisitos legales más elementales y esenciales del Juicio de Adopción,
Fuente: Elaboración propia obtenida del análisis de revisión documentaria.
Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos de Carácter Civil y sus Representación a través de la (Des) cortesía e Intensificación.PP. 32-55

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Desafíos Jurídicos

gradual de intensidad significativa: sustantivos, verbos, adjetivos y adverbios (Vigara
1992: 146).56
RESULTADOS
En cuanto a los estudios pragmáticos aplicados al ámbito jurídico, por una parte, tanto jueces como fiscales, abogados y demás juristas,
podrían discernir con mayor facilidad las intenciones de los involucrados en un proceso, o si
estos desvían su discurso para conseguir un
objetivo determinado, y, por otra parte, crear
conciencia del cumplimiento de las máximas
en un acto del habla por parte de los juristas.
Se afirma que es necesario generar una conciencia sobre el uso del lenguaje en este contexto, en todos los aspectos, cómo se emite
un juicio, el rol del emisor y del receptor en
un proceso jurídico, y las intenciones de los
involucrados. Se debe observar como un discurso en el que, para lograr su objetivo, que
es el cumplimiento cabal de la ley, se consideran todo tipo de interpretaciones, que estas
interfieren en el adecuado desarrollo de los
procesos jurídicos.
Y esto es de gran trascendencia en el cumplimiento del fallo en una sentencia, pues como
afirma Borja (2000)57, es un texto emitido por
quien imparte la justicia y los receptores son
los ciudadanos, o la administración de la justicia, y su finalidad, afirma, debe constituirse
como una comunicación entre ambos, y como
un discurso que regula las relaciones sociales

de los particulares con los órganos judiciales.
Por un lado, y como se encontró en los códigos naturales del discurso jurídico, por el rol
que juegan las instituciones y la envestidura
que representan las personas que emiten una
resolución en una sentencia, los textos que
aquí se analizan, muestran las estrategias
de cortesía (Bernal, 2010)58 e imagen (Bravo 2004)59 derivados de su naturaleza, y en
menor grado, las estrategias de descortesía.
Como bien afirma Bernal (2010),60 los textos
legales son eminentemente corteses por los
órganos que los emiten. Por otro lado, tanto
los jueces, como las partes involucradas en
un proceso legal, por lo general, se expresan
en sus declaraciones, en forma de impersonalización, y se esconde el agente de la acción,
como manera de proteger su imagen.
El jurista, en el español mexicano, se expresa
en nombre de las instituciones y no de manera personal, usan frases donde indican que
las resoluciones son emitidas en conformidad
con lo que establecen los Códigos Civiles,
en este caso. El jurista nunca se expresa en
primera persona para tomar decisiones du58  Bernal, M. (2010). Descortesía en el contexto judicial. El
caso del juicio del 11-M. En F. Orletti y L. Mariottini (Eds.),
(Des) cortesía en español. Espacios teóricos y metodológicos
para su estudio (pp. 599-636). Roma-Estocolmo: Università
degli Studi Roma Tre-EDICE.
59  Bravo, D. (2004). Actividades de cortesía, imagen social y
contextos socioculturales: Una introducción. Actas del Primer
Coloquio del programa EDICE. Estocolmo: Programa EDICE.
60 Bernal, M. (2010). Descortesía en el contexto judicial. El

56  Vigara Tauste, Ana María (1992). Morfosintaxis del espa-

caso del juicio del 11-M. En F. Orletti y L. Mariottini (Eds.),

ñol coloquial (Esbozo estilístico). Madrid, Gredos.

(Des) cortesía en español. Espacios teóricos y metodológicos

57  Borja Albi, Anabel. (2000). El texto jurídico inglés y su tra-

para su estudio (pp. 599-636). Roma-Estocolmo: Università

ducción al español. Barcelona: Ariel Lenguas Modernas.

degli Studi Roma Tre-EDICE.

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Desafíos Jurídicos

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rante un proceso de sentencia, ni para emitir
las partes resolutivas o los fallos, el juez sólo
toma el rol de emitir juicios para que se ejerza
la institucionalidad de las leyes y para que éstas se cumplan.

infiere o puede inferirse, sino las intenciones,
esto es, las cuestiones pragmáticas del discurso, su rol social en la comunidad, y cómo
se concibe en la disciplina en la que se redacta el texto.

La imagen de afiliación está presente, al ser
los abogados parte de un gremio, y se afilian
a las formas y estructuras del grupo de profesionistas de este ramo, y la cortesía normativa, además de ser recurrente en el discurso
jurídico, permite identificar y familiarizarse con
formulismos que son característica de esta tipología. Debido a que el discurso jurídico posee una estructura que no sólo se apega a su
lengua, sino a una cultura con representación
de los códigos del Derecho, se deben atender
las propiedades no sólo léxicas, sintácticas,
semánticas, sino las pragmáticas y sociopragmáticas del signo como la (des)cortesía e intensificación que atañen al discurso jurídico.

En este discurso, como se ha afirmado, al ser
un discurso eminentemente cortés, se deben
estudiar y tomar conciencia de las estrategias de atenuación, los recursos de la (des)
cortesía, así como de la intensificación y de
su impacto semántico y pragmático; además
de desarrollar la habilidad para reconocerlos e
interpretarlos cuando se presentan en el acto
ilocutivo de un proceso jurídico.

En relación con estas formas de enunciación,
Albelda (2005)61 y Briz (2001)62, afirman que la
principal función de la intensificación es hacer
que algo tenga mayor intensidad para conseguir persuadir y convencer al interlocutor. Este
recurso se ve claramente representado en la
CONCLUSIÓN
sentencia de adopción, en la cual los demandantes usan el léxico que es representado
El análisis del discurso jurídico desde la pers- en las categorías gramaticales que cumplen
pectiva pragmática permite observar y com- esas funciones: sustantivos que maximizan el
prender la manera en que cada emisor se actuar del juez, y los adjetivos, frases adverposiciona discursivamente en un proceso de biales y adjetivales para convencer el actuar
esta índole, lo que depende en gran medida del juez hacia su proceso de demanda. En rede la cultura que cada uno de los emisores lación con esto, Albelda (2005: 28), afirma que
posee, de su visón del mundo, de las inten- gramaticalmente no existe una alusión directa
ciones en un intercambio de comunicación de al concepto de intensificación; sólo se alude a
esta índole.
ésta a través de la gradación de los elementos
morfológicos que cumplen este cometido, por
A manera de reflexión, se concluye que en el
desarrollo de una competencia para leer críti- 61  Albelda M. (2005). La intensificación en el español colocamente e interpretar en un acto comunicati- quial. Universidad de Valencia.
vo, se debe comprender e interpretar no sólo 62  Briz, A. (2001). El español coloquial en la conversación.
la dimensión semántica; es decir, lo que está Esbozo de pragmagramática. Editorial Ariel. 2a Edición. Barun tanto explícito en las líneas, o lo que se celona España.
Análisis de Categorías Sociopragmáticas en Textos de Carácter Civil y sus Representación a través de la (Des) cortesía e Intensificación.PP. 32-55

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Desafíos Jurídicos

lo que, a nivel lingüístico, no existe una definición puntual sobre la intensificación, sino que
se hace referencia a ésta como un fenómeno de cuantificación, gradación y superlación,
que representan claramente lo que es la estrategia de la intensificación.

comunidad hispanohablante peninsular. Polonia: Universidad de Łódź.
Bernal, M. (2010). Descortesía en el contexto judicial. El caso
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En el corpus de sentencias que se ha analizado en esta investigación, se pudo apreciar
cómo los involucrados en un proceso de demanda en donde se resuelve a través de una
sentencia, hacen uso constante de un lenguaje cortésmente atenuado, el cual les permite
resguardar la imagen a través de las diferentes estrategias a las que recurren los juristas
y el uso de la palabra. Aquí se puede observar
la intención de quien emite un mensaje, por
una parte, de los jueces, y por otra de los promoventes o participantes en el discurso de las
sentencias.

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e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
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Armando Valencia Álvarez (Instituto de Investigaciones Jurídicas,
Universidad Veracruzana)
Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales. pp. 56-73 Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Revista de temas
contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la vida cotidiana, Volumen 1, No. 1, julio-diciembre de 2021, es una publicación semestral de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología, editada en la Ciudad Universitaria,
N.L, México. Con dirección en Cd. Universitaria, Av. De los Rectores
s/n, San Nicolás de los Garza, N.L. C.P. 66451, Página electrónica de
la revista: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/index.php/ds
Editora en jefe: Dra. Amalia Guillén Gaytán Reserva de Derechos al
Uso Exclusivo del Título Volumen 1, No. 1, juliodiciembre de 2021 ISSN: en trámite ante el Instituto Nacional del Derecho
de Autor. Responsable de la última actualización de este número: Dra. Karina Soto Canales.
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho aborda temas contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la
vida cotidiana, tiene como propósito constituirse en un foro de discusión académica que aborda la compleja, contradictoria y multicausal relación entre el derecho y la vida social. Desafíos Jurídicos se inscribe en el debate académico nacional e internacional en el ámbito de Derecho y su giro especial en las ciencias sociales e invita al análisis de diversas
prácticas sociales y formas de organización y acción política desde una perspectiva multidisciplinaria que ponga énfasis
en la defensa de los derechos y su aplicación. Los textos publicados incorporan métodos y problemas tratados desde
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PINTURA DE LA PORTADA: M.A. Daniel Vázquez Azamar “En la otra ventanilla” © 2022

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Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos
jurídicos actuales
Digital or Electronic Evidence and Your Current Legal Challenges

Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022

Por: Armando Valencia Álvarez1

*https://orcid.org/0000-0001-5380-0245
Universidad Veracruzana

Resumen. El siguiente artículo nos brinda un panorama general de los errores más comunes
en la recolección de las evidencias relativas a las pruebas digitales o electrónicas. Abordado
de una forma amena y coloquial despojando en la medida de lo posible los tecnicismo empleados en la jerga de la informática forense; con el objetivo de que el lector pueda ahondar de una
forma concisa y práctica los problemas aquí planteados hilvanados con reflexiones jurídicas
y técnicas; buscando en todo momento robustecer los conocimientos respecto de los criterios
mínimos que se deben atender en el manejo de la evidencia digital o electrónica, para su optima aportación a los procesos jurisdiccionales o extrajudiciales.
Palabras clave: Cadena de custodia; evidencia; prueba; fotograma; evidencia digital; enraizado; privilegios de administrador; Firma digital..
Abstract. The following article gives us an overview of the most common errors in collecting
evidence for digital or electronic evidence. Approached in an entertaining and colloquial way,
stripping as far as possible the technicalities used in the jargon of computer forensics; With the
objective that the reader can delve in a concise and practical way the problems raised here,
stitched together with legal and technical reflections; seeking at all times to strengthen knowledge regarding the minimum criteria that must be met in the management of digital or electronic
evidence, for its optimal contribution to jurisdictional or extrajudicial processes.
Keywords: Chain of custody; evidence; proof; root; hash; jailbreak; Frames; administrative
Privileges..
1  Universidad Veracruzana; Doctorado en Derecho por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana,
Perito certificado por DURIVA y UNICOLOMBIA; TICS e Informática Forense; arvaal@hotmail.com

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INTRODUCCIÓN

LAS PRUEBAS ELECTRÓNICAS O DIGITALES.

A pesar de los múltiples avances tecnológicos de la actualidad, la recolección, manejo
y resguardo de evidencia relativa a las pruebas electrónicas o digitales sigue siendo una
problemática latente en los diversos procesos
jurisdiccionales, de modo tal, que la posibilidad de que evidencia de esta naturaleza trascienda a prueba, se ve reducida al mínimo. De
ahí la inquietud de dar a conocer los aspectos
básicos que los litigantes así como operadores del Derecho en general (Fiscales, Jueces,
Magistrados, etc.) deben conocer respecto de
la recolección, manejo y resguardo de este
tipo de evidencia.
Lo anterior con dos finalidades, una que desde el punto en que se litigue u opere, se logre ofrecer la evidencia lo mejor posible para
que esta sea calificada como prueba y se le
otorgue el valor de convicción; en un segundo momento para permitirnos vislumbrar qué
tan lejos puede llegar nuestra evidencia, y de
ser el caso, optar por alguna forma anticipada del procedimiento, al conocer la debilidad
de nuestra evidencia o prueba.

Las pruebas1 físicas son aquellas que podemos tocar, oler, degustar, oír y observar, sin
embargo, son estas dos últimas características las que de forma recurrente están presentes tanto en las pruebas físicas como en
las electrónicas o digitales; cabe agregar que,
actualmente se encuentra en desarrollo tecnología para poder transmitir mediante la red
formas del cuerpo replicadas2, lo que en un
futuro no muy distante hará posible el tacto de
manera remota.
En la actualidad a pesar de los múltiples avances tecnológicos en todos los campos de la
vida cotidiana, continua latente la problemática en la recolección y manejo de la evidencia,
así, en elementos como la sangre, semen, ca1  “Quadri ya ha sostenido que la prueba es un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en
juicio o, en el caso en que la ley lo autoriza (ej. arts. 163, inc.
6°, p.2 Cód. Proc. Civ. y Com.; arts. 200 y 201, Cód. Proc.
Civ. Córdoba), de acreditación de los hechos conducentes
para solución del litigio; mientras tanto, si pasamos a su análisis en el marco de un proceso concreto, prueba será---vista

En este contexto, el presente artículo parte
de la ilustración práctica de los aspectos mínimos a tomar en cuenta al momento de manejar las pruebas electrónicas o digitales, en
los medios de almacenamiento más comunes en el mercado; posteriormente se realiza
un análisis a diversas tesis emitidas por la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, respecto del valor a las pruebas electrónicas o
digitales.

desde el enfoque del resultado---todo motivo o razón aportados al proceso para llevar al juez el convencimiento o la
certeza sobre los hechos. Probar será, entonces, la acción de
aportar tales razones y motivos, en orden a dejar verificada
alguna de las proposiciones formuladas en juicio; y la actividad probatoria será aquella encaminada a probar (por cierto,
con un resultado contingente, pues podrá ---o no---lograr su
objetivo)” Quadri, G,H, La prueba en el proceso civil comercial, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 2011 T.1, p.1109
2  Disponible en: https://www.antena3.com/noticias/economia/
sensacion-tocar-objetos-personas-distancia_20150501571df6d66584a8abb5822ff1.html

Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales. PP. 56-73

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Desafíos Jurídicos

bello y huellas dactilares, que por sí mismos,
son sensibles a los agentes externos como el
medio ambiente, son fáciles de contaminar o
perder por el mal manejo que se le proporciona o inclusive por la acción del ser humano tratando de borrar sus actos valiéndose
de químicos u otros agentes. Sin embargo,
la problemática es aún más grande cuando
hablamos de la recolección, manejo y preservación de evidencias digitales o informáticas,
cuya manipulación pasa inadvertida para personas no especializadas en la materia.
Así como las pruebas físicas necesitan ciertos elementos para su recolección, manejo
y conservación, las pruebas electrónicas o
digitales dependiendo del medio en que se
encuentren (Memoria USB3, Computadoras,
3  “USB” responde a las siglas Universal Serial Bus y hace
referencia a un protocolo de conexión que permite enlazar diversos periféricos a un dispositivo electrónico (frecuentemente, un ordenador) para el intercambio de datos, el desarrollo
de operaciones y, en algunos casos, la carga de la batería
del dispositivo o dispositivos conectados. Es, por tanto, básicamente, un puerto que funciona de toma de conexión entre
diferentes aparatos. Disponible en: https://softwarelab.org/es/
usb/

Medio de
almacenamiento

DVD4, DVR5, Disco duro, Teléfonos celulares,
etc.) también necesitan determinados cuidados para su recolección, manejo y conservación. A continuación, se expone un cuadro
en donde se detallan los cuidados mínimos a
tomar en cuenta al momento de manejar las
pruebas electrónicas o digitales, en los medios de almacenamiento más comunes en
el mercado, como lo son las Memoria USB,
Disco duro externo, DVD, CD, Computadoras, Teléfonos celulares y DVR.

4  Por sus siglas en inglés Digital Versatile disc. (Disco versátil
digital) Disco que posee gran capacidad de almacenamiento.
Lira, Arteaga, Cibercriminalidad fundamentos de investigación en México, 3ed., 2018, p.553.
5  DVR o Digital Video Recorder: Se conecta a cámaras analógicas que le envían una señal de video que digitaliza. Es lo
más económico y se pueden encontrar cámaras de calidad
(960H y 1000 líneas de resolución) por precios muy buenos.
Han evolucionado tanto que se pueden conectar a alarmas,
con protocolo RTSP e incluso gran calidad en streaming,
entre otros. Se usa un cable RG59 para instalar, aunque se
puede usar “UTP” con transceptores de vídeo. Disponible
en:https://www.camarasdevigilanciabarcelona.com/noticias/
sabes-cual-es-la-diferencia-entre-dvr-nvr-y-ndvr/index.html

Recolección, Transporte

Preservación

Copia de dispositivo

Indicaciones generales mínimas no límitativas, cambian de acuerdo al caso
Memoria USB/
Disco duro
externo

Para la recolección:
• Tomar fotografías del dispositivo;
• Mencionar sus características;
• Realizar un croquis del lugar del
hallazgo.
Para el resguardo y transporte:
• Bolsa antiestática o papel
aluminio;
• Caja anti golpes para el Disco
duro externo ó mínimo bien
acojinada de cartón.
• Evitar golpes.

•
•
•

•

Tener en un lugar sin •
humedad;
No exponerlos a los •
cambios bruscos de
temperatura;
No almacenarlos
o manipularlos
•
cerca de campos
electromagnéticos;
Evitar golpes.

Armando Valencia Álvarez

Usar bloqueador
de escritura;
Copia con
programas
forenses
especializados;
Realizar el hash
o huella digital del
USB o disco.

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Desafíos Jurídicos

DVD/CD

Computadoras
(Escritorio/
Laptop)

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Para la recolección:
• Tomar fotografías del
dispositivo en el lugar donde
se encontró;
• Sí el medio DVD o CD tiene
número de serie hacerlo
constar.
Para el resguardo y transporte:
• Cajas plásticas adecuadas
para resguardar el medio o
en su defecto bolsas de papel
especiales para guardar DVD
o CD;
• Sellado y lacrado en el lugar
del hallazgo, de preferencia
realizar ahí mismo el copiado.
Para la recolección:
• Tomar fotografías del
dispositivo en el lugar donde
se encontró;
• Mencionar sus características
una vía: 1) Extrayendo el
disco duro para analizar;
o 2) llevándose toda la
computadora asegurándose
de cubrir todos los agujeros de
conexión incluso aquellos que
permiten el desensamble del
ordenador reguardado;
Para el resguardo y transporte:
• Bolsa antiestática o papel
aluminio;
• Caja anti golpes para el Disco
duro externo ó mínimo bien
acojinada de cartón.
• Evitar golpes.

•
•

•
•
•

•
•

•

Tener en un lugar
sin humedad;
No exponerlos
a los cambios
bruscos de
temperatura;
No exponerse al
sol directo;
Evitar ralladuras;
No exponer
a solventes
agresivos
que afecten
el medio de
almacenamiento.

•

•

Tener en un lugar •
sin humedad;
No exponerlos
a los cambios
•
bruscos de
temperatura;
No almacenarlos
o manipularlos
•
cerca de campos
electromagnéticos;

Copia con
programas
forenses
especializados;
Realizar el
hash6 o huella
digital del
contenido del
DVD o CD.

Usar
bloqueador de
escritura;
Copia con
programas
forenses
especializados;
Realizar el hash
o huella digital
del USB o
disco.

6  “Hash”. Una función criptográfica “hash”- usualmente conocida como “hash”- es un algoritmo matemático que transforma
cualquier bloque arbitrario de datos en una nueva serie de caracteres con una longitud fija. Disponible en: https://latam.kaspersky.com/blog/que-es-un-hash-y-como-funciona/2806/
Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales. PP. 56-73

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Teléfonos
celulares: vieja
generación/
Inteligentes

Desafíos Jurídicos

Para la recolección:
•
• Tomar fotografías del
dispositivo;
•
• Mencionar sus características;
• Realizar un croquis del lugar
del hallazgo.
Para el resguardo y transporte:
•
• Bolsa Faraday o en su defecto
envolverlo en varias capas
de aluminio, para evitar
conexiones externas o ponerlo
en modo avión;
• Sí posible también conseguir
la clave de acceso al
teléfono celular o móvil; sí
se advierte que tiene redes
sociales o correo abierto,
alguna aplicación que corra
el riesgo de perderse con el
apagado, llevarlo encendido
al laboratorio forense pero
aislado mediante una bolsa de
faraday o un bote de aluminio
como de pintura para que no
deje penetrar señales externas
conectado a una batería que
le suministre energía para
llegar al laboratorio o lugar de
resguardo.

Tener en un lugar
sin humedad;
No exponerlos
a los cambios
bruscos de
temperatura;
Con bloqueadores
de señal para
evitar que
señales externas
proporcionen la
orden de borrado
del aparato celular
o móvil.

Armando Valencia Álvarez

•

•

•

Usar
bloqueador
de escritura
para clonado
de memorias
externas del
teléfono o móvil;
Copia con
programas
forenses
especializados;
Realizar el hash
o huella digital
de la memoria
interna del
teléfono de ser
posible.

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Desafíos Jurídicos

DVR

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Para la recolección:
• Tomar fotografías del
dispositivo;
• Mencionar sus características;
• Realizar un croquis del lugar
del hallazgo.
• En dado caso de no poder
extraer todo el sistema del
DVR se extrae la trama del
video que interesa en el lugar
del hecho, para su exhibición
posterior, debido a que estos
aparatos tienen su propio
sistema de encriptación
(único) y aunque se extraiga
el disco duro no se podrá leer
fuera de su consola original;
• Sí se retira del sistema DVR
es necesario cubrir todos los
agujeros de conexión incluso
aquellos que permiten el
desensamble del DVR;
• Copia de trama en disco duro
externo para la transportación
de evidencia obtenida;
• Bolsa Antiestática o papel
aluminio;
• Caja anti golpes para el disco
duro ó mínimo bien acojinada
de cartón;
• Copia de trama en DVD o CD
cajas plásticas adecuadas
para resguardar el medio o
en su defecto bolsas de papel
especiales para guardar DVD
o CD;
• Sellado y lacrado en el lugar
del hallazgo de preferencia
realizar ahí mismo el copiado,
evitar golpes;
• Usar bloqueador de escritura
para resguardar la información
obtenida.

•
•

•

•

Tener en un lugar
sin humedad;
No exponerlos
a los cambios
bruscos de
temperatura;
Disco duro no
estar cerca
de campos
electromagnéticos;
DVD no exponerse
al sol directo,
evitar ralladuras,
no exponer
a solventes
agresivos
que afecten
el medio de
almacenamiento.

•

Copia con
programas
forenses
especializados;
• Realizar el hash
o huella digital
del disco.
Copia con
programas forenses
especializados.
• Realizar el hash
o huella digital
del disco; DVD
o CD o Memoria
USB
• * Usar el mismo
programa de
la consola
para después
exportar la
evidencia con
programas
forenses.
• * Realizar el
hash o huella
digital de la
evidencia.
• * Usar
bloqueador de
escritura

Tabla elaboración propia.

Como puede observarse las técnicas de recolección, traslado, manejo y preservación de
evidencia electrónica o digital son bastante
complejas y requiere conocimientos precisos
en técnicas de informática, las cuales de forma común los Ingenieros en Sistemas o Informáticos o personas egresadas de carreras

afines no vieron o cursaron en sus troncos de
enseñanza, debido a que estas técnicas son
relativamente novedosas.
Esto es en lo tocante tan solo a la recolección, manejo y preservación de evidencia
electrónica o digital, porque en el análisis en

Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales. PP. 56-73

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Desafíos Jurídicos

sí para determinar si una evidencia es falsa
o no puede requerir de los conocimientos de
diversas áreas tales como la foniatría7, fotografía o fotografía digital, contaduría, antropometría8, estilometría9, por mencionar
algunas; volcándose así en un estudio transdisciplinar.
De este modo, el estudio (pericial de informática forense10) puede ser tan complejo como
se decida por parte de los investigadores (Fis-

calías, Ministerios públicos, Jueces y otras
autoridades) o inclusive por las partes, abriendo un abanico amplio de múltiples combinaciones con el objeto de llegar al conocimiento
de verdad material de los hechos que se indaguen. La ventaja de recurrir a estas técnicas
novedosas con los recaudos técnicos necesarios para preservar la evidencia, es que generan pruebas objetivas de los hechos, con la
certeza de su no manipulación, que a su vez
brindan al juzgador o las partes una perspectiva más amplia del evento.

7  f. Med. Parte de la medicina dedicada a las enfermedades
de los órganos de la fonación. Disponible en: https://dle.rae.
es/foniatría
8  “La antropometría es la ciencia de la medición de las dimensiones y algunas características físicas del cuerpo humano.
Permite medir longitudes, anchos, grosores, circunferencias,
volúmenes, centros de gravedad y masas de diversas partes
del cuerpo, las cuales tienen diversas aplicaciones.” Disponible en: https://capanutri.com.mx/blog/antropometria-en-nutricion/
9 La estilometría analiza ciertos rasgos del estilo del autor y
los utiliza para comparar dos o más textos. El punto de base
de la estilometría es que el estilo es algo que nace en el subconsciente, y por esta razón, cada quien tiene su estilo propio. Por otro lado, la estilometría es una forma de analizar
textos a diferentes niveles. Algunas de sus aplicaciones es
determinar la autoría de una obra, la autenticidad, clasificación de textos, medición de frecuencia de palabras, identificación de lenguas. Disponible en: http://humanidadesdigitales.
net/blog/2012/10/27/que-es-la-estilometria-y-para-que-sirve/
10 Se entiende por informática forense al conjunto multidisci-

Sin embargo, para llegar a obtener los resultados deseados y satisfactorios respecto de
la evidencia electrónica o digital, esto es, por
ejemplo en materia penal, que la evidencia
logre convertirse en prueba al trascender en
las diferentes etapas del procedimiento (investigación ministerial, investigación complementaria o judicializada, depuración en etapa
intermedia o acusación y desahogo en juicio), requiere que los abogados o litigantes,
así también las autoridades de investigación,
cuenten con determinados conocimientos o
en su defecto que estén asesorados por quienes si los tienen (peritos), a efecto de recolectar u ofrecer la evidencia electrónica o digital
de la manera adecuada. Asimismo, contar con
los conocimientos adecuados en esta materia, les permitirá vislumbrar hasta qué punto
podrá llegar la evidencia, y de ser el caso,
buscar un arreglo extrajudicial.

plinario de teorías, técnicas y métodos de análisis que brindan soporte conceptual y procedimientos de investigación
de la prueba indiciaria informática. Darahuge, María, Elena
y Arellano, González, Luis E., Manual de informática forense
(prueba indiciaria informática forense)bases metodológicas:
científicas, sistemática, criminalística, tecnológica-pericial y
Marco Legal, Buenos Aires, enrrepar, 2011, p.9

Para Jeremías Betham el objeto de las leyes es producir el más alto grado de felicidad
máxima al mayor número de personas; en
cuanto a los objetivos del procedimiento, se
busca que las decisiones sean rectas, celeridad en el proceso y que este sea económico;

Armando Valencia Álvarez

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así como la eliminación de obstáculos superfluos11.

ciones a los derechos humanos, en especifico al debido proceso, a veces no dolosa pero
aun así perjudicial, por el desconocimiento
Empero las máximas descritas anteriormente de los aspectos más mínimos y elementales
si bien son un ideal de lo que debería ser la en materia de informática forense de los opeley y el procedimiento, en la actualidad distan radores del derecho, así, es común dañar la
mucho de alcanzar dicho objetivo, así pare- evidencia (hacerla inservible para la práctica
ciera que el fin último de los procedimientos de la pericial) o realizar un mal llenado de la
no es la justicia sino la legalidad, al encon- cadena de custodia, lo que en un sistema tan
trarnos en plena revolución digital aún inmer- formalista como el Penal hace intrascendensos en procedimientos exhaustivamente for- te dicha prueba. Claros ejemplo de lo antemalistas; ante este panorama, es sumamente rior es, una inadecuada recolección técnica
beneficioso previo a ejercitar cualquier acción al ocupar firmas digitales en desuso por las
de carácter legal, realizar un ejercicio de los prácticas internacionales, asimismo, la nula
alcances jurídicos que podría llegar a tener posibilidad de contradecir la prueba de manenuestra prueba electrónica o digital, más aun ra real, debido a la falta de expertos en la matratándose de pruebas que se recolectan de teria o por la denegación por parte del aparato
manera local pero que sus efectos involucran que imparte justicia al acceso a la prueba con
a otros países, en los cuales la cooperación plazos correctos para su análisis.
internacional será inevitable, bien sea a través
de los tratados y acuerdos de colaboración Ahora bien, en materia civil, puede ofrecerse
previamente signados, o mediante exhortos la prueba electrónica o digital siempre y cuano cartas rogatorias; de esta forma, vislumbrar do no se haya obtenido vulnerando derechos
los alcances de la prueba permitirá elegir la humanos (por ejemplo una intromisión a las
opción que nos resulte más beneficiosa, aún comunicaciones privadas); en esta materia
tratándose de acuerdos extrajudiciales, ante resulta trascendente en su ofrecimiento conla falta de certeza de poder recabar una prue- servar una cadena de custodia privada con el
ba o involucrarnos en un procedimiento suma- objeto de no proporcionarle a la contra parte
mente largo como consecuencia de recabar argumentos para que la prueba sea desechaevidencia de otros países en donde las barre- da por no resguardar adecuadamente la prueras de distancia e idioma son determinantes. ba para su exhibición.
La experiencia del suscrito como Perito en Informática Forense me ha permitido observar
las diversas complicaciones en la recolección
de evidencia electrónica o digital, porque conllevan en determinadas circunstancias viola11 Benham, Jeremías, Tratados de las prueba judiciales, Argentina, Valletta Ediciones, 2002, pp.3-6

En materia civil también es válido requerir la
intervención de un fedatario público que haga
constar la obtención de la evidencia; para
qué acto jurídico se va sustanciar; bajo qué
condiciones se resguarda el objeto sometido
a investigación; y además se asiente con fe
pública en el instrumento en conjunto la evidencia extraída con los medios de almacena-

Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales. PP. 56-73

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Desafíos Jurídicos

miento como DVD o Memoria USB. En caso
de un teléfono celular o móvil, después de la
intervención del fedatario este puede quedar
perfectamente embalado y resguardado en
posesión de su propietario para posterior exhibición a la contra parte para el cotejo de los
archivos que están en posesión del fedatario
público; o la parte que tiene los extractos de
evidencia en conjunto con el instrumento del
fedatario público del ser el caso.
Haciendo un breve análisis de la evidencia
electrónica o digital obtenida de la aplicación
WhatsApp, tomándose esta como ejemplo al
ser de los programa de mensajería instantánea más usados en el mundo, y dado que
actualmente permite el borrado de mensajes
(anteriormente también se realizaba pero requería de conocimientos avanzados en computación al no ser una herramienta del propio programa), los argentinos Gastón Enrique
Bielli y Carlos Ordoñez en su libro La prueba
electrónica teoría y práctica12 proponen lo que
ellos denominan tripe test de admisibilidad
para los casos de WhatsApp que consiste en
cuidar tres aspectos a saber: la autenticidad;
la integridad; y la licitud. Con ello buscan que
la prueba recabada de WhatsApp tenga los pilares jurídicos necesarios para que trascienda
a las diferentes etapas del proceso.

tomado por una persona distinta a su propietario, robado o hackeado13. Mientras que en el
tradicional documento escrito la autoría puede
acreditarse con la firma del autor o su sello
comercial en su defecto; para el documento
electrónico en muchos casos se identifica el
ordenador o dispositivo del cual se ha enviado
el mensaje, pero no quién es su remitente.
La situación anterior nos coloca en la necesidad de verificar la autenticidad mediante otras
características denominadas atributos del documento, que contiene fecha de generación del
mensaje, el dispositivo del cual se generó, si la
persona generadora y receptora coinciden, y
en la mayoría de las veces incluso la versión
del programa del cual se generó el archivo.
Reforzado lo anterior con la encriptación de
usuario a usuario y su firma digital que vincula el número del celular o móvil, así como
la cuenta del usuario del cual se originan los

13  El hackeo hace referencia a las actividades que buscan

En el primer elemento del Test de admisibilidad propuesto por Bielli y Ordoñez, es el relativo a la autenticidad, cuya finalidad es arrojarnos indicios del presunto autor aparente, lo
anterior para descartar que el teléfono celular
desde el cual se envía el mensaje haya sido

comprometer los dispositivos digitales, como ordenadores,
teléfonos inteligentes, tabletas e incluso redes enteras. Y
aunque el hackeo puede no tener siempre fines maliciosos,
actualmente la mayoría de las referencias tanto al hackeo
como a los hackers, se caracterizan como actividad ilegal por
parte de los ciberdelincuentes, motivados por la obtención de
beneficio económico, por protesta, recopilación de informa-

12  Bielli, Gastón Enrique y Ordoñez, Carlos Jonathan, La

ción (espionaje), e incluso sólo por la “diversión” del desafío.

prueba electrónica teoría y práctica, Argentina, La ley, p.553.

disponible en: https://es.malwarebytes.com/hacker/

Armando Valencia Álvarez

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mensajes, tarjeta SIM14, y el código IMEI 15 del
celular, lo que resulta en un mínima presunción del autor.
Ahora bien, el segundo elemento al que hace
alusión el Test de admisibilidad es la Integridad, así, en la informática se habla de integridad cuando la información se encuentra inalterada en su contenido original en conjunto
con las características señaladas en los párrafos precedentes y la firma digital, de modo
tal que existe seguridad de que el documento
no fue modificado de ninguna forma.

ches de seguridad, antivirus o antimalware16,
puesto que en la jerga informática es sabido
que un sistema computacional de cualquier
tipo es relativamente seguro en tanto conserve estas características.
En la práctica muchos de los teléfonos celulares que llegan a las manos de los peritos
cuentan con los permisos root17 habilitados en
16  “Hoy en día, Internet está lleno de malware programado
para buscar automáticamente las debilidades de tu equipo. El
mejor programa impide la instalación de malware de manera
eficiente y eficaz, y si alguno consigue entrar en el sistema,

El tercer elemento del Test es el de la licitud,
que se encuentra estrechamente ligado con la
prueba, en razón a la forma de la obtención y
el modo de su obtención de su fuente originadora o del elemento proveniente.

lo elimina. Aunque seas el único que usa tu ordenador personal o portátil, el antimalware sigue siendo necesario para una
seguridad en internet fiable y robusta. Disponible en: https://
softwarelab.org/es/que-es-antimalware/
17  Rootear Android es la operación que hay que realizar para
obtener permisos de superusuario, y así tener el permiso del

Sin embargo, el autor de este documento incorporaría un cuarto elemento al Test de admisibilidad, consistente en la verificación del
equipo para saber si conserva o mantiene las
características de fábrica y además los par-

móvil para hacer los cambios más profundos dentro del sistema operativo. Vamos, que tienes el control total de tu móvil
para hacer lo que quieras con él. Esto te permite tener una
versión de Android que no está controlada por el fabricante,
sino por la comunidad de desarrolladores, algo que tiene algunas ventajas y también desventajas. Así pues, podemos decir

14  La tarjeta SIM o SubscriberIdentity Module es una peque-

que rootear tu dispositivo es algo así como desbloquearlo,

ña tarjeta de plástico que tiene un chip pegado a ella, y que

quitarle los impedimentos con los que el fabricante te mantie-

tienes que insertar en tu teléfono móvil o smartphone. En este

ne todo el rato al nivel de usuario. Una vez has rooteado el

chip,almacena de manera segura tu número de teléfono, así

móvil, podrás instalar los permisos de superusuario mediante

como las claves de acceso de un usuario concreto en una

una aplicación, y entonces ya podrás obtener todo el control

operadora de telefonía. disponible en: https://www.xataka.

sobre él. Para qué sirve rootear Android Rootear Android to-

com/basics/tarjeta-sim-como-funciona-como-saber-que-ti-

davía tiene algunas ventajas que hace que los usuarios más

po-tuya

avanzados aún recurran a ello en algunos casos. La más

15  Se trata de un número de 15 dígitos que lo identifica.

extendida es la de poder instalar ROMs o versiones modifi-

En inglés se llama International Mobile EquipmentIdentity,

cadas de Android, como por ejemplo LineageOS o Paranoid

lo que en español se traduce como “identidad internacional

Android. Esto te permite tener una versión de Android que no

de equipo móvil”. Pero todo el mundo lo conoce por sus si-

está controlada por el fabricante de tu móvil, sino por la comu-

glas: IMEI. disponible en: https://www.bbc.com/mundo/noti-

nidad de desarrolladores. Gracias a esto, por ejemplo, podrás

cias-42774859

actualizar un móvil que ya está viejo y del que el fabricante
Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales. PP. 56-73

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los sistemas Androide18, lo que le permite al
usuario del equipo tener acceso a todo el teléfono y por ende a todos los programas que
están instalados en el dispositivo para que
éste pueda modificarlos a su gusto, incluso
las bases de datos de WhatsApp; así, una vez
con permisos root habilitados se tendría que
analizar si han instalado aplicaciones tendientes a modificar las bases de datos en el teléfono, para de este modo dar certeza de que los
mensajes están intactos (integridad).
Aquí cabe señalar que los equipos Iphone no
están exentos de sufrir modificaciones en sus
se ha desentendido a nuevas versiones de Android con todas
sus ventajas. Rootear también te puede ayudar a exprimir el
hardware al máximo aprovechando todo el potencial de los

bases de datos, en el caso de estos dispositivos es a través de la aplicación jailbreak19,
que se tiene acceso al teléfono logrando con
ello poder instalar aplicaciones no oficiales
tendientes a modificar bases de datos.
Sin embargo hay que aclarar que el modo
root o jailbreak, no es dañino per se; puesto que éstos se ocupan por los Informáticos
forenses para poder realizar estudios profundos a los dispositivos sujetos a investigación;
entonces qué es el root o jailbreak, simplemente el tener acceso a todas la características del software instalado en el teléfono y a
todos sus programas; lo cual de primera intención no implica modificación de contenido
sensible generado por el usuario del dispositivo o terceros.

componentes internos del móvil. Por ejemplo, podrás instalar
aplicaciones para modificar la frecuencia del procesador, o
aplicaciones para analizar la batería y evitar que otras apps

19  En términos técnicos, el jailbreak es la instalación de par-

se queden funcionando de fondo y consumiendo recursos.

ches de kernel modificados que permiten que ejecutes sof-

Además de esto, rooteando Android también vas a poder

tware no autorizado por Apple. En términos más sencillos,

desinstalar cualquier aplicación de tu dispositivo, incluso esas

jailbreak es el proceso mediante el cual se superan las res-

que por lo general nunca puedes desinstalar por decisión del

tricciones del dispositivo, lo que permite al usuario cambiar

fabricante o de la propia Google. Aunque eso sí,desinstalar

el sistema operativo o la instalación de ciertas aplicaciones.

algunas aplicaciones puede hacer que el móvil deje de fun-

Por lo tanto, el Jailbreak te permite tener accesos de adminis-

cionar correctamente.Y por último, gracias a esas versiones

trador al dispositivo que has hackeado. Tendrás la posibilidad

modificadas o cocinadas(el término que usan los desarrolla-

de cambiar la configuración que en un principio no podías,

dores) de Android también puede servir para tener nuevas

bajar las aplicaciones que no cumplen con la normativa de

funciones en el móvil, o incluso tener una mayor capacidad

Apple Store y personalizar los funciones como quieras.

de personalización para darle exactamente el aspecto que

A menudo, el jailbreak de iOS es comparado con el de An-

quieras sin los límites que ha impuesto el fabricante. Dispo-

droid rooting, pero ambos procesos difieren mucho entre sí.

nible en:https://www.xataka.com/basics/root-android-que-sir-

Apple integra una seguridad bastante estricta en sus disposi-

ve-cuales-sus-inconvenientes

tivos, como el gestor de arranque que evita que los usuarios

18 Es el sistema operativo que utilizan 2,500 millones de

modifiquen el sistema operativo.

dispositivos activos. Desde teléfonos con 5G hasta las más

A pesar de que no es ilegal hacerle un jailbreak a un iPhone,

increíbles tablets, la tecnología de Android está presente en

su instalación va en contra los términos y condiciones de uso.

todos ellos. Disponible en: https://www.android.com/intl/es-

Disponible en: https://opendatasecurity.io/que-es-el-jailbreak/

419_mx/what-is-android/
Armando Valencia Álvarez

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A continuación, se analizan algunas tesis, que
nos permiten vislumbrar los lineamientos que
la Suprema Corte de Justina de la Nación, ha
ido estableciendo para la valoración de pruebas electrónicas o digitales.
“CADENA DE CUSTODIA. SU TRANSGRESIÓN NO TORNA ILÍCITOS LOS DATOS DE
PRUEBA.
La transgresión a los principios legales de cadena de custodia, no torna ilícitos los datos de
prueba relacionados con la evidencia respectiva. La ilicitud es un tema que atañe a la manera en que se obtiene la prueba en tanto que
la cadena de custodia es la manera en que se
preserva la misma. Conforme al artículo 264
del Código Nacional de Procedimientos Penales, los datos de prueba obtenidos contra derechos fundamentales conllevan su exclusión
o nulidad; en cambio, los indicios alterados
por violación a la cadena de custodia repercuten en su valoración, pues el numeral 228
del mismo código, determina que aquéllos no
perderán su valor probatorio a menos que la
autoridad competente verifique que han sido
modificados de tal forma que pierdan su eficacia.”20
Por cuanto a esta tesis se comparte su contenido en lo inherente al señalar que los datos
20  Registro No. 2021845

obtenidos con violación a derechos fundamentales traen aparejados la exclusión o la
nulidad de los mismos; cuestión que a nivel
de diversos tratadistas sostienen en sus argumentos como válido. En cambio, no se comparte el criterio adoptado, al establecer que
los indicios alterados por la violación de cadena de custodia repercuten en su valoración,
situación que resulta muy delicada en informática forense debido a la facilidad que tiene
cualquiera de las partes involucradas para alterar las pruebas.
Si no se han tomado los recaudos técnicos
necesarios previos para detectar la alteración,
se corre un riesgo muy elevado de estar juzgando con pruebas falsas. Usted lector se preguntará por qué es esto posible, la respuesta
es simplemente por la facilidad de copia de los
archivos siendo idénticos en otro dispositivo;
no se pueden diferenciar a menos que al inicio se identifique el medio original a través de
etiquetas y su respectiva copia. Por lo tanto,
aceptar datos de prueba con cadenas de custodia no escrupulosamente atendidas caemos
en la posibilidad de que estas sean alteradas
en el proceso legal; de tal forma que mientras
en las pruebas físicas se podrá en muchas de
las ocasiones con un peritaje adecuado detectar la alteración con mayor facilidad, tratándose de pruebas electrónicas o digitales es
más complejo percibir su alteración debido a
las razones señaladas en líneas precedentes.

Localización: Décima Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Libro 77, Agosto de 2020, Tomo VI.
página: 5981
Tesis: I.4o.P.36 P (10a.)
Materia: Penal

“PRUEBA ELECTRÓNICA O DIGITAL EN
EL PROCESO PENAL. LAS EVIDENCIAS
PROVENIENTES DE UNA COMUNICACIÓN PRIVADA LLEVADA A CABO EN UNA
RED SOCIAL, VÍA MENSAJERÍA SINCRÓNICA (CHAT), PARA QUE TENGAN EFICA-

Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales. PP. 56-73

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CIA PROBATORIA DEBEN SATISFACER
COMO ESTÁNDAR MÍNIMO, HABER SIDO
OBTENIDAS LÍCITAMENTE Y QUE SU RECOLECCIÓN CONSTE EN UNA CADENA
DE CUSTODIA.

conversaciones en que intervenimos y que
pretendemos ofrecer como dato de prueba
deja de tener el carácter de secreto, siendo a
través de la autorización de la parte oferente o
bien mediante la autorización judicial.

(...) se extiende a las llevadas a cabo mediante
cualquier medio o artificio técnico desarrollado
a la luz de las nuevas tecnologías, desde el correo o telégrafo, pasando por el teléfono alámbrico y móvil, hasta las comunicaciones que se
producen mediante sistemas de correo electrónico, mensajería sincrónica (chat), en tiempo
real o instantánea asincrónica, intercambio de
archivos en línea y redes sociales (...)”21

El autor está de acuerdo con esta tesis que
señala que dada la naturaleza de los medios
electrónicos que son intangibles y que son
fácilmente manipulables y susceptibles de
alteración, se exige para constatar la veracidad de su origen y contenido la existencia de
registros adecuados con cadena de custodia
bien estipulada marcando la trazabilidad de la
evidencia logrando preservar el principio de
mismidad que persigue la implementación de
Bien puntualiza esta tesis al señalar que la la cadena de custodia. Cayendo en falta de
evidencia de una comunicación privada que requisitos de ilicitud o en su defecto de fiabies obtenida de una red social vía mensajería lidad.
comúnmente conocido como chat, para que
tenga eficacia probatoria como mínimo debe “VIDEOGRABACIONES. SU VALOR PROhaber sido obtenidas lícitamente es decir sin BATORIO EN EL PROCEDIMIENTO LABOvulneración a los derechos humanos, y que su RAL.
recolección conste en una cadena de custodia. Como se dijo en el análisis de la tesis an- El artículo 776 de la Ley Federal del Trabajo,
terior, flexibilizarse las cadenas de custodia, vigente hasta el 30 de noviembre de 2012, eshace propenso el riesgo de la manipulación tatuye que son admisibles en el proceso todos
informática.
los medios de prueba que no sean contrarios
a la moral y al derecho, destacando entre ésOtro de los aspectos más relevantes de esta tos la fracción VIII, referida a las fotografías
tesis, es el parámetro de en qué momento las y, en general, a aquellos medios aportados
por los descubrimientos de la ciencia. Ahora
bien, es importante tomar en cuenta que en
21  Registro No. 2013524
la actualidad, muchas de las empresas, por
Localización: Décima Época
seguridad para un manejo más eficaz en el
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
desempeño de sus actividades cotidianas,
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
se valen del empleo de determinados desTomo: Libro 38, Enero de 2017, Tomo IV, página
cubrimientos de la ciencia como son ciertos
página: 2609
sistemas audiovisuales basados en medios
Tesis: I.2o.P.49 P (10a.)
digitales o electrónicos que sirven para dejar
Materia: Penal
Armando Valencia Álvarez

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constancia de lo acontecido, entre ellos, la cámara de video, la cual, según el Diccionario de
la Lengua Española de la Real Academia Española, consiste en un: “Aparato portátil que
registra imágenes y sonidos y los reproduce.”;
las que pueden ser almacenadas y preservadas en un registro o soporte electrónico. Además, todo lo ahí contenido logra reproducirse
mediante grabaciones en formatos digitales
conocidos comúnmente como “DVD”, entre
otros. Consecuentemente, las videograbaciones deben considerarse como pruebas en el
procedimiento laboral porque son herramientas electromagnéticas que constituyen avances tecnológicos de la ciencia; no obstante lo
anterior, una vez que son extraídas del lugar
donde se encuentran almacenadas, por sí solas, no constituyen prueba plena, sino únicamente un indicio porque, por su naturaleza,
son susceptibles de ser manipuladas por los
encargados de copiar las grabaciones y, por
ello, requieren estar reforzadas o adminiculadas con otra probanza.”22

debido a que estos aparatos tienen su propio
sistema de encriptación (único) y aunque se
extraiga el disco duro no se podrá leer fuera
de su consola original.

Sin embargo, a criterio del suscrito se considera exagerado el hecho que de acuerdo a
la tesis anteriormente transcrita la prueba
(videograbación) por sí misma no constituya
una prueba plena, sino únicamente un indicio, porque podría darse el caso que una videograbación registre el momento en que un
empleado realice actos que impliquen la falta
de probidad (causa de un cese en materia laboral), y sea de los únicos elementos que lo
vinculen con el hecho, a este debería otorgársele valor pleno, si se observan determinadas
pautas para su recolección, por ejemplo llevar
a un fedatario público que de constancia del
dispositivo que contiene la grabación, la forma
en que se realiza la copia del segmento que
interesa, así como del resguardo de la copia,
lo cual además se encuentre acompañado de
una cadena de custodia privada de ser el caso
El contenido de esta tesis corrobora lo expues- y fortalecido con una pericial en informática
to por el suscrito en párrafos precedentes, en forense que avale la no alteración del contenilo inherente a las prevenciones que se deben do de la videograbación.
tener en cuenta al manejar la prueba electrónica o digital consistente en videograbacio- Otro elemento que llama la atención es la prenes, puesto que generalmente únicamente concepción de que todos los encargados de
se extrae la trama del video que nos interesa suministrar los videos están en el ánimo de
falsear o alterar la realidad.
22  Registro No. 2008744
Localización: Décima Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Tomo Libro 16, Marzo de 2015, Tomo III.
página 2551
Tesis: IV.3o.T.26 L (10a.)
Materia: Laboral

En el caso que se expone en la tesis nos permite ejemplificar también uno de los supuestos
manejados en párrafos precedentes, siendo el
relativo a que la pericial de informática forense puede ser tan compleja como se decida, o
combinarla con otras periciales que le darán
mayor fuerza de convicción, así retomando el

Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales. PP. 56-73

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supuesto de que una videograbación registre
el momento en que un empleado realice actos que impliquen la falta de probidad (causa
de un cese en materia laboral), la pericial en
informática forense determinará si el video expuesto ha sido manipulado o no, así también
si fue recabado de la forma adecuada, así
al corroborarse lo anterior, lo siguiente sería
emitir una pericial que determine que la persona o sus rasgos físicos que aparece en los
videos o su voz, de ser el caso, coincide con
los de la persona que se investigue; advirtiéndose así la importancia del correcto desarrollo
de dicha pericial, puesto que una da lugar a
otra, así si se desvirtúa la veracidad del video
resultaría innecesario realizar otras periciales
como las antropométricas puesto que surge
de algo viciado.
La tesis al establecer que las videograbaciones por sí solas, no constituyen prueba plena, sino únicamente un indicio porque, por su
naturaleza, son susceptibles de ser manipuladas por los encargados de copiar las grabaciones y, por ello, requieren estar reforzadas o adminiculadas con otra probanza, bien
puede referirse por otra probanza a la pericial
en informática forense, que puede entre otras
situaciones basándose en las técnicas especializadas lograr autenticar que un video no
fue modificado, resaltando la no alteración
de los fotogramas23 que conforman el video.
Además de los metadatos que pudiera contener el archivo de video aparejado en el archivo extraído de la consola de videograbación.
Y sí además se le incorpora una firma digital
23  De foto y grama.m. Cada una de las imágenes que se suceden en una películacinematográfica. Disponible en: https://
dle.rae.es/fotograma

de creación queda más que garantizada la no
adulteración si es que la consola lo hace de
manera automática al generar el archivo de
video vigilancia o en defecto firmando también
automáticamente aquel que se extrae de la
consola de video vigilancia.
Como puede observarse existen formas para
advertir si un archivo de video fue manipulado
de manera artificiosa, así, una vez demostrado que no cuanta con edición debería reconsiderarse su escala de valor.
“PRUEBAS DE AUDIO Y VIDEOGRABACIÓN EN EL JUICIO LABORAL. ATENDIENDO A SU NATURALEZA, SU DESECHAMIENTO POR NO ACOMPAÑARSE
EN SU OFRECIMIENTO LOS ELEMENTOS
NECESARIOS PARA SU DESAHOGO
CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LAS LEYES DEL PROCEDIMIENTO.
Si bien es cierto que el artículo 780 de la Ley
Federal del Trabajo establece la obligación de
ofrecer las pruebas acompañadas de todos los
elementos necesarios para su desahogo, también lo es que tratándose de la prueba consistente en casetes, uno de audio y otro de video,
resulta improcedente que la autoridad laboral
la deseche con base en que al ser ofertada
no se exhibieron los instrumentos electrónicos
necesarios para su práctica, ya que, en todo
caso, debe conminar a su oferente para que el
día y hora que fije para su desahogo, allegue
los medios con los que pueda llevarse a cabo
su reproducción, pues dada su naturaleza,
resultaría ilógico pretender que al escrito de
ofrecimiento deban acompañarse, además de
los respectivos casetes, un audio reproductor,
una videoreproductora y un aparato de televi-

Armando Valencia Álvarez

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sión, mecanismos que estarían en poder de la
responsable durante todo el tiempo que transcurra hasta su diligenciación, lo cual sería
oneroso para el oferente; consecuentemente,
si la prueba es desechada, ello constituye una
violación a las reglas del procedimiento que
afecta las defensas del oferente y trasciende
al resultado del fallo.”24
De los aspectos más llamativos de la
Tesis anteriormente citada, la constituye el
hecho de que la misma se emitió ante una
situación recurrente como lo era el desechar
una prueba digital al no haberse ofrecido los
elementos necesarios para su desahogo que
tratándose de este tipo de pruebas, lo pueden
constituir un reproductor de video o audio,
aquí cabe señalar que en la actualidad una
pericial en informática forense, bien solicitada,
puede hacer prescindibles la exhibición o uso
de aparatos reproductores de audio o video,
puesto que, al corroborarse la no alteración
o manipulación del medio que se ofrezca se
pueden obtener las secuencia fotográficas de
sus contenidos, o las versión estenográfica
del audio, lo que facilita manejar la prueba.
CONCLUSIÓN
Finalmente y a modo de conclusión, es importante vislumbrar los alcances y efectividad que
puede tener la adecuada recolección, manejo
y resguardo de evidencia relativa a pruebas
digitales o electrónicas; aun más si se toma
en consideración la automatización creciente
en todos los aspectos de nuestras vidas cotidianas, que nos hace depender cada vez
24  Registro No. 177866
Localización: Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

más de medios electrónicos o digitales para la
consecución de nuestras tareas más simples
a las más complejas, actos que anteriormente realizábamos de manera presencial en la
actualidad se realizan a distancia a través de
algún dispositivo electrónico sin ninguna complicación, por ejemplo los trámites bancarios,
no obstante esta situación también nos hace
proclives a ser víctimas de los delitos cibernéticos, en los cuales la realización de una
pericial en materia de informática forense es
imprescindible y para lo cual como abogados
lo menos que debemos conocer son los aspectos mínimos que la misma debe observar,
así también nos es de gran utilidad saber la
forma en que se deben manejar los dispositivos que resguardan información electrónica o
digital con el fin de no destruirlos y ofrecerlos
como prueba lo mejor posible.
Si bien los temas informáticos son complejos,
y la gran mayoría de los abogados no estamos habituados a manejarlos con facilidad, es
importante que en nuestro quehacer jurídico
auxiliarnos o apoyarnos de los expertos que,
si conocen la materia, con la finalidad de ofrecer la prueba lo mejor posible, asimismo para
advertir alguna irregularidad en la que ofrezca
nuestra contra parte.
Como último punto se sugiere, siempre estar
al pendiente de la cadena de custodia, como
se vio en el cuerpo del presente el hecho de
que se traten de pruebas electrónicas o digitales no exime la obligación que tienen las
autoridades y particulares de llenar la cadena
de custodia toda vez que, si bien el contenido en sí es digital (no palpable), los medios
en que se resguardan si lo son, así que darle
prioridad a estas situaciones nos facilitará que

Las pruebas digitales o electrónicas y sus desafíos jurídicos actuales. PP. 56-73

�73

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Desafíos Jurídicos

nuestra prueba logre el fin que esperamos, y
que por el contrario no sea desvirtuada por no
haberse observado un protocolo en su recolección.

•

https://www.bbc.com/mundo/noticias-42774859

•

https://softwarelab.org/es/que-es-antimalware/

•

https://www.android.com/intl/es-419_mx/what-is-android/

•

https://sjf2.scjn.gob.mx/busqueda-principal-tesis

BIBLIOGRAFÍA
Libros:
Benham, Jeremías, Tratados de las prueba judiciales, Argentina, Valletta Ediciones, 2002, pp.3-6
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Cibercriminalidad fundamentos de investigación en México,
3ed., 2018, p.553
Darahuge, María, Elena y Arellano, González, Luis E., Manual de informática forense (prueba indiciaria informática
forense)bases metodológicas: científicas, sistemática,
criminalística, tecnológica-pericial y Marco Legal, Buenos
Aires enrrepar, 2011, p.9
Internet:
•

https://www.antena3.com/noticias/economia/sensacion-tocar-objetos-personas-distancia_20150501571df6d66584a8abb5822ff1.html

•

https://softwarelab.org/es/usb/

•

https://www.camarasdevigilanciabarcelona.com/noticias/sabes-cual-es-la-diferencia-entre-dvr-nvr-y-ndvr/
index.html

•

https://latam.kaspersky.com/blog/que-es-un-hash-y-como-funciona/2806/

•

https://dle.rae.es/foniatría

•

https://capanutri.com.mx/blog/antropometria-en-nutricion/

•

http://humanidadesdigitales.net/blog/2012/10/27/quees-la-estilometria-y-para-que-sirve/

•

https://es.malwarebytes.com/hacker/

•

https://www.xataka.com/basics/tarjeta-sim-como-funciona-como-saber-que-tipo-tuya
Armando Valencia Álvarez

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
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Aída Figueroa Bello (Facultad de Derecho y Criminología, Universidad Autónoma de Nuevo León)
La UANL y su compromiso social hacia la plena igualdad de las
mujeres en la ciencia y la investigación: logros, avances y desafíos. pp. 74-89 Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
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correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Revista de temas
contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la vida cotidiana, Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, es una publicación semestral de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología, editada en la Ciudad Universitaria,
N.L, México. Con dirección en Cd. Universitaria, Av. De los Rectores
s/n, San Nicolás de los Garza, N.L. C.P. 66451, Página electrónica de
la revista: http://desafiosjridicos.uanl.mx
Editora en jefe: Dra. Amalia Guillén Gaytán Reserva de Derechos al Uso Exclusivo del Título Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, ISSN: en trámite ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de
este número: Mtro. Juan Alonso Martínez Arrieta.
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho aborda temas contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la
vida cotidiana, tiene como propósito constituirse en un foro de discusión académica que aborda la compleja, contradictoria y multicausal relación entre el derecho y la vida social. Desafíos Jurídicos se inscribe en el debate académico nacional e internacional en el ámbito de Derecho y su giro especial en las ciencias sociales e invita al análisis de diversas
prácticas sociales y formas de organización y acción política desde una perspectiva multidisciplinaria que ponga énfasis
en la defensa de los derechos y su aplicación. Los textos publicados incorporan métodos y problemas tratados desde
el derecho, la sociología, la ciencia política, la economía, los estudios urbanos, la geografía, los estudios culturales, la
antropología, la literatura y el feminismo, entre otros. Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la postura
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ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
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PINTURA DE LA PORTADA: M.A. Daniel Vázquez Azamar “En la otra ventanilla” © 2022

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La UANL y su compromiso social hacia la
plena igualdad de las mujeres en la ciencia y la
investigación: logros, avances y desafíos
The UANL and its social commitment towards the full equality of women in
science and research: achievements, advances and challenges
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022

Por: Aida Figueroa Bello*

*https://orcid.org/0000-0002-2699-642X
Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen. Desde la teoría, el Género constituye una categoría de análisis que trastoca e influye, a su vez, en diversas áreas de estudio y de reflexión, como por ejemplo, el ámbito científico
y de investigación, entornos que por naturaleza, implican ejes de acción de todo centro universitario, y que integran elementos esenciales en todo plan o modelo educativo. La Universidad
Autónoma de Nuevo León (UANL) concentra como objetivos institucionales y directrices de
gestión institucional, la igualdad de género en los espacios científicos y de investigación. De
ahí que, el principal objetivo del presente trabajo corresponde, desarrollando una metodología
de corte cualitativo no experimental, dar a conocer dos aspectos centrales. El primero de ellos,
visibilizar la labor de las científicas y las investigadoras de la UANL evidenciando una efectiva
igualdad de las mujeres en la ciencia y la investigación en nuestra institución, subrayando los
logros y avances que ha supuesto su participación en el desarrollo científico estatal, nacional
e internacional. Y un segundo plano, pero no por ello menos relevante, destacar y definir la
gestión institucional de nuestra Universidad dirigida a la anhelada igualdad de las mujeres en
el plano científico y de investigación, examinando y valorando los desafíos pendientes, aún
persistentes en el largo proceso de construcción de igualdad plena de las mujeres científicas e
investigadoras en la UANL, dando a conocer algunas de las acciones encaminadas a la consolidación de las mujeres en la ciencia y en la investigación en nuestra Universidad.
Palabras clave: Género, igualdad sustantiva, ciencia e investigación, UANL, política institucional, acciones estratégicas.

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Abstract. From a theoretical perspective, Gender constitutes a category of analysis which disrupts and, at the same time, influences several areas of study and reflection, like for example
areas of scientific investigation, and environments that imply axes of action from any university
center and which integrate essential elements in every educational plan or model. The Autonomous University of Nuevo León (UANL) concentrates as institutional objectives and institutional
management guidelines, gender equality in scientific and research spaces. First, to make visible the work of the scientists of the UANL evidencing an effective equality of women in science
and research in our institution, highlighting the achievements and advances that their participation has contributed to the state, national and international scientific development. Secondly,
but not less relevant, to highlight and define the institutional management of our university,
aimed to develop a desired quality of women at a scientific-research level, examining and assessing pending challenges which are still persistent in the long process of building full equality
of women scientists and researchers at the UANL, publicizing some of the actions aimed at the
consolidation of women in science and research at our University.
Key words: Gender, substantive equality, science and research, UANL, institutional policy,
strategic actions.

I. INTRODUCCIÓN
Sin duda alguna, resulta indiscutible la
función social de la ciencia y de la investigación para toda sociedad, así podemos
referirnos al entorno educativo, económico,
cultural, político, por sólo mencionar algunos
de ellos. Sin embargo, y paradójicamente, a
pesar de su enorme trascendencia, en gran
medida ha sido carente del debido reconocimiento y valía. Especialmente, si tal labor
científica y de investigación ha sido desarrollada por las mujeres, atendiendo al enorme
número de estereotipos socioculturales que
han resultado determinantes para esa ausencia de reconocimiento. Es una innegable y
cruda realidad.
Aún y cuando, en nuestro país, la presencia
femenina en las filas científicas y de investigación, cada día, muestra un mayor núme-

ro, también se han debido romper, de forma
paulatina, esquemas socioinstitucionales preestablecidos que generan y refuerzan que la
Ciencia y la Investigación se encuentren representadas cuantitativamente en mayor medida, por varones que por mujeres.
El desarrollo de la ciencia y la investigación
en el devenir histórico ha experimentado todo
un largo proceso paulatino, y como es de
suponerse, con todo el cúmulo de facetas que
han integrado la cultura, entendiendo a ésta,
como todo ámbito en el que la persona humana ha debido intervenir, como por ejemplo, la
economía, la política, la religión, la ideología,
la sociología, la filosofía, entre otras. Todas
ellas con conocimiento abstracto complejo,
pero también con postulados y principios específicos y particulares, pero al final de cuentas, cada una de ellas insertas en un todo: la
humanidad.

La UANL y su compromiso social hacia la plena igualdad de las mujeres en la ciencia y la investigación: logros, avances y desafíos. PP. 74-89

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Desafíos Jurídicos

Y siempre, en todo contexto histórico en el
espacio y en el tiempo, en la búsqueda de respuestas, en la búsqueda de conocimiento:
esencial del quehacer científico y de la investigación. No obstante, éste, desde sus orígenes
ha evidenciado un claro sesgo, un distintivo
marcado por la visión andrógena, dicha perspectiva resulta convergente para que en el
contexto del estudio que se propone, podamos percatarnos que en la realidad concreta,
la ciencia y en la investigación que distingue
a la Universidad Autónoma de Nuevo León
(UANL), podamos decir que las mujeres, cada
vez más, cuenta con mayor presencia y participación, reflejo de las decisiones que han
definido los objetivos que enmarca la misión y
Visión UANL 2030, pero ciertamente, sin dejar
de lado que aún persisten desafíos y obstáculos que suponen problemáticas que impiden,
que las mujeres asumamos roles y gestiones
en los diversos procesos de toma de decisión.
Esto es, tal incremento no ha resultado exento
de obstáculos, ni mucho menos, de impedimentos que suponen para las mujeres —en la
mayoría de los casos— renuncias a diversos
aspectos, tales como la maternidad1, a una
estabilidad socioemocional, familiar y laboral,
o bien, a claudicar en definitiva, a una plena autorealización profesional y académica,
por la urgente necesidad de atender tareas y
compromisos familiares.

aún persiste, las mujeres han debido que
afrontar, diversas situaciones que derivadas
de la pandemia, han supuesto, en el menor
de los casos, atender doble o triplemente sus
compromisos familiares2, suponiendo una sobrecarga de responsabilidades que han tenido que sufragar.
Es por tal razón que este trabajo que se presenta se encuentra más que justificado, y especialmente, pertinente por diversas razones.
Una de ellas corresponde a la trascendencia
que nuestra institución educativa conlleva,
siendo la universidad pública de nuestro Estado, y por ello, su papel como ente de innovación, progreso y transformación. Y segundo,
que la equidad representa uno de los valores que marcan el quehacer institucional de
nuestra Máxima Casa de Estudios, en clara
congruencia con los desafíos que aún quedan pendientes por atender. Y por último, la
evidente participación e intervención de un
gran número de mujeres científicas e investigadoras que con su ímpetu de desarrollo profesional y científico, y cuyos conocimientos
2   González González, Mercedes, “La pandemia profundiza
la brecha de género, especialmente para las mujeres con hijos e hijas”, Género y Economía. Desigualdades de género
en el mercado de trabajo, 15 de mayo de 2021, https://generoyeconomia.wordpress.com/2021/05/15/la-pandemia-profundiza-la-brecha-de-genero-especialmente-para-las-mu-

Se ha demostrado, que por ejemplo, en tiempos de la crisis sanitaria por Covid-19, que

jeres-con-hijos-e-hijas/. También consúltese, Méndez García,
Elia y Sánchez Medina, Patricia, “Reflexiones en torno de la
vida académica femenina: ¿tiranía de los cuidados y reproduc-

1   Rebolledo, Loreto y Espinosa, María Paulina, “Género, uni-

ción de lógicas culturales patriarcales?”, en García Oramas,

versidad e investigación. Una tríada compleja”, Anales de la

María José (coord.), Igualdad sustantiva en las Instituciones

Universidad de Chile, núm. 11, séptima serie, 2016, pp. 155-

de Educación Superior, Universidad Veracruzana, México,

171, en especial, p. 161, https://anales.uchile.cl/index.php/

2018, pp. 125-152, en especial p. 128 y ss, http://libros.uv.mx/

ANUC/article/view/45312.

index.php/UV/catalog/download/TU178/160/461-1?inline=1.
Aida Figueroa Bello

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adquiridos, puedan ser divulgados con miras
al progreso social y cultural de nuestro Estado. En resumidas cuentas, y para adentrarnos
a la temática, podemos aseverar que, aún y
cuando quedan asignaturas pendientes, por
lo menos en el caso de la UANL, se encuentra
en buen camino, en aquél en el que la ciencia,
el sesgo de género tiende, poco a poco, a disiparse, y veremos por qué.

de literatura que nos brindarán los elementos
imprescindibles para su estudio, así como
también, documentos institucionales que
dén cuenta de los objetivos que la UANL se
ha marcado con miras al logro de la igualdad
plena de las científicas e investigadoras en el
quehacer y búsqueda del conocimiento, con
lo cual, nos será factible vislumbrar el estado
actual de las mismas, como promotoras del
conocimiento, y a la vez, definir los desafíos
Es necesario destacar que el principal obje- que aún quedan pendientes, así como tamtivo del presente trabajo corresponden dos bién las posibles acciones que pudieran inaspectos centrales. El primero de ellos, dar a centivar su cada vez mayor participación. El
conocer la labor de las científicas y las inves- trabajo consta de cuatro apartados: el primero
tigadoras de la UANL evidenciando una efec- de ellos, introduce al planteamiento del protiva igualdad de las mujeres en la ciencia y la blema que se aborda, incluyendo un esbozo
investigación en nuestra máxima casa de es- general del abordaje temático; en el segundo
tudios, subrayando los logros y avances que apartado, contempla los lineamientos teóriha supuesto la participación de las científicas co-conceptuales que integrarán el marco ree investigadoras de la UANL en el desarrollo ferencial, los conceptos básicos que constituicientífico estatal, nacional e internacional. Y un rán el conglomerado analítico y sustancial de
segundo plano, pero no por ello menos rele- este trabajo. Por su parte, en la parte tercera,
vante, se refiere a destacar y definir la gestión también parte medular de este trabajo, se dan
institucional de nuestra Universidad dirigida a a conocer las diversas acciones y estratela anhelada igualdad de las mujeres en el pla- gias que institucionalmente ha implementado
no científico y de investigación, examinando nuestra Universidad a los tiempos actuales en
y valorando los desafíos pendientes que aún materia de igualdad de género, y por último,
persisten en el largo proceso de construcción en el cuarto apartado, se vierten, a manera de
de igualdad plena de las mujeres científicas e conclusión, algunas consideraciones finales,
investigadoras en la UANL, así como también, dejando evidencia que aún persisten impordando a conocer algunas de las acciones en- tantes retos y enormes desafíos pendientes,
caminadas a la consolidación de las mujeres pero que nuestra Universidad se posiciona en
en la ciencia y en la investigación en nuestra la senda para lograrlos.
Universidad.
II. DELIMITACIONES
Por consiguiente, en este trabajo se plantea TEÓRICO-CONCEPTUALES
una metodología cualitativa no experimental, exploratoria y descriptiva, basada en la Invariablemente el análisis proyectado en el
investigación documental y sociojurídica ló- presente trabajo, se engloba en la temática
gico formal de las fuentes de información y de la teoría de genéro, particularmente, en
La UANL y su compromiso social hacia la plena igualdad de las mujeres en la ciencia y la investigación: logros, avances y desafíos. PP. 74-89

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el ámbito de la ciencia y de la investigación,
dos facetas que representan el eje conductor
de la visión de nuestra Universidad, en donde
conceptualizaciones teóricas como lo son por
ejemplo, techo de cristal, o quizá el denominado, laberinto de cristal, techo de cemento,
suelo pegajoso, entre otros constituirán nuestro análisis teórico-reflexivo, mismos que desde la Academia se han empleado para visibilizar la situación de desventaja, simbolizando
el conjunto de obstáculos y la serie de trabas
que, para las mujeres, han representado para
lograr materialmente la anhelada igualdad
sustancial en los diversos ámbitos de la vida,
y que en este caso, atienden al entorno científico y de la investigación.

demos señalar que, al referirnos a la presencia de las mujeres científicas e investigadoras
en nuestra Universidad, los esfuerzos institucionales se han multiplicado y diversificado,
advirtiéndose el compromiso institucional por
la igualdad de género.

Si al referirnos a la situación de las mujeres
en la ciencia y en la investigación, hemos de
mencionar que aún se mantienen y persisten
condiciones no del todo favorables para ellas en el contexto actual, con mayor o menor
grado de intensidad, dependiendo de la latitud geográfica que nos podamos enfocar, no
obstante ello, también desde el punto de vista
institucional, prevalecen entes educativo-universitario que en definitiva — y luchando a
En este mismo sentido, y ubicándonos en la contra corriente— han roto paradigmas, que
vertiente filosófica-jurídica, la teoría de la ig- definen su compromiso institucional y gestión
ualdad nos brinda las líneas básicas a través político-administrativa, contemplan direcde las cuales, podemos desarrollar el debido trices, acciones y estrategias institucionales
análisis de conceptos o ideas esenciales en la dirigidas, precisamente a lograr una igualdad
materia que nos ocupa. Vocablos que ilustran plena de las científicas e investigadoras en la
y reflejan de manera clara y gráficamente la búsqueda del conocimiento. Nuestra Universituación de las mujeres en tareas de investi- sidad es muestra de ello, al visibilizar la lagación científica.
bor que en la ciencia y la investigación, las
profesionales en activo desarrollan, así como
Asimismo, lineamientos de dicha teoría nos también, de aquellas estudiantes que integran
aportan, tanto en su vertiente formal, como el 52% de la población estudiantil en nuestra
sustancial; la primera de ellas, plasmada y re- Universidad.
flejada en los ordenamientos y codificaciones
normativas, ya sea constitucionales, legisla- Desde el punto de vista analítico, nos resulta
tivas y jurisprudenciales; y la segunda, que imprescindible aludir al significado de dichos
constituye la realidad evidente y concreta, y términos específicos en la teoría de género.
que materializa los postulados téoricos decre- Veamos en qué consiste cada uno de ellos.
tados por la primera, todos los elementos para El término de techo de cristal (glass ceiling)
reflexionar la relación entre Ciencia y Género ha sido acuñado por Marilyn Loden3, quien en
en el seno de la UANL, así como también las
asignaturas pendientes y desafíos insoslay- 3   BBC Mundo, Marilyn Loden, la mujer que inventó la exables que se han de atender. Es así que po- presión “techo de cristal”, BBC News/Mundo, 13 de diciembre
Aida Figueroa Bello

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1978, en la Women´s Action Alliance Conference, en Nueva York, —hace prácticamente
un poco más de cuatro décadas— mencionaba de la existencia de un techo invisible de
cristal, constituyendo una serie de obstáculos
que impiden la promoción de las mujeres y las
numerosas trabas que les obstruyen posicionarse en puestos de toma de decisiones, y así
lograr sus aspiraciones, y que aún a la fecha,
se han empleado para caracterizar metáforicamente tal situación.
Así, si nos referimos a tales barreras, hemos
de mencionar que constituyen, en gran medida, de tipo acentuadamente estructural, social y cultural, que de índole personal, como
lo son, un claro reparto desigual de las cargas
familiares4 y domésticas, la falta de conciliación familiar, las políticas gubernamentales,
aspectos extrínsecos que resultan más que
determinantes. Y que representan el conjunto de reglas oscuras y normas no escritas al
interior de las organizaciones que dificultan
a las mujeres tener acceso a los puestos de
alta dirección. Se ha considerado algo invisible, puesto que no hay leyes o códigos, —es
decir, evidencia material y real— que visiblemente pongan limitantes a las mujeres. Es
por ello, que de manera metáforica, se ilustra
pirámidalmente hablando, los impedimentos
que suponen para las mujeres, ocupar puestos en la toma de decisiones. Y justamente, un
ejemplo de ello, corresponde el menor número de mujeres científicas e investigadoras en

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el Sistema Nacional de Investigadores5 (SNI)6,
—bastión del desarrollo científico y tecnológico de nuestro país—, comparativamente a los
hombres, y qué decir, en cuanto a los niveles
de reconocimiento, correspondiendo al reconocimiento de Investigadora Emérita, realmente minímo.
De tal manera que, así principalmente en
contextos relacionados con los puestos de
alta jerarquía, la presencia femenina se encuentra minorítariamente ilustrada, barreras
que resultan in(visibles) para todo mundo, y
de forma más acentuada, el elemento cultural
y social de toda comunidad: los estereotipos
5   Ruiz Gutiérrez, Rosaura, “El Sistema Nacional de Investigadores”, en Salvador Vega y León (coord.), Sistema Nacional de Investigadores. Retos y Perspectivas de la Ciencia en
México, Universidad Autónoma Metropolitana, 2018, pp. 4148,

https://docplayer.es/73922101-Sistema-nacional-de-in-

vestigadores-retos-y-perspectivas-de-la-ciencia-en-mexico.
html.
6   Ballarín Domingo, “Mujeres en el “laberinto de cris-

tal” universitario”, en De Torres Ramírez, Isabel, coord,
Miradas desde la perspectiva de género: estudios de
las mujeres, 2015, pp. 183-194, en particular, p. 190.
Es numerosa la literatura al respecto, sirva señalar
por ejemplo, García Beaudoux, Virginia, “Carreras de
obstáculos y laberintos de cristal”, en Useros, Ana,
Muñoz, Creusa Muñoz, y Lucía, Lourdes (dir.), El atlas de las mujeres en el mundo: las luchas históricas y
los desafíos actuales del feminismo, 2018, pp. 66-69;
Cuadrado Guirado, María Isabel, Navas Luque, Marisol, y Molero Alonso, Fernando, “Mujeres y liderazgo:

de 2017, https://www.bbc.com/mundo/noticias-42338736.

claves psicosociales del techo de cristal”, Psicothema,

4   Gaete Quezada, Ricardo, “Acceso de las mujeres a los car-

número 23, vol. 2, 2011, pp. 173-179. Macho, Marta,

gos directivos: universidades con techo de cristal”, Revista CS,

“Mujeres con ciencia”, Un blog de la Cátedra de Cul-

núm. 24, enero-abril de 2018, pp. 67-90, en especial, pp. 81

tura Científica de la UPV/EHU, 2017, http://www.mu-

y 87, https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=476358051005.

jerescon-ciencia.com.

La UANL y su compromiso social hacia la plena igualdad de las mujeres en la ciencia y la investigación: logros, avances y desafíos. PP. 74-89

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socioculturales que en los procesos de socialización, han debido permear hasta el día
de hoy, y el mundo universitario no ha sido
la excepción, ubicando en la cúspide universitaria, a las científicas e investigadoras en
un menor número, predominando obstáculos
organizacionales, interpresonales, y también,
de carácter personal, mismas que no resultan
del todo invisibles, sino más bien, difíciles de
ubicar, o de identificar7.

de Género, a las dificultades que suponen
para las mujeres, el despegarse de la base,
del entorno privado, —que a lo largo de generaciones, han configurado los roles socioculturales que las han encasillado— y así, enfocarse y adentrarse al mundo de lo público.
Simone Lucie Ernestine Marie Bertrand de
Beauvoir, —más conocida como Simone de
Beauvoir— la denominaba adhesividad.

A primera vista, se pudiera estimar que atienLo anteriormente expresado, nos lleva a otro den a aspectos y elementos estrictamente de
concepto básico en la Teoría de Género, que índole personal e indivual, sin embargo, y ya
es el laberinto de cristal, —terminología que revisando muy a fondo la cuestión, podemos
se ha considerado con mayor atino a nues- evidenciar, que se encuentran solidificados y
tra consideración— y que muestra la posición muy bien basamentados en estructuras instide las mujeres en puestos de liderazgo, por tucionales que precisamente marcan este reejemplo, procesos en su mayoría relentaliza- forzamiento, y por ende, impiden su acceso al
dos y poco frecuentes, tanto en su acceso, mercado laboral. Actividades de orden privacomo en su ascenso profesional. Y cierta- do, tales como limpiar, cocinar, al cuidado de
mente, también se ha empleado de manera alguien, lavado, entre otras, y que en definitimetáforica tal concepto, para representar lo va, en cuanto a la inversión horaria, está más
díficil que supone, para las mujeres, ocupar que clara, desproporcionada, con respecto
sobre todo, puestos de jerarquía direccional, o a los hombres9. Tales pegamentos chiclosos
que en el mejor de los casos, se les considere que suponen para las mujeres, obstáculos
para puestos de dirección media8.
que disminuyen sus oportunidades en su asOtro de los términos en la materia, corresponde al concepto de suelo pegajoso. Es lo que
se ha dado en llamar en los estudios y Teoría

9   Juárez, Blanca, “Panorama Laboral de las Mujeres. Entre
cristales y pisos pegajosos, glosario de género en el trabajo”,
El Economista, 24 de noviembre de 2019, https://www.eleconomista.com.mx/capitalhumano/Entre-cristales-y-pisos-pega-

7 Camarena Adame, María Elena y Saavedra García, María

josos-glosario-de-genero-en-el-trabajo--20191124-0049.

Luisa, “El techo de cristal en México, Revista de Estudios de

html. También consúltese, Gobierno de México-Instituto Na-

Género. La Ventana, vol. V, núm. 47, enero-junio de 2018, pp.

cional de las Mujeres, “Piso pegajoso”, Glosario para la igual-

312-339, en especial, p. 318 y ss.

dad, México, 2021, https://campusgenero.inmujeres.gob.mx/

8   Belausteguigoitia Imanol y Belausteguigoitia Maite, “Las

glosario/terminos/piso-pegajoso. Andión Ibáñez, Ximena, “El

mujeres ejecutivas y el techo de cristal”, Centro de Desarrol-

piso pegajoso, el techo de cristal y las nuevas revoluciones

lo de la Empresa Familiar CEDEF del Instituto Tecnológico

necesarias”, OXFAM México, noviembre de 2020, https://

Autónomo de México, 2013, p. 45 y ss, http://cedef.itam.mx/

www.oxfammexico.org/historias/el-piso-pegajoso-el-te-

publicaciones.html.

cho-de-cristal-y-las-nuevas-revoluciones-necesarias.
Aida Figueroa Bello

�82

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res, especialmente, en lo que se refiere a la
censo laboral, al tener que hacer frente a las
necesidad de abandonar y desatender sus
cargas familiares y domésticas.
carreras profesionales; ello explica su infrarrepresentación en las posiciones de mayor
Resulta evidente que persisten los frenos que
jerarquía de las carreras científicas, estando
obstruyen a las mujeres posicionarse, con
frente a un claro dilema en cuanto a su prorespecto a los hombres, y particularmente, en
yecto de vida12.
el ámbito universitario10, también se puede observar una infrarepresentación femenina en la
III. UANL: ROMPIENDO PARADIGMAS Y
Ciencia, Tecnología e Investigación.
BARRERAS EN MATERIA DE IGUALDAD
DE GÉNERO
De ahí que resulte menester señalar que, en
el ámbito que nos ocupa, conciliar y manteNo obstante lo anterior, de manera paulatina,
ner un equilibrio entre lo privado (la casa) y
algunas instituciones educativas de nivel supelo público (Ciencia, Investigación Tecnología),
rior, han dado muestra de interés por atender
lo personal y lo político, resulta más que difídicha problemática. Desde el punto de vista
cil, por no decir, que casi imposible. Y es que
nacional, hemos de mencionar, a la Universiresulta innegable que, muchas científicas e
dad Nacional Autónoma de México (UNAM),
investigadoras deben decidir y optar entre su
el Instituto Politécnico Nacional, la Universiformación profesional o su familia. Un claro
dad Autónoma Metropolitana, sede Xochimilejemplo lo constituye la maternidad, que tamco, y la Universidad Iberoamericana-Ciudad
bién se torna una decisión complicada, sobre
de México (IBERO), cuatro entidades educatitodo, atendiendo a la poca apertura instituvas que han orientado sus políticas instituciocional11 de la mayoría de las organizaciones
nales y de gestión, teniendo como eje central
e instituciones universitarias, en cuanto a que
el Género, creando instancias ad hoc para tal
sus lineamientos normativos se muestren un
misión, sin embargo, también con varios retos
tanto flexible.
por cubrir13.
En particular, el optar en formar una familia también tiene sus costos para las muje-

12   Gonzáles García, Martha, Ciencia, tecnología y género,

Asunción,

2017,

p.

34.

https://www.animalpolitico.

10 Matus-López, Mauricio y Gallego-Morón, Nazareth, “Te-

com/2018/11/universidades-mexico-no-garantizan-igual-

cho de cristal en la Universidad. Si no lo veo no lo creo”, Re-

dad-de-genero/.

vista Complutense de Educación, vol. 26, núm. 3, 2015, pp.

13   Tal y como se muestra en este artículo, que en cuanto a

611-626, en particular, p. 616.

cifras en materia de igualdad de género, queda mucho por

11   En el caso particular del Sistema Nacional de Investi-

recorrer y lograrse. Al respecto, véase, Redacción de Animal

gadores del Consejo de Ciencia y Tecnología, contempla una

Político, “Universidades en México no garantizan la igualdad

medida, en la cual se puede ampliar el plazo por maternidad

de género a estudiantes y trabajadores por falta de mecanis-

o paternidad si la investigadora o el investigador lo solicita,

mos”, Animal Político, 29 de noviembre de 2018, https://www.

pero evidentemente, aún faltan mecanismos que tengan este

animalpolitico.com/2018/11/universidades-mexico-no-garan-

mismo objetivo.

tizan-igualdad-de-genero/.

La UANL y su compromiso social hacia la plena igualdad de las mujeres en la ciencia y la investigación: logros, avances y desafíos. PP. 74-89

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Desafíos Jurídicos

Y en esta misma línea, hay que mencionar a
nuestra Máxima Casa de Estudios, que se ha
sabido reinventar, particularmente, en tiempos de pandemia por COVID, instaurando
todo un conglomerado de directrices y políticas institucionales, dirigidos justamente, a
contribuir en la eliminación de los sesgos y
brechas en la ciencia y la tecnología al seno
de sus espacios, considerándolos como herramientas de liberación, dando a conocer
que la voluntad política e institucional, puede representar un instrumento determinante
para dicho compromiso, plasmado en el documento institucional Misión y Visión 2030 de
la UANL, al apreciar el valor de la perspectiva
de género como la base para el desarrollo de
una visión crítica sobre la actividad científica,
tecnológica y de investigación. Y al respecto, podemos señalar las diversas acciones y
programas institucionales que dan muestra
de tal compromiso institucional y de responsabilidad social.

desde 201315— ha tenido como objetivos centrales atender una de las problematicas fundamentales, y que corresponde a la infrarepresentación femenina en el desarrollo científico y
tecnológico en nuestra entidad federativa, en el
que el porcentaje de científicas e investigadoras en el Sistema Nacional de Investigadores
asciende alrededor del 41 por ciento de sus
miembros, es decir, 276 académicas adscritas al Sistema. Otro de sus objetivos de este
programa institucional, consiste en destacar
las tareas de investigación que las científicas
en la UANL han desempeñado en los diversos
ámbitos del conocimiento, dando a conocer su
experiencia, especialmente con alumnas de
preparatorias de nuestra entidad federativa, y
así, contribuir a que, palabras como ciencia,
innovación, tecnología no sólo supongan vocablos femeninos, sino que resulten accesibles y
cercanos de la presencia femenina, lo que en
definitiva, ha de traducirse en progreso y desarrollo de nuestro Estado.

Ahora bien, con respecto a las acciones y estrategias que la UANL, hemos de señalar que
han sido numerosas. Citando algunas de ellas,
tenemos por ejemplo, el programa Mujeres en
la ciencia, iniciativa integral que en el marco de
la Misión y Visión institucional 203014, —y que

En este mismo sentido, hemos de señalar otra
de las acciones en las que se evidencia este
compromiso por la igualdad de género en la
UANL, es el Reconocimiento UANL “Flama,
Vida y Mujer”, mediante el cual se cumple
con la meta de lograr de manera paulatina,
en nuestra Máxima Casa de Estudios, por un
lado, una visión incluyente, promoviendo el
postulado de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, visibilizando a aquellas científicas e investigadoras que han contribuido al desarrollo de la Ciencia en nuestro

14   Universidad Autónoma de Nuevo León, Plan de Desarrollo Institucional 2019-2030, Ciudad Universitaria, febrero de
2019, p. 19, 74 y 81, contemplando el valor de la igualdad
como uno de los ejes asociados al quehacer institucional,
así como también, la perspectiva de género, como objetivo de desarrollo social, en el marco de su planeación institucional, dentro de sus políticas y estrategias asociadas

ciones institucionales. (estrategia 5.13), https://www.uanl.mx/

a los programas prioritarios: la inclusión, la equidad, la no

wp-content/uploads/2019/04/PDI-2018.

discriminación, el respeto de la diversidad, la promoción de

15   Universidad Autónoma de Nuevo León, Misión y Visión

los derechos humanos y la perspectiva de género en las fun-

2030, https://www.uanl.mx/mision-y-vision/.

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Estado, visibilidad que constituye un factor
determinante, si nos hemos de referir a una
sociedad más justa y equitativa.

lo que da cuenta del trascendental acuerdo y
compromiso que como institución educativa,
nuestra Universidad ha asumido, en la vigencia de los valores de la paridad, inclusión, y su
Igualmente a destacarse, es la creación de perseverancia en contra de la discriminación.
una nueva maestría, Género y Políticas Públi- Ciertamente, y atendiendo lo anteriormente
cas como un novedoso programa educativo expuesto, dan cuenta de visión de apertura y
con lineamientos y contenidos académicos, de progresividad que la UANL refleja, con la
cuya principal finalidad es concientizar, des- puesta en marcha de las diversas acciones y
de la academia, la envergadura que un pos- estrategias que de manera instrumental, sin
grado represente la dimensión de la igualdad duda alguna, han ido contribuyendo a mostrar
de género en todos los ámbitos de la socie- una importante sensibilidad y responsabilidad
dad, siendo el entorno académico uno de los en los temas de igualdad de género16, y que
principales gestores en ese cometido. Y que han marcado la pauta para que cada día, la
también hay que decirlo, sólo la Universi- labor institucional persistente de nuestra máxdad Nacional Autónoma de México (UNAM), ima casa de estudios17 resulte más que cony ahora, nuestra Universidad, contempla la
perspectiva de género como eje central en la 16   Duran-Bellonch, Mar y Ion, Georgeta, “Investigadoras con
vida académica, siendo un claro reflejo de los éxito en la universidad... ¿cómo lo han logrado?”, Educación
cambios necesarios para asumir el compro- XXI, vol. 17, núm. 1, 2014, pp. 39-57, en particular, p. 50 y ss,
miso de la igualdad en la visión de derechos https://www.redalyc.org/pdf/706/70629509002.pdf.
humanos. En la misma sintonía institucional 17   Algunas de esas acciones son por ejemplo, las convocatoen materia de igualdad de género, debemos rias que ha emitido, acercando al estudiantado a asumir consumar la creación de la Unidad para la Ig- ciencia de género: creando canales de expresión audiovisual
ualdad de Género (UNIGÉNERO), ente in- (Rodríguez, Palacios, Eduardo, “Invita UANL a Cineminuto
stitucional que tiene entre otras funciones, la por la Igualdad de Género”, Punto U, 8 de septiembre de
creación de políticas y estrategias dirigidas a 2020, https://puntou.uanl.mx/noti-u/invita-uanl-a-cineminucontribuir y fortalecer la perspectiva de géne- to-por-la-igualdad-de-genero/; incentivando la participación
ro en las diferentes actividades cotidianas de estudiantil, dirigida a una mayor sensibilización y capacitación
las y los universitarios, pero también brindar en igualdad de género, a través de la Sociedad de Alumnos
atención y gestión institucional en los casos de las diferentes Facultades (Prensa UANL, “UANL forma
que puedan surgir conflictos en el seno uni- comités estudiantiles de igualdad de género”, 4 de abril de
versitario.
2019, https://www.uanl.mx/noticias/uanl-forma-comites-estudiantiles-de-igualdad-de-genero/); llevando a cabo confer-

Asimismo, y en el mismo camino recorrido —y
por recorrer— la UANL se sube al tren de la
igualdad de género, en su incorporación como
asignatura obligatoria, en los diferentes programas educativos de licenciatura, esto es, a
nivel de estudios de formación universitaria,

encias combatiendo los estereotipos socioculturales (Prensa
UANL, “UANL realiza Jornada Morada por la igualdad de
género”, Punto U, 5 de marzo de 2019, https://www.uanl.mx/
noticias/uanl-realiza-jornada-morada-por-la-igualdad-de-genero/ y Prensa UANL, “La igualdad de género debe aprenderse”, Punto U, 30 de noviembre de 2017, https://www.uanl.

La UANL y su compromiso social hacia la plena igualdad de las mujeres en la ciencia y la investigación: logros, avances y desafíos. PP. 74-89

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gruente con dicho objetivo.

Está fuera de toda duda que a mayor representación e incorporación de las mujeres en la
Y que hay que señalarlo, no resulta tarea fácil, investigación y en las políticas institucionales
despojarse de los esquemas y estereotipos que rigen a la UANL, ello resultará determique integran las numerosas brechas de géne- nante para afianzar los valores de toda comuro, pero la voluntad institucional de cambio de nidad universitaria: equidad, responsabilidad,
cultura para la igualdad es evidente, y la ed- congruencia institucional, confianza, respeto
ucación son bastiones para ello, para romper a derechos humanos, entre otros.
paradigmas basados en patrones socioculturales de corte tradicional, y así, que puedan IV. CONSIDERACIONES FINALES
cada vez más, las mujeres científicas integrar
espacios, que antaño les resultaban vedados. Ciertamente, en lo esencial, podemos conPara lo cual, se requieren voluntades, no sólo cluir que la UANL se ha subido al tren de la
institucionales, sino de todo el conjunto de la igualdad de género, con diversas acciones y
comunidad universitaria para conseguir una ejercicios, teniendo como enfoque central, la
transformación real en educación, ciencia, in- anhelada igualdad de género, no sólo la de ínvestigación, salud, etcétera.
dole formal —plasmada en papel y en lo normativo— sino llevando a cabo acciones que
Resulta más que evidente, la necesidad y materialmente asumen su compromiso social,
urgencia que la perspectiva de género con- dirigidas a paliar las brechas de género que
stituya la estructura vertebral de la gestión aún persisten, y así conseguir una igualdad
institucional universitaria, dirigida a construir real y material.
una Universidad incluyente, con responsabilidad social y sobre todo, con compromiso que Es por ello que se aprecian los significatifortalezca la promoción de las científicas e in- vos avances que la UANL ha logrado, implevestigadoras en las filas del quehacer de la mentando una política de acciones estratégiCiencia.
cas para que las científicas e investigadoras
cuenten con el apoyo institucional requerido,
y así poder visibilizar su labor en la transmismx/noticias/la-igualdad-de-genero-debe-aprenderse-glo- ión de conocimientos y habilidades, así como
ria-ramirez-2/); a través de eventos culturales como el teatro también en la innovación e investigación en
(Prensa UANL, “UANL romperá estereotipos de género en sus diferentes centros universitarios.
montaje de La Ilíada”, 12 de abril de 2018, Punto U, https://
www.uanl.mx/noticias/uanl-rompera-estereotipos-de-genero-en-montaje-de-la-iliada/); así como también, acciones dirigidas a visibilizar las diversas caretas que la desigualdad
de género puede presentar (Coordinación de Prensa UANL,
“UANL impulsa igualdad de género”, Punto U, 8 de marzo
de

2018,

https://www.uanl.mx/noticias/uanl-impulsa-igual-

dad-de-genero-2/), entre otras.

Efectivamente, políticas institucionales contenidas en la Misión y Visión 2030, trazan una
línea que aporta progresividad y de avanzada,
en cuanto al tema relevante de la igualdad de
género en el seno universitario en la UANL,
dando cuenta de la capacidad reflexiva y de
gestión político institucional, que como Uni-

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versidad ha de contribuir hacia la anhelada V. BIBLIOGRAFÍA
y plena igualdad de las mujeres en la ciencia y la investigación. Ahora bien, cabría for- ÁLVAREZ GALLEGOS, Jaime, “Retos y perspectivas del
mularnos la siguiente interrogante: como ente
Sistema Nacional de Investigadores”, en SALVADOR
institucional, ¿hemos experimentado logros?
VEGA, León (coord.), Sistema Nacional de Investisí; ¿avances? También. ¿Quedan desafíos
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pendientes? ciertamente, tornándose un reto
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vas-revoluciones-necesarias.
hasta hoy, esto es, hacia la plena inclusión de AYALA RUBIO, Adriana, “Las Académicas en el Sistema Nalas mujeres en el sistema científico y de incional de Investigadores: Evolución, Problemática y Revestigación, a través de acciones transformatos”, ponencia presentada en el 4to Congreso Nacional y
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Miradas desde la perspectiva de género: estudios de las
como ente de responsabilidad social, y está
mujeres, 2015.
dispuesta a ello. Contamos con la confianza y BARRAL, María José et. al., (eds.) Interacciones ciencia y
la certeza que así se continúe.
género. Discursos y prácticas científicas para mujeres,
Icaria, España, 2019.

Por último, y a pesar que, sin duda alguna,
aún quedan desafíos pendientes por atender,
nuestra institución, ha marcado el camino
que se ha de seguir y continuar, hasta lograr
de manera efectiva, la paridad de género en
los espacios científicos y de investigación en
nuestra Máxima Casa de Estudios. Estamos
más que convencidos que el andamiaje institucional y normativo está preparado para
lograr cambios estructurales y sustantivos
propicios para conseguir tal compromiso, y
estamos ciertos que así será.

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Ivonne Janeth Ixba Santiago &amp; Brenda Judith Sauceda Villeda
(Facultad de Derecho y Criminología, Universidad Autónoma de Nuevo León)
La capacidad jurídica del adulto mayor maduro. pp. 90-111 Fecha
de publicación en línea: 31 de enero del 2022.
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Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Revista de temas
contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la vida cotidiana, Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, es una publicación semestral de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología, editada en la Ciudad Universitaria,
N.L, México. Con dirección en Cd. Universitaria, Av. De los Rectores
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Editora en jefe: Dra. Amalia Guillén Gaytán Reserva de Derechos al Uso Exclusivo del Título Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, ISSN: en trámite ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de
este número: Mtro. Juan Alonso Martínez Arrieta.
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho aborda temas contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la
vida cotidiana, tiene como propósito constituirse en un foro de discusión académica que aborda la compleja, contradictoria y multicausal relación entre el derecho y la vida social. Desafíos Jurídicos se inscribe en el debate académico nacional e internacional en el ámbito de Derecho y su giro especial en las ciencias sociales e invita al análisis de diversas
prácticas sociales y formas de organización y acción política desde una perspectiva multidisciplinaria que ponga énfasis
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La capacidad jurídica del adulto mayor maduro
The legal capacity of the mature older adult

Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022

Por: Ivonne Janeth Ixba Santiago* &amp; Brenda
Judith Sauceda Villeda**

**https://orcid.org/0000-0003-3614-7875
Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen. El siguiente artículo pretende hacer una aproximación del bioderecho a la compleja
realidad del mundo con base a la capacidad legal del adulto mayor maduro en su etapa de envejecimiento. La principal intención de este texto es analizar la diferencia entre las clasificaciones que dentro de la etapa de la vejez se localizan los adultos mayores la cual ha afectado de
manera especial a la población antes referida, centrándonos en definir que el envejecimiento
derivado por los cambios fisiológicos no ocurre de la misma forma en cada sujeto, y los prejuicios legales como sociales han posicionado a cada adulto mayor en una situación de vulnerabilidad. El objeto principal de estudio es analizar la capacidad legal a través del proceso del
envejecimiento, mediante los prejuicios legales y sociales que se encuentran en las políticas
públicas en el ámbito médico, lo que nos permitirá hacer comparaciones con las leyes que se
han decretado en el Estado de Nuevo León. La intención es crear una visión mediante la cual
se distingan las diferentes clasificaciones del adulto mayor como respuesta al cambio por parte del envejecimiento, que partiendo de la teoría existente sobre que los cambios fisiológicos
no son impedimentos para que el adulto mayor maduro se encuentre sin aptitud de ejercer su
voluntad, debido a que no causan una incapacidad de ejercicio. El presente estudio se realiza
desde una metodología descriptiva con análisis de contenido documental en diversas fuentes
del derecho internacional, derecho interno de Nuevo León y revistas científicas.
Palabras clave: Adulto Mayor Maduro, capacidad jurídica, bioderecho, envejecimiento, principio de autonomía y autorrealización, principio de dignidad humana.

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Abstract. The following article intends to make an approach of biolaw to the complex reality of
the world based on the legal capacity of the mature elderly in their aging stage. The main intention of this text is to analyze the difference between the classifications that within the stage of
old age are located the older adults which has affected in a special way the population referred
to above, focusing on defining that aging derived by physiological changes does not occur in
the same way in each subject, and legal and social prejudices have positioned each older adult
in a situation of vulnerability. The main object of the study is to analyze legal capacity through
the aging process, by means of the legal and social prejudices found in public policies in the
medical field, which will allow us to make comparisons with the laws that have been enacted in
the State of Nuevo León. The intention is to create a vision through which the different classifications of the older adult are distinguished as a response to change on the part of aging, based
on the existing theory that physiological changes are not impediments for the mature older adult
to be unable to exercise his or her will, since they do not cause an inability to exercise. This
study es based on a descriptive methodology with documentary content analysis in various
sources of international law, domestic law of Nuevo León and scientific journals.
Key words: Mature Older Adult, legal capacity, biolaw, aging, principle of autonomy, principle
of human dignity.

INTRODUCCIÓN
En el presente estudio se utiliza una metodología descriptiva, realizando un análisis de
contenido documental tomando de base como
referencias principales Liliam Flores, Carla Villarreal y Pablo Simón-Lorda; asimismo, se
consideraron diversas fuentes del derecho
internacional como la Declaración Universal
de los Derechos Humanos y la Ley de los
Derechos de las Personas Adultas Mayores,
y del derecho mexicano, particularmente del
Estado de Nuevo León como la Ley General
de Salud del Estado de Nuevo León y la Ley
de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Nuevo León.

mental fueron considerados como individuos
incapaces de tomar sus propias decisiones:
Reconocido así en el Código de Napoleón en
su título XI, sobre la mayoría de edad y de
los mayores que están protegidos por la ley,
indica que “el mayor de edad que se encuentre en un estado habitual de imbecilidad, de
demencia o de furor debe ser sujeto a interdicción, aun cuando ese estado presente intervalos lucidos”1; fue así que en el siglo XIV,
1 Hernández, Mónica, “El Concepto de Discapacidad: De la
enfermedad al enfoque del Derecho”. Revista CES Derecho,
vol.6, no.2, noviembre 2015. Recuperado el 22 de enero de
2022 de: http://www.scielo.org.co/pdf/cesd/v6n2/v6n2a04.pdf#:~:text=En%20%C3%A9pocas%20hist%C3%B3ricas%20
la%20discapacidad%20fue%20objeto%20de,sus%20facul-

Históricamente, las personas que se encontraban con una discapacidad intelectual o

tades%20intelectualesse%20denominaban%20%E2%80%9Cmente%20captus.%E2%80%9D%20%28Mu%C3%-

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los nacidos con deficiencias ya sea físicas,
sensoriales o mentales, como la sordera, la
ceguera, la parálisis, la cuadriplejía, entre
otros, eran confinados a grandes encierros,
en los que eran exhibidos los fines de semana a manera de espectáculo circense o de
gran zoológico, para que las familias se divirtieran un poco o bien, manejando la conciencia social, rectificaran los actos cometidos en
el pasado, por considerar a estos monstruos
o fenómenos como la más grande señal de
un castigo enviado por Dios2.
Establecido de esta manera respecto a los
discapacitados mentales se generó un rechazo de parte de la sociedad al limitarlos
en elegir o expresar su voluntad en su vida
cotidiana, inclusive ignorando su existencia
como persona y dignidad humana. Sin embargo, el Derecho ha creado diversas figuras
con la finalidad de proteger a las personas
que padecen de una incapacidad natural y
legal, o sólo una de ellas. Al respecto el artículo 450 inciso II del Código Civil de Nuevo
León nos menciona:
“Tienen incapacidad natural y legal: Los
mayores de edad, con incapacidad o discapacidad originada por enfermedades
o deficiencias persistentes de carácter
físico, psicológico o sensorial que les
impida gobernarse por sí mismos o no
B1oz%2C%202010%29

puedan manifestar su voluntad por algún
medio”.3
De este modo, dicho precepto refiere que se
considera a la persona incapaz materia de
estudio, en dos situaciones diferentes: la primera que por una causa de enfermedad que
ocasione en su inteligencia perturbación alguna que le impida ejercer su voluntad con los
demás aun cuando pudiera desaparecer al recuperar su salud como intervalos de lucides;
y la segunda que sea una enfermedad irreversible como la persona que no podrá nunca
más recuperar la salud mental que le permita
comprender, o que por algún estado de discapacidad no pueda gobernarse por sí mismo, al
obligarse o manifestar su voluntad por algún
medio.
En el camino del desarrollo como seres humanos en la vida se tienen etapas que vivir;
iniciando con la niñez, pasando por la adolescencia, la adultez, y terminando en la vejez,
siendo esta última etapa en la que el ser humano al igual que en la niñez necesita una
protección debido al deterioro físico que se
produce por el tiempo e inclusive debido al
deterioro mental, es decir, en adultos mayores
se presenta la demencia.
Siguiendo esta línea el envejecimiento no
implica enfermedad, dependencia y falta de
productividad necesariamente, sin embargo,
conforme se van añadiendo años a la vida

2   Santofimio, German “De la anomalía a la discapacidad,
una larga historia de exclusión social: De la muerte, al destie-

3   H. Congreso del Estado de Nuevo León (2021), “Código

rro y el repudio, a la inclusión educativa”. Revista Inclusión y

Civil para el Estado de Nuevo León”, Recuperado el 26 de

Desarrollo, vol. 3, no. 1, 2016. Recuperado el 22 de enero de

septiembre de 2021 de: http://www.hcnl.gob.mx/trabajo_le-

2022 de: http://biblioteca.uniminuto.edu/ojs/index.php/IYD/

gislativo/leyes/codigos/codigo_civil_para_el_estado_de_

issue/archive

nuevo_leon/
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también se van incorporando en las personas
mayores diversas modificaciones fruto del
proceso natural de envejecimiento que conllevan cambios en las estructuras internas y externas.4 De esta manera los cambios se presentan en físicos, fisiológicos, psicológicos,
cognitivos, psicomotores y socioafectivos: Por
lo cual, el deterioro mental en el estado de vejez se puede presentar como demencia la es
definida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como:
“Un síndrome generalmente de naturaleza crónica o progresiva caracterizado
por el deterioro de la función cognitiva,
la cual afecta a la memoria, el pensamiento, la orientación, la comprensión,
el cálculo, la capacidad de aprendizaje,
el lenguaje y el juicio que suele ir acompañado, y en ocasiones es precedido,
por el deterioro del control emocional, el
comportamiento social o la motivación,
pero la conciencia no se ve afectada”.5

20 838 108 personas con alguna limitación,
discapacidad o problema o condición mental,
mismas que representan 16.5% de la población, de estas, 1 590 583 (1.3%) tiene algún
problema o condición mental.
Es importante destacar que, en esta última
etapa al generalizar la ancianidad con todos
los adultos mayores, se cae en el error de
creer que todos tienen las mismas capacidades de goce y ejercicio, pero tanto “la vejez”
como “adulto mayor (AM)” tienen diferentes
clasificaciones, por tanto, no todos se encuentran en la misma situación.

En los últimos años, el INEGI7 señala que la
población total del Estado de Nuevo León,
del 2010 a 2020, aumentó de 4,653,458 a
5,784,442 tantos de personas y que, respecto
a la población adulta mayor de 60 años o más,
esta cifra pasó de 407,278 (8,8%) a 654,050
(11.3%). Por lo anterior, se puede establecer
que Nuevo León ha sufrido un crecimiento demográfico del 3% sobre la población de objeto
Conforme a datos del Censo 2020 proporcio- de estudio, tal como se puede observar en el
nado por el Instituto Nacional de Estadística y transcurso de los últimos diez años, que ha
Geografía6 (INEGI) indica que en el país hay pasado de una población de jóvenes a una
población adulta, debido al incremento de per4   González Jerónimo y Fuente Raquel, “Desarrollo humano sonas de 60 años y más.
en la vejez: un envejecimiento optimo desde los cuatro componentes del ser humano”. INFAD Revista de Psicología, vol.
7, núm. 2, 2014. Recuperado el 22 de enero 2022 de: https://

Por tanto, en la entidad hay cada vez un aumento de adultos mayores, que requieren de

www.redalyc.org/pdf/3498/349851791013.pdf.
5   Organización Mundial de la Salud, Temas de Salud, Centro

de: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boleti-

de Prensa “Demencia”. Recuperado el 9 de octubre de 2021

nes/2021/EstSociodemo/ResultCenso2020_Nal.pdf

de: https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/de-

7 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Censo de

mentia

población y vivienda 2020, “Presentación de Resultados de

6   Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Censo de po-

Nuevo León”. Recuperado el 9 de octubre de 2021 de: ht-

blación y vivienda 2020, Comunicado de prensa num.24/21

tps://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/ccpv/2020/

del 25 de enero de 2021. Recuperado el 9 de octubre de 2021

doc/cpv2020_pres_res_nl.pdf

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una protección a sus derechos humanos, a recibir los satisfactores necesarios para su atención integral, incluyendo su acceso preferente
a los servicios médicos y a recibir capacitación y orientación respecto a su salud, nutrición, higiene y todos aquellos aspectos que
favorezcan su cuidado personal8, entre los
cuales podemos hacer mención importante a
los principios de autonomía y autorrealización,
así como al principio de la dignidad humana.
Vinculado a esto, se establece en el artículo 3°
de la Ley de Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Nuevo León que
son “aquellas que tienen sesenta años o más
de edad y que se encuentren domiciliadas o
de paso en el Estado de Nuevo León”.9 Por
tal razón, jurídicamente el AM en la ley estatal es reconocido como sujeto al cual se debe
garantizar el ejercicio de sus derechos, tales
como a recibir una atención médica y a contar
con los servicios de salud conforme a las disposiciones jurídicas que sean aplicables.

información respecto a su salud al asegurarse
que el individuo de este estudio comprende lo
que se le comunica, y por lo tanto se respeta
su voluntad y participación.
En la actualidad hay diversas formas con las
cuales se pueden referir a los adultos mayores, entre las cuales se mencionan personas
de la tercera edad, ancianos, adultos de edad
avanzada, senectud, entre otros, sin embargo, sin importar la palabra que se utilice, durante esta etapa las personas necesitan de
mayor protección, debido a la situación en la
que se encuentran se convierte en seres más
vulnerables. En tal sentido, como lo define la
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables
que, por su condición de edad, sexo, estado
civil y origen étnico, se encuentran en condición de riesgo que les impide incorporarse al
desarrollo y acceder a mejores condiciones
de bienestar.10

I. CONCEPTO DE ENVEJECIMIENTO:
De este modo, el principio de la autonomía y BREVE EVOLUCIÓN Y CONNOTACIONES
autorrealización es fundamental en el ámbito
médico, al reconocer al individuo como sujeto Si bien, en el ámbito social al utilizar las palade derecho a tomar sus propias elecciones y a bras “personas adultas mayores”, suele asimantener diferentes criterios, mediante el cual milarse con envejecimiento, al definirlas como
el profesional del ámbito médico le otorga la personas frágiles, que se enferman con facilidad o no pueden realizar acciones u actos de
8   Comisión Nacional de los Derechos Humanos, “Los Dere- ningún tipo, personas vulnerables que no puechos Humanos de las Personas Mayores”. Recuperado el 9 de protegerse por sí mismos, a pesar de que
de octubre de 2021 de: https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/ el envejecimiento es una palabra diferente a
adultos mayor, no similares, pero si existe una
cartillas/2015-2016/27-DH-Adultos-Mayores.pdf.
9   Congreso del Estado de Nuevo León, “Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Nuevo León”, Recuperado el 27 de septiembre de 2021 de: http://

10   Flores, Liliam, “Grupos Vulnerables”, Recuperado el 26

www.hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/leyes/ley_de_los_

de septiembre de 2021 de: http://archivos.diputados.gob.mx/

derechos_de_las_personas_adultas_mayores_en_el_esta-

Centros_Estudio/Cesop/Eje_tematico_old_14062011/9_gvul-

do_de_nuevo_leon/

nerables_archivos/G_vulnerables/d_gvulnerables.htm
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asociación entre ellos.11 Por lo tanto, el factor social influye de gran importancia debido a
que puede ser causada por una persona o por
todo un grupo, la cual desencadena factores
que impidan que el individuo pueda desarrollar su dignidad humana.
Se puede apreciar en la definición de la OMS
en el informe mundial sobre el envejecimiento
y la salud publicado en el 2015 “son consideradas personas de la edad avanzada las que
tengan de 60 a 74 años, considerada vieja o
ancianas a las que tienen 75 a 90 años, y se
les denomina viejos o grandes si sobrepasan
los 90 años”.12 Por lo tanto, establece que se
le llamará en forma indistinta persona de la
tercera edad a todo individuo mayor de 60
años.
El envejecimiento activo ha sido definido por
la OMS13 como la optimización de oportunidades de salud, participación y seguridad con el
fin de mejorar la calidad de vida del envejecimiento. Por lo que el envejecimiento, puede
ser desde un aspecto positivo, en el que el AM
puede desarrollarse libremente en la sociedad
11 Alvarado, A; Salazar (2014), “Análisis del concepto de envejecimiento”, Revista Scielo, 2, Recuperado el 15 de septiembre de 2021 de: https://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pid=S1134-928X2014000200002
12   Organización Mundial de las Naciones Unidas, “Informe
mundial sobre el envejecimiento y la salud”, https://apps.who.
int/iris/bitstream/handle/10665/186466/9789240694873_spa.

con las capacidades que cuenta, sin más limitantes que su edad, para seguir con su vida
de manera normal, porque sin importar la palabra que se utilice, durante esta etapa las
personas adultas necesitan de mayor protección por parte del Estado con la creación de
mecanismos que los ayuden a conseguirlos.
A lo largo de las etapas de la vida que atraviesa todo ser humano, pasa por una serie
de cambios físicos y biológicos. Por lo tanto,
cada persona envejece de diferente manera,
dependiendo de sus hábitos de vida, las circunstancias que hayan vivido y el entorno en
el que se desarrolla. No obstante, en todos los
casos genera desventajas o debilidades en el
que “deteriora una serie de funciones” en diferentes ámbitos como el hogar, la sociedad y
sobre todo en la persona en sí misma, más si
no se encuentra preparada para afrontar esta
etapa de su vida.14
En la rama de la medicina como en la psicología está comprobado que existe una diferencia en la forma que se presenta el envejecimiento en cada persona; es decir, una
persona puede contar con sus capacidades
tanto de goce como de ejercicio hasta avanzada edad, y otras que por el paso del tiempo
presentan más dificultad de por “afecciones
severas como la demencia u otras enfermedades”; es decir, en el ámbito medico se
basan en un concepto biológico al definirlo
como:

pdf?sequence=1
13 Varela Pinedo, Luis F., “Salud y calidad de vida en el

14   Coto Edwin; Jiménez, Yeimi y Núñez, Miriam, “La activi-

adulto mayor”, Revista Peruana de Medicina Experimental y

dad física para el adulto mayor en el medio natural”, Inter-

Salud Pública, vol.33, no.2, abril-junio 2016. Recuperado el

Sedes: Revista de las Sedes Regionales; vol. XIV, num.27,

15 de septiembre de 2021 de: http://www.scielo.org.pe/scielo.

2013, p. 170. Recuperado el 15 de septiembre de 2021 de

php?script=sci_arttext&amp;pid=S1726-46342016000200001

https://www.redalyc.org/pdf/666/66627452009.pdf

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“El cambio gradual en un organismo
que conduce a un mayor riesgo de debilidad, enfermedad y muerte. Tiene lugar
en una célula u órgano o el organismo
total en el lapso de vida de un adulto o
cualquier ser vivo. Hay una disminución
en las funciones biológicas y en la capacidad para adaptarse al estrés metabólicos. Cambios en órganos que incluyen
el remplazo de las células funcionales
cardiovasculares con tejido fibroso.
Efectos generales del envejecimiento
incluyen inmunidad reducida, pérdida
de fuerza muscular, disminución de
la memoria y otros aspectos de la
cognición y la perdida del color en el
cabello y la elasticidad en la piel”. 15
Mientras que en el ámbito medico por parte del psicólogo alemán Paul Baltes, uno de
los autores más representativos de la psicología del transcurso vital, consideró al envejecimiento “como el estudio de la constancia
y cambio en el comportamiento durante el
transcurso de la vida”.16
Por lo que resulta indispensable que el ámbito
de las ciencias sociales se realice grandes esfuerzos por fomentar la eliminación hacia los
estigmas sociales que posicionan al AM de
15   Alvarado Alejandra y Salazar Angela, “Análisis del concepto envejecimiento”. Revista Scielo, vol. 25, num.2, 2014.

manera generalizada.17 Es decir, puede tener
deficiencias, cambios y complicaciones propios del envejecimiento, lo cual puede ocasionar que se ubique en una absoluta exclusión
social, abandono, una baja autoestima e incluso la depresión, dado que su participación
en distintas actividades, así como en la toma
de decisiones se ve disminuida.
Culturalmente, la edad cronológica constituye
un parámetro determinante sobre el inicio de
la vejez, en base a ello se determina la productividad y capacidad del AM en relación con
su persona y desarrollo con la sociedad. Por
tal razón el derecho de cada persona a mejorar sus condiciones de vida no debe estar
sujeto a un límite de edad, no obstante, para
el adulto mayor maduro representa la oportunidad de una participación social.
II. INICIO FISIOLÓGICO DE LA ETAPA DE
LA VEJEZ: PREJUICIOS SOCIALES DE LA
CAPACIDAD JURÍDICA EN LA VEJEZ
El ser humano desarrolla su máxima capacidad fisica en la década comprendida entre los
20 y los 30 años, es a partir de los 30 años
donde se presentan cambios en la masa y
fuerza muscular, sin embargo, a partir de los
50 años es más evidente los cambios en la
fuerza y masa muscular, aproximadamente
del 15% por década. Por lo tanto, entre los 40
y 60 años el envejecimiento genera su pérdi-

Recuperado el 22 de enero de 2022 de: https://scielo.isciii.es/
pdf/geroko/v25n2/revision1.pdf

17   Castellón, Gisela; González, Belkis; González, Caridad

16   Delcey-Ruiz, Elisa, “Psicología social del envejecimien-

y Martínez, Teresita, “El envejecimiento, la vejez y la calidad

to y perspectiva del transcurso de la vida: consideraciones

de vida: ¿éxito o dificultad?”, Revista Scielo, Finlay, vol. 8,

críticas”, Revista Colombiana de Psicología, vol. 19, no. 2,

no.1 enero-marzo 2018. Recuperado el 19 de septiembre de

julio-diciembre 2010. Recuperado el 22 de enero de 2022 de:

2021 de: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pi-

http://www.scielo.org.co/pdf/rcps/v19n2/v19n2a05.pdf

d=S2221-24342018000100007

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da.18 Este cambio fisiológico forma parte del
proceso del envejecimiento, sin embargo, no
es una causal de impedimento que influya en
la toma de decisión del adulto mayor maduro,
por lo que se puede interpretar que desde el
nacimiento el proceso del envejecimiento empieza a percibirse a simple vista.
La flexibilidad, es una cualidad esencial para
una buena condición fisica al requerir movilidad articular y flexibilidad muscular, lo que
permite una mayor autonomía. Por lo tanto,
es esencial para cualquier individuo incluyendo a la persona materia de estudio en su día a
día, por lo que la reducción de ésta complica
la realización de movimientos como agacharse para ponerse un zapato, vestirse, poner
y quitar un objeto en un lugar alto.19 De todo
ello, cabe señalarse que para la persona que
envejece, los cambios que se presentan no es
algo que pueda ocultarse demasiado tiempo.
En el AM, se presenta una importante disminución del movimiento articular, la cual depende de la información propioceptiva que
provienen de los músculos, de los ligamentos
y de las terminaciones nerviosas tanto de ella
18   Calero-Saa Pedro y Chaves, Marco, “Cambios fisiológicos de la aptitud física en el envejecimiento”, Revista de

misma como del ligamento periodontal y de la
mucosa bucal, por lo tanto, en el caso del AM,
su actividad propioceptiva está disminuida y
lo que produce una disminución del control de
los movimientos de la articulación.20 Por estas razones el AM, presenta mayor dificultad
al ejercer su capacidad de goce, pues entre
ellos se encuentra la disminución de movilidad al realizar ejercicio, caminar, correr o subir escaleras.
Los gerontólogos estiman que solamente un
30% del deterioro físico de la vejez tiene una
base genética; el otro 70% está relacionado
con factores conductuales y psicológicos,
condiciones que pueden prevenirse o tratarse, por ejemplo21: La apariencia de senilidad
de algunas personas es el resultado de la
prescripción de medicamentos inadecuados,
combinaciones contraproducentes de ellos o
incluso excesos en la ingestión de pastillas; la
depresión y la pasividad son, frecuentemente,
el resultado de la pérdida de la actividad relevante, de la estimulación intelectual y del control sobre los acontecimientos; y la debilidad
y la fragilidad están causadas por un estilo de
vida sedentario. El ejercicio y el entrenamiento ligero con pesas pueden restaurar la fuerza
y la flexibilidad.

Investigación en Salud. Universidad de Boyocá, vol.3, no.2,
julio-diciembre 2016, p.182. Recuperado el 01 de octubre
de 2021 de: https://revistasdigitales.uniboyaca.edu.co/index.

20   Cabrera, Marlene y Torre, Yaiset, “Desajustes intraar-

php/rs/article/view/178/195

ticulares en el paciente geriátrico”, Revista Scielo, vol.20

19   Borba, Claudio; Coelho, Moisés; Gomes, Rodrigo y Oli-

no.2., mayo-agosto 2018. Recuperado el 01 de octubre de

veira, Marco, “Efectos de un programa de entrenamiento con-

2021 de: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&amp;pi-

currente sobre la fuerza muscular, flexibilidad y autonomía

d=S1608-89212018000200069

funcional de mujeres mayores”, Revista Redalyc Ciencias de

21   Mátas, Mercedes, “Desarrollo de los prejuicios sociales”,

la Actividad Fisica, vol. 15, no.2, julio-diciembre 2014. Recu-

Recuperado el 9 de octubre de 2021 de: https://www.um.es/

perado el 01 de octubre de 20221 de: https://www.redalyc.

sabio/docs-cmsweb/aulademayores/tema_7_prejuicios_

org/articulo.oa?id=525652729002

desarrollo_0.pdf
La capacidad jurídica del adulto mayor maduro. PP. 90-111

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Como es indicado, la capacidad funcional se
basa en las actividades de la vida diaria (AVD)
como caminar o comer y las actividades instrumentales de la vida diaria (AIVD) como ir de
compras o preparar una comida, por ende, conocer cuáles son las actividades y las limitantes que tiene en cada una de ellas o dificultad
que puede presentar, se advierte que se establezcan variables que determinen el grado
de funcionalidad del adulto, como se establecen con lo siguiente: Completamente capaces
aquellas personas que se manejan en forma
totalmente independiente; es decir, no tienen
dificultad para realizar las actividades cotidianas, tanto elementales como instrumentales;
Los levemente incapaces, que son aquellas
personas que tienen dificultad sólo en las
AIVD, sin importar su cantidad; Los moderadamente incapaces a aquellas personas que
tienen dificultad en alguna de las AVD y además tienen dificultad en ninguna o una AIVD;
Los severamente incapaces las personas que
declararon tener dificultad en una o más AVD
y en más de una de las AIVD, excluyendo a
los que tienen dificultad en todas las AVD y las
AIVD; y por último completamente incapaces
a aquellas personas que tienen dificultad en
todas las AVD y en todas las AIVD.22

generalizar a los que tienen más de 60 años,
por ende, podemos destacar que la clasificación es de gran relevancia, pues aun cuando existe tal modelo, existe una necesidad de
instrumentar diversas reformas en las políticas públicas para otorgar una atención adecuada a cada uno de los subgrupos que se
han planteado.

22   González, César; Ham-Chanden, Roberto (2007),

23 Fajardo-Ortiz, Guillermo y Olivares-Santos, Roberto, “Vie-

“Funcionalidad y salud; una tipología del envejecimien-

jismo en el ambiente cotidiano”. Recuperado el 9 de octubre

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turas_Complementarias/Viejismo%20en%20el%20ambien-

d=S0036-36342007001000003

te%20cotidiano.pdf

Ahora bien, existe una tendencia implícita y
explícita de algunos profesionales de la salud
a suponer que no vale la pena gastar recursos en la atención de las personas adultas
mayores, debido a que no cumplirán con los
tratamientos prescitos, que tienen una patología crónica muy avanzada y que solo generan
problemas a la familia y al personal de salud
que los atienden, teniendo como consecuencia conductas ofensivas, actitudes que bloquean su atención y abandono en el manejo
asistencial y hospitalario, negándoles un trato
digno y la búsqueda de la calidad de vida en
padecimientos crónicos.23

Lo anterior demuestra que la discriminación que se da hacia estos sujetos va en
contra de la justicia al no permitir que puedan satisfacer sus necesidades básicas en
igualdad de oportunidades que las otras
Derivado de lo anterior, podemos destacar etapas como la adultez, lo cual origina conque, así como se clasifica la vejez en diferen- secuencias que afectan tanto en al sujeto
tes etapas por edades, de igual forma es por en lo individual como en su desarrollo con
capacidades, por lo cual no es conveniente la sociedad. Es el resultado de una serie

Ivonne Janeth Ixba Santiago &amp; Brenda Judith Sauceda Villeda

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de prejuicios sociales y legales que se tiene acerca de una persona adulta mayor o
de un determinado grupo, en este caso por
pertenecer a la etapa de la vejez, porque
no son las características propias con las
que cuenta el individuo, sino a su identificación al asociarlo a esa etapa o identificarlo
como integrante de un grupo determinado
como la vulnerabilidad.

sinnúmero de situaciones que reflexionar sobre ello.

El prejuicio no es solamente una declaración
de opinión o de creencia, sino una actitud que
incluye sentimientos tales como desprecio,
disgusto o total repudio.25 Esa actitud se basa
en ideas preconcebidas en cada mente humana, la cual la mayoría de las veces son falsas,
pues le resulta más fácil dar por sentado un

Cuidar es una actividad propia y esencial de
la humanidad para la conservación de la vida,
no depende solo del ámbito médico y de su
personal de la salud, el autocuidado es tan
importante por lo cual resulta fundamental determinar cuáles son los elementos que en el
ámbito médico se debe considerar para que
la persona adulta mayor, sea considerado
como un individuo con la aptitud de ejercer su
derecho al desarrollo de la autonomía en la
elección de cualquier decisión médica. Pese a

Los avances económicos y sociales han permitido en el mundo contar con servicios médicos modernos, antibióticos, programas masivos de inmunización, agua potable y drenaje,
mismos que ayudan a reducir la mortalidad
infantil, a combatir infecciones y con ello a sobrevivir cada vez más para alcanzar las eda24
Por su parte, la OMS ha indicado que el mal- des avanzadas.26 Derivado de lo anterior se
trato en las instituciones puede consistir en puede deducir que el mundo está cambiando,
inmovilizar a los pacientes, tratarlos de forma y no es algo que se vaya a detener, el cambio
vejatoria (por ejemplo, dejándoles con ropa es constante, y así como no imaginábamos
sucia) o no dejarles tomar decisiones en re- los alcances de la medicina queda mucho por
lación con asuntos cotidianos. atenderlos in- descubrir; por lo tanto, llegar a más de 60 años
suficientemente de forma intencional (como con una buena salud es posible, pues estos
dejando que desarrollen úlceras de decúbito); avances permiten que las personas puedan
medicarlos de forma excesiva o no suficiente, desarrollarse mejor de lo que uno cree.
o impedirles que tomen medicamentos, y tratarlos de forma negligente y abusiva desde un III. PREJUICIOS LEGALES: POLÍTICAS
punto de vista emocional.
PÚBLICAS EN EL ÁMBITO MÉDICO

24   Organización Mundial de la Salud, Centro de prensa,
“Maltrato de las personas mayores” del 15 de junio de 2021.
Recuperado el 9 de octubre de 2021 de: https://www.who.int/
es/news-room/fact-sheets/detail/elder-abuse
25 Casas Martínez, María de la Luz, “Prejuicios, estereotipos

26   González, César y Ham, Roberto, “Discriminación en las

y discriminación. Reflexión ética y psicodinámica sobre la se-

edades avanzadas en México”, Revista Scielo, vol.14, no.55,

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La capacidad jurídica del adulto mayor maduro. PP. 90-111

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Desafíos Jurídicos

que esa es una de las cuestiones más debatibles al posicionar al individuo en la situación
donde no es tenido en cuenta en asuntos que
tienen que ver con los cuidados médicos de
su calidad de vida, por ende, tal importante
es el respeto al principio de autonomía y autorrealización, asimismo como al principio de la
dignidad humana.
En esta línea, Bach y Kerzner señalan que la
definición de capacidad jurídica desde el modelo social no se concentra en los atributos o
limitaciones individuales de la persona, sino
más bien en las barreras sociales, económicas y legales que la persona enfrenta a la
hora de formular o ejecutar decisiones personales, así como, en el apoyo y los ajustes que
requieren ser dados para facilitar la toma de
decisiones.27 Por lo tanto, los adultos mayores
requieren una serie de cuidados derivados de
la edad de su organismo que con el tiempo
se debilita, e incluso lleva a que la persona
dependa de otras para realizar actividades de
la vida cotidiana.
Lo anterior es un fenómeno reconocido legalmente, y por ello desde distintas autoridades
en salud se ha venido trabajando por mejorar
la atención que les brinda el sistema de salud,
lo cual compromete a sus familias y cuidadores, sin embargo, no siempre es posible que
estos últimos asuman su responsabilidad y por

ende se aprecian casos de abandono, un problema que pone en riesgo la vida, salud, integridad y bienestar del adulto mayor. También
puede presentarse el maltrato y negligencia
en personas mayores el cual ha sido definido
por la Asociación Médica como aquel acto u
omisión que provoca en el anciano daño o temor hacia su salud o bienestar que se realiza
en el momento o por medio de amenazas.28
Al respecto el Código de Ética Médica Internacional establece que “el médico debe dedicarse a proporcionar un servicio médico competente, con plena independencia profesional
y moral, con compasión y respeto por la dignidad humana”.29 A pesar de esto, en la actualidad es evidente la falta de regulación por
fortificar tal relación, al permitir la exclusión
del adulto mayor en las decisiones médicas.
La Ley Estatal de Salud en Nuevo León, no
nos brinda elementos que en el ámbito médico debe regir a todo personal de la salud
con referencia a las personas adultas mayores, al respecto solo menciona en el artículo
4 II Bis que “corresponde al Estado en materia de salubridad general, la atención médica
a las personas adultas mayores en áreas de
salud gerontológica y geriátrica”.30 Al contra28 Giraldo Rodríguez, Liliana (2015); “El maltrato de las personas de edad”, Ciencias Médicas del Instituto Nacional de
Geriatría, Pág. 231-232, Recuperado el 18 de septiembre de
2021 de: http://www.geriatria.salud.gob.mx/descargas/publi-

27   Villarreal, Carla, “El reconocimiento de la capacidad jurí-

caciones/Envejecimiento_y_salud_3a_edicion.pdf

dica de las personas con discapacidad mental e intelectual y

29   H. Congreso del Estado de Nuevo León (2021), “Ley Es-

su incompatibilidad con los efectos jurídicos de la interdicción

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Ivonne Janeth Ixba Santiago &amp; Brenda Judith Sauceda Villeda

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rio de la Carta de los Derechos Generales de
los Pacientes, donde el decálogo incluye en
cada uno de sus artículos de los derechos a
de cada uno de los pacientes, así como el fundamento legal de la Ley General de Salud que
se relaciona con el ámbito médico.
De acuerdo con la Página Oficial del Gobierno
del Estado de Nuevo León los derechos de los
pacientes son los siguientes:
1. Recibir atención médica adecuada;
2. Recibir trato digno y respetuoso;
3. Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz;
4. Decidir libremente sobre su atención;
5. Otorgar o no su consentimiento válidamente informado;
6. Ser tratado con confidencialidad;
7. Contar con facilidades para obtener una
segunda opinión;
8. Recibir atención médica en caso de urgencia;
9. Contar con un expediente clínico; y,
10. Ser atendido cuando se inconforme por la
atención médica recibida.31
El consenso de la Asociación Internacional
de Psicogeriatría (IPA) definió la población en
grupos de edades para la aplicación de diagnósticos, tratamientos, programas de desarrollo, con el fin de ofrecer un mejor manejo de la
siguiente manera: adulto mayor joven 55–64
años, adulto mayor maduro 65–74 años, adulto mayor 75–84 años, ancianos mayores de

85 años, nonagenarios y centenarios.32 Ante
esta clasificación, resulta una realidad la necesidad de definir que, a pesar de ellas, debe
existir una gran colaboración para comprender cada situación de AM, promover sus derechos sociales y contribuir a su desarrollo en
acciones para la mejora tanto personal como
social.
Otorgar una información adecuada a las personas adultas mayores se cumple al considerar que cada uno es diferente, debido a que
no todos se encuentran en la misma situación biológica y física. Conforme al artículo 4,
fracción X nos define a la elaboración de un
Estándar “al documento técnico que prevé un
uso común y repetido de reglas, especificaciones, atributos o métodos de prueba aplicables a un bien, producto, proceso o servicio,
así como aquéllas relativas a terminología,
simbología, embalaje, marcado, etiquetado
o concordaciones”. Por lo que una acción de
responsabilidad médica es asegurar que el
AM entienda su estado de salud, las alternativas para recibir un tratamiento médico, las
consecuencias de dicho tratamiento, es decir,
toda información que se le brinde debe ser lo
más clara posible para que el adulto comprenda su situación, de ese modo podrá ejercer su
autonomía al tomar la decisión por su cuenta,
pensar en sus alternativas y poder expresarla
libremente.33
32   García, Lena y García, Luis; “El adulto mayor maduro:
condiciones actuales de vida”, Revista Médica de Risaralda

hcnl.gob.mx/trabajo_legislativo/leyes/leyes/ley_estatal_de_

Dialnet, vol. 11, no. 2, 2005. Recuperado el 29 de septiembre

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de 2021 de: Dialnet-ElAdultoMayorMaduro-5030408 (2).pdf

31   Gobierno del Estado de Nuevo León (2015), “Conoce tus

33   Barrante, Melba; Lama, Alexis y Rodríguez, Eduardo, “Re-

derechos”. Recuperado el 30 de septiembre de 2021 de ht-

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La capacidad jurídica del adulto mayor maduro. PP. 90-111

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Desafíos Jurídicos

Lo antes mencionado implica que la vejez
es la etapa en la cual la persona AM sufre
cambios verdaderamente significativos derivados del proceso de envejecimiento, al hacerse más notorio ante las personas, como
la disminución de actividades físicas, su
vista no es la misma o inclusive escuchar,
todos estos cambios fisiológicos son parte
de la vida. Por lo tanto, el servicio de salud
y una seguridad social podría manifestarse
como una de las principales necesidades
que se presenta en el individuo al iniciar la
etapa de la vejez.
A su vez, la Asociación Médica Mundial expone sus recomendaciones para que los médicos puedan dar un trato a los ancianos, asimismo exhorta a las asociaciones médicas
nacionales a dar publicidad a la Declaración
entre los miembros y ante la opinión pública.
Conforme al Manual de Políticas de la AMM de
dicho organismo en la Declaración de Hong
Kong de la AMM sobre el maltrato de anciano,
los médicos que atiendan al individuo antes
mencionado deben seguir estas recomendaciones34:
• hacer mayores esfuerzos para crear una
relación de confianza con los pacientes
ancianos a fin de instarlos a pedir atención
médica cuando sea necesario y a sentirse
cómodos cuando confíen en el médico;
• proporcionar una evaluación y tratamiendo el 18 de septiembre de 2021 de: https://www.scielo.cl/scielo.
php?script=sci_arttext&amp;pid=S1726569X2009000200013&amp;ln-

•

•

•

to médico por los daños producidos por el
abuso y/o abandono;
intentar establecer o mantener una relación terapéutica con la familia (por lo general, el médico es el único profesional que
mantiene un contacto duradero con el paciente y la familia), y mantener en la máxima medida posible la confidencialidad del
paciente;
informar toda sospecha de casos de maltrato o abuso de ancianos, conforme a la
legislación local; utilizar un equipo multidisciplinario de tratantes de las profesiones médica, servicio social, salud mental y
legal, cada vez que sea posible;
estimular la generación y utilización de recursos comunitarios de apoyo que presten servicios domiciliarios, reposo y disminución del estrés, a las familias de alto
riesgo.

Por otro lado, el Código de Deontología Médica ha sido elaborado con la finalidad de ser
el “conjunto de principios y reglas éticas que
han de inspirar y guiar la conducta profesional
del médico” (art. 1).35 Por lo tanto, existe un
ordenamiento legal mediante el cual el médico que preste sus servicios para desarrollarse profesionalmente en el ámbito de la salud
debe sujetarse a respetar y dar cumplimiento
a su ética profesional; conforme a su artículo
12, debe respetar los siguientes principios al
ejercicio de su profesión:
1. El médico respetará el derecho del paciente a decidir libremente, después de recibir

g=en&amp;nrm=iso&amp;tlng=en
34 Asociación Médica Mundial, “Manual de Políticas de la

35   Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, “Có-

AMM”, diciembre 2011, p.59. Recuperado el 30 de sep-

digo de Deontología Médica, julio 2011. Recuperado el 9 de

tiembre

octubre de 2021 de: https://www.cgcom.es/sites/default/files/

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2021

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uploads/2019/10/HB-S-Version-2019.pdf

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la información adecuada, sobre las opciones clínicas disponibles. Es un deber del
médico respetar el derecho del paciente a
estar informado en todas y cada una de las
fases del proceso asistencial. Como regla
general, la información será la suficiente y
necesaria para que el paciente pueda tomar decisiones;
2. El médico respetará el rechazo del paciente, total o parcial, a una prueba diagnóstica
o a un tratamiento. Deberá informarle de
manera comprensible y precisa de las consecuencias que puedan derivarse de persistir en su negativa, dejando constancia
de ello en la historia clínica;
3. Si el paciente exigiera del médico un procedimiento que éste, por razones científicas
o éticas, juzgase inadecuado o inaceptable, el médico, tras informarle debidamente, quedará dispensado de actuar;
4. Cuando el médico atienda a una persona
en huelga de hambre, le informará sobre
las consecuencias del rechazo a la alimentación, así como de su previsible evolución y pronóstico. Respetará la libertad
de quienes decidan de forma consciente y
libre realizar huelga de hambre, incluidas
las personas privadas de libertad, pudiendo acogerse a la objeción de conciencia si
fuese obligado a contrariar esta libertad.36  
Pero ocurre que los prejuicios legales ubican
a una persona que solo por tener 60 años es
perteneciente como grupo vulnerable conforme a la Ley de los Derechos de las Personas

Adultas Mayores del Estado de Nuevo León, y
al referirnos a esa categoría se considera que
no es apto para ejercer sus derechos y obligaciones legales. Por tanto, “Cuando el médico
trate a pacientes incapacitados legalmente o
que no estén en condiciones de comprender
la información, decidir o dar un consentimiento válido, deberá informar a su representante
legal o a las personas vinculadas por razones
familiares o de hecho”37, pero también nos señala que “El médico deberá ser especialmente cuidadoso para que estos pacientes participen en el proceso asistencial en la medida
que su capacidad se lo permita”.38
No obstante, lo expuesto por el artículo 13
como se ha discutido, no todos los adultos
mayores se encuentran con una disminución
de sus facultades para poder ejercer su autonomía, por lo tanto, a ese tipo de pacientes
AMM, que se encuentre con plena capacidad
de ejercicio, se le deben de hacer adaptables
las reglas que se establecen en el artículo 12
del Código de Deontología Médica. Lo cual
demuestra la falta necesaria de hacer ajustables tales reglas en el Estado de Nuevo León,
instruir a cada médico los elementos necesarios para valorar a los adultos mayores, y
hacer la clara distinción que un AMM donde
se estima entre los años 65 a 74 años, sí han
disminuido sus facultades, pero no lo ubican
37   Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, “Código de Deontología Médica, julio 2011. Recuperado el 9 de
octubre de 2021 de: https://www.cgcom.es/sites/default/files/
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36   Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, “Có-

38   Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, “Có-

digo de Deontología Médica, julio 2011. Recuperado el 9 de

digo de Deontología Médica”, julio 2011. Recuperado el 9 de

octubre de 2021 de: https://www.cgcom.es/sites/default/files/

octubre de 2021 de: https://www.cgcom.es/sites/default/files/

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codigo_deontologia_medica.pdf
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como un todo incapaz de ejercer sus derechos y obligaciones legales. De este modo se
daría cumplimiento a lo que se establece en el
artículo 1° fracción III de la Ley de Infraestructura de la calidad “Propiciar la innovación tecnológica en los bienes, productos, procesos
y servicios para mejorar la calidad de vida de
las personas en todo el territorio nacional”.39

gral, la medición de la capacidad funcional, la
calidad de vida y el autocuidado resulta de tan
importante trascendencia.
IV. PRINCIPIO DE DIGNIDAD HUMANA,
AUTONOMÍA Y AUTORREALIZACIÓN DEL
ADULTO MAYOR MADURO EN LA VEJEZ:

Tomando de referencia al autor Pablo SiNo todos los adultos mayores presentan pa- món-Lorda41, el ejercicio de la autonomía de
decimientos, hay quienes cuentan con una las personas, de los pacientes, exige que se
salud que no presenta alguna incapacidad, lo cumplan al menos tres condiciones:
único que está presente es el deterioro prove- 1. Actuar voluntariamente, es decir libre de
niente de la edad. Por lo cual, es responsabicoacciones externas
lidad del Estado conforme al artículo 48 de la 2. Tener información suficiente sobre la deLey de Personas adultas Mayores del Estado
cisión que va a tomar, es decir, sobre el
de Nuevo León cumplir con lo siguiente:
objetivo de la decisión, sus riesgos, beneficios y alternativas posibles.
“Las instituciones públicas y privadas, 3. Tener capacidad, esto es, poseer una secasas hogar, albergues, residencias de
rie de aptitudes psicológicas (cognitivas,
día o cualquier otro centro de atención a
volitivas y afectivas) que le permiten conolas personas adultas mayores, deberán
cer, valorar y gestionar adecuadamente la
ajustar su funcionamiento a lo dispuesinformación anterior, tomar una decisión y
to por las Normas Oficiales Mexicanas,
expresarla.
Normas Mexicanas, Normas Técnicas
y los reglamentos que se expidan para Por tanto, se considera que un paciente ejereste efecto”.40
ce el derecho a su autonomía cuando por su
cuenta toma las decisiones pertinentes a su
Por este motivo, la evaluación geriátrica inte- persona, al expresar su voluntad basándose
en las recomendaciones médicas al consi39 Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, “Ley derar sus opciones, y las consecuencias de
de Infraestructura de la Calidad” del 1 de julio de 2021. Re- cada elección que elija.
cuperado el 10 de octubre de 2021 de: http://www.diputados.
gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LICal_010720.pdf
40   Congreso del Estado de Nuevo León, “Ley de los Dere-

41   Simón-Lorda, Pablo, “La capacidad de los pacientes

chos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Nue-

para tomar decisiones: una tarea todavía pendiente”, Re-

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De acuerdo con los autores Herrera y Guzmán, la ética médica le interesa la idea de
dignidad de la vida, especialmente en lo que
atañe a la relación médico-paciente; es indispensable tenerla presenta al decidir entre
la vida y la muerte en situaciones en que la
vida no puede prolongarse indefinidamente
y en cualquier condición; esto es, cuando ha
perdido su dignidad intrínseca.42 Conforme lo
expuesto por los autores aludidos, demuestra
que una persona al entrar a la etapa de la vejez no significa que haya adquirido una mentalidad envejecida, pues bien puede contar
con capacidad legal, aun cuando por cambios
fisiológicos necesite más atención, cuidados o
servicios a los que tiene derecho, sin embargo, no siempre los recibe. A su vez demuestra
que se están violentando los derechos de los
adultos mayores al no garantizarles un desarrollo a su vida digna.
De manera que, valorar sistemáticamente
la capacidad sensorial y funcional del adulto
como paciente, puesto que al tener en cuenta sus limitaciones se puede mejorar o adaptar las medidas necesarias. Asimismo, con la
capacidad funcional, dado que al incluir en la
historia clínica la valoración del estado físico,
es decir, la capacidad de realizar las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria
42   Herrera, Adela y Guzmán, Andrés, “Reflexiones sobre
la calidad de vida, dignidad y envejecimiento”, Revista Mé-

y su estado mental que es su capacidad cognitiva y afectiva se consigue conocer más en
profundidad al paciente y poder ajustar las recomendaciones a su situación real y mejorar
así su cumplimiento.43
Logrando este propósito, no existe duda alguna que se respeta el derecho social, dado que
tanto el personal médico como el Estado con
la creación de las debidas políticas públicas,
otorgan una mayor y efectiva atención para
el grupo de adultos mayores, procurando en
todo momento que el valor moral se cumpla
y al fortalecimiento de una actitud de respeto
por cualquier institución.
Por lo tanto, hace falta una mayor inclusión
del AM, que como se ha demostrado, no todos envejecen de la misma forma. Un ajuste
de adaptación a las políticas públicas, en el
cual los que pertenecen al ámbito de la salud
puedan considerar para determinar si el individuo es capaz de ejercer su autonomía en
la elección de cuestiones médicas, ponen en
manifiesto que la edad no debe ser una excusa para para justificar tal exclusión.
La competencia que es el término legal de capacidad de decisión utiliza diversos criterios:
habilidad para comunicar la elección, comprensión de la información sobre tratamiento,
apreciación de la situación y sus consecuencias.44 Por lo tanto, las personas que se en-

dica Clínica Condes, vol. 23, no.1, enero 2012, p.67. Recuperado el 29 de septiembre de 2021 de: https://reader.

43   Serra Rexach, JA “Comunicación entre el paciente ancia-

elsevier.com/reader/sd/pii/S0716864012702754?token=-

no y el médico”, Revista Scielo Anales de Medicina Interna,

2FD46C497019927EEA1331F90605499C898612C581970

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C7E3CA9D1&amp;originRegion=us-east-1&amp;originCrea-

text&amp;pid=S0212-71992003000200001

tion=20211007020734

44   Cárdenas, Maximiliano; Delgado Ana; Sogi, Cecilia y ZaLa capacidad jurídica del adulto mayor maduro. PP. 90-111

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Desafíos Jurídicos

cuentran en la tercera edad pueden desarrollarse como personas independientes con
la creación de medidas necesarias para que
puedan lograr desenvolverse en cualquier entorno en que se encuentre.
Estimulando estas acciones se logra que el
AM se sienta capaz de lograr una vida plena,
al adaptarse a su situación, reconociendo sus
limitaciones de acuerdo con sus condiciones,
capacidades y medios, que con un trato digno
es capaz de reconocer. Lo cual demuestra que
estas personas tienen los mismos derechos y
obligaciones que cualquier otro ser humano,
por tal razón es importante que se le considere sujeto con capacidad legal para ejercerlo a
través de medios dignos.

biológica en la que se encuentra. De manera
que al considerar diferentes a los demás se
está respetando las diferencias que existen
entre cada ser humano, sin dejar a un lado
que aquellos a quienes ha considerado diferentes sean mejores unos de otros, o que tengan unos más o con menos derechos.
La dignidad humana se presenta desde una
concepción católica tradicional, la dignidad
común a todos los seres humanos procede de
su condición de hijos de Dios y reside en la
capacidad de acatar y observar la ley moral,
la cual de ninguna manera emana de los humanos mismos, sin embargo, para otros, por
el contrario, la dignidad humana consiste en la
capacidad que tenemos los humanos de darnos ley moral a nosotros mismos.46 Esta es la
finalidad de la cual debe enfocarse el criterio
en el ámbito médico, en lograr el mejoramiento mediante reformas y en la práctica de la
medicina para brindar una mejor atención a
quienes están en la etapa de la vejez pues al
presentar diversas dificultades por sobrevivir,
se encuentra en gran desventaja.

A pesar de lo estipulado en la Declaración
Universal de Derechos Humanos45, al definir
que todos los seres humanos son iguales en
dignidad y derechos, es decir desde la etapa
de la infancia ya la persona ha aprendido a
diferenciarse y a los que lo rodean, siempre
con sus criterios que suelen estar basados
en sus características físicas como el sexo, la
raza, nacionalidad, orientación sexual u otros, El consentimiento informado, es un documeno basados en la condición de edad de la per- to formal de relación entre los profesionales
sona, es decir al caracterizarlo por la etapa de salud y los pacientes, incluyendo sus familiares, donde su finalidad es el respeto por
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con el acompañamiento del médico.47 Por tanto, la salud del adulto depende en gran medida de que este sea tratado y respetado con
dignidad, independientemente de las capacidades que sufre, que por lo general son propias de la edad, por lo que al no existir prueba
que demuestre lo contrario, toda información
otorgada debe manifestarse con tal claridad
dependiendo sus cualidades para poder tomar su propia elección, de tal modo respetando que pueda ejercer su autonomía.

un énfasis en la protección que requiere cada
una de las clasificaciones que dentro de la
vejez existen. Pues si bien, lo que tienen en
común es que al pertenecer al grupo vulnerable necesitan de una mayor protección jurídica, ninguna ha logrado determinar que, frente
a sus disminuciones corporales, son sujetos
con capacidad de entender con la adecuación
de los medios necesarios en ellos.

Nacer, crecer, morir es el proceso de la vida,
por lo tanto, los cambios fisiológicos y biológicos como se expusieron en el trabajo, muestran que cada cambio en el ser humano se
presenta de forma gradual, mediante el cual
dichos cambios juegan un papel fundamental,
y no por pertenecer a la etapa de la vejez solo
por tener 60 años, lo convierte en un ser sin
aptitud de ejercer los derechos como paciente
aludidos líneas atrás, conforme al principio de
autonomía y autorrealización. Pues si bien, el
adulto mayor maduro (AMM) no tiene la misma condición física que solía tener en su juventud, o capacidad de analizar de forma rápida lo que se le informa, un AMM aún conserva
ciertas facultades que lo hacen apto con las
medidas adecuadas a comprender el mundo
que lo rodea.
Los prejuicios legales que existen en las políticas públicas son notorios, ninguna ha puesto

Por su parte, es importante respetar el derecho a la dignidad humana que evidentemente
se viola al hacer uso de los prejuicios sociales
para no respetar al adulto mayor maduro en las
cuestiones sobre su salud. Se demuestra que
tales prejuicios influyen en el ámbito médico,
al no respetar los “derechos de los pacientes”
que se declaran en la Secretaría de Salud del
Estado de Nuevo León, pues al catalogar a
una persona como “viejo” no le brindan el respeto al no considerarlo apto para ejercer sus
derechos conforme al principio de autonomía.
Por lo anterior, se propone capacitar a las instituciones públicas, para que mediante protocolos, reglamentación interna y adiestramientos puedan brindar una mejor calidad de vida
en el individuo sujeto de esta investigación,
mejorando de este modo el servicio de salud a
brindar. Que acorde al bioderecho, se respeten los principios de cada ser humano, como
los de la materia de este estudio el principio
de autonomía y autorrealización igualmente el
de la dignidad humana de manera legal, desde un punto de vista ético.

47 Burdiles, Patricio y Ortiz, Armando, “Consentimiento In-

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Fotografía Desierto Seco Cálido por Daniel Vázquez Azamar

�Fotografía Venas Rosas por Rostam B.G
Fotografía: “Venas Rosas” por Rostam B.G

CRÍTICA

Critica

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Detalles sobre la publicación, incluyendo instrucciones para autores
e información para los usuarios en: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/
index.php/ds
Karina Soto Canales (Facultad Arquitectura, Universidad Autónoma
de Nuevo León)
Urgencias en la regulación de fraccionamientos cerrados ante las
lagunas y antinomias en el marco jurídico mexicano. pp. 114-129
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
correo electrónico: desafios.juridicos@uanl.mx
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Revista de temas
contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la vida cotidiana, Volumen 1, No. 1, julio-diciembre de 2021, es una publicación semestral de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología, editada en la Ciudad Universitaria,
N.L, México. Con dirección en Cd. Universitaria, Av. De los Rectores
s/n, San Nicolás de los Garza, N.L. C.P. 66451, Página electrónica de
la revista: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/index.php/ds
Editora en jefe: Dra. Amalia Guillén Gaytán Reserva de Derechos al Uso Exclusivo del Título Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, ISSN: en trámite ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de
este número: Mtro. Juan Alonso Martínez Arrieta.
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho aborda temas contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la
vida cotidiana, tiene como propósito constituirse en un foro de discusión académica que aborda la compleja, contradictoria y multicausal relación entre el derecho y la vida social. Desafíos Jurídicos se inscribe en el debate académico nacional e internacional en el ámbito de Derecho y su giro especial en las ciencias sociales e invita al análisis de diversas
prácticas sociales y formas de organización y acción política desde una perspectiva multidisciplinaria que ponga énfasis
en la defensa de los derechos y su aplicación. Los textos publicados incorporan métodos y problemas tratados desde
el derecho, la sociología, la ciencia política, la economía, los estudios urbanos, la geografía, los estudios culturales, la
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ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
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EDICIÓN TEXTUAL Y CORRECCIÓN DE ESTILO: María Alejandra Villagómez Sánchez
REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
PINTURA DE LA PORTADA: M.A. Daniel Vázquez Azamar “En la otra ventanilla” © 2022

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

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Urgencias en la regulación de fraccionamientos
cerrados ante las lagunas y antinomias en el marco
jurídico mexicano
Emergencies in the regulation of gated communities in the face of gaps and
contradictions in the Mexican legal framework
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022

Por: Karina Soto Canales*

*https://orcid.org/0000-0001-5676-1536
Universidad Autónoma de Nuevo León

Resumen. El presente análisis realiza una aproximación hacia la complejidad para el establecimiento de parámetros de ordenamiento territorial desde los diversos recursos normativos ante
la urbanización y construcción de los “nuevos” formatos de vivienda ofrecidos por el mercado
inmobiliario. Dicha situación se replica en ciudades mexicanas y latinoamericanas. La figura
del fraccionamiento habitacional parece poco relevante en el contenido de leyes y reglamentos
vigentes en materia de desarrollo urbano. Sin embargo, en la práctica, dicha tipología se ha
diseminado y reproducido a una velocidad dejando evidencias de los vacíos legales y la falta
de control para establecer jurídicamente los atributos espaciales (urbanísticos y arquitectónicos), la constitución legal de representantes, la administración de servicios, el carácter público
de áreas verdes (parques y plazas), entre otros. Lo anterior, produce desajustes en cuanto a
segregación, desigualdad, vulnerabilidad, inseguridad, entre otros, con lo cual se demuestra
la incapacidad legal de parte de los municipios que solo se responsabilizan del cumplimiento
cuantitativo (área vendible, uso de suelo, infraestructura y espacios de cesión) más no así
de la evaluación de otros factores determinantes para asegurar espacios de habitabilidad. El
análisis comparativo permite identificar la variedad de asuntos incorporados para control de los
fraccionamientos habitacionales para posteriormente demostrar la urgencia de homologación
y adición de temas dentro del marco normativo en cuestión. El establecimiento de los mismos
permitirá que se mejoren las condiciones operativas al habilitarse dichos productos en el Estado de Nuevo León o en cualquier otra ciudad de México.
Palabras clave: Urbanización, fraccionamientos cerrados, ordenamiento territorial y derecho
a la ciudad

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Abstract. The presented analysis attempts to address the complexity of establishing the parameters for territorial sorting according to the various normative resources regulating urbanization and construction of the “latest” housing formats offered by the real state market.. This
situation is replicated in Mexican and Latin American cities. The gatted communities typology
seems irrelevant in the current laws and regulations on urban development. However, this
typology has disseminated and reproduced rapidly in practice, leaving evidence of legal gaps
and lack of control to the legal establishment of the spatial attributes (urban and architectural),
the legal constitution of representatives, the administration of services, and the public nature of
public spaces (parks and squares). The latter produces imbalances in segregation, inequality,
vulnerability, and insecurity, demonstrating the legal incapacity of the municipalities responsible
for quantitative compliance (salable area, land use, infrastructure, and spaces session), but not
for the evaluation of other determining factors to ensure habitability. A comparative analysis
allowed the identification of the distinct aspects related to the control of gatted communities and
the demonstration of the urgency of homologation and addition of issues within the regulatory
framework. The enablement of such products in the State of Nuevo Leon or any other Mexican
region may improve their operating conditions.
Key words: urbanization, gatted communities, territorial ordering, right to the city

das exhiben la indiferencia e incapacidad de
quienes elaboran y procuran el ordenamiento
Abordar el tema de la vivienda como muchos territorial, debido a que los diversos documenotros requiere establecer un punto de partida tos regulatorios terminan por producir mayor
sobre lo que hoy regula diversos aspectos re- desigualdad, una que se percibe en el lugar
lacionados a sus características espaciales, donde se habilita la vivienda (centro-periferia,
y que una vez concluidos los procesos de dimensión del fraccionamiento, amenidades
urbanización y construcción determina con- del fraccionamiento) y la tipología que ésta
diciones de habitabilidad relacionados tanto obtiene (vivienda unifamiliar fuera o dentro de
con los aspectos sociales (sociedad, comuni- fraccionamientos cerrados –departamento en
dad) y económicos (actividades complemen- edificios verticales), la proximidad a las centarias a la vivienda, valor del suelo, plusvalía). tralidades o subcentros urbanos (contenedoLa problemática que en el presente análisis res espaciales de actividades económicas de
normativo se expone contiene en su origen el alta intensidad-densidad), el acceso a servireconocimiento del desfase de términos, par- cios de transporte público, solo por mencionar
ticularmente en los formatos de vivienda que algunos casos (Soto, 2020). La ciudad como
el mercado inmobiliario actualmente oferta, un ente espacial expande sus límites a pesar
con los cuales se “vende” prácticamente un de los diversos artilugios normativos como,
objeto de consumo. Las omisiones recupera- por ejemplo: los polígonos de contención urINTRODUCCIÓN

Urgencias en la regulación de fraccionamientos cerrados ante las lagunas y antinomias en el marco jurídico mexicano. PP. 114-129

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Desafíos Jurídicos

bana y, si bien, las herramientas de ordenamiento pretenden aprehender el crecimiento
en descontrol, en la realidad la dispersión es
difícilmente contenida y como resultado se favorecen prácticas alejadas de la sustentabilidad donde quienes habitan en los confines
del asentamiento también reciben las peores
condiciones de movilidad, acceso a bienes y
servicios, calidad de vida, entre otros.

LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y EL
PROCESO DE URBANIZACIÓN
FRAGMENTADO

des, entre otros, permite la consolidación del
ordenamiento territorial como un área de conocimiento que fusiona urbanismo, geografía
y ecología; y, en la teoría, diversos autores
establecen elementos indispensables para
la viabilidad urbana, tal es el caso de Cerdá
quien incorpora espacios “verdes” en diversas escalas (predio, manzana – jardín, parque o plaza), o Garnier quien determina una
zonificación para la ciudad industrial (Capel,
2002:303; García Vázquez, 2016). Dichos lineamientos han sido superados, así lo expresa McHarg (1992) debido, principalmente, a
las condiciones de carácter expansivo (crecimiento y consolidación) de las ciudades; en
las últimas décadas la instauración de documentos de ordenación territorial ha establecido consideraciones y limitantes para formar
un ambiente de certidumbre en el proceso
de desarrollo urbano; los diversos formatos
normativos (leyes, reglamentos y planes)
pretenden garantizar que ante la habilitación
de cualquier uso de suelo, la seguridad ambiental y funcional del asentamiento. Más la
dificultad de construir instrumentos jurídicos
para el ordenamiento territorial o el desarrollo urbano según Harvey (2007:241) recae en
que para la instauración de un marco espacial
este debe de asimilarse como “maleable y variable (relativo y relacional)”, el cual en función
del factor tiempo se transforma a la rapidez
que sea necesaria, porque el espacio en sí,
a pesar de su condición estática permanentemente se encuentra en movimiento o transformación.

De acuerdo a Bailly (1978:107) la función de
la ordenación espacial es la de proteger al
hombre del mundo exterior, las aportaciones
de autores como Abercrombie, Unwin, Ged-

El marco jurídico del ordenamiento territorial
en México se produce a partir de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOT-

Antes de producirse cualquier instrumento regulador ya había precedentes de especialistas
que determinaban las condiciones en las que
debía producirse un espacio habitable (ventilación, asoleamiento, color de las habitaciones, altura de las edificaciones, distancia entre las mismas, solo por mencionar algunos)
(Colomina, 2019; García Vázquez, 2016); sin
embargo, no todas esas consideraciones se
han incorporado en los instrumentos regulatorios, aun sabiendo que estas se produjeron en
momentos de crisis (sanitarias (tuberculosis y
peste)). Más dichos factores no son el interés particular de este documento, la vivienda
como objeto arquitectónico no se somete a
juicio, sino el formato o tipología que la contiene, por lo tanto, el interés principal es el de
la vivienda unifamiliar en fraccionamientos cerrados (VUFC), lo que jurídicamente se reconoce como fraccionamientos habitacionales o
condominios horizontales.

Karina Soto Canales

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Desafíos Jurídicos

DU), que en el artículo 3 establece al menos
dos términos con los cuales se procura el orden y control del proceso de urbanización, el
primero se contiene en la fracción XIII donde
define el desarrollo urbano como el proceso
de planeación y regulación de la fundación,
conservación, mejoramiento y crecimiento
de los centros de población, y segundo, en la
fracción XXVI, donde se estipula que el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos es una política pública que tiene como
objeto la ocupación y utilización racional del
territorio como base espacial de las estrategias de desarrollo socioeconómico y la preservación ambiental.
En un primer análisis sobre el contenido de la
LGAHOTDU en función de los conceptos que
se estudian, se encuentra que sólo en dos
ocasiones se hace referencia al término condominio, en la primera como parte de la acción
urbanística (art. 3) y la segunda, para señalar
que será la legislación local quien establecerá
los requisitos para autorizarlos o permitirlos,
en ambos, no se precisa su tipología (horizontal o vertical); el concepto de fraccionamiento
cerrado o fraccionamiento habitacional como
tal no se incluye, las veces que se hace referencia se asimila como la acción de fraccionar
o se indica las disposiciones para realizar el
fraccionamiento, así también señala que deberán sujetarse a lo dispuesto en la ley como
en la Ley Agraria o en su defecto, a la legislación estatal de Desarrollo Urbano vigente (artículo 3, Fracción I, artículo 56, 57, 60, 62, 68
y 76). En contraposición, diversos autores han
expuesto la problemática que en la actualidad
se produce a partir de la tipología de VUFC,
ya sea con respecto a la desigualdad y diferenciación (Camus, 2019; Díaz, Acosta y Me-

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dina, 2014; Soto, 2020), la exclusión y segregación (Galaviz, Valladares y Chávez, 2014;
Narváez y Carmona, 2020) o fragmentación
(López Levi, 2011), investigaciones cuyos
casos de estudio se localizan en metrópolis
dentro del territorio nacional (Colima, Guadalajara, Monterrey), lo cual hace cuestionar si
los lineamientos establecidos están bien delimitados, contextualizados y razonados como
para garantizar viabilidad y habitabilidad.
METODOLOGÍA
El presente estudio se realiza desde una metodología descriptiva con análisis de contenido documental, así como de un análisis de
derecho comparado en el cual se incorporan
diversos documentos normativos en las diferentes escalas de gobierno.
Para la elaboración del caso se implementa la
técnica metodológica de recolección de datos,
por lo que se revisan diversos documentos vigentes en materia de ordenación territorial y
desarrollo urbano en los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), los cuales
se obtienen a través de la consulta digital de
archivos en páginas de internet de entidades
públicas de los siguientes tipos: leyes, reglamentos y código, en los cuales se realizan
búsquedas sistematizadas en relación a la
urbanización de condominios horizontales y
fraccionamientos habitacionales.
La recolección de datos obedece a unidades
de análisis específicas, que para el caso de investigación se demarca en el territorio nacional (México) y en particular sobre tres ciudades metropolitanas mexicanas (Guadalajara,
Monterrey y Querétaro) donde se recuperan

Urgencias en la regulación de fraccionamientos cerrados ante las lagunas y antinomias en el marco jurídico mexicano. PP. 114-129

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Desafíos Jurídicos

evidencias de los diversos formatos para el
ordenamiento, así como los propósitos de dichos instrumentos normativos.

sión2” (art. 4, fracción I y II de la LGAHOTDU)
o “espacios habitables3” (art.4 de la Ley de Vivienda).

Caso de estudio. Los fraccionamientos cerrados y los vacíos jurídicos para su ordenación
y procuración de espacios habitables.

Si bien la tipología de la vivienda es diversa
en función de los programas establecidos por
los arquitectos y urbanistas, y ahora hasta por
el mercado inmobiliario, ésta se diferencia a
las terminologías implementadas dentro del
marco jurídico (ver tabla 1).

Según los apartados anteriores se expresa
la función de los documentos normativos, así
como algunos de los principales conflictos en
su producción en algunas ciudades mexicanas, investigaciones que demuestran que la
tipología habitacional de la VUFC promueve
desigualdad, exclusión, fragmentación, entre
otros. Más a través del presente apartado
se trata de exponer las razones por las que
la disparidad se han acrecentado aunque se
incorporen dentro de la legislación términos
como “derecho a la ciudad1”, “equidad e inclu-

2 Garantizar el ejercicio pleno de derechos en condiciones
de igualdad, promoviendo la cohesión social a través de medidas que impidan la discriminación, segregación o marginación de individuos o grupos. Promover el respeto de los derechos de los grupos vulnerables y que todos los habitantes
puedan decidir entre una oferta diversa de suelo, viviendas,
servicios, equipamientos, infraestructura y actividades económicas de acuerdo a sus preferencias, necesidades y capacidades.
3   El lugar de la vivienda donde se desarrollan actividades de

1   Garantizar a todos los habitantes de un asentamiento hu-

reunión o descanso, que cuenten con las dimensiones míni-

mano el acceso a la vivienda, infraestructura, equipamiento y

mas de superficie, altura, ventilación e iluminación natural,

servicios básicos, a partir e los derechos reconocidos por la

además de contar como mínimo con un baño, cocina, estan-

CPEUM y los tratados internacionales suscritos por México

cia-comedor y dos recamaras, de conformidad con las carac-

en la materia;

terísticas y condiciones mínimas necesarias que establezcan
las leyes y las normas oficiales mexicanas

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Tabla 1. Comparación de términos relacionadas con la vivienda, las tipologías del mercado inmobiliario y los estipulados en el marco jurídico.
Término práctico Definición del concepto

Vivienda de
autoproducción
precaria

Vivienda de
autoproducción
consolidada

Inmuebles construidos con
materiales no permanentes
(lámina, cartón, etc), sin
proyecto arquitectónico
definido.
Inmuebles con o sin
proyecto arquitectónico
definido, construida con
materiales económicos
y ejecutados con baja
calidad. Autoconstruidas
y autofinanciadas.
Generalmente cuentan con
todos o la mayoría de los
servicios.

Término jurídico
y documento que Definición del concepto
lo incluye
Proceso de gestión del
suelo, construcción y
distribución de vivienda bajo
el control directo de sus
Autoproducción de
usuarios de forma individual
vivienda. (Art.4, F.
o colectiva, la cual puede
I Ley de vivienda)
desarrollarse mediante la
contratación de terceros o
por medio de procesos de
Autoconstrucción
autoconstrucción.
de vivienda.
(Art. 4, F. II Ley
Proceso de construcción o
de vivienda
edificación de la vivienda
(LVIV))
realizada directamente por
sus propios usuarios, en
forma individual, familiar o
colectiva.

Viviendas multifamiliares
Edificios y
donde se presenta una
vivienda múltiple mayor intensidad (densidad)
del uso habitacional.

Unidad
habitacional

Conjunto de edificios o
casas unifamiliares o
dúplex, distinguible por
su morfología y estilo.
Edificaciones construidas en
serie. De promoción pública
y privada. Con espacios
mínimos y calidad de mínima
a regular donde en los
espacios exteriores incluyen
áreas verdes y espacios
para equipamiento urbano.

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Condominios
horizontales

Conjuntos privados que
integran vivienda unifamiliar
sobre lotes privativos
y espacios comunes
(circulación y área verde)
delimitados por bardas
donde puede o no contarse
con sistemas o dispositivos
de seguridad privada.
Ocasionalmente incluyen
casa club, gimnasio o
salón de eventos. El diseño
arquitectónico puede ser
establecido o propio. De
segmento medio algo y
alto. Promoción por agente
inmobiliario o crédito
bancario.

Privadas

Tipología habitacional
conformado por una serie de
pequeñas casas alineadas
en ambas aceras de una
calle de tránsito restringido,
similar a una vecindad,
pero, no se comparten los
servicios.

Régimen de
propiedad en
condominio.
(Art. 3, F.
LXVII) Ley de
Asentamientos
Humanos,
Ordenamiento
Territorial y
Desarrollo
Urbano para el
Estado de NL (
LAHOTDUNL)

Régimen bajo el cual uno o
varios propietarios de uno
o un grupo de inmuebles
establecen una modalidad
de propiedad en la que el o
los condóminos tendrán un
derecho singular y exclusivo
de propiedad sobre las
Unidades de Propiedad
Privativa y además un
derecho de copropiedad
sobre las áreas y bienes de
uso común de un inmueble
que comparten necesarios
para un adecuado uso y
disfrute.

Viviendas multifamiliares
Edificios y
donde se presenta una
vivienda múltiple
mayor intensidad (densidad)
del uso habitacional.
Fuente: Elaboración propia 2022 con información de Kunz (2003, LGAHOTDU, LVIV y LAHOTDUNL).

Según la información recuperada en la tabla
anterior, se identifica que algunos de los términos no encuentran en el marco normativo
un símil, dejando al descubierto algunos de
los vacíos normativos en la urbanización o
edificación de vivienda en el país.

Así también, debe señalarse que ni en la
LGAHOTDU ni en la LVIV se incluye dentro
del glosario los términos relativos al espectro
del producto inmobiliario. En el caso del Estado de Nuevo León, el artículo 207 menciona
que sólo podrá denominarse fraccionamiento

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a la acción de crecimiento urbano, consistente
en la urbanización del suelo con apertura de
vías públicas, y que cuando la urbanización
del suelo se realiza con vías privadas se le
denominará conjunto urbano o conjunto privado o fraccionamiento privado. Así también
determina como fraccionamiento habitacional
simultáneo cuando se realiza al mismo tiempo
la urbanización de lotes y la construcción de
las viviendas; con lo que prácticamente se define a nivel jurídico lo que el mercado refiere
como fraccionamientos cerrados de vivienda
unifamiliar.

Para terminar de visualizar la falta de homologación y congruencia, se contrapone el marco jurídico de tres entidades estatales y los
municipios que geográficamente albergan la
capital del estado. Para el análisis sólo se incorporan algunos temas como: dimensión del
lote (frente o superficie), cantidad de lotes por
fraccionamiento, regulaciones en materia de
imagen urbana o equipamiento urbano, consideraciones que tienen un efecto directo sobre la valoración inmobiliaria del bien vivienda
(ver tabla 2).

Tabla 2. Análisis comparativo de documentos normativos en tres niveles de gobierno
(federación, estado y municipio) que establecen pautas para ejecutar, construir o administrar los fraccionamientos cerrados (condominios horizontales o fraccionamiento
habitacional simultáneo) en tres zonas metropolitanas del país.
ZMQ - Querétaro
Federal

ZMG- Guadalajara

ZMM - Monterrey

Ley general de asentamientos humanos, ordenamiento territorial y desarrollo urbano (LGAHOTDU)
Sobre la producción de nuevos fraccionamientos o conjuntos urbanos
Art.56 Establece que cuando las acciones se producen fuera del centro de población … los
nuevos fraccionamiento o conjuntos urbano deberán de respetar y conectarse a la vialidad
existente.
La instauración de requisitos en el proceso de urbanización
Art. 57 En el párrafo tercero señala que en cuanto a los fraccionamientos las autoridades deberán de asegurarse se cumpla con las norma de zonificación y planeación vigentes, así como de
garantizar la capacidad financiera para proporcionar los servicios públicos que generen.
Art. 60 Dispone que es la legislación local la que establecerá los requisitos para las acciones de
urbanización y construcción.
Ley de desarrollo urbano del
Estado de Jalisco.

Estatal

Código urbano del Estado
de Querétaro

Reglamento Estatal de Zonificación (REZ)
Código Civil del Estado de
Jalisco (CCEJ)

Ley de asentamientos humanos,
ordenamiento territorial y desarrollo urbano para el Estado de
Nuevo León

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Tema: Tipologías de fraccionamientos o conjuntos urbanos
Art.213 se incluyen los

* CCEJ. Se establece la cla-

Agregan una serie de términos

siguientes términos: condo-

sificación de los condominios

de los que no todos incluye

minio, condominio vertical,

en: horizontal, vertical y mixto

definición, como:

condominio horizontal, con-

(art.1003).

Condominio horizontal, fraccio-

dominio mixto, fracciona-

namiento habitacional simultá-

mientos de tipo campestre,

neo (art. 207),

Tema: Área para establecer equipamiento urbano
Art. 156. En todos los desa-

Artículo 210. Para los fracciona-

rrollos inmobiliarios el desa-

mientos habitacionales estable-

rrollador deberá transmitir

ce en la Fracción VI. El 60% del

gratuitamente al Municipio,

suelo cedido deberá destinarse

el 10%de la superficie total

para jardines, parques o plazas

del predio para equipamien-

públicas, las cuales podrán

to urbano.

estar ubicadas dentro del área
privada sujeta a régimen de pro-

Este podrá estar fuera del

piedad en condominio; el otro

fraccionamiento.

40% -cuarenta por ciento podrá
destinarse para la construcción
del equipamiento educativo
público del nivel básico, áreas
deportivas, caseta de vigilancia
y asistencia pública y deberá
ubicarse fuera del área privada
sujeta a régimen de propiedad
en condominio con frente a vía
pública;
Unidades privativas (viviendas)

Art. 237. En condominio de
uso habitacional se tendrá
un máximo de 240 unidades.
Jerarquización de la infraestructura vial.
* Se establece de manera
general las dimensiones de los
predios para vivienda unifamiliar
con 7.00 metros de frente y 98
m2 de superficie (art.213).

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Tema: Frente de lote y superficie.
REZ.

Art.213

Art. 15. En condominios de

FI. El frente de los lotes para

más de 10 hectáreas se

vivienda unifamiliar será de 7

incluyen vialidades de tipo

metros lineales como mínimo;

colectora y colectora menor

FII. Los lotes de vivienda uni-

(subcolectora). Deben procurar familiar tendrán una dimensión
continuidad con el contexto.

mínima de 98 metros cuadrados.

De los espacios comunes.
* REZ. Se determina que en
las propiedades en régimen
en condominio se contengan
estacionamientos para visitas
en función de las densidades
del mismo.
Tema: De la seguridad y vigilancia.
Artículo 180. En las vías
públicas de los fraccionamientos, el municipio podrá
otorgar permiso o licencia
correspondiente para la
construcción e instalación
de casetas de vigilancia y
controles de acceso;
Tema: Imagen Urbana
*REZ. Se establecen medidas
de imagen urbana al determinar que las bardas de condominios horizontales tengan
buena apariencia hacia las
vías pública (art.231 F.V).
Reglamento de imagen urbana
Reglamento de fraccionaMunicipal

mientos y desarrollos en
condominio para el municipio de Marqués, Querétaro.

para el municipio de Guadalajara (RIUG)
Reglamento de gestión del desarrollo urbano para el munici-

Reglamento de zonificación del
municipio de Monterrey

pio de Guadalajara (RGDUG)

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Tema: Frente de lote y superficie.
* Aunque señala que es en los
planes y programas de desarrollo urbano donde se establecen
las normas como dimensiones y
superficies se incorporan datos
sobre sección vial, superficie
y frente del lote, así como las
debidas restricciones (art.64).
De acuerdo a los segmentos
de mercado se establece la
clasificación: Institucional, de
urbanización progresiva, popular, medio, residencial (medio
y de lujo) donde el frente del
lote oscila entre 6 y 10 metros,
y las superficies de los predios
tienen de 90 a 250 m2.
Tema: Unidades privativas (viviendas)
*En el caso del municipio Marqués, la cantidad de unidades
no supere los 120 unidades privativas y 40 condominios para
el caso de las unidades condominales.
Tema: Área para establecer equipamiento urbano
* En cuanto a las áreas de donación establece que el 30% de
la superficie se destinará para
áreas verdes y el resto como
área de equipamiento urbano
(art.111 apegado al art.109 del
Código).
Tema: Imagen urbana.
* RIUG. Se prohíbe la construcción
de edificaciones que alteren o
modifiquen el carácter intrínseco
(art.27).

Fuente: Elaboración propia 2022 con información de Soto, 2020.

Con la información condensada en la tabla
anterior, se puede identificar tema por tema
como los asuntos por ordenar o controlar son
de amplio espectro y que las omisiones para
cada uno de las entidades permiten que quienes desarrollan la vivienda saquen el mejor
provecho, lo cual produce contraste con la
incorporación de términos como derecho a la
ciudad. La dinámica con la que se producen

las urbanizaciones de los fraccionamientos
cerrados en apariencia favorecen al residente
de dichos conjuntos habitacionales, sin embargo, la correspondencia de la exclusividad y
la responsabilidad de vivir bajo un formato excluyente están omisas, la situación más desfavorecida recae en el resto de la sociedad
que no habita en dichos espacios, son dichas
entidades sociales las que cada vez interac-

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Desafíos Jurídicos

túan con espacios fragmentados y excluyentes, donde el espacio público para el disfrute
general, en el mejor de los casos se comparte
como un parque lineal, por no decir, un camellón ensanchado por donde en ocasiones puede transitar el peatón. Así también, los desajustes en materia de desarrollo urbano con
respecto a los porcentajes de superficie cedida para el establecimiento del equipamiento urbano, de igual manera se condicionan
atributos de proximidad y la incorporación
de tipologías de movilidad, aparentemente
“opuestas” a la exclusividad “prediseñada” de
los fraccionamientos cerrados, para que nuevamente se le beneficie a promotores inmobiliarios para consolidar atributos de la tipología
como plusvalía, imagen urbana, homogeneidad, entre otros.

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En cuanto a la cantidad de unidades habitacionales por fraccionamiento cerrado existe
una notoria ausencia de regulación, aspecto
que debe ser estudiado por diversos especialistas para garantizar habitabilidad, movilidad
incluyente, acceso indiferenciado a espacios
de uso común (parques, casa club, caseta de
vigilancia).

Otro de los temas que generan discusión
es la privatización del espacio público, nuevamente se recupera lo establecido en la
LAHOTDUNL donde en una sola fracción
contradice el propósito del mismo donde originalmente se destina para jardines, parques
o plazas públicas, y enseguida señala que
dichas áreas podrán estar ubicadas dentro
del área privada sujeta a régimen de propiedad en condominio; al estar dentro del conCONCLUSIONES
dominio los espacios públicos se encuentran
cercados, bordeados o delimitados, y para
La contraposición de lo práctico y jurídico su uso el ciudadano debe presentarse en las
demuestra la necesidad de incorporar en la casetas por lo que su acceso será condicioelaboración y modificación de los diversos nado, si es residente puede utilizarlo, si no lo
marcos normativos a especialistas y acadé- es, entonces no; es así, que un aspecto temicos en la conformación de los conceptos, rritorial produce diferenciación, desigualdad,
apartados y disposiciones, solo así se podría segregación, exclusión, entre otros, situación
garantizar un mejor ejercicio, en este caso en con la que en la práctica las disposiciones
particular, de la urbanización y construcción normativas se alejan del principio del derede la ciudad. Tan sólo el tema de la VUFC o lo cho a la ciudad y condicionan o benefician
que jurídicamente se establece como condo- el acceso al equipamiento urbano, más conminios horizontales permite reaccionar a algu- tradictorio es que el mejoramiento y consernas prácticas donde los desarrolladores o in- vación de dichos espacios continúan siendo
mobiliarias reciben beneficios ante la falta de responsabilidad del municipio cuando otras
claridad hacia ciertas tipologías de vivienda, entidades ya disponen que los espacios colas omisiones han favorecido aspectos espa- munes se deberán de preservar, mantener y
ciales y económicos que determinan o modi- mejorar por cuenta de los condóminos (ver
fican los segmentos del mercado inmobiliario en Reglamento de la imagen urbana para el
(dimensiones de predio y vivienda, cantidad municipio de Guadalajara, Art. 37).
de viviendas por condominio).
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La tipología habitacional del fraccionamiento
no sólo establece una variable de diferenciación en función del conjunto habitacional y por
lo mismo, se evidencia la urgencia de estudiarse a profundidad cuestiones de normatividad y reglamentación en los tres niveles de
gobierno para establecer mayor concordancia, desde la terminología, hasta la distribución o correspondencia entre el área vendible
y el área de cesión, y sobre todo, de aquellos
espacios públicos (infraestructura y equipamiento) o privados, en específico aquellos de
uso de suelo complementarios al habitacional;
las disposiciones en general difieren entre entidades municipales o estatales, y los ajustes, modificaciones o adiciones en ocasiones
superan los períodos administrativos (3 o 6
años), lo que ocasiona modificaciones o adiciones deficientes y extemporáneas.

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�Fotografía: “Paisaje impresionista” por Mario García

Fotografía: Paisaje impresionista por M

Reseña
de
libr
RESEÑA

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Guillermo Cienfuegos Galindo, Israel Mizraim Pérez Garza &amp; Edgar Alejandro Márquez Alfaro (Facultad de Derecho y Criminología,
Universidad Autónoma de Nuevo León)
Urgencias en la regulación de fraccionamientos cerrados ante las
lagunas y antinomias en el marco jurídico mexicano. pp. 132-137
Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022.
Publicado en Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Todos
los derechos reservados. Permisos y comentarios, por favor escribir al
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Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho. Revista de temas
contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la vida cotidiana, Volumen 1, No. 1, julio-diciembre de 2021, es una publicación semestral de la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho y Criminología, editada en la Ciudad Universitaria,
N.L, México. Con dirección en Cd. Universitaria, Av. De los Rectores
s/n, San Nicolás de los Garza, N.L. C.P. 66451, Página electrónica de
la revista: https://desafiosjuridicos.uanl.mx/index.php/ds
Editora en jefe: Dra. Amalia Guillén Gaytán Reserva de Derechos al Uso Exclusivo del Título Volumen 2, No. 2, enero-junio de 2022, ISSN: en trámite ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de
este número: Mtro. Juan Alonso Martínez Arrieta.
Desafíos Jurídicos La Conjugación del Derecho aborda temas contemporáneos sobre derecho, y sus conexiones en la
vida cotidiana, tiene como propósito constituirse en un foro de discusión académica que aborda la compleja, contradictoria y multicausal relación entre el derecho y la vida social. Desafíos Jurídicos se inscribe en el debate académico nacional e internacional en el ámbito de Derecho y su giro especial en las ciencias sociales e invita al análisis de diversas
prácticas sociales y formas de organización y acción política desde una perspectiva multidisciplinaria que ponga énfasis
en la defensa de los derechos y su aplicación. Los textos publicados incorporan métodos y problemas tratados desde
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RECTOR: DR. SANTOS GUZMÁN LÓPEZ
SECRETARIO GENERAL: DR. JUAN PAURA GARCIA
DIRECTOR DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGIA: MTRO. OSCAR P. LUGO SERRATO
REVISTA DESAFÍOS JURÍDICOS
DIRECTORA: Dra. Amalia Guillén Gaytán
CORDINADOR: Dr. Mario Alberto García Martínez
CORDINADOR DEL NÚMERO: Mtro. Juan Alonso Martínez Arrieta
ASISTENTE EDITORIAL: Mtra. Angélica Rubí Rodríguez Aguirre
ADMINISTRACIÓN DEL SITIO WEB: M.A. Daniel Vázquez Azamar
EDICIÓN TEXTUAL Y CORRECCIÓN DE ESTILO: María Alejandra Villagómez Sánchez
REDACCIÓN: Rosa María Elizondo Martínez
PINTURA DE LA PORTADA: M.A. Daniel Vázquez Azamar “En la otra ventanilla” © 2022

Precedente judicial de Michael Taruffo. PP. 132-137

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Desafíos Jurídicos

Precedente judicial de Michael Taruffo
Michael Taruffo’s Judicial Precedent

Fecha de publicación en línea: 31 de enero del 2022

Por: Guillermo Cienfuegos Galindo*,
Israel Mizraim Pérez Garza* &amp;
Edgar Alejandro Márquez Alfaro*

		

*Universidad Autónoma de Nuevo León.

Resumen. El presente trabajo analiza la relación de evolución jurídica, esto a que el desarrollo
jurídico necesita de un constante cambio tal cual es las circunstancias de las interpretaciones,
así como el igual la justicia o la tutela para todos en general, buscando que los poderes supraconstitucionales tengan la relación con los poderes locales, teniendo como herramienta para
la mejora continua los precedentes los cuales modifican totalmente la norma.
Palabras clave: Precedente, supraconstitucionalidad, infra constitucionalidad, jurisprudencia,
tribunales.
Abstract. This work analyzes the relationships of the juridical evolution, since the juridical development requires a constant change as it does the circumstances of the interpretations, as
well as the equal justice or the tutelage for all in general, seeking that the supraconstitutional
powers have the relationship with the local powers, acting as a tool for the continuous improvement the precedents which totally modify the norm.
Key words: Precedent, supraconstitutionality, infra-constitutionality, jurisprudence, courts.

Guillermo Cienfuegos Galindo, Israel Mizraim Pérez Garza &amp; Edgar Alejandro Márquez Alfaro

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Como menciona en este libro mi querido amigo Michael Taruffo sobre los sistemas judiciales que han resultado con grandes avances
conforme la relación de la evolución de la sociedad, en los cuales se encuentran inmersos
los poderes supraconstitucionales o supremos, se tienden a invocar de manera continua los precedentes como una manera de
uniformar la interpretación y la aplicación del
derecho, esto con el objetivo de garantizar la
correcta observancia y la interpretación de la
ley, esto determinara que los proceso jurídicos deben tener una justa relación ante los individuos, en el panorama del futuro jurídico se
busca someter a ese tipo de esquemas para
lograr la reducción conflictos interpretativos,
como dirimir contradicciones ante supuestos
jurídicos que abordan ciertas similitudes o características en el punto toral de este conflicto
en pugna, y de esta manera se pueda brindar
una seguridad jurídica, así como un adecuado
entendimiento de los supuestos interpretativos.
anticipa a la implementación dentro de nuestro sistema jurídico, ya que prácticamente es
Dentro de la obra Aspectos del Precedente Ju- un tema novedoso, al ser apenas durante el
dicial del Maestro Michele Taruffo, se expresa año 2021 que entra en vigor este sistema de
que precedente judicial es aquel mecanismo precedentes.
que asegura la relación de ciertos valores intrínsecos o principios como elementos funda- Cuando se aborda el tema sobre el precedenmentales, son aquellos conceptos que tienen te judicial, se tiene que hablar del recorrido y
una relación de los pensamientos de la aplica- la evolución histórica del mismo, ya que este
ción de la norma asociada a ciertos conflictos tema no es, ni ha sido espontáneo.
jurídicos que guardan ciertas generalidades.
Para poder tener una idea clara sobre los pre- El precedente se puede conformar por una
cedentes judiciales, su aplicabilidad así como resolución que, posteriormente, se establesu implementación en el modelo jurídico mexi- ce como una norma que también se aplica
cano, estableciendo comparativas entre los en casos subsiguientes. Y por el otro, la judiversos sistemas, entre los cuales destaca risprudencia es un conjunto de resoluciones,
el modelo Norte Americano, esta obra cuya que pueden ser numerosas, como en el caso
primera edición es del año 2018, y la cual se de nuestro tribunal de casación, que incluyen
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cientos o miles de sentencias sobre las mismas cuestiones.

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futuros relacionando los hechos del precedente con los hechos del caso nuevo, y por
el contrario la jurisprudencia corresponde a
Los dos principales conceptos sobre los que las máximas establecidas por las altas cortes
gira el precedente son los de “sentencia” y para la resolución de los casos, pero no
“vinculatoriedad”.
contiene relación cercana con los hechos.
Por lo que al primero se refiere, por “sentencia” se puede entender:
Por otro lado, tenemos lo que el autor refieDe un modo general:
re como las “dimensiones del precedente” En
1. Que haya sido pronunciada en un determi- primer lugar, el autor nos señala la dimensión
nado momento anterior,
vertical, la cual está relacionada con la es2. Que esté incluida en alguna recopilación tructura jerárquica de la organización judicial,
jurisprudencial y,
en donde quien está en la cima es el tribu3. Que sea relativa a un caso que presente nal supremo y en los niveles inferiores se enalguna similitud respecto a otro caso.
cuentran los demás tribunales. El precedente
vertical se relaciona principalmente con las
El otro caso en los que aquella parte de la sentencias de los tribunales supremos, ya que
sentencia-precedente consiste en la decisión se considera que estas influyen en las decidel caso concreto, es decir, la “norma indivi- siones de los tribunales inferiores. En otros
dual” para un caso que presenta semejanzas términos, estos deben ajustarse a los precerespecto a otro caso.
dentes de las cortes supremas de referencias
para todas las resoluciones posteriores.
O en su caso cuando aquella parte de sen- Por el contrario, es dudoso que puedan consitencia-precedente sobre la que se basó la de- derarse como verdaderos tribunales del prececisión individual para decidir un caso pasado dente, aquellos que, al igual que nuestra Corsimilar al caso presente.
te de Casación, tienen sobre todo una función
retroactiva, que consiste principalmente, en la
Cabe aclarar que, si bien la jurisprudencia y el corrección de errores jurídicos cometidos por
precedente judicial pueden ser tratados indis- los jueces inferiores (la llamada nomofilaxia),
tintamente, existe una diferencia entre estos mientras que, de hecho, no siempre y de la
dos términos, en dos sentidos, uno cuantitati- única manera posible, cumplen una función
vo en tanto el precedente judicial hace referen- proactiva en la formulación de normas que
cia a una decisión específica que debe ser pretendan seguir los jueces posteriores
aplicada posteriormente a casos análogos,
mientras que la jurisprudencia se refiere a El precedente judicial cumple con la función
un conjunto de decisiones judiciales sobre va- de garantizar:
rios casos en particular; el otro cualitativo y de 1. La seguridad jurídica y la estabilidad del
mayor profundidad, así el precedente contiederecho, en cuanto los ciudadanos puene una regla que debe ser aplicada como
dan anticipar las consecuencias jurídicas
criterio de decisión a casos específicos
de los problemas resueltos en la jurisdicGuillermo Cienfuegos Galindo, Israel Mizraim Pérez Garza &amp; Edgar Alejandro Márquez Alfaro

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ción y en esa medida ajustar sus actuaciones,
2. La igualdad formal al resolverse casos
análogos de una manera similar,
3. La descongestión judicial toda vez que,
al existir una forma previa de resolver un
caso nuevo, el juzgador puede recurrir a
ella con los mismos argumentos y análisis,
y
4. La racionalidad de las decisiones, que
también funge como control de las propias
decisiones y de creación del precedente,
ya que el juez al tomar una decisión que
crea un precedente tiene el deber de argumentar y motivar al punto de lograr el
convencimiento y la consistencia de que
esa decisión pueda ser utilizada para otros
casos análogos.

ría Jurisprudencia, por contradicción de tesis,
cuando tribunales emiten un criterio de similar
naturaleza en sentidos opuestos, se realiza
un análisis y se dirime esa controversia y se
clarifica el criterio, se eleva a Jurisprudencia
es decir a un criterio interpretativo por parte
del Tribunal Supremo, o cuando el Tribunal
Supremo emite un criterio que considera sobre un tema controversial o de interés social,
debido a la relevancia del tema a través de
su facultad de atracción dirime el conflicto y
su criterio se eleva a carácter de jurisprudencial, en cuanto al sistema de precedentes judiciales, lo tenemos relacionado o asociado
al sistema Norte Americano, el cual radica en
que la corte suprema atrae un problema, de
entre los innumerables casos, entre el cual
elige aquel que se adapte de manera genérica, entendiendo que el precedente no solo
En México el 11 de marzo de 2021, se instau- analiza el aspecto jurídico, sino que también
ro el sistema de precedentes, la cual se rea- analiza el entorno y el proceso mediante el
lizó con tiene la intención de encaminarnos a cual se fue construyendo el caso y como se
una práctica jurídica, teórica lógica y filosófica, puede resolver, el precedente se basa en dique analice al derecho desde otra perspecti- rimir una controversia, resolverla y asienta un
va, que si bien es cierto que existe un homo- criterio sobre otro previamente resuelto, y va
logo o un similar al sistema de precedentes encaminado al tema de Common Law y Civil
como se conoce en otros países, en México Law, acompañado precisamente de un tema
existe la jurisprudencia, la cual pese a poseer legislativo, entendiendo precedente como una
ciertas similitudes, también sostienen carac- decisión que con posterioridad se convertirá
terísticas, que lo hacen ser distinta al sistema en norma, es como el derecho de costumbre
de precedentes, la jurisprudencia, en el siste- como fuente del derecho en el sistema mexima Mexicano, es aquella que dirime temas en cano, también podemos definir al precedente
pugna al ser asuntos resueltos por el alto Tri- desde dos factores, el primero derivando de
bunal Mexicano, como lo es la Suprema Corte hecho que esto no es todo lo que dice la sende Justicia de la Nación, esta jurisprudencia tencia en cuestión, si no el fundamento para
es un criterio interpretativo de la norma y pue- decidir el estado de derecho base el cual se
de surgir, por una reiteración de criterios, de pronunció, es decir radica en el hecho encualos Tribunales, a esta se le conoce por reitera drado y adaptado al estado de derecho sobre
con cuándo se elaboran cinco criterios bajo el cual se pronunció en ese momento.
una misma postura esta se eleva a la categoPrecedente judicial de Michael Taruffo. PP. 132-137

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Por otro lado, debemos aclarar que un precedente no es una decisión absoluta, como
se entiende en el sistema jurisprudencial que
porta cierta obligatoriedad en su implementación y e inaplicabilidad de la misma, el juzgador o el legislador tienen la facultad de no
tomar en cuenta el precedente, al considerar
que hay aspectos que no se ajustan al precedente, por lo que hay que hacer un análisis
exhaustivo y completo, tomando en cuenta
los aspectos lógicos, teóricos y de derecho,
que deben ser tomados en cuenta por que el
mismo consiste en el análisis conjunto, el cual
debe ser adaptado a una situación o realidad
social, en el sistema de presidentes el legislador tiende a humanizar este criterio de precedentes, que el sistema normativo mexicano
es estricto y normativo, no tan encaminado
a un análisis social de las circunstancias en
pugna, si no a un estricto derecho, para conocer los alcances y limitantes de un sistema de
precedentes, el precedente marca un antes y
un después en un sistema judicial, ya que el
mismo asienta las bases para la construcción
de una normatividad adaptada a una realidad
social, y no desde un punto de vista estricto
o rígido, como un criterio absoluto o rígido
como lo es el sistema jurisprudencial, el cual
al ser tan estricto limita su ámbito de aplicación incluso aplicado de manera de analogía,
este tipo de criterios se quedan limitados, por
ultimo debemos de tomar en cuenta la forma
de aplicación de un sistema de precedentes, el universalismo vs un particularismo, la
aplicación genérica, o particular, radica en la
uniformidad e interpretación en la aplicación
del derecho, principalmente atribuida a los Tribunales Supremos, que asegure que logre la
aplicación y gestión en casos posteriores, la
importancia de la emisión de un resolutivo de

Desafíos Jurídicos

una corte o tribunal supremo, en la manera de
influir si va encaminada de manera específica o de manera genérica, es un sistema que
guarda mucha similitud con el sistema jurisprudencial, pero a diferencia de este, el sistema de precedentes evita precisamente ese
abuso que en ocasiones en casos que no se
adapta en concreto, utilizando la analogía, o
los criterios de argumentación jurídica se implementa de una manera forzada y claramente ajustado a ese caso, por lo cual se puede
abusar de la jurisprudencia, y al ser el precedente algo compuesto no de manera estricta,
si no desde un punto de vista filosófico lógico
y adaptado a una realidad social, este limita el
abuso y orienta para futuros casos el sistema
de precedentes, buscando generar un adecuado estado de derecho, e juzgador como
parte fundamental, debe contar con la debida
preparación debido a que las decisiones de
estos generaran un antes y un después en la
implementación de la ley.
REFERENCIA
Taruffo Michael, Aspectos del Precedente judicial, Editorial
consejo de la judicatura, Estado de Nuevo León, primera
edición, 2018, México.
http://www.pjenl.gob.mx/Publicaciones/Libros/70/docs/70.pdf

Guillermo Cienfuegos Galindo, Israel Mizraim Pérez Garza &amp; Edgar Alejandro Márquez Alfaro

�Vol. 01, Núm. 01, Julio 2021
Desafíos Jurídicos es una publicación semestral de la Facultad de Derecho y Criminología
de la Universidad de Autónoma de Nuevo León. Contribuye al debate de las ideas en torno
al derecho y la interacción de temas jurídicos conjugados con otras disciplinas, fomenta el
diálogo, análisis y reflexión de los procesos sociales contemporáneos desde una perspectiva
que incluya una visión crítica tanto académica como científica en aras de acrecentar el conocimiento. Prioriza la publicación de artículos producto de investigación, escritos por autores
nacionales y extranjeros. Promueve vínculos dentro la comunidad de investigación social.
Está dirigido a investigadores sociales y en general, profesionales interesados en las áreas
sociales del conocimiento.

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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>Vol. 03,
Núm. 04,
Enero 2023

REVISTA INTERNACIONAL
DE INVESTIGACIÓN EN
CRIMINOLOGÍA
constructoscriminologicos.uanl.mx

�Constructos criminológicos Vol. 3 Núm. 4, Enero-Junio 2023,
es una publicación semestral editada por la Universidad
Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de
Derecho y Criminología. Dirección de la publicación: Av.
Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de
los Garza, Nuevo León, México.constructoscriminologicos.
uanl.mx, constructoscriminologicos@uanl.mx. Editor
responsable: Dr. José Zaragoza Huerta, Facultad de
Derecho y Criminología. Reserva de Derechos al Uso
Exclusivo núm. 04-2022-040614045800-102 ISSN Pendiente,
ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho
de Autor. Responsable de la última actualización: Dr.
Paris Alejandro Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y
Criminología Av. Universidad s/n Cd. Universitaria C.P.
66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo León, México.
Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la
postura del editor de la publicación. Todos los artículos
son de creación original del autor, por lo que esta revista se
deslinda de cualquier situación legal derivada por plagios,
copias parciales o totales de otros artículos ya publicados
y la responsabilidad legal recaerá directamente en el autor
del artículo. Se autoriza compartir, copiar y redistribuir
el material en cualquier medio o formato; y de remezclar,
transformar y construir a partir del material, citando
siempre la fuente completa.
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons
Atribución-NoComercial 4.0 Internacional.

�Sobre la Revista Constructos
Criminológicos
Constructos Criminológicos es una publicación
científica, que propicia un espacio de debate
académico, focalizada a difundir investigaciones
y trabajos escritos de opinión respecto de la
ciencia criminológica.
Con ello, la revista se focaliza en diversas
temáticas que se circunscriben en el moderno
concepto de la disciplina; es este sentido: sobre
criminología, prevención, política criminal,
criminalística, derecho penal y derecho
de ejecución Penal, elaborados con rigor,
procedentes de cualquier parte del mundo y sin
limitación en cuanto a la orientación teórica o
ideológica.
La periodicidad de la revista es semestral, con la
peculiaridad que cada número se convoca en el
mes de enero y se cierra en el mes de junio; se
apertura en el mes julio y se cierra en el mes de
diciembre.
El idioma principal es el español, si bien
podrán publicarse asimismo contribuciones en
portugués, francés, inglés o italiano, siempre
que vayan acompañadas de la correspondiente
traducción al español, la cual deberá ser aportada
por los propios autores. Cabe destacar que se
alude a colaboraciones inéditas.
La recepción de artículos para su posible
publicación en RCC se abre en dos períodos a lo
largo del año: entre el 1 del mes de enero y el 15
de abril y entre el 1 del mes de junio y el 15 del
mes de octubre.

Equipo editorial
Director
• Dr. José Zarazgoza Huerta (Universidad
Autónoma de Nuevo León)
Coordinador editorial
• Dr. Gil David Hernández Castillo (UANL)
Comité Editorial
Internacional
• Dr. Jo Hee Moon (UH) Corea
• Dr. Luis Flavio Gómez (Brasil)
• Dr. Enrique Sanz Delgado (UAH) España
• Dr. Daniel Fernández Bermejo (UNED) España
Nacional
• Dr. Víctor Aurelio Zúñiga González (UANL)
• Dr. Rogelio Barba Álvarez (UDG)
• Dr. Manuel Vidaurri Aréchiga (DELASALLE,
Bajío)
• Dr. Gerardo S. Palacios Pámanes (UANL)
• Dra. Rosalba Taboada Villasana (Instituto Cide
Hamet)
Comité Científico
Internacional
• Dr. Esteban Leonardo Arratia Sandoval
(Universidad de Santiago de Chile)
• Ph.D. Logan Puck (University of California)
Nacional
• Dra. Karla Villarreal Sotelo (UAT)
Comité Consultivo
Nacional
• Dr. Juan García Rodríguez (UANL)
• Dra. Ana María Esquivel (UANL)
• Dr. Juan Antonio Caballero (UANL)
• Dra. Carla Monroy Ojeda (UASP)
• Dr. Martín Eduardo Pérez Cazarez (UDG)
• Dr. Jesús Francisco Castro Oliva (UANL)
• Dr. Rodolfo Tadeo Luna de la Mora (IBERO)

�CONTENIDO
Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Artículos
19

41

Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la
política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la perspectiva del
constitucionalismo contemporáneo
Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho
La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación
Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales algunas consideraciones generales
Heynar Francisco Martínez Morales

63

La violencia contra las mujeres: su erradicación como objetivo mundial
Idalia Patricia Espinosa Leal

81

La conducta criminal y su relación con el sistema límbico
Manuel Othón Martínez Caudillo

93

Percepción académica y laboral sobre la formación universitaria en CriminologíaCriminalística en el estado de Nuevo León, México
Wael Sarwat Hikal Carreón

109

El papel de las redes televisivas en el discurso de los derechos humanos: hipótesis
de irrespeto a la dignidad humana
Marden Reis de Abreu, Alessandro Rezende da Silva, Maurides Macêdo

123

133

147

Las violaciones de los derechos humanos por parte de grupos de autodefensas en
la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada en África Occidental y
América Latina
Idrissa Sangaré
Influencia de la criminología ambiental en la respuesta policial, caso Colombia
Giovany Álvarez Sánchez, Ángela Patricia Figueroa Mejía y Pablo Antonio Criollo Rey
Actuación e intervención policial ante la problemática adolescente en el México actual
Emmanuel García

�Presentación

El estudio de la Criminología se ha incrementado en los últimos años como
respuesta al aumento de la violencia en el país, por tal motivo, la Facultad de
Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León impulsó la
creación de una revista especializada en el ámbito criminológico que lleva por
nombre Constructos Criminológicos. Con la creación de esta revista científica
se apertura un importante espacio de reflexión académica que promueva la
necesidad de políticas públicas orientadas en el estudio de la criminología como
estrategia fundamental para el fortalecimiento del Estado de Derecho que garantice
el cumplimiento de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.
Constructos Criminológicos es una revista en línea de publicidad semestral
arbitrada bajo estrictos lineamientos metodológicos que promueven la publicación
de resultados de investigaciones de calidad académica y científica sobre el ámbito
de la ciencia criminal que contribuya a resolver las necesidades de seguridad que
requiere nuestro país. La revista coadyuva esfuerzos con el programa doctoral de
Criminología que oferta nuestra facultad, mismo que se encuentra registrado en
el padrón de posgrados de calidad del CONACYT, orientado a contrarrestar cada
forma de manifestación criminal, sea convencional o no convencional, es decir,
delincuencia organizada y común; así como preparar profesionales que puedan
asumir decisiones y disponer estrategias en los vastos campos de la contención
y prevención criminal, de la administración de la justicia, de los servicios a la
víctima, del seguimiento del procesado y de la inseguridad ciudadana.
La generación de conocimiento a través de la revista contribuye a llenar un vacío
científico en el país en este tema. La revista Constructos Criminológicos auxilia al
fomento y enseñanza de la Criminología como una disciplina indispensable para
el desarrollo de México.

Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

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constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Editorial
La Criminología en Latinoamérica: Génesis y retos en el Siglo XXI

José Zaragoza Huerta
Gil David Hernández Castillo
Paris A. Cabello-Tijerina
Jessica Alexandra Flores Páiz

La evolución de las sociedades modernas conlleva el surgimiento de comportamientos
antisociales y/o delictivos que deben ser analizados a partir de la aplicación de diversos
métodos científicos (Gutiérrez, 1974, p. 3.), con el objetivo de aportar soluciones a los
fenómenos locales, nacionales e internacionales que tanto laceran en la actualidad.
Aquí, la importancia de la Criminología.
Y, precisamente, ante esta reflexión, la Facultad de Derecho y Criminología de la
Universidad Autónoma de Nuevo León, celebró un aniversario más, como Institución
Académica pionera y, actual referente, de la enseñanza de la disciplina Criminológica
en México, así como en América Latina.
Sin duda, el Aula Mater de la Criminología Latinoamericana,
Si realizamos una retrospectiva diremos que, el inicio de la andadura, de la correspondiente
oferta académica fue el año 1974, en el entonces Colegio de Criminología de la Facultad
de Derecho y Ciencias sociales de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Con posterioridad, y contando con el apoyo de la Sociedad Mexicana de Criminología,
durante la celebración del Primer Congreso Nacional de Criminología, en el Estado de
Nuevo León (1983), se debatiría respecto de los “Problemas Criminológicos Actuales en
México”.
Cómo citar: Zaragoza, J./Hernández, G. D./Tijerina, P./Flores, J. (2023) Editorial. La Criminología en Latinoamérica: Génesis y retos en el Siglo XXI, Revista Constructos Criminológicos, Vol. 3. Núm. 4.

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

7

Los ejes temáticos del evento aludido en aquellos años fueron:
•
La criminología y su enseñanza, funciones y relaciones institucionales.
•
Adelantos de la investigación criminalística.
•
Criminalidad infanto juvenil y nuevos sistemas de justicia en menores.
•
Reformas penitenciaria y obstáculos para lograrla.
•
Sistemas de justicia y criminalidad.
•
Nuevas formas de criminalidad en México.
Como se puede advertir, los aludidos temas ocupaban los escenarios sociales que, en
la actualidad, continúan ocupando la atención de las instituciones académicas y demás
organismos afines, donde la ciencia criminológica es piedra angular para atender dichos
fenómenos.
Ante el desarrollo social y frente a la necesidad de encontrar soluciones eficientes
y eficaces, a partir de la aplicación de una moderna criminología (nos adherimos al
Profesor García-Pablos de Molina) al exponenciarla como la “Ciencia empírica e
interdisciplinaria, que se ocupa del estudio del crimen, de la persona del infractor, la
víctima y el control social del comportamiento delictivo, y trata de suministrar una
información válida, contrastada, sobre la génesis, dinámica y variables principales del
crimen -contemplado éste como problema individual y como problema social-, así
como sobre los programas de prevención eficaz del mismo, las técnicas de intervención
positiva en el hombre delincuente y los diversos modelos o sistemas de respuesta al
delito” (García-Pablos, 2003, p. 47).
Definición criminológica que, con una perspectiva más amplia de estudio del
comportamiento humano, y del análisis de su impacto en vida social, paulatinamente,
se van aportando soluciones palmarias en los entornos locales y globalizados,
particularmente, en los espacios donde los grupos que cada día, se organizan para
trastocar a las instituciones estatales, lesionando o poniendo en riesgo los bienes jurídicos
penalmente relevantes.
Habremos de poner de relieve el hecho que, esta moderna visión criminológica, la
advertimos, en sus primeros esbozos científicos en el Estado de Nuevo León, en la
Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, donde se impartía Cátedra Criminológica en
las aulas universitarias.

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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Precisamente, ante el reconocimiento de la trascendental función social de la enseñanza
de la criminológica en su génesis latinoamericana, se llevaría a cabo el Primer Congreso
de Criminología, destacando las palabras del entonces Director, el Lic. Roberto S. Castillo
Gamboa, en la inauguración del mencionado evento.
Por la relevancia de sus palabras, transcribimos parte sustancial del mismo: “Los esfuerzos
de los estudiosos de la Criminología en México, para la creación de profesionales en esta
rama se cristalizó con el nacimiento de una licenciatura que coadyuva a la solución de
los problemas criminógenos de nuestro país; esta licenciatura única como tal se ofrece
en la Universidad Autónoma de Nuevo León. El maestro Quiróz Cuarón, junto con otros
pioneros en esta disciplina, hicieron esfuerzos por el nacimiento de una profesión que
abarcara todos los ámbitos que inciden en el delito, los delincuentes y sus consecuencias:
estudiar desde el nacimiento de los actos ilícitos hasta la rehabilitación de quien lo realiza,
es base esencial para los estudiosos asistentes a este Primer Congreso de Criminología,
con el que soñara el maestro Quiróz. Pero también hemos de poner atención especial en
una parte que ha quedada olvidada dentro del proceso criminológico como es la víctima:
Habremos de internarnos en la disciplina de la victimología para poder comprender las
causas y efectos producidos en ella y estar en condiciones de ofrecer estudios integrales
del proceso criminológico” (Memoria, 1983, p. 15.).
De la lectura y análisis del discurso, advertimos que la actual visión de una moderna
criminología, ya encontraba sus raíces en estos momentos históricos, donde se la
criminología comenzaba su andadura en el campo de la seguridad y la justicia.
Lo importante aquí, es tener claro que, Sociedad y Estado; Política criminal, Política
criminológica, Seguridad y Justicia, se encuentran en constante evolución e interacción,
ello motivado por los comportamientos antisociales, delitos y costumbres que son objeto
de atención de la Criminología.
Introduciéndonos a la Editorial del presente número, en esta ocasión, deseamos agradecer
a todos los autores participantes, quienes han confiado en el prestigio y trabajo de la
Revista Constructos Criminológicos, con el envío de sus trabajos.
De la misma manera, expresamos nuestra gratitud a los participantes del proceso de
evaluación de los trabajos que han sido seleccionados para su publicación. Sin duda,

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

9

trabajo silente, pero eficiente, que permite la transparencia y elimina la subjetividad en
la publicación de los trabajos que se aprueban.
En el presente número, los trabajos se supeditan a diversas aristas que dan contenido y
continente a la ciencia criminológica actual.
Para ello, los nueve trabajos seleccionados pueden ser circunscritos en diversas líneas
que son objeto de estudio la moderna criminología (seguridad, Justicia, derechos
humanos, prevención, victimología, educación, entre otras) y que se visualizan con retos
criminológicos en nuestra Latinoamérica.
En el primer trabajo, impactando el entorno penitenciario, los autores: Liana Antunes
Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho, analizan la normativa
Brasileira, aludiendo a: “Función y potencial de los programas de educación penitenciaria
en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la perspectiva del
constitucionalismo contemporáneo”.
Ante los cuestionamientos del fracaso resocializador a la pena privativa de la libertad
en Latinoamérica, sin que la prisión brasileña sea ajena a los mismos, se analiza el
impacto que tiene la educación penitenciaria, con especial referencia a los programas de
educación penitenciaria, los que impactan en las políticas penitenciarias y de seguridad
pública, pero, a la luz del constitucionalismo contemporáneo brasileño.
Definitivamente, el nuevo paradigma de ejecución penal, debe atender a la difícil
interacción de los derechos humanos con la garantía de seguridad estatal, sometida
siempre, a la potestad de la Ley.
Es importante establecer papel que juega la educación penitenciaria en el Estado, así
como sus reflejos en la gestión del encarcelamiento y la seguridad en su dimensión
colectiva (Tasse, 2003, p. 73); y, si bien la privación de la libertad ahora se distancia
del IUS PUNIENDI donde se destinaba al cautivo a la vendicta, ahora la presencia IUS
HUMANISTA Becccariana, se debe garantizar en las normas penitenciarias. Precisamente,
atendiendo a la importancia que reviste el constitucionalismo y a la efectividad de los
derechos fundamentales, en el efecto resocializador de la educación carcelaria (Beltrán,
1990, pp. 111-116) lo que refleja una visión reformista de las normas (García, 1998, p. 21)

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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debe destacar la importancia de planificar, implementar y monitorear las políticas públicas
orientadas al mejoramiento de la educación en el sistema penitenciario brasileño.
Debemos pugnar porque las normas penitenciarias se orienten a la idea de la prevención
de reintegración, donde se garantice el efecto resocializazor de la privación de la libertad
al tiempo de potenciar la filosofía de la Justicia Restaurativa que oferta resultados que
atienden a todos los partícipes del drama punitivo.
El segundo artículo, incidente en la prevención del delito; desde Nicaragua, Heynar
Francisco Martínez Morales estudia la: “Importancia del Cumplimiento de la Obligación
del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de Blanqueo de Capitales: Algunas
Consideraciones Generales”.
Las nuevas formas de criminalidad obligan a las instancias estatales a renovar y actualizar
sus estándares y procesos de actuación.
Delitos cuya comisión conlleva la actuación de sujetos expertos en diversas disciplinas
haciendo necesaria la misma reacción por parte de las autoridades.
Así, el uso de las nuevas tecnologías, ciencias exactas, entre otras herramientas, dificultan
en ocasiones la labor preventiva, seguridad y sanción a los trasgresores de la Ley.
Precisamente, uno de estos temas, hoy día estelares, es el Blanqueo de Capitales, el que
se erige como una de las expresiones más significativas de la Criminalidad Financiera.
Y nos cuestionamos, cómo poder atajar actuaciones donde se pretende dar apariencia
de legalidad a ganancias obtenidas de forma ilícita con la finalidad de ocultar su
procedencia. Aquí, la importancia del presente trabajo, donde se aborda un tema de
actualidad no solo en Nicaragua, pues bien puede ser extrapolado a otras realidades
latinoamericanas. Se alude al Reporte de Operación Sospechosa.
Sin duda, la efectividad de la tarea conocida como Reporte de Operación Sospechosa,
se constituye como escudo de protección para los Sujetos Obligados a la Prevención con
Enfoque Basado en Riesgo, ello, tratándose de la lucha contra el Blanqueo de Capitales
o Lavado de Activos (Blanco Cordero, 2015, passim).

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

11

El Reporte de Operación Sospechosa, es un aliciente primordial para la toma de decisiones
en políticas administrativas, penales y criminológicas, éstas para su enfrentamiento en
una doble vía: tanto como Riesgo y como Delito.
Debemos mencionar que este tipo de trabajos, que permiten que pueda lograrse una
efectiva actuación de los operadores de seguridad y justicia tratándose del delito de
Blanqueo de Capitales, son bienvenidos; por ello, entendemos que su divulgación resulta
indispensable, a efecto de ofertar instrumentos que garanticen los fines, principios y
procedimientos de las normas.
Respecto del tercer trabajo, en el rubro de la victimología, la autora, Idalia Patricia
Espinosa Leal, analiza una temática que lacera a Latinoamérica y debe ser abordado con
la visión criminológica para entender y aportar las mejores soluciones a la: “La violencia
contra las mujeres: su erradicación como objetivo mundial”.
La importancia por analizar la violencia contra la mujer o género (Agámez, V./Rodríguez,
M., 2020), deviene como punto de partida, para visualizar el comportamiento de esta en
las sociedades actuales.
No podemos comprender la evolución de esta violencia, sin tener un estudio sobre
la construcción de los modelos sociales que han existido, y donde la mujer ha tenido
diversos roles.
Del análisis histórico, destaca que uno de los modelos que más ha afectado a la mujer
en sociedad es en el Sistema Patriarcal (Cagigas, A., 2000), ya que en éste se considera
como fundamento la desigualdad de género, colocando a la mujer en un estado de
subordinación frente al hombre, lo que propicia que el poder sea otorgado de forma
gratuita al género masculino sin ningún cuestionamiento, generando abusos y por ende
la violencia.
Entendemos la importancia analizar los aspectos cronológicos de la violencia en el
ámbito jurídico y social, así como a sus fases y consecuencias, lo que coadyuvan a
concluir que la violencia contra la mujer (esto en toda Latinoamérica) no se ha frenado;
y, por el contrario, continúa en aumento, ello se torna como un problema de Salud
Pública a nivel mundial.

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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Hay que apoyar este tipo de investigaciones donde se puedan aportar soluciones
reales para atender la violencia contra la mujer o de género, lo que permitirá lograr lo
contemplado con uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la agenda de la ONU
para el año 2030, objetivo 5: lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las
mujeres y las niñas. Aquí el compromiso desde la Academia.
La cuarta investigación, tiene incidencia en el campo de la criminología clínica. Manuel
Othón Martínez Caudillo, aborda el tema de la: “Conducta criminal y su relación con
el sistema límbico”.
Sin duda, una visión vanguardista, que oferta nuevas luces al fenómeno de la criminalidad
y que, definitivamente, (re) orienta la atención de los operadores clínicos, de seguridad,
justicia y, los criminólogos respecto del estudio de la conducta del individuo.
En este sentido, el complicado estudio de la conducta humana, como clara consecuencia
de una gama de circunstancias que, al ser examinadas inciden en la conducta criminal,
es objeto de estudio de la ciencia criminológica.
Así, pues, ocupamos conocer desde la cientificidad el por qué estos sujetos poseen una
condición especial que los motiva a realizar actos que, un individuo, sin mencionada
condición no realizaría (Moyano Tello, 2019, p. 10).
Para un mejor estudio y comprensión de este fenómeno debe analizarse el contexto
familiar, social y afectivo en el que se desarrollan estas personas desde su infancia,
deviene de vital importancia e influencia lo que impacta en comportamiento; sin embargo,
existen otros elementos concluyentes que los incita a realizar acciones inconcebibles
para el ser humano, entre ellos el orgánico; pudiendo ser este el deterioro o disfunción
de alguna área cerebral.
El estudio de los factores exógenos ha mostrado la factibididad de advertir el
comportamiento delictivo.
No obstante, no se debe olvidar el análisis de los factores endógenos, como certeramente
se apunta en este trabajo.

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Es aquí donde el comportamiento criminal, puede también visualizarse en un área
primordial para la comprensión de esta conducta desviada, como es el Sistema Límbico.
Conocer la operatividad de este sistema, permite comprender que su regulación tanto de
las emociones, los neurotransmisores y gran parte de la conducta humana es determinarte
en el actual del individuo.
Trabajos que permiten nuevas opciones de comprensión y atención a los
comportamientos humanos que sean ocupación criminológica, debemos apoyar,
máxime cuando en esta ocasión se aplica el método teórico-documental a través
de instrumentos como la exploración y análisis documental, que oferten como
resultado la necesidad de la interacción de la criminología con las neurociencias con
la finalidad de lograr un adecuado abordaje y mejor conocimiento de la conducta
criminal.
Con respecto quinto estudio, en el rubro de la educación criminológica, su autor, Wael
Sarwat Hikal Carreón refiere a la: “Percepción académica y laboral sobre la formación
universitaria en Criminología-Criminalística en el Estado de Nuevo León, México”.
La importancia que tiene la percepción de la enseñanza universitaria, con especial
referencia a dos disciplinas que se complementan, la Criminología y la Criminalística.
Sin duda, la oferta educativa criminológica debe adecuarse a nuevas realidades
sociológicas y supeditarse a las nuevas herramientas científico tecnológicas que
optimizan el quehacer del criminólogo en la actualidad, lo que permitirá atajar con
mayores logros los fenómenos antisociales y/o delictivos en México y Latinoamérica.
Hoy en día, nuevos paradigmas educativos constituyen una línea de investigación
necesaria en aras de definir la satisfacción entre los egresados, empleadores y directivos
de carrera para descubrir áreas de oportunidad. Aquí, se valora la percepción de la
relevancia educativa en egresados, empleadores y directivos académicos respecto la
Licenciatura en Criminología en Nuevo León, México.
Es importante dar a conocer trabajos como éste donde se evidencie la necesidad de
optimizar el Currículo Académico de la ciencia criminológica; tengamos presente que

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los conocimientos y habilidades con las que egresan los licenciados en Criminología
son básicos para las labores cotidianas; por ende, deben mejorarse los planes de estudio,
lo que conlleva al acceso de bibliografía actualizada, laboratorios de prácticas de
vanguardia, potenciar la formación y oferta de salidas laborales (Gómez Aguado/Díaz
Díaz/Fernández Camargo/Naithe Pérez, 2016, pp. 630-641).
En definitiva, la parte académica de optimización de los programas criminológicos
son tarea constante de las instituciones de enseñanza; no obstante, no debemos obviar
un rubro que debe ir a la par de las constantes mejoras aludidas, esto es, el factor
presupuestar toda vez que no podemos ser ajenos a ello.
Por cuanto al sexto análisis, desde la realidad brasilera, sus autores, Marden Reis de
Abreu, Alessandro Rezende da Silva y Maurides Macêdo aluden a: “El papel de las redes
televisivas en el discurso de los derechos humanos: hipótesis de irrespeto a la dignidad
humana”.
El presente estudio atiende a una doble perspectiva; por lado, analizar el funcionamiento
de los medios televisivos conforme al rol que les ha sido asignado, entre ellos, su impacto
en los movimientos sociales (Martin-Barbero, 2003, 17); y por otro, el gran aporte del
mismo, monitorear si las redes televisivas brasileñas violan los derechos humanos de los
televidentes.
Dicha violación surgiría a partir de programas con contenido discriminatorio y que van
en contra de grupos socialmente vulnerables, violando los principios fundamentales de
la persona humana.
Lo que es preocupante a los ojos de las nuevas realidades democráticas y de derecho
que han sido comprometidas por parte de los estados latinoamericanos.
Y si bien pudiera suceder, paradójicamente, el hecho que las redes televisivas brasileiras
representan un espacio democrático con capacidad de formar valores, propagar ideas
e influenciar comportamientos de respeto a los derechos humanos, también pudieran
reproducir y legitimar violaciones de esos derechos, lo que propiciaría una construcción
de una sociedad basada en el preconcepto y en la opresión.

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Poe ende, no debemos ser ajenos a una posible doble actuación de los medios de
comunicación, pero no solo los televisivos, como es el caso que nos ocupa; entendemos,
además, que la valía este trabajo radica, además, que puede extrapolarse a otros medios
de comunicación, máxime tratándose de medios virtuales hoy en día. Por ello debemos
apoyar la publicidad de estos estudios en aras de garantizar el constante dialogo
constructivo ente la libertad de expresión y el respeto a la dignidad humana.
En el séptimo trabajo, se aborda uno los fenómenos que laceran a las modernas
sociedades: Terrorismo y Delincuencia Organizada. El autor, Idrissa Sangaré, alude a:
“Las violaciones de los derechos humanos por parte de grupos de autodefensas en la
lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada en África Occidental y América
Latina”.
La violencia en el mundo va en aumento; y la criminología no debe ser ajena para hacer
frente a ello.
El agrupamiento y reclutamiento de grupos con actividades criminales ha sido
consecuencia, por una parte, de la impunidad generada por los operadores de los
sistemas de estado y, por otro lado, ante la incapacidad de los Estados para hacer frente
a la exigencia de seguridad social que se demanda. Por ello, se alude al Estado fallido.
Ante el argumento del fracaso estatal, se potencia el florecimiento de diferentes milicias
(Sangaré, 2020, p. 51), “justificadas para garantizar la seguridad nacional”, en ambas
regiones del mundo.
No podemos ser ajenos a estas realidades donde los violentos combates son el día a día,
incluso, se vive esto desde hace más de diez años.
Actualmente, las poblaciones de estas dos zonas viven diariamente en un ambiente
desfavorable, por la presencia de hombres armados; lo que se traduce en un clima
desfavorable para el desarrollo económico, educativo y demás conculcaciones a los
derechos humanos, sometidos al terror.
El terrorismo internacional en el África Occidental y la delincuencia organizada en América
Latina, han mostrado al mundo entero los límites de las políticas gubernamentales en

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materia de seguridad y de defensa de estas dos subregiones; se trata de dos subregiones
diferentes, lo que, por supuesto, explica culturas diferentes, realidades no idénticas,
pero estas dos subregiones tienen común un alto índice de inseguridad porque una se
enfrenta al terrorismo internacional y la otra a la delincuencia internacional.
Debemos atender a la constante mejora de estas realidades del mundo, precisamente,
estos ejercicios científicos aportan, en primer término, la concienciación del lector y la
sociedad y, en segundo lugar, la puesta en marcha de acciones que tiendan a paliar la
violencia que se padece en ambas regiones.
El octavo artículo, con una visión criminológica en la actuación policial colombiana, los
autores, Giovany Alvarez Sánchez, Ángela F. Mejía y Pablo Antonio Criollo Rey refieren
a la “Influencia de la criminología ambiental en la respuesta policial, caso Colombia”.
La función policial en el caso colombiano es equivalencia de éxito institucional y
confianza ciudadana. Entendemos que la constante actuación, desde sus inicios
institucionales hasta la aplicación científica en todas sus acciones son prueba de los
logros policiales. Precisamente, unas de las herramientas que dan buenos resultados es
la aplicación de la ciencia criminológica.
Para dar respuesta al fenómeno de criminalidad, se debe analizar la influencia ambiental
(San Juan, 2013, p. 33), lo que ha permitido tener una alta incidencia en la respuesta
policial y, por ende, un efecto en los procedimientos policiales, en la realidad colombiana
(Espinoza, 2020, passim).
Existen diferentes elementos de índole endógeno y exógeno, que interactúan con el
individuo, quien tiene la capacidad de afectar y modificar el comportamiento, que
incide de forma positiva y/o negativa dependiendo del contexto. Aquí es muy importante
determinar los factores que incurren en esta modificación conductual para su análisis.
Trabajos como este, que plasman la necesaria aplicación de la ciencia criminológica para
acceder a mejores resultados preventivos y de seguridad, son los debemos dar conocer.
Esto se traduce también, en una herramienta que puede ser utilizada a otras instituciones
policiales, aprovechando las buenas prácticas institucionales, claro, atendiendo al texto
y al contexto que se pretenda aplicar.

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Finalmente, en el noveno estudio, su autor: Emmanuel García, aborda la “Actuación
e intervención policial ante la problemática adolescente en el México actual. Análisis
conceptual de adolescentes en presencia de autoridad como Autores/víctimas en el
estado de Nuevo León”.
Estado y derecho son consecuencia del consenso humano.
La convivencia social debe ser reglada para su consecución. La constante interacción
social, en muchas ocasiones, propicia conflictos. Ante ello, el Estado debe contar con
sus mecanismos de atención para su resolución.
La interlocución estatal con las personas debe ser a partir del respeto del marco legal,
esto es, el sometimiento de su potestad a la Ley (Principio de legalidad). Los operadores
de seguridad y justicia que atienden los conflictos que les atañen deben tener muy claro
el nuevo paradigma de actuación, el respeto a los derechos humanos de cada uno de los
partícipes del conflicto, sin importar, género, edad, posición social, etc.
En este trabajo, se analiza de forma transversal la actuación e intervención policial
(autoridad) cuando una persona está en su presencia como autor/víctima, en donde
tendrá que actuar en protección de la sociedad y del individuo mismo dentro de su
actuar; esto es, ante su nuevo paradigma de actuación iushumanista (Bernal Ballesteros,
2019, pp. 251-280).
La promoción de una actuación policial, eficiente y eficaz, garante de los derechos
humanos de los individuos, en cualquiera de sus funciones en el sistema de seguridad
y justicia es determinante para que cumplimiento irrestricto de la Ley. Máxime cuando
la actuación es con un adolescente y, en el actuar como Primer Respondiente, donde la
exigencia garantista es mayor a los ojos de la dignidad humana.
Trabajos citados
Agámez Lllanos, V. Á./Rodríguez Díaz, M. A. (2020) Violencia contra la mujer la otra cara de la pandemia, Psicología
desde el Caribe, Vol. 37 (1).
Beltrán Catalá, D. (1990) Estudios universitarios en instituciones penitenciarias, Eguzkilore, núm. 4.
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Función y potencial de los programas de educación
penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad
pública brasileña en la perspectiva del constitucionalismo
contemporáneo
Function and potential of prison education programs in Brazilian
penitentiary and public security policy from the perspective of
contemporary constitutionalism
Liana Antunes Vieira Tormin*
Maurides Macêdo**
Saulo de Oliveira Pinto Coelho***
Resumen
El presente estudio trata sobre las contribuciones
de los programas de educación penitenciaria a
las políticas penitenciarias y de seguridad pública
a la luz del constitucionalismo contemporáneo.
Específicamente, se busca dilucidar el papel que
juega la educación penitenciaria en el estado
de las cosas actuales, así como sus reflejos en la

Cómo citar
Vieira Tormin, L. A., Macêdo, M., &amp; Pinto Coelho,
S. de O. Función y potencial de los programas de
educación penitenciaria en la política penitenciaria
y de seguridad pública brasileña en la perspectiva
del constitucionalismo contemporáneo: Role and
potential of penitentiary education programs in the
Brazilian penitentiary and public security policy from
the perspective of contemporary constitutionalism.
Constructos Criminológicos, 3(4). Recuperado a
partir de https://constructoscriminologicos.uanl.mx/
index.php/cc/article/view/50
*Universidade Federal de Goiás
https://orcid.org/0000-0002-1279-8254
**Universidade Federal de Goiás
https://orcid.org/0000-0003-2474-6539
***Universidade Federal de Goiás
https://orcid.org/0000-0003-2474-6539

Recibido: 25-10-2022
Aceptado: 15-11-2022

gestión del encarcelamiento y la seguridad en su
dimensión colectiva. Teniendo como puntos de
partida al constitucionalismo y a la efectividad
de los derechos fundamentales, luego de un
breve recorrido histórico se pasará a temas como
encarcelamiento, la Justicia y la humanización de
las penas. Enseguida, se abordarán los estudios
empíricos sobre el efecto resocializador de la
educación para que, finalmente, se destaque
la importancia de planificar, implementar y
monitorear las políticas públicas orientadas al
mejoramiento de la educación en el sistema
penitenciario brasileño.
Palabras clave: Educación Penitenciaria,
Programas
de
Seguridad
Pública,
Constitucionalismo.
Abstract
The present study deals with the contributions
of prison education programs to penitentiary
and public security policies concerning
contemporary constitutionalism. Specifically, it
aims to show the role of prison education in the

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current state of affairs, as well as its consequences
for the management of imprisonment and
security in its collective dimension. Considering
the constitutionalism and the effectiveness of
fundamental rights as starting points, after a
brief historical overview, we move forward to
themes such as incarceration, justice and the
humanization of sentences. Next, empirical
studies on the resocializing effect of education
are addressed, in short, to highlight the
importance of planning, implementing and
monitoring public policies that seek to improve
education in the Brazilian prison system.

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que componen las fases de formulación,
implementación y control de impactos. Así,
la evaluación de las políticas públicas de
educación penitenciaria, tanto desde el punto
de vista teórico como del práctico, con foco
en el estudio empírico de aquellas que ya se
implementaron, resultan ser instrumentos
importantes en todas las etapas del mencionado
ciclo. También es relevante, el estudio
académico del tema y la sistematización de los
datos para la orientación del Poder Público en
esta materia.

Fundada en la Declaración Universal de los
Keywords: Prison Education, Programs, Public Derechos Humanos de 1948, la Constitución
Security, Constitutionalism.
de la República de 1988 proclama la
fundamentalidad y la universalidad del acceso
a la educación, extendiéndola a todos, inclusive
INTRODUCCIÓN
a aquellos que se encuentran privados de
libertad. Desde esta perspectiva, en los términos
El crecimiento generalizado de los delitos del artículo 17 de la Ley n. 7.210/1984 – Ley de
violentos en la sociedad contemporánea Ejecución Penal (LEP), la asistencia educativa,
convierte al tema de la seguridad pública en es deber del Estado, y comprende la educación
uno de los más debatidos en los escenarios escolar y la formación profesional de los presos.
jurídico, político y social. Incluso se habla, de Mucho se ha cuestionado sobre la efectividad
un derecho fundamental a la seguridad pública, del sistema penitenciario como institución
concebido como siendo una dimensión pública de control social en el mundo moderno. Sin
de la seguridad personal, sustentado en el embargo, el presente trabajo no se propone
artículo 144 de la Constitución de la República discutir el éxito o el fracaso de la pena privativa
de 1988 y en el artículo 7º de la Convención de libertad, sino que tiene como objetivo
Americana de Derechos Humanos (AZEVEDO; discutir el papel ejercido por la educación
BASSO, 2008). Aun así, se argumenta que las penitenciaria en relación con la seguridad
políticas de seguridad pública comprenden, o pública en el estado actual de las cosas.
al menos deberían comprender, la efectividad y
la protección a los derechos humanos, en ellos A partir del análisis del constitucionalismo y
la vigencia de los derechos fundamentales,
incluido el acceso a la educación.
abarcando temas como el encarcelamiento y el
Frey (2000) presenta algunas categorías que accesoalaeducaciónenambientepenitenciario,
componen el ciclo de las políticas públicas, este capítulo tiene como objetivo analizar la
Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

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relación entre la educación penitenciaria y la
seguridad pública y discutir la importancia de
la educación escolar y la formación profesional
intramuros con la intención de promover la
seguridad personal en su dimensión colectiva.

1. CONSTITUCIONALISMO, DERECHO
FUNDAMENTAL A LA EDUCACIÓN EN
LAS CONSTITUCIONES BRASILEÑAS Y SU
EFECTIVIDAD

Inspirado en las constituciones escritas de los
Se cuestiona si el acceso universal a la educación, Estados Unidos (1787) y de Francia (1791),
dentro o fuera de los establecimientos las leyes fundamentales superiores y dotadas
penitenciarios, se presta a la realización del de poder normativo, el constitucionalismo
brocardo de la dignidad de la persona humana. contemporáneo surge como antídoto a las
Además de presentarse como un derecho, injusticias practicadas durante la Segunda
¿se cuestiona si la educación penitenciaria se Guerra Mundial, con el propósito de limitar
constituye como instrumento para la promoción el poder del Estado. Se consolida como
de la seguridad pública?
un movimiento social, político, jurídico
e ideológico orientado hacia los estudios
Metodológicamente, se trata de una doctrinarios sobre las constituciones, pasando
investigación bibliográfica y un análisis de las por aspectos históricos, teóricos y filosóficos.
normas jurídicas. El trabajo se desarrolla en el
camino de un acervo doctrinario y académico A diferencia del positivismo jurídico, el
sobre los temas educación, privación de libertad constitucionalismo contemporáneo aproxima
de nuevo el derecho, del ideal de justicia e
y seguridad pública, entre otros.
incorpora a este, valores, principios y normas
Con base en las teorías del constitucionalismo edificados bajo el fundamento de la dignidad
contemporáneo y de la efectividad de los de la persona humana, que se vuelve nuclear.
derechos fundamentales, el presente artículo La Constitución de la República de 1988, al
tiene como categoría el principio de la máxima igual que otros diplomas extranjeros, asegura
efectividad del derecho fundamental de acceso la dignidad de la persona humana a través de
a la educación que vincula al poder público en la extensa lista de derechos fundamentales
el momento de la implementación de políticas previstos, principalmente en su artículo 5º,
públicas (PINTO, 2015). Con el propósito de con el objetivo de proteger normativamente
contribuir con el avance de la ciencia como institutos y principios derivados de la soberanía
conocimiento y praxis, se basa en los estudios popular.
empíricos de Julião (2011), Duenhas, Gonçalves
y Gelinski Júnior (2014), Groot y Brink (2002), En este sentido, en el principio mayor
Soares (2004), Kelly (2000) y Montolio (apud de la dignidad de la persona humana
DUENHAS; GONÇALVES; GELINSKI JÚNIOR, convergen los derechos fundamentales, su
2014), sobre la importancia de la educación constitucionalización y el sistema democrático,
como instrumento de reducción de la dándole legitimidad al concepto de interés
criminalidad y como factor de resocialización. público (BINENBOJM, 2014).
Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho

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En las palabras de Saulo Coelho y Caio Pedra
(2013), el reconocimiento de la existencia de
un vínculo entre ciertos derechos y el principio
de la dignidad de la persona humana, así como
el carácter fundamental de esos derechos,
otorgan a los derechos humanos un grado de
efectividad y hace posible su protección de
forma concreta, asegurada por la afirmación
jurídica.

Fue durante la Revolución Francesa que la
idea de educación pública se redefinió y la
noción de escuela pública fue agregada a los
principios de universalidad, gratuidad, laicidad
y obligatoriedad; con ese nuevo traje se viste
a la educación pública, convirtiéndose así en
derecho de todos (LOPES, 1981).

Sin embargo, en otros contextos históricos
y jurídicos, el derecho a la educación
representaba un verdadero privilegio de las
clases dominantes. La educación como un
derecho del ciudadano es un deber del Estado
y surgió durante la Revolución Francesa, sin
embargo, la Escuela Pública no es un invento de
esa época. En la Antigüedad, tanto los griegos
– en el periodo helenístico – como los romanos
ya contaban con escuelas públicas y en la Edad
Moderna la educación ha quedado a cargo del
Estado en los países protestantes (Educación
Pública Religiosa).

Surge, en aquel momento, la enseñanza pública
“financiada por y para el Estado” (RIBEIRO,
1991, p. 37). La expulsión transitoria de los
Jesuitas no significó el fin del monopolio de la
Iglesia en la educación brasileña y las Reformas
Pombalinas no produjeron cambios en el
escenario educativo de la colonia. En la práctica,
la educación continuó siendo privilegio de
aquellos que podían pagar a los miembros del
clero para obtener la alfabetización.

Históricamente, en Brasil, el derecho a la
educación no se extendió a los que estaban
A pesar de la plasticidad, el carácter abierto y privados de libertad, tampoco a todos los
modelador de los derechos fundamentales a lo ciudadanos, constituyéndose en un privilegio y
largo de la historia (COELHO, 2012), hace cierto mecanismo de manutención de status (MOURA,
es que la Carta de 1988 reconozca la educación 2019). La educación brasileña tuvo su origen en
como uno de los derechos fundamentales de la la iglesia, especialmente con los Jesuitas, que
persona humana, con carácter social, público controlaron la educación en el periodo colonial
y subjetivo que, como tal, orienta los sistemas hasta 1759, cuando fueron expulsados de Brasil.
jurídicos y sustenta la convivencia en sociedad. A partir de entonces, la educación se volvió
En efecto, la combinación de los artículos pública a través de las Reformas Pombalinas. Así
205 y 6º eleva la educación al ámbito de un lo demuestra Macêdo (1993, p. 8), para quien
derecho fundamental del hombre, propiedad “los orígenes de la escuela pública en Brasil se
de todos (principio de la universalidad), además remontan a la segunda mitad del siglo XVIII con
de un deber del Estado y de la familia (SILVA, las Reformas Pombalinas de Instrucción Pública,
2007). Es, por tanto, actualmente, un derecho que culminaron con la expulsión de los Jesuitas
inseparable de una vida digna.
de Portugal y sus colonias, incluido Brasil (1959)”.

La llegada de la familia real, en 1808, cambió el
panorama educativo brasileño. Con este evento,

Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

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fue “necesaria la organización de un sistema de
enseñanza para atender la demanda educativa
de la aristocracia portuguesa y preparar
cuadros para las nuevas ocupaciones técnicoburocráticas.” (PAIVA, 1987, p. 60). Durante
este periodo, el Estado terminó pagando la
educación superior y creó las primeras carreras
superiores en Brasil; por su vez, la educación
primaria se quedó a cargo del sector privado,
normalmente impartida por profesores en las
propias casas de los alumnos.
Posteriormente, luego de la independencia
política de Brasil, la Constitución de 1824 en el
artículo 179, inciso 32, estableció la educación
primaria gratuita a todos los ciudadanos.
Buscando la previsión del derecho a la
educación en las constituciones brasileñas, en
esta Carta Magna, promulgada por Don Pedro I
bajo el poder del Imperio, la educación primaria
gratuita era derecho de todos los ciudadanos.
Sin embargo, el concepto de ciudadano estaba
restringido a apenas una parte de la población.
Los esclavos, que constituían gran parte de
ella, no eran considerados como tal y no había
referencia a los privados de libertad (MOURA,
2019).
La primera Ley de Educación en Brasil fue la
del 15 de octubre de 1.827. De acuerdo con
ella se establecía, que en “todas las ciudades,
pueblos, y lugares más populosos, habría tantas
escuelas primarias como fuesen necesarias”
(PAIVA, 1987, p. 61).

habiendo ajustado la centralización de la
enseñanza superior y la descentralización
de los demás niveles de enseñanza. En
otras palabras, cada provincia comenzó a
bancar los costos de la educación primaria y
secundaria. La educación empezó, entonces,
a reflejar disparidades regionales, dado
que las provincias más pobres, que eran la
mayoría, tenían pocos fondos para proveer
la educación pública. Resultado: la iniciativa
privada confesional católica se apoderó de
este espacio, pero eso no significó un gran
avance. El número de analfabetos en el País
estuvo por encima de los 90% de la población
durante todo el siglo XIX.
En este escenario comenzó la República,
en Brasil, y la primera Constitución
republicana, de 1891, reafirmó la orientación
descentralizadora de la enseñanza,
determinando que correspondía al Gobierno
Federal garantizar la educación a nivel
superior y, a los Estados miembros, cuidar de
los demás niveles.
La educación en los Periodos Colonial,
monárquico o en la Primera República no
era una necesidad económica o social. En
el entendimiento de los administradores de
estos períodos, para desarrollar al sector
primario no era necesario saber leer, escribir
y/o contar.

La Constitución republicana de 1891
representó un retroceso al dejar de garantizar
Sin embargo, fue el Acta Adicional de 1834 el acceso libre y gratuito a la educación,
la que realmente orientó la educación en manteniendo alejados a diversos sectores de
Brasil durante el periodo monárquico y tuvo la sociedad, inclusive a aquellos que estaban
influencia duradera durante toda la República, privados de libertad. Además, excluyó a
Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho

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los analfabetos del derecho al voto, dividió los arts. 5º, nº XIV, y 39, nº 8, letra a, dice que
la competencia para legislar sobre educación sólo se podrá renovar en plazos determinados,
entre la Unión y los Estados y promovió y obedecerá a las siguientes normas:
la secularización de la enseñanza en los
a) enseñanza primaria integral gratuita y
establecimientos públicos, con la separación
de frecuencia obligatoria extensiva a los
entre Iglesia y Estado (MOURA, 2019).
adultos;
b) tendencia a la gratuidad de la enseñanza
En seguida, durante la Primera República, con
educativa ulterior a la educación primaria,
la llegada de la industrialización y la llegada
con el objetivo de volverla más accesible;
de los inmigrantes europeos, ocurre una
[...].
demanda por la escuela pública y, en la década
de 1930, el nuevo escenario socioeconómico Inspirada en las constituciones de los regímenes
llevó a movimientos como el Manifiesto de fascistas, la Carta de 1937, fruto de la rigidez
Educadores de la Educación Nueva de 1932, del régimen dictatorial, retrocedió en la idea de
que, entre otras cosas, defendían a la escuela la enseñanza pública y gratuita al considerar
la gratuidad una excepción, no contempló la
pública universal, laica, gratuita y obligatoria.
educación de los presos, se centralizó en la
La Constitución de 1934 reflejó estos cambios Unión, la competencia legislativa sobre las
y avanzó al incorporar los derechos sociales directrices y bases de la educación nacional,
a los derechos de los ciudadanos, especificar no se refirió a los sistemas de enseñanza en
líneas generales de un plan nacional de los estados y tampoco demostró preocupación
educación, crear sistemas educativos en los con la enseñanza pública, habiendo priorizado
estados, determinando la provisión de cargos la enseñanza privada, perjudicando así, a las
del magisterio mediante concurso público y clases menos favorecidas (MOURA, 2019).
extender el derecho a la educación de jóvenes
y adultos, sin incluir la educación de aquel La Constitución de 1946 definió la educación
privado de libertad en el sistema de educación como derecho de todos, con énfasis en la
enseñanza pública, retomó las previsiones
nacional.
de los sistemas educativos nacional y estatal,
Esta Constitución reflejó las luchas y los garantizó la enseñanza primaria obligatoria
anhelos de un nuevo orden vigente en relación y gratuita, restableció el vínculo de recursos
a la educación y prescribía, en su art. 149, que públicos para la manutención y el desarrollo de
“[...] la educación es derecho de todos y debe la enseñanza. Si bien no vincula directamente
ser impartida por la familia y por los poderes el derecho a la educación como un deber del
públicos.” Además, propugnaba, en su art. 150: Estado, puede ser considerada un embrión del
Art. 150. [...].
reconocimiento del derecho a la educación
como derecho fundamental de la persona
Párrafo único - El plan nacional de educación humana, incluso de las personas privadas de su
contenido en la ley federal, en los términos de libertad (MOURA, 2019).
Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

En 1961, se promulga la primera Ley de
Directrices y Bases de la Educación Nacional
(LDBEN), la Ley n. 4.024, estableciendo que
tanto el sector público como el privado podrían
impartir educación en Brasil para cualquier
nivel. También, reafirmó, para la escuela
pública, los principios de universalidad,
laicidad, gratuidad y obligatoriedad.

La Constitución de 1988 dio lugar para la
segunda LDBEN, la Ley n. 9.394, que entró
en vigor el 20 de diciembre de 1996. Entre
otros aspectos, la actual LDB reafirma los
principios de universalidad, laicidad, gratuidad
y obligatoriedad.

Así, en nuestro ordenamiento jurídico, el
derecho de acceso universal a la educación
La Constitución de 1967, concebida en un tiene asiento constitucional, afirmación jurídica,
escenario en el que la supresión de las libertades eficacia y potestad normativa. Sin embargo, lo
aún no alcanzaba su límite máximo, no cierto es que aún le falta concreción, de modo
consiguió traducir una ruptura con el contenido que, actualmente, el mayor desafío consiste
de las Cartas anteriores en lo que respecta al en que se haga efectiva, intra y extramuros, la
derecho a la educación (VIEIRA, 2007). Mantuvo garantía de acceso a la educación.
la organización de la educación nacional,
preservando los sistemas de enseñanza, Cury (2018, p. 3) considera las distancias
fortaleció la educación privada, disminuyó entre declarar e implementar el derecho a la
el porcentual de recetas vinculadas con la educación:
manutención y el desarrollo de la enseñanza,
estableció restricciones a la gratuidad de la La declaración y la implementación de este
enseñanza secundaria y superior, limitó la derecho se vuelven esenciales en el caso de
libertad académica y, así como las anteriores, países, como Brasil, con fuerte tradición elitista
no incluyó el derecho a la educación a los y que, tradicionalmente, reservaron el acceso
a este bien social para apenas sus estratos
ocupantes del sistema penitenciario.
sociales más privilegiados. Las condiciones de
Finalmente, la Constitución Federal de 1988 existencia social precarias, los preconceptos,
establece la educación como derecho social la discriminación racial y la opción por otras
fundamental, para todos, deber del Estado y prioridades, hacen con que tengamos una
de la familia. Dispone que sea promovida herencia pesada de siglos por superar. Por eso,
y fomentada con la colaboración de la que declarar e implementar son más que una
sociedad, visando el pleno desarrollo de la proclamación solemne. Declarar es retirarse
persona, su preparación para el ejercicio de del olvido y proclamar a los que no lo saben
la ciudadanía y su calificación para el trabajo. o se olvidaron que somos portadores de un
Basada en la Declaración Universal de los derecho importante. Declarar e implementar,
Derechos Humanos de 1948, proclama la desde este punto de vista, redundan en el
fundamentalidad y la universalidad del derecho necesario cobro de quienes tienen derecho
a la educación, extendiéndola a todos, inclusive (deber) y en la indispensable asunción de
a los privados de libertad.
responsabilidades por quienes de deber
Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

(derecho) en especial cuando el mismo no es
respetado.

constructoscriminologicos.uanl.mx

que pretenden someter al individuo a los
modelos y normas comunitarias”.

La realidad muestra que, como observa Neves
(2018), en la Constitución Federal de 1988, los
derechos sociales, bien como los económicos,
culturales y ambientales, fueron afirmados de
forma simbólica, sin la correspondiente eficacia
social.

Comprende el control social informal existente
en las instancias de la sociedad civil (familia,
escuela, opinión pública, grupos etc.) y el
formal, que actúa por el Estado, por intermedio
de la Policía, de la Justicia, del Ejército, del
Ministerio Público, entre otros, dentro de un
procedimiento basado en el principio de la
Además, para llenar el desfase entre la legalidad.
vigencia normativa del derecho fundamental a
la educación y la realidad, surgen las políticas La efectividad del control social depende
públicas, instrumentos de acción estatal de la integración entre los controles formal
destinados a concretizar los derechos sociales. e informal, de modo que más prisiones
Si bien también están sujetas a la influencia pueden incluso significar más presos, pero no
de factores políticos, económicos y jurídicos, necesariamente menos delitos (JEFFERY apud
complejizando la efectividad de la norma MOLINA; GOMES, 1997, p. 62).
constitucional, lo cierto es que las políticas
públicas son centrales en la concretización La pena privativa de libertad es la forma más
de los derechos previstos en la Carta Mayor, extrema del control penal, que presupone el
inclusive la máxima de la dignidad de la monitoreo rígido de las acciones del detenido y
persona humana y sus preceptos convergentes, resulta de un vínculo de autoridad entre quien
entre los cuales tenemos el acceso a la sanciona y quien es sancionado, funcionando
educación. En la era del constitucionalismo como una reafirmación de la fuerza del Estado,
contemporáneo, las políticas públicas se el poder simbólico de Bourdieu (2003). Se
concretizan y se hacen efectivos los derechos trata, o al menos debería de tratarse, del último
recurso, que se acciona después de que fracasen
fundamentales.
todas las otras formas de control social. Es el
2 ENCARCELAMIENTO Y EDUCACIÓN
control en su expresión represiva absoluta. La
PENITENCIARIA: UN CONTRAPUNTO
última ratio “última proporción” en el espectro
del llamado derecho penal mínimo.
La expresión control social se remonta al inicio
del siglo XX, en los escritos de Edward A. Ross En la percepción sociológica de Bourdieu
y comprende los mecanismos disciplinarios (2003), “los sistemas simbólicos” cumplen la
que aseguran la convivencia en sociedad función política de instrumento de imposición
(BERCALLI, 1999). En las palabras de Shecaira o de legitimación de la dominación, que
y Corrêa Júnior (2020, p. 58), se trata “del contribuye para asegurar la superioridad de una
conjunto de mecanismos de sanciones sociales clase sobre la otra (violencia simbólica). En este
Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

sentido, la prisión trae toda una simbología de
la superioridad del poder del Estado en relación
a los transgresores de la ley.

(2017) argumenta, en su tesis, que la lucha
por la efectividad del derecho de acceso a la
educación en el ambiente penitenciario y la
institucionalización de la remisión a través del
El carácter simbólico del rechazo social por la estudio han funcionado como un contrapunto
segregación espacial es también destacado por frente a los altos índices de encarcelamiento en
Sykes (apud CHIES, 2006) en su estudio sobre países latinoamericanos, a ejemplo de México,
la sociedad de los cautivos. El hecho es que, Perú, Venezuela, Bolivia, Uruguay, Panamá,
históricamente, el uso de la prisión ha generado Colombia, Guatemala, Argentina y Brasil.
una sobrepoblación carcelaria en diversos
países del mundo, incluso aquí en Brasil, En este sentido, considerando que el acceso
donde el fenómeno del sobre-encarcelamiento a la educación intramuros contribuye en la
surgió principalmente a partir de los años 1990 reducción del tiempo de pena del condenado,
se debe convenir que, además de concretizar
(TORRES, 2017).
el derecho fundamental universal reconocido
Wacquant (2007) revela, en sus investigaciones, por la Constitución de la República de 1988 y
que el aumento del encarcelamiento a nivel numerosos diplomas internacionales, también
nacional y en los países de América Latina, así funciona como mecanismo jurídico-político de
como el endurecimiento de las legislaciones gestión penitenciaria, beneficiando al propio
penales y la reducción de las políticas sistema penitenciario (TORRES, 2017).
asistenciales, son relevantes para el Estado
3 JUSTICIA, HUMANIZACIÓN DE LA PENA
mínimoneoliberal,importadodepaíseseuropeos
a partir de la década de 1970, en contraposición PRIVATIVA DE LIBERTAD Y ACCESO A LA
al Estado del Bienestar Social (Welfare State). EDUCACIÓN
Argumenta que el advenimiento del modelo
neoliberal de gestión de las políticas públicas y La justicia es la razón de ser, del derecho, su
sociales, intolerante con la pobreza, ha llevado esencia. Por eso, cualquier sistema de sanción
a la tendencia mundial de criminalizar a los penal del individuo debe ser, inicialmente, justa
infractores de un “grupo de riesgo”, resultando (SOUSA, 2009). Por lo tanto, el debate sobre
en la expansión de la vigilancia y sanción del el papel de la pena en el mundo moderno es
público-objetivo. También muestra que el paso conflictivo.
de un Estado de bienestar a un Estado penal
condujo al encarcelamiento de una gran parte La doctrina divide la teoría de la pena en tres
de los residentes de las regiones periféricas grandes grupos, con el objetivo de conceptuar
estadounidenses y europeas, incluyendo a su finalidad. En la teoría absoluta, la pena es
negros y extranjeros, habiendo sido este modelo vista como un castigo y el objetivo de castigar
importado por los países latinoamericanos es un fin en sí mismo. Para la teoría relativa,
la pena tiene por objeto impedir la práctica de
como eficaz para instituir la “ley y el orden”.
Luego de abordar este escenario, Torres nuevos delitos. Ya la teoría mixta, en cambio,
Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

concilia las anteriores, defendiendo el objetivo
de resarcir el mal causado y prevenir la práctica
de otros delitos (NORONHA, 2000).

del orden jurídico) y especial (positiva y
negativa), según se trate de la sociedad o del
individuo. En la prevención especial positiva,
dirigida al individuo, la finalidad de la pena es
Prado (2008, p. 495) afirma que la teoría mixta la resocialización, o sea, trata de evitar que el
busca “conciliar la exigencia de retribución condenado vuelva a delinquir en el futuro.
legal de la pena – más o menos acentuada – con
los fines de prevención general y prevención A respecto de eso, Bitencourt (2002, p. 79
especial” y Tasse (2003, p. 73) establece afirma que “la teoría de la prevención especial
“[...] la pena, por su naturaleza, retributiva; busca cohibir la práctica delictiva, pero de
pero su finalidad es un mixto de educación y modo diferente al de la prevención general,
dirigiéndose al delincuente, con la intención de
corrección”.
que él no delinque nuevamente”.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de
la Ley de Ejecución Penal y en el artículo 59 Con el mismo sentido, Shecaira y Corrêa Junior
del Código Penal, el ordenamiento jurídico (2002, p. 133) observan que [la] teoría de la
brasileño adhirió a la teoría mixta. En efecto, prevención especial justifica la acción de la
la primera disposición legal establece que “la pena sobre el agente para que este no vuelva
ejecución penal tiene por objeto la ejecución a delinquir. (...) Esta teoría tiene un carácter
de lo dispuesto en una sentencia o resolución humanista, pues pone un acento sobre el
penal y propiciar las condiciones para la individuo, considerando sus particularidades,
integración social armoniosa del condenado permitiendo una mejor individualización
y del internado”, mientras que la segunda del correctivo penal. Además, su actuación
prevé que la pena será dosificada en la medida específica, permite mejorar el trabajo de
adecuada para la “reprensión y prevención reinserción social.
del delito”. Estas disposiciones dejan clara
la opción del legislador de combinar las Acerca de la función de la pena en la teoría
necesidades de reprobación y prevención de mixta, Prado (2008) concluye: “De ese modo,
la pena deberá ser, ante todo, justa y adecuada,
los delitos.
proporcional a la magnitud de lo injusto y a la
Por lo tanto, en el sistema jurídico brasileño, culpabilidad del autor, y las consideraciones
quién comete un delito debe de ser castigado relacionadas a la prevención general y a la
en los términos de la ley, pero el castigo no prevención especial desempeñan función
debe ser apenas retribución, sino que también restrictiva o limitante de imposición de la pena
debe ser una forma de prevenir la práctica de justa. Pudiendo así, dar lugar a una reducción
nuevos delitos.
de la pena aplicada o, incluso, que se llegue
hasta la abstención de su aplicación, cuando
La finalidad de prevenir la pena, por su vez, se no sea considerada necesaria desde el punto de
divide en general (intimidación y reafirmación vista preventivo.”
Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

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La pena privativa de libertad se encuentra
regulada en los artículos 33 y siguientes del
Código Penal. Como su nombre lo indica, es
una sanción destinada a privar al condenado
del derecho fundamental a la libertad. Es
evidente que las disposiciones legales, así como
las normas internacionales, no contemplan
que el individuo privado de libertad deba
permanecer también excluido de otros derechos
fundamentales de igual alcance, tales como la
salud, la educación, integridad física y moral.
Con su institución, la Ley de Ejecución Penal
fue, y es considerada una legislación avanzada
en lo que se refiere a la garantía de los derechos
humanos fundamentales de los internos, sin
embargo, la realidad de la ejecución penal en
Brasil contrasta con el tono de garantía de la
LEP. Es sabido que la eficacia de la justicia pasa
por la ejecución de la ley. Se trata, ante todo,
de que la víctima sea adecuadamente asistida
y reparada, pero también de que el transgresor
sea proporcionalmente castigado por el delito
que cometió y que la pena sea adecuadamente
ejecutada. Por lo tanto, para lograr alcanzar la
función preventiva de disuadir a los delincuentes
de la actividad delictiva, es fundamental que
se castigue con justicia. En otras palabras, las
penas deben ser justas y eficaces para que
sean disuasorias, tanto en una perspectiva de
prevención general como especial.

perspectivas, a saber: a) en la perspectiva del
castigo excesivo; b) en la perspectiva de falta de
condiciones para el cumplimiento de la pena;
c) en la perspectiva de la inadecuación de la
pena al delincuente y en la perspectiva del
interés público.
En este sentido, la tendencia moderna es la de
que, además de castigar, la ejecución de la pena
debe destinarse al propósito de humanizar.
El sistema de penas debe, por tanto, ser
humanizado, orientarse a la recuperación del
hombre y para su reintegración a la sociedad
(resocialización), lo que solamente se puede
alcanzar con respeto a la dignidad de la persona
humana.
En este sentido, en el ámbito penitenciario,
se debe garantizar el acceso a la educación y
a los demás derechos fundamentales que no
sean incompatibles con la segregación, pues
como se ha dicho, la pena encierra el carácter
privativo de libertad, subsistiendo a la necesidad
de dignificar a la persona humana segregada.
En otras palabras, el sistema de penas y la
ejecución de las penas debe basarse en la idea
de justicia, que comprende la concretización
de los derechos fundamentales del preso.
4 EDUCACIÓN EN PRISIÓN

Anclada en los objetivos de reinserción social
Así en las palabras de Sousa (2009), un sistema de los presos y la prevención de delitos, la
de castigo de los infractores debe ser, además Ley n. 7.210, del 11 de julio de 1984 – Ley
de justo, humano, de modo que el delincuente de Ejecución Penal (LEP), destaca en su artículo
no pueda ser víctima de injusticias practicadas 11, que el preso tiene derecho a la asistencia
por el Estado. Además, una sociedad humana material, a la salud, a la asistencia jurídica,
también se califica por la forma como trata a educacional, social y religiosa. Se trata de
sus delincuentes, lo cual es válido en diversas derechos entendidos como instrumentos
Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

necesarios para asegurar de forma mínima la
dignidad de la persona humana encarcelada,
inspirados en recomendaciones internacionales,
entre ellas las Reglas Mínimas de las Naciones
Unidas para el Tratamiento de Presos, de 1955.

meta 17, el plan prevé, entre otros objetivos de
la educación de jóvenes y adultos: implantar,
en todas las unidades penitenciarias y en los
establecimientos que atiendan adolescentes
y jóvenes en conflicto con la ley, programas
de educación de jóvenes y adultos de niveles
La asistencia educacional intramuros, en primario y secundario, así como de formación
especial, comprende la educación escolar y la profesional, contemplando metas relativas al
formación profesional, cubriendo los niveles suministro de material didáctico-pedagógico
de la enseñanza primaria y secundaria, en la por parte del Ministerio de Educación (MEC) y a
modalidad educación de jóvenes y adultos, a la oferta de programas de educación a distancia.
cargo de los sistemas estatales y municipales, Ya la meta 26 del Plan Nacional de Educación
con el apoyo de la Unión (artículos 18 y 19 de la determina que los poderes públicos deberán
LEP). Cubre también, la educación profesional a apoyar la elaboración y la implementación de
nivel de iniciación o perfeccionamiento técnico, programas para asegurar la educación básica
la educación a distancia y la estructuración de en los sistemas penitenciarios.
bibliotecas.
De este modo, la educación para jóvenes
Se advierte que apenas la enseñanza primaria y adultos en situación privativa de libertad
fue catalogada como obligatoria en la LEP, no no es un beneficio, sino que es un derecho
siendo prevista y garantizada la posibilidad humano subjetivo previsto en la legislación
de acceso a la enseñanza secundaria o a la internacional y nacional. Además de eso,
superior para los reclusos que cumplen pena el acceso a la educación forma parte de la
en un régimen cerrado, lo que viola las normas propuesta de política pública de ejecución
constitucionales que establecen como deber penal, con el objetivo de que se haga posible
del Estado la “progresiva universalización de la reinserción social del preso en la sociedad y,
la enseñanza secundaria gratuita (artigo 208, principalmente, garantizar su plena ciudadanía.
II)” y el “acceso a los niveles más elevados La educación en el ámbito penitenciario carga
de enseñanza, de investigación y de creación en sí, las funciones de concretizar uno de los
artística, según sea la capacidad de cada uno” derechos humanos fundamentales y universales
(artículo 208, V).
sedimentados en la Constitución de la República
de 1988 y en diversos diplomas internacionales
La Ley de Directrices y Bases de la Educación (acceso a la educación), además de hacer
Nacional (LDBEN) de 1996, aunque posterior oportuna la integración del preso a la sociedad
a la LEP, no contempla dispositivos específicos (GRACIANO, 2005) y prevenir la reincidencia.
sobre la educación en espacios de privación de A partir del 2004, con la creación de la Secretaría
libertad. Esta omisión fue corregida en el Plan de Educación Continuada, Alfabetización y
Nacional de Educación (PNE), establecido por Diversidad (Secad) del Ministerio de Educación,
la Ley n. 10.172, del 9 de enero de 2001. En la se observaron avances en la educación en
Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

espacios privativos de libertad. A través de
una política interministerial – Ministerio de
Educación y Ministerio de Justicia – apoyada
por la Organización de las Naciones Unidas
para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(Unesco), se elaboraron las Directrices
Nacionales para la Oferta de Educación en
los Establecimientos Penales, aprobadas el 11
de marzo de 2009 en el Consejo Nacional de
Política Criminal y Penitenciaria (CNPCP) y
las Directrices Nacionales para la Oferta de
Educación para Jóvenes y Adultos en Situación
Privativa de Libertad en los Establecimientos
Penales, aprobadas el 19 de mayo de 2010, en
el Consejo Nacional de Educación (CNE). Se
trata de documentos que representan hitos en la
historia de la educación para jóvenes y adultos
en situación privativa de libertad en Brasil.

tenía su escolaridad inferior a la enseñanza
secundaria. Los indicadores también mostraron,
que 29,7% no terminaron la enseñanza primaria
y que 60,3% de los presos estaban cursando la
enseñanza primaria, la alfabetización formal y
no escolarizada (DEPEN, 2015).

Según datos recogidos en el ámbito de la
investigación con el nombre de “RELEITURA”,
desarrollada en el Programa de Posgrado en
Derecho y Políticas Públicas de la UFG, en el
Estado de Goiás, en junio de 2020, la población
carcelaria de Goiás llegaba a la cantidad de
22.576 presos provisionales y definitivos,
distribuidos en 115 unidades penitenciarias.
La enseñanza formal, en la modalidad de
educación de jóvenes y adultos, era ofrecida
en 33,04% de los establecimientos penales y
1.376 reclusos estaban matriculados, lo que
Las prácticas educativas ofrecidas a la población corresponde a apenas 6,3% de la población
privada de libertad asumen carácter formal o carcelaria, de los cuales 5,1% estaban cursando
complementario (no formal). Las actividades la enseñanza primaria y 1,2% la enseñanza
formales cubren la alfabetización, la enseñanza secundaria (RELEITURA, UFG,2020).
primaria y secundaria, la enseñanza superior, los
cursos técnicos y la capacitación profesional, Los números revelan, que la población
ejecutados en las modalidades presenciales penitenciaria está compuesta mayoritariamente
y a distancia. Por otro lado, las actividades por individuos con bajo nivel de escolaridad,
complementarias comprenden programas de por no haber asistido regularmente a la escuela
remisión de la pena por la lectura, prácticas o simplemente no haber tenido acceso a la
deportivas, culturales y de ocio. Sin embargo, educación escolar formal, perfil típico de
las escuelas en el ambiente penitenciario en el las clases sociales menos favorecidas. Estas
País atienden, en promedio, apenas al 11% de características debilitan las posibilidades de
la población privada de libertad (DEPEN, 2015). acceder a nuevos puestos sociales, haciéndolos
En 2015, el mapeo del grado de instrucción de poco competitivos para alcanzar las mejores
los reclusos de la justicia brasileña demostraba ocupaciones en el mercado laboral (TORRES,
que apenas 11% de los presos brasileños habían 2017).
concluido la enseñanza secundaria. De estos,
0,48% habían concluido la enseñanza superior, En esas condiciones, el Departamento
mientras que 89% de la población carcelaria Penitenciario Nacional (Depen), órgano de la
Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Unión responsable por orientar y organizar el
sistema penitenciario nacional, orienta a los
estados en el sentido de que las actividades
educacionales y de terapia ocupacional son
extremamente relevantes para la socialización
de los reclusos, contribuyendo con la prevención
de la delincuencia mediante la disminución
de la reincidencia y como reductor de daños
e incidentes carcelarios, como motines y
rebeliones (DEPEN, 2015).

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5 EDUCACIÓN PENITENCIARIA, UNA
CUESTIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA

Lochner y Moretti (2001, p. 1) al referirse a la
educación penitencia, coinciden que existen
razones por las cuales la educación reduce los
delitos en cualquier ámbito : i) Más años de
escolaridad aumentan los ingresos del trabajo
lícito (salarios) y el costo por cometer un
delito; ii) la educación aumenta la paciencia
y la aversión al riesgo; iii) la educación
En el mismo sentido, se repite, la Resolución puede afectar aspectos del comportamiento
CNE/CEB n. 04/2010, que precedió a la individual, lo que llevaría a las personas más
Resolución CNE/CEB n. 02, del 19 de mayo educadas para volverse menos propensas a la
de 2010, establece que la educación es un delincuencia; iv) la probabilidad de cometer
mecanismo de reinserción social del preso, delitos en el presente está relacionada a la
pudiendo o no reducir el nivel de reincidencia cantidad de fechorías que fueron cometidas
siendo capaz de contribuir con la permanencia en el pretérito:
en la cárcel de forma más digna, además de
Hay una serie de razones para creer que
preparar a los reclusos para la convivencia
la educación puede reducir la actividad
social.
delictiva. En primer lugar, la educación
A pesar de la importancia del acceso a la
aumenta los rendimientos del trabajo
educación para la resocialización de los
legítimo, elevando los costos de oportunidad
reclusos, conforme se trata a seguir, es
del comportamiento ilegal. Además, el
evidente que no debe ser implementada
castigo por conducta delictiva a menudo
apenas para este fin, sino que principalmente
implica el encarcelamiento. Al aumentar las
para que se garantice al recluso el acceso
tasas salariales, la escolarización hace que el
a derechos elementales como persona
tiempo que se pasa fuera del mercado laboral
humana.
sea más costoso. Segundo, la educación
puede afectar directamente las recompensas
Por lo tanto, en primer plano, la educación debe
financieras o psíquicas del crimen mismo.
ser implementada en el sistema penitenciario
Finalmente, la educación puede alterar las
para garantizar a los presos la efectividad del
preferencias de manera indirecta, lo que
brocardo de dignidad de la persona humana
puede afectar las decisiones de cometer
y, quizás por este motivo, más en segundo
delitos. Por ejemplo, la educación puede
plano, con el propósito de contribuir para
aumentar la paciencia (como en Becker y
su reinserción social con menos chances de
Mulligan (1997)) o la aversión al riesgo.
reincidencia.
Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Además, estudios empíricos apuntan a que el
acceso a la educación asume tanto el papel
preventivo de violencia y criminalidad como
contribuye para la resocialización de los
reclusos alcanzados por las medidas represivas
de seguridad pública.

favorables y contradictorios en la relación entre
educación y reducción de la criminalidad,
Duenhas, Gonçalves y Gelinski Júnior (2014)
observan que, en general, parece haber
una convergencia de los trabajos empíricos
investigados en el sentido de que el número
de homicidios se relaciona negativamente con
Duenhas, Gonçalves y Gelinski Júnior (2014) el aumento de la educación y que el mayor
brindan un panorama de los estudios empíricos nivel educativo está asociado con delitos que
destinados a esclarecer la relación entre proporcionan algún retorno financiero. A
educación y reducción de la delincuencia, continuación, describen un estudio empírico
destacando, entre otros, el trabajo de Groot y Brink desarrollado en los municipios brasileños, en
(2002). Estos estudiosos tratan empíricamente la el periodo de 2000 a 2005, que corrobora la
relación existente entre la educación y varios hipótesis de que el aumento de la educación
tipos de delitos, demostrando que los crímenes parece inhibir los delitos considerados violentos.
considerados violentos son cometidos por
individuos con baja escolaridad. Con base en los Los trabajos empíricos mencionados no se
datos recopilados, se concluye que la educación refieren específicamente a la educación en
un ambiente penitenciario. Sin embargo,
es un medio de prevención de delitos.
considerando que, independientemente del
Se destacan, también, los estudios empíricos ambiente en el que es ofrecida, la educación
de Soares (2004), en los cuales la variable tiene como objetivo el pleno desarrollo de
educación se correlaciona de forma inversa a la persona, su preparo para el ejercicio de
la práctica de robos y delitos de contacto; de ciudadanía y su calificación para el trabajo
Kelly (2000), conclusivo en el sentido de que la (artículo 205, de la Constitución de la República
desigualdad educacional explica de forma más de 1988), parece razonable inferir que se
adecuada a los crímenes violentos que a los presta a producir los mismos efectos cuando se
crímenes contra propiedades; además del trabajo administra intramuros o extramuros.
de Montolio (apud DUENHAS; GONÇALVES;
GELINSKI JÚNIOR, 2014), indicativo de que os A los efectos de prevención contra la violencia
delitos contra las personas son negativamente y el crimen sume ahí que la educación es
relacionados con el porcentual de la población tenida como necesaria para la reinserción del
que completó el nivel de secundaria y el nivel reo en la sociedad. Académicamente, mucho
superior de enseñanza, demostrando que la se discute acerca del impacto de las actividades
educación puede contribuir para la reducción educativas en la resocialización de los presos y
en la tasa de reincidencia.
de la violencia.
Después de mencionar la existencia de esas y de
otras investigaciones que obtuvieron resultados

Julião (2011), en su artículo basado en la tesis
de doctorado defendida en el Programa de

Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho

�34

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Posgrado en Ciencias Sociales de la Universidad
del Estado de Rio de Janeiro (UERJ), bajo el título
de “La resocialización a través del estudio y del
trabajo en el sistema penitenciario brasileño”,
se dedicó a observar si los programas de
resocialización de índole educativa y laboral
interferían directamente en la reinserción social
del presidiario.
Acerca de la metodología utilizada en el
estudio, explicó Julião (2011, p. 150):
Como estrategia de investigación, se buscó
comparar los datos de los presidiarios
internos y de los egresados que trabajaron
y/o estudiaron con los de aquellos que no
trabajaron o no estudiaron. Para eso, se
consideraron, en esa comparación (entre
los reos que trabajaron o estudiaron con
aquellos que no lo hicieron), los internos con
los mismos perfiles en otras variables, como
grupo de edad, sexo, color, estado civil, tipo
de delito, etc. En otras palabras, se intentó
controlar el posible efecto de esas otras
variables en las tasas de reincidencias para
aislar, entonces, el impacto de las actividades
laborales y educativas en prisión.

constructoscriminologicos.uanl.mx

laborales presentaban una “predisposición a la
resocialización” y reducción de los índices de
reincidencia, señalando, sin embargo, que el
trabajo produjo efectos más significativos que
el estudio en la reinserción social de los presos
(JULIÃO, 2011, p. 152):
A través de los resultados de este análisis,
podemos afirmar que el trabajo y el estudio
presentan un papel significativo en la
reinserciónsocialdelospresos, disminuyendo
considerablemente su reincidencia. O que
aquellos que estén dispuestos a que sean
reinsertados tienen más predisposición para
estudiar y trabajar. Por otro lado, al contrario
de lo que se imaginaba, el efecto de la
educación es inferior al del trabajo como
programa de reinserción social en la política
de ejecución penal, ya que presenta datos
menos significativos.

El estudio concluye, en síntesis, que la
educación realiza un papel significativo
para la reincorporación de los reclusos a la
convivencia social, reduciendo la práctica de
nuevos delitos. Sin embargo, es evidente que
debe ser asociado a la concretización de varios
otros derechos fundamentales pertinentes a la
Finalmente, para el investigador los presos dignidad de la persona humana, a ejemplo de
internos que optaban por el estudio lo la salud, del trabajo, de la integridad física y
hacían basados en una perspectiva de futuro emocional.
principalmente en relación a su reinserción
social, mientras que, cuando optaban por el Además, considerando que el fenómeno
trabajo, lo justificaban argumentando el interés criminológico es multifactorial, se debe decir
inmediato de adquirir beneficios como la que la educación en el ambiente penitenciario,
remisión de la pena, o ayudar en el sustento aisladamente, no tendrá el poder de impedir la
de su familia, la ocupación del tiempo etc. reincidencia o incluso garantizar la inserción
También concluyó que los reos internos que del recluso en el mercado de trabajo, dados los
participaban de los proyectos educativos y índicesdedesempleoenel País y, principalmente,
Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

�35

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

el rótulo que acompaña al presidiario egresado
del sistema penitenciario después que recupera
su libertad. De ahí la importancia de que venga
asociada a programas efectivos de apoyo al
egresado, tal como lo propone la propia LEP.
También, es cierto que el acceso a la educación,
dentro o fuera del contexto penitenciario, se
presenta como un derecho humano esencial
para la realidad de la libertad, ya que contribuye
con la formación del individuo (desarrollo
de la personalidad) y se constituye como un
instrumento de emancipación (progreso social
y participación democrática).

sesgo represivo y preventivo. Se sabe que es un
error reducirla a la exacerbación y ampliación
de los miedos de lucha contra el crimen,
con carácter típicamente represivo. A fin y al
cabo, no equivale a la política policiaca, sino
que incluye también la política criminal en
la que están inseridas las garantías penales y
constitucionales.

Por otra parte, la protección a los derechos
humanos, entre los cuales está el acceso a la
educación, integra la política de seguridad
pública (AZEVEDO; BASSO, 2008). Dentro o
fuera del ámbito penitenciario, en los términos
del artículo 205 de la Constitución Federal, la
De ese modo, los estudios empíricos indicativos educación tiene por objeto el pleno desarrollo
de la importancia de la educación en la de la persona, su preparación para el ejercicio
resocialización de los reclusos, así como en la de la ciudadanía y su habilitación para el
reducción de la criminalidad, de la violencia trabajo. Impartida intramuros, comprende la
y de la reincidencia, evidencian que el acceso instrucción escolar y la formación profesional,
al referido derecho fundamental en el ámbito en consonancia con el propósito resocializador
penitenciario es de total relevancia para las de la pena.
políticas de seguridad pública, tanto en el
aspecto preventivo (evitar nuevos delitos) como La pena privativa de libertad, como su propio
en el represivo, que por su vez asume, dentro nombre lo indica, se ocupa de una sanción
destinada a privar al condenado del derecho
de otros, un sesgo resocializador.
fundamental a la libertad, no implicando que
6 CONCLUSIÓN
deba permanecer también alejado de otros
derechos fundamentales compatibles con
Afirmamos que la educación es un derecho, y el encarcelamiento, como los derechos a la
no un instrumento. Es innegable, sin embargo, dignidad, a la integridad física, sicológica y
que, más allá de la perspectiva humanista, el moral, así como al desarrollo personal y social,
acceso a referido derecho nuclear presenta donde se insiere la práctica educativa.
relevancia en el esfuerzo de promoverse/
asegurarse la convivencia pacífica en sociedad. A pesar del conflictivo debate sobre el papel de
Es bien sabido que la seguridad pública es el la pena, la legislación nacional y las directrices
fenómeno complejo, que envuelve el análisis internacionales se destacan en el discurso en el
de factores sociales, económicos, ideológicos sentido de que se busca la resocialización del
e históricos, además de políticas públicas con recluso. es esa, incluso, la orientación dada por
Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho

�36

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

el artículo 1º, de la Ley n. 7.210, del 11 de julio educación intramuros colabora con la reducción
de 1984 – Ley de Ejecución Penal (LEP), y por del tiempo de la pena del condenado por medio
el artículo 59 del Código Penal.
de la remisión a través del estudio, nos hace
concluir que, además de concretizar el derecho
La Resolución CNE/CEB n. 04/2010, que fundamental universal, funciona también como
precedió a la Resolución CNE/CEB n. 2/2010, mecanismo jurídico-político para la gestión del
establece que la educación es un mecanismo encarcelamiento, beneficiando así al sistema
de reinserción social, que puede o no reducir penitenciario (TORRES, 2017) y a la seguridad
el nivel de reincidencia. Además, es capaz de pública.
contribuir con la permanencia en prisión de
forma más digna, además de preparar a los Al efecto resocializador de la educación se añade
la significativa contribución con la reducción de
reclusos para una mejor convivencia social.
la violencia y el crimen, según estudios empíricos
En esa misma línea de acción, el Departamento de Duenhas, Gonçalves y Gelinski Júnior (2014),
Penitenciario Nacional (Depen), responsable Groot y Brink (2002), Soares (2004), Kelly (2000)
por organizar el sistema penitenciario del y Montolio (apud DUENHAS; GONÇALVES;
País, orienta a los Estados en el sentido de que GELINSKI JÚNIOR, 2014).
las actividades educativas y terapéuticas son
extremamente relevantes para la socialización De esta forma, las investigaciones sobre
de los presos, contribuyendo a la prevención la importancia de la educación en la
resocialización de los reclusos, así como en la
del comportamiento delictivo (DEPEN, 205).
reducción de la criminalidad, de la violencia
Y aún más, los estudios empíricos de Julião y de la reincidencia, evidencian que el acceso
(2011) señalan que la educación impartida en al referido derecho fundamental en el ámbito
los establecimientos penitenciarios influencia penitenciario guarda total relevancia con las
positivamente en la reinserción social de los políticas de seguridad pública, tanto en el
reos, reduciendo los índices de reincidencia.
aspecto preventivo como en el represivo.
Es evidente que, conforme pondera el propio
investigador, la educación en el ámbito
penitenciario debe presentarse asociada
con programas efectivos de apoyo al recluso
egresado, tal como lo propone la propia LEP,
dados los índices de desempleo del País, el
rótulo que acompaña al preso egresado do
sistema penitenciario y, se añade, el aspecto
multifactorial del fenómeno criminológico.
Finalmente, considerando que el acceso a la

Por lo tanto, se destaca la importancia de
planificar, implementar y monitorear políticas
públicas orientadas hacia las mejorías de la
educación en el sistema penitenciario brasileño
para que se concretice el correspondiente
derecho fundamental a los condenados y
para que contribuya con la pacificación de lo
convivencia social.
Ala-Harja y Helgason (2000) y Trevisan y
Bellen (2008) establecen que evaluar significa

Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

�37

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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análisis de los resultados de un programa en
relación a los objetivos propuestos.

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Harvard University Press, 1996.

El Comité de Asistencia al Desarrollo de la
Organización para la Cooperación y Desarrollo
Económico (OCDE) señala que el propósito
de la evaluación de las políticas públicas
es determinar la relevancia y el alcance de
los objetivos, la eficiencia, la efectividad, el
impacto y la sostenibilidad del desarrollo, para
que permita la incorporación de la experiencia
adquirida en el proceso de toma de decisiones
(ALA-HARJA; HELGASON, 2000).

BJNEBOIM, Gustavo. Uma Teoria do Derecho Administrativo:
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Federativa do Brasil, Poder Executivo, Brasília, DF, 13 de
julho de 1984.

En resumen, en la literatura en políticas públicas,
la evaluación tiene el poder de aumentar la
eficiencia y la eficacia del sector público, ya
que constituye un instrumento de persuasión y
esclarecimiento para los formadores de opinión
y tomadores de decisiones. Por lo tanto, es
incuestionable, la importancia de se estudie,
ensaye, planifique y reprograme la acción
estatal relevante a la educación penitenciaria,
en una integración entre praxis y teoría, con la
cual el presente artículo pretende sumarse.

BRASIL. Lei n. 12.433, de 29 de junho de 2011. Altera a Lei n.
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—
Liana Antunes Vieira Tormin
Afiliación: Universidade Federal de Goiás.

Máster en Derecho y Políticas Públicas por la
UFG. Especialista en Derecho Procesal Civil
por la Universidade Sul de Santa Catarina,
Licenciada en Derecho por la UFG. Promotor
de Justicia en el Ministerio Público del
Estado de Goiás. Ha sido Coordinadora del
Centro Operativo de Apoyo a la Educación
del Ministerio Público del Estado de Goiás,
Coordinadora del Centro Operativo de Apoyo
a la Infancia y Juventud del Ministerio Público
del Estado de Goiás, Procuradora del Estado de
Goiás, Procuradora del Ministerio de Hacienda
Nacional y Procuradora Federal en el Estado de
Goiás.

2004.

Liana Antunes Vieira Tormin, Maurides Macêdo y Saulo de Oliveira Pinto Coelho

�40

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

Maurides Macêdo
Afiliación: Universidade Federal de Goiás. Tiene

un Post doctorado por la Universidad de Texas/
USA(Capes), es Doctora en Historia por la
Pontificia Universidade Católica de São Paulo,
es Máster en Historia por la Universidade
Federal de Goiás (UFG), Especialista en Derecho
Procesal Penal por la UFG, Especialista en
Política Social por la PUC-Goiás y es Licenciada
en Derecho y es también licenciada en Historia
por la PUC-Goiás. Ha sido profesora titular
en la PUC-Goiás y actualmente también es
profesora titular jubilada en la Universidade
Federal de Goiás y Abogada. Es profesora del
Programa de Posgrado en Derechos Humanos
en la UFG. Fue coordinadora de investigación
de la PUC-Goiás y fue Miembro del Comité
de Investigación del CNPq, Coordinadora de
la Carrera de Derecho de la PUC-Goiás, ha
orientado varias disertaciones de maestría y de
doctorado y publicó varios libros, capítulos de
libros y artículos.
Saulo de Oliveira Pinto Coelho
Afiliación: Universidade Federal de Goiás.

Tiene un Post doctorado por la Universidad
de Barcelona/España. Es Doctor en Derecho
por la Universidade Federal de Minas Gerais,
UFMG, Tiene una Maestría en Derecho por
la UFMG, es Licenciado en Derecho por
la UFMG. Es Abogado y Coordinador del
Programa de Posgrado en Derecho y Políticas
Públicas de la UFG. Profesor titular en la
Universidade Federal de Goiás. Profesor del
PPGDDA-UFPA. Investigación realizada con el
apoyo institucional del PPGDP-UFG y de sus
asociados de convenio, entre ellos el MP-GO.

Función y potencial de los programas de educación penitenciaria en la política penitenciaria y de seguridad pública brasileña en la
perspectiva del constitucionalismo contemporáneo. PP. 19-40

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Importancia del Cumplimiento de la Obligación del Reporte
de Operación Sospechosa (ROS) de Blanqueo de Capitales:
Algunas Consideraciones Generales
Importance of Compliance with the Obligation of the Report of
Suspicious Operation (ROS) of Money Laundering:
Some General Considerations
Heynar Francisco Martínez Morales*

Resumen
En la lucha contra el Blanqueo de Capitales o
Lavado de Activos, la efectividad de la tarea
específica y obligación legal denominada
Reporte de Operación Sospechosa, sin duda
ha constituido uno de los principales escudos
de protección para los denominados sujetos
o entidades obligadas a la prevención de este
transnacional riesgo de gran impacto para las
economías. Este Reporte se erige como una
de las fuentes de información más relevantes
para la labor analítica de las estatales Unidades
Cómo citar
Martínez Morales, H. F. La importancia del
cumplimiento de la obligación del Reporte de
Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de
capitales: algunas consideraciones generales: The
importance of compliance with the obligation
of the Suspicious Operation Report (ROS) of
money laundering: some general considerations.
Constructos Criminológicos, 3(4). Recuperado a
partir de https://constructoscriminologicos.uanl.mx/
index.php/cc/article/view/42
*https://orcid.org/0000-0001-6809-8743
Universidad de Granada

Recibido: 14-10-2022
Aceptado: 29-11-2022

de Inteligencia Financiera que funcionan en
los países que siguen las Recomendaciones
Técnicas del Grupo de Acción Financiera
Internacional, es el punto de partida indiciario
para subsecuentes procesos de investigación,
de juzgamiento y de aplicación de medidas
penales; y al mismo tiempo es aliciente
primordial para la toma de decisiones en políticas
administrativas, penales y criminológicas
para el enfrentamiento y mitigación de este
fenómeno en su doble perfil: riesgo y delito.
Luego entonces, y es el enfoque disuasivo de
este breve artículo, necesario es conocer las
pautas para un efectivo Reporte y entender, para
mitigar su impacto, las causas más comunes
de incumplimientos como consecuencia de
infracciones tanto de las políticas internas
de la empresa que las desarrolla, como del
marco jurídico específico que lo regula; y en
este contexto, destacar las responsabilidad
básica que juega, como principal ejecutivo
garante de esta función, el cargo del Oficial
de Cumplimiento. La presentación de este
Reporte con calidad, oportunidad y precisión,

�42

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

incide directamente en la mitigación efectiva
del riesgo de la criminalidad financiera, en
procura de la sanidad de las inversiones. En este
abordaje se destacan disposiciones puntuales de
legislaciones de España, Nicaragua y Panamá, a
efectos de referencias comparativas y a manera
de preámbulo para posteriores estudios.

constructoscriminologicos.uanl.mx

principal executive guarantor of this function,
the Compliance Officer. The presentation of
this report with quality and precision affects
directly the mitigation of the financial crime
risk, in pursuit of the health of investments. In
this approach, specific provisions of the laws of
Spain, Nicaragua, and Panama are highlighted
for comparative references and as a preamble
for further studies.

Palabras clave: Blanqueo de Capitales, Reporte
de Operación Sospechosa, Omisión de
Cumplimiento, Posición de Garante.
Keywords: Money Laundering, Suspicious
Operation Report, Omission of Compliance,
Abstract
Guarantor Position.
In the fight against Money Laundering, the
effectiveness of the specific task and legal
obligation called Suspicious Operation Report I. INTRODUCCIÓN
has undoubtedly constituted one of the main
protection shields for the so-called subjects or Punto medular y común de colaboración y de
entities obligated to the prevention of this global los mayores aportes que hace el empresariado
risk. This report is one of the most relevant mundial obligado por sus respectivas
sources of information for the analytical work legislaciones a prevenir la criminalidad
of the Financial Intelligence Units, which financiera en los distintos Sistemas contra el
work in the countries that follow the Technical Blanqueo de Capitales -BC-, llamados sujetos
Recommendations of the International Financial obligados -financieros y no financieros-, lo
Action Group. This report is the starting point constituye el brindar información relevante y
for subsequent processes of investigation, sensible a las autoridades de ejecución de la
trial, and penal measure applications; at ley, a partir de requerimientos oficiales o por
the same time, it is a primary incentive for decisión propia producto de la aplicación de
decision-making in administrative, penal, la debida diligencia de conocimiento y del
and criminological policies to confront this monitoreo transaccional a sus contrapartes
phenomenon in its double profile: risk and -clientes, empleados, socios, proveedores y
crime. Therefore, the dissuasive focus of this aliados de negocios- y que se concreta en
article becomes necessary to understand the los Reportes de Operaciones Sospechosas. El
guidelines for an effective report as well as the ROS es pieza necesaria en la compleja tarea
most common causes of non-compliance as de la construcción, trazabilidad y acciones de
a consequence of violations of both internal seguimiento de casos concretos de Blanqueo.
company policies that develops it and the El crimen organizado y su gran capacidad
specific legal framework that regulates it; in this imaginativa, emplea mecanismos cada vez más
context, it is worth noting the basic role of the sofisticados con recursos de todo tipo -humanos,
La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

43

financieros tecnológicos, y organizacionales-,
con el objetivo de introducir e invertir activos
ilícitos en el torrente económico legal, dándole
apariencia de legalidad y ocultando su origen.
Precisamente es el atractivo mafioso: hacer
circular el dinero sucio para generar mayores
ganancias.

inusualidades y sospechas, y consecuentemente
la presentación oportuna y efectiva de Reportes
Operaciones Sospechosas -ROS- de parte de
empresas y profesionales obligados, tanto las
de carácter financiero como las no financiero,
que son los denominados sujetos obligados a la
prevención del riesgo de Blanqueo de Capitales,
Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a
En este breve aporte, se sintetiza la importancia la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva
y el alcance legal del ROS como punto de -BC/FT/FP-. El ROS constituye información
encuentro, de convergencia y de inflexión entre sensible y extremadamente confidencial, que
la sospecha que tiene y presenta la entidad se debe enviar a la autoridad con facultad
reportante y los resultados de la labor de para recibirlos y analizarlos: Unidades de
análisis que desarrolla la Unidad de Inteligencia Inteligencia Financiera que funcionan en cada
Financiera -UIF-, su carácter obligatorio en país.
el régimen jurídico, su estructuración, su
presentación pertinente, las convenciones y El BC constituye una de las expresiones más
estándares en los que se inspira, la omisión de significativas y atractivas de la criminalidad
su cumplimiento que facilita el BC, y la posición financiera, el cual consiste en la actividad
de garante de quienes tienen responsabilidades delictiva organizada que pretende dar apariencia
para evitarlo y/o mitigarlo, en especial el rol del de legalidad a ingentes ganancias obtenidas de
forma ilícita –delitos precedentes-, y que, más
Oficial de Cumplimiento.
allá de su mero disfrute, se oculta la procedencia
II. EL ROS: PUNTO VITAL DE
de las mismas a través de distintos y complejos
COLABORACIÓN
entramados transaccionales, financieros,
comerciales, industriales y jurídicos propios
2.1. Estándares GAFI y Convenciones ONU:
de los mercado globales, con el objetivo final
fundamentación internacional del ROS:
de introducirlas a la economía lícita, de que
Con el surgimiento del Grupo de Acción circulen como inversiones y de que retornen a
Financiera Internacional -GAFI- y sus sus beneficiarios finales con mayores réditos y
Recomendaciones Técnicas 1, se tiene como uno fuerza expansiva.
de los estándares mundiales de mayor relevancia
en la lucha contra el BC, la obligación legal de Aunque paradójico, en ese afán por introducir
detección temprana y escalamiento de alertas, activos sucios a las finanzas sanas, es que
precisamente se encuentra la debilidad de
1 El GAFI es un ente intergubernamental establecido en 1989, crimen organizado, pues en su actuar podrán
y tiene por mandato fijar estándares mundiales y promover la ocultar sus rostros –testaferros y estructuras
implementación efectiva de medidas legales, regulatorias y societarias de fachada, por ejemplo-, pero nunca
operativas para combatir el BC/FT/FP.
podrán disimular sus patrones de conducta,
Heynar Francisco Martínez Morales

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

que son las alertas e inusualidades que están
allí, a veces obvias, y que pueden y deben ser
detectadas y analizadas tempranamente para
determinar sospechas y activar los ROS.
Este delito transnacional, amenaza y distorsiona
la economía, y obstaculiza el actuar de las
autoridades con competencias para adoptar y
aplicar mecanismos transversales de regulación,
de supervisión, de inteligencia financiera, de
inmovilización, de decomiso de bienes, de
investigación, de juzgamiento y de sanciones.
Al respecto, Blanco (2009) indica:
El delincuente persigue fines cuando comete
un delito, pero también corre algunos riesgos,
como el de ser detenido. El delincuente, por
lo tanto, se encuentra ante una elección,
y ha de optar. (…) las personas actúan en
función de las expectativas de beneficio
que puedan obtener. En esa relación entre
recompensas y riesgos, el sujeto optará por
cometer un delito cuando los beneficios
calculados sean mayores que los riesgos
generados. En esta línea, las normas sobre
prevención del blanqueo de capitales
persiguen incrementar los riesgos de resultar
descubierto, intimidando y disuadiendo a
los delincuentes de cometer delitos. Y en
este contexto, y para evitar que el delito
pueda verse como una fuente de ganancias,
cobra especial relevancia también toda la
legislación relativa al comiso. (p. 119)
Y es aquí, en ese accionar, que el ROS se perfila
como columna vertebral de colaboración
dentro de un efectivo Sistema Anti BC en todos
los países que siguen las 40 Recomendaciones
del GAF -40-R-GAFI-. El ROS, como expresión

de colaboración necesaria, obligatoria y directa
de los sujetos obligados para con la respectiva
UIF, encuentra su principal fundamento en los
estándares del GAFI, particularmente la triada
conformada por las Recomendaciones 10, 20
y 29.
La Recomendación 10, las más extensa, indica
la existencia de la obligación legal de desarrollar
de manera diferenciada la Debida Diligencia
de Conocimiento -DDC- de Clientes y demás
Contrapartes, como labor interna del sujeto
obligado. En sus partes pertinentes establece:
(…) Debe exigirse a las instituciones
financieras que emprendan medidas de
Debida Diligencia del Cliente (DDC)
cuando: (…) (iii) existe una sospecha de
lavado de activos o financiamiento del
terrorismo; (…). Si la institución financiera
no pudiera cumplir con los requisitos (…) se
le debe exigir a ésta que no abra la cuenta,
comience relaciones comerciales o realice la
transacción; o se le debe exigir que termine la
relación comercial; y debe considerar hacer
un reporte de transacciones sospechosas
sobre el cliente (…). (GAFI, 2022, p 13).
Por su parte, la Recomendación 29 se refiere a la
existencia de una Oficina estatal centralizadora
de información y creada por ley, la Unidad de
Inteligencia Financiera (UIF)2, y establece:
Los países deben establecer una Unidad
de Inteligencia Financiera (UIF) que sirva
como un centro nacional para la recepción
2 En España es SEPBLAC, en Nicaragua es UAF, en Panamá es
UAF.

La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

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y análisis de: (a) reportes de transacciones
sospechosas; y (b) otra información relevante
al lavado de activos, delitos determinantes
asociados y el financiamiento del terrorismo,
y para la comunicación de los resultados
de ese análisis. La UIF debe ser capaz de
obtener información adicional de los sujetos
obligados, y debe tener acceso oportuno a la
información financiera, administrativa y del
orden público que requiera para desempeñar
sus funciones apropiadamente. (GAFI, 2022,
p. 23).

45
la transacción, deben ser reportadas
independientemente del monto de la
transacción.
4. El requisito de reporte debe ser una
obligación preceptiva directa, y no son
aceptables obligaciones indirectas o
implícitas de reportar transacciones
sospechosas, ya sea por causa de un posible
proceso por un delito de lavado de activos
o de financiamiento del terrorismo u otra
cosa (el llamado “reporte indirecto”) (GAFI,
2022, p. 91).

Y finalmente la Recomendación 20, principal
temática de este artículo y que es puente entre
las dos anteriores, envuelve esfuerzos conjuntos
y responsabilidades compartidas. Se refiere a la
existencia de la obligación establecida en ley
para los sujetos obligados de presentar los ROS
a la UIF. El GAFI (2022) en su Recomendación
20 establece:

A través de una rigurosa Metodología de
Evaluación, el GAFI monitorea a los países
en la atención de las 40-R-GAFI, en cuanto
al Cumplimiento Técnico y en cuanto a la
Efectividad –centrado en resultados de la
implementación de las mismas-, incluyendo
el tema específico de los ROS y su tratamiento
posterior hasta llegar a casos investigados
y judicializados. Las estadísticas oficiales
Si una institución financiera sospecha o exhibidas y confirmadas por los países
tiene motivos razonables para sospechar constituyen un factor determinante para medir
que los fondos son producto de una efectividad. La Recomendación 33 del GAFI
actividad criminal, o están relacionados al establece:
financiamiento del terrorismo, a ésta se le
debe exigir, por ley, que reporte con prontitud Los países deben mantener amplias estadísticas
sus sospechas a la Unidad de Inteligencia sobre los asuntos relevantes a la eficacia y
eficiencia de sus sistemas ALA/CFT. Esto debe
Financiera (UIF) (pp. 18 y 19).
incluir estadísticas sobre los ROS recibidos
En su Nota Interpretativa que corresponde a la y divulgados; acerca de las investigaciones,
citada Recomendación 20, el GAFI destaca la procesos y condenas de lavado de activos y
necesidad de presentar ROS por operaciones financiamiento del terrorismo; sobre los bienes
intentadas e igualmente sobre delitos congelados, incautados y decomisados; y
precedentes del BC:
acerca de la asistencia legal mutua u otras
solicitudes internacionales de cooperación.
(…) 3. Todas las transacciones sospechosas, (GAFI, 2022, p. 25).
incluyendo la tentativa de realizar
Heynar Francisco Martínez Morales

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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En su Metodología de Evaluación las cinco
calificaciones que establece el GAFI al
Cumplimiento Técnico de sus Recomendaciones
son: Cumplida, Mayoritariamente Cumplida,
Parcialmente Cumplida, No Cumplida y No
Aplicable3. Para medir la Efectividad de sus
Recomendaciones, el GAFI las agrupa en once
Resultados Inmediatos, y designa cuatro niveles
de calificación: Alto, Substancial, Moderado y
Bajo4.

Los Informes de Evaluación Mutua (IEM) emitidos
por GAFI son además considerados como
fuentes y criterios de calificación del RiesgoPaís por otros organismos internacionales y
centros de investigación que también toman el
pulso a la temática bajo su propia Metodología,
como es el caso del Instituto de Gobernanza
de Basilea. El GAFI, hasta junio del 2022 en
su reporte tenía a Panamá y a Nicaragua en su
Lista de “Jurisdicciones Bajo Mayor Monitoreo”
En la última Tabla consolidada de calificaciones por Deficiencias Estratégicas en sus respectivos
de evaluación publicada por GAFI el 05 de Sistemas ALA/CFT-FP, conocida como Lista
octubre del 2022, el Cumplimiento Técnico de “Gris”; sin embargo, en su reunión plenaria de
la Recomendación 20 sobre ROS, es calificada octubre del 2022, el GAFI excluyó a Nicaragua
para estos tres países, del modo siguiente: de dicha Lista por los avances mostrados en
España: Cumplidor, Panamá: Cumplidor y la materia. España no ha perfilado en la Lista
Nicaragua: Mayormente Cumplidor. Por su “Gris” del GAFI.
parte, la Recomendación 29 sobre UIF el GAFI
las tiene calificada así: España: Cumplidor, El Instituto de Basilea en su último Informe
Nicaragua: Cumplidor, y Panamá: Mayormente Antilavado (AML) de octubre 2022, se refiere
Cumplidor. Y la Recomendación 10 sobre DDC a 128 países evaluados. Nicaragua ocupa
para estos países el GAFI las calificó: España: la posición número 19 (entre más cerca del
Mayormente Cumplidor, Nicaragua: Cumplidor, número 1, significa mayor nivel de Riesgo) con
una calificación de 6.70 (el máximo Riesgo
y Panamá: Mayormente Cumplidor.
equivale a 10), Panamá perfila en posición 38
Porotraparte, la Efectividaddela Recomendación con un puntaje de Riesgo de 5.81, y en posición
20 sobre ROS, la cual está agrupada dentro 112 con un puntaje de Riesgo de 3.88 perfila
del Resultado Inmediato 4 –que incluye otras España.
Recomendaciones como la 10, la 18 y la 29,
entre otras- es calificada para estos tres países, Los compromisos con el sistema de ROS de los
en los siguientes niveles: España: Substancial, países que siguen las 40-R-GAFI, van más allá
de éstas, y apuntan, además, al cumplimiento
Nicaragua: Moderado, y Panamá: Moderado.
de al menos cuatro importantes Convenciones
de la Organización de las Naciones Unidas
3 Se explica en páginas 161 y 162 de los Estándares Internacio-ONU- de las cuales son signatarios, y que
nales GAFI actualizado a Julio, 202.
recogen la materia Anti BC/FT/FP, incluyendo
4 Se explica en páginas 170 y 171 de los Estándares Internacio- el tema particular del ROS.
nales GAFI actualizado a Julio, 2022.

La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

La idea del ROS se gesta desde la Convención
ONU Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes
y Sustancias Sicotrópicas -de 1988-, en cuyo
artículo 15 recoge aspectos sobre capacitación
y descubrimiento de circunstancias sospechosas
en materia de Comercio Internacional.

del GAFI y Directivas de la Unión Europea 5,
deben estar necesariamente consignadas en
las Leyes locales de modo explícito, y además,
reglamentados en los subsecuentes decretos
ejecutivos y normativas administrativas
específicas que ultiman los detalles según
el Enfoque Basado en Riesgo -EBR- de cada
Luego ya configurado como el actual ROS , entidad reguladora en la jurisdicción que se
está presente en el artículo 18 (inciso.1.b) de trate. Se mencionan disposiciones jurídicas de
la Convención ONU para la Represión de la los países que se vienen referenciando:
Financiación del Terrorismo, -de 1999-, en el que
se establece que los sujetos obligados deben prestar España, artículo 18 de Ley No. 10 (año 2010 y
“(…) atención especial a transacciones inusuales reformas), Ley de Prevención del BC y de la FT:
o sospechosas y reporten transacciones que se
Comunicación por indicio. Los sujetos
sospeche provengan de una actividad delictiva”.
obligados comunicarán, por iniciativa
Por su parte en el artículo 7 (inciso.1.a) de
propia, al Servicio Ejecutivo de la Comisión
la Convención ONU contra la Delincuencia
de Prevención del Blanqueo de Capitales
Organizada Transnacional -del 2001-, apunta a
e Infracciones Monetarias (en adelante, el
que los países deben adoptar medidas para: “(…)
Servicio Ejecutivo de la Comisión) cualquier
prevenir y detectar todas las formas de blanqueo
hecho u operación, incluso la mera tentativa,
de dinero, y en ese régimen se hará hincapié en
respecto al que, tras el examen especial al
requisitos relativos a la identificación del cliente,
que se refiere el artículo precedente, exista
el establecimiento de registros y la denuncia de
indicio o certeza de que está relacionado con
las transacciones sospechosas”.
el blanqueo de capitales o la financiación
del terrorismo.
Y el artículo 14 (inciso 1.a) de la Convención
ONU contra la Corrupción -del 2003-, establece Nicaragua, artículo 8 de Ley No. 976 (año 2018
de modo similar que “(…) en dicho régimen se y reformas), Ley de la UAF:
hará hincapié en los requisitos relativos a la
Obligación de reportar operaciones
identificación del cliente y, cuando proceda,
sospechosas. 1. Los sujetos obligados que
del beneficiario final, al establecimiento de
sospechen que los activos de un cliente
registros y a la denuncia de las transacciones
están vinculados con el LA/FT/FP y delitos
sospechosas”.
precedentes asociados al Lavado de Activos
2.2. Obligación legal expresa del ROS:
al momento de realizar o intentar una
La obligatoriedad de presentar ROS de acuerdo
con Convenciones ONU, las Recomendaciones

5 Ver artículos 33 y 35 de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2015.
Heynar Francisco Martínez Morales

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

operación que este solicite o al concluir el
análisis de sus operaciones, deberán reportar
estas sospechas inmediatamente a la UAF.
Del mismo modo, reportarán las operaciones
y activos de proveedores de fondos, servicios,
asociados, empleados, socios y aliados de
negocios sobre los que sospechen que existe
relación con LA/FT/FP y delitos precedentes
asociados al Lavado de Activos.
Panamá, artículo 54 de Ley No. 23 (2015 y
reformas), Ley de Medidas para Prevenir el BC/
FT/FP:
Obligación de reportar una operación
sospechosa Los sujetos obligados financiero,
sujetos obligados no financieros y
actividades realizadas por profesionales
sujetas a supervisión, deberán comunicar
directamente a la Unidad de Análisis
Financiero para la Prevención del Delito de
Blanqueo de Capitales y Financiamiento del
Terrorismo cualquier hecho, transacción u
operación, en la que se sospeche puedan estar
relacionadas con los delitos de blanqueo de
capitales, financiamiento del terrorismo y el
financiamiento de la proliferación de armas
de destrucción masiva.
Los citados artículos encuentran sus
reglamentos en los siguientes Decretos: el Real
Decreto 304/2014, por el que se Reglamenta la
Ley 10/2010 del 2010 de España; los Decretos
Ejecutivos 14-2018 y 15-2018 por los que se
Reglamentan la Ley 976 del 2018 y la Ley 977
del 2018, respectivamente, de Nicaragua; y el
Decreto Ejecutivo 35, por el que se Reglamenta
la Ley 23 del 2015 de Panamá.

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2.3.- Estructurando un ROS viable para una
UIF:
En ocasión y en el contexto de los ROS,
básicamente se hacen notar tres escenarios
jurídicos, tres funciones, todas necesarias y
complementarias entre sí para lograr un sistema
efectivo que incida con contundencia contra las
acciones financieras del crimen organizado. En
un primer estadio, está la entidad reportante que
genera información financiera a través del ROS
–a tono con las ya citadas Recomendaciones
10 y 20. En segundo plano, la de la UIF, que,
como destinatario exclusivo del ROS, los analiza
y comparte sus resultados de Inteligencia
financiera con otras autoridades facultadas, a
partir del llamado análisis operativo –a tono con
la ya citada Recomendación 29 del GAFI-. Y en
tercer lugar, la de los órganos de investigación
y juzgamiento, que según corresponda, generan
evidencia y prueba financiera, de carácter
indiciaria, esto a tono con la Recomendación 31
del GAFI:
(…) las autoridades competentes deben
ser capaces de obtener acceso a todos
los documentos e información necesaria
para utilizarla en esas investigaciones, así
como en procesos judiciales y acciones
relacionadas. (…)deben ser capaces de pedir
toda la información relevante en poder de la
UIF. (GAFI, 2022, p. 24).
El ROS es siempre de carácter subjetivo por
ser una conclusión a la que precisamente llega
el sujeto obligado por sospechar o por tener
motivos razonables para sospechar que se está
ante una hipotética situación de BC, o de FT/FP,
o bien ante sospechas de que existan vínculos

La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

con delitos precedentes del BC; pero siempre
basado en hechos objetivos, y allí radica la
razonabilidad exigida. Además, el ROS debe
ser presentado de buena fe para que la empresa
reportante y sus colaboradores, puedan gozar de
la protección legal especial indicada por GAFI
en Recomendación 21:
Revelación (tipping-off) y confidencialidad.
Las instituciones financieras, sus directores,
funcionarios y empleados deben: (a)
estar protegidos por la ley frente a la
responsabilidad penal y civil por violación
de alguna restricción sobre la revelación de
información impuesta mediante contrato
o mediante alguna disposición legislativa,
normativa o administrativa, si éstos reportan
sus sospechas de buena fe a la UIF, aun
cuando no conocieren precisamente cuál
era la actividad criminal subyacente, e
independientemente de si la actividad ilegal
realmente ocurrió o no; y (b) tener prohibido
por ley revelar (“tipping-off”) el hecho de
que se está entregando a la UIF un reporte de
operación sospechosa (ROS) o información
relacionada. (…) (GAFI, 2022, p. 19).

49
(…) La Recomendación 21 prohíbe a las
instituciones financieras, sus directores,
funcionarios y empleados revelar el hecho
de que se está entregando a la UIF un ROS
o se está reportando a la UIF información
relacionada. Existe el riesgo de que se revele
a los clientes sin querer cuando la institución
financiera está tratando de cumplir con sus
obligaciones en materia de debida diligencia
del cliente (DDC) en estas circunstancias. El
conocimiento del cliente sobre un posible
ROS o investigación puede comprometer
los esfuerzos futuros para investigar las
sospechas de lavado de activos u operación
de financiamiento del terrorismo. 3. Por ende,
si las instituciones financieras sospechan
que las transacciones están relacionadas al
lavado de activos o el financiamiento del
terrorismo, éstas deben tomar en cuenta el
riesgo de delación al ejecutar el proceso de
DDC. Si la institución cree razonablemente
que la instrumentación del proceso de DDC
llevará a una revelación al cliente o posible
cliente, ésta puede optar por no seguir ese
proceso y debe entregar un ROS. (…) (GAFI,
2022, p. 65).

El alcance del citado estándar del GAFI sobre
especial sigilo, lo vemos materializado como
referencias en el artículo 23 de la Ley española
No. 10/2010; en los artículos 11 y 12 de la Ley
nicaragüense No. 976, y en el artículo 56 de la
Ley panameña No. 23.

El envío o presentación de un ROS no constituye
una denuncia penal ni mucho menos una
acusación. No se necesita que la entidad
reportante tenga certeza de la ocurrencia de la
actividad delictiva, ni debe identificar el tipo
penal subyacente que pueda estar relacionado,
ni verificar que los recursos tienen un origen
Relacionada al tema ROS y a la necesidad de ilícito; tan solo se requiere que la operación sea
gestionarlo con rigurosa confidencialidad, la sospechosa para el sujeto obligado, en donde la
Nota Interpretativa de la Recomendación 10 del persona (o grupo de personas) mencionada en el
GAFI, indica:
ROS, no deben enterarse ni ser advertidos que
está siendo objeto de reportes. Corresponderá a
Heynar Francisco Martínez Morales

�50

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

las autoridades de la UIF determinar si realmente
se está ante un verdadero o posible esquema de
criminalidad financiera, y de ser así escalar el
correspondiente informe a otras autoridades de
investigación y de promoción de la acción penal.
El sujeto obligado no recibe de parte de la UIF
una realimentación sobre el ROS puntual que
haya presentado, por cuanto no es función de
dicha entidad estatal co-administrar el riesgo
con la empresa reportante. El sujeto obligado
por su libre decisión y apetito de riesgo decide
desarrollar negocios con determinada persona a
la que después debió reportar por las sospechas
detectadas. Son sus propios riesgos en la
actividad económica que desarrolla.
Una UIF sí puede y debe compartir información
general con los sujetos obligados, pero no
el resultado de su análisis operativo del caso
puntual devenido de los ROS, sino, del producto
de su análisis estratégico, del cual se genera
información valiosa en forma de tipologías,
esquemas, guías y tendencias sobre el BC/FT/FP
y de los delitos subyacentes del BC.

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(información adecuada), de oportunidad
(información actualizada) y de precisión
(información exacta y pertinente).
Para lograr efectividad del ROS, éste se debe
construir o estructurar bajo determinadas pautas
especiales que están indicadas en abundantes
leyes, regulaciones e instructivos emanados de
las UIF7, estándares y guías del GAFI o bien en
reconocidas mejores prácticas. Incluso, sobre
intercambio de información sensible a nivel
de grupos económicos, el inciso 4 de la Nota
Interpretativa de la Recomendación 18 del GAFI
prevé:
(…) Esto debería incluir información y análisis
de transacciones u operaciones inusuales (si
se realizó dicho análisis); y podría incluir un
ROS, su información subyacente o el hecho
de que se haya enviado un ROS. (…) Deben
estar establecidas salvaguardas adecuadas
sobre la confidencialidad y el uso de la
información intercambiada, incluso para
evitar la revelación (tipping-off). (…) (GAFI,
2022, p. 88).

Para todo Sistema Anti BC/FT/FP de un país, La importancia de lo anterior lo destaca Blanco
el ROS constituye siempre información (2020):
sensible y básica, verdadera materia prima
El GAFI ha elaborado una guía en la que
y esencial para el correspondiente análisis e
6
explica que el intercambio de información
investigación financiera que desarrolle la UIF .
en el grupo está destinado a identificar,
Consecuentemente para que el ROS sea eficaz
gestionar y mitigar eficazmente los riesgos
y útil a la labor de la UIF, es necesario que la
información se ajuste a criterios de calidad
de BC/FT por parte del grupo. (…). En todo
caso, se debe cumplir con la legislación
6 La UIF debe poder contar con diversidad de fuentes de inaplicable (tanto del país de origen como
formación para análisis cruzado, incluyendo la obtenida de la
cooperación internacional con entidades homólogas y en el

7 En web de las UIF están accesibles instrucciones y guías es-

Grupo Egmont.

pecíficas a tono con la Recomendación 34 del GAFI.

La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

del país anfitrión), que determinará el
ámbito, el alcance y el mecanismo de dicho
intercambio de información. De esta manera,
se está dejando claro que el intercambio de
información debe respetar, en todo caso, la
normativa del Estado en el que las sucursales
y filiales desarrollan su actividad. (p. 4).

a.

b.

c.

d.

Desde la experiencia profesional y
práctica de las UIF, es propicio mencionar
un resumen de algunos criterios que
pueden ser relevantes y útiles para que la
información del ROS se ajuste a niveles de
calidad, de oportunidad y de precisión:
Calificar de sospechosa una operación, y
en consecuencia reportarla a la UIF, es una
decisión exclusiva del sujeto obligado,
con un EBR.
Queda a criterio de cada sujeto obligado,
en asunción de sus propios riesgos,
cancelar o continuar la relación o vínculo
con las personas incluidas en el ROS. Esto
aplica cuando se trata de sospechas de
BC, o de delitos precedentes de BC; sin
embargo no es así cuando se trata de FT/
FP, en cuyos escenarios y por mandato
de instrumentos jurídicos deben de
inmovilizarse las relaciones de manera
inmediata8.
Focalizar objetivamente a las personas
que serán incluidas o mencionadas en el
ROS, y no afectar a terceros de buena fe.
Presentar el ROS atendiendo plazos,

e.

f.

g.

h.

i.

j.

k.
8 Así lo determinan las Resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU. Entre las más relevantes están las siguientes:
No.1373, No. 1267 y No.1540, cuyos alcances están transpuestos o materializados en las legislaciones de los países
miembros del Sistema ONU.

l.

formularios, plataformas, medios de
envío, medidas de seguridad, reglas de
archivo y de conservación, y de contenidos
mínimos; requeridos por la respectiva UIF.
Estructuración, manejo y presentación
del ROS bajo estrictas reglas de
confidencialidad, aún después de
concluida la relación laboral y/o
profesional.
El ROS sólo a partir del análisis de señales
de alerta y/o de inusualidades de BC/FT/
FP o por situaciones que puedan estar
vinculadas a los delitos precedentes
del BC, que no hayan sido aclaradas,
disipadas o descartadas.
Señales de alerta y/o inusualidades,
indicadas o referenciadas en catálogos
o guías; y detectadas oportuna y
tempranamente, además venidas de
fuentes fiables.
El ROS no necesariamente debe estar
basado en una única señal de alerta y/o
inusualidad.
Se debe referir solamente a operaciones
calificadas por el sujeto obligado como
sospechosas. Las tenidas simplemente
como alertas o sólo como inusuales, sin
pasar por un análisis interno, no deben ser
reportadas.
El ROS es de carácter subjetivo por
constituir una mera sospecha, pero
basado en hechos objetivos, y con criterio
técnicos.
El ROS siempre se debe presentar basado
en la buena fe, y no obedecer a criterios
de pánico, ni basado en infundios o
falsedades.
Se enfoca solamente en sospechas de
BC, y/o en sospechas de FT/FP, y/o en
Heynar Francisco Martínez Morales

�52

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

sospechas de delitos precedentes de BC,
y no en otros posibles delitos.
m. Se presenta independientemente: -del
monto o cuantía de la transacción, -de
la naturaleza de la transacción, -del tipo
de cliente o contraparte de que trate, -de
que se piense o no que están involucradas
cuestiones tributarias, -de que no se
conozca con precisión cuál es el posible
delito precedente y si éste ocurrió o no,
-de que se continúe o no la relación con
el cliente o contraparte mencionado en el
ROS.
n. La información sobre las transacciones
debe ser pertinente y precisa, y no escasa.
o. El contenido informativo mínimo del
Formato ROS, debería ser el siguiente:
-lugar en que se desarrolló la operación
sospechosa, -persona natural o jurídica
que es cliente o contraparte, y a nombre
de quien se realizó o intentó la operación,
-beneficiario de la cuenta o relación
de negocios, -persona natural (gestor)
que llevó a cabo o intentó la operación
sospechosa, -información acerca de la
operación sospechosa, -indicación de
señales de alerta y sus fuentes, -estado
actual de la relación entre el sujeto
obligado y la persona mencionada
en ROS, -descripción de la operación
sospechosa.
p. Relatar los hechos bajo argumento
corto, distinguiendo entre premisas
y conclusión, partiendo de premisas
fiables, presentando las ideas en un
orden cronológico, lenguaje profesional,
claro, conciso y definitivo, evitando las
apreciaciones personales y emotivas.

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Toda UIF debe estar facultada por ley para requerir
al sujeto obligado mayor información en ocasión
de un ROS, o bien rechazarlo por no ajustarse
a los requisitos de contenido, de calidad y de
medios de presentación que ella misma indica
a través de sus Normativas Guía o Instructivos.
En ese sentido, por ejemplo, el artículo 9.i de la
Normativa No. UAF-N-021-2019 de la UAF de
Nicaragua, establece: “Cumplir con los requisitos
establecidos en la presente normativa para la
presentación de los ROS, en caso contrario, la
UAF podrá solicitar al sujeto obligado que lo
amplíe, corrija y si fuera necesario rechazarlo”.
Una vez recibido el ROS, la UIF lo somete a una
certificación/validación de riesgo, tanto objetiva
como subjetiva para determinar prioridades en
base a la información contenida en la descripción
de la operatoria. La de carácter objetiva,
realizada por el sistema o plataforma (campos
obligatorios). La de carácter subjetiva, realizada
en forma conjunta por analistas y responsables
de la respectiva área de análisis de la UIF. Ambas
validaciones le definirán a la UIF la prioridad, la
urgencia o la importancia para la atención de
determinados ROS, a fin de analizar y concluir
si se está en presencia de un posible esquema de
BC o de FT/FP o de delitos precedentes de BC.
2.4.- El ROS y el Oficial de Cumplimiento,
como factores disuasivos:
En esta importante misión de estructurar y
presentar ROS efectivos, juega un papel de
primera línea el funcionario principal de la
gestión de ese riesgo dentro de la empresa
obligada, cuyo cargo es conocido con el
nombre de Oficial de Cumplimiento, y
allí radica la necesidad de su permanente

La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

capacitación y entrenamiento especial 9. En un
entorno sumamente cambiante y transformador
de las entidades del sector empresarial, es
primordial que los profesionales del Anti BC,
y en especial el Oficial de Cumplimiento,
tengan una preparación holística, para poder
responder y estar a la altura de las exigencias y
lograr una efectiva ejecución de las políticas y
procedimientos.
En Nota Interpretativa de la Recomendación
18, se menciona la figura del Oficial de
Cumplimiento:

53
La obligación en ley, que tienen los sujetos
obligados para nombrar a un Oficial de
Cumplimiento en los tres países que se están
tomando por referencia, expresan lo siguiente:
España, artículo 26, inciso 2, de Ley No. 10
(año 2010 y reformas), establece:
(…) El representante ante el Servicio
Ejecutivo de la Comisión será responsable
del cumplimiento de las obligaciones de
información establecidas en la presente Ley,
para lo que tendrá acceso sin limitación
alguna a cualquier información obrante en
el sujeto obligado.

(…) Los arreglos sobre el manejo del
cumplimiento deben incluir la designación
de un oficial de cumplimiento a nivel Nicaragua, artículo 15, inciso b, de Ley No.
administrativo (…) (GAFI, 2022, p 88).
977 (año 2018 y reformas), Ley Contra el LA/
FT/FP:
El Oficial de Cumplimiento es quien debe
liderar la ejecución de un actualizado y
(…) b. La creación de funciones o cargos con
efectivo programa de prevención del riesgo
nivel gerencial y/o estructuras administrativas
de BC, como parte de un amplio programa
que supervisen el cumplimiento de las medidas
de integridad, conformado por políticas y por
y procedimientos ALA/CFT/CFP y recomienden
procedimientos de control interno. La función
a sus superiores que los intensifiquen cuando
de Cumplimiento es cada día más demandante,
sea necesario. Los Supervisores pueden
compleja y exigente por las profusas y difusas
determinar en qué casos los Sujetos Obligados
leyes nacionales, regulaciones administrativas,
bajo su supervisión están eximidos de nombrar
estándares internacionales, normas extranjeras
personal de nivel gerencial.
10
influyentes en los mercados, y hasta por las
expectativas de la alta dirección de las empresas Panamá, artículo 12 de Ley No. 23 (año 2015
y reformas):
obligadas.

9 Puede recibir otros nombres según cada país o empresa, y
debe ser contratado con nivel gerencial.
10 Por ejemplo, manejo de Listas OFAC de Estados Unidos de
América, de calado mundial para la toma de decisiones empresariales.

Los sujetos obligados financieros, sujetos
obligados no financieros y actividades
realizadas por profesionales sujetas a
supervisión, deberán designar a una persona
o unidad responsable de servir como enlace
con la Unidad de Análisis Financiero (…).
Heynar Francisco Martínez Morales

�54

CONSTRUCTOS
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Sobre el rol del Oficial de Cumplimiento, Esta perspectiva, Blanco (2009) la explica de la
Blanco (2009) expresa:
siguiente manera:
Junto a ello, se puede decir que los
representantes ante el SEPBLAC constituyen
un eslabón esencial en la denominada
cadena antiblanqueo, cuyo objetivo esencial
es prevenirlo y facilitar su investigación.
Ellos son el origen de la presentación
de las comunicaciones de operaciones
sospechosas de estar vinculadas al blanqueo
de capitales, y les corresponde una tarea
de vigilantes de dicha cadena (gatekeepers)
(…) Son ellos quienes deciden, desde su
especial posición en la institución, si se
deben comunicar determinadas operaciones
al SEPBLAC, lo que puede suponer el inicio
de una investigación policial o judicial por
la comisión de un delito. (p. 123)

El sistema de prevención y el grado de
cumplimiento normativo tiene una vertiente
criminológica evidente, dado que su objetivo
es la prevención y detección del delito, en
este caso del blanqueo de capitales. Y este es
un aspecto de interés para los criminólogos
(…) las obligaciones de comunicación y los
representantes ante el SEPBLAC desempeñan
una función que tiene grandes similitudes
con las de la policía (…). Supone la existencia
de una vigilancia dentro de una institución
privada, que tiene ciertos paralelismos
con los servicios de investigación privada
que utilizan las empresas para prevenir e
investigar el fraude y los delitos cometidos
por sus empleados. (p. 123)

El programa de prevención del riesgo BC/FT/
FP que administra el Oficial de Cumplimiento,
cumple un valioso rol disuasivo en procura de
evitar la comisión de delitos en el seno de la
empresa, y allí radica también la importancia de
su enfoque criminológico. En el control interno
empresarial, la existencia de un beligerante
Oficial de Cumplimiento y de un pertinente ROS
como una de sus tareas primordiales, envían un
potente mensaje contra el crimen organizado
que siempre está al acecho de permear
las vulnerabilidades de las empresas para
utilizarlas como herramientas, como puentes
y/o vasos comunicantes del movimiento de sus
ganancias ilícitas, máxime que, precisamente,
en esta materia nunca se está ante escenarios
de riesgo cero.

Actualmente esta temática suele ser parte del
gobierno corporativo y de las políticas de
integridad de la entidad obligada conocido
como Compliance, que ha evolucionado más
allá de la mera prevención del riesgo de BC/FT/
FP. Sobre la evolución del Compliance, Dos
Santos Flôres (2020) indica:
El compliance puede ser dividido en cinco
etapas. La primera entre los años 1900 y
1950, abordamos la germinación del área.
La segunda entre 1960 y 1990, identificamos
el marco de constitución en las instituciones
financieras. Entre 1990 y 2000, inicia la
tercera etapa, marcada por el combate contra
el lavado de dinero. En la siguiente década,
fraudes y leyes más severas marcan la cuarta
etapa. El quinto momento corresponde a la
década actual, notablemente conocida como

La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

la era de oro del combate a la corrupción. (p.
7).
En un programa de Compliance debe resaltar la
integridad, la ética, y guardar relación con los
riesgos propios de los negocios que la empresa
desarrolla, con su dimensión y capacidad
económica, y el entorno en que opera. En
presencia de la comisión de un delito, se debe
demostrar que el programa de integridad fue
eficaz, lo que puede funcionar como estrategia
de defensa penal e incluso como un eximente
de responsabilidad penal para el sujeto obligado
persona jurídica.
De esta consecuencia jurídica, es relevante
ejemplo el artículo 31 bis (inciso 2) del Código
Penal de España, que establece:
(…) la persona jurídica quedará exenta de
responsabilidad si se cumplen las siguientes
condiciones: 1.ª el órgano de administración
ha adoptado y ejecutado con eficacia,
antes de la comisión del delito, modelos
de organización y gestión que incluyen las
medidas de vigilancia y control idóneas
para prevenir delitos de la misma naturaleza
o para reducir de forma significativa el
riesgo de su comisión; 2.ª la supervisión
del funcionamiento y del cumplimiento del
modelo de prevención implantado ha sido
confiada a un órgano de la persona jurídica
con poderes autónomos de iniciativa y de
control o que tenga encomendada legalmente
la función de supervisar la eficacia de los
controles internos de la persona jurídica;
3.ª los autores individuales han cometido
el delito eludiendo fraudulentamente los
modelos de organización y de prevención

55
y 4.ª no se ha producido una omisión o un
ejercicio insuficiente de sus funciones de
supervisión, vigilancia y control por parte
del órgano al que se refiere la condición 2.ª
.
III. OMISIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL ROS
3.1. Algunos escenarios de incumplimiento:
Los seguimientos del cumplimiento y de la
efectividad del ROS en los diferentes países,
actualmente están marcando acelerados
cambios y tendencias jurídicas, legislativas,
administrativas, doctrinales, jurisprudenciales
y criminológicas por su efecto disuasivo en
los sujetos obligados; y de modo especial en
cuanto a delimitar responsabilidades de distinta
naturaleza para aquellos que no cumplan
con la obligación de detectar tempranamente
operaciones sospechosas, y reportarlas en
tiempo y forma a la autoridad.
Entre los incumplimientos que trascienden
al plano penal, está el delito de BC bajo la
modalidad de Comisión por Omisión, en
donde el que omite reportar se coloca en
posición de colaborador directo o indirecto de
esta actividad ilícita. A estos incumplimientos
les debe corresponder medidas sancionadoras
que han de ser efectivas, proporcionales y
disuasivas, tal y como lo determina el estándar
mundial del GAFI en su Recomendación 35:
Los países deben asegurar que exista una
gama de sanciones eficaces, proporcionales
y disuasivas, sean penales, civiles o
administrativas, que estén disponibles para
tratar a las personas naturales o jurídicas
cubiertas (…) que incumplan con los
requisitos ALA/CFT. Las sanciones deben ser
Heynar Francisco Martínez Morales

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

aplicables (…) también a sus directores y la
alta gerencia. (GAFI, 2022, p. 25).
A efectos ilustrativos, y a partir de la experiencia,
se presenta una aproximación de escenarios en
las que no se cumple con la obligación legal de
presentar el ROS. Se agrupan en tres situaciones
generales que causan incumplimientos en la
estructuración de un adecuado ROS:
a. Cuando no se cuenta, del todo, con medidas
(políticas y procedimientos de control
interno) para gestión del Riesgo BC/FT/FP.
b. Cuando sí se cuenta con medidas (políticas
y procedimientos de control interno) para
gestión del Riesgo BC/FT/FP, sin embargo,
éstas contienen fallos estructurales.
c. Cuando sí se cuenta con medidas (políticas
y procedimientos de control interno) para
gestión del Riesgo BC/FT/FP, y éstas no
contienen fallos estructurales, pero sin
embargo devienen mal ejecutadas, fallos
humanos.

estratificación e integración11; entonces los
responsables de esas omisiones pueden ser
encausados bajo el criterio de justicia penal
de Comisión por Omisión de este delito,
indistintamente del nivel de participación que
se delimite para cada uno de los involucrados,
y que puede alcanzar, incluso, a los directivos
de una empresa.
Lo anterior, por ejemplo, se expresa en las
causales previstas en los incisos 2 y 3 del
artículo 301 del Código Penal de España, o en
el inciso “f” del artículo 282 del Código Penal
de Nicaragua, o en el inciso 1 del artículo 255
del Código Penal de Panamá. En la aplicación
a casos concretos de estas disposiciones, se
conjugarán el más amplio abanico de matices
y tendencias interpretativas, doctrinales y
jurisprudenciales.

Luego entonces, la situación en particular
tendrá distintos efectos jurídicos, según el sujeto
obligado desarrolle medidas para la gestión de
En estas circunstancias puede haber prevención del riesgo, si éstas no contienen
responsables en todos los niveles de fallos estructurales, y si, además, están
participación (autor, colaboradores necesarios, adecuadamente ejecutadas. La confluencia de
cómplices, encubridores, según lo define cada estas tres circunstancias positivas debidamente
país en sus políticas penales), y dar lugar o documentadas, será un verdadero pararrayo,
provocar dos posibles variables graves respecto eximente de responsabilidades, aun cuando no
al incumplimiento por omisión del ROS:
se haya presentado ningún ROS a la UIF.
1. Que se omita reportar la operación
sospechosa que se ha detectado y calificada No son pocas las ocasiones en que se detectan
alertas o inusualidades, pero que después de un
como tal.
2. Que se omita detectar la operación concienzudo análisis, al final no se reportan a la
sospechosa, aun cuando ésta sea obvia, de UIF por cuanto los tomadores de decisión de la
entidad obligada concluyen que no se está ante
fácil detección y análisis.
Si las conductas indicadas, facilitan el BC en
alguna de sus conocidas etapas: colocación,

11 Se explican de modo muy ilustrativo en Chanjan y Torres
(2022), p.7.

La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

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una sospecha y no califican como tal. En este
caso, no obstante, se debe calificar como de
alto riesgo al cliente o contraparte, y aplicarle
una Debida Diligencia de Conocimiento –
DDC- intensificada o reforzada, que conlleva
un monitoreo más estricto de la relación de
negocios.

denomina Posición de Garante, que tiene
especial relevancia jurídico-penal, aunque
bastante ausente de modo explícito como tal
en los textos legislativos. Se trata del titular
de un deber de respuesta para que se evite
el resultado lesivo, no deseado, y el cual, en
consecuencia, está prohibido. La Posición de
Garante es explicada por Cuadrado Ruíz (2000)
De todo lo actuado internamente (se haya de la siguiente manera:
o no presentado el ROS), el sujeto obligado
debe archivar y conservar la información por
(…) en nuestro ordenamiento y desde una
el plazo mínimo que indique la respectiva
interpretación armónica del art. 11, la
equiparación entre acción y omisión, sólo
legislación, y tenerla a disposición de las
autoridades (administrativas y judiciales)
será posible, según el sentido del texto de
la Ley, cuando exista un garante que haya
para poder reconstruir el caso y definir
acciones de aplicación de la ley. Al respecto
infringido un especial deber jurídico (...) En
los delitos de comisión por omisión, junto a la
la Recomendación 11 del GAFI propone un
mínimo de años.
ausencia de la acción debida es preciso que
el autor hubiese podido evitar el resultado.
3.2.- Situación de Riesgo y Posición de
(…) El ordenamiento jurídico lleva aquí una
Garante en la Omisión del Cumplimiento del
selección entre todas las omisiones que no
ROS:?
impidieron el resultado, y dota de relevancia
El BC nos presenta un panorama de permanente
jurídico-penal, tan sólo, a las omisiones de
riesgo del bien jurídico protegido, considerado
quienes se encuentran en una situación tal,
por lo general la estabilidad y la sanidad del
que fundamenta el deber jurídico de evitar el
12
orden socio-económico-financiero de un país .
resultado prohibido. Esto es lo que se llama
Para cualquier empresa, en tanto en cuanto
posición de garante. (…) Es decir, autor de un
está desarrollando sus giros de negocios, no
delito de comisión por omisión sólo puede
habrá para ella riesgo cero de BC/FT/FP, pues
serlo el titular de un deber de responder que
siempre éste es inherente dentro de la actividad
se evite el resultado (deber de garante) (…)
económica que realice, en particular las más
No todo sujeto indiferenciado puede ser
vulnerables identificadas por GAFI y por cada
autor de un tipo de comisión por omisión,
país a partir de sus Evaluaciones del Riesgo.
sino únicamente aquellos que son garantes
de la no producción del resultado. (pp. 12
Aquí entra en escena la figura que la doctrina
y 13).
12 Existen diversas posiciones interpretativas entre las posturas
uniofensivas y las posturas pluriofensivas. Se pueden ver sinte-

El artículo 11 del Código Penal de España,
establece:

tizadas en Chanjan y Torres (2022).
Heynar Francisco Martínez Morales

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CRIMINOLÓGICOS

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Los delitos que consistan en la producción de
un resultado sólo se entenderán cometidos
por omisión cuando la no evitación del
mismo, al infringir un especial deber jurídico
del autor, equivalga, según el sentido del
texto de la ley, a su causación. A tal efecto se
equiparará la omisión a la acción: a) Cuando
exista una específica obligación legal o
contractual de actuar. b) Cuando el omitente
haya creado una ocasión de riesgo para el
bien jurídicamente protegido mediante una
acción u omisión precedente.

incumple el mandato previsto en la norma.
Cuando este Código incrimine un hecho en
razón de un resultado prohibido, también
lo realiza quien tiene el deber jurídico de
evitarlo y no lo evitó pudiendo hacerlo.

13 A este tipo de disposiciones jurídicas se le suele calificar

14 Caben escenarios, incluso, de la modalidad Imprudente del

como una “norma penal en blanco” por cuanto su íntegro con-

Blanqueo de Capitales en casos graves, como lo prevé España,

tenido debe completarse en relación con normas administrati-

y de lo que muy pertinente explica sus dificultades dogmáticas

vas. Así lo aborda Fabián Caparrós (2013).

Fabián Caparrós, E. (2010).

Dentro de esta situación puede subsumirse la
actuación omisiva de cualquier funcionario,
empleado o colaborador del sujeto obligado,
o bien la actuación de funcionarios de las
entidades de regulación-supervisión, que
hayan incumplido sus responsabilidades en las
tareas propias relacionadas al ROS dentro de la
En Nicaragua, el Código Penal prevé:
ruta de detección, análisis, toma de decisión,
estructuración, presentación, aceptación y
Art. 12 (…) En los delitos puros de omisión, revisión, y que con ello se contribuya a la
el hecho se considera realizado donde debió materialización de esquemas puntuales de BC
tener lugar la acción omitida.
en cualquier de sus etapas.
Art. 282 Lavado de dinero, bienes o activos.
Quien a sabiendas o debiendo saber, por sí Con el fin de ocultar o encubrir el origen ilícito
o por interpósita persona, realiza cualquiera del dinero, se omite -intencionalmente o con
de las siguientes actividades: (…) f) Incumpla conocimiento de causa- el cumplimiento de
gravemente los deberes de su cargo para alguno o de todos los mecanismos de control
facilitar las conductas descritas en los establecidos por el ordenamiento jurídico
literales anteriores (…)13
específico, y con ello se hace partícipe de
la comisión (por omisión) de esta actividad
Panamá, en su Código Penal el artículo 25 delictiva en el ámbito económico14.
dispone:
La Posiciónde GaranteenelAnti BC/FT/FP, parece
Los delitos pueden cometerse por comisión u apuntar entonces, aunque no exclusivamente, a
omisión. Hay delito por comisión cuando el la figura o cargo del Oficial de Cumplimiento
agente, personalmente o usando otra persona, como principal ejecutivo de la materia dentro
realiza la conducta descrita en la norma penal, de la estructura organizacional de la entidad
y hay delito por omisión cuando el sujeto obligada, incluso con nivel de alta gerencia en

La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

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muchas empresas. Esto, por ser él a quien, por
lo general, se la da la responsabilidad de decidir
en última instancia si determinada operación
es de carácter sospechosa y en consecuencia si
debe o no reportarse a la autoridad competente,
la UIF. Aunque en esta decisión también
pueden intervenir distintos tipos de Comités -de
Riesgos, de Complimiento-, según la exigencia
normativa y el esquema organizacional de la
empresa.

como un delito continuado –por sus distintas
fases- de mera actividad, y no necesariamente
de resultados.
En la doctrina se destacan varias fuentes
formales para la Posición de Garante, entre las
que se pueden mencionar: -la Ley, -el Contrato,
-las Relaciones Especiales y -la Injerencia.
Los funcionarios o empleados con roles para
gestionar, mitigar y contener el riesgo de BC,
dentro de una empresa obligada, pueden
encuadrar sus obligaciones en las cuatro fuentes
QuienasumeelcargodeOficialdeCumplimiento
indicadas, en especial en las dos primeras. Por
dentro de una entidad obligada, se constituye
un lado, la Ley y las abundantes Regulaciones
en una especie de barrera para evitar que la
Administrativas, obligan al funcionario de
empresa sea utilizada como instrumento para
manera específica y expresa. Por otro lado, el
blanquear activos provenientes de actividades
Contrato Laboral o de servicios profesionales,
ilícitas, y si, pudiéndolo hacer por ser obvias
delimitan el alcance de sus funciones y
las señales de alerta, o inusualidades o
competencias, que son deberes de vigilancia
sospechosas, no evita la comisión del delito
ante el riesgo de BC, y al no evitar lo que es
(a sabiendas), entonces será tenido como si
previsible y que está a su alcance, actúa no
hubiera cometido la conducta misma. Existen
como sujeto activo, sino como sujeto omisivo.
variedad de corrientes interpretativas alrededor
de la posición de garante15.
Lo anterior, sin perjuicio de que con la omisión
de presentar el ROS se haya o no facilitado la
Sólo podría ser autor del delito de BC bajo la
materialización de esquemas de BC, siempre
modalidad de Comisión por Omisión, personas
podrá corresponder la aplicación de sanciones
que, con determinadas características y
administrativas por parte de las autoridades
funciones, están obligadas a diligenciar tareas
de regulación y/o supervisión por infringir la
puntuales –incluyendo, por supuesto, el ROSobligación de remitir ROS ante situaciones que
conforme su programa de prevención del riesgosí debía corresponder y era justificado.
a fin de evitar que dicho delito se materialice
utilizando la empresa con esa finalidad. La
IV. CONCLUSIONES
responsabilidad penal de Comisión por Omisión
en materia de BC, más que en el plano causal,
Como resultado de este estudio, se concluye
hay que situarlo en el plano normativo. Y ello
que, para una mayor efectividad del ROS por
por cuanto este ilícito es mayormente aceptado
Riesgo de BC/FT/FP o de delitos precedentes
del BC, y que sea más útil para la autoridad
15 Ilustrativo el abordaje de estas temáticas en: Cuadrado
destinataria del mismo, la UIF; dicho Reporte,
(2000), págs. 11-68, y en Cuadrado (1998).
además de ser una obligación establecida
Heynar Francisco Martínez Morales

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

expresamente en ley y cuyo cumplimiento
ha de ser promovido y estimulado por los
gobiernos entre los sujetos obligados; el ROS
ha de ser el resultado de detecciones tempranas
y análisis objetivo de alertas, inusualidades y
sospechas, y la información contenida en el
mismo, debe contar con características de
calidad, de oportunidad y de precisión producto
de una adecuada aplicación de mecanismos
preventivos de DDC, de Monitoreo, y con EBR.
Todo en atención a regulaciones locales, a
políticas internas y a estándares mundiales.
Del mismo modo se ha hecho patente que en esta
primordial responsabilidad de presentar ROS
de manera pertinente, constituyen verdaderos
garantes éticos de su cumplimiento -cada quien
desde el ejercicio de sus respectivos cargos y
roles-, los directivos, funcionarios y empleados
de la entidad obligada, en particular el Oficial
de Cumplimiento, como principal ejecutivo de
la gestión del riesgo dentro de la empresa.

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Con el establecimiento y la aplicación de
sanciones –penales, civiles, administrativas
y disciplinarias-, se logra un efecto disuasivo
en los sujetos obligados, y se traduce en
una vuelta de tuerca en cuanto a la atención
y superación de vulnerabilidades y en un
constante fortalecimiento de sus propios
mecanismos internos para determinar,
estructurar y presentar ROS mejormente
apuntalados como información primordial para
la UIF, y con ello ver robustecidos los resultados
e informes conclusivos de esta entidad estatal
para subsecuentes acciones de persecución del
delito.
Y desde un enfoque criminológico, esta tarea
adecuadamente desarrollada, blinda y los
negocios de los sujetos obligados mitigando
el riesgo de ser utilizados para el BC/FT/FP,
y de los delitos precedentes del BC, al ser
inversamente proporcional al debilitamiento
y/o al desestimulo y/o a la permeabilización
de las estructuras, conductas y movimientos
financieros de la criminalidad financiera
organizada; y además, como efecto general
mejora la percepción específica del Riesgo-País,
monitoreada por organismos especializados,
lo cual es elemental para la atracción de
inversiones sanas a las economías, que redunda
en crecimiento sostenible.

Ante esta delicada función, como es la
estructuración y el envío de un efectivo ROS,
se concluye, igualmente que, en presencia
de incumplimientos, se hace necesario el
establecimiento y la aplicación de sanciones
efectivas y proporcionales, incluyendo, claro
está, los casos de omisión grave de esta tarea,
y por cuya causa se llegue a colaborar directa
o indirectamente con verdaderos esquemas de TRABAJOS CITADOS
BC, ya sea por fallos en los procesos o fallos
en las personas. Y ello nos puede ubicar en Blanco Cordero, I. (2020). Responsabilidad penal de las
empresas multinacionales por delitos de corrupción en las
escenarios de delito de Comisión por Omisión,
transacciones comerciales internacionales y ne bis in ídem.
destacándose tres elementos necesarios:
En Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología.
-la posición de garante, -la producción del
España, 2020.
resultado y -la posibilidad de evitarlo.
Blanco Cordero, I. (2020) Blanqueo de capitales, intercambio
La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

de información y grupos financieros: Obligación de las

Estándares Internacionales sobre la lucha contra el Lavado

sucursales o filiales de entidades de crédito pertenecientes a

de Activos, el Financiamiento del Terrorismo, y el

grupos financieros europeos de contar con la información de

Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción

las posiciones de sus clientes nacionales en otras entidades

Masiva del Grupo de Acción Financiera Internacional

del grupo. En Revista Electrónica La Ley Digital. España.

(GAFI). Actualización a julio 2022. https://www.fatf-gafi.

Blanco Cordero, I. (2015). El Delito de Blanqueo de Capitales
(4ª. ed.), Aranzadi, Pamplona. España.
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Blanqueo de Capitales. Estudio del Cumplimiento Normativo

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Fabián Caparrós, E. (2013). Los Tipos de Omisión en el Marco
del Lavado de Activos. En Derecho Penal Contemporáneo.
Revista internacional, No. 42. Colombia, pp. 31-71.

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Fabián Caparrós, E. (2010). Algunas Observaciones sobre el

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Blanqueo Imprudente de Capitales (Aspectos Doctrinales

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en el Diario Oficial La Gaceta No. 138 del 20 de Julio del
Heynar Francisco Martínez Morales

�62

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

2018, y posteriores reformas por Ley No. 1000, publicada
en el Diario Oficial La Gaceta No. 157 del 19 de Agosto del
2019, y por Ley No. 1072, publicada en el Diario Oficial La
Gaceta No. 89 del 15 de Mayo del 2021. Nicaragua.
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Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y
Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción
Masiva, publicada en Gaceta Oficial No. 27768-B 27 de
Abril de 2015. Y reformas. Panamá.
Real Decreto No. 304/2014: Reglamenta de la Ley 10/2010,
publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), No. 110
del 06 de Mayo del 2014. España.
Resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU No.1373,
No. 1267 y No.1540. https://www.un.org/securitycouncil/
es
Tabla consolidada de calificaciones de evaluación publicada
por GAFI el 05 de Octubre del 2022. http://www.fatf-gafi.
org/publications/mutualevaluations/documents/assessmentratings.html

—
Heynar Francisco Martínez Morales
Afiliación: Universidad de Granada
Abogado-Consultor en Anti Lavado de Activos y FT/
FP. Firma PLECA LEGAL &amp; COMPLIANCE, Profesor
de ALA/CFT-FP y Cumplimiento Regulatorio.
Universidad Internacional para el Desarrollo
Sostenibles (UNIDES) Managua, Nicaragua.
Doctorando en Criminología - Universidad de
Granada,
España.
heynarmartinez@yahoo.es,
plecalegalcompliance@gmail.com,
heynarfmm@correo.ugr.es

La importancia del cumplimiento de la obligación del Reporte de Operación Sospechosa (ROS) de blanqueo de capitales
algunas consideraciones generales. PP. 41-62

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

La violencia contra las mujeres: su erradicación como
objetivo mundial
Violence against women: its eradication as a global goal
Idalia Patricia Espinosa Leal*

Resumen
El presente trabajo de investigación contiene
los aspectos referentes al tema de la violencia
contra la mujer, y también se analiza la base
de la construcción de la sociedad que es el
sustento de la violencia contra la mujer: el
sistema patriarcal, ya que se considera que es
el fundamento de la desigualdad de género
y que coloca a la mujer en un estado de
subordinación frente al hombre lo que genera
que el poder sea otorgado de forma gratuita al
género masculino sin ningún cuestionamiento,
generando abusos y por ende la violencia. Por
otra parte, se hace referencia a los aspectos
cronológicos de la evolución de la violencia
Cómo citar
Espinosa Leal, I. P. Asignatura pendiente en materia
de Derechos Humanos: La violencia contra las
mujeres: Pending subject in the field of Human
Rights: Violence against women. Constructos
Criminológicos, 3(4). Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/40
*https://orcid.org/0000-0003-0003-3294
Hankuk University of Foreign Studies

Recibido: 18-10-2022
Aceptado: 29-11-2022

en el ámbito jurídico y social, así como a sus
fases y consecuencias; concluyendo que la
violencia contra la mujer no se ha frendo, por
el contrario ha ido en aumento, y de ha llegado
a considera un problema de Salud Pública a
nivel mundial, por ello se ha contemplado
como uno de los Objetivos de Desarrollo
Sontenible de la agenda de la ONU para el
año 2030, objetivo 5: lograr la igualdad entre
los géneros y empoderar a todas las mujeres y
las niñas.
Palabras clave: medio familiar, problema social,
violencia, violencia doméstica.
Abstract:
The present research work contains the aspects
related to the subject of violence against
women, and also analyzes the basis of the
construction of society that is the sustenance of
violence against women: the patriarchal system,
since it is considered that It is the foundation
of gender inequality and places women in a
state of subordination to men, which means

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

that power is granted free of charge to the male
gender without any questioning, generating
abuses and therefore violence. On the other
hand, reference is made to the chronological
aspects of the evolution of violence in the legal
and social sphere, as well as to its phases and
consequences; concluding that violence against
women has not stopped, on the contrary it has
been increasing, and has come to be considered
a problem of Public Health worldwide, for
this reason it has been considered as one of
the Sustainable Development Goals of the
UN agenda for the year 2030, goal 5: achieve
gender equality and empower all women and
girls.

de las violaciones de derechos humanos más
notorias en todas las sociedades (EIGE, 2022). La
violencia aumenta cuando no existe democracia,
respeto por los derechos humanos ni una buena
gobernabilidad (Mandela, N., 2002: 7).
La Secretaria General de las Naciones Unidas,
Kofi Annan, (1999) sostiene que la violencia
contra la mujer es quizás la violación de
derechos humanos (Espinosa, I., 2020) más
vergonzosa. Y es quizás la más generalizada.
No conoce ningún límite de geografía, cultura
o riqueza. Siempre que siga, no podemos alegar
estar logrando avances reales hacia la igualdad,
el desarrollo y la paz.

Keywords: domestic violence,
environment, social problem, violence.

family Es por ello que entre los Objetivos del Desarrollo
Sostenible, de la Organización de las Naciones
Unidas (ONU), específicamente en su objetivo
número 5, está destinado a lograr la igualdad
I. INTRODUCCIÓN
entre los géneros y empoderar a todas las
mujeres y las niñas.
Desafortunadamente con la llegada de la
pandemia por COVID-19 y la aplicación de II. MARCO TEÓRICO
la política “quédate en casa” como medida
de prevención para evitar su propagación, ha Sobre la base de las diferencias y función
provocado que este confinamiento haga patente natural de los sexos, cada sociedad y cultura,
otro tipo de problemas como la violencia contra define los roles y estereotipos tanto del
las mujeres o también conocida como violencia hombre como de la mujer y a partir de esto,
de género (Neetu, J. et. al., 2020; Agámez, V. se define al género como el conjunto de
y Rodríguez, M., 2020). Este problema social características sociales, culturales, políticas,
ubicuo existe desde la antigüedad (Cagigas, sociológicas, jurídicas y económicas que
A., 2000), como problema cultural, debido al tienen los hombres y las mujeres en una
sometimiento de la mujer al capricho del hombre, época determinada. (GCGEMA, 1996).
por la dependencia jurídica, económica y social;
se consideraba que era un aspecto perteneciente El género es una categoría de análisis que
a la esfera privada, sin embargo, actualmente define lo femenino y lo masculino, la
se considera que es una enfermedad social de forma en que se valoran, se organizan y se
profundo arraigamiento en la humanidad y una relacionan en una sociedad determinada;
La violencia contra las mujeres: su erradicación como objetivo mundial. PP. 63-78

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

por lo que el término género es muy
específico de una época a otra o de una
sociedad a otra. (UNFPA, 2006: 19 y ss.).
Al definir los roles de cada género, la
sociedad les concede un valor, en los
que favorece las funciones masculinas en
relación con las femeninas, legitimando a su
vez la subordinación del género femenino,
provocando la desigualdad entre el hombre
y la mujer, colocándola en una situación de
desventaja. La relación desigual de poder
entre la mujer y el hombre no se basa en
aspectos biológicos, sino en la construcción
histórica de la sociedad que su base es el
sistema patriarcal. El sistema patriarcal
infunde en la raíz misma de la sociedad
humana la jerarquía y la desigualdad
“innatas” o decretadas por voluntad
divina, el mando y la obediencia ciegos
y el desprecio por el ser humano que no
se haya convertido en autoridad familiar,
económica o social. El sistema patriarcal
es un conjunto de ideas, creencias, valores,
actitudes y conductas, que colocan en una
situación de superioridad al hombre frente
a la mujer (Cagigas, A., 2000: 308).
Por otra parte, el concepto de violencia no
tiene definición unánime, porque depende
de muchos factores, como el cultural, social
o los fines con los que se cometa, pero para
tener un consenso mundial que permita
comparar los datos entre los países y
construir una sólida base de su conocimiento
La Organización Mundial de la Salud, en
el Informe mundial sobre la violencia y la
salud, ha definido a la violencia de forma
amplia como sigue:

65
La violencia es el uso deliberado de la fuerza
física o el poder, ya sea en grado de amenaza
o efectivo daño, contra sí mismo, otra persona
o un grupo o comunidad, que cause o tenga
muchas probabilidades de causar lesiones,
muerte, daños psicológicos, trastornos del
desarrollo o privaciones ( p. 5).

Las manifestaciones de violencia de género
reafirman el sistema patriarcal, porque
la violencia se dirige a la mujer con el
fin de mantenerla subordinada al género
masculino.
El Consejo de Europa mediante el Convenio
de Estambul sobre prevención y lucha
contra la violencia contra las mujeres y la
violencia doméstica, firmado en Estambul
en el año 2011, establece en el artículo 3,
inciso a), que:
Por violencia contra las mujeres se deberá
entender una violación de los derechos
humanos y una forma de discriminación
contra las mujeres, y designará todos los
actos de violencia basados en el género que
implican o pueden implicar para las mujeres
daños o sufrimientos de naturaleza física,
sexual, psicológica o económica, incluidas
las amenazas de realizar dichos actos, la
coacción o la privación arbitraria de libertad,
en la vida pública o privada (Convenio de
Estambul, 2011).

Este mismo ordenamiento jurídico establece
en el inciso d) del citado artículo, lo que
se debe entender por violencia contra las
mujeres por razones de género, diciendo
que es toda violencia contra una mujer,
Idalia Patricia Espinosa Leal

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

por el hecho de ser mujer o que afecte a
las mujeres de manera desproporcionada,
entendiendo que el término mujer incluye a
las niñas menores de 18 años. (Convenio de
Estambul, 2011).
III. MARCO NORMATIVO

A continuación enlistaremos de forma
cronológica la evolución en cuanto al marco
jurídico internacional y nacional, surgido
con miras a poner coto a la violencia,
considerando entre ellas también a la de
género y es la siguiente:
3.1 Marco normativo Internacional

1948. La Declaración Universal de los
Derechos Humanos. Con ella se establece
la fundación de la universalidad de los
derechos humanos que comprometió
legalmente a todos los pueblos de todas las
naciones a su respeto. En su artículo primero
señala que todos los seres humanos nacen libres
e iguales en dignidad y derechos y, dotados
como están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los
otros; en el artículo tercero se prevee que todo
individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y
a la seguridad de su persona en condiciones de
igualdad ante la ley y sin distinción; mientras
que en el artículo séptimo dice que todo
individuo tendrá derecho a igual protección de
la ley y contra toda discriminación que infrinja
esta Declaración y contra toda provocación a
tal discriminación (Declaración Universal de
los Derechos Humanos, 1948).

(Informe de la Conferencia mundial del año
internacional de la mujer, 1976).
1976. Pacto Internacional sobre Derechos
Civiles y Políticos. Convenio Internacional
sobre Derechos Culturales, Sociales y
Económicos.
1980. Segundo Conferencia Mundial de
la ONU sobre la Mujer, en Copenhague.
(ONU, 1980a).
1980. Convención para la Eliminación de
Todas las formas de Discriminación contra
la Mujer (CEDAW, siglas en inglés). La
Convención reafirma los principios de la
Declaración Universal de los Derechos del
Hombre y hace énfasis en la erradicación de
todas las formas de discriminación contra
las mujeres. (ONU, 1980b).
1985. Tercera Conferencia Mundial de
la ONU sobre la Mujer, en Nairobi. Esta
conferencia marcó el inicio de un gran
impulso para integrar a la mujer en todos
los aspectos del desarrollo, mediante la
aprobación en concenso de un documento
de estrategias para el adelanto de la mujer.
(ONU, 1985).
1990. La Comisión de la Mujer (CIM
por sus siglas en inglés) publicó las
“Conclusiones y Recomendaciones de la
Consulta Interamericana sobre la Mujer y la
Violencia”.

1990. El Comité de la ONU para Erradicar
1975. Primera Conferencia Mundial de la la Discriminación contra la Mujer
ONU sobre la Mujer, en Ciudad de México. (CEDAW), adopta la “Recomendación
La violencia contra las mujeres: su erradicación como objetivo mundial. PP. 63-78

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

No. 19 sobre la Violencia contra la
Mujer”. Esta recomendación declara que
la violencia contra la mujer es una forma
de discriminación contra ella que refleja y
perpetúa su subordinación, y solicita que
los Estados eliminen la violencia de todas
las esferas. Exige que todos los países que
ratificaron la CEDAW preparen informes
para el Comité de la ONU cada cuatro
años y que incluyan información acerca de
las leyes y la incidencia de la violencia de
género, así como las medidas tomadas para
detenerla y eliminarla.
Es de destacarse que la primera y única
región en el mundo en la que todos los países
han ratificado la CEDAW es Latinoamérica
y el Caribe. Sin embargo, muchos países
todavía no han traducido la CEDAW, ni las
Recomendaciones generales en legislaciones,
ni implementado políticas, ni han adoptado
acciones positivas para eliminar de facto la
discriminación, ni tampoco han cumplido sus
obligaciones.
1990. Conferencia Mundial sobre Derechos
Humanos en Viena, reconoce históricamente
que la violencia contra las mujeres y las niñas
constituye una grave violación de los derechos
humanos.
1993. La Asamblea General de las Naciones
Unidas, aprueba la “Declaración de la
Eliminación de la Violencia Contra la Mujer”,
la cual compromete a todos los miembros de la
ONU y debe ser reforzada internacionalmente
por medio de los comités de tratados relevantes,
incluyendo a la CEDAW. (Resolución de la
Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre

67
de 1993). La Comisión de Derechos Humanos
de la ONU nombró a la primera Informadora
Especial sobre violencia contra la mujer por un
período de tres años lo cual le permite recibir
denuncias e iniciar investigaciones sobre
violencia contra las mujeres en todos los países
miembros de la ONU. Su primer informe es
sobre la situación general sobre violencia de
género, mientras que el segundo se centra en
violencia doméstica y esclavitud sexual.
El 9 de junio de 1994, la Organización de
los Estados Americanos (OEA) adopta a nivel
regional la Convención Interamericana para
Prevenir, Penalizar y Erradicar la Violencia Hacia
las Mujeres (llamada también Convención
de Belem do Para), este nuevo instrumento
internacional reconoce que toda violencia de
género es un abuso de los derechos humanos;
por ello es la pieza central de la legislación
sobre violencia de género en América Latina y
el Caribe, ya que provee el derecho individual
de petición y el derecho a las organizaciones
no gubernamentales de presentar reclamos
ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos. Además, la declaración de la
Eliminación de la Violencia hacia las Mujeres
adoptada por todos los Estados representados en
la Asamblea General de la ONU estipula en el
artículo cuarto que “Los Estados deberán ejercer
debida diligencia para prevenir, investigar y, de
acuerdo con la legislación nacional, penalizar
los actos de violencia hacia las mujeres, sea
que estos actos hayan sido perpetrados por
el Estado o por personas privadas”. Bajo la
Convención, la CIM tiene la responsabilidad
de tomar medidas positivas para el avance de
la implementación del Convenio de Belem do
Para, mientras que la Comisión Interamericana
Idalia Patricia Espinosa Leal

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

de los Derechos Humanos (IACHR) tiene el
poder de dar audiencia a las denuncias contra
los Estados que la han ratificado. ( Cámara de
Diputados, 2012: 108).
1994. La Conferencia Internacional de
Población y Desarrollo, reconoce que los
derechos reproductivos son derechos humanos
y que la violencia de género es un obstáculo
para la salud reproductiva y sexual de las
mujeres, la educación y la participación en el
desarrollo, y hace un llamado a los Estados para
implementar la Declaración de la Eliminación
de la Violencia Contra las Mujeres.
1994. Se aprueba el Programa Regional de
Acción de las Mujeres para América Latina y
el Caribe, 1995-2001 durante la Conferencia
Preparatoria de Mar del Plata, (septiembre 2529, 1994). En la sección V Derechos Humanos,
Paz y Violencia, se determinan tres objetivos:
1) Consolidar el pleno respeto a los derechos
humanos de todas las mujeres de la región con
prioridad en la eliminación de la violencia
basada en sexo, y los derechos de las mujeres
más pobres y mujeres refugiadas, tomando
en cuenta raza y etnia; 2) Promover acciones
que revelen toda forma de violencia hacia las
mujeres, así como acciones que conduzcan a
la eliminación de la violencia; 3) Instruir a los
medios de comunicación sobre el impacto que
tiene la divulgación de una cultura de violencia
con el fin de cambiar las imágenes negativas de
las mujeres.

y afirma que la “violencia hacia las mujeres
es un obstáculo para alcanzar los objetivos de
igualdad, desarrollo y paz, la violencia hacia las
mujeres viola y anula la libertad fundamental y
la de disfrutar sus derechos humanos básicos. El
constante fracaso de los Estados en proteger y
promover estos derechos y libertades tratándose
de violencia hacia las mujeres, este es un tema
que les concierne y debe ser discutido” (NU,
1995). La creciente responsabilidad de los
Estados por la violencia de la sociedad delineada
en la Plataforma de Beijing obliga a los Estados
a condenar y adoptar políticas para eliminar la
violencia hacia las mujeres. Sin embargo, este
tema no se ha abordado adecuadamente en la
implementación de la Plataforma de Acción
en términos de violencia hacia las mujeres en
muchos países en la región de América Latina
y el Caribe.
1996. La Comisión sobre el Estado de la Mujer
(CSW por sus siglas en inglés) considera la
propuesta de crear un protocolo opcional (PO)
para la Convención de la Mujer. El PO-- una
enmienda a la Convención que solicita una
ratificación por parte de los Estados-- es necesaria
para crear un procedimiento de denuncias
individuales que permita a las mujeres desafiar
las políticas y prácticas discriminatorias.
1998. La Comisión de la ONU sobre el Estado
de la Mujer, revisa cuatro secciones claves de
los derechos humanos de la Declaración y la
Plataforma de Acción de Beijing: los Derechos
Humanos de la Mujer, la Violencia contra la Mujer,
la Mujer y los Conflictos Armados, y la Niña.

1995. La Cuarta Conferencia Mundial de la
Mujer de Beijing, dedica una sección entera
de la Plataforma de Acción, Capítulo IV. 1998. La Comisión de Derechos Humanos de
Objetivos Estratégicos y Acciones, D. Par. 112 la ONU revisa en junio la implementación
La violencia contra las mujeres: su erradicación como objetivo mundial. PP. 63-78

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de la Declaración de Viena y el programa de
Acción. Además, marca el quinto aniversario
de la Conferencia Mundial sobre Derechos
Humanos.

una violación a los derechos humanos y una
forma de discriminación contra las mujeres,
desenlazando un daño no solo a la víctima/
sobreviviente, sino al desarrollo económico
y social de los pueblos. En este sentido, esta
En 2011, se fusionan cuatro secciones del Comisión hace un llamado a que los Estados
sistema de las Naciones Unidas: 1. la División implementen leyes que atiendan la violencia
para el adelanto de la mujer, 2. El Instituto contra las mujeres, así como el desarrollo de
Internacional de Investigaciones y capacitación políticas públicas nacionales integrales que se
para la promoción de la mujer, 3. La Oficina enfoquen en la prevención, atención, sanción y
del Asesor Especial en Cuestiones de Género reparación. (ONU Mujeres, 2013: 13)
y adelanto de la mujer y, 4. El Fondo de
Desarrollo de las Naciones Unidas para la 25 de septiembre de 2015. Fecha en que los
mujer. Se fusionaron para convertirse en ONU 193 Estados miembros de la ONU aprobaron
Mujeres, que actualmente es la Secretaría de la la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
Comisión de la Condición Jurídica y Social de del planeta y sus habitantes, con ello se
implementaron los 17 Objetivos de Desarrollo
la Mujer.
Sostenible, y en específico en el Objetivo
La Comisión de la Condición Jurídica y Social 5, se prevee lograr la igualdad de género y
de la Mujer es el principal órgano internacional empoderar a todas las mujeres y las niñas. Para
intergubernamental dedicado exclusivamente lograrlo los Estados miembros se comprometen
a la promoción de la igualdad de género y el a poner fin a todas las formas de discriminación
empoderamiento de la mujer. (ONU Mujeres, s/f). contra todas las mujeres y las niñas en todo
el mundo y a eliminar todas las formas de
2013. La Resolución Final de la 57.ª Comisión violencia contra todas las mujeres y las niñas
sobre la Condición Jurídica de las Mujeres en el ámbito público y privado, incluidas la
(Commission on the Status of Women - CSW, trata y la explotación sexual y otros tipos de
por sus siglas en inglés) celebrada entre el 4 y el explotación. (NU México, 2022).
13 de marzo de 2013. La CSW hace entre otras
recomendaciones a los Estados parte, que en 3.2 Marco normativo nacional
todos los niveles, utilicen todas las medidas de El marco jurídico nacional con el objetivo de
carácter legislativo, político, económico, social prevenir y sancionar la desigualdad y violencia
y administrativo a su alcance para promover y contra las mujeres es el siguiente:
proteger los derechos humanos y las libertades
fundamentales de las mujeres, con el objetivo Constitución Política de los Estados Unidos
de prevenir, investigar, juzgar y sancionar a los Mexicanos, artículos 1, 2, 3, 4, 5, 18, 21, 30 y 41.
agresores y brinden protección y atención a las
mujeres víctimas/ sobrevivientes. Esta Comisión Ley Federal para Prevenir y Eliminar la
reconoce que la violencia contra las mujeres es Discriminación. Esta ley es reglamentaria del
Idalia Patricia Espinosa Leal

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

debido a su género, entre otros aspectos
protegidos; además con la reforma del
2019, se preveen protocolos de obligación
Ley General para la Igualdad entre Mujeres y para el patrón con la intención de prevenir
Hombres. Fue promulgada el 2 de agosto de la discriminación por razones de género y
atención de casos de violencia y acoso u
2006.
hostigamiento en el lugar de trabajo.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una
Vida Libre de Violencia. Adoptada el 1 de Legislación nacional sobre la protección de
febrero de 2007 y su última reforma fue el la maternidad y el empleo:
18 de febrero de 2021.
Ley del Seguro Social. Esta Ley establece una
Código Penal Federal. Con la reforma serie de beneficios y de requisitos mínimos
promulgada el 14 de junio de 2012 mediante para la prestación de atención médica
el “Decreto de 2012”, se introdujo la figura durante el embarazo y su cuarentena, así
del feminicidio, discriminación, delitos como prestaciones de maternidad.
contra o relacionados con los derechos
reproductivos, delitos sexuales, violencia Ley de Asistencia Social. El objetivo de esta
familiar, entre otros tipos de violencia Ley es prestar asistencia social a quienes por
de género, así como los compromisos su condiciones físicas, mentales, jurídicas,
económicas o sociales requieran de
internacionales asumidos por México.
servicios especializados para su protección.
Ley Ingrid. Se trata de una modificación al Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015
Código Penal de la Ciudad de México para en Igualdad Laboral y No Discriminación.
que las personas que filtren información, Reglamento Federal de Seguridad y Salud
fotografías o vídeos de las víctimas que en el Trabajo
causen mayor daño o revictimización, sean
sancionados con hasta ocho años y dieciséis Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-217años de prisión para los funcionarios públicos. SE-2020 “Prestación de servicios de refugios
para mujeres en situación de violencia
Ley Olimpia. Se refiere a un conjunto de familiar extrema y/o por razones de género
reformas legislativas destinadas a reconocer y en su caso sus hijas e hijos-criterios y
la violencia digital y a sancionar los delitos verificación”
que violen la intimidad sexual de las personas
a través de medios digitales, también Entre otras Leyes Federales que Constituyen
a Institucionalizar la Violencia de Género,
conocida como violencia cibernética.
como Ley General de los Derechos de
Ley Federal del Trabajo. Desde el año 2012 se Niñas, Niños y Adolescentes, etc. (Hogan
prohíbe a los patrones rechazar a empleados Lovells, 2021: 14-37).
Artículo 1 de la Constitución Mexicana y fue
promulgada en junio del 2003.

La violencia contra las mujeres: su erradicación como objetivo mundial. PP. 63-78

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

IV. CLASES DE VIOLENCIA
La violencia de género puede expresarse
mediante la discriminación en distintos niveles
(político, institucional, laboral, personal),
presentando posibilidades de daño o daño
efectivo, ya sea físico, (como el acoso sexual, la
violación, el tráfico de mujeres para prostitución,
la utilización del cuerpo femenino como
objeto de consumo, la segregación basada en
ideas religiosas y todas las formas de maltrato
físico), psicológico, emocional, social, sexual o
patrimonial, en un contexto particular o social
(Convención de Belem do Pará, 1994).

71
sexual, psicológica y patrimonial (OMS, 2002:
6).
Violencia física: es todo acto de fuerza que
causa daño, dolor o sufrimiento físico en las
personas agredidas cualquiera que sea el medio
empleado y las consecuencias que traiga. Sin
que se considere el tiempo que necesita la
víctima para su curación y recuperación. La
violencia física no se refleja solamente con
huellas externas, ya que puede ocasionar
lesiones en el interior del organismo, que no
dejan huellas a simple vista; por ejemplo:
golpes de puño, patadas, quemaduras, heridas
con armas corto-punzantes, mordeduras,
cachetadas, etc. (Hogan Lovells, 2021).

La violencia de género se presenta como: 1.
Violencia doméstica, y 2. Violencia familiar, ésta
no solamente incluye la violencia hacia la mujer Violencia psicológica: es toda acción u omisión
sino a la población más vulnerable como lo son que causa daño, dolor, perturbación emocional,
los infantes y las personas de la tercera edad.
alteración psicológica o disminución de la
autoestima de la mujer o el familiar agredido,
Al hablar de violencia doméstica, no se refiere es también la intimidación o amenaza que
al espacio físico del hogar, sino al delimitado en infunda miedo o temor a sufrir un mal grave e
las relaciones privadas, por lo que de esta forma inmediato en su persona, o en la de sus padres,
puede incluirse las relaciones de noviazgo o de hijas, hijos, o parientes; es toda conducta que
pareja o de ex-parejas, con o sin convivencia cause daño a la estima de la persona agredida.
en el mismo domicilio.
Ejemplo de esto son: insultos, amenazas, críticas,
humillaciones, chantajes, ridiculización o
El objetivo de la manifestación de la violencia indiferencia. (Hogan Lovells, 2021).
en todos los casos es el mismo, ejercer control y
dominio sobre la mujer para perpetrar el poder Violencia sexual: es toda acción mediante la
del varón en la relación. Existe una clasificación cual se imponga y obligue a una persona a
general de la violencia: 1) La auto-inflingida tener relaciones u otras prácticas sexuales con
(comportamiento suicida y autolesiones),
el agresor o con terceras personas mediante el
2) Interpersonal: esta incluye familia/pareja uso de la fuerza física, intimidación, amenazas,
(menores, ancianos y pareja) y comunidad agresiones o cualquier otro medio coercitivo.
(amistades, extraños) y 3) Colectiva: abarca Son manifestaciones de este tipo de violencia:
los ámbitos social, político y económico. La las infecciones vaginales, los problemas
naturaleza de la violencia puede ser: física, ginecológicos, las enfermedades de transmisión
Idalia Patricia Espinosa Leal

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

sexual, los embarazos no deseados, los abortos.
Este tipo de violencia ocurre con frecuencia en
la relación de pareja a pretexto del llamado
“debito conyugal”.

Fase de acumulación de tensiones:
caracterizada por el aumento de la tensión,
las personas se ofuscan sin motivo, se
producen incidentes y agresiones menores.
En esta fase la violencia se expresa
con sutiles menosprecios, indiferencia,
ira contenida, sarcasmos, exigencias
irrazonables o manipuladoras. Las mujeres
tratan de evitar que los incidentes se agraven
y para ello, llegan a adherirse a algunos
de los razonamientos del agresor, intentan
llegar a acuerdos, que casi siempre son
desventajosos para ella, con el fin de evitar
un mayor enojo. (Gobierno de la República,
s/f).

Violencia económica o patrimonial:
coarta la libertad física porque impide
a la mujer el ejercicio de su libertad de
movimiento y acción; consiste en privar
a la mujer de los medios económicos
de subsistencia para ella y sus hijos o de
afectarla patrimonialmente; por ejemplo
vender los bienes sin consentimiento de
la mujer, negarle o privarle de los recursos
económicos para el sostenimiento de los
hijos, quitarle el sueldo o el dinero. (Hogan
Lovells, 2021; Ley General de Acceso de las Fase de explosión violenta o del incidente
Mujeres a una Vida Libre de Violencis, art. agudo: se caracteriza porque la persona que
6).
arremete pierde el control, explota y castiga
a su víctima; el agresor tiene la intención
Violencia doméstica o intrafamiliar es uno de “enseñar” o de “dar una lección a la
de los problemas más complejos y antiguos mujer” y para ello el camino escogido es la
con los que la sociedad todavía no ha agresión física, psicológica o sexual, o todas
encontrado una forma de solución definitiva, juntas. Posteriormente a la agresión las
puesto que afecta no sólo a las mujeres que mujeres se sienten impotentes, débiles, con
son objetos de ella, sino también a sus hijos la autoestima disminuida y no saben cómo
actuar, suelen encerrarse en sí mismas, al
y a la sociedad en general. (INEGI, 2008).
Lo que genera conductas violentas en menos por un tiempo y solo después buscan
las relaciones familiares o de pareja, algún tipo de ayuda.
regularmente es la inequidad de poder,
porque esto genera que un miembro de la Fase de reconciliación: se caracteriza por el
familia o pareja tenga el dominio sobre el arrepentimiento del agresor quien presenta
un comportamiento cariñoso; es una fase
otro.
de manipulación afectiva, a la persona
V. FASES DE LA VIOLENCIA
que agredió le pide perdón, llora, promete
cambiar y asegura que esa será la última
La violencia tiene tres fases diferenciadas y vez que ocurra algo así. En este momento
el agresor recurre a cualquier ayuda externa
se repiten constantemente:
para retener a la mujer, busca principalmente
La violencia contra las mujeres: su erradicación como objetivo mundial. PP. 63-78

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

la intervención de los familiares; si ella lo
ha abandonado, él hará lo que sea para
que ella vuelva. Por lo general la agredida
cree que él cambiará. Se produce una
especie de recompensa, una etapa de “paz
y tranquilidad”, él se mostrará amable y
bondadoso, ayudará incluso en las tareas
del hogar. Una vez pasado el hecho violento
empieza de nuevo la irritabilidad, la tensión
aumenta, acaba la fase de la reconciliación
y se inicia un nuevo ciclo de la violencia.
(Gob. De la Rep., s/f).
VI. ESTADÍSTICAS
La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de
las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), es

la principal fuente de información sobre
la situación de la violencia que viven las
mujeres en nuestro país; cuenta con 5
ediciones (2003, 2006, 2011, 2016 y 2021,
en esta encuesta se analiza la prevalencia y
gravedad de la violencia que han enfrentado las
mujeres de 15 años y más por tipo de violencia
(psicológica, física, sexual, económica o
patrimonial) y ámbito de ocurrencia (escolar,
laboral, comunitario, familiar y de pareja). Con
base en la ENDIREH y comparando las últimas
dos ediciones, la del año 2016 con la actual
del 2021, se desprende que la tendencia de la
violencia va en aumento (ENDIREH, 2021, 26).
EL INEGI, en el año 2016 por medio de la
encuensta de referencia reportó que 66.1%
de las mujeres en nuestro país habían sufrido
violencia en algún momento de su vida
(ENDIREH, 2016). Esta misma institución,
para el año 2021 (ENDIREH, 2021), reporta
un aumento en este tipo de delito, estima

que, de un total de 50,5 millones de mujeres
mexicanas de 15 años y más, el 70.1% ha
vivido al menos una situación de violencia en
su vida. De estos porcentajes se advierte un
aumento considerable en la proliferación
de la violencia contra las mujeres. Resulta
alarmante el reporte que actualmente se ha
realizado, donde se refleja que en México siete
de cada diez mujeres han sufrido algún tipo de
violencia en su vida (EFE, 2022), y que el 80%
de las situaciones de violencia comienza entre
el noviazgo y el tercer año de vivir en pareja.
Esto no es un problema local, es un problema
de Salud Pública mundial, por ello la ONU ha
puesto en su agenda para el año 2030, como
uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible,
en concreto en el objetivo 5, lograr la igualdad
de los géneros y empoderar a todas las mujeres
y las niñas (ONU, 2015).
VII. CONSECUENCIAS
Las mujeres que viven violencia experimentan
una sensación de profunda injusticia,
incomprensión, soledad, baja autoestima, entre
otros males. Por otra parte, el maltrato familiar
también trae consigo pérdidas económicas para
el país, debido a que las mujeres no pueden
contribuir de lleno con su labor creativa
si están agobiadas por las heridas físicas y
psicológicas del abuso. Si la mujer que fue
víctima de violencia, decide entablar juicio
de denuncia vive procesos de inestabilidad
emocional y económica, además de amenazas
de los familiares del agresor. Los síntomas
que se presentan en una mujer que sufre la
violencia son: depresión, ansiedad, insomnio,
poco bienestar psicológico y deseo de suicidio
(MINGOTE et al., 2001).
Idalia Patricia Espinosa Leal

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Los maltratos físicos siempre comienzan
con los psíquicos, un maltratador psíquico
reincidente se convierte en un maltratador
físico. Los indicadores de presencia de
violencia psicológica en una víctima
“es cualquier acto u omisión que dañe
la estabilidad psicológica, que puede
consistir en: negligencia, abandono, descuido
reiterado, celotipia, insultos, humillaciones,
devaluación,
marginación,
indiferencia,
infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo,
restricción a la autodeterminación y amenazas,
las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al
aislamiento, a la devaluación de su autoestima e
incluso al suicidio”. (Ley General de Acceso de
las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, art,
6 fracc. I).

Este tipo de delito debe ser tratado
preventivamente, se ofrece como respuesta por
parte de la Ley de Prevención y Atención Integral
de la Violencia Familiar en el Estado de Nuevo
León, tres tipos de prevenciones, establecidas
en el artículo 2, fracción VIII. Prevención: a)
Primaria: acciones de educación, orientación,
información y difusión encaminadas a evitar
que se presente el problema; b) Secundaria:
acciones encaminadas a limitar el daño,
detección temprana, diagnóstico oportuno
y manejo adecuado; y c) Terciaria: acciones
encaminadas a evitar que el problema afecte a
otros miembros de la familia y la comunidad,
así como el manejo de las consecuencias e
incluye la rehabilitación (Ley de Prevención y
Atención Integral de la Violencia Familiar en el
Estado de Nuevo León, 2006).

VIII. CONCLUSIONES

Como pudimos notar la violencia contra
la mujer ha ido en aumento, esto refleja la
necesidad urgente de la implementación
de políticas públicas que permitan frenar
este flagelo. Aunque también es importante
cuestionar las bases mismas de la sociedad
en la que hemos nacido, porque es tarea de
todos cambiar la conciencia social, respecto
a la forma en que es apreciada la mujer, del
rol que tiene ella en la sociedad.
Así mismo, podemos prevenir la violencia
mediante la aplicación de medidas
preventivas, iniciando con una educación
inclusiva desde la infancia; y para los
de edad adulta, por ejemplo, cuidar del
vocabulario que se emplea para hablarle
a una mujer, eliminando palabras de
desprecio, humillación, prepotencia…, ya
que es en este ámbito donde se inicia con
la violencia, pues su corrección y cuidado
puede reportar beneficios importantes y
duraderos.
Como la violencia de género se presenta
tanto en el ámbito privado como público, y
en todos los aspectos donde esté involucrado
el sexo femenino, provoca un desequilibrio
social, dando como resultado ser un asunto
de salud pública. La violencia hacia la mujer
se presenta por la desigualdad de poderes
de género, misma que hay que frenar para
que esta ideología no se siga transmitiendo
de generación en generación; es necesario
hacer un proceso de reflexión profundo y de
preparación para ejercer el derecho que tiene
la mujer a vivir una vida libre de violencia.

La violencia contra las mujeres: su erradicación como objetivo mundial. PP. 63-78

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social, mal universal”. Cátedra Iberoamericana de
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Velazco” No. 4. Serie “Estudios sociales”.

—
Idalia Patricia Espinosa Leal
Afiliación: Hankuk University of Foreign Studies
Universidad Pablo Olavide de Sevilla. España,
Docente en Hankuk university of foreign studies.
Seúl. Corea.

Idalia Patricia Espinosa Leal

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CRIMINOLÓGICOS

La violencia contra las mujeres: su erradicación como objetivo mundial. PP. 63-78

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La conducta criminal y su relación con el sistema límbico

Criminal behavior and its relationship with the limbic system
Manuel Othón Martinez Caudillo*

Recibido: 29-08-2022
Aceptado: 17-11-2022

Resumen

Límbico, pues este sistema regula las emociones, los

La conducta de un individuo es consecuencia de una

neurotransmisores y gran parte de la conducta humana.

gama de circunstancias que merecen ser examinadas y

En la elaboración de esta investigación cualitativa

en particular cuando hablamos de la conducta criminal,

se aplicó el método teórico-documental a través de

pues estos sujetos poseen una condición especial que los

instrumentos como la exploración y análisis documental,

motiva a realizar actos que un individuo sin mencionada

mediante lo cual se obtuvo como resultado la necesidad

condición realizaría. Ciertamente, el contexto familiar,

de la interacción de la criminología con las neurociencias

social y afectivo en el que se desarrollan estas personas

con la finalidad de lograr un adecuado abordaje y mejor

desde su infancia es esencial para su comportamiento,

conocimiento de la conducta criminal.

sin embargo, existen otros elementos concluyentes que
los incita a realizar acciones inconcebibles para el ser

Palabras clave: Conducta criminal, desviada, delictiva,

humano, entre ellos el orgánico, pudiendo ser este el

sistema límbico.

deterioro o disfunción de alguna área cerebral. En el
comportamiento criminal, un área primordial para la

Abstract

comprensión de esta conducta desviada es el Sistema

The conduct of an individual is a consequence of a
range of circumstances that deserve to be examined
and when we talk about criminal conduct, since these

Cómo citar
Martinez Caudillo, M. O. La conducta criminal
y su relación con el sistema límbico: Criminal
behavior and its relationship with the limbic system.
Constructos Criminológicos, 3(4). Recuperado a
partir de https://constructoscriminologicos.uanl.mx/
index.php/cc/article/view/39

subjects have a special condition that motivates them to
perform acts that an individual without such a condition
would perform. Certainly, the family, social and affective
context in which these people develop from their
childhood is essential for their behavior, however, there
are other conclusive elements that incite them to perform

*https://orcid.org/0000-0002-3136-382X
Universidad Autónoma de Nuevo León

actions inconceivable to the human being, including the
organic, this may be the deterioration or dysfunction of

�80

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

una estrecha relación entre los comportamientos
understanding this deviant behavior is the Limbic System, agresivos y la exposición al estrés durante las
as this system regulates emotions, neurotransmitters, etapas críticas de desarrollo neurológico, los
and much of human behavior. In the elaboration of this cambios físicos y las enfermedades mentales,
qualitative research, the theoretical-documentary method lo cual se basa principalmente en los procesos
was applied through instruments such as the exploration biológicos y sociales que influyen en el desarrollo
and documentary analysis, through which the need for psíquico de una persona.
some brain area. In criminal behavior, a primary area for

the interaction of criminology with neurosciences was

Las causas de la conducta antisocial pueden
better knowledge of criminal behavior.
explicarse desde diferentes enfoques; en
este sentido, son de gran interés la biología
Key words: Criminal, deviant, criminal, limbic system.
y genética, donde dichas causas se exponen
en relación con factores hereditarios,
mutaciones
genéticas,
toxicidad
por
1. INTRODUCCIÓN
drogas, alteraciones en la producción de
neurotransmisores y traumatismos que
El crimen intriga al ser humano. En ocasiones afectan al sistema nervioso.
nos atrae, en otras nos causa repulsión y en
algunas otras nos provoca ambas reacciones. Por otra parte, las ciencias sociales, a través
Los delitos pueden provocar miedo, en especial de la criminología, analizan la etiología de
cuando pensamos que lo que le sucedió a una este tipo de conductas mediante un enfoque
víctima podría ocurrirnos a nosotros o a alguno multidisciplinar que evalúa la interacción de
de nuestros seres queridos.
factores biopsicosociales donde se elaboran
modelos de prevención y readaptación de
Las noticias sobre el secuestro de un niño o los individuos con tendencias antisociales,
incluso un intento de secuestro, ponen a los aportando datos que permitan conocer las
padres de familia en estado de alerta máxima. causas que los llevaron a cometer el acto
Los delitos también causan indignación, como delictivo y si estas causas pueden eximirlo de
cuando un miembro querido de una comunidad responsabilidad desde el punto de vista penal y
es brutalmente asesinado, o cuando una persona dan pie a su reinserción en la sociedad.
o un animal son víctimas de abuso despiadado,
o cuando se ha hecho mal uso de los datos de Este artículo tiene como objetivo presentar
la tarjeta de crédito de alguien, o cuando se información de aquellos estudios que se centran
despoja a una persona de los ahorros de toda en la alteración de los circuitos neuronales que
su vida mediante esquemas fraudulentos.
median la respuesta de agresión y que conllevan la
aparición de conductas violentas desadaptativas.
Hablar de comportamiento agresivo o violento es
referirse a la comisión de un acto intencional con el Los estudios muestran que las principales
fin de ocasionar daño físico a otro individuo. Existe disfunciones neuropsicológicas vinculadas
obtained as a result to achieve an adequate approach and

La conducta criminal y su relación con el sistema límbico. PP. 79-94

�81

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

con las conductas agresivas se relacionan
con alteraciones estructurales en el complejo
nuclear amigdalino y en la corteza prefrontal.
También destacan alteraciones funcionales en
la conectividad –fascículos de asociación– de
estas dos regiones que median el sistema de
respuesta de agresión reactiva, así como de
redes frontoparietales.
Estas alteraciones se registran en personas
con mayor tendencia a respuestas agresivas,
en trastornos mentales como el trastorno
de personalidad antisocial, o el trastorno
explosivo intermitente, así como en casos de
daño cerebral sobrevenido y enfermedades
neurodegenerativas como la demencia frontotemporal.
Para lograrlo se realizó una investigación
cualitativa donde se aplicó el método teóricodocumental a través de instrumentos como la
exploración y análisis documental, mediante
lo cual se obtuvo como resultado la necesidad
de la interacción de la criminología con las
neurociencias con la finalidad de lograr un
adecuado abordaje y mejor conocimiento de la
conducta criminal.
De esta manera intentamos responder la
pregunta ¿existe una relación entre la conducta
criminal y el sistema límbico?
Nuestra aproximación tiene como ventajas el
análisis de los estudios realizados en relación
con la alteración o disfunción del sistema
límbico y la conducta criminal.
Cada vez está más claro que nunca vamos a
resolver el problema de los delitos violentos si

no abordamos el vínculo entre el daño cerebral
y el comportamiento delictivo.
2. JUSTIFICACIÓN
La criminología clínica, es una rama de la
Criminología que nos permite identificar aspectos
biológicos que nos dará la pauta para profundizar
en el estudio y comprensión de la conducta
desviada, criminal o antisocial.
Esta investigación es importante porque permite
conocer, tanto a los operadores de justicia y
seguridad, tanto al criminólogo en general,
así como cualquier lector interesado en este
campo, es decir, este dentro o no del área de la
criminología y, conozca o no de esta ciencia, le sea
fácil comprender, cómo este tipo de alteraciones
anatómico-funcionales pueden llegar a provocar
este tipo de conductas que afectan a la sociedad.
El tema de las alteraciones anatomo fisiológicas
o anatomo neurofisiológicas, permitirá la
comprensión e importancia de la alteración de la
conducta, toda vez que un mal funcionamiento
de estas áreas neurológicas, particularmente el
sistema límbico, ya sea por situaciones congénitas
—es decir, de nacimiento—, o por tratamiento —
es decir, por cirugías—, o por algún traumatismo
—es decir, por algún accidente—, pudieran
lesionarse alguna de estas áreas, reflejando una
alteración muy marcada en la conducta de un
individuo, pudiendo convertirla de una
normal o habitual sin ningún antecedente de
violencia,a una conducta sumamente violenta
e inclusocriminal.
Por tal motivo, el conocimiento de la relación
entre la conducta criminal y el sistema límbico,
a través de la criminología clínica, permitirá
considerar otras posibles causas de este tipo de
conductas.
Manuel Othón Martinez Caudillo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

3. ASPECTOS GENERALES DE LA
CONDUCTA CRIMINAL

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relación con factores hereditarios, mutaciones
genéticas, toxicidad por drogas, alteraciones
en la producción de neurotransmisores y
El crimen intriga al ser humano. En ocasiones traumatismos que afectan al sistema nervioso.
nos atrae, en otras nos causa repulsión y en
algunas otras nos provoca ambas reacciones. Por otra parte, las ciencias sociales, a través
Los delitos pueden provocar miedo, en especial de la criminología, analizan la etiología de
cuando pensamos que lo que le sucedió a una este tipo de conductas mediante un enfoque
víctima podría ocurrirnos a nosotros o a alguno multidisciplinar que evalúa la interacción de
de nuestros seres queridos.
factores biopsicosociales donde se elaboran
modelos de prevención y readaptación de
Las noticias sobre el secuestro de un niño o los individuos con tendencias antisociales,
incluso un intento de secuestro, ponen a los aportando datos que permitan conocer las
padres de familia en estado de alerta máxima. causas que los llevaron a cometer el acto
Los delitos también causan indignación, como delictivo y si estas causas pueden eximirlo de
cuando un miembro querido de una comunidad responsabilidad desde el punto de vista penal y
es brutalmente asesinado, o cuando una persona dan pie a su reinserción en la sociedad.
o un animal son víctimas de abuso despiadado,
o cuando se ha hecho mal uso de los datos de Los estudios muestran que las principales
la tarjeta de crédito de alguien, o cuando se disfunciones neuropsicológicas vinculadas
despoja a una persona de los ahorros de toda con las conductas agresivas se relacionan
con alteraciones estructurales en el complejo
su vida mediante esquemas fraudulentos.
nuclear amigdalino y en la corteza prefrontal.
Hablar de comportamiento agresivo o También destacan alteraciones funcionales en
violento es referirse a la comisión de un acto la conectividad “fascículos de asociación” de
intencional con el fin de ocasionar daño físico estas dos regiones que median el sistema de
a otro individuo. Existe una estrecha relación respuesta de agresión reactiva, así como de
entre los comportamientos agresivos y la redes frontoparietales.
exposición al estrés durante las etapas críticas
de desarrollo neurológico, los cambios físicos Estas alteraciones se registran en personas
y las enfermedades mentales, lo cual se basa con mayor tendencia a respuestas agresivas,
principalmente en los procesos biológicos y en trastornos mentales como el trastorno de
sociales que influyen en el desarrollo psíquico personalidad antisocial, o el trastorno explosivo
intermitente, así como en casos de daño cerebral
de una persona.
sobrevenido y enfermedades neurodegenerativas
Las causas de la conducta antisocial pueden como la demencia fronto-temporal.
explicarse desde diferentes enfoques; en
este sentido, son de gran interés la biología y Cada vez está más claro que nunca vamos a
genética, donde dichas causas se exponen en resolver el problema de los delitos violentos si
La conducta criminal y su relación con el sistema límbico. PP. 79-94

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no abordamos el vínculo entre el daño cerebral
y el comportamiento delictivo.
Desde siempre, el debate en la criminología
es si el delincuente violento constituye un tipo
especial de criminal. Los autores han tratado
de hallar una clasificación de los distintos tipos
de delincuentes. Incluso en épocas de Platón y
Aristóteles, una descripción de la personalidad
y características de aquellos que se apartaban
de las elementales normas de convivencia fue
objeto de ensayos para encontrar una tipología
que permitiera identificar y pronosticar el
comportamiento delictivo (Moyano Tello, 2019,
p. 10).
Análogamente, en esta misma línea de factores
que predisponen al individuo, el autor Lombroso,
mantuvo la idea de una tipología criminal, la
cual responden a rasgos en la fisionomía del
individuo y que, por tanto, lo predisponen a
cometer dichas conductas desviadas. Asimismo,
para Garofalo, de igual forma que Lombroso,
sostuvo la existencia de personalidades en las
que aparecía una clara tendencia hacia el mal,
asociándolas con anomalías craneales y rasgos
fisionómicos característicos observables. Sin
embargo, Garofalo, mencionaba con mayor
firmeza la predisposición del tipo psicológico
hacia conductas desviadas, no asociada con
rasgos físicos, que en parte podía ser heredada
y en parte aprendida en la primera infancia.
Para este autor, las motivaciones para cometer
un crimen u otro tipo de desviación provienen
de “anomalías morales” (Sepúlveda Ponce &amp;
García Martínez, 2020, p. 15).

83
aplica específicamente a la conducta criminal.
El incremento de la violencia a nivel global, así
como de los delitos y actos criminales, recibe
ya atención prioritaria.
Es así como la Convención Anual de Psiquiatría,
APA -American Psiquiatric Association-,
realizada en Pensilvania en el 2002, estudió
la relación de los trastornos mentales con
la violencia y la conducta agresiva. Otras
profesiones, gobiernos, países y organizaciones,
como la Organización Mundial de la Salud se
han visto obligados a atender urgentemente
el fenómeno dado su amenazante y constante
incremento.
No creemos que la biología pueda darnos la
explicación total a la conducta criminal, pero
igualmente creemos que es obligatorio que todo
profesional del campo de las Ciencias Sociales
se actualice en estos nuevos descubrimientos e
hipótesis, por cuanto es objetivo y competente
reconocer aquellas condiciones fisiológicas,
neurológicas, cromosómicas y anatómicas
que puedan determinar algunos de los muchos
casos de conducta criminal.

Enrico Ferri, construyó una teoría de
predisposición biológica y sociológica muy
completa, puesto que él planteó una teoría
multifactorial de las desviaciones, donde
sostiene y afirma que el crimen es el resultado
de factores biológicos, es decir, la herencia y
la constitución biológica, junto con factores
ambientales físicos, como el clima, la estación
del año, etc. Por otro lado, para este autor
también hay una incidencia de factores sociales,
Existen muchas causas para la conducta como lo son la densidad de la población,
humana en toda su diversidad, y lo mismo migraciones, pobreza y otros aspectos del
Manuel Othón Martinez Caudillo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

ambiente social que coexisten (Sepúlveda variables principales del crimen “contemplado
Ponce &amp; García Martínez, 2020, p.14).
éste como problema individual y como
problema social”, así como sobre los programas
La sociedad hoy más que nunca influye de forma de prevención eficaz del mismo, las técnicas de
decisiva en el comportamiento del sujeto. El intervención positiva en el hombre delincuente
llamado proceso de socialización es inherente y los diversos modelos o sistemas de respuesta
en cada sujeto y trasciende socialmente. No se al delito (García Pablos de Molina, 2007, p. 45).
puede hablar de sociedad sin considerar a un
individuo y es inevitable expresar el carácter Lo que ubica a un estudio dentro de la
social de cada sujeto. De tal forma que el Criminología Clínica es su objetivo: la
binomio: individuo-sociedad es indisoluble observancia y el análisis profundo de casos
individuales, normales, anormales o patológicos,
(Trujillo Mariel, 2017, pp. 71-72).
la búsqueda multidisciplinaria de explicaciones
De ahí que las condiciones socioeconómicas al caso individual, a fin de conocer la génesis de
y culturales que afectan al antisocial como ser su conducta delictiva y aplicarle un tratamiento
biopsicosocial hacen que la criminología se personalizado, procurando su reinserción a
nutra de varias disciplinas para poder entender la sociedad y poniendo los recursos sociales a
el fenómeno criminológico.
favor de ello (Rodríguez Jorge, 2016, p. 12).
3.1 Generalidades de la Criminología
La
Criminología
es
una
ciencia
“Multidisciplinaria”, porque a su formación
concurren otras ciencias “fundamentalmente:
la Biología, la Sociología y la Psicología”;
es “Interdisciplinaria”, porque ella realiza la
unificación de los aportes de esas ciencias en
la síntesis integrativa del saber criminológico;
y, además, es “causal explicativa”, porque esa
síntesis está dirigida a establecer y explicar
causas o factores de la delincuencia.
El autor Antonio García Pablos de Molina define
a la Criminología “como ciencia empírica e
interdisciplinaria, que se ocupa del estudio del
crimen, de la persona del infractor, la víctima y
el control social del comportamiento delictivo,
y trata de suministrar una información válida,
contrastada, sobre la génesis, dinámica y

Durkheim estableció que los factores sociales
predisponentes no actúan por sí solos, que
estos se encuentran unidos a características
personales o tendencias biopsíquicas, tales
como el egoísmo o el altruismo, aunque él los
considerara fuera del actor y del acto desviado
y por consiguiente encadenados a la estructura
social y cultural. Más tarde, este mismo autor
ha reconocido la existencia de factores causales
que predisponen al individuo a la realización
de conductas desviadas, dichos factores están
incorporados a la estructura y constitución de
la personalidad los cuales se integran con otras
capacidades y mecanismos biofisiológicos
significativos en el aprendizaje en general y
de manera muy particular en la elaboración
de comportamientos desviados, cosa que no
depende de la evaluación que la sociedad le
otorgue a ciertas conductas (Sepúlveda Ponce &amp;
García Martínez, 2020, p. 13).

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4. COMPORTAMIENTO AGRESIVO

describirse como explosivo, con nuevos
descubrimientos que se publican casi a
La conducta agresiva es reconocida como diario.
la tendencia a dañar, destruir, contrariar,
humillar, entre otras acciones que conllevan Estos hallazgos a menudo son producidos
a la afectación de la integralidad de una por tecnologías muy avanzadas, tecnologías
persona, uno mismo o un objeto (Silva que, a un nivel amplio, permiten a los
Fernández, 2021, et al, p.2).
científicos ver el cerebro en acción y en
condiciones experimentales. Esta misma
Se considera que la conducta agresiva es tecnología ahora también permite a los
resultado de la interacción de diversos científicos medir directamente la actividad
factores entre sí. Entre ellos destacan de las células cerebrales y la fuerza e
la relación entre impulsos agresivos integridad de las conexiones entre estas.
y reactividad emocional a estímulos Nunca en la historia de la humanidad los
ambientales, agregando una deficiencia de científicos habían tenido estas herramientas
los mecanismos inhibitorios de control, que a su disposición.
como consecuencia manifiestan conductas
violentas.
Los criminólogos que alguna vez estuvieron
comprometidos principalmente con las
En este sentido, ciertas estructuras límbicas explicaciones sociológicas del crimen están
como las áreas ventromediales del comenzando a incorporar muchos de estos
hipotálamo, la corteza órbito-frontal y los hallazgos en su comprensión de la conducta
lóbulos frontales y temporales se consideran criminal.
como reguladoras de la conducta agresiva.
Estas áreas también interactúan activamente Básicamente, el comportamiento agresivo
con neurotransmisores tales como la está relacionado con diversos sistemas de
serotonina, la noradrenalina y la dopamina, neurotransmisores. Entre ellos, el sistema
las cuales desempeñan un papel muy dopaminérgico que se encarga de modular
importante en el desarrollo de la conducta las respuestas al medio ambiente y, por
tanto, se relaciona profundamente con la
violenta.
agresividad.
La neurociencia moderna ha logrado
avances significativos y, a veces, dramáticos Se ha determinado que la alteración genética
en la comprensión de cómo el cerebro y el de los receptores de dopamina está implicada
sistema nervioso central están implicados en la respuesta de agresividad. La función
en una variedad de comportamientos de estos receptores trae consecuencias
problemáticos, criminales y adictivos. De metabólicas que repercuten en el aumento
hecho, el crecimiento de los hallazgos de calcio intracelular. Estas concentraciones
neurocientíficos modernos solo puede
de calcio provocan una hiperactividad de
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CRIMINOLÓGICOS

las neuronas dopaminérgicas, las cuales teniendo gran importancia en las respuestas
desempeñan un papel importante en la agresivas del sujeto. Asimismo, desempeña
conducta agresiva.
un papel crucial en la capacidad de los
sujetos de regular las emociones negativas.
El comportamiento agresivo está regulado
por un complejo circuito neuronal que La palabra límbico significa borde o margen
involucra varias áreas corticales y varias y antes el sistema límbico se utilizaba
estructuras subcorticales. Estas estructuras vagamente para incluir un grupo de estructuras
están extensamente interconectadas que se encuentran en la zona límite entre la
“ascículos de asociación” por lo que la corteza cerebral y el hipotálamo.
actividad de cada de una de ellas tiene
repercusión en las demás. En el siguiente Este sistema ha sido considerado siempre
apartado conoceremos mejor la función como un complejo de estructuras de
específica de las áreas más significativas.
transición situada entre un primitivo cerebro
subcortical visceral y una cortical más
4.1 Sistema Límbico
evolucionada.
El sistema límbico desempeña
un
papel importante en las conductas
autorreguladoras en las que se incluirían las
memorias personales, las emociones, y las
conductas espaciales y sociales.

Las estructuras límbicas de importancia
primaria son la amígdala “complejo
nuclear amigdalino”, el bulbo olfativo, el
hipocampo, el hipotálamo y el septum.
El sistema límbico es un grupo
interconectado a través de los fascículos
de asociación de las estructuras corticales
y subcorticales dedicado a vincular los
estados de la emoción visceral con la
cognición y el comportamiento. Así, este
sistema tan complejo está formado por
diversas estructuras que se conectan entre
sí.

La amígdala, estructura
subcortical
que forma parte del sistema límbico,
situada en la zona interna de los lóbulos
temporales mediales, está implicada en el
comportamiento emocional y motivacional,

El término “límbico” fue introducido
inicialmente por Thomas Willis en 1664
para designar una frontera cortical rodeando
el tronco del encéfalo (limbo: ‘frontera’
en latín), recientemente se ha usado con
mucha frecuencia, para indicar un número
cada vez mayor de las regiones dedicadas

La conducta criminal y su relación con el sistema límbico. PP. 79-94

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a una amplia gama de funciones (Saavedra 4.2.2 Estructuras subcorticales
Torres, 2015, et al, p.30).
a) Hipotálamo

La primera persona que habló del sistema
límbico como tal, fue Paul Broca, refiriéndose
a este como “el gran lóbulo límbico”. Broca
situó este sistema cerca de la glándula
pineal. Su nombre proviene precisamente
de ahí, porque tal sistema marca el “limbo”
o borde con esta glándula, además de con
otras estructuras.

Se trata de una pequeña estructura formada
por una gran cantidad de núcleos y fibras.
Se ocupa del sistema nervioso autónomo y
del endócrino; concretamente, se encarga
de coordinar ambos sistemas. Otra de sus
funciones es posibilitar la supervivencia
de la especie, gracias a su participación en
procesos de lucha, huida, alimentación y
Años más tarde, en 1949, el fisiólogo MacLean reproducción.
conceptualizó el Sistema Límbico tal y como
lo conocemos hoy. Además, le dio su nombre
actual y añadió estructuras al mismo.
4.2 Estructuras y funciones
4.2.1 Estructuras corticales

La imagen de la izquierda es una vista lateral
del exterior del cerebro, que muestra los
lóbulos principales o estructuras corticales
“frontal, parietal, temporal y occipital” y las
estructuras del tallo cerebral “puente troncoEl hipotálamo se sitúa por debajo de otra
encefálico, bulbo raquídeo y cerebelo”.
estructura, el tálamo; concretamente, se
localiza en la base del encéfalo, a ambos
lados de la porción ventral del tercer
ventrículo.
Por otro lado, dentro de él encontramos los
cuerpos mamilares, encargados de recibir
impulsos procedentes de otras estructuras
también del sistema límbico: la amígdala
y el hipocampo. Una vez recibidos estos
impulsos, los cuerpos mamilares los
reenvían hacia el tálamo.

Manuel Othón Martinez Caudillo

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CRIMINOLÓGICOS

b) Formación del hipocampo

La formación hipocampal como parte del
sistema límbico se localiza en el lóbulo
temporal medial. Su función principal es
potenciar a largo plazo los procesos de
memoria y aprendizaje. Se compone de
las siguientes estructuras: el hipocampo, el
trígono o fórnix y la corteza límbica.
c) Hipocampo

El hipocampo, una estructura ubicada
en el prosencéfalo, juega un papel muy
importante en la regulación de los procesos
básicos de supervivencia. Además, se trata
de una de las regiones más antiguas del
encéfalo humano.

Trígono o fórnix

El trígono o fórnix consiste en un conjunto
de axones que conecta el hipocampo con
otras regiones del encéfalo. Su conexión
con los cuerpos mamilares del hipocampo
resulta de gran importancia. Esta estructura
El hipocampo también tiene un papel
tiene una función fundamental en la
relevante en los procesos de memoria;
transmisión de información entre diversas
concretamente, una de las memorias que
estructuras del sistema límbico.
regula es la memoria remota “recuerdos
del pasado lejanos”. Esto hace que sea una
d) Corteza límbica
estructura clave para saber quiénes somos
y de dónde venimos, es decir, para nuestra
Esta estructura de la formación del
identidad.
hipocampo se ubica en el lóbulo temporal
medial del cerebro. Sus funciones se
Otra memoria de la que se encarga es la
relacionan con procesos de memoria;
memoria más emocional; el hipocampo filtra
concretamente, se encarga de consolidar
aquellas experiencias que hemos vivido con
y recuperar memorias declarativas
intensidad y que nos han marcado a nivel
“episódicas y semánticas”.
emocional.
Las memorias episódicas se relacionan
El hipocampo, junto al hipotálamo, como
con experiencias autobiográficas, y las
partes del sistema límbico, permiten que
semánticas, con el aprendizaje de las
podamos recordar ciertas experiencias y que
palabras y del mundo que nos rodea.
además recordamos lo que sentimos con
ellas “es decir, la emoción asociada a ellas”.
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Por otro lado, la corteza límbica conecta
diferentes estructuras dentro del sistema
límbico, igual que la estructura anterior
“trígono o fórnix”.
e) Amígdala o complejo nuclear amigdalino

Síndrome caracterizado por las tendencias
orales, un afecto embotado, cambios a
nivel de los hábitos alimentarios (bulimia),
hipersexualidad también una agnosia
visual auditiva. Ello resulta de una afección
temporal bilateral como en el caso de la
encefalitis herpética ( UFM Medicina, 2022).

La amígdala es otra estructura clave del
sistema límbico, ubicada en el lóbulo
temporal medial. Concretamente, se
localiza en el ventrículo lateral del lóbulo
temporal (en el interior del lóbulo temporal
rostral). Es considerada el principal “centro
de las emociones” (Ruiz Mitjana, 2022).

La amígdala tiene las siguientes funciones:
valorar el significado emocional de las
experiencias y coordinar la expresión
somática de la emoción con el sentimiento
consciente. Además, está muy relacionada
con la experiencia del miedo, con el instinto
de supervivencia y con las emociones
Inicialmente se hacía referencia a la básicas del ser humano. La amígdala se
amígdala como una sola estructura, sin compone de diversos núcleos, los cuales
embargo, con el tiempo se descubrió que son los siguientes:
realmente es un complejo formado por
diferentes núcleos.
1) Núcleo medial amigdalino
El complejo amigdalino es un conjunto de
núcleos que se localizan en la profundidad
del lóbulo temporal y que guardan estrecha
relación con el sistema límbico. Su
alteración se ha asociado a un gran número
de procesos psiquiátricos. En ellos se observa
un complejo amigdalino alterado, siendo su
máxima expresión el síndrome de KlüverBucy (Ledo Varela, 2007, et al, p. 61).
El síndrome de Klüver-Bucy es un trastorno
de la conducta que sucede cuando los
lóbulos temporales mediales del cerebro
tienen alterada su función. La amígdala está
particularmente implicada en la patogenia
de este síndrome.

Este núcleo proyecta al Área Preóptica
Medial y al Núcleo Ventromedial del
hipotálamo. Está implicado en procesos
relacionados con el hambre.
2) Núcleos basolaterales amigdalinos
Contrario al anterior, estos núcleos están
implicados en procesos de saciedad y en
respuestas emocionales aprendidas.
3) Núcleo central amigdalino
Este núcleo controla la expresión de los
componentes de la respuesta emocional
“conductuales, autónomos y endócrinos”. Está
relacionado con la experiencia emocional,
con el sentimiento (Ruiz Mitjana, 2022).
Manuel Othón Martinez Caudillo

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CRIMINOLÓGICOS

Tabla 1. Puntos clave sobre el sistema límbico
Función

Las cinco "C": comer (saciedad y hambre), conmemorar (memoria),
comportarse (respuesta emocional), clan (reproducción sexual e
instintos maternos), copular (excitación sexual).

Componentes corticales
(lóbulo límbico)

Corteza orbitofrontal - permite percibir olores, está involucrada en la
formación de recuerdos
Hipocampo - asociado con memoria a largo plazo
Corteza insular - asociado con deseos, antojos, y adicción
Giro del Cíngulo - percepción de dolor neuropático y nocicepción –
percepción consciente del dolorGiro parahipocampal - proporciona un camino para la comunicación
entre las áreas de asociación cortical y el hipocampo

Componentes subcorticales

Amígdala - miedo, respuestas de ansiedad
Bulbo olfatorio - recibe información olfativa sobre los olores
detectados en la cavidad nasal.
Hipotálamo - salida final del sistema límbico
Núcleos anterior y dorsomedial del tálamo
Núcleos septales

Correlaciones clínicas

Lesiones de la amígdala: aumento del deseo sexual y el hambre
Lesiones del hipocampo: amnesia anterógrada
Fuente: (Serrano, 2022).

En cuanto a la respuesta agresiva reactiva, la
amígdala forma parte del sistema mediador
de respuesta de agresión reactiva “RAR”. Una
actividad incrementada de la amígdala ante
estímulos emocionales crea un riesgo mayor
de respuesta reactiva al aumentar la capacidad
básica del sistema de amenazas.

autorregulación del comportamiento y la toma
de decisiones.
Estas regiones prefrontales son receptoras
de distintas aferencias dopaminérgicas
mesolímbicas “mesencéfalo y sistema
límbico”. Esta entrada desempeña una función
moduladora de la manera en que las neuronas
prefrontales responden a los estímulos que
contribuyen a los estados emocionales.

Por otra parte, la corteza orbitofrontal,
junto con la corteza prefrontal medial y la
corteza prefrontal dorsolateral, conforman
las tres regiones funcionales principales de la La corteza prefrontal está directamente
corteza prefrontal, íntimamente ligado con la relacionada con la modulación de los
La conducta criminal y su relación con el sistema límbico. PP. 79-94

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comportamientos agresivos, así como
la autopercepción de la agresividad.
Particularmente, la actividad reducida de
la corteza prefrontal se relaciona con el
comportamiento violento, la agresión y el
crimen (Tangarife Calero, 2020, et al, p. 173).
La hipótesis de la que partimos consistió en
que los correlatos neurológicos que median la
respuesta violenta se podrían ver afectados en
personas que tienden a los comportamientos
agresivos “en comparación con la tendencia de la
población normal” o aquellas personas que, como
consecuencia de alguna lesión o enfermedad, se
muestran tendentes a estas reacciones.
Desde una perspectiva muy general, por
correlato neuronal de la conciencia se entiende
el conjunto de eventos que se observan en el
cerebro humano cuando se presenta un estado
mental consciente que puede ser observado y
medido con las diferentes técnicas de imagen
cerebral (Zumalabe Makirriain, 2016).
Contar con información actualizada en este
ámbito ayudará al desarrollo de modelos
de prevención de conductas violentas más
completos y eficaces en el campo de la
criminología.
El mal funcionamiento de estas áreas límbicas
ayuda a explicar por qué los delincuentes
violentos no aprenden de la experiencia y son
menos capaces de regular sus emociones.
Si sabemos que ciertas características cerebrales
pueden predisponer a algunas personas a la
violencia, ¿qué podemos hacer al respecto?
Intervenir, y cuanto antes, mejor.

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Todo el comportamiento es causado
principalmente por el cerebro, pero las causas
neuronalesdelamayoríadeloscomportamientos
complejos aún no se comprenden. Gran parte
de nuestra ignorancia proviene del hecho de
que el comportamiento complejo depende del
control neuronal distribuido.
La interrupción en cualquier parte de esta red
causal puede producir efectos que son difíciles
de rastrear hasta su origen. En este contexto, el
hallazgo de que las lesiones focales de la corteza
prefrontal ventromedial podrían conducir a
conductas delictivas o criminales, debería
despertar nuestro interés como investigadores
en el campo de la criminología.
Es importante tener claro que, para explicar los
efectos de una lesión en el comportamiento
delictivo, debemos comprender qué es lo que
la lesión en sí le hace al resto del cerebro en
estos individuos.
Las altas tasas de anomalías neuropsiquiátricas
notificadas en personas con comportamiento
violento y delictivo sugieren una asociación
entre el descontrol agresivo y la lesión cerebral,
especialmente en los lóbulos frontales. Los
estudios revisados apoyan una asociación entre
la disfunción del lóbulo frontal y el aumento del
comportamiento agresivo y antisocial. La lesión
orbitofrontal focal se asocia específicamente
con una mayor agresión. Los déficits en la
función ejecutiva frontal pueden aumentar la
probabilidad de agresión futura, pero ningún
estudio ha demostrado de manera confiable
un patrón característico de disfunción de la red
frontal que prediga delitos violentos (Brower
MC, 2022).
Manuel Othón Martinez Caudillo

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CRIMINOLÓGICOS

5. CONCLUSIONES
Es importante tener presente que el sistema
límbico debería integrarse más en el campo de
la investigación criminológica, con el objetivo
de encontrar las causas principales de la
conducta criminal.
El sistema límbico desempeña un papel
fundamental en la arquitectura y en los
procesos biológicos como memoria, cognición,
aprendizaje, emociones, adicciones y estados
de alerta; además, el hombre es un ser
esencialmente emocional que logra a través
de los filtros emocionales de su cerebro poder
llevar a cabo los procesos cotidianos de la vida.
En conjunto, el sistema límbico, la amígdala,
el hipocampo y la neocorteza son regiones
del sistema cerebral frontal basal colinérgico
“que son activados por la acetilcolina”,
que está estrechamente relacionado con
funciones cognoscitivas como el aprendizaje
y la memoria, así como en funciones
conductuales.
El desequilibrio en este sistema debiera motivar
en conjunto la intervención de la criminología
y las neurociencias como parte integral del
análisis para la comprensión y tratamiento
general del criminal, buscando en el individuo
un uso más efectivo de su cognición y sus
emociones.
6. TRABAJOS CITADOS

Brower MC, P. B. (14 de Agosto de 2022). BMJ Journals. Obtenido
de BMJ Journals: https://jnnp.bmj.com/content/71/6/720.
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y principios para el estudio científico del delito, la prevención
de la criminalidad y el tratamiento del delincuente. Fondo
Editorial.
Ledo Varela, M., Giménez Amaya, J., &amp; Llamas, A. (2007).
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trastornos psiquiátricos. SciELO, 30(1), 61.
Moyano Tello, B. A. (2019). Cómo descifrar el comportamiento
criminal. Ciencia, 70(1), 10.
Rodríguez Jorge, R. R. (2016). La criminología como ciencia
interdisciplinaria en las investigaciones criminales y
forenses. Revista Magazine de las Ciencias, 1(3), 12.
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generadores de desviación social: un análisis desde factores
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Direitos Humanos, Cidadania e Violencia/Ciência Política
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La conducta criminal y su relación con el sistema límbico. PP. 79-94

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

93

la conciencia: Una valoración crítica. Anales de Psicología,
32(1), 269.

Manuel Othón Martinez Caudillo
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León
Estudiante del Doctorado en criminología de la
UANL. Licenciado en Criminología por la Facultad de
Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma
de Nuevo León. Maestro en Derecho Procesal Penal
por la Facultad de Derecho y Criminología de la
Universidad Autónoma de Nuevo León.

Manuel Othón Martinez Caudillo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

La conducta criminal y su relación con el sistema límbico. PP. 79-94

constructoscriminologicos.uanl.mx

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Percepción académica y laboral sobre la formación
universitaria en Criminología-Criminalística en el
estado de Nuevo León, México
Academic and labor perception of university education in
Criminology-Criminalistic in the state of New Lion, Mexico
Wael Sarwat Hikal Carreón*

Resumen:
Introducción: La percepción sobre la enseñanza
universitaria en Criminología y Criminalística
constituye una línea de investigación necesaria
en aras de definir la satisfacción entre los
egresados, empleadores y directivos de carrera
para descubrir áreas de oportunidad. Objetivo:
Valorar la percepción de la relevancia
educativa en egresados, empleadores y
directivos académicos respecto la Licenciatura
en Criminología en Nuevo León, México.
Metodología: Durante el 2020 se realizó
una cuantificación de centros escolares en
materia criminal. Se tomó una muestra de una
Cómo citar
Hikal Carreón, W. S. Percepción académica y laboral
sobre la formación universitaria en CriminologíaCriminalística en el estado de Nuevo León, México.
Constructos Criminológicos, 3(4). Recuperado a partir
de
https://constructoscriminologicos.uanl.mx/index.
php/cc/article/view/38
*https://orcid.org/0000-0003-1278-567X
Universidad Autónoma de Nuevo León

Recibido: 22-08-2022
Aceptado: 15-11-2022

licenciatura acreditada con otra que no lo está.
En 2021 se aplicó un instrumento de entrevista/
cuestionario para captar la percepción de la
relevancia educativa. Resultados: Se reveló que
los conocimientos y habilidades con las que
egresan los licenciados en Criminología son
básicos para las labores cotidianas, pero resaltan
la necesidad de mejorar los planes de estudio,
la bibliografía actualizada, el laboratorio de
prácticas para tener mejor formación y salidas
laborales. Propuesta: Todos los entrevistados
concluyeron que hace falta mejorar la
especialización en áreas predominantes de la
Licenciatura en Criminología, así como mejorar
la biblioteca y laboratorios.
Palabras Clave: Criminología; Educación;
Evaluación de la educación; Pertinencia de la
educación.
Abstract
Introduction: The perception of university
education in Criminology and Criminalistic is
a necessary line of research in order to define

�96

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

satisfaction among graduates, employers
and career managers to discover areas of
opportunity. Objective: To assess the perception
of educational relevance in graduates,
employers and academic managers with
respect to the Bachelor’s Degree in Criminology
in Nuevo León, Mexico. Methodology: During
2020, a quantification of schools in criminal
issues was carried out. A sample was taken from
an accredited bachelor’s degree with another
that is not. In 2021 an interview/questionnaire
instrument was applied to capture the
perception of educational relevance. Results:
It was revealed that the knowledge and skills
with which graduates in Criminology graduate
are basic for daily tasks, but highlight the
need to improve the curricula, the updated
bibliography, the laboratory of practices to have
better training and job opportunities. Proposal:
All interviewees concluded that it is necessary
to improve the specialization in predominant
areas of the Bachelor’s Degree in Criminology, as
well as to improve the library and laboratories.
Keywords: Criminology; Education; Educational
evaluation; Educational relevance.
I. INTRODUCCIÓN

constructoscriminologicos.uanl.mx

la investigación enfocados a obtener la
percepción de egresados, empleadores y
directores de carrera de licenciatura en
Criminología en Nuevo León, México con
el objetivo de conocer la opinión de la
formación de los egresados, la utilidad de
estos durante el desempeño de sus labores
profesionales, de quiénes intervienen
en su proceso de formación, además de
hallazgos sobre puntos a fortalecer para la
mejor capacitación durante la enseñanza
universitaria, esto con el propósito de
descubrir la calidad educativa.
Alonso (como citó Vásquez Tasayco, 2013,
p. 59) menciona como factores de la calidad
educativa: Objetivos y fines, pertinencia
y relevancia, procesos de aprendizaje,
docentes, insumos, sistemas óptimos, y
medios de evaluación. La calidad educativa
vendrá a ser el resultado de la funcionalidad
de los factores conforme se integren. El
efecto de esto dimensiona a la educación
de calidad con efectos en: Excelencia en
el saber, perfeccionamiento, producto
(egresados eficientes), satisfacción de los
usuarios y la capacidad para atender a las
demandas sociales (currículo que recoja
elementos culturales con ideología de
reconstrucción social) (Vásquez Tasayco,
2013, pp. 60 y 68). No precisamente que la
cuantificación de estos elementos garantice
la calidad sino la profundidad en los
cambios, vista esta como una necesidad de
lograr metas.

El presente artículo forma parte de la
investigación doctoral titulada: “Estudio
de Pertinencia de los Proyectos de
Formación y Ejercicio Profesional de los
Criminólogos en Nuevo León”, desarrollada
en la Facultad de Filosofía y Letras de la
Universidad Autónoma de Nuevo León
(UANL) financiada por el Consejo Nacional La calidad también es vista con varias
de Ciencia y Tecnología (CONACYT). Este características según De Miguel (1995, pp.
artículo es la síntesis de los resultados de 34-36), la calidad como prestigio, entendida
Percepción académica y laboral sobre la formación universitaria en Criminología-Criminalística en el estado de Nuevo León,
México. PP. 95-112

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

como la reputación que ostenta la institución
que ha sido acreditada diferenciada una
de otra por el juicio de expertos que la
evaluaron. Calidad en función de recursos,
vista como la que más ha invertido, obtiene
efectos benéficos de acreditarse, programas
educativos, profesores y alumnos de
excelencia, lo que conlleva a que agentes
externos canalicen su financiación a esta.
Calidad como resultado, relacionado a
lo anterior los resultados de la puesta
en función de los procesos de calidad,
conduce a profesores, alumnos y programas
educativos mejores. Calidad como cambio,
siendo este un valor agregado al tener
más calidad que otros logrando mejor
incidencia en el ambiente social e interno
escolar. “Las intuiciones de mayor calidad
son aquellas que tienen más impacto sobre
los conocimientos de los alumnos” (como
citó De Miguel, 1995, p. 35).

97
formación, vinculación del centro escolar
con la comunidad (De Miguel, 1995, p.
36). La obtención de la acreditación está en
función de reproducir los requerimientos en
base a resultados. Perspectivas más amplias
incluyen evaluar el impacto social (Iñigo
Bajos y Sosa Castillo, 2015).
De acuerdo con los objetivos de este estudio,
el método (Cadena Iñiguez; Rendón Medel;
Aguilar Ávila; Salinas Cruz; Cruz Morales y
Sangerman Jarquín, 2017; Creswell, 2007;
Mujis, 2004, y Instituto Iberoamericano
de TIC y Educación, s.f.) se determina por:
a) caso de estudio (programa de estudios
de la escuela desde la percepción de los
entrevistados), b) precisión cuantitativa de la
información (cantidad de escuelas en Nuevo
León, México), c) características de los
objetos (centros escolares acreditados y no
en calidad) y sujetos (directivos, egresados,
empleadores), d) usuarios o audiencia
como parte del proceso (directivos), y
beneficiarios (egresados, empleadores). En
el supuesto que, en un sistema de calidad
educativa, la formación es mejor, se toman
de referencia dos escuelas en contraste, una
acreditada y otra no, así como los directivos
y egresados de ambas, y empleadores de las
áreas básicas de esta carrera.

Calidad como adecuación a propósitos,
sus objetivos se adecuan al marco legal, a
las necesidades y satisfacciones. Calidad
como perfección, consiste en ese proceso
de concientizar e internalizar los cambios,
comprenderlos, ser consciente de sus
beneficios e introducirlos en su cultura
organizacional. De modo general los
aspectos de la calidad educativa están en:
Formación docente, recursos educativos, Los resultados muestran que los egresados
investigación, orientación profesional, quedan con diversas áreas insatisfechas, pero
evaluación del sistema.
que fueron formados con los conocimientos
y habilidades básicas. Los empleadores
Lo anterior resulta reflejado en el rendimiento consideran que los profesionales están
del alumno, crecimiento en titulación formados para las necesidades recurrentes
del profesorado, medios de enseñanza, que se requiere en el ejercicio laboral. Los
instalaciones y actividades, materias y fines, directivos opinan que realizan esfuerzos
Wael Sarwat Hikal Carreón

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

institucionales, de vinculación y gestión
para la mejor formación de los alumnos
y su inserción laboral pronta, así como
de resultados. Coinciden todos en que
hacen falta actualizaciones a los planes de
estudios, bibliografía moderna, actividades
extracurriculares y laboratorios forenses.1

durante su formación. No obstante, aún
persisten necesidades que urgen para su
especialización académica, satisfacción
profesional y pertinencia de la educación
(Gómez Aguado, Díaz Díaz, Fernández
Camargo y Naithe Pérez, 2016).
II. METODOLOGÍA

Las propuestas versan en mejorar el plan de
estudios, mayor vinculación institucional
para las salidas laborales, actualización de
la biblioteca digital e impresa, así como
actualizar y ampliar el equipamiento y
prácticas en los laboratorios. A manera de
conclusiones, los egresados, empleadores
y directivos valoran de manera positiva
las tareas institucionales realizadas

1

(...) es un espacio didáctico (...), en el cual alumnos

de los diferentes programas que se imparten tienen oportunidad de conocer tecnología forense, algunos procedimientos de
investigación científica de delitos y la metodología de diversos
dictámenes periciales comunes en materia penal (Universidad
de Colima, s.f.).

La metodología para la recolección de datos
relacionados con los objetivos de estudio,
son: 1) Cuantificar los centros escolares
que imparten los estudios de Criminología
y Criminalística en Nuevo León, México,
2) identificar cuáles tienen sus programas
educativos acreditados en estándares de
calidad por las instituciones evaluadoras
(COPAES y CIEES), y 3) evaluar la pertinencia
externa (formación universitaria, ejercicio
profesional, atención a necesidades
sociales) de los estudios en Criminología y
Criminalística. Por la calidad de los objetos
y sujetos estudiados, las técnicas empleadas
han sido con enfoque cuantitativo y
cualitativo (Muijs, 2004).

Tabla 1. Síntesis de técnicas con enfoques cuantitativos y cualitativos
Técnicas con enfoque cuantitativos

Técnicas con enfoque cualitativos

Cuestionario
Documentos (análisis documental)
Investigación mesográfica
Análisis de la frecuencia del suceso

Entrevista semiestructurada a informantes clave
Estudio de caso

Triangulación
Nota: Elaboración propia según las técnicas cuantitativas
y cualitativas empleadas para la recogida de información.

Percepción académica y laboral sobre la formación universitaria en Criminología-Criminalística en el estado de Nuevo León,
México. PP. 95-112

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Durante el 2020 se realizó un censo de
centros escolares y programas educativos
en
Criminología,
Criminalística,
Victimología y carreras afines (seguridad
pública, seguridad privada, psicología
criminológica, ciencias forenses, política
criminal) en México (Secretaría de
Educación Pública [SEP], 2020; Hikal
Carreón, 2020), del cual se obtuvieron
las instituciones educativas en el estado
de Nuevo León. Datos de la SEP (2018)
indican en el Padrón Nacional de Programas
Educativos de Calidad (PNPEC).
Para la ubicación de la muestra se basa en
criterio geográfico; es decir, a los centros
escolares que imparten estudios en la materia
en Nuevo León, incluyendo solo a los más
antiguos en la región, siendo la FACDYC
de la UANL (Leija, 1999), y la Facultad
de Criminología (FC) de la Universidad
Metropolitana de Monterrey (UMM). Las
variables de estudio han sido en el supuesto
de que, dentro de un sistema de la calidad
educativa acreditada, los profesionales
cuentan con mejor formación (Cantú
Mendoza, 2015), se tienen como muestras
contraste ambas escuelas, al tener la UANL,
dos acreditaciones de calidad y la UMM,
no. La entrevista y cuestionario se aplicó
durante el 2021, concisamente al director,
coordinador o jefe de carrera. En el caso de las
salidas laborales para aplicar el instrumento
a los empleadores, se revisó el perfil de
egreso de los licenciados en criminología
de ambas facultades destacando las áreas
donde se pueden desempeñar los egresados
(Universidad Metropolitana de Monterrey,
2021). Finalmente se invitó a participar a

los mismos que se encuentren laborando
en las áreas señaladas por sugerencia
del empleador (selección intencionada),
de este modo, mediante los dos últimos
actores (directivos y empleadores), conocer
la congruencia externa; es decir, cuando
se aplica lo que se ha estudiado. En todos
los casos, se mantiene en confidencial los
nombres de los entrevistados. La muestra
comprendió a 3 empleadores, 2 directores
de carrera y 6 egresados.
Para el desarrollo del cuestionario/entrevista
a aplicar se construyó en base al Eje IV.
Categoría 9. Resultados del programa, del
documento Principios y Estándares para
la Evaluación de Programas Educativos
Presencialesenlas Institucionesde Educación
Superior (Comités Interinstitucionales para
la Evaluación de la Educación Superior,
2018). Se persiguen tres objetivos según a
quién va dirigido: 1) Directivos: Conocer
la percepción sobre los alcances, formación
y cumplimiento del programa educativo
en criminología y criminalística a nivel
licenciatura; 2) egresados: Conocer la
percepción del programa educativo sobre
los conocimientos adquiridos, si estos
cumplen con la demanda laboral y social,
y 3) empleadores: Conocer la percepción
del programa educativo a nivel licenciatura
sobre los conocimientos adquiridos, si estos
cumplen con la demanda laboral.
III. RESULTADOS

La Tabla 2 muestra la cantidad de 401 centros
escolares, de los cuales, 11 corresponden
a escuelas públicas, mientras que el resto,
Wael Sarwat Hikal Carreón

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

390 son escuelas particulares, en ambos de bachillerato técnico, licenciatura,
casos suman 527 programas educativos
especialidad, maestría y doctorado.
Tabla 2. Cantidad de centros escolares, nivel de estudios y cantidad de programas educativos
Estado

Centros
escolares

Nivel

Programas de
estudios

Aguascalientes

9

Licenciaturas y maestrías

10

Baja California

27

Licenciaturas, especialidades y maestrías

38

Baja California Sur

4

Licenciaturas

4

Campeche
Coahuila

3
12

Licenciaturas y maestrías
Bachillerato, licenciaturas y maestrías

3
13

Colima

1

Licenciatura

1

Chiapas

21

Licenciaturas, especialidades y maestrías

28

Chihuahua

13

Licenciaturas y maestrías

16

Ciudad de México

28

Bachillerato, licenciaturas, especialidad,
maestrías y doctorado

43

Durango

4

Licenciaturas

4

Estado de México

41

Licenciaturas y maestrías

47

Guanajuato

26

Licenciaturas, especialidades y maestrías

32

Guerrero

8

Licenciaturas y maestrías

10

Hidalgo

5

Técnico y licenciaturas

5

Jalisco

17

Licenciaturas, especialidades y maestrías

22

Michoacán

9

Licenciaturas y maestrías

10

Morelos

11

Licenciaturas y maestrías

15

Nayarit

6

Licenciaturas, especialidades y maestrías

8

Nuevo León

5

Bachillerato, licenciaturas, maestrías y
doctorado

8

Oaxaca

3

Licenciaturas, especialidades y maestrías

7

Percepción académica y laboral sobre la formación universitaria en Criminología-Criminalística en el estado de Nuevo León,
México. PP. 95-112

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Puebla

39

En línea, licenciaturas y maestrías

65

Querétaro

6

Técnico, licenciaturas y maestrías

8

Quintana Roo

6

Licenciaturas y maestrías

6

San Luis Potosí

7

Licenciaturas y maestrías

9

Sinaloa

22

Licenciaturas y maestrías

28

Sonora

12

Licenciaturas, especialidades y maestrías

16

Tabasco

6

Licenciaturas y maestrías

10

Tamaulipas

11

Licenciaturas y maestrías

13

Tlaxcala

5

Licenciaturas y maestrías

5

Veracruz

20

Licenciaturas, especialidades y maestrías

24

Yucatán

6

Licenciaturas y maestrías

10

Zacatecas

8

Licenciaturas y maestrías

9

Total

401

Bachillerato técnico, licenciatura,
especialidad, maestría y doctorado

527

Fuente: Hikal Carreón, W.S. (2020). Censo de centros escolares y programas educativos en criminología, criminalística, victimología y carreras afines en México. Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística, 15(8),
154-182. https://zenodo.org/record/3875539#Y8cxWD3MKUk

En la Tabla 3, resalta la atención la
Licenciatura en Criminología de la FACDYC
de la UANL, siendo el único centro escolar
no solo en la entidad sino en el país que
cuenta con doble acreditación para la
licenciatura (Comités Interinstitucionales
para la Evaluación de la Educación Superior,
2021; Comités Interinstitucionales para
la Evaluación de la Educación Superior,
s.f.; y Consejo para la Acreditación de la
Educación Superior, 2019). También es el
único centro escolar con el Doctorado en
Criminología acreditado por el CONACYT

en el Padrón del Programa Nacional de
Posgrados de Calidad en nivel de Desarrollo2
(Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
[CONACYT], 2022). Por parte de la FC de
la UMM no está presente en los resultados
de programas acreditados en calidad,
lo que deriva una muestra de relevancia
como contraste al tener una escuela con su
programa educativo acreditado y otra no.
2

Adicionalmente cuenta con la Maestría en Criminolo-

gía con Orientación en Seguridad Empresarial y Orientación en
Prevención también acreditada en CONACYT.

Wael Sarwat Hikal Carreón

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Tabla 3. Programas acreditados de licenciaturas en Criminología (y afines) en México.
Programa
Institución educativa
Certificación
Licenciatura en
Criminalística

Centro de Estudios Universitarios Xochimilco
(plantel Rampa Yujimalinda)

COPAES

Licenciatura en
Criminalística

Centro de Estudios Universitarios Xochimilco
(plantel calle Novena)

COPAES

Licenciatura en
Criminología

Universidad Autónoma de Nuevo León,
Facultad de Derecho y Criminología

COPAES
CIEES

Licenciatura en
Criminología

Universidad Autónoma de Querétaro,
Facultad de Derecho

CIEES

Licenciatura en
Criminología

Universidad Autónoma de Tamaulipas,
Unidad Académica Multidisciplinaria
Reynosa-Aztlán

CIEES

Licenciatura en
Criminología

Universidad Ixtlahuaca

CIEES

Licenciatura en
Criminología,
Criminalística y Técnicas
Periciales

Colegio Libre de Estudios Universitarios
(plantel Puebla)

CIEES

Licenciatura en Seguridad
Pública

Universidad Abierta y a Distancia México

CIEES

Fuente: Hikal Carreón, W.S. (2020). Censo de centros escolares y programas educativos en criminología, criminalística, victimología y carreras afines en México. Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística, 15(8),
154-182. https://zenodo.org/record/3875539#.Y8cxWD3MKUk

En la Tabla 4, se muestran la síntesis del
análisis de la entrevista al coordinador de
la Licenciatura en Criminología FACDYCUANL.

Percepción académica y laboral sobre la formación universitaria en Criminología-Criminalística en el estado de Nuevo León,
México. PP. 95-112

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Área

Tabla 4. Análisis de entrevista al coordinador de la Licenciatura en
Criminología de la FACDYC de la UANL.
Síntesis

Perfil de egreso

Para el coordinador de la Licenciatura, considera bueno el aspecto que
el egresado cumple positivamente con las competencias necesarias en
los campos de la criminología y criminalística, reforzado en las prácticas
y servicio social. También considera como bueno el cumplimiento del
programa de estudios para el entendimiento de las tendencias criminales
actuales. Finalmente destaca que la ventaja de la profesión es la
especialización en el estudio científico de la criminalidad para entenderla
y abordarla.

Plan de estudios

Señala que cumple de buena manera y con totalidad los propósitos. Indica
que el modelo educativo es excelente porque se apega a lo establecido
por la UANL. También que la actualización del programa educativo es
constante y con enfoque comparativo internacional. Sugiere que para
mejorar el desempeño profesional se debe difundir más a la criminología
como una ciencia humanista ocupada en los problemas de la violencia.

Capacidad
académica

Resalta que como el fenómeno criminal es visto desde diversas ciencias,
resulta compleja la integración de una planta docente por la variedad de
profesionales que se requieren. Cuenta con una planta docente que cubre
las necesidades, pero no de tiempo completo. Indica que se realizan
investigaciones que se publican en algunas revistas, además de realizar
eventos de divulgación.
Sigue y se apegan a los modelos de organismos evaluadores y
acreditadores de calidad locales e internacionales sugeridos por los
órganos locales. Señala la voluntariedad por parte del personal docente
para actualizarse y mejorar el aprendizaje de los alumnos.

Calidad
educativa
acreditada
Gestión
institucional

Afirma que se le da seguimiento a los alumnos por el área correspondiente
de la facultad, así como al área informática la sistematización de la
información. El proceso de empoderamiento de los proyectos educativos
los marca la rectoría y los adapta la facultad.

Infraestructura
académica

No hay material suficiente impreso ni digital en la biblioteca por tratarse
de una ciencia nueva en la cual existe poco material en Español. Las
aulas están en condiciones óptimas para fomentar el aprendizaje. Los
laboratorios están en condición regular a falta de espacio.

Wael Sarwat Hikal Carreón

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Resultados del
programa

Regular, ya que las investigaciones se generan por otros investigadores,
recientemente se creó una revista de criminología institucional.

Configuración
del campo de la
criminología y
criminalística

Con la actualización del último plan de estudios, se cumple con la
construcción epistemológica para una excelente inserción laboral de
los egresados. Cuestiona porqué este instrumento se lleva a cabo en la
Facultad de Filosofía y Letras y no en la FACDYC.

Nota: Elaboración propia con base a la entrevista al coordinador de carrera de la FACDYC

En la Tabla 5, se muestra la síntesis del
análisis de la entrevista al coordinador de la
Licenciatura en Criminología UMM.
Tabla 5. Análisis entrevista al coordinador de la Licenciatura en Criminología de la UMM.
Área

Perfil de egreso

Plan de estudios
Capacidad
académica

Síntesis

Señala que el profesional se forma bien, porque recientemente se hicieron
cambios al plan de estudios. La licenciatura se enfoca a la prevención del
delito y la investigación pericial.
Señala que hay actualización del plan de estudios, se realizan reuniones
con profesores para revisar mejoras pedagógicas. Sugiere aumentar más
prácticas, mayor vinculación con el sector productivo.
Se busca que los profesores sepan de la materia, aunque algunos no
encajan con el perfil. Se cubren las materias, pero hacen falta más
profesores. No se realizan publicaciones, pero sí congresos.

Calidad
educativa
acreditada

Llevan estándares de calidad según la SEP, no por otros órganos nacionales
ni internacionales.

Gestión
institucional

El seguimiento a los alumnos es por el área de la rectoría e informática.
Enriquecen los proyectos académicos con congresos, visitas a instituciones.
En los laboratorios hace falta equipo.

Infraestructura
académica

La condición de la biblioteca es regular, pero se acaba de adquirir una
virtual. En las aulas se cumple con lo básico.

Resultados del
programa

No se realizan publicaciones ni investigaciones, sino congresos.

Percepción académica y laboral sobre la formación universitaria en Criminología-Criminalística en el estado de Nuevo León,
México. PP. 95-112

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Configuración
del campo de la
criminología y
criminalística
Configuración
del campo de la
criminología y
criminalística

Señala que si cumple el plan de estudios con la configuración para
las necesidades externas. Y que el plan de estudios está en proceso de
actualización.
Señala que si cumple el plan de estudios con la configuración para
las necesidades externas. Y que el plan de estudios está en proceso de
actualización.

Nota: Elaboración propia con base a la entrevista al coordinador de carrera de la FC de la UMM.

En las siguiente Tabla 6, se muestra el seguridad privada y servicios periciales en
análisis de entrevistas a 3 empleadores el estado de Nuevo León.
de los campos de la seguridad pública,
Institución

Tabla 6. Análisis entrevista a empleadores de tres áreas generales.
Área: Programa educativo (demanda laboral)

Seguridad pública (se
mantiene en anónima la
institución)

Señala que es un programa basado en los nuevos paradigmas de
la criminalidad, pero que deben desarrollar metodologías para la
obtención de resultados cualitativos y cuantitativos.
Señala que es un programa basado en los nuevos paradigmas de
la criminalidad, pero que deben desarrollar metodologías para la
obtención de resultados cualitativos y cuantitativos.

Instituto de Criminalística Considera que por el momento está bien el programa de
y Servicios Periciales de la estudios y si tendría que mejorar materias de los campos
Fiscalía General de Justicia laborales y desarrollo de proyectos. El alumno debe enfocarse a
especializarse.
Es un buen programa con miras a abrir oportunidades de acuerdo
a los perfiles que están solicitando las empresas públicas y
privadas. El alumno debería ser formado con liderazgo para
ocupar puestos de alto nivel.
Seguridad privada (se
mantiene en anónima la
empresa)

Considera que por el momento está bien el programa de
estudios y si tendría que mejorar materias de los campos
laborales y desarrollo de proyectos. El alumno debe enfocarse a
especializarse.

Nota: Elaboración propia con base al análisis de las entrevistas a empleadores.

Wael Sarwat Hikal Carreón

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CRIMINOLÓGICOS

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En la Tabla 7, se presenta la opinión de los los empleadores o que se ubicaban en la
egresados entrevistados a sugerencia de institución/empresa.
Tabla 7. Análisis entrevista a egresados de las licenciaturas
en Criminología de la UANL y UMM
Opinión

Área: Programa educativo (demanda social y laboral)

Egresado 1

El plan de estudios da los conocimientos básicos, pero no para la demanda
laboral, ya que aleja mucho de incursionar en otras áreas en las que se
puede desempeñar el criminólogo y demostrar que el en cualquier parte un
criminólogo es indispensable.

Egresado 2

Considera que el plan de estudios no llenó en su totalidad sus expectativas ni
conocimiento, había materias que eran de relleno y otras que el enfoque no
estaba dirigido a la profesión o eran temas muy obsoletos. Cada plan debe
de ser revisado si verdaderamente está funcionando y también si las personas
que imparten estos temas son adecuadas para enseñar, lo que se aprende en
el aula es muy diferente a lo que se vive ya aplicándolo en la vida laboral.

Egresado 3

Considera que el plan de estudios era el adecuado, ya que solo existía pocas
carreras de criminología en nuestro país, y las otras universidades copiaban
nuestro plan de estudio o se basaban para formar sus planes de estudio para
las nuevas carreras de criminología, es de resaltar que en mi tiempo el plan
de estudio estaba más enfocado a la criminalística y tenía pocas materias
de criminología, pero considera que faltarían materias especificas para las
mejores prácticas al momento de salir como egresados. Los planes de estudio
se deben de analizar con los problemas que existen en la sociedad.

Egresado 4

No considera que el plan de estudios le haya proporcionado lo necesario. Le
hubiese gustado más información sobre prevención del delito, nuevas teorías.

Egresado 5

Los conocimientos son parciales. Ha sido a través de la capacitación
constante donde se ha fortalecido lo requerido para el día a día. Los
profesores no dieron las bases suficientes, sino que el aprendizaje fue de
parte autónoma.

Percepción académica y laboral sobre la formación universitaria en Criminología-Criminalística en el estado de Nuevo León,
México. PP. 95-112

�107

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Egresado 6

Donde trabaja (seguridad pública) aplica más los conocimientos de gestión
pública y estadística que pudo aprender en la especialidad de seguridad
privada. También considera que no hay un fomento o vínculo con áreas de
trabajo más que el servicio social que solo son cumplir horas, cantidad, no
calidad. Y no hay perfil de servicio social con base en la especialidad o área
académica, solo te dan opciones, no te delimitan a las de tu perfil.

Nota: Elaboración propia con base al análisis de resultados de las entrevistas a egresados.

IV. PROPUESTAS DERIVADAS DE LOS
RESULTADOS

Los egresados, empleadores y directivos
valoran de manera positiva las tareas
institucionales realizadas durante su
formación.3 No obstante aún persisten
necesidades
que
urgen
para
su
especialización, satisfacción profesional e
impactosocial, delasíntesisdelasentrevistas,
se presentan las siguientes premisas, siendo
expresadas con preocupación repetitiva.
1. Actualización bibliográfica.
2. Facilidad para acceder a contenidos en
formato digital.
3. Facilidad para acceder a contenidos en
formato impreso.
4. Modernizar los laboratorios forenses.
5. Aumentar el equipamiento en los
laboratorios forenses.
6. Incrementar las prácticas profesionales.
7. Mejor vinculación para el servicio social.
3

Ni los alumnos ni empleadores distinguen diferencias

claras entre educación acreditada en calidad o no como parte
de su proceso.

8. Vinculación laboral idónea al desempeño
de la profesión.
9. Fomento a la investigación científica
10. Realización de investigaciones sobre
los fenómenos actuales de la
criminalidad.
11. Crear medios de difusión del
conocimiento generado internamente.
12. Mejorar la preparación de los
profesores.
13. Mejorar la calidad en la formación.
14. Realizar actividades extracurriculares
diversas.
Por lo anterior se recomienda: “Crear una
estrategia capaz de revertir aquellos criterios
negativos expresados (...) para perfeccionar
el proceso docente-educativo en próximos
cursos escolares” (Gómez Aguado, Díaz
Díaz, Fernández Camargo, y Naithe Pérez,
2016, p. 638).
En los planes organizacionales de las
instituciones escolares tienen que constituir
instalaciones, y contratar personal
capacitado para direccionar los fines hacía
el beneficio social (impacto) y vinculación
Wael Sarwat Hikal Carreón

�108

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

laboral a sus egresados (desarrollo
profesional) (Quintana García, Benavides
Velasco, y Marchante Lara, 2015), crear
estructuras que faciliten el aprendizaje,
laboratorios para experimentar, bibliotecas
con abundancia de materiales, recursos
didácticos variados, computadoras con
sistemas de exploración de información,
bases de datos útiles, actualizadas, aulas,
auditorios bien dotados de herramientas de
comunicación.
También establecer canales de divulgación
del conocimiento (Barffusón, 2015) y
que este llegue a diversos sectores de la
sociedad, siendo el empresarial, uno muy
importante para la posterior contratación de
los egresados de criminología, además del
sector público, que supone ser el principal
interesado en reducir las repercusiones
de la criminalidad en la sociedad. Es
decir, trabajar canales y espacios que
posibiliten la inserción de los egresados.
En todo caso “es necesario realizar los
esfuerzos necesarios para fortalecer el
comportamiento socialmente responsable
de las universidades” (Gaete Quezada,
2015, p. 154).

constructoscriminologicos.uanl.mx

cambios, y la segunda, es un compromiso
de los centros de educación superior, el
producir no solo a las personas capacitadas
en la criminología y criminalística sino
el estudio de las sociedades, para dar
respuesta a sus necesidades. Estos avances
y compromisos se encuentran en la medida
que adviertan a los ideales de la educación
como un máximo estándar a seguir,
incorporando en sus sistemas escolares, los
criterios de calidad y responsabilidad social
universitaria.
Los alcances para la CriminologíaCriminalística y el criminólogo-criminalista
de comienzo están revestidos por los centros
educativos, estos dan los conocimientos
básicos para desarrollar el presente y futuro
hacia la comprensión y transformación
de la sociedad (Carreño, 2010). El
criminólogo-criminalista es parte de un
proceso de reconstrucción del tejido social,
este profesional puede aportar respuestas
a los conflictos sociales desde las esferas
que comprende su formación educativa,
mediante el análisis de los fenómenos con
reflexión epistemológica de las áreas de las
que se nutre, con conocimientos propios
de la criminalidad, vista desde enfoques
múltiples, que en la capacidad aglutinadora
de la Criminología, da una visión holística en
tanto interpretaciones como en propuestas
e intervenciones.

El valor social de la criminología y
criminalística está en la capacidad de
resultados que den sus profesionales; por
otra parte, la responsabilidad social de
los centros de educación en criminología
se pueden desprender dos áreas, una,
como instancias que forman personas con V. CONCLUSIONES
sentido de compromiso a los problemas de
la sociedad, formando profesionales con Las instituciones de educación superior de
capacidad de identificar, entender, proponer la Criminología y Criminalística apuntan
Percepción académica y laboral sobre la formación universitaria en Criminología-Criminalística en el estado de Nuevo León,
México. PP. 95-112

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

109

a más de 400 centros escolares, dando
527 programas educativos de bachillerato,
licenciatura, especialidad, maestría y
doctorado, en el caso del estado de Nuevo
León, se reconocen al 2020, 5 instituciones
con 8 programas educativos. De estos, solo
el programa educativo de la FACDYC de
la UANL cuenta con 2 acreditaciones en
calidad por COPAES y CIEES. Para la muestra
de estudio se tomaron las dos escuelas más
tradicionales en la región, la UANL y la UMM,
una acreditada doble y otra no, teniendo
como contraste el supuesto de la calidad
educativa como herramienta de mejora
continua en la formación universitaria.

Los empleadores señalan que está bien
la formación, pero deben actualizarse en
los estándares de progreso de las ciencias
criminales para especializarse. Los
egresados expresan lo básico del plan de
estudios con ideales de ajustes al programa y
actualización, que se requieren más materias
sobre teorías de la criminalidad, prevención
del delito, criminologías especializadas,
nuevas formas de criminalidad. Además
de señalar diferencias entre lo aprendido
con las necesidades sociales y laborales.
Les gustaría haber tenido mayor material
de estudio e investigaciones vanguardistas
a los problemas locales, nacionales e
internacionales como especulan los planes
De las entrevistas aplicadas a los dos de estudio y la visión de egreso.
directivos de la UANL y UMM, consideran
buenoelniveldeformacióndelosestudiantes y TRABAJOS CITADOS
que los egresados tienen las competencias
necesarias para la actividad laboral. Indican Barffusón, R. (2015). La responsabilidad social de las
que los modelos de enseñanza son buenos
universidades contemporáneas. En R. Cantú Mendoza
y que los planes de estudio se actualizan.
(Coord). La Responsabilidad Social de las Universidades
Se da seguimiento a los alumnos por
Contemporáneas (pp. 115-142). Universidad Autónoma de
el área de informática. Coinciden en
Nuevo León y Editorial Itaca.
la necesidad de mejor equipamiento y Cadena Iñiguez, P.; Rendón Medel, R.; Aguilar Ávila, J.; Salinas
material bibliográfico. También destacan
Cruz, E.; Cruz Morales, F.R. y Sangerman Jarquín, D.M.
la importancia de la investigación con
(2017). Métodos cuantitativos, métodos cualitativos o su
beneficios para el progreso de la sociedad
combinación en la investigación: un acercamiento en las
en todo sentido (Rodríguez Lozano y
ciencias sociales. Revista Mexicana de Ciencias Agrícolas,
Zaragoza Huerta, 2012), principalmente
8(7), 1603-1617. http://www.scielo.org.mx/pdf/remexca/
porque la violencia ha aumentado y es la
v8n7/2007-0934-remexca-8-07-1603.pdf
Criminología y la Criminalística las que se Cantú Mendoza, R. (2015-b). El Cambio Universitario en
deben encargar de los estudios pertinentes
México: Un Abordaje desde la Perspectiva de la Calidad.
para resolver este problema aplicando los
Estudio de un Caso Exitoso: La Facultad de Filosofía y Letras
frutos de la investigación en soluciones
de la UANL. Facultad de Filosofía y Letras, Universidad
concretas a los fenómenos particulares que
Autónoma de Nuevo León.
aquejan a la sociedad neolonés, nacional y Carreño, M. (2010). Teoría y práctica de una educación libemundial.
radora: El pensamiento pedagógico de Paulo Freire. CuesWael Sarwat Hikal Carreón

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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—
Wael Sarwat Hikal Carreón
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León,
México.
Doctorando en Filosofía con Acentuación en Estudios
de la Educación (becario CONACYT). Maestría en
Trabajo Social con Orientación en Proyectos Sociales
(becario CONACYT) y Licenciatura en Criminología
por la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Director de proyectos en la Sociedad Mexicana
de Criminología capítulo Nuevo León (acreditada
en la ONU y OEA). Ha desarrollado proyectos de
prevención de la violencia con recursos SUBSEMUN
y FORTASEG. Autor de varios libros y artículos.

Wael Sarwat Hikal Carreón

�112

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

Percepción académica y laboral sobre la formación universitaria en Criminología-Criminalística en el estado de Nuevo León,
México. PP. 95-112

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

El papel de las redes televisivas en el discurso de los
derechos humanos: hipótesis de irrespeto a la dignidad
humana
The role of television networks in the discourse of human rights:
hypothesis of disrespect for human dignity
Marden Reis de Abreu*
Alessandro Rezende da Silva**
Maurides Macêdo***

Resumen
El presente trabajo discute si las redes televisivas
brasileñas violan los derechos humanos a partir de
programas con contenido discriminatorio y que
van en contra de grupos socialmente vulnerables
violando los principios fundamentales de la
persona humana. La Constitución de la República
Federativa de Brasil estableció la dignidad de la
persona humana como uno de los fundamentos
de la República. Al mismo tiempo, que las redes
Cómo citar
Reis de Abreu, M., Rezende da Silva , A. R. da S.,
&amp; Macêdo, M. El papel de las redes televisivas en
el discurso de los derechos humanos: hipótesis de
irrespeto a la dignidad humana: The role of television
networks in the discourse of human rights: hypothesis
of disrespect for human dignity. Constructos
Criminológicos, 3(4). Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/46
Universidade Federal de Goiás
* https://orcid.org/0000-0003-3713-7302
Universidade Federal de Goiás
**https://orcid.org/0000-0002-1279-8254
Universidade Federal de Goiás
***https://orcid.org/0000-0002-1279-8254

Recibido: 25-10-2022
Aceptado: 01-12-2022

televisivas en el país representan un espacio
democrático con capacidad de formar valores,
propagar ideas e influenciar comportamientos
de respeto a los derechos humanos, también
reproduce y legitima violaciones de esos
derechos, fortaleciendo así, la constitución
de una sociedad basada en el preconcepto
y en la opresión1. El estudio se concentra en
la incansable búsqueda por el respeto a la
dignidad humana apoyado en consagrados
pensadores como Imanuel Kant, Hannah Arendt.
Metodológicamente se utilizó investigación
bibliográfica y el análisis de algunos procesos
del Ministerio Público Federal.
Palabras clave: Derechos humanos, Dignidad
Humana y Redes Televisivas.

1

Redes de multimedia y Derechos Humanos un debate

necesario. Coordinación del Ciclo de Formación en “Media”
y Educación en Derechos Humanos www.cartacapital.com.br
acceso hecho el 26.07.2017

�114

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Abstract
This paper discusses whether Brazilian television
networks violate human rights through programs
with discriminatory content that go against
socially vulnerable groups, violating the
fundamental principles of the human person. The
Constitution of the Federative Republic of Brazil
established the dignity of the human person as
one of the foundations of the Republic. At the
same time the television networks in the country
represent a democratic space with the capacity
to form values, spread ideas, and influence
behaviors of respect for human rights, it also
reproduces and legitimizes violations of those
rights, thus strengthening the constitution of a
society based on prejudice and oppression. The
study focuses on the tireless search for respect for
human dignity supported by consecrated thinkers
such as Immanuel Kant, and Hannah Arendt.
Methodologically, bibliographical research and
the analysis of some processes of the Federal
Public Ministry were used.
Key Words: Human Rights; Human Dignity;
Television Networks.

INTRODUCCIÓN

Los Derechos Humanos son una conquista
histórica de la humanidad, consagrados
internacionalmente para la protección,
garantía y respeto a la persona humana. Estos
derechos surgen a partir de la formación
del Estado moderno y del cambio de las
relaciones de los derechos del ciudadano
frente al Estado. Las luchas por libertad
contra regímenes y gobiernos opresores
que dominaban el mundo occidental

constructoscriminologicos.uanl.mx

de aquella época, dieron impulso al
reconocimiento de garantías individuales
y colectivas de la persona humana. Estos y
otros derechos considerados fundamentales
a la persona humana resultan de los tres
principios consagrados por la Revolución
Francesa: libertad, igualdad y fraternidad
(COMPARATO, 2007).
Por señalar la fase de internacionalización
de los derechos humanos e interferir en
la elaboración de decenas de tratados
y convenciones, la Declaración de los
Derechos Humanos, aprobada en 1948 por
las Naciones Unidas (ONU) es un marco en
la historia de la lucha para hacer efectivos
los derechos humanos en todo el mundo.
Se inicia en este período la lucha universal
contra la opresión y la violación de los
derechos de la persona humana.
Una de las cuestiones importantes en los
debates sobre derechos humanos es, sin
duda, el papel desempeñado por los medios
de comunicación, en especial, por las redes
de televisión. De acuerdo con el artículo 19,
la Declaración Universal de los Derechos
Humanos establece que “todo individuo
tiene derecho a la libertad de opinión y de
expresión, lo que implica el derecho de no
ser incomodado por sus opiniones y el de
buscar, recibir y difundir, sin consideración
de fronteras, informaciones e ideas por
cualquier medio de expresión”.
Este documento representa el reconocimiento
de los valores supremos de la igualdad, de la
libertad y de la fraternidad (o solidaridad) entre
todos los seres humanos y está consignado

El papel de las redes televisivas en el discurso de los derechos humanos: hipótesis de irrespeto a la dignidad humana. PP. 113-126

�115

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

en su art. 1º que anuncia que “Todos los
seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y en derechos. Dotados de razón y
de conciencia, deben actuar los unos con los
otros en espíritu de fraternidad”2.
En Brasil los medios de comunicación se
han revelado como un instrumento de
violación a los derechos humanos. No hay
en la programación televisiva brasileña
debates y campañas educativas de derechos
humanos que incentiven cambios en el
comportamiento con el objetivo de combatir
la discriminación, el racismo o la violencia
contra los grupos de géneros. Necesitamos
políticas públicas de derechos humanos
que multipliquen la paz y la valorización
de la diversidad.
Si le preguntáramos a las personas en la
calle: “¿cuáles o qué son los derechos
humanos?” con seguridad obtendríamos
diferentes respuestas. Algunas de ellas
apuntarían para el derecho a la libertad de
expresión y de creencia y tal vez uno o dos
derechos más, pero, la gran mayoría tendría
dificultades en definir lo que son esos
derechos. La ausencia de políticas públicas
de concienciación y educación de derechos
humanos en la sociedad contribuye a la
2

Inspirada en la declaración de la independencia es-

tadounidense de 1776 y en el espíritu filosófico del siglo XVII,

desinformación en relación a la aplicación
y la universalidad de esos derechos.
El presente trabajo busca analizar los
efectos de las redes televisivas en el
discurso de los derechos humanos. A partir
de su programación pretende investigar si
los derechos humanos fundamentales están
siendo violados. Al mismo tiempo que las
redes televisivas en el país representan un
espacio democrático con capacidad de
formar valores, propagar ideas e influenciar
comportamientos de respeto a los derechos
humanos, también reproduce y legitiman
violaciones de esos derechos, fortaleciendo
así, la constitución de una sociedad basada
en el preconcepto y en la opresión3. El
estudio se concentra en la incansable
busca por el respeto a la dignidad humana
apoyado en consagrados pensadores como
Immanuel Kant, Hannah Arendt.
1. LA DIGNIDAD HUMANA Y LA
FRAGILIDAD HUMANA

La dignidad de la persona humana
comporta el reconocimiento de que cada
ser humano es singular, imprevisible
y libre y, paradójicamente, diferente
y simultáneamente igual a los demás
hombres con quien convive en el ambiente
de pluralidades. Conferir un significado a la
noción de dignidad de la persona humana

la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
de 1789 denota el fin del Antiguo Régimen y el inicio de una
nueva era. Expresamente visada por la Constitución de la Vª

3

República, hoy ella forma parte de nuestros textos de referen-

Coordinación del Ciclo de Formación Media y Educación en

cia.

Derechos Humanos www.cartacapital.com.br acceso hecho el

http://www.infoescola.com/direito/declaracao-dos-direi-

tos-do-homem-e-do-cidadao/ acceso hecho el 22/07/2017

“Media” y Derechos Humanos un debate necesario.

26.07.2017

Marden Reis de Abreu, Alessandro Rezende da Silva Rezende da Silva y Maurides Macêdo

�116

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

es tarea de las más complejas4 y – por otra
parte, como resalta Ingo Wolfgang Sarlet
– algunos autores cuestionan la viabilidad
de alcanzarse algún concepto realmente
satisfactorio5. En razón de la fragilidad
humana se vuelve necesaria la protección
de la integridad física y psíquica de cada
ser humano. En el presente trabajo se optó
4

La condición Humana, exponiendo las dificultades

en la atribución de un significado al concepto de dignidad de
la persona humana, evidencia Andorno, “Debemos reconocer
que la dignidad humana el término’” se usa muchas veces con
un significado muy impreciso, incentivando el uso inflacionario
de lo que a veces es el objeto. A veces, es incluso llamado a
apoyar reivindicaciones conflictivas, como es el caso del debate sobre la eutanasia, el apelo contra esta práctica y la idea
de la dignidad humana. (...) En verdad, si la idea de dignidad

constructoscriminologicos.uanl.mx

por el análisis del pensamiento de Kant y
Hannah Arendt.
Fue por medio de la filosofía de Kant, que
el concepto de dignidad humana comenzó
a recorrer nuevos rumbos, al destacar que la
filosofía debe responder a cuatro cuestiones
fundamentales, las cuales son: ¿Qué puedo
saber? ¿Cómo debo actuar? ¿Qué puedo
esperar? ¿Qué es ser humano? Para la filosofía
kantiana el hombre es apuntado como un
ser racional y que tiene su existencia como
un fin y no como un medio, lo que difiere
de otros seres desprovistos de razón, así,
teniendo eso en cuenta esa condición de ser
racional común a todos los seres humanos
es lo que hace que el hombre pueda ser
llamado de persona humana.

humana tiene un contenido humano tan rico que permite englobar tales conceptos dispares las exigencias del consentimiento del paciente para el tratamiento y las prácticas de discriminación y abusivas de comercialización del cuerpo humano.
Debemos ver en esto una razón para mantener en alta estima y
también para enfrentar el desafío de clarear aún más sus límites
“ANDORNO Roberto. La noción de la dignidad humana Estelle

Según Kant, este es el caso de los seres
humanos, cuyo valor no deriva de su empleo
para algo, pero de sí mismo mientras sea un
ser racional. Es en ese sentido que se afirma
ser la humanidad un “fin en sí”, jamás
medio para algo: (Reis, 2013: 3)

superfluo en bioética. Revista Electrónica Philosophical Counterpoin, Marzo 2005. Disponible en: www.contrepointphilosophique.ch. Acceso en julio de 2017.
5

Para Ingo, la dificultad proviene de la circunstancia de

tratarse de un concepto de límites imprecisos y vagos, caracterizado por la ambigüedad y porosidad, además de la naturaleza
polisémica. El autor también lo atribuye a la dificultad – ahí
con el apoyo de Michael Sachs – al hecho de la dignidad de
la persona ser una cualidad inherente a todo y cualquier ser
humano, lo que, en vista de su abertura, no contribuye para

El hombre, y, de una manera general, todo
ser racional, existe como fin en sí mismo, no
solamente como medio para el uso arbitrario
de esta o de aquella voluntad. Por el contrario,
en todas sus acciones, tanto en las que se
dirigen a él mismo como en las que se dirige
a otros seres racionales, él tiene siempre que
ser considerado simultáneamente como fin.
(Kant, 1980: 135)

una comprensión satisfactoria sobre el ámbito de la protección
de la dignidad. (SARLET, Ingo Wolfgang. Dignidad de la Persona Humana y los Derechos Fundamentales en la Constitución
Federal de 1988. p.38).

Kant, al enfatizar que la dignidad es el valor
del que se reviste todo aquello que no tiene
precio, no siendo pasible de ser substituido

El papel de las redes televisivas en el discurso de los derechos humanos: hipótesis de irrespeto a la dignidad humana. PP. 113-126

�117

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

por algo equivalente, concluye que la
dignidad es una cualidad inherente a los
seres humanos mientras sean entes morales,
y por consecuencia es absolutamente
inseparable de la autonomía para el
ejercicio de la razón práctica, motivo por el
cual apenas los seres humanos sí se revisten
con esa virtud6. (Arendt, 2005: 57).

Este es un punto central de la crítica de Locke
a Filmer, ya que este consideraba, de acuerdo
con la tradición, que existía una desigualdad
natural entre los que nacieron para mandar
y aquellos que nacieron para obedecer. Dijo
Locke: “[el estado naturaleza] Es también
un estado de igualdad en que todo el poder
y jurisdicción son recíprocos, no teniendo
un hombre más que otro. No hay nada de
más evidente que las criaturas de la misma
especie y categoría, que nacieron para usar
las mismas facultades, deberían también
ser iguales entre sí, sin subordinación, ni
sumisión” (Locke, 1869: 233)

Se destaca que la noción de dignidad de
la persona humana en el campo filosófico
buscó lo ideal del valor moral y, por
consiguiente se agregó un valor jurídico
para efectos concretos. La evolución
del pensamiento reflexivo del hombre
direccionado a su propia esencia y su
condición existencial, primó por la busca
mayor del reconocimiento de su valor como
persona (Cotrin, 2000: 174).

Se puede decir que la dignidad es una
característica social y política atribuida
a un conjunto de individuos de la misma
especie que se encuentran dentro de
un determinado círculo, aunque ellos
Según Rosas, a partir de la modernidad el puedan no ser iguales en muchos otros
concepto de dignidad fue substituido por el aspectos7.
de perspectiva teológica de atribución de
la igualdad, característica de racionalidad Por lo tanto, incluir el discurso de los
y moralidad. Se nota que una determinada derechos humanos en los días actuales
posición social, antes reservada a algunos, no es una tarea fácil, pese a que con todo
fue extendida a todos. Por eso, se pasó a decir el conjunto de normas legitimando y
que los ciudadanos en su conjunto o todos los garantizando estos derechos a la persona
seres humanos tienen especial dignidad y que humana, aún sí, hay evidencias de flagrantes
todos son merecedores en razón de ser seres de violencia cometida contra la dignidad
con iguales características. (Rosas, 2013: 173). humana.
Esta igualdad de la dignidad se reivindica
en el pensamiento europeo del siglo XVII,
por ejemplo en Locke:

7

La idea de propiedad como “propiedad de base” es

tratada de una forma peculiar, por Johm Rawls en Una Teoría
de la Justicia (Rawls, 1972: Seção 77). Una reflexión interesante
6

RENDT, Hannah. La condición humana. Traducción

de Roberto Raposo. Río de Janeiro: Forense Universitaria, 2005

y más actual sobre este concepto puede encontrarse en Carter,
2011.

Marden Reis de Abreu, Alessandro Rezende da Silva Rezende da Silva y Maurides Macêdo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

2. LAS REDES TELEVISIVAS Y CASOS DE
IRRESPETOS A LA DIGNIDAD HUMANA

El Ministerio Público Federal del Distrito
Federal entró con un pedido de una medida
cautelar que obliga a la TV Record a incluir
en la programación, contenidos orientados
al combate de la discriminación racial. El
pedido tiene como propósito garantizar la
reparación del daño moral colectivo causado
por el presentador Marcos Paulo Ribeiro de
Moraes. Durante la edición del programa
“Balanço Geral DF”, el presentador se refirió
a la cantante Ludmilla como “mona (simia)”.
En la acción civil pública, la procuradora de
la República Ana Carolina Roman pide que
la Justicia obligue a la TV Record a exhibir,
en el plazo de 20 días, programación con
contenido orientado a la no discriminación,
a la igualdad racial y a la herencia cultural
y a la participación de la población negra
en la Historia del país, cabiendo a la propia
emisora a correr con los costes necesarios
para la producción y edición de las materias.
La preocupación en cohibir violaciones
de derechos humanos en los medios de
comunicación no se restringe al Ministerio
Público.9

La utilización de términos que discriminan
a los homosexuales, la incitación a la
violencia contra adolescentes que cometen
actos de infracción y la diseminación de
términos llenos de preconcepto contra
grupos socialmente vulnerables son algunos
ejemplos de violaciones a los derechos
humanos provenientes de la programación
televisiva en Brasil.
Según una investigación de la Fundación
Perseu Abramo8, existen 2 tipos de
programas campeones de violación: los
programas de auditorio que explotan
conflictos personales y abusan de la
exposición de las desgracias de personas
en situación de vulnerabilidad sicológica
y social; y los programas policíacos que
violan los derechos de niños y adolescentes,
criminalizan la pobreza, invaden los
domicilios e irrespetan, de todas las formas
posibles, la dignidad humana.

Veamos el caso de la cantante Ludmilla en Otro caso se refiere a la exhibición de
la TV Record:
imágenes de arrestados a la prensa en
Alagoas que resultó también en Acción
Civil Pública, destacamos que:
8

La Fundación Perseu Abramo fue instituida por el Par-

tido de los Trabajadores el día 5 de mayo de 1996. Espacio

En el último día 24 de marzo, por medio
de una Acción Civil Pública impetrada
por la Defensoría Pública, la Justicia de
Alagoas prohibió que agentes públicos del
estado dispongan del derecho de imagen

creado fuera de las instancias partidarias, para el desarrollo de
actividades como las de reflexión política e ideológica, de promoción de debates, estudios e investigaciones, con el alcance,
la pluralidad de opiniones y la exención de ideas preconcebidas que, difícilmente, pueden ser encontradas en los embates
del día-a-día de un partido político. Disponible en: https://fpa-

9

Disponible en : http://pfdc.pgr.mpf.mp.br/informati-

bramo.org.br/ Acceso hecho el 03/08/2018.

vos/edicoes-2017/abril/110417/ Acceso hecho el 03/08/2018

El papel de las redes televisivas en el discurso de los derechos humanos: hipótesis de irrespeto a la dignidad humana. PP. 113-126

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

de individuos arrestados y los presenten
frente a la prensa. El objetivo es el garantizar
la preservación tanto de personas ya
condenadas como de aquellas en situación
provisional, además de evitar la explotación
del sensacionalismo por parte de la prensa.10

Con el fin de contribuir para la actuación
del Ministerio Público Federal en la
materia, la Procuraduría Federal de los
Derechos del Ciudadano del Ministerio
Público Federal (PFDC/MPF) encaminó a
las Procuradurías de la República de diez
estados brasileños datos colectados por
un estudio que identifica violaciones de
derechos humanos en programas de radio y
TV en ciudades brasileñas. La investigación
fue realizada por la ANDI Comunicación y
Derechos y contó con el apoyo de la PFDC
- Procuraduría Federal de los Derechos
del Ciudadano. El monitoreo se llevó a
cabo junto a 28 programas “policialescos”
de radio y televisión, durante 30 días, y
reveló la ocurrencia de 4.500 violaciones
de derechos y 15.761 infracciones a las
leyes brasileñas y a acuerdos multilaterales
ratificados por Brasil11. 12

10

Disponible en : http://pfdc.pgr.mpf.mp.br/informati-

vos/edicoes-2017/abril/110417/ Acceso hecho el 03/08/2018
11

Violación de Derechos Humanos en los Medios de Co-

municación: Materia exhibida el día 11.04.2017/ sitio del Ministerio Público ( Procuraduría General de la República) http://
pfdc.pgr.mpf.mp.br/informativos/edicoes-2017/abril/110417/

Fueron
realizadas
reuniones
con
instituciones del poder público y de la
sociedad civil para debatir la posibilidad
de alterar la reglamentación que trata de
las violaciones de derechos humanos en
los programas de radio y televisión, así
como los tipos de sanciones previstas.
También dejó disponible una herramienta
electrónica lanzada por la Procuraduría
Federal de los Derechos del Ciudadano
(PFDC) que busca auxiliar la actuación del
Ministerio Público Federal en la defensa del
Derecho a la Comunicación. El “Ministerio
Público por el Derecho a la Comunicación
(MPDCom) es un banco de informaciones
“online” que reúne marcos legales en el
área, modelos de actuación judicial y
extrajudicial, estudios y actividades de
interés en Brasil.13
Entre las violaciones apuntadas en la
pesquisa podemos destacar: el irrespeto a
la presunción de inocencia; incitación al
crimen, a la violencia, a la desobediencia
a la leyes o a las decisiones judiciales;
exposición indebida de personas y
familias; discursos de odio y preconcepto;
identificación de adolescentes en conflicto
con la ley; violación del derecho al silencio;
tortura psicológica y tratamiento deshumano
o degradante. Según la Procuraduría de la
República el Ministerio Público Federal, de
esos estados ya instauraron procedimientos
para analizar la violación a los derechos
humanos.

Acceso hecho el 25/07/2018
12

Disponible en : http://midia.pgr.mpf.gov.br/pfdc/

hotsites/mpdcom/noticias/noticia9.html
25/08/2018

Acceso hecho el

13

Disponible en: http://midia.pgr.mpf.gov.br/pfdc/hotsi-

tes/mpdcom/index.html Acceso hecho el 25/08/2018

Marden Reis de Abreu, Alessandro Rezende da Silva Rezende da Silva y Maurides Macêdo

�120

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Hay hipótesis de que los derechos
fundamentales14 están siendo irrespetados
hiriendo el principio de la dignidad
humana. Se constata que, en Brasil,
programas televisivos que buscan audiencia
a cualquier precio y de forma abusiva y o
arbitraria, violan el principio de la dignidad
humana, exclusivamente en los programas
de contenidos que discriminan y que van en
contra de grupos socialmente vulnerables.
Si por un lado tenemos el derecho a la
información, por otro tenemos, los derechos
de la personalidad, contemplados en los
artículos 11 a 21 del Código Civil de 2002
y también las normas más generales, el
artículo 5º, X, de la Constitución Federal
Brasileña de 1988, según la cual “son
inviolables la intimidad, la vida privada,
la honra y la imagen de las personas,
garantizando el derecho a la indemnización
por el daño material o moral proveniente de
su violación”.15
Podemos entender este fenómeno como
una antinomia, en la cual son colocadas
14

Derechos Fundamentales en la Constitución de la

República Federativa de Brasil de 1988, nuestra “constitución
ciudadana” en las palabras de Ulisses Guimarães. Como bien
destaca Ingo Wolfgang Sarlet, “trazando un paralelo entre la
Constitución de 1988 y el derecho constitucional positivo anterior, se constata, ya en la primera lectura, la existencia de algunas innovaciones de significativa importancia en la cosecha de
los derechos fundamentales”.
15

Disponible en : http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/

leis/2002/l10406compilada.htm Texto del Nuevo Código Civil
Brasileño – Ley n. 10.406, del 10 de enero de 2002. Día del
acceso el 03/10/2018

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en existencia dos normas, de las cuales es
prohibir y la otra permite (BOBBIO, 1958,
p. 86). Bobbio hace alusión a que debemos
fundamentar estos derechos fundamentales,
que la historia no es una repetición de
hechos como quieren algunos y que el
hombre puede transformar y construir su
realidad a través del respeto a los derechos
humanos. (Bobbio, 1992: 64)
La capacidad humana de pensar, aprender
con la experiencia y la observación, y de
transmitir lo que aprendió se vuelve campo
fértil para la proliferación de estereotipos,
de “verdades” estereotipadas y distorsiones.
Según Santos, el sentido común es “un
pensamiento necesariamente conservador
y fijista” (Santos, 1989: 32). Hace con que
sean aceptadas estructuras que discriminan
y muestran preconcepto como inherentes
a la naturaleza humana y no se nota
que aquello que parece ser una verdad
consolidada, fue construido a lo largo de la
historia con apoyo de las manifestaciones
que se alimentan (y se retroalimentan) de
esas distorsiones.
Por medio de esos cuestionamientos se
pasó a desarrollar un examen crítico de
la razón, teniendo por fin la investigación
de las condiciones en las cuales se da el
conocimiento humano. Según Kant en el
reino de los fines de semana, todo tiene un
precio o una dignidad. Cuando una cosa
tiene un precio, se puede poner en vez de
cualquier otra equivalente, pero cuando una
cosa está arriba de todo el precio, y, por lo
tanto no permite un equivalente, entonces
él tiene dignidad. (Kant, 2005: 77)

El papel de las redes televisivas en el discurso de los derechos humanos: hipótesis de irrespeto a la dignidad humana. PP. 113-126

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

No restan dudas de que programas televisivos
que presentan contenidos que discriminan
y que van contra grupos socialmente
vulnerables en su programación, violan
valores éticos y morales de la persona
humana. Además, gran parte de las
empresas, grupos mediáticos, se respaldan
en los derechos de información y libertad
de prensa. Para imponerse sobre las masas
aquello que más le interesan, más venden,
más llaman la atención, pese a que para eso
tengan la necesidad de irrespetar el derecho
del otro y su dignidad, (Kellner, 2001: 1112).

expandido a internet. Estudios sobre los
efectos de la violencia en la televisión se
realizan desde el comienzo del siglo XX y las
opiniones se dividen. Por un lado, estudiosos
defienden que los medios de comunicación,
principalmente por la violencia exhibida
en ellos, son capaces de influenciar el
comportamiento de las personas16.
El teórico húngaro, radicado en los Estados
Unidos, George Gerbner ha propuesto la
Teoría de la Cultivación. De acuerdo con esa
teoría, el tiempo de exposición de una persona
a la violencia de las redes televisivas puede
influenciar su percepción de la realidad.

Kant asegura, que el mal puede tener su
origen en las facultades racionales que
hacen del hombre un ser libre, y no en los
instintos o en su naturaleza pecaminosa en
la que este vive. Por eso, el mal no tiene
dimensión ontológica, no se contingenta, se
disemina por medio de la interacción y de
la reacción del deseo espiritual humano en
relación a las circunstancias.
En este sentido, la actuación de las redes
televisivas de forma a crear o difundir
estereotipos, preconceptos sobre negros,
mujeres, homosexuales, árabes y grupos
discriminados resulta en el aprisionamiento
de las libertades humanas. Hay evidencias
de que programas de entretenimiento en
Brasil hacen apología del mal contra grupos
marginados y vulnerables de la sociedad
hiriendo a la dignidad humana.

George Gerbner y sus colegas, que bautizaron
esta visión de mundo como ‘el síndrome
mundial de la perversidad’, concluyeron con
base en un examen intenso de las audiencias
de televisión durante muchos años que la
exposición de largo plazo a la televisión,
en la cual la violencia es virtualmente
inevitable, tiende a cultivar la imagen de un
mundo relativamente peligroso y malvado
(McCombs, 2009: 53).

Los efectos del exceso de violencia en las
redes televisivas son estudiados también por
el área de la psicología. El psicólogo, Rowell
Huesmann17, profesor del departamento de
16

Disponible en: http://extra.globo.com/noticias/mun-

do/mulher-espancada-em-frente-ao-filho-de-2-anos-em-plenaluz-do-dia-ele-tenta-protege-la-13041408.html dia del acceso:
27/06/2018

Esta violencia explícita de las redes televisivas,
que antes estaban contenidas en programas
denominados sensacionalistas, hoy se han

17

HUESMANN, Rowell L. The impact of eletronic media

violence: scientific theory and research. Journal of Adolescent
Health, n.41, p. 06-13, 2007.

Marden Reis de Abreu, Alessandro Rezende da Silva Rezende da Silva y Maurides Macêdo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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psicología de la Universidad de Michigan,
en los Estados Unidos, alerta para el riesgo
de la exposición exagerada a la violencia
en las redes televisivas en la vida humana.

Conforme Hannah Arendt, la recurrencia
del público a las redes como forma de tener
sus derechos respetados es parte del proceso
de pérdida de acción política.

Una grave consecuencia de violencia de las
redes televisivas e irrespeto a los derechos
humanos, sucedió en mayo de 2014 en el
estado de São Paulo/Brasil:

La vida de los pueblos, según Montesquieu,
se rige por leyes y costumbres; (...) Las leyes
establecen el ámbito de la vida pública
política, y las costumbres, el ámbito de la
sociedad. La caída de las naciones comienza
con el debilitamiento de la legalidad, ya sea
por abuso del gobierno en el poder, ya sea
porque la autoridad de la fuente de esas leyes
se pone en duda y se vuelve cuestionable.
En los dos casos, las leyes dejan de ser
consideradas válidas. Esto resulta en que
la nación, junto con la “creencia” en sus
propias leyes, pierde la capacidad de acción
política responsable; las personas dejan de
ser ciudadanas en el sentido pleno de la
palabra (Arendt, 2008: 338)

El ama de casa Fabiane María de Jesús fue
equivocadamente confundida con una
mujer que estaría raptando niños para usar
en rituales de magia negra, después que un
“retrato hablado” fue publicado en internet.
Acorralada por los vecinos del barrio donde
vivía en Guarujá, litoral del Estado de São Paulo,
Fabiane fue molida a golpes hasta la muerte,
con todas las agresiones siendo filmadas por
los participantes. Después cuando se descubre
su inocencia, los vecinos se defendieron,
afirmando que nadie podría considerarse
culpado de su muerte y que el linchamiento Para Hannah Arendt (2008), la comprensión
preliminar es lo que confiere significado al
era visto por ellos como algo normal.

En el episodio Fabiane de Jesús, debemos
preguntarnos como tales actos pudieron
ocurrir y como las redes pueden haber
influenciado en esa pérdida de sensibilidad,
al punto de matar a golpes a un ser humano
y que esto sea visto como algo normal.
Hoy vemos la expansión de la violencia en
vehículos de comunicación transcendiendo
a los programas sensacionalistas. Vídeos e
imágenes precedidos de una etiqueta con
un aviso sobre el grado fuerte del contenido
se pueden encontrar con cada vez más
frecuencia, principalmente en los portales
de noticias online.

conocimiento. Y el sentido común acaba
dando lugar a la lógica, lo que Arendt cree
que sea una característica del totalitarismo.
El cambio para la lógica causa un cambio de
ideología y trae consigo ideas deturpadas.
La principal distinción entre lógica y sentido
común es que este presupone un mundo
común en que todos nosotros cabemos,
donde vivimos juntos porque tenemos un
sentido que controla y ajusta todos los datos
sensoriales estrictamente particulares a los
de todos los otros; mientras que la lógica
y toda la evidencia con que se procede
al raciocinio lógico pueden alegar una

El papel de las redes televisivas en el discurso de los derechos humanos: hipótesis de irrespeto a la dignidad humana. PP. 113-126

�123

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

confiabilidad totalmente independiente del derecho dentro de un patrón moral de justicia,
mundo y de la existencia de otras personas equidad y debido proceso legal.
(Arendt, 2008: 341)

En este contexto es relevante la lección de
José Alfonso da Silva cuando afirma que
la dignidad de la persona humana ha sido
consagrada como el valor supremo que
lleva a todos los derechos fundamentales,
obligando que haya una densificación
valorativa que lleve en cuenta su amplio
sentido normativo constitucional.

La Constitución de la República Federativa
de Brasil estableció la dignidad de la persona
humana como uno de los fundamentos de la
República (artículo 1º. III)18. Sin embargo, de
la fuerza vinculante como regla del derecho,
la dignidad de la persona humana también
disfruta de la cualidad de principio y valor19. O
sea, ella es el patrón deontológico y axiológico
de moralidad dentro de la comunidad, [...] y no una idea cualquiera, apriorística
sirviendo como fundamento al desarrollo del del hombre, no se pudiendo reducir el
sentido de la dignidad humana a la defensa
18
Con la siguiente redacción: Artículo 1º. La República de los derechos personales tradicionales,
Federativa de Brasil, formada por la Unión indisoluble de los olvidándola en los casos de derechos
Estados y Municipios y del Distrito Federal, se constituye en sociales, o invocarla para construir la ‘teoría
Estado Democrático de Derecho y tiene como fundamentos: del núcleo de la personalidad individual’,
I- La soberanía; II -La ciudadanía; III- La dignidad de la persona ignorándola cuando se trate de garantizar
humana; IV- Los valores sociales del trabajo y de la libre inicia- las bases de la existencia humana.
tiva; V-El pluralismo político, párrafo único: Todo el poder emana del pueblo, que lo ejerce por medio de sus representantes
electos o directamente, en los términos de esta Constitución.
19

Para Robert Alexy, tanto las reglas como los principios

son normas, pues pueden ser formulados con el auxilio de las
expresiones deontológicas básicas del mandamiento, de la autorización y de la prohibición. La diferencia entre reglas y principios es que los principios son mandatos de optimización que
pueden ser cumplidos en diferentes grados, lo que depende de
las condiciones reales y jurídicas para su aplicación, mientras
las reglas solamente pueden cumplirse o no (o sea, son válidas
o no). En otras palabras, el conflicto de reglas es antinómico
mientras que los principios son susceptibles de ponderación y
armonización, sin perder la validez. Los valores, por su turno,
se consubstancian en nociones sobre lo que es el bien. Poseen
dimensión axiológica, aunque también están sujetos a la ponderación en la base de los derechos fundamentales. (ALEXY,
Robert. Teoría de los Derechos Fundamentales, p. 85-86 e 147)

El papel que las redes televisivas deben
desempeñar en la sociedad es de
concienciación de la ciudadanía con el
objetivo de promover la comprensión, la
fraternidad, la tolerancia, la justicia social y la
igualdad. Todos los días somos sorprendidos
con programaciones que irrespetan a la
dignidad humana. Al contrario de que
las redes televisivas sean un vehículo de
circulación de información y formación de
opinión, de garantía de hacer efectivos todos
los derechos humanos, se verifica, que ella
irrespeta los derechos de la dignidad humana,
y de un modo general, ha sido criminal e
irresponsable por los flagrantes de violencia,
intolerancia, irrespeto a la pluralidad y a la
diversidad en su programación.

Marden Reis de Abreu, Alessandro Rezende da Silva Rezende da Silva y Maurides Macêdo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

3. CONCLUSIÓN

5. TRABAJOS CITADOS

Se concluye que a pesar de que los derechos
humanos sean resultado de la expansión
de las conquistas sociales y políticas en la
búsqueda de la igualdad y libertad de los
individuos, esos derechos, en Brasil, aún
son cotidianamente violados en los medios
de comunicación que paradójicamente
resultaron de la evolución de la humanidad.
Las redes televisivas en el país son espacios
democráticos que al mismo tiempo
propagan ideas de respeto a los derechos
humanos, pero también violan esos mismos
derechos. En una carretera doble vía al
mismo tiempo, promueve la construcción
de la concienciación democrática, de la
información, de la movilización de las
masas y de la crítica social, pero también
actúa de forma abusiva y arbitraria con
programas de contenidos que discriminan
y que van en contra de grupos socialmente
vulnerables contribuyendo en el aumento
del preconcepto, del racismo, de la violencia
y de la discriminación de individuos
marginados y oprimidos.

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MCLUHAN, M. (1974) Os meios de comunicação como
extensões do homem. 4.ed. São Paulo: Cultrix.

Por lo tanto, las redes televisivas al
irrespetar los derechos de la dignidad
humana, al contrario, de preservar los
derechos entendidos como irrenunciables,
inalienables y imprescriptibles, han
contribuido a los actos flagrantes de
violencia, intolerancia e irrespeto a los
derechos humanos.

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El papel de las redes televisivas en el discurso de los derechos humanos: hipótesis de irrespeto a la dignidad humana. PP. 113-126

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

—
Marden Reis de Abreu
Afiliación: Universidade Federal de Goiás
Máster en en Derechos Humanos, en la Universidade
Federal de Goiás- Brasil, Especialista en Derechos
Humanos por la Universidade Federal de Goiás. UFG,
Graduado en Derecho, por la Faculdade Integrada
Brasil Amazônia - FIBRA. Belém-PA.. Profesor
del curso de post graduación Interdisciplinaria en
Patrimonio, Derechos Culturales y Ciudadanía, de
la UFG; Investigador Voluntario, en el Observatorio
Goyano de Derechos Humanos (Faculdade de
Ciências Sociais-FCS, de la UFG); Experiencia en el
área Civil, Ambiental y Empresarial. marcossoares.
ufg@gmail.com
Alessandro Rezende da Silva Rezende da Silva
Afiliación: Universidade Federal de Goiás
Post Doctorado en Derechos Humanos (UFG/Brasil),
Doctor en Ciencias Sociales (FLACSO/Ecuador),
Magíster en Ciencias Políticas (Unieuro/Brasil),
Especialista en Derechos Humanos y Seguridad
Pública (Unieuro/Brasil), Licenciado en Comunicación
Social (IESB) /Brasil)
Maurides Macêdo
Afiliación: Universidade Federal de Goiás
Graduada en Derecho (1985) y licenciada en
Historia por la Universidad Católica de Goiás
(1983), máster en Historia por la Universidade
Federal de Goiás (1990), doctora en Historia por
la Pontificia Universidade Católica de São Paulo
(1997) y Póst Doctora por la Universidad de Texas
(2010). Orientó varias tesinas de la Maestría y
tesis de Doctorado. Actualmente es profesora
titular jubilada de la Universidade Federal de
Goiás. Abogada - OAB-GO, desde 1986.Tiene
experiencia en el área de Derecho y Historia.
maurinha1312@hotmail.com
Marden Reis de Abreu, Alessandro Rezende da Silva Rezende da Silva y Maurides Macêdo

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Las violaciones de los derechos humanos por parte de
grupos de autodefensas en la lucha contra el terrorismo
y la delincuencia organizada en África Occidental y
América Latina
Human rights violations by self-defense groups in the fight
against terrorism and organized crime in West Africa and Latin
America
Idrissa Sangaré*

Resumen
La incapacidad de los Estados de África
Occidental y América Latina para garantizar
la seguridad nacional ha suscitado gran
preocupación entre la población de esas dos
zonas, que se ha visto de esas dos zonas, que se
ha visto obligada a hacerse cargo de su propia
seguridad. Así, el florecimiento de diferentes
milicias para hacer frente al terrorismo y al
crimen organizado. Precisamente se habla de
un violento combate que data de hace más de
diez años, es decir, últimamente las poblaciones
Cómo citar
Sangaré, I. Las violaciones de los derechos
humanos por parte de grupos de autodefensas en
la lucha contra el terrorismo y la delincuencia
organizada en África Occidental y América Latina:
Human rights violations by self-defense groups
in the fight against terrorism and organized crime
in West Africa and Latin America. Constructos
Criminológicos, 3(4). Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/44
*https://orcid.org/0000-0002-9178-0000
Colegios de Abogados de La Libertad, Perú

Recibido: 03-09-2022
Aceptado: 13-11-2022

de estas dos zonas viven diariamente en un
ambiente malsano por la presencia de hombres
armados; lo que traduce un clima desfavorable
para el desarrollo, a la educación y a la libertad
de circulación sin ninguna restricción y terror.
El terrorismo internacional en el África
Occidental y la delincuencia organizada en
América Latina han mostrado al mundo entero
los límites de las políticas gubernamentales
en materia de seguridad y de defensa de estas
dos subregiones; se trata de dos subregiones
diferentes, lo que, por supuesto, explicará
culturas diferentes, realidades no idénticas,
pero estas dos subregiones tienen común
un alto índice de inseguridad porque una se
enfrenta al terrorismo internacional y la otra a
la delincuencia internacional.
Palabras clave:
Autodefensa, Crimen
Organizado, Derechos Humanos, Terrorismo.
Abstract
The inability of the States of West Africa and
Latin America to guarantee national security

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

has caused great concern among the population
of those two areas, who have seen themselves
in those two areas, who have been forced to
take charge of their own security. Thus, the
flourishing of different militias to deal with
terrorism and organized crime. Precisely there
is talk of a violent combat that dates back more
than ten years, that is, lately the populations
of these two areas live daily in an unhealthy
environment due to the presence of armed men;
which translates into an unfavorable climate
for development, education and freedom of
movement without any restriction and terror.
International terrorism in West Africa and
organized crime in Latin America have shown
the entire world the limits of government security
and defense policies in these two subregions;
these are two different subregions, which, of
course, will explain different cultures, realities
that are not identical, but these two subregions
share a high rate of insecurity because one
faces international terrorism and the other
international crime.

Privilegiando la promoción de los valores
que rigen la sana convivencia en la sociedad
o la cohesión social.

Los grupos armados de autodefensas o
milicias como muchos lo llaman; tratan de
proteger a los habitantes en sus propias zonas
o países. ¿Por qué proteger las poblaciones?
La protección de las personas corresponde
a las instituciones públicas y privadas que
crean políticas adecuadas para asegurar
la extensión de su territorio contra los
enemigos externos e internos.

El Robert define así:
1. Viejo Ejército
2. Fuerza de policía suplente que sustituye
o refuerza a un ejército regular.
• Historia Milicias comunales, en la Edad
Media.
• Especial de la Milicia: cuerpo de
voluntarios franceses que apoyó a
los ocupantes alemanes contra la
Resistencia.

La importancia de esta investigación es
desarrollar la idea de por que debemos
conocer y analizar estas acciones tanto en
áfrica como en américa. Desde la óptica
criminológica, que es de prevenir las
violaciones de los derechos humanos.
Este artículo definirá primero las diferentes
terminologías (I) y después demostrar las
violaciones de los derechos humanos que
sufre la población de estas dos zonas por
parte de las milicias (II).
2. DEFINICIÓN
2.1 MILICIA

(latín Militia, servicio militar)
1. Desde la Edad Media hasta el siglo
XVIII, la tropa se reunió en las ciudades o
parroquias para reforzar el ejército regular.
Keywords: Self-defense, Organized Crime, 2. Organización paramilitar que constituye
el elemento básico de ciertos partidos
Human Rights, Terrorism.
totalitarios o de determinadas dictaduras
(LAROUSSE, 2022).
1. INTRODUCCIÓN

Las violaciones de los derechos humanos por parte de grupos de autodefensas en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia
organizada en África Occidental y América Latina. PP. 127-140

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

3. Formación paramilitar o policial no
oficial. Milicia privada. Milicias Populares.
4. (Bélgica) Servicio militar.

129
El Código Penal de Francia, concretamente
en su artículo 421-1, define el terrorismo....

Constituyen actos de terrorismo, cuando
2.2 TERRORISMO
estén intencionalmente relacionados con
El mayor obstáculo en la lucha contra una empresa individual o colectiva cuyo
el terrorismo es la inexistencia de una objetivo sea perturbar gravemente el orden
público mediante la intimidación o el terror,
definición universal de la materia.
La resolución 49/60 de las Naciones Unidas los delitos siguientes:
establece:
1a. Los atentados voluntarios contra la
vida, los atentados voluntarios contra la
“los actos que, con fines políticos, se
integridad de la persona, el secuestro y el
conozcan o se calculen para provocar el
secuestro de aeronaves, buques o cualquier
terror en el público, en un grupo de personas
otro medio de transporte, definidos en el
o en particulares, son injustificables en todas
libro II del presente Código;
las circunstancias y cualesquiera que sean
2a.Losrobos,extorsiones,destrucciones,
los motivos de naturaleza política, filosófica,
degradaciones y deterioros, así como
ideológica, racial, Por motivos étnicos,
las infracciones en materia informática
religiosos o de otra índole” (Crime, 2022).
definidas en el libro III del presente
Código, etc (Légifrance, 2022).
El Código Penal Federal Mexicano, define el
terrorismo,
El Artículo 2 de la Ley N o n º 08 - 025/ DEL
- a quien utilice sustancias tóxicas, armas 23 JUL 2008 RELATIVA AL TERRORISMO
químicas, biológicas o similares, material EN MALÍ, dice:
radiactivo, material nuclear, mina radiactiva,
fuente de radiación o instrumentos que
emitan radiaciones, explosivos o armas de
fuego, o por el incendio, la inundación o
cualquier otro medio violento, que realice
de manera intencional actos contra bienes o
servicios, sean públicos o privados, o contra
la integridad física, emocional o la vida de
las personas, que produzcan alarma, miedo,
terror sobre la población o sobre un grupo o
sector de la población para atentar contra la
seguridad nacional o presionar a la autoridad
o a un particular, u obligarle a tomar una
decisión (FEDERAL, 2022).

2.1. El secuestro de una aeronave,
buque o vehículo mediante violencia,
amenaza de violencia o cualquier otra
forma de intimidación, y el secuestro
de una aeronave, buque o plataforma
fija para ejercer el control.
2.2. El hecho de comprometer la
seguridad de una aeronave, los
servicios Dún aeronáuticos, de una
estación ferroviaria, o de un muelle
fluvial, la navegación de un buque,
comunicando a sabiendas una
información falsa.
Idrissa Sangaré

�130

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

2.3. El acto de violencia:
• Contra una o varias personas que se
encuentren a bordo de una aeronave
en vuelo, de un buque, de una
plataforma fija o de un vehículo,
si este acto pudiera comprometer
la seguridad de dicha aeronave, de
la navegación del buque o de la
plataforma o del vehículo;
• Con ayuda de un dispositivo,
sustancia
o
arma,
en
un
aeropuerto, aeródromo, estación
ferroviaria o muelle fluvial, un
acto de violencia que cause o
pueda causar violencia grave
o la muerte, si se trata de un
aeropuerto, pueda comprometer
su seguridad, etc (JUSTICE, 2008).

constructoscriminologicos.uanl.mx

democrático de un Estado, a través del
miedo y el terror (Sangare, 2020).
2.3 TERRORISMO INTERNACIONAL

Abin dio una definición al terrorismo
internacional, “Son los incidentes cuyas
consecuencias y ramificaciones trascienden
claramente las fronteras nacionales, es
decir, cuando las víctimas, los ejecutores
y los locales de un atentado o incluso, los
medios utilizados envuelven a más de un
país o nacionalidad. Como, por ejemplo:
los atentados de la Torre Gemela World
Trade Center en Nueva York” (Ribeiro,
2022).
Antes de definir la delincuencia
transnacional, es muy importante saber el
significado de la delincuencia organizada.

El ex presidente de los Estados Unidos
de América, George Bush, piensa que el El diccionario Larousse define como crimen,
terrorismo tiene como objetivo: obligarnos 1. Delito castigado por la ley con pena
a cambiar nuestro hábito, permanecer en
de prisión o prisión de entre 10 años
retirada, convertirnos a alguien que no
y cadena perpetua (por oposición a
deseamos (Jacquemain, 2007).
contravención y delito).
2. Infracción muy grave a la ley o a la moral,
El diccionario Real Academia Española
a las leyes humanas; acto, atentado:
definió el terrorismo,
un crimen contra nuestra civilización.
1. m. Dominación por el terror.
2. m. Sucesión de actos de violencia
ejecutados para infundir terror.
3. m. Actuación criminal de bandas
organizadas, que, reiteradamente y por lo
común de modo indiscriminado, pretende
crear alarma social con fines políticos
(Española, 2022).

Sinónimos:
Atentado - suma global
3. Homicidio
intencional, asesinato:
crimen pasional.
Asesinato – Homicidio (LAROUSSE, 2022).

Según Interpol, las organizaciones de
delincuencia organizada se dedican a
El terrorismo es un acto violento que numerosas actividades delictivas en varios
tiene como objetivo cambiar el sistema territorios, es decir, actividades antisociales
Las violaciones de los derechos humanos por parte de grupos de autodefensas en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia
organizada en África Occidental y América Latina. PP. 127-140

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

como: la trata de seres humanos, el tráfico
de drogas, el tráfico de mercancías y armas
ilícitas, robo a mano armada, contrabando
o falsificación y blanqueo de dinero
(INTERPOL, 2022).
2.4 DELINCUENCIA ORGANIZADA
TRANSNACIONAL

La Oficina de las Naciones Unidas contra la
Droga y el Delito ha definido la delincuencia
organizada transnacional como:
“una de las principales amenazas a la
seguridad humana que obstaculiza el
desarrollo social, económico, político y
cultural de las sociedades en todo el mundo.
Se trata de un fenómeno multifacético que se
manifiesta en las diferentes actividades, entre
las que se encuentran: el tráfico de drogas,
el tráfico de seres humanos, el tráfico de
armas, el tráfico de migrantes, el blanqueo
de dinero, etc.... El tráfico de drogas es
una de las principales actividades de los
grupos delictivos organizados que generan
beneficios considerables” (crime., 2022).

La Convención de las Naciones Unidas
contra
la
delincuencia
organizada
transnacional y sus protocolos dio mas
definiciones que nos permiten entender
claramente en su artículo 2,
Las dichas definiciones son:
“Por “grupo delictivo organizado” se
entenderá un grupo estructurado de tres
o más personas que exista durante cierto
tiempo y que actúe concertadamente con el
propósito de cometer uno o más delitos graves

131
o delitos tipificados con arreglo a la presente
Convención con miras a obtener, directa o
indirectamente, un beneficio económico
u otro beneficio de orden material; b) Por
“delito grave” se entenderá la conducta
que constituya un delito punible con una
privación de libertad máxima de al menos
cuatro años o con una pena más grave; c)
Por “grupo estructurado” se entenderá un
grupo no formado fortuitamente para la
comisión inmediata de un delito y en el que
no necesariamente se haya asignado a sus
miembros funciones formalmente definidas
ni haya continuidad en la condición de
miembro o exista una estructura desarrollada;
d) Por “bienes” se entenderá los activos de
cualquier tipo, corporales o incorporales,
muebles o inmuebles, tangibles o intangibles,
y los documentos o instrumentos legales
que acrediten la propiedad u otros derechos
sobre dichos activos; e) Por “producto del
delito” se entenderá los bienes de cualquier
índole derivados u obtenidos directa o
indirectamente de la comisión de un delito;
f) Por “embargo preventivo” o “incautación”
se entenderá la prohibición temporal de
transferir, convertir, enajenar o mover
bienes, o la custodia o el control temporales
de bienes por mandamiento expedido por
un tribunal u otra autoridad competente; 6 g)
Por “decomiso” se entenderá la privación con
carácter definitivo de bienes por decisión de
un tribunal o de otra autoridad competente;
h) Por “delito determinante” se entenderá
todo delito del que se derive un producto
que pueda pasar a constituir materia de un
delito definido en el artículo 6 de la presente
Convención; i) Por “entrega vigilada” se
entenderá la técnica consistente en dejar
Idrissa Sangaré

�132

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

que remesas ilícitas o sospechosas salgan del
territorio de uno o más Estados, lo atraviesen
o entren en él, con el conocimiento y bajo la
supervisión de sus autoridades competentes,
con el fin de investigar delitos e identificar
a las personas involucradas en la comisión
de éstos; j) Por “organización regional
de integración económica” se entenderá
una organización constituida por Estados
soberanos de una región determinada, a la
que sus Estados miembros han transferido
competencia en las cuestiones regidas
por la presente Convención y que ha sido
debidamente facultada, de conformidad con
sus procedimientos internos, para firmar,
ratificar, aceptar o aprobar la Convención o
adherirse a ella; las referencias a los “Estados
Parte” con arreglo a la presente Convención se
aplicarán a esas organizaciones dentro de los
límites de su competencia” (PROTOCOLOS,
2022).

Gilles Favarel-Garrigues piensa de la
delincuencia organizada transnacional,
como redes más o menos especializadas en
actividades lícitas e ilícitas, precisamente:
los atentados violentos contra las personas
y los bienes, la organización de tráficos
ilícitos muy lucrativos (falsificación, tráfico
de drogas, de armas...), y por supuesto
también de la delincuencia económica y de
negocios, es decir, entre otras, las estafas,
los fraudes, la corrupción o el blanqueo de
dinero. Su principal objetivo es financiero.
2.5 DERECHOS HUMANOS

La Declaración Universal de los Derechos
Humanos, adoptada por los jefes de Estado
o de gobierno, garantiza un conjunto

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de principios que tiene como objetivo
principal defender la dignidad humana. Los
30 principios garantistas son:
1. Todos los seres humanos nacen libres
e iguales. 2. Todas las personas tienen los
derechos proclamados en esta carta. 3.
Todo individuo tiene derecho a la vida,
la libertad y la seguridad. 4. Nadie será
sometido a esclavitud ni a servidumbre.
5. Nadie será sometido a penas, torturas
ni tratos crueles o inhumanos. 6. Todo ser
humano tiene derecho al reconocimiento
de su personalidad jurídica. 7. Todos
tienen derecho a la protección contra
la discriminación. 8. Toda persona tiene
derecho a un recurso efectivo ante los
tribunales. 9. Nadie podrá ser detenido,
desterrado ni preso arbitrariamente. 10.
Toda persona tiene derecho a un tribunal
independiente e imparcial. 11. Toda
persona tiene derecho a la presunción de
inocencia y a penas justas. 12. Toda persona
tiene derecho a la privacidad, la honra y la
reputación. 13. Toda persona tiene derecho
a la libre circulación y a elegir libremente
su residencia. 14. Toda persona tiene
derecho al asilo en cualquier país. 15. Toda
persona tiene derecho a una nacionalidad
y a cambiar de nacionalidad. 16. Todos los
individuos tienen derecho a un matrimonio
libre y a la protección de la familia. 17.
Toda persona tiene derecho a la propiedad
individual o colectiva. 18. Toda persona
tiene derecho a la libertad de pensamiento,
conciencia y religión. 19. Todo individuo
tiene derecho a la libertad de opinión y de
expresión. 20. Toda persona tiene derecho
a la libertad de reunión y asociación. 21.

Las violaciones de los derechos humanos por parte de grupos de autodefensas en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia
organizada en África Occidental y América Latina. PP. 127-140

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Toda persona tiene derecho a participar,
directa o indirectamente, en el gobierno de
su país. 22. Toda persona tiene derecho a
la seguridad social. 23. Toda persona tiene
derecho al trabajo y la protección contra el
desempleo. 24. Toda persona tiene derecho
al descanso y al disfrute del tiempo libre.
25. Toda persona tiene derecho al bienestar:
alimentación, vivienda, asistencia médica,
vestido y otros servicios sociales básicos. 26.
Toda persona tiene derecho a la educación
y al libre desarrollo de la personalidad. 27.
Toda persona tiene derecho a tomar parte
en la vida cultural de su comunidad. 28.
Toda persona tiene derecho a un orden
social que garantice los derechos de esta
carta. 29. Toda persona tiene deberes con
respecto a su comunidad. 30. Nada de esta
carta podrá usarse para suprimir cualquiera
de los derechos (Unidas, 2022).

133
alimentaria, la abolición de la esclavitud
por razzia, la libertad de expresión y de
empresa (UNESCO, 2022).
El UNICEF, que es el organismo de las
Naciones Unidas para la infancia, dice así:
“Los derechos humanos son normas que
reconocen y protegen la dignidad de todos
los seres humanos. Ellos rigen la forma en
que vivimos en sociedad y unos con otros,
así como la relación entre los individuos
y los gobiernos y las obligaciones de los
gobiernos hacia ellos (UNICEF, 2022).

Por otra parte, la Declaración Universal de
Derechos Humanos de 10 de diciembre de
1948, en su preámbulo, considera que el
reconocimiento de la dignidad inherente a
todos los miembros de la familia humana y de
sus derechos iguales e inalienables constituye
el fundamento de la libertad, de la justicia y la
Algunos filósofos de los siglos XVII y XVIII paz en el mundo (l’homme, 2022).
trataron de definir los Derechos Humanos y
su encarnación se constató con fuerza en la Para Sägesser, los derechos humanos
Declaración de los Derechos del Hombre son derechos innatos del individuo, que
y del Ciudadano de 26 de agosto de 1789 posee independientemente de cualquier
(Sägesser, 2009).
reconocimiento por parte de una autoridad
política.
Pero sin olvidar que la noción misma es más
antigua y que otros textos más anteriores a ¿Cuáles son los derechos humanos?
1789 la evocan ya como la Carta de Mandén, Los derechos humanos son: el derecho
proclamada en Kouroukan Fouga en el a la seguridad humana, el derecho a
imperio de Malí, que hoy se llama Mali. La la justicia, el derecho a la asociación,
famosa Carta que data del siglo XIII, es una la igualdad de género, la igualdad de
de las constituciones más antiguas y, aunque oportunidades, el derecho a la educación,
sólo existe en forma oral, garantiza: la paz la libertad de expresión, la libertad de
social en la diversidad, la inviolabilidad culto y la libertad de circulación, etc
de la persona humana, la educación, (HUMANOS, 2020).
la integridad de la patria, la seguridad
Idrissa Sangaré

�134

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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Para Zaragoza, los derechos humanos se para poder protegerse de la violencia. Entre
pueden comprender así:
enero de 2021 y julio de 2021, hubo más
de 14.000 asesinatos (Presse, 2022).
“Los derechos humanos son el conjunto
de prerrogativas sustentadas en la dignidad
humana, cuya realización efectiva resulta
indispensable para el desarrollo integral de
la persona” (Idalia, 2022).

La región de Michoacán es muy rica en
la producción de limón y aguacate, lo
que convierte a México en el primer país
productor de aguacate en el mercado
Mundial. Así que los productores de
En general, y por respeto, la vida en aguacates también formaron su propia
sociedad no puede ser justa sin el respeto milicia; pagaban impuestos a los
narcotraficantes. Más de 2.000 dólares por
de los derechos humanos.
hectárea (Radio-Canada, 2022).
3. VIOLACIONES DE LOS DERECHOS
HUMANOS COMETIDAS POR LAS
MILICIAS
3.1 LAS MILICIAS EN AMÉRICA LATINA

• En México, desde 1990 se ha dado un
auge a las milicias en varias localidades
como el estado de Guerrero, Michoacán,
Chiapas, etc. Estas diferentes cuentan
con más de 50 grupos de autodefensas;
que tienen objetivos en común para
hacer frente a las diferentes bandas. Para
ellos las autoridades federales, estatales
y locales son incapaces de proteger a la
población y sus bienes, por otra parte,
algunos han ido más lejos hasta acusar
a los funcionarios de colusión con los
traficantes.

En 2013, en la misma región, situada en
el centro de la Federación Mexicana, las
milicias sabían que estaban ilegalmente
bien armados hasta los dientes, pero a la vez
no tenían elección, porque las autoridades
de Michoacán estaban sometidas a las
condiciones dictadas por los hombres
caballeros; que exigían a los funcionarios
locales pagar un día de salario por semana
al cartel (Steels, 2022).

Según Alfredo Valadez Rodríguez, del
diario La Jornada, siempre en busca de un
clima social pacífico, un diputado federal
de Zacatecas, Marco Flores Sánchez ha ido
más allá con un comentario escandaloso
diciendo que si la violencia y la situación
de seguridad persisten crítica y que el
gobierno federal mexicano no logra
Estas milicias están armadas con machetes resurgir este problema; que van a tomar
y fusiles de asalto automáticos se enfrentan las armas.
a los criminales y también a otros grupos
rivales. Estos combates aterrorizan a El colmo es que estos criminales ya no
las poblaciones que por miedo se han respeten sus propios códigos de honor,
desplazado hacia las comunidades rurales es decir, la prohibición de las violencias
Las violaciones de los derechos humanos por parte de grupos de autodefensas en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia
organizada en África Occidental y América Latina. PP. 127-140

�135

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

sexuales, de los secuestros y el consumo de movimientos revolucionarios de este
estupefacientes (Thibaud, 2014).
conflicto son: el Partido Comunista Peruano
Sendero Luminoso (PCPSL) y el Movimiento
Por otro lado las milicias de Guerrero Revolucionario Tupac Amaru (MRTA)
lucharon también el asentamiento de las (Boutron, 2015). Por otra parte, AMNISTÍA
empresas mineras que deseaban sacar dice que este país situado en América Latina,
provecho de los recursos subsuelos del por lo general sufre graves problemas en su
dispositivo de seguridad, ya que a menudo
Estado (Ocampo, 2022).
las familias se ven obligadas a abandonar
En Perú, en los años 70, la ausencia del sus hogares para estar a salvo del peligro.
Estado era una constatación en las zonas
rurales, los criadores estaban expuestos a los
ladrones de ganado. Puesto que eran muy
pobres cualquier vuelo era caótico para la
población, con el fin de evitar el robo de
sus bovinos, los peruanos decidieron formar
un grupo de personas que intercambiaba
entre ellos el turno de rol durante las
vigilancias nocturnas. Esta práctica fue tan
eficaz en la seguridad de estas diferentes
regiones agrícolas; hasta que más tarde ella
(la población) quería reemplazar al Estado
Y
(PLATEFORME, 2022).

En 1990, Centurión, líder de un movimiento
de liberación antiterrorista, era partidario de
la ley de talión, como un medio preventivo
y cuyo objetivo era exterminar al enemigo
nacional, todos aquellos que con sus
acciones pueden comprometer la seguridad
nacional (Monde, 2022). La ley del talión
hace referencia: ojos por ojos, dientes por
dientes, es decir, tu pena será el mismo grado
que el delito. Anteriormente se aplicaba
para tratar de intimidar a los delincuentes.
En la historia de Perú se registró un
violento conflicto que provocó la muerte
de más de 60.000 personas, los principales

En Colombia, las Fuerzas Armadas
Revolucionarias de Colombia (FARC) habían
tomado las armas contra la violencia y las
desigualdades cometidas por el Estado
colombiano sobre la población colombiana.
Pero esta tesis es rápidamente negada por la
comunidad internacional, que ha demostrado
que las FARC son también culpables de
algunas atrocidades de la delincuencia
organizada (Grajales, 2018).

Bogotá, es decir, las autoridades de
Colombia calificaron los miembros de FARC
como terroristas (Gandilhon, 2011).
Y, por otra parte, el Contrato Social de
cada país dice que es deber de cada Estado
garantizar su soberanía nacional, lo que ya
explica la seguridad humana (Durand, 2020).
Y, en una palabra, eso es lo que dijo
Platón: que el gobierno tiene la obligación
de proteger a la población contra ella
misma. Sin embargo, no debe confundirse
entre delincuente y enemigo, porque el
delincuente es considerado interno y el
enemigo externo (Saint-Bonnet, 2017).
Idrissa Sangaré

�136

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

3.2 LAS MILICIAS EN AFRICA OESTE
• En Burkina Faso, al igual que en otros
países, el terrorismo sigue causando
muchos daños, por ejemplo, uno de
los últimos atentados terroristas ha
registrado más de 75 muertos y más
de 1,000,000 de desplazados que
han abandonado sus hogares por
miedo (Unies, 2022). Y para llenar el
vacío causado por la ausencia de la
administración en todo el territorio.
Como comprenderá una
localidad
sin las fuerzas armadas de defensa y
de la seguridad será un terreno Fértil
para personas malintencionadas. Así
pues, en efecto, el pueblo de Burkina
Faso se equivocó, ya que trataron de
hacerse justicia con prácticas malsanas,
degradantes e inhumanas como el
linchamiento público, otros fueron un
paso más allá con la fijación de multas,
y organizaron juicios injustos, Digo
ilegal porque solo el Estado tiene el
poder a través de la fiscalía y la policía
judicial para investigar y los jueces para
decidir sobre cualquier caso (Dupuy,
2022).
• En Malí, la cuestión de los grupos de
autodefensas es muy compleja, para
no decir crítica, ya que tratan de hacer
creer a una parte de la población y a la
comunidad internacional, la existencia
de un problema étnico entre los Peulhs y
los Dogons, Con frecuencia observamos
comportamientos excluyentes entre
estas dos etnias. Que se acusan
simultáneamente de ser los autores de
varios atentados terroristas, incluso el
Gobierno del país ha acusado también al

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grupo de autodefensa Dana Amassagou,
pero que ha negado rápidamente el
hecho (Diawara, 2022).
Además, esta milicia está decidida a
defenderse contra los terroristas que
invadieron su territorio mientras que la
república se asuma; según ellos (los Dogons)
son los Peuls a los que consideran bandidos
armados que los atacan.
El financiamiento de este movimiento proviene
en gran parte de los impuestos, pero también
de los saqueos de los aldeanos. Y frente a
esta situación, los Peuls también han creado
su propio grupo de autodefensa, en lugar de
la ausencia de las autoridades de malí para
asegurar también sus propias aldeas.
3.3 LOS GRUPOS RADICALES

Estos grupos añaden, por su parte, a la
confusión que reina en Malí:
Ansar Dine, este grupo predominantemente
tuareg, vio la luz en enero de 2012. Este
grupo actúa en forma de guerra atacando
los sitios de las fuerzas extranjeras y de
las Naciones Unidas en Tessalit, en Kidal
(Norte) con fuego de artillería, tendiendo
emboscadas y colocando minas en las
carreteras nacionales.
Al-Qaida en el Magreb «Aqmi». Este
grupo, que no ha dejado de multiplicar los
secuestros y exacciones, se encuentra en
las zonas noroccidentales de Tombuctú y
un poco más hacia las fronteras que Malí
comparte con Argelia, Mauritania y el
Sáhara, según fuentes bien informadas.

Las violaciones de los derechos humanos por parte de grupos de autodefensas en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia
organizada en África Occidental y América Latina. PP. 127-140

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

137

El Movimiento por la Unidad y la Yihad en La política de género tiene los siguientes
África Occidental «MUJAO» fue creado en objetivos:
2012. Este grupo está muy presente en el 1. Apoyar a los Estados Miembros para
bucle del Níger en la región de Gao, en la
garantizar que las medidas de lucha
frontera entre Malí y el Níger y en la gran
contra el terrorismo y de prevención
zona de Tilemsi, entre Gao y Kidal.
del extremismo violento se basen en el
análisis de género y tengan en cuenta
Además, este movimiento es conocido
los derechos humanos de las mujeres, la
por su «tráfico de drogas», según algunos
igualdad de género y el empoderamiento
observadores (Ahmedou, 2022).
de la mujer.
2. Garantizar que todas las esferas de la
Con estos casos detectamos muchas
labor de la OLCT, como los programas,
violaciones de los derechos humanos sobre
la política, el desarrollo de capacidad
los que están relacionados a la violencia
y las comunicaciones,
incluyan
de genero. Por esa razón la Organización
sistemáticamente la agenda sobre las
de las Naciones Unidas a través la Oficina
mujeres y la paz y la seguridad y las
perspectivas de género en consonancia
de las Naciones Unidas de Lucha Contra el
con el derecho internacional, incluidos
Terrorismo (OLCT) actuó para garantizar los
el derecho internacional de los derechos
derechos de las mujeres.
humanos, el derecho humanitario y el
“La promoción de la igualdad de género
derecho de los refugiados.
y el empoderamiento de la mujer,
incluso mediante la incorporación de las En la actualidad, la OLCT está ejecutando
perspectivas de género, es un principio un proyecto en alianza con ONU-Mujeres
fundamental de la labor de las Naciones titulado
Unidas. La importancia del género se ha
reiterado en numerosas resoluciones de “*Reforma del sector de la Seguridad en una
la Asamblea General y del Consejo de Era de Terrorismo y Extremismo Violento:
Seguridad.
los Derechos de las Mujeres en la Región
del Sahel*” (Terrorismo, 2022).
Por consiguiente, la Oficina de las Naciones
Unidas de Lucha Contra el Terrorismo (OLCT) ¿Qué es Sahel?
está elaborando una amplia política de género Comienza desde el océano atlántico hasta al
que incluye un sistema de marcadores de mar rojo. Es una región de once países africanos
género para sus proyectos, a fin de asegurar que son: Senegal, Mauritania, Malí, Burkina
que las dimensiones de género se integren Faso, Níger, Chad, Nigeria, Camerún, Sudan,
en todos los aspectos de su labor, que abarca Eritrea, Argelia. Sahel cuenta con 427 millones
el desarrollo, la ejecución, la supervisión y la de habitantes, que es equivalente a 5,5% de
evaluación de proyectos.
la población mundial. ¿Porque nos interesa la
Idrissa Sangaré

�138

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

región Sahel? Porque tres países de esta región
se posicionan dentro de los diez países con una
alta tasa de desigualdad de género (UNIDAS,
2022). Además de las violencias hacia las
mujeres, los países de la franja Sahel conocen
también movimientos radicales (violencia con
fin ideológico-religioso).
CONCLUSIÓN

constructoscriminologicos.uanl.mx

principios fundamentales de cada Estado.
Además, desde una perspectiva de política
pública, el Estado debe tener claro tres cosas
muy importantes, las que podrían combatir
todas las formas de violencias sobre su
territorio:
• Controlar sus fuerzas armadas
• Instaurar una justicia social
• Optimizar la hacienda pública.

Como hemos venido señalando en el
presente trabajo, entendemos que ningún TRABAJOS CITADOS
grupo autodefensa debería existir; en otras
palabras, su existencia es anormal porque
viola normas internacionales.
Ahmedou, M. A. (14 de Septembre de 2022). AA. Obtenido de
https://www.aa.com.tr/fr/politique/12-principaux-groupes-

La función de proporcionar seguridad a las
personas, garantizar la convivencia social
pacífica, hacer efectivo el acceso a la justicia
y preservar en el marco del derecho el
ejercicio legítimo de la fuerza, corresponde
única y exclusivamente al Estado.

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Boutron, C. (2015). &lt;&lt;La pacification nous l’avons faite,
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En este orden de ideas, el gobierno es la única
institución para reconocer y garantizar los
principios fundamentales que promueven la
dignidad humana, la instrumentación de los
derechos humanos, de tal suerte que, si se
cumple con esto, se puede hacer referencia a
un sistema democrático y de derecho, el cual
no será debilitado, tal y como es el objetivo
que tienen los enemigos de la nación, como
nos hemos referido a los terroristas y los
grupos autodefensas relacionados al crimen
organizado trasnacional.

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Reiteramos la importancia de proteger a la
población y sus bienes, como una obligación
de todos los Estados y, además, uno de los

INTERNATIONALES,

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logiques-d-un-maintien-de-l-ordre-moral-le-cas-desgroupes-d-autodefense-koglweogo-au-burkina-fa

Las violaciones de los derechos humanos por parte de grupos de autodefensas en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia
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—
Idrissa Sangaré
Afiliación: Universidad de Bamako
Doctor en Criminología UANL, Maestría en Derecho Privado
de

la

Facultad

de

Ciencias

Jurídicas

y

Políticas,

Universidad de Bamako, Licenciatura en Derecho de la
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, Universidad de
Bamako, Malí

Las violaciones de los derechos humanos por parte de grupos de autodefensas en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia
organizada en África Occidental y América Latina. PP. 127-140

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Influencia de la criminología ambiental en la respuesta
policial, caso Colombia
Influence of environmental criminology in the police response,
case Colombia
Giovany Álvarez Sánchez*
Ángela Patricia Figueroa Mejía*
Pablo Antonio Criollo Rey*

Resumen
La influencia ambiental tiene una alta incidencia
en la respuesta policial y por ende un efecto
en los procedimientos policiales. Existen
diferentes elementos de índole endógeno y
exógeno que interactúan con el individuo,
que tiene la capacidad de afectar y modificar
el comportamiento del policial, esto incide de
forma positiva y/o negativa dependiendo del
contexto, generando cambios individuales y/o
grupales en los ámbitos en el cual se desarrolla;
para lo cual es importante determinar
qué variables y factores incurren en esta
modificación conductual para su análisis. De
allí, que teóricamente se evidencie que existen
Cómo citar
Alvarez Sánchez, G., Figueroa Mejia, A. P., &amp;
Criollo Rey, P. A. Influencia de la criminología
ambiental en la respuesta policial, caso Colombia:
Influence of environmental criminology in the
police response, case Colombia. Constructos
Criminológicos, 3(4). Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/45
*Policía Nacional de Colombia

Recibido: 11-10-2022
Aceptado: 03-12-2022

entornos más propensos a tener altos índices
delictivos y como estos tienen una afectación
directa en el comportamiento del uniformado y
en la forma como procede.
Palabras clave: Criminología ambiental,
procedimientos de policía, respuesta policial,
Influencia ambiental en el uniformado.
Abstract
Theenvironmentalinfluencehasahighincidence
on the police response and therefore an effect
on police procedures. There are elements of an
endogenous and exogenous nature that interact
with the individual, who have the capacity to
affect and modify the behavior of the police
officer, this affects positively and/or negatively
depending on the context, showing individual
and/or group changes in the approaches in
which develops; for which it is important to
determine which variables and factors incur in
this behavioral modification for analysis. From
there, it is theoretically evident that there are
environments that are more likely to have high

�142

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

crime rates and how these have a direct impact Para el año 2020 la Policía Nacional de
on the behavior of the uniformed and the way Colombia daba cuenta que del 100% de
los procedimientos ejecutados por los
in which it proceeds.

policías, el 42% tienen que ver con el
Key Words: Environmental criminology, police accionar individual del policía en la calle,
procedures, police response, Environmental donde estos pueden estar influenciados
de alguna forma por el entorno en donde
influence on the uniformed.
laboran, hipótesis que se propone para esta
investigación y que tiene como fin generar
I. INTRODUCCIÓN
aportes significativos en la mejora continua
En la actualidad la relación entre los del servicio de policía.
ciudadanos y las fuerzas de policía han
experimentado importantes cambios y Para dimensionar este fenómeno, se han
diversos aprendizajes, lo que debe llevar identificado las ciudades que tiene una
a las instituciones policiales a redefinir su mayor cantidad de casos de policía como
organización y propósito fundamental. lo son: la Metropolitana de Bogotá, Valle de
Según Espinoza (2020), se les debe realizar Aburrá, Cali, Barranquilla y el Departamento
desde los caducos modelos represivos de Cundinamarca, la totalidad de los casos
y reactivos hacia modelos proactivos se encuentran clasificados en un poco más
y preventivos cuya principal misión es de cuarenta (40) causas que a su vez se
preservar el orden y la seguridad. Estos dividen en ciento ochenta (180) subcausas,
cambios y modelos deben tener el valor lo que deja en evidencia lo complejo de
agregado para generar un bienestar y esta investigación y su imperiosa necesidad
calidad de vida de los uniformados para de ser resuelta. (Policía Nacional, 2020).
que mejore su condición biopsicosocial, y
pueda entregar un servicio cada vez más Es entonces la Metropolitana de Bogotá,
humanizado, eficaz, eficiente y de calidad. una de las ciudades con mayor incidencia a
nivel nacional con respecto a la cantidad de
La presente propuesta, tiene su origen casos de policía. En ese orden de ideas, se
en la creciente preocupación por parte selecciona la localidad de Ciudad Bolívar
de la Policía Nacional de Colombia de como una de las más emblemáticas de la
lograr identificar los factores endógenos ciudad, por su complejidad por la falta
y exógenos presentes en los entorno en de vías de acceso, infraestructura pública,
los que laboran los policías, los cuales desorganización urbanística y altos índices
inciden de forma positiva y/o negativa de criminalidad, aspectos que la hacen
como causas primarias o secundarias de relevante para este tipo de estudio.
su comportamiento, que se presentan en la
ejecución de los procedimientos policiales Todas las características de la localidad
de Ciudad Bolívar mencionadas
y se materializan en fallas o quejas.
Influencia de la criminología ambiental en la respuesta policial, caso Colombia PP. 141-154

�143

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

anteriormente, dificultan las iniciativas de
control del delito. Los gobiernos requieren
soluciones innovadoras
y
prácticas
para medir y monitorear fenómenos. En
Colombia, estudios anteriores (Alvarado
2013) han identificado la falta de
información para llegar a conclusiones
y recomendaciones. Históricamente, las
entidades gubernamentales han apelado
principalmente a estadísticas globales
y encuestas incompletas para diseñar
estrategias de control. Sin embargo, los
diseñadores de políticas deben comprender
la estructura e incluso la dinámica de
los delitos a fin de producir estrategias
de control en lo que corresponde a
entornos criminógenos. De esta forma,
la prevención situacional podría ser más
efectiva, este trabajo aborda esta necesidad
de información respecto de la influencia
del entorno en la respuesta policial,
introduciendo nuevas metodologías de
comprensión de esta influencia mediante
la criminología ambiental y el modelo de
riesgos del terreno (MRT).
2.

MODELO DEL RIESGO DEL TERRENO

y las características ambientales que tienen
influencia espacial y, por lo tanto, generan
vulnerabilidad a la violencia y las amenazas.
Esta técnica, es ampliamente aplicada en
las grandes ciudades de los Estados Unidos
(Barnum et al., 2016; Caplan et al., 2014,
2015), también ha sido explorada para la
predicción del delito en Europa (Dugato
2013; Kocher y Leitner 2015) e incluso
en América Latina (Oliveira et al. 2015).
Como lo explica Caplan et al. (2014),
MRT proporciona información valiosa
para comprender la influencia del entorno
en la respuesta policial y esta a su vez, se
convierte en una herramienta de sumo valor
en la comprensión del contexto, que a su vez
genera conciencia situacional que le permite
al uniformado planear y actuar de mejor
forma como estrategia de intervención.
Sin embargo, Kocher y Leitner (2015)
enfatizan la importancia de la disponibilidad
y la calidad de los datos de riesgo, y el hecho
de que el uso de estas variables reportadas
en la literatura puede no aplicarse a las
condiciones locales donde se utilizará el
modelo del riesgo del terreno. Es por eso que
se complementa con teorías criminológicas
ambientales, las cuales se desarrolla en un
conjunto de contextos superpuestos que
establecen distintos niveles de influencia
sobre el individuo, a la vez que interactúan
entre ellos.

Según lo propuesto por Caplan (2011),
MRT tiene como objetivo modelar los
patrones espaciales de interacción entre
las diferentes variables y un resultado
del crimen. Dichos modelos apuntan a
lugares donde las condiciones ambientales
específicas aumentan el riesgo de crimen
o victimización. Se ha llevado a cabo un 3. HIBRIDACIÓN SOCIAL
amplio trabajo en el pasado, mediante la
aplicación del MRT a una amplia gama de En Colombia ha sido notable el uso de la
estudios de casos. Se estudiaron los eventos violencia como factor dinamizador del
Giovany Alvarez Sánchez, Angela Patricia Figueroa Mejia y Pablo Antonio Criollo Rey

�144

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

crimen y por ende de la actividad de la Policía
Nacional de Colombia. La violencia ha sido
por muchos años un factor con el que se ha
tenido que vivir, la normalización de este
fenómeno al interior de las comunidades
se ve reflejadas en hechos de intolerancia,
siendo latente la preocupación en los
procesos de hibridación social definido por
Sergio A. Sandoval G. como:
“Fenómeno multiforme y de gran
complejidad con el que se vinculan algunas
de las transformaciones sociales de las
últimas décadas. Manifestaciones del cambio
social que expresan los procesos de unidad
diversidad, inclusión, exclusión, integracióndesintegración y de homogeneidadheterogeneidad, presentes en el ámbito de la
sociedad global”, (p. 48).

Producto de lo anterior se afirma que la
noción de comunidad en la cotidianidad
es relativa; que dada la fragmentación
social y del poder (Migdal, 2011), así
como la pluralidad de órdenes, existe una
contraposición de finalidades de la que,
eventualmente, emerge una colisión violenta
o no del sistema normativo o entorno
complejo según el marco conceptual de
la policía contemporánea (Huntington,
1973; March &amp; Olsen, 1997; Loubet,
1998; Vallés &amp; Martí i Puig, 2015; Flynn
&amp; Herrington, 2015). Esta última sería la
causa de enfrentamientos entre ciudadanos
y grupos sociales, los grupos sociales y el
cuerpo de policía, los grupos sociales y
el Gobierno, lo cual podría traducirse en
eventos de violencia y delincuencia urbana
(Burgess, 2010), situación que no se aleja

constructoscriminologicos.uanl.mx

de la realidad actual con la conformación
de grupos autodenominados primera línea
u asociaciones barriales, que tienen sus
precedentes en países como Ucrania, Chile,
Ecuador y Bolivia.
Este panorama adverso supone la
configuración de varias situaciones en la
que el policía en la calle debe sobrellevar
para actuar de forma adecuada y que en
ocasiones complejiza la toma de decisiones
en el territorio descritas por Cortés, García
&amp; Gómez (2018) así: “El cuerpo de policía
decide cuál es el comportamiento más
adecuado para la intervención por parte
de sus miembros (enfoque anglosajón). El
gobierno influye en el comportamiento
del cuerpo de policía (enfoque continental
europeo) o lo deciden los miembros en la
cotidianidad (basado en sus experiencias),
de manera consciente y empírica, bajo
las prácticas caracterizadas por elementos
estresores que limitan el margen de acción
y que obliga al funcionario a la toma de
decisiones en fracción de segundos con la
información que recolecta del contexto en
que se encuentra” (p.17).
4. EL TRIÁNGULO DEL DELITO

El triángulo de la criminalidad conocido
como Teoría Ambiental Rutinaria (TAR),
formulada por Clarke y Felson (1993), la que
establece que el crimen predatorio ocurre
cuando un posible infractor y un blanco
se reúnen en un lugar y tiempo específico.
Es clara la irrelevancia que tiene el ente
policial, desde una perspectiva meramente
represiva o reactiva, teniendo como

Influencia de la criminología ambiental en la respuesta policial, caso Colombia PP. 141-154

�145

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

argumento lo antes expresado, la apuesta
está en generar nuevos forma de entender
este planteamiento en lo que respecta a la
criminología ambiental bajo una premisa de
relevancia en la que el policía es un actor
relevante en la prevención de delitos.

interactúa con el entorno (modo tiempo
y lugar) como variable determinante en la
comisión del delito. Lo que se denomina
guardia eficaz, va más allá de la sola
presencia de autoridad, también entra
en esta ecuación la vigilancia que hacen

Figura 2. El Triángulo del Delito

Nota: Elaboración propia a partir de los enunciados en la teoría de las Actividades
Cotidianas de Cohen y Felson (1979).

La mencionada teoría expone que el delito
se produce cuando se unen en un espacio
y tiempo determinado, un delincuente
motivado y el guardián eficaz capaz de
proteger a dicho objetivo está ausente.
Tomado como referencia la imagen anterior,
lo que se pretende desde este abordaje
teórico, es discernir sobre uno de los tres
lados del triángulo y vincular aspectos que
antes no eran relevantes, ya que la teoría
sólo plantea tres elementos como lo es
el delito, la víctima y el victimario como
actores principales el triángulo del delito,
en esta nueva perspectiva, se replantea
la teoría y se pone a consideración como
actor principal al policía que también

particulares (vecinos, familiares y amigos)
como de elementos tecnológicos como
son las cámaras de seguridad, variables
nuevas en esta teoría, teniendo como
referencias los nuevos elementos presentes
en la ecuación se hace más complejo
la comprensión del delito per se, con
una nueva variable que se denomina
contexto (ambiente) en el que se ejecutó
el delito como tal; es aquí donde está lo
diferenciador de este nuevo planteamiento,
enriqueciendo la comprensión, aportando,
conciencia, situación que determina cómo
va a ejecutar los procedimientos en la calle
el policía.

Giovany Alvarez Sánchez, Angela Patricia Figueroa Mejia y Pablo Antonio Criollo Rey

�146

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

es una ciencia causal, la cual busca las
causas de la violencia en relación con sus
La criminología es una ciencia cuyo efectos, lo que implica la correlación de
objeto de estudio tiene dimensión óntica, variables, incidiendo en la realidad para
lo que quiere decir que la criminología interrumpir un curso de acción violento.
no es una ciencia formal per se, sino una
ciencia material y puede ser percibida No existe una teoría general de la
por los sentidos; tiene que ver con el ente criminología, cada una de las teorías
biológico del ser humano y su relación existentes tienen poder explicativo,
con su entorno, afectado por su contexto dependiendo de donde busca las causas
sociocultural. Para Palacios Pámanes de la violencia, teniendo como referente la
(2015), se define como una “ciencia que tabla 3, en la que se describe las corrientes
estudia las causas de la violencia (como y tipos de criminología con el nexo causal,
objeto de estudio la violencia), para clasificándose en contextos de prevención
comprenderla, explicarla, predecirla y según cada uno de los casos.
evitarla” (p. 33). Explicarla por lo que
5. CRIMINOLOGÍA AMBIENTAL

Tabla 2 Corrientes criminológicas

Nota: describe la relación existente cuando la criminología se pone en práctica y cuál es el tipo de prevención
resultante de esta interacción. Pámanes (2015, p. 78).

Influencia de la criminología ambiental en la respuesta policial, caso Colombia PP. 141-154

�147

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

En la prevención situacional en la que
se enmarca la criminología ambiental
y en la cual los policías acumulan una
amplia experiencia en la aplicación de
herramientas para la georreferenciación de
delitos mediante la teoría de los hotspot o
puntos calientes, tiene la atención puesta
en la interacción entre el entorno (espacios
físicos criminógenos que facilitan las
conductas violentas) y las situaciones que
la rodean. Buscando cambiar situaciones
propicias que perturben esa tranquilidad
relativa, y por último se cuenta con la
prevención de tipo social, la cual pretende
incidir en la estructura para hacer cambios.
El abordaje teórico se realizará desde la
Criminología Ambiental, ya que las dos
permiten realizar un abordaje del entorno
respecto al individuo y la situación fáctica
que es la influencia que se tiene sobre el
mismo.
6. EFECTO VECINDARIO COMO FACTOR
CRIMINÓGENO

De forma resumida, un factor criminógeno
se entiende como la suma de aquellos
elementos, endógenos o exógenos, sociales,
intrapersonales o psicológicos, entre otros;
que influyen en el comportamiento criminal
de los individuos. La relación de dichos
elementos no tiene igual resultado en el
comportamiento de toda persona dado que,
a nivel individual, ciertos componentes
atenúan o acentúan a otros. Ahora, cuando
se habla del «efecto barrio» como factor
criminógeno, es preciso señalar que las
razones por las cuales miembros de la

población delinquen, no han podido ser
respondidas de manera uniforme a través
de las diversas jurisdicciones (y tampoco
a nivel de estudiosos de la materia). Los
desencadenantes que generan actos
delictivos son mutables según el entorno y
de forma evidente, acorde a lo que cada país
considera actitudes lesivas a la sociedad.
Para entender a quienes cometen actos
ilícitos, quizás la respuesta más sencilla es
reducirla a aquellos que son procesados o
puestos en contacto con el sistema penal.
Sin embargo, es una afirmación que puede
resultar insuficiente, en razón que existen
muchas conductas relevantes a nivel
penal para los sistemas de justicia, que no
son reportadas ni investigadas, y que por
tanto resultan en la omisión de su registro,
entre otras causas. Pese a que los registros
policiales o antecedentes personales tienen
utilidad para los entes gubernamentales,
confiar del todo en aquellas cifras es errado,
dado que no toda infracción es puesta en
conocimiento de las autoridades y/o es
procesada por el sistema judicial.
7. MÉTODOS

El enfoque de esta investigación se
considera exploratorio, en tanto que el
fenómeno de estudio no ha sido investigado
en profundidad, permitiendo que a partir de
la descripción se identifiquen, caractericen
y reconozcan ciertos comportamientos,
atributos de las personas y grupos con la
intención de comprender e interpretar la
realidad, lo que García, (2009) caracteriza
como estudios más flexibles en su
metodología amplia y dispersa en el foco

Giovany Alvarez Sánchez, Angela Patricia Figueroa Mejia y Pablo Antonio Criollo Rey

�148

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

de análisis permitiendo indagar fenómenos el proyecto referente al replanteamiento
o situaciones que no han sido estudiadas.
en los paradigmas profesionales, estilos de
control y afrontamiento ante escenarios de
Además, es una investigación de tipo violencia o de conflicto, en donde ambas
cualitativo entendida esta como cualquier partes aplican sus diferentes normas,
tipo de estudio investigativo que produce conocimientos y visión para con los
hallazgos “a los que no se llega por diferentes contextos, esto con la finalidad
medio de procedimientos estadísticos u de estudiar, analizar, diseñar y generar
otros medios de cuantificación” (Strauss programas focalizados a la integración,
&amp; Corbin, 2002, p 11 - 12). Así las cosas, empalme y comunicación con la
corresponde a los estudios que se centran en comunidad, aplicando las capacidades de
acercarse a las experiencias de vida de las empatía escucha y comunicación asertiva
personas, los comportamientos, emociones que permita la transformación progresiva
y sentimientos, los movimientos sociales, de los conceptos, frente a la visión que
los fenómenos culturales, entre otros.
tiene la comunidad actualmente, donde
se manifiesta frente a los comportamientos
8. RESULTADOS Y DISCUSIÓN
que evidencia en la Policía Nacional y su
contraste en la comunidad.
Se pone en práctica la implementación
de un estudio continuo del cómo percibe De la correlación de resultados mediante
la población a la Policía Nacional, la triangulación de datos y muestras,
durante este proceso y a partir de los se logra evidenciar, que este método
hallazgos encontrados se puede concluir: ofrece resultados relevantes para esta
Los argumentos expuestos en el análisis investigación que tiene por objeto
de cada implicación ofrecen elementos contrastar la hipótesis en la que los
para situar a la Policía Nacional en un factores de la criminología ambiental
lugar preponderante en lo que respecta la generan influencia perceptible en los
conservación de la armonía social, siendo procedimientos de policía, esto se logra
uno de los servicios más demandados por a través de mediciones cuantificables
la ciudadanía, y al tener esa connotación en diferentes ámbitos: desempeño y
por ende es un servicio con una exigencia actuación policial, Clima laboral (intra
muy alta por los ciudadanos, lo que implica y extra laboral) y por último los factores
un gran reto para la Institución el lograr ambientales, para evaluar condiciones de
satisfacer las necesidades de los usuarios exposición a factores de riesgo tales como
con grandes estándares de calidad y la violencia, la criminalidad, entornos
profesionalismo.
urbanos, infraestructura, entre otros
que se ven reflejados en los primeros
Se acepta la hipótesis general alterna, debido componentes de evaluación ya descritos.
a que los resultados contienen relación con
Influencia de la criminología ambiental en la respuesta policial, caso Colombia PP. 141-154

�149

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Ahora bien, el esquema que parte del
análisis anterior, brinda una percepción
más amplia acerca de los factores a evaluar
y contrastar, iniciando con el desempeño
policial, evidenciando con niveles bajos de
satisfacción frente al servicio prestado por la
policía a la comunidad con un 53%, lo que
deja en evidencia falencias en el servicio
prestado y por ende niveles de desempeño
intermedio, en contraste el uniformado se
auto percibe con un 61.2% de nivel de
excelencia y un 35.9% en nivel bueno de
desempeño, obteniendo un 97.1% de alto
nivel, en lo que respecta en la evaluación de
su desempeño, lo que evidencia una gran
disparidad de resultados, lo que permite
inferir rasgos entre las muestras en estudio
en lo que respecta a la percepción obtenida,
este insumo es de suma importancia después
de contrastar con los factores criminológicos
ambientales.

6. Uso de la fuerza en la mayor parte de los
procedimientos.

En lo que respecta a la segunda categoría de
análisis clima laboral (intra y extralaboral se
logró evidenciar los siguientes aspectos:
Se identificaron estresores laborales
asociados a la interacción con jefes y
atención de motivos de policía.
Hostilidad en la atención de motivos
de policía. Ambiente laboral violento.
(jurisdicción o cuadrante)

1. Impulsividad de la ciudadanía en la
actuación policial.
2. Resiliencia en la atención de motivos de
policía.
3. Bajos niveles de estrategias de afrontamiento.
4. Desarrollo socio afectivo.
5. Estabilidad de tareas (jornadas laborales
extensas).
Al explorar cuáles eran las razones de 6. Órdenes impartidas de forma excesiva.
los niveles de insatisfacción en la labor 7. Falta de estandarización de procesos.
policial, derivadas del desempeño de los 8. Cobertura geográfica.

uniformados, se observa que las razones
son del orden estructural, procedimental,
legislativo, aplicativo y social; las cuales
fueron previamente analizadas, enunciadas
así:
1.
2.
3.
4.
5.

Se logra evidenciar en esta segunda
categoría de análisis variables de interés
para esta investigación que permiten inferir
una notoria influencia de este factor en el
comportamiento del uniformado en donde
Tiempo de respuesta a los requerimientos el entorno laboral intra que hace referencia
ciudadanos.
a la interacción con sus subalternos,
Atención al ciudadano.
compañeros y jefes directos como inciden
Mayor pie de fuerza.
de forma positiva y/o negativa sobre el
Elementos obsoletos para el servicio (motos/ funcionario, lo que genera cambios de
vehículos).
comportamiento del mismo que se ven
Instalaciones policíacas no aptas para reflejados en cifras, tanto en el ámbito
atención al ciudadano.
operativo, administrativo y de atención
Giovany Alvarez Sánchez, Angela Patricia Figueroa Mejia y Pablo Antonio Criollo Rey

�150

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

de motivos de policía en la que tiene una
estrecha interacción con el ciudadano que
refleja su actual percepción del Policía con
respecto su desempeño.
En la tercera categoría de análisis y una de
las más importantes se logran identificar
las siguientes variables que denotan algún
grado de incidencia en el actuar del policía
en los procedimientos:
1. Mala infraestructura vial.
2. Entornos que favorecen la comisión de
delitos.
3. Alta percepción de impunidad en sectores
de la jurisdicción.
4. Se identificaron estresores laborales
asociados a la complejidad del cuadrante.
5. Hostilidad y violencia (en todas las
variantes) por parte de la comunidad en
sectores asociados al expendio de sustancias
alucinógenas.
6. Escenarios de protección a favor de la
delincuencia.
7. Sobreexposición a agresiones físicas o
verbales.
8. Poco o nulo reconocimiento laboral por
parte de autoridades administrativas y
comunidad.
9. Altos niveles de exigencia laboral por parte
de jefes y comunidad en general, dada la
alta demanda de motivos de policía.
10. Alta conflictividad social, cultura social
asociada al crimen como oficio.
11. Alta concentración criminal.

constructoscriminologicos.uanl.mx

de forma constante en el cuadrante
asignado, generan una gran presión y
responsabilidad por la diversidad de
requerimientos ciudadanos que van desde
una simple pregunta de rutina o el mal
estacionamiento de un vehículo, hasta la
desarticulación de delincuencia organizada,
con fuerte presencia en algunos sectores
de la jurisdicción que desbordan algunas
capacidades instaladas en el cuadrante y
que requieren de una intervención un poco
más especializada y con mayor capacidad
operativa e investigativa, lo que somete al
policía a una incertidumbre e impotencia,
al no lograr resolver este tipo de situación
en su cuadrante de responsabilidad.
Así mismo, el uniformado logra evidenciar
una sobreposición burocrática de la
funciones y actividades designadas por día, lo
que no da claridad y estabilidad en las tareas
asignadas, acciones que sobredimensionan
la mera actividad de prevención y reacción,
ante motivos de policía, lo que genera una
sobrecarga laboral que implica afectaciones
directas sobre el individuo y por ende en su
desempeño en diferentes ámbitos al laboral.
9. CONCLUSIONES

La criminología ambiental sigue siendo de
vital importancia en el siglo XXI, debido a que,
gracias a sus avances, actualmente se puede
hablar de prevención situacional en ámbitos
de prevención de delitos, como estrategia en
los cuerpos de policía en el mundo en el que
Queda en evidencia cómo los factores le permite al funcionario tener una mayor
asociados a la criminología ambiental, conciencia situacional de la problemática y
donde el funcionario de policía interactúa actuar en coherencia a la misma.
Influencia de la criminología ambiental en la respuesta policial, caso Colombia PP. 141-154

�151

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Se valora un replanteamiento en cuanto
al trato a la comunidad y empatía para
generar un fortalecimiento de relaciones,
se requiere identificar los estilos de vida
y sus peculiaridades en cada territorio,
para originar programas que satisfagan las
necesidades básicas y de crecimiento, para
ocasionar una construcción colectiva de
convivencia y seguridad.
Se logra evidenciar una forma del delito
distinta a la definida por el Estado, haciendo
énfasis en la forma legítima e ilegítima que
se utiliza para generar control de estos
comportamientos desviados o delictivos.
La criminología ambiental tiene como fin
la prevención situacional, y demostrar
el control irregular ejercido por actores
criminales, ya que se ha observado, que la
violencia estructural ejercida por los mismos
tiene una gran incidencia en el actuar de
la comunidad en general, lo que genera
escenarios proyectivos a la criminalidad y
sumado esto a las falencias estructurales
en vías y en el entorno que favorecen a
la criminalidad, por lo difícil del acceso,
luminosidad, carencia de servicios básicos
y educación crean un caldo de cultivo para
una cultura criminal y de alta percepción de
impunidad.
Se observa igualmente, que estos entornos
favorecen la proliferación de actores
criminales, que sumado a todas las
falencias ya descritas en esta investigación,
complejizan la actuación de los policías en
cada una de sus jurisdicciones, que a su
vez se convierten en factores estresores y de
riesgo asociados a la actividad de policía.

Parte del delito deriva del desempeño
y efectividad policial. Por tal motivo, al
estar la actividad de policía en lógicas
reactivas y sumado a todas las variables
ya identificadas en esta investigación, deja
en evidencia como la suma de factores
de un hecho multicausal como lo son
las falencias en los procedimientos de
policías, crea una notoria reflexión sobre
el deber ser de la actividad de policía y
cumplimiento de su fin, la prevención del
delito, la conservación de la convivencia
y seguridad ciudadana en cada uno de los
territorios.
Se resaltó igualmente el aporte que
generan las diferentes posturas en los
marcos teóricos planteados para el
desarrollo de esta investigación, la
criminología ambiental no debe ser
entendida como criminalidad ambiental
o delitos asociados a fauna y flora,
sino a las herramientas de compresión
del fenómeno de delito en el territorio
o espacio geográfico, en donde se
evidencian los factores que interactúan
entre el entorno y el individuo de forma
recíproca, y su influencia en la mitigación
de los fenómenos asociados en este caso
en particular con la reacción policial en
los procedimientos de policía, que en
lo fáctico fue evidenciado con claridad
estableciendo las variables de incidencia
que deben ser objeto de intervención por
parte de los interesados, en el que este
trabajo debería ser tenido en cuenta como
propuesta de estrategia institucional.

Giovany Alvarez Sánchez, Angela Patricia Figueroa Mejia y Pablo Antonio Criollo Rey

�152

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constructoscriminologicos.uanl.mx

Magister en Criminología y Victimología.
Especialista en Derecho de Policía. Administrador
Policial. Tecnólogo en Criminalística
Profesional de policía con más de 17 años de
experiencia
en
el
ámbito
educativo,
Investigación Criminal, Seguridad Ciudadana,
Criminología, Victimología, Justicia y Paz.
Consultor y asesor en el sector público- privado a
nivel nacional e internacional. correo electrónico:
giovany.alvarez@correo.policia.gov.co

Procesos Organizacionales: nuevos modelos para el XXI,
México, European Institute of Management.
Robbins, S &amp; Mary C, (2010) Administración, México, Pearson
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Angela Patricia Figueroa Mejia
Afiliación: Policía Nacional de Colombia
Magister en Criminología y Victimología.
Especialista en Derecho de Policía. Administrador
Policial. Tecnólogo en Criminalística
Profesional con más de 15 años de experiencia
en el ámbito educativo, Investigación Criminal,
Seguridad
Ciudadana,
Criminología,
Victimología, Justicia y Paz. Consultor y asesor
en
el
sector
públicoprivado.angela.figueroa5350@correo.policia.gov.co

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Washington, D. C., U. S. Department of Justice, National
Institute of Justice.

—
Giovany Alvarez Sánchez
Afiliación: Policía Nacional de Colombia

Pablo Antonio Criollo Rey
Afiliación: Policía Nacional de Colombia Abogado
especializado en Derecho Disciplinario, Magister
en
Derecho
Administrativo,
actualmente
Secretario General de la Policía Nacional. El
amplio conocimiento en el ámbito Jurídico y una
trayectoria de 27 años al servicio de la Patria,
han permitido consolidar una visión estratégica,
prospectiva, comprometida e integral respecto al
direccionamiento de procesos, asesoramiento a
la institución y al país en temas de Seguridad
Pública, Convivencia y Seguridad Ciudadana,
régimen prestacional y pensional, gestión en
defensa institucional, contractual, documental y
doctrinal, promoviendo iniciativas ante el
legislativo que han dado lugar a importantes

Influencia de la criminología ambiental en la respuesta policial, caso Colombia PP. 141-154

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023
cambios
normativos
orientados
al
fortalecimiento
del
servicio
y
cumplimiento de la misionalidad conferida
a la Policía Nacional de Colombia. correo
electrónico:
yodigital@gmail.com

Giovany Alvarez Sánchez, Angela Patricia Figueroa Mejia y Pablo Antonio Criollo Rey

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Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Actuación e intervención policial ante la problemática
adolescente en el México actual. Análisis conceptual de
adolescentes en presencia de autoridad como Autores/victimas
en el estado de Nuevo León
Action and police intervention in the face of adolescent problems
in present-day Mexico. Conceptual analysis of adolescents in the
presence of authority as Authors/victims in the state of Nuevo León
Emmanuel García López*

Resumen
Dentro del presente trabajo de investigación se
observa como los problemas sociales existen
desde el inicio de la convivencia social, el ser
humano vive en grupo bajo reglas establecidas
que deben ser respetadas y al mismo tiempo
el Estado es quien las establece por la misma
voluntad de la mayoría. En consecuencia,
se debe de satisfacer las necesidades de las
personas que integran está población. Establecer
derechos y obligaciones para cada individuo
de la sociedad se contrapone cuando no se
propician acciones necesarias que respeten los
derechos de la población y al mismo tiempo
satisfacer necesidades básicas en cada uno de
Cómo citar
Garcia, E. Actuación e intervención policial ante la
problemática adolescente en el México actual. :
Action and police intervention in the face of
adolescent problems in present-day Mexico.
Constructos Criminológicos, 3(4). Recuperado a
partir
de
https://constructoscriminologicos.uanl.mx/index.ph
p/cc/article/view/37
* Comisión Ejecutiva de Atención a Victimas

Recibido: 30-06-2022
Aceptado: 28-09-2022

los individuos. Por lo tanto, Este articulo analiza
de forma transversal la actuación e intervención
policial (autoridad) cuando un sujeto esta en su
presencia como autor/victima, en donde tendrá
que actuar en protección de la sociedad y del
individuo mismo dentro de su actuar.
Palabras clave: Adolescentes, Justicia, autoridad
Abstract
In recent research shows how social problems
exist since the beginning of social coexistence,
human beings live in groups under established
rules that must be respected and at the same
time the State is the one who establishes them
by the will of the majority. As a result, the needs
of the people who make up this population must
be satisfied. Establishing rights and obligations
for each individual of the society is opposed
when the necessary actions that respect the
rights of the population and at the same time
satisfy the basic needs of each individual are
not propitiated. Therefore, this article analyzes
in a transversal way the performance and police

�156

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

intervention (authority) when a subject is in his
presence as a perpetrator/victim, where he will
have to act in protection of society and the
individual himself in his actions.
Key words: teenager, justice, authority

INTRODUCCIÓN

Los problemas sociales existen desde
hace mucho tiempo, desde el inicio de la
convivencia social, el ser humano vive en
grupo bajo reglas establecidas que deben
ser respetadas y al mismo tiempo el Estado
es quien las establece por la misma voluntad
de la mayoría, pues se debe de satisfacer
necesidades de las personas que integran
está población. Establecer derechos y
obligaciones para cada individuo de la
sociedad se contrapone cuando no se
propician acciones necesarias que respeten
los derechos de está población y al mismo
tiempo satisfacer necesidades básicas en
cada uno de los individuos.

constructoscriminologicos.uanl.mx

ser considerados autores, participantes o
victimas en algunos de los hechos o contexto
que se presentaran a continuación.
En la vida del ser humano existen muchas
etapas de desarrollo que son susceptibles
de derechos y obligaciones, como lo
es la prenatal, previa al comienzo de la
existencia, que si bien se tienen derechos
desde la concepción de la vida no es tema
que por ahora no discutiremos. Pasando el
nacimiento comienza la niñez para luego
entrar a la adolescencia, que es la etapa
llena de cambios endógenos y exógenos
en los seres humanos y que deja paso a la
etapa de ser adulto joven y esta en su etapa
final de adulto mayor, hasta el final de su
existencia.
Se puede mencionar qué, sin aseverar en la
existencia sobre la tierra, de cada individuo.
Se observa a la niñez y la adolescencia, como
las etapas más cortas del desarrollo del ser
humano, llenas de cambios de todo tipo,
sin mencionar de las exigencias sociales a
estar listo para entrar en la etapa de la edad
adulta. La adolescencia se considera como
una compleja etapa con intensos cambios en
la vida del ser humano, y que se caracteriza
por la búsqueda o construcción de la
identidad. Las personas que se mencionan
experimentan importantes cambios físicos,
sociales y emocionales, es por ello, que son
objeto de transformación, vulnerabilidad y
oportunidades.

En lo antes expuesto se presenta cómo la
convivencia invita o crea por si misma la
actuación policial e intervención de esta,
como primer respondiente ante los hechos
y conductas resultado de la interacción
humana. Entorno a esa idea, la actuación
de un operador de la seguridad publica
no estará solo para supuestos de faltas,
infracciones o delitos, si no que también
en supuesto en donde a un individuo se le
vulneren los derechos, que dependiendo el Biológicamente, la adolescencia inicia
caso no pueda proteger por si mismo. Para el con la aparición de la pubertad y finaliza
caso concreto en adolescentes que pueden con el completo desarrollo del cuerpo.
Actuación e intervención policial ante la problemática adolescente en el México actual. PP. 155-168

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Muchos caen en la trampa de creer que
“adolescente” tiene una raíz o sentido
próximo a que “adolece” del castellano
“adolecer”, dada la similitud entre las
palabras y consecuentemente, acuden a esta
etimología como recurso retórico al hablar,
por ejemplo, “de los conflictos, problemas
y crisis del adolescente” (Real academia
española, 2017).
Sin embargo, estas palabras tienen raíces
muy distintas. “Adolescente” deriva del
participio latín adolescens “que crece”,
del verbo adolesco, adolevi, adultus
“crecer, desarrollarse”, por tanto, es el
que está creciendo, adulto del pasado,
que ya ha crecido. Los y las adolescentes
comprendidos como los
individuos
entre la edad de 10 y 19 años, según la
Organización Mundial de la Salud (2017).
No obstante, vale recordar que todas las
personas por debajo de los 18 años son
niños, de acuerdo con la Convención
Internacional sobre los Derechos del Niño
(CDN), por lo tanto, se benefician de la
protección legal dada por este instrumento
internacional.
Al mismo tiempo pueden también ser
jóvenes. Las Naciones Unidas definen la
juventud entre las edades de 15 a 24 años.
En consecuencia, los adolescentes pueden
ser el objeto de políticas nacionales de
juventud mientras son el sujeto de los
derechos de la niñez. Una vez definida
a la adolescencia y al grupo de personas
que la comprenden, hay que adentrarnos
a la problemática de aquellos que están en
conflicto con la ley.

157
De acuerdo con el Maestro Eduardo García
Máynez, la delincuencia es la conducta
resultante del fracaso del individuo para
adaptarse a las demandas de la sociedad en
que vive (García, 2002). Aceptando dicha
definición, existe un alto y preocupante
índice de individuos que no han logrado
adaptarse a la sociedad actual, lo cual se
vuelve aún más crítico si observamos que
la inadaptación se genera y empieza a
manifestarse en niños y adolescentes. Las
prioridades de los países son muy diferentes
en lo que a seguridad se refiere, y que la
capacidad para entender dichos problemas
tal como se define en la actualidad es
insuficiencia (Bailey &amp; Jorge, 2003).
Los estados buscan una solución al
problema o bien brindar los mecanismos
necesarios para atenderlos o prevenirlos.
En el caso de México y por influencia de
otros estados a nivel internacional se han
observado cambios o bien intenciones
de los legisladores en representación del
Estado por atender y dar respuesta a una
cantidad imprescindible de hechos no sólo
en materia de adolescentes, pero si llevando
de común denominador la impartición de
justicia, los derechos humanos, los intereses
superiores, la prevención, y sobre todo el
trabajo de respetar los derechos y satisfacer
necesidades. Como ejemplo de esos
cambios podemos observar los siguientes:
La Ley Nacional Del Sistema Integral
De Justicia Penal Para Adolescentes,
Ley General De Protección De Niñas,
Niños Y Adolescentes, Ley Nacional De
Mecanismos Alternativos De Solución
Emmanuel García López

�158

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

De Controversias En Materia Penal, Ley
General De La Prevención Social De La
Violencia Y La Delincuencia, El Código
Nacional De Procedimientos Penales y La
Ley Nacional De Ejecución Penal.

como delito, también es necesario tener en
mente el supuesto de que si un adolescente
menor de 14 años comete un delito grave
no podrá ser sancionado con la pena
privativa de la libertad o bien si no se le
configura la responsabilidad no será parte
Por último y no menos importante se debe de este sistema.
hablar de los cambios más importantes
por parte del Estado. En la reforma al En orden jerárquico Kelseniano (Galindo
ARTICULO 18 CONSTITUCIONAL se
Soza, 2018) se debe mencionar el Modelo
sientan las bases de justicia penal para Nacional Homologado de Justicia cívica y
adolescentes y se menciona quienes Buen Gobierno y Cultura de la Legalidad
tendrán la responsabilidad de este, el cual para los Municipios de México y el Modelo
fue modificado el 1 de enero del 2016. Nacional de policía y Justicia Cívica.
También se señala que serán parte de las Que dentro de sus apartados contempla
acciones pertinentes del sistema, aquellos la atención de la población en general
adolescentes que participen en un hecho para la resolución de problemas para que
que la ley señale como delitos, que además estos no escalen a delitos en dirección
establece los grupos etarios con relación al mejoramiento de la convivencia
a su responsabilidad ante la justicia, social. Por lo cual dentro de la atención
también enfatiza que se velará en cada de la población general se encuentran
momento por la orientación, protección y los adolescentes que participen o sean
tratamiento del adolescente atendiendo su responsables de conductas previstas dentro
protección integral y el interés superior del de los respectivos ordenamientos que se
adolescente.
mencionan. Esto en el sentido de tanto
de responsabilizar al adolescente para
Después de todas esas acciones, desde prevenir que reincida en la misma o una
la orientación al tratamiento deberán conducta mas grave, o en el caso que así
tener como fin la reinserción social, lo amerítela protección de la integridad y
la reintegración social y familiar del los derechos que esta población goza por
adolescente. El internamiento sólo podrá su condición especial.
ser usado como medida extrema y a los
adolescentes que tengan más de 14 años 1. LOS ADOLESCENTES EN EL ESTADO DE
y será solo por el menor tiempo posible NUEVO LEÓN QUE LLEGAN A PRESENCIA
que proceda; en esta línea en particular se DE LA AUTORIDAD
observa que la edad es un denominador
importante para las acciones de la autoridad La creciente violencia que enmarca no soló
que se presenta para atender a la población el Estado de Nuevo León, sino al país en
que participe en hechos que la ley señale general, no debería sorprender, sí analizamos
Actuación e intervención policial ante la problemática adolescente en el México actual. PP. 155-168

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

que la civilización contemporánea exalta
como valores supremos la riqueza y el poder
adquisitivo en forma de bienes y éxito, sin
importar la forma o los medios por los que
se obtienen.
En los últimos tiempos, en la zona de este
estado han transcurrido hechos relacionados
con adolescentes que están en conflicto
con ley, el último el 3 de octubre del
presente año cuando se presentó un motín
dentro del tutelar para menores, en donde
se observaba humo saliendo del lugar, la
causa fue que los adolescentes no estaban
de acuerdo con las medidas de seguridad
impuestas por parte de la administración
del lugar (Estrada, 2018). En otro año una
riña se desato dentro del tutelar de menores
cuando alguien del exterior lanzó al interior
del complejo dos paquetes de drogas, seis
celulares y un paquete de cigarros (Baldillo,
2017).
Así mismo, esto causó que los adolescentes
entrarán en una pelea por quedarse con
los objetos. Los motivos de que lanzaran
los objetos dentro del tutelar para menores
pueden ser variados, pero aun así no es
la primera vez que se suscitan hechos así
dentro de estas instituciones. En abril del
2017, ocho jóvenes acusados de delitos
graves se fugaron del tutelar usando ropa
como cuerda para descender después de
haber roto ventanas y barrotes, poco tiempo
después fueron aprendidos en el municipio
de Cadereyta (Garza, 2017). Estos hechos
lograron la destitución de funcionarios a
cargo de esta institución, en el caso de los
adultos la situación no ha sido tan diferente

159
como lo es el ejemplo del Centro Preventivo
de Reinserción Social Topo Chico, el cual
hoy en día ha dejado de realizar funciones.
No es pertinente dejar pasar otros casos
que no están cerca del tutelar de menores
pero que sin embargo son parte de la
problemática, como lo es el caso de un
Colegio en Monterrey en donde un joven
de 15 años disparó un arma de fuego en
contra de su maestro y tres compañeros para
después dispararse en la cabeza (Beauregard,
2017); otro asunto es el del adolescente de la
Preparatoria “TEC” (Campus Valle Alto) que
aunque ya tenia 18 años de edad se disparó
en la cabeza en el baño de esta institución
educativa (Forbes, 2018).
Así, la juventud nuevoleonesa del siglo XXI,
forma parte de una cultura de violencia,
generada por conflictos familiares,
económicos, políticos y sociales; lo
cual, aunado a la falta de oportunidades
de estudio y de empleo, promueven el
desplazamiento de los jóvenes hacia grupos
delincuenciales que les facilitan el acceso a
las drogas, al dinero y en general, que elevan
su sentimiento de auto valía, ya que como
se ha mencionado, los menores, aquejados
de inmadurez y cambios biosociológicos
importantes, llegan a una particular
situación de inadaptación, al situarse en
una posición normal de desafío ante el
mundo adulto, que lleno de contradicciones
morales, sociales y políticas, propician el
desarrollo de conductas para y antisociales,
en vías de satisfacer las necesidades de
reconocimiento e identificación en un
grupo determinado.
Emmanuel García López

�160

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

2 ANÁLISIS ESTADÍSTICO EN RELACIÓN
CON LA ACTUACIÓN E INTERVENCIÓN
POLICIAL.

La problemática que presenta los hechos
históricos antes mencionados, son la
necesidad de analizar el problema con el
objetivo de poder actuar o bien reaccionar
de forma ordenada y justificada. Motivo
por el cual se precisa conocer datos
pertinentes de los adolescentes como
población a estudiar y la impartición de
justicia frente a estos. Para la actuación
e intervención es preciso conocer ambos
datos mencionados con dirección a
obtener o mejorar los conocimientos y
habilidades presentes en la operatividad
de su trabajo.

constructoscriminologicos.uanl.mx

población adolescente presenta también
entre los 16 y 17 años que el 2.1 % de la
población nunca ha asistido a la escuela,
para después mencionar que el 62% si
cuenta con estudios de secundaria, el 13.2
% tiene secundaria incompleta, pero aún
más importante es que el 2.8 % sólo tiene
algún grado de primaria. Se puntualizan los
datos de forma general y específicamente
en educación solo por mencionar alguno
de los aspectos de rodean el desarrollo
e interacción adolescente dentro de la
comunidad.
Se debe especificar que no se perciben
datos para mencionar adolescentes por sexo
o en su caso alguna descripción que pueda
alejarnos del respeto de la perspectiva
de género. En tal caso, puntualizamos la
importancia de obtener esa información,
misma que los datos actuales no presentan.
Motivo por el cual se realiza el análisis
aun con espera de actualización que
pueda ayudar al mejor desarrollo de la
operatividad en actuación e intervención en
cada una de las instituciones participantes
en la seguridad pública a nivel municipal,
estatal y federal.

En concreto cuando hablamos de datos
adolescentes, más de la mitad de la
población en el mundo es menor de 25 años,
9 de cada 10 jóvenes viven en países no
desarrollados y cerca de 238 millones viven
en condiciones de extrema pobreza, si bien
este dato no es el punto de la investigación,
se muestra que se relaciona con la situación
de la población adolescente (Peñaloza P. J.,
2010). Los datos en forma general precisan
preocupación y justifican la necesidad de Sobre la población de adolescentes, pero en
específico en la impartición de justica del
buscar datos específicos.
INEGI, en el apartado de tabuladores básicos
La población total de personas en Nuevo y estimaciones puntuales de la Encuesta
León es de 5 119 504 habitantes. Según Nacional de Adolescentes en el Sistema
el INEGI en el estado de Nuevo León de Justicia Penal (ENAJUP) en el cuadro de
se registraron en el año 2010 (205, 518 población de adolescentes en el Sistema
adolescentes hombres entre los 15 y los de Justicia Penal por entidad federativa de
19 años) mientras que de 10-14 años detención y las principales autoridades que
son 211, 365 hombres. En educación la las llevaron a cabo (ENASJUP E. n., 2017):
Actuación e intervención policial ante la problemática adolescente en el México actual. PP. 155-168

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

•
•
•
•
•
•
•
•
•

Policía preventiva o municipal
Policía ministerial o judicial
Policía estatal
Policía federal
Ejercito
Operativo en conjunto
Policía especializada para adolescentes
Marina
Otros

De las anteriores se desprende las tres
principales autoridades que realizan las
detenciones, que son:
• Policía Preventiva o Municipal
• Policía Ministerial o Judicial
• Policía Estatal
Si bien no se establece con precisión los
adolescentes que dentro del estado de
Nuevo León sufren violencia, se debe
indicar que la violencia como tal al tener
muchos conceptos y definiciones, la puede
sufrir cualquier persona o habitante de la
comunidad. En particular esos habitantes
que se encuentran dentro los municipios de
Monterrey, General Escobedo, San Nicolás
de los Garza y San Pedro Garza García, todos
anteriores dentro de la Zona Metropolitana
de Monterrey solo por mención de algunos.
Es importante, conocer la perspectiva de
habitantes por edad por lo cual el primer
municipio que es Monterrey tiene una
población de menores de 372,225, General
Escobedo de 122,462, San Nicolás de
los Garza 145,972 y San pedro Garza
García con 35,629 (INEGI I. N., 2017). Es
preciso decir que la población de personas
menores de edad es muy representativa en
lo municipios seleccionados del estado de

161
Nuevo León. Que, si bien no son los únicos
de la zona, son los mas representativos en
los cuales se presentan hechos y datos
adolescente como se describió en la
información antecede.
Siguiendo con esta idea, no todos los
menores de 18 años son parte de la
problemática, pero si los que tenga 14 en
adelante, además de mencionar qué ¿en
cuantos años las demás personas que son
parte de está estadística pasarán por la edad
de 14-18 años?, en donde serán parte de
la población de adolescentes que podrían
llegar a presencia de la autoridad, por esto
nos referimos a todos los sujetos en los 0
años y menos de 14 años de edad. Que en
un corto plazo pasan de la infancia a formar
parte de la población adolescentes en la
cual se requiere atención.
Por policía municipal nos referimos a los que
operan en competencia de los municipios
mexicanos, al mismo tiempo están los
policías estatales que se presentan como
apoyo, reacción en la seguridad publica, y
por ultimo los policías ministeriales que dan
seguimiento a la persecución de delitos,
aunque los mencionado según la Ley de
seguridad publica del estado de Nuevo
León, realizan aun mas funciones entre ellas
la prevención del delito, aun especificando
que la policía ministerial es regida por su
propio reglamento (H. Congreso del Estado
de Nuevo León, 2021). Aunque comparten
funciones parecidas, las responsabilidades
son diferentes, pero para este análisis en
particular son las tres autoridades mas
cercanas dentro de su operatividad de estar
Emmanuel García López

�162

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

frente a adolescentes como victimarios o • Hechos que la ley señale como delito.
bien victimas.
• Hechos relacionados con conductas
antisociales y violentas.
Por autoridad nos podemos referir a • Hechos que se presuman como delitos
cualquier servidor público, que tenga
y/o faltas administrativas.
la facultad o competencia de recibir
adolescentes en su presencia. Para el caso Se mencionan tres hechos basados en la ley
particular de la actuación policial nos penal en materia de adolescentes, en la cual
referiremos a los elementos en activo que se establecen los hechos que la ley señala
forman parte de una institución policiaca como delito por cuales los adolescentes
como la mencionadas en la estadística de pueden tener responsabilidad o bien
detenciones. Los elementos mencionados recibir la pena privativa de libertad según
no son las únicas autoridades que participan el escenario que se presente. Es preciso se
en dicha interacción sin embargo por su tipo mencione que el punto de que el hecho no
de trabajo que los pone en contacto directo este en la lista de los antes mencionados o
con la comunidad. Sí bien no son los únicos, bien no este previsto en ley especial de la
son lo primeros en tener contacto cuando materia (Justicia penal para adolescentes),
las condiciones así lo permiten, no solo en aun así, los elementos en activo podrán
los supuestos de impartición de justicia si llevar a cabo su trabajo debido a que se esta
no también en protección de derechos.
cometiendo un delito establecido en la ley
penal del código federal o del estado Nuevo
3 ANÁLISIS DE LOS HECHOS Y
León.
CAUSAS POR LOS CUALES LOS
ADOLESCENTES PUEDEN LLEGAR A
PRESENCIA DE LA AUTORIDAD PARA LA
CONCEPTUALIZACIÓN DE LA ACTUACIÓN
E INTERVENCIÓN POLICIAL

Después del estudio de algunos hechos y
datos sobre la situación adolescente de forma
especifica. Esto por motivo de que, para la
mejor comprensión del tema en relación
con la actuación e intervención policial, se
debe de establecer supuestos o bien grupos
de población que se desprende de lo antes
mencionado. Dentro del análisis, primero
se establecerá los hechos por las cuales un
adolescente puede llegar a presencia de la
autoridad:

En el caso de conductas antisociales
y violentas como hechos en los que
participen o cometan los adolescentes, no
referimos a toda conducta que, no estando
contemplada por las leyes penales, lo
están por reglamentos municipales, buen
gobierno o justicia cívica según el caso
especifico del espacio temporal en el que
se encuentre el elemento en activo (Bernal
Ballesteros, 2019). Por lo cual también se
podrá presentar que aun en el caso que se
tenga duda razonable sobre la interpretación
de los reglamentos antes mencionados, los
adolescentes podrán se llevados ante la
autoridad competente en donde se aclarara
dicho hecho.

Actuación e intervención policial ante la problemática adolescente en el México actual. PP. 155-168

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

El tercer hecho en el cual se presuman es
la unificación del criterio que se menciona
en la parte final de los párrafos anteriores.
Con la finalidad de atender todos esos
hechos con mira de cuidar la convivencia
social de la ciudadanía en general. En el
caso específico de los adolescentes se lleva
a cabo para intervenir cualquier causa que
pueda presentar algún tipo conflicto o bien
manifestación de violencia en su presencia.
Todo lo mencionado por necesidad de
realizar dicho análisis de forma integral y
no de forma fragmentada en la cual son
se atiende los escenarios tradiciones que
los reglamentos denotan por motivaciones
distintas al correcto desarrollo de los
adolescentes encaminado al mejoramiento
social (Prieto Cruz, 2012).
Por causa se entiende que es “aquello que
se considera como fundamento o origen de
algo” (REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, 2020).
En el caso de este análisis de hechos debemos
especificar que no se mencionaran el sin fin
de causas presentes en adolescentes, puesto
que se podrían mencionar un sinfín de ellas
dependiendo el campo que se quiera analizar
como lo es la familia, economía, educación,
salud, trabajo, educación parental, e incluso
la impartición de justicia y las manifestaciones
actuales de la violencia (Por convivencia o en
medios de Comunicación) (Yunes, (1999).)
Para continuar con la conceptualización del
trabajo que se debe llevar a cabo alrededor
de la actuación e intervención policial. Se
mencionan los campos o bien destinos a los
cuales el elemento en activo llevara al sujeto
adolescente antes mencionado, según los

163
hechos ya expuestos. Destinos en los cuales
los policías trabajan las limitantes de su
actuación tanto en atención a población
general como adolescentes. La justicia
penal, pero en especifico la destinada
para adolescentes como una institución
compuesta por fiscales especializados
en la materia, jueces, magistrados, hasta
llegar a las instituciones penitenciaras de
la misma materia. Por otro lado, la justicia
cívica que es una institución presente en los
municipios para atender a la ciudadanía en
general en la salvaguarda del orden publico
y los derechos humanos (Quezada, 2020).
En este entendido se presenta uno de los
mayores retos de los sujetos que intervienen
como autoridad o bien primero respondiente
ante alguno de los hechos antes mencionado
en lo que participan adolescentes, en
los cuales se debe tener una instrucción
especializa y un amplio criterio por la
pequeña línea entre la posibilidad de actuar
de forma correcta o incorrecta por razón del
respeto a los derechos de los adolescentes.
Lo anterior por razón de que existen dentro
de los adolescentes grupos etarios que
deberán ser tratados de diferente forma
y según el hecho que se presuma como
por ejemplo la tarea que dentro de una
intervención de un policía tendrá que
determinar o presumir la edad de un posible
adolescente para dar paso a una decisión
por el simple hecho que no es lo mismo
tratar con un adolescente menor de catorce
años que no puede recibir pena privativa de
libertad o en su caso la medida cautelar de
prisión preventiva. Diferente posibilidad de
Emmanuel García López

�164

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

acción se presentara en los demás grupos
etarios en los cuales si se podrá configurar
si se tienen los elementos necesarios para
ello tanto la prisión preventiva y en su caso
la medida de privación de la libertad como
medida extrema y de manera excepcional
por los delitos que la Ley Nacional del
Sistema Integral de Justicia Penal para
Adolescentes (2022) LNSIJPA señale, así
mismo todo lo mencionado en este párrafo
esta fundamentado en la nacional En materia
de Adolescentes.
Con lo anterior no se intenta limitar la
actuación de un policía en el campo de
sus atribuciones, porque con esto no
se refiere a dejar pasar un hecho por la
posibilidad de no conseguir una medida
que responsabilice al o los adolescentes
que participen en un hecho o conducta. Lo
que se debe entender es que la actuación
del policía frente a un adolescente menor
de catorce años será diferente pues correcta
atención dará la oportunidad de asegurar y
salvaguardar los derechos del adolescente.
Una vez salvaguardado sus derechos el
primer respondiente le comunicara los
hechos a el Juzgado Cívico o en su Caso
a quien corresponda la investigación de
lo relacionado con la justicia penal para
adolescentes, pero sin olvidar que en caso
de existir deberán ser informados los padres
o tutores del o los adolescentes que tenga
en su presencia, si bien no se localizan o no
existen tales, podrá el estado representarlo.
Para poder ejemplificar lo mención de
la actuación e intervención policial se
representa la siguiente tabla.

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Actuación e intervención policial
Justicia penal para
adolescentes

Justicia cívica

Proteger y salvaguardar derechos
Atender las conductas adolescentes (Delitos/
Faltas administrativas).
Interés superior (articulo 18 constitucional)
Prevención del delito y de la violencia.

La actuación Policial e intervención de esta,
en el espectro de adolescentes esta limitada
a dos resultados. Debe aclararse qué son la
protección de derechos de adolescentes en
situación de calle o vulneración y los que
tengan responsabilidad o participación en
un hecho que trasgreda la ley penal o en su
caso el reglamento del espacio temporal en
el que se encuentre. Siendo el este ultimo
muy similar al primer resultado, solo que
fuera de la justicia penal para adolescentes
y presente los reglamentos de justicia
cívica de los Municipios Mexicanos. Sí un
elemento en activo detiene o en su caso
asegura a un adolescente que este frente a
el, por algún hecho que se describe en este
apartado. Podrá según el caso ponerlo a
disposición de la justicia penal o la justicia
cívica, no soló para su castigo, si no también
con la finalidad de salvaguardar y proteger
los derechos de los adolescentes.
La policía deberá en la operatividad de
sus funciones, que todo conflicto que se le
presente no llegue a daños mayores junto
con la justicia cívica, con la finalidad
dual de que se mejore la convivencia

Actuación e intervención policial ante la problemática adolescente en el México actual. PP. 155-168

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

y se prevenga el delito. Por lo cual el
Modelo Nacional de Policía y Justicia
Cívica hace referencia que la prevención
del delito es la atención que se brindara
a personas en general y en este caso en
particular adolescentes por la comisión o
participación en faltas administrativas o
bien delitos menores con el objetivo de
buscar prevenir que las mencionadas se
eleven a un delito o evitar el siguiente
paso para la aparición de una posible
trayectoria criminal. Esto se puede traducir
a la búsqueda de prevenir la reincidencia,
aunque en adolescentes el tema del
registro de conductas o faltas se maneja
de manera distinta al de los adultos. Lo
que se busca es que los jóvenes de lo que
hablamos que lleguen a estar en presencia
de la autoridad tengan la oportunidad de
recibir la atención adecuada. Atención
que ayude a respetar el interés superior
del adolescente, su desarrollo integral
y los derechos humanos de los cuales
gocen.
Menciona el modelo Nacional homologado
de Policía y Justicia cívica que se requiere
de un componente que no es policial, por
lo cual se refiere a que será independiente
de la intervención que el operador policial
realiza para con los adolescentes para
el caso particular que aquí se refiere. Por
tal reconoce en ese sentido que el primer
paso a seguir es la intervención policial en
el entendido de prevenir la delincuencia y
la violencia como primer paso que podrá
crear los escenarios del inicio del trabajo
de la justicia penal y de la justicia cívica.
Por lo tanto, se suma necesariamente para

165
atender aquellos conflictos que sin ser
delitos o actos violentos estén considerados
como infracciones o faltas administrativas
por los reglamentos de justicia cívica
y buen gobierno que se sumaran a las
responsabilidades de los operadores
policiales.
Ambas entidades encargadas de la
justicia deberán recibir en sus respectivas
instalaciones a los adolescentes de los
supuestos mencionados, sin embargo,
sus competencias son diferentes. Pero
ambos atienden y respetan principios de
legalidad e interés superior cuando de esta
población se trata. Actuar respetando la
conceptualización presentada, es de suma
complejidad, en la cual un solo elemento
esta obligado a conocer ambos sistemas
de justicia, aunque uno esta relacionado
directamente en el ámbito municipal y el
otro en el ámbito de competencia federal.
delitos y faltas no son una misma cosa, pero
el ser autor de una no elimina los derechos
y el interés superior del adolescente.
Prevenir es parte de la finalidad de ambos
sistemas, solo que el primero en sus
competencias de atender ciertas conductas
que están tipificadas como delito, se limitan
únicamente a lo establecido en la ley
especial del sistema integral de justicia
penal para adolescentes. La justicia cívica
esta para faltas en general que, si bien no son
delitos, están presentes en la comunidad no
solo en sujetos adolescentes si no en todo
ciudadano. El atender estas conductas no
tan graves, brindan posibilidad de prevenir
conductas en escalada de violencia.
Emmanuel García López

�166

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Pero al mismo tiempo comprometen a los
elementos policiales que deben realizar esta
actividad de manera idónea, respetando la
legalidad, los derechos humanos, el interés
superior del adolescente y al mismo tiempo
con finalidad de prevención no solo del
delito si no también de manifestaciones de
la violencia. Esta ultima entendida dentro
de la finalidad de la justicia cívica que, al
instaurarse, se suma a la competencia de
la función policial en su interacción con
la población en general y por ende en los
adolescentes presentes en la comunidad.
En supuestos de participante o autor de
conductas o en su caso de ser victima a la
cual se le salvaguardaran derechos.

constructoscriminologicos.uanl.mx

la justicia cívica según el escenario que se
presente.

Los escenarios presentados dependerán
de la actuación y función policial, el cual
su operatividad llevara a los adolescentes
frente a la autoridad correspondiente según
el tipo de conducta o hecho que se observe
por estos. Esta doble asistencia que el policía
deberá llevar a cabo tanto en apoyo de la
justicia penal y la justicia cívica, deberá en
cada momento de esta dotada de las mejores
practicas para que en la aplicación de sus
funciones se respeten no solo los derechos
humanos, si no también en cada instante
el interés superior del adolescente como
autor, participante o victima de conductas
Se debe mencionar, además, que la de ambas instituciones de justicia por su
intervención de una forma correcta condición especial adolescentes.
beneficia a todos los involucrados desde
el adolescente, aunque este consciente de El policía es en la justicia penal y la justicia
esto o no, pero también a los padres de cívica lo siguiente:
familia en el caso de su existencia y de • El primero representante del estado en
las comunidades mexicanas en general de
estar presente en la manifestación de las
la cual forman parte. Por lo cual la buena
conductas de la población en general y
realización de una intervención beneficia
de los adolescentes en específico para
de forma directa o indirecta tanto a las
este análisis.
personas como al estado, en la búsqueda de • El sujeto que deberá valorar la conducta
una mejor convivencia que propicie buenas
para determinar si existe según el caso
prácticas y la cohesión social.
particular, responsabilidad, participación
o en su caso vulneración de derechos
CONCLUSIÓN
para la población en general y de los
adolescentes en caso especifico.
Los adolescentes podrán estar frente a una • El operador encargado de llevar a
autoridad tanto como autores responsables
cabo el debido proceso con respeto
o como victimas a las cuales se les debe
de derecho humanos e interés superior
proteger en integridad y derechos. Por
del adolescente cuando existe una
autoridad se entiende las instituciones
responsabilidad,
participación
o
facultadas en materia penal y en su caso a
vulneración.
Actuación e intervención policial ante la problemática adolescente en el México actual. PP. 155-168

�167

Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

Por todo lo anterior el policía será el
representante social público presente
del sistema de justicia penal o en su caso
justicia cívica, que deberá contar con las
herramientas, conocimientos generales
y especializados para el ejercicio de su
función para atender las necesidades de la
comunidad.
TRABAJOS CITADOS
Baldillo, V. (17 de Septiembre de 2017). Lanzan droga y
celulares a tutelar de menores de Escobedo, Nuevo León.
Publimetro.
Bailey, J., &amp; J. C. (2003). crimen internacional y seguridad
publica: desafios para mexico y estados unidos. Mexico,
DF.: Plaza &amp; janes mexico S.A de CV.
Beauregard, L. P. (19 de Enero de 2017). Un adolescente dispara
a varios compañeros y a una profesora en un colegio de
Monterrey . El País.
Bernal Ballesteros, M. J. (2019). La función policial desde la
perspectiva de los derechos humanos y la ética pública.
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Américas. Revista Brasileira de Epidemiologia , 2(3), 102171.

—
Emmanuel García López
Afiliación: Universidad Autonóma de Nuevo León
Asesor victimológico CEAV, Doctorado en
Criminología,
Maestría
en
Criminología,
Licenciatura en Criminología y Licenciatura en
Derecho UANL

Garza, K. (7 de abril de 2017). Se fugan 8 del tutelar para
menores de Escobedo . Info 7.
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Emmanuel García López

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

Actuación e intervención policial ante la problemática adolescente en el México actual. PP. 155-168

�Vol. 03, Núm. 04, Enero 2023

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�Vol. 03,
Núm. 04,
Enero 2023

REVISTA INTERNACIONAL
DE INVESTIGACIÓN EN
CRIMINOLOGÍA
constructoscriminologicos.uanl.mx
Constructos Criminológicos es una publicación científica, que propicia un
espacio de debate académico, focalizada a difundir investigaciones y trabajos
escritos de opinión respecto de la ciencia criminológica.
Con ello, la revista se focaliza en diversas temáticas que se circunscriben en
el moderno concepto de la disciplina; en este sentido: sobre criminología,
prevención, política criminal, criminalística, derecho penal y derecho de
ejecución Penal, elaborados con rigor, procedentes de cualquier parte del
mundo y sin limitación en cuanto a la orientación teórica o ideológica.
La periodicidad de la revista es semestral, con la peculiaridad que cada número
se convoca en el mes de enero y se cierra en el mes de junio; se apertura en el
mes julio y se cierra en el mes de diciembre.
El idioma principal es el español, si bien podrán publicarse asimismo
contribuciones en portugués, francés, inglés o italiano, siempre que vayan
acompañadas de la correspondiente traducción al español, la cual deberá ser
aportada por los propios autores. Cabe destacar que se alude a colaboraciones
inéditas.
La recepción de artículos para su posible publicación en RCC se abre en dos
períodos a lo largo del año: entre el 1 del mes de enero y el 15 de abril y entre
el 1 del mes de junio y el 15 del mes de octubre.

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                    <text>Vol. 02,
Núm. 03,
Julio 2022

REVISTA INTERNACIONAL
DE INVESTIGACIÓN EN
CRIMINOLOGÍA
constructoscriminologicos.uanl.mx

�Constructos criminológicos Vol. 2 Núm. 3, JulioDiciembre 2022, es una publicación semestral editada
por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a
través de la Facultad de Derecho y Criminología.
Dirección de la publicación: Av. Universidad s/n Cd.
Universitaria C.P. 66451, San Nicolás de los Garza, Nuevo
León,
México.constructoscriminologicos.uanl.mx,
constructoscriminologicos@uanl.mx. Editor responsable:
Dr. José Zaragoza Huerta, Facultad de Derecho y
Criminología. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo
núm. 04-2022-040614045800-102 ISSN Pendiente, ambos
otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor.
Responsable de la última actualización: Dr. Paris Alejandro
Cabello Tijerina, Facultad de Derecho y Criminología Av.
Universidad s/n Cd. Universitaria C.P. 66451, San Nicolás
de los Garza, Nuevo León, México.
Las opiniones expresadas por los autores no reflejan la
postura del editor de la publicación. Todos los artículos
son de creación original del autor, por lo que esta revista se
deslinda de cualquier situación legal derivada por plagios,
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y la responsabilidad legal recaerá directamente en el autor
del artículo. Se autoriza compartir, copiar y redistribuir
el material en cualquier medio o formato; y de remezclar,
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siempre la fuente completa.
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�Sobre la Revista Constructos
Criminológicos
Constructos Criminológicos es una publicación
científica, que propicia un espacio de debate
académico, focalizada a difundir investigaciones
y trabajos escritos de opinión respecto de la
ciencia criminológica.
Con ello, la revista se focaliza en diversas
temáticas que se circunscriben en el moderno
concepto de la disciplina; es este sentido: sobre
criminología, prevención, política criminal,
criminalística, derecho penal y derecho
de ejecución Penal, elaborados con rigor,
procedentes de cualquier parte del mundo y sin
limitación en cuanto a la orientación teórica o
ideológica.
La periodicidad de la revista es semestral, con la
peculiaridad que cada número se convoca en el
mes de enero y se cierra en el mes de junio; se
apertura en el mes julio y se cierra en el mes de
diciembre.
El idioma principal es el español, si bien
podrán publicarse asimismo contribuciones en
portugués, francés, inglés o italiano, siempre
que vayan acompañadas de la correspondiente
traducción al español, la cual deberá ser aportada
por los propios autores. Cabe destacar que se
alude a colaboraciones inéditas.
La recepción de artículos para su posible
publicación en RCC se abre en dos períodos a lo
largo del año: entre el 1 del mes de enero y el 15
de abril y entre el 1 del mes de junio y el 15 del
mes de octubre.

Equipo editorial
Director
• Dr. José Zarazgoza Huerta (Universidad
Autónoma de Nuevo León)
Coordinador editorial
• Dr. Gil David Hernández Castillo (UANL)
Comité Editorial
Internacional
• Dr. Jo Hee Moon (UH) Corea
• Dr. Luis Flavio Gómez (Brasil)
• Dr. Enrique Sanz Delgado (UAH) España
• Dr. Daniel Fernández Bermejo (UNED) España
Nacional
• Dr. Víctor Aurelio Zúñiga González (UANL)
• Dr. Rogelio Barba Álvarez (UDG)
• Dr. Manuel Vidaurri Aréchiga (DELASALLE,
Bajío)
• Dr. Gerardo S. Palacios Pámanes (UANL)
• Dra. Rosalba Taboada Villasana (Instituto Cide
Hamet)
Comité Científico
Internacional
• Dr. Esteban Leonardo Arratia Sandoval
(Universidad de Santiago de Chile)
• Ph.D. Logan Puck (University of California)
Nacional
• Dra. Karla Villarreal Sotelo (UAT)
Comité Consultivo
Nacional
• Dr. Juan García Rodríguez (UANL)
• Dra. Ana María Esquivel (UANL)
• Dr. Juan Antonio Caballero (UANL)
• Dra. Carla Monroy Ojeda (UASP)
• Dr. Martín Eduardo Pérez Cazarez (UDG)
• Dr. Jesús Francisco Castro Oliva (UANL)
• Dr. Rodolfo Tadeo Luna de la Mora (IBERO)

�CONTENIDO
Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Artículos
09

31

51

79

95

115

125

151

La Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas
y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua
Jessica Flores Páiz
Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta para Nuevo León
Fernando Margarito Velazquez Flores y Dante Octavio Isau Garza Fabela
Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el
contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra
La expresión femenina de la violencia mediante delitos
Martha Fabiola García-Álvarez
Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil. Análisis en el estado de
Nuevo León
Anayely Mandujano Montoya
El Programa de Justicia Juvenil Restaurativa y la Reducción de los Índices de
Criminalidad: Una experiencia comparada
Gesell Edinson Leihgton Méndez Ibáñez
Anáisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión
Juan Alberto Castañeda Méndez
Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa; al Derecho de Familia bajo la luz
de las Teorías Preventivas
Juan Carlos Mas Guivin

�Presentación

El estudio de la Criminología se ha incrementado en los últimos años como
respuesta al aumento de la violencia en el país, por tal motivo, la Facultad de
Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León impulsó la
creación de una revista especializada en el ámbito criminológico que lleva por
nombre Constructos Criminológicos. Con la creación de esta revista científica
se apertura un importante espacio de reflexión académica que promueva la
necesidad de políticas públicas orientadas en el estudio de la criminología como
estrategia fundamental para el fortalecimiento del Estado de Derecho que garantice
el cumplimiento de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.
Constructos Criminológicos es una revista en línea de publicidad semestral
arbitrada bajo estrictos lineamientos metodológicos que promueven la publicación
de resultados de investigaciones de calidad académica y científica sobre el ámbito
de la ciencia criminal que contribuya a resolver las necesidades de seguridad que
requiere nuestro país. La revista coadyuva esfuerzos con el programa doctoral de
Criminología que oferta nuestra facultad, mismo que se encuentra registrado en
el padrón de posgrados de calidad del CONACYT, orientado a contrarrestar cada
forma de manifestación criminal, sea convencional o no convencional, es decir,
delincuencia organizada y común; así como preparar profesionales que puedan
asumir decisiones y disponer estrategias en los vastos campos de la contención
y prevención criminal, de la administración de la justicia, de los servicios a la
víctima, del seguimiento del procesado y de la inseguridad ciudadana.
La generación de conocimiento a través de la revista contribuye a llenar un vacío
científico en el país en este tema. La revista Constructos Criminológicos auxilia al
fomento y enseñanza de la Criminología como una disciplina indispensable para
el desarrollo de México.

Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

�6

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Editorial

En el presente número de la Revista Constructos Criminológicos de la Facultad de
Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León, se continúa
aportando soluciones a los problemas que afectan a la sociedad.
Y Precisamente, el día 16 del mes de mayo del presente año, se realizó la
inauguración del Centro de Investigaciones de Cibercriminalidad, Derecho
Digital y Ciberseguridad, de esta casa de estudios, donde de manera conjunta
participan: La Fiscalía General, La Secretaría de Seguridad Pública, La Secretaría
de Economía, La Iniciativa Nuevo León 4.0, La fundación Paz Ciudadana y La
Facultad de Ciencias Físico Matemáticas, con el objetivo de atender los efectos
nocivos que representa la existencia de las nuevas tecnologías en la sociedad; toda
vez que: “La ciberseguridad y los ciberdelitos no son el futuro, son el presente”,
coincidieron los directivos de los entes participantes.
En este número agradecemos las aportaciones de docentes, investigadores y
especialistas de los temas que ocupan a la revista.
El primer trabajo refiere a: La Cibercriminalidad como modalidad comisiva del
delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua.
La segunda investigación alude a: Estrategia Metropolitana de Ciberprevención:
una propuesta para Nuevo León.
Con estos dos trabajos se atiende a los nuevos fenómenos criminales de
comisión cibernética, que sin duda podrán ser atendidos y profundizados por
otros investigadores en el mencionado supra Centro de Investigaciones de
Ciberseguridad, Derecho Digital y Ciberseguridad.
El tercer artículo aborda el tema: Seguridad pública en la frontera: impacto de la
pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona.

�7

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

El cuarto trabajo aborda: La Expresión femenina de la violencia mediante delitos.
Con estos dos estudios, se analizan temas donde la ciencia criminológica oferta
herramientas de solución, con especial referencia en la seguridad pública.
El quinto trabajo, atiende a la: Gobernabilidad penitenciaria en la población
femenil. análisis en el Estado de Nuevo León.
El sexto estudio aborda: El programa de justicia juvenil restaurativa y la reducción
de los índices de criminalidad: una experiencia comparada.
El rubro del derecho penitenciario es atendido en estos dos estudios, los que
se focalizan en dos temas de actualidad: gobernabilidad intra muros y justice
restorative como solución paradigmática a los conflictos interpersonales dela
personas privadas de libertad.
El séptimo trabajo desarrolla un: Análisis constitucional práctico de la prueba
indiciaria en los delitos de colusión.
Finalmente, el octavo articulo aborda: Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa;
al derecho de familia bajo la luz de la teorías preventivas.
Atendiendo al moderno concepto de la Criminología (Antonio García-Pablos de
Molina, los dos últimos trabajos aportan elemento para una mejor comprensión
de instituciones, procedimientos, teorías y fines del derecho y la justicia.

Dr. José Zaragoza Huerta
Director Editorial (UANL)

Dr. Gil David Hernández Castillo
Coordinador Editorial (UANL)

�8

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

�9

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de
trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua
Cybercriminality as a commission modality of the crime of human
trafficking and its criminal legal treatment in Nicaragua
Jessica Flores Páiz*

Resumen
El artículo se centró en analizar el fenómeno
de la cibercriminalidad y su vinculación con el
delito de trata de personas, visto el cibercrimen
como medio o instrumento para la comisión
de conductas típicas. Desde el estudio de
la dogmática penal contemporánea, se han
evidenciado los desafíos tanto jurídicos como de
prevención en este ámbito que debe evolucionar
a medida que va desarrollándose las Tecnologías
de la Información y Comunicación TIC´s. En la
elaboración de esta investigación cualitativa se

Cómo citar
Flores, Paíz, J. Cibercriminalidad como modalidad
comisiva del delito de trata de personas y su
tratamiento juridicopenal en Nicaragua. Constructos
Criminoogicos,2 (2), Recuperado apartir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx.php/cc/article/
view/22
* https://orcid.org/0000-0002-7796-038X
Universidad Politécnica de Nicaragua

Recibido: 29-03-2022
Aceptado: 22-04-2022

aplicó el método teórico-documental a través
de instrumentos como la exploración y análisis
documental de una serie de fuentes primarias y
secundarias del conocimiento, mediante lo cual
se obtuvo como resultado la urgente necesidad
de mejoras legislativas a nivel nacional e
internacional con la finalidad de lograr un
adecuado abordaje de la ciberdelincuencia en
el ámbito de la trata de personas para garantizar
una mejor investigación y persecución de este
tipo de delitos.
Palabras
clave:
Derecho
Penal,
Cibercriminalidad, Delito, Trata de Personas
Abstract
The article focused on analyzing the
phenomenon of cybercrime and its link with the
crime of human trafficking, seeing cybercrime
as a means or instrument for the commission
of typical behaviors. From the study of
contemporary criminal doctrine, both legal and
preventive challenges have been evidenced in
this area that must evolve as information and

�10

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

communication technologies develop. In the
elaboration of this qualitative research, the
theoretical-documentary method was applied
through instruments such as the exploration and
documentary analysis of a series of primary and
secondary sources of knowledge, through which
the urgent need for legislative improvements
at the national level was obtained as a result.
national and international in order to achieve an
adequate approach to cybercrime in the field of
human trafficking to ensure better investigation
and prosecution of this type of crime.

constructoscriminologicos.uanl.mx

que nos rige en Nicaragua, y de qué manera
puede ser aplicado para lograr los objetivos
de prevención, persecución y sanción de esta
modalidad delincuencial con relación al crimen
transnacional.

Y finalmente, esta investigación apunta a
demostrar los vacíos legales además de los
desafíos a los cuales nos enfrentamos en
Nicaragua debido a las debilidades que esta
nueva forma de comisión de delitos nos
ha mostrado a causa de sus características
distintivas y facilitadoras como es la globalidad
Keywords: Criminal Law, Cybercrime, Crime, actual, es decir, su carácter transnacional.
Human Trafficking
Tales motivos la resaltan como una
investigación novedosa ya que a como lo
I. INTRODUCCIÓN
indica González (2017) en su estudio que
relaciona la cibercriminalidad con el crimen
Realizar
una
investigación
sobre
la organizado, se muestra la nueva tendencia
cibercriminalidad como modalidad comisiva de la cibercriminalidad como un instrumento
del delito de trata de personas, y su tratamiento facilitador para la comisión de delitos dentro
jurídico penal en Nicaragua, surge por el interés de las estructuras del crimen organizado, que
de entender el fenómeno de la cibercriminalidad han dado un salto en sus formas de actuación
de manera integral por presentar características y pasando de modalidades tradicionales que
tipologías distintas a la criminalidad tradicional requerían del espacio físico, a implementar
perpetuada en el espacio real y físico, asimismo las nuevas Tecnologías de la Información y
evidenciar la incorporación de las Tecnologías Comunicación desde el ciberespacio, así
de la Información y la Comunicación (TIC`s) mismo se evidencia la regulación jurídica actual
como medios o instrumentos para la comisión y los desafíos a los cuales debemos apuntar
de delitos, lo cual se ha convertido en una conforme a la experiencia Internacional, o en
nueva forma de operación dentro de las otras palabras, los ajustes de nuestro derecho
estructuras del crimen organizado para facilitar interno e institucional conforme a los estándares
sus actividades ilícitas tradicionales como es la de seguridad informática a escala mundial.
trata de personas.
Al conocer estas nuevas formas comisivas
Además de dar a conocer de manera armonizada de delitos denominada Cibercriminalidad, y
el marco jurídico nacional e internacional describir de qué manera está siendo utilizada
existente en materia de ciberdelincuencia por el Crimen Organizado para la facilitación
Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

de la trata de personas, así como el marco
jurídico existente se genere un mayor interés del
Gobierno de Nicaragua por seguir ratificando
Convenios Internacionales, y sobre todo cumplir
con las exigencias impuestas a los Estados
miembros, y de tal manera incorporarse mejoras
en la legislación penal existente e invertir en
unidades especializadas en: tecnologías de
la información y seguridad informática, en
ciberdelincuencia en las diversas instituciones
encargadas de la investigación o persecución
de delitos como la Policía Nacional, Ministerio
Público, así como Tribunales de Justicia
especializados encargados de sancionar la
cibercriminalidad, todo ello de cara a la
modernización y reforzamiento de la política
criminal del Estado para ejecutar métodos
eficaces de resolución y prevención de estos
delitos como una forma de combatir las nuevas
modalidades utilizadas por las estructuras del
crimen organizado en la comisión de diversos
delitos como la trata de personas, ya que las
medidas actuales son insuficientes para detener
o disminuir este flagelo.
Es evidente que pese a los esfuerzos legislativos
y operativos a nivel interno de cada Estado,
la armonización de sus legislaciones con los
instrumentos internacionales ratificados por
estos y de cooperación transnacional, aún
existen muchos desafíos para la prevención,
investigación, persecución, y sanción de los
delitos realizados a través de los aparatos y
plataformas virtuales, sobre todo, en países como
Nicaragua y el resto de la región centroamericana
que si bien es cierto han dado algunos pasos en
la lucha contra la delincuencia informática tanto
en su ordenamiento jurídico interno, y respecto
a la cooperación internacional, la situación

11
de pobreza en la región, los pocos recursos
económicos destinados para la seguridad
informática, la persecución de estos delitos,
y la debilitada política criminal del Estado
para enfrentar y prevenir la ciberdelincuencia
ha sido aprovechado por la delincuencia
organizada que desde el anonimato y con una
amplia distribución de funciones opera desde
cualquier punto territorial para llevar a efecto
sus actividades criminales como la trata de
personas.
En tal sentido, la UNODC en su informe
mundial sobre la trata de personas (2014) afirma
que existe participación de la delincuencia
organizada en la trata: “las corrientes de
trata complejas pueden ser gestionadas más
fácilmente por grupo delictivos grandes y bien
organizados” (p. 14).
La trata de personas es uno de los delitos
transnacionales más antiguos del crimen
organizado así como el tráfico de drogas, armas
y el lavado de dinero, considerándose por la
ONU a la trata de personas como el segundo
delito más lucrativo, con una estimación de
ganancias, según reportes de la OIT (2005),
que ascienden a unos 32,000 millones de
dólares al año, y ha logrado implementarse el
cibercrimen como un medio facilitador y eficaz
para la captación, tráfico y comercialización de
personas.
La temática objeto de esta investigación
enfocada en la Cibercriminalidad como
medio o instrumento para la comisión del
delito de trata de personas desde su corriente
transnacional, y su tratamiento jurídico penal
en Nicaragua presenta limitaciones doctrinales
Jessica Flores Páiz

�12

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

y jurisprudenciales en nuestro país por tratarse
de un fenómeno emergente y de rápida
evolución, por tanto, la fundamentación de este
estudio parte del Derecho Interno, Derecho
Internacional, y doctrina mayoritariamente
Internacional, y el método utilizado para la
elaboración de este trabajo investigativo es
teórico-documental. Por tanto se acudió a la
investigación teórica a través de instrumentos
como las fichas documentales por lo que se
acudió a la exploración y análisis documental
de diversas fuentes primarias de conocimiento.
II. ASPECTOS GENERALES DE LA
CIBERCRIMINALIDAD

constructoscriminologicos.uanl.mx

a este último concepto que es un conjunto
de leyes en cuanto que, si bien escasos,
existen varios ordenamientos jurídicos
nacionales e internacionales con alusión
específica al fenómeno informático. Normas
en virtud de aquellas que integran la llamada
política informática, la cual, según se verá
posteriormente, presenta diferencias respecto
a la legislación informática. Principios en
función de aquellos postulados emitidos por
jueces, magistrados, tratadistas y estudiosos
respecto al tema. Por otra parte, se refiere
a hechos como resultado de un fenómeno
aparejado a la informática inimputable al
hombre. Por último, se alude a actos como
resultado de un fenómeno directamente
vinculado con la informática y provocado
por el hombre (Téllez, 2008, p. 13).

2.1.Generalidades del Derecho Informático:
Según Téllez (2008) el derecho informático
es una rama de las ciencias jurídicas que
contempla a la informática como instrumento 2.2 Delimitación del fenómeno de la
(informática jurídica) y como objeto de estudio cibercriminalidad:
(derecho de la informática).
En este apartado nos acercaremos a desentrañar
la conceptualización y clasificación del
El mismo autor precisa una clasificación de tal fenómeno de la cibercriminalidad, partiendo
concepto y distingue la informática jurídica del de la instauración de un término que sigue en
Derecho informático:
discusión por ser un fenómeno relativamente
reciente pero que evoluciona exponencialmente
Definiendo la primera como la técnica debido al constante desarrollo de las TIC´s y
interdisciplinaria que tiene por objeto el el ciberespacio lo que ha provocado que se
estudio e investigación de los conocimientos identifiquen nuevas modalidades y conductas
de la informática general, aplicables a la en la comisión de delitos así como una
recuperación de información jurídica, así pluralidad de bienes jurídicos protegidos.
como a la elaboración y aprovechamiento
de los instrumentos de análisis y tratamiento 2.2.1) Aproximación a la Conceptualización
de información jurídica necesarios para de cibercriminalidad:
lograr dicha recuperación, mientras que la La doctrina mayoritaria coincide en que precisar
segunda la define como el conjunto de leyes, o unificar el concepto de ciberdelincuencia,
normas y principios aplicables a los hechos cibercriminalidad o delitos informáticos no
y actos derivados de la informática. Agrega ha sido tarea sencilla, y que muchos de los
Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

conceptos tienden a mostrar una carga de
ambigüedad (Hernández, 2009; Mata, 2003;
Quevedo, 2017; Miró, 2012; Téllez, 1998).
Cabe remarcar, que los conceptos establecidos
en los instrumentos internacionales son un
referente de aplicación, por tanto mencionaré
la definición de Ciberdelincuencia utilizada en
el único convenio internacional ratificado por
Nicaragua cuyo planteamiento debe ser acatado
debido al compromiso adquirido de armonizar
las legislaciones internas con los instrumentos
jurídicos internacionales una vez que han sido
suscritos por los Estados miembros, en tal sentido
el “Convenio iberoamericano de cooperación
sobre investigación, aseguramiento y obtención
de prueba en materia de ciberdelincuencia”1
(2014) define:
Por ciberdelincuencia se entiende cualquier
forma de criminalidad ejecutada en el
ámbito de interacción social definido por el
uso de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación.
Evidentemente esta definición tiende a ser
muy general, lo cual permite incluir, en lo
sucesivo, en el término de ciberdelicuencia
toda conducta ilícita que se lleve a cabo dentro
del ámbito de interacción social mediante el
uso de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación, es decir, en el ciberespacio,
1

Decreto A.N. Nº. 8651 decreto de aprobación del

13
también definido este último por la Real
Academia Española (RAE) (2021) como
el “ámbito virtual creado por medios
informáticos”.
Entre los estudiosos de esta materia se ha
debatido el término para describir este
fenómeno. Téllez (1998) opina que dar un
concepto de delito informático no es tarea
fácil, esto debido a que, para hablar de delito
en el sentido de acciones típicas, es decir
tipificadas o contempladas en textos jurídicospenales, se requiere que la expresión delitos
informáticos esté consignada en los códigos
penales.
Sin embargo, bajo esa premisa, el mismo autor
alude a dos conceptos de delitos informáticos,
un concepto atípico, y un concepto típico:
“los delitos informáticos son actitudes ilícitas
en que se tienen a las computadoras como
instrumento o fin (concepto atípico) o las
conductas típicas, antijurídicas y culpables
en que se tienen a las computadoras como
instrumento o fin (concepto típico)” (p. 104).
Por su parte, Sarzana (1979) (como se citó
en Téllez, 1998) menciona “los delitos
informáticos son cualquier comportamiento
criminógeno en que la computadora está
involucrada como material, objeto o mero
símbolo” (p. 104).
Desde su perspectiva, Casabona (1987)
(como se citó en Acurio, 2015) señala:

“convenio iberoamericano de cooperación sobre investigación,
aseguramiento y obtención de prueba en materia de ciberdelincuencia”, decreto legislativo que entró en vigencia a partir
de su publicación en la Gaceta, Diario oficial No. 42 del 03 de
marzo del 2020.

El término Delito Informático debe usarse
en su forma plural, en atención a que se
utiliza para designar una multiplicidad de
conductas ilícitas y no una sola de carácter
Jessica Flores Páiz

�14

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

general. Se hablará de delito informático
cuando nos estemos refiriendo a una de estas
modalidades en particular (p. 11).
Acurio (2015) interpreta que para Casabona,
autor antes citado, en algunos casos el
computador y sus aplicaciones constituyen el
objeto material del delito (sobre el que recae
físicamente la acción) y en otros un mero
instrumento para cometer hechos generalmente
tipificados en los Códigos Penales y que por
tal razón la doctrina alemana define a estos
supuestos como el conjunto de actos (punibles
o dignos de incriminación) en los cuales el
computador (o el procesamiento automatizado
de datos) es instrumento u el objeto de comisión.
El término de delitos informáticos se ha venido
descartando por algunos doctrinarios:
En los últimos tiempos se está sustituyendo
la denominación de delitos informáticos
por la de cibercrimen y cibercriminalidad
en referencia esta vez al término anglosajón
cybercrime, procedente de la unión entre
el prefijo cyber, derivado del término
cyberspace, y el término crime, como
concepto que sirve para englobar la
delincuencia en el espacio de comunicación
abierta universal que es el ciberespacio.
En inglés, parece estar imponiéndose este
término frente a otros como computercrime,
u otros en los que se utilizan prefijos como
virtual, online, high-tech, digital, computerrelated, Internet-related, electronic, y e-.

constructoscriminologicos.uanl.mx

relación con ellos, concretamente, el hecho
de que pasara de ser el centro del riesgo la
información del sistema informático, a serlo
las redes telemáticas a las que los sistemas
empezaron a estar conectados y los intereses
personales y sociales que se ponen en juego
en las mismas. Así, a la primera generación
de la cibercriminalidad en la que lo
característico era el uso de ordenadores para
la comisión de delitos, le ha sucedido una
segunda época en la que la característica
central es que el delito se comete a través
de Internet, y según Wall, una tercera en
la que los delitos están absolutamente
determinados por el uso de Internet y las
TIC. Esto ha tenido su correlato en el ámbito
legal: a partir del nuevo siglo empezaron
a preocupar ya no sólo la información que
pudieran contener los sistemas informáticos
y la afectación a la intimidad o el patrimonio
que pudiera derivarse del acceso a ella,
sino el ciberespacio en el que los mismos
interactuaban y los crímenes que allí se
producían y que podían afectar a muchos
otros nuevos bienes jurídicos como la
indemnidad sexual, la dignidad personal o
la propia seguridad nacional. Y todo ello ha
llevado a la utilización de un término, el de
cibercrimen que, a mi parecer, logra englobar
todas las tipologías de comportamientos que
deben estar, y además alcanza mejor que
otros el que debe ser un propósito esencial de
cualquier concepto que sirve para nombrar a
una categoría: enfatizar aquello que une a
todo lo que la conforma que, en este caso, es
Internet y las TIC como medio de comisión
delictiva. (Miró, 2012, p. 38)

En la raíz de este cambio de denominación
está la evolución, desde una perspectiva
criminológica, de los comportamientos
ilícitos en la Red y la preocupación legal en Por lo tanto, podemos entender que el término
Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

cibercrimen o cibercriminalidad al igual
que explica Miró (2012), engloba las nuevas
tendencias o características transnacionales de
este tipo de criminalidad, que a su vez ha sido
una plataforma utilizada por redes criminales
organizadas transnacionales en la comisión de
sus actividades ilícitas para diversos fines como
por ejemplo la trata de personas.
En ese mismo sentido, Williams (2001) señala:

15
Prevención del Delito y Justicia Penal, de
2015 en su párrafo Nº 15 el cual señala que
“los actos comprendidos habitualmente en la
categoría de ciberdelincuencia son aquellos en
los que los datos o sistemas informáticos son el
objeto contra el que se dirige el delito, así como
los actos en que los sistemas informáticos o de
información forman parte integrante del modus
operandi del delito”, refirió que es esta una
definición muy general y amplia que abarca todo
tipo de crímenes que impliquen incursiones
ilícitas en las redes informáticas privadas, ya
sea de individuos particulares o de instituciones
públicas o privadas, gubernamentales o no,
cometidas por un solo individuo, o por grupos
aficionados o expertos y organizados, tomando
tal concepto como punto de partida para
analizar el cibercrimen como instrumento del
crimen organizado.

La sinergia que existe entre el crimen
organizado y la Internet no solamente es
muy natural, sino que también es propensa a
florecer y desarrollarse aún más en el futuro.
La Internet provee los conductos y también
las víctimas para el crimen y permite que
éstas sean explotadas para proveer ganancias
considerables con muy poco riesgo. El
crimen organizado no puede pedir más. Por
lo tanto, es vital que se identifiquen algunas De ahí que las nuevas tendencias conceptuales
de las maneras en que el crimen organizado de cibercriminalidad abarquen de manera
ya coincide con el crimen cibernético. (p. 24) global la comisión de los delitos del crimen
organizado como la Trata de personas al
Por su parte González (2017) en su investigación realizarse alguna o algunas de las conductas que
centrada en identificar la relación entre la conforman el tipo objetivo de Trata de personas
ciberdelincuencia y el crimen organizado utilizando las TIC´s, y el ciberespacio como un
señala que ante la creciente expansión y medio o instrumento para su comisión.
evolución del cibercrimen a nivel mundial,
cada vez es más notable la necesidad de 2.2.2) Clasificación de la cibercriminalidad:
elaborar una definición generalmente aceptada De la conceptualización de cibercriminalidad
que delimite el vocablo, con el fin de facilitar se desprende su clasificación, por lo que
las actividades y regulaciones destinadas a algunos autores como Téllez (2008) establece
detectar el cibercrimen, neutralizarlo o incluso una división en este tipo de criminalidad que
prevenirlo (p. 46).
él ha optado por denominar delito informático:
Como instrumento o medio, y como fin u
El mismo autor, al citar el documento de objeto.
antecedentes elaborado en el Seminario 3 del
13º Congreso de las Naciones Unidas sobre
Jessica Flores Páiz

�16

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Téllez (2008) respecto a la cibercriminalidad
como instrumento o medio explica:
En esta categoría se encuentran aquellas
conductas que se valen de las computadoras
como método, medio o símbolo en la comisión
del ilícito, por ejemplo: a) Falsificación de
documentos vía computarizada (tarjetas de
crédito, cheques, etcétera). b) Variación de
los activos y pasivos en la situación contable
de las empresas. c) Planeación o simulación
de delitos convencionales (robo, homicidio,
fraude, etcétera). d) “Robo” de tiempo de
computadora. e) Lectura, sustracción o
copiado de información confidencial. f)
Modificación de datos tanto en la entrada
como en la salida. g) Aprovechamiento
indebido o violación de un código para
penetrar a un sistema con instrucciones
inapropiadas (esto se conoce en el medio
como método del caballo de Troya). h)
Variación en cuanto al destino de pequeñas
cantidades de dinero hacia una cuenta
bancaria apócrifa, método conocido como
técnica de salami. i) Uso no autorizado
de programas de cómputo. j) Inclusión de
instrucciones que provocan “interrupciones”
en la lógica interna de los programas, a fin
de obtener beneficios. k) Alteración en el
funcionamiento de los sistemas. l) Obtención
de información residual impresa en papel o
cinta magnética luego de la ejecución de
trabajos. m) Acceso a áreas informatizadas
en forma no autorizada. n) Intervención
en las líneas de comunicación de datos o
teleproceso.

En esta categoría se encuadran las conductas
dirigidas en contra de la computadora,
accesorios o programas como entidad física.
Algunos ejemplos son los siguientes: a)
Programación de instrucciones que producen
un bloqueo total al sistema. b) Destrucción
de programas por cualquier método. c)
Daño a la memoria. d) Atentado físico contra
la máquina o sus accesorios (discos, cintas,
terminales, etcétera). e) Sabotaje político
o terrorismo en que se destruya o surja un
apoderamiento de los centros neurálgicos
computarizados, f) Secuestro de soportes
magnéticos en los que figure información
valiosa con fines de chantaje, pago de
rescate, etcétera).
Existen tantas clasificaciones como conceptos
podemos encontrar en la doctrina, asimismo,
y no menos importante, aparecen las
clasificaciones establecidas en diversos
instrumentos internacionales, lo cual nos deja
una incertidumbre por la falta de acuerdo u
homogenización en un mismo sentido. Además
es evidente que las nuevas tendencias del
cibercrimen apuntan a la urgente necesidad
de mejorar algunos Convenios Internacionales
cuya clasificación se ha quedado corta respecto
a las conductas pluriofensivas y la lesión de una
diversidad de bienes jurídicos protegidos que no
se han incluido en estos cuerpos normativos, un
ejemplo de ello es la clasificación que hace el
Convenio sobre Ciberdelincuencia de Budapest
20012.
2

Capítulo II Medidas que deberán adoptarse a nivel na-

cional. Sección 1: Derecho Penal Sustantivo. Delitos contra la

El mismo autor Téllez (2008) respecto a la
cibercriminalidad como fin u objeto explica:

confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos
y sistemas informáticos: en esta categoría engloba el acceso

Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

�17

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

III. TRATAMIENTO JURIDICOPENAL DE LA
CIBERDELINCUENCIA EN NICARAGUA.
3.1 Intrumentos Jurídicos Internacionales:
El Estado de Nicaragua fue implementando
algunos avances respecto a la suscripción de
Instrumentos Internacionales en materia penal,
en la que se incluye la cooperación entre los
Estados para perseguir e investigar los delitos,
debido principalmente al incremento de la
delincuencia transnacional.

respeto a la legislación interna de cada Estado
acordaron el “Tratado de asistencia legal mutuo
en asuntos penales entre las Repúblicas de el
Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua,
Costa Rica y Panamá”3.

Posteriormente, la Organización de los Estados
Americanos OEA4 considerando lo establecido
en la Carta de la OEA en su artículo 2, literal
(e) cuyo propósito esencial de los Estados
Americanos es procurar la solución de los
problemas políticos, jurídicos y económicos que
En esa tónica, los Ministros de Relaciones se susciten entre ellos, y la adopción de reglas
Exteriores de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, comunes en el campo de la asistencia mutua en
Honduras, Nicaragua y Panamá, interesados materia penal contribuirá a ese propósito, por
en fortalecer y facilitar la cooperación de los tal fin se creó la Convención interamericana
órganos administradores de justicia en la región, sobre asistencia mutua en materia penal5.
a través de un instrumento jurídico que permita
la asistencia legal en asuntos penales entre los Si bien es cierto El Convenio y Tratado suscritos
Estados del Istmo Centroamericano con pleno hasta esa fecha no se referían a delitos relativos
a la informática puesto que apenas iniciaba a
ilícito (no autorizado) a un sistema informático (art. 2), la inter-

3

Fue promulgado el 29 Octubre de 1993, Aprobado

ceptación ilícita de transmisiones de datos entre sistemas infor-

por Nicaragua mediante el DECRETO A.N. No. 1902 el 11 de

máticos o dentro del mismo (art. 3), los ataques a la integridad

Junio de 1998 y Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.

de los datos (art. 4) o los sistemas (art. 5) y el abuso de disposi-

116 de 23 de Junio de 1998, para su posterior ratificación me-

tivos, es decir, la producción, venta, obtención, difusión u otra

diante DECRETO No. 40-99 publicado en la Gaceta, Diario

puesta a disposición de dispositivos o programas informáticos

Oficial No. 68 del 14 de abril de 1999.

adaptados para la comisión de los delitos anteriores o de con-

4

traseñas o códigos de acceso que permitan acceder a otros sis-

creada en 1948 cuando se suscribió, en Bogotá, Colombia, la

temas informáticos (art. 6). 2.- Delitos informáticos: dentro de

Carta de la OEA que entró en vigencia en diciembre de 1951 y

esta categoría se encontraría la falsificación informática (art. 7)

que ha sufrido posteriores enmiendas.

y el fraude informático (art. 8). 3.- Delitos relacionados con el

5

contenido: sanciona la producción de pornografía infantil para

do miembro de la OEA aprobó y ratificó la referida Convención

su distribución, la oferta, la puesta a disposición, la difusión, la

mediante DECRETO No. 77-2002 el 29 de Agosto del 2002 la

transmisión, la adquisición o la mera posesión en o a través de

cual fue publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 173 del

sistemas informáticos (art. 9). 4.- Delitos relacionados con in-

12 de Septiembre del 2002, para la posterior publicación del

fracciones de la propiedad intelectual y de los derechos afines

Instrumento Jurídico Multilateral en la Gaceta, Diario Oficial

(art. 10).

No. 25 del 5 de Febrero del 2003.

Es el organismo regional más antiguo del mundo, fue

Promulgada el 23 de mayo de 1992. Nicaragua sien-

Jessica Flores Páiz

�18

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

identificarse el fenómeno de la ciberdelincuencia
en países industrializados como EE.UU y
Europeos, con la suscripción de tales Instrumentos
Internacionales se da un primer paso para
la investigación y persecución de delitos de
carácter transnacional, para posteriormente dar
un salto a diversas transformaciones Jurídicas en
nuestro Derecho Interno.

desarrollado en Lima en junio de ese mismo
año y teniendo presente que en la Comisión
delegada de la COMJIB celebrada en Río
de Janeiro en marzo de 2012 se aprobó una
importante Declaración sobre el ciberdelito en
la que se acordó: “respaldar los primeros pasos
que se han dado en la línea de lucha contra la
delincuencia organizada para iniciar el debate
sobre la elaboración y firma de un documento
3.1.1) Convenio Iberoamericano de
internacional iberoamericano, capaz de dar
Cooperación sobre Investigación,
respuesta a las necesidades arriba referidas7, e
Aseguramiento y Obtención de Prueba en
impulsar la modificación de las legislaciones
6
Materia de Ciberdelincuencia .
penales de manera armonizada”. Razón por la
A nivel regional, los Estados miembros de cual se dictaron unas líneas generales con la
la Conferencia de Ministros de Justicia de finalidad de concretar un borrador de convenio
los Países Iberoamericanos (COMJIB), de la Iberoamericano para regular el Ciberdelito.
cual Nicaragua es miembro, visto el artículo
3º, apartado c), del Tratado constitutivo de la Atendiendo a que en la Plenaria llevada a cabo
Conferencia de Ministros de Justicia de los Países en Viña del Mar se acordó elaborar un convenio
Iberoamericanos del año 1992, recordando los Iberoamericano sobre cooperación, prueba,
intercambios técnicos y político criminales jurisdicción y competencia en materia de
llevados a cabo en el marco del Seminario ciberdelincuencia, así como una recomendación
Iberoamericano sobre Cibercrimen desarrollado que albergaría los principios relativos a los aspectos
en septiembre de 2011 en la ciudad de Buenos sustantivos que deberían encontrar acomodo
Aires, en la reunión del grupo de trabajo en las legislaciones nacionales, finalmente el
sobre “Delincuencia Organizada Trasnacional Convenio fue firmado en Madrid el 28 de mayo
y Cooperación Jurídica Internacional” de de 2014, sede de la Conferencia de Ministros de
septiembre del mismo año en la misma ciudad, Justicia de los países Iberoamericanos (COMJIB).
en los talleres convocados en Montevideo de El Estado de Nicaragua no lo ratificó hasta 6 años
septiembre de 2012, y en Madrid en febrero de después de su promulgación.
2013, en la reunión de coordinadores llevada
a cabo en Bogotá en Marzo y en el taller En febrero de 2020 se aprobó y ratificó el único
Convenio Internacional que se ha aprobado
6

DECRETO A.N. Nº. 8651 Decreto de aprobación

del “Convenio iberoamericano de cooperación sobre investi-

7

gación, aseguramiento y obtención de prueba en materia de

el Delito cibernético.

ciberdelincuencia”, Decreto Legislativo que entró en vigencia

Recuperado de https://www.comjib.org/wp-content/uploads/

a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial No. 42

imgDrupal/Declaracion_Rio_ciberdelito.pdf

Véase el Considerando de la Declaración de Río sobre

del 03 de Marzo del 2020.
Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

�19

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

en Nicaragua en materia de cibercriminalidad
provisto de rasgos únicamente procesales. El
referido Convenio Iberoamericano favorece la
investigación, aseguramiento y obtención de
pruebas entre las autoridades competentes de
los Estados Iberoamericanos, como un medio
para fortalecer y agilizar la cooperación en
materia de Ciberdelincuencia.

3.2 Abordaje de la cibercriminalidad en la
legislación interna:
3.2.1) Código Penal nicaragüense:
Los legisladores nicaragüenses modernizaron
el código penal de 1974, incluyéndose nuevas
figuras delictivas o tipos penales, por lo que
entre los primeros avances en relación a la
ciberdelincuencia en nuestro País encontramos
la inclusión de tipos y subtipos agravados en
algunos delitos establecidos en el Código
Penal de la República de Nicaragua Ley N°
641, Aprobado el 13 de Noviembre de 2007
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nos.
83, 84, 85, 86 y 87 del 5, 6, 7, 8 y 9 de Mayo
de 2008 que entró en vigencia a partir de Julio
del 2008, hasta la actualidad.
En la Parte Especial del CP nicaragüense se
incluyen delitos vinculados a la informática
o medios electrónicos como objeto y como
medio o instrumento de la acción delictiva,
entre los primeros se encuentran los siguientes:
Art 198CP Acceso y uso no autorizado
de información, art. 245CP Destrucción
de registros informáticos, Delitos que
comprometen la paz: Art. 417CP intrusión, Art.
275CP Apoderamiento de secretos de empresa,
art. 276CP Difusión de secreto de empresa,
art. 246CP Uso de programas destructivos,

Delitos contra la Propiedad Intelectual: Art.
247CP Ejercicio no autorizado del derecho de
autor y derechos conexos, Art. 249CP Delitos
contra señales satelitales protegidas, Art. 250CP
Protección de programas de computación.
Entre los segundos se encuentran: a) Delitos
Sexuales: Art. 175CP reformado por el art. 58
inciso e) de la Ley No. 779 Ley integral contra
la violencia hacia las mujeres y de reformas a la
Ley No. 641 Código Penal Explotación sexual,
pornografía y acto sexual con adolescente
mediante pago, Art. 177CP Promoción del
turismo con fines de explotación sexual, Art.
182CP reformado por el art. 58 inciso e) de la Ley
No. 779 Trata de personas8; b) Delitos contra la
vida privada o intimidad,: Art. 192CP Apertura
o interceptación legal de comunicaciones, Art.
194CP Captación indebida de comunicaciones
ajenas, Art. 195CP reformado por el art. 58
inciso e) de la Ley No. 779 Propalación, Art.
197CP Registros Prohibidos; e) Delitos contra la
libertad de actuar: Art. 13 Ley 779 Intimidación
o amenazas contra la mujer; f) Delitos contra
el honor: Art. 202CP Calumnias, Art. 203CP
Injurias; g) Delitos contra el patrimonio: Art.
229CP Estafa.
3.2.2) Ley No. 735, ley de prevención,
investigación y persecución del crimen
organizado y de la administración de
los bienes incautados, decomisados y
abandonados9.
8

El art. 182CP posteriormente volvió a ser reformado

mediante el art. 61 de la Ley No. 896 Ley contra la Trata de
personas en el que se adicionó el artículo 182 bis, y 182 quater,
y se retrocedió a la descripción del tipo básico del CP/2008.
9

Ley No. 735 Ley de prevención, investigación y perJessica Flores Páiz

�20

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Esta ley especial tiene por objeto regular las
funciones del Estado para prevenir, detectar,
investigar, perseguir y procesar los delitos
relacionados con el crimen organizado y la
administración y disposición de los bienes,
objetos, productos, equipos u otros instrumentos
utilizados o destinados a ser utilizados en la
comisión de los delitos comprendidos en esta
Ley.
Se consideran delitos de crimen organizado10 los
delitos graves, que revistan en su comisión las
conductas típicas de esos delitos, siendo entre
otros los siguientes: la trata de personas con fines
de esclavitud, explotación sexual o adopción,
tipificado en el artículo 182 del Código Penal
(delito objeto de esta investigación), el tráfico
de migrantes ilegales; tipificado en el párrafo
primero y tercero del artículo 318 del Código
Penal, el tráfico y extracción de órganos y
tejidos humanos, tipificado en el artículo
346 del Código Penal, la explotación sexual,
pornografía y acto sexual con adolescentes
mediante pago, tipificado en el párrafo primero,
segundo y cuarto del artículo 175 del Código

Penal, la promoción del turismo con fines de
explotación sexual, tipificado en el artículo 177
del Código Penal.
Muy importante en la ley en mención es la
posibilidad de interceptar las comunicaciones
como diligencia investigativa en estos delitos,
en el Art. 62 Interceptación de comunicaciones
se establece que los Jueces de Distrito Penal
podrán autorizar al Director General de la Policía
Nacional el impedir, interrumpir, interceptar
o grabar comunicaciones, correspondencia
electrónica; otros medios radioeléctricos
e informáticos de comunicaciones, fijas,
móviles, inalámbricas y digitales o de cualquier
otra naturaleza, únicamente a los fines de
investigación penal y de acuerdo a las normas
establecidas en el Código Procesal Penal. Con
esta Ley el Estado de Nicaragua implementa
como política criminal la persecución y
prevención de los delitos realizados por bandas
o estructuras del crimen organizado brindando
posibilidades de detectarlas mediante la
interceptación de medios electrónicos. Es
notorio que ya se identificaban conductas
delictivas relacionadas a las TIC´s.

secución del crimen organizado y de la administración de los
bienes incautados, decomisados y abandonados, aprobada el 9
de septiembre del 2010 y Publicada en Las Gacetas Nos. 199 y
200 del 19 y 20 de Octubre del 2010.
10

Desde el punto de vista sociológico o criminológico,

delincuencia organizada es un fenómeno de actividad criminal
de naturaleza colectiva donde los individuos se organizan para
cometer delitos en forma similar a una empresa o a partir de
una organización casi estatal [...] Estas agrupaciones pueden
variar desde asociaciones más o menos flexibles hasta estruc-

3.2.3) Ley No. 896, Ley contra la trata de
personas11:
Encaminados a la lucha contra la criminalidad
organizada y en específico a la trata de
personas, el Estado de Nicaragua asumió los
acuerdos y compromisos en lo concerniente a la
recomendación de la Conferencia de Ministros
de Justicia de los países Iberoamericanos
enfocadas en las normas mínimas y comunes para

tu-ras jerárquicas. Sus objetivos pueden variar desde controlar
segmentos de mercados ilícitos, como el de las drogas, tráfico

11

de personas, tráfico de armas, etcétera.

Gaceta No. 38 del 25 de Febrero de 2015.

Aprobada el 28 de Enero del 2015 y Publicada en La

Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

�21

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

la sanción penal de trata de personas adoptada
con motivo de la XVII Reunión Plenaria de esta
organización, realizada en México en octubre
de 2010, así como las directrices plasmadas
al respecto en el documento armonizador
suscrito por los países del Sistema de la
Integración Centroamericana SICA en materia
de trata de personas, por tanto, se creó la Ley
contra la trata de personas Ley N°. 896, la cual
también incluye enormes avances procesales
respecto a las diligencias investigativas de este
delito en relación a los medios o instrumentos
electrónicos o informáticos utilizados para
realizar algunas conductas y obtener los fines
del delito de trata de personas.12

acciones de protección y asistencia a las
víctimas desde un abordaje integral.
Recientemente, a través de representantes de la
Coalición Nacional contra la trata de personas, y
en palabras de la Magistrada Presidenta de la Corte
Suprema de Justicia de Nicaragua se presentó el
“Plan Nacional estratégico para la prevención,
atención, investigación, persecución y sanción
del delito de trata de personas 2023-2027”13,
acorde con el Plan Nacional de lucha contra la
pobreza y para el Desarrollo Humano 2022-2026
del Gobierno de Nicaragua y con fundamento en
la Ley No. 896 y el Plan estratégico del período
2018-2022, cuyos objetivos van dirigidos a
fortalecer las capacidades técnicas de servidores
públicos, sensibilización de la población para la
prevención del delito, mantener la articulación
interinstitucional de las unidades especializadas
en la investigación, persecución y sanción del
delito, y sobre todo garantizar la protección y
atención de las víctimas de trata de personas.

Asimismo, cabe resaltar que con la Ley No. 896
del año 2015, se crea la Coalición Nacional
contra la Trata de personas integrada por 25
Instituciones y Organizaciones entre ellas el
Ministerio de Gobernación, Ministerio de la
familia, adolescencia y la niñez, Ministerios de
relaciones exteriores, Ministerio de la mujer,
Corte Suprema de Justicia, Ministerio Público, 3.2.4) Ley Especial de ciberdelitos:
Policía Nacional, Ministerio del Trabajo, el La reciente Ley especializada en ciberdelitos
Instituto nicaragüense de Turismo, entre otros.
incluye una definición de ciberdelito14 que se
Posteriormente, en el período 2018-2022
se implementó el Plan Nacional estratégico
para la prevención, atención, investigación,
persecución y sanción del delito de trata de
personas cuya finalidad era implementar

13

Véase publicación del Plan Nacional estratégico para

la prevención, atención, investigación, persecución y sanción
del delito de Trata de personas 2023-2027 en el portal web del
Poder Judicial de Nicaragua.
14

Art. 3 Definiciones: 4) Ciberdelitos: Acciones u omi-

siones típicas, antijurídicas, continuas o aisladas, de carácter
12

Véase art. 43 de la Ley No. 896: “Técnicas especiales

penal. Cometidas en contra de personas naturales y/o jurídicas,

de investigación: … 4) Seguimiento y vigilancia electrónica, 5)

utilizando como método, como medio o como fin, los datos,

Intervención de comunicaciones escritas, telefónicas y electró-

sistemas informáticos, tecnologías de la información y la co-

nicas y 6) Investigación sobre datos asociados a las comunica-

municación y que tienen por objeto lesionar bienes jurídicos

ciones…”

personales, patrimoniales o informáticos de la víctima.
Jessica Flores Páiz

�22

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

ajusta a las nuevas tendencias delictivas que
engloban la cibercriminalidad, destancando
dentro de los ciberdelitos la utilización de los
sistemas informáticos y las tecnologías de la
información y comunicación como método,
medio o fin en las conductas tipificadas con la
finalidad de lesionar bienes jurídicos.
Sin embargo, la ley clasifica los ciberdelitos de
la siguiente manera: Delitos relacionados con la
integridad de los sistemas informáticos, De los
delitos informáticos, los Delitos informáticos
relacionados con el contenido de los datos, y
Delitos relacionados con la libertad e integridad
sexual en la que sólo se incluye los delitos de
acoso sexual y la pornografía infantil.
Por tanto, aún queda por fuera delitos de carácter
transnacional como es el caso del delito de trata
de personas en toda su extensión, por lo que
bajo el principio de legalidad corresponderá
seguir aplicando La Ley de trata de personas
Ley No. 896 que reformó al CP/2008, o
incluir más tipos penales en la Ley especial de
ciberdelitos, o bien, realizar mejoras en la Ley
especial contra la trata de personas, o continuar
con la armonización de la legislación interna
con los Instrumentos Internacionales para la
investigación y persecución de los delitos con
características transnacionales.
IV. ANÁLISIS DE LOS ELEMENTOS DEL
DELITO DE TRATA DE PERSONAS ART.
182CP/2008 REFORMADO POR EL ART.
61 DE LA LEY NO. 896 LEY CONTRA LA
TRATA DE PERSONAS, VINCULADO
A LA UTILIZACIÓN DE LAS TIC`S Y EL
CIBERESPACIO COMO INSTRUMENTO
PARA SU COMISIÓN.

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4.1 Panorama actual de vinculación entre la
cibercriminalidad y la trata de personas:
Según la Policía Nacional en los últimos años se
ha mostrado con mayor relevancia el tema de
los delitos informáticos en Nicaragua debido a
que se han registrado casos de trata de personas,
y pornografía infantil vinculados a estos delitos
en el País (Espinoza, 2013).
En ese mismo sentido, según lo explicado por
la Coordinación del programa de Seguridad
Democrático del Instituto de estudios
estratégicos y políticas públicas (Ieepp), una
de las modalidades utilizadas para captar a las
víctimas de trata de personas es a través de las
redes sociales. Se afirmó:
Hace dos años los tratantes iban directamente
a la víctima, hoy en día, las contactan a
través de las redes sociales porque hay
más vulnerabilidad de las víctimas en este
sentido y poca percepción del riesgo de que
a través de esta herramienta no se es víctima
de alguna actividad delictiva. (García, 2015,
p. 1)
De igual forma la Secretaría de la Coalición
Regional contra la trata de personas aseguró
que el 50% de los casos de trata de personas que
suceden en la Región sus víctimas son captadas
por internet, así como a través de clasificados
en los periódicos (Romero, 2018).
En el último Reporte sobre situación de trata
de personas de la OIM (2019) se obtuvo entre
otros datos lo siguiente:
Se consultó en la Encuesta sobre perfiles de
migrantes (DTM, agosto –septiembre, 2018),

Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

a 349 familias sobre los riesgos e incidencia
de la trata de persona en las comunidades en
períodos de incremento flujos migratorios. El
34.4% (119 hogares), afirman que recibieron
promesas de viaje. Entre las promesas
ofrecidas destacan: la promesa de empleo
(18.3%), de reencuentro familiar (7.7%), de
estudio/ protección (3.7%), entre otros.

23
organizadas que se aprovechan de las ventajas
que otorgan estas plataformas virtuales,
entre ellas: menos egresos, menos logística,
anonimato, no existen fronteras, dificultad para
rastrearlos, rapidez, y facilidad de interacción
con las víctimas.

Por su parte, el Informe anual del Departamento
de Estado de los Estados Unidos de América,
Según los resultados Encuesta de percepción sobre la trata de personas (2020), ha ubicado a
(DTM): incidencia de la trata de personas en la Nicaragua en un nivel 3 que integra el último
comunidad (OIM julio, 2018), la percepción nivel y el más crítico del informe, arrojando las
en las comunidades sobre la incidencia de siguientes especificaciones:
la trata de personas es alta. La mayoría de
situaciones fueron reportadas en la zona
El Gobierno de Nicaragua no cumple
norte del país, vinculada a la explotación
completamente con los estándares mínimos
laboral en zonas fronterizas con Honduras
para la eliminación de la trata de Personas
y también en Costa Rica. Después de abril
y no está haciendo esfuerzos significativos
se identificaron al menos 21 situaciones
para hacerlo; por lo tanto, Nicaragua fue
relacionadas a la trata de personas.
degradada al Nivel 3. A pesar de la falta
Finalmente se obtuvo un dato importante, las
de esfuerzos significativos, el gobierno
principales modalidades o medios utilizados
tomó algunas medidas para abordar la trata,
para hacer los ofrecimientos fueron: por
incluida la identificación de un poco más
teléfono (10.1%), en sus domicilios (8%) y
de víctimas que en el período del informe
las redes sociales (4.8%).
anterior, así como el enjuiciamiento de un
traficante. Sin embargo, el gobierno no
Se evidencia en el Reporte relacionado que la
condenó a ningún traficante, y los esfuerzos
nueva tendencia para la captación de víctimas
de identificación de víctimas continuaron
de trata de personas en Nicaragua es mediante
siendo inadecuados.
El gobierno no
el ofrecimiento de oportunidades laborales,
informó
de
ninguna
investigación,
de estudios, entre otros, a través de las redes
enjuiciamiento o condena de empleados
sociales. Esto nos arroja la evidencia de que
del gobierno cómplices de delitos de trata,
las TIC´s y el ciberespacio, como espacio de
a pesar de la corrupción endémica y la
interacción social, mediante las comunidades
complicidad generalizada entre funcionarios
virtuales que nos ofrecen las redes sociales
gubernamentales. El gobierno no cooperó
como facebook, whatsapp, twitter entre otras se
con las ONG en la Coalición Nacional
han convertido en un instrumento que facilita
Contra la Trata de Personas (CNCTP) o la
la captación de potenciales víctimas de trata de
prestación de servicios a las víctimas. Los
personas, por parte de estructuras criminales
esfuerzos de enjuiciamiento, protección y
Jessica Flores Páiz

�24

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

prevención en las dos regiones autónomas
caribeñas de Nicaragua continuaron siendo
mucho más débiles que en el resto del país.
El informe antes relacionado, además incluye
una descripción del perfil del tráfico en el que
se identifica que los traficantes utilizan cada
vez más las redes sociales para reclutar a sus
víctimas:
Como se informó en los últimos cinco
años, los traficantes de personas explotan
a las víctimas nacionales y extranjeras en
Nicaragua, y los traficantes explotan a las
víctimas de Nicaragua en el extranjero. Los
grupos considerados en mayor riesgo para
la trata de personas en Nicaragua incluyen
mujeres, niños y migrantes. Los traficantes
someten a mujeres y niños nicaragüenses
al tráfico sexual dentro del país y en otros
países de América Central, México, España
y los Estados Unidos. Los familiares de
las víctimas a menudo son cómplices en
su explotación. Los traficantes utilizan
cada vez más los sitios en redes sociales
para reclutar a sus víctimas, quienes se
sienten atraídos por las promesas de altos
salarios fuera de Nicaragua para trabajar
en restaurantes, hoteles, construcción y
seguridad. Los traficantes también reclutan
a sus víctimas en zonas rurales o regiones
fronterizas con falsas promesas de empleos
bien remunerados en centros urbanos y
lugares turísticos, donde los someten a tráfico
sexual o laboral. Las mujeres y los niños
nicaragüenses están sujetos al tráfico sexual
y laboral en las dos regiones autónomas
del Caribe, donde la falta de instituciones
policiales fuertes, la pobreza desenfrenada y

constructoscriminologicos.uanl.mx

una tasa de criminalidad más alta aumentan
el riesgo para la población local. Según los
informes, los nicaragüenses que emigran a
otros países centroamericanos y a Europa
son vulnerables y han sido víctimas del
tráfico sexual y laboral. Además, los expertos
informan que los traficantes apuntan a los
niños que dejan los migrantes en Nicaragua
para el tráfico sexual y laboral. Los adultos
y niños nicaragüenses están sujetos a la trata
laboral en la agricultura, la construcción,
la minería, el sector informal y el servicio
doméstico dentro del país y en Costa Rica,
Panamá, Estados Unidos y otros países.
Los traficantes someten a algunos niños
en minas y canteras artesanales a trabajos
forzados. Los observadores informan que
los traficantes explotan a los niños a través
de la participación forzada en la producción
y el tráfico de drogas ilegales. Los niños y las
personas con discapacidad son sometidos
a mendicidad forzada, particularmente en
Managua y cerca de centros turísticos. Los
traficantes someten a algunos migrantes
varones de países centroamericanos que
transitan por Nicaragua en ruta hacia Costa
Rica y Panamá en busca de empleo para
la trata laboral en estos países de destino.
Nicaragua es un destino para turistas
sexuales con niños de los Estados Unidos,
Canadá y Europa occidental. (Departamento
de Estado, 2020)
El último informe del Departamento de Estado
de Estados Unidos sobre la trata de personas
dado a conocer en el año 2021 nuevamente
ubica a Nicaragua en un nivel 3, refiriendo que
pese a que el Gobierno tomó medidas para
abordar el tráfico y trata de personas entre ellas

Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

ofreciendo capacitaciones y concientización a
funcionarios de Gobierno, aún no cumple en
su totalidad con el mínimo de estándares para
la eliminación de la trata y no está haciendo
esfuerzos significativos para hacerlo, aun
considerando el impacto de la pandemia del
COVID-19, si la hubiere, sobre su capacidad de
lucha contra la trata. Este informe resalta que los
traficantes de personas se han aprovechado de
la crisis derivada de la Pandemia, a la vez que
los Países han reducido sus esfuerzos y atención
en la prevención, protección de víctimas y se
han puesto obstáculos en la investigación y
enjuiciamiento de este delito (Departamento
de Estado, 2021).
4.2 Análisis de los principales elementos del
tipo objetivo del delito de trata de personas15
como delito informático relacionado a la
libertad e integridad sexual: Bien jurídico
protegido y conducta típica.
15

Artículo 182CP Trata de Personas: Comete el delito de

25
4.2.1) El bien jurídico protegido:
Tomando como referencia la definición
que de Bienes Jurídicos protegidos hace
Zaffaroni (2007) quien lo define así: “...bien
jurídico penalmente tutelado es la relación de
disponibilidad de un individuo con un objeto,
protegida por el Estado, que revela su interés
mediante la tipificación penal de conductas
que le afectan” (p. 373).
Siendo este “bien” en el sentido dogmático: -de
lege data- objeto efectivamente protegido por
la norma penal vulnerada de que se trate, ya
que en la cibercriminalidad existe la dificultad
de homogenizar el bien jurídico protegido,
debido a que los cibercrímenes como objetos
o medios del delito, mediante la ejecución de
conductas pluriofensivas, ponen en peligro
o lesionan una pluralidad de bienes jurídicos
protegidos que ya se encuentran comprendidos
en el código penal, leyes especiales de materia
penal, y recientemente en algunas legislaciones
especiales de ciberdelitos.

trata de personas, quien organice, financie, dirija, promueva,
publicite, gestione, induzca, facilite o quien ejecute la captación directa o indirecta, invite, reclute, contrate, transporte,
traslade, vigile, entregue, reciba, retenga, oculte, acoja o aloje
a alguna persona con cualquiera de los fines de prostitución,
explotación sexual, proxenetismo, pornografía infantil, matrimonio servil, forzado o matrimonio simulado, embarazo forzado, explotación laboral, trabajos o servicios forzados, trabajo
infantil, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servi-

Aunque cabe mencionar, que para algún sector
de la doctrina existe un bien jurídico específico
dentro de esta nueva forma de criminalidad que
no está protegido por el Derecho Penal y que por
política criminal debería ser incluido ya que es
digno de protección -de lege ferenda-, se trata
de un bien jurídico propiamente informático.
(Mayer, 2017, p. 239)

dumbre, tráfico o extracción ilícita de órganos, tejidos, células
o fluidos humanos o cualquiera de sus componentes, experimentación biomédicas clínica o farmacológica ilícitas, participación en actividades de criminalidad organizada, utilización
de menores en actividades delictivas, mendicidad o adopción
irregular, para que dichos fines sean ejercidos dentro o fuera del
territorio nacional […]

Sin embargo, siendo el objeto de estudio de
esta investigación la cibercriminalidad como
modalidad de comisión del delito de trata
de personas, es decir, la cibercriminalidad o
cibercrimen visto como el medio o instrumento
para la comisión del delito de trata de personas,
Jessica Flores Páiz

�26

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

delito que se encuentra tipificado en el art.
182 CP/2008 con posterior reforma en la Ley
No.779, y de nuevo reformado mediante la
Ley No. 896, y siendo que en la actualidad
conforme a lo dispuesto en la Ley No. 896 Ley
contra la trata de personas de la República de
Nicaragua en su Considerando III, el delito de
trata de personas visto como la esclavitud del
siglo XXI, por violar gravemente los Derechos
Humanos de las víctimas, destruir la esencia de
las personas, la vida, la libertad, la integridad y la
dignidad, cosificar al ser humano, produciendo
efectos degradantes para la dignidad, la salud
física y mental de las personas y generando
marcas indelebles al tejido social, incluyendo
la explotación de la prostitución ajena y otras
formas de explotación sexual, los trabajos o
servicios forzados, la esclavitud o las prácticas
análogas a la esclavitud, la servidumbre y la
extracción de órganos y con el transcurrir del
tiempo irán apareciendo nuevas modalidades
de explotación, existen una pluralidad de
bienes jurídicos protegidos, aquí mencionados,
y la conducta o las conductas desplegadas
por el sujeto activo, cuando sea efectuada
en el ciberespacio mediante las TIC´s, debe
ser considerada en la dogmática penal como
cibercrimen aunque aún no se encuentre
descrita en la norma jurídico penal la conducta
cibernética.
4.2.2) Acción o conducta típica:
a) Análisis de la “Captación” como una de las
conductas típicas que integran el delito de trata
de personas ajustada a la cibercriminalidad.
Partiendo de la premisa que mediante el uso
de las TIC´s en el ciberespacio, consolidado
éste como un espacio de interacción social y
una realidad simulada, con distribución de

constructoscriminologicos.uanl.mx

funciones desde cualquier punto territorial, un
grupo delincuencial organizado a través de sus
integrantes se puede realizar una o varias de las
conductas descritas en el tipo penal de trata de
personas entre ellas: organizar, dirigir, promover,
publicitar, gestionar, inducir, facilitar, asimismo
ejecutar la captación directa o indirecta, de
alguna persona con cualquiera de los fines de
prostitución, explotación sexual, proxenetismo,
pornografía infantil, matrimonio servil, forzado
o matrimonio simulado, embarazo forzado,
explotación laboral, trabajos o servicios
forzados, trabajo infantil, esclavitud o prácticas
análogas a la esclavitud, servidumbre, tráfico
o extracción ilícita de órganos, tejidos,
células o fluidos humanos o cualquiera de sus
componentes, experimentación biomédicas
clínica o farmacológica ilícitas, participación
en actividades de criminalidad organizada,
utilización de menores en actividades delictivas,
mendicidad o adopción irregular, para que
dichos fines sean ejercidos dentro o fuera del
territorio nacional.
Respecto a las fases de comisión de La trata de
personas Carrasco (2014) señala:
Es un proceso que está compuesto de
diferentes fases o momentos: a) fase de
captación o reclutamiento de las víctimas
en su lugar de origen, b) fase de traslado
e introducción clandestina en el país de
destino, c) fase de recepción y alojamiento
de las personas explotadas y d) fase de
explotación. Lo cual implica una estructura
organizada y jerarquizada (un grupo
estructurado, de acuerdo a lo dispuesto en la
definición de delincuencia organizada por la
Convención de las Naciones Unidas contra

Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

�27

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

la Delincuencia Organizada Transnacional.
En esta estructura se pueden distinguir
las siguientes modalidades: coordinador
u organizador, captadores, transportistas
o
guías,
observadores,
conductores,
mensajeros, ejecutores, proveedores de
servicios y administradores. (pp. 84-85)

con solo el uso de un dispositivo informático
o móvil y ejecutar de esta manera una de
las fases del delito de trata de personas de
gran relevancia, puesto que sin captación no
continuarían las fases subsiguientes y por ende
la comercialización para los fines previamente
mencionados.

Analizaré la conducta típica de la “Captación”
directa o indirecta de una persona con los fines
antes relacionados, por ser la primera fase del
circuito de la trata y una de las modalidades
más evidenciadas actualmente en relación a la
ciberdelincuencia.

b) Clase de delito según la estructura del tipo:
Por el bien o modo de afectación de los bienes
jurídicos protegidos al momento de la captación
mediante la utilización de las TIC´s.
La conducta típica de la captación a través de las
Tecnologías de la Información y Comunicación
para los fines de trata de personas, como
se mencionó en el apartado anterior, es un
delito de consumación anticipada siendo que
se consuma anticipadamente el delito sin
lesionar los bienes jurídicos protegidos, y sin
haber obtenido el fin o resultado, ni realizado
todas las conductas descritas en el tipo penal,
y es un delito de peligro, específicamente de
peligro abstracto, ya que se consuma con el
simple peligro (inseguridad y probabilidad de
lesión) del bien jurídico protegido, suponiendo
por tanto, un adelantamiento de las barreras de
protección a una fase anterior a la lesión, y es
de peligro abstracto puesto que basta con que
la conducta sea peligrosa en general para algún
bien jurídico, aunque no llegue a ponerlo en
peligro de lesión inmediata o próxima.

A como lo ha definido la Real Academia
Española RAE Captación es la acción y efecto
de captar, y esta última palabra significa atraer a
alguien o ganar su voluntad o afecto. Partiendo
de esta definición podemos determinar que el
autor del delito, quien en el seno de una red
criminal realiza la captación de una persona
mediante la utilización de cualquiera de las
Tecnologías de la Información y Comunicación,
a través de las cuales publicita, e interactúa con
sus potenciales víctimas, a quienes engaña con
promesas laborales, o de estudios, montando
todo un escenario virtual ficticio que propicie
el convencimiento de la víctima, todo ello para
los fines establecidos en el delito de trata de
personas, ha consumado el delito aunque no
se realicen todas las conductas y no se logre
el resultado, ya que se trata de un delito de
consumación anticipada y peligro abstracto,
por tanto, desde cualquier parte del mundo
el sujeto activo encargado de la captación
o reclutamiento, con el objetivo de facilitar
el traslado de las víctimas de un país a otro,
puede desplegar la conducta antes descrita

V. CONCLUSIONES:
A través de este estudio, y los análisis
realizados, se ha llegado a la conclusión que
la cibercriminalidad sí engloba las nuevas
tendencias o características transnacionales de
este tipo de criminalidad, que a su vez ha sido
Jessica Flores Páiz

�28

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

una plataforma utilizada por redes criminales
organizadas transnacionales en la comisión
de sus actividades ilícitas para diversos fines
como por ejemplo la trata de personas, además,
que el cibercrimen se puede clasificar no solo
como objeto, sino también como un medio
o instrumento para la comisión de delitos
convencionales o transnacionales.
Asimismo, se concluye que las nuevas tendencias
del cibercrimen apuntan a la urgente necesidad
de mejorar algunos Convenios Internacionales
cuya clasificación se ha quedado corta respecto
a las conductas pluriofensivas y la lesión de una
diversidad de bienes jurídicos protegidos que no
se han incluido en estos cuerpos normativos, un
ejemplo de ello es la clasificación que hace el
Convenio sobre Ciberdelincuencia de Budapest
del año 2001.

constructoscriminologicos.uanl.mx

se logre el resultado que es la explotación de la
víctima, además, que mientras no se tipifique
la conducta cibernética como modalidad
delictiva en el delito de trata de personas
del código penal, o bien, aunque aún no se
incluya en la ley especial de ciberdelincuencia
el delito de trata de personas como uno de
los ciberdelitos, ya debe considerarse por la
dogmática penal como cibercriminalidad
cuando se realiza alguna de las conductas
descritas en el delito de trata de personas
haciendo uso del ciberespacio, y por ende,
de las Tecnologías de la Información y
Comunicación, de tal manera, se recomienda
que la cibercriminalidad como modalidad
comisiva del delito de trata personas se vaya
incluyendo a modo de mejoras legislativas
en los códigos penales o bien, en las leyes
especiales de ciberdelitos, y de esa forma,
lograr un mejor abordaje y persecución en
este tipo de delitos correlacionados.

Por otro lado, se ha evidenciado que en
Nicaragua se aprobó una Ley especial de
ciberdelitos, sin embargo, en esta ley quedan TRABAJOS CITADOS
por fuera delitos de carácter transnacional como
es el caso del delito de trata de personas, en Código Penal (CP). Ley No. 641 de 2007. Promulgación 5, 6, 7,
toda su extensión, también, que los traficantes
8, y 9 de Mayo de 2008. Gaceta Diario Oficial No. 83, 84,
utilizan cada vez más los sitios en redes sociales
85, 86 y 87. Nicaragua.
para reclutar a sus víctimas, quienes se sienten Código Procesal Penal (CPP). Ley No. 406 de 2001.
atraídas por las promesas de altos salarios fuera
Promulgación 21 y 24 de Diciembre de 2001. Gaceta
de Nicaragua para trabajar en restaurantes,
Diario Oficial No. 243 y 244. Nicaragua.
hoteles, construcción y seguridad.
Ley No. 1042 de 2020. Ley Especial de Ciberdelitos.
Promulgación 20 de Octubre de 2020. Gaceta Diario

Finalmente, de este estudio se concluye que
el autor del delito quien en el seno de una red
criminal realiza la captación de una persona
mediante la utilización de cualquiera de las
TIC´s para los fines establecidos en el delito
de trata de personas, ha consumado este delito
aunque no se realicen todas las conductas y no

Oficial No. 201. Nicaragua.
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Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

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e investigación Cualitativa: Buscando las ventajas de

—
Jessica Flores Páiz
Afiliación: Universidad Nacional Politécnica

Abogada y Notaria Pública de la República
de Nicaragua. Docente de Derecho penal y
procesal penal de la Universidad Politécnica de
Nicaragua Upoli-Managua Nicaragua (20192021). Licenciada en Comunicación Social por
la Universidad Centroamericana UCA- Managua
Nicaragua (2012). Licenciada en Derecho por la
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua
UNAN-León (2015). Magíster en Derecho
con énfasis en Derecho Penal y Derecho
Procesal Penal por la Universidad Nacional
Autónoma de Nicaragua UNAN-León (2019).
Estudiante de Doctorado en Criminología de la
Universidad Autónoma de Nuevo León México
UANL (2021-2023). Miembro Adherente del
Observatorio de Derecho Penal Tributario de
la Universidad de Buenos Aires Argentina UBA
(2021-2022).

las diferentes metodologías de investigación. Ciencias
Económicas, 31 (2), pp.179-187.

Cibercriminalidad como modalidad comisiva del delito de trata de personas y su tratamiento jurídicopenal en Nicaragua. PP. 9-30

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta
para Nuevo León
Metropolitan Cyber Security Strategy: a proposal for Nuevo
León
Fernando Margarito Velazquez Flores* y
Dante Octavio Isau Garza Fabela

Resumen
El uso de las tecnologías de la información y la
comunicación constituyen un eje fundamental
en la interacción de los seres humanos. Debido
a su desarrollo se ha logrado una globalización
en los diversos ámbitos como lo es económico,
político, social y cultural. Dicho avance ha
traído consigo nuevas amenazas en un mundo
no físico en el cual un individuo o grupo de
individuos pueden llevar a cabo hechos
violentos y actividades delictivas. Por ende,
el presente documento tiene como objetivo
presentar una propuesta de política pública en
materia de ciberprevención abordada desde la
perspectiva de las instituciones de seguridad.
Cómo citar
Velázquez, F. y Isau Garza Fabela, Dante Octavio.
Estrategia Metropolitana de Ciberprevención:
una propuesta para Nuevo León. Constructos
Criminológicos, 2(3). Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/26
*https://orcid.org/0000-0001-6828-7341
Universidad Autónoma de Nuevo León, México

Recibido: 23-02-2021
Aceptado: 08-06-2022

Palabras clave: Cibercriminología, ciberdelito,
ciberseguridad, policías municipales.
Abstract
The use of information and communication
technologies constitutes a fundamental axis in
the interaction between human beings. Due
to its development, globalization has been
achieved in several fields such as economic,
political, social and cultural. This development
has brought with it new threats in a nonphysical world in which an individual or group
of individuals can conduct violent acts and
criminal activities. Therefore, this document
aims to present a
cybercriminological
public policy from the perspective of security
institutions.
Keywords: Cybercriminology, cybercrime,
cybersecurity, municipal police.
INTRODUCCIÓN
La Criminología ha sido definida por diversos
autores según las perspectivas teóricas y la

�32

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

época histórica en que fueron enunciadas,
siendo entendida como la ciencia empírica
e interdisciplinaria encargada del estudio
de las conductas antisociales, victimario,
víctima, control social (García, 2003), el delito
(Garofalo, 1885), la criminalidad (Topinard,
1887), sus causas y medios para combatirla
(Saldaña, 1914); teniendo como prioridad la
prevención del comportamiento delictivo y
la explicación del mismo desde un enfoque
holístico (Abrahamsen, 1944). Dentro de los
debates en torno a dicha ciencia se encuentra
la delimitación de su objeto de estudio ante la
diferenciación de campos como la medicina
forense, derecho penal, psicología, por
mencionar algunos (Rodríguez, 1979).
Para hacer frente a los diversos fenómenos
subyacentes de la sociedad, esta ciencia ha
tenido que evolucionar, lo cual ha permitido el
desarrollo de criminologías especializadas o la
denominada criminología contemporánea con
el fin de comprender la multidimensionalidad de
las realidades (Buil, 2016; Hikal, 2013 y Ordaz
y Figueroa; 2017).Dichas especializaciones
nacen con el objetivo de poder crear
conocimiento innovador en el ámbito científico
y nos permite visualizar las áreas en donde el
criminólogo puede desempeñarse como lo es
la victimología forense, social, ambiental e
informática entre otros (Hikal, 2016).
Es en este último ámbito, tal como lo señalan
Felson y Clarke (1998) los cambios sociales y
tecnológicos producen nuevas oportunidades
delictivas, por lo cual la criminología ha
reconocido los problemas que se dan en la red,
abordándolos desde diversas corrientes teóricas
(Rojas, 2018). Es de señalar que el crimen

constructoscriminologicos.uanl.mx

se ha ido modificando y ha dado pie a una
nueva criminalidad donde cualquier persona
física o jurídica que se relacione en internet
puede ser víctima de un delito, o en este caso
ciberdelito (Sancho, 2017). Ante ello, emergen
debates acerca de si las teorías criminológicas
tradicionales son aplicables o si ha de tratarse
de una misma delincuencia con un semblante
distinto, por ello, la importancia del estudio de
dicho fenómeno.
MARCO TEÓRICO
El ciberespacio
Desde el siglo XXI el contexto internacional ha
visualizado una hiperglobalización impulsada
por el uso de las tecnologías de la información
y la comunicación, teniendo como resultado
una digitalización, misma que se ha vinculado
con transformaciones sociales, políticas y
económicas a un ritmo acelerado en sociedades
contemporáneas, lo que ha permitido definirlo
como la cuarta revolución industrial o
Revolución 4.0 y dando pauta a la creación de
un nuevo escenario de interacción humana: el
ciberespacio (Fernández, 2018).
El ciberespacio surge como un nuevo dominio
del entorno operativo y de la oportunidad
delictiva, además de las ya tradicionales como
lo es tierra, mar, aire y espacio. Sin embargo, el
ciberespacio destaca entre los demás, debido a
que puede escalonar al medio físico generando
un mayor conflicto (Feliu, 2012).
Durante la década de los setenta el uso de
ordenadores a nivel mundial hizo que las
manifestaciones de la delincuencia informática
se vieran vinculadas con el ámbito económico,
como lo es fraude, robo de datos, espionaje
etc. Para la década de los ochenta, el uso de

Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta para Nuevo León. PP. 31-50

�33

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

ordenadores personales era cada vez mayor,
lo cual dio pie al surgimiento de la piratería,
dando inicio en software para posteriormente
expandirse en la década de los noventa a
productos como música y películas. Fue también
en la década de los noventa y el crecimiento
del uso de internet lo que llevó a la difusión
de contenidos ilegales como lo es pornografía
infantil, discursos racistas, discursos xenófobos
u otros ataques con la finalidad de causar algún
daño (Hernández, 2009).

del término anglosajón cybercrime, mismo
que engloba la delincuencia relacionada con
el uso de las tecnologías de la información
y la comunicación (Miro, 2011), ha sido
denominado de diversas maneras de acuerdo
con los múltiples contextos en que se desarrolla
como
computerdelikte,
computercrimes,
cibercriminalidad, criminalidad informática
e
informatizada,
delitos
informáticos,
criminalidad mediante computadoras, entre
otros (Hernández, 2017).

De esta manera, el ciberespacio nace como una
dimensión universal, anónima y en constante
cambio. Dentro de las características básicas que
se pueden encontrar en este escenario están la
deslocalización, transnacionalidad, neutralidad
y descentralización. La primera de ellas se
debe a que no está en un espacio concreto.
En una segunda instancia, se refiere a que no
posee fronteras reales ya que no pertenece a
una nación en particular y permite el acceso
desde cualquiera de ellas. La tercera de estas
características corresponde a la neutralidad
que tiene el usuario para tener acceso en un
horario y lugar indeterminado. Por último, en
internet no existe una autoridad que rija leyes o
normas desde una perspectiva gubernamental
para atender el cibercrimen (Miró, 2011).

A continuación, se presentan algunas de las
definiciones presentados por autores en cuanto
a los términos anteriores:
La Organización de Cooperación y Desarrollo
Económico (OCDE) en 1983 define el computer
crime como “...cualquier comportamiento
antijurídico, no ético o no autorizado,
relacionado con el procesado automático de
datos y/o transmisiones de datos” (OECD, 1984).
Lima (1984) refiere el delito por computadora
como cualquier acto ilícito penal en el que
las computadoras, su técnica y funciones
desempeñan un papel ya sea como método,
medio o fin.

Beltramone, Herrera y Zabale (1998) consideran
el delito informático como toda conducta con
CIBERCRIMINALIDAD Y
características delictivas, sea típica, antijurídica
CIBERCRIMINOLOGÍA
y culpable, que atente contra el soporte
Al referirnos al cibercrimen o la cibercriminalidad lógico de un sistema de procesamiento de
hablamos de una macrocategoría dentro información a través del uso de las tecnologías
del ciberespacio. Los debates conceptuales de la información.
y terminológicos han hecho que algunas
denominaciones sean sustituidas (Hernández, En el décimo Congreso de las Naciones Unidas
2009; Jaishankar, 2007). El ciberdelito derivado del año 2020 sobre prevención del delito y
Fernando Margarito Velazquez Flores y Dante Octavio Isau Garza Fabela

�34

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

tratamiento del delincuente, refiere que se
entenderá por delito cibernético todo aquel que
puede cometerse por medio, en ó contra un
sistema informático (Naciones Unidas 2020).

bajo riesgo de ser identificados, procesados y
sentenciados en comparación con EEUU y la
Unión Europea. Es de señalar que los intentos
por atender este tipo de hechos en el contexto
latinoamericano en su mayoría son deficientes
Para Campoli (2006) los delitos informáticos debido a que no cuentan con los conocimientos,
son aquéllos en los que un sujeto activo lesiona equipo tecnológico e infraestructura suficiente
un bien jurídico que puede o no estar protegido para llevar a cabo este tipo de acciones.
por la legislación vigente por medio de la Aunque México no se encuentra adscrito a
utilización indebida de medios informáticos.
dicho convenio, esto no limita a que se puedan
adoptar acciones a fin de fortalecer las leyes de
Por su parte, Téllez Valdez (2008) clasifica los la materia (García y Peña, 2017).
delitos informáticos de dos maneras: atípico
y típico. El primero de ellos hace alusión a El aumento de delitos y conductas violentas que
aquellas actitudes contrarias a los intereses de abundan en el ciberespacio ha obligado a que
las personas en que se tiene a las computadoras los profesionales en criminología desarrollen un
como instrumento o fin; el segundo corresponde nuevo campo denominado Cibercriminología
a las conductas típicas, antijurídicas y culpables (García y Peña, 2017). Partimos desde la
en que se tiene a las computadoras como identificación de las principales problemáticas
instrumento o fin.
presentes que son hacking, infecciones
malware, ciberfraudes, ciberacoso sexual,
El Grupo de Expertos Gubernamentales ciberbullying, difusión de mensajes de odio,
(GGE) en Ciberseguridad en el contexto de la éstos contemplan finalidades diversas desde los
Seguridad Internacional de Naciones Unidas ámbitos económicos, políticos, social, personal,
ha pronunciado la importancia de llevar a mismas que son problemáticas criminológicas
cabo acciones desde la perspectiva local de los distintas. Además de ello, conforme a cada uno
Estados para hacer frente a las nuevas amenazas de las problemáticas referidas anteriormente
y riesgos. Derivado de dichas amenazas y se pueden identificar a diversos grupos en
experiencias en casos transnacionales es que situación de vulnerabilidad (Hernández, 2017).
se llevó a cabo el Convenio de Budapest en La evolución de la cibercriminología basada en
2001 para los Estados miembros del Consejo el estudio de los determinantes delictivos y sus
de Europa y otros Estados. El objetivo del características es un fenómeno más complejo,
anterior consistió en ejecutar una política penal debido a que su dinámica es cambiante ha
destinada a prevenir la criminalidad mediante obligado a los estudiosos de dicho tema a
internet, a través de una legislación apropiada focalizarse en un área específica como lo es
de cada Estado (García y Peña, 2017).
cibercrímenes sexuales, fraudes financieros,
suplantación de identidad, entre otros conflictos
En América Latina el cibercrimen ha sido un y crímenes nacientes en el ciberespacio (García
escenario de oportunidad debido a que hay un y Peña, 2017; Hernández, 2017).
Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta para Nuevo León. PP. 31-50

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

CIBERSEGURIDAD, RIESGOS
CIBERNÉTICOS Y CIBERATAQUES
El conflicto es un hecho inherente en la historia
de la humanidad, cuando el diálogo u otros
medios de pacificación no funcionan los seres
humanos tienden a recurrir a actos violentos a fin
de dañar o neutralizar a una persona, propiedad
e institución. Los mencionados sucesos tienden
a llevarse a cabo mediante acciones políticas,
económicas, psicológicas y cibernéticas,
causando una vulneración en la sociedad,
territorio e infraestructura crítica (Tzu, 1994).
El inicio del dominio del ciberespacio con la
finalidad de salvaguardar la integridad de sus
habitantes fue un área abordada por las grandes
potencias como lo es Rusia, Estados Unidos
y China (Gaitán, 2018). En América Latina el
tema de ciberseguridad ha ido apareciendo en
la agenda pública (Álvarez, 2019; Pérez, 2019),
en 2018 se tiene un registro de ciberataques
a bancos mexicanos que generaron pérdidas
millonarias, lo cual genera un precedente; sin
embargo al ser actos que no han puesto en riesgo
a sus habitantes mediante algún tipo de crisis
económica, social, política en comparación con
otros contextos a nivel mundial, el resultado
de dichos actos ha sido atendido mediante
acciones preventivas de fortalecimiento de
software especializado (Aguilar, 2019).

electrónico o red informática con la finalidad
de extorsionar, extraer datos, o simplemente
sabotear su funcionamiento (McKinsey &amp;
Company, 2018). Por ende, la ciberseguridad
es el conjunto de acciones tomadas por
organizaciones e individuos para establecer las
medidas y gestiones necesarias para reducir la
probabilidad de sufrir un ciberataque y/o riesgos
cibernéticos y que la población se sienta segura
en el ciberespacio (Herrera, 2020; McKinsey
&amp; Company, 2018; Unión Internacional de
Telecomunicaciones, 2008).
La Unión Internacional de Telecomunicaciones
informó el aumento del número estimado de
usuarios de Internet de 4,100 millones en 2019
a 4,900 millones en 2021, cifra que se aproxima
al 63% de la población mundial (Unión
Internacional de Telecomunicaciones, 2021).
Es de señalar que, durante el 2020, primer
año de la pandemia COVID-19, el número
de internautas creció un 10.2%, mismo que
representó el mayor aumento en una década
(Asociación de internet, 2021)

Según el Informe de Riesgos Globales 2020
del Foro Económico Mundial, el riesgo de
ciberataques a la infraestructura crítica y el
fraude o robo de datos se clasificaron entre los
10 principales riesgos con mayor probabilidad
de ocurrir y con mayor impacto (FEM, 2020a).
La publicación Perspectiva de Riesgos del
Los riesgos cibernéticos y los ciberataques surgen COVID-19 identificó los ciberataques como
como las nuevas contingencias vinculadas a una de las principales preocupaciones a nivel
la ciberseguridad, el primero de ellos consiste mundial y la tercera mayor preocupación para
en afectaciones ante una vulneración en las las empresas debido a la constante digitalización
tecnologías que utilizan; mientras que los (FEM, 2020b). Dicha intranquilidad se pone de
ciberataques son un intento no autorizado a fin manifiesto debido al aumento de ciberataques
de obtener el control de un sistema, dispositivo hasta en 4000% (Banco de México, 2021).
Fernando Margarito Velazquez Flores y Dante Octavio Isau Garza Fabela

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

El Consejo Mexicano de Asuntos Internacionales
(Comexi) estimo que 978 millones de personas
fueron afectados por el ciberdelito en todo
el mundo (McKinsey &amp; Company, 2018). Los
ciberataques se focalizan principalmente en
el sector privado, donde el 82% consistió en
cibercrimen, 13% ciberguerra, 3% hacktivismo,
2% ciberespionaje (Pessiri, 2019 citado en
Aguilar, 2019).

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que 8 de cada 10 delitos informáticos que
ocurren, no llegan a ser conocidos por el
Estado y 1 de cada 100 podría llegar a tener
una condena efectiva (Observatorio de Delitos
Informáticos de Latinoamérica, 2017).
Desde la perspectiva legal, una de las
principales dificultades al hablar sobre delitos
informáticos, es su conceptualización, por
ende, desde su fundamento al hacer alusión a
la delincuencia informática tenemos que hacer
mención del denominado derecho informático.
En el anterior se estudia el régimen jurídico del
software, el derecho de las redes de transmisión
de datos, documentos y contratos electrónicos,
régimen jurídico de las bases de datos, los
delitos informáticos, así como otras conductas
nacidas del uso de ordenadores (Hernández,
2009).

El informe del Estado de la Ciberseguridad en el
Sector Bancario en América Latina y el Caribe
de la Organización de los Estados Americanos
(OEA) estima que el 92% de las organizaciones
financieras ha llegado a sufrir algún tipo
de ciberataque, donde el 37% resultó de
manera exitosa (Organización de los Estados
Americanos, 2018). Los costos para la economía
mundial derivados de los delitos cibernéticos se
estima que sobrepasan los 2 billones de dólares
anuales (McKinsey &amp; Company, 2018; Towers, Conocer y determinar los diferentes tipos de
2018).
delitos informáticos existentes permite hacer
uso de herramientas efectivas para hacer frente
México se encuentra dentro de los 10 principales a la seguridad de la información. Con base en lo
países con ataques cibernéticos a nivel mundial, anterior, la impunidad y propuestas de políticas
y el primero en la región de América Latina. públicas en la administración de justicia ha sido
En 2018 el 80% de las empresas mexicanas producto de la falta de entendimiento de los
fue víctima de un ciberataque al menos en riesgos existentes en el ciberespacio (Acosta,
los últimos doce meses, de dicho porcentaje Benavides y García, 2020; Aguilar, 2019).
únicamente el 30% de ellos tenía algún tipo
de plan, protocolo o procedimiento previsto Ante la falta de una legislación específica en
en caso de llegar a suscitarse dichos hechos ciberdelitos, esto impide su persecución y
(Towers, 2018).
sanción, cuya conducta no puede ser adecuada
a los códigos estatales existentes. Por ello, los
Por su parte, la cifra estimada para México gobiernos deben de comenzar a preocuparse en
corresponde a más de 33 millones de mexicanos la inclusión de estos tipos de hechos, así como
que fueron víctimas del cibercrimen, es decir, los retos en la preservación de la evidencia
1 de cada 4 habitantes del país (McKinsey y digital (Campoli, 2005).
Company, 2018).En general se puede considerar
Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta para Nuevo León. PP. 31-50

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Contemplar una agenda de ciberseguridad es
uno de los principales retos para las naciones
de Latinoamérica. Lo anterior se debe a que
las principales amenazas para este territorio
consisten en ataques dirigidos por malware
para robo de información, donde las técnicas
utilizadas tienden a ser el spear- pishing (correo
electrónico a fin de infectar) y el watering-hole
(infecta con malware sitios web de terceros
utilizados por los usuarios) (Aguilar, 2019).

inteligente, 33.7% computadora portátil y
22.2% televisor con acceso a internet. Entre las
principales actividades que informaron realizar
los usuarios de internet se encuentra el 93.8%
para comunicarse, 91% buscar información y
89% acceder a redes sociales (INEGI, 2020).

De acuerdo con los datos presentados por
Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso
de Tecnologías de la Información en los Hogares
(ENDUTIH) 2020, se estima que en México
existen 84.1 millones de usuario de internet de
seis años o más, lo que representan el 72% de
la población a nivel nacional (INEGI, 2020).
La edad de los usuarios de internet se concentra
entre los 12 a 34 años de edad. Así mismo,
los tres principales medios de conexión para
el usuario de internet fueron 96% celular

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
dentro de su meta “México en Paz”, en su
objetivo 1.2. Garantizar la Seguridad Nacional,
Estrategia 1.2.3. Fortalecer la inteligencia del
Estado Mexicano para identificar, prevenir y
contrarrestar riesgos y amenazas a la Seguridad
Nacional, establece en una de sus líneas de
acción llevar a cabo estudios, investigaciones e
iniciativas de ley con la finalidad de fortalecer la
dimensión de las operaciones de seguridad, en
este caso las llevadas a cabo en el ciberespacio

En relación con la penetración de internet en
cuanto a usuarios de acuerdo con las entidades
federativas, Nuevo León lidera con el 84.5%
cifra por encima de la Nacional que es de
A pesar del mejoramiento de las capacidades 72% (INEGI, 2020). Ante dichas cifras y las
en materia de ciberseguridad, en América características de la región los usuarios se
Latina y el Caribe se encuentran en una etapa encuentran expuestos constantemente a riesgos
inicial, es decir, la mayoría de los países cibernéticos o algún ciberataque.
de esta región apenas han comenzado a
formular e implementar políticas en materia de Para el contexto mexicano la ciberseguridad
seguridad cibernética. Lo cual ha llevado a la ha sido un tema abordado desde 2002, con
preocupación constante de las organizaciones la finalidad de atender las problemáticas de
mexicanas a destinar recursos a nivel público delincuencia y organizaciones delictivas se
y privado para contar con personal en materia creó la Policía Cibernética, asignada a la Policía
de seguridad y privacidad de la información Federal Preventiva. En el año 2013 dicho tema se
(Banco Interamericano de Desarrollo, 2020).
incluyó en los planes y programas de gobierno,
como lo es el Plan Nacional de Desarrollo 2013USO DE TIC Y ANTECEDENTES DE
2018, el Programa de Seguridad Nacional y el
POLÍTICAS PÚBLICAS EN EL CONTEXTO
Programa de Seguridad Pública, éstos últimos
MEXICANO
de los periodos 2014-2018.

Fernando Margarito Velazquez Flores y Dante Octavio Isau Garza Fabela

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

y la ciberseguridad.
digital.
Con dicho antecedente, el Programa Nacional • 2.7.9 Fortalecer la seguridad de la
de Seguridad Pública 2014-2018 explica la
infraestructura tecnológica estratégica del
importancia que conlleva contar con objetivos
país
estratégicos, coordinación de autoridades y
una visión multidimensional en materia de Dentro de dicho plan también se contemplaba
seguridad cibernética y ciberdefensa.
detectar y atender de manera oportuna los
delitos cibernéticos mediante una estrategia
Su estrategia 2.7 consiste en: Detectar y atender de ciberseguridad llevada a cabo por la Policía
oportunamente los delitos cibernéticos.
Federal, así como la necesidad de desarrollar
un modelo de policía cibernética para cada una
Líneas de Acción:
de las entidades federativas.
• 2.7.1 Fortalecer las capacidades y
la infraestructura tecnológica de las En 2017 se crea la Estrategia Nacional de
instituciones de seguridad pública para Ciberseguridad (ENCS) siendo el octavo país en
prevenir e investigar delitos cibernéticos.
América Latina en contar con un documento
• 2.7.2 Desarrollar investigación científica de esta naturaleza. Si bien, ya se contaba desde
para la prevención e investigación de los años con un Equipo de Respuesta a Incidentes
delitos cibernéticos.
de Seguridad (CSIRT) y un Centro de Respuesta
• 2.7.3 Implementar acciones contra delitos a Incidentes Cibernéticos (CERT) para prevenir y
cibernéticos de mayor impacto: pornografía atender las amenazas, dicho documento formó
infantil, fraude, extorsión, usurpación de parte del desarrollo de ejes transversales a fin de
identidad y contra derechos de autor.
consolidar y desarrollar capacidades de acción
• 2.7.4 Diseñar protocolos de operación para y reacción en relación a la ciberseguridad
la prevención de delitos cibernéticos en (Gobierno de México, 2017).
las instancias que administran información
considerada reservada o confidencial.
Se llegó a tener un registro de 51,000 denuncias
• 2.7.5 Promover la creación y fortalecimiento ciudadanas atendidas, más de 200,000
de unidades especializadas en la prevención incidentes cibernéticos, la desactivación de
e investigación de delitos que se cometen 17,000 sitios fraudulentos y se emitieron más de
por internet.
2,000 alertas de ciberseguridad a instituciones
• 2.7.6 Desarrollar un modelo de policía públicas y privadas (Gobierno de México,
cibernética para las Entidades Federativas.
2017).
• 2.7.7 Generar indicadores y estadísticas
de delitos informáticos para el diseño de Actualmente el Plan Nacional de Desarrollo
estrategias de prevención.
2019- 2024 (Centro Nacional de Control de
• 2.7.8 Impulsar acciones para consolidar Energía ,2019) a través de sus políticas en
los esquemas de seguridad cibernética que materia de seguridad y desarrollo desprende la
coadyuven al desarrollo de la economía Estrategia Digital Nacional 2021-2024, misma
Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta para Nuevo León. PP. 31-50

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

que se divide en dos ejes de acción: I Política
Digital y II Política Social. El eje I Política
Digital en la Administración Pública Federal
plasma en uno de sus objetivos específicos la
promoción de una cultura de seguridad de la
información que genere certeza y confianza a las
personas usuarias de los servicios tecnológicos
institucionales y gubernamentales, para ello,
dentro de sus líneas de acción se establece la
implementación de un Protocolo Homologado
para la Gestión de Incidentes Cibernéticos entre
las Instituciones; coordinación entre autoridades
para prevención y atención de incidencias
cibernéticas, así como la promoción de buenas
prácticas a través del el Centro Nacional de
Respuesta a Incidentes Cibernéticos (Diario
Oficial de la Federación de México, 2021).

tres órdenes de gobierno el intercambio seguro
de la información en prevención y persecución
del delito (Diario Oficial de la Federación de
México,2021).
Por su parte, el Protocolo Nacional Homologado
de Gestión de Incidentes Cibernéticos
busca fortalecer la Ciberseguridad en las
Dependencias Federales, Entidades Federativas,
Organismos Constitucionales Autónomos,
Academia e Instancias del Sector Privado del
país. Consta de un modelo de operación de
cinco pasos los cuales consisten en identificar,
proteger, detectar, responder y restaurar los
servicios que brinden los múltiples actores
involucrados con la menor afectación posible
contemplando un plan de resiliencia (Gobierno
de México, 2021b).

En el eje II Política Social se encuentra ofrecer
internet inalámbrico en todo el país basado
en el bienestar social del pueblo mexicano
con una visión humanista del uso de estas
tecnologías a fin de eliminar las brechas de
marginación, pobreza y desigualdad social;
acto que de cumplirse traerá consigo retos
en cuanto a normativas para la protección de
la privacidad de las personas que accedan a
internet mediante estas redes públicas (Diario
Oficial de la Federación de México, 2021).

Es de mencionar que además de la gestión y
monitoreo proactivo de los múltiples actores
involucrados en una fase de respuesta y
recuperación se menciona la necesidad las
actividades post-incidentes que incluyen la
presentación de denuncias ante el Ministerio
Público y la generación de estadísticas oficiales
de incidentes en el país en coordinación con
el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública, y seguimiento de
indicadores de Ciberseguridad (Gobierno de
El reconocimiento de los delitos mediante el México, 2021b).
uso de las tecnologías de la información y la
comunicación ha hecho que la inteligencia sea Expuesto
lo
anterior,
México
sigue
la base el desempeño de las fuerzas del orden, reiteradamente con los mismos objetivos
por ello, en la Estrategia Digital Nacional 2021- básicos plasmados en otras estrategias digitales,
2024 se pretende orientar a la Policía Cibernética si bien, se puede identificar una base en
con capacitaciones especializadas, así como aspectos sociales, económicos, culturales,
fortalecer las capacidades tecnológicas que legales y político inclusive catalogados en un
permitan a las instituciones de seguridad de los futuro como derechos fundamentales, tal es el
Fernando Margarito Velazquez Flores y Dante Octavio Isau Garza Fabela

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

caso del acceso a Internet y las TIC, pero no
garantizando una ciberseguridad. Por ello,
dicha estrategia se puede interpretar como
un discurso meramente cualitativo de ideales
o acciones a realizar sin un desarrollo y plan
de trabajo de cada una de las instituciones a
participar, así como su transversalidad con la
política de ciberseguridad, las capacidades de
resiliencia, especificando las responsabilidades
y atribuciones para cada uno de los organismos.
POLICÍA CIBERNÉTICA: EL CASO DE
NUEVO LEÓN
Con base en los acuerdos del Consejo Nacional
de Seguridad Pública, aprobados en su
Cuadragésima Primera Sesión Ordinaria en la
Acuerdo 06/XLI/16 celebrada el 20 de diciembre
de 2016 se aprueba el Modelo Homologado de
Unidades de Policía Cibernética que deberá ser
implementado a partir de 2017 (Diario Oficial
de la Federación, 2017).
De esta manera se atribuye a los Estados la
responsabilidad de activar protocolos para
una intervención activa en la prevención y
sanción de los delitos de esta índole, así como
la generación de grupos de investigación
enfocados en el análisis de las causas y
consecuencias derivadas de dichos actos
(García y Peña, 2017).
El “Modelo Óptimo de la Función Policial.
Diagnóstico nacional sobre las policías
preventivas de las entidades federativas”,
elaborado por el Secretariado Ejecutivo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública
(SESNSP) con fecha de corte de la información
al 31 de diciembre de 2020, revela que,

constructoscriminologicos.uanl.mx

aunque el estándar a nivel nacional es que los
32 estados cuenten con unidades especiales de
Policía Cibernética, únicamente 30 entidades
cuentan con ella, cifra que representa el 93.7%.
Derivado de ello, únicamente 17 entidades
(56.6%) de las policías cibernéticas refirió
contar con el equipamiento necesario (SESNSP,
2020).
Para el caso de Nuevo León se tiene un registro
de 11 integrantes que conforman la policía
cibernética (CIPOL), de los cuales únicamente
un integrante (9%) recibió una capacitación
especializada, acción que se puede vincular
con las acciones plasmadas en la Estrategia
Digital Nacional 2021-2024 ante la ausencia
de personal profesionalizado en dicha área. A
pesar de que el promedio nacional de elementos
asignados a dichas unidades es de 14, se
visualiza un área de oportunidad para el Estado
debido al aumento de reportes y delitos sobre
dicha índole. Además de esto, en comparación
con otros Estados la cantidad de integrantes es
menor, ejemplo de ello es la Ciudad de México
que cuenta con 58 integrantes seguida por
Yucatán con 37 (SESNSP, 2020).
A nivel nacional la Secretaria de Seguridad
y Protección Ciudadana, mediante una
rueda de prensa, expresó que hay evidencia
de población menor de edad que ha sido
privada de su libertad. El modus operandi era
establecer conexión por medio de videojuegos,
irse ganando la confianza de las personas
con quienes interactúan, para posteriormente
llevar a cabo el secuestro e incorporarlos al
crimen organizado para realizar funciones de
“halconeo”. Procedente a esto se difundió un
decálogo de ciberseguridad para protección de

Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta para Nuevo León. PP. 31-50

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

menores en el Boletín 118/2021 (Gobierno de
México, 2021).
Dicho lo anterior, Nuevo León no es un
espacio ajeno a esto, por lo cual diputados del
mencionado Estado han realizado un llamado a
las instituciones de seguridad, específicamente
a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado
para que ésta instancia, a través de la policía
cibernética vigile, identifique y localice las
posibles amenazas que se dan por parte de
los grupos criminales en estos sitios, así como
llevar a cabo campañas informativas sobre los
riesgos y medidas que deben de tomarse al
interactuar en entornos virtuales (Recio, 2021).

de Nuevo León 2015-2030, en el eje temático
Seguridad y Justicia, se establece que el servicio
tradicional de Policía ha sido rebasado. Por lo
cual es necesario integrar la inteligencia policial,
el análisis delictivo y contar con una estrategia
local de ciberseguridad y ciberinteligencia a fin
de expandir las capacidades y herramientas
en cuanto a prevención de la violencia y la
reacción ante el delito (Consejo Nuevo León,
2022).

En Nuevo León, la institución responsable de la
persecución y el esclarecimiento de los hechos
delictivos es la Fiscalía General de Justicia
del Estado (FGJNL), donde los retos para la
legislación son aún mayores (Cassou, 2009)
Existen crecientes retos en materia de debido a que se cuenta con un registro mínimo
ciberseguridad que deben ser atendidos desde de carpetas de investigación en relación con
las fuerzas policiales (Velázquez, 2020). De hechos cibernéticos.
acuerdo con el Plan Estratégico para el Estado

Fuente: Elaboración propia con base en datos de la FGJNL.

Fernando Margarito Velazquez Flores y Dante Octavio Isau Garza Fabela

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Entre dichas carpetas de investigación se
encuentra el delito por medios electrónicos,
sin embargo, en las estadísticas presentadas por
la institución antes mencionada no se cuenta
con un desglose en relación con otros delitos.
Lo cual deja un hueco para la generación de
políticas públicas en materia de prevención y
atención de Ciberdelitos, identificando dicha
área de oportunidad.

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¿EN QUÉ CONSISTE LA ESTRATEGIA DE
CIBERPREVENCIÓN PARA NUEVO LEÓN?

Algunas de las áreas de oportunidad que se
encuentran presentes ante una explicación de
la realidad en que se comportan los ciberdelitos
se debe a que son pocas las instituciones que
están capacitando en cómo prevenirlos desde
los diversos sectores como lo es público y
privado; existe una enorme cifra negra de la
El Consejo Nacional de Seguridad Pública, en criminalidad informática; falta de medición
su Cuadragésima Séptima Sesión Ordinaria, de ciberdelitos; estadísticas equivocadas o no
celebrada el 16 de diciembre de 2021 establece oficiales debido a que son empresas privadas
en el acuerdo 10/XLVII/21 la necesidad de las que se están encargando de realizar dichos
contar con información actualizada en materia estudios; y escasos estudios criminológicos
de ciberdelitos, por ende, se propone un que aborden dichos tópicos (Pecoy, 2011).
Registro Nacional de Incidentes Cibernéticos.
Este registro tendrá como fin la prevención y Debido a estos grandes desafíos, la Facultad
atención a dichos hechos en las 32 entidades de Derecho y Criminología de la Universidad
federativas de la República Mexicana, a través Autónoma de Nuevo León creó el Centro
de las Secretarías de Seguridad Pública Estatales de Investigaciones de Cibercriminalidad,
en coordinación con la Unidad de Policía Derecho Digital y Ciberseguridad, el cual
Cibernética y la Fiscalía General (Diario Oficial busca contribuir a la comprensión y reducción
de estos hechos mediante recomendaciones,
de la Federación, 2021b).
análisis, implementación y evaluación de las
Ligado a ello, la Clasificación Internacional de políticas, normas y estándares internacionales
Delitos con Fines Estadísticos de la UNODC de operación para la seguridad de la información
incluye dentro de sus desagregaciones y ciberseguridad, así como su contexto jurídico
adicionales o etiquetas la variable de “Acto y legal.
relacionado con la ciberdelincuencia” con el
fin de mejorar la coherencia y comparabilidad Vinculado a ello, surge la iniciativa y necesidad
internacional, mismo que puede surgir como un en primera instancia de crear de manera
instrumento para estandarizar a nivel nacional metropolitana y no individual, una policía
las estadísticas de delito. Con ello, se abarca cibernética municipal que venga a fortalecer a
la manifestación del delito, ejemplo de ello: la policía cibernética estatal. La Organización
fraude a través de Internet, acoso cibernético de las Naciones Unidas ha identificado la falta
o violación del derecho de autor mediante la de especialización de las policías en el campo
difusión electrónica (UNODC, 2015).
de los ciberdelitos, lo cual obliga a repensar las
estrategias de prevención de la violencia y la
Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta para Nuevo León. PP. 31-50

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

delincuencia. Por ello, dentro de las estrategias
de fortalecimiento se encuentra la atención a
estos en cuanto a prevención y justicia penal
(UNODC, 2020).
Dentro de la misma estrategia se considera
la especialización de la Policía Cibernética
Municipal, dada la incapacidad de ubicar a la
cibercriminalidad. La estrategia se denomina
“metropolitana”, no porque se refiera al
territorio o a la jurisdicción, sino a la forma
de actuar y de fortalecer las capacidades
institucionales dentro del área metropolitana
de Monterrey (AMM), independientemente de
que el presunto delincuente se encuentre en
otro municipio, estado o país. Es decir, una
estrategia que involucre a los 13 municipios
que la conforman: Apodaca, Cadereyta
Jiménez, El Carmen, García, San Pedro Garza
García, General Escobedo, Guadalupe, Juárez,
Monterrey, Salinas Victoria, San Nicolás de los
Garza, Santa Catarina y Santiago.

Dicha propuesta, suscita el modelo Pentahélice
que promueve la articulación de la política
pública entre los cinco sectores estratégicos:
academia, gobierno, industria, sociedad y
ambiente en favor de la sociedad (CONACYT,
2019).
La estrategia consiste en lo siguiente:
1. Creación de una Ley de Prevención de
Delitos Cibernéticos para Nuevo León.
2. Especialización de la Policía Cibernética
Estatal (CIPOL).
3. Creación de las Policías Cibernéticas
Municipales (CIPOL Municipal).
4. Fiscalía
Especializada
en
Delitos
Cibernéticos.
5. Creación de un Consejo Estatal de
Prevención de Delitos Cibernéticos.
6. Creación de un Observatorio del Ciberdelito.

¿Cómo se implementa?

Fernando Margarito Velazquez Flores y Dante Octavio Isau Garza Fabela

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

1. Ley: Actualizar en materia legislativa sobre
problemáticas emergentes y contingencias
en los entonos virtuales en el sector público
y privado, ciberdelitos, con el objetivo de
brindar seguridad a las personas en el
ciberespacio.
2. Especialización CIPOL: El diagnóstico
realizado por el SESNSP expone la necesidad
de brindar capacitación especializada a los
elementos ya existentes para el desempeño
óptimo de sus funciones.
3. CIPOL Municipal: Formar un grupo
especializado de analistas que contribuyan
a la prevención de la violencia y
delincuencia en el ciberespacio en cada
uno de los municipios del AMM para la
implementación de dicha estrategia y los
grupos de investigación para el estado
de Nuevo León. La Policía Cibernética
Municipal llevará a cabo pláticas
informativas, patrullaje cibernético, alertas
cibernéticas, así como informar, proveer y
difundir el perfil y modus operandi de los
cibercriminales a la población en general
y los riesgos en los cuales se pueden ver
implicados ante el uso de Internet, correo
electrónico (Gmail, Outlook, yahoo) y redes
sociales como Facebook, Instagram, Twitter,
Whatsapp, blogs, websites, etc.
4. Fiscalía Especializada: Derivado de las
acciones legislativas será necesario contar
con un plan de persecución penal que
vaya dirigida a este tipo de violencias
y delincuencia para la investigación y
persecución de delitos. Mismo que tendrá
que verse reflejado con indicadores
cuantitativos conforme a las carpetas
de investigación y la formulación de un
semáforo de ciberdelitos (Velázquez, 2021).

constructoscriminologicos.uanl.mx

5. Consejo: Constituir un grupo de ciudadanos
de los diferentes ejes estratégicos como lo es
academia, gobierno, empresas y sociedad
civil para el seguimiento de acuerdos,
monitoreo y evaluación de los resultados de
la estrategia.
6. Observatorio: Establecer un instituto de
investigación para la generación de informes
estadísticos y análisis de políticas públicas en
relación con el tema de cibercriminalidad.
Así como el monitoreo del semáforo de
Ciberdelitos de la FGJNL para la medición
de estos hechos.
Para lograr los objetivos anteriormente
plasmados se propone un ejercicio corresponsal
que involucre al Centro de Investigaciones
de Cibercriminalidad, Derecho Digital y
Ciberseguridad de la UANL; Fiscalía General
de Justicia de Nuevo León; la Unidad de Policía
Cibernética de Seguridad Pública del Estado
de Nuevo León; el Poder Judicial del Estado de
Nuevo León para llevar a cabo la actualización
de sus jueces, el Poder Legislativo para la
creación de una Ley de Ciberprevención.
Además, de vincular dichas instituciones a
organizaciones nacionales e internacionales
para su fortalecimiento en la materia.
CONCLUSIONES
Derivado de la pandemia COVID-19 y el
incremento de la actividad mediante el uso de
las tecnologías de la información, se ha dejado
en evidencia las vulnerabilidades existentes en
el ciberespacio. México se encuentra alejado
de la comprensión de las ciberamenazas y
ciberataques a nivel global para la vulneración
de la seguridad pública y nacional, dicho

Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta para Nuevo León. PP. 31-50

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

45

enunciado se puede sustentar con el aumento sobre Prevención del Delito y Justicia Penal
de ciberataques en dicha región. Con una nula (Centro Internacional para la Prevención de la
visión en sus protocolos desde el enfoque local Criminalidad, 2018).
hasta el internacional (Aguilar, 2019).
Como resultado de las problemáticas
El tema de seguridad informática se ha emergentes, uno de los retos consta de armonizar
maximizado en el ámbito empresarial mediante los marcos jurídicos en torno a las definiciones
el uso de big data, protección de activos, destinadas con la finalidad de proteger a la
espionaje, etc.; sin embargo, en seguridad población contra la ciberdelincuencia, desde
pública el proceso ha sido más lento y no se ha los procedimientos nacionales, competencias
visualizado con el mismo impacto, utilizando legales y el cumplimiento de las facultades,
los medios convencionales de la región como atribuciones y obligaciones de ley de las
lo es georreferenciación, análisis estadístico, autoridades. Para ello, en el contexto mexicano
así como el aumento de policías y patrullaje ya se cuentan con iniciativas de ley en materia
para labores de disuasión. Por resultado, los de ciberseguridad (López, 2020).
nuevos retos que presentan los policías son de
prevenir los delitos con el uso de inteligencia y La ley surge como una herramienta que permite
el desarrollo tecnológico mediante estrategias responder a los nuevos desafíos de la sociedad.
en materia de prevención y atención de La legislación también debe actualizarse sobre
ciberdelitos (Villalobos, 2020).
nuevos conceptos, debido a que muchas de
ellas se encuentran centradas en objetos físicos
En diversos contextos, el interés por el campo y declinan particularidades del uso de las
de la ciberseguridad ha llevado a crear tecnologías de la información y la comunicación.
programas de formación integral a autoridades Por ello, han surgido planteamientos sobre las
y organizaciones privadas interesadas en disposiciones generales del derecho penal y
fortalecer sus capacidades institucionales la necesidad de atender los requerimientos en
(Álvarez, 2019). Una resiliencia cibernética cuanto a los delitos informáticos específicos
requiere promover la ciberseguridad con (UNODC, 2013).
un enfoque integral y políticas transversales
(Herczynski, 2020).
De este modo, ante la nueva realidad en que
vivimos, es necesario que desde las funciones
Los retos de una estrategia de prevención en del Estado se intervenga de una manera efectiva
materia de ciberdelincuencia y ciberseguridad en temas relacionados a la prevención y sanción
consta de tomar como base aquellas acciones de los delitos. Para ello, se deben analizar las
que han funcionado internacionalmente como causas y consecuencias de los mismos. Se hace
lo es el Convencio de Budapest; Declaracion alusión a dicho tema debido a que la manera
de Doha; así como a acciones planteadas por en que los individuos interactúan se ha ido
la Secretaría de la Commonwealth y aquellas modificando con el avance tecnológico (García
en el 12° Congreso de las Naciones Unidas y Peña, 2017).
Fernando Margarito Velazquez Flores y Dante Octavio Isau Garza Fabela

�46

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

La ciberseguridad es clave para la sostenibilidad
y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS), por lo cual para lograr que las
ciudades sean más seguras y resilientes; exista
paz, justicia e instituciones sólidas y alianzas
para lograr los objetivos es necesario considerar
a los gobiernos locales y policías municipales
dentro de los escenarios para llevar a cabo
estrategias de prevención, atención y disuasión
de los Ciberdelitos (Naciones Unidas, 2022).

constructoscriminologicos.uanl.mx

de la información, utilizando la inteligencia
colectiva (Núñez, Trujillo y Hackett, 2020),
que involucre a cada uno de los cuatro
sectores estratégicos de la sociedad como lo
es academia, sector público, sector privado y
sociedad civil.

TRABAJOS CITADOS
Abrahamsen, D. (1944). Crime and the human mind. Nueva

En coordinación con diferentes instancias
de seguridad y justicia, se debe elaborar una
“Agenda Local de Riesgos de Ciberseguridad
para el Estado de Nuevo León”. De esta manera
se pueden generar avances hacia una cultura de
paz, cooperación social, solución participativa
y ruptura del paradigma tradicional de los
sistemas de justicia y poder dar solución a las
problemáticas emergentes (Velázquez y Garza,
2019).

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Es de añadir, que así como algunos autores
refieren la necesidad de aprovechar el vínculo
entre instituciones públicas y privadas para
la creación de una Agencia Nacional de
Ciberseguridad (Aguilar, 2019). Desde el ámbito
local, se visualiza un área de oportunidad
similar, por ello, es inevitable pensar en la
creación de una unidad estratégica que cuente
con personal especializado para el análisis y
estudio en materia de ciberdelitos.

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Más allá de lo planteado en este texto, se
pretende que el tema de la cibercriminalidad
llegue a la agenda de los Gobernantes del
Estado de Nuevo León. Se busca construir una
política para prevenir los incidentes mediante
un ejercicio corresponsal y de retroalimentación

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Tecnologías de la Información; es miembro
Fundador y Coordinador del Laboratorio
de Ciberprevención y del Observatorio
del Ciberdelito dentro del Centro de
Investigaciones
de
Cibercriminalidad,
Derecho Digital y Ciberseguridad de la UA
Dante Octavio Isau Garza Fabela
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León,
México

—
Fernando Margarito Velazquez Flores
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León,
México

Licenciado en Derecho por la Facultad de
Derecho y Criminología de la Universidad
Autónoma de Nuevo León. Cuenta con
dos especialidades: 1) Especialidad en
Prevención del Delito por la Universidad de
Ciencias de la Seguridad de Nuevo León y,
2) Especialidad en Análisis de la Información
por la Universidad de Seguridad y Justicia de
Tamaulipas (USJT). Maestreando en Derecho
Procesal Penal con estudios en Delitos
informáticos en la Universidad Autónoma
de Nuevo León y en Desarrollo de Políticas
de Seguridad y Justicia por la USJT. Cuenta
con 10 años de experiencia en seguridad
pública. Ha participado en la construcción
de Unidades de Análisis e Inteligencia
Policial a nivel municipal. Actualmente se
desempeña como consultor en materia de
seguridad y justicia. Además, es catedrático
nivel licenciatura en la Facultad de
Criminología de la UANL donde imparte las
materias de Ciberseguridad y Seguridad en
Estrategia Metropolitana de Ciberprevención: una propuesta para Nuevo León. PP. 31-50

�51

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia
de COVID-19 en el contexto de la Zona Metropolitana de
Tijuana
Public security at the border: impacto de la pandemia de
COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de
Tijuana
José Andrés Sumano Rodríguez* y
Rosa Isabel Medina Parra**

Resumen
El presente trabajo de investigación analiza el
impacto de la pandemia de COVID19 en torno a
la seguridad pública en la zona metropolitana de
Tijuana, a partir de un enfoque mixto, aplicando
un método analítico, hipotético deductivo,
con un diseño exploratorio, no experimental y
causal, bajo una contrastación teórico empírica
a través de series de tiempo que permiten
comparar el comportamiento de la incidencia
delictiva durante la pandemia con otros años,
cruzando tres fuentes de información oficial,
en torno a cuatro delitos con alta prevalencia
en el municipio. Se utilizaron series de tiempo
interrumpidas para evaluar los cambios en el
Cómo citar
Sumano Rodríguez, J. A., y Medina Parra, R. I.
Seguridad pública en la frontera: impacto de
la pandemia de COVID19 en el contexto de
la Zona Metropolitana de Tijuana. Constructos
Criminológicos, 2(3). https://doi.org/10.29105/cc2.323
*https://orcid.org/0000-0001-8030-8643
El Colegio de la Frontera Norte
**https://orcid.org/0000-0002-7864-1575
El Colegio de la Frontera Norte

Recibido: 11-01-2022
Aceptado: 22-02-2022

nivel y tendencia de los delitos analizados a
partir del confinamiento por la pandemia. Los
resultados muestran discrepancias significativas
entre las tendencias observadas en cada una
de las fuentes seleccionadas. Además, la
disminución de los robos a negocio, a casa
habitación y de vehículo no ha derivado
en menos personas detenidas por la policía
municipal. Finalmente, el aumento en la
violencia familiar durante la pandemia no se
ha traducido en un mayor número de carpetas
de investigación reportadas por la fiscalía para
este delito.
Palabras clave: Seguridad pública; Pandemia
por COVID19; Impacto en la Seguridad Pública
de Tijuana.
Abstract:
This research analyzes the impact of the
COVID19 pandemic on public safety in the
metropolitan area of Tijuana, based on a mixed
approach, applying an analytical, hypothetical
deductive method, with an exploratory,

�52

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

non-experimental and causal design, under
empirical theoretical contrast through time
series that allow comparing the behavior of
criminal incidence during the pandemic with
other years , crossing three sources of official
information, around four crimes with high
prevalence in the municipality. The interrupted
time series methodology was utilized to
evaluate the changes in level and trend of
crime derived from the confinement due to
the COVID-19 pandemic. The results show
significant discrepancies between the trends
observed in each of the selected sources. In
addition, the decrease in business robberies,
home burglaries and vehicle thefts has not
resulted in fewer people being detained by
the municipal police. Finally, the increase in
family violence during the pandemic has not
resulted in a larger number of cases reported
by the public prosecutor´s office for this crime.

constructoscriminologicos.uanl.mx

el municipio. En una primera etapa se analiza
la evolución de los delitos seleccionados de
forma meramenta exploratoria con series de
tiempo. En una segunda etapa se profundiza
aplicando el método de series de tiempo
interrumpidas que permiten analizar el impacto
de la intervención en el nivel y la tendencia de
cada delito analizado y evaluar la significancia
estadística del resultado (Penfold &amp; Zhang,
2013).

Para el ejercicio, dadas las altas cifras negras
que prevalecen en México, se optó por
cruzar la información de tres fuentes oficiales
para estimar la incidencia delictiva: carpetas
de investigación reportadas por la Fiscalía
General del Estado, llamadas confirmadas
al 911 y personas puestas a disposición del
ministerio público por la policía municipal.
Se seleccionaron cuatro delitos con alta
prevalencia en el municipio para el análisis:
Keywords: Public Safety; Pandemic by robo a casa habitación, robo a negocio, robo
COVID19; Impact on Public Security in Tijuana de vehículo y violencia familiar. Aunado a
lo anterior, el análisis se complementó con la
INTRODUCCIÓN
información sobre percepción en materia de
seguridad reportada por la Encuesta Nacional
El presente trabajo de investigación tiene como de Seguridad Pública Urbana (ENSU) del
objetivo analizar el impacto de la pandemia de Instituto Nacional de Estadística y Geografía
COVID19 en torno a la seguridad pública en la (INEGI) para el municipio de Tijuana, a efecto
zona metropolitana de Tijuana, Baja California, de comparar los cambios en la incidencia
México, a partir de un enfoque mixto, aplicando delictiva con la evolución de la percepción en
un método analítico, hipotético deductivo, materia de seguridad.
con un diseño exploratorio, no experimental y
causal, bajo una contrastación teórico empírica EFECTOS DEL COVID-19 EN MATERIA DE
a través de series de tiempo que permiten SEGURIDAD PÚBLICA
comparar el comportamiento de la incidencia
delictiva durante la pandemia con otros años, Las medidas de aislamiento, confinamiento y
cruzando tres fuentes de información oficial, en suspensión de las actividades no esenciales han
torno a cuatro delitos con alta prevalencia en modificado el comportamiento y las rutinas de
Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

�53

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

las personas en todo el mundo, incidiendo
incluso en las dinámicas de la delincuencia
(Barrachina, 2020). Así, desde que la población
fue conminada a permanecer en sus domicilios
se presentaron variaciones considerables en las

cifras de los delitos registrados a nivel mundial,
donde el contexto plantea una diferenciación
importante (Alvarado et al., 2020), como puede
apreciarse en la Tabla 1.

Tabla 1.- Evolución del comportamiento criminal
País
Estados Unidos
Inglaterra
Colombia

Buenos Aires
Ciudad de México

Delito
Delitos en general
Delitos en general
Homicidios
Extorsión
Robo a personas
Violencia familiar
Delitos sexuales
Delitos informáticos
Delitos en general
Violación y ataques sexuales
Homicidios

Variación
50 %
28 %
53 %
100%
93 %
86.1%
83.1%
+ 145 %
60%
+ 408 %
+ 19 %

Fuente: Elaboración propia a partir de: Alvarado, Sutton y Laborda (2020).

Si bien a partir de lo anterior, es posible apreciar
que la criminalidad presenta esquemas de
delitos y crímenes diferenciados, acordes a las
posibilidades que cada contexto permita, es
importante reconocer que México está inmerso
en una espiral de violencia, que al combinarse
con la pandemia del COVID-19, se traduce entre
otras cosas en crisis económica generalizada,
desempleo, el aumento de la inseguridad, y
donde la debilidad del Estado facilita que el
crimen opere con mayor libertad (Barrachina,
2020), aún y cuando otras perspectivas (Gudiño,
2001) refieren la necesidad de transitar hacia
esquemas de seguridad ciudadana, y de
puntualizar de forma objetiva la dimensión de
la denominada seguridad pública (González

&amp; Rodríguez, 2001), por lo que en este
contexto, aumenta la necesidad de contar con
corporaciones policiales capacitadas y dotadas
de capacidades humanas y tecnológicas fuertes
y que mantengan lazos de asociación con la
comunidad que les permitan enfrentar los
nuevos retos que la pandemia por COVID-19
presenta para la seguridad pública (Alvarado et
al., 2020).
El gobierno mexicano tiene como obligación
constitucional garantizar a la población todas
aquellas condiciones necesarias para su
desarrollo y trascendencia (Medina, 2020), y si
esto es en condiciones ¨normales¨, en tiempos
de pandemia deben orientarse principalmente
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�54

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

a la protección de la vida y la salud, al acceso
a los servicios de sanidad y resguardar la
seguridad, además de mantener informados
a los ciudadanos de forma oportuna, real y
transparente (García et al., 2020).

que azota a la ciudad, por lo que medios como
la BBC han asegurado que la ciudad enfrenta
dos pandemias simultaneamente: COVID19 e
inseguridad (“La ciudad que sufre una doble
pandemia en México”, 2021). La pandemia
de COVID19 ha venido a sumarse a los retos
México enfrenta una crisis de seguridad desde públicos que enfrenta la ciudad y tenido un
hace 14 años, particularmente en materia de impacto significativo en el contexto criminal y
homicidios. El caso de la zona metropolitana la gestión de la seguridad.
de Tijuana no es la excepción. Según datos del
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional Los retos que enfrentan los gobiernos para
de Seguridad Pública, Tijuana era en 2019 la garantizar la seguridad en tiempos de
ciudad mas peligrosa de México en materia de pandemia van desde un número menor de
homicidios dolosos (Heras, 2020).
elementos disponibles derivado de los riesgos
a la salud hasta cambios en los habitos de las
MARCO CONTEXTUAL
personas que modifican el entorno criminal.
Las corporaciones han tenido que enviar a
Tijuana constituye el municipio fronterizo sus domicilios a elementos que cuentan con
más grande y visitado del norte del país, sobrepeso, diabetes, asma u otras afecciones
con una densidad poblacional de más de 2 que pudieran complicar una infección por
millones de habitantes (Instituto Nacional COVID. También, han tenido que enfrentar el
de Estadística y Geografía, 2020), y junto a contagio de algunos de sus elementos. Incluso,
las ciudades de Rosarito y Tecate, articulan el contexto de la pandemia ha implicado
la sexta zona metropolitana más grande del cambios en la forma de operar de las policías
país, clasificándose incluso como un espacio (desde incorporar médicos en la respuesta a
cultural, comercial e industrial de talla mundial, las llamadas de emergencia hasta suspender
compartiendo con Estados Unidos una longitud operativos como los controles de alcoholemia)
fronteriza de más de 24 kms, a través de la y erogaciones significativas para garantizar
cual anualmente cruzan más de 50 millones la operación como la adquisición de caretas,
de personas, incluso se considera como el guantes, cubrebocas y gel para los elementos
cruce fronterizo más transitado del mundo, de las corporaciones (H. Lara, comunicación
al efectuarse diariamente más de 300,000 personal, el 25 de junio de 2020).
(Turisteando en la Frontera, 2015).
TEORÍAS PARA ENTENDER EL IMPACTO
Así, esta localidad encabeza el plan federal DE LA PANDEMIA EN LA SEGURIDAD
de atención prioritaria en materia seguridad CIUDADANA
para 15 municipios (Martínez, 2019). Sin
embargo, los esfuerzos realizados no han Los cambios que las corporaciones de policía
logrado disminuir la violencia y delincuencia esperaban en el entorno criminal derivado
Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

de la pandemia serían una disminución del
robo a casa habitación (al estar las personas
en casa se vuelve más díficil cometer este
delito), una disminución del robo a vehículo
(pues menos automoviles circulando implicaría
menos oportunidades para la comisión de
dicho delito), un aumento del robo a negocio
vinculado al desempleo y un aumento de la
violencia familiar derivado del confinamiento
en espacios con hacinamiento (H. Lara,
comunicación personal, el 25 de junio de
2020). Estas expectativas estában fundadas en la
teoría de la actividad rutinaria desarrollada por
Cohen y Felson (1979), en la cual señalan que
la actividad criminal se da cuando convergen
tres elementos: 1) una víctima disponible y
vulnerable, un agresor motivado y la ausencia
de una autoridad para prevenir el crimen. La
teoría parte de la corriente del rational choice,
asumiendo que los posibles criminales actúan
de forma racional haciendo un cálculo sobre
los riesgos y beneficios de cometer un ilícito.
En este sentido, si las condiciones permiten al
posible ofensor obtener el beneficio del acto
criminal a un riesgo aceptable, la persona
cometerá el ilícito (Cohen &amp; Felson, 1979). La
teoría se enfoca en las características del crimen
mas que en las características del criminal.
Desde esta perspectiva, el entorno tiene un rol
central en la comisión de delitos. La variable
determinante para la comisión de un delito es
la oportunidad. Siguiendo dicha perspectiva
teórica, los posibles ofensores aprovechan
la oportunidad que brinda el que las casas
se queden solas porque los dueños salen a
trabajar para cometer el robo a casa habitación.
También aprovechan el que las personas dejan
sus vehículos estacionados por mucho tiempo
en lugares poco vigilados para cometer robos.

55
De igual manera, aquellos negocios con pocas
medidas de seguridad o que manejan grandes
cantidades de efectivo, presentan mayores
oportunidades para el robo a negocio. Sin esas
oportunidades, muchos de esos crímenes no
se hubieran cometido conforme a la teoría en
cuestión (Cohen &amp; Felson, 1979).
La pandemia cambió el entorno de oportunidades
para la actividad criminal. Aquellas casas
que antes se quedaban solas en el día, ahora
estaban ocupadas. Los vehículos que antes
eran estacionados en la vía pública por largos
periodos de tiempo ya no circulaban. También,
el confinamiento derivado de la pandemia
forzó a familias a convivir en un espacio
reducido, incrementado las oportunidades
para la violencia familiar. En resumen, la
pandemia disminuyó las oportunidades para
la comisión de ciertos ilícitos, pero aumentó
las oportunidades para la comisión de otros.
De ahí que las autoridades esperaran que la
pandemia llevaría a una disminución de los
robos a casa habitación y robo de vehículo,
pero un aumento de la violencia familiar (H.
Lara, comunicación personal, el 25 de junio de
2020).
Algunas de las principales críticas a la teoría
de la actividad rutinaria tienen que ver conque
la misma asume la presencia de ofensores
motivados, pero no explica las causas de la
motivación de dichos ofensores ó porque
estas personas están mas motivadas que otras
a participar en actividades criminales (Miró,
2014). En este sentido, se concentra demasiado
en el entorno que facilita la comisión de delitos
y se olvida del análisis del posible victimario. La
teoría asume un pensamiento racional por parte
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�56

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

de los posibles victimarios, pero no contempla
que las personas actúan desde una perspectiva
de racionalidad limitada, pues no tienen
toda la información para tomar decisiones
racionalmente óptimas (Simon, 1997). Aunado
a lo anterior, deja de lado que las personas,
además de intereses, tienen valores, costumbres
y afectos, entre otras variables que afectan su
comportamiento. Finalmente, se ha criticado
la separación de motivación y oportunidad,
pues autores como Akers (1998) han señalado
que no es posible hacer dicha separación pues
ambos elementos son meras descripciones del
evento criminal.
La teoría de la actividad rutinaria, principal
marco teórico mediante el cual se pretende
explicar el impacto del confinamiento por la
pandemia en la seguridad ciudadana en este
artículo, tiene complementos teóricos que
permiten una mirada mas integral del fenómeno
complejo de la violencia y delincuencia. La
teoría de las ventana rotas, la cual señala la
importancia de la prevención situacional y
la percepción de orden para la prevención
del delito, es una de estas corrientes teóricas
que nos permiten una mirada mas completa
del fenómeno. Desde esta perspectiva, la
percepción ciudadana sobre el orden y la
atención de las autoridades a problemas
urbanos está correlacionada con la actividad
delictiva (Kelling &amp; Wilson, 1982). En otras
palabras, una ventana rota da la impresión que
los comportamientos antisociales son tolerados
y que no hay autoridades atentas a dar respuesta
a las problématicas de la comunidad, invitando
a la comisión de actos delictivos y violentos
(Kelling &amp; Wilson, 1982). Cabe señalar que en
muchas ocasiones la percepción de inseguridad

constructoscriminologicos.uanl.mx

está más ligada a conductas disruptivas del
orden social en una comunidad que a la
comisión de actos delictivos. En este sentido,
el abandono de ciertos espacios públicos
derivado del confinamiento por la pandemia
pudiera fomentar el desarrollo de actividades
delictivas. Por ejemplo, el abandono de las
escuelas durante la pandemia pudiera haber
incentivado que se llevarán a cabo actos de
vandalismo o delictivos en dichas instalaciones.
Por otro lado, la teoría del control social señala
que la actividad delictiva y violenta está
ligada a los mecanismos mediante los cuales
las comunidades socializan ciertos códigos
de conducta. Desde esta perspectiva, son
los mecanismos de control social, formales
e informales, los que permiten prevenir la
actividad violenta y delictiva (Reiss, 1951). En
gran medida, son los mecanismos de control
social informales (valores, creencias, lazos) los
que previenen la mayor parte de los delitos.
Entre mejores sean los mecanismos de control
social informal (sentido de pertenencia,
cohesión comunitaria, etc.), menores serán
los niveles de delincuencia y violencia en una
comunidad (Reiss, 1951). Desde esta visión,
el confinamiento pudiera haber debilitado
los mecanismos de control social informales,
disminuyendo la capacidad de las comunidades
para prevenir el delito y la violencia. Otra
teoría relevante para el estudio del impacto de
la pandemia en la seguridad ciudadana es la
teoría general de la tensión. Conforme a dicha
teoría, la comunidad socializa ciertos objetivos
loables, como por ejemplo alcanzar el éxito
financiero, pero no se generan los mecanismos
para alcanzar dichos objetivos de forma
legítima/legal. Culturalmente, las personas
buscan alcanzar esas metas socialmente

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

�57

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

valoradas (dinero, poder, etc.), pero al no
encontrar mecanismos legítimos/legales para
alcanzar dichas metas, entran en un estado de
tensión/frustración. En ese sentido, algunas de
las personas sujetas a esta tensión por no poder
alcanzar los objetivos socialmente valorados
por vías legales, recurrirán a medios ilegales ó
violentos para poder llegar a esas metas (Agnew,
2001). La propensión de las personas a recurrir
a métodos violentos ó ilegales para alcanzar
esas metas y cumplir con ciertos páramentros
culturales dependerá de una combinación de
tres factores: 1) la inhabilidad para alcanzar
una meta, 2) la perdida de estimulos positivos y
3) la aparación de estimulos negativos (Agnew,
2001). En ese sentido, la prevención de la
violencia y la delincuencia pasa por mejorar
las oportunidades para el desarrollo de las
personas y facilitar el logro de metas socialmente
valoradas, el fortalecimiento de los estimulos
positivos y la reducción de los estimulos
negativos. Desde esta perspectiva, la pandemia
y la crisis económica derivada pudieran haber
reducido las posibilidades de alcanzar metas
socialmente valoradas (particularmente por
el aumento en el desempleo) y disminuido
los estimulos positivos (por ejemplo, a través
de la perdida de familiares), incrementando
la tensión en personas con ciertos niveles
de vulnerabilidad que estarían en riesgo de
recurrir a métodos ilegales o violentos para
alcanzar sus metas económicas o sociales y
que por la pandemia no pueden alcanzar por
métodos legítimos. Si bien el enfoque principal
del artículo para explicar los cambios en los
patrones delictivos derivado de la pandemia es
la teoría de la actividad rutinaria, no se pierden
de vista estas otras perspectivas teóricas que
complementan el análisis.

Tomando en cuenta los referentes teóricos
mencionados, el propósito de este estudio
fue evaluar el impacto de la pandemia de
COVID19 en la incidencia delictiva de la
zona metropolitana de Tijuana. Es importante
mencionar que se seleccionaron cuatro delitos
para el análisis por su alta prevalencia: robo
a casa habitación, robo a negocio, robo de
vehículo y violencia familiar.
Durante los últimos veinte años en América
Latina, incluyendo México, se ha observado
un incremento significativo sostenido de los
delitos patrimoniales (Bergman, 2018). En este
sentido, los delitos observados en el estudio
vienen de un largo periodo de crecimiento
derivado de un incremento en las utilidades que
es posible extraer de las actividades criminales
y de una creciente incapacidad de la autoridad
para responder al aumento en dichos delitos.
Lo anterior ha derivado en un equilibrio de
alta criminalidad en el cual es posible observar
un crecimiento de otro tipo de delitos como
extorsión y secuestro (Bergman, 2018). El
caso de Tijuana es un ejemplo de una ciudad
sumergida en un equilibro de alta criminalidad
conforme a la definición de Marcelo Bergman
(2018). Sin embargo, el presente estudio no
contempla estudiar este otro tipo de actividad
criminal común en entornos de alta criminalidad
y se limita a los delitos enunciados dada la
relación entre la pandemia y dichos delitos que
sugiere la teoría de la actividad rutinaria y las
otras teorías complementarias.
METODOLOGÍA
El presente trabajo de investigación analiza el
impacto de la pandemia de COVID19 en torno
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�58

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

a la seguridad pública en la zona metropolitana
de Tijuana, a partir de un enfoque cualitativo,
aplicando un método analítico, hipotético
deductivo, con un diseño exploratorio, no
experimental y causal, bajo una contrastación
teórico empírica a través de series de tiempo
que permiten comparar el comportamiento de
la incidencia delictiva durante la pandemia.
El estudio es de carácter longitudinal. La
exploración cualitativa de las series de tiempo
respecto a la evoluación de los cuatro delitos
seleccionados se complementa con la aplicación
del método de series de tiempo interrumpidas,
un método cuasiexperimental robusto que
permite evaluar la significancia estadística de
los cambios en el nivel y la tendencia de los
delitos a partir de una intervención como el
confinamiento por la pandemia.
Para evaluar el impacto de la pandemia en
la incidencia delictiva se optó por hacer una
comparación entre las cifras de incidencia
delictiva de los meses de enero a diciembre
de 2019 con los meses de enero a diciembre
de 2020. El periodo de análisis coincide
con el confinamiento por la pandemia de
COVID19 y permite controlar por efectos de
estacionalidad. El municipio de Tijuana se
compara contra si mismo a efecto de controlar
los sesgos de contexto e historia. Aunque el
diseño propuesto no es experimental, lo que
impide generar un contrafactual adecuado
y atribuir causalidad de forma robusta, sí
permite hacer una aproximación a los cambios
inducidos por la pandemia en el contexto
criminal de la ciudad. Dado que en México
la cifra negra supera el 90% (INEGI, 2019), se
optó por una triangulación de tres indicadores
que permiten aproximar la incidencia delictiva:

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1) carpetas de investigación iniciadas por la
fiscalía y reportadas al Secretariado Ejecutivo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública,
2) llamadas al 911 confirmadas o clasificadas
como hechos reales y 3) número de personas
puestas a disposición del ministerio público
por las policía municipal. Se seleccionaron
cuatro delitos para el análisis por ser los que
tienen mayor prevalencia en el municipio: 1)
robo a casa-habitación, 2) robo de vehículo,
3) robo a negocio y 4) violencia familiar.
El instrumento utilizado para el análisis
fue la serie de tiempo, pues permite hacer
comparaciones de un fenómeno en años
distintos (Chatfield &amp; Xing, 2019). Dicho
análisis cualitativo se complementa con el
método de series de tiempo interrumpidas el
cual permite evaluar la significancia estadística
de los cambios en el comportamiento de una
variable a partir de una intervención (Penfold
&amp; Zhang, 2013). El modelo de serie de tiempo
interrumpidas sólo fue aplicado a los datos
de carpetas de investigación de los cuatros
delitos seleccionados, pues las carpetas de
investigación son la fuente oficial mediante
la cual los diferentes niveles de gobierno en
México evaluan las tendencias de los delitos
y toman decisiones. Es importante mencionar
que el uso de series de tiempo interrumpidas
permite probar los cambios en nivel y
tendencia asociados con una intervención
mientras se controla por la tendencia global en
la variable de interés (Penfold &amp; Zhang, 2013).
Las series de tiempo interrumpidas facilitan
el identificar cuando ocurrió el cambio, que
estaba pasando antes de la intervención,
que sucedió inmediatamente después de la
intervención y que sucedió en el periodo mas
largo posterior a la intervención (Rodgers &amp;

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

�59

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Topping, 2012). En ese sentido, el uso de series
de tiempo interrumpidas permite robustecer
las conclusiones del análisis cualitativo de las
series de tiempo construidas con las diferentes
fuentes. No se omite mencionar que los datos
utilizados cumplen con los requerimientos
para el uso de series de tiempo interrumpidas
y se realizaron las pruebas de autocorrelación
correspondientes. El análisis de la incidencia
delictiva posteriormente se compara con la
evolución de la percepción de inseguridad en
la ciudad reportada por la Encuesta Nacional
de Seguridad Pública Urbana del Instituto
Nacional de Geografía y Estadística, a efecto
de contrastar ambas tendencias y obtener un
panorama integral del impacto de la pandemia
en la seguridad.

INCIDENCIA DELICTIVA DURANTE LA
PANDEMIA EN TIJUANA
Para el análisis del impacto de la pandemia en la
incidencia delictiva en Tijuana se utilizaron las
llamadas confirmadas al 911 y las carpetas de
investigación reportadas al Secretariado Ejecutivo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública por
la Fiscalía General del Estado durante el periodo
enero a diciembre de 2019 y 2020 para los
delitos de robo a negocio, robo de vehículo, robo
a casa habitación y violencia familiar. El cruzar
la información de las llamadas confirmadas al
911 con el número de carpetas de investigación
reportadas por la fiscalía permite tener un mejor
panorama sobre la incidencia delictiva real en el
municipio dado que sólo un porcentaje pequeño
de los delitos son denunciados y derivan en una
carpeta de investigación.

Figura 1: Robo a casa habitación en Tijuana

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la
Fiscalía General del Estado de Baja California

José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�60

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

En la figura 1 se observa una disminución
significativa del robo a casa habitación durante
el periodo de confinamiento por la pandemia.
La disminución es mas pronunciada en las
llamadas confirmadas al 911, que después
de una caída importante en marzo del 2020,
se han mantenido relativamente estables en
cifras inferiores a las del 2019. Las carpetas
de investigación por robo a casa habitación
también han disminuido durante el periodo de
confinamiento por la pandemia, a excepción
de un pico en junio-julio del 2020. Un aspecto
claramente observable es la disminución de
la brecha entre carpetas de investigación y
llamadas confirmadas al 911. De acuerdo a los
datos observados, se confirmaría el postulado
de que la presencia de las personas en sus casas

por el confinamiento reduce las oportunidades
para el robo a casa habitación.
Modelo de series de tiempo interrumpidas para
el Robo a Casa Habitación
A efecto de corroborar los resultados del análisis
exploratorio anterior y revisar su significancia
estadística, se aplicó un modelo de serie de
tiempo interrumpida a los datos de carpetas
de investigación para el delito de robo a casa
habitación. Se seleccionaron los datos de
carpetas de investigación pues es el dato que
el gobierno de México utiliza de manera oficial
como indicador de la evolución de dicho delito.
A continuación se presentan los resultados del
modelo señalado.

Generalized least squares fit by maximum likelihood
Model: Carpetas ~ Tiempo + Nivel + Tendencia
Data: robo_casa_tij_tidy
AIC
BIC
207.4397
215.686
Correlation Structure: ARMA(2,0)
Formula: ~Tiempo
Parameter estimate(s):
Phi1
-0.4381475

logLik
-96.71983

Phi2
-0.5910052

Coefficients:
(Intercept)
Tiempo
Nivel
Tendencia

Value
129.6094
-1.11209
-38.72126
1.15415

Std. Error
4.706272
0.557337
7.635178
1.076104

t-value
27.539717
-1.995366
-5.071429
1.072529

p-value
0.0000
0.0598
0.0001
0.2963

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

�61

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Correlation:
Tiempo
Nivel
Tendencia

(Intr)
-0.903
0.399

Standardized residuals:
Min
Q1
-1.76850984
-0.88668208

Tiempo

Nivel

0.372
-0.412

-0.568
-0.409

Med
-0.05416437

Q3
0.49579317

Max
2.06045056

Residual standard error: 17.21508
Degrees of freedom: 24 total; 20 residual
Figura 2: Análisis de residuales de robo a casa habitación

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Figura 3: Serie de tiempo interrumpida para robo a casa habitación

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�62

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Los resultados del modelo de serie interrumpida
corroboran una disminución significativa en el
nivel del delito de robo de a casa habitación
a partir del inicio del confinamiento de -38.72
con un p-value de .0001. También se observa
un cambio en la tendencia de dicho de delito

a 1.15, pero que no es significativo pues tiene
un p-value de .29. En otras palabras, dicho
delito disminuyó significativamente al inicio
del confinamiento, pero sobre el cambio
de tendencia no hay conclusiones que sean
significativas.

Figura 4: Robo de vehículo en Tijuana

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la
Fiscalía General del Estado de Baja California

Al igual que en el caso anterior, en la figura
2 se observa una disminución significativa
en el robo de vehículo durante el periodo de
confinamiento por la pandemia en comparación
con el año 2019. Además, las tendencias que
muestran las llamadas confirmadas al 911 y
las carpetas de investigación por este delito
muestran tendencias similares, con una caída
importante en abril 2020 y manteniéndose
después en niveles estables por debajo de las
cifras del año 2019. También se ha reducido
la brecha entre llamadas confirmadas al 911
y carpetas de investigación por este delito
durante el periodo de pandemia. Los datos
observados en la figura 2 confirman lo esperado
respecto a que una menor movilidad reduce
las oportunidades para el robo de vehículo,

generando una disminución de este delito
durante la pandemia.
Modelo de series de tiempo interrumpidas para
el Robo a Vehículo
A efecto de corroborar los resultados del
análisis exploratorio anterior y revisar su
significancia estadística, se aplicó un modelo
de serie de tiempo interrumpida a los datos de
carpetas de investigación para el delito de robo
de vehículo. Se seleccionaron los datos de
carpetas de investigación pues es el dato que
el gobierno de México utiliza de manera oficial
como indicador de la evolución de dicho delito.
A continuación se presentan los resultados del
modelo señalado.

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Generalized least squares fit by maximum likelihood
Model: Carpetas ~ Tiempo + Nivel + Tendencia
Data: carpinvrobovehiculotidytijuana
AIC
BIC
263.2955
269.1858

logLik
-126.6477

Coefficients:
(Intercept)
Tiempo
Nivel
Tendencia

Value
720.3846
-9.7846
-133.3333
14.2816

Std. Error
29.29538
3.44057
44.15024
6.66936

t-value
24.590380
-2.843895
-3.019991
2.141373

p-value
0.0000
0.0100
0.0068
0.0447

Correlation:
Tiempo
Nivel
Tendencia

(Intr)
-0.881
0.297
0.454

Standardized residuals:
Min
Q1
-1.44386253
-0.58213636

Tiempo

Nivel

-0.507
-0.516

-0.348

Med
-0.04001872

Q3
0.49728171

Max
3.34444925

Residual standard error: 47.37293
Degrees of freedom: 24 total; 20 residual
Figura 5: Análisis de Residuales Robo a Vehículo

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�64

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Figura 6: Serie de tiempo interrumpida para robo a vehículo

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Los resultados del modelo de serie interrumpida
corroboran una disminución significativa en el
nivel del delito de robo de vehículo a partir
del inicio del confinamiento de -133.33 con
un p-value de .006. También se confirma un
cambio en la tendencia de dicho de delito a
14.28 con un p-value de .04. En otras palabras,
dicho delito disminuyó significativamente al

inicio del confinamiento, posteriormente y
conforme fue relajándose el mismo, empezó a
subir poco a poco. La tendencia ascendente
del delito después de la caída drástica en los
primeros meses del confinamiento es contraria
a la tendencia descendente que se venía
observando previo al confinamiento.

Figura 7: Robo a negocio en Tijuana

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la
Fiscalía General del Estado de Baja California

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

En el caso del robo a negocio, se observa un
comportamiento distinto a los delitos anteriores
en la figura 3. Si bien no se puede robar un
negocio que está cerrado, en algún momento
se planteó que el desempleo pudiera ocasionar
saqueos (Redacción Animal Político, 2020a).
Sin embargo, al menos en lo que a carpetas
de investigación se refiere, ésto no se ha visto
reflejado en las cifras oficiales. Después de
un pico en marzo de 2020, dicho delito ha
venido disminuyendo de forma constante,
manteniéndose en cifras significativamente por
debajo a las del año anterior. Por su parte,
las llamadas confirmadas al 911 muestran
una disminución significativa al inicio del
confinamiento por la pandemia, pero que se
revierte durante los últimos meses del 2020.
No parece cumplirse la premisa de la aparición
de saqueos, pero sí la de que no puede robarse
un negocio que está cerrado. Es pertinente
matizar que mas que una disminución de las
oportunidades de robo a negocio, ha habido

un cambio en el tipo de oportunidades que se
presentan. Aunado a lo anterior, en el delito de
robo a negocio no se observa la brecha esperada
entre llamadas confirmadas al 911 y carpetas de
investigación, pues en varios meses es posible
observar mas carpetas de investigación por este
delito que llamadas confirmadas al 911.
Modelo de series de tiempo interrumpidas para
el robo a negocio
A efecto de corroborar los resultados del análisis
exploratorio anterior y revisar su significancia
estadística, se aplicó un modelo de serie de
tiempo interrumpida a los datos de carpetas de
investigación para el delito de robo a negocio.
Se seleccionaron los datos de carpetas de
investigación pues es el dato que el gobierno
de México utiliza de manera oficial como
indicador de la evolución de dicho delito. A
continuación se presentan los resultados del
modelo señalado.

Generalized least squares fit by maximum likelihood
Model: Carpetas ~ Tiempo + Nivel + Tendencia
Data: roboanegociocarpetastidy
AIC
BIC
251.7831

261.2075

Correlation Structure: ARMA(3,0)
Formula: ~Tiempo
Parameter estimate(s):
Phi1
Phi2
-0.1266576

-0.3499727

logLik
-117.8915

Phi3
-0.6378071

José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�66

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Coefficients:
(Intercept)
Tiempo
Nivel
Tendencia

Value
231.85585
-0.53333
-7.06585
-11.30202

Std. Error
11.824445
1.410610
20.130749
2.746147

t-value
19.608181
-0.378084
-0.350998
-4.115590

p-value
0.0000
0.7094
0.7293
0.0005

Correlation:
Tiempo
Nivel
Tendencia

(Intr)
-0.915
0.416
0.355

Standardized residuals:
Min
Q1
-1.7912079
-0.5371681

Tiempo

Nivel

-0.601
-0.341

-0.453

Med
-0.1021762

Q3
0.6063214

Max
1.5255804

Residual standard error: 46.21976
Degrees of freedom: 24 total; 20 residual
Figura 8: Análisis de residuales del robo a negocio

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Figura 9: Serie de tiempo interrumpida para robo a negocio

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Los resultados del modelo de serie interrumpida
muestran una disminución en el nivel del
delito de robo a negocio a partir del inicio
del confinamiento de -7.06, pero que no
es significativa pues tiene un p-value de
.006. También se confirma un cambio en la

tendencia de dicho de delito a -11.30, el cual
sí es significativo con un p-value de .0005. En
otras palabras, la caída que se observa en los
robos a negocio al inicio del confinamiento no
es significativa, pero sí la tendencia a la baja
que se observa en los meses posteriores.

Figura 10: Violencia familiar en Tijuana

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la
Fiscalía General del Estado de Baja California

José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�68

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Se esperaba que el confinamiento derivado de
la pandemia, aunado al hacinamiento en el que
viven muchas familias en México, provocara un
aumento significativo en la violencia familiar.
Sin embargo, a diferencia de otras regiones
del país, ésto no parece haber sucedido en
Tijuana. En cuanto a carpetas de investigación,
sí se observa un ligero aumento durante el
verano de 2020 (julio-septiembre), pero que
comienza a retroceder en los últimos meses
del año. Respecto a llamadas confirmadas al
911, es posible observar también un aumento
durante el verano del 2020, pero las cifras no
son superiores a las del año 2019. En este
sentido, para el caso de Tijuana, no parece
cumplirse la premisa de que el confinamiento
provocaría un aumento de la violencia familiar
durante la pandemia. Es importante mencionar
que las cifras de violencia familiar en México
presentan una alta cifra negra, lo cual afecta la

confiabilidad de dichos indicadores. Mejorar la
calidad de la información respecto a este delito
contribuiría a tener mayor certeza sobre como
ha cambiado el comportamiento de este delito.
Modelo de series de tiempo interrumpidas para
la violencia familiar
A efecto de corroborar los resultados del análisis
exploratorio anterior y revisar su significancia
estadística, se aplicó un modelo de serie de
tiempo interrumpida a los datos de carpetas
de investigación para el delito de violencia
familiar. Se seleccionaron los datos de carpetas
de investigación pues es el dato que el gobierno
de México utiliza de manera oficial como
indicador de la evolución de dicho delito. A
continuación se presentan los resultados del
modelo señalado.

Generalized least squares fit by maximum likelihood
Model: Carpetas ~ Tiempo + Nivel + Tendencia
Data: violenciafamcarpetastidy
AIC
BIC
283.4197
Correlation Structure: AR(1)
Formula: ~Tiempo
Parameter estimate(s):
Phi 0.5633856
Coefficients:
Value
(Intercept)
365.4094
Tiempo
3.9151
Nivel
-2.9771
Tendencia
-4.0455

290.488

Std. Error
78.60127
8.72534
83.99213
17.57386

logLik
-135.7099

t-value
4.648899
0.448703
-0.035445
-0.230200

p-value
0.0002
0.6585
0.9721
0.8203

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Correlation:
Tiempo
Nivel
Tendencia

(Intr)
-0.847
0.507

Standardized residuals:
Min
Q1
-2.0123043
-0.7384937

Tiempo

Nivel

0.144
-0.691

-0.322
-0.263

Med
-0.0735433

Q3
1.1233276

Max
1.5505940

Residual standard error: 82.98079
Degrees of freedom: 24 total; 20 residual
Figura 11: Análisis de residuales de la violencia familiar

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Figura 12: Serie de tiempo interrumpida para violencia familiar

Fuente: Elaboración propia con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�70

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Los resultados del modelo de serie interrumpida
muestran una disminución en el nivel del
delito de violencia familiar a partir del inicio
del confinamiento de -2.97, pero que no es
significativo pues tiene un p-value de .97.
También se observa un cambio en la tendencia
de dicho de delito a -4.04, el cual tampoco es
significativo con un p-value de .82. En otras

constructoscriminologicos.uanl.mx

palabras, se observa una muy ligera caída en
el nivel de la violencia familiar al inicio del
confinamiento, así como un estancamiento
en la tendencia de dicho delito contrario a
la inercia ascendente que se observaba antes
del confinamiento, pero los datos no son
significativos.

Figura 5: Personas puestas a disposición del ministerio público por la policía municipal

Fuente: Elaboración propia con datos del Ayuntamiento de Tijuana

El número de puestos a disposición del ministerio
público por la policía municipal permite
aproximar la incidencia delictiva al cruzar la
información con las llamadas confirmadas al
911 y las carpetas de investigación reportadas
por la fiscalía, pues se parte de la premisa
de que un mayor número de detenidos es
indicativo de una mayor incidencia delictiva.
Al inicio de la pandemia no se observa un
cambio significativo en la cantidad de personas
puestas a disposición del ministerio público por
la policía municipal. Sin embargo, a partir de
julio comienza a observarse una disminución
en dicho indicador, tendencia que se mantiene
hasta el mes de noviembre. Lo anterior pudiera

deberse a la disminución observada en los robos
a casa habitación y de vehículo en las llamadas
confirmadas al 911 y carpetas de investigación
reportadas por la fiscalía. Destaca el aumento
en las personas puestas a disposición del
ministerio público durante el mes de diciembre,
pues es la cifra más alta en los últimos dos años,
pero no parece ser atribuible a la pandemia.
PERCEPCIÓN SOBRE LA SEGURIDAD EN
TIJUANA
Habiendo analizado el impacto de la pandemia
en la incidencia delictiva en Tijuana y a efecto
de obtener una mirada mas integral del impacto

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

�71

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

de la pandemia en la seguridad, es preciso
revisar lo sucedido con la percepción sobre
la seguridad en la ciudad. En este sentido, se
seleccionaron dos preguntas de la Encuesta
Nacional de Seguridad Pública Urbana del
Instituto Nacional de Estadística y Geografía:
la primera sobre que tan seguro considera su

municipio y la segunda sobre la confianza en las
policías que operan en la ciudad. Las respuestas
a ambas preguntas permiten aproximar como
ha cambiado la percepción en relación a la
seguridad y las autoridades encargadas de
proveerla derivado de la pandemia.

Figura 6: Percepción de Inseguridad en Tijuana

Fuente: Elaboración propia con datos de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana

En la figura 6 es posible observar que durante
la pandemia se ha incrementado el porcentaje
de habitantes que considera inseguro vivir en
el municipio. Dado que ésto no deriva de un
diseño experimental, no es posible atribuir
una relación causal entre la pandemia y el
incremento en la percepción de inseguridad.
Sin embargo, sí es posible afirmar que durante
el confinamiento ha aumentado la percepción
de inseguridad en el municipio. En particular
destacan los meses al inicio de la pandemia,
pues un 85.6% de los habitantes del municipio

consideraba inseguro vivir en el municipio,
la cifra más alta desde marzo de 2017 que
comenzó a llevarse dicho registro. Después
disminuyó la percepción de inseguridad
durante el verano, pero para finales de año otra
vez dicho indicador superaba el 80%, cifra que
no se alcanzó durante todo el 2019. En este
sentido, el diseño de la presente investigación
no permite afirmar que la pandemia ha
provocado un aumento en el porcentaje de la
población de Tijuana que se siente insegura,
pero sí que durante la pandemia se incrementó
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�72

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

el porcentaje de la población del municipio
que menciona sentirse insegura. El descenso en
los delitos patrimoniales durante la pandemia
observado en la presente investigación parece
no haber impactado en la percepción de

constructoscriminologicos.uanl.mx

seguridad. La evolución de otro tipo de delitos,
como el homicidio doloso y secuestro, pudiera
explicar que en un contexto de menos delitos
patrimoniales del fuero común haya aumentado
la percepción de inseguridad.

Figura 7: Confianza en las policías durante la Pandemia

Fuente: Elaboración propia con datos de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana

En cuanto al impacto de la pandemia en la
confianza en las policías, la cual pudiera
ser afectada por los cambios operativos que
implica la emergencia sanitaria en la gestión
de la seguridad y en el contexto criminal, en
la figura 7 es posible observar un descenso
en la confianza en la policía estatal. Sin
embargo, el descenso sólo es significativo
para los primeros meses de la pandemia. En
lo concerniente a la policía municipal, la
pandemia no parece haber tenido un impacto
significativo en la confianza en la misma, a
pesar de un descenso en el porcentaje de
personas que mencionan tener confianza
en la policía municipal durante los últimos
meses del 2020. Respecto a la confianza en
la Guardia Nacional, durante los primeros

meses de la pandemia se observa un descenso
significativo que coincide con la caída que
se venía dando desde mediados del 2019
después del auge en la confianza que se
observó tras la creación de dicha institución.
Sin embargo, los movimientos en la confianza
en las distintas instituciones de policía
parecen responder a otros factores y no a la
pandemia de COVID19. A pesar de un menor
número de delitos patrimoniales del fuero
común durante la pandemia, la confianza
en la policía no aumentó. En ese sentido,
por el momento no es posible confirmar
algún impacto en la confianza en las policías
derivado del contexto de pandemia.

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

CONCLUSIONES
Los resultados de la presente investigación
arrojan conclusiones importantes sobre la
calidad de la información en materia de
incidencia delictiva con la que contamos en
México y sobre el impacto de la pandemia en
la incidencia delictiva en la zona metropolitana
de Tijuana. En efecto, la pandemia ha cambiado
el entorno criminal en lugares como la ciudad
de Tijuana. Para tratar de entender el impacto
de la misma es necesario cruzar información
de diferentes fuentes, pues los niveles de cifra
negra por encima del 90% (INEGI, 2019)
llevan a que las tendencias observadas en las
carpetas de investigación no coincidan en la
mayoría de los casos con lo observado en las
llamadas confirmadas al 911. Algunas hipótesis
planteadas al inicio de la pandemia, como el
posible aumento de la violencia familiar, parece
no se han cumplido para el caso de Tijuana
conforme a los indicadores disponibles que
tienen problemas de confiabilidad por la alta
cifra negra. Otras como un posible incremento
en saqueos tampoco ha sucedido. Sin
embargo, sí se confirman las hipotesis de que
el confinamiento por la pandemia reduciría los
robos a casa habitación y los robos de vehículo.
Una primera conclusión importante derivada
del estudio es que las tendencias en la
incidencia delictiva observadas en carpetas de
investigación y llamadas confirmadas al 911 no
coinciden en la mayoría de los casos. Dada
la prevalencia de cifras negras por encima del
90%, era esperado que las cifras derivadas
de llamadas confirmadas al 911 fueran
significativamente superiores a las carpetas de
investigación, lo cual sí se cumplió en la mayoría

73
de los casos. Sin embargo, la cifra negra no
explica la diferencia en las tendencias que, en
algunos casos, llega a ser contradictoria. Es
importante mencionar que las diferencias entre
los registros de carpetas de investigación y
llamadas confirmadas al 911 no es un fenómeno
derivado de la pandemia, dichas discrepancias
existían previo a la pandemia, pero se han
mantenido durante este periodo. En este
sentido, tratar de comprender el impacto de la
pandemia en la incidencia delictiva requiere de
un análisis multifuente como el elaborado en la
presente investigación. Aunado a lo anterior,
la diferencia en las tendencias también implica
deficiencias en el registro de alguna o algunas
fuentes.
Una segunda conclusión derivada del análisis
es que delitos como robo a casa habitación
y robo a negocio han disminuido durante
la pandemia. Lo anterior coincide con la
premisa de que el robo a casa habitación
sucede predominantemente en hogares que se
encuentan sólos (Alonso, 2014). La pandemia ha
forzado a las familias a permanecer en el hogar,
reduciendo las oportunidades para el robo a casa
habitación. También coincide con la premisa
de que no puede robarse negocios que están
cerrados o no tienen ingresos (Associated Press,
2020). Es importante mencionar que en ciertos
casos no han disminuido las oportunidades de
robo a negocio, si no han cambiado el tipo de
oportunidades. La pandemia mantiene negocios
cerrados o con niveles de ingresos bajos
que reducen también ciertas oportunidades
para el robo a negocio, pero se abren otras
oportunidades. En el caso de robo de vehículo
parece haber una tendencia a niveles menores
de robo de vehículo durante la pandemia. En
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�74

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

caso de ser cierto lo anterior, implicaría que
una menor circulación vehícular también ha
reducido las oportunidades para el robo de
vehículo. Es cierto que la teoría de la actividad
rutinaria sostiene también que los vehículos
que duran mucho tiempo estacionados en
lugares poco seguros son susceptibles de
robo, pero en general las cifras de este delito
han disminuido. En resumen, la pandemia ha
reducido o cambiado las oportunidades para
la comisión de delitos como robo a negocio,
robo a casa habitación y robo de vehículo, lo
cual se ha traducido en una menor incidencia
de dichos delitos.
De acuerdo a lo anterior, el análisis de la
evolución de los delitos patrimoniales del fuero
común realizado en la presente investigación
es coincidente con los postulados de la teoría
de la actividad rutinaria en el sentido de que
la variable preponderante es la oportunidad
derivada de la coincidencia de un victimario
motivado, una posible víctima vulnerable y la
ausencia de alguna autoridad para prevenir
el delito. La disminución del robo a casa
habitación, robo de vehículo y robo de negocio
en el contexto de la pandemia parece responder
a menores oportunidades para la comisión
de dichos delitos como lo señala la teoría de
la actividad rutinaria. Cabe mencionar que
las conclusiones en este sentido sólo aplican
para los delitos patrimoniales analizados
en la presente investigación. Otro tipo de
delitos pudieran no haberse comportado de
esta manera en el contexto de la pandemia.
Además, es pertinente señalar que lo observado
en la investigación es que efectivamente en
la medida en que hay menos oportunidades
para la comisión de dichos delitos, el mismo

constructoscriminologicos.uanl.mx

disminuye como señala la teoría de la actividad
rutinaria, pero no se aplicaron metodologías
experimentales que pudieran ser concluyentes
en ese sentido. La investigación tampoco
analizó si hubo algún tipo de desplazamiento
del delito, es decir, que ante la falta de
oportunidades para la comisión de los delitos
patrimoniales analizados hayan aumentado
otros delitos a la par que disminuyeron los
delitos estudiados.
Mención aparte merece el caso de la violencia
familiar. Una tercera conclusión derivada del
análisis es que durante la pandemia no se ha
incrementado significativamente la violencia
familiar en Tijuana. A pesar de que se observa
un ligero aumento, éste no es significativo
para afirmar que durante la pandemia se ha
incrementado dicho delito. Se esperaba que
como consecuencia del estrés y desgaste que
ha implicado la pandemia y el confinamiento,
así como de las condiciones de hacinamiento
en las que viven muchas familias en la
zona metropolitana de Tijuana, aumentara
significativamente la violencia familiar. Sin
embargo, ésto no se vió reflejado en las llamadas
confirmadas al 911 o carpetas de investigación.
Es importante resaltar la poca confiabilidad de
dicha conclusión derivado de la mala calidad
de los datos, pues en México las cifras negras
para este delito superan el 90%.
En el caso de la violencia familiar no parece
cumplirse el postulado de la teoría de la
actividad rutinaria, pues mayores oportunidades
para el delito de violencia familiar no derivaron
en un incremento de dicho delito, al menos
en el caso de Tijuana durante la pandemia.
En este sentido, la investigación muestra que

Seguridad pública en la frontera: impacto de la pandemia de COVID19 en el contexto de la Zona Metropolitana de Tijuana. PP. 51-77

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

75

los delitos patrimoniales del fuero común sí
se comportaron conforme a lo esperado por
la teoría de la actividad rutinaria durante la
pandemia. Sin embargo, otro tipo de delitos,
como la violencia familiar, pudieran responder
a otro tipo de variables más allá de lo indicado
por dicha teoría, razón por la cual no se
comportaron como era esperado.

presente estudio. En el texto se ha mencionado
previamente la necesidad de contar con
mas y mejores datos respecto a incidencia
delictiva. En ese sentido, las encuestas de
victimización son una fuente que permite
hacer comparaciones con las cifras oficiales.
Sin embargo, ampliar las capacidades de las
policías para recibir denuncias sería un paso
que permitiría reducir la brecha entre carpetas
Los resultados de la presente investigación de investigación reportadas por las fiscalías
abarcan el periodo de enero a diciembre de y llamadas confirmadas al 911, aunado a
2020, comparándolo con el mismo periodo los beneficios que pudiera tener respecto a
del año 2019. En este sentido, la disminución reducción de impunidad.
observada de delitos patrimoniales como el
robo a casa habitación y el robo a negocio La reducción de los delitos patrimoniales
y la estabilidad de otro tipo de delitos como observada durante la pandemia también tiene
la violencia familiar aplica para ese periodo implicaciones de política pública. Aunado a
de tiempo. Las tendencias pudieran moverse los hallazgos de la criminología respecto a la
conforme sigue avanzando la pandemia. concentración de este tipo de crímenes en un
Aunado a lo anterior, es necesario mejorar porcentaje reducido de ofensores y lugares (Abt,
la información sobre incidencia delictiva en 2019), los hallazgos de la presente investigación
México, lo cual es evidente en las discrepancias señalan que es posible lograr reducciones
observadas en los análisis elaborados a través significativas de dichos delitos al disminuir las
de diferentes fuentes. Durante la presente oportunidades para la comisión de los mismos.
investigación no fue posible incluir el impacto Ésto puede lograrse incrementando la presencia
de la pandemia al interior de las instituciones de la autoridad en puntos de alta incidencia
de seguridad. La policía municipal de Tijuana previamente identificados o a través de
reportó hasta marzo de 2021 que 349 de sus prevención situacional que permita modificar
elementos habían sido diagnosticados con las condiciones que facilitan el encuentro de
COVID19 durante la pandemia y 19 habían victimarios motivados y víctimas vulnerables.
fallecido como consecuencia de la enfermedad En este sentido, los patrullajes dirigidos,
(Secretaría de Seguridad Pública de Tijuana, mejorar el alumbrado público, facilitar la
2021). Futuros estudios pudieran abordar dicha movilidad, la rehabilitación de espacios
dimensión del impacto de la pandemia en la públicos y las campañas de prevención, cuando
gestión de la seguridad.
están adecuadamente focalizados, pueden
lograr reducciones significativas en los delitos
Finalmente, es pertinente esbozar algunas patrimoniales al romper el ciclo de encuentro
implicaciones para la política pública en entre posibles víctimas vulnerables, victimarios
materia de seguridad ciudadana derivadas del motivados y la ausencia de la autoridad
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

�76

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

que señala la teoría de la actividad rutinaria
como variable preponderante para explicar la
comisión de dichos ilícitos.

Alvarado, N., Sutton, H., &amp; Laborada, L. (2020). COVID-19 y
la actuación de las agencias policiales de América Latina
y el Caribe. Banco Interamericano de Desarrollo. https://
publications.iadb.org/publications/spanish/document/

En el caso de otro tipo de delitos como la
violencia familiar, la investigación indica que
la teoría de la actividad rutinaria pudiera no ser
la mejor explicación para dicho fenómeno. En
ese sentido, se requiere recurrir a otro tipo de
políticas públicas para su prevención más allá
de reducir las oportunidades para la comisión
del delito. Algunas prácticas dirigidas a la
prevención de la violencia familiar son las
terapias cognitivo conductuales para víctimas
y victimarios, el establecimiento de refugios
seguros para las víctimas, el rastreo de casos
y la operación de unidades especializadas en
la atención de este tipo de delitos. En estos
casos parece ser mas importante trabajar con
las características específicas de víctimas
y victimarios que con las condiciones que
pudieran abrir una oportunidad para la comisión
del delito.

COVID-19-y-la-actuacion-de-las-agencias-policiales-deAmerica-Latina-y-el-Caribe.pdf
Associated Press. (2020, abril 11). Crime drops around the
world as Covid-19 keeps people inside. CNBC. https://
www.cnbc.com/2020/04/11/crime-drops-around-theworld-as-covid-19-keeps-people-inside.html
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José Andrés Sumano Rodríguez
Afiliación: El Colegio de la Frontera Norte
Investigador CONACYT por México adscrito a El
Colegio de la Frontera Norte. Obtuvo su Doctorado
José Andrés Sumano Rodríguez y Rosa Isabel Medina Parra

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CRIMINOLÓGICOS

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

La expresión femenina de la violencia mediante delitos

Female expression of violence through crime
Martha Fabiola García Álvarez*

Recibido: 14-07-2021
Aceptado: 11-02-2022

Resumen

así como el rol de victima a victimaria, el significado

Las investigaciones multidisciplinarias y multifactoriales

que tiene la violencia para ambos, hombres y mujeres,

de los problemas sociales como la violencia femenina,

y la importancia de la aceptación de la existencia de

ayudan a comprender desde varios enfoques cuantitativos

esta conducta, para la prevención; concluyendo con

y cualitativos, además de teorías previas, qué sucede con

la necesidad de generación de más investigaciones al

nuestro objeto de estudio, la conducta delictiva femenina

respecto, considerando como conductas de riesgo, y con

y violenta. Para ello se utilizó la metodología específica a

la finalidad de reducirlas.

partir de la Criminología, se hizo un estudio criminológico
con enfoque mixto, aplicándose el trabajo de campo

Palabras clave: Mujer; Delincuencia; Violencia; Papel

en el Centro Preventivo y de Readaptación Femenil de

social; Normalización.

Puente Grande, Jalisco (2008 al 2013), a las internas de
entre 18 y 35 años recluidas por los delitos de robo y

Abstract

homicidio. Siendo que en los resultados y discusión,

Multidisciplinary and multifactorial investigations of social

se considera el contexto general de la mujer violenta,

problems such as female violence, help to understand
from various quantitative and qualitative approaches, in

Cómo citar
García Álvarez, M. F. La expresión femenina
de la violencia mediante delitos. Constructos
Criminológicos, 2 (2), Recuperado a partir de htttps://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/13
*https://orcid.org/0000-0002-9041-5132
Universidad de Guadalajara, México

addition to previous theories, what happens to our object
of study, female and violent criminal behavior. For this,
the specific methodology was used from Criminology,
a criminological study was conducted with a mixed
approach, applying fieldwork at the Women’s Preventive
and Readaptation Center of Puente Grande, Jalisco (2008
to 2013), inmates between the ages of 18 and 35 who
were held for the crimes of robbery and homicide. Being
that in the results and discussion, the general context
of violent women is considered, as well as the role of

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

Dentro de otros tipos de mujeres criminales,
both men and women, and the importance of accepting se tiene a aquellas que se aprovechan de la
the existence of this behavior for prevention; concluding vulnerabilidad de las personas para cometer
with the need to generate more research in this regard, ilícitos, fluctuando las edades de estas
considering as risk behaviors, and in order to reduce delincuentes desde muy jóvenes hasta de la
them.
tercera edad.
victimizer to victimizer, the meaning that violence has for

Key words: Women; Crime; Violence; Social Rol;
Normalization.

1. INTRODUCCIÓN
Es de vital importancia comprender el concepto
de violencia, lo que representa para cada
persona, así como el impacto y consecuencias.
En cuanto nos referimos especialmente del
fenómeno de la mujer violenta, aquella que
expresa mediante una conducta delictiva, con
un rol de líder, empoderada, sin empatía e
indiferente a las emociones y sentimientos de
los demás, contrario al papel tradicional con el
que se le conoce, y cuya motivación al ejercer
la criminalidad, generalmente es el lucro e
incluso el poder.
Diversas y muy pocas son las teorías e
investigaciones que existen sobre la conducta
violenta femenina, y de ellas nos comentan
autores que la expresan de diversas maneras
la violencia, que puede desencadenar en la
criminalidad, como son las asesinas en serie
cuyo promedio de edad oscilan sobre los
33 años, en cambio, en los delitos de salud,
secuestros y homicidios, las edades de estas
mujeres son cada vez más jóvenes, estando
entre los 15 y 22 años, aplicándose igualmente
a las jóvenes que reclutan para convertirlas en
sicarias.

Expresión femenina de la violencia mediante delitos. PP. 79-93

De cualquier tipo de delito que cometan estas
féminas, siendo a veces mixtos, aún no es
reconocido ni aceptado por la sociedad, quienes
continúan invistiéndoles como víctimas, más
no victimarias; y, por lo tanto, no se piensa
que existe una problemática, y no se investiga
lo suficiente por la comunidad académica,
existiendo muy pocos estudios al respecto,
contrario a aquellas investigaciones cuyo papel
es siempre de víctima. Incluyo también, existe
un reconocimiento más aceptado de que la
fémina ha sido víctima y, por lo tanto, al no
atender su problemática, puede cambiar de
papel o, tener ambos, víctima y victimaria,
siendo incluso justificada por ello dependiendo
claro, del tipo de delito cometido. El contexto
anterior generalmente se da sin haber ingresado
al reclusorio, y muy pocas veces cuando están
dentro, pues al ser recluidas, se les revictimiza
doblemente, las marginan, abandonan y juzgan
más duramente que al hombre.
En cualquiera de las situaciones anteriores, es
importante la prevención de conductas violentas
femeninas, y el seguimiento post carcelario
mediante estrategias y programas de mejora en
calidad de vida de estas mujeres, tomando en
cuenta el perfil psicopatológico de las mismas,
así como de la sociedad Latinoamericana, con
su cultura y, además, de lo que significa la
violencia para ellas y ellos.

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Motivados por lo anterior, se hizo un estudio
multidisciplinario en el reclusorio femenil
de Puente Grande, Jalisco, entrevistando a
mujeres encarceladas por los delitos de robo y
homicidio, considerando los multifactores que
influyeron en la comisión del delito en relación
con la violencia femenina, identificando cifras
bajas, pero significativamente cualitativas para
la comprensión de la problemática. Logrando
establecer la presencia de la violencia en
estas mujeres desde la niñez, la victimación y
transformación a victimaria.

81
desde la infancia hasta la adultez, siendo así,
que generalmente se encuentran desprotegidas,
vulnerables.
Refiere Zavaleta, J.A. (2018) que la violencia no
se reduce a los homicidios, es decir, a cualquier
tipo de delito; así, la violencia supone una
“práctica social mediante la cual se daña
la dignidad e integridad de las personas, la
convivencia de los grupos y la soberanía de los
Estados”.

En la relación entre violencia y criminalidad,
2. MARCO TEÓRICO
específicamente en el perfil Latinoamericano,
tenemos diversos factores, como lo menciona,
Diversas teorías existen referente a la violencia que son el crecimiento económico, la equidad,
en relación con la conducta delictiva, por calidad de vida, el papel y cumplimiento del
ejemplo, sobre agresión y conducta criminal Estado de Derecho, la fácil disposición de
violenta, tenemos que Saavedra, J.C. (Gómez, obtener armas y la participación del crimen
J.S.; Gyslin, E., 1944) refiere que “la agresión organizado, esto en correlación con el tipo de
es un comportamiento fisiológico normal que cultura de cada localidad y país (García, J.C.;
permite al organismo a sobrevivir”, en cambio Devia, C.A., 2018).
“la violencia es una forma de agresión en
la cual el papel adaptativo se ha perdido”. De acuerdo con Alguacil F. (2017), entre las
Vemos también que “la agresividad humana conductas violentas que expresan las mujeres,
anormal, en su manifestación como una tenemos diversas, sin embargo, lo que es
conducta violenta antisocial, es un fenómeno en España, por ejemplo, en las conductas
que involucra diversos aspectos y que genera delictivas que más participan las mujeres son
variados problemas de tipo psico-social, clínico los delitos contra la salud pública (tráfico de
y legal”. Asimismo, “en los sistemas sociales drogas), así como contra el patrimonio y el
la génesis principal de la criminalidad parece orden socioeconómico; asimismo, dentro de
radicar en factores individuales, especialmente los delitos violentos cometidos por las mujeres,
de carácter psicológico”.
están el de lesiones. Comparativamente en
México, tenemos cifras similares de mujeres que
De acuerdo con Tortajada, S. (2010), las cometieron delitos, de acuerdo a las estadísticas
mujeres presentan violencia de tipo verbal y oficiales, aunque existe variación de tipos de
autodestructiva; y, cuando son consumidoras delitos en los que más participaron las féminas,
de drogas como la cocaína, se les ha detectado aumentando cada vez más en los secuestros y,
que poseen una historia de vida con violencia en general, el liderar un grupo criminal.
Martha Fabiola García Álvarez

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Sin embargo, no se puede minimizar el
problema de las mujeres cuyo comportamiento
es violento, que cometen delitos, solo porque
cuantitativamente (según estadísticas oficiales)
no representa un porcentaje alto; más bien, es
conveniente enfocarnos a aspectos cualitativos
y preguntarnos las razones del porqué participa
una mujer en la violencia que, se supone es
rechazada por ella (comunidad femenina).
La realidad es que la mujer participa en la
violencia de manera muy activa, aunque no se
le acuse y proceda a aplicarle la norma; existen
prácticas comunes violentas de ellas contra
los hijos (violencia intrafamiliar), infanticidios,
homicidios, y todo tipo de abuso en contra,
sobretodo, de los más débiles como ancianos,
niños, incapacitados.
Alguacil F. (2017), nos comenta sobre las
asesinas en serie específicamente, a las
conclusiones que llegó Hickey: la edad media
de estas asesinas es sobre los 33 años; el 50%
de ellas cometió el asesinato con ayuda de un
tercero; la motivación, fue mayoritariamente
el lucro; el método mayor empleado, fue el
envenenamiento; y como se había establecido,
las víctimas que escogieron son las más
vulnerables, como niños, ancianos, enfermos
y, las que tienen una gran confianza en ellas;
además, realizan delitos mixtos y no siempre
tienen una motivación para efectuarlos. Otra de
las variantes de delitos femeninos, nos menciona
Alguacil F., es el reclutamiento de mujeres para
actividades no lícitas, lo cual sucede también
en México, en España a través del Yihirdismo,
en nuestro país los grupos y redes criminales,
por ejemplo, quienes se aprovechan de la
vulnerabilidad de estas féminas para alcanzar
sus fines, convirtiéndolas en criminales.
Expresión femenina de la violencia mediante delitos. PP. 79-93

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Otro perfil, o derivado de delitos mixtos,
tenemos a las mujeres infanticidas, quienes
exponen de esta manera su conducta violenta.
Independientemente del tipo de delito por el
que la mujer es acusada, es segregada tanto
al interior como al exterior del reclusorio,
así lo refiere Quispe, M. (2019) que “impera
la segregación social interna marcada por
métodos que fomentan el uso de la violencia
que, a su vez, generan una jerarquización de
delitos, de manera similar que en una sociedad
libre”. Depende mucho del tipo de delitos que
comete la mujer, es el trato que se les da, así,
aparte de la condena legal y social, aparte existe
una práctica común de castigo entre presas,
reciben los peores quienes hayan cometido
delitos más atroces, como el infanticidio, la
violación y homicidios, a quienes denigran y
segregan.
La representación de cualquier tipo (visual,
auditiva, física, entre otros) de las mujeres
violentas y fuertes, tanto en la vida real, como
literaria y cinematográfica, escenifica cómo
su rol distinto al establecido por la sociedad,
genera reacciones negativas sobre ella, por
un lado, pero, también se visualizan como
“heroínas que no están hipersexualizadas….”
las mujeres luchan con armas propias, como
nos refiere Bernárdez A. (2012), pero ya se
tiene un papel preestablecido con prejuicios
sociales, de que la mujer es “débil” y su manera
de actuar (utilizando otros tipos de violencia) es
“el engaño, el ataque indirecto, la ocultación de
deseos propios…. no se enfrentan directamente
a los problemas…”, así mismo, “una mujer
violenta es extraña y bestial, incluso si utiliza la
violencia en la defensa de su integridad física”.

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Otra representación de la violencia y rebeldía
de las mujeres, es a través de la poesía, como
nos refiere Sánchez, G. (s/f) “todas las mujeres,
investidas de mujeres, con pensamientos, con
cuerpo, con acciones de mujer, con significantes
y sus correspondientes significados de mujer”,
y finaliza con lo siguiente:
¿Acaso es el silencio que todas las mujeres
de todos los tiempos hemos tenido que
padecer, el doble silencio: el de ser
silenciadas, borradas, sobre todo en aquellas
culturas marcadamente masculinas; ¿y en el
de guardar silencio por prudencia, pero con
un silencio violentador que va penetrándose
imperceptiblemente para después estallar
en el grito justo y soberano de la mujer?
(Sánchez, G., s/f)
Loinaz, I. (2016) menciona que la cuestión de la
mujer que delinque es poco atendida, quienes
participan cada vez más en delitos violentos,
así como féminas muy jóvenes. También afirma
el autor que, existe una fuerte discriminación
hacia estas mujeres cuando son encarceladas.
De esta manera Loinaz I., para explicar
la problemática utiliza el modelo RiesgoNecesidad-Responsividad, en el cual se plantea
el tratamiento de mujeres delincuentes, donde
supone considerar el riesgo del sujeto (a mayor
riesgo, mayor intervención) las necesidades
terapéuticas o criminógenas (enfocándose a
factores dinámicos que llevaron a la mujer
a delinquir, y las variables modificables
relacionadas con la conducta delictiva) y
la capacidad de respuesta de la mujer al
tratamiento. Como vemos aquí, analizar el
proceso estímulo-reacción, es determinante
para identificar el tipo de comportamiento que

83
tendrá, su reacción y, de esta manera conocer
el riesgo en que se encuentra.
De igual manera, las necesidades criminógenas
también influyen en la predicción de la
reincidencia, siendo un aspecto importante
para el diseño de las políticas criminales.
Como principales necesidades terapéuticas
en mujeres delincuentes es la victimación, los
problemas psicológicos (como la personalidad
límite, depresión y control de la ira), la
presión familiar, las cuestiones de empleo y
recursos, el consumo de drogas y los delitos
derivados de éstas. A lo anterior sumamos una
victimación previa, es decir, en la historia de
vida de estas mujeres ha existido violencia y
todo tipo de abusos que, por lo general, no
fueron atendidos y preparan a estas mujeres
a un riesgo de delinquir a futuro, aunque no
quiere decir esto que todas las mujeres que han
vivido una historia de violencia, se conviertan
en delincuentes, algunas lo superan, son
resilientes, o simplemente toman otro camino
positivo. Loinaz I. (2016) menciona que hay
una relación circular entre victimización y
violencia, un incremento de probabilidad de
conductas violentas en personas victimizadas
y la victimización en personas implicadas
en conductas violentas. De esta manera, la
victimación influye en el bienestar psicológico
de la persona, especialmente en las relaciones
interpersonales; en este sentido, se hace
necesario tener presente la alta probabilidad
de exageración o incluso invención de la
victimación como forma de justificar los delitos
cometidos, qu es lo que describen St-Yves,
M. y Pellerin, B. (2002) como “síndrome de
Pinocho”.

Martha Fabiola García Álvarez

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

De acuerdo con Gavin, H. y Poter T. (2015, en
Loinaz, I., 2016), aseveran que las mujeres no solo
agreden o matan en defensa propia y además,
sus víctimas no sólo son parejas agresoras o
hijos no deseados, sino que el problema está
en demonizar o considerar siempre víctimas
a estas mujeres; sin embargo, afirma (Loinaz,
I., 2016), el que exista una desproporción
en la implicación de delitos violentos entre
mujeres y hombres no significa que se debe de
desproteger a la víctima que son agredidas por
mujeres, ni desatender las necesidades de las
mujeres que se ven implicadas en situaciones
violentas como agresoras.
Habría que preguntarnos también si hay maneras
de reducir esa violencia, Durston A. (2009)
menciona que sí es posible a través iniciativas
culturales, programas basados en el arte que
previene el delito mediante transformaciones
individuales, donde se ofrecen empleos y
una fuerte identidad a jóvenes en riesgo,
contribuyendo a la resolución de conflictos a
través de la transformación del contexto, donde
se da la voz a la población oprimida, para crear
espacios neutrales. De este modo, el impacto
en la identidad y la autoestima, es bastante
relevante considerando la relación entre la
vinculación con las pandillas, por ejemplo, y el
delito violento en las Américas y las necesidades
psicológicas que las pandillas satisfacen en los
jóvenes.

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los males de la humanidad. Refiere el mismo
autor que Iñaki Bazán y Juan Luis Espejo, han
estudiado los casos de violencia practicada por
las mujeres contra terceros en el País Vasco,
mencionando la siguiente estadística:
…todos los investigadores que se han
aproximado al análisis del homicidio
medieval en función de la participación en él
de los distintos sexos, han podido establecer
la misma proporción con respecto a los
crímenes de homicidio, agresión y violencia
física contra las personas: en el 90% de los
casos el agresor fue hombre y solo el 10%
de los asesinos agresores mujer, mientras
que el 70% y un 80% de las víctimas fueron
igualmente hombres. (Bazán, I.; Espejo, J.L.,
s/f; en Sánchez, J., 2015).
Sánchez, J. (2015) refiere que en la obra citada
de estos autores aparecen estudios sobre
violencia femenina.
Rau, M. y Castillo, P. (2008) mencionan que
existen estrategias de prevención de violencia y
delito por medio del diseño ambiental destacables
en Latinoamérica y el Caribe; refieren la
prevención situacional y la metodología CPTED,
a partir de sus líneas teóricas y urbanas; y lo que
representa la escuela como institución social,
pilar de un barrio y espacio arquitectónico para
sembrar una cultura de la prevención a largo
plazo. Nos comentan también las autoras “las
políticas responsables y eficaces de prevención
del delito mejoran la calidad de la vida de todos
los ciudadanos”.

Vemos también que, la mujer a través de la
historia ha tenido un papel contradictorio,
por ejemplo, en la literatura, que, de acuerdo
con Sánchez, J. (2015), se representa como
la buena, por un lado, y por el otro, como la De igual manera, en términos criminológicos
enemiga, considerada la provocadora de todos (Rau, M. y Castillo, P., 2008), representa
Expresión femenina de la violencia mediante delitos. PP. 79-93

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

un camino hacia: “la agresión, más que el
agresor como el primer foco de atención, y
situada en un contexto espacial”. Asimismo,
la metodología CPTED como una parte de la
prevención situacional, vemos que de igual
manera también está vinculada al proceso de
fortalecimiento de procesos comunitarios de
control social informal, es decir, con estrategias
enfatizando lo comunitario.

85
de innumerables acontecimientos violentos”.
Concluye el autor, que sabemos muy poco sobre
la violencia que se generan en otros campos,
como en las escuelas, que es el acoso escolar
y sexual; la relación entre violencia y delito; de
las trayectorias sociales frágiles de jóvenes.
Sánchez, M. de la L. (Lechuga, A. M.;
Gaspar, D. P.; Barraza, D.; Sánchez, L. G.,
2021), realizaron un estudio para conocer el
significado psicológico que asignan al concepto
de mujer violenta, mediante la técnica de Redes
Semánticas Naturales Modificados en Durango,
México, de los componentes violencia física,
expresión verbal, expresión psicológica,
emociones y adjetivos peyorativos; siendo sus
resultados que el de violencia física fue el de
mayor jerarquía, pero no se describieron a
detalle las acciones de la misma, caso contrario
a la violencia verbal y psicológica; también
las expresiones emocionales remiten a mitos
y arquetipos heredados históricamente sobre
la mujer violenta; en cambio, los adjetivos
calificativos que se generaron mayormente por
los hombres entrevistados, refieren a los costos
sociales para las mujeres que son percibidas
como violentas.

Zavaleta, J.A. (2017), explica sobre la lógica del
campo de estudios de la violencia y el delito en
México a partir del contexto de la inseguridad,
desde opiniones e investigaciones universitarias
y gubernamentales, analizando los factores de
la violencia social. En este sentido, refiere el
autor que, se han tenido puntos de desacuerdo,
luchas discursivas sobre el campo del estudio
de la violencia y el delito, en las tres últimas
décadas, con puntos de desacuerdo “la
primacía de la práctica sobre los discursos
teóricos, la pertinencia de los discursos del
derecho y la criminología de países centrales
para el análisis de los procesos de violencia
en un país semi-periférico como México”,
así como “la metodología de la investigación
empírica correcta, las pretensiones de validez
de las observaciones parroquiales, la gestión
privada y gubernamental de los sistemas de Pero ¿qué es violencia?, de acuerdo con estos
información pública sobre delitos, inseguridad investigadores, mencionaron que es el uso
y victimación”.
intencional de la fuerza física o amenazas,
contra uno mismo, contra otra persona o
Observa Zavaleta, J.A. (2017) que, “en la comunidad y con consecuencias físicas,
construcción del campo de estudio de estos psicológicas, problemas de desarrollo o la
procesos ha tenido como prejuicio la idea moral muerte (Organización Mundial de la Salud,
de la violencia sociopolítica como una variable OMS, 2012). Así, el rol del agresor lo ocupa la
negativa de nuestra vida social”, esto se explica persona que va contra alguien con el propósito
“porque nos ha impedido el reconocimiento de de producirle daño. Pero como el proceso de
que nuestra sociedad ha sido construida a partir clasificación de quién es violento (a), interviene
Martha Fabiola García Álvarez

�86

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

la subjetividad de cada persona; por lo tanto,
la significación que se tiene de las mujeres
como agentes activas dentro de la violencia,
dependerá en mucho del concepto de ser mujer
que comparten y transforman las sociedades a
lo largo de la historia.

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víctimas, y que lamentablemente forman parte
de la cifra negra, existiendo casos que no se
denuncian y, los que sí se evidencian, se les
discrimina para ejercer sus derechos a estos
hombres en razón del género.
3. METODOLOGÍA

Para esto que mencionan los autores, hay
que aclaran que tuvieron limitantes para
realizar dicho estudio, como escasos estudios
que existen sobre la mujer como agresora o
victimaria.

Se hizo un estudio criminológico de manera
multidisciplinaria, donde se aplicó el trabajo
de campo en el Centro Preventivo y de
Readaptación Femenil de Puente Grande,
Jalisco (2008 al 2013), mediante aplicación
de entrevistas con historias de vida, a mujeres
recluidas por los delitos de robo y homicidio de
entre 18 y 35 años, que son las edades de inicio
y culminación más alta en que las mujeres
cometen delitos, quienes firmaron carta de
consentimiento informado, describiendo de
qué se trata la investigación, la metodología y
la autorización de parte de la entrevistada, esto
en base a la comisión nacional de bioética.

Refieren Moral, J. y López, F. (2012) en
cuestiones de violencia ejercida entre las
parejas, tres tipos de violencia (Johnson, M.,
2008) por el motivo del perpetrador, terrorismo
íntimo (el objetivo es el control de la pareja
por el miedo), resistencia violenta (violencia
perpetrada por las víctimas como autodefensa
y expresión de ira contra una pareja violenta),
y situacional (violencia ocasional ejercida por
miembros de la pareja a causa de un conflicto,
la cual tiende a incrementarse si el conflicto no La recolección de datos se hizo de acuerdo al
universo penitenciario femenil y a la disposición
se resuelve).
para participar en el estudio de las reclusas,
En los resultados del estudio realizado por estos utilizándose una muestra del 25%. Asimismo,
investigadores, se tiene que fueron los hombres se incluyeron algunos casos famosos de mujeres
quienes se quejaron de recibir más violencia de criminales.
sus parejas (promedio más alto) que las mujeres,
y ambos sexos reportaron ejercer la violencia El enfoque de la investigación es mixto, siendo
mayormente cualitativo que cuantitativo. El
con la misma frecuencia.
diseño de la Investigación es no experimental, ya
De acuerdo con Trujano, P. (Martínez, A.E.; que se analiza sin manipular deliberadamente
Camacho, S.I., 2010) en un estudio que variables, de resultados de investigaciones
realizaron, la violencia doméstica ejercida por ya realizadas, porque ocurrieron o se dieron
las mujeres en contra de los hombres es una en la realidad sin la intervención directa del
realidad que debemos ver, reaccionar, pues investigador; y es transversal o transeccional,
representa una cifra superior al de las mujeres porque se recolectan datos en un solo momento,
Expresión femenina de la violencia mediante delitos. PP. 79-93

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en un tiempo único, para describir variables y
analizar su incidencia e interrelación en un
momento dado. También es correlacional/
causal, porque se observan situaciones ya
existentes y hechos ocurridos con anterioridad,
y pretenden analizar relaciones de causalidad.
Se escogió este diseño por el tipo de problema a
resolver y el contexto que rodea a esta situación.
Esta
investigación
desde
el
aspecto
criminológico, usándose los métodos de
investigación como la observación directa,
indirecta y sistemática; utilizándose asimismo
el histórico, inductivo-deductivo, paradigma
no racionalista, el sociológico, estadístico,
de la sociología, criminología y derecho;
identificando mediante historias de vida, la
problemática criminal femenina y masculina,
en relación a la violencia como antecesor al
acto delictivo, y donde intervienen los factores
transculturales en la mujer, desde la educación
escolar y de crianza, familiar y de la propia
sociedad. La finalidad es tratar de averiguar la
participación de la violencia de cualquier tipo
en la mujer, primero como víctima, y que es
parte y origen de la delincuencia femenina;
pasando de víctima a victimaria.
4. RESULTADOS

87
sumándose a otros factores como el desarrollo
de crisis afectivas explosivas y las consiguientes
reacciones violentas y destructivas, que van
creando un proceso desencadenante delictuoso,
que es en ocasiones de mayor atrocidad que las
generadas por los hombres. Siendo los delitos
con mayor incidencia, el robo y en menor
grado, pero más peligroso, el homicidio.
Habiendo investigado, mediante las teorías ya
descritas con anterioridad que, existen pocos
estudios sobre la mujer violenta, y de estos no
se tienen suficiente difusión, sea por representar
a la mujer siempre como una víctima o por
cualquier otro motivo; además de tener la
limitante de que al no registrarse suficientes
casos (aunque existan, pero no se reportan),
para analizar de manera profunda el problema,
y también para obtener recursos y generar
programas de análisis y apoyo a estas mujeres,
se suma que no existe interés suficiente para
conocer la participación violenta de la mujer
que trasciende en una conducta delictiva.
Las cifras con que se muestran de mujeres
delincuentes, violentas, por ser bajas
(aparentemente, pues hay que tomar en cuenta
las estadísticas reales, de aquellos casos que
no se reportan, denuncian, o si se hace, no
procede por cualquier motivo), se cae en el
error de que no representa un problema y, por lo
tanto, se minimiza el problema, y deja de ser un
tema de interés para las autoridades e incluso,
investigadores, lo cual puede ser una explicación
de porqué existen pocos estudios al respecto.

Se comenzó a realizar el trabajo multidisciplinario
en esta investigación para averiguar todos los
aspectos que afectan alrededor de la mujer
acusada de delito y que la llevan a delinquir y,
así como la participación de la violencia física,
sexual, psicológica en la mujer (como víctima
y autora de) desde temprana edad, y el cambio
de rol de victima a victimaria. En la actualidad Al no tenerse una cifra real de casos de mujeres
se reconoce abiertamente que, en las mujeres, violentas, y que también son delincuentes
la violencia es parte de su vida cotidiana, (tanto dentro como fuera de la cárcel), no
Martha Fabiola García Álvarez

�88

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

podemos analizar esta problemática de
manera significativa y que nos arroje datos
reales y concretos; además de que, por otro
lado, de manera cualitativa, para conocer las
características comunes de estas mujeres, solo
se cuenta con los resultados de las entrevistadas
y, algunos datos de estudios preestablecidos
e investigaciones publicadas. El punto es, no
enfocarse al enfoque cuantitativo únicamente,
sino considerar el cualitativo, esencialmente.

constructoscriminologicos.uanl.mx

tenido en su vida desde la infancia, eventos
violentos y traumáticos que, al no atenderse a
tiempo, no lograron superarlos y, lo cual pudo
ser un precedente para convertirse de víctima a
victimaria.

En la conducta violenta femenina, tenemos
que, sobre el delito de homicidio, aunque
es menor el porcentaje de mujeres que lo
cometen, y generalmente lo hacen en forma
pasional, esta conducta implica en la mujer
En este sentido, se realizó una investigación en una desintegración de la personalidad ya que
el reclusorio femenil de Puente Grande, Jalisco, solamente en un gran estrés psicológico, puede
México (García, M.F., 2011; 2008-2014), una persona llegar a matar a otra (Marchiori,
a mujeres homicidas y recluidas por robo, H., 2000, p. 82).
y aunque el número de reclusas representa
cuantitativamente bajo, estas mujeres tienen Siendo que, por un lado, el 80% de las
un alto indicativo de violencia, problemas entrevistadas, carecen de empatía, tienen
psicosociales graves, que podemos tomar como indiferencia afectiva sobre el delito de homicidio
muestra del resto de la población penitenciaria que cometieron y, el otro 20%, son mujeres que
y de la que se encuentra fuera de los reclusorios, padecen una enfermedad mental, tenemos que
pero para corroborar esto serían necesarios la mayoría normaliza la violencia y el delito,
realizar estudios sociales multidisciplinarios.
justificando el mismo.
Asimismo, el no tener datos fiables sobre la
reincidencia para considerar darles seguimiento
en relación violencia-delito, pues no se cuentan
con información suficiente para conocer lo que
sucede en el post-encarcelamiento, siendo
esto necesario para valorar el proceso (positivo
o negativo) que siguen las ex recluidas, si
continúan siendo violentas, delinquiendo y en
general, el tipo de vida postpenitenciaria que
están llevando estas mujeres; solo se tomaron
datos de las que se encuentran internas en los
reclusorios.

Igualmente se determinó que en las mujeres,
se dejan de lado los factores policausales que
propician la comisión de delitos, aislándolos
unos de otros, incluyendo la violencia que
se encuentra presente en su vida, la que
aunada a otros factores como el desarrollo de
crisis afectivas explosivas y las consiguientes
reacciones violentas y destructivas, van creando
un proceso desencadenante delictuoso, en
ocasiones de mayor atrocidad que las generadas
por los hombres, tales como los homicidios y
los más comunes entre ellas, el robo. Y de este
modo, se pensó que, a partir de estudios de
De los resultados de entrevistas a estas casos en delincuentes femeninas, se reflexione
recluidas, podemos determinar que ellas han respecto a los conflictos sociales que vive,
Expresión femenina de la violencia mediante delitos. PP. 79-93

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

y al mismo tiempo, los que le provocan una
conducta delictiva.
Entre los aspectos económico-políticos,
determina cual va a ser el papel de la mujer
en cierta sociedad (capitalista o socialista); en
cuanto al fenómeno económico, las crisis en
este aspecto darán un giro (a veces enorme) en
la vida de la mujer, por la escases de la fuente de
ingresos, muchas de las mujeres evolucionarán
en su forma de cometer delito, lo que antes no
se atrevían, lo hacen en la actualidad, ejemplo:
participar activamente en secuestros, cometer
homicidios, ser cabezas del narcotráfico,
robo a mano armada, etc.; es decir, todos los
fenómenos que rodean a la mujer, la empujará
a la evolución de su propia conducta delictiva.
Sobre los delitos de agresión violenta, donde
han participado mujeres qu cada vez son
más jóvenes, tenemos que los secuestros son
más comunes en los Estados de la Ciudad de
México, Guadalajara y Monterrey (Plata, A.,
2012:115). En México, casi 4% de los menores
infractores relacionados con la comisión de
un delito durante el 2014, fueron acusados de
homicidio. El caso más reciente en Chihuahua,
es el cometido por cinco menores de edad (entre
11 y 15 años, tres de ellas mujeres), quienes le
quitaron la vida a Christopher, un niño de seis
años (Nateras, J.A.; García, D., 24 de mayo de
2015).

89
Entre ellas están Elizabeth Garza, la DEA
la acusa de ser una de las principales que
introduce cocaína a E.U., la ubica dentro de
los 15 criminales más peligrosos del mundo.
De igual manera por metanfetaminas a Elvira
Arroyo, quien es una de las 36 mujeres más
buscadas por el gobierno estadunidense.
Asimismo, Enedina Arrellano Félix, siendo
también de las más buscadas por autoridades
mexicanas y estadunidenses, es señalada como
líder del cártel de Tijuana. Otra de las mujeres
criminales apodada “La Beba”, ubicada como
jefa de plaza de los Zetas, y relacionada con
atentados. Por otro lado, tenemos a “La Güera
loca”, quien ha sido señalada como jefa de
sicarios para el cártel del Golfo, acusada
de homicidios, delincuencia organizada y
delitos contra la salud, de ella en videos se
le ve que realiza diversos delitos, entre ellos
decapitaciones. Otra de las mujeres criminales
es Vanesa Barroso Mosqueda, quien ha sido
acusada de delincuencia organizada y tráfico
de menores. Todas ellas han tenido zonas
exclusivas de operación en ciertos Estados
de la República Mexicana y en los Estados
Unidos.

Las anteriores criminales son, entre las más
famosas y peligrosas, y que podríamos agregar
a esta lista a la “Reyna del Sur”; a Eunice
Contreras Ramírez, cómplice en secuestros;
Ramona Camacho Valle, vinculada en once
Ejemplo de la participación como mujeres secuestros; Mireya Moreno Carreón, presunta
mexicanas y muchas de ellas sanguinarias y jefa de los Zetas en San Nicolás de los Garza,
como líderes criminales, tenemos que tanto la Nuevo León, entre otras. Las menos famosas,
PGR (México) y en Estados Unidos (DEA), tienen son otras líderes de familias criminales (fuente
en su lista a las más buscadas y peligrosas a anónima), quien dirige el grupo criminal
escala internacional (Vega, A., 2011).
integrado por su familia, y que se dedican a
secuestros, los cuales se encuentran recluidos
Martha Fabiola García Álvarez

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

en los centros penitenciarios de Puente Grande, señalar y exponer la necesidad de justicia frente
Jalisco.
a la violencia recibida, demandar lo que es justo
y poner las cosas en su lugar para transmitir a
Es común que la mujer tenga una personalidad sangre y fuego que no es no.
pasiva-agresiva, pero, en la actualidad se Como vemos, en este terreno de la violencia en
está adentrando a comportarse con violencia unión con la criminalidad, la mujer ha avanzado
criminal cada vez más activa. Lo anterior, a pasos gigantes, y de una manera drástica; y
considerando, como antecedente, a los ante esta realidad que no se puede negar, es
predictores de la delincuencia violenta, siendo necesario se realicen más investigaciones
los personales, como poca tolerancia a la sobre la interacción violenta en que la mujer
frustración, drogodependencias, trastornos es más activa que pasiva, de su cambio de rol
de personalidad, violaciones precoces, ira o combinación del mismo, entre víctima y
y hostilidad ante la frustración, autoestima victimaria.
inestable; lo familiar, como lazos familiares
deficientes, padres con nivel educativo bajo, 5. CONCLUSIONES Y PROPUESTAS
roles paternos violentos, desorganización
familiar, conducta delictivas en familiares; Al determinar que la conducta de la agresión
escolares y laborales, como inestabilidad por sí sola como comportamiento fisiológico
laboral, problemas escolares; ambientales, normal, sin afectar a nadie, hasta cierto punto
como pertenecer a bandas, pandillas violentas, es sano, pero cuando el papel adaptativo se ha
vivir en barrio o colonia con alta prevalencia e perdido y sobrepasa los límites dañando a sí
incidencia de hechos delictivos. De esta manera mismo y/o a otros, al que se le llama violencia,
tienen una disposición agresiva (Sánchez, J., sea física, psicológica, sexual o social, ya
2000:203-204).
se consideraría una conducta violenta, que
afecta. Y si a lo anterior se le agrega que la
La mujer como líder, que tiene que ver con el actúa violentamente es una mujer, habría que
poder, lo usa para influir sobre la conducta de considerar en profundizar qué está sucediendo,
otras personas. Sánchez, J. (2000:315-319), ya no se podría hablar de ellas sólo como
refiere sobre el liderazgo, como el proceso víctimas; pues ya son estas féminas líderes
mediante el cual un miembro de un grupo criminales, sicarias, sin empatía ni emociones,
(su líder) influye a los otros miembros hacia capaces de degollar. Madurar esta realidad y
el logro de objetivos específicos grupales. Sus aceptarla, es transformar ese papel “tradicional
características son la ambición, dinamismo, de víctima” con que se presenta en diversos
tenacidad, iniciativa, deseo de logro, además actos, como los delictivos, a una mujer
de carisma.
empoderada, con capacidad criminal similar al
del hombre.
De acuerdo con Fabrini, V. y Echenique, C.
(2017), en el artículo denominado Mujeres Al digerir este escenario, estaríamos dando un
violentas, refieren que la finalidad es denunciar, paso adelante para entender la problemática
Expresión femenina de la violencia mediante delitos. PP. 79-93

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

de la mujer violenta y, por lo tanto, investigar
al respecto exponiendo resultados ante la
sociedad. Para ello, es necesario que más
investigadores se involucren ante este contexto
(nada nuevo en realidad), y se realicen a
profundidad, análisis de la violencia femenina
en trabajos de investigación, en conjunto con el
fenómeno de la “normalización de la conducta”
que se está dando cada vez más.
Asimismo, es conveniente adentrarnos al perfil
psicopatológico de las mujeres de sociedades
Latinoamericanas, quienes tienen características
específicas relacionadas con el machismo
que impera en estas regiones, el feminismo
y empoderamiento (positivo o negativo) que
pueden generar una conducta más violenta en
las féminas.
Considerar que, ya no realizan las mujeres los
típicos delitos en coparticipación sin autoría, los
roles han cambiado y se han intensificado los
actos violentos dentro y fuera de seno familiar,
además de que ya no es atribuido únicamente
al hombre la conducta violenta y/o delictiva,
se encuentran, por tanto, en un plano casi de
igualdad femenina-masculina.

91
contra hombres y mujeres de cualquier edad,
fenómeno alarmante que llama la atención.
Es importante reflexionar sobre la motivación
que lleva a estas féminas a ser violentas, que
generalmente es el lucro, pero no es la única
razón, aunque sí es persistentes en mujeres de
altas esferas económicas y políticas, donde las
mueve también el deseo del poder, igualarse
con los hombres e incluso, ser superiores a
ellos.
Por lo tanto, es necesario identificar las
conductas de riesgo, tanto en mujeres, como
en la sociedad misma, los tipos de delitos en
los que cada vez más participa la mujer y, en
general, toda aquella conducta violenta que es
cotidiana y normalizada en cualquier contexto
que participa ésta; es necesario tratarla,
prevenirla y reducirla.
Y, por último, considerar a la mujer violenta y
cada vez más joven, como un problema real,
del que debemos de investigar y analizar los
estudiosos de la conducta violente, criminal
desde cualquier disciplina, para generar
propuestas concretas enfocándose ampliamente
a lo cualitativo, más que en números, es decir,
cuantitativamente, así como en la motivación
de la violencia de manera multifactorial.

En este contexto de violencia femenina, es que
un buen número de ella, la expresa mediante el
delito (cualquiera), siendo de gran importancia TRABAJOS CITADOS
identificar las características de estas mujeres,
el impacto y la trascendencia del daño causado, Alguacil Casas, F.M. (2017). Ellas también delinquen: la
más que las estadísticas oficiales, que, dicho sea
criminalidad violenta de mujeres en España (tesis de grado
de paso, no son reales; así como la aplicación o
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Martha Fabiola García-Álvarez
Afiliación: Universidad de Guadalajara, México
Doctora en Ciencias Políticas y Sociales por la
Universidad Nacional Autónoma de México en la
orientación de Investigación para la Paz. Miembro
del Sistema Nacional de Investigadores Nivel I.
Profesora del Centro de Investigaciones en Ciencias
correo electrónico: tgalaviz@uaem.mx

sexual delinquency: ¿Vampire or Pinocchio syndrome?
Correctional Service Canada Forum, 14, 51–52.
Tortajada Navarro, S. (2010). Cocaína y conductas violentas
desde una perspectiva de género, Barcelona, España: Revista
Española de Drogodependencias; 35 (3) 209-328. En: https://
roderic.uv.es/bitstream/handle/10550/22456/v35n3_4.
Martha Fabiola García Álvarez

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil.
Análisis en el estado de Nuevo León
Penitentiary governanability in the female population.
Analysis in the state of Nuevo León
Anayely Mandujano Montoya*

Resumen:
El sistema penitenciario desde sus orígenes ha
sido pensado para la población masculina, sin
embargo, la participación de las mujeres en
conductas delictivas ha hecho ineludible la
construcción de espacios penitenciarios con
perspectiva de género, no obstante, actualmente,
uno de los grandes retos en materia penitenciaria
en México es la gobernabilidad de la autoridad
al interior de los Centros, por ello es preciso en
primera instancia, mantener la gobernabilidad
penitenciaria a fin de contar con las condiciones
que hagan factible el objetivo último del Sistema
Penitenciario: la reinserción social. La presente
Cómo citar
Mandujano Montoya, A. Gobernabilidad Penitenciaria
en la Población Femenil. Análisis en el estado de
Nuevo León. Constructos Criminológicos, 2(3).
https://doi.org/10.29105/cc2.3-25
* https://doi.org/10.29105/cc2.3-25
Universidad Autónoma de Nuevo León

Recibido: 20-02-2022
Aceptado: 03-06-2022

investigación parte de un análisis comparativo
con un método cuantitativo de las condiciones
de gobernabilidad en los espacios destinados
para la población femenil en internamiento
por atribuírsele una conducta delictiva en el
estado de Nuevo León, lo anterior, con una
primera aproximación al Centro Preventivo y
de Reinserción Social Topo Chico en donde
las mujeres compartían espacio en un Centro
destinado en su mayoría para población varonil
y otro posterior, una vez que se crea el Centro
de Reinserción Social Femenil en el estado.
El análisis considera las categorías de Voz y
rendición de cuentas, estabilidad y ausencia de
violencia, efectividad de la autoridad, calidad
regulatoria, estado de derecho y control de la
corrupción.
Palabras Clave: Penitenciario, gobernabilidad,
mujeres, reinserción social
Abstract
The penitentiary system, since his origins,
has been designed for male population,

�96

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

however, the women’s participation in
offending behaviour has made unavoidable
the construction of penitentiary spaces with a
gender perspective, nevertheless, currently, one
of the biggest challenges in penitentiary matters
in Mexico is the authority’s governability at
the centres, thus it needs first of all, keeping
penitentiary governability in order to have
the conditions required for the feasibility of
the last objective of the Penitentiary System:
social reinsertion. The current investigation
is the product of a comparative analysis with
a quantitative method of the governability
conditions in the spaces intended for female
population placed in detention or internment
centres as a disciplinary measure for offences
committed in the state of Nuevo León, as a first
approximation to the Preventive Center and
Social Reintegration Topo Chico where they
shared a centre designed and built mainly for
male population and another subsequent one,
once the Women’s Social Reintegration Center
was created in the state. The analysis considers
categories of voice and accountability, stability
and absence of violence, effectiveness of
authority, regulatory quality, rule of law and
control of corruption.

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los hombres e incluso las mismas tradiciones
sociales y científicas han considerado la
criminalidad como una problemática masculina,
produciendo en su momento, teorías causales
de la conducta antisocial femenina cargadas de
prejuicios ideológicos, que se construyen sobre
un perfil de la mujer estereotipado, dejando a
un lado la evolución y realidad que enfrenta la
mujer actualmente y que incluso, conlleva una
reacción social más fuerte que la dirigida hacia
la masculina. Es Elena Azaola (2005) quien lo
menciona acertadamente, considerando que el
sistema penitenciario se encuentra estructurado
tomando como modelo al varón. Las mujeres
son, en todo caso, una especie de apéndice que
se agrega a dicho modelo.

Cabe la pena retomar a Antonacachi, Tiravassi
y Gómez (2013) quienes señalaban que las
mujeres encarceladas sufren un doble castigo:
por una parte, por haber infligido la ley, pero
también y más difícil de solventar, por no haber
cumplido con el rol esperado por la sociedad
como una mujer y madre. De tal forma, que
este doble castigo se refleja no solo en la
falta de visitas de sus familiares y parejas sino
también, en muchos casos, en la delegación de
responsabilidad de los hijos en la mujer, aun
Keywords: Penitentiary, governability, women, estando detenida.
social reinsertion.
Romero y Aguilera (2002, p.11) por su parte,
1. LA MUJER Y LA PRISIÓN
sostienen que las mujeres encarceladas
provienen de sectores de la población
Hablar de la mujer en la prisión representa ya un económica y socialmente desfavorecida y que
gran avance, pues debemos reconocer, que las permanecen encarceladas por delitos típicos
mujeres han sido omitidas en muchos espacios de personas que carecen de poder, han vivido
y la misma prisión no ha sido la excepción, en la pobreza y han sido violentadas la mayor
desde el origen de los tiempos, el Sistema parte de sus vidas, sin embargo, ello parte de
Penitenciario ha sido considerado propio de diferentes preceptos ideológicos en los que
Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil. Análisis en el estado de Nuevo León. PP. 95-113

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

se explicaba las diferencias de género en la
criminalidad, en función de rasgos físicos y
emocionales e incluso aquellas que afirmaban
que la mujer se “masculiniza” -asumiendo la
criminalidad como masculino-, por ejemplo
Cowie, Comie y Slater (1698) en su momento
hicieron un estudio con las categorías feminidad,
masculinidad y cromosomas para explicar
en qué se diferenciaban aquellas mujeres
que pasan al acto de la conducta antisocial
(rebelándose contra su feminidad) -como ellos
lo consideraban- de las que no lo hacen.

97
especie de aceptación del rol que la institución
le ha asignado.
Por lo anterior, no es de extrañar que aún en estos
tiempos se considere que, de una u otra forma el
estereotipo de la mujer que comete conductas
antisociales se sostiene como producto de la
marginalidad, desigualdad y dependencia hacia
los hombres; como el resultado de un entramado
de prejuicios que se magnifican en el momento
en que se no se cumplen las expectativas
sociales hacia lo femenino.

Por lo tanto, el análisis de la conducta antisocial
femenina se vuelve complejo pues representa
un desafío a los roles tradicionales de género,
es decir, históricamente se concebía que
los estereotipos de género de alguna forma
reforzaban el control social de la mujer hacia
la conducta antisocial y que por ello, fueran
pocas las mujeres en contraste con los hombres
quienes se involucran en hechos delictivos. Fox
afirmaba que a las mujeres se les puede controlar
mejor etiquetándolas como “simpáticas”, lo
que concuerda con el control social informal,
que en ellas es más efectivo(1977, p. 805). De
ahí que las mujeres requieran de menor control
social formal que los hombres y desde esta
perspectiva que sean menores los números en
la población femenina.

Aunado a lo anterior, es menester señalar que,
la criminalidad en sí misma es un fenómeno
multifactorial, en el que se conjugan factores
sociales y de la propia personalidad, por
lo que, diferentes teorías desde distintos
posicionamientos
encuentran
diversas
causas, desde aquellas que consideran que la
criminalidad se incrementa como producto
de las estructuras sociales y las desigualdades
que estas generan, como la pobreza como lo
señalaba Robert Merton (García, 1979), no
obstante, Romero y Aguilera (2002) hacen una
interesante reflexión al señalar que aún y cuando
se intenta concebir la pobreza como factor
causal de la delincuencia y aunque la mayoría
de las mujeres siguen siendo una población
desfavorecida por las limitadas oportunidades
producto de un sistema patriarcal, ellas no
Hernández, 2018) refiere que a las mujeres constituyen el grupo social con mayores tasas
se les obliga a ser “buenas y obedientes”, lo de delincuencia.
cual les hace desarrollar niveles elevados de
tolerancia y opresión, así como obediencia a las Por otro lado, hay diferentes teorías que
normas positivas y al poder. La mujer privada de asumen que la mujer tiene mayores controles
la libertad en un Centro de Reinserción Social informales derivados de los estereotipos
en vez de emprender acciones que superen el atribuidos para ellas, en los que de una u otra
estigma, lo reafirma por ella misma, en una forma históricamente el hombre ha ejercido
Anayely Mandujano Montoya

�98

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

el poder sobre ellas ya sea como padres,
hermanos, esposos, jefes, etc. disuadiéndolas de
cualquier conducta antisocial encasillándolas
en actividades domésticas o como madres de
familia, en contraste, también se puede asumir
que derivado de este poder, las mujeres eran
inducidas a cometer conductas antisociales
para satisfacer a sus parejas.

frustración al no poder adquirir riqueza y el
éxito social, debido a que no se cuenta con los
medios para lograrlo y que de alguna forma
los mecanismos para alcanzarlos no son para
todos, -como lo es el empleo, educación, etc.. Sutherland en contraparte, señalaba que la
conducta antisocial es producto más bien,
de un aprendizaje social por la interacción o
asociación con otras personas, ello sobre todo
Aunado a lo anterior, se encuentra también la en contextos sociales que son particularmente
teoría de Howard Becker (2009) del labelling criminógenos (2011, p.191-199).
approach o teoría del etiquetamiento que
postula que como reacción social la sociedad Otros autores encuentran las causas en factores
atribuye ciertas etiquetas a las personas y que de riesgo en la infancia tales como: cuidado
ellas, al carecer de herramientas de resiliencia, parental inadecuado, presencia de padres
terminan asumiendo dicha etiqueta actuando criminales y alcohólicos, familias numerosas,
en consecuencia, estigmatizando y anulando pobres controles,
bajo nivel intelectual,
las posibilidades para reinsertarse socialmente alcoholismo, sociopatía, farmacodependencia,
de manera positiva.
bajo rendimiento escolar y pobreza (Faulk, 1994).
De tal forma que, muchos son los motivos que
frenan la conducta antisocial, retomando a
Travis Hirschi (1969) hablamos de que mientras
más vínculos con otras personas existan, menor
será la probabilidad de delinquir, a través del
apego, nivel de compromiso, involucramiento
y creencias hacia y con los otros, ello en su
teoría de los vínculos o denominada también de
control social, cabría preguntarnos entonces, si
la maternidad de alguna manera se vuelve un
factor de protección ante la conducta criminal
en el caso de las mujeres y si en su caso, se
vuelve un elemento importante para una
reinserción con probabilidades más exitosas.
En este sentido, tenemos entonces que, Robert
Merton consideraba que de alguna forma
las metas culturalmente establecidas y las
oportunidades se estrellan, incrementando la

2. EL CONTEXTO PENITENCIARIO FEMENIL
EN MÉXICO
De acuerdo al Informe de Junio 2021 en el
Cuaderno Mensual de Información Estadística
Penitenciaria Nacional (SSPC, 2021) en México
existen 288 Centros Penitenciarios, de los
cuales 15 son federales, 13 de la Ciudad de
México y 260 de los gobiernos estatales. Para
Junio de 2021 la población penitenciaria total
era de 220,393 personas, de los cuales 12,397
son mujeres, lo que representa un 5.63% de la
población. De ellas, 5246 son procesadas del
fuero común y 1174 del fuero federal, mientras
que 5135 ya se encuentran con sentencia por
delitos del fuero común y 842 por delitos del
fuero federal. En relación a la edad, 1825 tienen
entre 18-24 años, 2510 entre 25-29 años, 2456
entre 30-34 años, 1945 entre 35-39 años, 1456

Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil. Análisis en el estado de Nuevo León. PP. 95-113

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

99

entre 40-44 años, 1015 entre 45-49 años, y que de los casos con posibles conductas de
1190 mayores de 50 años de edad, es decir riesgo suicida, el Centro Femenil Federal No. 16
que las mujeres entre 25-39 años concentran el encabeza la lista con 161 mujeres.
55% de la población.
Aunado a esto, hay que considerar aspectos
A nivel estatal todos los estados tienen en generales, por ejemplo, que de acuerdo al
internamiento población penitenciaria femenil, INEGI el 51.4% de las mujeres han sufrido
mientras que del ámbito federal solo se cuenta discriminación estructural en el trabajo,
con un Centro Penitenciario, el CEFERESO No. hogar, calles, política, medios, academia, etc.
16 en Morelos, el cual cuenta con 2528 espacios (INEGI,2015), y de acuerdo con el CONAPRED
de capacidad instalada, actualmente hay un y la CEPAL, incluso cuando su empleo y
total de 781 mujeres de acuerdo a este último educación son similares, los hombres ganan
reporte analizado, de ellas, 178 oscilan entre los 34% más que las mujeres (Solis,2017).
30-34 años de edad, 142 ente los 35-39 años,
136 entre 25-29 años, es decir que entre los 25 Por otro lado, de acuerdo con los resultados de la
y 39 años se concentra el 58% de la población, ENDIREH (INEGI, 2011), el 47% de las mujeres
para el año 2020 obtuvo una calificación de de más de 15 años en México vivió alguna
8.64 en el Diagnóstico Nacional de Seguridad situación de violencia por parte de su pareja
Penitenciaria, posicionándolo como de los (esposo, novio, ex-pareja, etc.) durante su última
relación además, el 43.1% han experimentado
mejores evaluados del país (CNDH, 2020).
encierros, humillaciones, destrucción de sus
El Estado de Nuevo León representa el 3.9% cosas, hostigamiento, amenazas de que su
de la población total penitenciaria del país, el pareja se vaya, de ser expulsadas del hogar o de
estado de fuerza para junio del 2021 era de 422 ser separadas de sus hijos, y amenazas con algún
mujeres ppl´s en contraste con 8163 hombres, arma o con la muerte o con el suicidio de la
en el año 2018 se cuenta por primera vez con pareja. Y en un porcentaje menor pero presente,
un Centro exclusivo para población femenina, 14 de cada 100 mujeres en México han sido
el Centro de Reinserción Social Femenil y su golpeadas, amarradas, pateadas, asfixiadas, o
capacidad instalada es para 500 mujeres, a este agredidas con un arma.
Centro fueron trasladadas las mujeres que se
encontraban en el CEPRERESO Topo Chico, el En 2013, 32 de cada 100 mujeres murieron
ahorcadas, estranguladas, ahogadas, quemadas,
cual era mixto (NLGOB,2018).
lesionadas con objetos punzocortantes o
De tal forma que, es apremiante el análisis y golpeadas con objetos, mientras que la mayoría
abordaje de la población femenil penitenciaria de los homicidios de hombres fue con un arma
con perspectiva de género, toda vez que las de fuego, es decir el 65.2%.(INEGI,2015).
problemáticas que ahí se encuentran son de Mientras que para el 54% de las mujeres de 18
naturaleza distinta en contraste con la masculina, años o más, sus principales preocupaciones son
por citar un ejemplo, la autoridad federal señaló la inseguridad y la violencia (CONAPRED,2018).
Anayely Mandujano Montoya

�100

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

3. GOBERNABILIDAD Y PERSPECTIVA DE
GÉNERO
Camou (2001) refería la Gobernabilidad como
un estado de equilibrio dinámico entre el nivel de
las demandas sociales y la capacidad del sistema
político (estado/gobierno) para responderlas
de manera legítima y eficaz, en materia
penitenciaria ello correspondería al nivel de
demandas de las mujeres privadas de la libertad
y la capacidad de la Institución para hacer
frente a ellas, pero desde nuestra concepción,
ello no bastaría para tener Gobernabilidad,
Juan Rial (1978) señala que está relacionada
con la capacidad de las instituciones de avanzar
hacia objetivos definidos de acuerdo con su
propia actividad y de movilizar con coherencia
las energías de sus integrantes para proseguir
esas metas previamente definidas, de ahí que
la eficacia, la legitimidad y la estabilidad sean
tres componentes de la Gobernabilidad, por
lo tanto, cuando se habla de Gobernabilidad
nos referimos al cumplimiento eficaz, estable
y legítimo de los objetivos por parte de las
Instituciones y que a su vez satisface las
necesidades y demandas de aquellos o aquellas
sobre quienes se ejerce el poder.

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A. Voz y rendición de cuentas.
• Respeto y ejercicio de los derechos humanos:
Se busca determinar el nivel de respeto a los
derechos humanos de las mujeres privadas
de la Libertad al Interior de las Instituciones
tales como el derecho de ser escuchadas y a
participar en las actividades.
• Rendición de cuentas: Se busca determinar
el nivel de supervisión y control de las
decisiones y acciones de las autoridades
frente a alguien externo.
B. Estabilidad y ausencia de violencia: Se busca
analizar la probabilidad de que surjan amenazas
o cambios que puedan afectar la estabilidad de
la Institución, tales como la violencia interna.
• Percepción de nivel de conflictiva interna o
de violencia carcelaria: Se busca determinar
el índice de nivel de conflictos percibidos al
interior del Centro Penitenciario entre pares
(internas) y entre internos-autoridad.
• Percepción de seguridad: Se busca
determinar el nivel de sensación de
seguridad por parte de las mujeres ppl´s en
el Centro Privativo de la Libertad.

C. Efectividad de la autoridad: Comprende el
cumplimiento de objetivos, competencia de
Por su parte, el Banco Mundial de acuerdo con los funcionarios públicos, la credibilidad en la
el estudio Governance Matters del Instituto Institución, legitimidad Institucional.
del Banco Mundial (IBM,2007), ha elaborado • Control efectivo de los centros de detención:
indicadores de gobernabilidad para 199 países,
Se busca determinar la percepción de las
estos indicadores se basan en varios cientos
mujeres ppl´s sobre el control efectivo por
de variables que miden percepciones de
parte de la autoridad.
gobernabilidad, los cuales serán analizados y
contextualizados bajo el contexto penitenciario D. Calidad regulatoria: Se busca determinar el
en el presente artículo.
nivel de habilidad de la autoridad para formular
e implementar políticas y regulaciones que
permitan y promuevan el desarrollo.
Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil. Análisis en el estado de Nuevo León. PP. 95-113

�101

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

E. Estado de Derecho: Se refiere al cumplimiento
de las normativas vigentes tanto del personal
como de las mujeres privadas de la libertad.
• Cumplimiento de las normas: Se busca
determinar el nivel de cumplimiento de
los reglamentos vigentes con apego a los
derechos humanos tanto del personal que
ahí labora como de las personas privadas de
la libertad.
• Confianza en las reglas y en la autoridad:
Se busca medir el grado de confianza en
las reglas y la autoridad al Interior de la
Institución Privativa de la Libertad
F. Control de la corrupción: Se busca medir la
percepción del nivel del poder público ejercido
para obtener ganancias privadas.
• Percepción del nivel de corrupción: Se
busca determinar el nivel de corrupción que
perciben las internas al momento de que se
hacer mal uso del poder de una autoridad
o permitir actos contra la ley dentro de los
Centros de Reinserción Social.
De tal forma que, hablar de gobernabilidad
en los Centros de Reinserción Social se
vuelve un reto pero hacerlo con un enfoque
de género resulta aún más complejo, sobre
todo al operacionalizar los elementos que
la conforman, pues el enfoque de género en
general nos ha evidenciado las desigualdades
entre hombres y mujeres que de forma histórica
y estructural se ha presentado desde el origen
de nuestros tiempos hacia las mujeres, lo que ha
implicado un desigual acceso a la distribución
de recursos y oportunidades, aunado a que, ello
traerá espacios marcados por las necesidades e
intereses masculinos (INSTRAW,2006).

4. ANÁLISIS PENITENCIARIO FEMENIL EN EL
ESTADO DE NUEVO LEÓN
La presente investigación es de alcance
descriptivo y transversal, que permitirá describir,
medir y evaluar las variables planteadas. Se
llevó a cabo un estudio cuantitativo a través
de la técnica de encuesta con escalas de
Likert, en dos diferentes momentos, en la
que se busca medir con valores del 1 al 5
las diferentes variables. Las encuestas fueron
dirigidas a mujeres privadas de la libertad, en
el primer estudio a aquellas que se encuentran
en el Centro Preventivo y de Reinserción Social
Topo Chico (CEPRERESO Topo Chico) y el
segundo estudio en el Centro de Reinserción
Social Femenil del Estado de Nuevo León, por
atribuírseles una conducta tipificada como
delito; el primer estudio se llevó a cabo en el
año 2018 (último año de existencia del Centro
Preventivo y de Reinserción Social Topo Chico)
mientras que el segundo estudio se llevó a cabo
en el año 2021.
Se
consideró pertinente seleccionar una
muestra representativa para la aplicación
del instrumento de medición cuantitativo,
considerando las ventajas del muestreo que son
economía, tiempo y eficiencia. Se seleccionó
una muestra aleatoria simple aplicando una
técnica de recolección de información, sin
importar la situación jurídica, edad, etc. La
muestra fue representativa, en el caso del
Centro de Reinserción Social Femenil el cual
tiene una población de 426 mujeres privadas
de la libertad1, la muestra correspondió a 121
1

Estado de Fuerza reportado al día 30 de mayo de 2021 por
la Comisaria de Administración Penitenciaria de NL.
Anayely Mandujano Montoya

�102

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

cuestionarios aplicados, mientras que para el
caso del Centro Preventivo y de Reinserción
Social Topo Chico, esta tarea resultó más
compleja debido a las condiciones de la
aplicación de la entrevista, poca supervisión

de la autoridad y percepción de inseguridad al
interior, se pudieron obtener 80 cuestionarios.
Se pondrán a continuación solo los resultados
más relevantes.

Tabla 1. Operacionalización
Gobernabilidad
Categorías
Voz y rendición
de cuentas

Componentes
Derechos Humanos

Indicadores
•
•
•

Estabilidad y
ausencia de
violencia

Nivel de conocimiento de los Derechos Humanos
Participación en las decisiones de su plan de
actividades.
Respeto por parte de la autoridad a sus D.H

Rendición de cuentas

•
•
•

Informes de rendición de cuentas.
Solicitudes de información contestadas.
Supervisión, evaluación y auditorías al interior de la
Institución.

Ausencia de
conflictiva interna o
violencia carcelaria

•

Situaciones de violencia que desestabilicen la
institución.
Armas, drogas, alcohol, decomisados al interior de la
Institución.

Percepción de
seguridad

•

Calidad regulatoria
Estado de derecho Nivel de
cumplimiento de las
normas

•

•

Interacción ordenada y disciplinada entre las personas
privadas de la libertad para/con la autoridad
Nivel de control por parte de la autoridad

•
•

Nivel de servicios básicos cubiertos al interior
Actividades de mejora continua realizadas.

•

Existencia de reglamento institucional aplicable y
vigente.
Manual de procedimientos claro para sesionar en caso
de no acatar una norma institucional.
Nivel de conocimiento de reglamento institucional.

•
•

Fuente: Elaboración propia

Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil. Análisis en el estado de Nuevo León. PP. 95-113

�103

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

4.1 Resultados
En relación a la edad de las mujeres ppl´s, en
el primer estudio (CEPRERESO TOPO CHICO)
cerca del 58% oscila entre 26 y 40 años de
edad, predominando las edades entre 31-35
años con un 23.7%, mientras que en el segundo
estudio(CERESO FEMENIL) el 57% oscila entre
los 18 a los 35 años de edad.
En relación a la escolaridad, en el primer
estudio el 40.5% estudio bachillerato o escuela
técnica, mientras que el 54% tiene únicamente
secundaria, situación que se repite en el segundo
estudio en el que el 71.7% tiene escolaridad
de secundaria.

Del total de las mujeres sujetas de estudio en el
primer estudio el 40.5% tenía de 5 a 10 años
de internamiento, mientras que en el segundo
estudio el 62.5% tenía menos de 3 años, llama
la atención que en ninguno de los casos existían
mujeres con más de 20 años de internamiento.
En el primer estudio, resalta que el 30.6% se
encontraba en internamiento por el delito de
homicidio, el 25% por el delito de secuestro,
seguido por el 13.9% por delitos contra la salud,
mientras que en el segundo estudio el 25% se
encontraba por delitos contra la salud. 18.1%
por homicidio, 17.2% por robo o equiparable
al robo y el 15.5% por secuestro.

Tabla 2. Voz y rendición de cuentas: Derechos Humanos y rendición de cuentas
Pregunta o

Centro

afirmación

Completamente

Algo

Ni

Algo de

Completamente

No

desacuerdo

desacuerdo

desacuerdo

acuerdo

de acuerdo

respondió

ni de
acuerdo

¿Consideras que

TopoChico

62.5%

17.5%

5%

5%

10%

0

Femenil

0%

0%

1.7%

25.6%

72.7%

0

TopoChico

22.5%

32.5%

10%

17.5%

17.5%

0

Femenil

0%

0%

.8%

28.9%

70.2%

0

TopoChico

27.5%

22.5%

10%

20%

20%

0

Femenil

.8%

0%

.8%

20.8%

77.5%

1

los DH de las
personas que
son detenidas
son respetados?
Mi palabra
es escuchada
cuando tengo
algo que decir
Todo el tiempo
la institución
es supervisada
desde el exterior
para que opere
correctamente

Fuente: Elaboración propia

Anayely Mandujano Montoya

�104

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

En cuanto a la categoría de voz y rendición de
cuentas resalta que en el segundo estudio las
mujeres consideran que sus derechos humanos
son respetados y su palabra es escuchada,
en contraste con el primer estudio en el
que el resultado fue inverso, en relación a si

consideran que la Institución es supervisada
desde el exterior para que opere correctamente,
en el primer estudio cerca del 50% no estaba de
acuerdo mientras que en el segundo el 100% lo
está.

Tabla 3. Estabilidad y ausencia de violencia: Ausencia de conflictiva interna
Pregunta o afirmación

Centro

Siempre

Con

De vez en

Casi

frecuencia

cuando

nunca

Nunca

No
respondió

He presenciado o tenido conocimiento

TopoChico

15.4%

17.9%

51.3%

7.7%

7.7%

1

de riñas

Femenil

0%

.8%

14.2%

45.8%

39.2%

1

He presenciado o he tenido

TopoChico

15.4%

17.9%

43.6%

2.6%

20.5%

1

conocimiento de algún motín

Femenil

0%

0%

1.7%

14.2%

84.2%

1

He presenciado o he tenido

TopoChico

16.2%

13.5%

40.5%

8.1%

21.6%

3

Femenil

0%

0%

15%

38.3%

46.7%

1

Con que frecuencia se presentan riñas,

TopoChico

11.1%

25%

50%

11.1%

2.8%

4

motines u homicidios

Femenil

0%

0%

3.4%

28.8%

67.8%

3

Las riñas y motines son por problemas

TopoChico

48.6%

16.2%

27%

0%

8.1%

3

entre grupos que se disputan el poder

Femenil

0%

0%

0%

16.7%

83.3%

1

Las riñas y motines son por problemas

TopoChico

20%

8.6%

22.9%

17.1%

31.4%

5

Femenil

0%

0%

.8%

13.3%

85.8%

1

TopoChico

23.7%

2.6%

28.9%

10.5%

34.2%

2

Femenil

0%

0%

0%

15.8%

84.2%

1

conocimiento de alguien que haya
perdido la vida (homicidio/suicidio)

con la autoridad
Para adaptarse a la prisión, una tiene
que ser más agresiva de lo que solía ser
en la vida diaria

Fuente: Elaboración propia

En cuanto a la estabilidad y ausencia de
violencia en el primer estudio se refiere con
mayor frecuencia las riñas entre dos personas
o más, motines, homicidios y suicidios, el 50%
considera que de vez en cuando, el 25% con
frecuencia y el 11% siempre, en su mayoría se
considera que se dan por disputas de poder al
interior o con la autoridad; mientras que en el
segundo estudio refieren q casi nunca o nunca
se presentan estas situaciones.

Así mismo, resalta que mientras en el primer
estudio el 55% consideraba que de vez en
cuando para adaptarse a la prisión, tenían
que ser más agresivas de lo que solían ser en
la vida diaria, —de las cuales cerca del 24%
consideraban que siempre debían serlo—, en
el segundo estudio ello desaparece pasando de
casi nunca a nunca en su mayoría.

Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil. Análisis en el estado de Nuevo León. PP. 95-113

�105

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Tabla 4. Estabilidad y ausencia de violencia: Percepción de inseguridad
ComplePregunta o afirmación

Centro

Com-

Ni des-

tamente

Algo

acuerdo

Algo de

des-

desacuerdo

ni de

acuerdo

acuerdo

acuerdo

pletamente
de

No
respondió

acuerdo

Me siento segura dentro de la

TopoChico

55.3%

10.5%

10.5%

13.2%

10.5%

2

institución

Femenil

0%

0%

0%

19.2%

80.8%

1

Confío en la autoridad

TopoChico

39.5%

23.7%

7.9%

18.4%

10.5%

2

Femenil

0%

0%

.8%

29.2%

70%

1

Mi estancia dentro del Centro es

TopoChico

51.3%

20.5%

5.1%

17.9%

5.1%

1

positiva sin sentirme en riesgo

Femenil

0%

0%

0%

17.5%

82.5%

1

Fuente: Elaboración propia

En cuanto a la percepción de seguridad en el
primer estudio el 66% refería no sentirse segura
mientras que en el segundo el 100% refiere
sentirse segura; en relación a la confianza en la
autoridad en el primer estudio el 63.2% refería
no confiar mientras que en el segundo el 99%
refiere si hacerlo.

Así mismo, en el primer estudio la percepción
de riesgo al interior era negativa con un 71.8%
en contraste con el segundo estudio que
demuestra que el 100% las ppl´s no se sienten
en riesgo al interior.

Tabla 5. Efectividad del gobierno: Control efectivo de los Centros de Reinserción Social
ComplePregunta o afirmación

Centro

Com-

Ni des-

tamente

Algo

acuerdo

Algo de

des-

desacuerdo

ni de

acuerdo

acuerdo

acuerdo

pletamente
de

No
respondió

acuerdo

TopoChico

41%

23.1%

10.3%

17.9%

7.7%

1

Femenil

0%

0%

0%

33.3%

66.7%

0

La autoridad tiene el control

TopoChico

60.5%

15.8%

5.3%

5.3%

13.2%

2

completo de los Centros

Femenil

0%

0%

.8%

17.6%

81.5%

2

En los Centros de Reinserción Social,

TopoChico

37.5%

25%

12.5%

25%

0%

0

Femenil

0%

0%

0%

11.7%

88.3%

1

Los Centros penitenciarios
son instituciones controladas,
disciplinadas y supervisadas

únicamente los custodios tienen el
control de puertas y accesos

Anayely Mandujano Montoya

�106

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

En los Centros de Reinserción Social

TopoChico

50%

13.2%

7.9%

7.9%

21.1%

2

es imposible tener acceso a alcohol

Femenil

.8%

0%

0%

11.7%

87.5%

1

En los Centros de Reinserción Social

TopoChico

55.3%

13.2%

5.3%

5.3%

21.1%

2

es imposible tener acceso a drogas

Femenil

.8%

0%

0%

10%

89.2%

1

En los Centros de Reinserción Social

TopoChico

32.4%

24.3%

18.9%

5.4%

18.9%

3

es imposible tener acceso a armas

Femenil

.8%

0%

0%

13.4%

85.7%

1

Los Centros de Reinserción Social

TopoChico

35.9%

20.5%

2.6%

20.5%

20.5%

1

Femenil

.8%

0%

0%

22.5%

76.7%

1

cumplen con los objetivos de
reinsertar a las personas

Fuente: Elaboración propia

En el primer estudio el 64.1% no estaba de
acuerdo en que los Centros Penitenciarios
son instituciones controladas, disciplinadas y
supervisadas; en el segundo estudio el 66.7%
está completamente de acuerdo.

tener acceso a alcohol; en el segundo estudio
el 87.5% está completamente de acuerdo.
Igualmente, en el primer estudio el 55.3%
está completamente desacuerdo en que en los
Centros de Reinserción Social es imposible
tener acceso a drogas; en el segundo estudio el
89.2% está completamente de acuerdo.

Aunado a lo anterior, en el primer estudio el
60.5% está completamente desacuerdo en que
la autoridad tiene el control completo de los
Centros de Reinserción Social, en el segundo Además, en el primer estudio el 32.4% está
estudio el 81.5% está completamente de completamente desacuerdo en que en los
acuerdo.
Centros de Reinserción Social es imposible
tener acceso a armas; en el segundo estudio el
También, en el primer estudio el 37.5% está 85.7% está completamente de acuerdo.
completamente desacuerdo en que en los
Centros de Reinserción Social únicamente De igual forma, en el primer estudio el 35.9%
los custodios tienen el control de puertas y está completamente desacuerdo en que los
accesos; en el segundo estudio el 88.3% está Centros de Reinserción Social cumplen con
completamente de acuerdo.
los objetivos de reinsertar a las personas, en
contraste con el 20.5% que está completamente
Además, en el primer estudio el 50% está de acuerdo; en el segundo estudio el 76.7%
completamente desacuerdo en que en los está completamente de acuerdo.
Centros de Reinserción Social es imposible

Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil. Análisis en el estado de Nuevo León. PP. 95-113

�107

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Tabla 6. Efectividad del gobierno: Calidad regulatoria
Pregunta o afirmación

Centro

Mala

Algo mala

Regular

Buena

Exce-

No

lente

respondió

TopoChico

42.5%

7.5%

30%

12.5%

7.5%

0

Femenil

0%

1.7%

18.3%

43.3%

36.7%

1

TopoChico

12.8%

23.1%

28.2%

23.1%

12.8%

1

Femenil

0%

3.3%

12.5%

58.3%

0%

1

Calidad de las instalaciones

TopoChico

47.5%

15%

30%

2.5%

5%

0

Femenil

0%

3.3%

13.3%

46.7%

36.7%

1

Evaluación de la higiene

TopoChico

52.5%

17.5%

22.5%

2.5%

5%

0

Femenil

0%

1.7%

9.2%

50%

39.2%

3

Orden y disciplina

TopoChico

56.4%

10.3%

15.4%

10.3%

7.7%

1

Femenil

0%

2.5%

5.8%

49.2%

42.5%

1

Evaluación del personal

TopoChico

22.5%

20%

40%

10%

7.5%

0

Femenil

0%

.8%

7.5%

44.2%

47.5%

1

Calidad de la comida
Calidad de la capacitación y enseñanza

Fuente: Elaboración propia

En el primer estudio resalta que el 50%
consideraba que la comida es mala, en el
segundo el 80% que es buena o excelente; en
cuanto a la capacitación, el 35% consideraba
que era algo mala en el primer estudio, mientras
que en el segundo el 58% considera que es
buena, en cuanto a las instalaciones en el primer
estudio el 63% consideraba que esta era mala,
mientras que en el segundo el 83% consideraba
que eran buenas; en relación a la higiene en el

primer estudio el 70% consideraba q esta era
mala, en contraste con el segundo en el que
el 89% considera que es buena; en cuanto al
orden y la disciplina el 66.7% considera que
es mala en el primer estudio, mientras que en
el segundo el 92% considera que es buena; en
el primer estudio el 17% consideraba que la
calidad del personal era bueno, mientras que
en el segundo es el 93%.

Tabla 7. Estado de derecho
ComplePregunta o afirmación

Centro

Com-

Ni des-

tamente

Algo

acuerdo

Algo de

des-

desacuerdo

ni de

acuerdo

acuerdo

acuerdo

pletamente
de

No
respondió

acuerdo

TopoChico

17.1%

8.6%

14.3%

22.9%

37.1%

5

Femenil

0%

0%

0%

13.4%

86.6%

2

Respetan el reglamento interno de la

TopoChico

50%

17.5%

15%

7.5%

10%

0

institución

Femenil

0%

0%

.8%

31.4%

67.8%

3

Existe un reglamento

Anayely Mandujano Montoya

�108

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

TopoChico

26.3%

18.4%

15.8%

23.7%

15.8%

2

Femenil

0%

0%

.8%

15.1%

84%

2

Las reglas son aplicadas a todas por

TopoChico

59%

5.1%

7.7%

12.8%

15.4%

1

igual

Femenil

0%

0%

0%

16.9%

83.1%

3

La autoridad es la única que toma

TopoChico

45%

10%

15%

7.5%

22.5%

0

decisiones dentro de las instalaciones

Femenil

0%

0%

0%

9.2%

90.8%

2

La autoridad recibe apoyo por parte

TopoChico

34.2%

15.8%

13.2%

13.2%

23.7%

2

de algunas internas

Femenil

13.4%

5.9%

12.6%

13.4%

54.6%

2

Los custodios y personal son

TopoChico

37.5%

2.5%

20%

22.5%

17.5%

0

Femenil

0%

0%

1.7%

18.5%

79.8%

2

Confío en las autoridades de la

TopoChico

46.2%

10.3%

7.7%

28.2%

7.7%

1

institución

Femenil
0%
0%
Fuente: Elaboración propia

4.2%

30%

65.8%

1

Hay sanciones claras y establecidas a
las que se hacen acreedoras si no se
cumple el reglamento

respetados por todas mis compañeras

En cuanto al estado de derecho en el primer
estudio el 37% estaba completamente de
acuerdo en que existía un reglamento, mientras
que en el segundo cerca del 87% lo está, en
el primer estudio solo el 10% consideraba que
el reglamento era respetado mientras que en
el segundo el porcentaje asciende a casi 70%,
seguido por el 30% que está algo de acuerdo.
También en el primer estudio cerca del 16%
consideró que las sanciones son claras y
establecidas a las que se hacen acreedoras si
no cumplen con el reglamento, en el segundo
estudio asciende al 84%.
Adicionalmente, en el primer estudio el 15%
consideraba que las reglas son aplicadas a
todas por igual, mientras que en el segundo

el porcentaje asciende a 83%; por otro lado,
en el primer estudio el 22.5% considera que
la autoridad es la única que toma decisiones
dentro de las Instalaciones mientras que en el
segundo asciende a 91%.
Sobresale que en el primer estudio más de la
tercera parte referían que la autoridad recibía
apoyo por parte de algunas internas en sus
tareas, mientras que en el segundo el porcentaje
se reduce al 13%, así mismo, en el primer
estudio el 18% consideraba que los custodios
y el personal eran respetados, mientras que
en el segundo es el 80%; por otro lado, en el
primer estudio el 7.7% manifiesta confiar en
las autoridades mientras que en el segundo se
incrementa a 66%.

Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil. Análisis en el estado de Nuevo León. PP. 95-113

�109

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Tabla 8. Percepción de corrupción
ComplePregunta o afirmación

Centro

Com-

Ni des-

tamente

Algo

acuerdo

Algo de

des-

desacuerdo

ni de

acuerdo

acuerdo

acuerdo

pletamente
de

No
respondió

acuerdo

TopoChico

37.5%

20%

22.5%

2.5%

17.5%

0

Femenil

0%

0%

0%

13.3%

86.7%

1

TopoChico

38.5%

12.8%

25.6%

5.1%

17.9%

1

Femenil

0%

0%

9.2%

6.7%

84.2%

1

Es común que se den actos de

TopoChico

64.9%

10.8%

5.4%

0%

18.9%

3

corrupción al interior

Femenil

0%

0%

2.5%

12.5%

85%

1

La autoridad toma decisiones
Es probable o común que alguien
ofrezca dinero a cambio de algún
servicio

Fuente: Elaboración propia
En relación al control de la corrupción, resalta
que, en el primer estudio el 17.5% considera
que la autoridad toma decisiones para beneficiar
a algunas internas solamente, mientras que
en el segundo el porcentaje asciende a 87%,
en el primer estudio el 18% considera que es
probable o común que alguien ofrezca dinero
a cambio de algún servicio, mientras que en
el segundo el porcentaje asciende a 84%, en
el primer estudio el 65% consideraba que era
común que se dieran actos de corrupción al
interior mientras que en el segundo el 85%
considera que nunca se presentan.

en una edad productiva, el nivel promedio de
escolaridad es de secundaria, y en su mayoría
tenían menos de 5 años de internamiento y en
ninguno de los dos estudios, más de 20 años.

Llama la atención que lejos de lo que pudiera
pensarse es interesante la evolución de la
participación de la mujer en conductas
antisociales pues en el segundo estudio se
consolida su participación en delitos contra la
salud, seguidos por homicidio, robo y secuestro;
ello evidencia que la liberación de estereotipos al
momento de pasar al acto representa una mayor
proporción que aquellos en los que son víctimas
5. CONCLUSIONES
por lazos afectivos, cometiendo o encubriendo
conductas antisociales, es decir las conductas
Analizar las condiciones de la gobernabilidad que denotan de alguna forma “poder”.
en la población femenil en internamiento
ha evidenciado hallazgos significativos que En cuanto a la categoría de voz y rendición de
permiten comprender la realidad que acontece cuentas, se destaca que la lucha por el respeto
en la actualidad para las mujeres en prisión, en y ejercicio de los Derechos Humanos es un
el presente estudio pudimos percatarnos de que, tópico que se encuentra presente en la agenda
las mujeres privadas de la libertad en su mayoría pública, justamente porque aún en estos tiempos
oscilan entre 26 y 35 años de edad, es decir es lamentable que no se puedan garantizar los
Anayely Mandujano Montoya

�110

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

derechos para todas las personas, pues todas
sin excepción son sujetos a los mismos, sin
embargo, para las mujeres en prisión, esto
resulta particularmente desafiante, pues la
condición como mujeres privadas de la libertad
lleva implícita una sobrecarga de prejuicios
culturales que las estigmatiza por no satisfacer
la expectativa social que establecía ser buenas
esposas, madres, hijas, y un largo etcétera, a
esto se suma que aquellas personas a las que se
les atribuye un delito también conlleva el juicio
colectivo que estigmatiza considerando que no
son sujetos de derechos por haber cometido
una conducta antisocial.
No obstante,
los derechos humanos son
indispensables para la Gobernabilidad, pues
sin ellos, no puede preservarse la dignidad
humana y mucho menos lograrse los objetivos
Institucionales, así es que mientras el Estado sea
el garante de las mujeres que se encuentran en los
Centros de Reinserción Social, le corresponde
garantizar el respeto y ejercicio de sus derechos,
tanto por su condición de mujeres, madres -en
su caso- y personas privadas de la libertad en
cumplimiento de una medida sancionadora.
En este orden de ideas, cuando la información
fluye de forma transparente en relación al
manejo de los Centros Penitenciarios se
incrementa la credibilidad, la confianza y
consecuentemente la legitimidad institucional,
pues es este deber de informar sobre una
responsabilidad otorgada, para evidenciar el
desempeño y el nivel de desarrollo.
De tal forma que la rendición de cuentas, en
el Sistema penitenciario permite evaluar los
avances y retrocesos, ésta es esencial y va

constructoscriminologicos.uanl.mx

acompañado de la transparencia pues en la
medida en que el sistema en sí mismo se enfrenta
a la falta de confianza de los ciudadanos y de
la misma población penitenciaria, esto se hace
ineludible.
De ahí que en relación a esta categoría, existan
diferencias considerables en cuanto el nivel y
ejercicio de derechos humanos y la rendición
de cuentas entre el primer y segundo estudio,
favoreciendo las condiciones al existir un
Centro de Reinserción Social Femenil.
Por otro lado, la estabilidad y la ausencia de
violencia es un tópico que resulta un gran reto
en el sistema penitenciario mexicano, en el
caso de la población femenil, se ve afectada
por la conflictiva interna debido al perfil de las
personas que ahí se encuentran, sin embargo, la
violencia carcelaria al interior puede provocar
incertidumbre entre la población, incrementa
la desconfianza hacia las autoridades,
disminuye la participación y se lesionan los
Derechos Humanos, como se pudo observar
en la presente investigación, en el primer
estudio existían con mayor frecuencia las riñas,
motines, homicidios o suicidios, a diferencia
del segundo en el que refirieron que casi nunca
o nunca se presentaban, evidenciando que en
esta categoría, al encontrarse en el CEPRERESO
Topo Chico, no existía estabilidad institucional
y si mucha violencia, situación que cambia en
el Centro de Reinserción Social Femenil, por lo
que no resulta contradictorio que la población
femenil se sintiera insegura o en riesgo en
su mayoría en el primer estudio, transitando
hacia una mayor percepción de seguridad en
el segundo estudio, situación que se repite en
relación a la confianza.

Gobernabilidad penitenciaria en la población femenil. Análisis en el estado de Nuevo León. PP. 95-113

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

De moto tal, que el Estado debe garantizar la
integridad y la seguridad de las personas en los
Centros de Reinserción Social manteniendo un
régimen penitenciario acorde a las características
propias de la población penitenciaria, en la
población femenil el conflicto se presenta
como sucede en otros espacios, sin embargo,
por la condición de encierro estas situaciones
se pueden presentar de forma recurrente, de
tal forma, que la autoridad juega un papel muy
importante al momento de mediar entre pares,
disipar el conflicto e implementar estrategias
que mantengan la paz intramuros.
Igualmente en la categoría de efectividad de
la autoridad, ella depende en gran medida de
una eficaz administración, pues el grado de
la habilidad de la autoridad para formular e
implementar políticas y regulaciones permiten
y promuevan el desarrollo penitenciario, es
decir, cuando la autoridad actúa con eficacia,
permite el control interno que brinda mayor
seguridad y por lo tanto estabilidad y ausencia
de violencia.
De acuerdo a los hallazgos encontrados,
se evidencia en el primer estudio que no
se percibía la institución como controlada
y supervisada, incluso se concebía que la
autoridad no era quien tenía el control de la
misma, pues 2 de cada 5 personas refirieron que
la autoridad no era la única que tenía el control
de puertas y accesos, cerca del 50% refirieron
la posibilidad de presencia de alcohol y drogas,
aunado a más del 30% que incluso refirieron
presencia de armas, situación que da un giro
completamente en el segundo estudio en el
que se muestra un mayor control y supervisión,
mejorando por otro lado también la calidad de

111
los alimentos, capacitación, personal, higiene,
orden y disciplina. Lo que de igual forma se
traduce en que en el primer estudio 2 de cada 5
personas no creían en el objetivo de los Centros
de Reinserción, mientras que en el segundo, se
incrementa a 4 de 5.
En relación a la categoría de Estado de Derecho,
es importante que las mujeres privadas de
la libertad y las autoridades cumplan con las
normativas y el acato de la autoridad, pues
consecuentemente esto nos brindará confianza
en la autoridad, en su proceso de reinserción
social y en la legitimidad institucional intra y
extramuros. Ya que de no ser así se crea una
percepción de impunidad en la que se concibe
inequidad ya que las normas dejan de ser de
aplicación general para volverse de forma
selectiva y se evidencia que no hay Estado de
Derecho, promoviendo conductas negativas
en un afán de subsistir en el Sistema, −
prisionización− además de sentirse inseguras y
desprotegidas, como se evidencia en el primer
estudio. Los hallazgos evidenciaron que en
el segundo estudio mejoró el conocimiento
sobre el reglamento interno y la percepción de
cumplimiento, de la aplicación de sanciones,
incluso en la coparticipación con la autoridad
para asumir el mando.
Por otro lado, en la categoría de control de
corrupción, se hace evidente la posibilidad de
que alguien pueda ofrecer dinero a cambio de
algún beneficio o servicio, lo anterior debido
a que en los Centros de Reinserción Social
se generan necesidades que aumentan las
demandas de los servicios básicos, posicionando
a unas ppl´s por encima de otras por el acceso a
ellos, favoreciendo una percepción de “poder”
Anayely Mandujano Montoya

�112

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

que puede llegar a disputarse al interior,
por ello es tan importante para mantener la
gobernabilidad institucional el no contribuir
a que ello se presente, pues cuando no existe
equidad en la implementación de normativas
y hay inexistencia de la “justicia” al interior,
aumentan las formas violentas en ese afán de
“búsqueda de justicia”, haciendo evidente un
vacío de poder producto de la ausencia de
Gobernabilidad institucional.

de población a aquel que denota eficacia
terminal en su proceso de reinserción positiva,
pues es importante analizar si por su condición
de mujer, existen factores particulares, que
favorecen e incrementan las posibilidades para
reinsertarse favorablemente a la sociedad y
entonces, invertir la fórmula.
V. TRABAJOS CITADOS
Antonacachi, D., Tiravassi, A. &amp; Gómez, M.(2013). Los niños

De tal forma que, en la presente investigación,
las mediciones de las distintas categorías
dieron un vuelco importante mostrando
valores positivos en el segundo estudio en
contraste con el primero, en relación a la
Gobernabilidad, prevaleciendo el respeto
y ejercicio de los derechos humanos, la
rendición de cuentas, la ausencia de conflictiva
interna, percepción de seguridad, control,
calidad regulatoria, cumplimiento de normas,
confianza en las autoridades y control de la
corrupción, mientras que en el primer estudio
se evidenció la ausencia de la gobernabilidad
en el CEPRERESO Topo Chico, por lo que es
importante que en los Centros de Reinserción
Social se continúe trabajando para mejorar sus
niveles de gobernabilidad, eficacia, estabilidad
y legitimidad hacia las autoridades y el mismo
Sistema, pues si se mejoran los niveles de
gobernabilidad en todas sus categorías, también
mejorarán sus niveles de desarrollo.

en la cárcel. Nacer y crecer en una institución penal. X
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cdsa.aacademica.org/000-038/560.pdf
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Cowie, J., Cowie, V. &amp; Slater, E. (1698). Delinquency in Girls.
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Finalmente, es importante priorizar contar
con Instituciones penitenciarias exclusivas
y con perspectiva de género, velando por
brindar herramientas para reinsertar a las
mujeres privadas de la libertad, con suficiencia
presupuestal, transitando del criterio de número

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—
Anayely Mandujano Montoya
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León
Doctora en Ciencias Políticas por la Universidad
Autónoma de Nuevo León, tiene una Maestría
en Criminología en la misma Universidad, ha
realizado investigaciones en temas relacionados
con Administración Pública y Seguridad Pública, es
docente e investigadora en la Facultad de Derecho y
Criminología en la Universidad Autónoma de Nuevo
León y la Universidad Metropolitana de Monterrey, es
miembro del Sistema Nacional de Investigadores nivel
Candidato.

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participación política de las mujeres en el ámbito local:
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y Reinserción Social (2021) Cuaderno Mensual de
Información Estadística Penitenciaria Nacional. https://
www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/660084/
CE_2021_06.pdf

Anayely Mandujano Montoya

�114

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

El Programa de Justicia Juvenil Restaurativa y la
Reducción de los Índices de Criminalidad: Una
experiencia comparada
The restorative juvenile justice program and the reduction
of crime rates: a comparative experience
Gesell Edinson Leihgton Méndez Ibáñez*

Resumen
Cada vez son más los menores de edad que se
encuentran inmersos en actos delictivos, ya sea
en calidad de autores o partícipes, y ante esta
desbordante situación se busca soluciones para
afrontarla, que involucre al Estado, sociedad
y familia; es por ello necesario determinar
si el proyecto en mención incidirá en los
índices de la criminalidad juvenil, así como
nos ayudará a establecer sus limitaciones y
fortalezas, analizando las buenas prácticas del
derecho comparado, específicamente Costa
Rica y Nicaragua, y por supuesto analizando

Cómo citar
Méndez Ibáñez, G. E. L. El Programa de Justicia
Juvenil Restarurativa y la Reducción de los Índices
de Crminlaidad: Una experiencia comparada.
Constructos Criminológicos, 2(3). Recuperado a partir
de https://constructoscriminologicos.uanl.mx/index.
php/cc/article/view/34
*https://orcid.org/ 0000-0003-4897-195X
Universidad César Vallejo, Perú

Recibido: 11-04-2022
Aceptado: 03-06-2022

los aportes de las teorías explicativas y de
argumentación de las variables de estudio; es
así que como hipótesis a nuestro problema
planteado hemos considerado que el programa
justicia juvenil restaurativa, desarrollado por el
Distrito Fiscal de La Libertad, sí incidirá en la
reducción de la criminalidad, debido a que la
base o fundamento reposa en la recuperación e
inclusión del adolescente infractor y la familia
respectivamente, planteando la articulación
entre familia sociedad y estado.
La población que consideramos como base
de estudio es la totalidad de adolescentes
que en el periodo de enero a agosto del
2017 se encuentran efectivamente cursando
el programa, y que asciende a un total de 50
menores.
Al sostener que, para lograr una mayor
efectividad del programa, en éste se debe
admitir el involucramiento y participación de
la familia y entorno social del adolescente,
sin embargo, no lo limitemos solo al agresor,

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CRIMINOLÓGICOS

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sino que consideremos también el involucrar al be admitted, however, we do not limit it only to
entorno familiar de la víctima.
the aggressor, but also consider involving the
family environment of the adolescent, however
Palabras clave: Adolescente en conflicto con we do not limit it only to the aggressor, consider
la ley penal, justicia restaurativa, entorno also involving the family environment of the
familiar.
victim.
Abstract
More and more minors are immersed in criminal
acts, either as perpetrators or participants, and
in the face of this overwhelming situation,
solutions are sought to deal with it, involving
the State, society and family; It is therefore
necessary to determine if the project in question
will affect the juvenile crime rates, as well as
help us to establish its limitations and strengths,
analyzing the good practices of comparative
law, specifically Costa Rica and Nicaragua, and
of course analyzing the contributions of the
explanatory and argumentation theories of the
study variables; Thus, as a hypothesis for our
proposed problem, we have considered that the
restorative juvenile justice program, developed
by the Fiscal District of La Libertad, will affect
the reduction of crime, because the base or
foundation rests on the recovery and inclusion
of the adolescent offender and the family
respectively, raising the articulation between
family, society and state.

Key Words: Adolescent in conflict with
criminal law, restorative justice, family
environment.
I. INTRODUCCIÓN

Los niños y adolescentes merecen una
protección especial por ser menores de edad,
buscando formas y soluciones a fin de que los
jóvenes no se vean inmersos en problemas
delictivos, pero que si a pesar de ello esta
situación no se puede evitar, pues en una
etapa temprana y tratándose de delitos que
no revisten mayor gravedad, ofrecer ciertas
alternativas de solución, para que éstos no
reincidan cometiendo nuevos delitos y más
bien se integren a la sociedad como personas
responsables, con una férrea voluntad de no
volver a delinquir; es así que en el interés de
buscar soluciones, llegamos al tema de justicia
penal restaurativa, que viene a ser un sistema
por el cual las partes que se ven involucradas
en la comisión de un delito, deciden de forma
The population that we consider as the basis colectiva, como lidiar con las consecuencias
for the study is the totality of adolescents who inmediatas de éste, debe ser entendido como un
in the period from January to August 2017 medio de gestión de conflictos que antepone el
are effectively studying the program, and that diálogo como la base del proceso favoreciendo
amounts to a total of 50 minors.
el restablecimiento de la paz social fracturada
por el conflicto. Cuando el autor del ilícito penal
To achieve greater effectiveness of the program, es un adolescente, en ese caso hablaremos de
the involvement and participation of the justicia juvenil restaurativa.
adolescent’s family and social environment must
El Programa de Justicia Juvenil Restaurativa y la Reducción de los Índices de Criminalidad: Una experiencia comparada. PP. 115-124

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Si bien es cierto que en nuestro país la
violencia delincuencial se ha disparado
exponencialmente, y que un gran porcentaje
corresponden a infracciones cometidos por
menores de edad, lo cual ha llevado a la
población a exigir penas más drásticas para
estos jóvenes, incluso se llega a hablar de pena
de muerte, sin embargo se defiende la postura de
que ésta no es la solución a nuestros problemas
de inseguridad, ya que está demostrado que
endureciendo las penas no se disuade a una
persona a cometer un delito.

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evalúa si un adolescente es candidato a formar
parte del programa.

Considerando los argumentos expuestos, y a
partir de un diagnóstico detallado se proyectará
una propuesta integral teniendo en consideración
las buenas prácticas del derecho comparado, la
realización de entrevistas con expertos, debido
a su naturaleza de especialización, así como
con los actores que están involucrados con
el programa y un análisis de la información y
datos estadísticos obtenidos de la oficina de
Justicia Juvenil Restaurativa del Distrito Fiscal
El concepto de justicia juvenil restaurativa es de La Libertad.
una experiencia por la que están atravesando
diferentes países del continente como Costa Existen tanto a nivel nacional como
Rica y Nicaragua, ya que el problema de internacional, diversos trabajos de investigación
delincuencia en adolescentes, no es exclusivo que se vinculan estrechamente a este tema de
de nuestro país, sino que más bien se trata de estudio, los cuales fueron considerados en
un problema global; es por este motivo que en trabajos previos; y, vinculamos a determinadas
muchos de ellos, la justicia juvenil restaurativa teorías como los más relevantes, de acuerdo
ya no es tratada con proyectos pilotos en al encuadre dado al tema de justicia juvenil
determinadas zonas de un país, sino mas bien restaurativa, y que se enlazan con nuestras
es tratado como una política de estado donde variables de estudio, teorías como la de
se incluye la participación de los diferentes derechos humanos, jurídica terapéutica,
instituciones gubernamentales que tengan abolicionista, del aprendizaje social y de la
estrecha relación con este sector de la población tensión o frustración.
así como organizaciones civiles, ONGs que
trabajan con los adolescentes infractores de la II. METODOLOGÍA
ley penal.
El diseño de investigación se desarrolló como
En nuestro país es el Ministerio Público la un trabajo cualitativo, de naturaleza aplicada
entidad del Estado que ha presentado mayor con un análisis descriptivo.
interés para tratar este tema, tanto así que
desde el año dos mil ocho en algunos distritos En cuanto población y muestra; como la primera,
fiscales del país, como es la ciudad de Trujillo se consideró a la totalidad, de adolescentes
cuenta con una oficina especializada en Justicia que forman parte del programa justicia juvenil
Juvenil Restaurativa, ya que desde su calidad de del Ministerio Público del Distrito Fiscal de La
titular del ejercicio de la acción penal, es quién Libertad, desde enero a agosto del 2017, que
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CRIMINOLÓGICOS

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son 50 menores; y como muestra se tuvo en
cuenta a 25 adolescentes.

reincidencia, porque no solo es reincidente
quien delinque nuevamente cuando está en
el programa, sino que también lo es quién a
Como técnicas e instrumentos de recolección pesar de haber culminado satisfactoriamente el
de datos consideramos las entrevistas con programa, vuelve a hacerlo.
expertos, análisis de documentos y las encuestas
dirigidas a 25 menores que en el periodo de El mecanismo utilizado por los Fiscales de
enero a agosto del 2017, se encontraban Familia, a fin de evitar que adolescentes
formando parte del programa.
infractores de la ley penal, que cometieron
delitos de menor gravedad pasen a un proceso
III. RESULTADOS
penal, es la remisión fiscal; sin embargo emitir
esta disposición no solo está supeditada a
El PNAPTA 2013 – 2018 tiene como objetivo los supuestos jurídicos considerados por el
estratégico que “las y los adolescentes fiscal, sino también al cumplimiento de ciertas
involucrados en conflicto con la ley penal condiciones, que el equipo interdisciplinario
disminuyan”, y para lograrlo se debe trabajar considera de vital importancia, como es
con tres ejes estratégicos que pasan por la el apoyo familiar con que debe contar el
prevención, la administración de justicia y la adolescente durante todo el desarrollo del
resocialización/restauración. Sin embargo, programa. Otro problema que presenta el
en el caso del Programa Justicia Juvenil programa es no lograr vincular en el mecanismo
Restaurativa, no es posible apreciar de una restaurativo al agresor y a la víctima, porque la
forma objetiva y palpable si se ha cumplido intervención de la esta última es prácticamente
con la finalidad, hago esta afirmación porque nula, no se da ese proceso de reconciliación
en principio, si queremos saber si ha habido q es fundamental en los procesos restaurativos,
una disminución en los casos de adolescentes y por lo mismo no se repara el daño causado
en conflicto con la ley penal, pues se debería por el adolescente, ya sea de forma material
contar con datos estadísticos consolidados, a (devolución o pago del valor, si es posible) o
nivel regional y nacional, en el caso del Distrito moral (con un arrepentimiento sincero y unas
Fiscal de La Libertad, de las entrevistas con disculpas); y nuevamente llegamos al tema de
expertos realizadas, se sabe que una de sus no cumplimiento de las estrategias propuestas
carencias es no poder realizar un control y en el PNAPTA de la implementación de espacios
seguimiento de los adolescentes que finalizan adecuados para tratar con la víctima.
el programa JJR para conocer si han reincidido
en su comportamiento delictivo; el Informe Una gran parte de las deficiencias que padece
Situacional 2016 del Programa Justicia Juvenil el programa, son de naturaleza presupuestal, y
Restaurativa del Ministerio Público, tienen en es que del informe situacional 2016 se aprecia
cuenta como reincidentes a los adolescentes que el presupuesto asignado al programa, desde
cuando se encontraban en el programa; pero, al año 2011 al 2016 no ha variado, a pesar de
esto nos da una vista parcial del tema de que cada año se acoge a más adolescentes en
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el programa; esto genera un incremento en las el proceso no vaya a juicio y en todos ellos se
necesidades a cubrir de logística, de personal, puede pactar la reparación del daño, el cual
de infraestructura y otros.
debe ser voluntario, razonable y proporcional.
Su Código Procesal Penal regula la conciliación
La
falta
de
verdadera
cooperación como un mecanismo restaurativo para los
interinstitucional, es otro gran problema que adultos, es de ahí de donde se toma la idea de
atraviesa el programa, ya que si bien es cierto llevarlo a los casos de adolescentes. Constituye
se dan continuas reuniones y mesas de trabajo, una buena práctica en Costa Rica, la existencia
en la práctica es poco lo que se hace, pero de una “Red de Apoyo Interinstitucional
eso no impide que, redoblando esfuerzos, en materia Penal Juvenil” que viene a ser
se logre el apoyo de algunas instituciones como el resultado de las coordinaciones
educativas públicas y privada, con becas para interinstitucionales entre organismos públicos
los adolescentes que se hayan esforzado y y privados que de forma voluntaria brindan a
dado muestras de superación cumpliendo con los adolescentes rehabilitados el que pueda
las exigencias del programa; sin embargo no realizar algún trabajo comunal para que así
existe la cooperación con otras instituciones cumpla con el compromiso adquirido en la
públicas o privadas, que brinden oportunidades audiencia temprana. En el caso de Nicaragua,
laborales para los egresados del programa. A el Poder Judicial busca la instauración de un
pesar de todas las dificultades existentes, con modelo individualizado y especializado para
la encuesta realizada a los adolescentes que se adolescentes infractores; sin embargo cabe
encuentra en el programa JJR, se puede concluir resaltar que sus esfuerzos están dirigidos a la
que un gran porcentaje de ellos consideran que rehabilitación y resocialización es decir de
en líneas generales el programa es muy bueno. jóvenes que ya pasaron por un juicio y que tienen
sanciones socioeducativas o de internamiento;
Hemos considerado el estudio de la legislación es por ello que se crea la Oficina de Ejecución
comparada los países de Costa Rica y y Vigilancia de las Sanciones Penales a los
Nicaragua; en el caso de Costa Rica, a fin de Adolescentes (OEVSPA), que trabaja con el
maximizar sus resultados de reinserción social, Sistema Informático KAIKAIA (que ya cuenta
desarrolla un manual de procedimientos para con una segunda versión), ya que el sistema
la realización de las Audiencias Tempranas, cuenta con diversos indicadores sociológicos y
que vienen a ser una suerte de espacio donde sociales (generales de ley, nombre de padres,
agresor y víctima, respaldados por fiscal, juez antecedentes penales, delito cometido, nivel
y defensor, tienen la posibilidad de someter de escolaridad, condición social, destrezas,
su caso a un mecanismo restaurativo para nombre de la víctima, entre otros), que les
así solucionar su conflicto; dentro de estos permite contar con la información en tiempo
mecanismos están contemplados la conciliación real. Los mecanismos restaurativos considerados
judicial, la suspensión del proceso a prueba en su legislación son Criterio de oportunidad y
y la aplicación de un criterio de oportunidad conciliación.
reglado; todas ellas son alternativas para que
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CRIMINOLÓGICOS

Dentro de los fundamentos de la teoría de los
Derechos Humanos, Jurídica terapéutica y
abolicionista encontramos aspectos comunes
que se relación con mi variable de estudio
“justicia juvenil restaurativa”, empezando por
el hecho de que el niño (como cataloga la
Convención de los Derechos del niño a todo ser
humano menor de dieciocho años) que infringe
una ley penal y es sometido a un procedimiento
para determinar su responsabilidad, desde el
momento de su detención los estados deben
garantizar el completo respeto a sus derechos
humanos, y mucho más cuando esta persona es
pasible de derechos especiales por su calidad de
menor de edad; atendiendo a la normatividad
supranacional, en estos casos se debe buscar
alternativas al internamiento implementado
programas socioeducativos que den prioridad
a la rehabilitación del niño. La primera se
relaciona con la segunda teoría, porque los
jueces especializados en menores infractores,
no deberían observar los hechos de una forma
tan objetiva, sino tratar de comprender que
es lo que hay debajo de ese comportamiento,
humanizarse un poco más en los casos de
adolescentes, y que la sanción priorice la
recuperación del mismo. Dentro de la teoría
del abolicionismo encontramos fundamentos
restaurativos cuando sus propulsores sostienen
que en los procesos penales el Estado “expropia”
el conflicto de sus verdaderos protagonistas,
es decir, les quita la posibilidad al agresor y
la víctima de arribar a una solución aceptable
para ambos, porque al hacerlo asume su
responsabilidad de resarcir el daño caudado.
La teoría del aprendizaje social y de la tensión
o frustración, se vinculan con la variable
“índices de criminalidad juvenil”, porque estas
teoría tratan de explicar algunas de las causas

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del porque un adolescente delinque, que
factores son los detonantes o de donde vino esa
influencia perjudicial que puede provenir de
su entorno familiar, escolar o de su comunidad;
pero también puede venir de una presión
negativa ejercida sobre el menor que lo orillan
a en algún momento drenar eses resentimiento,
rabia o impotencia que lo embarga llevándolo
a cometer actos delictivos.
IV. DISCUSIÓN
Tal como se señaló anteriormente, él programa
justicia juvenil restaurativa trabaja con uno de
los actores del proceso restaurativo, que en
este caso es el adolescente agresor, dejando de
lado lo que es el tratamiento para la víctima del
delito y su resarcimiento, lo cual no debería ser
de esta manera, ya que teniendo en cuenta los
documentos analizados se observa que la justicia
restaurativa promueve el uso de mecanismos
restaurativos que incentiven el contacto entre
agresor y víctima, donde es necesario contar
con toda una estructura de atención a la víctima
la que incluirá a su entorno familiar; de la
misma forma en el trabajo previo denominado
“prácticas profesionales en mediación penal
juvenil en Andalucía. Una propuesta desde y
para el trabajo social” desarrollado por María
del Valle medina Rodríguez de la Universidad de
Granada – España, arriba a la conclusión de que
la mediación, como mecanismo restaurativo,
permite una vinculación entre las personas
directamente relacionadas con la infracción,
así como a personas del grupo familiar de
los infractores como de las víctimas. Desde
las teorías relacionadas, los adolescentes son
sujetos de derechos, por su condición de seres
humanos pero adicionalmente son merecedores

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de derechos especiales por su condición de
menores de edad, comprendiendo todo lo que
ello implica, por lo mismo los estados, siguiendo
las recomendaciones de la Convención y la
Declaración de los Derechos del Niño, los
Estados deben incentivar el uso de mecanismos
restaurativos, alternativos al sometimiento a un
proceso penal, buscando lo que la teoría Jurídica
Terapéutica denomina humanizar la aplicación
de la ley. Desde nuestro punto de vista resulta
importante regular el uso de mecanismos
restaurativos como la mediación, conciliación
u otros, a fin de diversificar las formas de llegar
a una solución y evitar que el adolescente este
inmerso en un proceso penal, así como realizar
un trabajo más activo con las víctimas, y si
bien el nuevo código de Responsabilidad del
Adolescente que aún no está vigente considera
ciertos mecanismos restaurativos, estos deben
ser reglamentados teniendo en consideración el
bienestar del menor.

desarrollada por Junior Concepción Zelaya
Flores, (Universidad Controamericana “José
Simeón Cañas – Antiguo Cuscatlan - El Salvador,
2013) denominado “La desjudicialización
del proceso penal juvenil como elemento
indispensable de la política criminal de la niñez
y adolescencia en El Salvaldor”, concluye que
en la justicia penal restaurativa debe procurarse
la desjudicialización del proceso mediante
instituciones jurídicas-procesales que sirven para
dotar de contenido a los principios de mínima
intervención o derecho penal subsidiario.
La teoría del abolicionismo propugna no la
anulación del sistema penal sino una sustitución,
que entre otros, que los conflictos o situaciones
problemáticas sean tratados con instrumentos
diferentes a los penales, con la elaboración de
una justicia comunitaria, basado en el modelo
de justicia civil compensatoria orientada a la
reconciliación; estos ideales planteados por
el abolicionismo, de alguna manera sostiene
la justicia juvenil restaurativa, desde que sean
La remisión fiscal viene a ser el medio por el los directamente involucrados los que busquen
cual a pesar que el adolescente es un infractor solucionar sus conflictos sin llegar a procesos
de la ley penal, se le exime de atravesar un penales, buscando el resarcimiento del daño
proceso penal, siempre y cuando cumpla con causado, debiéndose adicionalmente incluir
supuestos jurídicos y exigencias del programa; el elemento rehabilitador que se busca en el
hasta ahora éste viene a ser la única forma legal, trabajo con el adolescente.
previa evaluación del equipo interdisciplinario,
con que cuentan los fiscales de familia De las 25 encuestas realizadas a los adolescentes
derivar al menor al programa justicia juvenil que se encuentran dentro del programa Justicia
restaurativa; es por ello que de las entrevistas Juvenil Restaurativa del Ministerio Público – La
con expertos y de los análisis de documentos Libertad, antes de iniciar el programa 18 de
realizados, la remisión fiscal, más que un ellos consideraba que sus relaciones familiares
mecanismo restaurativo, es un método de estaban dentro de lo “regular”, sin embargo,
desjudicialización porque el proceso no pasa ahora que se encuentran dentro del programa,
a la instancia judicial, sino que dictar o no la consideran que sus relaciones familiares son
disposición de remisión queda exclusivamente “buenas”. Del trabajo previo denominado
en manos del fiscal; en la investigación “Las políticas públicas y los adolescentes en
Gesell Edinson Leihgton Méndez Ibáñez

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CRIMINOLÓGICOS

conflicto con la ley penal. Posibilidades y
límites en la aplicación de la remisión fiscal
en el Perú”, realizado por Oscar Guillermo
Vásquez Bernejo de la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos, concluye que para la
emisión de una disposición de remisión, se debe
contar, por parte de la familia y el adolescente,
de un gran compromiso y disponibilidad para
que se logre el cumplimiento de los programas
socioeducativos, así como para lograr un
cambio en el adolescente, comenzando con
el reconocimiento de su responsabilidad. Tal
como se plantea en las teorías relacionadas del
aprendizaje social y de la tensión o frustración,
el entorno que rodea a un adolescente es un
elemento importante al momento de definir
su futuro comportamiento delictivo, dentro de
este entorno encontramos al círculo familiar
que viene a ser el primer modelo para aprender
estas conductas, por lo mismo es con este
entorno con el que se debe trabajar para efectos
de buscar la rehabilitación del adolescente.
V. CONCLUSIONES
El proyecto de JJR desarrollado por el Distrito
Fiscal de la Libertad, incidirá en los índices de
criminalidad juvenil debido a que, la práctica
de la justicia restaurativa incluye al círculo
familiar, tanto de agresor como de la víctima,
a que formen parte del proceso restaurativo
en el que se encuentran inmersos; es por ello
que del documento analizado consistentes
en el PNAPTA 2013 -2018, se considerada
como objetivos estratégicos OE8 y OE9 del
plan, el que para lograr mayor efectividad en
los programas restaurativos se debe admitir el
involucramiento y participación de la familia
y entorno social del adolescente, y sucede lo

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mismo para el caso de la víctima quién al recibir
una reparación integral no se puede excluir de
ello a su familia ya que son su soporte afectivo,
emocional, volitivo y protector.
Las directivas contenidas en el PNAPTA, están
siendo aplicadas en el Programa Justicia Juvenil
Restaurativa del Distrito Fiscal de la Libertad, se
llega a esta conclusión debido a que tal como se
dijo en las entrevistas realizadas a los expertos,
aparte de cumplir con los supuestos jurídicos
que señala la norma para dictar una disposición
de remisión, también es una exigencias que
el adolescente cuente con un soporte familiar
permanente durante todo el proceso en que
se desarrolla el programa, y es que no se
trata de una mera figura presencial, sino que
desempeña un rol activo en el proceso al ser
el encargado de, si cabe la palabra, monitorear
el comportamiento y actitudes que tiene el
adolescente en el hogar, escuela o trabajo; esta
situación de alguna forma crea, restablece o
estrecha los vínculos afectivos entre el menor y
sus familiares.
Sabemos que, desde el mes de enero a agosto
del 2017, se encuentran dentro del PJJR 50
adolescentes, de los cuales 3 desertaron en el
camino, esto nos indica que los 47 restantes
están contando con el apoyo familiar que exige
el programa, esta información la obtenemos del
análisis del documento “Base de Datos 2017”
del PJJR del Distrito Fiscal de La Libertad.
Ante el incremento global de la criminalidad
juvenil, los estados buscan una salida
alternativa al modelo represivo tradicional en
el que prima las medidas de internamiento; es
por ello que teniendo como marco normativo

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internacional la Convención de los Derechos adolescente infractor, lo cual facilita el trabajo
del Niño y la Declaración Universal de los de los operadores jurídicos.
Derechos del Niño, diversos países del orbe,
están introduciendo en sus sistemas jurídicos VI. TRABAJOS CITADOS
la filosofía de la Justicia Restaurativa orientado
al Adolescente en Conflicto con la Ley Penal, Crimen e Inseguridad, Indicadores para las Américas – Proyecto
esto con el fin de darle un enfoque distinto a
Violencia y Criminalidad en américa Latina y el Caribe –
los casos de adolescentes infractores; en estos
Flacso Chile y BID (Lucia Dammert, Felipe Salazr, Cristobal
procedimientos debe primar el respecto a sus
Montt, Pablo A. Gonzales).
derechos por su misma calidad de humano Compañía Peruana de Mercados y Opinión Pública s.a.c
y de menor de edad (derechos especiales),
(2016).: Marktreport Nº 05 – Perú Población 2016.
incentivando el uso de mecanismos restaurativos Declaración de Lima sobre Justicia Juvenil Restaurativa (2009).
para la solución de conflicto que conlleven el Gastañadui Ybañez (2012) “Justicia Restaurativa: Alternativa
reconocimiento de su responsabilidad en la
de enfrentamiento a la comisión de infracciones penales
infracción cometida y la reparación del daño
y garantía de respeto a los Derechos Humanos”, Revista
causado a la víctima, también prioriza el uso de
Jurídica Derecho, Justicia &amp; Sociedad.
las medidas socioeducativas y de rehabilitación. Opinión Jurídica – Publicación de la Facultad de Derecho – “La
medicación como herramienta de la justicia restaurativa”

Del estudio de la legislación sobre Justicia
Juvenil Restaurativa, en los países de Costa Rica
y Nicaragua, encontramos aspectos resaltables
en el manejo del tema; Costa Rica, mediante
la realización de las audiencias tempranas
incentiva el encuentro entre víctima y victimario,
hace uso de diversos mecanismos restaurativos
y cuenta con una red bien estructurada de
instituciones públicas y privadas que dan
apoyo a la adolescente para que desarrollen
trabajos comunitarios. En el caso de Nicaragua,
sus buenas prácticas están orientadas, a la
rehabilitación del adolescente infractor, y para
ello creado una oficina que monitorea de manera
constante el cumplimiento de las sanciones
impuestas a los adolescentes, denominada
Oficinas de Ejecución y de Vigilancia de las
Sanciones Penales a los Adolescentes (OEVSPA),
además ha desarrollado un sistema informático
llamado KAIKAIA el mismo que cuenta con
diversos indicadores sociológicos y sociales del

(Héctor Mauricio Mazo Alvarez)
Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia /
PNAIA 2012 – 2021
Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013 – 2018
Política Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente
en Conflicto con la Ley Penal / PNAPTA 2013 – 2018.
Revista de Justicia Juvenil Restaurativa “Justicia Juvenil
Restaurativa: Marco Internacional y su desarrollo en
América Latina” (Sergio Cámara Arroyo).
Secretaria Nacional de la Juventud – Ministerio de Educación
(2013),

Criminalidad y Violencia Juvenil en el Perú

“Exploración en el contexto y orígenes del comportamiento
transgresor entre los jóvenes”
Series de Manuales de Justicia Penal – NNUU – Nueva York
(2006) Manual sobre Programas de Justicia Restaurativa.
Silva Sarneque (2006)“Derechos Humanos de los Niños y
Adolescentes y la Legislación Internacional: reflexión entre
el discurso de legalidad y la realidad”, Fondo Editorial,
Mayagüez: Barco de papel, Lima

Gesell Edinson Leihgton Méndez Ibáñez

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

—
Gesell Edinson Leihgton Méndez Ibáñez
Afiliación: Universidad César Vallejo
Abogado titulado con mención summa cum laude,
colegiado y habilitado. Magíster en Gestión Pública.
Cursos de especialización en gestión pública,
contrataciones con el Estado e investigación en la
UNT, UNMSM y PUCP respectivamente. Pasantía en
el Poder Judicial de Chile. Pasantía de investigación
en FLACSO Ecuador. Ponente nacional a internacional
en líneas de investigación de políticas públicas,
contrataciones con el Estado, derechos humanos y
corrupción. Docente en Pregrado en la UPN, UCV
y UA. He tenido experiencia en el ámbito público
en Gobiernos Subnacionales como Organismos
Autónomos, y en el ámbito Privado he laborado en
IdeHaz Consultora S.A.C.

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria
en los delitos de colusión
Practical constitutional analysis of the circumstantial
evidence in collusion crimes
Juan Alberto Castañeda Méndez*

Resumen
El presente trabajo tiene por propósito analizar
desde el ámbito constitucional penal si se
aplica correctamente el razonamiento de la
prueba indiciaria en los procesos por el delito
de colusión del periodo 2012 al 2017.
Palabras clave: Estado Constitucional, Prueba
Indiciaria, Razonamiento Jurídico, Delito de
Colusión, Funcionario Público, Corrupción.
Abstract
The purpose of this work is to analyze from
the criminal constitutional field whether the

Cómo citar
Castañeda Méndez, J. A. Practical Constitutional
Analysis of the Circumstantial Evidence in Collusion
crimes. Constructos Criminológicos, 2(3). https://doi.
org/10.29105/cc2.3-33
*https://orcid.org/0000-0003-4472-8709
Colegios de Abogados de La Libertad, Perú

Recibido: 03-11-2022
Aceptado: 03-06-2022

reasoning of the evidence is correctly applied
in the processes for the crime of collusion from
the period 2012 to 2017.
Key Words: Constitutional Status, Evidence of
Evidence, Legal Reasoning, Crime of Collusion,
Public Official, Corruption.
I. INTRODUCCIÓN
La corrupción de funcionarios a nivel
latinoamericano sufre un gran déficit en la
capacitación probatoria, el sistema procesal
penal especial para funcionarios públicos.
Siendo así que los delitos contra la administración
pública tienen una composición de estudio
mixto de ciencias; es decir, todo tipo penal de tal
naturaleza no únicamente encuentra respuesta
en el derecho penal (dogmática) sino se tiene
que entender de manera complementaria
y de manera auxiliar de la ley especial en
contrataciones, el derecho administrativo como
también de la gestión pública.

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CRIMINOLÓGICOS

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La Organización Internacional de Transparencia,
en el año 2014, ubicó al Perú en el lugar N° 14
de 30 países en el índice de corrupción, cifra
innegable pues en los dos últimos años en nuestro
país se han descubierto grandes problemas de
corrupción en los que lamentablemente resalta
la actividad ilícita cometida desde los más
altos funcionarios públicos, claros referentes
son los casos: Odebrecht, Ecoteva, Petroperú,
Comunicore, etc.

satisfacción de necesidades públicas, el interés
de los funcionarios públicos y particulares
en desviar el objeto de la contratación, de
lo público a lo privado, termina afectando al
Estado en diversas dimensiones, en la medida
que la mayoría de contratos que el Estado
celebra con particulares se ha convertido en
el espacio perfecto para desviar los fondos
públicos pero sobre todo para favorecer de
forma desmedida los intereses privados por
encima de los estatales. A partir de ello, el
El acaecimiento de estos casos tiene en Estado ha establecido medidas de prevención
su mayoría las malas prácticas o prácticas de este fenómeno que van de la mano con las
ilícitas en compras públicas, concertación de recomendaciones realizadas por la OCSE.
montos, privilegios en el mercado, compras
a precios elevados o aparentes, ya que como Sin embargo; el Plan Nacional de Lucha contra
sabemos es el Estado el mayor comprador. Por la corrupción junto con la Confederación
su parte la Organización para la Cooperación Nacional de Instituciones Empresariales
y el Desarrollo Económico (OCDE) y Privadas (CONFIEP), dan cuenta que aun con
Transparencia Internacional, organizaciones la implementación de medidas administrativas,
han reparado respecto a los efectos nocivos de estas resultan insuficientes, por lo que deben
la corrupción en el ciclo de la contratación, aplicarse mecanismos eficaces contra estas
que abarcan el ámbito económico, político y prácticas de corrupción.
social.
En nuestro ordenamiento jurídico se encuentra
En mayo del presente año el diario peruano regulado el delito de colusión, sin embargo
“Gestión” publica el informe emitido por dadas las características del tipo penal, resulta
la Defensoría del Pueblo respecto al índice dificultoso probar el fraude, la concertación
de corrupción por cada departamento al ilícita
u
oculta,
haciendo
imposible
31/12/2016; en el que el departamento de La individualizar al autor del delito, generando
Libertad reporta 1,348 casos de corrupción así impunidad y perjuicio al patrimonio del
de funcionarios; ésta realidad criminológica Estado, a ello se suma que este tipo penal se
en la que trasciende la inclinación de caracteriza por ser un delito de cuello blanco,
los funcionarios para atentar contra el en la medida que el autor es un profesional
patrimonio del Estado resulta más que grave o técnico especializado y conocedor de la
y vergonzosa.
administración pública lo que significa que
está en sus manos la posibilidad de no dejar
Indudablemente, siendo la contratación estatal huellas o evidencias de la comisión del delito,
el instrumento a través del cual se viabiliza la en consecuencia la prueba indiciaria se aprecia
Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

como la forma eficaz de acreditar la comisión
de delitos de corrupción; sin embargo se puede
advertir de la carga procesal en el Distrito Fiscal
de La Libertad al año 2016, de 80 denuncias
por el delito de colusión solo 20 de ellas son
formalizadas ante el juez penal y en la peor
de las situaciones se da el archivamiento de
más del 60% de las denuncias por razones de
insuficiencia probatoria.

127
pública en la contratación estatal alcanzan
sumas altamente elevadas demostrándonos el
crudo escenario criminológico respecto a la
propensión de los funcionarios para afectar el
patrimonio del Estado mediante acuerdos con
los proveedores de bienes del Estado.

El delito de colusión recibe en legislaciones
diferentes
denominaciones
como
“negociaciones incompatibles”, “fraude a la
Uno de los principales problemas resulta ser, administración pública”, “celebración indebida
la práctica legislativa en respecto a corrupción de contratos” o “fraude contra el Estado”,
de funcionarios, concretamente en lo que a teniendo como antecedente más reciente a lo
prueba indiciaria respecta, pese a ser un método regulado por el artículo 344° de nuestro Código
elemental para determinar la responsabilidad Penal de 1924.
penal, teniendo poca o mala funcionalidad
dentro del sistema jurídico nacional debiendo Si bien no toda colusión entre el funcionario
ser utilizada en los requerimientos acusatorios y el interesado puede considerarse como
por el delito de colusión así como al determinar ilegal, en la medida que es importante
hacer prevalecer el principio racionalizador
la autoría del agente en una sentencia.
del sistema penal como es el principio de
subsidiariedad, teniendo al derecho penal
2. PRECISIONES SOBRE LA COLUSIÓN
como última ratio, el tipo penal requiere que el
funcionario público concerte con el particular
2.1 Ejercer Aspectos Generales.
En junio del año 2016, la Cuarta Sala Penal – proveedor condiciones menos beneficiosas
Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de para el Estado en el marco de la celebración
Lima condenó a Alex Kouri Bumachar como o ejecución del contrato ya sea de bienes,
autor del delito de colusión agravada contra servicios o de obra, no existiendo una correcta
el Estado. Igualmente en setiembre del mismo labor de negociación.
año la Sala Penal Liquidadora Permanente
de la Corte Superior de Áncash condenó al Dicha determinación por parte del funcionario
gobernador regional de Áncash, Waldo Ríos ya sea con personas naturales o jurídicas
Salcedo, ambos condenados a cinco años de proveedoras de bienes y servicios para el Estado,
pena privativa de libertad efectiva, así muchos puede abarcar un extenso margen de acuerdos
funcionarios públicos no solo están siendo ilícitos, compromisos en perjuicio evidente de
procesados, sino que son condenados a prisión los intereses estatales en juego, ya sea el caso
efectiva por la comisión de estos delitos. Siendo a través de: precios simulados, sobrevaluados o
de pleno conocimiento público que los fraudes aceptar una calidad inferior a la que se solicita
por parte de funcionarios de la administración del producto.
Juan Alberto Castañeda Méndez

�128

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

2.2 Antecedentes Legislativos.
2.2.1 Código Penal de 1863
Diversos autores afirman que el antecedente
normativo del tipo penal bajo análisis se
encuentra en el Código Penal de 1924. Sin
embargo, el referente más lejano de este delito
lo encontramos en el Código Penal de 1863, el
mismo que de acuerdo al profesor Villavicencio
Terreros (2014), estuvo influenciado por
el Código Penal español de 1850, Código
brasileño de 1830, Código francés de 1810 y
Código napolitano de 1819.

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recursos de los contribuyente sino sus propios
recursos.

Posteriormente la Ley Nº 29703 en su artículo
1° nuevamente modificó el delito de colusión
convirtiéndolo en un delito de resultado,
peculiaridad que generó disconformidad por lo
que en JUL2011, se publica la Ley Nº 29758
modificando en su artículo Único el artículo
384°, desdoblando al delito de colusión en dos
supuestos colusión simple y colusión agravada.
Finalmente, mediante Ley Nº 30111 de
NOV2013, se realizó la última modificatoria al
Al respecto, la autora Iñesta Pastor (2005) artículo 384º del Código Penal, que le adiciona
refiere que el legislador peruano optó el modelo al tipo penal la pena de multa.
español, regulándose con gran detalle los
delitos cometidos por los empleados públicos 2.3 Definición.
como es el caso del tipo penal de los fraudes y Artículo 384°. Colusión simple y agravada.
exacciones que eran delitos funcionariales con (Código Penal)
influencia española.
“El funcionario o servidor público que,
interviniendo directa o indirectamente, por
De acuerdo al profesor Rojas Vargas, el legislador
razón de su cargo, en cualquier etapa de las
peruano redacto el delito de colusión previsto en
modalidades de adquisición o contratación
el artículo 384° del Código penal, teniendo como
pública de bienes, obras o servicios,
antecedente el artículo 400 del Código Penal
concesiones o cualquier operación a cargo
Español, a diferencia que el texto español de
del Estado concierta con los interesados para
1850 en su artículo 323°, establecía que la pena
defraudar al Estado o entidad u organismo
era el “presidio correccional e inhabilitación
del Estado, según ley, será reprimido con
perpetua especial”, distinto a lo establecido por
pena privativa de libertad no menor de tres
nuestro antiguo Código Penal.
ni mayor de seis años y con ciento ochenta a
trescientos sesenta y cinco días-multa.
En DIC1996 se publica la Ley Nº 26713 cuyo
artículo 2° modifica el delito de colusión en
El funcionario o servidor público que,
cuanto a la sanción del funcionario o servidor
interviniendo directa o indirectamente, por
que defraudaba al Estado, excluyendo además
razón de su cargo, en las contrataciones y
como sujetos agraviados particularmente a las
adquisiciones de bienes, obras o servicios,
empresas del Estado, sociedades de economía
concesiones o cualquier operación a cargo
mixta u órgano sostenidos por el Estado,
del Estado mediante concertación con los
teniendo en cuenta que no solo producían
interesados, defraudare patrimonialmente
Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

129

al Estado o entidad u organismo del Estado,
según ley, será reprimido con pena privativa
de libertad no menor de seis ni mayor de
quince años y con trescientos sesenta y cinco
a setecientos treinta días-multa.” (Código
Penal Peruano, 1991, p.224).

que buscan un fin ilícito con perjuicio de un
tercero, que necesariamente va a ser el Estado.
La primacía de los intereses particulares ante
los del Estado por parte del funcionario Resulta
manifiesta una modalidad dolosa del tipo penal,
más aun si se tiene en cuenta lo regulado por
el segundo párrafo del artículo 12° del Código
El término concertación que utiliza nuestra Penal respecto al agente de infracción culposa.
legislación, abarca el origen causante del riesgo La consecuencia de la comisión del delito de
y la única conducta incriminada al funcionario colusión trasciende el aspecto económico,
al ocasionar un perjuicio patrimonial; es decir político y los derechos fundamentales de
que si el perjuicio a los intereses del Estado la persona, en la medida que disminuye el
tiene su origen en otras causas que no es presupuesto público, genera
perdida de
dicha concertación podríamos estar ante la legitimidad de la autoridad pública e impide
comisión de otro delito o ante una infracción la igualdad de acceso a servicios públicos
administrativa grave, pero no ante el delito de respectivamente.
colusión.
Como ya se ha manifestado, por razones
Dicha concertación no requiere de determinadas político - criminales, el legislador separó el tipo
formalidades, pero si el acto defraudatorio y penal de colusión en dos supuestos:
el acuerdo colusorio deben darse antes de la
culminación del contrato, ya sea en la fase de a) Colusión Simple.
tramitación, celebración y ejecución del mismo,
“El funcionario o servidor público que,
por lo que una vez concluido éste proceso, ya
interviniendo directa o indirectamente, por
sea por la entrega de la obra o porque ya ha
razón de su cargo, en cualquier etapa de las
terminado la correspondiente liquidación o
modalidades de adquisición o contratación
ajuste, el delito no podrá ser cometido.
pública de bienes, obras o servicios,
concesiones o cualquier operación a cargo
Este tipo penal requiere la acreditación de
del Estado concerta con los interesados para
la concertación ese “encuentro”; entre el
defraudar al Estado o entidad u organismo
funcionario público y el particular, cuyo
del Estado, según ley, será reprimido con
objetivo debe ser defraudar al Estado en un
pena privativa de libertad no menor de tres ni
procedimiento de contratación estatal. Por tanto
mayor de seis años”. (Código Penal Peruano,
al existir un acuerdo de voluntades, la colusión
1991, p.224).
constituye un delito de participación necesaria
en el que resulta imprescindible la intervención En el delito de colusión simple el acto de
de ambas partes. Es decir; podemos colegir concertación como fraude al Estado es visto
que la colusión en el tipo penal viene a ser ese en sentido amplio, la doctrina le considera
acuerdo clandestino entre dos o más agentes un delito de peligro ya que no se requiere la
Juan Alberto Castañeda Méndez

�130

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

existencia del daño al patrimonio del Estado, ni
la materialización de alguna ventaja ilícita por
parte del particular para con el funcionario o
servidor público, en la medida que se sanciona
el acto de quebrantar esa función especial
asumido por el funcionario público, aquella
conducta que vulnera el principio de confianza
depositado en él, contrario a los intereses
patrimoniales del Estado (Rojas V, 2002, p. 281).
b) Colusión Agravada.
“El funcionario o servidor público que,
interviniendo directa o indirectamente, por
razón de su cargo, en las contrataciones y
adquisiciones de bienes, obras o servicios,
concesiones o cualquier operación a cargo
del Estado mediante concertación con los
interesados, defraudare patrimonialmente
al Estado o entidad u organismo del Estado,
según ley, será reprimido con pena privativa
de libertad no menor de seis ni mayor de
quince años”. (Código Penal Peruano, 1991,
p.224).
La colusión agravada establece el término
“perjudicare” exigiendo la materialización del
perjuicio patrimonial y real al Estado, superando
la presunción regulada en delito de colusión
simple con el término “defraudar”. (Rojas V,
2002, p. 282).
La jurisprudencia a determinado que la
relevancia del provecho patrimonial del agente,
debe ser tomado en cuenta para individualizar
la pena, mas no para la tipicidad.
2.4 El Bien Jurídico Protegido.
Como ya se ha mencionado éste tipo penal en
general ha sufrido diversas modificaciones en

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su regulación por lo que la doctrina ha señalado
diversos puntos de vista respecto a cuál es el
bien jurídico protegido en esta figura delictiva,
así se tiene lo siguiente:
• Los principios de la actuación administrativa:
afirma Rojas Vargas F, que se busca cautelar la
regularidad y el correcto funcionamiento al
ejercer función de negociación, al igual que
el patrimonio del Estado, postura sustentada
también por el Tribunal Constitucional.
• El correcto funcionamiento de la actividad
contractual del Estado: conforme lo
ha establecido el Ministerio Publico el
delito cautela la vulneración al correcto
funcionamiento del sistema de contratación
pública a través de la concertación ilegal.
(Prof. Sansineti).
• El deber de lealtad: configurándose el delito
cuando el funcionario infringe su deber de
lealtad al desempeñar una concreta función
estatal.
• La integridad y rectitud del funcionario:
parte de la doctrina sustenta que se busca
primar la protección del aspecto moral de la
conducta más que el perjuicio patrimonial.
• La libre competencia de los proveedores:
considerado como bien jurídico al ubicar al
mermado en desventaja cuando el contrato
estatal es obtenido por un interesado que ya
ha concertado previamente e ilegalmente
con el funcionario favoreciéndole con
beneficios. (Abanto, 2006, p. 35)
• El patrimonio del Estado: el tipo penal
busca proteger al patrimonio estatal siendo
relevantes en el ámbito del injusto penal
dichas concertaciones que transgreden
el carácter patrimonial de los contratos
administrativos; sin embargo para Castillo

Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

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131

Alva, es necesario además de cautelar los nombre del Estado en un negocio jurídico de
gastos en los negocios de bienes y servicios, contenido económico.
proteger aquellos ingresos que aumentan o
compensan de cierta forma el gasto público. 2.5 Sujetos del tipo penal de colusión
Las dos modalidades del tipo penal nos enmarca
Para la doctrina nacional el bien jurídico en un delito personalísimo de infracción de
protegido está definido como “el correcto y deber (delito especial propio), exigiéndose que
regular funcionamiento de la administración el sujeto activo, además de tener la condición
pública, el debido ejercicio de la función especial requerida por el tipo penal, de ser
pública”, tendiendo a la administración funcionario o servidor público, tiene que
pública como el desenvolvimiento de los ostentar la facultad funcional de participar
funcionarios y servidores públicos para que en cualquier etapa de las modalidades de
un Estado Constitucional, Social, Democrático adquisición o contratación pública de bienes,
y de Derecho cumpla con su rol de prestar y obras o servicios, concesiones o cualquier
administrar los servicios públicos. Por tanto; operación en representación del Estado.
desde este punto de vista, no se protege a la
administración pública en sí, en tanto órganos o Consecuentemente, solo pueden ser autores del
instituciones sino a la administración en sentido delito de colusión aquellas personas que tienen
funcional, en tanto su función se orienta a hacer la condición señalada en el párrafo anterior,
realidad los fines del Estado constitucionalmente recalcando que es importante que dentro
establecidos. (MONTOYA, 2013, p 96).
de sus facultades les corresponda participar
en cualquiera de las etapas del proceso de
Reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema adquisición o contratación de bienes, obras o
manifiesta que los bienes jurídicos tutelados servicios en representación del Estado, ya sea
en el delito de colusión son el actuar del supervisando las adquisiciones o contrataciones
funcionario conforme al deber que importa su a fin de que se desarrollen en su curso
cargo asegurando la buena imagen institucional. normal y con transparencia. Concretamente,
Finalmente podemos concluir que el delito de debe corroborarse la relación funcional del
colusión supone una vulneración por parte funcionario público con el objeto material del
de los funcionarios o servidores públicos que delito, de no verificarse dicha vinculación, el
intervienen en el negocio estatal, ya sea por delito no se configura.
razón de su cargo o por delegación especial,
de sus deberes inherentes al cargo o encargo La Jurisprudencia Nacional, tiene al organismo
confiado, valiéndose de las atribuciones que público como sujeto pasivo del delito, en tanto
se les confiere, para sustituir ilícitamente los éste tenga “autonomía jurídica”, como los
intereses y pretensiones estatales, priorizando Gobiernos Regionales, las Municipalidades,
sus pretensiones e intereses particulares, las entidades públicas de economía mixta o las
manifestándose un peculiar abuso de poder del aquellas que ostenten personería jurídica.
sujeto activo que interviene por cuenta y en
Juan Alberto Castañeda Méndez

�132

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Como lo menciona Salinas Siccha, en cuanto
al sujeto pasivo debe dejarse claro que el
operador jurídico asume que el delito de
colusión perjudica a la entidad u organismo
estatal, de manera que se excluye al Estado.
Para entender mejor este aspecto es importante
citar la Ejecutoria Suprema del MAR2005:
“tratándose de delitos contra la administración
pública el sujeto pasivo resulta ser únicamente
las instituciones que representan al Estado y
que a su vez son perjudicadas con la comisión
del delito”. (Sentencia de Corte Suprema de
Justicia - Sala Penal Permanente, 2005, p. 12)
(Expediente: 003017-2004)

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Para MIXÁN MASS (2005), el término prueba
tiene una definición polisémica, ya sea que se
usa para referirse a una argumentación correcta
afirmando la verdad o falsedad obtenida sobre
el objeto de un hecho, o bien se utiliza para
revelar algún dato o signo cuya elucidación
conlleve a determinar la verdad o credibilidad
sobre aquello que ese dato indica.

En sentido amplio, prueba es lo que confirma
o desvirtúa una suposición o aseveración
precedente, ello define a la prueba como todo
lo que es útil para el develamiento de la verdad
de los hechos que en aquel son investigados y
respecto de los cuales se pretende actuar la ley
Finalmente debemos precisar que resulta sustantiva dentro del proceso penal. (Cafferata,
importante la interpretación que se realice 1998) (Rosas, 2011, p.87).
respecto al sujeto pasivo debiendo hacer
una interpretación amplia teniendo en 3.2 Principios generales de la prueba.
cuenta que el Estado cuenta con diversos Nuestro Código Procesal Penal del 2004
organismos constitucionales autónomos y/o consagra un sistema procesal en el que la
de derecho público (universidades, sociedad prueba aportada debe ser oralizada, en
de beneficencia pública, Essalud, Ministerio consecuencia, dichos medios de prueba deben
Publico, Poder Judicial, etc.) quienes convienen regirse bajo los lineamientos orientadores del
contratos y numerosas negociaciones que debate adversarial inspirados en los siguientes
comprometen directamente el presupuesto principios:
estatal el cual puede verse perjudicado.
a) P. de gratuidad de la justicia penal.
b) P. de concentración.
3. LA PRUEBA EN EL PROCESO PENAL
c) P. de contradicción.
PERUANO
d) P. de inmediación.
e) P. de la doble instancia o pluralidad de
3.1 Definición de la Prueba Penal.
instancia.
El sentido etimológico de la palabra prueba
f) P. de presunción de inocencia.
para SENTIS MELENDO, citado por MANUEL
g) P. de legitimidad de la prueba.
MIRANDA ESTRAMPES, manifiesta que prueba
h) P. de derecho de defensa.
deriva del término latín probatio, probationes,
i) P. de libertad probatoria.
que procede del vocablo probus, que significa
j) Derecho a guardar silencio y a la no
bueno; entendiendo que lo probado es bueno
autoincriminación.
y se ajusta a la realidad.
k) Principio de oralidad.
Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

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l)

133

P. de incautación de la prueba.

TOMÉ (1995), señala que nuestro Código
Procesal Penal se orientan en la libre valoración
3.3 Clasificación de la prueba.
de la prueba, lo que no implica discrecionalidad
El Código Procesal Penal admite la siguiente o arbitrariedad, sino que dicha valoración será
clasificación.
conforme a las reglas del criterio racional,
• Prueba directa e indirecta.
las normas de la lógica, de las máximas de la
• Prueba ilícita o prohibida.
experiencia común o de las especializadas que
• Prueba nominada e innominada
proporcionan los peritos”. (Molina, 2014, p.
• Prueba de cargo y descargo.
38).
• Prueba histórica.
• Prueba plena.
CAFFERATA NORES establece los siguientes
sistemas de valoración de la prueba: libre
3.4 Elementos de la Prueba.
convicción, prueba legal e íntima convicción.
Elemento es todo antecedente objetivo que se Respecto a la valoración de la prueba nuestro
introduce al proceso conforme a ley, con el Código Procesal Penal (art. 158°), establece
fin de conseguir un juicio innegable o factible que se deben observar las reglas de la lógica,
acerca de hechos que se imputan al supuesto la ciencia y las máximas de la experiencia,
autor, elementos que deben resaltar los sustentando los resultados alcanzados y los
siguientes caracteres:
criterios que fueron adoptados.
• Objetividad.
• Legalidad.
4. LA PRUEBA INDICIARIA
• Relevancia.
• Pertinencia.
4.1 Aspectos Generales.
La palabra indicio tiene su origen en el vocablo
3.5 Valoración de la prueba.
“indicium”, del verbo induco, compuesto de
La prueba es el medio más confiable para la proposición in, y del verbo duco, “ducere”,
descubrir la verdad real, y a la vez, la que significa conducirla, llevarla. Para algunos
mayor garantía contra la arbitrariedad de las autores la palabra indicio procede de indicare,
decisiones judiciales, su valoración consiste en que significa indicar, descubrir, dar a entender,
la operación intelectual que busca determinar revelar. Mittermaier, Jiménez de Asenjo y Brito
la verdad de los elementos de prueba recibidos. Alves, entienden que el origen se une a la
palabra index, que expresaba el dedo indicador,
“La valoración de la prueba es el acto el objetivo o el hecho que se indica. (Hurtado,
procesal mediante el cual se determina 2004) (Rosas, 2004, p. 289 – 290).
cualitativamente el significado de los medios
de prueba y su poder de presunción racional Históricamente en el proceso penal, la prueba
para resolver correctamente el caso”. (Mixan indiciaria ha desarrollado progresivamente una
Mass, 1995, p. 216) (Rosas, 2011, p.100).
importancia destacada concretándose con la
abolición del tormento que era empleado para
Juan Alberto Castañeda Méndez

�134

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

arrancar la confesión que era considerara la
reina de las pruebas. Así su importancia ha ido
creciendo cada vez más, tanto en la doctrina
como en la legislación, más si a ello consideramos
el desarrollo científico y tecnológico. Por tanto
los indicios adquieren mayor credibilidad, y las
pruebas antes estimadas empiezan a generar
desconfianza como la testimonial.

San Martín Castro, nos aproxima al concepto
de prueba indiciaria definiéndola como
aquella cuyo objetivo es evidenciar los hechos
(indicios) que no constituyen el delito en si
objeto de la acusación, pero que, mediante la
lógica y las reglas de la experiencia, infieren
hechos delictivos y contribuyen a determinar
la responsabilidad penal del acusado; dicha
motivación debe sustentar la existencia del
La epistemología de la Prueba Indiciaria, nexo causal plasmando la coherencia entre
es la contrastación entre teoría y realidad, los hechos probados y el que se trate de
examinando para ello las circunstancias probar.
positivas y negativas; detallando los aspectos
predictivos de las unidades de análisis. Por lo Mixán Mass (1995), califica a la prueba
que es importante la valoración epistemológica indiciaria como aquella acción probatoria de
ya que nos permite una constante revisión de naturaleza compleja, cuyo origen es un hecho
los diferentes conceptos penales y procesales corroborado, y que concluye con un argumento
para la transformación de la realidad social probatorio mediante una inferencia correcta.
acorde con el sistema jurídico, indicando una (p. 37).
correspondencia de integración y seguridad
para el Estado en sus múltiples manifestaciones. La prueba indiciara es aquella actividad
(Trinidad, 2001, p. 19).
intelectual de inferencia realizada por el
juzgador, una vez finalizado el periodo de
4.2 Definición de Prueba Indiciaria.
práctica de pruebas, se parte de una afirmación
El problema de la prueba constituye el centro base, a través de un conjunto de indicios, para
de la ciencia jurídica penal, tanto en el ámbito llegar a la afirmación consecuencia, llamada
teórico como práctico, la complejidad abarca no hipótesis probada, a través de un enlace causal
solo la prueba propiamente dicha, sino también y lógico existente entre ambas afirmaciones,
los indicios. A la primera se le denomina prueba integrado por las máxima de experiencia y las
directa y a la segunda indirecta o indiciaria
reglas de la lógica.
En el Derecho Romano el indicio era el
resultado, es decir, la teoría de la prueba Mediante la prueba indiciaria el objetivo es
indiciaria es fruto de una elaboración doctrinal establecer un raciocinio fundado que vinculado
y jurisprudencial, que tiene sus raíces en el a la existencia de indicios o hechos base,
Derecho Romano Justiniano y la etimología de concluyan en el convencimiento de la verdad
la palabra indicio es análoga a la inducción, en del hecho consecuencia de manera que sea
lugar de referirse a la idea, se hace referencia a factible ser plasmada en la sentencia.
la proposición material, sustituyendo al “inde
duco” y el “indedico”.
Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

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135

4.3 Elementos estructurales de la prueba
que se refuercen entre sí y no excluyan el
indiciaria.
hecho consecuencia. (Molina, 2014, p. 56).
La estructura de la prueba indiciaria está es
el indicio como hecho o afirmación base y la El Indicio como hecho indicador, entendido
presunción:
como aquel hecho que se relaciona directamente
al hecho punible con el autor del delito y que
a) El Indicio.llega a ser probado en el proceso. (Trinidad;
SAN MARTÍN CASTRO (2001) señala que el Guevara, 2001, p. 64).
indicio es todo hechos cierto y probado (hecho
indicador).
El indicio como relación de causalidad:
Francisco Gorphé, se inclina a esta segunda
El indicio es un antecedente real, delimitado corriente afirmando que el indicio reside
con características determinantes que conllevan esencialmente en la deducción entre el dato
a otro dato aún no descubierto, a través de conocido y el dato sometido a prueba. (Trinidad;
una inferencia correcta vinculada con el Guevara, 2001, p. 65).
thema probandum, debe carecer de cualquier
elemento irracional y ser por el contrario Gustavo Rodríguez, hace tres definiciones:
netamente objetivo vinculándose a las regla
a. El Indicio es el hecho indiciario. Aquel
de experiencia, de la ciencia, o, incluso, del
hecho indicador del delito.
sentido común, la inferencia, a través de la
lógica, de un hecho consecuencia o hecho
b. El Indicio es la inferencia lógica, aquella
oculto, al que se refiere la actividad probatoria.
operación mental a cargo del juez, que
(Molina, 2014, p. 55).
contiene la relación de causalidad existente
entre el hecho conocido y demostrado, y el
La jurisprudencia peruana ha declarado el
hecho desconocido que esta por probarse.
carácter vinculante de los siguientes requisitos
con respecto a los indicios.
c. El Indicio es todo el proceso, en la
medida que comprende a los tres elementos:
• El hecho base debe estar plenamente
el hecho indicador, el hecho desconocido, y
probado, excluyendo toda sospecha sin
la inferencia lógica o relación de causalidad
sustento alguno. Dicho hecho debe quedar
entre ellos. (Trinidad; Guevara, 2001, p. 65 acreditado mediante una prueba directa.
66).
• Deben ser plurales o excepcionalmente
únicos peculiarmente objetivos.
b) La Inferencia.
• Ser concomitantes al hecho que se pretende Es aquella conclusión de un hecho reconstruido
acreditar, y ser periféricos respecto al dato obtenido del indicio con el fin de acreditar
cierto que se va a probar.
hechos diferentes, resultado del razonamiento
• Cuando se trate de varios indicios deben realizado en base a la premisa mayor (la ley
encontrarse interrelacionados, de manera basada en la experiencia, en la ciencia o en el
Juan Alberto Castañeda Méndez

�136

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

sentido común) apoyada en la premisa menor.
(Martínez, 1993) (Molina, 2014, p.56).
La inferencia es el resultado de la deducción
que se hace, sobre la base de las reglas de la
experiencia, técnicas o científicas, del hecho
conocido, y la inferencia de la existencia
o inexistencia de otro hecho al cual se
determinará. (Talavera, 2009) (San Martín,
2000, p.84)
Los elementos integrantes de la estructura de
la prueba indiciaria que le permiten tener una
entidad sustancial, son los siguientes: (Miranda,
2012) (Molina, 2014, p. 58).
1) Afirmación Base (AB): puede estar
integrada por uno o varios indicios
equivalentes a datos acreditados, ya sean
contingentes, aquellos que se originan por
muchas causas o son causa de muchos
efectos, o necesarios aquellos que conducen
obligatoriamente al hecho que se desconoce.
2) Afirmación Consecuencia (AC): resulta
de la afirmación base, caracterizándose por
incorporar un dato nuevo, para formar parte
del hecho real sustentado en la sentencia, en
cuanto sea notable.
3) Enlace entre Afirmaciones (E).- Es el nexo
que permite pasar de la afirmación base
(AB) a la afirmación consecuencia (AC),
relación directa sometida a las máximas
de la experiencia, reglas de lógica y/o los
conocimientos científicos. Dicho nexo dota
de carácter probatorio al indicio; por tanto no
estamos ante una presunción judicial, sino
ante un elemento integrante de ella, dado
que la presunción judicial es consecuencia
del raciocinio judicial. (Miranda, 2012)
(Molina, 2014, p. 59).

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El Código Procesal Penal vigente, (artículo
158.3.b); prescribe que la inferencia debe
basarse en las reglas de la lógica, la ciencia o la
experiencia. Así, La Corte Suprema a través del
Acuerdo Plenario No 1-2006-ESV-22 del 1310-2006, en su cuarto fundamento prescribe
algunos criterios de valoración de la prueba
por indicios: “a) Que, el hecho base ha de estar
plenamente probado, por los diversos medios
de prueba que autoriza la ley; b) Deben ser
plurales o excepcionalmente únicos, pero de
singular fuerza acreditativa; c) También deben
ser concomitantes con el hecho de que se trata
de probar; y, d) Deben estar interrelacionados,
cuando sean varios, de modo que se refuercen
entre sí y que no excluyan el hecho consecuencia
–no solo se trata de suministrar indicios, sino
que éstos estén imbricados entre sí”. [R.N. N°
1912-2005-Piura del 06-09-2005]. (Molina,
2014, p. 59).
Entendiendo que nuestro ordenamiento jurídico
acoge la estructura elaborada propuesta
por Estrampes, debido a su funcionalidad,
debiéndose acreditar los indicios antecedentes,
concomitantes y subsiguientes en la medida
que sean oportunos.
4.4 El indicio y su clasificación.
a. El indicio necesario: es aquel hecho
deducido que se tiene como hecho probado
propiamente y no como hecho causante,
fundándose en las leyes científicas inalterables,
donde cada efecto corresponde a una causa
específica, este tipo de indicios corroboran
por si mismos la verdad del hecho indicado
al que conllevan, encontrándose exentos del
requisito de la pluralidad. (Martínez, 2002, p.
334) (Molina, 2014, p. 52).

Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

137

b. El indicio contingente: (MIXÁN, 1994) es aislándolo de la inferencia de la cual el juzgador
aquel que conlleva a deducir varios hechos, obtiene un resultado y que constituye su
debiendo ser como mínimo dos. (p. 114)
carácter probatorio. (De Santo, 1992) (Molina,
2014, p. 46).
La doctrina establece que el número de
los indicios es ilimitado y que ninguna Parte de la doctrina ubica a la prueba indiciaria
clasificación puede abarcar totalmente dada como medio de prueba, ya que compone
su naturaleza, varios tratadistas hacen la un hecho que a través de la inferencia se
clasificación atendiendo al mérito probatorio, concluye con la determinación de otro hecho
a la relación que guarden dentro del tiempo desconocido. En la medida que ingresa al
o al reconocimiento de los distintos medios conglomerado probatorio a raíz de otros
probatorios.
medios de prueba, que hacen posible cumplir
el objeto que como medio de prueba ostenta.
La clasificación, hecha por el tratadista (Rivera Morales, 2009, p. 365). De manera que
Mittermaier, en su obra Tratado de la Prueba en el indicio como verdadero medio de prueba,
Materia Criminal
es aquel suceso verificado que permite inducir
1) Atendiendo su extensión: en indicios otro suceso no conocido, a través de una
generales y particulares;
demonstración obtenida a través de él, mediante
2) Atendiendo su fuerza probatoria: un ejercicio lógico basado en la regla general
indicios manifiestos, próximos y remotos;
de la experiencia o en principios científicos o
3) Desde el punto de vista cronológico: en técnicos, bajo ese criterio, es posible diferenciar
antecedentes, concomitantes y subsiguientes; la presunción judicial y el indicio, pues el
4) Atendiendo
las
circunstancias ultimo es un medio de prueba, mientras que la
probatorias: indicios de delito en potencia, presunción se considera un principio lógico,
indicios referentes;
basado en las máximas de la experiencia o en
5) Desde el punto de vista de la sustancia conocimiento técnicos y científicos que utiliza
probatoria: indicios causales y de efecto.
el juez para decretar el valor probatorio del
indicio. En consecuencia podemos afirmar que
4.5 Naturaleza jurídica de la Prueba
el indicio es la prueba en sí y la presunción es
Indiciaria.
la consecuencia del conocimiento utilizado
En cuanto a la naturaleza jurídica de la prueba que sustenta dicha valoración. (Devis, 2002, p.
indiciaria es aún vigente el debate entre 587-589).
quienes afirman que es un medio de prueba
propiamente dicho y quienes le niegan dicha La prueba indiciaria es una institución probatoria
característica.
al igual que la prueba de presunción judicial
donde el indicio vendría a ser un elemento de
Los indicios conforman medios de prueba esa compleja estructura. Concluyendo que tanto
indirectos, y el no conferirles tal naturaleza la presunción judicial y la prueba indiciaria son
radica en considerar el hecho en sí mismo esa actividad intelectual del juzgador, dirigida
Juan Alberto Castañeda Méndez

�138

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por las reglas de la lógica y de la experiencia, debidamente acreditado; así la doctrina asienta
cuyo sustento es una afirmación base o indicio a que el indicio debe estar acreditado inclusive
que debe estar totalmente acreditado. (Miranda, mediante prueba mediata.
1997) (Molina, 2014, p. 47).
Debiendo precisar que en nuestro ordenamiento
Otra parte de la doctrina define a la prueba jurídico no se regula todo cuanto respecta
indiciaria, como un método probatorio visto a la prueba indiciaria por lo que deberían
como un proceso que le corresponde al establecerse criterios que determinen el
juzgador, aquel proceso intelectual para inferir procedimiento de su aplicación en el proceso
algo, basándose en el uso de reglas o máximas penal.
de la experiencia y de la lógica, partiendo de
las propuestas ciertas ingresadas y acreditadas 4.7 La Prueba Indiciaria y el Principio de
en el juzgamiento, para confirmar nuevas Presunción de Inocencia.
afirmaciones respecto al hecho objeto de Si bien los hechos objeto de prueba pueden
prueba. (Gascon, 1999, p. 152) (Molina, 2014, ser acreditados por cualquier medio de prueba
p. 49).
permitido por Ley, en algunos casos se pueden
utilizar medios distintos, siempre que éstos no
4.6 Legislación de la Prueba Indiciaria.
vulneren los derechos y garantías procesales
Código Procesal Penal.
reconocidas en la Ley de los sujetos procesales,
Artículo 158°.- Valoración de la prueba.
su incorporación al proceso se adecuará al
3. La prueba por indicios requiere:
medio de prueba más equivalente, de los
a) Que el indicio esté probado;
previstos. (Art. 157° NCPP).
b) Que la inferencia esté basada en las reglas
de la lógica, la ciencia o la experiencia.
Como bien sabemos la carga de la prueba recae
c) Que cuando se trate de indicios sobre quien acusa, en este caso el Representante
contingentes,
éstos
sean
plurales, del Ministerio Público, conforme al debido
concordantes y convergentes, así como que proceso, en ese contexto la presunción de
no se presenten contraindicios consistentes. inocencia prevalece sobre la prueba indiciaria,
(Código Procesal Penal, 2004, p. 103)
toda vez que se ubica dentro de los derechos
fundamentales de toda persona y es innata, a
Del artículo precedente se determina que diferencia del indicio, o la presunción e incluso
la prueba por indicios está conformada por todo el ámbito de la prueba indiciaria necesita
dos elementos: el indicio y la inferencia. ser contrastado y verificado para ser plasmado
El primero conformado por todo hecho o de acuerdo a los requisitos que la norma
conducta que viene a ser distinto a los hechos procesal regula a fin de otorgarle validez legal
materia de prueba; sin embargo, de alguna de prueba.
manera se vincula con la ámbito de este,
siendo determinante en lo que es materia de la Joan Pico I. Junoy, sobre este aspecto dice: “el
actividad probatoria. Y el segundo, debe estar derecho a la presunción de inocencia solo puede
Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

ser desvirtuado cuando el juicio de culpabilidad
se apoya en pruebas legalmente practicadas
(...), bajo los principios de contradicción,
igualdad, publicidad, oralidad e inmediación”
(Rodríguez, 2000) (Pérez, 2007, p. 50).
Fundamentar un indicio en base a la regla de
la experiencia admite ejercer el derecho de
contradicción, a fin de no vulnerar el derecho a
la presunción de inocencia con quien también
se encuentra vinculado dicho principio. De
igual forma puede suceder con la prueba
indiciaria.
Es importante señalar que el principio de
presunción de inocencia es sucesivo al principio
de culpabilidad, tratándose de una presunción
iuris tantum, ello significa que dicho principio
se quebranta en la medida que la prueba
legal incorporada al proceso aun cuando se
trate de una prueba indiciaria convenza de lo
contrario. De esta forma importa un límite al
razonamiento del juzgador, de manera que a
falta de elementos probatorios evidentes de la
responsabilidad del acusado, se remitirá a la
inocencia del mismo. (Pérez, 2007, p. 54).
Por su parte, Quispe Farfán manifiesta que la
doctrina mayoritaria sostiene que es necesario
que la prueba indiciaria quebrante la esfera de
la presunción de inocencia, para ello se necesita
que los indicios se encuentren debidamente
corroborados y que el órgano judicial exponga
en sus resoluciones el razonamiento por el cual
ha podido concluir de que el acusado realizó la
conducta tipificada como delito.

139
4.8 El Valor Probatorio de la Prueba
Indiciaria.
El proceso de valoración de la prueba consiste
en un procedimiento particularmente racional
y necesario. En cuanto a la valoración de
la prueba indiciaria la doctrina separa dos
posturas: autores como Pisan, Siracusa,
Florián le otorgan a la prueba indiciaria un
valor subsidiario, sin embargo; otros afirman
que éstos complementan a la prueba directa.
Debemos entender que esta parte de la doctrina
le da un valor probatorio relativo en la medida
que es una prueba sujeta cierta graduación,
por ser indirecta. La otra parte de la doctrina le
otorga a la prueba indiciaria el mismo valor que
se le otorgan a las otras pruebas, autores como
Lucchini, Manzini, Mittermaier, Silva Melero,
quienes la consideran como una de las pruebas
de mayor importancia dentro del proceso penal.
(Pérez, 2007, p. 36).
El fundamento probatorio de los indicios
radica en la aptitud del juez para que infiera
lógicamente de ellos el hecho desconocido
que investiga, este fundamento se apoya en la
experiencia y en los conocimientos técnicos
científicos especializados, ya sean indicios
ordinarios o técnicos; se trata de las máximas
de la experiencia que le son útil al juez para
la valoración de toda clase de pruebas y en
especial la indiciaria, aplicando a los hechos
indiciarios
éstos
quedaran
plenamente
corroborado. Por lo tanto, la fuerza probatoria
de los indicios, depende de la mayor o menor
conexión lógica que el juez encuentra entre
los indicios y el hecho desconocido que se
investiga. (Mancheno, 2014, p.53).

Juan Alberto Castañeda Méndez

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CRIMINOLÓGICOS

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La fuerza probatoria podrá ser eficaz en la
medida que se eliminen totalmente, las dos
causas que pueden generar su invalidez, la
falsificación de los hechos indiciarios o de su
prueba y el azar que pueda surgir de una aparente
conexión entre éstos y el hecho investigado,
desvirtuando estas dos hipótesis se puede hablar
de plena eficacia probatoria. Por lo tanto, para
otorgar trascendencia y valor probatorio a los
indicios, es necesario que el indicio sea cierto
y no hipotético, que la valoración se realice
mediante un análisis crítico y que el indicio sea
autónomo. (Mancheno, 2014, p.54).

misma con juicio razonados apoyados en
proposiciones lógicas, correctas fundadas
en análisis de experiencias confirmadas por
la realidad, en el presente caso la sentencia
analizada hace buen uso de la sana critica.
La utilidad de la prueba indiciaria en el
proceso penal se hace viable básicamente por
su eficacia para formar la seguridad judicial,
su fuerza probatoria que despliega al destruir
válidamente la presunción de inocencia
reconocida al acusado, con la concurrencia
de todos los elementos del tipo penal y la
responsabilidad del inculpado.

La doctrina considera a la sana crítica como
un “principio de la prueba judicial”, y en
estas circunstancias, se le conceptúa a la sana
crítica como la fórmula objetiva que surge
entre la libertad de criterio y la necesidad de
sustentarse en la experiencia y la razón, ante
los conflictos de la prueba valorada, es decir;
le permite al Juez aplicar su criterio dando un
fallo determinado; sin embargo para que ésta
tenga los efectos deseados, se requiere de
una admisión procesal y el apoyo doctrinal.
La primera se refiere a la necesaria existencia
de una norma legal, contenida en los códigos
procesales penales; y la segunda, que le permita
el criterio de juristas sobre la forma y la manera
de establecer la sana critica.

4.9 La prueba Indiciaria en el delito de
colusión.
Frente a delitos de especial magnitud como
el caso de colusión, la investigación no
puede agotarse en la indagación de pruebas
directas, por lo que se debe optar por aplicar
el método de la prueba indiciaria, así lo ha
recalcado el Tribunal Supremo argentino, al
establecer que no es posible solicitar pruebas
directas para demostrar hechos cometidos en
la clandestinidad por sujetos que son parte de
organizaciones de poder, y que se encuentran
con todas las posibilidades de no dejar evidencia
de ningún tipo.

Las reglas de la sana crítica, son un conjunto
de normas éticas y sicológicas que la propia
mentalidad del juez haya formado, no solamente
por el examen de su conciencia sino además
por la existencia y la verificación de los hechos
que existen en el mundo exterior permitiéndole
al juez sustentar convicción libremente, pero
obligándole a fundar sus fundamentos de la

Al respecto, la Defensoría del Pueblo ha
apuntado en un reciente informe la dificultad
para sancionar el delito de colusión, en la
medida que los actores actúan desde diversos
ángulos, de entre ellos conviene destacar su
propia práctica en el tema de la contratación
pública, escenario que les permite encubrir el
direccionamiento del procedimiento bajo un
manto de legalidad. El Informe Defensorial Nº
168, detalla los problemas de prueba con que

Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

se encuentran los fiscales penales al momento
de enfrentarse a una denuncia por el delito de
colusión, resumidos en la dificultad de acreditar
el acuerdo parcializado, mayoritariamente
verbal y oculto, entre el funcionario y el
particular; y la consiguiente obtención de
documentos direccionados correctamente
desde el punto de vista técnico a favor de
un postor. (Defensoría del Pueblo, Informe
Defensorial Nº 168, op. cit., pág. 57).
Diversos pronunciamientos judiciales relevantes
manifiestan que en sede fiscal se ha generado
que parte de sus criterios sean trasladados como
parámetros de calificación en la investigación
preparatoria, permitiendo con ello el archivo de
denuncias a pesar que estas requieren sólo de
indicios razonables para su formalización.
Como ya se ha explicado el delito de colusión
presenta la especial característica en cuanto
a su dificultad de probar el hecho delictivo
de modo que se debe utilizar el método de
la prueba indiciara como regla para probar
dicho delito, conforme jurisprudencia a nivel
nacional aunque escasa pero determinante,
se ha observa que son indicios comunes,
las actuaciones administrativas y el peritaje
financiero, de obra y contable mediantes los
cuales es posible acreditar el perjuicio que
sufrió la administración; hechos que conforme
también se advierte de los pronunciamientos
fiscales devienen en insuficientes generando
el archivamiento de la causa por insuficiencia
probatoria. Por esta razón en el presente
trabajo se busca que la investigación en
los delitos de colusión debe sujetarse a la
prueba indiciaria siempre que se tenga cuenta
criterios debidamente establecidos legislativa y

141
doctrinariamente. (Mandujano, 2017, p. 175).
El delito de colusión se desarrolla bajo la esfera
de actuaciones administrativas (expediente
administrativo), que si bien siempre es posible
apreciar que existen indicios razonables de la
comisión del delito suele darse la desaparición
o alteración del expediente administrativo,
ante este escenario los indicios vulgares son
los que podemos identificar del expediente
de contratación sin la necesidad de tener
conocimientos especiales, como es que el
contrato se suscribió un día inhábil por autoridad
impedida, o se realizaron modificaciones a las
cláusulas contractuales sin las opiniones de
los órganos técnicos, sin opinión o aprobación
de la contraloría, o sin dar cuenta del mismos
a los órganos de control o supervisores de
la contratación; vicios que no necesitan de
conocimientos especiales para ser identificados
que son el primer filtro para proseguir al
segundo paso como es la individualización
de los indicios técnicos; en caso de indicios
técnicos éstos son determinados por peritos
especialistas. (Mandujano, 2017, p. 177).
En el delito de colusión como cualquier
infracción penal, debe ser objeto de prueba de
cada uno de los elementos típicos: a) especial
condición del sujeto activo o imputado, no
olvidemos que este es un delito especial propio,
por lo que debe acreditarse que el imputado no
solo tiene la condición de funcionario público,
sino que también interviene un determinado
acto jurídico en representación del Estado; b)
concertación con el particular o entra neus,
c) la conducta fraudulenta en perjuicio del
Estado (no necesariamente patrimonial); y
d) la naturaleza del acto jurídico (licitación,
suministro, concurso de precios, etcétera)
Juan Alberto Castañeda Méndez

�142

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

materia del delito. La entidad o suficiencia
de la prueba, cuya complejidad se reconoce,
debe armonizarse con la vigencia de principios
constitucionales de indiscutible valor, como la
presunción de inocencia, el in dubio pro reo
y la exclusión de la prueba ilícita. Las reglas
del ofrecimiento, actuación y valoración de la
prueba no deben sufrir relajamiento, flexibilidad
o merma alguna, así como la complejidad del
tema probatorio no debe llevar a sostener el
atemperamiento de la calidad y suficiencia de la
prueba. La materia o el ámbito temático que ha
de probarse, por más dificultad que encierre, no
debe ejecutarse con desmedro de los derechos
fundamentales. (Mandujano, 2017, p. 94).
La Corte Suprema a lo largo de su jurisprudencia
en los últimos años, ha desarrollado una serie
de conceptos y principios referidos a los
indicios que tanto las partes como los jueces
pueden o deben tomar en cuenta durante la
actividad probatoria respecto a este delito,
por ejemplo la Sala Penal de la Corte Suprema
determinó como prueba en el delito de colusión
la entrega de productos en mal estado, pero
que pese a todo llevó a los procesados a pagar
con inusitada rapidez el íntegro del dinero,
expidiendo un cheque a favor del encausado,
cuando lo correcto hubiera sido girar el cheque
a nombre de la empresa contratista, hecho
que además se produjo cuando el producto
ni siquiera había ingresado en el almacén
de la entidad agraviada. A ello se agrega la
falsificación de una carta de cotización de una
empresa contratista que nunca fue remitida.
(Mandujano, 2017, p. 175).

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de la fundamentación de la sentencia al
confirmar la condena impuesta en primera
instancia, en una pluralidad concatenada
de indicios relevantes, los que demostrarían
la concertación producida entre la empresa
contratista y los funcionarios públicos, tales
como: a) la entrega del producto en mal
estado, que se entiende no supuso una labor
de verificación y de control previo por parte
de los funcionarios, más aún cuando uno era
jefe de la Oficina de Abastecimiento; b) la
rapidez en el pago del íntegro del dinero; c) el
giro del cheque salió a nombre del encausado
y no a nombre de la empresa contratista, si
bien este indicio no es unívoco ni rotundo
debe interpretarse junto a los demás indicios;
d) el producto ni siquiera había ingresado
en los almacenes, lo que supone que no se
desarrolló un visto bueno o la conformidad
de los bienes en cuanto al estado, cantidad y
calidad por parte del funcionario competente;
y e) la falsificación de una supuesta cotización
de una empresa contratista que no participó en
el proceso de selección. (Mandujano, 2017, p.
176).
5. ANALISIS JURIDPRUDENCIAL.

1) Casación 661-2016, Piura: Colusión agravada
requiere que agente perjudique o defraude de
modo efectivo patrimonio del Estado.
En el delito de colusión agravada se requiere
que el agente perjudique o defraude de modo
efectivo el patrimonio del Estado; es decir, se
trata de un delito de resultado lesivo, donde el
desvalor de la acción, esto es, la concertación
idónea, no es suficiente para configurar el
De la jurisprudencia señalada en el párrafo delito, pues aquí se exige la efectiva lesión o
anterior podemos rescatar la importancia perjuicio al patrimonio del Estado -desvalor
Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

143

de resultado-. Una prueba idónea que permite
establecer el perjuicio patrimonial concreto
en una determinada entidad viene a ser la
pericia contable, en tanto esta sea concreta y
específica

estamos suscritos y vigente al momento de
los hechos objeto de inculpación formal, se
entenderá que el gerente general de EMMSA es
funcionario público para los efectos penales;
y las funciones de regulación y servicios que
desarrollaba esa empresa pública integran la
2) R.N. 1722-2016 del Santa: El delito de noción de servicios públicos. Siendo así este es
colusión y la prueba indiciaria.
sujeto activo del delito de colusión; así como
La concertación, ante la ausencia de prueba los cómplices.
directa —testigos presenciales o documentos
que consignen la existencia de reuniones, 5) Insuficiencia probatoria en el delito de
contactos, y acuerdos indebidos, se puede colusión. Resolución N° 1396-2011-Arequipa,
establecer mediante prueba indirecta o del 21-10-2011, Sala Penal Transitoria.
indiciaria.
“Cuarto. [...] [En] el presente caso, el único
fundamento que respalda la imputación
3) R.N. 1527-2016 del Santa: Acto colusorio
del Ministerio Público contra el procesado
entre funcionario y particular interesado
LAMS [chofer de la municipalidad], radica en
puede manifestarse en cualquier fase de la
que éste cobró un cheque [...] que debería
contratación pública.
hacerlo efectivo el procesado VIV [contratista]
El concierto en los marcos de una contratación
[...] ; empero, esta circunstancia por sí
pública se puede producir durante todo el
misma no resulta suficiente para acreditar
procedimiento de adquisición, que implica el
su responsabilidad penal en el presente
acto de la toma de la decisión para adquirir
caso, no apreciándose del estudio de autos
determinados bienes, el acto de adquisición
medios probatorios que permitan determinar
y celebración del contrato, el acto de
que dicha acción tuvo como origen su
consolidación de la misma, el acto de entrega y
participación en un acuerdo colusorio con
de control de lo adquirido y, finalmente, el acto
sus coprocesados, a efectos de defraudar
de validación o confirmación de lo adquirido
a la referida entidad edilicia, apreciándose
y ulterior pago final del producto. El ámbito
únicamente una actuación en cumplimiento
de actuación es extenso y en cualquiera de
del encargo que le hizo su coprocesado [...],
esas fases de la contratación pública puede
luego de lo cual entregó el dinero cobrado
producirse el concierto punible.
[...], presentándose este hecho como ajeno al
núcleo de imputación del delito de colusión
4) Casación 634-2015, Lima. Gerente general
desleal [...]”
es funcionario público para los efectos penales
cuando la empresa desarrolla actividades y
servicios públicos.
Bajo lo establecido por la Convención
Interamericana contra la Corrupción, a la cual
Juan Alberto Castañeda Méndez

�144

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De 3 sentencias con sentencia sobre el delito de colusión por el Juzgado Unipersonal de la
CSJLL, se obtenido como siguiente resultado lo siguiente:
Análisis de Sentencia N° 01
1. Generalidades
Expediente:
05492-2012
Sentencia:
30/09/2017
Delito: Colusión
Imputado: Juan Simón Ruidias Ojeda /
Eleuterio Sánchez Vega / Otros
Entidad : Municipalidad Distrital de Victor Larco Herrera
Agraviado: El Estado
2. Análisis
Los hechos refieren que la acusación se da en el marco de un proceso de adjudicación
directa selectiva, en la que luego de otorgada la buena pro, el OCI de la entidad delimitó que
mediante esta obra se había causado un perjuicio patrimonial a la entidad por no haber sido
ejecutada de forma completa, configurando presuntamente el delito de colusión.
Al respecto, debe tenerse en cuenta que a nivel jurisprudencial y de conformidad con la
Sentencia de Corte Suprema de Justicia en el Exp. 4661-2007, el núcleo rector del delito de
colusión, es que el sujeto activo quebranta la función especial asumida y viola el principio de
confianza depositada, con el consiguiente engaño al interés público, al asumir el funcionario
roles incompatibles y contrarios a las expectativas e intereses patrimoniales del Estado.

DATOS OBTENIDOS

En tal sentido en el caso de la sentencia analizada, la fiscalía no ha logrado demostrar
el acuerdo colusorio, en relación al criterio de concurrencia de prueba, generando una
valoración integral de los medios probatorios, a saber, las declaraciones de testigos, el
expediente técnico y los documentos de gestión, lo cual no han significado indicios razonables
para una actuación incriminatoria.
Por tanto, al no haberse probado que la voluntad del funcionario público se orientó
premeditadamente a favorecer a un tercero en contubernio con el mismo, en ninguna de la
fase de planificación, selección o ejecución del contrato, quedando entonces sin siquiera
probarse por medio de indicios que los imputados han intervenido en la elaboración del
expediente técnico. De ahí que, en el presente caso, la solución fue absolutoria tomando en
cuenta la valoración probatoria.

Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

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Análisis de Sentencia N° 02
1. Generalidades
Expediente:
3282-2012
Sentencia:
03/01/2017
Delito: Colusión – Uso documento privado falso
Imputado:
José Lino Velásquez Novoa
		Ignacio Villavicencio Saona
Entidadd:
Municipalidad Provincial de Trujillo
Agraviado:
El Estado
2. Análisis
Los hechos refieren que la acusación se da en el marco de un proceso de licitación pública,
en la que luego de ejecutada la obra, se detectaron irregularidades en la suscripción de vales
adulterados para transporte, apareciendo la firma de uno de los imputados.
Al respecto, debe tenerse en cuenta que los indicios, además de ser una herramienta para el
Ministerio Público en su labor de creación de un caso, no pueden ser incorporados de forma
escueta, que sirvan de sustento únicamente ante el eventual cuestionamiento de la defensa
técnica sobre los elementos que sustenten la concertación colusoria. No es suficiente, pues,
consignarlos como elementos de convicción, sino que es imprescindible, al amparo de una
imputación suficiente, que sean redactados y esbozados en la forma precisa cómo engranan
para sustentar la concertación que requiere el tipo penal del delito de colusión.

DATOS OBTENIDOS

En tal sentido en el caso de la sentencia analizada, la fiscalía no ha logrado demostrar el
aspecto subjetivo del delito, ni siquiera por indicios, ya que debe considerarse que el tipo
implica indefectiblemente dolo, en otras palabras, el agente debe actuar voluntariamente con
la finalidad de defraudar la confianza del Estado. Tangencialmente con relación al uso de
documento privado falso, no se ha logrado probar la condición objetiva de punibilidad, esto
es, el perjuicio en agravio del Estado.
Por tanto, al haber hecho el juicio de tipicidad y haberse valorado integralmente los medios de
prueba – tales como la declaración de testigos – se concluyó que los implicados no conocían
al residente de obras, asimismo, que el hecho de haber encontrado un sobre manila en
posesión de los talonarios, era insuficiente para poder determinar que dicho hecho implicado
un acuerdo colusorio. De ahí que, en el presente caso, la solución fue absolutoria tomando en
cuenta la valoración probatoria.

Juan Alberto Castañeda Méndez

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Análisis de Sentencia N° 03
1. Generalidades
Expediente:
3380-2012
Sentencia:
23/10/2017
Delito: Colusión
Imputado: Daniel Marcelo Jacinto y otros
Entidad: Municipalidad Distrital de La Esperanza
Agraviado: El Estado
2. Análisis
Los hechos refieren que la acusación se da en el marco de un proceso de licitación pública,
en la que tuvo lugar el delito de colusión agravada, pues, aunque en las bases integradas se
indicaba que no era posible modificar los costos, durante la ejecución del mismo, se hizo una
adenda de contrato con dicha modificación.

DATOS OBTENIDOS

Al respecto, debe tenerse en cuenta que ciertamente, el delito de colusión responde al abuso
de las funciones que el funcionario público asume al ostentar un cargo, generando con ello ya
sea un perjuicio potencial o real para el Estado. Dicho incumplimiento funcionarial responde a
un interés oculto que necesariamente debe originar el acuerdo colusorio, dentro del ámbito de
las contrataciones estatales, y que necesariamente requieren de un actuar consciente del riesgo
o del perjuicio que se causará.
En tal sentido en el caso de la sentencia analizada, se evidenciaron indicios que observaron
los principios de pluralidad, de concordancia y de convergencia, siendo así, permitió generar
la inferencia de certeza de culpabilidad, en términos que el acusado durante la ejecución
del contrato, se dio un favorecimiento, mediante la renegociación del precio de la leche sin
ningún fundamento fáctico ni jurídico para ello. Por tanto, debe considerarse esas razones
pueden y deben provenir no solo del ordenamiento jurídico vigente y aplicable al caso, sino
de los propios hechos debidamente acreditados en el trámite del proceso. De ahí que, en el
presente caso, la solución fue condenatoria a los imputados Marcelo y Urbina, además de ser
absolutoria respecto de Cóndor.

6. CONCLUSIONES
1. El tipo penal de colusión, es uno de los
delitos de difícil probanza debido a la
concertación clandestina o concertación
previa que ha tenido que suceder en abuso

de las funciones públicas. No obstante en
la línea jurisprudencias y casatoria, se ha
validado como criterio de razonamiento
tanto para la defensa, fiscalía y juzgador
que; los indicios deben ser constitutivos
y argumentados para deducir de manera

Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

�147

Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

lógica el acuerdo colusorio. No pueden
ser los indicios, fundantes, cuando son
conclusiones de subjetividades de la fiscalía
o presunciones por parte del juzgador.

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2. La prueba indiciaria exige una debida
motivación concreta tanto para imputación
del delito como para el razonamiento de
defensa y del juzgador. De lo contrario
pierde su naturaleza de respeto por
los principios constitucionales que se
ventilan en un determinado proceso como
también en el peso del valor probatorio.

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3. El razonamiento de la prueba indiciaria
es precario en su uso por los operador
jurídicos, debido al no recurrir tanto
a las ciencias auxiliares ( ey especial,
derecho administrativo, gestión pública)
especialmente a la parte fiscal toda vez
que su carga probatoria debe satisfacer el
principio de imputación necesaria por el
cual debe presentar una acusación fundada
en un argumentación lógica: clara, precisa,
contextos y cómo se correlacionan.

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Juan Alberto Castañeda Méndez

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Resolución N° 1396-2011-Arequipa, del 21-10-2011222,

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Presidente Fundador del Instituto de Investigación
Iberoamericano Apex Iuris

Sala Penal Transitoria.
•

Acuerdo Plenario No 1-2006-ESV-22 del 13-10-2006
[R.N. N° 1912-2005-Piura del 06-09-2005].

—
Juan Alberto Castañeda Méndez
Afiliación: Colegios de Abogados de La Libertad
Abogado, docente universitario en pre y postgrado e
investigador Renacyt MR II. Doctorando en Derecho
y Ciencia Política en la Universidad Nacional Mayor
de San Marcos. Especialista en Constitucionalismo
Latinoamericano y Derechos Fundamentales por
la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCPPerú). Maestrando en Derechos Fundamentales
en la Universidad Carlos III de Madrid -España y
maestrando en Derecho Parlamentario y técnicas
legislativas en la Universidad Castilla de La Mancha.
Especialista en Justicia Constitucional e interpretación
por la Universidad Castilla de La Mancha de
España (UCLM). Cursante en la Especialidad en
Interpretación Jurídica y Motivación Judicial por
la Universidad de Génova y la Fundación Girona..
Ejerció la labor de Abogado Constitucionalista
en la Procuraduría Nacional del Poder Judicial Procesos Constitucionales en el Perú y fue Asesor
Parlamentario en el Congreso de la República
del Perú. Actualmente es Director Académico y
promoción cultural del Colegio de Abogados de
La Libertad (2021 – 2023), se desempeña como
Asesor Constitucional en la Procuraduría General
de la Municipalidad Provincial de Trujillo y Socio
Principal de la Firma Castañeda &amp; Abogados.
Asociado de la Academia Peruana de Derecho
Constitucional. Miembro senior de la Asociación
Colombiana de Derecho Procesal Constitucional.
Análisis constitucional práctico de la prueba indiciaria en los delitos de colusión. PP. 125-150

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa; al Derecho
de Familia bajo la luz de la Teorías Preventivas
The literary contributions of Mario Vargas Llosa; to Family
Law in the light of Preventive Theories
Juan Carlos Mas Guivin*

Resumen
El presente artículo plantea el análisis
sociológico y jurídico de la realidad peruana y
latinoamericana en los últimos años expuesta
por notables literatos peruanos y cómo es que
ellos han podido evaluar la sociedad peruana
y latinoamericana en cambios en posición
contraria al legislador que ha optado por
mantener una posición tradicional pese a las
elevadas exigencias sociales que se aprecian en
los juzgados de todo un país.

Recibido: 11-04-2022
Aceptado: 03-06-2022

Abstract
This article presents the sociological and legal
analysis of the Peruvian and Latin American
reality in recent years presented by notable
Peruvian writers and how it is that they have
been able to “evaluate” Peruvian and Latin
American society in changes in a position
contrary to the legislator who has opted for
maintain a traditional position despite the
high social demands seen in courts across the
country.

Palabras clave: Análisis sociológico, Derecho, Key Words: Sociological analysis, Law, Literature,
Literatura, Aportes literarios.
Literary contributions.
I. INTRODUCCIÓN
Cómo citar
Mas Guivin, J. C. Los aportes literarios de Mario
Vargas Llosa; al Derecho de Familia bajo la luz de
las Teorías Preventivas . Constructos Criminológicos,
2(3). https://doi.org/10.29105/cc2.3-35
*https://orcid.org/0000-0002-8240-4222
Universidad César Vallejo, Perú

Las situaciones fortuitas de la vida construyen
espacios, ideas y filosofías que nos explican
cuáles son los fundamentos de nuestra
formación en la sociedad como seres humanos,
como seres razonables y cómo el Derecho
fue construyendo andamiajes jurídicos que
acompañaron a la historia como elemento de

�152

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CRIMINOLÓGICOS

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creación de nuestra sociedad y el pilar del profesionales para resarcir todo el daño
mismo, constituyendo y salvaguardando a la causado desde tiempos pasados, como bien se
familia como su eje principal.
sabía, existía autoridades incompetentes que
solo buscaban el bienestar para ellos y la de su
Precisamente, es importante recalcar que el familia restando importancia a la población en
concepto general de la familia da como el lugar general.
primordial donde se comparten y gestionan
los riesgos sociales de sus miembros, siendo Es por ello que dichos organismos van de la
quizás una definición en apariencia básica mano conjuntamente con otros grupos sociales
pero realmente presupone en esencia lo que para velar y garantizar los derechos de libertad
se busca alcanzar con la constitución de una de cada individuo y que mejor – todos los
familia y su rol educador y socializador en el derechos que por ley manda.
Estado.
Así también el aporte de Vargas Llosa, es
Sin embargo, para desarrollar y aplicar argumentado de manera contundente en
ordenadamente lo anterior mencionado relación a la obra literaria de los cachorros y
es importante la realización de un sistema como ello tiene vinculación con el aporte al
o instrumento jurídico que permita llegar Derecho de Familia:
a todo los habitantes de una comunidad,
donde efectivamente no se transgrede ningún
derecho pero para esto se necesita de grandes
Argumentos de la Obra Literaria de “Los
Cachorros”

Aporte al Derecho e Familia

Sólo volvió al Colegio después de Fiestas
Patrias y, cosa rara, en vez de haber
escarmentado con el fútbol (¿no era por
el fútbol, en cierta forma, que lo mordió
Judas?) vino más deportista que nunca.
En cambio, los estudios comenzaron
a importarle menos. Y se comprendía,
ni tonto que fuera, ya no le hacía falta
chancar: se presentaba a los exámenes
con promedios muy bajos y los Hermanos
lo pasaban, malos ejercicios y óptimo,
pésimas tareas y aprobado. Desde el
accidente te soban, le decíamos, no
sabías nada de quebrados y, qué tal raza,

A través del análisis exhaustivo realizadodebemos mencionar que con esta
vivencia plasmada en la obra literaria
se construye una personalidad, pero
no se habla directamente el ser de una
persona, sino, de sus dificultades, de los
hechos fortuitos y trágicos que afronta en
el páramo desértico de la vida, el cómo
viven los jóvenes, a partir del amor, la
amistad, el colegio, se ve materializado en
una sentencia por un Magistrado, cuanto,
de esa humanidad, esencia cultural,
maneja para expresar el auto contenido
un derecho, pero también humanidad. La

Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa; al derecho de familia bajo la luz de la teorías preventivas. PP. 151-164

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

153

te pusieron dieciséis. Además, lo hacían
ayudar misa, Cuéllar lea el catecismo,
llevar el gallardete del año en las
procesiones, borre la pizarra, cantar en el
coro, reparta las libretas, y los primeros
viernes entraba al desayuno, aunque no
comulgara. Pág. 114. Al año siguiente,
cuando Chingolo y Mañuco estaban ya en
primero de Ingeniería, Lalo en Pre-Médicas
y Choto comenzaba a trabajar en la Casa
Wiese y Chabuca ya no era enamorada de
Lalo sino de Chingolo y la China ya no de
Chingolo sino de Lalo, llegó a Miraflores
Teresita Arrarte: Cuéllar la vio y, por un
tiempo al menos, cambió. De la noche
a la mañana dejó de hacer locuras y de
andar en mangas de camisa, el pantalón
chorreado y la peluca revuelta. Empezó
a ponerse corbata y saco, a peinarse con
montaña a lo Elvis Presley y a lustrarse los
zapatos: qué te pasa, Pichulita, estás que
no se te reconoce, tranquilo chino. Y él
nada, de buen humor, no me pasa nada,
había que cuidar un poco la pinta ¿no?,
soplándose, sobándose las uñas, parecía
el de antes. Qué alegrón, hermano, le
decíamos, qué revolución ver te así, ¿no
será que?, y él, como una melcocha, a
lo mejor. ¿Teresita?, de repente pues, ¿le
gustaba?, puede que sí, como un chicle,
puede que sí. Pag 134

esencia del ser humano debe nacer a través
de su existencia misma, somos nosotros
mismo quienes “tratamos” a la vida de
forma positiva o negativa, no obstante, a
ello los obstáculos que se presentan en
el camino de la humanidad siempre será
constante y, más aun si estamos en un
mundo donde la evolución esta siendo a
grandes rasgos; pero ante ello la persona
tiene el deber de buscar la solución
ante cualquier problema que se pueda
presentar- es así que en la presente obra
profundiza en razón a los hechos que se
enfrenta en la vida cotidiana- pero también
es importante definir que de la obra esta
relacionado con el Derecho a Familia- es
decir, la familia es el pilar fundamental por
cual se desarrolla elementos sumamente
esencial que son plasmados en nuestra
sociedad, este derecho siempre tendrá el
reconocimiento internacional puesto que
en ello nace la protección y seguridad
entre cada integrante familiar; la sociedad
en general, debe estar en complemento
con las normas y leyes estipuladas puesto
que esto es la razón por la cual el estado –
familia deben respetar de manera integral
y, en especial de igualdad.

Lo que estamos realizando es la medición de
propuestas argumentativas, que conllevan a
realizar ciertos argumentos o discursos de
convencimiento frente a quienes imparten

justicia; la validez de los argumentos solo
puede constituirse a través de la utilización de
principios de manera coherente para asegurar
que el mensaje pueda ser analizado en favor
Juan Carlos Mas Guivin

�154

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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de quien lo solicita- no cabe duda que la así que muchos países en la actualidad
interpretación jurídica debe ser en base y demuestran solidez en la formación de libertad
función a los principios del Derecho en general. individual, no obstante a ello es primordial la
incorporación de la forma de estudio y trabajo
II. APORTE DEL PENSAMIENTO DE MARIO
que tiene el autor, incorporación que debe
VARGAS LLOSA.
ser plasmada en las universidades del mundo
teniendo como principal función el análisis
El gran autor Peruano Mario Vargas Llosa dentro de cada idea o pensamiento que tiene Mario
de su extenso nuncio ha escrito diferentes Vargas Llosa en sus obras literarias puesto que
libros de relatos, novelas, estudios, ensayos, en ello se puede evidenciar el progreso de la
obras para teatro y cine, es así que el autor humanidad sumergido en años anteriores en
ecuatoriano Benalcázar, (2015) realiza una las humillaciones, tristezas y abandono por
magnifica interpretación acerca de la vida y parte de un Estado que simplemente busca
obras de Vargas Llosa, siendo este un personaje beneficiarse de la sociedad en general.
intachable y destacable a nivel mundial por sus
constantes luchas de que la sociedad tenga una 2.1. Análisis Cultural del Derecho en la Obra
verdadera cultura de libertad – soberana.
de Varguitas.
El derecho a la libertad de cada persona es
“La obra de Mario Vargas Llosa es grande sagrado e imprescriptible que todo ser humano
porque es liberal. Si su obra es disfrutada en posee desde su concepción, la libertad es la
tantos países, estudiada en tantas culturas, potestad de actuar con las propias voluntades
admirada en tantos idiomas es porque se del ser humano, pero, siempre y cuando se
atreve a examinar los pequeños que son respeta los derechos de los demás; el autor
nuestros gobernantes; porque retrata el daño Kahn (2001) quien fue el ente rector del
que produce el exceso de poder (…). Por análisis cultural del Derecho, indica que
eso su trabajo también es profundamente “si bien es cierto, en el mundo se aplica las
humano y eso lo hace universal”.
diferentes formas de estudio e investigación
a las cultural, lo mismo debería existir o ser
Y estas cualidades de Mario Vargas Llosa que para el mundo del derecho ya que el universo
se reflejan en su trabajo literario al mantener jurídico es amplio y complejo con abundante
su independencia, alejado de dogmas y componente desleal de muchas autoridades,
en constante cuestionamiento permiten, por lo que se optaría en la mejor interpretación
Latinoamérica trascienda barreras que nos y análisis del derecho y con esto se pueda dar
frenan y los oscuros impulsos que siempre una solución pacífica a todo los problemas
regresan en ese monstruo de mil cabezas que tiene y vive a diario el ser humano pero,
llamado populismo. Definitivamente Vargas siempre y cuando todo lo descrito sea por
Llosa sigue siendo aquella persona- pilar de justicia justa y equitativa donde el individuo
los grandes desarrollos de tan magnificas también es parte del proceso y de esa manera
obras que se destacan en el mundo, es no sea vulnerado sus derechos”.
Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa; al derecho de familia bajo la luz de la teorías preventivas. PP. 151-164

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

155

Indudablemente este factor es de mucha utilidad
fundamental para la investigación de distintas
y múltiples culturas, pero no como único por
la validez o cumplimiento normativo sino a
partir del posicionamiento del ser humano
que participe activamente en la sociedad en
concordancia con su religión, creencia y demás
que de alguna u otra forma desarrolla el derecho
y va formando en la sociedad en general.

por todas derechos que realmente puede ser
garantizado no solo por el Estado sino también
por uno mismo, respetando y cuidar de lo
nuestro, los sistemas judiciales deberían ser
capacitados para lograr metas en conjunto con
las organizaciones con tiene legalidad propia,
queremos vivir en un país o tener un universo
donde se desarrolle todos los principios y sea
aplicado coherentemente.

Protección internacional de los Derechos
Humanos, dichos derechos son encontrados y
regulados en instrumentos internacionales los
cuales se ocupan no sólo de la consagración o
proclamación de estos derechos, sino también
del establecimiento de deberes de protección
de los mismos a cargo del Estado. La protección
de los derechos humanos es la responsabilidad,
y garantía de todo Estado debe garantizar en su
marco jurídico y/o normativo, así como en el
respeto por las órdenes constitucionales, que
permiten el desarrollo libre de la personalidad,
debemos comprender que esta protección
se encuentra inmersas en la Constitución
Nacional como en instrumentos jurídicos de
índole internacional.

El derecho que quiere presentarse con éxito
en un contexto contra hegemónico debe ser
revisado a fondo, atribuible a dos aspectos.
El primer aspecto incluye la búsqueda de
tradiciones jurídicas no hegemónicas para
evaluar si su uso es posible en la lucha contra
el neoliberalismo. La tradición es una obra
de representación de lo real basada en un
conjunto de datos previamente aprendidos.
Subestima la voluntad de recordar a través de
la contemporaneidad que pone la memoria en
el presente.

Cabe resaltar que el Derecho Internacional de los
Derechos Humanos y la tutela son instrumentos
respectivos buscando como grandes finalidades
y a nivel del mundo la correcta aplicación de
los dispositivos legales en lo que respecta a
los derechos fundamentales del ciudadano, es
decir el organismo vela por dar cumplimiento a
todo lo mencionado, puesto que desde tiempos
antiguos existe seres humanos que nada
importa en generar daños y perjuicios para
aquella sociedad que simplemente busca la
dignidad social, donde se obtenga de una vez

En esa misma línea Según Kant y Haberman:
indica que caracteriza con claridad y coherencia
el valor y lealtad que tiene o posee la persona
humana. Es así que el ser humano goza y
dispone de derechos realmente fundamentales,
esto es aquello de deviene desde la concepción
humana y que por tanto no se respeta como
tal simplemente será visto o analizado desde
la perspectiva de lucros para las personas
que buscan beneficios o aprovechamientos
indeseados con el honor y reputación
humana, la persona debe ser el sujeto por la
cual importa mucho en la sociedad, un ser
con particularidades no comunes mediante el
cual se desarrolla diferentes habilidades con
finalidades importantes.
Juan Carlos Mas Guivin

�156

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

2.2. El Derecho de Familia desde Vargas Llosa.
El derecho de familia por la naturaleza de las
relaciones jurídicas entre los sujetos y sus efectos
forma parte del derecho privado y la intervención
de los órganos del Estado sólo es auxiliar en
la aplicación de las normas para el goce, el
ejercicio, el reconocimiento y la exigibilidad de
los derechos deberes y obligaciones derivados
de los vínculos familiares. Resulta importante
desarrollar el derecho a la familia puesto que
esto es el elemento natural y fundamental de
la sociedad que como constitucionalmente se
establece requiere de protección al igual que
sus integrantes esto en atención y provecho de
los individuos que la conforman cumpliendo
así con la función social que le corresponde.
Vide, (2010).

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de derechos intransmisibles y de potestades
ejercidas por unos, los más dotados, los más
capaces padres, tutores, en beneficio de otros,
los menos dotados, los más débiles hijos,
pupilos, Derecho en el que se dejan ver ideas
como las de interés u orden público, a pesar
de lo cual y es uniforme la doctrina actual
sobre este punto tal no es Derecho público sino
Derecho privado y, más específicamente aun,
Derecho civil, pues civiles son sus principales
instituciones, patrimoniales algunas, personales
las más.

Lo anterior no impide que existan normas en
otros Derechos en los que la familia se tenga
en cuenta a los derechos estipulados a nivel del
Derecho internacional, en el que hay Convenios
Internacionales sobre filiación y matrimonio
Es decir que el interés familiar debe entenderse y normas para resolver conflictos de leyes. La
como el medio de protección de los intereses y tiene en cuenta el Mercantil, cuando se ocupa
derechos de los miembros del núcleo familiar, del ejercicio del comercio por la mujer casada.
sobre la base de que se cumpla con los fines La considera el Fiscal al tratar, valga por caso,
familiares, que sean la asistencia mutua, la del matrimonio y de los hijos de éste en relación
solidaridad, la convivencia, la subsistencia, con el IRPF. El Administrativo se ocupa, por
la reproducción, la filiación y demás otros ejemplo, de las familias numerosas.
elementos esenciales que la vida contiene en
El Art. 17 de la Convención Americana sobre
sí, Carbonell, (2012).
Derechos Humanos señala que la familia es el
Los Maestros Rogel &amp; Espín: nos enseña que, elemento natural y fundamental de la sociedad.
etimológicamente, familia viene de famulus, No indica la Convención a qué tipo, o tipos,
del osco famel siervo y, más remotamente, del de familia se refiere. Aplicando el principio
sánscrito vama hogar o habitación. Se trataría, jurídico de que no se puede distinguir donde
en suma, del conjunto de personas y esclavos la ley no distingue, se debe entender que la
que habitaban con el señor en la casa.
Convención establece una protección general
para todas las familias, independientemente de
El Derecho de familia es un Derecho con cuál sea su composición.
características propias, al estar plagado de
normas imperativas, con poco margen para la En todo caso, corresponde a la legislación
autonomía de la voluntad, como plagado está nacional establecer las regulaciones particulares,
Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa; al derecho de familia bajo la luz de la teorías preventivas. PP. 151-164

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

sin detrimento del derecho esencial establecido
en este instrumento internacional, en ese
sentido, podemos asegurar que la normativa
interamericana garantiza la protección de todas
las familias, y que la legislación nacional no
podría establecer distinciones, exclusiones o
restricciones a este derecho.
La Declaración Americana establece en el
artículo VI, desde la perspectiva de los derechos
humanos, que la familia es el elemento
fundamental de la sociedad, por ello el
maestro Fernández (2019), define a la familia,
seguramente por la dificultad existente para
dar un concepto unitario de familia, de igual
manera que tampoco lo hacen los instrumentos
que configuran el Derecho Internacional de
los Derechos Humanos, empezando por los
más importantes, la Declaración Universal
de Derechos Humanos (DUDH) (art. 16.1), y
el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos (PIDCP) (art. 23. 1).

157
posible cuestionar presupuestos, fundamentos,
legitimidades y funcionamientos.

La construcción de un puente entre el derecho
y literatura, según los modelos internacionales,
tiene como presupuesto la existencia de una
conexión marcada, por la influencia recíproca
entre ambas disciplinas, resulta necesario
recordar que Aguiar e Silva (2001) refiere que,
considerando el nuevo estatuto reconocido a
la interpretación especialmente en el derecho,
parece legítimo tomar conocimiento de los
avances desarrollados por la teoría literaria, que
lleva indudable ventaja en ese dominio sea en
su extensión, sea en su intensión – y viene, de
larga data, enriqueciendo significativamente el
panorama interpretativo.

Conjuntamente, hay una insistencia cada vez
mayor en el reconocimiento de una racionalidad
emocional y empática que cruza una parcela
significativa de juicios en el campo jurídico, se
trata, en efecto, de la necesidad de establecer
formas alternativas de racionalidad práctica
2.3. La literatura en el Análisis Cultural del
que posibiliten una más genuina y más justa
Derecho.
Para el autor Karam, (2009), por medio de resolución de los problemas que ese mismo
su revista científica titulada “Derecho y pulsar involucra.
Literatura. Acercamientos y Perspectivas
para Repensar el Derecho”. Define que el El estudio interdisciplinario del Derecho y
derecho, en este comienzo de siglo, es el Literatura parece lograr la más plena expresión
desafío que se impone a los juristas- y, entre y legitimidad cuando es encarado como una
las innumerables y variadas alternativas que se posibilidad capaz de producir el acceso a ese
presentan, el estudio del derecho y literatura conocimiento empático del otro, a partir del
adquiere especial relevancia, entre otras fomento de esa identificación emocional con la
razones, por la importancia que confiere a la situación del otro.
interdisciplinaridad, pues supone un cruce
de los caminos del derecho con los de otras En el ámbito de la cultura jurídica española,
áreas del conocimiento y construye un espacio el estudio del Derecho y Literatura asume
crítico por excelencia, a través del cual resulta igualmente importancia el autor Sansone, (2001),
Juan Carlos Mas Guivin

�158

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

aunque su desarrollo todavía esté marcado,
fundamentalmente, por la emergencia de ensayos
monográficos de diversos autores. En efecto, es
solamente al final de los años 90 que empiezan a
surgir publicaciones más de Derecho y Literatura.
Una perspectiva narrativista, en función de que
la concepción del derecho como narración
constituye una importante herramienta
respecto a la tarea interpretativa de los juristas,
en igual sentido, cumple apuntar la producción
bibliográfica que son orientadas hacia la
descripción y, principalmente, la crítica del
derecho que surge en el ámbito de la literatura,
más específicamente respecto a la difusión del
sistema de un derecho común europeo durante
la Edad Media, a partir de las narrativas literarias
de Rabelais y de Lope de Vega.
Actualmente, el estudio del derecho y literatura
abarca abordajes y perspectivas bastante
distintas y, considerando tal diversidad, todos
los que con él trabajan suelen adoptar tres
categorías, a partir del derecho en la literatura,
corriente desarrollada principalmente en
Europa y relacionada al contenido ético de la

constructoscriminologicos.uanl.mx

narrativa, a través de la cual se analizan aspectos
singulares de la problemática y de la experiencia
jurídica retratados por la literatura como la
justicia, la venganza, el funcionamiento de los
tribunales, al orden instituida, etc.- entendida
como obra literaria, esto es, como documento
de aplicación del derecho y de la consciencia
jurídica, a partir de la idea de que la virtualidad
representada por la narrativa posibilite lograr
una mejor comprensión del derecho y de sus
fenómenos sus discursos, sus instituciones,
sus procedimientos, etc., colaborando, de esa
forma, con la formación de la cultura y de la
comunidad jurídica.
2.4. Ab Initio en las Sentencias Judiciales
Para entender la construcción y relación
entre el proceso esbozado por Vargas Llosa,
expondremos
un
cuadro
comparativo
sobre pasajes procesales de la defensa de
internacional relacionado directamente con el
tema tratado, es decir mediante jurisprudencias
internacionales que a raíz del análisis son
sumamente importante para el desarrollo del
presente artículo.

Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa; al derecho de familia bajo la luz de la teorías preventivas. PP. 151-164

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JURISPRUDENCIA

LOS CACHORROS

APORTES

Niñas Yean y Bosico Vs. República

Sólo volvió al Colegio después

Que, el encargado de dilucidar

Dominicana (08 SET. 2005)

de Fiestas Patrias y, cosa rara, en

la controversia planteada en el

vez de haber escarmentado con

caso, la ha resuelto en atención

Las niñas Yean y Bosico nacieron

el fútbol (¿no era por el fútbol, en

al estado vulnerabilidad de las

en 1996 y 1985, respectivamente,

cierta forma, que lo mordió Judas?)

menores, quienes, entendiéndose

en la República Dominicana.

vino más deportista que nunca. En

como una población vulnerable,

Ambas niñas tienen ascendencia

cambio, los estudios comenzaron a

fueron concebidas dentro de una

haitiana por parte de su padre y

importarle menos. Y se comprendía,

zona que de por sí ostentaba

de su abuelo materno. En razón

ni tonto que fuera, ya no le hacía

dicha característica, motivo por el

de su ascendencia haitiana forman

falta chancar: se presentaba a los

cual. No solo se rigió a la norma

parte de un grupo social vulnerable

exámenes con promedios muy bajos constitucional del país agresor,

en la República Dominicana.

y los Hermanos lo pasaban, malos

Los haitianos y dominicanos

ejercicios y óptimo, pésimas tareas y como personajes tan inmaculados

de ascendencia haitiana, en su

aprobado.

al punto que su vulnerabilidad

mayoría, recurren al procedimiento

Desde el accidente te soban, le

fue en motivo y sustento principal

de declaración tardía de nacimiento

decíamos, no sabías

para que le conceda la pretensión

para declarar a sus hijos nacidos

nada de quebrados y, qué tal raza,

y ellas, puedan acceder a la

en la República Dominicana. Las

te pusieron dieciséis.

identidad como tales. Sin embargo,

madres suelen dar a luz a sus hijos

Además, lo hacían ayudar misa,

ello no hubiera podido ser posible

en sus casas debido al temor de

Cuéllar lea el catecismo, llevar

sin esta subsunción y silogismo

presentarse ante los funcionarios

el gallardete del año en las

ponderado teniendo obviamente

de un hospital y ser deportados. El

procesiones, borre la pizarra, cantar

una aproximación directa a lo que

Estado ha efectuado deportaciones

en el coro, reparta las libretas, y

constituye la familia y el derecho

independientemente del estatus

los primeros viernes entraba al

propiamente encargado de esta

migratorio de esas personas en

desayuno, aunque no comulgara.

rama.

el país. El Estado, a través de sus

Quién como tú, decía Choto, te das

autoridades del Registro Civil, negó

la gran

sino, que identificó a las menores

a las niñas Yean y Bosico la emisión
de sus actas de nacimiento, a pesar
de que ellas nacieron en el territorio
del Estado y de que la Constitución
de la República establece
el principio de ius soli para
determinar quiénes son ciudadanos
dominicanos.

Juan Carlos Mas Guivin

�160

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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La solicitud de inscripción tardía
de nacimiento fue denegada con
fundamento en el incumplimiento
de la presentación de once o
doce requisitos, los cuales no eran
exigibles a los niños menores de
13 años de edad, y que fueron
aplicados a las niñas, pese a que al
momento de la solicitud Yean tenía
10 meses de edad y Bosico tenía
12 años de edad Las peticionarias
permanecieron en una situación
de continua ilegalidad y resultaron
apátridas hasta el 25 de septiembre
de 2001, lo cual imposibilitó a
la niña Bosico asistir a la escuela
por un año debido a la falta de
documentos de identidad.
DECISIÓN: “En atención a la
condición de niñas de las presuntas
víctimas, la Corte considera que
la vulnerabilidad derivada de la
apatridia comprometió el libre
desarrollo de su personalidad, ya
que el acceso a los derechos y a
la protección especial de que son
titulares se vio imposibilitado.”(Párr.
167) “En consideración del
deber del Estado de otorgar la
nacionalidad a quienes nacieron
en su territorio, la República
Dominicana debió adoptar todas las
medidas positivas necesarias para
garantizar que Dilcia Yean y Violeta
Bosico, como niñas dominicanas
de ascendencia haitiana, pudieran
acudir al procedimiento de
inscripción tardía en condiciones

Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa; al derecho de familia bajo la luz de la teorías preventivas. PP. 151-164

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

de igualdad y no discriminación
y ejercer y gozar en plenitud
su derecho a la nacionalidad
dominicana. Los requisitos exigidos
para probar el nacimiento en el
territorio deben ser
razonables y no pueden representar
un obstáculo para acceder al
derecho a la nacionalidad.” (Párr.
171)
Masacre de las Dos Erres Vs.

Año siguiente, cuando Chingolo

De la resolución se comprende la

Guatemala (2009)

y Mañuco estaban ya en primero

humanización y verdadero rostro de

El día 7 de diciembre de

de Ingeniería, Lalo en Pre-Médicas

la sociedad frente a la idiosincrasia,

1982, soldados guatemaltecos

y Choto comenzaba a trabajar

aún más resulta necesario precisar

pertenecientes al grupo especial

en la Casa Wiese y Chabuca ya

que actos atroces como estos son

denominado Kaibiles llegaron al

no era enamorada de Lalo sino

materia de regulación común a nivel

Parcelamiento de Las Dos Erres y

de Chingolo y la China ya no de

internacional. La parte decisoria

sacaron a las personas de sus casas,

Chingolo sino de Lalo, llegó a

reúne obviamente arista sumamente

argumentando la presencia de las

Miraflores Teresita Arrarte: Cuéllar

importantes para la razón de ser del

Fuerzas Armadas Rebeldes en la

la vio y, por un tiempo al menos,

Derecho de Familia, tales como lo

zona e incluso la participación de

cambió. De la noche a la mañana

son el derecho a vivir con su familia,

pobladores de las Dos Erres en el

dejó de hacer locuras y de andar

pero enfocado desde la perspectiva

grupo guerrillero. A los hombres

en mangas de camisa, el pantalón

de no solo vivir, sino, de llevar

los encerraron en la escuela del

chorreado y la peluca revuelta.

una vida digna, ello materializado

Parcelamiento y a las mujeres y

Empezó a ponerse corbata y saco,

con que el infante raptado para su

niños en la iglesia evangélica.

a peinarse con montaña a lo Elvis

sobrevivencia pudo reunirse con su

Mientras los mantuvieron

Presley y a lustrarse los zapatos: qué familia nuclear y, aún más, pudo

encerrados los golpearon e

te pasa, Pichulita, estás que no se

recuperar su nombre (derecho a

incluso algunos murieron como

te reconoce, tranquilo chino. Y él

la identidad) y poder ejercer su

consecuencia de los golpes. En

nada, de buen humor, no me pasa

derecho como de manera natural se

la tarde los Kaibiles sacaron a los

nada, había que cuidar un poco la

haría. En este sentido el estado, es el

hombres de la escuela y los llevaron pinta ¿no?, soplándose, sobándose

responsable del bien común, debe

vendados y maniatados a un pozo

las uñas, parecía el de antes. Qué

resguardar el rol de la protección del

de agua inconcluso donde los

alegrón, hermano, le decíamos,

niño; y prestar asistencia del poder

fusilaron. Después sacaron a las

qué revolución ver te así, ¿no será

público e inmediato a la familia,

mujeres y los niños para llevarlos

que?, y él, como una melcocha, a lo mediante la adopción de medidas

al mismo lugar, muchas mujeres

mejor. ¿Teresita?, de repente pues,

que promuevan la unidad familiar y

habrían sido violadas y golpeadas

¿le gustaba?, puede que sí, como un

permitan el desarrollo de la misma

hasta el punto de sufrir abortos.

chicle, puede que sí. Pag 134

en un ambiente optimo.
Juan Carlos Mas Guivin

�162

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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En el camino muchas niñas fueron
violadas por los Kaibiles. En los
hechos de la masacre perdieron la
vida por lo menos 216 personas.
Adicionalmente, en el contexto
de la masacre uno de los Kaibiles
que participó en ella, sustrajo
ilegalmente a un niño sobreviviente,
Ramiro Osorio Cristales, se lo llevó
a su casa, y lo registró con un
nombre distinto al que le dieron sus
padres. Recién en el año 1999, el
niño se reencontró con su familia
biológica, mientras que el cambio
de nombre se mantuvo hasta el año
2002, cuando recuperó el nombre
que sus padres le dieron en su
nacimiento.
DECISIÓN:
“Además, este Tribunal ha señalado
que ‘el niño tiene derecho a vivir
con su familia, llamada a satisfacer
sus necesidades materiales, afectivas
y psicológicas. El derecho de
toda persona a recibir protección
contra injerencias arbitrarias o
ilegales en su familia, forma parte,
implícitamente, del derecho a la
protección de la familia y del niño
[…]” (Párr. 188)
“Lo mismo se desprende de
las normas contenidas en la
Convención sobre los Derechos
del Niño, que establece que los
derechos de los niños requieren
no sólo que el Estado se abstenga
de interferir indebidamente en las
relaciones privadas o familiares

Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa; al derecho de familia bajo la luz de la teorías preventivas. PP. 151-164

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Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

del niño, sino también que, según
las circunstancias, adopte
providencias positivas para asegurar
el ejercicio y disfrute pleno de
sus derechos. Esto requiere que
el Estado, como responsable del
bien común, debe resguardar el
rol preponderante de la familia en
la protección del niño; y prestar
asistencia del poder público a la
familia, mediante la adopción de
medidas que promueva unidad.”
(Párr. 190)

III. CONCLUSIÓN.
• La simetría entre el proceso de identificación
de personalidad e identificación personal
sobre cualidades y vivencias en la obra
literaria de Vargas Llosa, presupone una
fuente de partida para que los Jueces, no solo
impartan Justicia desde la norma reguladora,
sino, que subsuman los hechos al punto de
hacerlos propios, de sentirse parte directa
del proceso y puedan emitir su auto en base
no solo del principio de legalidad, sino de la
razón y humanice cada caso como signo de
humanidad y decencia del sistema jurídico.

• Indudablemente los aportes del autor Vargas
Llosa han llevado a desarrollar diferentes
aspectos en la vida de cada persona que
estudia y analiza sus obras; asimismo, y, tal
como se afirmo anteriormente es importante
priorizar las ideas que plasma y narra Vargas
Llosa puesto que dentro del mismo se puede
observar como el ser humano tiene que
saber equilibrar en la vida, saber manejar los
diferentes aspectos que se pueda presentar
en la misma.

TRABAJOS CITADOS
• Definitivamente el análisis cultural del
Derecho siempre estará ligado a diferentes
culturas de cada país, es decir, como y de
que forma el Derecho esta siendo aplicado
y desarrollo a través de las perspectivas que
conllevan a un mejor desarrollo de cada
día; innegablemente es un factor elemental
para la indagación de diferentes y variadas
ciencias.

Benalcázar, (2015). El aporte literario del escritor peruano Mario
Vargas Llosa obtuvo reconocimiento desde el Gobierno del
Encuentro. Recuperado de: https://www.comunicacion.
gob.ec/el-aporte-literario-del-escritor-peruano-mariovargas-llosa-obtuvo

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del-encuentro/
Kahn (2001). The Cultural study of law. Chicago: University of
Chicago.

Juan Carlos Mas Guivin

�164

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CRIMINOLÓGICOS

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Humanos. Pamplona: Thomson Reuters-Cívitas
Aguiar e Silva (2001). Teoría literaria. Recuperado de: https://
www.iberlibro.com/9788424900458/Teoria-literatura-013VARIOS-GREDOS-8424900456/plp

constructoscriminologicos.uanl.mx

Experiencias Curriculares de Derecho Procesal
Penal y Metodología de la Investigación Científica
por la Universidad Cesar Vallejo de Perú, director
del Taller Permanente de Derecho y Literatura,
Conferencista Nacional e Internacional en temas
de Derechos Humanos y Derecho y Literatura. así
también coautor del Libros “la Racionalidad Penal”
y “la Investigación Jurídica” Editorial HammurabiChile, 2020.

Sansone, (2001). Derecho y Literatura Acercamientos y
Perspectivas Para Repensar el Derecho. Recuperado de:
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/4358035.pdf
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Carbonell, (2012). Las Familias en el siglo XXI: Una mirada
desde el Derecho. México: Elvia Lucía Flores Ávalos.
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seriec_130_esp.pdf
Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Recuperado
de:

https://www.corteidh.or.cr/CF/jurisprudencia2/

ficha_tecnica.cfm?nId_Ficha=361#:~:text=%2D%20
El%20d%C3%ADa%207%20de%20diciembre,las%20
personas%20de%20sus%20casas.&amp;text=En%20el%20
camino%20muchas%20ni%C3%B1as,por%20lo%20
menos%20216%20personas.

—
Juan Carlos Mas Guivin
Afiliación: Universidad César Vallejo
Abogado y Maestro en Derecho Penal y Procesal
Penal por la Universidad Cesar Vallejo; Doctorando
en Derecho por UCV, Profesor Visitante por
la Universidad Autónoma de Nuevo León
México, profesor Visitante en por la Universidad
de Ciencias de la Seguridad de Nuevo León
México. Docente Investigador en Pregrado en las
Los aportes literarios de Mario Vargas Llosa; al derecho de familia bajo la luz de la teorías preventivas. PP. 151-164

�Vol. 02, Núm. 03, Julio 2022

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Núm. 03,
Julio 2022
ISSN: EN TRÁMITE

REVISTA INTERNACIONAL
DE INVESTIGACIÓN EN
CRIMINOLOGÍA
constructoscriminologicos.uanl.mx
Constructos Criminológicos es una publicación científica, que propicia un
espacio de debate académico, focalizada a difundir investigaciones y trabajos
escritos de opinión respecto de la ciencia criminológica.
Con ello, la revista se focaliza en diversas temáticas que se circunscriben en
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el 1 del mes de junio y el 15 del mes de octubre.

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                  <text>Constructos Criminológicos es una revista en línea de publicidad semestral que inicia en el 2021, arbitrada bajo estrictos lineamientos metodológicos que promueven la publicación de resultados de investigaciones de calidad académica y científica sobre el ámbito de la ciencia criminológica que contribuya a resolver las necesidades de seguridad que requiere nuestro país.</text>
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                <text>Constructos Criminológicos es una revista en línea de periodicidad semestral que inicia en el 2021, arbitrada bajo estrictos lineamientos metodológicos que promueven la publicación de resultados de investigaciones de calidad académica y científica sobre el ámbito de la ciencia criminológica que contribuya a resolver las necesidades de seguridad que requiere nuestro país.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>Vol. 02,
Núm. 02,
Enero 2022

REVISTA INTERNACIONAL
DE INVESTIGACIÓN EN
CRIMINOLOGÍA
constructoscriminologicos.uanl.mx

��Sobre la Revista Constructos
Criminológicos
Constructos Criminológicos es una publicación
científica, que propicia un espacio de debate
académico, focalizada a difundir investigaciones
y trabajos escritos de opinión respecto de la
ciencia criminológica.
Con ello, la revista se focaliza en diversas
temáticas que se circunscriben en el moderno
concepto de la disciplina; es este sentido: sobre
criminología, prevención, política criminal,
criminalística, derecho penal y derecho
de ejecución Penal, elaborados con rigor,
procedentes de cualquier parte del mundo y sin
limitación en cuanto a la orientación teórica o
ideológica.
La periodicidad de la revista es semestral, con la
peculiaridad que cada número se convoca en el
mes de enero y se cierra en el mes de junio; se
apertura en el mes julio y se cierra en el mes de
diciembre.
El idioma principal es el español, si bien
podrán publicarse asimismo contribuciones en
portugués, francés, inglés o italiano, siempre
que vayan acompañadas de la correspondiente
traducción al español, la cual deberá ser aportada
por los propios autores. Cabe destacar que se
alude a colaboraciones inéditas.
La recepción de artículos para su posible
publicación en RCC se abre en dos períodos a lo
largo del año: entre el 1 del mes de enero y el 15
de abril y entre el 1 del mes de junio y el 15 del
mes de octubre.

Equipo editorial
Director
• Dr. José Zarazgoza Huerta (Universidad
Autónoma de Nuevo León)
Coordinador editorial
• Dr. Gil David Hernández Castillo (UANL)
Comité Editorial
Internacional
• Dr. Jo Hee Moon (UH) Corea
• Dr. Luis Flavio Gómez (Brasil)
• Dr. Enrique Sanz Delgado (UAH) España
• Dr. Daniel Fernández Bermejo (UNED) España
Nacional
• Dr. Víctor Aurelio Zúñiga González (UANL)
• Dr. Rogelio Barba Álvarez (UDG)
• Dr. Manuel Vidaurri Aréchiga (DELASALLE,
Bajío)
• Dr. Gerardo S. Palacios Pámanes (UANL)
• Dra. Rosalba Taboada Villasana (Instituto Cide
Hamet)
Comité Científico
Internacional
• Dr. Esteban Leonardo Arratia Sandoval
(Universidad de Santiago de Chile)
• Ph.D. Logan Puck (University of California)
Nacional
• Dra. Karla Villarreal Sotelo (UAT)
Comité Consultivo
Nacional
• Dr. Juan García Rodríguez (UANL)
• Dra. Ana María Esquivel (UANL)
• Dr. Juan Antonio Caballero (UANL)
• Dra. Carla Monroy Ojeda (UASP)
• Dr. Martín Eduardo Pérez Cazarez (UDG)
• Dr. Jesús Francisco Castro Oliva (UANL)
• Dr. Rodolfo Tadeo Luna de la Mora (IBERO)

�CONTENIDO
Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Artículos
07

31

51

67

87

109

Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los casos de las
casas de asistencia para migrantes
Cynthia Marisol Vargas Orozco y Karla Villarreal Sotelo
Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer
en Cuba
Lázaro Enrique Ramos Portal
Características criminológicas del delincuente sexual. Muestra mexicana
Rocío D. García-Moreno y Fernando Javier Araujo Pulido
Un análisis a las teorías crimino-ambientales bajo la incidencia delictiva
en García, Nuevo León
Juan Antonio Caballero, Leonardo David Arriaga Avalos y Octavio
Quintero Ávila
La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña
Ana Belen Almecija Casanova
Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre
vida silvestre en México entre el 2006 y 2020
Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e
Inés Arroyo-Quiroz

�Presentación

El estudio de la Criminología se ha incrementado en los últimos años como
respuesta al aumento de la violencia en el país, por tal motivo, la Facultad de
Derecho y Criminología de la Universidad Autónoma de Nuevo León impulsó la
creación de una revista especializada en el ámbito criminológico que lleva por
nombre Constructos Criminológicos. Con la creación de esta revista científica
se apertura un importante espacio de reflexión académica que promueva la
necesidad de políticas públicas orientadas en el estudio de la criminología como
estrategia fundamental para el fortalecimiento del Estado de Derecho que garantice
el cumplimiento de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.
Constructos Criminológicos es una revista en línea de publicidad semestral
arbitrada bajo estrictos lineamientos metodológicos que promueven la publicación
de resultados de investigaciones de calidad académica y científica sobre el ámbito
de la ciencia criminal que contribuya a resolver las necesidades de seguridad que
requiere nuestro país. La revista coadyuva esfuerzos con el programa doctoral de
Criminología que oferta nuestra facultad, mismo que se encuentra registrado en
el padrón de posgrados de calidad del CONACYT, orientado a contrarrestar cada
forma de manifestación criminal, sea convencional o no convencional, es decir,
delincuencia organizada y común; así como preparar profesionales que puedan
asumir decisiones y disponer estrategias en los vastos campos de la contención
y prevención criminal, de la administración de la justicia, de los servicios a la
víctima, del seguimiento del procesado y de la inseguridad ciudadana.
La generación de conocimiento a través de la revista contribuye a llenar un vacío
científico en el país en este tema. La revista Constructos Criminológicos auxilia al
fomento y enseñanza de la Criminología como una disciplina indispensable para
el desarrollo de México.

Óscar P. Lugo Serrato
Director de la FACDYC

�6

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Editorial

La Revista Constructos Criminológicos, en este Vol. 02 Núm. 02, la que es ofertada
por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de la Facultad de Derecho
y Criminología, destaca la participación de investigadores internacionales y
nacionales con el aporte de sus investigaciones que dan contenido a la ciencia
criminológica. En esta ocasión: se abordan nuevos paradigmas entre la Criminología
y el género; la violencia sexual. Asimismo, se ponen de relieve, temas novedosos
de la ciencia criminológica (Criminología Ambiental y Criminología verde), así la
interlocución de las ciencias del derecho y la criminología.
Constructos Criminológicos ha surgido con el objetivo de divulgar la producción
científica relacionada con los temas de la de ciencia criminológica, para
convertirse en una de las más importantes apuestas científicas de acceso abierto
en Iberoamérica, para ingresar a los índices científicos más importantes y
facilitar con ello el acceso a una plataforma en línea facilite la divulgación de
investigaciones de alto impacto que contribuyan a la comprensión del paradigma
criminológico.
Agradecemos en este segundo ejercicio, a nuestros investigadores invitados,
la confianza depositada al compartir los trabajos que invitamos a reflexionar y
propiciar el debate intelectual que da contenido y continente a la Criminología.

Dr. José Zaragoza Huerta
Director Editorial (UANL)

Dr. Gil David Hernández Castillo
Coordinador editorial (UANL)

�7

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los
casos de las casas de asistencia para migrantes
The Covid-19 pandemic in the assistance houses for
migrants on the northeast border of Mexico
Cynthia Marisol Vargas Orozco*
Karla Villarreal Sotelo*

Resumen
La migración es un fenómeno social de gran
relevancia en la comprensión de las condiciones
sociales, políticas, económicas y ambientales
de los países, sin embargo, el surgimiento de la
pandemia del Covid-19 ha puesto en escenario
nuevos desafíos a este fenómeno con profundos
impactos en la migración. El presente estudio
tiene como objetivo documentar el contexto
migratorio durante la pandemia del Covid-19
en la frontera noreste de México a través de
las Casas de Asistencia para Migrantes (CAM)

Cómo citar
Vargas Orozco, C. M., &amp; Villarreal Sotelo , K.
Covid-19 y migración en la frontera noreste de
México: : los casos de las casas de asistencia
para migrantes . Constructos Criminológicos,
2(2). Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/22
*Universidad Autonoma de Tamaulipas
**https://orcid.org/0000-0002-8668-3257
Universidad Autonoma de Tamaulipas

Recibido: 10-12-2021
Aceptado: 10-01-2022

de la ciudad de Reynosa Tamaulipas desde
una perspectiva criminológica, para cumplir
con este objetivo se analizan las frecuencias
y datos demográficos de personas migrantes
atendidas en las CAM durante el año 2020, y
se describen las estrategias de protección de la
salud para atender y prevenir los contagios de
Covid-19 en estos lugares. Encontrando que las
CAM han desarrollado estrategias de acuerdo
a sus capacidades para hacer frente a los retos
y desafíos de la migración en un contexto de
vulnerabilidad no sólo social, sino sanitaria.
Palabras clave: Covid-19, Migración, Salud
Pública, Grupos Vulnerables, Fronteras

Abstract
Migration is an important social phenomenon
to understand the social, political, economic
and environmental conditions of the countries,
however, the emergence of the Covid-19
pandemic has brought new challenges with
profound impacts on the migration processes.

�8

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

The present study aims to document the
migratory context during the Covid-19
pandemic on the northeast border of Mexico
through the Assistance Houses for Migrants
(AHM) in the city of Reynosa Tamaulipas from
a criminological perspective, to meet this
objective we analyzed the frequencies and
demographic data of migrants treated in AHM
during 2020, and health protection strategies
are described to attend and prevent Covid-19
contagions in these places. Finding that the
AHM have developed strategies according
to their capacities to face the challenges of
migration in a context of vulnerability not only
social, but also health.
Keywords: Covid-19, Migration, Public Health,
Vulnerable Groups, Borders

1. INTRODUCCIÓN
El La migración es un fenómeno social en
incremento en las últimas décadas, en el cual, se
encuentran inmersos factores sociales, políticos,
económicos, culturales, naturales educativos,
religiosos, entre otros (Gómez-Walteros,
2010:84). La migración ha estado relacionada
a entornos de inseguridad y vulnerabilidad
debido las condiciones bajo las que se realiza y
a su vez por el endurecimiento de las políticas
migratorias actuales (Izacara-Palacios, 2012;
Carpio et al., 2017) y recientemente agravada
por las condiciones sanitarias derivadas de la
pandemia del SARS-CoV-2 (Covid-19).
La frontera norte de México, en el principal
corredor migratorio del planeta (Organización
Internacional para las Migraciones, 2020), el

constructoscriminologicos.uanl.mx

estado de Tamaulipas es geográficamente la
ruta de acceso más corta a los Estados Unidos
(Barrón, 2013; Carpio-Domínguez et al, 2017)
caracterizándose por la presencia de importantes
flujos migratorios (Izcara-Palacios, 2012).
Este estado mexicano constituye un centro
receptor y expulsor de jornaleros migratorios
tanto nacionales como internacionales (IzcaraPalacios, 2012; Izcara-Palacios y Andrade-Rubio,
2015), los cuales, tienen como objetivo llegar a
Estados Unidos en busca de trabajos temporales,
o bien, migran definitivamente buscando mejores
oportunidades de desarrollo (Alba, 1979).
La principal respuesta ante la pandemia
del Covid-19, fue el aislamiento social y
el aumento de la vigilancia sanitaria en las
principales entradas a los países, por lo que
estas medidas de seguridad tuvieron profundos
impactos en el proceso migratorio. Al respecto,
ante la emergencia de la pandemia, el gobierno
de Estados Unidos en el discurso de que la
migración atenta contra la seguridad nacional
en la propagación del coronavirus (Sedas et
al, 2020) derivó en el aumentó las patrullas
fronterizas, estableciendo requisitos más
estrictos para obtener asilo o visas y presionó a
México y a los países centroamericanos para que
procesen las solicitudes de asilo presentadas en
los EE. UU. (a través de los llamados Protocolos
de Protección al Migrante y los Acuerdos
de Cooperación de Asilo). Estas medidas
ayudaron a reducir en un 70% el número de
centroamericanos en la frontera sur de Estados
Unidos y norte de México (International Crisis
Group, 2020).
Fue evidente que debido a la pandemia
por el Covid-19 las personas migrantes

Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los casos de las casas de asistencia para migrantes. PP. 7-30

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

fueron concebidas como un grupo aún más
vulnerable, por lo que tanto instituciones del
Estado mexicano como organizaciones no
gubernamentales, desplegaron un abanico
de políticas y acciones públicas enfocadas
en dicha población para prevenir contagios,
o bien, para atender brotes. Ante este
panorama, el reto concep- tual que planteó
este artículo fue cómo concebir las políticas
públicas y acciones públicas, por un lado,
y cómo captar sus matices para un caso
particular del norte de México (HernándezHernández, 2021: 67).

1.1. La pandemia en la migración
A finales del año 2019 se dio a conocer a nivel
mundial el surgimiento de un nuevo coronavirus
denominado SARS-CoV-2 (Covid-19) (Zhou
et al., 2020) el cual, se distribuyó a nivel
mundial favorecido por la globalización y
las comunicaciones aéreas entre los países y
las regiones, ocasionando una pandemia que
ha tenido profundos impactos económicos,
ambientales, sociales y en la salud humana sin
diferenciar clases y estratos sociales, ni países
desarrollados o en desarrollo (Aja, 2020).

Sin embargo, la migración no se detuvo con la
implementación de estas medidas sanitarias,
las personas migrantes tanto nacionales como
extranjeras continuaron llegando a la frontera
norte de México, mientras que las políticas
implementadas por el gobierno de México para
incluir a la población migrante en la respuesta
nacional contra el Covid-19, no ha sido efectiva
en permear el impacto de la pandemia en la este
grupo social, derivando en el contagio también
de personas migrantes mientras residen en la
frontera norte del país (Gobierno del Estado de
Tamaulipas, 2020; Sedas et al, 2020)

Para el 11 de marzo de 2020, la Organización
Mundial de la Salud (OMS) en comunicación
oficial, declaró el brote del coronavirus SARSCoV-2 como una pandemia global, indicando
que cada país debía reforzar sus estrategias para
atender esa emergencia sanitaria (OMS, 2020).
Teniendo como consecuencia 1) los contagios,
los cuales suman alrededor de 50 millones de
personas y más de un millón de muertes por
Covid-19 a nivel global, y la exclusión social de
personas por miedo al contagio, 2) las medidas
de prevención de contagio del Covid-19 como el
aislamiento, la cuarentena y el toque de queda,
3) las pérdidas económicas y el desempleo, y
La importancia de este estudio radica en 4) las muertes de familiares, amigos y personas
que se profundiza en el contexto migratorio conocidas (Griffiths y Mamun, 2020; Sher, 2020;
de la pandemia del Covid-19 en el estado D´Souza et al. 2020). Las principales estrategias
de Tamaulipas por lo que es fundamental tomadas por los gobiernos de la mayoría de los
comprender cómo diversos actores sociales y países del mundo han sido el aislamiento, la
organizaciones no gubernamentales contribuyen protección personal (bioseguridad), diagnóstico
en la gobernanza sanitaria y en la protección de temprano y tratamiento (para síntomas) en
los derechos humanos también en materia de pacientes infectados (Macintosh, 2020).
salud de las personas migrantes en el estado.
Esta situación, puso a prueba a los diferentes
gobiernos, sociedades y particulares, ya que
Cynthia Marisol Vargas Orozco y Karla Villarreal Sotelo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

implicó la protección de todos los derechos
humanos, económicos, sociales y culturales,
teniendo que asumir la implementación y
cumplimiento de diferentes acciones que
resguardaran a la población, el acceso a la
atención médica, las medidas de emergencia, la
vivienda, alimentación, saneamiento e higiene
a todas las personas, incluyendo a las personas
en condición de vulnerabilidad, minorías,
migrantes, pueblos indígenas, desplazados,
personas recluidas y detenidas (Oficina de Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos, OACNUDH, 2020a).
Las personas más vulnerables a esta crisis son
las que ya están riesgo, aquellas que no tienen
acceso adecuado a la vivienda, al agua potable,
así como aquellos que sufren de discriminación
y los que por su condición social se encuentran
en desventaja.

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Humanos de los migrantes: Guía” en la cual, se
especifican las diferentes acciones que deben
tomarse para proteger la salud de aquellos que
viven en albergues, estas acciones comprenden:
provisiones de agua, saneamiento e higiene,
la provisión de todos los servicios esenciales,
incluida la alimentación, prevención, pruebas
y tratamientos (OACNUDH, 2020d).

Ante esta apreciación, el 30 de marzo de 2020
el Consejo de Salubridad de México declaró a
la epidemia generada por el virus SARS-CoV-2
como emergencia sanitaria de fuerza mayor,
llevando al Estado Mexicano a determinar las
acciones necesarias para atender las diferentes
problemáticas que traería esta declaración
(Gobierno de México, 2020a). Esto derivó en la
publicación de las guías de salud pública para
la prevención de la transmisión de Covid-19,
exhortando inmediatamente la suspensión
En este sentido, uno de los grupos sociales con de toda actividad no-esencial a través del
mayor vulnerabilidad es la población migrante sector público, privado y social además de las
(OACNUDH, 2020b). La mayoría de los recomendaciones de ¨distanciamiento social¨
migrantes, viven en asentamientos, campos con (Secretaría de Salud, 2020).
sobrepoblación, centros de recepción, refugios
que son improvisados y por sus situaciones 1.2. Contagios de Covid-19 en Tamaulipas,
precarias, estos lugares no ofrecen un adecuado México
sistema de salud, por lo que se encuentran en
condiciones de insalubridad, de hacinamiento, La contingencia sanitaria originada el Covid-19
lo que hace que las consecuencias de un brote en el estado de Tamaulipas, inició seis días
de Covid-19 sea letal (OACNUDH América después (17 de marzo) de la declaración
Central, Oficina Regional, 2020c).
como pandemia por parte de la Organización
Mundial de la Salud (11 de marzo). El Comité
Para atender la situación de los migrantes Estatal para la Seguridad Publica en Salud
frente a la emergencia sanitaria que se enfrenta implementó acciones de coordinación para
globalmente por la Covid-19, la Oficina de la suspensión de actividades escolares, limitar
Alto Comisionado de las Naciones Unidas para el acceso a las playas y la reducción de la
los Derechos Humanos, el 7 de abril de 2020, asistencia del personal a los centros de trabajo,
puso en circulación “Covid-19 y los Derechos así como la suspensión de manera inmediata de
Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los casos de las casas de asistencia para migrantes. PP. 7-30

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Figura 1. Comportamiento de casos de contagios de Covid-19 en
el estado de Tamaulipas durante 2020

Fuente: elaboración propia con datos de los datos epidemiológicos
oficiales de la página de Gobierno de México

eventos sociales, centros recreativos y cualquier de la pandemia en el estado. Sin embargo,
actividad que implique aglomeraciones sociales en el último trimestre el incremento en el
(Gobierno del Estado de Tamaulipas, 2020).
número de casos de contagio se ha sostenido,
alcanzando en diciembre un total de 12,159
La frecuencia de casos de contagios de Covid-19 casos de contagios extendiendo la segunda
en el estado ha presentado dos grandes curva de contagios hasta 20212 (Figura 1).
incrementos, la primera curva de contagio o
curva epidemiológica1 tuvo la frecuencia más Sin embargo, en este escenario de contagios,
alta en el mes de julio con 10,834 casos de también figuraron las personas migrantes que
contagios con un descenso de casos de Covid-19 residen en el estado, ya que el 20 de abril de
en el estado durante los meses de agosto 2020 el Gobierno del Estado de Tamaulipas
(n=6 152) y septiembre (n=5 099), siendo los confirmó el contagio de 198 personas por
registros más bajos de contagios desde el inicio el coronavirus SARS-CoV-2, de los cuales el
10% de este grupo correspondía a población
migrante nacionales y extranjeros deportados,
1
La curva epidemiológica es un gráfico estadístico utiestablecidos en albergues de la frontera. Este
lizado en epidemiología para visualizar el inicio de un brote

epidémico, la cual, permite identificar la magnitud de la enHasta la elaboración del presente estudio (enero,

fermedad, valores atípicos, tendencia en el tiempo, periodo de

2

incubación, etc. (Torok, 2002)

2021), la segunda curva epidemiológica no se ha definido.
Cynthia Marisol Vargas Orozco y Karla Villarreal Sotelo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

10% correspondía a 16 migrantes, contagiados
en un albergue de los cuales, 6 eran originarios
de Honduras, 4 de México, 3 de Cuba, uno de
Guatemala, uno de Camerún y por último uno
sin determinar su lugar de origen (Gobierno del
Estado de Tamaulipas, 2020; Sedas et al, 2020).
Esto anterior derivó en que el Gobierno de
Tamaulipas presentara ante la Suprema Corte
de Justicia de la Nación una Controversia
Constitucional, de carácter urgente, en la que
solicitó se dictaran medidas sanitarias para la
protección de la salud también de los migrantes
que se encuentran en el estado. Esta situación
permite entrever, que la población vulnerable
como los migrantes en el contexto de la
pandemia del coronavirus se ha convertido en
un desafío para la gobernanza en salud inclusiva,
la capacidad del Estado para enfrentarla y
prevenirla y en la reducción de las desigualdades
(Riggirozzi, Grugel y Cintra, 2020).
2. METODOLOGÍA
2.1. Tipo de estudio
El presente estudio descriptivo se realizó a
través un enfoque mixto, que de acuerdo a
Creswell (2008), este enfoque mixto permite
integrar en un mismo estudio, metodologías
cualitativas y cuantitativas, orientado a ampliar
la comprensión del fenómeno que se estudia.
Este tipo de estudio permite comprender
las interrelaciones entre las variables de
análisis ofreciendo una síntesis interpretativa
(complementación) de los resultados de cada
método (Bericat, 1998).

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2.2. Población de estudio
Se analizan los datos cualitativos y cuantitativos
de las dos Casas de Asistencia para Migrantes
(CAM) en la ciudad de Reynosa Tamaulipas:
Albergue Nuestra Señora de Guadalupe y
el Albergue Senda de Vida; con el objetivo
de conocer las cifras de personas migrantes
atendidas en las casas de asistencia para
migrantes, así como describir las estrategias
de protección de la salud y los principales
desafíos para atender y prevenir los contagios
de coronavirus durante la pandemia del
SARS-CoV-2 (Covid-19) en el periodo enerodiciembre del 2020.
2.3. Recolección y análisis de datos
Para cumplir con los objetivos planteados 1)
se analizaron por estadística descriptiva las
frecuencias y datos socio-demográficos de
personas migrantes atendidas en las CAM, y 2)
a través de entrevistas semiestructuradas con los
directores de las CAM se analizan las principales
estrategias de prevención de contagios de
coronavirus (SARS-CoV-2 ) y los desafíos para
el funcionamiento de estos albergues durante la
pandemia en el periodo enero-diciembre 2020.
En cuanto a la combinación de los métodos, se
utiliza la complementariedad de la información
que de acuerdo a Greene et al. (1989) y Bryman
(2006) la complementariedad en los método
mixtos busca la elaboración, mejora, ilustración
y aclaración de los resultados de un método
con los resultados del otro (Greene et al., 1989:
259; Bryman, 2006: 105).
Esta metodología es aplicada para analizar, en
un primer momento, los datos cuantitativos

Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los casos de las casas de asistencia para migrantes. PP. 7-30

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

de ambas casas de asistencia, de los cuales,
se analizan primero los datos de manera
conjunta y posteriormente por cada una de
las CAM, debido a que los procedimientos,
características, capacidades y criterios para la
atención de personas migrantes son distintos en
cada una. En cuanto a las variables cuantitativas
se analizan datos como: número de personas
recibidas/atendidas, género, número de
menores de edad, lugares de procedencia
(nacionales y extranjeros) y padecimientos
médicos identificados (diagnosticados).
Respecto a los datos cualitativos, se analizan
desde dos categorías previas: 1) retos y desafíos
para la prevención de contagios de Covid-19
en migrantes, y 2) estrategias de prevención
de contagios durante la emergencia sanitaria.
La primera categoría tiene como objetivo
comprender las afectaciones (económicas
y administrativas) al funcionamiento de las
CAM derivadas de la contingencia sanitaria,
mientras que la segunda categoría comprende
las estrategias implementadas por las CAM para
hacer frente a la contingencia para salvaguardar
la salud y atención a las personas migrantes
durante el periodo de estudio.
3. RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Para comprender la importancia de las Casas
de Asistencia para Migrantes (CAM) en la
frontera noreste de México, es necesario
mencionar que esta región fronteriza es uno
de los principales puntos de recepción de
personas migrantes, durante 2020 de los 87
260 migrantes extranjeros presentados ante
la autoridad migratoria mexicana 16 392
(19.79%) fueron en Tamaulipas (ocupando el

segundo lugar nacional después del estado de
Chiapas), siendo además, el principal estado
fronterizo por el que se realizó el mayor numero
de eventos de repatriación de migrantes por
parte de Estados Unidos con un total de 58 814
(31.8%) (Gobierno de México, 2020b).
La ciudad de Reynosa, recibe una gran cantidad
de personas migrantes tanto nacionales como
extranjeros que buscan cruzar hacia Estados
Unidos y que son atendidos por las CAM, por lo
cual, tienen un rol fundamental en el proceso
migratorio en la frontera norte de Tamaulipas
ya que reciben a hombres, mujeres y menores
migrantes que van de paso hacia Estados
Unidos o de retorno a México a lo largo de
toda la región fronteriza (Varela-Huerta, 2016;
Carrasco-González, 2017; Castillo-Ramírez,
2020). Las CAM de Reynosa reciben a personas
migrantes deportadas por otros puentes
fronterizos generalmente provenientes de la
ciudad de Matamoros (al este) o bien desde
Nuevo Laredo (al noroeste), de igual manera
reciben aquellas personas que van de paso con
destino a Estados Unidos o bien van de regreso
a sus lugares de origen en México. En estas
casas se ofrece comida, hospedaje, atención
médica, acceso a comunicación con los
familiares de las personas alojadas, asistencia
legal y vinculación con el Instituto Tamaulipeco
para los Migrantes para facilitarles un retorno
seguro a sus lugares de origen.
3.1. La migración, casas de asistencia y la
pandemia del Covid-19
Durante el año 2020 las casas de asistencia de
la ciudad de Reynosa recibieron 3 538 personas
migrantes, de las cuales, el Albergue Nuestra
Cynthia Marisol Vargas Orozco y Karla Villarreal Sotelo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Señora de Guadalupe (ANSG) atendió a 3
108 personas migrantes (87.8%) y el Albergue
Senda de Vida (ASDV) recibió 430 personas
migrantes (12.1%). Estas cifras responden a
los distintos procedimientos, capacidades y
criterios de cada albergue, ya que el ANSG
recibe personas migrantes durante tres días,
en los cuales se les ofrecen los servicios
mencionados y posteriormente dejan la casa
para permitir a otras personas ingresar, por
lo que la población atendida en esta casa es
mayor, en tanto que el tiempo de permanencia
por persona está restringido a los tres días,
mientras que el ASDV ofrece los servicios a
las personas hasta que tienen algún tipo de
seguridad como trabajo, casa, etc.

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Previo al inicio de la medida de seguridad de
contingencia sanitaria (aislamiento) en el estado
de Tamaulipas (en marzo 2020), ambas casas
de asistencia recibieron 1 082 personas durante
el primer bimestre (enero-febrero), lo que
representa el 50.9% del total anual, mientras
que el resto del periodo (marzo-diciembre)
recibieron una población de 1 736 personas
migrantes, es decir el 49% del total anual. Al
inicio de la contingencia sanitaria en el estado,
hubo un descenso del 34.3% en la frecuencia de
atención de personas migrantes durante el mes
de marzo (n= 837, 18.1%) respecto a febrero
(n=1275, 27.6%), este descenso se mantuvo
en los próximos meses en función a la primera
curva de aumento de contagios durante el mes
de julio (ver Figura 1) con un aumento en el
último trimestre del año (Figura 2).

Figura 2. Frecuencias de personas migrantes atendidas por las casas de asistencia en la ciudad
de Reynosa, Tamaulipas durante el año 2020

Fuente: elaboración propia con datos de las Casas de Asistencia para Migrantes (2020)

Se identificó que previo al inicio de la 48% del total de personas recibidas durante
contingencia sanitaria (marzo, 2020) el ASNG 2020, mientras que durante la contingencia
recibió 1 492 personas, lo que representó el sanitaria (marzo-diciembre) este albergue
Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los casos de las casas de asistencia para migrantes. PP. 7-30

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atendió al 52% (n=1616) sumando un total
anual de 3108 personas migrantes, así como
a 217 personas menores de 18 años. Una
vez iniciada la contingencia, se registró un
descenso del 67.1% de personas atendidas en
el mes de abril (n=235, 7.6%) respecto al mes
de marzo (n=717, 23.1%) (Figura 3), situación
que continuó en descenso coincidiendo con
la primera curva de contagios del SARS-CoV-2

(Covid-19) en el estado (Ver Figura 1) ya que
durante el periodo junio-agosto la curva de
contagios visibilizó la gravedad de la pandemia
en el estado y en consecuencia la frecuencia
de atención a personas migrantes fue menor,
ya que la principal estrategia para prevenir y
contener los contagios fue el aislamiento, y
que las casas de asistencia también tuvieron
que implementar durante la pandemia.

Figura 3. Frecuencias de personas migrantes atendidas por las casas de asistencia en la ciudad
de Reynosa, Tamaulipas durante el año 2020

Fuente: elaboración propia con datos de las Casas de Asistencia para Migrantes (2020)

A partir del mes de septiembre se evidenció
un aumento en la frecuencia de personas
migrantes recibidas en el ANSG (n=66, 2.1%)
situación que continuó en aumento hasta el
mes de octubre (n=172, 5.5%), esto anterior
responde al descenso de la curva de contagios
durante septiembre (n=5099) y octubre
(n=6151); sin embargo, con el incremento
sostenido de contagios en el último trimestre de

2020, la atención de personas migrantes en el
ANSG tuvo que descender, cerrando el mes de
diciembre con 165 personas (5.3%) recibidas.
Por otra parte, el Albergue Senda De Vida
(ASDV) recibió 430 personas migrantes durante
2020, de las cuales el 72.1% (n=310) fueron
recibidas en el primer bimestre previo a la
contingencia sanitaria, mientras que el 27.9%
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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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fue recibido en los meses restantes del año. Es
necesario establecer que a diferencia del ANSG,
este albergue mantuvo durante la contingencia
(marzo-diciembre) a 120 personas durante
todo el periodo. Esta dinámica corresponde a
las medidas de seguridad implementadas por el
ASDV para prevenir los contagios dentro de sus
instalaciones. En el mes de enero atendieron
a 125 (29%) personas con un aumento del
48% respecto al mes de febrero (n=185, 43%),
siendo el mes con el mayor número de personas
atendidas.

asistencia médica y legal a las 120 personas
las cuales eran originarias de Latinoamérica y
África, así como a 110 menores de 18 años.
Con relación a la distribución por género de
las personas migrantes atendidas por las CAM,
se identificó que la frecuencia de hombres es
mayor (n=2 639, 82.2%) respecto a las mujeres
(n=572, 17.8%), se evidencia que la frecuencia
de personas atendidas por las CAM durante
la contingencia del Covid-19 corresponde
porcentualmente a hombres. Se observó un
descenso en las frecuencias entre hombres
(66.6%) y mujeres (84.6%) durante el mes de
En cuanto al periodo de contingencia de 2020 marzo respecto a febrero, ya que en el caso de
correspondiente a marzo-diciembre, el ASDV los hombres la frecuencia de hombres durante
mantuvo la población que ingresó en el mes febrero fue de 1045 (39.6%) frente a 601
de marzo (n=120, 27.9%) hasta diciembre (22.8%) en marzo, mientras que las mujeres
(Figura 3). Durante este periodo, el ASDV descendieron de 176 (30.8%) en febrero a 27
les proporcionó hospedaje, alimentación, y (4.7%) en marzo (Figura 4).
Figura 4. Distribución por género de personas migrantes recibidas en las casas de asistencia de
la ciudad de Reynosa, Tamaulipas durante el año 2020

Fuente: elaboración propia con datos de las Casas de Asistencia para Migrantes (2020)

Durante la primera curva de contagios de
frecuencias por género fueron de 0.4% (n=13)
Covid-19 en el estado de Tamaulipas en
en junio y de 0.1% (n=3) en julio, siendo las
los meses de junio y julio (ver Figura 1), las
Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los casos de las casas de asistencia para migrantes. PP. 7-30

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

menores del periodo de estudio. La distribución
por género durante este bimestre estuvo
representada en el mes de junio por 10 (0.4%)
hombres y 3 (0.5%) mujeres; mientras que
durante julio se recibieron 2 hombres (0.1%) y
una mujer (0.2%).
Las CAM recibieron durante este periodo a 327
personas menores de 18 años representando el
9.2% del total de población migrante durante
2020 atendida en las CAM (ANSG=217,
ASVD=110). Este fenómeno de menores de
edad en el proceso de migración, ha sido
documentado en la última década como un
fenómeno en aumento (Hernández-Hernández,
Vargas-Orozco y Villarreal-Sotelo, 2015),
evidenciando un cambio en los procesos
migratorios tradicionales, en donde ya no
únicamente migran las personas adultas.

En los datos proporcionados por las casas
de asistencia los menores de edad son
contabilizados aparte del resto de la población,
no especificando cuántos de ellos son hombres
y mujeres; sin embargo, los datos permiten
evidenciar que este grupo social muestra un
comportamiento de frecuencias similar al de
los adultos, con la excepción de que durante el
mes de octubre tuvo un aumento considerable
en la frecuencia de casos de menores
atendidos por las casas de asistencia, este
aumento representó el 21.4% (n=70) del total
de menores durante el periodo, incluso sobre
el total por mes durante el primer bimestre
del año previo al inicio de la contingencia
sanitaria en el estado (Figura 5).

Figura 5. Menores migrantes atendidos en las casas de asistencia para migrantes de la ciudad de
Reynosa, Tamaulipas durante el año 2020
80
70

65

Frecuencia

60
50
40

70
60

40

39

30
16

20
10
0

3
Enero

Febrero

Marzo

Abril

9

Mayo

7

1

Junio
Julio
Mes (2020)

7
Agosto

10

Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Fuente: elaboración propia con datos de las Casas de Asistencia para Migrantes (2020)

Esta frecuencia de menores en casas de los grupos migratorios son heterogéneos en los
asistencia durante la contingencia de la que grupos minoritarios como los niños y niñas
pandemia del Covid-19, permite evidenciar que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad
Cynthia Marisol Vargas Orozco y Karla Villarreal Sotelo

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no sólo por las condiciones de seguridad
como lo han reportado diversos estudios
(Vargas-Orozco, et al., 2012; HernándezHernández, Vargas-Orozco y Villarreal-Sotelo,
2015), sino también por las condiciones de
vulnerabilidad sanitaria con un alto riesgo de
contagio de Covid-19. Esto queda evidenciado
en el mismo proceso migratorio, al movilizar
a esta población, muchas veces en grandes
grupos, en condiciones de poca salubridad y
sin las medidas de prevención de contagios de
Covid-19 (OACNUDH, 2020a).

corresponde a migrantes nacionales, mientras
que los internacionales tuvieron el 11.8%
(n=419). Respecto a los nacionales, se
identificaron 10 estados de procedencia,
siendo las personas migrantes del estado de
Chiapas las que tuvieron una mayor frecuencia
en la atención de las CAM (n=605, 19.4%),
mientras que los estados de Veracruz (n=389,
12.5%), Michoacán (n=382, 12.2%), Tabasco
(n=369, 11.8%) y Guerrero (n=327, 10.5%)
tuvieron una frecuencia &gt;300 personas cada
uno durante el periodo de estudio, destacando
que el 11.3% (n=351) de la población migrante
Con relación a los lugares de procedencia atendida en las CAM es originaria del centro y
de las personas migrantes atendidas en las sur del estado de Tamaulipas (Figura 6).
CAM, se identificó que el 88.1% (n=3119)
Figura 6. Estados de procedencia de personas migrantes atendidas durante el año 2020 por las
casas de asistencia para migrantes en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas

Fuente: elaboración propia con datos de las Casas de Asistencia para Migrantes (2020)

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De igual manera los estados como Puebla
(n=269, 8.6%), Hidalgo (n=264, 8.5%), Oaxaca
(n=125, 4%) y Coahuila (n=38, 1.2%) se
caracterizan por tener una menor frecuencia de
personas migrantes atendidas en las CAM; sin
embargo, estas cifras permiten visibilizar que las
CAM recibieron durante el año 2020 a personas
migrantes del norte, centro y sur de México en
un contexto de seguridad sanitaria global. La
migración interna en México con destino a la
frontera norte ha sido documentada como un
fenómeno dinámico que ha ido en aumento en
las últimas décadas (Rivera-Sánchez, 2017), ya
que los flujos migratorios se han concentrado
en la región noreste de México en los estados
de Coahuila, Nuevo León, San Luis Potosí y
en la región costera y fronteriza de Tamaulipas
(Lomelí-Carrillo e Ybáñez-Zepeda, 2017).
La población migrante atendida en las CAM
también estuvo integrada por personas de otros
países. Se identificaron 419 personas migrantes
(11.8%) de 13 países de procedencia, de los
cuales, 8 pertenecen a América Latina y el
Caribe y 5 corresponden a la región de África
Central y Occidental. México, además de ser
un país emisor de migrantes mexicanos hacia
Estados Unidos se ha convertido en un país de
tránsito para migrantes (Pardinas, 2008), por lo
que es común encontrar a personas de otros
países en las principales zonas fronterizas del
norte mexicano, generalmente en busca de
mejores oportunidades en Estados Unidos o
bien residiendo temporalmente en las ciudades
mexicanas de la frontera (Carrasco-González,
2017).

consecuencia de conflictos sociales, políticos,
naturales y de seguridad, agravados por las
condiciones de pobreza, principalmente en
países centroamericanos como el Salvador,
Nicaragua, Guatemala y Honduras (GonzálezReyes, 2009). El aumento de grupos de
migrantes con destino a Estados Unidos en la
última década ha provocado el endurecimiento
de las políticas migratorias, provocando dos
fenómenos de relevancia para las fronteras: 1)
La presión política de Estados Unidos a México
para limitar el ingreso de migrantes extranjeros
al territorio mexicano con destino a Estados
Unidos3 y 2) el aumento de personas migrantes
en las principales ciudades fronterizas tanto del
norte como del sur de México.
La pandemia del Covid-19 trajo cambios en los
procesos migratorios, ya que además provocó la
respuesta de Estados Unidos ante la migración
como un problema de seguridad nacional
como dispersor de Covid-19 (International
Crisis Group, 2020). Al respecto, durante el
año 2020, las CAM recibieron de la región
de América Latina a personas migrantes de
Haití (n=205,5.7%), Honduras (n=111, 3.1%)
Guatemala (n=48, 1.3%), El Salvador (n=40,
1.1%), Chile (n=3, 0.08%), Venezuela (n=3,
0.08%), Cuba (n=2, 0.06%) y Brasil (n=1, 0.03%)
(Figura 7), lo que coincide con lo reportado por

3

Este fenómeno es considerado en los estudios de mi-

gración como “tapón migratorio”, se considera a México como
un tapón migratorio junto con Marruecos y Turquía, ya que un
país tapón es aquel con largas tradiciones migratorias pero se
les ha impuesto (por Estados Unidos y la Unión Europea) el

La
migración
latinoamericana
hacia
Estados Unidos ha sido documentada como

papel de puerta trasera para frenar migrantes (Varela-Huerta,
2016:41).
Cynthia Marisol Vargas Orozco y Karla Villarreal Sotelo

�20

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

Carrasco-González (2017) respecto a la región México o Estados Unidos (Castillo y Toussaint,
de Centroamérica y su alta frecuencia en las 2015; Carrasco-González, 2017).
cifras de migración hacia el norte, con destino a
Figura 7. Países de procedencia de personas migrantes atendidas durante el año 2020
en las casas de asistencia para migrantes de la ciudad de Reynosa, Tamaulipas

Fuente: elaboración propia con datos de las Casas de Asistencia para Migrantes (2020)

Los migrantes procedentes de Haití ocuparon el
segundo país de origen de las personas atendidas
en las CAM (Figura 7), lo cual, está relacionado
a la reciente oleada de personas de este país con
destino a México y Estados Unidos, iniciada en
el periodo 2016 hasta el segundo semestre de
2018, con destino a las principales ciudades del
centro del país y de la frontera norte (MontoyaOrtiz y Sandoval-Forero, 2018) buscando asilo
político o bien llegando de manera ilegal en
busca de mejores oportunidades de desarrollo
(Félix-Vega y París-Pombo, 2018).
De la región de África Central eran originarios de
Camerún (n=1, 0.03%), Burundi (n=1, 0.03%)

y la República Democrática del Congo (n=1,
0.03%), mientras que de la región de África
Occidental pertenecían a países como Guinea
(n=2, 0.06%) y Costa de Marfil (n=1, 0.03%). La
migración de extranjeros de origen africano se
ha incrementado en la última década (EscrichGallardo, 2018), esta población principalmente
ingresa por la frontera sur de México y tiene
como destino la frontera norte, con el objetivo
de solicitar visas temporales o asilo político
a Estados Unidos; sin embargo, a partir de
2016, disminuyó la atención en las oficinas
de inmigración de Estados Unidos, reduciendo
el número de atenciones de 70 solicitudes de
visa o asilo por día antes de 2016, hasta 20

Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los casos de las casas de asistencia para migrantes. PP. 7-30

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

solicitudes o ninguna por día durante 2017
(Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de
Migración, CCINM, 2017), lo que ha derivado
en que estas personas permanezcan en la zona
fronteriza mexicana en espera de atención por
parte de las autoridades estadounidenses.
Las principales desafíos del proceso migratorio
que han sido documentados, tanto para
migrantes nacionales como extranjeros, son las
condiciones de inseguridad en la región norte
de México derivadas de los conflictos contra el
narcotráfico por parte del gobierno mexicano
y entre los grupos criminales de la región
(González-Reyes, 2009; Ybáñez-Zepeda y
Alarcón, 2014; Correa-Cabrera, 2016; CastilloRamírez, 2020), además, otro de los principales
obstáculos de la migración extranjera son las
barreras lingüísticas y culturales (CCINM,
2017), ya que en el caso de los migrantes de
África atendidos por las CAM, los idiomas son
tan heterogéneos como sus lugares de origen,
de manera que en la República Democrática
del Congo el idioma oficial es el francés,
en Camerún el francés e inglés, en Burundi
el francés, inglés y kirundi, en Guinea es el
español, francés y portugués y en Costa de
Marfil el francés.

21
México, la situación de vulnerabilidad sanitaria
en la población migrante sigue presente, ya que
de los 16 migrantes contagiados de Covid-19
en una CAM en el municipio de Nuevo Laredo
Tamaulipas, 11 eran extranjeros, provenientes
de Honduras (n=6), Cuba (n=3), Guatemala
(n=1) y de Camerún (n=1); mientras que 4 eran
de nacionalidad mexicana y uno sin identificar
su nacionalidad (Gobierno de Tamaulipas,
2020). Por lo anterior la afluencia de personas
migrantes en la frontera norte de Tamaulipas,
requiere la implementación de políticas
públicas para la atención gubernamental de
este grupo social también en el contexto de la
pandemia del Covid-19.

En cuanto a las enfermedades y padecimientos
médicos en esta población de estudio, se
identificó que las personas migrantes fueron
atendidas por el personal de las CAM en
el suministro de medicamentos y consultas
médicas, en primer lugar (en orden de frecuencia)
(Figura 8), las enfermedades respiratorias (n=9)
se reportaron en los meses correspondientes
a la temporada invernal (noviembre-enero),
mientras que las enfermedades digestivas (n=7)
fueron reportadas en el periodo julio-octubre,
las cuales, pueden estar relacionadas al aumento
de la temperatura en la región y el consumo
Esta condición de diferencias lingüísticas limita de alimentos frescos o bien a la diferencia
o reduce el acceso a servicios de representación alimentaria. Los padecimientos musculares
institucional en las fronteras, principalmente los (n=6) se registraron en los meses de marzo y
servicios de asistencia jurídica que no cuentan agosto, y junto con los traumas físicos (n=3)
con personal que hablen el mismo idioma que pueden estar relacionados a las actividades
las personas migrantes (CCINM, 2017), al igual laborales que desempeñan los migrantes
que para acceder a trabajo temporal en la frontera para obtener ingresos económicos ya que,
o bien para servicios médicos. En este sentido, generalmente, realizan trabajos de albañilería
además de estas condiciones de vulnerabilidad y construcción, mecánica automotriz y trabajos
que han caracterizado la migración en el norte de agrícolas.
Cynthia Marisol Vargas Orozco y Karla Villarreal Sotelo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Figura 8. Enfermedades y padecimientos médicos atendidos por las casas de asistencia para
migrantes de Reynosa, Tamaulipas durante 2020

Fuente: Elaboración propia

Respecto a las alergias, los casos reportados
(n=5), muestran que fueron atendidos en
los meses de abril y mayo y por último, las
enfermedades crónicas (n=3) estuvieron
representadas por personas que padecen
diabetes mellitus. Estos padecimientos fueron
atendidos por los servicios médicos de consulta
y medicamento de las CAM, las cuales, reciben
donaciones de medicamentos y servicio social
por parte de médicos voluntarios. Esto anterior
permite establecer que las personas migrantes
reciben atención médica de acuerdo a sus
capacidades, ya que en los casos cuando se
requieren servicios médicos especializados, el
Instituto Tamaulipeco para los Migrantes apoya
a las CAM para facilitar la gestión administrativa
y financiera de estos servicios.

Casas de Asistencia para Migrantes (CAM),
si bien, porque las medidas de prevención
de contagios estaban fundamentadas en el
aislamiento social y la seguridad sanitaria,
mientras que el objetivo de las CAM es la
atención de un gran número de personas en
condiciones de vulnerabilidad social, por lo
que están adaptadas para atender este tipo de
fenómenos (seguridad, hospedaje, transporte,
alimentación, vinculación, etc.).

Sin embargo, la pandemia llevó a estas
instituciones a desarrollar estrategias de
prevención y atención frente a nuevos retos
y desafíos de carácter sanitario para atender
al mayor número de personas garantizando
la protección sanitaria tanto de personas
migrantes como del personal de las CAM y
3.2. Estrategias y desafíos ante la pandemia
fundamentadas en los derechos humanos de
del Covid-19
las personas en migración. A continuación se
analizan los principales retos y desafíos que
La pandemia del coronavirus (Covid-19) tuvo enfrentaron las CAM para atender a este grupos
serios impactos en el funcionamiento de las social en el contexto de la pandemia, así como
Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los casos de las casas de asistencia para migrantes. PP. 7-30

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

de las principales estrategias para lograr la
seguridad sanitaria.
3.3. Retos y desafíos para la prevención de
contagios de Covid-19 en migrantes
Respecto a los principales retos y desafíos
de las CAM se identificaron dos fenómenos
de interés: a) la falta de información y
escepticismo respecto a la pandemia y sus
formas de contagio y b) las dificultades
económicas dentro de las CAM.

23
y el coronavirus, porque algunos [migrantes]
se resistían a cumplir con las indicaciones
sanitarias que les dábamos aquí en la casa
por lo que teníamos que estar informando
[sobre el coronavirus] a los que iban llegando
(Comunicación personal, ANSG, 3 de enero
de 2021)

El fenómeno del escepticismo y la falta de
información tienen serias implicaciones a
nivel epidemiológico, lo que deriva en que las
personas no tomen las medidas preventivas
necesarias pudiendo generar contagios masivos y
a) Falta de Información y escepticismo
descontrolados (Florentín, Maldonado y Portillo,
2020:21) y que están fundamentados en la mala
Se destaca que la falta de información y la administración gubernamental de los Estados, las
incredulidad por parte de la población respecto noticias falsas (fake news) y a la desinformación
al Covid-19, tuvo un papel fundamental en la en general (Bisso-Andrade, 2020; Martínezepidemiologia del coronavirus a nivel global Jurado y Meléndez-Alfaro, 2020).
(Bisso-Andrade, 2020). Este fenómeno ha
sido reportado y documentado no sólo en la b) Las dificultades económicas
frontera, sino en otros lugares del centro de
México (Trujillo-Pérez, 2020), y Latinoamérica Respecto a las condiciones económicas
como Paraguay (Florentín, Maldonado y dentro de las CAM, es necesario mencionar
Portillo, 2020) y El Salvador (Martínez-Jurado y que el impacto de la pandemia ha afectado
Meléndez-Alfaro, 2020).
negativamente a la economía global, ya que
esta emergencia sanitaria implicó un choque
En el caso de las CAM, reportaron que esto económico tanto de oferta como de demanda
implicó un desafío para garantizar la seguridad (Clavellina-Miller y Domínguez-Rivas, 2020).
de las personas migrantes y del personal de Entre las principales afectaciones económicas
atención, ya que al principio de la contingencia provocadas por la pandemia, fue el cierre
sanitaria, diversas personas se resistían a usar temporal y/o definitivo de pequeñas y medianas
el material de protección personal como empresas (García-Muñoz, Pérez-Sánchez y
los cubrebocas, el gel antibacterial, etc., Navarrete-Torres, 2020), situación que no fue
por escepticismo frente a la existencia del ajena a las CAM, ya que una de las principales
coronavirus y a las formas de contagio.
fuentes de abastecimiento de alimentos y
recursos provienen de las tiendas locales de la
Lo que nos afectó al principio fue la falta región.
de información de lo que era la pandemia
Cynthia Marisol Vargas Orozco y Karla Villarreal Sotelo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Con la cuarentena se retiraron los donadores
de alimento, muchos negocios [tiendas]
dejaron de donarnos comida porque ellos
también se encontraban cerrados por la
pandemia por lo que no tenían cómo
ayudarnos, además, las personas de otras
comunidades religiosas, principalmente de
otras parroquias y otros voluntarios dejaron
de alimentar a los migrantes en la calle por
miedo a contagiarse, por lo que a nosotros
se nos incrementó el consumo de comida
(Comunicación personal, ANSG, 3 de enero
de 2021)

constructoscriminologicos.uanl.mx

mayor suministro de cubrebocas, mascarillas y
kit personal de aseo (Comunicación personal,
ASDV, 4 de enero de 2021)
Estas afectaciones a las CAM permite visibilizar
el contexto bajo el cual, se desarrolló la
atención de personas migrantes durante la
pandemia y de cómo estas instituciones
han enfrentado el desafío de atender a un
gran número de personas en condiciones de
vulnerabilidad social y sanitaria en la frontera
norte de Tamaulipas.

3.4. Estrategias de prevención de contagios
Además de las necesidades de básicas para la durante la emergencia sanitaria.
atención de migrantes en las CAM, la pandemia
de la Covid-19 implicó gastos económicos Las CAM enfrentaron este escenario de la
en otros insumos propios de la emergencia pandemia de la Covid-19 a través de estrategias
sanitaria, la adaptación de los espacios dentro de colaboración interinstitucional, con el objetivo
de las CAM para mantener la distancia, los de garantizar la menor cantidad de contagios de
consumibles de seguridad personal como los coronavirus en la población migrante atendida.
cubrebocas y guantes (generalmente de un solo Destacando que el principal objetivo dentro de
uso) y el alto flujo de personas, provocaron las CAM durante la contingencia es mantener
gastos económicos considerables, aunado al segura a la población migrante, tal como lo
retiro de los apoyos de las empresas y otras afirman el personal de la casa: “Nuestro principal
reto es mantener la meta de cero contagios o
organizaciones no gubernamentales locales.
infecciones en la casa” (Comunicación personal,
Nos falta apoyo económico para el ASDV, 4 de enero de 2021)
mantenimiento y adaptación del lugar, así
como del equipo para migrantes sospechosos En este sentido, las medidas de seguridad en
de Covid-19, para poder aislarlos de los las CAM fueron adoptadas de las disposiciones
demás […] le hemos hecho como podemos de la Secretaria Salud y de la Organización
para garantizar que todos estén a salvo, pero Mundial de la Salud (2020b), respecto al uso de
sin equipo es más difícil (Comunicación cubrebocas, el distanciamiento físico, el lavado
personal, ANSG, 3 de enero de 2021)
constante de manos y la revisión constante de
la temperatura.
Necesitamos consolidar los equipos de terapia
respiratoria para adultos y niños en caso de
Al igual que otros establecimientos, les
que llegáramos a necesitar, así como de un
solicitamos [a los migrantes y el personal de
Covid-19 y migración en la frontera noreste de México: los casos de las casas de asistencia para migrantes. PP. 7-30

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

la CAM] el uso correcto y constante de los
cubrebocas así como el lavado de manos, la
toma de temperatura al ingresar a la casa y el
distanciamiento social, que incluso fue en los
dormitorios, por lo que habilitáramos otras
áreas de la casa como dormitorio. Además
procuramos la sanitización del albergue dos
veces al día (Comunicación personal, ANSG,
3 de enero de 2021)
Además de la sanitización normal como el
uso de cubrebocas, tapetes para el calzado,
uso de gel antibacterial, lavado de manos
constante, etc. Limpiamos la cuadras [término
para designar las distintas áreas de la casa]
con aerosoles y detergente (Comunicación
personal, ASDV, 4 de enero de 2021)
Esta adaptación de los espacios, permitió que
las personas migrantes dentro de las casas
tuvieran espacios suficientes para distribuir a
las personas garantizando la distancia física,
además la sanitización constante de los espacios
ha permitido reducir el riesgo de contagios
dentro de las CAM.

25
y la Cruz Roja permitió la atención medica de
calidad para personas migrantes en las CAM
durante la pandemia. Ya que se implementaron
protocolos de atención continua a las personas
migrantes dentro de las casas, con el objetivo de
monitorear a la población para la identificación
oportuna de casos.
Implementamos la revisión médica de las
personas todos los días, es decir, la asistencia
médica es a diario para identificar posibles
síntomas en algún migrante y así poder
reaccionar ante un posible contagio dentro
de la casa, quien nos ha auxiliado con eso es
Médicos Sin fronteras, la Secretaria de Salud
del Estado y la Cruz Roja (Comunicación
personal, ANSG, 3 de enero de 2021)
El apoyo de Médicos Sin Fronteras y de la
Secretaria de Salud del Estado y la Cruz Roja
ha sido muy importante para nosotros, ya que
gracias a ellos podemos darle a las personas
migrantes una atención permanente y
revisiones periódicas del estado de salud de
cada uno de ellos (Comunicación personal,
ASDV, 4 de enero de 2021)

a) El apoyo médico
En este sentido, la colaboración por parte
Con relación a la colaboración interinstitucional, de las CAM con otros organizaciones no
el apoyo por parte de Médicos Sin Fronteras4, gubernamentales como Médicos Sin Fronteras
la Secretaria de Salud del estado de Tamaulipas y las instituciones de gobierno Estatal y Federal
han permitido que, en gran medida, las personas
4
Médicos Sin Fronteras (MSF) es una organización que migrantes tengan acceso a un ambiente seguro
trabaja para mejorar el acceso a la atención médica y psico- para residir en la frontera norte del estado de
lógica también para población migrante y refugiada ofrecien- Tamaulipas en su trayecto migratorio.
do servicios médicos de calidad y atención a la salud mental.
Ofrece sus servicios en la ruta migrante como en Tenosique (Tabasco), en Coatzacoalcos (Veracruz), y en Reynosa, Matamoros
(Tamaulipas) (Médicos Sin fronteras, 2021)
Cynthia Marisol Vargas Orozco y Karla Villarreal Sotelo

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

CONCLUSIONES

México, en especial por la frontera norte del
estado de Tamaulipas.

La pandemia por Covid-19 ha tenido profundos
impactos en los procesos migratorios, y las casas TRABAJOS CITADOS
de asistencia para migrantes se han enfrentado
a un contexto de emergencia sanitaria nunca Alba, Francisco. (1979). La población de México, evoluciones y
registrada en épocas recientes y sin protocolos
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Se concluye que las casas de asistencia para
migrantes son instituciones que han sido
fundamentales para el proceso migratorio y
a su vez representan, durante el periodo de
pandemia, un lugar de cobijo y seguridad
para esta población vulnerable, destacando
su capacidad para adaptarse a nuevos
contextos socio-sanitarios y la capacidad de
colaboración para la protección de los derechos
fundamentales de las personas migrantes
nacionales e internacionales.

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Queda pendiente analizar cómo se estructuran
las redes de apoyo médico, económico,
de alimentación y sanitario de las casas de
asistencia para migrantes en el contexto de
la pandemia del coronavirus (Covid-19), así
como de las respuestas gubernamentales en
la implementación de políticas públicas en
materia de salud y migración para garantizar
la seguridad sanitaria de personas que van de
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comunidades

rurales

—
Cynthia Marisol Vargas Orozco
Afiliación: Universidad Autónoma de Tamaulipas
Doctorado en Políticas Públicas. Maestría en
Criminología y Ciencias Forenses Licenciatura en
Criminología. Coordinadora de la Licenciatura en
Criminología. Catedrática de la Licenciatura y de la
maestría en criminología ciencias forenses PNPC.
Integrante del Cuerpo Académico Consolidado
Karla Villarreal Sotelo
Afiliación: Universidad Autónoma de Tamaulipas
Doctorado en Derecho. Maestría en criminología y
ciencias forenses. Licenciatura en criminología. Líder
Del cuerpo académico de criminología consolidado.
Jefa de posgrado. Catedrática de la licenciatura en
criminología y maestría en criminología y ciencias
forenses. Presidenta de la Sociedad Mexicana de
Criminología filial Tamaulipas

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�31

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual
contra la mujer en Cuba
Criminological and legal challenges presented by sexual
violence against women in Cuba
Lázaro Enrique Ramos Portal*

Recibido: 22-11-2021
Aceptado: 10-01-2022

“De mis sueños desciendo,

violencia sexual contra las mujeres en Cuba
desde las perspectivas socio-criminológica y
Y en papel amarillo
jurídica. Los datos expuestos, que refuerzan
Cuento el viaje
el contenido teórico, tienen como fuente
Contándolo, me inunda
el análisis de sentencias en materia penal y
Un gozo grave:”
una Encuesta de Victimización Sexual. Las
sentencias penales fueron publicadas en 34
José Martí, Musa Traviesa.
Boletines del Tribunal Supremo Popular entre el
Resumen
año 1974 y el 2016 (último año de publicación),
las cuales hacen referencia a 1182 delitos; la
población estudiada estuvo compuesta por
Resumen
113 sentencias contentivas de 166 delitos
El presente artículo de investigación resume
sexuales analizados en su contenido fáctico. La
algunos elementos de un estudio realizado sobre
Encuesta de Victimización Sexual recabó datos
sobre: percepción de seguridad, miedo ante la
Cómo citar
violencia sexual, condiciones que la favorecen,
Ramos Portal, L. E. Retos criminológicos y jurídicos
victimización sexual directa e indirecta, y
ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba.
reacción social.
Constructos Criminológicos, 2(2). Recuperado a
Volando vanse,

partir de https://constructoscriminologicos.uanl.mx/
index.php/cc/article/view/16
*Universidad de La Habana

La información obtenida constituye la primera
fuente estadística de acceso público sobre
la temática de la violencia sexual en Cuba y
permitió arribar a conclusiones relevantes
sobre el desarrollo de la victimogénesis,

�32

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

las características identitarias de víctimas y
victimarios que son suficientes para el proceso
penal y un estado de opinión sobre diversos
factores sociales asociados; lo cual da respuesta
a los objetivos metodológicos. De igual
forma, se pudieron constatar las principales
limitaciones en el campo jurídico y proponer
modificaciones importantes a las normas
penales en su contenido e interpretación.

constructoscriminologicos.uanl.mx

related social factors, all of which responds
to our methodological goals. Likewise, they
made it possible to both confirm the existence
of limitations in the field of Law and suggest
relevant modifications to the content and
interpretation of criminal regulations.
Keywords: sexual crimes, Criminal Law, gender
perspective, victimization

Palabras clave: Adelitos sexuales, Derecho INTRODUCCIÓN
penal, perspectiva de género, victimización
He descubierto cosas que no quería.
Abstract
Some elements of a research work on sexual Ciertos estudios llevan a rincones del
violence against women in Cuba from a conocimiento que no siempre son bien
socio-criminological and legal perspective are recibidos. Se hallan en la zona intermedia
summarized in this article. The information entre el logro científico y el estupor. Gloria
provided, which reinforces the theoretical por el resultado académico y pena por
content, comes from an analysis of criminal confirmar hipótesis que desbrozan caminos de
sentences and from a Survey of Sexual imperfección y sufrimiento humano.
Victimization. The said criminal sentences,
published in 34 Bulletins of the People’s Al indagar sobre la violencia sexual contra
Supreme Court between the years 1974 and la mujer en Cuba, desde la perspectiva
2016 (last year of publication), make reference to criminológica y jurídica, se descubren aristas
1,182 offenses, whereas the studied population de un fenómeno que exceden a su connotación
comprises 113 convictions for 166 sexual crimes social. Quizás sean el resultado de cinco siglos
whose factual content was studied. The Survey de cultura patriarcal, que tienden a solapar los
of Victimization collected data on perception desequilibrios de poder y las diferentes formas
of safety, fear of sexual violence and triggering de violencia que se desarrollan en las relaciones
factors, direct and indirect sexual victimization, internas de la sociedad cubana, expresadas en
and social reaction.
el fenómeno estudiado, pero también en el
As the first publicly available statistical source Derecho.
about sexual violence in Cuba, these data
point to important conclusions about the Luego del triunfo de la Revolución Cubana,
development of victimogenesis, the features específicamente durante el período transcurrido
that sufficiently define the identity of victims entre 1975 y 1989, se desarrollaron múltiples
and victimizers to carry out a criminal process, acciones y estudios sobre la mujer; con la
and the prevailing state of opinion about various implementación de políticas públicas sobre
Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

igualdad de derechos y educación sexual. Estos
avances coincidieron y se materializaron en el
proceso de institucionalización jurídica, o sea,
en la mayor producción legislativa del período
revolucionario; pero las leyes promulgadas,
en su mayoría aún vigentes, como los Códigos
de Familia, Civil y Penal o las de naturaleza
procesal, entre muchas, no incorporaron la
perspectiva de género; cuyo progreso inicia en
la década de los 90 con una expresa propensión
a la equidad y la visibilización de las violencias.

33
Los datos ofrecidos por fuentes internacionales
son importantes para el direccionamiento
de la política social y criminal, pero no son
contrastables con las cifras en Cuba; debido
a la fragmentación de las investigaciones y la
insuficiencia de la información disponible en
los centros vinculados a la operatividad del
sistema penal.
Una pregunta general matiza la importancia de
este trabajo. ¿Cuál es la situación de la violencia
sexual contra las mujeres en Cuba? Pudiera
suponerse que la violencia sexual o, al menos,
los delitos sexuales denunciados y procesados
pueden ser cuantificados con facilidad, sin
embargo, no hay disponibilidad de datos, aún
cuando existen varias instituciones que deben
atender a este fenómeno dentro de su objeto de
funcionamiento.

El desarrollo del enfoque de género coincidió
con el progreso del pensamiento feminista
y victimológico; supuso una renovación
en las ciencias e impactó los estudios
socio-criminológicos y en materia penal;
tradicionalmente permeados por concepciones
que limitaban la representación colectiva de la
violencia en el imaginario popular, cultural y
A modo de ejemplo se puede señalar que el
jurídico.
Registro Central de Sancionados recoge solo
Es reconocido, en el ámbito internacional, los datos de las personas sancionadas cuando
que una de cada tres mujeres en el mundo la pena impuesta constituye antecedente penal,
sufre violencia física o sexual durante su vida según la legislación sustantiva vigente; su base
y que, en América Latina y el Caribe, esta cifra de datos está signada por el nombre de los
alcanza el 29.8%. Los actos de victimización sancionados y no por el tipo de delitos en los
más frecuentes consisten en forzarlas a tener que participan, por tanto, no maneja estadística
relaciones o realizar un acto sexual humillante real sobre la comisión de delitos sexuales y su
en contra de su voluntad, por temor a un reincidencia.
desconocido o a su pareja. Estudios revelan que
una de cada cinco niñas del mundo ha sufrido La Organización Nacional de Bufetes Colectivos
abusos sexuales durante su infancia; una de guarda los datos sobre la contratación de
cada cuatro mujeres será abusada sexualmente servicios legales atendiendo a los códigos de
antes de la edad de 18 años y una de cada seis los asuntos contratados, que tienen como
ha vivido una violación o un intento de ella en referencia el costo de la representación en
su vida; más de la mitad antes de los 18 años, y correspondencia con el marco sancionador
el 22% antes de los 12. (García-Moreno, 2005) de los delitos y la fase del proceso penal en la
(Bernabeu, 2017) (Tjaden &amp; Thoeness, 2000)
que se asume la defensa; pero no maneja o, al
Lázaro Enrique Ramos Portal

�34

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

menos, no divulga estadísticas relacionadas con La violencia sexual contra la mujer consiste
los tipos penales que motivaron la intervención en el despliegue de una conducta humana
de los letrados y letradas.
individual o colectiva, a través de mecanismos
de poder estructurales, culturales o personales,
Los Institutos provinciales de Medicina Legal que se materializa en abusos, ataques, lesiones
reportan mensualmente al Ministerio de o amenazas u otros actos de discriminación
Salud Pública los datos sobre los exámenes por razón del sexo o el género, que se oponen
medicolegales realizados a las posibles víctimas a la voluntad expresa o tácita de las víctimas,
de delitos sexuales, pero esta información menoscaban la sexualidad y representan una
no es vertida en el Anuario de Salud Pública vulneración de los derechos sexuales y/o
o en publicaciones especializadas de dicho reproductivos femeninos, concebidos como
Ministerio.
derechos humanos.
La Fiscalía General de la República y el Tribunal
Supremo Popular no aportan datos sistemáticos
de posible consulta y su estadística interna
se limita a los delitos procesados, radicados
y sancionados, abarcando solo una parte de
la violencia criminalizada y denunciada ante
órganos del sistema penal. Ninguno de estos
datos es de acceso público.

Se ha de considerar mujer a toda persona del
sexo femenino de cualquier edad; sea niña,
adolescente, adulta o adulta mayor, sin distinción
por el color de la piel, etnia, condición social
o económica, creencias religiosas, orientación
sexual o roles de género que desarrolle,
discapacidad, origen territorial o cualquier otra
circunstancia personal que implique lesión a la
dignidad humana; o cualquier persona que dada
su identidad de género se considere como mujer.

Se puede afirmar que, hasta el desarrollo de
esta investigación, existían escasa información
disponibles sobre victimización sexual en El elemento subjetivo predominante en
Cuba.
el proceso de victimización sexual es la
ausencia de consentimiento y de percepción
1. MARCO TEÓRICO ESENCIAL
de la violencia por parte de las víctimas. La
ausencia de lesiones físicas en la víctima no
La violencia, como fenómeno, tiene contornos es un indicador de anuencia o aprobación
indefinidos y sus manifestaciones se entrelazan de la violencia. La minoría de edad, ciertas
de forma compleja. En este trabajo se tratan discapacidades mentales y físicas, la ingestión
aspectos de la violencia sexual desde un de drogas, bebidas alcohólicas o la simple
enfoque crítico, con referencia a aquella que oposición al acto, afectan el consentimiento. La
afecta a las mujeres, por constituir la mayor desigualdad de poder, la distribución jerárquica
expresión de discriminación por razón del sexo de roles y la naturalización de la violencia
y el género que se aprecia en el ámbito social sexual influyen en la falta de percepción. Para
y delictivo.
este estudio se consideró como victimización
sexual directa la que sufren, con base en
Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

una experiencia particular, las personas
víctimas de violencia sexual, la cual puede
generar consecuencias para la vida, la salud
física, reproductiva y mental, las reacciones
conductuales en cualquier ámbito social o
comunitario; por su parte, a victimización sexual
indirecta ilustra sobre los efectos que provocan,
en determinadas personas, el conocimiento
sobre actos de violencia sexual que afectan
a familiares, amigos, conocidos e incluso
desconocidos o que sufren estas personas
como consecuencia de la victimización
directa en otros, dígase efectos psicológicos,
conductuales, generacionales o financieros a
nivel social, grupal e individual.

35
colectivas, punibles y no punibles, e identifica
un contexto donde confluyen diferentes
formas de actuación que individualmente
pueden ser calificadas como delito o no, y que
subordinadas a un conjunto normativo dan
origen a la criminalidad. (Hassemer &amp; Muñoz,
1989, p. 27 y 52)

La criminalidad es la suma de todos los delitos
que afectan a determinada sociedad; tiene
orígenes políticos, económicos y culturales
principalmente, y se haya sujeta a la reacción
estatal. Desde la perspectiva criminológica,
puede subdividirse según las familias de delitos
que confluyan o concurran en la generación
de determinado fenómeno delincuencial que
2. ALGUNOS PUNTOS DE REFLEXIÓN
afecta las relaciones sociales y muestran cierta
SOBRE LA VIOLENCIA SEXUAL
organicidad como, por ejemplo, la criminalidad
económica, la sexual y la convencional o no
Datos fiables reflejan que los delitos más convencional, entre otras. El delito tiene raíces
frecuentes en Cuba son los abusos lascivos más específicas, vinculadas a determinantes
y las violaciones; que las niñas son las personales y de riesgo que confluyen en el
principales afectadas por victimarios hombres, actuar de victimarios y víctimas, aunque el
en su mayoría cercanos al ámbito familiar, y Estado aparezca colocado al centro de la
que pueden apreciarse relaciones de poder relación jurídico-penal.
y asimetría con bases en la dependencia
económica y la subordinación patriarcal. (Pérez La diferencia entre criminalidad y delito toma
&amp; Rondón, 2004) ( SEMlac Cuba, 2018)
significación dentro de la nueva Criminología
con el surgimiento de la teoría de la reacción
Algunos datos pueden ser captados directamente social o labeling approach, (Bergalli, et al.,
del sistema penal, pero este solo hace referencia 1983, pp. 146-148) que significó un cambio de
a los delitos, lo cual no es suficiente para retratar paradigma ante el pensamiento criminológico
a la violencia como fenómeno global.
tradicional, de carácter positivista y netamente
etiológico; la nueva teoría sugiere que el delito
Violencia, criminalidad y delito no son es construido por las agencias de control social
conceptos análogos. No toda violencia es y que la verdadera criminalidad es un concepto
delito y no todo delito es violento. La violencia generalizador del comportamiento considerado
como fenómeno social constituye lo general, antisocial que emerge producto de un proceso
abarca acciones u omisiones individuales y de etiquetamiento de los individuos.
Lázaro Enrique Ramos Portal

�36

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Según Bacigalupo:

constructoscriminologicos.uanl.mx

la integridad, la libertad e indemnidad sexuales
o indican discriminación por razón del sexo o el
género, siempre que sean opuestos a la voluntad
de las víctimas, menoscaben la sexualidad
humana y representen una vulneración de los
derechos sexuales y reproductivos. Pueden
tener carácter pluriofensivo y aparecer bajo la
rúbrica de diferentes bienes jurídicos, por lo
que se unen bajo la organicidad que propone
la protección de bienes jurídicos generales,
dentro de la legislación penal sustantiva.

El delito, por lo tanto, entendido en el
sentido más general de la expresión, será
una forma de comportamiento desviado
que se considera grave dentro de un sistema
social y que es calificado de tal por órganos
legislativos con competencia para ello. Lo que
caracteriza a todo comportamiento desviado
y, por consiguiente, también al delito es su
divergencia con los modelos aceptados de
conducta, es decir, con los comportamientos
que cumplen con las expectativas sociales La necesaria mirada interdisciplinar hacia
institucionalizadas. (Bacigalupo, 1996)
la violencia sexual se ve afectada por las
consecuencias restrictivas que propone el
El autor de esta investigación estima que el delito formato legal de los delitos sexuales, ya que
sexual tiene una significación valorativa que reduce la mirada global y obliga a centrarse
lo circunscribe al ámbito jurídico, aunque sus en aquellos comportamientos que están
rasgos pueden variar atendiendo a su expresión contenidos en la ley penal, excluyendo el
conceptual en las leyes penales sustantivas estudio de otras conductas peligrosas cuando
y al análisis dogmático de sus elementos no aparecen descritas de forma taxativa;
estructurales. Su contenido será el reflejo de limitando la recolección de datos y el campo
las pretensiones normativas sobre cómo debe de análisis a aquellos procesos ventilados en
ser la conducta humana para no amenazar ni sede penal, principalmente con resultados
quebrantar los bienes jurídicos que protegen condenatorios, y generando una cifra oculta
relaciones y derechos de contenido sexual, de la criminalidad sexual. Por ende, los delitos
reproductivo u otros afines.
sexuales conocidos son siempre menores al
fenómeno de la violencia sexual real. Existen
El delito sexual puede ser considerado aquella datos ocultos que las agencias de control penal
conducta que, como expresión de la violencia no pueden apreciar con su visión parcial y que
sexual, integra una figura delictiva prevista en pasan por un sistema de selección que grosso
la legislación penal sustantiva, es decir, que se modo depende de los siguientes factores:
expresa mediante una norma jurídico-penal,
• Visibilización y desnaturalización de la
generadora de una relación jurídico-penal
violencia sexual, como facultad para
entre el sujeto que delinque y el Estado, nacida
ser percibida y reconocida por víctimas,
al momento de la comisión del hecho punible.
agresores, familiares, comunidad y
Está constituido por acciones u omisiones,
sociedad.
socialmente peligrosas y prohibidas por la ley,
• Denuncia, como acto a interés de las
que afectan o amenazan de modo significativo
víctimas o sus familiares de poner en
Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

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•

•

•

conocimiento institucional tales hechos.
Conocimiento y confianza en la
selección de la autoridad o representante
institucional receptor de la información.
Compromiso para la aceptación y
tramitación de la información sobre
violencia sexual, sea o no delito.
Equidad en el análisis desprejuiciado,
objetivo y contextualizado de la situación
de violencia sexual.
Protección concretada en la activación
de mecanismos de prevención de
agresiones sexuales futuras y el amparo
a las víctimas.

37
Las conductas investigadas no siempre culminan
en acusación formal ante los Tribunales, ni todas
son juzgadas por estos, pues los procesos son
judicializados en dependencia de cuestiones
técnicas o presupuestos de política criminal,
que no siempre responden al análisis contextual
del fenómeno que le da origen.

El juzgamiento no garantiza que el proceso
termine en sentencia condenatoria; existe la
•
posibilidad que los sancionados en primera
instancia sean beneficiados en caso de
interposición de recursos ante tribunales
superiores y que las sanciones impuestas sean
subsidiadas, remitidas o no ejecutadas en su
La ausencia de cualquiera de los elementos totalidad. Sin contar que la reacción penal es
descritos afecta la debida protección y la incapaz de remover todos los elementos que
condición de sujetos de las víctimas de la condicionaron la violencia.
violencia sexual; algunos de estos factores
están arraigados a la cultura popular y otros Otras limitaciones afloran cuando no son
dependen de la actuación institucional, pero cumplimentados los estándares establecidos en
todos tienen trascendencia social a niveles los instrumentos jurídicos internacionales sobre
macro, exo o micro sistémicos, por lo cual el enfoque de género y la valoración de las
requieren un análisis integral y complejo desde diferencias. Los delitos sexuales están fundados
el modelo ecológico.
en múltiples prejuicios sobre la sexualidad
humana, donde prevalecen los estereotipos
A lo que se suma que no todos los actos de de género y un enfoque sexista que sustenta la
violencia sexual son reconocidos como tales, condición de sujeto pasivo y la neutralización de
lo que depende de cuán arraigados estén los la mujer como víctima dentro del proceso penal.
procesos de invisibilización y naturalización de
la violencia en la sociedad. De los reconocidos La perspectiva de género sugiere que en la
como delitos no todos son denunciados, base de la violencia sexual se encuentran una
debido a factores culturales de tolerancia, serie de actos discriminatorios y desigualdades
miedo, vergüenza o impedimentos en el acceso sociales que colocan a la mujer en desventaja
a la justicia. De los denunciados no todos son respecto a la protección de sus derechos que
admitidos y seguidos por las autoridades, ya que deben ser atendidos de forma interdisciplinar,
dependen de trabas procesales y estereotipos con un mayor protagonismo del Derecho que
que intervienen en la selectividad del sistema regula las relaciones familiares, laborales e
penal.
interpersonales, previas al ámbito penal.
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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

El Derecho penal cubano también tiene
dificultades para recibir el influjo de las
investigaciones socio-criminológicas; carece
de una estrategia de complementación
interdisciplinar, acciona a efectos de la
información que aportan las ciencias naturales
y biomédicas, no así de las ciencias sociales; y
limita el análisis de la criminalidad sexual a los
hechos tratados por los órganos del sistema de
justicia penal.
La concreción de estos argumentos evidencia
la necesidad de afrontar varios retos
criminológicos y jurídicos que contribuyan a
visibilizar los procesos de victimización sexual
femenina, como medio para su prevención y
protección integral.
3. METODOLOGÍA PARA EL ANÁLISIS DE
SENTENCIAS PENALES Y APLICACIÓN DE
UNA ENCUESTA DE VICTIMIZACIÓN SEXUAL

• Delitos contra los derechos patrimoniales:
354 (29.9%)
• Delitos contra la vida y la integridad
corporal: 222 (18.8%)
• Delitos
sexuales.
Contenidos
principalmente en el Título de Delitos
contra el normal desarrollo de las
relaciones sexuales, la familia, la infancia
y la juventud: 166 (14%)
• Delitos contra la seguridad del tránsito:
104 (8.8%)
• Delitos contra la economía nacional: 96
(8.1%)
• Delitos contra la administración y la
jurisdicción: 74 (6.3%)
• Delitos contra la fe pública: 55 (4.6%)
• Delitos contra el orden público: 37
(3.1%)
• Delitos contra los derechos individuales:
33 (2.8%)
• Delitos contra la seguridad colectiva: 16
(1.3%)
• Delitos contra la salud pública: 15 (1.3%)
• Tráfico de personas: 6 (0.5%)
• Delitos contra el honor: 3 (0.2%)
• Delitos contra la hacienda pública: 1 (0.1%)

Para la obtención de información actual y
confiable se utilizaron varios métodos de
investigación teórica.
Se revisaron 938
sentencias penales publicadas en 34 Boletines
del Tribunal Supremo Popular entre 1974
y el 2016 (último año de publicación), que La población estudiada estuvo compuesta
hacen referencia a 1182 delitos, los cuales se por 113 sentencias contentivas de 166 delitos
distribuyeron de la siguiente forma:
sexuales analizados en su contenido fáctico.
Tabla No. 1. Delitos sexuales publicados en los Boletines del Tribunal Supremo Popular.
Boletín TSP

Delitos Sexuales

Boletín TSP

Delitos sexuales

Ed.Ext.1974

13 (20%)

2000

4 (36.7%)

Ed.Ext.1975

18 (26.5%)

2001

2 (6.9%)

Ed.Ext.1977

14 (15.1%)

2002

0

Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

II Sem.1978

8 (12.5%)

2003

2 (12.5%)

II Sem.1979

10 (14.3%)

2004

2 (6.9%)

I Sem. 1980

11 (14.3%)

2005

1 (5.9%)

II Sem. 1980

15 (17.4%)

2006

7 (20%)

I Sem. 1981

4 (5.9%)

2007

2 (25%)

II Sem.1981

7 (11.3%)

2008

1 (10%)

Ed.Ext.1985

4 (8.7%)

2009

1 (5.9%)

Ed.Ext.1986

4 (18.2%)

2010

5 (17.9%)

93.Ed ext. 91-92

0

2011

4 (14.3%)

1995

0

2012

1 (4.2%)

1996

3 (33.3%)

2013

2 (6.7%)

1997

5 (38.5%)

2014

1 (2.7%)

1998

3 (25%)

2015

9 (17%)

1999

0

2016

3 (9.4%)

TOTAL

166 (14%)

Fuente: Ramos, Lázaro E. (2019) Análisis de sentencias en materia penal del Tribunal Supremo Popular.

La distribución total de los delitos sexuales más significativos se expone en la siguiente gráfica:
Gráfica No. 1.

Fuente: Ramos, Lázaro E. (2019) Análisis de sentencias en materia penal del Tribunal Supremo Popular.
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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

El análisis del contenido fáctico de las
sentencias arrojó información sobre edad,
sexo, características y antecedentes penales
de los acusados; hora, lugar y consecuencias
del hecho delictivo; edad, sexo, cantidad y
características de las víctimas expuestas en la
sentencia y su relación con el victimario; así
como otras observaciones pertinentes.

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Respecto a las ocupaciones se observa un
predominio de personas trabajadoras que
suman 120 (56.9%), 69 estudiantes (32.7%), 11
jubiladas (5.2%), 6 amas de casa, consideradas
trabajadoras en el hogar (2.8%), 4 desocupadas
(1.9%) y una discapacitada desvinculada, que
suma el 0.5%.

En relación con el nivel de estudios 112
Como el análisis de sentencia solo muestra (53.1%) habían vencido o cursaban estudios
aquellos hechos que fueron llevados ante universitarios, 63 (29.9%) habían culminado los
los órganos jurisdiccionales, se realizó una estudios preuniversitarios, 24 (11.4%) el nivel
Encuesta de Victimización Sexual (EVS) que técnico, 7 (3.3%) habían abandonado estudios
pudiera corroborar o contradecir los datos de nivel medio superior y 5 (2.4%) culminaron
obtenidos en la revisión documental. En los estudios de Secundaria básica.
este caso la muestra estuvo constituida por
211 personas, según selección intencional; Los miembros del núcleo familiar que residen con
152 (72%) residentes en la provincia de La los componentes de la muestra se distribuyen de
Habana, 44 (20.9%) en Granma, 6 (2.8%) en 1 a 11 personas, siendo la media de familiares
Matanzas, 4 (1.9%) en Villa Clara, 2 (0.9%) de 3.5 miembros por núcleo. La figura masculina
en Mayabeque y 3 (1.5%) de Guantánamo, como jefe de núcleo familiar aparece en 93
Artemisa y Holguín; en total distribuidos por ocasiones, mientras que la figura femenina como
36 municipios de Cuba.
jefa del núcleo es mencionada en 78 ocasiones.
Del total de las 165 mujeres encuestadas, 39
Completando
sus
características (23.6%) se consideraron jefas del hogar, la mayoría
sociodemográficas se pudo constatar que la solteras y/o divorciadas, del total de 46 hombres
media aproximada de tiempo viviendo en la encuestados 9 (19.6%) se autoproclamaron jefes.
misma localidad es de 24.7 años. El 9.5% de las Con relación a la edad de los jefes del núcleo
personas encuestadas lleva tres años o menos de familiar, 65 (el 30.8%) está entre los 51 y los
permanencia en el municipio donde reside, el 60 años, 60 (28.4%) entre los 41 y 50 años, 33
90.5% restante reporta un tiempo de residencia (15,6%) entre los 61 y 70 años, 22 (10.4%) entre
entre 4 y 76 años. La edad de las personas 31 y 40 años, 20 (9.5%) rebasa los 70 años y 11
encuestadas oscila entre 18 y 76 años, la media (5.25%) está entre los 21 y los 30 años.
se acerca a 34 años. Las mujeres encuestadas
suman 165 (78.2%), los hombres suman 46 En cuanto al nivel económico 67 (31.8%)
para un 21.8% del total. Las personas solteras miembros de la muestra refieren tener una
suman 128 (60.7%), las casadas 53 (25.1%), buena situación económica, 124 (58.8%)
divorciadas 26 (12.3%) y viudas 4 (1.9%).
situación regular, y 20 (9.5%) mala situación
económica.
Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

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La comparación arroja que los hombres son
considerados el principal sostén económico
de las familias en el 69.3% de los casos y las
mujeres en el 30.7%. Las mujeres encuestadas
que más aportan al sostén económico son el
19.4% del total de 165, frente a un 26.1%
del total de 46 hombres encuestados. Los
datos generales arrojan que 124 proveedores
pertenecen al sexo masculino, principalmente
esposos, padres, padrastros y novios de las
mujeres encuestadas, mientras que se reportan
55 mujeres proveedoras, en 47 ocasiones
las madres de las personas encuestadas. La
Encuesta de Victimización Sexual también
aportó información sobre: percepción de
seguridad y miedo ante la violencia sexual,
condiciones que la favorecen, victimización
sexual indirecta, directa y reacción social.
4. ALGUNOS RESULTADOS DEL ANÁLISIS
DE LA VIOLENCIA SEXUAL EN CUBA
La confrontación de información que se
extrajo del análisis de sentencias penales
juntamente con la Encuesta de Victimización
Sexual permitió asegurar que cerca del 93%
de las víctimas de violencia sexual en Cuba
son mujeres, con mayor probabilidad de ser
victimizadas durante más años de su vida;

Cantidad de Hechos
% real de Hechos
% según Sentencias

mientras que en los hombres disminuye el riesgo
hacia la adolescencia, subsistiendo en aquellos
que tienen afectada la capacidad mental. Esta
invariante influye en la percepción de seguridad
ya que las mujeres pueden estar expuestas y
sentir temor durante mayor tiempo, limitando
su calidad de vida. Las mujeres menores de 45
años aseguran grandes probabilidades de ser
victimizadas sexualmente en el próximo año.
Las mujeres cubanas perciben inseguridad
cuando abordan un transporte con desconocidos
y al transitar de noche por lugares de poca
iluminación, lo cual está en consonancia con la
invisibilización de la violencia real y la mayor
difusión de los hechos que ocurren a nivel
comunitario y son ejecutados por desconocidos.
Sin embargo, los procesos de victimización
sexual directa contradicen esa esfera de
riesgos y temores, ya que están caracterizados
por la agresión de mujeres de poca edad
principalmente por victimarios hombres,
en su mayoría de edad superior (de entre 14
y 80 años), con un promedio algo superior
a los 37 años y con relaciones familiares, de
exparejas, de amistad o vecindad, laborales y
educacionales con sus víctimas. De ellos solo
a un 10% le constan antecedentes penales por
delitos sexuales.

Tabla No. 2.
Relaciones entre víctimas y agresores al momento del hecho
Sin vinculo anterior
Con vinculo anterior
Total
38
125
163
23,3%
76,7%
25%
75%
Fuente: Elaboración propia del autor. (2019)

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

El horario de comisión es preferentemente existen relaciones de asimetría o dependencia
nocturno y los lugares más frecuentes son la debido al poder familiar, económico o coactivo
casa de la víctima, la del agresor o donde ambos del agresor.
conviven; la revictimización aumenta donde

Tipo de Relaciones
% real de Hechos
% según Sentencias

Tabla No. 3.
Relaciones entre agresores y víctimas previas al hecho
Vecindad
Amistad
Familiares
Jerárquica
23,9%
10,4%
33,1%
9,2%
24,2%
12,9%
23,8%
14,1%

Total
76,6%
75%

Fuente: Elaboración propia del autor. (2019)

En el 45.1% de los casos las víctimas
fueron revictimizadas antes que se
articularan
mecanismos
impeditivos
efectivos, consecuencia muy traumática
que es casi imperceptible para el Código
Penal cubano, debido a la formulación del
artículo 11.2.1, que resta relevancia a los
delitos que afectan derechos inherentes
a la persona misma, también conocidos
como delitos personalísimos, colocándolos
bajo la fórmula del delito continuado (con
disminución del marco sancionador) en caso
que las diferentes acciones recayeran sobre
la misma persona.

1

ARTICULO 11.1. Se considera un solo delito de carác-

ter continuado las diversas acciones delictivas cometidas por
un mismo agente que ataquen el mismo bien jurídico, guarden
similitud en la ejecución y tengan una adecuada proximidad
en el tiempo. En este caso, se aumenta el límite mínimo de la

Como consecuencias frecuentes se reportaron
trastornos psicológicos, miedo, alejamiento de
las relaciones sociales, inseguridad y conductas
suicidas, mientras que las secuelas físico–
reproductivas hacen referencia a la muerte,
lesiones, embarazo, transmisión de infecciones
sexuales o el VIH – SIDA e infertilidad.
Las personas fueron encuestadas en relación
con su conocimiento de actos de victimización
sexual y reportaron 163 hechos conocidos por
diversas fuentes. La muestra aceptó conocer
que en 91 (55.8%) de los 163 casos se efectuó
la denuncia; en 56 (34.4%) ocasiones no se
efectuó denuncia y 16 encuestados afirmaron
no conocer. Estos datos revelan que la cifra
oculta asciende a las dos quintas partes del
total de los delitos sexuales cometidos, lo
que indica que cada tres delitos denunciados,
aproximadamente dos son ocultados al sistema
de justicia penal.

sanción imponible en una cuarta parte y el máximo en la mitad.
2. Cuando diferentes acciones delictivas tienen por objeto derechos inherentes a la persona misma, también tienen el carácter
de continuadas y constituyen un solo delito, siempre que afecten a una sola víctima.
Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

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Gráfica No. 2

Fuente: Ramos, Lázaro E. (2019) Estudio de victimización sexual.

Sin embargo, la situación es más alarmante
cuando se colecta la información de las víctimas
directas, que aceptaron haber sido y hasta ser,
en los momentos de la encuesta, victimizadas.
Según su dicho, cada un delito denunciado

aproximadamente
tres
son
ocultados,
demostrando que la cifra oculta de los delitos
sexuales en Cuba es alta y tiene bases machistas
ya que el 72.4% de las mujeres victimizadas no
denunció y el 100% de los hombres tampoco.

Gráfica No. 3.

Fuente: Ramos, Lázaro E. (2019) Estudio de victimización sexual.

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Los principales motivos para no acudir a hacer en el miedo a las represalias, los prejuicios y
la correspondiente denuncia o poner el hecho la vergüenza de acudir ante tales autoridades,
en conocimiento de las autoridades se centran entre muchos otros.
Gráfica No. 4.

Fuente: Ramos, Lázaro E. (2019) Estudio de victimización sexual.

En términos de reacción social, el delito más
reconocido por la muestra es la violación y
sus principales denunciantes son las víctimas
u otros miembros femeninos de su familia
lo que indica que las mujeres están más
dispuestas a poner el hecho en conocimiento
de las autoridades. Para su punición el 55.9%
consideró apropiada la privación perpetua de
libertad, el 21.8% la pena de muerte, el 19% la
privación temporal de libertad; una persona la
sanción de multa y el 2.4% agregó que debían
cortarse sus genitales, lo cual no estaba entre
las opciones de respuestas cerradas.
La muestra reconoce la importancia de la
educación de niños y niñas para disminuir
la violencia sexual, pero luego opta por la
utilización de mecanismos de coerción penal
reclamando el aumento de la severidad de

las penas y el fortalecimiento de la actividad
policial. Aprecia efectos de prevención general
positiva en el Derecho Penal y el 85.3% afirmó
que las leyes penales eran insuficientes e
importantes para aumentar la seguridad de las
personas, y el 61.1% que la violencia requería
una ley especial.
Más de la mitad de la muestra confirma el carácter
retributivo o especial negativo de las penas; el
58.3% consideró que eran efectivas para que cada
cual tuviera su merecido y sirviera como ejemplo
a otros; el 51.7% estima que son importantes para
encerrar a las personas peligrosas.
Solo el 34.6% la consideran importante para
atemorizar a las personas ante la violación de
la ley, por lo cual el 65.4% desconfía de sus
efectos de prevención general negativa.

Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

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45

sexual, pero no son suficientes para dar traslado
al sistema de justicia penal, pues determinadas
cuestiones éticas de la profesión médica se
contraponen a la obligatoriedad de la denuncia.
Según el artículo 162 sobre los médicos
cubanos recae una obligación expresa de
denunciar cuando «notan u observan signos de
lesiones externas por violencias o indicios de
Los encuestados otorgan mayor relevancia y
intoxicación, de envenenamiento o de haberse
peligrosidad al consumo de drogas y alcohol
cometido cualquier delito», sin embargo, la
como factor individual desencadenante
obligación no alcanza siempre a la violencia
de la violencia sexual, que al resto de los
sexual.
componentes estructurales y culturales que la
condicionan.
En los servicios de urgencia de los hospitales
permanece una guardia policial que toma
5. DE LAS LIMITACIONES JURÍDICAS Y SUS
referencia de las lesiones que presentan los
EFECTOS
pacientes y su vinculación con algún hecho
delictivo y aseguran la emisión del Certificado.
Las limitaciones jurídico-penales se relacionan
El agente puede tener participación en la
con la neutralización y despersonalización
denuncia. En el caso de violencia sexual no
de las víctimas. Ofrecen una idea de cómo
existe la misma participación y el facultativo
reacciona el Estado ante los deberes de
es quien determina, mediante reconocimiento
garantizar el acceso a la justicia y de actuar con
físico o psicológico, si hay elementos para
la debida diligencia para prevenir, investigar,
presumir un delito, cuya denuncia queda a
sancionar y reparar por actos de violencia
voluntad de la víctima y/o su familia.
sexual contra la mujer. Entre ellas destacan la
falta de obligatoriedad de la denuncia por los
El sistema penal, en su estructura tradicional,
facultativos que atienden las consecuencias
está preparado para actuar en función de
psicológicas o menos objetivas de la violencia
consecuencias físicas objetivas y perceptibles,
sexual, dado el carácter restrictivo del artículo
aptas para ser investigadas por las ciencias
162; los impedimentos legales que introduce
médicas y naturales, sin embargo, tiene una
el requisito de procedibilidad del artículo
visión reducida de los elementos que aporta
309, ambos del Código Penal, basado en
el enfoque social en salud. Cuando los efectos
antiguas concepciones sobre la intimidad; y
consisten en afectaciones a la salud mental,
la restricción comunicacional de los delitos
problemas conductuales e intergeneracionales,
sexuales que predomina en los Boletines del
que deben ser atendidos por psicólogos u
Tribunal Supremo Popular desde el año 2004.
otros servicios de orientación, los mecanismos
específicos que obligan a la denuncia están
Los servicios de Salud Pública constituyen
limitados.
una fuente de reconocimiento de la violencia
El porciento más bajo se encuentra en la
credibilidad de los efectos correctores, pues solo
el 25.1% cree que las penas sirvan para corregir o
readaptar a los delincuentes sexuales, poniendo
en dudas la función de prevención especial
positiva y el carácter resocializador de estas.

Lázaro Enrique Ramos Portal

�46

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

La desconexión asistencial entre el sistema
de salud, la prevención y la atención de la
violencia sexual fue corroborada por la unidad
muestral, pues el 36% estimó que los servicios
inadecuados de Salud Pública no favorecían la
violencia sexual y el 41.2% que solo favorecía
un poco. Estos datos contradicen el esfuerzo
internacional por demostrar que la violencia es
un tema esencial en las políticas de salud, lo cual
puede ser el resultado de una mala estrategia
de comunicación social y visibilización de las
violencias.

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los familiares, o porque la víctima se siente
responsable cuando ha ingerido alcohol o
drogas previamente al hecho. Esta realidad
se ve reforzada por el impedimento legal que
representa la condición de procedibilidad que
aparece en el artículo 309.1 y 2 del Código
Penal vigente.2

Este requisito impide que el proceso penal
transforme la punibilidad en pena, al negar la
persecución pública de los ilícitos contra el
normal desarrollo de las relaciones sexuales
y la familia a los que hace referencia; otorga
Las consecuencias menos visibles aparecen relevancia a la intervención privada y limita la
como efectos colaterales y presupuestos de denuncia abierta en los delitos de violación, la
desvalor de las conductas violentas, elementos pederastia con violencia, los abusos lascivos,
intangibles que cimentan el análisis de la el incesto y el estupro, solo cuando produzcan
peligrosidad social de los delitos sexuales. escándalo; siendo esta una circunstancia poco
La perspectiva de género y generacional frecuente en los delitos sexuales, caracterizados
en el Derecho y el enfoque social en Salud por el silencio.
contribuyen a la visualización de estos efectos
y aportan elementos para la reacción social En estos delitos semipúblicos o de previa
oportuna.
instancia de un particular, el requisito legal
impide denunciar a la pareja de las víctimas
Otra gran dificultad que enfrentan las cuando las relaciones sean de orientación
investigaciones sobre criminalidad sexual en
Artículo 309.1. En los delitos de violación, pederastia
Cuba es la carencia de denuncias. Los problemas 2
que impiden su realización son apreciados por con violencia, abusos lascivos, incesto, bigamia y matrimonio
el sistema penal patriarcal como propios de la ilegal, es necesario, para proceder, la denuncia de la persolibertad individual en el ámbito privado, y ante na agraviada, cualquiera que sea su edad, o la de su cónyuge,
ellos se repliega en sus funciones; algo que no ascendientes, hermanos, representante legal o persona que la
ocurre con la mayoría de los ilícitos penales, tenga bajo su guarda y cuidado, salvo en los casos que huque son de acción y persecución pública sin bieran producido escándalo, en los que basta la denuncia de
excepción.
cualquier persona.
2. En el delito de estupro solo se procederá por denuncia del

La Encuesta de Victimización Sexual mostró que
el nivel bajo de denuncias en Cuba obedece al
miedo a las represalias, prejuicios y sentimientos
de pena o vergüenza ante las autoridades y

representante legal de la persona agraviada. No obstante, si el
denunciante desiste de su denuncia, por escrito y en forma expresa antes del juicio o verbalmente y dejando constancia en
acta durante su celebración, se archivarán las actuaciones.

Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

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homosexual o de noviazgo, a los descendientes
u otros familiares colaterales, vecinos, amigos,
compañeros de estudio o trabajo, por tanto,
aflora que la relación que prevalece entre
los autorizados legalmente a denunciar y
las víctimas de tales delitos es generalmente
asimétrica, con elementos distintivos de poder
y autoridad decisoria familiar de los posibles
denunciantes, ejercida por el cónyuge, los
ascendientes, los hermanos y el representante
legal o persona que la tenga bajo su guarda y
cuidado.

47
contra el normal desarrollo de la familia”, lo que
es una dificultad en la organización dogmática,
porque desnaturaliza el bien jurídico individual
que pretende proteger.

El requisito de procedibilidad también dificulta
la persecución penal en caso de que los hechos
pretendan ser puestos en conocimiento por
vías indirectas, o sea, mediante comunicación
telefónica, carta, documento anónimo o
autografiado, correo electrónico, entre otros
medios. Los prejuicios morales en los elementos
socio-jurídicos restringen la denuncia de los
El control patriarcal de la sexualidad femenina delitos sexuales y el debido acceso a la justicia.
se apoya en antiguas concepciones sobre
la privacidad y la intimidad, y justifica la El análisis de las sentencias también evidenció
desigualdad jurídica en la persecución penal de la forma en que los prejuicios y estereotipos
varios delitos desde la propia norma jurídico- influyen en los medios de comunicación de
penal. Con este requisito la ley penal condiciona la actividad jurisdiccional, pues hasta el año
el surgimiento de la relación jurídico-procesal, 2003 los Boletines del Tribunal Supremo
porque crea mecanismos de invisibilización Popular expusieron los elementos fácticos que
de la relación jurídico-penal que le da origen, motivaron las resoluciones judiciales sin referir
negando la obligación del Estado a conocer e el nombre de los participantes. A partir del
investigar todo ilícito punible e introduciendo año 2004 aparece una fórmula expositiva que
una excepción por inacción ante hechos pasa a ser utilizada permanentemente desde el
ocurridos en el supuesto “ámbito privado”.
año 2010, limitando el conocimiento público
de los hechos probados, la cual plantea: “Que
En el caso del apartado 2 del artículo 309, es se da por reproducido el hecho declarado
relevante que sea el representante legal quien probado por el tribunal de instancia, pues su
tenga la potestad de establecer la denuncia conocimiento no resulta indispensable para
por Estupro y también de desistir de ella, sin la resolución del recurso.” Y así deja de narrar
importar el criterio de la víctima, llamada hechos delictivos que afectan a la sociedad
“persona agraviada”. La discriminación surge cubana y que tampoco tienen carácter público
con los orígenes del propio delito, concebido porque suelen ser resueltos en juicios orales a
para proteger el honor del padre de la puertas cerradas.
agraviada, lo cual trasciende hasta nuestros días
y se reafirma cuando el delito, que constituye Resulta lógico que se proteja la información
esencialmente un acto de carácter sexual, sigue sobre agresores y víctimas e incluso ciertas
recogiéndose bajo la rúbrica de los “Delitos condiciones de tiempo y lugar que individualizan
Lázaro Enrique Ramos Portal

�48

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

el acto delictivo; pero no debe omitirse el
hecho cierto. Con esta decisión, el único
medio de comunicación social de la actividad
jurisdiccional vuelve a dirigir al ámbito de la
privacidad los ilícitos de contenido sexual,
coarta la prevención situacional y olvida la
necesidad de protección de las futuras víctimas
directas e indirectas de la violencia sexual.

constructoscriminologicos.uanl.mx

que tiendan a suprimir la neutralización y
despersonalización de las víctimas en el
sistema de justicia penal y para esto deben
desarticularse las barreras que dificultan el
acceso a la justicia.

Debe valorarse la posibilidad de instar a la
obligación de denunciar a los facultativos
que conozcan de indicios de violencia sexual
PROPUESTA CONCLUSIVA
durante el servicio de salud ampliando el
contenido del artículo 162 y suprimir el requisito
Es un deber personal e institucional promover la de procedibilidad del artículo 309, ambos del
visualización y desnaturalización de la violencia Código Penal cubano, dado su carácter sexista
sexual contra la mujer e implementar un proceso y las dificultades prehistóricas que propone a la
sistemático de construcción del conocimiento persecución penal de los delitos sexuales.
sobre la violencia y la criminalidad sexual, con
enfoque de género, que facilite la apreciación El Tribunal Supremo Popular debe analizar las
de la posición desfavorecida de las mujeres causas del retroceso en el área comunicacional
y las condiciones estructurales, culturales y y los beneficios de introducir nuevamente
personales que confluyen en su victimización. en los Boletines los supuestos fácticos de las
Para su concreción puede valorarse la Sentencias que versan sobre Delitos contra el
posibilidad que se implemente un sistema de normal desarrollo de las relaciones sexuales, la
atención integral para víctimas de violencia familia, la infancia y la juventud.
sexual de cualquier edad, que observe más
allá de los efectos físico-reproductivos. Que se Como respuesta a un reclamo que subyace
divulgue, a través de los Anuarios de Salud u otras en parte de la población cubana se puede
publicaciones periódicas, datos estadísticos afrontar la elaboración de una ley contra las
sobre la cantidad de exámenes medicolegales violencias, que no sea penal, pero revele los
realizados por provincias y las consecuencias procesos discriminatorios en todos los ámbitos
físico-reproductivas y psicológicas de la de expresión; desmitifique el espacio privado;
violencia sexual.
inste a garantizar la equidad en la toma de
decisiones; introduzca métodos alternos de
Debe instituirse una estructura funcional gestión de los conflictos; inserte la perspectiva
intersectorial que desarrolle la factibilidad de género en todo análisis de las violencias;
organizacional, apoye y facilite la difusión facilite la intervención activa de las víctimas
de las investigaciones científicas jurídicas y en los procesos investigativos; permita la
socio-criminológicas, con vistas a su posible visión interdisciplinar y desarrolle métodos de
implementación legislativa y la utilización heterointegración en el orden civil, de familia
en la toma de decisiones político-criminales y administrativo; involucre nuevos actores
Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

sociales; resalte las facultades discriminantes
de las condiciones estructurales y culturales;
y muestre el deber estatal de garantizar la
descongestión de la ruta crítica para sus
víctimas.
Si no es posible tener leyes mejores que las
pretendidas, bástenos con ahondar en la
Criminología, multiplicar las voces y seguir al
Maestro José Martí, cuando decía: «La palabra.
Solo cuando justa, vence».

TRABAJOS CITADOS
SEMlac Cuba, 2018. Violencia sexual: Impactos ocultos.

49
—
Lázaro Enrique Ramos Portal
Afiliación: Universidad de La Habana, Cuba.
Profesor, investigador y abogado. Doctor en
Ciencias Jurídicas, Máster en Criminología,
Licenciado en Derecho por la Universidad de La
Habana. Candidato a Doctor en Criminología
por la UANL, México. Profesor principal de año
académico. Segundo jefe del Departamento de
Ciencias Penales y Criminología. Miembro de la
Academia Latinoamericana de Derecho Penal y
Penitenciario (ALDP) y del Consejo Latinoamericano
de Ciencias Sociales (CLACSO). Correo de contacto:
lramosportal@gmail.com

Género y Comunicación, XIII(11).
Bacigalupo, E., 1996. Manual de Derecho Penal. Parte General.
Bogotá: Temis.
Bergalli, R., Bustos, J. &amp; Miralles, T., 1983. El pensamiento
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Bernabeu, N., 2017. Lecciones aprendidas en la prevención y
atención de la violencia contra las mujeresen la región. En:
Violencia de Género, Prostitución y Trata de personas. La
Habana: CENESEX.
García-Moreno, 2005. Estudio multipaís de la OMSsobre salud
de la mujer y violencia doméstica contra la mujer: primeros
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y respuestas de las mujeres a dichas violencias, Ginebra:
OMS.
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y al Derecho Penal. Valencia: Tirant lo Blanch.
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consequences of violence against women: findings from the
National Violence against Women Survey. NCJ.

Lázaro Enrique Ramos Portal

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

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Retos criminológicos y jurídicos ante la violencia sexual contra la mujer en Cuba. PP. 31-50

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Características criminológicas del delincuente sexual.
Muestra mexicana
Sexual offenders criminological characteristics Mexican
group
Rocío D. García-Moreno*
Fernando Javier Araujo Pulido**

Resumen
La violencia sexual es un fenómeno criminal
que tiene sus orígenes en las estructuras
heteropatriarcales, sin embargo, en el contexto
contemporáneo y derivado de la movilización
de diversos grupos feministas se han
fortalecido las instituciones gubernamentales
para la contención de los delitos de dicha
naturaleza, principalmente los de corte sexual,
en ese sentido, este estudio analizó los factores
criminológicos de la conducta sexual violenta
masculina de 82 delincuentes sexuales
mexicanos que se encuentran vinculados
a proceso en los centros de readaptación
social Apodaca y Topo chico en Monterrey,
Cómo citar
García-Moreno, R. D., &amp; Araujo Pulido, F. J. .
Características criminológicas del delincuente
sexual: Muestra mexicana. Constructos
Criminológicos, 2(2). Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/14
* https://orcid.org/0000-0003-1806-5606
Universidad Humanista de las Américas
**Universidad Autónoma de Coahuila

Recibido: 04-11-2021
Aceptado: 10-01-2022

N.L, a partir de los elementos culturales de la
violencia sexual que presentan incluidos en
las prácticas sexuales y estereotipos de género.
El tipo de estudio fue de corte cuantitativo,
descriptivo-correlacional
utilizando
la
estadística inferencial para el análisis de los
datos obtenidos por medio de una escala tipo
Likert. Algunos de los resultados arrojan que en
la práctica sexual se aprecia que el 62.9 % de
la muestra considera que la mujer puede fingir
que no quiere la penetración, pero en realidad
la desea, así como que el 66% está de acuerdo
con la afirmación de que cuando un hombre
esta celoso puede reclamarle a su pareja. A
raíz de lo anterior se llegó a la conclusión que
el descriptor criminológico de la conducta
sexual violenta podría estar en las creencias
con base a los estereotipos de género violentos
enmarcados en la sociología criminal toda
vez que el aprendizaje social de la violencia
desemboca en prácticas sexuales violentas
volviéndose altamente criminales.

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Palabras clave: Violencia sexual, sociología
criminal, delincuentes sexuales, estereotipos de
género
Abstract:
Sexual violence is a criminal phenomenon that
has its origins in heteropatriarchal structures,
however, in the contemporary context and
derived from the mobilization of various
feminist groups, government institutions have
been strengthened for the containment of
crimes of this nature, mainly those of a sexual
nature. In this sense, this study analyzed the
criminological factors of male violent sexual
behavior of 82 Mexican sex offenders who are
linked to the process in the Apodaca and Topo
Chico social rehabilitation centers in Monterrey,
NL, from the cultural elements of sexual
violence that these people present, including
in sexual practices and gender stereotypes.
The type of study was quantitative, descriptivecorrelational, using inferential statistics for the
analysis of the data obtained by means of a
Likert-type scale. Some results shows that in
sexual practice it is appreciated that 62.9%
of the sample considers that the woman can
pretend that she does not want penetration, but
she really wants, as well as that 66% agree with
the statement that when a man is jealous he can
claim to his couple about it. As a result, it was
concluded that the criminological descriptor
of violent sexual behavior could be in beliefs
based on violent gender stereotypes framed
in criminal sociology since social learning
of violence leads to violent sexual practices
becoming highly criminal.

1. INTRODUCCIÓN
El delincuente sexual masculino es un sujeto
inserto dentro del sistema social que, por
voluntad propia, violenta sexualmente a una
tercera persona causando daño psicológico,
mental, físico infringiendo dominio y poder
sobre la víctima, por ejemplo, de acuerdo
con Sotoca, González y Halty (2019) los
violadores durante al acto criminal afirman
sentir sensaciones de poder y dominio sobre
las víctimas, dejando de lado la relación
sexual en segundo plano. La conducta sexual
violenta es una forma ejercer las creencias de
subordinación de las mujeres hacia los hombres
provocando, desde la lógica heteropatriarcal, la
justificación de dichas conductas.
El presente estudio contó con la participación
de hombres privados de su libertad por el
delito de violación a mujeres adulta, para tal
caso debemos retomar la hipótesis referente a
el impulso sexual masculino, que afirma que
este comportamiento tiene cuatro dimensiones
de análisis: las prácticas sexuales y estereotipos
de género para explicar la relación con las
conductas sexuales violentas y la construcción
del género siendo la finalidad identificar las
relaciones existentes entre la percepción de su
sexualidad con la construcción de identidad
sexual.

La cultura sexualmente agresiva cultiva el
sometimiento, poder y control con base
en la repetición de roles sexuales, en los
cuales mujeres y hombres representan
categorías sociales diferentes predominando,
Keywords: Sexual violence, criminal sociology, sex históricamente, la desigualdad y el miedo de
offenders, gender stereotypes.
las mujeres hacia los hombres. Estas acciones
Características criminológicas del delincuente sexual. Muestra mexicana. PP. 51-66

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

se reflejan en la preocupación de una agresión
sexual latente, ya que la mujer en los espacios
públicos urbanos tendrá que estar en alerta
para no sufrir una agresión sexual, no así los
hombres, los cuales también corren peligro,
pero no de índole sexual, ellos comúnmente
no tienen que cuidar su cuerpo de un ataque
sexual, es por este motivo que predomina en las
mujeres el miedo e inseguridad de su libertad
sexual.

53
raíces en la violencia de género (Larrauri,
2018), mientras que el Instituto Nacional de
Estadística y Geografía (2019) en su Informe de
estadísticas a propósito del día internacional de
la eliminación de la violencia contra la mujer
arroja que el 43.9 % de las mujeres casadas ha
sufrido agresiones del esposo o pareja actual
y el 53.1 % ha sufrido violencia por parte de
algún agresor distinto a la pareja.

La violencia radica en la agresión hacia el otro,
y la violencia sexual es utilizada en ocasiones
para disciplinar a la mujer como método de
control, en una falsa creencia de que el hombre
tiene la última palabra, la última acción sobre
el cuerpo de la mujer, generando estándares
sobre la belleza y la moralidad, “lo cierto es
que el machismo estructural, con su relato de
superioridad masculina, física, psíquica, sexual
y política, justifica todas las violencias y en
particular la sexual como forma de control y
poder” (Cacho, 2018, pág. 209). Es por ello
por lo que en los delitos que atentan la libertad
sexual deben retomar un análisis a partir del
grado de intimidación que justifica las bases del
machismo estructural.

Las principales víctimas de agresiones sexuales
“son mujeres de 18 a 29 años quienes son
agredidas sexualmente por alguna pareja o
personas desconocidas incrementando las
agresiones de intimidación, hostigamientos
sexuales, manoseos hasta la violación en los
espacios públicos” (INEGI, 2019, p. 28,29).
Cabe señalar que la conducta sexual violenta
analizada desde un enfoque criminológico
tiene al menos tres aspectos que enmarcan
esta conducta: primero; es un crimen contra la
libertad sexual, segundo; la educación sexual
es contradictoria y tercero; la oportunidad del
delincuente, lo cual consuma el delito, “toda
vez que el delincuente y delito son producto
de una composición biopsicosocial” (Mezger,
2019, p. 445)

El análisis que involucra a la conducta sexual
violenta no solamente atañe a un análisis desde
la desigualdad sexual, es decir, las escalas de
violencia que impactan a hombres y mujeres,
por lo tanto, es preciso observar la relación
entre las prácticas sexuales que incrementan
la violencia sexual y los estereotipos de
género justifican las asociaciones que hacen
los delincuentes sexuales ante las conductas
sexuales violentas. Ahora bien, la antesala
de la conducta sexual violenta tiene sus

En México la delincuencia sexual, es un tema
que está inmerso en una serie de prácticas que
dañan la sexualidad de terceras personas en
este caso a las mujeres adultas, sin embargo,
en la actualidad se manifiesta como medio
de control, sometimiento y pensamientos
irracionales que permiten seguir con prácticas
sexuales agresivas,
pero pasa un hecho
importante, al salir a la luz los derechos
sexuales y reproductivos de todas las personas,
que si bien se enlazan a los derechos humanos,
Rocío D. García-Moreno y Fernando Javier Araujo Pulido

�54

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

nos damos cuenta que parte de los derechos
sexuales es ejercer, descubrir un desarrollo
sexual sin coerción, teniendo derecho a decidir
con quién, cuándo, dónde y para que tener una
relación sexual.

constructoscriminologicos.uanl.mx

se concentra en los mecanismos de interacción
entre delito, instituciones y estructura; para este
caso nos concentraremos en analistas sociales
como Zaffaroni (2012), Wacquant (2010),
Wikström (2017), Cook (2014)entre muchos
otros, en este caso, la diferencia con el primer
Las relaciones sexuales para que no sean paradigma radica en la especialización sobre
violentas tienen que ser consensuadas entre la construcción de la violencia a partir de
dos personas o más, es decir; un erotismo problemas específicos.
íntimo, placentero, sin miedo, y sin dolor. En la
violencia los delincuentes sexuales coartan toda Bajo ese contexto, definir la sociología
libertad de la víctima. Un delincuente sexual se criminológica es un trabajo titánico, sin
va gestando a raíz de su entorno social, de su embargo, es prudente referirse que el interés
personalidad y de la visión que él tiene hacia el de dicha disciplina consiste en el análisis
mundo, como lo menciona (Mezger, 2018, p. de las violencias y criminalidades presentes
271) “lo biológico y sociológico, no pueden ser en la dinámica entre sujeto, institución y
ya correctamente entendidos como dos grupos estructura organizados en un contexto espacial,
de causas del delito, sino como puntos finales temporal, cultural y jurídico; sin embargo,
de una línea, como convergencia de cuestiones no es conveniente hablar de una única
internas y de condiciones de la evolución sociología criminológica, sino, que el grado
exterior” En este sentido al hablar del entorno de especialización se presenta mediante la
del delincuente y de la criminalidad, las particularidad de las violencias que se analizan
estructuras culturales cobran relevante sentido (sin ser necesariamente excluyentes), algunos
en el mundo interno y externo del delincuente ejemplos son: violencia urbana, violencia
al hablar del delito.
escolar, violencia simbólica, violencia de
género, entre otras.
MARCO TEÓRICO
Para el caso del presente artículo podemos
Para introducirnos, de manera general, al resumir que la sociología criminológica desde
concepto de sociología criminal es necesario el enfoque de la violencia de género consiste
atravesar dos paradigmas de su estudio, el en observar los procesos de desigualdad sexual,
primero que totaliza el origen de lo criminal económica, simbólica y la producción criminal
en la estructura social que se analiza en la entre hombres y (hacia) mujeres derivado de
criminología crítica Baratta (2004), Pavarini la debilidad institucional y las imposiciones
(2002) y en la teoría de la acción diferencial estructurales que naturalizan dichas prácticas;
de Sutherland (2009) ambas posturas tienen por lo tanto, es necesario observar los procesos
sus raíces en la primera mitad del siglo XX y su que argumentan desde la cotidianidad dichas
vigencia alcanza hasta los años finales de ese prácticas.
mismo siglo; por otro lado, el segundo enfoque
Características criminológicas del delincuente sexual. Muestra mexicana. PP. 51-66

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

La conducta sexual violenta es una de las
principales formas de expresión de la violencia
de género ya que, a través, del sometimiento
y la fuerza se generan experiencias criminales
que atentan física y emocionalmente contra
la mujer, la suma de cada experiencia genera
problemas estructurales en torno a las relaciones
laborales, afectivas, educativas, entre muchos
otros; sin embargo, la pregunta central radica
en cuestionar ¿Qué motiva a algunos hombres
a ejercer violencia sexual?
Para tal caso debemos retomar la hipótesis
referente a el impulso sexual masculino,
que afirmar que el comportamiento sexual
masculino se debe a las condiciones
hormonales del hombre Redondo (2002),
sin embargo, este anclaje no satisface una
explicación socio-criminal de dicha violencia
ya que las consecuencias de esta postura se
limitan a los ambientes biológicos. Por lo tanto,
se debe concentrar en el perfil con tendencias
disociales o hombres violentos sexuales que
se ejecutan bajo componentes culturales
aprendidos García, Hernández y Barba, (2019).
La cultura como elemento de control y
dominación en las relaciones sexuales genera
estrategias de dominación a partir del cuerpo
de la mujer como límite de la acción criminal,
esto es, la apropiación de la mujer radica en
la posesión temporal del cuerpo que, en teoría,
genera placer sexual para el victimario, pero
para logarlo no basta en comprender la acción
o el hecho como tal, sino, como la suma de
estas experiencias generan incertidumbres
cotidianas de riesgo.

prácticas de riesgo a partir del comportamiento
agresivo de lo masculino en torno a la privacidad
de lo femenino, lo que implica que existan
condiciones estructurales que permitan este tipo
de acciones argumentando una normalización
de las prácticas cotidianas, por lo tanto, para
prevenir este tipo de mecanismos no solo
falta un cambio en las decisiones personales
de los individuos, sino que debe partir de la
reestructuración de las instituciones como la
familia, la esfera educativa y laboral, entre otras
para que generen formas alternas de convivencia.
METODOLOGÍA

El tipo de estudio utilizado fue de corte
cuantitativo trasversal bajo un diseño
descriptivo correlacional el cual permitió
realizar un análisis utilizando la estadística
descriptiva, análisis de frecuencias y tablas
de contingencia entre las variables prácticas
sexuales, estereotipos de género y conductas
sexuales violentas identificando características
criminológicas en esta muestra de 82
participantes que incrementan la normalización
de la violencia sexual. Para la recolección de
información se realizó una escala tipo Likert
validando los ítem por medio del método
Delphi, el cual menciona (Giner, 2018, p. 93)
“consiste en la utilización sistemática del juicio
intuitivo de un grupo de expertos para obtener
un conceso de opiniones informadas” posterior
a esto, el análisis inferencial para la validación
de los ítem se hizo por medio de un vaciado
en Excel, en dónde se incluyeron los datos de
los instrumentos aplicados, posterior a esto, se
utilizó un Software estadístico SPSS Statistics
La exposición de la mujer, tanto en el espacio para realizar la comprobación del modelo
público como en el espacio privado, genera operacional.
Rocío D. García-Moreno y Fernando Javier Araujo Pulido

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Por tanto, el modelo Anova fue aceptado, porque
betas son diferentes y diferentes a 0 por lo cual
tiene significancia. Respecto a la fiabilidad de
las alfas de Cronbach las variables oscilan entre
.759 y .884, esto quiere decir que subieron
porque se fueron eliminando ítem, para que el
instrumento tomara validez, los ítems que se

eliminaron tenía que ver en algunas variables
con preguntas que no estaban relacionadas
con los hombres, es decir enfocada más en las
mujeres. En general la alfa de Cronbach es de
.805 está dentro de la fiabilidad, es confiable.
El instrumento estuvo conformado con nueve
preguntas control Grafico 1.

Gráfico 1. Contenidos e Indicadores del Instrumento

Fuente: Diseño y datos propios de la autora elaborados para la presente investigación.

La escala de medición fue tipo Likert sobre las cuatro variables dependientes y la
estandarizado conforme a las variables de variable independiente como se observa en el
investigación, el instrumento conto con 47 ítem instrumento desagrado por variable en la tabla 1.

Características criminológicas del delincuente sexual. Muestra mexicana. PP. 51-66

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Tabla 1. Sistematización de la Escala de Medición
Dimensiones/
subdimensiones

X1. Prácticas
sexuales/
penetración,
placer y deseo

X2. Educación
sexual/mito,
prejuicio

Objetivo

Ítem

Analizar qué
prácticas
sexuales
incrementan
la violencia
sexual

El hombre que es penetrado analmente es gay
El hombre entre más grande el pene más satisfacción sexual
siente
La mujer puede fingir que no quiere la penetración, pero en
realidad la desea
La participación de ambos en los juegos eróticos previos es
necesaria para el placer sexual
La sexualidad es para el placer
Es exagerado que un hombre llore por tener un orgasmo en el
encuentro sexual
El rechazo de la pareja para tener relaciones sexuales resulta
excitante
Cuando la pareja se enoja la mujer lo debe de contentar con sexo
Sexualmente hablando el hombre tiene que satisfacer a la mujer
Fantasear con desear sexualmente a una persona y no tenerla es
excitante
Aunque la mujer no quiera practicar sexo oral es necesario para
la satisfacción sexual del hombre
Todas las personas desean tener relaciones sexuales, sólo es
cuestión de encontrarles el
modo

La mujer está para satisfacer los deseos del hombre
La pornografía enseña cómo se debe de tener sexo
Analizar la
Los hombres tienen que eyacular para descansar
repetición
Una mujer sola en la calle manda un mensaje de que busca algo
de mitos y
más
prejuicios sobre Si un hombre llora es visto como falta de carácter
la sexualidad El hombre siempre piensa en relaciones sexuales
que legitiman Es malo que el hombre se quede con ganas de eyacular
la violencia
En las relaciones sexuales la posición del hombre siempre tiene
sexual
que ser arriba.
Cuando el hombre se cansa tiene que sacar fuerzas de donde sea
porque eso hace un hombre

Rocío D. García-Moreno y Fernando Javier Araujo Pulido

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

X3.
Sometimiento/
poder y control

X4. Estereotipo
de géneros/
marianismo,
machismo

Analizar como
el sometimiento
influye en las
conductas
sexuales
violentas
normalizando
el delito sexual
por medio del
poder y control

Cuando la mujer pone resistencia al acto sexual es que lo desea,
pero se hace del rogar
Puedes golpear a tu pareja para excitarte, aunque ella no esté de
acuerdo
Se tiene que buscar por todos los medios hacer realidad una
fantasía sexual, aunque la otra persona no quiera
El hombre debe de ser agresivo en la cama
Cuando un miembro de la pareja dice que no quiere tener
relaciones sexuales el otro debe de continuar
Fantasear que se puede hacer cualquier acto sexual con la
participación o no de una mujer es excitante

La mujer debe de aguatar al hombre y entenderlo para que la
relación funcione
A las mujeres hay que enseñarles cómo se tiene una relación
sexual
La mujer debe cuidar a sus hijos, y atender el hogar, aunque
Describir qué
trabaje
estereotipos
La mujer que sabe lo que quiere sin preguntarle a un hombre se
de género se
considera extraña.
asocian con
Es más hombre quién quiere tener más sexo
justificaciones
Un hombre siempre tiene deseo sexual y ganas de tener
de la violencia
relaciones sexuales, aunque esté cansado
sexual en la
Cuando el hombre llega a su casa del trabajo la familia lo debe
percepción
de respetar y no molestar para que descanse
de los
La seguridad, el carácter y la fuerza es lo que caracteriza a los
delincuentes
hombres
sexuales
Cuando un hombre esta celoso puede reclamarle a su pareja
El hombre que no quiere tener sexo se considera raro
Si empieza un acto sexual lo tiene que terminar hasta la
eyaculación

Características criminológicas del delincuente sexual. Muestra mexicana. PP. 51-66

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Y. Conducta
sexual violenta/
Dominación,
hostigamiento y
agresión sexual

Tener erecciones sin pensar en sexo es ser más hombre
Se puede decir que una cachetada, mordida o sexo rudo es una
Analizar los
práctica sexual que se hace sin preguntarle a la pareja
elementos
Los hombres entre más mujeres tienen reciben mayor
culturales que reconocimiento de sus amigos
promueven
Para la persona que frota los órganos sexuales con el cuerpo de
la sexualidad una mujer sin su consentimiento es excitante
masculina
Tocar el cuerpo de una persona sin previo aviso puede provocar
y legitiman
deseo sexual a la persona que se le toco
la conducta
El insistirle a una persona a tener prácticas sexuales puede ser
de conducta excitante, aunque en repetidas ocasiones diga que no
sexual violenta Durante las relaciones sexuales puedes golpear a tu pareja para
excitarte, aunque ella no esté de acuerdo
El tener una erección es para satisfacer una necesidad sexual,
aunque la otra persona no lo desee
Puedes golpear a tu pareja para excitarte, aunque ella no quiera

Fuente: Diseño y datos propios de la autora elaborados para la presente investigación.

Para este estudio se mostrarán solamente ello, y así acotar la presentación de resultados
los resultados de las categorías de prácticas a dicho objetivo del presente artículo como se
sexuales, estereotipo de género y conductas muestra en la tabla 2.
sexuales violentas con ítem seleccionados para

Tabla 2. Teorías, variables e ítem de las características
criminológicas del delincuente sexual
Marco teórico de
la investigación

Variables de la
Investigación

Subcategorías
Cuantitativas

Género

X1. Prácticas
sexuales

Penetración
Placer sexual
Deseo

Ítem
•

•

La mujer puede fingir que no quiere
la penetración, pero en realidad la
desea
Sexualmente hablando el hombre
tiene que satisfacer a la mujer

Rocío D. García-Moreno y Fernando Javier Araujo Pulido

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Sexualidad

X4. Estereotipos de
género

Marianismo
Machismo

•
•

Sociología criminal

y. Conducta sexual
violenta

Dominación
•
Hostigamiento
Agresión sexual

Cuando un hombre esta celoso
puede reclamarle a su pareja
La seguridad, el carácter y la fuerza
es lo que caracteriza a los hombres
El insistirle a una persona a tener
prácticas sexuales puede ser
excitante, aunque en repetidas
ocasiones diga que no

Fuente: Diseño y datos propios de la autora elaborados para la presente investigación.

específicamente en que el 62.7 % de la muestra
cree que la mujer puede fingir que no quiere la
penetración, pero en realidad la desea y una
Prácticas sexuales
posible creencia que incrementa la conducta
sexual violenta es que el 75.8 % cree que el
La construcción social de género en hombres
hombre es él tiene que satisfacer a la mujer
y mujeres desemboca en estos resultados de
sexualmente hablando, la satisfacción de la
prácticas sexuales, que caracteriza la conducta
mujer es impuesta por el hombre, tal forma que
sexual violenta en los participantes es la que
al asumir este pensamiento la tendencia a la
se relaciona con la penetración y el deseo de
agresión sexual está latente. Tabla 3
la mujer vista desde la perspectiva del hombre
RESULTADOS

Tabla. 3. Resultado de prácticas sexuales
Válidos
Ítem

Totalmente Desacuerdo
en
desacuerdo

Ni de
acuerdo
ni en
desacuerdo

De
acuerdo

Totalmente
de acuerdo

Total

La mujer puede fingir que
no quiere la penetración,
pero en realidad la desea

16.1%

21.0%

17.7%

25.8%

19.4%

100 %

Sexualmente hablando el
hombre tiene que satisfacer
a la mujer

16.1%

8.1%

17.7%

24.2%

33.9%

100%

Fuente: Diseño y datos propios de la autora elaborados para la presente investigación.

Características criminológicas del delincuente sexual. Muestra mexicana. PP. 51-66

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Estereotipo de género
La sexualidad de los participantes se ve
impactada por los estereotipos de género,
siendo estos comportamientos esperados en un
tiempo y cultura determinada los cuales marcan
la manera diferenciada de conducirse mujeres
y hombres ante la sociedad desembocando a lo
que se conoce como desigualdades de género
colocando al hombre por arriba de la mujer. La
característica principal de la conducta sexual

violenta reflejada en el estereotipo de género
versa en que el 66 % de los participantes creen
que puede reclamar por celos a su pareja
siempre que los sienta, aunado al estereotipo
de género cosificado en los hombres de seguir
perpetuando que un hombre es seguridad,
carácter y fuerza con el 63.8 % contribuyendo
con un estereotipo de género violento explicado
cómo se verá en la discusión desde el enfoque
de la sociología criminal.

Tabla. 4. Estereotipo de género
Válidos
Totalmente
en
desacuerdo

Desacuerdo

Ni de
acuerdo
ni en
desacuerdo

De
acuerdo

Totalmente
de acuerdo

Total

Cuando un hombre esta
celoso puede reclamarle a
su pareja

9.7%

24.2%

25.8%

30.5

9.7%

100 %

La seguridad, el carácter
y la fuerza es lo que
caracteriza a los hombres

14.5%

21.0%

16.1%

30.6%

17.1%

100%

Ítem

Fuente: Diseño y datos propios de la autora elaborados para la presente investigación.

Conducta sexual violenta
En la identificación de la característica que los
defina respecto a la conducta sexual violenta, los
participantes rechazan con el 72.6 % El insistirle
a una persona a tener prácticas sexuales puede
ser excitante, aunque en repetidas ocasiones
diga que no, esto muestra un desacuerdo con
esta práctica, no obstante, el 27.7 % menciono
estar de acuerdo con la insistencia, si bien es
menor el porcentaje esto quiere decir que existe

casi un 30 % que está de acuerdo con esta
afirmación pudiendo ser esta una característica
también criminológica enlazada al aprendizaje
social de la agresión planteado por (Reghelin,
Bárabara,, &amp; Callefral,, 2016, pág. 22). Ahora
bien, tenemos que estos participantes están de
acuerdo en que la mujer puede fingir que no
quiere la penetración pero que en realidad la
desea colocando la validación irreal de ellos
mismos sobre el consentimiento real de la
mujer.
Rocío D. García-Moreno y Fernando Javier Araujo Pulido

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constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Tabla. 5. Conducta sexual violenta
Válidos
Ítem

El insistirle a una persona
a tener prácticas sexuales
puede ser excitante,
aunque en repetidas
ocasiones diga que no

Totalmente Desacuerdo
en
desacuerdo

40.3%

32.3%

Ni de
acuerdo
ni en
desacuerdo

De
acuerdo

Totalmente
de acuerdo

Total

11.3%

9.7%

6.5%

100 %

Fuente: Diseño y datos propios de la autora elaborados para la presente investigación.

DISCUSIÓN
Al hablar de habituación criminológica
hacemos referencia a los factores criminógenos
predisponentes de la violencia sexual como
lo hace notar (Molina-Pablos, 2013, pág.
310) citando a Lacassange el cual “determino
dos clases de factores criminógenos; los
predisponentes (por ejemplo de carácter
somático) y los determinantes (los –sociales-,
decisivos) clasificación también efectuada
por Aubry (factores predisponentes como
la herencia, y factores trasmisores del –
contagio-, como la educación, la familia, etc.).
Cabe aclarar que con esto no se disculpa al
delincuente, mucho menos se le justifica, en la
violencia sexual, como en todas las violencias
no hay justificación, recordemos también la
teoría de la oportunidad de la delincuencia, en
esta teoría también existe la decisión de realizar
algún acto o no.

dirigen a la agresión sexual puesta en el cuerpo,
de una persona de tal forma que dicha violencia es
recibida como un acto de daño inconmensurable;
hacia el cuerpo, la mente, las emociones
trayendo con ello, no solo el estigma social de la
víctima, a la cual se le cuestiona su actuar y su
responsabilidad dentro de la agresión, restándole
con este acto responsabilidad al agresor sexual
queriendo convertir estas agresiones en parte de
la vida cotidiana normalizándolas restándole la
gravedad y el daño que estas agresiones sexuales
dejan en la víctima provocando un vacío en el
acompañamiento emocional y legal a las víctimas
facilitando que el agresor como lo muestra esta
investigación normalice responsabilizar a la
víctima de sus propios actos.

Reflexionando al respecto de la agresión sexual,
pareciera que el abuso sexual en la mujer es
para satisfacer sus deseos no tanto sexuales,
sino de dominación, siendo estos elementos
culturales que están en el aprendizaje social
La violencia sexual es un acto que incluye una de las conductas sexuales, el estereotipo
y (o) varias conductas sexuales violentas que se masculino, del saber que desea una mujer
Características criminológicas del delincuente sexual. Muestra mexicana. PP. 51-66

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

sexualmente –sin preguntar- esto se basa en el
machismo como lo menciona (Cacho, 2018,
p. 209) alimentando la violencia de género de
ejercer control, no solo en el ámbito social, sino
en el laboral, económico, físico, domestico,
académico, entre otros. Ese tipo de conductas y
creencias justifica la conducta sexual violenta;
porque asumen que el hombre que desea a
una mujer sexualmente puede acceder a ella,
más allá del acto sexual, del placer, sino por el
deseo de posesión, de control y dominación.

de la mujer, no del hombre que quiere penetrar,
nadie puede saber el deseo de la otra persona
al menos que esto sea un consenso entre dos
personas eróticamente pactado como parte
de una juego de seducción per se, incluyendo
la dominación, el sometimiento, el poder y
control acordado.
Los mitos y prejuicios en esta investigación
se evidencian en la manera que tienen los
participantes de creer en la legitimación del
reclamo siempre y cuando se sientan celosos
de sus parejas, el poder reclamarles solo por
el hecho de ser pareja. “Los celos conllevan
violencia, reclamo, control y poder”, como
menciona (Nava, Onofre y Báez, 2017, p. 164)
, en decir que la violencia sexual es una forma
de dominación, sometimiento contra la mujer
con el objetivo de tener relaciones sexuales
son o sin su consentimiento, incrementando así
la violencia. El gran mito de te celo porque te
quiero otorga la creencia de una demostración
de importancia y amor que recae en la
manipulación y que genera conductas violentas
dirigida a la pareja por medio de golpes,
sometimiento y privación de la libertad hasta el
punto del feminicidio.

El analizar las conductas sexuales violentas ha
mejorado la comprensión de la prevención del
delito con el enfoque de perspectiva adecuando
y focalizando la prevención de la repetición
de los estereotipos de género violentos de
hombres hacia mujeres y de la sociedad hacia
los hombres, “los cuales recaen en el mandato
de masculinidad” empleando las palabras de
Rita (Segato, 2003, p. 21) que se manifiesta
y normaliza en todas las formas de violencia
social. Los hombres como dice Segato no son
los enemigos de las mujeres, ni del feminismo,
lo que pone en tensión -pensamientos y
conductas- es la relacionalidad patriarcal el
cual implementa el mandato de la masculinidad
validando de cierta forma el control social hacia
PROPUESTAS
las mujeres.

Este estudio ha encontrado que, el pensar o Con base en los resultados y discusión de esta
percibir que la una mujer puede fingir que no investigación se proponer lo siguiente:
desea la penetración, pero en realidad si la desea
es una situación que contribuye al incremento • Desarrollo de enfoques sobre sexología
de la violación y al no respeto de resistencia de
criminal dirigido a; la violencia sexual
la mujer al oponerse a la penetración, es decir en
y elementos culturales que la sostienen,
el imaginario masculino esta la idea del poder
obligándonos a analizar las creencias, la
saber cuándo una mujer quiere ser penetrada o
desinformación, los mitos, prejuicios y
no; el deseo de ser penetrada depende solamente
contextos vivenciales de todas las personas
Rocío D. García-Moreno y Fernando Javier Araujo Pulido

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•

•

•

•

•

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

bajo los factores de riesgo y de protección que
sexual facilitando con ello a la identificación
convergen con la criminología ambiental,
de dichas conductas sexuales delictivas en
la sociología criminal implementándolo
hombres.
como materia en la educación básica y
superior, así como en los programas sociales TRABAJOS CITADOS
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65
y licenciado en sociología por la Universidad
Veracruzana. Coordinador de la Licenciatura en
Criminología de la Facultad de Ciencias Políticas y
Sociales de la Universidad Autónoma de Coahuila.

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—
Roció D. García-Moreno
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León,
México.
Doctora en criminología con maestrías en sexología
por el IMESEX y psicoterapia Gestalt por el HIPG.
Especialidad en intervención ecosistémica en
violencia familiar por CIFAC. Licenciada en
psicología por el Centro de Estudios Universitarios.
Investigadora y consultora en temas de salud
mental, género, diversidad sexual, violencia sexual
y criminología. Catedrática del doctorado en
psicología de la investigación en la Universidad
Humanista de las Américas. Consulta privada.
Correo de contacto. rocio.garciamn@uanl.edu.mx
Fernando Javier Araujo Pulido
Afiliación: Universidad Autónoma de Coahuila.
Doctor en criminología por la UANL, maestro en
ciencias sociales por la Universidad Veracruzana
Rocío D. García-Moreno y Fernando Javier Araujo Pulido

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CRIMINOLÓGICOS

Características criminológicas del delincuente sexual. Muestra mexicana. PP. 51-66

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Un análisis a las teorías crimino-ambientales bajo la
incidencia delictiva en García, Nuevo León
An analysis of the crimino-environmental theories under
the crime incidence in García, Nuevo León
Juan Antonio Caballero Delgadillo*
Leonardo David Arriaga Avalos **
Octavio Quintero Ávila***

Recibido: 30-10-2021
Aceptado: 13-01-2022

Resumen

involucrados en las conductas delictivas como: el delito,

El presente trabajo de investigación se realizó con

la víctima, infractor tiempo y espacio, criminalidad y

el propósito de explorar y comparar algunas de las

rompimiento de una ley. El objetivo de este estudio es

principales teorías de la corriente ambiental de la

comparar en términos generales las teorías crimino-

Criminología que estudian la relación de los factores

ambientales con incidencia delictiva y problemáticas

ambientales o estructurales y la criminalidad, haciendo

sociales registradas en el sistema de emergencia del

uso del análisis criminal o delictivo como herramienta de

municipio de García, Nuevo León. Para el análisis se

procesamiento de datos, y de esa forma sean aplicados

ha utilizado la teoría del patrón delictivo, teoría de las

en casos reales derivados de reportes del sistema

actividades rutinarias y la misma criminología ambiental

de emergencia 9-1-1. La criminología ambiental es

para comprender si por medio del análisis de datos y

soportada por distintas teorías como: teoría del patrón

uso de herramientas como mapas delictivos se puede

delictivo, teoría de las actividades rutinarias, teoría de la

aplicar las teorías en esta zona geográfica. Para cumplir

elección racional y el triángulo de la criminalidad, que

con el objetivo se han utilizados distintas herramientas

en términos generales hacen estudio de los elementos

como el Paquete estadístico para las ciencias sociales, la
herramienta Excel y Google Maps.

Cómo citar
Caballero Delgadillo, J. A. Un análisis a las
teorías crimino-ambientales bajo la incidencia
delictiva en García, Nuevo León. Constructos
Criminológicos, 2(2). Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/13
*https://orcid.org/0000-0001-9439-5696
Universidad Autónoma de Nuevo León
**https://orcid.org/0000-0002-5356-9116
***https://orcid.org/0000-0003-3922-9964

Palabras clave: Criminología, Criminología ambiental,
análisis delictivo, patrón delictivo
Abstract
This research work was carried out with the purpose
of exploring and comparing some of the main theories
of the Environmental Criminology that study the
relationship between environmental or structural factors
and criminality, making use of criminal analysis as a

�68

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

data processing tool, and thus be applied in real cases
derived from reports of the 9-1-1 emergency system.
Environmental criminology is supported by different
theories such as: criminal pattern theory, routine
activities theory, rational choice theory and the triangle
of criminality theory, which in general terms study the
elements involved in criminal behaviors such as: crime,
the victim, the offender, the time and space, criminality
and law infringements. The objective of this study is to
compare in general terms the environmental criminology
theories with criminal incidence and social problems
registered in the emergency system of the municipality
of García, Nuevo León. For the analysis, the theory of
the criminal pattern, the theory of routine activities
and the environmental criminology have been used to
understand whether the analysis of data and use of tools
such as criminal maps, can be applied in this particular

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puede relacionar la investigación de Jane Jacobs
“Muerte y vida de las grandes cuidades”, que
dejan a relieve la pregunta de ¿son aplicables
algunas de las teorías de la criminología
ambiental en el contexto mexicano?, para este
caso en la municipalidad de García en el Estado
de Nuevo León. La recopilación de información
de distintos autores como (Boba, 2017), (Bruce
C. W., 2017a),(Soto, 2016 b) y (Bruce W. C.,
2010b) las teorias con mayor presencia en la
criminologia ambiental son: teoria del patrón
delictivo, teoria de las actividades rutinarias,
teoria de la elección racional y el traingulo del
delito y la vez son auxiliadas por el analisis
de datos criminales, pero tambien se puede
agregar la teria de los Circulos de David Canter
y el perfil geografico de Kim Rossmo y Summer.

geographical area. To meet the objective, different tools
have been used such as Statistical Package for the Social
Sciences, Microsoft Excel and Google Maps.
Key words: Police, Pandemic, Rights’ Restrictions

INTRODUCCIÓN
La criminología ambiental tiene como
antecedente investigaciones donde se relacionan
cifras estadísticas, el uso de mapas para
identificar de forma gráfica la concentración del
delito y la influencia de elementos ambientales
que aumentan las probabilidades de comisión
de delitos. No es hasta a partir de la década
de los 70 cuando los principales autores y
referentes hacen aparición para ser los pilares
en de esta corriente en las últimas décadas para
este caso esta Oscar Newman con su trabajo
de espacios defendibles y Ray Jeffery con su
metodología CPTED o prevención del delito
mediante el diseño urbano y antes de ellos se

Sin duda es necesario realizar investigaciones
basadas en la ciencia que puedan apoyar a
prevenir la criminalidad, y buscar basar las
acciones o estrategias en estos estudios elevando
la participación de la ciencia y la practica
policia en la prevención del criminalidad por
medio del analisis criminal y la criminoligia
ambiental.
MARCO TEÓRICO
¿Qué es la criminología ambiental?
La criminología ambiental puede ser confundida
por las palabras que conforman su concepto,
en específico aquella que trae confusión es
“ambiental” y se puede relacionar con delitos
ecológicos, tema donde algunos juristas pueden
intervenir, para eso es necesario establecer
algunos antecedentes y su misma definición.
Continuando con el análisis del párrafo

Un análisis a las teorías crimino-ambientales bajo la incidencia delictiva en García, Nuevo León. PP. 67-86

�69

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

anterior, la Criminología ambiental, no siempre
es comprendida de la mejor manera, no
todos pueden entender a los que se refiere,
por su parte (Soto, 2015), menciona que: la
Criminología ambiental no hace referencia a
los eventos delictivos ambientales, ni tampoco
hace referencia a los delitos ecológicos. Las
palabras pueden confundir a aquellos ajenos de
la criminología, pensando que las legislaciones
ambientales son el punto central para estudiar
tema que los criminólogos deben de dejar claro.

Las investigaciones relacionadas a la corriente
ambiental ponen en relieve la evolución y
adaptación a las formas de investigación y
explicación del delito, precisamente esto es
comprobado con el uso de llamado “mapeo
delictivo” y el uso de datos criminales como
fuentes de información que por medio de su
procesamiento buscan ser distribuidos a quienes
los necesitan para tomar decisiones y combatir
el delito a este último elemento se le llama base
de datos o almacenamiento de datos.

Esta corriente de la criminología fue dada
a conocer por los esposos Paul y Patricia
Brantingham en la década de 1980 (Bruce,
2017a). Principalmente la concentración del
desarrollo criminológico de esta corriente se
centra en estudiar como el entorno influye
y participa en aumentar y disminuir las
posibilidades de ocurrencia de un crimen.

En primera parte la “georreferenciación
del delito” entendiéndose por este término
como acción de hacer referencia al análisis
y ubicación del delito. Para poder realizar
este tipo de actividad es necesario utilizar
herramientas como el Sistemas de Información
Geográficos (SIG), ya que permite ubicar de
manera precisa diferentes hechos sociales en
específico para este caso eventos relacionados
Brantingham &amp; Brantingham (1991) en su a la criminalidad.
obra Criminología Ambiental en la parte de
introducción: las dimensiones del crimen Los mapas del delito son el producto de utilizar
señalan que:
los programas donde puede ubicar eventos
sociales (SIG), (Hein, 2005) señala que los
“La Criminología Ambiental plantea que mapas ayudan a describir de forma gráfica
los eventos delictivos deben de entenderse la distribución de distintas variables de la
como una interacción de infractores, victimas criminalidad como concentración y distribución
u objetivos del delito y normativas legales, de las conductas delictivas y su relación con las
en escenarios específicos, ocurriendo en características situacionales y sociales.
un momento y lugar específico” citado de
(Vozmediano &amp; San Juan, 2010).
Precisamente este punto, da comienzo a el uso
de las técnicas de localización de los delitos
Desde este punto de vista “explicación y análisis reportados, que son organizados y procesados
ambiental del delito” en necesario tener presentes por medio de bases de datos o almacenamiento
cuatro componentes del delito: el infractor o de información criminal, donde interviene
delincuente, victima u objetivo, aspecto legal y directamente el análisis delictivo o criminal,
los elementos espacio- temporales.
parte práctica de la investigación.
Juan Antonio Caballero Delgadillo, Leonardo David Arriaga Avalos y Octavio Quintero Ávila

�70

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

El almacenamiento de datos criminales puede
ser representado como las técnicas cuantitativas
del delito en específicos las estadísticas
policiales que son aquellas que recolectan las
denuncias, delitos, reportes de toda una zona
o sectores específicos (USAID, 2015). Estas
fuentes de información no son únicas de los
temas policiales, pero depende del acceso que
se pueda tener, por lo cual el análisis delictivo
se basa en datos policiales principalmente
dejando espacio para datos sociales en caso de
tener acceso a ellos.

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psicopatológico (psiquiátrico, el psicodinámico
(psicoanálisis) y el psicológico, modelo de
teorías sociológicas pluri factoriales, escuela
de chicago y teorías ambientalistas ,estructural
funcionalista, teorías subculturales, teorías del
proceso social y teorías del control social, las
teorías del procesos social (labeling approach),
y los modelos conflictuales.
Teniendo en cuenta los comentarios anteriores, es
necesario establecer que las teorías que explican
el delito desde esta corriente en la Criminología,
analizan la asociación entre el contexto espacial
y ambiental, en la misma ocurrencia del crimen,
e interpreta las interacciones entre las variables
ambientales que pueden facilitar o inhibir la
comisión de un delito, así mismo también se
habla del estudio del delito, criminalidad y
victimización en lugar y tiempo determinados
(E &amp; Wiles, 2014) y (Norza, Vargas, Avendaño,
Rincón, &amp; Ospino, 2017).

Así, mismo la búsqueda de temas sobre la
criminología ambiental trae consigo distintas
actividades, que facilitan la explicación de su
objeto de estudio y su relevancia con el estudio
al delito, para esto es necesario de varios temas
como: mapas del delito, teorías explicativas
del delito espaciales, análisis delictivo, factores
ambientales y datos involucrados en el delito
como víctima, infractor, guardián, lugar y
criminalidad.
Continuando con el tema las principales teorías
e investigaciones relacionadas a la influencia
Teorías espaciales explicativas del delito
del ambiente como elemento que aumenta
las posibilidades de comisión del delito están:
En la criminología existen distintas formas teorías de las actividades rutinarias, teorías de
de explicación de la ocurrencia del delito la elección racional, teoría del patrón delictivo
para autores como (Rodriguez, 2012) existen y el triángulo de la criminalidad.
múltiples direccione como: dirección clínica,
dirección critica, dirección sociológica, Teoría de las Actividades rutinarias
dirección biológica, dirección psicológica
y una más que inicio con el estudio de la La teoría de las actividades rutinarias fue
criminología, la dirección antropológica.
desarrollada en 1979 por los investigadores
Marcus Felson y Lawrece E. Cohen, la
Por otro lado, para el autor del libro Tratado principal explicación de esta teoría, es que
de Criminología (Pablos de Molina, 2003) en la delincuencia, coexisten tres elementos
la agrupación por modelos teóricos, el que conforman al delito en tiempo y espacio
primero es para el modelo biológico, modelo determinado, la víctima, el infractor motivado
Un análisis a las teorías crimino-ambientales bajo la incidencia delictiva en García, Nuevo León. PP. 67-86

�71

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

y la ausencia de un guardián, y que a la vez
de manera individual, afectan directamente
de manera negativa o positiva según sea su
participación en el delito, esto puede derivar en
haber un aplazamiento, cancelación u aumento
de la tasa de delitos sin importar las condiciones
sociales (Andersen, 2020) y (Soto, 2016).

de estar ausente el elemento de protección
o guardián, como un breve ejemplo, las
actividades que desempeñan las personas están
basadas en tiempo y lugares específicos, como
horarios de entrada y salida en trabajo y escuelas,
horarios establecidos para tomar alimentos,
mismo horarias que generan rutinas y generan
oportunidades para los infractores como partes
Para ser más específicos la “Teoría de las del día y lugares con poca vigilancia formal por
actividades rutinarias” Cohen y Felson plantean policías y natural por la misma comunidad o la
que los incidentes violentos y la victimización, víctima, dando la apertura para la comisión de
aumenta cuando un posible infractor se conductas delictivas.
encuentre motivado, donde él mismo debe de
converger en el tiempo y espacio adecuando Teoría del Patrón delictivo
junto con la victima potencial, en ausencia
de aquellos mecanismos de seguridad ya Patricia L. Brantingham y Paul J. Brantingham
sean formales o informales (Fundación Paz fueron los que propusieron la integración de
Cuidadana; Internacional Association of crime las teorías del ambiente físico y la motivación
analysts; Motorola Solutions Foundation, 2016). del delincuente y de esta forma nació la teoría
Llegados al punto de resumir esta teoría del patrón delictivo, en la cual se necesita la
crimino-ambiental, según Wortley y Mazerolle, presencia de un delincuente, en segunda parte
2008, citado de (Jiménez, 2012), el delito se debe de haber actividades rutinarias que
ocurre cuando los tres elementos principales realiza el delincuente, su vida diaria es la que
que lo componen, infractor, victima u objetico le ofrecerá las oportunidades para las conductas
y ausencia de guardián colisionan en el mismo delictivas, la tercera condición es la aparición
tiempo y espacio determinado, pero que si de un suceso desencadenante como un objetivo
el objetivo y el guardián tiene un cambio disponible, pero todos esto está determinado
puede influenciar en la conducta del infractor por un esquema que se forma el infractor
evitándolo.
en su mente como resultados de actividades
realizadas cotidianamente (Andersen, 2020) y
La teoría plantea que existen distintos actores (Soto, 2016a).
involucrados en la comisión de conductas
delictivas en especia aquellas de oportunidad, Hay que mencionar además que según
donde el elemento activo “infractor” tiene (Brantingham &amp; Brantingham, 1984) esta teoría
contacto con una posible victima u objetivo y es una composición de más teorías enfocadas al
también se tiene que señalar que él hace uso ambiente físico y la motivación del delincuente,
del conocimiento adquirido por vivencias y como ya se mencionó la teoría fue creada por este
traslados realizados en zonas específicas, pero matrimonio, ellos siguieren que las conductas
para que se pueda cumplir esta parte debe delictivas acontecerán con mayor posibilidad
Juan Antonio Caballero Delgadillo, Leonardo David Arriaga Avalos y Octavio Quintero Ávila

�72

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

constructoscriminologicos.uanl.mx

cuando la conciencia espacial del infractor se
cruce con el objetivo ambicionado y con un bajo
nivel de riesgo para él. Lo que lleva a mencionar
que los criminales, por ende, no eligen de forma
azarosa el lugar donde cometerán el delito,
aunque la victima si puede ser cualquiera,
los infractores son conscientes de la situación
espacial donde elegirán a su objetivo.

1985 y 1986. Esta teoría junto con la teoría
de actividades rutinarias tiene gran influencia
en la prevención de la delincuencia y la
criminología, estas teorías se complementan,
la segunda también conocida como TAR, es una
macro- teoría que relaciona a la criminalidad
con las actividades de la sociedad; en el caso
de la primera y conocida también como TER,
es una micro- teoría basada principalmente en
La teoría del patrón delictivo hace referencia el análisis que hacen los delincuentes sobre las
a que los delitos están determinados por oportunidades para cometer delitos (Andersen,
oportunidades, actividades diarias y motivación 2020) y (Soto, La prevención situacional: Bases
del infractor que dan pie al conocimiento de teóricas de fundamento criminológico, 2016).
las zonas con mayor vulnerabilidad y acceso
a posibles víctimas, determinado que existen Los infractores prácticamente buscan maximizar
lugares con mayor concentración de conductas su placer y minimizar el dolor, y por lo tanto
delictivas, pero no limitándonos a esto también toman la decisión de delinquir cuando el riesgo
existen horarios, infractores y tipos de delitos de ser detenidos es menor a las potenciales
que dominan la estadística criminal.
recompensas, lo que significa que el raciocinio
en el delito está presente antes y después de
La investigación cobra relevancia al identificar cometer la conducta delictiva (Taylor y Harrell,
por medio de base de datos de registros de 1996) citado de (Paulsen, Bair, &amp; Helms, 2012).
emergencia del sistema 9-1-1, el dominio de Contario a lo que se puede pensar sobre
estas características relacionadas al delito, algunos infractores esta teoría hace referencia a
donde más adelante serán tratadas y explicadas. la importancia que tiene la toma de decisiones
basada en un proceso que tiene el posible
Teoría de la Elección racional
infractor antes de realizar una conducta, la cual
le puede beneficiar, pero que principalmente,
Las principales teorías que sustenta las toma la decisión basada en el conocimiento
explicaciones de las conductas delictivas previo basado en las consecuencias, y en un
bajo la corriente ambiental de la criminología análisis espacial que le permita librarse del
están relacionadas una con otras y para poder lugar y después de una posible sanción de un
entender a la criminología ambiental es guardián formal o informal.
necesario conocerlas a profundidad, pero cada
una de ellas tiene una explicación distinta de la Triangulo del delito
ocurrencia de los eventos delictivos.
Esta herramienta nace de las principales teorías
Por su parte la teoría de la elección racional de la criminología ambiental, en especial
fue desarrollada por Cornish y Clarke en influenciada de la teoría de las actividades
Un análisis a las teorías crimino-ambientales bajo la incidencia delictiva en García, Nuevo León. PP. 67-86

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rutinarias. El triángulo de la criminalidad o Triángulo externo: (Sepúlveda, 2010) y (Clarke
del problema como también se conoce, está &amp; John, 2003):
compuesto por dos partes, una interna y otra
externa de las cuales cada uno tiene distintos
Vigilante o guardián: este elemento puede ser
componentes y funciones que dan explicación a
ocupado por personas desde dos aspectos,
la ocurrencia del delito y sus posibles soluciones.
en primera parte por aquellos que realizan
acciones de autoprotección, como resguardar
Triangulo interno (Clake &amp; Eck. John, 2014):
su patrimonio, familia, compañeros o amigos,
en segunda parte están los individuos que
Victima/Objetivo: En este caso también se le
tiene aquel rol formal como un guardia de
conoce como blanco debido a que en este
seguridad, policía o personas que ayuden a
elemento recae el daño de la acción delictiva.
disuadir al delito.
Existe una distinción importante entre la
víctima y el objetivo, en el caso de la víctima
Controlador: este individuo tiene una relación
se ve afectado una persona, por el contrario,
cercana con el posible infractor del delito,
el robo o sustracción de un objeto representa
debido a que se encuentra en una posición
al objetivo. Este elemento tiene varias
que le permite ejercer presión y control de
características importantes como ser valioso,
las acciones, como un padre, catedrático,
atractivo, accesible y de fácil sustracción.
amigos e incluso esposa o hijos.
Futuro Infractor o delincuente: Este
Responsable: el administrador del lugar
componente está representado por una
ejerce control sobre este espacio, esta
persona que se encuentra dispuesta a
persona puede ser, el dueño del lugar, un
cometer un delito o conducta antisocial. Es
profesor o una persona que es la encargada
relevante mencionar que, si las características
de vigilar como un guardia.
espaciales son propicias, ayudarán a tomar la
decisión a sopesar si la recompensa es mayor Este apartado teórico menciona las principales
al esfuerzo o riesgo de las sanciones que teorías que se pueden encontrar para dar
podrá conseguir.
explicación al delito desde una perspectiva
ambiental, pero bajo investigaciones se pueden
Lugar: está relacionado al contexto o agregar también las siguientes:
características del espacio físico urbano,
como bares, antros, cines, teatros mismos que Prevención situacional del delito
representan el factor económico, también
pueden ser parques o centro de la cuidad Prevención situacional del delito que consiste
como contexto social y cultural, donde puede en modificar el entorno para propiciar la
cometerse la conducta delictiva o antisocial
convivencia y la cohesión social, así como
disminuir los factores de riesgo que facilitan
fenómenos de violencia y de incidencia
Juan Antonio Caballero Delgadillo, Leonardo David Arriaga Avalos y Octavio Quintero Ávila

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CRIMINOLÓGICOS

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delictiva, mediante algunos puntos específicos
como lo son: el mejoramiento del desarrollo
urbano, ruta, ambiental y diseño industrial, el
uso de nuevas tecnologías, la vigilancia con
respeto a la intimidad de las personas y algunas
estrategias para garantizar la no repetición
de casos de victimización (Ley General para
la Prevención Social de la Violencia y la
Delincuencia, 2012).

que busca la probabilidad de ocurrencia del
delito en una zona por medio de softwares, por
lo contrario, Canter como ya se mencionaba
traza círculos que tocan el diámetro de los
delitos más distantes. Así el autor de esta teoría
sostiene que el lugar de operaciones y el lugar
del delito casi siempre estarán dentro del
círculo, tamaño que va aumentando conforme
cometen más crímenes (Suárez &amp; Chías, 2015).

Círculos de David Canter

Análisis delictivo o análisis criminal

La Teoría de los círculos de David Canter,
toma en cuenta la ley del costo-beneficio y la
teoría de las actividades rutinarias, asumiendo
que todos los delincuentes tienen una base de
operaciones o también conocidos como punto
de anclaje, esto deja al alcance que se puede
realizar un análisis geográfico de sus crímenes,
relacionando las conductas delictivas con el
infractor (Jiménez, 2012).

El análisis delictivo puede ser confundido
debido a que la conformación de este concepto
utiliza palabras que pueden ser comprendidas
como acciones de interpretación general en
específico como el análisis sin profundidad
y realizado por cualquier individuo, pero
al identificar la noción como un proceso
especifico de sistematización de datos llevado
a cabo como una profesión aumenta su valor y
se visualiza su complejidad.

Esta teoría fue propuesta por David Canter y
Larkin en 1993, que como en el párrafo anterior Para (Boba, 2017) el análisis criminal tiene una
se señala, proponen que existe un lugar donde se concepción más amplia que otros investigadores
cometen los delitos, relacionado con el posible en este tema:
espacio donde operan los delincuentes. De esta
El análisis delictivo analiza más que el delito,
forma David y Larkin comprobaron, que mediante
incluido muchos tipos de información que son
el dibujo de un círculo cuyo diámetro fuera la
relevantes para la policía, como desordenes,
distancia entre los dos delitos más alejados del
llamadas de servicios, problemas de calidad
agresor serial, podría establecerse el lugar donde
de vida, accidentes de tránsito, incidentes
habita el agresor. Se realizó un estudio donde se
analizaba a 45 violadores seriales y comprobaron
críticos y con menos frecuencia incendios e
que el 87% de ellos vivían dentro de este círculo
incidentes médicos de emergencia.
(Canter &amp; Donna, 2008).
Complementado el entendimiento del análisis
El modelo de Canter es bajo en costos, a delictivo o criminal, y bajo un enfoque donde es
comparación del modelo predictivo de Kim necesario el uso de datos de manera universal más
Rossmo llamado Criminal Geographic Target, allá de solo datos policiacos, existe un concepto
Un análisis a las teorías crimino-ambientales bajo la incidencia delictiva en García, Nuevo León. PP. 67-86

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que es utilizado por la International Association
of Crime Analysis (IACA) y que en español es
conocida como la Asociación Internacional de
Análisis del delito de manera estándar:
Una profesión y un proceso en el que un
conjunto de técnicas cuantitativas y cualitativas
se utilizan para analizar datos valiosos para
las agencias policiales y sus comunidades,
incluye el análisis de delitos y crímenes,
víctimas del crimen, el desorden, la calidad
de vida, problemas de tráfico y operaciones
internas de la policía y sus resultados apoyan
a la investigación y persecución criminal,
patrullajes, estrategias de prevención y
reducción del crimen, resolución de problemas
y la evaluación de los esfuerzos de la policía,
citado de (Boba, 2017).
La conceptualización justifica su trabajo y
el uso de los datos de manera sistemática
como herramienta de la cual se puede hechas
una mano y dar explicación a las conductas
delictivas, o relacionar bajo su labor los datos
procesados por esta profesión con la corriente
ambiental de la Criminología.

y que es menos conocida por la forma de la
publicación son las bases de datos, que sirven
como herramientas de trabajo a la criminología
ambiental para explicar al delito.
El comienzo de las investigaciones
Las investigaciones a las que se les puede
atribuir el comienzo la criminología ambiental
son aquellas que fueron desarrolladas por
André Guerry y Adolphe Quetelet en donde se
utilizaron datos y mapas para la identificación de
conductas delictivas combinado la estadística y
los elementos ambientales.
El estudio de la distribución espacial del
delito y la criminalidad se remonta al trabajo
de Adolphe Quetelet y André Guerry, esto
nacido en el siglo XIX (Andersen, 2020), que
en contrastaste con el siglo XXI con el uso
del sistemas operativos o computarizados, ya
que los primeros estudios se trazaban mapas
a mano, en el caso moderno, los datos son
utilizados en grandes cantidades por el sistema
seguridad ya sea pública o privada, para este
caso son utilizados los llamados SIG´S) donde
se generan mapas del delito.

La combinación o el trabajo donde se involucra
el análisis delictivo y la criminología ambiental
tiene como objeto de estudio varios participantes
que bajo su análisis se convierten en datos los
cuales son: victima, infractor, guardián, tiempo
y lugar, criminalidad estos como elementos
principales.

Quetelet en 1842 realizó el primer trabajo,
un análisis geográfico de manera estadística,
estudiando
la
correspondencia
entre
incidencia delictiva y otras variables del
análisis ecológico. Este trabajo lo realizó con
el fin de conocer los factores que gobiernan las
conductas antisociales, lo que lo llego a llegar
La principal herramienta utilizada en el análisis a la hipótesis que en la actualidad se sigue
delictivo es el llamado Sistema de información conociendo sobre la estacionalidad criminal.
geográfica que es la representación de la A pesar de lo anterior, otras teorías han sido
distribución de delitos y en segunda parte tomadas con mayor aprecio, como algunos
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CRIMINOLÓGICOS

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estudios que hablan de la genética, sociología medio de un análisis de (umbral) entendiéndose
o aspectos mentales que son más conocidos o por este como aquel proceso donde se realiza
mencionados (Suárez &amp; Chías, 2015).
el procesamiento de datos estadísticos a nivel
básico.
Es relevante mencionar que a más de 150 años
de algunas de las primeras investigaciones El municipio de García del Estado de Nuevo
relacionadas a la estacionalidad del delito León cuenta con una población total de
utilizando herramientas como mapas y estadística 247,370 habitantes que representan el 4.83%
y como almacenamiento papel, lo podamos ver de la población de Estado de Nuevo León.
en el siglo XXI en usos computarizados bajos
programas espaciales de almacenamiento y Para relacionar el análisis de datos con
representación, lo que demuestra que el delito construcciones teóricas de la criminología
cumple con características específicas y así ambiental se eligió la colonia Valle de Lincoln
como las conductas evolucionan las ciencia que cuenta con múltiples sectores y según la
también utilizando la tecnología para explicar metodología para el análisis de información se
el comportamiento delictivo.
seleccionó de la misma colonia los sectores:
San José, San Agustín y El Fraile, teniendo
Existe una relación entre el análisis de por objetivo identificar la incidencia delictiva
información criminal y la criminología con mayor cantidad de eventos bajos dos
ambiental, no solo en temas prácticos como aspectos: Análisis delictivo y Criminología
trabajo y procesamiento de datos sino como ambiental.
soporte una de otra, la relación entre el análisis
criminal y la misma criminología ambiental La metodología empleada está basada en dos
se encuentra en las teorías criminológicas puntos específicos la primera donde se expone
que sustentan el trabajo del análisis criminal, el papel del análisis delictivo como proceso
ya que las teorías ofrecen gran cantidad de para identificar zonas de mayor concentración
información y el análisis delictivo la aprovecha delictiva y la segunda el análisis de los constructos
para poder trabajar con ella y de esa forma teóricos de la criminología ambiental teniendo
obtener productos que ayuden a prevenir las como resultado la interacción de herramientas
conductas delictivas.
y ciencia.
METODOLOGÍA

El papel del análisis criminal bajo su categoría
administrativa orienta y auxilia para la elección
Datos para la explicación y sustento de
del área geográfica a trabajar, y que bajo
la criminología ambiental y metodología
una exhausta búsqueda en bases de datos de
empleada
número de emergencia 9-1-1 y la indagación
de reportes efectivos o confirmados registrados
Los datos nacen del Sistema nacional de en los años 2014, 2015 y 2016 se obtuvo como
emergencia 9-1-1 y fueron trabajados por resultado la Colonia Valle de Lincoln.
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En términos metodológicos la colonia Valle de
Lincoln fue el área de mayor incidencia delictiva
en el Municipio de García en un periodo de
2014, 2015 y 2016, según la base de datos del
sistema de emergencia 9-1-1 y 066, dentro de
los problemáticas registradas se encuentran
delitos patrimoniales (robo a casa habitación,
negocio, vehículo y a transeúnte con violencia
y o sin violencia), así mismo se identificaron
altos índices de eventos integrados al Kaizen
social ( Consumo de alcohol en vía pública,
consumo de alcohol en vía pública, ruido
excesivo, personas agresivas, riña, violencia
familiar, alteración del orden público por
persona alcoholizada, alteración del orden
público por persona drogada y asociación
delictuosa o pandillerismo.

riesgo, incidencia delictiva y problemas sociales
ya mencionados.
La segunda parte basada en el análisis de
constructos teóricos de la criminología
ambiental está basada en la interpretación
y relación de la teoría del patrón delictivo y
explicaciones generales de la criminología
ambiental, estableciendo una relación entre
la teoría menciona y como se visualiza en
términos prácticos.
Patrón delictivo y Criminología ambiental en
la práctica

Los datos son importantes para que el análisis
delictivo “parte práctica” pueda relacionarse
con la teoría de corte ambiental, es por eso por
Con apoyo de la georreferenciación lo que fue necesario la combinación de trabajos
entendiéndose por esta como el uso de el primero basado en la elaboración de hotspot
coordenadas en un mapa para asignar una y mapas delictivos y la segunda identificación
ubicación espacial, se plasmaron áreas de de información relevante en horarios y lugares
específicos.
Figura 1. Esquema de operatividad

Dato: fuente esquema propio

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RESULTADOS
Graficas de distribución de problemáticas
sociales
Tabla 1. Kaizen Social del año 2014.

Elaboración Propia

Grafica 1. Kaizen Social del año 2014.

Elaboración Propia

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Tabla 2. Kaizen Social del año 2015.

Elaboración Propia

Grafica 2. Kaizen Social del año 2015.

Elaboración Propia

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Tabla 3. Kaizen Social del año 2016.

Elaboración Propia

Grafica 3. Kaizen Social del año 2016.

Elaboración Propia

Un análisis a las teorías crimino-ambientales bajo la incidencia delictiva en García, Nuevo León. PP. 67-86

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Grafica 4. Kaizen Social Periodo Enero agosto 2014 – 2017

Elaboración Propia

Las conductas reportadas al sistema de
emergencia conocidas como Kaisen social o
entendida con otras palabras como problemáticas
sociales, siguen un patrón de comportamiento
derivado a las actividades rutinarias de personas
que viven un espacio geográfico determinado, lo
que significa que al observar la gráfica 4 general
de incidencia delictiva de los años 2014, 2015,
2016 y 2017 existe una concentración estándar
en el mes de mayo, demostrando que las
conductas reportadas tiene un patrón temporal
que ayuda a identificar los tiempo específicos,
así mismo saber que cualquier modificación en
las rutinas de una comunidad puede influir en
el aumento de probabilidades de comisión de
conductas delictivas.

Por otra parte, el aumento en los indicadores
puede estar relacionado a la temporalidad de
vacaciones de verano, vacaciones estipuladas
que generan rutinas en la población como
paseos fuera de la cuidad o mayor convivencia
entre los miembros de una comunidad o la
misma familia.
Continuado con el análisis los primeros meses
del año reafirman la concentración temporal
de los reportes de conductas delictivas, y que
en términos generales adaptándose a la teoría
del patrón delictivo que nos habla que la
concentración de la criminalidad en lugares y
tiempo específicos.

Tabla 4 Incidencia por mes y año
2014

2015

2016

2017

Enero

37

25

37

27

Febrero

42

37

28

37

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Marzo

75

59

39

51

Abril

63

69

47

50

Mayo

62

64

58

61

Junio

80

57

57

42

Julio

83

67

52

45

Agosto

98

56

44

39

Total

540

434

362

352

Elaboración Propia

La tabla 4 representa la concentración de
la incidencia general de los años y mes de
análisis, representando por medio de colores
menor concentración en color verde, media
en color amarillo y rojo en mayor.

Las conductas reportadas tienen aumentan
conforme los meses del año van pasando,
mostrando concentración después del
cuarto mes del año y concentrándose en los
meses de mayo, junio y julio.

Tabla 5 Resultados de marcha exploratoria de seguridad y áreas de riesgo
Áreas de riesgo

Total

Basura

38

Casa Abandonada

289

Graffiti

100

Hierba Crecida

7

Terreno Baldío

10

Total

444
Elaboración Propia

La influencia de los elementos ambientales o
estructurales en una comunidad entendiendo
para este análisis como una colonia o un
municipio pueden afectar en el aumento de la

criminalidad, mismo que es representados por
la tabla 5, la criminología ambiental establece
esta relación y se ve reflejado con los siguientes
mapas.

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Imagen 1 Mapas de concentración delictiva de sectores y patrón delictivo

Elaboración Propia

Imagen 2 mapa de concentración delictiva de sectores y patrón delictivo hotspot

Elaboración Propia

Los mapas demuestran que las conductas
delictivas no se concentran en toda la
comunidad o área geográfica, sino que se
focaliza o en zonas específicas, el mismo
mapa orienta a identificar las zonas específicas
que para este caso la periferia de la colonia
es aquellas de mayor concentración de
criminalidad.

preventivas por medio del procesamiento
de datos llevadas de la mano de análisis
delictiva o acciones disuasivas por
elementos de seguridad encargados de la
prevención del delito.

Pasos para la recolección de datos e
información:
La metodología empleada para la recolección
EL uso de SIG´s aporta información visual de información fue extraída de la base de datos
valiosa para poder determinar acciones del número de emergencia 9-1-1.
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CRIMINOLÓGICOS

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El proceso de extracción de información tiene
4 pasos:
• Se realiza un filtro en para las colonias de
mayor incidencia delictiva en términos de
reportes en delitos patrimoniales (robo a
casa habitación, robo a negocio, robo a
transeúnte y robo a vehículo y problemas
que pertenecen al Keizen social en el en el
municipio de García, Nuevo León.
• Es elegida la colonia Valle de Lincoln y
se sectoriza el área obteniendo mayor
incidencia los sectores: Fraile, San José y San
Agustín.
• Se trabaja de forma individual toda la colonia,
y se obtuvieron horarios de mayor incidencia,
la parte del día con mayor recurrencia días,
partes de la semana y calles.
• De los datos obtenidos se obtuvo gráficas y
tablas de horarios, lugares para cada sector.

La teoría de las actividades rutinarias y la
misma Criminología ambiental como corrientes
teóricas sustentan el trabajo, bajo el mismo
análisis de identificación de áreas de riesgo
como problemas estructurales o problemas
ambientales, estableciendo la relación entre la
incidencia delictiva y problemas estructurales
no atendidos dejando un área de oportunidad
para buscar prevención de la criminalidad.

Interpretación de los resultados de la
investigación

CONCLUSIONES

La teoría del patrón delictivo nos ayuda
a identificar en términos generales que la
criminalidad o los delitos de manera individual
no se comenten al azar sino que existen
áreas de mayor concentración, tiempo,
horarios, infractores y victimas que tienen
mayor probabilidad de presentarse y todo
esto puede estar influenciado debido a las
características ambientales o estructurales de
una zona geográfica, en el caso de análisis de
datos reafirma que el patrón del delito para el
municipio de García Nuevo León cumple con
los criterios generales de la teoría elaborado
por los esposos Brantingham.

El procesamiento de datos por medio de análisis
criminal con soporte teórico de la Criminología
Ambiental se relaciona en productos para la
prevención, el uso de datos para identificar
probabilidades de ocurrencia de delitos,
la criminología estudia gran cantidad de
elementos participantes de la criminalidad y
el análisis delictivo al procesarlos y utilizarlos
auxilian a los tomadores de decisiones para
comenzar con el proceso de prevención.

Las investigaciones en la criminología han sido
utilizadas y desarrolladas para dar explicación de
la conducta delictiva en específico es debido a
eso que existen distintas corrientes, dirección o
modelos explicativos en la ciencia Criminológica.
Los estudios de la influencia de las características
ambientales de la comisión de conductas
delictivas y usos de herramientas para representar
y recolectar datos delictivos son tan viejas como
la criminología clínica representada por el padre
de esta ciencia Cesar Lombroso que con obras
como “Los criminales” que da explicación de
características físicas de los individuos y su relación
con las conductas delictivas, o la publicación de
su obra más conocidas como Lúomo Delinquente

Un análisis a las teorías crimino-ambientales bajo la incidencia delictiva en García, Nuevo León. PP. 67-86

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en 1876 (Landecho, 2015). Actualmente se ha
puesto énfasis al análisis de datos criminales
como herramienta auxiliar para la prevención y
persecución del delito, pero es necesario darle el
sustento científico de la criminología ambienta,
ya que las investigaciones y las buenas prácticas
pueden avanzar de forma considerable si se basan
en estudios que fueron comprobados evitando
caer en errores que otros ya tuvieron. Las teorías
de la criminología ambiental que, aunque sus
inicios e investigaciones nacen en Inglaterra
son aplicadas para conductas delictivas en
municipalidades de México, pero es necesarios
comprobar en distintos lugares y zonas del país
para sustentar la investigación a nivel macro.

+Ashgate+Publishing+Limited.&amp;ots=wKcihWh5ta&amp;sig=1jLshwn864X9T9kOXHz1IJbpxY#v=onepage&amp;q=Principles%20
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—
Leonardo David Arriaga Avalos
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León,
México
Pasante Doctorado en Criminología por Universidad
Autónoma de Nuevo León. Máster en Criminología por
Universidad Autónoma de Nuevo León. Y licenciatura
en criminología por la Universidad Humani Mundial.
Catedrático en Licenciatura de la Facultad de Derecho
y Criminología de la UANL. Exanalista delictivo del
municipio de García Nuevo León.

constructoscriminologicos.uanl.mx

Octavio Quintero Ávila
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León,
México
Pasante Doctorado en Criminología por Universidad
Autónoma de Nuevo León. Máster en Criminología por
Universidad Autónoma de Nuevo León. Y licenciatura
en criminología por Universidad Autónoma de Nuevo
León. Catedrático en Licenciatura de la Facultad de
Derecho y Criminología de la UANL.
Juan Antonio Caballero Delgadillo
Afiliación: Universidad Autónoma de Nuevo León,
México.
Doctor en Derecho con orientación en Derecho
Procesal, Máster en Criminología por la UANL
y Licenciado en Criminología. Coordinador
del Doctorado en Criminología. Catedrático en
Licenciatura y Posgrado, de la Facultad de Derecho
y Criminología de la UANL, Integrante de Sistema
Nacional de Investigadores SNI I. Ex Sub-secretario
de Administración Penitenciario en el Estado
de Nuevo León, Ex Presidente de la comisión de
Carrera Policial de la Secretaria de Seguridad
Pública del Estado de Nuevo, Ex Director General
de Inteligencia de la Secretaria de Seguridad
Pública del Estado de Nuevo León. Actualmente
Coordinador de Inteligencia Criminal y Estratégica
del Centro de Investigación en Cibercriminalidad,
Derecho Digital y Ciberseguridad de la Facultad
de Derecho y Criminología. Correo de contacto:
alfacoca123@gmail.com

Un análisis a las teorías crimino-ambientales bajo la incidencia delictiva en García, Nuevo León. PP. 67-86

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

La seguridad con perspectiva de género. Experiencias
en Cataluña
La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en
Cataluña
Ana Belen Almecija Casanova*

Resumen:
La seguridad es un derecho fundamental y
una condición indispensable para el libre
ejercicio de la libertad. Tradicionalmente se
ha considerado un bien objetivo gestionado a
través de políticas neutras respecto del género,
que han dejado de lado las demandas y las
necesidades específicas de las mujeres, tanto
de las ciudadanas como de las profesionales de
la seguridad. Este artículo tiene como objetivo
abordar algunos ámbitos desde los que se
puede trabajar la perspectiva de género en la
seguridad - desde una perspectiva transversal
e interseccional - y también explicar algunas
Cómo citar
Almecija Casanova, A. B. La seguridad con
perspectiva de género : Experiencias en Cataluña.
Constructos Criminológicos, 2(2). Recuperado a
partir de https://constructoscriminologicos.uanl.mx/
index.php/cc/article/view/12
* https://orcid.org/0000-0002-3609-346X
Universidad de Ciencias de la Seguridad, México

Recibido: 04-11-2021
Aceptado: 28-12-2021

experiencias concretas al respecto que se han
desarrollado en Cataluña a nivel normativo y de
protocolos de actuación.
Palabras Clave: Seguridad, género, perspectiva
de género,
Abstract
Security is a fundamental right and an essential
condition for free exercise of freedom.
Traditionally, gender-neutral policies have been
considered a good management of it. However,
that has ignored the specific demands and
needs of women, both female civilians and
security professionals. The aim of this article
is to address some areas in which gender
perspective in security can be explored - from a
transversal and intersectional perspective- and
to share some specific tools (regulations and
operational protocols) that have been developed
in Catalonia.
Keywords: Security, gender, gender perspective

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

LA PERSPECTIVA DE GÉNERO COMO
ESTRATEGIA PARA ALCANZAR LA
IGUALDAD
Este artículo tiene como objetivo concretar
algunos ámbitos desde los que se puede trabajar
la seguridad con perspectiva de género1, así
como fundamentar la necesidad de hacerlo – e
incluso la obligatoriedad, ya que así lo establece
la normativa - desde un enfoque transversal,
multidisciplinar e interseccional.

Si la seguridad es el instrumento que debe
garantizar el vivir y el convivir con tranquilidad
a las personas, es necesario incorporar la
perspectiva de género tanto en la misma
definición de seguridad como en todas
las acciones que plantea partiendo de la
constatación que a las mujeres y a los hombres
se les asignan roles sociales diferentes y que
no existe el ciudadano medio “neutro” en el
género. A partir del análisis de necesidades de
la población en materia de seguridad y de la
definición de las políticas públicas de seguridad
con perspectiva de género es cómo y cuándo
podremos hablar de actuaciones dirigidas
verdaderamente a toda la población (García,
2009).

La seguridad es un derecho fundamental y una
condición indispensable para el libre ejercicio de
la libertad2. Tradicionalmente se ha considerado
un bien objetivo gestionado a través de políticas
neutras respecto del género, que han dejado de
lado las demandas y las necesidades específicas La incorporación de la perspectiva de
de las mujeres, tanto como ciudadanas como de género integra la igualdad de género en las
las profesionales y expertas en seguridad.
organizaciones públicas y privadas de un país
en políticas centrales o locales, y en programas
1
Entendido en un sentido amplio, incluyo también que de servicios y sectoriales.3 Supone tomar en
el enfoque de género nos puede llevar a plantear otra manera de consideración las diferencias entre mujeres
hacer las cosas. Por ejemplo, la gestión alternativa de conflictos y hombres en un ámbito o actividad para el
aplicada al ámbito de la seguridad, que permite una mejor ga- análisis, planificación, diseño y ejecución de
rantía de las funciones otorgadas a los cuerpos de seguridad al políticas, teniendo en cuenta el modo en que las
servicio de los derechos de la ciudadanía y el fortalecimiento diversas actuaciones, situaciones y necesidades
del modelo de seguridad preventivo (Ayguasenosa, 2009).
afectan a las mujeres. Este enfoque permite
2
En España hay un reparto competencial entre Estado visualizar mujeres y hombres en su dimensión
y Comunidades Autónomas, el artículo 149.1.29 de la Consti- biológica, psicológica, histórica, social y
tución indica que es competencia exclusiva del Estado la “se- cultural, y también permite encontrar líneas de
guridad pública, sin perjuicio de la posibilidad de creación de reflexión y actuación para la erradicación de las
policías por las Comunidades Autónomas en la forma que se desigualdades.4
establezca en los respectivos Estatutos en el marco de lo que
disponga una ley orgánica” El artículo 164 del Estatuto de Au-

3

Vid. ONU mujeres

https://www.unwomen.org/es/

tonomía de Cataluña establece las funciones de la Generalitat

how-we-work/un-system-coordination/gender-mainstreaming

en seguridad pública y el artículo 163 en seguridad privada. En

4

este artículo se hará referencia a normativa estatal y a normativa

de igualdad efectiva de mujeres y hombres. https://www.boe.

autonómica de Cataluña.

es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-9676

Así la define la Ley catalana 17/2015, de 21 de julio,

La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña. PP. 87-108

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La Plataforma para la Acción de la Cuarta
Conferencia Mundial sobre Mujeres de
Naciones Unidas que se celebró en Pekín
en 19955, asumió de forma explícita la
transversalidad de género (“mainstreaming”) e
hizo un requerimiento a los gobiernos y otros
actores a promocionar una política activa y
visible del mainstreaming de género, en todas
las políticas y programas, con el objetivo de
que antes de que se tomen las decisiones, se
realice un análisis de los efectos producidos en
mujeres y hombres, respectivamente.

89
Por lo tanto, la igualdad es el objetivo de
desarrollo general y a largo plazo, mientras
que la incorporación de una perspectiva de
género es un conjunto de enfoques específicos
y estratégicos, así como procesos técnicos e
institucionales que se adoptan para conseguir
este objetivo.

La igualdad es, así mismo, un principio
fundamental en la Unión Europea donde se
integró la perspectiva de género como un
planteamiento político oficial para conseguir la
igualdad “incorporar la perspectiva de género
Las conclusiones convenidas de la ECOSOC puede marcar la diferencia entre conseguir dar
de 19976 definían la incorporación de una respuesta a las necesidades de la población
perspectiva de género como: “El proceso o fracasar en el intento, y entre una buena
de evaluación de las consecuencias para las política o una política ineficaz, o incluso
mujeres y los hombres de cualquier actividad contraproducente” (Shreeves, 2019)
planificada, inclusivamente las leyes, políticas
o programas, en todos los sectores y a todos TRABAJAR LA SEGURIDAD CON
los niveles. Es una estrategia destinada a hacer PERSPECTIVA DE GÉNERO
que las preocupaciones y experiencias de
las mujeres, así como de los hombres, sean Las políticas de seguridad deben visibilizar
un elemento integrante de la elaboración, la las necesidades y demandas específicas de las
aplicación, la supervisión y la evaluación de las mujeres en un sentido amplio como ciudadanas
políticas y los programas en todas las esferas y también de las profesionales de la seguridad.
políticas, económicas y sociales, a fin de que las La perspectiva de género no es una “revisión”
mujeres y los hombres se beneficien por igual que debe hacerse a posteriori de un documento,
y se impida que se perpetúe la desigualdad. de una acción o de una política pública,
El objetivo final es conseguir la igualdad debe existir desde el momento inicial en las
[sustantiva] entre los géneros”
metodologías de investigación, diagnóstico,
planificación e implantación de medidas y
también en la evaluación de las mismas.
5

Vid. Declaración y Plataforma de Acción de Beijing

https://beijing20.unwomen.org/~/media/headquarters/attachments/sections/csw/bpa_s_final_web.pdf
6

Vid. Informe del Consejo Económico y Social corres-

pondiente a 1997 https://undocs.org/pdf?symbol=es/A/52/3/REV.1(SUPP)

La formación del personal de la policía y de la
seguridad privada es esencial, y debe contener
temas sobre igualdad, a nivel de sensibilización
y un enfoque teórico, pero también práctico y
operativo. Además, se debe incidir en capacitar
Ana Belen Almecija Casanova

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

sobre aquellos delitos e infracciones en los que relación a, por ejemplo:
hay un mayor impacto de género como son • Discursos de miembros de la organización
las relacionadas con las violencias machistas7,
que niegan la discriminación de la mujer, la
también en cómo abordar algunas conductas
invisibilización de sus necesidades e incluso
que puede que no estén sancionadas pero no
la violencia que se ejerce contra ella.
8
por ello quien la sufre debe quedar desamparo . • No comprender la necesidad de incorporar
la perspectiva de género por creer que la
El trabajo por hacer es extenso: sensibilizar,
seguridad es neutra y “no tiene género”.
conocer la normativa, los protocolos de • No entender que una medida que es útil para
actuación y tener previstas todas las situaciones
garantizar la seguridad de mujeres puede
posibles en las que se debe proteger a la
serlo también para los hombres y eso no
mujer y planificar todas las medidas posibles
significa que no tenga perspectiva de género
para garantizar su integridad física y psíquica.
(se puede llegar a la misma conclusión
A la vez, incidir en un discurso que interpele
que sin ella, pero al haberse investigado,
9
directamente a los agresores .
planificado e implantando con perspectiva
de género nos garantiza que las mujeres han
No se puede obviar que es un terreno en el
podido dar su opinión – como ciudadanas y
10
que todavía hay resistencias y obstáculos en
como expertas y profesionales- y participar
del proceso).
7
En España en 2020 fueron 45 las víctimas de asesi- • Considerar que no se precisa un perfil
nato u homicidio en manos de su pareja o expareja. Puede
técnico o especialización en género para
consultarse el dato en el Anuario Estadístico del Ministerio
implantar medidas, dejando esta tarea a
del Interior, así como del sistema de seguimiento integral en
un miembro de la organización que se
los casos de violencia de género (sistema viogén) http://www.
considere con sensibilidad sobre el tema,
interior.gob.es/documents/642317/1204854/Anuario+Estapero sin formación alguna en igualdad.
d%C3%ADstico+del+Ministerio+del+Interior+2020/94d9c- • Creer que es innecesario trabajar la seguridad
f1b-889f-4119-b4c4-09926630a29e
con perspectiva de género ya que la
organización o la entidad es suficientemente
8
Algunos tipos de acoso sexual – como el acoso verbal
paritaria, no constan denuncias de acoso
callejero- no están sancionados de la misma forma en todos
sexual ni de discriminación por razón de
los países y en muchos ni se contempla, pero pueden causar
sexo, no constan demandas específicas de
malestar en quien lo recibe y provocarle una fuerte sensación
mujeres, etc.
de inseguridad.
9
En octubre de 2021 la Policía de Escocia lanzó la • Falta de tiempo, recursos, desconocimiento
campaña “That guy” https://that-guy.co.uk/ con el objetivo de
de cómo llevar a cabo estos procesos.
que los hombres asuman la responsabilidad de poner fin a la
violencia sexual cambiando sus actitudes y comportamientos
hacia las mujeres y desafiando los de sus pares.

Guía para la elaboración de diagnósticos de seguridad con vi-

10

sión de género en el ámbito rural y urbano (véase la referencia

María Naredo y Praxágora Cooperativa dedican un

apartado concreto a estos obstáculos y cómo superarlos en la

en Trabajos citados).

La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña. PP. 87-108

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Para superar estos obstáculos se precisa como
punto de partida la capacitación en igualdad
de todas las personas de la organización donde
además de conceptos y normativa, se compartan
materiales, resultados de investigaciones
que muestren las diferentes necesidades de
seguridad y de la percepción de seguridad
de hombres y mujeres, experiencias en otras
organizaciones y cómo se traslada todo ello de
manera operativa a las actuaciones.
En los siguientes apartados explicaré
brevemente solo algunos de los puntos que se
pueden explorar para trabajar la seguridad con
perspectiva de género y dedicaré unos apartados
concretos a la experiencia de Cataluña en este
ámbito.
LAS METODOLOGÍAS DE INVESTIGACIÓN
No es objeto de este artículo explicar las
diferentes metodologías de investigación, pero sí
señalar algunas que han sido de gran utilidad para
trabajar la seguridad con perspectiva de género.
Las metodologías cuantitativas son imprescindibles
peroinsuficientes,porloquedebencomplementarse
siempre con metodologías cualitativas entre las
cuales se ha de contar especialmente con aquellas
que sean participativas. Unas y otras han de ser
diseñadas con perspectiva de género.
Igareda, N., &amp; Bodelón, E. (2014) defienden
que la opción del trabajo cualitativo (Vallés,
1997, 2002; Quivy y Van Campenhoudt, 1992)
permite obtener información valiosa que no es
posible obtener a través de métodos únicamente
cuantitativos. Igualmente permite el análisis
de nuevos conceptos, que la investigación

quizás no había planteado en las hipótesis
iniciales. Muchas investigadoras feministas
han preferido la investigación cualitativa pues
permite a las víctimas de la violencia sexual
articular experiencias con sus propias palabras
(Campbell et al. 2009; Jordan, 2001, 2004,
2008; Kelly, 2008; Stanko, 1990)
En cuanto a las cualitativas destaco una
herramienta metodológica de gran interés como
son las marchas exploratorias que se originaron
a principio de los años noventa en las ciudades
de Montreal y Toronto. Las marchas exploratorias
son una herramienta que permite analizar desde
una perspectiva feminista interseccional cómo
la configuración física, social y simbólica de
los espacios urbanos condiciona la percepción
de (in)seguridad (Observatorio Noctámbul@s,
2018)11. Consisten en la evaluación realizada
en terreno que hace un grupo de mujeres de
un espacio, ya puede ser de un barrio de un
municipio o de una zona concreta que se
considera especialmente problemática. Se
realizan recorriendo en grupo la zona y se
evalúa a través de una lista de chequeo, a la
vez que se anotan las vivencias, sensaciones y
experiencias que manifiestan las participantes,
se anotan los aspectos que generan inseguridad
pero también los que proporcionan autonomía
y libertad. El objetivo es hacer una propuesta
de soluciones viables de mejoramiento del
diseño urbano que disminuyan la percepción
de inseguridad de las personas.

11

Se puede ver un ejemplo de experiencias de marchas

exploratorias en el Informe anual 2017-2018 del Observatorio
Noctámbul@s donde además se transcriben las manifestaciones de las participantes.
Ana Belen Almecija Casanova

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CRIMINOLÓGICOS

También hay experiencias muy interesantes
como la del municipio de Bilbao, que ha creado
una herramienta participativa conocida como
“Mapa de los puntos críticos”12, un proyecto del
ayuntamiento con participación ciudadana, con
la finalidad de mejorar los puntos de la ciudad
que no tienen visibilidad, accesibilidad o son
aislados y por lo tanto producen inseguridad,
sobre todo en las mujeres. Cualquier persona
puede entrar a la web para consultar el mapa
y también enviar una propuesta argumentada
para que se añada en él un punto crítico.

percepción de la seguridad. Hay que tener en
cuenta que las mujeres de manera continuada
sufren una serie de conductas que no siempre
están tipificadas al Código penal como delito.
Estas “ofensas cotidianas” a menudo son
difícilmente denunciables y a pesar de que la
normativa administrativa sí permitiría sancionar
algunos comportamientos, otros muchos
quedan fuera de lo que han previsto las leyes,
por lo tanto, su detección y su abordaje es
difícil, especialmente si se busca solo una
respuesta punitiva en vez de tratarlo desde la
sensibilización, el civismo y el respeto.

Este proyecto es continuación de otro anterior,
el “Mapa de la Ciudad Prohibida en los
Distritos de Bilbao”13, iniciativa que pretendía
aumentar la sensación de libertad y seguridad
de las mujeres en su entorno cercano,
visibilizando las experiencias de las mujeres
y sus necesidades en el uso de los espacios
públicos, identificando los de baja calidad y
haciendo recomendaciones, tomando como
punto de partida las aportaciones que habían
hecho las vecinas.

Las experiencias vividas personalmente, las
vivencias compartidas por amigas, compañeras
o familiares o hechos conocidos a través de la
prensa o redes sociales, pueden poner a algunas
mujeres en alerta o hacerlas sentir miedo ante
situaciones que quizás para otra persona no
serían consideradas peligrosas o motivo de
incomodidad o preocupación. Como recuerda
Ortiz (2014) citando a Michaud (2005), si en
una calle donde el 100 % de las personas
que viven son mujeres, a una la violan, las
LAS DIFERENTES PERCEPCIONES DE LA (IN) consecuencias no recaen solo sobre el 1%, esa
SEGURIDAD
mujer a la que han violado, sino sobre el 100%
de las mujeres, ya que ese hecho aumentará la
Las mujeres y los hombres se relacionan con percepción de inseguridad y el miedo de las
el entorno y con las personas de manera mujeres que viven allí, porque sienten que les
diferenciada, lo cual provoca un impacto en la puede pasar a ellas también.
12

Vid. https://www.donostia.eus/info/ciudadano/igual-

dad_plan.nsf/voWebContenidosId/NT000009AE?OpenDocument&amp;idioma=cas&amp;id=A374066376363&amp;cat=&amp;doc=D
13

Puede descargarse en https://www.bilbao.eus/cs/

Satellite?c=Page&amp;cid=3000082641&amp;language=es&amp;pageid=3000082641&amp;pagename=Bilbaonet%2FPage%2FBIO_contenidoFinal

Las mujeres tienen un índice de percepción
de la inseguridad tres veces superior al de los
hombres, aunque el riesgo registrado de sufrir
actos violentos contra la persona, especialmente
en lo que se refiere a las agresiones, es inferior
al de los hombres. Además, no existe una
correlación entre el riesgo de victimización

La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña. PP. 87-108

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hecho público por actos delictivos violentos y
el miedo que tienen de ser víctimas de estos
actos. Los hombres jóvenes, que son los que
dicen que se sienten más seguros, también
son quienes tienen una mayor proporción de
victimización por actos violentos contra la
persona (Stanko, 2009).

lo tanto, uno de los elementos claves que han
de caracterizar las políticas de seguridad con
perspectiva de género es admitir la importancia
del componente subjetivo de la seguridad –
objetivable tal y como hemos manifestado- e
identificar las diferentes vivencias según el
género. Igualmente hay que tener en cuenta
otras diferencias como la edad, la discapacidad,
El impacto en la vida de las mujeres de su o la condición migratoria (Naredo, 2010).
percepción de (in)seguridad es importante
y las estrategias de autoprotección que En definitiva, la incorporación de la perspectiva
desarrollan ante el miedo – ya sea a sufrir un de género en la seguridad también requiere
delito, infracción administrativa o simplemente tomar como punto de partida la complejidad
a ser “molestadas” aunque la conducta no del fenómeno, de forma que se integren: las
esté recogida en ninguna normativa - limitan diferentes fuentes de inseguridad, tanto las que
su libertad y suponen un obstáculo para su se producen a la esfera pública como la privada;
participación en la vida social y profesional: las relaciones de opresión no delictivas pero
elegir o no una vestimenta concreta, escoger que potencian el sentimiento de inseguridad y
un medio de transporte u otro, decidir no ir a refuerzan las estrategias de autoprotección de
un acontecimiento según donde se celebre o la las mujeres; y el elemento subjetivo que genera
hora de finalización, pedir que las acompañen sentimientos de inseguridad diferenciados en
hasta casa, rehusar un trabajo por ubicación u mujeres y hombres (Naredo, 2010).
horarios...
ESPACIOS SEGUROS CON PERSPECTIVA
Aplicar metodologías de investigación para DE GÉNERO
conocer las percepciones de inseguridad y las
estrategias de autoprotección o defensa que En relación con los dos apartados anteriores
desarrollan las mujeres permitirá responder es preciso tratar de forma específica la
con las medidas de prevención adecuadas. seguridad de las mujeres en el espacio público
A pesar de que a menudo se afirma que la ya que esta es una premisa indiscutible
percepción de (in)seguridad no se puede para conseguir la igualdad. Históricamente
medir, la información sobre el sentimiento de el diseño de las ciudades ha respondido a
seguridad de la población, puede objetivarse una visión androcéntrica de la vida urbana,
de manera clara en muchos casos: cuando la por ello la perspectiva de género se ha de
ciudadanía afirma (o se constata externamente) incluir dentro del urbanismo y planeamiento
que hay espacios y horarios en que no lleva de las ciudades con el objetivo de eliminar
a cabo ciertas actividades a causa de su las desigualdades que restan movilidad,
percepción de inseguridad en ellos, la situación seguridad y, por tanto, libertad a las mujeres,
se objetiva sustancialmente (Guillen, 2020). Por en el espacio público.
Ana Belen Almecija Casanova

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Deviene imprescindible tener en cuenta
los principios elaborados a partir de las
experiencias de las mujeres de Montreal, que
fueron recogidos con la coordinación de Anne
Michaud en el documento Pour un environment
urbain sécuritaire. Guide d´aménagement.
Programme Femmes et Ville de la Ville de
Montreal, 200214. Los seis principios de
Montreal deben ser analizados e implantados
de una manera conjunta para conseguir un
espacio público seguro:
1. Señalización: Saber dónde se está y adónde
se va.
2. Visibilidad: Ver y ser vista.
3. Concurrencia de personas: Oír y ser oída.
4. Vigilancia formal y acceso a la ayuda: Poder
escapar y obtener auxilio.
5. Planificación y el mantenimiento de los
lugares: Vivir en un ambiente limpio y
acogedor.
6. Participación de la comunidad en
las políticas de seguridad: Actuar en
conjunto.

cuando no hay ojos eficaces. Prácticamente
nunca ocurren en teatros a oscuras donde hay
muchas personas y ojos presentes”. Por ello,
ante decisiones populares pero poco eficaces
como alumbrar sin medida ni criterio una
zona16, llenarla de cámaras de videovigilancia
o de presencia policial, cabe preguntarse
si la solución no pasará por otras opciones
como fomentar la solidaridad y los lazos
comunitarios y dotar a los espacios de vida con
actividades, equipamientos, mobiliario urbano
adecuado, etc. que lo conviertan en un sitio
que sea agradable de transitar y permanecer,
aumentando así la presencia de personas que
serán las que puedan prestar auxilio inmediato
en caso de emergencia y harán disminuir la
percepción de inseguridad.

En este punto aplicar el enfoque CPTED17
de prevención del delito a través del diseño
ambiental con perspectiva de género puede ser
de gran utilidad para aplicar estrategias que den
resultados efectivos18. La perspectiva del CPTED
corresponde a un abordaje multidisciplinario
Las medidas que se adopten han de ser rigurosas que busca “reducir las oportunidades de
y eficaces15, basadas en evidencias, porque ya cometer delitos de oportunidad así como
lo decía Janes Jacobs en 1961 que “Los horribles
crímenes públicos pueden ocurrir, y ocurren,
16
Vid.
http://agrupacionio.com/en-un-espacio-solitaen estaciones de metro bien iluminadas
rio-nadie-puede-oir-tus-gritos/

14

En este ámbito es imprescindible citar nuevamente el

trabajo realizado por el Col·lectiu Punt 6, que puede consultarse en su web http://www.punt6.org/ca/inici/
15

El asesinato de Sarah Everard, ha puesto sobre la mesa

17

Vid. la página web de la International Crime Preven-

tion Through Environmental Design Association donde hay materiales para profundizar sobre el enfoque CPTED https://www.
cpted.net/

el cuestionamiento de la efectividad de algunas medidas de

18

Actualmente el enfoque CPTED incluye principios de

seguridad propuestas desde los poderes públicos basadas sim-

primera, segunda y tercera generación que van mucho más allá

plemente en aumento del alumbrado, mayor vigilancia y mayor

de medidas meramente físicas. Estos principios son: control de

presencia policial https://qz.com/1985650/sarah-everard-de-

accesos, vigilancia natural, refuerzo territorial, participación

sign-strategies-to-make-streets-safer-for-women/

comunitaria, sostenibilidad y salud pública y auto realización.

La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña. PP. 87-108

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

reducir el temor de la comunidad aumentando • Mejorar la iluminación de vestíbulos,
la cohesión comunitaria” (Rau, 2005: 87)
andenes y pasillos.
• Estudiar la posibilidad de incorporar un
Incluyo en este apartado el necesario estudio
hilo musical en toda la red de metro que
de la movilidad por géneros, ya que el
ayude a generar un ambiente más amable y
transporte seguro ha de tener en cuenta y
acogedor.
cubrir las necesidades de las mujeres, debe • El plan también incluye un protocolo de
fundamentarse en el reconocimiento de sus
actuación de los diferentes responsables,
distintas experiencias, necesidades y roles
áreas y departamentos internos de la
distintivos.
organización ante un incidente de carácter
sexual o de género que pueda producirse en
Comparto a modo de ejemplo, algunas de las
las redes de metro y bus.
medidas que detalla el Plan de prevención del
acoso sexual en las redes de metro y autobús de En cuanto a la violencia en espacios comunitarios,
Transports Metropolitans de Barcelona (TMB)19 conviene hacer una especial mención a la que
que fue presentado en mayo de 2021:
se sufre por las mujeres en entornos de ocio y
• Incrementar la presencia de vigilantes de deportivos. En los últimos años se han adoptado
seguridad en el metro y en el autobús (en por diferentes asociaciones20 y organizaciones
el metro ya se aumentó un 3% en 2020 y públicas21 y privadas22 protocolos de actuación
se preveía otro aumento de 3% en 2021; para la prevención, detección y atención a las
en 2020 se inició también la medida de personas afectadas por violencias sexuales.
incorporar en los autobuses la vigilancia Estos protocolos han de ir necesariamente
por parte de los agentes de manera
20
La Asociación de Mujeres en el Deporte Profesional
selectiva).
• Implantar un sistema de video vigilancia ha realizado una gran labor de sensibilización al respecto y
específico dentro de los autobuses y de los diversas formaciones para implantar estos protocolos en entidades deportivas https://www.mujereseneldeporte.com/2018/11/
metros (medida ya en desarrollo)
• Establecer un sistema de paradas a demanda la-violencia-sexual-en-el-ambito-deportivo-prevencion-detecen rutas de autobuses de áreas periféricas.
cion-y-atencion-voice/
• Asegurar la visibilidad en las marquesinas 21
Especialmente las administraciones locales han creade las paradas de autobús gestionadas por do Protocolos de actuación. Véase por ejemplo el “No Calos distintos ayuntamientos implicados.
llamos” del Ayuntamiento de Barcelona https://ajuntament.
• Contar con una mayor presencia de agentes barcelona.cat/dones/es/protocolo-no-callamos-contra-las-agrede Mossos d’Esquadra y policías locales en siones-y-los-acosos-sexuales-en-espacios-de-ocio-nocturno
las redes de autobús y metro.
22
Por ejemplo, en los eventos de Live Nation con el
lema #respétame se han implantado protocolos anti acoso. En19

Vid. https://noticies.tmb.cat/sala-de-premsa/tmb-com-

lazo una noticia relacionada con el Download Festival Madrid

pleta-pla-de-prevencio-de-lassetjament-sexual-xarxes-de-me-

de 2018 https://metaljournal.net/download-festival-madrid-im-

tro-bus

planta-un-protocolo-contra-el-acoso-sexual/
Ana Belen Almecija Casanova

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

acompañados de una formación sobre
violencias machistas a todos los miembros de
la organización, una implementación de las
medidas, procedimientos para la gestión de
incidencias y denuncias, así como la instalación
de puntos estáticos dónde se puedan dirigir las
personas afectadas23. En la parte más operativa
del Protocolo debe hacerse un esquema sobre
cómo se va a actuar en el caso de que alguien
vea o alguien denuncie una conducta que
constituya violencia sexual. Es recomendable
hacer una clasificación de los tipos de conductas
que nos podemos encontrar y la intervención
que se llevará a cabo ante cada una de ellas
y por parte de quién. Para ello debe tenerse
clara la legislación sobre ante qué conductas
se puede intervenir y quién tiene competencia
para hacerlo (Almécija, 2019).

la Cuesta (1992) esta es una medida, como
se sabe, poco acertada desde el punto de
vista epistemológico, porque las motivaciones
para delinquir entre hombres y mujeres
difieren, aunque haya algún acercamiento
desde el ámbito social. Otras veces estas
cifras componían un anexo de las estadísticas
oficiales de la delincuencia total. Es por ello que
la investigación es imprescindible para ahondar
en perfiles y motivaciones que permitan avanzar
en la prevención y el abordaje del delito y otras
conductas ilícitas, también cuando su autora es
una mujer.

Tal y como expresan Trespaderne y Garriga
(2018) en su trabajo sobre los perfiles y signos de
radicalización de las mujeres radicalizadas por
organizaciones terroristas de etiología yihadista
en España, la captación y radicalización violenta
CRIMINALIDAD EN FEMENINO
femenina no es una réplica a la masculina, y
para ello deben trabajarse también, programas
La criminología feminista – basada en de prevención y desradicalización centrados
evidencias, tal y como el resto de la ciencia en sus circunstancias particulares (Saltman y
criminológica- no niega el comportamiento Smith, 2015).
delictivo femenino. La mujer ha delinquido en
todos los periodos históricos, aunque en mucha Citando a Ennaji (2016), manifiestan que
menor medida que en la conducta ilícita para contrarrestar las narrativas terroristas
masculina24. No contamos con datos precisos debe comprenderse antes los motivos de
sobre la criminalidad de las mujeres ya que la radicalización violenta tanto en hombres
históricamente se realizaba una valoración de como en mujeres.
los datos de la delincuencia de forma conjunta,
sin segregación por sexos, y como indica De También Caballero (2018) en una de sus
investigaciones
sobre
Grupos
Urbanos
23
Vid. https://cuadernosdeseguridad.com/2020/04/pro- Violentos y delitos de odio trata en diversos
apartados del rol de la mujer en esos grupos
tocolos-violencia-sexual-eventos/
24
Pueden consultarse los datos de los últimos años en (representativa, nula, ornamental, cosificada,
los diferentes informes del Ministerio del Interior http://www. etc.) incluyendo imágenes de simbología y
interior.gob.es/ca/web/archivos-y-documentacion/documenta- vestimenta para identificarlas.
cion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas
La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña. PP. 87-108

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

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En relación con las mujeres homicidas y
asesinas, Velasco (2018) afirma que ellas
tienen sus propios medios y tienen sus propios
motivos para acabar con la vida de sus maridos,
amantes, amigos e incluso hijos.

las chicas del sistema de justicia juvenil son
objeto de respuestas judiciales más severas que
los chicos: se les impone un mayor número de
medidas de libertad vigilada e internamiento,
reciben una supervisión más intensiva que los
chicos y, en definitiva, se ven más afectadas por
Finalmente, hay algunas cuestiones que a pesar el paternalismo judicial (Cea d’Ancona, 1992;
de ubicarse más en el ámbito de justicia que de la Spivak et al., 2014). En el mismo sentido, las
seguridad, deben tratarse incuestionablemente, mujeres pertenecientes a minorías, procedentes
como el contenido y fallo de las sentencias que de clases sociales bajas y que no cumplen con
condenan a mujeres, la influencia del género en el estereotipo tradicional de feminidad tampoco
la toma de decisiones judiciales como los tipos se benefician de un trato benévolo (Kruttschnitt,
delictivos y los perfiles de las mujeres internas en 1980).
centros penitenciarios. De ahí se puede extraer
mucho conocimiento y experiencias necesarias En cuanto a las mujeres internas en centros
para avanzar en el abordaje de la seguridad con penitenciarios afirma Yugueros (2013) que las
perspectiva de género (incluso en el ámbito de causas por las cuales las mujeres delinquen
las cárceles, investigar sobre cómo trabajar la son debidas mayoritariamente a la pobreza,
propia seguridad de las mujeres internas).
exclusión social, falta de instrucción educativa
y otras circunstancias socioculturales y que
De acuerdo con Páez-Mérida (2021) existe este es precisamente el perfil que presenta la
cierto consenso en la afirmación de que el mayoría de las mujeres que cumplen condena
género influye en las decisiones de los jueces, en las cárceles españolas.
no queda tan claro de qué manera lo hace.
Tal y como afirma la autora citada, aunque los MUJERES ESPECIALMENTE VULNERABLES
estudios sobre sentencing y género cuenten con
limitaciones metodológicas, es posible que la El conocimiento sobre las necesidades
disparidad de género de decisiones judiciales sea específicas de las personas con discapacidades
producto de las diferencias entre la delincuencia es imprescindible para planificar unas correctas
masculina y la femenina (Pina-Sánchez &amp; Harris, políticas de seguridad que las protejan
2020): las mujeres cometen un porcentaje adecuadamente. También es una capacitación
muy pequeño de delitos en comparación con con la que deben contar las personas que
los hombres y, además, sus delitos son menos han de interaccionar con ellas, por ejemplo,
graves (Heidensohn, 1994), lo cual justificaría la cualquier profesional del circuito de atención
imposición de penas más leves. Estas cuestiones a víctimas o el personal de seguridad que hace
podrían justificar, legítimamente, que las mujeres una labor más operativa.
reciban un trato más benévolo. Páez-Mérida
apunta que sin embargo, no todas las mujeres Pondré como ejemplo la interacción con las
son beneficiarias de ese “trato benévolo”: mujeres con autismo por ser una discapacidad
Ana Belen Almecija Casanova

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constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

no visible que no ha sido todavía lo
suficientemente investigada con perspectiva
de género25. A pesar de que en España se
han publicado algunos manuales dirigidos a
organizaciones policiales26, aún se pueden
leer en ellos algunas afirmaciones que repiten
prejuicios (“Tener en cuenta esta ausencia de
empatía al valorar el testimonio”)27 y en ninguno
de ellos existe una perspectiva de género que
señale las entre las diferencias entre un hombre
con autismo y una mujer.

enough”28 donde se critica la formación policial
sobre el autismo señalándose que muchos
departamentos de policía ofrecen capacitación
en autismo, pero las sesiones suelen ser
opcionales y varían enormemente en duración,
formato y calidad, además pueden realizarse
capacitaciones más o menos extensas sobre
el tema pero hay una carencia en cuanto a
evaluar si cuando se ha llevado a la práctica lo
aprendido se ha realizado un actuación exitosa
o no. Asimismo, las autoras destacan que
habría que revisar los contenidos para saber si
En cuanto a la formación policial, en España se está enseñando la parte “más catastrófica del
hay organizaciones policiales que han recibido autismo” o también se mencionan las fortalezas
formación sobre este ámbito, pero no constan y virtudes de los autistas, porque entonces las
datos de cuántas ni de qué tipo de formación formaciones lo que provocan es estigmatizar
(duración, contenidos, etc…). Al respecto, y aún más y alimentar los prejuicios.
trasladándonos a Estados Unidos, destaco el
artículo de Elissa Ball y Jaclyn Jeffrey-Wilensky Asimismo, la protección e interacción con
(2020) “Why autism training for police isn’t colectivos vulnerables como las niñas, mujeres
mayores, inmigrantes, sin hogar, prostitutas, con
25
Vid. https://www.publico.es/sociedad/mujeres-descu- dependencias, son algunos de los ámbitos que
bren-40-anos-autismo-evaluaciones-rigen-criterios-machistas. deben desarrollarse no solo desde la asistencia
html
social sino de su seguridad: qué medidas
26
En la página del Ministerio de Interior podemos en- son realmente efectivas para proteger a estas
contrar la “Guía de Intervención Policial con Personas con mujeres analizando los riesgos y amenazas
Discapacidad Intelectual” (Vid. http://www.interior.gob.es/do- específicas que sufren como colectivo, pero
cuments/642317/1201295/GuiaIntervenci%C3%B3nPolicialP- también individualmente. (también es un error
DIversi%C3%B3nweb.pdf/806b2414-8c6b-483a-a928-434da- considerar que todas las mujeres del mismo
f3d5dc3)
También se ha publicado el “Manual de colectivo tienen las mismas necesidades).
procedimiento para la atención de la Policia Local a las personas con discapacidad intelectual” editado por Plena inclusión

LAS PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD

y Unijepol, con la colaboración de la Plataforma por la Gestión
Policial de la Diversidad (v.
https://www.plenainclusion.org/publicaciones/buscador/

En España, las mujeres representan entre un 8%
y un 21% en la seguridad pública dependiendo

manual-de-procedimiento-para-la-atencion-de-la-policia-local-a-las-personas-con-discapacidad-intelectual/)
27

Puede encontrarse esa frase en la misma guia a la que

se hace referencia en la nota 11

28

Vid.

https://www.spectrumnews.org/news/why-au-

tism-training-for-police-isnt-enough/

La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña. PP. 87-108

�99

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

de la fuerza y cuerpo de seguridad al que se haga
referencia y un 13% en seguridad privada29. El
primer reto, pero no el único, es aumentar esa
representatividad, y aunque podría parecer, por
tanto, que con conseguir a medio o largo plazo la
paridad en las organizaciones – imprescindible
también en puestos de responsabilidad- sería
suficiente, no es así ya que una mujer que
trabaja en la seguridad pública o privada no
tiene por qué estar trabajando desde un enfoque
feminista con perspectiva de género, sino puede
estar simplemente repitiendo mensajes, roles y
procedimientos aprendidos u ordenados por
sus superiores en ausencia de esa perspectiva.
Por tanto, la presencia paritaria de mujeres es
imprescindible y necesaria pero no suficiente.
Toda la organización – y no solo ellas- debe
ser sensible, tener formación en igualdad e
implantar medidas desde ese enfoque.
La Ley Orgánica estatal 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres
y hombres, en su artículo 67 establece que
las normas reguladoras de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado han de
promover la igualdad efectiva entre mujeres y
hombres, impidiendo cualquier situación de
discriminación profesional, especialmente,
en el sistema de acceso, formación, ascensos,
destinos
y
situaciones
administrativas.
Asimismo, las normas referidas al personal al
servicio de las Administraciones públicas en
materia de igualdad, prevención de la violencia
de género y conciliación de la vida personal,
29

Vid.

familiar y profesional serán de aplicación en
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado,
adaptándose, en su caso, a las peculiaridades
de las funciones que tienen encomendadas,
en los términos establecidos por su normativa
específica.
En cuanto a las empresas de seguridad privada,
la Resolución de 18 de noviembre de 2020,
de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo
estatal de las empresas de seguridad para el
año 202130, establece – como así lo hacían los
anteriores- que todas las empresas sujetas al
convenio deben contar con un plan de igualdad
con los contenidos establecidos en la Ley, cuyo
objetivo será potenciar la igualdad de trato y
oportunidades en el ámbito laboral.
En las organizaciones policiales y de seguridad
privada algunos de los puntos esenciales a
trabajar serían los siguientes:
• Contar con un Plan de igualdad e
implementarlo.
• Elaborar y llevar a cabo una estrategia de
comunicación externa e interna del Plan de
igualdad.
• Contar con protocolos de actuación
en cuanto a la prevención, detección y
abordaje de las conductas que supongan
acoso sexual, discriminación sexual o por
razón de sexo.
• Promocionar de la transversalidad de género
en las políticas de seguridad
• Garantizar la igualdad efectiva en el

https://www.seguritecnia.es/actualidad/dia-in-

ternacional-de-la-mujer-la-presencia-de-la-mujer-en-el-siste-

30

Vid.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=-

ma-de-seguridad-nacional_20210306.html

BOE-A-2020-15038
Ana Belen Almecija Casanova

�100

•

•

•

•
•
•

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

acceso y a carrera profesional del personal,
promoviendo acciones para equilibrar la
presencia de ambos géneros.
Promover la investigación: informes,
estudios y estadísticas sobre la igualdad de
mujeres y hombres en la organización.
Visibilizar de la mujer profesional de la
seguridad y analizar la imagen que se da de
ella en la prensa, carteles, campañas, videos
de sensibilización….
Contar con las mujeres profesionales de
la seguridad como formadoras, ponentes,
promoviendo su participación en cursos,
congresos, jornadas…
Uso de un lenguaje inclusivo.
Formación en igualdad y perspectiva de
género.
Prevención de riesgos laborales atendiendo
a las necesidades específicas de las mujeres.
Promover
de
forma
específica
la
incorporación de mujeres con discapacidad.

de trato y oportunidades entre mujeres y
hombres y sobre prevención de la violencia de
género, que se dirigirán a todo su personal.
En cuanto a la seguridad privada, de
competencia estatal, en el temario mínimo
obligatorio de formación previa para vigilantes
que establece el Ministerio del Interior31 no
se contempla formación en igualdad, en
perspectiva de género ni en violencia sexual o
violencia machista en general (solo se recoge
un epígrafe sobre violencia de género – que de
acuerdo con el Código Penal español se limita
a la que ejerce el hombre sobre la mujer que
sea o haya sido su pareja- en el ámbito de la
formación en derecho penal).
EXPERIENCIAS EN CATALUÑA

En Cataluña hay que destacar diferentes
experiencias,
protocolos
de
actuación
y artículos concretos de normativas que
En cuanto a la formación, la Ley de 2007, antes incorporan la perspectiva de género en la
citada, regula que las Administraciones Públicas seguridad32. Además, el plan de Gobierno de
debe fomentar la formación en igualdad, tanto la IV legislatura de la Generalitat de Cataluña,
en el acceso al empleo público como a lo aprobado el 21 de septiembre de 202133, ha
largo de la carrera profesional. Además, todas
las pruebas de acceso al empleo público de
31
Puede consultarse en la página web del Ministerio del
la Administración General del Estado y de los
Interior http://www.interior.gob.es/ca/web/servicios-al-ciudaorganismos públicos vinculados o dependientes
dano/personal-de-seguridad-privada/vigilantes-de-seguridad/
de ella han de contemplar el estudio y la
temario
aplicación del principio de igualdad entre
32
Sirva como ejemplo los contenidos tratados en las dos
mujeres y hombres en los diversos ámbitos de
Jornadas realizadas en 2019 y 2021 sobre planificación de la
la función pública.
•

seguridad con perspectiva de género que organizó la Univer-

También se establece que la Administración
General del Estado y los organismos públicos
vinculados o dependientes de ella han de
impartir cursos de formación sobre la igualdad

sidad Politécnica de Cataluña. Pueden consultarse los programas en https://segues.upc.edu/es/jornadas-femsegues
33

Vid.

https://presidencia.gencat.cat/ca/ambits_d_ac-

tuacio/pla-de-govern/

La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña. PP. 87-108

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

hecho una apuesta firme por feminizar los
cuerpos de policía, agentes rurales y bomberos,
comprometiéndose a aprobar e implementar
los planes de igualdad para impulsar políticas
activas en material de igualdad de género en
estos cuerpos operativos y conseguir, además,
la paridad en la estructura directiva de los
Mossos d’Esquadra en 2030.
NORMATIVA

101
de medidas de prevención y protección
relacionadas con la autonomía personal
y el uso de los espacios, tanto públicos
como privados.
b) Establecer las medidas necesarias para
erradicar la violencia machista a nivel
comunitario.
c) Promover el trabajo con los hombres
a fin de que no ejerzan ningún tipo de
violencia machista.

En España, existe por una parte una norma Asimismo, en el mismo artículo 55, se establece
estatal a la que se ha hecho referencia que el Departamento competente en materia
anteriormente, la Ley Orgánica 3/2007 para la de urbanismo debe:
igualdad efectiva de mujeres y hombres34, y por
a) Promover un modelo de seguridad que
otro las normas de las Comunidades Autónomas
incorpore la perspectiva de las mujeres
en el planeamiento urbanístico. Con esta
que regulan esa misma materia, en virtud de
finalidad el planeamiento debe vincular
sus competencias de autogobierno.
diseño urbano y violencia machista, para
evitar entornos y elementos que puedan
En ningún caso estas Leyes autonómicas hacen
provocar situaciones de inseguridad para
una mención específica a la incorporación de
las mujeres.
la perspectiva de género en la seguridad, con la
35
b) Erradicar la percepción de inseguridad
excepción de la Ley 17/2015, de 21 de julio ,
en los espacios públicos, garantizando en
aprobada por Cataluña, que regula en su
ellos la visibilidad, correcta iluminación
artículo 55 que el Departamento competente
y alternativa de recorridos, y dotándolos
en materia de seguridad debe:
de usos y actividades diversos,
a) Tener en cuenta la distinta percepción
intergeneracionales y que fomenten la
de la seguridad de mujeres y hombres
presencia de gente diversa.
e incluir la perspectiva de género en
las encuestas de victimización, en el
análisis de la realidad de la seguridad en Este precepto de la legislación catalana es
Cataluña, en las diagnosis de seguridad de gran relevancia ya que por fin se recoge
de los espacios públicos, así como en la en una norma con rango Ley muchas de las
definición de las políticas y en la adopción cuestiones que se tratan en el presente artículo,
por lo tanto, lejos de ser una “buena práctica
34
Vid.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=- opcional”, existe una obligación por parte de los
BOE-A-2007-6115
poderes públicos de trabajar la seguridad con
35
Vid.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=- perspectiva de género. Además, no solo debe
BOE-A-2015-9676
hacerse desde el departamento competente en
Ana Belen Almecija Casanova

�102

seguridad, sino también desde el competente en
urbanismo, con lo que se relaciona directamente
con enfoques criminológicos como el CPTED,
así como con los seis principios de Montreal
anteriormente citados.
LA FORMACIÓN
También se regula por Ley la formación con
la que se debe contar en las organizaciones
policiales. La Ley catalana de 2015, establece
que los temarios para el acceso al empleo
público deben incluir los contenidos relativos a
la normativa sobre igualdad efectiva de mujeres
y hombres y sobre violencia machista que deben
aplicarse en la actividad administrativa y en el
desarrollo de las políticas de igualdad efectiva.
Además, la Ley 5/2008, de 24 de abril, del
derecho de las mujeres a erradicar la violencia
machista36 regula que las administraciones
públicas de Cataluña deben garantizar que los
cuerpos policiales dispongan de la adecuada
formación básica en materia de violencia
machista y de la formación y capacitación
específicas y permanentes en materia de
prevención, asistencia y protección de las
mujeres que sufren violencias.
En 2020 se creó la Comisión para la igualdad de
género de la Dirección General de la Policía37,
en la que se indica que una de las funciones de
la comisión es velar por que todo el personal
36

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Vid.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=-

de la Dirección tenga formación en perspectiva
de género, y especialmente todo el personal de
los cargos de mando. Además, se ha creado la
Unidad de Igualdad y Equidad integrada por
policías con formación en políticas de igualdad
de género y referentes en la materia y en su
gestión pública.
LAS MUJERES EN EL SECTOR DE LA
SEGURIDAD EN CATALUÑA
La unidad de investigación de la Escuela de
Policía del Instituto de Seguridad Pública de
Cataluña presentó en 2020 un interesante
trabajo sobre cómo incorporar más mujeres a
la policía (Vallès, Vivolas y Egea, 2020). En el
estudio se plasma como las mujeres todavía son
minoría, tanto en los cuerpos policiales como en
los procesos de selección y formación básica.
Destaco las medidas directas e indirectas que
se recogen que han demostrado su efectividad
para incorporar más mujeres en la policía:
• Entre las directas se encuentran las
campañas de contratación; las medidas de
apoyo en la preparación de las pruebas de
acceso, la adaptación de los criterios de
selección y de los tribunales evaluadores y
la discriminación positiva.
• Las indirectas inciden en hacer la
organización más atractiva para las mujeres
con medidas de apoyo a la promoción; de
adaptación física de la organización; de
aumento de la transparencia y reducción
de la discriminación y para favorecer la
conciliación familiar.

BOE-A-2008-9294
37

Vid.

https://govern.cat/salapremsa/notes-prem-

sa/383211/cos-mossos-esquadra-aposta-organitzacio-policial-perspectiva-genere-equitat

Además, cabe destacar que en el último año se
han producido dos modificaciones normativas
con la finalidad de promover este acceso de

La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña. PP. 87-108

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

103

las mujeres a las policías de Cataluña, tanto El número de plazas reservado para mujeres
en relación a la policía autonómica como a las debe ser proporcional a los objetivos
policías locales.
perseguidos, y no puede ser superior al 40 % de
las plazas convocadas ni inferior al porcentaje
En primer lugar, se ha añadido una disposición que sea establecido por el plan de igualdad de
transitoria séptima a la Ley 10/1994, de 11 de cada ayuntamiento. Como regla general, hasta
julio, de la Policía de la Generalitat-Mossos que los ayuntamientos no elaboren estos planes
d’Esquadra38 en la que se indica que mientras de igualdad, el porcentaje mínimo no puede
no se apruebe el correspondiente plan de ser inferior al 25 % de las plazas convocadas,
igualdad, y con el fin de alcanzar el equilibrio siempre que se convoquen más de tres.
en el número de mujeres y hombres en la
plantilla del cuerpo de Mossos d’Esquadra, En estos procedimientos selectivos, la
las convocatorias para acceder a las diferentes adjudicación de las plazas convocadas
categorías de este cuerpo policial tienen que debe realizarse siguiendo una única lista
establecer que los empates de puntuación final de las personas que hayan superado
en el orden de clasificación de los aspirantes el proceso, ordenadas según la puntuación
deben dirimirse, como primer criterio, dando obtenida, aplicando los criterios de desempate
preferencia a las personas candidatas del sexo establecidos legalmente, salvo que por este
menos representado cuando este no llegue al procedimiento no se alcance el porcentaje del
40% de aquella categoría.
25-40%, en cuyo caso se deberá dar preferencia
a las candidatas mujeres, hasta alcanzar el
La segunda modificación ha sido a la Ley objetivo perseguido, siempre que se cumplan
16/1991, de 10 de julio, de las Policías Locales, las siguientes condiciones:
donde se ha añadido una disposición adicional
a) Tiene que haber en todos los casos
8 por la Ley 5/2020 de 29 de abril, en la que
una equivalencia de capacitación,
se regula que las convocatorias para acceder
determinada por la superación de las
a las diferentes categorías de policías locales
pruebas y los ejercicios de la fase de
y vigilantes municipales aprobadas a partir
oposición del sistema selectivo.
del 1 de enero de 2020, deben determinar el
b) Ninguna de las candidatas mujeres
número de plazas que han de ser provistas por
seleccionadas en virtud de este criterio
mujeres para cumplir el objetivo de equilibrar
de preferencia puede tener un diferencial
la presencia de mujeres y hombres en las
negativo de puntuación, en la fase de
plantillas respectivas.
oposición y, si procede, en la fase de
concurso, de más del 15 % respecto a los
candidatos hombres preteridos.
38
La disposición transitoria séptima ha sido añadida por
c) No puede aplicarse esta medida respecto
el artículo único del Decreto Ley 1/2021, de 12 de enero por
a candidatos en los que concurran motivos
el cual se modifica la Ley 10/1994, de 11 de julio de la Policía
de discriminación positiva legalmente
de la Generalitat-Mossos d’Esquadra y se establecen medidas
determinados otros que el criterio de
correctoras para equilibrar la presencia de mujeres y hombres.
Ana Belen Almecija Casanova

�104

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

preferencia que regula la presente
disposición, como la pertenencia a otros
colectivos con especiales dificultades de
acceso al empleo.

En relación a las pruebas de aptitud físicas,
las mujeres aspirantes que el día de la prueba
estén embarazadas o que no hayan cumplido
las 16 semanas desde el nacimiento de su hijo
o hija pueden realizar la prueba - aportando
El criterio de preferencia que regula la un certificado médico donde expresamente
disposición no será aplicable si en el cuerpo, la se indique que no hay ningún peligro para su
escala y la categoría objeto de la convocatoria realización - o pedir un aplazamiento hasta la
hay una presencia de funcionarias mujeres siguiente convocatoria, manteniendo la nota
igual o superior al 33 %.
de las pruebas que ya hagan realizado siempre
que en el siguiente proceso de selección se
ALGUNAS EXPERIENCIAS EN CATALUÑA
mantengan los mismos baremos y condiciones.
Ayuntamiento de Barcelona. Bases para la
convocatoria de plazas de la Guardia Urbana

Además, de acuerdo con lo establecido por la
disposición adicional 8ª de la Ley 16/1991, antes
citada, en la última convocatoria se reservaron el
Para promover la igualdad entre las personas 40 por ciento de las plazas para mujeres.
aspirantes a una plaza de agente Guardia
Urbana, el Ayuntamiento de Barcelona, en Finalmente, en caso de empate en la última
las bases de las convocatorias prevé que posición, se establece como criterio de
si en el día y hora de la realización de las desempate que se favorecerá a la persona
pruebas del proceso selectivo - en relación a aspirante del género que sea menos representado
las pruebas culturales, teóricas, aptitudinales, en el colectivo profesional.
de inglés o conocimiento de la lengua
catalana - alguna de las mujeres aspirantes El Protocolo de seguridad contra las violencias
está hospitalizada por embarazo de riesgo, sexuales en entornos de ocio
parto o los días inmediatamente posteriores
al parto, se debe articular por el Tribunal los En 2019 el Departamento de Interior aprobó
mecanismos necesarios para realizar la prueba el Protocolo de seguridad contra las violencias
correspondiente en el recinto hospitalario sexuales en entornos de ocio39, al cual se
donde se encuentre, siempre que sea dentro pueden adherir entidades públicas y privadas
de la provincia de Barcelona y la persona lo organizadoras de eventos como fiestas mayores,
solicite en la forma y plazo que establece la salas de fiestas, festivales de música, etc. Esta
convocatoria. Igualmente, en el caso que adhesión conlleva unos compromisos de
alguna de las mujeres aspirantes sea madre formación de todo el personal (operativo y no
lactante y considere que la realización de las
pruebas coincidirá con la lactancia de su bebé
lo ha de notificar.
39
Vid. https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/
index.html?documentId=846635
La seguridad con perspectiva de género. Experiencias en Cataluña. PP. 87-108

�105

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

operativo) en violencias machistas desde el punto
de vista de la sensibilización, su conocimiento
desde el punto de vista normativo y también cómo
articular procedimientos para su prevención,
detección y actuación en caso de producirse,
así como de atención a las personas afectadas.
Durante el transcurso del evento, además,
deben implantarse medidas para la prevención y
abordaje de las violencias sexuales, entre ellas,
instalar un punto de atención e información de
las violencias sexuales.

las infracciones de odio y discriminación
para las policías locales de Cataluña40, que
está destinado a dotar a las policías locales
de pautas de actuación operativas para la
prevención, detección y gestión de situaciones
relacionadas con el odio y la discriminación, la
asistencia a las víctimas, concretar actuaciones
con las personas presuntamente autoras e
identificar especialidades en la confección
de la documentación policial para facilitar la
tramitación de las denuncias por las autoridades
judiciales y administrativas. En cuanto al ámbito
Entre las medidas, se prevén algunas que están que nos ocupa en este artículo, es de destacar
relacionadas con el enfoque que propone la que también define y establece ta de cómo
prevención situacional. Se establece que los abordar los actos de odio o de discriminación
titulares, organizadores o promotores de las por motivos de sexo y por razón de sexo (además
actividades de ocio tienen que analizar los de otros como la orientación sexual e identidad
diferentes espacios de sus instalaciones, así de género, motivos religiosos, enfermedad,
como los espacios públicos que conforman el raza, etnia, nación, etc...)
entorno de la actividad, para identificar posibles
zonas de riesgo que puedan propiciar la LA PERCEPCIÓN IMPORTA
comisión de violencias sexuales, ya sea porque
se trata de zonas apartadas, con poca visibilidad, En 2021, se presentó por el Departament
con condiciones de falta de iluminación, o que d’Interior de la Generalitat de Cataluña, en el
dificultan poder pedir ayuda en caso de sufrir marco del proyecto europeo Cutting Crime
algún hecho, etc. En la medida en que sea posible, Impact (CCI)41, la herramienta “La percepció
se tendrán que adoptar medidas compensatorias importa. La seguretat de les persones”42
de los riesgos detectados, ya sea reforzando la elaborada en colaboración con técnicos
iluminación, haciendo verificaciones en estas municipales (básicamente del Ayuntamiento de
zonas, instalando mecanismos de alarma, etc., Barcelona) y altos mandos de organizaciones
en función de las características de los lugares y policiales (Mossos d’Esquadra y policías
de los riesgos detectados.
40

El Protocolo para el abordaje de las
infracciones de odio y discriminación para las
policías locales

documentId=857274
41

Vid. https://www.cuttingcrimeimpact.eu/

42

Puede descargarse en su versión en castellano el

siguiente

También en 2019 se aprobó por el Departament
d’Interior, el Protocolo para el abordaje de

Vid. https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?-

enlace

https://interior.gencat.cat/web/.content/

home/010_el_departament/publicacions/seguretat/Toolkit/
booklet_Digital_ES_no_20210611.pdf
Ana Belen Almecija Casanova

�106

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

locales). Se trata de una herramienta práctica
para analizar manifestaciones de percepción de
inseguridad y articular respuestas eficaces. Los
gestores públicos de la seguridad se encuentran
en situaciones en que las expresiones públicas
de inseguridad requieren una interpretación y
toma de decisiones que permita gestionar la
situación de manera que no se deteriore. La
herramienta contiene un capítulo dedicado
a la perspectiva de género, y, además, este
enfoque se aplica de forma transversal en todo
su contenido.

Cea d’Ancona, M.A. (1992). La justicia de menores en España.
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—
Ana Belén Almécija Casanova
Afiliación: Escuela Politécnica Superior de Edificación
de Barcelona de la Universidad Politécnica de
Cataluña
Licenciada en Derecho y en Criminología. Profesora
asociada en la Escuela Politécnica Superior de
Edificación de Barcelona de la Universidad Politécnica
de Cataluña. Experta profesional en dirección y gestión
de la seguridad integral. Técnica en la elaboración
de planes de autoprotección. Técnica en gestión de
riesgos y protección civil. Agente y promotora de
igualdad. Actualmente trabaja en el Departamento
de Interior de la Generalitat de Cataluña. Correo de
contacto annaalmecijasp@gmail.com

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las
regulaciones sobre vida silvestre en México entre el
2006 y 2020
Green criminology, wildlife law enforcement in Mexico
between 2006 and 2020
Jesús Ignacio Castro Salazar*
José Luis Carpio-Domínguez**
Inés Arroyo-Quiroz***

Resumen
Los crímenes contra la vida silvestre ponen en
riesgo a las especies y son un problema a nivel
global. La criminología verde analiza estrategias
para minimizar y evitar daños a la vida silvestre y
reconoce que la aplicación efectiva de las leyes
es crucial para la conservación de las especies.
En México, la legislación tiene competencias en
vida silvestre para la atención y prevención de
la criminalidad ambiental. El presente estudio
explora en México los esfuerzos de aplicación
Cómo citar
Castro Salazar, J. I., Carpio-Domínguez, J. L. ., &amp;
Arroyo-Quiroz, I. . Criminología verde, esfuerzo de
aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre
en México entre el 2006 y 2020. Constructos
Criminológicos, 2(2). Recuperado a partir de https://
constructoscriminologicos.uanl.mx/index.php/cc/
article/view/21
*https://orcid.org/0000-0001-9121-9312
Tecnológico Nacional de México/Instituto
Tecnológico Superior de Abasolo
**https://orcid.org/0000-0001-8458-5189
Universidad Autónoma de Tamaulipas (UAMRA-UAT)
***Centro Regional de Investigaciones
Multidisciplinarias

Recibido: 10-12-2021
Aceptado: 13-01-2022

de la ley ambiental, en lo penal y administrativo,
en materia de vida silvestre en entre el 2006 y
2020; con enfoque particular en las acciones de
las autoridades competentes, la Fiscalía General
de la República (FGR) y la Procuraduría Federal
de Protección al Ambiente (PROFEPA). Se hace
un análisis estadístico de cifras oficiales de
delincuencia ambiental durante el periodo y se
complementa con entrevista a inspectores que
aplican la ley. Como parte de los resultados se
identificó que los esfuerzos de aplicación de
la ley ambiental son escasos y se muestra un
descenso en las frecuencias durante en el periodo
de estudio. Se evidencia el predominio de las
sanciones administrativas frente a las penales.
Palabras clave: criminología verde; prevención
institucional; aplicación de la ley; conservación
de vida silvestre.
Abstract
Crime against wildlife puts species at risk
and is a global problem. Green criminology
analyzes strategies to minimize and avoid

�110

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

damage to wildlife and recognizes that
effective enforcement of laws is crucial for
the conservation of species. In Mexico, the
legislation has competences in wildlife for
the attention and prevention of environmental
crime. This study explores in Mexico the law
environmental enforcement, criminal and
administrative law, regarding wildlife between
2006 and 2020; with a particular focus on the
actions of the competent authorities, the Office
of the Attorney General of the Republic (FGR)
and the Federal Attorney for Environmental
Protection (PROFEPA). A statistical analysis
of official figures on environmental crime is
applied during the period and is complemented
by interviews with inspectors who apply the
law. As part of the results, it was identified
that environmental law enforcement is scarce
and a decrease in frequencies is shown
during the study period. The predominance of
administrative sanctions over criminal ones is
evident.
Key Words: green criminology; institutional
prevention;
law
enforcement;
wildlife
conservation.
1. INTRODUCCIÓN
Las teorías y perspectivas utilizadas en criminología
para avanzar en el conocimiento sobre la ley,
autoridades de aplicación, mecanismos de
sanción, prevención e intervención, aportan a la
comprensión de las dinámicas entre el humano
y el ambiente (Maxwell, S. y Maxwell, C., 2020).
Durante la última década, con la expansión de
la criminología verde, la atención criminológica
retoma crímenes ecológicos y ambientales
(Lynch, M., 2018). La criminología verde estudia

constructoscriminologicos.uanl.mx

en vida silvestre, entre otras cuestiones, los
crímenes (incluyendo los que no aparecen en la
ley), las leyes (incluidas las prácticas de aplicación
y sentencia) y la regulación (sistemas de derecho
administrativo, civil y penal diseñados para
proteger especies) (White, R., 2007; Boratto, R. y
Gibbs, C., 2019; Nurse, A., 2020). Los crímenes
contra vida silvestre constituyen sólo una
dimensión del problema, pues la aplicación de
la ley también es importante (Elliott, L., 2007).
La aplicación efectiva de las leyes es crucial
para la gestión y conservación (Fang, L., Hipev,
K. y Kilgour, D., 1994), al ser un subconjunto
de actividades que se utilizan para hacer que
la sociedad o el individuo regulado cumplan o
vuelvan a cumplir, de manera más forzada, la ley
(Pink, G., 2013).
Los crímenes ambientales suelen ser poco
prioritarios en sistemas de justicia penal y de
poca preocupación pública en seguridad, a
pesar de tener el potencial de causar impactos
sociales amplios y muertes (Nurse, A., 2020).
A diferencia de los delitos tradicionales
contra la propiedad y los bienes, los crímenes
ambientales suelen tener efectos duraderos
e irreversibles; lo que plantea interrogantes
respecto a la eficacia de los sistemas judiciales
para enfrentar a los infractores ambientales
(Nurse, A., 2020). El hecho de que los delitos
contra la vida silvestre vayan en aumento a
nivel global, sugiere que las respuestas políticas
han tenido un éxito limitado para prevenir esos
delitos, y surgen preguntas sobre los por qué
(Horne, D., 2013). Es importante indagar en la
organización y aplicación de la ley, situaciones
que, de ser poco efectivas, aportaría al deterioro
de los ecosistemas y sus componentes (Lynch,
M., 2019).

Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

�111

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Existe la creencia que sólo lo definido por el
derecho penal como delito puede clasificarse
como delito ambiental o “delitos verdes”
(Nurse, A., 2020). También se piensa que el
propósito del derecho penal es quitar la idea
de que las multas civiles o administrativas son
una licencia para contaminar (Bellew, S. y
Surtz, D., 1997). Parece que el enjuiciamiento
penal es la mejor esperanza para quienes creen
que el gobierno debe redoblar esfuerzos para
preservar la naturaleza, pero puede implicar
procesos largos y poco prácticos (Pink, G.,
2013; Steinzor, R., 2016). Una respuesta
integral y equilibrada a los delitos ambientales
debe incluir recursos administrativos, civiles y
penales, y las autoridades deben trabajar juntas
para garantizar que las leyes ambientales se
apliquen equitativamente (Epstein, J., 1995),
además, coordinar operaciones de aplicación
de la ley es clave para combatir y monitorear
el comercio, legal e ilegal, de vida silvestre
(Wyatt, T., 2014).
Si bien la aplicación de la ley es una solución
a corto plazo para combatir los delitos contra
la vida silvestre (Bennett, 2011 en Boratto, R.
y Gibbs, C., 2019), una regulación aplicada
de manera agresiva para prevenir daños es
buena opción (Steinzor, R., 2016). El estudio
European Network of Prosecutors for the
Environment (2018) recomienda que la política
de aplicación de la ley en temas ambientales
debe basarse en una visión de aplicación de la
ley pública, es decir, una visión que abarque lo
penal y administrativo, en un sólo sistema de
aplicación.
A pesar de que los delitos contra la vida silvestre
representan una amenaza también para los

humanos, son tratados de manera deficiente
e inconsistente por los sistemas de justicia
contemporáneos (Nurse, A., 2020), la aplicación
de la ley es blanda (European Union Agency
for Law Enforcement Cooperation [EUROPOL]
2015; Ayling, J., 2017) y se sabe poco sobre cómo
los Estados responden, con pocos ejemplos que
contribuyan a observar los esfuerzos públicos
para cumplir la ley (Tsioumani, E. y Morgera, E.,
2010; Lynch, M., 2018). Aunque actualmente
existe más conciencia sobre la gravedad de
los crímenes contra la vida silvestre, el análisis
de esos crímenes dentro de la aplicación de
la ley es reciente, especialmente en países en
desarrollo (Moreto, W., 2015), por lo que es
importante describir y examinar los procesos
de implementación de la vigilancia de la
naturaleza (Gibbs, C., McGarrell, E. y Sullivan,
B., 2015).
En México, la aplicación de la ley ambiental
es nueva en la perspectiva criminológica, por
lo que se desconocen muchos datos, y pocos
estudios emplean variables criminológicas
(Carpio-Domínguez, J., et al., 2018a). Las
leyes ambientales suelen considerarse “sin
víctimas” y, por lo tanto, de baja prioridad por
las autoridades, por lo que las leyes suelen ser
inadecuadas, con penas bajas y aplicaciones
laxas (White, R., 2007; Ayling, J., 2017; Boratto,
R. y Gibbs, C., 2019). Con base en lo anterior,
el presente trabajo explora los esfuerzos de
aplicación de la ley ambiental en el país, en
lo penal y administrativo, en materia de vida
silvestre entre el 2006 y 2019; con enfoque
particular a las acciones de las autoridades
competentes, la Fiscalía General de la
República (FGR), en lo penal, y la Procuraduría
Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA),

Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

�112

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

en lo administrativo. Se indaga en cómo las
autoridades responsables de aplicar la ley
responden a los delitos y crímenes de vida
silvestre sobre las que tienen jurisdicción.
2. APLICACIÓN DE LA LEY DE VIDA
SILVESTRE EN EL MARCO DE LA
CRIMINOLOGÍA VERDE

constructoscriminologicos.uanl.mx

directa e indirecta para el humano (Nurse, A.,
2020). En el caso de vida silvestre, los crímenes
y delitos son un riesgo para la seguridad porque
que amenaza a las especies y sus poblaciones,
extingue especies, altera los ciclos biológicos
y cadenas tróficas, afecta los hábitats naturales
y socava la seguridad social y económica de
los países (Nellemann, C., et al., 2016 y 2018;
Carpio-Domínguez, J., 2021).

La naturaleza es crucial para el humano, por lo
tanto, su degradación y contaminación ponen
en riesgo su seguridad (Elliott, L., 2007; Fagan,
M., 2017). La seguridad ambiental tiene varios
significados, pero se puede determinar si una
perturbación es un problema de seguridad
basado en tres componentes: 1) si los impactos
de la perturbación ambiental son una amenaza
a la seguridad nacional; 2) si la amenaza e
impactos podría causar problemas políticos
internacionales y malestar social nacional; y 3)
si el aparato de seguridad nacional institucional
y cultural puede brindar una respuesta eficaz
a la amenaza; y de ser así, si a todas o sólo
a algunas (Allenby, 1998b en Allenby, R.,
2000; Floyd, R., 2008). La seguridad ambiental
puede analizarse en componentes, como la
seguridad biológica, compuesta por las diversas
comunidades biológicas, e implica mantener la
salud y estabilidad de los sistemas biológicos
críticos, cuya interrupción crearía implicaciones
de seguridad nacional (Allenby, R., 2000).

El “delito ambiental” no está universalmente
definido, pero puede emplearse para describir
las actividades ilegales que dañan el ambiente
(Nellemann, C., et al., 2016). En la perspectiva
legal, el delito es toda conducta antijurídica
sancionada por los códigos penales, mientras
que para la criminología el concepto de
conducta antisocial (crimen) comprende
aquellas conductas que atentan contra el bien
común, sin considerar si los marcos legales
las sancionan o no (Rodríguez-Manzanera,
L., 2015). En ese último sentido, White
propone el termino daño (harm) en el marco
de la victimología verde y justicia ecológica,
y considera que: 1) las víctimas de daños
ambientales incluyen a toda la biosfera; 2)
el daño ambiental es un problema regional,
nacional y mundial; y, 3) el impacto del daño
ambiental puede ser a corto, mediano o largo
plazo, y tener impactos sociales inmediatos y/o
duraderos (Hall, M. y Varona, G., 2018, p. 114).
En lo penal, el delito ambiental es una violación
Los delitos y crímenes contra el ambiente de la ley que, para clasificarse como delito
y vida silvestre son temas transversales que ambiental, debe estar sujeto a enjuiciamiento
une campos como la gestión, conservación y sanciones penales; desde esa perspectiva, se
y criminología (Moreto, W., 2015). Tienen limita a infracciones ambientales consideradas
implicaciones económicas, sociales y de más graves, omite infracciones menores o
seguridad negativas a corto y largo plazo y, por asociadas, como la infracción de permisos u
tanto, deben considerarse como una amenaza infracciones técnicas que aparentemente no
Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

113

causan daños tangibles, y otras actividades no humanos cometidos por instituciones
que escapan a la atención de los legisladores poderosas (por ejemplo, gobiernos, empresas
(Nurse, A., 2020).
transnacionales) y por personas en general
(Beirne y South, 2007 en Lynch, 2019, p.
Desde el enfoque de la criminología verde, el 4). Además, estudia temas y problemas que
daño ambiental se considera en sí mismo un incluyen mejoras en la prevención, el impacto,
crimen (social y ecológico), independientemente así como las formas de aplicación de la ley y
de su estatus o clasificación legal (Rodríguez- reglas asociadas con el daño ambiental (White,
Manzanera, L., 2015); es decir, si se daña R., 2010; Brisman, A. y South, N., 2012).
el ambiente o vida silvestre, es un “crimen”
(White, R., 2010 y 2013; Carpio-Domínguez, En la ecología política, pese a analizar temas
J., et al. 2018a; Nurse, A., 2020).1 Que de conservación ecológica y biopolítica, la
una conducta no se defina como conducta aplicación de la ley se utiliza poco, sobre todo
delictiva, no significa que no haya ningún daño, en crímenes de vida silvestre, y de no emplearse,
independientemente si se encuentra definido en podría invisibilizar una comprensión crítica de
la ley (Lynch y Stretesky, 2014, p. 7 en Nurse, las formas de poder asociadas con la vigilancia
A., 2020, p. 9). Tanto delitos como crímenes institucional (Massé, F., 2019). La ecología
contra la vida silvestre, incluidas sus causas, política se beneficiaría de la criminología verde,
relaciones, distribución, control y daño, son pues no sólo necesita interrogar críticamente y
áreas de estudio de la criminología verde (Hall, dar cuenta del privilegio de cierto conocimiento
e ideas sobre la conservación, sino también
M., 2014; Lynch, M., 2019).
debe deconstruir los discursos del crimen y
La criminología verde apuesta por promover la vigilancia que convergen en el crimen de
sistemas de justicia e investigaciones que vayan conservación (White, R., 2013; McGarrell, E. y
más allá de la concentración en los sistemas de Gibbs, C., 2014; Massé, F., et al., 2020).
justicia penal y el uso del derecho penal (Nurse,
A., 2020). Permite el estudio del derecho penal Lo anterior complementa y contribuye a la
y de las leyes ambientales, incluye el daño perspectiva de la criminología verde mediante
ambiental generalizado y el abuso de animales la integración de teoría y métodos propios de la
no humanos (Nurse, A., 2020). Argumenta que criminología, la gestión de recursos naturales y
el estudio de las violaciones a la ley ambiental la formulación de políticas criminológicas que
es limitado (White, R., 2008 en Gibbs, C., aportan a la comprensión del comportamiento
et al. 2010). Un crimen verde o ecológico delictivo, la aplicación y el cumplimiento
incluye el estudio de daños contra los animales de la ley y la interacción entre “la ley en los
libros” y la “ley en acción” (McGarrell, E. y
1
Por ello, y considerando que en México el término Gibbs, C., 2014), con base en preocupaciones
“crimen” incluye los “daños”, el presente estudio empleará el criminológicas que incluyen la aplicación
término “crimen” para referirse también al “daño” causado a la regulatoria desde la legislación (White, R.,
2013; Gibbs, C., et al. 2010; McGarrell, E. y
vida silvestre.
Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

�114

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Gibbs, C., 2014) y también desde la aplicación
preventiva.

constructoscriminologicos.uanl.mx

de inspecciones y monitoreos en el sitio para
garantizar que se cumpla la ley (Pink, G., 2013).
El proceso de inspección lo realiza una
organización o persona (inspector) que decide
si una organización o persona (inspeccionado)
se comporta según lo establecido en ley u otro
requisito formal (Fang, L., Hipev, K. y Kilgour,
D., 1994). La inspección de las autoridades
reguladoras es vital, al estar vinculada a detectar
acciones delictivas (EUROPOL, 2015). Estudiar
los delitos ambientales requiere abordar no sólo
estatutos legales, sino también los mecanismos
de aplicación de la ley que definen y controlan
(Lynch, M., 2019).

La criminología contribuye a la investigación
en la aplicación de la ley ambiental con el
marco sistemático que la disciplina utiliza en
las políticas y prácticas generales de aplicación
(Maxwell, S. y Maxwell, C., 2020). Hasta
ahora, la principal respuesta de los Estados y
las organizaciones internacionales hacía los
delitos ambientales es fortalecer la aplicación
de la ley (Ayling, J., 2017). Con una legislación
que describe una amplia gama de delitos, que
incluye comportamientos perjudiciales para el
ambiente, así como delitos contra el sistema de
control (Nilsson, A., 2011; White, R., 2014).
Si bien los gobiernos promulgan leyes con
estándares ambientales enfocados a la
La mayoría de las acciones institucionales protección, la mera existencia de leyes rara
para atender los delitos ambientales están vez es suficiente para asegurar su éxito,
vinculados a acciones de aplicación de la existen problemas de aplicación relacionadas
ley ambiental administrativa, particularmente con el esfuerzo humano (Fang, L., Hipev, K.
aborda irregularidades que a menudo se y Kilgour, D., 1994). Los problemas también
clasifican como faltas accidentales y resulta suelen estar relacionados con la eficacia de
en una variedad de infracciones (EUROPOL, aplicación, como la capacidad, coordinación
2015; Nurse, A., 2020). Eso puede apreciarse y jurisdicciones constitucionales de las
en las investigaciones y enjuiciamientos de los dependencias en la materia (Jaffe, L., 1963;
delitos ambientales, así como en las funciones Ayling, J., 2017). La falta o capacidad limitada
de las autoridades administrativas de ejecución están entre las principales barreras para lograr
(Nilsson, A., 2011).
la efectividad de las regulaciones, impide
que la autoridad haga cumplir la ley de vida
La aplicación de la ley ambiental está silvestre (Tsioumani, E. y Morgera, E., 2010). A
vinculada con proteger y preservar la integridad menudo, las dependencias de aplicación de la
ecológica, por lo que, desde el punto de vista ley ambiental tienen capacidades limitada de
de los resultados ambientales, se concentra recursos humanos y financieros (EUROPOL,
más en interrumpir los delitos para disminuir 2015; Castro-Salazar, J. y Luyando-Cuevas, J.;
su ocurrencia, y no tanto en la detención y Castro-Salazar, J. 2021).
enjuiciamiento (Barrett, S., y White, R., 2017).
La aplicación involucra la verificación de la Otro problema son las jurisdicciones en
autoridad reguladora mediante la realización vida silvestre, las leyes que se formulan en
Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

jurisdicciones determinadas e incluyen el
derecho internacional, federal, estatal y
regulaciones locales (White, R., 2007). En
casi todas las jurisdicciones existen diversas
dependencias u organismos que hacen cumplir
la legislación de vida silvestre (ejemplo, policía,
agencias de aduanas, funcionarios de puertos y
aeropuertos, etc.), con competencias específicas
en delitos ambientales (EUROPOL, 2015;
Ayling, J., 2017). Dependiendo de la ciudad o
Estado, puede existir una diversidad de leyes,
dependencias y personal de aplicación, incluso
la policía tendrá funciones diferentes (White, R.,
2007; Nurse, A., 2020). Además, existen factores
operativos y de política que dan forma a las
respuestas de aplicación, por ejemplo, según las
jurisdicciones, las dependencias administrativas
pueden investigar los delitos ambientales de
manera independiente o junto con la policía
(Pink, G., 2013; EUROPOL, 2015).

dicotomía “penal versus civil/administrativa”
(Hall, M., 2014). Desde la criminología verde
es posible analizar no sólo cuestiones de delito
según la definición legalista del derecho penal,
sino también cuestiones relativas al uso de los
sistemas administrativo, civil y penal (Nurse, A.,
2020). Se piensa que la justicia penal tradicional,
que se centra en la infracción y el castigo
individualista, puede ser inadecuada para
abordar el problema de los delitos ambientales,
al existir problemas en la clasificación e
investigación de dichos delitos (Nurse, A.,
2020). Son necesarias alternativas al uso de la
justicia penal como solución para abordar los
delitos ambientales, dadas las características del
derecho penal y su perspectiva de aplicación
legal de detección, aprehensión y castigo en
lugar de reparar el daño y que generalmente
sólo tiene lugar una vez producido el delito;
de ahí que las sanciones penales por sí solas
no pueden abordar de manera adecuada los
La aplicación de la ley ambiental podría tener problemas ambientales de la sociedad (Hall,
un enfoque mixto (administrativo, civil y penal) M., 2014; Nurse, A., 2020).
en un país o un enfoque penal estricto en otro;
dependiendo del nivel percibido del problema, El derecho penal puede ser complementado con
la influencia del lobby, los grupos políticos y métodos administrativos de aplicación de la ley
la naturaleza del sistema de justicia (Nurse, A., y el empleo de sanciones civiles ambientales,
2020). Eso involucra una base legislativa con que ofrecen ventajas sobre la aplicación penal
una superposición de recursos (administrativos, y sus estándares ambientales (Bell et al., 2013,
civiles y penales) (Nurse, A., 2020). En esa p. 265 en Hall, M., 2014; Hall, M., 2014).
diversidad, los grupos delictivos organizados Pero también considerando las limitantes de
son expertos en aprovechar las diferencias los otros sistemas. Los principios civiles se
entre regulaciones y jurisdicciones, por lo que, relacionan a cuando una persona causa un
aunque parece difícil, se requiere coordinar daño al patrimonio de otra, pero sólo tiene
esfuerzos entre jurisdicciones (White, R., 2010; aplicación para daños en bienes y a personas en
Ayling, J., 2017).
individual, y presenta inconvenientes cuando
se afecta la biodiversidad (López, P. L. y Ferro,
La criminología verde debe trasladar la A., 2006; Chávez, B.F., 2009; Pink, G., 2013).
regulación ambiental más allá de la tradicional
Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Los principios administrativos se relacionan con
violaciones a leyes administrativas establecidas
por instituciones públicas, cuyas sanciones
pueden ser multas, suspensión de actividades,
revocación de autorizaciones, concesiones o
permisos (López, P. L. y Ferro, A., 2006; Chávez,
B.F., 2009; Pink, G., 2013), y son consideradas
infracciones menores que pueden verse
como una “opción blanda” (Pink, G., 2013).
Así, las actividades de aplicación dependen
de factores como la jurisdicción, estructuras
organizativas y la capacidad y composición de
las dependencias (Pink, G., 2013). Una respuesta
integral y equilibrada a los delitos ambientales
debe incluir recursos administrativos, civiles y
penales, las dependencias deben trabajar juntas
para garantizar que las leyes y regulaciones se
apliquen de manera equitativa (Epstein, J., 1995).

en México, desde lo penal y administrativo, en
materia de vida silvestre durante el periodo 2006
y 2020 (El periodo se basa en la información
pública disponible y en la proporcionada
por las autoridades competentes); con un
enfoque particular a las acciones de las
autoridades competentes, la FGR, en lo penal,
y la PROFEPA, en lo administrativo. De manera
que permita comprender cómo responden a
los delitos y crímenes contra la vida silvestre
las autoridades responsables de aplicar la
ley ambiental. Como justificación teórico
metodológico, los estudios exploratorios sirven
para indagar en un fenómeno del cual, no se han
generado suficientes conocimientos por falta de
investigaciones (Flick, U. 2015), permitiendo
buscar preguntas y respuestas (Penalva-Verdú,
C., et al., 2015) y aporta a la validez descriptiva
del fenómeno estudiado (Maxwell, J., 1992).

3. METODOLOGÍA
El estudio analiza las variables: periodo de
El presente estudio se aborda desde un enfoque estudio, fuero de competencia, delitos y
metodológico de corte exploratorio, centrado en acciones implementadas por las dependencias
explorar cómo ha sido aplicada la ley ambiental (FGR y PROFEPA) (Cuadro 1).
Cuadro 1. Variables de análisis en el estudio de la aplicación de
la ley de vida silvestre en México
Variables

Subvariables

Periodo

2006-2020

Fuero

Federal

Sistema de Justicia

Penal y Administrativo

Delitos

Los contenidos en el Código Penal Federal y la Ley
General de Vida Silvestre y su Reglamento

Acciones institucionales

Averiguaciones previas, personas detenidas y
consignadas, operativos de vigilancia e inspección
y aseguramientos de especies.
Fuente: los autores

Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

De manera complementaria, se realizaron
entrevistas semiestructuradas a seis servidores
públicos de la PROFEPA que realizan actividades
de inspección y aplicación de la legislación en vida
silvestre en el país. Las entrevistas se fundamentan
en la complementariedad del método mixto, de
manera que permiten profundizar y complementar
la información analizada en los datos estadísticos
considerados en el Cuadro 1.

categoría y tendencia de las frecuencias.
Por otra parte, las entrevistas fueron aplicadas
durante el periodo junio de 2018 a mayo de
2019 y estuvieron orientadas a explorar la
percepción y experiencias de los inspectores de
la PROFEPA acerca de la aplicación de la ley en
materia de vida silvestre en México.
4. RESULTADOS Y DISCUSIÓN

Para identificar las jurisdicciones y los procesos,
se analiza el contenido de la Constitución, los
Códigos Penales y las leyes en México buscando
las competencias, artículos vinculantes,
preceptos y las autoridades competentes en el
tema de vida silvestre. Para conocer el número
de acciones hacía los delitos y crímenes, el
estudio utiliza datos obtenidos de los esfuerzos
realizados por las autoridades encargadas de
aplicar la legislación en vida silvestre en el
sistema penal y administrativo en México.

Jurisdicciones penales y administrativas en
vida silvestre en México

Las jurisdicciones en México para regular la
vida silvestre están presentes en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
(CPEUM), vigente al 2021. El artículo 27 de la
Constitución establece que la explotación, uso
y aprovechamiento de vida silvestre sólo podrá
realizarse mediante concesiones, otorgadas
por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las
Los datos fueron recabados de bases de datos reglas y condiciones que establezcan las leyes.
de acceso público Secretariado Ejecutivo del Por lo que las autoridades estatales o locales,
Sistema Nacional de Seguridad Pública (2021) no tienen atribuciones salvo que establezcan
y a través de solicitudes de información a la acuerdos con el gobierno federal.
PROFEPA y la FGR, según lo estipulado en
la Ley Federal de Transparencia y Acceso a En el sistema penal federal, el Código Penal
la Información (2017) (artículos 123 y 124). Federal (CPF), vigente al 2021, contiene
Los datos solicitados son los siguientes: En preceptos legales para sancionar delitos contra
el sistema penal: 1) averiguaciones previas la vida silvestre, del artículo 414 al 420 Bis
iniciadas; 2) personas detenidas al inicio de (Cuadro 2). Dichos preceptos están relacionados
las averiguaciones; y 3) personas consignadas con introducir al territorio Nacional o traficar
dentro de las averiguaciones. En el sistema ejemplares de vida silvestre (artículo 417); o con
administrativo: 1) inspecciones en vida silvestre capturar, dañar, privar de la vida, trasportar y
y recursos marinos y 2) operativos en vida almacenar especies específicas (como tortugas
silvestre y recursos marinos. Con ayuda del o mamíferos marinos, especies acuáticas
software QGIS, se analizó la distribución de declaradas en veda, abulón, camarón, pepino
los delitos en materia de vida silvestre, por de mar y langosta) (artículo 420, fracciones I, II
Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

y II Bis). En general, las sanciones por incumplir
la legislación penal contra la vida silvestre
oscilan entre seis meses a diez años de prisión;
incluso, establece como pena realizar trabajos

a favor de la comunidad. Condenas que pueden
ser “bajas” si se toman en cuentan los posibles
daños que pueden causar e incluso poner en
riesgo la seguridad de las personas.

Cuadro 2. Legislación penal en materia de vida silvestre en
el Código Penal Federal Mexicano
Nomenclatura
Flora y Fauna silvestre

Artículos 414, 415 (fracciones I, II y III) y 416

Fauna silvestre

Artículos 417, 420

Flora silvestre

Artículos 417, 420 (fracciones IV y V)

Flora o Fauna exótica

Artículos 420 Bis (fracción III)

Acciones institucionales

Averiguaciones previas, personas detenidas y
consignadas, operativos de vigilancia e inspección
y aseguramientos de especies.
Fuente: los autores

En el sistema administrativo federal existen tres
regulaciones que contienen preceptos legales
sancionables por crímenes contra vida silvestre:
la Ley General del Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente (LGEEPA), la Ley General
de Vida Silvestre (LGVS) y el Reglamento de
la LGVS, vigentes al 2021. Además, existe la
Norma Oficial Mexicana 059 (NOM-059-

Semarnat-2010) que contiene listados de las
especies o poblaciones de México en riesgo
(basada en el Convention on International Trade
in Endangered Species of Wild Fauna and Flora
-CITES-). Pero son la LGVS y su Reglamento las
que contienen los principales y más importantes
preceptos administrativos sancionables en vida
silvestre (Cuadro 3).

Cuadro 3. Legislación penal en materia de vida silvestre
Legislación

Nomenclatura

LGVS

Artículos 27, 27 bis 1, 28, 30, 32, 33, 34, 35, 36, 39, 40, 42, 51, 52, 53, 54, 55, 55 bis,
60 bis, 60 bis 1, 60 bis 2, 73, 76, 78, 78 bis, 79, 83, 84, 85, 86, 90, 94, 96, 97, 98, 99,
101, 102 y 103

Reglamento
de la LGVS

Artículos 12, 27, 30, 34, 42, 46, 50, 51, 53, 55, 56, 57, 59, 60, 64, 65, 83, 91, 91 bis,
98, 102, 112, 117, 119, 120, 123, 128, 129, 133, 135 bis
Fuente: los autores

Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

En lo administrativo se identifican una
diversidad
de
conductas
sancionables
relacionadas a la vida silvestre y a los sistemas
de control. Por ejemplo, la LGVS contiene
artículos sobre el aprovechamiento de fauna
silvestre (art. 30), traslado de ejemplares
vivos (art. 31 y 52), exhibición de ejemplares
(art. 32), entrenamiento de ejemplares de
fauna (art. 34), comercialización (art. 35),
legal procedencia (art. 51), exportación e
importación de ejemplares, partes y derivados
(art. 53, 54 y 55), liberación de ejemplares (art.
79), colecta de ejemplares con fines científicos
(art. 97), por mencionar algunos. Las sanciones
por incumplir la legislación administrativa
incluyen: a) amonestaciones estrictas, b) multas,
c) suspensiones de permisos, d) revocaciones de
autorizaciones, e) clausuras de instalaciones en
las que se desarrollan las actividades, f) arresto
administrativo hasta por 36 horas, g) decomiso
de ejemplares, partes y derivados de vida
silvestre y h) pago de gastos al depositario de
los ejemplares. Sobre la amonestación escrita,
la multa y el arresto administrativo, estas podrán
ser conmutados por trabajo comunitario en
actividades de conservación de la vida silvestre
(art. 123 de la LGVS). De ahí que se consideré
que las sanciones administrativas son “blandas”,
tal como lo han reportado otros estudios (White,
R., 2007; Ayling, J., 2017; Boratto, R. y Gibbs,
C., 2019).

por incluir prisión de máximo 10 años, sin
embargo, no se obliga a reparar los daños y lo
deja a que sea voluntario para reducir la pena.
Mientras que la legislación administrativa
obliga a las personas que dañen a la vida
silvestre, sin perjuicio de sanciones penales
o administrativas procedentes, a reparar los
daños causados, conforme a la legislación
civil aplicable. Situación que coincide con lo
mencionado por Hall, M., (2014) y Nurse, A.,
(2020), sobre que el derecho penal se enfoca
más a la detección y castigo en lugar de reparar
el daño.

En México, existe una mayor cantidad
de preceptos y temas sancionables en lo
administrativo que en lo penal. Lo administrativo
contempla una mayor heterogeneidad de
delitos, incluye sanciones tanto contra la vida
silvestre como al sistema de control. Pero las
sanciones más severas son en lo penal, sólo

Una vez identificadas las jurisdicciones en
vida silvestre, se analizan los esfuerzos de
aplicación de las regulaciones aplicables, en
lo penal y en lo administrativo. Al comparar
temáticas delictivas en lo penal, se identifica
una variedad de incidencias determinadas por

Respecto a la colaboración entre sistemas, el
sistema administrativo señala que la autoridad
administrativa está facultada y obligada a iniciar
acciones penales, ante la FGR, cuando tenga
conocimientos de actos, hechos u omisiones
conforme a la ley (art. 182 y 202 de la LGVS).
Al respecto, en las entrevistas se identificó que
los inspectores administrativos de PROFEPA
mencionan que realmente son pocas las veces
que ese precepto se cumple, sobre todo por
una falta de interés del sistema penal para tratar
crímenes contra la vida silvestre. Por último,
el sisma civil mexicano, a través del Código
Civil Federal, no contiene preceptos en temas
ambientales, biodiversidad o vida silvestre.
Esfuerzo de aplicación del derecho penal

Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

el tipo de violación al CPF (Gráfica 1).2 Del
2006 a octubre del 2020, se registraron un total
de 21,045 incidencias en el tema ambiental (el
segundo con menos averiguaciones en México).
El número de incidencias ambientales penales
investigadas incluso están por debajo de los
delitos electorales (24,557) y patrimoniales
(315,853) (Gráfica 1), delitos de menor impacto.

No significa que existan menos delitos
ambientales, quizás refleja falta de interés al
tema por las autoridades penales, Por ejemplo,
a diferencia de otros delitos, como a la salud, la
información pública del Secretariado Ejecutivo
del Sistema Nacional de Seguridad Pública no
disgrega los delitos ambientales por temática
especifica. También puede deberse a que no

Gráfica 1. Incidencias delictivas a Código Penal Federal por tipo de delito del 2006 al 2020

Fuente: los autores con información obtenida de la Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (2020). Nota: Sólo existen datos de los delitos contra la integridad corporal, en materia de derechos de autor y
falsedad a partir del año 2011.

2

La incidencia delictiva es la presunta ocurrencia de

delitos registrados en averiguaciones previas iniciadas o carpetas de investigación, reportadas por la FGR en el fuero federal
(Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 2021).

todos los delitos se reportan ante las autoridades,
lo que se conoce como cifra negra (Sozzo, M.,
2003), esto representa que muchos delitos no son
registrados por las instituciones gubernamentales,
por lo que difícilmente son parte de las estadísticas
oficiales. En el caso de México, la cifra negra sobre
delitos asciende al 88.8 %, sólo se reporta el 11.2

Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

% de los delitos (Instituto Nacional de Estadística
y Geografía [INEGI], 2020), y se estima que en
delitos ambientales la cifra negra puede ser mayor.
De acuerdo con los inspectores entrevistados, las
autoridades penales dan mayor importancia a
otros temas delictivos, sobre todo relacionados
con salud humana, seguridad pública y en contra
del patrimonio, y prestan menos interés a delitos
contra el ambiente, incluyendo la vida silvestre.
Salvo casos cuando los delitos ambientales están
relacionados con delitos de seguridad pública
(p. ej. cuando se reportan casos de posesión
de animales exóticos a integrantes del crimen
organizado) (Carpio-Domínguez, J., et al., 2018b).

Incluso, en lo penal, entre el 2006 y 2018,
desde el 2012 se ha observado una tendencia
decreciente de averiguaciones previas, de
personas detenidas al inicio de la averiguación
y de personas consignadas en temas de vida
silvestre (Gráfica 2). El delito clasificado
como “otros delitos de biodiversidad” tuvo
más acciones realizadas (Gráfica 3) (4,240
averiguaciones previas, 3,018 persona detenidas
al inicio y 2,542 personas consignadas dentro de
las averiguaciones). El segundo delito con más
acciones fue por violaciones al artículo 420,
fracciones IV o V del CPF (1,104 averiguaciones
previas, 1,487 personas detenidas y 1,318
personas consignadas), relacionadas con
Cuando la policía atiende reportes de actividades en el tráfico de vida silvestre
homicidio, autos robados, etc., y han (captura, posesión, transporte y daño, por
encontrado tigres en jaulas, reciben la orden ejemplo). El delito con menos acciones fue
de dejar todo allí porque es propiedad de por violaciones al artículo 415, párrafo último
alguien pesado [del crimen organizado] sólo (relacionado con desarrollar actividades
se retiran y ya, son nos notifican a nosotros humanas que dañan la vida silvestre) (Gráfica
(Inspector
4-PROFEPA,
comunicación 3), con sólo una averiguación previa iniciada.
personal, 25 de abril de 2019).
Gráfica 2. Tendencia de averiguaciones previas iniciadas, personas detenidas al inicio y
consignadas dentro de averiguaciones en delitos contra la vida silvestre del 2006 al 2018

Fuente: los autores
Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Gráfica 3. Esfuerzos en averiguaciones previas, personas detenidas y consignadas dentro de
averiguaciones acumulado entre el 2006 y 2018, por artículo

Fuente: los autores

Sobre la distribución de las frecuencias por
entidad federativa en México, el estado con
la frecuencia más alta de averiguaciones
registradas fue jalisco, con 755 averiguaciones.
Mientras que el estado con menor frecuencia
fue Coahuila con 26 (Figura 1). La mayoría de
las averiguaciones previas en vida silvestre se
registran en el centro y sur del país (Figura 1),
zonas conocidas por su diversidad biológica,
principalmente en el sur, y por su crecimiento
industrial, principalmente en el centro.
Al comparar la cantidad de personas detenidas
al inicio de la averiguación y las personas
consignadas (Figuras 2), la entidad con más
personas detenidas y consignadas es Sinaloa
(de color más oscuro, Figuras 2.a y 2.b) (572

personas detenidas y 565 consignadas en total
del 2006 al 2018). La entidad no se caracteriza
por su riqueza de especies, pero está en la
zona critica del tráfico de Totoaba (Totoaba
macdonaldi) considerada en México como
una especie en “peligro de extinción” por la
NOM-059-SEMARNAT-2010, se encuentra en
el Apéndice I de la CITES y en la Lista Roja de
Especies Amenazadas de la Unión Internacional
para la Conservación de la Naturaleza (IUCN,
por sus siglas en inglés), y su alta demanda en
el mercado internacional ha llevado a su pesca
ilegal y tráfico (Gobierno de México, 2019).
Por otra parte, la entidad con menos personas
detenidas al inicio de la averiguación fue
Coahuila, con 12 personas detenidas (Figura

Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

�123

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

2.a), y la
consignadas
consignadas
dos últimas

entidad con menos personas
fue Zacatecas, con 7 personas
(Figura 2.b). Condiciendo esas
entidades en ser las que tienen

menos averiguaciones previas. Se aprecia que,
así como en las averiguaciones previas, es en
el centro y sur de México donde más personas
detenidas y consignadas ha habido.

Figura 1. Averiguaciones previas penales por delitos en vida silvestre
(acumulado del 2006 al 2018)

Fuente: los autores con información de obtenida según la LFTAI (2017).
Figura 2. Personas detenidas y consignadas por delitos en vida silvestre (acumulado del 2006 al 2018)

Fuente: los autores con información de obtenida según la LFTAI (2017).
Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

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CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Esfuerzo de aplicación de la ley administrativa
En el sistema administrativo, entre el 2006 y
2019, se realizaron 26,325 inspecciones y 4,902
operativos en vida silvestre, y se realizaron 6,241
inspecciones y 3,324 operativos en recursos
marinos. Por lo que la autoridad mexicana
realiza más inspecciones en vida silvestre, por
encima de inspecciones en recursos marinos
y operativos en los temas. Las inspecciones
son las acciones que tienen más posibilidades
de deslindar responsabilidades legales por
crímenes contra la vida silvestre, al estar
directamente relacionadas con la aplicación de
la ley. En total, se realizaron 32,566 inspecciones
en vida silvestre, que son poco más del 75.0 %
del total de averiguaciones previas en lo penal
en vida silvestre durante el mismo periodo (n=

constructoscriminologicos.uanl.mx

8,044). Por lo que la mayoría de las acciones de
aplicación de la ley en vida silvestre realizadas
en México son administrativas, y que, a pesar
de existir la obligación legal de colaboración
entre instituciones, no se reflejan en la
práctica. La Gráfica 4 presenta los esfuerzos
en inspecciones y operativos, en vida silvestre
y recursos marinos, realizados por la autoridad
administrativa (PROFEPA) entre el 2006 y 2019.
Así como ocurrió con las averiguaciones previas,
se aprecian tendencias a la baja en la aplicación
de la ley administrativa en vida silvestre. Entre
el 2011 y 2012 comenzó un decremento anual
casi constante en inspecciones y operativos en
vida silvestre, hasta el 2019 aumenta de nuevo
un poco. Además, como ocurrió en lo penal,
en los años 2009 y 2011 fue en los que se
realizaron más inspecciones y operativos.

Gráfica 4. Esfuerzo en inspecciones y operativos en vida silvestre y
recursos marinos realizados entre el 2006 y 2019

Fuente: los autores con información de obtenida según la LFTAI (2017).

Sobre la capacidad de personal de aplicación,
entre el 2006 y 2019, hubo 289 inspectores, en
promedio por año, en todo el país para aplicar la
ley administrativa. Número de inspectores que

además deben aplicar la ley en otras materias
(forestal, impacto ambiental y cambio de uso
de suelo), situación que limita la capacidad
de respuesta de aplicación. Del 2016 al 2017

Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

�125

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

el número de inspectores decreció de manera
considerable, de 313 a 198; posteriormente a 191
en 2018 y 186 en 2019. Lo que podría explicar
la disminución de acciones de aplicación de la
ley durante esos años. Al disminuir el personal,
disminuyó la aplicación de la ley por la poca

capacidad de respuesta. Los esfuerzos de
aplicación presentados en la Grafica 4 traen
diversos resultados, como el aseguramiento de
ejemplares vivos, de productos y subproductos
de vida silvestre (Gráfica 5).

Gráfica 5. Aseguramiento de especímenes y productos y subproductos de vida silvestre producto
de las inspecciones del 2006 al 2019

Fuente: los autores con información de obtenida según la LFTAI (2017).

Entre el 2006 y 2019 fueron asegurados
precautoriamente 540,747 ejemplares vivos
de vida silvestre y 326,503 productos y
subproductos durante las visitas de inspección
administrativas. En el 2011 fue cuando más
ejemplares, productos y subproductos se
aseguraron, además, fue uno de los años en los
que más inspecciones se realizaron. Por lo tanto,
el número de inspecciones realizadas por la
autoridad administrativa está relacionado con la
cantidad de especies aseguradas. Otra actividad
administrativa que aporta al aseguramiento de
especies es la inspección a zoológicos (Cuadro
4), actividad que no se realiza en lo penal.

La aplicación de la ley a estas instituciones
trae como resultados ejemplares verificados
y asegurados. No obstante, se aprecia una
disminución de supervisión de la ley en
zoológicos, con inspecciones fluctuantes en el
periodo analizado, más en los últimos años y
que coincide con la disminución de inspectores.
Situación que se refleja en el número de
ejemplares vivos y productos verificados y
asegurados y que están relacionados con la
protección de especies. La aplicación de la
ley en los zoológicos no es constante, y ha
estado en los últimos años en el debate entre
académicos y movimientos sociales.

Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

�126

constructoscriminologicos.uanl.mx

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Cuadro 4. Inspecciones a zoológicos y
aseguramientos del 2009 al 2019
Zoológicos
inspeccionados

Ejemplares
verificados

Productos
inspeccionados

Ejemplares
asegurados

Productos
asegurados

2009

56

25,418

307

3,042

307

2010

20

2183

0

290

0

2011

6

452

0

260

0

2012

2

465

0

211

0

2013

0

0

0

0

0

2014

17

103

38

71

38

2015

46

9,288

432

2,746

432

2016

49

11,451

57

1,440

29

2017

1

352

0

352

0

2018

3

489

0

186

0

2019

6

282

0

0

0

Fuente: los autores con información de obtenida según la LFTAI (2017).

En la aplicación de la ley administrativa en
vida silvestre (terrestre y marina) por entidad
federativa (Figura 3), Tlaxcala fue donde menos
inspecciones se realizaron entre el 2006 y 2019,
198 inspecciones. Ese estado se caracteriza
por tener el menor número de inspectores en
todo el país y por estar entre los dos primeros
lugares con menor riqueza de especies de
vertebrados registradas, 417 especies. La zona
con más inspecciones en donde se aplicó la ley
fue en la Ciudad de México, junto con la Zona

Metropolitana del Valle de México, con 5,061
inspecciones durante el periodo. Eso puede
estar relacionado a que, en esa zona, si bien
no se caracteriza por si diversidad de especies,
ahí es donde se ubican las oficinas centrales
de PROFEPA, y a nivel nacional, cuenta con
el mayor número de personal para aplicar la
ley y es una zona estratégica del país para la
distribución de mercancías y para el comercio,
al ser el centro político, cultural y financiero en
México.

Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

�127

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Figura 3. Inspecciones administrativas en vida silvestre (acumulado del 2006 al 2019)

Fuente: los autores con información de obtenida según la LFTAI (2017).

Es en temas de vida silvestre “terrestre”
donde más se aplica la ley, el 80.8 % de las
inspecciones son hacia ese rubro, muy por
encima de las inspecciones en recursos marinos
(Figura 4) con el 19.2 % de la aplicación de la
ley. Podría deberse a que sólo hay 17 estados
costeros. Específicamente a recursos marinos

(Figura 4.b), los cuatro estados con mayores
acciones de aplicación de la ley en recursos
marinos se ubican en la región conocida por
la distribución histórica natural de la Totoaba
(Totoaba macdonaldi), el Golfo de California,
que, como se mencionó, es un tema central en
México debido al tráfico ilegal de esa especie.

Figura 4. Comparativo entre inspecciones administrativas en
vida silvestre “terrestre” y recursos marinos (acumulado del 2006 al 2019)

Fuente: los autores con información de obtenida según la LFTAI (2017).
Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

�128

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

Al comparar la aplicación de lo penal y lo
administrativo, las entidades en las que más
se realizan inspecciones administrativas no
son las que reportan el mayor número de
averiguaciones previas en lo penal. Además
de que en la mayoría de las entidades el
número de inspecciones administrativas es
mayor que las averiguaciones penales. Sólo

constructoscriminologicos.uanl.mx

en un estado existe un mayor número de
averiguaciones penales (n= 580) respecto a
las inspecciones administrativas (n= 438). Ni
en la zona que registró la frecuencia más alta
de inspecciones (n= 5,061) existe la mayor
cantidad de averiguaciones penales, sólo tuvo
75 averiguaciones.

Figura 5. Inspecciones administrativas y averiguaciones previas penales en materia de vida
silvestre del 2006 al 2019

Fuente: los autores con información de obtenida según la LFTAI (2017).

Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

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Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

Por otra parte, en las entrevistas complementarias
sobre la aplicación legal penal y administrativa
en vida silvestre. Los inspectores mencionaron
que cuando han trabajo en conjunto con las
autoridades de seguridad pública (policías,
agentes ministeriales, etc.), sobre todo
federales, estos les han mencionado un
desinterés por atender situaciones de vida
silvestre. Con comentarios como “…a mi
tráeme narcos, secuestradores, no animales
o esas cosas ambientales…” (Inspector
1-PROFEPA, comunicación personal, 10 junio
de 2018). Como indica la ley, los inspectores
administrativos son requeridos por instituciones
penales como apoyo para dictaminar sobre
delitos en vida silvestre, pero las autoridades
penales restan importancia su trabajo como
inspectores. Les han dicho, por ejemplo, “a
mi sólo dime si el delito que cometió es grave
[por comercio de aves sin permiso, según el
caso narrado], sino para sacarlo… urge sacarlo
[al posible infractor] de los separos pues sólo
está ocupando espacio” (Inspector 2-PROFEPA,
comunicación personal, 19 mayo de 2019).

ambientales no generan el mismo impacto en
la población o en otras esferas institucionales
como lo hacen otros delitos relacionados a la
seguridad pública.
(…) los delitos ambientales aquí en el
campo [campo profesional], sólo si es
muy necesario o urgente nos reportan los
casos, han sido pocas las veces que nos
notifican las otras dependencias [policías
estatales, federales, etc.] cuando hay algo,
sólo atienden lo que es urgente o que
llama mucho la atención pública (Inspector
4-PROFEPA, comunicación personal, 25 de
abril de 2019).

En este sentido, los inspectores argumentan que
las autoridades penales no tienen interés en los
delitos contra la vida silvestre, y dan prioridad
a otro tipo de delitos, sobre todo, aquellos
denominados “delitos de alto impacto” que,
por su alta incidencia, son riesgos latentes que
conforman una sensación de vulnerabilidad
social y de percepción de inseguridad, entre
los que se encuentra el homicidio doloso,
Los inspectores consideran que es un crimen feminicidio, secuestro, extorsión, trata de
grave en contra de la vida silvestre y los personas, narcomenudeo; delitos que ocupan
ecosistemas sacar especies de su hábitat natural un lugar preponderante en la agenda pública
o dañarlas, pero la ley administrativa se enfoca para su atención (Observatorio Nacional
más “revisar los permisos, autorizaciones… Ciudadano, 2018).
que se cuente con este o aquel documento
que autorice extraer o manipular ejemplares… Se muestra entonces, que en México la
pero no se valora el posible daño inmediato aplicación de la ley a través de inspecciones en
o futuro de la acción” (Inspector 3-PROFEPA, vida silvestre es principalmente administrativa,
comunicación personal, 16 de octubre de superando las actuaciones en lo penal. Además,
2018). Como si la ley administrativa estuviera el predominio de la aplicación de la legislación
más interesada en otorgar y revisar permisos que ambiental desde el sistema administrativo
en prevenir o castigar los delitos contra la vida muestra que el Estado no dimensiona las
silvestre. Además, argumentan que los delitos afectaciones de los delitos en escalas temporales
Jesús Ignacio Castro Salazar, José Luis Carpio-Domínguez e Inés Arroyo-Quiroz

�130

CONSTRUCTOS
CRIMINOLÓGICOS

y/o geográficas, lo cual, es coincidente con lo
reportado por Nurse A., (2020) al establecer
que los delitos ambientales tienen el potencial
de causar un daño social y ambiental mucho
más amplio y con consideraciones geográficas
y temporales (Hall, M. y Varona, G., 2018, p.
114) distintas a otras manifestaciones criminales
a las que se les considera de mayor impacto.
Al respecto, la discusión radica en que los delitos
ambientales no cuentan con la misma atención
por parte del Estado, lo cual, es coincidente
con lo reportado también en otros estudios, en
los se establece que estos delitos no ocupan
un lugar justo en las agendas gubernamentales
(como señala Moreto, W., 2015) y tampoco
en los sistemas de justicia penal (como indica
Nurse, A., 2020) derivado de que los delitos
ambientales suelen ser percibidos como delitos
de baja prioridad y por lo tanto no generan
la respuesta requerida por los gobiernos al
aplicar la ley y en los que “no hay víctimas”
para reclamar sus derechos (O’Hear, M., 2004;
Davies, C., et al., 2008; Skinnider, E., 2013;
Castro-Salazar, J. y Luyando-Cuevas, J., 2020;
Castro-Salazar, J. 2020; Nurse, A., 2020).

constructoscriminologicos.uanl.mx

recaen en el sistema administrativo, en el que
las sanciones se enfocan a multas, suspensión
de actividades o revocación de autorizaciones,
incluso se pueden sancionar con “llamados
de atención”. De ese modo, los criminales
ambientales generalmente reciben sanciones
económicas o suspensiones de permisos por las
faltas cometidas, pese a los impactos negativos
a la vida silvestre y ecosistemas generados.
En México, los delitos considerados de “alto
impacto social” tienen un lugar preponderante
frente a aquellos relacionados con la vida
silvestre, pese a que los daños causados en estos
delitos pueden tener consecuencias duraderas
e irreversibles que ponen en riesgo también la
seguridad humana.

Los estados con más especies registradas en
su territorio pueden tener menos acciones
de aplicación de la legislación, penal y
administrativa, que entidades con menos
especies. Sólo en casos polémicos, que incluso
son foco de atención de medios y organizaciones
internacionales, se observó mayor interés por las
autoridades para aplicar las leyes ambientales en
esas zonas, tanto administrativas como penales.
Se observó una relación entre el número de
5. CONCLUSIONES
inspectores administrativos y el número de
acciones realizadas, la actuación del Estado
En México, las principales jurisdicciones en hacia crímenes de vida silvestre está en función
vida silvestre son de competencia federal, tanto al capital humano destinado a atenderlos.
el sistema penal como administrativo. Lo que
limita a las autoridades estales y locales para Aunado a las sanciones laxas, la aplicación
actuar. Si bien en el Código Penal Federal de la ley administrativa no siempre se traduce
penaliza delitos contra la vida silvestre, estos no en proceso penales, pese a que la misma ley
superan los cinco artículos dedicados al tema exhorta a las autoridades administrativas a
y aunque las sanciones incluyen la privación colaborar y denunciar en lo penal. Lo que podría
de la libertad, es cierto que la mayoría de los interpretarse como una falta de colaboración
esfuerzos de aplicación de la ley en vida silvestre entre las dos principales instituciones que
Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

�131

Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

sancionan los delitos y crímenes contra la
vida silvestre. Además, se identificó que las
acciones de inspecciones administrativa y
penal no se realizan de manera constante, ni
van incrementando conforme pasan los años,
al observarse intervalos fluctuantes, sobre todo
decrecientes, en los esfuerzos de aplicación de
la legislación. Es necesario mejorar las acciones
de colaboración entre las instituciones, la eficaz
aplicación de la legislación ambiental y optar
por acciones legales de prevención de delitos
contra la vida silvestre, no solamente buscar
acciones reactivas.

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constructoscriminologicos.uanl.mx

Doctor en Ciencias Sociales con Orientación
en Desarrollo Sustentable (UANL). Maestro en
Administración Integral del Ambiente (El Colef).
Ingeniero Ambiental (UG). Catedrático e investigador
de licenciatura en el Tecnológico Nacional de México/
Instituto Tecnológico Superior de Abasolo. Correo
electrónico: jicastro13@hotmail.com
José Luis Carpio-Domínguez
Afiliación: Unidad Académica Multidisciplinaria
Reynosa Aztlán, Universidad Autónoma de Tamaulipas
(UAMRA-UAT)
Doctorando en Ciencias Sociales con Orientación
en Desarrollo Sustentable (UANL). Maestría en
Criminología y Ciencias Forenses (UAT). Licenciatura
en Criminología (UNO). Catedrático e investigador
de licenciatura y posgrado en la Unidad Académica
Multidisciplinaria Reynosa Aztlán de la Universidad
Autónoma de Tamaulipas. Correo electrónico:
jcarpio@docentes.uat.edu.mx
Inés Arroyo-Quiroz
Afiliación: Centro Regional de Investigaciones
Multidisciplinarias, Universidad Nacional Autónoma
de México (CRIM-UNAM).
Doctora en Gestión de la Biodiversidad (Universidad de
Kent). Bióloga (UNAM). Miembro activo de los grupos
de especialistas en Política Ambiental, Económica
y Social de la Unión Mundial para la Naturaleza
(UICN). Investigadora de tiempo completo del Centro
Regional de Investigaciones Multidisciplinarias,
Universidad Nacional Autónoma de México (CRIMUNAM). Correo electrónico: inesaq@crim.unam.mx

—
Jesús Ignacio Castro Salazar
Afiliación: Tecnológico Nacional de México/Instituto
Tecnológico Superior de Abasolo (TecNM/ITS de
Abasolo)
Criminología verde, esfuerzo de aplicación de las regulaciones sobre vida silvestre en México entre el 2006 y 2020. PP. 109-134

�Vol. 02, Núm. 02, Enero 2022

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�Vol. 02,
Núm. 02,
Enero 2022
ISSN: EN TRÁMITE

REVISTA INTERNACIONAL
DE INVESTIGACIÓN EN
CRIMINOLOGÍA
constructoscriminologicos.uanl.mx
Constructos Criminológicos es una publicación científica, que propicia un
espacio de debate académico, focalizada a difundir investigaciones y trabajos
escritos de opinión respecto de la ciencia criminológica.
Con ello, la revista se focaliza en diversas temáticas que se circunscriben en
el moderno concepto de la disciplina; en este sentido: sobre criminología,
prevención, política criminal, criminalística, derecho penal y derecho de
ejecución Penal, elaborados con rigor, procedentes de cualquier parte del
mundo y sin limitación en cuanto a la orientación teórica o ideológica.
La periodicidad de la revista es semestral, con la peculiaridad que cada número
se convoca en el mes de enero y se cierra en el mes de junio; se apertura en el
mes julio y se cierra en el mes de diciembre.
El idioma principal es el español, si bien podrán publicarse asimismo
contribuciones en portugués, francés, inglés o italiano, siempre que vayan
acompañadas de la correspondiente traducción al español, la cual deberá ser
aportada por los propios autores. Cabe destacar que se alude a colaboraciones
inéditas.
La recepción de artículos para su posible publicación en RCC se abre en dos
períodos a lo largo del año: entre el 1 del mes de enero y el 15 de abril y entre
el 1 del mes de junio y el 15 del mes de octubre.

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                <text>Constructos Criminológicos es una revista en línea de periodicidad semestral que inicia en el 2021, arbitrada bajo estrictos lineamientos metodológicos que promueven la publicación de resultados de investigaciones de calidad académica y científica sobre el ámbito de la ciencia criminológica que contribuya a resolver las necesidades de seguridad que requiere nuestro país.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores.</text>
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                    <text>ISSN 2448-8399

Cuadernos de Arquitectura
y Asuntos Urbanos
Revista de la Facultad de Arquitectura
Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 12 | Núm. 12 | abril 2022 - abril 2023

��Universidad Autónoma de Nuevo León
Dr. Santos Guzmán López
Rector
Dr. Juan Paura García
Secretario General
Dra. Emilia Edith Vásquez Farías
Secretaria Académico
Dr. Celso José Garza Acuña
Secretario de Extensión y Cultura
Lic. Antonio Ramos Revillas
Director de Editorial Universitaria
Dra. María Teresa Ledezma Elizondo
Directora de la Facultad de Arquitectura
Dr. Jorge Omar García Escamilla
Coordinador de la Revista
Arq. Juan Ángel Hinojosa Torres
Editor Responsable
Lic. Mayela Villagrán Loa
Página Web
Fotografía de Portada
Título: “Puerta del Sol”
Autor: Jorge Omar García Escamilla
Cintillo Legal
Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos, Año 12, No. 12, abril 2022 - abril 2023. Es
una publicación anual, editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León, a través de
la Facultad de Arquitectura. Domicilio de la publicación: Pedro de Alba S/N, San Nicolás
de los Garza, CP: 66455, Nuevo León, México, Tel: (81) 8329-4160, www.arquitectura.
uanl.mx. Editor Responsable Arq. Juan Ángel Hinojosa Torres. Reserva de Derechos al Uso
Exclusivo No. 04-2020-042416021600-203. ISSN: 2448-8399, ISSN red de cómputo: 20078269. Responsable de la última actualización de este número: Arq. Juan Ángel Hinojosa
Torres, coordinador del Depto. Ediciones y Publicaciones de la Facultad de Arquitectura,
Universidad Autónoma de Nuevo León. Fecha de última modificación: 30 de abril 2022.
Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de
la publicación. Prohibida su reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la
revista. Publicación indexada en LATINDEX.

�ÍNDICE

Presentación
06

Presentación Número 12. La investigación e innovación en el diseño como catalizadores del desarrollo
sostenible
María Teresa Ledezma Elizondo
Universidad Autónoma de Nuevo León (México)

Artículos
10

El worldbuilding como metodología de innovación e impacto social
Teresa Bosch | Ignacio Trossero | Florencia Aguilar | Lucila Frugoli
Universidad Austral (Argentina)

25

Walking the city like Jane: En búsqueda de la inclusión de la infancia en la planificación de los espacios públicos
Amanda Melissa Casillas Zapata | Lydia Marcela Adame Rivera
Universidad Autónoma de Nuevo León (México)

40

La arquitectura y el desarrollo urbano sostenible frente a los retos medioambientales de la ciudad contemporánea:
El caso de la contaminación del aire en el Área Metropolitana de Monterrey
Enrique Cantú Dávila | Jorge Omar García Escamilla | Fabiola Rosamaria Garza Rodríguez | Enrique Esteban
Gómez Cavazos
Universidad Autónoma de Nuevo León (México)

49

Producción de sal en la Laguna de Cuyutlán, Colima
Gabriel de Jesús Fonseca Servín | Guadalupe Gutiérrez Santana | Juan Pablo Rodríguez Godínez
Universidad de Colima (México)

56

Consideraciones de la ciudad contemporánea: Hacia una intervención adecuada
Ana Cristina García Luna Romero | Martín Francisco Gallegos Medina
Universidad Autónoma de Nuevo León (México)

Reseña de libro
65

Valuación urbana para la construcción social de la ciudad, Jesús Manuel Fitch Osuna (2021)
Carlos Marmolejo Duarte
Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Barcelona (España)

4

�INDEX

Presentation
06

Presentación Número 12. La investigación e innovación en el diseño como catalizadores del desarrollo
sostenible
María Teresa Ledezma Elizondo
Universidad Autónoma de Nuevo León (Mexico)

Articles
10

Wordbuidling as a metholodogy for innovation and social impact
Teresa Bosch | Ignacio Trossero | Florencia Aguilar | Lucila Frugoli
Universidad Austral (Argentina)

25

Walking the city like Jane: Searching the inclusion of childhood in public spaces planning
Amanda Melissa Casillas Zapata | Lydia Marcela Adame Rivera
Universidad Autónoma de Nuevo León (Mexico)

40

Sustainable architecture and urban development for the environmental challenges of contemporary cities: An
analysis of air pollution in the Metropolitan Area of Monterrey
​​
Enrique Cantú Dávila | Jorge Omar García Escamilla | Fabiola Rosamaria Garza Rodríguez | Enrique Esteban
Gómez Cavazos
Universidad Autónoma de Nuevo León (Mexico)

49

Salt production in the Cuyutlán Lagoon, Colima
Gabriel de Jesús Fonseca Servín | Guadalupe Gutiérrez Santana | Juan Pablo Rodríguez Godínez
Universidad de Colima (Mexico)

56

Considerations of the contemporary city: Towards an appropriate intervention
Ana Cristina García Luna Romero | Martín Francisco Gallegos Medina
Universidad Autónoma de Nuevo León (Mexico)

Book review
65

Valuación urbana para la construcción social de la ciudad, Jesús Manuel Fitch Osuna (2021)
Carlos Marmolejo Duarte
Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Barcelona (Spain)

5

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Presentación

6

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos, Revista de la Facultad de Arquitectura, Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 12. Número 12. abril 2022 - abril 2023, pp. 7-8 | ISSN: 2448-8399

Presentación Número 12

La investigación e innovación en el diseño como
catalizadores del desarrollo sostenible
María Teresa Ledezma Elizondo1

H

oy quizás más que nunca nos enfrentamos
a grandes retos que ponen en riesgo
el desarrollo sostenible de nuestras
sociedades. Los devastadores efectos de la
pandemia del Covid-19, aunados al impacto de los
vertiginosos cambios en la manera de concebir el
espacio en el que habitamos, requieren redoblar
esfuerzos para desarrollar la investigación y la
innovación en el diseño con el fin de generar
propuestas que se dirijan a dar solución a las
principales problemáticas actuales en materia
medioambiental, económica y social.
En este contexto, actualmente vivimos en
un mundo altamente urbanizado, en el que
las ciudades juegan un papel central para el
desarrollo social, económico y cultural de nuestra
especie, por lo que es de suma importancia
motivar y divulgar proyectos de investigación
y profesionales, que promuevan el diseño de
un entorno más inclusivo, seguro, resiliente
y sostenible, es decir, apto para impulsar este
desarrollo en equilibrio con el planeta.
El presente número de la Revista Cuadernos de
Arquitectura y Asuntos Urbanos reúne trabajos de
investigación de diversos especialistas nacionales
e internacionales en el campo de la innovación
y el diseño, que precisamente buscan presentar
importantes reflexiones e incentivar soluciones
a las problemáticas del mundo actual, con la
firme intención de promover un desarrollo más
equilibrado y sostenible que impulse un verdadero
avance en la calidad de vida en nuestras sociedades.
Precisamente el primer artículo titulado "El
worldbuilding como metodología de innovación
e impacto social" de Teresa Bosch, Ignacio

Trossero, Florencia Aguilar y Lucila Frugoli,
investigadores adscritos a la Universidad Austral
de Argentina, presenta una muy interesante
reflexión en la manera de concebir y diseñar el
espacio habitable. Esto a partir de la experiencia
de enseñanza y aprendizaje, mediante la
aplicación de una innovadora metodología de
creación transdisciplinaria, evolutiva, holística y
colaborativa, que se apropia de conocimientos y
técnicas de distintas disciplinas para ayudar a las
personas a entender mejor el mundo, predecirlo y
asimilar su relación con él.
A continuación, el trabajo de Amanda Melissa
Casillas Zapata y Lydia Marcela Adame Rivera,
profesoras de la Facultad de Arquitectura de la
Universidad Autónoma de Nuevo León, titulado
“Walking the city like Jane: En búsqueda de la
inclusión de la infancia en la planificación de
los espacios públicos”, expone investigaciones
y diseño metodológico que abordan la visión y
participación de la niñez en el uso del espacio
público, a través de la experiencia. Destacando
la relevancia de la inclusión de la infancia en la
planeación urbana como actores sociales, esta
investigación plantean la creación de entornos
amigables e inclusivos en el espacio público,
sobre todo los espacios de aprendizaje, lo cual
permitiría reivindicar la ciudad.
Posteriormente el articulo “La arquitectura y
el desarrollo urbano sostenible frente a los retos
medioambientales de la ciudad contemporánea.
El Caso de la contaminación del aire en el Área
Metropolitana de Monterrey”, de Enrique Cantú
Dávila, Jorge Omar García Escamilla, Fabiola
Rosamaría Garza Rodríguez y Enrique Esteban

1

Adscripción: Universidad Autónoma de Nuevo León, Nuevo León, México. Profesora e Investigadora, Doctora en Arquitectura y
Asuntos Urbanos.

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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Gómez Cavazos, plantea una profunda mirada
a la severa problemática medioambiental que
se manifiesta en la metrópoli, con fin de ofrecer
visibilidad y una pertinente reflexión que promueva
la toma de conciencia y la generación de soluciones
estratégicas para el desarrollo sostenible e impulsar
la habitabilidad de la ciudad contemporánea.
En este mismo sentido de promover el desarrollo
sostenible y convencidos de que el diseñador tiene
mucho que aportar en él, Gabriel de Jesús Fonseca
Servín, Guadalupe Gutiérrez Santana y Juan Pablo
Rodríguez Godínez, de la Facultad de Arquitectura
y Diseño de la Universidad de Colima, presentan
en el artículo “Producción de sal en la Laguna de
Cuyutlán, Colima”, los resultados del estudio de
campo y las propuestas de innovación y diseño
derivadas con el objetivo de mejorar el proceso de
obtención de este recurso natural, disminuyendo el
impacto ecológico.
A su vez, Ana Cristina García-Luna Romero y
Martín Francisco Gallegos Medina, en su trabajo
“Consideraciones de la ciudad contemporánea:
hacia una intervención adecuada” proponen, a
partir del método fenomenológico en contraste
con el análisis de fuentes bibliográficas, una forma
más adecuada y humana de intervenir la ciudad
contemporánea, a través de lo que denominan la
transgénesis en la ciudad. Esto mediante datos
estructurales de lo humano que permitan pensar,
diseñar, construir y vivir la ciudad.
Considerando que la ciudad sólo puede
entenderse y desarrollarse si conlleva el adjetivo
social, conformada por entidades individuales. La
dimensión de lo social se ubica en el ámbito de
desarrollo propio del hombre y en su identificación
con la ciudad evidenciando un elemento básico de lo
humano al ser intrínsecamente individuo-comunidad.
Finalmente, Carlos Marmolejo Duarte, profesor
titular y acreditado Catedrático de la Escuela
Técnica Superior de Arquitectura de Barcelona
en España, presenta la reseña del libro “Valuación
urbana para la construcción social de la ciudad” del
autor Jesús Manuel Fitch Osuna. Del cual menciona
que la importancia del mercado inmobiliario, no
sólo como motor de la economía, sino también
como rector de importantes procesos sociales
y ambientales es incontestable. Así como el
hecho que la temática del libro se inscribe en
las líneas de trabajo y colaboración de su autor
y el suscrito profesor de la Escuela Técnica
Superior de Arquitectura de Barcelona en el
marco de cooperación del Consejo Consultivo

Internacional de Facultad de Arquitectura de la
Universidad Autónoma de Nuevo León. Y por
tanto es fruto de la cooperación académica entre
ambas instituciones.
Precisamente en reconocimiento a este tipo de
colaboraciones nacionales e internacionales, con
investigadores y autores de diversas partes del
mundo y especializados en múltiples disciplinas
vinculadas a la innovación y el diseño, es que
me siento muy orgullosa de poder presentar este
número de la Revista Cuadernos de Arquitectura
y Asuntos Urbanos de la Facultad de Arquitectura
de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
Convencida de que, al contribuir a la creación y
difusión del conocimiento, será de gran interés para
comprender mejor el espacio en el que vivimos y
los retos y oportunidades que éste presenta de cara
a un mejor y más sostenible futuro para todos.

8

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Artículos

9

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos, Revista de la Facultad de Arquitectura, Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 12. Número 12. abril 2022 - abril 2023, pp. 10-24 | ISSN: 2448-8399

El worldbuilding como metodología de innovación e
impacto social
Worldbuidling as a metholodogy for innovation and social impact
Teresa Bosch1
Ignacio Trossero2
Florencia Aguilar3
Lucila Frugoli4

Resumen

Abstract

Pensar el futuro, imaginarlo, predecirlo, diseñarlo,
no son sólo abstracciones, sino que requieren
de habilidades más complejas, herramientas y
metodologías específicas que permitan visibilizar las
ideas para ponerlas en el mundo. Por eso la ficción
es una poderosa herramienta para la innovación
social, ya que nos permite vislumbrar el futuro y
las consecuencias potenciales del desarrollo, aun
siendo pura ficción.
Una forma de comprender verdaderamente los
costos humanos de las políticas y las construcciones
culturales es escuchar e intercambiar historias. Las
historias se han propuesto como una forma de
alejarse de los escenarios de "llanura" desarrollados
utilizando el enfoque de "ejes de incertidumbre"
y crear una perspectiva más rica y profunda del
futuro (Schultz, Crews y Lum, 2012).
A su vez la narración digital se ha identificado
como una forma para que los jóvenes construyan
sus identidades y vuelvan a imaginar su futuro
(Murakami, 2008).

Thinking about the future, imagining it, predicting
it, designing it, are not just abstractions, but these
require more complex skills, tools and specific
methodologies that make it possible to make
ideas visible and launch them into the world.
That is why fiction is a powerful tool for social
innovation, as it allows us to glimpse the future
and the potential consequences of development,
even if it is pure fiction.
One way to truly understand the human costs
of policies and cultural constructions is to listen
and share stories. The stories have been proposed
as a way to move away from the "plain" scenarios
developed using the "axes of uncertainty" approach
and create a richer, deeper perspective on the future
(Schultz, Crews y Lum, 2012).
In turn, digital storytelling has been identified
as a way for young people to build their identities
and re-imagine their future (Murakami, 2008).

Palabras Clave:

Keywords:

investigación e innovación; educación en diseño;
arquitectura y urbanismo

research and innovation; design education;
architecture and urban planning

1
2
3
4

Adscripción: Universidad Austral, Argentina. Correo electrónico: tbosch@austral.edu.ar
Adscripción: Universidad Austral, Argentina. Correo electrónico: itrossero@austral.edu.ar
Adscripción: Universidad Austral, Argentina. Correo electrónico: faguilar@austral.edu.ar
Adscripción: Universidad Austral, Argentina. Correo electrónico: lfrugoli@mail.austral.edu.ar

10

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Introducción

ficcional precede a la narración de la historia,
y hace posible aquella narración de manera
holística. Podemos comprender mejor el mundo a
través de escenarios futuros, nos pueden mostrar
hechos, pero también necesitamos -a través de
las historias y sus protagonistas- conocer las
percepciones sobre esos acontecimientos.
El worldbuilding según la perspectiva de
Alex McDowell es un sistema para crear reglas y
comportamientos en mundos ficticios que surgen
de la ciencia, la tecnología, la estructura social, la
geografía, la economía y la política que los gobiernan.
Estos parámetros pueden luego informar personajes,
conflictos e historias, haciéndolos plausibles. El
relato tradicional, según Todorov (1978), comienza
a partir de un elemento desequilibrante de un orden
establecido. Lo innovador de esta disciplina es que
el mundo entero que se crea es el desequilibrante,
no hay un elemento único y la importancia de
la historia tiene que ver con el mundo y cómo se
relaciona éste con los personajes, no al revés y no de
manera sintética.
Henry Jenkins (2014) ha aportado una
definición que compara la narración tradicional con
el worldbuilding. Lo tradicional funciona a través
de la exposición, el compartir historias de fondo.
Por su parte, el diseño y creación de un mundo
funciona a través de la descripción, la acumulación
de detalles significativos. Esta disciplina
permite la elaboración de material televisivo o
cinematográfico, también la planificación urbana,
el diseño de productos y negocios. Es una técnica
con una impronta holística tanto en su producción,
como en el tratamiento de problemáticas que
decide evocar.
El worldbuilding según el modelo propuesto
por McDowell, es una herramienta efectiva que se
apropia de conocimientos y técnicas de distintas
disciplinas para ayudar a las personas a entender
mejor el mundo, predecirlo y asimilar su relación
con él. Además de tomar conciencia sobre ello, la
combinación de la ciencia, el diseño, la tecnología
y el storytelling permiten trabajar en pos de la
innovación social. Esta técnica no es en sí una
novedad ya que hasta los niños desde los primeros
momentos de la vida naturalmente se inclinan a la
creación de mundos fantásticos, pero el logro de
esta disciplina es la profesionalización de la técnica
y su lugar como especialidad que puede alcanzar al
conseguir un impacto social real.
Los tres pilares en los que se basa el
worldbuilding propuesto por McDowell son:

Pensar el futuro, imaginarlo, predecirlo, diseñarlo,
no son sólo abstracciones, sino que requieren
de habilidades más complejas, herramientas y
metodologías específicas que permitan visibilizar
las ideas para ponerlas en el mundo. Por eso
la ficción es una poderosa herramienta para la
innovación social, ya que nos permite vislumbrar
el futuro y las consecuencias potenciales del
desarrollo, aún siendo pura ficción.
Una forma de comprender verdaderamente los
costos humanos de las políticas y las construcciones
culturales es escuchar e intercambiar historias. Las
historias se han propuesto como una forma de
alejarse de los escenarios de "llanura" desarrollados
utilizando el enfoque de "ejes de incertidumbre"
y crear una perspectiva más rica y profunda del
futuro (Schultz, Crews y Lum, 2012).
A su vez la narración digital se ha identificado
como una forma para que los jóvenes construyan
sus identidades y vuelvan a imaginar su futuro
(Murakami, 2008).
Quién es Alex McDowell, evolución de su
metodología
Alex McDowell es un reconocido diseñador
y creativo inglés, radicado en Hollywood con
una larga trayectoria de trabajo para la industria
cinematográfica y para el mundo del diseño
experimental.
Entre sus principales obras en las que se
desempeñó como Diseñador de Producción se
encuentran las películas El Club de la Pelea (1999)
Minority Report (2002), Superman (2013), Charlie
y la Fábrica de Chocolate (2005), La Terminal
(2004), entre otros grandes éxitos. McDowell
creó su propio “World Building Institute” (http://
worldbuilding.institute/), integrado por una red de
más de un centenar de profesionales y académicos
quienes cooperan con los proyectos que responden
al paradigma del proceso de creación de mundos
para la innovación social, para así lograr que
la ficción genere un impacto positivo en la
construcción de la realidad, aunque los mundos que
veamos en pantalla sean distópicos, apocalípticos
y disruptivos.
Esto nos lleva a entender la idea de que “el
arte nos ayuda a comprender la realidad, no a
cambiarla” (Thevenet, 2007). De acuerdo al
modelo de McDowell, el diseño del mundo
11

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

1- La narración de historias es el sistema más
poderoso para el avance de la capacidad humana.
El diseño de un mundo es anterior al relato de una
historia.
2- El mundo se concibe como el contenedor
de narrativas: las historias surgen lógica y
orgánicamente desde su núcleo.
3- La construcción de mundos estimula las
tecnologías emergentes y hace que la imaginación
tome forma en una existencia real.
El proceso de construcción de mundos
comienza con una provocación: ¿qué tal si? ¿por
qué no? Establece el contexto del mundo: dónde
y cuándo estamos.
Recolecta información: cómo entendemos
las ecologías del mundo, en escala y de manera
holística. Deja que el conocimiento establezca las
reglas, deja que las reglas provoquen las primeras
historias. Propaga las historias a través del
mundo, cada historia testea el mundo y lo hace
más fuerte. Construye los personajes que habitan
estas historias y se muestra cómo funciona el
mundo. Traduce el lenguaje del mundo a través
de las historias que se van contando.

La matriz donde se recopila la información
contextual del mundo es una Mandala. Esta forma
responde al orden del mundo que se va creando ya
que está definido por una jerarquía en escala. Las
seis dimensiones de la Mandala corresponden a
diferentes variables: Recursos, Cultura, Governanza,
Ecología, Economía e Infraestructura. Durante la
fase de investigación se distribuye el conocimiento
de macro a micro en sus seis secciones, detallando
específicamente las particularidades de cada escala.
Esta figura permite tener una visión total
del conjunto de sistemas y subsistemas que se
van interconectando en la medida en la que la
investigación se va profundizando en cada uno de
sus aspectos. Así el mundo evoluciona de manera
integral y orgánica.
Como parte del proceso, además de crear una
mandala para la totaldiad del mundo, se crea una
mandala por personaje. Así cada escala del mundo
puede verse a través de múltiples lentes que evidencian
los diferentes puntos de vista que se cruzan y generan
las historias que mueven el mundo.

Figura 1. Las seis etapas en la metodología de Alex McDowell (2021)

12

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Figura 2. Las mandalas antes y después de ser utilizadas siguiendo la metodología de Alex McDowell (2021)

La génesis del proyecto Junk

su vez reflexionar sobre las consideraciones éticas
implicadas. La consigna de Junk permite repensar
la actualidad a partir del desarrollo de un mundo en
el futuro que permite concientizar a los participantes
sobre la realidad actual de nuestro mundo (von
Stackelberg &amp; McDowell, 2015).
La oportunidad de participar en la creación de
un mundo compartido implica la confluencia de
miradas diversas y la incumbencia de una gran
variedad de disciplinas y áreas de especialización.
Cada participante tiene un conocimiento único del
espacio que desarrolla, pero el mundo “Junk” existe
como parte de una red compleja de interconexiones
y de información de otras personas, lugares,
conocimientos y narrativas, que se expande a lo
largo del tiempo y a lo ancho del espacio.
La construcción del mundo supone además
el entrenamiento en un proceso y método de
creación transdisciplinario, evolutivo, holístico
y colaborativo. Lo que sucede en cada punto del
mapa del mundo tiene un efecto de impacto en su
conjunto por eso es necesaria una articulación. Los
estudiantes deben estar preparados para co-crear
los escenarios o “secciones” que lo componen, y
que evolucionarán en función de su compromiso
e interacción. Los profesores y colaboradores
los acompañan generando las condiciones
necesarias para que se “involucren” en el proceso
de construcción del mundo y “participen” de la
experiencia significativa de aprendizaje.

El mencionado diseñador de producción
hollywoodense, Alex McDowell, invitó a un grupo
de profesores y estudiantes de la Universidad
Austral a sumarse al desafío de construir un mundo.
La premisa básica fue: “JUNK” es un mundo ficticio
del futuro lejano donde la humanidad está colapsada
y cubierta de basura.
El tema propuesto, de relevancia e interés social,
despertó su interés de inmediato ya que las estadísticas
actuales sobre la basura en la actualidad son sin lugar
a duda alarmantes: Naciones Unidas (n.d.) estima que
cada año se recolecta 11.200 millones de toneladas
de basura sólida por año. El escenario se agrava dado
que sólo se ha reciclado el 9% de todo el plástico del
mundo que se ha producido a lo largo de la historia.
El desarrollo de este escenario futuro concreto
para co-crear un mundo abierto y holístico, utilizando
la metodología Worldbuilding -anterioremente
descripta- fue despertando cada vez más el interés
para llevarlo a la práctica por otros profesores y
alumnos distribuidos alrededor del mundo. Por
eso es que el proyecto Junk originó la posibilidad
de crear una coalición global de “worldbuilders”,
llamado “Consorcio Junk”, mostrando así la
diversidad de los participantes universitarios y
reuniéndolos en un mismo espacio conceptual
para provocar la emergencia de nuevas narrativas,
de nuevas maneras de ver el mundo actual para a
13

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Elección de las Herramientas para el trabajo
colaborativo internacional

Los equipos necesariamente deben ser
interdisciplinarios ya que la metodología combina
el diseño, la tecnología y el storytelling a partir de la
utilización de mandalas para desarrollar el proceso
creativo (Cechanowicz &amp; McDowell, 2016).
En la actualidad, en el consorcio Junk
existen quince Universidades que ya aplicaron
la metodología Junk y se proyecta llegar a
sumar cincuenta más dentro de los próximos
dos años. Mientras tanto las universidades
van finalizando sus procesos creativos y los
resultados se van archivando en un reservorio
común que será parte del Museo Digital Junk;
el “archipiélago” que unirá cada una de las
“islas”, desarrolladas por cada universidad
miembro del Consorcio. Es la primera vez que
se hace un proyecto siguiendo esta metodología
con una cantidad tan grande de participantes.
Hasta ahora los esfuerzos estuvieron puestos
en que cada Universidad pueda desarrollar su
propia experiencia de la propuesta de Junk a partir
de una aplicación del manual de Worldbuilding
creado también por el mismo Alex McDowell, con
la constante retroalimentación de los profesores
de las Universidades del Consorcio.

Durante las reuniones con el Consorcio Global
de Universidades que participan del proyecto se
eligieron dos herramientas para mantener una
comunicación activa entre profesores y alumnos
de todo el mundo: Discord y Miró.
Discord fue un desafío para los profesores, no
tanto para los alumnos. Se crearon dos servidores:
Junk Faculty y Junk Students. En el primero sólo
estaban los profesores del Consorcio coordinando
reuniones y compartiendo ideas. En el segundo
estaban alumnos y profesores. Había canales
de diálogo abierto para todas las universidades.
Además se crearon canales privados para que
cada universidad pudiera discutir sus ideas y
compartir información relevante.
Alex McDowell propuso que en una primera
etapa que no se crucen ideas entre las distintas
universidades para que cada grupo genere las
suyas vinculadas a los territorios que eligieron.
Discord fue el lugar para el diálogo y la
recolección de ideas y luego Miró fue el espacio
para trabajarlas, el arenero en donde cada

Figura 3. Universidades integrantes del Consorcio Internacional “Junk” (2021)

14

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

universidad creó su esquina del mundo. Miró
fue una herramienta muy versátil para ubicar el
mandala de Alex McDowell en el centro, llenarlo
de fotos, post its, comentarios, videos, etc. En un
mundo afectado por el COVID, Miró fue la mesa
digital donde cada uno pudo combinar las ideas
de cada encuentro.

nuestra humanidad en este rincón del planeta.
“¿Qué pasaría sí... viviéramos en un mundo lleno
de basura sobre las Cataratas del Iguazú en la
provincia de Misiones Argentina?”; ¿por qué los
sobrevivientes de este mundo se trasladaron a
ese lugar?”; “¿por qué no... repensamos la forma
en la cual estamos viviendo hoy que nos llevó a
este punto?” y la afirmación “y no solamente…"
multiplica las respuestas a éstas y a otra cantidad
de preguntas que van surgiendo en el proceso.
Por ejemplo: un auto hoy es un medio de
transporte, ¿para qué podría ser funcional en un
mundo cubierto de basura donde no existen los
biocombustibles? Estas y otras muchas, fueron
conversaciones de rutina en cada clase.

Mundo Junk Universidad Austral, la
provocación
Como se mencionó en el comienzo, la
provocación inicial propuesta por McDowell fue
imaginarse viviendo en un mundo cubierto de
basura, 300 años en el futuro. Esa provocación
obligó a pensar cómo es la relación con la basura
hoy, qué es la basura para cada uno, cómo era en
el pasado y cómo sería en el futuro. Cada profesor
que participó del proceso de dictar el curso de
Worldbuilding con la provocación Junk tuvo que
adaptar el manual de Alex McDowell a su propios
tiempos de dictado de clase y al estilo propio de la
carrera en la que se dictaba el curso.
En el caso de la Universidad Austral el curso
fue dictado por la Facultad de Comunicación
que incluye las carreras Comunicación Social
y Diseño. Se creó una materia electiva:
“Worldbuilding para la innovación social”. Se
estableció una duración de catorce encuentros
sincrónicos dictados por zoom con la ayuda
de cuatro profesores: Teresa Bosch, Ignacio
Trossero, Florencia Aguilar y Azul kavulakian.
A la materia electiva se anotaron un total de
doce alumnos. La mayoría de los alumnos eran
de la carrera Diseño y el resto eran graduados en
carreras de Comunicación, Dirección de cine y
estudiantes del Máster en Gestión de Contenidos.
Cada uno con sus propias ideas, energías y formas
de ver el mundo.
El paso siguiente fue pensar en la palabra
Junk (chatarra, basura, desperdicio) y hacer
preguntas que provocaran nuevas ideas. ¿Cómo
esa provocación se vincula a nuestro contexto,
a nuestro territorio en el presente y en un futuro
plausible? ¿De qué manera debemos trabajar
con nuestros alumnos para elegir un territorio
de nuestro país donde cobre sentido y resulte
interesante desarrollar esa provocación? ¿Qué
llevó a la humanidad a vivir en esas condiciones
tan deterioradas?
A través de las frases y preguntas disparadoras
de la metodología repensamos el futuro de

Experiencia Austral, semana a semana
Los catorce encuentros fueron principalmente de
diálogo creativo y colaborativo. Cada encuentro
duraba una hora y media aproximadamente. El
grupo fue siguiendo semana a semana cada una
de las fases de Contexto, Research, Narrativas,
Prototipado, Desarrollo y Resultados (Ref. figura
1.). Los profesores tuvieron el rol de motivar y
provocar la discusión utilizando como referencia
la mandala de Alex McDowell para hacer
preguntas sobre cuáles son las reglas globales,
las reglas nacionales, las reglas de la provincia
o distrito y finalmente cuáles son las reglas de la
esquina del mundo elegida. Cada alumno aportó
al diálogo y cada parte de la discusión aumentaba
la divergencia y las ideas se fueron fortaleciendo.
En la primera etapa se definió el contexto
temporal y espacial. Se votó el mejor lugar para crear
el mundo: Las Cataratas del Iguazú. Consideraron
interesante ver cómo una de las Maravillas del
Mundo podría ser afectada por un desastre ecológico
provocado por la humanidad. El paso siguiente fue
crear las reglas y la historia de cómo se llegó a un
mundo cubierto por basura y cómo los humanos
sobrevivieron en ese entorno hostil.
Si bien puede parecer fácil imaginar el futuro
algunos años más adelante, proyectarlo a 300
años sin duda no lo es. La metodología de Alex
McDowell originalmente proponía pensar el
futuro entre 25 y 50 años hacia adelante, en una
sana tensión de tiempo distante del presente pero
no tan lejano, lo que permite pensar el futuro
y obtener nuevas ideas que tengan coherencia
con el presente. Sin embargo la propuesta de
proyectar a 300 años en el futuro lo obligó a
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repensar la metodología y tomar en consideración
nuevas variables. Una frase muy común en el aula
ante una idea disruptiva era: “bueno, quizás en
300 años pueda pasar”. ¿Con qué argumentos
podría uno discutir esa frase a un alumno?
Brotaron muchas ideas pero esas ideas debían ser
investigadas y contrastadas con expertos y con
datos de nuestra realidad presente. Para ello la
mandala fue la herramienta ideal para poder unir
esas ideas y testearlas.
Se llegó al consenso de que una de las causas
principales de que el mundo estuviera cubierto
de basura fue que la humanidad no cumplió con
ninguno de los objetivos sostenibles de la ONU
propuestos para el año 2030. A eso se le sumó
un creciente aumento de la población global,
aumento de la basura y cada vez menos lugar
donde depositarla y que eso llevó a conflictos
internacionales. Los alumnos frescos en una
primera etapa estaban maravillados con la
idea de que eso llevase a guerras nucleares y la
investigación fue en esa dirección. Si bien una
guerra nuclear es algo que podría llegar a suceder
se tuvo que repensar ya que si se llegara a ese
tipo de conflictos la posibilidad de supervivencia
de la humanidad es casi nula. Eso los obligó a
repensar otras opciones y entre ellas la idea
muy común propia de las películas de la ciencia
ficción, “¿qué pasaría si un consorcio global crea
una inteligencia artificial que regule y solucione
el problema del exceso de basura?”
En la segunda etapa, Research, cada alumno
tuvo que investigar sobre el impacto de la basura en
el medio ambiente, investigar sobre las condiciones
del territorio de las Cataratas del Iguazú, cómo
diseñar y construir casas con material reutilizado
como ruedas y botellas de plástico, y además
tuvieron que investigar sobre la inteligencia
artificial ¿cuál es el estado de la cuestión actual
y cómo sus resultados podrían afectar a nuestras
vidas en el futuro? Sin lugar a dudas, la metodología
Worldbuilding permite que los alumnos amplíen
los horizontes de las disciplinas que estudian para
utilizarlas en el desarrollo de un mundo coherente
a través de la investigación.
Los profesores invitaron a las clases a expertos
en distintas áreas para provocar nuevas ideas.
La primera fue Camila Cabanes, una experta en
turismo en las Cataras del Iguazú. La mayoría de
los alumnos nunca habían visitado ese territorio.
Camila fue una provocadora de muchas ideas
que emergieron de la riqueza del territorio, su

flora y su fauna, sus países limítrofes, su cultura
y su historia. El segundo invitado fue Martín
Espósito, un experto en construcción de escuelas
sostenibles con materiales reciclados. Martín fue
clave a la hora de testimoniar sobre lo importante
que es darle visibilidad a esos proyectos: “se
puede construir una escuela arquitectónicamente
bien hecha y visualmente atractiva con
materiales reciclables”, afirmó durante su clase.
El tercer invitado, Ignacio Berdiñas, Ingeniero
Informático y profesor de la Universidad, fue
respondiendo preguntas vinculadas al impacto
de la inteligencia artificial hoy y las predicciones
sobre el futuro de la inteligencia artificial si se usa
de manera descuidada. Propuso ideas vinculadas
al sesgo cultural del uso de la inteligencia artificial
vinculada al reconocimiento facial y estaba de
acuerdo con la idea de cómo podía una máquina
resolver un problema en menos pasos, sin medir las
consecuencias de obtener los resultados buscados.
En la tercera etapa, Narrativa, los alumnos
estudiaron el tema de la inteligencia artificial
llegando a una idea que se definió por consenso:
“una máquina busca solucionar un problema en
la menor cantidad de pasos posibles”. Sobre esa
nueva premisa los alumnos crearon una narrativa
en que las máquinas en su afán de regular la
cantidad de basura decidieron atacar a la fuente
de la basura: la humanidad.
Las máquinas comenzaron a controlar la
natalidad y a dividir a la población en castas,
niveles y escalas. Hubo humanos que se adaptaron
más rápido a las reglas de las máquinas pero
otros no quisieron convivir con esas reglas y se
autoexcluyeron para vivir lejos de las máquinas. El
problema de vivir lejos de las URBES creadas por
las máquinas unidas a los humanos es que el único
terreno vivible era el más sucio y contaminado.
Uno de esos terrenos eran las Cataratas del
Iguazú. En ese territorio se creó “La Resistencia”,
un grupo de humanos que decidieron no convivir
bajo las reglas de la inteligencia artificial y
buscaron una vida conectada con la naturaleza
y que quería sobrevivir tratando de proteger
aquello que ellos mismos habían destruido con
sus propias acciones. Esta comunidad que vive en
el territorio de la Resistencia recreó sus propias
formas de vivir, alimentarse, vestirse, educarse en
un entorno que no los desea.

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Figura 4. Mapa general del mundo “Junk”

Fuente: Alumnos de la Univerisdad Austral (2021)

Sobre esa base histórica los alumnos debían
pensar las reglas generales y particulares del
mundo de la Resistencia. Cada encuentro
generaba nuevas ideas y diálogos sobre ellas.
El siguiente paso fue Prototipar y visualizar
cómo es ese mundo a través de imágenes,
sonidos y objetos. Los alumnos debieron crear
moodboards ilustrando cómo era vivir en el
futuro lleno de basura para ellos, luego crear
personajes y sus historias de cómo llegaron
a vivir en el territorio, pensaron cómo era un
día normal en sus vidas. En los moodboards se
veía cómo era la flora y la fauna, propusieron
formas de gobierno diferentes a las actuales y
formas de intercambio económico diferente,
discutieron la cultura, la moda y la educación en
un entorno complejo para vivir. Cada trabajo fue
una oportunidad para ver prototipos del mundo
lo cual llevaba a una iteración constante y esto
fue aumentando progresiva y ágilmente la calidad
del mundo. Cada trabajo y diálogo se convirtió en
un testeo, en una provocación del mundo que se
estaba creando grupalmente.
Estas ideas debían seguir la mandala como
un norte que le daba coherencia al mundo. Los
doce alumnos trabajaron en tres grupos y cada
grupo trabajó dos secciones de la mandala. Cada

uno fue plasmando ideas en cada sección y en
cada encuentro el objetivo era testear las ideas
de manera holística. Si un alumno proponía una
idea sobre la cultura del futuro que era totalmente
incompatible con la forma de gobierno, o la
ecología y los recursos había dos caminos
posibles, rechazar la idea o adaptar las otras ideas
a la idea nueva.
Luego de doce encuentros, finalmente se llegó
al centro de la mandala en el que luego de haber
creado el sistema y las reglas del mundo a través
de las seis dimensiones, los doce personajes
fueron emergiendo. Cobraron forma a través de
ejercicios donde cada alumno los fue perfilando,
pensando en los objetos que utilizaba su personaje
cada día, su forma de ver el mundo y las historias
en ese territorio surgieron de la interrelación entre
ellos. Los alumnos mencionaron el natural afecto
que habían desarrollado por sus personajes y los
de sus compañeros. Sabían cómo pensaban, sus
historias pasadas, sus objetos preciados, dónde y
cómo vivían, qué comían, de qué trabajaban en el
futuro, sus conflictos y preocupaciones y quiénes
eran sus amigos y sus posibles enemigos.
El manual sugería que se profundizara en
estas relaciones entre los personajes, el territorio
y los objetos. Entonces se llegó a las últimas fases

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del proceso creativo: Development y Outputs.
Los alumnos crearon un mapa en Google Earth
donde podían ver dónde vivía exactamente cada
personaje. Y además crearon una enciclopedia
en la podía leerse quién era quién, dónde vivía
y cuáles eran los objetos del mundo. El mapa
y la enciclopedia certificaron y solidificaron el
mundo. Pero faltaba algo más, la historia que unía
todas las historias del mundo.
En catorce encuentros los profesores crearon el
entorno para discutir las ideas y ponerlas en común,
marcando también el tiempo para poder realizar el
trabajo con éxito en tiempo y forma. Los alumnos
pudieron explorar su forma de ver los problemas
de un mundo diferente y visualizarlo acorde a
sus gustos e intereses. Algunos alumnos hicieron
videos; una alumna realizó una casa impresa en
3D; otra un podcast sobre cómo es vivir en ese
territorio; también escribieron y cantaron canciones;
diseñaron ropa con material reciclado; crearon
diarios de bitácora con elementos reciclados y hasta
escribieron una sentencia de una jueza del futuro.
En la última fase crearon en conjunto el
Output final que presentaron a Alex McDowell
y a los profesores de la materia. Tomaron el
mapa, la enciclopedia, los objetos, las reglas y
los personajes y los unieron en un video de 45
minutos. El video comienza como un instructivo
para un habitante humano de la URBE que
convive con las reglas de las máquinas. Se narra
la historia de cómo los seres humanos fueron los
causantes de su propia destrucción contaminando
el mundo y que dieron el poder al sistema
“Sócrates”, una inteligencia artificial que reguló
y salvó a la humanidad. Critican con dureza a los
seres humanos y en especial aquellos que viven
en la resistencia en las Cataratas del Iguazú. Ese
video institucional es hackeado por una habitante
de la Resistencia y cuenta su propia versión de lo
sucedido para que el habitante de la URBE tenga
otra mirada de cómo se vive allí. El personaje se
llama Itatí e invita a recorrer el territorio y que
se conozca a cada uno de los habitantes y su
estilo de vida. Visualizaron sus ideas a través de
distintos soportes aplicando sus conocimientos
de diseño y storytelling, crearon mapas,
ilustraciones, personajes, conflictos e historias
interesantes. Todos crearon el mundo, entraron en
él, lo corrigieron, lo comunicaron y eso los ayudó
a pensar su propio presente y preguntarse “¿qué
podemos hacer para evitar llegar a ese futuro y
qué podemos hacer hoy mismo?”

Cada universidad desarrolló sus propias reglas,
objetos y personajes que brotaron orgánicamente
de sus mundos, y lo mismo sucedió con sus
entregables finales. Así como en Argentina se
elaboró un video final, en México, los alumnos
de la Universidad Autónoma de Nueva León
desarrollaron un extenso documento con su mundo
narrado y reflejado en imágenes con una gran
enciclopedia del mundo del futuro de la ciudad de
Monterrey en el año 2300. En Uruguay crearon
un comic, grabaron un podcast y redactaron
una enciclopedia. Tanto en la Universidad
Lincoln de Nebraska como en la University of
Southern California de Los Ángeles filmaron
cortos, hicieron música que mezclaba sonidos de
Kanye West con elementos del futuro en el que
vivían, otros crearon casas con programas de
animación 3D o experiencias de Realidad Virtual.
Worldbuilding es una herramienta flexible y
adaptable, uno puede ir verticalmente hacia el
detalle del mundo pero también puede vincular
ese detalle horizontalmente a todo el sistema del
mundo que le da coherencia a ese detalle.
Mundo Junk - “LA RESISTENCIA”
Los Outcomes o elementos fundamentales a través
de los cuales se puede comprender el mundo
creado por alumnos y profesores de la Universidad
Austral son:
1. Mapas
2. Personajes
3. Objetos de la vida cotidiana de los personajes
4. Enciclopedia
5. Prototipos confeccionados por los mismos
alumnos
1. El territorio Junk Austral en Google Earth
A modo de tangibilizar y ordenar el mundo que los
alumnos creaban colaborativamente, decidieron
visualizarlo en Google Earth, donde incluyeron: la
zona de La Resistencia, los clusters de comunidades
(tecnológicos, analógicos y neutros), los hogares de
los personajes, sus caminos diarios, las ubicaciones
importantes.

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Figura 5. Mapa del mundo “Junk” y sus personajes

Fuente: Alumnos de la Univerisdad Austral (2021)

2. Los personajes creados por los alumnos

Figura 6. Ilustraciones de los personajes Alba y Aquila

Los diversos habitantes de La Resistencia creados
por los alumnos de Junk Austral responden a
necesidades concretas del territorio. Cada uno es
único y juega un rol especial en el ecosistema de
La Resistencia. Los personajes son:
Alba
Es una bio-arquitecta autodidacta de 92 años. Se
dedica a la construcción de hogares para los recién
llegados a la Resistencia con recursos naturales
y tecnologías no dañinas, utiliza principios de la
impresión 3D para llevar a cabo sus proyectos.
Quiere contribuir a la libertad y el desarrollo
personal de cada miembro de la Resistencia
mediante los espacios que crea.

Fuente: Lucila Frugoli y Milena Briones, alumnas de la
Universidad Austral (2021)

Ayvú
Es la kuña karai, la encargada de decir la palabra
que es la ley entre los habitantes de Iguazú. Desde
la Torre de la Equidad, resuelve los conflictos que
se generan entre los ciudadanos y también con los
invasores. Es una mujer de carácter muy fuerte
pero también de un enorme corazón.

Aquila
Nativo de La Resistencia, detesta la tecnología.
Sus enormes orejas todo lo oyen. La larga barba
blanca esconde sus labios, siempre sellados,
no se escapa ni una palabra incorrecta. Como
antropólogo, pasa sus días investigando cómo
podemos volver al mundo de antes. Fruto de
sus investigaciones, aprendió a crear remedios
naturales con flora para la comunidad.

Bernal
Nació y se crio en la Urbe. Sus padres huyeron a La
Resistencia, pero no lo pudieron llevar. Al querer
ingresar a un trabajo en la Urbe, se vio obligado

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Terra
Terra Guarez es una mujer de 23 años, apasionada
de la naturaleza. Ella se dedica a ser Tecnotánica,
la responsable del cuidado de la flora de toda La
Resistencia, tanto de los espacios públicos como
de los privados. Realiza la mitad de su trabajo en el
Arbotecnum y la otra mitad recorriendo el territorio.
Vive afuera del Arbotecnum, cerca Del Río Iguazú.

a visitar La Resistencia por un mes. Al llegar,
decide encontrar la verdad por medio de su propia
experiencia. Bernal fue a La Resistencia para hacer
un cambio en la percepción de las personas.
Caléndula
Es una joven de 23 años apasionada por la
naturaleza y la vegetación. Se dedica a la Botánica
y a su pequeña huerta, y con la ayuda de su gran
amigo de 94 años, Aquila, crea recetas medicinales
a partir de hierbas. Vive dentro de la Resistencia,
en la zona análoga, Frente al Río Iguazú.

Yateí
Descendiente de los primeros habitantes de La
Resistencia que construyeron la Gran Barrera de
Basura. Yateí es un biólogo y apicultor, con ojos
color miel irónicamente. Es experto en la flora
endémica de Iguazú, y un curioso restaurador de
objetos dañados.

Carel
Es un Recolector de 24 años que reside en la
Resistencia hace ya 3 años. Vive cerca de la Casa
Central y posee un brazo robótico que le permite ser
el mejor en su trabajo, pero le genera dificultades
para relacionarse con aquellos que son más
escépticos sobre los provenientes de la Urbe. Su
pasión reside en la búsqueda de soluciones con la
tecnología y la basura para ayudar a su comunidad.

Zigor
Vive en la Resistencia junto a su familia siguiendo
el legado de su abuelo, uno de los fundadores de La
Resistencia, que se opone a cualquier tecnología. Es
tutor de los que vienen de la ciudad, enseña su estilo
de vida. Vive en medio de la selva entre los árboles
ya que le encanta la naturaleza. Es muy religioso y
ve a Dios como su guía de ayuda cada día.

Itatí
Nacida hace 25 años como la cuarta generación
en La Resistencia. Se prepara para ser la próxima
Chamana asistiendo a la actual, su abuela.
Descendiente de una mezcla de muchos orígenes
y etnias distintas. Vive en la zona analógica de La
Resistencia con su abuela. Es curiosa e inquieta.
De estatura media, pelo y ojos negros, de una
belleza casi objetiva.

Figura 7. Ilustraciones de los personajes, Caléndula,
Carel, Megan y Rida

Megan
Nació y se crio en la Urbe, pero pierde a sus padres
y se queda huérfana. Ella se va a la naturaleza,
en la zona de personas con tecnología donde
construye desde cero su casa del árbol. Es una
investigadora. Le encanta estar en la naturaleza,
la relaja y potencia en todos sus proyectos.

Fuente: Sophie Bourel, Juan Ferrari, Victoria Estevez
Junco y Clara López Fagiano, alumnos de la Universidad
Austral (2021)

Rida
Rida Curtelli es una joven adulta que estuvo toda
la vida sumergida en la cotidianidad de la Urbe,
hasta que decidió dejar de ignorar su incomodidad
y enfrentar la realidad. Con valentía, Rida
reflexiona y elige abrir los ojos, para reconocer
que estaba siendo parte de un movimiento
manipulador del gobierno para reclutar gente.
Desde ese momento comienza una doble vida para
ayudar como infiltrada a La Resistencia, mientras
comienza su proceso de desintoxicación.

3. Los objetos de la vida diaria de los
personajes creados por los alumnos
El Zenzi de Alba
Sirve como accesorio para sujetar el cabello, pero
representa mucho más que eso. Responde al lema
de vida de Alba, “cada amanecer es una nueva
oportunidad”. Está tallado en madera Soita, local
de Iguazú.
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El Lehti y el mortero de Aquila
Un cuaderno hecho de materiales reciclados.
Sirve para anotar observaciones, descubrimientos,
dudas e hipótesis acerca de los objetos naturales
y no naturales que se encuentran el Iguazú. El
Mortero de piedra de río, usado para pisar hierbas,
flores y plantas secas con un fin medicinal.

Los anteojos especiales y el celular de Megan
El lente izquierdo escanea y muestra la información
del material o desecho, mostrando lo que era antes.
Con el lente derecho se detecta si la naturaleza fue
o no afectada por la inteligencia artificial.
El celular es un artefacto antiguo de colección
pero que aún funciona con carga de luz solar.

Bastón del Equilibrio y el Libro de los
Preceptos Justos de Ayvú
Es el símbolo de la equidad y la justicia. Ayvú lo
sostiene al pronunciar la palabra en lo alto de la Torre
de la Equidad. Es el libro donde Ayvú registra los
principios que surgen de las sentencias que dicta y
que sientan precedente para los habitantes de Iguazú.

La moneda antigua de Rida
Amuleto que guía y motiva a Rida a indagar en
lo que no conoce, e incentiva su curiosidad para
salir de su zona de confort y averiguar qué sucede
verdaderamente fuera de la Urbe.
El Brase, las Veras y el amuleto Lagoralina de
Terra
Este brazalete que tiene un compartimento con
forma de semilla distingue la profesión y el área
de aporte de los tecnotánicos a la población.
También, guarda semillas de repuesto.
Son anteojos que protegen la visión de los
rayos ultravioletas.
Este collar contiene una piedra de río energética
en el centro. Cada vez que hay Luna llena, la
piedra se debe sacar, dejar toda la noche expuesta
a la luz de la Luna para que pueda recargar sus
energías. Las piedras se van encontrando a lo
largo de la vida y cada persona las elige cuando
siente una gran conexión con ellas.

La capemochila de Bernal
Es una mochila que se puede transformar en
abrigo. Cumple la función de abrigar al mismo
tiempo que la de transportar cosas.
El collar Insignia de Caléndula
Indica la profesión de quien lo lleve. Al ser un
collar con un cristal indica que es un tutor de
los que vienen de la ciudad, también muestra el
camino de purificación y desintoxicación que se
le hace a los que vienen de la ciudad. El árbol
indica que se dedica a cuidar la naturaleza.
El gancho recolector y la mascarilla de Carel
Lanza con gancho tipo arpón con empuñadura de
madera. Son hechos a mano en la resistencia y
se usan para recolectar la basura acumulada en
las represas del Río Iguazú. Son otorgados a los
recolectores su primer día de trabajo.
Máscaras hechas a mano a partir de plásticos
recolectados, se usan para cubrir la boca y nariz
de los recolectores en caso de estar en contacto
con gases o líquidos tóxicos.

Figura 8. Referencias de los objetos de los personajes
creados por los alumnos. 1. Chaqueta de Itatí. Prenda
confeccionada por Constanza Barattini D. 2. Gancho de
Carel (Juan Ferrari) 3. Campemochila de Bernal (Belén
Castro Correa). 4. Bastón de Ayvú (Ezequiel Inzaghi) 5.
Zenzi de Alba (Lucila Frugoli). 6. Collar de Citronella
de Itatí (Constanza Barattini D.) 7. Anteojos de Megan
(Victoria Estevez Junco). 8. Mortero de Aquila (Melina
Briones). 9. El amuleto Lagoralina de Terra (Clara
López Fagiano). 10. Bitácora de Lethi (Milena Briones).

La chaqueta de trabajo y el Collar de
Citronella de Itatí
Construcción simple hecha a partir de cuadrados
y rectángulos de tela. Similar a los Kimonos o
Ponchos con mangas. Es accesible, cómodo y
fácil de hacer. Suelen emparcharse y bordarse
para permitir su perdurabilidad en el tiempo.
Collar compuesto generalmente por una
pequeña vasija antigua y un hilo resistente de
cuero. Se rellena con aceite de citronela para aliviar
los malos olores del ambiente con una fragancia
atractiva y relajante y ahuyentar a los mosquitos.

Fuente: Alumnos de la Universidad Austral (2021)

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4. La Enciclopedia

poseer cualidades arcillosas, es extremadamente
maleable cuando está húmeda, pero mantiene
su forma al secarse. Sin embargo, cuando está
seca, es muy frágil. Debido a eso, Alba utiliza las
cascarillas de arroz como un aditivo estructurante,
y las cenizas de cascarillas de arroz como un
aditivo resistente. La tierra roja une y da cuerpo
a todos los elementos. Por último, para que las
lluvias frecuentes y tropicales de Misiones no
derriben los hogares, se utiliza el aceite de lino
como impermeabilizante.
Al momento de construir los hogares, primero,
se debe nivelar e impermeabilizar el terreno, para
que la humedad del suelo no permee dentro de la
estructura del hogar. En segundo término, se debe
armar la estructura con la que se construirá el
hogar. Esta consiste en las tres partes, que pueden

Este es el archivo fundamental del mundo de La
Resistencia. Alberga los conocimientos generados
sobre el mundo, su historia, las secciones de la
mandala de Alex McDowell (Recursos, Gobierno,
Ecología, Economía, Infraestructura, y Cultura)
aplicadas a La Resistencia, descripciones de cada
personaje, sus profesiones, sus objetos, y las
ubicaciones o construcciones de gran importancia
en el mundo.
5. Alba y su prototipo
Alba, la bio-arquitecta de 92 años, la dulce anciana, es
un gran ejemplo de la metodología de Worldbuilding
para la Innovación Social.
Su historia comienza en la Urbe, el centro
tecnológico y opresivo más grande de Misiones,
ubicado en su capital, Posadas. Allí, ella se
dedicaba al diseño y la investigación de materiales
para la impresión 3D de los robots que gobernaban
y controlaban la Urbe. Ella dedicó toda su vida y
sus esfuerzos a avanzar las tecnologías de la gran
ciudad, pues ayudaban a mantener el orden en
un mundo tan caótico. Luego de vivenciar cómo
sus propias creaciones oprimían a los ciudadanos
de la ciudad por la que tanto ha dado, decidió
irse y llevar lo más importante para ella a La
Resistencia, sus conocimientos, en busca de un
nuevo hogar.
Después de un largo camino, al llegar nota
que no tenía un hogar. No tenía un espacio
propio donde pudiera sentirse cómoda y segura.
Entonces, lo construyó. Pasó los siguientes años
en La Resistencia experimentando con materiales
naturales y abundantes cómo construir hogares
rápidamente con técnicas de impresión 3D, para
que aquellos recién llegados siempre tengan un
lugar donde pertenecer.
La metodología de Alba sólo utiliza cuatro
materiales autóctonos de Iguazú:
- La tierra roja arcillosa
- Las cascarillas del arroz cultivado in situ
- Las cenizas de cascarillas de arroz
- Aceite de lino
Utilizar solamente materiales naturales fue una
decisión consciente, dado que la catástrofe de
basura fue causada por la producción excesiva
con materiales (casi) inmortales. Cada elemento
juega un rol fundamental en la construcción de
este tipo de hogares. La tierra roja de Misiones, al

ser observadas en las imágenes de la figura 9.
Figura 9. Estructura de la casa ilustrada por Lucila Frugoli:
Un eje central que sostiene la mezcla de tierra roja,
cascarillas, y cenizas de cascarillas. Al eje central se acoplan
dos ejes más, uno con orientación horizontal, que se estira
desde el eje central hacia afuera (éste dicta el diámetro
del hogar); y otro con orientación vertical, que sostiene el
horizontal y está en contacto con el suelo. Al poseer ruedas
en la base, permite crear estructuras circulares. Sobre el eje
horizontal mencionado recientemente, se apoya la boquilla
de la cual saldrá la mezcla. Está se puede mover sobre el eje
X, sobre el eje horizontal mencionado, y sobre el eje Y, ya
que se estira hacia abajo y se comprime hacia arriba. Esto
permite que la estructura tenga altura y crezca hacia arriba.
Una vez que se ha armado la estructura de construcción, se
pueden comenzar a imprimir las capas. Es imperativo que
se imprima una por día (o más si se disfruta del Sol tropical
de verano), de manera tal que esta pueda secarse y soportar
el peso de la siguiente capa sin deformarse. Los marcos
de las puertas o ventanas son añadidos a medida que se
imprimen las capas. Cuando el domo ha sido completado,
se debe impermeabilizar con tres capas de aceite de lino
caliente, como cantidad mínima. Una vez recubierto, la
casa está lista para ser habitada.

Fuente: Lucila Frugoli, alumna de la Universidad
Austral (2021)

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preguntas disparadoras para repensar el mundo
actual y algunos estudiantes pudieron cuestionarse:
“¿Qué tomo de mi mundo y cómo lo afecto?”;
“¿qué me gustaría cambiar de mi relación con
mi esquina, mi zona o mi país?”; “¿cuáles son
las ideas o invenciones que emergen de estas
relaciones que podrían ser agentes de cambio
para bien?”; “¿qué pasaría si imagináramos
un mundo justo?; ¿por qué no desempeñar cada
uno el rol necesario para lograrlo?” Romper con
la no linealidad del tiempo permite recordar el
futuro que se quiere evitar, pero también facilita
el acceso a nuevas maneras de pensar los propios
vínculos con el territorio habitado.
Worldbuilding integra diversas miradas y
consigna entre ellas una relación dialéctica.
La clase se convierte en un espacio lúdico que
facilita ciertos tipos de juego (Candy &amp; Watson,
2019) que ofrece a los estudiantes la posibilidad
de ensayar dinámicas propias del trabajo
interdisciplinar, tal como se refleja en la reflexión
de una alumna al finalizar el proceso de cursada de
Junk: “Me dejó herramientas que puedo aplicar
en mi vida. Pensar cómo mis proyectos afectarían
a la mandala o simplemente a la proyectualidad,
con etapas de divergencia y convergencia. Estoy
más abierta a buscar ideas en rubros distintos y
ver cómo los puedo aplicar para mis propios fines
y objetivos.”. El alumno creativo es el que puede
desarrollar, fundamentar y exponer su punto de
vista, al mismo tiempo incorporar los aportes de
sus compañeros.
El desarrollo colaborativo de las historias del
mundo y sus personajes, tanto como los debates
en torno al valor de los resultados emergentes,
resultan en una experiencia de aprendizaje
significativa de la que los estudiantes extraen la
autoconciencia de convertirse en creadores de
mundos: “el worldbuilding me permite entrar en
un estado mental sistémico donde la creatividad
y las posibilidades fluyen bajo diferentes focos y
grados de complejidad.” Un registro del proceso
de creación colectiva, sumado a la autoconciencia
del “worldbuilder” sobre su propio desarrollo,
favorece el entendimiento del estudiante que
aprende con la emergencia del programa de
diseño que configura el sistema del mundo.
La construcción del mundo solo es posible
a través de la estrecha colaboración de las
escuelas participantes, que operan como “nodos”
interdependientes en una red compleja de
relaciones, conocimientos, disciplina, cultura y

Figura 10. Prototipo elaborado y fotografiado por la
alumna Lucila Frugoli

Fuente: Lucila Frugoli, alumna de la Universidad
Austral (2021)

Conclusiones y aprendizajes
La experiencia World Building excede la finalidad
de desarrollar una historia de forma orgánica (von
Stackelberg &amp; McDowell, 2015). La inmersión
en un proceso colaborativo e interdisciplinario es
una oportunidad para entender el propio mundo a
partir del viaje que implica crear un mundo nuevo
en el que desarrollar una historia. El resultado en
las distintas experiencias realizadas lleva a sus
integrantes a reflexionar acerca del presente que
se vivencia y el futuro que se quiere proyectar.
También a comprender el valor de las dinámicas
propias del trabajo interdisciplinario, necesarias
para el desarrollo de las capacidades profesionales
del siglo XXI.
En el caso de Junk, a partir de esta primera
ronda de experiencias, es claro el cambio de
percepción que los alumnos tienen de la basura
y su impacto. El tener que imaginar el colapso
del mundo en el año 2030 les recuerda a los
participantes que ese futuro es una posibilidad si
no se reevalúan nuestras acciones en la actualidad
y nuestra responsabilidad con las generaciones
futuras. Es por ello que, del desarrollo de una
historia a partir de la construcción de un escenario
distante al que habitamos, emerge una percepción
más profunda del mundo que tenemos y un
cuestionamiento a nuestra responsabilidad dentro
de este contexto.
Al finalizar el proceso de construcción del
mundo “Junk” se les pidió a los estudiantes que
reflexionaran sobre el proceso y su aprendizaje.
El paso por la experiencia de creación del mundo
imaginario provoca en los participantes nuevas
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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

capacidades. El proceso de cambio social que
necesitamos generar para afrontar la complejidad
del mundo actual implica conectar los puntos
globales de cada localidad en pos de la generación
de nuevas meta-narrativas, manifiestas en la
acción humana, que impliquen un juicio de valor
acerca de lo que es deseable y apropiado en
cada momento para provocar la construcción de
escenarios futuros más sostenibles en términos
sociales y ambientales.
Worldbuilding se traduce así en un proceso
participativo que promueve la integración de diversas
perspectivas y el desarrollo de nuevos puntos de
vista, pero que sobre todo alumbra sus bondades en
el campo de la educación para el desarrollo de las
capacidades ineludibles del S.XXI.

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos, Revista de la Facultad de Arquitectura, Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 12. Número 12. abril 2022 - abril 2023, pp. 25-39 | ISSN: 2448-8399

Walking the city like Jane: En búsqueda de la inclusión
de la infancia en la planificación de los espacios públicos
Walking the city like Jane: Searching the inclusion of childhood in public spaces
planning
Amanda Melissa Casillas Zapata1
Lydia Marcela Adame Rivera2

Resumen

Abstract

Las ciudades se encuentran en una lucha constante
donde el espacio público se vuelve protagonista
de las actividades cotidianas, su usabilidad,
diversidad movilidad y accesibilidad. Por lo tanto,
la planificación urbana plantea un desafío para las
ciudades y sus espacios habitables, principalmente
para la inclusión de la infancia, planteando la
creación e entornos amigables, inclusivos y de
aprendizaje que permitan reivindicar la ciudad
(OMS, 2007; UNICEF, 2014).
Las problemáticas del espacio público han
limitado y condicionando la libertad y percepciones
en el lugar, como el caso de los espacios de juego
que carecen de características necesarias para
que los niños y niñas desarrollen habilidades de
creatividad, socialización y aprendizaje, ya que
a partir de la enseña en la vida cotidiana en el
espacio publico les permite conocer sus derechos
como ciudadanos y desarrollar su autonomía.
El presente trabajo expone investigaciones
y diseño metodológico que aborda la visión y
participación de la niñez en el uso del espacio
público, a través de la experiencia del taller
“Walking the city like Jane”, donde se adaptaron
dinámicas para niñas y niños, y se observó la
forma en que visualizan la ciudad y los espacios
públicos, destacando la relevancia de la inclusión
de la infancia en la planeación urbana como
actores sociales.

Cities are in a constant struggle where public
space becomes the protagonist of daily activities,
its usability, diversity, mobility and accessibility.
Therefore, urban planning poses a challenge
for cities and their living spaces, mainly for the
inclusion of children, proposing the creation of
friendly, inclusive and learning environments
that allow the city to be claimed (WHO, 2007;
UNICEF, 2014).
The problems of public space have limited
and conditioned freedom and perceptions in the
place, as in the case of play spaces that lack the
necessary characteristics for children to develop
creativity, socialization and learning skills,
starting from teaching it in daily life in public
space allows them to know their rights as citizens
and develop their autonomy.
The present work exposes research and
methodological design that addresses the vision
and participation of children in the use of public
space, through the experience of the workshop
"Walking the city like Jane", where dynamics for
girls and boys were adapted, and observed the
way in which they visualize the city and public
spaces, highlighting the relevance of the inclusion
of children in urban planning as social actors.

Palabras Clave:

Keywords:

espacio público; inclusión; infancia

public space; inclusion; childhood

1
2

Adscripción: Facultad de Arquitectura, UANL, Nuevo León, México. Profesora investigadora. Correo: melissa.casillas@gmail.com
Adscripción: Facultad de Arquitectura, UANL, Nuevo León, México. Profesora investigadora. Correo: arq.marcela.ar@gmail.com

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Introducción

Ciudad Conquistada”. De igual forma, Chinchilla
(2020) en su libro “La ciudad del cuidado” trata
sobre las ciudades que son pensadas desde la
productividad y se alejan de todas las actividades
no productivas generando entornos hostiles, por lo
que se propone un urbanismo inclusivo con todas
las personas y todas las edades.
En el caso de América Latina y el caribe, los
indicadores evidencian esta situación de vulnerabilidad
y desigualdad que viven los niños y adolescentes,
ya que no todos gozan del acceso a servicios y
equipamientos, como el disfrute de derechos y
oportunidades para desarrollarse (CEPAL, 2017) y a
pesar que las estadísticas muestran una disminución
de este grupo poblacional para el año 2030 (Figura
1 y 2), no significa que no se deba prestar atención
a las problemáticas urbanas que afectan el proceso
de la infancia, como de las mejoras, tratamientos y
oportunidades de la planificación urbana (CONAPO,
2006). Al contrario de esto, la población que está
proyectada al 2050 será el 68% de personas que
habitarán en las ciudades. Por lo tanto, los niños
y niñas se encuentran creciendo y desarrollándose
en ciudades con grandes problemáticas donde no
se presta atención a sus derechos y ciudadanía
(UNICEF, 2018; García, 2020).
La inclusión, la seguridad y la participación
activa de la ciudadanía de las niñas y los niños en
la toma de decisiones, así como en el diseño de las
ciudades, ha adquirido relevancia con el tiempo,
sobre todo en la cuestión de las políticas públicas.
Sin embargo, hace falta mayores aproximaciones
desde diversas perspectivas para lograr que estas
sean consideradas no solo en las reflexiones sino
en la aplicación al diseño de los espacios públicos,
donde de acuerdo con Gülgönen, T. (2016a),
es el lugar de experimentación, aprendizaje y
reforzamiento y construcción social.

En la actualidad, los espacios públicos se han
convertido en la extensión del hogar y el sitio
central de diversas actividades cotidianas, así
como de representaciones sociales. Sin embargo,
la deficiente planeación urbana, demuestra una
planificación en crisis donde las ciudades han
tenido como consecuencia espacios fragmentados
y segregados, que generan una lucha constante
por el espacio (Borja y Martínez, 2021).
Los problemas del espacio público no se
limitan solamente a ser globales o económicos,
sino que se intensifican en diversas escalas donde
la limitación o privatización de estos lugares
condicionan la libertad y percepción de seguridad
de todas las personas (Navarro, 2017, Lugo,
2017), afectando la inclusión y ciudadanía en la
ciudad de los grupos más vulnerables, como el
caso particular de los niños.
De acuerdo con la Organización Mundial de la
Salud (OMS) y el Fondo de las Naciones Unidas
para la Infancia (UNICEF por sus siglas en inglés
United Nations Children’s Fund) mencionan
la importancia de los espacios habitables,
amigables e inclusivos en los espacios públicos
para el desarrollo y aprendizaje de la niñez, así
como para ejercer su ciudadanía en la toma de
decisiones de la planificación urbana (OMS, 2007
y 2020; UNICEF, 2012).
Al respecto, Jane Jacobs (2011) en su obra
sobre “Muerte y vida de las grandes ciudades
americanas” destaca la importancia de la
inclusión de la infancia en los espacios públicos
y de la representación urbana de sus actividades
cotidianas como el juego en las calles y parques.
Asimismo, recalca que son espacios seguros
para el juego y que, a partir de su inclusión en
la ciudad, se reconoce que son ciudadanos y
son parte de la sociedad (Jacobs, 1967). Con
relación a esto, García (2020) hace referencia a la
construcción del espacio por parte de la sociedad,
que trata precisamente de la intervención en el
espacio público por medio de diversas actitudes
que permiten la interacción social, llamada
ciudadanía y en donde la infancia requiere de este
reconocimiento para ejercer su participación en la
planificación urbana.
Sin embargo, este tema va adquiriendo
relevancia cuando se habla de la exclusión en la
toma de decisiones de la planificación urbana, tema
que al respecto aborda Borja (2003) en su libro “La

Figura 1. Proyecciones de población en América
Latina y el caribe por grupos de edad y sexo al 2030

Fuente: Comisión Económica para América Latina y el
Caribe, 2017

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

generalmente son grupos excluidos en la toma
de decisiones, sobre todo para los grupos que se
encuentran en situaciones de vulnerabilidad o que
tienen límites en el acceso a servicios públicos,
espacios públicos e incluso naturales, no
próximos a las viviendas, limitando sus espacios
de actividades (UNICEF, 2014), el cual ha sido
consecuencia del desarrollo urbano insostenible.
Borja (2003) en el libro “La Ciudad
Conquistada” hace mención sobre la importancia
del tema de la exclusión de la infancia en la
planificación urbana, ya que los niños son los
grupos invisibles en el diseño de una ciudad
productiva, que de acuerdo con Chinchilla (2020)
este tipo de ciudades, está basado solamente
en una economía, excluyendo no solamente el
espacio público, sino también no considerando
la inclusión en el urbanismo, por lo tanto, eso se
refiere a una ciudad con restricciones y espacios
controlados, que no permiten que los niños
adquieran autonomía y aprendizaje.
Se han realizado estudios históricos sobre los
espacios públicos, como el caso de la generación de
estos lugares en Nueva York, donde Wridt (2004)
analizó la relación causal entre el crecimiento
de la cantidad de automóviles en relación a la
ausencia de niños en las calles, partiendo desde el
año 1930 y es que la apropiación y diseño de las
calles, se enfoca en este tiempo en la producción
de bienes y servicios y su movilidad, que algunas
ciudades hasta la actualidad adoptan este modelo
de acuerdo a sus economías, más no en una ciudad
humanizada. A partir de este tiempo, se generaron
espacios segregados y dispersos, evidenciando la
privatización del espacio público, que se puede
observar hasta la actualidad.
La conversión de un espacio público a
privado ha permitido que la población infantil,
se encuentre confinada solamente a los pocos
espacios de juego que se aprecian en la ciudad,
que en mayor medida se encuentran restringidos
y controlados, careciendo de las condiciones
necesarias para que ellos puedan generar un juego
libre (Gülgönen, 2016c).
Esto supone que, las niñas y niños sean los
principales usuarios de estos espacios, pero
generalmente tienen poca influencia sobre la
planeación y diseño, donde no se considera de
importancia su ciudadanía, como sus derechos y
necesidades (Elsley, 2004). Asimismo, Navarro
(2017), menciona que muchas veces los espacios
carecen de las características necesarias para

Figura 2. Proyecciones de población en México por
grupos de edad y sexo al 2030

Fuente: Comisión Económica para América Latina y el
Caribe, 2017

En el presente artículo se realiza una revisión
de diversas investigaciones sobre la inclusión y
participación de la niñez, además se expone la
experiencia de trabajar en el taller “Walking the
City like Jane”, donde se abordaron los ejes de la
inclusión, seguridad y participación activa en la
toma de decisiones para el diseño de los espacios
en la ciudad, así mismo se destacó la relevancia
de la inclusión de la infancia en la planeación de
estos espacios como actores sociales, lo cual lo
convierte en un desafío que se retoma desde la
visión de Jacobs.
2. La niñez y el espacio público
“Las ciudades tienen la capacidad de proveer algo
para cada uno de sus habitantes, sólo porque y sólo
cuando, son creadas para todos” (Jacobs, 1967,
p. 238). Desde los años sesenta había cambiado
la forma de visualizar las ciudades a partir de la
inclusión y no sobre un urbanismo diseñado para
una producción, todo esto lo hizo a través de la
planificación urbana partiendo de la comunidad y
las actividades cotidianas que observaba desde su
barrio (Jacobs, 1967).
Así mismo, Jacobs consideraba que las
ciudades proveen muchos espacios donde se
puede jugar y aprender, lo cual generaría muchas
oportunidades para realizar diversas actividades,
sobre todo las aceras, lo que convertía las calles
del barrio en entornos vivientes, que permiten la
generación de experiencias y los “ojos a la calle”,
que de algún modo permiten a los niños “ser
parte” de la sociedad (Steingber, 2016).
Esto significa que el espacio público permite
que las relaciones y roles sociales se expresen
al considerar a los niños y niñas, quienes
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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

2.1. La importancia del contacto con la
naturaleza: una característica esencial del
espacio público

generar experiencias y emociones, mientras que
las calles se han concentrado en la producción de
la pérdida de autonomía priorizando al automóvil.
Si bien es a partir del juego que la niñez
consigue fortalecer su creatividad (Vigotsky,
1966) y desarrollo físico, social, emocional y
mental (Meneses y Monge, 2001), además de las
áreas de juego en parques, se debe considerar la
inclusión de la niñez en otros espacios públicos
de las ciudades como la calle, las plazas, así como
la posibilidad de realizar recorridos de forma
segura a lugares a los que requieren desplazarse
habitualmente como la escuela, la casa, entre
otros. Generar las condiciones para que las niñas
y los niños puedan hacer uso del espacio público
favorece en su desarrollo, en su concentración y la
habilidad para que puedan solucionar problemas
(Navarro, 2017).
Distintas medidas se pueden integrar para
recuperar o bien fortalecer la autonomía de la
niñez para moverse solos en el espacio público.
En España se han implementado itinerarios en
caminos que son más frecuentemente utilizados por
los estudiantes en su recorrido escolar. Por medio
de la señalización se busca generar espacios más
seguros para que sean fácilmente identificables por
las niñas y niños, así como la vigilancia local de
los caminos por parte de vecinos, comerciantes y
policías (Gutiérrez, 2011).
En este sentido, la ubicación de los espacios
públicos y otros equipamientos cerca de la vivienda
permite reforzar la seguridad y autonomía en la
niñez en la ciudad, ya que representan las prioridades
espaciales y de movilidad de niñas y niños. Condición
que se ve reducida con la carencia de infraestructura
peatonal y por el aumento de la ocupación de
automóviles, que acrecientan el riesgo por la
exposición y vulnerabilidad en el espacio público.
Aunado a la falta de espacios en las ciudades
para la niñez, cabe mencionar que en la actualidad
muchas niñas y niños también carecen de tiempo
libre, ya que se encuentran inmersos en múltiples
actividades que consumen su tiempo restando la
posibilidad de jugar en los espacios próximos a su
vivienda (Tonucci, 2009).
Es importante destacar, que el espacio
público, debería permitir acoger a los niños y
niñas de distintas procedencias y hacer función
de escenario para promover la diversidad e
interacción cultural (Loukaitou-sideris, 2010).

En los entornos urbanos, el contar con superficies
de vegetación permite a los habitantes fortalecer
su relación con la naturaleza y comprender los
procesos ecológicos, así como generar aportaciones
ambientales mediante su participación (Morello y
Rodríguez, 2001). Asimismo, se ha demostrado
que, en la población infantil, la relación con la
naturaleza contribuye a su desarrollo cognitivo,
emocional y físico (Strife y Downey, 2011).
De igual forma, el contacto con los espacios
naturales tiene una influencia más significativa
para desarrollar la sensibilidad ambiental, que
reside en mayor conciencia del entorno y la
naturaleza, lo que permite llevar a cabo acciones
en pro del medio ambiente (Chawla, 2015),
aunque esta posibilidad se ha visto afectada en el
contexto de urbanización en crisis.
En este sentido, durante la infancia se pueden
desarrollar actitudes ambientales, considerando
aspectos formativos y de aprendizaje propias de
la niñez que se relacionan con comportamientos
y actitudes proambientales. De tal forma que,
las niñas y niños presentan un mayor interés por
el medio ambiente y logran conocer conductas
favorables, mostrando preocupación por las
acciones que puedan resultar perjudiciales (Galli
et al. 2013) (Figura 3).
Figura 3. Desarrollo de actitudes ambientales mediante
aspectos formativos y de aprendizaje mediante el
contacto con la naturaleza

Fuente: Elaboración propia, 2020

Sin embargo, a las pocas áreas verdes que
existen en la mayoría de las ciudades se suman
la inaccesibilidad, la distancia con respecto a
sus hogares (Sugar, 2021) el imperante control y
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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

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las limitaciones en las áreas destinadas a juegos
infantiles en espacios abiertos (Navarro, 2017)
que han reducido la posibilidad de acceder a
dichos lugares. Louv (2005) denomina a la falta
de contacto de la niñez con espacios naturales
como desorden de déficit de naturaleza y lo
relaciona con problemas de obesidad, trastornos
de atención, así como depresión.
Algunos estudios demuestran que las niñas
y niños que habitan en entornos eminentemente
urbanizados que carecen de áreas naturales
pueden desencadenar problemas en su desarrollo
físico y mental, y que, por el contrario, el estar
expuestos a entornos naturales les permite generar
un vínculo emocional positivo, siendo este uno
de los objetivos principales del diseño ambiental
(Shabak et al. 2015).
Se ha identificado que los asentamientos
habitacionales más saludables usualmente son
aquellos que cuentan mayor cantidad de arbolado
y de áreas verdes. Es así como se debe considerar
el valor que tienen las áreas verdes en las
ciudades para la población y por lo tanto asegurar
su planeación, integración, mantenimiento y
preservación (Sugar, 2021).
Asimismo, se ha encontrado que el apego
al lugar se desarrolla a partir de la generación
de actividades y experiencias en el lugar, lo que
permite generar una relación con el entorno y con
otras personas (Tuan, 1977). Estas conexiones que
hacen las personas con su entorno y que generan
sentimientos positivos y/o negativos a un ambiente
en específico, suceden desde temprana edad,
dándole un significado especial a los lugares donde
se sienten seguros (Zen y Mohammed, 2014).

de las experiencias y del significado del lugar,
por ejemplo, en los niños a partir del lugar y
de aquellos entornos que hayan estimulado su
crecimiento, autonomía y seguridad, sobre todo
aquellos espacios atractivos, donde se tiene
libertad de movimiento, se produzca la creatividad
y la exploración (Ellis, 2005).
Por medio del juego, las niñas y los niños
manifiestan esa capacidad de imaginar y crear en
las que reelaboran situaciones que nunca antes
han vivido o experimentado. Es a partir del juego
que las niñas y los niños construyen escenarios,
historias, adquieren roles y ordenan eventos
que evidencian su comprensión de las normas
sociales y su capacidad creativa (Gülgönen y
Corona, 2016).   
El juego es una actividad esencial para el
desarrollo físico y cognitivo de la infancia, les
permite aprender e impulsar su capacidad creativa,
además al jugar con otros niños también se propicia
su desarrollo emocional y social (Gülgönen, 2016b).
Los espacios exteriores donde los niños y niñas
puedan jugar libremente resultan fundamentales.
En estos espacios se pueden realizar actividades que
propicien la psicomotricidad gruesa y la exploración
del medio (Navarro, 2017).
Sin embargo, en la gran mayoría de los
espacios de juego o “playgrounds” que existen en
las ciudades impera en su planeación el control
y la seguridad física sobre buscar favorecer la
autonomía de la niñez y promover espacios de
múltiples experiencias (Dewi, 2012).
El playground se refiere a un equipamiento
en espacios abiertos que incluye mobiliario
de juego y siempre está determinado por una
zona de supervisión, cuando estos espacios
deberían funcionar como un lugar de interacción,
creatividad y expresión para las niñas y los
niños, que generalmente deben ubicarse cerca
de la vivienda y con disposición de área verde
(Dewi, 2012). Sin embargo, estas áreas pueden
ser escasas o no presentar alguna de estas
características. De acuerdo con Dewi (2012) y la
Convención de los Derechos de los niños (2006),
los playgrounds deben partir de las siguientes
características: seguridad, protección, ocio y
accesibilidad, como también funcionar como
espacios sociales, recreacionales, ecológicos y
educativos destinados al aprendizaje. (Figura 4).

2.2. Características de los ambientes de los
espacios de juego “playgrounds”
La capacidad creadora de la infancia se manifiesta
desde los primeros años de vida a partir de la
acción de jugar, este aspecto tiene gran relevancia
en el desarrollo general y de la madurez de la
niña y del niño. Si bien, a partir de sus juegos
realizan una imitación, no se limitan solamente
a reproducir, sino que reelaboran experiencias de
manera creativa, conformando nuevas realidades
de acuerdo con sus propias aficiones, esa es la
acción de imaginar que plasman en sus juegos
(Vigotsky, 1996).
Como se mencionó en el apartado anterior,
el apego al lugar se puede producir por medio
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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

De tal forma que, los espacios exteriores favorecen al desarrollo cognitivo por medio de la
influencia de los seres vivos, los entornos verdes,
los fenómenos de la naturaleza, la materialidad de
esta, reforzando el aprendizaje entre lo social y
lo natural, incluyendo la interacción social y produciendo valores y actitudes en su entorno.
En un estudio sobre actitudes en ambientes
de la infancia realizado en Brasil, Hernández e
Hidalgo (2010), mencionan que las actitudes
ambientales están relacionadas a los sentimientos
positivos o negativos de las características de los
ambientes cotidianos de los niños o bien a las
problemáticas que experimentan. Es entonces
que los comportamientos ambientales permiten
disponer las acciones respecto al medio ambiente,
por lo tanto, la discusión se puede generar en
torno al proceso de aprendizaje de las actitudes
considerando sus actividades y los sitios donde
estos ocurren.
La UNICEF (2018) enfatiza la necesidad
de los entornos urbanos verdes como espacios
óptimos y necesarios para el desarrollo de la
niñez. En un estudio elaborado en un vecindario
de bajos ingresos, se demostró que la proximidad
a los entornos verdes, tanto en sus viviendas como
escuelas está relacionado con un mejor estado de
salud y que las principales condicionantes que
limitan el uso del espacio son la accesibilidad,
la distancia, restricciones para jugar ya sea
por padres o cuidadores que presentan alguna
discapacidad; en algunas culturas la peligrosidad
por género; el costo o tarifas de acceso a lugares
con horarios limitados, donde lamentablemente
son los espacios verdes que tienen un mejor
diseño e incluso donde se niega al acceso a los
grupos marginados coartando su derecho al uso
de los espacios públicos.
Resulta evidente cómo en los últimos años se
ha generalizado en los espacios de juego colocar
vallas o rejas que generan una sensación de
encierro y un ambiente controlado en los niños,
ya que existen otras medidas menos invasivas
que se pueden implementar en el diseño de dichos
espacios para resguardarlos (Gutiérrez, 2011).
Aunado a lo anterior, en el espacio público
se ha condicionado a la población infantil
únicamente a las zonas donde se concentran las
instalaciones de juegos infantiles. Estos espacios
distan mucho de favorecer el estímulo de la niñez
y tomar en cuenta sus necesidades. Los espacios
destinados al juego no dependen necesariamente

Figura 4. Playgrounds y entornos naturales como
equipamientos para interacción y juego con el entorno

Fuente: Elaboración propia, 2021

Por otra parte, Senda (2015), destaca que la
vida de un niño está prácticamente centrada en el
juego, lo que antes era la proximidad y exposición
a los parques, así como calles conectadas, entornos
naturales y equipamientos como las escuelas,
fueron perdiendo ese libre acceso. Incluso la
interacción con los entornos naturales contribuye a
su desarrollo desde diversas perspectivas como el
contacto con seres vivos permite una estimulación
y sensibilidad, sobre todo el riesgo que permite la
generación de experiencia y aprendizaje, lo que
significa que a través del juego puede desarrollar
competencias físicas, sociabilidad, invención,
ambición y sensibilidad. (Figura 5).
Figura 5. Espacios de estimulación e interacción
mediante la generación de experiencias y aprendizaje
para el desarrollo de competencias.

Fuente: Elaboración propia, 2018

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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

de la existencia de dichas instalaciones o
mobiliario, sino de la posibilidad de que los niños
puedan jugar de forma libre y espontánea en el
espacio (Gülgönen y Corona, 2016).

del juego (García, 2020). Sin embargo y de acuerdo
con estas dos posturas, no puede considerarse que
solamente los entornos educativos son los espacios
de formación de ciudadanos.
La exclusión de la niñez en el espacio público
se debe principalmente a que no se les considera
actores sociales junto con otros sectores de la
población. Generalmente a la población infantil
se le percibe como “objetos de protección” debido
a que las ciudades se centran particularmente
en la población adulta y por tanto la infancia
representa lo opuesto, la idea de no ser aún
adultos (Gülgönen, 2016c).
También la ciudadanía planteada según
Borja (2003), se produce en las ciudades al ser
considerada como parte de la accesibilidad a los
servicios y equipamientos que pueden ser lugares
de conexión, así como de encuentro, en donde
su proximidad son la base de una participación
activa y fundamental de los seres humanos.
La participación de las niñas y los niños en la
toma de decisiones se considera elemental para
poder ejercer la ciudadanía, permitiendo encontrar
en la percepción que tienen del espacio el cubrir
sus necesidades, participando en el diseño de
espacios únicos que le permitan desarrollarse
y relacionarse con la sociedad. Por lo tanto, la
considerada ciudadanía de la niñez debe estar
sentada en las leyes que dicten una participación
en la cotidianidad urbana (García, 2020).
Para que se produzca dicha participación y
ciudadanía deben considerarse como base los
derechos de las niñas y niños que se mencionan
en los siguientes apartados.

3. Inclusión en la toma de decisiones y diseño
del espacio público: participación activa de la
población infantil
El significado del espacio público además de ser un
entorno físico construido donde suceden diversas
actividades se define como un espacio donde se
promueve el diálogo y se omite la exclusión, ya
que en esa diversidad de la cotidianidad y de las
comunidades, se genera el punto donde estas se
convierten en acciones para el desarrollo político
y la transformación del espacio (González, 2015).
Entonces se considera como ciudadano a quien
busca que sea posible generar cosas en común y
de esta forma generar mejoras en el entorno.
Los diversos estudios convergen en la importancia
del reconocimiento de las niñas y niños como
ciudadanos, del cual se ha hablado desde diferentes
organizaciones como la ONU (2009) donde se
reconoce que la población infantil tiene derechos
de tener un desarrollo, expresarse libremente, de
protección y tener acceso a diversos servicios y
equipamientos como de salud, social y educativo, por
mencionar algunos.
El espacio público en relación a la vida en
comunidad y cotidianidad, detalla los roles
como ciudadanos, todos los equipamientos de la
ciudad en su conjunto con espacios de transición
que llevan hasta estos lugares, contribuyen a la
creación de espacios colectivos, a los que le da
sentido la cotidianidad de los ciudadanos, lo cual
implica dimensiones políticas de lo público y
estas concentraciones en la ciudad, son espacios
simbólicos de expresión (Borja, 2003).
De acuerdo con Figueroa (2016), la ciudadanía
es algo innato y legítimo, inherente a los derechos
de las niñas y los niños, así como su introducción
en la sociedad, el cual pareciera un discurso
constante para poder acceder a una comunidad. Sin
embargo, en la realidad está producida por lo que
llaman adultocentrismo, que resta visibilidad a las
minorías como en el caso de la infancia (Young,
2000; Marshall, 2005). Así mismo, existe una
contraparte, donde se dice que las personas no nacen
siendo ciudadanos, sino que logran serlo a través del
aprendizaje y es como se van relacionando con el
territorio y que incluso esto puede hacerse a través

3.1. Derechos de las niñas y los niños
La ciudadanía, de acuerdo con lo visto en el
capítulo introductorio a la participación activa, está
relacionada con la infancia a través del papel que
juegan en la ciudad las niñas y los niños y en cómo
pueden formar parte de entornos incluyentes.
De acuerdo con Palacios (2020), las ciudades
son el espacio donde crecen la mayor parte de las
niñas y los niños a nivel global, en ellas en donde
desde la infancia se desarrollan, física, mental y
socialmente hasta convertirse en adultos y en este
proceso se logra el aprendizaje como ciudadanos
y la convivencia con la comunidad.
En el caso de las regiones mayormente
urbanizadas de América Latina y el Caribe,
se presentan elevados índices de desigualdad
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y segregación, tales como la falta de acceso a
servicios y equipamientos públicos además de
la exclusión social (Bagnoli, 2020), los cuales
afectan a la población infantil.
La exclusión de la infancia, la cual es
considerada como un fenómeno social, se ha
convertido en el objeto de múltiples estudios
debido a la importancia del aprendizaje como
ciudadanos y de la participación activa en la toma
de decisiones. A partir de esto, al considerar la
exclusión de los niños en los espacios públicos
como parte de la problemática de la región, se
encuentra una estrecha vinculación sobre las
prioridades de los actores en la ciudad, ya que las
niñas y los niños, no son considerados un sector
importante en la toma de decisiones, sino que
incluso son percibidos como una alteración del
orden en la ciudad (Jansson, 2008).
De tal forma que el reconocer a las niñas y
los niños como parte de la ciudadanía, nos remite
a la necesidad de la inclusión en la planificación
urbana y diseño de los espacios de la ciudad, en el
entendido de que la niñez tiene dicho derecho desde
su nacimiento, lo que implica los ambientes que
habitan cotidianamente y que son indicadores de la
calidad de vida en esta relación persona-ambiente.
En las últimas décadas, los derechos de la niñez
han sido reconocidos para la creación de ciudades
incluyentes, considerándolos como actores
sociales y personas con derechos de acuerdo con
la CEPAL/UNICEF (2017), esto ha conllevado la
generación de políticas públicas que actualicen
la visión y se incluya a la población infantil en
la toma de decisiones y en la participación activa
dentro de las comunidades.
Desde la Convención de los Derechos de
los niños de la UNICEF (2006), aprobada como
un tratado internacional de derechos humanos
en 1989, se definió a la niñez como todo ser
humano desde los cero a dieciocho años, y se
promueve que se respeten y aseguren sus derechos
independientemente de la raza, género, religión, la
diversidad en su desarrollo, nivel socioeconómico
y factores culturales, considerándola como un
constructo social y no homogéneo (Wyness, 2015).
A nivel nacional existe en México La Ley
General de los derechos de niñas, niños y
adolescentes (DOF, 2016), que define como
personas menores de doce años a las niñas y
los niños, y entre doce y dieciocho años a los
adolescentes. De igual manera que la Convención
sobre los Derechos del Niño, reconoce sus derechos

a la libertad de expresión y se reitera el derecho
a la participación que concierne a ser escuchados
y tomados en cuenta. Sin embargo, el principal
desafío continúa siendo la implementación de la
ley en cuanto a los mecanismos que señala para
hacerse respetar el derecho a la participación de
las niñas y los niños (Gülgönen, 2016a).
Así mismo, las relaciones de la infancia deben
estar pensadas desde las políticas públicas y las
problemáticas de los niños en la ciudad, por lo
cual, los derechos no solamente involucran
factores económicos, políticos y sociales, sino
que son incluidos los derechos a la salud y
educación, como también al acceso a los servicios,
infraestructura y equipamientos básicos como el
agua, la vivienda, abastecimiento y alimentación
(Lud, 2019).
El entorno físico construido, aparte de los
servicios básicos, hace función de indicador de
calidad de vida, sobre todo por los derechos de
esparcimiento, ya que son fundamentales y que
su imagen y diseño podría tener un impacto
significativo y repercusiones en los niños.
(Gülgönen, 2016a).
En la actualidad, se habla del “juego” como
otro elemento principal en el aprendizaje y
participación de los niños en la comunidad y es
que la libertad de hacerlo les permite desarrollarse
física y mentalmente y no solamente sobre
espacios o actividades específicas, ya que a partir
de éste también aumentan sus habilidades, valores,
comportamientos y actitudes con sus entornos
(Senda, 2015; Richardson et al. 2017).
En la Convención de los Derechos de los Niños,
se puede observar la justificación de la libertad de
expresión y la necesidad de esparcimiento mediante
actividades de juego y a la participación libre en
la toma de decisiones. Asimismo, en México, la
Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes hace mención de los derechos e
importancia de la participación activa y al ejercicio
de sus derechos que pueda brindarles protección
e igualdad de condiciones, como también su
consideración para el diseño y elaboración de
políticas públicas (DOF, 2016).
A partir de esto, se puede detectar en la revisión
de las leyes y documentos, que no existe una
conexión desde los lineamientos federales hacia
los estatales, evidenciando que estas leyes no
están basadas en sus derechos, sino solamente en
la protección de las niñas y los niños, esto implica
que no sean considerados como ciudadanos, sino
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que sean objeto de asistencia e incluso represión
(Beloff, 1992).
El reto de la inclusión se encuentra en la
implementación de los mecanismos que permitan
este reconocimiento y participación de acuerdo
con la ley y las políticas públicas y es que, en
la ausencia de este seguimiento y coordinación,
existe poca vinculación o solo genera simulaciones
que, hasta el momento, no han implicado cambios
importantes en el orden jurídico (González Ulloa,
2015, Gülgönen, 2016a).
El cuestionamiento sucede cuando se intenta
incorporar a los grupos vulnerables como el caso
de las niñas y los niños al diseño y planeación
de estos espacios, siendo que actualmente se
han debatido sobre los espacios con enfoques de
género, y ha resultado en que los espacios públicos
se han convertido en una negación e impedimento
para participar y tomar decisiones sobre los usos,
mientras que esto permitirá participar y reconocer
las características teniendo oportunidades para
asegurar y visibilizar estos grupos.
Parte de esto, ha sido consecuencia de la
urbanización en crisis que ha generado vacíos
en el uso de estos entornos y el aprovechamiento
de los espacios públicos, como también de los
diseños impuestos por organizaciones lucrativas
y el estado, que simplifican estas necesidades y
usos por parte de los ciudadanos. Ante esto, la
imaginación y la creatividad de la infancia, podría
permitir resolver realidades y problemáticas,
dando paso a la construcción de ciudades de
acuerdo con las necesidades de todos, por lo
tanto, deberían considerarse como actores de
cambio. SEDATU (2021).

al juego, pero no solamente como una actividad de
ocio, sino como una oportunidad para las niñas y los
niños como ciudadanos y a su vez un aprendizaje
sobre los derechos que adquieren desde el
nacimiento, así como las motivaciones para lograr
el compromiso con el entorno que habita, de esta
forma incentivar el empoderamiento, la imaginación
y la creatividad.
La infancia al ser reconocida, automáticamente
cambia el sentido hacia la participación, lo
cual es de reconocerse que requiere de diversas
metodologías que permitan a los niños desde
su perspectiva tener una visión y generar el
intercambio de ideas (Polo-Garzón y LópezValencia, 2020).
Diversos estudios han analizado la
participación social de las niñas y los niños
a través del ejercicio de la ciudadanía y su
implicación en el diseño de los espacios públicos,
considerando la percepción del espacio como
forma de sensibilización y educación de la
sociedad, determinando así la importancia del
ejercicio de la ciudadanía por medio de recorridos,
demostrando que la inversión en los espacios
públicos para la infancia permite el aprendizaje
de compromiso con la ciudad y su comunidad, de
tal forma que esto consigue la disminución de los
problemas sociales.
Por otra parte, se han generado consultas y
guías con niños por medio del uso de los espacios
públicos, donde parte de la metodología que implica
este proceso, el cual tiene como objetivo, planeación
de las decisiones y de los vecindarios de cualquier
ciudad, por medio de escuchar las preocupaciones
y miedos de los padres de familia, así como de
las niñas y los niños; el desarrollo de soluciones
creativas que mitiguen los riesgos, la vinculación
con las escuelas y comunidades para dirigir las
problemáticas basadas en la discriminación,
la creación de espacios públicos multiusos y
el empoderamiento de las niñas y los niños; la
creación de reglas de comunidad como de espacios
institucionales para relacionarse con la toma de
decisiones, la creación de ciudades amigables o la
negociación de los espacios públicos compartidos
sobre todo de parques y calles (Stepheson, 2020).
De la misma forma, la participación infantil
en los proyectos urbanos fue parte de un estudio
realizado para la promoción del aprendizaje, en
el cual Polo-Garzón y López-Valencia (2020)
a través del desarrollo de diversos proyectos,
buscaron generar interacción para incluir a

3.2. Antecedentes metodológicos sobre la
participación activa de niñas y niños en el
diseño y planificación urbana
A partir del incremento del debate sobre la
ciudadanía infantil, el reconocimiento de
sus derechos, en los cuales han tenido como
conclusión la importancia de la integración de las
niñas y los niños en los procesos de planificación
de los espacios públicos, se ha demostrado que
la incorporación en la toma de decisiones tiene
trascendencia e impacta en la vivienda y el barrio
aumentando la calidad de vida de las personas
que habitan estos entornos próximos (Figueroa,
2016; García, 2020).
Se ha considerado que hay que darle importancia
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los niños en el proceso de las intervenciones
urbanas partiendo de proyectos que involucran
infraestructura verde.
Para este estudio, se consideró que los
métodos creativos permiten a los niños y niñas
plasmar sus perspectivas para conseguir el
intercambio de conocimientos y así mismo, se
potencie la capacidad de aprendizaje por medio
de la experimentación, donde a través de la
herramienta de la fotografía permitió que los niños
seleccionaran e identificaran los entornos que
más les parecen atractivos y los que les generan
sensaciones negativas, permitiendo modificarlos
y mejorarlos, enfocándose en elementos teóricos
de la participación como el juego, planteando
esa relación entre este elemento y el entorno, así
como la promoción de conceptos ambientales.
Otros proyectos, se han enfocado en talleres
realizados en entornos educativos y la relación
con el espacio público, por medio de actividades
lúdicas y creativas en estos espacios comunitarios,
sobre todo en las implicaciones de la participación
activa en la creación de entornos arquitectónicos
sostenibles y amigables, en donde a través de esta
práctica, se logra la sensibilización y la motivación
para escuchar, explorar y descubrir, permitiendo el
intercambio de ideas (Pizarro, 2017)
En México, también se presentan diversos
casos de estudio y de metodologías aplicadas para
ampliar estas aproximaciones a la participación.
La investigación de Osorio (2016) tuvo como
objetivo ampliar la participación infantil desde la
política con un enfoque que va más allá de los
procesos comunes para la toma de decisiones.
En sus premisas se plantea que los niños
tienen una estructura cotidiana que modifica su
forma de vida, cuando ellos de diversas formas
buscan innovar las condiciones del entorno en
que se desarrollan y en cuanto se aliente esta
participación, se fortalece la democracia.
De acuerdo con Arruti y Varona (2017), se
plantearon como las niñas y los niños tienen el
derecho de comprender la ciudad y su estructura y que
también pueden enseñar a los adultos a verla desde el
pensamiento crítico y por medio de una investigación
que permitió recabar datos por medio de una
convocatoria en entornos educativos, para participar
en una experiencia urbana y este fue realizado por
medio de varias fases, como la preparación, recorridos
con herramientas, planos, grabadoras, cámaras, papel,
caminatas de observación y actividades sensoriales.
Posteriormente se presentaron datos de los recorridos,

planteando hipótesis, generando debates y finalmente
se llevó a cabo la exposición del tema.
En la exposición final, se encontraron
soluciones propuestas por las niñas y los niños, en
referencia a la movilidad y transporte, espacios
abiertos de la ciudad para el juego, aspectos de
la alimentación y la naturaleza, la sostenibilidad,
vivienda, educación y convivencia social, lo que
lo hace un estudio completo abordando parte de
los objetivos del desarrollo sostenible como el de
las ciudades inclusivas y resilientes.
La valoración de los espacios públicos con
la participación de las niñas y los niños, puede
determinar en una planificación incluyente, que
a través de metodologías lúdicas y el juego, se
puede lograr el aprendizaje y la detección de las
necesidades implícitas en la vida cotidiana que
sucede en la infancia.
4. Taller “Walking the City like Jane” para
niñas y niños
El enfoque del Taller “Walking the City like Jane”
aborda la visión que Jane Jacobs (1967) plasmó en
su obra “Muerte y Vida de las Grandes Ciudades”,
sobre las ciudades y su planeación. Su enfoque
sobre las ciudades se basaba particularmente
en considerar las diferentes necesidades y
realidades que atañen a la población, basadas en
la experiencia cotidiana.
Asimismo, Jacobs mostró una sensibilidad
particular sobre las relaciones de las personas
en el espacio público e identificó los elementos
que garantizaran su seguridad, apropiación y
capacidad de elección, aspectos que resultan
claves para la planeación de una ciudad inclusiva.
En el taller se buscó analizar y representar la
experiencia de movilidad cotidiana de las mujeres
en la ciudad, a partir de sus recorridos peatonales
y la percepción de los entornos en los que se
habita y se desplaza, explorando a través de la
visión de Jacobs.
Particularmente se retomaron sus principales
aportaciones en el diseño para generar calles y
aceras seguras. Según Jacobs (1967) las calles
son los espacios públicos vitales de las ciudades
y que a partir de conseguir que estos espacios
sean frecuentados por las personas se posibilita
que sean lugares más seguros. Además de que
la presencia de personas tiende a atraer más
personas, por lo que se deben propiciar las
condiciones para que los usuarios permanezcan
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y disfruten las calles de forma voluntaria. Resalta
tres cualidades particulares a considerar en las
calles seguras que son la demarcación entre lo
público y lo privado, ojos que miren a la calle y
la presencia constante de personas que intensifica
una forma de vigilancia civil del espacio, tanto
por quienes transitan en el lugar como por quienes
habitan en él.
La primera aplicación del taller se llevó a
cabo durante un evento de Mujeres en la Ciencia,
realizado por la Facultad de Arquitectura de la
Universidad Autónoma de Nuevo León, en el
marco del Día Internacional de la Mujer en el
año 2019. Dicho taller formó parte del programa
de talleres para las estudiantes de licenciatura
de la carrera de arquitectura. Posteriormente, en
octubre de ese mismo año, en un nuevo evento
de Mujeres en la Ciencia realizado por la UANL
se llevó a cabo una adaptación de este para la
exposición y el desarrollo de actividades con
estudiantes de nivel bachillerato (Figura 6).

Figura 7. Talleres preliminares de la adaptación del
taller “Building the city like Jane”

Figura 6. Taller “Walking the city like Jane” sobre
movilidad cotidiana de las mujeres en la ciudad (2019)

Figuras 8 y 9. Actividades lúdicas para el estudio de la
representación de espacios y elementos de la ciudad

Fuente: Elaboración propia, 2019

Por medio de actividades lúdicas que consistieron
en que las niñas y los niños representaron espacios y
elementos de la ciudad, realizaron dibujos en papel y
en el pavimento, así como maquetas con materiales
reciclados que les permitió organizarse y trabajar de
forma creativa (Figura 8-11).

Fuente: Elaboración propia, 2019

A través de la experiencia del taller con
estudiantes de licenciatura y nivel bachillerato,
se realizó un ajuste en el contenido del taller,
manteniendo el eje central del tema, para realizar una
exposición a niñas y niños desde nivel preescolar
hasta sexto de primaria. De igual forma, se llevó a
cabo la adaptación de las dinámicas y actividades
que complementaban el taller (Figura 7).

Fuente: Elaboración propia, 2020

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5. Resultados y Conclusiones

Figuras 10 y 11. Actividades lúdicas para el estudio de
la representación de espacios y elementos de la ciudad

La población infantil ha sido confinada en las
ciudades casi exclusivamente a las áreas de juegos
infantiles que se ubican dentro de las áreas verdes
en asentamientos. Sin embargo, resulta evidente
que la mayoría de las áreas verdes y/o parques
dispuestos en las ciudades, que representan el
espacio de juego o “playground” para las niñas y los
niños, carecen de las características necesarias para
realizar actividades de juego libremente, aspecto
que como se ha mencionado anteriormente permite
su desarrollo físico, mental, social y emocional.
El presente trabajo busca subrayar dicha
problemática por lo que se espera replicar la aplicación
del Taller “Walking the City like Jane” en estudios
posteriores con niñas y niños de diversos entornos
para conocer las diferentes necesidades y realidades
de la población infantil, así como profundizar en la
forma en que experimentan el espacio.
Es así como, a partir de dichos estudios se
espera aportar al diseño metodológico para llevar a
cabo talleres o mesas de trabajo con niñas y niños.
Asimismo, por medio de los resultados que se
obtengan se busca reforzar las técnicas empleadas
para conseguir la participación de las niñas y los
niños, así como tomar en cuenta sus opiniones en
la proyección y planeación del espacio público.
Cabe destacar la importancia de llevar a cabo
estudios que buscan fomentar la participación
de las niñas y los niños como actores sociales
y su inclusión en las ciudades, debido a que
el refuerzo de su ciudadanía y su autonomía
en el espacio público conformará a los futuros
ciudadanos.

Fuente: Elaboración propia, 2020

A partir de lo anterior, se pudo observar la forma
en que las niñas y niños visualizaban la ciudad y
los espacios públicos, particularmente los parques,
ya sea por encontrarse próximos a su vivienda o
por ser el lugar que mayormente frecuentaban.

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos, Revista de la Facultad de Arquitectura, Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 12. Número 12. abril 2022 - abril 2023, pp. 40-48 | ISSN: 2448-8399

La arquitectura y el desarrollo urbano sostenible frente a
los retos medioambientales de la ciudad contemporánea:
El caso de la contaminación del aire en el Área
Metropolitana de Monterrey
Sustainable architecture and urban development for the environmental challenges of
contemporary cities: An analysis of air pollution in the Metropolitan Area of M
​​ onterrey
Enrique Cantú Dávila1
Jorge Omar García Escamilla2
Fabiola Rosamaría Garza Rodríguez3
Enrique Esteban Gómez Cavazos4

Resumen

Abstract

En los últimos años el concepto de sostenibilidad
o sustentabilidad ha tomado una gran relevancia
debido al impacto medioambiental que el propio
desarrollo de la sociedad ha traído consigo.
A finales del siglo XX se comenzaron a
desarrollar las actuales tendencias de sustentabilidad
que se abordan en la Cumbre de la Tierra (Río,
1992) con la Agenda 21, que se refiere al modelo
denominado desarrollo sostenible, es decir, duradero
en el tiempo, eficiente y racional en el uso de los
recursos y equitativo en los beneficios.
Según la ONU, en el año 2018 alrededor de
un 55% de la población mundial vivía en áreas
urbanas, estimándose que para el 2050 esta cifra se
incremente a casi un 70%. La expansión demográfica
y la concentración humana en los centros urbanos
han producido grandes cambios en nuestra manera
de vivir y de entender el espacio que habitamos. Las
ciudades se expanden casi imperceptiblemente día a
día, no hay zona por peligrosa que sea o por esencial
para el equilibrio ambiental, que frene la expansión
(J. Bazant, 2008).

In recent years the concept of sustainability has
taken on great relevance due to the environmental
impact that the development of society itself has
brought with it.
At the end of the 20th century the current
trends in sustainability began to be developed
at the Earth Summit (Rio, 1992), with Agenda
21, which refers to the sustainable development,
meaning, lasting in time, efficient and rational
in the use of resources and equitable in benefits.
In 2018, about 55% of the world's population
lived in urban areas, and it is estimated that by
2050 this figure will increase to about 70% (UN,
2018). The demographic expansion and the human
concentration in urban areas have produced great
changes in our way of understanding the space we
inhabit. Cities are expanding almost imperceptibly
day by day, there is no area, no matter how dangerous
or essential for the environmental balance, that
slows down this expansion (J. Bazant, 2008).
Analyzing the Monterrey Metropolitan Area
(AMM), this research aims to generate a pertinent

1
2
3
4

Adscripción: Universidad Autónoma de Nuevo León, Nuevo León, México. Correo electrónico: mcenriquecantu@gmail.com
Adscripción: Universidad Autónoma de Nuevo León, Nuevo León, México. Correo electrónico: jorgeomarge@hotmail.com
Adscripción: Universidad Autónoma de Nuevo León, Nuevo León, México. Correo electrónico: fabiola.grz@gmail.com
Adscripción: Universidad Autónoma de Nuevo León, Nuevo León, México. Correo electrónico: eecavazos@hotmail.com

40

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Analizando el caso del Área Metropolitana
de Monterrey (AMM), se pretende generar una
pertinente reflexión con relación al impacto
negativo de la contaminación del aire que se
genera en las ciudades contemporáneas. Así
como la importancia de la toma de conciencia
y la generación de estrategias sustentables para
enfrentar los diversos retos medioambientales y
de habitabilidad.

discussion in relation to the impact of the air
pollution that is generated in contemporary cities.
As well as the importance of awareness and the
development of sustainable strategies to face the
environmental and habitability challenges.

Palabras Clave:

Keywords:

arquitectura y urbanismo sostenible; retos
medioambientales; contaminación del aire

sustainable architecture and urbanism;
environmental challenges; air pollution

41

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

La sostenibilidad en la ciudad contemporánea

ambiental, esto ha representado una sobre
explotación de recursos naturales, generando altos
niveles de contaminación, junto con importantes
riesgos en la salud y bienestar de los habitantes.
Fue precisamente durante la segunda mitad
del siglo XX que comenzaron a desarrollarse las
actuales tendencias de sustentabilidad urbana
que se abordan en distintos informes y cumbres
internacionales.
En este sentido, la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano de 1972 celebrada en
Estocolmo sentó las bases de la toma de conciencia
mundial sobre la relación de interdependencia entre
los seres humanos, otros seres vivos y nuestro planeta.
Posteriormente en la Cumbre de la Tierra
de Río de Janeiro en 1992, más de 178 países
firmaron la Agenda 21, como resultado de dicha
cumbre y evidencia de las acciones que los estados
deben llevar a cabo para transformar el modelo de
desarrollo basado en la explotación de recursos
naturales como si fuesen ilimitados y en un acceso
desigual a sus beneficios, hacia un nuevo modelo
de desarrollo que satisfaga las necesidades de
las generaciones actuales sin comprometer la
capacidad de las generaciones futuras. Esto, hace
referencia al concepto de desarrollo sostenible
o sustentable, el cual defiende el uso eficiente y
racional de recursos y el reparto de beneficios
ambientales, económicos, sociales y culturales
entre la sociedad, con el objetivo de mejorar la
calidad de vida de los habitantes.
Con información del sitio de las Naciones
Unidad que conmemora el Día Internacional de
la Madre Tierra, se puede mencionar que desde
entonces, todos los esfuerzos por crear conciencia
medioambiental crecieron exponencialmente: la
Cumbre de la Tierra de Johannesburgo en 2002;
la Declaración en 2008 del Año Internacional de
la Tierra; la declaración oficial de la ONU del Día
Internacional de la Madre Tierra; Río+20 , donde
se elaboró un documento que contiene medidas y
prácticas para implementar un desarrollo sostenible.
Sin embargo, a pesar de la búsqueda de toma de
conciencia a nivel global sobre los efectos negativos
de la utilización desmedida del territorio y los
recursos naturales, muchas de las grandes ciudades
presentan graves problemas de contaminación
ambiental derivados por los fenómenos producidos
por el cambio climático, así como por prácticas no
profesionales, negligencias y falta de conciencia
medioambiental al momento de planificar los
entornos construidos de nuestras ciudades.

En los últimos años, las ciudades han sido el
escenario de mayor crecimiento, tanto a nivel
demográfico como de asentamientos urbanos.
En América Latina, el crecimiento urbano ha
supuesto una expansión sin precedentes y en
muchos casos, sin regulaciones. Esto, ha agravado
una serie de problemáticas que afectan la calidad
de vida de la sociedad, como es el caso específico
de la contaminación ambiental.
En ese sentido y a fin de ofrecer visibilidad y una
pertinente reflexión que promueva la generación de
soluciones ante las problemáticas medioambientales
observadas en la ciudad, se propone incorporar
estrategias que promuevan la sustentabilidad con
el objetivo de contrarrestar los efectos negativos
desde diversos aspectos, partiendo de la toma de
conciencia, las acciones y hábitos sustentables,
hasta el diseño y la materialización de proyectos
arquitectónicos y urbanos más sustentables y
adecuados a la realidad actual de la ciudad.
De forma particular, se toma como referencia el
Área Metropolitana de Monterrey, con la finalidad
de generar una reflexión en relación con el impacto
negativo en la sociedad y el entorno, producido por la
contaminación del aire. De esta manera, se visibiliza
la importancia de la toma de conciencia, así como la
generación de estrategias de sustentabilidad en los
diferentes sectores de nuestras sociedades urbanas
para enfrentar los diversos retos ambientales a los
que nos enfrentamos actualmente.
Hoy en día las ciudades son los hogares
del mañana. En el año 2018 alrededor de un
55% de la población mundial vivía ya en áreas
urbanas, estimándose que para el año 2050 esta
cifra se incremente a alrededor del 70% (UN,
2018). En este sentido, es en las ciudades donde,
como menciona J. Mauset I Puxeu (1988), por
excelencia tiene lugar la sociedad.
La mayor parte de la población ya es urbana,
tanto en países desarrollados como aquellos
en vías de desarrollo. Es el caso de México,
en donde después del siglo XX, se presentaron
grandes cambios en materia económica y social,
resultando en un aumento de la población urbana
a más de un 80%.
A partir de la revolución industrial, el
crecimiento en las ciudades se ha manifestado
en un considerable aumento demográfico, lo
que ha traído consigo grandes retos en su diseño
y funcionamiento. Visto desde la perspectiva
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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Precisamente por ello se considera de suma
importancia el proceso de concientización y toma
de acción basada en propuestas o estrategias para
hacer frente a los inminentes riesgos de deterioro
de salud y calidad de vida.

solo a partir de la década de 1970 hasta el año
2010 se presentó un muy significativo cambio
sociodemográfico, la población pasó de 1.2 a más
de 4 millones de habitantes, aumentando alrededor
de 3 veces, mientras que el área ocupada pasó de
ser 13,000 a 76,000 hectáreas aproximadamente,
aumentando el territorio ocupado en alrededor
de 5 veces lo registrado en 1970. Esta tendencia
ha continuado en los últimos años y se ha
visto reflejado en una ocupación del territorio
menos densa y una ciudad más dispersa, con
un importante crecimiento hacia las periferias,
pasando de una densidad bruta de 95 habitantes
por hectárea en 1970 a alrededor de 45 habitantes
por hectárea en los últimos años.
Según el Censo de Población y Vivienda más
reciente (INEGI, 2020), la Zona Metropolitana
de Monterrey cuenta con una población total de
5´341,171 habitantes, convirtiéndose hoy en día
en la segunda urbe más poblada de México, por lo
que las proyecciones de población documentadas
se verán rebasadas en los años siguientes.
Aunado al crecimiento demográfico, la
vocación industrial de la ciudad junto con el
diseño disperso de ocupación del territorio que
han motivado la perdida de áreas verdes y la
utilización desmedida del automóvil por sobre un
modelo de transporte colectivo sustentable, son
los principales factores que han propiciado un
escenario negativo de riesgo medioambiental y
de salud pública relacionado de manera directa a
la mala calidad del aire en la ciudad.
El Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021
menciona que el sistema de movilidad del Área
Metropolitana de Monterrey no refleja planeación
y exhibe condiciones inadecuadas, también indica
que es percibido de baja calidad por el usuario y no
se encuentra totalmente integrado al propio sistema.
A su vez, de la mano con temas de calidad
de vida en el espacio urbano y consideraciones
medioambientales, cabe mencionar el Índice
Básico de las Ciudades Prósperas (ONUHABITAT, 2016), el cual señala que el Área
Metropolitana de Monterrey tiene una valoración
negativa del espacio público, específicamente en
lo concerniente a accesibilidad y áreas verdes,
lo que en conjunto con un uso desmedido y
fragmentado del territorio y un sistema de
movilidad inadecuado provoca implicaciones
muy negativas en la vida de las personas,
convirtiéndolas en lo que Vittadini (1991) define
como “prisioneros” de la ciudad moderna.

Desarrollo urbano en el Área Metropolitana
de Monterrey
En la mayoría de las ciudades latinoamericanas,
el gran crecimiento demográfico que ha dado
forma a sus centros urbanos se ha manifestado en
el proceso de revolución industrial tardía llevada
a cabo durante el siglo XX. En particular, para
las ciudades mexicanas el crecimiento económico
del país durante el siglo XX ha sido el factor
determinante para la transformación del país de
una nación fundamentalmente rural en 1900 a
otra hegemónicamente urbana a comienzos del
siglo XXI (G.Garza 2002).
En este contexto, el modelo de ciudad dispersa
norteamericana ha dominado en la concepción
del diseño de la mayoría de las ciudades
latinoamericanas, de las cuales las ciudades
mexicanas no son la excepción, predominando
por sobre el modelo de la ciudad compacta, la
cual es de una arquitectura y urbanización de
densidad media y congruente con un modelo
considerablemente más funcional para la sociedad,
observado principalmente en ciudades europeas.
Para S. Rueda (1997) la ciudad dispersa o
difusa se asienta en unos pilares falsos, o, dicho
de otro modo, insostenibles; se sostiene a base
de un creciente coste de recursos y de tiempo y
es razonable pensar que peligra su continuidad
de futuro en el instante preciso que algunos de
los recursos manifiesten su limitación. También
menciona que en las ciudades dispersas los
recursos se utilizan por sobre la capacidad de
carga del propio sistema de ciudad, el cual debería,
además de tener como objetivo principal aumentar
la probabilidad de contactos, intercambios y
comunicación, los cuales constituyen su esencia,
para el desarrollo sano y positivo de la sociedad.
En el caso específico de la ciudad de
Monterrey, capital del Estado de Nuevo León, a
finales del siglo XIX y en la primera mitad del
siglo XX, se dieron las transformaciones más
importantes en la ciudad, las cuales definieron
su vocación industrial y su relación con los
municipios colindantes (Aparicio Moreno, 2011).
En el AMM es posible observar que tan
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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

La contaminación del aire en el Área
Metropolitana de Monterrey

La propia Secretaría de Desarrollo Sustentable
del Gobierno del Estado de Nuevo León, en el
Programa de Acción ante el Cambio Climático para
el Estado Nuevo León 2010-2015, planteaba ya la
problemática del acelerado deterioro del entorno
en el estado (agua, suelo, aire y ecosistemas)
debido a un crecimiento desordenado, y una
deficiencia en el uso adecuado de estos recursos.
Dicho programa se desarrolló con el reto
de aplicar el concepto de sustentabilidad para
administrar de manera eficiente los recursos
naturales, proteger el ambiente y conservar los
ecosistemas, así como promover un avance
hacia un crecimiento económico sostenible o
sustentable para construir una economía estatal
robusta que se caracterizara por hacer un uso
eficiente y efectivo de las capacidades y recursos
del Estado de Nuevo León; así como para procurar
elevar el nivel de calidad de vida y el bienestar
general de los ciudadanos.
Sin embargo, hoy en día es posible observar
las diversas problemáticas ligadas con la crisis
medioambiental presente en el Estado de Nuevo
León y sobre todo en su más grande concentración
urbana, el Área Metropolitana de Monterrey. Por
citar dos ejemplos importantes, es posible referirse
a la escases y desabasto de agua y, al tema central
de este trabajo de investigación, las constantes
alertas ambientaste por la extremadamente alta
contaminación del aire, lo cual aunado a los
devastadores efectos de la pandemia del Covid-19,
traen consigo riesgos extremadamente altos a
la salud y un deterioro importantísimo para la
habitabilidad de la gran ciudad.

El aire, elemento vital para los seres humanos
y propiamente para la vida en la Tierra, es una
sustancia gaseosa, transparente, inodora e insípida
que envuelve el planeta y forma la atmósfera;
está constituida principalmente por oxígeno y
nitrógeno y por cantidades variables de argón,
vapor de agua y anhídrido carbónico.
Por su parte, el concepto de contaminación
se define como la presencia o acumulación de
sustancias en el medio ambiente que afectan
negativamente el entorno y las condiciones de
vida, así como la salud o la higiene de los seres
vivos. Para el caso de la contaminación del aire
se refiere a la mezcla de partículas sólidas y gases
nocivos en el aire.
Principales tipos de fuentes contaminantes:
• Fuentes móviles. Automóviles, camiones,
tráileres, entre otros (45%).
• Fuentes fijas. Todas las industrias (11%).
• Fuentes naturales. Por la orografía, geografía
y condiciones atmosféricas, se genera
contaminación de forma natural por la propia
actividad humana en el territorio (28%).
• Fuentes de área. La actividad comercial,
doméstica o de servicios que levanten tierra
(16%).
Contaminantes del aire más comunes y sus efectos:
• El monóxido de carbono (CO), generado
principalmente por la quema de combustible
de los vehículos y motores. Su inhalación
reduce la cantidad de oxígeno en los órganos
y tejidos del cuerpo, agrava las enfermedades
del corazón, causa dolor en el pecho, entre
otros síntomas.
• El ozono (O3), un contaminante secundario
formado por la reacción química de los
compuestos orgánicos volátiles (COV) y
óxidos de nitrógeno (NOx) en presencia de
luz solar, disminuye la función pulmonar y
causa síntomas respiratorios, como tos y
falta de aire, provoca asma y empeora otras
enfermedades pulmonares.
• El dióxido de nitrógeno (NO2) se genera por la
quema de combustible (de empresas eléctricas,
grandes calderas industriales y por vehículos)
y la quema de madera, su inhalación agrava
las enfermedades pulmonares que causan

Imagen 1. Nuevo León en crisis por falta de agua

Fuente: Noticieros Televisa

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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

síntomas de problemas respiratorios y aumenta
la susceptibilidad a la infección respiratoria.
• Asimismo, por las partículas (PM10 y PM2.5)
que se forman a través de reacciones químicas,
a partir de la combustión (por ejemplo, la
quema de carbón, madera, diésel, gasolina), los
procesos industriales, la agricultura (el arado, la
quema de campo), y durante la construcción de
carreteras y en procesos erosivos y la extracción
de material pétreo.
• Las exposiciones a corto plazo empeoran las
enfermedades del corazón o de los pulmones
y causan problemas respiratorios; y las
exposiciones a largo plazo, enfermedades del
corazón o de pulmón.
• Otro contaminante, el dióxido de azufre
(SO2), proviene de la ignición de combustibles
(especialmente el carbón con alto contenido de
azufre), las empresas eléctricas y los procesos
industriales de refinación, su inhalación agrava
el asma y dificulta la respiración.
Determinar la contribución relativa de las
diferentes fuentes en la emisión de los distintos
contaminantes es un proceso complejo, debido
a la gran cantidad de fuentes particulares y su
variación (por ejemplo, más de 2.5 millones
de vehículos en Nuevo León) y a que algunos
contaminantes no se emiten, sino que se forman
en la atmósfera por reacciones químicas; es decir,
la contaminación es proceso directo e indirecto.
La antigua secretaria de fomento industrial y
comercial estimó que Nuevo León consume 3
251 103 toneladas de hidrocarburos al año.
En un estudio, realizado por el gobierno
japonés, en apoyo al de Nuevo León, se tomaron
muestras de la atmósfera de la AMM y se
determinó el tipo de partículas PM2.5 que, por su
tamaño, son las más peligrosas. Según este estudio,
aproximadamente 36% de las PM2.5 proviene de
la quema de combustibles fósiles, principalmente
de fuentes vehiculares.
En cuanto a los efectos a la salud y al ambiente, se
considera que las PM2.5 son las más nocivas para la
salud humana, ya que pueden penetrar directamente
a los alveolos. Afecta principalmente al sistema
respiratorio y cardiovascular, incrementando el riesgo
de una embolia o un infarto, o bien provocando la
aceleración de la aterosclerosis.
El Sistema Integral de Monitoreo Ambiental
del Estado de Nuevo León (SIMA), inició su
operación a partir del 20 de noviembre de 1992 con
la finalidad de contar con información continua

y fidedigna de los niveles de contaminación
ambiental en el Área Metropolitana de Monterrey.
Así, desde esta fecha la población es informada
todos los días del año de la calidad del aire que se
respira en la ciudad.
A su vez, el Índice Metropolitano de Calidad
del Aire (IMECA) fue creado con la finalidad de
que la población en general comprenda los niveles
de contaminación existentes en el aire. Esto a
través de la implementación de una escala igual
para todos los contaminantes según su capacidad
de ocasionar molestias al ser humano.
Se tienen niveles establecidos de concentración
y tiempos de exposición de los contaminantes donde
el ciudadano promedio puede desenvolverse sin
que se afecte de forma significativa su salud. Estos
niveles son establecidos por las Normas Oficiales
Mexicanas para la Calidad del Aire. Los niveles
de la norma ambiental para cada contaminante son
diferentes, ya que la vulnerabilidad del ser humano
es diferente ante cada tipo de contaminante. El
IMECA toma el valor de concentración y el
tiempo de exposición que establece la norma
ambiental para cada contaminante y lo asigna
a los 100 puntos IMECA. De esta manera para
cualquier contaminante se tiene la misma escala de
ponderación en la unidad adimensional del IMECA.
De acuerdo con el reporte de 2016 del Sistema
Integral de Monitoreo Ambiental del Estado de
Nuevo León, en los últimos 14 años, se ha tenido
un promedio de 272 días de mala calidad de aire
por año en el Área Metropolitana de Monterrey.
También, con datos oficiales obtenidos del
SIMA, se puede observar que en fechas recientes
la calidad del aire registrada en diversos puntos del
Área Metropolitana de Monterrey ha presentado
alarmantes índices de contaminación y, por lo
tanto, de riesgo para la salud de sus habitantes.
Específicamente durante el primer trimestre del
año 2022 se han registrado siete días en los que se
ha declarado alerta ambiental por presentarse una
calidad del aire extremadamente mala y un riesgo
a la salud extremadamente alto. Esto aunado
a la situación de crisis sanitaria causada por la
pandemia del Covid-19, la cual cabe recordar
que es una enfermedad que, según la OMS, la
evidencia actual sugiere que se propaga entre las
personas a través de secreciones de la boca y la
nariz; en conjunto representan una situación muy
grave de deterioro en el grado de habitabilidad de
la ciudad, que es hoy en día ya la segunda área
metropolitana más habitada del país.
45

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Reflexiones y estrategias de sostenibilidad
para el Área Metropolitana de Monterrey

Imagen 2. Activación de alerta ambiental por mala
calidad del Aire, 30 de marzo 2022, Gobierno de San
Nicolás, Municipio del AMM

Como se ha mencionado, el Área Metropolitana de
Monterrey es considerada por diversos organismos
como una de las ciudades con la peor calidad de
aire en México y Latinoamérica.
La contaminación del aire es sobre todo un
asunto de salud pública y ambiental, que a su vez
tiene un impacto económico a corto y mediano
plazo. Según estudios del ITESM, la contaminación
atmosférica del Área Metropolitana de Monterrey
les cuesta, al gobierno y a particulares, entre
cuatro mil y ocho mil millones de dólares anuales,
cantidad que resulta de la suma de los costos de
la atención a la salud y de baja de productividad,
principalmente por ausentismo laboral debido a la
contaminación.
Según el estudio realizado por el gobierno
del Estado de Nuevo León con la intención de
formular estrategias para mejorar la calidad
del aire, se establecieron las líneas de acción a
seguir a fin de alcanzar los siguientes objetivos:
A) Establecer una estructura operativa adecuada
y suficiente para atender la problemática de
la calidad del aire de manera integral. B)
Iniciar los procesos para la mejora continua
de la calidad del aire. Este estudio considera
los recursos humanos y materiales exclusivos
para cada una de las actividades relacionadas
con la mejora de la calidad del aire, y prioriza
aquellas acciones que efectivamente reducen la
generación de contaminantes.

Fuente: Twitter

Los días en que se ha declarado oficialmente
la contingencia ambiental, en la cual se alerta
del riesgo extremadamente alto a la salud y se
exhorta a los habitantes a evitar actividades al
aire libre y extremar precauciones, durante el
primer trimestre del 2022, han sido el 6 y 15 de
enero, 17 de febrero y los días 7, 11, 17 y 30 del
mes de marzo. Es decir que basados en el número
de alarmas ambientales por mes, la tendencia de
contaminación y riesgo extremadamente alto a la
salud parecen ir en aumento, esto sin considerar,
como se ha mencionado antes, que ya en la
mayoría de los días comunes el registro habitual
del aire en la ciudad es de calidad mala y riesgo
alto, cuando menos.
Imagen 3. Mapeo del registro de
alerta ambiental del día 30 de
marzo 2022, en el cual predominan
los valores de extremadamente mala
calidad del aire y riesgo a la salud
extremadamente alto
Fuente: http://aire.nl.gob.mx/index.html

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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Mejorar la calidad del aire del Área
Metropolitana de Monterrey es una labor ardua,
que requiere acciones específicas y permanentes
hacia las diferentes fuentes de emisión. Sólo así
se generaría, en el mediano y en el largo plazo, la
reducción de los niveles de contaminación del aire
y el aumento en la habitabilidad de la ciudad.
En este contexto, algunas diversas estrategias
o acciones específicas que podemos aplicar de
forma individual y colectiva como habitantes del
espacio urbano en busca de mejores resultados
ante el riesgo medioambiental que se presenta
por la mala calidad del aire y la contaminación en
general son, por ejemplo:
1) El no tirar basura en cualquier lugar, sino
solo en los botes destinados para este uso.
2) No quemar basura y la eliminación de
cohetes artificiales.
3) No comprar artículos desechables y plásticos
que no son biodegradables.
4) Reutilizar, reducir, reciclar todo lo posible.
5) Usar racionalmente los productos químicos
y deshacerse de los desechos peligrosos y de los
químicos de la forma adecuada.
6) Evitar el consumo de tabaco y derivados.
7) Cuidar los bosques y áreas verdes y no
hacer cosas que puedan provocar incendios ni
afectar las zonas verdes protegidas y urbanas.
8) En cuanto a la movilidad sustentable, en
medida de lo posible incentivar el uso de bicicleta,
caminar, usar el transporte público y minimizar,
así como compartir el uso del automóvil.
9) Es muy importante sobre todo generar
conciencia para buscar desarrollar un mejor y más
prudente modelo de arquitectura de la ciudad y el
espacio urbano, que responda a las necesidades
sociales reales, ya que este predispone en gran
medida nuestras actividades cotidianas.
Es decir, incentivar un modelo de ciudad compacta
y accesible, de una densidad media e inteligente,
la cual tenga una arquitectura y urbanización
congruente con un diseño considerablemente más
funcional para la sociedad, en cuanto a viviendas,
servicios, espacios recreativos y culturales, y áreas
verdes naturales, entre otros aspectos.
Es necesario estimular una ocupación prudente
y moderada del territorio, sin extenderse ya
horizontalmente de manera excesiva, pero tampoco
sobrecargando el sistema de ciudad con gigantescos
rascacielos y desarrollos habitacionales verticales,
exagerados y desproporcionados. Tal como se
ha mencionado en este trabajo y en diversas

investigaciones e informes locales, nacionales e
internacionales, como el propio Objetivo 11 de
Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 ONU
Hábitat del 2015, el cual habla precisamente sobre
estos conceptos para propiciar el desarrollo de
ciudades y comunidades más inclusivas, seguras,
resilientes y sostenibles.
En este sentido, urge establecer de manera
coordinada, las políticas públicas necesarias entre los
tres órdenes de gobierno y que se destinen los recursos
necesarios para ejecutarlas de manera efectiva.
Asimismo, se requiere crear conciencia en
la población sobre el impacto de la actividad
humana en el ambiente y sumar a la sociedad civil
organizada, así como las universidades y centros
de investigación, donde participen activamente
arquitectos y diseñadores que promuevan nuevos
modelos de diseño sustentable para la ciudad,
así como profesionales e investigadores de otras
disciplinas que trabajen en conjunto para generar
mejores resultados de habitabilidad en la ciudad
contemporánea.
Es decir, es momento de reaccionar, la Tierra
ya no puede esperar. Las acciones del cuidado del
aire deben ser inmediatas y aplicadas por todas
las personas que habitamos el planeta, ya que de
no ser así puede ser algo irreversible.
Finalmente, considerando la preocupante
realidad de crisis medioambiental que se vive
actualmente en el Área Metropolitana de
Monterrey y seguramente en diversas ciudades con
características similares, se reitera que, antes que
nada, se debe generar conciencia social para así
poder proponer y emprender acciones de manera
colectiva en vista de aumentar el nivel de bienestar,
impulsando un desarrollo sostenible de la sociedad
en una ciudad más digna y habitable, tanto en el
presente como para las generaciones futuras.

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Referencias bibliográficas
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de Metropolización. Región y Sociedad / año XXIII/ no. 52. 2011. El Colegio de Sonora, ISSN
1870-3925.
Bazant , J. (2008). Procesos de expansion y consolidación urbana de bajos ingresos en las periferias.
Bitacora 13. Universidad Nacional de Colombia. Bogota. Pag 117-132, agosto 2008.
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mx/publicaciones/plan-estatal-de-desarrollo-2016-2021
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Anteproyecto para consulta pública.
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http://aire.nl.gob.mx/index.html
http://aire.nl.gob.mx/docs/reportes/Reporte_WG3_PM2.5_Monterrey.pdf
https://news.un.org/es/story/2020/07/1477231
http://www.nl.gob.mx/servicios/reportes-mensuales-de-calidad-del-aire-0
http://www.nl.gob.mx/servicios/reportes-mensuales-de-calidad-del-aire-0
https://www.un.org/es/observances/earth-day
https://www.un.org/development/desa/en/news/population/2018-revision-of-world-urbanizationprospects.html

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos, Revista de la Facultad de Arquitectura, Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 12. Número 12. abril 2022 - abril 2023, pp. 49-55 | ISSN: 2448-8399

Producción de sal en la Laguna de Cuyutlán, Colima
Salt production in the Cuyutlán Lagoon, Colima
Gabriel de Jesús Fonseca Servín1
Guadalupe Gutiérrez Santana2
Juan Pablo Rodríguez Godínez3

Resumen

Abstract

Haciendo un proyecto de investigación sobre
herramientas de uso no comercial dimos con los
salineros de Cuyutlán y con toda esta problemática,
planteada por ellos y comprobada por el trabajo de
campo. Decidimos intervenir con Proyectos de
Diseño para ver cuánto podríamos proponer para
mejorar desde nuestra trinchera las problemáticas
encontradas.

Doing a research project on tools for noncommercial use we found the salt workers of
Cuyutlan and this problem, stated by them and
proved by fieldwork. We decided to intervene
with Design Projects to see how much we could
propose to improve from our trench the problems
encountered.

Palabras Clave:

Keywords:

producción de sal; desarrollo sostenible; Laguna
de Cuyutlán

salt production; sustainable development;
Cuyutlán Lagoon

1
2
3

Adscripción: Facultad de Arquitectura y Diseño Universidad de Colima, Colima, México. Correo electrónico: gabrielfonseca@ucol.mx
Adscripción: Facultad de Arquitectura y Diseño Universidad de Colima, Colima, México. Correo electrónico: lupegsantana@ucol.mx
Adscripción: Facultad de Arquitectura y Diseño Universidad de Colima, Colima, México. Correo electrónico: rodriguez_godinez@ucol.mx

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Haciendo un proyecto de investigación sobre
herramientas de uso no comercial dimos con los
salineros de Cuyutlán y con toda esta problemática,
planteada por ellos y comprobada por el trabajo de
campo. Decidimos intervenir con Proyectos de
Diseño para ver cuánto podríamos proponer para
mejorar desde nuestra trinchera las problemáticas
encontradas.

salinos, y una vez dueños de las tierras, rentaban los
terrenos de cada pozo a los salineros que eran indios
y mestizos. A partir de 1952 se formuló un contrato
Salineros de Cuyutlán de compra–venta donde la
Sociedad Cooperativa adquirió 4,283 hectáreas.
En las salinas de Cuyutlán se amontonan
toneladas de historia blanca. Sal orgánica de
Cuyutlán. Respaldada por certificadoras europeas,
Salinas de la Santa Cruz, enriquece al mundo.
Han pasado siglos desde la escritura -en Chinadel primer tratado que hablara del “condimento
más viejo del mundo”; desde que el níveo polvo
sirviera de pago a los legionarios romanos dando
origen a la palabra “salario”; desde que el cuadro
que la representaba en los tratados alquímicos
escondiera el secreto de los poderes mágicos que
se le atribuían. El tiempo continúa su paso, pero la
sed del mundo causada por la sal que da sabor a la
vida no se ha apagado.
Acostumbrada a detonar guerras -uno de los
motores de la Revolución Francesa fue intentar
abolir el impuesto sobre el condimento-, la sal
es ahora el centro de una revolución histórica en
las costas de la Laguna de Cuyutlán en Colima,
donde Salinas de La Santa Cruz produce sal y flor
de sal orgánicas certificadas de alta calidad.
Para ser considerada orgánica, la sal debe ser
producida en estrictas condiciones de higiene, sin
ningún agregado químico, de manera artesanal -casi
sin máquinas- y sustentable, así como ofreciendo un
trato y remuneración justos a los trabajadores.
Pero siendo la sal un compuesto químico
inorgánico ¿cómo puede dársele ese nombre?
“La sal es inorgánica, por lo que no se certifica
lo orgánico del producto sino el proceso para
obtenerlo”, explica Mariano de la Garza,
director de la Salina de la Santa Cruz, “el
proceso con el que producimos esta sal es único
en Latinoamérica, somos los únicos certificados
y esto nos está catapultando a otros países”.
Avalada por Soil Association de Inglaterra
-el organismo certificador más grande del Reino
Unido- y Bioagricert de Italia, la sal orgánica
producida en Colima adereza hoy día mesas en
España, Portugal, Bélgica, Alemania, Estados
Unidos y Francia bajo la marca de Sal Marina.
Pero quien piense que la travesía para
llegar a las cocinas ha sido fácil, se equivoca.
Durante muchos años las características que
definen a esta sal, como su contenido de otros
componentes -entre ellos oligoelementos como
el calcio marino, magnesio y potasio, cuya

La hipótesis que se plantea es que es factible
mejorar la calidad y cantidad de producción de la
sal de Cuyutlán a través del Diseño Industrial.
Por su parte el objetivo general es mejorar la
producción de sal en cantidad y calidad, y los
objetivos particulares son filtrar el agua a la salida
del tajo, para evitar sólidos en suspensión en ella
al momento de procesarla, acelerar el proceso de
evaporación del agua a base de calentadores solares
y con esto aumentar la densidad de esta en menos
tiempo, hacer propuestas de materiales que eviten el
uso indiscriminado de película de polietileno y con
esto facilitar la pisca (Cosecha) de la sal, además de
plantear que el nuevo dispositivo sea fácil de lavar y
almacenar para poder reutilizarlo durante varios años,
evitar hasta donde sea posible la contaminación de la
sal por sustancias ajenas a ella y finalmente hacer la
propuesta de un equipo confiable para el yodado y
fluorado de sal para consumo humano.
Antecedentes
En la historia del mundo, la sal siempre ha sido
necesaria para la supervivencia humana, desde
la antigüedad los señores dueños de la tierra y
los gobiernos utilizaban la sal para ejercer su
poder, ya fuera como arma o como un medio
para obtener beneficios. En México, a finales
del siglo XVIII, Cuyutlán producía anualmente
hasta 30 mil cargas de sal (3,600 toneladas), que
eran llevadas a lomo de mula desde Colima hasta
lugares tan distantes como Guanajuato, Taxco y
la Ciudad de México para su manejo comercial,
ya que era un ingrediente indispensable para la
producción de plata, principal producto y soporte
de la economía de entonces.
Existieron salinas a todo lo largo del litoral
colimense: Tecpan, Petlazonech, Real de San
Pantaleón, Tecuanillo, Guazango y Carrizal
entre otros, que en un principio fueron propiedad
comunal de las poblaciones indígenas, poco a
poco los españoles fueron acaparando los terrenos
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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

ingestión resulta favorable para el ser humanoprovocó que fuera subestimada por los grandes
distribuidores del producto.

jornaleros que no pertenecen a ninguna cooperativa
y cuyo trabajo es a destajo, su ganancia es
únicamente la que pueden obtener durante el
periodo de la zafra, la cual puede ser muy buena o
mala; en lo que resta del año, son jornaleros en las
huertas y trabajan en la siembra de tierras, algunas
propias o rentadas. Aún con esto el negocio de la
sal parece rentable, con años buenos y años malos
Para analizar el proceso de extracción de la
sal, fue necesario acudir al lugar varias ocasiones
para observar el trabajo que realizan los salineros,
cabe mencionar que dichas visitas deben ser antes
del amanecer, dado que es el horario propicio
para realizar el trabajo debido a las condiciones
climáticas del lugar. Además, se realizaron varias
entrevistas con personas de diferente rango y
conocimiento del tema

La sal
Análisis del proceso actual y propuesta de mejoras
Imagen 1. La sal

Fuente: Gabriel Fonseca

El proceso

Planteamiento

Para describir el proceso de obtención de sal, lo
dividiremos en 5 grupos, los cuales se enuncian
enseguida.
1.- Extracción de agua
2.- Filtración por decantación
3.- Fermentación
4.- Cristalización
5.- Recolección
1.- La extracción de agua se hace con motobomba,
el agua se extrae directamente del tajo (pozo de
poca profundidad).
El tajo se hace utilizando pala y barra hasta
encontrar agua, a menos de 1 metro, y se cambia
constantemente, tratando de localizar una mayor
cantidad de agua.
La motobomba utiliza gasolina como
combustible, con salida de agua de 2 pulgadas.
Estas motobombas tienen una vida útil de
3 años en promedio, debido a que la salinidad
afecta directamente a sus componentes metálicos.
¿Por qué se utilizan motobombas? y ¿por qué
extraer el agua del subsuelo? Éstas son preguntas
que contestaremos a continuación.
El uso de la motobomba fue un cambio que
aportó una gran mejora en la obtención de la sal,
ya que se realiza un menor esfuerzo, en el proceso
anterior al uso de ésta, el agua se obtenía con cubetas
directamente de la laguna. Las personas recolectaban
el agua y la vaciaban en un filtro llamado tapeixtle,
fabricado con palos y tapetes de palma, que hacía de
filtro para atrapar la arena que se vaciaba primero en
el colador y era lavado con el agua.

Actualmente el proceso de extracción de sal es
ineficiente, según empresarios y socios de las
cooperativas, algunos pedidos han tenido que
cancelarse debido a la falta de productividad,
a esto debemos agregarle que muchas veces
la temporada de lluvias invernales retrasa el
comienzo del trabajo, disminuyendo también la
cantidad de sal obtenida anualmente. Y aunque
por temporada se garantice un buen asoleamiento,
los días nublados pueden mermar la evaporación,
con esto el tiempo de cristalización tarda más.
Éstas son algunas de las limitantes que reducen
la cantidad anual de sal, y es que en muy buena
medida el proceso de obtención de la sal depende
de las condiciones climáticas (Sal solar).
En el estado de Colima, específicamente en el
municipio de Armería, funcionan 22 cooperativas
productoras de sal (según datos proporcionados
por el Sr. Víctor Manuel Jaramillo, cooperativista
del poblado Venustiano Carranza), todas ellas
utilizando agua del subsuelo de la Laguna de
Cuyutlán para el proceso de obtención de la
sal; un buen número de jornaleros dependen
económicamente de esa actividad.
Para algunas de estas cooperativas la zafra
comprende sólo los meses de febrero a mayo, sin
embargo, la sal es almacenada y vendida durante todo
el año, garantizando el abastecimiento a la comunidad
y un ingreso para los socios cooperativistas.
Las circunstancias son diferentes para los
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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Así el agua con alta concentración de sal es
depositada en la taza, un gran recipiente, el cual
sirve de contenedor.

fabricado con película de polietileno de color
negro y cúmulos de tierra que lo circulan y que
le dan forma. Ahí permanece aproximadamente
por 22 días (soles), se extrae cuando alcanza una
densidad de 25 grados.
Nota: Al mismo tiempo que el agua se
evapora, aumenta la densidad y concentración de
sal, Por otro lado, este proceso sirve de filtro por
decantación, es decir los sólidos en suspensión en
el agua se van al fondo del estanque.

Imagen 2. Tapeixtle

Imagen 4. Tajo

Fuente: Gabriel Fonseca

Después el procedimiento consistía en llevar
el agua con alta concentración de sal directamente
a las eras, previamente tratadas y emparejadas
con cal y arena, donde se obtiene el producto; ya
que el agua se evapora y la sal se decanta al fondo
de la era.
Este procedimiento, aunque efectivo, se realizaba
a mano o con mulas y resultaba muy laborioso.
El cambio por la motobomba ha significado un
ahorro gigantesco en mano de obra, sin embargo,
en los procesos siguientes prevalecen algunos
inconvenientes, como el tiempo que se tarda en
el paso 2.

Fuente: Gabriel Fonseca

El siguiente paso que proponemos es la
filtración, la calidad de esta agua no puede ser
garantizada por el simple efecto de la decantación,
pues hay otros agentes que pueden estar en
solución en el agua y que este tipo de filtración no
da la certeza de extraer.

Imagen 3. Eras de Cristalización

Imagen 5. Estanques

Fuente: Gabriel Fonseca

2.- Cuando el agua es obtenida del tajo tiene
una densidad de aproximadamente 7 grados
Baume, esta agua es depositada directamente
en un estanque de 1.5 metros de profundidad,
por 8 metros de ancho y 25 metros de largo,

Fuente: Gabriel Fonseca

52

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

3.- Entre el sistema de decantación y el de
concentración se puede llevar casi 25 días, para
obtener una densidad salina de 25 grados. Este
proceso se lleva a cabo entre la taza y el estanque
mencionados por la acción de evaporación
por calor producto de la radiación solar, que
constantemente evapora agua, dejando un agua con
alta concentración de sal y con esto aumentando la
densidad del agua.
Ya en las eras de cristalización, el proceso
para obtener la sal tarda dos o tres días más. El
principal problema que vimos fue el tiempo para
llegar a 25 grados de concentración, pues los días
nublados afectan radicalmente la evaporación.
El estanque está fabricado de la misma forma
que las eras de decantación ya mencionadas. Con
cuatro estanques se tiene un rendimiento para casi
mil eras.

producto (La calidad del producto se mide en
base al tamaño del grano y cantidad de impurezas
que contenga la sal).
Sin embargo, cabe destacar que es difícil
pensar en una gran inversión en tecnología, ya
que causaría una gran preocupación en cuanto a
la recuperación económica, debido a la naturaleza
temporal de la obtención del producto.
El uso de tecnología económica y eficiente
podría ayudar a solventar la producción y
recuperar la inversión rápidamente, además de
garantizar el trabajo a jornaleros y socios de las
cooperativas quienes integran económicamente
esta actividad, tan importante para las localidades
cercanas a la laguna.
El costo ecológico en cada zafra
Cada año, para la zafra y según el funcionamiento
de cada cooperativa, se invierte en los materiales
necesarios para la producción de sal. Estos van
desde la película de polietileno (plástico) que
todos los años se compra en grandes cantidades,
así como herramientas manuales, motobombas,
palas, mangueras, coples, abrazaderas, y otros
elementos, algunos productos de recicle como
cámaras de llanta para sujeción de mangueras.
Estos implementos son necesarios, además de la
fabricación de otras herramientas de elaboración
artesanal, que año con año se construyen sin una
valoración ergonómica de uso o función.
Se conocen casos de aprovechamiento y
en otros de despilfarro donde por tratarse de
cooperativas reportan extravío o descompostura,
obligando cada año a la compra de material nuevo.
Para todos los casos, el gasto anual en plástico
polietileno representa varios millones de pesos por
cooperativa, sin contar el cambio de motobombas
cada 3 años, cepillos y palas, carretillas y otras
herramientas que por su uso se deterioran. Pero
lo que causa un mayor conflicto es la compra de
tanto plástico.
Comentan que mucho de ese plástico, una vez
terminada la zafra, es vendido a campesinos para
cubrir silos, o para otras actividades, (y aunque
muchos lo niegan se han encontrado rastros de
quema del material), además de que la venta del
plástico para silos no representa un porcentaje
considerable contra el costo invertido y la
cantidad comprada. Otro gasto es la cantidad de
palas y carretillas que año con año la cooperativa
tiene como obligación entregar a sus agremiados.

4.- El vaciado en las eras de cristalización se hace
con un sistema de mangueras interconectadas, con
tomas cerca de cada era, lo que facilita su llenado
cada vez que se necesite, con tan sólo abrir la
llave. El llenado es de apenas dos centímetros.
En este lugar se está moviendo el agua
constantemente y retirando la sal ya formada.
Esta es depositada en cúmulos de tierra al
margen de las eras, denominados lavaderos, donde
la sal se acumula y el agua se desliza hacia el interior
de la era para seguir su proceso de evaporación.
Imagen 6. Eras de cristalización y lavaderos

Fuente: Gabriel Fonseca

Con este procedimiento se obtienen hasta
200 toneladas de sal por productor en una zafra,
utilizando 8 tazas, y 1000 eras de cristalización,
aproximadamente.
El procedimiento es efectivo, pero no cumple
las exigencias del mercado, que busca tanto
mayor cantidad como una mejor calidad del
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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Si todos estos antecedentes los pudiéramos
poner en una balanza, el resultado más probable
sería que ésta se inclinará más hacia lo económico,
dejando muy por debajo la sustentabilidad.

•

Debido a esto se plantea lo siguiente:
•

•

•

•

•

Sin una conciencia muy clara del impacto
ambiental, resulta muy práctico comprar
plástico nuevo y extenderlo para los
estanques y eras.
Del mismo modo, debido a que son áreas de
una extensión considerable las cubiertas con
el plástico, resulta muy incómodo recuperarlo
al término de la zafra y más aún limpiarlo y
guardarlo.
Existe otro factor importante, el polietileno
es afectado por la radiación ultravioleta y
en película delgada es aún peor, es decir,
las partes que quedan expuestas al sol en
una zafra comienzan a mostrar signos de
deterioro.
Con dichos signos de deterioro y aunado a
lo complicado del manejo de una extensión
tan grande de plástico, tratar de lavarlos y
guardarlos terminará con un gran número de
ellos rotos o dañados, lo cual dificultará su
guardado y el volver a instalarlos durante la
siguiente zafra, por lo cual es más cómodo
comprar nuevo.

•
•

Acciones:
•
•

•

Podemos observar que la balanza se inclina
demasiado a la parte económica, sin que haya un
plan de recuperación y de mantenimiento de su lugar
de trabajo. Esto ha causado un impacto importante,
sobre todo en la paulatina desaparición de la fauna y
de la flora del lugar, con lo cual aparecen problemas
ambientales muy serios.
En algunas visitas que se han realizado al
lugar donde se extrae la sal y en pláticas con
los principales actores en esta actividad se
han descubierto algunas problemáticas que a
continuación trataremos de establecer: Cabe
mencionar que cada uno de los problemas que a
continuación definiremos requiere un tratamiento
específico, es decir serían varios los proyectos
que están en desarrollo.
•

Desde que se extrae el agua del tajo (pozo de
extracción) hasta que se condensa la sal en
el fondo de la era pasan entre 25 a 30 días.
Durante todo este periodo está al aire libre,
existiendo contaminación con polvo, aves e
insectos principalmente.
Aunque la sal es un desecante natural y deshidrata
cualquier bacteria o cuerpo extraño que en ella
caiga, no deja de tener cierta insalubridad el
hecho de que los agentes extraños que caen ahí
se descompongan y aunado a esto las personas
entran y salen descalzas de las eras para trabajar
metiendo arena.
La contaminación por polvo, ya que por las
tardes son muy fuertes los vientos.
No existen letrinas o lugares específicos
para que los salineros hagan sus necesidades
fisiológicas.

Experimentar en el lugar con modelos de
calentador solar. En experimentos controlados
obtuvimos temperaturas de 780C.
Experimentar con un evaporador solar la
factibilidad de obtener sal, evaporando agua
salada con muy alta densidad (parecido a
deshidratadores de leche).
Experimentar con charolas de acero
inoxidable la obtención de la sal en lugar
de eras en el suelo cubiertas con polietileno
(ahorraría en mano de obra de preparar el
terreno y las charolas se pueden usar por
varios años).

La meta:
•

Hacer prototipos y probarlos en el lugar.

Anexos
A continuación, se agregan imágenes de la propuesta
de charola para decantación en acero inoxidable y
rejilla de polietileno reciclado.
La charola es de acero inoxidable. La rejilla
inferior ahorra mucho tiempo en cuanto a la
nivelación de la tierra y a la vez es un aislante
térmico que impide la pérdida de calor ganado por
el agua ya que genera un colchón de aire entre la
charola y la arena.
Se propone que la rejilla sea de PET 100%
reciclado y la idea es que sea fabricado en

Existe un serio problema de contaminación
por el excesivo material plástico que se usa
en el proceso de extracción y el destino final
del mismo una vez concluida la zafra.
54

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

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la recicladora de plásticos de la Facultad de
Arquitectura y Diseño (FAYD). Como estará a la
sombra bajo la charola de acero la radiación UV
no la afectara y en caso de dañarse por cualquier
motivo es posible trasladarla para que se reprocese.
La charola, al ser de inoxidable, será lavable y
almacenable para dar servicio por muchas zafras
además de ser reciclable.
Con los instrumentos de barrido que actualmente
tienen los productores no tendrían la necesidad
de meterse a la era a barrer la sal decantada, se
puede hacer desde afuera, con lo cual se evita la
contaminación por arena en los pies.
La parte más alta cumple la función del
lavadero (escurrir la sal recién obtenida). Con
esto se evita el desperdicio de sal o la posible
contaminación con arena que ocurre con los
lavaderos actuales y se recupera el 100% del agua
con alta concentración de sal.

Conclusiones

Imagen 7. Propuesta de charola para decantación en
acero inoxidable y rejilla de polietileno reciclado

Imagen 8. Propuesta de charola para decantación y
lavadero en acero inoxidable

Este es uno de los muchos temas de vinculación
con el sector productivo y social que actualmente
tenemos en proceso, pero hay varios más que
llevamos realizados, como artesanía en Totomoxtle
para artesanas de Nochistlan, Zacatecas, muebles
tradicionales de la comunidad de Valentín Gómez
Farías, Jalisco, desarrollo de artesanías en fibras
naturales para artesanos de las lagunas de Alcuzahue
y Chanchopa en el municipio de Tecomán; Colima
entre otros. Estamos convencidos de que el diseñador
tiene mucho que aportar al desarrollo económico de
este país si se decide a darle más valor a los objetos
artesanales que abundan y mantienen estancados
por una falta de visión de nuestros artesanos.

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del Diario de Colima.
Asociación Mexicana de la Industria Salinera A.C. (www.amisac.org.mx)

55

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos, Revista de la Facultad de Arquitectura, Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 12. Número 12. abril 2022 - abril 2023, pp. 56-64 | ISSN: 2448-8399

Consideraciones de la ciudad contemporánea: Hacia una
intervención adecuada
Considerations of the contemporary city: Towards an appropriate intervention
Ana Cristina García Luna Romero1
Martín Francisco Gallegos Medina2

Resumen

Abstract

El hombre vive su propia fragilidad frente al entorno
natural que le confronta, además de su limitación
espacio temporal que presenta su condición humana;
sólo su innata habilidad creativa le permite enfrentar
estas limitaciones en busca de sentido.
Ahora bien, el ser humano se distingue del
resto de lo existente por sus facultades espirituales
(inteligencia, voluntad) que le ayudan a conducir
estas limitaciones. El hombre crea cultura para
llevar a escala humana lo vasto del universo, le
pone frontera, lo define.
Esta delimitación le permite significar el
entorno a través del recurso lingüístico, resultado
de la capacidad humana que busca respuestas a sus
interrogantes; el símbolo se convierte así en una
manera de categorizar el mundo que le envuelve.
El presente artículo tiene como objetivo
proponer una forma adecuada a lo humano al
intervenir la ciudad contemporánea a través de
lo que denominamos transgénesis en la ciudad
mediante datos estructurales de lo humano que
permitan pensar, diseñar, construir y vivir la
ciudad (Gallegos, 2019).
Se utiliza el método fenomenológico, en contraste
con el análisis de fuentes bibliográficas en busca de
una forma adecuada de hacer y vivir la ciudad.

The human being recognizes himself from his own
fragility in the face of the natural environment
that harasses him, in addition to the fragility of
his human condition; his innate creative ability
allows him to face these limitations in the search
of meaning. The human species thus distinguishes
itself from the other species in its spiritual faculties
(intelligence, will) that help it deal with these
limitations. It creates culture to bring the vastness
of the universe to human scale, to define it.
The relevant idea behind this approach
consists in the environment significance, which is
a linguistic resource, a result of human capacity
in search of answers to questions; the symbol
transforms in a way to categorize the world that
surrounds the human being, an indispensable
condition for the same human being, as an
individual, to live and, as a citizen, to live together.
This article aims to intervene in an appropriate
way to the contemporary city through what we
call transgenesis in the city through structural
data that allow us to think, design, build and live
the city (Gallegos, 2019).
In this article we use the phenomenological
and bibliographic method in order to pursue a
more adequate way to make and live the city.

Palabras Clave:

Keywords:

transgénesis; ciudad; hombre

transgenesis; city; human

1

Adscripción: Alumna del Doctorado en Filosofía con Orientación en Arquitectura y Asuntos Urbanos, correo electrónico:
anacristina.garcialuna@gmail.com
2
Adscripción: Facultad de Arquitectura de la UANL, Nuevo León, México. Doctor en Filosofía con Orientación en Arquitectura y Asuntos
Urbanos, correo electrónico: martinfranciscogallegos@yahoo.com.mx

56

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Introducción

La ciudad contemporánea permite ver los
procesos de evolución o involución en aquel
que la piensa, la diseña, la construye y la vive.
Ahora bien, las expresiones culturales, producto
del ser humano, resguardan una herencia que
identificamos como patrimonio; estas herencias
culturales en algunos lugares tienen un papel
protagónico, sin embargo, en riesgo de ser
sacralizadas, o bien, banalizadas. (Choay, 2009,
p.157) Frente a esta doble posibilidad, se pone en
tela de juicio la actual competencia del individuo
(hombre) para conceptualizar y construir el
espacio público a la altura de lo humano.

Para Saint-Exupéry (2016, p.142) “no hay que
aprender a escribir, sino a ver. Escribir es una
consecuencia”. Rebon, por su parte, (2017, p.396)
en su libro: En la ciudad líquida, afirma que la
literatura no es más que una consecuencia de
haber visto y, sobre todo, vivido; ahora bien, esta
misma dinámica presentada por ambos autores en
el campo de la literatura, alcanza, por alanalogía, la
relación hombre-entorno, es decir, si se busca una
intervención adecuada sobre el entorno, primero es
necesario mirar, intervenir es una consecuencia.
Sennet, en su obra la corrosión del carácter
critica al actual sistema económico como causa
de corrupción social, entendiendo el término
carácter como valor ético que atribuimos a
nuestro deseo de relacionarnos con los demás,
inmersos en un mundo materializado, resultado de
un proceso de exteriorización de la interpretación
humana. (2000, p.13-155)
Ahora bien, más allá de la posición ética con la
que se defina carácter, que configura la identidad
de la persona como conjunto de elementos y
dimensiones específicas de la misma, no deja de
ser más que un indicador que pone en evidencia
datos antropológicos, como lo son la capacidad
de pensar y decidir sobre lo pensado.
La corrosión se manifiesta como un proceso
de degradación continua hacia lo humano, sea
infringida interna o externamente. No es una
destrucción sino una transformación continua,
aunque no necesariamente en proceso de evolución,
se puede hablar también de involusión. Este
proceso dinámico produce una afectación a la
persona humana, de ahí que, la responsabilidad del
diseñador de formas, como gestor de la construcción
del espacio social ha de estar al servicio de éste y no
solo al servicio de intereses individuales.
La ciudad sólo puede entenderse y desarrollarse
si conlleva el adjetivo social, conformada por
entidades individuales. La dimensión de lo
social se ubica en el ámbito de desarrollo propio
del hombre y en su identificación con la ciudad
evidenciando un elemento básico de lo humano al
ser intrínsecamente individuo-comunidad.
Siendo así, el desarrollo de la cultura, su historia
y sus desafíos, sus retos y sus configuraciones se
ven acompañados de las teorías urbanas, las cuales
conforman la idea de la ciudad como una entidad
en continuo cambio, polifacética, múltiple, integral
y al mismo tiempo cohesiva. (Knox, 2018, p.10-16)

El imaginario hegemónico tras la globalización
Resulta necesario abordar una alternativa humanista
que permita conocer y presentar la ciudad a partir de
diversas aproximaciones de la realidad para reconocer
la importancia de la relación del entorno sobre los
niveles de felicidad del ser urbano. Narváez (2012)
introduce el término de ciudades inimaginables
desde una concepción de lo imaginario que se centra
en cómo visualizamos como colectivo las ciudades
en las que vivimos. Esto con la premisa de que, con
el paso del tiempo, se han ido creando espacios con
diseños acumulados por siglos, en una morfología
urbana que ha formado ciudades ilegibles, o como
se plantea inimaginables, para las sociedades que
las habitan. Se cuestiona, pues, cuál es el efecto que
estos espacios ilegibles tienen en su población, y si
estos efectos varían conforme a las condiciones de
vida de las personas que los usan.
Así, el planteamiento de Narváez (2012, p.1358) deja en claro con su argumentación que
existe una imagen colectiva de cómo deben de
estructurarse las ciudades, pues todo esto viene
con un gran bagaje histórico y cultural, y que por
ende, es claramente eurocéntrico.
Desde esta perspectiva, el autor señala que
esto viene con todo un paradigma impuesto que
tal vez no es lo más acertado para el paradigma
que existía originalmente, creando un sincretismo
casi desordenado y creado de manera errónea.
Así pues, propone: “se vuelve imperativo el
que revisemos desde lo imaginario a estas formas
urbanas, reconociendo que son el resultado de
un proyecto para transformar las visiones y las
mentalidades.” (opus cit., 2012, p.72)
Lo anterior también va aunado a que las
estructuras de las ciudades que hoy son las bases
de nuestros espacios estan diseñadas en torno a
57

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

sus estratos socioeconómicos. Este entendimiento
nos ayuda a aproximarnos al tema de cómo la
legibilidad podría afectar en el nivel de felicidad de
las personas por medio de cómo están perpetuando
la marginación entre clases sociales.
De esta forma, se habla de cómo, en Europa
y con la creación del concepto original de la
ciudad, la burguesía estuvo a cargo de estructurar
los espacios a su parecer.
Evidentemente, el parecer de la burguesía dejaba
una clara desventaja hacia las clases trabajadoras,
por lo cual, al haber adoptado estos mismos
modelos de estructura para nuestras ciudades hoy,
se propicia y hace difícil su erradicación.
El segundo tema, y probablemente el más
importante, que se tiene que aclarar para poder
llegar a un mejor entendimiento de la legibilidad de
las ciudades es el de las ciudades red. Para Narváez,
“las ciudades red son: extensas regiones planetarias
cubiertas ahora por una urbanización difusa, que
avanza inexorablemente en una cobertura total de
los territorios.” (opus cit., 2012, p.27)
Esta urbanización difusa, de la cual se
habla constantemente, es comprendida como la
implementación de vías de comunicación o de
conexión en la extensión de toda la ciudad. Los
ejemplos que se utilizan para aclarar esto son
los ferrocarriles, los cables de electricidad, agua
y drenaje, carreteras y al final, los medios de
comunicación.
Por consiguiente, todo esto crea un imaginario
basado en las redes que son creadas por todo lo que
está presente en la ciudad, pero que a la vez es difícil
de imaginar, pues es algo tan desordenado con base
en una morfología urbana sin las bases necesarias
para el funcionamiento efectivo de la ciudad.
Entonces, si las ciudades no tienen un
funcionamiento efectivo, se cuestiona ¿cómo es que
la sociedad va a tener un funcionamiento efectivo?
De ahí, el gran problema, pues numerables y
grandes problemáticas sociales están trastocadas
por la organización urbana que tenemos.
Por una parte, el hecho de que los habitantes
de las ciudades sean incapaces de imaginar la
ciudad en la cual viven puede afectar la manera
en la que se relacionan entre sí. Si no hay un
espacio público que sea utilizable de manera
eficaz por las comunidades, como fue creado
originalmente en torno a nuestros cánones,
entonces hay una percepción de comunidad
trastornada y moldeada a la fluidez y a meros
instantes de convivencia.

Aunado a lo que se ha discutido acerca del
concepto de comunidad que se ha distorsionado,
también hay un constante conflicto acerca de la
seguridad y la libertad que la persona tiene, lo cual,
como se expuso anteriormente, tiene sus raíces en
la carente imaginabilidad de las ciudades.
La visión de comunidad que antes se tenía,
ha evolucionado a algo basado en el sistema
neoliberal que se ha adoptado conforme entra en
auge la globalización, tan repentina y tan apurada,
que se ha vivido en los últimos cincuenta años.
Ahora la función, como la llama Narváez, de
las comunidades se basa en el sistema económico
que se ha desarrollado, algo que claramente no
deja espacio de libertad para que la persona tenga
una identidad separada de su trabajo y de su
productividad.
Así lo refiere Narváez: “la pérdida de esa
seguridad y dignidad, se empareja con una
libertad en expansión y con la ruptura de las viejas
concepciones de comunidad.” (opus cit., 2012, p.59)
Por todo lo anterior, vemos cómo las ciudades
red, las cuales son inimaginables y transformadas
en algo sin una estructura bien definida de acuerdo
a los paradigmas, llevan a cabo la distorsión de
los conceptos que dan sentido a la sociedad.
A lo que nos lleva todo lo que se ha discutido
a lo largo de este escrito es al cuestionamiento
acerca de cómo la ilegibilidad, o como lo plantea
Narváez, la falta de imaginabilidad de estas
ciudades, afecta la felicidad o infelicidad de las
sociedades que las habitan.
Así, para dejar esto en claro es necesario
recapitular los efectos que esta morfología tiene
en las personas. Primero, el cómo se utilizan
estructuras de ciudades basadas en modelos
europeos, creados hace varios siglos, tomando
como premisa las clases sociales.
Entonces, si el modelo de ciudad que se utiliza
hoy en día, con un paradigma y problemáticas
distintas, es uno diseñado evidentemente a
beneficio de la burguesía, ¿qué efecto tendrá eso
en la marginación y en el bienestar de las personas
pertenecientes a estratos sociales bajos?
En términos simplificados, la felicidad urbana
de la persona no va a poder ser propiciada,
pues se perpetúa una estructura con base en la
marginación sistemática.
Otro tema que se tiene que cuestionar en cuanto a
la felicidad de las personas, basado en la ilegibilidad
de estas ciudades red, es la distorsión del concepto
de comunidad, pues si se tiene una ciudad red, el
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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

espacio público se vuelve algo inutilizable y difícil
de diferenciar del resto de los espacios.

producido variedades vegetales extremadamente
dependientes de agroquímicos, cuyo uso
desmedido impacta negativamente al ambiente.”
(opus cit.,2004, p.168)
De lo anterior, utilizaremos en este trabajo
el concepto transgénesis en la ciudad como
la intervención hacia la ciudad en el proceso
de transferencia contra la corrosión de datos
antropológicos a la ciudad contemporánea en
busca de mejorar las condiciones de la ciudad que
respondan a la estructura antropológica.
De esta manera, la transgénesis en la ciudad toma
sus bases de la biotecnología al reconocer lo vivo del
ser humano y sus procesos de materialización del
entorno artificial que se construye a sí mismo para
habitar en sociedad; se logra mediante la intervención
en la ciudad contemporánea, es decir, en lo urbano
para buscar soluciones a problemas relacionados a
la realidad espacio temporal del hombre, y que no
sólo desde el campo de la arquitectura/urbanismo se
logran resolver.
Este artículo no coincide con la ideología
del desarrollo de las técnicas de clonación; más
bien, atribuye su oportunidad e innovación a la
capacidad que tiene una célula para diferenciarse
en otras más especializadas (opus cit., 2004,
p.159), de forma que transgénesis en la ciudad
persigue hacer una intervención de los datos
esenciales del hombre en la ciudad contemporánea
para colocarla a su altura ya como individuo, ya
como comunidad, irreductible unidad dual, en
busca de una ciudad propiamente humana.

De la transgénesis en la ciudad
Antes de abordar el tema sobre lo humano en la
ciudad primero delimitaremos de forma sucinta
nuestro marco teórico de referencia sobre la
transgénesis.
Se conoce como transgénesis al proceso
de transferir genes de un organismo a otro. La
transgénesis se utiliza actualmente para producir
plantas y animales modificados.
En el caso de los animales, entre el año 1990
y 1999, el número de transgénicos utilizados
experimentalmente se incrementó en más de
1000% (Bolívar, 2004, p.134); las estadísticas
indican que el método de transgénesis más
utilizado ha sido la microinyección de DNA en el
pronúcleo de cigotos. Sin embargo, “la eficiencia
es baja, pues una proporción variable de animales
transgénicos normalmente no presentan el
patrón de expresión génica esperado; mucha
de la controversia que rodea a los animales
transgénicos se ha centrado en su explotación
comercial.” (opus cit., 2004, p.134-140)
Por su parte, en el caso de las plantas se
propone incrementar la producción agrícola
a partir de la mejora genética de las plantas de
cultivo para un mayor rendimiento, calidad
nutricional, facilidad de cultivo y resistencia a
los agentes bióticos o abióticos que las afectan.
Las bases del fitomejoramiento yacen en los
experimentos realizados hace más de un siglo
por Gregor Mendel, quien concluye que las
características de los organismos están dadas por
factores heredables (genes), y no de la mezcla
azarosa de las cualidades de los reproductores.
A partir de este conocimiento se comenzó el
cultivo mejorado mediante cruzas dirigidas entre
individuos de la misma especie o de especies
estrechamente relacionadas. (opus cit., 2004, p.167)
“Sin embargo, dichos métodos, además de
resultar ya insuficientes para incrementar la
producción agrícola a un ritmo que permita
satisfacer la creciente demanda de alimentos
impuestas por el permanente crecimiento
demográfico, tienen el inconveniente de haber

3

De la técnica en la ciudad
La tarea del diseñador3 de formas es la de hacer
visible lo invisible a través de un proceso de
significación. Con la forma, con el lenguaje como
con todos los fenómenos que se dan a lo largo
de este proceso de transgénesis en la ciudad, es
neceasrio un marco interdisciplinario.
Por tanto, el diseño de formas no aparece ya
como una práctica segregada de la realidad, sino
como una actividad que supone ser ligada al
proceso evolutivo del hombre, a su territorialidad
y familiaridad con su entorno físico y humano,
un entorno al que pertenece y con el cual convive
antes de pretender modelar o diseñar cualquiera de

Entendemos por diseñador al arquitecto, urbanista y a todo aquel agente que interviene en el proceso de materialización de una idea.

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

sus aspectos; más aún, sostenemos la afirmación de
Saint-Exupéry al decir que “no hay que aprender a
escribir, sino a ver. Escribir es una consecuencia”.
Por consiguiente, el ser humano se distingue
por una latente y perentoria potencialidad
creativa que, entre otras capacidades, le habilita
para completar, por medio de todo lo artificial
o materializado desde el hombre su incompleta
naturaleza. Es así, que el hombre ha de crear
para ser (Ricard, 1982, p.4). Entre tanto, el
espíritu de búsqueda y de conquista es el alma
de todo ser humano en constante búsqueda de
respuestas a sus más profundas interrogantes que
buscan satisfacer sus necesidades corpóreas y de
sentido, evidenciando su irreductible unidad dual
conformada por lo corporeo-espiritual.
Ciertamente, mucho antes de que surgiera el
hombre, desde la aparición de la primera célula
viva, se ha presentado y llevado a cabo un latente
proceso evolutivo, que es la esencia misma de
la vida. Por consiguiente, el Universo existe y
persiste por el constante proceso de evolución,
el cual permite que los organismos gradualmente
se desarrollen. Así, cada individuo, de cualquier
especie orgánica, es irrepetible. Sin embargo,
poseen características diferenciales que permiten
la variación genética pero siempre llegando
a un resultado de equilibrio y compatibilidad
con el ecosistema al cual se integran. Toda la
evolución biológica, o biogénesis, es tributaria
de un sistema bifásico de mutación/selección. Así
cuando en una especie se observa que persiste una
homogeneidad sostenida de caracteres, o bien,
sus alternativas son escasas o inadecuadas, dicha
especie está destinada a desaparecer sin haber
sido útil en la cadena evolutiva. Por esta razón,
en cuanto más amplio el espectro y sostenido el
nivel de alternativas ofrecidas, mayores serán las
posibilidades de una evolución. Por esta razón,
sobrevivir es evolucionar: todo lo que vive se
halla en un continuo proceso de cambio, siendo
así que solo se perpetúa aquello que se adapta.
Decisivamente, la historia de la humanidad
nos demuestra cómo el homo erectus logra
implantarse como especie; en primer lugar,
comprende su propia debilidad e intuye que, para
su continuo crecimiento y desarrollo, sólo podrá
seguir adelante con la ayuda de complementos o
accesorios artificiales (cultura) que equilibren sus
limitaciones biológicas (natura); en segundo lugar,
dispone de la capacidad creativa necesaria para
imaginar todo ese equipamiento artificial así como

de la destreza precisa para instrumentarlo (técnica).
Luego, se reconoce que la práctica de esta acción
coordinada entre su poder mental y sus habilidades
y competencias (en mayoría manuales) estimularon
en efecto feed-back que permite el desarrollo de su
intelecto, así como de su destreza, tanto individual
como colectivo; reflejo de un vínculo y nivel de
integración entre cuerpo y espíritu para iniciar la
creación de un nuevo mundo artificial.
Hoy en día, resulta necesario el cuestionar en
ambos niveles la relevancia e importancia que se
da en la estimulación a dicha introspección, lo
cual repercute en las formas de materialización
del entorno y, por lo tanto, en la calidad de vida.
Es por ello que la inteligencia del hombre
lo empujó a observar el entorno natural en el
cual vivía, permitiendo deducir reglas básicas
que lo regían, así como a imaginar modos de
transformarlo para hacerlo más vivible.
Hemos mencionado que el hombre sabe de su
propia fragilidad frente al entorno natural que le
confronta y sólo su innata habilidad creativa le
permite compensar su limitación. Los utensilios,
las herramientas, y en general todas las cosas
naturales o artificiales que rodean y auxilian
al hombre son como una prótesis que éste ha
ido creando, al compás de su propio desarrollo,
para suplir sus carencias biológicas (Ricard,
1982, p.16); por lo mismo la transformación del
entorno físico se convierte en símbolo que ayuda
al hombre a transitar por su realidad temporal.
Más allá de cualquier excepción entre todas las
variaciones que surgen, aquellas que dan prueba
de su adecuación/adaptación al contexto son las
que aseguran una ventaja que le permite subsistir.
La acción humana, se rige, desde lo individual
por la razón y desde lo colectivo por un consenso
en busqueda de un bien común. Ahora bien, lo
que el hombre no logra comprender de forma
consciente, desde lo individual, lo descubre a
través de su experiencia comunitaria pues para
poder decir yo primero se debe aprender a decit
tú, conformando un nosotros.
De lo social en la ciudad
Lévi-Strauss (1971), en relación a la evolución
de lo antropógeno comenta que cada progreso
depara una nueva esperanza, suspendida a la
solución de una nueva dificultad, añade que el
expediente jamás se cierra. Considerando el
contexto y como analogía con lo biológico, según
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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

su aptitud para sobrevivir, en lo antropógeno
para servir. Sin embargo, las cosas que el hombre
materializa (inorgánico) no poseen la capacidad
de auto-reproducción que posee la esencia de
lo vivo (orgánico). En cierta medida, “vivir es
nacer lentamente” (Saint-Exupéry, 2016, p.35),
mientras que lo antropógeneo es inmutable y sólo
dispone de las características que se le confieren
durante el proceso creativo, esto quiere decir que
todo aquel dispositivo posee una configuración
y prestación con la que ha sido dotado quien
lo concibió y alcanza su estado definitivo en
el momento en que se culmina su elaboración
material: en su nacimiento. En ese instante,
lo que hasta entonces era un concepto fluido
y modificable, logra ser materializado en una
forma que ya no podrá variar (a diferencia de lo
biológico) en el destino que se le asignó.
Por consiguiente, al hombre le corresponde la
revisión permanente del modo de ser de las cosas que
configuran su entorno, lo cual interfiere en su carácter
(de forma positiva, o bien negativa). La realidad
objetual que nos rodea encierra un banco de datos
en que se recogen infinitas aportaciones del pasado,
en que sólo perduran aquellas alternativas que, en su
cotidiano enfrentamiento con la práctica del uso, han
logrado demostrar su insuperable eficacia.
A partir de dicha correspondencia Stiegler
escribe a propósito desde la lingüística: “aquí es el
punto de vista lo que crea el objeto” (Santos, 1997,
p.66); a lo que Freire añade: “poseer es la capacidad
de designar e imaginar lo mejor posible a esta ciudad
para así estar en posibilidades de diseñarla.”
A ese respecto, Volpi afirma: “En los relatos
del mundo se encuentra lo mejor de nuestra
especie, nuestra conciencia, nuestras emociones
y sentimientos, nuestra memoria, nuestra
inteligencia, nuestras dudas y prejuicios, acaso
también la medida de nuestro albedrío”. (2011,
p.30). Se es y se está a través de lo que se siente,
de lo que se experimenta en y del entorno (natural
y artificial) que nos rodea, pero siempre frente a lo
que no es, pues es difícil imaginar sólo presencia
o sólo silencio, sería difícil imaginar siempre lo
mismo, la vida tiene que ofrecer la contraparte
desde donde surge el sentido de manera dialéctica.
Si la puerta es clausura también es apertura, lo
contundente, lo unívoco o repetitivo embrutece,
aturde, frustra, y en no pocos casos, deforma.
De esta forma, la materialidad es escenario
o espacio común indispensable que: “define las
posibilidades semánticas del mismo modo en que

un vaso define la forma del agua… […] a pesar de
la resistencia por el carácter ilimitado e informe
del ser.” (Colodro, 2004, p.43)
Así pues, Dussel (2006) postula que toda
acción humana está motivada por un principio
fundamental y primero que lo llama voluntad
de vida. Añade que todo ser humano actúa por
qué quiere vivir, pero lo quiere hacer de cierta
manera, en comunidad, saludable, seguro, con
oportunidad de desarrollo, con posibilidad de
manejar su entorno de acuerdo a sus necesidades.
Los principios representan la mejor garantía
de que lo que vemos es visto bajo la perspectiva
de la ciudad que desea. Es lo que Volpi llama: “el
como sí…[…] es sentido práctico, esa facultad que
nos ha permitido sobrevivir y dominar el planeta,
nos indica el modo natural que debemos hacer
como si la realidad de nuestra mente en efecto se
correspondiera con esa realidad inaprensible que
nos es sustraída a cada instante.” (2011, p.18)
Efectivamente, el “como sí” encierra ese
imaginario o proyecto de vida contra el cual se
confronta continuamente la realidad otorgándole
sentido. Un “como sí” elemento indispensable
sin el cual sería imposible vivir inmersos en un
bucle extraño.
Ello no quiere decir que esta confrontación
entre la visión o proyecto de vida y la realidad
siempre tenga un feliz término. De hecho, cuando
no se concuerdan es cuando se busca “un ajuste”,
es decir, un acoplamiento estructural entre
ambos, por ponerlo en palabras de Luhmann
(1996, p.21), modificando ya sea la visión de vida
o en su caso, modificando la realidad mediante
la acción. En el primer caso, el ajuste ocurriría
dentro del sistema autopoiético mientras que el
segundo, sería actuando y modificando de alguna
manera el mundo que rodea.
Es de suponer que, en todas las ocasiones
de confrontación, siempre ocurre el ajuste en
ambos sentidos, un poco en/desde el sistema
autopoiético, otro poco modificando la realidad
circundante. Relación espejo que por un lado
permite la fidelidad a la concepción de la vida,
pero por otro, mantiede una atadura al proceso
de construcción de territorialidad, por ponerlo en
términos geográficos.
De esa manera, la materialidad se presenta al
ser humano en primer lugar como algo concreto,
circunstancial y heredado, delimitando sus
necesidades de tal manera que el hombre es siempre
un ser acotado y enraizado en el mundo, en un
61

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espacio y tiempo específico, producto de la misma
materialidad y al igual que la intención de expresar
algo se moldea al lenguaje del que se dispone,
dejando atrás todo un mundo no expresado; de igual
modo el hombre tiene que con-formarse entre otras
cosas con la materialidad a su alcance.
Nietzsche escribió: “nosotros pensamos que
conocemos algo de las cosas cuando hablamos de
los árboles, de los colores, de la nieve o de las
flores, pero sólo poseemos sus metáforas cuyos
significados no corresponden a la verdadera
esencia de ellas.” (Goonewardena, 2008, p.35)
Detrás de toda cultura material existe o debiera
existir como su sustento, un imaginario social de
como al ser social le gustaría ser/estar en un lugar y
que es lo que Dussel explica como: “voluntad-devivir en comunidad, determinación fundamental
de la definición de poder político.” (2006, p.24)
La ciudad, la calle, una plaza o la red de agua
potable no son objetos hechos para cumplir
solamente su finalidad funcional para un solo
individuo sino para cumplir con un proyecto de
vida en común. Como lo expresó Gusdorf: “hablo
porque no estoy solo” (1957, p.43). Existe la red
de agua potable no para satisfacer las necesidades
de un solo individuo sino porque como sociedad,
la hemos considerado indispensable para la vida,
hasta la hemos bautizado y nos referimos al agua
como el “líquido vital”.
Pero esa voluntad de vivir en comunidad exige
la comunicación, exige que todos los participantes
en consenso, “como sujetos libres, autónomos,
racionales, disfruten de igual capacidad de
intervención, para que la solidez de la unión de
las voluntades tenga consistencia para resistir a los
ataques individualistas y pueda crear instituciones
que le den permanencia y gobernabilidad.”
(Dussel, 2006, p.25)
Eso es lo que encierra o debería encerrar la
cultura material de la cual bien se podría afirmar
que no hay actividad del ser humano que no esté
mediada por ella, constituyendo lo que Giménez
llama: “mundo conocido en común y dado por
descontado” (2005, p.35). Un mundo material
que para bien o para mal, le proporciona a la
sociedad entre muchos otros aspectos, un espejo
o marco cognitivo normativo capaz de orientar y

organizar sus vidas. Costumbres, normas, leyes,
ritos o mitos petrificados intencionalmente en la
parafernalia de objetos, herramientas, útiles y sus
técnicas que han acompañado a toda sociedad en
su devenir a través del tiempo sin lo cual resultaría
imposible hacer historia (recuerdos) “para luego
contrastarlos (reflexionando) obsesivamente con
cada nueva situación” (Volpí, 2011, p.27) y de esa
manera, dirigir su rumbo.
Este mundo material proporciona en lo que a él
corresponde la base simbólica de la identidad grupal,
constituyendo una particular estructura relacional
intersubjetiva en base a la cual se pertenece a un
determinado grupo compartiendo un mismo escenario
instrumental. Como menciona Giménez: “modos
estandarizados de comportamiento” (2005, p.50)
normalizados en la cultura espiritual y solidificados
en la cultura material que, en última instancia,
representan el imaginario de su proyecto de vida y
que, por ello, también es ideología o concepción del
mundo que unifica a un grupo de individuos con
vistas a un fin común.
La realidad simbólica “verbalizada en el discurso,
cristalizada en el mito, en el rito y en el dogma
[…] también es una realidad incorporada en los
artefactos” (Durham en Gimenez, 2005, p.71) que
los individuos no se limitan a leer sino también a usar
como instrumento de poder o de intervención sobre
ese mismo mundo.
Es desde su realidad que el ser humano busca
indagar sobre el sistema de signos que dan sentido a
la relación entre los sujetos con el medio ambiente,
sobre la red de valores en tensión que subyacen a
la existencia de diversos discursos relacionados
con el medio ambiente, sobre la problemática que
experimentan cotidianamente los ciudadanos, así
como sobre pronósticos y deseos que proyectan los
habitantes de un lugar con respecto a su futuro.”
(Andrade, B., 2004, p.50)
De esta manera, el descubrir la dimensión
ambiental (texto y signos) de una determinada
cultura sería la principal tarea de la investigación.
Consideramos como texto al medio ambiente en
donde se ubica la cultura y a los signos, la manera
de significarlo.
“[…] La educación ambiental4 necesita realizar
su contribución para el desarrollo de futuras

4

Se consideran bases de la ecología humanista: No es lo mismo la ciudad, que lo urbano. Mientras que la ciudad es el espacio geográfico que
puede ser medido en rasgos como dimensión, densidad, heterogeneidad, etc., lo urbano (o la vida urbana) son las relaciones sociales efímeras
y superficiales en las cuales participan los ciudadanos. Lo urbano implica la indiferencia (la posibilidad de no mostrar una verdadera identidad
social) y la cortesía, sin ellos, la convivencia con extraños no podría existir. Sin embargo, lo urbano, no puede existir sin la ciudad.

62

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

sociedades sustentables y responsables con
su medio ambiente, por lo que es importante
crear o fortalecer los enlaces y las redes
sociales existentes, a través de las cuales sea
posible construir espacios públicos en los que
se gesten, apoyen y desarrollen propuestas
de mejoramiento e investigación del medio
ambiente.” (opus cit., 2004, p.51)
Para tal fin, los esfuerzos de una comunidad
deben de estar dirigidos a desarrollar en cada uno de
sus miembros la capacidad de percibir, reflexionar
y actuar, esto es, de significar. Como comúnmente
se dice, desarrollar el binomio ojo-cerebro, su
pensamiento crítico para ver en profundidad,
para “buscar constantemente las enfermedades
de la estructura social con el fin de descubrir las
diferentes alternativas para curarlas” (Morgan,
R., 1996, p.109), que comprenda su papel y su
responsabilidad social, gremial e individual y de
esta manera incidir en su manera de actuar.
[…] la ética -desde sus orígenes- tiene como
fundamento el ejercicio de la racionalidad, de
nuestra capacidad de conocer profundamente
la realidad y decidir nuestras acciones en
función de una Verdad que se sabe. De acá la
importancia de una educación centrada en el
análisis lógico de nuestra realidad. (opus cit.,
1996, p.109)

situaciones miserables al ser explotadas y
subordinadas; siendo así ¿se puede replantear a lo
urbano desde una transgénesis en la ciudad como
un paradigma del modelo integral de lo humano
en la ciudad contemporánea a la intervención
adecuada a lo humano?
De esta forma, resulta indispensable dar lugar
a lo humano en la ciudad; devolviendo a la ciudad
su acto filosófico y de trascendencia ya que son
entidades vivientes que, como reflejo social,
aprenden, se adaptan y se transforman; por lo mismo,
se comportan como un colectivo de organismos
diversos que funcionan por medio del intercambio,
operando en un constante estado de tensión, lo cual
les permite solventar su propia existencia mediante
el entendimiento de dicha complejidad. De esta
forma, como todo organismo, responde, sufre, se
enferma y requiere de atención.
Resulta fundamental el no olvidar los
cuestionaminetos que han acompañado al hombre
desde su inicio: ¿quién es?, ¿a dónde va?, ¿de
dónde viene? y ¿qué sentido tiene lo que hace?
Habrá que recuperar y tener presente estos
cuestionamientos al pensar, diseñar y construir y
vivir la ciudad para un entorno global más humano.
Por lo tanto, la posibilidad de una ciudad más
humana reside en la capacidad conciliadora para
visibilizar la belleza inherente en sí misma, entre
la memoria y la pertenencia, entre lo plural y la
identidad, entre lo colectivo y lo singular. Una ciudad
posible es un organismo que subsiste por medio de
la resiliencia; es una colección de multiplicidades
abierta al diálogo y, por lo tanto, hacia la felicidad
urbana de todos sus habitantes.

Conclusión
La verdad es mucho más de lo que sólo el hombre
puede perseguir. De esta forma, si diseñamos y
construimos entornos adecuados al bienestar del
hombre, lograremos tener ciudades en donde se
aporte a la dignidad de lo humano.
Nos encontramos en un período de profunda
transformación productiva, social y de valores, en
el que avanzan los sistemas de materialización de
nuestro entorno y formas de habitar el mismo; de
esta forma, la teoría y crítica, así como el proceso
de significación de nuestras formas de vida, por
medio de la reflexión, así como el de difusión
mediante la educación no tendrían sentido si no
culminaran en propuestas y acciones. Lo anterior
sería lo que restablecería el puente entre los trabajos
gubernamentales y académicos con la sociedad,
condición indispensable para la sustentabilidad.
Así mismo, a final de cuentas las ciudades
presentadas, denominadas de primer mundo,
se consideran el ideal para vivir, sin embargo,
se alimentan de otras ciudades que presentan
63

�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos, Revista de la Facultad de Arquitectura, Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 12. Número 12. abril 2022 - abril 2023, pp. 65-66 | ISSN: 2448-8399

Valuación urbana para la construcción social de la ciudad1
Autor: Jesús Manuel Fitch Osuna
Carlos Marmolejo Duarte2

La importancia del mercado inmobiliario, no sólo
como motor de la economía, sino también como
rector de importantes procesos sociales y ambientales
es incontestable. Estudiar sus diferentes aristas
y las imbricaciones sobre la creación de riqueza,
la cohesión social y la preservación ambiental es
objeto de numerosos estudios. Entre dichas aristas,
el análisis de las razones profundas que gobiernan
el valor de cambio de los inmuebles constituye
una materia de cabal relevancia en el contexto
más amplio de los estudios urbanos. El libro que
tenemos en nuestras manos aborda dicho estudio
desde una perspectiva espacial, por ende, se
adentra en el análisis de la relación que existe entre
la formación del valor del suelo y la estructura
urbana, entendida como la configuración espacial
de usos del suelo y jerarquías de zonas y ejes
dentro de la ciudad. Dicha relación, por otra parte,
no puede establecerse de forma unidireccional,
es decir: a un mayor valor del suelo corresponde
un uso determinado y en función de dicho uso se
establece una jerarquía de la zona determinada en

relación a la ciudad. Por el contrario, la relación
entre valores del suelo, las actividades que en él
se localizan (es decir su uso), y la intensidad con
la que se usa (es decir la densidad) constituyen
una triada que, a manera de una trinidad, se
determinan de forma simultánea en las ciudades de
cierto tamaño en las que opera un libre mercado.
Precisamente dicha simultaneidad representa uno
de los retos más relevantes en el estudio teórico
de las referidas relaciones, y tiene una relevancia
muy especial por cuanto la regulación del suelo,
generalmente mediante políticas públicas como la
planeación urbana, necesariamente incide en los
tres aspectos comentados, es decir, valor, uso y
densidad. Si el objeto, por ende, de la planeación
urbana es reducir las disfuncionalidades de
nuestras ciudades, tales como la segregación
socioresidencial o su exacerbación que conduce
a condiciones de exclusión, o la falta de
asequibilidad de la vivienda, entender la forma en
cómo se relacionan valor, uso y densidad resulta
de primordial relevancia, con el objeto de conocer

1

Primera edición 2021 © 2021 Labýrinthos editores © 2021 Universidad Autónoma de Nuevo León © 2021 Universidad Politécnica de
Cataluña © 2021 Dr. Jesús Manuel Fitch Osuna. ISBN: 978-607-99076-4-8
2
Adscripción: Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Barcelona, Cataluña, España. Profesor Titular (acreditado Catedrático),
Investigador del Centro de Política de Suelo y Valoraciones y responsable de edición de Arquitectura, Ciudad y Entorno. Consejero del
Consejo Consultivo Internacional de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Nuevo León, México.

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�Año 12, N° 12, abril 2022 - abril 2023

Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

los efectos colaterales de dichas políticas. En esa
línea avanza el texto que se nos presenta. Y lo
hace desde la perspectiva urbano arquitectónica
como punto de partida para ofrecer una definición
y tipificación de calles, para luego exponer las
técnicas y procedimientos que la disciplina de
la valuación inmobiliaria, y particularmente la
catastral, ha desarrollado para llegar a determinar
el valor de cada calle, para finalmente, en el
contexto más amplio de la economía urbana,
ofrecer una visión panorámica en la cual cada calle,
en virtud del valor de cambio de los bienes raíces
que la rodean, se ubica en la intrincada urdimbre
urbana. Así, esta obra constituye no sólo una
contribución de naturaleza teórica, sino también
tiene una enorme utilidad en la implementación
de catastros urbanos que, como se sabe, son una
de las principales fuentes de financiación de las
haciendas locales, y un instrumento de inestimable
valía en la determinación de un conjunto de
impuestos, la resolución de litigios e incluso la
implementación de políticas de recuperación de
plusvalías urbanísticas.
En el desarrollo del libro, el Dr. Jesús Fitch
Osuna, despliega sus amplios conocimientos en
materia de valuación urbana que ahíncan sus más
tiernas raíces en su tesis doctoral realizada en el
Programa de Gestión y Valoración Urbana de la
Universidad Politécnica de Cataluña, abonados
con su paso como investigador en formación en el
Centro de Política de Suelo y Valoraciones de dicha
universidad, y que han tenido un desarrollo muy
relevante tanto desde la perspectiva académica,
como colegial en el Monterrey Metropolitano,
como lo pone de relieve tanto esta monografía
como el resto de sus publicaciones. Dentro del
amplio repertorio de los trabajos del Dr. Fitch
destacan los referidos al análisis de la incidencia de
los factores ambientales en la formación espacial
de los valores, tema que, como he indicado antes,
constituye el núcleo de la presente publicación.
Asimismo, la temática del libro se inscribe en
las líneas de trabajo y colaboración de su autor
y el suscrito profesor de la Escuela Técnica
Superior de Arquitectura de Barcelona en el
marco de cooperación del Consejo Consultivo
Internacional de Facultad de Arquitectura de la
Universidad Autónoma de Nuevo León. Y por
tanto es fruto de la cooperación académica entre
ambas instituciones.

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Cuadernos de Arquitectura y Asuntos Urbanos

Normas de Publicación

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�Cuadernos de Arquitectura
y Asuntos Urbanos
Revista de la Facultad de Arquitectura
Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 08 Num. 08 Abril 2018

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privilegiando las investigaciones de carácter interdisciplinario desde las Ciencias Sociales y Humanidades
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Presentación
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Cuadernos de Arquitectura, Edición Especial Año 08 N°01. Abril 2018

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antiguo a más reciente. Tanto las referencias bibliográmerican Psychological Association).

Para citar un Libro:

En el caso de un libro, el título irá en letra cursiva, indicando a continuación la ciudad y la editorial.
Ejemplo:
Andrews, Gavin J.; y Phillips, David R. (2005):
Ageing and Place. Perspectives, policy,
practice. New York: Routledge.

Para citar un Capítulo de libro:

Con el mismo criterio se citarán los capítulos de
libros, estando en cursiva el título del libro. Ejemplo:
Hilhorst, D.; y Bankoff, G. (2004): “Introduction:
mapping vulnerability”, in Bankoff, G.;
Frerks, G.; y Hilhorst, D. (eds.), Mapping Vulnerability: Disasters, Development and People.
London: Earthscan, pp. 1-9.

Para citarun Artículo:

En el caso de un artículo, el título irá entrecomillado, el nombre de la revista en letra cursiva; y,
posteriormente, volumen (Vol.), número (núm.) de

Silva, Eliud (2009): “Mortalidad por accidentes
automovilísticos en la Zona Metropolitana de
les de Población, Vol. 15, núm. 62, octubrediciembre,
pp. 143-172.

Ciencias Sociales, Vol. XVI, núm. 392, 20 de febrero de 2012, . [11 de septiembre de 2014]. Disponible:
http://www.ub.edu/geocrit/sn/sn-392.htm

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Los artículos serán originales escritos en español,
ingles o francés, referidos a una investigación propia
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El consejo de redacción, tras recibir los perceptivos informes anónimos, resolverá sobre su publicación
en un plazo máximo de seis meses contados desde la
recepción en secretaría.
El consejo de redacción rechazará todo trabajo que
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Arquitectura de la Universidad Autónoma de Nuevo León. Secretaría de Investigación de la
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En la medida de lo posible, los recursos electrónicos se citarán según el siguiente modelo
general: Ejemplo:
Vázquez, Patricia; Sacido, Mónica; y Zulaica, Laura (2012): “Técnicas de análisis para el
ordenamiento territorial de cuencas agropecuarias: aplicaciones en la Pampa Austral, Argentina”,
Scripta Nova. Revista Electrónica de Geografía y

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69 de Arquitectura, Edición Especial Año 08 N°01. Abril 2018
Cuadernos

�Cuadernos de Arquitectura
y Asuntos Urbanos
Revista de la Facultad de Arquitectura
Universidad Autónoma de Nuevo León
Año 08
07 Num. 08
07 Abril 2018
2017

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Nicolas de los Garza Nuevo Leon (Mexico).

Andrews, Gavin J .; and Phillips, David R. (2005):
Ageing and Place. Perspectives, policy,
practice. New York: Routledge.

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By the same token book chapters, book title in italics being cited. example:

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Hilhorst, D .; and Bankoff, G. (2004): “Introduction: mapping vulnerability” in Bankoff, G
.; Frerks, G .; and Hilhorst, D. (eds.), Mapping Vulnerability: Disasters, Development and
People. London: Earthscan, pp. 1-9.

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Silva, Eliud (2009): “Mortality from motor vehicle
accidents in the metropolitan area of Mexico City in
the late twentieth century”, Journal of Population, Vol
15, no.. 62, OctoberDecember, pp. 143-172.

To cite an electronic resource:

To the extent possible, electronic resources are cited according to the following general model:
example:
Vázquez, Patricia; Sacido, Monica; and Zulaica,
Laura (2012): “Analysis techniques for land
use planning in agricultural watersheds: applications in Austral Pampa, Argentina”, Scripta Nova.
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2014]. Available: http://www.ub.edu/geocrit/sn/sn392.htm
136126

Cuadernos de Arquitectura,
Cuadernos
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de Arquitectura
Especial Año
Año0807N°01.
N°07 Abril
Abril 2018
2017

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Rogelio
Rector
Rogelio
G. Garza
Garza Rivera
Rivera. /Rector
Dr.
Santos
Guzmán
López
/
Secretario
General
Carmen del Rosario de la Fuente García. Secretario
General
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Juan Manuel
ManuelAlcocer
AlcocerGonzález.
GonzálezSecretario
/ Secretario
Académico
Académico.
Dra. María
María Teresa
Teresa Ledezma
LedezmaElizondo.
Elizondo Director
/ Directora
deFacultad
la Facultad
de Arquitectura
de la
de Arquitectura
CUADERNOS DE ARQUITECTURA Y ASUNTOS URBANOS.
REVISTA DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN.
ISSN: 2448 – 8399
CUADERNOS DE ARQUITECTURA Y ASUNTOS URBANOS.
REVISTA DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN.
es una revista científica que se edita desde el año 2011 bajo el patrocinio de la Facultad de Arquitectura
de la Universidad Autónoma de Nuevo León.
CUADERNOS DE ARQUITECTURA Y ASUNTOS URBANOS es una publicación anual especializada en arquitectura y
asuntos estudios urbanos y regionales, privilegiando las investigaciones de carácter interdisciplinario desde la Ciencias Sociales
y Humanidades (Arquitectura, Urbanismo, Geografía, Sociología, Economía, Antropología, Psicología, Historia, Educación y
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Autónoma de Nuevo León) Dra. Dulce María Barrios y Ramos García (UNAM, México)
Dra. Minerva Salinas Peña (Universidad Autónoma de Nuevo León).

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Cuadernos de arquitectura y asuntos urbanos es una publicación anual especializada en arquitectura y estudios urbanos regionales en la que tienen prioridad las investigaciones de carácter interdisciplinario, abarcando distintas ramas de las ciencias sociales y humanidades; incluye temáticas focalizadas en América Latina y el Caribe. Inició en el 2007, es de frecuencia anual y se mantiene activa.</text>
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                <text>Cuadernos de arquitectura y asuntos urbanos es una publicación anual especializada en arquitectura y estudios urbanos regionales en la que tienen prioridad las investigaciones de carácter interdisciplinario, abarcando distintas ramas de las ciencias sociales y humanidades; incluye temáticas focalizadas en América Latina y el Caribe. Inició en el 2007, es de frecuencia anual y se mantiene activa.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                  <text>Es una publicación trimestral editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León a través de la Editorial Universitaria. En las páginas principales de Armas y Letras se incluyen textos literarios, particularmente poesía, narrativa y ensayo, de escritores destacados de la localidad, nacionales e internacionales. Inició en 1944 de manera mensual, se mantiene activa en soporte físico y digital.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Vol 05 OctubreN 03 Diciembre 2022

�Universidad Autónoma de Nuevo León

Dr. Santos Guzmán López
Rector

Dr. Juan Paura García
Secretario General

M.A. Emilia Edith Vásquez Farías
Secretaria Académica

Dr. José Javier Villareal Álvarez Tostado
Encargado del despacho de la Secretaría de
Extensión y Cultura

Lic. Humberto Salazar Herrera
Director de Humanidades e Historia

Lic. Dinorah Zapata Vázquez
Coordinadora del Centro de Información
e Historia Regional y “Hacienda San Pedro”

M.C.R. Emilio Machuca Vega
Editor Responsable

Lic. Ana Cesira Alvarado Zapata
Diseño

Bitácora Nueva Era del Centro de Información de Historia Regional y Hacienda San Pedro de la Universidad
Autónoma de Nuevo León, Año 2022, Octubre-Diciembre, Número 3, Volumen 4. Es una publicación trimestral, editada por la Universidad Autónoma de Nuevo
León, a través del Centro de Información de Historia
Regional. Domicilio en Carretera General a Zuazua,
Km 4.5, Zuazua Nuevo León, México, C.P. 65750. Teléfono: 825 247 0500. Editor responsable: M.C.R. Emilio
Machuca Vega. Reserva de derechos al uso exclusivo
04-2021-081019364500-203, otorgado por el Instituto
Nacional del Derecho de Autor, ISSN en trámite.
Altar de muertos en la Hacienda San Pedro “Celso Garza Guajardo”.

Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de la publicación.

Prohibida su reproducción parcial o total del
contendió e imágenes de la publicación.
Editado en México.
Todos los derechos reservados.
revistabitacora@uanl.mx

3

�Índice
Página 4

Dr Benjamín Limón Rodríguez,
Presidente de la H Junta de Gobierno de la UANL
-Sergio L. González de León

Página 7

El transporte en Monterrey; vértice del progreso
-Leopoldo Espinosa Benavides

Página 12

La comunidad del Topo de los Ayala durante la época
de la Intervención francesa
-Juan Ramón Garza Guajardo

Página 14

Las primeras excursiones científicas a las Grutas de
Bustamante, Nuevo León
-Myrna Karen Garza Cantú

�Dr Benjamín Limón Rodríguez
Presidente de la H Junta de Gobierno de la UANL
-Sergio L. González de León

Nació en la ciudad de Saltillo, Coahuila el 31 de

Para Limón Rodríguez, la Universidad Autónoma

marzo de 1941, desde muy joven radicó en Monterrey

de Nuevo León goza de gran equilibrio gracias al

donde cursó su educación básica y profesional siendo

trabajo de una serie de componentes que van des-

egresado de la Facultad de Ingeniería Civil de la

de el personal administrativo y académico, con el

UANL en 1966. Con maestrías de Ingeniería de

acompañamiento de los padres de familia.

Salud pública y Maestría en Ingeniería Ambiental,
y Doctorado en Ingeniería con Énfasis en Ciencias

Recientemente vertió estos conceptos:

del Agua en la Universidad Autónoma del Estado
de México en 2009. Especialidad de Salud ocupa-

“La Universidad está en paz porque se ha manteni-

cional y contaminación atmosférica en los Institutos

do en equilibrio; es como la naturaleza, si se pierde

de Salud Ocupacional de Chile y Perú becado por

el equilibrio comenzamos a perder especies. En

la Organización Panamericana de la Salud.

nuestra vida personal vamos a aprender a vivir
ecológicamente. Primero que te conozcas tú, una

El Doctor Limón Rodríguez ha sido coordinador de

vez que te conoces te darás cuenta que necesitas

la Maestría de Ingeniería Ambiental en estudios de

estar en equilibrio”, pronunció el Maestro Emérito

Posgrado de la Facultad de Ingeniería Civil UANL

y Presidente de la H. Junta de Gobierno.

(1989-2007). Profesor Emérito, máximo reconocimiento otorgado por el H. Consejo Universitario.

“Mantén tu paz y tranquilidad interior. Ser empáti-

Además, ha coordinado un sin número de proyec-

co con los demás, solidario. Eso te da paz interior

tos de investigación, algunos de ellos patrocinados

y puedes reflejar esa paz hacia los demás. Eso ha

por la Comisión de Países Europeos, la Comisión

logrado que la Universidad tenga el equilibrio”,

Nacional de Ecología de México y el Gobierno

recomendó Limón Rodríguez a sus alumnos y a que

del Estado de Nuevo León, así como por diversos

tengan en bien tomar el consejo.

grupos corporativos de la localidad. Es Consultor
privado en ingeniería ambiental y en lobbying en

Limón Rodríguez exhortó a los universitarios a leer un

los tres niveles de gobierno.

poco sobre la historia de la Universidad para comprender el importante papel que juega el equilibrio.

Presidente de la H Junta de Gobierno de la UANL
En ceremonia que se realizó el 28 de junio de 2021, el

“Hace falta leer un poco de la historia de la Uni-

doctor Benjamín Limón Rodríguez rindió protesta para

versidad, por lo menos en los últimos 50 años. Si

presidir la H. Junta de Gobierno de la UANL, para el

conocemos la historia y el por qué la UANL es una

periodo 2021 al 2023, quien suple en este cargo al

de las mejores del país, vamos a entender qué im-

MC. Marco Antonio Méndez Cavazos. El evento fue

portante papel. Qué los universitarios conozcan la

presidido por el ex Rector, de nuestra Máxima Casa

historia de su institución. Un gran honor por ser

Estudios, Ingeniero Maestro Rogelio Garza Rivera.

universitario. Fui universitario desde antes de que

�la Universidad lograra la autonomía. Me tocó

del Departamento de Ingeniería Ambiental. En

convivir con los Rectores desde Lorenzo De Anda

varias conferencias el doctor Benjamín Limón ha

hasta el actual Dr. Santos Guzmán”, aseveró.

expresado: “el estudio del agua debe ir más allá
de su composición, para trascender a su relación

Avance

directa con el ser humano”.

El hoy Presidente de la H Junta de Gobierno de

Proyectos y programas de investigación

la UANL, es autor de tres libros sobre su especialidad y 20 capítulos de libros y artículos de divul-

• Director y coordinador de proyectos de inves-

gación, así como publicaciones en periódicos de

tigación para el saneamiento ambiental, restau-

la localidad y programas de radio y televisión.

ración de terrenos, uso de residuos industriales,
planes de ordenamiento ecológico y estudios de

Durante su amplia trayectoria ha sido merece-

impacto ambiental en el área metropolitana de

dor de múltiples reconocimientos, entre los que

Monterrey y otros estados del país.

destacan el Premio de Ecología Ollín Tonatiuh
con el Programa Victoria 1992 y como persona

• Miembro fundador del Comité de Ciencias del

física 1993. Máxima Presea que otorga el Esta-

Ambiente de la Dirección de Estudios de Licen-

do de Nuevo León al Mérito Cívico en el área de

ciatura de la UANL.

Investigación Científica 1993. Premio Ingeniería
Civil en el área de Investigación 1994, otorga-

• Asesor, director y jurado de tesis de maestría y

do por el Colegio de Ingenieros Civiles. Cuatro

doctorado en ingeniería ambiental.

medallas al Mérito Ecológico otorgadas por entidades académicas y colegios de profesionales

• Ponente, asistente y organizador en eventos

de México y autoridades estatales y municipales,

científicos y académicos a nivel nacional e inter-

entre estas, la Medalla Diego de Montemayor al

nacional.

Mérito Ecológico, otorgada por el Ayuntamiento de Monterrey año 2001, entre otros reconoci-

• Asesor en ingeniería ambiental de CEMEX

mientos y distinciones. Recientemente recibió el

(1997-2002) e Industrial Minera México.

Trofeo Regio, edición 2022.
• Autor y coautor de los libros Ciencias del ambiMiembro del Colegio de Ingenieros Civiles de

ente (2002) y Ambiente y sustentabilidad (2008).

Nuevo León A, C., de la AWWA (American Wa-

Publicaciones científicas relacionadas con las al-

ter Works Association), de la Sociedad Mexicana

ternativas de soluciones ambientales.

de Aguas, Sociedad Iberoamericana de Física y
Química Ambiental. Miembro del Consejo Edi-

Casado con María Eugenia Echeverría con quién

torial de la Revista Ingenierías de FIME y otras

que ha procreado cuatro hijos. A pregunta ex-

asociaciones de su especialidad. Es Decano de la

presa me comentó que tiene más de 50 años de

Facultad de Ingeniería Civil (FIC), donde ha ocu-

servir a la Universidad y que nunca se jubilará.

pado el cargo de Secretario Administrativo y Jefe

5

�DR. BENJAMÍN LIMÓN RODRÍGUEZ | Presidente de la H Junta de Gobierno de la UANL

Dr. Benjamín Limón Rodríguez, Presidente de la H. Junta de Gobierno de la UANL 2021-2023.

La ceremonia del nombramiento estuvo presidida por el Dr. Med. Santos Guzmán López;
Dr. Ing. Benjamín Limón Rodríguez; Ing. MC. Rogelio Garza Rivera e Ing. MC. Marco Antonio Méndez Cavazos.

�El transporte en Monterrey;
vértice del progreso
-Leopoldo Espinosa Benavides

Durante milenios -Periodo Paleolítico- el ser huma-

Oriente lejano se inició hace unos 11 mil años el uso

no, en su fase de cazador - recolector, migraba por

de búfalos de agua -a veces convertidos en bueyes,

la falta de medios de transporte para acarrear sus

es decir castrados- para carga y en algún momento

alimentos. Los productos de su caza y recolección

se le agregó la carreta, gracias el invento de la rueda.

se limitaban a su capacidad de movilización cargando en sus brazos, o del clan o de la tribu, las partes

En Egipto, hace unos 8 mil años se empezó a utilizar

de la pieza ultimada y los frutos recolectados.

el asno como medio de transporte de carga y movilización de personas. De ahí los griegos hicieron lo

Cuando cazaba una presa grande -un mamut o un

propio y después lo heredaron a los romanos que lo

cérvido gigante- en torno del animal cazado se in-

masificaron por el antiguo continente y su dominios

stalaba el campamento y, una vez que se le extraía

europeos y asiáticos, utilizando también el caballo.

todo el alimento o la carne se corrompía, llegaba el
momento de migrar.

La gente del gran desierto del Sahara domesticó el camello que no sirve como animal de tiro, pero es muy

El hombre de este periodo paleolítico pudo domes-

bueno para la carga. Las altas culturas africanas -Reino

ticar a los cánidos como ayudantes en la cacería y

de Ghana, de Axum y el Congo- domesticaron a los ele-

para la defensa del campamento. También lo hizo

fantes que luego serían utilizados incluso por griegos y

con los pequeños felinos que ayudaban al control

romanos para carga, transporte y hasta para la guerra.

de plagas y ambos animales servían también de
mascotas, compañeros de juegos y de compañía.

La falta de la rueda impidió el desarrollo en América

El perro, primer animal coadyuvante en el transporte

Pero en América no se desarrolló la rueda, por tanto
no se aprovechó la presencia de perros, algunas espe-

En el Mesolítico (periodo intermedio entre Pale-

cies del caballo, llamas y otros camélidos en el sur de

olítico y Neolítico) inició una transición de la vida

América. En Mesoamérica ya en su pleno desarrollo se

de cazadores recolectores a la vida aldeana, con la

utilizaba para el servicio de carga a los llamados Tam-

domesticación de otros animales. En el norte del

eme; individuos que se dedicaban a cargar bultos por

planeta, el mundo escandinavo y el mundo Inuit

largas distancia, relevándose en periódicas postas.

-esquimales- comenzaron a utilizar perros para tirar trineos, aumentando la capacidad de carga del

Se construyó una red comercial de los pochtecas

clan, así como armas, herramientas y alimentos, na-

que, además de grandes comerciantes eran espías,

ciendo así el transporte comunitario, pues estaba al

pero eso reducía tanto su poder comercial como el

servicio de todo el clan.

militar, pues cada soldado debía traer su Tameme
para cargar sus armas y sus demás enseres; más el

El uso de animales como herramientas de carga y tiro

alimento para ambos.

fue apareciendo en distintos momentos históricos. En

7

�El transporte en Monterrey; vértice del progreso

La Ruta de la seda

tropas y mercancías entre los cinco continentes y los
dos hemisferios. Sin embargo, los viajeros particu-

Mientras, en el Súper Continente Euroasiático-africano

lares aprovechaban la seguridad que proporciona-

aproximadamente en el siglo I antes de Cristo, hasta

ban los desplazamientos militares y los embarques

el año 1400 de nuestra Era, surgió la Ruta de la Seda,

comerciales, para viajar por su cuenta.

que concentraba todas las tecnologías de transporte.
Para acarrear productos se utilizaban las carretas chi-

Dentro de las grandes ciudades, aunque la mayoría

nas de bueyes, los camellos del Sahara, los elefantes

de la población se movilizaba a pie, existían situa-

del corazón de África, y los bueyes europeos.

ciones en la que los particulares tenían la necesidad de ser transportados de un extremo a otro de

Esta Ruta de la Seda iba de Roma -y de ahí a toda Eu-

las urbes, a las comunidades aledañas o bien para

ropa- hasta Xi’an en el extremo occidental de China, de

mover bienes que no pudieran llevarse en los bra-

donde partía hacia todos los rincones de China, Mon-

zos a pie. El transporte, especialmente el público,

golia, Japón, las Filipinas, y lo que hoy es el Asia Rusa.

debía dar servicio a las personas que requerían
movilizarse por diferentes razones, que podrían ser

El Imperio Romano, para ser el gran socio de la Ruta

productivas o para el ocio.

de la Seda, construyó por toda Europa una red de
caminos para transportar mercancías de ida y regre-

El transporte público era de los arrieros

so a toda Europa, desde luego que esta red caminera se utilizaba también para fines bélicos dándole

Hay que diferenciar el transporte privado, pues

por siglos al ejército romano la hegemonía militar.

los propietarios de los animales de carga o de tiro
los utilizaban para su propio uso y en algunos ca-

Este modelo romano fue copiado, siglos después,

sos hacían favores gratuitos o pagados a vecinos

por el Imperio Español, para establecer una gran

para transportar personas o mercancías. Así nació

red comercial que iba desde la Península Ibérica

el transporte público de propiedad privada, cuyos

hasta las Filipinas, con una cobertura adicional del

operadores eran llamados ‘arrieros’.

continente americano desde el Fortín de Nutka
-hoy Vancouver, Canadá- hasta la Tierra del Fuego.
El origen del transporte de Monterrey

En el Monterrey colonial se requería transportar
mercancías de las poblaciones de la comarca, para
llevar el “mandado” del Mercado a los hogares;
para realizar un paseo familiar a algún paraje; o

Este es el origen del transporte público en nuestra Ci-

para movilización en los funerales. Estos servicios

udad que al momento de la fundación se definía como

comenzaron a darlos: “Los que conducen bestias

“el trajín de mercancías y personas de un lugar a otro”

de carga, y trajinan con ellas de una parte a otra”,

y ahora “el transporte de una Ciudad que puede ser

es decir, los arrieros.

utilizado por cualquier persona para trasladarse de un
lugar a otro a cambio de una cantidad de dinero”.

Estos arrieros brindaron el primer servicio de trans-

La Corona española aún en sus mejores momentos

porte público de nuestra ciudad, utilizando burros,

no pensaba en el transporte público al servicio de

mulas y bueyes. Se determinaron rutas fijas por

particulares, pues su preocupación era movilizar

“caminos de carretas” dentro de la comarca, a La

�Estancia de los Garza (San Nicolás de los Garza) y a

Los famosos convoyes abastecían de

San Pedro de los Nogales (San Pedro Garza García).

mercancías a la Ciudad

El primer itinerario del transporte de Monterrey

Monterrey era el límite noreste del Virreinato de la
Nueva España y hasta aquí llegaban los llamados

Desde 1609 se puede detectar en el Archivo de

convoyes; grupos de grandes carretas tiradas por

Monterrey la existencia de un camino para carretas:

una docena de bueyes o mulas, cada una acompañada de un cuerpo militar. Eran lentas pero

“…Un sitio de estancia de ganado mayor, uno de

movían grandes cantidades de mercancía y perso-

menor con cuatro caballerías de tierra y saca de agua

nas que viajaban por los Caminos Reales que eran

, en el río de la Pesquería Grande , “desotra parte

una suerte de grandes arterias del Imperio.

del río, yendo a la Cueva , por bajo el paso de las
Carretas” y un herido del molino para casas y huertas

En un tiempo Monterrey era el final del Camino

a lindes de Juan Fernández de Castro , el Mozo…

Real. Pero en 1718 se extendió a San Antonio del

Ante el gobernador Diego de Montemayor…”

Béjar, hoy San Antonio Texas y unos años después
hasta Nuestra Señora de Guadalupe de los Nacog-

Las carretas eran un lujo. Algunos vecinos las traían

doches -hoy Nacogdoches, Texas- en la frontera

de Saltillo y otras, pocas, eran fabricadas en esta Ci-

con la Luisiana Francesa.

udad pues requerían conocimientos de carpintería
y de herrería (para los arreos del animal)”.

Pequeñas caravanas venían de otros poblados del
Nuevo Reino de León como Cerralvo, Cadereyta,

El transporte de minerales en Monterrey

Río Blanco (Aramberri) y otras poblaciones del sur
que tenían mayor comunicación con Matehuala,

También la actividad minera necesitaba de un siste-

que no era jurisdicción del Nuevo Reino de León,

ma de transporte como vemos en este documento

sino de la provincia religiosa de los frailes Francisca-

en el que Miguel de Montemayor (bisnieto del fun-

nos, lo que genera la confusión de que alguna vez

dador) otorgaba a su tío Diego de Montemayor (nie-

Matehuala dependió de Monterrey.

to del fundador) una Merced que incluía espacio para
una mulada para transportar los minerales extraídos:

El camino a León -hoy Cerralvo-

“Merced hecha a favor de Diego de Montemayor ,

Desde 1596, el año de la fundación, existe antece-

de “un herido de ingenio con el agua del río de los

dente de la existencia de un camino que iba a la

ojos de Santa Lucía , en el primer ancón que hace el

ciudad de León, es decir Cerralvo:

río por bajo de unas tapias viejas... y las saca señalo
arriba del paso de la ciudad antigua” ; y un pedazo de

“Testimonio sacado a solicitud del capitán Gonzalo

tierra en el mismo ancón “para la congregación de la

Fernández de Castro, en nombre de Diego Fernán-

gente de mi cuadrilla y para las casas de mi vivienda

dez de Montemayor, de la Merced hecha a Diego

y corrales para las muladas, todo como minero para

de Montemayor, el Mozo, su padre, en 28 de nov-

el avío de sacar plata y beneficiar metales” . Ante

iembre de 1596, de un sitio y solar para casas de mi

Miguel de Montemayor, teniente de justicia mayor

morada y un sitio para huerta y viña..., en el monte

y Mateo de Villafranca , secretario de gobernación”

de ésta ciudad... a manderecha, como vamos, y el

9

�El transporte en Monterrey; vértice del progreso

ojo de agua que sale en el nacimiento del monte...,
y el indio Tetenorame con su gente y Piopi, por otro

La profesionalización de los trabajadores
del transporte

nombre Tucumuliama, con su gente, y el Capuliguan, tepehuán, y el Mayegura y Cayaguaguin; y cu-

En un Documento de 1683 aparece un vecino de la Ciu-

atro caballerías de tierra como a una legua de ésta

dad que tenía por oficio “arriero y domador de mulas”:

ciudad; y un herido de molino de pan; y el cacique
Maxcala, tepehuán con su gente, y el Taquanama

“Declaración de Melchor de Garibay, español, vecino de

y el Cayaguaguin y testimonio de la cláusula de la

ésta ciudad, “arriero y domador de mulas”, de 25 años.

fundación de la ciudad señalando para si una estancia de manado mayor junto al río del Topo, “en la

Otro de 1685

parte y lugar que solían pasar las carretas que iban a
la ciudad de León”. Monterrey, 28 de noviembre de

“Declaración de Lázaro de Avila, español, vecino de

1596. (Testimonio autorizado por el escribano Juan

ésta ciudad, “y de oficio arriero”, de 37 años.”

de Abrego.Monterrey, 19 de marzo de 1642).”
Lo que significa que desde aquellos años ya había
Primera inversión en transporte, del

oferta y competencia en el transporte público.

gobierno del estado
Las mercancías entraban a la Ciudad por la
Cuando en 1625 llegó de gobernador Martín de Za-

colonia Nuevo Repueblo

vala, adquirió 19 carretas para mejorar el trasporte
de mercancías y personas en la Ciudad lo que sig-

Por los puntos donde llegaban mercancías a la Ciu-

nificó la primera inversión formal en transporte pú-

dad como la Garita del Sur donde hoy es la Colonia

blico de nuestra Ciudad:

Nuevo Repueblo, cerca de la Plaza Hilario Martínez,
llegaba gran cantidad de mercancías que provenían

“Martín González, residente en ésta villa, vende al

de lugares tan distantes como Tampico y Matamo-

gobernador Martín de Zavala, “una cuadrilla de dieci-

ros y tan cercanos como el Valle de Huajuco -actual

nueve carretas que tiene armadas con sus toldos,

Zona Citrícola-; ahí se cobraban las alcabalas, o im-

ruedas y todos los pertrechos...”a $40 pesos cada

puestos al comercio interior; se instalaban arrieros

una, “que montan $760 pesos. Le entrega, además,

para introducir a la Ciudad mercancías o viajeros.

600 bueyes, mulas y caballos, a $10 pesos cada uno,
“que valen seis mil pesos”; así como “el aución de

Monterrey, centro transportista del noreste

la gente del servicio” y el fierro de las bestias, que
todo asciende a $7,260 pesos. Se los pagará en

Así fue creciendo poco a poco el transporte en

grete en dos o tres viajes, puesta en las minas del

nuestra Ciudad, aprovechando la ubicación ge-

Parral al precio que tuviere al ser enviada, corriendo

ográfica que ofrecía descanso a los viajeros y el

de cuenta del gobernador los salarios, cuando se las

cambio de recuas durante toda la Colonia y el prin-

entregare en el Parral, así como los fletes si volvieren

cipio de la vida independiente.

cargadas. Ante Juan de Zavala, alcalde ordinario y
Juan de Abrego, secretario. Testigos, Pedro de Sali-

Había convoyes que viajaban hacia Matamoros, Pie-

nas (quien firmó por el vendedor, por no saber) don

dras Negras, San Luis Potosí, Zacatecas, Durango,

Juan de Guzmán y Juan Alonso Bazán.”

Chihuahua, San Antonio del Béjar, Texas; Santa Fe

�de Nuevo México. Las mercancías se quedaban por

carretas y mulas para movilizar a los viajeros y su

las noches en las plazas, y los comerciantes o via-

equipaje a sus casas, a los mesones, o a los hoteles

jeros tomaban carretas a los mesones que se con-

que empezaban a aparecer en la Ciudad.

centraban en las cercanías del Parián (Padre Mier
y Juárez) y en donde la calle Hidalgo se divide en

La industrialización catapultó el crecimiento de la

Hidalgo y Morelos.

Ciudad. Hasta la parte ubicada al sur del Río Santa
Catarina -hoy colonia Independencia- requirió de

Las diligencias de Monterrey

más servicios de transporte que principalmente era
en burros.

Luego de la invasión norteamericana de 1846, y
el movimiento de la frontera al sur, más cercana

En la última década del siglo XIX llegaría la modern-

a Monterrey, se inició el uso de diligencias que

idad con los tranvías.

eran carretas más pequeñas y más cómodas, cuya
función era movilizar personas con mayor rapidez a

Continuará…

San Luis Potosí, Linares, Laredo, San Antonio, Texas; y Matamoros, en donde se conectaba un vapor

Citas:

que iba a Nueva Orleans.

-Ordenanzas de descubrimiento, nueva población y pacificación de las Indias dadas
por Felipe II, el 13 de julio de 1573, en el bosque de Segovia.
-ARCHIVO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE MONTERREY

Monterrey era aún parada obligatoria para miles de
viajeros y sus mercancías, lo que le dio prosperidad
económica convirtiéndose en uno de los grandes
centros comerciales y de servicios de toda la región.

-COLECCIÓN Civil: volumen 1 expediente 31; volumen 1, expediente 50; volúmen 11 A,
expediente 1 folio 99; volumen 4, expediente 18, folio 14; volumen 23a, expediente 1 folio 24;
Leyes de Indias.
-Camino de Tierra Adentro, INAH.
-ONU-Hábitat

¡Arriba el Ferrocarril!
Hasta que en 1882 llegó el Ferrocarril y modificó
esa condición, pues los viajeros y las mercancías ya
no necesitaban llegar a la Ciudad. Esto significó una
gran contracción económica que, luego de un tiempo, se resolvió con la industrialización de la ciudad,
aprovechando este moderno medio de transporte
para traer materia prima para la industria y transportar los productos terminados rumbo a los mercados
nacionales e internacionales.
Las tres estaciones de Ferrocarril
En las estaciones del Ferrocarril, que eran tres: la
Industrial que estaba a la altura de Fundidora; la del
Golfo, en Colón y Emilio Carranza y la Nacional en
Pino Suárez y Colón, se establecieron “sitios” de

11

�La comunidad del Topo de los Ayala durante
la época de la Intervención francesa
-Juan Ramón Garza Guajardo

Tras la salida de Benito Juárez de Monterrey en

los Ayala, que en ese tiempo formaba parte de San

agosto de 1864, luego de haber instalado aquí

Nicolás de los Garza, estuvieron al menos en dos

la sede del gobierno republicano por espacio de

ocasiones las tropas invasoras al mando del coro-

cuatro meses, toda la región noreste quedó bajo

nel Julián Quiroga, ambas en 1866: la primera vez

control del ejercito intervencionista. De tal man-

sorprendieron al coronel García (que junto con cien

era, el 26 de agosto el general francés Alexandre

de sus hombres había pernoctado en el pueblo),

de Castagny ocupó Monterrey e “inmediatamente

tomaron diez prisioneros, mismos que fueron fusi-

procedió a reorganizar la administración pública,

lados en el mismo lugar, y en seguida saquearon y

nombrando como prefecto del departamento a D.

quemaron casi todo el pueblo; en la segunda oca-

Jesús María Aguilar y como presidente del Tribunal

sión, se llevaron del pueblo a doce vecinos a la ciu-

al Lic. Juan N. de la Garza y Evia” . A los pocos

dad de Monterrey al considerar que eran partidari-

meses, Castagny se retiró de Nuevo León rumbo a

os de los liberales. De ellos solo uno pagó setenta

Durango, y las fuerzas republicanas leales a Juárez

pesos por su liberación. A pesar de los intentos por

pudieron tomar Monterrey en abril de 1865. Su con-

evitar que la comunidad apoyara la causa liberal,

trol sobre la ciudad fue efímero, pues a finales de

siempre que era requerida asistencia por parte del

junio las tropas francesas al mando del comandante

coronel Ruperto Martínez, los vecinos aportaban lo

Rubén de la Hayrie volvieron a ocupar la capital del

que tenían, quedándose muchas veces en la miseria.

estado. En ese mismo mes, llegó a la entidad el
general francés Pierre Jenningros, con el objetivo

Por otra parte, hay que mencionar que durante

de instalar el gobierno imperial en el recién nomb-

la estancia de los franceses en San Nicolás de los

rado departamento de Nuevo León.

Garza, el juez del registro civil era el señor Julián
Salinas, quien era responsable del libro del Regis-

La permanencia de los imperialistas en Monterrey

tro Civil del Imperio Mexicano. En dicho libro, se

duró poco más de un año, porque al triunfo del

anotaban los nacimientos y matrimonios, asentan-

general Mariano Escobedo en Santa Gertrudis el 16

dose a las personas como “hijos del Imperio”. Las

de junio de 1866, los franceses desocuparon defini-

transcripciones de los datos contenidos en dicho

tamente la capital de Nuevo León. En el período de

libro se deben al historiador José Flor Navarro

tiempo en que las fuerzas del Imperio permanecier-

(1892-1960), quien consultó el manuscrito original

on en el estado, tuvieron que enfrentarse a la guer-

y publicó sus hallazgos en 1955, en la obra Álbum

rilla de los elementos republicanos, especialmente

histórico de San Nicolás de los Garza.

a la que era encabezada por el capitán Ruperto
Martínez, quien era fuertemente apoyado por bue-

Pues bien, dicho libro del Registro Civil contenía las

na parte de la población. Entretanto, los invasores

actas de matrimonio de José Porfirio Cantú y María

recorrían los pueblos en busca de los guerrilleros,

Antonia Cantú, Tomás Lozano y Juana Saldaña, y

sembrando el miedo. En la comunidad del Topo de

Antonio Lozano y Genoveva Rodríguez, los tres

�matrimonios formalizados en la comunidad del Topo
de los Ayala. Asimismo, y con el carácter de “súbditos
del emperador Maximiliano”, quedaron registrados los
siguientes nacimientos ocurridos en el Topo:
• El 6 de abril de 1866 fueron registrados José Guadalupe Chavez Villarreal (hijo de Crispín Chavez y Juana Villarreal) y José Dionisio Lozano Villarreal (hijo de Damián
Lozano y Paula Villarreal).
• El 19 de abril fue registrado José Ricardo Arredondo
Lozano, hijo de Abril Severiano Arredondo y Hermenegilda Lozano.
• El 23 de abril fue registrada María Perfecta Villarreal
Siller, hija de Antonio Villarreal y Teresa Siller.
• El 13 de mayo fue registrado el nacimiento de María Domitila Ayala Saldaña, hija de Serapio Ayala y Benigna Saldaña.
• El 28 de mayo, fue registrada Bernardina González Hernández, hija de Juan González e Higinia Hernández.
• El 15 de junio, fue registrado Fortunato Villarreal Villarreal, hijo de Marcos Villarreal y Antonia Villarreal.
Se apuntan los anteriores nombres en memoria de las
personas que, por avatares en la historia de México,
fueron consideradas como parte del segundo Imperio, y
para conocimiento de sus descendientes que viven en el
municipio de General Escobedo.
Por último, es de mencionarse que en 1868, un año
después de que el Imperio de Maximiliano fuera derrotado, el gobierno de Nuevo León erigió a la comunidad del
Topo de los Ayala como municipio, imponiendole el nombre de Villa de General Escobedo, en honor de quien fue
considerado como héroe del Sitio de Querétaro y vencedor del ejécito imperialista.
Citas:
-Roel, Santiago (1977). Nuevo León. Apuntes históricos. Monterrey, México: Ediciones Castillo, p. 192.
-Flor Navarro, José (1955). Álbum histórico de San Nicolás de los Garza, N.L. Monterrey, México:
Imprenta Villarreal.

13

�Las primeras excursiones científicas a las
Grutas de Bustamante, Nuevo León
-Myrna Karen Garza Cantú

La gruta del Palmito, más conocida como las grutas

Amado Fernández en su calidad de presidente de

de Bustamante, se localizan en la Sierra de Gomas,

la agrupación, y por el profesor Emilio Rodríguez,

en el lugar conocido como el Rincón del Palmito.

secretario de la misma. Realizan el viaje en tren y

De acuerdo con la tradición oral, la gruta habría

al llegar a la estación ferroviaria de Bustamante,

sido descubierta en 1906, cuando los señores Juan

fueron recibidos por el presidente municipal, Euti-

Gómez Cazares y Ramón Rodríguez, luego de re-

mio Calzado, y por integrantes del ayuntamiento.

correr la sierra para recolectar palmito, encontra-

El grupo fue guiado por los descubridores de la

ron un pequeño hueco del que salía aire fresco y,

gruta, Juan Gómez y Ramón Rodríguez.

al ensancharlo con un palo, pudieron entrar en la
cueva, donde encontraron una gran bóveda con in-

A su regreso a Monterrey, Fernández y Rodríguez

numerables estalactitas y estalagmitas adornando

enviaron al gobernador Bernardo Reyes un informe

sus paredes. Esta versión, sin embargo, no cuenta

detallado sobre la expedición . La respuesta de

con una base documental que la sustente y, por

Reyes no se hizo esperar: el 11 de septiembre del

el contrario, en un oficio escrito el 28 de octubre

mismo año, el gobernador envió una misiva al al-

de 1907 por el entonces alcalde de Bustamante,

calde de Bustamante, para ordenarle que tomara

Manuel Botello, y dirigido a la Junta Arqueófila de

las previsiones del caso. Al día siguiente, el alcalde

Nuevo León, éste comentó que el municipio no

contestó al mandatario, manifestando haber dado

contaba con ningún monumento histórico o nat-

las primeras instrucciones para que la gruta fuera

ural. Esto supone o bien que las autoridades no

vigilada, “a reserva de reglamentar en breve las ex-

dieron importancia alguna al descubrimiento de la

cursiones que a ella se verifiquen”. El hallazgo tam-

gruta, o bien que el hallazgo todavía no había sido

bién fue notificado al gobierno federal, a través de

realizado para ese momento.

la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes,
en la Ciudad de México.

Sea como fuere, la Junta Arqueófila de Nuevo
León fue notificada de la existencia de esta gru-

En los años siguientes, la gruta continuó siendo

ta hasta 1909, y de inmediato organizaron una ex-

solo un atractivo local, pues las autoridades pre-

cursión para explorarla. La comitiva partió el 22 de

staron poco interés en su conservación y difusión.

agosto de 1909, siendo encabezada por el doctor

Esto cambió a inicios de 1942, gracias a la iniciati-

�va del empresario Carlos Prieto, quien al enterarse
de los trabajos de bioespeleología que el biólogo
Candido Bolívar llevaba a cabo en las cavernas de
Valles, San Luis Potosí, pensó que sería de interés
el realizar un estudio similar en las grutas de Nuevo
León. Por medio de Evaristo Araiza, director general de la Compañía Fundidora de Fierro y Acero
de Monterrey, extendió una invitación a Bolívar y a
sus colaboradores, para que emprendieran una exploración completa, aclarando que la propia compañía apoyaría financieramente el proyecto.
Así pues, en julio de 1942, Cándido Bolívar acompañado de los profesores Federico Bonet, Bibiano
F. Osorio y Dionisio Peláez, todos de la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas del Instituto Politécnico Nacional, realizaron la primera exploración
científica en la gruta de Bustamante . Este biólogo realizó dos excursiones más en los meses de
septiembre y diciembre, para seguir recolectando
y clasificando varias especies, y cabe señalar que
uno de los especímenes hallados fue dedicado al
señor Carlos Prieto, en agradecimiento a su apoyo
para la investigación:

Pero el nuevo Trecbinae de la gruta de
Bustamante, para el que propongo el
nombre de Mexaphaenops prietoi, ofrece la particularidad excepcional de que
siendo una especie absolutamente ciega
y que entra en el llamado tipo “afenopsiano”, no pertenece al grupo filogenético de los Trecbus, ya que su quetotaxia
elitral es por completo la de un Paratrechus típico. He visitado por tres veces la
caverna en los meses de julio, septiembre y diciembre de 1942, capturando un
total de doce ejemplares, pero la especie era menos rara en el mes de septiembre, en que la humedad de la gruta era
mucho mayor y había multitud de piletas
llenas de agua. Se encuentran tan sólo
en la gran sala de las pozas, que existe
al pie del cono de detritus descendente
que comienza en la entrada misma de la
gruta, o sobre este terraplén, incluso no
lejos de la entrada. Los Mexapbaenops
corren sobre la arcilla, y acuden a los
residuos vegetales formados por trozos
de hojas de palmito medio podridas en
busca de larvas de dípteros. He encontrado también un ejemplar corriendo sobre el montón de murcielaguina que hay
en la sala de las piletas. Otros ejemplares
han sido hallados debajo de piedras, sobre suelo arcilloso, particularmente en el
cono de detritus de la entrada. No fue
posible encontrar ninguna larva, a pesar
de que se buscaron cuidadosamente .
15

�Las primeras excursiones científicas a las Grutas de Bustamante, Nuevo León

El doctor Bolívar, que era consiente de la gran importancia de los hallazgos, y contando con el apoyo
del Patronato Cultural de Monterrey, impartió el 14
y el 17 de diciembre de 1942 una serie de conferencias en el Aula Magna de la Universidad de Nuevo León, donde habló de los hallazgos realizados
y del potencial de la gruta como atractivo turístico. Para promocionar las grutas, y contando con el
apoyo del empresario Manuel Santos, que era originario de Bustamante, invitó al entonces gobernador Bonifacio Salinas, así como a empresarios de
Monterrey, a visitar la gruta para que apreciaran de
primera mano las maravillas naturales que ofrecía.
Hubo a la sazón un cambio en el gobierno estatal,
ya que por motivos de trabajo, Bonifacio Salinas
se trasladó a la Ciudad de México, y quedó como
interino el licenciado Armando Arteaga Santoyo.
El 15 de diciembre del mismo año, el gobernador
interino viajó acompañado del licenciado Eduardo
Livas y de un grupo de empresarios y profesionistas de Monterrey a la programada visita a la gruta.
Durante el recorrido, Arteaga Santoyo sufrió una
fractura en su mano al resbalar dentro de la caverna, accidente que lo obligó a ausentarse de su
oficina por varios días . A su regreso a Nuevo León,
Bonifacio Salinas fue informado de la visita, pero
debido a lo lejano del lugar y a los inconvenientes

personas que a continuación mencionaremos: Sr. Lic. Armando Arteaga Santoyo,
Gobernador Interino del Estado, Ignacio
A. Santos, Sr. Manuel Santos, Sr. Alberto
Santos, Sr. Dr. Cándido Bolívar, Sr. Ing.
Evaristo Araiza, Sr. Lic. Carlos Prieto, Sr.
Profesor Oliverio Garza, Sr. Jesús Ferrar, Sr. Manuel L. Barragán, Sr. Rodolfo
Barragán, Sr. Prof. Abelardo González,
Director de Educación en el Estado, Sr.
Ricardo Treviño, Sr. Jesús Barrera, Sr.
Ing. Armando Ravisé, Sr. Lic. Lauro Cavazos, Sr. Andrés Chapa, Sr. Jorge Sada
Gómez, Sr. Aurelio González Jr., Sr. Ignacio Martínez, Sr. Juan S. Farías, Sr.
Ludovico Volpe, Sr. Jose Rivero, Sr. Lic.
Virgilio Garza Jr., Sr. David Gil Michel,
Sr. Ing. Ramón Muñoz, Sr. Adolfo Zambrano Jr., Sr. Roberto N. Garza, Sr. Antonio Cantú, Sr. Gustavo Guerrero, Sr.
Arcadio de Luna, Sr. Víctor Santos, Sr.
Edelmiro Santos, Sr. Encarnación Ancira,
Sr. J. Benites, Sr. J. Escobedo, Sr. Ricardo
Pérez, Sr. Juan Gómez Ch., Sr. Antonio
E. Villarreal, Sr. J.E. Larenas, Sr. Mónico
Rodríguez y otras personas más.

que presentaba su ascenso, las intenciones de las

El doctor Cándido Bolívar continuó con su traba-

autoridades de lograr convertir a la gruta en un

jo y realizó en los años siguientes nuevas explora-

lugar turístico se vieron frustradas. En todo caso,

ciones, recolectando varios especímenes que, por

la prensa no dejó de informar sobre la excursión:

su importancia e interés científico, fueron enviados

La excursión a la gruta de Bustamante.
Quiénes integraron la caravana.
Y como oportunamente lo informamos,
el día quince del presente mes se efectuó
una interesante excursión a las grutas de
Bustamante, N. L. a las cual asistieron las

a la Academia de Ciencias de California y a los museos de ciencias naturales de Londres, Washington
y Nueva York. Otros más se quedaron en la colección de la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas
del Instituto Politécnico Nacional.
Citas:
-Archivos: Archivo General del Estado de Nuevo León, fondo Junta de Arqueófila de Nuevo León.
-Hemerografía: Ciencia, 31 de mayo de 1943. El Porvenir, 17 de diciembre de 1942.
-Electrónicas: Treviño Villarreal, Héctor Jaime (2008). “La gruta de Bustamante”, en: Colegio
de Cronistas e Historiadores de Nuevo León. [En línea; consultado el 3 de diciembre de 2022].
Disponible en: http://colegiodecronistas.blogspot.com/2008/05/la-gruta-de-bustamante.html

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                  <text>Bitácora es una publicación del Centro de Información de Historia Regional de la UANL, creada por el Lic. Celso Garza Guajardo. La revista fue dirigida por Meynardo Vázquez Esquivel, en los primeros números, Ha tenido interrupciones a lo largo de su vida, de 1987 a 1989 su periodicidad era mensual, se interrumpe y en 1992 se publica el No 16, en 19997 surge como Segunda Época, vuelve a interrumpirse y hasta 2019 surge de manera trimestral como Nueva Era. Contiene información histórica y cultura regional del noreste de México.</text>
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                <text>Bitácora es una publicación del Centro de Información de Historia Regional de la UANL, creada por el Lic. Celso Garza Guajardo. La revista fue dirigida por Meynardo Vázquez Esquivel, en los primeros números, Ha tenido interrupciones a lo largo de su vida, de 1987 a 1989 su periodicidad era mensual, se interrumpe y en 1992 se publica el No 16, en 19997 surge como Segunda Época, vuelve a interrumpirse y hasta 2019 surge de manera trimestral como Nueva Era. Contiene información histórica y cultura regional del noreste de México.</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>Vol 04 AbrilN 02 Junio 2022

�Universidad Autónoma de Nuevo León

Dr. Santos Guzmán López
Rector

Dr. Juan Paura García
Secretario General

M.A. Emilia Edith Vásquez Farías
Secretaria Académica

Dr. José Javier Villareal Álvarez Tostado
Encargado del despacho de la Secretaría de
Extensión y Cultura

Lic. Humberto Salazar Herrera
Director de Humanidades e Historia

Lic. Dinorah Zapata Vázquez
Coordinadora del Centro de Información
e Historia Regional y “Hacienda San Pedro”

Mtro. Juan Ramón Garza Guajardo
Editor Responsable

Lic. Ana Cesira Alvarado Zapata
Diseño

Bitácora Nueva Era del Centro de Información de Historia Regional y Hacienda San Pedro de la Universidad
Autónoma de Nuevo León, Año 2022, Enero-Marzo,
Numero 3, Volumen 1. Es una publicación trimestral,
editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León,
a través del Centro de Información de Historia Regional. Domicilio en Carretera General a Zuazua, Km 4.5,
Zuazua Nuevo León, México, C.P. 65750. Teléfono:
825 247 0500. Editor responsable: Mtro. Juan Ramón
Garza Guajardo. Reserva de derechos al uso exclusivo
04-2021-081019364500-203, otorgado por el Instituto
Nacional del Derecho de Autor, ISSN en trámite.

Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de la publicación.

Patio principal de la Hacienda San Pedro “Celso Garza Guajardo”.

Prohibida su reproducción parcial o total del
contendió e imágenes de la publicación.
Editado en México.
Todos los derechos reservados.
cihruanl@gmail.com

3

�Índice
PAGE 4

Escuela Industrial “Álvaro Obregón”: Una relación
discreta con la industria regiomontana
-Susana Julieth Acosta Badillo

PAGE 18

Escuelas Adolfo Prieto
-Alberto Casillas Hernández

PAGE 22

Análisis teórico bajo el enfoque de estudios culturales
sobre los orígenes de la industrialización en Monterrey
y el estudio de la clase obrera
-M.C. Juan Jacobo Castillo Olivares

PAGE 28

La labor social del ferrocarril de pasajeros y su cancelación
-Oscar Abraham Rodríguez Castillo y José Eugenio Lazo Freymann

�Una relación discreta con
la industria regiomontana

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón”

Una relación discreta con la
industria regiomontana
-Susana Julieth Acosta Badillo

Segunda relación: desencanto
La “Álvaro Obregón” inició labores sin parte de la
maquinaria instalada y con austeridad en ciertos
materiales, pero aquello no resultó mayor agravio
pues el propio alumnado con guía del profesorado
fabricó los materiales faltantes, instaló la maquinaria y vendió a diferentes talleres e industrias menores de la ciudad herramientas fabricadas en la escuela; así se subsidió durante sus primeros años y
pronto, el autofinanciamiento se volvió una costumbre y única alternativa al presupuesto estatal. A
tres años de la inauguración de la escuela, Nuevo
León organizó su primera universidad pública y entre las dependencias fundadoras, las escuelas de
oficios del Estado, la “Álvaro Obregón” y la Femenil “Pablo Livas”, se integraron como escuelas de
educación media superior.
Sin profundizar en el proceso de organización de
la Universidad de Nuevo León (UNL), que ha sido
lo suficientemente estudiado, se destaca el renovado compromiso de parte de la élite empresarial
con la educación. En diciembre de 1932, el gobernador Francisco A. Cárdenas (1931-1933) anunció
su intención de integrar un comité de industriales,
banqueros y comerciantes que emprendieran una
campaña pro Universidad para construir un inmueble particular para la nueva institución, es decir,
emprender la misma estrategia organizacional que
se hizo con la “Álvaro Obregón” cuatro años atrás.
El 25 de febrero del año siguiente, a días del arribo
del asesor designado por la SEP, Pedro de Alba, se
conformó el Comité Organizador de la Universidad
de Nuevo León y entre sus miembros se acordó

conformar una Comisión de Hacienda presidida
por el Tesorero del Comité, el profesor Joel Rocha,
quien repetía su actuación a beneficio de la Instrucción Pública.
Rocha tenía un perfil de mediador y con su gestión
fue posible reunir un nutrido grupo de industriales
que fue presentado en la tercera sesión del Comité Organizador realizada el 11 de marzo de 1933,
cuando la Comisión de Hacienda informó haber encontrado entre diversas personas representativas
del comercio y la industria de la ciudad “excelente
disposición para colaborar con este Comité, en la
organización del Plan de Fondos y Arbitrios que
constituirá el patrimonio de la Universidad”. Los
personajes en cuestión fueron Jorge S. Rivero, Bernardo Elosúa, Santiago Serna, Luis G. Sada, Roberto G. Sada, Ricardo Chapa, Isaac Garza, Carlos
Garza Cantú e Ignacio Albo, nombres que más
tarde resonaran durante la organización de otra
entidad educativa. Sobre este organismo, es importante aclarar que desde la organización de la
UNL se acordó la clara dependencia presupuestal
de esta con el gobierno estatal, por lo que la actividad de los “miembros cooperadores” sería precisamente bajo esa condición, como cooperación.
Aunque se desconoce el rol preciso de los empresarios, pronto su actuación fue abruptamente interrumpida por la controvertida inauguración del Aula
Magna de la Universidad el 20 de diciembre de
1933 y la escalada de tensión que se desencadenó
a raíz de las declaraciones del representante federal. De acuerdo con Lydia Espinosa, Nuevo León
pretendió dejar a la Universidad al margen de los

�acontecimientos nacionales en la discusión previa a la implementación de la educación socialista con el gobierno entrante de Lázaro Cárdenas,
sin embargo, esto fue imposible por la naturaleza
pública de la institución y durante la inauguración del Aula Magna el representante de gobierno federal y secretario de la SEP, Narciso Bassols,
dictó un discurso donde explícitamente declaró a
la UNL como futuro baluarte para el desempeño
de la reforma educativa:
“[…] me llevo la seguridad de que al nacer la Universidad no caerá en un vicio, el de pretender
crear profesionistas, que sería de los más graves,
sino que será un centro de preparación profesional superior en cuanto al número de sus hijos,
las necesidades ambientes y las exigencias del
medio en que trabajan […] producirá profesionistas solo en la medida en que la necesidad de la
sociedad en que vive lo exija, y no será un centro
de modelado caduco en el que sólo se encuentran las viejas unidades de trabajo profesional
que conocemos con el nombre de profesiones
liberales […] Será también vehículo de aliento y
de labor social para el obrero, siendo un centro
fecundo de creación.”
Siete días después de la apertura, el gobernador Francisco A. Cárdenas renunció a su cargo
como preámbulo a lo que habría de suceder el
año entrante. La primera mitad de 1934 fue una
escalada de tensión ante las políticas próximas
a implementarse, pero la disponibilidad del empresariado de colaborar con la Universidad aún
estaba presente en discreta medida, pues en Actas de Consejo no se vuelve a hablar sobre los
“miembros colaboradores”, empero, el 13 de

al gobernador sustituto Pablo Quiroga un oficio
donde abogaba por la creación de una Facultad
de Comercio dentro de la UNL. Según lo atestigua el documento, el gobernador había dado
su visto bueno pero, en pocos meses, la situación política se tornó insostenible y la UNL fue
derogada el 29 de septiembre para establecer la
Comisión Organizadora de la Universidad Socialista de Nuevo León. Rodríguez será más adelante
uno de los promotores del Tecnológico de Monterrey.
La nueva Comisión Organizadora no avanzó en
su cometido por la crítica situación con importante parte del estudiantado, por lo que en septiembre de 1935 se instaló el Consejo de Cultura
Superior (CCS) que absorbió todas las dependencias universitarias. Para estabilizar la administración del nuevo organismo, el gobernador en
turno, Gregorio Morales Sánchez (1935-1936),
tomó posesión de la presidencia del Consejo del
4 de noviembre de 1935 al 30 de abril de 1936,
cuando el nuevo gobernador, Anacleto Guerrero Guajardo (1936-1939), designó a Enrique C.
Livas Villarreal como nuevo presidente. Livas estaría a cargo hasta 1948, incluso después de la
restitución de la Universidad en septiembre de
1943. Toda esta serie de sucesos, que involucró
una directa intervención del gobierno –ya no sólo
ideológica– por medio del gobernador-rector,
evidentemente cimbró en el grupo empresarial
que estaba en disposición de la UNL, pues ni la
Facultad de Comercio fue concretada, ni ninguna
otra dependencia fue objeto de recaudación
de fondos o donativos; en resumen, la colaboración se anuló.

julio el banquero Antonio L. Rodríguez, entonces gerente de la Cámara de Comercio, dirigió

5

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón” | Una relación discreta con la industria regiomontana

incorporar a la Escuela Industrial y a la Normal
a la SEP, segregándolas como entidades universitarias, como parte de la tendencia centralizadora de la educación impulsada por el gobierno
de Cárdenas. Cabe señalar que de acuerdo con
los lineamientos del Plan Sexenal, la SEP, en el
renglón relativo a la enseñanza técnica-industrial, proponía la creación de escuelas politécnicas
locales. Si bien una decisión como federalizar la
“Álvaro Obregón” significaba ahorros en el presupuesto estatal, por otro lado representaba una
mayor injerencia federal en la política local, pues
la planta docente sería controlada y dirigida por
el gobierno federal que concentraría las decisiones de tipo administrativo con el objetivo de
avanzar en la reforma educativa del artículo tercero de manera más abierta. Esta no será la única
referencia a la intención del gobierno federal de
tomar control de la escuela.
Desde la derogación de la UNL en 1934, la relHorno de fundición fabricado por alumnos y profesores, y puesto en función en
junio de 1933.

Centro de Documentación y Archivo Histórico de la UANL (CDAH-UANL).

ación industria-escuela no volvió a ser abordada
ni en los informes de gobierno, ni en el CCS, ni por
la propia “Álvaro Obregón”, aunque la absorción

El nuevo gobernador matizó la orientación ide-

de alumnos por industrias, comercios, empresas

ológica socialista de la educación, queriendo

y negocios de diferentes ramos no menguó, y

imprimir un sello “altamente revolucionario” a

fue sólo la cooperación en materiales o fondos

la impartida en facultades y escuelas superiores.

lo que no se registró en ningún aspecto. Sobre

En la reorganización que emprendió, mantuvo

la contratación de egresados, en los informes de

dentro del CCS a las escuelas de tipo industrial y

la escuela se testifica que de las primeras gen-

técnico dirigidas a preparar a los hijos e hijas de

eraciones gran parte de técnicos fueron con-

trabajadores y campesinos para dedicarse a una

tratados por las compañías Fundidora de Fierro

actividad industrial. En su primer informe destacó

y Acero, Minera de Peñoles, Cementos Mexica-

el caso de la “Álvaro Obregón” como un plantel

nos, Vidriera, de Luz y Fuerza Motriz, Telefónica y

popular: “A la Escuela Industrial han estado asis-

Telegráfica, y por las fábricas de muebles “Salinas

tiendo con regularidad obreros que trabajan en

y Rocha”, “La Malinche” y “Torres Hermanos”,

las fábricas con el fin de obtener una preparación

además de una docena de talleres mecánicos.

que les permita mejorar en el trabajo a que están

Muchos eran hijos de obreros ya instalados en

dedicados”. En 1938 se habló de la intención de

aquellas fábricas e industrias, pero a diferencia

�de sus padres o abuelos, ellos serían la primera

ramas, petrolera, minera, eléctrica, textil y sid-

generación de su familia formalmente educada

erúrgica, demandó técnicos en una proporción

como técnicos y para muchos otros, sería el inicio

hasta entonces no vista. Fundidora de Monter-

de toda una relación generacional con la gran in-

rey, Altos Hornos de México, la Comisión Federal

dustria regiomontana. Esta relación aumentó en

de Electricidad, Petróleos Mexicanos, Teléfonos

la década entrante, a la par de la aparición de

de México, fábricas armadoras de automóviles,

otro centro escolar tecnológico en la ciudad.

constructoras de carros de ferrocarril y otras, absorbían a los técnicos formados en las escuelas
industriales, técnicas y científicas del país. Este
proceso orientado a sustituir las importaciones,
era además estimulado por la Segunda Guerra
Mundial que demandaba fuertes cantidades de
acero, materias primas y bienes de consumo.
Mientras empresas como Fundidora y la American Smelting (ASARCO) aumentaron considerablemente su producción –la primera con la inauguración de su segundo alto horno en 1942–,
nacieron otras como Fundiciones Hércules en
1940, Hojalata y Lámina S. A. (HYLSA) en 1943,
Industrias del Norte y Fundidora Sym en 1944, y
Celulosa y Derivados (CYDSA) en 1945.
Esta intensiva creación de grandes, medianas
y pequeñas empresas inició el proceso de integración metropolitano; Monterrey superó los 200
mil habitantes durante los primeros años de la
década de los cuarenta y municipios como Gua-

Talleres de Carpintería y Automotriz, 1940.
Historia gráfica de la Escuela Industrial “Álvaro Obregón”.

Tercera relación: la sustitución

dalupe, San Nicolás de los Garza y Santa Catarina crecieron en proporciones insospechadas.
En consideración a este contexto, el gobernador
Bonifacio Salinas Leal (1939-1943) señaló que:

La Escuela Industrial y Preparatoria Técnica “Álvaro Obregón” incrementó su importancia en el

[…] las facultades de Química e Ingeniería depen-

contexto del auge industrial que Nuevo León y el

dientes de la Universidad, y la Escuela Industrial

país experimentaron durante la década de 1940,

“Álvaro Obregón”, recibirán especial atención en

como parte de la política de industrialización del

el presupuesto por considerar que en los tres plan-

Estado mexicano con objeto de convertirla en

teles mencionados es donde se forman los profe-

un factor de desarrollo económico. La industria

sionistas y obreros especializados que más deman-

nacional paraestatal y privada, en sus diferentes

da tienen en las distintas industrias de la ciudad.

7

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón” | Una relación discreta con la industria regiomontana

Esta intención se vio reflejada en el aumento del

de Monterrey (ITESM), que terminó por obviar la

presupuesto estatal para el año escolar de 1939-

separación deliberada de la élite regiomontana

1940; la partida de egresos de 70 a 75,000 pesos

con la universidad pública y en consecuencia,

que habitualmente se le destinaba a la escuela

con la escuela técnica.

subió a 88,180 pesos. En el mismo informe, el
gobernador justifica este apoyo:

De acuerdo con César Salinas, en 1936 se diseñó
la primera estructura para una escuela autónoma

En consideración de que el estado de Nuevo León

cuya orientación fuera la tecnología y la investi-

(y de manera especial la ciudad de Monterrey) es

gación, pero se pospuso por temor a la oposición

uno de los más importantes centros industriales

del gobierno cardenista. Con Manuel Ávila Cama-

del país, la enseñanza industrial constituye, para el

cho (1940-1946) se vislumbró un panorama más

Gobierno del Estado, uno de los deberes que cum-

alentador por su política conciliadora y la propues-

ple con más satisfacción; proporcionar a nuestras

ta le fue presentada en 1941, sin recibir respuesta

industrias actuales, técnicos en número bastante

definitiva. En diciembre de aquél año, la idea le

para asegurar su mayor desarrollo y la mejor cali-

fue presentada a Eugenio Garza Sada por los pro-

dad de su producción, y al mismo tiempo, preparar

motores Antonio L. Rodríguez –antiguo colabora-

técnicos para el establecimiento de nuevas industri-

dor de la UNL– y Manuel Gómez Morín –ex rector

as que aprovechen los recursos de nuestro estado y

de la Universidad Nacional. Sobre la postura de

de otros lugares del país. Con miras al engrandeci-

Garza Sada, Salinas comenta que:

miento de Nuevo León, es la función esencial de la
Escuela Industrial “Álvaro Obregón”.

El empresario consideró que la escuela privada
sería una opción necesaria a la educación social-

Para entonces –1940– la oferta de la escuela era

ista establecida por el Estado, constituyéndose

la de Maestro Mecánico, Automovilista y Electr-

como un espacio que promovería los postulados

icista en cuatro años, y los cursos de Radio-Co-

que el empresariado comulgaba: libertad (de

municación y Reparación de Radios, Fundidor,

cátedra), autonomía (frente al gobierno), libertad

Herrero y Ebanista en dos años; y a ello se sum-

de empresa, altos valores éticos (el hombre por

aba la preparatoria técnica. La escuela colaboró

encima de las consideraciones económicas) y un

en resolver problemas de la empresa local, uno

pensamiento que promoviera la colaboración de

de los ejemplos más significativos fue el de Ho-

clases en lugar de su confrontación.

jalata y Lámina, S. A., cuya maquinaria comenzó a importarse de Estados Unidos en mayo de

Con la idea definida, se procedió de la misma

1942, siendo auxiliada en la construcción de los

forma en que se organizó trece años antes la Es-

modelos que requería para las primeras lingoter-

cuela Industrial y diez la UNL, con una convoca-

as de fierro para obtener de éstas el vaciado del

toria a hombres de negocio para colaborar en la

acero de los lingotes para la laminación. Un año

financiación del nuevo instituto, el cual, además

después de esta importante colaboración en

sería privado, lo que aseguraría su autonomía de

una industria del grupo Garza Sada se fundó el

toda intervención gubernamental. Así, surgió la

Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores

Asociación Civil Enseñanza e Investigación Supe-

�rior (EISAC) el 14 de julio de 1943. Dos meses

Rodríguez. La primera ofrecía las carreras de in-

después, el 6 de septiembre, inició el Tecnológi-

geniería mecánica –que aún no se creaba en la

co de Monterrey con capital aportado por soci-

UNL–, eléctrica, química y administración; mien-

os de la EISAC, entre los que figuraban Agustín

tras que la segunda, ofrecía las carreras de conta-

Basave, Rodolfo Barragán, José Benítez, Andrés

dor, administrador de negocios, funcionario pú-

Chapa, Bernardo Elosúa, Juan S. Farías, Rómu-

blico y secretario. Con la oferta educativa descrita

lo Garza, Eugenio Garza Sada, Virgilio Garza Jr.,

no es de extrañar la migración de profesores de

Roberto Guajardo Suárez, Alejandro Guajardo,

la UNL al ITESM y menos por lo dicho del salario,

Jesús F. Flaquer, José F. Martínez, Ricardo Quirós,

porque para el segundo era de suma importancia

Antonio L. Rodríguez, Roberto Garza Sada, Joel

tener profesorado de tiempo completo, mientras

Rocha, Andrés Sada, Ignacio Santos, Diego G.

que la Universidad se manejaba por horas.

Sada, Miguel Vera y Jorge Rivera. Algunos de los
nombres anteriores también fueron benefactores

Por último, el ITESM tenía como objetivo gen-

de la “Álvaro Obregón” y la UNL en su momen-

eral: “formar individuos dedicados a manejar

to, pero inconformes con la orientación social del

con competencia las empresas, comercios, in-

proyecto universitario a partir de 1934 decidieron

stituciones bancarias y fábricas de la región”, es

emprender su propio proyecto de educación su-

decir, formar líderes y no obreros, como lo era el

perior. Sobre el compromiso de la EISAC, Ricar-

caso de la “Álvaro Obregón”.

do Elizondo corrobora que se otorgó con la seguridad de que en su “operación no intervendría
ideología política o religiosa alguna”.
La empresa de Garza Sada fue un éxito y para
1945 se inició la construcción del campus del
Tecnológico, el primero de su tipo en México.
Los primeros años del Tecnológico ocasionaron
un agravio en las escuelas donde se impartían
materias técnicas de la UNL como Bachilleres, la
Facultad de Ciencias Químicas y por supuesto la
“Álvaro Obregón”, pues, como se expresó ante
Consejo, “varios catedráticos han ido a prestar
sus servicios en el Instituto Tecnológico, donde
obtienen más elevados sueldos”.

La solución

que se tomó fue contratar pasantes, pues el
presupuesto global de la UNL no permitiría un
aumento de salarios. Sobre el plan de estudios,
el ITESM se dividió en dos escuelas superiores
–y una preparatoria–, la de ingeniería industrial
y la de estudios contables, el añejo anhelo de

Como práctica, trabajo remunerado y en ocasiones labor social, la “Álvaro” fabricó incontables productos de uso cotidiano en la ciudad, como bancas escolares y una vasta producción estatuaria, entre otros. En la imagen derecha, la estatua
de Simón Bolívar que descansa en el hemiciclo que culmina la avenida del mismo nombre. Vida Universitaria

9

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón” | Una relación discreta con la industria regiomontana

Además de la problemática del profesorado, la
“Álvaro Obregón” buscó –también en 1945– obtener fondos exclusivamente para la rehabilitación del edificio al alegar que desde su fundación,
quince años atrás, el inmueble no había sido remozado; se requerían, según estimaciones, de
50,000 pesos. Con trabajo se consiguió la autorización del erario estatal para adquirir accesorios de los tornos del Taller Mecánico y según una
valoración publicada por el periódico El Porvenir,
la escuela estaba abandonada completamente,
esto a pesar de su función ante la sociedad e
industria regiomontana. Mientras tanto, el Tecnológico inauguró sus “flamantes instalaciones”
el 7 de julio de 1947 –en su primera etapa–, año
en que se volvió a publicitar la deplorable situación de la Escuela Industrial, evidenciando el
abandono por parte del sector privado:

lio S. Fernández (1951-1955) era una prueba de
esa relación; egresado de la escuela, Fernández
laboró en la Fundidora de Fierro y Acero de Monterrey en el Departamento Técnico y en 1946 en
el Departamento de Laminación donde fue jefe y
superintendente, y como él, hubo muchos otros
casos de egresados que fueron contratados por
las grandes empresas siderúrgicas y mineras
como la Anderson Clayton, la ASARCO, Peñoles,
Aceros Planos y Hojalata y Lámina, entre otras.
La inauguración de la segunda etapa del campus
del ITESM, el 17 de julio de 1950, dio pie a la
organización de un organismo benefactor exclusivo para la UNL con llamado urgente a la IP de
Nuevo León, mismo que se atendió, pero (tal vez)
no de la forma en que se esperaba.

[…] pero por causas que desconocemos, poco a
poco, al correr el tiempo, habíase ido abandonando hasta el grado de que para el mes de agosto
del año actual –1947– ya todo en dicha escuela
daba aspecto de ruinas […] pero se espera contar
a la vez con la cooperación de los industriales,
propietarios de talleres y empresas particulares
de Monterrey y Nuevo León en general, quienes
deberán ver en la Escuela “Álvaro Obregón” el
lugar sagrado en donde se imparten los conocimientos necesarios para preparar toda clase de
técnicos, hombres bien enseñados para llenar las
necesidades que requiere el adelanto industrial
de este estado.
Desde su creación, la escuela atendía diversas especialidades en fábricas y talleres no sólo de la
localidad sino del resto del país, entre ellas Altos
Hornos de México donde laboraban numerosos
técnicos salidos de sus aulas. El director Aure-

Taller de Carpintería, 1952.
Vida Universitaria.

�Cuarta relación: reconciliación paulatina

A la Comisión Ejecutiva descrita se le sumaba una
Comisión General compuesta mayoritariamente por

El campus del ITESM representó una afrenta para la

cada uno de los directores de escuelas y faculta-

Universidad, pues observar lo hecho por la IP en tan

des universitarias, y uno que otro empresario como

poco tiempo para beneficio de una institución edu-

el banquero Carlos de la Garza Gómez, el comer-

cativa daba muestra de que los recursos estaban, lo

ciante Jesús M. Montemayor, benefactor de algu-

que hacía falta era la disposición. A raíz de la inau-

nas escuelas oficiales y quien más tarde donará los

guración de la segunda etapa del ITESM en julio de

fondos necesarios para la construcción del edificio

1950, los diarios El Porvenir y El Tiempo emprend-

actual de la Escuela Industrial y Preparatoria Técni-

ieron una encuesta entre personalidades de la in-

ca “Pablo Livas”, el arquitecto y constructor José F.

dustria, banca, cultura, comercio y política del Esta-

Muguerza, y Guillermo Zambrano, dueño de Focos

do, para conocer si estarían dispuestos a apoyar a la

S.A. y accionista de Cementos Mexicanos. Al pub-

Universidad por medio de un patronato o qué otros

licar el primer número de Vida Universitaria, órgano

medios proponían ellos. La encuesta se inició en

informativo de la UNL auspiciado por el Patronato,

septiembre de 1950 y para diciembre se constituyó

Barragán aceptó la dejadez en que la IP había man-

por acuerdo del Congreso del Estado el Patronato

tenido a la Universidad:

Universitario, integrado por algunos personajes de
los sectores encuestados. Todos los que expresaron

A nuestra Universidad no le habíamos dado la im-

su opinión coincidieron en lo mismo: era necesario

portancia que merece. La teníamos desde hace casi

crear una “economía exclusiva” para la Universidad,

cien años y apenas si nos hemos detenido, en la

fuera del presupuesto oficial.

dura brega cotidiana, a mirar cómo trabaja nuestra

El Patronato, organismo benefactor de naturaleza

Casa de Estudios, su trayectoria, su influencia en el

autónoma a la organización de la Universidad sin

medio, su vida interna y cómo se vincula, aunque no

injerencia en sus normas, fue presidido por Joel

le siente la mayoría de los ciudadanos, a los fines, a

Rocha –también benefactor del EISAC– y como vi-

los ideales, a las esperanzas de una sociedad mejor

cepresidente Manuel L. Barragán, fundador de la

para la convivencia de la fraternidad universal.

empresa Bebidas Mundiales –embotelladora de
Coca Cola–, director general del Banco Popular de

Es preciso aclarar que aquella dejadez no era la úni-

Edificaciones y Ahorros, consejero de Fundidora e

ca, pues el gobierno federal también tenía las uni-

impulsor de varias revistas de corte comercial. Los

versidades públicas del país en un estado casi “veg-

miembros restantes de la Comisión Ejecutiva eran

etativo”, según apreciaciones del entonces rector,

el industrial Manuel Santos (Construcciones S.A.),

Raúl Rangel Frías (1949-1955). La desigualdad en el

como tesorero, y los empresarios Rodolfo J. García,

presupuesto que recibían de la Federación la Uni-

Aurelio González y Jaime F. Garza, y los periodistas

versidad de Nuevo León –o cualquier otra univer-

Federico Gómez y Rogelio Cantú –ambos directivos

sidad estatal– y la Universidad Nacional Autónoma

de El Porvenir– como vocales. Gómez, al igual que

de México (UNAM) era abismal. Por ejemplo, en

Rocha, formó parte del Comité Organizador de la

el cuarto informe presidencial de Miguel Alemán

UNL en 1933 y además, cabe destacar, ambos eran

(1950) se indica que la contribución federal a la Uni-

amigos cercanos con Barragán desde su juventud y

versidad Nacional era de once millones de pesos

la historia de los tres se entrelaza en varios aspec-

“durante el periodo que se informa”, más dos mil-

tos, uno de ellos la Universidad.

lones y medio de pesos como apoyo para la con-

11

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón” | Una relación discreta con la industria regiomontana

clusión de la Ciudad Universitaria capitalina. Esos
once millones eran parte de un total de 13 que estaban destinados a la “Alta Cultura”, es decir, a las
universidades del país; por lo tanto, quedaron sólo
dos millones para distribuir entre las once universidades de provincia existentes en 1950; universidades “limosneras” como llegaría a reafirmar Rangel Frías a modo de contundente crítica contra esta
desigualdad en el reparto de fondos.
El Patronato Universitario durante una visita en los trabajos de mantenimiento

Regresando a la relación industria-universidad, la

de 1951; al centro, Manuel L. Barragán observa una de las piezas fabricadas en

Ciudad Universitaria de Nuevo León (CUNL) era el

Vida Universitaria.

principal objetivo del Patronato, pero también atender necesidades urgentes en cada una de las dependencias. Para la “Álvaro Obregón”, en agosto
de 1951 se emprendió una campaña de profundo
mantenimiento para el inmueble contando con el
apoyo de un Comité Técnico integrado por los ingenieros Esteban Rock, Spencer Holguín y Lauro
Martínez Carranza, el arquitecto Joaquín A. Mora
y Rodolfo Barragán, éste último en representación
de Fundidora. Así, se gestionó ante algunas empresas e industrias la colaboración con materiales
y equipo, llamado que se atendió entre octubre y
noviembre de 1951. Altos Hornos de México donó
una máquina para pruebas físicas de materiales, la
cual fue recogida y transportada desde Monclova
con supervisión del maestro del Taller Mecánico; y
la Fundidora entregó tonelada y media de material de fierro para prácticas y trabajos del Taller de
Fundición. Para el gimnasio, la empresa PROCESA
donó 120 metros cuadrados de azulejos, que fueron
utilizados para muros y pisos. Aunque fue pobre la
respuesta, para ser la primera en casi veinte años
fue una muestra de que una reconciliación entre la
industria y la Universidad era posible, más aún con
el Patronato como mediador directo, relevando al
gobierno estatal en las negociaciones con la IP.

los talleres de la escuela.

En informe del 1 de enero de 1951 al 30 de septiembre de 1953, el Patronato Universitario informó que
las aplicaciones a la “Álvaro Obregón” fueron las
siguientes: construcción de nueve aulas con valor
de $145,567.87; muebles para las nueve aulas con
inversión de $13,135.61; y madera para el piso del
gimnasio, con valor total de $18,527.50. El director
Aurelio Fernández aprovechó la renovada relación
con las empresas e industrias del Estado y la región,
con respaldo también con su papel en Fundidora.
Por un lado, abrió las puertas para que los alumnos
de Ingeniería Mecánica realizaran por dos meses las
prácticas profesionales en industrias del petróleo,
fierro, madera y cemento, como estaba marcado en
el plan de estudios para los alumnos de segundo al
cuarto año. También logró la aceptación de empresas como Cigarrera “La Moderna”, Galletera Mexicana, Fundidora, Hojalata y Lámina, y Cervecería
Cuauhtémoc, para que efectuaran las visitas escolares al menos una vez por mes, mediante un plan
que trajera provechosas y objetivas enseñanzas para
los alumnos de tercero y cuarto año. Por otro lado,
proveyó de profesionistas para que impartieran conferencias o demostraciones didácticas en la escuela
dirigidas al alumnado de las distintas carreras técnicas y de Ingeniería Mecánica. Los viajes de estudios

�a diferentes complejos industriales y fábricas del país
fue otra manera eficiente de establecer una red de
comunicaciones y contactos; se visitaron, por ejemplo, refinerías de Petróleos Mexicanos en Tabasco y
Veracruz, los talleres de Ferrocarriles Mexicanos en
Aguascalientes, y la fábrica de aceites y jabones La
Unión, de Torreón, Coahuila, entre otros.
Durante la última semana de abril de 1952 se restableció el programa de extensión cuando la empresa
local denominada Equipos, a través del mecánico
León Lameda Díaz, instructor de la General Motors,
ofreció una serie de conferencias en las oficinas de
la empresa a donde acudieron estudiantes de la
carrera de Maestro Mecánico. Igualmente, durante
el festejo del 25 aniversario se inició la tradicional
Exposición Industrial que permitió fortalecer aquellos lazos con la industria que Fernández esforzó. Se
inauguró el 25 de octubre de 1955 y se contó con la
participación de empresas regionales como Electricidad Industrial, Acero Atlas, Troqueles y Esmaltes,
Tanques Monterrey, IEM, Barnes de México, Sada
Gómez, Focos, S. A., Fábricas Monterrey, S.K.F.,
Talleres Industriales, Peerles-TISA, Productos Rugo,
PROCESA, Manufactura de Tubos de Acero, Honey
Well, S. A., Cuchillería Imperial, DINA-FIAT, Equipos
Mecánicos del Norte, Automóviles y Camiones, y
Muebles Tubulares S. A., entre otras.

Conferencia por el instructor de la General Motors en abril de 1952.
Vida Universitaria.

La labor de Fernández la continuó el director sucesor, Santiago Tamez Anguiano, quien regreso para
un segundo periodo de 1955 a 1964. Por su cuenta,
comenzó a visitar a las empresas participantes en la
exposición industrial a fin de agradecer sus aportaciones y obtener donaciones de equipos, pero la
respuesta no fue la esperada y nuevamente la escuela pareció regresar a su situación anterior. En
enero de 1958, la “Álvaro Obregón” se fue a huelga
bajo el lema de “se carece de todo”; un reportaje
de Vida Universitaria resumió la situación:
[…] En repetidas ocasiones, maestros y alumnos
han solicitado la ayuda de la industria local, pero
inexplicablemente sus peticiones no han encontrado la acogida que se merecen, toda vez que es la
industria local la directamente favorecida con una
escuela de este tipo […] En muchas ocasiones, el
estado de la escuela ha preocupado a funcionarios e industriales, pero es ahora cuando más se
requiere de su concurso para hacer de este plantel
un verdadero semillero de técnicos, en quienes des-

Escenas de la Exposición Industrial de 1955, con motivo del 25 aniversario de la
escuela. Vida Universitaria.

cansará el progreso industrial de México. Nuestro
país reclama cada día de técnicos y obreros calificados, y escuelas como ésta puede proporcionarlos; el

13

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón” | Una relación discreta con la industria regiomontana

funcionamiento irregular de una escuela de este tipo

A principios de julio de 1958 la escuela recibió la

redunda necesariamente en perjuicio de la economía

visita del entonces gobernador, Rangel Frías (1955-

del estado y del país. No es posible que nuestra in-

1961), quien acompañado del rector interino Roque

cipiente industria dependa de la educación que sus

González Salazar, del director Tamez Anguiano y del

técnicos reciban en el extranjero; se hace necesaria la

jefe de talleres, Raúl Chapa Zárate, dio un recorri-

educación de técnicos y trabajadores especializados

do por las instalaciones del plantel para observar

en nuestro propio suelo. Si la Secretaría de Educación

de primera mano las condiciones en que funcion-

Pública ha proyectado establecer cuatrocientas escue-

aban los talleres. Durante la visita se anunció que

las técnicas en todo el país, no debe olvidar la impor-

se esperaba la respuesta por parte de la Comisión

tancia que tiene el mantenimiento de las ya existentes;

Federal de Electricidad (CFE) para la donación de

no es posible iniciar obras de gran alcance cuando no

material después de la petición expresa al Oficial

se tiene lo necesario para sostener las ya establecidas.

Mayor de la referida empresa, Guillermo Martínez
Domínguez. Éste, en visita al plantel el 29 de julio,

Nuevamente se lanzó campaña entre industriales de

entregó un torno moderno con valor de 25,000 pe-

Nuevo León, aunque en esta ocasión sin intervención

sos para el Taller de Automotriz y anunció el acuer-

del Patronato quien estaba concentrado en el inicio

do de otorgar ayuda técnica mediante los ingenier-

de construcción de la CUNL. Por su propia cuenta, la

os de la compañía y un subsidio económico para el

escuela hizo el llamado y la respuesta se dio, aunque

mejoramiento del plantel. Según el plan, la geren-

nuevamente a cuenta gotas. Entre las primeras ayu-

cia de la División Golfo Norte, a cargo del ingeniero

das se puede mencionar la importante donación de

Adolfo Franco, y el Departamento de Operaciones

dos colecciones de libros técnicos editados en Fran-

de la CFE, formularían un proyecto basado en el

cia por parte del ingeniero Ramón Beauvade, y la en-

plan de estudios de la escuela para la realización de

trega de las Fábricas Auto-Mex, S. A., a través de su

las prácticas de sus estudiantes en la dependencia

directivo Gastón Azcárraga, de un motor De Soto V8

a partir del año escolar 1958-1959.

modelo 1955 cortado especialmente para escuelas,
para las prácticas de mecánica automotriz.

Así, la escuela encontró en la CFE un aliado importante en apremiantes circunstancias. Al parecer esto
se debió al acercamiento de Tamez Anguiano a la
dependencia gracias a su relación profesional al encargarse, como contratista, de las obras de electrificación en la colonia Ruiz Cortines en el municipio
de Nueva Ciudad Guerrero y del ejido Los Guerra,
en el municipio de Ciudad Miguel Alemán en el estado de Tamaulipas. Además, se desempeñó como
titular del Departamento Eléctrico de la delegación
federal de la Secretaría de Industria y Comercio, encargado, entre otras cosas, de la inspección domiciliaria del servicio eléctrico, y prestó sus servicios
a importantes empresas del sector privado. Más
tarde, el 27 de abril de 1959, en visita de Martínez

“Queremos maquinaria, no chatarra”, 15 de enero de 1958. El Porvenir.

Domínguez al plantel, se hizo entrega de otro dona-

�tivo de la CFE. La ayuda de la Comisión se replicó

de las industrias, empresas y negocios participantes

en 1964 durante un proceso de renovación profun-

fue realmente fructífera, especialmente con los fab-

da a raíz del donativo de tres millones de pesos a

ricantes de automóviles y autopartes, registrándose

la escuela por el gobierno del Estado; en aquella

una importante donación de accesorios, herramien-

ocasión, la Comisión cooperó con la instalación de

tas y sobre todo, motores. Otra forma de acercami-

los transformadores necesarios para la escuela.

ento fueron los padrinazgos de generaciones.

Comentarios finales

Rogelio Sada Zambrano, director de Fomento de Industria y Comercio (FICSA), empresa que agrupaba

Hacia finales de los sesenta, tanto el Tecnológico

las industrias del vidrio, fue padrino de 51 alumnos

como la Universidad estaban posicionadas como

de la generación 1971-1974. En su mensaje afirmó

instituciones de educación media superior y supe-

que el empresariado tenía una fe inquebrantable en

rior, y ambas eran opción para donar. Se presenta

los estudiantes, calificando a la “Álvaro Obregón”

evidente de que la razón, o una de las razones, por

“como una de las mejores escuelas de enseñanza

la que el Tecnológico creció tan rápido en cuanto

técnica del país”. En la misma década, Javier Garza

a infraestructura y prestigio se refiere, fue porque

Sepúlveda, hijo de don Isaac Garza y fundador de

durante sus primeros años representó la única op-

Inversora Comercial, conocida como Grupo Gentor

ción viable para ayudar. Fue hasta la creación del

que administraba las tiendas Astra y Autodescuen-

Patronato Universitario cuando la IP nuevoleonesa

to, apadrinó a 15 mecánicos aparatistas, un técnico

tuvo otra opción (con renovada confianza) para apo-

electricista y a un técnico automotriz de los cursos

yar o invertir, pero no fue fácil para la universidad

nocturnos el 24 de julio de 1976. La familia de don

pública recuperar la confianza perdida en la déca-

Eugenio Garza Sada, a través de su hijo, el indus-

da de 1930. Aun así, conforme evolucionó la oferta

trial David Garza Lagüera, apadrinó el 30 de julio

educativa de la escuela su relación con la industria

de 1977 la generación 1974- 1977 de 124 técnicos

regional se fortaleció. A mediados de los sesenta se

mecánicos, automotrices, aparatistas, metalúrgicos

reformaron los planes de estudios para resolver el

y electricistas que, en homenaje al desaparecido

añejo problema de garantizar el ingreso a las fac-

empresario regiomontano, adoptó su nombre.

ultades de los egresados de las carreras técnicas;
se cursaban entonces en el plantel cuatro especiali-

Las gestiones de aquella década y la paulatina

dades: Mecánica Aparatista, Electricidad, Mecánica

evolución de la ciudad industrial a la ciudad de

Automotriz y Metalúrgica.

servicios que es actualmente Monterrey, ayudó a
proliferar el número de empresas, negocios, com-

El proceso de la autonomía (1969-1973) paralizó

ercios e industrias, y con ello, se multiplicó el aban-

nuevamente la relación que por momentos parecía

ico de relaciones para la “Álvaro Obregón”, quien

regresar y por otros, esfumarse, pero una vez entra-

actualmente mantiene una fuerte conexión con la

da la década de 1970 y bajo la administración con-

industria regiomontana en los servicios necesarios,

ciliadora de Eugenio Todd Pérez como rector, tanto

algo que, tal vez, era impensable para la escuela de

la Universidad como la “Álvaro Obregón” retoma-

aquellos años treinta.

ron su comunicación con los “capitanes de la industria”. Fue durante esta década donde las exposiciones industriales se consolidaron y la respuesta

15

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón” | Una relación discreta con la industria regiomontana

Citas:
-Sobre la organización de la UNL véase Lydia Espinosa Morales, La creación de la Universidad de Nuevo León 1931-1933, Monterrey, Centro de Documentación y -Archivo Histórico de
la UANL, 2013.
- Archivo del Honorable Consejo Universitario (AHCU), Acta de Consejo no. 3, año escolar 1932-1933/1, p.1.
- HCABU, El Porvenir, Monterrey, Nuevo León, 21 de diciembre de 1933, p. 8.
- AGENL, Fondo Construcción de Escuelas, s.f.
- AGENL, Memorias de Gobierno, Informe de Gobierno de Anacleto Guerrero 1936-1937, s.n.
- Humberto Monteon González, El IPN: proyecto educativo revolucionario del cardenismo”, en Historia del Politécnico realizada en el Proyecto de Estudios Sociales, Tecnológicos y
Científicos del Instituto Politécnico Nacional, México, Instituto Politécnico Nacional, 2015, p. 6.
-En 1940 se barajeó otra posibilidad para concentrarla con las escuelas técnicas que funcionaban en Torreón y Tampico. El CCS designó el 3 de enero de 1940 una comisión encabezada
por el director Juan Manuel Garza Lozano, encargada de estudiar el asunto y de tener un cambio de impresiones con el abogado consultor del gobierno del Estado. En actas del Consejo
no se encuentra referencia del seguimiento dado a esta propuesta, no obstante se destaca como un intento importante de fusionar o articular las escuelas técnicas enclavadas en puntos
estratégicos del país; la primera de índole ferroviaria, la segunda petrolera y la “Álvaro Obregón” en la zona industrial siderúrgica, en una especie de gran centro politécnico del noreste
del país como parte de la política de fundar escuelas politécnicas regionales en diversas partes de la República.
-AGENL, Fondo Educación, Sección Escuela Industrial “Álvaro Obregón”, caja no. 1 1927-1935, s.f.
-Javier Rojas Sandoval y María Elena Rodríguez, “La industria siderúrgica en Monterrey: HyLSA (1943-1985)”, en Monterrey, siete estudios contemporáneos, Monterrey, UANL, 1988,
pp. 55-94.
-AGENL, Memorias de Gobierno, Informe de Gobierno de Bonifacio Salinas Leal 1939-1940, s.n. En 1943 se gestionó ante ASARCO, como parte de estos apoyos, el donativo de uno
de sus terrenos, entre Guerrero y Progreso, para la construcción de un inmueble para la Facultad de Ciencias Químicas, el cual fue subsidiado en su construcción y equipamiento por
gobierno.
-Ibid.
-Para entonces la preparatoria seguía sin conexión con las facultades del CCS y el alumnado deseoso de continuar su formación tenía que emigrar a otras ciudades con escuelas superiores de Ingeniería, esto a pesar de la existencia de la Facultad de Ingeniería Civil en el Estado. Este problema añejo se resolverá en primera ocasión en 1947 con la creación de la
Escuela de Ingeniería Mecánica y Eléctrica que surge precisamente en el seno de la “Álvaro Obregón”, para pocos años después ser elevada a facultad independiente. Asimismo, en
1966 se aprobará en Consejo Universitario el derecho de los egresados de la Escuela Industrial de ingresar a las facultades de Ciencias Físico-Matemáticas, Ingeniería Civil, Arquitectura,
Agronomía y Ciencias Químicas. Como otra alternativa para jóvenes con mejores ingresos o con oportunidad de beca, el Tecnológico de Monterrey también fue una opción para los
egresados a partir de su creación en 1943.
-Marcos Cantú Silva, Susana Marroquín y Sergio Loredo, Escuela Industrial y Preparatoria Técnica “Álvaro Obregón” 75 aniversario, Monterrey, UANL, 2005, p. 37.
-César Salinas, “La primer década del Tecnológico de Monterrey: El respaldo financiero de la iniciativa privada a la educación superior (1943-1953)”, en Centro Eugenio Garza Sada
Blog. Recuperado de https://centroegs.wordpress.com/2015/09/04/la-primera-decada-del-tecnologico-de-monterrey-el-respaldo-financiero-de-la-iniciativa-privada-a-la-educacion-superior-1943-1953/
- Véase César Morado Macías, Del proyecto socialista al de Unidad Nacional. La funcionalidad de la Universidad de Nuevo León y el rectorado de Enrique C. Livas (1943-1949), Monterrey, UANL, 2007.
- Ricardo Elizondo Elizondo, “El Tecnológico de Monterrey. Crónica desde su fundación hasta 1987”, en La Industrialización del segundo auge industrial a la crisis de 1982, Monterrey,
Fondo Editorial de Nuevo León, 2007, p. 112.
- La empresa del Tecnológico también tuvo sus dificultades presupuestales, aunque no tan graves como la UNL, pero todo déficit inicial fue cubierto por Cervecería Cuauhtémoc que
veía al Tecnológico como una inversión. Después, los afamados Sorteos del Tec fueron una excelente fuente de ingresos para cubrir gastos de mantenimiento y el programa de becas,
además del cobro de cuotas elevadas, detalle impensable en la Universidad de entonces.
- AHCU, Acta de Consejo no.12, año escolar 1945-1946/9, p. 3
- El 18 de julio de 1950, el periodista Federico Gómez publicó en El Porvenir el texto “Señor Presidente ¡Nuestra Universidad!”, donde aseveró que un docente universitario percibía
un salario raquítico de 120 pesos mensuales, mientras que uno del Tecnológico percibía uno de mil 600 pesos mensuales, una diferencia abismal que sustenta la salida grupal de varios
profesores de las escuelas universitarias.
- Gabriela Recio Cavazos, Don Eugenio Garza Sada. Ideas, Acción, Legado, Monterrey, Editorial Font, 2016, p. 192.
- HCABU, El Porvenir, Monterrey, Nuevo León, 12 de octubre de 1945, p. 6.
- En palabras de Federico Gómez en su texto citado del 18 de julio de 1950. También dijo que de enlistar todas las consideraciones sobre la inferioridad de la Universidad frente al
Tecnológico, “nunca acabaríamos”.
- HCABU, El Porvenir, Monterrey, Nuevo León, 16 de diciembre de 1947, p. 22.
- Véase la autobiografía de Manuel L. Barragán, Fue por México, Monterrey, Edición privada, 1968. Es necesario señalar que de todos los miembros del Patronato, entre sus dos comisiones, Barragán fue el vocero principal y a la muerte de Rocha en 1961, asumió la presidencia. Se mantuvo como presidente hasta el año de su muerte en 1980, con un periodo de
ausencia entre 1967 a 1973, a raíz de que su yerno Eduardo A. Elizondo fue gobernador del Estado en parte del intervalo mencionado (1967-1971) y para evitar controversia, solicitó
ausencia temporal como presidente del organismo.
- HCABU, Vida Universitaria, Monterrey, Nuevo León, 28 de marzo de 1951, 1.
- Centro de Documentación, Información y Análisis de la Cámara de Diputados, Informes presidenciales de Miguel Alemán Valdés, Compilación (disponible en línea), p. 156.
- Raúl Rangel Frías, “La Jornada Universitaria”, en Obras Completas, Tomo III, Monterrey, UANL, 2013, p. 200.
- Sobre la CUNL, el Patronato gestionó algunos descuentos y facilidades de pagos entre varias constructoras y productoras de materiales, y la Fundidora de Monterrey donó hasta 3

�millones de pesos entre materiales y dinero, siendo la empresa de mayor apoyo para la cruzada por la CUNL. Fuera de Fundidora, el apoyo de la IP para la CUNL no fue el esperado y
los Sorteos de la Siembra Cultural fueron prácticamente la única fuente de ingresos. En 1961, Rangel Frías reclamó aquella pobre respuesta por parte del sector privado al decir que solo
recordaba como “un grupo de personas encabezadas por Manuel L. Barragán, Joel Rocha, Federico Gómez, Rogelio Cantú y otros excelentes amigos de la Universidad, respondieron al
desolador panorama organizando una institución denominada ‘Patronato Universitario’”. Los “otros excelentes amigos” eran únicamente Carlos I. Guajardo, empresario de plantas embotelladoras de reconocidos refrescos como Pep, Del Valle y Barrilitos, que donó el edificio de Filosofía y Letras, y Luis Elizondo, de la planta galvanizadora de lámina La Florida, de Tubería
Nacional y socio de la empresa de entretenimiento Atracciones Mundiales S.A. (AMSA), que donó el edificio de Ingeniería Mecánica y Eléctrica. Fuera de aquellos nombres, la CUNL se
financió entre sociedades de alumnos, los sorteos y el gobierno del Estado, porque la Federación igualmente respondió pobremente a la solicitud. La carta de Rangel se publicó en El
Norte el 11 de mayo de 1961, 9-A.
-HCABU, Vida Universitaria, Monterrey, Nuevo León, 5 de marzo de 1958, pp. 1 y 11.
- HCABU, El Porvenir, Monterrey, Nuevo León, 17 de marzo de 1969, 1-B.
- HCABU, El Porvenir, Monterrey, Nuevo León, 11 de febrero de 1974, 1-B.
- Peña, Consuelo. La Revolución en el norte. Puebla: Editorial periodística e impresora de Puebla, S. A., 1968.
- Salmerón, Pedro. Los carrancistas. La historia nunca contada del victorioso Ejército del Noreste. México: Ediciones Culturales Paidós, 2010.
- Vela, González Francisco. Diario de la Revolución. Tomo I. Monterrey: Patronato Universitario de Nuevo León, 1971.
- Villarreal, Carlos Liberato. «María del Peublito Cárdenas Villarreal. Maestra revolucionaria orgullosamente hidalguense.» Bitácora: la nueva era-UANL 1, nº 1 (2019): 30-33.
-Womack Jr, John. Zapata y la Revolución mexicana. México: Siglo XXI Editores, 1974.
- Zárate, Griselda. Revolucionarios en el exilio. Andrea, Teresa y Antonio I. Villarreal (1904-1911). México: INERHM/Fondo Editorial de Nuevo León, 2019.

17

�39

�Escuelas Adolfo Prieto

�Escuelas Adolfo Prieto
-Alberto Casillas Hernández

Edificio de la escuela acero
La primera escuela Acero estaba situada
desde 1911 en una casa de la Colonia Acero,
un sector habitacional que albergaba a obreros de la Maestranza. En 1926 las Escuelas
Mixta “Acero” estrenaron un nuevo edificio
situado al poniente de la plaza Prisciliano
Elizondo, consistente en un salón de Actos,
cuatro salones. Así como un gimnasio con
aparatos propios para la actividad física de
los alumnos y un departamento de cocina.

Inmueble de una planta
Fotógrafo: Refugio Z. García

“Sobre el objeto arquitectónico los arquitectos Rosana Covarrubias, Juan Manuel Casas y
Víctor Cavazos señalan que inicialmente “se
trata de un inmueble de abundante ladrillo
aparejado a soga en muros y de pilastras a
base de bloques de piedra almohadillados,
arcos rebajados y adintelados en los vanos,
molduras y cornisamento…”
En 1944 se amplía el inmueble al agregársele una segunda planta al edificio y con un
acabado estilo Art Decó. Nuevamente, los
arquitectos Rosana Covarrubias, Juan Manuel Casas y Víctor Cavazos señalan que
la apariencia original del primer inmueble
quedó escondido bajo el resane aplanado.
Mientras que la losa de concreto para la
segunda planta está apoyada sobre viguetas de acero. A partir de esa remodelación
tiene su apariencia actual.

Ampliación del inmueble
Fotógrafo: Eugenio E. Barros

En el mes de enero de 1945 muere Don Adolfo Prieto y el profesor Simón Salazar Mora
y la Sociedad de Padres de Familia, solicitan
dos meses después a la empresa acerera,
cambiar el nombre de la institución educativa
de Escuela “Acero” por el de Escuelas “Adolfo
Prieto”; el cual cobró efecto el 10 de mayo de
1945, aprovechando a su vez, la inauguración
de la Maternidad “María Josefa” para develar
la placa alusiva en la fachada del edificio.

�Tanto fue el cariño y el respeto que la gran familia

ro de 1979 y en marzo de 1979 ingresó el profesor

“Acero” le profesaba al filántropo desinteresado por

Ramón Dorantes Baquedano como Director General

la educación de los niños que a mediados de 1949, la

de las Escuelas.

Sociedad de Padres de Familia Escuela “Adolfo Prieto” y el Comité Ejecutivo General y Consejo General

Finalmente, el 25 de junio de 1981 se cerró un capítulo

de Vigilancia, cooperaron voluntariamente con un do-

de la educación escolar en Fundidora, al clausurar la

nativo para levantar un monumento que perpetuara la

Escuela “Adolfo Prieto” N° 1, ante la presencia de dos

memoria del ilustre español, Don Adolfo Prieto, en el

decanos de esa institución: el profesor Simón Salazar

interior del centro educativo.

Mora y Don Manuel González Caballero, el primero, ex
–Director de la Adolfo Prieto y el segundo, uno de los
más destacados alumnos egresados de esa primaria.

Ampliación de la Unidad 1, Esc. Adolfo Prieto
Fotógrafo: Eugenio E. Barros

Planos del memorial propuesto por los Arq. Guillermo Aldape y M. Parra.

Con el paso del tiempo, se construyeron dos escuelas
más en las nuevas colonias que la Compañía Fundidora proporcionó a sus trabajadores. La Unidad 2, escue-

Los alumnos que pertenecieron al antiguo inmueble
localizado frente a la Plaza Prisciliano Elizondo y la Recreativa Acero (Auditorio Carlos Prieto) fueron reubicados un nuevo edificio en 1981, situado en la calle Magnolia N° 2404 de la colonia Jardines de La Moderna.

la “Adolfo Prieto” abrió sus puertas en septiembre de
1954 en el Fraccionamiento Buenos Aires y en 1972
comenzaron las clases en la Unidad N° 3, erigido en el
Fraccionamiento Adolfo Prieto; cabe señalar que cada
una de estas escuelas contaba con un jardín de niños.
A mediados de la década de los años 70 y hasta principios de los 80 los últimos directores generales que
dirigieron las Escuelas “Adolfo Prieto” fueron el Prof.
Gregorio Sosa Saurí, quien permaneció durante seis
meses. Luego llegó el Prof. Francisco J. Rodríguez
Orozco, quien laboró de septiembre de 1977 a febre-

Patio central de la Unidad 1, Esc. Adolfo Prieto

19

�Escuelas Adolfo Prieto

El pensamiento de Adolfo Prieto

de estos niños, era gratis toda su instrucción, así
como los útiles escolares. Pues, la Cía. Fundidora

La filosofía educativa de Adolfo Prieto se resumía

absorbía el costo de los mismos.

de la siguiente manera: Que los hijos (as) de los trabajadores nacieran en la Cía. Fundidora –la Mater-

¿Cómo era el sistema educativo anterior a 1973?

nidad “María Josefa”-, estudiaran en las escuelas

el Prof. Gregorio Sosa Saurí, primer director de la

de la Cía. Fundidora, trabajaran para la Cía. Fun-

Unidad III “Adolfo Prieto” nos explica… “Hasta

didora y cerraran su ciclo de vida en la Cía. Fun-

1971 se siguió la línea de escuela tradicionalista

didora. Eso resumía la frase usada en los años 20

que en su tiempo fue buena, pero desde el inicio

“La gran familia Acero”, donde la lealtad y el honor

de esta década se observó la urgencia de hacer

de aprender y trabajar para la primera industria sid-

reformas, algunas de ellas radicales”.

erúrgica, mostraba el signo de pertenencia hacia
la empresa. En la mente de Adolfo Prieto seguía

En pocas palabras, la educación personalizada

avivando la idea de hacer de la Cía. Fundidora, “no

consistía en favorecer una participación más ac-

solo una fábrica de acero, sino también una forja de

tiva en el alumno, toda vez que, a diferencia del

hombres”.

sistema tradicional en que el estudiante es solo
un sujeto receptor-pasivo, este sistema hace ac-

Aspecto técnico

tuar al educando asignándole temas de investigación en los libros de asignaturas, los cuales

El funcionamiento técnico de la escuela estaba

debe desarrollar y exponer ante el profesor y sus

debidamente estructurado por el profesor José G.

compañeros de grupo.

García. Destacaba los planes y desarrollos académicos ordenados por la Secretaría de Educación Pú-

Para estimular el interés de los alumnos en el estu-

blica distribuidos en meses. Las autoridades esco-

dio, se organizaban competencias o concursos en

lares federales realizaban evaluaciones periódicas

cada grupo. Los que destacaran, eran inscritos en

para la vitalización del aprendizaje.

el Cuadro de Honor de la Escuela. Además, cada
año, los alumnos se preparaban académicamente

Disponía el uso de los textos de enseñanza orde-

para obtener una beca costeada por la empre-

nados por las autoridades escolares federales a los

sa, sin más estudios que los que recibieron ahí e

que estuvo inscrita la escuela. La Escuela Adolfo

ingresar a la Escuela de Ingenieros, Mecánicos y

Prieto también impartía clases especiales como co-

Eléctricos de México (EIME); ahora Escuela Supe-

cina, corte y confección de ropa, de bordado, de

rior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica del Institu-

confección de flores, de solfeo, canto, pequeñas

to Politécnico Nacional de la ciudad de México.

industrias, prácticas agrícolas, etc. Además, del

En el año de 1927 se becaron por primera vez

establecido por la Secretaría de Educación Públi-

tres alumnos de la Escuela “Acero”, para estudi-

ca como educación física y enseñanza premilitar.

ar en la EIME, los alumnos seleccionados fueron:

Lo más interesante de esto, es que la educación

Narciso Morales Silva, Roberto Flores Cabriales y

�Antonio González Llano.

de 1993 impartió disciplinas artísticas tales como la
danza, el teatro y la música, para jóvenes que de-

Estos jóvenes, relevarían a sus padres en la fuerza

searan iniciar una carrera artística. De 1993 a 2005

laboral de Fundidora Monterrey, por ejemplo: Nar-

tanto la Villa Parque Fundidora como el CEDART

ciso Morales Silva recogió años después, las expe-

cumplieron su propósito, pues en 2005 ambos

riencias de su padre, Gregorio Morales, fundidor

fueron finiquitados para remodelar el espacio y ser

en la primera batería de Hornos de Aceración; el

sede en 2007 de las oficinas operativas del Fórum

segundo, era sobrino de Guillermo, Arturo, Alfredo

Universal de las Culturas Monterrey 2007.

y Ángel Cabriales, todos ellos, herreros y moldeadores; y el tercero era hermano de Tomás González

La dirección del Centro de las Artes ubicado al in-

Llano, trabajador del Departamento de Estructuras.

terior de Parque Fundidora apoyó al Taller de Experimentación Plástica (TEP) en la búsqueda de un

Nuevos usos del espacio

nuevo espacio y a mediados de 2010 lo estableció
en el edificio “Escuelas Adolfo Prieto”, inmueble

La Generación de estudiantes 1975-1981 de la Es-

otorgado en comodato a Conarte en 2008 por par-

cuela “Adolfo Prieto”, Unidad 1 clausuró sus ac-

te del Parque Fundidora, O.P.D.

tividades académicas de dicho inmueble el 25 de
junio de 1981 y ante la presencia de dos decanos

Ahora bien, ¿qué es el TEP? es un espacio de es-

de dicha institución: Profesor Simón Salazar Mora y

pecialización, experimentación y producción en las

Don Manuel González Caballero; el primero, ex di-

artes visuales al noreste del país ofreciendo opor-

rector de las Escuelas Acero y el segundo, uno de

tunidades de crecimiento artístico a la comunidad

los más destacados alumnos egresados, cerraron

en general y artistas locales. Desde 2010 a la fecha

un capítulo en la educación escolar en Fundido-

(2020) dicho espacio ha sido el único dentro de

ra. El edificio que por 55 años sirvió como centro

Parque Fundidora que no ha perdido su vocación

educativo ahora pasaría a ser sede de las oficinas

original que es la enseñanza.

de ingeniería técnica de la Acería B.O.F. de 1981 a
1986, año en que se decretó la quiebra y cerró sus
puertas la Fundidora Monterrey, S.A.

Citas:
-Covarrubias Mijares, Rosana; Casas García, Juan Manuel y Cavazos Pérez, Víctor Alejandro,
Tierra, fuego, aire, agua… Un estudio sobre el devenir urbanístico y arquitectónico de la
Fundidora de Monterrey, Monterrey, Grafo Print Editores, 2000, p. 153.

Durante la administración de Sócrates Rizzo García,
Gobernador del Estado de Nuevo León (1 de agosto de 1991- 18 de abril de 1996) en 1991 se restauró el histórico edificio de la antigua Escuela Adolfo Prieto. Sin embargo, a la escuela se le dio un
doble uso: en su planta alta se acondicionó como
un albergue denominado La Villa-Parque Fundidora, la cual poseía una capacidad para 220 personas
con 11 dormitorios. En la planta baja del inmueble

-Ibidem., pp. 154-155.
-“Nuevo Director General de las Escuelas Adolfo Prieto”, Periódico Interno Noticias de Fundidora, núm. 52, año 5, 15 de octubre de 1977, p. 4.
-“Escuelas Adolfo Prieto 1911-1981”, di-fundidor, Suplemento Especial 6, Monterrey, 1 de
octubre de 1981, p. 2.
-En 67 años, la educación en las Escuelas “Adolfo Prieto” ha evolucionado siempre acorde
con el ritmo del tiempo. Véase Di-Fundidor (1-24). Año 1. Núm. 4. Monterrey, N.L. marzo 16,
1978. pp. 4-5. AHF.
-Archivo Histórico Fundidora (AHF), Asambleas Generales Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, 17 mayo1974, p. 23.
-“Escuelas Mixtas de la Compañía Fundidora de Fierro y Acero de Monterrey, S.A.”, Colectividad, Julio de 1929, p. 137.
-González Caballero, 2003, op. cit., 70.

se instaló una escuela preparatoria CEDART o Centro de Desarrollo Artístico “Alfonso Reyes” y des-

21

�39

�Análisis teórico bajo el enfoque
de estudios culturales sobre los
orígenes de la industrialización
en Monterrey y el estudio
de la clase obrera

�Análisis teórico bajo el enfoque de estudios culturales sobre los orígenes de la industrialización
en Monterrey y el estudio de la clase obrera
-M.C. Juan Jacobo Castillo Olivares

La modernidad y la secularización como eje
de los cambios industriales y laborales

Entonces ¿cuál es la etapa que marcara la diferencia entre lo clásico y lo moderno?

Otro termino central para la investigación es el de

El momento tradicionalmente definido en Occi-

modernidad, una palabra que al igual que cultura,

dente como Renacimiento, en el cual cierta rup-

tiene múltiples interpretaciones. De principio, lo pri-

tura, cierta instauración de una modernidad, tiene

mordial es tratar de entender, que al hablar de mod-

el efecto de inaugurar todo un nuevo periodo que

ernidad hablamos tanto de un periodo histórico

lleva la oportuna denominación de Edad media .

como una categoría narrativa que puede ser

El punto mas referente en la historia donde lo clási-

económica, puede ser social y demás. Pero empec-

co y la moderno se dividen, es el Renacimiento. En

emos con su principal antagonista que es lo clásico.

el Renacimiento, encontramos una critica a lo que
se denomino Edad Media como periodo previo a

El pasado y la antigüedad no son superiores ni

esta, y se le dijo así porque esta había renunciado

inferiores, sino simplemente diferentes. En este

a lo clásico y tomo la religión como su razón y ver-

momento nace la historicidad: y la conciencia

dad. El temor de Dios era el eje que dominaba a la

históricamente nueva de la diferencia histórica pro-

sociedad. Y entonces viene la ruptura con la Edad

piamente dicha vuelve ahora a barajar las cartas y

Media y esa es la modernidad.

nos asigna una nueva palabra para lo opuesto del
presente: lo clásico.

La modernidad debe catalogarse como un tipo único de efecto retórico o si el lector lo prefiere, un

Lo clásico, es aquello que permanece, pero ya no

tropo, pero con una estructura absolutamente difer-

se practica o usa. En lo clásico, encontramos todas

ente de las figuras tradicionales, según se catalog-

aquellas leyes, tendencias artísticas, practicas so-

aron desde la antigüedad… su aparición indica la

ciales y económicas que son opuestos al presente,

emergencia de un nuevo tipo de figura, una ruptura

pero que por su pertinencia seguimos recurrien-

decisiva con formas previas de la figuratividad y es

do a ellos como referencia. Como dice la cita, el

en esa medida un signo de su propia existencia .

pasado no es superior o inferior, solo diferentes.

�Dicha ruptura provocó que todo aquello que la

terrey, con la creación de la Cervecería Cuauhtémoc

Edad Media representaba era visto como rebasa-

y sus filiales, es el año de la modernidad regiomon-

do y antiguo, en otras palabras, era rechazado por

tana. Fuera de ahí prácticamente se habla de un an-

el mundo moderno. Lo medieval se transformó en

tiguo régimen, de un periodo donde la ciudad no

sinónimo de atraso, ignorancia y cristianismo fun-

llegó a ser relevante sino hasta este momento.

damentalista. Además, como una etapa llena de
mitos y barbarismo. Y todo esto porque rompieron

Mi propuesta considera que antes de ese periodo

con los clásicos o ello se pensaba. Una crítica que

hubo otros periodos de modernización regiomon-

no ampliaré más, es aquella que tiene que ver con

tana, que son menospreciados por no ser tan sig-

la Edad Media de absoluto atraso y oscuridad, el

nificativos (De la misma manera como hubo otros

cual muchos proponen como un mito perpetuado

después). Es al periodo de industrialización en la

por los hombres de la ilustración. Cierto es que la

primera mitad del siglo XIX en México, esa etapa

Edad Media ha sido revalorada como una etapa

donde la industria textil fundó tres fábricas pion-

donde el conocimiento también estuvo presente.

eras La FAMA, La Leona y el Porvenir. A nivel nacional fueron los primeros indicios de la modern-

El punto clave para entender la modernidad es que

ización industrial y sin embargo no son tomados en

siempre se va representar como la ruptura con lo

cuenta. Una de mis propuestas, es hacer de este

tradicional. A partir de este momento la modern-

periodo uno de las etapas de la modernización de

idad siempre implica la fijación de una fecha y la

la industria regiomontana, lo cual le daría una nue-

postulación de un comienzo . Esto bajo mi opinión

va valorización en la historiografía local.

la cual comparto con Jameson, es que la modernidad va aparecer después de la Edad Media

Otro aspecto que va de la mano con la modern-

en diversos momentos. Donde exista una ruptura

ización es la secularización, en ambos términos se

con el periodo previo, se hablará de modernidad.

habla de una ruptura con lo tradicional, pero el én-

Es por esa razón que Jameson menciona que la

fasis con la secularización es el rompimiento con

modernidad no es un concepto, ni filosófico ni de

la religión. No quería dejar de lado este término,

ningún otro tipo, sino una categoría narrativa . De

porque considero también indispensable entender

ahí que se hable de modernidad con la conquista

que el tiempo y el proceso que investigo, también

de América, la ilustración, la Revolución Francesa y

solo fueron posibles en una época donde se con-

hasta posmodernidad porque no puede ser llam-

solidaba la secularización en el país. Valga la pena

ada nueva modernidad. No hay una modernidad,

mencionar que la fundación de la FAMA fue en

hay varias, no hay una posmodernidad a menos

1854 y la reforma liberal en 1857.

que aceptemos que existe una modernidad.
Pero no debería encubrir el hecho de que la modLa relación de la modernidad, no como una sola

ernidad también implica el surgimiento de nuevos

sino varias, adecuada a mi objeto de estudio la

principios de vida en sociedad. El resquebrajam-

encontramos en relación a como se ha catalogado

iento se produce, como podemos ver en el caso

la industrialización regiomontana. 1890 es el año

de la Revolución Francesa, porque las personas

en que la mayoría de los historiadores consideran

a menudo son expulsadas de sus viejas formas,

como el inicio de la industria a gran escala en Mon-

a través de la guerra, la revolución o los rápidos

23

�Análisis teórico bajo el enfoque de estudios culturales sobre los orígenes de la industrialización en Monterrey y el estudio de la clase obrera

La cultura obrera como resultado de la crisis
del sentido

cambios económicos, antes de poner sus pies en
las nuevas estructuras, es decir, conectar algunas
practicas transformadas con los nuevos principios
de manera de formar un imaginario social viable .
Estos nuevos principios se manifiestan sobre todo
en las practicas sociales, tal como dice Taylor, en
los rápidos cambios económicos que promueven
nuevas estructuras sociales. Es el caso de la clase
obrera, la cual se tocará en el último apartado. Pero
volviendo al caso, la secularidad tiene que ver con
el fin del dominio de la religión:
Se relaciona íntimamente con el significado común
de secularidad que se centra en la eliminación de
Dios, o de la religión o lo espiritual del espacio público. La noción de secularidad que estoy usando
aquí es radical, porque no se opone a la idea de
una fundación divina de la sociedad, sino también a
la idea de que la sociedad está constituida en algo
que trasciende la acción común contemporánea. El
temor de Dios es reemplazado por la idea de una
benevolencia impersonal, o bien por una noción
de compasión natural .
Ahora el espacio público le pertenece (si ya no a
Dios) al orden civil, y solo en el orden civil es que
vemos nuevas instituciones que rompieron con los
siglos de colonia española y católica en México, en
el caso de la economía es la industria. Y no es que
la industria fuera imposible que coexistiera con la
época colonial. Pero el liberalismo económico y
político, el fin de la servidumbre y el esclavismo
solo eran posibles al final del periodo colonial. Y
con ello la aparición de la clase obrera.

La clase obrera ha tenido en especial interés, los
estudios económicos y sociales, la mayoría de las
veces vista como una clase reaccionaria que siempre esta en combate por su posición social subordinada. Llama mi atención que en los estudios culturales (en especial los realizados para este ensayo)
los obreros nacen como oposición al trabajo en el
mundo rural. Menciona Taylor:
Lo que denomino Larga marcha, es un proceso por
el cual las nuevas prácticas o una modificación de
prácticas antiguas, o bien se desarrollaron como
resultado de la improvisación de ciertos grupos y
ciertos estratos de la población (por ejemplo, la esfera pública entre las elites instruidas en el siglo
XVIII, los sindicatos entre los trabajadores del siglo XIX), o fueron promovidas por las elites con el
fin de reclutar una base cada vez mas amplia (por
ejemplo la organización jacobina de las secciones
de Paris). O bien un conjunto de prácticas en el
curso de su lento desarrollo y ramificación cambió
gradualmente su significado por la gente y por lo
tanto ayudó a constituir un nuevo imaginario social
(la economía). El resultado en todos estos casos fue
una profunda transformación del imaginario social
en las sociedades occidentales y por consiguiente
del mundo en que vivimos .
Ya sea como parte del clamor de la Revolución
francesa o por las injusticias de la Revolución industrial, la clase obrera es aquella que puede a través
del consenso organizarse, cosa que la clase campesina no podría haber hecho con anterioridad.
Una multitud se reúne, las personas gritan sus proclamas y luego apedrean la casa del gobernador o

�queman el castillo. Pero antes de la modernidad era
inconcebible que existiera una agencia común duradera, metatópica, sobre una base puramente secular. Y
eso es porque la esfera publica es un nuevo espacio
metatópico en el que los miembros de la sociedad
podían intercambiar ideas y llegar a un consenso .
De campesino a obrero a ciudadano, Taylor menciona que la principal diferencia entre ambas clases
esta en el concepto de comunidad y el acceso directo, lo cual refiere a la falta de audiencia con las
autoridades del antiguo régimen, situación que el
mundo moderno cambio con las democracias.
No tardamos de advertir que, en un sentido importante, las sociedades de acceso directo son
mas homogéneas que las pre modernas. Pero esto
no quiere decir que haya una tendencia hacia una
menor diferenciación de hecho entre los diferentes
estratos en la cultura y el estilo de vida que la que
había hace algunos siglos, aunque no haya duda
de eso es verdad. También es verdad que los imaginarios sociales de diferentes clases se han acercado en gran medida. Un rasgo, de las sociedades
jerárquicas, mediadas, era que las personas que
pertenecían a una comunidad local –una aldea o
una parroquia, por ejemplo- no podían tener sino
una idea confusa acerca de lo que ocurría con el
resto de su sociedad. Podían tener alguna imagen
de la autoridad central, cierta combinación de un
buen rey y malos ministros, pero muy poca noción de cómo completar el resto del cuadro. En
particular, tenían una idea muy vaga de que otras
personas y regiones que conformaban el reino. De
hecho, había una amplia brecha entre la teoría y
el imaginario social de las elites políticas y los de
las clases menos instruidas, o las pertenecientes a
áreas rurales. Este estado de cosas perduró hasta

mayor parte del siglo XIX, a pesar de las confiadas
observaciones de los lideres republicanos sobre la
nación única e indivisible. Esa conciencia dividida es
bastante incompatible con la existencia de una sociedad de acceso directo. En última instancia, la Tercera
república forjó la transformación necesaria, y la Francia moderna teorizada por la Revolución se volvió
real y abarcadora por primera vez. Este cambio revolucionario (en más de un sentido) en el imaginario
social es lo que Weber plasma en su título: Peasants
into Frenchmen (de campesinos a franceses) .
Con lo anterior pretendo demostrar que los obreros
industriales (en Monterrey y en México) son mas que
trabajadores sometidos a condiciones de trabajo distintos o mejores salarios. También son nuevos trabajadores bajo una mentalidad distinta, bajo prácticas
culturales distintas, que hubieran sido imposibles en
el antiguo régimen, en este caso en la época colonial
española. En resumen: Si, la clase obrera también es
producto de una transformación cultural y una crisis
del sentido de la clase campesina.
La crisis del sentido por lo general se asocia al
mundo neoliberal, cuando las personas perdían el
sentido de su vida tras largos años de trabajo. La
forma en que pretendo abordar este tema es distinto, viéndolo más bajo el punto de vista de cómo
esta crisis del sentido en el campo, promovió un
nuevo tipo de vida en la ciudades industriales. Sin
temor a equivocarme, la crisis del antiguo régimen
también generó una nueva clase social. Pero ¿Qué
es la crisis del sentido?
Si las crisis de sentido subjetivas e intersubjetivas
ocurren en forma masiva en una sociedad, de tal
manera que llegan a transformarse en un problema

hace relativamente poco tiempo en muchos países.
Ha sido bien documentado en Francia durante la

25

�Análisis teórico bajo el enfoque de estudios culturales sobre los orígenes de la industrialización en Monterrey y el estudio de la clase obrera

social generalizado, entonces no deberemos buscar las causas en el sujeto mismo, ni tampoco en la
supuesta intersubjetividad de la existencia humana.
Más bien lo más probable es que dichas causas se
encuentren en la propia estructura social. Es preciso, por consiguiente, que averigüemos cuáles son
las estructuras específicas de una sociedad histórica que contrarrestan el desarrollo de una crisis de

trabajo era visto como una forma de expiación. La
ventaja con los nuevos regímenes y las nuevas religiones cristianas también llamadas protestantes, es
que la ideología anticapitalista desaparece, dando
paso a la clase burguesa y a la clase obrera.

sentido y cuáles lo favorecen .

la modernización trae aparejado el crecimiento

Primero, aparece de forma masiva, segundo son

una relativa estabilidad política. Los ciudadanos se

parte de la propia estructura social en ambos casos
es como vemos que la crisis manifiesta la aparición
de la nueva clase media trabajadora. Pero mucho
también tiene que ver la crisis religiosa con la cual
termina el Mundo Medieval.
Durante la mayor parte de la historia era imposible
concebir una sociedad sin una religión única que
abarcara todo y a todos. Los dioses, mis antepasados eran naturalmente mis propios dioses mis dioses
eran ciertamente también los dioses de todos los
miembros de mi tribu o de mi pueblo. La mayoría
las sociedades arcaicas tenían esas características,
como también, por largo tiempo, las culturas avanzadas en las que había muchas instituciones sociales
diferenciadas. En consecuencia, esa unidad entre el
individuo, su sociedad y los dioses, que encarnaban
la autoridad suprema en el orden de valores, se vio
debilitada en diversos lugares y de distintas maneras por cismas religiosos. Esto ocurrió mucho antes
del comienzo de la modernidad .
Porque antes que comenzará la modernidad, y
como tal vez ya lo hemos aclarado a lo largo del
texto, primero fue la crisis religiosa. Estos cismas
religiosos provocaron el fin de una manera de ver
y dominar la mentalidad de las personas. Hay que
tener en cuenta que bajo el concepto católico el

económico, el cual se asocia tradicionalmente a
sienten menos tentados a cuestionar la legitimidad
de un orden cuando su supervivencia se ve asegurada por la prosperidad material. Sin embargo,
es preciso recalcar que sería un grave error pensar
que este estado de cosas podría considerarse una
situación segura e irreversible .
En este caso las clases asalariadas dejaban de ser
menos devotas que las clases campesinas que dependían totalmente de la naturaleza. Y aunque un
salario no aseguraba la supervivencia, este era mas
constante que lo impredecible de la cosecha.
La modernidad conduce en forma inevitable a la
secularización, entendida ésta como la pérdida de
influencia de las instituciones religiosas en la sociedad y como la pérdida de credibilidad de las interpretaciones religiosas en la conciencia de la gente.
Emerge así una especie históricamente novedosa:
la persona moderna, que cree que puede manejarse en su vida personal y en la existencia social
prescindiendo de la religión .
Los datos históricos sugieren que al menos desde
el siglo XVIII la influencia social de las iglesias ha
declinado, por lo menos en Europa Occidental, y que
importantes instituciones (por ejemplo, los sistemas
educacionales) se han liberado de sus antiguos lazos
religiosos. Además, el término «persona moderna»
no está completamente divorciado de la realidad. Es

�probable que un número considerable de personas

mundo occidental han impactado fuertemente en

se las arreglen para vivir sin profesar o practicar una

América por estar relacionados invariablemente

fe religiosa (en la acepción definida anteriormente) .

con el mundo europeo.

La vida sin religión, la persona moderna, implicaba

A través de los estudios culturales he podido

algo mas que dejar de creer. En cierto sentido la

reconocer que los cambios que uno solo examina-

mayoría de las personas seguían siendo creyentes.

ba bajo el punto de vista económico y social, tam-

Liberarse de la religión implicaba liberarse de las at-

bién es posible bajo el análisis cultural. Lo cual abre

aduras del antiguo régimen, de los castigos y peca-

múltiples posibilidades para entender tanto a los

dos de la iglesia, de estar sometido a una forma de

procesos como a los sujetos que participan en él.

vida al igual que sus padres, de tener que actuar en

Otro aspecto que me ayudo este ejercicio teórico

sintonía con a naturaleza. La crisis del sentido religi-

es definir conceptos que por lo general son ampli-

oso que dio origen al hombre moderno, es porque

amente utilizados pero que pueden resultar ambig-

ese hombre moderno también es el obrero.

uos como el de cultura y modernización. Además,
incluir otro que puede ser útil para la investigación

La crisis del antiguo sistema colonial y sus formas

como el de secularización y la crisis del sentido. En

de trabajo en Monterrey van a traer como con-

ambos casos y ya con una idea mas clara es posi-

secuencia la industrialización y el nacimiento de

ble interpretar los archivos y documentos históricos

la clase obrera en la ciudad. Si bien es un tema

con un mejor respaldo conceptual.

ampliamente estudiado por autores como Javier
Rojas, Isidro Vizcaya, Mario Cerutti entre otros. La
propuesta aquí mencionada es que no solo es un
acontecimiento económico, social e incluso político, sino es también un fenómeno cultural que vale
la pena ser estudiado bajo esa perspectiva.
Conclusiones

Citas:
- Licenciado en Historia por la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Autónoma de
Nuevo León, con maestría en Ciencias con la especialidad en Ciencias Sociales. Es catedrático
del Colegio de Historia y Estudios de Humanidades de la misma dependencia. Dedicado
a la investigación y divulgación de la historia ha escrito en publicaciones especializadas y
participado en congresos y seminarios nacionales e internacionales sobre Historia y Ciencias
Sociales.
- Jameson, Frederic, Una modernidad singular, Ensayo sobre la ontología del presente, 2004,
Gedisa, p. 34.
-Ibíd. 34.

Como breves conclusiones, empecemos con la

-Ibíd. 39.
-Ibíd. 37.

primera interrogante. ¿Es posible hacer un análisis

-Ibíd. 44.

teórico cultural de la industrialización regiomon-

-Taylor, Charles, La era secular, 2014, España, GEDISA, pp. 271-272.

tana? Sí, tomando en cuenta que el análisis de los
acontecimientos son parte de los mismos procesos
que el mundo occidental se ha sometido. Tampoco se trata de forzar ideas que han funcionado en
otras partes y someterlas bajo el análisis local. Pero
si tomar en cuenta que los procesos históricos del

-Ibíd. 306.
-Taylor, Op. cit. 2014, p. 281.
-Ibíd. 309.
-Ibíd. 336.
-Berger, Peter y Luckman, Thomas, Modernidad y pluralismo y crisis del sentido, 1997 Barceloa, Paidos p.66.
-Ibíd. 66.
-Ibíd. 70.
-Ibíd. 71.
- Ibíd. 72.

27

�39

�La labor social del ferrocarril de pasajeros
y su cancelación
- Oscar Abraham Rodríguez Castillo y José Eugenio Lazo Freymann

Durante la década de los 80 se derrumbó estrepitosamente el modelo económico mexicano

Números rojos en Ferrocarriles Nacionales
de México

basado en el nacionalismo y el proteccionismo,
que desde la década anterior había dado mues-

Durante la segunda mitad del siglo XX, las condi-

tras de desgaste.

La bancarrota de la economía

ciones de operación de Ferrocarriles Nacionales

nacional obligó al presidente Miguel de la Madrid

de México (FNM) eran preocupantes. La empresa

(1982-1988) poner en marcha la apertura del mer-

prácticamente operó en números rojos durante la

cado y la adopción del modelo económico neolib-

mayor parte de su historia, requiriendo del erario

eral. Este nuevo modelo exigió el adelgazamiento
del Estado-Empresario, en consecuencia, la may-

muestra la crisis crónica de la paraestatal. Entre

oría de las paraestatales, empresas administradas

1973 y 1978, la empresa tuvo pérdidas millonarias

por el gobierno, pasaron a manos de la iniciativa

año tras año.

privada nacional y extranjera.
En medio de este contexto se quitaron los canda-

(como suelen referirse a la empresa sus ex traba-

dos constitucionales que abrieron la puerta a la privatización de FNM, a través de la modalidad de

se debieron, en parte, a que la inversión pública

concesiones. Los nuevos concesionarios concen-

dio preferencia a la construcción de carreteras, de-

traron su atención en el servicio de carga, obvian-

scuidando la conservación y expansión de las vías

do el de pasajeros por su baja rentabilidad. De

férreas. Prueba de ello fue la reducción de la in-

-

versión federal en el transporte ferroviario que en

rocarriles, como los trabajadores de la paraestatal

1960 fue de 16.4%, mientras que en 1984 fue tan

llamaban a los trenes de pasajeros, debido al bajo

sólo del 3.3 por ciento.

costo del pasaje.

pérdidas provocadas por una administración de-

En este sentido, el presente artículo narra las condi-

del Movimiento Sindical Ferrocarrilero, opositor al

Si a esto se agrega las

ciones en que operaban los trenes de pasajeros, así
como su cancelación durante la década de los 90,

podemos comprender que la situación era crítica.

previo a la concesión de la red ferroviaria. Para ello,
además de consultar bibliografía sobre el tema, se re-

Las tarifas reducidas impuestas por el gobierno

alizaron entrevistas a ex ferrocarrileros de las secciones

mexicano con el objetivo de incentivar la actividad

sindicales 19 y 36, ambas con sede en Monterrey.

productiva fueron otra de las causas que mermaron
la rentabilidad del servicio. El jefe de estación José

�Luis Yruegas menciona que recibía frecuentemente

ios en sí, sino porque a diferencia del maíz u otros

circulares para informarle de la reducción de tarifas

productos de consumo popular, se otorgaban a

bajo del costo del servicio:

la población. Además, la iniciativa privada tenía la
solvencia para cubrir la tarifa regular.

¡Rebajaban mucho hasta el punto que era casi incosteable manejarlo! Pero con tal de dar garantías

Así mismo, Ferrocarriles tenía convenios con otras

a la industria aquí en Monterrey, sobre todo a las

paraestatales conocidos como “intercambio de

industrias… iban los dueños de las industrias con

servicios”. Así, Pemex y CFE por ejemplo, pagab-

que nos rebajen». Por ejemplo, la Fundidora, traer

consistía en un trueque de servicios. Pemex pro-

de Durango, del cerro del Mercado todo el materi-

porcionaba combustible y CFE postes de madera,

al… «pues es muy caro todo lo que se está cobran-

aunque no siempre este intercambio compensaba

do, bájele», y le rebajaban. ¿Por qué rebajaban? El

el servicio prestado.

maíz se le subsidiaba porque era consumo nacional
para la población. Pero el mineral, ¿Por qué le re-

Aunado a lo anterior, la mayor parte del equipo

bajas? Se hacían negociazos tremendos.

rodante estaba obsoleto o era de segunda mano.
La falta de modernización de los equipos ocasiona-

Lo anterior muestra la idea arraigada entre los tra-

ba retrasos en el servicio debido a descomposturas

bajadores de FNM sobre el servicio social del ferro-

que se presentaban en el camino. Sergio Ortiz

carril, y hasta cierto punto, una ideología de clases,

Hernán presentó algunas cifras que evidenciaron

pues la molestia de José Luis no es por los subsid-

35

�Pero el exceso de personal y el atraso tecnológico no pasó desapercibido por los tra-

• 69.1% de las locomotoras en
funcionamiento
• El promedio de fallas en el camino fue de 1,183 por mes.
• 763 locomotoras con reparación
general diferida

bajadores. El maquinista Mario Gaytán, por
ejemplo, compara a FNM con la Fundidora
de Monterrey, señalando que ambas empresas otorgaban muchas prestaciones que no
correspondían a las ganancias de las mismas.
Así mismo, agregó que había mucho tiempo
muerto y baja productividad. Ya fuera por la
falta de recursos o la resistencia de los trabajadores, lo cierto es que FNM presentaba un
profundo rezago tecnológico.

• 458 locomotoras averiadas

Labor social

• 12% de los carros fuera de servicio

En este marco operaban los ferrocarriles de
pasajeros, cuyo servicio era considerado por
los ferrocarrileros como una “labor social”.
Para ellos dicha labor estaba por encima de
los intereses económicos de la paraestatal.
Pero ¿en qué consistía esta labor social?
Básicamente en dos cosas: tarifas económicas y disponibilidad.

del transporte ferroviario llegó a tal grado que en 1979
había en el puerto de Tampico barcos con más de un mes
y medio esperando a ser descargados, cuando el tiempo
habitual era de veinte días. En resumidas cuentas, “Nacionales tenía lo que tenía y con eso hacía milagros”.

Por tanto, la función del ferrocarril de pasajeros era proporcionar un medio de transporte
económico a los habitantes de comunidades
rurales de escasos recursos y que, en algunos
casos, no disponían de otros medios de transporte público, a causa de su lejanía respecto a

la relación de la empresa y su sindicato. La resistencia
del sindicato a la introducción de mejoras tecnológicas
se debió a que éstas ocasionarían la pérdida de plazas.
En virtud de su posición estratégica, los ferrocarrileros
tenían la fuerza para oponerse a las medidas tomadas
por la empresa. Un caso que ilustra esto se presentó
en 1978, cuando el entonces director de FNM, Luis
Gómez Zepeda, habló sobre la adquisición de un equipo de microondas que mejoraría la comunicación en el
trabajo, amagaron con irse a huelga.

la carretera principal.
El costo del pasaje en tren resultaba mucho
más económico que el carretero. Por ejemplo, a mediados de los 60, viajar de Candela a
Monterrey en autobús costaba $15.00, mientras por tren era de apenas $5.60. La diferenpalmente a la población de bajos ingresos. En
la tabla siguiente se incluye más información
sobre los costos del transporte ferroviario.

�La labor social del ferrocarril de pasajeros y su cancelación

Por otro lado, para algunas poblaciones el ferro-

-

carril era el único medio de transporte público dis-

tos elaborados a la manera tradicional, difíciles de

ponible. Basta ubicar en google maps las comuni-

conseguir en Monterrey. Por eso, menciona Mario

dades Estación Vaqueros, Estación Terán y Estación

Gaytán, cuando era asignado al tren de pasajeros

Huerta ubicadas al sur de Nuevo León para ob-

de Tampico su esposa le decía: “oye, te traes una

servar que la carretera principal más cercana a di-

pierna de puerco, te traes esto, te traes lo otro….

chas poblaciones se encuentra una distancia mayor

¡Oh, que caray! Sí”.

a 5 kilómetros.
El único problema del servicio de pasajeros era el
Además de la labor social, los ferrocarrileros recu-

exceso de pasaje, provocado por una administración

erdan con nostalgia la convivencia que había con
la gente en algunas estaciones de pasajeros. Esta

la prioridad que se le dio al servicio de carga. Iróni-

cercanía se acrecentó con el paso del tiempo, tal
como lo describe Cristóbal: “Como ya durábamos

servicio, argumentando falta de pasaje.

muchos años ahí, ya teníamos mucho conocido ahí
y sabíamos quien viajaba, y por no dejarlos, ahí los
esperábamos y ocupábamos ese tiempo muerto

falsa, no obstante, eran conscientes de la baja renta-

que había, por decir en Linares”.

bilidad del servicio pese a la abundancia del pasaje.
José Luis Yruegas, quien fue jefe de estación, lo tiene

También tienen muy presente los productos típicos

muy claro, simplemente “era incosteable porque co-

que se comercializaban en cada estación: escobas

braban muy barato, para que sea costeable hay que

en Cadereyta; costales de naranja en Montemore-

cobrar muy caro”, y agrega, “si lo quieres ver como

los; dulces y carne en Linares; quesos y chorizos

un servicio social ponlo, pero como negocio no”.

37

�La labor social del ferrocarril de pasajeros y su cancelación

Citas:
terrey, 1970-1982”, tesis de maestría en Metodología de la Ciencia, Monterrey, Universidad
Autónoma de Nuevo León, 2000, p. 79.
- Lorenzo Meyer, La Segunda muerte de la Revolución Mexicana, México, Cal y Arena, 1992,
pp. 223-227.
- “Transportes. Ferrocarriles Nacionales: Un sistema todavía descarrilado”, Expansión, la revista de negocios de México, núm. 267, 1979, México, p. 35.
- “Ferrocarriles: cambio de vía en busca de la modernidad”, Comercio Exterior, núm. 6, junio,
1995, México, pp. 444-445.
-“El Estado y el agro ¿más o menos? ¿Quién dijo que el transporte no avanza? Los ferrocarriles, al menos, no”, Expansión, la revista de negocios de México, núm. 281, diciembre,1979,
México, p. 6.
- José Luis Yruegas Moya, entrevista realizada por Oscar Rodríguez y Eugenio Lazo, Monterrey,
Nuevo León, 23 de julio de 2018.
- Mario Martínez Gaytán, entrevista realizada por Oscar Rodríguez y Eugenio Lazo, Monterrey,
Nuevo León, 20 de julio de 2018.
- Sergio Ortiz Hernán, Los Ferrocarriles de México. Una visión social y económica, México,
Ferrocarriles Nacionales de México, 1988, p. 292.
- “Transportes. Ferrocarriles Nacionales: Un sistema todavía descarrilado”, Expansión, la revista de negocios de México, núm. 267, 1979, México, p. 37.
- Ramiro Alcalá, entrevista realizada por Oscar Rodríguez y Eugenio Lazo, Monterrey, Nuevo
León, 4 de agosto de 2018.
- Cristóbal Soto González, entrevista realizada por Oscar Rodríguez y Eugenio Lazo, Monterrey, Nuevo León, 23 de julio de 2018.

�39

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                <text>Bitácora es una publicación del Centro de Información de Historia Regional de la UANL, creada por el Lic. Celso Garza Guajardo. La revista fue dirigida por Meynardo Vázquez Esquivel, en los primeros números, Ha tenido interrupciones a lo largo de su vida, de 1987 a 1989 su periodicidad era mensual, se interrumpe y en 1992 se publica el No 16, en 19997 surge como Segunda Época, vuelve a interrumpirse y hasta 2019 surge de manera trimestral como Nueva Era. Contiene información histórica y cultura regional del noreste de México.</text>
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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León, Centro de Información de Historia Regional</text>
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                <text>Garza Guajardo, Juan Ramón, Editor Responsable</text>
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                <text>Alvarado Zapata, Ana Cesira, Diseño</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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                    <text>N03 Revista

trimestal

�Universidad Autónoma de Nuevo León

Dr. Santos Guzmán López
Rector

Dr. Juan Paura García
Secretario General

M.A. Emilia Edith Vásquez Farías
Secretaria Académica

Dr. Celso José Garza Acuña
Secretario de Extensión y Cultura

Lic. Humberto Salazar Herrera
Director de Humanidades e Historia

Lic. Dinorah Zapata Vázquez
Coordinadora del Centro de Información
e Historia Regional y “Hacienda San Pedro”

Mtro. Juan Ramón Garza Guajardo
Editor Responsable

Lic. Ana Cesira Alvarado Zapata
Diseño
Bitácora Nueva Era del Centro de Información de Historia Regional y Hacienda San Pedro de la Universidad
Autónoma de Nuevo León, Año 2022, Enero-Marzo,
Numero 3, Volumen 1. Es una publicación trimestral,
editada por la Universidad Autónoma de Nuevo León,
a través del Centro de Información de Historia Regional. Domicilio en Carretera General a Zuazua, Km 4.5,
Zuazua Nuevo León, México, C.P. 65750. Teléfono:
825 247 0500. Editor responsable: Mtro. Juan Ramón
Garza Guajardo. Reserva de derechos al uso exclusivo
04-2021-081019364500-203, otorgado por el Instituto
Nacional del Derecho de Autor, ISSN en trámite.

Las opiniones expresadas por los autores no necesaria-

Comedor en la Hacienda San Pedro “Celso Garza Guajardo”.

Prohibida su reproducción parcial o total del
contendió e imágenes de la publicación.
Editado en México.
Todos los derechos reservados.
cihruanl@gmail.com

3

�Índice
PAGE 4

Saskia Juárez: Una interesante paisajista del noreste
-Félix Torres Gómez

PAGE 10

Escuelas Adolfo Prieto
-Alberto Casillas Hernández

PAGE 13

La conformación de las brigadas médicas
del Cuerpo de Ejército del Noreste, 1913-1914.
-José Manuel Hernández Zamora

PAGE 22

Escuela Industrial “Álvaro Obregón”: Una relación
discreta con la industria regiomontana
-Susana Julieth Acosta Badillo

PAGE 28

Análisis teórico bajo el enfoque de estudios culturales
sobre los orígenes de la industrialización en Monterrey
y el estudio de la clase obrera
-M.C. Juan Jacobo Castillo Olivares

PAGE 34

La labor social del ferrocarril de pasajeros y su cancelación
-Oscar Abraham Rodríguez Castillo y José Eugenio Lazo Freymann

�Saskia Juárez

Una interesante paisajista del noreste
-Félix Torres Gómez

Investigador del Centro de Información de Historia Regional UANL
Encargado de exposiciones de la Hacienda San Pedro “Celso Garza Guajardo” UANL

En la Facultad de Artes Visuales de nuestra

a empresarios regiomontanos y el talento para

UANL, los estudiantes realizaron un mural

el dibujo de su amigo, empezó a encargarle il-

homenaje a Saskia Juárez Green, destacada

ustraciones publicitarias para una mueblería,

pintora de Monterrey, quien tiene una inte-

y así es como se quedan a vivir en Monterrey,

resante historia de vida que me fascinó, per-

dedicándose a la publicidad: Donato desarrol-

mítanme compartirla:

laba en dibujos la idea y Renata los coloreaba

Al igual que Frida Kalho, Saskia Juárez tiene

detalles.

en su ADN una mezcla mexicana y alemana:
su padre Donato Juárez, de joven fue pintor

En 1943 nació Saskia Juárez Green en Monter-

de talavera en Puebla, en el taller Palencia, de

rey, viviendo sus primeros años en la calle Mar-

donde emigraría a Chicago, Estados Unidos

tin de Zavala, después en la colonia Anáhuac

de Norteamérica con varios amigos para traba-

en San Nicolás de los Garza, donde viajando en

jar en restaurantes y estudiar la High School;

camión de regreso de la secundaria, ella y su

logró dominar tanto el inglés que llegó a ganar

amiga Beatriz Sánchez se encontraron al her-

un premio de oratoria, además llevaría clases

mano de Beatriz, Javier Sánchez, quien venía

de arte, dibujo y pintura, dentro de las cuales

acompañado de Alberto Cavazos, ambos es-

conoció a la estadounidense Renatta Green, de

tudiantes avanzados del Taller de Artes Plásti-

padres alemanes, cuyo apellido Green viene

cas de la Universidad de Nuevo León; a Javier

de Gruner, un apelativo alemán que quizá quis-

le llamó la atención su nombre, Saskia, como

ieron ocultar para adaptarse mejor a la vida en

se llamaba la esposa del pintor Rembrandt, y

Estados Unidos.

le mostró sus dibujos y pinturas, generando en
Saskia un gran interés por dedicarse al arte, pro-

Donato y Renata se casan en 1938, vivieron por

fesión que no aprobaba su padre.

unos años en la Cd. de México, donde Donato trabajó como gerente de un hotel gracias a

Si bien sus padres conocían de arte y sabían pin-

dominar el idioma inglés; ya con algunos hijos

tar, el papá había dejado de pintar, sólo estaba

el matrimonio viaja a Monterrey con la intención

enfocado en el dibujo publicitario y no acepta-

de cruzar a Estados Unidos, en ese momen-

ba que su hija se dedicara al arte, sugiriéndole

to uno de sus amigos poblanos, era gerente

en repetidas ocasiones que estudiara otra carrera; en cambio su mamá sí se daba tiempo para

aún se conserva en av. Alfonso Reyes, donde

seguir pintando y era quien la apoyaba y alenta-

fue recibida la familia Juárez Green antes de

ba en estudiar artes plásticas, narrándonos lo

seguir su camino; pero el gerente conociendo

siguiente:

�Casi cuatro años estuvo en el Taller
de Artes Plásticas, hasta que se fue a
la ciudad de México para continuar su
preparación por otros cuatro años en la

Mi papá cuando le dije que quería

UNAM. Por eso fue a ver a José Alva-

ser pintora me llevó a una prueba

rado, rector de la Universidad de Nue-

muy cruel para mi manera de ver,

vo León, para pedirle una beca que le
permitiera estudiar en la Academia de

que fue llevarme al campo, me dio

San Carlos, con cierto temor, ya que

oleos y un pedacito de madera (para

acababa de cerrar la escuela de Danza,

que realizará una pintura su primera

y después de escuchar su petición le

pintura de paisaje) y obviamente el

dijo: vuelva tal día para darle respues-

resultado fue fatal, fue desastroso,

ta. Cuando llegó a la cita con el rector

pues yo no sabía nada de técnica,

el día señalado, le dijo José Alvarado

nada de cómo usar el óleo, y guarde

“espéreme un momentito” y mandó

ese cuadro toda mi vida, pero eso no

llamar a Federico Cantú, quien estaba

me quitó el ánimo.

haciendo los murales relieves de la Facultad de Ingeniería Civil; recuerda que
llegó con una gorra de ferrocarrilero y

-(Juárez, 2021)

el rector le dijo “esta jovencita quiere
una beca de la universidad para irse a
estudiar a San Carlos ¿Cómo ves, se la
damos o no se la damos?, y Federico
viéndola de pies a cabeza dijo “pues se
la damos” (Juárez, 2021).

Al terminar la secundaria se inscribió en el Taller de Artes Plásticas de la Universidad de Nuevo León, en ese tiempo ubicado en
Zaragoza con Espinoza teniendo como maestros a Gerardo Cantú
e Ignacio Ortiz, estaba en una casona que compartían con la facultad de Filosofía y Letras de la UANL, dirigida por Agustín Basave y
la escuela de teatro de Lola Bravo.

La beca era de $625 pesos mensuales
que le sirvieron para casa, comida y un
poco de materiales. La Academia de San
Carlos le cobraba $102 pesos al año, lo
cual incluía materiales como telas y pigmentos; su padre, aunque no aprobaba

Por ser menor de edad no dejaban que Saskia tomará clases de dibujo
so ella también se inscribió para tomar esa clase. Manuel Durón, Efraín
Yáñez, Javier Sánchez, Guillermo Ceniceros, fueron algunos de sus compañeros, recuerda también que Pablo O’Higgins fue a darles un curso
de pintura al fresco. Ella fue buena estudiante, muy disciplinada, ya que
como dice: “¿Cómo se aprende a pintar?, pues pintando. No hay otra
ruta más que el trabajo, yo era sumamente disciplinada” (Juárez, 2021).

que estudiara artes le consiguió otro
apoyo con el Club de Rotario de $100
pesos mensuales. Con tan solo 19 años
de edad se fue a vivir sola, después su
hermana llegó a trabajar a la ciudad de
México como Química Farmaco-bióloga
y vivió con ella en un pequeño departamento cercano a Chapultepec.

5

�Saskia Juárez | Una interesante paisajista del noreste

Saskia escogió para estudiar la Academia de

señalaba Saskia el por qué y para que pintaba:

San Carlos de la UNAM por su metodología,

“porque ello me causa placer, porque me irri-

su rigor clásico y no la Esmeralda, escuela de

ta o porque me produce algún estado de áni-

artes del INBA porque esta escuela tenía una

mo intenso…yo no pinto para que le guste a la

propuesta nueva, libre y de rompimiento;

gente o para que ésta necesariamente la vea.

además ella decidió tomar todas las clases y

Es otra mi intención: lo hago como una mane-

no revalidar materias que ya había llevado en

ra de expresarme, porque me alienta hacerlo”

el Taller de Artes de nuestra universidad.

(Martell, 1969).

Cierto día de 1964, en el taller de grabado de

La periodista le pregunta de las modas artísticas

San Carlos se enteró que Juan O´Gorman bus-

y ella responde: “No creo que el pintor tenga

caba ayudantes para realizar un mural por lo

que seguir forzosamente las modas. Ni siguiera

que ella se apuntó y fue aceptada para viajar y

por simpatía con los grandes o los populares. A

trabajar por 4 meses en ese mural realizado en

mi por ejemplo, me gusta mucho lo que pintan

la República de Chile.

Remedios Varos y Lilia Carrillo, pero no me siento obligada, ni siquiera inclinada a seguirlas en

Al terminar sus estudios tuvo la alternativa de

su estilo” (Martell, 1969).

quedarse en la ciudad de México o viajar al extranjero, como muchos artistas lo hicieron; sin

Saskia expresa que, aunque le encanta el graba-

embargo ella decidió regresar a Monterrey, ya

do, se inclinó por la pintura ya que un maestro

que su deseo era pagar de manera simbólica

le dijo “cualquier persona que sepa dibujar puede

la beca que la Universidad de Nuevo León le

grabar, pero no cualquier persona que sepa dibujar

había otorgado, convirtiéndose en docente y

puede pintar y recalcó tú sabes usar el color, no te

encargada del Taller de Grabado del Taller de

recomiendo que vayas como grabadora, porque

Artes Plásticas y continuando cuando se convi-

había esa especialidad en San Carlos, y gracias a

erte en Facultad de Artes Visuales.

él me dediqué a la pintura” (Juárez, 2021). Ya en
Monterrey, en la exposición de la Galería Cos-

La primera exposición individual que tuvo, fue en

mos expuso obra variada y algunos paisajes y

la Galería Cosmos de Alfredo Gracia Vicente el

el Dr. Uribe, un personaje culto de esa época

viernes 6 de julio de 1969, donde estuvo acom-

le dijo “usted debería ser Saskia Paisajes, ust-

pañada de sus padres Donato Juárez y Renatta

ed debería de hacer paisajes y en la siguiente

Green, además de Andrés Huerta (quien luego

exposición que tuvo la saludó así “como está

sería su esposo), Silvia Mijares y Miguel Covarru-

usted Saskia Paisajes” (Juárez, 2021).

bias, encargado de presentar la exposición (Diversas Galerias inauguran exposiciones , 1969).

En la entrevista con Martell para El Porvenir expresaba que “el artista debe ser sincero con sí mismo

Con motivo de esa exposición, Hermila Mar-

y evolucionar con sinceridad” (Martell, 1969) y al

tell en su sección de Arte y Artistas del periód-

preguntarle yo sobre cómo evolucionó su

ico El Porvenir le hace una entrevista, donde

pintura ella dijo:

�Saskia Juárez | Una interesante paisajista del noreste

“Siempre he dicho que uno nunca debe dejar
el lado autocritico, que debe ser muy feroz con
la propia decisión de hacer ciertas cosas, a muchas gentes se les olvida que hay que avanzar,
hay que evolucionar y la evolución no viene si
no tienes una crítica para tu trabajo, entonces
yo pienso que a través del tiempo he evolucionado, hay partes esenciales de mi trabajo que
no se han perdido, y eso lo he notado viendo
cuadros muy viejos, entonces el elemento de
alma de un cuadro allí esta, pero ha evolucionado la forma de interpretarlo, había cuadros
yo que era como enfocar tu mirada a cierta
distancia a cierto pedazo, pero lo demás se
desenfoca como es la vista, así pintaba en ese
tiempo pero ahora ya no, me gusta trabajar
mucho el primer plano, el segundo plano, el ultimo plano y hasta el cielo, cosas que no hacía
yo en un principio” (Juárez, 2021).
Se casó con el poeta Andrés Huerta, quien le escribía poemas, algunos publicados en el periódico El Porvenir, lo conoció porque algunos de
sus alumnos de grabado le pidieron realizar
carteles publicitarios para anunciar la presentación de su libro Difícil tránsito, y ella les dijo claro
que sí, libro que ella considera lo mejor de su
obra. Llega un día Andrés a la clase de grabado,
entrando sin pedir permiso y pregunta:
“Oye ¿en dónde está la tal Saskia? Yo estaba enfrentito de él, yo soy la tal Saskia y de nada por
los carteles, así le dije, bien molesta con él, bueno me caía gordo, él me seguía visitando y siendo muy amable, hasta que un día llega y dice:
quiero hacer las paces contigo, sé que no me
porté bien para con usted, quiero que me acom-

Fernando Flores Sánchez, varias gentes por allí, y
nos fuimos a su casa a tomar café y tenía su casa
tan bonita, hasta un Toledo tenía” (Juárez, 2021).
Dos años después, ya siendo buenos amigos,
Andrés le hizo un poema y en unos cuantos meses, sin ser novios le preguntó por teléfono que,
si se casaba con él, pero lo dijo un 28 de noviembre día de los inocentes, diciéndole “¿no crees
que haríamos buena vida juntos?,¿no te casas
conmigo? Contestándole “a lo mejor no sería
mal, a lo mejor si la haríamos” colgó y entonces se dio cuenta de la fecha y volvió a llamarle
diciéndole “no es broma es en serio” y a los
15 días se casaron, pero una de las condiciones
que le puso Saskia fue que nunca le dijera que
dejara de pintar, vivieron por algunos años en
los Condominios Constitución donde tuvieron
como invitados a personalidades como: José
Revueltas, Efraín Huerta, Alejandro Aura, Jorge
González Neri, entre otros que los visitaron en
su casa, otros más, después en su restaurant y
espacio cultural “La Fonda de Andrés”.
Andrés como vendedor de medicinas veterinariasrecorrió el noreste de México, llevándose
caciones, aprovechando Saskia para dibujar y
pintar paisajes de los pueblos, mientras Andrés
visitaba a sus clientes o los esperaba en la cantina del lugar, donde les preparaba una botana;
así iba cerrando pedidos o compras de medicamentos, llegando a ser muy conocido, Saskia
al salir a los pueblos con Andrés, se empezó a
compenetrar con el paisaje y con el espíritu de
sus gentes, dice que no es lo mismo la gente de
Gral. Zuazua, N.L. a la gente de Dr. Arroyo, N.L.

pañes a mi casa, me invitó un café, y mira nos
llevamos aquí a la raza, y estaba Sebastián Javier,

7

�Saskia Juárez | Una interesante paisajista del noreste

“El espíritu de los lugares cambia, por ejem-

sombrero y les hice el comentario, mi hijo mayor

plo: Zuazua, Marín, Higueras eran de origen

se sube al balcón y empieza a buscar manchas

sefardí y la gente se comunicaba de una man-

que simularan el personaje que yo estaba de-

era muy particular, allá como estaban las casas

scribiendo, y en eso llega el cuidador y le dijo:

retiradas hablaban gritando un poco, en las tar-

oiga ¿aquí no hay ánimas? Y dice pues sí, allí en

des empezaban a oler a las tortillas de harina

ese balcón dicen que se aparece un hombre con

y se ponían en las casas a merendar, no eran

barba blanca y sombrero, y empieza mi comadre

muy abiertos, pero como a Andrés lo conocían

“ay comadre, ay comadre, vámonos, vámonos”

bastante bien y apreciaban mucho, entonces él

se asustó ella más que yo”. (Juárez, 2021)

tenía las puertas abiertas en el pueblo, incluso
mi hijo mayor su padrino de bautizo esta en

-

Zuazua, y ese pueblo era encantador, a mí me

tura, un pepenador con un costal levantando

gustaba mucho con esas casas antiguas mar-

cosas acompañado de un perro; un gringo se

avillosas, tenían aljibes de bóveda que ya no

la compró al verla expuesta en los pasillos del

existen, ya no hay, yo pensaba que eran pana-

antiguo palacio municipal de Monterey, en los

deros (hornos) y no, era para enfriar el aire y tener el agua fría, fresca, deliciosa. La otra cosa que

se presentaba teatro, música y exposiciones, or-

me gustaba mucho, eran sus chimeneas, todos

ganizado por Jorge Villegas en paralelo con el

esos pueblos tiene como esculturas pegadas a

área cultural del periódico El Porvenir.

las casas, porque tenían remates con granadas
arriba o unas tenían cuadradas otras inclinadas,

En 1985 realiza una serie de pinturas para la

otras muy anchas otras muy angostas, y yo pinte

Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria de la

muchas casas de allá que ya no existen que ya

UANL, ya que el Dr. Piñeyro como Rector “tenía

las tumbaron”. (Juárez, 2021)

la idea de que el arte está cerca de la cuestión
cultural y sobre todo de los libros y decía que

Antes de que la Hacienda San Pedro de la

cuando estabas leyendo descansaras tu vista en

UANL, ubicada en Gral. Zuazua, N.L. fuera re-

algo que tuviera un interés distinto y ese era el

construida, fue comisionada por el rector para

arte” (Juárez, 2021). Como a él le gustaba mu-

realizar una pintura de la hacienda, la cual fue

cho su obra, le empezó a pedir cuadros, pintán-

regalada al rector de una Universidad de Alemania, comenta que cuando visitó la hacienda

Capilla y tres meses antes de que terminara su

en ruinas para realizar la pintura, fue en com-

periodo, le pidió un último cuadro, con la difer-

pañía de una comadre de Zuazua (Sandra, es-

encia de que éste sería un gran mural de 12.00
m. de largo x 2.44 m. de alto, titulado “Mon-

y recordaba:

terrey de las Montañas”; tuvo que trabajar día
y noche para poder entregar la obra a tiempo,

“Yo estaba pintando y levantaba la vista y veía

causándole problemas con su esposo. Con la

en un balconcito (cuarto del último piso arriba

mala experiencia que tenía con el mural que re-

de cocina casa principal) a un hombre parado,

alizó en el Teatro de la Republica, que fue de-

un hombre ya viejo con barba blanca y con

�Saskia Juárez | Una interesante paisajista del noreste

realizó la Macroplaza, esta ocasión lo proyecto para realizarlo en bastidor de madera con
triplay y forrado de tela, a manera de tríptico
en tres módulos, que en el caso de cambiarlos
de ubicación puedan ser movidos y funcionar
como tres cuadros por separados y así evitar
su posible destrucción. El primer módulo es el
cerro de la Silla con la Loma Larga, el del centro es la ciudad con Chipinque y la M y la última
parte es el cerro de las Mitras y la Huasteca.
Este magno mural tuvo dos inauguraciones, a la
primera asistió poca gente ya que al rector Piñeyro se le olvidó el evento y no se dio difusión, por
lo que Saskia muy enojada, debido al gran esfuerzo que hizo para terminarlo en un tiempo récord,
le reclama al rector y se realizó una segunda inauguración a la que asistió mucha gente.
Saskia es un gran ejemplo de perseverancia, disciplina, talento y una gran fuerza para tomar decisiones, muchas a una muy corta edad y a pesar de
tener en contra a su padre. Poco a poco la pintura
de paisaje se fue convirtiendo en su medio, superando con creces la prueba que le puso su padre
de pintar un paisaje sin tener ningún conocimien-

Fotografías cortesía de Jesús Gerardo Guerrero Castillo

to, esperando declinara en su deseo de dedicarse
al arte; recorrió municipios, campos y pueblos,
conociendo a sus gentes y pintando sus paisajes,
ya en 1989 recibe el Premio a las Artes UANL.

Citas:
-Diversas Galerias inauguran exposiciones . (9 de junio de 1969). El Porvenir, pág. 4C.
-Juárez, S. (10 y 16 de junio de 2021). (F. T. Gómez, Entrevistador)
-Martell, H. (8 de junio de 1969). Saskia Juárez y la Vocación. El Porvenir, pág. 2.

Este artículo está basado en tres entrevistas que
tuve con la artista con motivo de una exposición
que le montamos en la Hacienda San Pedro
“Celso Garza Guajardo”, durante la Fiesta de
la Cultura Regional 2021, gracias al apoyo de la
Lic. Dinorah Zapata, coordinadora del Centro de
Información de Historia Regional Hacienda San
Pedro “Celso Garza Guajardo” UANL.

9

�Escuelas Adolfo Prieto
-Alberto Casillas Hernández

Proyecto educativo
Desde 1860 el desarrollo industrial de Monterrey estaba en marcha, se crearon las in-

En un principio el programa de construcción

dustrias textiles La Fama, La Leona, La

de escuelas dentro de las industrias locales

Cervecería Cuauhtémoc, la Vidriera Mon-

estaba enfocado a capacitar a sus operarios

terrey y Cementos Hidalgo. Aunque el

y empleados. El propósito era sustituir a los

crecimiento de las grandes industrias está

técnicos extranjeros por personal nativo con

documentado, hay escasa información so-

conocimientos técnicos. La Cervecería Cu-

bre la necesidad de cubrir la demanda de

auhtémoc (1890), fundó en 1906 la Escuela

gente capacitada para realizar labores tec-

Politécnica y luego la Fundidora (1900) haría

nológicas, de organización etcétera. Para el

lo propio en 1911.

caso de la Compañía Fundidora de Fierro
-

La fundación de planteles educativos dentro

jera, principalmente la norteamericana en

de las grandes industrias asentadas en Mon-

la transmisión de conocimiento y enseñanza

terrey fue una muestra de la fuerte ideología

empírica fue muy importante, pues a base

pro-empresarial por parte de los capitanes

de ensayos y errores la primera generación

de la industria cuya meta era la de proveer

de “técnicos” mexicanos, aprendieron a

de capital humano a la empresa. La prepa-

través del contacto directo con la maquinaria

ración de futuros obreros y técnicos fue el

y equipo siderúrgico. Tal como lo menciona

objetivo de dicho proyecto educativo dirigi-

Manuel González Caballero quien fuera Jefe

do a hijos e hijas de obreros y empleados.

de Relaciones Públicas y Publicaciones de la

Paralelamente la élite regiomontana enviaba a sus hijos a estudiar al extranjero para

de los años sesentas que…

aplicar los conocimientos adquiridos en las
empresas de sus progenitores.

Aquellos extranjeros, dicha de esta última palabra con el mayor de los respetos y ajena

Oscar Flores señala que la formación de

en lo absoluto a todo menosprecio, legaron sus
conocimientos, técnicas y experiencias y, en ci-

para su especialización en el aparato repro-

erto grado, ayudaron mucho a la formación del

ductivo de la empresa, fue el objetivo inicial

primer personal obrero mexicano especializado.1

del programa educativo dirigido a los trabajadores y sus hijos.2
Fue Adolfo Prieto, Consejero Delegado
de la Cía. Fundidora de Fierro y Acero de
Monterrey quien iniciaría el proyecto de es-

�tablecer la existencia de una Escuela Mixta e inaugu-

Desde su fundación todo era pagado por la empresa:

rada en abril de 1911 para los hijos de empleados y

sueldos del personal docente, libros para los alum-

trabajadores de la acería. En un principio la Escuela

nos, utensilios escolares, clases especiales como

Mixta “Acero” comenzó su labor educativa en una

gramática superior, inglés, dibujo lineal, taquigrafía y
mecanografía, matemáticas, geometría, corte y con-

de los terrenos de la colonia Acero, frente a la Plaza.

4

Adolfo Prieto a

través de la siderurgia regiomontana ordenó trazar
tural de sus pupitres para dotar a los salones de dicho mobiliario para los alumnos. La base estructural
de Fundición y Maquinaria, mientras que la madera
de cedro era labrada en el Taller de Carpintería, cubriendo oportunamente y con el paso del tiempo la
escasez de pupitres a su institución educativa.

7ª manzana de la Col. Acero.
Fotógrafo: Refugio Z. García

Hasta 1917 en que se promulgó la Constitución
Mexicana se estatuyó este tipo de escuelas como
obligatorias para las empresas en su artículo 123 Del

“Prisciliano Elizondo”

Trabajo y la Previsión Social en su fracción XII que
establece la obligatoriedad para patronos:

El Profesor José G. García fue contratado para redactar el plan y los programas de Primaria elemental, así

En toda negociación agrícola, industrial, minera o

como la contratación del personal docente. La prime-

cualquiera otra clase de trabajo, los patronos estarán

ra Directora de la Escuela “Acero Mixta” fue la Profa.

obligados a proporcionar a los trabajadores habita-

Virginia Tamez; más tarde, en 1921, el Director fue el

ciones cómodas e higiénicas, por las que podrán

Prof. José Guadalupe Sauceda y desde 1923 hasta

cobrar rentas que no excedan del medio por cien-

1976 la dirección de las escuelas estuvieron a cargo

-

del Prof. Simón Salazar Mora.3 La Escuela Mixta “Ace-

mente deberán establecer escuelas, enfermerías y

ro” constó de 4 grados con el carácter de Escuela Pri-

demás servicios necesarios a la comunidad.5

maria Elemental y su impartió clases con 25 alumnos.
Sobre este último apartado, podemos decir que la
Escuela “Mixta Acero” fue establecida por Adolfo
Prieto seis años antes de que se proclamara la mencionada fracción del artículo 123.
En 1921 se creó la primaria superior, inaugurando
el quinto y sexto grado. En 1923 se integró como
Escuela Nocturna el séptimo grado, a la que asistían
obreros y empleados, enseñándoles matemáticas,
Plano A-86. Pupitre.

lengua nacional, inglés, dibujo y taquigrafía, cultura

11

�Escuelas Adolfo Prieto

general y conocimientos aplicados de utilidad para el trabajo, lo que propiamente conocemos
como Secundaria. Originalmente, este método de capacitación surgió en los Estados Unidos en
1922, toda vez que los procesos técnicos se iban haciendo más complejos con el objetivo de aumentar la producción. Dicho modelo fue copiado en 1923 por la siderúrgica regiomontana para
ser impartido en las Escuelas Acero Mixta.
Sin embargo, después de la creación de nuevos grados, la matrícula de alumnos iba creciendo
a la par que crecía la nómina de trabajadores de la siderurgia regiomontana y paralelamente, en
ba con Primaria elemental, Primaria superior y Nocturna.
Pedro Cepeda Montes en su artículo Escuelas Adolfo Prieto 1911-1981 hace mención del séptimo
año escolar, señalando que en 1938 dicho sistema se dividió en primero y segundo grado. Impartiendo la secundaria comercial, combinada con clases de inglés, correspondencia, dibujo lineal,
contabilidad, español, mecanografía, ortografía, álgebra y taquigrafía. La suspensión de dichos
cursos se suscitó a raíz de protestas provenientes de las escuelas comerciales de la ciudad que
comenzaron a funcionar y reclamaron que esta institución gratuita les quitaba ingreso de alumnos.
Citas:
1

Manuel González Caballero, La Maestranza de Ayer… La Fundidora de Hoy…,

Monterrey, Fideicomiso Parque Fundidora, 2003, México, p. 7.
2

Oscar Flores, Monterrey en la Revolución 1909-1923,Monterrey, Centro de Estudios

Históricos, UDEM, 2006, p. 65.
3

Simón Salazar Mora, “¡Cincuenta años al servicio de la educación!”PREVÌ,núm. 391,

año XVII, Monterrey, N.L. 11 de julio de 1961, p.2.
4

Manuel González Caballero,La Fundidora en el Tiempo,Monterrey, Fideicomiso

Parque Fundidora, 2003, p. 70.
5
6

Ibidem., p. 142.
“Escuelas Adolfo Prieto 1911-1981”,di-fundidor, Suplemento Especial, Monterrey,

1 de octubre de 1981, p. 2.

�La conformación de las brigadas médicas
del Cuerpo de Ejército del Noreste, 1913-1914.
-José Manuel Hernández Zamora

Punto de partida
El 18 de febrero de 1913, fue hecho prisionero el
presidente en funciones Francisco I. Madero, acto
que representó una larga jornada de desconcierto
en el país. Tras una serie de deliberaciones y acuerdos entre altos funcionarios, militares y políticos,
se resolvió acabar con la vida de “los presidentes”,
hecho consumado el 22 de febrero de 19131. En
Coahuila, el gobernador Venustiano Carranza llamó
a desconocer al recién nombrado presidente de la
república, Victoriano Huerta. Su llamado incluyó
además de los gobernadores, a los ex maderistas
y a las fuerzas irregulares que operaban contra el
orozquismo en Durango, Chihuahua y Coahuila.
Uno de los primeros en atender el llamado fue el
coronel irregular Pablo González Garza, nuevoleonés radicado en la región de Nadadores (Coahuila), allí administró un molino de harina propiedad
del alemán Federico Miller2. Después de radicar
algunos años en Estados Unidos, regresó a los molinos y estableció de forma clandestina el “Club
Juárez”, donde propagó las ideas “socialistas”.
De acuerdo con Jesús Ávila, en Texas y por invitación de Antonio Villarreal fue seguidor del Partido
Liberal Mexicano, allí tuvo contacto con las ideas
de Ricardo Flores Magón y compañía3. Siendo uno
de los primeros maderistas alzados en Coahuila,
fue requerido al servicio para combatir la rebelión
del general Pascual Orozco. Para tal efecto, se le
dio la jefatura del “Cuerpo Irregular Auxiliares de
Monclova”, junto al ejército federal incursionó en
poblaciones vecinas de Chihuahua. Se encontraba

en la población de Julimes cuando se enteró de la
muerte de Francisco I. Madero, desertó de la campaña y emprendió el viaje de regreso a Coahuila4.
Pablo González, gozó de la simpatía del jefe Venustiano Carranza, gracias a ello fue designado jefe de
operaciones de los constitucionalistas en la zona
Noreste a principios de 1913.

Meses después,

logró formar el Cuerpo de Ejército del Noreste,
tintos lugares, rangos y creencias que incluyó:
coahuilenses, nuevoleoneses, tamaulipecos, veracruzanos y potosinos. Toda esa masa de combatientes que disputó diversas batallas y escaramuzas
a lo largo y ancho de la región fue organizada por
González. Este cuerpo militar se constituyó en pieza importante para el carrancismo y en la lucha
contra el gobierno de Huerta. Si bien es cierto, que
algunos autores han demeritado las acciones del
Cuerpo del Noreste, estas acusaciones en parte se
derivaron de las acciones posteriores y personales
de Pablo González y no de un análisis profundo y
concienzudo de la campaña realizada en la región5.
Lo anterior es tema para otra ocasión6.
El presente artículo trae a la memoria las acciones
de un grupo de personas no visibilizadas en la historiografía local, su presencia en los diversos cuerpos batientes fueron piezas clave para la lucha y
el sostenimiento de los efectivos; ellos son los improvisados cuerpos médicos luego llamados Brigadas Médicas, integrados por desconocidos, amigos
y familiares. En este grupo destacaron boticarios,

13

�La conformación de las brigadas médicas del Cuerpo de Ejército del Noreste, 1913-1914.

estudiantes, amas de casa, viudas, niños, viejeci-

El primero en tener dicha distinción fue Lucio Blan-

tos y médicos de carrera. No siempre tenían los

co, joven apuesto y dinámico, pequeño ganade-

conocimientos ni los utensilios médicos necesa-

ro de la villa de Nadadores, Coahuila (hoy Acuña,

rios, pero si un singular sentimiento de empatía

municipio de Múzquiz); había participado en la re-

con los combatientes caídos y su causa. De forma

vuelta maderista, combatido a los orozquistas bajo

-

el mando del teniente coronel Jesús Carranza y de

bres y mujeres que integraron los cuerpos médi-

Luis Alberto Guajardo del mismo grado. Tenían

cos del Ejército del Noreste.

bajo su mando el “Primer Regimiento Libres del

Con la excepción del médico Francisco Vela Hino-

Guadalupe, solicitó el mando de una columna

josa, quien legó sus memorias, el resto ha pasado

para revolucionar en Tamaulipas, y al parecer en

a los anales del olvido, igual que los miles de sol-

el noreste. Con cierta destreza hizo una buena

dados del pueblo, cuyas acciones se han diluido

campaña, tomando Matamoros el 10 de junio de

en la memoria de sus descendientes y familiares.

1913, siendo esta la primera victoria importante y

Este texto también es un reconocimiento al valor

estratégica de los carrancistas. Aquella victoria lo

de esos hombres y mujeres norestences que ofer-

llevó a la cúspide y al mismo tiempo fue la razón

taron sus vidas en favor de la causa revolucion-

de su precipitada caída .

aria. La documentación referida pertenece a las
colecciones que se resguardan en el Centro de

Con este primer cuerpo se designó un médico, el

Estudios de Historia de México de la Fundación

doctor Daniel Ríos Zertuche, reconocido después
por sus colegas revolucionarios como el primer

pertinente.

médico de la Revolución . Zertuche era médico consumado en Torreón, había terminado sus

Los orígenes del Ejército del Noreste

estudios con honores en una escuela de medicina en Atlanta, Georgia. Durante el movimiento

El cuerpo de Ejército de Noreste tiene su origen

maderista, simpatizó con la causa, de igual forma
participó en 1912 en la campaña contra el rebel-

tal, en los territorios de Coahuila, Nuevo León y

de Pascual Orozco. Ríos Zertuche fue asignado

Tamaulipas. Es el resultado de una orden que

como jefe del cuerpo médico de la columna

integraba diversos cuerpos o grupos de revolu-

de Blanco, siendo este grupo el primero de los

cionarios bajo un solo mando, el cual entraría en

carrancistas coahuilenses en operar en territorio
ajeno a su terruño.

orientación cardinal, el noreste de México, o lo
que hayan entendido en esa época como Nor-

Sin embargo, el general Lucio Blanco no logró

este. Aquí hay por lo menos, tres personajes im-

consolidarse como el hombre que Carranza bus-

portantes que podían ser los elegidos para dirigir

caba para ser su mano derecha en la región, esa

dicho cuerpo: Pablo González, Jesús Carranza y

distinción les correspondió a los cuerpos region-

Lucio Blanco. Quizás, se podría agregar en un

ales que dirigían los coroneles Pablo González y

escalafón cercano al profesor Antonio I. Villarreal.

Jesús Carranza. Desde principios de 1913 estos

�La conformación de las brigadas médicas del Cuerpo de Ejército del Noreste, 1913-1914.

regionales siguieron batiéndose en Coahuila y su-

allí que algunos cuerpos médicos de las brigadas

friendo constantes descalabros. La revolución no

-

-

cante de medicina. La vida de revolucionario era

ducían a Coahuila; además, Venustiano Carranza

muy dura para los médicos de pueblo, quienes

después de conferenciar con el general Treviño

eran personas acomodadas o muy mayores de

y otros jefes revolucionarios, no logró convenc-

edad para andar en las correrías; la mayoría de

er al veterano general de unirse a la revolución

los facultativos evitó unirse a los diversos cuerpos

y tampoco obtuvo el reconocimiento de “Primer

de la División del Noreste que llegaban en cam-

Jefe de la Revolución” por parte de otros líderes

paña por sus vecindades, aunque sí prestaban

regionales como Maytorena, Zapata y Emilio

sus servicios mientras se encontraban cerca . Por

Vázquez Gómez. Carranza tenía varios jefes op-

otro lado, se encontraba un reducido número

erando en Coahuila con incursiones en San Luis

de galenos más jóvenes que decidió unirse a la

Potosí y norte de Nuevo León, pero en realidad

aventura revolucionaria, a ellos se sumaron prac-

no tenía controlada ninguna ciudad importante,

ticantes que se fueron profesionalizando en el

con excepción de Matamoros que estaba en

curso de la guerra.

manos de Lucio Blanco.
Los primeros profesionales en integrarse a los cuEn esa suerte, Carranza tomó la decisión que

erpos sanitarios de la división fueron los médicos:

cambiará el rumbo de la revolución en el nor-

Daniel Ríos Zertuche, Ricardo González, Ricardo

este: ordenó que los diversos grupos ambulantes

Suárez Gamboa, Pedro Martínez Pérez, Guillermo

integraran un solo cuerpo, el objetivo era tener

H. Ortiz, y el practicante Francisco Vela González.

mayor presencia y ser realmente digno opositor

Ortiz fue el encargado del primer hospital de

de las fuerzas del gobierno. En un principio no

sangre del ejército carrancista instalado después

-

del ataque a Monclova; ahí se integraron tam-

ga el mando al coronel irregular Pablo González,

bién las primeras enfermeras voluntarias, algunas

quien se apoya en Jesús Carranza y Antonio Vil-

eran eventuales, ya que prestaron sus servicios

larreal para formar tres columnas. Con esta for-

mientras algún familiar se encontraba hospitaliza-

mación es que iniciaron las operaciones, siendo

do, otras decidieron integrarse de forma perma-

el origen del Cuerpo de Ejército de Noreste,

nente, entre ellas se encontraban: Carolina A. de

eventualmente denominado División del Noreste

Blackaller, Francisca Valdés viuda de Rodríguez;

; realizando posteriormente, divisiones o briga-

las señoritas Carolina, Rebeca, Margarita, Fran-

das con un general en jefe, auxiliado con una se-

cisca y Adela Blackaller; Elvira Griselda González,
Esther F. Colunga, Zapopán Franco, Celia Rivera,

Las brigadas médicas de la División del Noreste

González no pudo sostener el contra ataque de

El Cuerpo Médico de la División del Noreste se in-

la columna federal en Monclova; en una acción

tegró sobre la marcha de la campaña, el modo de

preventiva se decidió que las columnas entrarían

reclutamiento era por ofrecimiento de los servici-

en operaciones en el estado de Nuevo León para
luego avanzar sobre Tamaulipas, la idea era re-

15

�La conformación de las brigadas médicas del Cuerpo de Ejército del Noreste, 1913-1914.

unirse con las fuerzas de Lucio Blanco e iniciar una

itando como ayudante del médico Francisco de la
Garza, jefe de la unidad médica de esa brigada.

condiciones hubiera resultado en un aplastante fra-

En algún momento de la campaña abandonó por

caso. Ante tal situación, se decidió que el hospital
de sangre sería instalado en Eagle Pass (Texas), un

refugió en el lado estadounidense, ahí se volvió a
presentar para ayudar en los campamentos hospi-

heridos y sus familiares no tuvieran que preocu-

tales. Gracias a sus servicios sin sueldo en meses

parse de caer indefensos en manos del enemigo.

anteriores y a la recomendación de sus ex com-

Se improvisó un campamento con carpas, se con-

pañeros en el cuerpo médico de la brigada, Castro

siguieron algunos equipos y material de curación;

fue admitido en la nómina del hospital en Laredo .

la dirección del hospital fue dada al médico Pedro
Algunos de los cuerpos médicos se formaron con
hospital de sangre fue el punto de curación más im-

elementos de la misma tropa, es el caso de la

portante para los soldados carrancistas.

efímera “Cruz Blanca Neutral Carrancista”, que
estuvo a cargo del Capitán Segundo Prisciliano

La campaña siguió su curso y otros médicos,

Ruiz apoyado con soldados de su regimiento .

ayudantes y enfermeras se fueron integrando a

Sus miembros se integraban de forma voluntar-

la División del Noreste. A principios de 1914 un

ia o por designación del jefe de la brigada; di-

grupo de voluntarias dirigidas por doña Leonor

chos voluntarios eran practicantes de medicina o

viuda de Magnón se presentó a un campamen-

tenían conocimientos empíricos, conocidos como

to-hospital instalado en Laredo, Texas,

ahí se

médicos tradicionales o curanderos. El caso an-

encontraba poco más de una docena de heridos

ecdótico narrado por Manuel W. González es ilus-

como resultado del ataque de fuerzas revolucion-

trativo. Según los datos recogidos, se trataba de

arias a la población de Nuevo Laredo en los días
1 y 2 de enero de 1914. El ataque fue rechazado

vida había tomado un curso por correspondencia

por los federales e irregulares de la División del

de “sanador”. En los últimos años, antes de la

Bravo; tras un largo combate y con varias bajas

irrupción de la revolución, se había dedicado al

y heridos los constitucionalistas tuvieron que atender sus heridos del otro lado de la línea fron-

rurales, sin embargo gran parte de su clientela

teriza, cerca del Fuerte Macintosh. El médico en-

se unió a la lucha obligándolo a enlistarse en la

cargado de dicho campamento hospitalario fue

brigada de Jesús Carranza . De forma voluntaria

Gilberto de la Fuente .

también se presentó el estudiante de medicina
Francisco Vela González.

Otros se integraron en plena campaña, buscando
la forma de poder contribuir a la causa revolucion-

Hacia la primera mitad de 1914 todas las divi-

aria o de obtener algunos ingresos monetarios,

siones del noreste, las brigadas sueltas y las di-

como es el caso de Carlos S. Montés, quién en

visiones que dependían de la jefatura de Pablo

1913 se unió al cuerpo médico de la 3ª brigada al

González, habían integrado un pequeño cuerpo

mando del coronel Cesáreo Castro. Estuvo mil-

médico. Estos médicos, enfermeras y auxiliares

�La conformación de las brigadas médicas del Cuerpo de Ejército del Noreste, 1913-1914.

fueron integrados en una brigada médica cuya

último, la retirada de emergencia. La mayoría se

jefatura le fue dada a Ricardo González Gamboa,

-

con grado militar de mayor médico. Al ser un

do con sus ayudantes los heridos; sin embargo,

cuerpo dependiente directamente de la jefatura

a veces tenían que arriesgar la vida dentro de

de la división, tuvieron mejores oportunidades de

la zona de enfrentamiento. El médico Ricardo

adquirir material y enseres necesarios para la cu-

Suárez Gamboa era ejemplo de ellos, en muchas

ración de los enfermos y heridos; sin embargo, lo

batallas estuvo al lado de los soldados para darle

distante de las operaciones de algunos cuerpos

atención inmediata a los heridos; inclusive, en la

con la jefatura hizo difícil la logística, por lo que,

retirada forzada del primer ataque a Monclova en

-

1913, perdió su botiquín en la carrera del cabal-

to de la división se convirtió en la Brigada Médica

lo sobre el campo donde el enemigo avanzaba.

del Estado Mayor y la jefatura. Mientras tanto,

Al enterarse Pablo González de lo sucedido, le

los jefes de brigadas se hicieron cargo del funcio-

preguntó ahora cómo iba a curar los heridos?,

namiento de sus cuerpos médicos.

sin mediar palabra el galeno desapareció entre
el humo y el polvo, regresando minutos después

Carencias, conflictos y actividades

en medio de las balas con su botiquín y sin lesión
alguna . La misma valentía demostró la maestra

En tiempos de paz o de movilización del ejérci-

María del Pueblito Cárdenas Villarreal en varios

to, los médicos podían pasear y conocer las po-

ataques a las poblaciones periféricas de Monter-

blaciones que ocupaban. Situación contrastante

rey, quien tenía funciones de auxiliar médico .

se vivía durante los combates, donde apenas y
lograban dormir un poco debido al gran núme-

Otro de los médicos que se vio obligado a entrar

ro de heridos y escasez de personal. El médico

en la zona de combate, fue Ríos Zertuche, quien

Ricardo González, mayor médico en la brigada
de Jesús Carranza, fue enviado por este jefe a

general Maclovio Herrera, cuerpo designado para

revisar un soldado que convalecía debido a las

entrar en campaña contra el villismo en la región

heridas; al solicitarle al herido que contara para

noreste, además se le asignó uno de los cinco

escuchar el funcionamiento interno de los órga-

regimientos que integraba dicho cuerpo para es-

nos acercando el oído al pecho, se quedó dormi-

tar bajo sus órdenes. Maclovio Herrera había sido

do. La escena luego fue motivo de risas, pero en

comisionado para batir al villista Rosalío Hernán-

su momento representaba el destino del herido.

dez en la zona norte del estado de Nuevo León,

El caso anterior, pone en evidencia el deterioro

sin embargo, un día hubo una fuerte confusión

de la salud de los galenos en la guerra .

entre su misma gente, fue alcanzado por la metralla de sus soldados que regresaban de una exploración. Ríos Zertuche no pudo hacer nada más

diseñaban de forma espontánea todo un sistema
de salud: empezaban con los primeros auxilios,

tragedia, el sufrimiento y la pérdida constante de

luego la logística del traslado, posteriormente la

amigos y conocidos forjaron el carácter de los di-

instalación temporal del hospital de sangre, por

versos médicos y ayudantes de la revolución .

17

�La conformación de las brigadas médicas del Cuerpo de Ejército del Noreste, 1913-1914.

Al igual que las carencias de espacios, utensilios

quitó el permiso para ejercer la medicina. Salinas,

médicos y pérdidas de amigos y familiares, los

el cónsul Melquiades y De la Fuente acusaron a

miembros de las unidades médicas no estuvieron

Villegas de haber incitado al herido a fugarse y
de haber avisado a las autoridades americanas

el Ejército del Noreste fue protagonizado por el

del asunto . Por su parte, Villegas se quejó ante

médico Gilberto de la Fuente y la señora Leonor

Pablo González del médico de la Fuente y solicitó

Villegas de Magnón, presidenta de la Cruz Blanca

que le ayudara en la solución. González, recono-

neutral. El disgusto entre el médico y las damas

ció la labor de la Cruz Blanca y las recomendó

de la asistencia voluntaria involucró personajes

ante los jefes carrancistas que operaban en Texas,

como Melquiades García (cónsul constitucionalis-

-

ta), al coronel Emilio Carranza (pariente de Venus-

unas semanas, al mismo tiempo que se desarrolla-

na, a Pablo González Garza (general en jefe de la

ba una rápida campaña para aislar a Monterrey de

división), a la guarnición americana del fuerte de
Macintosh y otros milicianos de rangos menores.
Tras el fallido intento de tomar Nuevo Laredo en

En esos días, la señora Villegas en una jugada

los primeros días de enero de 1914, los revolu-

excepcional, ofreció a González el puesto de

cionarios trasladaron sus heridos al otro lado de

presidente honorario de dicha agrupación, el

la frontera, instalando unas carpas que sirvieron

cual aceptó, en palabras de González: “por las

de hospital provisional cerca del fuerte Macin-

-

tosh, dicho hospital estuvo a cargo de los médi-

ca y abnegada Cruz Blanca Local” . Lo anterior

cos Gilberto de la Fuente y el médico de la Garza;
ambos fueron declarados prisioneros políticos,

a pesar de la oposición del coronel Emilio Sali-

pero se les concedió licencia para ejercer y at-

nas y del cónsul Melquiades, Pablo González

ender en el lugar a sus heridos, sin embargo, a la

decidió enviarlo en campaña a Cd. Mier, ahí se

hora de estar ingresando a los heridos mientras

integró a la brigada del coronel Jesús Carranza,

se llevaba a cabo la refriega, Leonor Villegas in-

otro desplazado por González . Después de este

crepó al médico de la Fuente por el trato que les

asunto, la relación entre Emilio Salinas y Pablo

daba a los heridos; muy probablemente también

González fue más distante, y poco después de-

se debió a que les gritaba a los ayudantes, in-

jaría la aduana. Los médicos de la Fuente y de

cluyendo a las damas de la Cruz Blanca .

la Garza se integraron en campaña, la Cruz Blanca quedó al cuidado de los heridos apoyados en

Tal situación se agravó cuando un soldado que

médicos estadounidenses . Ante tal situación,

había sido llevado junto con otros heridos a una

se decidió mejorar el hospital constitucionalista

casa perteneciente a la Sociedad de Obreros, se

de Matamoros, quedando como sede del cuartel

fugó en el turno de la señora Leonor Villegas. El

general de la división y los heridos de las refrie-

permiso para atender esos heridos en otro lugar

gas posteriores fueron trasladados a ese mismo

había sido dado bajo palabra del médico de la

lugar. La labor de Leonor y las damas de la Cruz

Fuente, por lo tanto, el jefe de la guarnición le

Blanca Neutral no terminó allí, su trabajo fue re-

�La conformación de las brigadas médicas del Cuerpo de Ejército del Noreste, 1913-1914.

querido en otros frentes del constitucionalismo .

los cuerpos y hospitales eran improvisados según

Uno de los problemas que enfrentó González y su

lo requería las circunstancias, con excepción de

ejército fue la instalación de hospitales móviles,

los campamentos instalados en territorio es-

ya que a diferencia de otros cuerpos revolucion-

tadounidense, se carecía de los utensilios básicos

arios, la mayoría de sus brigadas no se movilizaba

de curación. Los integrantes de dichas unidades

por medio de trenes, sus operaciones a menu-

médicas provenían de diferentes lugares y estra-

do se encontraban en lugares muy alejados de

tos; desde médicos profesionales hasta amas de

las vías férreas, por lo cual no tuvieron vagones

casas, todos con un mismo objetivo: contribuir en

médicos.

la procuración de la vida de los soldados heridos

Para solucionar este problema, se

que representaban sus demandas sociales.
manera que estuvieran alejados de la refriega en
caso de hacer una retirada de emergencia, con-

En ese sentido, su participación fue de suma im-

siderando siempre la distancia para la logística

portancia para mantener los números de solda-

de transporte de heridos. En algunas ocasiones

dos activos en cada brigada de la división. Pab-

las brigadas médicas se instalaron en casas de

lo González, estuvo consciente de ello y trató

simpatizantes de la causa.
forma posible; además de apoyarlos cuando le
Apuntes finales

solicitaban favores personales como pago de viajes, traslado de familiares y permisos especiales.

El Cuerpo de Ejército del Noreste fue un grupo de

Lo anterior conllevó a formar cuerpos médicos

revolucionarios de suma importancia para la consolidación del carrancismo en la región y después

la Revolución Mexicana a nivel regional. En la
documentación muy pocas veces se mencionan

muy importantes en contexto nacional, como lo

estos combatientes, su presencia fue vital en el

fue eventualmente Pablo González, Antonio I. Vil-

funcionamiento de cada brigada, por lo cual se

larreal, Lucio Blanco, entre otros. Sus operaciones

deduce que todas las brigadas y diversos cuer-

en Coahuila, Nuevo León, Tamaulipas, San Luis Po-

pos ambulantes tuvieron un cuerpo médico; sin

tosí y algunas partes de Veracruz fueron de suma

embargo, con la documentación disponible hasta

importancia en la derrota de Victoriano Huerta.

ahora no fue posible encontrar referencia alguna
sobre sus acciones.

Es así como los hombres y mujeres del noreste
inscriben sus nombres en una de las coyunturas
sociales de México. En la refriega se sumó este
reducido grupo, vital en la procuración de la
salud y la reintegración de combatientes a los

Citas:
- Ávila, Ávila Jesús. Lampazos en la Revolución [1911 - 1920]. Vol. 2, de
Apuntes para la historia de Lampazos de Naranjo, Nuevo León, de Jesús Ávila y et al,
225 - 300. San Nicolás de los Garza: Universidad Autónoma de Nuevo León, 2003.
- Barragán, Rodríguez Juan. Historia del ejército y de la Revolución Constitucionalista. Primera época. México: SEDENA/INEHRM, 2013.

regimientos en campaña. Cada brigada disponía
de un cuerpo médico integrado con elementos
de su misma gente o con algún galeno reclutado

- Herrera, Celia. Francisco Villa ante la historia. Tercera. México: Costa
Amic Editores S. A., 1981.

en la campaña. Como se observó, la mayoría de

19

�La conformación de las brigadas médicas del Cuerpo de Ejército del Noreste, 1913-1914.

Citas:
- INEHRM. De la caída de Madero al ascenso de Carranza. México: INERHM/SEP, 2014.
- Diccionario de Generales de la Revolución. Tomo I A-L. México: INEHRM/SEP/SEDENA, 2014.

- Peña, Consuelo. La Revolución en el norte. Puebla: Editorial periodística e impresora de Puebla, S. A., 1968.
- Salmerón, Pedro. Los carrancistas. La historia nunca contada del victorioso Ejército del Noreste. México: Ediciones Culturales Paidós, 2010.
- Vela, González Francisco. Diario de la Revolución. Tomo I. Monterrey: Patronato Universitario de Nuevo León, 1971.
- Villarreal, Carlos Liberato. «María del Peublito Cárdenas Villarreal. Maestra revolucionaria orgullosamente hidalguense.» Bitácora: la nueva era-UANL 1, nº 1 (2019): 30-33.
-Womack Jr, John. Zapata y la Revolución mexicana. México: Siglo XXI Editores, 1974.
- Zárate, Griselda. Revolucionarios en el exilio. Andrea, Teresa y Antonio I. Villarreal (1904-1911). México: INERHM/Fondo Editorial de Nuevo León, 2019.

�21

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón”

Una relación discreta con la
industria regiomontana
-Susana Julieth Acosta Badillo

La Escuela Industrial “Álvaro Obregón”,

desconocimiento de la población a la que

actualmente preparatoria técnica de la Uni-

iban dirigidos, de sus necesidades, recursos

versidad Autónoma de Nuevo León, vio la

intelectuales y económicos, hasta la ausencia de un interés real por parte del gobier-

después de múltiples intentos fallidos de

no; para el Estado resultaba más factible

gobiernos predecesores de instalar una o

enviar becados a las escuelas nacionales

varias escuelas técnicas para la formación

que promover una local y además, estaba

-

la opción de que el obrero se formara en

to, entre academias de dibujo, escuelas

simultáneo con su trabajo, donde la fábrica

-

era su escuela.

jadores, experimentaron una vida fugaz
de meses o incluso se quedaron en papel

El 4 de octubre de 1930 se inauguró la Escuela Industrial “Álvaro Obregón” y en su

que dos décadas tarde a las implementadas

organización se observó compromiso y co-

en otros puntos de la República pretendían

laboración por parte importante de la indus-

subsanar esa ausencia de un plantel don-

tria regiomontana a través de sus principales
ramos, como la producción de acero, cerveza

carpintería, herrería, electricidad, mecáni-

y minería. Sin embargo, tres años después la

ca, dibujo industrial, etcétera. Las razones

implementación de la educación socialista y

de los fracasos fueron variadas, desde un

la intervención del gobierno cardenista en

�todos los niveles de instrucción pública ocasionó

industrias emprendieron sus propias escuelas como

un distanciamiento entre la industria y la “Álvaro

la Cervecería Cuauhtémoc y la Compañía Fundido-

Obregón”, mismo que permaneció por más de 40

ra de Monterrey en 1911 con la Escuela Politécnica

años con atisbos de reconciliación.

y la Escuela Acero respectivamente.1

En el presente trabajo describiremos “cuatro

La primera ofrecía un programa de instrucción el-

relaciones” de la industria regiomontana y la es-

emental en lectura y escritura, así como la posi-

cuela industrial pública: la primera, con la organ-

-

ización del plantel entre 1928 a 1930 donde la

frigeración, sistemas técnicos de fermentación y

industria demostró real interés en la estructura de

conocimientos generales en las ramas de química,

una escuela que estaba planeada para satisfac-

física, comercio y agricultura.2 La segunda, inició

er sus necesidades; la segunda, con la “desilu-

como primaria elemental para los hijos de los tra-

sión” del sector privado ante la implementación

bajadores, pero en los años veinte abrió cursos

de una ideología ajena a sus intereses en 1934;

nocturnos para obreros con programas de cultura

la tercera, con la búsqueda de nuevas opciones

general y conocimientos de utilidad para su tra-

de la iniciativa privada para emprender su pro-

bajo como dibujo, matemáticas e idioma inglés.3

pio proyecto educativo mediante el Tecnológi-

Dichas escuelas implementadas por las propias
empresas, buscaban generar trabajadores mejor

la creación del Patronato Universitario donde se

capacitados –con formación elemental y técnica–

observa un reinicio de relaciones paulatino, que

para incorporarles al aparato productivo una vez

no se reforzará hasta entrados los años setenta.

alcanzada la edad idónea, sin embargo, el esfuerzo continuó sin rendir los frutos deseados por el

Primera relación: compromiso y colaboración

alto nivel de analfabetismo en el país y la falta de
recursos o interés de los gobiernos por promover

Entrado el siglo XX Monterrey estaba consolidado
como uno de los centros industriales más impor-

ello la fugacidad de los gobiernos pos revolucion-

tantes del país, pero su sistema educativo carecía
del mismo desarrollo. La educación secundaria y

-

superior se reducía a Comercio, Jurisprudencia,

tración del militar y empresario Aarón Sáenz Garza

Medicina, la Normal y Enfermería, mientras que en

(1927-1931), primer gobernador de la post revolución en completar los cuatro años de gobierno.

vestidos y alimentos. Sobre la formación de ingeni-

El 4 de octubre de 1927 asumió la gubernatura y

eros o técnicos especializados, algo que se esper-

era entonces estrecho colaborador del presiden-

aría en un centro industrial como Monterrey resultó

te en turno, Plutarco Elías Calles (1924-1928) y

en contables fracasos y, como se mencionó, para

del ex mandatario Álvaro Obregón (1920-1924).

el gobierno resultó más redituable becar jóvenes

Acorde a la política federal de promoción a la in-

para asistir a escuelas nacionales o extranjeras que

dustria, Sáenz Garza otorgó facilidades a los em-

instalar una escuela local. A raíz de esto, algunas

presarios para establecer, ampliar o desarrollar

23

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón” | Una relación discreta con la industria regiomontana

empresas a través de la Ley de Fomento y Protección a la Industria, promulgada el 3 de diciembre
de 1927, y además impulsó la instrucción continua
del trabajador industrial con la creación de los denominados Centros Obreros. Con sede en diferentes fábricas del Estado, estos centros semanalmente organizaban conferencias y seminarios en
torno a temas como higiene, salud, seguridad en
el trabajo y familia, fungiendo más como un centro
social que escolar; pero el gobernador quería una
educación más formal para el trabajador fabril.

Figura 1. Escuela Industrial “Álvaro Obregón”, inaugurada en 1930.

Presentado el proyecto ante el Ayuntamiento
de Monterrey a tan sólo un mes del inicio de su
-

instituto adecuado a sus necesidades y el Estado

trial como un hecho en su segundo informe de

velará por el mejoramiento de nuestros futuros

gobierno. Con un plan de trabajo trazado, para

trabajadores […]”.6 En 1929 se constituyó el or-

1929 la escuela ya contaba con un fondo de in-

ganismo, presidido por el Secretario de Gobier-

versión inicial y un terreno destinado, y como un

no, José Benítez (como representante de Sáenz),

aspecto importante, Sáenz Garza destacó su in-

e integrado por los industriales Emilio Leonarz

tención de formar un comité técnico para la or-

(Compañía Fundidora de Fierro y Acero), Joel

ganización académica con asesoría, participación

Rocha (Fábricas Salinas y Rocha), Lorenzo H.

y colaboración de industriales regiomontanas:

Zambrano (Cementos Monterrey), Luis G. Sada

“Proyectamos también que la Escuela sea un an-

(Cervecería Cuauhtémoc) y Heriberto Himes

tecedente y un factor para nuestra industria […]

(Compañía Minera de Peñoles y entonces pres-

-

idente de la Cámara de Comercio). 7

turas. Al efecto, es nuestro deseo llamar a los
representantes de las industrias para constituir un

La Fundidora estaba consolidada como una de

Consejo Técnico-Consultivo”.5

las empresas más importantes en el ramo siderúrgico en México y América Latina con tan solo

Con el Consejo se buscaba que participara en

treinta años de labores, y Salinas y Rocha den-

tres puntos principalmente: 1) asesorar en la

tro de su ramo como fabricante y vendedora de

formación del plan de estudios conforme a las

muebles, estaba igualmente en una posición de

necesidades de la industria regiomontana, 2) co-

franco ascenso con tiendas recientemente abiertas en ciudades norteñas de la República y con

equipamiento del plantel, 3) asegurar trabajo en

planes de instalación en Ciudad de México en la

sus respectivas empresas para los egresados del

década a iniciar. Cementos Monterrey por su par-

nuevo centro escolar; “de este modo la escuela

te, había sido fundada apenas una década antes,

vendrá a llenar una función educativo-social; la

�pero para entonces era ya una cementera con-

Conformado el equipo, se trabajó sobre el plan

solidada a nivel nacional, gracias en gran parte

de estudios formulado previamente por la Di-

al “Comité para la propagación del uso del ce-

rección de Instrucción Pública y tras una revisión

mento” que dio luz a la revista Cemento y en el

conjunta se determinó que los seis talleres que

cual se encontraban cuatro de las cinco cement-

conformarían la escuela serían: Ajustes y Mecáni-

eras del país, incluyendo Cementos Hidalgo con

ca, Carpintería, Auto mecánico, Carrocería y

la cual se fusionará en 1931 para conformar Ce-

Herrería, Electricidad y Fundición; para recurso

mentos Mexicanos. Cervecería Cuauhtémoc, fundada en 1890, no estaba en condiciones similares

Automecánico, Electricista, Fundidor y Modelis-

a las empresas antecesoras, pues la industria

ta, Ebanista y Tapicero, y Carrocero, todos de dos

cervecera se encontraba estancada entre 1926 y

años a excepción del primero, que era de cuatro.

1930 en parte por la reciente crisis de octubre de

Como se observa, los talleres atendían los sectores

1929, así como por el inicio de operaciones de la

tradicionales de la industria local como fundición,

Cervecería Modelo en la capital del país, pero su

mecánica, electricidad y carpintería –esta última
fundamental para la industria de muebles–, así como

de transición generacional con los hijos y nietos

ramos en auge, como lo era la industria automovilística.

de los fundadores; por ejemplo, el representante
ante el Consejo era Luis G. Sada, nieto de Fran-

Para la maquinaria y equipo de los talleres nueva-

cisco Sada Gómez.8 Finalmente, la Compañía

mente se hizo llamado a la iniciativa privada (en

Minera de Peñoles era al igual que Fundidora,

adelante IP). El gobernador sustituto, Benítez,

una industria consolidada en su ramo, concesion-

-

aria de minas en los estados de Nuevo León y

os a numerosas juntas en Palacio de Gobierno

Coahuila principalmente.

para invitarlos a realizar aportaciones destinadas
a la adquisición de equipo. Tan solo en la últi-

El Consejo colaboró con el asesor designado des-

ma semana de julio de 1930 se efectuaron tres

de la Secretaría de Educación Pública (SEP), el

reuniones y dos en la primera semana de agos-

ingeniero Miguel Bernard Perales, a la sazón jefe

to, con la asistencia registrada de Adolfo Prieto

del Departamento Técnico de Enseñanza Técnica,

(Fundidora), Arredondo y Lankenau (Fábrica de

Industrial y Comercial de la SEP, que arribó a la ciu-

muebles “El Áncora”), Manuel Reyes (Muebles

dad de Monterrey el 24 de julio de 1929.9 Bernard

“La Malinche”) y el citado empresario, Joel Ro-

Perales tenía amplia experiencia como asesor de

cha. La entusiasta colaboración de parte del em-

escuelas técnicas con la creación o reforma de la

presariado corresponde a un contexto donde los

Escuela “Cruz Gálvez” de Hermosillo, Sonora; la

industriales de Nuevo León buscaron una partici-

Escuela Industrial de Tamaulipas en Ciudad Victo-

pación más enérgica en la política local y nacional
tras el “desencanto de marzo de 1929”, como

la Escuela Industrial de San Luis Potosí; experien-

lo expresa Álex Zaragoza, cuando Sáenz no reci-

cias que respaldaban su designación; además de

bió el respaldo de Calles para su postulación a la

su gestión en la Escuela de Ingenieros Mecánicos

presidencia de la República, ya que todo apunta-

Electricista (ESIME) de 1924 a 1928.

ba a que Sáenz sería el elegido.10

25

�Escuela Industrial “Álvaro Obregón” | Una relación discreta con la industria regiomontana

Tras aquel “desencanto” el apoyo a los programas de gobierno fue una vía para los industriales

IP mediante los descuentos o facilidades de pago,
además de algunos donativos en materiales.

regiomontanos de energizar su presencia en el
Estado, sobre todo en programas que resultaban
escuela industrial.

[…] Pero sobre el esfuerzo del Gobierno

Relativo a los materiales de construcción, fueron varias las industrias que otorgaron facilidades de pago

deseo señalar la cooperación entusiasta
y desinteresada de los elementos repre-

y Sáenz le agradeció particularmente a seis: Com-

sentativos de Nuevo León, especialmente

pañía Fundidora de Fierro y Acero con la totalidad

de los representativos de la industria que

de la estructura de acero (300 toneladas), las fábricas

con un espíritu amplio y laborioso han co-

de cemento Monterrey e Hidalgo, y las fábricas de

operado porque han creído que en esta Es-

ladrillos San Juan, Monterrey y Ladrillos Industriales
y Refractarios. Para inicios de 1930 la industria de
la construcción proliferaba en el Estado después de

cuela habrá de fundarse una cooperación
indispensable para la preparación de los

toda una década de constante crecimiento y ello se

elementos laborantes que habrán de ir a

observa en la variedad de fábricas de construcción y

nuestras factorías con un espíritu más am-

-

plio y una preparación mayor, para ser más

mueble, entre ellas Muguerza Hermanos (piedra arti-

útiles al país y más productivos en su tra-

de La Chica” (materiales de construcción), Materiales

bajo desarrollando así la riqueza nacional.13

“El 2 de abril” (ladrillos y cal), Fundición Hidalgo de
Compañía Berlanga y Esteves (alcantarillas), Talleres
de Pintura “El Triángulo” (pintura) y Grandes Talleres

Durante su discurso en la apertura del plantel el

de Mármoles Gabriel D´Annunzio (mármol), entre

4 de octubre de 1930, Sáenz expresaría nueva-

otras.11 De las mencionadas, la Constructora Mu-

mente su agradecimiento con la parte más repre-

guerza Hermanos y fábrica productora de materiales

sentativa de Nuevo León, los industriales:

“La Victoria”, ambos negocio familiar de los her-

Aquel día todo parecía indicar que la relación en-

manos José y Antonio, eran entonces de las empre-

tre la industria regiomontana y la Escuela Indus-

sas de construcción más importantes, destacándose

trial “Álvaro Obregón” sería estrecha para bene-

sobre todo en obra residencial con las viviendas para
-

obreros de la Cervecería Cuauhtémoc y casas para
empresarios locales, como la familia Garza Sada.12

tel y la segunda como el semillero que tendría en
la industria una mano amiga para tiempos prósperos y adversos, sin embargo, pronto aquel acuerdo se rompió a consecuencia de un contexto
político que envolvió a la “Álvaro Obregón”.

�Figura 2. Prácticas de los talleres de Mecánica y Carpintería, ca. 1935. Más Noticias, 1980.

Citas:
1

En un artículo anterior se profundizó en la organización y construcción de la escuela, así como en los antecedentes de la educación técnica en el Estado. Igualmente,

véase Susana Acosta Badillo y Erika Escalona Ontiveros, Crisol de técnicos. Escuela Industrial y Preparatoria Técnica “Álvaro Obregón”, 1930-2015, Monterrey, Centro de
Documentación y Archivo Histórico de la UANL, 2015.
2

Archivo General del Estado de Nuevo León (AGENL), Memorias de Gobierno, Informe del gobernador Viviano L. Villarreal de 1912, p. 14.

3

Alberto Casillas Hernández, “Escuelas Adolfo Prieto”, Atisbo, no. 44, mayo-junio de 2013, pp. 5-11.

4

AGENL, Fondo Educación, Sección Escuelas Nocturnas, caja no. 2 1927-1935, s.f.

5

AGENL, Memorias de Gobierno, Informe de Gobierno de Aarón Sáenz 1928-1929, p. XIII.

6

Idem.

7

De los integrantes, Rocha, también normalista, y Sada fueron activos mediadores entre la industria regiomontana y el gobierno federal durante las discusiones sobre el

código laboral en la antesala de la Ley de Federal de Trabajo en 1929. Véase Alex M. Saragoza, La élite de Monterrey y el Estado Mexicano 1880-1940, Monterrey, Fondo
Editorial de Nuevo León, 2008.
8

Véase Alejandro Garza Lagüera, Mis años en Cervecería Cuauhtémoc, Monterrey, Fondo Editorial de Nuevo León, 2017.

9

Hemeroteca Capilla Alfonsina Biblioteca Universitaria (HCABU), El Porvenir, Monterrey, Nuevo León, 25 de julio de 1929, p. 5.

10

Véase Alex M. Saragoza, La élite de Monterrey…op.cit., pp. 203-227.

11

AGENL, Fondo Educación, Sección Escuela Industrial “Álvaro Obregón”, caja no. 1 1927-1935, s.f.

12

Véase Carlos Alejandro Lupercio, La arquitectura posrevolucionaria del noreste de México (1917-1940), Monterrey, Centro de Documentación y Archivo Histórico de la

UANL, 2015.
13

AGENL, Fondo Educación, Sección Escuela Industrial “Álvaro Obregón”, caja no. 1 1927-1935, s.f.

27

�Análisis teórico bajo el enfoque de estudios culturales sobre los orígenes de la industrialización
en Monterrey y el estudio de la clase obrera
-M.C. Juan Jacobo Castillo Olivares

El objetivo de este ensayo es servir como preámbulo a la creación del marco teórico de la tesis His-

de esta. En una tercera parte se busca entender la

toria de la industria textil en Nuevo León: Fábrica

diferencia entre las industrias culturales y la cultura

de hilados y tejidos la FAMA 1854-1950. Es muy

industrial. En un cuarto apartado la modernidad y

probable que pueda encontrarse más información

la secularización como forma de estudiar a la in-

que fortalezca a futuro el marco teórico, por lo cual

dustria y a la clase obrera y por último la crisis del
sentido como forma de ver la transición del mundo

este ensayo es utilizar las teorías del estudio de la

campesino al industrial y obrero.

cultura para interpretar la industrialización y la clase
Breve crítica a la historia de la

obrera regiomontana en sus inicios.

industrialización regiomontana
pretación de un proceso histórico ampliamente

Los orígenes de la industrialización en Monterrey

estudiado en la historiografía local, como lo es

han sido ampliamente estudiados principalmente

los orígenes de la industrialización en Monterrey

por historiadores (Vizcaya, Cerutti y Rojas). Se han

y su clase obrera, mayormente ubicados entre

llegado a varias conclusiones importantes sobre

1890-1910. Yo propongo estudiar la temporalidad

este proceso, por ejemplo: que la industrialización

desde 1854, por razones que tienen que ver con

en Monterrey fue distinta en tiempo y forma a la

la creación de la primera fábrica de la ciudad. El

industrialización mexicana, fue producto de una

espacio es la ciudad de Monterrey, ya que en de-

importante relación con la frontera que recién se
había creado, así como también resultado del cre-

ocurre en todo el estado de Nuevo León.

cimiento comercial y tecnológico entre otras más.
Por ser un periodo histórico ampliamente atracti-

En una primera parte se hace una breve descrip-

vo por las consecuencias sociales y políticas que

ción sobre la importancia de realizar una nueva

tuvo en la ciudad de Monterrey y en la región, han

forma de estudiar la industria y sus orígenes en

derivado otros estudios que toman como base la

Monterrey. En una segunda parte se habla sobre la

industrialización (aunque cierto es que no son mu-

�do los efectos urbanos, arquitectónicos, en la vida

las mujeres y utilizan la historia en cierta medida,
para analizar los cambios que han tenido.

cotidiana, en la educación e incluso en el ámbito
penal (tesis que analizan el periodo y sus efectos

Antes de iniciar con lo básico, que es la noción y

en la criminalidad y la creación de la penitenciaría)
y por su puesto el análisis de la clase obrera tanto

el termino cultura se ha sobreexplotado en los cír-

en hombres, mujeres y niños.

culos académicos, políticos y de periodismo. ¿De
que manera? Bueno, siento que se toma como

Es en este sentido, que la intención de este en-

una respuesta para situaciones que no pueden ser

sayo es proveer un distinto punto de vista de la

comprendidas bajo perspectivas que por decirlo,

industrialización regiomontana y la transformación

son comunes. Ejemplo: llamamos cultura al acto de

de su clase obrera, pero no bajo un punto de vista

visitar un museo, llamamos cultura a crear una obra

histórico, sino bajo el análisis teórico de diversos

de arte, llamamos cultura a actividades folklóricas

autores que se enfocan en el estudio de la cultura.
Mi objetivo se centra, en entender bajo el análisis

actividades violentas, como cuando se habla de la

cultural la relación entre el proceso de industrialización y la sociedad regiomontana.
La idea que intento transmitir sobre la palabra y
La cultura como objeto de estudio
No pretendo hacer una revisión de los estudios
culturales, solamente haré una breve reseña de su

cultura en un comodín y respuesta para cualquier

relación con la historia. Peter Burke menciona que

situación incomprensible.

la historia cultural era una Cenicienta entre otras
disciplinas la historia por lo general publicada por

Cultura deriva de la raíz latina colare y se asocia con

Gran Bretaña siempre era de carácter político, mil-

las actividades de preservación, atención y cuidado.

itar y en menor medida social. Fue en Francia don-

Los romanos consideraban la agricultura la actividad

de los estudios de la historia cultural empezaron

cultural por excelencia. El surgimiento de la mod-

a tener notoriedad. Los historiadores culturales

ernidad occidental, la economía capitalista mercan-

prestaban atención a las variantes, los debates y
control burocrático administrativo han alterado de
y las tradiciones compartidas. Este ensayo no pretende hacer un análisis bajo la historia cultural y
sus principales exponentes, pero sí analizar bajo

Tal y como lo menciona Seyla Benhabib, la palabra

las teorías de la cultura la historia como objeto de

cultura, primero, viene del acto de preservar y cui-

estudio. Lo anterior, lo aclaro, porque se tomarán

dar, por eso la primera actividad cultural humana

en cuenta autores que no trabajan propiamente lo

era aquella que derivaba de la agricultura, como

que pudiéramos decir es la historia cultural clásica,

forma de preservar y cuidar lo más elemental que

más bien son autores que hablan sobre distintos

es la comida. Lo cierto es que el surgimiento de

aspectos de la cultura como la religión, la familia,

la modernidad occidental ha alterado la forma en

29

�Análisis teórico bajo el enfoque de estudios culturales sobre los orígenes de la industrialización en Monterrey y el estudio de la clase obrera

que vemos la cultura, porque la economía ya no

sinónimos. La razón tiene que ver con la relación

se basa como en un principio, solo en la agricultu-

entre cultura y la forma en que esta representa lo

ra. Entonces si entendemos que la mayoría (si no

que somos como individuos y a la comunidad que

es que todas) las actividades humanas, previas a la

pertenecemos, ejemplos: el idioma, las formas de

modernidad (modernidad es otro término que mas

vestir, la comida, todos ellos son representación de

adelante también abordaremos) giraban en torno

nuestro origen y formación. El otro aspecto es por

a la agricultura y los ciclos agrícolas, por ejemp-

consecuencia, que la cultura también es un indicador de nuestra clase social (Mas adelante, esta

todo tipo y muchos más. La economía capitalista
ha transformado la cultura, al momento que ya

se pude hablar de cultura obrera) porque no solo

no dependemos de la agricultura como en otros

-

tiempos, y eso nos lleva a la idea de que cultura

enecemos sino también por la clase económica en
la que fuimos formados. Proteger la cultura, prote-

pero bajo la perspectiva moderna, capitalista, in-

ger esas prácticas que muestran nuestra identidad
se ha vuelto tan importante, que el Estado destina

pueblo en honor a un santo, como cultura también

recursos para conservarlos, ejemplos en México:

-

los pueblos mágicos, el día de muertos, alimentos como el mole, que todos ellos ahora han sido

de graduación de una carrera profesional o todo

llamados patrimonio nacional.

aquel ritual del mundo urbano.
Resumiendo, la cultura es toda esa producción humana que forma parte de nuestra identidad. Analprecisa de cultura en estos tiempos modernos, y es

izar la cultura tanto entre los individuos como entre

aquella que tiene que ver con identidad.

las comunidades, nos ayuda a profundizar en aspectos que la economía y la política no hace. En los

Cultura se ha vuelto un sinónimo ubicuo de identi-

siguientes apartados pretendo mostrar la relación

dad, un indicador y diferenciador de la identidad.

entre la industria y la clase obrera y los estudios

Obviamente, la cultura siempre ha sido un indicador

culturales en Monterrey, para de esta manera pro-

de la diferencia social. Lo que resulta novedoso es

fundizar en ciertos aspectos de este periodo que

que los grupos que actualmente se constituyen en

tal vez no se han tomado en cuenta.

torno de dichos indicadores identitarios exigen el
reconocimiento legal y la distribución de los recur-

¿Se puede relacionar el estudio de la cultura

sos del Estado y de sus organismos para preservar y

y la industria? Industrias culturales o cultura
industrial
Parecerían ser dos términos opuestos y sin embra-

de cultura, también de Seyla Benhabib, primero,

go se les relaciona continuamente. Cuando se hab-

que cultura e identidad se han vuelto prácticamente

la de cultura, se piensa en el arte, se piensan en

�tradiciones. Cuando se habla de industria se piensa producción en serie, carente de sentido y algo
hecho solo para vender. Ambas ideas tienen algo

la industria de la diversión. Su poder sobre los con-

de cierto con sus respectivos imaginarios. Pero hay

sumidores está mediatizado por la diversión.

que aclarar que no es lo mismo hablar de las industrias culturales que de cultura industrial.

La ideología de las industrias culturales va a ser el
negocio y por consecuencia pierde el sentido orig-

Empecemos con las industrias culturales, la dis-

inal bajo la cual muchas obras se habían creado.

cusión de Adorno y Horkheimer nos hablan de

En un mundo donde el trabajo en la fábrica y en la

diferentes aspectos de las industrias culturales que
el ocio. La diversión es la prolongación del trabajo
artística es previo a la época del fascismo en Eu-

bajo el capitalismo tardío. De este vicio adolece,

ropa o producto del mismo.

incurablemente, toda diversión . En resumen, la diversión es ese escape al mundo industrializado y

Creer que la barbarie de la industria cultural es una

rutinario, que paradójicamente el ocio como punto

consecuencia del «retraso cultural», del atraso de

de escape también será producto de ese mundo

la conciencia americana con respecto al estado de

industrializado, llámese el cine, la radio, la tele-

la técnica, es pura ilusión. Era, más bien, la Europa

visión y actualmente el internet, como lo menciona

pre fascista la que se había quedado por detrás de

la siguiente cita.

la tendencia hacia el monopolio cultural .
Hablar de cultura siempre ha estado contra la culEl historiador Eric Hobsbawm nos menciona que

tura. El denominador común cultura contiene ya

contrario a lo que ocurre actualmente, el hombre

virtualmente la captación, la catalogación y clasi-

burgués apreciaba las manufacturas por encima de
las artesanías. Los objetos manufacturados al inte-

administración. Solo la subsunción industrializada

rior de las casas representaban un mayor estatus

radical y consecuente, es del todo adecuada a este

social debido a la gran cantidad de artesanías. Esto

concepto de cultura al subordinar todas las ramas

nos hace suponer que los productos manufactura-

de la producción espiritual de la misma forma al

dos que representaban a la industrialización eran

único objetivo de cerrar los sentidos del hombre,

apreciados porque en su momento, eran la repre-

desde la salida de la fábrica por la tarde hasta la

sentación del progreso humano.

llegada, a la mañana siguiente, al reloj de control,
con los sellos del proceso de trabajo que ellos mis-

Pero como menciona la cita de Horkhiemer y Ador-

mos deben alimentar a lo largo de todo el día, esa

no, en algún momento Estados Unidos tomo el lugar

subsunción realiza sarcásticamente el concepto de

que tuvo Europa como líder de la cultura o monopolio cultural. Pero lo hizo inundando el mercado mundial de manufacturas en serie que habían perdido
ese espíritu artístico y cultural que distinguieron a la
humanidad y su producción antes de la industria. En
otras palabras, la industria cultural se transformó en

31

�Análisis teórico bajo el enfoque de estudios culturales sobre los orígenes de la industrialización en Monterrey y el estudio de la clase obrera

Una critica importante, que nos puede ayudar
como introducción a la idea de cultura industrial es aquella que hace Habermas, donde dice lo
siguiente:
En la tradición de la ilustración el pensamiento ilustrado se consideró a la vez como antítesis del
mito y como fuerza contraria a él. Como antítesis,
porque opone al autoritario carácter vinculante de
una tradición engranada en la cadena de las generaciones la coacción sin coacciones que los buenos argumentos ejercen; como fuerza contraria al
mito, porque su función es romper por medio de
ideas adquiridas por el individuo y convertidas en
fuentes de motivación el encantamiento que ejer-

ble, pero lo cierto es que siempre habrá un rechazo
contra las manifestaciones culturales recientes, una
resistencia hasta cierto punto común. Ahora bien,
la industria y su entorno genera cultura, pero con lo
mencionado hasta este momento, la conclusión es
que no estamos hablando de la producción industrial, sino de sus prácticas y sus personajes.
En los estudios locales no hay alguien más interesado en la cultura industrial como el maestro Javier
Rojas Sandoval, quien dice:

cen los poderes colectivos. La ilustración contradice al mito escapando con ello a su poder. A este
contraste, de qué tan seguro se siente el pensamiento ilustrado, oponen Horkheimer y Adorno la
tesis de una secreta complicidad entre ilustración
y mito: «Ya el mito es ilustración y la ilustración se

del sistema social que “…organiza los valores, las
normas y los símbolos que guían las elecciones de
los actores y que limitan los tipos de interacción
que pueden tener lugar entre éstos…”. Se trata de

torna mitología» .

valores expresados en normas que se practican en

La idea resulta interesante, porque promueve que

difunden al resto de la sociedad .

la ilustración aparece como contraria a los mitos
que había en el mundo occidental. Pero la misma
ilustración se convierte en aquello que destruyó.
Esto no quiere decir que la misma ilustración origine los mitos del mundo medieval, pero sí que
ella misma se ha convertido en un mito. Según mi
opinión, esto nos dice que la Ilustración ahora en
sí misma es la autoridad intelectual y artística del
mundo, por lo mismo no se le puede debatir y en sí
misma ya es un mito. Las industrias culturales que
pueden atentar contra la ilustración o sus ideales
se vuelven enemigas del mismo, cuando lo más
probable, es que solo sean manifestaciones culturales comunes y naturales tal cual en su momento lo
fueron con la ilustración.

el interior de los centros de trabajo industrial y se

Los valores que se difunden en las fábricas y que
se difunden al resto de la sociedad, es la cultura industrial. Llámese a la vida cotidiana de los obreros
y como su horario de trabajo iguala con el del resto
de la gente alrededor de las fábricas, dígase de los
círculos obreros y sus reuniones para promover la
ayuda mutua entre ellos mismo. También el de las
escuelas, donde se promueven los mismos valores
públicos cada vez más industrializados o las nuevas
formas de ocio prensa, radio, cine entre muchas
otras. Curiosamente en el libro de Adorno y Horkhiemer encontré una cita que ayuda a explicar como
la industria ha transformado a la cultura humana:
La cultura marca hoy todo un rasgo de semejanza.
Cine, radio y revistas constituyen un sistema.

�Cada sector está armonizado en sí mismo y todos
entre ellos. Las manifestaciones estéticas, incluso
de las posiciones políticas opuestas, proclaman del

Aunque existe un cierto tono peyorativo en su an-

mismo modo el elogio del ritmo de acero. Los or-

terior cita, explican muy bien cuales son los cambi-

ganismos decorativos de las administraciones y ex-

os que la industria promueve en la cultura, desde

posiciones industriales apenas se diferencian en los

sus casas, hasta sus nuevos palacios, desde la vida

países autoritarios y en los demás. Los tersos y co-

privada hasta los discursos políticos de progreso

losales palacios que se alzan por todas partes rep-

técnico, pasando por las exposiciones como elogi-

resentan la ingeniosa regularidad de los grandes

os de la industria y sus logros y muchos otros y var-

monopolios internacionales a la que ya tendía la

iados elementos. De hecho, cada uno de ellos, son

desatada iniciativa privada, cuyos monumentos

material de análisis para el trabajo de investigación

-

el cual me encuentro realizando.

ciales de las ciudades desoladas. Las casas más
antiguas en torno a los centros de hormigón apa-

En resumen, la cultura industrial es posible estudiar-

recen ya como suburbios, y los nuevos chalés a las

la, se ha hecho en otras partes, se esta haciendo en

afueras de la ciudad proclaman, como las frágiles

otras partes. Es necesario estudiarla en Monterrey por

construcciones de las muestras internacionales, la

-

alabanza al progreso técnico, invitando a liquidar-

demos desde la historia tener una idea mas clara de

los tras un breve uso, como latas de conserva. Pero

ciertos comportamientos del actual regiomontano.

los proyectos urbanísticos, que deberían perpet-

Citas:

uar en pequeñas viviendas higiénicas al individuo
como ser independiente, lo someten tanto más
radicalmente a su contrario, al poder total del cap-

- Burke, Peter, ¿Qué es la historia cultural? 2004, España, Editorial PAIDOS, p. 13.
- Benhabib, Seyla, Las reinvindicaciones de la cultura, 2006, México, Katz editores, p. 22.
- Ibídem.

1988, Editorial Trotta, p. 181.

a los centros para el trabajo y la diversión, es decir,

- Ibídem.
-Ibíd. 175-176.

como productores y consumidores .
Humanidades, p. 136.
- Rojas, Sandoval, 2017.
- Horkhiemer y Adorno, 1988, Op. Cit, pp.165-166.

33

�La labor social del ferrocarril de pasajeros
y su cancelación
- Oscar Abraham Rodríguez Castillo y José Eugenio Lazo Freymann

Durante la década de los 80 se derrumbó estrepitosamente el modelo económico mexicano

Números rojos en Ferrocarriles Nacionales
de México

basado en el nacionalismo y el proteccionismo,
que desde la década anterior había dado mues-

Durante la segunda mitad del siglo XX, las condi-

tras de desgaste.

La bancarrota de la economía

ciones de operación de Ferrocarriles Nacionales

nacional obligó al presidente Miguel de la Madrid

de México (FNM) eran preocupantes. La empresa

(1982-1988) poner en marcha la apertura del mer-

prácticamente operó en números rojos durante la

cado y la adopción del modelo económico neolib-

mayor parte de su historia, requiriendo del erario

eral. Este nuevo modelo exigió el adelgazamiento
del Estado-Empresario, en consecuencia, la may-

muestra la crisis crónica de la paraestatal. Entre

oría de las paraestatales, empresas administradas

1973 y 1978, la empresa tuvo pérdidas millonarias

por el gobierno, pasaron a manos de la iniciativa

año tras año.

privada nacional y extranjera.
En medio de este contexto se quitaron los canda-

(como suelen referirse a la empresa sus ex traba-

dos constitucionales que abrieron la puerta a la privatización de FNM, a través de la modalidad de

se debieron, en parte, a que la inversión pública

concesiones. Los nuevos concesionarios concen-

dio preferencia a la construcción de carreteras, de-

traron su atención en el servicio de carga, obvian-

scuidando la conservación y expansión de las vías

do el de pasajeros por su baja rentabilidad. De

férreas. Prueba de ello fue la reducción de la in-

-

versión federal en el transporte ferroviario que en

rocarriles, como los trabajadores de la paraestatal

1960 fue de 16.4%, mientras que en 1984 fue tan

llamaban a los trenes de pasajeros, debido al bajo

sólo del 3.3 por ciento.

costo del pasaje.

pérdidas provocadas por una administración de-

En este sentido, el presente artículo narra las condi-

del Movimiento Sindical Ferrocarrilero, opositor al

Si a esto se agrega las

ciones en que operaban los trenes de pasajeros, así
como su cancelación durante la década de los 90,

podemos comprender que la situación era crítica.

previo a la concesión de la red ferroviaria. Para ello,
además de consultar bibliografía sobre el tema, se re-

Las tarifas reducidas impuestas por el gobierno

alizaron entrevistas a ex ferrocarrileros de las secciones

mexicano con el objetivo de incentivar la actividad

sindicales 19 y 36, ambas con sede en Monterrey.

productiva fueron otra de las causas que mermaron
la rentabilidad del servicio. El jefe de estación José

�Luis Yruegas menciona que recibía frecuentemente

ios en sí, sino porque a diferencia del maíz u otros

circulares para informarle de la reducción de tarifas

productos de consumo popular, se otorgaban a

bajo del costo del servicio:

la población. Además, la iniciativa privada tenía la
solvencia para cubrir la tarifa regular.

¡Rebajaban mucho hasta el punto que era casi incosteable manejarlo! Pero con tal de dar garantías

Así mismo, Ferrocarriles tenía convenios con otras

a la industria aquí en Monterrey, sobre todo a las

paraestatales conocidos como “intercambio de

industrias… iban los dueños de las industrias con

servicios”. Así, Pemex y CFE por ejemplo, pagab-

que nos rebajen». Por ejemplo, la Fundidora, traer

consistía en un trueque de servicios. Pemex pro-

de Durango, del cerro del Mercado todo el materi-

porcionaba combustible y CFE postes de madera,

al… «pues es muy caro todo lo que se está cobran-

aunque no siempre este intercambio compensaba

do, bájele», y le rebajaban. ¿Por qué rebajaban? El

el servicio prestado.

maíz se le subsidiaba porque era consumo nacional
para la población. Pero el mineral, ¿Por qué le re-

Aunado a lo anterior, la mayor parte del equipo

bajas? Se hacían negociazos tremendos.

rodante estaba obsoleto o era de segunda mano.
La falta de modernización de los equipos ocasiona-

Lo anterior muestra la idea arraigada entre los tra-

ba retrasos en el servicio debido a descomposturas

bajadores de FNM sobre el servicio social del ferro-

que se presentaban en el camino. Sergio Ortiz

carril, y hasta cierto punto, una ideología de clases,

Hernán presentó algunas cifras que evidenciaron

pues la molestia de José Luis no es por los subsid-

35

�Pero el exceso de personal y el atraso tecnológico no pasó desapercibido por los tra-

• 69.1% de las locomotoras en
funcionamiento
• El promedio de fallas en el camino fue de 1,183 por mes.
• 763 locomotoras con reparación
general diferida

bajadores. El maquinista Mario Gaytán, por
ejemplo, compara a FNM con la Fundidora
de Monterrey, señalando que ambas empresas otorgaban muchas prestaciones que no
correspondían a las ganancias de las mismas.
Así mismo, agregó que había mucho tiempo
muerto y baja productividad. Ya fuera por la
falta de recursos o la resistencia de los trabajadores, lo cierto es que FNM presentaba un
profundo rezago tecnológico.

• 458 locomotoras averiadas

Labor social

• 12% de los carros fuera de servicio

En este marco operaban los ferrocarriles de
pasajeros, cuyo servicio era considerado por
los ferrocarrileros como una “labor social”.
Para ellos dicha labor estaba por encima de
los intereses económicos de la paraestatal.
Pero ¿en qué consistía esta labor social?
Básicamente en dos cosas: tarifas económicas y disponibilidad.

del transporte ferroviario llegó a tal grado que en 1979
había en el puerto de Tampico barcos con más de un mes
y medio esperando a ser descargados, cuando el tiempo
habitual era de veinte días. En resumidas cuentas, “Nacionales tenía lo que tenía y con eso hacía milagros”.

Por tanto, la función del ferrocarril de pasajeros era proporcionar un medio de transporte
económico a los habitantes de comunidades
rurales de escasos recursos y que, en algunos
casos, no disponían de otros medios de transporte público, a causa de su lejanía respecto a

la relación de la empresa y su sindicato. La resistencia
del sindicato a la introducción de mejoras tecnológicas
se debió a que éstas ocasionarían la pérdida de plazas.
En virtud de su posición estratégica, los ferrocarrileros
tenían la fuerza para oponerse a las medidas tomadas
por la empresa. Un caso que ilustra esto se presentó
en 1978, cuando el entonces director de FNM, Luis
Gómez Zepeda, habló sobre la adquisición de un equipo de microondas que mejoraría la comunicación en el
trabajo, amagaron con irse a huelga.

la carretera principal.
El costo del pasaje en tren resultaba mucho
más económico que el carretero. Por ejemplo, a mediados de los 60, viajar de Candela a
Monterrey en autobús costaba $15.00, mientras por tren era de apenas $5.60. La diferenpalmente a la población de bajos ingresos. En
la tabla siguiente se incluye más información
sobre los costos del transporte ferroviario.

�La labor social del ferrocarril de pasajeros y su cancelación

Por otro lado, para algunas poblaciones el ferro-

-

carril era el único medio de transporte público dis-

tos elaborados a la manera tradicional, difíciles de

ponible. Basta ubicar en google maps las comuni-

conseguir en Monterrey. Por eso, menciona Mario

dades Estación Vaqueros, Estación Terán y Estación

Gaytán, cuando era asignado al tren de pasajeros

Huerta ubicadas al sur de Nuevo León para ob-

de Tampico su esposa le decía: “oye, te traes una

servar que la carretera principal más cercana a di-

pierna de puerco, te traes esto, te traes lo otro….

chas poblaciones se encuentra una distancia mayor

¡Oh, que caray! Sí”.

a 5 kilómetros.
El único problema del servicio de pasajeros era el
Además de la labor social, los ferrocarrileros recu-

exceso de pasaje, provocado por una administración

erdan con nostalgia la convivencia que había con
la gente en algunas estaciones de pasajeros. Esta

la prioridad que se le dio al servicio de carga. Iróni-

cercanía se acrecentó con el paso del tiempo, tal
como lo describe Cristóbal: “Como ya durábamos

servicio, argumentando falta de pasaje.

muchos años ahí, ya teníamos mucho conocido ahí
y sabíamos quien viajaba, y por no dejarlos, ahí los
esperábamos y ocupábamos ese tiempo muerto

falsa, no obstante, eran conscientes de la baja renta-

que había, por decir en Linares”.

bilidad del servicio pese a la abundancia del pasaje.
José Luis Yruegas, quien fue jefe de estación, lo tiene

También tienen muy presente los productos típicos

muy claro, simplemente “era incosteable porque co-

que se comercializaban en cada estación: escobas

braban muy barato, para que sea costeable hay que

en Cadereyta; costales de naranja en Montemore-

cobrar muy caro”, y agrega, “si lo quieres ver como

los; dulces y carne en Linares; quesos y chorizos

un servicio social ponlo, pero como negocio no”.

37

�La labor social del ferrocarril de pasajeros y su cancelación

Citas:
terrey, 1970-1982”, tesis de maestría en Metodología de la Ciencia, Monterrey, Universidad
Autónoma de Nuevo León, 2000, p. 79.
- Lorenzo Meyer, La Segunda muerte de la Revolución Mexicana, México, Cal y Arena, 1992,
pp. 223-227.
- “Transportes. Ferrocarriles Nacionales: Un sistema todavía descarrilado”, Expansión, la revista de negocios de México, núm. 267, 1979, México, p. 35.
- “Ferrocarriles: cambio de vía en busca de la modernidad”, Comercio Exterior, núm. 6, junio,
1995, México, pp. 444-445.
-“El Estado y el agro ¿más o menos? ¿Quién dijo que el transporte no avanza? Los ferrocarriles, al menos, no”, Expansión, la revista de negocios de México, núm. 281, diciembre,1979,
México, p. 6.
- José Luis Yruegas Moya, entrevista realizada por Oscar Rodríguez y Eugenio Lazo, Monterrey,
Nuevo León, 23 de julio de 2018.
- Mario Martínez Gaytán, entrevista realizada por Oscar Rodríguez y Eugenio Lazo, Monterrey,
Nuevo León, 20 de julio de 2018.
- Sergio Ortiz Hernán, Los Ferrocarriles de México. Una visión social y económica, México,
Ferrocarriles Nacionales de México, 1988, p. 292.
- “Transportes. Ferrocarriles Nacionales: Un sistema todavía descarrilado”, Expansión, la revista de negocios de México, núm. 267, 1979, México, p. 37.
- Ramiro Alcalá, entrevista realizada por Oscar Rodríguez y Eugenio Lazo, Monterrey, Nuevo
León, 4 de agosto de 2018.
- Cristóbal Soto González, entrevista realizada por Oscar Rodríguez y Eugenio Lazo, Monterrey, Nuevo León, 23 de julio de 2018.

�39

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                  <text>Bitácora es una publicación del Centro de Información de Historia Regional de la UANL, creada por el Lic. Celso Garza Guajardo. La revista fue dirigida por Meynardo Vázquez Esquivel, en los primeros números, Ha tenido interrupciones a lo largo de su vida, de 1987 a 1989 su periodicidad era mensual, se interrumpe y en 1992 se publica el No 16, en 19997 surge como Segunda Época, vuelve a interrumpirse y hasta 2019 surge de manera trimestral como Nueva Era. Contiene información histórica y cultura regional del noreste de México.</text>
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                <text>Bitácora es una publicación del Centro de Información de Historia Regional de la UANL, creada por el Lic. Celso Garza Guajardo. La revista fue dirigida por Meynardo Vázquez Esquivel, en los primeros números, Ha tenido interrupciones a lo largo de su vida, de 1987 a 1989 su periodicidad era mensual, se interrumpe y en 1992 se publica el No 16, en 19997 surge como Segunda Época, vuelve a interrumpirse y hasta 2019 surge de manera trimestral como Nueva Era. Contiene información histórica y cultura regional del noreste de México.</text>
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                <text>Universidad Autónoma de Nuevo León, Centro de Información de Historia Regional</text>
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                <text>Garza Guajardo, Juan Ramón, Editor Responsable</text>
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                <text>Alvarado Zapata, Ana Cesira, Diseño</text>
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                <text>El diseño y los contenidos de La hemeroteca Digital UANL están protegidos por la Ley de derechos de autor, Cap. III. De dominio público. Art. 152. Las obras del dominio público pueden ser libremente utilizadas por cualquier persona, con la sola restricción de respetar los derechos morales de los respectivos autores</text>
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